Tipos de Control en Colombia
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TIPOS DE CONTROL TIPOS DE CONTROL EN COLOMBIAEN COLOMBIA
PREAM BULO PRINCIPIOS DERECHOS
PARTEDOGM ATICA
M ECANISM OS DEPARTICIPACION
ELECT ORAL
PROCURADURÍA CONT RALORIA
DE CONTROL
ORGANOS LEGISLAT IVA EJECUTIVA JUDICIAL
PODER HABITANTES TERRITORIO
ESTADO
PARTEORGANICA
C O NS T IT UC IO N PO L IT IC A
ORGANIZACIÓNTERRITORIAL
REFORMA CONSTITUCIONAL
REG. ECONOMICOY HDA PUBLICA
PreámbuloPreámbulo
Parte DogmáticaParte Dogmática
Principios Fundamentales
Principios Fundamentales
DerechosGarantíasDeberes
DerechosGarantíasDeberes
Derechos Humanos
IndividualesCívicos
Políticos
IndividualesCívicos
PolíticosPrimera GeneraciónPrimera Generación
SocialesEconómicosCulturales
SocialesEconómicosCulturales
Segunda GeneraciónSegunda Generación
Colectivos Medio Ambiente
Colectivos Medio AmbienteTercera GeneraciónTercera Generación
Acciones deCumplimientoAcciones de
CumplimientoAcciones PopularesAcciones Populares
Accion deTutela
Accion deTutela
Soporte Eticode la
Democracia
Soporte Eticode la
Democracia
Protección DerechosHumanos
ESTADO
PODERForm
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Formas
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Polític
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ónRam
as Y Órganos de Poder
Ramas Y Órganos de Poder
FORMAS DE PARTICIPACION
VOTO PLEBISCITO REFERENDO CONSULTA POPULAR CABILDO ABIERTO INICIATIVA POPULAR LEGISLATIVA REVOCATORIA DE MANDATO
ESTRUCTURA DEL ESTADOESTRUCTURA DEL ESTADO
RAMAS DEL PODER PÚBLICORAMAS DEL PODER PÚBLICO ORGANOSORGANOS
JudicialJudicialEjecutivaEjecutivaLegislativaLegislativa ControlControl ElectoralElectoral
CONGRESO DE LA REPÚBLICACONGRESO DE LA REPÚBLICA
SENADO DE LA REPÚBLICARepresentación Nacional
SENADO DE LA REPÚBLICARepresentación Nacional
CÁMARA DE REPRESENTANTESRepresentación Regional
CÁMARA DE REPRESENTANTESRepresentación Regional
RAMA LEGISLATIVA
-REFORMAR LA CONSTITUCIÓN-TRAMITAR PROYECTOS DE LEY HASTA ARCHIVARLOS
O APROBARLOS-EJERCER CONTROL POLÍTICO SOBRE EL GOBIERNO
Y LA ADMINISTRACIÓN
-REFORMAR LA CONSTITUCIÓN-TRAMITAR PROYECTOS DE LEY HASTA ARCHIVARLOS
O APROBARLOS-EJERCER CONTROL POLÍTICO SOBRE EL GOBIERNO
Y LA ADMINISTRACIÓN
Presidente de la República (Vicepresidente)– Jefe de Estado– Jefe de Gobierno– Suprema Autoridad Administrativa.
Ministros del Despacho Directores Departamentos Administrativos Superintendentes Directores de Establecimientos Públicos Gerentes de Empresas Industriales y Comerciales del
Estado Gobernadores Alcaldes
GOBIERNO
RAMA EJECUTIVA
ESTADOS DE
EXCEPCIÓN
Guerra ExteriorConmoción
Interna
EmergenciaEconómica, Social
o Ecológica
Fuerza Pública Fuerzas Militares
– Ejército – Armada– Fuerza Aérea
Funciones: Defender– La Soberanía– La Independencia– La Integridad del
Territorio Nacional– El Orden
Constitucional
Policía Nacional Naturaleza Civil
Funciones:– Mantenimiento de
las Condiciones para el Ejercicio de los Derechos y Libertades Públicas y asegurar La PAZ
ADMINISTRAN JUSTICIAADMINISTRAN JUSTICIA
Rama Judicial Corte Constitucional Corte Suprema de
Justicia Consejo de Estado Consejo Superior de
la Judicatura Tribunales Jueces Justicia Penal Militar
Fiscalía General de la Nación
ÓRGANOS DE CONTROL Ministerio Público
– Procurador General de la Nación
– Defensor del Pueblo– Procuradores Delegados
y Agentes del Ministerio Público
– Personeros Municipales
Contraloría General de la República
– Contralor General
- Promoción y guarda de los DDHH- Protección del Interés Público- Vigilancia de la Conducta Oficial
- Vigilancia de la Gestión Fiscal- Control de Resultado de la Administración
FUNCIONES
Organización, Dirección y Vigilancia de las Elecciones
Todo lo relativo a la Identidad de las personas
Organización Electoral
Consejo NacionalElectoral
RegistraduríaNacional delEstado Civil
Funciones
Organización Territorial Departamentos:
– Asambleas Departamentales Distritos Municipios
– Núcleo División Político-Administrativa– Concejos Municipales
Territorios Indígenas Corporación Autónoma del Rio Grande de la Magdalena Santa Fé de Bogotá
– Distrito Capital Regiones y Provincias
Régimen Económico yLa Hacienda Pública
Planes de Desarrollo Presupuesto Distribución de Recursos y
Competencias Finalidad Social del Estado y de los
Servicios Públicos Banca Central
REFORMADE LA
CONSTITUCIÓN
REFORMADE LA
CONSTITUCIÓN
REFERENDO
POPULAR
REFERENDO
POPULAR ASAMBLEA
NACIONAL
CONSTITUYENTE
ASAMBLEA
NACIONAL
CONSTITUYENTE
CONGRESOCONGRESO
LA HACIENDA PUBLICA LA HACIENDA PUBLICA EN COLOMBIAEN COLOMBIA
HACIENDA PÚBLICA
Cuando se habla de hacienda pública, el concepto se puede definir desde tres puntos de vista diferentes:
El primero la define como los recursos disponibles por parte del Estado y las entidades públicas para el cumplimiento de sus actividades y proyectos. El segundo como el conjunto de entidades públicas que tienen encomendado gestionar los ingresos que recibe el Estado. El tercero, que corresponde al más común de todos, como la disciplina que se encarga del estudio de los objetivos del sector público y la forma como se pueden lograr éstos con unos recursos limitados.
CONTROL SOBRE LA HACIENDA PÚBLICA
El Control surge entonces, como la necesidad de vigilar desde la recaudación hasta el uso e inversión de los recursos públicos. El manejo que el gobierno le dé a la designación y encomienda de administrar bien los recursos y con cautela.
El Control Económico y sobre la Hacienda tiene varios ingredientes, y está a cargo del Congreso y de los órganos con poder legislativo.
CONTROL SOBRE LA HACIENDA PÚBLICA
La Fiscalización del Presupuesto tiene su origen en la capacidad impositiva que se predica del Estado en ejercicio de su soberanía y que se ejerce por medio de los órganos constitucionales dotados de poder tributario.
En Colombia, el Congreso es el órgano que representa el poder popular, y tiene entre otras la función de establecer los tributos, fijar las contribuciones y establecer los gastos de la administración. De igual manera, las Asambleas Departamentales y los Concejos municipales tienen esa atribución constitucional.
CONTROL CONTROL DEDE
LEGALIDAD LEGALIDAD
CONTROL DE LEGALIDAD
Tiene por objeto garantizar el principio de legalidad y por lo tanto, que la actividad del Estado se someta a un ordenamiento Jurídico, lo cual está por encima de cualquier interpretación y la facultad que tiene la Ley para señalar con precisión lo que se permite o no se permite, y los mecanismos para sancionar las conductas cuando se aparten de lo establecido en la Ley.
Si una conducta no se ha definido previamente como punible, por la Ley, no puede el Estado reprimirla, ni aplicar sanción alguna.
CONTROL DE LEGALIDAD
Este ordenamiento jurídico, que orienta y al cual se somete toda la gestión administrativa tiene dos características fundamentales: Que sea previamente establecido y que esté rigurosamente jerarquizado, es decir constituido por un conjunto de normas de diverso valor, de tal manera que las normas de menor valor jurídico respeten siempre a las de mayor jerarquía.
JERARQUÍA DE LAS JERARQUÍA DE LAS NORMASNORMAS
LEYES
Una ley es una norma o una regla que nos dice cuál es la forma en la que debemos comportarnos o actuar en la sociedad. Las Leyes nos dicen lo que es permitido y lo que es prohibido hacer en Colombia; así si todos las cumplimos podríamos lograr que existan menos conflictos en la población. Traen soluciones, evitan conflictos y son creadas por el Congreso de la República.
ORDENANZAS
Una Ordenanza es una disposición o mandato. El término se utiliza para nombrar al tipo de norma jurídica que forma parte de un reglamento y que está subordinada a una ley. La ordenanza es emitida por la autoridad que tiene el poder o la facultad para exigir su cumplimiento y son elaboradas por la Asamblea Departamental para el cumplimiento dentro del respectivo Departamento.
ACUERDOS MUNICIPALES
Un acuerdo municipal es un acto jurídico de carácter general, las atribuciones de orden constitucional las ejercen los concejos también expiden resoluciones y proposiciones suscritas por la mesa directiva y el secretario de la corporación, son de estricto cumplimiento dentro del respectivo Municipio y son iniciativas de la comunidad a través de un representante (concejal). .
CONTROL POLÍTICOCONTROL POLÍTICO
CONTROL POLÍTICO
Se entiende por control Político a la función constitucional de vigilancia que tiene el Congreso para las acciones y/u omisiones de funcionarios del Estado en particular del Poder ejecutivo y de requerir información acerca de sus funciones y desarrollo de las mismas. Además se tiene la herramienta de moción de Censura mediante al cual se puede, por votación mayoritaria del congreso (ambas Cámaras) retirar a un Ministro de sus funciones por su responsabilidad política. Cada cámara pude Citar y requerir a los Ministros para que concurran a las sesiones, bajo las condiciones constitucionales y legales. Si los Ministros no concurren, sin excusa aceptada por la respectiva Cámara, ésta podrá proponer moción de censura. (Concordancia Artículo 114 de la Constitución Política.).
CONTROL POLÍTICO
El control político en Colombia es una herramienta fundamental en el diseño institucional de la República de Colombia, que por medio de diferentes instrumentos, permite a los legisladores ejercer veeduría sobre el Ejecutivo y contribuir al mantenimiento del balance de poder entre las distintas ramas del poder público.
Entre los mecanismos de control político se incluye: el mecanismo de la citación, la moción de censura y la audiencia pública.
CITACIONES
Una citación es una orden formal escrita expedida por un cuerpo gubernamental con jurisdicción administrativa o judicial la cual tiene la capacidad de obligar a rendir testimonio de un testigo o producir evidencia bajo la pena de una sanción.
La citación es una herramienta con la cual cuentan los congresistas para indagar sobre las acciones y/u omisiones de los funcionarios del Estado, así como para obtener información relevante de su gestión.
MOCIÓN DE CENSURA
Es un acto en el cual el Congreso en cada una de sus cámaras de manera independiente, y por mayoría absoluta, reprende la actuación de uno o varios de los Ministros del Despacho dando lugar a la separación de su cargo. Puede promoverse cuando un ministro citado por alguna de las cámaras para responder un cuestionario no concurre a la citación y no se excusa de manera justificada, o por acciones u omisiones que vayan en contra de la naturaleza y el desempeño del cargo. fue reglamentada de igual manera mediante el Acto Legislativo 01 de 2007.
AUDIENCIA PÚBLICA
Es una instancia de participación, en el proceso de toma de decisión administrativa o legislativa, en el cual la autoridad responsable de la misma, habilita un espacio para que todos aquellos ciudadanos, habitantes y/o instituciones intermedias, que puedan verse afectadas por dicha decisión o tengan un interés particular en el acto definitivo a sancionarse, expresen su opinión sobre el asunto objeto de la convocatoria. En el caso del Congreso colombiano, la audiencia pública es una manera de tener acceso a las expresiones y opiniones de los ciudadanos y congresistas a través del contacto directo y de esta manera realizando control político sobre los actores estatales.
CONTROL CONTROL ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO
CONTROL ADMINISTRATIVO
El control es la función administrativa por medio de la cual se evalúa el rendimiento. El control es un elemento del proceso administrativo que incluye todas las actividades que se emprenden para garantizar que las operaciones reales coincidan con las operaciones planificadas.
El control es una función administrativa, es decir es una labor gerencial básica, que puede ser considerada como una de las más importantes para una optima labor gerencial.
CONTROL ADMINISTRATIVO
Además siendo el control la última de las funciones del proceso administrativo, esta cierra el ciclo del sistema al proveer retroalimentación respecto a desviaciones significativas contra el desempeño planeado. La retroalimentación de información pertinente a partir de la función de control puede afectar el proceso de planeación.
SISTEMA DE CONTROL INTERNO
Todos los organismos de todas las ramas, órdenes y niveles, deben tener un sistema de control interno, cuyos objetivos, características y organización obedecen a lo prescrito por la Constitución Política en sus artículos 209 y 269, reglamentados por la Ley, en diversas disposiciones, en especial la Ley 87 de 47 1993, establecida y reafirmada mediante diversos decretos y disposiciones, como las Leyes 42, 80 y 87 de1993
MÓDELO ESTÁNDAR DE CONTROL INTERNO
El Modelo Estándar de Control Interno, MECI, es una herramienta de gestión que busca unificar criterios en materia de control interno para el sector público, estableciendo una estructura para el control a la estrategia, la gestión y la evaluación.
El Modelo Estándar de Control Interno surge a partir de la estructura establecida por la Ley 87 de 1993 para el Sistema de Control Interno, el cual se compone por una serie de Subsistemas, Componentes y Elementos de Control.
CONTROL FISCAL
EL Control Fiscal es una función pública que realiza la Contraloría. El Control Fiscal se puede contratar con empresas privadas colombianas, previo el visto bueno del Consejo de Estado. El control a cargo de las Contralorías que lo ejercen de manera autónoma e independiente, es posterior y selectivo, de acuerdo con la Constitución y la Ley y se ejecuta dentro de sus propias jurisdicciones. El ejercicio del control fiscal financiero, de gestión y resultados, está fundado en la economía, la eficacia, equidad y valoración de costos ambientales.
La Contraloría General de la República puede excepcionalmente realizar vigilancia sobre la gestión de entidades territoriales. Es una entidad técnica, con autonomía administrativa y presupuestal.
CONTROL FISCAL
El Control Fiscal en Colombia se encuentra normado por la Ley 42 de 1993, por medio de la cual se organiza el sistema de control fiscal financiero y los organismos que lo ejercen.
El Control Fiscal esta definido como “una función pública, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes del Estado en todos sus órdenes y niveles”.
SUPERINTENDENCIAS
Es una responsabilidad directa de las funciones del Estado. Se establece para proteger a la ciudadanía de la actividad de los particulares, cuando quiera que éstas sean de tal naturaleza que puedan afectar al Estado, la economía, y a los mismos ciudadanos. La protección se lleva a cabo a través de expedición de normas y regulación, control y vigilancia.
SUPERINTENDENCIAS Superintendencia Financiera de Colombia Superintendencia de la Economía Solidaria Superintendencia de Subsidio Familiar Superintendencia Nacional de Salud Superintendencia de Industria y Comercio Superintendencia de Sociedades Superintendencia de Vigilancia y Seguridad
Privada Superintendencia de Notariado y Registro Superintendencia de Servicios Públicos
Domiciliarios Superintendencia de Puertos y Transportes