Los Derechos Ecológicos

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10. Los derechos ecológicos Uno de los problemas más graves que vive la humanidad en estos momentos es la crisis ecológica. Sin describir aquí los datos empíricos nos interesa destacar que tras ella se trasluce un problema de concepción filosófica o de cosmovisión en torno a la naturaleza. I. EL TRASFONDO FILOSÓFICO DE LA CRISIS ECOLÓGICA A partir del Renacimiento se perfilan dos tipos de interpretación de la naturaleza que tienden a colisionar dado el tipo de racionalidad sobre el que se sustentan: una racionalidad técnico-estratégica, el primero y una racionalidad cósmico-axiológica, el segundo. 1. La cosmovisión técnico-estratégica de la naturaleza La configuración del mundo contemporáneo está determinada de una manera decisiva por tres elementos básicos: la ciencia, la técnica y la economía. Ahora bien, esta configuración del mundo surge de un tipo de racionalidad que procede de la razón instrumental y genera la racionalidad técnico-estratégica cuyas raíces se hunden en el ideal galileano-cartesiano de la ciencia. En esta cosmovisión la gran aventura del progreso humano se hace a cargo de una naturaleza no sólo carente de derechos, sino también incompetente para generar deberes. El riesgo de esta civilización guiada básicamente por la razón instrumental es, también, evidente: la destrucción de la naturaleza como “hábitat” (“oikós” = casa) del hombre. 2. La cosmovisión axiológica de la naturaleza El mundo de la racionalidad axiológica, por su parte, al priorizar los elementos cualitativo/axiológicos de la naturaleza tiene una concepción bien distinta de la misma.

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Los derechos ecológicos

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Vicente Garca

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10.Los derechos ecolgicos

Uno de los problemas ms graves que vive la humanidad en estos momentos es la crisis ecolgica. Sin describir aqu los datos empricos nos interesa destacar que tras ella se trasluce un problema de concepcin filosfica o de cosmovisin en torno a la naturaleza.I. El trasfondo filosfico de la crisis ecolgica

A partir del Renacimiento se perfilan dos tipos de interpretacin de la naturaleza que tienden a colisionar dado el tipo de racionalidad sobre el que se sustentan:

una racionalidad tcnico-estratgica, el primero y

una racionalidad csmico-axiolgica, el segundo.

1. La cosmovisin tcnico-estratgica de la naturaleza

La configuracin del mundo contemporneo est determinada de una manera decisiva por tres elementos bsicos: la ciencia, la tcnica y la economa.

Ahora bien, esta configuracin del mundo surge de un tipo de racionalidad que procede de la razn instrumental y genera la racionalidad tcnico-estratgica cuyas races se hunden en el ideal galileano-cartesiano de la ciencia.

En esta cosmovisin la gran aventura del progreso humano se hace a cargo de una naturaleza no slo carente de derechos, sino tambin incompetente para generar deberes.

El riesgo de esta civilizacin guiada bsicamente por la razn instrumental es, tambin, evidente: la destruccin de la naturaleza como hbitat (oiks = casa) del hombre.2. La cosmovisin axiolgica de la naturaleza

El mundo de la racionalidad axiolgica, por su parte, al priorizar los elementos cualitativo/axiolgicos de la naturaleza tiene una concepcin bien distinta de la misma.

A partir de un tipo de filosofa que propugna una naturaleza cualitativa, trata de recuperar la idea de naturaleza como organismo viviente, que comporta un valor en s, independiente del uso y beneficio que se pueda obtener de ella.

sta es, en grandes lneas, la cosmovisin axiolgica de la naturaleza que representa el movimiento ecolgico.

II. Hitos ms importantes de la conciencia ecolgica de la humanidad

La alarma generalizada ante la crisis ecolgica y el empeo de devolver a la naturaleza su dignidad han suscitado una ms aguda conciencia ecolgica en la humanidad. Esta nueva conciencia ecolgica se ha visto plasmada en una serie de reacciones o respuestas de la comunidad internacional que describimos sintticamente.

1. Los trabajos impulsados por el Club de Roma en los aos 70

Al estallido de la conciencia ecolgica, que se produjo en la dcada de los 70, contribuyeron, entre otros eventos, los estudios e informes impulsados por el llamado Club de Roma.

Fueron varios los estudios e informes que nacieron bajo su impulso, pero son de destacar tres en particular:

El informe elaborado en 1972 por el Massachusetts Institute of Technology, bajo la direccin del profesor Dennis Meadows con el ttulo Los lmites del crecimiento. El informe ha sido caracterizado como la profeca del colapso, toda vez que se centraba en el innegable agotamiento de los recursos no renovables.

En 1974 se public el World Integrated Model, preconizador del crecimiento orgnico (referido a la interdependencia entre las partes del sistema), centrado en la crisis energtica.

El tercer gran informe del Club de Roma se public en 1976. El tema fue el Nuevo orden internacional. El primer plano lo ocupa ahora la abismal desigualdad entre pases ricos y pobres.

Como consecuencia de esta nueva conciencia ecolgica se comienzan a elaborar las primeras leyes y normas obligatorias, destacando la constitucionalizacin del medio ambiente, al incluir esta materia en las Constituciones que se aprueban o reforman en estos aos.2. Encuentros y Conferencias Mundiales

Pero donde la conciencia de la humanidad adquiere su mejor expresin es en los Encuentros y Conferencias Mundiales en torno al problema ecolgico. Destacamos las siguientes:

a. Estocolmo (1972): Conferencia sobre el Medio Humano

De ella sali la famosa Declaracin 4 con sus 24 principios y ms de un centenar de recomendaciones. A raz de esta Declaracin la legislacin ecolgica asumi una dimensin internacional institucionalizada.

Fruto de esta institucionalizacin fue tambin la creacin del PNUMA (Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente).

b. Nuestro futuro comn (1987)

En 1983 la Asamblea General de Naciones Unidas pidi a la Comisin Mundial del Medio Ambiente y del Desarrollo que elaborara un programa global para el cambio. Esta Comisin present dicho informe ante la Asamblea General en 1987 con el ttulo: Nuestro futuro comn.

En el documento se destaca una idea central: las cuestiones vitales a que tiene que hacer frente la humanidad son globales y deberan estar por encima de las soberanas nacionales, de las estrategias limitadas para conseguir ganancias econmicas y de la misma divisin y autonoma disciplinar de las ciencias. Se trata, pues, de alcanzar una mayor voluntad poltica para hacer frente al futuro comn.

c. Cuidar la Tierra (1991)

En octubre de 1991 se publica el informe Cuidar la Tierra, promovido por la Unin Mundial para la Conservacin de la Naturaleza (UICN), el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) y el Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF).

d. Conferencia de Ro de Janeiro (1992): derechos de la Tierra y Desarrollo sostenible

Del 3 al 14 de junio de 1992 tuvo lugar en Ro de Janeiro (Brasil) la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo. Preparada durante varios aos, reuni a 172 pases de los 178 que formaban parte de la ONU en aquel momento.

La globalizacin de la proteccin de la naturaleza iba a conocer en esta Conferencia otro nuevo desarrollo con la toma de conciencia del valor intrnseco del patrimonio gentico y de la biodiversidad.

Fueron varios los documentos aprobados en esta Conferencia:1st. La Agenda XXI o Carta de los Derechos de la Tierra.

2nd. El Convenio Marco sobre el cambio climtico (del que derivar el Protocolo de Kioto de 1997).

3rd. El Convenio sobre la Biodiversidad.

4th. Declaracin de principios no vinculantes jurdicamente, pero con autoridad, para un acuerdo mundial sobre gestin, conservacin y desarrollo sostenible de todos los tipos de bosques.

5th. El Programa 21. Probablemente, es el documento ms importante de la Conferencia. Refleja un consenso mundial y un compromiso poltico al ms alto nivel para el desarrollo y la cooperacin en materia de medio ambiente.

e. Protocolo de Kyoto sobre el Cambio Climtico (1997)

Para examinar el cumplimiento de los objetivos programados en Ro, plasmados en el Convenio Marco sobre el cambio climtico, del 1 al 10 de diciembre de 1997 se reuni la III Conferencia de las Partes, rgano supremo del Convenio en la ciudad japonesa de Kyoto.

El objetivo del Protocolo era conseguir reducir, sobre los niveles de 1990, un 5,2% las emisiones globales de gases de efecto invernadero para el periodo 2008-2012. ste es el nico mecanismo internacional para empezar a hacer frente al cambio climtico y minimizar sus impactos.

f. Johannesburgo y el desarrollo sostenible (2002)

Finalmente en el ao 2002 tiene lugar La Cumbre Mundial sobre el desarrollo sostenible en Johannesburgo. El objetivo es ahora un desarrollo sostenible.

Para conseguir este objetivo se aprob el Plan de Aplicacin de las Decisiones de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible en el que se destacan aspectos muy relacionados con el medio ambiente como los siguientes:

Erradicacin de la pobreza

Modificacin de las modalidades insostenibles de consumo y produccin

Proteccin y gestin de la base de recursos naturales del desarrollo econmico y social

Marco institucional para el desarrollo sostenible

III. Existen derechos ecolgicos?

A la hora de buscar soluciones al problema ecolgico se plantea un agudo problema: Se trata slo de recordar e impulsar los deberes para con la naturaleza o de verdaderos derechos de la naturaleza? Pueden la naturaleza, las plantas y los animales ser sujetos de derechos e imponer, en consecuencia, las obligaciones correspondientes?

Los posicionamientos ante esta pregunta son fundamentalmente dos, aunque con matices variados en ambos:

Desde la perspectiva de un paradigma fisiocntrico se aboga por un reconocimiento de los derechos de la naturaleza.

Por el contrario, desde un paradigma antropocntrico de la naturaleza, se afirma claramente que slo el individuo humano puede ser sujeto de derechos.

1. Postura de los fisiocentrismos

Desde esta postura, con una mayor o menor radicalidad, se aboga por un reconocimiento de la existencia de verdaderos derechos ecolgicos. No se trata slo de derechos al medioambiente, como se dir desde posturas antropocntricas, sino de derechos del medio ambiente.Para un estudio ms en detalle de este posicionamiento conviene diferenciar los tres mbitos en los que se manifiesta de manera especfica el problema de los derechos ecolgicos: la naturaleza en general, los animales y las generaciones futuras

a. Los derechos de la naturaleza en general

La argumentacin de quienes propugnan una reconversin del concepto de derecho para atriburselo tambin a la naturaleza en general, incluidas las plantas y los animales, sigue una lnea mltiple:

Por un lado se insta al reconocimiento de los valores intrnsecos de la naturaleza, un reconocimiento que exige conductas de respeto y aprecio a su dignidad especfica.

Por otro lado, se arguye que la proliferacin de las normativas en vigor, tendentes a proteger espacios naturales o especies animales en vas de extincin, implican ya un reconocimiento fctico de los derechos de las cosas protegidas.

Finalmente, y esto sera an ms decisivo, se alega su condicin de entidades anlogas a los colectivos reconocidos como personas jurdicas, analoga que les convertira en entidades naturales de derecho.

A la cuestin sobre el origen o fundamento de la dignidad y vala de la naturaleza en s misma, se han propuesto tambin variadas respuestas todas ellas entroncadas con las teoras iusnaturalistas clsicas, en sus variadas versiones:

La tradicin religiosa cristiana. A partir de la creencia en un Dios creador y la afirmacin de la ley natural, afirma que es esa ley natural la que fundamenta estos derechos.

La legalidad inmanente a la naturaleza tambin se ha hecho eco en otras versiones del iusnaturalismo, como la estoica o la del racionalismo ilustrado.

La existencia de una normatividad de la naturaleza tampoco es ajena a las opiniones de quienes, desde la ecologa o la biologa, utilizan los conceptos de equilibrio bitico, homeostasis para describir las pautas bsicas de conducta de los seres naturales.

b. Los derechos de los animales

En el caso de los animales (y tambin de las plantas?) la reivindicacin de sus derechos, adems de participar de las razones comunes a todos los dems seres de la naturaleza, adquiere dimensiones peculiares que podramos sintetizar en dos: su pertenencia a la comunidad bitica y su especial analoga con los seres humanos.

Pertenencia a la comunidad bitica

El primer argumento es su pertenencia a la comunidad bitica y, por tanto, su valor intrnseco asociado ahora a la vida. Los propulsores de esta argumentacin afirman un derecho igual a la vida de todos los vivientes y, por tanto, tambin de los animales.Se trata de una argumentacin iusnaturalista, que realza el valor de toda vida.

Analoga con los seres humanos

La argumentacin analgica con los seres humanos en el caso de los animales pone de relieve su capacidad de sufrir, comn al hombre y al animal.

2. La postura de los antropocentrismos

El posicionamiento general de los antropocentrismos tambin es claro: no existen derechos del medio ambiente, sino slo derechos al medio ambiente, aplicables nicamente a las personas.

Son varias las razones que determinan este posicionamiento que detallamos segn sus respectivos referentes.

a. Objeciones a los derechos de la naturaleza en general

Se objeta, en primer lugar y sobre todo, que los derechos tienen un carcter personal. El ecologismo radical, para poder atribuir derechos a la naturaleza se ve en la necesidad de recurrir a un igualitarismo biosfrico que anula la diferencia substancial entre naturaleza y persona humana; con ello despersonaliza al ser humano y diluye su razn y su libertad en puro determinismo csmico.

Respecto al reconocimiento del valor intrnseco de los seres, se impone tambin alguna matizacin. La existencia de ese valor intrnseco de los seres no significa, ni implica derecho alguno. El derecho es un producto de los hombres y para los hombres; un producto cultural, nacido de esa propiedad especfica del ser humano que es su capacidad de arrancarse a su propia condicin y, en primer lugar, a la misma naturaleza.

Otra objecin frecuente a los derechos de la naturaleza es la que genera aquella caracterstica propia de todo derecho: la de la reciprocidad; caracterstica que nace de la relacin entre derecho y deber. Tener derechos requiere ser libre para asumir obligaciones. Los seres naturales y los animales no parece que se encuentren en esa situacin y, por ello, tampoco estn capacitados para ser sujetos jurdicos.

Se ha objetado, igualmente, que ser sujeto de derechos implica la idea de posesin. Ahora bien, ni los animales ni las plantas pueden detentar ttulos de propiedad; por tanto no seran capaces de ser sujetos de derechos.

Una ltima objecin se refiere a los inextricables problemas prcticos con los que chocaramos si se produce este reconocimiento. Esos problemas son los relativos, por una parte, a la identificacin exacta de los titulares de esos derechos y, por otra parte, a la determinacin de su carcter absoluto o relativo.

En esta cosmovisin antropocntrica de la naturaleza al hablar de derechos ecolgicos no es, pues, la naturaleza el sujeto de derechos sino el propio ser humano, cuya dignidad exige un derecho medioambiental.

b. Objeciones especficas a los derechos de los animales

Se trata, fundamentalmente, de las mismas objeciones indicadas para los derechos de la naturaleza en general, pero que adquieren una tonalidad especfica cuando hablamos de los derechos de los animales. Nos referiremos particularmente a estas dimensiones:

La primera observacin crtica se refiere a dos cualidades especficas de los animales: la vida y la capacidad de sufrir. Si bien no se les pueden negar, sin embargo, no se ha de olvidar que ese valor slo puede ser expresado, medido y apreciado segn criterios humanos, en lenguaje humano y con ayuda de nuestros criterios de percepcin, explicacin y valoracin.

En segundo lugar, debera estar bien claro que la naturaleza no ordena absolutamente nada por s misma, sino que son los valores que nosotros le atribuimos los que nos permiten leer en ella tal o cual mandamiento.

Finalmente, tambin la objecin de la falta de reciprocidad que implica todo derecho adquiere un relieve especial en relacin con los animales. De la misma manera que resulta impensable imputarle una falta o cargarle con un deber, as tambin debe parecer incongruente reconocerle un derecho.

3. Los derechos ecolgicos y las generaciones futuras

Al igual que en la cuestin ecolgica propiamente dicha, tambin aqu existe, desde el plano de las cosmovisiones, una cierta oposicin o resistencia a la hora de aceptar esta ampliacin de los derechos. Los argumentos son varios:

Ausencia del sujeto de derechos. Se puede atribuir derechos a personas que todava no existen?

Imposibilidad de identificar a los individuos futuros. Es evidente que no podemos hablar de las generaciones futuras como individuos, ya que no sabemos quines van a existir concretamente.

Carencia de reciprocidad. Siendo la reciprocidad un elemento esencial a todo derecho, realidades como la justicia e igualdad de oportunidades quedaran fuera de esta nocin de reciprocidad entre agentes morales.

La cuestin motivacional tampoco queda resuelta.

La excusa de la ignorancia. No sabemos lo que puede beneficiar a las personas que nos sigan sobre la faz de la tierra.

Determinacin del defensor. Si las generaciones futuras slo tienen la posibilidad de ser defendidas en sus intereses por personas ahora existentes, quin ha de ocupar ese puesto de responsabilidad, qu atribuciones ha de tener y a qu niveles?

A stas y otras cuestiones intenta dar solucin el ecologismo actual desde una pluralidad de perspectivas. No slo los ecologistas, ya que desde otras posiciones, particularmente desde la perspectiva de la justicia intergeneracional, hay quienes son mucho ms proclives a admitir un tipo de derechos o, en todo caso, de obligaciones morales respecto a las generaciones futuras.

Estos posicionamientos quedan de manifiesto particularmente en las respuestas que se dan a las objeciones que hemos reseado, entre las que destacamos las siguientes:

Frente al argumento de la ausencia del sujeto de derechos se argumenta que en la teora de los derechos fundamentales, tener un derecho y hacer valer su cumplimiento son cuestiones distintas.

Respecto a la carencia de reciprocidad, se arguye que los derechos de las generaciones futuras no han de ser contemplados desde la ptica de la reciprocidad, sino ms bien desde la clave de una herencia compartida, comn de toda la humanidad presente, pasada y futura.

Finalmente desde la perspectiva de la estrategia, se reclama que esta cuestin ha de ser abordada desde la esfera internacional, ya que las decisiones que afectan a nuestra casa comn, al planeta, desbordan las estructuras locales y nacionales.

Cules seran concretamente estos derechos u obligaciones morales respecto a las generaciones futuras? Se han propuesto listas diversas. A ttulo de ejemplo recogemos la serie de concreciones que indica Edith Brown Weiss:

Desechos cuyo impacto no pueda ser controlado ya sea en el tiempo o en el espacio.

Daos tan importantes a los suelos que puedan hacerlos inutilizables para la vida vegetal o animal.

Destruccin de bosques tropicales, suficiente para afectar la diversidad de especies de la regin.

Contaminacin del aire o transformacin de la tierra en medida tal como para introducir un importante cambio climtico.

Destruccin de conocimientos esenciales para el entendimiento de sistemas naturales y sociales, tales como tiempos de almacenamiento y corrosin de los desechos nucleares.

Destruccin de monumentos culturales reconocidos por los pases como patrimonio comn de la humanidad.

Destruccin de dotaciones especficas establecidas por la generacin actual.

4. De los derechos de la naturaleza a los deberes para con la naturaleza

El enfoque antropocntrico de los derechos ecolgicos afirma claramente que solamente el ser humano puede ser sujeto de derechos. Sin embargo, no asignar derechos a la naturaleza ni a los animales, no quiere decir que se permita la arbitrariedad con respecto a ella.

a. Fuentes de los deberes ecolgicos

Tanto el antropocentrismo como el fisiocentrismo disponen en sus respectivas cosmovisiones ecolgicas de fuentes slidas para fundamentar estos deberes y hacerlos evolucionar en normativa jurdica.

Fundamento antropocntrico de los deberes para con la naturaleza. El derecho de las personas se erige en el primer defensor de la naturaleza, ya que este derecho exige un medio ambiente que garantice no slo sus condiciones materiales de existencia, sino tambin su expansin psquica, esttica y simblica.

Fundamento fisiocntrico de los deberes para con la naturaleza. No se trata slo de un egosta inters antropocntrico; los propios valores intrnsecos de la naturaleza exigen a los seres humanos actuar como abogados de esos intereses de los seres, y establecer leyes protectoras que vendran a ser sus cuasi-derechos.b. La legalizacin de los deberes ecolgicos

Asumida la existencia de deberes ecolgicos, todos estn de acuerdo en que se han de establecer leyes concretas de proteccin de la naturaleza, que sean una explicitacin de aquellos deberes. Ahora bien, a este respecto conviene hacer algunas aclaraciones.

1) Ordenamiento jurdico y derechos ecolgicos

Respecto a la relacin entre ordenamiento jurdico y derechos ecolgicos, se ha de tener en cuenta que una normatividad jurdica que proteja y mejore el medio ambiente no implica, en s misma, una atribucin de derechos a la naturaleza.

Decir que las leyes protectoras del medio ambiente, implican un reconocimiento fctico de sus derechos es caer en un exceso de argumentacin ya que se trata de una normatividad absolutamente pragmtica que slo pretende proteger el medio ambiente sin incorporar ni pronunciarse sobre el debate filosfico de fondo de si la naturaleza es o no un sujeto de derechos.2) Fuentes del ordenamiento jurdico del medio ambiente

Respecto a las fuentes de estos ordenamientos jurdicos protectores del medio ambiente, hay que sealar su variedad as como su diferente imperatividad, segn el mbito del que procedan. Cabe sealar las siguientes:

En primer lugar, deben destacarse las declaraciones de las Conferencias mundiales sobre medio ambiente y desarrollo sostenible.

En segundo lugar, el Derecho Internacional, constituido por un conjunto de Tratados o Convenios Internacionales.

Adems de este derecho medioambiental mundial existen tambin legislaciones procedentes de mbitos polticos ms amplios que los nacionales que se han de tener en cuenta: el Derecho Comunitario que regula la Poltica Ambiental de la Unin Europea...

Y, finalmente, las especficas legislaciones nacionales sobre medio ambiente.

3) La dificultad de armonizacin del leguaje jurdico y el ecolgico

Una ltima consideracin respecto al ordenamiento legal de los deberes ecolgicos es el problema que plantea la traduccin del lenguaje cientfico de la ecologa al lenguaje normativo de los juristas tan distinto. Cmo puede el derecho apropiarse y traducir en leyes los anlisis y exigencias de la ciencia ecolgica?La complejidad de este derecho del medio ambiente exigir que la norma jurdica sea reelaborada continuamente para adaptarse al progreso de los conocimientos y las tcnicas. La alternativa slo podra ser o un derecho blando, puramente simblico, desprovisto de todo efecto obligatorio, o en un derecho muy rgido y estable, continuamente superado por la realidad.

IV. Necesidad de una tica ecolgica

A pesar de sus insuficiencias y parcialidades, tanto la cosmovisin antropocntrica como la fisiocntrica propugnan, al menos, deberes para con la naturaleza, es decir una tica ecolgica.

La pregunta sera, pues, qu tica ecolgica debera tener su plasmacin en unos deberes o, en su caso, en unos derechos ecolgicos que respondan a las necesidades de proteccin cada vez ms urgentes del medio ambiente?1. Enfoques plurales de las ticas ecolgicas

El estatuto de una tica ecolgica es problemtico y presenta perspectivas diversas segn sea la cosmovisin subyacente. Las describimos sintticamente.a. La tica ecolgica antropocntrica

La civilizacin occidental, a diferencia de las culturas orientales, es eminentemente antropocntrica.

ticamente este antropocentrismo organiza el mundo moral en torno al ser humano exclusivamente, es la razn instrumental la que regula las relaciones entre el ser humano y la naturaleza. El mbito de la moralidad se circunscribe a las acciones y conductas de las personas entre s. El axioma kantiano expresa bien claramente el talante de este antropocentrismo moral: las cosas tienen precio; slo el hombre posee dignidad, es decir, slo el ser humano es fin en s mismo, valioso en s mismo.

Este viejo presupuesto (prejuicio), siempre subyacente en el inconsciente de la cultura occidental de que la naturaleza carecera de una dignidad suficientemente fuerte como para ser respetada por s misma, ha aflorado en formas muy diversas a lo largo de su historia milenaria:

porque deja de ser comprendida y creda como obra de Dios (religin).

porque deja de ser objeto de respeto (tica);

porque deja de ser apreciada como espacio de placer (esttica);

En cualquiera de los tres casos desaparece su valor en s, independientemente de su valor de utilidad y, con ello, adquiere la condicin de depsito de materiales a explotar y a manufacturar.

Desde este antropocentrismo fundante expresado en el axioma: slo el hombre es fin en s mismo, es coherente la afirmacin de que slo l tiene competencias para fundamentar el mundo moral. Por tanto, no se entiende la posibilidad de asignar otro tipo de relevancia tica, fuera de aquel que correspondera a una tica antropocntrica aplicada a cualquiera de los mbitos sobre los que incide el ecologismo: la naturaleza, los animales y las generaciones futuras.

El imperativo ecolgico en la cosmovisin antropocntrica, pues, slo podra adoptar una formulacin similar a la siguiente: en inters de la humanidad, protege y preserva la naturaleza.

A lo ms este imperativo quizs pudiera ser ampliado, teniendo en cuenta la excelencia del bios del que dimanara una especie de imperativo categrico, expresado en la frmula: en inters de todo ser capaz de vida y placer, protege la vida de la naturaleza. Con ello el campo temtico de la tica adquirira una forma ms cercana y satisfactoria para la sensibilidad ecolgica.

b. La ecotica o tica medioambiental

Frente a un antropocentrismo que parece ignorar la dignidad de la naturaleza, la ecotica urge la necesidad de completar la imagen fsico-matemtica del cosmos introduciendo interpretaciones cualitativas.

Desde una comprensin no antropocntrica de la vida, los valores ecolgicos existen independientemente de las necesidades e intereses de la especie humana; la naturaleza es valiosa en s misma, independientemente de que el ser humano lo descubra o se lo reconozca.

La tica medioambiental se rebela, as, contra el axioma kantiano y antropocntrico de que slo el hombre posee dignidad y se pregunta: por qu ha de ser el hombre exclusivamente la medida de todas las cosas, siendo as que no pasa de ser un pequeo episodio de la propia naturaleza? Es falso afirmar que el ser humano est por encima de la naturaleza, ya que slo es naturaleza en la naturaleza.

El empeo de la tica medioambiental es, pues, otorgar un valor objetivo a la naturaleza, ms all del valor subjetivo que le pueda atribuir el hombre, y restituirle toda su dignidad.

Dentro de este mbito general de una tica ecolgica no antropocntrica hay una doble propuesta: la biocntrica y la ecocntrica.

4) tica biocntrica

La tica biocntrica pone a la vida individual de los organismos en el centro de la reflexin tica. Eso significa extender la consideracin de relevancia moral tambin a todos los seres sentientes capaces de sufrimiento. Cada organismo vivo y sentiente merece respeto en su encarnacin nica.5) tica ecocntrica

La tica ecocentrica o naturalismo ecolgico se pronuncia a favor de una consideracin ms holstica de la naturaleza y no tan exclusivamente centrada en el bios.

Dentro de esta idea comn existen diversas variantes, siendo las ms relevantes:

La tica de la Tierra de Aldo Leopold y sus seguidores, y

La ecologa profunda (Deep Ecology), movimiento muy heterogneo de carcter an ms radical pero con un ncleo comn de doctrinas.

c. La tica eco-social o ecolgico-social

Los enfoques ecosociales de la tica ecolgica introducen un nuevo factor moralizador: la idea de la justicia socio-ecolgica. El olvido de la justicia social es el motivo en el que se resume la crtica eco-social a las otras ticas ecolgicas, sean stas antropocntricas o ecocntricas.

En esta lnea de pensamiento, estas ticas eco-sociales pueden adoptar distintas modalidades segn sus sensibilidades sociales:

El ecosocialismo: Fusiona la inspiracin marxiana y la preocupacin ecolgica.

Los ecofeminismos: Ponen de relieve el vnculo que se establece entre naturaleza y mujer y cmo ste sirve tanto para inferiorizarla la supuesta cercana de las mujeres a la naturaleza les resta humanidad, como para justificar el trato a la naturaleza, como si de una mujer se tratase.

Los eco-ambientalismos: Estas ticas ecolgicas inciden en la justicia ambiental y denuncian la discriminacin de las polticas industriales que sitan los focos contaminantes, preferentemente en zonas y barrios habitados por minoras raciales que, adems, son pobres.

El ecologismo de los pobres: Una tica ecolgica que tiene como lema inspirador: la mayor contaminacin no son los pobres sino la pobreza misma.

2. Debilidades en los planteamientos de las diversas ticas ecolgicas

En sntesis se podra decir que los grandes dilemas de estas ticas se plantean al establecer el lugar del ser humano en la naturaleza y determinar la relacin existente entre ambos. Esto queda bien de manifiesto en las debilidades que reflejan.a. Debilidades de la tica ecolgica antropocntrica

La tica antropocntrica se preocupa nicamente por la relacin del hombre consigo mismo y con sus semejantes, olvidando sus relaciones con la naturaleza en cuanto valor en s.

Es aqu donde incide la interpelacin de las ecoticas al reclamar una naturaleza valiosa en s misma, dotada de una dignidad que exige un respeto y hasta unos derechos.

Las ecoticas exigen reestructurar el modelo del antropocentrismo tico en relacin con la ecologa, al menos, en dos aspectos:

Ampliando el campo temtico en todos los mbitos concernientes a las relaciones entre el hombre y la naturaleza. Relacionando al hombre y a la naturaleza no segn el dualismo tradicional, sino subrayando la identidad y el destino comn de ambos. Urge un cambio de paradigma de un antropocentrismo a un geocentrismo prctico, en el que categoras aportadas por la ciencia ecolgica o la biologa, como equilibrio de la naturaleza, homeostasis, comunidad bitica, interdependencia de los vivientes, etc. mitiguen, al menos, los excesos del antropocentrismo.

b. Debilidades de la ecotica o tica medioambiental

Respecto a los planteamientos de la tica medioambiental o ecotica, justo es reconocerle la puesta de relieve y reivindicacin de una naturaleza valiosa en s misma, que no nunca debera ser reducida, sin ms, a mero instrumento.

Sin embargo la gran dificultad para la que no parece tener una respuesta la tica medioambiental es su incapacidad para zanjar la cuestin en torno al objetivismo axiolgico y a los valores morales.

Al reducir al hombre a la categora de un ser ms de la naturaleza, choca con las mismas objeciones que siempre fueron dirigidas contra el naturalismo tico, puesto que de algn modo la tica medioambiental es una vuelta al naturalismo antiguo frente al subjetivismo personalista moderno que lo arrumb.

La tica medioambiental al reivindicar el orden de la naturaleza cae, o al menos corre el riesgo de caer, en la famosa falacia naturalista que infiere el deber ser a partir del ser, lo deontolgico a partir de lo ontolgico, lo moral a partir de lo natural. Ahora bien existe una real imposibilidad de derivar leyes morales de leyes naturales o, en otros trminos, de tomar por valores morales lo que son valores estticos o biolgicos, ya que al no existir reglas lgicas que lo permitan, el paso del ser al deber ser, del hecho a la norma, es algo puramente decisorio.

Ahora bien, el comportamiento tico, como toda la tradicin filosfica reconoce, incluye procesos de deliberacin racional y de decisin libre, que son exclusivos del hombre. La existencia de valores naturales en la naturaleza, como la vida, la salubridad, la belleza, la diversidad, la armona... etc. es una de tantas obviedades. Pero el que dichos valores adquieran el rango de valores morales, es decir, sean reconocidos como razonables, objeto de respeto o de aprecio y, por ende, como instancias que apremien a la conciencia, generando obligacin y deber, requiere la intervencin humana. Los valores se convierten en valores morales slo cuando un sujeto moral los aprecia como tales. No es posible el mundo moral sin sujeto moral.

Pero hay algo ms. La tica medioambiental adems de suponer una correspondencia no probada entre el orden del ser y el orden del pensar, supone tambin que la dicotoma orden/desorden es clara, ticamente hablando. Sin embargo la pregunta es inevitable: los terremotos, las enfermedades, las luchas interespecficas forman parte de ese orden?

Parece imponerse, pues, una conclusin: toda actitud, que diluya la tica en biologa o ecologa, aniquila a la tica misma.

c. Debilidades de la tica eco-social o ecolgico-social

La tica eco-social o ecolgico-social ms que una tica ecolgica parece ser una tica social que incide en temas ecolgicos, ya que su rasgo ms caracterstico es, sin duda, la reivindicacin de una justicia social en distintos mbitos, segn las sensibilidades sociales que hemos sealado ms arriba. La fuerza y flaqueza de la tica eco-social o ecolgico-social es, pues, muy dependiente de estos enfoques tico-sociales que proponen.

3. Conclusin: Una tica ecolgica que conjugue antropocentrismo y naturalismo

Esta tensin desmedida entre antropocentrismo y naturalismo es fruto de una dialctica incapaz de mantener las diferencias en el momento mismo en que se afirman sus relaciones mutuas.

El confusionismo en torno a la identidad de la naturaleza genera dos errores aparentemente opuestos y sin embargo solidarios:

el naturalismo y

el antropomorfismo.

El naturalismo proyecta la naturaleza sobre la cultura hasta terminar absorbindola por completo. Pero al sumergir al hombre y condenarlo a la inmanencia absoluta de la ecosfera, y negarle cualquier otra historia fuera de la evolucin natural, hace impensable e imposible la intervencin de aquel sujeto libre que exige la tica y el derecho. Entonces se cae en la contradiccin consistente en apelar a ese plus de moralidad slo exigible al ser humano al que, por otro lado, se ha reducido a la categora de mera especie natural.

El antropomorfismo, por su parte, a la inversa que el naturalismo, tambin desfigura la naturaleza. Al postular el orden y la armona del universo, ciertamente est idealizando una naturaleza que tambin es desorden, caos, crueldad e imprevisibilidad. Cuando le damos la forma de nuestros ideales, estamos desfigurando a la naturaleza ya que al mismo tiempo que simulamos eclipsarnos ante la voz de la naturaleza, le estamos dictando las notas de la partitura.

Sin embargo y en ltimo trmino, estos dos errores aunque opuestos, se necesitan mutuamente en tensin dialctica.

La nica manera de hacer justicia a uno (el ser humano) y otra (la naturaleza) es mantener, a la vez, sus parecidos y sus diferencias. Si el antropocentrismo es un riesgo para la tica ambiental, porque es ciego para el valor de los seres naturales, el naturalismo antihumanista tambin lo es, porque es ciego para la especificidad del ser humano, que es condicin necesaria de la moral.Una justa tica ecolgica debe estar enraizada en dos filosofas complementarias de la naturaleza: cuantitativa, funcional e instrumental la una, cualitativa, axiolgica y finalista la otra.

Con ello se corregiran las desviaciones de una ciencia y una tcnica que distancian al hombre del mundo de la vida natural, arrastrndole a espacios ayunos de valores y fines, que es tanto como decir vacos de tica.

V. La tica ambiental cristiana: humanizar la naturaleza

Aunque el cristianismo no sea una filosofa, sin embargo, de hecho sirve de inspiracin para una tica medioambiental, como tambin lo hacen otras religiones. Antes de exponer lo que el cristianismo dice de s mismo a este respecto, recogemos las interpretaciones y crticas que se le hacen desde otros mbitos.

1. Crticas a la visin cristiana medioambiental

Desde determinadas filosofas y movimientos ecolgicos el cristianismo est siendo juzgado muy duramente en relacin con los problemas ecolgicos. Los puntos concretos a los que se dirigen las crticas son los siguientes:

La concepcin judeo-cristiana del tiempo lineal ha sido la referencia ms adecuada para el surgimiento de una ideologa del progreso.

La concepcin judeo-cristiana de la creacin (Gnesis, 1 y 2) hace del hombre el centro de la misma. Es evidente que en esta concepcin subyace ya un antropocentrismo depredador.

El ntido monotesmo judeo-cristiano que afirma a un Dios trascendente, y por tanto separado de la naturaleza, priva a sta de toda dimensin sagrada.

La afirmacin de que el hombre es imagen de Dios, Creador, Dueo y Seor de la naturaleza, es una invitacin a que tambin el ser humano se enseoree de ella.

La exaltacin cristiana de la accin humana, tanto en el pecado como en la salvacin. Este activismo limita fuertemente la dimensin contemplativa, mucho ms adecuada para mantener unas relaciones armoniosas con la naturaleza.

A partir de argumentos como stos, algunos de los crticos ms radicales han llegado a afirmar con rotundidad que la ecologa y el cristianismo, en sus enfoques fundamentales estn frente a frente como filosofas esencialmente contrarias.

2. La propuesta ecolgica cristiana y los relatos de creacin

Se podra calificar a los relatos de creacin de anti-ecologistas, o poseen ms bien una fuerza ecolgica capaz de transformar la tierra?

La frase bblica que aparece en el primero de los relatos de creacin: Creced, multiplicaos, llenad la tierra y sometedla; dominad los peces del mar, las aves del cielo y todos los vivientes que reptan sobre la tierra (Gn 1,28) es la que ms crticas suscita. Segn algunos en este relato se situara a Dios fuera del universo, y al hombre, hecho a su imagen, como un ser exterior, en cuanto superior, al resto de las cosas. En consecuencia la naturaleza sera para el hombre slo un objeto para ser explotado y dominado.

Para la tradicin cristiana no es sta la lectura ms adecuada de los relatos creacionales. Frente a la interpretacin instrumentalizante, en ellos se destacan fundamentalmente dos aspectos: el perfeccionamiento de la creacin y la afirmacin del valor en s de todo lo creado.

Existe, sin duda, en los relatos bblicos un optimismo antropolgico que, segn muchos, da origen a la nocin moderna de progreso. Sin embargo, en la interpretacin cristiana la tarea asignada al ser humano, no es la instrumentalizacin sino la humanizacin de la naturaleza, entendida como un perfeccionamiento de la creacin.

Ciertamente que esta tarea confiada al ser humano, como un dominio de la tierra segn el lenguaje bblico, no carece de problemas. Pero, con todas las correcciones que se requieran, la aspiracin al progreso humano y a la humanizacin de la tierra est inscrita en la perspectiva bblica y difcilmente la humanidad entendera que no fuera as.

Por otra parte, en la tradicin judeocristiana, la valoracin del ser humano no implica desvalorizacin del resto de las criaturas. La tica ambiental de inspiracin cristiana reconoce valor a los seres naturales precisamente en la medida en que son criaturas de Dios. El valor del ser humano, como imagen de Dios, es superior al del resto de los seres naturales, lo que le permite servirse razonablemente de ellos; sin embargo stos nunca son su propiedad absoluta, lo que debe impedirle usarlos a capricho producindoles muerte y sufrimiento injustificados.

Las consideraciones anteriores ponen de relieve que la creciente sensibilidad cristiana hacia la ecologa puede y debe echar races en los textos relevantes de su tradicin para que, a la vez ella interpele nuestro presente y nuestro presente descubra en ella potencialidades nuevas.