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MOMENTO II FASE III. REFERENCIAS TEÓRICAS DE LA INVESTIGACIÓN Se fundamenta en la información obtenida a partir de la indagación de los modelos municipales de manejo de residuos domésticos, revisión de las leyes y ordenanzas existentes, relacionados al manejo de residuos. 3.1. Bases Legales En materia de preservación del ambiente, los países han formulado leyes que contribuyen a regular el manejo de los residuos, en América del Sur, específicamente en Venezuela, se cuenta entre otras, con la Constitución de la República del año 1999 y la enmienda Número 1 del 15 de Febrero del 2009, las líneas generales del plan de desarrollo económico y social de la nación 2007-2013, el Plan de la patria 2013-2019, la Ley Orgánica del Ambiente, la Ley Orgánica de la Ciencia, Tecnología e Innovación, la Ordenanza de convivencia del Municipio Maracaibo. Ahondando un poco más en este aspecto, se presenta el marco legal, que da soporte al trabajo desarrollado: 3.1.1. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Artículos referentes al ambiente y la Ciencia, Tecnología e Innovación. Adoptada el 15 de Diciembre de 1999, realizada Enmienda N° 1 el 15 de Febrero del 2009. 25

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MOMENTO II

FASE III. REFERENCIAS TEÓRICAS DE LA INVESTIGACIÓN

Se fundamenta en la información obtenida a partir de la indagación de

los modelos municipales de manejo de residuos domésticos, revisión de las

leyes y ordenanzas existentes, relacionados al manejo de residuos.

3.1. Bases Legales

En materia de preservación del ambiente, los países han formulado

leyes que contribuyen a regular el manejo de los residuos, en América del

Sur, específicamente en Venezuela, se cuenta entre otras, con la

Constitución de la República del año 1999 y la enmienda Número 1 del 15 de

Febrero del 2009, las líneas generales del plan de desarrollo económico y

social de la nación 2007-2013, el Plan de la patria 2013-2019, la Ley

Orgánica del Ambiente, la Ley Orgánica de la Ciencia, Tecnología e

Innovación, la Ordenanza de convivencia del Municipio Maracaibo.

Ahondando un poco más en este aspecto, se presenta el marco legal, que da

soporte al trabajo desarrollado:

3.1.1. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Artículos referentes al ambiente y la Ciencia, Tecnología e Innovación.

Adoptada el 15 de Diciembre de 1999, realizada Enmienda N° 1 el 15 de

Febrero del 2009.

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Artículo 107. La educación ambiental es obligatoria en los niveles y

modalidades del sistema educativo, así como también en la educación

ciudadana no formal.

Articulo 108. Los medios de comunicación social, públicos y privados,

deben contribuir a la formación ciudadana.

Articulo 110. El estado reconocerá el interés público de la ciencia, la

tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aplicaciones y los servicios

de información necesarios por ser instrumentos fundamentales para el

desarrollo económico, social y político del país, así como para la seguridad y

soberanía nacional.

Articulo 127. Es un derecho y un deber de cada generación, proteger y

mantener el ambiente, en beneficio de sí misma y del mundo futuro… Es una

obligación fundamental del estado, con la activa participación de la sociedad,

garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de

contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la

capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos de

conformidad con la ley.

Artículo 156. Es competencia del poder público nacional: 23. Las

políticas nacionales y la legislación en materia de sanidad, vivienda,

seguridad alimentaria, ambiente, aguas, turismo, ordenación del territorio y

naviera. 29. El régimen general de los servicios públicos domiciliarios y, en

especial electricidad, agua potable y gas.

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Artículo 178. Son de la competencia del Municipio… 4 Protección del

ambiente y cooperación con el saneamiento ambiental; aseo urbano y

domiciliario, comprendidos los servicios de limpieza, de recolección y

tratamiento de residuos y protección civil.

Articulo 184. La ley creara mecanismos abiertos y flexibles para que los

Estados y los Municipios descentralicen y transfieran a las comunidades o

grupos organizados los servicios que estos gestionen previa demostración de

su capacidad para prestarlos, promoviendo: …2 La participación de las

comunidades y ciudadanos y ciudadanas, a través de las asociaciones

vecinales y organizaciones no gubernamentales, en la formulación de

propuestas de inversión, ante las autoridades estadales y municipales

encargadas de la elaboración de los respectivos planes de inversión, así

como en la ejecución y evaluación y control de obras, programas sociales y

servicios públicos en su jurisdicción.

3.1.2. Gacetas Oficiales

Gaceta Oficial N°5833 Ley orgánica del ambiente.

Articulo 10. Son objetivos de la gestión del ambiente, bajo la rectoría y

coordinación de la Autoridad Nacional Ambiental:

1. Formular e implementar la política ambiental y establecer los

instrumentos y mecanismos para su aplicación.

2. Coordinar el ejercicio de las competencias de los órganos del Poder

Público, a los fines previstos en esta ley.

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3. Cumplir las directrices y las políticas para las directrices de gestión del

ambiente.

4. Fijar las bases del régimen regulatorio para la gestión del ambiente.

5. Fomentar y estimular la educación ambiental y la participación

protagónica de la sociedad.

6. Prevenir, regular y controlar las actividades capaces de degradar el

ambiente.

7. Reducir o eliminar las fuentes de contaminación que sean o puedan

ocasionar perjuicio a los seres vivos.

8. Asegurar la conservación de un ambiente sano, seguro y

ecológicamente en equilibrio.

9. Estimular la creación de mecanismos que promuevan y fomenten la

investigación y la generación de información básica

10. Establecer los mecanismos e implementar los instrumentos para el

control ambiental.

11. Promover la adopción de estudios e incentivos económicos y fiscales,

en función de la utilización de tecnologías limpias y la reducción de

parámetros de contaminación, así como la reutilización de elementos

residuales provenientes de procesos productivos y el aprovechamiento

integral de los recursos naturales.

12. Elaborar y desarrollar estrategias para remediar y restaurar los

ecosistemas degradados.

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13. Resguardar, promover y fomentar áreas que coadyuven a la

preservación de un ambiente seguro, sano y ecológicamente

equilibrado.

14. Cualquier otro que tienda al desarrollo y el cumplimiento de la

presente ley.

3.1.3. Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (Locti)

Esta Ley formulada en el año 2001, establece la importancia que

tienen los aportes y contribuciones de los científicos en las diferentes áreas

de los saberes, brindándoles apoyo a través de la creación del Programa

Misión Ciencia y la inclusión a los innovadores, como actores en la

producción de conocimiento popular, étnico y ancestral, entre otros.

Fue modificada, el 16 de diciembre del año 2010, teniendo como

aspecto más resaltante, la incorporación de recursos de empresas privadas

con la finalidad de ampliar sus capacidades de reproducción del capital.

Desde el año 2011 hasta la actualidad, bajo la supervisión del FONACIT,

dichos recursos están dirigidos a consolidar la innovación y la investigación

en las áreas estratégicas del país, tales como lo social, la vivienda, lo

económico, la salud, el ambiente, la educación y las otras áreas prioritarias

señaladas en el Proyecto Nacional Simón Bolívar. MPPCTI/ONCTI (2012).

De esta manera, se busca cambiar la forma tradicional de hacer ciencia

y tecnología a través de la consagración del Poder Popular y la búsqueda de

la suprema felicidad a través de la generación de conocimiento con

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pertinencia social, buscando así, más que dar una respuesta efectiva a

algunas problemáticas de las comunidades, brindar las herramientas

necesarias para que el pueblo mismo asuma los retos necesarios para la

transformación de su realidad.

3.2. Líneas generales del plan de desarrollo económico y social de la nación

2007-2013.

Objetivo Estratégico II-3. Estrategias y Políticas. Objetivo II-3.7.

Garantizar la administración de la biósfera para producir beneficios

sustentables. Sub-Objetivo II-3.7.2 Fomentar la gestión integral de los

residuos, sustancias y residuos sólidos y peligrosos. (Pag. 12).

Objetivo Estratégico IV-3. Estrategias y Políticas. Objetivo II-3.10.

Incrementar la producción nacional de ciencia, tecnología e innovación hacia

necesidades y potencialidades del país. Sub-Objetivo II-3.7.2. Incrementar la

infraestructura tecnológica. (Pag. 27).

Objetivo Estratégico V. Nueva geopolítica nacional. Ejes de

desconcentración y fachadas. Sub-Objetivo H. Punto: Orientar y apoyar la

prestación de servicios públicos con énfasis en reducción del impacto

ambiental. Punto: Incrementar la eficiencia de nuestras ciudades mediante el

consumo racional de energía, creando metabolismo circular (incrementar el

reciclaje, recuperación y reutilización de los residuos sólidos así como su

tratamiento final), y logrando un crecimiento urbano continuo, eliminando los

desarrollos urbanísticos discontinuos, instaurar el impuesto por mejoras

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derivado de la infraestructura primaria así como impuesto predial destinado a

activar la edificación de los terrenos vacíos dentro de los centros poblados.

(Pag 34).

Objetivo V-2. Sub-Objetivo V-2.4 Hacer posible una ciudad incluyente

con calidad de vida. Sub-Objetivo V-2.6 Elevar los niveles de conciencia

ambiental en la población. Sub-Objetivo V-2.8 Alcanzar un modelo de

producción y acumulación ambientalmente sustentable. Sub-Objetivo V-2.9

Disminuir el impacto ambiental de la intervención humana. (Pag 35)

Objetivo V-3.7 Ajustar el metabolismo urbano disminuyendo la carga

sobre el ambiente. Sub-Objetivo V-3.7.2 Promover una ciudad

energéticamente eficiente. (Pag 37)

Objetivo Estratégico VI-3. Estrategias y Políticas. Objetivo VI-3.3

Propiciar el uso de fuentes de energías alternas, renovables y

ambientalmente sostenibles. Sub-Objetivo VI-3.3.1 Incentivar la generación

de fuentes alternas de energía. Sub-Objetivo VI-3.3.2 Incrementar la

generación de electricidad con energía no convencional y combustibles no

hidrocarburos.(Pag 42)

3.3. Plan de la Patria 2013-2019

V Gran Objetivo: Preservar la vida en el planeta y salvar a la especie

humana.

Objetivo Nacional: 5.1. Construir e impulsar el modelo económico

productivo eco-socialista, basado en una relación armónica entre el hombre y

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la naturaleza, que garantice el uso y aprovechamiento racional, óptimo y

sostenible de los recursos naturales, respetando los procesos y ciclos de la

naturaleza.

3.4. UNESCO Objetivos de desarrollo sostenible (ODS)

La Unesco está conformada por 193 países, en el año 2015 se celebró

la 70ª Asamblea General de la ONU, donde se plantea la Agenda 2016-2030,

contentiva de 17 Objetivos de los cuales se consideran relacionados al tema,

los siguientes:

Objetivo 6. Garantizar la disponibilidad de agua y su gestión sostenible

y el saneamiento para todos. Sub Objetivos: 6.3 Para 2030, mejorar la

calidad del agua mediante la reducción de la contaminación, la eliminación

del vertimiento y la reducción al mínimo de la descarga de materiales y

productos químicos peligrosos, la reducción a la mitad del porcentaje de

aguas residuales sin tratar y un aumento sustancial del reciclado y la

reutilización en condiciones de seguridad a nivel mundial. 6.6 Para 2020,

proteger y restablecer los ecosistemas relacionados con el agua, incluidos

los bosques, las montañas, los humedales, los ríos, los acuíferos y los lagos.

6.a Para 2030, ampliar la cooperación internacional y el apoyo prestado a los

países en desarrollo para la creación de capacidad en actividades y

programas relativos al agua y el saneamiento, incluidos el acopio y

almacenamiento de agua, la desalinización, el aprovechamiento eficiente de

los recursos hídricos, el tratamiento de aguas residuales y las tecnologías de

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reciclaje y reutilización. 6.b Apoyar y fortalecer la participación de las

comunidades locales en la mejora de la gestión del agua y el saneamiento

Objetivo 7. Garantizar el acceso a una energía asequible, segura,

sostenible y moderna para todos. Sub Objetivos: 7.1 Para 2030, garantizar el

acceso universal a servicios de energía asequibles, confiables y modernos.

7.2 Para 2030, aumentar sustancialmente el porcentaje de la energía

renovable en el conjunto de fuentes de energía. 7.3 Para 2030, duplicar la

tasa mundial de mejora de la eficiencia energética. 7.a Para 2030, aumentar

la cooperación internacional a fin de facilitar el acceso a la investigación y las

tecnologías energéticas no contaminantes, incluidas las fuentes de energía

renovables, la eficiencia energética y las tecnologías avanzadas y menos

contaminantes de combustibles fósiles, y promover la inversión en

infraestructuras energéticas y tecnologías de energía no contaminante. 7.b

Para 2030, ampliar la infraestructura y mejorar la tecnología para prestar

servicios de energía modernos y sostenibles para todos en los países en

desarrollo, en particular los países menos adelantados, los pequeños

Estados insulares en desarrollo y los países en desarrollo sin litoral, en

consonancia con sus respectivos programas de apoyo

Objetivo 8. Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y

sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos. Sub

Objetivos: 8.2 Lograr niveles más elevados de productividad económica

mediante la diversificación, la modernización tecnológica y la innovación,

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entre otras cosas centrando la atención en sectores de mayor valor añadido y

uso intensivo de mano de obra. 8.3 Promover políticas orientadas al

desarrollo que apoyen las actividades productivas, la creación de empleo

decente, el emprendimiento, la creatividad y la innovación, y alentar la

oficialización y el crecimiento de las microempresas y las pequeñas y

medianas empresas, entre otras cosas mediante el acceso a servicios

financieros. 8.4 Mejorar progresivamente, para 2030, la producción y el

consumo eficientes de los recursos mundiales y procurar desvincular el

crecimiento económico de la degradación del medio ambiente, de

conformidad con el marco decenal de programas sobre modalidades

sostenibles de consumo y producción, empezando por los países

desarrollados. 8.5 Para 2030, lograr el empleo pleno y productivo y garantizar

un trabajo decente para todos los hombres y mujeres, incluidos los jóvenes y

las personas con discapacidad, y la igualdad de remuneración por trabajo de

igual valor. 8.8 Proteger los derechos laborales y promover un entorno de

trabajo seguro y protegido para todos los trabajadores, incluidos los

trabajadores migrantes, en particular las mujeres migrantes y las personas

con empleos precarios. 8.9 Para 2030, elaborar y poner en práctica políticas

encaminadas a promover un turismo sostenible que cree puestos de trabajo y

promueva la cultura y los productos locales.

Objetivo 9. Construir infraestructuras resilientes, promover la

industrialización inclusiva y sostenible y fomentar la innovación. Sub

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Objetivos: 9.1 Desarrollar infraestructuras fiables, sostenibles, resilientes y de

calidad, incluidas infraestructuras regionales y transfronterizas, para apoyar

el desarrollo económico y el bienestar humano, con especial hincapié en el

acceso equitativo y asequible para todos. 9.2 Promover una industrialización

inclusiva y sostenible y, a más tardar en 2030, aumentar de manera

significativa la contribución de la industria al empleo y al producto interno

bruto, de acuerdo con las circunstancias nacionales, y duplicar esa

contribución en los países menos adelantados. 9.3 Aumentar el acceso de

las pequeñas empresas industriales y otras empresas, en particular en los

países en desarrollo, a los servicios financieros, incluido el acceso a créditos

asequibles, y su integración en las cadenas de valor y los mercados. 9.4

Para 2030, mejorar la infraestructura y reajustar las industrias para que sean

sostenibles, usando los recursos con mayor eficacia y promoviendo la

adopción de tecnologías y procesos industriales limpios y ambientalmente

racionales, y logrando que todos los países adopten medidas de acuerdo con

sus capacidades respectivas. 9.5 Aumentar la investigación científica y

mejorar la capacidad tecnológica de los sectores industriales de todos los

países, en particular los países en desarrollo, entre otras cosas fomentando

la innovación y aumentando sustancialmente el número de personas que

trabajan en el campo de la investigación y el desarrollo por cada millón de

personas, así como aumentando los gastos en investigación y desarrollo de

los sectores público y privado. 9.b Apoyar el desarrollo de tecnologías

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nacionales, la investigación y la innovación en los países en desarrollo, en

particular garantizando un entorno normativo propicio a la diversificación

industrial y la adición de valor a los productos básicos, entre otras cosas.

Objetivo 11. Lograr que las ciudades y los asentamientos humanos

sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles. Sub Objetivos: 11.1 Para

2030, asegurar el acceso de todas las personas a viviendas y servicios

básicos adecuados, seguros y asequibles y mejorar los barrios marginales.

11.4 Redoblar los esfuerzos para proteger y salvaguardar el patrimonio

cultural y natural del mundo. 11.6 Para 2030, reducir el impacto ambiental

negativo per capita de las ciudades, incluso prestando especial atención a la

calidad del aire y la gestión de los desechos municipales y de otro tipo. 11.7

Para 2030, proporcionar acceso universal a zonas verdes y espacios

públicos seguros, inclusivos y accesibles, en particular para las mujeres y los

niños, las personas de edad y las personas con discapacidad. 11.a Apoyar

los vínculos económicos, sociales y ambientales positivos entre las zonas

urbanas, periurbanas y rurales mediante el fortalecimiento de la planificación

del desarrollo nacional y regional. 11.b Para 2020, aumentar sustancialmente

el número de ciudades y asentamientos humanos que adoptan y ponen en

marcha políticas y planes integrados para promover la inclusión, el uso

eficiente de los recursos, la mitigación del cambio climático y la adaptación a

él y la resiliencia ante los desastres, y desarrollar y poner en práctica, en

consonancia con el Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de

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Desastres 2015-2030, la gestión integral de los riesgos de desastre a todos

los niveles. 11.c Proporcionar apoyo a los países menos adelantados, incluso

mediante la asistencia financiera y técnica, para que puedan construir

edificios sostenibles y resilientes utilizando materiales locales.

Objetivo 12. Garantizar modalidades de consumo y producción

sostenibles. Sub Objetivos: 12.1 Aplicar el Marco Decenal de Programas

sobre Modalidades de Consumo y Producción Sostenibles, con la

participación de todos los países y bajo el liderazgo de los países

desarrollados, teniendo en cuenta el grado de desarrollo y las capacidades

de los países en desarrollo. 12.2 Para 2030, lograr la gestión sostenible y el

uso eficiente de los recursos naturales. 12.3 Para 2030, reducir a la mitad el

desperdicio mundial de alimentos per capita en la venta al por menor y a

nivel de los consumidores y reducir las pérdidas de alimentos en las cadenas

de producción y distribución, incluidas las pérdidas posteriores a las

cosechas. 12.4 Para 2020, lograr la gestión ecológicamente racional de los

productos químicos y de todos los desechos a lo largo de su ciclo de vida, de

conformidad con los marcos internacionales convenidos, y reducir de manera

significativa su liberación a la atmósfera, el agua y el suelo a fin de reducir al

mínimo sus efectos adversos en la salud humana y el medio ambiente. 12.5

Para 2030, disminuir de manera sustancial la generación de desechos

mediante políticas de prevención, reducción, reciclaje y reutilización. 12.8

Para 2030, velar por que las personas de todo el mundo tengan información

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y conocimientos pertinentes para el desarrollo sostenible y los estilos de vida

en armonía con la naturaleza. 12.a Apoyar a los países en desarrollo en el

fortalecimiento de su capacidad científica y tecnológica a fin de avanzar hacia

modalidades de consumo y producción más sostenibles. 12.b Elaborar y

aplicar instrumentos que permitan seguir de cerca los efectos en el desarrollo

sostenible con miras a lograr un turismo sostenible que cree puestos de

trabajo y promueva la cultura y los productos locales

Objetivo 13. Adoptar medidas urgentes para combatir el cambio

climático y sus efectos. Sub Objetivos: 13.1 Fortalecer la resiliencia y la

capacidad de adaptación a los riesgos relacionados con el clima y los

desastres naturales en todos los países. 13.2 Incorporar medidas relativas al

cambio climático en las políticas, estrategias y planes nacionales. 13.3

Mejorar la educación, la sensibilización y la capacidad humana e institucional

en relación con la mitigación del cambio climático, la adaptación a él, la

reducción de sus efectos y la alerta temprana. 13.a Poner en práctica el

compromiso contraído por los países desarrollados que son parte en la

Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático con el

objetivo de movilizar conjuntamente 100.000 millones de dólares anuales

para el año 2020, procedentes de todas las fuentes, a fin de atender a las

necesidades de los países en desarrollo, en el contexto de una labor

significativa de mitigación y de una aplicación transparente, y poner en pleno

funcionamiento el Fondo Verde para el Clima capitalizándolo lo antes posible.

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13.b Promover mecanismos para aumentar la capacidad de planificación y

gestión eficaces en relación con el cambio climático en los países menos

adelantados y los pequeños Estados insulares en desarrollo, centrándose en

particular en las mujeres, los jóvenes y las comunidades locales y

marginadas

Objetivo 14. Conservar y utilizar en forma sostenible los océanos, los

mares y los recursos marinos para el desarrollo sostenible. Sub Objetivos:

14.1 Para 2025, prevenir y reducir de manera significativa la contaminación

marina de todo tipo, en particular la contaminación producida por actividades

realizadas en tierra firme, incluidos los detritos marinos y la contaminación

por nutrientes.

Objetivo 15. Gestionar sosteniblemente los bosques, luchar contra la

desertificación, detener e invertir la degradación de las tierras y detener la

perdida de la biodiversidad. Sub Objetivos: 15.1 Para 2020, velar por la

conservación, el restablecimiento y el uso sostenible de los ecosistemas

terrestres y los ecosistemas interiores de agua dulce y los servicios que

proporcionan, en particular los bosques, los humedales, las montañas y las

zonas áridas, en consonancia con las obligaciones contraídas en virtud de

acuerdos internacionales. 15.5 Adoptar medidas urgentes y significativas

para reducir la degradación de los hábitats naturales, detener la pérdida de la

diversidad biológica y, para 2020, proteger las especies amenazadas y evitar

su extinción. 15.9 Para 2020, integrar los valores de los ecosistemas y la

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diversidad biológica en la planificación nacional y local, los procesos de

desarrollo, las estrategias de reducción de la pobreza y la contabilidad.

Objetivo 16. Promover sociedades pacíficas e inclusivas para el

desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y crear

instituciones eficaces, responsables e inclusivas a todos los niveles. Sub

Objetivos: 16.5 Reducir sustancialmente la corrupción y el soborno en todas

sus formas. 16.6 Crear instituciones eficaces, responsables y transparentes a

todos los niveles. 16.10 Garantizar el acceso público a la información y

proteger las libertades fundamentales, de conformidad con las leyes

nacionales y los acuerdos internacionales.

Objetivo 17. Fortalecer los medios de ejecución y revitalizar la Alianza

Mundial para el Desarrollo Sostenible Finanzas. Sub Objetivos: 17.1

Fortalecer la movilización de recursos internos, incluso mediante la

prestación de apoyo internacional a los países en desarrollo, con el fin de

mejorar la capacidad nacional para recaudar ingresos fiscales y de otra

índole. 17.6 Mejorar la cooperación regional e internacional Norte-Sur, Sur-

Sur y triangular en materia de ciencia, tecnología e innovación y el acceso a

ellas y aumentar el intercambio de conocimientos en condiciones

mutuamente convenidas, entre otras cosas mejorando la coordinación entre

los mecanismos existentes, en particular en el ámbito de las Naciones

Unidas, y mediante un mecanismo mundial de facilitación de la tecnología.

17.7 Promover el desarrollo de tecnologías ecológicamente racionales y su

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transferencia, divulgación y difusión a los países en desarrollo en condiciones

favorables, incluso en condiciones concesionarias y preferenciales, por

mutuo acuerdo. 17.8 Poner en pleno funcionamiento, a más tardar en 2017,

el banco de tecnología y el mecanismo de apoyo a la ciencia, la tecnología y

la innovación para los países menos adelantados y aumentar la utilización de

tecnología instrumental, en particular de la tecnología de la información y las

comunicaciones.17.9 Aumentar el apoyo internacional a la ejecución de

programas de fomento de la capacidad eficaces y con objetivos concretos en

los países en desarrollo a fin de apoyar los planes nacionales orientados a

aplicar todos los Objetivos de Desarrollo Sostenible, incluso mediante la

cooperación Norte-Sur, Sur-Sur y triangular Comercio. 17.10 Promover un

sistema de comercio multilateral universal, basado en normas, abierto, no

discriminatorio y equitativo en el marco de la Organización Mundial del

Comercio, incluso mediante la conclusión de las negociaciones con arreglo a

su Programa de Doha para el Desarrollo. 17.11 Aumentar de manera

significativa las exportaciones de los países en desarrollo, en particular con

miras a duplicar la participación de los países menos adelantados en las

exportaciones mundiales para 2020. 17.16 Fortalecer la Alianza Mundial para

el Desarrollo Sostenible, complementada por alianzas entre múltiples

interesados que movilicen y promuevan el intercambio de conocimientos,

capacidad técnica, tecnología y recursos financieros, a fin de apoyar el logro

de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en todos los países, en particular

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los países en desarrollo. 17.17 Alentar y promover la constitución de alianzas

eficaces en las esferas pública, público-privada y de la sociedad civil,

aprovechando la experiencia y las estrategias de obtención de recursos de

las asociaciones. 17.19 Para 2030, aprovechar las iniciativas existentes para

elaborar indicadores que permitan medir progresos logrados en materia de

desarrollo sostenible y que complementen los utilizados para medir el

producto interno bruto, y apoyar el fomento de la capacidad estadística en los

países en desarrollo.

3.5. Normas ISO 14001 – 50001 - 9001

Según el texto, ISO 14001:2015, las Normas Internacionales sobre

gestión ambiental tienen como finalidad proporcionar a las organizaciones los

elementos de un sistema de gestión ambiental (SGA) eficaz que puedan ser

integrados con otros requisitos de gestión, y para ayudar a las

organizaciones a lograr metas ambientales y económicas. Estas normas, al

igual que otras Normas Internacionales, no tienen como fin ser usadas para

crear barreras comerciales no arancelarias, o para incrementar o cambiar las

obligaciones legales de una organización.

Por su parte la Norma Internacional ISO 50001:2011, especifica los

requisitos para establecer, implementar, mantener y mejorar un sistema de

gestión de la energía, cuyo propósito es permitir a una organización seguir un

enfoque sistemático para lograr la mejora continua del rendimiento

energético, incluyendo eficiencia energética, consumo de energía y consumo.

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Se basa en el marco de mejora continua del Plan - Do - Check - Act (PDCA)

e incorpora la gestión de la energía en las prácticas organizacionales

cotidianas.

Aunado a estas, la Norma Internacional ISO 9001:2015, se basa en una

serie de principios de gestión de la calidad que incluyen un fuerte enfoque en

el cliente, la motivación y la implicación de la alta dirección, el enfoque de

proceso y la mejora continua. El uso de ISO 9001: 2015 ayuda a asegurar

que los clientes obtengan productos y servicios consistentes y de buena

calidad, lo que a su vez trae consigo muchos beneficios empresariales.

Las normativas aplican para las empresas u organizaciones, pocos son

los países abocados a implementar normas y leyes para dar el manejo

apropiado a los residuos producidos a diario en los hogares, siendo en el

mejor de los casos llevados a vertederos a cielo abierto donde el impacto

ambiental es alto, en otros casos donde el servicio de aseo urbano es menos

eficiente o no existe, se dispone o se arroja la basura a ríos, lagos, mares,

campos, contaminando estos medios y por ende a la flora y fauna que habita

en ellos, ocasionando daños en su mayoría irreversibles. Sin embargo, los

municipios pueden adaptarse a estas normas, para orientar procesos de

aplicación de reciclaje de residuos domésticos y producción de energía

sostenible.

3.6. Ordenanza para la convivencia ciudadana en espacios públicos y

privados en el Municipio Maracaibo. Presentado por el Consejo

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Municipal de Maracaibo. (2010).

Fomentando una ciudad segura, limpia, con desarrollo urbano

equilibrado, y en general la cultura de la paz, la armonía, la prevención del

delito, la resolución de conflictos, el mejoramiento del medio ambiente, el

sentido de pertenencia de cada ciudadano y ciudadana. Resalta la máxima

del Derecho, que indica: El ejercicio de los derechos personales tiene como

límite el derecho de los demás, que se constituye en la idea base de la

convivencia ciudadana y tiene como génesis el respeto al otro para que todos

vivan en armonía. La ordenanza la conforman, Títulos (I al VIII), que

contienen 50 artículos, de los que se extraerán los inherentes al manejo de

los residuos y el medio ambiente:

Título I. Disposiciones generales

Capítulo I. Del objeto, definiciones básicas funcionarios y funcionarias

encargados de su cumplimiento

Objeto:

Artículo 1.- El objeto de la presente ordenanza es regular y consolidar

las bases de la convivencia ciudadana, entendida ésta como el

comportamiento cívico y el respeto a la vida colectiva pacífica, a los derechos

y deberes de los ciudadanos y ciudadanas en su relación mutua y en su

interrelación con los espacios públicos y privados del Municipio Maracaibo

bajo los principios constitucionales de igualdad de derechos, libertad, paz,

orden público, solidaridad, responsabilidad social, seguridad y respeto.

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Definiciones básicas:

Artículo 2.- A los efectos de facilitar la lectura e interpretación de los

términos contenidos en la presente Ordenanza, a las expresiones contenidas

en la misma se les atribuirá el sentido que aparece evidente del significado

de las palabras a excepción de las que seguidamente se definen:

Espacios públicos: para los efectos de la presente ordenanza se consideran

espacios públicos, vialidad pública, campos abiertos, plazas, centros de

esparcimiento, que pertenecen a las diferentes instancias de gobierno, entre

otros.

Espacios privados: para los efectos de la presente ordenanza se

consideran espacios privados las áreas comunes residenciales (canchas

deportivas, pasillos y caminerías de conjuntos residenciales, parques

infantiles y áreas verdes, salas de fiestas, reuniones, sanitarias comunes,

entre otros)

Orden Público: es un límite a la autonomía de la voluntad que prohíbe la

realización de cualquier acto o conductas que resulten contrarias a los

intereses colectivos de una comunidad, y a los principios y reglas de

Derecho.

Responsabilidad Social: Es el principio respecto al cual los ciudadanos

son conscientes de que al ser miembros de una comunidad están

conscientes de que el resultado de sus acciones u omisiones podrían

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46

generar un impacto negativo o positivo en su comunidad, por lo cual

asumirán su rol protagónico a favor de los intereses de la comunidad.

Contraloría Social: Consiste en el principio basado en la idea de que

toda persona podrá ejercer labores de control del desempeño y gestión de

los asuntos públicos y de los privados que tengan relación con la

administración de los bienes colectivos.

Responsabilidad Social Empresarial: Se refiere a la responsabilidad

social de las empresas, materializada en la contribución activa y voluntaria a

favor del mejoramiento social, económico o ambiental del entorno.

Seguridad: es el conjunto de medidas y acciones que se aceptan para

proteger a los ciudadanos y ciudadanas ante determinados riesgos que

podrían presentarse en la comunidad.

Convivencia Ciudadana: Es la capacidad de cada ciudadano o

ciudadana para vivir en respeto mutuo con el otro, bajo el cumplimiento de

las normas básicas. Es la cualidad que posee el conjunto de relaciones

cotidianas entre los miembros de una sociedad cuando se han armonizado

los intereses individuales con los colectivos, y por tanto, cuando los conflictos

se desenvuelven o solucionan de manera constructiva.

Ruidos Molestos: cualquier sonido producido en ambientes interiores o

exteriores que origine molestias debidamente comprobadas, riesgos para la

salud o perjuicio de los bienes, los recursos naturales y el ambiente en

general.

Page 23: MOMENTO II FASE III. REFERENCIAS TEÓRICAS DE LA ...

47

Trabajos Comunitarios: son aquellos que realizan los ciudadanos y

ciudadanas en beneficio de su ciudad, trayendo consigo una mejora

sustancial de su calidad de vida y medio ambiente, se encuentran

destinados al mejoramiento del ornato y medio ambiente de los lugares

públicos y privados, entre los trabajos comunitarios podemos citar: arreglo de

canchas, pintura y ornato, reforestación, entre otros, en la categoría de

trabajos comunitarios podemos incluir, programas de concientización y

educación ciudadana que a tal efecto dicten los órganos municipales

competentes.

Ámbito de Aplicación.

Artículo 3.- La presente ordenanza se aplicará en la Jurisdicción del

Municipio Maracaibo, en toda su extensión territorial, y quedan obligadas a

su cumplimiento las personas naturales y jurídicas con independencia del

ámbito jurídico-administrativo del lugar donde tengan su domicilio.

Funcionarios y Funcionarias Competentes.

Artículo 4.- Son competentes para hacer cumplir la presente ordenanza

y/o aplicar las sanciones previstas en ella, dentro del ámbito de sus

atribuciones legales y en el marco de sus respectivas competencias

atribuidas en la Constitución y Leyes de la República Bolivariana de

Venezuela:

1. El Alcalde o Alcaldesa del Municipio Maracaibo.

2. Los Concejales.

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48

3. Los Entes que conforman el Sistema Integral de Protección del Niño,

Niña y del Adolescente.

4. Los funcionarios o funcionarias investidos de autoridad pública del

Instituto Autónomo de Policía Municipal del Municipio Maracaibo y

Protección Civil del Municipio Maracaibo.

5. Los funcionarios o funcionarias investidos de autoridad pública de los

órganos y entes encargados de la Vigilancia Vial del Municipio

Maracaibo en las materias relacionadas con la libre circulación del

tránsito y uso adecuado de las vías públicas.

6. Los Jueces y Juezas de Paz dentro del ámbito de su competencia.

7. Servicio Autónomo Municipal de Administración Tributaria (Samat).

8. Cualquier otra autoridad que sea autorizada por la presente

ordenanza o instrumentos normativos vigentes.

Los funcionarios y funcionarias señalados se encuentran en la

obligación de cumplir y hacer cumplir las disposiciones contenidas en la

presente ordenanza y ejecutar las acciones pertinentes para su

cumplimiento, sin necesidad de previa denuncia o comunicación, bien sea

individual o de la comunidad ante las infracciones a las normas de

convivencia ciudadana, so pena de la aplicación de sanciones

administrativas, disciplinarias, penales o civiles a que hubiere lugar.

Todo ciudadano tendrá la responsabilidad de comunicar a los

funcionarios y funcionarias competentes las infracciones de que tuviera

Page 25: MOMENTO II FASE III. REFERENCIAS TEÓRICAS DE LA ...

49

conocimiento.

La Alcaldía del Municipio Maracaibo y las Juntas Parroquiales, así como

la Contraloría Municipal, orientarán y fomentarán la participación ciudadana,

a través de los espacios de participación destinados para ello, a los fines de

lograr una convivencia armónica en las comunidades.

Medios de Participación.

Artículo 6.- Para la consecución de los fines previstos en la presente

ordenanza, se consideran espacios de participación, las Asambleas de

Ciudadanos y Ciudadanas, el Consejo Local de Planificación de Políticas

Públicas, las Juntas Parroquiales, los Consejos Comunales, las Asociaciones

de Vecinos, Juntas de Condominio, Asociaciones Civiles de Conjuntos

Residenciales; sin menoscabo a la legitimidad de otras formas de

participación comunitaria, de conformidad a los principios establecidos en la

Constitución, Leyes de la República y demás Ordenanzas.

Título III. Conductas de convivencia ciudadana.

Capítulo I. De las conductas de convivencia ciudadana

3. Todos los habitantes y transeúntes del Municipio Maracaibo, están

obligados a generar una conducta encaminada al mantenimiento y

defensa del patrimonio municipal, evitando el deterioro de los espacios

públicos y privados de la Jurisdicción del Municipio Maracaibo, ya sea

impidiendo la realización de daños o denunciándolo ante la autoridad

competente.

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50

7. No se permite escupir, ni lanzar papeles u otros objetos en la vía

pública y dentro de las unidades de uso público.

Título IV. Infracciones.

Capítulo I. De los infractores

Infractores

Artículo 10.- Se consideran infractores todas las personas que en

jurisdicción del Municipio Maracaibo, estén domiciliadas o no en la extensión

territorial de este Municipio, incurran en las faltas establecidas en la presente

ordenanza, vulnerando los principios de convivencia ciudadana citados en el

artículo 1.

Niños y niñas y adolescentes

Artículo 11.- En caso de que los niños o niñas incurran en las

infracciones contempladas en esta Ordenanza, la sanción recaerá sobre los

padres, tutores, guardadores o responsables que tengan la custodia legal y

conforme a las previsiones contenidas en la Ley Orgánica para la Protección

de los Niños, Niñas y Adolescentes.

En el caso de los adolescentes que hayan cometido algún tipo de

infracción contraria a las conductas de convivencia ciudadana, serán

remitidos a los programas de concientización y educación ciudadana,

debidamente acompañados de sus padres, tutores o responsables, los

cuales serán dictados por Consejo Municipal de Derechos de niñas, niños y

Adolescentes.

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51

Título V. Infracciones por conducta contrarias a la convivencia ciudadana.

Capítulo II. De las infracciones por arrojar objetos o líquidos contra

personas o bienes

Arrojar Objetos o Líquidos Contra Personas o Bienes.

Artículo 13.- Serán sancionados los ciudadanos o ciudadanas que

arrojen cualquier tipo de objetos o sustancias, aún sin causar daño o lesión a

personas o bienes públicos o privados. En el caso de actos públicos

previamente autorizados, deberán realizarse con las debidas precauciones y

bajo la supervisión estricta de las autoridades competentes y de los

responsables de dichos eventos.

Capítulo X. De las infracciones concernientes a los funcionarios y

funcionarias públicos

Infracciones Referentes a las Competencias de los Funcionarios y

Funcionarias Públicos Responsables de garantizar el cabal cumplimiento de

las disposiciones contenidas en la presente ordenanza.

Artículo 26.- Sin menoscabo de las disposiciones establecidas en las

Leyes de la República, serán sancionados los Funcionarios y Funcionarias

que incurran en las siguientes conductas:

1. Nieguen su colaboración en el cumplimiento de la presente ordenanza.

2. Abusen de su autoridad en nombre de la ley a los efectos de aplicar

las disposiciones establecidas en la presente Ordenanza.

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3. Pidan contraprestación de servicios en la aplicación de las

disposiciones contenidas en la presente Ordenanza.

Capítulo XI. De las infracciones concernientes a las empresas

prestadoras de servicios públicos y contratistas

Infracciones Concernientes a la Inadecuada Prestación de Servicio por Parte

de las Empresas y Contratistas:

Artículo 27.- Serán objeto de sanción las empresas prestadoras de

servicios públicos y contratistas que incurran en las siguientes conductas:

1. Abandonen materiales en la vía pública obstaculizando el paso

peatonal y vehicular sin la debida señalización y previsión.

2. Realicen trabajos en la vía pública sin la debida autorización.

3. Arrojen en la vía o espacios públicos, residuos y desechos sólidos o

líquidos en su proceso de recolección y transporte.

Capítulo XII. De las infracciones por daños ocasionados a bienes

públicos o privados e inadecuado uso de las instalaciones

Deterioro de Instalaciones de Uso Público y Privado.

Artículo 28.- Serán sancionados los ciudadanos y las ciudadanas que

deterioren objetos y materiales de uso común y demás instalaciones de

recreación y esparcimiento, conformadas por el patrimonio vegetal, parques,

jardines, plazas, estatuas; ornatos públicos y privados e infraestructuras de

servicio público (escuelas, centros de salud, centros culturales y canchas

deportivas).

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53

Deterioro de Fachadas e Instalaciones de Uso Público o Privado.

Artículo 30.- Serán sancionados los ciudadanos y las ciudadanas que

ensucien las fachadas de los edificios, tanto públicos como privados; así

como, el mobiliario urbano existente en la vía pública y dentro de las

instalaciones.

Colocación de Afiches y Deterioro de Paredes Públicas y Privadas.

Artículo 31.- Serán sancionados los ciudadanos y las ciudadanas que

sin la debida autorización de la ley, coloquen afiches o propaganda en

paredes públicas o privadas, plazas, arbolado público o señalizaciones

municipales. Asimismo, serán objeto de sanción quienes deterioren,

manchen, ensucien y rayen paredes públicas o privadas y los que

aprovechándose de marchas o manifestaciones aún sin participar en ellas,

realicen la conducta prohibida en el presente artículo.

Título VI. Educación ciudadana

Capítulo I. De los programas de concientización y educación ciudadana

Definición de Programas de Concientización y Educación Ciudadana.

Artículo 32.- A los efectos del objeto contemplado en el artículo 1 de la

presente Ordenanza, se entiende como Programa de Concientización y

Educación Ciudadana, la estrategia de difusión y formación de valores de

convivencia colectiva, destinados a personas naturales o jurídicas, a través

de charlas, talleres y foros que orienten el comportamiento de los ciudadanos

y ciudadanas en la vida social, de forma tal de contribuir a elevar su nivel de

Page 30: MOMENTO II FASE III. REFERENCIAS TEÓRICAS DE LA ...

54

civismo de los ciudadanos estos estarán a cargo del Instituto Municipal

capacitación y educación ciudadana.

Espacios de Difusión.

Artículo 33.- Los Programas de Concientización y Educación Ciudadana

podrán dictarse en las Instituciones Educativas, públicas o privadas y en

lugares de afluencia masiva, de las distintas jurisdicciones que compete al

Municipio Maracaibo, pudiendo emplearse los medios de comunicación en

sus diversas modalidades.

Participación de las Comunidades.

Artículo 34.- Los miembros de la comunidad podrán participar de

manera individual o asociadas, en los programas educativos de carácter

preventivo y duración periódica; así como en las charlas correctivas de

duración limitada, previa capacitación por parte de los funcionarios y

funcionarias, y profesionales competentes para asumir las actividades de

formación cívica.

Participación de las Empresas.

Artículo 35.- Las Empresas podrán realizar alianzas estratégicas con la

Alcaldía de Maracaibo, para la recuperación de los espacios Públicos del

Municipio Maracaibo junto con la comunidad poniendo en práctica los

principios de pertenencia y participación por parte de estas y la

Responsabilidad Social Empresarial por parte de las Empresas a fin de

armonizar y mejorar nuestro medio ambiente.

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Título VII. Sanciones

Capítulo I. De las sanciones por concepto de infracciones, rangos de las

multas, procedimientos administrativos para su aplicación, y recaudación de

las multas de la Alcaldía del Municipio Maracaibo

Infracciones Leves.

Artículo 36.- Se consideran Infracciones Leves, aquellas que vulneran

los principios de convivencia ciudadana contenidas en el artículo 1 de la

presente Ordenanza, sin que ello implique un alto riesgo a la integridad física,

psicológica y patrimonial de los particulares. Las infracciones leves pueden

generar daños reparables o reversibles al patrimonio público y privado,

dentro de los límites territoriales del Municipio Maracaibo, estas infracciones

tendrán una multa establecida en 5 U.T o 12 horas de trabajo comunitario.

Infracciones Graves.

Artículo 37.- Se consideran infracciones graves aquellas que vulneren

los principios de Convivencia Ciudadana contenidos en al artículo 1 de la

presente Ordenanza, implicando un alto riesgo a la integridad física,

psicológica y patrimonial de los particulares. Igualmente son consideradas

infracciones graves aquellas que generen daños graves o irreversibles al

patrimonio público y privado, dentro de los límites territoriales del Municipio

Maracaibo.

Para la presente ordenanza, quedan determinadas como infracciones

graves, las previstas en los artículos 11, 12, 13, 14, 18, 19, 22, 23, 24, 27, 30

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56

y 31, estas infracciones tendrán una multa establecida en 10 U.T o 24 horas

de trabajo comunitario.

Procedimiento para la aplicación de la sanción.

Artículo 41.- El funcionario competente que tenga conocimiento de la

comisión de una de las infracciones establecidas en esta Ordenanza, estará

obligado a poner en práctica el siguiente procedimiento de multa:

Procedimiento en Caso de Flagrancia.

1. Notificará del inicio del procedimiento en el lugar de comisión de la

falta al infractor de los hechos y las consecuencias que acarrea la falta

cometida, para que éste alegue lo conducente a su defensa en el

lapso de 15 días hábiles para promover y evacuar las pruebas que a

bien tenga en su defensa; de no desvirtuarse el hecho, impondrá la

multa e informará el procedimiento a seguir para la cancelación de la

misma y el recurso de impugnación a interponer ante el Servicio

Autónomo de Administración Tributaria del Municipio Maracaibo,

dejándose constancia de todo ello por escrito.

2. En caso de que la falta sea cometida en un espacio privado, deberá

mediar una denuncia previa del presunto hecho por la parte afectada,

ante la autoridad correspondiente según el artículo 4 de la presente

ordenanza.

3. Para la imposición de la multa, el funcionario actuante deberá cumplir

con todas las exigencias del formato de multa, el cual contendrá:

Page 33: MOMENTO II FASE III. REFERENCIAS TEÓRICAS DE LA ...

57

lugar, fecha y hora, nombres, apellidos y datos de identificación tanto

del infractor como del funcionario actuante, señalando la dependencia

administrativa al cual este último este adscrito; categoría de infracción

y descripción de los hechos so pena de sanción disciplinaria. Las

planillas de multas impuestas tienen el carácter de títulos ejecutivos.

4. Una vez impuesta la multa, aceptada o no por el infractor, el

funcionario actuante enviará la multa en original al Servicio Autónomo

Administración Tributaria del Municipio Maracaibo.

5. En caso de negarse el infractor a suscribir la multa, el funcionario

actuante en presencia de dos testigos debidamente identificados,

dejará constancia de tal situación.

6. El funcionario actuante, queda facultado para determinar la cantidad a

cancelar por parte del infractor, por efecto de la falta cometida,

calculando el valor de la multa, de conformidad a lo establecido en los

artículos 35 y 36.

7. Servicio Autónomo Administración Tributaria del Municipio Maracaibo,

está en la obligación de recibir la multa impuesta por el funcionario

actuante e incluirla en la base de datos que se llevará en ese

organismo.

8. En caso que medie recurso de reconsideración, el Servicio Autónomo

Administración Tributaria del Municipio Maracaibo, quedará facultado

Page 34: MOMENTO II FASE III. REFERENCIAS TEÓRICAS DE LA ...

58

para revocar, modificar o confirmar la multa. Esta decisión deberá

estar debidamente motivada y notificada al infractor.

9. El recurso de reconsideración constituye el ejercicio de derecho a la

defensa, el cual deberá ejercerse dentro de los quince (15) días

hábiles siguientes a la imposición de la multa, pudiendo el infractor

esgrimir los hechos y el derecho que le asiste, debiendo el órgano

competente, según sea el ámbito territorial aplicable, decidir el recurso

de impugnación dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de

haberlo recibido.

10. El órgano competente, que durante el lapso para decidir el recurso de

reconsideración, incurriese en el silencio administrativo por no haber

decidido dentro del lapso, se considerará que ha decidido a favor del

infractor y en consecuencia la multa impuesta queda abrogada.

11. Si el infractor dentro del lapso de quince (15) días hábiles, no

cumpliese con su obligación del pago de la multa y no hubiese

ejercido el recurso de reconsideración, vencido el plazo indicado, se

causarán intereses moratorios desde la fecha de exigibilidad del pago,

hasta la extinción de la deuda.

12. El Servicio Autónomo Administración Tributaria del Municipio

Maracaibo intentará a través del órgano competente, el juicio ejecutivo

correspondiente para hacer efectivo el pago, para lo cual se seguirá el

procedimiento especial previsto en el Código de Procedimiento Civil.

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59

13. Contra la decisión del Servicio Autónomo Administración Tributaria

del Municipio Maracaibo, el interesado podrá ejercer el Recurso

Jerárquico ante el Alcalde o Alcaldesa, en un lapso de quince (15)

días hábiles, a partir de su notificación.

Procedimiento en caso de denuncia.

Artículo 42.- Los funcionarios o funcionarias a que se refiere el artículo

4 de la presente Ordenanza, ante quien se denuncie la comisión de alguna

infracción, librará boleta de citación para que se lleve a efecto un acto

conciliatorio, al tercer día hábil siguiente que conste la citación del

denunciado, entendiéndose que el denunciante está debidamente citado. En

caso de haberse cometido la infracción y no llegase a una conciliación entre

las partes, el funcionario competente impondrá la multa y se seguirá en lo

adelante, por lo dispuesto en el procedimiento en caso de flagrancia. Si las

partes llegaren a la conciliación amistosa se subscribirá un acta que

contendrá los datos de identificación de las partes, domicilio, infracción y el

acuerdo voluntario entre las partes, debiendo el infractor cumplir con lo

convenido en un plazo que no excederá de un lapso de cinco (5) días

hábiles, salvo cualquier otra estipulación entre las partes. Lo no previsto en la

presente ordenanza se regirá por lo contemplado en el ordenamiento jurídico

vigente.

Definición de trabajos comunitarios.

Artículo 45.- A los efectos de la presente ordenanza, se entiende por

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60

trabajos comunitarios, aquellos que, como retribución a una infracción en

perjuicio de la recta convivencia ciudadana, se encuentran destinados al

mejoramiento del ornato y medio ambiente de los lugares públicos.

Enumeración de los trabajos comunitarios.

Artículo 46.- Son trabajos comunitarios:

a. La limpieza, pintura y/o restauración de escuelas y demás centros

educativos de carácter público de la parroquia donde se haya

cometido la infracción,

b. La limpieza, pintura y/o restauración de plazas y lugares públicos de la

parroquia donde se haya cometido la infracción,

c. La limpieza, pintura y/o restauración de los centros de salud de la

parroquia donde se haya cometido la infracción,

d. La limpieza, pintura y/o restauración de las sedes de los organismos

de los cuales dependen los funcionarios encargados de hacer cumplir

la presente ordenanza, señalados en el artículo 4, tales como, la sede

de la Alcaldía del Municipio Maracaibo y, las sedes las sedes de la

policía Municipal de Maracaibo.

e. La colaboración laboral en los demás organismos dependientes de la

Alcaldía del Municipio Maracaibo.

f. La realización de actividades docentes en los centros educativos de la

colectividad, dependiendo del grado de instrucción y profesión del

infractor.

Page 37: MOMENTO II FASE III. REFERENCIAS TEÓRICAS DE LA ...

61

g. Programas de concientización y educación ciudadana tales como

cursos, charlas que a tal efecto dicten los órganos municipales

competentes.

h. Cualquier otro, que a juicio de la autoridad correspondiente, pueda

contribuir con el ornato, buen mantenimiento y orden social del

Municipio.

Aplicación de los Trabajos Comunitarios.

Artículo 47. Se aplicarán los trabajos comunitarios establecidos en el

artículo anterior en los casos en que los infractores no puedan cancelar las

multas establecidas en la presente ordenanza, así como en las previsiones

del artículo 38, referentes a la reiteración en la realización de las conductas

prohibidas.

Título VIII. Disposiciones transitorias, finales y derogatorias

Capítulo I. De las disposiciones finales

Difusión de la presente Ordenanza.

Artículo 48.- La Alcaldía del Municipio Maracaibo está obligada a dar

cabal conocimiento del contenido de la presente Ordenanza, como acción

preventiva a potenciales infracciones, haciendo uso de los medios de difusión

necesarios para la difusión cívica periódica, coordinando acciones con los

funcionarios o funcionarias citados en el artículo 4, la comunidad organizada

y las instituciones públicas y privadas capacitadas para promover en la

población conductas correctas de convivencia ciudadana; así mismo el

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62

Instituto Municipal de capacitación y educación ciudadana, será la

responsable de planificar, coordinar y ejecutar el Plan Municipal de

Convivencia Ciudadana, que a tales fines elabore el Instituto Municipal

capacitación y educación ciudadana, con el apoyo de las instituciones

competentes y la sociedad civil organizada.

Coordinación Entre Diversos Organismos Municipales y vecinales.

Artículo 49.- A los efectos de la aplicación de la presente Ordenanza,

deberán establecerse mecanismos de coordinación y colaboración con cada

uno de los organismos y entes que integran el Municipio Maracaibo.

Asimismo, actuará coordinadamente dentro de la jurisdicción del Municipio

Maracaibo, las Juntas Parroquiales, el Consejo Local de Planificación

Pública, los Consejos Comunales, las Asociaciones de Vecinos, Juntas de

Condominio, sin menoscabo de otras instancias de participación comunitaria

contempladas en la Constitución y las Leyes de la República.

3.7. Planificación e implantación de un programa de reciclaje

Lund, H (1996), en el Capítulo 29, desarrollado por Jones T., quien

expresa que en la implantación de un programa de reciclaje se necesita

experiencia en mercados de materias primas, ingeniería, finanzas públicas,

leyes ambientales y muchas otras cosas. Dentro de un programa de reciclaje,

se deben considerar: 1.-) La planificación, 2.-) El personal y 3.-) El

financiamiento.

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63

1.-) Planificar contribuye a realizar actividades económicamente

factibles, de forma eficaz, considerando el apego a las normas de calidad,

normas de seguridad, normas ambientales, leyes, bienestar y calidad de

vida; jerarquizando alternativas correspondientes a una visualización de

ideas, que se podrán llevar a cabo en periodos de tiempo estimados, entre

los cuales se debe hacer control y seguimiento al cumplimiento o avance de

cada actividad por separado y en conjunto. Como resultado, para este caso

en particular, se obtiene un programa o modelo de trabajo de reciclaje de

residuos, que puede ser transmitido de forma eficiente y entendible a

trabajadores, ciudadanos y comunidades, tomando en cuenta la

disponibilidad de recursos y las limitantes que pudiesen impactar el

desarrollo o ejecución de los proyectos.

2.-) El personal en función del plan, cumple un rol importante en la

ejecución de todas las actividades de reciclaje, debe ser adiestrado e

involucrarse en todo el proceso, muchas veces se requiere de líderes que

gestionen la información y conozcan sobre el aspecto económico del

reciclaje, por otra parte, cuando un equipo de trabajo se inicia en el ámbito

del reciclaje, son requeridos asesores o expertos en la materia. En muchas

ocasiones el trabajo voluntario es de gran ayuda y permite involucrar a las

comunidades, empresas, escuelas, colegios y universidades.

3.-) El financiamiento se puede lograr a través de entidades bancarias,

organizaciones, o realizarlo con subvenciones por parte del sector público, en

Page 40: MOMENTO II FASE III. REFERENCIAS TEÓRICAS DE LA ...

64

este último caso depende de la capacidad o respaldo económico que le sea

asignado para tal fin.

3.8. Teoría pura del derecho, Kelsen H, (2011), plantea la separación de la

ciencia jurídica y de la política, trayendo consecuencias y oposición a su

aplicación, puesto que se considera que significa un peligro para el Estado y

su derecho desde las diferentes corrientes políticas conocidas, inclusive de

algunas religiosas. Su esperanza se baso en que el número de aquellos que

prefieren el espíritu a la fuerza sea mucho más elevado de lo que en la

actualidad (Ginegra, 1934) parece. Al referirse a la sociedad, define, es un

orden que regula la conducta de los hombres, se rige a partir de normas

“puestas” o creadas por actos cumplidos en el espacio y en el tiempo:

costumbres seguidas por los miembros de una comunidad, órdenes de un

profeta, actos de un legislador. Al desviarse de la norma jurídica se incurre

en un acto ilícito, cuya consecuencia es una sanción, está relación que

ocurre recibe el nombre de Zurechnung, que en español corresponde a

imputación, puesto que la sanción es imputada al acto ilícito, suponiendo que

el autor del acto es responsable de su conducta. Por otra parte, recordando

que los hombres viven en sociedad y que la noción del bien y del mal nace

de su espíritu, se maneja el principio de la retribución, que considera: “Si un

individuo actúa bien, debe ser recompensado, si actúa mal, debe ser

penado”.

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Figura 7: Pirámide de Hans Kelsen propuesta para el Ordenamiento Jurídico Ambiental y de Energía para el Municipio Maracaibo. Adaptado por: Muñoz 2017.

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Cuadro 2. HOLOGRAMA DE LA INVESTIGACIÓN

Elaboración propia

Propósitos Específicos Evento Sinergias Indicios

1. Indagar la legislación actual del manejo de los residuos domésticos en Venezuela.

Reciclaje de residuos domésticos

como solución

ambiental

Políticas publicas

Constitución

Plan de la Patria

Ordenanza Municipal

UNESCO Objetivos de desarrollo sostenible (ODS)

2.- Describir el manejo actual de los residuos domésticos en el Municipio Maracaibo.

Ciclo de la basura

Producción

Segregación

Recolección

Distribución para reciclaje

Disposición Final

3.- Caracterizar los tipos de residuos domésticos en la comunidad del Municipio Maracaibo.

Actores

Ciudadano

Municipio

Ministerio del Ambiente

4.- Establecer las estrategias para la concientización de la población en el manejo de residuos domésticos.

Organismos de apoyo

Públicos

Privados.

5.- Diseñar un modelo municipal de reciclaje doméstico como solución ambiental en el Municipio Maracaibo.

Es el producto del resultado obtenido y de la confrontación de los autores señalados en el marco conceptual de la investigación