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SEDE BOGOTÁ VICERRECTORIA DE SEDE DIRECCIÓN DE GESTIÓN DIVISION FINANCIERA Y ADMINISTRATIVA SECCIÓN DE CONTRATACIÓN PLIEGO DE CONDICIONES INVITACIÓN PÚBLICA CON-BOG-003 DE 2013 PARA CONTRATAR BAJO LA MODALIDAD DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA LAS OBRAS DE “REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, RESTAURACIÓN ARQUITECTÓNICA Y RENOVACIÓN DE REDES TÉCNICAS DEL EDIFICIO 401 DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA, UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA - SEDE BOGOTÁ” Página 1 de 84

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SEDE BOGOTÁVICERRECTORIA DE SEDE

DIRECCIÓN DE GESTIÓNDIVISION FINANCIERA Y ADMINISTRATIVA

SECCIÓN DE CONTRATACIÓN

PLIEGO DE CONDICIONES

INVITACIÓN PÚBLICA CON-BOG-003 DE 2013

PARA CONTRATAR BAJO LA MODALIDAD DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA LAS OBRAS DE “REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, RESTAURACIÓN ARQUITECTÓNICA Y RENOVACIÓN DE REDES

TÉCNICAS DEL EDIFICIO 401 DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA, UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA - SEDE BOGOTÁ”

Bogotá D.C., Abril de 2013

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401 DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA, UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE BOGOTÁ POR LA MODALIDAD DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA”

TABLA DE CONTENIDO1 CAPÍTULO I: INFORMACIÓN GENERAL PARA LOS OFERENTES..................................6

1.1 OBJETO.............................................................................................................61.2 RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE.........................................................................61.3 MODALIDAD DE CONTRATACIÓN......................................................................61.4 DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL Y SU FUENTE DE ESTIMACIÓN......................61.5 INFORMACIÓN SUMINISTRADA A LA UNIVERSIDAD..........................................81.6 CALIDADES DEL OFERENTE..............................................................................81.7 RESPONSABILIDAD DEL OFERENTE..................................................................81.8 ALCANCE DEL OBJETO......................................................................................91.9 PLAZO DE EJECUCIÓN REQUERIDO POR LA UNIVERSIDAD................................91.10 RESERVA DE DOCUMENTOS.............................................................................91.11 OBLIGACIONES ESPECÍFICAS del contratista..................................................101.12 DECLARATORIA DESIERTA..............................................................................111.13 CONTRATACIÓN DIRECTA...............................................................................111.14 ORGANO TECNICO DEL PROCESO..................................................................11

2 CAPÍTULO II: INFORMACIÓN GENERAL DEL PROYECTO..........................................122.1 ANTECEDENTES.............................................................................................122.2 JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO......................................................................122.3 OBJETIVO........................................................................................................122.4 LOCALIZACIÓN...............................................................................................132.5 ALCANCE DEL PROYECTO de intervención física............................................142.6 ESTUDIOS Y DISEÑOS PREVIOS......................................................................142.7 DOCUMENTOS DEL PROYECTO.......................................................................14

3 CAPÍTULO III: ETAPAS DEL PROCESO.....................................................................153.1 CRONOGRAMA...............................................................................................153.2 APERTURA INVITACIÓN Y PUBLICACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES.........163.3 VISITA TÉCNICA OBLIGATORIA AL SITIO DE OBRA..........................................173.4 OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES Y RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES.........................................................173.5 RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES Y PUBLICACIÓN DE ADENDAS.......................................................................................173.6 RECEPCIÓN DE OFERTAS Y CIERRE DE LA INVITACIÓN...................................183.7 SOLICITUD DE ACLARACIONES A LAS OFERTAS..............................................183.8 RESPUESTAS A LA SOLICITUD DE ACLARACIONES O SUBSANACIÓN DE LAS PROPUESTAS.............................................................................................................183.9 PUBLICACIÓN DEL INFORME PRELIMINAR DE EVALUACIÓN............................183.10 OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR Y CONSULTA DE OFERTAS...................................................................................................................19

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3.11 RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR Y PUBLICACIÓN DEL INFORME DE EVALUACIÓN DEFINITIVO......................................193.12 VALIDEZ DE LAS OFERTAS.............................................................................193.13 CONFIDENCIALIDAD Y RETIRO DE LA OFERTA................................................193.14 NEGATIVA O ABSTENCIÓN INJUSTIFICADA A LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

193.15 VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN...............................................................203.16 DEVOLUCIÓN DE LAS OFERTAS......................................................................20

4 CAPÍTULO IV: CONDICIONES GENERALES DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA. . .215. CAPÍTULO V: DOCUMENTOS Y REQUISITOS DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA....23

5.1 DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN JURÍDICA....................................................235.1.1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA...................................................235.2 CERTIFICADO DE NO ESTAR Incursos en las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades consagradas en la Constitución Política y la Ley.........................235.3 DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE Y/O REPRESENTANTE LEGAL Y MATRÍCULA PROFESIONAL DE ARQUITECTO O INGENIERO CIVIL............................235.4 CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL.............................235.5 HOJA DE VIDA PERSONAL Y/O JURÍDICA..........................................................245.6 AUTORIZACIÓN PARA PRESENTAR OFERTA Y SUSCRIBIR CONTRATO (PERSONA JURÍDICA)...................................................................................................................245.7 DOCUMENTO FORMAL QUE ACREDITE LA CONFORMACIÓN DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL.....................................................................................................255.8 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA........................................................255.9 CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES A SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES

265.10 DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN TÉCNICA.....................................................265.10.1 EXPERIENCIA GENERAL................................................................................265.10.2 EXPERIENCIA TÉCNICA ESPECÍFICA..............................................................265.10.3 CRITERIOS DE VERIFICACIÓN DE LA EXPERIENCIA.......................................285.11 DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN FINANCIERA...............................................295.11.1 ESTADOS FINANCIEROS...............................................................................295.11.2 tARJETA PROFESIONAL Y CERTIFICACIÓN DE VIGENCIA DE INSCRIPCIÓN Y ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DEL CONTADOR PÚBLICO......................................305.11.3 TARJETA PROFESIONAL Y CERTIFICACIÓN DE VIGENCIA DE INSCRIPCIÓN Y ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DEL REVISOR FISCAL.............................................305.11.4 RUT (REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO) Y RIT (REGISTRO DE IDENTIFICICACIÓN TRIBUTARIA)..............................................................................................................315.12 REQUISITOS FINANCIEROS.............................................................................315.13 ANÁLISIS DE CAPACIDAD FINANCIERA (ADMISIBLE- NO ADMISIBLE)..............315.13.1 Capital de Trabajo........................................................................................31

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5.13.2 Prueba Ácida................................................................................................325.13.3 Nivel de endeudamiento..............................................................................325.14 CERTIFICACIÓN DE REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP) DE LA CÁMARA DE COMERCIO...........................................................................................................32

6. CAPÍTULO VI: OFERTA ECONÓMICA y tecnica.......................................................326.1 COMPONENTES DE LA OFERTA ECONÓMICA Y TÉCNICA................................336.1.1. GASTOS ADMINISTRATIVOS REEMBOLSABLES.............................................336.2 HONORARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DELEGADA........................................37

7 CAPÍTULO VII: ASPECTOS TÉCNICOS.....................................................................397.1 FONDO ROTATORIO DE INVERSIÓN................................................................397.2 ALCANCE Y DESARROLLO DEL OBJETO...........................................................397.2.1 ETAPAS PRINCIPALES.....................................................................................397.3 ESPECIFICACIONES PARTICULARES DEL PROYECTO.......................................407.4 PROGRAMAS DE CALIDAD, MANEJO AMBIENTAL Y SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL...........................................................................................................407.5 MODIFICACIÓN DE ESPECIFICACIONES, ÍTEMS SUSTITUTIVOS Y OBRAS EXTRAS. IMPLICACIONES PRESUPUESTALES..............................................................417.6 CONDICIONAMIENTOS ADMINISTRATIVOS E INSTRUCCIONES DE MANEJO.....417.7 CONSIDERACIONES ESPECIALES....................................................................43

8 CAPÍTULO VIII: FORMULARIOS DE LA PROPUESTA..................................................529 CAPÍTULO IX: CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA..........................................5310 CAPÍTULO X: FACTORES DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS..................................54

10.1 VERIFICACIÓN DE REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS..................................................................................5410.2 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS, CALIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE PUNTAJE...5510.3 CRITERIOS DE DESEMPATE............................................................................55

11 CAPÍTULO XI : GENERALIDADES DEL CONTRATO...................................................5611.1 CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO..............................................5611.2 OBJETO DEL CONTRATO.................................................................................5611.3 DURACIÓN DEL CONTRATO............................................................................5611.4 FORMA DE PAGO............................................................................................5611.5 TÉRMINO PARA FIRMA Y LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO..............................5611.6 NUMERO DE CUENTA BANCARIA....................................................................5711.7 GARANTÍA ÚNICA...........................................................................................5711.8 DOMICILIO CONTRACTUAL.............................................................................5811.9 ASIGNACIÓN DEL CONTRATO.........................................................................5811.10 GASTOS, DERECHOS E IMPUESTOS................................................................5811.11 CLÁUSULA DE MULTAS...................................................................................58

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11.12 CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA.......................................................................5811.13 DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS..................................................................5811.14 OTRAS CONDICIONES DEL CONTRATO...........................................................5811.15 CESIÓN DEL CONTRATO.................................................................................59

12 CAPITULO XII.........................................................................................................6013 CAPITULO XIII FORMULARIOS Y/O ANEXOS.............................................................61

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1 CAPÍTULO I: INFORMACIÓN GENERAL PARA LOS OFERENTES

1.1 OBJETO

El objeto de la presente invitación pública es seleccionar la oferta más favorable para contratar bajo la modalidad de ADMINISTRACIÓN DELEGADA LAS OBRAS DE “REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, RESTAURACIÓN ARQUITECTÓNICA Y RENOVACIÓN DE REDES TÉCNICAS DEL EDIFICIO 401 DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA, UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE BOGOTÁ”.

1.2 RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE

La presente invitación y el contrato que llegare a suscribirse, se regirán además de lo establecido en el Acuerdo 002 de 2008 del Consejo Superior Universitario, "Por el cual se adopta el régimen que contiene las normas generales de los acuerdos de voluntades en la Universidad Nacional de Colombia"; por la Resolución de Rectoría No. 1952 de 2008 por la cual se adopta el Manual de Convenios y Contratos de la Universidad Nacional de Colombia”, por las demás normas que los modifiquen y/o complementen y/o sustituyan; y por las normas legales, comerciales y civiles que rigen la materia. Se puede consultar la página (http://www.gerencia.unal.edu.co/CMS/manuales2.php?id_manual=1).

La presente Invitación no da lugar a licitación ni a concurso alguno. Se trata de una solicitud de oferta que será analizada interiormente por la UNIVERSIDAD, en desarrollo de su régimen propio de contratación, de conformidad con el principio de autonomía universitaria consagrado en el artículo 3 de la ley 30 de 1992, y que, por lo tanto, no la obliga a contratar.

1.3 MODALIDAD DE CONTRATACIÓN

Para la presente Invitación, la Universidad Nacional de Colombia contratará los trabajos mediante la suscripción de un CONTRATO DE OBRA bajo la modalidad de ADMINISTRACIÓN DELEGADA.

1.4 DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL Y SU FUENTE DE ESTIMACIÓN

1.4.1. Disponibilidad Presupuestal:

Para la contratación de la obra se tiene una distribución presupuestal así:

Disponibilidad presupuestal por valor de $ 2.000.000.000 sin 4 x mil, e incluidos todos los gastos, impuestos y/o retenciones de Ley, amparada en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 255 del 15 de Marzo de 2013, expedido por el Jefe de la Sección de Presupuesto, nivel central.

Disponibilidad presupuestal por cuantía de $7.095.803.660 sin 4 x mil, e incluidos todos los gastos, impuestos y/o retenciones de Ley, amparada en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 757 del 08 de Marzo de 2013, expedido por el Jefe de la Unidad Administrativa de la Facultad de Ingeniería.

Disponibilidad presupuestal por cuantía de $987.960.627 sin 4 x mil, e incluidos todos los gastos, impuestos y/o retenciones de Ley, amparada en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 758 del 08 de Marzo de 2013, expedido por el Jefe de la Unidad Administrativa de la Facultad de Ingeniería.

Para un total de Disponibilidad presupuestal por valor de $10.083.764.287 sin 4 x mil, e incluidos todos los gastos, impuestos o contribuciones de ley.

El presupuesto oficial incluye los costos reembolsables y honorarios administrador, los impuestos, tasas y demás contribuciones que se llegaren a generar excepto la contribución del 4 x 1000. Por lo anterior, el oferente deberá proyectar todos los valores en que pudiera incurrir durante la suscripción, legalización, ejecución y liquidación del contrato.

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Para efectos de la presentación de ofertas y posterior ejecución del contrato, la Universidad ha determinado desde su estudio de mercado, que el valor máximo por concepto de la OBRA CIVIL propiamente dicha y ADMINISTRACIÓN DELEGADA será:

Por concepto de OBRA CIVIL, presupuesto máximo de: $8.340.903.660 Por concepto de HONORARIOS Y GASTOS REEMBOLSABLES, presupuesto máximo de:

$1.742.860.627

1.4.2. Fuente de estimación:

La Universidad Nacional de Colombia dentro de su estudio económico atendió para la formulación del presupuesto y respecto de la contribución de obra pública a cargo del contratista y para los efectos del presente objeto contractual, que la contribución especial corresponde al 5% del valor total del contrato de obra, por lo cual el oferente deberá proyectar el valor de esta contribución basándose en la Ley 1106 del 2006, Artículo 6 de la Contribución de los contratos de obra pública o concesión de obra pública y otras concesiones, el cual establece que:

“Todas con entidades de derecho público o celebren contratos de adición al valor de los existentes deberán pagar a favor de la Nación, Departamento o Municipio, según el nivel al cual pertenezca la entidad pública contratante una contribución equivalente de la respectiva adición”;

Y en concordancia con el concepto emitido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN No. 057800 de 2003 y reforzado con el concepto del asesor tributario PIZZA ASOCIADOS Concepto No 232 de fecha 23 de octubre de 2012:

(…) “que independientemente de la modalidad de pago que se escoja (precio global, el precio unitario, la administración delegada, o el reembolso de gastos más honorarios no se desnaturaliza el contrato de obra pública por que no constituye una modalidad especial de contratación pública.”,

Se colige entonces que la contribución especial corresponderá al 5% del valor total del contrato de obra.

Sin perjuicio de lo anterior, la Universidad Nacional de Colombia evaluando los efectos de la presente contribución sobre la financiación y viabilidad del proyecto, elevó consulta sobre éste caso en concreto a la Subdirección de Gestión normativa de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, con el fin propósito de que ésta aclare la aplicación de la retención en el presente proceso; en consecuencia si llegara esta entidad a pronunciarse en contrario a lo anteriormente señalado, la Universidad disminuirá el valor proyectado de ésta contribución.

Por lo anterior se pone en conocimiento de los participantes la desagregación de la estimación presupuestal:

  Costo EstimadoHonorarios Administrador $ 417,045,183 Gastos Reembolsables $ 754,900,000 IVA sobre Honorarios $ 66,727,229 Impuesto de contribución especial $ 504,188,214.28 HONORARIOS Y GASTOS REMBOLSABLES  $            1,742,860,627 COSTOS DIRECTOS OBRA CIVIL   $            8,340,903,660DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL  $          10,083,764,287

Ahora bien, para la formulación de la propuesta el oferente deberá considerar la anterior interpretación, es decir contemplar el 5% de contribución especial, sin que esto signifique que necesariamente la misma es objeto de facturación en la ejecución.

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De otra parte, se aclara que si dentro de la etapa precontractual, se obtiene respuesta de la DIAN en el sentido de determinar que el 5% de contribución especial NO se aplica sobre el valor total del futuro contrato, sino sobre otro concepto, la Universidad realizará la correspondiente Adenda aclarando la base presupuestal sobre la cual debe formular la propuesta o sobre la cual se evaluarán las ofertas económicas si ya han sido recibidas de acuerdo al cronograma del pliego.En caso de recibirse la respuesta en el mismo sentido, pero una vez perfeccionado y legalizado el contrato la Universidad procederá de conformidad mediante el respectivo otros sí aclaratorio. La Universidad en cualquier sentido no aceptará OFERTAS en la Administración Delegada que superen el valor de la Disponibilidad Presupuestal reservada. Las OFERTAS que eventualmente se presentaren y cuyos costos excedan la disponibilidad descrita en el numeral 1.4.1, no surtirán proceso alguno de verificación de requisitos, evaluación o calificación y será causal de rechazo.

1.5 INFORMACIÓN SUMINISTRADA A LA UNIVERSIDAD

La UNIVERSIDAD, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 de la Constitución Política, presume que toda la información que el OFERENTE allegue a esta invitación es veraz, y corresponde a la realidad. No obstante, la UNIVERSIDAD podrá verificar la información suministrada por el OFERENTE.

1.6 CALIDADES DEL OFERENTE

En la presente Invitación Pública podrán participar todas las personas jurídicas, naturales nacionales, bien sea en forma individual o conjunta mediante la figura de Consorcios o Uniones Temporales, que no estén incursos en las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades consagradas en la Constitución Política y la Ley artículo 6 del Acuerdo 02 de 2008 del Consejo Superior Universitario, sobre regímenes aplicables en materia de acuerdo de voluntades, además de las disposiciones pertinentes del Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante Resolución No. 1952 de 2008 y por remisión, los artículos 8 y 9 de la Ley 80 de 1.993 con las modificaciones introducidas por la Ley 1150 de 2007 y demás normas concordantes, cuyo objeto social esté relacionado directamente con el objeto de la presente invitación, de manera que permita la ejecución del contrato requerido.Se incluyen en el presente inciso los socios, miembros de juntas directivas o revisores fiscales, de las firmas participantes.

Los OFERENTES indicarán si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal.

En caso de Uniones Temporales, uno de sus miembros deberá contar con un porcentaje de participación mínimo del cincuenta punto uno por ciento (50,1%). Así mismo deberán indicar los términos y extensión de su participación en la oferta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la UNIVERSIDAD.

Los miembros del Consorcio y de la Unión Temporal deberán designar la persona que, para todos los efectos los representará y señalarán las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad, de conformidad con lo señalado en el parágrafo 1º del artículo 7º de la Ley 80 de 1993.

Las personas jurídicas deberán haberse constituido legalmente por lo menos cinco (5) años antes de la fecha de presentación de las ofertas y acreditar que su duración no será inferior a tres (3) años, contados a partir de la fecha de publicación de la presente invitación.

1.7 RESPONSABILIDAD DEL OFERENTE

Los OFERENTES al elaborar su oferta, deberán incluir los aspectos y requerimientos necesarios para cumplir con todas y cada una de las obligaciones contractuales y asumir los riesgos inherentes a la ejecución del Contrato, así mismo deben tener en cuenta que el cálculo de los costos y gastos, cualesquiera que ellos sean, se deberán basar estrictamente en sus propios estudios y estimativos técnicos, bajo su cuenta y riesgo. De manera especial, y respecto de los aspectos técnicos, deberá tenerse en cuenta la obligatoriedad de cumplir con los estándares mínimos establecidos en este pliego de condiciones.

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Por tanto, es entendido que el análisis de la información ofrecida y obtenida de conformidad con lo establecido en este numeral y de cualquier otra información que los oferentes estimen necesaria para la elaboración y presentación de sus OFERTAS es responsabilidad de ellos, así como que la presentación de la OFERTA implica que éstos han realizado el estudio y análisis de dicha información.

Todas las interpretaciones equivocadas, que con base en sus propios juicios, conclusiones, análisis, etc., obtenga el OFERENTE respecto del pliego de esta invitación, son de su exclusiva responsabilidad, por tanto, ésta no será extendida a la UNIVERSIDAD.

La presentación de la oferta por parte del OFERENTE, constituye evidencia de que estudió completamente las especificaciones y demás documentos del presente pliego, que recibió las aclaraciones necesarias por parte de la UNIVERSIDAD sobre inquietudes o dudas previamente consultadas, y que ha aceptado que éste Pliego de Condiciones es completo, compatible y adecuado; que ha tenido en cuenta todo lo anterior para fijar los precios, plazos y demás aspectos de la oferta necesarios para el debido cumplimiento del objeto.

1.8 ALCANCE DEL OBJETO

El objeto de la presente invitación pública es la contratación de un administrador delegado para llevar a cabo todos los trabajos necesarios para la ejecución de la obra, como también obras accesorias provisionales o definitivas que sean necesarias ejecutar a juicio de la interventoría y de acuerdo con los planos arquitectónicos, detalles constructivos, los cálculos y planos estructurales, las especificaciones de construcción y los planos de las instalaciones eléctricas, voz & datos, seguridad, control y sanitarias, cuya copia se anexa, y hacen parte integrante del presente pliego, para el REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, RENOVACIÓN DE REDES TÉCNICAS Y RESTAURACIÓN ARQUITECTÓNICA DEL EDIFICIO 401 DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA, UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE BOGOTÁ.

La UNIVERSIDAD suministrará los fondos necesarios para atender los gastos de la obra en los cuales están incluidos el costo de materiales, mano de obra, compra o alquiler de equipos, pago de transportes, pago de profesionales auxiliares de obra, pago de gastos administrativos de oficina, y demás necesarios para la ejecución de la obra de acuerdo al objeto de la presente Invitación.

1.9 PLAZO DE EJECUCIÓN REQUERIDO POR LA UNIVERSIDAD

El plazo de ejecución estimado por LA UNIVERSIDAD para la obra es de quince meses y 15 días, (15,5) meses contados a partir del perfeccionamiento, aprobación de pólizas y legalización del contrato, fecha a partir de la cual se deberá suscribir el Acta de Inicio del contrato.

Se deja en claro que el plazo estimado por LA UNIVERSIDAD, corresponde al desarrollo de una programación óptima en recursos, coherente con los procesos constructivos, administrativos, logísticos, etc., y en el marco de jornadas de trabajo normales.

En virtud de lo anterior y en consideración de avalar la seriedad del plazo propuesto, en el desarrollo de la obra no se reconocerán costos adicionales por jornadas extendidas o especiales, tendientes a incrementar el rendimiento de actividades constructivas atrasadas en programación y/o rendimiento, por razones imputables a EL CONTRATISTA; de igual forma, no se adicionarán los gastos reembolsables en la eventualidad de que finalmente se requiera, por incumplimiento, de un mayor plazo para obtener el alcance de la obra inicialmente prevista.

1.10 RESERVA DE DOCUMENTOS

Los OFERENTES interesados en participar en este proceso de invitación, se comprometen, bajo la gravedad del juramento, a guardar la debida reserva de todos los documentos que se les entreguen.

1.11 OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA

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Son obligaciones del contratista seleccionado, entre otras, las siguientes actividades para el desarrollo del objeto del contrato:

1. Garantizar el apoyo y soporte técnico, administrativo, financiero y jurídico para la ejecución optima de la obra.

2. Garantizar el control administrativo del personal propio y de subcontratistas, de acuerdo a las normas que establece la Ley en dicha materia.

3. Garantizar la calificación, cuantificación y costo del personal técnico y administrativo mínimo exigido.4. Garantizar la calificación, cuantificación y costo del personal adicional técnico y administrativo que a

criterio del contratista se deba vincular a la obra para satisfacer los objetivos propuestos y cumplir las obligaciones contraídas.

5. Garantizar los gastos administrativos reembolsables del contrato, relacionados con la dotación transitoria de equipos de cómputo, software especializado y amoblamiento de las oficinas, que requiera para el ejercicio de su objeto.

6. Garantizar la consecución de otros gastos indirectos autorizados en el contexto del contrato por concepto de papelería y planillas de obra, chequeras y afines, copias de planos, informes y documentos, cafetería, aseo y alimentación del personal obrero en casos críticos de avance de obra.

7. Garantizar espacios programados y coordinados con el interventor del contrato para el desarrollo de las relaciones entre EL CONTRATISTA administrador delegado, con EL INTERVENTOR, el Comité de Obra, el arquitecto y los diseñadores técnicos de la Universidad.

8. Garantizar las previsiones establecidas para que EL CONTRATISTA responda por la preparación del PRESUPUESTO DEFINITIVO.

9. Garantizar el debido manejo y control administrativo y financiero del FONDO ROTATORIO de Inversión.

10. Garantizar en el ejercicio administrativo y de negociación en las compras de bienes y/o servicios, los principios de transparencia, moralidad economía, planeación, celeridad, responsabilidad, eficacia y calidad.

11. Garantizar un manejo legal y profesional de los asuntos laborales, financieros, contables y tributarios.12. Garantizar actuaciones responsables en materia administrativa y financiera cuando (eventualmente)

se presenten reclamaciones laborales.13. Garantizar las condiciones de facturación y contabilización que establezca la Universidad para hacer

efectivas las exenciones del IVA.14. Garantizar la búsqueda, manejo y aplicación de descuentos en las negociaciones de los

subcontratos y/o suministros, conservando los estándares de calidad exigidos por la Universidad.15. Garantizar las condiciones y gastos asociados a la suscripción del contrato y pago de las garantías.16. Realizar la dirección y control técnico de la ejecución de la obra.17. Cumplir con el plan de calidad, de acuerdo a las especificaciones técnicas del contrato.18. Implementar un Plan de Manejo de riesgos, en concordancia con la normativa existente y las

actividades del programa de salud ocupacional que implantará durante la ejecución y que optimicen y garanticen el desarrollo de la obra con el menor riesgo posible. En este plan de manejo de riesgos deberán considerarse las especificaciones mínimas que exija la División de Salud Ocupacional de la Universidad.

19. Realizar las mediciones de obra ejecutada, en la periodicidad exigida por la Universidad.20. Cumplir con las responsabilidades contraídas por EL CONTRATISTA administrador delegado con

respecto a la dirección y control administrativo del almacén de la obra, compras y suministros.21. Ejecutar los controles ejercidos por LA INTERVENTORÍA administrativa y la auditoría de LA

UNIVERSIDAD en relación con el manejo de almacén, pedidos, compras y suministros.22. Efectuar la formulación de alternativas técnicas, constructivas, de especificación y diseño estructural,

general o de instalaciones, en desarrollo del contrato.23. Realizar la programación de obra definitiva inicial, en concordancia con el plazo propuesto, y los

ajustes requeridos y recomendados según los controles de avance efectuados por la INTERVENTORÍA.

24. Preparar el flujo de fondos y el control de los egresos en desarrollo del contrato.25. Realizar la coordinación de los subcontratos especiales.26. Las responsabilidades contraídas en caso de presentarse reparaciones de obras defectuosas,

errores u omisiones por parte del personal a cargo o de un determinado subcontratista. 27. Realizar la toma de muestras, ejecución de ensayos y presentación de resultados.28. Realizar la aceptación o rechazo de los materiales y las obras, de parte suya como ejecutor

responsable o de LA INTERVENTORÍA como supervisor.

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INVITACIÓN PÚBLICA CON-BOG- 003 DE 2013 PARA CONTRATAR EL “REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, RESTAURACIÓN ARQUITECTÓNICA Y RENOVACIÓN DE REDES TÉCNICAS DEL EDIFICIO

401 DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA, UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE BOGOTÁ POR LA MODALIDAD DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA”

29. Realizar y controlar los demás asuntos técnicos, administrativos y de procedimiento que condicionan el contrato y la construcción, teniendo en cuenta la disponibilidad efectiva y la ejecución de los recursos presupuestales de LA UNIVERSIDAD.

30. Garantizar la presentación oportuna y con calidad de los documentos, informes y requerimientos administrativos, contables, tributarios y financieros que exige la modalidad de la contratación y la Universidad en sus procesos y procedimientos.

1.12 DECLARATORIA DESIERTA

La UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA declarará desierta la Invitación por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva del contratista, cuando no se presente ninguna propuesta o cuando las propuestas presentadas no cumplan con los requisitos exigidos en el pliego de condiciones.

1.13 CONTRATACIÓN DIRECTA

La UNIVERSIDAD podrá contratar directamente cuando en este proceso precontractual se presentare una sola propuesta, siempre y cuando sea de conveniencia Institucional y se ajuste al pliego de condiciones, o cuando sea declarado desierto, en concordancia con lo establecido en el artículo 43 parágrafo 1 y 2 de la Resolución No 1952 de 2008 expedida por la Rectoría.

1.14 ORGANO TECNICO DEL PROCESO

Para mayor claridad a continuación se relacionan los actores que interactúan en el proceso de contratación:

* Comité de Obra: - Conformado por un representante de la Dirección de Infraestructura de la Sede Bogotá de la Universidad.- Gerencia de Obra conformada por el grupo técnico designado por la Facultad de Ingeniería- Interventor del contrato de Obra.- Contratista Administrador Delegado

Todas y cada una de las acciones y/o decisiones de tipo técnico que requiera el ejercicio de la obra, deberá presentarse previamente ante el Comité de Obra, por el Administrador Delegado.Este Comité deberá ser citado y preparado por el Administrador Delegado por lo menos una vez a la semana y deberá garantizar la consolidación documental de cada sesión y hará seguimiento a la decisiones allí tomadas.

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INVITACIÓN PÚBLICA CON-BOG- 003 DE 2013 PARA CONTRATAR EL “REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, RESTAURACIÓN ARQUITECTÓNICA Y RENOVACIÓN DE REDES TÉCNICAS DEL EDIFICIO

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2 CAPÍTULO II: INFORMACIÓN GENERAL DEL PROYECTO

2.1 ANTECEDENTES

El edificio 401 del Campus Universitario de la Universidad Nacional, Sede Bogotá, ha sido la sede principal de la Facultad de Ingeniería desde el momento de su construcción en 1942, fue clasificado por el Ministerio de Cultura como Bien de Interés Cultural del orden nacional, mediante la resolución N° 005 del 16 de marzo de 1995 por la cual se declara como Monumento Nacional, equivalente hoy día a la calificación de Bien de Interés Cultural.

Con el fin de cumplir las normas actuales en los diferentes aspectos que conciernen a las edificaciones, la Universidad ha determinado realizar la recuperación de este edificio, respetando su condición de Bien de Interés Cultural y rescatando los diferentes elementos arquitectónicos que lo componen.

2.2 JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO

La implementación de nuevas normas y leyes en la actualidad, que afectan directamente la práctica de la Ingeniería y, en términos particulares, el desarrollo de proyectos de infraestructura, ha generado la necesidad de revisar el cumplimiento de las mismas por parte de la Universidad Nacional de Colombia, en los diferentes edificios que componen su campus universitario en la Sede Bogotá así como en cada una de sus sedes.

Una de las principales modificaciones a realizarse sobre el edificio 401 es el reforzamiento de su estructura, con el fin de adaptarla a las exigencias de la norma sismo resistente, de manera que garantice la preservación de la integridad física de los usuarios de la edificación, considerando que se trata de un ente universitario de gran influencia en el país.

En el desarrollo del diseño la prioridad siempre ha sido respetar la condición de Bien de Interés Cultural que tiene la edificación. Por tal motivo, las modificaciones a realizar en cuanto a sus diferentes elementos van siempre dirigidas a recuperar el valor arquitectónico de cada espacio, conservando así el concepto original, lo que resulta muy importante y valioso para toda la comunidad universitaria, en particular para la Facultad de Ingeniería, dada la trascendencia histórica que ha tenido este edificio.

En los últimos años se ha manifestado a través de diferentes leyes la importancia de garantizar la accesibilidad de todas las personas a los espacios, lo que corresponde directamente a esta Universidad como institución pública.

Principalmente, se deben tener en cuenta: la Ley 12 de 1987, “Por la cual se suprimen algunas barreras arquitectónicas y se dictan otras disposiciones”, el Decreto 1504 de 1998, “Por el cual se reglamenta el manejo del espacio público en los planes de ordenamiento territorial” y el Decreto 1538 de 2005, “Por el cual se reglamenta la ley 361 de 1997- Accesibilidad al espacio público y la vivienda”.

En este momento, el edificio 401 cuenta con un Paraninfo, el cual se muestra obsoleto ante los actuales requerimientos para la realización de los eventos organizados por la facultad. El proyecto considera la modernización del actual Paraninfo y la construcción de un nuevo auditorio, los cuales contarán con toda la tecnología en proyección, iluminación, ambiente bioclimático y acústico.

Se requiere adecuar las salas de informática existentes en el edificio y mejorar su funcionamiento, con una renovación en cuanto a sus redes, cableado, equipos, mobiliario y demás solicitudes, para suplir la necesidad de espacios que permitan el uso de computadoras y el desarrollo de diferentes clases y laboratorios, los cuales son necesarios en el desarrollo de los programas académicos de la facultad.

2.3 OBJETIVO

El principal objetivo de la intervención al edificio 401 es mejorar las condiciones en que se encuentra actualmente en lo que respecta a su sistema estructural, redes hidrosanitarias, eléctricas, de voz & datos, conservando siempre el valor arquitectónico propio de cada uno de los espacios.

Así mismo, cumplir la norma de sismo resistencia, permitir el libre acceso de las personas con discapacidad a los diferentes espacios del edificio, mejorar las redes técnicas que permitan satisfacer la demanda actual,

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acondicionar los espacios de auditorios para eventos organizados por la facultad, rescatar el valor arquitectónico de la edificación.

2.4 LOCALIZACIÓN

En el esquema se indica el lugar en que se encuentra ubicado el edificio 401 de la Facultad de Ingeniería, dentro del campus universitario de la Universidad Nacional en la Sede Bogotá.

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2.5 ALCANCE DEL PROYECTO DE INTERVENCIÓN FÍSICA

Las intervenciones que se realizarán son:

CAPÍTULOS DE OBRA

Cimentación y estructuraMamposteríaPañetesObras exterioresDemolicionesPisos interioresCubiertas e impermeabilizacionesCarpintería metálicaCarpintería de maderaEnchapesAula insigniaAuditoriosAparatos sanitarios y accesoriosCielos rasos y divisionesPinturasCerraduras y vidriosRed de suministro de agua potableRedes aguas negras y salidas sanitariasRed de protección contra incendioEquiposMontaje de aparatos y equiposSistema de cableado estructuradoMedios audiovisualesSistema de seguridad y controlInstalaciones eléctricas

2.6 ESTUDIOS Y DISEÑOS PREVIOS

La Universidad garantiza la existencia de los estudios y diseños previos adelantados en la Facultad de Ingeniería, con el apoyo de la Dirección de Infraestructura, los cuales se describen a continuación:

ESTUDIOS

1. Diseño Arquitectónico2. Diseño Estructural3. Diseño de Voz & Datos4. Diseño de Hidráulico5. Diseño Hidrosanitario6. Diseño de red contra incendio7. Especificaciones Técnicas

2.7 DOCUMENTOS DEL PROYECTO

Los documentos relacionados a continuación se refieren a los permisos, resoluciones, licencias, diseños y especificaciones técnicas, que autorizan la ejecución de la obra, así:

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- Resolución No. 1419 del 31 de octubre de 2012, "Por la cual se delega a la Vicerrectora de la Sede Bogotá la competencia para adelantar todos los trámites del proceso precontractual y contractual, incluyendo la suscripción, ejecución y liquidación del contrato de administración delegada para la realización de las obras de reforzamiento estructural, restauración arquitectónica y renovación de redes técnicas del Edificio 401 de la Facultad de Ingeniería de la Sede Bogotá"

- Resolución No. 0221 del 9 de febrero de 2010, emitida por el Ministerio de Cultura, donde se autoriza el proyecto de Restauración del Edificio 401 de la Facultad de Ingeniería.

- Licencia de Construcción No. LC-10-2-084, expedida por la Curaduría Urbana 2, el 25 de noviembre de 2011.

- Resolución No. RES 13-2-0014 del 03 de Enero de 2013, expedida por la Curaduría Urbana 2, por la cual se concede la prorroga a la licencia de construcción No. LC-10-2-084.

- Conceptos técnicos 8hidrosanitarios y Remodelación rede eléctricas), Diseños y especificaciones Técnicas del proyecto

- Resolución No 5098 del 1 de noviembre de 2012, con la cual la Vicerrectoría de Sede autoriza la Intervención física

NOTA: La anterior documentación podrá ser consultada directamente, en medio impreso o magnético, previa solicitud del interesado impresa o por medio de correo electrónico, ante la Sección de Contratación de Sede.

Dirección: Carrera 45 No. 26 – 85 Edificio Uriel Gutiérrez, oficinas 376Teléfono: 3165000 Ext. 18232

3 CAPÍTULO III: ETAPAS DEL PROCESO

3.1 CRONOGRAMA

El proceso de selección se llevará a cabo en las fechas, sitios y horas sitios y horas exactos que se establecen a continuación:

ACTIVIDADFECHA HORA

MÁXIMA FECHA FINAL

LUGARINICIAL / FINAL

Publicación y consulta del pliego de condiciones

8 de abril 2013 Página web de la Universidad Nacional de Colombia: www.contratacion.unal.edu.co/

Visita técnica obligatoria y presentación del proyecto

11 de abril de 2013 10:00.00

Ciudad Universitaria Edificio 401 Edificio de Ingeniería. Campus Universitario. Se aclara que la entrada de visitantes es por la calle 53. Se dará una hora de espera para el registro de los visitantes, una vez cumplido el límite (11:00:00) se cerrará la lista de asistencia y se iniciará inmediatamente el recorrido.

Observaciones al pliego de condiciones

8 de abril de 2013

16 de abril de 2013 15:00.00

Sección de contratación Sede Bogotá, carrera 45 No 26-85 Edificio Uriel Gutiérrez oficina 376. – o al correo [email protected]

Respuestas a las observaciones al pliego

22 de abril de 2013 Página web de la Universidad Nacional de Colombia:

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de condiciones y publicación de adendas

www.contratacion.unal.edu.co/

Recepción de ofertas y cierre de la invitación

8 de abril 2013

26 de abril 2013 15:00:00

Sección de contratación Sede Bogotá, carrera 45 No 26-85 Edificio Uriel Gutiérrez oficina 376

Solicitud de aclaraciones o subsanación de propuestas

26 de abril 2013 2 de mayo de

2013 15:00.00página web de la Universidad Nacional de Colombia: www.contratacion.unal.edu.co/

Respuesta de los oferentes

2 de mayo de 2013

7 de mayo de 2013 15:00.00

Sección de contratación Sede Bogotá, carrera 45 No 26-85 Edificio Uriel Gutiérrez oficina 376. – o al correo [email protected]

Publicación del informe preliminar de evaluación

14 de mayo de 2013 página web de la Universidad Nacional de Colombia: www.contratacion.unal.edu.co/

Revisión de ofertas y observaciones al informe preliminar de evaluación

14 de mayo de 2013 16 de mayo de

1013 15:00.00

Sección de contratación Sede Bogotá, carrera 45 No 26-85 Edificio Uriel Gutiérrez oficina 376. – o al correo [email protected]

Respuesta a las observaciones y publicación de informe definitivo de evaluación

20 de mayo de 2013página web de la Universidad Nacional de Colombia: www.contratacion.unal.edu.co/

Notas:

Cuando se presenten razones de conveniencia o necesidad institucional, la UNIVERSIDAD podrá prorrogar los plazos establecidos en el cronograma, antes de su vencimiento, para lo cual se informará a los interesados a participar o a los oferentes a través de la página Web http://www.contratacion.unal.edu.co/ acerca de las modificaciones o variaciones necesarias.

Todas las adendas, avisos y comunicaciones que emita la UNIVERSIDAD, en relación al pliego de condiciones, pasarán a formar parte del mismo, y serán publicados en la página Web http://www.contratacion.unal.edu.co/

Las horas señaladas en el anterior cronograma, en especial la relativa a la hora límite para presentación de la oferta, se tomarán según indique el reloj de la página Web: http://horalegal.sic.gov.co

No se tendrán como presentados los oficios, ofertas, anexos y demás documentos que sean radicados por los oferentes fuera de los términos y lugares indicados en cada uno de los numerales del presente pliego de condiciones.

3.2 APERTURA INVITACIÓN Y PUBLICACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES

El Pliego de Condiciones será publicado en la página Web de la UNIVERSIDAD http:// www.contratacion.unal.edu.co. La versión impresa de los planos y estudios técnicos del proyecto se podrá consultar directamente en la Sección de Contratación de Sede de la Universidad Nacional de Colombia, ubicada en la Carrera 45 No. 26 – 85, Edificio Uriel Gutiérrez, Oficina 376, previa solicitud escrita por parte del interesado en participar.

La UNIVERSIDAD no asume responsabilidad alguna por la inadecuada o incompleta consulta o interpretación que los OFERENTES realicen del Pliego de Condiciones o de la documentación complementaria.

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3.3 VISITA TÉCNICA OBLIGATORIA AL SITIO DE OBRA

La UNIVERSIDAD llevará a cabo una visita técnica al lugar de la obra en la fecha y horas indicadas en el CRONOGRAMA de la presente invitación. La visita es de carácter obligatorio. En el desarrollo de la misma se hará una exposición del proyecto y se podrá hacer entrega de la información técnica de todos los requerimientos generales y la información que se requiera para el cumplimiento del objeto contractual, relacionados en el numeral 2.6 del presente pliego, en formato magnético, si así es requerida por el visitante.

Para la asistencia a la visita técnica el oferente deberá allegar una carta de presentación, que refiera mínimo la empresa y el NIT de la empresa que pretende participar y se firmará una lista de asistencia.

Se establece visita obligatoria al edificio objeto a intervenir, y los interesados podrán realizar el registro entre las 10:00:00 am y las 11:00:00 am; una vez cumplida la hora máxima (11:00:00), se iniciará inmediatamente el recorrido de obra. Después de las 11:00:00 am no se aceptarán registros en la lista de asistencia. LA UNIVERSIDAD considera importante la visita al sitio de obra, en razón de la estimación del plazo de ejecución, la evaluación y conocimiento de las características especiales y particulares de la intervención, su alcance, la logística y procedimientos en implementación de las rutinas de trabajo, obras de protección necesaria durante el desarrollo de los trabajos, desplazamientos temporales de las dependencias que ocupan la zona intervenida, entre otros aspectos

3.4 OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES Y RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES

Sólo se tendrán como presentadas las observaciones que se hagan por escrito en medio impreso, las enviadas al correo electrónico que a continuación se indica, o vía fax, dentro de la fecha y hora límite establecidos en el cronograma de la presente Invitación, las cuales serán recibidas directamente en la oficina de la Sección de Contratación Sede Bogotá:

Dirección: Carrera 45 No. 26 – 85, Edificio Uriel Gutiérrez, Oficina 376PBX: 3165000 Ext. – 18232Correo Electrónico: [email protected] Título: Invitación Pública CON-BOG-003 de 2013

La respuesta a las observaciones se realizará conforme al CRONOGRAMA.

3.5 RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES Y PUBLICACIÓN DE ADENDAS

Todas las adendas, avisos y comunicaciones que envíe la universidad, en relación con el pliego de condiciones, pasarán a formar parte de los mismos, y serán publicados en la página web http://www.contratacion.unal.edu.co bajo el título: INVITACIÓN PÚBLICA CON-BOG-003 DE 2013 “Contratar bajo la modalidad de administración delegada las obras de reforzamiento estructural, restauración arquitectónica y renovación de redes técnicas del edificio 401 de la facultad de ingeniería, Universidad Nacional de Colombia Sede Bogotá”

La consulta y la respuesta a las observaciones formuladas por los OFERENTES, no producirán efecto suspensivo sobre el plazo de presentación de las ofertas.

Toda modificación se hará mediante ADENDAS numeradas, las cuales formarán parte integral del presente Pliego de Condiciones. Las diferentes adendas serán publicadas en la página Web de la UNIVERSIDAD.

El silencio por parte de la UNIVERSIDAD a la fecha de cierre de la presente Invitación, ante cualquier sugerencia, manifestación de supuestas inconsistencias, errores, omisiones y solicitud de modificaciones al Pliego de Condiciones, deberá tenerse como negado, y en consecuencia, las condiciones del pliego habrán de tomarse como se expidieron originalmente. Contra la negativa a solicitud de modificación no procede recurso alguno por la vía gubernativa.

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Todas las interpretaciones equivocadas, que con base en sus propios juicios, conclusiones, análisis, etc., obtenga el OFERENTE respecto del pliego de esta Invitación, son de su exclusiva responsabilidad, por tanto, la UNIVERSIDAD no asume responsabilidad alguna por tales interpretaciones.

La presentación de la oferta por parte del OFERENTE, constituye evidencia que estudió completamente las especificaciones y demás documentos del presente Pliego, que recibió las aclaraciones necesarias por parte de la UNIVERSIDAD sobre inquietudes o dudas previamente consultadas, y que ha aceptado que este Pliego de Condiciones es completo, compatible y adecuado; que ha tenido en cuenta todo lo anterior para fijar los precios, plazos y demás aspectos de la oferta necesarios para el debido cumplimiento del objeto.

3.6 RECEPCIÓN DE OFERTAS Y CIERRE DE LA INVITACIÓN

Las ofertas deberán ser presentadas por escrito en medio impreso y en idioma castellano. El lugar y el plazo máximo en el que se recibirán ofertas será el indicado en el cronograma. Se tendrá como hora de presentación de la oferta la que indique la página Web: http://horalegal.sic.gov.co/, la cual estará a la vista de los asistentes en un computador asignado por la Universidad.

Después de la hora de cierre, no se recibirán más ofertas. De lo anterior se levantará un acta que contendrá la relación de las ofertas presentadas, el número de folios y el valor total de la oferta, haciendo la aclaración si la numeración de la misma presenta tachaduras o enmendaduras o si se encuentran folios en blanco.El acta deberá ser suscrita por los funcionarios de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA que allí intervengan y los presentes que manifiesten su deseo de firmarla.

En el evento que la oferta se encuentre sin foliar, la UNIVERSIDAD consignará esta circunstancia en la respectiva acta. En el proceso de evaluación si se presentan folios superpuestos, se procederá a verificar su foliación y se dejará constancia de ello en la evaluación respectiva, así como los folios en blanco foliados.

Notas:

No se aceptará ninguna oferta enviada por medio electrónico. No se aceptarán ofertas radicadas en un sitio diferente al establecido en el presente pliego.

3.7 SOLICITUD DE ACLARACIONES A LAS OFERTAS

La UNIVERSIDAD a través de la Sección de Contratación Sede Bogotá, podrá solicitar por escrito, una vez cerrada la Invitación, las aclaraciones y explicaciones que estime pertinentes sobre los puntos dudosos o confusos de las ofertas, sin que por ello pueda el oferente adicionar, modificar, completar o mejorar su oferta.

El documento de solicitud de aclaraciones a las ofertas será publicado en la página Web de Contratación de la UNIVERSIDAD http: //www.contratacion.unal.edu.co, a partir de la fecha indicada en el CRONOGRAMA

La solicitud de la UNIVERSIDAD y la respuesta del OFERENTE deberán constar por escrito.

3.8 RESPUESTAS A LA SOLICITUD DE ACLARACIONES O SUBSANACIÓN DE LAS PROPUESTAS

Las respuestas a las aclaraciones o a las solicitudes de subsanación solo se entenderán como presentadas siempre y cuando se alleguen en medio impreso escrito radicado en la Sección de Contratación Sede Bogotá Carrera 45 No. 26 – 85, Edificio Uriel Gutiérrez, Oficina 376 o las enviadas al correo electrónico [email protected], dentro de la fecha y hora límite establecidos en el cronograma de la presente Invitación.

3.9 PUBLICACIÓN DEL INFORME PRELIMINAR DE EVALUACIÓN

Los resultados de la evaluación preliminar de las ofertas serán publicados en la página Web de Contratación de la UNIVERSIDAD http://www.contratacion.unal.edu.co, a partir de la fecha indicada en el CRONOGRAMA.

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3.10 OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR Y CONSULTA DE OFERTAS

Los OFERENTES podrán hacer llegar las observaciones al informe de evaluación preliminar que estimen convenientes, a más tardar en la fecha y hora indicada en el CRONOGRAMA. Solo se tendrán como presentadas las observaciones que se hagan por escrito en medio impreso en la Sección de Contratación Sede Bogotá Carrera 45 No. 26 – 85, Edificio Uriel Gutiérrez, Oficina 376, o las enviadas al correo electrónico [email protected], dentro de la fecha y hora límite establecidos en el cronograma de la presente Invitación.

En este mismo período, los OFERENTES podrán tener acceso a las ofertas para verificar contra el informe de evaluación preliminar y presentar observaciones.

Si vencida la fecha para presentación de observaciones al informe preliminar de evaluación, la UNIVERSIDAD no ha recibido observaciones por parte de los participantes, el documento quedará ratificado como informe definitivo de evaluación.

3.11 RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR Y PUBLICACIÓN DEL INFORME DE EVALUACIÓN DEFINITIVO

Las respuestas a las observaciones presentadas y los resultados de la evaluación definitiva serán publicados en la página Web de la UNIVERSIDAD http://www.unal.edu.co/contenido/contratacion.htm en la fecha indicada en el cronograma.

Ninguna aclaración verbal podrá afectar los términos y condiciones de este pliego de condiciones y sus adendas.

3.12 VALIDEZ DE LAS OFERTAS

Las ofertas deberán tener una validez mínima de noventa (90) días, contados a partir de la fecha de publicación de la Invitación pública.

3.13 CONFIDENCIALIDAD Y RETIRO DE LA OFERTA

El contenido de las ofertas será de carácter reservado en cuanto la ley lo determine.

El OFERENTE podrá solicitar el retiro de su oferta mediante oficio escrito dirigido a la Sección de Contratación Sede, Universidad Nacional de Colombia, Edificio Uriel Gutiérrez Oficina 376, hasta la fecha y hora previstas para el plazo de entrega de la oferta. En tal caso, en la diligencia de cierre de la invitación y apertura de ofertas, no se abrirán los sobres que contengan el original y las copias de la oferta retirada.

Una vez se realice la apertura de la urna y de las ofertas no habrá devolución de ofertas.

Una vez finalizado el proceso de selección, la Universidad Nacional de Colombia procederá a archivar los originales de todas y cada una de las OFERTAS.

En caso que la invitación sea declarada desierta, se devolverá a los OFERENTES que lo soliciten por escrito, el original de la póliza que ampara la seriedad de la OFERTA.

3.14 NEGATIVA O ABSTENCIÓN INJUSTIFICADA A LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

Si el OFERENTE seleccionado mediante la presente invitación, no suscribe el contrato dentro de los cinco (5) días siguientes a la comunicación de su asignación, quedará a favor de la UNIVERSIDAD, la posibilidad

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de aplicar en calidad de sanción, la garantía de seriedad de la oferta, sin menoscabo de las sanciones legales conducentes al reconocimiento de los perjuicios causados y no cubiertos por la garantía.

En este evento, la UNIVERSIDAD podrá asignar el contrato, dentro de los cinco (5) días siguientes de presentada la negativa o abstención, al oferente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su oferta sea igualmente favorable y conveniente para la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA.

3.15 VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN

La UNIVERSIDAD dentro de la etapa de evaluación de las ofertas, podrá designar funcionarios para que realicen visitas a las instalaciones o sedes de cada uno de los OFERENTES, con el fin de verificar la información que los mismos han consignado en sus ofertas.

3.16 DEVOLUCIÓN DE LAS OFERTAS

No habrá devolución de ofertas. Una vez finalizado el proceso de selección, la UNIVERSIDAD procederá a archivar los originales y las copias de todas y cada una de las ofertas. Sólo en caso de que la invitación sea declarada desierta, se devolverá a los OFERENTES el original de sus ofertas, si así lo solicita por escrito el participante.

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INVITACIÓN PÚBLICA CON-BOG- 003 DE 2013 PARA CONTRATAR EL “REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, RESTAURACIÓN ARQUITECTÓNICA Y RENOVACIÓN DE REDES TÉCNICAS DEL EDIFICIO

401 DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA, UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE BOGOTÁ POR LA MODALIDAD DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA”

4 CAPÍTULO IV: CONDICIONES GENERALES DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

La oferta y sus documentos anexos deben redactarse en idioma castellano y presentarse por escrito utilizando un medio impreso, debidamente foliada en la parte frontal de cada hoja, en estricto orden consecutivo ascendente.

El OFERENTE deberá hacer una lectura juiciosa y detallada de los requisitos establecidos en este Pliego de Condiciones. La presentación de la oferta, por parte del oferente, constituye evidencia de que estudió completamente las especificaciones técnicas, formularios y demás documentos, que recibió las aclaraciones necesarias sobre las inquietudes o dudas previamente consultadas y que ha aceptado que el contenido de este pliego de condiciones es completo, compatible y adecuado para identificar el alcance del servicio a prestar y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para definir las obligaciones que se adquieren en virtud del contrato que se celebrará.

La oferta debe incluir una tabla de contenido donde se indique la ubicación de los documentos que la conforman con el número de folios.

La oferta se presentará por escrito de manera directa a la UNIVERSIDAD por el oferente o por un representante del mismo. Deberá entregarse en original y dos (2) copias , debidamente foliadas de forma ascendente, las cuales deberán ser entregadas dentro del plazo fijado en el CRONOGRAMA, en sobres separados y sellados, debidamente rotulados en su parte exterior. Rótulo que contendrá como mínimo la siguiente información del OFERENTE:

En caso de discrepancia entre el original y la copia, se tendrá en cuenta la información contenida en el original. La oferta original y sus copias deben contener los documentos legales exigidos como mínimos, la oferta técnica y la oferta económica, con todos sus anexos.

Además de lo anterior, la oferta económica, y los Formularios de ACREDITACIÓN EXPERIENCIA DEL OFERENTE Y RESUMEN DEL VALOR DE LA PROPUESTA ECONÓMICA deberán ser diligenciados y e ntregarse en medio digital, en formato XLS, el cual no suplirá la exigencia de presentar el medio impreso cada uno de los anexos.

La oferta original debe contener un CD con la información de la propuesta técnica- económica. Elemento subsanable en su presentación dentro del proceso de evaluación.

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIAINVITACIÓN PÚBLICA CON-BOG-003 DE 2013CONTRATAR BAJO LA MODALIDAD DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA LAS OBRAS DE “REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, RESTAURACIÓN ARQUITECTÓNICA Y RENOVACIÓN DE REDES TÉCNICAS DEL EDIFICIO 401 DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA, UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE BOGOTÁ’’

Oferta presentada por:_________________________________________________Nombre o razón social: ________________________________________________Dirección: __________________________________No. Teléfono: ____________________No. de fax: ______________________Correo electrónico: _____________________________

Si es UT o Consorcio agregar las empresas o razones sociales que la conforman:_______________________________________________________________________________________________________________

ORIGINAL / PRIMERA COPIA / SEGUNDA COPIA

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En caso de discrepancia entre el medio digital y el documento impreso, primará este último sobre el medio digital.

La oferta remitida por correo que para la fecha y hora límite, establecidas para su presentación en el Cronograma, haya sido presentada en dependencias distintas a las indicadas en el pliego para su recepción, no se tendrá en cuenta.

No se aceptarán ofertas fuera de la fecha y hora límite establecida en el cronograma.

Si se presentan ofertas en Consorcio y/o Unión Temporal, cada uno de sus integrantes deberá presentar individualmente los documentos que acrediten su capacidad, existencia, representación legal, así como los requisitos financieros solicitados.

El OFERENTE debe diligenciar y presentar todos los formularios enunciados a lo largo de este documento, los cuales hacen parte integral de este Pliego de Condiciones.

No se aceptarán ofertas cuyos documentos presenten tachaduras o enmendaduras, a menos que tengan la aclaración correspondiente.

En la oferta deben indicarse los precios expresados en pesos colombianos, sin centavos, incluyendo todos los costos en que pueda incurrir durante la ejecución del contrato.

Serán a cargo del OFERENTE todos los costos asociados a la preparación y presentación de su oferta.

En el presente proceso, NO SE ACEPTA la presentación de ofertas parciales, alternativas o complementarias.5

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5. CAPÍTULO V: DOCUMENTOS Y REQUISITOS DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

5.1 DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN JURÍDICA

5.1.1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

La oferta deberá estar acompañada de una carta de presentación debidamente firmada por el oferente, si es persona natural, o por el representante legal si es persona jurídica. Tratándose de consorcios o uniones temporales deberá estar firmada por el representante designado o el apoderado constituido para el efecto, debidamente facultado en los términos de la ley. La oferta deberá estar avalada por un Arquitecto o Ingeniero Civil.

La carta de presentación de la oferta deberá ser diligenciada en el Formulario No 1 descrito en el presente pliego de condiciones.

La no presentación de este documento, o si éste no se encuentra firmado por el Representante Legal del oferente o Representante del Consorcio o Unión Temporal o por el apoderado constituido para tal fin, será causal de rechazo de la oferta. El contenido de este documento será subsanable.

5.2 CERTIFICADO DE NO ESTAR INCURSOS EN LAS PROHIBICIONES, INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES CONSAGRADAS EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA Y LA LEY

El representante Legal de la firma participante deberá certificar bajo la gravedad de juramento, en un documento independiente al exigido en el numeral 5.1.1, que ninguno de los socios, integrantes, miembros de juntas directivas o revisores fiscales, de la firma que representa se encuentra incurso en ninguna de las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades consagradas en la Constitución Política y la Ley La no presentación de este documento será subsanable dentro del término que así determine la Universidad antes de la evaluación.

5.3 DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE Y/O REPRESENTANTE LEGAL Y MATRÍCULA PROFESIONAL DE ARQUITECTO O INGENIERO CIVIL

Las personas naturales que presenten oferta en la presente Invitación Pública, deben adjuntar copia legible de su cédula de ciudadanía o de extranjería, junto con su Tarjeta Profesional como Arquitecto o Ingeniero civil. Si no acreditare título académico en estas profesiones, la oferta deberá ser avalada por un Arquitecto o Ingeniero, adjuntando copia legible de su respectivo documento de identidad y de la Tarjeta Profesional.

El Representante Legal de las personas jurídicas, Consorcios o Uniones Temporales, que presenten ofertas deben anexar los documentos antes mencionados (copia legible de su cedula de ciudadanía junto con su Tarjeta Profesional como Arquitecto o Ingeniero civil). Si el Representante Legal del oferente, no acreditare título académico en estas profesiones, la oferta deberá ser avalada por un Arquitecto o Ingeniero y adjuntar copia legible de su respectivo documento de identidad y de la Tarjeta Profesional.

En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los miembros deberá presentar éste documento.

La omisión en la presentación de estos documentos, así como la falta del respectivo aval o de las firmas, no será subsanable y generará el rechazo de la oferta.

5.4 CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL

Cuando el OFERENTE, o alguno de los integrantes del consorcio o unión temporal, sea una persona jurídica, se deberá comprobar su existencia y representación legal mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio, donde conste su razón social y representación legal, además de lo siguiente:

En el certificado se verificará la siguiente información:

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a. Que su objeto social corresponde a actividades desempeñadas en el campo de la arquitectura o ingeniería civil.

b. Que estén contempladas las facultades del representante legal.

c. Que esté contemplado el nombramiento del revisor fiscal (en caso de que requiera).

d. La persona jurídica debe haberse constituido legalmente por lo menos cinco (5) años antes, contados antes de la fecha de publicación de la presente invitación.

e. La duración de la sociedad no será inferior al plazo del contrato y tres (3) años más, contados a partir de la fecha de publicación de la presente invitación.

f. Fecha de expedición con una antelación máxima de noventa (90) días, contados a partir de la fecha de publicación del presente proceso de invitación.

g. Solamente en el caso de no ser posible acreditar en el Certificado de Cámara de Comercio, a la fecha de publicación del presente proceso, la información requerida en el literal b) del presente numeral, el OFERENTE deberá presentar el documento idóneo, legalmente permitido, que contenga dicha información. Dicho documento podrá ser:

a. Escrituras públicas de la sociedad.b. Actas de Asambleas de Accionistas.c. Estatutos de la sociedad.

Los miembros de los consorcios o uniones temporales, deberán presentar cada uno el documento que acredite su existencia y representación legal en los términos de este numeral.

Nota:

Serán causales de rechazo de la OFERTA, aplicables a este numeral:

La no presentación o presentación de documentos distintos a los expresamente exigidos en este numeral.

Que la información solicitada en las literales a), c), d) y e) de este numeral no repose en el Certificado expedido por la Cámara de Comercio.

La omisión por parte de alguno de los miembros de uniones temporales o consorcios, de la presentación de los documentos expresamente exigidos en el presente numeral, sin perjuicio que los demás miembros lo hubieran presentado.

5.5 HOJA DE VIDA PERSONAL Y/O JURÍDICA

El oferente (persona natural) deberá diligenciar y firmar el FORMATO ÚNICO DE HOJA DE VIDA que se encuentra en el Formulario No. 2.

El oferente (persona jurídica) deberá diligenciar y firmar el FORMATO ÚNICO DE HOJA DE VIDA que se encuentra en el Formulario No. 3.

En caso de Consocios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros o integrantes deberán presentar el respectivo formulario.

Este documento podrá ser subsanado en cuanto su contenido. La no presentación del mismo, constituye causal de rechazo de la oferta.

5.6 AUTORIZACIÓN PARA PRESENTAR OFERTA Y SUSCRIBIR CONTRATO (PERSONA JURÍDICA)

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Si el Representante Legal del OFERENTE o de alguno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, requiere autorización de sus órganos de dirección para presentar oferta y suscribir el contrato en caso de ser asignado, deberá anexar los documentos que acrediten dicha autorización, debidamente firmados por el presidente y el secretario de la reunión del órgano competente para emitir dicha autorización de acuerdo con los estatutos o reglamentos de la respectiva persona jurídica.

En caso de nombrar apoderado, se deberá presentar el poder que lo faculte para presentar ofertas y celebrar contratos.

Este documento podrá ser subsanado en cuanto a su contenido. Será causal de rechazo la no presentación del mismo, o la falta de las firmas de sus integrantes.

5.7 DOCUMENTO FORMAL QUE ACREDITE LA CONFORMACIÓN DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL

Si el OFERENTE presenta su OFERTA a título de consorcio o unión temporal deberá presentar el respectivo documento de conformación (Formularios No.4 o 5), para lo cual se deberá cumplir con lo siguiente:

Expresar si la participación es a título de consorcio o de unión temporal. Si se trata de unión temporal, sus miembros deberán señalar los términos y extensión (actividades y porcentaje) de su participación en la oferta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin previa autorización de la UNIVERSIDAD.

Señalar la duración del Consorcio o Unión Temporal, la cual no será inferior a la del plazo del contrato y tres (3) años más, contados a partir de la fecha de publicación de la presente invitación.

Informar quien es el líder del Consorcio o Unión temporal.

Designar la persona que, para todos los efectos representará al consorcio o unión temporal.

Señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad, de conformidad con lo señalado en el parágrafo 1o del artículo 7o de la Ley 80 de 1993.

Informar cuál es el porcentaje de participación de cada uno de los miembros de la Unión Temporal.

Informar cual será la empresa que emitirá la facturación para la Universidad.

Este documento podrá ser subsanado en cuanto a su contenido. La omisión de este documento o de las firmas de sus integrantes y la falta de designación de representante, o en el caso de las Uniones Temporales la falta de señalamiento de los términos y extensión de la participación de los miembros que las integren, no son subsanables y generan el rechazo de la oferta.

5.8 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA

El OFERENTE debe presentar con su oferta, como requisito indispensable, una Garantía de Seriedad de la misma, expedida por una compañía de seguros legalmente constituida y establecida en Colombia o podrá constituirse mediante garantía bancaria expedida por el representante legal autorizado de la entidad bancaria.

En dicho documento se verificará lo siguiente:a) Asegurado/Beneficiario: UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA – NIT 899.999.063-3b) Cuantía: Diez por ciento (10%) del valor total de la propuesta (IVA incluido);c) Vigencia: Noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha de publicación de la invitación. d) Tomador/Afianzado: la póliza o garantía deberá tomarse con el nombre del OFERENTE o de la razón

social que figura en el certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio.

e) Firma del representante legal: la póliza o garantía deberá firmarse por parte del representante legal del OFERENTE.

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f) Recibo de pago o certificación de la compañía aseguradora donde conste el pago de la prima de la garantía de seriedad de la oferta o certificación donde conste que la misma no expirará por falta de pago de la prima.

El OFERENTE deberá ampliar la vigencia de la garantía cuando se presenten modificaciones en el cronograma del proceso, siempre y cuando la UNIVERSIDAD así lo considere necesario.

Tanto al OFERENTE favorecido con la contratación como a los demás participantes, se le devolverá la garantía de la seriedad de la propuesta cuando esté perfeccionado el contrato, si así previamente es solicitado por éstos, mediante cualquier medio escrito.

La UNIVERSIDAD hará efectiva la totalidad de la garantía, a título de indemnización por perjuicios en los siguientes casos:1 Cuando el OFERENTE se niegue a prorrogar la garantía de seriedad de la PROPUESTA, en caso que la

UNIVERSIDAD decida modificar el calendario de la invitación y/o solicite la ampliación de la garantía.2 Cuando el OFERENTE, por cualquier motivo, salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente

comprobado y aceptado por la UNIVERSIDAD, no cumpliere las condiciones y obligaciones establecidas en el pliego de condiciones o en su PROPUESTA.

La no presentación de la Garantía de Seriedad de la OFERTA o la falta de la firma de la misma, será motivo de rechazo por entenderse que la OFERTA no tiene la seriedad exigida.

También será causal de rechazo de la OFERTA la presentación de la garantía sin el cumplimiento de los requisitos contenidos en los literales a), d) y e). El contenido de los demás elementos podrá ser subsanado si así lo solicita la Universidad.

5.9 CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES A SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES

Los OFERENTES deberán presentar el certificado expedido por el revisor fiscal o representante legal, en que conste que se encuentra a paz y salvo por concepto de pago de aportes a salud, pensiones, riesgos profesionales, SENA, ICBF y cajas de compensación familiar, de acuerdo a lo establecido en el artículo 50 de la ley 789 de 2002, modificado por la Ley 828 de 2003.

Las personas jurídicas y/o naturales integrantes de un Consorcio o Unión Temporal deben presentar individualmente el certificado sobre el pago de los aportes al Sistema General de Seguridad Social y aportes parafiscales.

Dicha certificación deberá expedirse con una antelación mínima de treinta (30) días, a la fecha de publicación de la presente invitación.

Este documento podrá subsanarse en su contenido. La no presentación será causal de rechazo de la oferta.

5.10 DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN TÉCNICA

5.10.1 EXPERIENCIA GENERAL

En caso de personas naturales: Como experiencia general deberán acreditar formación en profesiones afines (arquitecto o ingeniero civil), que certifiquen como mínimo cinco (5) años en el ejercicio de la profesión, la cual se acreditará con la copia de la matricula profesional o certificado de inscripción profesional.

En el caso de las personas jurídicas: Deben certificar cinco (5) años o más de existencia en correspondencia con el certificado de existencia y representación legal

5.10.2 EXPERIENCIA TÉCNICA ESPECÍFICA

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1. El OFERENTE deberá diligenciar el Formulario No 6 “ACREDITACIÓN EXPERIENCIA DEL OFERENTE”, en el cual se consignará la información sobre la experiencia del OFERENTE en relación con el objeto de la presente Invitación.

2. El OFERENTE deberá acreditar la ejecución de contratos de obra, suscritos y terminados dentro de los últimos diez (10) años, inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la presente invitación, para lo cual deberá aportar con su oferta tres (3). NO SE ACEPTARÁN CONTRATOS QUE SE ENECUENTREN EN EJECUCIÓN.

3. La evaluación se realizará a cada contrato certificado, en el caso de presentar una certificación en donde se relacionen y certifiquen varios contratos el proponente deberá indicar en el Formulario 6. “ACREDITACIÓN EXPERIENCIA DEL OFERENTE” los contratos que pondrán bajo evaluación y cada uno se evaluara independientemente.

4. En el caso de Consorcio o Unión Temporal, cada uno de los integrantes deberá llenar un formulario por separado y suministrar toda la información solicitada debidamente soportada mediante certificaciones que deben anexar al mismo. En el evento que uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, no presente certificaciones de contratos terminados, deberá manifestarlo expresamente en el Formulario No. 6. Se entenderá cumplido en la suma de certificaciones allegados por los integrantes de la Unión Temporal o Consorcio. La omisión del Formulario No. 6 “ACREDITACIÓN EXPERIENCIA DEL OFERENTE”, es causal de rechazo.

5. La experiencia del OFERENTE acreditada en cada uno de los contratos será habilitada siempre y cuando cumplan con los requisitos antes descritos. Si una vez evaluados los contratos, el número de los habilitados es inferior a tres (3) será configura causal de rechazo.

6. Dentro de los 3 contratos certificados deberán cumplirse como mínimo las siguiente condiciones:

Por lo menos uno (1) deberá acreditar construcción de obras de reforzamiento estructural con áreas intervenidas o construidas totales superiores a 2000 m2 y como mínimo en dos pisos de altura. En el caso de uniones temporales o consorcios, se entenderá cumplido el requisito, si por lo menos uno de los integrantes hace parte de los ejecutores de la obra contratada en consorcio o unión temporal, independientemente de su porcentaje de participación.

Por lo menos uno (1) deberá acreditar la ejecución de un contrato de construcción bajo la modalidad de administración delegada. En el caso de uniones temporales o consorcios, se entenderá cumplido el requisito, si por lo menos uno de los integrantes hace parte de los ejecutores de la obra contratada en consorcio o unión temporal, independientemente de su porcentaje de participación.

Los tres (3) deberán acreditar la ejecución de contratos de construcción de edificaciones de área mayor a 2000 m2, mínimo 2 pisos y donde se hayan contemplado capítulos de instalaciones hidrosanitarias y eléctricas. En el caso de uniones temporales o consorcios, se entenderá cumplido el requisito, si por lo menos uno de los integrantes hace parte de los ejecutores de la obra contratada en consorcio o unión temporal, independientemente de su porcentaje de participación

La suma de los valores facturados actualizados (VFA) de la totalidad de los contratos certificados, deberá ser mayor o igual a 16000 SMLMV (2013). Si la certificación acredita a uniones temporales o consorcios, se evaluará el requisito en proporción a la participación que acredite cada certificación

El valor facturado actualizado (VFA) de por lo menos uno de los contratos certificados deberá ser mayor a 6500 SMLMV (2013). Si la certificación acredita a uniones temporales o consorcios, se evaluará el requisito en proporción a la participación que acredite cada certificación

El valor facturado mensual (VFM) de por lo menos uno de los contratos certificados, deberá ser mayor o igual a 500 SMLMV (2013). Si la certificación acredita a uniones temporales o consorcios, se evaluará el requisito en proporción a la participación que acredite cada certificación.

Las certificaciones aportadas deben cumplir con los requisitos enunciados, de lo contrario, la oferta será rechazada.

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El contenido del anexo o de las certificaciones será subsanable por solicitud de la Universidad. El orden de registro de los contratos en el formulario no es subsanable.

La información de la hoja de vida del OFERENTE, deberá ser coincidente con la reportada en el formulario de experiencia y coincidente con los contratos certificados.

En caso de presentarse más de tres (3) contratos certificados, la Universidad tendrá en cuenta solo los 3 primeros relacionados en el formulario No 6, independientemente de la foliación de las certificaciones u orden de archivo de las mismas en la propuesta.

Las certificaciones que soporten la información relacionada con estos contratos deberán acreditar:

a. Nombre del contratante.b. Nombre, firma y/o cargo de la persona que expide la certificación.c. Dirección y teléfono del contratanted. Nombre del contratista.e. El objeto del contrato.f. El porcentaje de participación si fue ejecutado bajo la calidad de Unión Temporal o Consorcio.g. Las fechas contractuales de iniciación y terminación.h. Las fechas contractuales de suspensión y reanudación si el contrato se suspendió.i. El valor total facturado (incluido el IVA) o el que corresponda según el porcentaje de participación si el

contrato se ejecutó bajo la calidad de Unión Temporal o Consorcio.j. La modalidad de contratación.k. Área de obra construida o intervenida, sin obras de urbanismo, ni de espacio público.l. Número de pisos de la Edificación. (Los sótanos no se consideran pisos)m. Tipología de la Intervención (Reforzamiento, Obra Nueva, Restauración, etc.).n. Capítulos de Obra del contrato

NOTA: Serán causales de rechazo de la OFERTA, aplicables a este numeral:

1. La no presentación del número mínimo de contratos certificados habilitados.2. La no presentación de la información exigida para las certificaciones, en los anteriores

literales3. El OFERENTE deberá no haber incurrido en multa y/o incumplimiento alguno, en los últimos

cinco (5) años, inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de esta invitación en contratos celebrados con entidades oficiales o personas de derecho privado; las mismas hacen referencia a las impuestas por el contratante directa o indirectamente.

4. La Universidad se reserva el derecho de verificar la exactitud y veracidad de la información que contengan los certificados y/o formularios. En caso de encontrar alguna incongruencia entre éstos y la realidad, se rechazará la oferta.

5.10.3 CRITERIOS DE VERIFICACIÓN DE LA EXPERIENCIA

a. La verificación de la experiencia técnica se realizará de conformidad con las siguientes reglas:

La UNIVERSIDAD podrá verificar la veracidad y exactitud de la información consignada en la oferta.

Para efectos de la evaluación, los plazos serán contabilizados en meses laborales de 30 días con aproximación a la primera cifra decimal.

Todos los cálculos que se realicen para efectos de la valoración de la experiencia, excepto el mencionado en la anterior viñeta, serán aproximados por exceso o por defecto a la unidad.

b. El procedimiento para obtener el valor correspondiente al VFA y al VFM de cada uno de los contratos presentados es el siguiente:

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El valor facturado actualizado (VFA) se determina a partir del valor facturado por concepto de obra ejecutada, expresado en salarios mínimos legales mensuales del año correspondiente a la fecha de iniciación de la obra.

Si el contrato corresponde a una obra terminada bajo la calidad de Consorcio o Unión Temporal, el valor facturado actualizado (VFA) será igual al valor total facturado del suministro multiplicado por el porcentaje de participación del oferente.

El valor facturado mensual (VFM) se determinará de la siguiente forma:

VFM = VFA / n

Donde,

VFM : Valor facturado mensual del contratoVFA : Valor facturado actualizado determinado según se indicó

anteriormenteN : Plazo contractual durante el cual se ejecutó y facturó la obra,

expresado en meses. Si el contrato presentó períodos de suspensión éstos se descontarán.

NOTAS:

La UNIVERSIDAD verificará y corregirá los errores aritméticos o de cálculo que se presenten en el Formulario No. 6. El valor corregido será el que se utilice para la verificación de la experiencia.

En todos los casos SOLO se aceptan los metros cuadrados de construcción SIN OBRAS DE URBANISMO, NI DE ESPACIO PÚBLICO.NO APLICAN, REFORMAS, REMODELACIONES, ADICIONES O SIMILARES.

5.11 DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN FINANCIERA

Este factor analiza la capacidad del proponente para realizar la gestión financiera del objeto propuesto en el Pliego de Condiciones. Resultados posibles: ADMISIBLE/NO ADMISIBLE

Los siguientes documentos deben ser presentados por cada uno de los proponentes que se presenten ya sea en forma individual o como integrantes del Consorcio o Unión Temporal.

5.11.1 ESTADOS FINANCIEROS

Los siguientes documentos deben ser presentados por cada uno de los PROPONENTES que se presenten ya sea en forma individual, consorcio o unión temporal:

Balance General clasificado, Estado de Resultados, Notas a los Estados Financieros, certificación del Contador Público y Dictamen del revisor Fiscal en los casos en que se requiera con corte a 31 de diciembre de 2012. La omisión de cualquiera de estos documentos no será subsanable y generará el rechazo de la oferta.

El Balance General y Estado de Resultados deben ser firmados por el Representante Legal, el Contador Público y el Revisor Fiscal en los casos en que este último sea necesario, conforme a lo establecido en el Artículo 13 parágrafo 2º de la Ley 43 de 1990. La omisión de este requisito no será subsanable y generará el rechazo de la oferta. Cuando alguno de estos Estados Financieros presente inconsistencias en la Ecuación Contable, se podrá subsanar. En el caso en que al subsanar la información se presenten diferencias de contenido en los Estados Financieros generará el rechazo de la oferta.

Los Estados Financieros deben ser elaborados, clasificados y presentados conforme al Decreto 2649 de 1993, “Por el cual se reglamenta la contabilidad en general y se expiden los

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Principios o Normas de Contabilidad Generalmente Aceptados en Colombia”, para el caso de entidades de naturaleza privada, y conforme a la Resolución No. 222 del 5 de julio de 2006 “Por la cual se adopta el Régimen de Contabilidad Pública y se define su ámbito de aplicación” para los casos de entidades de naturaleza pública.

La Universidad podrá solicitar las correspondientes aclaraciones de los documentos de verificación financiera y una vez analizada y revisada la respectiva información por parte de la Universidad, se procederá a hacer las reclasificaciones que correspondan, para efecto del cálculo de los indicadores financieros, cuando haya lugar a esto.

Estos documentos podrán ser objeto de solicitud de aclaración por parte de la UNIVERSIDAD en su contenido.

Para los Oferente extranjeros deberán presentar Balance General clasificado y Estados de Resultado con sus respectivas Notas a los Estados Financieros, según la normatividad que rija en su país de origen, traducidos al español y expresado en pesos colombianos, a la Tasa Representativa del Mercado (TRM) de la fecha de cierre de los mismos, indicando la tasa de conversión, estos documentos deben estar apostillados o consularizados y visados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.

5.11.2 TARJETA PROFESIONAL Y CERTIFICACIÓN DE VIGENCIA DE INSCRIPCIÓN Y ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DEL CONTADOR PÚBLICO

El PROPONENTE deberá anexar copia de la Tarjeta Profesional y de la Certificación de Vigencia de Inscripción y Antecedentes Disciplinarios vigente, expedida por la Junta Central de Contadores, del Contador Público responsable de la suscripción del Balance General solicitado.

Para el caso de consorcios o uniones temporales cada uno de los participantes deberá anexar la Certificación de Vigencia de Inscripción y Antecedentes Disciplinarios del Contador que certifica su Balance General.

Nota: Si el PROPONENTE no allega la tarjeta profesional y el certificado de antecedentes disciplinarios del(os) contador(es) público(s) que suscribe(n) el Balance General, o si el certificado de antecedentes disciplinarios allegado con la PROPUESTA no se encuentra vigente, la UNIVERSIDAD podrá solicitarlo(s) en cualquier momento y por una sola vez, antes de la publicación de la evaluación definitiva; si el PROPONENTE no responde a la solicitud dentro del plazo estipulado por la UNIVERSIDAD, se configurará causal de rechazo de la PROPUESTA.

5.11.3 TARJETA PROFESIONAL Y CERTIFICACIÓN DE VIGENCIA DE INSCRIPCIÓN Y ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DEL REVISOR FISCAL

Conforme a lo dispuesto en el parágrafo 2° del Artículo 13 de la Ley 43 de 1990, en las empresas en que se requiera tener Revisor Fiscal, el PROPONENTE deberá anexar copia de la Tarjeta Profesional y de la Certificación de Vigencia de Inscripción y Antecedentes Disciplinarios vigente, expedida por la Junta Central de Contadores, del Revisor Fiscal.

Bogotá, Abril de 2013

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INVITACIÓN PÚBLICA CON-BOG- 003 DE 2013 PARA CONTRATAR EL “REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, RESTAURACIÓN ARQUITECTÓNICA Y RENOVACIÓN DE REDES TÉCNICAS DEL EDIFICIO

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Para el caso de consorcios o uniones temporales cada uno de los participantes deberá anexar la Certificación de Vigencia de Inscripción y Antecedentes Disciplinarios del Revisor Fiscal que dictamina su Balance General.

Nota: Si el PROPONENTE no allega la tarjeta profesional y el certificado de antecedentes disciplinarios del(os) contador(es) público(s) que suscribe(n) el Balance General, o si el certificado de antecedentes disciplinarios allegado con la PROPUESTA no se encuentra vigente, la UNIVERSIDAD podrá solicitarlo(s) en cualquier momento y por una sola vez, antes de la publicación de la evaluación definitiva; si el PROPONENTE no responde a la solicitud dentro del plazo estipulado por la UNIVERSIDAD, se configurará causal de rechazo de la PROPUESTA.

5.11.4 RUT (REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO) Y RIT (REGISTRO DE IDENTIFICICACIÓN TRIBUTARIA)

El OFERENTE deberá presentar el respectivo certificado expedido por el ente legal, donde conste si se encuentra en representación de una persona jurídica o natural debidamente registrada, y que su actividad económica corresponde a la del objeto a contratar.

En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los miembros deberá presentar éste documento.

Estos documentos podrán subsanarse en su contenido. En caso de no presentarse con la oferta, la UNIVERSIDAD podrá requerirlos en cualquier momento y por una sola vez, antes de la publicación de la evaluación definitiva, y el OFERENTE deberá adjuntarlos so pena de incurrir en causal de rechazo.

5.12 REQUISITOS FINANCIEROS

Este factor se evaluará de acuerdo con el cumplimiento de cada uno de los requisitos exigidos en el numeral 5.3.1 a 5.3.4 del presente pliego de condiciones.

5.13 ANÁLISIS DE CAPACIDAD FINANCIERA (ADMISIBLE- NO ADMISIBLE)

La Universidad revisará la información suministrada por los proponentes y se calcularan con base en el balance general con corte a 31 de Diciembre de 2012, los siguientes indicadores financieros:

Capital de trabajo Solvencia Nivel de endeudamiento

5.13.1 CAPITAL DE TRABAJO

El Capital de Trabajo, entendido como el resultado del Activo corriente menos el Pasivo Corriente, será mayor o igual al 30% del Presupuesto Oficial.

CT=AC-PC ≥ a 30% Presupuesto Oficial de la Propuesta

Donde: CT: Capital de trabajo

AC: Activo CorrienteBogotá, Abril de 2013

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PC: Pasivo Corriente

5.13.2 PRUEBA ÁCIDA

La Prueba Ácida, entendida como la relación de Activo Corriente menos Inventarios dividido por el Pasivo Corriente, será mayor o igual a 1.0.

PA= (AC-I)/PC ≥ 1.0

Donde: AC: Activo Corriente I: Inventarios PC: Pasivo Corriente

5.13.3 NIVEL DE ENDEUDAMIENTO

El nivel de endeudamiento, entendido como el Pasivo Total dividido por el Activo Total será menor o igual al 80%.

E=PT/AT ≤ 80%

Donde: E: Nivel de EndeudamientoPT: Pasivo TotalAT: Activo total

Los proponentes deben cumplir con los anteriores indicadores y deberán ser diligenciados en el Formulario N° 10; si no se declarará como No Admisible y por lo tanto se generará el rechazo de la propuesta, el anterior formulario podrá ser subsanado en su contenido, sin embargo, la omisión este documento generará el rechazo de la oferta.

Para determinar la capacidad financiera de las Uniones Temporales, se calcularan separadamente los indicadores financieros de los integrantes. Los índices obtenidos se multiplicarán por el porcentaje de participación de cada uno de ellos y el resultado se sumará para consolidar el total de los índices de la Unión Temporal.

Para determinar la capacidad financiera de los Consorcios, se calcularan separadamente los indicadores financieros de los integrantes. Los índices obtenidos se sumaran y se dividirán luego por el número de integrantes del Consorcio. Este resultado consolidado constituirá los índices del Consorcio.

5.14 CERTIFICACIÓN DE REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP) DE LA CÁMARA DE COMERCIO

El OFERENTE deberá presentar el Certificado de Registro Único de Proponentes expedido por la Cámara de Comercio.Para el caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los miembros deberá presentar la documentación requerida en el presente numeral.

En el certificado se verificará:

La inexistencia de reportes sobre multas o sanciones impuestas al OFERENTE, dentro de los cinco (5) años anteriores a la fecha de publicación de la presente invitación, en relación con el objeto contractual de la misma.

Fecha de expedición no mayor a noventa (90) días a la fecha de publicación de la presente invitación

Bogotá, Abril de 2013

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Clasificación: El OFERENTE deberá estar inscrito en la siguiente actividad y en todas las especialidades con sus respectivos grupos, como se indican a continuación:

Actividad 01: Constructores

Especialidad 02: Obras sanitarias y ambientalesGrupo 01 Redes de distribución de agua potable. Grupo 02 Redes de distribución de aguas servidas.

Especialidad 03: Sistemas de comunicación y obras complementarias Grupo 01 Centrales telefónicas. Grupo 02 Redes de fibra óptica. Grupo 03 Redes de transmisión de datos. Grupo 05 Redes de computación y conmutación.

Especialidad 04: Edificaciones y obras de urbanismo. Grupo 02 Edificaciones mayores de 500 M2 y de alturas mayores de 15m. Grupo 03 Remodelaciones, conservación y mantenimiento. Grupo 04 Restauración de edificaciones. Grupo 06 Estructuras de concreto convencionales. Grupo 07 Estructuras especiales de Concreto. Grupo 09 Estructuras de madera. Grupo 10 Instalaciones interiores para edificaciones.

Especialidad 05: Montaje electromecánicos y Obras Complementarias. Grupo 03 Subestaciones de energía. Grupo 05 Montaje de ascensores, montacargas y puente - grúas. Grupo 08 Montaje de tuberías de presión.

Especialidad 09: Servicios generales. Grupo 01 Sistemas de seguridad industrial. Grupo 03 Sistemas contra incendio. Grupo 04 Sistemas de seguridad y vigilancia.

En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los miembros deberá estar inscrito en el Registro Único de Proponentes. El requisito se entenderá cumplido cuando entre todos los miembros del consorcio o unión temporal cumplan con los requisitos establecidos para la clasificación en las Especialidades y Grupos establecidos.

K de contratación como constructor igual o superior a 45.000 SMLMV. Uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal deberá tener como mínimo un K de

contratación como constructor de 22.501 SMMLV.

Nota: Este documento podrá ser subsanado, en cuanto a su contenido.

Serán causales de rechazo de la oferta, aplicables a este numeral:

La no presentación del certificado del RUP por parte del OFERENTE. La presentación de documentos distintos a los expresamente exigidos en este numeral. La omisión por parte de alguno de los miembros de uniones temporales o consorcios, de la

presentación del documento expresamente exigido en este numeral, sin perjuicio que los demás miembros lo hubieren presentado.

Que en el certificado exista constancia de multas y/o sanciones impuestas al oferente en relación con el objeto contractual de la presente invitación dentro de los últimos cinco (5) años anteriores a la publicación de la presente invitación.

Nota: Se admitirá también el Sistema de Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU), adoptado por Colombia, y revisado por el Departamento Nacional de Estadística DANE-vigente al momento de realizar el proponente su inscripción, actualización o renovación en el Registro Único de Proponentes, según el decreto

Bogotá, Abril de 2013

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734 de 2012.

6. CAPÍTULO VI: OFERTA ECONÓMICA Y TECNICA

Para LA UNIVERSIDAD es indispensable que las propuestas económicas sean precisas, comparables y Confiables. Por esta razón se entran a detallar las condiciones específicas de los componentes de costo. Más adelante se presentan y sustentan los formularios estándar diseñados para unificar las condiciones de presentación, comparación y evaluación de las propuestas.

En caso de presentarse errores matemáticos, estos serán susceptibles de aclaración, siempre y cuando las correcciones no incidan en el valor total de la oferta, en un 1% ni por debajo ni por encima; si excede este parámetro la oferta se rechazará.

6.1 COMPONENTES DE LA OFERTA ECONÓMICA Y TÉCNICA – Diligenciar Formularios No 8 y 9.

La oferta económica (OE) es la resultante de dos (2) componentes esenciales:

1) El valor de los gastos administrativos reembolsables correspondientes al personal administrativo y técnico, asesores y gastos indirectos de la oficina central, dotación y amueblamiento de las instalaciones provisionales, y demás específicamente considerados en esta INVITACIÓN PÚBLICA.

2) El valor y porcentaje de los honorarios del administrador.: El valor de los honorarios como componente de la Oferta Económica incide en la calificación, constituyéndose en un factor de competitividad de las ofertas. Cada oferente queda en libertad de establecer el porcentaje (%) que determine para el cobro de los honorarios.

Estos componentes constituyen el VALOR DE LA PROPUESTA y su resumen en el Formulario No 8 y 9

6.1.1. GASTOS ADMINISTRATIVOS REEMBOLSABLES

6.1.1.1 PERSONAL TÉCNICO MÍNIMO EXIGIDO

LA UNIVERSIDAD considera que esta obra exige un personal mínimo de planta, con características particulares en experiencia general, específica y vinculación laboral con el proponente, con una dedicación durante el plazo contractual mínima requerida, las cuales deberán ser aprobadas por la Universidad como requisito para la firma del Acta de inicio del contrato.

6.1.1.1.1 Un Profesional Director de Obra (arquitecto o ingeniero civil)

PARA ESTE PERFIL, EL OFERENTE DEBERÁ ALLEGAR LA HOJA DE VIDA CON LOS SOPORTES DE FORMACION Y EXPERIENCIA.

Dedicación: Tiempo completo durante todo el plazo de la construcción, incluida la fase pre operativa de implementación administrativa, soporte técnico y movilización de EL CONTRATISTA, y el requerido durante el período de liquidación del contrato de obra bajo la modalidad de Administrador Delegado.

Experiencia general: Mínima de ocho (8) años como profesional. Experiencia específica: Deberá certificar experiencia como Director o Coordinador de obras de

construcción, restauración o remodelación de edificios por un total de cuatro mil (4.000 m2), en los últimos cinco (5) años. Por lo menos una de las certificaciones deberá acreditar experiencia como Director o Coordinador en remodelación o restauración arquitectónica de un edificio catalogado como bien de interés cultural Nacional o Distrital de por lo menos dos mil quinientos (2.500) m2.

Bogotá, Abril de 2013

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El director de obra propuesto deberá acreditar título(s) de posgrado (especialización, maestría o doctorado) asociados al área de restauración de edificaciones. En caso de acredita un título otorgado por una institución educativa superior extranjera, anexar resolución de convalidación del título expedida por el ICFES o el Ministerio de Educación.

6.1.1.1.2 Un Profesional Coordinador (arquitecto o ingeniero civil). Dedicación: Tiempo completo durante el plazo de ejecución del contrato y durante su

liquidación. Experiencia general: Mínima de cinco (5) años como profesional. Experiencia específica: Deberá certificar experiencia como Director, Coordinador o Residente

en obras de construcción, remodelación arquitectónica por un total de tres mil metros cuadrados (3.000 m2), en los últimos cinco (5) años. Por lo menos una de las certificaciones deberá acreditar experiencia un contrato bajo la modalidad de administración delegada.

6.1.1.1.3 Un Residente de Obra (arquitecto o ingeniero civil) Dedicación: Tiempo completo durante el plazo de ejecución del contrato y durante su liquidación. Experiencia general: Mínima de cuatro (4) años como profesional Experiencia específica: Deberá certificar experiencia como Director, Coordinador o Residente en

obras de construcción, remodelación o restauración arquitectónica por un total de dos mil metros cuadrados (2.000 m2), en los últimos cuatro (4) años. .

6.1.1.1.4 Auxiliar de Residencia de Obra (arquitecto, ingeniero civil, tecnólogo en construcciones). Dedicación: Tiempo completo durante todo el plazo de construcción Experiencia general: Dos (2) años como profesional o tecnólogo. Experiencia específica: No se verifica.

6.1.1.1.5 Residente de seguridad Industrial, salud ocupacional, medio ambiente y calidad Arquitecto, ingeniero civil o ingeniero industrial) Dedicación: Tiempo completo durante todo el plazo de construcción. Experiencia general: Un (1) año como profesional en seguridad industrial y salud ocupacional en

obras civiles.

6.1.1.1.6 Maestro Encargado Con más de 5 años de experiencia específica como MAESTRO, con dedicación de tiempo completo

durante la ejecución de la obra.

6.1.1.1.7 Un Almacenista-herramientero Con conocimientos prácticos en aplicación de software sobre manejo y control de almacén, con más

de 2 años de experiencia específica en el cargo. Dedicación de tiempo completo durante toda la obra.

6.1.1.1.8 Una Secretaria Dedicación: Tiempo completo durante toda la obra y su liquidación.

Calificada para realizar la documentación necesaria para el correcto desarrollo de la obra, como elaboración de planillas y comprobantes de pago, atender las gestiones bancarias y de comunicaciones, consecución de elementos que se requieran para la obra.

El CONTRATISTA seleccionado deberá garantizar durante la ejecución del contrato los perfiles aquí descritos, pese a cambios que en este tipo de personal tenga que hacer el contratista, por lo tanto los cambios deben ser previamente aprobados por el Interventor del Contrato, quien confirmará que se mantengas las condiciones exigidas en el presente pliego.

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En el Formulario No. 9 de la oferta económica se deben detallar los costos mensuales fijos correspondientes a los salarios y prestaciones de este personal, teniendo en cuenta la dedicación y tiempo de permanencia (meses) al servicio del contrato; en él se lista el personal mínimo exigido.

Todos los oferentes tienen que diligenciar los valores correspondientes ajustándose a las casillas sombreadas del formulario, y en concordancia con su plazo propuesto. El valor de cada salario mensual debe tener en cuenta los componentes prestacionales ya que el pago se hará con base en las sumas fijas presupuestadas.

Algunos de los cargos listados en el formulario NO poseen el estatus de personal administrativo de confianza y manejo, teniendo derecho al pago de horas extras. El valor correspondiente a las horas extras que se le deban reconocer a ese personal, NO queda incluido en el formulario (ni en el valor de la propuesta) por tratarse de cuantías indeterminadas.

De todos modos EL CONTRATISTA deberá considerar el costo de las horas extras en el PRESUPUESTO DEFINITIVO como una suma global de reserva y destinación específica, para efectos del control de costos.

En el formulario de la propuesta se deben identificar los cargos cuyos salarios tengan derecho a liquidación de horas extras.

Como se explica en otros numerales de esta Invitación, una parte mínima del personal deberá permanecer al servicio de LA UNIVERSIDAD después de terminadas las actividades directas de obra, liquidando el contrato.

En concordancia con la competencia del proceso de liquidación, y la simplificación de los trámites, control de costos y agilidad en los procedimientos de los ítems especiales (significativamente representativos), el costo de este personal deberá estar considerado en los honorarios de la propuesta económica.

El profesional coordinador debe estar en disposición de atender las exigencias de LA UNIVERSIDAD de acuerdo con las necesidades técnicas y administrativas de la obra. Cada oferente queda en libertad de establecer el costo fijo/mes que considere suficiente para remunerar la vinculación efectiva de este profesional al servicio del proyecto, optando inclusive por no cobrarlo.

El personal profesional mínimo exigido se considera de confianza y manejo sin límite horario. Él asume las responsabilidades técnicas y administrativas propias de un contrato que se ejecuta por administración delegada, incluida la coordinación integral con otros contratos específicos que (eventualmente) resuelva celebrar LA UNIVERSIDAD por fuera del contrato principal y en coordinación con el mismo.

6.1.1.2 PERSONAL COMPLEMENTARIO (No obligatorio)

El personal mínimo exigido por LA UNIVERSIDAD puede ser complementado por el proponente en caso de considerarlo estrictamente necesario. Si se requiere personal adicional técnico o administrativo (auxiliar contable, digitador, revisor, auxiliar de calidad, inspector de seguridad, etc.) se deberán explicar las razones consideradas, incluyendo los costos correspondientes en el Formulario No. 9 bajo el título Personal Complementario.

Si en la propuesta no se especifica personal adicional, se entiende que las obligaciones contraídas por EL CONTRATISTA se suplen responsablemente con el personal mínimo de planta y el personal asesor de la oficina central. Por lo tanto, en desarrollo del contrato LA UNIVERSIDAD no reconocerá costos adicionales por este concepto, ni se creará cargos adicionales, los cuales deberán ser cubiertos con cargo a los honorarios de EL CONTRATISTA si efectivamente se requieren.

6.1.1.3 APOYO TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO CON PERSONAL DE LA OFICINA CENTRAL, ASESORÍAS REQUERIDAS

Para dar cabal cumplimiento al objeto del contrato por administración delegada, EL CONTRATISTA contrae la obligación de orientar, dirigir, auditar y controlar todas las gestiones, procesos y trabajos desarrollados por el personal técnico y administrativo que lo representa en la obra.

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LA UNIVERSIDAD considera que la oficina central de EL CONTRATISTA debe comprometer la participación de un asesor especialista contable, de un asesor laboral y seguridad ocupacional, de un asesor analista de costos y presupuestos, de un asesor de programación y de un profesional coordinador de calidad (si aplica), para apuntalar el trabajo de los profesionales coordinador y director.

El concurso del asesor especialista contable es esencial para garantizar el correcto manejo del FONDO ROTATORIO DE INVERSIÓN, la contabilidad, la facturación, los pagos, el almacén, las compras y suministros, los inventarios, el pago de impuestos, las retenciones, etc.

El apoyo del asesor laboral y seguridad ocupacional es clave para hacer cumplir los procedimientos, leyes laborales y de salud ocupacional, orientar los procesos de subcontratación, verificar el oportuno cumplimiento de las obligaciones con las entidades adscritas al régimen de la seguridad social, SENA, ICBF, etc. y supervisar los procedimientos establecidos con respecto a la higiene, prevención de riesgos y seguridad industrial en la obra.

La orientación y apoyo permanente del asesor analista de costos y presupuestos, con sus bases de datos, experiencia y conocimientos es fundamental para preparar los presupuestos, revisar los precios, identificar los proveedores más competitivos, los mejores precios del mercado y los descuentos por compras, en cumplimiento de las obligaciones contractuales contraídas por EL CONTRATISTA.

El asesor de programación es pieza clave para el cumplimiento de las metas parciales y totales de la construcción, su intervención y recomendación oportuna garantizará el adecuado y ágil desarrollo de las actividades programadas y la certeza del plazo de ejecución designado.

A su vez (si aplica), el concurso de un profesional coordinador de calidad, responsable de la implantación y supervisión periódica de los procedimientos de Calidad en la obra, es esencial para evitar improvisaciones, reprocesos y demoras, reducir los desperdicios y garantizar los estándares exigidos por LA UNIVERSIDAD en cada una de las partes de la obra.

A juicio de LA UNIVERSIDAD, la dedicación de estos profesionales debe ser de tiempo requerido durante todo el plazo del contrato (y sus eventuales ampliaciones), con rutinas de trabajo y respuestas a llamados esporádicos del Director de obra o de EL INTERVENTOR.

Los profesionales asesores contable, laboral, de costos y presupuestos, de programación y de calidad, complementan y apoyan la gestión del personal residente, trasladando a la obra toda la experiencia y capacidad de gestión acumulada por la empresa constructora. Adicionalmente son los responsables de la calidad y oportunidad en la preparación, consolidación y presentación de los registros contables, y tributarios, en cumplimiento de las disposiciones normativas externos y a los procesos y procedimientos de la Universidad en la materia.

Cada oferente queda en libertad de cobrar este servicio de apoyo o de brindarlos como una ventaja comparativa de su oferta, sin costo para LA UNIVERSIDAD durante todo el tiempo de vigencia del contrato, incluidas eventuales ampliaciones de plazo. Esta consideración aplica para los demás casos análogos en los que no se cobre un determinado personal o servicio.

Si el personal o servicio se cobra, el valor fijo que corresponda deberá quedar específicamente detallado en las casillas del Formulario No. 9 bajo el título Asesores (personal asesor de la oficina central), o ser incluido como parte de los honorarios.

Con respecto al tema específico del asesor de calidad se deben tener en cuenta estas consideraciones:

Para algunas empresas pueden ser suficientes unas visitas periódicas del asesor de calidad, con énfasis en la implantación de los procedimientos, asignándole responsabilidades concretas en esta materia al Director residente y/o al Auxiliar de campo.

Para otras puede ser indispensable un profesional con dedicación específica sobre el tema de la calidad durante todo el plazo del contrato o durante los primeros meses, con una dedicación que puede ser tiempo parcial o completo.

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LA UNIVERSIDAD, deja en libertad de hacer la escogencia a las empresas oferentes, dejando en claro que EL INTERVENTOR, hará cumplir en desarrollo del contrato, todas las obligaciones contraídas por EL CONTRATISTA, en el tema del aseguramiento de la calidad y en los demás que deban ser asesorados.

NOTA: Para efectos de diligenciar el formulario No. 9 el OFERENTE deberá relacionar el personal que pondrá a disposición de la Universidad durante la ejecución del contrato.

Una vez perfeccionado el contrato y como requisito previo para suscribir el acta de inicio, el Contratista deberá allegar las hojas de vida del personal propuesto junto con sus anexos y certificaciones para el respectivo aval de la Interventoría, en un periodo máximo de 15 días.

Cualquier cambio pretendido por el contratista, en cualquier etapa de ejecución del contrato, respecto del personal que se refiere el presente numeral deberá ser aprobado por escrito por la Interventoría y la Universidad.

6.1.1.4 OTROS GASTOS ADMINISTRATIVOS REEMBOLSABLES

LA UNIVERSIDAD destinará el espacio requerido para sitios de almacén y oficina, en lo posible dentro de las mismas áreas a intervenir o cercanas. De no ser así, la construcción de las mismas como campamento provisional, serán asumidos por el FONDO ROTARIO.

Los costos por concepto del amoblamiento transitorio del almacén y de las oficinas de EL CONTRATISTA en la obra, hacen parte del valor de la propuesta. Así como las sillas, mesas, escritorios y muebles similares, aparato(s) telefónico(s), fax, conexión a Internet, archivadores, estantes, papeleras, computador(es), impresora, respaldo de software legal, transformadores y protectores de equipos, calculadoras, y similares (exceptuados consumos).

EL CONTRATISTA debe tener a su disposición durante el plazo efectivo de construcción de la obra y su eventual ampliación, todos los sistemas y medios de comunicación que requiera para cumplir eficaz y oportunamente con las obligaciones pactadas.

Los costos por concepto de suministro o alquiler de equipos de cómputo y software especializado, Fax, e-mail, teléfono(s) y similares disponibles en el sitio de las oficinas y el almacén de la obra, se deben incluir como parte del amoblamiento y dotación, dentro del Formulario No. 9 bajo el título Gastos fijos de amoblamiento y dotación.

6.2 HONORARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DELEGADA

En ejercicio de la libre elección entre alternativas de contratación y cotización, LA UNIVERSIDAD opta por pagar los honorarios correspondientes a la administración con base en un porcentaje fijo sobre el valor real de la obra, que puede ofrecer libremente cada oferente.

El valor de los honorarios como componente de la Oferta Económica incide en la calificación, constituyéndose en un factor de competitividad de las ofertas. Cada oferente queda en libertad de establecer el porcentaje (%) que determine para el cobro de los honorarios.

Ellos se tienen que presentar bajo la modalidad de porcentaje fijo en el Formulario No. 8.

Los oferentes deberán presentar su oferta, teniendo en cuenta las áreas construidas, la legislación vigente, la competitividad de la propuesta, las apropiaciones presupuestales, los planos arquitectónicos, los planos de instalaciones y las especificaciones generales de construcción, estructuras y acabados y demás condiciones del pliego.

6.2.1.1 BASE DE LIQUIDACIÓN DE LOS HONORARIOS DEL CONTRATISTA ADMINISTRADOR DELEGADO

Los honorarios de la administración se determinarán con base en el porcentaje que proponga libremente cada una de las empresas oferentes, calculado sobre los costos directos estimados de obra y en directa relación

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con la disponibilidad presupuestal total destinada para tal fin como lo describe el numeral 1.4 del presente pliego de condiciones.

De este modo todas las propuestas se podrán comparar en igualdad de condiciones, dando relevancia a la presentación de una oferta competitiva.

LA UNIVERSIDAD NO pretende favorecer un clima de competencia por una oferta muy baja, que derive en perjuicios para EL CONTRATISTA administrador delegado o para la obra. Por ese motivo LA UNIVERSIDAD no restringe el derecho que asiste a los proponentes para presentar ofertas con el porcentaje de honorarios que consideren justos y equitativos.

Se entiende que los honorarios propuestos se constituyen en una retribución justa (para poder responder oportuna y calificadamente por todas las obligaciones del contrato), razonable y ajustada a la realidad del mercado.

6.2.1.2 IMPREVISTOS

Serán cubiertos por LA UNIVERSIDAD en razón de la modalidad del contrato, siempre y cuando no sean imputables al contratista, utilizando recursos del FONDO ROTATORIO DE INVERSIÓN. Se exceptúan los imprevistos que tienen una relación directa con los dos (2) componentes esenciales de la oferta económica, ya que las sumas propuestas en firme para cada uno de ellos sí deben incluir los correspondientes imprevistos.

6.2.1.3 REVISIONES Y REAJUSTES DE LA OFERTA ECONÓMICA

Los valores (porcentajes, salarios, prestaciones, etc.) fijos propuestos como determinantes de la oferta económica NO serán revisados y/o reajustados. En ese sentido LA UNIVERSIDAD deja en claro que:

Los honorarios del contrato se pactan a porcentaje fijo, y se cancelarán de acuerdo con los costos reales de la obra.

Los salarios y prestaciones sociales del personal profesional y administrativo mínimo exigido serán los mensuales fijos ofrecidos por cada proponente y pagados en proporción al tiempo efectivamente trabajado.

Los otros gastos administrativos incluidos en la propuesta se pactan a precio fijo, sin revisión o reajuste de precios, con los alcances y detalles establecidos en esta INVITACIÓN A COTIZAR.

Todos estos rubros presupuestales se constituyen en factores determinantes de la evaluación de las propuestas y de la adjudicación del contrato. Cada uno de ellos se debe costear de acuerdo con los criterios precisos de la invitación pública. Por las razones expuestas ellos no pueden ser modificados o reajustados en desarrollo del contrato.

LA UNIVERSIDAD destaca que la formulación de la Invitación es consecuente con los principios de economía, transparencia e igualdad, propiciando la competencia de todos los proponentes en igualdad de condiciones.

Del personal de la obra se reconocerá sólo el incremento salarial del maestro, el almacenista y la secretaria, ello por cambio en la vigencia del año (2013 a 2014) y en concordancia con el reajuste oficial del salario mínimo legal para el 2013.

6.2.1.4 IVA DEL CONTRATO

Se aplicará de acuerdo con las normas vigentes al momento de presentar cada factura. En el Formulario No. 7 de resumen de la propuesta económica se deberá utilizar la casilla correspondiente al título IVA.

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6.2.1.5 GASTOS EXCLUIDOS

Los costos de las instalaciones provisionales, cerramientos, servicios telefónicos, acueducto y energía no hacen parte del valor de la oferta, pues se consideran incluidos dentro de los recursos destinados a la obra civil. Ellos serán cubiertos por LA UNIVERSIDAD con recursos del FONDO ROTATORIO DE INVERSIÓN. Esta condición rige también para los gastos de papelería, informes, ensayos de materiales y equipo.

Bogotá, Abril de 2013

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7 CAPÍTULO VII: ASPECTOS TÉCNICOS

7.1 FONDO ROTATORIO DE INVERSIÓN

EL CONTRATISTA Administrador Delegado responderá por el correcto manejo del FONDO ROTATORIO DE INVERSIÓN, que le confía LA UNIVERSIDAD (bajo control de EL INTERVENTOR), para sufragar los gastos de nómina, subcontratación de ítems especiales y de mano de obra, almacén y de proveeduría menor. En todos los casos EL CONTRATISTA Administrador Delegado exigirá las garantías, visará las cuentas, hará las retenciones, imputará los gastos y autorizará los pagos con cargo a la obra, de cada suministro o subcontrato específico, respondiendo además por el control del personal propio y ajeno, en todo lo relacionado con las obligaciones laborales de Ley.

El monto inicial y máximo constante del FONDO ROTATORIO DE INVERSIÓN será de DOS MIL MILLONES DE PESOS M/CTE. ($2.000.000.000) Se abrirá una cuenta independiente conjunta para efectos de su control y seguimiento. EL INTERVENTOR del contrato se obliga a visar todas las cuentas, requisiciones de almacén, órdenes de pago e informes, ejerciendo un control directo sobre los egresos a través de su firma en los cheques. Sin perjuicio de las obligaciones derivadas del Manual de Convenios y Contratos, en especial las descritas en el artículo 97; así como las demás normas legales y complementarias que exige dicho ejercicio.

7.2 ALCANCE Y DESARROLLO DEL OBJETO

Para efectos de su ejecución el presente contrato se ha dividido en una etapa de actividades preliminares o etapa preliminar y dos (2) etapas principales así:

SE ACLARA QUE SI EL FUTURO CONTRATISTA INCUMPLIERE POR CAUSAS IMPUTABLES A ÉL CUALQUIERA DE LOS REQUISITOS AQUÍ MENCIONADOS, LA UNIVERSIDAD NO OTORGARÁ PLAZOS ADICIONALES O MODIFICACIONES, POR LO TANTO SU INCUMPLIMIENTO SERÁ CAUSAL PARA INICIAR DE MANERA INMEDIATA EL PROCEDIMIENTO DE MULTAS Y/O SANCIONES A QUE HAYA LUGAR, DE ACUERDO A LAS DISPOSICIONES DEL MANUAL DE CONVENIOS Y CONTRATISTA Y LA LEY.

7.2.1 ETAPAS PRINCIPALES

Esta fase se divide en dos (2) etapas, así:

7.2.1.1 ETAPA DE PRECONSTRUCCIÓN

Esta etapa se fija en un mes y medio (1 mes y 15 días) a partir de la suscripción el acta de inicio del contrato y termina con el acta de iniciación de la etapa de construcción, previa verificación por parte de la Interventoría de la Universidad del cumplimiento de lo dispuesto en el presente numeral.

Durante esta etapa se llevaran a cabo las siguientes actividades:

El contratista deberá en ésta etapa presentar al Interventor para su aprobación las hojas de vida del personal mínimo requerido establecido en el presente pliego de condiciones, en un periodo máximo de 15 días.

Estudio de diseños arquitectónicos y técnicos, especificaciones técnicas y presupuesto oficial por parte del contratista y la Interventoría.

Elaboración del presupuesto básico detallado y el presupuesto definitivo por parte del contratista. Elaboración de cronograma detallado definitivo por parte del contratista. Entrega de un programa de salud ocupacional por parte del contratista. Entrega del plan de calidad de la obra por parte del Contratista. Plan de Manejo de Trafico (ingreso de vehículos pesados).

Entrega de procedimiento para el manejo contable y tributario por parte del contratista (exención de IVA) el cual debe detallar el sistema de facturación, inventario de todos los insumos para la ejecución de la obra.

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Apertura del Fondo Rotatorio por parte de la Universidad, la interventoría, contratista, gerencia de obra.

Puesta a disposición del contratista de los lugares para la ejecución de las obras de construcción contratadas.

Presentación y aprobación del manejo del anticipo por parte del Contratista. Dos días Antes de iniciar la etapa de construcción deberá movilizar el equipo y personal necesario

para ejecutar las obras programadas.

7.2.1.2 ETAPA DE CONSTRUCCIÓN

Una vez cumplidos los requisitos señalados en la etapa de pre construcción y giro del anticipo, se firmará el acta de inicio de la etapa de construcción. Esta acta será suscrita por el contratista, el interventor y el Gerente de obra.

Esta etapa tendrá una duración de catorce (14) meses calendario. Durante esta etapa, el contratista ejecutará todas las labores necesarias para la ejecución de las obras de construcción de acuerdo con los plazos fijados en este contrato, cumpliendo en especial con las especificaciones de los anexos técnicos y diseños arquitectónicos y técnicos.

La terminación de las obras de construcción deberá ser en el mes catorce (14) de la etapa de construcción, con la suscripción del acta de terminación de las obras de construcción.

7.3 ESPECIFICACIONES PARTICULARES DEL PROYECTO

El proyecto cuenta con unas ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES, a partir de las especificaciones de los diseños estructurales, arquitectónicos y de instalaciones técnicas.

Las especificaciones particulares servirán de insumo para elaborar el PRESUPUESTO BÁSICO DETALLADO DE CONSTRUCCIÓN y para acordar el PRESUPUESTO DEFINITIVO (base del control de costos).

El anexo No. 1 contiene las especificaciones técnicas particulares.

7.4 PROGRAMAS DE CALIDAD, MANEJO AMBIENTAL Y SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL

Una vez firmado el contrato y como requisito previo para la firma del Acta de Inicio, el Contratista deberá hacer entrega de:

1. Programa de Calidad: cumpliendo las estipulaciones presentadas en la norma ISO 9001:2000.2. Programa de Manejo Ambiental: dentro del marco de la norma ISO 14001:2004.3. Programa de Seguridad y Salud Ocupacional: siguiendo los lineamientos de la norma OHSAS 18001,

cumpliendo con las disposiciones legales vigentes, en particular a lo referente a trabajo en alturas, según la resolución 3673 de 2008.

Cada uno de estos programas deberá contemplar el suministro de los elementos requeridos para llevarlos a cabo. En lo que respecta al programa de Seguridad y Salud Ocupacional, contemplará el suministro de todos los elementos de protección, suficientes y necesarios para garantizar la seguridad de los trabajadores de la obra, personal del Contratista, personal de Interventoría y visitantes.

Durante la ejecución de la obra, el interventor podrá solicitar la toma de medidas que se consideren convenientes o necesarias para prevenir la ocurrencia de accidentes de trabajo, que el Contratista deberá ser tener en cuenta de forma inmediata.

En caso de presentarse un reiterado incumplimiento de los requisitos legales de seguridad industrial y/o salud ocupacional, o de las instrucciones impartidas por el Interventor respecto a este tema, se podrá ordenar la suspensión de las obras, sin que el contratista tenga derecho a una prórroga del contrato y sin detrimento de las multas a que hubiere lugar.

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De presentarse una situación que represente peligro inminente para las personas que se encuentran en la obra, el interventor podrá ordenar que se ejecuten inmediatamente las acciones correctivas que considere pertinentes.

7.5 MODIFICACIÓN DE ESPECIFICACIONES, ÍTEMS SUSTITUTIVOS Y OBRAS EXTRAS. IMPLICACIONES PRESUPUESTALES

LA UNIVERSIDAD se reserva el derecho de modificar algunas de las especificaciones del proyecto, invocando razones de conveniencia o facilidad constructiva, por decisión propia, motivación de EL INTERVENTOR o sugerencia de EL CONTRATISTA.

Las MODIFICACIONES que normalmente puedan surgir en desarrollo del contrato se referirán a:

Los ÍTEMS SUSTITUTIVOS que reemplazan o modifican uno previsto. Los ÍTEMS ELIMINADOS que no se remplazan. La incorporación como OBRA COMPLEMENTARIA de un ítem indeterminado o desconocido, que no

se había considerado en el PRESUPUESTO DEFINITIVO.

LA UNIVERSIDAD sabe que durante el desarrollo de la obra se pueden mejorar o reducir las especificaciones de algunos ítems, afectando el PRESUPUESTO.

Las modificaciones o adiciones de ítems serán motivadas y concertadas en el seno del COMITÉ DE OBRA, el cual estará conformado por:

Representante de la Dirección de Infraestructura de la Sede Bogotá de la Universidad Nacional de Colombia.

Gerencia de Obra, la cual estará a cargo de la Facultad de Ingeniería. El Interventor del contrato de Obra. El Contratista de Obra.

Cuando se deban tomar decisiones de modificación o adición de ítems, EL CONTRATISTA deberá ser previsivo. El contrae la obligación de proyectar las DESVIACIONES con respecto al PRESUPUESTO DEFINITIVO (base del control de costos), verificar el impacto sobre la disponibilidad de los recursos certificados y recomendar la priorización del gasto en caso de vislumbrarse algún déficit.

En el escenario del comité se tomará la decisión que más le convenga a la obra, adoptando la especificación, detalle y precio definitivos para cada caso concreto.

EL COMITÉ podrá confirmar la especificación inicial, o podrá tomar una decisión de modificación de especificación, detalle y precio, mejorando o reduciendo los estándares de calidad contemplados en el PRESUPUESTO DEFINITIVO y en las especificaciones iniciales.

7.6 CONDICIONAMIENTOS ADMINISTRATIVOS E INSTRUCCIONES DE MANEJO

A continuación se relacionan y explican otros asuntos relevantes que deben tener en cuenta EL CONTRATISTA y EL INTERVENTOR para manejar la obra y desarrollar el objeto de cada uno de sus contratos.

7.6.1 PRESUPUESTO OFICIAL

LA UNIVERSIDAD tiene un presupuesto oficial para el cubrimiento de las actividades especificadas y cuantificadas en correspondencia con los planos y alcance de la intervención. Con base en él, se apropiaron los recursos, se fundamenta la apertura de la invitación a presentar propuestas y se dimensiona el alcance del contrato de construcción.

El PRESUPUESTO OFICIAL se convierte en punto de referencia y base de comparación utilizada por EL INTERVENTOR para revisar el PRESUPUESTO BÁSICO DETALLADO y concertar el PRESUPUESTO DEFINITIVO con EL CONTRATISTA administrador delegado.

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El PRESUPUESTO BÁSICO DETALLADO DE CONSTRUCCIÓN, que incluye un cálculo detallado de cantidades de obra sobre planos de construcción, lo prepara EL CONTRATISTA administrador delegado en cumplimiento de sus responsabilidades contractuales.

EL PRESUPUESTO BÁSICO DETALLADO tiene en cuenta:

A. El contenido de la oferta económica presentada por EL CONTRATISTA. B. El formulario de ítems, actividades especificadas y cantidades. C. Las especificaciones técnicas particulares del proyecto.D. Las especificaciones generales de adhesión.

EL CONTRATISTA asume la responsabilidad de identificar los ítems que eventualmente hagan falta en el presupuesto básico considerando su conocimiento, experiencia y dominio, y la información de los planos, especificaciones, estudios, etc.

El PRESUPUESTO DEFINITIVO (inicial) es producto de un acuerdo entre EL INTERVENTOR y EL CONTRATISTA, que aprueba el COMITÉ DE OBRA después de comparar los presupuestos oficial y básico detallado, identificar las diferencias y aplicar los ajustes que sean del caso, con bases ciertas.

El PRESUPUESTO DEFINITIVO (con sus correspondientes cantidades de obra, especificaciones y planos de referencia) servirá para desarrollar el objeto del contrato, controlar los costos, celebrar los subcontratos, evaluar la incidencia de cambios en los planos y especificaciones técnicas de construcción, precisar las obras adicionales, obras complementarias e ítems sustitutivos que deban ser aprobados en desarrollo del contrato, detectar las desviaciones en las mediciones de cantidades y en los precios de origen, priorizar las inversiones en caso de déficit, explicar las desviaciones de costo y motivar las decisiones de adición presupuestal que en determinado momento (preferiblemente desde el principio) deba hacer LA UNIVERSIDAD para alcanzar el objeto contractual.

7.6.2 FLUJO DE FONDOS Y CONTROL DE LOS EGRESOS EN DESARROLLO DEL CONTRATO

EL CONTRATISTA debe responder por la preparación de un flujo de fondos real, elaborado con base en el programa concertado, el PRESUPUESTO DEFINITIVO y los tiempos pre operativos mínimos de cada actividad o subcontrato.

Para la elaboración del flujo se deberá tener en cuenta la aplicación efectiva de los anticipos, su oportunidad, y los desembolsos periódicos ajustados al cumplimiento del cronograma.

La metodología utilizada y los criterios establecidos para elaborar y presentar el flujo de fondos calculado sobre gastos o egresos de caja, deben ser acordados previamente por EL CONTRATISTA con EL INTERVENTOR.

El flujo de fondos será sustentado por EL CONTRATISTA ante el COMITÉ DE OBRA. Él deberá ser utilizado como una herramienta de control permanente, actualizado y discutido en el seno del comité cuando presente alguna desviación importante.

7.6.3 RELACIONES FORMALES DE EL CONTRATISTA ADMINISTRADOR DELEGADO CON EL INTERVENTOR Y COMITÉ DE OBRA

EL CONTRATISTA administrador delegado trabajará en equipo con EL INTERVENTOR, respondiendo por la calidad, el plazo y el control de costos de la obra. La gestión proactiva de EL CONTRATISTA deberá prever los problemas y anticipar las soluciones, evitando atrasos imputables a simples trámites o indecisiones.

El COMITÉ DE OBRA servirá de intermediario para facilitar los acuerdos y agilizar las consultas que se deban elevar a los diseñadores arquitectónicos y técnicos en desarrollo del contrato.

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7.7 CONSIDERACIONES ESPECIALES

A continuación se relacionan y precisan algunos asuntos que deben ser considerados por los oferentes para presentar las ofertas y por EL CONTRATISTA para ejecutar la obra.

7.7.1. RESPONSABILIDADES DE SUBCONTRATACIÓN:

EL CONTRATISTA asume una responsabilidad plena sobre la dirección, manejo de los subcontratos y los suministros como delegado que es de LA UNIVERSIDAD.

Las responsabilidades contraídas se extienden en cada caso a:

La selección concertada del abanico de proponentes invitados. La preparación de los Términos para Cotizar y condiciones específicas de subcontratación

(compatibles con las del contrato principal). La expedición de las garantías exigidas (compatibles y complementarias de las establecidas en el

contrato principal). La solicitud formal de propuestas, respuesta a consultas, análisis y evaluación de las propuestas

recibidas, actuando de común acuerdo con EL INTERVENTOR. La recomendación de adjudicación homologada por EL INTERVENTOR o el COMITÉ DE OBRA

(dependiendo de las cuantías). La negociación definitiva. La firma, ejecución y control del (respectivo) subcontrato.

Las responsabilidades de EL CONTRATISTA durante la ejecución de la obra cubren el control administrativo del personal propio y de subcontratistas, la totalidad de los trámites rutinarios relacionados con el pago de salarios prestaciones y subsidios, afiliaciones (y desafiliaciones) al sistema de seguridad social, el pago de parafiscales y demás gestiones afines.

EL INTERVENTOR se reservará siempre el derecho de autorizar o no, la vinculación y la permanencia del personal propio del Administrador Delegado y del personal de los subcontratistas, mediando una argumentación razonable de orden técnico o administrativo.

Condicionamientos similares serán aplicados al suministro de materiales y a la entrega (por compra o alquiler) de equipos, andamios y herramientas.

Sobre los asuntos técnicos, aplicación de planos y cumplimiento de las especificaciones por parte de los subcontratistas y proveedores, la responsabilidad de EL CONTRATISTA administrador delegado es total.

7.7.2. MANEJO Y APLICACIÓN DE DESCUENTOS EN LAS NEGOCIACIONES DE SUBCONTRATOS Y SUMINISTROS

Es obligación de EL CONTRATISTA y EL INTERVENTOR conseguir los mejores precios y lograr los mayores descuentos posibles en las negociaciones de los subcontratos y suministros.

Los descuentos deberán quedar reflejados en los contratos celebrados y en los resultados de la gestión desplegada por EL CONTRATISTA en representación de LA UNIVERSIDAD y para beneficio de ella.

7.7.3. RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS Y ECONÓMICAS DE LAS PARTES ANTE (EVENTUALES) RECLAMACIONES LABORALES

Las responsabilidades en estas materias se establecen equitativamente de acuerdo con la modalidad del contrato.

La responsabilidad de EL CONTRATISTA administrador delegado es absoluta con respecto al personal profesional, administrativo y obrero dispuesto por él para responder por los componentes esenciales del valor del contrato. Por lo tanto EL CONTRATISTA responderá plenamente cuando se presente algún litigio (reclamo o indemnización) con ese personal.

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En los casos de los subcontratos y suministros EL CONTRATISTA asume una responsabilidad limitada, representando a LA UNIVERSIDAD, velando por sus intereses y manejando todos los trámites relacionados con cualquier tipo de reclamación laboral, inclusive después del vencimiento del contrato.

El costo de las eventuales indemnizaciones que correspondan a los casos de responsabilidad limitada será cubierto por LA UNIVERSIDAD en razón de la modalidad del contrato.

LA UNIVERSIDAD podrá aplicar las multas previstas o hacer efectiva la garantía de calidad del servicio contratado, si EL CONTRATISTA no maneja con diligencia, prontitud y eficacia cualquier reclamación laboral de uno cualquiera de sus subcontratistas, inclusive después del vencimiento del contrato.

7.7.4. GASTOS POR CONCEPTO DE DOTACIÓN DE TALLER Y DEMÁS APOYOS LOGÍSTICOS, INCLUIDOS CONSUMOS SERVICIOS PÚBLICOS

Estos gastos complementarios de los que asume EL CONTRATISTA (con base en el alcance de la propuesta económica) serán sufragados directamente por LA UNIVERSIDAD con cargo al FONDO ROTATORIO DE INVERSIÓN mediando un estricto control de EL INTERVENTOR.

A ellos se agregan los componentes de costo que de acuerdo con esta INVITACIÓN A COTIZAR no quedan incluidos en el valor propuesto y relacionados con papelería y planillas de obra, chequeras y afines, copias dePlanos, informes y documentos, cafetería, aseo y la (eventual) alimentación del personal obrero cuando se labore en horas extras nocturnas y lo apruebe expresamente EL INTERVENTOR, de acuerdo con su experiencia y lo usual en el medio.

7.7.5. CONDICIONES QUE APLICAN PARA LA SUSCRIPCIÓN Y PAGO DE LAS GARANTÍAS EN ESTE CONTRATO POR ADMINISTRACIÓN DELEGADA

EL CONTRATISTA correrá con el costo de las garantías de cumplimiento, prestaciones sociales y calidad del servicio profesional contratado, limitando las responsabilidades y cuantías al valor del contrato.

Los proponentes deberán tener en cuenta que los costos de estas garantías quedan incluidos en el monto de los honorarios de EL CONTRATISTA.

Esta condición es consecuente con la modalidad de contratación, ya que para los demás costos e inversiones, EL CONTRATISTA obra a nombre y en representación de LA UNIVERSIDAD.

Las garantías de cumplimiento, anticipo, prestaciones sociales y estabilidad de la obra correspondientes a cada uno de los subcontratos que celebre EL CONTRATISTA en representación de LA UNIVERSIDAD, deberán ser tomadas por el respectivo subcontratista y NO por EL CONTRATISTA. De este modo se podrán precisar las responsabilidades primarias, evitando la duplicación de los amparos y de los costos. EL INTERVENTOR y EL CONTRATISTA deberán solicitar las cotizaciones aclarándole a los respectivos subcontratistas o proveedores:

1º. Que deben tomar las garantías de cumplimiento, anticipo, prestaciones sociales y estabilidad de la obra, precisando los objetos, beneficiarios, valores y vigencias requeridas para la contratación.

2º. Que el costo de la póliza les podrá ser reconocido como un gasto reembolsable. De este modo se pueden agilizar los trámites, recibir propuestas en condiciones de igualdad y garantizar los amparos requeridos en concordancia con la modalidad de contrato. EL INTERVENTOR autorizará, de requerirse, el gasto reembolsable correspondiente al costo de las garantías de cada suministro o subcontrato, después de aprobarlas.

Con los montos y vigencias (de las garantías) debidamente establecidos, EL CONTRATISTA y EL INTERVENTOR tramitarán los suministros y subcontratos, prepararán las minutas modelos y detallarán las condiciones que correspondan a cada solicitud de cotización específica.

De este modo cada subcontratista o proveedor responderá por su propio contrato, incluyendo la garantía que le corresponde.

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La garantía de estabilidad de obra, en cualquier caso, deberá cubrir el valor asegurado determinado en la Carta de Invitación, ajustando la cuantía de requerirse, en razón de las garantías parciales de subcontratación. El costo de dicha garantía será cubierta, y por ende considerada presupuestalmente, por el Fondo Rotatorio, en virtud de la modalidad contractual.

La garantía de responsabilidad civil extracontractual y todo riesgo en construcción para la totalidad de la obra será tomada por EL CONTRATISTA y pagada por LA UNIVERSIDAD con recursos del FONDO ROTATORIO DE INVERSIÓN. Igual ocurrirá con la exigida para garantizar el correcto manejo de los recursos del fondo.

La responsabilidad de cumplir y hacer cumplir las condiciones enunciadas en esta Invitación a Cotizar con respecto a las garantías, compete a EL CONTRATISTA, el cual podrá ser multado en caso de incumplimiento, negligencia u omisión. Esto sin perjuicio de que EL INTERVENTOR cumpla con las obligaciones particulares de su propio contrato.

7.7.6. ESTRATEGIAS DE SUBCONTRATACIÓN Y MANEJO

Los subcontratos mayores, relacionados con ítems especiales serán negociados siempre por EL CONTRATISTA Administrador Delegado, con un Vo.Bo. previo de EL INTERVENTOR y el COMITÉ DE OBRA.

El CONTRATISTA contrae la obligación de buscar las mejores condiciones de calidad y precio para cada suministro o subcontrato, prestándole especial atención:

A la preselección de proponentes serios, calificados y experimentados A la preparación concertada y oportuna:

De las cartas de invitación a presentar propuestas.De las minutas modelos y de los términos de la invitación pública específicos, acordes con las normas, instrucciones y procedimientos establecidos por la universidad.

El alcance de términos específicos para cada suministro o subcontrato, la preselección de los Proveedores, las condiciones de pago, la expedición de las garantías y los demás asuntos procedimentales de cada negocio, deberán ser concertados previamente entre EL CONTRATISTA Administrador Delegado y EL INTERVENTOR, sabiendo que las Direcciones Administrativa y Jurídica de LA UNIVERSIDAD, el COMITÉ DE OBRA estarán a su disposición para brindar apoyos, resolver dudas y tomar decisiones.

EL CONTRATISTA Administrador Delegado será el responsable directo del manejo de todos los subcontratos, incluido su control primario, desarrollo y materialización constructiva.

Él obrará “preventivamente” supervisando la correcta ejecución de los trabajos; velará por el cumplimiento de las especificaciones; controlará los plazos; coordinará las labores de campo; dirimirá eventuales conflictos entre subcontratistas; elevará prontamente cualquier consulta a EL INTERVENTOR y tomará las decisiones propias de su competencia, como responsable que es de la dirección, coordinación, calidad, control de costo y plazo de construcción de las obras.

7.7.7. PRECAUCIONES, CUIDADOS Y DILIGENTE ATENCIÓN EN DESARROLLO DE LAS OBRAS

LA UNIVERSIDAD considera que las empresas proponentes son líderes en este tipo de trabajos por su experiencia y capacidad de respuesta, tanto técnica como operativa. Ello se debe tener en cuenta ya que la atención permanente y el servicio profesional requerido durante el tiempo de construcción no tendrán siempre un horario convencional.

En algunos casos EL INTERVENTOR y EL CONTRATISTA, eventualmente se tendrán que poner de acuerdo para laborar en jornadas alargadas y/o sábados (e inclusive festivos), persiguiendo un equilibrio entre los costos y los plazos, siempre y cuando estas no correspondan a suplir los retrasos de programación de obra ordinaria. Estas decisiones deberán ser selectivas, justificadas y razonables, orientándose siempre al cumplimiento de los plazos “dentro del presupuesto”.

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De todos modos, las obras no deben incurrir en extra costos innecesarios fruto de trabajos nocturnos y festivos en actividades que NO sean indispensables o no lo ameriten, los cuales no serán reconocidos por LA UNIVERSIDAD. Ver numeral 1.9 PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA.

Estas exigencias de principio comprometen desde ahora a la empresa favorecida con la adjudicación del contrato, quedando en claro que los servicios profesionales requeridos tendrán que ser prestados con interés, imaginación, prontitud y eficacia.

7.7.8. ÓRGANOS DE DIRECCIÓN Y CONTROL ADMINISTRATIVO EL CONTRATISTA ADMINISTRADOR DELEGADO será controlado directamente por la Interventoría de la Obra, entidad que representa a LA UNIVERSIDAD.

La gestión interventora será desarrollada por profesionales de reconocida idoneidad y capacidad, garantes de un manejo eficaz, fundamentado en el respeto y la colaboración mutua.

Todas las decisiones y controles técnicos de construcción, serán manejadas autónomamente por EL INTERVENTOR y el COMITÉ DE OBRA, con el apoyo de los diseñadores y responsables del proyecto, sin depender de otras instancias de LA UNIVERSIDAD.

Las decisiones económico-administrativas rutinarias, de menor cuantía o relevancia, serán dirigidas y controladas por EL INTERVENTOR.

Por lo tanto los análisis presupuestales y de precios unitarios, las autorizaciones para celebrar sub-contratos de mano de obra, las negociaciones con los subcontratistas menores, las autorizaciones para vincular personal por administración, las aprobaciones de compras y suministros varios, los permisos para laborar horas extras, los visados de actas y mediciones de obra, las decisiones de abrir o restringir frentes de trabajo, los alquileres de andamios y equipos, etc., serán acciones que deberá motivar y gestionar directamente ELCONTRATISTA Administrador Delegado ante la Interventoría de la obra.

7.7.9. CONDICIONES Y RESTRICCIONES DE MANEJO PARA LOS SUBCONTRATOS Y SUMINISTROS

Todas las negociaciones de insumos convencionales promovidas por EL CONTRATISTA Administrador Delegado se deberán ceñir al requisito de tres cotizaciones como mínimo, pasando siempre por el control de EL INTERVENTOR.

Los proveedores deberán ser escogidos de común acuerdo entre EL CONTRATISTA y EL INTERVENTOR, estableciendo contactos previos para presentar el proyecto, precisar especificaciones y volúmenes, acordar plazos y pactar condiciones especiales de suministro y descuento por pronto pago.

En todos los casos, como parte del plan de calidad (si aplica), EL CONTRATISTA deberá establecer los parámetros de selección y los conductos regulares, identificando las personas autorizadas para tramitar las cotizaciones, pedidos, entregas, devoluciones, facturaciones y pagos.

EL CONTRATISTA deberá negociar desde un principio con los proveedores elegidos el costo de los acarreos menores, procurando que ellos hagan parte de los descuentos, o no sean cobrados, o que su costo efectivo sea mínimo.

Los contratos y suministros mayores identificados en otros apartes de este mismo documento, serán los únicos en que intervendrá LA UNIVERSIDAD a través del COMITÉ DE OBRA, restringiendo la capacidad decisoria de EL CONTRATISTA Administrador Delegado y EL INTERVENTOR.

LA UNIVERSIDAD reitera que todos los subcontratos, independientemente de su cuantía, deberán ser celebrados por EL CONTRATISTA Administrador Delegado, el cual responderá en todos los casos ante EL INTERVENTOR por los trabajos y/o suministros subcontratados.

Los proveedores especializados y los subcontratistas mayores que celebren contratos con LA UNIVERSIDAD a través de EL CONTRATISTA administrador delegado, deberán expedir las garantías que correspondan al tipo de contrato y cuantía, incluyendo amparos por concepto de cumplimiento, calidad o estabilidad y prestaciones sociales.

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INVITACIÓN PÚBLICA CON-BOG- 003 DE 2013 PARA CONTRATAR EL “REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, RESTAURACIÓN ARQUITECTÓNICA Y RENOVACIÓN DE REDES TÉCNICAS DEL EDIFICIO

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Las garantías exigidas ampararán siempre a EL CONTRATISTA Administrador Delegado y a LA UNIVERSIDAD, entidades que oficiarán siempre como beneficiarias de las pólizas.

La INTERVENTORÍA revisará, recomendará sobre su contenido y aprobará desde la fase pre operativa, el texto de las minutas modelos propuestas por EL CONTRATISTA para los distintos tipos de subcontratos.

En todos los casos es EL CONTRATISTA administrador delegado será el responsable de la celebración de los subcontratos y de las obligaciones que ellos acarrean.

EL INTERVENTOR asume la responsabilidad de revisar el texto de cada subcontrato antes de la firma; su objeto, alcance y cuantía; las condiciones de pago; las garantías exigidas; los plazos previstos y las multas pactadas; la cláusula de subordinación al contrato principal y los demás asuntos de forma y de fondo que impliquen obligaciones entre las partes.

La expedición de unas garantías específicas de cumplimiento, anticipo, prestaciones sociales y calidad o estabilidad por parte de cada subcontratista, es indispensable y económicamente conveniente, ya que los amparos se concentran en los responsables directos y no EL CONTRATISTA administrador delegado, que hace las veces de intermediario y beneficiario directo.

No obstante, cuando se trate de subcontratos específicos de mano de obra que no acrediten una sólida representación administrativa por parte del subcontratista, EL INTERVENTOR podrá exigirle a EL CONTRATISTA administrador delegado (en reemplazo del subcontratista), la tramitación y expedición de las garantías exigidas. En tales casos el costo de las primas será cubierto con cargo al FONDO ROTATORIO DE INVERSIÓN y EL CONTRATISTA responderá por los errores, omisiones o incumplimientos que se originen en el respectivo subcontrato, inclusive los relacionados con (eventuales) demandas laborales.

Todos los subcontratos podrán estipular anticipos, persiguiendo condiciones de negociación óptimas, las más favorables para LA UNIVERSIDAD. Los anticipos serán cubiertos directamente por EL CONTRATISTA Administrador Delegado, recurriendo a los dineros disponibles en el FONDO ROTATORIO DE INVERSIÓN.

Las condiciones de negociación y los anticipos mismos exigirán un pronunciamiento y una autorización previa de EL INTERVENTOR.

Cualquier anticipo exigirá un riguroso control administrativo de parte de EL CONTRATISTA administrador delegado, además de la expedición de una fianza de correcto manejo por el 100% de la suma anticipada.

La responsabilidad de la dirección y el control (primario) de estos asuntos administrativos internos recaerá siempre en EL CONTRATISTA. En segunda instancia, la responsabilidad de control quedará adscrita a LA INTERVENTORÍA.

EL CONTRATISTA asume la obligación de tener AL DÍA y EN ORDEN toda la documentación de soporte para aclarar o explicar CUALQUIER TIPO DE CONSULTA O INVESTIGACIÓN que hagan la INTERVENTORÍA DEL CONTRATO, o los AUDITORES INTERNOS DE LA UNIVERSIDAD. Esos documentos se deberán archivar coherentemente con el fin de ponerlos a disposición de LA UNIVERSIDAD cuando se liquide el contrato.

7.7.10. CONTROLES DE LA INTERVENTORÍA ADMINISTRATIVA Y AUDITAJES DE LA UNIVERSIDAD EN RELACIÓN CON EL MANEJO DE ALMACÉN, PEDIDOS, COMPRAS Y SUMINISTROS

EL INTERVENTOR tiene la obligación de mantener un control permanente sobre el manejo del almacén de la obra. También sobre los pedidos, compras y suministros.

LA UNIVERSIDAD se reserva el derecho de establecer controles y auditajes sobre el alcance y contenido de los subcontratos, la contabilidad, el FONDO ROTATORIO DE INVERSIÓN, el almacén y los procedimientos aplicados a los pedidos, compras y suministros.

Los controles ejercidos por LA UNIVERSIDAD serán en la mayoría de los casos a posteriori, cuando se autoricen los gastos y se proceda a recapitalizar el FONDO ROTATORIO DE INVERSIÓN. De este modo queda garantizada la autonomía decisoria y de manejo de EL CONTRATISTA, la responsabilidad de control

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por parte de EL INTERVENTOR y la agilidad administrativa que exige la obra para alcanzar los objetivos propuestos.

LA UNIVERSIDAD deja expresa constancia de que podrá hacer CONTROLES SUCESIVOS POR MUESTREO, en fechas indeterminadas, con el fin de verificar el manejo ordenado y cristalino de todos los procedimientos y subcontratos celebrados en sujeción a lo dispuesto en esta INVITACIÓN A COTIZAR.

7.7.11. MANEJO PROFESIONAL DE LOS ASUNTOS CONTABLES Y TRIBUTARIOS (condiciones de facturación y exenciones de IVA)

Una parte esencial de las responsabilidades encomendadas por LA UNIVERSIDAD a EL CONTRATISTA administrador delegado, radica en la claridad e idoneidad del manejo contable y tributario, en el oportuno cumplimiento de todas las obligaciones legales y laborales vigentes, el orden, el método y los controles internos aplicados.

LA UNIVERSIDAD está exenta del IVA. Por lo tanto tiene derecho a solicitar el reintegro de los pagos que por ese concepto haya realizado, por lo tanto la precisión en los procedimientos es fundamental para recuperar el IVA pagado en cumplimiento de las leyes vigentes.

EL CONTRATISTA conjuntamente con el Interventor, responderán por la debida ejecución de los recursos y la legalización de los mismos, atendiendo las disposiciones legales establecidas por la DIAN en materia de facturación (cumplimiento de requisitos), y de contratación establecidas por la Universidad en el Manual de Contratación. Entendiendo que la ejecución de los recursos deben corresponder exclusivamente a actividades autorizadas para la obra. El rechazo o devolución por parte de la DIAN de las facturas que no cumplan los requisitos legales y que con ello dé lugar al no reconocimiento de la devolución del IVA a favor de la Universidad, será responsabilidad de EL CONTRATISTA administrador delegado.

EL CONTRATISTA queda en libertad manejar los libros y asientos particulares del contrato en su oficina central o en la obra, respondiendo en uno u otro caso por los resultados.

El costo específico del personal asignado, ejecutivo y operativo, para responder por una eficiente gestión contable y tributaria en cumplimiento del objeto del contrato se debe registrar formalmente en el Formulario No. 9.

LA UNIVERSIDAD considerará incluidos en los costos, la totalidad de las asesorías recibidas en cumplimiento de las obligaciones contractuales, independientemente de la dedicación efectiva y del mayor o menor personal que efectivamente requiera EL CONTRATISTA para cumplir a satisfacción con los resultados.

Los costos fijos ofrecidos por concepto de la asesoría contable y tributaria incluyen la estructuración del plan de manejo y la validación de los procedimientos por parte de LA UNIVERSIDAD, visitas periódicas de auditoría interna al almacén, auditajes a los procedimientos de trámite en la obra, respuestas a las observaciones de EL INTERVENTOR, informes de gestión, tramitación de documentos, respuesta a eventuales requerimientos de las autoridades fiscales, coordinación directa con el representante de LA UNIVERSIDAD y demás asuntos que correspondan a una práctica profesional comúnmente aceptada en estas especialidades.

Condiciones análogas rigen para la asesoría laboral, de control de costos y presupuestos y de calidad (si aplica).

El CONTRATISTA deberá aplicar y atender las especificaciones del macro proceso de gestión administrativa y financiera en el Capítulo 12 del presente pliego.

7.7.12. DIRECCIÓN Y CONTROL TÉCNICO DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA

La dirección y el control inmediato de todas las actividades realizadas con personal propio o subcontratado en cumplimiento del objeto del contrato, corresponden exclusivamente a EL CONTRATISTA.

El personal propuesto por EL CONTRATISTA, mínimo exigido y adicional requerido de acuerdo con la INVITACIÓN A COTIZAR, deberá asumir la dirección y el control directo de la ejecución de las obras,

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aplicando unos procedimientos acordes con el plan de calidad, los planos y las especificaciones técnicas del contrato.

Esta responsabilidad indelegable será supervisada paralelamente por EL INTERVENTOR, en cumplimiento de las funciones propias de su especialidad y contrato.

7.7.13. ACEPTACIÓN O RECHAZO DE LOS MATERIALES Y LAS OBRAS

EL CONTRATISTA asume la responsabilidad primaria de recibir, aprobar, objetar o devolver, en todo o en parte, los materiales, equipos, herramientas, encofrados y andamios, comprados o alquilados para la obra. EL INTERVENTOR hará lo propio, reservándose el derecho de controvertir las decisiones aprobatorias de EL CONTRATISTA cuando lo considere necesario, presentando los argumentos del caso.

7.7.14. TOMA DE MUESTRAS, EJECUCIÓN DE ENSAYOS Y PRESENTACIÓN DE RESULTADOS

EL CONTRATISTA administrador delegado tiene la obligación de tomar muestras, hacer ensayos a los insumos, materiales o partes de la obra y presentar los resultados a EL INTERVENTOR teniendo en cuenta sus procedimientos de calidad, las previsiones establecidas en los planos y especificaciones técnicas del proyecto, las normas de las Empresas Públicas, la NSR-98, o las exigencias que le haga EL INTERVENTOR de acuerdo con la práctica constructiva del medio local.

Las decisiones relacionadas con este asunto deben ser concertadas por EL CONTRATISTA con EL INTERVENTOR, el cual homologará los laboratorios, aprobará los planes de ensayo (número, tipo y periodicidad), autorizará los precios, verificará los resultados y controlará las cuentas.

Los costos por concepto de toma de muestras, ejecución de ensayos y presentación de resultados correrán por cuenta de LA UNIVERSIDAD o EL FONDO ROTATORIO DE INVERSIÓN. Ellos deberán ser presupuestados y desglosados en un capítulo específico del PRESUPUESTO DEFINITIVO (inicial), mediando la apreciación previa de EL INTERVENTOR que orienta y controla.

7.7.15. PLAN DE CALIDAD Y PROCEDIMIENTOS DE NORMALIZACIÓN

Si aplica (en concordancia con la selección), esta responsabilidad esencial e indelegable corresponde en un todo a EL CONTRATISTA, el cual deberá desarrollar todos los procedimientos, especificaciones e instructivos tendientes a cumplir con la calidad, los sistemas de gestión, los plazos y los presupuestos de la obra.

EL INTERVENTOR hará cumplir esta exigencia teniendo en cuenta la normalización y el nivel acreditado por EL CONTRATISTA en la certificación de calidad y/o sistemas de gestión ambiental y seguridad y salud ocupacional.

La implantación de los procedimientos y rutinas a lugar a las Normas; se hará desde el principio, creando un clima propicio entre todos los profesionales, trabajadores propios y subcontratistas.

7.7.16. MEDICIONES DE LA OBRA EJECUTADA

La obra ejecutada se tiene que medir rutinariamente para controlar los costos, pagar los subcontratos y la mano de obra como parte del contrato por administración delegada.

EL CONTRATISTA y EL INTERVENTOR contraen esta obligación, sin importar que el contrato corresponda a una administración delegada. Las cantidades de obra medidas deben servir para comparar las cantidades teóricas iniciales con las ejecutadas en la realidad. De este modo se pueden tener referencias precisas para comparar las ejecuciones de obra contra las cuantificadas teóricamente.

7.7.17. RESPONSABILIDADES CONTRAÍDAS EN CASO DE PRESENTARSE REPARACIONES DE OBRAS DEFECTUOSAS, ERRORES U OMISIONES POR PARTE DE EL CONTRATISTA, SU PERSONAL O UN DETERMINADO SUBCONTRATISTA

Las obras rechazadas, mal ejecutadas o que deban ser reparadas exigen mediciones independientes, debiendo ser relacionadas por aparte según acuerden EL INTERVENTOR y EL CONTRATISTA.

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A los SUBCONTRATISTAS DE MANO DE OBRA NO se les reconocerán pagos por trabajos defectuosos o mal ejecutados. A los subcontratistas mayores que deban suministrar materiales y mano de obra NO se les reconocerán pagos por obras mal ejecutadas, las cuales deberán reponer o rehacer a su costa y riesgo, antes de recibir los pagos correspondientes.

Si algún subcontratista mayor se niega a corregir los trabajos defectuosos o a reponer las partes que no satisfagan las especificaciones, calidad o condiciones pactadas, no se le harán efectivos los pagos, se le descontarán los gastos por demolición, reparación o reposición, y se le aplicarán las sanciones establecidasen el respectivo subcontrato, sin perjuicio de hacer efectivas las garantías que haya otorgado en coordinación y subordinación al contrato principal.

7.7.18. FORMULACIÓN DE ALTERNATIVAS TÉCNICAS, CONSTRUCTIVAS, DE ESPECIFICACIÓN Y DISEÑO ESTRUCTURAL O DE INSTALACIONES, EN DESARROLLO DEL CONTRATO

Tanto EL CONTRATISTA como EL INTERVENTOR pueden y deben proponer alternativas favorables en materia de procedimiento constructivo, especificación técnica e inclusive cálculo estructural o diseño de instalaciones.

Las alternativas propuestas deberán ser oportunas y debidamente sustentadas, en lo técnico y económico, con evidentes ventajas para LA UNIVERSIDAD y el proyecto.

Ellas serán analizadas por LA UNIVERSIDAD antes de ponerlas a consideración del COMITÉ DE OBRA. El asesor establecerá los contactos del caso con los diseñadores, para adoptar una posición particular en cada caso.

Con la aprobación del comité, la alternativa será adoptará motivando los correspondientes ajustes de especificación, presupuesto y diseño.

7.7.19. CONCERTACIÓN DEL PROGRAMA DEFINITIVO DE CONSTRUCCIÓN EN FUNCIÓN DEL PLAZO DEL CONTRATO, INCLUYENDO LAS FASES PREOPERATIVA Y DE LIQUIDACIÓN

El Comité de Obra se pondrá de acuerdo con EL CONTRATISTA administrador delegado y EL INTERVENTOR para ajustar el programa definitivo de construcción sin modificar el plazo acordado. El programa concertado definirá las condiciones contractuales de plazo y secuencia constructiva que obligan a EL CONTRATISTA en cumplimiento del objeto del contrato y que rigen para elaborar el PRESUPUESTO DEFINITIVO, preparar los flujos de fondos, celebrar los subcontratos, negociar los suministros, controlar los costos y evaluar el avance de obra contra programa.

EL tiempo de liquidación del contrato NO hace parte del plazo pactado.

En el plazo de ejecución de la construcción, queda incluida la semana prevista para desarrollar las actividades pre operativas y de movilización de EL CONTRATISTA.

Los proponentes deberán estimar cuidadosamente el plazo de entrega de las obras contratadas, comprometiéndose en firme en el cumplimiento de lo propuesto; en todos los casos, deberá estar acorde con los procedimientos técnicos de las actividades y los rendimientos estándares de la construcción, de modo que sea confiable y garantía de cumplimiento.

El plazo aceptado o sugerido por el Proponente debe ser avalado mediante programación de obra (documento técnico esencial), de tal manera que le permita presentar una propuesta acorde con los tiempos de cada una de las actividades. Si en el desarrollo de la obra EL CONTRATISTA solicita ampliación del plazo de ejecución, LA UNIVERSIDAD no hará ningún reajuste en el valor de los gastos reembolsables, por mayor permanencia, salvo si se presenta un evento de fuerza mayor, el cual será evaluado por el Comité de Contratación, y este aprobara si se realiza el reajuste o no.

Se deja en claro que cualquier determinación del proponente de laborar jornadas extendidas y/o extras para lograr el plazo, no acarrea ningún sobre costo al definido presupuestalmente para el desarrollo de las actividades en jornadas laborales normales. La Universidad no reconocerá estos pagos para lograr el cumplimiento del plazo comprometido.

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El horario de trabajo no tienen restricción alguna en la Institución, ello cubre igualmente fines de semana o festivo.

7.7.20. CONTROL DE PROGRAMACIÓN

EL INTERVENTOR deberá llevar el control de programación, preparar los cuadros gráficos de control y recomendará los ajustes o reprogramaciones a que haya lugar, todo ello previo acuerdo con EL CONTRATISTA en cumplimiento de las obligaciones contractuales correspondientes a cada uno.

LA UNIVERSIDAD brindará de ser necesaria la asesoría requerida a través del Comité de Obra, aclarando que ello NO releva a EL CONTRATISTA ni a EL INTERVENTOR de las responsabilidades inherentes a sus respectivos contratos.

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8 CAPÍTULO VIII: FORMULARIOS DE LA PROPUESTA

Los formularios suministrados en el presente pliego, deben adjuntarse a la propuesta, totalmente diligenciados.

Si el OFERENTE considera que es conveniente para complementar su propuesta anexar otra información adicional a la solicitada por la UNIVERSIDAD en los formularios establecidos, podrá hacerlo referenciando el formulario que complementa.

Si se trata de consorcio o unión temporal se deben anexar los documentos antes solicitados por cada uno de los miembros que lo conforman.

Nota: Estos documentos podrán ser subsanados, en cuanto a su contenido, la no presentación de los mismos será causal de rechazo de la propuesta, con atención las salvedades que cada numeral así haya dispuesto.

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9 CAPÍTULO IX: CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA

La UNIVERSIDAD rechazará las ofertas que no cumplan con los requisitos exigidos y entre otros, en los siguientes casos:

Cuando se encuentre que el OFERENTE está incurso en alguna de las inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones previstas en la Constitución o en la Ley.

Cuando el valor de la oferta supere el valor de la disponibilidad presupuestal estipulado para la presente invitación, según numeral 1.4.

Cuando se presenten varias ofertas por el mismo OFERENTE por sí, por interpuestas personas o por personas jurídicas pertenecientes al mismo grupo empresarial (ya sea en consorcio, unión temporal o individualmente).

Cuando existan serios indicios de falsedad material o ideológica en cualquiera de los documentos de la oferta o se descubra cualquier intento de fraude o engaño por parte del OFERENTE a la UNIVERSIDAD o los demás OFERENTES.

Cuando el OFERENTE habiendo sido requerido por La UNIVERSIDAD para aportar documentos, información o aclaraciones, conforme a lo establecido en el Pliego de Condiciones, no los allegue dentro del término fijado, o habiéndolos aportado, no estén acorde con las exigencias.

Cuando la oferta presentada no cumpla con los requerimientos mínimos y obligatorios establecidos en los capítulos IV y VI del presente pliego de condiciones.

Cuando las certificaciones, anexos, y demás documentos necesarios para la evaluación de las OFERTAS presenten enmendaduras y no hayan sido refrendadas por el representante legal.

Cuando no coincida la información diligenciada en los formularios o certificaciones, con la información de los documentos soportes solicitados como aclaraciones por parte de la UNIVERSIDAD. Se entiende que la información no coincide cuando no exista correspondencia, entre la información obtenida frente a la relacionada por el OFERENTE en los respectivos formularios o certificaciones.

Cuando el representante legal de una persona jurídica o los representantes legales que participen en un consorcio o unión temporal ostenten igual condición en otra u otras firmas que también participen en la presente contratación.

Cuando la oferta se presente en forma extemporánea o en lugar diferente al descrito en el cronograma del presente proceso.

Los demás casos expresamente establecidos en el presente pliego de condiciones.

Cuando al momento de iniciar la evaluación técnica de las ofertas se detecta que el OFERENTE no se encuentra registrado en la planilla de asistencia a la visita técnica obligatoria. Se aclara que en caso de Uniones Temporales o Consorcios será causal de rechazo si ninguno de sus miembros se encuentra registrado en la planilla de asistencia a la visita técnica obligatoria.

En el caso en que los datos reportados en el Registro Único de Proponentes (RUP) no coincida con los Estados Financieros solicitados en el numeral 5.14 del presente pliego.

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10 CAPÍTULO X: FACTORES DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

Las ofertas presentadas válidamente en este proceso, serán analizadas por los evaluadores designados por la UNIVERSIDAD para tal efecto, garantizando una selección objetiva que le permita asegurar la escogencia del ofrecimiento más favorable para la UNIVERSIDAD y la realización de los fines que se buscan con la contratación. 

La UNIVERSIDAD evaluará las ofertas con base en los aspectos relacionados en la siguiente tabla y suscribirá el contrato con aquella que obtenga el mayor puntaje, según los criterios establecidos a continuación:

10.1 VERIFICACIÓN DE REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

La UNIVERSIDAD será la encargada de verificar la documentación allegada con cada oferta y debe emitir el concepto sobre cada una, para establecer su conformidad con las condiciones y requisitos mínimos establecidos el Pliego de Condiciones. A ésta no se le asignará puntaje, su resultado será ADMISIBLE o NO ADMISIBLE.

Solamente las propuestas calificadas como ADMISIBLE jurídicas, financiera y técnicamente, serán tenidas en cuenta para la asignación y ponderación de puntaje

La UNIVERSIDAD evaluará las propuestas en los aspectos relacionados en la siguiente tabla:

No FACTORES PUNTAJE MÁXIMO

1 Verificación de requisitos jurídicos admisible / no admisible

2 Verificación de requisitos técnicos admisible / no admisible

3 Verificación de requisitos financieros admisible / no admisible

4 Análisis de capacidad financiera admisible / no admisible

5 Evaluación técnica

Si el oferente acredita mediante copia de la Resolución del Ministerio de Cultura o del ente respectivo que los contratos acreditados son inmuebles catalogados como bien de interés cultural nacional o distrital, patrimoniales, se le asignarán 50 puntos por cada uno, sin superar 100 puntos.

100

6 Económica (OE) Menor valor (*) 900 puntos y a la demás propuestas puntaje proporcional 900

TOTAL 1000 PUNTOS

(*) La Oferta Económica (OE) tendrá una calificación teniendo en cuenta el valor de los gastos administrativos reembolsables y honorarios (antes de IVA) estimados por el proponente y registrados en los Formularios Nos. 8 y 9.

Sobre el Formulario No 7, la Universidad previa verificación de los Formulario No 8 y 9, asignará el mayor puntaje (900), a la oferta con menor precio, los otros proponentes se calificarán de acuerdo a la siguiente fórmula:OE= 900 x $Po / $Pi

Donde: OE= Puntaje obtenidoBogotá, Abril de 2013

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Po= Valor de la oferta más favorablePi= Valor de la oferta comparada

10.2 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS, CALIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE PUNTAJE

La UNIVERSIDAD realizará sobre las ofertas que hayan resultado ADMISIBLES en todos los criterios del capítulo 5 y 6.

Las ofertas presentadas válidamente en este proceso, serán analizadas por los evaluadores designados por la UNIVERSIDAD para tal efecto, garantizando una selección objetiva que le permita asegurar la escogencia del ofrecimiento más favorable para la UNIVERSIDAD y la realización de los fines que se buscan con la contratación. 

10.3 CRITERIOS DE DESEMPATE

En caso de presentarse un empate en la calificación de dos o más oferentes, la Universidad seleccionará al OFERENTE que cumpla con los siguientes criterios y de acuerdo al siguiente orden:

La oferta que haya obtenido el mayor puntaje en el valor de la oferta económica.

Bogotá, Abril de 2013

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11 CAPÍTULO XI: GENERALIDADES DEL CONTRATO

11.1 CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO

Debe entenderse que todas las pautas fijadas en el presente Capítulo pretenden, exclusivamente, informar a los OFERENTES sobre las cláusulas del contrato a suscribir con el oferente seleccionado en la presente Invitación Pública y, por lo tanto, las mismas no implican obligación alguna por parte de la UNIVERSIDAD a celebrarlo con alguien distinto al oferente escogido.

Los OFERENTES aceptan íntegramente las condiciones y obligaciones del presente pliego y aquéllas que de conformidad con la ley deben tener los contratos celebrados con la UNIVERSIDAD. El Pliego de Condiciones, junto con sus planos anexos y la oferta, forman parte integrante del contrato a celebrar . En caso de dudas, vacíos o aclaraciones, el orden de prelación para aclararlos es el siguiente: Pliego de Condiciones, contrato, oferta.

En el evento que el oferente calificado en el primer lugar no procediere a legalizar el contrato, La Universidad Nacional de Colombia podrá asignar el contrato dentro de los cinco (5) días siguientes al oferente siguiente en el orden de elegibilidad.

11.2 OBJETO DEL CONTRATO

El objeto del contrato que se suscriba como resultado de la presente invitación será el “REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, RENOVACIÓN DE REDES TÉCNICAS Y RESTAURACIÓN ARQUITECTÓNICA DEL EDIFICIO 401 DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA, UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE BOGOTÁ” bajo el sistema de administración delegada.

11.3 DURACIÓN DEL CONTRATO

El plazo de duración del contrato se contabilizará a partir de la fecha de su celebración y será igual al plazo de ejecución y cuatro (4) meses más calendario para su liquidación.

En su oferta, el OFERENTE deberá tener en cuenta que una vez perfeccionado y legalizado el contrato, el plazo de ejecución del mismo será a partir del perfeccionamiento y legalización del contrato.

11.4 FORMA DE PAGO

LA UNIVERSIDAD pagará el valor del contrato a EL CONTRATISTA de la siguiente manera:

El valor fiscal del contrato se pagará así:

a) Un Anticipo correspondiente al treinta por ciento (30%) del Valor Total de los Gastos Reembolsables.b) Cuotas mensuales (con amortización sobre los Gastos Reembolsables proporcional al anticipo) que incluyen: los gastos reembolsables mensuales causados y los honorarios de acuerdo con el avance de las inversiones (según legalizaciones), aplicando el porcentaje (%) fijo acordado. La última cuota mensual se pagará una vez aprobada el Acta de Liquidación del contrato.La amortización del 100% del anticipo recibido se realizará sobre el 30% de cada pago parcial pactado.

11.5 TÉRMINO PARA FIRMA Y LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO

El contratista deberá devolver, a la Sección de Contratación de la Sede Bogotá de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, el contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en la que se le haya entregado para su legalización, acompañado de la garantía única en los términos establecidos en el presente documento. 

 

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Salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado y aceptado por la UNIVERSIDAD, si el oferente a quien se le otorgue el contrato no lo suscribiere dentro del término señalado, se podrá hacer efectivo el valor de la garantía de seriedad de la oferta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados que la UNIVERSIDAD  estime no cubiertos por la mencionada garantía.

Para efectos de la publicación, se dará cumplimiento al artículo 76 del Manual de Contratación de la Universidad, en el cual se estipula que deberá surtirse en el sitio Web de contratación de la Universidad.

La UNIVERSIDAD podrá prorrogar, a su juicio, el término para la firma del contrato, lo cual comunicará oportunamente al oferente favorecido.

11.6 NUMERO DE CUENTA BANCARIA

El OFERENTE debe presentar una certificación expedida por la entidad financiera en donde tenga cuenta corriente EXCLUSIVA para el manejo de los recursos del contrato, a través de la cual la UNIVERSIDAD efectuará los pagos, en caso de suscribir el contrato. Dicha certificación debe contener el nombre del titular, el número de identificación, el número de la cuenta, tipo de cuenta (corriente), estado de la cuenta (activa), y que no sea conjunta.

11.7 GARANTÍA ÚNICA

El contratista se obliga a constituir a favor y a satisfacción de la Universidad Nacional de Colombia, de acuerdo con el artículo 72 del Manual de Contratación de la Universidad, en una compañía de seguros o en una entidad bancaria legalmente autorizada para funcionar en Colombia, cuyas pólizas matrices estén aprobadas por la Superintendencia Bancaria, garantía única que se mantendrá vigente durante la ejecución del contrato y hasta su liquidación, que ampare los siguientes riesgos:

Cumplimiento de todas las obligaciones pactadas sobre los términos, condiciones y especificaciones del contrato, en cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del mismo, con vigencia igual al plazo de duración del contrato y seis (6) meses más. Al monto de esta garantía se imputará el valor de las multas y la cláusula penal, y se repondrá si por este motivo se disminuyere o agotare.

Buen manejo del anticipo, por una cuantía equivalente al ciento por ciento (100%), del valor del mismo y con una vigencia igual al plazo de duración del contrato y seis (6) meses más.

Estabilidad de obra, en una cuantía del veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y por un término de (5) años contados a partir de la fecha del acta de recibo final de obra a satisfacción.

Calidad de los materiales de la obra, en cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del mismo, con vigencia igual al plazo de duración del contrato y seis (6) meses más.

Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal que utilice el contratista, por una cuantía equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato y con una vigencia igual al plazo de vigencia del mismo y tres (3) años más.

Responsabilidad civil extracontractual por el veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y un deducible máximo del 10% del valor del siniestro, mínimo 2 SMMLV y con una vigencia igual al plazo de vigencia del mismo y seis (6) meses más.

El contratista deberá mantener vigente la garantía única y será de su cargo el pago de todas las primas y demás erogaciones de constitución, pudiendo la Universidad Nacional de Colombia prorrogar la garantía única a cargo del contratista cuando éste se negare a ampliarla, valor que se descontará de las sumas a él adeudadas.

En caso de que haya necesidad de adicionar, prorrogar o suspender el contrato resultante, o en cualquier otro evento necesario, el contratista se obliga a modificar la garantía única de acuerdo con las normas legales vigentes.

NOTA: El oferente debe tener en cuenta que una vez perfeccionado y legalizado el contrato debe allegar a la UNIVERSIDAD una póliza de seguros de vida, accidentes e invalidez, expedida por una compañía de seguros legalmente constituida en el país, que ampare a todo el personal contratado para la ejecución de la obra, durante la vigencia del contrato.

Bogotá, Abril de 2013

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INVITACIÓN PÚBLICA CON-BOG- 003 DE 2013 PARA CONTRATAR EL “REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, RESTAURACIÓN ARQUITECTÓNICA Y RENOVACIÓN DE REDES TÉCNICAS DEL EDIFICIO

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11.8 DOMICILIO CONTRACTUAL

Para los efectos de esta contratación y del contrato derivado de ella, se tendrá como domicilio la ciudad de Bogotá, D.C.

11.9 ASIGNACIÓN DEL CONTRATO

La asignación se hará en forma total, esto es, se otorgarán toda la obra a un solo oferente.

Efectuada la asignación, ésta es irrevocable y obliga por lo mismo a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA y al oferente que resulte favorecido con la misma.

11.10GASTOS, DERECHOS E IMPUESTOS

Serán por cuenta del oferente seleccionado todos los gastos, impuestos, derechos, tasas y contribuciones que se causen por razón del perfeccionamiento y/o la ejecución del contrato y que se requieran cancelar para dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes sobre el particular.

11.11CLÁUSULA DE MULTAS

Las partes acuerdan que en caso de mora o retardo en el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en el contrato a cargo del contratista y como apremio y para que las atienda oportunamente, el contratista pagará a favor de la universidad multas equivalentes al cero punto cero uno por ciento (0.01%) del valor del contrato por cada día de atraso en el cumplimiento de sus obligaciones, sin que el valor total de ellas pueda llegar a exceder el veinte por ciento (20%) del valor total del mismo.

Esta suma podrá ser descontada directamente de los valores que por cualquier concepto LA UNIVERSIDAD le adeude al CONTRATISTA, o tomada de la garantía constituida a favor de la UNIVERSIDAD; si esto no fuera posible, se cobrará ejecutivamente, sin perjuicio de las demás sanciones a que hubiere lugar.

No habrá lugar a la imposición de multas cuando la mora o el incumplimiento se deban a caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobadas y aceptadas por la UNIVERSIDAD

11.12CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA

Si el contratista no diera cumplimiento en forma total o parcial al objeto o a las obligaciones emanadas del contrato, pagará a la universidad el veinte por ciento (20%) del valor del contrato, como estimación anticipada de perjuicios sin que lo anterior sea óbice para que la UNIVERSIDAD haga exigibles las multas a las que haya lugar y/o declare la caducidad del contrato.

Esta suma podrá ser descontada directamente de los valores que por cualquier concepto LA UNIVERSIDAD le adeude al CONTRATISTA, o tomada de la garantía constituida a favor de la UNIVERSIDAD, si esto no fuere posible, se cobrará ejecutivamente.

11.13DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS Al oferente favorecido con la asignación y a los demás participantes, se les devolverá la garantía de seriedad de la oferta cuando esté perfeccionado el contrato, previa solicitud escrita en este sentido.

11.14OTRAS CONDICIONES DEL CONTRATO

CONFIDENCIALIDAD

Todos los datos e informaciones a las cuales tuviera acceso el OFERENTE, desde cuando se encuentre preparando la oferta y durante la ejecución del contrato, serán mantenidos en forma confidencial. Esta confidencialidad será continua y no vence ni por terminación ni por caducidad del contrato. INTERVENTORÍA DEL CONTRATO

Bogotá, Abril de 2013

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INVITACIÓN PÚBLICA CON-BOG- 003 DE 2013 PARA CONTRATAR EL “REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, RESTAURACIÓN ARQUITECTÓNICA Y RENOVACIÓN DE REDES TÉCNICAS DEL EDIFICIO

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La Universidad Nacional de Colombia, ejercerá la vigilancia y control de los trabajos para verificar que se desarrollen y se entreguen conforme a los términos pactados, mediante un interventor externo contratado para tal fin. En este último caso, será el tercero quien ejercerá las funciones propias que le confiere la calidad de interventor. La Interventoría no relevará al contratista de sus responsabilidades. Solo en casos excepcionales previamente justificados por la Universidad, podrá designarse un supervisor funcionario de la misma.

El (los) Interventor(es) del contrato está(n) facultado(s) para hacer solicitudes e impartir instrucciones al CONTRATISTA sobre asuntos de su responsabilidad; éste debe acatarlas.

Todas las comunicaciones y solicitudes destinadas al CONTRATISTA serán expedidas o ratificadas por escrito y formarán parte de los documentos del contrato. Serán funciones del Interventor todas las tendientes a asegurar, para la UNIVERSIDAD, que el CONTRATISTA cumpla con las obligaciones pactadas en el contrato para la correcta ejecución de su objeto.

11.15CESIÓN DEL CONTRATO

El CONTRATISTA seleccionado no podrá ceder el contrato que se suscriba a persona alguna natural o jurídica nacional, sin el previo consentimiento por escrito por parte de la UNIVERSIDAD, pudiendo ésta última reservarse las razones que tenga para negar la autorización de la cesión.

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12 CAPITULO XII

12.1 ESPECIFICACIONES DEL MACROPROCESO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

De acuerdo a los Macroprocesos de Gestión Administrativa y Financiera, la Tesorería es la encargada de “Optimizar el manejo de los recursos financieros de la Universidad Nacional de Colombia garantizando el recaudo de los ingresos y el pago de los compromisos de manera transparente, eficiente y oportuna así como la administración de los excedentes en forma eficiente y segura, a través de controles en los procedimientos”. Por consiguiente debe realizar:

1. RECONOCIMIENTO DE LOS INGRESOS, COSTOS, GASTOS Y SALDO POR EJECUTAR

A. RECEPCIÓN Y ANÁLISIS DE LOS DOCUMENTOS ENTREGADO POR EL ADMINISTRADOR DELEGADO

El administrador deberá reportar como mínimo una vez al mes, un informe financiero de los recursos recibidos y ejecutados certificados por el Representante Legal, interventor y REVISOR Fiscal o Contador Público de acuerdo a las disposiciones legales vigentes el cual debe contener:

Relación semanal de los ingresos, costos, gastos y saldo por ejecutar. Relación de los pagos semanales realizados a terceros que contenga como

mínimo los siguientes datos: (NIT y razón social del proveedor, fecha, valor, número y concepto de la factura o documento equivalente, valor y concepto del IVA, valor y concepto de las retenciones practicadas, fecha de cancelación de la factura y forma de pago.

Copias de las facturas originales. Los informes semanales se deben presentar debidamente soportados mediante

fotocopias de las facturas y/o documentos equivalentes, con identificación consecutiva de los documentos soportes a fin de respaldar las operaciones y la consistencia de los registros contables que realiza la entidad ejecutora.

La identificación consecutiva de los documentos soportes es absolutamente necesaria, constituye un mecanismo de control fundamental para su clasificación, ordenamiento y verificación de las operaciones en los comprobantes , libros de contabilidad y demás información del proceso, teniendo en cuenta las condiciones de cronología, identidad y formalidad que deben respetar cada uno para que se evidencien las operaciones realizadas.

Libro de la cuenta en la que se registran las operaciones del contrato de administración delegada en el sistema contable del mandatario.

Certificación del revisor fiscal. El administrador realizará un corte mensual de la ejecución del contrato remitirla a

la sección de tesorería de la Universidad los extractos (relación de la ejecución del fondo rotatorio y sus soportes), previa revisión del interventor de la obra, con las siguientes observaciones: Cada extracto estará numerado consecutivamente para fácil identificación y control. Deberá contener carta remisoria.

Bogotá, Abril de 2013

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INVITACIÓN PÚBLICA CON-BOG- 003 DE 2013 PARA CONTRATAR EL “REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, RESTAURACIÓN ARQUITECTÓNICA Y RENOVACIÓN DE REDES TÉCNICAS DEL EDIFICIO

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B. DEVOLUCIÓN DE IMPUESTO A LAS VENTAS

Para efectos la devolución del impuesto a las ventas a que tiene derecho la Universidad por los bienes y/o servicios que adquiera el administrador en virtud al contrato, se deben tener en cuenta los requisitos establecidos en el Decreto 2627 del 28 de diciembre de 1993.

Por lo anterior para efectos de la devolución del IVA el administrador debe reportar al interventor de manera diferencial las facturas y copias de las mismas que se encuentran gravadas con el impuesto a las ventas IVA, para ser desde el área de Tesorería respectiva, sean remitidas con la Solicitud de IVA a la Sección de Contabilidad de la Universidad bimestralmente. Acompañada de una certificación fiscal o contador público (bimestral).

13 CAPITULO XIII FORMULARIOS Y ANEXOS

Bogotá, Abril de 2013

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