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POJÍTA//I D ACUERDO DE DIRECCIÓN EJECUTIVA NÚMERO OE-039.2020 riU VAll Página 1de2 ' Noc(ona) tfí l9i ^friona REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS -RENAP- GUATEMALA, C.A. ACUERDO DE DIRECCIÓN EJECUTIVA NÚMERO DE-039-2020 EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS -RENAP- CONSIDERANDO: Que de conformidad con la literal a) del artículo 134 de la Constitución Política de la República de Guatemala, las entidades autónomas, actúan por delegación del Estado, y que tienen como una de las obligaciones el coordinar su política, con la política general del Estado y,en su caso, con la especial del Ramo a que correspondan. CONSIDERANDO; Que de conformidad con lo regulado en el artículo 1, 8 y 37 del Decreto número 90-2005 del Congreso de la República de Guatemala. Leydel Registro Nacional de las Personas -RENAP- y sus reformas, se crea el Registro Nacional de las Personas, como una entidad autónoma, de derecho público, con personalidad jurídica, patrimonio propio y plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones; siendo los órganos del Registro Nacional de las Personas, el Directorio, Director Ejecutivo, Consejo Consultivo, Oficinas Ejecutoras y Direcciones Administrativas y que la Dirección de Procesos, es la dependencia encargada, con base a la información recibida del Registro Central de las Personas, de emitir el Documento Personal de Identificación -DPI; además organizará el funcionamiento del sistema biométrico y grafotecnia. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 19 del Decreto número 90-2005 de la referida ley, el Director Ejecutivo es el superior jerárquico administrativo del RENAP, quien ejerce la representación legal y es el encargado de dirigir y velar por el funcionamiento normal e idóneo de la entidad; asimismo, en el artículo 20 literales a) y m) del referido cuerpo legal, se establece que son funciones del Director Ejecutivo, cumplir y velar porque se cumplan los objetivos de la Institución, así como las leyes y reglamentos; y todas aquellas que sean necesarias para que la Institución alcance plenamente sus objetivos; y, CONSIDERANDO: Que la Dirección de Gestión y Control Interno del Registro Nacional de las Personas, solicitó a la Dirección Ejecutiva, la aprobación del documento denominado "PROTOCOLO DE SEGURIDAD EN EL CENTRO DE IMPRESIÓN -CIM- ZONA 12", versión cero dos (02), de la Dirección de Procesos del Registro Nacional de las Personas, el cual tiene por objetivo proveer un documento técnico administrativo que sirva de orientación y apoyo al personal del RENAP que ingrese al Callada Rooseveit 13-46lona 7, Edificio RENAP CENTRAL PBX2416-1900CALLCENTER:151$ www.rena

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POJÍTA//I D ACUERDO DE DIRECCIÓN EJECUTIVA NÚMERO OE-039.2020riU VAll Página 1de2

' •♦s'lWo Noc(ona) tfí l9i ^friona

REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS -RENAP-

GUATEMALA, C.A.

ACUERDO DE DIRECCIÓN EJECUTIVA NÚMERO DE-039-2020

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS -RENAP-

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con la literal a) del artículo 134 de la Constitución Política de la República de

Guatemala, las entidades autónomas, actúan por delegación del Estado, y que tienen como una de

las obligaciones el coordinar su política, con la política general del Estado y, en su caso, con la

especial del Ramo a que correspondan.

CONSIDERANDO;

Que de conformidad con lo regulado en el artículo 1, 8 y 37 del Decreto número 90-2005 del

Congreso de la República de Guatemala. Ley del Registro Nacional de las Personas -RENAP- y

sus reformas, se crea el Registro Nacional de las Personas, como una entidad autónoma, de

derecho público, con personalidad jurídica, patrimonio propio y plena capacidad para adquirir

derechos y contraer obligaciones; siendo los órganos del Registro Nacional de las Personas, el

Directorio, Director Ejecutivo, Consejo Consultivo, Oficinas Ejecutoras y Direcciones

Administrativas y que la Dirección de Procesos, es la dependencia encargada, con base a la

información recibida del Registro Central de las Personas, de emitir el Documento Personal de

Identificación -DPI; además organizará el funcionamiento del sistema biométrico y grafotecnia.

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 19 del Decreto número 90-2005 de la referida ley, el Director

Ejecutivo es el superior jerárquico administrativo del RENAP, quien ejerce la representación legal y

es el encargado de dirigir y velar por el funcionamiento normal e idóneo de la entidad; asimismo, en

el artículo 20 literales a) y m) del referido cuerpo legal, se establece que son funciones del Director

Ejecutivo, cumplir y velar porque se cumplan los objetivos de la Institución, así como las leyes y

reglamentos; y todas aquellas que sean necesarias para que la Institución alcanceplenamente sus

objetivos; y,

CONSIDERANDO:

Que la Dirección de Gestión y Control Interno del Registro Nacional de las Personas, solicitó a la

Dirección Ejecutiva, la aprobación del documento denominado "PROTOCOLO DE SEGURIDADEN EL CENTRO DE IMPRESIÓN -CIM- ZONA 12", versión cero dos (02), de la Dirección de

Procesos del Registro Nacional de las Personas, el cual tiene por objetivo proveer un documentotécnico administrativo que sirva de orientación y apoyo al personal del RENAP que ingrese al

Callada Rooseveit 13-46lona 7, Edificio RENAP CENTRALPBX2416-1900CALLCENTER:151$ www.rena

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\RENAPItejttiic nc:i:iii úo líj fí.'sjíiaj

ACUERDO DE DIRECCIÓNEJECUTIVA NÚMERODE-039-2020Página 2 de 2

Centro de Impresión -CIM- zona 12, para garantizar la seguridad física de los equipos de

personalización y la información que se procesa y, en virtud que el mismo cumple con todas las

disposiciones legales correspondientes, se estima procedente su aprobación.

POR TANTO;

Con base en loconsiderado, normas legales citadas y loque para el efecto establecen losartículos

134 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 8.19, 20 literales a) y m) y37delDecreto 90-2005 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Registro Nacional de lasPersonas y sus reformas.

ACUERDA:

Artículo 1. APROBAR el contenidó del documento denominado "PROTOCOLO DE SEGURIDAD

EN EL CENTRO DE IMPRESIÓN -CIM- ZONA 12", versión cero dos (02), de la Dirección deProcesos, del Registro Nacional de las Personas.

Artículo 2. Se derogan todas las disposiciones anteriores que regulen la materia oque seoponganal presente Manual.

Articulo 3. Se instruye a las Direcciones involucradas, para queuna vez se encuentre notificado elpresente acuerdo, se realicen las diligencias necesarias a efecto de hacer posible la ejecución delmismo.

Artículo 4. Efectúese tas notificaciones a todas las Direcciones Administrativas. OficinasEjecutoras y Dependencias de Apoyo del Director Ejecutivo, por medio de laSecretaría General dela Institución.

Artículo5. El presenteacuerdoentra en vigencia inmediatamente.

Dado en la ciudad de Guatemala, el veintitrés de enero de dos mil veinte.

Arriaga Herrera

c r. las Personas-RENW-Gue.ismaia

Caizaúa Rooseveit 13-46 zona 7, Edifido RENAP CENTRALPBX 2416-1900 CALL CENTER; 1516

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RENAR.

SECRETARÍA GENERAL

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

ACUERDO DE DIRECCIÓN EJECUTIVA DE-039-2020

En la ciudad de Guatemala, el

mil veinte, siendo laj

con

de enero de dos

horas

minutos, constituido en la: Calzada

Rooseveit, trece guión cuarenta y seis, zona siete, Sede Renap Central, Guatemala. NOTIFICO

A: DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y CONTROL INTERNO; el Acuerdo emitido por: Dirección

Ejecutiva del Registro Nacional de las Personas -RENAP-, número DE guión cero treinta y nueve

guión dos mil veinte (DE-03^020), de.fecha^^ntitrés de ení

haciéndole entregacédula entregada a:

de la (s) copia (s) de i/

que consta de U]

/

Jurídico (T; STTrretnria^erie'a!Secroí.-'ris Occe'ai

io Ce'Trí' RPPP Gus'.irmii, Gu.Tarola

de dos mil veinte, por medio de

iterado (a) . firma.

PÍS, X

No se llevo a cabo la Notificación, por la causa siguiente:

Dil ección Inexacta No Existe la Dirección Persona a Notificar Falleció

Lugar Desocupado Persona Fuera del PaLs Datos No Concuerdan

Otra:

Calzada Rooseveit 13-46 zona 7. Edificio RENAP Central

PBX 2416-1900 CALL CENTER: 1516 www.renap.eob.gt

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RENAPRegistro Nacional de las Personas

DIRECCIÓN DE PROCESOS

PROTOCOLO DE SEGURIDAD EN EL

IMPRESIÓN -CIM- ZONA

t\x:^

icrnabé Bercián RsmirezJefe de Organizacióny Métodos

Dirección üsGest'ón yConircI InternoSede Ce,ní¿' R£!tAr Gcí!c-~ál3, Gecícc;:!]

Ing Roü.-í'" :u.-!tdo Ariiag:j iíerr-7!a^

•-(.!•. hi- ; • ,i 11;. • ,aj P¿:i5üPaS -REJ. jiuiU;! •iriia oüc^'smala

íón de"^ri»e€SOSede Central RENAP Guatemala, Guatemala

r

ran/3;;^tínjw-Prrmííá Palaciose Gestión y Ccnt'cl irfjT.o

Dirección de Gestión y Cortt;! IrctemoSede Certrpi PFKtTíñ w.Msi.5a;^ka

: ^bnarJMe^raMoi..Dírecci^ Administrativa

Lic. H^r Ma&de^ ^Jeré«le-€^troi d^jGr5lídad

Departarrt^to de,.i6t5ntryl de CalidadDlr^ciiátn de Pídcesos

FECHADE EMISIÓN: Diciembre 2019

CÓDIGO: PRO-17-01-2019

VERSIÓN: 02

fENAP[rgueta Moh.

_ deSeguridad"Dirección Administrativa

Sade Ganlral RENAP. Guatemala. Guatom^ls

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y MÉTODOSí DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y CONTROL INTERNO

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§RENAPl>9gisfn Nacionaldo las Personas

DIRECCIÓN DE PROCESOS FECHAOE EMfSIÓN; Diciembre 2019

PROTOCOLO DE SEGURIDAD EN EL CENTRO DE

IMPRESIÓN -CIM- ZONA 12

CÓDIGO: PRO-17-01-2019

VERSIÓN: 02

pAgina: Página 2 de 17

Contenido

1. Objetivo 3

2. Campo de aplicación 3

3. Base legal 3

4. Monitoreo y seguimiento 3

5. instrucciones para el personal en el Centro de Impresión -CIM- zona 12 4

6. Instrucciones para el visitante en el Centro de Impresión -CIM- zona 12 10

7. Prohibiciones en el Centro de Impresión -CIM- zona 12 13

Control de cambios 17

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f A nDIRECCIÓN DE PROCESOS FECHA DE EMISIÓN: Diciembre 2019

PROTOCOLO DE SEGURIDAD EN EL CENTRO DE

IMPRESIÓN -CIM- ZONA 12

CÓDIGO: PRO-17-01-2019

Sm1 fkJ VERSIÓN; 02

^@•7 Seglstro Nacional do las firsanas PÁGINA: Página 3 de 17

1. Objetivo

Proveer un documento técnico administrativo que sirva de orientación y apoyo al personaldel RENAR que ingrese al Centro de Impresión -CIM-^ zona 12. para garantizar laseguridad fisíca de los equipos de personalización y la información que se procesa.

2. Campo de apllcaclón

Este documento será de observancia y aplicación obligatoria para el personal quedesempeñe sus labores en el Centro de Impresión -CIM- zona 12; asimismo, las personasque visiten el mismo deberán cumplir con los lincamientos establecidos.

3. Base legal

• Decreto número 90-2005 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del RegistroNacional de las Personas.

• Acuerdo de Directorio número 51-2014 del Registro Nacional de las Personas,Reglamento Interior de Trabajo del Registro Nacional de las Personas -RENAP-.

• Acuerdo de Directorio número 80-2016 del Registro Nacional de las Personas,Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de las Personas.

4. Monltoreo y seguimiento

Para garantizar la vigencia y efectividad de este documento, el Jefe de Seguridad, elSubdirector Administrativo, el Director Administrativo, el Jefe de Impresión, el Jefe de

Control de Calidad, el Subdirector de Procesos y el Director de Procesos deberánmantener un proceso constante de revisión y solicitar la actualización oportuna pararealizar la inclusión de ajustes y modificaciones que se consideren pertinentes.

E! Centro de Impresión -CIM- será denominado paraefectos de este documento como el área especifica en donde se realizalapersonalización e inspección del Documento Personal de Identificación -DPI- y estará conformado por el Departamento deImpresión y el Departamento de Control de Calidad.

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VENAPRegistro Nacional óe las Personas

DIRECCIÓN DE PROCESOS FECHA DE EMISIÓN; Diciembre 2019

PROTOCOLO DE SEGURIDAD EN EL CENTRO DE

IMPRESIÓN-CIM-ZONA 12

CÓDIGO: PRO-17-01-2019

VERSIÓN: 02

pAGINA: Página 4 de 17

5. Instrucciones para el personal en el Centro de Impresión -CIM- zona 12

El Guardián deberá contar con los

listados del personal autorizado paraingresar al Centro de Impresión -CIM-,mismos que serán proporcionados por

' el Subdirector de Procesos o el

5.1. Director de Procesos al Jefe de

Seguridad para los efectoscorrespondientes. El Guardián anotarála hora de ingreso y egreso delpersonal autorizado en el libro deactas.

5.2.

Los trabajadores del RENAP quetengan turno los fines de semana,

deberán contar con la fotocopia de

recibido del oficio de autorización para

el acceso al Centro de Impresión-CIM- entregado con anticipación alDepartamento de Seguridad. Estedebe incluir la información siguiente:nombre completo de la persona a

ingresar, Código Único deIdentificación -CUI-, dirección a la cual

pertenece, objeto del ingreso y eltiempo estimado para realizar laactividad.

El Técnico en Monitoreo de Cámaras

deberá verificar de forma continua que5.3. el sistema de cámaras ubicado en el

Centro de Impresión -CIM- funcione

correctamente.

Elaborado por: Retado ftevl^ado^r:

y./• 'i

Vallado por: r /alldMo odrTN

iffcHlMlValidado por: Valida^ por:

'NÍ

Validado por:

, f^\\h.

Apro^iSd^r:

1 DtpartarnoiSv^1: deOrgantBÍeidn

Jetada

OrganltsclóriTl»rectorde 1 Jefada I Dfracter I I - Mh : { 1 I • Kírectorde - I I^ectar ^Getciény I S«|urtdad | MnMArttfeo | bnprttMnm' | deCrikiad; : ¡ ¡ J^xeaeten |

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mENAPHeglslro Nocional de las Personas

DIRECCIÓN DE PROCESOS FECHADE EMISIÓN: Diciembre 2019

PROTOCOLO DE SEGURIDAD EN EL CENTRO DE

IMPRESIÓN -CIM-ZONA 12

CÓDIGO: PRO-17-01-2019

VERSIÓN: 02

PAGINA; Página 5 de 17

El personal que labore en las áreasdel Centro de Impresión -CIM- deberácontar con su acceso biométrico

correspondiente, autorizado por elSubdirector de Procesos o el Director

de Procesos. El acceso biométrico se

solicitará por medio de oficio alDepartamento de Seguridad de laDirección Administrativa.

lf= Los trabajadores responsables de las

'actividades de limpieza ingresarán al

5.6. Centro de Impresión -CIM-, siempre ycuando se encuentre personalencargado de dichas áreas.

Únicamente podrá ingerirse agua en elárea señalada para el efecto. Losrecipientes deberán permanecercerrados para evitar derrames. Nodeberán colocarse sobre ningún

escritorio o superficie de trabajo.

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MRENAPflegistro Nacional de losPersonas

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IMPRESIÓN -CIM-ZONA 12

CÓDIGO: PRO-17-01-2019

VERSIÓN: 02

PÁGINA: Página 6 de 17

Es obligatorio el uso de bata para elpersonal del Departamento deImpresión que este laborando dentro

del área de producción del Documento; Personal de Identificación -DPI- y e)

" uso de guantes y cofia para los queestén en contacto directo con las

" ^ tarjetas pre personalizadas. El Jefe de.1 gy- Impresión hará uso de la vestimenta5 ' ' únicamente cuando utilice el equipo de

- personalización o esté en contactodirecto con las tarjetas pre

personalizadas. Asimismo, esobligatorio el uso de bata para elpersonal del Departamento de Controlde Calidad que se encuentreinspeccionando el Documento

Personal de Identificación -DPI-.

Únicamente el personal delgg Departamento de Impresión es el

autorizado de operar el equipo de

personalización.

5.9.

Únicamente podrá ingresar teléfonocelular al Centro de Impresión -CIM-,

el Jefe de Impresión, el Jefe de

Control de Calidad, el Subdirector de

Procesos, el Director de Procesos y elpersonal previamente autorizado.

Elaborado por: Revisado por. , Revisto pp/

'FVaHd^^por ./

i 1IIValidado por:

kYValidadQ par 7"

I t>epart»ment«1 déOrfanUaclóA

Je<* de

Oraanliacldnvefrectwd*

ecnidnvJeftde

S^urldadDfrMtor

AdnVobtretive Li icfeda Contra!

diCalidsd': ínvcaéMtn 'ffis.l

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gRENAPWSSf Sggistn Nacional de las Personas

DIRECCIÓN DE PROCESOS FECHA OE EMISIÓN: Diciembre 2019

PROTOCOLO DE SEGURIDAD EN EL CENTRO DE

IMPRESIÓN -CIM-ZONA 12

CÓDIGO: PRO-17-01-2019

VERSIÓN: 02

PÁGINA: Página 7 de 17

6.11.

El Guardián alertará por el medio decomunicación disponible al Jefe de

¿10 ° Supervisor deGuardianes, en caso existiera

amenaza o riesgo en el Centro de^ ^ Impresión -CIM-.

Al finalizar las labores diarias en el

Centro de Impresión -CIM-, lostrabajadores deberán verificar losiguiente:

• Que los equipos electrónicos(computadoras, UPS,impresoras, equipos depersonalización, ventiladores,entre otros) estén debidamenteapagados y desconectados dela corriente eléctrica.

• Las áreas de trabajo esténordenadas y limpias.

• Las luces de las oficinas estén

apagadas.

• Las puertas de acceso a lasoficinas estén cerradas.

Revisado parí* Validado por;Elaboraiio por; Rev^a<k>inn:

• 0^rt>raw$»'fidoOrganlOMÁ.ll vMtiodos'"

fX

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Validado por: Valld^o pV; Validado por AprpBad<rpor

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§RENAPfegislro Nacicnal de las Peisonas

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IMPRESIÓN -CIM-ZONA 12

CÓDIGO: PRO-17-01-2019

VERSIÓN: 02

PÁGINA: Página 8 de 17

5.12.

5.13.

5.14.

Para Ingresar y egresar mobiliario,equipo de cómputo, repuestos oinsumos al Centro de Impresión -CIM-,se deberá contar con autorización por

escrito del Subdirector de Procesos o

Director de Procesos.

El personal que labore en el Centro deImpresión -CIM- deberá almacenar

sus pertenencias personales en elárea designada para el efecto.

El personal deberá ingerir susalimentos en el área designada paracomedor y en los horariosestablecidos. Cuando se tengainhabilitado el comedor, el jefe de!departamento del áreacorrespondiente autorizará el uso de

otro lugar retirado de las áreas detrabajo.

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ÉRENAPW^SpS' hgl$lro Nacional a« las Psnonoi

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IMPRESIÓN -CIM- ZONA 12

CÓDIGO: PRO-17-01-2019

VERSIÓN: 02

PÁGINA: Página 9 de 17

5.15.

5.16.

5.17.

5.18.

Los Operadores de Monitoreo deCámaras informarán por el medio decomunicación disponible, las

novedades que se presenten durante

su turno respectivo al Jefe deSeguridad o a quien este delegue.

Para el traslado de tarjetas pre

personalizadas o documentospersonales de identificación entre losCentros de Impresión -CIM-, laDirección de Procesos solicitará por

medio de oficio a la Dirección

Administrativa el transporte y personalde seguridad respectivo; asimismo, elpersonal designado de la Dirección deProcesos será el responsable de larecepción y entrega.

El Departamento de ServiciosGenerales de la Dirección

Administrativa deberá gestionar el

transporte y la seguridad respectivapara el acompañamiento del personalde correspondencia en la recepción ytraslado de los paquetes dedocumentos personales deidentificación del Centro de Impresión

-CIM- al área de correspondencia dela Sede del RENAP.

Los casos no previstos para el personal serán resueltos desde el ámbito de sucompetencia por el Jefe de Seguridad, el Subdirector Administrativo, el DirectorAdministrativo, el Jefe de Impresión, el Jefe de Control de Calidad, el Subdirector deProcesos o el Director de Procesos.

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mRENAPDIRECCIÓN DE PROCESOS FECHAOE EMISIÓN: Diciembre 2019

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IMPRESIÓN-CIM-ZONA 12

CÓDIGO: PRO-17-01-2019

VERSIÓN: 02

Heglítte Hacionol de las Personas PÁGINA: Página 10 de 17

6. Instrucciones para el visitante^ en el Centro de Impresión -CIM- zona 12

6.1.

Los visitantes podrán ingresar alCentro de impresión -CIM- con laautorización de la máxima autoridad

de la Dirección de Procesos,

acompañados por el Jefe deImpresión, el Jefe de Control deCalidad o designado, siguiendo elprotocolo establecido.

El Guardián deberá contar con los

listados de los visitantes autorizados

para ingresar a las instalaciones,mismos que serán proporcionados por

6.2. el Subdirector de Procesos o el

Director de Procesos. El Guardián

• deberá anotar la hora de ingreso yegreso de los visitantes en el libro deactas y entregará el gafete respectivo.

6.3.

El Jefe de Impresión, el Jefe de

Control de Calidad o el designadoserán responsables de la apertura de

las puertas para el ingreso y egreso delos visitantes a través del sistema

biométrico.

Visitante: persona que no labora para el Registro Nacional de las Personas -RENAP-.

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Elaborado por: Revisi

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gRENAPap» S»glt1ro Nacional ó»lasPersonas

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PROTOCOLO DE SEGURIDAD EN EL CENTRO DE

IMPRESIÓN -CIM-ZONA 12

CÓDIGO: PRO-17-01-2019

VERSIÓN; 02

PÁGINA; Página 11 de 17

6.6.

Elaborado por:

'JaP y

dttOr|>Atu^4A» Método* f

Los visitantes deberán portar su gafeteen un lugar visible.

El Guardián indicará a los visitantes

que deberán dejar sus pertenencias(teléfonos celulares, llaves, cámaras,relojes, videocámaras, memorias USBo cualquier dispositivo electrónico degrabación o transmisión) en el área

c.j designada para el efecto.

El personal del Centro de Impresión-CIM- proporcionará bata a losvisitantes que ingresen a! mismo.

Nota: a excepción de las personas

que realizarán trabajos en donde lasbatas puedan mancharse o dañarse.

Pavisado VaNdadaDdr: jAVaÜdado po^^ Validado por VaNdadc aor VaMdadoran

L

AprobadaMr;

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gñENAPIfsglsfro Naclonol da las Pananas

DIRECCIÓN DE PROCESOS FECHADE EMISIÓN: Diciembre 2019

PROTOCOLO DE SEGURIDAD EN EL CENTRO DE

IMPRESIÓN -CIM-ZONA 12

CÓDIGO: PRO-17-01-2019

VERSIÓN: 02

PÁGINA; Página 12 de 17

íivih-:

SJ.

6.8.

6.9.

6.10.

Los proveedores de suministros yservicios podrán ingresar al Centro deImpresión -CIM-, con autorización del

Subdirector de Procesos o Director de

Procesos y con acompañamiento delpersonal designado.

El mantenimiento de los equipos de

personalización será llevado a cabo

por personal del proveedor externoque presta el servicio, el cual podráoperar y realizar pruebas con losequipos, con previa autorización del

Jefe de Impresión, Subdirector deProcesos o Director de Procesos.

Se harán excepciones a la normativade este protocolo, cuando las visitas alCentro de Impresión -CIM-, sean

miembros del Directorio del RENAP,

Director Ejecutivo, personalidades deGobierno acompañadas porautoridades del RENAP o a quieneséstos autoricen.

>1

Los casos no previstos para el visitante serán resueltos desde el ámbito de su

competencia por el Jefe de Seguridad, el Subdirector Administrativo, el DirectorAdministrativo, el Jefe de Impresión, el Jefe de Control de Calidad, el Subdirector de

Procesos o el Director de Procesos.

Elaborado por: ftevItadfriwnN.

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7. Prohibiciones en el Centro de impresión -CIM-zona 12

7.2.

7.3.

El ingreso de personas nor autorizadas.

El ingreso de personal de seguridad(guardaespaldas).

El ingreso de videocámaras, teléfonoscelulares, cámaras, memorias USB o

cualquier dispositivo electrónico degrabación y transmisión.

Nota: a excepción del personal deComunicación Social del RENAP, con

previa autorización del Jefe deImpresión, el Jefe de Control deCalidad, el Subdirector de Procesos o

el Director de Procesos.

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1 7.4.

#

El ingreso de anillos, aretes, collares,cadenas, esclavas, brazaletes,

pulseras, llaves y relojes,específicamente personal que estéutilizando el equipo depersonalización, proceso deinspección o este en contacto directocon las tarjetas pre personalizadas.

7.5. El ingreso de bebidas y alimentos.

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7.6.Recostarse o apoyarse en equipo omobiliario.

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7.7. fh Bloquear puertas de acceso y equipos.

7.9.

Filmar, grabar o fotografiar losprocesos, equipo, maquinaria odocumentos.

Nota: a excepción del personal deComunicación Social del RENAP, con

previa autorización del Jefe deImpresión, el Subdirector de Procesoso el Director de Procesos.

Cuando se personalice el DocumentoPersonal de Identificación -DPI-,

únicamente el operador de turnodeberá estar al pie de la maquinaria,podrá haber personas alrededor a unadistancia prudencial para no obstruirlos procesos que conlleva dichapersonalización. Se haránexcepciones, previa autorización del

i Jefe de Impresión o a quien estedelegue.

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7.10.Ingresar armas de fuego o cualquierarma blanca punzocortante.

7.11.

Los casos no previstos serán resueltos desde el ámbito de su competencia por elJefe de Seguridad, el Subdirector Administrativo, el Director Administrativo, el Jefede impresión, el Jefe de Control de Calidad, el Subdirector de Procesos o el Directorde Procesos.

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Control de cambios

Versión Fecha"^folios

Unjdades involucradasn Descripción

02 2019 17Dirección de Procesos yDirección Administrativa

Protocolo de seguridad en elCentro de Impresión -CIM-zona 12.

01 2017 13

Dirección de Procesos,

Dirección Administrativa

y Dirección de

Informática y Estadística

Protocolo de seguridad parael acceso al Centro de

Impresión -CIM- zona 12 delRENAP, aprobado por mediode Acuerdo de Dirección

Ejecutiva número DE-164-2017.