Directiva Obras 2014-Revisado (3)

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PROPUESTA DIRECTIVA PARA LA EJECUCION DE OBRAS “NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS DE INVERSION PUBLICA EN LA DIRECCIÓN DESCONCENTRADA DE CULTURA CUSCO" Se debe realizar un diagnostico de su necesidad, precisando el resultado que desea alcanzar con dicha directiva. EXPOSICION DE MOTIVOS: Tomando en consideración los fines y objetivos de la Ley Nº 28296 Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 011- 2006-ED así como Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública Directiva Nº001-2011-EF/68.01 y sus modificatorias; y considerando que la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco-Ministerio de Cultura mediante el Área Funcional de Obras de Puesta en Valor de Bienes Muebles Inmuebles(AFOPVBMI) ejecuta los proyectos de Inversión Pública que conducen a la recuperación de los Bienes Inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación ( Pre Hispánicos, coloniales, republicanos y contemporáneos); ejecución de obras que deben estar sujetos al cumplimiento de las Leyes, Normas, así como dispositivos y directivas internas de la Institución que permitan el control y seguimientos técnico, financiero y administrativo de los diferentes proyectos de inversión pública en ejecución que garanticen una adecuada intervención integral. ANTECEDENTES Frente a los años transcurridos y a la emisión de nuevos dispositivos y normas respecto a la ejecución de obras por inversión pública, las intervenciones de las mismas deben de adecuarse, por lo que es necesaria la formulación de una nueva directiva que prevea todas las disposiciones y normativas legales que validen el proceso de intervención de obras por el AFOPVBMI de la DDC Cusco del Ministerio de Cultura; la misma que se pone a consideración en concordancia con las normas vigentes.

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PROPUESTA DIRECTIVA PARA LA EJECUCION DE OBRAS

“NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS DE INVERSION PUBLICA EN LA DIRECCIÓN DESCONCENTRADA DE CULTURA

CUSCO"

Se debe realizar un diagnostico de su necesidad, precisando el resultado que desea alcanzar con dicha directiva.

EXPOSICION DE MOTIVOS:

Tomando en consideración los fines y objetivos de la Ley Nº 28296 Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 011-2006-ED así como Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública – Directiva Nº001-2011-EF/68.01 y sus modificatorias; y considerando que la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco-Ministerio de Cultura mediante el Área Funcional de Obras de Puesta en Valor de Bienes Muebles Inmuebles(AFOPVBMI) ejecuta los proyectos de Inversión Pública que conducen a la recuperación de los Bienes Inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación ( Pre Hispánicos, coloniales, republicanos y contemporáneos); ejecución de obras que deben estar sujetos al cumplimiento de las Leyes, Normas, así como dispositivos y directivas internas de la Institución que permitan el control y seguimientos técnico, financiero y administrativo de los diferentes proyectos de inversión pública en ejecución que garanticen una adecuada intervención integral. ANTECEDENTES Frente a los años transcurridos y a la emisión de nuevos dispositivos y normas respecto a la ejecución de obras por inversión pública, las intervenciones de las mismas deben de adecuarse, por lo que es necesaria la formulación de una nueva directiva que prevea todas las disposiciones y normativas legales que validen el proceso de intervención de obras por el AFOPVBMI de la DDC – Cusco del Ministerio de Cultura; la misma que se pone a consideración en concordancia con las normas vigentes.

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DIRECTIVA Nº 005- 2014- DDC- CUS/MC

“NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS EN LA DIRECCIÓN DESCONCENTRADA DE CULTURA CUSCO”

I. OBJETIVO Optimizar la gestión de la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco estableciendo e implementando acciones de control técnico - administrativo, orientando al personal profesional y técnico encargado de la ejecución de obras. Las normas comprendidas en la presente, son de cumplimiento obligatorio de residente de obra, responsables de componentes, personal técnico y personal administrativo designado.

II. FINALIDAD

Utilizar en forma racional los recursos públicos destinados a la inversión, en el marco de los principios de economía, priorización, eficiencia y eficacia durante la fase de ejecución del Proyecto de Inversión Pública.

III BASE LEGAL:

Ley Nº 28296; Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 011-2006-ED

Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura.

Cartas y Disposiciones Internacionales sobre el Patrimonio Cultural.

Ley de Presupuesto del Sector Público.

Ley Nº 28411; Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto

Ley Nº 27293; Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, modificada por las Leyes 28522, 28802, y Decretos Legislativos Nº1005 y 1091.

Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública – Directiva Nº001-2011-EF/68.01 y sus modificatorias.

Ley Nº 28611; Ley General del Ambiente.

Ley N°27314; Ley General de Gestión de Residuos Sólidos, Decreto Supremo N° 057-2004-PCM

Ley N° 29338, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

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Ley N° 27446; del Sistema Nacional Evaluación Impacto Ambiental

Norma G.050 Seguridad durante la Construcción

Ley N°29783 Ley de seguridad y salud en el trabajo

R.S. No, 004-2000-ED-Reglamento de investigaciones arqueológicas y sus modificatorias.

Decreto Supremo Nº 031-ED-2001. Que declara de preferente interés nacional la investigación, identificación, registro, conservación y puesta en valor la red de caminos existentes en el Imperio Incaico dentro del territorio nacional.

Ley Nº 28260 que otorga fuerza de Ley al D.S. Nº 031-ED-2001.

Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850; Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, modificado por la Ley N° 28267.

Resolución de Contraloría Nº 195-88-CG “ Normas que Regulan la Ejecución de Obras por Administración Directa”

Directiva Nº009-2011-CG/OEA aprobada por Resolución de Contraloría Nº335-2011-CG. Sistema INFObras.

Resolución de Contraloría Nº 072-98-CG “ Normas Técnicas de Control Interno para el Sector Público” y sus modificatorias

Reglamento Nacional de Edificaciones.

DS Nº 005-2013-MC Reglamento de Organización y funciones del Ministerio de Cultura.

RM Nº162-2011-MC Toda referencia al ex INC deberá entenderse referida a las Direcciones u oficinas contempladas en el ROF del Ministerio de Cultura, conforme al cuadro de equivalencias.

RM Nº197-2011-MC Modifican Cuadro de equivalencias. IV. ALCANCE

La presente directiva es de aplicación del Área Funcional de Obras y Puesta en Valor de Bienes Muebles e Inmuebles y de conocimiento de los órganos involucrados en la ejecución física y financiera de proyectos de inversión pública de la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco del Ministerio de Cultura.

V. RESPONSABILIDADES 5.1 Son responsables de la aplicación y cumplimiento del contenido de la presente

Directiva, los profesionales y técnicos del Área Funcional de Obras y Puesta en Valor de Bienes Muebles e Inmuebles.

5.2 Los Profesionales y Técnicos de los órganos de apoyo que directa o indirectamente se encuentran inmersos en la ejecución de Proyectos de Inversión Pública fase pre inversión e inversión.

5.3.1 Los Profesionales y Técnicos de las Oficinas del Órgano de Control Institucional de la Dirección Desconcentrada de Cultura del Ministerio de Cultura, son los encargados de velar por el control y cumplimiento de la presente directiva.

VI. CONSIDERACIONES GENERALES

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6.1 Con la finalidad de optimizar el uso de los recursos públicos, destinados a la inversión, mediante el establecimiento de principios, procesos, metodologías y normas técnicas relacionadas con las diversas fases de los proyectos de Inversión, se crea el Sistema Nacional de Inversión Pública mediante Ley Nº 27293

6.2 La Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco; ejecuta proyectos de inversión pública por ende, está sujeta a la Ley Nº 27293 y su reglamento; así como a sus modificatorias de acuerdo a las leyes 28522 y 28802 y demás; en tanto ejecute proyectos de inversión pública.

6.3 Según la mencionada ley, los Proyectos de Inversión Pública tienen tres fases:

6.3.1 Fase de Pre Inversión: Comprende la elaboración obligatoria del estudio a nivel de perfil, además de la elaboración del estudio a nivel de factibilidad dependiendo de la magnitud de la intervención propuesta y de las características del proyecto de inversión pública que será ejecutado por administración directa.

6.3.1 Fase de Inversión: Comprende la Elaboración del Estudio Definitivo o Expediente Técnico y la ejecución del PIP.

6.3.2 Fase Post Inversión: Comprende los procesos de operación y mantenimiento así como la evaluación ex –post.

6.4 La unidad orgánica ejecutora de obras de la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco, será la SDDPCDPC, a través del Área Funcional de Obras y Puesta en Valor de Bienes Muebles de la cual dependen jerárquicamente las Coordinaciones de Bienes Inmuebles y Bienes Muebles; instancias que en conjunto son actores y responsables del cumplimiento de la Normatividad del Sistema Nacional de Inversión Pública en todo lo que corresponde a la fase de Ejecución.

6.5 La declaratoria de viabilidad, obliga a la Unidad Ejecutora a ceñirse a

los parámetros, bajo los cuales fue otorgada la viabilidad; cada unidad orgánica se encarga de la ejecución del componente programado de acuerdo a sus competencias funcionales. y observar el cronograma de ejecución del estudio de pre inversión con el que se declaro la viabilidad.

6.6 La obra de restauración y puesta en valor sólo se puede ejecutar si ha

sido declarado viable por la OPI correspondiente. 6.7 La declaratoria de viabilidad, deberá ser solicitada a la OPI del MC y

remitida a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la DDC-Cusco para ceñirse a los parámetros, bajo los cuales fue otorgada la viabilidad y el Cronograma de Inversión según Metas para la correspondiente programación y asignación presupuestal anual por parte del Área Funcional de Estadística y Presupuesto.

VII. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA LA EJECUCION DE LOS PROYECTOS DE INVERSION PÚBLICA 7.1 DEL REQUERIMIENTO PARA LA CONTRATACION DEL RESIDENTE

DE OBRA

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7.1.1 El Residente de Obra deberá tener Titulo Profesional de Arquitecto o Ingeniero Civil1 y estar registrado en el respectivo Colegio Profesional, contar con Certificado de Habilidad vigente, estudios en la especialidad o tener experiencia mayor a tres años (03 años), que haya realizado labores de restauración, experiencia en la conducción de personal y experiencia en manejo de software de costos y presupuestos en Proyectos de Inversión y diseño CAD.

7.1.2 El responsable del órgano ejecutor del proyecto de inversión solicitará autorización al Director de la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco mediante el Formato Interno CRO Nº 02–DDC–C Requerimiento de Contratación de Residente de Obra contratación de Residente de Obra; 15 (quince) días antes del inicio de obra física con la finalidad de realizar el Informe de Compatibilidad del Expediente Técnico de obra, documento que será solicitado por el Jefe del Área Funcional de Obras y Puesta en Valor de Bienes Muebles e Inmuebles, con visto bueno del Sub Director de la Sub Dirección Desconcentra de Patrimonio Cultural y Defensa del Patrimonio Cultural.

7.1.3 El periodo de contratación del Residente de Obra deberá ser igual al determinado en el Expediente Técnico - Cronograma de Metas Físicas del PIP, periodo que incluye la elaboración del Informe Final de Obra; por tanto en el Formato Interno CRO Nº 02-DDC-C deberá consignar tiempo total – meses y el acumulado al año en ejecución – meses acumulados. Documentos que deben adjuntarse a la solicitud contratación de Residente de Obra:

Informe solicitando la contratación emitido por el Órgano ejecutor dirigido al Director de la Dirección Desconcentra de Cultura Cusco

Formato Interno CRO Nº 02–DDC–C Requerimiento de Contratación de Residente de Obra de conformidad con los requerimientos mínimos

Cuadro de Programación de Personal del Expediente Técnico Aprobado.

7.1.4 En los casos en que el Expediente Técnico contemple la

ejecución del componente de investigación arqueológica, se contratará al profesional de esta especialidad al mismo tiempo que el Residente de obra, a fin de que ejecute el Programa o Proyecto de Investigación Arqueológica o Monitoreo Arqueológico, el cual deberá contar con la respectiva Resolución de Aprobación por la instancia competente. En caso excepcional, al no contar con Resolución de Aprobación del programa o proyecto de Investigación Arqueológica, deberá proceder con su elaboración acorde al Expediente Técnico, suscribirlo y someterlo a revisión por la Comisión de Arqueológica o similar competente; cuyo plazo hasta su aprobación no deberá exceder los 30 días, caso contrario se paralizará las labores de Investigación y Monitoreo.

7.2 DE LAS AUTORIZACIONES DE INICIO DE OBRA

1 Fuente: Resolución de Contraloría N° 195-88-CG y RNE

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7.2.1 El responsable del órgano ejecutor del Proyecto de Inversión

Pública, solicitará mediante documento y Formato Interno AIO Nº 03-DDC-C Autorización de Inicio de Obra, a la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco.

Documentos que deben adjuntarse a la solicitud de autorización de inicio de Obra.

Informe solicitando el inicio de obra emitido por el Órgano ejecutor dirigido al Director de la DDC.

Formato Interno AIO Nº 03-DDC-C Autorización de Inicio de Obra.

Copia de la Resolución de Aprobación del Expediente Técnico.

Cronograma de ejecución física y financiera del Expediente Técnico.

7.3 DEL REQUERIMIENTO DE MATERIALES Y SERVICIOS

7.3.1 El Residente de Obra por intermedio del responsable del órgano ejecutor del proyecto de inversión pública solicitará oportunamente a la Oficina de Administración el requerimiento integral de bienes y servicios (Costos Directos y lo correspondiente a materiales de escritorio, indumentaria para la obra, materiales de construcción requeridos y otros - parte del costo indirecto); el mismo que será realizado a través del Sistema INTRANET formato digital y formato impreso del Reporte de INTRANET con la firma del solicitante (Residente), visado por el Área Funcional de Obras y Puesta en Valor de Bienes Muebles e Inmuebles, SDDPCDPC y Supervisor de obra. Documentos que deben adjuntarse a la solicitud de requerimiento de Obra.

Informe solicitando la adquisición y/o prestación de servicios emitido por el Residente de Obra a través del Órgano ejecutor y dirigido a la Oficina de Administración.

Reporte de INTRANET de Requerimiento de bienes y Servicios con la firma del solicitante, visado por el Supervisor de obra.

Copia de la relación de cantidades y precios de los insumos aprobados en el expediente técnico integral (previo análisis técnico del residente de obra y visado por el supervisor de la obra).

7.4 DE REQUERIMIENTO DE PERSONAL

7.4.1 Cuadro Orgánico Funcional de cargos operativos de obra RESIDENCIA DE OBRA

Residente de Obra

Adjunto de Obra (Asistente Técnico)

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Responsable de Componentes (Arquitecto, Ingeniero, Responsable de Bienes Culturales Muebles u Obras de Arte, Arqueólogo (a), Antropólogo (a), Biólogo (a), Historiador (a), etc.)

Técnico Administrativo

Almacenero de Obra

Maestro de Obra

Guardián de Obra

Cocinero (a) La implementación de cargos o puestos de trabajo en las obras que ejecuta la DDC-C será en función a lo establecido en el Expediente Técnico Aprobado.

7.4.2 El Residente de Obra, propondrá al Jefe del Área Funcional de Obras y Puesta en Valor de Bienes Muebles e Inmuebles, el personal profesional, técnico, obrero de los diferentes componentes, para tal efecto solicitará autorización a la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco, en el Formato Interno CPO Nº 04-DDC-CUS/MC Contratación de Personal de Obra, documento que previamente será autorizado por el Sub Director de la Dirección Desconcentrada de Patrimonio Cultural y Defensa del Patrimonio Cultural; la Oficina de Administración ejecutará dicha acción.

7.4.3 Documentos que deben adjuntarse al Requerimiento de Personal.

Informe solicitando la contratación de los responsables de los componentes, emitido por el Órgano ejecutor y dirigido al Director de la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco.

Formato Interno CPO Nº 04-DDC-CUS/MC - Contratación de Personal de Obra.

Cuadro de Programación de Personal del Expediente Técnico.

7.4.4 El personal ingresará a trabajar los primeros quince días

calendarios del mes, a fin de calendarizar los pagos oportunamente; previa autorización de la DDC-C.

7.5 DE REQUERIMIENTO DE OTRO PERSONAL

7.5.1 El Residente de Obra solicitara y alcanzara requerimiento al Área Funcional de Obras y Puesta en Valor de Bienes Muebles e Inmuebles visado por la coordinación competente responsable de la ejecución del proyecto de inversión pública, del personal profesional y/o técnico que realice restauración de pintura mural, retablos y otras tipologías; investigación arqueológica, estudio del entorno natural, análisis estructural, investigación histórica y trabajos de sensibilización considerados en los estudios de pre inversión e inversión aprobados; para realizar trabajos puntuales relacionados directamente con el proceso de Restauración y Puesta en Valor; y otro personal siempre que esté previsto en el Expediente Técnico Aprobado, quién solicitará autorización a la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco, en el Formato Interno CPO Nº 04-DDC-CUS/MC Contratación de Personal de Obra, documento que será autorizado o verificado por las

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Áreas Funcionales o Sub Dirección que suscriben de acuerdo a las funciones que corresponda.

7.5.2 Procede el contrato de personal administrativo, solo y únicamente para las acciones que tienen relación directa con la obra (Asistente Administrativo y otros) y que estén considerados en el Expediente Técnico Aprobado.

No procede la contratación de otro personal que no esté considerado en el expediente técnico; en caso de verificarlo será de la exclusiva responsabilidad del solicitante y personas que autoricen (Área Funcional de Obras y Puesta en Valor de Bienes Muebles e Inmuebles y Sub Dirección de Patrimonio Cultural y Defensa del Patrimonio Cultural)

7.5.3 El personal profesional, técnico, administrativo y obrero de los

diferentes componentes (Restauración de estructuras, Investigación Arqueológica y o Plan de Monitoreo, Obras de Arte, Sensibilización, Paisaje Cultural, etc., dependen jerárquicamente del Residente de obra, quien ejecutará trabajos de conformidad a los lineamientos técnicos especificados en el Expediente Técnico Aprobado y las supervisiones técnicas serán desarrolladas por los profesionales especialistas del Área Funcional de Supervisión de Proyectos de Inversión Pública bajo responsabilidad en calidad de Co responsables.

7.6 PERMANENCIA EN OBRA

7.6.1 El Residente de Obra depende jerárquicamente del Área Funcional de Obras y Puesta en Valor de Bienes Muebles e Inmuebles. Deberá permanecer en obra por el tiempo que dure la ejecución de los trabajos que están a su cargo bajo responsabilidad y sujeto a sanción en caso de incumplimiento. Tiene responsabilidad en la planificación, conducción y ejecución del Proyecto de Inversión Pública; como tal, su sede de trabajo es el ámbito de la obra, salvo las coordinaciones con el área del cual depende previa autorización para el cumplimiento de su labor y a requerimiento de su Jefe inmediato o de superiores jerárquicos.

7.6.2 Con la finalidad de coordinar acciones con la Sede Central, así

como el cumplimiento en la presentación de los informes regulares, el Residente de Obra podrá ausentarse de su sede de trabajo con autorización de su jefe inmediato y registrará su asistencia en el Formato Control de Personal de Obra en Sede Central.

7.6.3 El horario de obra, establecido es: Lunes a Viernes de 7:00

horas a 16:30 horas (refrigerio: 12:00 horas a 13:00 horas). Sábado de 7:00 horas a 12:30 horas.

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7.6.4 El horario establecido podrá sufrir modificación en razón de condicionantes de la zona de trabajo, el Residente de Obra deberá realizar los trámites para la modificación previa aprobación del AFOPVBMI ante la Unidad de Recursos Humanos; mientras tanto el cumplimiento del horario establecido tiene carácter de obligatorio.

7.6.5 Para apoyo en acciones de trámite administrativo el proyecto

contará con un Técnico Administrativo, responsable de las acciones administrativas en estricta dependencia jerárquica y coordinación con el Residente de Obra.

7.6.6 En caso de requerirse que el personal profesional, técnico o

administrativo se constituya en la Sede Central, el Residente de Obra dispondrá la comisión en Formato Papeleta de Salida, cuya copia permanecerá en obra; copias que deberán ser remitidas en conjunto con el Parte Asistencia Mensual al jefe inmediato y este a su vez a la Oficina de Recursos Humanos de manera mensual al día 13 del mes en ejecución; adicionalmente se deberá adjuntar copias del cuaderno de asistencia a obra del mes anterior y mes informado.

7.6.7 La ausencia injustificada en obra o asistencia no autorizada del

personal de obra a la Sede Central, ameritará el descuento respectivo, llamada de atención y sanción correspondiente; hasta el retiro del cargo asignado en caso de ser un comportamiento reiterativo.

7.6.8 La Oficina de Recursos Humanos implementará las acciones del

caso para su cumplimiento, no permitiendo el ingreso del personal de obra a la sede central sin la autorización del caso, así mismo, deberá aplicar las sanciones correspondientes de acuerdo a las normas establecidas, bajo responsabilidad.

7.7 RESPONSABILIDADES DEL RESIDENTE DE OBRA

7.7.1 Una vez asignadas las funciones de Residente de Obra, este tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles para revisar el Expediente Técnico Aprobado y emitir el Informe de Compatibilidad de manera conjunta con el Supervisor de Obras; de no ser así remitirá Informe de Observaciones encontradas al Expediente Técnico con la finalidad de que el Área Funcional de Obras y Puesta en Valor de Bienes Muebles e Inmuebles a través de la SDDCPDPC disponga las acciones correctivas al área responsable de la formulación del Proyecto de Inversión Pública.

7.7.2 Para el cumplimiento del punto anterior la Sub Dirección Desconcentrada de Patrimonio Cultural y Defensa del Patrimonio Cultural dispondrá:

Al Área Funcional de Atención al ciudadano y Gestión Documentaria que en el plazo perentorio de 03 días Hábiles

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alcance 02 copias fe datadas del Expediente Técnico Aprobado al AFOPVBMI (segundo Original); de las cuales 01 copia se facilitará al Residente de Obra y otra quedara en los archivos del AFOPVBMI.

Al Área de Gestión de Proyectos en el plazo perentorio de 48 horas alcance 02 copia digital del Expediente Técnico Aprobado del PIP asignado (Planos, Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas, Presupuesto, Programación de obra, Programación de personal, Cronograma de ejecución de Obra, etc.). de las cuales 01 copia se facilitará al Residente de Obra y otra quedara en los archivos del AFOPVBMI.

7.7.3 Los Responsables de la Elaboración del Expediente Técnico

tendrán 05 días hábiles como máximo para el levantamiento de observaciones formuladas por el Residente de Obra y Supervisor, bajo responsabilidad, salvo situaciones especiales.

7.7.4 El Residente de Obra en coordinación con los responsables de

los componentes del PIP, remitirá el Informe Técnico Mensual dentro del tercer día siguiente al mes ejecutado, el cual deberá estar visado por el Supervisor de Obra; paralelamente las coordinaciones responsables de las Áreas Funcionales de PAN. Machupicchu, Qhapaq Ñan y otras dependencias por corresponder informaran al Área Funcional de Obras y Puesta en Valor de Bienes Muebles e Inmuebles de la ejecución de obra por componentes de los Proyectos de Inversión Pública a cargo.

Corresponde al Área Funcional de Obras y Puesta en Valor de Bienes Muebles e Inmuebles informar a las instancias jerárquicamente superiores respecto de la ejecución física y financiera de Proyecto de Inversión Pública de la UE 002 MC – Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco.

7.7.5 En primera instancia, el Residente de Obra, es y será responsable de evaluar la idoneidad del personal para laborar, verificando el perfil correspondiente para el cargo propuesto.

7.7.6 Es responsabilidad exclusiva del Residente de Obra, el estricto cumplimiento en la ejecución física de las partidas programadas en el Presupuesto de obra del Expediente Técnico Aprobado; verificando las especificaciones técnicas, pruebas de calidad, planos, cronogramas y otras acciones correspondientes.

Si durante el proceso de trabajo se identifican modificaciones, como deductivos, mayores metrados, partidas adicionales y se establece la necesidad de ejecutar partidas no previstas en el Expediente Técnico, no podrán ejecutarse sin la debida autorización del supervisor de obra, la que deberá estar consignada en el cuaderno de obra, debiendo el Residente de Obra presentar propuesta de modificación, dentro de los plazos establecidos.

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Para modificaciones superiores se deberá proceder conforme lo Normado en la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública (Formato 16 o formato 17 según corresponda), la misma que deberá tener conocimiento la Oficina de Supervisión de Proyectos de Inversión y gestión de Proyectos de la DDC-C.

7.7.7 En caso de que el Residente de Obra disponga la ejecución de

partidas no consideradas en el Expediente Técnico, sin observar lo anteriormente indicado generará responsabilidades y ameritará la implementación de las medidas correctivas y la asunción de las sanciones que el caso amerite en concordancia con las normas de control vigente.

7.7.8 Es responsabilidad del Residente de Obra; la planificación

periódica e integral de ejecución de obra, debiendo conformar grupos de trabajo con el personal a su cargo, determinando la distribución adecuada de las funciones o labores a desempeñar en forma racional, considerando el tiempo, los recursos y las metas a ejecutar, en concordancia a los cronogramas de ejecución aprobados; debiendo verificar el control de asistencia y labores del personal profesional, técnico, administrativo y obrero asignado a la obra.

7.7.9 Deberá contar con un Cronograma de Ejecución mensual

(realizado en MS Project o programa similar), el cual deberá estar colocado en un lugar visible en la oficina de la Residencia, al igual que el Organigrama Operativo de la Residencia, programación, avances de Obra, registro planimétrico y archivo fotográfico del historial de Obra al alcance de los niveles de control y supervisión.

7.7.10 La evaluación de los avances de ejecución de obra se realizará

en forma diaria, anotándose debidamente en el libro de obra y en los formatos establecidos por la Institución, con indicación del sector de trabajo, mano de obra y equipos utilizados, así como el rendimiento alcanzado, los mismos que formarán parte del informe mensual correspondiente, el que se ceñirá al calendario establecido para su entrega; de no cumplirse en los tiempos establecidos el Residente será amonestado, de reincidir se tomará las medidas administrativas correspondientes establecidas por los Órganos de Control y Supervisión.

7.7.11 Es responsabilidad del Residente de Obra elaborar y presentar

el requerimiento de materiales necesarios para la obra (en estrecha coordinación con los responsables de los componentes de obra) en forma documentada, el cual deberá estar visado por el Supervisor de Obras y digitalmente en el Sistema INTRANET, concordante con el Expediente Técnico aprobado, este será elevado a la jefatura inmediata de acuerdo al cronograma establecido en la presente Directiva, cualquier modificación deberá efectuarse con conocimiento, autorización y bajo responsabilidad del Residente.

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7.7.12 Es responsabilidad del Residente de Obra efectuar las pruebas técnicas de control de calidad de los materiales que se emplean en obra, conforme a las especificaciones técnicas; de corresponder dará conformidad y aceptación al requerimiento solicitado. De comprobarse la recepción de materiales en menor cantidad, mala calidad y posterior utilización en obra, estas ameritarán las sanciones correspondientes, por los órganos de control y/o la jefatura inmediata, tanto al Residente de Obra, Asistente Administrativo y Almacenero de Obra responsable del control y manejo.

7.7.13 El Residente de obra tomará parte activa en la contratación del

personal requerido para su obra, puesto que es de su entera responsabilidad el rendimiento, la calidad y el comportamiento del personal de obra, así como la imagen que este refleje ante la población del lugar donde se ejecuta la obra; teniendo en cuenta, que la imagen del personal profesional, técnico, obrero así como la del Residente de Obra representan la imagen institucional en dicho lugar.

7.7.14 No se aceptará incorporación de personal obrero adicional sin

autorización de la DDC-C en el formato respectivo previa evaluación por la instancia técnica; incorporación que deberá ser acorde a la programación de personal del Expediente Técnico Integral aprobado.

7.7.15 El Residente de Obra evaluará permanentemente al personal profesional, técnico y obrero de todos los componentes a su cargo, de ser el caso dará cuenta a la jefatura inmediata superior a fin de que se tomen las acciones correctivas respecto al cumplimiento de funciones, metas, rendimientos y comportamiento del personal, las cuales se encontraran enmarcadas en las acciones de control de personal establecidas en la Institución.

La solicitud de Cambio de Personal deberá efectuarse en el Formato Interno CBPO Nº 05-DDC-C/MC Cambio de Personal de Obra. Y podrá efectivizarse a partir de la fecha de aprobación realizada por la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco.

7.7.16 Contar con la Resolución Directoral de Aprobación del

Expediente Técnico y Autorización de Inicio de obra.

7.7.17 En caso de que el Residente de Obra solicite la Reprogramación de Obra, esta deberá ser previo conocimiento y aprobación de la Supervisión de Obras a través del Cuaderno de Obra; lo que posibilitara la remisión y solicitud del la Reprogramación de Obra ante el AFOPVBMI y demás instancias.

7.7.18 Es responsabilidad del Residente de Obra, el control del

presupuesto asignado a su obra, por consiguiente debe verificar permanentemente la ejecución presupuestal y la correcta afectación de los gastos con cargo a su obra, para ello contara con la participación del Técnico Administrativo; para lo cual el

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Área Funcional de Contabilidad entregará el reporte de ejecución presupuestal mensual actualizada a través del Sistema INTRANET, bajo responsabilidad.

7.7.19 Toda solicitud enmarcada dentro de una ampliación

presupuestal tendrá como fecha límite de presentación el último mes del tercer trimestre (setiembre); previamente deberá ser de conocimiento y aprobación de la Oficina de Supervisión de Obras a través del Cuaderno de Obra para su correspondiente gestión a través del Área Funcional de Obras y Puesta en Valor de Bienes Muebles e Inmuebles.

7.7.20 Es responsabilidad del Residente de Obra cumplir la

programación física y financiera del Proyecto de Inversión Pública acorde con el Expediente Técnico Aprobado, para tal fin de manera anual alcanzara Programación Financiera y Física por componentes del Proyecto de Inversión Pública a cargo; el cual deberá estar refrendado por los responsables de su ejecución (Formato Nº 4 Cuadro de Programación de Proyectos de Inversión).

7.7.21 Es responsabilidad del Residente de Obra en coordinación con

el Supervisor de Obras solicitar al Área Funcional de Gestión de Proyectos el concurso de sus profesionales para la determinación y cálculo de costos unitarios reales de ejecución de obra en el Proyecto de Inversión a cargo, para compatibilizar con los costos unitarios programados y determinar los resultados obtenidos así como las acciones correctivas; las cuales serán incorporadas en ANEXOS del Informe Técnico Mensual correspondiente y consolidadas en el Informe Anual de Obra.

7.7.22 Subsanar e implementar las observaciones y recomendaciones

técnicas emitidas por el Supervisor de Obra, Oficina de Control Interno, Oficina de Liquidación de Obras, Área Funcional de Obras y Puesta en Valor de Bienes Muebles e Inmuebles, y asentar estas en el Cuaderno de Obra.

7.7.23 Administrar los fondos para pagos en efectivo, de conformidad a

la directiva interna para dicho fin y presentar las rendiciones oportunamente.

7.7.24 El Residente de obra deberá contar con los siguientes

documentos al día:

Expediente Técnico Aprobado copia fe datada, Copia de Dictamen de Aprobación y Resolución Directoral de Aprobación.

Un ejemplar de los Informes Técnicos Mensuales de ejecución de obra el mismo que debe incluir todo lo indicado en el anexo correspondiente al contenido de los mismos.

Cuaderno de obra legalizado con anotaciones técnicas y sucesos de obra, al día.

Formato de control de asistencia del personal profesional, técnico, administrativo y obrero con registro al día, de los diferentes componentes a su cargo.

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Resultados de Pruebas de control de calidad y ensayos de materiales realizados (Pruebas de compresión de adobe, análisis de morteros, análisis de suelos, pruebas a ejecutar en instalaciones eléctricas, calidad de materiales, etc.)

Control diario de rendimientos de la mano de obra. ( h.h. en formato de la institución)

Planos de obra en lugar visible, señalando el lugar o área de intervención.

Archivo fotográfico del avance de la obra, registro al inicio de obra, durante el proceso y al final de cada proceso de obra ejecutada debidamente fechado.

Un ejemplar de los Informes Mensuales de Almacén.

Cronograma de ejecución mostrando las partidas programadas y los registros de ejecución de acuerdo al Expediente Técnico Aprobado, se indicará la distribución del personal en grupos de trabajo y el sector asignado. De existir retraso en la ejecución de obra (según el cronograma de obra), y a criterio del Supervisor de Obra el Residente de Obra deberá realizar una reprogramación de las obras para garantizar el cumplimiento de las metas en el plazo previsto, esta reprogramación deberá contar con la aprobación del Supervisor de obra y ser de conocimiento del Área Funcional de Obras y Puesta en Valor de Bienes Muebles e Inmuebles y OPP.

Copia del requerimiento de materiales, conforme al cronograma establecido y en sujeción al Expediente Técnico Aprobado.

Archivo de Informes

Otros documentos que precise la presente Directiva.

Otros documentos generados en obra.

Cuaderno de ocurrencias. Con cargo a consulta.

“Normas para la ejecución de Obras en la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco”

“Normas sobre el Proceso de Liquidación Físico Financiero de los Proyectos de Inversión ejecutados por la Modalidad de Administración Directa y Convenio en la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco”

“Normas y procedimientos, para la Supervisión de Proyectos de Inversión Pública por Administración Directa ejecutados por la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco”

Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Para tal fin el AFOPVBMI otorgara las facilidades del caso; adicionalmente gestionara ante la DDC-C la edición de un Compendio de Normas y Directivas relacionadas con la Restauración y puesta en valor de Monumentos.

7.7.25 El Residente de Obra y los responsables de cada uno de los componentes de la obra en lo que corresponda, son responsables de los trabajos físicos en obra de todos los componentes integrantes del Proyecto de Inversión Pública en ejecución, en concordancia al Expediente técnico Aprobado; ello incluye el programa o proyecto de investigación arqueológica o monitoreo arqueológico, restauración de bienes culturales

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muebles, trabajos de sensibilización y difusión, recuperación del paisaje cultural y otros, que sean parte integrante del bien inmueble.

7.7.26 Para dar inicio a la obra (en el caso de Monumentos Histórico

Artísticos) el Residente de Obra deberá solicitar la presencia del personal asignado por la Coordinación de Bienes Muebles a fin de que realicen un inventario y registro del estado en que se encuentra los Bienes Culturales Muebles (pintura mural, retablos, pintura de caballete, etc.) que serán motivo de intervención restaurativa, dentro del plazo establecido en el numeral 6.7.1.

7.7.27 La fecha de Inicio de Obra será comunicada con anticipación por

el Residente de Obra al Área Funcional de Recursos Humanos, instancia que es responsable de verificar in situ el ingreso del personal autorizado.

7.7.28 Es responsabilidad del Residente de Obra en correspondencia

al Expediente Técnico Aprobado y a lo establecido en la Ley de Seguridad y Salud en el trabajo y en función del número de trabajadores y de las características de la obra gestionar las condiciones mínimas de:

Suministro de Agua Potable.

Suministro de Energía Eléctrica y/o alternativas

Servicios Higiénicos para hombres y mujeres.

Duchas y lavatorios para hombres y mujeres.

Vestidores para hombres y mujeres.

Comedores y cocina adecuados.

Área de descanso (de acuerdo al espacio disponible)

Áreas de almacenamiento diferenciados (almacén de materiales).

Para obras ubicadas fuera del radio urbano, y según sus características, se establecerán las condiciones básicas para garantizar la alimentación de los trabajadores, tanto en calidad como higiene.

7.7.29 El Residente de Obra es responsable de lograr lazos de cooperación interinstitucional y apoyo de la población beneficiaria; así como velar el estricto cumplimiento de los convenios suscritos, para lo que deberá solicitar copia de los Convenios suscritos antes de iniciar obra; los cuales se sujetaran a los términos establecidos en los estudios de pre inversión e inversión; de no existir coordinará la suscripción de nuevos convenios, con la finalidad de lograr la participación integral en los avances físicos mensuales, así como a la culminación de la obra. Se deberá informar sobre la coordinación y el cumplimiento del presente en el Formato Interno Nº 07-DDC-C Seguimiento de Aportes, debidamente valorizado y visado por el Residente y Supervisor de Obras.

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7.8 CUADERNO DE OBRA

7.8.1 El cuaderno de obra es en primera instancia, el medio de comunicación entre el Residente de Obra y el Supervisor de Obra, donde registrara de manera cronológica y detallada los trabajos realizados así como las principales incidencias ocurridas en obra.

7.8.2 El Residente de Obra verificara la adquisición y legalización del

Cuaderno de Obra ante un Notario Público, Juez de Paz o ante otra Autoridad Local que haga sus veces, antes del inicio de la obra, las hojas deberán ser debidamente foliadas; tendrán un original y tres (3) copias desglosables, que se distribuirá de la siguiente manera: El original para el expediente del Informe Anual de la Obra, una copia para el Supervisor de Obra, una copia para el Residente de Obra y una copia para el ente ejecutante.

7.8.3 El cuaderno constituye el documento Técnico Oficial en el cual

se anotarán y registrarán cronológicamente todas las incidencias; será el documento donde se registren la fecha de inicio y termino de los trabajos, consultas técnicas y modificaciones autorizadas, los avances mensuales y metas logradas, recursos empleados, controles diarios de ingreso y salida de materiales, bienes patrimoniales y personal, las horas de trabajos de los equipos, pruebas de control de calidad, así como los problemas que vienen afectando el cumplimiento del cronograma establecido y las constancias de Supervisión de obra (Observaciones y/o recomendaciones), que incluirá además, las consultas técnicas al supervisor para que el Residente pueda absolver o sustentar las mismas y otras de carácter técnico en forma diaria; el incumplimiento por cualquiera de las partes motivará la observación y/o sanción por parte de los Órganos de Control Institucional, Supervisión de Obras, Área Funcional de Obras y Puesta en Valor de Bienes Muebles e Inmuebles e instancias superiores.

7.8.4 Los registros en el Cuaderno de Obra deberán efectuarse

diariamente aun cuando se trate de trabajos de rutina. Las anotaciones, preferentemente, no deben tener enmendaduras ni borraduras.

7.8.5 Las consultas, las anota el Residente de Obra en el Cuaderno

de Obra, en la oportunidad que lo considere necesario y serán absueltas por el Supervisor dentro del plazo máximo de 5 días calendarios.

7.8.6 El Residente de Obra tendrá la responsabilidad de aperturar el

Cuaderno de Obra desde el inicio hasta la culminación de la obra, con firma del Supervisor de Obra y autoridades presentes.

7.8.7 El primer asiento corresponde a la trascripción del Acta de

Apertura de Obra.

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7.8.8 En el Cuaderno de Obra se deberá identificar claramente los aportes de materiales, mano de obra u otro que realice la Municipalidad, Beneficiarios y Otros según convenio; el mismo que será valorizado como contraparte en cumplimiento a convenio suscrito por la entidad en concordancia con el acápite 7.7.29 de la presente Directiva.

7.8.9 El Cuadro de Requerimiento de Materiales para la obra deberá

ser concordante con el Expediente Técnico Aprobado, en cuanto a especificaciones técnicas, cantidad y calidad para su trámite respectivo ante la jefatura inmediata, su requerimiento Vía Intranet e Informe respectivo es de responsabilidad del Residente de Obra y deberá contar con el visado del Supervisor de Obras.

7.8.10 Toda obra ejecutada a través de la DDC-C deberá contar de

manera permanente y directa con un Supervisor; quien efectuara las siguientes actividades durante la ejecución de obra:

Control Técnico, Económico Financiero

Control de calidad de materiales.

Control de procesos constructivos.

Control de calidad de trabajos ejecutados.

Control de maquinaria.

Control de personal idóneo.

Control de ensayos y pruebas de laboratorio.

Control de programación de obra y de adquisición de materiales.

Revisión y aprobación de las valorizaciones.

Aprobación de Presupuestos adicionales y su reajuste.

Revisión del Informe Final de Obra.

Exigir que las instalaciones de obra garanticen la salud y la seguridad de los trabajadores.

7.8.11 Los controles técnicos de obra serán permanentes durante la ejecución de la obra por parte del Supervisor de Obras, referidos a trazos, cotas o niveles de fundación, pisos, estructuras, replanteos, dosificación de mezclas para morteros, calidad de insumos o materiales de construcción utilizados, texturas en recomposición y restitución de paramentos líticos, taludes, etc.

7.8.12 El Residente de Obra es responsable del uso del Cuaderno de Obra, llenado total en cuyas páginas no deberá existir espacios en blanco, su presentación al Supervisor de Obras será obligatoria en cada una de sus visitas. Asimismo se deberá contar con un cuaderno de ocurrencias a disposición de los jefes inmediatos, Jefes de Línea u Órganos de Control de la DDC - Cusco.

7.8.13 Respecto a las anotaciones de los trabajos y actividades de los

diferentes Componentes de la obra, los responsables deberán contar en obra con cuaderno de ocurrencias diarias en el que se registraran las acciones realizadas de conformidad con el expediente técnico aprobado de su componente, así mismo

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cada fin de semana deberán alcanzar un resumen de actividades al Residente de obra para que sea registrado en el cuaderno de Obra.

7.8.14 La custodia e inamovilidad del Cuaderno de Obra de las

instalaciones de la Residencia de Obra será de responsabilidad del Residente de Obra; sin que esto implique que pueda retenerlo impidiendo las anotaciones del Supervisor de Obra.

7.8.15 El Residente de Obra dará por cerrado (dar por terminada la

obra) mediante anotación expresa, en el cuaderno de Obra al término y cumplimiento de las metas programadas del Expediente Técnico Aprobado.

7.8.16 El Cuaderno de Obra será entregado al Área Funcional de Obras

y Puesta en Valor de Bienes Muebles e Inmuebles conjuntamente con el Informe Final de Obra.

7.9 ADJUNTO DE OBRA (ASISTENTE TECNICO DE OBRA).

7.9.1 PERFIL DEL CARGO

a) Título Profesional universitario o grado académico de Bachiller en Arquitectura o Ingeniería Civil.

b) Con conocimientos básicos en labores especializadas en el área.

c) Con conocimientos básicos en conducción de personal y actividades técnico administrativas.

d) Conocimiento del entorno Windows y programas de Diseño CAD y S10.

7.9.2 Depende jerárquicamente del Residente de Obra, es responsable solidario de la ejecución de la obra y de brindar apoyo técnico.

7.9.3 Es responsable de efectuar trabajos de control técnico administrativo en obra, con sujeción estricta al Expediente Técnico Aprobado.

7.9.4 Coadyuva en el seguimiento de la meta programada con

respecto al cronograma de ejecución de obra.

7.9.5 Coordinar constantemente con el Residente de Obra y Maestro de Obra, para obtener información del avance diario de obra.

7.9.6 Remitir el cuadro de metrados, oportunamente al Residente de

Obra, el mismo que permita formular sus informes de fin de mes.

7.9.7 Efectuar el control diario del equipo mecánico y su rendimiento, así como de su correcta utilización en los diferentes frentes de trabajo, cuando corresponda.

7.9.8 Coordinar con el Residente y Maestro de Obra, sobre la

disposición de las labores diarias del personal de obra.

7.9.9 Cumplir y hacer cumplir las acciones programadas en el día.

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7.9.10 Velar por que el personal se encuentre en condiciones óptimas

para un buen rendimiento en las labores que se le encomienda.

7.9.11 Reemplazar al Residente de Obra en caso de ausencia.

7.9.12 Otras funciones de carácter técnico que le asigne el Residente de Obra.

7.10. TECNICO ADMINISTRATIVO

7.10.1 PERFIL DEL CARGO a) Grado Académico de Bachiller Universitario de una

carrera académica (nivel universitario), que incluya estudios relacionados a la especialidad o Titulo de un Instituto Superior Tecnológico en una especialidad afín al cargo.

b) Con experiencia en labores de la especialidad. c) Capacitación en el área. d) Conocimiento de Computación Ofimática (Entorno

Windows). 7.10.2 Depende jerárquicamente del Residente de Obra, es responsable

de las acciones administrativas de la obra en estricta coordinación con el Residente de Obra.

7.10.3 Conducir, organizar y ejecutar las acciones administrativas de

los sistemas a su cargo, recomendando su correcta aplicación en el ámbito de la Residencia.

7.10.4 Efectuar el seguimiento de las solicitudes de contratación,

cambio y/o incremento de personal profesional, técnico, auxiliar y obrero del PIP programadas y calendarizadas para cada mes.

7.10.5 Cumplir y hacer cumplir las acciones del sistema de

abastecimiento en el ámbito de su competencia. 7.10.6 Exigir la presentación del Movimiento Mensual de materiales en

los almacenes de obra, control de horas maquina, el uso de combustibles y control de material, etc., según corresponda.

7.10.7 Hacer seguimiento a las adquisiciones efectuadas: Órdenes de

Compra, fondo para pagos en efectivo y órdenes de servicio con cargo a obra.

7.10.8 Recoger y enviar los materiales adquiridos, mediante guías de

remisión y pedidos de comprobante de salida – PECOSA a los almacenes de obra asignada, verificando que los materiales sean de buena calidad, tengan las especificaciones técnicas correctas y cumplan lo indicado en las órdenes de compra, en estrecha coordinación con el Residente y Supervisor de obra.

7.10.9 Informar mensualmente al Residente de Obra sobre el avance

financiero del mes, requerimientos de materiales pendientes de envió al almacén de Obra.

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7.10.10 Verificar y archivar las resoluciones de transferencia de

materiales cuyas copias deberán ser enviadas al almacenero de Obra.

7.10.11 Realizar el seguimiento de la contabilización de rendiciones

efectuadas con cargo al Fondo para Pagos en Efectivo. 7.10.12 Mantener constante comunicación con el Residente de Obra

para efectuar coordinaciones de trabajo. 7.10.13 Otras funciones que le asigne el Residente de Obra. 7.10.14 Elaboración de partes de Asistencia, entrega de papeletas de

asistencia y copia de cuaderno de asistencia de todo el personal profesional, técnico y obrero de todos los componentes de obra, y su trámite correspondiente, bajo responsabilidad.

7.11. ALMACENERO DE OBRA

7.11.1 PERFIL DEL CARGO

e) Nivel de Estudio: técnico superior y/o estudios superiores. f) Capacitación especializada en el área. g) Experiencia en actividades administrativas y de manejo

de almacenes. h) Certificado de no tener antecedentes penales ni

policiales. i) Conocimiento de Computación Ofimática (Entorno

Windows) 7.11.2 Depende jerárquicamente del Residente de Obra, de

permanencia exclusiva en Obra, es responsable de la organización, conducción del almacén de obra. Siendo sus tareas las siguientes:

Suministrar durante la ejecución de obra los materiales necesarios al personal profesional, técnico y obrero.

Recepción en obra de los bienes solicitados siempre y cuando reúnan las características y cumplan las condiciones exigidas en la documentación sustentatoria; deberá concordar en cantidad como en calidad con el requerimiento y la orden de compra respectiva.

La recepción de los materiales entregados en obra será únicamente en el horario establecido en obra, bajo responsabilidad, salvos casos excepcionales y debidamente sustentados ante las instancias respectivas.

Registrar cuantitativamente cada tipo de material de construcción en el Formato Control Visible de Almacén, especificando el artículo, su código, la unidad de medida, el movimiento de entrada y salida efectuado en el día y mes, así como el saldo a la fecha del último movimiento del bien; las mismas que serán colocadas junto al bien, actualizando permanentemente la información contenidas en ellas.

Elaboración de la Notas de Entrada a Almacén en el Formato respectivo, correspondiente a los bienes suministrados, detallando en forma clara la fecha, cantidad,

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descripción, unidad de medida, valor unitario y total de los bienes y otras que se establecen en el formato con las firmas del Residente de Obra y almacenero, deberá tomar este documento como fuente de información, la orden de compra respectiva del bien.

Entrega de materiales de construcción para la ejecución de los trabajos de acuerdo a la Nota de Pedido de Almacén en el Formato respectivo, en el que se indica fecha, cantidad, unidad y descripción de los materiales autorizados por el Residente de Obra, suscrito por el maestro de obra y el obrero que recepciona el bien, este documento es requisito indispensable para el movimiento de bienes del almacén de obra, deberá tomar este documento como fuente de información así como la orden de compra respectiva del bien.

Las herramientas manuales y mecánicas, bienes de medición, seguridad, laboratorio, cómputo y bienes patrimoniales de la Institución que sean entregados para su uso serán detallados claramente, describiendo sus características, el estado de conservación así como el código del inventario patrimonial efectuado por el Área Funcional de Control Patrimonial, se señalará en el Formato Acta de Entrega y Recepción de Cargo correspondiente, firmado por el servidor que recibe el bien con el visto bueno del Residente de Obra.

Implementar y registrar los bienes del almacén de obra con el Formato Existencias Valoradas de Almacén, debidamente llenadas en el renglón correspondiente al último día de movimiento del bien.

7.11.3 Adecuar el área física seleccionada (Almacén de Obra) con criterio técnico, destinada a la custodia y conservación de bienes y materiales fungibles de la obra, en forma ordenada, visible y de fácil manejo, cumpliendo con las normas vigentes.

7.11.4 Efectuar el ingreso y egreso de materiales en obra de acuerdo a

los documentos que sustentan su ingreso, tales como: PECOSAS, órdenes de compra y guías de remisión.

7.11.5 Realizar la verificación de materiales de acuerdo a las

especificaciones técnicas que indica el documento PECOSA y el requerimiento efectuado para el cumplimiento de metas.

7.11.6 Efectuar la verificación y dar la conformidad a la documentación

de ingreso de bienes al Almacén. 7.11.7 Ubicar los bienes en los lugares previamente asignados, de

acuerdo a su dimensión, fecha de vencimiento y específica de gasto.

7.11.8 Coordinar con el Asistente Administrativo de Obra sobre las

adquisiciones efectuadas con cargo al presupuesto y calendarios de compromisos de obra.

7.11.9 Distribuir y controlar el uso de materiales y bienes patrimoniales

bajo responsabilidad.

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7.11.10 Velar y custodiar el almacén de obra, bajo responsabilidad

compartida con el técnico administrativo y Residente de Obra así como con el supervisor de obra.

7.11.11 Verificar y controlar permanentemente los bienes en stock,

evitando su pérdida o sustracción. 7.11.12 Formular los informes del movimiento mensual de materiales de

almacén en forma valorada. 7.11.13 Efectuar los inventarios anuales y cuando lo disponga las

autoridades superiores. 7.11.14 Realizar el control y adecuado manejo de los Materiales

inflamables e insumos químicos utilizados. 7.11.15 Otras que le asigne el Residente de Obra.

7.12 Habiéndose establecido la responsabilidad exclusiva del Almacenero de Obra, en el manejo de los bienes de almacén y en razón a la magnitud de la responsabilidad, No está permitido la designación de asistente alguno, para el cumplimiento de las labores del almacenero de obra.

7.12.1 La Oficina del Área Funcional de Abastecimiento verificará in situ

el uso de los materiales entregados. 7.12.2 El Almacenero de Obra efectuará el control del personal

mediante el Cuaderno de Control de Asistencia de Personal en Obra, tanto en el ingreso como de su permanencia y la salida posterior al cumplimiento de la jornada de trabajo.

7.12.3 El Área Funcional de Recursos Humanos realizara el control

respecto a los permisos del Residente de Obra de acuerdo al Formato Tarjeta Permisos.

7.12.4 Cuando el personal se desplace a la Sede Central, el Área

Funcional de Recursos Humanos realizará el control empleando el Formato Control Asistencia de Personal en Sede Central.

7.12.5 A la conclusión de sus funciones y/o al cierre de obra el

Almacenero de Obra, deberá entregar toda la documentación que esté a su cargo, el saldo de bienes valorizado a la fecha de su cese, asimismo será de responsabilidad compartida con el Asistente Administrativo efectuar la entrega de las llaves y el saldo de bienes documentado y valorizado en el término de la distancia, mediante informe y acta o inventario final al órgano ejecutante; en caso de incumplimiento a lo dispuesto, tanto el Asistente Administrativo como el Almacenero de Obra serán sujetos de las sanciones correspondientes por parte de los órganos de Control y del órgano ejecutante, el mismo que emitirá el Informe correspondiente a la Instancia superior Área Funcional de Recursos Humanos para que se tome en cuenta al

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momento que se retome los servicios de dicho personal; el incumplimiento a la presente se calificará como demérito.

7.12.6 La presentación de los Informes Mensuales de Movimiento de

Bienes se realizará de acuerdo al cronograma adjunto que contará con los documentos siguientes:

Formato de Parte Diario de Almacén, firmado por el Residente de Obra y el Asistente Administrativo.

Formato Notas de Entrada de Almacén, conteniendo los ingresos de materiales a almacén en el mes que se informa.

Formato Notas de Salida de Almacén, conteniendo la salida de materiales con destino a obra firmado por el residente de obra, maestro de obra y obrero encargado de la recepción.

Formato Pedido Comprobante Salida (PECOSA), conteniendo la cantidad y descripción de los bienes atendidos en almacén de obra firmado por Residente de Obra, Asistente administrativo y Maestro Obra.

Formato Existencias de Almacén, detallando códigos de cuentas y bienes, descripción del artículo, ubicación, unidad de medida, cantidad, precio unitario y total al último día del mes informado. En el caso de bienes perecibles, el Almacenero deberá informar con el tiempo suficiente previo al límite de vencimiento (cemento, yeso, cal, etc.), para ser transferidos o prestados a obras que los requieran, previa acta de transferencia y resolución de transferencia autorizado por la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco.

7.12.7 El incumplimiento a lo antes señalado por parte del Almacenero

de Obra conllevará la sanción administrativa de acuerdo a Ley, este acto será tomado como demérito para posterior toma de servicios o traslado a otra obra.

7.13 DOCUMENTACION TECNICO-ADMINISTRATIVA DE OBRA

7.13.1 Referida a la documentación técnico – administrativa implementada y disponible en obra, estas deben estar en lugar visible y al alcance de los niveles de Control y Supervisión, la misma que sustenta la ejecución de los trabajos programados.

7.14 DEL RESPONSABLE DEL COMPONENTE DE OBRA DE ARTE. 7.14.1 PERFIL DEL CARGO a) El responsable del Componente de Obras de Arte (Bienes

Culturales Muebles), debe contar con el Titulo Profesional de Artista Plástico Profesional o similar, con segunda especialidad en Conservación y Restauración de Obras de Arte y/o Tener Título Profesional de Conservador y Restaurador en Obras de Arte.

b) con experiencia mínima de 5 años en trabajos de Conservación y Restauración de bienes Culturales Muebles y/o Artísticos.

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c) Experiencia en la conducción de personal y en manejo de ofimática (Word, Excel y Power Point), software de costos y presupuestos en Proyectos de Inversión.

Por la complejidad del componente en tipologías (Pintura de caballete, Pintura Mural, Esculturas, Retablos de madera y mampostería, mobiliarios, marquería, etc.) es necesario contratar un responsable por cada tipología de obra de arte, para lo cual el Profesional responsable por tipología debe contar con Titulo Profesional de Artista Plástico Profesional o similar con segunda especialidad en Conservación y Restauración de Obras de Arte y/o Tener título Profesional de Conservador y Restaurador en Obras de Arte, con experiencia mínima de 3 años en trabajos de Conservación y Restauración de bienes Culturales Artísticos

El Profesional Conservador y Restaurador tendrá el control técnico de las labores a realizar en Pintura Mural, Retablo de Madera, Pintura de Caballete, Pintura Mural, Marcos Dorados, Esculturas Policromadas, Muebles, retablos, etc. En coordinación con los conductores de cada tipología de obras de arte.

La labor del Profesional Conservador es coordinar con el residente de obra, supervisor de obra y coordinador del área de bienes muebles para el mejor manejo para la intervención de las obras de arte acorde al expediente técnico del proyecto de Obras de Arte.

Requerir los materiales y herramientas, teniendo en cuenta los programados en el expediente técnico detallado de obras de arte visado por el Residente de Obra y avalado por el Supervisor de Obra. El cual deberá llegar en el menor tiempo posible a su requerimiento, bajo la responsabilidad del asistente administrativo de la obra.

Realizar el seguimiento estricto del rendimiento del personal (hora hombre), durante la ejecución de campo y gabinete, control de los metrados de cada uno de las tipologías de obras de arte, así mismo velar por la seguridad e integridad del personal.

El Cuaderno de ocurrencias deberá ser legalizado por un notario público o juez de paz debidamente foliado, la misma debe ser llenado, indicando las labores efectuadas (partidas) diariamente, de la misma forma la salida de materiales utilizados, lo propio asentando las ocurrencias problemas y otros, De igual manera el Supervisor de Obra, realizara el llenado de las observaciones y sugerencias de las labores que se vienen realizando.

Se debe dar seguimiento al presupuesto asignado al componente de Obras de Arte de la afectación real de adquisición de materiales, herramientas, combustible, vestuario y otros.

Presentar los informes mensuales y anuales de los seguimientos físicos y financieros, debidamente detallados de a cuerdo a las partidas ejecutadas con los respectivos

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registros fotográficos, dentro del plazo establecido como señala la directiva.

Dar cumplimiento a la presentación de los informes de pre liquidación e informe Anual de Obras de Arte, como estipula la directiva.

7.15 ARQUEOLOGO RESPONSABLE DE OBRA. 7.15.1 PERFIL DEL CARGO a) El Arqueólogo Responsable de Obra deberá tener Titulo

Profesional de Licenciado en Arqueología y con experiencia en trabajos de Restauración de estructuras Pre Hispánicas.

b) Contar con el R.N.A. y estar registrado en el Colegio Profesional de Arqueólogos del Perú y con la Certificación de Habilidad vigente.

c) Experiencia en la conducción de personal y en manejo de software de costos y presupuestos en Proyectos de Inversión y diseño CAD.

Los Arqueólogos de Obra, son responsables de la ejecución del Proyecto de Inversión Pública en Monumentos Prehispánicos teniendo en cuenta que los Monumentos prehispánicos son de mayor importancia para la conservación por parte de un Arqueólogo Profesional Especializado y con mucha experiencia.

La labor en campo de un Arqueólogo desde un inicio es realizar e identificar las patologías existentes en el Monumento prehispánico (lesiones, causas, diagnostico y evolución, por orígenes físicas, mecánicas y químicas) un diagnostico superficial de toda las estructuras subyacentes programadas dentro del Expediente Técnico Detallado Integral de Obra.

Elaboración del Expediente Técnico de la Programación Anual de Obra, en base al Expediente Integral, (selección de partidas prioritarias a ejecutarse durante el año, Elaboración de planos a detalle, Registro del estado actual detallado de cada una de las estructuras (recintos, nichos, hastiales, vanos de acceso, dinteles, umbrales, andenes, muralla, calles, qolqas, caminos, muros de contención etc.) del Monumento a intervenir), presentación de expediente en cuatro ejemplares, 01 original y 03 copias.

Requerimiento de materiales, teniendo en cuenta los materiales y herramientas programadas dentro de expediente técnico detallado de obra.

Requerimiento y selección del personal profesional, técnico y obrero (con experiencia en labores de conservación y restauración de monumentos prehispánicos), para el desarrollo y ejecución de obra.

Realizar el seguimiento estricto del rendimiento del personal (hora hombre), durante la ejecución, control de los metrados de cada uno de las cuadrillas y de acuerdo a la categoría y expediente técnico, así mismo velar por la seguridad e integridad del personal.

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Al inicio del día con las labores, dar charlas en temas de la importancia sobre la conservación y restauración, así mismo sobre la seguridad y salud en el trabajo.

El libro de obra previamente debe ser legalizado por un notario público o juez de paz debidamente foliado por cuadruplicado, el mismo debe ser llenado de acuerdo a las labores efectuadas (partidas) diariamente, de la misma forma la salida de materiales utilizados, lo propio asentando las ocurrencias problemas y otros, siendo este libro de gran importancia para la obra, sin presentar borrones ni enmendaduras.

Es responsable de efectuar las pruebas técnicas de control de calidad de los materiales a utilizar (morteros de barro) durante la ejecución de obra como son la arcilla, tierra de lugar, agua, cal hidratada, mucilago de cactáceas y otros según la necesidad de cada sitio.

Enviar muestras de mortero original y de reemplazo al laboratorio físico-químico de la Institución, para su análisis mecánico, físico y químico de los morteros, originales y de reemplazo (para el asentado de los muros de recomposición, anastilosis, restitución, emboquillado, cubertinas de protección de cabecera de muro, tratamiento de pisos).

Es competencia del arqueólogo responsable de obra, realizar el seguimiento especializado durante la ejecución de las partidas programadas (técnica constructiva, análisis arquitectónico y estructural, ubicación de niveles de piso y pisos de ocupación, tipo de materiales utilizados en las estructuras arquitectónicas, núcleos de muro, muros posteriores, tipo de revoques, enlucidos, tratamiento de pisos, etc.).

Deberá dar seguimiento al presupuesto asignado para la obra (de todos los componentes), afectación real de compras en materiales, herramientas, combustible, vestuario y otros.

Trabajos técnicos de recomposición (anastilosis), registros gráficos, alzados, secciones y fotográficos.

Trabajos de restitución con elementos propios, descontextualizados y nuevos de cantera, con el propósito de garantizar la estabilidad de las estructuras y avalar la permanencia a través del tiempo, usando la técnica de la mínima intervención y conservando la autenticidad, integridad, reversibilidad, compatibilidad de materiales y tecnología. Los trabajos de restitución de los muros dejando una diferenciación entre lo original y lo restituido según sea el caso, pachillas, retiros fechados, de acuerdo a las recomendaciones de las Cartas Internacionales.

Presentar los informes mensuales debidamente detallados de a cuerdo a las partidas ejecutadas (incluido todo los componentes con que cuenta el expediente técnico detallado), con los respectivos registros fotográficos, registros gráficos, alzados, cortes de la ejecución de las partidas, dentro del plazo establecido como señala la directiva.

Dar cumplimiento a la presentación de los informes de pre liquidación y anual de obra incluida los componentes, como estipula la directiva.

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7.16 ARQUEOLOGOS RESPONSABLES DEL COMPONENTE DE INVESTIGACION ARQUEOLOGICA Y/O MONITOREO ARQUEOLOGICO.

7.16.1 PERFIL DEL CARGO a) El Arqueólogo Responsable de la Investigación Arqueológica

y/o Monitoreo Arqueológico deberá tener Titulo Profesional de Licenciado en Arqueología y con experiencia en trabajos de Investigación Arqueológica y/o monitoreo en monumentos Pre Hispánicas e Históricos.

b) Contar con el R.N.A. y estar registrado en el Colegio Profesional de Arqueólogos del Perú y con la Certificación de Habilidad vigente.

c) experiencia en la conducción de personal y en manejo de software de costos y presupuestos en Proyectos de Inversión y diseño CAD.

Los Arqueólogos responsables de Proyectos de Investigación Arqueológica y/o monitoreo arqueológico son responsables de la ejecución de los PIA. En Proyecto de Inversión Pública en Monumentos Prehispánicos e Históricos.

El responsable del Proyecto del proyecto de inversión pública, solicitará autorización mediante el Formato Interno CRO Nº 04–DDC–C Requerimiento de Contratación del Arqueólogo responsable del PIA; con el aval de la Resolución Directoral aprobado, documento que será solicitado por el Jefe del Área Funcional de Obras y Puesta en Valor de Bienes Muebles e Inmuebles, con visto bueno del Sub Director Desconcentrado de Patrimonio Cultural y Defensa del Patrimonio Cultural.

La labor en campo de un Arqueólogo desde un inicio es realizar y prospectar las áreas a investigar de acuerdo al expediente técnico del proyecto de Investigación Arqueológica y/o monitoreo arqueológico.

Presentación del Proyecto de Investigación Arqueológica y/o monitoreo arqueológico, de acuerdo al Reglamento de Investigación Arqueológica aprobado mediante Resolución Suprema 004-2000 ED. El cual se presentara a la oficina de Patrimonio Arqueológico para su respectiva revisión, calificación y aprobación mediante Resolución Directoral. (Dicha revisión y aprobación deberá ser en un plazo menor de 30 días hábiles).

Requerimiento y selección del personal, técnico y obrero (con experiencia en labores de Investigación Arqueológica en monumentos prehispánicos e históricos), para el desarrollo y ejecución del PIA.

Requerimiento de materiales, teniendo en cuenta los materiales y herramientas programadas dentro de expediente técnico detallado en el Expediente del PIA.

Realizar el seguimiento estricto del rendimiento del personal (hora hombre), durante la ejecución de campo y gabinete, control de los metrados de cada uno de las unidades y/o

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trincheras de Investigación Arqueológica, así mismo velar por la seguridad e integridad del personal.

Al inicio del día de las labores, dar charlas en temas de la importancia sobre la Investigación y Conservación de Bienes Muebles e Inmuebles que se puede evidenciar, así mismo sobre la seguridad y salud en el trabajo.

El Cuaderno de ocurrencias deberá ser legalizado por un notario público o juez de paz debidamente foliado, el mismo deberá ser llenado, indicando las labores efectuadas (partidas) diariamente, de la misma forma la salida de materiales utilizados, lo propio asentando las ocurrencias problemas y otros, De igual manera el Supervisor de Investigación Arqueológica, realizara el llenado de las observaciones y sugerencias de las labores que se vienen realizando.

Enviar muestras orgánicas (Carbón, Fogones, madera), Palinológico, Cerámica, etc. al laboratorio físico-químico de la Institución, para su análisis respectivo. El cual servirá para realizar una mejor interpretación del sitio a Investigar.

En caso de requerirse ampliaciones y/o reubicación de unidades de excavación estas deberán ser autorizadas por el ente competente.

Se debe dar seguimiento al presupuesto asignado al PIA. de la afectación real de compras en materiales, herramientas, combustible, vestuario y otros.

Presentar los informes mensuales debidamente detallados de acuerdo a las partidas ejecutadas con los respectivos registros fotográficos, registros gráficos y registro escrito de la ejecución de las partidas, dentro del plazo establecido como señala la directiva.

Dar cumplimiento a la presentación de los informes de pre liquidación e informe Final de Investigación Arqueológica y/o Monitoreo Arqueológico, como estipula la directiva.

Es responsabilidad del responsable de la Investigación Arqueológica y/o Monitoreo Arqueológico entregar todo el material cultural recuperado durante su trabajo al área de Ceramoteca para su custodia Final.

Realizar el seguimiento respectivo a la aprobación del informe final de Investigación Arqueológica y/o Monitoreo Arqueológico, por la comisión de Arqueología.

7.17 BIOLOGO DE PAISAJE CULTURAL

7.17.1 PERFIL DEL CARGO a) Título Profesional universitario en Biología y/o Medio Ambiente. Estar

registrado en el Colegio Profesional, contar con certificado de habilidad vigente

b) Tener 03 años de experiencia y capacitación probada en labores especializadas en el área. c) Experiencia en conducción de personal y actividades técnico administrativas. Conocimiento del entorno Windows y programas básicos de presupuesto y programación.

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Depende jerárquicamente del Residente de Obra, es responsable de las acciones técnicas de ejecución del Expediente Técnico Aprobado correspondiente al Componente de Paisaje Cultural y/o Medio Ambiente del Proyecto, que se le sea asignado en estricta coordinación con el Residente de Obra.

Revisar el Expediente Técnico Aprobado en todo su contenido (Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas, Programación de Obra, Presupuesto de Obra, Análisis de Costos Unitarios, etc.) correspondiente a su Componente, para emitir opinión técnica de algunas deficiencias contenidas y asumir los correctivos necesarios.

Participar de la evaluación ambiental; en la identificación y análisis de impactos ambientales y sociales, antes, durante y después del proyecto de inversión; proponer un plan de manejo ambiental que contemple la mitigación, contingencia, acondicionamiento y plan de cierre de la obra.

Conducir, organizar y ejecutar las acciones que comprendan las Partidas contenidas en el Expediente Técnico Aprobado del Componente a su cargo, así como informar y deliberar las controversias técnicas con el Residente de Obra así como con la Supervisión de Obra.

Elaborar las modificaciones técnicas del Proyecto ya sean Adicionales por Mayores Metrados, Partidas Nuevas y Deductivos que correspondan a su Componente y a su especialidad, remitiéndolas debidamente sustentadas al Residente de Obra para su correspondiente trámite de aprobación por Resolución Directoral.

Cumplir y hacer cumplir la normativa vigente en materia de Protección de Medio Ambiente y los ecosistemas que comprendan el ámbito de su intervención, como parte de la ejecución de su Componente.

Velar por el cumplimiento del Plan de Monitoreo Ambiental; que contemplará una serie de acciones, medidas, programas y planes de carácter ambiental y social los cuales deberán ser desarrollados de manera sustentable y compatible con el ambiente. Dentro de las medidas se contemplará la capacitación y sensibilización ambiental de los trabajadores e incluso de la población involucrada, a fin de armonizar el desarrollo de las actividades del proyecto, con los componentes del ambiente y factores sociales. Dar a conocer la política de seguridad y salud ambiental.

Monitorear las actividades que generen impactos en los proyectos de inversión pública; presentar medidas destinadas a la prevención, control y mitigación de los potenciales impactos negativos generados sobre los componentes físicos,

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biológicos, socioeconómicos y culturales, como consecuencia de la ejecución del Proyecto de Inversión

Elaborar los Requerimientos tanto de Bienes y Servicios programados de acuerdo al Expediente Técnico Aprobado correspondiente a su Componente, el que deberá alcanzar al Residente de Obra para su correspondiente tramite de adquisiciones.

Elaborar los Informes Técnicos Mensuales del Avance de ejecución del Componente a su cargo, según el formato institucional el que alcanzara debidamente rubricado, al Residente de Obra.

Efectuar el control debido del aspecto financiero correspondiente a su Meta, el que deberá verificar la correcta correspondencia con los Costos Programados en el Expediente Técnico Aprobado.

Identificar y registrar los riesgos ambientales y sociales en la ejecución de la obra, proponiendo medidas de contingencia.

Mantener constante comunicación con el Residente de Obra para efectuar coordinaciones de trabajo.

Proponer al Residente de Obra, acciones y gestiones para trabajos coordinados interinstitucionales que coadyuven las labores de protección del Medio Ambiente.

Otras funciones que le asigne el Residente de Obra.

7.18 ANTROPOLOGO RESPONSABLE DEL COMPONENTE DE DIFUSION Y

SENSIBILIZACION 7.18.1 PERFIL DEL CARGO

a) Título Profesional universitario en Antropología y/o Sociología b) Experiencia y capacitación probada en labores especializadas en el área. c) Experiencia en conducción de personal y actividades técnico administrativas. Conocimiento del entorno Windows y programas básicos de presupuesto y programación.

Depende jerárquicamente del Residente de Obra, es responsable de las acciones técnicas de ejecución del Expediente Técnico Aprobado correspondiente al Componente de de Difusión y Sensibilización del Proyecto, que se le sea asignado en estricta coordinación con el Residente de Obra.

Conducir, organizar y ejecutar las acciones que comprendan las Partidas contenidas en el Expediente Técnico Aprobado del Componente a su cargo, así como informar y deliberar las controversias técnicas con el Residente de Obra así como con la Supervisión de Obra.

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Elaborar las modificaciones técnicas del Proyecto ya sean Adicionales por Mayores Metrados, Partidas Nuevas y Deductivos que correspondan a su Componente y a su especialidad, remitiéndolas debidamente sustentadas al Residente de Obra para su correspondiente trámite de aprobación por Resolución Directoral.

Cumplir y hacer cumplir la normativa vigente en materia de de Difusión y Sensibilización del Proyecto en el ámbito de su intervención, como parte de la ejecución de su Componente.

Revisar el Expediente Técnico Aprobado en todo su contenido (Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas, Programación de Obra, Presupuesto de Obra, Análisis de Costos Unitarios, etc.) correspondiente a su Componente, para emitir opinión técnica de algunas deficiencias contenidas y asumir los correctivos necesarios.

Elaborar los Requerimientos tanto de Bienes y Servicios programados de acuerdo al Expediente Técnico Aprobado correspondiente a su Componente, el que deberá alcanzar al Residente de Obra para su correspondiente tramite de adquisiciones.

Elaborar los Informes Técnicos Mensuales del Avance de ejecución del Componente a su cargo, según el formato institucional el que alcanzara debidamente rubricado, al Residente de Obra.

Efectuar el control debido del aspecto financiero correspondiente a su Meta, el que deberá verificar la correcta correspondencia con los Costos Programados en el Expediente Técnico Aprobado.

Mantener constante comunicación con el Residente de Obra para efectuar coordinaciones de trabajo.

Proponer al Residente de Obra, acciones y gestiones para trabajos coordinados interinstitucionales que coadyuven las labores de difusión y sensibilización en el ámbito de la zona de trabajo.

Otras funciones que le asigne el Residente de Obra.

7.19 CRONOGRAMA DE ENTREGA DE DOCUMENTOS AL AREA FUNCIONAL DE OBRAS Y PUESTA EN VALOR DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES

7.19.1 El Requerimiento de Materiales, de acuerdo a Ítem 7.3.1, en

cuanto a imprevistos se solicitará dentro de los tres primeros días hábiles del mes en ejecución.

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Llamada
seguimiento
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7.19.2 El parte de asistencia se entregará el día 13; si este cae el día domingo, se entregará el día lunes 14, y si cae el día sábado, se entregará el día viernes 12; en caso de Recursos Ordinarios antes del día 8 de cada mes.

7.19.3 El Informe Técnico de Obra y Parte mensual de almacén se

entregaran dentro del segundo día del mes siguiente al que corresponde el informe presentado, debidamente visado por el Supervisor de Obra y de acuerdo al Anexo Nº 1, el Informe Anual de acuerdo al Anexo Nº 2 de la presente Directiva.

7.19.4 Es responsabilidad de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto

publicar en el SISTEMA INTRANET los reportes de ejecución presupuestal del SIAF oportunamente al 1er día hábil del siguiente mes del reportado y remitido de manera documentado visado por el responsable del Área, bajo responsabilidad.

7.19.5 Es responsabilidad de la Oficina de Administración a través del

Área Funcional de Contabilidad publicar en el SISTEMA INTRANET los reportes de ejecución presupuestal oportunamente al 1er día hábil del siguiente mes del reportado y remitido de manera documentado visado por el responsable del Área a la SDDPCDPC, bajo responsabilidad.

7.20 DEL INFORME FINAL DE OBRA

7.20.1 El Residente de Obra, los responsable de componentes del Proyecto de Inversión Pública son responsables de la entrega del Informe Final de Obra; el mismo que se efectuará en un período no mayor a 20 días hábiles de concluida la obra. Cada responsable del componente del proyecto de inversión presentará al Residente de Obra el informe final del componente bajo su responsabilidad.

7.20.2 El Informe Final de Obra deberá contener información técnica y financiera debidamente visado por el Supervisor de Obra, y a través del AFOPVBMI será presentado al Área Funcional de Liquidación de Proyectos para su análisis y aprobación correspondiente.

7.20.3 El Área Funcional de Liquidación de Proyectos de Inversión verificará y procederá con la Liquidación hasta la correspondiente aprobación con Resolución Directoral luego de lo cual procederá con el Informe de Cierre del Proyecto de Inversión Pública acorde al Formato 14 – Directiva del Sistema Nacional de Inversión Pública.

7.20.4 El Informe Final del Proyecto de Inversión se ejecutará en el año correspondiente, no pudiendo ejecutarse en otro periodo presupuestal.

7.21 DE LA SUPERVISION DE OBRA

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7.21.1 Toda obra ejecutada a través de la DDC-C deberá contar de manera permanente y directa con un Supervisor; quien efectuara las siguientes actividades durante la ejecución de obra:

Control Técnico, Económico Financiero

Control de calidad de materiales.

Control de procesos constructivos.

Control de calidad de trabajos ejecutados.

Control de maquinaria.

Control de personal idóneo.

Control de ensayos y pruebas de laboratorio.

Control de programación de obra y de adquisición de materiales.

Revisión y aprobación de las valorizaciones.

Aprobación de Presupuestos adicionales y su reajuste.

Revisión del Informe Final de Obra.

Exigir que las instalaciones de obra garanticen la salud y la seguridad de los trabajadores.

7.21.2 Efectuar bajo responsabilidad las Pruebas Técnicas de Control

de Calidad de los trabajos que se ejecutan, así como de los materiales que se emplean en obra, conforme las especificaciones técnicas correspondientes.

7.21.3 Los controles técnicos de obra serán permanentes durante la

ejecución de la obra por parte del Supervisor de Obras, referidos a trazos, cotas o niveles de fundación, pisos, estructuras, replanteos, dosificación de mezclas para morteros, calidad de insumos o materiales de construcción utilizados, texturas en recomposición y restitución de paramentos líticos, taludes, etc., los desaciertos serán de responsabilidad compartida con el Residente de Obra y sancionados por el órgano de Control Interno y/o la jefatura inmediata.

7.21.4 La sola anotación del Supervisor y el Residente de Obra, no

constituye en ningún caso, autorización para la modificación del Proyecto Aprobado. En este caso deberá observarse lo previsto en la Directiva del Sistema Nacional de Inversión Pública; de ser el caso deberá contar con la respectiva aprobación por las Comisiones o Comités Colegiados de Arquitectura y/o Arqueología o instancia competente y de la Sub Dirección Desconcentrada de Patrimonio Cultural y Defensa del Patrimonio Cultural.

7.21.5 El Área funcional de Supervisión de Proyectos de Inversión, es la

encargada de realizar la Supervisión de las obras programadas, para lo cual la Residencia de Obra deberá brindar las facilidades del caso.

7.21.6 La Supervisión de obras se sujeta a la Directiva “ Normas y

procedimientos, para la Supervisión de Proyectos de Inversión Pública por Administración Directa ejecutados por la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco del Ministerio de Cultura”

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7.21.7 El Supervisor de Obra es Co responsable de la utilización del

presupuesto asignado y aprobado en el Expediente Técnico para las acciones de supervisión, para lo cual deberá realizar las acciones de control y seguimiento correcto de las afectaciones presupuestales por el monto determinado en la fase inversión del Proyecto de Inversión Pública.

7.21.8 El Supervisor de Obra es Co responsable con el Residente para

ejecutar la obra por cualquier error u omisión que cometa el personal a su cargo y sus consecuencias. (revisar – directiva de supervisión)

VIII FORMATOS

7.1 Formato Interno CRO Nº 02 – DDC–C/MC Requerimiento de Contratación de Residente de Obra

7.2 Formato Interno AIO Nº 03-DDC-C/MC Autorización de Inicio de Obra

7.3 Formato Interno CPO Nº 04- DDC-C/MC Contratación de Personal 7.4 Formato Interno CBPO Nº 05 - DDC-C/MC Cambio de Personal de

Obra. 7.5 Formato Interno FIS Nº 06-1- DDC-C/MC Seguimiento 7.6 Formato Interno FIA Nº 06-2- DDC-C/MC Seguimiento de Aportes 7.7 Formato Solicitud de Adquisición de Bienes y/o Prestación de Servicios 7.8 Formato Control de Personal de Obra en Sede Central. 7.9 Formato Papeleta de Salida 7.10 Formato Control Visible de Almacén 7.11 Formato Nota de Entrada a Almacén 7.12 Formato Nota de Salida de Almacén 7.13 Formato Acta de Entrega y Recepción de Cargo 7.14 Formato Existencias Valoradas de Almacén 7.15 Formato Control de Asistencia de Personal en Obra 7.16 Formato Tarjeta Permisos 7.17 Formato Parte Diario de Almacén 7.18 Formato Pedido Comprobante Salida 7.19 Formato Existencias de Almacén del mes

VIII DISPOSICIONES FINALES, COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS

8.1 La Ejecución de los Proyectos de Inversión Pública en Monumentos Histórico Artísticos y Monumentos Arqueológicos se rigen por la presente Directiva.

8.2 El órgano ejecutor facilitara las acciones que viabilicen la copia de la

presente Directiva al Residente de Obra conjuntamente con el memorando de encargatura de una determinada obra.

8.3 La Oficina de Control así como el Área Funcional de Supervisión de

Obras, velará por el cumplimiento de las disposiciones de la presente Directiva.

8.4 Es responsabilidad del Área Funcional de Administración a través de del

Área Funcional de Contabilidad realizar la correcta afectación presupuestal de los gastos con cargo a obra de los Proyectos de

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Inversión Pública a cargo de la UE 002 MC; debiendo optimizar procesos y superar debilidades; a fin de evitar modificaciones respecto de los montos reportados e informados a la Oficina de Inversiones así como al Sistema INFObras; caso contrario el responsable del área será pasible de sanción por los órganos de control interno acorde a la normativa vigente.

8.5 Es de responsabilidad de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto la

programación presupuestal anual de los Proyectos de Inversión Pública a cargo de la UE 002 – MC; las cuales deberán ceñirse y ser compatibles con el Cronograma de Ejecución Física y Financiera registrado en el Banco de Proyectos del MEF; parámetros con los cuales se otorgo la viabilidad del Proyecto de Inversión Pública.

8.6 La Sub Dirección Desconcentrada de Patrimonio Cultural y Defensa del

Patrimonio Cultural al inicio del ejercicio fiscal alcanzará el cronograma consolidado de inicio y culminación de obras a la Dirección Desconcentrada de Cultura para su aprobación respectiva, previa verificación por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto quien certificará que dicho cronograma es coherente con la Programación Física y Financiera de los estudios de Inversión que otorgo viabilidad al Proyecto de Inversión Pública.

8.7 Es requisito imprescindible para el inicio de obra contar con la viabilidad

del Proyecto en el marco de la Ley 28802, su Reglamento y Directivas vigentes; así como contar con la aprobación del Expediente Técnico.

8.8 Es responsabilidad de la Oficina de Gestión Proyectos, formuladora del

expediente técnico de PIP presupuestar y programar acciones y obras que brinden condiciones básicas que garanticen permanencia, higiene, seguridad y salud del personal de obra en observancia estricta del RNE y normativa vigente relacionada.

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INFORME TECNICO MENSUAL Nº (ANEXO Nº 01)

1.00 DATOS GENERALES

Nombre del Proyecto de Inversión Publica Código SNIP Nombre de la Meta por componentes (Obra) Ubicación Cuadro de áreas Presupuesto asignado en el año fiscal Presupuesto asignado por componentes Programación Financiera y Física de Obra anual según SNIP – Meses calendario Programación Financiera y Física de Obra anual según Expediente Técnico – Meses calendario Fecha de inicio de obra Fecha de cierre de obra Fuente de financiamiento Formato 19 – Ficha de Seguimiento de Proyecto

2.00 EJECUCION PRESUPUESTAL 3.00 VALORIZACION Nº

COSTO DIRECTO Imprevistos con sus respectivos análisis de precio unitario de las obras ejecutadas. TOTAL COSTO DIRECTO COSTO INDIRECTO Gastos Generales Remuneración del Residente Remuneración del Sobrestante Combustibles, Lubricantes (Visitas de supervisión e inspección):

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Material de Escritorio y Otros Alquiler de Equipo TOTAL COSTO INDIRECTO TOTAL VALORIZACIÓN SALDO VALORIZADO DE MATERIALES EN CANCHA VALORIZACION DE APORTES SEGÚN CONVENIO

4.00 AVANCE FISICO Avance Mensual % M2 Programado : Ejecutado : Acumulado del año % M2 Programado : Ejecutado : Acumulado total % M2 Programado : Ejecutado :

5.00 DESCRIPCIÓN TÉCNICA DE PARTIDAS EJECUTADAS: 6.00 PROBLEMÁTICA DE OBRA 7.00 ANEXOS:

Valorización del mes Copia Planilla de personal Copia cuaderno de obra Fotografías (registro del proceso de intervención de trabajo en obra con la presencia del residente de obra, al inicio, durante y al final de las obras ejecutadas) Presentación: Un original y dos copias más un ejemplar para la residencia. Fecha de entrega de acuerdo a lo establecido en la presente Directiva, fecha no transferible por ningún motivo, que este dispuesto por el Órgano Ejecutante o Supervisión de Obras. Informe de verificación de costos unitarios y rendimientos.

ESQUEMA GENERAL PARA LA FORMULACION DEL INFORME ANUAL DE OBRA

(ANEXO Nº 02)

1.00 INTRODUCCION 2.00 DATOS GENERALES DE OBRA

Resolución de Aprobación del Expediente Técnico Nombre del Proyecto Nombre de la Meta (Obra) Localización Ubicación Cuadro general de áreas Área total del predio

Área total construida Área libre del predio Área programada intervenida Área de metas ampliadas Área ejecutada total

Avance porcentual acumulado anterior Avance porcentual ejecutado del año

Metrado acumulado anterior

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Metrado ejecutado del año

Fecha de inicio en el año Fecha de conclusión del año

Presupuesto total de la obra Presupuesto asignado en el año Presupuesto ampliado (1°, 2°, ampliación) Presupuesto ejecutado en el año Presupuestos ejecutados por cada año de intervención anterior

Fuente de financiamiento Recursos directamente recaudados Recursos ordinarios Convenios (Municipio, comunidad) Otros (donaciones, contraparte comunidad)

3.00 EJECUCION PRESUPUESTAL TOTAL DE OBRA DEL AÑO

Correspondientes a los meses de duración de obra

4.00 VALORIZACION FINAL COSTO DIRECTO Costo Directo de las partidas Imprevistos TOTAL COSTO DIRECTO GASTOS GENERALES Remuneración de Residente Remuneración del Sobrestante Combustibles y Lubricantes Materiales de escritorio y Otros Alquiler de Equipo Repuestos Alimentos para personal de apoyo Viáticos Vestuario Enseres Pasajes Tarifas de servicios públicos Servicios de terceros Costo de Pre-Liquidación Técnica y Financiera Costo de Supervisión TOTAL GASTOS GENERALES TOTAL VALORIZACIÓN Saldo de existencia física de materiales valorizado Todas las valorizaciones mensuales del año Adjuntar los extractos mensuales de los partes de almacén del año Adjuntar los partes de asistencia del personal de obra mensuales del año

5.00 ANTECEDENTES HISTORICOS (obtenidos durante el proceso de

intervención) 6.00 ANALISIS ARQUITECTÓNICO (posterior a la intervención)

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7.00 ANALISIS DE ESTADO ACTUAL (después de la intervención) 8.00 CAUSAS DEL DETERIORIO (de los análisis efectuados durante la

intervención) 9.00 INTERVENCIONES ANTERIORES (Ejecutadas durante el proceso de

intervención) 10.00 OBJETIVOS (alcanzados durante el proceso de intervención) 11.00 ESPECIFICACIONES TECNICAS

Especificaciones técnicas por cada una de las partidas ejecutadas, desde el inicio de obra hasta la culminación en el año, indicando los procedimientos restaurativos y/o constructivos llevados a cabo, proporción, cantidad, valorizado por especifica y valorizado acumulado por genérica. Igualmente se incluirá en el informe los estudios adicionales que se hayan efectuado (Estudio de suelos, análisis del comportamiento de los materiales, pruebas diversas de tracción y compresión de los materiales, análisis de materiales, morteros y mezclas y otras que se hayan considerado necesarias).

12.00 ANEXO Nº 01 INFORME DE INVESTIGACIÓN ARQUEOLÓGICA Los informes de Investigación Arqueológica deben anexarse al informe final y deben contener las conclusiones y recomendaciones de la investigación, así como también deben plantear las propuestas de intervención correspondientes y la documentación fotográfica del proceso de investigación.

13.0 EJECUCION DE PROGRAMACION GENERAL DE OBRA, REFERIDA A LA PROGRAMACIÓN APROBADA.

Presupuesto programado de obra Presupuesto ejecutado de obra Imprevistos o mayores metrados (con costos unitarios de cada una de las partidas ejecutadas) Documento de aprobación de las obras por mayor metrado, autorizado por la Sub Dirección de Obras y Supervisión de obras. Presupuesto analítico financiero (programado y ejecutado) Cronograma Ejecución mensual gráfica por partidas genéricas de obra (programado y ejecutado). Cronograma Ejecución mensual valorizado por partidas genéricas de obra (programado y ejecutado). Cuadro de avance físico % con respecto a la meta anual y a la meta final (programado y ejecutado), indicando si la obra está atrasada o adelantada en %, respecto a lo programado. Cuadro de avance físico en M2, M3, Ml con respecto a la meta anual y a la meta final (programado y ejecutado) Cuadro cronograma de inversión por partidas (programado y ejecutado) Cuadro de gastos generales (programado y ejecutado) Cuadro de asignación de personal (programado y ejecutado) Definir con suma claridad el o las áreas intervenidas. Determinar la superficie en metros cuadrados u otras unidades de medida de las intervenciones ejecutadas; descripción detallada de los trabajos ejecutados en cada sector o sectores, etc. según sea el caso, referido al proyecto o expediente aprobado y/o reprogramado, aprobados por la Comisión Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectónicos y/o Arqueológicos.

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Así mismo el informe de obra debe considerar: IMPREVISTOS: De las obras ejecutadas por mayor metrado o imprevistos no considerados en el proyecto aprobado, las partidas no consideradas dentro del costo directo de obra, se podrán justificar en este rubro hasta un máximo de 5%*, los mayores metrados deberán ser autorizados previamente y sustentados por el residente de obra, sustentado con su análisis de costos, por cada una de las partidas ejecutadas.

GASTOS GENERALES: Considerar cargas reales ejecutadas en la obra como es: personal (por ejemplo; Residente de Obra, Asistente Técnico, Asistente Administrativo, Almacenero de Obra, etc. e insumos Carburantes, repuestos). * Parámetro establecido por la Directiva Nacional del SNIP alimentos para personal de apoyo, viáticos, vestuario, útiles de escritorio, enseres, pasajes, tarifas de servicios públicos, otros servicios de terceros, persona jurídica, costo del informe final de obra, etc.) Este rubro se considera siempre y cuando no este considerado en el análisis de precios unitarios, considerando que se utilizó un mínimo necesario para el funcionamiento normal de la obra, en el proceso de su ejecución.

14.00 PLANOS: Se adjuntaran planos del estado antes de la intervención y planos del proceso de intervención final, con indicaciones claras y precisas de las metas alcanzadas en el año. El residente de obra está en la obligación de entregar los planos de intervención utilizados en original o el Software del digitado de los planos a la Sub-Dirección de Obras o hacer de conocimiento de la existencia de este en el archivo de la Institución, con el visto bueno del Sub Director de Estudios y Proyectos, al momento de la entrega del informe final de obra, el incumplimiento conlleva a sanción administrativa el mismo que se califica como demérito para futura asignación de responsabilidades que encomiende la Dirección Regional de Cultura Cusco, al Residente de Obra.

15.00 FOTOGRAFIAS:

Se adjuntará el álbum de la documentación fotográfica desde el estado inicial, durante el proceso, hasta el estado de culminación de lo programado en el año, en esta se debe de haber retratado al residente de obra en cada una de las obras ejecutadas como archivo de ejecución de las obras programadas, además se debe entregar los negativos a la Sub-Dirección de Obras, para su archivo en el Departamento Fotográfico del INC.

16.00 OTROS DOCUMENTOS: Se deberá alcanzar los siguientes documentos: Cuaderno de Obra. Cuaderno de control de asistencia. Inventario Físico de saldos de Almacén valorizado.

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Partes de almacén del periodo de duración de obra (Recabar en archivo del Órgano Ejecutante) Copias de ejecución presupuestal de todos los meses, documento que se solicitará a la Sub-Gerencia de Contabilidad. Informes mensuales del tiempo de duración de la obra (Recabar en archivo del Órgano Ejecutante). Copias de ejecución presupuestal de todos los meses, documento que se solicitará a la Sub-Gerencia de Contabilidad del INC-Cusco. Informes mensuales del periodo de duración de obra (Recabar en Archivo del Órgano Ejecutante). Pruebas y ensayos de control de calidad de morteros, concretos, adobes, madera, etc. Pruebas de resistencia y capacidad portante de suelos. Acta de entrega de terreno Acta de inicio de obra Actas de supervisión de obra del periodo de duración de obra (fotocopia

simple). Acta de finalización de la obra Informe final Acta de entrega y recepción de obra Documento oficial de Conciliación presupuestal de la Sub Gerencia de Contabilidad – Oficina de Planificación y Presupuesto y el Órgano Ejecutante. Valorización y especificaciones de las obras adicionales y/o de las modificaciones al proyecto aprobado, debidamente sustentadas. Memoria descriptiva valorizada de cada una de las partidas ejecutadas, especificando los metrados Planos de detalles constructivos Planos de levantamiento estratigráfico (opcional según sea el caso) Planos actualizados de la intervención realizada, en sistema CAD

(digitalizados). 17.00 SEGUIMIENTO

Al Final de año el Residente adjuntara el Formato Interno SNIP Nº 06-1-DRC-C-INC Seguimiento SNIP de las metas físicas y financieras para evaluación de acuerdo al Sistema Nacional de Inversión Pública; luego de revisado por el jefe del Órgano ejecutante será remitido a la Oficina de Planificación y Presupuesto

18.00 SEGUIMIENTO DE CONVENIOS

Al Final de año el Residente adjuntara el Formato Interno SNIP Nº 06-2-DRC-C-INC Seguimiento de Aportes debidamente llenado con los aportes realizados por las Municipalidades, Iglesia, Beneficiarios y otros según convenios suscritos por estos. Así mismo adjuntará copia de los convenios y documentos que acrediten el ingreso de materiales u otros de acuerdo a los convenios; luego de revisado por el jefe del Órgano ejecutante será remitido a la Oficina de Planificación y Presupuesto

19.00 INFORME FINAL DE OBRA

Al final de la obra, el Residente alcanzara el Informe Final de Obra con la información Técnica y Financiera de la Obra correspondiente, para elevar a la Comisión respectiva y determinar la Liquidación definitiva.

20.0 OBRAS POR CONTRATA:

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Se sustentara de la misma forma que las obras por administración directa, sustentada con documentos contables emitidos por la Sub-Gerencia de Contabilidad y Sub Gerencia de Abastecimientos y Servicios Auxiliares del INC-Cusco y las que establece la Ley Nº 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Decreto Supremo N° 083-2004 PCM Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Decreto Supremo N° 084-2004 PCM Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.