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Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Samborondón El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Samborondón Resolución 38ASG-ICM2015 CONSIDERANDO: .Que, de conformidad con lo establecido en los numerales 1, 2, 3, 4, 6 y 10 del Art. 264 de la Constitución de la República, son competencias exclusivas de los gobiernos municipales, planificar el desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la planificación nacional, regional provincial y parroquial, con el fin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural; ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón; planificar, construir y mantener la vialidad urbana; prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de desechos sólidos, actividades de saneamiento ambiental y aquellos que establezca la ley; planificar, regular y controlar el tránsito y transporte público dentro de su territorio cantonal; y, delimitar, regular, autorizar y controlar el uso de las playas de mar, riberas y lechos de ríos, lagos y lagunas, sin perjuicio de las limitaciones que establezca la ley, entre otros. Que, los literales a) y c) del art ículo 54 del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial Autonomía y Descentralización, señala que los Gobiernos Autónomos Descentralizados tienen como funciones el promover el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial cantonal y establecer el régimen de uso de suelo. Que, en virtud a lo dispuesto en el Art. 55 literales a), b), c), d),j) ibídem, los gobiernos autónomos descentralizados municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas: planificar, junto con otras instituciones del sector público y actores de la sociedad, el desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la planificación nacional, regional, provincial y parroquial, con el fin O Palacio Municipal (Ciudad Samborondón): Malecón y Calixto Bdmero Tel. Agencia Sur (La Puntilla): Km. 10,5 Ave. Samborondón # 1QBOO-Tel,: (593-4) E-mail. [email protected] • Web site: www.samborondon.gob.ee Provincia del Guayas República del Ecuador 93-4)2024086 126035

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El Gobierno Autónomo DescentralizadoMunicipal del Cantón Samborondón

Resolución 38ASG-ICM2015

CONSIDERANDO:

.Que, de conformidad con lo establecido en los numerales 1, 2, 3, 4, 6 y10 del Art. 264 de la Constitución de la República, son competenciasexclusivas de los gobiernos municipales, planificar el desarrollo cantonal yformular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de maneraarticulada con la planificación nacional, regional provincial y parroquial, con elfin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural; ejercer el controlsobre el uso y ocupación del suelo en el cantón; planificar, construir ymantener la vialidad urbana; prestar los servicios públicos de agua potable,alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de desechos sólidos,actividades de saneamiento ambiental y aquellos que establezca la ley;planificar, regular y controlar el tránsito y transporte público dentro de suterritorio cantonal; y, delimitar, regular, autorizar y controlar el uso de lasplayas de mar, riberas y lechos de ríos, lagos y lagunas, sin perjuicio de laslimitaciones que establezca la ley, entre otros.

Que, los literales a) y c) del art ículo 54 del Código Orgánico deOrdenamiento Territorial Autonomía y Descentralización, señala que losGobiernos Autónomos Descentralizados tienen como funciones el promover eldesarrollo sustentable de su circunscripción territorial cantonal y establecer elrégimen de uso de suelo.

Que, en virtud a lo dispuesto en el Art. 55 literales a), b), c), d),j) ibídem,los gobiernos autónomos descentralizados municipales tendrán las siguientescompetencias exclusivas: planificar, junto con otras instituciones del sectorpúblico y actores de la sociedad, el desarrollo cantonal y formular loscorrespondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada conla planificación nacional, regional, provincial y parroquial, con el fin

O

Palacio Municipal (Ciudad Samborondón): Malecón y Calixto Bdmero • Tel.Agencia Sur (La Puntilla): Km. 10,5 Ave. Samborondón # 1QBOO-Tel,: (593-4)E-mail. [email protected] • Web site: www.samborondon.gob.eeProvincia del Guayas • República del Ecuador

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Resolución 38A SG-ICM-2O15Pag. No. 2

el uso y la ocupación del suelo urbano y rural, en el marco de lainterculturalidad y plurinacionalidad y el respeto de la diversidad; ejercer elcontrol sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón; planificar, construir ymantener la vialidad urbana; prestar los servicios públicos de agua potable,alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de desechos sólidos yaquellos que establece la ley; Regular, autorizar y controlar la explotación demateriales áridos y pétreos que se encuentren en los lechos de los ríos, lagos,playas de mar y canteras; entre otras.

Que, la Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos, en elartículo 8, manifiesta lo siguiente: "Rectificábilidad.- Los datos regístralesdel sistema son susceptibles de actualización, rectificación o supresión en loscasos y con los requisitos que la ley señale".

Que, la Ley de Registro, en su artículo 50, dispone "La corrección deerrores, reparación de omisiones y cualquier modificación que de oficio o apetición de parte deba hacer el Registrador conforme al título, se hará constaren una nota puesta en el margen a la derecha de la inscripción respectiva y alfrente de la parte que se hubiere modificado".

Que, mediante Resolución 26E-SG-ICM-2015, aprobada en sesiónordinaria del tres de julio del dos mil quince, el Concejo Municipal deSamborondón por unanimidad Resolvió: Aprobar la expropiación o negociacióndirecta, así como la declaratoria de utilidad pública y de ocupación inmediata,de diferentes áreas de terrenos ubicados en la parroquia urbana Satélite LaPuntilla del cantón Samborondón, las mismas que servirán para laconstrucción del puente que unirá al cantón Samborondón y Guayaquil y susobras complementarias.

Que, mediante Sesión Ordinaria de Concejo 28-2O15 celebrada el díaveintitrés de julio del dos mil quince por unanimidad el Concejo MunicipalResolvió: Hacer un Alcance a la Resolución 26E-SG-ICM-2015, de fecha dosde julio del dos mil quince, en el sentido de agregar correctamente el o losnombres del o/ los presuntos propietarios y ¡o presupuestos propíeíariés\ihlas

>rPalacio Municipal (Ciudad Samborondón): Malecón y Calixto Romero XTel.: (593M) 2024086Agencia Sur (La Puntilla): Km. 10,5 Ave. Samborondón # 10500 • T&(rf(593-4) 5126035E-mail. ¡[email protected] • Web site: www.samborondon.gob.eeProvincia del Guayas • República del Ecuador

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direcciones de los propietarios de los predios afectados, quedando de lasiguiente manera:

Propietario: Cía. Sorrento Holding Corp. S.A.Dirección: Cdla. Entre Ríos, Centro Comercial Las TerrazasCódigo Catastral: 4-1-29-1-10Solar: 3Área total: 120.252m2

Área de afectación: 19.323m2

Avalúo del área afectada: $3'478,140.00

Propietario: Cía. Sorrento Holding Corp. S.A.Dirección: Cdla. Entre Ríos, Centro Comercial Las TerrazasCódigo Catastral: 4-1-29-1-9Solar: 103Área total: 5000m2

Área de afectación: 2803m2

Avalúo del área afectada: $504,540.00

Propietario: Cía. Sorrento Holding Corp. S.A.Dirección: Cdla. Entre Ríos, Centro Comercial Las TerrazasCódigo Catastral: 4-1-29-1-1Solar: 64Área total: 7500m2

Área de afectación: 5242m2

Avalúo del área afectada: $943,560.00

Propietario: Fideicomiso Mercantil DUCSA DosDirección:Código Catastral: 4-1-29-1-12Solar: 63Área total: 7.500m2

Área de afectación: 1717m2

Avalúo del área afectada: $309,060.00

Palacio Municipal (Ciudad Samborondón): Malecón y Calixto Romero • Tel.: (593-4) 2024086Agencia Sur (La Puntilla): Km. 10,5 Ave. Samborondón # 10500 • Tel.: (593-4) 5126035E-mail. info@ samborondon.gob.ee • Web site: www.samborondon.gob.eeProvincia del Guayas • República del Ecuador

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Resolución 38A S&ICM-2015Pag. No. 4

Propietario: Cía. Inmobiliaria EMIBU S.A.Dirección: Cala. La Puntilla, Frente al Club de Campo EspañolCódigo Catastral: 4-1-29-1-3Solar: 62Área total: 7.500m2

Área de afectación: 393ra2

Avalúo del área afectada: $70,740.00

Propietario: Cía. CONEX S.A.Dirección: Cala. Adace, Ave. Las Américas entre la 7ma y 8va Diagonal alCentro Comercial de Convenciones Simón BolívarCódigo Catastral: 4-1-29-1-4Solar: 61Área total: 7.500m2

Área de afectación: 350m2

Avalúo del área afectada: $63,000.00

Propietario: Cía. CONEX S.A.Dirección: Cala. Adace, Ave. Las Américas entre la 7ma y 8va Diagonal alCentro Comercial de Convenciones Simón BolívarCódigo Catastral: 4-1-29-1-5Solar: 60Área total: 7.500m2

Área de afectación: 98m2

Avalúo del área afectada: $17,640.00

Que, dichas resoluciones aprobadas por el Concejo Municipal fueroninscritas en el Regislro Municipal de la Propiedad, el 24 de Agosto del 2015,con el número de inscripción 4417, de fojas 72874 a 72890, y anotada bajo elRepertorio número 2013, en el Registro de la Propiedad.

Palacio Municipal (Ciudad Samborondón): Malecón y Calixto Romero • Tel.i (593-4) 2024086Agencia Sur (La Puntilla): Km. 10.5 Ave. Samborondón # 10500 «Tel.: (593-4)5126035E-maif. [email protected] -Web site: www.samborondon.gob.eeProvincia del Guayas • República del Ecuador

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Resolución 38A-SG-XCM-2015Pag. No. 5

Que, por otra parte de acuerdo con los documentos que me fueronpresentados por el propietario de los mencionados lotes afectado por laexpropiación que hace referencia a la existencia de un Contrato de Adhesión alFideicomiso Mercantil de Administración de Bienes Ducsa Dos que otorga laCompañía Sorrento Holding Corp., Cesión de Derechos Fiduciarios delFideicomiso Mercantil de Administración de Bienes Ducsa Dos que otorgaSorrento Holding Corp. A favor de la Compañía Fariballcorp, escritura públicacelebrada en la ciudad de Milagro el primer día del mes de julio del 2015, antela Abogada Nidia Medranda Ceuallos, Notaría Titular Primera de Milagro.

Que, del oficio 346-A-AJ-GADMCS-2015, de fecha Septiembre 29 del2015, enviado por parte del Dr. Iván Orlando Miranda Procurador SíndicoMunicipal, señala en su pronunciamiento legal "...sobre el trámite deexpropiación o negociación directa, así como la declaratoria de utilidad públicay de ocupación inmediata, de diferentes áreas de terrenos ubicados en laparroquia urbana Satélite La Puntilla del cantón Samborondón, con precisiónson inmuebles localizados entre los kilómetros 3.5 al 4.5, aproximadamente yque pertenecen a distintas personas (naturales o jurídicas), mismas que yaconocen de este proceso en razón de las notificaciones de rigor que conforme aderecho ya fueron realizadas.

Por otra parte, y de acuerdo con los documentos que me fueronpresentados por el propietario de algunos lotes afectado por la expropiacióny/o negociación directa, que hace referencia a la existencia de un Contrato deAdhesión al Fideicomiso Mercantil de Administración de Bienes Ducsa Dos queotorga la Compañía Sorrento Holding Corp., Cesión de Derechos Fiduciarios delFideicomiso Mercantil de Administración de Bienes Ducsa Dos que otorgaSorrento Holding Corp. A favor de la Compañía Fariballcorp, medianteescritura pública celebrada en la ciudad de Milagro, provincia del Guayas, elprimer día del mes de julio del año 2015, ante la Abogada Nidia MedrandaCevallos, Notaría Titular Primera del cantón Milagro.

Palacio Municipal (Ciudad Samborondón): Malecón y Calixto Romero • Tel.: (593-4) 2024086Agencia Sur (La Puntilla): Km. 10,5 Ave. Samborondón # 10500-Tel.: (593-4)5126035E-mail. [email protected] • Web site: www.samborondon.gob.eeProvincia del Guayas • República del Ecuador

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Resolución 38A-SG-ICM-2015Pag. No. 6

En razón de lo expuesto, es necesario se deje sin efecto la Resolución26E-SG-ICM-2015 de fecha O3 de Julio de 2O15; y, su respectivoAlcance de fecha 24 de Julio del 2015, suscritas por el Abogado WalterTamayo Arana, Secretario General del Gobierno Autónomo DescentralizadoMunicipal del Cantón Samborondón, en tal virtud recomiendo se deje sinefecto parcialmente la declaratoria de utilidad pública y de ocupacióninmediata, de diferentes áreas de terrenos ubicados en la parroquia urbanaSatélite La Puntilla del Cantón Samborondón, las mismas que servirán para laconstrucción del puente que unirá a los cantones Samborondón y Guayaquilasí como sus obras complementarias, en los predios de propiedad de laCompañía Sorrento Holding Corp., y otras, así como su alcance que contengaen derecho la expropiación y/o negociación directa de los lotes de terrenoidentificados como solar número TRES (3), con un área total de120.252m2, con un área de afectación de 19.323m2.; Solar número CIENTOTRES (103), con un área total de d.OOOm2., con un área de afectación de2.803m2.; y, Solar número SESENTA Y CUATRO (64), con un área total de7.500m2., con un área de afectación de 5.242m2."

Finalmente es necesario dejar abierta la posibilidad de que las áreasafectadas a esta obra monumental, pueden ser incrementadas en razón dealgún rediseño técnico o que sea pertinente dejar retiros que logren minimizarruidos, entre otros aspectos técnicos, ambientales y legales que corresponda.

Que, mediante Sesión Ordinaria de Concejo 38-2015, celebrada el díaviernes 02 de Octubre del año dos mil Quince, por unanimidad el ConcejoMunicipal, en amparo a lo determina la Constitución de la República, el CódigoOrgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización artículo57 literal a); Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos, artículo8: y, Ley de Registro, artículo 50:

Palacio Municipal (Ciudad Samborondón): Malecón y Calixto Romero • Tel.: (593-4) 2024086Agencia Sur (La Puntilla): Km. 10,5 Ave. Samborondón # 10500 • Tel.: (593-4) 5126035E-mail. info®samborondon.gob.ee -Web site: www.samborandon.gob.eeProvincia del Guayas • República del Ecuador

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Resolución 38A-SG-ICM-2015Pag. No. 7

RESUELVE:

Dar por conocido y aprobado el informe legal emitido por el Dr. IvánOrlando Miranda, Procurador Síndico Municipal, por lo tanto se REVOCAPARCIALMENTE la Resolución 26E-SG-ICM-2015 de fecha O3 deJulio de 2015; y, su Alcance de fecha 24 de Julio del 2O15, en talvirtud se deja sin efecto de manera parcial la declaratoria deutilidad pública y ocupación inmediata, de diferentes áreas de terrenosubicados en la Parroquia Urbana Satélite La Puntilla del CantónSamborondón, las mismas que servirán para la construcción del puenteque unirá al cantón Samborondón y Guayaquil y sus obrascomplementarias, de propiedad de la Compañía Sorrento Holding Corp.,así como su alcance que contenga en Derecho de la EXPROPIACIÓNÚNICAMENTE de los lotes de terreno identificados como:

• Solar número TRES (3), con un área total de 12O.252m2,el área de afectación de 19.323m2

Dirección: Cala. Entre Ríos, Centro Comercial Las TerrazasCódigo Catastral: 4-1-29-1 -10

• Solar número CIENTO TRES (103), con un área total de5.000m2, el área de afectación de 2.803m2

Dirección: Cala. Entre Ríos, Centro Comercial Las TerrazasCódigo Catastral: 4-1-29-1-9

• Solar número SESENTA Y CUATRO (64), con un área totalde 7.50Om2, el área a expropiarse 5.242m2

Dirección: Cala. Entre Ríos, Centro Comercial Las TerrajasCódigo Catastral: 4-1-29-1-1

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Resolución 38A-SG-ICM-2015Pag. No. 8

Se deja abierta la posibilidad de que las áreas afectadas a esta obramonumental, pueden ser incrementadas en razón de algún rediseñotécnico o que sea pertinente dejar retiros que logren minimizar ruidos,entre otros aspectos técnicos, ambientales y legales que corresponda.

Hágase conocer al señor Registrador de la Propiedad, para los fines regístralespertinentes, así como a los propietarios o representantes legales de los prediosantes señalados, todo conforme a derecho

que 'comunico para los fines legales pertinentes.\ a los dos días del mes Octubre del año dos mil quince.

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