NOG: 1795198 - Guatecompras3 BASES... · 2011-11-10 · 1 gobierno de la repÚblica de guatemala...

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1 GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE CAMINOS NOG: 1795198 BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. D.G.C. 0132,011 - C PROYECTO: MEJORAMIENTO CARRETERA RN 05 TRAMO: EL CHOL - RABINAL. LONGITUD APROXIMADA = 21.967 KM (AMPLIACIÓN Y PAVIMENTACIÓN) GUATEMALA, NOVIEMBRE DE 2,011

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GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE CAMINOS

NOG: 1795198

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. D.G.C. – 013– 2,011 - C

PROYECTO:

MEJORAMIENTO CARRETERA RN 05 TRAMO: EL CHOL - RABINAL.

LONGITUD APROXIMADA = 21.967 KM (AMPLIACIÓN Y PAVIMENTACIÓN)

GUATEMALA, NOVIEMBRE DE 2,011

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INDICE GENERAL

ANUNCIO………………………………………………………………………….. 3 GLOSARIO…………………………………………………………………………. 4 BASES DE LICITACION………………………………………………………….. 6 1. OBJETO……………………………………………………………................... 6 2. BREVE DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO …………………………………. 6 3. EXPERIENCIA QUE SE REQUIERE DE LOS OFERENTES……………… 7 4. CONDICIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS……………. 8 5. CÁLCULO DE LA OFERTA ………………………………………………….. 8 6. CONTENIDO DE LA OFERTA ………………………….…………………….. 9 7. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS………………………….. 13 8. PROCEDIMIENTO DE CALIFICACIÓN ……………………………………….. 14 9. ACLARACIONES Y MUESTRAS ……………………………..………………… 23 10. CONTRATACIÓN……………………………………………………………… 23 11. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA ……………. 24 12. PERSONAL DEL CONTRATISTA …………………………………… 24 13. PLAZO CONTRACTUAL E INICIO DE LOS TRABAJOS………… 25 14. FORMA DE PAGO ……………………………………………………. 25 15. GARANTÍAS…………………………………………………………… 26 16. SANCIONES…………………………………………………………... 29 17. CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR ……………………………. 30 18. CONTROVERSIAS……………………………………………………………… 31 19. PROHIBICIONES………………………………………………………...…. 31 20. IMPUESTOS ………………………………………………………….. 31 21. MODIFICACIONES A LOS DOCUMENTOS DE LICITACIÓN….. 31 22. CONSULTAS Y RESPUESTAS…………………………………….. 31 23. TERMINACION PREMATURA DEL CONTRATO……………………… 32 24. CoST…………………………………………………………………………………. 32 24. INFORMACIÓN SOBRE GENERACIÓN DE EMPLEO…………………….. 32 DISPOSICIONES TÉCNICAS...……………………..………………………. 33 DISPOSICIONES ESPECIALES AMBIENTALES (DGA)……….…………. 39 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ESPECIALES (ETE) …………………………. 48 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ESPECIALES AMBIENTALES (ETEA) ……. 51 PLANO DE UBICACIÓN DEL PROYECTO……………………………….… 55 CUADRO DE RENGLONES Y CANTIDADES DE TRABAJO…………….. 57 ANEXOS……………………………………………………………………….. 61 ANEXO 1. MODELO DE OFERTA …………………………………………. 62 ANEXO 2: MODELO DE CUADRO DE OFERTA ………………………… 64 ANEXO 3: MODELO DE CARTA DE ACEPTACIÓN DEL CARGO……… 66 ANEXO 4: FÓRMULAS DE REAJUSTE …………………………………… 67 ANEXO 5: CUADRO DE MAQUINARIA Y EQUIPO MÍNIMO…………… 72 ANEXO 6: MANUAL DE SEÑALIZACIÓN TEMPORAL….………………. 73 ANEXO 7 INDICADORES CoST ………………………………………..… 81

ANEXO 8: MODELO DE CONTRATO ……………………………………………… 82

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ANUNCIO LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. D.G.C.- 013 - 2,011 - C PROYECTO:

MEJORAMIENTO CARRETERA RN 05 TRAMO: EL CHOL - RABINAL.

LONGITUD APROXIMADA = 21.967 km (AMPLIACIÓN Y PAVIMENTACIÓN)

EL MINISTERIO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, por medio de la Dirección General de Caminos, convoca a concurso Público Nacional la construcción del Proyecto arriba mencionado bajo las siguientes condiciones: 1. El proyecto consiste en la Ampliación, Mejoramiento y Pavimentación del tramo carretero que inicia en la población de El Chol y finalizando en la población Rabinal del Departamento de Baja Verapaz, con una longitud de 21.967 Km., utilizando el camino existente y adecuándolo a una sección típica “E” Modificada. 2. Los documentos de la licitación estarán a disposición de los interesados a través de internet en forma gratuita mediante el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el portal www.guatecompras.gob.gt consultando el número de operación GUATECOMPRAS (NOG 1795198). 3. Pueden participar oferentes de Empresas Constructoras que estén inscritos en el Registro de Precalificados para Obras del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, en las especialidades 1, 2, 3, 4, 5, 6, y 22, capacidad económica “R”, del artículo 46 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. 4. La fuente de financiamiento provendrá de Fondos Nacionales. 5. Las ofertas deben ser presentadas en plica original y tres (3) copias, con indicación, en la parte exterior, del nombre y dirección del oferente, fijándose para la recepción y apertura de las mismas el día 22 de diciembre del 2,011, a las 14:00 horas en el Salón de usos Múltiples de la Dirección General de Caminos, advirtiéndose que transcurridos 30 minutos después de la hora indicada no se aceptaran mas ofertas y se procederá a la apertura de plicas.

Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda Dirección General de Caminos

División de Planificación y Estudios Departamento Técnico de Ingeniería

Teléfono (502) 2472-1021, Finca Nacional La Aurora, Salón 7, Zona 13, Ciudad de Guatemala.

GUATECOMPRAS con el Nog. 1795198

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Guatemala, octubre de 2,011.

GLOSARIO Se presenta a continuación el significado que en este documento tienen los siguientes términos y abreviaturas: Contratante: El Estado de Guatemala. Contratista: Persona Individual o Jurídica con quien se suscribirá el contrato de

construcción de obra. Contrato: Instrumento jurídico suscrito entre El Estado de Guatemala y el

Contratista o su representante Legal, para la ejecución de los trabajos del proyecto, en donde se establecen los derechos y obligaciones de ambas partes.

CoST: Iniciativa de transparencia en el sector de construcción. D.G.C. o Dirección: Dirección General de Caminos. División: División de Supervisión de Construcciones de la Dirección

General de Caminos.

DGA: Departamento de Gestión Ambiental. DTI: Departamento Técnico de Ingeniería, de la División de

Planificación y Estudios de la Dirección General de Caminos. Disposiciones Especiales Ambientales: Documento que establece la medida de mitigación a

implementarse durante la ejecución del proyecto, para evitar causar daños al ambiente y a los recursos naturales y culturales

EIA: Estudio de Impacto Ambiental. El Reglamento: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado contenido en

el Acuerdo Gubernativo No. 1056-92 de fecha 22 de diciembre de 1,992.

Especificaciones Generales: Documento que establece las normas generales de carácter

técnico para la construcción de obras de infraestructura vial,

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denominado Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras y Puentes. Edición Septiembre 2001.

Junta de Licitación: Órgano competente integrado por cinco personas, nombradas por

el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, facultados legalmente para recibir, calificar ofertas y adjudicar el negocio.

La Ley: Ley de Contrataciones del Estado, contenidas en el Decreto No.

57-92 del Congreso de la República de Guatemala y sus Reformas.

MARN: Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales. Ministerio: Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda. Oferente: Persona Individual o Jurídica que presenta una oferta relacionada

con la ejecución del proyecto con la intención de que se le adjudique el negocio.

Plica: Sobre, paquete o caja debidamente cerrados y sellados, que

contiene la oferta y demás documentos de soporte. Proyecto: MEJORAMIENTO CARRETERA RN 05 TRAMO: EL CHOL –

RABINAL. LONGITUD APROXIMADA 21.967 KM (AMPLIACIÓN Y PAVIMENTACIÓN).

Proyecto Similar: Ampliación de una carretera de 2 carriles con una longitud mínima

de 5 Km. Supervisor: Persona Individual o Jurídica encargada de velar por el

cumplimiento del contrato y las normas técnicas administrativas y ambientales durante la ejecución del proyecto.

Unidad Ejecutora: Dirección General de Caminos, dependencia del Ministerio de

Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda.

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BASES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. D.G.C.- 013 - 2,011 – C

PROYECTO: MEJORAMIENTO CARRETERA RN 05

TRAMO: EL CHOL – RABINAL. LONGITUD APROXIMADA 21.967 KM (AMPLIACIÓN Y PAVIMENTACIÓN)

1. OBJETO.

El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, con el fin de contratar los trabajos para la ejecución del Proyecto arriba identificado y para establecer los formalismos que den garantías para su correcta adjudicación, tanto al Ministerio como al Contratista que ejecute los trabajos, procede a llevar a cabo la presente Licitación Pública Nacional, conforme se detalla en estas Bases de Licitación. En este documento se establecen las condiciones básicas para la presentación de las ofertas, la documentación necesaria para poder juzgar la capacidad de los Oferentes y para establecer el costo de los trabajos requeridos. Las situaciones no previstas en estas Bases se resolverán de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento y las demás leyes de la República de Guatemala.

2. BREVE DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.

El proyecto se basará principalmente en el alineamiento existente de la RN – 05, para adaptarla a una sección típica “E” Modificada. El tramo carretero inicia en la calle de salida de población de El Chol del departamento de Baja Verapaz sobre la RN - 05 se localiza en la coordenada geográfica latitud 14° 58’; longitud 90° 29’ a una altura de 1,008 msnm y finaliza en la calle de entrada a la población de Rabinal en el departamento de Baja Verapaz en la coordenada geográfica latitud 15° 04’ 4.7”; longitud 90° 29’ 20.5” altura de 975 msnm. Se desarrolla en una topografía con pendientes fuertes. Y a lo largo de camino existente la capa de rodadura de balasto, se encuentra con espesor variable. En el área donde se localiza el proyecto la precipitación registra una intensidad de lluvia de 1,050 mm anuales. La temporada de lluvias abarca de mayo a octubre. El clima es húmedo subtropical templado.

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A través de la ejecución de las obras de mejoramiento del tramo carretero, se usará sección típica “E” modificada, conformada por una superficie de Concreto Asfáltico y con bombeo de 3%. Un ancho de carril de 3.00 metros y cuneta de 0.95 metros. La estructura del pavimento se dividió en los siguientes espesores: 6 cm. de Concreto Asfáltico, 15 cm. de base triturada, 20 cm. de subbase granular, mejoramiento de subrasante de 20 cm. El sistema de drenaje menor para que se pueda evacuar las aguas llovidas consistirá en cunetas revestidas de concreto y tuberías transversales de metal corrugado, se efectuará la señalización horizontal y vertical según planos y cumpliendo con la especificaciones del Manual de Señalización ACTUALIZADO de SIECA, se harán los trabajos adecuados para la mitigación ambiental y todos aquellos que sean necesarios para que la obra quede en su total funcionamiento.

3. EXPERIENCIA QUE SE REQUIERE DE LOS OFERENTES.

3.1 Se requiere que los Oferentes y el personal profesional y técnico que

propongan para la ejecución del Proyecto tengan capacidad y experiencia en trabajos similares, lo que deberán demostrar documentalmente (constancia de los trabajos realizados) al presentar su oferta.

3.2 El Superintendente que se proponga para dirigir los trabajos deberá tener

una experiencia mínima comprobable, en proyectos de carreteras y puentes, como Superintendente Titular, de 3 proyectos con características constructivas similares; o como Ingeniero Auxiliar de 5 proyectos de construcción de carreteras. Debe ser Ingeniero Civil, colegiado activo y hablar el idioma español.

3.3 Para participar en esta Licitación se requerirá que el Oferente, nacional o extranjero, esté inscrito en el Registro de Precalificados de Obras, adscrito al Ministerio de Comunicaciones, en las especialidades que se indican en el anuncio en el numeral 3 y que tenga la capacidad económica disponible correspondiente al valor de su oferta.

3.4 Además el Oferente debe tener la maquinaria y el equipo necesario para

ejecutar el Proyecto, ya sea en propiedad o en disponibilidad para su arrendamiento, según cuadro que consta en el Anexo 5 de estas Bases de Licitación.

3.5 Si al analizar la documentación presentada por los Oferentes, la Junta de

Licitación estableciera que alguno de ellos no cumple con las calidades mínimas requeridas en este apartado, rechazara su oferta, sin responsabilidad de su parte, por ser inconveniente para los intereses del Estado.

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4. CONDICIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS.

4.1 El Oferente estará sujeto en todo a las leyes de Guatemala. 4.2 Desde el momento de presentar su oferta, el Oferente acepta todas las

condiciones de los documentos de Licitación Pública. 4.3 No se admitirán contraofertas, ni ofertas que contengan condiciones que

modifiquen o tergiversen estas Bases de Licitación. 4.4 Pueden participar únicamente los Oferentes que cumplan con las

calidades exigidas en estas Bases de Licitación. 4.5 Una persona solamente puede representar a un Oferente. 4.6 Se permitirá únicamente la presentación de una oferta por Oferente. 4.7 Si se determinare la existencia de colusión entre dos (2) o más Oferentes

serán rechazadas las ofertas involucradas, sin perjuicio de las acciones penales que correspondan.

4.8 Los Oferentes que deseen participar deben hacer una visita de campo al

lugar en donde se realizarán los trabajos, esta vista es obligatoria y deberá ser realizada por el profesional de Ingeniería Civil debidamente acreditado que será propuesto en la oferta como superintendente del proyecto, debiéndose realizar siete (7) días hábiles de haber sido publicada la licitación en Guatecompras, el recorrido se iniciará en el parque central de El Chol a las 9:00 hrs., en donde habrá un representante de la DGC, quien al concluir la visita les deberá extender la constancia correspondiente.

5. CÁLCULO DE LA OFERTA.

Para el cálculo de los precios unitarios, el Oferente debe incluir la mano de obra, materiales, maquinaria, equipo, costos indirectos, impuestos, imprevistos, utilidades y cualquier otro rubro que considere necesario para la debida ejecución de los trabajos, expresados exclusivamente en Quetzales. El cuadro de oferta deberá identificar la Licitación Pública Nacional, el nombre del Proyecto y el del Oferente, que incluya seis (6) columnas, de la siguiente manera: NÚMERO DEL RENGLÓN, NOMBRE DEL RENGLÓN, UNIDAD, CANTIDAD, PRECIO UNITARIO y PRECIO DEL RENGLÓN. El valor de la oferta (incluido el Impuesto al Valor Agregado –IVA) será la suma de los

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precios de cada renglón, el cual deberá consignarse tanto en números como en letras (debe regirse estrictamente de acuerdo al formato de Anexo 2 de estas Bases de Licitación). Acompañando al cuadro de oferta, el Oferente deberá presentar los cuadros de integración de precios de los diferentes renglones de y los demás documentos que se piden en estas Bases de Licitación.

6. CONTENIDO DE LA OFERTA.

Los Oferentes interesados en ejecutar los trabajos del Proyecto, deberán entregar en el lugar, fecha y hora señalados la oferta y los documentos que se establecen en este apartado, considerándose como requisitos fundamentales los indicados en los numerales 6.1 al 6.9, 6.13 al 6.15 y 6.19 al 6.21.

6.1 Oferta, debidamente sellada, foliada, firmada y legalizada, según el modelo que consta en el Anexo 1 de estas Bases de Licitación.

6.2 Garantía de sostenimiento de oferta, conforme lo establecido en las

presentes Bases de Licitación. 6.3 Documentos que acrediten la personería y la personalidad jurídica: Si el Oferente fuere una persona individual, deberá presentar fotocopias

legalizadas de:

La Patente de Comercio de Empresa; y

La cédula de vecindad y/o DPI del propietario.

Pasaporte si fuere extranjero no domiciliado, debidamente certificado por el Consulado de Guatemala en el país de origen.

Formulario RTU y constancia de NIT, extendido por la Superintendencia de Administración Tributaria.

Si el Oferente fuere una persona jurídica, deberá presentar fotocopias legalizadas por Notario de:

Escritura constitutiva o su equivalente si fuere extranjera debidamente legalizada y sus modificaciones.

Las Patentes de Comercio de Empresa y de Sociedad.

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Documento en donde conste el nombramiento del representante legal que firma la Oferta; y

La cédula de vecindad y/o DPI del Representante Legal o fotocopia de su pasaporte si fuere extranjero no domiciliado,

Formulario RTU y constancia de NIT, extendidos por la Superintendencia de Administración Tributaria.

6.4 Original de la constancia de precalificación exclusiva para la presente

Licitación Pública Nacional, extendida por el Registro de Precalificados para Obras, adscrito al Ministerio, en donde consten las especialidades y la capacidad económica disponible del Oferente.

Debe incluir: 6.5 Declaración Jurada, en acta notarial, en donde conste que toda la información

y documentos proporcionados por el oferente, al registro de proveedores adscrito al Ministerio de Finanzas Públicas, esta actualizada y es de fácil acceso. Está tipificado en el artículo 1 inciso a) del Acuerdo Ministerial No. 24-2010, de fecha 22 de abril del 2010, Normas de Transparencia en los Procedimientos de Compra o Contratación Pública, del Ministerio de Finanzas Públicas.

6.6 Certificación que enumera e identifica a los accionistas, directivos o socios

que conforman la entidad, según corresponda, en el caso de sociedades mercantiles, únicamente podrán participar las que emitan acciones nominativas

6.7 Certificación Bancaria que se acredite la titularidad de las cuentas y

operaciones bancarias que posee. Para el efecto deberá contener la información siguiente:

Identificación del cuenta habiente

Tipo de cuenta que posee en la entidad bancaria

Promedio de cifras antes del punto decimal del saldo que posee

Tiempo de manejo de cuenta

Clase de cuenta habientes

Determinación si posee créditos

Saldo del Deudor

Clasificación o categoría del deudor de conformidad con la normativa correspondiente

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El Ministerio de finanzas Públicas a través de la Dirección de Normativa de Contrataciones y Adquisiciones emitirá el formato respectivo que contenga la información detallada

6.8 Declaración Jurada en acta notarial, sobre la inexistencia de conflicto de

intereses entre el oferente y el banco que acredite la titularidad de sus cuentas bancarias

6.9 Declaración Jurada en acta notarial, en la que el “Oferente” haga constar lo siguiente:

Que no es deudor moroso del Estado ni de las entidades a que se refiere el artículo 1 de la Ley, según se establece en el inciso 10 del artículo 19 de la Ley;

Que no está comprendido en ninguno de los casos a que se refiere el artículo 80 de la Ley, según lo establece el artículo 26 de la Ley;

Que su personal ha realizado visitas de reconocimiento a la zona de trabajo y sus alrededores.

6.10 Programa Preliminar de Inversión y Ejecución de los Trabajos y actividades

que el Oferente propone desarrollar. La forma de presentación se indica en las Disposiciones Especiales.

6.11 Organización Técnica y Administrativa que el Oferente pretende establecer

para la ejecución del Proyecto, por medio de organigramas, descripción y/o cuadros, acordes con la duración de las actividades que muestre el Programa de Trabajo, diferenciando los cargos de la oficina principal que servirán de soporte al Proyecto y los puestos que se crearán directamente para la ejecución del mismo, debiendo sujetarse a los requerimientos mínimos establecidos en estas Bases de Licitación.

6.12 Nombres del Personal asignado para ocupar los puestos ejecutivos, de

acuerdo con la Organización Técnica y Administrativa propuesta.

En el caso de los profesionales asignados al Proyecto se deberá acompañar:

Hoja de Vida;

Cartas de aceptación de los cargos para los cuales son propuestos, firmadas y selladas en original de acuerdo con el modelo en Anexo 3 de estas Bases de Licitación, con una validez mínima de 120 días hábiles contados a partir de la fecha de presentación de ofertas;

Constancia de Colegiado Activo de los profesionales que integran la oferta.

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En la Hoja de Vida del profesional de ingeniería propuesto como Superintendente para la obra, debe constar que cuenta con una experiencia mínima comprobable, como Superintendente Titular, de 3 proyectos con características constructivas similares; o como Superintendente Titular y/o Auxiliar de 5 proyectos de construcción de carretera. Conjuntamente con la Hoja de Vida, se debe adjuntar fotocopias de las constancias mediante las cuales se demuestre el cargo ocupado y el nombre, la ubicación y demás características de los proyectos similares para los que ha prestado sus servicios. El Superintendente debe ser Ingeniero Civil, colegiado activo y hablar el idioma español.

6.13 Descripción de la experiencia del Oferente en proyectos similares, indicando la

entidad contratante, montos de los contratos y fechas de ejecución, longitud del proyecto, adjuntando fotocopias de los documentos que acrediten dichos extremos y de los finiquitos o actas de recepción en donde conste que las obras fueron recibidas a entera satisfacción de acuerdo al cuadro siguiente:

6.14 Metodología de la Construcción, describiendo la estrategia general del

Proyecto y el sistema o proceso constructivo propuesto por el contratista, según los requerimientos contenidos en los renglones de trabajo a contratar, enumerados en estas bases de licitación.

6.15 Cuadro con descripción e identificación de la maquinaria y el equipo

necesarios para ejecutar el Proyecto, congruente con el Programa de Trabajo, indicando si es en propiedad de la empresa o es en arrendamiento. La lista debe cubrir, como mínimo, el equipo y la maquinaria que se indica en el cuadro que consta en el Anexo 5 de estas Bases de Licitación.

6.16 Cronograma de las Acciones Ambientales a realizar en el Proyecto, tanto las

previstas en el EIA como las recomendaciones ambientales que el propio Oferente genere para su ejecución, el cual deberá ser presentado a la División en su versión definitiva al inicio de la construcción, para su aprobación.

6.17 Programa Preliminar de las Medidas de Seguridad, el cual deberá ser

presentado a la División en su versión definitiva al inicio de la construcción, para su aprobación.

6.18 Sistema de Control de Calidad de la obra, que describa la organización y

sistema de control de calidad, atendiendo lo indicado en las Especificaciones

No. NOG. Entidad Contratante

Monto del contrato

Longitud del Proyecto

Fecha de ejecución.

Descripción del trabajo efectuado.

Observa-ciones

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Generales para la Construcción de Carreteras y Puentes, edición septiembre 2,001. En este programa de control de calidad debe detallarse el tipo y cantidad mínima de los ensayos a realizar, debiendo presentar un diagrama de flujo de los procesos inherentes al sistema de control de calidad. El oferente debe detallar los recursos humanos y materiales que planea asignar al Proyecto, a fin de cumplir con su programa de control de calidad.

6.19 Cuadro de oferta conteniendo los renglones de trabajo con sus precios

unitarios (regirse a modelo de anexo 2), precios de los renglones y monto total de la oferta, acompañando los cuadros de integración de precios. El cuadro de oferta está contenido en estas Bases de Licitación.

6.20 Constancia de visita al proyecto. 6.21 Constancia vigente de la Inscripción en el Registro de Proveedores del

Sistema GUATECOMPRAS.

7. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA.

La oferta y todos los documentos que deben adjuntarse a la misma, deberán ser redactados en español, sin borraduras ni adiciones, y presentados en original y 3 copias. La documentación debe entregarse en 4 plicas, debidamente identificados como Original, Copia 1, Copia 2 y Copia 3. En el exterior de los sobres debe consignarse la identificación de la Licitación, el nombre del Proyecto y el nombre del Oferente, de conformidad con el siguiente modelo:

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Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda DIRECCIÓN GENERAL DE CAMINOS

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. (INDICAR EL NUMERO DEL ANUNCIO)

(ESCRIBIR EL NOMBRE COMPLETO DEL PROYECTO COMO

SE INDICA EN EL ANUNCIO) OFERTA

Presentada por: ______________________________________________

Dirección : ______________________________________________

Teléfonos: ______________________________________________

Fax: ______________________________________________

E-mail: ______________________________________________

Original: ______________________________________________

* [Identificar si es Original, Copia 1, Copia 2, Copia 3]

7.1 Junta de licitación y apertura de las ofertas.

7.1.1 La junta de licitación abrirá en acto público las ofertas. 7.1.2 La junta de licitación anunciara durante la apertura los nombres de los

oferentes, el monto total de cada oferta, el plazo propuesto para la ejecución de los trabajos, la presencia o falta de garantía de sostenimiento de la oferta y los demás detalles que considere apropiados.

8. PROCEDIMIENTO DE CALIFICACIÓN.

8.1 Para efectos de la recepción, apertura y calificación de las ofertas y adjudicación de la Licitación Pública Nacional, la autoridad administrativa superior, del Ministerio, nombrará la Junta de Licitación integrada por 5 miembros, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 11 de la Ley.

8.2 Las ofertas y demás documentos se presentarán en el lugar, día y hora

señalados para el efecto, directamente a la Junta de Licitación. Transcurridos 30 minutos después de la hora indicada para la presentación y recepción de ofertas, no se aceptarán más ofertas y se procederá al acto público de apertura de plicas.

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8.3 Después de la apertura de plicas, la Junta de Licitación calculará en definitiva

el costo total oficial estimado que servirá de base para fijar la franja de fluctuación y lo dará a conocer de inmediato a los oferentes.

8.4 En el acta que se levante deberá hacerse constar los extremos a que se hace

referencia. 8.5 La Junta de Licitación rechazará, sin responsabilidad de su parte, las ofertas

que no se ajusten a los requisitos fundamentales definidos como tales en las bases o cuando los precios, calidades u otras condiciones ofrecidas sean inconvenientes para los intereses del Estado.

8.6 Dentro del plazo de quince (15) días calendario, la Junta adjudicará la

licitación al oferente que ajustándose a los requisitos y condiciones de las bases, haya hecho la proposición más conveniente para los intereses del Estado. La Junta hará una calificación de los oferentes que clasifiquen sucesivamente. En el caso que el adjudicatario no suscribiere el contrato, la negociación podrá llevarse a cabo con solo el subsiguiente clasificado en su orden.

8.7 La junta de licitaciones fijará un plazo máximo de 5 días hábiles a todos los oferentes para que cumplan con los requerimientos no fundamentales exigidos en las bases de licitación, indicándoseles en qué consisten los requisitos que deben cumplir. Vencido el plazo, serán rechazadas las ofertas de los oferentes que no cumplan con dichos requerimientos.

8.8 En cualquier fase de procedimiento de contratación pública en la que el funcionario o empleado público responsable tenga duda razonable de la veracidad de los documentos o declaraciones presentadas por el oferente o adjudicatario, podrá requerir a este por escrito, la información y constancias que permitan disipar la duda en el plazo que no exceda de dos días hábiles de conocido el hecho, la cual deberá anexarse al expediente respectivo. Para el efecto, la autoridad concederá al oferente o adjudicatario, audiencia por dos días hábiles y resolverá dentro de un plazo similar.

8.9 En el caso el oferente o adjudicatario no proporcione la información o constancias requeridas o persista la duda, el funcionario o empleado público responsable de la etapa en que se encuentre el proceso de compra o contratación resolverá:

a) Rechazar la oferta; o b) Improbar lo actuado.

8.10 En los casos arriba señalados se deberá denunciar el hecho ante el

Ministerio Público, sin perjuicio de las demás responsabilidades administrativas o sanciones que le fueran aplicables, debiendo ser

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inhabilitado en el sistema de Guatecompras para ser proveedor de El Estado, cuando proceda, bajo la responsabilidad de la Autoridad Superior de la entidad que promueve el proceso de contratación.

8.11 Las notificaciones que provengan de actos en los que se aplique La Ley,

serán efectuadas por vía electrónica a través de GUATECOMPRAS, y surtirán sus efectos al día siguiente de su publicación en dicho sistema.

8.12 Publicada en GUATECOMPRAS la adjudicación y contestadas las

inconformidades, si las hubiere, la Junta remitirá el expediente a la autoridad superior dentro de los dos (2) días hábiles siguientes. La autoridad superior aprobará o improbará lo actuado por la Junta, dentro de los cinco (5) días de recibido el expediente.

8.2 Examen Preliminar.

8.2.1. Antes de la evaluación detallada de las ofertas, la Junta de Licitación

determinará si cada una de ellas: a) Satisface los criterios de precalificación; b) Ha sido firmada apropiadamente; c) Está acompañada de las garantías exigidas; d) Satisface los requisitos fundamentales de los documentos de licitación; e) Incluye cualquier aclaratoria y/o prueba que "EL MINISTERIO"

requiera; f) Constancia de visita al lugar de la obra extendida de acuerdo a estas

bases de Licitación. 8.2.2. Si la Junta de Licitación determina el incumplimiento de requisitos

exigidos en los documentos de licitación y que repercuta en la oferta presentada, dicha oferta será rechazada.

8.3 Corrección de errores.

8.3.1 La Junta de Licitación examinará las ofertas para determinar si satisfacen los requisitos especificados en los Documentos de Licitación. En caso de detectar errores aritméticos, la Junta de Licitación los corregirá de la siguiente manera:

a) En caso de que exista una discrepancia entre los montos en cifras y en

letras, prevalecerán los montos en letras. b) En caso de que exista una discrepancia entre un precio unitario y el

sub-total que resulte de multiplicar el precio unitario por la cantidad, prevalecerá el precio unitario indicado, a menos que, en la opinión de la Junta de Licitación, exista un error evidente en la colocación de la coma

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decimal del precio unitario, en cuyo caso el sub total indicado prevalecerá y se corregirá el precio unitario.

8.3.2. La Junta de Licitación ajustará el monto indicado, de acuerdo con el

procedimiento descrito anteriormente para la corrección de los errores y con el consentimiento de "EL OFERENTE", el cual se considera obligatorio por el mismo; Si "EL OFERENTE" no acepta el precio de oferta corregido, su oferta será rechazada.

8.4. La Junta de Licitación analizará y comparará sólo las ofertas que haya

determinado que satisfacen los requisitos de los documentos de licitación requeridos en estas bases. Aquellas ofertas que sean consideradas aceptables, serán evaluadas, a efecto de adjudicar el proyecto a la oferta evaluada como la más conveniente.

. 8.5 Si la autoridad superior imprueba lo actuado por la Junta, deberá devolver el

expediente para su revisión, dentro del plazo de dos (2) días hábiles posteriores de adoptada la decisión. La Junta, con base en las observaciones formuladas por la autoridad superior, podrá confirmar o modificar su decisión original en forma razonada, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles de recibido el expediente, revisará lo actuado y hará la adjudicación conforme a La Ley y las bases.

Dentro de los dos (2) días hábiles posteriores de adoptada la decisión, la

Junta devolverá el expediente a la autoridad superior, quien dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes podrá aprobar la decisión de la misma o prescindir de la negociación y notificar electrónicamente a través de GUATECOMPRAS dentro de los dos (2) días hábiles siguientes.

En caso de que el adjudicatario no suscribiere el contrato dentro del plazo de

10 días hábiles, contados a partir de la fecha en que quede firme la aprobación de la adjudicación, la contratación para la ejecución del Proyecto podrá llevarse a cabo únicamente con el Oferente que ocupó el segundo lugar.

La autoridad superior del Ministerio podrá prescindir de la negociación, sin

responsabilidad alguna de su parte, en cualquier fase en que se encuentre, pero antes de la suscripción del contrato respectivo.

El Ministerio notificará a todos los oferentes la resolución que apruebe la

adjudicación o aquella en que se prescinda de la negociación. 8.6 PROCEDIMIENTO FINAL PARA CALIFICACIÓN DE OFERTAS

Evaluación de ofertas: Se aplicará los criterios establecidos en los Artículos 28

y 29 de la Ley de Contrataciones del Estado.

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La secuencia de la calificación se hará siguiendo el orden establecido en la

tabla siguiente y para cada uno de los parámetros anotados a continuación, se establece la siguiente ponderación:

Parámetro Ponderación Costo Ofertado 40 puntos

Experiencia de la empresa oferente 20 puntos

Experiencia del Superintendente 5 puntos

Metodología, Programa de trabajo, 10 puntos

Equipo y personal para el aseguramiento del control de calidad de la obra.

5 puntos

Integración de precio unitarios 5 puntos

Tiempo ofertado 10 puntos

Maquinaria y Equipo mínimo 5 puntos

Total 100 puntos

NOTA: SOLAMENTE PODRAN SER ADJUDICADOS, LOS OFERENTES QUE OBTENGAN UN PUNTEO MINIMO DE 65 PUNTOS

8.6.1 Costo Ofertado:

La empresa oferente que después de cumplir con todos los requisitos y por lo tanto haya sido aceptada para su calificación, se le asignará el punteo correspondiente a este criterio de la forma siguiente:

Puntaje = (ME mas bajo de todas las ofertas / ME del oferente) x 40

ME: Monto para evaluar y comparar las ofertas

8.6.2 Experiencia de la empresa oferente.

La empresa oferente deberá incluir un listado de trabajos de similares, en pavimentos flexibles, pavimentos de rígidos y construcción de estructuras mayores (Puentes y bóvedas), con el fin de demostrar la experiencia en la ejecución de trabajos de la misma naturaleza a los especificados en la presente base de licitación. Para acreditar tal extremo, deberá adjuntar documentación y listado de los respectivos contratos, incluyendo copia legalizada de los contratos de obra y finiquitos extendidos por la entidad contratante, nombre de la entidad contratante, dirección y teléfono de entidad contratante, descripción del trabajo ejecutado y fechas de ejecución y monto de los contratos, según el siguiente cuadro:

No. Entidad Contratante

Dirección Entidad Contratante

Teléfono Entidad Contratante

Fecha de ejecución.

Descripción del trabajo efectuado.

Monto del contrato

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Si los trabajos se realizaron en un país extranjero todos los documentos que acrediten su ejecución y recepción deben estar debidamente autenticadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Gobierno de la República de Guatemala, en el país de origen.

8.6.2.1 Experiencia de Empresa.

La Comisión Calificadora asignará hasta un máximo de 20 puntos de acuerdo a las siguientes tablas.

Obras de construcción de pavimento flexible: máximo 20 puntos.

La comisión asignará hasta un máximo de 15 puntos a los Oferentes que acrediten, mediante la documentación indicada anteriormente, haber realizado o en proceso de construcción un mínimo de 2 contratos de obra de construcción y/o rehabilitación de carreteras de pavimento flexible (concreto asfáltico en caliente), realizadas para la Dirección General de Caminos y debidamente autenticadas.

A los oferentes se les asignarán puntos de acuerdo a la siguiente tabla: - Contratos de Obra mayores de Q.120,000,000.00----15 puntos - Contratos de Obra mayores de Q.75,000,000.00------10 Puntos (por todos) - Contratos de Obra menores de Q.75,000,000.00------ 5 Punto (por todos) Para el caso de obras que estén en ejecución como parte de la experiencia del oferente, se tomara en cuenta el porcentaje de avance físico financiero ya ejecutado en dicho proyecto debidamente documentado y certificado. Obras de pavimento rígido: máximo 3.5 puntos. La comisión asignará hasta un máximo de 3.5 puntos al Oferente que acredite, mediante la documentación indicada anteriormente, haber realizado al menos un contrato de obra de Q.85, 000,000.00 o más en trabajos de pavimento rígido. Al resto de los oferentes se les asignaran puntos de acuerdo a la siguiente tabla: - Contrato de Obra mayores de Q.85,000,000.00------ 3.5 Puntos - Contrato de Obra mayores de Q.50,000,000.00------ 2.0 Puntos (por todos) - Contrato de Obra menores de Q.50,000,000.00------ 1.0 Puntos (por todos) Para el caso de un contrato de obra que esté en ejecución como parte de la experiencia del oferente, se tomara en cuenta el porcentaje de avance físico financiero ya ejecutado en dicho proyecto, debidamente documentado y certificado por la autoridad correspondiente. Obras de construcción de puentes: máximo 1.5 puntos.

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La comisión asignará hasta un máximo de 1.5 puntos al Oferente que acredite, mediante la documentación indicada anteriormente, haber realizado Q.20,000,000.00 o más en contrato de obra en construcción de puentes para la Dirección General de Caminos. Al resto de los oferentes se les asignaran puntos de acuerdo a la siguiente tabla: - Contrato de Obra mayores de Q.20,000,000.00--------- 1.5 Puntos - Contrato de Obra menores de Q.20,000,000.00--------- 0.50 Puntos (por

Todos)

Para contratos de obra de construcción de puentes no se tomaran en cuenta contratos en ejecución.

8.6.3 Experiencia del superintendente

La empresa oferente debe presentar un contrato de trabajo con el Ingeniero Civil Colegiado en el Colegio de Ingenieros de Guatemala que se desempeñará con el cargo de “Superintendente de Obra”, responsable en campo de la dirección, coordinación y ejecución de los trabajos. El Superintendente de Obra propuesto debe demostrar su experiencia en obras de la misma naturaleza, mediante la presentación de documentos, que comprueben fehacientemente su participación directa en este puesto, en trabajos de igual magnitud y complejidad.

Para acreditar dichos trabajos, deberá adjuntar documentación y listado de la respectiva documentación, incluyendo constancias que acrediten las entidades para la cual se ejecutaron los trabajos, entidad contratante, dirección entidad contratante, teléfono entidad contratante, nombre contacto en la entidad contratante, descripción de los trabajos realizados, fecha de ejecución y monto. La información requerida se debe presentar de acuerdo al siguiente cuadro:

La Junta de Licitación asignará hasta un máximo de 5 puntos, mediante la

siguiente tabla al oferente que acredite mediante la documentación indicada anteriormente que el Ingeniero Civil propuesto como Superintendente de Obra tiene experiencia en la ejecución de obras de la misma naturaleza a las contenidas dentro de esta licitación. Obras de construcción y/o rehabilitación de pavimento flexible: máximo 2.5 puntos.

La comisión asignara hasta un máximo de 2.5 puntos al Superintendente de Obras, que acredite, mediante la documentación indicada anteriormente, haber dirigido un Contrato de obra por Q 50,000,000.00 o más en trabajos

No. Entidad Contratante

Dirección Entidad Contratante

Teléfono Entidad Contratante

Fecha de ejecución.

Descripción del trabajo efectuado.

Monto del contrato

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de construcción y/o rehabilitación de pavimento flexible para la Dirección General de Caminos. A los oferentes se les asignarán puntos de acuerdo a la siguiente tabla: - Contrato de Obra mayores de Q.50,000,000.00----- 2.5 puntos - Contrato de Obra mayores de Q.25,000,000.00---- 1.0 Puntos (por todos) - Contrato de Obra menores de Q.25,000,000.00----- 0.5 Punto (por todos) - Obras de construcción y/o rehabilitación de pavimento rígido: máximo 1.5 puntos.

La comisión asignará hasta un máximo de 1.5 puntos al Superintendente de Obras, que acredite, mediante la documentación indicada anteriormente, haber dirigido un contrato de obra por Q. 30,000,000.00 o más en trabajos construcción de carreteras de pavimento rígido. A los oferentes se les asignarán puntos de acuerdo a la siguiente tabla: - Contrato de Obra mayores de Q.30,000,000.00----- 1.5 Puntos (por todos) - Contrato de Obra menores de Q.30,000,000.00------ 0.5 Punto (por todos) Obras de construcción de puentes: 1 punto. La comisión asignará hasta un máximo de 1 punto al Superintendente de Obras, que acredite, mediante la documentación indicada anteriormente, haber dirigido contrato de obras para la Dirección General de Caminos por Q.20,000,000.00 o más en trabajos de construcción de puentes. Al resto se les asignarán puntos de acuerdo a la siguiente tabla: - Contrato de Obra mayores de Q.20,000,000.00------ 1.0 Puntos - Contrato de Obra menor de Q.20,000,000.00-------- 0.3 Puntos

8.6.4 Metodología y Programa de Trabajo En base a la visita del lugar de trabajo y el estudio de todos los elementos contenidos en estas bases el Oferente debe presentar la metodología de la forma cómo pretende ejecutar el proyecto. Debe elaborar un programa de trabajo con el Método de la Ruta Critica (CPM-PERT) con las asignaciones de todos los recursos a utilizar, para que la Comisión Calificadora pueda analizar y calificar estos documentos. El punteo máximo que la comisión puede otorgar es de Diez (10) puntos a la Metodología y Programa de Trabajo (CPM-PERT) de cada oferente, esto será a criterio de la Junta. 8.6.5 Integración del Precio Unitario.

Se debe regir de acuerdo al modelo presentado en el Anexo 2, con una presentación consistente con la oferta se obtiene el puntaje asignado (5 pts).

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8.6.6 Tiempo de entrega: El tiempo de entrega es fundamental para El Ministerio de Infraestructura y Vivienda, por lo que se estableció un sistema de puntuación para los oferentes que se encuentren comprendidos dentro del tiempo máximo requerido en estas bases de licitación y tiempo mínimo establecido por El Ministerio de Infraestructura y Vivienda en el acto de presentación de ofertas. La calificación se hará de acuerdo a lo siguiente: Puntaje = TE (más bajo de todos los oferentes) / TE (del oferente) * 10.

8.6.7 Maquinaria y Equipo mínimo:

El oferente debe de poseer la maquinaria y equipo mínimo necesario para la ejecución del proyecto, de acuerdo al listado presentado en el anexo 5. La maquinaria en propiedad debe de ser debidamente documentada (Fotocopias autenticadas de facturas y certificación contable de propiedad, planta y equipo, emitida por el contador general del oferente) o en disponibilidad para su arrendamiento. A los oferentes que demuestren con documentos la propiedad de la maquinaria mínima requerida se adjudicara una calificación de 5 puntos y en disponibilidad de arrendamiento se otorgara 3 puntos y al resto 0 puntos.

8.6.8 Programa de control de calidad y personal de la empresa.

El oferente deberá elaborar los programas y aseguramiento del control de calidad de los trabajos a realizar, indicando que pruebas de laboratorio propio o externo a la empresa se realizaran para los insumos y materiales que se empleen en la ejecución de los trabajos contratados. Se calificara el equipo de laboratorio, topografía, y demás que se utilicen en la revisión y control calidad de los trabajo. El personal que incorporará en la realización de estos trabajos será motivo de punteo. Ingeniero auxiliar de superintendente. 1.0 puntos. Ingeniero responsable del laboratorio. 1.0 puntos. Ingeniero responsable de topografía 0.5 puntos. Ingeniero especialista ambiental 0.5 puntos Equipo de laboratorio completo. 1.0 puntos. Equipo de Topografía completo. 0.5 puntos. Otros equipos. 0.5 puntos. Para el cálculo del puntaje del personal y equipo se pondera como se indica en el numeral 8.6.3, el ingeniero con más experiencia es la persona que tiene mayor puntaje.

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9. ACLARACIONES Y MUESTRAS.

9.1 La Junta de Licitación podrá exigir a los oferentes las aclaraciones y muestras que considere pertinentes, siempre que ello sea económica y físicamente posible. Para el efecto, la Junta de Licitación fijará un plazo común a todos los oferentes de los que requiera aclaraciones y/o muestras, indicándoles en forma precisa qué es lo que deben presentar.

9.2 En ningún caso se aceptará que alguno de los oferentes varíe sustancialmente el valor de su oferta.

10. CONTRATACIÓN. 10.1 Forma del Contrato: El contrato se suscribirá con el contratista, dentro de los

10 días hábiles siguientes a la fecha en que quede firme la resolución que apruebe la adjudicación. El contrato se faccionará en papel membretado de la D.G.C. y para que el mismo cobre vigencia deberá ser aprobado mediante Acuerdo Ministerial que emita la autoridad superior del Ministerio.

10.2 Subcontratos: El contratista solamente podrá subcontratar partes

determinadas de la obra, de uno o la sumatoria de todos los renglones hasta un 20 % del valor del contrato, y por encima del valor que represente este porcentaje, siempre y cuando se estipule en el contrato, el contratista debe solicitar la aprobación del mismo por escrito al Ministerio. Los subcontratistas deberán estar inscritos en el Registro de Precalificados de Obras, tener la disponibilidad económica suficiente para ejecutar los trabajos subcontratados y no estar comprendidos en ninguna de las prohibiciones establecidas en La Ley de Contrataciones del Estado. Para este efecto, el Contratista debe hacer la solicitud respectiva al Ministerio, adjuntando un proyecto del subcontrato, el cual podrá suscribirse únicamente después de ser aprobada la minuta. El subcontrato deberá constar en escritura pública. Ningún subcontrato crea una relación contractual entre los subcontratistas y el Estado. El contratista será responsable ante el Estado por cualquier acción o falta de acción de cualquier subcontratista.

10.3 Cesión de Derechos: El Contratista no podrá transferir, comprometer o ceder sus derechos sobre el contrato que se suscriba, sin la previa autorización por escrito del Ministerio. El Contratista Cesionario deberá estar inscrito en el Registro de Precalificados de Obras en las especialidades requeridas en estas Bases de Licitación, deberá contar con la disponibilidad económica para ejecutar los trabajos y no estar comprendido en ninguna de las prohibiciones establecidas en la Ley de Contrataciones del Estado. Para este efecto, el Contratista debe hacer la solicitud respectiva al Ministerio, adjuntando un proyecto del contrato de cesión de derechos, el cual podrá suscribirse únicamente después de ser aprobada la minuta. El contrato deberá constar en escritura pública.

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11. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA.

Comprende lo siguiente:

11.1 Sanas prácticas de ingeniería: El Contratista deberá cumplir cualquier obligación o realizar cualquier acto de naturaleza técnica o administrativa que sea necesario de acuerdo con sanas prácticas de Ingeniería, aún cuando no haya sido expresamente mencionado en estas Bases de Licitación.

11.2 Estudio de documentos: Después de firmado el contrato de obra, el Contratista deberá revisar y estudiar cuidadosamente los documentos que le sean entregados por la D.G.C., a fin de ejecutar adecuadamente los trabajos, de acuerdo a los planos y especificaciones del Proyecto, haciendo ver cualquier circunstancia que a su juicio mejore la calidad y/o disminuya el precio de los mismos. Cualquier cambio deberá ser previamente aprobado por la División.

11.3 Equipo y materiales: El Contratista proporcionará y pagará por su cuenta todo el equipo técnico y de oficina, sistemas de comunicación, materiales de trabajo, papelería, útiles, vehículos, combustibles, lubricantes, repuestos para sus propios vehículos y demás elementos que sean necesarios para cumplir con sus funciones.

11.4 Coordinación: El Contratista deberá desempeñar su trabajo en forma coordinada con la Supervisora y con el personal técnico y profesional de la D.G.C.

11.5 Programa Definitivo de Trabajo: El Contratista tiene la obligación de presentar un programa definitivo de las actividades a desarrollar cada mes, dentro del plazo y en la forma establecida en las Disposiciones Especiales. El contratista debe manifestar que conoce las penas relativas al delito de cohecho así como las disposiciones contenidas en el capítulo III del título XIII del decreto 17-73 del Congreso de la República, código penal. Adicionalmente conoce las normas jurídicas que faculta a la autoridad superior de la entidad afectada para aplicar las sanciones administrativas que pudiesen corresponderle, incluyendo la inhabilitación en el sistema de GUATECOMPRAS.

12. PERSONAL DEL CONTRATISTA. 12.1 El Contratista asignará y pagará por su cuenta a todo el personal profesional,

técnico, asesor, administrativo, de campo y de apoyo que sea necesario para la adecuada ejecución del Proyecto.

12.2 Cualquier personal al servicio del Contratista que según la División de la D.G.C.,

no ejecute su trabajo de manera apropiada e ineficaz, o que sea irrespetuoso,

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intemperante o desordenado, extremo que deberá ser debidamente comprobado, deberá ser retirado del Proyecto.

12.3 El personal contratado por el Contratista, queda bajo su responsabilidad como patrono, sin crear ninguna relación de trabajo con la D.G.C. o con el Ministerio. El Contratista queda obligado a cumplir con las leyes y disposiciones laborales del país.

12.4 En el caso que el Contratista requiera, por causas de fuerza mayor, cambiar

personal profesional propuesto en su oferta, deberá sustituirlo por otro profesional con igual o mayor experiencia, previa aprobación de la D.G.C.

13. PLAZO MÁXIMO CONTRACTUAL E INICIO DE LOS TRABAJOS.

El plazo máximo contractual establecido para la ejecución de los trabajos será de SEISCIENTOS (600) días calendario, contados a partir del día siguiente en que se notifique al Contratista el Acuerdo Ministerial que apruebe el Contrato. El Contratista deberá comenzar los trabajos dentro de los 15 días calendario siguiente a la fecha en que se le entregue la notificación mencionada. La fecha de terminación de la obra y recepción definitiva de la misma, es el día en que la Comisión Receptora suscriba el acta en donde conste la recepción satisfactoria de la totalidad de los trabajos del Proyecto, de conformidad con el procedimiento establecido en el Artículo 55 de La Ley.

14. FORMA DE PAGO. 14.1 Anticipo: Se concederá al Contratista un anticipo supervisado hasta el 20 % del

valor original del contrato, una vez que esté notificado el Acuerdo Ministerial que lo apruebe, el cual se hará efectivo previa presentación de los documentos siguientes:

Factura por el valor del anticipo. Programa de Inversión de dicho anticipo. Fianza por un monto del 100% del valor del anticipo.

Si el Contratista no inicia la obra dentro del plazo establecido en el contrato o no invierte el anticipo de acuerdo con el programa de inversión aprobado, pagará al Estado el interés legal (tasa activa) sobre el anticipo recibido, o reintegrará el anticipo.

14.2 Pagos Mensuales: La D.G.C. hará pagos mensuales al Contratista, contra

estimaciones de trabajo ejecutado y aceptado por la Supervisora del Proyecto, previa autorización del Director de la D.G.C., dentro del plazo de 30 días hábiles

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posteriores a la fecha en que fuere presentada la documentación completa y que llene los requisitos que se estipulen en el contrato.

14.3 Amortización del Anticipo: En los pagos que se hagan al Contratista se le harán

descuentos, hasta amortizar totalmente el anticipo otorgado de conformidad con el Artículo 34 del reglamento de la Ley.

14.4 Fluctuaciones de precios: Se reconocerán por las partes las fluctuaciones de

precios y se aceptarán para su pago o para su deducción, mediante el sistema de fórmulas y el procedimiento establecidos en los artículos 6, 7 y 8 de la Ley y 3 de su Reglamento, debiendo hacerse los cálculos de conformidad con las fórmulas particulares que deben consignarse en el Contrato. De acuerdo a las detalladas en el anexo 4.

14.5 Moneda de pago: Los pagos se harán al Contratista única y exclusivamente en

Quetzales. 14.6 Intereses por atraso en pagos: En caso que los pagos que se hagan al

Contratista se efectúen después del plazo de 30 días hábiles posteriores a la fecha en que fuere presentada la documentación completa con los requisitos que se estipulen en el contrato, a solicitud del Contratista se le reconocerán intereses y se le pagarán o compensarán en la liquidación, si fuere el caso, de acuerdo con lo que determina el artículo 63 de la Ley.

15. GARANTÍAS. 15.1 Garantía de Sostenimiento de Oferta.

Esta garantía será del cinco (5.%) del monto total de la oferta, debiendo prestarse en la forma que se indica en estas Bases de Licitación, con una vigencia mínima de 120 días hábiles contados a partir de la fecha de apertura de plicas. Sin embargo, con el adjudicatario puede convenirse su prórroga.

Con la notificación de la adjudicación de la Licitación los Oferentes no adjudicados que hayan ocupado del tercer lugar en adelante, podrán cancelar la garantía de sostenimiento de oferta.

El adjudicatario deberá mantener en vigencia la Garantía de Sostenimiento de Oferta hasta que la sustituya por la de Cumplimiento. Son causas para hacer efectiva la Garantía de Sostenimiento de Oferta:

Si el adjudicatario no sostiene su oferta dentro del plazo de 120 días hábiles de haberla presentado.

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Si el adjudicatario no concurre a suscribir el contrato dentro del plazo de 10 días hábiles contados a partir de la fecha en que quede firme la aprobación de la adjudicación.

Si habiendo suscrito el contrato, el adjudicatario no presenta la Garantía de Cumplimiento dentro del plazo de 15 días hábiles siguientes a la firma del contrato.

15.2 Garantía de Cumplimiento.

El Contratista deberá otorgar fianza a favor y a entera satisfacción de El Estado, por el 20% del monto del Contrato que se suscriba, para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones estipuladas en el mismo y para cubrir las fallas o desperfectos que aparecieren durante la ejecución del Contrato antes de que se constituya la fianza de Conservación de Obra. La Garantía de Cumplimiento cubrirá con el 10% de su valor, el pago de salarios y prestaciones laborales de los trabajadores, incluyendo las cuotas patronales establecidas por la ley; y, con el 90% restante, el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las especificaciones, planos y demás documentos contractuales, así como la ejecución de la obra dentro del plazo estipulado.

La presentación de la Garantía de Cumplimiento es requisito previo para la aprobación del contrato, por medio de Acuerdo que emitirá la autoridad administrativa superior del Ministerio. La Garantía de Cumplimiento debe estar vigente hasta que la D.G.C. extienda constancia de haber recibido a su satisfacción la Garantía de Conservación de Obra. Esta garantía se hará efectiva si se comprueba que el Contratista no ha cumplido con las obligaciones que estipule el Contrato o si se encuentra moroso en el pago de salarios y prestaciones laborales a los trabajadores, incluyendo las cuotas patronales establecidas por la Ley.

15.3 Garantía de Anticipo.

Esta garantía será del 100% del monto del anticipo que sea concedido. Se hará efectiva la garantía si se comprueba que el anticipo no se utilizó en los gastos detallados en el Programa de Inversión aprobado.

15.4 Garantía de Conservación de Obra.

Esta garantía se cubrirá mediante fianza por el valor de las reparaciones de las fallas o desperfectos que le sean imputables al Contratista y que aparecieren durante el tiempo de responsabilidad de 18 meses contados a partir de la fecha de recepción de la obra.

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El vencimiento del tiempo de responsabilidad previsto en el párrafo anterior, no exime al Contratista de las responsabilidades por destrucción o deterioro de la obra debido a dolo o culpa de su parte, por el plazo de 5 años contados a partir de la recepción definitiva de la obra. La Garantía de Conservación de Obra deberá otorgarse por el equivalente al 15% del valor original del contrato, como requisito previo para la recepción de la obra.

15.5 Garantía de Saldos Deudores.

Esta garantía se constituirá para cubrir el pago de saldos deudores que pudieran resultar a favor de la D.G.C. o de El Estado o de terceros en la liquidación y deberá otorgarse por el 5 % del valor original del contrato.

Esta garantía deberá otorgarse simultáneamente con la Garantía de Conservación de Obra como requisito previo para la recepción de la obra y permanecerá vigente hasta la fecha en que se apruebe la liquidación, si no hubiere saldos deudores.

15.6 Formalidades.

Las Garantías a que se refieren los anteriores numerales deberán formalizarse mediante pólizas emitidas por instituciones afianzadoras debidamente autorizadas para operar en Guatemala, expresadas en Quetzales.

15.7 Procedimiento para hacer efectivas las fianzas.

En caso de incumplimiento de las obligaciones que garantizan las fianzas, la D.G.C. rendirá informe circunstanciado al Ministerio, adjuntando los documentos que demuestren los incumplimientos. El Ministerio dará audiencia a la Afianzadora y al Contratista, por un plazo común de 10 días hábiles, para que se pronuncien acerca del informe y documentos presentados por la D.G.C. y aporten los elementos que sirvan de apoyo a sus argumentos. El Ministerio, dentro de los 10 días hábiles siguientes de haberse vencido el plazo otorgado a la Afianzadora y al Contratista, hayan evacuado o no la audiencia, emitirá resolución teniendo por desvanecidas las indicaciones de incumplimiento o declarando procedente la ejecución de la fianza. En este último caso, fijará a la Afianzadora el improrrogable plazo de 10 días hábiles para que se haga efectiva la fianza.

15.8 Seguros.

Con el objeto de eximir al Estado, sus autoridades y empleados de todos los juicios, demandas o reclamos presentados por lesiones y daños recibidos o

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sufridos por cualquier persona o propiedad a causa de las operaciones que realice o debido a la negligencia en la ejecución del contrato, el Contratista deberá presentar pólizas de seguros, 15 días después de la notificación del contrato y que deberán permanecer vigentes hasta la recepción de la obra, las que cubrirán las responsabilidades civiles, a terceros y los riesgos inherentes a que esté expuesta la obra según se indica a continuación: Seguro por Lesiones y Muerte Accidental de sus Trabajadores: por un monto mínimo de cien mil quetzales (Q. 100,000.00). Seguro de Responsabilidad Civil ante Terceros, que incluya Lesiones Corporales y Muerte Accidental y Daños a la Propiedad: por un monto mínimo de ochenta mil quetzales (Q. 80,000.00). Seguro del Subcontratista: Si cualquier parte del trabajo es subcontratada, el subcontratista deberá contratar seguros similares a los del contratista que cubran sus operaciones, si los seguros del contratista no cubrieran los trabajos subcontratados.

16 SANCIONES.

El retraso del Contratista en la entrega de la obra dentro del plazo autorizado, se sancionará con el pago de una multa, por cada día de atraso, equivalente al cero punto cinco por millar (0.5 ‰) del valor total del contrato. Las multas por retraso en ningún caso excederán del cinco por ciento (5 %) del valor del contrato. Si esto ocurre, el Ministerio podrá dar por terminado unilateralmente el contrato sin responsabilidad de su parte, sin perjuicio de aplicar las medidas legales que estable la Ley y el Reglamento. Si se diera el caso de sub-ejecución durante 3 meses consecutivos, el Ministerio podrá proceder a la terminación unilateral del Contrato, sin perjuicio de hacer efectivas las fianzas de cumplimiento y de anticipo. Estas sanciones se aplicarán únicamente cuando la ejecución real acumulada sea menor que la programación acumulada al periodo en que se aplique la sanción. Si el Contratista, sin autorización de la División, sustituye al profesional propuesto en su oferta como Superintendente, se le aplicará una multa de Cien mil quetzales (Q.100,000.00). En todo caso, el profesional sustituto debe satisfacer los requerimientos establecidos en las presentes Bases de Licitación y tener iguales o mejores calidades que el profesional sustituido.

En el caso de que el Contratista, por razones que le sean imputables, incumpla total o parcialmente con las Medidas de Mitigación Ambiental establecidas en el Estudio de Impacto Ambiental y programadas mensualmente durante 2 meses consecutivos o más, se les sancionará con una multa del 1% sobre el monto de las medidas programadas no ejecutadas durante el mes.

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En caso que el Contratista incumpla con lo establecido en el Manual de Señalización Temporal que se utilizará durante la ejecución de la obra (Anexo 6 de estas Bases de Licitación), se le sancionará con una multa de Cincuenta mil quetzales (Q. 50,000.00) por cada inspección que demuestre su incumplimiento. Las inspecciones se harán periódicamente, y cuando se detecte incumplimiento se otorgará al Contratista un plazo para el cumplimiento de la norma, acorde con la dificultad para llevarla a cabo.

Se sancionará al Contratista con una multa del cero punto cinco por ciento (0.5%) del valor de la estimación del mes correspondiente, si se comprueba que no está prestando el adecuado mantenimiento a la carretera en ejecución. Si el Contratista, contraviniendo total o parcialmente el contrato, perjudicare al Estado variando la calidad o cantidad del objeto del mismo, será sancionado con una multa del cien por ciento (100%) del valor que representa la parte afectada de la contratación. Todas las multas serán impuestas por la autoridad superior del Ministerio y se harán efectivas descontando su valor de las estimaciones de trabajo pendientes de pago, o se incluirán en la liquidación si no hubiere estimaciones pendientes de pago. En caso de que con los pagos pendientes no se alcance a cubrir el valor de las multas, se hará efectiva la Fianza de Cumplimiento del Contrato.

17. CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR. Para los efectos del contrato que se celebre, se entiende por caso fortuito y fuerza mayor, el acaecimiento de hechos imprevisibles y los que aun siendo previsibles son insuperables, en todo caso, ajenos a la voluntad de las partes, que impiden o excusan del cumplimiento de sus obligaciones. Para el efecto se considerará como causas de fuerza mayor o caso fortuito, entre otras, las siguientes: a) siniestros de orden natural; movimientos telúricos, erupciones volcánicas, desastres por inundación, incendios; b) guerra civil; c) huelgas y paros laborales; d) desórdenes públicos; y e) cualquier otro desastre motivado por circunstancias imprevistas, provenientes de fuerza o situaciones externas a la voluntad de las partes a las cuales no les es posible resistir, siempre que los hechos directa o indirectamente hayan afectado en forma real y efectiva el cumplimiento eficiente y oportuno de las estipulaciones contractuales. Cada parte debe comprometerse a comunicar a la otra, dentro del plazo de 10 días hábiles de ocurrido el hecho que diere lugar a caso fortuito o fuerza mayor, acompañando las pruebas e indicando las implicaciones en la ejecución del contrato para que se levante el acta correspondiente. Si se hubieren suspendido temporalmente los trabajos, desaparecidas las

causas que motivaron dicha suspensión, el Contratista lo hará del conocimiento

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de la Supervisora para que se levante nueva acta, en la que se hará constar la

prórroga al plazo contractual a que tiene derecho el Contratista, pero no se le

pagará, por ningún motivo, los gastos de maquinaria ociosa y/o renta de equipo

durante el tiempo que dure la suspensión.

La imposibilidad definitiva del cumplimiento de las obligaciones por el acaecimiento de un hecho que constituye caso fortuito o fuerza mayor dará lugar a la cancelación del contrato.

18. CONTROVERSIAS.

Toda controversia relativa al cumplimiento, interpretación, aplicación y efectos del contrato debe ser solucionada por las partes de común acuerdo en vía directa, dejando constancia en las actas de reuniones y documentos relacionados con la conciliación. Agotada dicha vía se someterá el conflicto a la jurisdicción del Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

19. PROHIBICIONES.

De conformidad con lo que establece el artículo 80 de la Ley, ningún funcionario o empleado del Ministerio, ni sus parientes consanguíneos o afines dentro de los grados de ley, podrá presentar oferta ni ser contratado para ejecutar los trabajos a los que se refieren las presentes Bases de Licitación. Igual prohibición rige para las personas jurídicas, cuando dicho funcionario o empleado sea socio o representante legal de las mismas.

20. IMPUESTOS.

El Contratista está obligado a pagar, en cada factura, el Timbre de Ingeniería y, además, todos los demás impuestos, tasas y contribuciones que de conformidad con la Ley.

21. MODIFICACIONES A LOS DOCUMENTOS DE LICITACIÓN.

La D.G.C. puede efectuar las modificaciones o adiciones que considera pertinentes por medio de apéndice(s) que se publicarán en GUATECOMPRAS, en un plazo no menor de ocho (8) días hábiles de anticipación a la fecha de recepción de las ofertas.

22. CONSULTAS Y RESPUESTAS.

Las consultas y preguntas sobre las Bases de Licitación deben escribirse directamente al sistema GUATECOMPRAS, al menos tres (3) días hábiles antes de la fecha establecida para presentar ofertas. Las respuestas y aclaraciones se

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publicaran en el sistema de GUATECOMPRAS a más tardar dos (2) días hábiles antes de la fecha establecida para presentar las ofertas. Cuando se modifiquen las bases se otorgara un plazo no menor de ocho (8) días hábiles para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas. Las consultas y preguntas pasarán a formar parte de los Documentos de Licitación. Las respuestas verbales no tendrán ningún valor como base para futuras reclamaciones.

23. TERMINACION PREMATURA DEL CONTRATO.

POR INCUMPLIMIENTO DE EL CONTRATISTA: El CONTRATANTE podrá dar por terminado el contrato, sin responsabilidad alguna de su parte, por las causas siguientes: i) si el CONTRATISTA no principia los trabajos dentro del los quince (15) días calendario siguientes a la notificación de la aprobación del contrato; ii) si el CONTRATISTA incumple con el Programa de Trabajo aprobado durante tres (3) meses consecutivos; iii) si el CONTRATISTA es declarado en quiebra; iv) si el CONTRATISTA no presentare las pólizas de los seguros a que está obligado conforme el contrato; v) si el CONTRATISTA dejare de cumplir con cualesquiera de las obligaciones que contrae en el contrato; vi) las demás establecidas en las leyes. Cuando el CONTRATISTA incurriere en cualesquiera de los casos citados anteriormente, el MINISTERIO, con base en los dictámenes de la D.G.C. Ejecutará la Fianza de Cumplimiento, siguiendo el procedimiento establecido en el contrato. POR FUERZA MAYOR: El contrato podrá ser cancelado por el CONTRATANTE por las causas de fuerza mayor que a su juicio lo justifiquen.

24 CoST.

Por formar Guatemala parte del grupo de países que han adoptado la iniciativa

CoST (Construction Sector Transparency, por sus siglas en ingles), y cuyo

objetivo principal es transparentar la obras de infraestructura pública es

necesario que se dé cumplimiento a los requisitos que solicitan en este proceso

y cuya información necesaria se detalla en el anexo 4, dicho cuadro debe 25de

ser entregado a la División, cuando sea requerido. En el cuadro se detalla

donde se puede encontrar la información solicitada. Debe de elaborarse este

informe cuando la División lo requiera.

25 INFORMACION SOBRE GENERACION DE EMPLEO

Es obligación del contratista, proporcionar al supervisor, para incluir en su

informe mensual de avance del proyecto, datos sobre generación de empleo

para lo cual oportunamente se le proporcionará el formulario correspondiente.

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DISPOSICIONES

TÉCNICAS

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DISPOSICIONES TÉCNICAS.

Para la construcción de este Proyecto, regirán la Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras y Puentes, Edición septiembre 2001, complementadas con las Disposiciones Técnicas siguientes:

1 SEÑALES DE TRÁNSITO DURANTE LA CONSTRUCCIÓN.

El Contratista debe proveer todas las señales temporales de tránsito durante la ejecución de los trabajos (con tecnología de avance); dichas señales son intermitentes para el tránsito nocturno. Debe incluirse además personal entrenado que dirija el tránsito, vallas de protección a obreros y equipo de construcción de desvíos; todo esto con el objeto de reducir los problemas y tiempos de espera a los usuarios de la carretera, evitar accidentes y proteger las obras de construcción. El Contratista debe tomar en cuenta la existencia o no de caminos o carreteras alternas para poder desviar el tránsito. La Señalización descrita debe mantenerse durante las 24 horas del día, durante el período de construcción. El Contratista debe tomar en cuenta que para la ejecución de los trabajos a realizarse en éste Proyecto, el tránsito de vehículos no puede interrumpirse totalmente debiendo programar la ejecución de los mismos y asegurarse que en lo posible se mantenga abierto el paso. El Contratista debe presentar al Delegado Residente y para cada zona de trabajo, una programación específica de ejecución de las obras, con sus soluciones al mantenimiento del tránsito. Esta programación debe incluir un gráfico de la circulación en cada zona de trabajo, el cual debe ser aprobado por el Delegado Residente. El costo de las señales de precaución, costos de daños a terceros, seguros y otros relacionados, debe incluirse en los precios unitarios de la oferta.

2 RÓTULO DE IDENTIFICACIÓN DEL PROYECTO.

El Contratista está obligado a colocar dos (2) letreros de identificación del proyecto, no menor de 3 x 6 metros, que indiquen el nombre del Proyecto y la fuente de financiamiento entre otros, de acuerdo con el diseño detallado que proporcione la D.G.C. El lugar de su colocación es fijado por el Delegado Residente y es responsabilidad del Contratista su conservación en todos sus aspectos. Los letreros de identificación se pagaran al estar debidamente instalados y aprobados por el Delegado Residente.

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3 MANTENIMIENTO DE LA CARRETERA DURANTE LA CONSTRUCCIÓN.

El Contratista debe darle mantenimiento a la carretera durante el período de la construcción, con la finalidad de que el tramo carretero no se deteriore y que tampoco se interrumpa la circulación vehicular.

4 SEÑALIZACIÓN.

4.1 DELINEADORES REFLECTIVOS.

Los delineadores del camino deben ser dispositivos reflectantes de la luz, que colocados en la parte externa del hombro de la calzada, indican la alineación del camino. Deben ser elementos de PVC de 75 cm de altura con respecto al borde externo del hombro de la carretera, deben poseer un elemento reflectante en su parte superior, dispuesto de tal forma, que al incidir en él la luz proveniente de los faros de los vehículos, refleje hacia los ojos del conductor. Tamaño: Los elementos que se utilicen para los Delineadores Reflectivos deben tener una longitud mínima de 100 cm., con el propósito de que al ser hincados en el borde del hombro de la carretera sobresalgan 75 cm. Por ser de PVC, estos elementos deben ser de color blanco, de 13 cm. de ancho, con una curvatura en su sección transversal para evitar que se doblen cuando estén en posición vertical y se deben colocar con la cara convexa hacia el sentido de aproximación del tránsito. El elemento reflectante debe ser de 10 cm. de ancho por 7.5 cm. de altura y estar colocado en el lado convexo a 10 cm. del extremo superior del elemento. Ubicación: Los indicadores de alineamiento se deben colocar de manera que su orilla interior coincida con el borde exterior del hombro de la carretera. Con la separación entre delineadores previamente definida, se ubicarán en los siguientes sitios y distancias entre sí:

4.1.1 En el tramo en tangente cada sesenta (60) metros.

4.1.2 En el lado exterior de las curvas horizontales, desde el principio de la transición de entrada hasta el final de la transición de salida, con una separación entre postes que depende del grado de curvatura, utilizando la siguiente fórmula: S = 24 / (ºG)1/2

4.1.3 Para marcar los estrechamientos propiamente dichos se colocarán cada 5 m. En los 50 m. previos al estrechamiento se colocarán cada 10 m.

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4.1.4 En ambos lados de la carretera para señalar los extremos de los muros de cabezal de las alcantarillas y en los lugares que definan las proyecciones horizontales del principio y fin del mismo.

4.2 SEÑALES DE TRÁFICO DE METAL.

Las señales de tráfico de metal deben cumplir con el inciso 707.05 y otros aplicables de la sección 707 -Señales de Tráfico- de las Especificaciones Generales y con estas Disposiciones Técnicas.

4.2.1 SEÑALES VERTICALES BAJAS. 4.2.1.1 SEÑALES RESTRICTIVAS.

Estas señales deben ser fabricadas en lámina galvanizada calibre 16 (1.52 mm.), con fondo de película reflectante grado de ingeniería color blanco e impresión de símbolos o leyendas en tinta serigráfica y/o película reflectante grado de ingeniería, según sea el caso. Deben ser de tipo charola con doblez perimetral de 2.5 cm., para darle rigidez y evitar el marco posterior. El poste debe ser de perfil tubular galvanizado calibre 14 (1.90 mm.), cuyo tamaño permita una altura libre a la parte baja de la señal de 1.50 m., instalado en una base de concreto simple f’c = 100 Kg/cm2. con dimensiones de 30 x 30 x 40 cm, con sistema de anclado con una base de varilla, ángulo o deformación de la base por troquel.

4.2.1.2 SEÑALES INFORMATIVAS.

Estas deben ser fabricadas en lámina galvanizada calibre 16 (1.52 mm.), con un fondo de película reflectante grado de ingeniería color verde, símbolos o leyendas en papel reflectante de alta intensidad, deben ser de uno o dos tableros, del tipo charola con doblez perimetral de 2.5 cm. para darle mayor rigidez y evitar el marco posterior.

Estas requieren de dos postes de perfil tubular galvanizado calibre 14 (1.90 mm.), cuyos tamaños permitan una altura libre a la parte baja de la señal de 1.50 m., instalado en una base de concreto simple f’c = 100 kg/cm2 con dimensiones de 30 x 30 x 40 cm., con un sistema de anclado basado en varilla, ángulo o deformación de la base por troquel.

4.2.1.3 SEÑALES PREVENTIVAS.

Estas deben ser fabricadas en lámina galvanizada calibre 16 (1.52 mm.), con fondo de película reflectante grado de ingeniería color amarillo, impresión de símbolos o leyendas en tinta serigrafía y/o película reflectante grado de ingeniería, según sea el caso. Deben ser del tipo charola, con doblez perimetral de 2.5 cm. para darle rigidez y evitar el marco posterior.

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El poste debe ser de un perfil tubular galvanizado calibre 14 (1.90 mm.), cuyo tamaño permita una altura libre a la parte baja de la señal de 1.50 m., instalado en base de concreto simple f'c = 100 kg/cm2. con dimensiones de 30 x 30 x 40 cm., con sistema de anclado basado en varilla, ángulo o deformación de la base por troquel.

5- PROGRAMACIÓN DE LOS TRABAJOS PARA GARANTIZAR EL MANTENIMIENTO DEL TRÁNSITO.

El Contratista debe programar y organizar los trabajos del presente Proyecto, de forma tal, que se ocasione el mínimo de molestias y retrasos a los vehículos que circulen por el tramo de la carretera durante el período de construcción. El Contratista debe proporcionar y mantener a su costa las barreras, las señales de precaución y dirección, las banderas rojas y luces de prevención que sean necesarias para la protección del trabajo y los trabajadores, la seguridad del usuario y la conveniencia del público. El Contratista debe proponer las soluciones para el mantenimiento del tránsito en los lugares de trabajo y responder a los requerimientos del Delegado Residente para el mejoramiento de los mismos. La programación debe considerar que se debe mantener el tránsito público en ambas direcciones. En caso de fuerza mayor, se permitirá el paso de los vehículos en un solo sentido por períodos no mayores a los 30 minutos para la espera y paso. Este período delimitará la longitud de la sección de trabajo. Para el caso de que sea necesario realizar el corte del tránsito, el Contratista debe instalar rótulos en los lugares previos al punto de corte, indicando la obligación de hacer una sola fila de vehículos en la espera y la prohibición de hacer una doble fila, adelantar a otro vehículo que esté en espera o rebasar a otros vehículos en el tramo de tránsito restringido. Los rótulos se ubicarán a partir de 500 metros con anterioridad al punto de corte y con una frecuencia de uno a los 500, 300, 100 y 50 metros. La ausencia de los rótulos obligará al Contratista a mantener el tránsito en su condición normal. De ser necesario, para evitar condiciones que no permitan mantener fluido el tránsito en ambos sentidos, debe solicitar el Contratista con la aprobación del Delegado Residente la intervención de la Policía para hacer respetar estas disposiciones. El Contratista debe contar con un sistema de radio para la comunicación entre los extremos de las secciones de trabajo.

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Más allá de lo expresado en los numerales anteriores de las presentes especificaciones técnicas especiales, se debe aplicar en todos los frentes de trabajo, “SIN EXCEPCIÓN”, lo dispuesto en el “Instructivo de Dispositivos Temporales para Seguridad en Carreteras” del Ministerio, Edición Preliminar del mes de octubre del 2000. Dicho instructivo es proporcionado por la División a todas las Empresas Supervisoras y Constructoras. Las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional para el presente Proyecto, deben tener la obligación ineludible de solicitar mediante nota, el mencionado instructivo. La División, debe entregar oficialmente dentro de los siguientes cinco (5) días hábiles de efectuada la solicitud, el “Instructivo de Dispositivos Temporales para Seguridad en Carreteras”. El Contratista debe efectuar las publicaciones necesarias en tres (3) de los diarios de mayor circulación, cuando por razones de la construcción, deba/n cerrarse determinado/s tramo/s, indicando las horas en que estén cerrados al tránsito público y las precauciones y caminos alternativos que este debe tomar, siempre y cuando, cuente con la debida autorización por escrito del Delegado Residente. Dicha publicación debe ser a tres columnas por seis (6) pulgadas de alto, durante los tres (3) días previos al cierre previsto del tramo o tramos. Las señales necesarias para atender el mantenimiento del tránsito serán suministradas por cuenta del contratista y su costo debe incluirse en el renglón “155.02 Mantenimiento del Tránsito y de la Carretera”.

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DISPOSICIONES ESPECIALES

AMBIENTALES

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DISPOSICIONES ESPECIALES AMBIENTALES.

Se definen como las prevenciones y acciones que el Contratista está obligado a cumplir durante el período de construcción. Los trabajos consisten en el suministro de todos los insumos necesarios que sean aplicables, tal como se describen en las siguientes disposiciones especiales:

1. PROTECCIÓN DE LA VEGETACIÓN.

El Contratista debe proteger toda la vegetación (como árboles, arbustos, grama) y las áreas adyacentes al mismo, que no necesitan ser removidas o que no interfieren razonablemente con la ejecución de la obra de este contrato, en el sitio de trabajo. El Contratista debe eliminar aquellos árboles y arbustos que le han sido específicamente autorizados. Antes de cortar la vegetación se debe marcar la misma, medir el diámetro de los tallos y registrarla con esas características. El Contratista debe tomar las medidas necesarias para la protección de los árboles y arbustos que quedarán en pie, lo que incluye el corte necesario y profesional de la vegetación y el tratamiento de los cortes, para que la misma pueda resistir a los impactos de la construcción. En caso de que haya necesidad de remover especies vegetales que formen parte del "Listado de Especies Amenazadas" emitida por el Consejo Nacional de Áreas Protegidas (CONAP), se debe informar al Delegado Residente y hacer los trámites pertinentes para la obtención de los permisos correspondientes.

2. PROTECCIÓN DE LA FAUNA.

Se prohíbe la caza de animales silvestres y la extracción de la fauna y flora.

3. RUIDO.

3.1 En las áreas donde haya viviendas, no se pueden ejecutar trabajos que generen ruidos mayores de 80 dB, entre las ocho de la noche (8 p.m.) y las seis de la mañana (6 a.m.). El ruido producido en el derecho de vía, se medirá sobre la línea de propiedad del derecho de vía, y el que se produzca en los otros sitios de trabajo (campamento, taller mecánico, trituradora etc.) se cuantificará sobre la línea de la propiedad respectiva.

3.2 El Contratista debe proporcionar protectores de audición a los empleados,

cuando los mismos estén expuestos a sonidos fuertes (mayores de 80 dB) y debe exigirles el uso de los mismos.

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4. DESECHOS SÓLIDOS. 4.1 Los desechos sólidos no deben ser arrojados ni a los ríos ni a los drenajes

naturales. El Contratista debe tomar las medidas necesarias en lo que concierne a los depósitos de desechos sólidos, para evitar la erosión y la contaminación química y física de los suelos y los cuerpos de agua.

5. PRODUCTOS Y DESECHOS DE PETRÓLEO. 5.1 Se prohíbe el vertimiento de aceites, combustible, kerosén y otros productos no

sólo de petróleo sino químicos en el suelo, agua subterránea y superficial, así como en los sistemas de recolección de aguas servidas.

5.2 No se descargarán aguas contaminadas con productos de petróleo, sin la previa separación de los contaminantes (instalación de los separadores de aceite y petróleo).

5.3 Deben recogerse los desechos de productos de petróleo, según su composición química en recipientes seguros, que deben estar debidamente rotulados indicando su contenido. Los recipientes de combustibles y lubricantes se deben instalar de tal forma que no causen ningún peligro ni contaminación.

5. PLANTAS DE TRITURACIÓN. 6.1 Las Plantas de Trituración no deben instalarse en áreas protegidas. 6.2 Las Plantas de Trituración instaladas en las cercanías de un río, deben contar con

un sistema de control de accidentes y derrames. Este incluye entre otros, flotadores para separar aceites desde la superficie del agua en el río.

6.3 Las aguas superficiales del área de la planta de trituración deben ser canalizadas

y luego pasarán por un separador de aceites y combustibles, antes de la descarga.

6.4 Se debe instalar la planta de trituración de tal manera que los posibles derrames

no contaminen el suelo, aguas superficiales y subterráneas.

6. GENERADOR DE ELECTRICIDAD.

El generador de electricidad debe estar aislado acústicamente hasta lograr un nivel de 80 dB a una distancia de 10 m de la pared de la casa protectora del generador.

7. TALLER MECÁNICO.

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8.1 Es terminantemente prohibido construir y mantener un taller mecánico en un área protegida.

8.2 El área del taller mecánico debe tener un piso impermeable para impedir la entrada de sustancias de petróleo al suelo. Las pendientes concurrirán hacia colectores y finalizarán en un separador de sustancias de petróleo.

8. CAMPAMENTOS.

9.1 Es prohibido construir un campamento en áreas protegidas. 9.2 El Contratista evitará establecer campamentos cerca de los ríos o fuentes de

agua. 9.3 Los desechos domésticos del campamento deben recibir un tratamiento previo

antes de la descarga. 9.4 Los desechos sólidos como basura, etc., del campamento, deben ser

colocados en un depósito destinado para este fin. 9.5 Después del abandono, el área del campamento debe integrarse nuevamente

al paisaje natural. En caso de que las medidas a implementar no se describan en detalle, el Delegado Residente indicará cuales deben tomarse.

9. CAMINOS TEMPORALES.

10.1 Es prohibida la construcción de caminos auxiliares temporales en áreas

protegidas. 10.2 Antes de construir un camino temporal, se garantizará que no afecte ningún

sitio arqueológico. 10.3 El Contratista tiene la obligación de tomar las medidas que sean necesarias

para la renaturalización de los caminos temporales. Si no hay mayores indicaciones en las especificaciones, las medidas de renaturalización comprenden:

10.3.1 La remoción de la tierra hasta una profundidad de 25 cm.

10.3.2 La fertilización de la tierra con material orgánico.

10.3.3 El cierre de la entrada al camino antiguo con cerco.

10. BANCO DE MATERIALES.

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11.1 No deben explotarse bancos de materiales ubicados en las áreas protegidas.

11.2 Antes de la explotación se confirmará, con el Instituto de Antropología e Historia, si no existe ningún peligro para el patrimonio cultural.

11.3 En los bancos de materiales de los ríos, se implementarán las medidas para

disminuir la turbidez del agua. 11.4 En un banco de materiales de río, se deben tener el equipamiento para la

limitación de daños por accidentes y derrames con productos de petróleo (por ejemplo: flotador para evitar que el combustible se expanda aguas abajo).

11.5 Los bancos de materiales de cortes de montaña, se protegerán con

canaletes y trampas de sedimentación, para disminuir los impactos de este sobre los ríos.

11.6 Posterior al abandono, deben deshacerse las estructuras levantadas en los

ríos. 11.7 Después del abandono el Contratista realizará medidas de integración y

renaturalización. Si no hay mayores indicaciones en las especificaciones las medidas de renaturalización comprenden:

11.7.1 Dar al terreno una pendiente para facilitar una escorrentía regular del agua

superficial y evitar estancamientos de la misma.

11.7.2 Crear barreras de sedimentación en caso de que exista el peligro de erosión.

11.7.3 La remoción de la tierra hasta una profundidad de 25 cm.

11.7.4 La fertilización de la tierra con material orgánico.

11.7.5 La siembra de arbustos y árboles pioneros con una distancia de cinco metros entre cada uno.

11.7.6 El mantenimiento de estabilización de la vegetación durante tres meses después de la siembra.

11.7.7 El cierre de la entrada al sitio del banco de materiales.

12. PROTECCIÓN DEL SUELO FÉRTIL.

La capa del suelo fértil debe apartarse y depositarse en un lugar señalado al efecto, para reutilizarlo sobre suelos crudos.

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13. SUELOS CONTAMINADOS.

13.1 Es prohibido enterrar suelos contaminados.

13.2 El Contratista debe informar inmediatamente al Delegado Residente cuando encuentre suelos contaminados.

13.3 El Delegado Residente indicará el tratamiento que se dará al suelo

contaminado y donde se depositará el mismo.

14 CONTROL DE SEDIMENTOS.

14.1 Los trabajos de construcción, especialmente el movimiento de tierra al lado de los ríos, requieren de la aplicación de métodos de control de erosión.

14.2 Los taludes deben ser protegidos contra la erosión lo más rápido posible

.

15 DEPÓSITOS INTERMEDIOS.

Los depósitos intermedios de suelo, se protegerán de tal forma que no afecten arroyos por sedimentos.

16 OBSTÁCULOS EN LA CARRETERA.

Los trabajos (por ejemplo, cambio de drenajes transversales en la carretera) que obstaculizan el libre tránsito, deben ejecutarse lo más rápido posible, para disminuir el riesgo de accidentes.

17 SISTEMA DE PROTECCIÓN DE OBRAS.

Se prohíbe la aplicación de sistemas de protección de la obra (por ejemplo tabla con clavos puesta en el pavimento o rocas en el pavimento), que causen daños a vehículos y personas que sean motivo de riesgo potencial de accidentes.

18 PROTECCIÓN DE OBJETOS ARQUEOLÓGICOS.

18.1 El Contratista no debe iniciar ninguna actividad sin que el Instituto de Antropología e Historia haya efectuado el recorrido sistemático del área de trabajo y acción (como por ejemplo el derecho de vía, los futuros sitios del campamento, la planta asfáltica, los depósitos intermedios y finales, el banco de materiales, y las entradas a los bancos de materiales etc.).

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18.2 En el radio de acción de la maquinaria, y especialmente en las áreas de movimiento de tierra, se debe proceder con cuidado para no destruir posibles objetos arqueológicos.

18.3 Se debe suspender cualquier actividad en el área correspondiente, cuando exista

la posibilidad de que se ha descubierto un sitio arqueológico. 18.4 Debe informarse inmediatamente al Delegado Residente y al Instituto de

Antropología e Historia. 18.5 No proseguirán las actividades antes de obtener el permiso correspondiente.

19 SEÑALAMIENTO VIAL.

Las carreteras permanentes y provisionales deben contar con el señalamiento vial horizontal y vertical, antes de entrar en uso. Durante el proceso de construcción el Contratista es responsable para el eficiente funcionamiento del sistema de señalización horizontal y vertical, así se brindará el mantenimiento y protección necesaria del mimo.

20 LIMPIEZA GENERAL.

Durante la construcción de las obras, el Contratista tiene la obligación de mantener en todo momento las áreas de trabajo y de almacenamiento, libres de acumulación de basuras, materiales de desperdicio producto de los trabajos.

21 PREVENCIÓN DE ACCIDENTES Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS (BAJO SUPERVISIÓN DEL DELEGADO RESIDENTE). 21.1 La localización de todos los polvorines o arenas de almacenamiento de gases y

líquidos explosivos, esté sujeta a la aprobación del Delegado Residente. Estas áreas de almacenamiento de explosivos, deben vigilarse adecuadamente en todo tiempo. Existirán facilidades de almacenamiento de gas u otros tipos de combustibles o productos químicos y/o de agua que sean necesarios para prevenir o apagar incendios.

21.2 El Contratista debe designar un miembro responsable de su personal

destacándolo en el sitio de la obra, cuya obligación es la prevención de accidentes.

21.3 El Contratista debe mantener siempre por lo menos en la obra una persona que

tenga conocimientos de primeros auxilios. Estas personas deben estar respaldadas por un certificado de entrenamiento durante los últimos cuatro años en primeros auxilios. Una copia de estos certificados debe encontrarse en la obra y deben ser accesibles para una posible auditoria.

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21.4 Se proveerá en los diversos lugares de construcción un equipo de primeros

auxilios que contenga un mínimo generoso de vendas y esparadrapo para atender accidentes graves, tijeras, por lo menos tres pares de guantes desechables, desinfectantes y, algodón, curitas.

21.5 El equipo de primeros auxilios en el campamento debe estar ubicado en un cuarto

separado para tal fin, el cual esté dotado de una camilla fija y móvil, agua potable, jabón, toallas y el botiquín de primeros auxilios.

21.6 El Contratista proveerá el equipo específico que requiere cada trabajo para la

protección del trabajador, por ejemplo mascarillas contra polvo, guantes, protectores de oído, de ojos y de cara. El Contratista tiene que informar al trabajador sobre el riesgo que corre cuando no utilice lo proporcionado y además exigirle el uso de estos implementos.

21.7 Para disminuir el riesgo de deslizamientos y derrumbes, el Contratista tomará

todas las medidas de protección y prevención durante las actividades de corte y relleno de los terrenos. Esto incluye por ejemplo la canalización de agua, respetar los ángulos de estabilidad del suelo, el manejo de equipo en forma precavida, la protección de las superficies de los taludes y otros.

21.8 Para evitar que el deslizamiento del suelo entierre personas, los taludes de mayor

inclinación que su ángulo de reposo y una altura mayor a 1.20 m deben recibir medidas de protección tales como entibaciones o conformaciones de taludes. Esto es válido para zanjas, pozos y cualquier otro tipo de taludes.

21.9 Las sustancias peligrosas deben ser transportadas, almacenadas y manipuladas

con el equipo adecuado para evitar derrames, incendios y explosiones. Se ejercerá un control y mantenimiento periódico del equipo.

21.10 Queda prohibido quemar cualquier tipo de residuos (esto incluye desechos de jardinería, llantas, papel, etc.) y limpiar el derecho de vía mediante la quema.

21.11 Hay que mantener en las áreas de almacenamiento, campamento y de trabajo,

en cantidad suficiente el equipo apropiado para la extinción y control de incendios.

21.12 Hay que mantener en la obra una caja con utensilios de rescate de derrumbes y

deslizamientos.

22 PLAN DE MANEJO DE SUELOS.

Antes de iniciar los trabajos de movimiento de suelo, el Contratista debe presentar un plan de manejo de suelos que incluya las cantidades de los mismos a cortarse, depositarse, el origen y su destino. Los lugares de depósito que no

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sean conformaciones de la rasante deben ser aprobados por el Delegado Residente.

23 OMISIÓN DE LAS ESPECIFICACIONES GENERALES

AMBIENTALES.

La omisión de lo dispuesto en los artículos anteriores compromete al Contratista a subsanar los daños ocasionados.

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

ESPECIALES (ETE)

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ETE – 01 REPLANTEO TOPOGRÁFICO DEL DISEÑO. El contratista debe de realizar el replanteo topográfico del diseño propuesto, para hacer la comprobación en campo. Este levantamiento servirá para realizar los planos de construcción de la obra, y para actualizar la información que se muestra en los planos. Con el cálculo de las cantidades de trabajo, se realizará la comprobación a las cantidades contratadas. En la realización de esta actividad, el contratista estará acompañado por la supervisión quién en conjunto comprobará la información obtenida por este trabajo. Para la realización de este trabajo el contratista debe de proveer todo el personal idóneo, equipo, vehículos, herramienta, papelería y todo lo necesario para cumplir con esta tarea. La descripción y los alcances de trabajo se describen en la especificación general sección 152. Medida. La medida se hará por el número de km de levantamiento con aproximación a dos decimales, medidos sobre la línea central final de proyecto. No se considerará para medida las distintas alternativas que puedan surgir como estudio o prueba para la escogencia del trazo final. Pago. El pago se hará por el número de kilómetros con aproximación a dos decimales al precio unitario de contrato correspondiente al renglón de Replanteo Topográfico del Diseño. ETE – 02 RÓTULOS DE IDENTIFICACIÓN DEL PROYECTO. El Contratista está obligado a colocar dos (2) letreros de identificación del proyecto, no menor de 3 x 6 metros, que indiquen el nombre del Proyecto y la fuente de financiamiento entre otros, de acuerdo con el diseño detallado que proporcione la D.G.C. El lugar de su colocación es fijado por el Delegado Residente y es responsabilidad del Contratista su conservación en todos sus aspectos. Los rótulos de identificación se pagaran al estar debidamente instalados y aprobados por el Delegado Residente. Medida. La medida se hará por el número de unidades de rótulos colocados en su posición final. Pago. El pago se hará por las unidades de rótulos colocados, al precio unitario de contrato correspondiente al renglón de Rótulo de Identificación de Proyecto.

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ETE - 03 TRABAJOS POR ADMINISTRACIÓN (ESTABLECIMIENTO DEL DERECHO DE VÍA). Con cargo a este renglón se consideran las compensaciones que se deben de realizar por las viviendas afectadas por la construcción de la carretera, cuando se debe de reubicar dichas viviendas. Aplicará para la cuantificación, medida y pago lo descrito en el renglón respectivo de Trabajos por Administración.

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

ESPECIALES AMBIENTALES

(ETEA)

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ESPECIALES AMBIENTALES -ETEA- ETEA - 1 Contratación de Ejecutor Ambiental.

La Empresa Constructora deberá contratar a un profesional universitario ingeniero civil, colegiado activo, con uno o más postgrados en temas relacionados con la ejecución ambiental en obras viales. Deberá contar con experiencia en proyectos de construcción de carreteras en donde hubiese sido Ejecutor o Supervisor Ambiental, poseer licencia ambiental vigente del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales sobre elaboración de instrumentos de evaluación ambiental; y, tendrá a su cargo la Ejecución Ambiental del proyecto. Debe demostrar con documentación, su experiencia en trabajos relativos a afectaciones de personas, familias y/o poblaciones. Poseer experiencia en el manejo ambiental de sitios de disposición de material no clasificado para la construcción, de desperdicio; en el manejo de campamento, taller, plantas de trituración, explotación ambientalmente sustentable de bancos de material, manejo del tránsito vehicular, control de contaminación atmosférica y auditiva, conocimiento completo de normas de seguridad vial, limpieza y desmonte; y, todos aquellos aspectos relacionados con la construcción de carreteras. Será corresponsable en la implementación de lo indicado en el Estudio de Impacto Ambiental de la obra, específicamente, de las Disposiciones Ambientales Generales, Especificaciones Técnicas Ambientales y aquellas que a criterio del Supervisor Ambiental o del Departamento de Gestión Ambiental deban adicionarse a la obra. El profesional que realice funciones de Ejecutor Ambiental debe conocer y aplicar, como mínimo las Leyes y Normas siguientes: 1. -Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras y Puentes (2001) 2. Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente. 3. Ley Forestal 4. Ley de Áreas Protegidas 5. Ley de Protección de Patrimonios Culturales 6. Ley de Minería 7. Acuerdo Gubernativo 431-2007, Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental Las funciones de desarrollar por el Ejecutor Ambiental son: 1. Velar porque la obra cumpla con los requerimientos legales siguientes: Evaluación de Impacto Ambiental, licencias para operación de plantas de trituración y mezclas, licencias para el manejo de bancos de materiales, licencias del Instituto Nacional de Bosques y otras.

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2. Coordinar todas sus actividades con el Departamento de Gestión Ambiental (DGA) de la División de Planificación y Estudios de la DGC y con el Supervisor Ambiental de la obra. 3. Permanecer en el área de obra durante la fase de pre-construcción, para preparar el Programa de Manejo Ambiental (PMA), capacitar a los trabajadores de las Empresas Constructora y Supervisora sobre medidas de seguridad en el trabajo. 4. La fase de construcción de la obra que se estima en 6 meses, permanecerá en el sitio de obra dos días consecutivos cada dos semanas, para verificar la ejecución de las medidas de mitigación ambiental, sus visitas deben coincidir con las del Supervisor Ambiental. 5. Velar por el estricto cumplimiento de la logística del proyecto (campamento, talleres, planta trituradora, sitios de botaderos y otros) 6. Capacitar a trabajadores del contratista en aspectos de salud ocupacional y seguridad, debiendo implementarlo con el 100 % de los trabajadores por lo menos al inicio de cada relación de trabajo. 7. Acatar las recomendaciones del Supervisor Ambiental y de los funcionarios del DGA-DPE con respecto a los aspectos ambientales de la obra. 8. Elaborar y presentar para la aprobación al Supervisor Ambiental el último día hábil del mes, cinco originales del informe de ejecución ambiental del mes respectivo, conteniendo información del avance de la ejecución de las Disposiciones Generales Ambientales y las Especificaciones Técnicas Especiales Ambientales y aquellos que a su criterio deba informar. Estos informes deben ser redactados siguiendo lineamientos del DGA-DPE. 9. El período a contratar los servicios de este profesional será de 30 meses. Medición: Contratación hombre/mes Forma de pago: Se hará mensualmente

ETEA - 2 Almacenaje De Tierra Fértil.

Área para campamentos: deberá removerse la tierra fértil y guardarla a un lado del campamento, procurando que se acopie a una altura mayor a tres metros para soportar la vida de organismos menores como lombrices de tierra. Cada dos semanas durante el tiempo que transcurra la obra deberá removerse hasta su re-utilización final. Al concluir las labores de mejora de la vialidad, en caso de que sea insuficiente la tierra vegetal, deberá traerse de otro sitio para complementar las cantidades requeridas. Se removerá un área de 3,600 m2 de campamentos y 6,400 m2 de área de plantas de trituración y planta de asfalto. Medición: Metros cuadrados de tierra fértil, mantenida durante 16 meses y regada a un espesor de 5 cm.

54

Pago: El pago se hará por metro cuadrado ETEA - 3 Siembra de Árboles.

El área de los campamentos deberá ser reforestada con vegetación arbórea y para asegurar un sustrato adecuado, se re-utilizará la tierra que fue separada y acopiada del mismo sitio. Los árboles se sembrarán a una distancia de 1.5 m. En todos los casos, cada uno de los árboles deben contar con “cacastes” individuales o bien, el área deberá ser convenientemente cercada. Se sembrarán 2,300 árboles en el área de campamento, siembra de 1,000 árboles en el área de trituración y planta de asfalto, siembra de 1,000 árboles en el área de bancos de préstamo y siembra de 1,000 árboles en áreas de caminos provisionales. Medición: Por unidad de árbol sembrada, de plantación establecida conforme lo indicado en las “consideraciones para reforestación” adjuntas al final del anexo. Pago: El pago se hará por unidades de árboles. .

ETEA - 4 Revegetación con Siembra de Gramíneas.

Los vertederos de material también deberán protegerse ineludiblemente, tomando en cuenta que por las actividades de mejora de la vialidad, va a sobrar material, de hecho en el tramo se han ubicado varios sitios para vertedero, tomando en cuenta que no afecte a ninguna microcuenca, quebrada o cuerpo de agua corrida y que la pendiente permita su pronta estabilización y revegetación. El área a revegetar es de 15,000 m2. Medición: La revegetación implica cubrirlos con tierra fértil para una mejor recuperación del paisaje y siembra de gramíneas. Pago: El pago incluye m² de tierra fértil lo que incluye macoyas o tepez sembrados y transportadas.

55

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PLANO DE

UBICACION

56

PLANO DE UBICACIÓN DEL PROYECTO.

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CUADRO DE RENGLONES

Y

CANTIDADES DE TRABAJO

58

CUADRO DE CANTIDADES ESTIMADAS DE TRABAJO PARA LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. DGC – 013 - 2011 - C

PROYECTO: MEJORAMIENTO CARRETERA RN 05

TRAMO: EL CHOL - RABINAL. LONGITUD APROXIMADA = 21.967 KM

(AMPLIACIÓN Y PAVIMENTACIÓN)

No. Renglones Unidad Cantidad

Estimada

Precio

Unitario

Total por

Renglones

CONTROL DE TRABAJO

105.06

Planos Finales de la obra

construida Planos 44.00

Mantenimiento de la

carretera durante la

ejecución Mes 18.00

ETE 01

Replanteo Topográfico del

Diseño. Km 21.967

ETE 03

Trabajos por Administración (Establecimiento del Derecho de Vía) Q 1,000,000.00

MOVIMIENTO DE TIERRAS

201.03

Retiro de Estructuras

Existentes m3 5.00

202.03

Limpia, Chapeo y

Destronque Ha 81.00

203.03 (a) Excavación No Clasificada m

3

19,858.83

203.03 (b)

Excavación no clasificada de

material de desperdicio m

3

1,196,772.92

203.03 (c)

Excavación no clasificada

para préstamo m

3

15,960.00

203.04 (g) Corte en Roca m

3

35,000.00

203.04 (e) Sub-excavación m

3

143,000.00

204.02 Excavación de Canales m

3

4,600.00

205.05 (a)

Excavación estructural para

cimentaciones de

estructuras

m3

1,294.00

205.06

Excavación estructural para

alcantarillas m

3

6,655.00

205.07

Excavación estructural para

sub-drenaje m

3

1,250.00

205.08

Excavación Estructural para

Gaviones m3 350.00

205.11

Relleno Estructural para

Estructuras m3 2,500.00

59

206.04 ( c ) Relleno para alcantarillas m

3

5,192.00

208.02 Acarreo m

3

-km 1,410,591.75

TERRAPLENES

ESTRUCTURALES

253.02

Gaviones y Colchones para

Revestimiento m

3

350.00

SUB-BASE Y BASE

301.02

Reacondicionamiento de

Sub-rasante existente m

2

179,575.00

304.01 (a)

Sub-base granular (20 cms

de espesor) m

3

34,035.00

305.01 (b)

Base triturada (15 cms de

espesor) m3

23,058.00

PAVIMENTO ASFALTICO

401.02

Concreto Asfáltico (6 cms de

espesor) Ton 21,146.00

401.03 (d) Cemento asfáltico Galón 296,041.00

407.02 Riego de imprimación Galón 43,178.00

408.02 Riego de liga Galón 14,860.00

ESTRUCTURAS DE DRENAJE

603.02 (30")

Alcantarillas de metal

corrugado de 30" m 2,308.40

603.02 (36")

Alcantarillas de metal

corrugado de 36" m 216.30

603.02 (42")

Alcantarillas de metal

corrugado de 42" m 11.70

603.02 (48")

Alcantarillas de metal

corrugado de 48" m 120.20

603.02 (60")

Alcantarillas de metal

corrugado de60" m 63.50

605.03 (i) Agregado para Sub-Drenaje

m3

950.00

605.05

Geocompuesto para sub-

drenaje m 650.00

607.07

Cajas y cabezales de

Concreto Ciclópeo m

3

1,324.00

Bordillos

ml 1,703.00

608.04

Cunetas Revestidas de

Concreto simple fundido en

el sitio m2

26,554.36

BOVEDA No. 1

60

504.03 (7)

Concreto Estructural Clase

21 (Arco) m

3

48.42

504.03 (7)

Concreto Estructural Clase

21 (Muros) m

3

78.47

555.02 Concreto Ciclópeo m

3

66.08

552.02 Acero de Refuerzo Kg 8,429.00

205.05 (a)

Excavación Estructural Para

Cimentaciones de

Estructuras

m3

1,200.00

251.02 Zampeado de Piedra m

3

75.00

206.02 Relleno Para Estructuras m

3

750.00

CONSTRUCCIONES COMPLEMENTARIAS

MONUMENTOS DE

KILOMETRAJE

704.02 Monumentos de kilometraje U 46.00

706.06

Marcas Termoplásticas

(Línea Central y laterales). Km 69.000

706.09

Marcadores resaltados en el

pavimento (Ojos de Gato).

(Línea central)

U 6,300.00

707.02 (1)

Señales de tráfico

preventivas de metal U 260.00

707.02 (3)

Señales de Tráfico

Restrictivas U 39.00

707.02 (3)

Señales De Trafico

Informativas De Un Tablero

De Metal.

U 8.00

ETE 02

Rótulos de Metal de

Identificación del Proyecto U 2.00

ASPECTOS

AMBIENTALES

ETEA-01

Contratación de Ejecutor

Ambiental Mes 20.00

ETEA-02 Almacenaje de Tierra Fértil m

3

8,500.00

ETEA-03 Siembra de Árboles Plantas 4,000.00

ETEA-04

Revegetación con Siembra

de Gramíneas m

2

6,500.00

ETEA-05

Construcción de Parada de

Buses u 4.00

TOTAL PROYECTO

61

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DIRECCIÓN GENERAL DE CAMINOS

ANEXOS

62

ANEXO 1

MODELO DE OFERTA

Lugar y fecha: _________________________ Ref: Licitación Pública Nacional Número (como se indica en el anuncio) (Indicar el nombre completo del proyecto Como se indica en el anuncio) LONGITUD APROXIMADA (como se indica en el anuncio) KM Señores:

Junta de Licitación

Dirección General de Caminos

Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda

Yo: __________________________, de _______años de edad, [indicar estado civil,

nacionalidad, profesión y domicilio], me identifico con la cédula de vecindad número de

Orden _________ y de registro_____ extendida por el Alcalde Municipal de

_________________ [o pasaporte si fuere extranjero no domiciliado], señalo como

lugar para recibir notificaciones, citaciones y/o emplazamientos la siguiente dirección:

_________________________________, de la ciudad de Guatemala; comparezco en

mi calidad de Propietario [o Representante Legal] de _____________________,

calidad que acredito mediante fotocopia legalizada de la Patente de Comercio de

Empresa inscrita en el Registro Mercantil de la República bajo el número ____folio

____libro ____con fecha ______________ [si es Sociedad, mediante fotocopia

legalizada del Acta Notarial en que consta mi Nombramiento de ___________, de

fecha _________ autorizada por el Notario __________ e inscrita en el Registro

Mercantil de la República bajo el número _________ folio _____ del libro _____ de

Auxiliares de Comercio] y por este medio presento formal oferta para la ejecución del

Proyecto __________________________________________________.

Declaro que estamos enterados del contenido de los Documentos de la Licitación; que

los hemos examinado y analizado detenidamente y en consecuencia, con la sola

presentación de esta oferta, los aceptamos; y, en caso de salir favorecidos con la

adjudicación, ofrecemos cumplir con todas las condiciones y requisitos allí

establecidos. Asimismo, declaro que nos sujetamos a las disposiciones contenidas en

63

la Ley de Contrataciones del Estado (Decreto 57-92 del Congreso de la República) y

sus modificaciones y su Reglamento y las demás leyes de la República de Guatemala.

VALOR DE LA OFERTA: Hemos calculado el valor de los precios unitarios de todos los renglones de trabajo y ofrecemos ejecutar la construcción de la obra por el precio total de ______________________________________________ (Q._________), valor que ya incluye el Impuesto al Valor Agregado -IVA-. PLAZO DE SOSTENIMIENTO DE OFERTA: El plazo de sostenimiento de la oferta es como mínimo de CIENTO VEINTE (120) DÍAS HÁBILES, contados a partir de la presentación y apertura de plicas. SUPERINTENDENTE: El profesional que tendrá a su cargo la dirección de la obra, en calidad de Superintendente, si se nos adjudicara la Licitación Pública Nacional, será el Ing. _______________________________. Se acompaña a la presente, el cuadro de oferta con los renglones de trabajo, los cuadros de integración de precios y todos los demás documentos requeridos en las bases de licitación.

Atentamente,

[Firma y sello del Propietario o Representante Legal]

ADJUNTO: 1. 2... [Identificación de los documentos requeridos en las Bases de Licitación]

64

ANEXO 2

MODELO DE CUADRO DE OFERTA

PARA LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. (Como se indica en el anuncio) (Escribir el nombre completo como se

Indica en el anuncio) LONGITUD APROXIMADA (como se indica en el anuncio) KM OFERENTE: _______________

No. del renglón

Nombre del renglón Unidad Cantidad Estimada

Precio Unitario

Precio del renglón

TOTAL

VALOR TOTAL DE LA OFERTA INCLUYENDO EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO: (------------------monto de la oferta en letras---------------------) (Q.____.__)

NOTA: Para elaborar el detalle de precios arriba indicado, el oferente deberá asentar los renglones, cantidades y precios conforme él considere en la presentación de su oferta, según lo estipulado en las Bases de Licitación.

65

Modelo de Integración de Precio Unitario CONTRUCTORA: xxxxxxx RENGLON: xxxxxxx PROYECTO: xxxxxxx FECHA: xxxxxxx CANTIDAD A EJECUTAR: xxxxxxx UNIDAD: xxxxx TIEMPO DE EJECUCION: xxxxxxx días

A) MAQUINARIA Y EQUIPO Tiempo de Ejecución del Renglón en Horas:

No. De Unidades

Descripción de la Unidad

No. Mes-Máq. Ejecutado Unidad

No. Horas Ejecutado Unidad

Costo Mes – Maquinaria Unidad

Mant. Por Hora Efectiva Unidad (*)

COSTO EJECUCION RENGLON: SUMATORIA DE: No. Mes-Maq ejecutado u*Costo Mes-Maq. u = Costo Total = Q Q 0.00 SUMATORIA DE: No. Horas ejecutado u*Costo mant. u = Mantenimiento Toral = Q Q 0.00

(*) Incluye Combustible, Lubricantes y Repuestos Menores RENGLON:

B) MANO DE OBRA No. De Trab. Clase de Trabajador No. Días Trabajados Costo Unit. día sin prest. Costo Total sin Prest.

COSTO TOTAL SIN PRESTACIONES: Q 0.00

COEFICIENTE USADO PARA PRESTACIONES % TOTAL MANO DE OBRA PARA LA EJECUCION DEL RENGLON: Q. 00

C) MATERIALES Cantidad Clase de Material Costo Unitario Costo Total Observaciones

TOTAL Q 0.00

D) OTROS GASTOS No. De Trab. Clase de Trabajador No. Días Trabajados Costo Unit. día sin prest. Costo Total sin Prest.

COSTO DIRECTO DEL RENGLON: Q 0.00 COSTO UNITARIO DIRECTO DEL RENGLON: Q 0.00 FACTOR (Imprevistos + indirectos + Utilidad): Q 0.00 PRECIO UNITARIO DEL RENGLON: Q 0.00 PRECIO TOTAL DE EJECUCION: Q 0.00

66

ANEXO 3

MODELO DE CARTA DE ACEPTACIÓN DEL CARGO

Lugar y fecha: _________________________

Ref: Licitación Pública Nacional Número: (como se indica en el anuncio)

(Escribir el nombre completo como se indica en el anuncio) LONGITUD APROXIMADA (como se indica en el anuncio) KM. Señores: Junta de Licitación Dirección General de Caminos Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda Estimados señores: Hago de su conocimiento que he sido requerido por _________________ [nombre del propietario si es empresa individual o nombre de la entidad si es una sociedad] para ser propuesto como ____________ [superintendente, asesor, ingeniero auxiliar, etc.] en la oferta que presentará para participar en la Licitación Pública Nacional arriba identificada. Por este medio hago constar que acepto el cargo para el que he sido requerido en caso de que se le adjudique la Licitación Pública Nacional a dicho Oferente, manifestando que esta aceptación tiene una validez mínima de 120 días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de ofertas. Sin otro particular,

Firma en original Nombre Completo

Número de Colegiado Sello

Adjunto: 1 Hoja de vida en original 2 Constancia de Colegiado Activo

67

ANEXO 4 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. D.G.C.- xxx - 2,011 - C PROYECTO:

AMPLIACIÓN, MEJORAMIENTO Y PAVIMENTACIÓN

DE LA RUTA RN 05 TRAMO: El CHOL – RABINAL. DEPARTAMENTO DE BAJA VERAPAZ LONGITUD APROXIMADA 21.967 KMS.

FORMULAS DE REAJUSTE “C” PARA LOS DIFERENTES RENGLONES

No Renglon Fórmula

1 varios 105.06 (e)Planos finales de la obra construida; 201.03 Retiro de Alcantarillas, Estructuras Existentes y Servicios; 201.04 Retiro de Servicios Existentes. NO SE RECONOCERÁ NINGUN SOBRE COSTO.

2 202.03

Limpia, Chapeo y Destronque. C= 0.06 + 0.40 M.23 + 0.21 M.21 + 0.16 C.1 + 0.01 C.2 + 0.03 M.22 + 0.13 N.1

3 203.03(a) Excavación no clasificada. C= 0.06 + 0.43 M.23 + 0.20 M.21 + 0.14 C.1 + 0.01 C.2 + 0.03 M.22 + 0.13 N.1

4 203.03(c) Excavación no clasificada de desperdicio. C= 0.06 + 0.44 M.23 + 0.20 M.21 + 0.14 C.1 + 0.01 C.2 + 0.03 M.22 + 0.12 N.1

5 203.03 (e)

Remoción y Prevención de Derrumbes. C = 0.06 + 0.32 M.23 + 0.18 M.21 + 0.17 C.1 + 0.01 C.2 + 0.05 M.6 + 0.21 N.1

6 203.04 (g) Corte en Roca. C = 0.06 + 0.58 M.23 + 0.13 C.1 + 0.06 C.2 + 0.08 N.1 + 0.04 M.21 + 0.04 M.22 + 0.01 M.4

7 204.02 Excavación de Canales. C = 0.06 + 0.38 M.23 + 0.17 M.21 + 0.09 C.1 + 0.01 C.2 + 0.29 N.1

8 205.05 (a) Excavacion Estructural para Cimentacion de Estructuras. C = 0.06 + 0.25 M.23 + 0.17 M.21 + 0.13 C.1 + 0.01 C.2 + 0.14 H.1 + 0.24 N.1

9 205.06 Excavacion Estructural para Alcantarillas. C = 0.06 + 0.24 M.23 + 0.15 M.21 + 0.14 C.1 + 0.01 C.2 + 0.01 M.6 +0.39 N.1

10 205.07 Excavación Estructural para Subdrenajes. C = 0.06 + 0.23 M.23 + 0.12 M.21 + 0.16 C.1 + 0.01 C.2 + 0.03 M.23 + 0.39 N.1

11 206.04 (c) Relleno para Alcantarillas. C = 0.06 + 0.22 M.23 + 0.23 M.21 + 0.12 C.3 + 0.01 C.2 + 0.01 M.22 + 0.35 N.1

12 208.02 Acarreo. C = 0.06 + 0.29 M.23 + 0.19 M.21 + 0.25 C.3 + 0.01 C.2 + 0.10 M.6 + 0.10 N.1

13 205.08 Excavación Estructural para Gaviones. C = 0.06 + 0.37 M.23 + 0.19 M.21 + 0.12 C.1 + 0.01 C.2 + 0.01

68

M.22 + 0.24 N.1

14 205.11 Relleno Estructural para Estructuras C= 0.06+0.22M.23+0.23M.21+0.12C.3+0.01C.2+0.01M.22+ 0.35N.1

15 206.02 Relleno para Estructuras de Puentes C= 0.06+0.22M.23+0.23M.21+0.12C.3+0.01C2+0.01M.22+ 0.35N.1

16 203.04 (e) Remocion de Material Inapropiado o Sub-Excavacion. C = 0.06 + 0.44 M.23 + 0.20 M.21 + 0.14 C.1 + 0.01 C.2 + 0.03 M.22 + 0.12 N.1

17 251.02 Zampeado de Piedra C= 0.06+0.08M.23+0.06M.21+0.07C.1+0.01M.6+0.18J4.6+ 0.04J4.1+0.10J4.8+0.40N.1

18 253.02 Gaviones Colchones para Revestimiento. C = 0.06 + 0.05 M.23 + 0.03 M.21 + 0.04 C.1 + 0.01 M.7 + 0.52 M.2 + 0.07 J4.8 + 0.22 N.1

19 301.02 Reacondionamiento de Subrasante Existente. C = 0.06 + 0.38 M.23 + 0.16 M.21 + 0.14 C.1 +0.01 C.2 + 0.02 M.22 + 0.23 N.1

20 302.01 Mejoramiento de Subrasante. C= 0.06 + 0.44 M.23 + 0.20 M.21 + 0.14 C.1 + 0.01 C.2 + 0.03 M22 + 0.12 N.1

21 304.01 (a) Capa de Sub Base. C = 0.06 + 0.37 M.23 + 0.18 M.21 + 0.18 C.1 + 0.01 C.2 + 0.04 M.22 + 0.16 N.1

22 203.04 (e) Sub Excavación. C= 0.06 + 0.44 M.23 + 0.20 M.21 + 0.14 C.1 + 0.01 C.2 + 0.03 M22 + 0.12 N.1

23 305.01 (b) Capa de Base Granular. C = 0.06 + 0.38 M.23 + 0.22 M.21 + 0.16 C.1 + 0.01 C.2 + 0.04 M.22 + 0.13 N.1

24 401.02 Concreto Asfáltico. C = 0.06 + 0.26 M.23 + 0.17 M.21 + 0.29 C.1 + 0.01 M.6 + 0.10 M.4 + 0.11 N.1

25 401.03 (d) Cemento Asfáltico para Concreto Asfáltico (AC/85-100). C = 0.06 + 0.94 C.4

26 407.02 Riego de Imprimación (RC-250). C = 0.06 + 0.06 M.23 + 0.03 M.21 + 0.04 C.1 + 0.01 M.6 + 0.73 C.6 + 0.07 N.1

27 408.02 Riego de Liga. C = 0.06 + 0.08 M.23 +0.06 M.21 + 0.07 C.1 + 0.01 M.6 + 0.54 C.4 + 0.18 N.1

28 552.02 Acero de Refuerzo C= 0.06+0.85J.1.1+0.02M.4+0.07N.1

29 603.03 Alcantarillas de metal corrugado (Todo Diámetro). C = 0.06 + 0.88 A.3 + 0.01 M.4 + 0.05 N.1

30 601.02 Alcantarillas de concreto cualquier diàmetro. C = 0.06 + 0.02 M.23 + 0.02 M.21 + 0.02 C.1 + 0.01 M.7 + 0.47 I5.4 + 0.22 M.4 + 0.18 N.1

31 605.03 (e) Sub Drenaje de Tubería PVC 4“.

69

C = 0.06 + 0.43 I2.1 + 0.25 M.4 + 0.26 N.1

32 605.03 (j) Geotextil Tipo I para Sub Drenaje. C = 0.06 + 0.92 M.9 + 0.02 N.1

33 605.03 (i) Agregado para Sub Drenaje. C = 0.06 + 0.35 M.23 + 0.22 M.21 + 0.15 C.1 + 0.01 C.2 + 0.04 M.6 + 0.17 N.1

34 607.07 Cajas y cabezales de alcantarilla de concreto cilópeo. C = 0.06 + 0.05 M.23 + 0.04 M.21 + 0.05 C.1 +

0.01 M.6 + 0.26 J4.7 + 0.07 J4.1 + 0.19 J4.8 +

0.08 M.4 + 0.19 N.1

35 608.04 608.04

Cunetas Revestidas de Concreto Simple Fundido en Sitio, Vertederos Revestidos de Concreto Simple. C = 0.06 + 0.07 M.23 + 0.04 M.21 + 0.05 C.1 + 0.01 M.6 + 0.19 J4.6 + 0.05 J4.1 + 0.15 J4.8 + 0.07 M.4 + 0.31 N.1

36 555.02 Concreto ciclópeo (Muros de Retención). C = 0.06 + 0.07 M.23 + 0.05 M.21 + 0.08 C.1 + 0.01 M.7 + 0.12 J4.8 + 0.06 M.4 + 0.26 J4.6 + 0.06 J4.1 + 0.23 N.1

37 704.02 Monumentos de kilometraje. C = 0.06 + 0.79 J4.3 + 0.07 M.4 + 0.08 N.1

38 706.06

Líneas Termoplásticas Centrales y no Centrales C = 0.06 + 0.01 M.21 + 0.02 C.3 + 0.88 M.15 + 0.03 N.1

39 706.09 Marcadores Resaltados (Ojos de Gato). C = 0.06 + 0.01 M.21 + 0.02 C.3 + 0.88 M.15 + 0.03 N.1

40 707.02 (1) 707.02 (2) 707.02 (3)

Señales de tráfico Preventivas, Restrictivas, Informativas de Metal C = 0.06 + 0.01 M.21 + 0.02 C.3 + 0.88 M.15 + 0.03 N.1

41 Los renglones: Rotulos de metal de identificación del proyecto, Adquisición del derecho de Vía, Dispositivos para el Control Temporal del Tránsito NO se reconocerá el sobre costo.

42 561.03 Neopreno NO, se reconcerá el sobre costo.

43 Los renglones de mitigación ambiental NO se reconocerá el sobre costo.

NOTAS: 1) El primer factor que aparece en las fórmulas sin índice, corresponde al porcentaje

de gastos fijos de todo el contrato. 2) Cuando en alguna de las fórmulas aparezcan índices de elementos que sean importados

directamente por el Contratista, dichos índices serán iguales a la unidad, en tal caso la Fluctuación de precios se calculará conforme a lo establecido por los Artículos 5to. Y 7mo. de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.

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3) El factor "C" indicado anteriormente corresponde a la Fórmula de fluctuación de precios indicada en el artículo 3 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. R = ( C-1 ) A *E Donde: R = valor de Reajuste; A = Factor de Anticipo E = Monto bruto de la estimación o pago

C = Factor del reajuste de cada reglón que se calculará de acuerdo a la siguiente Fórmula.

Donde: Ko = Coeficiente de ponderación que representa los gastos fijos del contrato

= Sumatoria

Ke = Coeficiente de ponderación de cada elemento dentro del reglón de trabajo del

contrato Ie = Índice de precios del elemento en el mes que corresponde la estimación,

de acuerdo al programa de trabajo vigente. Io = Índice de precios del elemento en el mes de apertura de ofertas o de presentación

de precios para trabajos extras y variaciones del contrato, a que se refiere el articulo 52 de la Ley.

OBSERVACIÓN: En el presente documento se ha incluido la mayor parte de los RENGLONES DE TRABAJO de la Dirección General de Caminos y cualquier otro renglón nuevo que fuese necesario deberá ser calculado considerando la fórmula general para el reajuste de precios que aparecen en el numeral 1.5 del artículo 3ro del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

REFERENCIA

A.3 TUBO DE METAL CORRUGADO DE 24"

C.1 ACEITE DIESEL

C.2 ACEITE PARA MOTOR DIESEL

C.3 GASOLINA REGULAR

J4.3 CONCRETO 2500 PSI M.4 FLETE O TRANSPORTE

M.6 LLANTAS PARA CAMION

M.15 PINTURA PARA SEÑALES DE CARRETERA

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M.21 REPUESTOS DE ORIGEN IMPORTADO PARA MAQUINARIA PESADA

M.22 LLANTAS DE ORIGEN IMPORTADO PARA MAQUINARIA PESADA

M.23 POSESIÓN DE MAQUINARIA

N.1 SALARIO MÍNIMO - MANO DE OBRA

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ANEXO 5

CUADRO DE MAQUINARIA Y EQUIPO MÍNIMO

1. Dos Tractores de oruga, tipo CAT D6R, 140 HP, peso de operación alrededor de 14,000 Kg y un tractor de oruga tipo CAT-D8R, 310 HP peso de operación alrededor de 37,000 Kg. 2. Dos Motoniveladoras, tipo CAT 120G, 125 HP, peso de operación alrededor de 12,800 Kg. 3. Cinco Excavadoras, tipo CAT 320, 135 HP, peso de operación alrededor de 23,400 Kg. Capacidad del cucharón 1 yarda cúbica colmado. 4. Un Cargadores frontales, tipo CAT 930, 100HP, peso de operación alrededor de 9,600 Kg. Capacidad del cucharón 2 yardas cúbicas colmado. 5. Dos Cargadores frontales, tipo CAT 950, 130 HP, peso de operación alrededor de 12,900 KG. Capacidad del cucharón 2.5 yardas cúbicas colmado. 6. Un Compactadoras de llantas, tipo CAT PS-130, 77 HP, peso de operación alrededor de 4,100 Kg. y 11,800 Kg. con lastre. 7. Dos Vibrocompactadoras, tipo CAT CS-323, 77 HP, peso de operación alrededor de 4,100 Kg. Fuerza centrífuga máximo 5,760 Kgs. 8. Un compactadora de rodos, tipo CAT CB-434B, 80 HP, peso de operación alrededor de 6,500 Kg. Fuerza centrífuga máxima 5,800 Kgs. 9. Una Compactadora pata de cabra, tipo CAT CS-323, 77 HP, peso de operación alrededor de 4,200 Kg. Fuerza centrífuga máxima 5,800 Kgs. 10. Dos Carro tanque (camiones regadores de agua). Diesel 140 HP. Peso bruto vehicular alrededor de 11,600 Kgs. Tanque de agua de 7,000 litros de capacidad con su barra de riego. 11. Un Bomba de agua. Autocebante tipo Contratista. Capacidad 12,000 galones por hora a 10 metros de altura. Diámetro de succión y descarga 3”. 12. Un Tractores con barredora. Diesel 80 HP. Hidrostático. Escoba 32” diámetro y 8´ largo mínimo. 13. Siete Camiones de volteo de 10 metros cúbicos de capacidad, 220 HP. Peso bruto vehicular alrededor de 24,000 Kgs. 14. Cinco Camiones de volteo de 5 metros cúbicos de capacidad, 140 HP. Peso bruto vehicular alrededor de 11,600 Kgs. 15. Un Camión tanque (cisterna para trasporte de combustible). Diesel 140 HP. Peso bruto vehicular alrededor de 11,600 Kgs. Capacidad 2,000 galones americanos de dos compartimientos de 1,000 galones cada uno. 16. Cuatro Pick ups 4x4 una tonelada de capacidad. Peso bruto no menor de 2,500 Kgs. 17. Un Cabezal de remolque. Diesel 300 HP. Peso bruto combinado alrededor de 50,000 Kgs. 18. Una Planta de trituración y clasificación de agregados tipo móvil. Con alimentador, trituradora primaria, secundaria y clasificación de bandejas múltiples. 19. Una Planta de asfalto con una producción mínima de 80 toneladas por hora.

20. Una Pavimentadora CAT AP 1050. NOTA: El listado de este anexo corresponde al equipo mínimo requerido para el proyecto y puede ser sustituido por uno que sea equivalente en otras marcas. Si el oferente es de origen extranjero se deberá certificar la documentación de la maquinaria a utilizar a través del consulado de Guatemala en el país de origen en un plazo no menor de 30 días antes de la presentación de la oferta.

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ANEXO 6

MANUAL DE SEÑALIZACIÓN TEMPORAL INTRODUCCIÓN.

Este instructivo es producto de la necesidad de disponer de información adecuada para señalizar debidamente las carreteras en el momento de realizar actividades tanto de construcción como de mantenimiento. El control de tránsito necesita dispositivos temporales para regular en forma transitoria las vías públicas en construcción, reparación o mantenimiento o donde se realicen otro tipo de obras.

Las autoridades del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda con el propósito de

reducir el peligro que generan las actividades de construcción, mantenimiento y reparación en carreteras, tanto para los trabajadores que están expuestos constantemente al flujo vehicular, como para los automovilistas, que deben afrontar riesgos generalmente no previstos, establece las normas por medio del presente instructivo para el uso de dispositivos temporales y a la vez, dar los lineamientos a los contratistas responsables del mantenimiento de carreteras por contrato y a los de construcción de obras, Zonas Viales y otras instituciones gubernamentales y particulares que realicen actividades en una carretera.

Para que el uso de los dispositivos temporales sea efectivo, es indispensable que los trabajadores y automovilistas se acostumbren a ellos, para reducir en un alto grado la confusión e incomprensión que son algunos factores que constituyen la causa de accidentes.

OBJETIVO.

Prevenir, restringir e informar apropiadamente con dispositivos de seguridad temporal a los usuarios de las carreteras y a la vez, proteger la vida de los trabajadores, uniformizando e identificando para ello, los frentes de trabajo que realizan actividades de construcción, reparación o mantenimiento de carreteras a nivel nacional.

RECOMENDACIONES IMPORTANTES.

La señalización temporal debe mantenerse durante el tiempo de duración de los trabajos y estar acorde a las condiciones del lugar y las condiciones climáticas.

DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD.

Algunas de las señales viales se detallan en el presente instructivo, la forma, tamaño y color deben ser los mismos que los de las señales permanentes establecidas en el “Manual Centroamericano de Dispositivos para el Control del Tránsito en Calles y Carreteras”, excepto las de prevención que se indican en la sección de señalización temporal de dicho manual y que en este instructivo se detallan, para lo cual deberá utilizar lámina para zona de construcción grado alta intensidad como mínimo (papel reflectante color naranja).

En aquellos casos en que las obras revistan un carácter especialmente peligroso, es conveniente

emplear señales de mayor tamaño (para vías rápidas), debidamente reflectantes. La localización de algunas señales temporales se muestra en este instructivo en diagramas que muestran el sistema de señalización que debe adoptarse como mínimo en situaciones típicas. Las señales temporales podrán

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montarse en postes, soportes portátiles (caballetes) o en barricadas, según se muestra en este instructivo.

Los dispositivos de seguridad tienen carácter transitorio y deben cubrir como mínimo, las áreas de la carretera que se describen en el esquema siguiente:

Los dispositivos mostrados en este instructivo deben utilizarse en obras de construcción, reparación o mantenimiento de carreteras pavimentadas y no pavimentadas.

CLASIFICACIÓN DE SEÑALES TEMPORALES.

Preventiva (protección de obras).

Restrictivas

Informativas

DISPOSITIVOS DE CANALIZACIÓN. Consisten en obstáculos que sirven para guiar a los conductores de vehículos a lo largo de una zona en construcción, mantenimiento o reparación. La función de los dispositivos debe ser la de presentar un obstáculo real o aparente al automovilista, indicándole por este medio la ruta a seguir. No es necesario que tengan un mensaje específico, pero deben ser explicativos por sí mismos, complementándolos con señales y otros dispositivos que sean luminosos durante la noche. Para enfatizar su acción canalizadora se pueden colocar señales sobre obstáculos Los dispositivos se clasifican en: 24 Barricadas 25 Conos 26 Tambores o trafitambo 27 Sacos de arena 28 Delineadores o indicadores 29 Marcas

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3. Barricadas Las barricadas o barreras, deben usarse en forma apropiada como dispositivos canalizadores. Aunque por si solas no tienen un mensaje especifico, sobre ellas podrán colocarse señales explicativas. Tienen por objeto servir como obstáculo a la circulación o cerrar uno o varios carriles o toda una vía.

Deben ser visibles por si solas tanto de día como de noche, pintándolas (pintura reflectante), con franjas naranjas y blancas alternadas de 10 cm. de ancho e inclinadas a 45 grados, bajando de derecha a izquierda, tal como se indica en los diagramas o utilizar lámina pre-rayada (papel reflectante). 4. Conos

Son aquellos dispositivos de hule o de un material similar que no se dañe al ser golpeado por un vehículo. Tienen la forma de cono truncado, con una altura variable, pero para nuestro propósito se tomará como mínima de 75 cm. y una base cuadrada de 40 por 40 cm. o similar, su color debe ser naranja mate, con una o dos franjas reflejantes de 10 cm. de ancho, colocadas a 5 cm. del extremo superior.

Se usan cuando por la velocidad, volumen de tránsito, visibilidad, etc., no sea necesario el uso de barricadas o como complemento de éstas. 5. Tambores o trafitambos

Su función es similar a la de los conos; tienen tres franjas blancas reflectantes de 10 a 15 cm. de ancho, sobre el color naranja mate.

4. Sacos de arena Su función es similar a la de los conos y tambores; consisten en costales de tamaño manejable por un hombre, están llenos de arena y pintados de blanco reflectante. Solo debe usarse en casos de emergencia y siempre y cuando no se cuente con conos y tambores en el lugar de trabajo. 5. Delineadores o indicadores

Se usan en casos de desvíos para trabajos de duración considerable.

6. Marcas en el pavimento Se usan poco en trabajos de construcción, mantenimiento y reparación, excepto en trabajos de duración considerable. 7. Iluminación

Para que los dispositivos sean percibidos a mayor distancia durante la noche o cuando la claridad no sea suficiente, deben usarse fuentes de luz independientes como las

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siguientes: antorchas, mecheros y linternas en caso de emergencias, lámparas intermitentes y luces eléctricas de alta y baja intensidad en condiciones normales. 8. Dispositivos para señalamiento manual

Para la regulación del tránsito en forma manual en las áreas de trabajo deben usarse banderas rojas en el día y luces de haz luminoso de color rojo, en la noche. Las banderas deben tener un tamaño mínimo de 45 por 45 cm. y estar aseguradas a un asta de 90 cm. de largo. Las personas encargadas del uso de estos dispositivos se conocen como

“bandereros”. 9. Otros dispositivos Existen otros equipos que deben ser utilizados por el personal, según la naturaleza de la obra; es necesario velar porque el factor de seguridad aumente con el uso de equipo adecuado.

EQUIPO MÍNIMO OBLIGATORIO. El equipo mínimo obligatorio que debe ser utilizado por el personal que labora dentro de las zonas en mantenimiento o construcción son:

Chalecos color naranja con líneas fluorescentes (operadores de maquinaria pesada y personal de campo). Gorras color naranja (operadores de maquinaria y personal de campo). Playeras color naranja (Personal de campo)

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SEÑALIZACIÓN PARA PERSONAL DE LIMPIEZA DEL DERECHO DE VÍA, CUNETAS Y ESTRUCTURAS DE

DRENAJE. El contratista de Limpieza del Derecho de Vía debe identificar el tramo de carretera en el cual tenga distribuido todo su personal; así como también, éste debe estar identificado con playeras con los colores y diseños mostrados en el presente manual. Esta identificación además de proveer seguridad al personal de campo, facilita las labores de supervisión. Los dispositivos de seguridad serán colocados antes de iniciar los trabajos en lugares estratégicos donde no interfieran con el flujo vehicular, pero sí indiquen que se está trabajando para que se guarden las respectivas medidas de precaución y evitar accidentes, deben retirarlos posteriormente a la conclusión de sus actividades.

DISPOSITIVO DE SEGURIDAD.

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SEÑAL PREVENTIVA (TEMPORAL).

RÓTULOS INFORMATIVOS.

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ANEXO No. 7

INDICADORES DE CoST.

El objetivo de llenar la información de esta tabla es para corroborar la publicación de la

información clave del proyecto que dará cumplimiento a los indicadores requeridos por

CoST.

Fase del Proyecto Indicador Documentación Soporte

Requerida

Fecha de

Publicación

1. Identificación del Proyecto.

1. Especificaciones. Publicación del Estudio de

factibilidad y Bases de Licitación

2. Propósito. Publicación del Estudio de

factibilidad y Bases de Licitación

3. Localización. Publicación del Estudio de

factibilidad y Bases de Licitación

4. Beneficiarios. Publicación del Estudio de

factibilidad.

5. Estudio de viabilidad.

Publicación del Perfil del

proyecto y la información

general de la iniciativa de

inversión del SNIP de

SEGEPLAN.

2. Fondos para el Proyecto.

6. Acuerdo de Financiamiento.

Documento de NO objeción del

banco correspondiente al

proyecto o número del préstamo

si es financiamiento externo o

Partida Presupuestaria es

financiamiento de fondos

propios, aprobación código de

SNIP.

7. Presupuesto. Partida Presupuestaria,

aprobación código de SNIP.

8. Precio estimado por la EZ del Proyecto.

Publicación del Estudio de

Factibilidad.

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ANEXO 8

MODELO DE CONTRATO CONTRATO _______________ GUIÓN DOS MIL ONCE GUIÓN D.G.C. (___-2011-D.G.C.). En la ciudad de Guatemala, el ______ (_) de ______ de dos mil ________ (_____), nosotros, (Representación Legal del Director General de Caminos) ; y por la otra parte, el señor ____________________, de ________ (__) años de edad, [estado civil], [nacionalidad], [profesión], domiciliado en el departamento de ______________, me identifico con cédula de vecindad número de orden _________ (____) y de registro ___________ (_____) extendida por el Alcalde Municipal de _____________, actúo en mi calidad de __________ en representación de la entidad _________________, calidad que acredito con el acta notarial en que consta mi nombramiento, autorizada en ____________ el día ___________ (__) de ___________ de __________ (___) por el Notario ____________, inscrito en el Registro Mercantil de la República bajo el número _____________ (_____), folio __________ (___) del libro _________ (__) de ______________, señalo para recibir notificaciones, citaciones y/o emplazamientos, la oficina situada en ________________, de esta ciudad. Ambos otorgantes manifestamos: a) hallarnos en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles, b) ser de las calidades y datos de identificación relacionados, c) toda la documentación se tiene a la vista, d) Se hace constar que las representaciones que se ejercitan son suficientes conforme a la ley para la suscripción del presente contrato, e) en lo sucesivo, en las calidades en que actuamos, los otorgantes nos denominaremos “EL ESTADO” y “EL CONTRATISTA”, respectivamente; asimismo, el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, “EL MINISTERIO”; la Dirección General de Caminos, “LA DIRECCIÓN”; la Autoridad Administrativa Superior de “LA DIRECCIÓN”, “EL DIRECTOR”; la División de Supervisión de Construcciones de “LA DIRECCIÓN”, “LA DIVISIÓN”; la firma consultora que ejecute la supervisión de la obra, “LA SUPERVISORA”; el Ingeniero representante de “LA SUPERVISORA” en el campo, “EL DELEGADO RESIDENTE”; el Ingeniero representante de “EL CONTRATISTA” en la obra, “EL SUPERINTENDENTE”; la empresa afianzadora que garantice el cumplimiento de las obligaciones que adquiere “EL CONTRATISTA” mediante la suscripción de este contrato, “LA AFIANZADORA”; la Ley de Contrataciones del Estado contenida en el Decreto número cincuenta y siete guión noventa y dos (57-92) del Congreso de la República, “LA LEY”; y las Especificaciones Generales para Construcción de Carreteras y Puentes de “LA DIRECCIÓN”, Edición septiembre de dos mil uno (2001), “LAS ESPECIFICACIONES”. Y f) las partes convenimos en celebrar el presente CONTRATO DE OBRA para la ejecución de “El Proyecto”, contenido en las cláusulas siguientes. ----------------------- ----------------------- PRIMERA: BASE LEGAL: El presente contrato se celebra con base en: A) Los artículos uno (1), cuarenta y siete (47), cuarenta y ocho (48) y cuarenta y nueve (49) de "LA LEY” y veintiséis (26) de su Reglamento. B) Con fecha xxx (xx) de xxxx de dos mil once (2011) en providencia número xxxxxxxx guión dos mil once guión DP (xxxx-2011-DP), el jefe del departamento de Presupuestos de la División Financiera de “LA DIRECCIÓN” informa que en el Sistema de Gestión (–SIGES-) se encuentra registrada la Constancia de Disponibilidad Presupuestaria (–CDP-) número xxxxxxxxx mil xxxxx (xxxxxxx) a favor de xxxxxxxxx, correspondiente al “EL PROYECTO”, la cual muestra un saldo disponible de xxxxxxxxxxxxxxxxxxx quetzales (Q.xxxxxxxxxxxxx) y H) “Constancia de Disponibilidad Presupuestaria CDP No. xxxxx, MONTO RESERVADO VIGENTE (Q.) xxxxxxx.xx Ejercicio Fiscal: 2011, MONTO EN LETRAS xxxxxxxx QUETZALES CON xx/100 M.N. ENTIDAD 11130013 - MINISTERIO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, UNIDAD EJECUTORA 202 – DIRECCIÓN GENERAL DE CAMINOS, UNIDAD DESCONCENTRADA 0, UNIDAD RESPONSABLE 1 – COMPRAS DGC, FECHA DE EMISION xxx/xx/2011, MODALIDAD DE COMPRA O CONTRATACION POR xxxxxxx U OTROS, NUMERO DE OPERACION GUATECOMPRAS xxxxxxxxxxx, DESCRIPCION DEL PROCESO xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Monto: xxxxxxxxxx.xx NOMBRE O RAZON SOCIAL: xxxxxxxxxxxxxxxx PROGRAMACION NO. Xx/xx MONTO PROGRAMADO (Q.) xxxxxxxx.xx I----------------ESTRUCTURA(S) PRESUPUESTARIA(S) ASIGNADA(S)-------------------I I-FUENTE DE FINANCIAMIENTO-I MONTO Programa Sub Progr Proyecto Actividad Obra Renglón Geográfico Fuente Organismo Correlativo, 97 01 001 000 002 188 1899 43 1204 0054 905,671.12 Suma Total xxxxxxxx.xx Solicitado por, Fecha y hora: xx/xx/2011 hora 11:07:50a.m, Usuario: xxxxxxxx, Firma Electrónica: H8RX8ZRTZS9KVIC Aprobado por Fecha y hora: xx/xx/2011 06:37:54p.m. Usuario: xxxxxx Firma Electrónica: DURX8ZRPZ39OVIL Fecha y Hora de Impresión: xx/xx/2011 10:12.40 PROGRAMACION

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NO. 2/2 MONTO PROGRAMADO (Q.) xxxxxxxx.xx I----------------ESTRUCTURA(S) PRESUPUESTARIA(S) ASIGNADA(S)-------------------I I-FUENTE DE FINANCIAMIENTO-I MONTO Programa Sub Progr Proyecto Actividad Obra Renglón Geografico Fuente Organismo Correlativo, 97 01 001 000 002 188 1899 11 0000 0000 XXXXX.XX 97 01 001 000 002 188 1899 43 1204 0054 XXXXXXX.XX Suma Total XXXXXXXXX.XX Solicitado por, Fecha y hora: XX/XX/2011 02:44:27p.m, Usuario: JLMGARCIA, Firma Electrónica: H8RX8ZRTZS9KVIC Aprobado por Fecha y hora: XX/XX/2011 10:26:45a.m. Usuario: EGOMEZE Firma Electrónica: DURX8ZRPZ39OVIL Fecha y Hora de Impresión: XX/XX/2011 10:12.40". SEGUNDA: DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO Y PREVALENCIA ENTRE ELLOS: Forman parte del presente contrato y quedan incorporados a él los siguientes documentos: A) las Disposiciones Especiales, las Especificaciones Técnicas de “El Proyecto”, “LAS ESPECIFICACIONES”, los planos y las Bases de Licitación, entregados por “LA DIRECCIÓN” a los oferentes que participaron en la Licitación Pública; en caso de discrepancia entre los anteriores documentos, la prevalencia será, en primer lugar, lo establecido en este contrato y, luego, en el orden aquí consignado; B) El expediente de la Licitación Pública número D.G.C. guión ________ guión dos mil ___ guión C (D.G.C.-__-200_-C), incluyendo la oferta que “EL CONTRATISTA” presentó a la Junta de Licitación, con sus documentos adjuntos; C)Las Órdenes de Trabajo Suplementario, Órdenes de Cambio y Acuerdos de Trabajo Extra que emita “LA SUPERVISORA”, aprobados por “LA DIRECCIÓN”, para la ejecución de los trabajos. TERCERA: OBJETO: “EL CONTRATISTA” se compromete a ejecutar para “EL ESTADO”, a base de precios unitarios, los trabajos de “El Proyecto” que van de la estación __________ (_____) a la estación ______________ (________), con una longitud aproximada de ______________ (_______) kilómetros. En general los trabajos consisten en _________________________ [breve descripción del Proyecto]. Los renglones, así como sus cantidades estimadas, precios unitarios y precios totales, son los que se encuentran en la oferta presentada por “EL CONTRATISTA”, siendo detallados a continuación: CUARTA: PLAZO CONTRACTUAL, INICIO DE LOS TRABAJOS, PROGRAMA DE TRABAJO Y PRÓRROGAS: A) PLAZO CONTRACTUAL: El plazo para ejecutar los trabajos de este contrato es de setecientos veinte (720) DÍAS CALENDARIO contados a partir del día siguiente en que se notifique a “EL CONTRATISTA” el Acuerdo Ministerial que apruebe este contrato. B) INICIO DE LOS TRABAJOS: "EL CONTRATISTA” deberá iniciar los trabajos que se contratan, dentro de los QUINCE (15) DÍAS CALENDARIO siguientes a la fecha de entrega de la notificación del Acuerdo Ministerial que aprueba el contrato. Estos trabajos en su inicio los ejecutará de acuerdo con el Programa de Trabajo que presentó en su oferta, el cual deberá ser sustituido por el programa de trabajo definitivo que se indica a continuación. C) PROGRAMA DE TRABAJO: Dentro de los _______________ (__) DÍAS siguientes de haber iniciado los trabajos, “EL CONTRATISTA” deberá presentar un programa de trabajo definitivo. El programa general deberá elaborarse de conformidad con los lineamientos especificados en las Disposiciones Especiales, en periodos de treinta (30) días calendario, conteniendo como mínimo los requisitos siguientes: a) la identificación de cada renglón o trabajo a efectuarse, en el orden en que se ejecutarán las diferentes fases de la obra, desde su inicio hasta su finalización; b) indicación gráfica de la iniciación y terminación de cada renglón o trabajo a que se refiere la literal anterior; c) indicación con números, de las cantidades y unidades de trabajo a efectuarse en cada periodo o porcentaje si es un renglón a base de suma global, así como sus montos en Quetzales; d) consignación en forma aproximada de aquellos renglones cuyos trabajos, por su naturaleza eventual, no pueda establecerse el momento de ejecución. El programa deberá incluir los días de descanso, debiendo elaborarse con el criterio de terminar todos los renglones de cada tramo que se defina, de tal manera que, en caso de suspensión de los trabajos o cancelación del contrato, “EL MINISTERIO” pueda habilitar el tránsito de uno o varios tramos pavimentados. Además, “EL CONTRATISTA” presentará programas detallados parciales de las actividades a desarrollar cada mes, los cuales estarán sujetos y en concordancia con el programa general. El programa general y los programas parciales deberán ser revisados por “LA SUPERVISORA” y aprobados por “LA DIRECCIÓN”, dentro de un plazo máximo de TREINTA (30) DÍAS CALENDARIO contados a partir de la fecha de entrega por parte de “EL CONTRATISTA”. Dichos programas serán modificados en caso que: a) se aprueben prórrogas al plazo contractual; b) se emitan Órdenes de Trabajo Suplementario, Acuerdos de Trabajo Extra u Órdenes de Cambio que aumenten o disminuyan las cantidades contempladas originalmente; c) “LA SUPERVISORA” emita Órdenes de Campo que modifiquen la secuencia del trabajo establecido en los programas de trabajo aprobado; entendiéndose por modificar el programa de trabajo para los efectos de este contrato, la acción de reprogramar las actividades de manera racional en función de los factores que pudieran afectarles, tales como pre-requisitos de ejecución, rendimientos de equipo y

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estado del tiempo; d) se suspendan temporalmente los trabajos. D) PRÓRROGAS: a) A solicitud de “EL CONTRATISTA”, el plazo contractual para la terminación de la obra podrá prorrogarse por caso fortuito o causa de fuerza mayor o por cualquier otra causa no imputable a “EL CONTRATISTA”. b) Cuando “LA DIRECCIÓN” ordene la ejecución de cantidades de trabajo adicionales, en el documento de cambio que se emita (Acuerdo de Trabajo Extra, Orden de Trabajo Suplementario u Orden de Cambio) se hará constar la prórroga al plazo contractual; igual procedimiento se seguirá cuando se ordenen cambios de diseño que afecten el desarrollo normal de los trabajos. c) Cuando se ordene la suspensión temporal de los trabajos, por causas no imputables a “EL CONTRATISTA”, se levantarán actas al inicio y al final de dicha suspensión; en la que se haga constar la finalización de la suspensión de los trabajos, se consignará la prórroga al plazo contractual, pero no se le pagará, por ningún motivo, los gastos de maquinaria ociosa y/o renta de equipo durante el tiempo que dure la suspensión. QUINTA: VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: A) VALOR DEL CONTRATO: El valor del Contrato asciende a la cantidad de _______________ QUETZALES CON ___________ CENTAVOS (Q._______), cantidad que incluye el doce por ciento (12%) de Impuesto al Valor Agregado (IVA). Los pagos del costo de la obra se financiarán con fondos nacionales, con cargo a la Partida Presupuestaria número ______________ (_______) del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado que esté vigente y/o a las partidas que en el futuro corresponda. B) FORMA DE PAGO: B.1) ANTICIPO: De acuerdo con lo dispuesto en las Bases de Licitación, “EL ESTADO” otorgará a “EL CONTRATISTA” un anticipo supervisado del ____ por ciento (___%) [máximo 20%] del valor original del contrato. Para obtener el anticipo, “EL CONTRATISTA” deberá cumplir con presentar los documentos siguientes: i) Recibo por el valor del anticipo; ii) Programa de Inversión de dicho anticipo, el cual deberá ser aprobado por “EL DIRECTOR”; iii) Fianza de Anticipo por un valor del cien por ciento (100 %) de valor del anticipo. Con el propósito de supervisar la inversión del anticipo, “EL CONTRATISTA” probará que ha invertido el anticipo de manera correcta, proporcionando a “LA SUPERVISORA”, copia de las facturas y otros documentos de pago. Si “EL CONTRATISTA” no inicia la obra dentro del plazo estipulado en este contrato o no invierte el anticipo recibido de conformidad con el Programa de Inversión del Anticipo, pagará al Estado el interés legal (tasa activa) sobre el anticipo recibido o reintegrará el anticipo. B.2) PAGOS PARCIALES: i) Se harán pagos mensuales a “EL CONTRATISTA” contra estimaciones de los trabajos realmente ejecutados y aceptados por “EL DELEGADO RESIDENTE”, las cuales deben ser autorizadas por “EL DIRECTOR”. Las estimaciones solamente cubrirán períodos de un (1) mes calendario, para preservar la correcta aplicación de los índices de fluctuación de precios. Para el pago de la estimación, “EL CONTRATISTA” entregará por escrito a “LA SUPERVISORA” el proyecto de estimación dentro de los cinco (5) días siguientes al vencimiento del período de que se trate; “EL DELEGADO RESIDENTE”, dentro de los cinco (5) días siguientes de haberlo recibido, deberá revisar y aprobar la estimación conciliando cualquier diferencia con “EL SUPERINTENDENTE”. En todo caso, cualquier diferencia que posteriormente resultare a favor o en contra de “EL CONTRATISTA”, se ajustará en la estimación siguiente o en la liquidación. ii) Los pagos a “EL CONTRATISTA” por estimaciones de trabajo se le harán dentro del plazo de treinta (30) días hábiles contados a partir de la fecha en que fuere presentada la documentación completa y correcta que se estipula en este contrato. iii) La documentación que deberá presentar “EL CONTRATISTA” a “LA SUPERVISORA”, para su trámite y aprobación, es la siguiente: a) cuadro de cantidades de trabajo ejecutado en el período, con base en los renglones autorizados por “EL DELEGADO RESIDENTE”; b) certificación extendida por el Contador de “EL CONTRATISTA”, en donde haga constar que los pagos del personal de la empresa están al día; c) copia del recibo del pago efectuado en el periodo anterior al de la estimación de que se trate, correspondiente a las cuotas laborales y patronales del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social. iv) Los pagos indicados serán hechos conforme a los precios unitarios determinados en este contrato y/o los documentos de cambio que se aprueben en el futuro. v) Con los documentos presentados por “EL CONTRATISTA”, “LA SUPERVISORA” elaborará las actas de estimaciones correspondientes, las cuales serán firmadas por “EL DELEGADO RESIDENTE” y “EL SUPERINTENDENTE”. vi) “LA SUPERVISORA” enviará a “LA DIRECCIÓN” para tramitar el pago, lo siguiente: a) el Cuadro de Estimaciones de Trabajo firmado por “EL DELEGADO RESIDENTE” y por “EL SUPERINTENDENTE” con el visto bueno de “LA DIVISIÓN”; b) copias certificadas de las actas referidas, en las que consten las cantidades y valores de los trabajos ejecutados; c) constancia que indique el porcentaje de avance de los trabajos y que “EL CONTRATISTA” está cumpliendo con el Programa de Trabajo aprobado; d) constancia que le entregue “EL CONTRATISTA” de que los pagos de los trabajadores están al día; e) copia del recibo correspondiente del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social. vii) El hecho de que un trabajo o una

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cantidad de trabajo se haya incluido en una estimación periódica, aunque haya sido pagada, no constituye recepción de tal trabajo, ya que “EL ESTADO” se reserva expresamente el derecho de reclamar, por obra faltante, mal ejecutada o por pago indebido. C) ATRASO EN LOS PAGOS: “EL ESTADO”, a solicitud de “EL CONTRATISTA”, deberá reconocer el pago de intereses si no efectúa los pagos de estimaciones de trabajo en el plazo estipulado de treinta (30) días hábiles posteriores a la fecha en que fuere presentada la documentación completa con los requisitos que se estipulan en este contrato. Los intereses se calcularán de acuerdo con lo establecido en el artículo sesenta y tres (63) de “LA LEY” y se incluirán en la liquidación del contrato para su pago, o compensación en caso de imposición de multas a “EL CONTRATISTA”. D) AMORTIZACIÓN DEL ANTICIPO: La cantidad otorgada en concepto de anticipo deberá quedar totalmente amortizada por “EL CONTRATISTA” cuando se llegue al cien por ciento (100%) de la ejecución financiera de este contrato. El descuento del anticipo se calculará multiplicando el monto bruto de cada estimación por el mismo porcentaje que se haya concedido, sin incluir en el monto de la estimación el valor de las Órdenes de Trabajo Suplementario y Acuerdos de Trabajo Extra en los cuales no se haya otorgado anticipo. Esta exclusión no se aplicará cuando las Órdenes de Trabajo Suplementario o Acuerdos de Trabajo Extra se elaboren por decrementos resultantes de Órdenes de Cambio de renglones del contrato en los cuales sí se hubiese dado anticipo. E) MONEDA DE PAGO: Los pagos se harán a “EL CONTRATISTA” única y exclusivamente en Quetzales. SEXTA: FLUCTUACIÓN DE PRECIOS: A) DEFINICIÓN: Se entiende por fluctuación de precios el cambio en más (incremento) o en menos (decremento) que sufran los costos de la obra, sobre la base de los precios que figuran en la oferta de “EL CONTRATISTA” e incorporados al contrato, los que se reconocerán por las partes y los aceptarán para su pago o para su deducción. B) FÓRMULA GENERAL: La fórmula general para el cálculo del reajuste de los precios de los diferentes elementos que integran cada uno de los renglones es el siguiente: R = (C-1) A * E, donde: R = valor del reajuste; A = factor del anticipo, el que se aplicará calculando la relación porcentual entre el anticipo no amortizado y el monto original del contrato, sobre el cual se concedió el mismo de acuerdo a la tabla contenida en el numeral uno (1) del artículo tres (3) del Reglamento de “LA LEY”; E = Monto bruto de la estimación o pago, C = Factor del reajuste de cada renglón, que se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula: C = Ko + Σ Ke * Ie / Io, donde: Ko = coeficiente de ponderación que representa los gastos fijos del renglón de “EL CONTRATO” (fianzas, seguros, gastos legales, timbres profesionales, acometida de servicios para instalaciones provisionales y gastos fijos de administración) el que no debe exceder del seis por ciento; Σ = sumatoria; Ke = coeficiente de ponderación de cada elemento dentro del renglón de trabajo del contrato; Ie =índice de precios del elemento en que el mes que corresponde la estimación, de acuerdo al programa de trabajo vigente; Io = índice de precios del elemento en el mes de apertura de ofertas, o sea _________ de dos mil __________ (____). La suma de todos los coeficientes de ponderación debe dar como resultado la unidad. Si el contrato se ampliara por Acuerdos de Trabajo Extra, el Io corresponderá al índice de precios del mes de presentación de las integraciones de precios que se aprueben para dichos Acuerdos de Trabajo Extra los que, además, deberán contener expresamente las fórmulas particulares a aplicarse y la indicación del mes de presentación de dichas integraciones. El factor de reajuste C para los diferentes renglones de trabajo es el siguiente: ________________. C) PROCEDIMIENTO PARA EL CÁLCULO: i) Al determinarse el monto de la estimación de trabajo de cada período, se efectuará el cálculo de la fluctuación causada, mediante la aplicación de las fórmulas particulares de este contrato, con base en los índices de precios publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Si los índices correspondientes al mes de la estimación no estuvieran publicados cuando se efectúe el cálculo regirán con carácter provisional los publicados inmediatos anteriores. El ajuste definitivo se efectuará cuando sean publicados todos los índices del mes a que corresponda la estimación. ii) La fluctuación será calculada para la fecha en la cual la estimación de trabajo debió haber sido ejecutada de acuerdo al programa de trabajo vigente, aunque la misma hubiese sido ejecutada posteriormente. Cuando haya incumplimiento por parte de “EL CONTRATISTA”, no se reconocerán los sobrecostos que correspondan al período de desfase comprendido entre la fecha programada y la fecha de ejecución. iii) En el caso de que “EL CONTRATISTA” ejecute el trabajo anticipadamente a la programación, la fluctuación se calculará con los índices del mes de la estimación en que se haya ejecutado el trabajo. iv) Conjuntamente con la estimación de trabajo se tramitará y efectuará el pago de sobrecostos, el cual podrá quedar sujeto a un ajuste por incremento o decremento, según resulte de la aplicación de los índices definitivos que le correspondan. v) Dentro de los veinte (20) días calendario siguientes a la fecha de publicación de los índices de precios, “EL CONTRATISTA” presentará el cálculo de las fluctuaciones definitivas de cada período, estableciendo la diferencia que

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exista con el cálculo provisional efectuado conjuntamente con la estimación de trabajo. En la siguiente estimación se hará el ajuste correspondiente. Si no hubiera estimaciones de trabajo pendientes, el ajuste se hará en la liquidación. Si “EL CONTRATISTA” no presenta dentro del tiempo antes indicado la solicitud de ajuste definitivo, prescribirá el derecho al cobro de cualquier diferencia que resultare a su favor entre el ajuste definitivo y el reajuste provisional. Transcurrido dicho período sin que “EL CONTRATISTA” haya presentado su solicitud de ajuste definitivo, “LA SUPERVISORA” deberá calcularlo dentro de los diez (10) días calendario siguientes para que si el ajuste fuese a favor de “EL ESTADO” se deduzca de la siguiente estimación. SÉPTIMA: SANCIONES: A) ATRASO EN LA ENTREGA DE LA OBRA: El retraso de “EL CONTRATISTA” en la entrega de la obra dentro del plazo autorizado, se sancionará con el pago de una multa, por cada día de atraso, equivalente al cero punto cinco por millar (0.5 %o) del valor total del contrato. Las multas por retraso en ningún caso excederán del cinco por ciento (5 %) del valor del contrato. Si esto ocurre, “EL MINISTERIO” podrá dar por terminado unilateralmente el contrato sin responsabilidad de su parte, sin perjuicio de aplicar las medidas legales correspondientes. B) SUB-EJECUCIÓN: Por la sub-ejecución de los trabajos programados mensualmente, por razones imputables a “EL CONTRATISTA”, se le hará una retención del ______ por ciento (__ %)] del monto de los trabajos no ejecutados. Esta retención le será devuelta a “EL CONTRATISTA” en la estimación siguiente si se pone al día con respecto al programa de trabajo. Si se diera el caso de sub-ejecución durante dos (2) meses consecutivos, la retención del _____ por ciento (_ %) de los dos (2) meses se convertirá en una multa por incumplimiento del programa de trabajo aprobado, la que se hará efectiva descontando su valor de las estimaciones pendientes de pago, o en la liquidación si no hubiere estimaciones pendientes de pago o no alcanzare a cubrirse su valor en las estimaciones. Si se diera el caso de sub-ejecución durante tres (3) meses consecutivos, “EL MINISTERIO” podrá proceder a la terminación unilateral del Contrato, sin perjuicio de hacer efectivas las garantías de cumplimiento y de anticipo. Estas sanciones se aplicarán únicamente cuando la ejecución real acumulada sea menor que la programación acumulada al periodo en que se aplique la sanción. C) SUSTITUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE: Si “EL CONTRATISTA”, sin autorización de “LA DIVISIÓN”, sustituye al profesional propuesto en su oferta como Superintendente, se le aplicará una multa de ___________ quetzales (Q._______). En todo caso, el profesional sustituto debe satisfacer los requerimientos establecidos en las presentes Bases de Licitación y tener iguales o mejores calidades que el profesional sustituido. D) INCUMPLIMIENTO DE MEDIDAS DE MITIGACIÓN AMBIENTAL: En el caso de que “EL CONTRATISTA”, por razones que le sean imputables, incumpla total o parcialmente con las Medidas de Mitigación Ambiental establecidas en el Estudio de Impacto Ambiental y programadas mensualmente, se le hará una retención del _______ por ciento (__ %) de la estimación de trabajo mensual, la cual se devolverá en la estimación correspondiente al cumplirse con el objeto de la retención. Para el caso de incumplimiento total o parcial durante dos (2) meses consecutivos o más, la retención del ______ por ciento (__ %) se convertirá en multa, por lo tanto no será recuperable, sin perjuicio de poderse ejecutar la fianza de cumplimiento. E) INCUMPLIMIENTO DEL MANUAL DE SEÑALIZACIÓN TEMPORAL: En caso que “EL CONTRATISTA” incumpla con lo establecido en el Manual de Señalización Temporal que se utilizará durante la ejecución de la obra, se le sancionará con una multa de __________ quetzales (Q._______) por cada inspección que demuestre su incumplimiento. Las inspecciones se harán periódicamente, y cuando se detecte incumplimiento se otorgará a “EL CONTRATISTA” un plazo para el cumplimiento de la norma, acorde con la dificultad para llevarla a cabo. F) INADECUADO MANTENIMIENTO DE LA CARRETERA: Se sancionará a “EL CONTRATISTA” con una multa del _______ por ciento (___ %) del valor de la estimación del mes correspondiente, si se comprueba que no está prestando el adecuado mantenimiento a la carretera en ejecución. G) VARIACIÓN DE LA CALIDAD O CANTIDAD DE LA OBRA: Si “EL CONTRATISTA”, contraviniendo total o parcialmente el contrato, perjudicare al Estado variando la calidad o cantidad del objeto del mismo, será sancionado con una multa del cien por ciento (100%) del valor que representa la parte afectada de la negociación. Todas las multas serán impuestas por la autoridad superior de “EL MINISTERIO” y se harán efectivas descontando su valor de las estimaciones de trabajo pendientes de pago, o se incluirán en la liquidación si no hubiere estimaciones pendientes de pago. En caso de que con los pagos pendientes no se alcance a cubrir el valor de las multas, se hará efectiva la Fianza de Cumplimiento de Contrato. OCTAVA: CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR: Para los efectos de este contrato se entiende por caso fortuito y fuerza mayor, el acaecimiento de hechos imprevisibles y los que aun siendo previsibles son insuperables, en todo caso, ajenos a la voluntad de las partes, que impiden o excusan del cumplimiento de sus obligaciones. Para el efecto se considerará como causa de fuerza

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mayor o caso fortuito, entre otras, las siguientes: a) siniestros de orden natural; movimientos telúricos, erupciones volcánicas, desastres por inundación, incendios; b) guerra civil; c) huelgas y paros laborales; d) desórdenes públicos; y e) cualquier otro desastre motivado por circunstancias imprevistas, provenientes de fuerza o situaciones externas a la voluntad de las partes a las cuales no les es posible resistir, siempre que los hechos directa o indirectamente hayan afectado en forma real y efectiva el cumplimiento eficiente y oportuno de las estipulaciones contractuales. Cada parte se compromete a comunicar a la otra, dentro del plazo de diez (10) días hábiles de ocurrido el hecho que diere lugar a caso fortuito o fuerza mayor, acompañando las pruebas e indicando las implicaciones en la ejecución del contrato para que se levante el acta correspondiente. Si se hubieren suspendido temporalmente los trabajos, desaparecidas las causas que motivaron dicha suspensión, “EL CONTRATISTA” lo hará del conocimiento de “LA SUPERVISORA”, para que se levante nueva acta, en la que se hará constar la prórroga al plazo contractual a que tiene derecho “EL CONTRATISTA”. La imposibilidad definitiva del cumplimiento de las obligaciones por el acaecimiento de un hecho que constituye caso fortuito o fuerza mayor dará lugar a la cancelación del contrato. --------------------------------------------------------------------------- NOVENA: PERSONAL Y SALARIOS: A) OBLIGACIONES CON EL PERSONAL: "EL CONTRATISTA" deberá cumplir con todas las disposiciones contenidas en el Decreto mil cuatrocientos cuarenta y uno (1,441) del Congreso de la República (Código de Trabajo), especialmente lo indicado en los artículos trece (13) y sesenta y uno (61) literal b). B) SALARIOS: “EL CONTRATISTA”, por su propia cuenta y bajo su exclusiva responsabilidad, pagará los sueldos y salarios, las planillas de mano de obra, las cuotas de seguridad social y las demás obligaciones que le impongan las leyes y disposiciones legales en materia laboral y asumirá la calidad de patrono, eximiendo a "EL ESTADO", en forma expresa, de cualquier responsabilidad. Los salarios que debe pagar no podrán ser inferiores al salario mínimo establecido en la legislación interna de la República de Guatemala. DÉCIMA: OBLIGACIONES GENERALES DE “EL CONTRATISTA”: i) “EL CONTRATISTA” deberá conocer cuidadosamente los documentos contractuales y está obligado a ejecutar la totalidad de los trabajos contratados con entera sujeción a las Especificaciones Técnicas del Proyecto, planos y demás Documentos de Licitación. ii) “EL CONTRATISTA” para iniciar la ejecución física de cualquier trabajo, deberá contar con la orden de campo emitida por "LA SUPERVISORA". En caso lo hiciera sin llenar el requisito indicado, los trabajos que el mismo involucre, serán por su cuenta y riesgo. iii) “EL CONTRATISTA” deberá presentar a “LA SUPERVISORA”, muestra de los materiales a ser utilizados, si son nacionales; y certificaciones del fabricante, si son importados, los que deberán ser aprobados por “LA SUPERVISORA” antes de poder ser empleados en la obra. Asimismo “LA SUPERVISORA” podrá solicitar a “EL CONTRATISTA” muestras de los materiales importados para ser sometidos a ensayos, cuando las certificaciones de dichos materiales no sean específicas del lote de que se trate, o sea insuficiente. iv) “EL CONTRATISTA”, por orden escrita de “LA SUPERVISORA”, deberá retirar de la obra a cualquier trabajador o empleado que se compruebe es incompetente, negligente, insubordinado o perjudicial para la buena marcha de los trabajos. v) “EL CONTRATISTA” tiene la responsabilidad de mantener “EL PROYECTO” en buen estado de transitabilidad, lo cual se le pagará con los renglones de trabajo existentes y, de ser necesario, se emitirán los acuerdos de trabajo extra correspondientes. vi) “EL CONTRATISTA” deberá aportar todo el equipo, maquinaria, herramientas, combustible, lubricantes, materiales, mano de obra y demás elementos necesarios para la ejecución de los trabajos que se contratan. Asimismo, deberá construir, mantener y operar por su cuenta sus campamentos. DÉCIMA PRIMERA: SUBCONTRATOS Y CESIÓN DE DERECHOS: A) SUBCONTRATOS: “EL CONTRATISTA” podrá subcontratar parcialmente los trabajos objeto de este contrato hasta un _________ por ciento (__ %) del monto del mismo, previa autorización por escrito de “EL MINISTERIO”. Los subcontratistas deberán estar inscritos en el Registro de Precalificados de Obras, tener la disponibilidad económica suficiente para ejecutar los trabajos subcontratados y no estar comprendidos en ninguna de las prohibiciones establecidas en “LA LEY”. Para este efecto, “EL CONTRATISTA” debe hacer la solicitud respectiva a “EL MINISTERIO”, adjuntando un proyecto del subcontrato, el cual podrá suscribirse únicamente después de ser aprobada la minuta. El subcontrato deberá constar en escritura pública. Ningún subcontrato crea una relación contractual entre los subcontratistas y “EL ESTADO”. “EL CONTRATISTA” será responsable ante “EL ESTADO por cualquier acción o falta de acción de cualquier subcontratista. B) CESIÓN DE DERECHOS: “EL CONTRATISTA” no podrá transferir, comprometer o ceder sus derechos sobre este contrato, sin la previa autorización por escrito de “EL MINISTERIO”. El Contratista Cesionario deberá estar inscrito en el Registro de Precalificados de Obras en las especialidades requeridas en las Bases de Licitación, deberá contar con la disponibilidad económica

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para ejecutar los trabajos y no estar comprendido en ninguna de las prohibiciones establecidas en “LA LEY”. Para este efecto, “EL CONTRATISTA” debe hacer la solicitud respectiva a “EL MINISTERIO”, adjuntando un proyecto del contrato de cesión de derechos, el cual podrá suscribirse únicamente después de ser aprobada la minuta. El contrato deberá constar en escritura pública. DÉCIMA SEGUNDA: FIANZAS, SEGUROS Y TIEMPO DE RESPONSABILIDAD: A) FIANZAS: A.1) FIANZA DE CUMPLIMIENTO: Como requisito previo para la aprobación del presente contrato, por Acuerdo Ministerial, “EL CONTRATISTA” deberá otorgar a favor y a entera satisfacción de “EL ESTADO” y emitida por una institución afianzadora autorizada para operar en Guatemala y de reconocida capacidad y solvencia financiera, una Fianza de Cumplimiento, equivalente al _________ por ciento (__ %) del monto del presente contrato, la que garantizará el cumplimiento de todas las obligaciones estipuladas en el mismo y para cubrir las fallas o desperfectos que aparecieren durante la ejecución del Contrato antes de que se constituya la Garantía de Conservación de Obra. La Fianza de Cumplimiento cubrirá: con el diez por ciento (10%) de su valor, el pago de salarios y prestaciones laborales a los trabajadores, incluyendo las cuotas patronales establecidas por la ley; y con el noventa por ciento (90%) restante, el cumplimiento del contrato de acuerdo con las especificaciones, planos y demás documentos contractuales, así como de la ejecución de la obra dentro del plazo de ejecución estipulado. La Fianza de Cumplimiento deberá estar vigente hasta que “LA DIRECCIÓN” extienda la constancia de haber recibido a su entera satisfacción la Fianza de Conservación de Obra. La Fianza de Cumplimiento se hará efectiva si se comprueba que “EL CONTRATISTA” no ha cumplido con las obligaciones que estipula este Contrato o si se encuentra moroso en el pago de salarios y prestaciones laborales a los trabajadores, incluyendo las cuotas patronales establecidas por la ley. A.2) FIANZA DE ANTICIPO: Para que “EL CONTRATISTA” pueda recibir el pago en concepto de anticipo, deberá constituir a favor de “EL ESTADO”, una Fianza de Anticipo que garantice el cien por ciento (100%) del mismo, emitida por una institución afianzadora autorizada para esta clase de operaciones en el país, para garantizar su correcta utilización. Esta fianza deberá mantenerse en vigencia hasta que esté amortizado en su totalidad el anticipo proporcionado. La Fianza de Anticipo la hará efectiva “EL ESTADO” en caso de que “EL CONTRATISTA” no empleare dicho monto en “El Proyecto”, de acuerdo al Plan de Inversión de Anticipo aprobado. A.3) FIANZA DE CONSERVACIÓN DE OBRA: Como requisito previo para la recepción de la obra, “EL CONTRATISTA” presentará Fianza de Conservación de obra, que sustituya a la de Cumplimiento, por el equivalente al quince por ciento (15%) del valor original del contrato de obra, la que cubrirá el valor de las reparaciones de las fallas o desperfectos que sean imputables a “EL CONTRATISTA” y deberá estar vigente la obra durante el tiempo de responsabilidad de dieciocho (18) meses contados a partir de la fecha de recepción de la obra. A.4) FIANZA DE SALDOS DEUDORES: Para garantizar el pago de saldos deudores que pudieran resultar a favor de “EL ESTADO”, de la entidad correspondiente o de terceros, en la liquidación, “EL CONTRATISTA” deberá presentar fianza, por un valor del cinco por ciento (5%) del valor original del contrato. Esta garantía deberá otorgarse simultáneamente con la de Conservación de Obra como requisito previo para la recepción de la obra. Aprobada la liquidación, si no hubiere saldos deudores, se cancelará esta garantía. A.5) FORMA DE HACER EFECTIVAS LAS FIANZAS: En caso de incumplimiento de las obligaciones que garantizan las fianzas, “LA DIRECCIÓN” rendirá informe circunstanciado a “EL MINISTERIO”, adjuntando los documentos que demuestren los incumplimientos. “EL MINISTERIO” dará audiencia a “LA AFIANZADORA” y a “EL CONTRATISTA”, por un plazo común de diez (10) días hábiles, para que se pronuncien acerca del informe y documentos presentados por “LA DIRECCIÓN” y aporten los elementos que sirvan de apoyo a sus argumentos. “EL MINISTERIO”, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de haberse vencido el plazo otorgado a “LA AFIANZADORA” y a “EL CONTRATISTA”, hayan evacuado o no la audiencia, emitirá resolución teniendo por desvanecidas las indicaciones de incumplimiento o declarando procedente la ejecución de la fianza. En este último caso, fijará a “LA AFIANZADORA” el improrrogable plazo de diez (10) días hábiles para que se haga efectiva la fianza. B) SEGUROS: B.1) “EL CONTRATISTA” deberá contratar con una entidad autorizada para operar en el país, los seguros que más adelante se establecen, los que deberán permanecer vigentes hasta la recepción de la obra. “EL CONTRATISTA” debe presentar a “LA DIRECCIÓN” las pólizas de los seguros, dentro de los (_)días hábiles siguientes a la fecha en que se le notifique el Acuerdo Ministerial de Aprobación del Contrato, para someterlas a su aprobación. En caso de que la aseguradora pague cualquier suma con motivo de algún accidente, automáticamente el seguro deberá quedar restituido a las cantidades límites aquí fijadas. Los seguros cubrirán, como mínimo, las responsabilidades civiles que se indican a continuación: i) Seguro por Lesiones y Muerte Accidental de los trabajadores de “EL CONTRATISTA”: por un monto

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mínimo de _________________ quetzales (Q. _______); ii) Seguro de Responsabilidad Civil ante Terceros, que incluya Lesiones Corporales y Muerte Accidental y Daños a la Propiedad: por un monto mínimo de ________________ quetzales (Q. _______); B.2) Si cualquier parte del trabajo es subcontratada, el subcontratista deberá contratar seguros similares a los de “EL CONTRATISTA” que cubran sus operaciones, si los seguros de “EL CONTRATISTA” no cubrieran los trabajos subcontratados. C) TIEMPO DE RESPONSABILIDAD: El tiempo de responsabilidad de “EL CONTRATISTA” con respecto a la calidad de la obra, será de dieciocho (18) meses, contados a partir de la fecha del acta de recepción de la obra. El vencimiento del tiempo de responsabilidad, no exime a “EL CONTRATISTA” de las responsabilidades por destrucción o deterioro de la obra debido a dolo o culpa de su parte, por el tiempo de CINCO (5) AÑOS, contados a partir de la fecha de recepción de la obra. DÉCIMA TERCERA: TERMINACIÓN PREMATURA DEL CONTRATO: A) POR INCUMPLIMIENTO DE “EL CONTRATISTA”: “EL ESTADO” podrá dar por terminado el contrato, sin responsabilidad alguna de su parte, por las causas siguientes: i) si “EL CONTRATISTA” no principia los trabajos dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la notificación de la aprobación de este contrato; ii) si “EL CONTRATISTA” incumple con el Programa de Trabajo aprobado durante tres (3) meses consecutivos; iii) si “EL CONTRATISTA” es declarado en quiebra; iv) si “EL CONTRATISTA” no presentare las pólizas de los seguros a que está obligado conforme el contrato; v) si “EL CONTRATISTA” dejare de cumplir con cualesquiera de las obligaciones que contrae en este contrato; vi) las demás establecidas en las leyes. Cuando “EL CONTRATISTA” incurriere en cualesquiera de los casos citados anteriormente, “EL MINISTERIO”, con base en los dictámenes de “LA DIRECCIÓN” cancelará el contrato y ejecutará la Fianza de Cumplimiento, siguiendo el procedimiento establecido en este contrato. B) POR FUERZA MAYOR: Este contrato podrá ser cancelado por “EL ESTADO” por las causas de fuerza mayor que a su juicio lo justifiquen. En tal caso “EL ESTADO” pagará a “EL CONTRATISTA” una compensación justa y equitativa, convenida de mutuo acuerdo. Si no llegaren a un acuerdo sobre el monto de dicha compensación, “EL ESTADO” pagará a “EL CONTRATISTA” una cantidad igual al valor del trabajo ejecutado, según lo certifique “EL DELEGADO RESIDENTE” y lo apruebe “LA DIRECCIÓN”, menos los pagos efectuados y el valor de cualquier reclamo que “EL MINISTERIO” pudiera tener contra “EL CONTRATISTA”, con base en este contrato. C) POR INCUMPLIMIENTO DE “EL ESTADO”: i) Si “EL ESTADO” retrasare los pagos a que está obligado, por el plazo de treinta (30) días hábiles o más contados a partir de la fecha de presentación a “LA SUPERVISORA” de toda la documentación necesaria para el pago que se estipula en este contrato, “EL CONTRATISTA” podrá optar por la cancelación del contrato o por la suspensión temporal de los trabajos, sin responsabilidad alguna de su parte. Para ejercer su derecho, a partir de la fecha en que el plazo indicado se encuentre vencido, “EL CONTRATISTA” deberá comunicar su intención, por escrito, a “EL DIRECTOR”. Si dentro de un plazo de quince (15) días hábiles después de haber entregado dicho aviso, “EL ESTADO” no le ha pagado a “EL CONTRATISTA”, éste puede dar por terminado el contrato y solicitar que se le compense conforme lo indicado en la literal B) de esta cláusula; o bien, suspender los trabajos, pedir que se le paguen intereses por atraso en los pagos según se establece en este contrato y solicitar que se prorrogue el plazo contractual por el mismo número de días que dure la suspensión temporal de los trabajos. ii) “EL CONTRATISTA” también puede solicitar la terminación prematura del contrato en caso de incumplimiento de “EL ESTADO” a sus obligaciones, tales como proporcionar el derecho de vía, decisiones tardías o tardanza en corregir sub-diseños, que impidan a “EL CONTRATISTA” el cumplimiento de sus obligaciones. DÉCIMA CUARTA: INSPECCIONES, TERMINACIÓN DE LA OBRA, RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN: A) INSPECCIONES: “EL CONTRATISTA” deberá dar las facilidades necesarias a funcionarios de “EL MINISTERIO” y/o “LA DIRECCIÓN” para la realización de las inspecciones que en cualquier momento efectúen al lugar de “EL PROYECTO”, acompañándoles en la realización de las mismas y permitiéndoles el libre acceso a las fuentes de origen, manufactura o producción de materiales, así como a las áreas de construcción, proporcionándoles toda la información y asistencia necesarias, o instruyendo a su personal para que así lo haga, con el objeto de que las inspecciones mencionadas, sean lo más completas y detalladas posibles. B) TERMINACIÓN DE LA OBRA: Cuando la obra esté terminada, “EL CONTRATISTA” deberá presentar las pólizas de las Fianzas de Conservación de Obra y de Saldos Deudores y dar aviso por escrito a “LA SUPERVISORA” de la conclusión de los trabajos y con esta diligencia se interrumpirá el plazo de ejecución, siempre que ésta compruebe que la obra está terminada. “LA SUPERVISORA” hará la inspección final dentro de los siguientes quince (15) días hábiles de haber recibido el aviso y dentro del mismo plazo, si la obra no está conforme a planos y especificaciones, manifestará por escrito sus observaciones a “EL CONTRATISTA”

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para que proceda a corregir las deficiencias. Si los trabajos estuvieran correctamente concluidos, “LA SUPERVISORA” rendirá informe pormenorizado a “EL DIRECTOR”, quien dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes nombrará la Comisión Receptora y Liquidadora de la obra, integrada por tres (3) miembros, con la que colaborarán “EL DELEGADO RESIDENTE” y “EL SUPERINTENDENTE”. C) RECEPCIÓN: La Comisión Receptora y Liquidadora del Contrato, si comprueba que los trabajos están ejecutados satisfactoriamente, suscribirá el acta de recepción final de los mismos dentro de los treinta y cinco (35) días hábiles siguientes a la fecha de notificación de su nombramiento. En caso contrario, hará constar en acta: i) las correcciones o trabajos extras que debe efectuar “EL CONTRATISTA”; ii) el tiempo a emplearse; iii) si el tiempo para ejecutar los trabajos se incluye dentro del plazo contractual o si procede conceder tiempo adicional para ejecutarlo. Al recibirse el aviso por escrito de “EL DELEGADO RESIDENTE” de encontrarse satisfechos los requerimientos de la Comisión Receptora y Liquidadora, ésta dentro del plazo de cinco (5) días hábiles procederá a efectuar nueva inspección, suscribiendo el acta correspondiente. La fecha de recepción definitiva de la obra será la del cierre de la última acta y partir de la fecha de la última acta el contratista deberá velar por la conservación de la obra. D) LIQUIDACIÓN: La Comisión Receptora y Liquidadora, dentro de los de noventa (90) días hábiles siguientes a la fecha del acta de recepción definitiva de la obra, procederá a efectuar la liquidación del contrato y a establecer el importe de los pagos o cobros que deban hacerse a “EL CONTRATISTA”. Igual procedimiento se observará en caso de rescisión o cancelación del contrato. Si transcurrido dicho plazo la Comisión no ha suscrito el acta correspondiente, “EL CONTRATISTA” puede presentar a “LA DIRECCIÓN” un proyecto de liquidación. “LA DIRECCIÓN” deberá aprobar o improbar la liquidación elaborada por la Comisión o el proyecto de liquidación presentado por “EL CONTRATISTA” dentro del mes siguiente de recibida la respectiva documentación. Si vencido este plazo no se produce ninguna resolución, con la petición de aprobación presentada por “EL CONTRATISTA”, se tendrá por resuelta favorablemente. DÉCIMA QUINTA: IMPUESTOS: “EL CONTRATISTA” está obligado a pagar todos los impuestos que se deriven de este contrato, incluyendo el pago del impuesto sobre la renta, y a cubrir el timbre de Ingeniería adhiriendo las estampillas que correspondan a las facturas de cada uno de los pagos que se le hagan. DÉCIMA SEXTA: CONTROVERSIAS: Las partes tratarán de resolver en forma directa todas las controversias relativas al cumplimiento, interpretación, aplicación y efectos del Contrato, Fianzas y Seguros. Si ello no fuera posible, obligadamente, se acudirá al procedimiento de Conciliación establecido en la Ley de Arbitraje, bajo la administración y el Reglamento del Centro de Arbitraje y Conciliación de la “Fundación CENAC”. Los honorarios que deban pagarse al Conciliador y a la “Fundación CENAC” serán pagados por “EL CONTRATISTA”, sin importar quien haya sido la parte que solicitó la Conciliación. En caso de no llegarse a ningún acuerdo en la Conciliación, se acudirá [a la vía Contencioso Administrativa o a un juicio arbitral de _______ de conformidad con la Ley de Arbitraje, el cual será administrado por la “Fundación CENAC” y será sustanciado según su reglamento, en el que los honorarios de los Árbitros, el Secretario y la “Fundación CENAC” serán pagados por “EL CONTRATISTA”, pero estarán sujetos a la condena en costas que se establezca en el laudo. En las pólizas de las fianzas y seguros deberá incorporarse en caracteres destacados, claros y precisos, la siguiente advertencia: “ESTE CONTRATO INCLUYE UN ACUERDO DE ARBITRAJE”]. DÉCIMA SÉPTIMA: DECLARACIÓN JURADA: “EL CONTRATISTA” declara bajo juramento que no está comprendido dentro de las prohibiciones que establece el artículo ochenta (80) de “LA LEYDÉCIMA OCTAVA: APROBACIÓN: Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes a su cumplimiento es indispensable que sea aprobado por “EL MINISTERIO”, de conformidad con lo estipulado en el artículo cuarenta y ocho (48) de “LA LEY”. DÉCIMA NOVENA: ACEPTACIÓN: En las condiciones indicadas, los comparecientes, en las calidades en que actuamos, aceptamos el presente contrato. Leemos íntegramente lo escrito, que consta en __________ (__) hojas de papel membretado de “LA DIRECCIÓN”, y enterados de su contenido, validez y demás efectos legales, lo ratificamos, aceptamos y firmamos.

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“EL ESTADO” “EL CONTRATISTA”

NOTA: FORMARAN PARTE DE ESTE CONTRATO LOS CUADROS DE LOS RENGLONES DE TRABAJO Y LOS CUADROS DE LAS FÓMULAS DE SOBRECOSTOS.