Marco legal nacional e internacional de la propiedadl

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MARCO LEGAL NACIONAL E INTERNACIONAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

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MARCO LEGAL NACIONAL E INTERNACIONAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Propiedad intelectualEl conjunto de disposiciones jurídicas que regulan las prerrogativas otorgadas por el Estado a las personas sobre las creaciones de su mente. O bien, es el conjunto de disposiciones jurídicas establecidas en la carta magna, tratados internacionales, leyes, reglamentos y demás

ordenamientos sobre los que se fundamenta el Estado para otorgar a individuos, empresas o

instituciones, el reconocimiento, el derecho y la protección al uso exclusivo de obras literarias,

artísticas, científicas, industriales y comerciales.

El derecho a la patente pertenece al inventor. Este derecho es transferible por acto entre vivos y transmisible por causa de muerte.Los titulares de las patentes podrán ser personas naturales o jurídicas.Es un activo y, como tal, se puede comprar, vender, ceder bajo licencia, intercambiar o entregar gratuitamente.El dueño de la propiedad intelectual tiene derecho de impedir la venta o el uso no autorizados de la propiedad.Por su característica de intangible, no tiene parámetros físicos. Es preciso expresarla en alguna forma distintiva para que pueda ser objeto de protección

LOS CUATRO TIPOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL SON

Patentes Marcas comerciales Derechos de autor y Secretos industriales

• PATENTE Título que otorga el Estado

Son derechos reconocidos

que permiten prohibir a

terceros la explotación

de un invento, producto,

o procedimiento. Concede a su titular el

derecho exclusivo de

explotación de la invención

Protegiéndola , en un territorio y

por un periodo de tiempo

determinado.

Características:

Patente de Invención: 20 años. Plazo contado desde la fecha

de presentación de la solicitud. Derecho de excluir a

terceros, sólo es válido en

el territorio donde se ha

concedido la patente.

MARCAS COMERCIALES Y MARCAS DE SERVICIO:

El propósito principal de las marcas comerciales y las de servicio es indicar la fuente de origen de los bienes y servicios, y establecer la diferencia entre los de una marca registrada frente a los demás. La mayoría de las marcas comerciales y de servicio (conocidas como "marcas") son palabras, pero pueden ser casi cualquier cosa que permita distinguir un producto o servicio de otro; por ejemplo, símbolos, logotipos, sonidos, diseños y aun configuraciones no funcionales distintivas del producto.

El dueño de una marca puede impedir que otros usen una marca similar si es probable que, al hacerlo, ocasionen confusión en la mente de los compradores.

EL DERECHO DE AUTOR Es un derecho exclusivo de reproducir una obra original, contenida en cualquier medio tangible de expresión, así como el hecho de interpretar o exhibir la obra, en el caso de obras musicales, dramáticas, coreográficas y escultóricas. Las ideas son objeto de propiedad en tanto determina la creación de una obra científica, literaria o artística o sea la obra en que se plasma la idea. Vigencia de la protección: Si se trata de una persona, el término de la vigencia es la vida natural del autor más 50 años. En el caso de una entidad corporativa, son 50 años a partir del final del año civil de la publicación autorizada o, si no existe dicha publicación, desde el final del año civil de su creación .La vigencia de la protección para interpretaciones en vivo que han sido grabadas es de 50 años para el intérprete y el productor, y 20 años para quien transmite la obra.

SECRETO INDUSTRIAL

Los secretos industriales no se registran como otras formas de

propiedad intelectual y no son creación de estatutos. Lejos de eso,

el sistema judicial de cada país determina los requisitos para la

protección del secreto industrial. Dicha protección está prevista en el

Acuerdo TRIPS, bajo el encabezado "Protección de información no

divulgada" (art. 39 de TRIPS). La protección de datos de prueba no

divulgados para la aprobación de productos farmacéuticos con fines

de comercialización es especialmente sensible y se impone como

requisito en el art. 39(3) de TRIPS. Algunos de los factores

comunmente considerados son:

El grado en el cual la información sea conocida fuera de la empresa;

El grado en que la información sea conocida por los empleados y

otras personas que participan en los negocios del dueño del secreto

industrial;

El grado en que se hayan tomado medidas para proteger el secreto industrial;

El valor que tiene la información correspondiente para el propietario y sus competidores;

La cantidad de dinero o esfuerzo invertido por el dueño del secreto industrial en el desarrollo de éste; y

El esfuerzo que otras personas requerirían para adquirir o reproducir (por medio de ingeniería inversa) la información.

MARCO NACIONAL

El marco regulatorio nacional de la propiedad intelectual lo constituyen los siguientes ordenamientos:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos En la fracción X del artículo 28 se reconocen los derechos Intelectuales de los autores e inventores.El artículo 27 reconoce la propiedad privada, derecho fundamental de cualquier gobernado que le permite apropiarse de las obras por él creadas.Ley de la Propiedad IndustrialÉsta crea al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, y regula lo relativo a patentes, modelos de utilidad, diseños industriales, circuitos integrados, secretos industriales, marcas, nombres comerciales, avisos comerciales, denominaciones de origen, actividades que constituyen infracciones y delitos, así como las reglas especiales de procedimiento para hacer efectivos los derechos establecidos en esta ley.

Ley Federal del Derecho de AutorRegula los derechos personales y patrimoniales de los autores de obras literarias o artísticas, y establece excepciones a estos derechos de uso exclusivo. Regula derechos y obligaciones de los titulares de los derechos conexos y crea las Reservas de Derechos , institución jurídica única en el mundo que sirve para proteger los nombres artísticos, la denominación de las publicaciones periódicas, entre otros rubros.  Establece sanciones para las actividades que constituyan infracciones.

Ley Federal de Variedades Vegetales Regula todo lo relacionado con el sistema de obtención de mejoras de vegetales.

Ley Federal de Procedimiento AdministrativoEsta ley tiene relación con el sistema de propiedad intelectual. En cualquier procedimiento constitutivo o declarativo de derechos, o en los de carácter contencioso, establece medios de defensa en contra de las resoluciones de las autoridades que administran el sistema de propiedad intelectual.

Código Penal FederalRegula lo referente a delitos en materia de derechos de autor y derechos conexos.

MARCO INTERNACIONAL

El marco regulatorio internacional en materia de propiedad industrial es:

Convenio de ParísEstablece los principios y acuerdos de protección de la propiedad industrial.

Arreglo de EstrasburgoRelativo a la clasificación internacional de patentes.

Arreglo de LocarnoRegula lo referente en materia de dibujos industriales y modelos industriales.

Tratado sobre la Propiedad Intelectual sobre los Circuitos Integrados

Tratado sobre el Derecho de Marcas y su reglamento

Arreglo de Madrid y su protocolo Relativo al registro internacional de marcas.

Arreglo de NizaRelativo a la clasificación internacional de productos y servicios para el registro de marcas.

El marco regulatorio internacional en materia de derechos de autor es:

 Convenio de BernaEstablece los principios y acuerdos de protección de los derechos de autor.

Tratado de la OMPI sobre Derechos de AutorContiene las declaraciones concertadas relativas al Tratado adoptadas por la Conferencia Diplomática Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.

Convenio de RomaRelativo a la protección de los artistas intérpretes o ejecutantes,los productores de fonogramas y los organismos de radiodifusión.

Convención Interamericana sobre el Derecho de Autor en Obras Literarias, Científicas y Artísticas

Convenio para la Protección de los Productores de Fonogramas contra la Reproducción no Autorizada de sus Fonogramas

Convenio sobre la Distribución de Señales Portadoras de Programas Transmitidos por Satélite

Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas

Tratado sobre el Registro de Obras Audiovisuales Tratado de Nairobi sobre la Protección del Símbolo Olímpico