PREPARATORIA JUSTO SIERRA, PLANTEL...

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1 PREPARATORIA JUSTO SIERRA, PLANTEL ARAGÓN IDEARIO Y REGLAMENTO INTERNO DE ALUMNOS CICLO ESCOLAR 2018-2019 Escuela Nacional Preparatoria Acuerdo de incorporación CIREyTG Núm. 10/13 del 13/06/13 Clave de incorporación UNAM 1394 Av. San Juan de Aragón No.333, Col. Granjas Modernas, Del. Gustavo A. Madero Tel. 5118-3301 [email protected]

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PREPARATORIA JUSTO SIERRA, PLANTEL ARAGÓN

IDEARIO Y REGLAMENTO INTERNO DE ALUMNOS

CICLO ESCOLAR 2018-2019

Escuela Nacional Preparatoria Acuerdo de incorporación CIREyTG Núm. 10/13 del 13/06/13

Clave de incorporación UNAM 1394 Av. San Juan de Aragón No.333,

Col. Granjas Modernas, Del. Gustavo A. Madero Tel. 5118-3301

[email protected]

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Contenido SERVICIOS ........................................................................................................... 5

FORTALEZAS ACADÉMICAS ............................................................................... 5

INSTALACIONES .................................................................................................. 5

INSTALACIONES DEPORTIVAS........................................................................... 6

ACTIVIDADES ....................................................................................................... 6

MISIÓN .................................................................................................................. 7

VISIÓN .................................................................................................................. 7

FILOSOFÍA INSTITUCIONAL ................................................................................ 7

CARTA DEL RECTOR ........................................................................................... 8

VIRTUDES HUMANAS .......................................................................................... 9

BUENAS COSTUMBRES .................................................................................... 10

OBJETIVOS ......................................................................................................... 11

PERFIL DEL ALUMNO ........................................................................................ 12

INTRODUCCIÓN ................................................................................................. 13

I. DEL REGISTRO, PERMANENCIA Y EGRESO DE LOS ALUMNOS. ............... 13

1.1 Documentación personal y académica. ......................................................... 13

1.2 Requisitos académicos de inscripción. .......................................................... 15

1.3 Requisitos de permanencia y egreso.............................................................. 16

1.4 Normas disciplinarias .................................................................................... 18

1.4.1 Del uniforme ........................................................................................... 18

II. SISTEMA DE EVALUACIÓN ........................................................................... 20

2.1 Periodos de evaluación .................................................................................. 20

2.2 Aspectos que se evaluarán ............................................................................. 21

2.3 Exámenes parciales ....................................................................................... 21

2.4 Exámenes Ordinarios (1ª y 2ª vuelta) ............................................................ 22

2.5 Exámenes Extraordinarios ............................................................................. 23

2.6 Procedimiento para obtener las calificaciones parciales y final .................... 24

2.7 Requisitos para la exención ........................................................................... 24

2.8 Escala de calificaciones y redondeo en la calificación final ......................... 24

2.9 Procedimiento para la revisión de exámenes ................................................. 25

III. BECAS ............................................................................................................ 25

3.1 Beca UNAM .................................................................................................. 25

3.1.1 Requisitos académicos para su obtención y renovación ......................... 25

3.1.2 Derechos y obligaciones de los becarios UNAM. .................................. 26

3.2 Becas que en su caso, ofrezca la Institución .................................................. 27

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IV. DISPOSICIONES DISCIPLINARIAS Y NORMAS DE LA INSTITUCIÓN ........ 27

4.1 Derechos de los alumnos ............................................................................... 27

4.2 Obligaciones de los Alumnos ........................................................................ 28

4.3 Clasificación de las faltas a la disciplina y sanciones ................................... 34

V. DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS ........................................................... 37

5.1 Pagos.............................................................................................................. 37

5.1.1 Inscripción y colegiaturas ....................................................................... 37

5.1.2 Otros conceptos ...................................................................................... 38

5.1.3 Intereses moratorios................................................................................ 39

5.1.4 Sanciones por incumplimiento de pago .................................................. 39

5.2 Documentación escolar ................................................................................. 39

5.2.1 Expedición de constancias de estudio. ................................................... 39

5.2.2 Emisión de historias académicas ............................................................ 39

5.2.3 Boleta de calificaciones .......................................................................... 39

5.2.4 Credencial de UNAM SI ........................................................................ 40

5.2.5 Certificado de Estudios emitido por la UNAM ..................................... 40

6. TRANSITORIOS. ............................................................................................. 40

REGLAMENTO DEL USO DE LOCKERS ............................................................ 42

DE LA ASIGNACIÓN........................................................................................ 42

DEL USO DE LOCKERS ................................................................................... 42

CUIDADO DE LOS LOCKERS......................................................................... 42

ASPECTOS GENERALES ................................................................................. 43

REGLAMENTO DEL USO DE TRANSPORTE .................................................... 44

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SISTEMA EDUCATIVO JUSTO SIERRA

Como la mejor opción educativa al norte de la Ciudad de México, se encuentra la

Preparatoria Justo Sierra Plantel Aragón, diseñada para la formación integral de

nuestros alumnos.

Una de nuestras principales fortalezas es que contamos con un selecto grupo de

docentes especialistas, mismos que tienen la experiencia y vocación de formadores

siempre motivados por la filosofía humanista que nos rige.

Conscientes de las necesidades de nuestros jóvenes, los guiamos enfocados en

potenciar sus cualidades y fortalecer sus competencias, y al mismo tiempo, los

orientamos en la consolidación de su personalidad.

Conformado por un equipo de trabajo integrado por pedagogos, psicólogos,

orientadores familiares y sociólogos, orientamos nuestras acciones para brindar a

cada alumno una atención personalizada.

Nuestra estrategia educativa se complementa con una estrecha comunicación con

los padres de familia.

En Justo Sierra, formamos hombres y mujeres íntegros, a través del desarrollo de la

inteligencia y el ejercicio de la voluntad, fomentando así el respeto por los otros.

Los cuatro ejes que orientan nuestra tarea educativa son:

Aprender a aprender;

Aprender a pensar;

Aprender a convivir y;

Aprender a ser.

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SERVICIOS

Transporte con bases recolectoras;

Estacionamiento gratuito;

Servicio Médico;

Atención psicopedagógica para alumnos y padres de familia;

Cursos propedéuticos y de inducción;

Casilleros;

Notificación de ausencia y desempeño disciplinario y académico a padres de

familia.

FORTALEZAS ACADÉMICAS

Te ofrecemos la oportunidad de certificarte en:

o Microsoft, Adobe, IC3;

o TOEFL, IELTS, PET, KET, FIRST CERTIFICATE.

Concursos de Jeopardy, oratoria y pendón publicitario;

Salidas académicas multidisciplinarias;

Expo empresa y jóvenes emprendedores.

INSTALACIONES

Auditorios;

Audiovisual;

Biblioteca;

Cafetería;

Laboratorios de cómputo;

Laboratorios de Biología, Química y Física;

Salones.

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INSTALACIONES DEPORTIVAS

Gimnasio;

Spinning;

Salón de baile;

Ring de box;

Alberca semi-olímpica;

Cancha de voleibol;

Cancha de fútbol rápido;

Cancha de basquetbol.

ACTIVIDADES La finalidad de nuestro trabajo es egresar alumnos capaces de ejercer su libertad,

con las herramientas requeridas para alcanzar el éxito integral: profesional y

humano. Es por eso que ofrecemos una serie de actividades que fomenten esta

integralidad:

Taller de padres e hijos;

Participación social: visitas a orfanatorios, asilos y apoyo a comunidades;

Semana cultural;

Expo empresa y jóvenes emprendedores;

Torneos deportivos;

Maratones culturales;

Exposición de ofrendas el día de muertos;

Taller de estudio dirigido;

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MISIÓN Somos una Institución educativa fundamentada en el Bien, la Verdad y la Justicia,

dedicada al desarrollo integral de nuestra comunidad, contribuyendo a la formación

de personas con valores humanistas, constructoras de conocimientos, críticas,

creativas y reflexivas, dispuestas a cumplir con los compromisos que todo ser

humano tiene con la familia, la sociedad y la patria.

VISIÓN Ser una Institución educativa líder en México y América Latina que ofrezca

programas de calidad, congruentes con la filosofía humanista.

FILOSOFÍA INSTITUCIONAL La esencia de nuestro marco filosófico contextualizado desde el humanismo lo

expresa en su lema “Educar para la Vida”. Esta filosofía representa el punto de

apoyo que nos permite reflexionar sobre la búsqueda del Bien, la Verdad y la

Justicia, en el cumplimiento de las Virtudes Humanas y Buenas Costumbres.

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IDEARIO ESCOLAR PARA EL ALUMNO.

CARTA DEL RECTOR

El Modelo Educativo de nuestra Institución es nuestra guía, donde se define el estilo

y señala el ambiente de trabajo a través del cual los alumnos se ven impulsados

hacia la superación como seres humanos. Estamos conscientes de que deben surgir

generaciones con una nueva visión y mística, donde se combata la ignorancia que

genera pobreza social y cultural.

Nuestros alumnos deben ser poseedores de un inmenso caudal de cultura, cuya

especialidad resida en el profundo conocimiento del ser humano y sus necesidades;

deben sentirse comprometidos con su país y participar activamente en la

transformación de sí mismos, ya que mientras exista la ignorancia tendremos

miseria, desigualdad y vicios. Es preciso actuar ahora para proyectar el futuro que

queremos.

En el Ideario se plasma la filosofía institucional estableciendo la organización y la

normatividad que debemos seguir como actores en el proceso enseñanza-

aprendizaje, por lo que estamos comprometidos con la educación de los jóvenes y

proponemos que el alumno se desarrolle en un marco de libertad responsable, que

su comportamiento y su voluntad se guíen por los principios y los valores mismos

que le permitirán:

Saber;

Saber hacer;

Saber ser.

Todo esto bajo los principios de la pedagogía moderna:

Aprender a pensar;

Aprender a convivir;

Aprender a hacer;

Aprender a ser.

Prof. José L. Reyes Oliva

Rector y Director General

Del Sistema Educativo Justo Sierra

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VIRTUDES HUMANAS 1. Orden: Todo debe encontrarse en su lugar y en su momento.

2. Obediencia: Hacer lo que nos mande la autoridad.

3. Sinceridad: Hablar con la verdad.

4. Justicia: Dar a cada quien lo que le corresponde.

5. Respeto: Actuar sin perjudicar al prójimo.

6. Responsabilidad: Asumir las consecuencias de nuestros actos.

7. Laboriosidad: Hacer las cosas bien hechas.

8. Generosidad: Compartir con los demás.

9. Fortaleza: Decir no a lo que no conviene.

10. Lealtad: No defraudar la confianza depositada en nosotros.

11. Comprensión: Entender a los demás.

12. Sencillez: Comportarse con naturalidad.

13. Perseverancia: Terminar lo que se empieza.

14. Patriotismo: Amar y trabajar por el país.

15. Pudor: Guardar para sí mismo la intimidad.

16. Prudencia: Evitar situaciones peligrosas.

17. Humildad: Actuar bien sin llamar la atención.

18. Sobriedad: Ser medido en los propios actos.

19. Flexibilidad: Ser capaz de ceder.

20. Optimismo: Vivir con alegría.

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BUENAS COSTUMBRES Como alumno perteneciente a la Comunidad Justo Sierra, te exhortamos a que de

manera continua te conduzcas, dentro y fuera del plantel, bajo el uso de las

siguientes buenas costumbres.

1. Observar buena conducta.

2. Cumplir con tus obligaciones.

3. Ser puntual.

4. Decir la verdad.

5. Presentarte bien aseado.

6. Programar las actividades del día.

7. Respetar a tus semejantes.

8. Amar, honrar y obedecer a tus padres.

9. Si no vas a hablar bien de alguien, no hables.

10. Ser honrado, respetar siempre las cosas ajenas.

11. Reconocer tus errores.

12. Evitar la envidia.

13. No pagar un mal con otro mal.

14. Dominar tus impulsos negativos.

15. Buscar ante todo ser un buen hijo.

16. Pensar antes de actuar.

17. Comportarte valiente ante los problemas de la vida.

18. No desvelarte.

19. Ganar amigos sinceros.

20. Nunca ser flojo, acomedirse.

21. Mantener la alegría y el buen humor.

22. Guardar, valorar y acrecentar la confianza depositada en ti.

23. Actuar con sencillez, no presumir.

24. Evitar discusiones, peleas y levantar la voz.

25. Ayudar al prójimo, siempre que puedas.

26. Respetar la opinión de los demás.

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27. Pedir las cosas por favor.

28. Dar las gracias al recibir una atención.

29. Saludar al llegar y al retirarse.

30. Ceder el asiento a las personas mayores.

31. Cuidar y respetar la naturaleza.

32. Comunicarte siempre sin gritar.

33. Respetar la casa en la que se está de visita.

34. Ver con afecto y proporcionar ayuda a los ancianos.

35. Permitir el paso a las personas mayores.

36. Aprender a escuchar.

37. No reñir o pelear.

38. Ser amable con la gente humilde.

39. Mostrarte hospitalario cuando haya visitas.

40. Poseer siempre delicadeza y vergüenza.

OBJETIVOS Nuestra Preparatoria pretende lograr la formación integral y el desarrollo armónico

de la personalidad del estudiante, para ello se proponen los siguientes objetivos:

• Desarrollar la capacidad de interacción y diálogo tanto en la construcción del

conocimiento como en su desarrollo personal.

• Involucrar al alumno en la construcción del conocimiento. Lograr que el

alumno incorpore las estrategias, los conocimientos, métodos y lenguajes

necesarios para ingresar a la educación superior de manera eficiente.

• Propiciar en el estudiante una cultura científica y tecnológica, así como una

educación ambiental.

• Asimilar una formación social y humanista, que despierte su interés por los

fenómenos económicos, sociales, jurídicos y políticos que constituyen la

vida moderna, lo cual le permitirá comprometerse en su contexto histórico

social.

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• Generar en el estudiante una cultura de conocimiento y respeto de los

derechos humanos.

• Crear intereses profesionales que le permitan de forma autodeterminada,

elaborar alternativas, facilitando una elección madura de su carrera.

• Impulsar una cultura personal que apoye su desarrollo facilitándole el

conocimiento, la auto elaboración y búsqueda de ideas.

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PERFIL DEL ALUMNO El alumno de la Preparatoria Justo Sierra buscará ser una persona:

• Con una alta autoestima y auto evaluación honesta para obtener un criterio

propio, basado en principios y valores.

• Con una actitud constante de superación.

• Organizada en sus actividades, distribuyendo adecuadamente su tiempo.

• Que tenga facilidad para expresar sus ideas en forma oral y escrita.

• Crítica y reflexiva.

• Que maneje las bases de una cultura amplia y sólida.

• Comunicativa y solidaria.

• Respetuosa de otras opiniones y puntos de vista, fundamentando las

propias.

• Veraz.

• Poseedora de conciencia cívica y ecológica.

• Respetuosa de todos los miembros de la comunidad educativa en general.

• Que viva en la escuela y fuera de ella con los valores propuestos en la

filosofía institucional.

• Con una presentación personal ordenada.

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REGLAMENTO INTERNO DE ALUMNOS CICLO ESCOLAR

2018-2019

INTRODUCCIÓN La Preparatoria Justo Sierra se apegará a lo dispuesto por el Manual de Disposiciones y Procedimientos para el Sistema Incorporado de la UNAM, tomando en cuenta que el Modelo Educativo de nuestra Institución es y será nuestra guía, donde se afina el estilo y se señala el ambiente de trabajo a través del cual profesores y alumnos se vean impulsados hacia la superación como seres humanos. Estamos conscientes que deben surgir generaciones con una nueva visión y mística, donde se combata la ignorancia que genera pobreza social y cultural. Nuestros alumnos deben ser poseedores de un inmenso caudal cultural, cuya especialidad reside en el profundo conocimiento de la persona y sus necesidades. Deben sentirse comprometidos con su país, con su familia y con su escuela, participando activamente en la transformación de sí mismos, pues mientras exista la ignorancia tendremos miseria, desigualdad y vicios. Es preciso actuar ahora para proyectar el futuro que queremos.

I. DEL REGISTRO, PERMANENCIA Y EGRESO DE LOS ALUMNOS.

1.1 Documentación personal y académica. Artículo 1.- La inscripción, tanto de primer ingreso como de reingreso, se llevará a cabo a petición del interesado, a partir de marzo conforme al calendario escolar interno y con las condiciones establecidas. Se entiende que renuncian a su inscripción y reinscripción los alumnos que no hayan completado los trámites correspondientes conforme a los lineamientos y disposiciones que fijen la Supervisión de Control Escolar y la Dirección General de Incorporación y Revalidación de Estudios (DGIRE) de la Universidad Nacional Autónoma de México. Artículo 2.- Serán sujetos de inscripción a la Institución todos aquellos solicitantes que cumplan los siguientes requisitos de ingreso:

I.- Alumnos de nuevo ingreso a 4° año, deberán presentar en original y dos copias fotostáticas lo siguiente:

a. Acta de nacimiento;

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b. Certificado de Secundaria (SEP); c. Clave Única de Registro de Población (CURP); d. Dos fotografías tamaño infantil en blanco y negro; e. Carta de Conducta; f. Solicitud de Inscripción; g. Los alumnos de nacionalidad extranjera, además de cumplir con los

requisitos anteriores deberán acreditar, anualmente, su legal estancia en el país con calidad y/o característica migratoria que le autorice realizar estudios en el país y cumplir, en su caso, con las disposiciones relativas a la revalidación de estudios.

II.- Alumnos de nuevo ingreso a 5° o 6° año, deberán presentar en original y dos copias fotostáticas lo siguiente:

a. Acta de nacimiento; b. Certificado de Secundaria (SEP); c. Clave Única de Registro de Población (CURP); d. Dos fotografías tamaño infantil en blanco y negro; e. Carta de Conducta; f. Historial académico actualizado en caso de venir de alguna escuela

del Sistema Incorporado; g. Certificado Parcial en caso de ser alumno de la Escuela Nacional

Preparatoria; h. Certificado parcial y Dictamen de Equivalencia, en caso de venir de

un sistema educativo distinto al de la Escuela Nacional Preparatoria o Dictamen de Revalidación en caso de tener estudios en el extranjero;

i. Solicitud de Inscripción,; j. Los alumnos de nacionalidad extranjera, además de cumplir con los

requisitos anteriores deberán acreditar, anualmente, su legal estancia en el país con calidad y/o característica migratoria que le autorice realizar estudios en el país y cumplir, en su caso, con las disposiciones relativas a la revalidación de estudios.

Artículo 3.- Los alumnos de nuevo ingreso en años posteriores al primero con estudios previos cursados en una Institución no incorporada a la UNAM para continuar su formación académica, deberán tramitar una revalidación o equivalencia de estudios, según corresponda. Los dictámenes de revalidación y de equivalencia de estudios de los niveles de bachillerato son expedidos por la DGIRE con base en los acuerdos emitidos por la Comisión de Incorporación y Revalidación de Estudios, en lo dispuesto en la Legislación Universitaria, en las disposiciones de carácter Federal y en los tratados internacionales vigentes, en materia de revalidación de estudios. Artículo 4.- La revalidación y la equivalencia de estudios deberán obtenerse antes de que transcurra el 20% del ciclo escolar al que pretenda ingresar el alumno.

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Artículo 5.- Los dictámenes definitivos de revalidación y de equivalencia de estudios se expedirán, previa presentación de los documentos oficiales originales; sólo serán consideradas las asignaturas curriculares aprobadas. Para la ubicación académica provisional de los alumnos, se expedirán pre-dictámenes basados en el análisis de constancias académicas; aquéllos podrán ser modificados si cambia el contenido en los certificados oficiales. Los documentos extranjeros deberán contar con la legalización o el apostille correspondientes y, en su caso, con la traducción al español. Artículo 6.- Todos los documentos (personales y/o académicos), emitidos en otro país, deberán presentarse apostillados o legalizados y, en el caso de no estar en idioma español, deben acompañarse de su traducción, realizada por un perito oficial autorizado en México, Representaciones Diplomáticas acreditadas en México, Embajadas o Consulados de México o bien, por el Centro de Enseñanza de Lenguas Extranjeras (CELE) de la UNAM. Los certificados, diplomas, constancias, títulos o grados académicos en los que consten los estudios realizados en otros países, deberán indicar:

a. Los periodos durante los que se cursaron los estudios; b. Las asignaturas cursadas; c. Las calificaciones obtenidas; d. La escala de calificaciones; e. Los créditos; f. El año, semestre, grado o nivel.

Artículo 7.- Los alumnos que presenten documentación falsa o alterada para obtener su registro en la Preparatoria Justo Sierra, Plantel Aragón, serán expulsados de ésta y quedarán sin efecto todos los actos derivados de dicho registro, por lo que no podrán concluir sus estudios en el Sistema Incorporado, ni en la Universidad Nacional Autónoma de México. Lo anterior se hará del conocimiento de las autoridades correspondientes para los efectos a que haya lugar.

1.2 Requisitos académicos de inscripción. Artículo 8.- Son requisitos de ingreso de todos los aspirantes:

a. Haber concluido la Secundaria y hacer entrega del Certificado de estudios debidamente legalizado (en su caso) a la Supervisión de Control Escolar;

b. En su caso, presentar el Dictamen de Revalidación o Equivalencia; c. Tener un promedio mínimo de 8.0. Si se presentase el supuesto de

un aspirante que no alcance este indicador, estará obligado a presentarse a una entrevista con el Director Técnico, quién decidirá si procede la inscripción del alumno;

d. Presentar examen de admisión; e. Tener entre 14 y 20 años de edad. Si se presentara el supuesto de

una persona mayor al límite establecido su ingreso será revisado por

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el Consejo Académico quienes decidirán su ingreso. Asimismo se deberá establecer el compromiso por escrito de dedicarse de tiempo completo a sus estudios.

Artículo 9.- Los alumnos aceptados deberán cumplir con lo siguiente: a. Cubrir las cuotas correspondientes por concepto de inscripción,

incorporación a la UNAM, colegiatura mensual, y en su caso, pago de actividades extra-clase, certificaciones, libros de texto, y uniformes;

b. Tramitar y portar en todo momento, mientras permanezca en la Institución, la credencial vigente que lo acredita como alumno;

c. Conocer, cumplir y respetar los reglamentos vigentes.

1.3 Requisitos de permanencia y egreso. Artículo 10.- Son sujetos de reinscripción al siguiente grado escolar todos aquellos alumnos regulares que cumplan lo siguiente:

a. Que hayan acreditado todas las asignaturas de periodos anteriores y no tengan ningún impedimento reglamentario;

b. Que no cuenten con más de tres reportes conductuales; c. Que se encuentren al corriente en el pago de sus cuotas escolares; d. Que realicen su reinscripción dentro de los periodos establecidos en

el calendario escolar vigente; e. Los alumnos de nacionalidad extranjera, además de cumplir con los

requisitos anteriores deberán acreditar, anualmente, su legal estancia en el país con calidad y/o característica migratoria que le autorice realizar estudios en el país.

Artículo 11.- Son sujetos de reinscripción para cursar el siguiente grado escolar como alumnos irregulares:

a. Cuando no adeuden más de tres asignaturas; b. No contar con más de tres reportes conductuales; c. Que se encuentren al corriente en el pago de sus cuotas escolares; d. Que realicen su reinscripción dentro de los periodos establecidos en

el calendario escolar vigente; e. Los alumnos de nacionalidad extranjera, además de cumplir con los

requisitos anteriores deberán acreditar, anualmente, su legal estancia en el país con calidad y/o característica migratoria que le autorice realizar estudios en el país.

Artículo 12.- Los alumnos no podrán ser registrados ni acreditar las asignaturas que estén afectadas por la seriación establecida en el plan de estudios, hasta que acrediten las antecedentes.

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Artículo 13.- Los alumnos que adeuden una asignatura de 4° año, podrán ser registrados en 6°, siempre y cuando la seriación no afecte cursar las asignaturas de este último año. Artículo 14.- Los alumnos que cursen el plan de estudios de la ENP y que adeuden más de una asignatura de 4º año, no podrán ser registrados en el 6º. Artículo 15.- La baja es el trámite formal que el tutor, en compañía del estudiante o la Institución realizan ante la Supervisión de Control Escolar, la Oficina de Administración y la Dirección Técnica, solicitando dar por terminadas las relaciones y obligaciones académicas y económicas. Artículo 16.- Existen dos tipos de bajas estudiantiles:

a. Baja Temporal es aquella en la que el padre de familia y/o tutor en

compañía del estudiante informa a la Institución, que interrumpe

sus estudios por un tiempo que no deberá exceder de dos años para

luego continuarlos, no pudiendo retirar sus documentos escolares de

la Supervisión de Control Escolar. Este trámite sólo puede realizarlo

el estudiante en una ocasión como máximo.

b. Baja Definitiva es aquella en la que el padre de familia y/o tutor en

compañía del estudiante informa a la Institución que ya no

continuará estudiando en la misma, pudiendo retirar sus

documentos de Control Escolar, y en caso de ser necesario podrá

tramitar su certificado parcial de estudios. En caso de que desee

reingresar, por única ocasión puede solicitarlo por escrito al Consejo

Académico Disciplinario para que éste determine lo conducente.

Artículo 17.- El estudiante que deje de asistir a clases o se ausente de la Institución en forma temporal o definitiva sin haber tramitado su baja, no cancela sus compromisos académicos ni económicos. Artículo 18.- La Institución dará de baja definitiva a un estudiante:

a. Cuando el alumno se ausente, durante más del 20% de la duración

total del curso;

b. Cuando el Consejo Académico Disciplinario determine que incurrió

en faltas que se tipifiquen como causa de baja;

c. Por no entregar en los plazos establecidos la documentación oficial

necesaria;

d. Por comprobar la falsedad de los datos o documentos

proporcionados a la Institución;

e. Por cometer actos y conductas que lesionen los intereses y

patrimonio de la Institución y su comunidad.

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Artículo 19.- Podrán egresar los alumnos que cubran el 100% de los créditos que comprende el plan de estudios y hayan cumplido con todas sus obligaciones administrativas y económicas, es decir, se encuentren al corriente de pagos de colegiatura y no adeuden materiales de biblioteca o laboratorio.

1.4 Normas disciplinarias

Artículo 20.- Tiene carácter de alumno, quien habiendo cubierto los requisitos previos a su ingreso, esté inscrito y cursando cualquiera de los grados escolares que conforman la Preparatoria.

1.4.1 Del uniforme

Artículo 21.- El uniforme es la vestimenta distintiva de nuestros alumnos, que los identifica dentro y fuera de las instalaciones como parte de la comunidad Justo Sierra y que será necesario portar con orgullo y con estricto apego a este reglamento. Artículo 22.- El uniforme de diario consta de:

I. Mujeres: A. Playera blanca tipo polo; B. Falda gris Oxford, de vestir, a la altura de la rodilla; C. Zapatos negros escolares (no se permiten zapatillas, botas, suecos,

zapatos tipo industrial, tipo tenis); D. Calcetas azul marino sin estampados ni dobleces; E. Suéter azul marino con botones completos; F. El chaleco es opcional (no sustituye al suéter).

II. Hombres: A. Playera blanca tipo polo; B. Pantalón gris oxford con pinzas (tela lisa, tipo casimir); C. Cinturón negro escolar, sin estoperoles, cadenas, ni hebillas

ostentosas; D. Zapatos negros escolares (no se permiten botas, suecos, zapatos tipo

industrial, tipo tenis); E. Calcetines color azul marino, lisos y sin estampados ni dobleces; F. Suéter azul marino con botones completos; G. El chaleco es opcional (no sustituye al suéter).

III. En temporada invernal, se podrá portar chamarra y bufanda color azul

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marino, blanco, rojo o gris. Es una facultad de la Dirección del plantel autorizar el uso del uniforme deportivo, de lunes a viernes, durante esta temporada.

Artículo 23.- El uniforme debe portarse completo, limpio, en buenas condiciones, sin modificaciones al diseño, sin estar descosido el dobladillo y en total correspondencia al día y horario de clases. La playera debe usarse dentro de la falda, pantalón o pants y estas prendas deben usarse a la altura de la cintura. La inobservancia del artículo anterior traerá como consecuencias dependiendo de la falta:

I. Llamada de atención verbal; II. Reporte por escrito para expediente; III. Se retendrá toda prenda que no corresponda al uniforme y se entregará

inmediatamente al término del horario de clases. IV. Si hay reincidencia se establecerá comunicación con los padres para que

el alumno se retire de la escuela para hacer las correcciones de su presentación personal;

V. Afectación en su evaluación de Formación Humana.

Artículo 24.- El uniforme para entrar a laboratorio se deberá portar conforme el horario de clases lo indique y cumpliendo con los siguientes lineamientos:

I. Usar bata blanca de algodón obligatoria de manga larga, limpia, planchada y con nombre (con la finalidad de identificarla);

II. Uso de gogles y mascarilla durante las prácticas en el laboratorio (si la práctica así lo requiere).

Artículo 25.- El incumplimiento del artículo anterior traerá como consecuencias dependiendo de la gravedad de la falta:

I. No realizar la práctica por no cubrir las condiciones de seguridad con la consecuente pérdida de la evaluación correspondiente;

II. Si hay reincidencia se hablará con los padres de familia; III. Reporte por escrito para expediente.

Artículo 26.- Para realizar las actividades de Educación Física, los alumnos tanto varones como mujeres, deberán portar:

I. Pants completo (chamarra y pantalón) en buenas condiciones. No se permite ningún tipo de modificación al uniforme;

II. Playera blanca correspondiente; III. Short azul marino (opcional); IV. Calcetas blancas lisas (no tines ni calcetines); V. Calzado deportivo (no importa el color); VI. Sudadera (opcional); VII. La playera debe usarse dentro del pants (estas prendas deben usarse a

la altura de la cintura);

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VIII. La sudadera sólo se usará en el periodo invernal, no debe usarse con uniforme de diario, únicamente con el uniforme de Educación Física, y no sustituye a la chamarra del pants.

Artículo 27.- La violación al artículo anterior traerá como consecuencias, dependiendo de la gravedad de la falta, las siguientes:

I. Disminución del porcentaje de la evaluación de Formación Humana. II. Se retendrá toda prenda que no corresponda al uniforme; III. Se entregará la prenda ajena al uniforme al padre o tutor o al alumno

según sea el caso.

II. SISTEMA DE EVALUACIÓN Artículo 28.- Se define la evaluación académica como el proceso continuo, sistemático e integral, aplicado a los estudiantes durante el desarrollo de los cursos, para determinar los avances del aprendizaje y las habilidades y competencias adquiridas por ellos, en las diferentes etapas de su formación. Artículo 29.- Todos los instrumentos de evaluación tienen por objeto:

a. Evaluar los conocimientos del alumno para asignar una calificación que permita certificar su situación académica;

b. Proporcionar, al estudiante y su padre o tutor información sobre el grado de conocimientos adquiridos.

2.1 Periodos de evaluación Artículo 30.- Se realizarán cinco evaluaciones parciales durante el ciclo escolar, así como un examen ordinario de primera o segunda vuelta. En caso de no acreditar la asignatura en el periodo ordinario el alumno tendrá derecho a presentar dos vueltas de exámenes extraordinarios. Los periodos de evaluación quedan de la siguiente forma:

a. Primer parcial, de agosto a septiembre; b. Segundo parcial, de septiembre a noviembre; c. Tercer parcial, de noviembre a enero; d. Cuarto parcial de enero a marzo; e. Quinto parcial de marzo a mayo; f. Los exámenes ordinarios primera vuelta se aplicarán en la segunda mitad

del mes de mayo, el calendario específico se publicará la primera semana de mayo;

g. Los exámenes ordinarios segunda vuelta se aplicarán en primera mitad de junio, el calendario específico se publicará la primera semana de mayo;

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h. Los exámenes extraordinarios primer periodo se aplicarán la segunda quincena del mes de noviembre. El calendario específico se publicará la primera semana del mes de octubre;

i. Los exámenes extraordinarios segundo periodo se aplicarán la segunda quincena del mes de junio. El calendario específico se publicará la segunda semana de mayo.

2.2 Aspectos que se evaluarán Artículo 31.- Los profesores calificarán a los alumnos tomando en cuenta:

a. En los periodos parciales la participación en clase y desempeño en los ejercicios prácticos y trabajos requeridos (Evaluación Formativa);

b. El resultado de los exámenes parciales (Evaluación Sumativa); c. Las asignaturas teórico-prácticas se evaluarán también considerando

la calificación de las prácticas de laboratorio; d. Los exámenes ordinarios primera y segunda vuelta; e. Los exámenes extraordinarios primera y segunda vuelta; f. Curso de nivelación académica, sólo para asignaturas con alto índice

de reprobación.

2.3 Exámenes parciales Artículo 32.- Los exámenes parciales serán cinco, los cuales incluirán los contenidos vistos en las diferentes unidades que conforman los programas de estudio. En caso de las asignaturas que son consideradas como talleres, el examen parcial podrá ser sustituido por algún otra forma de evaluación. Artículo 33.- Tiene derecho a presentar examen parcial el alumno que:

a. Haya cubierto como mínimo el 80% de asistencia al curso; b. Que muestre las credenciales Justo Sierra y UNAM-SI vigentes que lo

acrediten como alumno de la Institución y del Sistema Incorporado respectivamente;

c. El incumplimiento de la obligación de pago, por los padres de familia, tutores o usuarios, de tres o más colegiaturas, equivalentes a cuando menos tres meses, libera a los prestadores del servicio educativo de la obligación de continuar con la prestación del servicio.

d. Que no se encuentre suspendido por alguna situación académica o conductual.

Artículo 34.- Los profesores darán a conocer a sus alumnos la calificación obtenida al final de cada período, leyéndola de su registro de asistencias y calificaciones antes de asentarla en actas.

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Artículo 35.- El Director Técnico podrá autorizar la aplicación de un examen parcial, al alumno que no lo haya presentado, por causa justificada, dentro de un término no mayor a 3 (tres) días contados a partir de la fecha en que éste se llevó a cabo. Artículo 36.- Al alumno que sea sorprendido copiando o cometiendo fraude académico en cualquiera de los exámenes o instrumento de evaluación, se le recogerá el examen, y la calificación del parcial será únicamente la que obtenga de la parte formativa.

2.4 Exámenes Ordinarios (1ª y 2ª vuelta) Artículo 37.- Los exámenes ordinarios de primera y segunda vuelta, deberán comprender la totalidad de los contenidos temáticos vistos durante el ciclo escolar y el mismo grado de dificultad. Artículo 38.- Los alumnos podrán presentarse en primera vuelta, segunda vuelta o en ambas. Y si el resultado del examen promediándolo con los cinco parciales nos da como mínimo 6.0 (seis), la calificación será definitiva. El resultado de la evaluación final se expresa en valores numéricos enteros, en una escala oficial de 5 (cinco) a 10 (diez), considerándose 6 (seis) como calificación mínima aprobatoria. El alumno que obtenga de 0.0 a 5.9 obtendrá una calificación reprobatoria de 5 (cinco). Artículo 39.- Tiene derecho a presentar exámenes ordinarios el alumno que:

a) Haya cubierto como mínimo el 80% de asistencia al curso; b) No haya quedado exento; c) En caso de tener algún adeudo administrativo, realice el convenio

correspondiente con la Administración del plantel, en el entendido de que dependemos de las fechas que establece la DGIRE para reportar las calificaciones en su sistema.

Artículo 40.- Para sustentar un examen ordinario, el alumno debe sujetarse a los siguientes requisitos sin los cuales por ningún motivo se aplicará el examen:

a. Presentar la credencial vigente de la Institución; b. Presentar credencial vigente de UNAM-SI; c. Presentarse debidamente uniformado y puntual el día y la hora

indicados.

Artículo 41.- Al alumno que sea sorprendido copiando o cometiendo fraude académico en el examen de primera vuelta, se le recogerá el examen y su calificación será de 0 (cero), pudiendo presentar examen de segunda vuelta. Si al alumno se le sorprende copiando en la segunda vuelta, será remitido directamente a examen extraordinario.

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Artículo 42.- Si se acredita la asignatura correspondiente en alguno de los exámenes mediante el procedimiento ya mencionado, la calificación será definitiva.

2.5 Exámenes Extraordinarios Artículo 43.-El examen extraordinario se elabora con estricto apego al programa académico correspondiente a la asignatura de que se trate y se resuelve por escrito teniendo como máximo un total de 2 (dos) horas. La calificación obtenida en éste será la que se informe a la DGIRE. El examen extraordinario deberán presentarlo los alumnos que no reúnan el requisito de asistencia (80%) y quienes no hayan acreditado la asignatura en el periodo ordinario. Artículo 44.- Existen dos periodos de exámenes extraordinarios para acreditar las asignaturas pendientes, el primero será durante la segunda mitad del mes de noviembre y el segundo durante la segunda mitad del mes de junio. Artículo 45.- Los alumnos podrán acreditar asignaturas reprobadas mediante exámenes extraordinarios, previo registro y solicitud en Control Escolar cubriendo el pago del mismo y debiendo sujetarse a las siguientes disposiciones:

a. Podrán presentar en el plantel únicamente dos exámenes extraordinarios, en cada uno de los periodos programados por la DGIRE;

b. Podrán presentar tres exámenes extraordinarios en el plantel los alumnos que cursaron 4º o 5º años si únicamente adeudan tres asignaturas;

c. Podrán presentar cuatro exámenes, los alumnos de 6to de preparatoria siempre y cuando sean las únicas cuatro asignaturas que adeudan;

d. Los alumnos que por cualquier motivo no se presenten al examen en el día y la hora señalada, tendrán NP (no presentó) y no se les podrá aplicar en otro momento.

Artículo 46.- Para sustentar un examen extraordinario, el alumno debe sujetarse a los siguientes requisitos, sin los cuales por ningún motivo se aplicará el examen:

a. Mostrar el recibo del pago correspondiente de acuerdo a las cuotas vigentes;

b. Presentar la credencial vigente de la Institución; c. Presentar credencial vigente de UNAM-Si; d. Presentarse debidamente uniformado y puntual el día y la hora

indicados.

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2.6 Procedimiento para obtener las calificaciones parciales y final Artículo 47.- Durante cada periodo parcial, la evaluación sumativa equivaldrá al 50% de la calificación y el 50% restante corresponderá a la evaluación formativa. Artículo 48.- La evaluación de cada período en las asignaturas teórico-prácticas se obtendrá considerando la calificación de las prácticas de laboratorio, las cuales tendrán un valor del 30%, más el 50% de la evaluación sumativa, más el 20% de la evaluación formativa. Artículo 49.- El promedio anual de cada asignatura se obtiene de las calificaciones de los cinco períodos parciales y se expresará con un número entero y dos decimales. Artículo 50.- Para obtener la calificación final definitiva se considera el promedio anual para volverlo a promediar con el resultado del examen ordinario de primera o segunda vuelta y se expresará con un número entero, una vez realizado el redondeo. Artículo 51.- La evaluación realizada en cada período deberá ser el promedio de variadas y constantes apreciaciones: exámenes, trabajos, investigaciones, tareas, exposiciones, conforme al programa operativo de la asignatura. Artículo 52.- Cuando un alumno no demuestre poseer los conocimientos y aptitudes suficientes para aprobar alguna asignatura, su calificación final se expresará con 5 (cinco) que significa ‘no acreditada’, cuando no se presente al examen, se anotará NP (no presentado).

2.7 Requisitos para la exención Artículo 53.- El alumno tiene derecho a exentar el examen final de una asignatura, siempre y cuando el promedio mínimo sea de 8.0 (ocho punto cero) y cuente con mínimo el 80% de asistencia a clase. Artículo 54.- La exención del examen ordinario deberá comunicarse oportunamente a los alumnos. Artículo 55.- Los alumnos que deseen renunciar a su condición de exentos en una asignatura, deberán solicitarlo por escrito, antes de los exámenes finales de la primera vuelta, en la Coordinación Académica.

2.8 Escala de calificaciones y redondeo en la calificación final

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Artículo 56.- Las calificaciones de cada período y los exámenes finales ordinarios se expresarán con un número entero y dos decimales, en una escala del 0.0 a 10. La calificación mínima aprobatoria es 6.0; cuando el estudiante no demuestre poseer los conocimientos y competencias suficientes en la asignatura, se expresará con un número inferior a éste. Artículo 57.- Sólo en las calificaciones finales procede el redondeo de los correspondientes decimales, no así en las evaluaciones parciales:

a. Entre .01 y .49 se ajustarán al número entero que les precede; b. Los decimales iguales o mayores a .50 se ajustarán al número entero

que les sigue; c. Cuando no se obtenga la calificación mínima para acreditar una

asignatura y ésta sea entre 5.50 y 5.99, no se deberá subir a 6 (seis).

2.9 Procedimiento para la revisión de exámenes Artículo 58.- El alumno tiene derecho, si lo considera necesario, a solicitar a la Dirección del plantel, la revisión del examen final o extraordinario en un plazo que no exceda de 10 días siguientes a la fecha en que se le dio a conocer su calificación. Si después de la revisión se detecta que efectivamente hubo un error, la escuela será la responsable de realizar la corrección ante la DGIRE.

III. BECAS

3.1 Beca UNAM Artículo 59.- Las Preparatoria Justo Sierra, Plantel Aragón, reservará el 5% de su matrícula para becas completas que asignará la UNAM, a través de su Comisión Mixta de Becas, como una prestación laboral a su personal académico y administrativo, cónyuges e hijos, lo anterior en estricto apego al artículo 192 del Manual de Disposiciones y Procedimientos de la DGIRE.

3.1.1 Requisitos académicos para su obtención y renovación Artículo 60.- Podrán aspirar a obtener una beca UNAM los estudiantes que cumplan con los siguientes requisitos:

a. Estar inscrito en la Institución; b. Ser alumno regular; c. Contar con un promedio mínimo de 8 (ocho); d. Ser de nacionalidad mexicana. (este requisito no aplica para

trabajadores de la UNAM).

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Artículo 61.- La Beca UNAM se otorga por un año escolar. Su renovación será automática siempre y cuando el becario sea alumno o alumna regular con promedio mínimo de 8 (ocho) y continúe sus estudios en la Preparatoria Justo Sierra Plantel Aragón. Artículo 62.- Para efectos del artículo anterior, “alumno o alumna regular es aquel que ha acreditado el total de las asignaturas correspondientes al año escolar al término de éste y antes de iniciar el siguiente, ya sea en exámenes ordinarios o extraordinarios (siempre y cuando no haya presentado más de dos extraordinarios)”. Artículo 63.- Por ningún motivo la beca sufrirá alteración alguna durante el año para el cual fue otorgada. La beca comprenderá la exención del pago de las cuotas por concepto de registro ante la UNAM, inscripción y colegiaturas, entendiéndose como:

1. Registro ante la UNAM: el monto que se paga anualmente por registrar al alumno;

2. Inscripción: el monto anual que el alumno paga por su ingreso a la ISI; 3. Colegiatura: la cuota periódica que el alumno paga a la ISI, por recibir de ella

el servicio académico y de control escolar inherente a su formación escolar.

Artículo 64.- A los alumnos que se les otorgue una beca y que hayan cubierto previamente los pagos de inscripción, de registro ante la UNAM y colegiaturas, la Institución deberá reintegrarles dicha cantidad en un plazo máximo de 45 días naturales a partir de la fecha de publicación de resultados por Internet. Artículo 65.- Las becas comprenden el uso de las instalaciones (aulas, talleres, laboratorios, biblioteca y espacios deportivos) de acuerdo al plan de estudios correspondiente. Artículo 66.- Las becas no comprenden, en ningún caso los conceptos siguientes:

a. Las cuotas de optativa en laboratorio de informática, laboratorio clínico y seguro escolar;

b. Los libros de texto que utilizarán durante el ciclo escolar como parte del material de apoyo de las asignaturas;

c. Los clubes deportivos fuera del horario de clases (futbol, basquetbol, natación, baile y gimnasio);

d. Transporte; e. Uniformes.

3.1.2 Derechos y obligaciones de los becarios UNAM.

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Artículo 67.- Los alumnos becados por la UNAM tendrán los mismos derechos y obligaciones que los demás alumnos de la Institución y deberán sujetarse al reglamento interno que la misma tenga autorizado. Artículo 68.- Las becas serán intransferibles entre alumnos, entre planes de estudio, entre Instituciones del Sistema Incorporado y entre planteles del Sistema Educativo Justo Sierra. Sólo se otorgará una beca por familia.

3.2 Becas que en su caso, ofrezca la Institución Artículo 69.-No se ofrecerá ninguna beca o apoyo económico por parte de la Preparatoria Justo Sierra Plantel Aragón; se sujetará únicamente a la Beca UNAM.

IV. DISPOSICIONES DISCIPLINARIAS Y NORMAS DE LA INSTITUCIÓN

4.1 Derechos de los alumnos Artículo 70.- Son Derechos de los alumnos:

a) Obtener la inscripción o reinscripción en el plan de estudios en el que haya sido admitido;

b) Recibir el reglamento interno en el momento de su inscripción y su credencial UNAM SI;

c) Recibir el mapa curricular del plan de estudios y la síntesis de los programas de cada asignatura;

d) Solicitar revisión de examen y, en su caso, la correspondiente corrección de la calificación, conforme a las disposiciones y procedimientos establecidos por la UNAM;

e) Conocer su situación académica a través de la impresión de la tira de asignaturas, así como la historia académica, obtenida a través del sistema de cómputo de la DGIRE. Así mismo tiene el derecho a que se le expidan las constancias de estudios que necesite;

f) Recibir educación en igualdad de circunstancias en los términos establecidos en el presente reglamento y otros ordenamientos aplicables congruentes con la filosofía y el modelo educativo institucional;

g) Cursar los estudios de conformidad con el plan y programas de estudio vigentes a la fecha de su inscripción;

h) Recibir el número y tiempo de clases previstas para cada asignatura, tal como se señala en los planes y programas de estudio respectivos;

i) Recibir de las autoridades correspondientes información oportuna relacionada con el contenido de los planes y programas de estudio, los

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trámites escolares y los servicios que presta la Institución, así como de los reglamentos y ordenamientos que rigen su vida académica;

j) Solicitar y, en su caso, obtener becas y servicios de apoyo académico en los términos de las disposiciones reglamentarias correspondientes;

k) Participar en eventos académicos, científicos, culturales y deportivos organizados por la Institución o apoyados por ésta en diferentes instituciones y organismos nacionales e internacionales, así como los organizados por el Programa de Vinculación y Extensión Universitaria de la DGIRE;

l) Acceder a las instalaciones y servicios educativos, culturales y deportivos, que ofrece la Institución, de acuerdo con las disposiciones jurídicas y administrativas internas aplicables;

m) Ejercer el derecho de petición por los conductos debidos en forma escrita y respetuosa, individualmente o por medio de comisiones y obtener de las autoridades una respuesta en un plazo perentorio, excepto en el caso de requerir atención inmediata;

n) Recibir atención de la Coordinación de Psicopedagogía, cuando así lo requieran;

o) Los estudiantes podrán participar en las publicaciones como medio para estimular el cultivo intelectual y propiciar un ambiente académico libre y responsable dentro de la Institución;

p) La Institución reconoce y respeta el derecho de sus estudiantes a sustentar externamente sus puntos de vista, como personas, sobre cualquier tópico ajeno a la misma; siempre que lo haga a título personal y no como miembro de la Escuela;

q) Los estudiantes podrán mantener puntos de vista u opiniones distintos de los sustentados por el profesor, pero la expresión de los mismos deberá hacerse razonadamente, dentro del más completo orden y guardando la consideración y respeto que merecen la cátedra, el profesor y sus compañeros de clase;

r) Recibir el servicio educativo, en los términos establecidos en el contrato de prestación de servicios.

4.2 Obligaciones de los Alumnos Artículo 71.- Son deberes y responsabilidades de los alumnos:

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I. Conocer y cumplir el presente Reglamento y los demás ordenamientos normativos y administrativos internos aplicables, así como la normatividad de la autoridad educativa oficial (UNAM);

II. Observar en todo momento un comportamiento acorde a los Principios Filosóficos y Valores al Modelo Educativo Institucional; que enaltezca el nombre y la calidad académica de la Institución;

III. Entregar la documentación auténtica necesaria para su ingreso en las fechas establecidas para ello, de no cumplir con este compromiso o comprobarse la falsedad de uno o más documentos, será responsable de la anulación de su inscripción, así como de los actos derivados de este hecho;

IV. Realizar personalmente, acompañado del padre o tutor los trámites relacionados con su inscripción y permanencia en la Institución; teniendo como máximo 20 (veinte) días a partir del inicio del ciclo escolar como plazo para presentar la documentación completa, en caso contrario, se cancelará su inscripción;

V. El estudiante será responsable de lo que su padre o tutor admita y en el caso de la inscripción y la carga académica, no podrá hacer reclamaciones o cambios;

VI. Orientar su esfuerzo para ser un estudiante regular, acreditando en su momento las asignaturas inscritas;

VII. Asistir puntualmente a clases y realizar las tareas académicas que se le asignen;

VIII. Cumplir con el contrato social establecido por cada asignatura y con cada uno de sus profesores;

IX. Deberá permanecer durante el desarrollo de sus clases dentro del aula, en caso de que necesite salir, deberá solicitar al profesor un pase de salida;

X. Cuando decida darse de baja temporal o definitiva de la Institución, debe hacer los trámites correspondientes personalmente acompañado del padre o tutor ante las autoridades respectivas y siguiendo el procedimiento establecido;

XI. Involucrarse en los procesos de organización, desarrollo y realización de actividades académicas, culturales, sociales, cívicas y deportivas que tengan lugar dentro y fuera de la Institución y que contribuyan a su mejor formación;

XII. Participar en seminarios, congresos, cursos, conferencias, prácticas de campo, talleres y demás actividades dentro y fuera de la Institución, de manera voluntaria como complemento para su formación integral; sin detrimento de las calificaciones del alumno.

XIII. Realizar las actividades que los profesores les indiquen; XIV. Trasladarse de una actividad a otra sin demora de tiempo; XV. Hacer uso del casillero en el horario establecido sin poder

compartirlo, pudiendo la autoridad que así lo solicite pedirle que lo abra para su revisión. El casillero deberá estar cerrado con candado de forma obligatoria;

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XVI. Cuando el alumno participe en actividades académicas, culturales, sociales, cívicas, deportivas, actos públicos y demás eventos, debe observar una conducta respetuosa, digna, acorde a su nivel académico y a los valores que promueve la Institución;

XVII. Conocer, identificarse y apegarse a la Filosofía, Valores, Ideario y Reglamentos Institucionales;

XVIII. Tiene el deber de cumplir con: a. Las disposiciones disciplinarias; b. En caso de conocer algún hecho violatorio, informar a las

autoridades de la Institución y de ser necesario solicitar el apoyo del personal de supervisión o seguridad;

c. Acatar las indicaciones de las autoridades de la Institución, personal académico o personal de supervisión, seguridad y vigilancia;

d. Mostrar al personal de seguridad y vigilancia al acceder a la Institución, y siempre que le sea requerida, su credencial vigente que lo identifica como miembro de la Escuela;

e. Colaborar y comportarse seriamente en simulacros y prácticas de desalojo de los edificios y aulas, que son necesarios para la prevención en casos de siniestro o sucesos que entrañen peligro;

f. Entregar el acuse de recibo de circulares y otros documentos informativos para el padre de familia al día siguiente de que le fue entregado, al departamento de Gestión Formativa y Administrativa;

g. Atender puntualmente las indicaciones de protección civil en caso de simulacro, sismo, incendio o cualquier otra causa de emergencia;

XV. Como miembro de la comunidad escolar tiene el deber de cuidar y conservar los bienes de la Institución, evitando su deterioro y destrucción intencional y en su caso, denunciar ante las autoridades a los responsables;

XVI. Reportar a la Coordinación de Gestión Formativa y Administrativa en forma inmediata si en el mobiliario que se necesita utilizar existieran daños ocasionados por una tercera persona, señalando al (los) responsable(s), de lo contrario el alumno no podrá deslindar la responsabilidad;

XVII. Abstenerse de organizar, promover o participar en actos con fines de propaganda o proselitismo, a favor o en contra de cualquier persona, doctrina, agrupación política, religiosa o de cualquier otra índole dentro o en cualquier escenario externo en donde se lleve a cabo algún evento que promueva o en el que participe la Institución;

XVIII. Tratar a todos los miembros de la comunidad con el debido respeto y convivir con ellos en armonía evitando participar en situaciones que comprometan el buen nombre y prestigio Institucional;

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XIX. Hacer uso de depósitos de basura dentro y fuera de los salones de clase, laboratorios, auditorios e instalaciones deportivas, evitando tirar la basura al suelo respetando la campaña de separación de basura y reciclaje;

XX. Está terminantemente prohibido: a. Ingresar a las instalaciones del plantel, en estado de ebriedad,

o bajo efecto de drogas, tóxicos, fármacos o sustancias psicotrópicas prohibidas.

b. Ingerir, consumir, distribuir, vender o introducir bebidas alcohólicas, cualquier tipo de droga o sustancia considerada por la ley como adictiva en algún espacio de la Institución sean aulas, laboratorios, talleres, oficinas, áreas deportivas o culturales, patios, instalaciones sanitarias, auditorios, etc., durante clases, recesos, eventos, visitas o actividades externas; o en las inmediaciones de la misma, hasta en un radio de 30 (treinta) metros contados a partir de cualquier punto del polígono del inmueble;

c. Las manifestaciones de afecto corporales que atenten contra la moral y las buenas costumbres;

d. Introducir al espacio Institucional cualquier objeto que atente contra la seguridad, el orden y la salud de los integrantes de la comunidad escolar o detonar dentro o fuera de él, cualquier tipo de cohetes o explosivos hasta en un radio de 30 (treinta) metros alrededor del plantel;

e. Introducirse a la Institución portando cualquier clase de armas, ya sean de fuego, blancas o contundentes;

f. Participar, dentro de las instalaciones del plantel y zona periférica hasta en un radio de 30 (treinta) metros, en riñas, peleas, escándalos o cualquier otra actividad que altere el orden ya sea a empujones, insultos, golpes o que involucre el uso de armas, y que involucre a miembros o personas ajenas a la comunidad Justo Sierra;

g. Poner en peligro su integridad física y/o la del resto de la comunidad en escenarios internos y externos de la Institución;

h. Destruir, causar deterioro al inmueble, instalaciones, equipos, mobiliario o cualquier bien propiedad de la Institución, o de su personal administrativo, docente o de los propios estudiantes;

i. Pintar, rayar o ensuciar con cualquier tipo de sustancia paredes, puertas, pizarrones, vidrios, escaleras, pasillos, descansos, baños, mobiliario, equipo, etc. de la Institución;

j. Expresar dentro de la Escuela ofensas a su Ideario, Filosofía y Reglamentación o a cualquier miembro de su comunidad;

k. Proferir obscenidades dentro del espacio Institucional, visitas y eventos extra-aula; así como amenazas en contra de cualquier miembro de la comunidad educativa;

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l. Incitar a los demás estudiantes, docentes o empleados de la Institución a la comisión de actos de desobediencia, rebeldía, paros u otros que alteren el orden de las actividades académicas o administrativas y ocasionen problemas a los miembros de la comunidad;

m. Gritar, silbar, producir ruidos estridentes, provocar desórdenes en los espacios Institucionales o fuera de ellos, tratándose de clases, visitas o eventos extra-aula. Asimismo, podrán ser permitidas voces o coros de apoyo que no sean ofensivos ni alteren el orden en eventos deportivos;

n. Apoderarse, sin ningún derecho ni autorización de algún bien propiedad de la Institución, de su personal docente, administrativo, o de cualquier estudiante;

o. Practicar dentro de cualquier espacio de la Escuela, estacionamiento o zona circunvecina dentro de un radio de 30 (treinta) metros, conductas que puedan considerarse lascivas a la moral y a la imagen Institucional;

p. Fumar dentro y en las inmediaciones de la escuela hasta en un radio de 30 (treinta) metros;

q. Usar gorras, sombreros o paliacates dentro de los salones de clase, talleres, laboratorios, auditorio y en general en actividades académicas o culturales de la Escuela;

r. Publicar en redes sociales como YouTube, Facebook, Twitter, Instagram, Vine, entre otras, mensajes, fotos o videos que atenten contra su integridad moral, la de sus compañeros o la de algún otro miembro de la comunidad Justo Sierra, ya sea dentro o fuera de la institución;

s. El uso de reproductores mp3, teléfonos celulares, cámaras, tabletas, video juegos, laptops, así como cualquier aparato electrónico que no tenga una finalidad educativa en el interior de los salones, auditorios, instalaciones deportivas y/o durante las clases o eventos;

i. La escuela recogerá aquellos aparatos a los que no se de buen uso, mismos que serán entregados únicamente al padre o tutor;

t. No entrar a clases y salirse del plantel sin previa autorización; u. Ingresar a salones, laboratorios, auditorios e instalaciones

deportivas, durante los recesos o cuando no exista ninguna actividad académica dentro de los mismos bajo supervisión de un profesor encargado;

v. Introducir mascotas, por la salud, higiene y concentración del alumno;

XXI. Incurrir en conductas que entrañen engaño consciente y abuso de confianza

trae como consecuencia la suspensión temporal o baja definitiva de la

Institución (será valorado por el Consejo Académico Disciplinario de acuerdo

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con la trayectoria del alumno), amén de la responsabilidad legal que pudiera

implicar:

a. Presentar certificados, o cualquier documento requerido que sean falsos;

b. Falsificar o alterar documentos y firmas emitidos por la Institución;

c. Pedir o recibir de docentes o colaboradores de la Escuela, ayuda indebida para aumentar sus calificaciones, reducir el número de faltas de asistencia, gozar de privilegios durante el curso, ignorar sanciones merecidas o arreglar problemas de índole académico o administrativo conforme al Reglamento, ofreciéndoles gratificaciones de cualquier especie;

d. Suplantar o ser suplantado en asistencia a clases o en la presentación de cualquier evaluación o trámite administrativo;

e. Copiar, permitir que le copien, intercambiar información por cualquier medio de comunicación, consultar libros, apuntes o acordeones en las evaluaciones;

f. Usar acordeones durante la aplicación de exámenes; g. Conseguir o intentar conseguir exámenes para su posesión

previa a la fecha de aplicación. XXII. El alumno dentro de clases:

a) Deberá cumplir el contrato social establecido en cada materia y con cada uno de sus profesores;

b) No debe ausentarse de su salón de clase sin autorización del maestro y sin pase de salida, ni tomar clase en otro salón;

c) Incurrir en conductas que atañen engaño consciente y abuso de confianza.

Artículo 72.- El incumplimiento a una o más fracciones del artículo anterior, traerá como consecuencia, dependiendo de la gravedad de la falta, desde la suspensión temporal hasta la expulsión y baja definitiva. Artículo 73.- La escuela no se hace responsable por pérdida, daños hurto de pertenencias del alumno.

I.- Por ningún motivo se suspenderá el desarrollo de la clase para revisión de mochilas por la pérdida de un objeto o aparato electrónico cual sea el motivo. Artículo 74.- El alumno que cause daño a las instalaciones, equipos, materiales, y/o vehículos de la institución, deberá reponer el daño en su totalidad además de ser acreedor a una suspensión escolar. Artículo 75.- El alumno deberá acatar adicionalmente los lineamientos de los reglamentos de laboratorios, biblioteca y transporte.

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Artículo 76.- Como servicio adicional que otorga la Institución el Padre, Madre de Familia o Tutor que desee, podrán solicitar que a su hijo (a) se le realice examen de prevención de salud; mediante un consentimiento y éste deberá avisar al departamento de psicopedagogía y al servicio médico si el alumno está tomando medicamentos controlados justificándolo con la receta médica. Artículo 77.- Con el fin de garantizar la integridad física y psicológica de los estudiantes y dirigiendo esfuerzos para disminuir riesgos, cómo parte del protocolo de seguridad implementado por la SEP, cuando las autoridades lo soliciten y con el consentimiento del Padre, Madre o Tutor; se revisarán la mochila y los materiales de los alumnos; con la única finalidad de que dentro de la Institución se refuercen medidas para evitar situaciones que pongan en riesgo a Comunidad Estudiantil.

4.3 Clasificación de las faltas a la disciplina y sanciones Artículo 78.- Las faltas no previstas en el reglamento, serán puestas a consideración del Consejo Académico Disciplinario, así como las sanciones correspondientes (determinando en sesión extraordinaria el tipo de falta -menor o grave-), situación que se le dará a conocer al alumno, padre o tutor para los efectos a que haya lugar. Artículo 79.- Las sanciones se aplicarán de acuerdo a la falta cometida (menores y graves), tomando también en cuenta si la falta es de primera vez o se trata de una reincidencia. Nota: Toda falta disciplinaria no especificada en este reglamento, también será sancionada conforme lo determine la autoridad pertinente. Artículo 80.-Las sanciones que pueden imponerse a los alumnos son las siguientes:

a. Amonestación verbal o escrita; b. Suspensión temporal (de uno a siete días dependiendo de la falta);

Durante los días de suspensión el alumno pierde todo el derecho a la Evaluación Académica correspondiente

c. Expulsión; d. Anulación de su inscripción, así como de los actos derivados de este

hecho en caso de no entregar la documentación auténtica necesaria para su ingreso en las fechas establecidas para ello o comprobarse la falsedad de uno o más documentos;

e. Las demás que determinen los ordenamientos legales correspondientes.

Artículo 81.- El incumplimiento a una o más fracciones de los artículos anteriores o posteriores, traerá como consecuencia, dependiendo de la gravedad de la falta,

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desde un reporte conductual por escrito, la suspensión temporal o hasta la expulsión y baja definitiva. Artículo 82.- En caso de que la falta no encuadre en ninguno de los artículos referentes a la conducta del alumno, el Consejo Académico Disciplinario será el responsable de determinar si la falta es de primer, segundo o tercer nivel, así como la sanción correspondiente. Artículo 83.- El Consejo Académico Disciplinario, será el encargado de revisar las faltas al reglamento por parte de los alumnos y determinar la sanción que corresponda en base a los siguientes parámetros: 1. SANCIONES A FALTAS DE 1er NIVEL. Se consideran faltas de primer grado todas aquellas que vayan en contra del contrato social estipulado por cada profesor para el óptimo desarrollo de su asignatura, así como los incisos r, s del apartado XX del artículo 71 de este reglamento.

I. La sanción se compondrá de los siguientes elementos:

a. Llama de atención por parte del profesor de la asignatura afectada. b. Un reporte conductual por escrito por parte del Coordinador de

Gestión Formativa y Administrativa; c. En caso de reincidencia será necesaria una reunión entre alumno,

los padres de familia, Departamento Psicopedagógico, Coordinación de Gestión Formativa y Administrativa; así como a la Dirección del Plantel para llegar a acuerdos.

d. Si se acumulan más de 3 reportes conductuales, se aplicará la sanción correspondiente a una falta de segundo nivel.

2. SANCIONES A FALTAS DE 2° NIVEL. Se consideran faltas de segundo grado los incisos, b,h,i,j,k,l,m y o del apartado XX del artículo 71 de este reglamento.

I. La sanción se compondrá de los siguientes elementos:

a. Un reporte conductual por escrito por parte del Coordinador de Gestión Formativa y Administrativa;

b. Reunión entre alumno, Padres de familia, Departamento Psicopedagógico, Coordinación de Gestión Formativa y Administrativa; así como a la Dirección del Plantel para llegar a acuerdos.

c. Suspensión inmediata por 5 (cinco) días, tiempo durante el cual el Consejo Académico Disciplinario evaluará la situación del alumno. Durante los días de suspensión el alumno pierde todo el derecho a

la Evaluación Académica correspondiente. d. Si se acumulan 3 sanciones de segundo nivel, al cometer la

siguiente falta se aplicará una sanción de tercer nivel.

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3. SANCIONES A FALTAS DE 3er NIVEL. Se consideran faltas de tercer grado los incisos, a,c,d,e,f,g,n,p,q,s,u,v del apartado XX del artículo 71 de este reglamento.

I. La sanción se compondrá de los siguientes elementos:

a. Un reporte conductual por escrito por parte del Coordinador de Gestión Formativa y Administrativa;

b. Reunión entre alumno, Padres de familia, Departamento Psicopedagógico, Coordinación de Gestión Formativa y Administrativa; así como a la Dirección del Plantel.

c. Suspensión inmediata por 5 (cinco) días, tiempo durante el cual el Consejo Académico Disciplinario evaluará la situación del alumno. Durante los días de suspensión el alumno pierde todo el derecho a

la Evaluación Académica correspondiente. d. Notificación de la baja irrevocable del plantel.

Artículo 84.- La escuela no se hace responsable por pérdida, daños hurto de pertenencias del alumno.

I. Por ningún motivo se suspenderá el desarrollo de la clase para revisión de mochilas por la pérdida de un objeto o aparato electrónico.

Artículo 85.- El alumno que cause daño a las instalaciones, equipos, materiales, y/o vehículos de la institución, deberá reparar el daño en su totalidad además de ser acreedor a una suspensión escolar. Artículo 86.- El alumno deberá acatar los lineamientos establecidos en los reglamentos de laboratorios, de transporte y de uso de casilleros. Anexo 1 y anexo 2.

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V. DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS

5.1 Pagos Artículo 87.- Siendo objeto social del Sistema Educativo Justo Sierra, la educación y formación integral de los usuarios de su servicio, los conceptos que se reconocen como sujetos a cobranza son:

a. Inscripciones y Reinscripciones; b. Colegiaturas o Parcialidades; c. Cursos diversos; d. Servicios y Trámites (internos y externos).

Artículo 88.- Las cuotas de re/inscripción serán devueltas o transferidas conforme a lo siguiente:

Cuando la solicitud sea efectuada con dos meses de anticipación al inicio del ciclo escolar anual o un mes de ciclos menores,

Habiendo transcurrido los plazos citados y previo al día de inicio del curso y cuando por causa de fuerza mayor tuviera que generarse la baja del alumno, se devolverá exclusivamente el concepto de acreditación del alumno al ciclo escolar vigente y se aplicará sobre éste un cargo administrativo del 25%.

Artículo 89.- Es necesario estar al corriente en el pago de sus colegiaturas y presentar su credencial Justo Sierra y UNAM-SI vigentes, para realizar cualquier trámite administrativo, académico o ingresar al plantel; al incurrir en el incumplimiento de pago de tres o más colegiaturas podrá suspendérsele el servicio educativo. Artículo 90.- Los registros internos de calificaciones serán asentados hasta el mes que se encuentren cubiertas en forma total sus colegiaturas.

5.1.1 Inscripción y colegiaturas (10 meses) Artículo 91.- El importe de las cuotas que por cada uno de los conceptos señalados debe pagarse, será determinado por el Sistema Educativo Justo Sierra, publicándose cada ciclo escolar en un Boletín de Cuotas. El desconocimiento u omisión en la lectura del mismo no implica la no responsabilidad de efectuar los pagos correspondientes. Artículo 92.- Las cuotas se determinan anualmente por ciclo escolar y conforme al Acuerdo que establece las bases mínimas de información para la comercialización de los servicios educativos que prestan los particulares, no podrán ser incrementados durante este periodo a menos que esto se acuerde con la mayoría de los padres de familia, tutores o usuarios del servicio, mediante convocatoria que al efecto se emita, previo acuse de recibo correspondiente y se justifique por causas

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de fuerza mayor que incidan en un incremento sustancial en los costos de operación.

5.1.2 Otros conceptos Artículo 93.- Además de las cuotas por concepto de inscripción, colegiaturas mensuales y del equivalente al 4% de la colegiatura anual como pago de incorporación a la UNAM, se reconoce como sujeto a cobranza servicios y trámites, como pueden ser revalidación, equivalencias, exámenes extraordinarios, seguro escolar, seguro apoyo total, transporte escolar, reposición de credenciales Justo Sierra y UNAM-SI, constancias, entre otros. Artículo 94.- La Preparatoria Justo Sierra ofrece cursos extra-clase (natación, baile, informática, etc.), los cuales son totalmente independientes a los cursos y asignaturas propias al Plan de Estudios de la Escuela Nacional Preparatoria, y cuya normatividad es la siguiente:

a) La (re)inscripción a estos cursos y/o servicios opcionales es voluntaria y se deberá llenar y firmar la solicitud correspondiente a los mismos;

b) Los cursos o servicios opcionales que ofrece esta Institución no están incluidos en el pago de las colegiaturas. El costo de los mismos es independiente;

c) Para poder recibir estos cursos o servicios opcionales, el alumno deberá portar su credencial Justo Sierra y UNAM-SI vigentes;

d) Los cursos o servicios opcionales son por ciclo escolar y para su impartición se requiere de la formación de un grupo con un mínimo de alumnos, por lo que de no reunirse este se procederá al cambio de curso o servicio;

e) Con la finalidad de dar un servicio de calidad, no se aceptan cambios en los cursos o servicios opcionales seleccionados una vez iniciado el ciclo escolar;

f) La asistencia del alumno tiene como requisito indispensable la previa contratación y el pago correspondiente. El cupo es limitado;

g) La impartición de los mismos será proporcionado por instructores en esta Institución en los horarios y lugares designados;

h) La máxima duración de los mismos es de acuerdo a la fecha de fin de ciclo escolar;

i) La cuota mensual del curso o servicio opcional incluye derecho a utilización del equipo, mantenimiento del mismo, asesoría del instructor y material didáctico de éste (favor de no confundir con el material personal del alumno);

j) Las cuotas correspondientes a los meses intermedios del ciclo escolar que incluyen periodos vacacionales tendrán que ser cubiertas íntegramente, de igual manera cuando por causas de actividades escolares (ensayos, eventos, etc.) el alumno no pueda recibirlos.

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k) Después de realizada la contratación, deberá solicitar su nuevo talonario de pagos en el cual se incluirán las cuotas reglamentarias de los cursos o servicios opcionales solicitadas en el área de cajas.

5.1.3 Intereses moratorios Artículo 95.- Las mensualidades vencidas generarán un cargo moratorio del 5% mensual sobre la cuota normal o reglamentaria.

5.1.4 Sanciones por incumplimiento de pago Artículo 96.- El atraso en el pago de tres mensualidades será causa de rescisión del contrato de prestación de servicios que se tiene celebrado. Artículo 97.- En caso de devolución de cheques por causa imputable al librador, se generará automáticamente la obligación de pagar un cargo administrativo del 20% sobre el monto del cheque, de acuerdo al artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito..

5.2 Documentación escolar

5.2.1 Expedición de constancias de estudio. Artículo 98.- El alumno podrá solicitar constancias académicas con la leyenda "sin valor oficial", para realizar los trámites legales a que haya lugar. En caso de necesitar una constancia con valor oficial la escuela deberá tramitarla ante la DGIRE por lo tanto el proceso durará 15 días hábiles.

5.2.2 Emisión de historias académicas Artículo 99.- La Preparatoria Justo Sierra Plantel Aragón otorgará, a quien así lo solicite, historias académicas sin valor oficial, después de dos semanas concluido el periodo de exámenes ordinarios segunda vuelta. De igual manera el alumno la puede consultar de forma gratuita en el sitio web www.dgire.unam.mx, en el apartado de alumnos y servicios en línea.

5.2.3 Boleta de calificaciones Artículo 100.- El alumno recibirá una semana después de la aplicación del último examen final una boleta de calificaciones de carácter informativa.

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5.2.4 Credencial de UNAM SI

Artículo 101.- Con base al artículo 176 inciso “e” del Manual de Disposiciones y Procedimientos de la Dirección General de Incorporación y Revalidación de Estudios de la UNAM, el alumno deberá identificarse, en el interior de la Institución y a requerimiento de cualquier autoridad de la Preparatoria Justo Sierra Plantel Aragón o de la DGIRE, con su credencial UNAM-SI, por lo tanto la escuela será la encargada de solicitar y recibir las credenciales en las fechas en las que la DGIRE establezca para después entregarlas a los alumnos.

5.2.5 Certificado de Estudios emitido por la UNAM Artículo 102.- La certificación es el reconocimiento oficial que hace la UNAM, a través de la DGIRE, de los estudios que se realizan en la Preparatoria Justo Sierra Plantel Aragón. Los certificados son documentos que contienen las calificaciones definitivas obtenidas por el alumno, en cada asignatura, durante el respectivo ciclo escolar, como resultado de su promedio o, en su caso, de la presentación de un examen extraordinario.

6. TRANSITORIOS. Todos los aspectos no previstos en el presente reglamento, serán revisados en su momento por el Consejo Académico de la Preparatoria Justo Sierra, Plantel Aragón.

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Recibí, conozco y me comprometo a cumplir con las disposiciones que marca el Ideario y Reglamento Escolar y de igual forma hago constar que he recibido los Anexos I y II que se desprenden de los mismos.

Nombre del Alumno

Fecha Firma del Alumno

Nombre y firma del Padre o tutor NOTA: El alumno entregará el volante desprendible, firmado de conformidad, durante los cinco días siguientes a la fecha de inscripción y la Institución deberá conservarlo para cualquier aclaración.

Recibí, conozco y me comprometo a cumplir con las disposiciones que marca el Ideario y Reglamento Escolar y de igual forma hago constar que he recibido los Anexos I, y II que se desprenden de los mismos.

Nombre del Alumno

Fecha Firma del Alumno

Nombre y firma del Padre o tutor

NOTA: El alumno entregará el volante desprendible, firmado de conformidad, durante los cinco días siguientes a la fecha de inscripción y la Institución deberá conservarlo para cualquier aclaración.

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ANEXO 1

REGLAMENTO DEL USO DE LOCKERS

DE LA ASIGNACIÓN. Artículo 1. La asignación de lockers se realizará a partir del primer día de clases y hasta agotar la disponibilidad de los mismos. El trámite de asignación se hará en la Coordinación de Gestión Formativa y Administrativa. Artículo 2. Sólo se asignarán lockers a quienes presenten su credencial vigente y recibo de pago. Además, deberán firmar un contrato que indica el período de renta y las obligaciones de ambas partes. Artículo 3. Sólo se asignará un locker por alumno con su respectivo candado. Artículo 4. No sé podrá solicitar un locker para otra persona o a nombre de otra persona.

DEL USO DE LOCKERS Artículo 4. El tiempo de uso será a partir de la asignación y hasta el último día de exámenes finales registrado en el calendario escolar. Antes y después de estas fechas, los lockers que se encuentren ocupados serán abiertos sin previo aviso o presencia del ocupante, depositándose sus pertenencias en objetos extraviados sin responsabilidad para Justo Sierra. Artículo 5. No está permitido guardar corrosivos, sustancias inflamables, irritantes, solventes, químicos o sustancias peligrosas. Aquel alumno que no respete este artículo será sancionado conforme al Reglamento General de Alumnos. Artículo 6. La Coordinación de Gestión Formativa y Administrativa tiene el derecho de solicitar al usuario que desaloje el locker en caso de que se haga mal uso de éste, o que falte a alguno de los puntos contenidos en el presente reglamento. Artículo 7. La Coordinación de Gestión Formativa y Administrativa podrá en cualquier momento, inspeccionar los lockers.

CUIDADO DE LOS LOCKERS Artículo 8. El alumno será responsable por el cuidado de su locker, cualquier daño ocasionado a éste, obliga al alumno a pagar la compostura del mismo.

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Artículo 9. No está permitido colocar ningún tipo de letrero, calcomanía o señal dentro o fuera de los lockers. Aquel alumno que no respete este artículo será sancionado conforme al Reglamento General de Alumnos. Artículo 10. Por ningún motivo está permitido que un alumno introduzca o se lleve cosas de un locker ajeno al suyo. Aquel alumno que no respete este artículo será sancionado conforme al Reglamento General de Alumnos. Artículo 11. No se permite guardar dentro de los lockers bebidas alcohólicas, drogas, armas de fuego y/o punzo cortantes, por ningún motivo. Aquel alumno que no respete este artículo será sancionado conforme al Reglamento General de Alumnos. Artículo 12. Aquel alumno que sea sorprendido causando daño a un locker, será sancionado de acuerdo al Reglamento General de Alumnos. Artículo 13. El alumno es responsable del cuidado de su candado, en caso de extravío su reposición será cubierta por el estudiante.

ASPECTOS GENERALES Artículo 14. Los lockers están ubicados en los diferentes pasillos y/o aulas de los edificios y son propiedad del Instituto. Artículo 15. El Departamento de Planta Física ofrece renta de lockers exclusivamente a alumnos inscritos (activos). Artículo 16. La Coordinación de Gestión Formativa y Administrativa no se hace responsable por la pérdida total o parcial de artículos guardados por el estudiante dentro de su locker. Artículo 17. Al finalizar el período de uso del locker, es responsabilidad del usuario entregar el locker en buen estado. Artículo 18. Cualquier situación no prevista en el presente reglamento será sometida a consideración del Departamento de Planta Física para su resolución.

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ANEXO 2

REGLAMENTO DEL USO DE TRANSPORTE Artículo 1°. Por su seguridad, todos los alumnos, personal docente y administrativo, deberán presentar su credencial vigente al operador de forma obligatoria al momento de abordar el autobús, respetando la ruta que haya elegido en su registro. Artículo 2.- Queda prohibido a los usuarios hacer obsequios o retribución a los operadores a la hora de ascender o en cualquier momento durante el recorrido. Artículo 3.- Por higiene y seguridad, no se debe permitir a los usuarios comer en las unidades. Artículo 4.- El usuario podrá subir al transporte únicamente en las bases autorizadas para la ruta y no podrá bajar en ningún otro lugar que no sea el acordado previamente con los padres o responsables. No podrá autorizar la apertura de puertas en paradas que no hayan sido asignadas anteriormente o con autorización previa, tanto de las autoridades como de los padres. Artículo 5.- No se podrá autorizar la apertura de puertas en paradas que no hayan sido asignadas anteriormente o con autorización previa, tanto de las autoridades como de los padres. Cualquier cambio de ruta deberá ser solicitado previamente, de conformidad con la disponibilidad de lugares a la bajada. Artículo 6.- Los usuarios deberán de presentarse por la mañana con un mínimo de 10 minutos de la hora señalada en cada parada. Artículo 7.- Por respeto a los demás usuarios y por las condiciones del tráfico, los autobuses no podrán esperar más allá del horario establecido. Artículo 8.- Por seguridad, queda estrictamente prohibido que los padres de familia interrumpan la marcha del autobús, con el objeto de bajar o subir alumnos entre paradas o fuera de las bases. Artículo 9.- Por cuestiones de seguridad el ascenso y descenso solo se permitirá en los lugares establecidos en cada ruta. Artículo 10.- Queda estrictamente prohibido subir al autobús con objetos peligrosos como envases de vidrio, objetos punzo cortantes, armas, sustancias prohibidas o cualquier objeto que atente contra la seguridad de los usuarios en caso de detectarse no se permitirá el acceso, notificando a la autoridad competente. Artículo 11.- Es obligatorio el uso del cinturón de seguridad para todos los usuarios.

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Artículo 12.- Los alumnos no deben levantarse del asiento durante el trayecto de la ruta, al menos que le toque descender o surja un imprevisto. Artículo 13.- Por su seguridad queda estrictamente prohibido sacar brazos, cabeza o cualquier parte del cuerpo, así como tirar basura, arrojar objetos y escupir dentro y fuera del autobús. Artículo 14.- El usuario que sea sorprendido causando cualquier tipo de daño al autobús deberá cubrir los gastos de la reparación. Artículo 15.- En caso de contingencia o accidente, se debe de conservar la calma y seguir las indicaciones del, operador. Artículo 16.- Ni la Escuela y ni los choferes se hacen responsables por los objetos olvidados o dañados dentro de las unidades. Artículo 17.- Queda estrictamente prohibido abordar los autobuses, con personas ajenas al plantel. Artículo 18.- La unidad que presta el servicio de transporte, se considera una extensión de la escuela, por lo tanto, aplica de la misma forma el Reglamento General de Alumnos. Artículo 19.- Todo acto de indisciplina dentro de las unidades que no se haya mencionado en los artículos anteriores, será sancionado de acuerdo con el Reglamento General de Alumnos, incluyendo el mal uso o maltrato de las unidades de transporte.

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DIRECTORIO

Profr. José Reyes Oliva Fundador y Director General del Sistema Educativo Justo Sierra

Dra. Miriam Carrillo de Reyes Subdirectora General del Sistema Educativo Justo Sierra

Lic. Miriam Angélica Reyes Carrillo Directora General de Educación Media Superior

Mtra. Vanessa Ancona Blanco Directora Académica

Mtra. Abril Mayra Espinoza Molina Directora Técnica

Justo Sierra Preparatoria ARAGÓN

Av. San Juan de Aragón No.333, Col. Granjas Modernas, Del. Gustavo A. Madero, CDMX. C.P. 07460.

Tel. 5118-3301 [email protected]

www.justo-sierra.edu.mx