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EVALUACIÓN AMBIENTAL SAU 12 NNSS MONTIJO Página 1 ANEXO 2.- INFORME EVALUACION MEDIO AMBIENTAL. 0.-ANTECEDENTES.- 1.-INTRODUCCIÓN Y OBJETIVOS.- 1.1. –Introducción. 1.2.-Objetivos. 1.3.-Metodología. 2.-DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.- 3.- DESCRIPCIÓN DEL ENTORNO FÍSICO Y NATURAL.- 4.-EXAMEN DE ALTERNATIVAS Y JUSTIFICACIÓN ADOPTADA.- 5.- EFECTOS SOBRE EL ECOSISTEMA. IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN. 5.1.- Acciones que pueden causar impacto. 5.2.- Elementos susceptibles de recibir impacto. 5.3. Valoración de impactos. 5.3.1.-Efectos sobre la atmosfera. 5.3.2.-Efectos sobre el suelo. 5.3.3.-Efectos sobre el agua. 5.3.4.-Efecto sobre la vegetación. 5.3.5.-Efectos sobre la fauna. 5.3.6.-Efecto sobre el paisaje. 5.3.7.-Efecto sobre los procesos erosivos. 5.3.8.-Efectos sobre procesos contaminantes. 5.3.9.-Tabla de valoración de Impactos.

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ANEXO 2.- INFORME EVALUACION MEDIO AMBIENTAL.

0.-ANTECEDENTES.-

1.-INTRODUCCIÓN Y OBJETIVOS.-

1.1. –Introducción.

1.2.-Objetivos.

1.3.-Metodología.

2.-DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.-

3.- DESCRIPCIÓN DEL ENTORNO FÍSICO Y NATURAL.-

4.-EXAMEN DE ALTERNATIVAS Y JUSTIFICACIÓN ADOPTADA.-

5.- EFECTOS SOBRE EL ECOSISTEMA. IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN.

5.1.- Acciones que pueden causar impacto.

5.2.- Elementos susceptibles de recibir impacto.

5.3. Valoración de impactos.

5.3.1.-Efectos sobre la atmosfera.

5.3.2.-Efectos sobre el suelo.

5.3.3.-Efectos sobre el agua.

5.3.4.-Efecto sobre la vegetación.

5.3.5.-Efectos sobre la fauna.

5.3.6.-Efecto sobre el paisaje.

5.3.7.-Efecto sobre los procesos erosivos.

5.3.8.-Efectos sobre procesos contaminantes.

5.3.9.-Tabla de valoración de Impactos.

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6.-MEDIDAS PROTECTORAS Y CORRECTORAS

7.-PLAN DE SEGUIMIENTO Y CONTROL

8.-EFECTOS PREVISIBLES SOBRE ELEMENTOS ESTRATÉGICOS, SOBRE LA PLANIFICACIÓN SECTORIAL, TERRITORIAL Y LAS NORMAS APLICABLES.-

9.- REPORTAJE FOTOGRAFICO.-

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0.- ANTECEDENTES.-

A NIVEL URBANISTICO.- El terreno objeto de la presente Modificación se halla clasificado urbanísticamente como SUELO NO URBANIZABLE, si bien sobre el mismo se encuentran existen varias explotaciones de uso industrial y servicios, que gozan del correspondiente EXPEDIENTE DE CALIFICACIÓN URBANÍSTICA, amparada en RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN DE URBANISMO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DE EXTREMADURA DE 22 DE DICIEMBRE DE 2004, sobre expediente Nº. 03/047/BA de “AMPLIACIÓN DE TIENDA, CAFERERÍA Y SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE GASOLINERA. SITUACIÓN. CTRA. LOBÓN –LA ROCA KM. 5,300”, que la que se acuerda:

Autorizar la calificación urbanística para legitimar la ejecución de las obras epigrafiadas.

Así las cosas, la presente innovación del planeamiento municipal de Montijo, resulta del todo punto compatible con los usos del entorno, puesto que la zona en la que se encuentran los terrenos, tiene clara finalidad de desarrollo industrial productivo, al punto que cuenta ya con actividades de servicios del todo punto implantadas durante muchos años. El simple visionado aéreo del entorno de los terrenos objeto de la Modificación, justifica el enclave que supone la localización de los mismos, para la finalidad pretendida.

Es preciso reseñar que los terrenos colindan al Norte y Oeste con la unidad de actuación SAU-5 de las NNSS de Montijo, que cuenta con Plan Parcial aprobado de forma definitiva y homologado por resolución de CUOTEX , alcanzada en sesión de 31/10/2013. De hecho la ordenación urbanística propuesta en la presente innovación del planeamiento municipal, viene a completar los servicios urbanísticos y red viaria de la referida Unidad de Actuación, actualmente en desarrollo por la Agrupación de Interés Urbanístico SAU-5 de Montijo. De hecho, se complementa el viario que delimita la referida unidad, creando una doble vía en forma de boulevard , utilizando la localización de las dotaciones públicas en la ordenación urbanística propuesta en delimitación y protección de los distintos usos.

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La presente innovación del planeamiento municipal, resulta del todo punto compatible con los usos del entorno , puesto que la zona en la que se encuentran los terrenos, tienen clara finalidad de desarrollo industrial y terciario, al punto que cuenta ya con actividades de servicios del todo punto implantadas durante varias décadas.

A NIVEL DE INFRAESTRUCTURAS.- Los terrenos cuentan con una red básica de dotaciones existentes en la zona y el entorno de los terrenos objeto de la presente propuesta de innovación encuentra , al este, acequias de canalización de riego, cuya titularidad ostenta la Comunidad de Regantes de Montijo, existiendo autorización expresa de la referida entidad para acometer la obra de urbanización precisa para el desarrollo urbanístico de la Modificación Proyectada, en continuación de las actuaciones urbanísticas aprobadas y autorizadas para la SAU-5, con la que colinda.

Los terrenos cuentan con acceso rodado por el Este con Carretera EX 328, contando en la actualidad con carriles de acceso e incorporación a la mencionada vía autonómica. Así mismo, a los terrenos se accede por el Norte y Oeste, a través el viario programado que delimita la unidad de actuación SAU-5, que la presente actuación viene a completar en aseguramiento de la conexión a redes generales. Situándose en las proximidades Sectores de uso residencial, que se han desarrollado como la SAU 4 y la SU 61, o están en desarrollo SAU -3 , SAU 5, SAU 6-a.

En relación al saneamiento, en la proximidad de los terrenos se encuentra ovoide (600) que transcurre en paralelo a las carreteras EX 209 y EX 328, siendo que por su dimensionado, es factible su conexionado por la zona Norte de los terrenos. Su justificación se pospone para estudios posteriores.

En relación al abastecimiento de agua, transcurre en paralelo con los terrenos, en la zona Norte de los mismos, canalización de agua, con capacidad suficiente para dar cobertura a la Modificación proyectada. Su justificación se pospone para estudios posteriores.

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En relación a los suministros de energía eléctrica y telecomunicaciones, existen en las proximidades de los terrenos, varios puntos de enganche, siendo factible su conectabilidad.

A NIVEL DE NORMATIVA SECTORIAL AFECTA.-

A NIVEL MEDIOAMBIENTAL- No existen instrumentos de ordenación del territorio que tengan incidencia alguna en los terrenos objeto de la Modificación. Asimismo, los terrenos objeto de la Modificación no se encuentran afectos por Zonas de Especial Protección de Aves ( ZEPA) , Lugar de importancia comunitaria (LIC) o Zonas Especiales de Conservación ( ZEC) , dentro de la red Natura 2000. Siendo que en el preceptivo MAPA DE RIESGOS NATURALES del ámbito objeto de ordenación, no se vislumbra la existencia de ninguna afección digna de mención.

A NIVEL DE CARRETERAS.- Dentro de la legislación sectorial a la hora de la afecciones con las que cuenta los terrenos objeto de la presente propuesta, son la relativa a la legislación sectorial de Carreteras, dado que los terrenos se encuentran bordeados por varías vías de comunicación cuya titularidad ostenta la Junta de Extremadura (EX. 209 y EX 328). A tal efecto resulta de aplicación la Ley 7/1995, de 27 de abril de carreteras de Extremadura, y sus Artículos 23 y 24. Con anterioridad a la formulación de la presente innovación del planeamiento municipal el equipo redactor ha tenido entrevistas con el Servicio de Carreteras de la Junta de Extremadura, a fin de verter sobre la misma, las soluciones técnicas advertidas en la conexión de la Unidad Proyecta.

Así mismo, se la innovación proyectada se fijan con meridiana claridad las distintas líneas a carreteras en determinación del dominio público aplicable (8 metros) y la determinación de línea de edificación a la carretera (25 metros).

A NIVEL DE CONFEDERACIÓN HIDRODRÁFICA DEL GUADIANA.- Sobre el terreno existe DESAGÜE D-26 : que comparten la Unidad SAU-5 y la modificación proyectada , infraestructura totalmente en desuso , que trascurre taponada y por tanto anulada, desde las proximidades del antiguo Matadero Municipal, cuya titularidad ostenta Confederación Hidrográfica del Guadiana, sirviendo antiguamente , únicamente como aliviadero de la acequia cercana. Actualmente, existe

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INFORME SECTORIAL FAVORABLE sobre dicha infraestructura, en el expediente de la transformación urbanizadora de la SAU-5, que ha permitido la aprobación definitiva del Plan Parcial de la mencionada Unidad de Actuación y su homologación.

A NIVEL ELECTRICO.- RED ELECTRICA DE MEDIA TENSIÓN.- Resulta de aplicación el Real Decreto 1955/2000, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, al igual que en la Unidad SAU-5 con la que colindan los terrenos, unidad que ya cuenta con las autorizaciones de tratamiento y enganche de la Cía Suministradora SEVILLANA-ENDESA.

A NIVEL DE COMUNIDAD DE REGANTES.- La ACEQUIA E-II4 11, al Este de los terrenos, cuya titularidad ostenta la COMUNIDAD DE REGANTES DE MONTIJO Y COMARCA, según resultado de la consulta elevada por el equipo redactor a la referida Comunidad. La expresada Infraestructura se encuentra actualmente en uso por la Comunidad de Regantes de Montijo y Comarca. Siendo que en relación a la misma habrá de estarse a la Autorización de la citada entidad, en el soterramiento y entubamiento de las expresadas acequias, al igual que ha ocurrido en la unidad SAU-5.

1.- INTRODUCCIÓN Y OBJETIVOS.-

1.1. Introducción.

El presente Estudio se realiza al amparo de los Artículos 29 y siguientes de la DECRETO 54/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con la normativa reguladora de la Red Ecológica Europea Natura 2000, regulada en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad La evaluación ambiental de planes y programas se realizará conforme a lo establecido en la R.D. 1/2008, de 11 de enero, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, con las especialidades previstas en la presente ley y en su posterior desarrollo reglamentario.

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La entrada en vigor de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, y supone la realización de un proceso de Evaluación Ambiental Estratégica para los planes y programas que elaboren las diferentes Administraciones Públicas, entendido como un instrumento de integración del medio ambiente en las políticas sectoriales, con el objetivo de garantizar un desarrollo sostenible que permita afrontar los grandes retos de la sostenibilidad como el uso racional de los recursos naturales, la prevención y reducción de la contaminación, la innovación tecnológica y la cohesión social, a la vez que fomenta la transparencia y la participación ciudadana.

Otra normativa de aplicación:

- Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos.

- LEY 22/2011 de Residuos y suelos contaminados. - Real Decreto 1/2008 de 11 de enero, Ley de Evaluación de

Impacto Ambiental y posterior 54/2011 de 29 de Abril modificado.

- Ley 5/2010 de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad autónoma de Extremadura.

- Decreto 81/2011 por el que se aprueba el reglamento de Autorizaciones y comunicación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

1.2. Objetivos.

El objeto del presente estudio de impacto ambiental es determinar los efectos sobre el medio ambiente podrían tener las diferentes actuaciones a realizar.

Asimismo, tras el análisis y valoración de las acciones a desarrollar en la actuación y los factores ambientales, se dispondrán una serie de medidas

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correctoras y protectoras con el fin de minimizar las distintas afecciones sobre el entorno.

Por ello el informe aquí presentado tiene como finalidad:

Definir y valorar, desde el punto de vista ambiental, el entorno natural en el que se van a insertar las actuaciones objeto de estudio.

Identificar y valorar la naturaleza y magnitud de los efectos originados por las Acciones del Proyecto.

Definir y establecer aquellas medidas correctoras que resulten técnicamente factibles y económicamente viables y que permitan recibir al máximo los impactos negativos que puedan ocasionarse con las actuaciones, determinando, asimismo, los impactos residuales que queden tras su aplicación.

Establecer un programa de vigilancia ambiental que permita asegurar el cumplimiento de las medidas correctoras y efectuar un seguimiento de las previsiones realizadas.

1.3. Metodología.

Para la consecuencia de estos objetivos anteriormente planteados, se ha desarrollado en la evaluación de Impacto Ambiental, según las especificaciones establecidas en la legislación aplicable, y se llevará a cabo aplicando la siguiente metodología:

- Datos administrativos. - Descripción del proyecto. - Descripción del entorno natural y físico. - Examen de alternativas. - Descripción de los efectos sobre el ecosistema. - Valoración de las actividades sobre los factores ambientales. - Medidas protectoras y correctoras. - Plan de seguimiento y control.

La descripción de las actividades a realizar pretende dar una visión clara de las características del proyecto y de las acciones a ejecutar.

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Esto supone el primer paso para la detección de los impactos derivados del desarrollo del proyecto, centrándose en la determinación de las diferentes acciones del proyecto susceptibles de afectar en mayor o menor medida al medio ambiente.

El examen de alternativas tiene como objeto la exposición de las diferentes soluciones posibles y, de entre todas ellas, la elección y justificación de las más adecuadas.

Con respecto a este apartado es preciso tener en cuenta que la selección de alternativas se realiza valorando un conjunto amplio de características de cada una de ellas, por lo que, en determinados casos, la opción más adecuada puede ser simplemente la menos negativa con respecto a la mayoría de los efectos derivados.

Asimismo, en el epígrafe citado se valorará la opción Cero o No Actuación.

Así como la descripción de las actividades a realizar permite conocer las actividades del proyecto susceptibles de generar impactos, la descripción del medio natural o inventario ambiental permite conocer los factores del medio que pueden verse afectados por las acciones a desarrollar.

Cruzando las distintas acciones de la obra con los factores del medio, se obtendrá un conjunto de interacciones que quedarán recogidas en la descripción de los efectos sobre el ecosistema.

Una vez determinados los efectos de las acciones de la obra con los factores del medio, se efectuará una valoración de las actividades sobre los factores ambientales.

Con el fin de minimizar los impactos o bien evitar efectos innecesarios, se propondrá una serie de medidas protectoras y correctoras.

Finalmente, se dispone un Plan de seguimiento y control que permite comprobar que los efectos aparecidos en las fases de la obra son los esperados, que las medidas correctoras y protectoras propuestas son adecuadas, así como su correcta aplicación. El Plan también permite

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detectar posibles efectos no contemplados, con el fin de poner en práctica las medidas tendentes a minimizarlos.

2.- DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.

Las actuaciones que se van a realizar en una primera fase, es el cambio de uso de rústico a urbano para actividad agroalimentaria e industrial y terciario compatible con lo anterior.

Delimitación de un sector de ordenación y una Unidad de Actuación urbanizadora coincidente con el ámbito ordenado con una superficie total de 53.849,26 m2.

Ordenación Estructural y Detallada con obtención del suelo dotacional y resolución del sistema viario de comunicaciones que conforman la conexión entre las zonas ya proyectadas, dando continuidad al planeamiento ya definido así como las comunicaciones a con la red de carreteras.

Se pretende solicitar de la Corporación Municipal las correspondientes autorizaciones para la reclasificación del suelo adaptándolo a la actividad que posteriormente se pretende llevar a cabo.

Consecuencia de la actuación que se propone, en el área de actuación se distinguen las siguientes zonas:

Zona de uso dotacional:

- Uso de Equipamiento: Superficie: 2700,00 m2. - Uso de Zonas Verdes: Superficie: 5385,00 m2. - Uso de Viarios: Superficie: 13965,67 m2 de viarios, divididos en

calle 1: 1590,46 m2, calle 2: 3873,26 m2, calle 3: 2223,08 m2, calle 4: 2520,30 m2, calle 5: 3758,57 m2.

- El número total de plazas de aparcamiento es de 279unds., estas están divididas de la siguiente forma: calle 1: 36 unds, calle 2: 87 unds, calle 3: 54 unds, calle 4: 42 unds, calle 5: 60 unds.

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Zona de uso industrial y/o terciario: 31798,59 m2, compuesta por distintas manzanas.

- Manzana A1: 6403,06 m2. - Manzana A2: 1884,47 m2. - Manzana B: 9222,16 m2. - Manzana C: 5204,23 m2. - Manzana D: 6895,56 m2. - Manzana E: 2189,11 m2.

La parcela 57 del polígono 9, que se corresponderá con la futura

manzana E, cuenta en la actualidad con una industria consolidada, construida en el año 1980 y regularizada mediante expediente de calificación urbanista de fecha 22 de diciembre de 2004, la industria existente se dedica a la venta al menor de combustible, tienda minimarket, zona de lavado, cafetería y taller de mecánica, dicha empresa se ha creado por fases y cuenta con las distintas declaraciones de obra nueva. En los terrenos también existe una vivienda unifamiliar aislada en la parcela 56 del polígono 9.

5.- DESARROLLO PREVISIBLE DE LA MODIFICACION PUNTUAL.

El desarrollo de la modificación puntual en las distintas fases consistirá en:

Fase de Planeamiento: La realización de los estudios e informes previos a la redacción de la modificación puntual y el contenido de la misma, no implican impactos significativos sobre el medio ambiente:

- Regulación de la intensidad de ocupación. - Determinación de los usos prohibidos, permitidos y autorizables. - Establecimiento de normas estéticas y de integración paisajística. - Integración de criterios de sostenibilidad ambiental relacionadas

con la eficiencia energética, la gestión de los residuos, etc.

Fase de Urbanización: Comprende las obras necesarias para desarrollar la nueva unidad de ejecución de No Urbanizable o suelo Urbano

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de uso Industrial y/o Terciario. En esta fase se distinguen las siguientes actividades susceptibles de producir impactos sobre el suelo urbano:

- Movimientos de tierras. - Generación de residuos de obra. - Movimientos de maquinaria. - Emisiones atmosféricas: ruidos, vibraciones, emisiones de

contaminantes gaseosos, etc .. - Préstamos y vertederos. - Consumo de recursos. - Instalación de obras de infraestructuras (eléctrica, telefonía ... ). - Urbanización de espacios libres públicos y equipamientos. - Instalación de la red de saneamiento. - Instalación de la red de abastecimiento de agua. - Construcción del sistema viario.

Fase de Explotación: En esta fase se realizaran las actividades productivas de cada una de las empresas existentes a lo largo de la vida útil de las edificaciones realizadas en la fase anterior. Como consecuencia de ella, habrá un incremento de los niveles sonoros. Del mismo modo, esas actividades traerán consigo la generación de Residuos Sólidos Urbanos que habrá que integrarlos con la red general municipal.

Por otra parte, también se producirá un efecto positivo sobre el entorno social y económico:

- Consumo de recursos. - Gasto energético. - Generación de residuos. - Incremento del tráfico de vehículos, emisiones contaminantes. - Presencia de dotaciones. - Incremento da accesibilidad (ejecución del viario). - Mantenimiento y conservación de la unidad. - Mantenimiento y conservación de las zonas verdes propias de la

unidad de ejecución. - Mantenimiento de la red de saneamiento.

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3.- DESCRIPCIÓN DEL ENTORNO FÍSICO Y NATURAL.

Situación: Montijo está situado a medio camino entre Mérida y Badajoz, en la margen derecha del río Guadiana (a unos 5 km de distancia al éste desde la autovía S-5). Pertenece a la comarca de las Vegas Bajas. Es cabeza y sede del Partido judicial de Montijo. Montijo pertenece a la Mancomunidad Vegas Bajas.

 

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Orografía: El terreno es completamente llano, la pendiente es de menos del 1%. Exposición a todos los vientos.

Hidrografía: No cabe destacar la presencia de cursos de agua continua si bien las aguas pertenecen a la vertiente del Guadiana.

Suelos: terrenos de vega, francso, profundos y de gran permeabilidad.

Flora: La flora está formada principalmente por especies herbáceas espontáneas sin ningún valor ecológico especial: gramíneas, leguminosas y compuestas.

Fauna: No se aprecia ninguna especie de interés.

4.- EXAMEN DE ALTERNATIVAS Y JUSTIFICACIÓN DE LA ADOPTADA.

A continuación se exponen las diferentes alternativas técnicamente viables tenidas en cuenta a la hora de proyectar las distintas actividades. Asimismo se expone la justificación de la alternativa considerada como la más adecuada para la consecución de los objetivos del proyecto.

ALTERNATIVA 0

Se considera la NO actuación. Esta alternativa no responde a los objetivos del proyecto. La no actuación por tanto, no se contempla como alternativa viable.

ALTERNATIVA 1

Cambio del suelo de rústico a urbano.

Esta alternativa es la que corresponde a los objetivos del proyecto.

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5.- EFECTOS SOBRE EL ECOSISTEMA. IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN.

La evaluación sobre el impacto ambiental provocado por cualquier actividad, tiene como fin el cumplimiento de una serie de etapas constituidas por la identificación y la descripción de impactos, el examen de los mismos y la información a los gestores de las conclusiones obtenidas, estableciendo el plan de vigilancia ambiental correspondiente; todo ello, previo estudio de la actividad a realizar e inventario y valoración del medio físico sobre el que se actúa.

Los efectos directos e indirectos negativos sobre el entorno durante esta primera fase son nulos, al tratarse de una fase de carácter meramente administrativa.

5.1.- Acciones que pueden causar impacto.

Como se ha señalado anteriormente, los trabajos a realizar en la zona de actuación son los siguientes:

7.1.1. Cambio de uso del suelo.-

Este tipo de actuaciones no conllevan una serie de actividades susceptibles de provocar impacto.

Será en la fase de construcción y explotación del proyecto las que puedan provocar algún impacto sobre los elementos naturales, descritos en apartados anteriores y que se enumeran a continuación:

Fase de Construcción:

- Movimiento de tierras. - Uso de Materiales y maquinaria de obra. - Necesidad del suelo. - Pistas y accesos adicionales. - Vallado y circulación de vehículos. - Incremento de la mano de obra.

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Fase de funcionamiento:

- Incremento de tráfico rodado. - Maquinaria de mantenimiento. - Uso de sales, aditivos y herbicidas para la conservación de pistas. - Conservación propiamente dicha. - Aumento de la accesibilidad. - Deslumbramientos. - Creación de escombreras o aumento del volumen de las ya

existentes. - Acciones que implican sobreexplotación de recursos. - Acciones que subsistan de la fase anterior.

5.2.- Elementos susceptibles de recibir impacto.

El medio afectado por recibir este tipo de actividades, tendrá una mayor o menor incidencia, dependiendo de los efectos que sobre los principales factores ambientales causen las acciones identificadas, de acuerdo con el apartado anterior.

El entorno está constituido por elementos y procesos interrelacionados, los cuales pertenecen a los siguientes sistemas: Medio Físico, Medio Socio-económico y Cultural.

A cada uno de estos sistemas pertenecen una serie de componentes ambientales susceptibles de recibir impactos. Estos son:

Medio físico.

-Medio abiótico: aire, suelo, agua

- Medio biótico: vegetación, fauna, espacios protegidos

- Medio perceptual: unidades de paisaje.

Medio socio-económico y cultural.

Usos del suelo: valores culturales, infraestructuras, calidad de vida, población.

En el presente estudio de impacto ambiental se ha limitado el proceso de inventario a estos componentes ambientales, para proceder al estudio de

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las diferentes acciones. Alguno de ellos se agruparán bajo un solo apartado. De este modo, y para este caso, los apartados a tener en cuenta son:

-Impacto sobre la calidad del agua.

-Impacto sobre el agua superficial y subterránea.

-Impacto sobre la superficie terrestre y el suelo.

-Impacto sobre la vegetación.

-Impacto sobre la fauna.

-Impacto sobre espacios naturales

-Impacto sobre el uso del territorio

-Impacto sobre el patrimonio cultural.

-Impacto sobre las infraestructuras.

-Impactos sobre la calidad de vida

-Impacto sobre la población y la economía.

5.3. Valoración de impactos.

A) Metodología:

La metodología consistirá en un sistema cualitativo de interpretación y evaluación de impactos basándose en criterios de definición establecidos en orden a diversos aspectos tales como:

Probabilidad de concurrencia. Temporalidad o permanencia de los efectos Intensidad Necesidad de medidas protectoras o correctoras.

Los efectos ambientales se identificarán y evaluarán en orden a unos criterios de definición establecidos por la práctica de la metodología de evaluación de impactos ambientales recogidos en el Reglamento de E.I.A. de España.

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B) Naturaleza del impacto.

Positivo: Cuando ocasiona mejoras en las condiciones iniciales o preoperacionales del recurso afectado.

Negativo: Cuando no ocasiona un deterioro de las condiciones iniciales o preoperacionales del recurso afectado.

C) Probabilidad de ocurrencia.

Alta: Existencia de certeza de que dicha alteración se produzca.

Baja: cuando se puede aseverar que la alteración es poco probable que se produzca.

Incierta: Cuando no se tiene certeza o conocimiento sobre la posibilidad de que se produzca o no la alteración previsible.

D) Temporalidad.

Temporal: Cuando los efectos ocasionados sobre los recursos afectados solo tengan una duración temporal y desaparecerán una vez haya finalizado la actividad en cuestión

Permanente: Cuando los efectos ocasionados sobre los recursos afectados permanezcan una vez haya finalizado la actividad en cuestión, o bien una vez haya finalizado la fase de construcción, se sigan manifestando en la fase de operación o puesta en funcionamiento, independientemente de que dichos efectos desparezcan o no, se mitiguen o no como consecuencia de la adopción y ejecución de medidas protectoras y correctoras.

E) Intensidad.

Notable: Se dirá que el efecto ocasionado es notable cuando produzca una modificación de las características fundamentales de los recursos afectados o de sus procesos fundamentales de funcionamiento, que produzca o pueda producir en el futuro repercusiones apreciables en los mismos, independientemente de la consideración de medidas protectoras y/o correctoras.

Mínima: Cuando el efecto ocasionado no produce una modificación de las características fundamentales de los recursos afectado o de sus

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procesos fundamentales de funcionamiento, independientemente de la consideración de medidas protectoras y/o correctoras.

F) Necesidad de Medidas protectoras y/o correctoras.

VALORACIÓN DE IMPACTOS

5.3.1.-Efectos sobre la atmosfera.

- Movimiento de tierras - Transporte de materiales - Movimiento de maquinaria pesada - Destrucción de vegetación. - Incremento de tráfico rodado - Maquinaria de mantenimiento - Conservación propiamente dicha - Acciones que subsistan de la fase anterior

El movimiento de la maquinaria pesada, así como el tráfico de vehículos encarecerá la calidad del aire, al desprenderse gases contaminantes procedentes del a combustión de las máquinas y sólidos en suspensión de los materiales en sí.

Fase de construcción

Emisión de gases durante el trabajo de la maquinaria.

Fase de explotación

No se esperan efectos significativos sobre el clima ni en la fase de construcción ni en la de explotación, en ninguna de las labores a ejecutar.

Se considera impacto de todas estas actividades sobre la calidad del aire como NEGATIVO, COMPATIBLE Y DE INTENSIDAD MÍNIMA.

5.3.2.-Efectos sobre el suelo.

- Movimiento de tierra

- Necesidad de suelo

- Transporte de materiales.

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- Movimiento de maquinaria pesada.

- Destrucción de vegetación

- Vertidos

- Depósitos de materiales.

- Incremento de tráfico rodado

- Maquinaria de mantenimiento

-Conservación propiamente dicha

- Acciones que subsistas de la fase anterior.

El tráfico de vehículos y maquinaria pesada para la adecuación de las vías de sacas producirá una compactación de suelo que conllevará pérdida de fertilidad sobre la zona donde se lleve a cabo, además de la pérdida de la cubierta vegetal.

Los cambios de aceite y demás acciones de mantenimiento de maquinaria pueden ocasionar vertidos accidentales que contaminen el suelo, por lo que estas tareas deben realizarse fuera de la zona de actuación, preferiblemente talleres autorizados.

Fase de ejecución

Se esperan efectos mínimos sobre este factor en la fase de construcción

Fase de explotación

No se esperan efectos sobre este factor en la fase de explotación

Se consideran impacto de todas estas actividades sobre la calidad del suelo NEGATIVO, COMPATIBLE Y DE INTENSIDAD MÍNIMA.

-Incorporación al suelo de restos.- La incorporación al suelo de los restos vegetales puede tener un efecto negativo en la estructura del suelo dependiendo de las condiciones climáticas existentes.

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En climas relativamente lluviosos, con un régimen térmico no muy frío las poblaciones de microorganismos encargadas de la descomposición de la materia orgánica encuentran en su hábitat óptima, produciendo una rápida incorporación de la materia alcanzando el óptima en la relación C/N, lo que mejora la fertilidad del suelo.

Si el material vegetal tiene una serie de aceites esenciales u otras sustancias capaces de evolucionar hacia polifenoles que bloquean la mineralización de la materia orgánica, es recomendable la trituración muy fina de los despojos para anular el impacto negativo.

Los efectos que se producen son POSITIVO, TEMPORAL, LOCALES Y DE BAJA INTENSIDAD.

5.3.3.-Efectos sobre el agua.

- Movimiento de tierra.

- Transporte de materiales.

- Movimiento de maquinaria pesada.

- Destrucción de vegetación.

- Vertidos.

- Depósitos de materiales.

- Incremento de tráfico rodado.

- Maquinaria de mantenimiento

- Conservación propiamente dicha

- Acciones que subsistan de la fase anterior.

La calidad de las aguas subterráneas o arroyos cercanos apenas se verá perjudicada, sobre todo en la fase de construcción.

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Fase de construcción

No se esperan efectos significativos sobre el clima ni en la fase de construcción ni en la de explotación, en ninguna de las labores a ejecutar.

Fase de explotación

No se esperan efectos significativos sobre el clima ni en la fase de construcción ni en la de explotación, en ninguna de las labores a ejecutar.

Se considera NEGATIVO, COMPATIBLE Y DE INENSIDAD MÍNIMA.

5.3.4.-Efecto sobre la vegetación.

- Movimiento de tierra.

- Transporte de materiales.

- Movimiento de maquinaria pesada.

- Destrucción de vegetación.

- Vertidos.

- Depósitos de materiales.

- Incremento de tráfico rodado.

- Maquinaria de mantenimiento

- Conservación propiamente dicha

- Acciones que subsistan de la fase anterior.

La vegetación preexistente se verá afectada, principalmente por las actuaciones de la obra. Tanto el tránsito de maquinaria pesada, como el tráfico del resto de vehículos, levantará polvo que al fijarse sobre los

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estomas de las hojas de las plantas cercanas, dificultará la respiración de las mismas. También pueden darse, ocasionalmente, vertidos de aceites o combustibles procedentes de la maquinaria y vehículos.

Fase de construcción

Los efectos son negativos, permanentes, locales irreversibles, irrecuperables de media intensidad. Se consideran compatibles.

Fase de explotación

Los efectos son positivos, permanentes, locales y de baja intensidad.

Los impactos de esta actividad se consideran NEGATIVO, MODERADO E INTENSIDAD NOTABLE.

5.3.5.-Efectos sobre la fauna.

- Movimiento de tierra.

- Transporte de materiales.

- Movimiento de maquinaria pesada.

- Destrucción de vegetación.

- Vertidos.

- Depósitos de materiales.

- Incremento de tráfico rodado.

- Maquinaria de mantenimiento

- Conservación propiamente dicha

- Acciones que subsistan de la fase anterior.

Las tareas de acondicionamiento de los distintos tramos afectará directamente a la fauna, destruyendo el hábitat, bien por migración de algunas especies, bien por mortandad directa

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Fase de construcción

Los efectos son negativos, temporales, locales, reversibles, recuperables y de media intensidad, SE consideran compatibles.

Fase de explotación

Los efectos son positivos, permanentes, locales y de media intensidad.

Los impactos de todas las actividades sobre la fauna son NEGATIVO, MODERADO E INENSIDAD NOTABLE.

5.3.6.-Efecto sobre el paisaje.

Fase de construcción

Los efectos son negativos, temporales, locales, reversibles, recuperables y de media intensidad, SE consideran compatibles.

Fase de explotación

Los efectos son indiferentes.

5.3.7.-Efecto sobre los procesos erosivos.

Fase de construcción

No se observan efectos erosivos en la fase de construcción

Fase de explotación

Los efectos son positivos, temporales, locales y de baja intensidad.

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5.3.8.-Efectos sobre procesos contaminantes.

Solo se observan efectos sobre los procesos contaminantes derivados del funcionamiento de la maquinaria, por emisión de polvo y partículas, ruido y vibraciones. Pueden considerarse como negativos, directos, puntuales, temporales, reversibles, recuperables, no singulares, de baja intensidad, y por tanto, COMAPTIBLES.

Fase de construcción

Los efectos son negativos, temporales, locales, reversibles, recuperables, locales y de baja intensidad. Se consideran compatibles.

Fase de explotación

No se observan efectos en esta fase.

5.3.9.-Tabla de valoración de Impactos.

En la siguiente tabla se puede apreciar la valoración de los impactos

EJECUCIÓN EXPLOTACIÓN Impacto Temporal Intensidad Impacto Temporal Intensidad Clima * * Orografía * * Suelo * + T Baja Drenaje + P Baja + P Baja Vegetación - P Media + P Baja Fauna - T Media + P Baja Paisaje - T Baja * Erosión * + T Baja Contaminac. - T Baja *

-: Impacto negativo

*: Impacto indiferente

+: Impacto positivo

T: temporal

P: Permanente

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6.- MEDIDAS PROTECTORAS Y CORRECTORAS.

El presente apartado recoge una serie de medidas protectoras y correctoras encaminadas a eliminar o minimizar los efectos que las acciones de las obras pueden generar sobre los distintos factores del medio, tano en la fase de construcción, como en la de explotación. No obstante, en el proyecto de ejecución se incluirá el preceptivo informe de sostenibilidad ambiental donde se profundizará con mucho más detalle todos los apartados de este informe.

Las medidas protectoras pretenden evitar la aparición de impactos innecesarios mientras que las correctoras están destinadas a reducir la magnitud de los mismos, cuando su aparición se considere inevitable.

Con carácter general:

Se señalizarán convenientemente los tajos, y especialmente las zonas de movimiento de maquinaria para evitar daños innecesarios sobre la vegetación y fauna, minimizando además la compactación de suelo

Se prohibirá expresamente la circulación incontrolada de maquinaria, restringiéndose a las zonas de obra y accesos a las mismas

No se abrirán caminos auxiliares. Los movimientos de tierra serán los mínimos imprescindibles

Los trabajos se realizarán en las fechas y horarios adecuados para evitar molestias a la población cercana. En cualquier caso, se respetará tanto la flora como la fauna existente, evitando alteraciones innecesarias durante la fase de construcción.

Se asegurará la conversación de poblaciones de especies faunísitcas, En la actualidad no se observan especies catalogadas como en peligro de extinción, ni de especial interés; en caso de tener conocimiento de ello durante las fases de construcción y explotación se aseguraría su conservación, extremando las medidas para minimizar alteraciones.

Durante el funcionamiento y el mantenimiento de la maquinaria se evitará el vertido de carburantes, lubricantes, fluidos hidráulicos, etc., en la zona.

Asimismo se extremarán las precauciones con respecto a la aparición de incendios, ya sea por chispas generadas por la

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maquinaria, colillas, hogueras, etc. En este caso se actuará conforme a lo establecido en el Plan INFOEX de cada campaña.

Los desbroces necesarios para la ejecución de los trabajos, serán los mínimos y no afectarán a especies autóctonas, arbóreas, ni arbustivas, salvo el caso de matorrales heliófilos de degradación.

Se recogerán todos los residuos que se produzcan y sean contaminantes, tanto en la fase de construcción como en la de explotación.

Se evitarán los apeos de árboles y de ser necesario, serán dirigidos para no dañar la vegetación restante del monte, y muy especialmente, los regenerados de quercineas.

Todos los trabajos serán selectivos evitando dañar la vegetación autóctona que se quiere conservar, quercíneas y matorral noble.

Se reducirá la actuación en barrancos y vaguadas con marcadas pendientes, y en las márgenes de los cursos de agua temporales, se trabajará siempre siguiendo las curvas de nivel del terreno.

7.- PLAN DE SEGUIMIENTO Y CONTROL.

La ejecución del Plan de Seguimiento y control tiene objetivos básicos, tanto durante la fase de construcción, como en la de explotación:

Comprobar que las medidas protectoras y correctoras propuestas se llevan a cabo de manera adecuada y resultan efectivas. En caso de que no lo fuesen, deberían ajustarse las medidas propuestas o bien, plantear otras nuevas que cumpliesen de forma más satisfactoria la minimización o la eliminación de impacto.

Detectar la posible aparición de impactos no considerados y aportar las medidas correctoras y protectoras pertinentes.

Durante la fase de construcción permitirá comprobar que no se generan impactos innecesarios,

Durante la fase de explotación permitirá comprobar la no aparición de impactos no contemplados y el grado de temporalidad de los expuestos.

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8.- EFECTOS PREVISIBLES SOBRE ELEMENTOS ESTRATÉGICOS, SOBRE LA PLANIFICACIÓN SECTORIAL, TERRITORIAL Y LAS NORMAS APLICABLES.

La modificación puntual integrará todos aquellos aspectos que pudiera

ocasionar sobre los elementos estratégicos y que se señalarán en la resolución de sometimiento o no de la modificación puntual a la evaluación ambiental estratégica.

La presente modificación puntual no tiene en sí misma, efectos previsibles sobre la planificación sectorial.

No existe ninguna figura de planeamiento territorial que afecte al término municipal de Montijo. Las NN.SS. se modificarán para corregir e incorporar todos los aspectos correspondientes a la regulación de la gestión y ejecución de las unidades de ejecución que habrán de delimitarse como consecuencia de la reclasificación de los suelos objetos de esta modificación.

En general, el grado de incidencia sobre el medio de las determinaciones de la Modificación Puntual se considera bajo, el modelo de crecimiento se adecua al existente, respetando el crecimiento racional del municipio y adecuándose al actual planeamiento urbanístico, así como adecuándose a los estándares establecidos en las NN.SS.

Igualmente, en el inventario ambiental no se detectaron bienes geológicos, culturales, socioeconómicos o infraestructuras que se vean afectados directamente por la ordenación establecida.

9.- REPORTAJE FOTOGRAFICO.

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Foto 1.- Vista lavaderos automáticos Estación de Servicio.

Foto2.- Vista trasera taller mecánico.

Foto3.- Vista gasolinera desde traseras del taller mecanico.

Foto 4.- Vista lateral sur taller y zona aspirado gasolinera.

Con formato: Izquierda: 0,75 cm,Derecha: 0,7 cm, Arriba: 1 cm, Abajo: 3 cm, Ancho: 29,7 cm, Alto: 21 cm,Número de columnas: 2

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Foto 5.- Vista zona general aspiradoras gasolinera.

Foto 6.- Vista lateral sur gasolinera.

Foto 7.- Vista lateral norte gasolinera. Zona cafetería.

Foto 8.- Vista general box lavado manual gasolinera.

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Foto9.- Vista box lavados traseros gasolinera.

Foto 10.- Vista terraza principal comedor.

Foto 11.- Vista terraza trasera comedor.

Foto 12.- Vista Comedor gasolinera.

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Foto 13.- Vista explanada trasera gasolinera.

Foto 14.- Acceso gasolinera-vivienda.

Foto 15.- Vista invernaderos parcela 55.

Foto 16.- Vista general parcela 56.

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Foto 17.- Vista porche vivienda existente.

Foto 18.- Vista terraza vivienda existente.

Foto 19.- Vista general terraza delantera vivienda existente.

Foto 20.- Vista general vivienda existente.

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Foto 21.- Vista general desde la vivienda existente.

Foto 22.- Vista resto parcela 56 desde vivienda existente drch..

Foto 22.- Vista general desde la vivienda existente.

Foto 23.- Vista general desde la desde la trasera vivienda.

Foto 24.- Vista general trasera vivienda.

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Foto 25.- Vista resto parcela 56 desde vivienda existente izqu..

Foto 26.- Vista trasera vivienda y trastero almacén.

Foto 27.- Vista general parcela 56 hacia el núcleo urbano.

Foto 28.- Vista desde vivienda hacia gasolinera.

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Foto 29.- Vista invernadero parcela 55, polígono 9.

Foto 30.- Vista parcela 55, polígono 9.

Foto 31.- Vista general terrenos desde núcleo urbano próximo.

Foto 32.- Vista general terrenos.

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Foto 33.- Vista caseta aperos parcela 55, polígono 9.

Foto 34.- Vista acequia aérea ramal junto a gasolinera.

Foto 35.- Línea de media tensión frente a gasolinera.

Foto 36.- Vista general caseta parcela 55, polígono 9.

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Foto 37.- Vista desagüe existente límite unidad.

Foto 38.- Punto entrada suministro eléctrica a instalaciones existentes.

Foto 39.- Vista general parcela 54, polígono 9.

Foto 40.- Vista campa venta vehículos.

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Foto 41.- Registro tubo saneamiento tubo ovoide.

Foto 42.- Registro saneamiento paralelo a carretera.

Foto 43.- acequie existente.

Foto 44.- Zona descarga combustible gasolinera.

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Foto 45.- Box lavado gasolinera.

Foto 46.- Entrada principal gasolinera.

Foto 47.- Vista general parcela 54, polígono 9 junto a desagüe.