Revista de gabriel

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Autor:Gabriel Agusthino Sección: AM-611

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el gobierno durante la antigua roman

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Autor:Gabriel Agusthino

Sección: AM-611

Gobierno de la Antigua Roma es el conjunto de las instituciones de la

Antigua Roma vinculadas a su sistema político, a través de las cuales

los antiguos romanos organizaron el ejercicio del poder político, primero

en su ciudad y luego en su Imperio.

La historia de la Antigua Roma presentó cuatro formas de

gobierno: Monarquía, República, Principado y Dominado

MONARQUIA:

La monarquía

romana abarca el

período comprendido

entre la fundación de

la ciudad, el 21 de

abril del año

753 a. C., y la

expulsión de Tarquino

el Soberbio, último y

despótico monarca, en

el año 510 a. C.

Tiempo después, Julio

Cesar intento'

regresar al Imperio a

la monarquía, por lo

que fue asesinado.

Según la tradición romana,

el primer rey de la ciudad,

y creador las primeras

instituciones, fue Rómulo.

Se designaba por ello al

régimen monárquico

como Constitución de

Rómulo. Dichas instituciones

eran tres: El Rey (Rex),

el Senado (Senatus)y

el Pueblo (Popolus).

El Rey era la cabeza del gobierno. Su poder comprendía atribuciones políticas,

judiciales, religiosas y militares; las cuales, englobadas en el concepto de imperium, eran

vitalicias y dotaban al monarca de irresponsabilidad e inviolabilidad personal.

El rey velaba por la convivencia pacífica entre los habitantes de la ciudad, para lo cual

tenía facultades de legislador y juez supremo, pudiendo disponer, en el marco de dichas

atribuciones, de la vida de sus súbditos. También le era propio cuidar las buenas

relaciones entre la comunidad y los dioses, estando dotado para ello del ius aspicorum,

esto es, de la facultad de consultar la voluntad divina a través de la interpretación de

ciertas señales denominadas auspicios (auspices). En tiempos de guerra, era el

comandante supremo del ejército.

El poder de Rey no era hereditario. Fallecido el monarca, el gobierno pasaba a

los senadores, quienes se turnaban para ejercerlo por períodos de cinco días,

bajo el título deinterrex, en espera de que el Pueblo eligiera un nuevo Rey.

Dicha elección debía ser ratificada por el Senado. Si los senadores daban su

aprobación, procedía la inauguratio, ceremonia en la cual los augures consultaban

los auspicios que indicaban si el rey electo gozaba o no del favor divino. La

respuesta positiva de los dioses significaba la legitimación incuestionable de la

autoridad del nuevo monarca

El senado consistía en un cuerpo colegiado

que actuaba como consejo asesor del rey.

Estaba formado por los jefes de las

distintas gens de la ciudad, a quienes se les

llamaba respetuosamente "padres" (patres).

El propio nombre de "Senado" aludía a la

avanzada edad que solían tener sus

integrantes (senex, anciano).

El Senado funcionaba sólo a petición del Rey,

manifestando su parecer a través de

resoluciones formales que recibían el nombre

de senadoconsultos (senatus consulta), las

cuales, en todo caso, no eran vinculantes para

el monarca.

Sus miembros eran nombrados por el Rey. Se cuenta que Rómulo designó originalmente a cien

senadores, cuyas familias y descendientes fueron conocidos como patricios. Tulio Hostilio, tercer rey

de Roma, creó cien nuevos patres provenientes de la derrotada Alba Longa; Tarquino Prisco, quinto rey,

hizo lo propio, sumando al Senado otros cien integrantes procedentes de ciudades etruscas

conquistadas. El número de trecientos senadores permaneció relativamente inalterado hasta las

reformas de Sila, en tiempos de la República.

ORGANIZACION POLITICO DE ROMA:

La actividad política en Italia presenta diferentes etapas. En la medida en que los

grupos luchaban por obtener una hegemonía, se fue configurando un sistema

sociopolítico representativo que pretendía equilibrar el principio de autoridad. Así,

después de guerras y dificultades, a mediados del siglo VIII a. de C. Se empezó a

desarrollar el siguiente esquema político:

1. Asamblea (comicios): Reuniones públicas de los grupos dominantes o

patricios romanos, posteriormente en ellas se representó al resto de los

ciudadanos. Sus principales funciones eran elegir magistrados y tomar

decisiones de tipo judicial. Las asambleas llegaron a tener representantes

populares tribunos

2. El Senado (senex)

Era un consejo de ancianos, el cuerpo de consulta constituido por

descendientes de la aristocracia. Supervisaba los servicios religiosos,

administraba los recursos financieros, inspeccionaba a los magistrados;

negociaba los asuntos exteriores; nombraba altos jefes militares y enviaba

funcionarios a las colonias.

3. Los magistrados: constituían un grupo de funcionarios al que

pertenecieron los reyes; no solían cobrar por sus puestos y tenían una

duración en ellos de uno a cinco años según el nombramiento. Se requería

tener una reconocida calidad de ciudadano y tener entre 30 y 45 años de

edad

FUENTES DE DERECHO EN CADA UNO DE LOS SISTEMAS DE

GOBIERNO:

La costumbre: sigue existiendo al igual que en la monarquía, pero por

otro lado ya se cuenta con la presencia de la ley, los plebiscitos,

lossenadoconsultos, los edictos de los magistrados y la jurisprudencia.

La costumbre: sigue existiendo al igual que en la monarquía, pero por

otrolado ya se cuenta con la presencia de la ley, los plebiscitos, los

senadoconsultos, los edictos de los magistrados y la jurisprudencia.

La ley: Se dice que la ley es una disposición dictada por el pueblo

cuando este se reunía en comicios.

Fuentes del Derecho Romano en la época de la Monarquía: En este periodo las

fuentes formales del derecho se reducen prácticamente auna: la costumbre de

los antepasados (mores maiorum). Sin embargo se cuenta queun estudioso del

derecho llamado Papiro publico una colección de leyes reales (votadas en los

comicios) llamadas ius civiles papirianum, aunque a partir de la caída de la

monarquía también estas disposiciones cayeron en desuso.

La antigua roma poseía un gobierno bastante diverso m formas de

gobierno o etapas que fueron expandiendo el territorio romano,

además de ser un gobierno que posee una abundante historia de su

desarrollo tanto político, económico y social.

Ley de las XII tablas

La Ley de las XII Tablas (lex duodecim tabularum o duodecim tabularum

leges) o Ley de igualdad romana fue un texto legal que contenía normas

para regular la convivencia del pueblo romano. También recibió el nombre

de ley decemviral. Por su contenido se dice que pertenece más al derecho

privado que al derecho público. Fue el primer código de la Antigüedad que

contuvo reglamentación sobre censura (pena de muerte por poemas

satíricos). La ley se publicó al principio en doce tablas de madera y,

posteriormente, en doce planchas de bronce que se expusieron en el foro.

Debido a que no queda indicio alguno de su existencia, algún autor ha

llegado a sugerir que no existieron.

No obstante, su desaparición puede explicarse por el saqueo que sufrió

Roma hacia el año 390 a. C. por parte de los galos. Se cree que se

destruyeron y, por algún motivo, no se reprodujeron con posterioridad.

Esta última teoría parece estar apoyada por las abundantes referencias

que de ellas hacen los autores antiguos. El historiador Tito Livio dijo de

ellas que eran la fuente de todo el derecho romano, tanto público como

privado. Por su parte, el orador y abogado Cicerón afirmó que los niños

aprendían su contenido de memoria.

Al estar estas leyes expuestas públicamente, estaban libre de malas

interpretaciones de sus custodios. Pues parece que anteriormente los

pocos que conocían las Leyes, las interpretaban manipulándolas a su

favor. Estas Leyes para todos (los ciudadanos) fueron las bases del Imperio

Romano pues todos estaban bajo las mismas en cualquier rincón del

Imperio.

El tránsito de la jurisprudencia

pontifical a la jurisprudencia laica se

realizó en un largo proceso que no

registra grandes conmociones y

sobresaltos, y de ahí que la

jurisprudencia posterior conservase

siempre los rasgos de la

jurisprudencia inicial. La función

asesora y consultiva devino el punto

neurálgico en torno al que giró, en

gran medida, la actividad de los

juristas republicanos e incluso

clásicos. El saber jurídico de la

República romana, a diferencia de lo

que sucede en Grecia, no se ocupa de

elaborar grandes conceptos, sino de

cuestiones muy específicas.

el derecho de gentes, en un sentido restringido comprende las instituciones del

derecho romano de las que pueden participar los extranjeros (peregrini) que

tenían tratos con Roma y sus ciudadanos (cives), por lo que supone una

complementación del ius civile, para aplicarlo con individuos que no ostentaran

la ciudadanía romana.

En el derecho Romano, el Ius civile, era el conjunto de reglas que regularon las

relaciones entre todos los ciudadanos romanos, que fueron conocidos en la

Antigua Roma como quirites, por lo cual el Ius Civile es conocido también como

Derecho Quiritario o Derecho de los Quirites.

era la denominación de las

decisiones tomadas por la

plebe romana en sus

asambleas. Adquirieron

mayor relieve

progresivamente. El 465 a. C.

el dictador Quinto Hortensio

hizo votar por los Comicios

Centuriados la ley que

obligaba a todos los

ciudadanos a acatar los

plebiscitos. Aunque no se

precisaba el asentimiento del

Senado, fue generalmente

solicitado.

Edicto en el derecho moderno, es el mandato o decreto publicado con autoridad

del príncipe, magistrado, juez o autoridad administrativa que dispone la

observancia de ciertas reglas en algún asunto. También se determina así a los

anuncios fijados en lugares públicos de las ciudades, villas o edificios

gubernamentales sobre algún asunto para que sea notorio y de conocimiento

general. 1 En la práctica forense del derecho es un tipo de comunicación procesal.

En el lenguaje corriente se entiende por fuente el

manantial de donde emana el agua, cuando se trata

de las ciencias jurídicas el significado semeja el

mismo sentido.

Desde este punto de vista, doctrinariamente ésta se

divide en dos, las cuales son:

1) FUENTES DE PRODUCCIÓN:

Están referidas a los organismos productores de las

Leyes o Normas Jurídicas romanas. Ejemplo:

- Comicios

- Concilias Plebis.

- Asambleas Populares

- Senado.

El derecho de los juristas alcanza su mayor esplendor en esta época. Las

principales características derivan del hecho que se desarrolla durante el

Principado. AUGUSTO introduce una modificación, el IUS RESPONDENDI

en el que concede a determinados juristas el derecho a emitir dictámenes

en función de la autoridad del princeps (lex autoritate principis). La

AUCTORITAS la concede el princeps, es él quien limita a los juristas la

facultad de dar dictámenes cuyos son vinculantes ante los tribunales.

Rescripto es la Carta o Cédula Real que expide el Rey a instancia y

petición de alguna persona, ya derogando el derecho en favor suyo

o ya concibiéndola conforme a él.

Se llamaba también Sobrecarta cuando en la segunda Cédula se

insertaba la primera como sucede asimismo en las segundas

provisiones despachadas en los tribunales en que se manda guardar

lo mismo que se determinó en las primeras insertándose lo

ordenado en estas. Pero entendida la voz latamente, comprende

cualquier privilegio, beneficio o dispensación concedida por el

Príncipe, único autor de estas gracias.

En las fuentes romanas, específicamente en las pertenecientes a la última

jurisprudencia clásica, únicamente se han podido encontrar un par de

definiciones acerca del testamento: una de ellas pertenece al

jurisconsulto epigonal Ulpiano, mientras que la otra es atribuida a su

discípulo Modestino. Las dos definiciones que se conservan son

semejantes, siendo esto consecuencia, probablemente, de la vinculación

personal y doctrinal que había existido entre ambos jurisconsultos.

El derecho público provincial es la rama del derecho constitucional que tiene

por objeto estudiar comparativamente las constituciones provinciales, la

distribución de facultades entre la nación y las provincias y las relaciones de

poder entre el estado y los estados provinciales. Es decir que el derecho

público provincial no es una expresión autónoma del derecho constitucional,

sino por el contrario una de sus ramas.

Es una época de descomposición del Imperio, crisis

económica, de escasa producción de Derecho:la llamada

crisis del siglo III.

FACTORES EXTERNOS E INTERNOS QUE

CONDUCEN A LA CRISIS:

-Factores EXRENOS: Los grupos de pueblos bárbaros

suponían una grave amenaza para Roma. Cada zona

queríaresolver su propia situación; las tropas

proclamaban a sus propios caudillos (Imperator), por lo

que se debilita y se desintegra el poder central.

• Reformas de Diocleciano es la denominación que ha dado la

historiografía a un proceso reformista acometido por el emperador

Diocleciano, que abre el periodo del Bajo Imperio Romano que se conoce con

el nombre de Dominado, tras la anarquía militar y el inicio de la crisis del siglo

III. Se prolongaron durante todo su mandato (284-305) y continuaron bajo el

emperador Constantino (reformas de Constantino).

• fue Emperador de los romanos desde su proclamación por sus tropas el

25 de julio de 306, y gobernó un Imperio romano en constante crecimiento

hasta su muerte. Se le conoce también como Constantino I, Constantino el

Grande o, en la iglesia ortodoxa, las antiguas iglesias orientales y la iglesia

católica bizantina griega, como San Constantino.

• Legalizador de la religión cristiana por el Edicto de Milán en 313,

Constantino es conocido también por haber refundado la ciudad de Bizancio

(actual Estambul, en Turquía), llamándola «Nueva Roma» o Constantinopla

(Constantini-polis; la ciudad de Constantino).