Ponencia sobre Investigación de accidentes

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LA INVESTIGACIÓN DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO POR LA EMPRESA Francisco José Martínez Montesinos 1 WEBINAR “La investigación de los Accidentes de Trabajo en el Ámbito Empresarial” 19 de Octubre de 2015 LA INVESTIGACIÓN DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO POR LA EMPRESA Francisco José Martínez Montesinos Técnico Superior de Prevención de Riesgos Laborales Arquitecto Técnico e Ingeniero de Edificación Profesor del Máster de PRL de la Universidad Católica San Antonio de Murcia (UCAM) @fjmmontesinos Francisco José Martínez Montesinos

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LA INVESTIGACIÓN DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO POR LA EMPRESA

Francisco José Martínez Montesinos1

WEBINAR

“La investigación de los Accidentes de Trabajo en el

Ámbito Empresarial”

19 de Octubre de 2015

LA INVESTIGACIÓN DE LOS

ACCIDENTES DE TRABAJO POR LA

EMPRESA

Francisco José Martínez Montesinos

Técnico Superior de Prevención de Riesgos Laborales

Arquitecto Técnico e Ingeniero de Edificación

Profesor del Máster de PRL de la Universidad Católica San Antonio de Murcia (UCAM)

@fjmmontesinos Francisco José Martínez Montesinos

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LA INVESTIGACIÓN DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO POR LA EMPRESA

Francisco José Martínez Montesinos2

CONTENIDO:

1. ¿Qué es un accidente de trabajo?

2. ¿Qué accidentes deben investigarse?

3. ¿Quién debe investigarlos?

4. ¿Qué objetivos persigue la investigación?

5. ¿Cómo se lleva a cabo una investigación de accidente?

6. Además de la investigación… ¿qué más obligaciones tiene el

empresario en relación a los accidentes laborales?

7. ¿A qué sanciones está expuesto el empresario por incumplimientos

relativos a la investigación de accidentes?

8. ¿El informe de investigación sirve como instrumento de defensa del

empresario en el caso de que se inicie un proceso judicial?

9. ¿Existe algún repositorio de investigaciones de accidentes?

10. Información sobre Convenio pionero firmado en la Región de Murcia

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“Suceso anormal, no querido ni deseado que se presenta de

forma brusca e inesperada, normalmente evitable, interrumpe la

continuidad del trabajo y puede causar lesiones a las personas”

Definición legal:

“Toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por

consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena”

(TRLGSS, art. 115)

¿Qué es un accidente de trabajo?

Otra definición más adecuada desde el punto de vista preventivo:

Autónomos:

“Se entenderá como accidente de trabajo del trabajador autónomo

el ocurrido como consecuencia directa e inmediata del trabajo que

realiza por su propia cuenta […]”

(R.D. 1273/2003, art. 3.2)

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- Los accidentes al ir o volver al lugar de trabajo (IN ITÍNERE)

SÍ SE CONSIDERAN ACCIDENTES DE TRABAJO:

- Los debidos a fuerza mayor extraña al trabajo, excepto fenómenos

meteorológicos

- Los que sean debidos a dolo o imprudencia temeraria del accidentado

NO SE CONSIDERAN ACCIDENTES DE TRABAJO:

- Los provocados por imprudencia profesional derivada de la confianza

- Los ocurridos en viaje de servicio ordenado por la empresa (EN MISIÓN)

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Art. 16.3 de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales

“Cuando se haya producido un daño para la salud de los

trabajadores o cuando, con ocasión de la vigilancia de la salud

prevista en el artículo 22, aparezcan indicios de que las medidas

de prevención resultan insuficientes, el empresario llevará a cabo

una investigación al respecto, a fin de detectar las causas de estos

hechos”

¿Qué accidentes deben investigarse?

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¿Qué accidentes deben investigarse?

En principio, la obligación legal del art. 16.3 de la Ley de PRL

corresponde a aquellos accidentes (y enfermedades) con resultados

lesivos para algún trabajador.

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¿Es suficiente con investigar los accidentes con daños

personales?

Rotundamente NO, deben investigarse todos los accidentes

laborales con potencial de causar daños personales.

Ley 31/95, Art. 14.1

“Los trabajadores tienen derecho a una

protección eficaz en materia de

seguridad y salud en el trabajo”

LISOS, art. 12.3. Infracción grave:

"... no llevar a cabo una investigación en

caso de producirse daños a la salud de

los trabajadores o de tener indicios de

que las medidas preventivas son

insuficientes"

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La pirámide de Frank Bird

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¿Quién debe investigar los accidentes laborales?

• La obligación legal recae sobre el empresario

• Lo lógico y habitual es que el empresario se apoye en su

Servicio de Prevención para realizar la investigación

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¿Qué objetivos persigue la investigación de un accidente?

1. Conocer el desarrollo de los acontecimientos

2. Determinar el porqué de lo sucedido

3. Implantar las medidas correctoras para eliminar las causas y

evitar la repetición del mismo accidente o similares

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¿Cómo se lleva a cabo la investigación de un accidente laboral?

No existe un procedimiento único, de valor universal, para la

investigación de accidentes. Cualquier método es válido si se logran

los objetivos.

Con carácter general, una investigación de accidente debería

contemplar estos 5 pasos:

1. Toma de datos

2. Integración de datos (¿qué sucedió?)

3. Determinación de causas (¿por qué sucedió?)

4. Selección de las causas principales (si se eliminan se evita la

repetición del accidente)

5. Ordenación de las causas (para priorizar las medidas correctoras)

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¿Cómo se lleva a cabo la investigación de un accidente laboral?

Debido a la complejidad analítica que supone investigar un accidente,

es recomendable utilizar un método reglado que defina las tareas

concretas a realizar:

• Método del árbol de causas (NTP 274)

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• Método del análisis de la cadena causal

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• Método SCRA: Síntoma-

Causa-Remedio-Acción

Síntoma: accidente/incidente

ocurrido (hechos)

Causa: repetir 5 veces ¿por

qué? Hasta encontrar causa

raíz

Remedio: Propuesta de

soluciones

Acción: Elaborar plan de

acción con las propuestas

anteriores

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• Método del diagrama de Ishikawa (diagrama de espina de

pescado)

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En todos los métodos se identifican las causas inmediatas, y a partir

de ellas se retrocede hasta llegar a las causas básicas

AccidenteCausas

inmediatasCausas básicas

- CAUSAS INMEDIATAS:

Son los hechos evidentes y últimos que provocan el accidente

- CAUSAS BÁSICAS:

Son propias de la organización de la empresa, no son tan evidentes

y dan lugar a las causas inmediatas

SI SE ELIMINAN LAS CAUSAS BÁSICAS, DESAPARECEN LAS CAUSAS

INMEDIATAS A LAS QUE DABAN LUGAR

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Relación (no exhaustiva) de causas inmediatas:

Actos inseguros

• Trabajar sin autorización

• Trabajar en condiciones o a

velocidades inseguras

• No dar aviso o no señalizar

• Anular los dispositivos de seguridad

• Usar equipos defectuosos

• Usar equipos en forma insegura

• Adoptar posiciones inseguras

• Reparar o montar equipos peligrosos

• No usar las protecciones adecuadas

• Bromas y juegos

Condiciones inseguras

• Resguardos y protecciones inadecuados

• Sistemas de aviso, o llamadas de atención,

inadecuados

• Peligros de incendio y explosiones

• Movimientos peligrosos inesperados

• Falta de orden y limpieza

• Peligros de proyecciones

• Poco espacio

• Condiciones ambientales peligrosas

• Almacenamiento peligroso

• Inseguridad de equipos

• Iluminación inadecuada, deslumbramiento

• Ruido

• Ropa personal peligrosa o inadecuada

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Relación (no exhaustiva) de causas básicas:

Factores personales:

• Falta de conocimiento o de capacidad para desarrollar el trabajo que se tiene encomendado

• Falta de motivación o motivación inadecuada

• Tratar de ahorrar tiempo o esfuerzo o evitar incomodidades

• Lograr la atención de los demás, expresar hostilidades

• Existencia de problemas o defectos físicos o mentales

Factores de trabajo:

• Falta de normas de trabajo o normas de trabajo inadecuadas

• Diseño o mantenimiento inadecuado de las máquinas y equipos

• Hábitos de trabajo incorrectos

• Uso y desgaste normal de equipos y herramientas

• Uso anormal e incorrecto de equipos, herramientas e instalaciones

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Ejemplo:

A un trabajador se le clava una partícula

en el ojo

CAUSA INMEDIATA:

Ausencia de protección personal (gafas)

CAUSAS BÁSICAS:

- El empresario no le ha entregado los

equipos de protección individual al

trabajador

- El trabajador se ve sometido a presión

por parte del empresario para que

termine pronto el trabajo y no quiere perder tiempo

- Falta de formación del trabajador

- Etc.

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Para realizar la investigación, podemos apoyarnos en formularios y

modelos, tanto para el proceso de toma de datos, como para la

elaboración del informe de investigación

Documento recomendado:

http://www.osalan.euskadi.eus/s94-

osa0181/es/contenidos/libro/gestion_200510

/es_200510/adjuntos/gestion_200510.pdf

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Algunas recomendaciones para realizar la investigación:

- Realizar la investigación inmediatamente tras el acontecimiento

- Entrevistar si es posible al accidentado, así como a testigos, mandos,

etc. (individualizadamente)

- Realizar la investigación “in situ”

- Evitar la búsqueda de responsabilidades

- No poner en el punto de mira al trabajador

- Aceptar sólo hechos probados

- Ser rigurosos, minuciosos, metódicos…

- Profundizar al máximo en el análisis causal

- Describir el proceso para que cualquiera pueda entenderlo (INTERÉS

DE LAS TÉCNICAS DE RECONSTRUCCIÓN)

- Dedicar el mismo o mayor aún esfuerzo al diseño e implantación de

las medidas derivadas de la investigación

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Con la información aportada por la investigación, la empresa adoptará

medidas para evitar la repetición de accidentes similares, centradas

principalmente en anular las causas básicas que lo han provocado.

Se revisará la Evaluación de Riesgos de la Empresa (y su

correspondiente Plan de Prevención y Planificación de la Actividad

Preventiva) incorporando las medidas preventivas derivadas de la

investigación del accidente.

Ley 31/95, art. 16.2:

“La evaluación será actualizada cuando cambien las condiciones de

trabajo y, en todo caso, se someterá a consideración y se revisará, si

fuera necesario, con ocasión de los daños para la salud que se hayan

producido”.

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Además de las obligaciones del art. 16 de la Ley 31/95… ¿Qué más

obligaciones tiene el empresario en relación a los accidentes

laborales?

Ley 31/95, art. 23.1.e:

“Conservar una relación de accidentes de trabajo y enfermedades

profesionales que hayan causado al trabajador una incapacidad laboral

superior a un día de trabajo” (art. 23.1.e)

Ley 31/95, art. 23.3:

“Notificar por escrito a la autoridad laboral los daños para la salud de los

trabajadores a su servicio que se hubieran producido con motivo del

desarrollo de su trabajo” (art.23.3)

Parte normalizado Orden TAS/2926/2002

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¿A qué sanciones se expone el empresario por incumplir las

obligaciones de la Ley de PRL en materia de investigación de

accidentes?

R.D.L. 5/2000 (LISOS)

Infracción leve:

No dar cuenta, en tiempo y forma, a la autoridad laboral competente,

conforme a las disposiciones vigentes, de los accidentes de trabajo

ocurridos y de las enfermedades profesionales declaradas cuando

tengan la calificación de leves.

Cuantía de las sanciones: de 40 a 2.045 €

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R.D.L. 5/2000 (LISOS)

Infracciones graves:

No dar cuenta en tiempo y forma a la autoridad laboral, conforme a las

disposiciones vigentes, de los accidentes de trabajo ocurridos y de las

enfermedades profesionales declaradas cuando tengan la calificación

de graves, muy graves o mortales, o no llevar a cabo una investigación

en caso de producirse daños a la salud de los trabajadores o de tener

indicios de que las medidas preventivas son insuficientes.

No registrar y archivar los datos obtenidos en las evaluaciones,

controles, reconocimientos, investigaciones o informes a que se refieren

los artículos 16, 22 y 23 de la Ley 31/1995.

Cuantía de las sanciones: de 2.046 a 40.985 €

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¿El informe de investigación sirve como instrumento de defensa

del empresario en el caso de que se inicie un proceso judicial?

En caso de accidente laboral, al empresario se le puede imputar una

responsabilidad administrativa (en caso de incumplimientos de la normativa

de PRL), civil (daños a terceros) o penal (delitos de riesgo y de resultado del

Código Penal)

La administración emitirá también informes sobre el accidente (Instituto de

Seguridad, ITSS, policía judicial, etc.)

En este caso, es muy recomendable encargar un informe pericial del

accidente, orientado a la defensa del empresario, elaborado por técnico de

prevención experto en peritaciones de accidentes o por un perito experto

en alguna materia concreta (electricidad, química, medicina, etc.)

En algunos casos también puede ser interesante realizar una

reconstrucción del accidente en 3D para su proyección en la sala de vistas

Normalmente no, al no ser su objeto la defensa del empresario.

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¿Existe algún repositorio de investigaciones de accidentes?

SÍ: BINVAC

http://stp.insht.es:86/stp/li

stado-binvac

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Convenio de colaboración para la investigación de accidentes

laborales

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GRACIAS