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SOY UN CIUDADANO

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1. Definición• El término tiene su origen en el

término ciudad (civitas, en latín): sería, por tanto, el habitante de una ciudad romana.

• En un principio, el derecho de ciudadanía era privativo únicamente de los habitantes de la ciudad de Roma. Posteriormente, después del decreto del emperador Caracalla del año 212, el derecho de ciudadanía fue extendido a todos los habitantes del Imperio Romano.

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1. Definición

• La ciudadanía romana se adquiría por nacimiento, concesión o manumisión.

• No todos los romanos eran ciudadanos. Solo lo eran los hombres libres.

• No se consideraban ciudadanos romanos: las mujeres, los esclavos, los libertos y las personas que no habían nacido en Roma.

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1. Definición

• El ciudadano romano tenía una serie de derechos:

- Derecho de voto en las asambleas.

- Derecho a presentarse a unas elecciones y a ser elegido.

- Derecho a ser magistrado.- Derecho a tener propiedades.- Derecho a contraer matrimonio

con otro ciudadano romano.

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1. Definición

• En la actualidad, la ciudadanía es una condición jurídica y política que tienen las personas como miembros de un Estado.• Esa condición se adquiere por

nacimiento, por matrimonio, por residencia o por concesión de un Estado.• Por tanto, el término ciudadanía

sería sinónimo de nacionalidad: ciudadano español, inglés, francés, colombiano, belga, marroquí, estadounidense, etc.

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2. Derechos de ciudadanía• Como ciudadanos adquirimos una serie

de derechos y obligaciones.• Esos derechos y obligaciones se

adquieren en el momento en que adquirimos la mayoría de edad legal (18 años).

• A esa edad nos podemos inscribir en el Registro Electoral y podemos actuar como ciudadanos activos de ese estado.

• La ciudadanía se pierde cuando una persona adquiere otra nacionalidad. Solo hay una excepción en la que una persona puede ser ciudadano de dos estados: ciudadanos de países latinoamericanos que tienen también la ciudadanía española.

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2. Derechos de ciudadanía

• Ser ciudadano otorga los siguientes derechos en España:

- Derecho a votar en todas las elecciones por sufragio universal.

- Optar a cargos de elección popular y a los demás que la Constitución o ley establece.

- Organizar o militar en los partidos políticos.

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2. Derechos de ciudadaníaAdemás de los derechos políticos, los

ciudadanos españoles tienen otros derechos reconocidos por la Constitución:

• Derechos civiles: Son aquéllos que están asociados a derechos propios de la libertad individual, como, por ejemplo, la igualdad ante a la ley, la libertad de expresión, de pensamiento, de religión, de propiedad...

• Derechos sociales: son aquéllos que la Constitución reconoce a todos los españoles: la salud, la educación, la seguridad social, la vivienda, el derecho al empleo, a la seguridad física, los servicios básicos, la protección del medio ambiente y del patrimonio histórico y cultural sobre el que se construye la identidad de las personas.

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3. Deberes de la ciudadaníaTodo derecho implica el

cumplimiento de un deber hacia el Estado y los demás ciudadanos:

• Derecho y deber de defender a España.

• Deber de pagar los impuestos que les correspondan en proporción a su riqueza.

• Derecho y deber de trabajar.• Derecho a la propiedad

privada y a la herencia.

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4. Educación para la Ciudadanía

¿Por qué una Educación

para la Ciudadanía en las

aulas?