Comentarios a la propuesta de Ley de servicios ambientales

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Comentarios a la propuesta de Ley de servicios ambientales José Luis Capella Sociedad Peruana de Derecho Ambiental al

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Comentarios a la propuesta de Ley

de servicios ambientales

José Luis Capella

Sociedad Peruana de Derecho Ambiental al

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Propuesta de Ley 786/2011-CR

Es una iniciativa positiva que innova y

aporta en el marco normativo ambiental.

Se saluda la continuación de procesos

iniciados en gobiernos y legislaturas

anteriores.

Por su complejidad se sugiere consolidar

alianzas entre los distintos poderes,

niveles de gobierno y actores principales.

Se sugieren algunos ajustes y aportes a la

propuesta legislativa.

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Contenido de la presentación

I. Qué debe buscar una Ley sobre los

servicios ecosistémicos: Objetivo y

actores.

II. Evolución normativa del concepto de

servicios ecosistémicos.

III. Principales apuntes a la propuesta

legislativa y los procesos vinculados.

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Objetivo de la norma

• Para quién es la norma: A quién favorece o qué actividades incentiva.

• Cómo se beneficia el Estado peruano y cómo se benefician los pobladores locales y comunidades. – Una nueva visión de actividades e inversiones a favor

del desarrollo sostenible. – Oportunidad por una “economía verde”.

• ¿Qué se debe normar o regular? – La existencia de esquemas en donde se pague o

retribuya a quienes coadyuvan eficaz y efectivamente. – Rol del Estado (en sus distinto niveles y sectores). – Marco de incentivos.

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En el Objetivo de la norma…

• Acotar el objetivo: “Generar incentivos concretos para quienes coadyuvan efectivamente con la provisión de servicios ecosistémicos y un marco de promoción”.

• Pensar en los servicios ecosistémicos que se priorizan y regular de forma flexible y general.

• Relación con patrimonio natural y recursos naturales: pros y contras.

• Simplificar la norma y llevar a reglamentación aquello que no es indispensable.

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Contenido de la presentación

I. Qué debe buscar una Ley sobre los

servicios ecosistémicos: Objetivo y

actores.

II. Evolución normativa del concepto de

servicios ecosistémicos.

III. Principales apuntes a la propuesta

legislativa y los procesos vinculados.

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Evolución del marco normativo nacional sobre SSEE

Proyectos de Ley: Servicios ecosistémicos

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Art. 94°LGA Artículo 94.- De los servicios ambientales

94.1 Los recursos naturales y demás componentes del ambiente cumplen funciones que permiten mantener las condiciones de los ecosistemas y del ambiente, generando beneficios que se aprovechan sin que medie retribución o compensación, por lo que el Estado establece mecanismos para valorizar, retribuir y mantener la provisión de dichos servicios ambientales, procurando lograr la conservación de los ecosistemas, la diversidad biológica y los demás recursos naturales.

94.2 Se entiende por servicios ambientales, la protección del recurso hídrico, la protección de la biodiversidad, la mitigación de emisiones de gases de efecto invernadero y la belleza escénica, entre otros.

94.3 La Autoridad Ambiental Nacional promueve la creación de mecanismos de financiamiento, pago y supervisión de servicios ambientales.

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Qué debe buscar una norma sobre SS.EE

Estado

Recursos Naturales

Servicios Ecosistémicos

Regulación Acceso Promoción

Promoción Acceso Regulación

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Algunos ajustes específicos en la Propuesta 786/2011-CR

• Marco regulatorio claro con competencias definidas en distintos sectores y niveles de gobierno. (Art. 15/16/17/ 18 y19)

– Relación con MINAM y otros sectores.

• Derechos claros y suficientes al Coadyuvante (Art. 1.2/5.2/8/13)

– Facilitar acceso a incentivos para usuarios directos del bosque.

– Facilitar inversiones con seguridad jurídica y equidad.

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Algunos ajustes específicos en la Propuesta 786/2011-CR

• Algunas temas por discutir o elaborar:

– Mecanismos ad hoc para tratar ciertos servicios ecosistémicos.

– Contrarrestar imperfecciones del mercado: información, capacidad de negociación, salvaguardas y otros.

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Sociedad Peruana de Derecho Ambiental José Luis Capella Vargas [email protected]

T: 612 4700