El artículo 6to constitucional. Libertad de expresión. El derecho de réplica.

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LIBERTAD DE EXPRESIÓN LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y Y DERECHO DE REPLICA DERECHO DE REPLICA EN MATERIA ELECTORAL. EN MATERIA ELECTORAL. Mtro. Marco Antonio Gabriel Mtro. Marco Antonio Gabriel González Alegría. González Alegría.

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LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y DERECHO DE REPLICA EN MATERIA ELECTORAL. Mtro. Marco Antonio Gabriel González Alegría. El artículo 6to constitucional. Libertad de expresión. El derecho de réplica. Reformas Electorales. REFORMAS ELECTORALES FEDERALES. REFORMAS CONSTITUCIONALES. - PowerPoint PPT Presentation

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LIBERTAD DE LIBERTAD DE EXPRESIÓN EXPRESIÓN

Y Y DERECHO DE REPLICA DERECHO DE REPLICA

EN MATERIA EN MATERIA ELECTORAL.ELECTORAL.

Mtro. Marco Antonio Gabriel Mtro. Marco Antonio Gabriel González Alegría.González Alegría.

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El artículo 6to constitucional.El artículo 6to constitucional. Libertad de expresión.Libertad de expresión. El derecho de réplica.El derecho de réplica.

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Reformas ElectoralesReformas Electorales

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REFORMASREFORMASCONSTITUCIONALESCONSTITUCIONALES

REFORMASREFORMASLEGALESLEGALES

REFORMAS ELECTORALES REFORMAS ELECTORALES FEDERALES FEDERALES

6o, 41, 85, 99, 108, 116, 122, 134.6o, 41, 85, 99, 108, 116, 122, 134.

DEROGACIÓN DELDEROGACIÓN DELPÁRRAFO TERCERO, ARTÍCULO 97PÁRRAFO TERCERO, ARTÍCULO 97

COFIPECOFIPE LOPJFLOPJF LGSMIMELGSMIME

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¿Cómo interviene el Poder Judicial ¿Cómo interviene el Poder Judicial en el Control de la en el Control de la Constitucionalidad?Constitucionalidad?

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Cuando la protección Cuando la protección Constitucional se confiere Constitucional se confiere

a un a un órgano jurisdiccional con las órgano jurisdiccional con las facultades expresas para otorgarla,facultades expresas para otorgarla,

o se ejerce por autoridades judicialeso se ejerce por autoridades judicialesen observancia del principio en observancia del principio

de supremacía de la ley fundamentalde supremacía de la ley fundamental

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Artículo 6to Artículo 6to ConstitucionalConstitucional

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Introducción Introducción No ha sido simple coincidencia que la filosofía y la No ha sido simple coincidencia que la filosofía y la democracia hayan surgido en Grecia en el mismo período democracia hayan surgido en Grecia en el mismo período histórico. En verdad ambas son diferentes expresiones de histórico. En verdad ambas son diferentes expresiones de la misma actitud crítica que los griegos tenían con la misma actitud crítica que los griegos tenían con respecto a sus instituciones y creencias. Fue en Grecia respecto a sus instituciones y creencias. Fue en Grecia donde encontramos el primer ejemplo de una sociedad donde encontramos el primer ejemplo de una sociedad que discutía sus leyes y en la que el derecho era una que discutía sus leyes y en la que el derecho era una creación humana como resultado de un proceso de creación humana como resultado de un proceso de discusión democrático. Sin esa actitud crítica la discusión democrático. Sin esa actitud crítica la democracia es superflua y carece de sentido porque la democracia es superflua y carece de sentido porque la racionalidad del debate democrático presupone que todo racionalidad del debate democrático presupone que todo ciudadano conforma un punto de vista diferente y único ciudadano conforma un punto de vista diferente y único que debe ser tenido en cuenta porque ninguna opinión que debe ser tenido en cuenta porque ninguna opinión tiene un status privilegiado. Esta idea muestra la relación tiene un status privilegiado. Esta idea muestra la relación necesaria que existe entre la racionalidad del debate necesaria que existe entre la racionalidad del debate público y la posibilidad de acceder a los medios de público y la posibilidad de acceder a los medios de comunicación.comunicación.

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La libertad de La libertad de expresiónexpresión

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Antecedentes Antecedentes

La libertad de expresión tiene sus orígenes en el liberalismo La libertad de expresión tiene sus orígenes en el liberalismo de Gran Bretaña y los Estados Unidos. Las primeras de Gran Bretaña y los Estados Unidos. Las primeras reivindicaciones a favor de un intercambio libre de ideas reivindicaciones a favor de un intercambio libre de ideas empezaron en el siglo XVII, con el discurso Areopagitica de empezaron en el siglo XVII, con el discurso Areopagitica de John Milton, que pedía al Parlamento inglés la abolición de la John Milton, que pedía al Parlamento inglés la abolición de la censura en la imprenta. En 1791 la libertad de expresión se censura en la imprenta. En 1791 la libertad de expresión se incorporó a la Constitución de los Estados Unidos, cuya incorporó a la Constitución de los Estados Unidos, cuya Primera Enmienda declaraba: el Congreso no hará ley alguna; Primera Enmienda declaraba: el Congreso no hará ley alguna; por la que se limite la libertad de palabra, o la de prensa. por la que se limite la libertad de palabra, o la de prensa.

Sin la habilidad de opinar libremente, de denunciar Sin la habilidad de opinar libremente, de denunciar injusticias y clamar cambios el hombre está condenado a la injusticias y clamar cambios el hombre está condenado a la opresión. Por estas mismas razones, el derecho a la libre opresión. Por estas mismas razones, el derecho a la libre expresión es uno de los más amenazados, tanto por gobiernos expresión es uno de los más amenazados, tanto por gobiernos represores que quieren impedir cambios, como por grupos de represores que quieren impedir cambios, como por grupos de personas con intereses individuales que quieren imponer su personas con intereses individuales que quieren imponer su ideología o valores personales, callando los otros. ideología o valores personales, callando los otros.

La libertad de expresión es un derecho fundamental o un La libertad de expresión es un derecho fundamental o un derecho humano, señalado en el artículo 19º de la derecho humano, señalado en el artículo 19º de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y la mayoría Declaración Universal de los Derechos Humanos, y la mayoría de los sistemas democráticos también lo señalan. De ella de los sistemas democráticos también lo señalan. De ella deriva la libertad de imprenta también llamada libertad de deriva la libertad de imprenta también llamada libertad de prensa.prensa.

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Concepto de Libertad de Expresión. Concepto de Libertad de Expresión.

Es la facultad que se reconoce y cuyo Es la facultad que se reconoce y cuyo ejercicio se garantiza para que un ciudadano ejercicio se garantiza para que un ciudadano o grupo puedan expresar sus ideas, sus o grupo puedan expresar sus ideas, sus opiniones políticas, sus críticas, etc., sin más opiniones políticas, sus críticas, etc., sin más limitaciones que las que determinen las limitaciones que las que determinen las leyes, sin obstáculo y especialmente, sin leyes, sin obstáculo y especialmente, sin temor de castigo. La libertad de expresión temor de castigo. La libertad de expresión del pensamiento también llamada libertad de del pensamiento también llamada libertad de palabra comprende las formas verbal, escrita palabra comprende las formas verbal, escrita o artística, y, como las demás libertades, su o artística, y, como las demás libertades, su ejercicio debe estar subordinado al bien ejercicio debe estar subordinado al bien colectivo.colectivo.

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Características que importan en el Derecho Características que importan en el Derecho de Libertad de Expresión. de Libertad de Expresión.

1. Comprende la libertad de buscar, recibir y difundir 1. Comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideraciones informaciones e ideas de toda índole, sin consideraciones de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección. de su elección.

2. El ejercicio del derecho previsto en el inciso 2. El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a previa censura, sino precedente no puede estar sujeto a previa censura, sino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar a responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para asegurar: asegurar:

a) El respeto a los derechos o la reputación de los a) El respeto a los derechos o la reputación de los demás, o demás, o

b) La protección de la seguridad nacional, el orden b) La protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas. público o la salud o la moral públicas.

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El derecho de El derecho de réplicaréplica

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Antecedentes Antecedentes El derecho de réplica tiene su origen en una iniciativa El derecho de réplica tiene su origen en una iniciativa

de ley presentada en Francia en 1798 que constaba de de ley presentada en Francia en 1798 que constaba de dos artículos en donde se reconocía el derecho de dos artículos en donde se reconocía el derecho de respuesta de un ciudadano que se sintiera ofendido en su respuesta de un ciudadano que se sintiera ofendido en su reputación por un medio de comunicación escrita. Sin reputación por un medio de comunicación escrita. Sin embargo, fue en 1822 cuando se aprobó una ley que en embargo, fue en 1822 cuando se aprobó una ley que en su artículo 11 establecía la obligación por parte de los su artículo 11 establecía la obligación por parte de los propietarios de diarios o periódicos a insertar la propietarios de diarios o periódicos a insertar la respuesta de un ciudadano que se sintiera afectado en su respuesta de un ciudadano que se sintiera afectado en su reputación por motivo de alguna publicación. Se reputación por motivo de alguna publicación. Se establecía ya el término para su inserción gratuita y se establecía ya el término para su inserción gratuita y se contemplaban las sanciones en caso de omisión.contemplaban las sanciones en caso de omisión.

Este derecho se consolidó a partir de la Ley de Prensa Este derecho se consolidó a partir de la Ley de Prensa francesa de 1881, y fue desde ese entonces que muchos francesa de 1881, y fue desde ese entonces que muchos países desarrollaron su regulación, sobre todo en la países desarrollaron su regulación, sobre todo en la segunda mitad del siglo XX. segunda mitad del siglo XX.

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ConceptoConcepto

El derecho de réplica se puede definir como "la El derecho de réplica se puede definir como "la facultad de que se concede a una persona, física o facultad de que se concede a una persona, física o jurídica, que se considere perjudicada en su honor, jurídica, que se considere perjudicada en su honor, prestigio o dignidad, por una información, noticia o prestigio o dignidad, por una información, noticia o comentario, publicada en un medio de comunicación comentario, publicada en un medio de comunicación social y que le lleva a exigir la reparación del daño social y que le lleva a exigir la reparación del daño sufrido mediante la inserción de la correspondiente sufrido mediante la inserción de la correspondiente aclaración, en el mismo medio de comunicación e aclaración, en el mismo medio de comunicación e idénticas condiciones.idénticas condiciones.

Otra definición del derecho de replica es: “Ofensa que Otra definición del derecho de replica es: “Ofensa que se hace a uno en su dignidad o fama. Hecho o dicho con se hace a uno en su dignidad o fama. Hecho o dicho con que se hace esta ofensa. Ofensa o perjuicio que se hace que se hace esta ofensa. Ofensa o perjuicio que se hace a uno en sus derechos. Humillación o aprecio a uno en sus derechos. Humillación o aprecio insuficiente”. En definitiva, con el agravio se afectan insuficiente”. En definitiva, con el agravio se afectan valores cuya reparación está perfectamente valores cuya reparación está perfectamente contemplada por el derecho. contemplada por el derecho.

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El derecho de réplica El derecho de réplica (consustancial al de (consustancial al de información) ahora ha sido información) ahora ha sido elevado a rango elevado a rango constitucional, como se hace constitucional, como se hace en casi todos los países del en casi todos los países del mundo.mundo.

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Artículo 6to de laArtículo 6to de laConstitución PolíticaConstitución Políticade los Estados Unidosde los Estados Unidos

MexicanosMexicanos

Declaración Declaración Universal Universal

de los Derechosde los Derechos HumanosHumanosArtículo 19Artículo 19

ConvenciónConvenciónAmericana sobre Americana sobre

DerechosDerechosHumanosHumanos

Artículo 14Artículo 14

Derecho Derecho dede

RéplicaRéplica

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Artículo 19 de la Declaración Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos:Universal de los Derechos Humanos: "todo individuo tiene derecho a la "todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión;libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y de investigar y recibir informaciones y opiniones y el de difundirlas, sin opiniones y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión".medio de expresión".

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La Convención Americana de La Convención Americana de Derechos Humanos hace alusión en Derechos Humanos hace alusión en su artículo 14 al derecho de réplica, su artículo 14 al derecho de réplica, y precisa que procede en caso de y precisa que procede en caso de “informaciones inexactas o “informaciones inexactas o agraviantes”, condiciones que hacen agraviantes”, condiciones que hacen operativo el ejercicio de tal derecho.operativo el ejercicio de tal derecho.

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Características que importan al Derecho de Características que importan al Derecho de Replica.Replica.

1. Las opiniones que emite una persona son difíciles de rectificar, 1. Las opiniones que emite una persona son difíciles de rectificar, sin embargo lo que sí es susceptible de rectificar usando el sin embargo lo que sí es susceptible de rectificar usando el Derecho de Réplica son los datos y las fuentes en los que se basa Derecho de Réplica son los datos y las fuentes en los que se basa dicha opinión. dicha opinión.

2. Deben establecerse las previsiones necesarias y posibles para 2. Deben establecerse las previsiones necesarias y posibles para evitar que se conculque el derecho de opinión o, en otro extremo, evitar que se conculque el derecho de opinión o, en otro extremo, que se quebrante el derecho de réplica.que se quebrante el derecho de réplica.

3. Como se reconoce en distintos ordenamientos que contemplan la 3. Como se reconoce en distintos ordenamientos que contemplan la rectificación, tanto en el caso de informaciones inexactas como rectificación, tanto en el caso de informaciones inexactas como en el de informaciones agraviantes, el ejercicio del derecho de en el de informaciones agraviantes, el ejercicio del derecho de réplica no sustituye las responsabilidades civiles o penales que réplica no sustituye las responsabilidades civiles o penales que puedan derivarse de tales informaciones.puedan derivarse de tales informaciones.

4. El derecho de réplica no sólo tiene por objeto la protección de los 4. El derecho de réplica no sólo tiene por objeto la protección de los derechos de la personalidad, sino que también puede ser ejercido derechos de la personalidad, sino que también puede ser ejercido cuando la información falte a la verdad, aun en los supuestos en cuando la información falte a la verdad, aun en los supuestos en que los derechos a la personalidad no hayan sido afectados.que los derechos a la personalidad no hayan sido afectados.

5. Al conocer el derecho de réplica, el medio de comunicación no 5. Al conocer el derecho de réplica, el medio de comunicación no necesariamente admite que su información sea inexacta o necesariamente admite que su información sea inexacta o agraviante, sino sólo hace posible que el público expuesto a la agraviante, sino sólo hace posible que el público expuesto a la información pueda confrontar diferentes elementos de juicio que información pueda confrontar diferentes elementos de juicio que faciliten adoptar una toma de posición más completa, faciliten adoptar una toma de posición más completa, acercándose más a la verdad de los hechos.acercándose más a la verdad de los hechos.

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Notas a la reforma Notas a la reforma constitucional y la ley de constitucional y la ley de

radio y televisión.radio y televisión.

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JURISPRUDENCIAS.JURISPRUDENCIAS.• LIBERTAD DE EXPRESIÓN E INFORMACIÓN. LIBERTAD DE EXPRESIÓN E INFORMACIÓN.

SU MAXIMIZACIÓN EN EL CONTEXTO DEL SU MAXIMIZACIÓN EN EL CONTEXTO DEL DEBATE POLÍTICO. Jurisprudencia 11/2008.DEBATE POLÍTICO. Jurisprudencia 11/2008.

• HONRA Y REPUTACIÓN. SU TUTELA DURANTE HONRA Y REPUTACIÓN. SU TUTELA DURANTE EL DESARROLLO DE UNA CONTIENDA EL DESARROLLO DE UNA CONTIENDA ELECTORAL SE JUSTIFICA POR TRATARSE DE ELECTORAL SE JUSTIFICA POR TRATARSE DE DERECHOS FUNDAMENTALES QUE SE DERECHOS FUNDAMENTALES QUE SE RECONOCEN EN EL EJERCICIO DE LA RECONOCEN EN EL EJERCICIO DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN. Jurisprudencia LIBERTAD DE EXPRESIÓN. Jurisprudencia 14/2007.14/2007.

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La Ley Federal de Radio y Televisión no La Ley Federal de Radio y Televisión no determina la forma en la que se debe ejercer el determina la forma en la que se debe ejercer el derecho de réplica, solo establece ciertas derecho de réplica, solo establece ciertas restricciones a la libertad de expresión, las restricciones a la libertad de expresión, las cuales están contempladas en el artículo 101 cuales están contempladas en el artículo 101 en las fracciones IX, X, XI y XIII de la citada en las fracciones IX, X, XI y XIII de la citada Ley, expresa las causas de infracción. De esta Ley, expresa las causas de infracción. De esta manera las sanciones por violaciones a manera las sanciones por violaciones a preceptos concretos que determina la Ley en preceptos concretos que determina la Ley en materia del contenido de los mensajes emitidos materia del contenido de los mensajes emitidos por radiodifusoras y televisoras, así como por la por radiodifusoras y televisoras, así como por la violación de alguna obligación impuesta van de violación de alguna obligación impuesta van de los quinientos a los cincuenta mil pesos. los quinientos a los cincuenta mil pesos. (artículos 103 y 104 de la Ley Federal de Radio (artículos 103 y 104 de la Ley Federal de Radio y Televisión). y Televisión).