Presentacion Pamela Santibanez

download Presentacion Pamela Santibanez

of 28

Transcript of Presentacion Pamela Santibanez

  • Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas

    Ing. Pamela Santibaez Valverde03 de septiembre de 2010

  • ANTECEDENTES

    CDIGO SANITARIOArtculo 90: Establece que un reglamento fijar las condiciones en las que se realizar el almacenamiento (tenencia) de sustancias y productos peligrosos

    DISPARIDAD DE CRITERIOS

    MANUAL DE ALMACENAMIENTO DEL SESMA (SEREMI DE SALUD RM, 2004)Fue la base con la que se trabajo para preparar el anteproyecto que se puso en consulta pblica

  • Reglamento de Almacenamiento de SQPIntroduccin

    PROCESO DE ELABORACIN DEL REGLAMENTO

    9 GRUPO INTRASECTORIAL septiembre 20059 PRIMER BORRADOR diciembre 20059 GRUPO INTERSECTORIAL AMPLIADO junio 20079 BORRADOR FINAL agosto 20079 REVISIN TCNICA Y JURDICA septiembre 2007 9 CONSULTA PBLICA ANTEPROYECTO primer semestre de

    2008 9 ANLISIS OBSERVACIONES ao 20089 CONFORMACIN DE MESAS ESPECFICAS: MINERA, CNC,

    SEC, etc. 2008-20099 PROYECTO DEFINITIVO, ENVO A CONTRALORA

    OCTUBRE 20099 OBSERVACIONES POR PARTE DE LA CONTRALORA - 20109 EL 13 DE AGOSTO LA CONTRALORA TOMA RAZN DEL

    REGLAMENTO9 FALTA LA PUBLICACIN EN EL DIARIO OFICIAL

  • RESULTADO DE LA CONSULTA PBLICA

    Se recibieron alrededor de 500 observaciones Contenido de las observaciones

    Agregar nuevas definiciones (pila, granel) Aplicacin a ciertos sectores (minera, zona

    portuaria) Aplicacin a ciertos productos (explosivos,

    combustibles) Almacenamiento en estanteras Distancias Cantidades Estanques fijos (ms especificaciones sobre diseo) Almacenamiento a granel Etiquetado (pictogramas, GHS) Plazos y exigencias

  • PARTICIPANTESParticiparon en la elaboracin del reglamento: Asociacin de Industriales Qumicos, ASIQUIM; Asociacin de Fabricantes y Distribuidores de Plaguicidas,

    AFIPA; Asociacin de Distribuidores de Insumos Agrcolas y

    Plaguicidas, ADIAC; Sociedad de Fomento Fabril, SOFOFA; Consejo Minero; Cmara Nacional del Comercio, CNC; Asociacin de Supermercados; Ministerio de Minera; Servicio Nacional de Geologa y Minera; Corporacin Chilena del Cobre, Cochilco; Profesionales de las Secretaras Ministeriales de Salud de

    la Regin Metropolitana, de la Quinta, Sexta y Octava Regin.

    Ministerio de Salud

  • REGLAMENTO - CAMBIOSANTEPROYECTO REGLAMENTO133 artculos 173 artculosIncluye sustancias peligrosas, plaguicidas y residuos peligrosos

    Incluye sustancias peligrosas y plaguicidas

    Slo algunas excepciones Se incorporan zona portuaria y faenas mineras

    Capacidad mxima de almacenaje de 7.000 t

    Capacidad mxima de almacenaje de 10.000, pudiendo aumentarse (anlisis de consecuencia)

    Slo se mencionan los sistemas de extincin de incendios

    Mayor detalle respecto a los sistemas de extincin de incendios (referencias internacionales)

    Almacenamiento en estanques fijos, granel

    Almacenamiento a granel: lquidos, slidos y gases

  • RESULTADO DE LA REVISIN DE LA CONTRALORA

    Las principales observaciones son de forma, respecto a uniformidad de unidades y nomenclatura

    Se solicit agregar nuevas definiciones (Normas NTP, IBC)

    Hubo una segunda revisin por parte de ellos para analizar contenidos de la Norma NCH 382/Of.2004, respecto a definiciones y clasificacin

  • Reglamento de Almacenamiento de SQPContenidos

    TTULO I: DISPOSICIONES GENERALES

    TTULO II: DEL ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS

    PRRAFO I: DEL ALMACENAMIENTO DE PEQUEAS CANTIDADESPRRAFO II: DE LAS BODEGAS COMUNESPRRAFO III: DE LAS BODEGAS PARA SUSTANCIAS PELIGROSAS

    TTULO III: ZONA DE CARGA Y DESCARGA

    TTULO IV: ALMACENAMIENTO A GRANELPRRAFO I: SLIDOS A GRANELPRRAFO II: LQUIDOS A GRANELPRRAFO III: GASES A GRANEL

    TTULO V: ALMACENAMIENTO DE GASES ENVASADOSPARRAFO I: GASES INFLAMABLESPARRAFO II: GASES NO INFLAMABLES Y NO TXICOSPARRAFO III: GASES TXICOS

    TTULOVI: LQUIDOS INFLAMABLES

    TTULO VII: SLIDOS INFLAMABLES

  • Reglamento de Almacenamiento de SQPContenidos

    TTULO VIII: COMBURENTES Y PERXIDOS ORGNICOS

    PRRAFO I: COMBURENTESPRRAFO II: PERXIDOS ORGNICOS

    TTULO IX: TXICOS

    TTULO X: CORROSIVOS

    TTULO XI: SUSTANCIAS PELIGROSAS VARIAS

    TTULO XII: ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS EN LOCALES COMERCIALES

    TTULO XIII: DEL ETIQUETADO

    TTULO XIV: DEL PLAN DE EMERGENCIAS

    TTULO XV: DE LA FISCALIZACIN Y SANCIONES

  • REGLAMENTO DE ALMACENAMIENTO DE SQP

    CONTENIDOS

    DISPOSICIONES TRANSITORIAS:

    Entrada en vigencia del reglamento: 6 meses Instalaciones existentes y en trmite: 2 aos

    para el cumplimiento de cambios mayores (sistema de extincin de incendios, obras menores de construccin, etc.

    Instalaciones que deban cambiarse o cambios muy grandes: 5 aos

    Instalaciones que tengan ms de 2 sucursales: 5 aos para cambios mayores tales como sistema automticos de extincin de incendios

  • Reglamento de Almacenamiento de SQPTtulo I Disposiciones Generales

    Artculo 1 y 2, Alcance: Objetivo del reglamento:Establece las condiciones de seguridad de las instalaciones de

    almacenamiento de sustancias peligrosas Definicin de Sustancias Peligrosos: NCh Of. 382/2004, con

    clases y divisiones Se incluyen tambin: Plaguicidas de todo tipoArtculo 3, Exclusiones: Sustancias radiactivas Explosivos y sustancias susceptibles de ser usadas para la

    fabricacin de explosivos ley 17.798 Combustibles lquidos y gaseosos D N 160 de 2008 y 29 de

    1986 del Ministerio de Economa, Fomento y Reconstruccin.

    Sustancias infecciosas NCh Of. 382, 6.2 Almacenamiento en recintos portuarios decreto ley N 2.222 de

    1.978 y el decreto N 618 de 1970, del Ministerio de Defensa, Subsecretara de Marina.

    Almacenamiento en faenas mineras. Quedan dentro del reglamento el almacenamiento en radio urbano Reglamento de Seguridad Minera

  • CLASE

    Explosivos

    GasesGases inflamables: Hidrgeno, acetileno, aerosoles (desodorantes ambientales, de uso personal, insecticidas, barnices y pinturas)Gases no inflamables no txicos: Oxigeno, Nitrgeno, Argn, Freones.Gases txicos: Bromuro de metilo, Anhdrido sulfuroso (SO2)

    DEFINICIONESDEFINICIONES

    1

    2

    ClasificaciClasificacin SP, Nch 382/2004n SP, Nch 382/2004

    SUSTANCIA PELIGROSA (SP)

  • Lquidos Inflamables: Licores >23alcohlico, perfumes y colonias, pinturas a base de solventes, diluyentes, aguarrs.

    Slidos inflamables: ceras en crema para pisos a base de parafinas, azufre.

    Sustancias comburentes: fertilizantes: nitratos de sodio, de potasio, de amonio, de magnesio; perxido de hidrgeno (agua oxigenada), hipoclorito de calcio, permanganato sdico y clcico, cido dicloroisocianrico seco y sus sales, c. tricloroisocianrico seco (desinfectantes para piscinas)

    3

    4

    5

    DEFINICIONESDEFINICIONESClasificaciClasificacin SP, Nch 382/2004n SP, Nch 382/2004

    CLASE SUSTANCIA PELIGROSA (SP)

  • Perxidos orgnicos: Clase A hasta F, siendo la A la ms peligrosa

    Sustancias txicas: plaguicidas, compuestos de plomo, cianuros, diisocianato de tolueno (TDI), isocianatos, mercurio.

    Sustancias radiactivas: Uso industrial: Cesio 137, Cobalto 60, Estroncio 90, Kriptn 85, Americio 241 (detectores de humo, obras viales); uso mdico: Yodo 131 y 125, tecnesio 99)

    5

    6

    7

    DEFINICIONESDEFINICIONESClasificaciClasificacin SP, Nchn SP, Nch 382/2004382/2004

    CLASE SUSTANCIA PELIGROSA (SP)

  • Sustancias corrosivas: cidos: actico, clorhdrico, fluorhdrico, ntrico, sulfrico, sulfuroso, fosfrico; amonaco en solucin, hidrxido potsico y sdico.

    Sustancias y objetos peligrosos varios: asbesto, bateras de litio.

    8

    9

    DEFINICIONESDEFINICIONESClasificaciClasificacin SP, Nch 382/2004n SP, Nch 382/2004

    CLASE SUSTANCIA PELIGROSA (SP)

  • Reglamento de Almacenamiento de SQPTtulo I Disposiciones Generales

    Artculo 4, Definiciones-Aerosol-Anlisis de consecuencia-Bodega comn, bodega para sustancias peligrosas-Envase-Estanque fijo-Etiqueta-Muro cortafuego-Pila y pila a granel-Zona mixta, zona industrial

  • BODEGA COMUN:

    Sustancias Peligrosas

    Sustancias No Peligrosas

    Comparten espacio comn sin divisiones

    de muros

    TIPOS DE BODEGA TIPOS DE BODEGA

  • Sustancias Peligrosas

    Sustancias No Peligrosas

    BODEGA ADYACENTE:

    Hay divisin de 2 muros

    TIPOS DE BODEGA TIPOS DE BODEGA

  • Sustancias Peligrosas

    Sustancias No Peligrosas

    BODEGA ADYACENTE:

    Hay divisin

    de 1 muro

    TIPOS DE BODEGA TIPOS DE BODEGA

  • Sustancias Peligrosas

    CONSTRUCCIN VECINA

    BODEGA SEPARADA:

    Se encuentra separada de

    otra construccin

    TIPOS DE BODEGA TIPOS DE BODEGA

  • Reglamento de Almacenamiento de SQPTtulo I Disposiciones Generales

    Artculo 5, Autorizacin de FuncionamientoToda instalacin que almacene ms de 3 t de sustancias inflamables y ms de 12 t de otras clases, requerirAutorizacin Sanitaria para su funcionamientoDeber mantener al da los datos de la instalacin y de las sustancias almacenadas, en sitio web

  • Reglamento de Almacenamiento de SQPTtulo II Del Almacenamiento de SP

    Prrafo I Del Almacenamiento de pequeas cantidadesArtculos 8, 9, 10 y 11: Cantidad inferior o igual a 600 Kg LPrrafo II De las Bodegas ComunesArtculos 12 al 19: Cantidad inferior o igual a 12 Ton, excepto para inflamables donde la cantidad mxima ser 3 Ton. No podrn almacenarse los perxidos orgnicos clases A a la D, los comburentes de los grupos de embalaje I y II, gases inflamables correspondientes a las clases 2.1, gases txicos divisin 2.3 y la divisin 4.3 Slidos inflamables que reaccionan con el agua.

    Prrafo III De las Bodegas para SPArtculos 20 al 46: Bodega para SP, sean exclusiva o no, mximo 10.000 tEl almacenamiento de SQP no podr hacerse en subterrneos.Cantidades mximas y requisitos especficos por clase y divisin en Ttulos correspondientes.

  • 9 Se puede almacenar en instalaciones no destinadas al almacenamiento, sobre estanteras o piso.

    ALMACENAMIENTO DE PEQUEALMACENAMIENTO DE PEQUEAS AS CANTIDADESCANTIDADES

    HASTA 600 KG O L:

  • 9Envases rotulados, segn NCh 2190.Of20039 Control de derrame.9Extintores segn DS. 594/99.9Envases menores a 5 L o de vidrio en

    estanteras de material no absorbente, liso y lavable cerradas o con barras antivuelco, con ventilacin, control de derrame, sealizacin de almacenamiento de sustancias peligrosas.9Hojas de datos de seguridad disponibles.

    HASTA 600 KG O L:

    ALMACENAMIENTO DE PEQUEALMACENAMIENTO DE PEQUEAS AS CANTIDADES CANTIDADES

  • SOBRE 600 KG HASTA 12 TON.se puede almacenar en Bodega Comn, con excepcin de los perxidos orgnicos clases A a la D, los comburentes de los grupos de embalaje I y II, gases inflamables correspondientes a las clases 2.1, gases txicos divisin 2.3 y los inflamables de la clase 4.3 sustancias que en contacto con el agua desprenden gases inflamables.

    Lquidos y slidos inflamables y comburentes del grupo de embalaje III: se podrn almacenar hasta 3 Ton en su conjunto.

    ALMACENAMIENTO EN BODEGA ALMACENAMIENTO EN BODEGA COMCOMNN

  • Cerrada en su permetro por muros o paredes slidas incombustibles, piso liso, impermeable, construccin de acuerdo a la OGUC, respecto a las resistencias al fuego, segn estudio de carga combustible.

    9 Registro escrito o electrnico de las sustancias almacenadas.

    9 Hojas de datos de seguridad.9 Sistema manual de extincin de incendio, segn DS.

    594/99 MINSAL. Sobre 1 Ton de inflamables y/o comburentes y/o perxidos con sistema de deteccin automtica de incendio.

    9 Sistema de ventilacin natural o forzada.

    ALMACENAMIENTO EN BODEGA ALMACENAMIENTO EN BODEGA COMCOMNN

  • Zona de almacenamiento de SP, debe estar claramente sealizada con letreros y delimitada demarcada con lneas amarillas y con control de derrame.

    Las SP deben estar a 1,2 m de los otros productos.

    Prohibicin de fumar con letrero. No se debe realizar mezclas ni reenvasado.

    Slo se permite fraccionar cuando se requiera para produccin o cuando existan estanques fijos.

    ALMACENAMIENTO EN BODEGA ALMACENAMIENTO EN BODEGA COMCOMNN

  • Distanciada del muro medianero por 3 m o adyacente con muro cortafuego RF 180.

    Bodega Comn

    Muro medianero

    3 m Sitio colindante

    Muro cortafuego RF 180

    Bodega Comn

    Sitio colindante

    Construccin adosada al muro medianero:

    Construccin NO adosada al muro medianero:Distanciamiento a muro medianero de 3 metros

    ALMACENAMIENTO EN BODEGA ALMACENAMIENTO EN BODEGA COMCOMNN

    ANTECEDENTESReglamento de Almacenamiento de SQPIntroduccinRESULTADO DE LA CONSULTA PBLICAPARTICIPANTESREGLAMENTO - CAMBIOSRESULTADO DE LA REVISIN DE LA CONTRALORAReglamento de Almacenamiento de SQPContenidosReglamento de Almacenamiento de SQPContenidosREGLAMENTO DE ALMACENAMIENTO DE SQPCONTENIDOSReglamento de Almacenamiento de SQPTtulo I Disposiciones GeneralesReglamento de Almacenamiento de SQPTtulo I Disposiciones GeneralesReglamento de Almacenamiento de SQPTtulo I Disposiciones GeneralesReglamento de Almacenamiento de SQPTtulo II Del Almacenamiento de SP