Convención de kioto

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10/06/22 1 CONVENCION DE KYOTO Convención Internacional para la Simplificación y Armonización de los Procedimientos Aduaneros Lic. Luis Enrique Zavala Gallegos

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Presentación simplificada del Convenio

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CONVENCION DE KYOTOConvención Internacional para la

Simplificación y Armonización de los Procedimientos Aduaneros

Lic. Luis Enrique Zavala Gallegos

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La Convención de Kyoto

• Se estableció el 18 de mayo de 1973 y entró en vigor el 25 de septiembre de 1974.

• En 1988, la Organización Mundial de Aduanas (OMA) reconoció la necesidad de “emprender una acción estructurada y coordinada en materia de simplificación, normalización y armonización de los régimenes aduaneros”.

• La Declaración de Washington de la OMA, estableció los criterios para la revisión y actualización de la Convención.

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La Convención de Kyoto

• El Consejo de la OMA adoptó el Protocolo de 1999 como programa para la modernización y eficiencia de los procedimientos aduaneros en el Siglo XXI

• 514 normas, normas transitorias y prácticas recomendadas

• Ningún país Latinoamericano, con excepción de Cuba, es signatario.

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Declaración de Kyoto 2000

• Sistemas aduaneros para la promoción del comercio internacional

• La Convención de Kyoto

• Principios Básicos

• Disposiciones Generales

• Directivas para los Anexos Específicos

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Declaración de Kyoto 2000Sistemas Aduaneros para la promoción

del Comercio Internacional

• Los procedimientos aduaneros son vitales para el crecimiento del comercio internacional y el desarrollo del mercado global. Su eficiencia y efectividad promueve significativamente la competitividad económica de los países.

• En un escenario global altamente competitivo, el comercio y la inversión privilegian las regiones más eficientes y que ofrecen apoyo y facilidades; evitando aquellas consideradas como sinónimo de burocracia y altos costos.

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Declaración de Kyoto 2000Sistemas Aduaneros para la promoción

del Comercio Internacional

• Los sistemas y procedimientos aduaneros lentos, complicados, impredecibles y poco transparentes son percibidos como barreras e inhibidores del crecimiento del comercio internacional.

• La producción y los sistemas de logística modernos (cero inventarios y justo a tiempo), concatenados con el dramático potencial de las nuevas formas de comercio electrónico, hacen que un sistema aduanero rápido, transparente y predecible sea requisito indispensable para la prosperidad de las economías.

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Declaración de Kyoto 2000La Convención de Kyoto

• La Convención de Kyoto para la simplificación y armonización de los regímenes aduaneros entro en vigor en 1974 y se revisó en 1999

• Considera que el crecimiento de la carga internacional, el increíble desarrollo de la informática y las telecomunicaciones, y el altamente competitivo medio ambiente de negocios internacional, sustentados en la calidad del servicio y la satisfacción del cliente, son tendencias que han entrado en conflicto con los tradicionales métodos y procedimientos aduaneros

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Declaración de Kyoto 2000La Convención de Kyoto

• La Organización Mundial de Aduanas (OMA) ha revisado y actualizado la Convención para asegurar su congruencia con las actuales tendencias del comercio internacional (globalización).

• El Protocolo de Enmienda de la Convención de Kyoto en 1999, significa un plan para la modernización y eficiencia de los sistemas aduaneros en el Siglo XXI.

• Constituye una instrumento para promover el desarrollo de procedimientos aduaneros globales. Su difusión provee al tráfico internacional de la predictibilidad y eficiencia que el comercio mundial demanda.

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Declaración de Kyoto 2000Principios

• La enmienda incorpora la utilización de tecnologías de la información, de las nuevas filosofías de control aduaneros, así como de la promoción de alianzas de colaboración, mutuamente benéficas, entre el sector privado y las Aduanas.

• El principal principio de la Convención de Kyoto es el compromiso por parte de las administraciones aduaneras por ofrecer la transparencia y predictibilidad para todos aquellos involucrados en aspectos del comercio internacional

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Declaración de Kyoto 2000Principios

• Adicionalmente se promueve que las aduanas adopten técnicas de “administración del riesgo” (reconocimiento), y utilicen normas internacionales.

• La enmienda incluye también, reglas nuevas y obligatorias para su aplicación entre las Partes Contratantes que deben ser aceptadas sin reserva alguna.

• Se crea un Comité de Administración encargado de asegurarse de que las disposiciones se mantengan vigentes y actualizadas.

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Declaración de Kyoto 2000Disposiciones principales

• El Protocolo promueve la facilitación del comercio a través de las diversas disposiciones legales contenidas en el Anexo General y en los Anexos Específicos. Ellas detallan la aplicación de simples pero eficientes procedimientos para elevar al máximo los niveles de facilitación para pasajeros y mercancías.

• En el Anexo General se recomiendan que toda administración aduanera moderna mantenga como principios generales: En el Anexo General se recomiendan que toda administración aduanera moderna mantenga como principios generales:

– Normas y procedimientos simplificados.

– Desarrollo y mejoramiento continuo de las técnicas de riesgo para el control aduanero.

– Colaboración estratégica entre las Aduanas con la Industria y el Comercio.

– Uso intensivo de las tecnologías de la información.

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Declaración de Kyoto 2000Disposiciones principales

Asimismo, recomienda que propugnen por:

• Incremento en la utilización de sistemas automatizados

• Técnicas de administración del riesgo (incluyendo las de valoración aduanera y las de los controles de verificación)

• Uso de información sobre “pre arrivos” (pre despachos) para perfeccionar los controles selectivos de verificación

• Utilización de transferencias electrónicas de fondos

• Coordinación con otras entidades

• Accesibilidad a toda la información sobre requerimientos, leyes, reglas y regulaciones en materia aduanera

• Sistema adecuado de medios de defensa e inconformidad

• Mecanismo formal de consultas con la industria y el comercio

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Declaración de Kyoto 2000Directivas de los Anexos Específicos

• La revisión se asegura la instrumentación de directivas que coadyuven a que los principios de simplificación y modernización contenidos en el Convenio sean aplicados adecuadamente por las administraciones aduaneras.

• Las directivas de simplificación, mediante el uso de técnicas efectivas de control y automatización, que incluyen ejemplos de prácticas internacionales, son claramente desarrolladas en cada práctica y procedimiento indicado tanto en el anexo general, como en los anexos específicos.

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Estructura General

El convenio se divide en dos partes:

• La primera, se constituye con el Protocolo de enmienda, el cuerpo del Convenio y un Anexo General. Sus disposiciones se aplican sin ninguna restricción a todas las Partes;

• La segunda, se conforma con 10 Anexos Específicos, que abordan cada uno una parte concreta y diferente de la actividad aduanera (toda Parte Contratante debe adherirse por lo menos a uno de ellos).

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EstructuraProtocolo

El Protocolo se divide en dos partes:

• Los Considerándos;

• El cuerpo del documento que se integra con 9 artículos

– El artículo 3, indica que tiene dos anexos:

• I, el texto de la Convención y

• II, el texto del Anexo General

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EstructuraConvenio

Se conforma con un preámbulo, 5 capítulos y 20 artículos:

• Preámbulo (Considerándos)

• Capítulo I. Definiciones

– Norma; Norma transitoria; Práctica recomendada; Legislación Nacional; Anexo General; Anexo Específico; Directivas; Comité Técnico Permanente; Consejo; y Unión Aduanera o Económica

• Capítulo II. Ámbito y Estructura

– Ámbito del Convenio

– Estructura del Convenio

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EstructuraConvenio

• Capítulo III. Gestión del Convenio– Comité de Gestión

• Capítulo IV. Parte Contratante– Ratificación del Convenio

– Aplicación del Convenio

– Aceptación de las disposiciones y reservas

– Aplicación de las disposiciones

– Solución de diferencias

– Enmiendas al Convenio

– Duración de la adhesión

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EstructuraConvenio

• Capítulo V. Disposiciones Finales

– Entrada en vigor del Convenio

– Depositario del Convenio

– Registro y textos auténticos

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EstructuraAnexo General

Se divide en 10 Capítulos, 109 normas y 14 normas transitorias:

• Capítulo 1. Principios Generales

• Capítulo 2. Definiciones

• Capítulo 3. Despacho Aduanero y otras definiciones

• Capítulo 4. Derechos e Impuestos

– Liquidación, recaudación y pago

– Diferimiento de pagos

– Devolución

• Capítulo 5. Garantías (fianzas)

• Capítulo 6. Control Aduanero

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EstructuraAnexo General

• Capítulo 7. Aplicación de Tecnologías de la Información

• Capítulo 8. Relación entre las Aduanas y Terceros

• Capítulo 9. Información, decisiones y resoluciones aduaneras

– Información de aplicación general

– Información de naturaleza específica

– Decisiones y resoluciones

• Capítulo 10. Recursos en materia aduanera

– Derecho a recurrir

– Forma y fundamento del recurso

– Estimación del recurso

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EstructuraAnexos Específicos

10 Anexos, con 25 capítulos, 242 normas, 149 prácticas recomendadas y 4 apéndices

• Anexo A. Arribo de las mercancías a territorio aduanero

Capítulo 1. Formalidades previas a la presentación del declaración de las mercancías

Capítulo 2. Deposito temporal de mercancías

• Anexo B. Importación

Capítulo 1. Despacho al consumo

Capítulo 2. Reimportación en el mismo estado

Capítulo 3. Franquicia de derechos y aranceles

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EstructuraAnexos Específicos

• Anexo C. Exportación

Capítulo 1. Exportación definitiva

• Anexo D. Depósitos Aduaneros y Zonas Libres

Capítulo 1. Depósitos aduaneros

Capítulo 2. Zonas libres

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EstructuraAnexos Específicos

• Anexo E. Tránsito

Capítulo 1. Tránsito aduanero

Capítulo 2. Transbordo

Capítulo 3. Tráfico de Cabotaje

• Anexo F. Procesamiento (manufactura)

Capítulo 1. Importación temporal para manufactura, procesamiento o reparación, para exportación

Capítulo 2. Exportación temporal para manufactura, procesamiento o reparación, para reimportación

Capítulo 3. Devolución de impuestos (draw back)

Capítulo 4. Manufactura y procesamiento para el mercado nacional

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EstructuraAnexos Específicos

• Anexo G. Admisión Temporal

Capítulo 1. Admisión temporal

• Anexo H. Infracciones

Capítulo 1. Infracciones aduaneras

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EstructuraAnexos Específicos

• Anexo J. Procedimientos Especiales

Capítulo 1. Viajeros

Capítulo 2. Tráfico Postal

Capítulo 3. Medios de transporte de pasajeros y mercancías

Capítulo 4. Provisiones y suministros

Capítulo 5. Mercancías para socorro

• Anexo K. Origen

Capítulo 1. Reglas de Origen

Capítulo 2. Evidencia documental

Capítulo 3. Control de la documentación

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Anexo General

Capítulo 1. Principios generales

• La definiciones, normas y normas transitorias del anexo general se aplicarán a los regímenes y a las prácticas aduaneras descritas y en la medida de lo posible a las prácticas y procedimientos de los anexos específicos

• Las aduanas deberán entablar y mantener relaciones de consulta formales con la industria y el comercio para incrementar la cooperación y facilitar la participación en el diseño de métodos de trabajo más efectivos en congruencia con las disposiciones nacionales y los acuerdos internacionales

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Anexo General

Capítulo 2. Definiciones

• Aduana o Administración de Aduanas; Asistencia Mutua Administrativa; Comprobación (documental) de la declaración de las mercancías; Control Aduanero; Control basado en Auditoria; Decisión (resolución); Declaración de mercancías (pedimento); Declarante; Derechos de Aduana (DTA); Derechos e Impuestos de Importación y Exportación (aranceles); Despacho; Devolución;

• Fecha de Pago; Formalidades Aduaneras; Garantía (fianzas); Legislación Aduanera; Levante de las mercancías (entrega y salida); Liquidación (cálculo y pago) de los derechos e impuestos; Oficinas; Omisión; Persona; Reconocimiento de las mercancías; Recurso (medios de defensa); Terceros; y Territorio Aduanero.

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Anexo General

Capítulo 3. Despacho Aduanero y otras definiciones

• Fronteras comunes: controles conjuntos (NATAP)

• Toda persona con derecho a disponer de mercancías podrá actuar como declarante (personas físicas y morales)

• Procesos automatizados (despacho digital)

• Formatos oficiales, atendiendo al modelo de las Naciones Unidas, pudiéndose presentarse en cualquier aduana

• Posibilidad de rectificación y cambio de régimen aduanero, incluso después de iniciado el proceso de revisión documental

• Declaraciones previas (antes de la llegada de los bienes) incompletas (declaración complementaria) y provisionales (formularios sencillos)

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Anexo General

• Documentos anexos mínimos y pocos de ellos traducidos

• Procedimientos Especiales– Despacho en locales del declarante

– Declaración complementaria

• Conceptos de “error involuntario”, “grave negligencia”, y de “intención fraudulenta”

• Entrega de las mercancías, una vez cumplimentados todas las regulaciones y restricciones no arancelarias

– Posibilidad de cumplir algunas formalidades aduaneras en fecha posterior

– Garantías para salvaguardar el interés fiscal

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Anexo General

Capítulo 4. Derechos e Impuestos

• Liquidación, recaudación y pago

– Diferimiento de pagos (plazos de 14 días en adelante)• Admisión temporal con exención parcial de aranceles

– Devolución• Mercancías defectuosas, razones de garantías

Capítulo 5. Garantías (fianzas)

• Globales (operadores habituales)

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Anexo General

Capítulo 6. Control Aduanero

• Sistema de Gestión de Riesgos

– Selección de mercancías, personas y medios de transporte

– Tipos de reconocimiento

• Acuerdos de Asistencia Administrativa inter Aduanas

– Convenio Multilateral relativo a la Asistencia Mutua Administrativa para Prevenir, Investigar y Reprimir las Infracciones Aduaneras (Nairobi, Mayo 21, 1980)

– Convenio sobre la Armonización de los Controles de las Mercancías en las Fronteras (Ginebra, Octubre 21, 1982)

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Anexo General

• Memorandumes de Entendimiento con la industria y el comercio

– Simplificación y fluidez de los trámites y formalidades

– Control Aduanero de mayor calidad y efectividad que coadyuve a la lucha contra los ilícitos

– Validación de los Sistemas Comerciales de las empresas

• Uso de Tecnologías de la Información– Comercio Electrónico

• Acuerdo Multilateral sobre Tecnologías de la Información – ITA - (Singapur, Diciembre 13, 1996). Declara “zona libre” a Internet (bienes intangibles)

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Anexo General

Capítulo 7. Uso de Tecnologías de la Información

Capítulo 8. Relación entre las Aduanas y Terceros– No será objeto de trato menos favorable, ni estarán

sujetos a condiciones más rigurosas

Capítulo 9. Información, decisiones y resoluciones aduaneras

– Información de aplicación general

– Información de naturaleza específica

– Decisiones y resoluciones• Por escrito

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Anexo General

Capítulo 10. Recursos en materia aduanera

– Derecho a recurrir

– Forma y fundamento del recurso

– Estimación del recurso

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Anexo AArribo a la Aduana

Capítulo 1. Formalidades previas a la presentación de la declaración de mercancías

Capítulo 2. Almacenamiento temporal de mercancías (recintos fiscales y fiscalizados)

• Definiciones: manifiesto de carga; transportista; formalidades previas; almacenamiento temporal

• Corresponsabilidad del transportista con la declaratoria a través del “manifiesto de carga” (que contiene los datos de las mercancías, requeridos por la Aduana, transmitidos antes –predeclaración- o en los momentos de arrivo o salida de los medios de transporte)

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Anexo AArribo a la Aduana

• No deben discriminarse las mercancías por razones de origen o procedencia

• Para estos fines, el “manifiesto de carga” puede substituir a la “declaratoria de las mercancías”

• Plazo razonable para que los importadores puedan cumplir todas las formalidades del despacho

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Anexo BImportación

Capítulo 1. Despacho al consumo

Capítulo 2. Reimportación en el mismo estado

Capítulo 3. Franquicias de impuestos y derechos

• Definiciones: despacho al consumo; libre circulación de bienes; bienes procesados; bienes exportados con intención de reimportación; reimportación en el mismo estado; franquicia de impuestos y derechos.

• Previene las “declaratoria simplificadas o alternativas” (documentos comerciales, documentos administrativos, y inscripción de las mercancías en los registros contables de las empresas)

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Anexo BImportación

• La reimportación incluye:– bienes que hayan sido usados, dañados o deteriorados

durante su estancia en el extranjero

– sus empaque, tarimas, o contenedores, y

– puede ser realizado por persona distinta al exportador original

• Se prevén franquicias bajo el despacho para consumo, para bienes importados en circunstancias especiales y para propósitos específicos, independientemente de su clasificación y tarifa arancelaria (NMF) normal.

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Anexo CExportación

Capítulo 1. Exportación definitiva

• Definiciones: exportación definitiva.

• No es necesario presentar evidencias del arribo al extranjero de los bienes exportados.

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Anexo DDepósitos y Zonas Libres

Capítulo 1. Depósitos Aduaneros

Capítulo 2. Zonas Libres

• Definiciones: Procedimiento de almacenamiento aduanero; Zonas Libres

• Prevé los almacenes fiscales públicos y privados, y sus operaciones se realizarán bajo el régimen de importación temporal

• Bienes deteriorados serán destinados como despacho al consumo

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Anexo DDepósitos y Zonas Libres

• Las legislaciones nacionales determinar el establecimiento de zonas libres, los tipos de bienes admitidos y la naturaleza de las operaciones a las que los bienes podrán ser sometidos (manufactura y procesamiento)

• La aduana podrá realizar reconocimientos periódicamente

• El plazo de permanencia de los bienes será ilimitada

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Anexo ETránsito

Capítulo 1. Tránsito aduanero

Capítulo 2. Transbordo

Capítulo 3. Tráfico de Cabotaje

• Definiciones: Consignador y Consignatario autorizados; Oficina de Control; Tránsito Aduanero; Operación del tránsito aduanero; Oficinas de salida y de arribo; medios de transporte.

• Sellos (candados) aduanales, cuando lo aduana lo estime necesario.

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Anexo ETránsito

• Se prevén disposiciones que permitan operaciones de tránsito entre Consignadores y Consignatarios “autorizados”, para realizar sus operaciones directamente sin tener que pasar por las aduanas en que se encuentren ubicados los domicilios del emisor y el destinatario de las mercancías.

• Asimismo se proponen declaratorias de mercancías alternativa (comerciales o de transporte) para los procedimientos de tránsito.

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Anexo FProcesamiento

Capítulo 1. Importación temporal para manufactura, procesamiento o reparación, para exportación

Capítulo 2. Exportación temporal para manufactura, procesamiento o reparación, para reimportación

Capítulo 3. Devolución de impuestos (draw back)

Capítulo 4. Manufactura y procesamiento para el mercado nacional

• Definiciones: bienes procesados; bienes equivalentes; procesamientos activo y pasivo; devolución de impuestos (draw back); procedimiento del draw back; bienes procesados para el mercado nacional.

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Anexo FProcesamiento

• Las operaciones podrán realizarse condicionalmente exentos del pago de derechos e impuestos de importación, sobre la base de que los bienes son destinados a la exportación.

• Asimismo en el caso de exportaciones para fines de manufactura, procesamiento o reparación, podrán exentarse total o parcialmente los derechos e impuestos de importación, a las mercancías reimportadas.

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Anexo GAdmisión Temporal

Capítulo 1. Admisión temporal

Definiciones: admisión temporal.

• Corresponde a la importación condicionalmente aliviados parcial o totalmente del pago de derechos e impuestos a la importación. Estos bienes deberán importados para fines específicos y ser reexportados en un plazo determinado

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Anexo HInfracciones

Capítulo 1. Infracciones aduaneras

Definiciones: procedimiento administrativo aduanero; facultad aduanera; autoridad aduanera

• Examen de las mercancías y de los transportes

• Revisión documental

• Revisión a las bases de datos

• Investigación de las personas y las circunstancias

• Aseguramiento de la evidencia

• Embargo y confiscación de las mercancías

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Anexo JProcedimientos Especiales

Capítulo 1. Viajeros

Capítulo 2. Tráfico Postal

Capítulo 3. Medios de transporte de pasajeros y mercancías

Capítulo 4. Provisiones y suministros

Capítulo 5. Mercancías para socorro

Definiciones: sistema dual de revisión; medios de transporte para uso privado; viajeros; efectos personales; admisión temporal; formas de declaración de la Unión Postal Universal; Formalidades para el despacho postal; bienes postales; formalidades aplicables a los medios de transporte comerciales; declaraciones de arribo y salida; medios de transporte para fines comerciales

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Anexo KOrigen

Capítulo 1. Reglas de Origen

Capítulo 2. Evidencia documental

Capítulo 3. Control de la documentación

Definiciones: país de origen; reglas de origen; concepto de transformación substancial; certificados de origen; declaración certificada de origen; declaratoria de origen; evidencia documental del origen; certificado de producto;

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EstructuraAnexos Específicos

• Anexo J. Procedimientos Especiales

Capítulo 1. Viajeros

Capítulo 2. Tráfico Postal

Capítulo 3. Medios de transporte de pasajeros y mercancías

Capítulo 4. Provisiones y suministros

Capítulo 5. Mercancías para socorro

• Anexo K. Origen

Capítulo 1. Reglas de Origen

Capítulo 2. Evidencia documental

Capítulo 3. Control de la documentación