La movilidad interadva. femp 2013

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La Movilidad Interadministrativa FEMP Curso Técnicas de Gestión de RHH Madrid 3 y 4 de Octubre de 2013 Luis Barbado San Martín Jefe de Servicio Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes [email protected]

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La Movilidad Interadministrativa

FEMP

Curso Técnicas de

Gestión de RHH

Madrid 3 y 4 de Octubre de 2013Luis Barbado San Martín

Jefe de Servicio

Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes

[email protected]

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Movilidad Interadministrativa

¿Cómo puedo moverme

profesionalmente

en las

AA.PP.?

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Sumario

1.- ¿Qué entendemos por Movilidad Interadministrativa?

2.- Algunas preguntas que se hacen los EE.PP

3.- La realidad de las plantillas de AA.PP

4.- Ventajas/Oportunidades

5.- Desventajas/Amenazas

6.- Marco normativo

7.- ¿Qué opciones o mecanismos legales existen para

hacer efectiva la Movilidad Interadministrativa?

8.- Situaciones Administrativas

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1. ¿Qué entendemos por movilidadInteradministrativa?

En contraposición a la movilidad intradministrativa o interna, la interadministrativa es

aquella que se produce con

el cambio profesional como

empleado público a otra

Administración Pública distinta.

En España tenemos 3 AA.PP distintas(AGE, CC.AA y AA.LL)

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2. Algunas preguntas que se hacen los EE.PP.

¿Es posible la movilidad

interadministrativa?

¿Está suficientemente

regulada la movilidad

Interadministrativa?

¿Por qué no hay un mayor

desarrollo legislativo ?

¿Existe oferta y demanda? (“Mercado”)

¿Por qué no se

potencia

su uso?

¿Tiene más

inconvenientes

que ventajas?

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3. La realidad de las plantillas de las AA.PP. (I)

Total = 2.576.746 Empleados Públicos (2013)

� CC.AA: 1.307.343 (50,70%)

� A.G.E: 570.691 (22,20%)

� AA.LL: 549.807 (21,30%)

� Universidades: 148.905 (5,80%)

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3. La realidad de las Plantillas de las AA.PP. (II)

COMUNIDADES AUTÓNOMAS1.307.343

51%

ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL

ESTADO570.69122%

ADMINISTRACIÓN LOCAL549.80721%

UNIVERSIDADES148.9056%

2.576.746 EE. PP.

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3. La realidad de las Plantillas de las AA.PP.(III)

Plantillas de las Administraciones Locales españolas:

� Total Plantillas AA.LL: 549.807 � (-17.488 en Julio de 2012)

� 8.045 Ayuntamientos: 486.641

� (-11.558)

� Diputaciones/Cabildos/

Consejos Insulares: 63.166

� (-5.930)

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3. La realidad de las Plantillas de las AA.PP.(IV)

Plantillas de las Administraciones Locales

Distribución por sexo:

� Hombres: 296.287 (54%)

� Mujeres: 253.520 (46%)

Distribución por régimen jurídico:

- Funcionarios : 218.529 (40%)

- Laborales: 268.197 (54%)

- Otros: 37.552 ( 6%)

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4. Ventajas/Oportunidades

Para el empleado público:

� Intereses Personales (conciliación, carrera profesional, movilidad geográfica,...)

� Prevención Riesgos Laborales (Clima trabajo, Acoso, mobbing, ..)

Para las AA.PP

� Atracción del talento

� Mayor eficiencia en la selección

� Innovación y gestión del cambio

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5. Desventajas/Amenazas

Para el empleado público

� Inseguridad jurídica retorno

� Agravios

Para las AA.PP

� Temor a la pérdida de los mejores

� Inseguridad jurídica (recursos, conflictos, etc.)

� Inestabilidad y dificultad en la gestión de las plantillas por situaciones administrativas

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6. Marco normativo (I)

� Ley 7/2007, de 12 de Abril, Título V (Arts. 69-84) EBEP:

- Arts.78-83 Formas de Movilidad (incluida forzosa y por razón V. Género)

- Art. 84. Movilidad voluntaria interadministrativa vía Convenios de Conferencia Sectorial y otros

- Arts. 57 y 58 Acceso a empleo público en otros países u Organismos Internacionales

� Legislación autonómica sobre Movilidad en su Función Pública

� Acuerdos Interadministrativos sobre Movilidad

� Acuerdos internos (convenios, etc.)

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6. Marco normativo (II)

Conclusiones Grupo Trabajo Movilidad Interadva: (A partir del Art. 84 del EBEP)

- Posibilidad de establecer Acuerdos, de carácter bilateral o multilateral, en los que se identifique el colectivo al que van dirigidos y se establezca reciprocidad.

- Establecer en el texto del Acuerdo de que se trate un cupo mínimo de puestos abierto a otras AAPP, y en donde se determinen las características del mismo (sistema de provisión de los puestos que integran el cupo: concurso, libre designación,..).

- De acuerdo con el EBEP, en caso de cese o supresión del puesto, el empleado público debería quedarse en su lugar de destino (por tanto, asignación de un puesto por la Administración de destino).

- Facilitar y ampliar los traslados en supuestos de especial protección, como violencia de género y motivos de otra índole (familiares, salud,…).

- Indicar que habrá algún tipo de proceso de “homologación” de formación o mínimos para la equivalencia de los puestos desempeñados en la administración de origen y la de destino

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7. ¿Qué opciones o mecanismos legales existen para hacer efectiva la Movilidad Interadministrativa?

� Permutas

� Comisión de Servicios

� Nombramientos provisionales

� Procesos/convenios de Movilidad

� Concursos de provisión de

puestos (Ordinarios,

Libre designación, 00.II)

� Directivo público profesional (Art. 13 EBEP)

� Nombramiento cargo eventual de confianza política (No ordinario. Art 12 EBEP)

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8. Situaciones Administrativas (I)

� Servicio en otras Administraciones Públicas

(Art. 88 EBEP)

� Servicios Especiales

(Art. 87 EBEP)

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8. Situaciones Administrativas (II)

� Servicio en otras Administraciones Públicas (Art. 88)

Pasan a esta situación los funcionarios cuando…

En virtud de procesos de transferencias o por procedimientos de provisión de puestos de trabajo obtengan destino en otra A.P.

¿Qué derechos tienen ?

� Se integran plenamente en la Función Pública de la CA respectiva, pasando a servicio activo, reconociendo el cuerpo y escala de procedencia, así como derechos económicos.

� Cuando reingresen a la administración de origen se les reconocerán todos los derechos por el progresos alcanzado en su carrera profesional.

� Precisa desarrollo reglamentario de acuerdo a la movilidad prevista en el art.84.

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8. Situaciones Administrativas (III)

� Servicios Especiales (Art. 87)

Pasan a ésta situación los funcionarios cuando…

� Formen parte de los O. Gobierno de CC.AA, altos cargos, formen parte de una misión internacional durante más de seis meses, …

� Desempeñen puestos asimilados al rango de altos cargos

� Sean adscritos a los servicios del Tribunal Constitucional, Defensor del Pueblo y Tribunal de Cuentas o sean elegidos Diputado o Senador o miembros de las asambleas autonómicas con retribuciones periódicas.

� Cargos electivos de las entidades locales retribuidos o tengan responsabilidades económico-administrativas.

� Formen parte del Consejo General del Poder Judicial o sean elegidos por las Cortes o Asambleas Autonómicas para formar parte de otros organismos, incluidos sus asesores o de los grupos parlamentarios.

� Cuando sean designados personal eventual para funciones de confianza y no opten por permanecer en servicio activo.

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8. Situaciones Administrativas (IV)

� Servicios Especiales (Art. 87)

¿Qué derechos tienen ?

� A las retribuciones del puesto o cargo que desempeñen, incluidos los trienios

que tengan reconocidos.

� Se computará el tiempo de SE para ascensos, trienios, promoción y derechos

de la Seguridad Social.

� Reingreso en las mismas condiciones consolidadas, incluida la carrera y grado

equivalente cargos similares a los desempeñados. (Precisa de desarrollo. 87.4)

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8. Situaciones Administrativas (V)

� Situaciones del Personal Laboral

(Art. 92 EBEP)

El personal laboral se regirá por el Estatuto de los Trabajadores y

por los Convenios Colectivos que les sean de aplicación.

Los convenios colectivos podrán determinar la aplicación de este

Capítulo al personal incluido en su ámbito de aplicación en lo

que resulte compatible con el Estatuto de los Trabajadores.

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8. Situaciones Administrativas (VI)

� ¿Nuevas Situaciones Administrativas?

Las leyes de Función Pública de desarrollo

del EBEP podrán regular otras situaciones

administrativas por razones organizativas,

reestructuración o bien cuando por

promoción o acceso a determinados puestos

que no correspondan a funcionarios.

Nota: Se mantiene en vigor la situación de excedencia voluntaria por

prestación de servicios en otra Administración Pública.

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¡ Muchas gracias ¡

Luis Barbado

[email protected]

http://gestores-publicos.blogspot.com.es/