Capacitación

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Un documento sobre el marco Jurídico de la capacitación escrito por Carlos Reynoso

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  • 1. 165NOTAS SOBREResumen. En estas notas se buscar ofrecer unLA CAPACITACINacercamiento al tema de la capacitacin a par- tir de tres ideas: una, relativa a los primeros es-EN MXICO fuerzos por regular sta, ahora obligacin de los empleadores en Mxico; dos, una reflexin Carlos REYNOSO CASTILLO*sobre las caractersticas del marco legal de la capacitacin en Mxico, y tres, un comentario sobre la diversidad de instituciones y progra- mas, bsicamente pblicos, por medio de los cuales el Estado busca colocar a la capacita- cin como un tema de primer orden en las re- laciones laborales.I. INTRODUCCINL a ocupacin de los trabajadores constituye una preocupacin universal.En alguna poca la poltica del pleno empleo constituy una meta paratoda administracin del trabajo, porque ello representaba el progreso al quese aspiraba; en otro tiempo, las naciones debilitadas por la guerra se ufanaronde vivir el milagro econmico caracterizado por un elevado ndice de ocupa-cin de la mano de obra obrera y campesina; no obstante, las grandes grietasque hoy se abren en el campo laboral debido a los millones de desocupados ya la situacin crtica que deriva de ello, han obligado a introducir un cambioprofundo en la poltica social. Este cambio est destinado, en primer lugar, aproteger el empleo ya existente, para evitar nuevos desplazamientos masivos;en segundo lugar, a incorporar a la sociedad en la solucin conjunta del pro-blema ocupacional, a travs de acciones colectivas que favorezcan a las pe-queas y medianas industrias, pues ante el avance de la tcnica y el maquinis-mo van quedando en la obsolescencia las grandes concentraciones industriales. La legislacin del trabajo ha puesto en ejecucin un programa de accincon objeto de resolver gradualmente la situacin de desempleo y de falta de* Profesor-investigador de la Universidad Autnoma Metropolitana ([email protected]).Revista Latinoamericana de Derecho SocialNm. 5, julio-diciembre de 2007, pp. 165-190

2. 166CARLOS REYNOSO CASTILLOproductividad, cual es la implantacin de sistemas de capacitacin y adiestra-miento. Es importante entender por capacitacin, el proceso de aprendizaje al quese somete una persona a fin de obtener y desarrollar la concepcin de ideasabstractas mediante la aplicacin de procesos mentales y de la teora para to-mar decisiones no programadas; la capacitacin se encuentra dirigida a nive-les superiores de la misma. Es aqu donde encontramos la gran diferencia conel adiestramiento, el cual est dirigido a los niveles inferiores de la organiza-cin y consiste en el aprendizaje al que se somete una persona para operar omanipular un conjunto de decisiones programadas que preparen al trabajadoren dos o ms oficios, a efecto de que tenga mayores posibilidades de empleo. En un contexto por dems cambiante, la capacitacin se ha convertido pa-ra muchas empresas en una de sus principales herramientas para no slo me-jorar y eficientar su procesos productivos, sino tambin para insertarse demejor manera en un mercado cada vez ms competitivo. Adems, a nivel de reorganizacin de la produccin mundial, la capacita-cin se caracteriza como el instrumento idneo para que los trabajadores ten-gan los conocimientos, habilidades y destrezas para enfrentar los cambios tec-nolgicos y de innovacin productiva de manera competente y provechosa. II. ANTECEDENTES Las acciones del proceso de capacitacin estn dirigidas al mejoramientode la calidad de los recursos humanos, y buscan mejorar habilidades, incre-mentar conocimientos, cambiar actitudes y desarrollar al individuo. El objeti-vo central es generar procesos de cambio para cumplir las metas de la organi-zacin. La capacitacin se sustenta en un marco terico que intenta ejercer su in-fluencia en la constitucin de los propsitos, de acuerdo con los valores y obje-tivos de la organizacin. Son varias las teoras que histricamente han influidosobre los diversos enfoques de la capacitacin en el mundo, cada una de ellasdirigida a relevar diferentes niveles o reas de la organizacin. Se han hechoexplcitos sus propsitos y objetivos centrales, y puede decirse que han goza-do, en su momento, de un xito relativo. Sin embargo, el desarrollo tecnolgico y organizacional va dejando atrs lavigencia de esas teoras, por lo que tambin puede decirse que cada teora 3. NOTAS SOBRE LA CAPACITACIN EN MXICO167nueva es, en cierto modo, una adaptacin de la anterior, intentando as aco-modarse a las nuevas circunstancias y exigencias.En Amrica Latina ha existido durante los ltimos aos una gran discusincon funcionarios gubernamentales, representantes del sector privado y sindica-tos de varios pases de la regin sobre las polticas de capacitacin y los nue-vos enfoques de organizacin que estn moldeando la evolucin de las polti-cas e instituciones de capacitacin, en los cuales constantemente se recogenenseanzas y se desarrollan nuevos enfoques.Existe una difundida percepcin de que la globalizacin y la integracineconmica estn aumentando la importancia de las polticas de capacitacin.Es por ello que una fuerza laboral bien capacitada es clave para proporcionara las empresas nacionales una ventaja competitiva, y a los trabajadores un ma-yor nivel de habilidades para adaptarse a los acelerados cambios del mercado;sin embargo, el incremento de los contratos laborales precarios e informalesreduce los incentivos de las empresas y los trabajadores para invertir en el de-sarrollo y la adquisicin de nuevas habilidades, siendo un gran conflicto quegran parte de la problemtica se concentra en la reforma de las institucionespblicas de capacitacin, en vez de concentrarse en el conjunto ms ampliode las instituciones privadas y pblicas, y las prcticas que determinan la for-ma en que los trabajadores adquieren y aplican nuevas habilidades.Los sistemas de capacitacin de Amrica Latina han evolucionado en for-ma diferente a partir de un modelo original comn para coordinar la adquisi-cin y el uso de habilidades por parte de la fuerza laboral, teniendo comoconsecuencia, actualmente, sistemas de capacitacin con escaso rendimientoy poca o ninguna capacidad de innovacin; sin embargo, en algunos pases elsistema de capacitacin que ha evolucionado es capaz de experimentar e in-novar en la provisin de servicios de capacitacin.A pesar de que en algunos pases resulten positivos los sistemas de capaci-tacin en general, existe una percepcin de que el rendimiento de estos siste-mas es insuficiente y de que sus productos no son relevantes u oportunos entrminos de las habilidades requeridas, produciendo as poco impacto sobrelos salarios y sobre la capacidad de empleo de una parte de la poblacin de laregin.Los pequeos cambios en la estructura institucional no pueden solucionareste bajo rendimiento, aunque resulta obvio que ni la provisin ni la regula-cin de los servicios de capacitacin necesitan estar en manos del Estado, oque ello hara que el sistema funcionara mejor; sin embargo, para que cual- 4. 168 CARLOS REYNOSO CASTILLOquier poltica funcione es necesario contar con una fuerte y efectiva vigilanciaregulatoria de la calidad y la relevancia de las normas que rigen los programasde capacitacin.A travs de la capacitacin y el desarrollo, las organizaciones hacen frente asus necesidades presentes y futuras utilizando mejor su potencial humano, elcual, a su vez, recibe la motivacin para lograr una colaboracin ms eficien-te, que naturalmente busca traducirse en incrementos de la productividad.En las sociedades antiguas no exista ni se conceba un proceso formal deenseanza para el trabajo, ya que el conocimiento se transmita de manera di-recta; los ms experimentados enseaban todo lo necesario para desempearun oficio a quienes, a travs de un tiempo de aprendizaje, podan hacerse res-ponsables del trabajo.En el contexto de la organizacin social, econmica y religiosa de los azte-cas encontramos que ya exista una educacin para el trabajo en el tepochcalli y elcalmecac, comnmente conocidos como centros de entrenamiento de los jve-nes de la ciudad en las artes militares, la religin y la disciplina, y que tambindesempearon el papel de capacitar o adiestrar a los jvenes en el trabajo.Despus se traslada al Mxico colonial el sistema de aprendices, quienes,bajo la gua y supervisin de un maestro, propietario de las herramientas y dela materia prima, tenan la oportunidad de aprender un oficio, recibiendo co-mo nica paga, comida y alojamiento. Una vez que los aprendices adquiranlos conocimientos necesarios ascendan a oficiales y reciban una paga por sutrabajo.Durante la poca colonial, las Cartas de Indias establecen diversas orde-nanzas que tendan a apoyar actividades laborales, como favorecer la libertadde los jvenes para trabajar voluntariamente en obrajes, dejndoles a su librearbitrio aprender el oficio. Tambin se impeda a los maestros despedir a losaprendices antes de haber cumplido cuatro aos de aprendizaje.Ya hacia 1800, existan artesanos jornalistas que tenan la capacidad de em-plear a otros artesanos, quienes a su vez tenan bajo sus rdenes a aprendices;luego de cumplir con un cierto periodo de aprendizaje se convertan en maes-tros artesanos.La industrializacin y el desarrollo tecnolgico en Mxico no evoluciona-ron tan rpidamente como en otras partes del mundo. La esclavitud y la ex-plotacin del trabajador pervivieron durante mucho tiempo, y el sistema deaprendices, en el que habra que incluir el aprendizaje padre-hijo, sobrevivibastante tiempo. El sistema de aprendices tuvo una larga vigencia histrica; 5. NOTAS SOBRE LA CAPACITACIN EN MXICO169sin embargo, con el progreso industrial este sistema paulatinamente dej desatisfacer los requerimientos de recursos humanos que tuviesen los conoci-mientos y las habilidades necesarias para los nuevos procesos productivos,cada vez ms complejos. Ms tarde, con el desarrollo y perfeccionamientotecnolgico, se vio la necesidad de reemplazar el sistema de aprendices poruno capaz de satisfacer la mayor demanda de recursos humanos calificados.A partir de entonces la capacitacin para el trabajo adquiere un carcter msformal y complejo. Durante el porfiriato (de 1876 a 1911), la tierra era casi la nica fuente deriqueza en Mxico y estaba concentrada en las manos de un pequeo sectorde la sociedad, lo que provocaba la explotacin desmedida de los trabajado-res del campo. Las jornadas laborales eran de por lo menos 14 horas diarias ylos salarios muy bajos; hombres, mujeres y nios eran sometidos a condicio-nes infrahumanas. Tras asumir la Presidencia de la Repblica, a consecuencia del movimientoarmado revolucionario de 1910, Francisco I. Madero decret el 18 de diciem-bre de 1911 la creacin del Departamento del Trabajo, dentro de la entoncesSecretara de Fomento, Colonizacin e Industria, para solucionar los conflic-tos laborales bajo un esquema fundamentalmente conciliatorio. En 1915, durante el mandato de Venustiano Carranza, el Departamentodel Trabajo se incorpor a la Secretara de Gobernacin, y al mismo tiempose elabor un proyecto de ley sobre el contrato de trabajo. Dos aos despusfue promulgada la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos,que en su artculo 123 decret los derechos de los trabajadores. III. EL MARCO LEGAL DE LA CAPACITACIN Hay que recordar cmo la construccin del marco regulador de la capaci-tacin en Mxico ha sido progresiva; hay que recordar cmo la Comisin deConstitucin del Congreso Constituyente de 1916-1917 acept adicionar elproyecto del artculo 5o., que contena el principio de la libertad de trabajo,junto con los principios de la jornada mxima de ocho horas, el descanso se-manal y la prohibicin de trabajo nocturno para mujeres y nios. La presenta-cin del proyecto del artculo 5o. dividi al Congreso Constituyente. Una co-rriente opinaba que era necesario suprimir las normas sociales de ese artculoporque una Constitucin no deba establecer ningn precepto reglamenta- 6. 170 CARLOS REYNOSO CASTILLOrio. La otra tambin se mostr inconforme con el proyecto del artculo, por-que deseaba que se le incorporaran todos aquellos principios que aseguraranla vida, la libertad y las energas del trabajador, porque argumentaban,era preferible sacrificar la estructura de la Constitucin y no al individuo.Como es sabido, esta ltima corriente obtuvo el consenso del Congreso. Entonces se propuso y acept tcticamente que todos los principios delaspecto laboral se trataran en un captulo o en un ttulo de la Constitucin, yel artculo 123, en sus veintiocho fracciones, fue aprobado por unanimidad. A lo largo de la historia de Mxico, a pesar de que el tema laboral ha recibi-do una atencin permanente, ste se orient ms bien hacia aspectos tcni-cos, relacionndolo con los procesos productivos. La principal preocupacingiraba preferentemente en torno a cmo producir. Los recursos humanosse encontraban relegados a un segundo plano y no existan condiciones ade-cuadas para el del trabajo ni, mucho menos, una legislacin que marcara loslineamientos a seguir. Por su parte, los trabajadores no gozaban de garantasni derechos. Ante esta situacin, surgi en las autoridades una inquietud delegislar en torno a tal derecho. El derecho a la capacitacin de los trabajadores fue originado en la refor-ma publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 9 de enero de 1978, el cualse deriva de la fraccin XIII del artculo 123, apartado A, de la ConstitucinPoltica de los Estados Unidos Mexicanos, el cual establece que: Las empre-sas, cualquiera que sea su actividad, estarn obligadas a proporcionar a sustrabajadores, capacitacin o adiestramiento para el trabajo. La ley reglamen-taria establecer los sistemas, mtodos y procedimientos conforme a los cua-les los patrones debern cumplir con dicha obligacin. Estos preceptos constitucionales seran retomados por la legislacin se-cundaria, y fue as como por el Decreto de Reformas publicado en el DiarioOficial de la Federacin el 28 de abril de 1978, se adiciona a Ley Federal del Tra-bajo el captulo III bis con los artculos 153-A a 153-X que tratan de la capa-citacin y adiestramiento de los trabajadores, y es en esta ley reglamentariadonde encontramos el derecho constitucional que todo trabajador tiene paraque le sea proporcionada por su patrn la capacitacin en su trabajo, que lepermitiera elevar su nivel de vida y productividad, conforme a los planes yprogramas ya formulados por el patrn, de comn acuerdo con el sindicato ocon los trabajadores, y debidamente aprobados por la Secretara del Trabajo yPrevisin Social. Pudiendo convenir los patrones y trabajadores en que la ca-pacitacin se proporcione dentro de la misma empresa o fuera de ella, por 7. NOTAS SOBRE LA CAPACITACIN EN MXICO 171conducto de personal propio, instructores especialmente contratados, insti-tuciones, escuelas u organismos especializados, o bien mediante adhesin alos sistemas generales que se establezcan y que se registren en la Secretara delTrabajo y Previsin Social; en este ltimo caso quedar a cargo de los patro-nes cubrir las cuotas respectivas por la adhesin. Las escuelas o instituciones, as como su personal docente, que deseen im-partir capacitacin debern estar autorizadas y registradas por la Secretaradel Trabajo y Previsin Social, aclarando que los cursos y programas de capa-citacin de los trabajadores podrn formularse respecto a cada establecimien-to, una empresa, varias de ellas o respecto a una rama industrial o actividaddeterminada. El registro se otorgar a las personas o instituciones que comprueben quequienes capacitarn a los trabajadores estn preparados profesionalmente enla rama industrial o actividad en que impartirn sus conocimientos; asimis-mo, debern acreditar satisfactoriamente, a juicio de la Secretara del Trabajoy Previsin Social, tener suficientes conocimientos sobre los procedimientostecnolgicos propios de la rama industrial o actividad en la que pretendan im-partir dicha capacitacin y, por ltimo, no mantener relacin alguna con per-sonas o instituciones que propaguen algn credo religioso, en los trminos dela prohibicin establecida por la fraccin IV del artculo 3o. constitucional. El registro concedido podr ser revocado cuando se contravengan las dis-posiciones de esta ley, pudiendo el afectado en dicho procedimiento de revo-cacin, ofrecer pruebas y alegar lo que a su derecho convenga. La capacitacin deber impartirse al trabajador durante las horas de su jor-nada de trabajo, o bien, el trabajador y el patrn podrn convenir que se im-parta de otra manera, como en el caso en que el trabajador desee capacitarseen una actividad distinta a la de la ocupacin que desempee, realizndose lacapacitacin fuera de la jornada de trabajo. Los objetivos de la capacitacin y el adiestramiento se encuentran deter-minados en el artculo 153-F de la Ley Federal del Trabajo, siendo los si-guientes: 1) Actualizar y perfeccionar los conocimientos y habilidades del trabajadoren su actividad, as como proporcionarle informacin sobre la aplica-cin de la nueva tecnologa en ella. 2) Preparar al trabajador para ocupar una vacante o puesto de nueva crea-cin. 8. 172 CARLOS REYNOSO CASTILLO3) Prevenir riesgos de trabajo.4) Incrementar la productividad.5) Mejorar las aptitudes del trabajador. Durante el tiempo en que un trabajador de nuevo ingreso requiera capa-citacin inicial para el empleo que va a desempear, prestar sus serviciosconforme a las condiciones generales de trabajo que rijan en la empresa o a loestipulado en los contratos colectivos, estableciendo el artculo 25 que lascondiciones de trabajo deben hacerse constar por escrito, e indica en su frac-cin VIII que el trabajador ser capacitado o adiestrado en los trminos delos planes y programas establecidos o que se establezcan en la empresa, con-forme a lo dispuesto en la ley. Por lo tanto, es imperativo de la ley que los contratos colectivos de trabajotengan insertas las clusulas relativas a la obligacin patronal de proporcionarcapacitacin y adiestramiento a los trabajadores conforme a planes y progra-mas que satisfagan los requisitos establecidos; adems, podr consignarse enlos propios contratos el procedimiento conforme al cual el patrn capacitary adiestrar a quienes pretendan ingresar a laborar en la empresa, tomando encuenta, en su caso, la clusula de admisin. Los planes o programas que se hayan acordado establecer, o en su caso lasmodificaciones que se hayan convenido acerca de los mismos, debern serpresentados dentro de los quince das siguientes a la celebracin, revisin oprrroga, ante la Secretara del Trabajo y Previsin Social para su aprobacin. Las empresas en que no rija un contrato colectivo de trabajo debern so-meter a la aprobacin de la Secretara del Trabajo y Previsin Social, dentrode los primeros sesenta das de los aos impares, los planes y programas decapacitacin o adiestramiento que, de comn acuerdo con los trabajadores,hayan decidido implantar. Igualmente, debern informar respecto a la consti-tucin y bases generales a que se sujetar el funcionamiento de las comisionesmixtas de capacitacin y adiestramiento. Dentro de los sesenta das hbiles que sigan a la presentacin de tales pla-nes y programas ante la Secretara del Trabajo y Previsin Social, sta losaprobar o dispondr que se les hagan las modificaciones que estime perti-nentes; en la inteligencia de que aquellos planes y programas que no hayan si-do objetados por la autoridad laboral dentro del trmino citado, se entende-rn definitivamente aprobados. 9. NOTAS SOBRE LA CAPACITACIN EN MXICO 173 Los planes y programas que se hayan acordado establecer debern cumplircon los siguientes requisitos y debern ser aplicados de inmediato por las em-presas: a) Referirse a periodos no mayores de cuatro aos. b) Comprender todos los puestos y niveles existentes en la empresa. c) Precisar las etapas durante las cuales se impartir la capacitacin y eladiestramiento al total de los trabajadores de la empresa. d) Sealar el procedimiento de seleccin, a travs del cual se establecer elorden en que sern capacitados los trabajadores de un mismo puesto ycategora. e) Especificar el nombre y nmero de registro en la Secretara del Trabajoy Previsin Social de las entidades instructoras. f) Aquellos otros que establezcan los criterios generales de la Secretara delTrabajo y Previsin Social que se publiquen en el Diario Oficial de la Fede-racin. Cuando el patrn no d cumplimiento a la obligacin de presentar ante laSecretara del Trabajo y Previsin Social los planes y programas de capacita-cin y adiestramiento dentro del plazo que corresponda, o cuando presenta-dos dichos planes y programas no los lleve a la prctica, ser sancionado con-forme a lo dispuesto en los artculos 992 y 1002 del ttulo diecisis, que tratasobre la responsabilidad y sanciones, con una cantidad equivalente de 3 a 315veces el salario mnimo de la zona econmica correspondiente, sin perjuiciode que, en cualquiera de los dos casos, la propia Secretara adopte las medidaspertinentes para que el patrn cumpla con la obligacin de que se trata. Los trabajadores estn obligados, durante el tiempo que dure la capacita-cin o adiestramiento, a asistir puntualmente a los cursos, sesiones de grupoy actividades que formen parte del proceso de capacitacin o adiestramiento,atender las indicaciones de las personas que impartan la capacitacin o adies-tramiento, cumpliendo con los programas respectivos y a presentar los ex-menes de evaluacin de conocimientos y de aptitud que sean requeridos. Los trabajadores que hayan sido aprobados en los exmenes de capacita-cin y adiestramiento tendrn derecho a que la entidad instructora les expidalas constancias respectivas, mismas que sern autentificadas por la comisinmixta de capacitacin y adiestramiento de la empresa; se harn del conoci-miento de la Secretara del Trabajo y Previsin Social por conducto del co- 10. 174 CARLOS REYNOSO CASTILLOrrespondiente comit nacional o, a falta de ste, a travs de las autoridades deltrabajo a fin de que la propia Secretara las registre y las tome en cuenta al for-mular el padrn de trabajadores capacitados.La constancia de habilidades laborales es el documento expedido por elcapacitador, con el cual el trabajador acreditar haber llevado y aprobado uncurso de capacitacin. Posteriormente, las empresas estn obligadas a enviara la Secretara del Trabajo y Previsin Social para que se lleve acabo su regis-tro y control, as como las listas de las constancias que se hayan expedido asus trabajadores.Las constancias surtirn plenos efectos, para fines de ascenso, dentro de laempresa en que se haya proporcionado la capacitacin. Si en una empresaexisten varias especialidades o niveles en relacin con el puesto a que la cons-tancia se refiera, el trabajador, mediante examen que practique la comisinmixta de capacitacin y adiestramiento respectiva, acreditar para cul deellas es apto.Cuando implantado un programa de capacitacin, un trabajador se niegue arecibir sta por considerar que tiene los conocimientos necesarios para el de-sempeo de su puesto y del inmediato superior, deber acreditar documental-mente dicha capacidad o presentar y aprobar el examen de suficiencia que se-ale la Secretara del Trabajo y Previsin Social. En este caso, se extender adicho trabajador la correspondiente constancia de habilidades laborales.Finalmente, los certificados, diplomas, ttulos o grados que expidan el Es-tado, sus organismos descentralizados o los particulares, con reconocimientode validez oficial de estudios, a quienes hayan concluido un tipo de educacincon carcter terminal, sern inscritos en los registros cuando el puesto y cate-gora correspondientes figuren en el catlogo nacional de ocupaciones o seansimilares a los incluidos en l.La vigilancia de la instrumentacin, operacin del sistema y de los procedi-mientos que se implanten para mejorar y perfeccionar la capacitacin de lostrabajadores estar a cargo de las comisiones mixtas de capacitacin, las cua-les en cada empresa se constituirn por un nmero igual de representantestanto de los trabajadores como del patrn, y todo esto conforme a las necesi-dades de los trabajadores y de la empresa.Sern las autoridades laborales las encargadas de cuidar que las comisionesmixtas se integren y funcionen oportuna y normalmente, vigilando el cumpli-miento de la obligacin patronal de capacitar y adiestrar a los trabajadores. 11. NOTAS SOBRE LA CAPACITACIN EN MXICO175IV. LAS INSTITUCIONES VINCULADAS A LA CAPACITACIN El derecho a la capacitacin de los trabajadores ha dado lugar a la existen-cia de diversas instituciones que de una u otra manera se ocupan del tema, yque son las siguientes: a nivel federal, destaca lo realizado por la Secretara delTrabajo y Previsin Social. Hay que recordar que la Ley Orgnica de la Admi-nistracin Pblica Federal establece en su artculo 40 las atribuciones que lecorresponden a la Secretara del Trabajo y Previsin Social, sealando en susfracciones I, VI, VII y VIII el despacho de los siguientes asuntos: I. Vigilar la observancia y la aplicacin de las disposiciones contenidasen el artculo 123 y otros de la Constitucin federal, en la Ley Federaldel Trabajo y en sus reglamentos.VI. Fomentar el desarrollo de la capacitacin y el adiestramiento, en y pa-ra el trabajo, as como efectuar investigaciones, prestar servicios deasesora e impartir cursos de capacitacin para incrementar la pro-ductividad en el trabajo que requieran los sectores productivos delpas, en coordinacin con la Secretara de Educacin Pblica. VII. Establecer y dirigir el servicio nacional de empleo y vigilar su funcio-namiento.VIII. Coordinar la integracin y el establecimiento de las juntas federalesde Conciliacin, de la Federal de Conciliacin y Arbitraje y de las co-misiones que se formen para regular las relaciones obrero-patronalesque sean de jurisdiccin federal, as como vigilar su funcionamiento. Para los efectos del artculo 539 de la Ley Federal del Trabajo, a la Secreta-ra del Trabajo y Previsin Social corresponden las siguientes actividades enmateria de capacitacin o adiestramiento de trabajadores: a) Cuidar de la oportuna constitucin y el funcionamiento de las comisio-nes mixtas de capacitacin y adiestramiento. b) Estudiar y, en su caso, sugerir la expedicin de convocatorias para for-mar comits nacionales de capacitacin y adiestramiento, en aquellas ra-mas industriales o actividades en que lo juzgue conveniente, as como lafijacin de las bases relativas a la integracin y funcionamiento de dichoscomits. 12. 176 CARLOS REYNOSO CASTILLOc) Estudiar y, en su caso, sugerir, en relacin con cada rama industrial o ac-tividad, la expedicin de criterios generales que sealen los requisitosque deban observar los planes y programas de capacitacin y adiestra-miento, oyendo la opinin del comit nacional de capacitacin y adies-tramiento que corresponda.d) Autorizar y registrar a los trabajadores, as como supervisar su correctodesempeo y, en su caso, revocar la autorizacin y cancelar el registroconcedido.e) Aprobar, modificar o rechazar, segn el caso, los planes y programas decapacitacin o adiestramiento que los patrones presenten.f) Estudiar y sugerir el establecimiento de sistemas generales que permitancapacitar o adiestrar a los trabajadores.g) Dictaminar sobre las sanciones que deban imponerse por infracciones alas normas contenidas en l.h) Coordinarse con la Secretara de Educacin Pblica para implantar pla-nes o programas sobre capacitacin y adiestramiento para el trabajo y,en su caso, para la expedicin de certificados en los ordenamientos edu-cativos. i) Realizar todas aquellas que las leyes y reglamentos encomienden a la Se-cretara del Trabajo y Previsin Social en esta materia. j) En materia de registro de constancias de habilidades laborales, la yanombrada Secretara establecer registros de constancias relativas a tra-bajadores capacitados o adiestrados, dentro de cada una de las ramas in-dustriales o de actividades.Para llevar acabo dichas funciones, la Secretara del Trabajo y PrevisinSocial cuenta con las siguientes unidades: Subsecretara del Trabajo, Seguridad y Previsin Social. Subsecretara de Empleo y Poltica Laboral. Subsecretara de Desarrollo Humano para el Trabajo Productivo. Oficiala Mayor. Direccin General de Informtica y Telecomunicaciones. Direccin de Sistemas Internos. Direccin de Telecomunicaciones. Direccin de Sistemas de Atencin al Pblico. 13. NOTAS SOBRE LA CAPACITACIN EN MXICO 177 Asimismo, de dicha secretara dependen la Procuradura Federal de De-fensa del Trabajo y la Junta Federal de Conciliacin y Arbitraje. Cuando se trate de empresas o establecimientos sujetos a jurisdiccin localy para la realizacin de las actividades a que se contraen las fracciones III y IVdel artculo 539, la Secretara del Trabajo y Previsin Social ser asesoradapor consejos consultivos estatales de capacitacin y adiestramiento. Los consejos consultivos estatales estarn formados por el gobernador dela entidad federativa correspondiente, miembros de la Secretara del Trabajoy Previsin Social, de la Secretara de Educacin Pblica y del Instituto Mexi-cano del Seguro Social, tres representantes de las organizaciones locales detrabajadores y tres representantes de las organizaciones patronales de la enti-dad. El representante de la Secretara del Trabajo y Previsin Social fungircomo secretario del Consejo. Otra instancia importante en la materia lo es el Servicio Nacional delEmpleo, Capacitacin y Adiestramiento, el cual est a cargo de la Secretaradel Trabajo y Previsin Social, por conducto de las unidades administrativasde la misma, a las que competan las funciones correspondientes, en los trmi-nos de su reglamento interior. Este servicio tiene los siguientes objetivos: a) Estudiar y promover la generacin de empleos. b) Promover y supervisar la colocacin de los trabajadores. c) Organizar, promover y supervisar la capacitacin y el adiestramiento delos trabajadores. d) Registrar las constancias de habilidades laborales. Al mismo tiempo, se crea la Unidad Coordinadora del Empleo, Capacita-cin y Adiestramiento, como un organismo desconcentrado de la Secretara ytiene como finalidad el cumplimiento de los mismos objetivos ya menciona-dos, y para lo cual fue fundado el Servicio Nacional del Empleo, Capacita-cin o Adiestramiento. Esta Unidad Coordinadora result de corta vida, yaque absorbe sus funciones la Direccin General de Capacitacin y Producti-vidad de los Trabajadores. Los comits nacionales de capacitacin y adiestramiento de las ramas in-dustriales o de actividades que se constituyan a solicitud de la Secretara delTrabajo y Previsin Social por los patrones, sindicato de trabajadores y traba-jadores libres, sern auxiliares de la Direccin General de Capacitacin y Pro-ductividad de los Trabajadores y tendrn como facultad la participacin en la 14. 178 CARLOS REYNOSO CASTILLOdeterminacin de los requerimientos de capacitacin, la colaboracin en la ela-boracin del catlogo nacional de ocupaciones y en los estudios sobre las ca-ractersticas de la maquinaria; asimismo, podrn proponer sistemas, formularrecomendaciones de planes y programas de capacitacin en relacin con lasramas industriales o de actividades, podrn realizar la evaluacin de los efec-tos de las acciones de capacitacin en la productividad y, por ltimo, la ges-tin ante las autoridades laborales del registro de las constancias o habilida-des de los trabajadores que hayan satisfecho los requisitos legales.La Secretara del Trabajo y Previsin Social fijar las bases para determinarla forma de designacin de los miembros de los comits nacionales de capaci-tacin y adiestramiento, as como las relativas a su organizacin y funciona-miento.En este esquema hay que incluir a la Direccin de Capacitacin y Desarro-llo de Personal, la cual tiene como principales funciones:1) Validar y promover el proceso de capacitacin y desarrollo profesional de los servidores pblicos de la Secretara, con base en lo determinado por las dependencias rectoras en esta materia, y establecer los criterios y polticas de capacitacin correspondientes.2) Determinar y formular estudios, metodologas y tcnicas para mejorar el proceso de capacitacin, as como validar tanto el diseo como la pro- duccin de manuales y material didctico requerido para operar este proceso en el sector central de esta dependencia.3) Validar la informacin, verificar el cumplimiento y equiparar los resulta- dos con los objetivos del programa anual de capacitacin de la depen- dencia.4) Contribuir a la implantacin del servicio profesional de carrera en la de- pendencia a travs de la coordinacin del subsistema de capacitacin y certificacin de capacidades y del subsistema de desarrollo profesional. Tambin en materia federal es importante destacar la participacin quepudiera tener otra dependencia pblica como la Secretara de Educacin P-blica. Partiendo del artculo 132, fraccin XV, de la Ley Federal del Trabajo,el cual establece la obligacin del patrn de organizar permanente o peridi-camente cursos de enseanza, de capacitacin o adiestramiento para sus tra-bajadores, con planes y programas elaborados conjuntamente y bajo la vigi-lancia de las autoridades del trabajo, es como se considera que la capacitacin 15. NOTAS SOBRE LA CAPACITACIN EN MXICO 179de los trabajadores no solamente debe de ser vista como un derecho, sinotambin de inters social, por lo que corresponde a la Secretara de Educa-cin Pblica la promocin y vigilancia de su exacto cumplimiento.En los ltimos seis aos, 4,523,780 jvenes fueron capacitados en el paspor la Secretara de Educacin Pblica a travs de la Direccin General deCentros de Formacin para el Trabajo (DGCFT) en diecisiete reas, entreellas administracin, turismo, informtica, manufactura artesanal, electrici-dad y construccin.De dicha Direccin dependen 198 centros de capacitacin para el trabajoindustrial (Cecati), 197 unidades de capacitacin, 52 unidades mviles, 25institutos descentralizados y 1,868 escuelas particulares incorporadas con re-conocimiento de validez oficial de estudios.Anlisis realizados por la DGCFT muestran una eficiencia terminal de76.6, que comprueba que cumple satisfactoriamente su misin de formarpersonas para el trabajo y contribuir a su desarrollo humano e insercin en elmercado laboral.De 2001 a 2006 se atendieron 17,171 personas con limitaciones fsicas pa-ra que se integraran al mercado laboral. En ese mismo periodo se establecie-ron 8,152 acuerdos de colaboracin con empresas e instituciones, adems deque 1,805 instructores realizaron estancias en empresas.La DGCFT tiene como finalidad ofrecer los servicios de formacin para yen el trabajo en un tiempo relativamente corto; procurar el desarrollo de co-nocimientos, habilidades o destrezas y actitudes que respondan a las necesi-dades del mercado laboral; certificar las competencias adquiridas en formaautodidacta o en la prctica laboral; otorgar a los particulares el reconoci-miento de validez oficial de estudios y, as, contribuir al fomento de la calidady productividad de las empresas, la incorporacin al trabajo y la vocacin em-presarial.Los Cecati ofrecen a las empresas un programa denominado CapacitacinAcelerada Especfica (CAE), cuya finalidad es formar y actualizar a los traba-jadores en distintos puestos de trabajo de acuerdo con las necesidades espec-ficas del sector productivo. Cada curso se imparte previo convenio con em-presas, asociaciones, organismos u otras instancias y se pueden impartir enlas instalaciones de los Cecati o bien en las instituciones que los soliciten.Para obtener el servicio de capacitacin que brinda cada Cecati, las empre-sas solicitantes debern cumplir con los siguientes requisitos: 16. 180 CARLOS REYNOSO CASTILLO1) Establecer un convenio empresa-Cecati.2) Pago del costo del servicio. A su vez, el Consejo Nacional de Educacin Profesional Tcnica (Cona-lep), rgano descentralizado del gobierno federal, imparte formacin profe-sional tcnica, basada en normas de competencia laboral y de acuerdo a losrequerimientos del sector productivo, desarrollando asimismo servicios decapacitacin laboral y servicios tecnolgicos para el sector productivo. El Consejo de Normalizacin y Certificacin de Competencia Laboral(Conocer) es una organizacin integrada por trabajadores, empresarios, edu-cadores, capacitadores y el gobierno federal, que desde agosto de 1995 im-pulsa la competencia laboral. Es coejecutor del Proyecto de Modernizacin de la Educacin Tcnica yla Capacitacin (PMETYC). Proyecto que se implementa a partir de 1995 enforma coordinada por las secretaras de Educacin Pblica y del Trabajo yPrevisin Social, las que con el apoyo y participacin de los sectores empre-sarial, laboral y educativo, pretenden transformar los procesos de formaciny capacitacin de nuestro pas, impulsando una nueva relacin empresa-tra-bajador-escuela. La misin de Conocer es impulsar el desarrollo continuo de los trabajado-res, mediante la evaluacin y la certificacin de sus conocimientos, habilida-des y destrezas, tomando como base los estndares de calidad que deben cu-brir en su desempeo. Otra tarea importante que realiza es la de orientar la educacin y la capaci-tacin hacia las necesidades de los mercados productivo y laboral. Sus objetivos son:1) Planear, organizar y coordinar los sistemas normalizado y de certifica- cin de competencia laboral, asegurando la calidad, transparencia y equidad de los mismos.2) Promover y apoyar tcnica y financieramente la constitucin y funcio- namiento de comits de normalizacin por rama de actividad econmi- ca o rea de competencia, a fin de impulsar la definicin de normas tc- nicas de competencia laboral de carcter nacional.3) Promover y apoyar tcnica y metodolgicamente la creacin y opera- cin de organismos certificadores y centros de evaluacin. 17. NOTAS SOBRE LA CAPACITACIN EN MXICO 181 Su funcin dentro del PMETYC es regular y operar los sistemas normali-zado y de certificacin de competencia laboral. Dicho sistema tiene comoobjetivo principal promover la creacin de normas tcnicas de competencialaboral, las que establecen los criterios para realizar una actividad productiva.Estas normas son definidas por comits de normalizacin. El sistema de certificacin de competencia laboral est integrado por losorganismos certificadores que otorgan el certificado de competencia laboral alos estudiantes, trabajadores y desempleados, y por los centros de evaluaciny evaluadores independientes que verifican que los candidatos a certificacinsean competentes. Entre los servicios que ofrece el Conocer se destacan: Brindar apoyo tcnico y metodolgico a los organismos interesados en formar parte de la red de promotores de la cultura de la compe- tencia laboral. Promover la formacin de comits de normalizacin y apoyar su funcionamiento. Acreditar a los organismos certificadores que, a su vez, acreditan a los centros de evaluacin y evaluadores independientes. Vigilar que en los procesos de normalizacin y certificacin se cum- pla debidamente con la calidad y transparencia. Garantizar y consolidar los procedimientos para la evaluacin y la certificacin. Impulsar la competencia laboral en el pas.Las instituciones estatales dedicadas a la capacitacin son instancias diver-sas que de una u otra manera tienen que ver con la capacitacin en Mxico,agregando aquellas que a nivel de cada uno de los estados llevan a cabo labo-res vinculadas con la capacitacin. As, a nivel de cada estado de la Repblica,sus instancias estatales tienen facultades en materia de capacitacin, por loque toca a su competencia local. Por ahora, slo mostraremos brevemente elcaso del Distrito Federal.La Direccin General de Trabajo y Previsin Social del Gobierno del Dis-trito Federal (DGTPS, en adelante) se instituye desde la primera Ley Orgni-ca del Distrito Federal, publicada en el Diario Oficial el 31 de diciembre de1941, durante la presidencia de Manuel vila Camacho.Actualmente, la existencia y funciones de la DGTPS se encuentran con-templadas en el Reglamento Interior de la Administracin Pblica del Distri- 18. 182 CARLOS REYNOSO CASTILLOto Federal. Sin embargo, las atribuciones de la DGTPS se derivan de la apli-cacin, en el mbito del Distrito Federal, de las disposiciones que en materiade trabajo y previsin social establecen tanto la Ley Federal del Trabajo comosus reglamentos y cuerpos normativos derivados de los preceptos consagra-dos en el artculo 123 de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Me-xicanos. Dentro de la estructura orgnica de la administracin pblica del gobiernodel Distrito Federal, la DGTPS constituye una unidad administrativa integran-te de la administracin pblica centralizada, es decir, directamente vinculadacon la divisin de funciones en que se organiza, para el estudio, planeacin ydespacho de los asuntos del orden administrativo de la ciudad de Mxico, elrgano encargado de ejercer la funcin ejecutiva del gobierno del Distrito Fe-deral, esto es, el jefe del Gobierno del Distrito Federal. De esta manera, conforme a lo ordenado por el Reglamento Interior de laAdministracin Pblica del Distrito Federal (RIAPDF), la DGTPS est ads-crita a la Subsecretara de Trabajo y Previsin Social y sta, a su vez, se inscri-be como integrante de la Secretara de Gobierno del Distrito Federal. Siguiendo la estructura orgnica, tanto la Subsecretara de Trabajo y Previ-sin Social como la DGTPS se ubican dentro del denominado gabinete degobierno y seguridad pblica, formando parte de lo que se conoce como sec-tor gobierno. Como unidad administrativa que es, la DGTPS est dotada de atribucio-nes de decisin y ejecucin en el mbito de sus respectivas competencias, lascuales ejerce a travs de tres direcciones de rea que la integran: la Direccinde Inspeccin del Trabajo, la Direccin para el Trabajo y la Previsin Social,y la Direccin de Registro y Evaluacin. El objetivo general que persigue la DGTPS a travs de las acciones adminis-trativas que desarrollan sus tres reas mencionadas consiste en aplicar y vigilarel cumplimiento de la Ley Federal del Trabajo, de sus reglamentos y demsdisposiciones de ellos derivadas, en el mbito del Distrito Federal; proteger alos trabajadores en general, hombres y mujeres, y auxiliar a las autoridades fe-derales en materia de seguridad e higiene en el trabajo y de capacitacin yadiestramiento. Corresponde a la DGTPS vigilar el cumplimiento de las disposiciones deley que establecen los derechos y obligaciones de trabajadores y patrones enlos centros de trabajo; las prescripciones relativas a la participacin de los tra-bajadores en las utilidades de las empresas; las disposiciones administrativas 19. NOTAS SOBRE LA CAPACITACIN EN MXICO183expedidas por la Secretara del Trabajo u otras dependencias de la administra-cin pblica federal relacionadas con materias de seguridad, higiene y medioambiente en el trabajo; aquellas que, siendo formuladas de acuerdo con laLey Federal sobre Metrologa y Normalizacin, constituyen la norma oficialmexicana sobre dichas materias; los preceptos legales que reglamentan el tra-bajo de las mujeres en estado de gestacin o en periodo de lactancia; las dis-posiciones relativas a la capacitacin y adiestramiento para los trabajadores, ylas normas relativas al trabajo de menores. Como puede advertirse, en cada estado de la repblica, y de manera con-creta en el caso del Distrito Federal, tiene facultades de supervisin del cum-plimiento de las normas en materia de capacitacin y adiestramiento. Pero este conjunto de instituciones y dependencias no estara completo sino se considera a la creciente participacin y oferta que el sector privado tie-ne en materia de capacitacin en Mxico. En efecto, en la actualidad existe en el sector privado un gran nmero deempresas dedicadas a la capacitacin laboral, en diversas reas y materias,creadas con el fin de proporcionar servicios para efectuar desarrollos y mejo-ras de productos y procesos dentro de una organizacin, por medio de la ca-pacitacin al trabajador, al cual se le proporcionan las herramientas necesa-rias para desarrollar los procesos de aprendizaje, as como la generacin denuevos conocimientos, los cuales ocupan un papel clave en la competitividaden el mercado. La competitividad de las empresas se basa cada vez ms en la capacidad in-novativa, entendida como la potencialidad para efectuar cambios organiza-cionales, desarrollo de nuevas formas de vinculacin con el mercado y asegu-ramiento de la calidad. Por tanto, tiene como finalidad la creacin de ambientes de aprendizajeque propicien confianza, respeto y libertad, y favorezcan, al mismo tiempo,mayor involucramiento y compromiso entre los participantes de cada proce-so de capacitacin, as como el diseo de estrategias de mejora con base enlas necesidades especficas de la empresa o institucin. V. LOS PROGRAMAS PBLICOS SOBRE CAPACITACIN Todas estas instituciones vinculadas a la capacitacin desarrollan su laborpor medio de programas concretos a travs de los cuales participan en laoferta de capacitacin. Un caso importante en ese sentido es el conocido co- 20. 184CARLOS REYNOSO CASTILLOmo Servicio Nacional del Empleo del Distrito Federal. Es un instrumentoinstitucional que combina recursos de los gobiernos local y federal, a travsde la Direccin General de Empleo y Capacitacin y la Secretara del Trabajoy Previsin Social, respectivamente, en la perspectiva de contribuir a lograrque los habitantes de la ciudad tengan acceso a un trabajo digno y socialmen-te til. Para lograr su objetivo, se apoya en los distintos programas de capaci-tacin para los habitantes del Distrito Federal.Estos programas son de carcter pblico, y su uso con fines polticos, elec-torales, de lucro y otros distintos a los establecidos est prohibido. Quien ha-ga uso indebido de los recursos de estos programas deber ser denunciado ysancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.Estos programas estn financiados con recursos pblicos.La Direccin General de Empleo y Capacitacin del Gobierno del Distri-to Federal, responsable de la operacin del Servicio Nacional de Empleo delDistrito Federal (SNEDF), promueve para el ejercicio 2007 la concertacincon instituciones o centros de capacitacin, establecida en el Manual de Pro-cedimientos del Programa de Apoyo al Empleo.A travs del Programa de Apoyo al Empleo (PAE), el cual tiene como ob-jetivo principal impulsar la capacitacin a desempleados y subempleados,brindndoles orientacin ocupacional, asistencia tcnica e informacin y, ensu caso, capacitacin o apoyos econmicos y en especie, en funcin de suscaractersticas y las del mercado laboral.El PAE, especficamente el Bcate, es un instrumento federal diseadopor la Secretara del Trabajo y Previsin Social y cofinanciado por el BancoInteramericano de Desarrollo (BID), que en sus esquemas capacitacin pro-ductiva y capacitacin para el autoempleo apoya a desempleados y sub-empleados de 16 aos y ms que requieran adquirir o incrementar sus cono-cimientos y habilidades tanto tcnicas como administrativas para iniciar ofortalecer una actividad productiva por cuenta propia, identificada, integraday sustentable.Para ello, se requiere la participacin de instituciones educativas o centrosde capacitacin pblicos que impartan cursos en un periodo de uno a tresmeses y de seis a ocho horas diarias de lunes a sbado, dependiendo de loscontenidos del programa de capacitacin, y que se encuentren localizados,preferentemente, en el rea geogrfica correspondiente a la unidad delegacio-nal del servicio de empleo. A continuacin mencionamos los servicios msrelevantes: 21. NOTAS SOBRE LA CAPACITACIN EN MXICO 1851. Programa Bcate Tiene como objetivo incorporar a la poblacin desempleada y subemplea-da a cursos de capacitacin laboral de corto plazo para que obtenga la califi-cacin o, en su caso, la certificacin requerida por el aparato productivo, conel propsito de facilitar su acceso al empleo. Actualmente, Bcate opera los siguientes esquemas: a) Capacitacin basada en normas de competencia laboral. b) Capacitacin orientada en competencia laboral. c) Capacitacin mixta. d) Capacitacin en la prctica laboral. e) Capacitacin para el autoempleo. f) Capacitacin productiva. g) Vales de capacitacin (plan piloto). El Servicio Nacional de Empleo del Distrito Federal otorga distintos apo-yos, como capacitacin totalmente gratuita, ayuda econmica mensual du-rante el tiempo de capacitacin y constancia que acredita su participacin enel curso. A. Capacitacin basada en normas de competencia laboral Es un proceso que se orienta a apoyar la capacitacin para generar y elevarla calificacin laboral con fines de certificacin de personas desempleadas osubempleadas, aprovechando la infraestructura productiva de las empresas.Cabe sealar que este esquema promueve la incorporacin de los beneficia-rios a las empresas durante el tiempo de capacitacin y su permanencia en lasmismas, obligando al empresario a contratarlos al finalizar la capacitacin. ElSNEDF concertar mediante un convenio con las empresas la contratacinde al menos el 80% de los egresados. Ahora bien, cuando el nmero de egre-sados dictaminados como competentes sea igual o mayor a este porcentaje, laempresa estar obligada a contratar al 100% de los mismos. B. Capacitacin orientada en competencia laboralEs un proceso que se orienta a apoyar la capacitacin para generar y elevarla calificacin laboral con base en los estndares de calidad de cada empresa a 22. 186 CARLOS REYNOSO CASTILLOfin de buscar el reconocimiento y/o certificacin de desempleados o subem-pleados, aprovechando la infraestructura productiva de las mismas. El SNEen la entidad federativa concertar mediante un convenio con las empresas lacontratacin de al menos el 80% de los egresados. Ahora bien, cuando el n-mero de los egresados dictaminados como competentes, de acuerdo con elsistema de reconocimiento demandado por el sector productivo o diseadopor la empresa, sea igual o mayor a dicho porcentaje, la empresa estar obli-gada a la contratacin de los mismos.C. Capacitacin mixta Es un proceso que se orienta a apoyar la capacitacin de personas desem-pleadas y subempleadas para satisfacer los requerimientos especficos de ac-tualizacin del personal del sector empresarial, aprovechando la infraestruc-tura productiva de las empresas. Cabe sealar que este esquema promueve laincorporacin de los beneficiarios a las empresas durante el tiempo de capa-citacin y de su permanencia en las mismas, obligando al empresario a con-tratarlos al finalizar la capacitacin. Los cursos tienen una duracin de uno a tres meses, realizados a peticinexpresa del sector empresarial para satisfacer sus requerimientos especficosde personal. Para que puedan participar, las empresas interesadas debern di-sear los contenidos temticos de los cursos de acuerdo con sus requerimien-tos, e impartirlos con sus propios instructores. El SNE de la entidad federati-va concertar mediante un convenio con las empresas la contratacin de, almenos, el 70% de los egresados.D. Capacitacin en la prctica laboralEs un esquema que se orienta a apoyar y promover la capacitacin en el lu-gar de trabajo para generar experiencia laboral de desempleados o subem-pleados, a travs de su ocupacin productiva en las empresas. Para su opera-cin se cuenta con la figura del instructor monitor, quien se encarga deconcertar acciones de capacitacin con empresas; vincular a los beneficiarioscon las mismas; apoyar en las acciones de reclutamiento; asesorar a los bene-ficiarios; promover su colocacin, as como supervisar y llevar el control delproceso de capacitacin. Esta capacitacin podr efectuarse bajo un sistemade certificacin demandado en la industria o sector productivo. 23. NOTAS SOBRE LA CAPACITACIN EN MXICO 187 Los costos de la evaluacin y expedicin del certificado de competencialaboral sern cubiertos por los empresarios, y en ningn caso se requerir albeneficiario aportacin econmica alguna para contribuir al pago de la eva-luacin y certificacin de la competencia laboral. En el siguiente cuadro se presenta un panorama sobre las becas otorgadaspor dicho programa en el periodo comprendido entre 2000 y 2006. INDICADORES DE CAPACITACIN PARA EL TRABAJO1 Concepto 20002001 200220032004200520062Programa de Becas a la Capacitacin (Bcate)3Becas otorgadas (miles) 4,5 593.2 397.0230.2 214.9 207.2 214.2 106.6Becas por cada 1,000903.9 580.5295.6 245.6 191.7 145.077.4desempleados abiertosPrograma de Apoyo a la Capacitacin6Trabajadores capacitados733.9 333.5201.2 210.6 299.7 279.7 175.4(miles). Becas por cada1,000 trabajadores7Asegurados permanentes 67.3 30.718.819.827.825.515.8al IMSSFUENTE: Secretara del Trabajo y Previsin Social.1 Informacin que se reporta a partir del ao en el que se inicia la actividad.2 Cifras correspondientes para el periodo enero-junio. 3 Como resultado de las Reglas de Operacin para el ejercicio 2002, entr en operacinel sistema de capacitacin para el trabajo (SICAT), que sustituy al programa de becas de ca-pacitacin para desempleados. En 2005 se cambi la denominacin de la estrategia SICATpor Bcate. A partir de 2004 se considera la estrategia Bcate del Programa para el DesarrolloLocal Microrregiones. 4 Se refiere a las becas otorgadas entre la poblacin desocupada obtenida de la EncuestaNacional de Ocupacin y Empleo (ENOE). Los datos que se presentan provienen de dosfuentes: de 2000 a 2004 de la Encuesta Nacional de Empleo (ENE) y para 2005 y 2006 de laENOE. Para la presentacin de estos resultados se recalcularon todos los datos del periodo2000-2006, tomando como base la estimacin de la poblacin ajustada a partir de los resulta-dos del II Conteo de Poblacin y Vivienda 2005 y respetando las estructuras de las encuestas.Una vez que se calculen de nueva cuenta los factores de expansin para cada una de las 25 ba-ses de datos trimestrales de la ENE y de la ENOE, con las poblaciones ajustadas con la recien-te informacin demogrfica, se podrn obtener los datos definitivos. 24. 188CARLOS REYNOSO CASTILLO 5 Para 2006, las cifras de becas por cada mil desempleados y/o asegurados permanentesal IMSS deben ser consideradas slo como indicativo del avance del periodo enero-mayo. 6 En abril de 2002 se publicaron en el Diario Oficial de la Federacin las Reglas de Opera-cin donde se autoriz el cambio de denominacin del programa de calidad integral y moder-nizacin a programa de apoyo a la capacitacin. 7 Son los que han sido beneficiados por las acciones especficas de capacitacin y consul-tora que se brindan a las empresas. Para 2001, el dato se calcul con la metodologa utilizadaen los aos anteriores, en donde un trabajador puede participar ms de una vez a lo largo delperiodo.2. Programa de capacitacin y modernizacin (CYMO) Su objetivo es contribuir al fortalecimiento y la ampliacin de las posibili-dades del empleo en las micros, pequeas y medianas empresas (MPYMES),as como de los grupos productivos, apoyando las acciones que busquenavanzar en los niveles de productividad, calidad y competitividad medianteuna mayor capacitacin de los trabajadores. Propiciar que los logros alcanza-dos en productividad, calidad y competitividad se traduzcan en mejores es-quemas de distribucin de los beneficios, as como en mejores condicionesde trabajo, seguridad e higiene para los trabajadores. Este Programa est dirigido a:1) Trabajadores en activo de todos los niveles de ocupacin de micro, pe- queas y medianas empresas.2) Micro, pequeas y medianas empresas.3) Productores rurales, artesanales, jvenes emprendedores, personas de la tercera edad y personas con discapacidad que estn conformadas como grupos productivos, y que produzcan, comercialicen o presten algn servicio. Se estableci un tope mximo de hasta 300 horas en todas las modalidadespor empresa al ao; con un costo mximo por hora de 400 pesos. El trmite deber realizarlo el representante de la empresa interesada; paraello, habr de:a) Consultar los requisitos y solicitar los formatos necesarios.b) Realizar la solicitud.c) Elaborar y presentar un diagnstico y un plan de trabajo. 25. NOTAS SOBRE LA CAPACITACIN EN MXICO 189 d) Entregar la documentacin completa: carta solicitud, programa de inter-vencin, cronograma de actividades, diagnstico, temario de cotizacindel oferente y currcula del oferente. Posteriormente, la Direccin General de Empleo y Capacitacin determi-nar la viabilidad de los apoyos solicitados e informar al interesado. VI. CONCLUSIONESLas autoridades administrativas han considerado que la creacin de unservicio pblico de empleo no es suficiente para ofrecer oportunidades al tra-bajador y encontrarle una ocupacin til, pues en muchas ocasiones ste ca-rece de capacidad para desempear un determinado puesto. De ah que entrelas obligaciones del patrn, el legislador haya dispuesto la de proporcionarlecapacitacin o adiestramiento en su lugar de trabajo, a fin de permitirle elevarsus niveles de productividad y mejorar sus condiciones de vida conforme alos planes y programas que la administracin pblica ha puesto en ejercicio.Esta obligacin se apoya en el principio legal de que si el trabajador entrega ala empresa su energa, que es su fuerza de trabajo, debe obtener en reciproci-dad una formacin profesional adecuada que le permita mejorar su situacinpersonal y la de su familia.Asimismo, la capacitacin es uno de los procedimientos de personal utili-zado por la empresa para la consecucin de sus fines organizativos; se le haconsiderado como un complemento del sistema educativo nacional, ya queforma parte del proceso no slo de desarrollo de personal, sino del creci-miento de la organizacin en la que el individuo trabaja.Para muchos expertos en el tema, la educacin y la capacitacin son fuen-tes fundamentales de productividad y eficiencia en las empresas de mejorescondiciones de trabajo y remuneracin para los trabajadores; al mismo tiem-po, inculcan valores como los de responsabilidad, solidaridad, superacincontinua, capacidad de adaptacin al cambio y trabajo en equipo.La capacitacin comprende actualmente todas las actividades, que van des-de la adquisicin de una sencilla habilidad motriz, hasta el desarrollo de un co-nocimiento tcnico complejo, por lo que es muy importante que el trabajadorencuentre en el proceso de capacitacin el medio para ejercer plenamente sulibertad con responsabilidad para su propia realizacin y, en consecuencia, lapromocin a puestos de categora superior con base en su capacidad, consi- 26. 190 CARLOS REYNOSO CASTILLOderndose que en caso de haber trabajadores que demuestren estar igualmen-te capacitados, en trminos de aptitudes, eficiencia o en igualdad de circuns-tancias, habr de promoverse a quien goce de mayor antigedad. VII. BIBLIOGRAFAMRQUEZ, Gustavo, Capacitacin de la fuerza laboral en Amrica Latina, docu-mento de trabajo, Banco Interamericano de Desarrollo, Departamento deInvestigaciones, 2001.MONTES DE OCA, Santiago, Conceptos bsicos del derecho del trabajo, Mxico, Fon-do de Cultura Econmica, 1996.RAMOS, Eusebio y TAPIA ORTEGA, Ana Rosa, Nociones de derecho del trabajo y dela seguridad social, Mxico, Pac, 1986.RUIZ VILLAR, Cristina y DAZ CERN, Ana Mara, Capacitar: clave para reducirlos riesgos de trabajo, disponible en http://www.uv.mx/iiesca/revista/SUMA028.html, consultada el 8 de marzo de 2007.www.stps.gob.mx.www.ilo.org.mx.