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1 Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona la fracción XIII al Artículo 6º de la Ley General de Salud. El suscrito Senador, José Ramón Enríquez Herrera, integrante del Grupo Parlamentario del Movimiento Regeneración Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como, así como los artículos 8, fracción I y 164 del Reglamento del Senado de la República, somete a la consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona la fracción XIII al Artículo 6º de la Ley General de Salud, conforme a la siguiente: Exposición de Motivos Anualmente, millones de pacientes en todo el mundo se ven afectadas y afectados durante una atención sanitaria establecida como no segura. Según datos de 2019 de la Organización Mundial de la Salud (OMS), durante la atención hospitalaria, 1 de cada 10 pacientes sufre algún daño ocasionado por diversos eventos adversos, de los que el 50% son prevenibles. Un evento adverso es “Todo incidente imprevisto e inesperado como consecuencia de la atención (mayoritariamente) hospitalaria que produce la muerte, una discapacidad, la prolongación o estancia, o el reingreso subsecuente1 , mientras que un incidente es cualquier suceso o circunstancia que dañe o pueda dañar innecesariamente a un paciente. La OMS 2 estima que anualmente se producen 134 millones de eventos adversos en los hospitales de los países de bajos y medianos ingresos, donde aproximadamente 2.6 millones de estos eventos resultan mortales. En 2006, a través del Estudio Nacional sobre los Efectos Adversos ligados a la Hospitalización (ENEAS) realizado en España, se revisaron 5624 historias clínicas en distintos hospitales, donde se 1 OPS-OMS, Órgano de difusión del Centro Colaborador en materia de Calidad y Seguridad del Paciente, Boletín CANAMED- OPS, noviembre diciembre 2015, [en línea], consultado en http://www.conamed.gob.mx/gobmx/boletin/pdf/boletin3/eventos_adversos.pdf 2 OMS, 10 datos sobre la seguridad del paciente, agosto de 2019, [en línea], consultado en https://www.who.int/features/factfiles/patient_safety/es/

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Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que

se adiciona la fracción XIII al Artículo 6º de la

Ley General de Salud.

El suscrito Senador, José Ramón Enríquez Herrera, integrante del Grupo

Parlamentario del Movimiento Regeneración Nacional, con fundamento en lo

dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos, así como, así como los artículos 8, fracción I y 164 del

Reglamento del Senado de la República, somete a la consideración de esta

Honorable Asamblea la siguiente Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se

adiciona la fracción XIII al Artículo 6º de la Ley General de Salud, conforme a la

siguiente:

Exposición de Motivos

Anualmente, millones de pacientes en todo el mundo se ven afectadas y afectados

durante una atención sanitaria establecida como no segura. Según datos de 2019

de la Organización Mundial de la Salud (OMS), durante la atención hospitalaria, 1

de cada 10 pacientes sufre algún daño ocasionado por diversos eventos adversos,

de los que el 50% son prevenibles. Un evento adverso es “Todo incidente imprevisto

e inesperado como consecuencia de la atención (mayoritariamente) hospitalaria que

produce la muerte, una discapacidad, la prolongación o estancia, o el reingreso

subsecuente”1, mientras que un incidente es cualquier suceso o circunstancia que

dañe o pueda dañar innecesariamente a un paciente.

La OMS2 estima que anualmente se producen 134 millones de eventos adversos en

los hospitales de los países de bajos y medianos ingresos, donde aproximadamente

2.6 millones de estos eventos resultan mortales. En 2006, a través del Estudio

Nacional sobre los Efectos Adversos ligados a la Hospitalización (ENEAS) realizado

en España, se revisaron 5624 historias clínicas en distintos hospitales, donde se

1 OPS-OMS, Órgano de difusión del Centro Colaborador en materia de Calidad y Seguridad del Paciente, Boletín CANAMED-OPS, noviembre – diciembre 2015, [en línea], consultado en http://www.conamed.gob.mx/gobmx/boletin/pdf/boletin3/eventos_adversos.pdf 2 OMS, 10 datos sobre la seguridad del paciente, agosto de 2019, [en línea], consultado en https://www.who.int/features/factfiles/patient_safety/es/

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detectaron un 8.4% de eventos adversos, de los cuales 42.8% se consideraron

evitables y 4.4% derivaron en muertes; al realizar una equiparación de los

porcentajes con el total de hospitalizaciones anuales en este país, el estudio

encontró que 7388 muertes eran evitables. En este mismo tenor, en el continente

americano, en 2011 se realizó el estudio Prevalencia de efectos adversos en

Hospitales de Latinoamérica, donde se incluyeron 11,379 pacientes de 58

hospitales de 5 países donde la tasa de eventos adversos fue de 10.5%, donde 60%

de ellos se consideraron evitables y el 6%, muertes evitables.

Los eventos adversos se atribuyen a la falta de seguridad en la atención recibida y

son considerados como una de las 10 causas principales de muerte y discapacidad

a nivel mundial. La OMS encontró que 4 de cada 10 pacientes sufren daños al recibir

atención primaria y ambulatoria, 80% de ellos prevenibles. En este sentido, la

Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) refirió que

este tipo de daño ocasionado a los pacientes puede representar el 6% de los días

de hospitalización, lo que repercute en la economía de los países, que se estima

erogan el 15% del gasto y las actividades hospitalarias como resultado de los

eventos adversos.

La OMS indicó que eventos adversos están relacionados con el diagnóstico, la

prescripción y el uso de medicamentos. Los errores diagnósticos están relacionados

preferentemente con las limitaciones en el acceso a la atención y la escasez de

recursos materiales.

Por su parte, la falta de seguridad en las prácticas médicas y errores en la

medicación (dosis incorrectas, poca claridad en las instrucciones, abreviaciones y

prescripciones inadecuadas) son causas mundiales de daños evitables en la

atención sanitaria, los errores de medicación se encuentran relacionados con

factores humanos como fatiga, malas condiciones de trabajo y escasez de personal,

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mismos que pueden causar graves daños al paciente, entre ellos la discapacidad o

muerte.

Dado que estos padecimientos son prevenibles, se considera que las inversiones

en la Seguridad del Paciente pueden constituir importantes ahorros ya que los

gastos en prevención son menores que los gastos en atención y tratamiento, pero

sobre todo, implican mejoras en la calidad de la atención que se brinda al paciente.

La Seguridad del Paciente se define como “la reducción del riesgo de daños

innecesarios relacionados con la atención sanitaria hasta un mínimo aceptable, el

cual se refiere a las nociones colectivas de los conocimientos del momento, los

recursos disponibles y el contexto en el que se prestaba la atención, ponderadas

frente al riesgo de no dispensar tratamiento o de dispensar otro”.3 Para la Secretaría

de Salud, la Seguridad del Paciente es “[…] el conjunto de estructuras, procesos y

resultados organizacionales que reducen al máximo y previenen la probabilidad de

sufrir un evento adverso durante la atención a la salud de los usuarios”4.

A través del tiempo, la Seguridad del Paciente ha estado presente en las agendas

de salud a nivel mundial y en la actualidad, el tema se ha posicionado como un

aspecto prioritario de salud pública. En 2002 la Resolución WHA55.18, adoptada

por la 55ª Asamblea Mundial de la Salud exhortó a los Estados Miembros a “[…]

prestar la mayor atención posible al problema de la seguridad del paciente y a que

establecieran y consolidaran sistemas de base científica, necesarios para mejorar

la seguridad del paciente y la calidad de la atención sanitaria”5. Dado que la

seguridad de los pacientes puede verse afectada en todos los estratos sociales y

3 Marco Conceptual de la Clasificación Internacional para la Seguridad del Paciente. Versión 1.1. Informe Técnico Definitivo, enero de 2009. World Health Organization. Patient Safety en SECRETARÍA DE SALUD, Seguridad del Paciente, 20 de marzo de 2020, [en línea] consultado en http://calidad.salud.gob.mx/site/calidad/seguridad_paciente.html 4 Secretaría de Salud, Metas Internacionales sobre Seguridad del Paciente, 23 de noviembre de 2015, [en línea], consultado en https://www.gob.mx/salud/acciones-y-programas/metas-internacionales-sobre-seguridad-del-paciente 5 OMS, “Pacientes en Defensa de su Seguridad" – Información general”, [en línea], consultado en

https://www.who.int/patientsafety/patients_for_patient/statement/es/

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en cualquier parte del mundo y contexto socioeconómico, dos años más tarde la

organización lanzó la Alianza Mundial para la Seguridad del Paciente con el

propósito de mejorar las condiciones de las y los pacientes de todo el mundo.

La Seguridad del Paciente implica que existe un escenario dicotómico donde el

riesgo-seguridad está presentes durante la práctica médica. Por ello se requiere del

diseño estrategias que, desde los espacios profesionales, institucionales y sociales,

favorezcan los escenarios de seguridad o escenarios con bajo riesgo, propicios para

el desarrollo de las competencias y prácticas profesionales de modo seguro y en los

que la Seguridad del Paciente se incluya como prioridad. En este contexto, una de

las esferas de trabajo dentro de la Alianza Mundial fue la de “Pacientes en Defensa

de su Seguridad” que propone la participación de las y los pacientes y las personas

cuidadoras, como asociadas en las iniciativas reformadoras y decisivas en la

Seguridad del Paciente.

La Seguridad del Paciente se encuentra acompañada de la cultura de seguridad,

estructurada bajo un esquema no punitivo, donde las y los individuos y

organizaciones se comprometan con la seguridad y con la aplicación de mejores

prácticas en un clima de seguridad abierto y de confianza mutua. La cultura de

seguridad comprende entonces, una serie de factores humanos, técnicos,

organizativos y culturales; además de valores y normas comunes a los individuos

de una misma organización, dicha cultura implica un modelo mental compartido que

posiciona la seguridad como un objetivo común a perseguir, de manera que los

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individuos y la organización están comprometidos con los programas de seguridad

del paciente.6

A través del tiempo, han sido varios los esfuerzos que desde múltiples espacios se

han realizado para superar enfrentar los obstáculos para la Seguridad del Paciente,

entre algunas esfuerzos cabe mencionar las propuestas del informe To Err is

Human, propuso la creación de un sistema público y obligatorio de comunicación de

errores; el uso de la simulación clínica como metodología de aprendizaje; la

formación de comités de seguridad del paciente dependientes de las asociaciones

científicas, entre otras.

En 2005 con la creación del primer centro del mundo que en colaboración con la

OMS se enfocó únicamente en la Seguridad del Paciente, el Joint Commission

International Center for Patient Safety, que entre cuyos objetivos principales

estableció la comunicación efectiva entre quienes brindan atención sanitaria y la

seguridad en el uso de medicamentos, la reducción del riesgo de infecciones

asociadas a la atención sanitaria, así como que los hospitales identifiquen los

riesgos particulares de la población atendida.

Por su parte, la Patient Safety Movement Foundation se creó con el objetivo de

unificar el “ecosistema sanitario”, compuesto de hospitales, empresas de tecnología

sanitaria, gobierno, defensores del paciente, médicos, ingenieros, y otros, ya que

con ello se pretende la consolidación de 13 soluciones prácticas (APSS) para la

6 ROCCO, CRISTIÁN Y ALEJANDRO GARRIDO, Seguridad del Paciente y Cultura de Seguridad, Revista Mpedica Clínica Las Condes, Vol. 28, Núm. 5, pp. 785-795, septiembre-octubre 2017, [en línea], consultada en https://www.elsevier.es/es-revista-revista-medica-clinica-las-condes-202-articulo-seguridad-del-paciente-y-cultura-S0716864017301268

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seguridad del paciente, que han de aplicar los hospitales con el fin de reducir el

número de muertes evitables.7

Dado que la Seguridad del paciente es un problema que afecta a todos los países,

donde cada centro sanitario atraviesa experiencias particulares al respecto, es clara

la necesidad de encontrar una metodología de estudios e investigaciones sobre los

eventos adversos que aparecen y a los que se pretende dar solución. En este

sentido, de manera muy general, se ha propuesto que el ciclo de investigación en

Seguridad del Paciente en cinco etapas:

Fuente: OMS, Sesión 1. ¿Qué es la Seguridad del Paciente?, Curso virtual de introducción a la Investigación en Seguridad del Paciente, 25 de abril de 2012, [en línea], consultado en https://www.who.int/patientsafety/research/curso_virtual/es/

Además, ante la necesidad de contar con marco internacional de herramientas para

la identificación, el análisis y la investigación de riesgos, que permitieran construir 7 Patient Safety Movement Foundation [en línea]. consultado en: http://patientsafetymovement.org/?lang=es.

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soluciones prácticas y generalizables, la OMS publicó en 2007, la Clasificación

Internacional para Seguridad del Paciente (ICPS). El propósito de la ICPS es definir,

armonizar y agrupar los conceptos de seguridad del paciente en una clasificación

acordada internacionalmente para favorecer el aprendizaje y mejorar la seguridad

del paciente a lo largo del tiempo. La taxonomía está diseñada para facilitar la

descripción, comparación, medición, seguimiento, análisis e interpretación de la

información para mejorar la atención al paciente y para fines de planificación de

políticas epidemiológicas y de salud8.

Sumado a estos esfuerzos, se encuentran otras acciones que cada nación está

adoptando de manera independiente, encaminadas a mejorar la Seguridad del

Paciente. No obstante, estas acciones deben acompañarse de una cultura

institucional de seguridad, que contemple el aprendizaje colectivo y la corrección de

factores latentes9, es decir, donde bajo la premisa de que el ser humano es falible y

que a pesar de sus esfuerzos, inevitablemente los errores se presentarán, por lo

que la atención se debe focalizar en el diseño de los procesos que limiten o detecten

rápidamente situaciones de riesgo. En este sentido, el desempeño del personal de

salud en la generación y resolución de incidentes, asociados al entorno laboral,

resulta fundamental en la producción de estrategias para la Seguridad del Paciente.

Reconociendo el papel del personal de salud, en el marco de la celebración

del Día Mundial de la Seguridad del Paciente (17 de septiembre) y a partir de

la experiencia derivada de la pandemia de Covid-19 que ha evidenciado las

problemáticas a las que se enfrentan como lo es el desempeño de sus labores

en entornos estresantes, que provoca una propensión a la comisión de

8 OMS, International Classification for Patient Safety (ICPS), Febrero 2009, [en línea], consultado en https://www.who.int/patientsafety/taxonomy/icps_statement_of_purpose.pdf?ua=1 9 Refiere a características del paciente o del sistema, que pueden contribuir a la producción de un incidente. J.T. Reason.Human Error. Cambridge University Press, (1990), en ROCCO, CRISTIÁN Y ALEJANDRO GARRIDO, Op. Cit.

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errores que pueden perjudicar al paciente. Este año, la OMS estableció que el

tema del Día Mundial de la Seguridad del Paciente será “Seguridad del

personal sanitario: Una prioridad para la seguridad de los pacientes”, bajo el

lema: “Personal sanitario seguro, pacientes seguros”, donde se instó a los

Estados Miembros y asociados a ¡Defender la seguridad del personal

sanitario! La campaña de este año tiene por objeto la movilización de diversos

sectores para defender la seguridad del personal sanitario, a fin de mejorar la

seguridad de la atención sanitaria y con ello reducir el riesgo de perjuicios,

tanto para el personal sanitario como para los pacientes.

Dentro de las acciones a nivel nacional, cabe señalar que, si bien la OMS estableció

a la Seguridad del Paciente como un principio fundamental de la atención sanitaria,

el principio fue reconocido por México en 2007 e incorporado en el Plan Nacional

de Desarrollo de 2013-2018 y en el Programa Sectorial de Salud 2013-2018. Desde

entonces, en el país se han llevado a cabo diversas acciones para reducir y prevenir

eventos adversos derivados de la atención médica, particularmente en hospitales

públicos de mediana y alta complejidad del sector salud.

Así, en 2015, el Sistema Nacional de Salud desarrolló un enfoque sistémico y

sistemático para identificar áreas de mejora en beneficio de las y los usuarios del

sistema de salud, donde las experiencias y perspectivas de los pacientes y sus

familias fueron instrumentalizadas para el aprendizaje y organización del sistema y

del personal de salud; pues a partir de ellas se determinaron las necesidades, la

reingeniería de procesos, el monitoreo y la evaluación de los resultados. A esa

estrategia, se adicionaron las alianzas interhospitalarias, destinadas a mejorar la

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Ley General de Salud.

Seguridad de los Pacientes mediante implantación de objetivos y acciones

enfocadas en fortalecer el aprendizaje sobre la Seguridad del Paciente y el trabajo

en conjunto en la búsqueda de soluciones para los sistemas de salud.

Las acciones se estructuraron en 6 objetivos prioritarios a partir de 6 Metas

Internacionales de Seguridad del Paciente, basadas en 9 soluciones; que a su vez

fueron publicadas por la OMS en 2001:

Fuente: Secretaría de Salud, Metas Internacionales sobre Seguridad del Paciente, 23 de noviembre de 2015, en https://www.gob.mx/salud/acciones-y-programas/metas-internacionales-sobre-seguridad-del-paciente

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Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que

se adiciona la fracción XIII al Artículo 6º de la

Ley General de Salud.

En México, la Seguridad para el Paciente durante los procesos de atención a la

salud es prioritaria. Las cifras estiman que, en el país, el 2% de pacientes

hospitalizados muere, mientras que el 8% padece algún daño, a causa de eventos

adversos relacionados con la seguridad del paciente. No obstante, se calcula que

62% de eventos adversos son prevenibles10.

Durante 2018, el Consejo de Salubridad General (CSG) y la Dirección General de

Calidad y Educación en Salud (DGCES), desarrollaron 8 Acciones Esenciales para

la Seguridad del Paciente, aplicables a entornos hospitalarios y ambulatorios, con

obligatoriedad en su implementación para todos los integrantes del Sistema

Nacional de Salud11:

Identificación del paciente. Mejorar la precisión de la identificación de pacientes, unificando este proceso en los establecimientos del Sector Salud, utilizando al menos dos datos que permitan prevenir errores que involucran al paciente equivocado.

Comunicación Efectiva. Mejorar la comunicación entre los profesionales de la salud, pacientes y familiares, a fin de obtener información correcta, oportuna y completa durante el proceso de atención y así, reducir los errores relacionados con la emisión de órdenes verbales o telefónicas.

Seguridad en el proceso de medicación. Fortalecer las acciones relacionadas con el almacenamiento, la prescripción, transcripción, dispensación y administración de medicamentos, para prevenir errores que puedan dañar a los pacientes.

Seguridad en los procedimientos. Reforzar las prácticas de seguridad ya aceptadas internacionalmente y reducir los eventos adversos para evitar la presencia de eventos centinela derivados de la práctica quirúrgica y procedimientos de alto riesgo fuera del quirófano.

Reducción del riesgo de Infecciones Asociadas a la Atención de la Salud (IAAS). Coadyuvar a reducir las IAAS, a través de la implementación de un programa integral de higiene de manos durante el proceso de atención.

10 Secretaría de Salud, Conoce las Acciones Esenciales para la Seguridad del Paciente. Seguridad del paciente: prioridad del sector salud, 18 de abril de 2018, [en línea] consultado en https://www.gob.mx/salud/articulos/conoce-las-acciones-esenciales-para-la-seguridad-del-paciente?idiom=es 11 Diario Oficial de la Federación (DOF). ACUERDO por el que se declara la obligatoriedad de la implementación, para todos los integrantes del Sistema Nacional de Salud, del documento denominado Acciones Esenciales para la Seguridad del Paciente, 08/09/2017, [en línea], consultado en https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5496728&fecha=08/09/2017

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Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que

se adiciona la fracción XIII al Artículo 6º de la

Ley General de Salud.

Reducción del riesgo de daño al paciente por causa de caídas. Prevenir el daño al paciente asociado a las caídas en los establecimientos de atención médica del Sistema Nacional de Salud mediante la evaluación y reducción del riesgo de caídas.

Registro y análisis de eventos centinela, eventos adversos y cuasi fallas. Generar información sobre cuasi fallas, eventos adversos y centinelas, mediante una herramienta de registro que permita el análisis y favorezca la toma de decisiones para que a nivel local se prevenga su ocurrencia.

Cultura de seguridad del paciente. Medir la cultura de seguridad del paciente en el ámbito hospitalario, con el propósito de favorecer la toma de decisiones para establecer acciones de mejora continua del clima de seguridad en los hospitales del Sistema Nacional de Salud.

Como es evidente, la Seguridad del Paciente se ha convertido en una

preocupación creciente en todo el mundo y en un desafío para todos los

sistemas de salud. Por lo que existe una tendencia para llevar en la promoción

de acciones tendientes a prevenir y/o atenuar eventos que pueden ocasionarle

al paciente lesiones, discapacidades e incluso la muerte. Entendiendo que

dichas acciones no deben ser lineales, pues en la atención médica convergen

un variado número de agentes y factores que deben considerarse y

revalorarse, como es el caso del personal de salud.

En México, el marco legal que protege el derecho a la salud es amplio, sin embargo,

resulta necesario fortalecerlo para garantizar el debido goce de este derecho

fundamental. Como deja constancia el Acuerdo de 2018 enunciado antes, velar por

el principio de la Seguridad del Paciente requiere de un respaldo normativo que

fundamente el actuar de cada integrante del Sistema Nacional de Salud.

En este sentido y conforme a lo dispuesto en el Artículo 5o.de la Ley General de

Salud: El Sistema Nacional de Salud está constituido por las dependencias y

entidades de la Administración Pública, tanto federal como local, y las personas

físicas o morales de los sectores social y privado, que presten servicios de salud,

así como por los mecanismos de coordinación de acciones, y tiene por objeto dar

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Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que

se adiciona la fracción XIII al Artículo 6º de la

Ley General de Salud.

cumplimiento al derecho a la protección de la salud”. Se propone adicionar a los

objetivos del Sistema, acciones que contribuyan a fortalecer el principio de

Seguridad del Paciente.

Para mayor comprensión se presenta una tabla comparativa de la adición

propuesta:

LEY GENERAL DE SALUD

Texto Vigente

Texto Propuesto

Artículo 6o.- El Sistema Nacional de

Salud tiene los siguientes objetivos:

I. al XII. […]

[Sin correlativo].

Artículo 6o.- El Sistema Nacional de

Salud tiene los siguientes objetivos:

I - XII. […]

XIII. Impulsar el diseño y desarrollo

estrategias que favorezcan la

seguridad de los pacientes.

Por lo anteriormente descrito, someto a consideración de esta H. Soberanía el

siguiente:

PROYECTO DE DECRETO

ÚNICO.- Se adiciona la fracción XIII al Artículo 6o de la Ley General de Salud, para

quedar como sigue:

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Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que

se adiciona la fracción XIII al Artículo 6º de la

Ley General de Salud.

Artículo 6o. - El Sistema Nacional de Salud tiene los siguientes objetivos:

I. a XII. […]

[…]

[…]

XIII. Impulsar el diseño y desarrollo estrategias que favorezcan la seguridad

del paciente.

TRANSITORIOS

ÚNICO. - El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en

el Diario Oficial de la Federación.

Dado el Salón de Sesiones Senado de la República a los veintiún días del mes de

septiembre de dos mil veinte.

Sen. José Ramón Enríquez Herrera