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INSTITUTO ELECTORAL CIUDAD DE MÉXICO CONVOCATORIA DEL CONCURSO DE OPOSICIÓN ABIERTO PARA SELECCIONAR PERSONAL EVENTUAL PARA EDUCACIÓN CÍVICA 'kr El Instituto Electoral de la Ciudad de México (Instituto Electoral), con fundamento en lo dispuesto en el artículo 1, 41 fracción V, Apartado A, párrafo primero, Apartado C, numeral 8, y 116 fracción IV, inciso b) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Constitución Federal), 50, numerales 1, 3 y 4 de la Constitución Política de la Ciudad de México (Constitución Local); 31; 32 primer párrafo; 34, fracciones I y II; 36, fracciones I y VII, párrafo quinto, incisos d), e) y j) ; 94, fracciones III y V ; 113, fracciones I y III; y 151 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México (Código); 6 fracción III; 184; 185 y 186 del Reglamento en materia de Relaciones Laborales del Instituto Electoral de la Ciudad de México (Reglamento), emite la siguiente: CONVOCATORIA PARA PARTICIPAR EN EL CONCURSO DE OPOSICIÓN ABIERTO PARA SELECCIONAR PERSONAL EVENTUAL Que apoyará a los Órganos Desconcentrados del Instituto Electoral en actividades de Educación Cívica y Construcción de Ciudadanía para el Proceso el Electoral Ordinario Local 2017-2018 y la Consulta Ciudadana sobre Presupuesto Participativo 2019, de acuerdo con las siguientes: BASES PRIMERA. Se contratarán 33 personas, una por cada Órgano Desconcentrado, bajo el régimen de prestación de servicios por honorarios asimilados a salarios, con cargo de Técnico/a Especializado/a "C", con un salario bruto mensual de $17,250.20 (Diecisiete mil doscientos cincuenta pesos 20/100 M.N.), por el periodo comprendido del 1 de mayo al 30 de noviembre de 2018. En la contratación de las 33 personas se deberá buscar una integración paritaria en materia de género. SEGUNDA. Las personas aspirantes que sean designadas como ganadoras serán contratadas y adscritas en los Órganos Desconcentrados del Instituto Electoral, de acuerdo con la distribución señalada en la Base Primera de la presente Convocatoria, y desempeñarán las funciones que a continuación se señalan: a) Coadyuvar en la planeación, seguimiento y ejecución de acciones educativas en materia de educación cívica y construcción de ciudadanía. b) Coadyuvar en el diseño y elaboración de materiales didácticos de apoyo a las acciones educativas que en materia de educación cívica y construcción de ciudadanía realicen los órganos desconcentrados. c) Apoyar en la operación de los planes, programas y proyectos en materia de educación cívica y construcción de ciudadanía, así como en su seguimiento y evaluación para asegurar el cumplimiento de las metas distritales. d) Apoyar en la operación de las distintas acciones que se determinen para los programase- x Educación Cívica y Construcción de Ciudadanía del Instituto Electoral, así como en los derivados de los acuerdos y las disposiciones relativas a la coordinación con el Instituto Nacional Electoral en la materia.

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INSTITUTO ELECTORAL CIUDAD DE MÉXICO

CONVOCATORIA DEL CONCURSO DE OPOSICIÓN ABIERTO

PARA SELECCIONAR PERSONAL EVENTUAL PARA EDUCACIÓN CÍVICA

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El Instituto Electoral de la Ciudad de México (Instituto Electoral), con fundamento en lo dispuesto en el artículo 1, 41 fracción V, Apartado A, párrafo primero, Apartado C, numeral 8, y 116 fracción IV, inciso b) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Constitución Federal), 50, numerales 1, 3 y 4 de la Constitución Política de la Ciudad de México (Constitución Local); 31; 32 primer párrafo; 34, fracciones I y II; 36, fracciones I y VII, párrafo quinto, incisos d), e) y j) ; 94, fracciones III y V ; 113, fracciones I y III; y 151 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México (Código); 6 fracción III; 184; 185 y 186 del Reglamento en materia de Relaciones Laborales del Instituto Electoral de la Ciudad de México (Reglamento), emite la siguiente:

CONVOCATORIA PARA PARTICIPAR EN EL CONCURSO DE

OPOSICIÓN ABIERTO PARA SELECCIONAR PERSONAL EVENTUAL

Que apoyará a los Órganos Desconcentrados del Instituto Electoral en actividades de Educación Cívica y Construcción de Ciudadanía para el Proceso el Electoral Ordinario Local 2017-2018 y la Consulta Ciudadana sobre Presupuesto Participativo 2019, de acuerdo con las siguientes:

BASES

PRIMERA. Se contratarán 33 personas, una por cada Órgano Desconcentrado, bajo el régimen de prestación de servicios por honorarios asimilados a salarios, con cargo de Técnico/a Especializado/a "C", con un salario bruto mensual de $17,250.20 (Diecisiete mil doscientos cincuenta pesos 20/100 M.N.), por el periodo comprendido del 1 de mayo al 30 de noviembre de 2018. En la contratación de las 33 personas se deberá buscar una integración paritaria en materia de género.

SEGUNDA. Las personas aspirantes que sean designadas como ganadoras serán contratadas y adscritas en los Órganos Desconcentrados del Instituto Electoral, de acuerdo con la distribución señalada en la Base Primera de la presente Convocatoria, y desempeñarán las funciones que a continuación se señalan:

a) Coadyuvar en la planeación, seguimiento y ejecución de acciones educativas en materia de educación cívica y construcción de ciudadanía.

b) Coadyuvar en el diseño y elaboración de materiales didácticos de apoyo a las acciones educativas que en materia de educación cívica y construcción de ciudadanía realicen los órganos desconcentrados.

c) Apoyar en la operación de los planes, programas y proyectos en materia de educación cívica y construcción de ciudadanía, así como en su seguimiento y evaluación para asegurar el cumplimiento de las metas distritales.

d) Apoyar en la operación de las distintas acciones que se determinen para los programase- x Educación Cívica y Construcción de Ciudadanía del Instituto Electoral, así como en los derivados de los acuerdos y las disposiciones relativas a la coordinación con el Instituto Nacional Electoral en la materia.

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e) Coadyuvar en la elaboración de los informes que requieran los órganos centrales del Instituto Electoral sobre el desarrollo y resultados del trabajo que se realiza en materia de educación cívica y construcción de ciudadanía para rendir cuentas.

f) Proponer contenidos al plan de trabajo distrital en materia de educación cívica y construcción de ciudadanía para contribuir a la formación ciudadana de distintos grupos de la población en el ámbito territorial distrital.

g) Sugerir mecanismos de vinculación con las instituciones u organizaciones del ámbito territorial distrital, en materia de educación cívica y construcción de ciudadanía a partir del diseño e implementación de acciones conjuntas para fomentar la cultura política democrática.

h) Apoyar en los trabajos de seguimiento y apoyo logístico de la Dirección Distrital durante las diferentes etapas de las Consultas por desarrollarse en 2018.

i) Coadyuvar en la operación de los modelos y metodologías de educación cívica y formación ciudadana, diseñados por el Instituto Nacional Electoral, derivados de la colaboración para contribuir a la construcción de ciudadanía en el marco de la política nacional que se defina en la materia.

j) Apoyar en la difusión, seguimiento y operación del programa específico de servicio social Educación para la vida en democracia.

k) Apoyar en la integración del archivo relativo a las actividades propias de la materia de educación cívica y construcción de ciudadanía.

I) Las demás actividades que le encomiende la o el Subcoordinador de Educación Cívica, Organización Electoral y Participación Ciudadana.

TERCERA. La participación en el Concurso estará sujeta a que las personas aspirantes cumplan totalmente con los requisitos y el perfil correspondiente al cargo, y entreguen la documentación completa que está indicada en la Primera Etapa. Registro de Aspirantes y Verificación de Requisitos de la presente Convocatoria.

CUARTA. Las personas interesadas en participar en el Concurso deberán presentarse personalmente, dentro de los plazos previstos en la presente Convocatoria, en la Dirección Distrital en la que pretendan prestar sus servicios, para llevar a cabo su registro y entregar la documentación solicitada. La ubicación de las direcciones distritales para efectos de la presente Convocatoria, podrán consultarse en la página de internet del Instituto Electoral: www.iecm.mx Adicionalmente, las personas con discapacidad podrán acudir a realizar su registro ya sea a la Dirección Distrital en la que pretendan prestar sus servicios, o bien, a las oficinas centrales del Instituto Electoral, ubicadas en la calle Huizaches número 25, Colonia Rancho los Colorines, Demarcación Tlalpan, Código Postal 14386, en esta Ciudad de México. En este último caso, el registro estará a cargo de la Unidad Técnica del Centro de Formación y Desarrollo (Centro).

Las Organizaciones No Gubernamentales orientadas a promover la inclusión de personas cón discapacidad, podrán representarlas, para efectos del registro referido, en las oficinas centrales del Instituto Electoral, en el domicilio señalado en el párrafo anterior, en cuyo caso se deberá presentar Carta Poder simple firmada ante dos testigos.

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QUINTA. La supervisión y seguimiento del Concurso estará a cargo de la Comisión Permanente de Educación Cívica y Construcción de Ciudadanía (Comisión Permanente).

SEXTA. Durante el desarrollo del Concurso, las personas aspirantes deberán cumplir con todos los requisitos señalados en la presente Convocatoria, de lo contrario, el Centro someterá a la consideración de la Comisión Permanente la cancelación del registro correspondiente.

SÉPTIMA. El proceso de selección en todo momento será incluyente y evitará cualquier discriminación motivada por origen étnico o nacional, color de piel, cultura, sexo, género, edad, discapacidades, condición social, económica de salud o jurídica, religión, apariencia física, características genéticas, situación migratoria, embarazo, lengua, opiniones, preferencias sexuales, identidad o filiación política, estado civil, situación familiar, responsabilidades familiares, idioma, antecedentes penales o cualquier otro motivo que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y las libertades de las personas.

Queda estrictamente prohibido solicitar certificados médicos de no embarazo y/o de VIH; en todo momento se deberá asegurar la igualdad laboral.

OCTAVA. El proceso de selección se desarrollará de acuerdo con las siguientes etapas:

Primera. Registro de aspirantes y verificación de requisitos. Segunda. Aplicación de evaluaciones:

• Conocimientos, y • Curricular.

Tercera. Resultados Finales. Cuarta. Designación de Ganadoras/es e integración de la Lista de Reserva.

NOVENA. Las dos primeras etapas serán eliminatorias. En el caso de la primera, aquellas personas aspirantes que no cumplan con los requisitos establecidos en la Primera Etapa. Registro de Aspirantes y Verificación de Requisitos de la presente Convocatoria no serán considerados para el examen de conocimientos.

Para el examen de conocimientos, la calificación mínima aprobatoria será de 7.00 en una escala de O a 10 puntos, sin redondeo. Asimismo, para el caso de la evaluación curricular, la calificación mínima aprobatoria será de 7.0 en una escala de O a 10 puntos, sin redondeo. Las personas aspirantes que obtengan una calificación inferior a las antes señaladas quedarán eliminadas del Concurso.

DÉCIMA. Una vez concluida la segunda etapa del Concurso, el Centro integrará los result finales de aquellas personas que acreditaron todas las etapas, conforme a la ponde siguiente:

• Examen de conocimientos: 40% • Evaluación curricular: 60%

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DÉCIMA PRIMERA. La designación de personas ganadoras se realizará con base en los resultados finales del Concurso, y considerando las acciones afirmativas preferentes señaladas en el apartado correspondiente.

Asimismo, se conformará una lista de reserva para cada Dirección Distrital, la cual será utilizada en caso de renuncia o declinación de alguna de las personas que resulten ganadoras, la cual estará integrada con base en los resultados finales y en estricto orden de prelación.

Las listas de reserva estarán vigentes únicamente durante el periodo de contratación señalado en la Base Primera de la presente Convocatoria.

Las personas aspirantes que conformen la lista de reserva para cada Dirección Distrital serán integradas, además, en una lista de reserva por demarcación que será utilizada en caso de que las listas de reserva por Dirección Distrital queden agotadas. Para el caso de las demarcaciones con distrito único, se podrán utilizar las listas de reserva de las demarcaciones colindantes.

En el caso de los distritos que correspondan a más de una demarcación, las personas aspirantes podrán ser integradas a todas las listas por demarcación que correspondan.

DÉCIMA SEGUNDA. Todos los trámites y etapas deberán ser desahogados personalmente por las personas aspirantes en los lugares, fechas y horarios establecidos en la presente Convocatoria, por lo que no se aceptará ningún tipo de representación legal, gestión de negocios o buenos oficios, con excepción de lo previsto en la Base Cuarta, último párrafo de esta Convocatoria.

DÉCIMA TERCERA. La presente Convocatoria será difundida a partir del día siguiente de su aprobación y hasta el cierre del registro, mediante su publicación en los estrados de las direcciones distritales, así como en las oficinas centrales del Instituto Electoral. Igualmente se publicará en la página de internet, y en las diversas redes sociales del Instituto Electoral.

La difusión de la convocatoria y resultados de las evaluaciones se podrá realizar por medios impresos, electrónicos, auditivos o audiovisuales. Además de lo anterior, será enviada a organizaciones de la sociedad civil vinculadas con personas con discapacidad.

DÉCIMA CUARTA. Quedarán impedidos de participar en el presente Concurso aquellas personas que se encuentren laborando como personal eventual en el Instituto Electoral de la Ciudad de México, o hayan sido designadas como Consejeras o Consejeros Distritales, propietarios o suplentes, para el Proceso Electoral Ordinario Local 2017-2018, o se encuentren en activo dentro de alguno de los programas de servicio social del Instituto Electoral.

Aquellas personas que se encuentren en dicho supuesto únicamente podrán registrarse e e presente Concurso previa renuncia al cargo que ocupen.

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DÉCIMA QUINTA. Las personas aspirantes registradas en el presente Concurso no podrán participar en otros procesos de selección que de manera simultánea convoque el Instituto Electoral.

En el caso de que el Centro identifique que la persona aspirante se encuentre participando por más de un cargo, propondrá al órgano de supervisión que corresponda, la cancelación de los registros, prevaleciendo únicamente el más reciente.

DÉCIMA SEXTA. Toda la información de las personas aspirantes recabada con motivo de la presente Convocatoria estará protegida a través del Sistema de Datos Personales.

DÉCIMA SÉPTIMA. La difusión de todos los resultados, designaciones y demás actos de cada una de las etapas se notificará a través de la página de internet del Instituto Electoral conforme a lo estipulado en el segundo párrafo de la Base Décima Tercera, en virtud de lo cual, será responsabilidad de las personas aspirantes consultarla para dar seguimiento a su participación en el Concurso.

DÉCIMA OCTAVA. La operación del Concurso se realizará de conformidad con el Procedimiento para la Selección, Capacitación y Valoración Laboral del Personal Eventual, identificado con la clave alfanumérica IECM/PR/UTCFyD/6/2016, aprobado por la Junta Administrativa del Instituto Electoral de la Ciudad de México mediante Acuerdo IECM-JA034-17.

Los casos no previstos en la presente Convocatoria o en el procedimiento respectivo, serán resueltos por de la Comisión Permanente.

Apartado I Etapas del Concurso

De conformidad con la Base Octava de la presente Convocatoria, el Concurso se desarrollará de acuerdo con las siguientes etapas:

Primera Etapa. Registro de Aspirantes y verificación de requisitos

Las personas aspirantes que deseen participar en el Concurso deberán cumplir con los requisitos previstos en el artículo 18 del Reglamento, mismos que se señalan a continuación:

I. Ser ciudadana o ciudadano mexicano en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos;

II. Estar inscrita o inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar vigente o, en su caso, el comprobante del trámite correspondiente;

III. Acreditar con documentación expedida por institución con reconocimiento oficial, el nivel de escolaridad requerido para el cargo y puesto;

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IV. No haber sido registrada como candidata o candidato a cargo alguno de elección popular, o haberlo ocupado por alguna otra circunstancia en los tres años anteriores a la designación;

V. No desempeñar ni haber desempeñado cargo alguno de dirección en un Partido Político, en los tres años anteriores a la designación;

VI. No estar inhabilitada o inhabilitado para ocupar cargo y puesto público; VII. No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro o ministra de algún culto religioso, de

conformidad con lo dispuesto en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, y VIII. Cumplir con el perfil siguiente:

• Escolaridad de al menos 75% de créditos de estudios de nivel superior. • Conocimientos básicos sobre las disposiciones contenidas en la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Constitución Política de la Ciudad de México, en el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, en la Estrategia Nacional de Educación Cívica 2017-2023, en la Estrategia Integral de Educación Cívica para la Ciudad de México 2017-2023, conocimientos de paquetería informática para la oficina; conocimientos básicos en manejo de archivo.

• Experiencia como facilitador(a) y/o en capacitación a grupos.

Para obtener su registro como aspirante en el Concurso, las personas interesadas deberán presentarse en las oficinas de la Dirección Distrital del Instituto Electoral en la cual deseen concursar, de lunes a domingo en el periodo comprendido del 16 al 23 de marzo de 2018, en el horario de las 9:00 a las 18:00 horas, con excepción del último día, que será de las 9:00 hasta las 24:00 horas, y exhibir la siguiente documentación, en original y dos copias simples:

1. Credencial para votar vigente o comprobante de la Solicitud Individual de Inscripción o Actualización al Padrón Electoral y recibo de la credencial (en este último caso, la persona deberá presentar una identificación con fotografía vigente: Licencia para conducir, Cartilla del Servicio Militar Nacional, Pasaporte, Cédula profesional o Título).

2. Constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP). 3. Acta de nacimiento. 4. Comprobante del máximo nivel de estudios acreditado, expedido por institución con

reconocimiento oficial en el territorio nacional. En caso de estudios realizados en el extranjero, la persona aspirante deberá presentar la revalidación correspondiente expedida por la Secretaría de Educación Pública.

5. Cédula del Registro Federal de Contribuyentes con homoclave (RFC) o, en su caso, comprobante de solicitud de inscripción.

6. Comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a tres meses a la fecha de registro, cuya dirección coincida con la señalada en la solicitud de registro.

7. Ficha Curricular con firma autógrafa en cada una de sus hojas, conforme al format IECM/FR/UTCFyD/8/2017.

8. Soporte documental correspondiente a la experiencia señalada en la Ficha Curricul ✓ 9. Solicitud de registro con firma autógrafa.

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El examen de conocimientos estará elaborado con base en la Guía de Estudio anexa a Convocatoria.

Los resultados del examen de conocimientos serán publicados el 13 de abril de 2018.

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10. Declaración bajo protesta de decir verdad en la que conste que la información y documentación que entrega para su registro es verídica y que cumple con los requisitos señalados en la Convocatoria.

11. En su caso, Carta-Compromiso para mostrar los originales, para cotejo, de la credencial para votar y/o el RFC, y de entregar las copias respectivas para su contratación, en caso de ser seleccionados.

Los documentos señalados en los numerales 7, 9, 10 y 11 estarán a disposición de las personas aspirantes en el sitio de internet del Instituto Electoral.

El personal de las direcciones distritales verificará el cumplimiento de los requisitos señalados en la presente etapa, haciendo constar la documentación recibida. Se generará en favor de la persona aspirante un acuse de recibo, en el cual deberá constar su firma de conformidad. Dicho acuse deberá ser presentado en la aplicación de las evaluaciones correspondientes.

En esta etapa la persona aspirante no recibirá calificación, solamente se valorará si cumple o no con los requisitos establecidos en la presente Convocatoria. En caso de que no cumpla con la totalidad de los requisitos, no se otorgará el registro para el Concurso.

Una vez que la persona aspirante haya obtenido el registro, se le asignará un número de folio que utilizará en todas las etapas del Concurso.

Segunda Etapa. Aplicación de Evaluaciones

De conformidad con la Base Octava de la presente Convocatoria, la Segunda Etapa del Concurso consta de dos evaluaciones:

1) Examen de conocimientos

Concluida la Primera Etapa del Concurso, el Centro presentará un informe a la Comisión Permanente en el que propondrá la lista de folios que cumplieron los requisitos para participar en el Concurso, y que serán convocados a la aplicación del examen de conocimientos, la cual será publicada el 28 de marzo de 2018.

Las personas aspirantes cuyo registro haya sido aprobado por la Comisión Permanente deberán presentarse el sábado 7 de abril de 2018, en las sedes y horarios que determine el Centro. La Comisión Permanente podrá acordar el cambio de fecha o fechas adicionales para la aplicación de dichas evaluaciones.

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2) Evaluación Curricular

A las personas aspirantes que hayan obtenido una calificación aprobatoria en el examen de conocimientos se les aplicará una Evaluación Curricular, que se realizará del 13 al 16 de abril de 2018, en el horario comprendido de las 9:00 a las 18:00 horas y que estará a cargo del personal de las direcciones distritales; se desarrollará en las sedes respectivas y no se requerirá la presencia de la persona aspirante.

La asignación de puntajes se realizará conforme a la tabla siguiente con base en la documentación entregada en términos de la Primera Etapa. Registro de Aspirantes y Verificación de Requisitos de la presente Convocatoria:

Puntaje ESCOLARIDAD 3.5 Licenciatura trunca (al menos 75% de créditos) 4.0 Licenciatura concluida (100% de créditos) 4.5 Título de Licenciatura o Posgrado

Puntaje EXPERIENCIA LABORAL NO ELECTORAL 0.5 Experiencia de 6 a 12 meses 1.0 Experiencia mayor a 12 meses

Puntaje EXPERIENCIA LABORAL ELECTORAL 2.0 Personal eventual con actividades de Participación Ciudadana en un

organismo electoral (administrativo o jurisdiccional)

2.0 Personal eventual con actividades de Proceso Electoral en un organismo electoral (administrativo o jurisdiccional)

2.5 Servicio social o prácticas profesionales en el IECM (concluidos)

3.0 Personal de estructura de un organismo electoral (administrativo o jurisdiccional)

Puntaje EXPERIENCIA ELECTORAL NO LABORAL

1.5 Actividades electorales o de participación ciudadana no remuneradas realizadas en un proceso electoral o un procedimiento de participación

ciudadana

En todos los casos la experiencia electoral no será acumulativa, se considerará aquella que represente el puntaje más alto para la persona aspirante.

Para el caso de las personas aspirantes que se registren en situación de primer empleo, únicamente se considerará para la asignación de puntajes la escolaridad conforme a la tabla de asignación de puntajes siguiente:

Puntaje ESCOLARIDAD 7.0 Licenciatura trunca (al menos 75% de créditos) 8.0 Licenciatura concluida (100% de créditos) 10 Título de Licenciatura o Posgrado

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Los resultados de la evaluación curricular serán publicados el 20 de abril de 2018.

Tercera Etapa. Resultados finales

El Centro integrará los resultados finales conforme a la ponderación establecida en la Base Décima y los presentará, para su aprobación, a la Comisión Permanente, y serán publicados el 20 de abril de 2018.

Cuarta Etapa. Designación de ganadoras/es e integración de la Lista de Reserva

Una vez se hayan aprobado los resultados finales y se hayan resuelto los mecanismos de revisión, el Centro presentará a la Comisión Permanente la propuesta de designación de personas aspirantes ganadoras, así como la lista de reserva para cada Dirección Distrital, en la que se procurará aplicar la acción afirmativa de paridad de género.

Para tal efecto, se seguirá el siguiente orden de designación.

1) Inclusión de personas con discapacidad

En primera instancia, se integrará una lista única de toda la Ciudad de México con las personas aspirantes registradas con alguna discapacidad, a quienes se asignará hasta un 5% de las plazas del Concurso, conforme a los resultados finales y en estricto orden de prelación. Si no hubiera suficientes aspirantes para cubrir la cuota referida, se asignará únicamente el porcentaje correspondiente.

Se entenderá por persona con discapacidad a toda aquella que por razón congénita o adquirida, presente una o más deficiencias de carácter físico, mental, intelectual o sensorial, ya sea permanente o temporal y que al interactuar con las barreras que le impone el entorno social, pueda impedir su inclusión plena y efectiva, en igualdad de condiciones con los demás.

En el Concurso podrán registrarse, participar y ser contratadas las personas con discapacidad (permanente, no temporal) que presenten alguna de las siguientes características:

Discapacidad Características

Debilidad visual Con miopía cuyo rango oscile entre 3 y 6 dioptrías. En este caso será necesario presentar constancia o certificado que lo acredite, expedido por una institución oficial.

Dificultades del habla

Tartamudez cuya capacidad verbal le permita establecer una conversación con su interlocutor.

Dificultad Auditiva

De transmisión o conductiva del sonido, presentada en el oído externo y/o medie, por la cual se utilizan implantes o auxiliares auditivos.

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Discapacidad Características

Dificultades Motrices

Miembros inferiores. Siempre y cuando cuenten con prótesis que les permita desplazarse, o ambas piernas y utilicen bastón que les permita cubrir en tiempo y forma las funciones relacionadas con la vacante.

Miembros superiores: Contar con al menos un brazo y una mano para poder desplazar documentación y materiales, así como efectuar anotaciones o, bien, contar con una prótesis.

2) Inclusión de personas en situación de primer empleo

Una vez agotada la designación de personas con discapacidad, se integrará una lista única de toda la Ciudad de México con personas en situación de primer empleo a quienes se asignará hasta un 5% de las plazas del Concurso, conforme a los resultados finales y en estricto orden de prelación. Si no hubiera suficientes aspirantes para cubrir la cuota referida, se asignará únicamente el porcentaje correspondiente.

Se entenderá que una persona se encuentra en situación de primer empleo cuando cumplan con todos los supuestos siguientes:

a) La persona aspirante no tiene ninguna experiencia laboral remunerada; b) Concluyó sus estudios en el año anterior a la aprobación de la Convocatoria, o bien, que se

encuentra estudiando al día del registro como aspirante, y c) El comprobante académico presentado cuenta con una fecha de expedición con una

antigüedad no mayor a un año contado a partir de la aprobación de la Convocatoria.

3) Designación del resto de ganadoras/es

Al concluir con la designación de personas con discapacidad y en situación de primer empleo, se procederá a designar el resto de los cargos conforme a los resultados finales y en estricto orden de prelación.

4) Criterios de desempate

En caso de que dos o más aspirantes obtuvieran el mismo resultado final, se utilizarán, como criterios de desempate, en estricto orden de prelación los siguientes:

1. Persona del género femenino con discapacidad 2. Persona del género femenino 3. Persona con discapacidad 4. Mejor resultado en la evaluación curricular 5. Mayor experiencia laboral 6. Mejor resultado en el examen de conocimientos

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7. Cuando las personas empatadas cuenten con valoración laboral en el Instituto Electoral en el año anterior, se asignará la plaza a aquella que tenga una mayor calificación

8. Mayor cantidad de procesos electorales en los que haya participado cada aspirante 9. Mayor cantidad de procedimientos de participación ciudadana en los que haya participado

cada aspirante 10. Mayor grado de escolaridad

Por otra parte, si de la aplicación de las acciones afirmativas señaladas en los incisos 1 y 2 del presente apartado existan como candidatas a ocupar una misma plaza una persona con discapacidad y una persona en situación de primer empleo, se otorgará el cargo a aquella que haya obtenido la calificación más alta en los resultados finales.

Las personas que pretendan participar en el Concurso acogiéndose a las medidas afirmativas adoptadas en relación con discapacidad o primer empleo, deberán señalarlo en la solicitud respectiva.

Apartado II Mecanismo de Revisión

Las personas aspirantes podrán solicitar la revisión de los resultados del examen de conocimientos y de la evaluación curricular, o de los resultados finales, dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en el que se publiquen los resultados, presentando un escrito ante el Centro, ubicado en la calle Huizaches número 25, Colonia Rancho los Colorines, Demarcación Tlalpan, Código Postal 14386, en la Ciudad de México.

La solicitud de revisión antes señalada deberá contener, cuando menos, lo siguiente:

• Nombre, número de folio y cargo por el que concursa. • La evaluación respecto de la cual se solicita la revisión. • Objeto y argumentos que justifiquen la necesidad de realizar la revisión de los resultados. • En su caso, y solo cuando sea indispensable, los documentos que acrediten su dicho. • Firma autógrafa o huella de la persona solicitante.

La solicitud de revisión se tendrá por no presentada cuando no cuente con firma autógrafa o huella del solicitante; asimismo, se declarará improcedente en los casos siguientes:

a) Cuando no cuente con los elementos anteriormente señalados. b) Cuando tenga por objeto modificar los criterios de evaluación previamente establecidos

a su aplicación. c) Cuando sea presentada fuera del plazo establecido para tal efecto.

La solicitud de revisión será sobreseída cuando la persona solicitante desista del mecanismo de revisión.

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CONVOCATORIA DEL CONCURSO DE OPOSICIÓN ABIERTO

PARA SELECCIONAR PERSONAL EVENTUAL

PARA EDUCACIÓN CÍVICA

El mecanismo de revisión deberá resolverse en un plazo máximo de 5 días hábiles posteriores a la conclusión del plazo para la recepción de solicitudes.

Las notificaciones derivadas del proceso de revisión de resultados se realizarán a través del sitio de internet del Instituto Electoral y surtirán sus efectos el mismo día de su publicación.

No serán objeto de revisión los reactivos de los exámenes de conocimientos en lo que hace a su pertinencia e idoneidad.

El desahogo de la solicitud de revisión se realizará en términos del Procedimiento para la revisión de resultados de los procesos de selección de la Rama Administrativa y del personal Eventual, identificado con la clave IECM/PR/UTCFyD/10/2017, expedido el 31 de agosto de 2017.

Apartado III Aspectos Logísticos del Proceso de Selección

El Concurso estará a cargo de la Comisión Permanente, la Contraloría Interna, la Dirección Ejecutiva de Educación Cívica y Construcción de Ciudadanía, el Centro y las direcciones distritales, en sus respectivos ámbitos de competencia.

Para la operación del Concurso, además de lo señalado en el Procedimiento IECM/PR/UTCFyD/6/2016, se deberá observar lo siguiente:

1) Es responsabilidad de la Comisión Permanente dar seguimiento al proceso de selección, capacitación y valoración laboral de personal eventual, considerando en todas las etapas, la participación plena y efectiva, en igualdad de condiciones, de las personas con discapacidad, así como, aprobar el registro, los resultados de las evaluaciones, la designación de ganadores y en su caso la Lista de Reserva.

2) La Contraloría Interna del Instituto Electoral brindará acompañamiento en el proceso de selección, con el objeto de vigilar que se cumpla con la normativa aplicable y principios rectores de este instituto comicial.

3) Es función de la Dirección Ejecutiva de Educación Cívica y Construcción de Ciudadanía, apoyar en el proceso de selección del personal eventual.

4) La coordinación del Concurso estará a cargo del Centro. 5) En las direcciones distritales, la responsabilidad del Concurso estará a cargo de la

persona Titular de la misma, quien contará para su operación con el apoyo del personal de carrera o de la Rama Administrativa.

6) El manejo de la información relativa al Concurso se realizará a través del Sistema informático determinado por el Centro.

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