LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA Y SU FUENTES DE FINANCIAMIENTO

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Diciembre de 2009 C Sistemas Administrativos C13 Los Proyectos de Inversión Pública y su Fuentes de Financiamiento Gestión Pública y Desarrollo (*) Sistema Nacional de Inversión Pública ÍNDICE ANáLISIS ––––––––––––––––––––––––––––––––– I. Introducción. ––––––––––––––––––––––––––––––––– II. Fuentes de Financiamiento. ––––––––––––––––––––––––––––––––– III. Alcances Normativos. ––––––––––––––––––––––––––––––––– IV. La Agencia Peruana de Cooperación Interna- cional (APCI). ––––––––––––––––––––––––––––––––– BITáCORA INFORMATIVA ––––––––––––––––––––––––––––––––– I. Cuadro sobre Cooperación Técnica Interna- cional. ––––––––––––––––––––––––––––––––– II. Preguntas y respuestas. RESUMEN EJECUTIVO En el presente artículo, se desarrolla una de las características de los Proyectos de Inversión Pú- blica (PIP) está referida a las Fuentes de Financiamiento que son entendidas como las fuentes de dónde se obtienen los recursos para financiar un PIP; así por ejemplo, está el Fondo de Com- pensación Municipal, los recursos directamente recaudados o los que provienen de Organismos Multilaterales. Asimismo, en lo concerniente a los alcances normativos referidos a Inversión Pública, se encuentra la Ley Nº 27293, Ley del SNIP, el Reglamento del SNIP; la actuación de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, entre otros. Por otro lado, se exponen los principales conceptos en torno a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, ente rector de la cooperación técnica internacional, tales como los principales instrumentos de la cooperación, las modalidades de la cooperación para el desarrollo en el Perú, la naturaleza de la cooperación técnica no reembolsable, entre otros. Finalmente, se mencionan las principales fuentes cooperantes. I. INTRODUCCIÓN Los Proyectos de Inversión Pública (PIP) buscan solucionar de manera integral un pro- blema previamente identificado que afecta a la población, impidiéndoles mejorar sus estánda- res de vida. Cada PIP tiene características diferentes, que van desde la naturaleza de la intervención, la ubicación geográfica, hasta las metas, el pre- supuesto, los cronogramas físicos y financieros, hasta las Fuentes de Financiamiento, materia del presente artículo, en el cual desarrollaremos algunos de los aspectos normativos más im- portantes de las Fuentes de Financiamiento, así como, el papel de la Agencia Peruana de Coope- ración Internacional (APCI) y su contribución con la Cultura de Proyectos que tanto anhela desarrollar en nuestro país. II. FUENTES DE FINANCIAMIENTO Existen diversas fuentes para financiar un Proyecto de Inversión Pública, todo depende de la disponibilidad de recursos, de la capa- cidad de ejecución y de envergadura de pro- yecto, al momento de decidir con qué tipos de fuente se piensa financiar la intervención. Dentro las Fuentes de Financiamiento te- nemos, el Fondo de Compensación Municipal o FONCOMUN, para los Gobiernos Locales, por ejemplo, o lo que se conoce como Recursos Directamente Recaudados, o Recursos Ordi- narios y otros como la Cooperación Técnica In- ternacional No Reembolsable, la Cooperación Técnica Internacional Reembolsable, las Opera- ciones de Endeudamiento Externo o Interno. En el presente artículo, desarrollaremos a profundidad, las Fuentes que provienen de Orga- nismos Multilaterales, u otros países que le ofre- cen al Perú fondos para determinados proyectos. III. ALCANCES NORMATIVOS En lo que se refiere a la normatividad del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), La ley 27293, el numeral 9.1 del artículo 9 esta- blece que corresponde a la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público (DGPM) realizar el seguimiento de la inversión pública y de los Proyectos de Inversión Pública y declarar la viabilidad de los Proyectos de In- –––––––––––––––– (*) Artículo elaborado por el equipo de redacción de Gestión Pública y Desarrollo. "Cuando los Proyectos de In- versión Pública, vayan a ser financiados con Operaciones de Endeudamiento, el Res- ponsable de OPI debe visar el Resumen Ejecutivo del Estudio de Preinversión que aprueba para solicitar la Declaración de Viabilidad a la DGPM".

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Diciembre de 2009

CSistemas Administrativos

C13

Los Proyectos de Inversión Pública y su Fuentes de Financiamiento

Gestión Pública y Desarrollo(*)

Sistema Nacional de Inversión Pública

ÍNDICE

AnáLISIS–––––––––––––––––––––––––––––––––I. Introducción.–––––––––––––––––––––––––––––––––II. Fuentes de Financiamiento.–––––––––––––––––––––––––––––––––III. Alcances Normativos.–––––––––––––––––––––––––––––––––IV. La Agencia Peruana de Cooperación Interna-

cional (APCI).–––––––––––––––––––––––––––––––––BITáCORA InFORMATIVA–––––––––––––––––––––––––––––––––I. Cuadro sobre Cooperación Técnica Interna-

cional.–––––––––––––––––––––––––––––––––II. Preguntas y respuestas.

REsumEN EjECutIvo

En el presente artículo, se desarrolla una de las características de los Proyectos de Inversión Pú-blica (PIP) está referida a las Fuentes de Financiamiento que son entendidas como las fuentes de dónde se obtienen los recursos para financiar un PIP; así por ejemplo, está el Fondo de Com-pensación Municipal, los recursos directamente recaudados o los que provienen de Organismos Multilaterales. Asimismo, en lo concerniente a los alcances normativos referidos a Inversión Pública, se encuentra la Ley Nº 27293, Ley del SNIP, el Reglamento del SNIP; la actuación de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, entre otros. Por otro lado, se exponen los principales conceptos en torno a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, ente rector de la cooperación técnica internacional, tales como los principales instrumentos de la cooperación, las modalidades de la cooperación para el desarrollo en el Perú, la naturaleza de la cooperación técnica no reembolsable, entre otros. Finalmente, se mencionan las principales fuentes cooperantes.

I. InTRODUCCIÓn

Los Proyectos de Inversión Pública (PIP) buscan solucionar de manera integral un pro-blema previamente identificado que afecta a la población, impidiéndoles mejorar sus estánda-res de vida.

Cada PIP tiene características diferentes, que van desde la naturaleza de la intervención, la ubicación geográfica, hasta las metas, el pre-supuesto, los cronogramas físicos y financieros, hasta las Fuentes de Financiamiento, materia del presente artículo, en el cual desarrollaremos algunos de los aspectos normativos más im-portantes de las Fuentes de Financiamiento, así como, el papel de la Agencia Peruana de Coope-ración Internacional (APCI) y su contribución con la Cultura de Proyectos que tanto anhela desarrollar en nuestro país.

II. FUEnTES DE FInAnCIAMIEnTO

Existen diversas fuentes para financiar un Proyecto de Inversión Pública, todo depende de la disponibilidad de recursos, de la capa-cidad de ejecución y de envergadura de pro-

yecto, al momento de decidir con qué tipos de fuente se piensa financiar la intervención.

Dentro las Fuentes de Financiamiento te-nemos, el Fondo de Compensación Municipal o FONCOMUN, para los Gobiernos Locales, por ejemplo, o lo que se conoce como Recursos Directamente Recaudados, o Recursos Ordi-narios y otros como la Cooperación Técnica In-ternacional No Reembolsable, la Cooperación Técnica Internacional Reembolsable, las Opera-ciones de Endeudamiento Externo o Interno.

En el presente artículo, desarrollaremos a profundidad, las Fuentes que provienen de Orga-nismos Multilaterales, u otros países que le ofre-cen al Perú fondos para determinados proyectos.

III. ALCAnCES nORMATIVOS

En lo que se refiere a la normatividad del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), La ley 27293, el numeral 9.1 del artículo 9 esta-blece que corresponde a la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público (DGPM) realizar el seguimiento de la inversión pública y de los Proyectos de Inversión Pública y declarar la viabilidad de los Proyectos de In-

––––––––––––––––(*) Artículo elaborado por el equipo de redacción de

Gestión Pública y Desarrollo.

"Cuando los Proyectos de In-versión Pública, vayan a ser financiados con Operaciones de Endeudamiento, el Res-ponsable de OPI debe visar el Resumen Ejecutivo del Estudio de Preinversión que aprueba para solicitar la Declaración de Viabilidad a la DGPM".

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versión Pública cuya fuente de financiamien-to sea operaciones de endeudamiento u otra que conlleve el aval o garantía del Estado.

Asimismo, en el Reglamento del SNIP, en el literal c. del numeral 3.2 del Artículo 3, estable-ce que la DGPM, en su calidad de ente técnico – normativo, dicta las normas técnicas, méto-dos y procedimientos que rigen los Proyectos de Inversión Pública, inclusive para aquellos que consideren concesiones cofinanciadas por el Estado o requieran el aval o garantía del Estado, conforme a la normatividad del endeudamiento público.

Además, en el literal g. del numeral y artí-culo mencionados, también hace hincapié a la Declaración de Viabilidad que sean financia-dos total o parcialmente con operaciones de endeudamiento u otra que conlleve el aval o garantía del Estado, conforme a la normativi-dad del endeudamiento público.

La DGPM, para los Proyectos o Programas de Inversión financiados mediante operaciones de endeudamiento, aprueba expresamente los Términos de Referencia para la elaboración de un estudio a nivel de perfil o pre-factibilidad, cuando el precio referencial supere las 60 Uni-dades Impositivas Tributarias (UIT) o de un estudio de factibilidad, cuando el precio refe-rencial supere las 200 UIT. Dicha aprobación es requisito previo a la elaboración o contratación del estudio respectivo.

El artículo 4 del Reglamento norma las coordinaciones que la DGPM hace con otras entidades y entes de diversos sectores admi-nistrativos del Estado con el fin de optimizar los procesos al interior del Sector Público, para el caso de Operaciones de Endeudamiento Públi-co Externo, en el caso de Proyectos de Inversión Pública que precisen financiamiento mediante una operación de endeudamiento externo, participa en las misiones de las fuentes finan-cieras, convocadas de acuerdo a lo establecido en el numeral 19.2 del artículo 19° de la Ley Ge-neral del Sistema Nacional de Endeudamiento, Ley N° 28563, en la preparación y supervisión de Proyectos de Inversión Pública. Asimismo, coordina con las misiones de las fuentes finan-cieras, los aspectos técnicos de los proyectos y culminado el proceso de preparación del proyecto, presenta a la Dirección Nacional de Endeudamiento Público el informe técnico de viabilidad.

En todas las coordinaciones, antes refe-ridas, la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público actúa con parti-cipación de la Oficina de Programación e Inver-siones del Sector correspondiente.

Durante la fase de inversión del Proyecto de Inversión Pública, aprueba las modificacio-nes tales como costos, metas, categorías de in-versión y plazo de ejecución o de desembolso, que a su criterio pudieran afectar su viabilidad.

Ahora, bien, existen casos en las Oficinas de Programación e Inversiones que pertenez-can a Gobiernos Locales, Gobiernos Regiona-les u Gobiernos Nacionales, pueden aprobar y Declarar la Viabilidad de Proyectos de Inversión Pública con recursos provenientes de operacio-nes de endeudamiento, y esto de da, si es que

ha recibido la Delegación de Facultades que de menciona en el numeral 3.3 del Reglamento y que aquí se presenta:

“Aprobar y declarar la viabilidad de los proyectos o programas de inversión, inclu-yendo la autorización de conglomerados, cuando haya recibido la delegación a que hace referencia el numeral 3.3.”

En el caso específico de las Oficinas de Pro-gramación e Inversiones Sectoriales, pueden, de acuerdo al literal e. del numeral 7.1 del artículo 7 del Reglamento, recomendar y solicitar a la Direc-ción General de Programación Multianual del Sec-tor Público la declaración de viabilidad de los pro-yectos o programas de inversión, que sean finan-ciados con operaciones de endeudamiento u otra que conlleve el aval o garantía del Estado, siempre que no se enmarquen en la delegación de faculta-des a que hace referencia el numeral 3.3.

Cuando los Proyectos de Inversión Pública, vayan a ser financiados con Operaciones de En-deudamiento, el Responsable de OPI debe visar el Resumen Ejecutivo del Estudio de Preinver-sión que aprueba para solicitar la Declaración de Viabilidad a la DGPM.

En el caso de los Estudios de Preinversión a ser financiados mediante Cooperación Técni-ca Internacional no Reembolsable, además de los contenidos mínimos deberán considerar las disposiciones sobre preinversión de las fuentes cooperantes o crediticias.

3.1 Procedimientos para la presentación y

evaluación de Proyectos de Inversión Pública financiados con endeudamiento (Artículo 16 de la Directiva General N° 001-2009-EF/68.01)

3.1.1 PERFIL: La UF elabora el Perfil, lo registra en

el Banco de Proyectos, el mismo que asigna automáticamente la OPI sec-torial responsable de su evaluación y remite el Perfil a dicha OPI acompa-ñado de la Ficha de Registro de PIP (Formato SNIP-03), sin la cual no se podrá iniciar la evaluación.

Al momento de registrar el PIP, la selec-ción de la función, programa y subpro-grama, deberá realizarse considerando el área del servicio en el que el PIP va a intervenir, independientemente de la codificación presupuestal utilizada.

La OPI recibe el Perfil, verifica su regis-tro en el Banco de Proyectos y registra la fecha de su recepción. Evalúa el PIP, utilizando el Protocolo de Evaluación, emite un Informe Técnico y registra en el Banco de Proyectos dicha evalua-ción. Con dicho Informe, la OPI puede:

a. Aprobar el Perfil y recomendar otro nivel de estudios;

b. Aprobar el Perfil y solicitar la decla-ración de viabilidad del PIP a la DGPM, en cuyo caso se remite el Perfil visado conforme a lo señalado en el artículo 35, acompañado del Informe Técnico;

c. Observar el estudio, en cuyo caso, de-berá pronunciarse de manera explícita sobre todos los aspectos que deban ser reformulados;

d. Rechazar el PIP.

En caso que la OPI solicite la viabilidad del proyecto con estudios a nivel de Perfil, una vez recibidos los documen-tos mencionados en el literal b) prece-dente, la DGPM verifica el registro del PIP, el registro de la evaluación de la OPI y registra la fecha de su recepción en el Banco de Proyectos. La DGPM evalúa el PIP, utilizando el Protocolo de Evaluación, emite un Informe Téc-nico y registra dicha evaluación en el Banco de Proyectos. El Informe Técni-co será remitido a la OPI, con copia a la UF. Con dicho Informe puede:

a. Recomendar otro nivel de estudios; b. Declarar la viabilidad del PIP, en

cuyo caso acompaña al Informe Técni-co el Formato SNIP-10;

c. Observar el estudio, en cuyo caso, de-berá pronunciarse de manera explícita sobre todos los aspectos que deban ser reformulados;

d. Rechazar el PIP

(Ver gráfica en la página siguiente).

3.1.2 PREFACTIBILIDAD: La UF sólo puede elaborar el estudio de

Pre-factibilidad después de aprobado el Perfil por parte de la OPI.

La UF elabora el estudio de Pre-fac-tibilidad, actualiza la información registrada en el Banco de Proyectos y remite el estudio de Pre factibilidad a la OPI acompañado de la Ficha de Registro de PIP (Formato SNIP-03) ac-tualizada.

La OPI recibe el estudio, verifica su ac-tualización en el Banco de Proyectos y registra la fecha de su recepción. Eva-lúa el PIP, utilizando el Protocolo de Evaluación, emite un Informe Técnico y registra en el Banco de Proyectos dicha evaluación. Con dicho Informe, la OPI puede:

a. Aprobar el estudio de Pre-factibili-dad y solicitar a la DGPM autorización para la elaboración del estudio de Fac-tibilidad;

b. Aprobar el estudio de Pre-factibili-dad y solicitar la declaración de viabi-lidad del PIP a la DGPM, en cuyo caso se remite el estudio de Pre-factibilidad, acompañado del Informe Técnico;

c. Observar el estudio, en cuyo caso, de-berá pronunciarse de manera explícita sobre todos los aspectos que deban ser reformulados;

d. Rechazar el PIP.

En caso que la OPI solicite la declara-ción de viabilidad del PIP, una vez reci-bidos los documentos mencionados en el literal b) del numeral precedente, la DGPM verifica la actualización de la in-formación registrada por la UF y por la OPI y registra la fecha de su recepción en el Banco de Proyectos. La DGPM evalúa el PIP, utilizando el Protocolo de Evaluación, emite un Informe Técnico y registra dicha evaluación en el Banco de Proyectos.

El Informe Técnico será remitido a la OPI (con copia a la UF). Con dicho In-forme puede:

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a. Recomendar la elaboración del estu-dio de Factibilidad;

b. Declarar la viabilidad del PIP, en cuyo caso acompaña al Informe Técni-co, el Formato SNIP-10;

3.1.3 FACTIBILIDAD: La UF sólo puede elaborar el estudio de

Factibilidad después de recibida la auto-rización de la DGPM, la misma que debe registrarse en el Banco de Proyectos.

La UF elabora el estudio de Factibilidad, actualiza la información registrada en el Banco de Proyectos y remite el estudio de Factibilidad a la OPI acompañado de la Ficha de Registro de PIP (Formato SNIP-03) actualizada.

La OPI recibe el estudio, verifica su ac-tualización en el Banco de Proyectos y registra la fecha de su recepción. Eva-lúa el PIP, utilizando el Protocolo de Evaluación, emite un Informe Técnico y registra dicha evaluación en el Banco de Proyectos. Con dicho Informe, la OPI puede:

a. Aprobar el estudio de Factibilidad y solicitar la declaración de viabilidad del PIP a la DGPM, en cuyo caso se re-mite el estudio de Factibilidad, acom-pañado del Informe Técnico;

b. Observar el estudio, en cuyo caso, deberá pronunciarse de manera ex-plícita sobre todos los aspectos que deban ser reformulados;

c. Rechazar el PIP.

En caso que la OPI solicite la viabili-dad del proyecto, una vez recibidos los documentos mencionados en el literal a) del numeral precedente, la DGPM verifica la actualización de la información registrada por la UF y por la OPI y registra la fecha de su recepción en el Banco de Proyectos. La DGPM evalúa el PIP, utilizando el Protocolo de Evaluación, emite un Informe Técnico y registra dicha evaluación en el Banco de Proyectos. El Informe Técnico será remitido a la OPI, con copia a la UF. Con dicho In-forme puede:

a. Declarar la viabilidad del PIP, en cuyo caso acompaña al Informe Técni-co el Formato SNIP-10;

b. Observar el estudio, en cuyo caso, deberá pronunciarse de manera ex-plícita sobre todos los aspectos que deban ser reformulados;

c. Rechazar el PIP.

A continuación un esquema que describe mejor el proceso: (Ver gráfico Nº 3)

IV. LA AGEnCIA PERUAnA DE COOPERA-CIÓn InTERnACIOnAL (APCI)

La APCI es el ente rector de la cooperación técnica internacional y tiene la responsabilidad de conducir, programar, organizar y supervisar la cooperación internacional no reembolsable, en función de la política nacional de desarrollo, en el marco de las disposiciones legales que re-gulan la cooperación técnica internacional. LEY Nº 27692.

4.1 Conceptos Básicos: El término Cooperación para el Desa-

rrollo no tiene una definición única, ni

Gráfico Nº 1

Elaboración de Perfil

Evalúa Perfil Evalúa Perfil

Fin

Mejora del perfil

UF

Si

Si

Si

Si

Si

Si

No

No

No

NoNo

OPI Sectorial DGPM

Perfil del Proyecto

Perfilaprobado

Declaración de viabilidad

Autorizaciónsiguiente estudio

¿Rechaza? ¿Rechaza?

¿Observa? ¿Observa?

¿Requiere estudios?

¿Solicitud de viabilidad?

1

1

2

2

Gráfico Nº 2

Elaboración de Prefactibilidad

Evalúa EstudioEvalúa

EstudioEvalúa

Estudio

Fin

Mejora del Estudio

UF

Si

Si

Si

Si

Si Si

Si

Si

No

No

No No

No

No

No

OPI Sectorial DGPM

Estudio de Prefactibilidad

Autoriza Elaboración de Prefactibilidad

EstudioAprobado

Autoriza estudio de Factibilidad

Declaración de viabilidad

Solicitud de viabilidad

¿Rechaza? ¿Rechaza? ¿Rechaza?

¿Observa? ¿Observa? ¿Observa?

¿Requiere Estudios adicio-

nales?

¿Solicitud de factibilidad?

1

1 3

4

22

4

2

3

c. Observar el estudio, en cuyo caso, de-berá pronunciarse de manera explícita sobre todos los aspectos que deban ser reformulados;

d. Rechazar el PIP.

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4.3 Los Recursos y Fondos de la Coopera-ción para el Desarrollo:

Los recursos y fondos de la Cooperación para el Desarrollo pueden tener origen público o privado. Tienen origen pú-blico cuando son las administraciones nacionales, regionales y locales del país donante las que emiten los fondos. Tie-nen origen privado cuando son recursos propios de particulares, empresas, aso-ciaciones, etc.

Los fondos de Cooperación para el De-sarrollo pueden ser reembolsables o no reembolsables. Son Fondos Reembol-sables los recursos de cooperación que deben ser devueltos en forma de dinero o en especie. Son Fondos No Reembolsa-bles los recursos que se entregan a fon-do perdido.

La naturaleza de los fondos de Coope-ración para el Desarrollo puede ser fi-nanciera o no financiera. La Coopera-ción Financiera se produce al efectuar-se una transferencia monetaria real de fondos al receptor. La Cooperación No Financiera ocurre cuando los recursos que se transfieren son conocimientos, tecnología, materiales, intercambios culturales, etc.

El grado de concesionalidad de la Co-operación para el Desarrollo puede ser ligado o no ligado. La Ayuda Ligada es aquella que condiciona al receptor a la compra exclusiva de bienes y servicios del país donante. La Ayuda No Ligada no condiciona al receptor a la compra exclusiva de bienes y servicios del país donante.

4.4 Principales Instrumentos de la Coopera-ción:

La Cooperación Económica, destinada a fortalecer el sector productivo, la infraes-tructura institucional y / o el desarrollo de servicios.

Las Preferencias Comerciales, con el fin de eliminar total o parcialmente las barreras comerciales a las exportaciones de los países en vías de desarrollo.

La Ayuda Financiera, con el objeto de facilitar el acceso a capitales, inversiones productivas, líneas de crédito preferencial para la importación, canje y condonación de deuda.

La Asistencia Técnica, dirigida a fortalecer las habilidades y capacidades técnicas de los países en vías de desarrollo así como a promover el intercambio de experiencias y conocimientos entre países.

La Acción Humanitaria que consiste fundamentalmente en brindar ayuda alimentaria, socorro, protección de los derechos humanos y acompañamiento a las víctimas de los conflictos armados, situaciones de presión y denuncia polí-tica. A la vez puede contribuir a la pre-paración, prevención y mitigación de desastres naturales, epidemias y gue-rras.

Gráfico Nº 3

Elaboración de Est. Factibilidad

Evalúa Estudio Evalúa Estudio

Fin

Mejora del Estudio

UF

Si

Si

Si

Si

Si

No

No

NoNo

OPI DGPM

Estudio de Factibilidad

Estudioaprobado

Declaración de viabilidad

¿Solicitud de viabilidad?

Autorizaciónde Est. Factibilidad

¿Rechaza? ¿Rechaza?

¿Observa? ¿Observa?

¿Requiere estudios?

1

2

2

Gráfico Nº 3

siquiera un nombre único, válidos para todo tiempo y lugar. Como concepto ha experimentado diversos cambios, en función del pensamiento, políticas y va-lores presentes en las relaciones interna-cionales. Los acontecimientos históricos de envergadura también han influido decisivamente en las interpretaciones, nombres y expresión práctica de este concepto.

En términos generales y sencillos, la Coope-ración para el Desarrollo o Ayuda Oficial al Desarrollo o Cooperación Internacional se entiende como un conjunto de actuaciones y herramientas de carácter internacional orientadas a movilizar recursos e intercam-biar experiencias entre los países desarro-llados y los países en vías de desarrollo para alcanzar metas comunes estipuladas en la agenda mundial y basadas en criterios de solidaridad, equidad, eficacia, sostenibili-dad, co - responsabilidad e interés mutuo.

La Cooperación Internacional busca el aumento permanente y la sostenibili-dad de los niveles de desarrollo social, económico, político y cultural de los países en vías de desarrollo, mediante la erradicación de la pobreza, el fin de la exclusión social tanto en educación como en salud, la lucha contra las en-fermedades infecciosas y la conserva-ción del medio ambiente.

4.2 Tipos de Cooperación para el Desarro-llo y Actores Implicados:

La Ayuda Oficial al Desarrollo se estruc-tura en diferentes tipos de cooperación y actores implicados:

• CooperaciónMultilateralocoopera-ción a través de agencias, institucio-nes, organizaciones u organismos multilaterales autónomos;

• Cooperación Bilateral o coopera-ción directa de país donante a país receptor a través de los organismos gubernamentales autónomos de ambos países;

• Cooperación a través de Organi-zaciones No Gubernamentales de Desarrollo, con ellas mismas como protagonistas de la ejecución e in-tercambio;

• CooperaciónDescentralizada,entreadministraciones regionales y esta-tales públicas;

• CooperaciónEmpresarial,medianteempresas que brindan asistencia técnica y transferencia de tecnolo-gía a sus equivalentes en los países en vías de desarrollo;

• Asistencia Humanitaria, o accionespuntuales de ayuda alimentaria, so-corro, protección de derechos hu-manos, acompañamiento a las víc-timas, presión política y denuncia, así como preparación, prevención y mitigación de desastres natura-les, epidemias, conflictos armados y guerras, y

• Cooperación Horizontal o Coope-ración Técnica entre Países en De-sarrollo (CTPD), que consiste en la movilización e intercambio de recursos humanos, técnicos, finan-cieros y materiales entre países con realidades nacionales similares.

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La Cooperación Científica y Tecnológi-ca, destinada a transferir e intercambiar tecnologías aplicadas a servicios básicos de educación, salud y saneamiento. Tam-bién comprende investigaciones com-partidas.

Cooperación Cultural, pensada para fa-vorecer la difusión y el intercambio de las expresiones culturales propias de cada país. Comprende, entre otros ele-mentos, arte, pintura, teatro, patrimonio histórico.

4.5 Modalidades de la Cooperación para el Desarrollo en el Perú:

• Cooperación Técnica Internacional NoReembolsable, normada por el Decreto Legislativo N° 719, responsabilidad de la Agencia Peruana de Cooperación Interna-cional - APCI;

• Cooperación Financiera No Reembol-sable, responsabilidad de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI;

• Cooperación Financiera Reembolsable,normada por la Ley Anual de Presupues-to y la Ley Anual de Endeudamiento Ex-terno. Responsabilidad del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF;

• CanjedeDeudaporalgúnobjetivopriori-tario de desarrollo, y

• Donacionesdecarácterasistencialyedu-cacional, normado por el Decreto Legisla-tivo N° 21942.

4.6 Naturaleza de la Cooperación Técnica No Reembolsable:

Los recursos de Ayuda Oficial al Desarro-llo (AOD) canalizados por APCI son de na-turaleza no reembolsable.

La AOD está constituida por los flujos que las agencias oficiales, incluidos los gobier-nos estatales y locales, o sus agencias eje-cutivas, destinan a los países en desarrollo y a las instituciones multilaterales, y que en cada operación cumplen las siguientes condiciones:a. Tienen como principal objetivo la promo-

ción del desarrollo económico y el bien-estar social de los países en desarrollo,

b. Tienen carácter de concesión y con-tienen un elemento de donación de al menos el 25%.

La cooperación Técnica no Reembolsable se ejecuta según su contenido y finalidad mediante los siguientes instrumentos:1. Asesoramiento de Expertos, 2. Capacitación, 3. Servicio de Voluntarios, 4. Donaciones, 5. Fondos de Contravalor, 6. Apoyo Presupuestal, y 7. Cooperación Educativa y Cultural

4.7 ¿Cómo se tramita la Cooperación Técnica no Reembolsable?

Según el marco legal y el Manual de Procedimientos de Cooperación Téc-

nica Internacional (R.S. N° 450-84-RE), las solicitudes de CTI son presentadas en primera instancia a las oficinas sec-toriales y regionales responsables de cooperación, quienes evalúan la pro-puesta de acuerdo a determinados pa-rámetros.

De haber sido evaluada positivamente y si la propuesta es considerada prioritaria, la solicitud de cooperación, es derivada a la APCI, quien recibe todas las solicitu-des de cooperación (demanda nacional) remitida por los sectores, regiones y or-ganismos constitucionalmente autóno-mos.

Es responsabilidad de APCI evaluar esta demanda y ordenarla de acuerdo a las prioridades nacionales, para presentarla posteriormente a las diferentes fuentes cooperantes oficiales, mediante los meca-nismos formales de negociación estable-cidos.

Es función de APCI negociar los proyectos de carácter nacional, canalizados apro-bados y priorizados por los Ministerios, Gobiernos Regionales y otros organismos públicos.

Cabe agregar que, los proyectos de in-versión derivados por entidades públicas requieren la declaratoria de viabilidad según el Sistema Nacional de Inversión Pública

4.8 Las Principales Fuentes Cooperantes:

a. ALEMAnIA

• CooperaciónAlemanaparaelDe-sarrollo - GTZ

• CooperaciónAlemanaparaelDe-sarrollo - GTZ - Programa Desarro-llo Rural Sostenible de la GTZ

• Embajadade laRepúblicaFederalde Alemania

• KfW-CooperaciónFinancieraAle-mana (Pag en Construcción)

• FondoContravalorPerúAlemania• Servicio Alemán de Cooperación

Social Técnica - DED• INWENT

b. BÉLGICA

• CooperaciónTécnicaBelga-CTB• EmbajadadeBélgica

c. ESTADOS UnIDOS• AgenciadelosEstadosUnidospara

el Desarrollo Internacional - USAID• Embajada de Estados Unidos de

América• FondodelasAméricas• FundaciónInteramericana

d. JAPOn

• FondoGeneraldeContravalorPerú- Japón

• Agencia de Cooperación Interna-cional del Japón - JICA

• BancodeCooperaciónInternacio-nal del Japón - JBIC

• EmbajadadeJapón

e. ORGAnISMOS DE LAS nACIOnES UnIDAS

• Naciones Unidas Oficina Contrala Droga y el Delito - ONUDD

• Oficina de Servicios para Pro-yectos de Naciones Unidas - UNOPS

• Oficina Regional de la Organi-zación Mundial de la Salud – OMS

• Organización Panamericana dela Salud. - OPS

• Organización Mundial de la Sa-lud - OMS

• Organización de las NacionesUnidas para la Agricultura y la Alimentación - FAO

• Organización de las NacionesUnidas para la Agricultura y la Alimentación- FAO (Oficina Re-gional para América Latina y el Caribe)

• Organización de las NacionesUnidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura.- UNESCO

• Organización de las NacionesUnidas Programa Mundial de Alimentos - PMA

• Fondo de las Naciones Unidaspara la Infancia - UNICEF

• Fondo de Población de las Na-ciones Unidas - UNFPA

• Programa de las Naciones Uni-das para el Desarrollo - PNUD en Perú

• Organización de las NacionesUnidas

• Organización Internacional delTrabajo - OIT

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II. PREGUnTAS FRECUEnTES

1. ¿Cuáles son los Objetivo de la Agencia Peruana de Cooperación Técnica Inter-nacional?• Optimizar el uso de los recursos de

Cooperación Internacional No Reem-bolsable garantizando su alineamien-to con los objetivos de desarrollo del país; así como su apropiación y trans-parencia.

• APCIesreconocidaenlaregióncomoagencia cooperante con capacidad de brindar asistencia técnica.

• Sistema Nacional Descentralizado deCooperación Internacional No Reem-bolsable (SINDCINR) consolidado y funcionando eficazmente.

• APCI fortalece sus capacidades degestión institucional logrando mayor

eficiencia y eficacia en los servicios que brinda.

• APCIfortalecesurectoríayafianzasuLiderazgo en materia de Cooperación Internacional No Reembolsable.

2. ¿Cuáles son las Principales Funciones del APCI?• ProponerlaPolíticadeCooperaciónTéc-

nica Internacional a ser aprobada me-diante Decreto Supremo, en concordan-cia con la Política Nacional de Desarrollo definida por el Poder Ejecutivo.

• Elaborar y aprobar el Plan Anual deCooperación Internacional que inte-gre el Plan de Demanda y Oferta de Recursos de Cooperación.

• Canalizar los pedidos de coopera-ción de las entidades del Gobierno Central y de las entidades constitu-

cionalmente autónomas, a su soli-citud.

• CoordinarconelSistemaNacionaldeInversión Pública, la viabilidad de los proyectos, que requieran de coopera-ción internacional, cuando éstos estu-viesen en su ámbito.

• Diseñar y mantener los sistemas deinformación en Cooperación Técnica Internacional que garanticen la más am-plia difusión de la oferta, modalidades, fuentes, requisitos y demás condicio-nes para la obtención de cooperación internacional, así como la demanda de cooperación solicitada por otros países.

• Velarporelcumplimientodelasdisposi-ciones legales y convencionales que regu-lan la cooperación técnica internacional, para tal efecto podrá dictar las medidas correctivas que considere necesarias.

Bitácora Informativa

DIEZ IDEAS DISTORSIONADAS DE LA COOPERACIÓN TECNICA INTERNACIONAL

AFIRMACIOnES FRECUEnTES

Fuente: APCI.

1. Los recursos de la CTI son abundantes, de fácil y rápido des-embolso.

2. Los recursos de la CTI son donaciones que pueden financiar cualquier tema (incluso infraestructura) en cualquier lugar.

3. La CTI está destinada a financiar proyectos "sociales" y por lo tanto no importa si no son viables y sustentables.

4. Se "pierden" recursos de CTI por los trámites burocráticos y la falta de proyectos.

5. Cualquier entidad puede presentar directamente sus solici-tudes de financiamiento a APCI.

6. Cualquier entidad puede dirigir, negociar y suscribir convenios con las fuentes cooperantes oficiales.

7. Las solicitudes de financiamiento se negocian en forma indi-vidual.

8. Los recursos solicitados de cooperación pueden sustituir a la inversión privada.

9. APCI está en la obligación de canalizar, todas las solicitudes recibidas a las fuentes cooperantes que correspondan.

10. Existen US$ 1,800 millones disponibles de la Mesa de Coope-ración Internacional de Madrid, de octubre de 2001.

Los recursos de la CTI son escasos, están sometidos a largos procesos de negociación y los desembolsos están condicionados al cumplimiento previo de requisitos.

Los programas de CTI están localizados en temas y áreas priori-tarias, establecidos según una agenda oficial de las partes.

Los proyectos deben tener un determinado nivel de rentabilidad social y los resultados deben ser sustentables y sostenibles.

No existe pérdida de recursos, lo que es frecuente más bien es la debilidad de los requerimientos de financiamiento o ausencia de proyectos viables.

Existen canales establecidos: las autoridades regionales y secto-riales. Estos son quienes en primera instancia evalúan y priorizan los proyectos, antes de llegar a APCI.

De acuerdo a procedimientos oficiales y usos internacionales establecidos, la relación formal con las fuentes cooperantes oficiales es responsabilidad sólo de APCI.

La negociación se hace en base a una cartera de proyectos que refleja la demanda prioritaria nacional.

La CTI tiene un campo restringido de acción, evitando entrar en temas de la inversión privada.

APCI, tiene la responsabilidad de evaluar la demanda de CTI recibida, antes de darle prioridad y canalizarla hacia las fuentes cooperantes.

Del monto captado, un 33% son recursos no reembolsables responsabilidad de APCI. De estos más de la mitad ya están comprometidos o en proceso de ejecución.

REALIDAD

I. CUADRO DE COOPERACIÓn TÉCnICA InTERnACIOnAL