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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN COMITÉ DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS, OBRAS Y DESINCORPORACIONES ACTA NÚM. 40/2005 SESIÓN PLENARIA CELEBRADA EL DÍA 30 DE AGOSTO DE 2005 En la Ciudad de México, Distrito Federal, siendo las dieciséis horas con treinta minutos del día treinta de agosto de dos mil cinco, en la Sala de Juntas de la Secretaría Ejecutiva de Servicios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión plenaria se reúnen los miembros del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones. Se encuentra presente el Ing. Juan Manuel Begovich Garfias, Secretario Ejecutivo de Servicios, en su carácter de Presidente del Comité; el Lic. Samuel Jiménez Calderón, Secretario Ejecutivo de Administración; el Licenciado Rafael Coello Cetina, Secretario Ejecutivo de Asuntos Jurídicos; el C. P. Benjamín Joaquín Gutiérrez Jiménez, Asesor de Mando Superior, en representación de la Secretaría Ejecutiva de la Contraloría, en su carácter de observador; el Ing. Rodolfo Ceja Mena, Director General de Adquisiciones y Servicios, en su carácter de Secretario del Comité. Asisten también a esta sesión: el Lic. Luis Antonio Guillén Quintero, Secretario Particular de Mando Superior, en representación de la Secretaría General de la Presidencia y Oficialía Mayor; el Lic. José Luis Vázquez Ponce, Asesor de Mando Superior, adscrito a la Oficialía Mayor; Lic. Félix Alonso Gutiérrez, Director General Adjunto de Casas de la Cultura Jurídica, adscrito a la Dirección General del Centro de Documentación, Análisis, Archivos y Compilación de Leyes; el Lic. Marco Antonio Rocha Barrera, Asesor de Mando Superior de la Dirección General de Adquisiciones y Servicios; el C. P. Antonio Prieto Revilla, el C. Irineo Juárez Reyes y el C. Alfredo Anguiano Cortés, estos últimos funcionarios Directores de Área adscritos a la Dirección General de Adquisiciones y Servicios, como invitados; en términos de lo establecido en los artículos 16, 17, 18 fracción IV y 34 del Acuerdo General de Administración 6/2001 de la Presidencia de la Suprema Corte de la Nación; en el Punto Primero del Acuerdo General de Administración II/2003, en el Punto Primero del Acuerdo General de Administración V/2003, en los Puntos Segundo y Cuarto del Acuerdo General de Administración VI/2003, en el Punto Primero del Acuerdo General de Administración X/2003, éstos últimos del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y a lo establecido en la Sesión del 10 de enero 2005 del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; para llevar a cabo la cuadragésima sesión plenaria/2005, del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones de este Alto Tribunal, bajo el siguiente: ORDEN DEL DÍA LISTA DE ASISTENCIA. 1 RESUMEN DE ACUERDOS DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS OBRAS Y DESINCORPORACIONES EN SU TRIGÉSIMA NOVENA SESIÓN PLENARIA/2005 DE FECHA 25 DE AGOSTO DE 2005. Página 1 de 90

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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

COMITÉ DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS, OBRAS Y DESINCORPORACIONES

ACTA NÚM. 40/2005

SESIÓN PLENARIA CELEBRADA EL DÍA 30 DE AGOSTO DE 2005 En la Ciudad de México, Distrito Federal, siendo las dieciséis horas con treinta minutos del día treinta de agosto de dos mil cinco, en la Sala de Juntas de la Secretaría Ejecutiva de Servicios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión plenaria se reúnen los miembros del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones. Se encuentra presente el Ing. Juan Manuel Begovich Garfias, Secretario Ejecutivo de Servicios, en su carácter de Presidente del Comité; el Lic. Samuel Jiménez Calderón, Secretario Ejecutivo de Administración; el Licenciado Rafael Coello Cetina, Secretario Ejecutivo de Asuntos Jurídicos; el C. P. Benjamín Joaquín Gutiérrez Jiménez, Asesor de Mando Superior, en representación de la Secretaría Ejecutiva de la Contraloría, en su carácter de observador; el Ing. Rodolfo Ceja Mena, Director General de Adquisiciones y Servicios, en su carácter de Secretario del Comité. Asisten también a esta sesión: el Lic. Luis Antonio Guillén Quintero, Secretario Particular de Mando Superior, en representación de la Secretaría General de la Presidencia y Oficialía Mayor; el Lic. José Luis Vázquez Ponce, Asesor de Mando Superior, adscrito a la Oficialía Mayor; Lic. Félix Alonso Gutiérrez, Director General Adjunto de Casas de la Cultura Jurídica, adscrito a la Dirección General del Centro de Documentación, Análisis, Archivos y Compilación de Leyes; el Lic. Marco Antonio Rocha Barrera, Asesor de Mando Superior de la Dirección General de Adquisiciones y Servicios; el C. P. Antonio Prieto Revilla, el C. Irineo Juárez Reyes y el C. Alfredo Anguiano Cortés, estos últimos funcionarios Directores de Área adscritos a la Dirección General de Adquisiciones y Servicios, como invitados; en términos de lo establecido en los artículos 16, 17, 18 fracción IV y 34 del Acuerdo General de Administración 6/2001 de la Presidencia de la Suprema Corte de la Nación; en el Punto Primero del Acuerdo General de Administración II/2003, en el Punto Primero del Acuerdo General de Administración V/2003, en los Puntos Segundo y Cuarto del Acuerdo General de Administración VI/2003, en el Punto Primero del Acuerdo General de Administración X/2003, éstos últimos del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y a lo establecido en la Sesión del 10 de enero 2005 del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; para llevar a cabo la cuadragésima sesión plenaria/2005, del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones de este Alto Tribunal, bajo el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

LISTA DE ASISTENCIA.

1 RESUMEN DE ACUERDOS DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS OBRAS Y DESINCORPORACIONES EN SU TRIGÉSIMA NOVENA SESIÓN PLENARIA/2005 DE FECHA 25 DE AGOSTO DE 2005.

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2 ADJUDICACIÓN DE LOS TRABAJOS DE IMPRESIÓN DE 4,000 EJEMPLARES DE LA EDICIÓN FACSIMILAR “EL FORO. PERIÓDICO DE JURISPRUDENCIA Y LEGISLACIÓN, 1873 A 1876”, LA CUAL CONSTA DE 7 TOMOS. (S-101/2005)”

3 CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS CON UNA EMPRESA ESPECIALIZADA EN PRODUCCIÓN DE LIBROS DE ARTE, QUE INCLUYA LOS TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN, FOTOGRAFÍA, DISEÑO E IMPRESIÓN DE UNA OBRA CUYO TEMA PRINCIPAL SERÁ LA HISTORIA DE CADA UNA DE LAS TREINTA Y CUATRO CASAS DE LA CULTURA JURÍDICA QUE TIENE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN EN LA REPÚBLICA MEXICANA. (S-104/2005)

4 AUTORIZACIÓN PARA ASIGNAR EL CONCURSO POR INVITACIÓN RESTRINGIDA RELATIVA A LA OBRA PÚBLICA CONSISTENTE EN LA “ADECUACIÓN Y AMPLIACIÓN DE LA CULTURA JURÍDICA EN CANCÚN, QUINTANA ROO. (M-56/2005)

5 INFORME DE PRODUCTIVIDAD DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS, OBRAS Y DESINCORPORACIONES (CASOD) CORRESPONDIENTE AL PRIMER SEMESTRE DEL EJERCICIO 2005.

6 AUTORIZACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA EN EL INMUEBLE QUE OCUPA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN CUERNAVACA, ESTADO DE MORELOS, CON LA EMPRESA GRUPO DE SEGURIDAD PRIVADA Y ADIESTRAMIENTO Y/O ALEJANDRO DORANTES RODRÍGUEZ. (S-105/2005)

7 AUTORIZACIÓN DE PRÓRROGA DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA EN EL INMUEBLE QUE OCUPA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN PACHUCA, ESTADO DE HIDALGO, CON LA EMPRESA COORDINACIÓN Y SISTEMAS DE SEGURIDAD PRIVADA PATRIMONIAL, S.A. DE C. V. (S-106/2005)

8 AUTORIZACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA EN LOS INMUEBLES QUE OCUPA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN DURANGO, ESTADO DE DURANGO, CON EL PRESTADOR DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA ÁGUILAS Y/O JOSÉ LUIS ÁVILA GARCÍA. (S-107/2005)

9 AUTORIZACIÓN DE PRÓRROGA EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA EN EL INMUEBLE QUE OCUPA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA UBICADA EN PADRE RAYMUNDO JARDON No. 946 ORIENTE, COLONIA BARRIO ANTIGUO, EN MONTERREY, ESTADO DE NUEVO LEÓN, CON LA EMPRESA CONTROL CENTRAL DE VIGILANCIA, S.A. DE C. V. (S-108/2005)

10 SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA LA CANCELACIÓN DEL REGISTRO Y NUEVAS ALTAS EN EL CATÁLOGO DE PROVEEDORES, PRESTADORES DE SERVICIOS Y CONTRATISTAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA

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NACIÓN. (AS-4/2005)

11 AUTORIZACIÓN DE DIFERIMIENTO DE LA FECHA DE INICIO DE LA OBRA PÚBLICA CONSISTENTE EN LA “ACOMETIDA PARA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN PUEBLA, PUEBLA”. (M-64/2005)

12 AUTORIZACIÓN DE OBRA EXCEDENTE, DE LA OBRA PÚBLICA CONSISTENTE EN EL “MANTENIMIENTO A LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN EL ESTADO DE DURANGO”. (M-57/2005)

13 AUTORIZACIÓN PARA INICIAR EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PARA LA CONTRATACIÓN DE LA OBRA PÚBLICA CONSISTENTE EN LA “SALA DE PLENO SEDE ALTERNA”; AUTORIZACIÓN DE LA CONVOCATORIA Y LAS BASES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL: EL CALENDARIO DE EVENTOS, EL COSTO DE LAS BASES Y OTRAS AUTORIZACIONES. (M-58/2005)

14 AUTORIZACIÓN DE TRABAJOS EXTRAORDINARIOS Y EXCEDENTES, ASÍ COMO PRÓRROGA DE LA OBRA PÚBLICA CONSISTENTE EN LA RESTAURACIÓN DE LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN EL ESTADO DE CAMPECHE. (M-59/2005)

15 AUTORIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTACIÓN TERRESTRE, MEDIANTE UN AUTOBÚS DE LUJO DE 15 ASIENTOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO, SOLICITADO POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE ATENCIÓN A MINISTROS DE ESTE ALTO TRIBUNAL. (S-110/2005)

DESARROLLO DE LA SESIÓN

El Secretario verificó la presencia de los miembros del Comité, por lo que hace constar que existe quórum para sesionar conforme lo dispone el artículo 16, segundo párrafo, del Acuerdo General de Administración 6/2001, de la Presidencia de este Alto Tribunal, por lo cual se declara abierta la sesión. 1.- Sobre el primer punto del Orden del Día, se expuso: a).- Presentación: RESUMEN DE ACUERDOS DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS OBRAS Y DESINCORPORACIONES EN SU TRIGÉSIMA NOVENA SESIÓN PLENARIA/2005 DE FECHA 25 DE AGOSTO DE 2005. ACUERDO.- Los miembros del Comité acordaron:

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Respecto de este resumen, se dan por enterados del mismo; otorgando su conformidad a los acuerdos, con las siguientes precisiones: 1. Punto de Acuerdo #4 del orden del día (INFORME DE ACTAS ADMINISTRATIVAS POR

SINIESTROS ELABORADAS POR LA SECRETARÍA EJECUTIVA DE LA CONTRALORÍA); La Dirección General de Adquisiciones y Servicios deberá solicitar por oficio a la Secretaría Ejecutiva de la Contraloría informe sobre las resoluciones que han sido emitidas, respecto del levantamiento de actas administrativas que se han realizado conforme a lo establecido en la fracción II del artículo 145 del AGA 6/2001, de la Presidencia de este Alto Tribunal. Una vez obtenida esta información, la Dirección General de Adquisiciones y Servicios presentará al CASOD un punto informativo.

2. Punto de Acuerdo #6 (CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO

PREVENTIVO Y CORRECTIVO ANUAL PARA LOS EQUIPOS MULTIFUNCIONALES MARCA XEROX, QUE SE ENCUENTRAN UBICADOS EN LAS CASAS DE LA CULTURA JURÍDICA PROPIEDAD DE ESTE ALTO TRIBUNAL, SOLICITADOS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE INFORMÁTICA); la Dirección General de Adquisiciones y Servicios deberá presentar punto informativo al CASOD mediante el cual se haga del conocimiento de los miembros del Comité cómo quedará plasmado en el acta correspondiente de la sesión 39, el Punto de Acuerdo resuelto.

2.- Sobre el segundo punto del Orden del Día, se expuso: a).- Presentación: ADJUDICACIÓN DE LOS TRABAJOS DE IMPRESIÓN DE 4,000 EJEMPLARES DE LA EDICIÓN FACSIMILAR “EL FORO. PERIÓDICO DE JURISPRUDENCIA Y LEGISLACIÓN, 1873 A 1876”, LA CUAL CONSTA DE 7 TOMOS. b).- Antecedentes: 1. Mediante oficio número CCST-H-182-04-2005 de fecha 28 de abril del año 2005 y solicitud de

pedido 10501007 (Anexo 1), la titular de la Dirección General de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis, solicitó se llevaran a cabo los trámites necesarios para la impresión, y en caso de ser necesario, posibles reimpresiones de 4,000 ejemplares de la edición facsimilar “El Foro. Periódico de Jurisprudencia y Legislación, 1873 a 1876”, la cual consta de 7 tomos.

2. Las especificaciones técnicas de la obra solicitada fueron señaladas en el oficio de referencia. 3. Con oficio número CCST-H-210-05-2005 de fecha 13 de mayo del año 2005 (Anexo No.2), la

Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis, informó a la Dirección General de Adquisiciones y Servicios los tiempos estimados para la entrega del material necesario para la impresión de la obra que nos ocupa, los cuales se detallan:

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TOMO ENTREGA DEL MATERIAL A LA

DIRECCIÓN GENERAL DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS

ENTREGARÍA LA OBRA IMPRESA EN EL

ALMACÉN SE PAGARÍA EN

TOMO I JULIO DE 2005 AGOSTO DE 2005 SEPTIEMBRE DE 2005

TOMO II JUNIO DE 2005 AGOSTO DE 2005 SEPTIEMBRE DE 2005

TOMO III AGOSTO DE 2005 SEPTIEMBRE DE 2005 OCTUBRE DE 2005

TOMO IV SEPTIEMBRE DE 2005 OCTUBRE DE 2005 NOVIEMBRE DE 2005

TOMO V ENERO DE 2006 FEBRERO DE 2006 MARZO DE 2006

TOMO VI FEBRERO DE 2006 MARZO DE 2006 ABRIL DE 2006

TOMO VII MARZO DE 2006 ABRIL DE 2006 MAYO DE 2006

4.- El costo estimado de los trabajos de impresión solicitados, se calculó en:

TOMO TOTAL DE PÁGINAS

PRECIO POR PLIEGO DE 16

PÁGINAS

NÚMERO DE PLIEGOS DE 16

PÁGINAS

PRECIO POR EJEMPLAR

PRECIO TOTAL IVA INCLUIDO POR

4,000

TOMO I 754 $1.944 47.125 $91.611 $421,410.600

TOMO II 580 $1.944 36.250 $70.470 $324,162.000

TOMO III 628 $1.944 39.250 $76.302 $350,989.200

TOMO IV 492 $1.944 30.750 $59.778 $274,978.800

TOMO V 610 $1.944 38.125 $74.115 $340,929.000

TOMO VI 484 $1.944 30.250 $58.806 $270,507.600

TOMO VII 284 $1.944 17.750 $34.506 $158,727.600

SUMAS 3832 239.500 $465.588 $2´141,704.800

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5. En la sesión plenaria vigésima octava de fecha 13 de junio de 2005 (Anexo No.3), se sometió

a consideración del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, el inicio del procedimiento del Concurso por Invitación Restringida, acordando los miembros del citado Comité lo siguiente:

“Los miembros del Comité autorizan el inicio del procedimiento de concurso por invitación restringida, motivo de este punto de acuerdo, solicitando a la DGAS que realice las correcciones observadas en las bases del concurso y que para este concurso en específico, en virtud de la forma de pago a contratar, se establezca el criterio de que no obstante que el Dictamen Financiero, que emita en su oportunidad la Tesorería de este Alto Tribunal, indique que no sea (n) considerada (s) la (s) propuesta (s) de alguno (s) de los participantes; la DGAS en la etapa correspondiente a la apertura de propuestas, si las considere (abra sus sobres) y las evalúe para que se incluyan en el punto de acuerdo que en su oportunidad presente al CASOD.”

6. Por tal motivo con fecha 20 de junio del año 2005, se entregaron oficios de invitación a las 11

empresas autorizadas las cuales se relacionan a continuación:

a) Editorial Color, S.A. de C.V. b) Talleres Gráficos de México. c) Editorial Limusa, S.A. de C.V. d) Gama Sucesores, S.A. de C.V. e) Litográfica Camp, S.A. de C.V. f) Ediciones Corunda, S.A. de C.V. g) Grupo Gráfico Arenal, S.A. de C.V. h) EDAMSA Impresiones, S.A. de C.V. i) Programas Educativos, S.A. de C.V. j) Impresora y Encuadernadora Progreso, S.A. de C.V.

k) Impresora y Encuadernadora Nuevo Milenio, S.A. de C.V. 7. El día 22 de junio de 2005, fecha señalada para la recepción de documentación legal y contable,

ofertas técnicas y económicas, se recibieron en la Dirección General de Adquisiciones y Servicios; 3 propuestas, 2 cartas disculpa y 6 empresas no atendieron la invitación que les formulara este Alto Tribunal. Se procedió el mismo día a la apertura de los sobres de las propuestas presentadas, elaborando el cuadro comparativo correspondiente, el cual corre agregado al presente punto de acuerdo como anexo No.4:

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EMPRESA NÚM. DE HOJAS

PROPUESTA TÉCNICA

NÚM. DE HOJAS

PROPUESTA ECONÓMICA

MONTO TOTAL DE LA OFERTA

EDICIONES CORUNDA, S.A. DE C.V. 2 3 $2´560,164.50

IMPRESORA Y ENCUADERNADORA NUEVO MILENIO, S.A. DE C.V. 34 4 $6´852,620.00

IMPRESORA Y ENCUADERNADORA PROGRESO, S.A. DE C.V. 7 2 $3´687,902.26

EMPRESA AFIANZADORA No. DE FIANZA IMPORTE

EDICIONES CORUNDA, S.A. DE C.V. FIANZAS MONTERREY 534840 $128,008.23

IMPRESORA Y ENCUADERNADORA NUEVO MILENIO, S.A. DE C.V.

AFIANZADORA SOFIMEX, S.A. 754189 $342,631.00

IMPRESORA Y ENCUADERNADORA PROGRESO, S.A. DE C.V. EXENTA

Cabe señalar que de conformidad con el artículo 67 del Acuerdo General de Administración 6/2001, Impresora y Encuadernadora Progreso, S.A. de C.V., está exenta de presentar garantía de sostenimiento de oferta. 8. Con relación a los dictámenes que alude el artículo 34 para las contrataciones clasificadas como

medianas, del Acuerdo General de Administración 6/2001, de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Dirección General de Adquisiciones y Servicios, con oficios números 06206 06207 de fecha 22 de junio de 2005 (Anexo No.5) en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 2°, fracciones XIV, XVI, XVIII y XIX, del Acuerdo General de Administración 6/2001, remitió los originales de las propuestas técnicas y documentación financiera a la Dirección General de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis y a la Tesorería, para emitir los dictámenes correspondientes de la documentación presentada por los participantes.

Los dictámenes técnico, legal, financiero y la evaluación de propuestas económicas (anexo No.6), emitidos por las áreas técnicas correspondientes, se resumen en el siguiente cuadro:

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DICTAMEN EDICIONES

CORUNDA, S.A. DE C.V.

IMPRESORA Y ENCUADER-

NADORA NUEVO MILENIO, S.A. DE C.V.

IMPRESORA Y ENCUADER-

NADORA PROGRESO, S.A. DE C.V.

Técnico * No favorable Favorable Favorable

Financiero ** Recomiendan que

sus propuestas no sean consideradas

Favorable *** Recomiendan que sus

propuestas no sean consideradas

Legal Favorable Favorable Favorable

Evaluación de ofertas económicas Favorable Favorable Favorable

* Dirección General de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis, menciona que esta empresa no presentó información alguna relativa al ANEXO 1 que contiene información de la infraestructura instalada y capacidad de impresión, lo que podría constituir un motivo para su descalificación. ** Con relación al dictamen financiero emitido por la Tesorería de este Alto Tribunal, concluyen que se trata de una empresa con una situación financiera deficiente, debido a que reporta la pérdida de su capital contable en el ejercicio 2003, muestra diferencias considerables entre su información fiscal y contable en el ejercicio 2004, y en el ejercicio 2005 continúa mostrando deficiencias en las relaciones que involucran pasivos y capital contable, motivos por los que se recomienda que sus propuestas no sean consideradas. *** La Tesorería de este Alto Tribunal recomienda que sus propuestas no sean consideradas, debido a que la empresa incumplió con la presentación de la declaración anual de impuestos correspondiente al ejercicio 2004, requerida en el punto 9 del anexo 3 de las bases de este concurso. De conformidad con lo dispuesto por el art. 26 del Acuerdo General de Administración 6/2001, de la Presidencia de este Alto Tribunal, así como con el artículo 14 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005, es viable autorizar la celebración de contratos multianuales, siempre y cuando se demuestre documentalmente que dichos actos jurídicos representan mejores términos y condiciones respecto a la celebración de dichos contratos por un solo ejercicio fiscal y en el entendido de que el pago de los compromisos de los años subsecuentes quedará sujeto a la disponibilidad presupuestaria que corresponda y cubriendo los pagos respectivos por bienes entregados o por servicios prestados. Derivado de que la adjudicación de la obra se hará en una sola partida, para obtener las mejores condiciones de contratación, toda vez que por el volumen de la obra y de los plazos considerados para

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su entrega, este año se concluirán 4 tomos y al inicio del próximo se imprimirán los 3 tomos restantes, por lo que la contratación, por los tiempos en que se hará, abarca dos ejercicios presupuestales. 9. En la sesión plenaria trigésima octava, celebrada el día 22 de agosto de 2005, se sometió a

consideración de los miembros del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones el punto de acuerdo con la propuesta de adjudicación para el procedimiento antes detallado, resolviendo lo siguiente:

“Los miembros del Comité respecto de este punto de acuerdo, y en virtud de que por analogía con la LPN se dan los supuestos para declarar desierto un procedimiento según lo establecido en los artículos 79 y 80 del AGA 6/2001, resolvieron que el procedimiento de Concurso por Invitación Restringida que se llevó a cabo para la contratación de los trabajos de impresión de la edición facsimilar “EL FORO. PERIÓDICO DE JURISPRUDENCIA Y LEGISLACIÓN, 1873 A 1876”, LA CUAL CONSTA DE 7 TOMOS”, se declare desierto y que la DGAS realice un procedimiento de Licitación Pública Nacional, para lo cual deberá de presentar al CASOD el punto de acuerdo correspondiente.”

10. Para atender la resolución del Comité antes indicada, mediante el oficio número 08775, del 23

de agosto de los corrientes, la Dirección General de Adquisiciones y Servicios solicitó a la titular de la Dirección General de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis, manifestara sus comentarios respecto de la reprogramación de la obra en comento, debido a que se estima que el procedimiento de Licitación Pública Nacional instruido por Comité, tomará del orden de 30 a 45 días para la adjudicación de los trabajos a contratar, más el tiempo que requiera el prestador del servicio para la impresión de la obra. (Anexo 7)

11. La Dirección General de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis, mediante

el oficio número CCST-H-413-08-2005, recibido en la Dirección General de Adquisiciones y Servicios el día 26 de agosto del año en curso, (Anexo 8) manifiesta sus comentarios respecto de la contratación que nos ocupa.

c).- Consideraciones: Se somete a consideración de los miembros del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, el oficio remitido por la Dirección General de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis para los efectos que juzguen pertinentes. Por lo anteriormente expuesto, el Comité tomó el siguiente: ACUERDO.- 1. Se ratifica la resolución que sobre el particular se dio en la sesión 38 del 22 de agosto de 2005, de

declarar desierto el procedimiento concursal que se llevó a cabo en su oportunidad por la Dirección General de Adquisiciones y Servicios, y que se realice un procedimiento de Licitación Pública Nacional para la contratación de la impresión de la obra en comento.

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2. La Dirección General de Adquisiciones y Servicios deberá enviar a la titular de la Dirección General

de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis un oficio mediante el cual se puntualicen las razones por las que los miembros del Comité toman la anterior determinación.

3. La Dirección General de Adquisiciones y Servicios deberá presentar a la brevedad al CASOD, el

Punto de Acuerdo correspondiente para la autorización del inicio del procedimiento de Licitación Pública Nacional, el cual deberá de realizarse en el menor tiempo posible que, para estos procedimientos, permita el AGA 6/2001, de la Presidencia de este Alto Tribunal.

3.- Sobre el tercer punto del Orden del Día, se expuso: a).- Presentación: CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS CON UNA EMPRESA ESPECIALIZADA EN PRODUCCIÓN DE LIBROS DE ARTE, QUE INCLUYA LOS TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN, FOTOGRAFÍA, DISEÑO E IMPRESIÓN DE UNA OBRA CUYO TEMA PRINCIPAL SERÁ LA HISTORIA DE CADA UNA DE LAS TREINTA Y CUATRO CASAS DE LA CULTURA JURÍDICA QUE TIENE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN EN LA REPÚBLICA MEXICANA. b).- Antecedentes: 1. Mediante Solicitud de Pedido 10501616 realizada a través del Sistema SIA y oficio No. CCST-H-

311-07-2005 de fecha 6 de julio del año 2005 (Anexo No.1), la titular de la Dirección General de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis, solicitó a la Dirección General de Adquisiciones y Servicios se iniciaran los trámites necesarios para la adjudicación a una empresa especializada en producción de libros de arte, los trabajos de investigación, fotografía, diseño e impresión de una obra cuyo tema principal será la historia de cada una de las treinta y cuatro Casas de la Cultura Jurídica de toda la República. Proyecto sometido y aprobado por el Comité de Publicaciones y Promoción Educativa.

2. Las especificaciones técnicas de la obra solicitada, fueron señaladas en el oficio de referencia,

las cuales se detallan a continuación: a).- Interiores: Papel Couché Magnomatt de 150 gramos.

Impresos en selección de color (4 x 4 tintas), con barniz de máquina sobre las fotografías. Tamaño final de 30 x 23 cms.

b.- Forros: Encuadernación cosida a lomo, con pastas rígidas forradas con

tela Geltex (el color está pendiente por definir). De lomo cuadrado.

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Con estampado ciego en el lomo y al frente. Con guardas impresas a 1 x 1 en Kimberly Bond de 120 gramos o

premier texturizado (el color está pendiente por definir). c).- Camisa del forro: Couché Magnomatt de 150 gramos, laminada mate. Con solapas de 10 cms., (el tamaño extendido de la camisa

dependerá de la medida final del ancho del lomo). Impresa en selección de color (4 x 0 tintas). d).- Tiraje: 3,000 ejemplares más sobrantes para reposición. e).- Páginas interiores: Constará de aproximadamente 400 en un tomo. TRABAJOS QUE DEBERÁ REALIZAR LA EMPRESA ADJUDICADA:

Investigación: Investigación y redacción; investigación iconográfica; captura; corrección de estilo; revisión; tomas fotográficas en cada una de las treinta y cuatro Casas de la Cultura Jurídica con equipo profesional; elaboración de mapa de ubicación.

Diseño y preprensa: Propuesta de diseño para páginas interiores y para la camisa del

forro; formación editorial sobre la propuesta autorizada; digitalización de imágenes y retoque si es necesario; pruebas en láser blanco y negro para correcciones y pruebas en color de las imágenes y de la camisa del forro para visto bueno. Salida en archivos PDF para CTP. Ploter´s para interiores y cubierta.

Impresión: Contratación de los trabajos de impresión conforme a las especificaciones

técnicas anteriormente descritas; supervisión y vistos buenos durante el proceso de impresión y acabados, revisión de una muestra del 15% del tiraje total para control de calidad.

CONSIDERACIONES ESPECIALES

La obra deberá ser en un 90% gráfica, es decir, se deberán hacer aproximadamente 150 tomas fotográficas in situ y adicionalmente se deberán considerar también las fotografías de archivos o históricas que las Casas de la Cultura puedan proporcionar.

Las fotos deberán ser de alta calidad, tomadas por fotógrafos profesionales con equipo

especializado en cada una de las treinta y cuatro Casas de la Cultura.

Las empresas deberán de contactar a un renombrado académico para la realización de la introducción de la obra, la cual deberá tener aproximadamente 30 cuartillas.

Al concluir el proceso de trabajo, la empresa contratada deberá entregar a este Alto Tribunal

todo el material generado para la reproducción de esta obra: archivos electrónicos de las páginas interiores y de la camisa del forro, acompañados de una relación impresa en la que se

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describa su orden y la paginación que les corresponde, archivos electrónicos de las fotografías digitalizadas, fonts utilizadas, ploter´s generados para la reproducción, y pruebas de color autorizadas durante el proceso de impresión.

La Suprema Corte de Justicia proporcionará: antecedentes históricos de las Casas de la

Cultura; permisos necesarios para realizar las tomas fotográficas en las instalaciones correspondientes.

Plazo de entrega: Debido a la complejidad del trabajo, ya que incluye desde la investigación

hasta la entrega de la obra impresa, se considera un plazo de 5 meses y medio, por lo que es indispensable que la obra en cuestión se adjudique durante este año, para que el trabajo se concluya durante el mes de febrero o marzo del 2006.

3. Para estimar el costo de los trabajos solicitados se consideró el precio por pliego de 16 páginas

en $19.48, propuesto en el año próximo pasado, por la empresa CVS, Publicaciones, S.A. de C.V., el cual incluye investigación, diseño, formación, e impresión. En virtud del tiempo trascurrido y considerando que el costo del papel se ha incrementado en lo que va del año 2005 hasta en un 20%, resulta conveniente incrementar el precio por pliego de 16 páginas en el igual porcentaje, por tal motivo el costo por pliego de 16 páginas asciende a $23.38, calculándose el costo de la presente contratación de la siguiente manera:

Precio por pliego de 16 páginas: $23.38 Número de páginas de la obra: 400 Número de pliegos de 16 páginas: 25 = (400/16) Costo por ejemplar: $584.50 = (25 x $23.38) Costo por 3,000 ejemplares: $1´753.500.00 = ($584.50 x 3,000) 15% de IVA: $263,025.00 = ($1´753,500.00 + 15%) Costo total neto por 3,000 ejemplares: $2´016,525.00 = ($1´753,500.00 +

$263,025.00)

El costo estimado asciende a la cantidad de $2´016,525.00 (Dos millones dieciséis mil quinientos veinticinco pesos 00/100 M.N.), incluido el 15% del Impuesto al Valor Agregado, que tomando en cuenta el valor de las Unidades de Inversión del día 6 de julio del presente año y que es de 3.522110 (Anexo No.2), el costo representa 566, 088.0280 UDIS, cantidad que no es superior al monto límite señalado para las contrataciones clasificadas como Mayor, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17, 26, 30, fracción VI, 34, 68, fracción II, 70, fracción II y del 86 al 88, del Acuerdo General de Administración 6/2001, de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo que el procedimiento a seguir es el de Concurso por Invitación Restringida, requiriéndose contar con un mínimo de 3 cotizaciones.

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4. De conformidad con lo dispuesto por el art. 26 del Acuerdo General de Administración 6/2001,

de la Presidencia de este Alto Tribunal, así como con el artículo 14 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005, es viable autorizar la celebración de contratos multianuales, siempre y cuando se demuestre documentalmente que dichos actos jurídicos representan mejores términos y condiciones respecto a la celebración de dichos contratos por un solo ejercicio fiscal y en el entendido de que el pago de los compromisos de los años subsecuentes quedará sujeto a la disponibilidad presupuestaria que corresponda y cubriendo los pagos respectivos por bienes entregados o por servicios prestados.

Derivado de que la adjudicación de la obra se hará en una sola partida, para obtener las mejores condiciones de contratación, toda vez que por la complejidad del trabajo de la obra y de los plazos considerados para su entrega (febrero o marzo de 2006), por lo que la contratación, por los tiempos en que se hará, abarcará dos ejercicios presupuestales.

5. Las empresas que se enlistan a continuación se someten a consideración de los miembros del

Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, para ser invitadas en el procedimiento concursal que nos ocupa, en virtud de que son especialistas en la producción de libros de arte:

a) Francisco Estebanez b) Emepunto, S.A. de C.V. c) Impresos Ya, S.A. de C.V. d) Editorial Trillas, S.A. de C.V. e) Editorial Limusa, S.A. de C.V. f) CVS publicaciones, S.A. de C.V. g) Dimensión de Impresión, S.A. de C.V. h) McGraw-Hill Interamericana, S.A. de C.V.

La erogación que implica esta contratación se realizará con cargo a la partida 360203 por la Dirección General de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis, debiendo registrarse al centro gestor denominado CCST (180400), en la que al 17 de agosto de 2005 existe disponibilidad presupuestal, según reporte del SIA (Anexo No.3).

c).- Consideraciones: Por lo expuesto en los antecedentes y con fundamento en los artículos 1°, 17, 26, 30, 34, 68, fracción II, 70, fracción II y del 86 al 88, del Acuerdo General de Administración 6/2001, punto segundo del Acuerdo General de Administración VI/2003, del Comité de Gobierno y Administración, a lo establecido en la sesión del 10 de enero del año 2005, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se somete a consideración del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, autorizar:

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1. Invitar a las empresas antes relacionadas al procedimiento de Concurso por Invitación Restringida para la contratación de los servicios de producción de libros de arte, los trabajos de investigación, fotografía, diseño e impresión de una obra cuyo tema principal será la historia de cada una de las treinta y cuatro Casas de la Cultura Jurídica que tiene la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Republica Mexicana.

2. El calendario de eventos que se indica en las bases, en el que se precisan de manera

descriptiva los plazos para que se lleve a cabo el procedimiento concursal. 3. Se autorice que el Director General de Adquisiciones y Servicios y la Directora General de la

Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis, puedan nombrar un representante, en caso de que no puedan asistir, a los eventos de este procedimiento.

Anexos: (Incluidos en el punto de acuerdo) Anexo No.1: Oficio y solicitud de pedido. Anexo No.2: UDIS del 6 de julio de 2005. Anexo No.3: Reporte del SIA de fecha 17 de agosto de 2005. Por lo anteriormente expuesto, el Comité tomó el siguiente: ACUERDO.- Los miembros del Comité, respecto de este punto de acuerdo decidieron aplazar su resolución y solicitan lo siguiente: 1. La Dirección General de Adquisiciones y Servicios deberá solicitar a la Dirección General de la

Coordinación de Compilación la documentación soporte con que se sustentó el Punto de Acuerdo que se presentó al Comité de Gobierno y Administración.

2. La Dirección General de Adquisiciones y Servicios deberá indicar claramente en el Punto de

Acuerdo, la integración del costo que estimó para estos trabajos. 3. Para esta contratación se llevará a cabo un “Concurso por Invitación Pública”, con los requisitos del

Concurso por Invitación Restringida que establece el AGA 6/2001, en sus artículos 86 al 88 pero además se deberá publicar una invitación a quien se interese en participar. Las bases de este concurso deberán adecuarse con las consideraciones indicadas en esta sesión (DESCALIFICACIÓN DE CONCURSANTES).

4.- Sobre el cuarto punto del Orden del Día, se expuso: a).- Presentación:

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AUTORIZACIÓN PARA ASIGNAR EL CONCURSO POR INVITACIÓN RESTRINGIDA RELATIVA A LA OBRA PÚBLICA CONSISTENTE EN LA “ADECUACIÓN Y AMPLIACIÓN DE LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN CANCÚN, QUINTANA ROO”. b).- Antecedentes: 1. En la segunda sesión extraordinaria celebrada el 23 de junio del presente año, los miembros del

Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones respecto a la Licitación Pública Nacional Núm. SCJN/005/2005 relativa a la obra pública consistente en la “Adecuación y ampliación de la Casa de la Cultura Jurídica en Cancún, Quintana Roo” confirmaron por unanimidad la resolución que dieron en su primera sesión extraordinaria realizada el 22 de junio de 2005, con las siguientes precisiones:

1. De conformidad con lo estipulado en el artículo 80 del Acuerdo General de Administración

6/2001, de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, declararon desierto el procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. SCJN/005/2005, en virtud de observarse un vicio en el proceso de emisión de los Dictámenes Financieros que emitió la Tesorería de este Alto Tribunal para las empresas que presentaron la documentación legal y contable conforme lo establecían las bases del procedimiento, y de conformidad con lo establecido en el artículo 79 del mencionado Acuerdo, sometieron esta resolución a consideración de la Lic. Arely Gómez González, Secretaria General de la Presidencia y Oficial Mayor de este Alto Tribunal, para su resolución definitiva,

2. Se llevará a cabo un Concurso por Invitación Restringida para la contratación de esta obra, y

de conformidad con la facultad otorgada al Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones en el artículo 17, fracción III del Acuerdo General de Administración 6/2001, de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, autorizaron que dicho concurso se llevara a cabo invitando a las 7 empresas de las que, conforme al Acta de Apertura de Propuestas Técnicas del procedimiento de Licitación Pública Nacional antes mencionado, se abrieron sus sobres de propuestas técnicas, a saber:

Cosmoservicios, S.A. de C.V. Famser, S.A. de C.V. Constructora Peraza, S.A. de C.V. Comercializadora Internacional de Materiales y Servicios de Construcción, S.A. de C.V. Construcciones y Proyectos Dajo, S.A. de C.V. Comaq, S.A. de C.V. Constructora Everest, S.A. de C.V.

También que se invitara a la empresa Grupo Comercializador de la Construcción, S.A. de C.V.; así mismo se integraran los alcances técnicos solicitados en el oficio petición de la Dirección General de Obras y Mantenimiento, con que se inició el procedimiento de Licitación Pública Nacional declarada desierta, con las precisiones que a dichos alcances se hicieron en la Junta de Aclaraciones del procedimiento Licitatorio aludido, obviando la presentación de documentación legal y contable a las empresas indicadas, en virtud de que ya se cuenta con

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ésta, y con la cual la Tesorería de este Alto Tribunal debería actualizar los dictámenes correspondientes para este nuevo procedimiento (Cabe aclarar que en la primera sesión extraordinaria celebrada el día anterior, se acordó indicar dentro de las bases del nuevo procedimiento el monto del presupuesto base estimado para esta contratación, el cual es de $10’786,268.35 (Diez millones setecientos ochenta y seis mil doscientos sesenta y ocho pesos 35/100 M.N.).

Los miembros del Comité analizaron y realizaron las observaciones y adecuaciones pertinentes a los proyectos de fallo de declaración desierta de la multicitada Licitación Pública Nacional; de autorización del fallo que debería firmar la Lic. Arely Gómez González, Secretaria General de la Presidencia y Oficial Mayor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; del oficio para la invitación a las empresas al Concurso por Invitación Restringida y de las bases para el nuevo Concurso. Por lo que una vez que la Dirección General de Adquisiciones y Servicios realizara las adecuaciones que le fueron indicadas, se debería proceder a firmar el fallo para su envío a las empresas autorizadas a participar en el nuevo procedimiento; a obtener la firma de la Lic. Arely Gómez González, y en su oportunidad (una vez publicado el fallo en el Diario Oficial de la Federación) se enviarán al domicilio de las empresas, la invitación y bases del concurso autorizado.

Cabe mencionar que con fecha 29 de junio de 2005 se recibió en la Dirección General de Adquisiciones y Servicios, la autorización de la Secretaria General de la Presidencia y Oficial Mayor.

Derivado de lo anterior, una vez que se efectuó el fallo de la Licitación Pública anteriormente mencionada, el día 7 de julio del presente, la Dirección General de Adquisiciones y Servicios inició el procedimiento de concurso por invitación restringida, enviando ese mismo día la invitación junto con las bases al domicilio fiscal de las 8 empresas autorizadas par tal fin, las cuales son:

1) Cosmoservicios, S.A. de C.V.

2) Famser, S.A. de C.V.

3) Comercializadora Internacional de Materiales y Servicios de Construcción, S.A. de C.V.

4) Construcciones y Proyectos Dajo, S.A. de C.V.

5) Comaq, S.A. de C.V.

6) Constructora Everest, S.A. de C.V.

7) Grupo Comercializador de la Construcción, S.A. de C.V.

8) Constructora Peraza, S.A. de C.V.

El día 14 de julio del año en curso fecha programada para la recepción de propuestas, se recibieron las propuestas de las 8 empresas invitadas, 7 en la Ciudad de México y 1 en Cancún, Quintana Roo (Anexo 4).

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Ese mismo día mediante oficio No. 7419 la Dirección General de Adquisiciones y Servicios envío la documentación financiera a la Tesorería, solicitando la elaboración del dictamen financiero de las empresas en comento. El día 15 de julio se llevó a cabo la apertura de las propuestas técnicas y económicas, arrojando lo siguiente:

Propuesta Técnica Empresa

Folio Inicial Folio Final Núm. de hojas

Cosmoservicios, S.A. de C.V. 000001 000195 195

Famser, S.A. de C.V. 0001 0269 269

Comercializadora Internacional de Materiales y Servicios de Construcción, S.A. de C.V. 000001 000209 209

Construcciones y Proyectos Dajo, S.A. de C.V. 000001 000178 178

Comaq, S.A. de C.V. 00001 00255 255

Constructora Everest, S.A. de C.V. 0001 * 0158 158

Grupo Comercializador de la Construcción, S.A. de C.V. 0001 0180 180

Construcciones Peraza, S.A. de C.V. 00001 00491 491

Propuesta Económica Empresa

Del Folio Al Folio Número de Hojas

Importe I.V.A. incluido

Cosmoservicios, S.A. de C.V. 000196 000592 397 $10’347,016.99

Famser, S.A. de C.V. 0270 0695 426 $9’551,443.48

Comercializadora Internacional de Materiales y Servicios de Construcción, S.A. de C.V. 000210 000593 384 $8’621,555.46

Construcciones y Proyectos Dajo, S.A. de C.V. 000179 000595 417 $10’405,475.72

Comaq, S.A. de C.V. 00256 00866 611 $10’933,486.74

Constructora Everest, S.A. de C.V. * 002 0420 420 $9’537,372.82

Grupo Comercializador de la Construcción, S.A. de C.V. 0181 0551 371 $9’849,712.40

Construcciones Peraza, S.A. de C.V. 00492 00955 464 $9’114,759.20

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* La empresa Constructora Everest, S.A. de C.V., inició con el folio 002 repitiendo el mismo en la siguiente hoja y no adicionó el I.V.A., como se estipula en el punto 3.2.7, de las bases del concurso.

Una vez concluida la apertura mediante oficio No. 7525 la Dirección General de Adquisiciones y Servicios envió a la Dirección General de Obras y Mantenimiento las propuestas técnicas para la emisión del dictamen técnico.

El día 15 de julio del año en curso mediante oficios Núm. 3244, 3245, 3246, 3247, 3248, 3249, 3250 y 3251/07/2005, se recibió por parte de la Tesorería de este Alto Tribunal el Dictamen Financiero, presentando los siguientes resultados:

Empresa Dictamen Financiero

Cosmoservicios, S.A. de C.V. Considerar

Famser, S.A. de C.V. Considerar

Comercializadora Internacional de Materiales y Servicios de Construcción, S.A. de C.V. Considerar

Construcciones y Proyectos Dajo, S.A. de C.V. Considerar

Comaq, S.A. de C.V. Considerar

Constructora Everest, S.A. de C.V. Considerar

Grupo Comercializador de la Construcción, S.A. de C.V. Considerar

Constructora Peraza, S.A. de C.V. Considerar

Los Dictámenes Legales elaborados por la Dirección General de Adquisiciones y Servicios reflejan lo siguiente:

Empresa Dictamen legal

Cosmoservicios, S.A. de C.V. Favorable

Famser, S.A. de C.V. Favorable

Comercializadora Internacional de Materiales y Servicios de Construcción, S.A. de C.V. Favorable

Construcciones y Proyectos Dajo, S.A. de C.V. Favorable

Comaq, S.A. de C.V. Favorable

Constructora Everest, S.A. de C.V. Favorable

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Grupo Comercializador de la Construcción, S.A. de C.V. Favorable

Constructora Peraza, S.A. de C.V. Favorable

Mediante oficio Núm. 1208/2005 recibido el día 3 de agosto de 2005, la Secretaría Ejecutiva de Servicios, en virtud de que la Dirección General de Obras y Mantenimiento se encuentra acéfala, remitió el Dictamen Técnico en el cual se indicó lo siguiente:

Empresa Dictamen técnico

Cosmoservicios, S.A. de C.V. Cumple

Famser, S.A. de C.V. Cumple

Comercializadora Internacional de Materiales y Servicios de Construcción, S.A. de C.V. Cumple

Construcciones y Proyectos Dajo, S.A. de C.V. Cumple

Comaq, S.A. de C.V. Cumple

Constructora Everest, S.A. de C.V. Cumple

Grupo Comercializador de la Construcción, S.A. de C.V. Cumple

Constructora Peraza, S.A. de C.V. Cumple

En el Dictamen de Evaluación de Propuestas Económicas de fecha 11 de agosto de 2005, realizado por la Dirección General de Adquisiciones y Servicios, se indica:

Empresa Forma de contratación

Vigencia de Presupuesto D.E.P.E.

Cosmoservicios, S.A. de C.V. Acepta 45 días hábiles Solvente

Famser, S.A. de C.V. Acepta 45 días hábiles No Solvente

Comercializadora Internacional de Materiales y Servicios de Construcción, S.A. de C.V. Acepta 45 días hábiles No Solvente

Construcciones y Proyectos Dajo, S.A. de C.V. Acepta 45 días naturales Factible

Comaq, S.A. de C.V. Acepta 45 días hábiles Solvente

Constructora Everest, S.A. de C.V. Acepta 45 días hábiles

Factible

Grupo Comercializador de la Construcción, S.A. de C.V. Acepta 45 días hábiles Factible

Constructora Peraza, S.A. de C.V. Acepta 45 días hábiles No Solvente

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El resumen general es el siguiente:

Empresas Lugar

por Monto

Dictamen Legal

Dictamen

Financiero

Dictamen

Técnico D.E.P.E.

Cosmoservicios, S.A. de C.V. 5° Favorable Considerar Viable Solvente1

Famser, S.A. de C.V. 3° Favorable Considerar Viable No Solvente2

Comercializadora Internacional de Materiales y Servicios de Construcción, S.A. de C.V.

1° Favorable Considerar Viable No Solvente3

Construcciones y Proyectos Dajo, S.A. de C.V. 6° Favorable Considerar Viable Factible4

Comaq, S.A. de C.V. 7° Favorable Considerar Viable Solvente5

Constructora Everest, S.A. de C.V. * 8° Favorable Considerar Viable Factible6

Grupo Comercializador de la Construcción, S.A. de C.V. 4° Favorable Considerar Viable Factible7

Constructora Peraza, S.A. de C.V. 2° Favorable Considerar Viable No Solvente8

* inició con el folio 002 repitiendo el mismo en la siguiente hoja y no adicionó el I.V.A., como se estipula en el punto 3.2.7, de las bases del concurso, aspectos que son motivo de descalificación, de conformidad a lo establecido en las bases concursales.

1 Es una oferta que resulta a nivel general un 5.19% abajo del presupuesto base y 0.90% arriba del precio de mercado, considerándose por lo anterior una oferta solvente para contratación.

2 Es una oferta que presenta una diferencia negativa en el costo directo de 715 mil pesos aproximadamente en comparación con los precios de mercado, cifra que rebasa los 615 mil pesos aproximadamente que la empresa propone como utilidad, es decir, que la utilidad es menor que la sumatoria de los costos en defecto, razón por la cual la propuesta no es factible para fines de adjudicación y por lo tanto se considera una propuesta no solvente.

3 Es una oferta que presenta una diferencia negativa en el costo directo de 998 mil pesos aproximadamente en comparación con los precios de mercado, cifra que rebasa los 571 mil pesos aproximadamente que la empresa propone como utilidad, es decir, que la utilidad es menor que la sumatoria de los costos en defecto, razón por la cual la propuesta no es factible para fines de adjudicación y por lo tanto se considera una propuesta no solvente.

4 Es una oferta que resulta a nivel general un 4.65% abajo del presupuesto base y 1.47% arriba del precio de mercado. Cabe mencionar que la oferta incumplió con la vigencia solicitada en las

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bases concursales de 45 días hábiles, por que ofertó 45 días naturales, considerándose por lo anterior una oferta factible para contratación siempre y cuando la empresa acepte que la vigencia de su oferta sea de 45 días hábiles.

5 Es una oferta que resulta a nivel general un 0.18% arriba del presupuesto base y 6.61% arriba

del precio de mercado, considerándose por lo anterior una oferta solvente para contratación. 6 Es una oferta que resulta a nivel general un 0.50% abajo del presupuesto base y 6.95% arriba

del precio de mercado, así como un error en el cálculo de las prestaciones del seguro social, las cuales no impactan considerablemente, considerándose por lo anterior una oferta factible para contratación.

7 Es una oferta que resulta a nivel general un 9.75% y 3.95% abajo del presupuesto base y

precio de mercado, respectivamente. Cabe mencionar que la oferta omitió el recubrimiento de las instalaciones de acero porcelanizado, la ductería del aire acondicionado, lo cual equivale aproximadamente a 242 mil pesos, cifra que resulta menor a los 848 mil pesos aproximadamente que la oferta manifiesta de utilidad; así como un error en el cálculo de las prestaciones del seguro social, las cuales no impactan considerablemente, considerándose por lo anterior una oferta factible para contratación siempre y cuando la empresa acepte que el precio ofertado para el suministro e instalación de los productos de acero porcelanizado y las instalaciones de aire acondicionado incluyen todo lo necesario para su correcta ejecución conforme a las especificaciones contenidas en las bases concursales.

8 Es una oferta que presenta una diferencia negativa en el costo directo de 715 mil pesos

aproximadamente en comparación con los precios de mercado, cifra que rebasa los 540 mil pesos aproximadamente que la empresa propone como utilidad, es decir, que la utilidad es menor que la sumatoria de los costos en defecto, razón por la cual la propuesta no es factible para fines de adjudicación y por lo tanto se considera una propuesta no solvente.

La erogación que implica esta contratación se realiza con cargo a la partida presupuestal 6102-1 denominada “PROYECTO EN PROCESO” y al centro gestor 170410 de la Dirección General de Obras y Mantenimiento. Cabe mencionar que a la fecha 16 de agosto de 2005, se tiene disponibilidad presupuestal para la contratación de obra pública en cuestión, según lo demuestra el reporte del Sistema Integral de Administración.

Debido al plazo de ejecución de 180 días naturales, la presente contratación abarcara parte del ejercicio 2006, por lo que la erogación del pago de los trabajos a realizar en 2006 quedara sujeta a la disponibilidad presupuestal de dicho ejercicio, lo cual será indicado en el contrato correspondiente.

En la trigésima octava sesión plenaria celebrada el 22 de agosto del presente, los miembros del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones respecto de este punto de acuerdo resolvieron aplazar la resolución a la propuesta de adjudicación presentada, y solicitaron a la Dirección General de Adquisiciones y Servicios que de aquellas propuestas que no se consideraron económicamente solventes

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se precise con mayor detalle las causas por las que se emitió este juicio, y se presente a la brevedad nuevamente este asunto a dicho comité. Sobre el particular esta Dirección General de Adquisiciones y Servicios considera lo siguiente:

a) Con fundamento a lo establecido en el artículo 2, fracción XXI, inciso f del Acuerdo General

de Administración 6/2001, de la Presidencia de este Alto Tribunal, ha considerado en la elaboración de los dictámenes de evaluación de propuestas económicas el “análisis comparativo de precios en el mercado”, para lo cual se utiliza los siguientes criterios:

Al inicio de la evaluación de las propuestas económicas, se considera que los precios que

la Unidad Técnica utilizó en la formulación del presupuesto base son los precios de mercado.

Durante la evaluación de propuestas se calculan los precios promedio que ofertaron las

empresas participantes, considerando estos resultados para fines comparativos.

Paralelamente a lo anterior se recaban cotizaciones, preferentemente en la ciudad donde se llevará a cabo la obra pública, con la finalidad de que los precios reflejen lo más posible el nivel en la localidad considerada.

Con la información anterior se elabora un cuadro comparativo donde se refleja el

resultado de los precios en el mercado, el cual se analiza con la finalidad de identificar las desviaciones que pudieran llevar a una conclusión respecto a los precios ofertados por los participantes en el procedimiento concursal.

b) En cuanto al criterio de evaluación considerado en el análisis de factibilidad presentado en el

Dictamen de Evaluación de Propuestas Económicas, cabe mencionar que éste, entre otros, fueron presentados a la Secretaría de Ejecutiva de la Contraloría en el “Procedimiento para elaborar el dictamen de evaluación de propuestas económicas para los procedimientos de contratación de obra pública y los servicios relacionados con la misma”, mediante el cual fue solventada una observación respecto al procedimiento que se sigue para la evaluación de propuestas económicas, mismo que fue elaborado conforme a lo establecido en el Acuerdo General de Administración 6/2001, de la Presidencia de este Alto Tribunal y en base a las recomendaciones del Instituto Mexicano de Auditoria Técnica, A.C., y la Metodología propuesta para la evaluación económica de propuestas y emisión del dictamen económico, publicado en el libro Metodología en el desarrollo de concursos de obra pública federal 2002, del Ingeniero Carlos Suárez Salazar.

c) Para la evaluación que nos ocupa se observó que las propuestas de las empresas Famser,

Coimsa y Peraza, en promedio se encuentran 17% abajo del presupuesto base, mientras que las ofertas de las empresas Dajo, Gcc y Cosmo, también se encuentran abajo 8% en promedio en comparación con el presupuesto base y las ofertas de las empresas Comaq y Everest resultan en promedio 2% arriba del presupuesto base; por lo anterior se puede resumir que

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de ocho ofertas dos son similares al presupuesto base, tres son 8% inferiores al presupuesto base y otras tres son inferiores pero en un 17%.

d) Con el fin de analizar dicho comportamiento e identificar las causas por las cuales el

presupuesto base refleja un precio mayor a las ofertas recibidas, se encontró que los precios considerados por la Dirección General de Obras y Mantenimiento para el acero de refuerzo, acero estructural y cancelería de aluminio, eran mayores en comparación con el precio de mercado y que el consumo de tubería Conduit de PVC de 100 mm de diámetro, el consumo del presupuesto base era aproximadamente el triple en comparación con lo estimado por las empresas y en la magnitud que se indica en la tabla siguiente, lo cual conllevó al planteamiento del escenario en el que considerando los precios de las cotizaciones recabadas para dichos insumos y corrigiendo el error en el consumo de la tubería Conduit de PVC, se obtuvo un costo directo de aproximadamente de 7’100,000 aproximadamente, es decir un 6.5% abajo del presupuesto base.

Concepto Base Precio de

mercado Consumo calculado

Acero de refuerzo 11,600 $/ton 7,300 $/ton Acero estructural 14,000 $/ton 12,000 $/ton Cancelería de aluminio con cristal templado de 9 mm 2,000 $/m2 1,755 $/m2 Tubería de Conduit PVC de 100 mm 930.617 m 330 m

Derivado de lo anterior se pueden evaluar dos escenarios, el primero considerando el presupuesto base con su error en la cuantificación de la tubería conduit de PVC y la sobrestimación en los precios del acero y del cancel, y el segundo considerando un presupuesto base corregido en cuanto al consumo de la tubería conduit de PVC y los precios de mercado del acero y del cancel (recabados mediante cotizaciones) en el sitio donde se llevará a cabo la obra, lo cual puede observarse en la tabla siguiente:

Primer Escenario Segundo Escenario

Propuesta Costo Directo Diferencia Costo Directo Diferencia(Aprox)

Utilidad

Base/Mercado 7’591,953.20 7’100,000.00 Famser 6’384,360.28 -1’207,592.92 6’384,360.28 -715,000 615,229.85Coimsa 6’101,885.01 -1’490,068.19 6’101,885.01 -998,000 571,365.26

Dajo 7’151,600.83 -440,352.37 7’151,600.83 +52,000 859,787.49

Gcc 6’858,146.86 -733,806.34 6’858,146.86 -242,000 848,780.54

Cosmo 6’950,284.99 -641,668.21 6’950,284.99 -149,000 509,287.14Comaq 7’873,294.72 281,341.52 7’873,294.72 +773,000 694,360.19Everest 7’663,497.23 71,544.03 7’663,497.23 +563,000 706,472.06Peraza 6’384,738.51 -1’207,214.69 6’384,738.51 -715,000 540,636.48

Cabe mencionar que conforme al segundo escenario, el cual fue planteado en el Dictamen de Evaluación de Propuestas Económicas, las empresas Famser, Coimsa y Peraza, se presume que están en riesgo de insolvencia porque éstas ofertan en gran parte precios abajo del

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precio de mercado, además de reflejar las siguientes omisiones en la formulación de sus precios unitarios:

• Famser:

− No presentó la explosión de insumos completa (falto mano de obra y maquinaria y equipo)

− En el concepto JAR.03, omitió el suministro de las palmeras − En el concepto IHS.01, omitió el suministro e instalación del fluxometro − En la partida de aire acondicionado omitió la ducteria y accesorios. − Lo anterior se estima en un costo de aproximadamente 220 mil pesos.

• Coimsa: − Consideró las cuotas por concepto de enfermedad y maternidad diferentes a las

establecidas por la normatividad del Seguro Social, así como un salario mínimo diferente al vigente.

− En el concepto ALB.11, ofertó un producto ecocreto y omitió el concreto estampado

− En la partida de aire acondicionado omitió la ducteria y accesorios. − Lo anterior se estima en un costo de aproximadamente 150 mil pesos.

• Peraza: − Consideró las cuotas por concepto de enfermedad y maternidad diferentes a las

establecidas por la normatividad del Seguro Social, así como un salario mínimo diferente al vigente.

− En la partida de aire acondicionado ofertó equipos con capacidades diferentes a las solicitadas, además de omitir la ducteria y los accesorios correspondientes.

− Lo anterior se estima en un costo de aproximadamente 100 mil pesos.

En el caso de la empresa Grupo Comercializador de la Construcción, S.A. de C.V., se observó que los precios ofertados son similares a los de mercado y que los costos que no consideró corresponden al recubrimiento de las instalaciones de acero porcelanizado marca Porcewol así como la ducteria y accesorios de aire condicionado, es decir, que la razón por la que la oferta resulta aproximadamente 242 mil pesos se debe a estas omisiones y no a la consideración de precios inferiores a los de mercado, como es el caso de las tres ofertas presentadas por las empresas Famser, Coimsa y Peraza.

Cabe decir que la empresa también consideró las cuotas por concepto de enfermedad y maternidad diferentes a las establecidas por la normatividad del Seguro Social, así como un salario mínimo diferente al vigente.

e) En relación con la empresa Constructora Everest, S.A. de C.V., en la cual se observó que la

empresa no adicionó el Impuesto al Valor Agregado a su oferta, cabe mencionar que esta situación se puede apreciar en la última hoja del documento 3.2.7, en la cual dice “Total del presupuesto Sin IVA: $9,537,372.82”.

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De conformidad con el artículo 14 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2005, y con lo dispuesto por el artículo 26 del Acuerdo General de Administración 6/2001, de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es viable autorizar la celebración de contratos multianuales, siempre y cuando se demuestre documentalmente que dichos actos jurídicos representan mejores términos y condiciones respecto a la celebración de dichos contratos por un solo ejercicio fiscal y en el entendido de que el pago de los compromisos de los años subsecuentes quedará sujeto a la disponibilidad presupuestaria que corresponda y cubriendo los pagos respectivos por bienes entregados o servicios prestados.

Por lo anterior y considerando el plazo de ejecución establecido por la Dirección General de Obras y Mantenimiento en el oficio No. DGOM/550 de 180 días naturales, se considera necesaria la contratación de esta obra pública en base multianual, ya que se estima que el inicio de dichos trabajos será en el mes de septiembre del presente año, por lo que su conclusión sería en febrero de 2006.

En la trigésima novena sesión plenaria celebrada el 25 de agosto del presente año, los miembros del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones respecto de este punto de acuerdo resolvieron aplazar su resolución para la sesión del 30 de agosto de 2005, solicitando lo siguiente: 1.-) La Dirección General de Adquisiciones y Servicios deberá indicar en el punto de acuerdo que se someta nuevamente al Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, la fundamentación de cada una de las desviaciones detectadas (incumplimientos) por las que no se consideran solventes las propuestas y hará una nueva revisión de las 8 propuestas a nivel precio unitario detectando otros incumplimientos que no cayeron en el alcance de la revisión original; 2.-) La Dirección General de Adquisiciones y Servicios deberá solicitar a la Dirección General de Obras y Mantenimiento emita una opinión respecto de las propuestas económicas presentadas por las 8 empresas participantes; y 3.-) La Dirección General de Adquisiciones y Servicios deberá realizar las adecuaciones pertinentes en el inciso b) del antecedente 15 indicado en el punto de acuerdo presentado (página. 7/10), para que los porcentajes indicados reflejen la diferencia real contra el presupuesto base actualizado.

Con fecha 26 de agosto del presente año, conforme a las indicaciones del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, se solicitó a la Dirección General de Obras y Mantenimiento la opinión solicitada por el comité, para lo cual se pusieron a disposición de ésta las propuestas de las ocho empresas.

En complemento al análisis del inciso b) del antecedente 15, comparando las propuestas a costo directo con el presupuesto base corregido, se observó que las propuestas de las empresas Famser, Coimsa y Peraza, en promedio se encuentran 12% abajo del presupuesto base, mientras que las ofertas de las empresas Dajo, Gcc y Cosmo, también se encuentran abajo 2% en promedio en comparación con el presupuesto base y las ofertas de las empresas Comaq y Everest resultan en promedio 9% arriba del presupuesto base.

En relación con la fundamentación de los incumplimientos que las ofertas reflejan en la integración de sus propuestas económicas, al respecto se elaboró un cuadro en el que se indica lo anterior (Anexo 1)

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c).- Consideraciones:

Derivado de lo anterior y en apego a los artículos 15, 16 cuarto párrafo, 17, fracciones I y III, 26, 34, 38, fracción I, 86, 87 y 88 del Acuerdo General de Administración 6/2001, de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, dicha contratación debe ser autorizada por el Presidente de este Alto Tribunal, asimismo de conformidad a lo dispuesto por el punto primero del Acuerdo General de Administración VI/2003 del Comité de Gobierno y Administración y considerando lo establecido en las sesiones del Comité de Gobierno y Administración de fechas 10 y 25 de enero de 2005, dicha autorización le corresponde al Oficial Mayor, por lo que se solicita al Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones que por su conducto se someta a consideración de la Secretaría General de la Presidencia y Oficial Mayor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación lo siguiente:

1. Autorice solicitar a la empresa Grupo Comercializador de la Construcción, S.A. de C.V., que envíe un escrito aceptando que los costos por concepto del recubrimiento de las instalaciones de acero porcelanizado y la ductería del aire acondicionado quedarán incluidas en el costo total de la oferta presentada, confirmando que por el monto de $9’849,712.40 (Nueve millones ochocientos cuarenta y nueve mil setecientos doce pesos 40/100 M.N.) I.V.A. incluido, incluirá en su alcance lo descrito anteriormente y en consecuencia, autorice asignar la obra pública consistente en la “Adecuación y Ampliación de la Casa de la Cultura Jurídica en Cancún, Quintana Roo”, a la empresa Grupo Comercializador de la Construcción, S.A. de C.V., por un monto de $9,849,712.40 (Nueve millones ochocientos cuarenta y nueve mil setecientos doce pesos 40/100 M.N.) I.V.A. incluido y un plazo de ejecución de 180 días naturales, debido a que le son favorables los dictámenes legal, financiero, técnico y de evaluación de propuestas económicas, siempre que esta empresa acepte que los costos por concepto del recubrimiento de las instalaciones de acero porcelanizado y la ductería del aire acondicionado quedarán incluidas en el costo total de la oferta presentada.

Por lo anteriormente expuesto, el Comité tomó el siguiente: ACUERDO.- 1. Se declara desierto el Concurso por Invitación Restringida, por analogía con el art. 80 del AGA

6/2001, de la Presidencia de este Alto Tribunal, y se proporcionen a los miembros del CASOD mayores elementos de análisis para que pueda determinar la posible adjudicación de esta contratación, para lo cual, la Dirección General de Obras y Mantenimiento deberá verificar el currículo de las 8 empresas participantes y emitir una opinión sobre la capacidad técnica y sobre la calidad de los trabajos efectuados por éstas, así mismo dé cumplimiento a lo solicitado por el CASOD en la sesión 39 del 25 de agosto de 2005 en la cual se le solicitó emitiera su opinión sobre las propuestas económicas recibidas en este procedimiento. Las propuestas le fueron enviadas por parte de la Dirección General de Adquisiciones y Servicios el pasado 26 de agosto.

2. Se presente a la brevedad el Punto de Acuerdo al CASOD.

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3. La Dirección General de Adquisiciones y Servicios enviará a los miembros del Comité el proyecto de fallo del concurso declarado desierto para sus comentarios.

5.- Sobre el quinto punto del Orden del Día, se expuso: a).- Presentación: INFORME DE PRODUCTIVIDAD DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS, OBRAS Y DESINCORPORACIONES (CASOD) CORRESPONDIENTE AL PRIMER SEMESTRE DEL EJERCICIO 2005. El Comité tomó el siguiente: ACUERDO.- Los miembros del Comité; Lic. Rafael Coello Cetina, Secretario Ejecutivo de Asuntos Jurídicos y el Lic. Samuel Jiménez Calderón, Secretario Ejecutivo de Administración, en virtud de que el Ing. Juan Manuel Begovich Garfias, Secretario Ejecutivo de Servicios y Presidente del CASOD no participó en la revisión de este informe por tener que atender asuntos con la Lic. Arely Gómez González, Secretaria General de la Presidencia y Oficial Mayor de la SCJN, resolvieron lo siguiente: 1. Se hagan las correcciones indicadas en el apartado de ANTECEDENTES, RESULTADOS

(eliminando el rubro que se identificó como LOGROS), en RESULTADOS se haga el desglose de la atención de los Puntos de Acuerdo conforme a las gráficas que presentó el Lic. José Luis Vázquez P., Asesor de Mando Superior adscrito a la Oficialía Mayor de este Alto Tribunal, debiendo detallarse en este rubro los conceptos indicados en dichas gráficas, y en los ANEXOS que se indique la motivación de las Adjudicaciones Directas (Fabricantes, Distribuidores Exclusivos, etc.).

2. Se presente nuevamente el informe al CASOD. 6.- Sobre el sexto punto del Orden del Día, se expuso: a).- Presentación: AUTORIZACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA EN EL INMUEBLE QUE OCUPA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN CUERNAVACA, ESTADO DE MORELOS, CON LA EMPRESA GRUPO DE SEGURIDAD PRIVADA Y ADIESTRAMIENTO Y/O ALEJANDRO DORANTES RODRÍGUEZ.

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b).- Antecedentes: 1. Para atender los servicios de seguridad y vigilancia en el inmueble que ocupa la Casa de la

Cultura Jurídica ubicado en Boulevard Benito Juárez No. 49, Colonia Las Palmas, en la Ciudad de Cuernavaca, Estado de Morelos, la Dirección General de Adquisiciones y Servicios presentó al Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, en su sesión novena de fecha 8 de marzo del 2005, el punto de acuerdo para la contratación de estos servicios con la empresa Administración de Personal Anáhuac, S.A. de C.V., por el período comprendido del 1° de marzo del 2005 al 28 de febrero del 2006. (Anexo 1)

2. El Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones en su novena sesión

plenaria de fecha 8 de marzo del 2005, autoriza la contratación del servicio de seguridad y vigilancia para el inmueble que ocupa la Casa de la Cultura Jurídica en Cuernavaca, Estado de Morelos, con la empresa Administración de Personal Anáhuac, S.A. de C.V., por el período comprendido del 1° de marzo al 31 de agosto del 2005, (Anexo 2) formalizándose la contratación mediante contrato Núm. SCJN/DGAS/SV-31/03/2005, (Anexo 3) atendiéndose el servicio con dos elementos de seguridad; cada uno con turnos de 24 horas de trabajo por 24 horas de descanso, con un costo mensual de $11,730.00 (ONCE MIL SETECIENTOS TREINTA PESOS 00/100 M.N.)

3. Con fecha 29 de junio del 2005, mediante oficio Núm. 6752, la Dirección General de

Adquisiciones y Servicios, solicitó a la Dirección General del Centro de Documentación, Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, su apoyo para la obtención de tres propuestas de prestadores de servicios a fin de cubrir el requerimiento del servicio de seguridad y vigilancia en el inmueble que ocupa la Casa de la Cultura Jurídica en Cuernavaca, Estado de Morelos, en virtud del vencimiento del contrato celebrado entre la empresa Administración de Personal Anáhuac, S.A. de C.V., y este Alto Tribunal el día 31 de agosto del 2005. (Anexo 4)

4. Con fecha 1° de agosto del 2005, se recibieron en la Dirección General de Adquisiciones y

Servicios las propuestas económicas mismas que se describen a continuación: (Anexo 5)

Prestador del Servicio Costo Mensual

I.V.A. incluido

Importe Mensual en UDIS

Importe Anual I.V.A. incluido Sep-2005 a Ago-

2006

Importe Anual en UDIS

Grupo de Seguridad Privada y Adiestramiento y/o Alejandro Dorantes Rodríguez

$11,661.00 3,265.56 $139,932.00 41,640.42

Sistemas Mexicanos de Seguridad Privada, S.A. de C.V.

$13,284.80 3,720.29 $159,417.60 44,643.38

M.S.P.V. Morelos, S.A. de C.V.

$14,260.00 3,993.38 $171,120.00 47,920.52

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Nota: El valor de la UDI al 1° de agosto del 2005, es de 3.570913, según Diario Oficial

publicado el 25 de julio del 2005. (Anexo 6) Por otra parte, en el cuadro siguiente se detallan las características del servicio ofertadas por los prestadores participantes en el proceso que nos ocupa: Características del Servicio:

Prestador del Servicio No. de Elementos

Turno por elemento

Equipamiento de los elementos

Grupo de Seguridad Privada y Adiestramiento y/o Alejandro Dorantes Rpdríguez

2 24 X 24 hrs. Uniforme, fornitura, gas lacrimógeno tolete y radio transmisor.

Sistemas Mexicanos de Seguridad Privada, S.A. de C.V.

2 24 X 24 hrs. Uniforme, gafete de identificación, detector de metales portátil, gas lacrimógeno, tolete.

M.S.P.V. Morelos, S.A. de C.V.

2 24 X 24 hrs. Uniforme, fornitura, credencial, gas y radio comunicación.

Se presentan las propuestas con turnos de 24 X 24 horas por así requerirlo la titular de la Casa de la Cultura Jurídica. De lo anterior se observa que el prestador de servicios Grupo de Seguridad Privada y Adiestramiento y/o Alejandro Dorantes Rodríguez, oferta el costo más económico por los servicios de seguridad y vigilancia a contratar por este Alto Tribunal, por otra parte, cuenta con el permiso que otorga la autoridad competente para operar en la modalidad de seguridad privada con Núm. de registro 89, con vigencia al 11 de noviembre del 2005, razón por la cual se estima conveniente contratar los servicios con dicha empresa (Anexo 7). Con respecto a la opinión de la Dirección de Seguridad de este Alto Tribunal para la contratación de estos servicios se atenderán sus observaciones sobre la vulnerabilidad de riesgos (Anexo 8) cuando se contrate con el prestador de servicios propuesto. Cabe destacar que de la empresa Administración de Personal Anáhuac, S.A. de C.V., no se le invitó a que presentara su propuesta, debido a que se publicó con fecha 19 de mayo del 2005, en el Diario Oficial su inhabilitación por un plazo de dos años con seis meses, aunque conviene aclarar que los informes que emite la titular de la Casa de la Cultura Jurídica, Lic. Aura Hernández Hernández sobre la calidad de los servicios los calificó como satisfactorios. (Anexo 9) Para la contratación de este servicio se cuenta con disponibilidad presupuestal según reporte SIA de fecha 15 de agosto del 2005. (Anexo 10) y el gasto está considerado y programado en el Plan de Facturación en SIA.

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La erogación se realiza con cargo a la partida 3411-1, denominado servicios de vigilancia por la Dirección General de Adquisiciones y Servicios, debiendo registrarse en el centro gestor (G170502) denominado DGAS (SUMIN./SERVS.). Para el período correspondiente al ejercicio 2006, el pago quedará sujeto a la asignación de recursos presupuestales para dicho ejercicio. Fundamento. Con fundamento en los artículos 26, 28, 30, fracción III, 33, 34, 68, fracción III, 70, fracción III y 89 y por analogía el 127, del Acuerdo General de Administración 6/2001, de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como lo dispuesto en la sesión del Comité de Gobierno y Administración de fecha 10 de enero del 2005, la autorización para la contratación de los servicios indicados, corresponde al Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones. De conformidad con el artículo 14 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005, y con lo dispuesto por el art. 26 del Acuerdo General de Administración 6/2001, de la Presidencia de este Alto Tribunal, es viable autorizar la celebración de contratos multianuales, siempre y cuando se demuestre documentalmente que dichos actos jurídicos representan mejores términos y condiciones respecto a la celebración de dichos contratos por un solo ejercicio fiscal y en el entendido de que el pago de los compromisos de los años subsecuentes quedará sujeto a la disponibilidad presupuestaria que corresponda y cubriendo los pagos respectivos por bienes entregados o por servicios prestados.

Por lo anterior y considerando la conveniencia de que un prestador de servicio se compenetre con las formas de trabajo que se llevan a cabo en las Casas de la Cultura Jurídica y en este caso que los elementos de seguridad, respecto del público usuario de dichos servicios, puedan tener una mejor atención y en caso de algún incidente, una más fácil identificación de las personas; se considera conveniente la contratación en base multianual considerando las observaciones de la Dirección de Seguridad respecto a la forma de prestación del servicio. c).- Consideraciones: Por lo sustentado en los antecedentes y en apego a lo fundamentado se solicita a los miembros del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones autorizar:

1. La contratación mediante procedimiento de adjudicación directa, del servicio de seguridad y vigilancia en el inmueble que ocupa la Casa de la Cultura Jurídica en Cuernavaca, Estado de Morelos, con el prestador de servicios Grupo de Seguridad Privada y Adiestramiento y/o Alejandro Dorantes Rodríguez, por el período comprendido del 1° de septiembre del 2005 al 31 de agosto del 2006, con un costo anual de $139,932.00 (CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS PESOS 00/100 M.N.), cantidad que se cubrirá mediante meses vencidos por un importe de $11,661.00 (ONCE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y UN PESOS 00/100 M.N.) I.V.A. incluido.

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En el contrato que se formalice con el prestador de servicios Grupo de Seguridad Privada y Adiestramiento y/o Alejandro Dorantes Rodríguez se incluirá una cláusula que indique que los montos correspondientes a los meses del ejercicio 2006, estarán sujetos a la autorización del presupuesto correspondiente.

Por lo anteriormente expuesto, el Comité tomó el siguiente: ACUERDO.- Los miembros del Comité; Lic. Rafael Coello Cetina, Secretario Ejecutivo de Asuntos Jurídicos y el Lic. Samuel Jiménez Calderón, Secretario Ejecutivo de Administración, en virtud de que el Ing. Juan Manuel Begovich Garfias, Secretario Ejecutivo de Servicios y Presidente del CASOD no participó en la resolución de este punto de acuerdo por tener que atender asuntos con la Lic. Arely Gómez González, Secretaria General de la Presidencia y Oficial Mayor de la SCJN, resolvieron lo siguiente: 1. Se autoriza la contratación mediante procedimiento de adjudicación directa, llevado a cabo por la

Dirección General de Adquisiciones y Servicios, del servicio de seguridad y vigilancia para el inmueble en que se ubica la Casa de la Cultura Jurídica en Cuernavaca, Estado de Morelos, con el Grupo de Seguridad Privada y Adiestramiento y/o Alejandro Dorantes Rodríguez, por el período del 1° de septiembre de 2005 al 31 de agosto de 2006, con un costo mensual de $11,661.00 (Once mil seiscientos sesenta y un pesos 00/100 M.N.) I.V.A. incluido. Este costo no incluye incremento que en su oportunidad por razones de nuevos salarios mínimos decrete la Comisión Nacional de Salarios Mínimos para el año 2006.

2. La Dirección General de Adquisiciones y Servicios deberá incluir en el contrato correspondiente el

procedimiento que sugirió la Dirección de Seguridad de este Alto Tribunal, para su aplicación por parte de los prestadores de servicio de seguridad para las Casas de la Cultura Jurídica de la SCJN, y asimismo deberá incluir una cláusula que indique que los montos a devengar correspondientes a los meses del ejercicio 2006 estarán sujetos a la autorización del presupuesto correspondiente.

3. La Dirección General de Adquisiciones y Servicios deberá verificar, en su oportunidad, la

continuidad de la vigencia del permiso otorgado por la autoridad competente a Grupo de Seguridad Privada y Adiestramiento y/o Alejandro Dorantes Rodríguez para operar en la modalidad de seguridad privada. (Vigencia del actual noviembre de 2005)

7.- Sobre el séptimo punto del Orden del Día, se expuso: a).- Presentación: AUTORIZACIÓN DE PRÓRROGA DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA EN EL INMUEBLE QUE OCUPA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN PACHUCA, ESTADO DE HIDALGO CON LA EMPRESA COORDINACIÓN Y SISTEMAS DE SEGURIDAD PRIVADA PATRIMONIAL, S.A. DE C.V.

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b).- Antecedentes: 1. Para atender los servicios de seguridad y vigilancia en el inmueble que ocupa la Casa de la

Cultura Jurídica, ubicado en Morelos No. 720, Colonia Centro en Pachuca, Estado de Hidalgo, se celebró el contrato Núm. SCJN/DGAS/SV-124/11/2001, con la empresa Coordinación y Sistemas de Seguridad Privada Patrimonial, S.A. de C.V., para cubrir el servicio con dos elementos de seguridad, cada uno con turnos de 24 horas de trabajo por 24 horas de descanso. La vigencia del contrato se estableció por el período de un año obligatorio para el prestador de servicios y voluntario para este Alto Tribunal, iniciando su vigencia el 1° de septiembre del 2001, determinando en su cláusula sexta que el contrato podría prorrogarse por un término indefinido y voluntario para ambas partes. (Anexo 1)

En la cláusula tercera del contrato se establece el ajuste de precios al contrato indicado, el cual surtirá efecto cuando la Comisión Nacional de Salarios Mínimos autorice incremento en los salarios mínimos generales. El precio se incrementará en la fecha y en forma proporcional al incremento del salario mínimo vigente en la ciudad de Pachuca, estado de Hidalgo.

2. Con fecha 4 de agosto del 2004, mediante oficio No. 6427, el Director General de

Adquisiciones y Servicios, autorizó la prórroga de los servicios para el período correspondiente del 1° de septiembre del 2004 al 31 de agosto del 2005 (Anexo 2), con un costo mensual hasta el 31 de diciembre del 2004 de $11,257.03 (ONCE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS 03/100 M.N.).

3. Con fecha 22 de diciembre del 2004, se publicó en el Diario Oficial el incremento a los

salarios mínimos generales autorizados por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, por lo que se tiene que para el ejercicio 2005, el incremento correspondiente al área geográfica C zona en la que se sitúa la Ciudad de Pachuca, Estado de Hidalgo, es del 4.60%. (Anexo 3)

4. La Dirección General de Adquisiciones y Servicios mediante oficio No. 6596, de fecha 27 de

junio del 2005 solicitó a la Dirección General del Centro de Documentación, Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, su opinión respecto de la continuidad de los servicios por parte de la empresa Coordinación y Sistemas de Seguridad Privada Patrimonial, S.A. de C.V., a fin de estar en posibilidad de realizar el trámite correspondiente para la prórroga del contrato en virtud de que vence el 31 de agosto de 2005. (Anexo 4)

5. Para dar cumplimiento a la cláusula tercera del contrato, con fecha 04 de julio del 2005, la

Dirección General de Adquisiciones y Servicios, presentó al Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, en su trigésima segunda sesión plenaria el Punto Informativo sobre los incrementos de los costos del servicio de seguridad y vigilancia para el año 2005, de quince Casas de la Cultura Jurídica ubicadas en distintas ciudades, de las cuales respecto de la Casa de la Cultura Jurídica ubicada en la Ciudad de Pachuca, Estado de Hidalgo se presentó el siguiente detalle: (Anexo 5)

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Costo Mensual

año 2004 % de

Incremento Costo Mensual con

Incremento año 2005

$11,257.03 4.60 $11,774.86

Los miembros del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, se dieron por enterados sobre el incremento de los costos de los servicios dando su conformidad para que se cubriera la diferencia pendiente de pagar del período 1° de enero al 30 de junio del 2005 ($3,106.98) mediante la emisión de órdenes de servicio en SIA. En consecuencia el pago de julio a diciembre del 2005, se realizaría mediante el Plan de Facturación en SIA. (Anexo 6)

6. Con fecha 15 de julio del 2005, se recibió en la Dirección General de Adquisiciones y

Servicios el oficio No. CDAAC-CCJ-F-436-07-2005, de la Dirección General del Centro de Documentación, Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, en el que comunica conveniente la aplicación de la prórroga. (Anexo 7)

7. Con fecha 1° de agosto del 2005, la Dirección General de Adquisiciones y Servicios giró el

oficio Núm. 7739, al prestador del servicio solicitando manifestara su deseo de continuar brindándonos el servicio para una vigencia del 1° de septiembre del 2005 al 31 de agosto del 2006. (Anexo 8)

8. La Dirección General de Adquisiciones y Servicios se dio a la tarea de conseguir nuevas

propuestas para estar en posibilidad de comparar los costos en el mercado con respecto a los propuestos por el actual prestador de servicios.

9. Con fechas 1° y 15 de agosto del 2005, se recibieron en la Dirección General de

Adquisiciones y Servicios las propuestas económicas mismas que se describen a continuación: (Anexo 9)

Prestador del Servicio No. de

elementos Turno Costo Mensual

I.V.A. incluido

Multiservicios de Seguridad Privada, S.A. de C.V.

2 24 X 24 hrs. $11,681.70

Consultores en Seguridad Privada y/o Fernando Espinosa Sánchez

2 24 X 24 hrs. $12,075.00

Seguridad Privada Hidalgo, S.A. de C.V.

2 24 X 24 hrs. $13,156.00

Se presentan las propuestas con turnos de 24 horas para estar en posibilidad de realizar una comparación real del servicio originalmente contratado.

De lo anterior se observa que la empresa Multiservicios de Seguridad Privada, S.A. de C.V., oferta un menor costo al de la empresa Coordinación y Sistemas de Seguridad Privada Patrimonial, S.A. de C.V., aunque se considera que la diferencia no es de relevancia. ($93.16 pesos por mes) si consideramos que mediante los informes que emite la titular de la Casa de

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la Cultura Jurídica sobre la evaluación de los servicios los ha calificado a estos como buen servicio. (Anexo 10)

La empresa Coordinación y Sistemas de Seguridad Privada Patrimonial, cuenta con el permiso que otorga la autoridad competente para operar como empresa de seguridad privada con Núm. de registro HGO/SG/SsSP/006/02-R03/05, con vigencia al 9 de marzo del 2006. (Anexo 11)

Para la contratación de este servicio se cuenta con disponibilidad presupuestal según reporte SIA de fecha 15 de agosto del 2005. (Anexo 12) y el gasto está considerado y programado en el Plan de Facturación en SIA.

La erogación se realiza con cargo a la partida 3411-1, denominado servicios de vigilancia por la Dirección General de Adquisiciones y Servicios, debiendo registrarse en el centro gestor (G170502) denominado DGAS (SUMIN./SERVS.).

Para el período correspondiente al ejercicio 2006, el pago quedará sujeto a la asignación de recursos presupuestales para dicho ejercicio.

Fundamento.- Con fundamento en los artículos 26, 28, 30, fracción III, 33, 34, 68, fracción III, 70, fracción III y 89 del Acuerdo General de Administración 6/2001, de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como lo dispuesto en la sesión del Comité de Gobierno y Administración del 10 de enero de 2005, la autorización para la contratación de los servicios indicados, corresponde al Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones. De conformidad con el artículo 14 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005, y con lo dispuesto por el artículo 26 del Acuerdo General de Administración 6/2001, de la Presidencia de este Alto Tribunal, es viable autorizar la celebración de contratos multianuales, siempre y cuando se demuestre documentalmente que dichos actos jurídicos representan mejores términos y condiciones respecto a la celebración de dichos contratos por un solo ejercicio fiscal y en el entendido de que el pago de los compromisos de los años subsecuentes quedará sujeto a la disponibilidad presupuestaria que corresponda y cubriendo los pagos respectivos por bienes entregados o por servicios prestados. Por lo anterior y considerando la conveniencia de que un prestador de servicio se compenetre con las formas de trabajo que se llevan a cabo en las Casas de la Cultura Jurídica y en este caso que los elementos de seguridad, respecto del público usuario de dichos servicios, puedan tener una mejor atención y en caso de algún incidente, una más fácil identificación de las personas; así como el resultado de la evaluación que mes con mes otorga el titular de la Casa de la Cultura Jurídica, lo cual se considera como un dictamen y opinión técnica satisfactoria, por lo que se estima conveniente seguir con la contratación en base multianual.

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c).- Consideraciones: Por lo sustentado en los antecedentes y en apego a lo fundamentado se solicita a los miembros del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones autorizar: 1. La prórroga del contrato Núm. SCJN/DGAS/SV-124/11/2001, que ampara el servicio de

seguridad y vigilancia para la Casa de la Cultura Jurídica en Pachuca, Estado de Hidalgo, con la empresa Coordinación y Sistemas de Seguridad Privada Patrimonial, S.A. de C.V., para el período 1° de septiembre del 2005 al 31 de agosto del 2006, con un monto mensual de $11,774.86 (ONCE MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS 86/100 M.N.), más el incremento que en su caso decrete la Comisión Nacional de Salarios Mínimos a partir del 1° de enero del 2006.

Por lo anteriormente expuesto, el Comité tomó el siguiente: ACUERDO.- Los miembros del Comité; Lic. Rafael Coello Cetina, Secretario Ejecutivo de Asuntos Jurídicos y el Lic. Samuel Jiménez Calderón, Secretario Ejecutivo de Administración, en virtud de que el Ing. Juan Manuel Begovich Garfias, Secretario Ejecutivo de Servicios y Presidente del CASOD no participó en la resolución de este punto de acuerdo por tener que atender asuntos con la Lic. Arely Gómez González, Secretaria General de la Presidencia y Oficial Mayor de la SCJN, resolvieron lo siguiente: 1. Se autoriza la contratación mediante procedimiento de adjudicación directa, llevado a cabo por la

Dirección General de Adquisiciones y Servicios, del servicio de seguridad y vigilancia para el inmueble en que se ubica la Casa de la Cultura Jurídica en Pachuca, Estado de Hidalgo, con la empresa Coordinación y Sistemas de Seguridad Privada Patrimonial, S.A. de C.V., por el período del 1° de septiembre de 2005 al 31 de agosto de 2006, con un costo mensual de $11,774.86 (Once mil setecientos setenta y cuatro pesos 86/100 M.N.) IVA incluido. Este costo no incluye incremento que en su oportunidad por razones de nuevos salarios mínimos, decrete la Comisión Nacional de Salarios Mínimos para el año 2006.

2. La Dirección General de Adquisiciones y Servicios deberá emitir un nuevo contrato amparando

esta contratación, y en el mismo deberá incluir el procedimiento que sugirió la Dirección General de Seguridad de este Alto Tribunal, para su aplicación por parte de los prestadores de servicio de seguridad para las Casas de la Cultura Jurídica de la SCJN, y asimismo deberá incluir una cláusula que indique que los montos a devengar correspondientes a los meses del ejercicio 2006 estarán sujetos a la autorización del presupuesto correspondiente.

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8.- Sobre el octavo punto del Orden del Día, se expuso: a).- Presentación: AUTORIZACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA EN LOS INMUEBLES QUE OCUPA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN DURANGO, ESTADO DE DURANGO CON EL PRESTADOR DE SERVICIOS SEGURIDAD PRIVADA ÁGUILAS Y/O JOSÉ LUIS ÁVILA GARCÍA. b).- Antecedentes: 1. El servicio de seguridad y vigilancia en el inmueble que ocupa la Casa de la Cultura Jurídica en

Durango, Estado de Durango, ubicada en Aquiles Serdán No. 136 bis Poniente, Colonia Centro, es atendido por la empresa Seguridad Privada Alpha Corp., S.A. de C.V., desde el 1° de diciembre del 2002, con dos elementos de seguridad, cada uno con turnos de 12 horas de trabajo por 12 horas de descanso, con un costo mensual actual de $11,536.80 (ONCE MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS 80/100 M.N.) I.V.A. incluido, amparado mediante contrato Núm. SCJN/DGAS/SV-83/11/2002. (Anexo 1)

2. La vigencia de este contrato se estableció por un término de un año obligatorio para el

prestador del servicio y voluntario para este Alto Tribunal, prorrogable dos años más, previo acuerdo de voluntades de ambas partes, por lo que el vencimiento de la primera prórroga fue el 30 de noviembre del 2004.

3. Con fecha 24 de noviembre del 2004 se recibió en la Dirección General de Adquisiciones y

Servicios el oficio No. CDAAC-CCJ-F501-11-2004, (Anexo 2) remitido por la Dirección General del Centro de Documentación, Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, mediante el cual confirma se amplíe el servicio de vigilancia contratado con la empresa Seguridad Privada Alpha Corp., S.A. de C.V., por prestar sus servicios óptimamente, en el inmueble ubicado en Aquiles Serdán No. 136 bis Poniente, Colonia Centro, a partir del 24 de noviembre del 2004, en el inmueble de nueva adquisición ubicado en Aquiles Serdán 136 Poniente No. 110 Poniente y 102 Poniente, Zona Centro, en la Ciudad de Durango, Durango.

4. Con fecha 8 de marzo del 2005, la Dirección General de Adquisiciones y Servicios presentó en

la novena sesión plenaria del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, el punto de acuerdo solicitando autorización para el incremento en el número de elementos y costo del servicio de seguridad y vigilancia en los inmuebles que ocupa la Casa de la Cultura Jurídica en la Ciudad de Durango, Estado de Durango, con la empresa Alpha Corp., S.A. de C.V., haciendo la aclaración que el costo por el nuevo elemento asignado al inmueble de nueva adquisición con domicilio en Aquiles Serdán Núm. 136 Poniente Núms. 110 y 102 Poniente, Zona Centro, no se había cubierto proporcionándose el servicio desde fecha 24 de noviembre del 2004. (Anexo 3)

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El Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, autoriza el incremento en el número de elementos y costo del servicio de seguridad y vigilancia en los inmuebles que ocupa la Casa de la Cultura Jurídica en Durango, Estado de Durango, por el período comprendido del 8 de marzo al 31 de agosto del 2005, así mismo se dan por enterados que por los servicios prestados por el elemento adicional durante el período del 25 de noviembre del 2004 al 7 de marzo del 2005, quede amparado mediante una orden de servicio en SIA. (Anexo 4), originándose el convenio Modificatorio No. SCJN/DGAS/SV-32/03/2005. (Anexo 5).

5. Con fecha 29 de junio del 2005, mediante oficio No. 6754, la Dirección General de Adquisiciones y Servicios, solicitó a la Dirección General del Centro de Documentación, Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, su apoyo para la obtención de tres propuestas de prestadores de servicios a fin de cubrir el requerimiento del servicio de seguridad y vigilancia en los inmuebles que ocupa la Casa de la Cultura Jurídica en Durango, Estado de Durango, en virtud del vencimiento del contrato y convenio modificatorio celebrado entre la empresa Alpha Corp., S.A. de C.V. y este Alto Tribunal el día 31 de agosto del 2005. (Anexo 6)

6. Con fecha 15 de julio del 2005, se recibió en la Dirección General de Adquisiciones y Servicios

el oficio número 264-CCJ-2005, de la Dirección General del Centro de Documentación, Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, donde envía cotizaciones de tres empresas de seguridad y vigilancia para la nueva contratación del servicio (Anexo 7) mismas que se describen a continuación:

Prestador del Servicio Costo Mensual I.V.A. incluido

Importe Mensual en UDIS

Importe Anual I.V.A. incluido

Sep-2005 a Ago-2006

Importe Anual

en UDIS

Seguridad Privada Águilas y/o José Luis Ávila García

$14,662.50 4,115.52 $175,950.00 49,386.23

Seguridad Privada Alpha Corp., S.A. de C.V.

$17,305.20 4,857.28 $207,662.40 58,287.38

Servicios de Protección Civil y Empresarial, S.A. de C.V.

$17,940.00 5,035.46 $215,280.00 60,425.51

Nota: El valor de la UDI al 15 de julio del 2005, es de $3.562734, según Diario Oficial

publicado el 08 de julio del 2005. (Anexo 8)

Por otra parte, en el cuadro siguiente se detallan las características del servicio ofertadas por los prestadores participantes en el proceso que nos ocupa:

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Características del Servicio:

Prestador del Servicio

Núm. de Elementos

Servicio en turnos Equipamiento de los elementos

Seguridad Privada Águilas y/o José Luis Ávila García

3 12 X 12 hrs. Uniforme, fornitura, esposas, gas lacrimógeno, porta gas, tonga, porta tonga, llaves y porta llaves.

Seguridad Privada Alpha Corp., S.A. de C.V.

3 12 X 12 hrs. Uniforme, fornitura, gas lacrimógeno, porta tonfa, tornfa, porta esposas, esposas, radio de comunicación, silbato y lámpara sorda

Servicios de Protección Civil y Empresarial, S.A. de C.V.

3 12 X 12 hrs. Uniforme, fornitura, esposas, gas lacrimógeno, tolete y radio portátil.

Cabe mencionar que los servicios atendidos por la empresa Seguridad Privada Alpha Corp., S.A. de C.V., fueron proporcionados a satisfacción de la titular de la Casa de la Cultura Jurídica en Durango, Lic. Patricia Hernández Martínez, quien mediante los informes sobre la calidad de los servicios los evalúo como de calidad y eficiencia. De lo anterior se observa que el prestador de servicios Seguridad Privada Águilas y/o José Luis Ávila García, oferta el costo más económico por los servicios de seguridad y vigilancia a contratar por este Alto Tribunal. Por otra parte, cuenta con el permiso y registro correspondiente que otorga la autoridad competente expedido con fecha 3 de diciembre del 2003, para que en calidad de empresa privada preste el servicio de seguridad privada dentro del territorio del estado de Durango, cabe aclarar que el permiso no tiene vigencia y en caso de incumplimiento por parte de la empresa privada se publicará en el periódico oficial del Estado, (Anexo 9), razón por la cual se estima conveniente contratar los servicios con dicha empresa. Con respecto a la opinión de la Dirección de Seguridad de este Alto Tribunal para la contratación de estos servicios se atenderán sus observaciones sobre la vulnerabilidad de riesgos (Anexo 10) cuando se contrate con el prestador de servicios propuesto. Cabe destacar que la empresa Seguridad Privada Águilas y/o José Luis Ávila García cuenta con una situación legal favorable y en cuanto a su situación financiera en el dictamen financiero emitido por la Tesorería de este Alto Tribunal se determinó que no hay inconveniente en considerar su propuesta. (Anexo 11) Para la erogación de estos servicios se cuenta con suficiencia presupuestal según reporte SIA de fecha 23 de agosto del 2005. (Anexo 12) La erogación se realiza con cargo a la partida 3411-1, denominado servicios de vigilancia por la Dirección General de Adquisiciones y Servicios, debiendo registrarse en el centro gestor (G170502) denominado DGAS (SUMIN./SERVS.) Para el período correspondiente al ejercicio 2006, el pago quedará sujeto a la asignación de recursos presupuestales para dicho ejercicio.

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Fundamentación: Con fundamento en los artículos 26, 28, 30, fracción IV, 33, 68, fracción III, 70, fracción III, 89, del Acuerdo General de Administración 6/2001, de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como lo dispuesto en la sesión del Comité de Gobierno y Administración de fecha 10 de enero del 2005, la autorización para la contratación de los servicios indicados, corresponde a los miembros del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones. De conformidad con el artículo 14 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005, y con lo dispuesto por el artículo 26 del Acuerdo General de Administración 6/2001 de la Presidencia de este Alto Tribunal, es viable autorizar la celebración de contratos multianuales, siempre y cuando se demuestre documentalmente que dichos actos jurídicos representan mejores términos y condiciones respecto a la celebración de dichos contratos por un solo ejercicio fiscal y en el entendido de que el pago de los compromisos de los años subsecuentes quedará sujeto a la disponibilidad presupuestaria que corresponda y cubriendo los pagos respectivos por bienes entregados o por servicios prestados. Por lo anterior y considerando la conveniencia de que un prestador de servicio se compenetre con las formas de trabajo que se llevan a cabo en las Casas de la Cultura Jurídica y en este caso que los elementos de seguridad, respecto del público usuario de dichos servicios, puedan tener una mejor atención y en caso de algún incidente, una más fácil identificación de las personas; se considera conveniente la contratación en base multianual considerando las observaciones de la Dirección de Seguridad respecto a la forma de prestación de servicio. c).- Consideraciones:

Por lo sustentado en los antecedentes y en apego a la fundamentación citada, se somete a consideración de los miembros del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones autorizar:

1. La contratación mediante adjudicación directa, del servicio de seguridad y vigilancia en los

inmuebles que ocupa la Casa de la Cultura Jurídica en Durango, Estado de Durango, con el prestador de servicios Seguridad Privada Águilas y/o José Luis Ávila García por el período comprendido del 1° de septiembre del 2005 al 31 de agosto del 2006, con un costo anual de $175,950.00 (CIENTO SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.). En el contrato que se formalice con el prestador de servicios Seguridad Privada Águilas y/o José Luis Ávila García se incluirá una cláusula que indique que los montos correspondientes a los meses del ejercicio 2006, estarán sujetos a la autorización del presupuesto correspondiente.

Por lo anteriormente expuesto, el Comité tomó el siguiente:

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ACUERDO.- Los miembros del Comité; Lic. Rafael Coello Cetina, Secretario Ejecutivo de Asuntos Jurídicos y el Lic. Samuel Jiménez Calderón, Secretario Ejecutivo de Administración, en virtud de que el Ing. Juan Manuel Begovich Garfias, Secretario Ejecutivo de Servicios y Presidente del CASOD no participó en la resolución de este punto de acuerdo por tener que atender asuntos con la Lic. Arely Gómez González, Secretaria General de la Presidencia y Oficial Mayor de la SCJN, resolvieron aplazar su resolución, solicitando lo siguiente: 1. La Dirección General de Adquisiciones y Servicios deberá corroborar con la empresa a la que se

pretende adjudicar los servicios, que en el alcance de su propuesta está incluido el radio portátil/aparato de comunicación con el cual se comunicarían los elementos tanto con su base como entre ellos,

2. En tanto se obtiene la información antes indicada, se autoriza a la Dirección General de

Adquisiciones y Servicios prorrogar la prestación del servicio por parte de la empresa Seguridad Privada Alpha Corp., S.A. de C.V., hasta por 15 días más a partir del 1° de septiembre de 2005, en los mismos términos y condiciones en que ha prestado el servicio en este año 2005,

3. Se presente a la brevedad el Punto de Acuerdo al CASOD. 9.- Sobre el noveno punto del Orden del Día, se expuso: a).- Presentación: AUTORIZACIÓN DE PRORROGA EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA EN EL INMUEBLE QUE OCUPA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA UBICADA EN PADRE RAYMUNDO JARDON No. 946 ORIENTE, COLONIA BARRIO ANTIGUO, EN MONTERREY, ESTADO DE NUEVO LEÓN, CON LA EMPRESA CONTROL CENTRAL DE VIGILANCIA, S.A. DE C.V. b).- Antecedentes: 1. La Casa de la Cultura Jurídica que se encuentra en la Ciudad de Monterrey, Estado de Nuevo

León, cuenta actualmente con tres inmuebles con domicilios en Avenida Zaragoza Núm. 244 Norte. Colonia Centro, Padre Raymundo Jardón Núm. 946 Oriente, Colonia Barrio Antiguo, y Espinosa Núm. 540 Oriente, Colonia Centro.

2. El servicio de seguridad y vigilancia en el inmueble ubicado en Avenida Zaragoza Núm. 244

Norte, Colonia Centro, es atendido por la empresa Control Central de Vigilancia, S.A. de C.V., desde el 16 de mayo del 2004, con dos elementos de seguridad cada uno con turnos de doce horas, con un costo mensual actual de $19,319.31 (DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS

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DIECINUEVE PESOS 31/100 M.N.), amparado el servicio mediante contrato Núm. SCJN/DGAS/SV-65/06/2004. (Anexo 1)

La vigencia del contrato celebrado con la empresa Control Central de Vigilancia, S.A. de C.V., se estableció por siete meses y medio voluntario para este Alto Tribunal y obligatorio para el prestador de servicios prorrogable de manera indefinida, en base anual a partir del 1° de enero del 2005, de así convenir a los intereses de este Alto Tribunal.

3. Para el inmueble ubicado en Padre Raymundo Jardón Núm. 946 Oriente, Colonia Barrio

Antiguo, en Monterrey, Estado de Nuevo León, se celebró el contrato Núm. SCJN/DGAS/SV-66/06/2004, (Anexo 2) con la empresa Control Central de Vigilancia, S.A. de C.V., para atender los servicios de seguridad y vigilancia a partir del 1° de junio del 2004, con un elemento de seguridad con turno de 12 horas en horario matutino con un costo mensual de $9,315.00 (NUEVE MIL TRESCIENTOS QUINCE PESOS 00/100 M.N.), el inmueble se encontraba vigilado en horario nocturno por el Gobierno del Estado en forma gratuita, el servicio se proporcionaba con un elemento de seguridad que efectuaba sólo rondines al inmueble. La vigencia del contrato celebrado con la empresa Control Central de Vigilancia, S.A. de C.V., se estableció por siete meses obligatorio para el prestador de servicios, voluntario para este Alto Tribunal prorrogable de manera indefinida, en base anual a partir del 1° de enero del 2005, de así convenir a los intereses de este Alto Tribunal.

4. En virtud de la adquisición del inmueble ubicado en Espinoza Núm. 540 Oriente, Colonia

Centro en la Ciudad de Monterrey, Estado de Nuevo León, mismo que se ubica junto al inmueble de Avenida Zaragoza Núm. 244 Norte, Colonia Centro, con fecha 24 de noviembre del 2004, se recibió en la Dirección General de Adquisiciones y Servicios el oficio Núm. CDAAC-CCJ-F-500-11-2004, (Anexo 3) mediante el cual la Dirección General del Centro de Documentación, Análisis, Archivos y Compilación de Leyes solicita la contratación del servicio de seguridad y vigilancia, con un elemento más.

5. Considerando que el inmueble de nueva adquisición (bodega) es colindante con el inmueble

ubicado en Avenida Zaragoza No. 244 Norte, Colonia Centro, en Monterrey, Estado de Nuevo León, la titular de la Casa de la Cultura Jurídica, Arq. Angélica Arévalo Castro manifestó vía telefónica, que no era necesario un elemento más en ese domicilio ya que el servicio contratado para el inmueble de Avenida Zaragoza Núm. 244 Norte, Colonia Centro podía cubrir el nuevo inmueble por estar juntos; por lo que solicitó que el elemento solicitado por la Dirección General del Centro de Documentación, Análisis, Archivos y Compilación de Leyes atendiera los servicios de seguridad y vigilancia de 12 horas en horario nocturno, en el inmueble ubicado en Padre Raymundo Jardón Núm. 946 Oriente, Colonia Barrio Antiguo, en Monterrey, Estado de Nuevo León, por lo cual el servicio contratado con la empresa Control Central de Vigilancia, S.A. de C.V., cubre las 24 horas, los 365 días del año.

6. Con fecha 8 de marzo del 2005, se celebró la novena sesión plenaria del Comité de

Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, en la cual la Dirección General de

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Adquisiciones y Servicios presentó el punto de acuerdo para la autorización del incremento en el número de elementos y costo del servicio de seguridad y vigilancia en el inmueble ubicado en Padre Raymundo Jardon Núm. 946 Oriente, colonia Barrio Antiguo en Monterrey, Estado de Nuevo León, antes indicado. (Anexo 4)

El Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, autoriza el incremento en el número de elementos y costo del servicio de seguridad y vigilancia en el inmueble ubicado en Padre Raymundo Jardón Núm. 946 Oriente, Colonia Barrio Antiguo, en Monterrey, Estado de Nuevo León, por el período comprendido del 8 de marzo al 31 de agosto del 2005, así mismo se daban por enterados que por los servicios prestados por el elemento adicional en los meses de diciembre del 2004, enero, febrero y 7 días de marzo quedarán amparados mediante una orden de servicio en SIA. (Anexo 5), originándose el convenio modificatorio No. SCJN/DGAS/SV-33/03/2005. (Anexo 6), el costo mensual actual por estos servicios es de $19,319.32 (DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE PESOS 32/100 M.N.), I.V.A. incluido.

7. Con fecha 29 de junio del 2005, mediante oficio No. 6753, la Dirección General de Adquisiciones y Servicios, solicitó a la Dirección General del Centro de Documentación, Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, su apoyo para la obtención de tres propuestas de prestadores de servicios a fin de cubrir el requerimiento del servicio de seguridad y vigilancia en los inmuebles que ocupa la Casa de la Cultura Jurídica en Monterrey, Estado de Nuevo León, en virtud del vencimiento del contrato y convenio modificatorio celebrado entre la empresa Control Central de Vigilancia, S.A. de C.V., y este Alto Tribunal el día 31 de agosto del 2005. (Anexo 7)

8. Con fecha 12 de agosto del 2005, se recibió en la Dirección General de Adquisiciones y

Servicios el oficio No. CCJ/N.L./380/2005, de la titular de la Casa de la Cultura Jurídica en Nuevo León, mediante el cual envía tres cotizaciones para el servicio de seguridad y vigilancia, mismas que se describen a continuación: (Anexo 8)

Prestador del

Servicio Costo Mensual I.V.A. incluido

Importe Mensual en UDIS

Importe (sep/2005 ago/2006)

I.V.A. incluido

Importe (sep/2005 ago/2006)

en UDIS Control Central de Vigilancia, S.A de C.V.

$18,974.66 5,304.88 $227,695.92 63,658.53

Arime Seguridad, S.A. de C.V.

$24,035.00

6,719.63 $288,420.00 80,635.58

Asistencia en Seguridad y Servicios Administrativos.

$24,380.00 6,816.08 $292,560.00 81,793.03

Del cuadro anterior se observa que la empresa Control Central de Vigilancia, S.A. de C.V., es la que presenta la mejor oferta, y de acuerdo al procedimiento de contratación que establece el

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Acuerdo General de Administración 6/2001, por clasificarse como intermedia requiere la evaluación de dictámenes legal y financiero.

9. La Dirección General de Adquisiciones y Servicios solicitó a la empresa Control Central de Vigilancia, S.A. de C.V., la documentación correspondiente para proceder a la emisión de los dictámenes, a la fecha de elaboración de este Punto de Acuerdo aún no se reciben los estados financieros de esta empresa.

En virtud de lo anterior y considerando la evaluación que emite la titular de la Casa de la Cultura Jurídica en Monterrey, Estado de Nuevo León, sobre la calidad de los servicios en los que ha manifestado la calificación de satisfactorios, y para no poner en riesgo la integridad del personal que labora en la Casa de la Cultura Jurídica y los bienes de este Alto Tribunal, se estima necesario prorrogar los servicios con la empresa Control Central de Vigilancia, S.A. de C.V., por el mes de septiembre del 2005, mientras se concluye el procedimiento de contratación establecido en el Acuerdo General de Administración 6/2001. Los servicios quedarían amparados mediante orden de servicio en SIA, realizándose el pago correspondiente al concluirse el mes de septiembre del 2005. Cabe destacar que la empresa Control Central de Vigilancia, S.A. de C.V., cuenta con el permiso que otorga la autoridad competente para operar como empresa de seguridad privada con vigencia al 16 de agosto del 2006. (Anexo 9)

Fundamentación: Con fundamento en los artículos 28, 30, fracción I 34, 68, fracción III, 70, fracción III y 89, del Acuerdo General de Administración 6/2001, de la Presidencia de este Alto Tribunal, así como lo dispuesto en la sesión del Comité de Gobierno y Administración de fecha 10 de enero del 2005, la autorización de prórroga en la prestación del servicio de seguridad y vigilancia con la empresa Control Central de Vigilancia, S.A. de C.V. c).- Consideraciones: Considerando lo sustentado en los antecedentes y en apego a la fundamentación citada, se somete a consideración de los miembros del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, autorizar: 1. La prórroga en la prestación de los servicios de seguridad y vigilancia en el inmueble ubicado

en Padre Raymundo Jardón Núm. 946 Oriente, Colonia Barrio Antiguo en la Ciudad de Monterrey, Estado de Nuevo León, con la empresa Control Central de Vigilancia, S.A. de C.V., por el mes de septiembre del 2005, por la cantidad de $19,319.31 (DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE PESOS 31/100 M.N.)

Por lo anteriormente expuesto, el Comité tomó el siguiente:

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ACUERDO.- Los miembros del Comité; Lic. Rafael Coello Cetina, Secretario Ejecutivo de Asuntos Jurídicos y el Lic. Samuel Jiménez Calderón, Secretario Ejecutivo de Administración, en virtud de que el Ing. Juan Manuel Begovich Garfias, Secretario Ejecutivo de Servicios y Presidente del CASOD no participó en la resolución de este punto de acuerdo por tener que atender asuntos con la Lic. Arely Gómez González, Secretaria General de la Presidencia y Oficial Mayor de la SCJN, resolvieron aplazar su resolución, solicitando lo siguiente: 1. La Dirección General de Adquisiciones y Servicios deberá corroborar con las empresas evaluadas,

que en el alcance de sus propuesta está incluido el radio portátil/aparato de comunicación con el cual se comunicarían los elementos tanto con su base como entre ellos,

2. En tanto se obtiene la información antes indicada, así como se realiza el Dictamen Financiero

correspondiente, se autoriza a la Dirección General de Adquisiciones y Servicios prorrogar la prestación del servicio por parte de la empresa Control Central de Vigilancia, S.A. de C.V., hasta por 1 mes más a partir del 1° de septiembre de 2005, en los mismos términos y condiciones en que ha prestado el servicio en este año 2005,

3. Se presente a la brevedad el Punto de Acuerdo al CASOD. 10.- Sobre el décimo punto del Orden del Día, se expuso: a).- Presentación: SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA LA CANCELACIÓN DEL REGISTRO Y NUEVAS ALTAS EN EL CATÁLOGO DE PROVEEDORES, PRESTADORES DE SERVICIOS Y CONTRATISTAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. b).- Antecedentes: 1. En sesión plenaria 35/2001, celebrada el 7 de noviembre de 2001, los miembros del Comité de

Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones autorizaron la integración del Catálogo de Proveedores, Prestadores de Servicios y Contratistas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación con 114 proveedores, prestadores de servicios y contratistas.

2. Hasta el 15 de agosto de 2005, se tiene un total de 215 registros, que integran el Catálogo de

Proveedores, Prestadores de Servicios y Contratistas de este Alto Tribunal, como a continuación se detalla:

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CANTIDAD

a).- Adquisiciones, Servicios y Bienes Informáticos

135

b).- Obras y Mantenimiento. 80 TOTAL DE REGISTROS 215

ACTUALMENTE CONFORMAN EL CATÁLOGO DE PROVEEDORES, PRESTADORES DE SERVICIOS Y CONTRATISTAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, LOS SIGUIENTES: NÚM. EMPRESA NÚM. DE REGISTRO

1 ABASTECEDOR CORPORATIVO, S.A. DE C.V. CP-SCJN-190-B

2 ABITS, S.A. DE C.V. CP-SCJN-001-B

3 AC ARTE Y CULTURA EN MOVIMIENTO, S.A. DE C.V. CP-SCJN-002-S

4 ACSA, ASESORES EN COMUNICACIÓN Y SERVICIOS, S.A. DE C.V.

CP-SCJN-191-BS

5 ADALBERTO AGUILLÓN PEDRAZA, S.A. CP-SCJN-155-O

6 ADOBE DESARROLLOS, S.A. DE C.V. CP-SCJN-115-O

7 ALIANZA EDITORIAL MEXICANA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-157-B

8 ALUVISA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-090-BO

9 APOLO CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A. DE C.V. CP-SCJN-192-O

10 ARMANDO TÉLLEZ REYES Y/O DISTRIBUIDOR ESPECIALIZADO EN LIBROS JURÍDICOS

CP-SCJN-158-B

11 AROMÁTICOS ARRAP S.A. DE C.V. CP-SCJN-003-B

12 ARQUI-VOLTA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-091-OS

13 ASEGURADORA HIDALGO, S.A. CP-SCJN-004-BS

14 ASEOINDUSTRIAL MEXICANA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-193-O

15 ASESORÍA, CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO OROL, S.A. DE C.V.

CP-SCJN-092-O

16 CALZADO VAN VIEN, S.A. DE C.V. CP-SCJN-159-B

17 CARTÓN Y PLÁSTICO, S.A. DE C.V. CP-SCJN-160-B

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18 CARTONERA DEL EBRO, S.A. DE CV. CP-SCJN-194-B

19 CASA JUAN PABLOS, CENTRO CULTURAL, S.A. DE C.V. CP-SCJN-161-B

20 CENTRO OPERATIVO MUEBLERO, S.A. DE C.V. CP-SCJN-005-B

21 CHÁVEZ CORONA FERNANDO Y/O BIOQUÍMICOS CORONA CP-SCJN-013-B

22 CICOVISA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-006-B

23 CIRCE DISTRIBUIDORA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-007-BS

24 COCOA CONSTRUCCTORA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-116-O

25 CÓDICE IMPRESIÓN DIGITAL, S.A. DE C.V. CP-SCJN-008-BS

26 COINSO, S.A. DE C.V. CP-SCJN-162-O

27 COLINAS DE BUEN, S.A. DE C.V. CP-SCJN-117-O

28 COMERCIALIZADORA MARGIL, S.A. DE C.V. CP-SCJN-009-B

29 COMERCIALIZADORA RTL, S.A.D E C.V. CP-SCJN-163-B

30 COMPAÑÍA CONSTRUCTORA DIAZ LEAL, S.A. DE C.V. CP-SCJN-118-O

31 CONCEPCIÓN Y REALIZACIÓN DE ESPACIOS, S.A. DE C.V. CP-SCJN-093-O

32 CONSERVACIÓN PILOTES DE CONTROL, S.A. CP-SCJN-094-OS

33 CONSORCIO RED UNO, S.A. DE C.V. CP-SCJN-010-B

34 CONSTRUCCIÓN ADMINISTRACIÓN Y PLANEACIÓN, S.A. DE C.V. (CAPSA)

CP-SCJN-119-O

35 CONSTRUCCIÓN Y SERVICIO, S.A. DE C.V. CP-SCJN-120-O

36 CONSTRUCCIONES CIVILES DE PUEBLA Y TLAXCALA, S.A. DE C.V.

CP-SCJN-121-O

37 CONSTRUCCIONES ICAR, S.A. DE C.V. CP-SCJN-122-O

38 CONSTRUCCIONES INTEGRALES TABASQUEÑAS, S.A. DE C.V. CP-SCJN-123-O

39 CONSTRUCCIONES NIRVANA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-124-O

40 CONSTRUCCIONES PAUSAMI, S.A. DE C.V. CP-SCJN-095-OS

41 CONSTRUCCIONES RAYO SOL, S.A. DE C.V. CP-SCJN-166-O

42 CONSTRUCCIONES Y PAVIMENTACIONES PENINSULARES, S.A. DE C.V.

CP-SCJN-125-O

Página 46 de 90

43 CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS DAJO, S.A. DE C.V. CP-SCJN-164-O

44 CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS JUVA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-165-O

45 CONSTRUCCIONES, INGENIERÍA Y ACABADOS CECALLI, S.A. DE C.V.

CP-SCJN-096-O

46 CONSTRUCONSULTORES Y COMPAÑÍA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-097-O

47 CONSTRUCTORA APRECO, S.A. DE C.V. CP-SCJN-098-OS

48 CONSTRUCTORA BARROS Y ASOCIADOS DE AGUASCALIENTES, S.A. DE C.V.

CP-SCJN-167-O

49 CONSTRUCTORA ESCALANTE, S.A. DE C.V. CP-SCJN-099-O

50 CONSTRUCTORA GOLFO LAGUNA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-126-O

51 CONSTRUCTORA MEXICANA DEL CENTRO-OCCIDENTE, S.A. DE C.V.

CP-SCJN-195-O

52 CONSTRUCTORA ORQUESA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-127-O

53 CONSTRUCTORA ROAN, S.A. DE CV. CP-SCJN-128-O

54 CONSTRUCTORA RUÍZ COR, S.A. DE C.V. CP-SCJN-100-O

55 CONSTRUCTORA Y ARRENDADORA INDUSTRIAL DEL NORTE, S.A. DE C.V.

CP-SCJN-129-O

56 CONSTRUCTORA Y PROMOTORA MALIBRÁN, S.A. DE C.V. CP-SCJN-196-O

57 CONSTRUDISEÑOS DE SONORA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-101-O

58 CONSULTORES Y ASESORES ABSA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-102-O

59 CONSULTORÍA Y SERVICIOS PARA LA CONSTRUCCIÓN, S.A. DE C.V.

CP-SCJN-103-O

60 CONSULTORÍA SUPERVISIÓN TÉCNICA Y OPERACIÓN EN SISTEMAS, S.A. DE C.V.

CP-SCJN-130-O

61 CONSULTORÍAS Y CONSTRUCCIONES INTERNACIONALES, S.A. DE C.V.

CP-SCJN-131-O

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62 CONTADORES PÚBLICOS HERNÁNDEZ IRIGOYEN,COHEN AMELIO, S.C.

CP-SCJN-011-S

63 CONTINENTAL PAPELERA DE MÉXICO, S.A. DE C.V. CP-SCJN-012-B

64 CORPORATIVO DE PAPELERÍAS, S. DE R.L. DE C.V. CP-SCJN-197-B

65 CORREO DE LA UNESCO, S.A. DE C.V. CP-SCJN-198-B

66 DATACROM, S.A. DE C.V. CP-SCJN-014-BS

67 DELTA NETWORKS SYSTEMS, S.A. DE C.V. CP-SCJN-015-B

68 DESPACHO RAÚL LÓPEZ REYES, S.C. CP-SCJN-016-S

69 DIRECCIÓN GENERAL DE ESTAMPILLAS Y VALORES DE LA S.H.C.P.

CP-SCJN-017-S

70 DIRECCIÓN RESPONSABLE Y CONSULTORÍA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-132-O

71 DISEÑOS TEXTURIZADOS EN LA CONSTRUCCIÓN, S.A. DE C.V.

CP-SCJN-168-O

72 DISTRIBUCIONES FONTAMARA, S.A. CP-SCJN-169-B

73 DISTRIBUIDORA CAMUSA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-018-BS

74 DISTRIBUIDORA LIVERPOOL, S.A. DE C.V. CP-SCJN-133-B

75 DISTRIBUIDORA MARÍN, S.A. DE C.V. CP-SCJN-134-B

76 DISTRIBUIDORA SEVIMEX, S.A. DE C.V. CP-SCJN-019-BS

77 DOMANI, S.A. DE C.V. CP-SCJN-020-B

78 DTA GROUP, S.A. DE C.V. CP-SCJN-021-BS

79 EDICIONES CORUNDA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-022-S

80 EDITORIAL GEDISA MEXICANA, S.A. CP-SCJN-170-B

812 EDITORIAL IZTACCIHUATL, S.A. DE C.V. CP-SCJN-171-B

82 EDITORIAL LIMUSA, S.A. DE CV CP-SCJN-023-S

83 EDITORIAL SISTA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-199-B

Página 48 de 90

84 EDITORIAL THEMIS, S.A. DE C.V. CP-SCJN-172-B

85 EDITORIAL TRILLAS, S.A. DE C.V. CP-SCJN-024-B

86 EL PALACIO DE HIERRO, S.A. DE C.V. (SUCURSAL CENTRO) CP-SCJN-135-B

87 EM-PACK DE MÉXICO, S.A. DE C.V. CP-SCJN-200-B

88 ENCUADERNACIÓN OFGLOMA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-025-S

89 EQUIPOS Y PRODUCTOS DE LIMPIEZA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-026-B

90 EQUIPOS Y SISTEMAS DE ACONDICIONAMIENTO ELÉCTRICO, S.A. DE C.V.

CP-SCJN-104-O

91 ESPECIALISTAS EN CONSTRUCCIONES Y OBRAS PARA EL DESARROLLO ESTATAL, S.A. DE CV.

CP-SCJN-202-O

92 ESTAFETA MEXICANA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-027-S

93 ESTRUCTURAS Y CONSTRUCCIONES ESPECIALES, S.A. DE C.V. CP-SCJN-105-O

94 EUSEBIO PLATA MONDRAGÓN Y/O COMERCIALIZADORA GRUPO NUEVA IMAGEN

CP-SCJN-028-B

95 EXPERTOS EN CÓMPUTO Y COMUNICACIONES, S.A. DE C.V.

CP-SCJN-203-BS

96 F. ARMIDA Y CÍA. SUCS., S.A. DE C.V. CP-SCJN-029-B

97 FIRE ONE, S.A. DE C.V. CP-SCJN-136-BS

98 FLODUR Y ASOCIADOS, S.A. DE CV. CP-SCJN-030-S

99 FOTO ARTE, S.A. DE C.V. CP-SCJN-204-B

100 G.P. CONSTRUCCIONES, CONSULTORÍA Y SUPERVISIÓN, S.A. DE C.V.

CP-SCJN-106-O

101 GAMA SUCESORES, S.A. DE C.V. CP-SCJN-031-S

102 GARCÍA FORMENTI Y ASOCIADOS ARQUITÉCTOS, S.C. CP-SCJN-107-O

103 GEOTEC, S.A. DE C.V. CP-SCJN-108-OS

Página 49 de 90

104 GNR APOYO ESTRATÉGICO, S.A. DE C.V. CP-SCJN-173-BS

105 GREGORIO MARTÍNEZ TRINIDAD Y/O DISTRIBUIDORA MAR CP-SCJN-032-B

106 GRUCONST, S.A. DE C.V. CP-SCJN-174-O

107 GRUPO 5000, S.A. DE C.V. CP-SCJN-033-BS

108 GRUPO CM CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V. CP-SCJN-175-O

109 GRUPO CONSTRUCTOR ESPECIALIZADO, S.A. DE C.V. CP-SCJN-137-O

110 GRUPO FERRETERO MARTÍ, S.A. DE C.V. CP-SCJN-034-B

111 GRUPO IMPRESOR CARMONA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-035-S

112 GRUPO INDUSTRIAL DOMUS, S.A. DE C.V. CP-SCJN-036-B

113 GRUPO LANWARE, S.A. DE C.V. CP-SCJN-037-B

114 GRUPO NACIONAL PROVINCIAL, S.A. CP-SCJN-038-S

115 GRUPO TECNORROL, S.A. DE CV CP-SCJN-039-BS

116 GUAJARDO LEAL JOSÉ ANTONIO CP-SCJN-040-S

117 GUILLERMO GONZÁLEZ AGUILAR Y/O ARCO CP-SCJN-205-O

118 HEAVY DUTY, S.A. DE C.V. CP-SCJN-041-OS

119 IBARRA CORTE Y DOBLEZ DE LÁMINA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-042-B

120 IDEA IMPRESA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-043-S

121 IMAX SISTEMAS, S.A. DE C.V. CP-SCJN-206-S

122 IMPRENTA AJUSCO, S.A. DE C.V. CP-SCJN-176-S

123 IMPRENTOR, S.A.DE C.V. CP-SCJN-138-S

124 IMPRESORA Y ENCUADERNADORA PROGRESO, S.A. DE C.V. CP-SCJN-044-S

125 INDUSTRIAL ROJIC, S.A. DE C.V. CP-SCJN-045-B

126 INDUSTRIAS MAN DE MÉXICO, S.A. DE C.V. CP-SCJN-046-BS

127 INDUSTRIAS RIVIERA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-047-BS

128 INFORMACIÓN CIENTÍFICA INTERNACIONAL, S.A. DE C.V. CP-SCJN-207-B

Página 50 de 90

129 INGENIEROS CONSULTORES E INMOBILIARIA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-139-O

130 INOVA CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V. CP-SCJN-156-O

131 INTERNATIONAL RIBBONS, S.A. DE C.V. CP-SCJN-048-B

132 LÁSER DISK, S.A. DE C.V. CP-SCJN-049-B

133 LATE CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V. CP-SCJN-140-O

134 LG SEGURIDAD, S.A. DE C.V. CP-SCJN-050-B

135 LIBRERÍA DE PORRÚA HNOS. Y CÍA., S.A. DE C.V. CP-SCJN-051-B

136 LIMPIEZA MANTENIMIENTO Y DECORACIÓN OMARSA, S.A. DE C.V.

CP-SCJN-208-O

137 LIMPIEZA REAL, S.A. DE C.V. CP-SCJN-052-B

138 LITHO OFFSET AMÉRICA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-053-S

139 MAC COMPUTADORAS, S.A. DE C.V. CP-SCJN-177-B

140 MADERERÍA FORTES, S.A. DE C.V. CP-SCJN-209-O

141 MAINBIT, S.A. DE C.V. CP-SCJN-054-B

142 MAQUINARIA, IMPORTACIONES, REFACCIONES Y SEGURIDAD INDUSTRIAL, S.A. DE C.V.

CP-SCJN-179-B

143 MARCONI COMMUNICATIONS DE MÉXICO, S.A. DE C.V. CP-SCJN-055-B

144 MAYOREO CASA ITURRIAGA S.A. DE C.V. CP-SCJN-056-B

145 McGRAW-HILL INTERAMERICANA EDITORES, S.A. DE C.V. CP-SCJN-178-B

146 MEX TELECOM S.A. DE C.V. CP-SCJN-057-BS

147 MIGUEL ÁNGEL PORRÚA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-180-B

148 MUEBLES PONTEVEDRA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-058-BS

149 OFICINAS MUEBLES EXCLUSIVOS, S.A. DE C.V. CP-SCJN-059-B

150 OFIDISA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-141-BS

151 OPERADORA DE TRAJES, S.A. DE C.V. CP-SCJN-181-B

152 OPTION COLORS, S.A. DE C.V. CP-SCJN-211-O

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153 ORGANIZACIÓN PAPELERA TAURO, S.A. DE C.V. CP-SCJN-060-B

154 OROSA CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V. CP-SCJN-142-O

155 OXFORD UNIVERSITY PRESS MÉXICO, S.A. DE C.V. CP-SCJN-182-B

156 PAPELERÍA TARASCA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-061-B

157 PAPELERA ANZURES, S.A. DE C.V. CP-SCJN-062-B

158 PAPELERA GENERAL, S.A. DE C.V. CP-SCJN-063-B

159 PAPELERA GUTIÉRREZ, S.A. DE CV. CP-SCJN-143-B

160 PEP INGENIERÍA DE SUELOS, S.A. DE C.V. CP-SCJN-109-O

161 PIMOSA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-110-O

162 PINTURERÍAS DE MÉXICO, S.A. DE C.V. CP-SCJN-212-O

163 PLANEACIÓN, AMBIENTACIÓN Y PROYECTOS, S.A. DE C.V. CP-SCJN-064-B

164 PLUS INTERNACIONAL INGENIEROS, S.A. DE C.V. CP-SCJN-144-O

165 PREYTE, S.A. DE C.V. CP-SCJN-145-O

166 PRICEWATHERHOUSE COOPERS, S.C., CP-SCJN-148-S

167 PRODUCTOS METÁLICOS STEELE, S.A. DE C.V. CP-SCJN-065-B

168 PRODUCTOS SELECTOS DE LA TIERRA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-066-B

169 PROFESIONALES DE ARQUITECTURA, DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN, S.A. DE C.V.

CP-SCJN-183-O

170 PROGRAMAS EDUCATIVOS, S.A. DE C.V. CP-SCJN-067-S

171 PROVETECNIA, S.A, DE C.V. CP-SCJN-068-BS

172 PROYECTO ESTRUCTURAL, S.A. CP-SCJN-111-O

173 PROYECTOS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL,S.A. DE C.V. CP-SCJN-146-OS

174 PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES CONTLA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-147-O

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175 QUALITA DE MÉXICO S.A. DE CV. CP-SCJN-069-B

176 REMINGTON SISTEMAS, S.A. DE C.V. CP-SCJN-070-B

177 RESTAURACIÓN Y CONSTRUCCIONES EN GENERAL, S.A. DE C.V.

CP-SCJN-213-O

178 RETORNO TASSIER, S.A. DE C.V. CP-SCJN-071-S

179 RODHERMUEBLEMEX, S.A. DE C.V. CP-SCJN-072-BS

180 ROSA MARÍA DELGADO MARTÍNEZ CP-SCJN-214-O

181 SÁNCHEZ, S.A. DE C.V. CP-SCJN-215-B

182 SAP MÉXICO, S.A. DE C.V. CP-SCJN-150-BS

183 SEGUROS COMERCIAL AMÉRICA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-073-S

184 SEGUROS INBURSA, S.A. GRUPO FINANCIERO INBURSA CP-SCJN-074-S

185 SERVICIO INTEGRAL PARA OFICINAS, S.A. DE C.V. CP-SCJN-184-B

186 SERVICIO KIOTO, S.A. DE C.V. CP-SCJN-075-S

187 SERVICIO SAN COSME, S.A. DE CV. CP-SCJN-076-BS

188 SERVICIOS ESPECIALES DE VENTAS AUTOMOTRICES, S.A. DE C.V.

CP-SCJN-077-BS

189 SERVICIOS NACIONALES MUPA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-185-S

190 SHIMIZU TASAKI KAZUYOSHI Y/O CASA KIMURA CP-SCJN-078-B

191 SHIMIZU TASAKI MASAHIRO Y/O FERRETERÍA MIXCOAC CP-SCJN-079-B

192 SIGALES CÍA. PAPELERA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-080-B

193 SISTEMAS DE ACONDICIONAMIENTO AMBIENTAL, S.A. DE C.V.

CP-SCJN-149-OS

194 SISTEMAS Y COMPUTADORES DE GESTIÓN, S.A. DE C.V. CP-SCJN-154-S

195 SOILTEC, S.A. DE C.V. CP-SCJN-112-O

196 SUMINISTROS DE ARTÍCULOS DE LIMPIEZA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-081-B

Página 53 de 90

197 TALLERES GRÁFICOS DE MÉXICO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN

CP-SCJN-082-S

198 TECNOLOGÍA EN OBRAS Y PROYECTOS, S.A. DE C.V. CP-SCJN-151-O

199 TECNOPROGRAMACIÓN HUMANA ESPECIALIZADA EN SISTEMAS OPERATIVOS, S.A. DE C.V.

CP-SCJN-186-BS

200 TELEDINÁMICA MEXICANA DE COMUNICACIONES, S.A. DE C.V.

CP-SCJN-187-BS

201 TELÉFONOS DE MÉXICO, S.A. DE C.V. CP-SCJN-188-S

202 TGC GEOTÉCNIA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-113-O

203 TGC INGENIERÍA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-114-O

204 TOMÁS GAYTÁN GARCÍA Y ASOCIADOS, S.A. DE C.V. CP-SCJN-216-B

205 UNIFORMES EMPRESARIALES, S.A. DE C.V. CP-SCJN-083-B

206 UNINET, S.A. DE C.V. CP-SCJN-084-BS

207 UNIÓN PRESFORZADORA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-152-O

208 UNISOURCE DEL CENTRO, S.A. DE C.V. CP-SCJN-085-B

209 UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA, A.C. CP-SCJN-086-BS

210 V.M.C. DE MÉXICO, S.A. DE C.V. CP-SCJN-087-B

211 VARIAN INGENIEROS, S.A. CP-SCJN-153-OB

212 VITRAULD, S.A. DE C.V. CP-SCJN-088-BO

213 XÉROX MEXICANA, S.A. DE C.V. CP-SCJN-089-BS

214 YARVAC SISTEMAS, S.A. DE C.V. CP-SCJN-217-B

215 ZAPATERÍAS KARELE, S.A. DE C.V. CP-SCJN-189-B

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LAS EMPRESAS RELACIONADAS A CONTINUACIÓN CAMBIARON DE RAZÓN SOCIAL POR LO QUE SE CANCELARÁ SU REGISTRO.

NÚM. EMPRESA NÚM. DE REGISTRO NUEVA DENOMINACIÓN

11 AROMÁTICOS ARRAP S.A. DE C.V.

CP-SCJN-003-B PERSONA FÍSICA DIANA LARISA PARRA GONZÁLEZ (ARRAPSA)

ESTE PROVEEDOR NO HA PRESENTADO DOCUMENTACIÓN PARA INGRESAR AL

CATÁLOGO DE PROVEEDORES.

13 ASEGURADORA HIDALGO, S.A.

CP-SCJN-004-BS METLIFE MÉXICO, S.A.

88 ENCUADERNACIÓN OFGLOMA, S.A. DE C.V.

CP-SCJN-025-S IMPRESORA Y ENCUADERNADORA NUEVO MILENIO, S.A. DE C.V.

3. Mediante Oficios Números 06378, 06379 y 06380, del 24 de junio de 2005 (Anexo 1), se

solicitó a las siguientes áreas: Dirección General de Inmuebles y Mantenimiento del Consejo de la Judicatura Federal; Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales del Consejo de la Judicatura Federal y a la Unidad de Adquisiciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, respectivamente, su opinión respecto de si tenían los proveedores, prestadores de servicios y contratistas relacionados en el (Anexo 2), antecedentes de incumplimiento ante esas instancias, para estas empresas la Dirección General de Adquisiciones y Servicios solicitaría en su oportunidad al Comité de Adquisiciones y Servicios, su integración al Catálogo de Proveedores, Prestadores de Servicios y Contratistas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, una vez obtenida la respuesta del Consejo de la Judicatura Federal y del Tribunal Federal Electoral.

4. Se consultó en el Diario Oficial de la Federación, sección de la Secretaría de la Función Pública,

la publicación de las Circulares de los proveedores y contratistas sancionados, para verificar que los proveedores, prestadores de servicios y contratistas referidos en el anexo 2, y que no estuvieran en ese supuesto.

5. Con Oficio Núm. SEORMSG/DGIM/DPC/1728/2005 del 14 de julio de 2005 (Anexo 3), recibido

en la Dirección General de Adquisiciones y Servicios el 15 de julio de 2005, el Director General comenta: “De la relación que se envió en el oficio en comento, se anexa una lista de los contratistas que pertenecen al catálogo y otra de todos los contratistas que se encuentran vigentes en el mismo, aclarando que la primera lista se refiere únicamente a los contratistas, toda vez que los proveedores y prestadores de servicios se encuentran registrados en la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, la cual ya tiene conocimiento de la relación y en breve enviará la información que se requiere”:

6. Con el Oficio Núm. SEORMSG/DGRMSG/04671/2005 del 14 de julio de 2005, (Anexo 4)

recibido el 15 de julio de 2005, el Director General de Inmuebles y Mantenimiento, y el Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales del Consejo de la Judicatura Federal indica: “Actualmente esta Dirección General cuenta en sus registros, con un total de 444 empresas, mismas que se encuentran clasificadas como activas e inactivas; las primeras

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son aquellas que tienen su expediente con la documentación actualizada, las segundas, son aquellas cuyos expedientes no se encuentran completos o que se encuentran inhabilitadas por la Secretaría de la Función Pública o por el Consejo de la Judicatura Federal; cabe mencionar que la documentación principal que integra el expediente, es la señalada en el artículo 117 del Acuerdo General 75/200, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 17 de noviembre de 2000. Por lo antes expuesto, se anexa al presente, la relación de empresas registradas en el Catálogo de Proveedores que maneja esta Dirección General, con el comentario de que en fecha reciente se solicitó a las empresas la actualización de su documentación, situación por la que los expedientes respectivos están en proceso de integración.

Adicionalmente, le envío una relación que detalla aquellas empresas que fueron sancionadas durante el ejercicio 2004, principalmente por retraso en el cumplimiento de las obligaciones pactadas con el Consejo de la Judicatura Federal, sin embargo las mismas no han sido objeto de exclusión del Catálogo de Proveedores por el retraso en su cumplimiento. La única empresa que se encuentra inhabilitada por un período de 3 meses, por parte de la Comisión de Administración es FRIDMAY, S.A. de C. V., por lo cual, se anexa copia del oficio No. STCA/1344/2005”.

7. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a la fecha del presente punto de acuerdo no ha dado contestación.

c).- Consideraciones: Por lo antes expuesto y con base en lo establecido en los artículos 17 fracción IX, 124, 125, 126 128 segundo párrafo, 130 y cuarto transitorio del Acuerdo General de Administración 6/2001, de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se somete a consideración de los miembros del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, lo siguiente:

1. Autorizar el ingreso y registro en el Catálogo de Proveedores, Prestadores de Servicios y Contratistas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de las empresas que resultaron adjudicados mediante diversos procedimientos llevados a cabo de conformidad con el Acuerdo General de Administración 6/2001, de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para la contratación de bienes, servicios, usos y obra pública, y de los proveedores, prestadores de servicios y contratistas que no fueron adjudicados, pero que presentaron la documentación requerida y, los dictámenes legal y financiero fueron favorables, mismas que a continuación se relacionan:

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EMPRESAS PROPUESTA PARA INGRESAR AL CATÁLOGO DE PROVEEDORES,

PRESTADORES DE SERVICIOS Y CONTRATISTAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

(BIENES INFORMÁTICOS, MOBILIARIO Y EQUIPO, SERVICIOS)

No. EMPRESA

1 ACCESORIOS Y SUMINISTROS INFORMÁTICOS, S.A. DE C.V.

2 AIDÉ BERENICE NÚÑEZ FLORES 3 ALEACIONES DENTALES ZEYCO, S.A. DE C.V. 4 ALTA SEGURIDAD EMPRESARIAL, S.A. DE C.V. 5 AMCORP AMBIENTE CORPORATIVO, S.A.D E C.V. 6 ANALÍTICA CONSULTORES Y ASOCIADOS, S.C. 7 AQUABON, S.A. DE C.V. 8 AUDIO VIDEO Y CONTROL SYSTEMS

DE MÉXICO, S.A. DE C.V.

9 AVANTEL, S.A. 10 AXTEL, S.A. DE C.V. 11 BEST SOLUTIONS ELECTRIC, S.A. DE C.V. 12 BGC ULISES BELTRÁN Y ASOCIADOS, S.C. 13 BUFETE CONSULTOR MEXICANO, S.A. DE C.V. 14 BURT EQUIPOS, PARTES Y ACCESORIOS

PROFESIONALES DE VIDEO, S.A. DE C.V.

15 BUSERDI, S.A. DE C.V. 16 CASA MARCHAND, S.A. DE C.V. 17 CASA VEERKAMP, S.A. DE C.V. 18 CENTRO DE INSTRUMENTACIÓN

Y REGISTRO SÍSMICO, A.C.

19 CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y SEGURIDAD PRIVADA, S.A. DE C.V.

20 CÍA. ABASTECEDORA NACIONAL, S.A. DE C.V. 21 COLOFÓN, S.A. DE C.V. 22 COMERCIALIZACIÓN Y

SUMINISTROS, S.A. DE C.V.

23 COMPUCENTER DE MÉXICO, S.A. DE C.V. 24 COMPUSOF MÉXICO, S.A. DE C.V. 25 COMPUTADORAS Y PROCESOS

MULTIMEDIA, S.A. DE C.V.

26 COMUNICACIÓN CORPORATIVA SINERGIS, S.A. DE C.V.

27 COMUNICACIÓN EFECTIVA, S.A. DE C.V. 28 COMUNICACIONES E

INFORMÁTICA, S.A. DE C.V.

29 CRUZVEL SERVICIOS PROFESIONALES, S.A. DE C.V.

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30 DATA VISIÓN DIGITAL, S.A. DE C.V. 31 DAVID SALAME SMEKE Y/O ZAPATERÍA SEBASTIÁN 32 DELL MÉXICO, S.A. DE C.V. 33 DENTADEC, S.A.D E C.V. 34 E AND T SOLUTION, S.A. DE C.V. 35 EDICIONES FISCALES ISEF, S.A. 36 EDITORIAL CROMOCOLOR, S.A. DE C.V. 37 EMC COMPUTER SYSTEMS MÉXICO, S.A. DE C.V.

38 EMERSYS DE MÉXICO, S.A. DE C.V. 39 ERGOFORM, S.A. DE C.V. 40 ESCOBAR, S. DE R.L. 41 ESTACIONAMIENTO DOS, S.A. DE C.V. 42 ESTUDIOS CLÍNICOS DR.T.J. ORIARD, S.A.

43 EXCELETEC, S.A. DE C.V. 44 GALAZ, YAMAZAKI, RUÍZ URQUIZA, S.C. (DELOITTE

& TOUCHE)

45 GESECO, S.A. DE C.V. 46 GLOBAL INTELLIGENT SYSTEMS, S.A. DE C.V. 47 GRUPO ARTE Y COMUNICACIÓN, S.C. 48 GRUPO ESTRATÉGICO PARA

TELECOMUNICACIONES, S.A. DE C.V.

49 GRUPO GRÁFICO ARENAL, S.A. DE C.V. 50 GRUPO LAFI, S.A. DE C.V. 51 GRUPO LOGISA, S.A. DE C.V. 52 GRUPO PAPELERO GUTIÉRREZ, S.A. DE C.V. 53 GRUPO PROTEC, S.A. DE C.V. 54 GRUPO SECURITAS MÉXICO, S.A. DE C.V. 55 HILDEBRANDO, S.A. DE C.V. 56 IMPORTACIONES MASE, S.A. DE C.V. 57 IMPRESORA Y ENCUADERNADORA

NUEVO MILENIO, S.A. DE C.V.

58 INDUSTRIAS GIRCA, S.A. DE C.V. 59 INFORMÁTICA INTEGRAL

ADMINISTRATIVA, S.A. DE C.V.

60 INGENIERÍA MANTENIMIENTO Y ELECTROPROYECTOS, S.A. DE C.V.

61 INSTAFIX, S.A. DE C.V. 62 JOSÉ ANTONIO MEDINA GUTIÉRREZ Y/O

INTERNACIONAL MACHINES 63 KPMG CARDENAS DOSAL, S.C. 64 LABORATORIO MÉDICO

DEL CHOPO, S.A. DE C.V.

65 LD I. NET, S.A. DE C.V. 66 M & D INTEGRADORES, S.A. DE C.V.

Página 58 de 90

67 MADEQ, S.A. DE C.V. 68 MAS LIMPIEZA, S.A. DE C.V. 69 MEGACLEAN, S.A. DE C.V. 70 METROCOM, S.A. DE C.V. 71 MET LIFE MÉXICO, S.A. 72 MICROSOFT MÉXICO, S.A. DE C.V. 73 MUEBLES DE MARCA, S.A. DE C.V. 74 NEC DE MÉXICO, S.A. DE C.V. 75 ORGANIZACIÓN ROBERTS, S.A. DE C.V. 76 OXFORD UNIVERSITY PRESS MÉXICO

, S.A. DE C.V.

77 PANAMERICANA DE SEGURIDAD, S.A. DE C.V.

78 PRIETO, RUÍZ DE VELASCO Y CIA, S.C. 79 RG INDUSTRIAL, S.A. DE C.V. 80 ROSA COTA ROMERO Y/O SERVICIO DE SEGURIDAD

Y VIGILANCIA GUAYCURA

81 SEGURITECH PRIVADA, S.A. DE C.V. 82 SELTA MUEBLES, S.A. DE C.V. 83 SERVICIO INTEGRAL PARA

OFICINAS, S.A. DE C.V.

84 SIEMENS, S.A. DE C.V. 85 SISTEMAS CONTINO, S.A. DE C.V. 86 SISTEMAS SINÓPTICOS DE SEGURIDAD

Y VIGILANCIA, S.A. DE C.V.

87 SOLUCIONES AVANZADAS E INGENIERÍA EN TELECOMUNICACIONES, S.A. DE C.V.

88 SOLUCIONES AVANZADAS DE IMPRESIÓN, S.A. DE C.V.

89 TECNOLOGÍA EN TELECOMUNICACIONES, S.A. DE C.V.

90 TECNOLOGÍA, SISTEMAS Y APLICACIONES, S.A. DE C.V.

91 WORLDWIDE DEDICATED SERVICES DE MÉXICO, S.A. DE C.V.

92 YAMAHA DE MÉXICO, S.A. DE C.V.

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EMPRESAS PROPUESTAS PARA INGRESAR AL CATÁLOGO DE PROVEEDORES, PRESTADORES DE SERVICIOS Y CONTRATISTAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA

DE LA NACIÓN (DIRECCIÓN DE OBRAS Y MANTENIMIENTO)

EMPRESA

1 ALEJANDRA MONDRAGÓN REBOLLO Y/O COMERCIALIZADORA CASPIA

2 ALFONSO CORNEJO MEDINA Y/O LUCORART

3 ANA CLAUDIA LARA PÉREZ

4 ÁNGEL CONTRERAS ROJAS

5 ARQUIMART, S.A. DE C.V.

6 ARQUITECTURA E INGENIERÍA INTEGRADA DE CAMPECHE, S.A. DE C.V.

7 CAMH INGENIEROS Y ARQUITECTOS, S.A. DE C.V.

8 CASTELLANOS VILLARREAL ARQUITECTOS, S.C.

9 COMAQ, S.A. DE C.V.

10 COMERCIALIZADORA JAT, S.A. DE C.V.

11 COMPAÑÍA CONSTRUCTORA FRONTERIZA, S.A. DE C.V.

12 CONSTRUCCIONES M.S., S.A. DE C.V.

13 CONSTRUCCIONES MASARA Y ASOCIADOS, S.A. DE C.V.

14 CONSTRUCTORA A.3, S.A. DE C.V.

15 CONSTRUCTORA ASIEL, S.A. DE C.V.

16 CONSTRUCTORA DARLEM, S. DE R.L. DE C.V.

17 CONSTRUCTORA JORO, S.A. DE C.V.

18 CONSTRUCTORA LLODI, S.A. DE C.V.

19 CONSTRUCTORA MIDWEST, S.A. DE C.V.

20 CONSTRUCTORA MILOS, S.A. DE C.V.

21 CONSTRUCTORA RÍO AROS, S.A. DE C.V.

22 CONSTRUCTORA U5, S.A. DE C.V.

23 CONSULTORES EN INGENIERÍA ELECTROMECÁNICA, S.A. DE C.V.

24 COSMOSERVICIOS, S.A. DE C.V.

25 DEHO INGENIERÍA INTEGRAL, S.A. DE C.V.

26 DESARROLLO INTEGRAL DE INGENIERÍA CONSTRUCTIVA, S.A. DE C.V.

Página 60 de 90

27 DESARROLLO INTEGRAL DE PLANIFICACIÓN, S.A. DE C.V.

28 DESARROLLO URBANO INFRAESTRUCTURAS Y DE SERVICIOS, S.A. DE C.V.

29 DICREARQ, S.A. DE C.V.

30 DISEÑO E INGENIERÍA EN EDIFICACIONES, S.A. DE C.V.

31 E & T SOLUTIONS, S.A. DE C.V.

32 ELECTRO EVOLUCIÓN LUMÍNICA, S.A. DE C.V.

33 ELECTRO INSTALACIONES, S.A. DE C.V.

34 ESPACIO DE CACHÉ, S.A. DE C.V.

35 FERRETERÍA CENTRAL DE ABASTOS, S.A. DE C.V.

36 GECCSA INGENIERÍA, S.A. DE C.V.

37 GOTOP CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A. DE C.V.

38 GRUPO ALTEC DISEÑO Y CONSTRUCCIONES, S.A.D E C.V.

39 GRUPO AREDCO, S.A. DE C.V.

40 GRUPO ARKOS, S.A. DE C.V.

41 GRUPO IMPELGARCOR, S.A. DE C.V.

42 GRUPO MC2 ARQUITECTURA Y CIUDAD, S.C.

43 GRUPO TÉCNICO EN CONSTRUCCIONES CAYSA, S.A. DE C.V.

44 INFRAESTRUCTURA OMEGA 2000, S.A. DE C.V.

45 INGENIERÍA EN AIRE Y CONTROL, S.A. DE C.V.

46 INGENIERÍA PLANIFICACIÓN Y CONSTRUCCIÓN, S.A. DE C.V.

47 JEO CONTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A. DE C.V.

48 JOSÉ LUIS CASTILLO ONTIVEROS

49 KONE MÉXICO, S.A. DE C.V.

50 MAURO VALLARTA PIEDRA Y/O LA MEJOR OPCIÓN

51 MOYAO ARQUITECTOS, S.A. DE C.V.

52 NÚCLEO, S.A. DE C.V.

53 OBRAS Y PROYECTOS FAVIER, S.A. DE C.V.

54 OTTOMOTORES, S.A. DE C.V.

55 PERCO CONSTRUCTORA, S.A. DE C.V.

56 PROYECTOS EJECUTIVOS DE INGENIERÍA, S.A. DE C.V.

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57 PROYECTOS INDUSTRIALES Y EDIFICACIONES, S.A. DE C.V.

58 PROYECTOS Y SUPERVISIONES, S.C.

59 SERVICIOS URBANOS Y CONSTRUCCIÓN SURCO, S.A. DE C.V.

60 SNAP-ON/SUN DE MÉXICO, S.A. DE C.V.

61 SOCIEDAD INTERNACIONAL DE INGENIERÍA CIVIL Y MANTENIMIENTO, S.A. DE C.V.

62 SOFÍA CONSTRUCCIONES PROYECTOS Y ASESORÍA, S.A. DE C.V.

63 TOPOGRAFÍA Y MAPAS, S.A. DE C.V.

Por lo anteriormente expuesto, el Comité tomó el siguiente: ACUERDO.- Los miembros del Comité; Lic. Rafael Coello Cetina, Secretario Ejecutivo de Asuntos Jurídicos y el Lic. Samuel Jiménez Calderón, Secretario Ejecutivo de Administración, en virtud de que el Ing. Juan Manuel Begovich Garfias, Secretario Ejecutivo de Servicios y Presidente del CASOD no participó en la resolución de este punto de acuerdo por tener que atender asuntos con la Lic. Arely Gómez González, Secretaria General de la Presidencia y Oficial Mayor de la SCJN, resolvieron lo siguiente: 1. Se autoriza el ingreso y registro en el Catálogo de Proveedores, Prestadores de Servicios y

Contratistas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a las empresas que se enlistaron en el Punto de Acuerdo motivo de esta resolución (155), tanto por motivo de que resultaron adjudicadas en diversos procedimientos llevados a cabo en la Dirección General de Adquisiciones y Servicios, como de que, a aquellos, no obstante no haber sido adjudicados en dichos procedimientos, les fueron favorables los Dictámenes Legal y Financiero, de conformidad con lo establecido en el AGA 6/2001, artículo 125.

2. La Dirección General de Adquisiciones y Servicios deberá enviar, a la brevedad, comunicados a las

empresas de nuevo ingreso al Catálogo, indicándoles su número de registro. 11.- Sobre el décimo primer punto del Orden del Día, se expuso: a).- Presentación: AUTORIZACIÓN DE DIFERIMIENTO DE LA FECHA DE INICIO DE LA OBRA PÚBLICA CONSISTENTE EN LA ACOMETIDA PARA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN EL ESTADO DE PUEBLA.

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b).- Antecedentes: I. El 8 de julio del presente año se recibió el punto de acuerdo firmado por parte del Secretario

Ejecutivo de Servicios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (Anexo 1), en el que con fundamento a lo dispuesto en los artículos 34, 89, 90 y 91 del Acuerdo General de Administración 6/2001, de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, considerando quinto del Acuerdo General de Administración X/2003, y a lo establecido en la sesión del Comité de Gobierno y Administración de fecha 25 de enero de 2005, dicho funcionario autorizó la obra pública consistente en la “Acometida Eléctrica para la Casa de la Cultura Jurídica en el Estado de Puebla”, a la empresa Sistemas y Servicios Eléctricos de Puebla, S.A. de C.V., por un monto de $223,384.76 (Doscientos veintitrés mil trescientos ochenta y cuatro pesos 76/100 M.N.) I.V.A. incluido.

Derivado de lo anterior se elaboró el contrato Núm. SCJN/DGAS/SM-98/07/2005 (Anexo 2), procediéndose a entregar el anticipo el día 12 de agosto del presente año, por lo que el plazo de ejecución establecido en el contrato de 90 días naturales según la fecha de entrega del anticipo vence el 12 de noviembre del presente año.

II. Mediante oficio Núm. 1375/2005 (Anexo 3) recibido el 19 de agosto del presente año en la

Dirección General de Adquisiciones y Servicios y en virtud de que la Dirección General de Obras y Mantenimiento se encuentra acéfala, el titular de la Secretaría Ejecutiva de Servicios indicó lo siguiente:

“Con relación al contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado “Acometida para la Casa de la Cultura Jurídica en el Estado de Puebla”, con número de contrato SCJN/DGAS/SM-98/07/2005, que bajo Acuerdo General de Administración 6/2001, le fue asignado a la empresa contratista Sistemas y Servicios Eléctricos de Puebla S.A. de C.V., por un monto de $223,384.76 (Doscientos veintitrés mil trescientos ochenta y cuatro pesos 12/100 M.N.), I.V.A., “sic” me permito solicitar a usted, se someta a consideración y autorización del órgano competente lo siguiente:

1. Diferimiento de la fecha de inicio del plazo de ejecución de los trabajos, objeto del contrato.

Fundamento: Artículo 104, del Acuerdo General de Administración 6/2001.

Antecedentes:

El plazo de ejecución de los trabajos, de acuerdo a lo pactado en la cláusula tercera del contrato de referencia es de 90 días naturales.

Con fecha viernes 15 de agosto de 2005, se le depositó a la cuenta de cheques número 0181524348 de BBVA Bancomer, de la contratista el anticipo de obra correspondiente.

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Por lo anterior, en términos de la cláusula tercera del contrato, el plazo de ejecución iniciaba el pasado lunes 15 de agosto de 2005, para concluirse el día 15 de noviembre de 2005.

En visita técnica al inmueble, por parte de personal adscrito a la Dirección General de Obras y Mantenimiento, se informó por parte del Titular Lic. Alberto Ponce Cortés que del día lunes 15 al viernes 19 de agosto de 2005, se llevaría a cabo en el inmueble la Semana de la Cultura Jurídica.

Por las características de los trabajos objeto del contrato, en atención a la solicitud del titular, así como de la importancia del evento, y por la inconveniencia de tener personal en esos días en las instalaciones se decidió posponer el inicio de los trabajos objeto del contrato, hasta pasado el evento.

CONCLUSIÓN: En razón de lo antes expuesto, se solicita al CASOD la autorización del diferimiento de la fecha del inicio del contrato referido, quedando como fecha de inicio el día lunes 22 de agosto de 2005, y como fecha de término el día 20 de noviembre de 2005”. c).- Consideraciones: Por lo anteriormente expuesto y con base en lo dispuesto por los artículos 17, fracción XII del Acuerdo General de Administración 6/2001, de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por analogía con procedimientos autorizados por el Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, Acuerdos Segundo y Cuarto del Acuerdo General de Administración VI/2003 y Acuerdo Primero del Acuerdo General de Administración X/2003 y a lo establecido en las sesiones del Comité de Gobierno y Administración de fechas 10 y 25 de enero de 2005, se somete a la consideración de los miembros del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones relativo a la obra pública consistente en la “Acometida Eléctrica para la Casa de la Cultura Jurídica en el Estado de Puebla”, la autorización de: • Diferimiento de la fecha de inicio del plazo de ejecución de los trabajos, objeto del contrato y en

consecuencia el plazo de ejecución de la obra en comento iniciaría el 22 de agosto del presente año y terminará el 19 de noviembre del presente año.

Por lo anteriormente expuesto, el Comité tomó el siguiente: ACUERDO.- Los miembros del Comité; Lic. Rafael Coello Cetina, Secretario Ejecutivo de Asuntos Jurídicos y el Lic. Samuel Jiménez Calderón, Secretario Ejecutivo de Administración, en virtud de que el Ing. Juan Manuel Begovich Garfias, Secretario Ejecutivo de Servicios y Presidente del CASOD no participó en la resolución de este punto de acuerdo por tener que atender asuntos con la Lic. Arely Gómez González, Secretaria General de la Presidencia y Oficial Mayor de la SCJN, resolvieron lo siguiente:

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1. Se autoriza el diferimiento de la fecha de inicio del plazo de los trabajos de obra motivo de este

Punto de Acuerdo, en virtud de la petición que se hizo a la Dirección General de Obras y Mantenimiento por parte del titular de la Casa de la Cultura Jurídica, por llevarse a cabo en la semana del 15 de agosto la Semana de la Cultura Jurídica en dicho inmueble.

2. La Dirección General de Obras y Mantenimiento deberá observar al contratista que no obstante la

anterior autorización, se debe de dar cumplimiento a lo establecido en la cláusula sexta del contrato, respecto de exhibirle los comprobantes que acrediten el destino del anticipo, dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que recibió el mismo, y que se informe oportunamente al CASOD de este cumplimiento.

3. Por lo anterior la fecha de inicio de los trabajos sería el lunes 22 de agosto de 2005. 12.- Sobre el décimo segundo punto del Orden del Día, se expuso: a).- Presentación: AUTORIZACIÓN DE OBRA EXCEDENTE, DE LA OBRA PÚBLICA CONSISTENTE EN EL “MANTENIMIENTO A LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN EL ESTADO DE DURANGO”. b).- Antecedentes: I. El 10 de diciembre de 2004 se recibió el punto de acuerdo firmado por parte del entonces

Oficial Mayor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (Anexo I), en el que con fundamento a lo dispuesto en los artículos 17, fracción III, 34, 88, fracciones V y VI, 89 y 90 del Acuerdo General de Administración 6/2001, de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y al punto sexto del Acuerdo General de Administración VI/2003, del Comité de Gobierno y Administración, autorizó declarar desierto el procedimiento de concurso por Invitación Restringida consistente en el “Mantenimiento a la Casa de la Cultura Jurídica en el Estado de Durango”, debido a que ninguna propuesta presentada calificó satisfactoriamente con los 4 dictámenes requeridos en las bases, asimismo autorizó que dichos trabajos se asignaran por adjudicación directa a la empresa “Diseño e Ingeniería en Edificaciones, S.A de C.V.”, por un monto total de $487,299.96 (Cuatrocientos ochenta y siete mil doscientos noventa y nueve pesos 96/100 M.N.) I.V.A. incluido, condicionado a que la empresa corrigiera los errores indicados en el Dictamen de Evaluación de Propuestas Económicas, lo cual fue efectuado por dicha empresa, quedando el monto de la contratación en $478,585.85 (Cuatrocientos setenta y ocho mil quinientos ochenta y cinco pesos 85/100 M.N.) I.V.A. Incluido.

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Derivado de lo anterior se elaboró el contrato Núm. SCJN/DGAS/SM-132/12/2004 (Anexo II), procediéndose a entregar el anticipo el día 6 de enero de 2005, por lo que el plazo de ejecución establecido en el contrato de 80 días naturales venció el 27 de marzo del presente año. II. Mediante oficio Núm. DGOM/256/2005 (Anexo III) recibido el 14 de marzo de 2005 el

entonces titular de la Dirección General de Obras y Mantenimiento solicitó someter a consideración de la autoridad correspondiente la autorización de obra excedente por un monto de $4,836.59 (Cuatro mil ochocientos treinta y seis pesos 59/100 M.N.) I.V.A. incluido.

III. Con oficio Núm. 2294 (Anexo IV) de la Dirección General de Adquisiciones y Servicios de

fecha 15 de marzo del presente año, se le indicó al entonces titular de la Dirección General de Obras y Mantenimiento que derivado de que la contratación en comento no rebasaba las 290,000 Udis y el monto de los trabajos excedentes no rebasaba el 10% del valor de la obra, dicha autorización debería ser sometida a consideración del Secretario Ejecutivo de Servicios con fundamento a lo establecido en la fracción I del artículo 42 del Acuerdo General de Administración 6/2001, de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sin que en su oportunidad se hubiera recibido en la Dirección General de Adquisiciones y Servicios respuesta o comentario alguno de parte de la Dirección General de Obras y Mantenimiento.

IV. Mediante oficio Núm. 1403/2005 (Anexo V) recibido el 19 de agosto del presente año en la

Dirección General de Adquisiciones y Servicios y en virtud de que la Dirección General de Obras y Mantenimiento se encuentra acéfala, el titular de la Secretaría Ejecutiva de Servicios indicó lo siguiente:

“Con relación a la obra pública a precios unitarios y tiempo determinado “Mantenimiento a la Casa de la Cultura Jurídica en el Estado de Durango” con número de contrato Núm. SCJN/DGAS/SM-132/12/2004, y que bajo el Acuerdo General de Administración 6/2001, le fue asignado a la empresa contratista Diseño e Ingeniería en Edificaciones, S.A. de C.V., por un monto de $478,585.85 (Cuatrocientos setenta y ocho mil quinientos ochenta y cinco pesos 85/100 M.N.), incluido el Impuesto al Valor Agregado, me permito solicitar a usted, se someta a consideración y autorización del órgano competente lo siguiente:

1. Autorización para contratación de obra excedente ejecutada por un importe de Obra $4,836.61

(Cuatro mil ochocientos treinta y seis pesos 61/100 M.N.) I.V.A. incluido. 2. Elaboración de Convenio Modificatorio. Fundamento: Articulo 34, Fracción II del Artículo 42 del Acuerdo General de Administración 6/2001. 1. Autorización de contratación de obra excedente ejecutada. Al momento de ejecutar los trabajos objeto del contrato, se encontró la necesidad de sustituir mayor número de difusores por encontrarse rotos, así como la necesidad de suministro y colocación de tapajuntas de lámina en la colindancia de ambos inmuebles, así como la necesidad de limpieza de la

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cornisa del inmueble propiedad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, adquirido con posterioridad a la formalización del contrato. Se hace la aclaración que los precios unitarios de los conceptos excedentes son los de contrato, asimismo, se informa que este monto así como los volúmenes han sido conciliados con la empresa Constructora Diseño e Ingeniería en Edificaciones S.A. de C.V. Dichos conceptos importan la cantidad de $4,836.61 (Cuatro mil ochocientos treinta y seis pesos 61/100 M.N.) I.V.A. incluido (Anexo 1).

Clave Concepto Justificación Técnica

IE.02

Difusor prismático envolvente para lámpara de 1 x 74 w. marca Elmsa modelo Apolo serie 400, igual a los existentes, hasta una altura de 4.00 m. sobre n.p.t. p.u.o.c.t.

Este concepto se excedió, debido a que al momento de ejecutar la obra, en el área de acervo se encontraron más difusores rotos que los considerados en el proyecto. (Anexo 2).

HER.01

Tapajuntas en forma de “z” hecho a base de lámina galvanizada cal. 24, con desarrollo de 50 cm. Sujetado a losa mediante pijas de acero cabeza plana de 2” de longitud a cada 50 cm. p.u.o.c.t.

Este concepto se excedió por no considerarse en proyecto la totalidad del tapajuntas ubicada en la colindancia de acervo. (Anexo 2).

LIM.04

Lavado de cornisa de cantera gris en fachada principal con medidas de 0.27 x 0.25 m. de altura, hasta una altura de 6.50 m. sobre el n.p.t. a dos manos o hasta dejar lo más limpio posible la cantera, p.u.o.c.t.

Este concepto se excedió por considerar el lavado de la cornisa de inmueble adquirido recientemente, antes de la contratación de los trabajos, el cual se encuentra colindante al inmueble original. (Anexo 2).

2. Convenio Modificatorio. Es importante informar que existe un saldo de contrato por trabajos no ejecutados por un monto de $48,141.60 (Cuarenta y ocho mil ciento cuarenta y un pesos 60/100 M.N.) incluido el Impuesto al Valor Agregado. En razón de los trabajos excedentes antes descritos, se solicita la autorización de un Convenio Modificatorio con base en lo siguiente:

Importe del contrato $478,585.85

Importe de contrato ejecutado $430,444.25

Saldo de obra sin ejecutar $48,141.60

Monto de obra excedente $4,836.61

Saldo a cancelar de contrato $43,304.99

Nota: Todos los importes incluyen I.V.A.

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Conclusión Con base en lo antes expuesto, se solicita la autorización de los trabajos excedentes, así como del convenio Modificatorio”. c).- Consideraciones: Por lo anteriormente expuesto y con base en lo dispuesto por los artículos 17, fracción I y 42 fracciones I y II del Acuerdo General de Administración 6/2001, de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Acuerdos Segundo y Cuarto del Acuerdo General de Administración VI/2003 y Acuerdo Primero del Acuerdo General de Administración X/2003 y a lo establecido en las sesiones del Comité de Gobierno y Administración de fechas 10 y 25 de enero de 2005, se somete a la consideración de los miembros del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones relativo a la obra pública consistente en el “Mantenimiento a la Casa de la Cultura Jurídica en el Estado de Durango”, la autorización de: • Obra excedente ejecutada por un importe de Obra $4,836.61 (Cuatro mil ochocientos treinta

y seis pesos 61/100 M.N.) I.V.A. incluido. No se omite mencionar que en su oportunidad la Dirección General de Obras y Mantenimiento solicitará a la Dirección General de Adquisiciones y Servicios la elaboración del convenio modificatorio correspondiente con las cifras definitivas. Por lo anteriormente expuesto, el Comité tomó el siguiente: ACUERDO.- Los miembros del Comité; Lic. Rafael Coello Cetina, Secretario Ejecutivo de Asuntos Jurídicos y el Lic. Samuel Jiménez Calderón, Secretario Ejecutivo de Administración, en virtud de que el Ing. Juan Manuel Begovich Garfias, Secretario Ejecutivo de Servicios y Presidente del CASOD no participó en la resolución de este punto de acuerdo por tener que atender asuntos con la Lic. Arely Gómez González, Secretaria General de la Presidencia y Oficial Mayor de la SCJN, resolvieron lo siguiente: 1. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 fracción segunda, este asunto no resulta ser de

competencia para el CASOD, y en consecuencia se deberá someter a la consideración del Secretario Ejecutivo de Servicios para su autorización, sugiriendo a la Dirección General de Obras y Mantenimiento adjunte al Punto de Acuerdo, copia de las notas de Bitácora mediante las cuales se pueda determinar la procedencia de dichos trabajos excedentes.

En caso de que el Secretario Ejecutivo de Servicios considere que cuenta con elementos de juicio por los que este asunto deba ser resuelto por los miembros del CASOD, que se presente nuevamente a consideración de dicho Comité.

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13.- Sobre el décimo tercer punto del Orden del Día, se expuso: a).- Presentación: AUTORIZACIÓN PARA INICIAR EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PARA LA CONTRATACIÓN DE LA OBRA PÚBLICA CONSISTENTE EN LA “SALA DE PLENO SEDE ALTERNA"; AUTORIZACIÓN DE LA CONVOCATORIA Y LAS BASES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL; EL CALENDARIO DE EVENTOS, EL COSTO DE LAS BASES Y OTRAS AUTORIZACIONES. b).- Antecedentes: 1. Con fecha 17 de agosto de 2005, mediante oficio Núm. 1378/2005 (Anexo No. 1), la

Secretaría Ejecutiva de Servicios, en virtud de que la Dirección General de Obras y Mantenimiento se encuentra acéfala, solicitó a la Dirección General de Adquisiciones y Servicios iniciar los trámites administrativos para la contratación bajo la modalidad de “precios unitarios y tiempo determinado” de la obra pública denominada “Sala de Pleno Sede Alterna”, en los cuales se indica que el tiempo de ejecución de la obra será de 120 días naturales y que el costo aproximado de los trabajos asciende a $10’445,922.15 (Diez millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil novecientos veintidós pesos 15/100 M.N.) IVA incluido, equivalente a 2´919,832 UDIS* al 17 de agosto del presente año. *UDI al 17 de agosto del 2005 $3.577576.

2. Con base en el artículo 34 del Acuerdo General de Administración 6/2001, de la Presidencia de

la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la presente contratación se clasifica por su costo como "Superior" (Anexo No. 2) por lo que la autorización para su adjudicación corresponde al Presidente; pero conforme a lo dispuesto en el punto primero del Acuerdo General de Administración VI/2003, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y a lo establecido en las sesiones del Comité de Gobierno y Administración de fechas 10 y 25 de enero de 2005, es la titular de la Oficialía Mayor de este Alto Tribunal quien autorizaría esta contratación.

3. La programación de eventos que se propone para dicha Licitación Pública Nacional es la

siguiente:

Publicación de la convocatoria: 1er día hábil. Venta de bases: 8 días hábiles posteriores a la publicación de la

convocatoria.

Visita de Obra y Junta de Aclaraciones: 4 días hábiles posteriores a la publicación de la convocatoria.

Recepción de propuestas: 13 días hábiles posteriores a la publicación de la convocatoria.

Apertura de propuestas técnicas: 6 días hábiles posteriores a la recepción de propuestas

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(el plazo indicado en el AGA es de 3 días naturales). Lo anterior con la finalidad de que la Tesorería y la Dirección General de Adquisiciones y Servicios cuenten con 3 días hábiles para la elaboración de los dictámenes legal y financiero y que dentro de los 2 días hábiles siguientes se lleve a cabo la sesión extraordinaria del CASOD, previa al evento de Apertura de Propuesta Técnicas, para que sean los miembros del Comité - una vez que se cuente con los dictámenes legal y financiero- los que determinen las propuestas técnicas que se abrirán en el evento indicado de conformidad al criterio establecido en la sesión 38/2005.

Apertura de propuestas económicas: 6 días hábiles posteriores a la apertura de la propuesta técnica.

Cabe mencionar que en esta programación se propone que la Visita de Obra y Junta de Aclaraciones se lleve a cabo al cuarto día hábil posterior a la publicación de la convocatoria, lo anterior en virtud de que se considera que un tiempo de cuatro días hábiles entre la convocatoria y la Visita de Obra y Junta de Aclaraciones es razonable para que las empresas analicen las características de la obra y éstas estén en condiciones de formular las dudas que consideren pertinentes. Asimismo se proponen otros nueve días hábiles para que después de conocer todas las aclaraciones y respuestas a las dudas manifestadas por las empresas, estén en condiciones de elaborar y presentar las propuestas correspondientes, esto aunado a que por tratarse de una obra pública, la mayoría de las interrogantes por parte de las empresas participantes surgen durante la Visita de Obra, razón por la cual los pliegos de preguntas son formuladas al termino de la misma y antes de iniciar la Junta de Aclaraciones.

Se aclara que a las empresas que adquieran las bases en una fecha posterior a los eventos de Visita de Obra y Junta de Aclaraciones, al momento de la compra de las mismas se entregará una copia simple del acta de dichos eventos.

4. Tomando como referencia los procedimientos de licitaciones anteriores, se propone que el

precio de las bases sea de $2,500.00 (Dos mil quinientos pesos 00/100 M.N.), en virtud de que se considera que con este monto se recupere una parte del costo de la publicación, considerando que se vendan aproximadamente 10 bases.

5. Siguiendo las instrucciones del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones

indicadas en la sesión 31/2005, celebrada el 27 de junio del presente año, se acordó con el personal de la Tesorería que los parámetros de evaluación financiera serían ajustados para cada procedimiento. Derivado de lo anterior mediante oficio Núm. 8560 (Anexo No. 3) de fecha 18 de agosto del presente año, la Dirección General de Adquisiciones y Servicios solicitó a la Tesorería los criterios específicos para dicha licitación, recibiendo respuesta mediante oficio

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Núm. 3728/VIII/2005 (Anexo No. 4) el 22 de agosto del presente año, entre los cuales menciona los siguientes:

• Haber sido constituida la sociedad con un mínimo de tres años anteriores a la fecha de la

convocatoria y haber tenido operaciones relacionadas con su giro durante el mismo periodo • Únicamente podrán participar las empresas que están obligadas a dictaminar sus estados

financieros o que optan por dictaminar voluntariamente de conformidad con el Artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación, criterio este último que no resulta claro para la Dirección General de Adquisiciones y Servicios, por lo cual esta Dirección General solicitó mediante oficio a la Tesorería fuera aclarado, a fin de no discriminar la participación de las empresas en este procedimiento.

• Contar con un capital contable mínimo de $2’100,000.00 (Dos millones cien mil pesos 00/100

M.N.). • Experiencia mínima en 3 obras de características similares, las cuales deberán ser

comprobables en la relación de contratos e información financiera que presenten las licitantes.

• Solicitar los Estados Financieros Básicos (Estado de Posición Financiera, Estado de

Resultados, Estado de Cambios en la Situación Financiera en Base a Efectivo y Estado de Variaciones en el Capital Contable, así como las notas que le son relativas) correspondientes a los dos últimos ejercicios fiscales (2003 y 2004), mismos que deberán haber sido dictaminados en los términos del Artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación y los más recientes del presente ejercicio, los que no deberán ser anteriores a los dos meses previos a la publicación de la convocatoria.

• Asimismo sugirió incluir las siguientes leyendas:

“La documentación legal y contable - fiscal que presenten los participantes estará sujeta a un análisis exhaustivo con posterioridad a su recepción, a fin de acreditar a satisfacción de este Alto Tribunal su situación jurídica, capacidad técnica y su solvencia financiera, en los dictámenes legal y financiero, en la inteligencia de evitar posibles riesgos para la Suprema Corte de Justicia de la Nación; por lo tanto, será de su estricta responsabilidad exhibirla en forma completa y correcta, acreditando en su integridad los requisitos exigidos”. “El dictamen financiero considerará las razones que permitan evaluar el capital neto de trabajo del licitante, verificando que resulta suficiente para financiar los trabajos a realizar, en su caso. El licitante deberá demostrar que tiene capacidad para pagar sus obligaciones. Se evaluará el grado en que el licitante depende del endeudamiento así como la rentabilidad de la empresa..”

• Cabe mencionar que las razones financieras que aplicará para este procedimiento son las

siguientes (la Tesorería recomienda que estas no sean del conocimiento de los licitantes):

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Relación Cociente

1. Activo Circulante / Pasivo Corto Plazo 1.5 2. Pasivo Total / Capital Contable 1.5 3. Capital Contable / Propuesta Concursal 0.2 4. Ingresos Anuales / Propuesta Concursal 3.0 5. Capital Contable / Capital Social 1.5

6. El procedimiento de Licitación Pública requiere de una Visita de Obra y Junta de Aclaraciones,

por lo que conforme a lo indicado en el Artículo 77, Fracción II del Acuerdo General de Administración 6/2001, las áreas que deberán asistir son el Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, la Dirección General de Adquisiciones y Servicios y la Dirección General de Obras y Mantenimiento, por lo que conforme a la normatividad en vigor, a dichos eventos deben acudir los titulares de las mencionadas áreas o en su caso nombrar a un representante, excepto el titular de la Dirección General de Adquisiciones y Servicios, por lo que se solicita autorización para que éste también pueda nombrar a un representante en caso de no poder asistir personalmente.

La Dirección General de Adquisiciones y Servicios solicitará a los Titulares de la Secretaría General de la Presidencia y Oficialía Mayor y de la Secretaria Ejecutiva de la Contraloría, acudan a dichos eventos o nombren a un representante, en su caso.

7. Como resultado de que en la mayoría de las Visitas de Obra y Juntas de Aclaraciones de procedimientos anteriores, las empresas han solicitado que el catálogo de conceptos sea entregado en medios electrónicos, con la finalidad de ahorrar tiempo de captura de cada uno de los mismos, se propone que esta información sea puesta a disposición de los interesados a través de la página de Internet de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la dirección electrónica www.scjn.gob.mx, lo anterior en virtud de que:

• Se evitarán errores y omisiones de captura, que en muchas ocasiones llevan a que las

propuestas económicas presentadas por las empresas durante la Evaluación de Propuestas sean dictaminadas como no solventes.

• Las empresas estarían en la posibilidad de emplear un mayor tiempo a la formulación de sus

propuestas y no a la captura del catálogo de conceptos.

8. Debido a que el plazo de cinco días hábiles indicado en el último párrafo del artículo 78 del Acuerdo General de Administración 6/2001, para la elaboración del dictamen de evaluación de propuestas económicas se considera insuficiente, ya que la Dirección General de Adquisiciones y Servicios únicamente cuenta con una persona con conocimientos técnicos para esta actividad, se solicita autorización para que se amplíe a 10 días hábiles y una vez que sea recibido dicho dictamen, se elabore el punto de acuerdo correspondiente al fallo de la Licitación Pública Nacional y se someta a consideración de la autoridad correspondiente.

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9. Derivado de lo expuesto en el punto anterior y dada la magnitud del proyecto, se considera pertinente que la Dirección General de Adquisiciones y Servicios, tenga a su disposición la siguiente información:

a) El presupuesto base; sin embargo con la finalidad de garantizar la transparencia en la

Licitación Pública Nacional, dicha información debe ser entregada por la Dirección General de Obras y Mantenimiento después de que la Dirección General de Adquisiciones y Servicios haya recibido los sobres cerrados de las propuestas técnicas y económicas.

b) El catálogo de conceptos y la explosión de insumos en medios electrónicos; con la finalidad

de ahorrar tiempos de captura por parte del personal de la Dirección General de Adquisiciones y Servicios, y así dedicar un mayor tiempo a la evaluación de propuestas económicas.

10. En relación con los eventos de apertura de propuestas técnicas y económicas de la Licitación

Pública Nacional, es necesario que acuda el titular de la Dirección General de Adquisiciones y Servicios, sin embargo en el caso de que este funcionario no pueda asistir, es conveniente considerar la posibilidad de nombrar a un representante que acuda en su representación. Cabe mencionar que dicha solicitud se desprende de los compromisos laborales que pudieran afectar el procedimiento correspondiente.

11. De acuerdo al reporte del SIA de fecha 19 de agosto del presente año, existen recursos

presupuestales disponibles para esta contratación (Anexo No. 5).

La erogación que implica esta contratación se realiza con cargo a la partida presupuestal 6102-1 denominada “PROYECTO EN PROCESO” y al centro gestor 170410 de la Dirección General de Obras y Mantenimiento.

12. Conviene precisar que los criterios técnicos solicitados por el Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones no han sido proporcionados por la Dirección General de Obras y Mantenimiento.

13. Es conveniente precisar que el pago de las estimaciones de trabajos realizados en el siguiente

ejercicio presupuestal, quedará sujeto a la autorización del Presupuesto de Egresos de la Federación para dicho ejercicio presupuestal.

De conformidad con el artículo 14 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2005, y con lo dispuesto por el artículo 26 del Acuerdo General de Administración 6/2001, de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es viable autorizar la celebración de contratos multianuales, siempre y cuando se demuestre documentalmente que dichos actos jurídicos representan mejores términos y condiciones respecto a la celebración de dichos contratos por un sólo ejercicio fiscal y en el entendido de que el pago de los compromisos de los años subsecuentes quedará sujeto a la disponibilidad presupuestaria que corresponda y cubriendo los pagos respectivos por bienes entregados o servicios prestados.

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Por lo anterior y considerando el plazo de ejecución establecido por la Dirección General de Obras y Mantenimiento en el oficio Núm. 1378/2005 de 120 días naturales, se considera conveniente la contratación de esta obra pública en base multianual, ya que se tiene considerado iniciar dichos trabajos aproximadamente en el mes de octubre del presente año.

c).- Consideraciones:

Por lo anteriormente expuesto y con base en lo dispuesto por el artículo 17, fracciones II, III, XIII y XV, 26, 30, fracción VII, 34, 36, 37, 38, fracción I, 70, fracción I, 71, 72, fracción I, 73, fracción IV, 74, 75, 76 y 77 del Acuerdo General de Administración 6/2001, de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Acuerdos Segundo y Cuarto del Acuerdo General de Administración VI/2003 y Acuerdo Primero del Acuerdo General de Administración X/2003 y a lo establecido en las sesiones del Comité de Gobierno y Administración de fechas 10 y 25 de enero de 2005, se somete a la consideración de los Miembros del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, autorice lo siguiente: a) Iniciar el procedimiento de Licitación Pública Nacional número SCJN/0XX/2005, relativa a la

obra pública consistente en la “Sala de Pleno Sede Alterna”. b) La Convocatoria (Anexo No. 6) y las Bases (Anexo No. 7) para la Licitación Pública

Nacional. c) La Programación de eventos propuestos. d) El precio de venta de las bases de $2,500.00 (Dos mil quinientos pesos 00/100 M.N.) e) Solicitar los requisitos indicados en el inciso 5 de este punto de acuerdo a los licitantes para

poder participar en este procedimiento f) Se amplíe a 10 días hábiles el plazo para la elaboración del dictamen de evaluación de

propuestas económicas. g) En caso de ser necesario autorizar que el titular de la Dirección General de Adquisiciones y

Servicios pueda nombrar a un representante para que acuda a las visitas de obra y juntas de aclaraciones y a los eventos de apertura de propuestas técnicas y apertura de propuestas económicas.

h) Poner a disposición de los interesados el catálogo de conceptos a través de la página de

Internet de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la dirección electrónica www.scjn.gob.mx.

i) Que la Dirección General de Adquisiciones y Servicios solicite el presupuesto base a la

Dirección General de Obras y Mantenimiento para que dicha información sea entregada al siguiente día hábil después de haber recibido las propuestas técnicas y económicas correspondientes.

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j) Que en las bases sea solicitado a las empresas participantes que el catálogo de conceptos y

la explosión de insumos sean entregados en medios electrónicos.

k) Que se incluyan dentro de las bases los criterios de evaluación legales financieros, técnicos y económicos (Anexo 8)

Por lo anteriormente expuesto, el Comité tomó el siguiente: ACUERDO.- Los miembros del Comité, respecto de este asunto, acordaron sea resuelto en la sesión programada para el día 5 de septiembre de 2005. 14.- Sobre el décimo cuarto punto del Orden del Día, se expuso: a).- Presentación: AUTORIZACIÓN DE TRABAJOS EXTRAORDINARIOS Y EXCEDENTES, ASÍ COMO PRÓRROGA DE LA OBRA PÚBLICA CONSISTENTE EN LA RESTAURACIÓN DE LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN EL ESTADO DE CAMPECHE. b).- Antecedentes: 1. En la sesión plenaria 1/2005 celebrada el 25 de enero del presente año y con fundamento a lo

dispuesto por los artículos 17, fracciones I y XII, 42, fracción II y 105 del Acuerdo General de Administración 6/2001, de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, punto primero del Acuerdo General de Administración VI/2003, del Comité de Gobierno y Administración y considerando lo establecido en la sesión del Comité de Gobierno y Administración de fecha 10 de enero de 2005, los miembros del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones acordaron respecto a la obra extraordinaria y excedente, así como prórroga de la obra pública consistente en la “Restauración de la Casa de la Cultura Jurídica en el Estado de Campeche”, lo siguiente:

• Se autorizan los trabajos excedentes y extraordinarios, hasta por un monto de; $23,842.98

(Veintitrés mil ochocientos cuarenta y dos pesos 98/100 M.N.) (trabajos excedentes) y $379,892.77 (Trescientos setenta y nueve mil ochocientos noventa y dos pesos 77/100 M.N.) (trabajos extraordinarios), y para este último caso que la Dirección General de Obras y Mantenimiento lleve a cabo la conciliación correspondiente con la contratista (verificando también la volumetría), buscando el máximo beneficio para este Alto Tribunal (negociar costos a la baja).

• Informar a la brevedad al Comité el resultado de la conciliación.

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• Por lo que se refiere a la solicitud de prorroga, por 31 días naturales, se solicitó a la Dirección General de Obras y Mantenimiento justificara la procedencia de la misma.

2. Mediante oficio Ním. DGOM/449 recibido el 11 de marzo del presente año, el titular de la Dirección

General de Obras y Mantenimiento informó a la Dirección General de Adquisiciones y Servicios, que de conformidad con las instrucciones vertidas por el Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones se llevó a cabo la conciliación de la obra extraordinaria con la contratista, por lo que dicho monto disminuyó de $379,892.77 (Trescientos setenta y nueve mil ochocientos noventa y dos pesos 77/100 m.n.) I.V.A. incluido a $192,558.26 (Ciento noventa y dos mil quinientos cincuenta y ocho pesos 26/100) I.V.A. incluido.

3. Mediante oficios DGOM/339 y DGOM/331 recibidos el 11 de marzo del presente, el titular de la

Dirección General de Obras y Mantenimiento solicitó someter a consideración del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones relativo a esta obra, la autorización de prórroga en tiempo por 86 días naturales así como autorización de obra excedente por un monto de $70,030.12 (Setenta mil treinta pesos 12/100 M.N.) I.V.A. incluido y Obra Extraordinaria por un monto de $128,294.57 (Ciento veintiocho mil doscientos noventa y cuatro pesos 57/100 M.N.) I.V.A. incluido, para lo cual indicó lo siguiente:

A. Respecto a la solicitud de prórroga manifiesta: “Por este conducto solicitamos se presente al

Órgano competente para su autorización una prórroga en tiempo de 86 días naturales para la terminación de los trabajos del contrato de obra pública “Restauración de la Casa de la Cultura Jurídica en el Estado de Campeche”, con número de contrato SCJN/DGAS/SM-44/04/2004, lo anterior por causas no imputables a la Contratista y con fundamento a:

• Las fracciones VI y VII del Artículo 12 del AGA 6/2001. • Solicitud de la empresa Icar Construcciones, S. A. de C. V.

Resultado de la conciliación de la prórroga en tiempo entre el Ingeniero Supervisor de obra y la empresa Contratista, en términos del Inciso 1.7 de la declaración primera del contrato. Antecedentes: El plazo de ejecución pactado en el contrato fue de 6 meses, con una fecha de inicio de los trabajos de 25 de junio de 2004, por lo que la fecha de terminación de los trabajos de acuerdo a contrato sería el día 25 de diciembre de 2004. Con fecha 3 de diciembre de 2004, 14 de enero de 2005 y 17 de febrero de 2005, Construcciones Icar, S. A. de C. V., presentó solicitudes de prórroga, debidamente soportada para la terminación de los trabajos. Conclusión de la revisión: Después de analizar y revisar las solicitudes y sus soportes, esta Dirección considera procedente otorgar a la contratista una prórroga en tiempo por 86 días naturales, lo que conduce a una nueva fecha de terminación de los trabajos de 21 de marzo de 2005.

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Lo anterior justifica únicamente retraso en aquellas actividades afectadas por algún motivo no imputable a la contratista, condicionado a una nueva fecha de terminación total de los trabajos. Aquellas actividades cuyo retraso sea responsabilidad de la contratista, necesariamente se verán afectadas por la aplicación de la Cláusula Vigésima Segunda (sanción por demora). Se anexa “sic”: Causas de atraso de la obra

B. Por lo que se refiere a los trabajos excedentes y extraordinarios indicó: “Solicitamos que por su

conducto se tramite para su autorización los siguientes conceptos:

1. Obra Excedente por un monto de $70,030.12 (Setenta mil treinta pesos 12/100 M.N.) incluido el Impuesto al Valor Agregado.

2. Obra Extraordinaria por un monto de $128,294.57 (Ciento veintiocho mil doscientos noventa y cuatro pesos 57/100 M.N.) incluido el Impuesto al Valor Agregado.

Lo anterior derivado de la ejecución del contrato de obra pública “Restauración de la Casa de la Cultura Jurídica en el Estado de Campeche”, contrato No. SCJN/DGAS/SM-44/04/2004, asignado a la empresa contratista Construcciones Icar, S.A. de C.V., por un monto de $3’493,637.75 (Tres millones cuatrocientos noventa y tres mil seiscientos treinta y siete pesos 75/100 M.N.) I.V.A. incluido y con fundamento a: Fracción VII, Artículo 12, Artículo 34, fracción II del Artículo 42 del Acuerdo General de Administración 6/2201, en complemento con el Acuerdo General de Administración I/2003. Descripción de los Trabajos de Conceptos Excedentes:

Concepto Unidad Cantidad

de Proyecto

Cantidad Exced.

P.U. ($)

Importe ($)

P.07 Demolición y retiro de losa de 0.65 m de peralte promedio, considerar retiro de enladrillado, relleno y de estructura de vigas de madera de 0.20 x 0.20 m., a una altura de 6.50 m.

m2 150.00 7.95 187.00 1,486.65

Justificación: Esta cantidad excedente se genero debido a que mediante nota de bitácora, el INAH Centro Campeche, solicitó la demolición de la losa del área donde se instalara el Site, que físicamente se encontraba en malas condiciones de estabilidad.

Concepto Unidad Cantidad

de Proyecto

Cantidad Exced.

P.U. ($)

Importe ($)

P.11 Excavación por medios manuales y mecánicos en terreno material tipo iii, profundidad de 0 hasta 2.00 m.

m3 39.59

31.48 450.24 14,173.56

Justificación: La volumetría real ejecutada resultó mayor que la considerada en el catálogo de conceptos. A,05 B Muro de mampostería de primera, suministro y

colocación, caras rostreadas hasta una altura de 6.00 m de piedra caliza de recuperación y nueva de la región, junteado con mortero cal-sashcab, muro de mampostería de 0.30 m de espesor.

m2 50.00 8.06 387.27 3,121.39

Justificación: La volumetría real ejecutada resulto mayor que la considerada en el catalogo de conceptos. A.05 C Muro de mampostería de primera, suministro y

colocación, caras rostreadas hasta una altura de m2 53.50 15.26 589.49 8,995.62

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6.00 m de piedra caliza de recuperación y nueva de la región, junteado con mortero cal-sashcab, muro de mampostería de 0.46 m de espesor.

Justificación: La volumetría real ejecutada resultó mayor que la considerada en el catálogo de conceptos. A.06 B Reforzamiento en cruces de muros, colocando

en vértices o en secciones que lo requieran, llaves o sillares de mampostería de piedra caliza a cada 0.80 m. de altura a partir del nivel de piso hasta una altura de 6.50 m. en muro de mampostería de 0.30 m. de espesor.

ml 24.00 1.60 224.18 358.69

Justificación: La volumetría real ejecutada resultó mayor que la considerada en el catálogo de conceptos. A.21 D Mechinado de entrecalles en empotres de vigas

y canes a base de piedra caliza de la región, junteada con mortero de cal y sahscab a reventón y regla, acabado pulido, con sección de 0.20x0.40x0.66 m. de espesor.

Pza 33.00 4.00 192.07 768.28

Justificación: La volumetría real ejecutada resultó mayor que la considerada en el catálogo de conceptos. A.22 Aplanado en plafon de 2.5 cm. de espesor con

mortero de cal y sahscab a una altura de 6.00 m.

m2 106.00 66.46 172.81 11,484.95

Justificación: La volumetría real ejecutada resultó mayor que la considerada en el catálogo de conceptos. AC.10 Suministro y colocación de lambrin de loseta

cerámica Interceramic de 0.29x0.39 m. línea Empire, modelo Byzantine.

m2 25.00 3.94 300.96

1,185.78

Justificación: La volumetría real ejecutada resultó mayor que la considerada en el catálogo de conceptos. AC.11 Suministro y colocación de cenefa cerámica

Interceramic de 0.15 x 0.29 m. linea Empire, modelo Classic Listel.

ml 13.00 9.69

167.05

1,618.71

Justificación: La volumetría real ejecutada resultó mayor que la considerada en el catálogo de conceptos. AC.12 Suministro y colocación. de remate de cerámica

Interceramic de 0.05 x 0.30 m. linea Empire, modelo Torello.

ml 11.50 10.41

109.23

1,137.08

Justificación: La volumetría real ejecutada resultó mayor que la considerada en el catálogo de conceptos. IHS.05 Suministro y colocación de coladera de pretil

mod.4954 helvex de 4” considerar conector de espiga para pvc.

Pza 4.00 2.00 857.40 1,714.80

Justificación: Trabajo que se realizó de acuerdo a la petición mediante nota de bitácora del INAH Centro Campeche, de utilizar dos bajadas de agua pluvial existentes en el muro de la fachada principal para obtener un mejor desagüe en las losas de azotea.

Concepto Unidad Cantidad

de Proyecto

Cantidad Exced.

P.U. ($)

Importe ($)

IHS.23 Suministro y colocación de bajadas de aguas pluviales, con tubería de de pvc hidráulica de 4” y 7.00 m. de longitud promedio.

Sal 4.00 2.00 774.52 1,549.04

Justificación: Trabajo que se realizó de acuerdo a la petición mediante nota de bitácora del INAH Centro Campeche, de encamisar dos bajadas de agua pluvial existentes en el muro de la fachada principal y así tener un mejor desagüe en las losas de azotea. VD.01 Tubo conduit metálico galvanizado pared gruesa

de 51 mm de diámetro con accesorios. marca Júpiter.

ml 140.00 37.00 138.13 5,110.81

Justificación: La volumetría real ejecutada resultó mayor que la considerada en el catálogo de conceptos. IE.08 Cable de cobre monopolar tipo THW-LS Vinanel

2000, marca Condumex, calibre 2/0 AWG. ml 20.00 106.00 67.84 7,191.04

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Justificación: La volumetría real ejecutada resultó mayor que la considerada en el catálogo de conceptos. IE.37 Codo de 51 mm, 90° de pared gruesa

galvanizada con rosca. Pza 1.00 2.00 130.28 260.56

Justificación: La volumetría real ejecutada resultó mayor que la considerada en el catálogo de conceptos. IE.64 Interruptor termomagnetico qo115 marca

Squared . Pza 8.00 8.00 92.35 738.80

Justificación: La volumetría real ejecutada resultó mayor que la considerada en el catalogo de conceptos. Subtotal 60,895.76

I.V.A. 9,134.36 Total 70,030.12

Descripción de los Trabajos de Conceptos Extraordinarios: Sin la realización de los siguientes trabajos se incumplirá las condiciones de autorización e instalación por parte del INAH Centro Campeche y de la Comisión Federal de Electricidad para la acometida eléctrica.

Concepto Unidad Cantidad P.U. ($)

Importe ($)

EXT.03 Base para subestación eléctrica de concreto Pza 1.00 3,274.21 3,274.21 Justificación: Este elemento es quien soportara el transformador tipo pedestal que forma parte de la subestación eléctrica solicitada por C.F.E. como condición para otorgar la viabilidad de suministro de energía eléctrica y el armado estructural, tenia que empotrarse del armado de las cadenas perimetrales de la losa del área del site (por ser losa aligerada).

EXT.04 Suministro, fabricación y colocación de muro de

duroc Pza 1.00 4,652.12 4,652.12

Justificación: Este trabajo es necesaria su ejecución con la finalidad de ocultar y evitar la visibilidad de las tuberías que conducirán el cableado para la subestación eléctrica y fue a petición del INAH, como condición de autorización, Nota de Bitácora Núm. 36. EXT.11 fabricación de escalones forjados con muros de

piedra ml 11.00 516.64 5,683.04

Justificación: Estos trabajos son necesarios para poder permitir la comunicación a diferentes áreas, los cuales el INAH ha autorizado su realización, Nota de Bitácora Núm. 38.

EXT.14 Suministro, fabricación y colocación de faldón de

duroc. pza 1.00 5,263.82 5,263.82

Justificación: Este trabajo es necesaria su ejecución con la finalidad de ocultar y evitar la visibilidad de las tuberías que conducirán el cableado para la subestación eléctrica y fue a petición del INAH como condición de autorización, Nota de Bitácora Núm. 36.

EXT.15 Suministro e instalación de caja condulet tipo lb de 2”

pza 12.00 454.72 5,456.64

Justificación: Elemento indispensable de ejecutar en los cruces de tuberías que conducirán la alimentación de voz y datos del Site existente al Site nuevo. EXT.16 Suministro, fabricación y colocación de nicho de

madera cedro pza 1.00 7,731.21 7,731.21

Justificación: Este elemento es necesario para poder alojar los tableros eléctricos de la C.F.E. al momento de la instalación de la acometida eléctrica.

Subtotal: 32,061.04 I.V.A.: 4,809.16 Total: 36,870.20

Cabe señalar que los precios unitarios de los trabajos antes indicados, han sido conciliados conjuntamente con la contratista y personal a mí cargo.

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Adicionalmente se solicita autorización para ejecución y contratación de obra extraordinaria para el suministro e instalación del sistema de voz y datos. Los trabajos de voz y datos antes referidos se ejecutaban anteriormente por la Dirección General de Informática, situación por la que no se consideró en los alcances del proyecto original. Para lo anterior, la Dirección de Obras solicitó el jueves 3 de febrero de 2005 a la empresa Construcciones Icar, S. A. de C. V., un presupuesto sobre estos trabajos, por lo que con fecha 18 de febrero de 2005 la contratista presentó un presupuesto para la ejecución de los trabajos por un importe de $91,424.37 (Noventa y un mil cuatrocientos veinticuatro pesos 37/100 m. n.) IVA incluido. Se aclara que los precios unitarios del presupuesto antes indicado, se encuentran en proceso de revisión y conciliación entre las partes, razón por la que la cantidad indicada debe considerarse como máxima y provisional.

El estado contable quedaría de la manera siguiente:

Concepto Importes (I.V.A. incluido)

Importe del contrato. $3,493,637.75

Importe de obra no ejecutada. $278,622.62 Importe de obra excedente autorizada en sesión 1/2005. $23,842.98

Importe de obra extraordinaria que actualmente se está informando. $192,558.26

Obra excedente actualmente solicitada. $70,030.12

Obra extraordinaria solicitada (Conciliado por DGOM y la contratista). $36,870.20

Obra extraordinaria solicitada (En conciliación de precios unitarios). $91,424.37

Total actual de obra excedente y extraordinaria. $414,725.93

Importe adicional al contrato. $136,103.31

Por lo anterior se concluye, que el monto adicional al contrato aún considerando la ejecución de los trabajos de instalación de voz y datos sería de $136,103.31 (Ciento treinta y seis mil ciento tres pesos 31/100 M.N.), equivalente al 3.90 % del monto de contrato”.

4. Derivado de lo anterior, se elaboró el punto de acuerdo correspondiente, el cual fue sometido a

consideración del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones en la sesión plenaria NÚM. 11/2005 celebrada el 17 de marzo del presente año, siendo el acuerdo, aplazar su resolución y solicitaron lo siguiente:

• Para la autorización de la prórroga, que la Dirección General de Obras y Mantenimiento presente

los comprobantes que soporten la justificación de dicha prórroga,

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• Que se presentaran en el punto de acuerdo, cifras definitivas de esta contratación, ya conciliados con la contratista.

• Se presentara nuevamente el punto de acuerdo al Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y

Desincorporaciones para su resolución. 5. Mediante oficio Núm. DGOM/566/2005, recibido el 6 de abril del presente año en la Dirección

General de Adquisiciones y Servicios, el titular de la Dirección General de Obras y Mantenimiento indicó lo siguiente: “En respuesta a su oficio 02654 y con relación al acuerdo del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, en el punto 8 de su sesión plenaria décima primera de fecha 17 de marzo de 2005, y en relación a los trabajos correspondiente a la “Restauración de la Casa de la Cultura Jurídica en el Estado de Campeche”, con número de contrato SCJN/DGAS/SM-44/04/2004, presentamos e informamos a Ud(s), lo siguiente.

• Carpeta conteniendo la documentación de soporte para la prórroga en tiempo de 86 días

naturales conciliada entre la Contratista y la Dirección General de Obras y Mantenimiento. • Las cifras finales del finiquito de la manera siguiente:

A Importe del contrato $3’493,637.75 100.00 % B Importe ejecutado de contrato $3’169,321.85 90.72 % C Importe de contrato no ejecutado (A-B) $324,315.90 9.28 %

1) Importes de Obra excedente y extraordinaria, según antecedente de la sesión I/2005

de CASOD

D Importe de Obra excedente autorizada. $23, 842.98 0.68 % E Importe de Obra extraordinaria (resultado de la conciliación con la

contratista, que actualmente se informa) $192,558.26 5.51 % F Total de obra excedente y extraordinaria, resultante de la autorización de la

sesión I/2005 ( D+E ) $216,401.24 6.19 % 2) Importe de obra excedente y extraordinaria conciliada con la empresa contratista, que

actualmente se solicita su autorización

G Obra excedente $70,030.12 2.00 % H Obra extraordinaria $36,870.20 1.06 % I Total de Obra extraordinaria, conciliada, que actualmente se solicita su

autorización. $106,900.32 3.06 % 3) Importe total de obra excedente y extraordinaria requerida por la obra.

J Obra excedente $93,873.10 2.69 % K Obra extraordinaria $229,428.46 6.57 % L TOTAL $323,301.56 9.26 %

Importe definitivo

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A Importe de contrato $3’493,637.75 100.00% B Importe ejecutado de contrato $3’169,321.85 90.72% C Importe de contrato no ejecutado $324,315.90 9.28% L Importe total de obra excedente y extraordinaria ejecutada $323,301.56 3.06 % O Saldo final de contrato $1,014.34 0.02%”

El estado contable quedaría de la manera siguiente:

Concepto Importes (I.V.A. incluido)

Importe del contrato. $3’493,637.75

Importe de obra no ejecutada. $324,315.90 Importe de obra excedente autorizada en sesión 1/2005. $23,842.98

Importe de obra extraordinaria autorizada en sesión 1/2005. $192,558.26

Obra excedente actualmente solicitada. $70,030.12

Obra extraordinaria actualmente solicitada. $36,870.20

Total de obra excedente y extraordinaria $323,301.56

Importe inferior al contrato -$1,014.34

6. Derivado de lo anterior, se elaboró el punto de acuerdo correspondiente, el cual fue sometido

a consideración del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones en la sesión plenaria Núm. 15/2005 celebrada el 11 de abril del presente año, siendo el acuerdo, aplazar su resolución y solicitaron a la Dirección General de Obras y Mantenimiento una explicación cronológica (gráfica y clara) de los hechos que dieron origen a la solicitud de prórroga de 86 días naturales indicada en el punto de acuerdo, y que se presente este asunto al Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones en su sesión del 14 de abril del presente para su resolución.

7. Mediante oficio Núm. DGOM/636/2005, recibido el 21 de abril del presente año en la Dirección

General de Adquisiciones y Servicios, el titular de la Dirección General de Obras y Mantenimiento indicó lo siguiente:

“En relación al acuerdo que fue tomado en cuanto al contrato de obra pública No. SCJN/DGAS/SM-44/04/2004, “Restauración de la Casa de la Cultura Jurídica en el Estado de Campeche”, en la Décima Quinta sesión plenaria del 2005 del CASOD, consistente en que la DGOM presentará nuevamente en términos más entendibles para todos los integrantes del CASOD los soportes de justificación a las causas de retraso que permiten la reprogramación que estamos solicitando, por este conducto solicitamos al CASOD, por su conducto, considere lo siguiente:

1. Se identifican tres conceptos independientes que impactan de algún modo en la terminación de los

trabajos, siendo no imputables a la Contratista; tales conceptos son:

a) Retrasos por lluvia.

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b) Retraso por solución de colores por parte del INAH.

c) Retrasos por ejecución de trabajos para la canalización de acometida eléctrica.

2. De los anteriores conceptos, el que determina la fecha de terminación real es el concepto indicando

en inciso c), es decir, los trabajos derivados de la acometida eléctrica. La causa del retraso radica en la necesidad de construir canalización eléctrica de acometida, misma

que afectó o impidió el colado de firme de concreto en la mayor parte del inmueble, debido a que la trayectoria nos fue definida hasta el día 1° de diciembre de 2004.

La falta de este firme impidió la colocación oportuna del piso de pasta (mosaico). Por lo anterior, estas dos actividades se ven reprogramadas a partir de la fecha en que el CASOD

nos autoriza la ejecución del concepto extraordinario (trabajo de canalización de acometida eléctrica), es decir, el día 25 de enero de 2005, con una duración de 8 días naturales.

Las actividades reprogramadas de acuerdo al contrato original tendrían las siguientes duraciones: Firme de concreto 20 días Piso de pasta 28 días Condiciones que conducen a una fecha de terminación del 21 de marzo de 2005, fecha que nos lleva a 86 días calendario contados a partir de la fecha de terminación contractual.

Las actividades referidas en los incisos a) y b) no afectan a la fecha de terminación de la totalidad de los trabajos. Estas actividades, al no ser responsabilidad de la Contratista su retraso, no se verán afectadas por la penalización. Existen otros retrasos que sí resultan responsabilidad de la Contratista, mismos que determinan el monto de la penalización aplicable, actividades que se encuentran claramente identificados en el programa de barras que se encuentra en poder del CASOD". 8. Derivado de lo anterior, se elaboró el punto de acuerdo correspondiente, el cual fue sometido

a consideración del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones en la sesión plenaria Núm. 19/2005 celebrada el 25 de abril del presente año, siendo el acuerdo que la Dirección General de Obras y Mantenimiento presentara con mayor claridad los datos con que se integran los días de prorroga solicitados, y que se les presente nuevamente el punto de acuerdo a la brevedad.

9. Mediante oficio Núm. DGOM/*581/2005, el Secretario Ejecutivo de Servicios en virtud de que

la Dirección General de Obras y Mantenimiento a esa fecha se encuentra acéfala, indicó lo siguiente:

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“En atención al punto Núm. 6 de la décima novena sesión plenaria 2005, del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, celebrada el 25 de abril de 2005.

Presentamos a ustedes una explicación cronológica de los causales que motivan y fundamentan la solicitud de prórroga en tiempo por 86 días naturales, de la obra pública y precios unitarios correspondiendo a la “Restauración de la Casa de la Cultura Jurídica en el estado de Campeche”, no omitiendo mencionar que mediante oficio ha sido aclarado a la Secretaría Ejecutiva de la Contraloría las notas de bitácora correspondientes.

Antecedentes: De acuerdo al proyecto eléctrico:

a) La carga de energía requerida era de 33.6 kilowatts en media tensión. b) El punto de conexión y ubicación de registros para la acometida eléctrica, estaba

considerado en la intersección del eje H con el eje 1. Acciones durante la ejecución de obra. 19 de octubre de 2004. En tiempo y forma (la fecha de acuerdo a programa era del 1° al 20 de noviembre de 2004), Construcciones Icar, S. A. de C. V., gestiona ante la Comisión Federal de Electricidad “solicitud de servicio de energía eléctrica en media tensión por 36.3 kw, gestión que corresponde al concepto de catálogo IE.72 de la partida de instalación eléctrica de acometida. 27 de octubre de 2004. Mediante oficio Núm. ZCAM-ATC-OCC-0863/04, la Comisión Federal de Electricidad, da respuesta a la solicitud, precisando la consideración de una subestación (transformador) particular. 26 de noviembre de 2004. En minuta de trabajo inserta en la nota de bitácora de obra Núm. 149, mediante croquis (reducción del plano de instalaciones eléctrica IE-01) debidamente firmado, se le indica a la contratista, por parte de la Dirección de Proyectos y Técnica, que el punto de conexión y ubicación de registros para la cometida eléctrica se localiza en la intersección del eje A con el eje 1. 30 de noviembre de 2004. Mediante nota de bitácora de obra Núm. 151, se le entrega a la contratista copia del plano de instalaciones eléctricas con clave IE-01. 29 de noviembre de 2004. Se le entrega a la Dirección de Obras el control de cambios ELE-01, debido a futura acometida eléctrica en media tensión, precisando se reubiquen los tableros de distribución y nuevo arreglo de acometida por punto de conexión, indicado por Comisión Federal de Electricidad. 10 de diciembre de 2004. Mediante nota de bitácora de obra No. 165, se solicita a la contratista ejecutar los trabajos correspondientes a la canalización de tuberías que alojarán el cableado para la alimentación del

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transformador, de acuerdo al croquis de la minuta de trabajo del 26 de noviembre y plano entregado en nota de bitácora No. 151, es decir, en al intersección del eje A con el eje 1. 13 de diciembre de 2004. Mediante nota de bitácora No. 167, Construcciones Icar, S. A. de C. V., informa a la supervisión el inicio de los trabajos solicitado en la nota de bitácora de obra No. 165. 14 de diciembre de 2004. Al ser informado, el supervisor de obras, que físicamente en el sitio considerado en el croquis de la minuta de trabajo del día 26 de noviembre de 2004 no se encontraba ningún banco de alimentación eléctrica, que permitiera considerar en ese sitio el punto de conexión y ubicación de registros para la acometida eléctrica, resolvió mediante minuta de trabajo suspender los trabajos hasta nuevas instrucciones. 17 de diciembre de 2004. Se le determina a Construcciones Icar, S. A. de C. V., mediante plano eléctrico IE.01, de fecha noviembre de 2004, que el nuevo punto de conexión y ubicación de registros para la acometida eléctrica, será el ubicado en el punto de intersección de los ejes H con 7. 3 de enero de 2005. Mediante oficio No. DGOM/0004/2005 se solicita a la Dirección General de Adquisiciones y Servicios, la tramitación ante el órgano competente para autorización de contratación de los trabajos referentes a la preparación para la acometida eléctrica en media tensión. 25 de enero de 2005. En la sesión plenaria I/2005 del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones se autorizan los trabajos de obra extraordinaria. 26 de enero de 2005. Se inicia en el interior del inmueble, la ejecución de los trabajos de preparación para la acometida eléctrica en media tensión, concluyéndose el día 1 de febrero de 2005. 3 de febrero de 2005. Se inicia la ejecución del concepto A-14 firme de sascab, el cual por la característica de los materiales empleados y propias del terreno se tiene que dejar un tiempo de “reposo” después de su colado de un mínimo de tres días, no obstante lo anterior, los trabajos se concluyen en un plazo de 20 días (el tiempo de programa era de 40 días) es decir, el 21 de febrero de 2005. 22 de febrero de 2005. Se inicia la colocación de piso de pasta trabajos que dentro de su proceso se vieron interrumpidos durante cinco días, debido a actividades culturales propias del inmueble, concluyendo los trabajos el días 21 de marzo de 2005 (se anexa gráfica de tiempos). Conclusiones:

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Por lo anteriormente expuesto para la Dirección General de Obras y Mantenimiento, se considerará procedente la prórroga en tiempo por 86 días naturales, en base a las acciones desarrolladas durante la obra derivadas de las soluciones de definición en fecha de la Comisión Federal de Electricidad como se describió anteriormente”. 10. Derivado de lo anterior, se elaboró el punto de acuerdo correspondiente, el cual fue sometido a

consideración del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones en la sesión plenaria Núm. 29/2005 celebrada el 15 de junio del presente año, en la cual los miembros del Comité aplazaron la resolución de este asunto y derivado de la revisión de nueva documentación que la Dirección General de Obras y Mantenimiento presentó en esta sesión, solicitaron lo siguiente:

1) Que la DGAS promueva con el personal de Seguridad de este Alto Tribunal la identificación de los

registros de entrada y salida a los edificios Alterno y Bolívar, en la fecha 14 de diciembre de 2004,

2) La DGI verifique la fecha de emisión de ese documento, 3) De así disponerlo la Secretaría Ejecutiva de la Contraloría participe en la búsqueda de esta

información. 11. El 8 de agosto de 2005 en la sesión 36/2005 del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y

Desincorporaciones la Secretaría Ejecutiva de la Contraloría indicó que enviaría en breve al Secretario de dicho Comité un pronunciamiento respecto de la investigación que lleva a cabo sobre la documentación presentada por la Dirección General de Obras y Mantenimiento en el Punto de Acuerdo que en su oportunidad se presentó a este Órgano Colegiado.

12. El 17 de agosto del presente año, se recibió en la Dirección General de Adquisiciones y Servicios

por parte de la Secretaría Ejecutiva de la Contraloría el oficio Núm. SEC/AGC/306/2005, mediante el cual dicha Secretaría se pronuncia al respecto (Anexo 1).

c).- Consideraciones: Derivado de lo anterior y en apego a los artículos 17, fracciones I y XII, 42, fracción II y 105 del Acuerdo General de Administración 6/2001, de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, dicha autorización corresponde al Presidente de este Alto Tribunal, asimismo de conformidad a lo dispuesto por el punto primero del Acuerdo General de Administración VI/2003, del Comité de Gobierno y Administración y considerando lo establecido en la sesión del Comité de Gobierno y Administración de fecha 10 de enero de 2005, dicha autorización le corresponde al Oficial Mayor, por lo que se solicita al Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones que por su conducto se someta a consideración de la Titular de la Oficialía Mayor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, respecto a la obra pública consistente en la Restauración de la Casa de la Cultura Jurídica en el Estado de Campeche”, lo siguiente:

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• Importe de obra excedente autorizada por los miembros del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones en sesión 1/2005 por un importe de $23,842.98 (Veintitrés mil ochocientos cuarenta y dos pesos 98/100 M.N.) I.V.A. incluido

• Importe de obra extraordinaria autorizada por los miembros del Comité de Adquisiciones y

Servicios, Obras y Desincorporaciones en sesión 1/2005 por un importe de $192,558.26 (Ciento noventa y dos mil quinientos cincuenta y ocho pesos 26/100 M.N.) I.V.A. incluido

• Autorice trabajos excedentes por un importe de $70,030.12 (Setenta mil treinta pesos 12/100

M.N.) I.V.A. incluido. • Autorice trabajos extraordinarios por un importe de $36,870.20 (Treinta y seis mil ochocientos

setenta pesos 20/100 M.N.) I.V.A. incluido. • Autorice prórroga en tiempo por 86 días naturales. • Con lo cual el importe de obra excedente y extraordinaria total asciende a $323,301.56

(Trescientos veintitrés mil trescientos un pesos 56/100 M.N.) I.V.A. incluido. Una vez autorizado lo anterior y de así considerarlo conveniente los miembros del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, se elaborará el convenio modificatorio correspondiente. Por lo anteriormente expuesto, el Comité tomó el siguiente: ACUERDO.- Los miembros del Comité, respecto de este asunto, acordaron sea resuelto en la sesión programada para el día 5 de septiembre de 2005. 15.- Sobre el décimo quinto del Orden del Día, se expuso: a).- Presentación: AUTORIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTACIÓN TERRESTRE MEDIANTE UN AUTOBÚS DE LUJO DE 15 ASIENTOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO, SOLICITADO POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE ATENCIÓN A MINISTROS DE ESTE ALTO TRIBUNAL. b).- Antecedentes: 1. La Dirección General de Atención a Ministros de este Alto Tribunal, mediante oficio Núm. 340,

recibido en la Dirección General de Adquisiciones y Servicios el día 24 de agosto de 2005, solicita la contratación del servicio de transportación terrestre mediante un autobús de lujo de

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24 asientos, para transportar a los Señores Ministros que integran el Pleno de este Alto Tribunal, del edificio de Revolución Número 1508, Col. San Ángel Inn, Delegación Álvaro Obregón, al Congreso de la Unión y finalmente de regreso al citado edificio de Revolución, el día 1° de Septiembre del año en curso antes de las 15:00 horas.

2. En atención a los requerimientos del área usuaria, se solicitaron las cotizaciones

correspondientes a los siguientes prestadores del servicio:

Camionera del Golfo, S.A. de C. V. Enlaces Terrestres Nacionales, S. A. de C. V. Explora Tours, S.A. de C.V.

Como resultado de lo anterior las empresas convocadas ofertaron los siguientes costos:

PRESTADOR DEL SERVICIO Horas de servicio Costo total por el servicio

Camionera del Golfo, S.A. de C. V. 12 $6,500.00 Enlaces Terrestres Nacionales, S. A. de C. V. 12 $ 9,000.00 Explora Tours, S.A. de C.V.. 6 $ 7,800.00

Nota: El servicio de Autotransporte turístico está exento de I.V.A. según el artículo 15 fracc. V de la Ley del I.V.A. 3. La Dirección General de Atención a Ministros mediante oficio 359 recibido en la Dirección General

de Adquisiciones y Servicios el 30 de Agosto del año en curso, informa que por instrucciones de la Secretaria General de la Presidencia y Oficialía Mayor de este Alto Tribunal se lleve a cabo la contratación de un autobús de lujo de 15 plazas, cancelando la contratación del autobús de 24 plazas.

4. Cabe aclarar que se contactó vía telefónica a diversas empresas del ramo para solicitarles

cotización del servicio requerido, sin embargo únicamente la empresa Camionera del Golfo, S.A. de C.V., ofrece la unidad con las características solicitadas.

5. El importe a pagar por el servicio de transportación en ciudad por un espacio de 12 horas de

servicio, en un autobús de lujo de 15 plazas es de $6,000.00 (Seis mil pesos 00/100 M.N.) exento de I.V.A.,

6. El pago del servicio deberá ser cubierto mediante transferencia electrónica a la cuenta y claves

proporcionadas por el prestador del servicio a más tardar el 31 de agosto del año en curso. 7. La afectación presupuestal para esta contratación, será con cargo a la partida 320901, y al Centro

Gestor 110107 de la Dirección General de Atención a Ministros, misma a la que se le solicitó realice la adecuación presupuestal respectiva.

Clasificación: Contratación Especial – Adjudicación Directa.

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Fundamento: Lo anterior en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 17, fracción III, 32, 34, 68, fracción III, 70, fracción III, 89 y 90 del Acuerdo General de Administración 6/2001, de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. c).- Consideraciones: Por lo antes expuesto se somete a consideración de los miembros del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, autorizar: 1. La adjudicación directa del servicio de transportación terrestre mediante un autobús de lujo

Mercedes Benz de 15 plazas, a la empresa CAMIONERA DEL GOLFO, S. A. DE C. V., por un costo total por el servicio de 12 horas de $6,000.00 (Seis mil pesos 00/100 M.N.) cantidad que equivale a 1676.625356 UDIS, aplicando el valor de la UDI de $3.578617 del 24 agosto de de 2005.

2. Autorizar el pago anticipado del servicio mediante transferencia electrónica. Por lo anteriormente expuesto, el Comité tomó el siguiente: ACUERDO.- Los miembros del Comité, respecto de este asunto, autorizaron la adjudicación directa de la contratación para la renta de un autobús el día 1° de septiembre de 2005, para dar atención al requerimiento de los señores Ministros de este Alto Tribunal, con la empresa que presta este servicio en forma exclusiva Camionera del Golfo S.A. de C.V., por un monto de $6,000.00 (Seis mil pesos 00/100 M.N.). ASUNTOS GENERALES:

RESPECTO DE LOS TIEMPOS QUE SE TOMAN EN LAS SESIONES DEL CASOD, PARA LA ARGUMENTACIÓN Y RESOLUCIÓN DE LOS PUNTOS DE ACUERDO QUE SE PRESENTAN A LOS MIEMBROS DEL COMITÉ, ÉSTOS ACUERDAN QUE A CADA PUNTO SE DÉ UN TIEMPO MÁXIMO DE 15 MINUTOS PARA SU ATENCIÓN, CON LAS EXCEPCIONES QUE SEAN PERTINENTES, Y QUE SEA EL SECRETARIO DEL COMITÉ EL QUE LLEVE EL TIEMPO, ADICIONALMENTE, SOLICITAN AL SECRETARIO DEL MISMO QUE UNA VEZ CONCLUIDA LA RESOLUCIÓN DE LOS MISMOS, ÉSTE RATIFIQUE EL ACUERDO TOMADO PARA QUE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ OTORGUEN SU ANUENCIA A LOS TÉRMINOS EN QUE FUE TOMADA LA RESOLUCIÓN

RESPECTO DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD QUE SE CONTRATAN PARA LOS INMUEBLES QUE OCUPAN

LAS CASAS DE LA CULTURA JURÍDICA DE LA SCJN, LOS MIEMBROS DEL COMITÉ SOLICITAN A LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS QUE SE EMITA, CON LA ASESORÍA DE LAS DIRECCIÓN DE SEGURIDAD, UNA LISTA (CHECK LIST) QUE INCLUYA LOS REQUISITOS MÍNIMOS QUE SE DEBEN DE SOLICITAR A LOS PRESTADORES DE SERVICIO PARA LA PRESENTACIÓN DE SUS PROPUESTAS, Y QUE ESTE FORMATO SE ENVÍE A LOS TITULARES DE LAS CASAS DE LA CULTURA JURÍDICA PARA LA OBTENCIÓN DE LAS COTIZACIONES CORRESPONDIENTES

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