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51 SEDAPAL ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 0051-2015-SEDAPAL ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0051-2015-SEDAPAL CONTRATACIÓN DEL: “SERVICIO DE REPARACION DE ESTRUCTURAS METALICAS PARA MANTENIMIENTO DE CONEXIONES DE AGUA Y ALCANTARILLADO”

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BASES PORTONES

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SEDAPALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 0051-2015-SEDAPAL

ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA

Nº 0051-2015-SEDAPAL

CONTRATACIÓN DEL:

“SERVICIO DE REPARACION DE ESTRUCTURAS METALICAS PARA MANTENIMIENTO DE

CONEXIONES DE AGUA Y ALCANTARILLADO”

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SECCIÓN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES

DEL

PROCESO DE SELECCIÓN

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CAPÍTULO IETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

1.1. BASE LEGAL

- Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.- Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.- Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del

Estado, en adelante el Reglamento.- Directivas del OSCE.- Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.- Código Civil.- Ley 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.- Decreto Supremo Nº 007-2008-TR - Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción

de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

- Decreto Supremo Nº 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE.

Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

1.2. CONVOCATORIA

Se efectuará de conformidad con lo señalado en el Artículo 51° del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.

1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES

El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el Artículo 53° del Reglamento.

La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.

Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; teléfono y fax.

IMPORTANTE:

Para registrarse como participante en un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.

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1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones a las Bases serán presentadas por un periodo mínimo de tres (3) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los Artículos 55° y 57° del Reglamento.

1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en los Artículos 54° y 56° del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.

El plazo para la absolución no podrá exceder de tres (3) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones.

De haberse presentado observaciones, el Comité Especial debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE.

IMPORTANTE:

No se absolverán consultas ni observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.6. ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL OSCE

El plazo para solicitar la elevación de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) días hábiles, computados desde el día siguiente de la notificación del pliego absolutorio a través del SEACE.

Los participantes pueden solicitar la elevación de las observaciones para la emisión de pronunciamiento, en los siguientes supuestos:

1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;

2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que

tal acogimiento continúa siendo contrario a lo dispuesto por el Artículo 26° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección; y

3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observación formulada

por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el Artículo 26° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.

El Comité Especial, bajo responsabilidad, deberá remitir la totalidad de la documentación requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a más tardar al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de observaciones.

La emisión y publicación del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE.

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1.7. INTEGRACIÓN DE LAS BASES

Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección por lo que deberán contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolución de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, así como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión.

Una vez integradas, las Bases no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.

El Comité Especial integrará y publicará las Bases teniendo en consideración los siguientes plazos:

1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para formularlas.

2. Cuando se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de dichas observaciones para la emisión de pronunciamiento, siempre que ningún participante haya hecho efectivo tal derecho.

3. Cuando se haya solicitado la elevación de observaciones, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.

Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los Artículos 59° y 60° del Reglamento.

De conformidad con el Artículo 31° del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

1.8. FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN

Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentan en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o sin valor oficial efectuada por traductor público juramentado o traducción certificada efectuada por traductor colegiado certificado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.

Las Entidades someten a fiscalización posterior conforme a lo previsto en el artículo 32 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la documentación, declaraciones y traducciones presentadas por el ganador de la Buena Pro.

Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.

Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.

Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual.

En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos.

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Cuando la presentación de propuestas se realice en acto público, las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. (Formato Nº 1)

En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:

1. En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.

2. En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.

1.9. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS1

La presentación de propuestas se realiza en acto privado, los participantes presentarán sus propuestas, con cargo y en sobre cerrado, en el lugar, el día y horario señalados en la sección específica de las Bases, bajo responsabilidad del Comité Especial

Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.

IMPORTANTE:

En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos.

De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 64° del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso.

1.10. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:

La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de

1 De acuerdo con lo establecido por el artículo 64 del Reglamento, el acto de presentación de propuestas en una Adjudicación Directiva Selectiva puede ser público o privado, lo que debe determinarse en la sección específica de las Bases.

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exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.

El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

1.11. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS

La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica.

Los máximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes:

Propuesta Técnica : 100 puntosPropuesta Económica : 100 puntos

1.11.1. EVALUACIÓN TÉCNICA

Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.

Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica.

En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida.

Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuará con la evaluación de las propuestas técnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología de asignación de puntaje establecida para cada factor.

Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.

1.11.2. EVALUACIÓN ECONÓMICA

Si la propuesta económica excede el valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada, conforme lo establece el Artículo 33° de la Ley.

La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:

Pi = Om x PMPEOi

Donde:i = PropuestaPi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta Económica i Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajoPMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica

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IMPORTANTE:

En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, el Comité Especial deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva.

Sólo cuando se haya previsto (según el caso concreto) aceptar propuestas económicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta económica se evaluará utilizando el método del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarán en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de interés, comisiones, seguros y otros, así como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 70 del Reglamento.

1.12. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última.

El Comité Especial procederá a la apertura de los sobres que contienen las propuestas económicas de aquellos postores cuyas propuestas técnicas hubieran alcanzado el puntaje técnico mínimo requerido en las Bases.

La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el Artículo 71° del Reglamento.

El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos.

En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el Artículo 73° del Reglamento.

Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comité Especial, así como por los veedores y los postores que deseen hacerlo.

El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Dicha presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los cinco (5) días hábiles de la notificación de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En este caso, el consentimiento se publicará en el SEACE al día hábil siguiente de haberse producido.

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En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento, y podrá ser publicado en el SEACE ese mismo día o hasta el día hábil siguiente.

1.14. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO

De acuerdo con el Artículo 282° del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la vía administrativa conforme a lo previsto en el Artículo 115° del Reglamento, hasta el décimo quinto día hábil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

El OSCE no expedirá constancias solicitadas fuera del plazo establecido.

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CAPÍTULO IISOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN

1.15. RECURSO DE APELACIÓN

A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato.

El recurso de apelación se presenta ante la Entidad que convocó el proceso de selección y es resuelto por el Titular de la Entidad o el funcionario a quien este haya delegado dicha facultad.

Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

1.16. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN

La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.

La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

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CAPÍTULO IIIDEL CONTRATO

1.17. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro del plazo de doce (12) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato. Dentro del referido plazo: a) El postor ganador debe presentar la totalidad de la documentación prevista en las Bases, b) La Entidad, de corresponder, solicita la subsanación de la documentación presentada y c) El postor ganador subsana las observaciones formuladas por la Entidad.

Cuando la Entidad no cumpla con suscribir el contrato dentro del plazo establecido en el numeral 1 del Artículo 148° del Reglamento de la ley de Contrataciones del Estado, el postor ganador de la Buena Pro puede requerirla para su suscripción, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de vencido el plazo para suscribir el contrato, dándole un plazo de entre cinco (5) a diez (10) días hábiles. Vencido el plazo otorgado, sin que la Entidad haya suscrito el contrato, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, tiene la facultad de dejar sin efecto el otorgamiento de la Buena Pro.

Cuando el postor ganador de la Buena Pro no cumpla con suscribir el contrato dentro del plazo establecido en el numeral 1 por razones justificadas y ajenas a su voluntad, a solicitud de aquel, la Entidad puede otorgarle por única vez, un plazo de entre cinco (5) a diez (10) días hábiles.

Cuando el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato injustificadamente, según corresponda, en los plazos antes indicados, pierde automáticamente la Buena Pro. En tal caso, el órgano encargado de las contrataciones citará al postor que ocupó el segundo lugar en un plazo no mayor a cinco (05) días hábiles en el orden de prelación a fin que concurra a suscribir el contrato en los plazos previstos en los párrafos anteriores.

El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139 del Reglamento.

Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

Garantía por el monto diferencial de propuesta, en caso corresponda.

Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.

Código de cuenta interbancario (CCI).

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1.18. VIGENCIA DEL CONTRATO

En aplicación de lo dispuesto en el Artículo 149° del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista y se efectúe el pago correspondiente.

1.19. DE LAS GARANTÍAS

1.19.1. GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA

Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del diez por ciento (10%) de éste, para la suscripción del contrato, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.

1.20. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS

Las garantías que se presenten deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.

IMPORTANTE:

Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución.

1.21. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS

Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el Artículo 164° del Reglamento.

1.22. ADELANTOS

La Entidad entregará adelantos directos, conforme a lo previsto en el Artículo 171° del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las Bases.

En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo previsto, el contratista tiene derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al Artículo 172° del Reglamento.

1.23. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Las penalidades por retraso injustificado en la ejecución del servicio y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los Artículos 165° y 168° del Reglamento, respectivamente.

De acuerdo con los Artículos 48° de la Ley y 166° del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el Artículo 165° del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento

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(10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora.

1.24. PAGOS

La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los servicios objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condición para la realización del servicio.

La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la forma y oportunidad (pago único o pagos parciales) establecida en las Bases o en el contrato, siempre que el contratista los solicite presentando la documentación que justifique el pago y acredite la ejecución de la prestación de los servicios, conforme a la sección específica de las Bases.

Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación de los servicios, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos prestados, a fin que la Entidad cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.

En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el Artículo 48° de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.

1.25. DISPOSICIONES FINALES

Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.

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SECCIÓN ESPECÍFICA

CONDICIONES ESPECIALES

DEL

PROCESO DE SELECCIÓN

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CAPÍTULO IGENERALIDADES

1.1. ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre : SEDAPAL

RUC Nº : 20100152356

Domicilio legal : Autopista Ramiro Priale 210, El Agustino.

Teléfono/Fax: : 317-3000

Correo electrónico: : [email protected] y/o [email protected]

1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación de los servicios de una Empresa Especializada persona jurídica o natural con experiencia comprobada en Servicios de reparación y mantenimiento de Estructuras metálicas, siendo el presente servicio solicitado por el Equipo Operación y Mantenimiento de Redes Villa El Salvador de la Gerencia de Servicios Sur, con la finalidad de servir como herramienta para garantizar la seguridad de elementos ubicados en las redes y conexiones de agua potable y alcantarillado lo que permitirá coordinar de manera sincronizada la gestión de operatividad de dichos elementos en las redes de distribución secundaria.

FINALIDAD PÚBLICALa finalidad pública del presente servicio es mejorar la calidad de vida del personal, que contribuirá a mejorar la gestión en la atención de las incidencias operativas y que se relacionan con el objetivo de mejora de la Gestión empresarial.

El servicio es solicitado por el Equipo Operación y Mantenimiento de Redes – Villa El Salvador.

1.3. VALOR REFERENCIAL2

El valor referencial del presente servicio asciende a S/. 149 502.00 (Ciento Cuarenta Mil Quinientos dos con 00/100 Nuevos soles), incluido IGV y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de mayo del 2015.

1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN

El expediente de contratación fue aprobado mediante Informe N° 012-2015-EOMR-VES de fecha 01.06.2015.

1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

Recursos Propios.

1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN

2 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.

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El presente proceso se rige por el sistema de contratación a Suma Alzada, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

El servicio a contratar está definido en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman parte de la presente Sección en el Capítulo III.

1.8. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Los servicios materia del presente proceso se prestarán en el plazo de dos (02) meses, contados a partir del día siguiente de la comunicación al contratista de la designación del supervisor del contrato correspondiente al presente servicio. El área usuaria, deberá realizar la mencionada designación dentro de los diez (10) días hábiles de suscrito el contrato. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido.

Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratación.

1.9. COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASESS/. 5,00 (Cinco con 00/100 Nuevos Soles).

1.10. BASE LEGAL

- Ley N° 30281 – Ley de Presupuesto del sector Público para el año Fiscal 2015- Ley Nº 30115 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año

fiscal 2015.- Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.- Decreto Legislativo N° 1017 – Aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante

la Ley.- Decreto Supremo N° 184-2008-EF – Aprueba el Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.- Decreto Supremo N° 021-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado.- Decreto Supremo N° 140-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado.- Directivas de OSCE.- Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.- Código Civil.- Ley 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.- Decreto Supremo Nº 007-2008-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la

Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

- Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE.- Reglamento de Seguridad y Salud en el trabajo D.S. 005-2012-TR.- Demás Dispositivos Legales vigentes, aplicables a esta contratación de servicios.

Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.

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CAPÍTULO IIDEL PROCESO DE SELECCIÓN

1.11. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN 3

Etapa Fecha, hora y lugar

Convocatoria : El 12/06/2015

Registro de participantes : Del : 15/06/2015 al 23/06/2015

Formulación de Consultas y Observaciones a las Bases

: Del : 15/06/2015 al 17/06/2015

Absolución de Consultas y Observaciones a las Bases

: El 19/06/2015

Integración de las Bases : El 22/06/2015

Presentación de Propuestas : El 26/06/2015

* El acto privado : Equipo Servicios Generales sito en Autopista Ramiro Prialé N° 210- Edificio Principal (2do Piso), en el horario de 08:30 a 16:30 horas

Calificación y Evaluación de Propuestas : Del 30/06/2015 al 01/07/2015

Otorgamiento de la Buena Pro : El 02/07/2015

* El acto privado (A través del SEACE) :

1.12. REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de los participantes es gratuito y se realizará en la Oficina del Equipo Servicios Generales del Centro Operativo Principal La Atarjea, sito en la Autopista Ramiro Priale N° 210 El Agustino, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:30 a 16:30 horas.

En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro, así como el día y hora de dicha recepción.

IMPORTANTE: Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases,

para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproducción de las mismas.

1.13. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASESLas consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante la Secretaria del Equipo Servicios Generales de SEDAPAL, sito en Autopista Ramiro Prialé N° 210, El Agustino, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:30 a 16:30 horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comité Especial de la Adjudicación Directa Selectiva N° 0051-2015-SEDAPAL, pudiendo ser remitidas adicionalmente a los siguientes correos electrónicos: [email protected] y/o [email protected]

Sólo se procesarán las consultas y/u observaciones que se presenten por escrito ante la Secretaría del Equipo Servicios Generales de SEDAPAL dentro de las fechas y horarios establecidos.

3 La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma de la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.

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MUY IMPORTANTE, no se absolverán consultas y observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.14. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS4

En caso la presentación de propuestas se realice en ACTO PRIVADO, en la evaluación deberá considerarse lo siguiente:

Los participantes presentarán sus propuestas en sobre cerrado, ante la Secretaría del Equipo Servicios Generales, sito en Autopista Ramiro Prialé Nº 210 – El Agustino (2do piso), en la fecha y horario señalados en el cronograma, bajo responsabilidad del Comité Especial.

Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial de la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 0051-2015-SEDAPAL, conforme al siguiente detalle:

SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:

SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:

1.15. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

1.15.1. SOBRE N° 1 - PROPUESTA TÉCNICA

Se presentará en un original y dos (02) copias.

El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos5, la siguiente documentación:Documentación de presentación obligatoria:

4 De acuerdo con lo establecido por el artículo 64 del Reglamento, el acto de presentación de propuestas en una Adjudicación Directiva Selectiva puede ser público o privado, lo que debe determinarse en la sección específica de las Bases.

5 La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.

Señores

SEDAPALAutopista Ramiro Prialé N° 210, El Agustino

Att.: Comité Especial

ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 0051-2015-SEDAPAL“SERVICIO DE REPARACION DE ESTRUCTURAS METALICAS PARA MANTENIMIENTO DE CONEXIONES DE AGUA Y ALCANTARILLADO”

SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]

Señores

SEDAPALAutopista Ramiro Prialé N° 210, El Agustino

Att.: Comité Especial

ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 0051-2015-SEDAPAL“SERVICIO DE REPARACION DE ESTRUCTURAS METALICAS PARA MANTENIMIENTO DE CONEXIONES DE AGUA Y ALCANTARILLADO”

SOBRE N° 2: PROPUESTA ECONÓMICA[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]

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a)Declaración jurada de datos del postor. Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada

uno de los consorciados. (Anexo Nº 1).

b)Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección (Anexo Nº 2).

c)Declaración jurada simple de acuerdo al Artículo 42° del Reglamento (Anexo Nº3).En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.

d)Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 4)

La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes.

Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.

e)Declaración jurada de plazo de prestación del servicio (Anexo Nº 5).

f)SUPERVISOR GENERAL DEL SERVICIO (01)

f.1 Copia simple del título profesional y Colegiatura en Ingeniería Mecánica. Así mismo tendrá que presentar su Certificado de Habilidad Profesional, al inicio efectivo del contrato al Equipo de Operación y Mantenimiento de Redes de Villa El Salvador.

f.2 Copia simple del Certificado o Diploma en Programa Integral de Gestión del Mantenimiento. Que deberán ser emitidos por institución ó instituto superior tecnológico ó escuela superior autorizada por el Ministerio de Educación o por el Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial (SENATI) con mínimo 150 horas lectivas.

f.3 Copia simple de certificados y/o constancias y/o contratos de trabajo (este último con su respectiva conformidad) o cualquier otro documento que, de manera fehaciente, sustente la experiencia mínima de cinco (05) años en la supervisión y/o conducción y/o dirección técnica de servicios y/o trabajos de: reparación y mantenimiento de Estructuras metálicas.

g) TÉCNICO ESPECIALIZADO (01)

g.1 Copia simple del título técnico o certificado o diploma en Electricidad Industrial. Que deberán ser emitidos por institución ó instituto superior tecnológico ó escuela superior autorizada por el Ministerio de Educación o por el Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial (SENATI)

g.2 Copia simple de certificados y/o constancias y/o contratos de trabajo (este último con su respectiva conformidad) o cualquier otro documento que, de manera fehaciente, sustente la experiencia mínima de tres (03) años en la ejecución de servicios de mantenimiento y/o reforzamiento de estructuras metálicas

h) OPERARIOS (03)

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h.1 Copia simple de certificados y/o constancias y/o contratos de trabajo (este último con su respectiva conformidad) o cualquier otro documento que, de manera fehaciente, sustente la experiencia mínima de dos (02) años en la ejecución de actividades ejecución de mantenimiento y/o reforzamiento de estructuras metálicas.

NOTAS:- De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo

de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.- En el supuesto que el postor fuera una persona natural, la experiencia que acredite como

tal, también podrá utilizarla para acreditar su experiencia como personal propuesto para la prestación del servicio, de ser el caso.

- Con respecto a la experiencia del Supervisor del Servicio, se considerará a partir de la fecha de obtención de la colegiatura.

- Con relación al Técnico, se considerará a partir de la fecha de obtención del certificado en la especialidad requerida.

- Los certificados y/o contratos y su respectiva conformidad y/o constancias presentados para acreditar la experiencia del personal propuesto deben de indicar, objetivamente, la descripción de las actividades desarrolladas por éste, el período durante el cual las realizó y la persona jurídica y/o natural donde las realizó, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases, de tal manera que permitan una evaluación objetiva, de lo contrario no será considerado para la evaluación.

- En caso el postor presentara personal adicional al solicitado, su propuesta será DESESTIMADA automáticamente, sin revisión de la documentación restante.

- Para todo el personal propuesto por el postor, se deberá presentar en forma obligatoria copia de DNI legible y vigente, así como Declaración Jurada suscrita donde se declare que tiene conocimiento de su participación en el proceso de selección y de los certificados y/o constancias que se entreguen para acreditar su experiencia mínima

- En cualquier sub. factor, del rubro experiencia del personal propuesto en el cual no cumpla con sustentar la experiencia mínima solicitada, EL POSTOR SERÁAUTOMÁTICAMENTE DESCALIFICADO.

- En caso se detecte la presentación de documentos falsos y/o inexactos, se efectuará la descalificación del postor.

Documentación de presentación facultativa:

a) Certificado de inscripción o reinscripción en el registro de la Micro y Pequeña Empresa – REMYPE, de ser el caso6.

b) En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por éstas, deberá presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad7.

c) Factor Experiencia del Postor: Se evaluara copia simples de contratos u órdenes de servicio con su respectiva conformidad por la prestación efectuada ó comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con un máximo de diez (10) servicios, presentados a uno más clientes, en la prestación de Servicios de mantenimiento preventivo y/o correctivo de estructuras de metálicas, durante el período determinado de hasta cuatro (04) años, computados hasta la fecha de presentación de propuestas y hasta por un monto máximo acumulado equivalente a tres (03) veces el valor referencial de la contratación, y que sustenten la experiencia del postor en servicios (Anexo N° 06).

6 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 73 del Reglamento.

7 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 73 del Reglamento.

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Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio.

d) Cumplimiento del servicio:

El cual se evaluará en función al número de certificados o constancias que acrediten que el servicio se efectuó sin que se haya incurrido en penalidades. Tales certificados o constancias deberán referirse a los servicios que se presentaron para acreditar la experiencia del postor.

En el caso que los certificados o constancias de servicios presentados por el postor no indiquen expresamente que no se ha incurrido en penalidades, los postores deberán adjuntar la respectiva liquidación y/o conformidad del servicio, en el cual se desprenda claramente que los certificados o constancias corresponden a los servicios presentados como experiencia del postor y fueron realizados sin penalidades.

e) Copia simple de certificados y/o constancias y/o contratos de trabajo (este último con su respectiva conformidad) o cualquier otro documento que, de manera fehaciente, sustente la experiencia Mayor de cinco (05) años en la supervisión y/o conducción y/o dirección técnica de servicios y/o trabajos de: reparación y mantenimiento de Estructuras metálicas.

NOTAS:

- De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.

- En el supuesto que el postor fuera una persona natural, la experiencia que acredite como tal, también podrá utilizarla para acreditar su experiencia como personal propuesto para la prestación del servicio, de ser el caso.

- Con respecto a la experiencia del Supervisor del Servicio, se considerará a partir de la fecha de obtención de la colegiatura.

- Con relación al Técnico, se considerará a partir de la fecha de obtención del certificado en la especialidad requerida.

- Los certificados y/o contratos y su respectiva conformidad y/o constancias presentados para acreditar la experiencia del personal propuesto deben de indicar, objetivamente, la descripción de las actividades desarrolladas por éste, el período durante el cual las realizó y la persona jurídica y/o natural donde las realizó, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases, de tal manera que permitan una evaluación objetiva, de lo contrario no será considerado para la evaluación.

- En caso el postor presentara personal adicional al solicitado, su propuesta será DESESTIMADA automáticamente, sin revisión de la documentación restante.

- Para todo el personal propuesto por el postor, se deberá presentar en forma obligatoria copia de DNI legible y vigente, así como Declaración Jurada suscrita donde se declare que tiene conocimiento de su participación en el proceso de selección y de los certificados y/o constancias que se entreguen para acreditar su experiencia mínima

- En cualquier sub. factor, del rubro experiencia del personal propuesto en el cual no cumpla con sustentar la experiencia mínima solicitada, EL POSTOR SERÁAUTOMÁTICAMENTE DESCALIFICADO.

- En caso se detecte la presentación de documentos falsos y/o inexactos, se efectuará la descalificación del postor.

1.15.2. SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA8

El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:

Oferta económica expresada en la moneda del valor referencial y el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases.

La oferta económica será expresada en nuevos soles, incluyendo todos los

8 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento la propuesta económica solo se presentará en original.

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tributos, seguros, transportes, inspecciones, costos laborales, conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro costo que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar. Por lo tanto SEDAPAL no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza. El Postor deberá presentar en forma obligatoria el Anexo Nº 07.

El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

IMPORTANTE:

La admisión de la propuesta económica que presenten los postores dependerá de si aquella se encuentra dentro los márgenes establecidos en el Artículo 33° de la Ley y el Artículo 39° de su Reglamento.

En caso la información contenida en la propuesta económica difiera de la información contenida en la propuesta técnica, la propuesta económica será descalificada.

1.16. DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.

El puntaje total de las propuestas será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEiDonde:

PTPi = Puntaje total del postor i

PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i

PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i

IMPORTANTE:

Dependiendo del objeto contractual deberá incluirse las disposiciones que correspondan:

En el caso de servicios en general se aplicarán las siguientes ponderaciones:

c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica, = 0.70

c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica, = 0.30

Donde: c1 + c2 = 1.00

1.17. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato:

a) Copia de DNI del Representante Legal o del representante común del consorcio, de ser el caso.

b) Copia de la vigencia del poder y/o copia literal de la Partida Registral del representante legal de la empresa, o de cada uno de los consorciados, de ser el caso,

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donde conste la inscripción del representante legal con sus respectivas facultades para suscribir contratos, expedida con una antigüedad no mayor a treinta (30) días naturales por la SUNARP.

c) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizadas y de cada uno de los consorciados, de ser el caso.

d) Copia del RUC de la empresa.e) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.f) Copia vigente de la Constancia de Inscripción en el Registro Nacional de Proveedores

emitido por el OSCE, como proveedor de servicios de la Empresa.g) Carta fianza de garantía de fiel cumplimiento del contrato. h) Póliza de Deshonestidad Comprensiva por un monto equivalente a USD $ 10

000,00 (Diez mil y 00/100 Dólares Americanos).i) Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual por un monto equivalente al

25% del monto del contrato, con un mínimo de US $ 30 000,00 y un máximo de US $ 500 000,00 dependiendo del valor del monto del contrato.

j) Póliza de Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) para los trabajadores asignados al servicio, de acuerdo a la Ley 29783 y su Reglamento aprobado por D. S. N° 005-2012-TR. Esta póliza será presentado al Equipo Operación y Mantenimiento de Redes – Villa El Salvador antes del inicio de servicio.

k) Carta Fianza como Garantía por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso, vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del CONTRATISTA.

l) Original del contrato de consorcio con firmas legalizadas de los representantes legales de los consorciados ante Notario Público, en el cual deberá consignarse la participación de cada uno de los consorciados, el representante legal común y a cargo de quien estará la facturación (indicar el RUC) por la prestación a realizar, de ser el caso.

m) Copia simple del cargo de recepción de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, solicitando autorización de la empresa consorciada encargada de llevar la contabilidad del contrato de consorcio y de conformidad al artículo 65º del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta.

n) Código de cuenta interbancario (CCI) de la cuenta corriente en moneda nacional para el depósito del pago por la prestación del servicio. (Bancos en los que SEDAPAL realiza depósito en cuenta: Banco de Crédito del Perú, Scotiabank, Interbank y BBVA Banco Continental).

o) Domicilio y correo electrónico para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.

IMPORTANTE:

En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garantía para la suscripción del contrato carta fianza o póliza de caución, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios Nº 5196-2011-SBS y Nº 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecución de las mencionadas garantías, resulta necesario que éstas consignen en su texto, el nombre, denominación o razón social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas que integran el consorcio .

1.18. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

Dentro del plazo de doce (12) días hábiles siguientes al consentimiento de la buena pro o cuando este haya quedado administrativamente firme debe suscribirse el contrato.

El postor ganador, sin mediar citación alguna, deberá presentar a la Entidad la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases hasta el día siete (07) hábil siguiente al consentimiento de la buena pro o cuando este haya quedado administrativamente firme.

En caso de mediar observaciones el postor ganador deberá subsanarlas dentro de los dos (02) días hábiles siguientes a la presentación de la documentación señalada en el párrafo anterior.

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El postor ganador subsana las observaciones formuladas por la Entidad.

La citada documentación deberá ser presentada en la oficina del Equipo Servicios Generales del Centro Operativo Principal La Atarjea, sito en Av. Ramiro Prialé Nº 210 El Agustino.

1.19. FORMA DE PAGO

La forma de pago será mensual, a los quince (15) días calendario contados a partir de la conformidad del Equipo Operación y Mantenimiento de Redes – Villa El Salvador, que será otorgada en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de presentado el informe por parte del CONTRATISTA.

De acuerdo con el Artículo 176° del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por EL CONTRATISTA, SEDAPAL deberá contar con la siguiente documentación:

a) Recepción y conformidad del Equipo Operación y Mantenimiento de Redes – Villa El Salvador..

b) Informe del funcionario responsable del Equipo Operación y Mantenimiento de Redes Villa El Salvador de SEDAPAL, emitiendo su conformidad de la prestación efectuada.

c) Comprobante de pago de la valorización correspondiente.

1.20. PLAZO PARA EL PAGO

La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.

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CAPÍTULO IIITÉRMINOS DE REFERENCIA Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

SERVICIO DE REPARACION DE ESTRUCTURAS METALICAS PARA MANTENIMIENTO DE CONEXIONES DE AGUA Y ALCANTARILLADO

A.) ANTECEDENTES:No se tienen antecedentes de dicho servicio.

B.) N° de PAC:Registrado con referencia N° 577

C.) OBJETO DEL SERVICIOEl presente proceso de selección tiene por objeto la contratación de los servicios de una Empresa Especializada persona jurídica o natural con experiencia comprobada en Servicios de reparación y mantenimiento de Estructuras metálicas, siendo el presente servicio solicitado por el Equipo Operación y Mantenimiento de Redes Villa El Salvador de la Gerencia de Servicios Sur, con la finalidad de servir como herramienta para garantizar la seguridad de elementos ubicados en las redes y conexiones de agua potable y alcantarillado lo que permitirá coordinar de manera sincronizada la gestión de operatividad de dichos elementos en las redes de distribución secundaria.

FINALIDAD PÚBLICALa finalidad pública del presente servicio es mejorar la calidad de vida del personal, que contribuirá a mejorar la gestión en la atención de las incidencias operativas y que se relacionan con el objetivo de mejora de la Gestión empresarial.

D.) DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEL SERVICIO

El presente servicio comprende la ejecución de las siguientes actividades en las redes y conexiones de agua potable y alcantarillado que permitirá asegurar la existencia y operatividad de las válvulas reductoras de presión y válvulas de aire, en 30 puntos de control y que consistirá en las siguientes actividades:

1. Se confeccionarán 30 puertas corredizas desmontables, que consistirá en un cerrojo insertado al concreto en la parte lateral del ingreso a la válvula, el mismo que fijara y liberara la puerta corrediza desmontable para seguridad de la válvula, asimismo se implementará una palanca de manipulación y en la parte inferior un dispositivo desmontable de dos pines de 16 mm cromado.

2. Se confeccionarán 05 pestillos de seguridad (llaves) para ser fijado en el exterior de la puerta corrediza, el mismo que constará de un horquillaje de forma triangular para que no sea replicable y pestillo fijado en la puerta, todos los componentes tendrán tratamiento galvánico y cincado en caliente.

3. La puerta corrediza estará conformada con plancha ASTM A 36 de 2.5 mm con tratamiento galvánico cincado en caliente, contara con dos rieles, marco plegado contara con un tope de carrera y traba para pines de cerrojo fijados al concreto con pernos de expansión.

4. Se efectuará la instalación de las 30 puertas corredizas en los puntos de control de las líneas de distribución de las redes secundarias de agua potable determinados por SEDAPAL en ámbito de la jurisdicción del Equipo Operación y Mantenimiento Villa El Salvador.

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5. Se efectuarán las pruebas de manipulación respectiva del uso y operatividad de la puerta corrediza, en coordinación con la supervisión de SEDAPAL.

6. Se entregará un informe final que deberá incluir, fotos de antes y después de la ejecución de los trabajos.

HERRAMIENTAS Y EQUIPOS MINIMOS NECESARIOS

EL CONTRATISTA, deberá de contar con el siguiente equipamiento mínimo para la realización del servicio:01 Camioneta Pick Up doble cabina con una antigüedad no mayor del año 2010 (año de fabricación), adicionalmente ambas camionetas deberán contar con chofer y la dotación de combustible respectiva.01 juego de llaves hexagonal (12 unidades de 2, 4, 6, 8 10 y 12 Pulgadas 02 de c/u respectivamente).02 Llaves francesas (01 de 4 pulgadas y 01 de 6 pulgadas)01 Taladro de 160 HP de Potencia05 latas de Aditivo Epóxico (de fierro y concreto).01 equipo de radio comunicaciones en forma permanente y operativo, similares a los empleados por SEDAPAL con recepción de llamadas telefónicas y mensajes, que deberá ser utilizado por el supervisor general de EL CONTRATISTA.

Adicionalmente, el postor deberá presentar en su propuesta técnica una Declaración Jurada de contar con los equipos y herramientas solicitados en los Términos de Referencia, como documento obligatorio.

LUGAR DE EJECUCION

Los trabajos se realizarán en el ámbito de la jurisdicción del Centro de Servicios Villa El Salvador, donde se encuentran ubicados los 30 puntos de control y las válvulas en las redes secundarias de agua potable.

ENTREGABLES

1. Presentación de Informe General de los trabajos realizados en formato entregado por SEDAPAL, el mismo que deberá ser presentado por cada trabajo realizado con la valorización respectiva, en medio magnético y en físico, con la factura respectiva.

2. Elaboración de informe técnico de campo detallado de los trabajos realizados, de acuerdo a lo especificado por los trabajos realizados.

E.) PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO:

Un (01) Supervisor General del Servicio:

Con experiencia demostrada mínima de cinco (05) años en la supervisión y/o conducción y/o dirección técnica de servicios y/o trabajos de: reparación y mantenimiento de Estructuras metálicas, debiendo ser profesional titulado, colegiado y habilitado en Ingeniería Mecánica, adicionalmente deberá de contar con un Curso de Programa Integral de Gestión del Mantenimiento , los certificados o diplomas deberán ser emitidos por institución ó instituto superior tecnológico ó escuela superior autorizada por el Ministerio de Educación o por el Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial (SENATI) con mínimo 150 horas lectivas, quien será responsable de las actividades a realizar, y con quien el personal designado por el Equipo de Operación y Mantenimiento de Redes de Villa El Salvador de SEDAPAL, efectuará los enlaces necesarios para el mejor desarrollo de los mismos; quien deberá contar con un equipo de radio comunicaciones en forma permanente y operativo, similares a los empleados por SEDAPAL con recepción de llamadas telefónicas y mensajes; asimismo dicho personal se encargará de efectuar las coordinaciones y enlaces entre SEDAPAL y EL CONTRATISTA. Dicha experiencia

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del Supervisor General del Servicio será contada a partir de la fecha de obtención de la colegiatura correspondiente. El certificado de habilitación profesional será presentado por el postor ganador de la Buena Pro, antes del inicio efectivo del servicio, el Equipo de Operación y Mantenimiento de Redes de Villa El Salvador de SEDAPAL.

Técnico Especializado (01) Técnicos Especializado Nivel Operativo (01) en Electricidad Industrial, los certificados o diplomas deberán ser emitidos por institución ó instituto superior tecnológico ó escuela superior autorizada por el Ministerio de Educación o por el Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial (SENATI). Los mismos que deberán acreditar mediante certificados o constancias de trabajo la experiencia mínima de tres (03) años en la ejecución de servicios de mantenimiento y/o reforzamiento de estructuras metálicas.

Operarios (03) con experiencia mínima de dos (02) años en la ejecución de actividades ejecución de mantenimiento y/o reforzamiento de estructuras metálicas.

Respecto al personal de Operarios (03 personas), se precisa que el postor ganador de la Buena Pro, antes de iniciar el servicio, deberá presentar al Equipo de Operación y Mantenimiento de Redes de Villa El Salvador, las copias simples de las constancias y/o certificados del personal indicado a fin de acreditar la experiencia mínima establecida.

F.) RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA:EL CONTRATISTA, es responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de los servicios ofertados por un plazo no menor de un (01) año contado a partir de la conformidad otorgada, de acuerdo a lo indicado en el artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado.

G.) OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:

a) Ejecutar los trabajos de acuerdo a las Especificaciones Técnicas señalados en las Bases y a las condiciones generales de su Propuesta Técnica del Postor, que forman parte integrante del contrato que se suscribe con EL CONTRATISTA.

b) Ejecutar los trabajos de acuerdo a lo señalado garantizando que la ejecución del servicio sea de primera calidad.

c) Contar con una estructura organizacional que le permita entregar los servicios solicitados de manera eficiente, eficaz y dentro de los plazos establecidos.

d) Designar un Supervisor General del Servicio, responsable de las actividades a realizar, y con quien SEDAPAL efectuará los enlaces necesarios para el mejor desarrollo de las mismas.

e) Responsabilizarse por los daños y perjuicios que pueda ocasionar a SEDAPAL y a terceros por los errores o fallas en estos servicios.

f) Contar con tecnología de información que le permita mantener informado a SEDAPAL sobre temas relacionados al servicio.

g) Contar con un (01) equipo de radio comunicación digital como mínimo, similar al que utiliza SEDAPAL (brindar el número telefónico) de tal manera que se permita la comunicación, a fin de mantenernos informado sobre cualquier ocurrencia que se presente durante la ejecución del servicio.

h) Abstenerse de efectuar cualquier tipo de cobranza, así como de insinuar el pago de propinas u otros bajo apercibimiento de resolución del contrato.

i) Aceptar cualquier procedimiento de supervisión y/o fiscalización que efectúe en cualquier momento y sin previo aviso personal designado por SEDAPAL, para lo cual brindará las facilidades del caso. Esta labor de supervisión no interferirá la ejecución de los trabajos encomendados.

j) Cumplir con las normas de seguridad y salud en el trabajo, de acuerdo con el Reglamento aprobado mediante D.S. 005-2012-TR, que aprueba el Reglamento de la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.

k) La empresa CONTRATISTA dentro de sus obligaciones: deberá colocar los carteles y avisos de precaución que sean necesarios durante y después de la prestación del servicio.

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H.). OBLIGACIONES DE SEDAPAL:

a) Proporcionar la documentación e información necesaria para el desarrollo adecuado del servicio.

b) Tramitar y ordenar el pago de las facturas presentadas por EL CONTRATISTA, de acuerdo a los términos y condiciones establecidos en las Bases.

c) Exigir, a través del Equipos de Operación y Mantenimiento de Redes de Villa El Salvador de la Gerencia de Servicios Sur el estricto cumplimiento de las Bases, Términos y condiciones contractuales.

I.). SEGUROS:

EL CONTRATISTA, deberá contratar las siguientes Pólizas de Seguros:

Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual por un monto equivalente al 25% del monto del contrato, con un mínimo de US $ 30 000,00 y un máximo de US $ 500 000,00, dependiendo del valor del servicio.

Póliza de Deshonestidad Comprensiva por un monto equivalente a USD 10 000,00 (Diez mil y 00/100 Dólares Americanos).

Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) vigente durante el plazo de ejecución de la prestación del servicio; donde deberá figurar el personal propuesto para que efectúe el servicio, el cual será entregado al Equipo Operación y Mantenimiento de Redes Villa El Salvador, previo al inicio del trabajo. Por lo cual, el porcentaje correspondiente al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, deberá ser incluido en su análisis de costos.

El Postor al cual se le otorgo la Buena Pro deberá de de cumplir con lo dispuesto en la Ley 29783 “Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo” (el Decreto Supremo N° 005-2012-TR), utilizando para ello los EPP apropiados materia del presente servicio de no hacerlo no podrá ejecutarlo los trabajos.

J.). USO DE INSTALACIONES Y/O RECURSOS DE SEDAPAL:

Salvo aquellos casos en que por la naturaleza de las labores operativas a realizarse, EL CONTRATISTA no deberá hacer uso de las instalaciones de SEDAPAL. Caso contrario, deberán gestionar una autorización expresa de la Gerencia de Desarrollo e Investigación.

Queda prohibido, bajo responsabilidad de las áreas usuarias, prestar cualquier tipo de facilidades adicionales que no estén contempladas en las presentes bases.

K.) MEDIO AMBIENTE:

El Postor que obtenga la Buena Pro deberá adoptar procedimientos constructivos, productos y servicios de reducido impacto ambiental negativo que sean durables, no peligrosos y susceptibles de reaprovechamiento (Artículo 18 de la Ley 27314 “Ley General de Residuos Sólidos”).Así también debe presentar evidencias documentarías de que los residuos que se genere por las actividades asignadas deben estar dispuestas en locales aprobados por la Autoridad competente, llámese Ministerio de Salud, Municipalidad de Lima y Callao; las cuales deben entregar en su informe mensual.

A fin de Garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en párrafo anterior SEDAPAL a través del Equipo Gestión Ambiental, puede realizar auditorías planificadas o inopinadas durante el periodo de contratación.

L.) PLAN DE SEGURIDAD EN LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO:

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En lo que respecta al cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo, prevención de riesgos, accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales, EL CONTRATISTA deberá cumplir estrictamente lo dispuesto en la Ley 29783 de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Reglamento.

Obligaciones específicas del Contratista:

Cumplir con la Política de Gestión Integrado de SEDAPAL

Implementar el Comité de SST o supervisor de SST, según normativa vigente.

Diseñar, implementar y evaluar el Plan y Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, para todas las actividades laborales especificadas en el contrato y la programación de sus actividades, por el tiempo que dure el contrato. El Plan debe tener la firma del empleador de mayor rango con responsabilidad en la organización de EL CONTRATISTA.

Dotar de los equipos de protección personal y colectiva, herramientas y maquinaria de acuerdo a la naturaleza del riesgo de los procesos y actividades que realizan y certificada con normas internacionales

Elaborar la Matriz de Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos, de los procesos y actividades a realizar como parte del contrato con SEDAPAL.

Contar con planes y procedimientos para situaciones de emergencia, a fin de dar respuesta a situaciones de emergencia que se puedan presentar en los diferentes procesos y actividades que realiza, las mismas que deben estar consideradas en su matriz de identificación de peligros, evaluación de riesgos, haber realizado la capacitación respectiva y los simulacros correspondientes.

Cumplir con los registros obligatorios de SST especificados en el artículo 33 del D.S. N° 005-2012-TR

Presentar trimestralmente al Jefe del Equipo responsable de la contratación, los resultados del desempeño de la SST inherentes al servicio.

En el caso que el contratista deba incorporar personal nuevo en los trabajos en curso, comunicará en forma anticipada al Jefe del Equipo responsable de la supervisión del contrato. Este personal debe recibir la capacitación adecuada antes de iniciar los trabajos.

Garantizar que los planes de mantenimiento de máquinas y equipos que serán utilizados para el servicio y/o proyecto se encuentren actualizados y ejecutados, debiendo presentar los registros correspondientes, antes de que las máquinas y equipos ingresen a nuestras instalaciones al supervisor del contrato.

Realizar Programas de Capacitación en SST, de acuerdo a la naturaleza del riesgo a los que están expuestos los trabajadores, y llevar los registros de Capacitación antes y durante la vigencia del contrato con SEDAPAL.

Notificar los accidentes de trabajo mortales, incidentes peligrosos y las enfermedades profesionales, al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo según el artículo 111 del D.S. 005-2012-TR, y comunicar y entregar copia al Equipo supervisor del contrato, dentro de las 24 horas de producido.

M) FUENTE DE FINANCIAMIENTO:

Recursos directamente recaudados

N) FORMA DE PAGO:

La forma de pago será de manera mensual y a los quince (15) días calendario contado comercial previa conformidad del servicio por parte del Equipo de Operación y Mantenimiento de Redes de Villa El Salvador de la Gerencia de Servicios Sur, conformidad que será otorgada dentro de los diez (10) días posteriores, a la presentación de la factura y valorización respectiva.

O) PLAZO DE PRESTACION DEL SERVICIO:

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Los servicios materia del presente proceso se prestarán en el plazo de dos (02) meses, contados a partir del día siguiente de la comunicación al contratista de la designación del supervisor del contrato correspondiente al presente servicio. El área usuaria, deberá realizar la mencionada designación dentro de los diez (10) días hábiles de suscrito el contrato. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido.

P) ALCANCE DEL SERVICIO:

El servicio a contratar abarca los siguientes ámbitos:

Ámbito geográfico de la jurisdicción del Centro de Servicios de Villa El Salvador, donde se encuentran ubicados los Reservorios

Q) REAJUSTE:Durante la vigencia del Contrato los precios se mantendrán fijos y no estarán sujetos a reajuste alguno.

R.) SISTEMA DE CONTRATACIÓN:El presente proceso se regirá por el sistema de contratación a SUMA ALZADA.

T.) DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO:La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la atención del servicio y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los Artículos 165° y 168° del Reglamento.

De acuerdo con los artículos 48º de la Ley y 166º del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165º del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al 10% del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora.

Se detalla la Tabla de Penalidades y Multas y la forma de su aplicación:

01

CAMBIO DE PERSONALPor cambio de personal designado por EL CONTRATISTA del servicio sin conocimiento ni autorización del personal de SEDAPAL designado por el Equipo de Operación y Mantenimiento de Redes Villa El Salvador de la GSS.

5 x “K”

02

IDENTIFICACIÓN DEL TRABAJADORPor no portar la credencial de identificación (del personal asignado al servicio). La penalidad se aplica por trabajador y por ocurrencia.

5 x “K”

03

CALIDAD DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO: La multa será por servicio mal ejecutado y además de la multa EL CONTRATISTA deberá corregir dicho trabajo sin costo alguno para SEDAPAL.

5 x “K”

04

INCUMPLIMIENTO DE BASES:Por cualquier incumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos establecidos en el Capítulo III - Términos de Referencia – de las Bases.

5 x “K”

05

CUMPLIMIENTO DE HORARIO Ausencia injustificada del personal designado por EL CONTRATISTA del servicio en los Centros de Servicios en el horario pactado en los presentes términos de referencia y contrato de prestación del servicio.

5 x “K”

06

TRABAJOS NO PACTADOSPor realizar el personal designado por EL CONTRATISTA del servicio, actividades dentro de los Centros de Servicios distintas a las obligaciones contractuales contraídas del presente servicio.

5 x “K”

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07

SUPERVISIÓNNo brindar facilidades al personal designado por SEDAPAL para que realice la inspección y Control del Servicio.

5 x “K”

Dónde: K= 10% U.I.T.

Notas:

La Tabla de Penalidades y Multas está contenida en la presente Bases y se regirán por el procedimiento que se detalla a continuación y por aquello que no esté previsto por lo señalado en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

La sucesión permanente de deficiencias técnicas, además de las sucesivas notificaciones de penalidad podría ser causal de la resolución del contrato de acuerdo a lo dispuesto en el reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

La multa será aplicada por los Supervisores designados por el Equipo de Operación y Mantenimiento de Redes de Villa El Salvador de la Gerencia de Servicios Sur, será descontada a través de sus facturas pendientes o en la liquidación final.

Si después de aplicada la multa, la deficiencia de esa falta prosiguiera, se volverá a aplicar la sanción hasta que ella sea subsanada. La sucesión persistente de faltas, además de la aplicación de las multas respectivas será causal de la Resolución del Contrato.

El Supervisor de SEDAPAL ante una deficiencia técnica, inmediatamente notificará en el lugar del incidente, al supervisor de EL CONTRATISTA la infracción correspondiente y establecerá un plazo prudencial no mayor de tres (03) días para la subsanación, de acuerdo a la labor objeto de falta.

Toda discrepancia sobre las Penalidades impuestas por SEDAPAL a EL CONTRATISTA, será resuelta de acuerdo a lo previsto en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

EL CONTRATISTA, debe informar a su personal la lista de penalidades vigentes en el presente servicio en cada tipo de actividades a fin de evitar sanciones.

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CAPÍTULO IVCRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA

EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)

Es de exclusiva responsabilidad del Comité Especial que los factores permitan la selección de la mejor oferta en relación con la necesidad que se requiere satisfacer.

De acuerdo con el artículo 45° del Reglamento, las Bases deben consignar el siguiente factor de evaluación:

A. EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD MÁXIMO 50 PUNTOS

Criterio:

Se evaluara copia simples de contratos u órdenes de servicio con su respectiva conformidad por la prestación efectuada ó comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con un máximo de diez (10) servicios, presentados a uno más clientes, en la prestación de Servicios de mantenimiento preventivo y/o correctivo de estructuras de metálicas, durante el período determinado de hasta cuatro (04) años, computados hasta la fecha de presentación de propuestas y hasta por un monto máximo acumulado equivalente a tres (03) veces el valor referencial de la contratación, y que sustenten la experiencia del postor en servicios (Anexo N° 06).

El puntaje será asignado, de acuerdo a la siguiente metodología:

1. Al postor que acredite un monto acumulado igual o mayor a Tres (03) veces el valor referencial se le otorgará 50 Puntos9

2. En caso de que el Postor no alcance el máximo señalado, la fórmula a aplicarse para determinar su puntaje será la siguiente:

Pi = (Monto Acumulado x 50) / (Tres (03) veces el valor referencial)

Pi = Puntaje de Postor

Acreditación:

1. La experiencia del postor se acreditará mediante copia simple de: contratos u órdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente (el documento debe presentar sello de pagado o cancelado o adjuntar comprobantes o voucher de depósito del pago en Entidad del sistema bancario y financiero nacional),

9 El Comité Especial define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango. Asimismo, podrá cambiar la metodología para la asignación de puntaje.

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correspondientes a un máximo de diez (10) servicios.

2. El Comité Especial únicamente evaluará los diez servicios presentados por el postor en el orden que los presentó, por lo que no se tomarán en cuenta ni evaluarán los servicios que excedan aquel número establecido, en cuyo caso se les tendrá por no presentados.

3. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar la prestación de un solo servicio, se deberá acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación y calificación, los diez (10) primeros servicios indicados en el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor.

4. En el caso de servicios de ejecución periódica, sólo se considerará como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago.

5. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.

6. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.

7. En el caso de postores que se presenten en Consorcio, la calificación de la experiencia del Consorcio se efectuará mediante la acumulación de la experiencia que presenten los miembros del consorcio que, de acuerdo con la promesa formal de consorcio, cuenten entre sus obligaciones la ejecución efectiva del contrato.

8. Cuando en los contratos, órdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta, publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

9. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio para la evaluación los postores deberán cumplir con lo dispuesto en la Directiva N° 016-2012-OSCE/CD, aprobado por Resolución N° 291-2012-OSCE/PRE PRE y modificada con Resolución N° 391-2013-OSCE-PRE del 06.12.2012.

10. En los casos que la experiencia se acredite por servicios prestados por subcontratación, la conformidad acreditada por el Sub Contratante, deberá adicionalmente ser acompañada de la autorización de sub contratación del contratante originario y asimismo acreditar que dicha autorización este contemplada en las bases del proceso de la entidad principal.

11. Las comprobantes de pago que no serán tomadas en cuenta en cualquiera de los siguientes casos:a. Cuando la fecha de prestación del servicio facturado se encuentre fuera de los cuatro

(04) anteriores a la fecha de presentación de propuestas.b. No esté debidamente cancelada.c. No esté referida a las actividades solicitadas.

12. Los contratos u órdenes de servicio no serán tomados en cuenta en cualquier de los siguientes casos:

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a. No presente la conformidad de culminación de la prestación del servicio.b. Cuando el servicio culmine fuera de los cuatro (04) años anteriores a la fecha de

presentación de propuestas. c. No esté referido a las actividades solicitadas.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor.

B. CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO MÁXIMO 10 PUNTOS

Criterio:

Se evaluará el nivel de cumplimiento del postor, respecto de los servicios presentados para acreditar la experiencia del postor, en función al número de constancias de prestación presentadas.

Acreditación:

Mediante la presentación de un máximo de diez (10) constancias de prestación o cualquier otro documento que, independientemente de su denominación, indique, como mínimo, lo siguiente:

1. La identificación del contrato u orden de servicio, indicando como mínimo su objeto. 2. El monto correspondiente; esto es, el importe total al que asciende el contrato,

comprendiendo las variaciones por adicionales, reducciones, reajustes, etc., que se hubieran aplicado durante la ejecución contractual.

3. Las penalidades en que hubiera incurrido el contratista durante la ejecución de dicho contrato.

Se debe utilizar la siguiente fórmula de evaluación10

PCP   = PF x CBC    NC

Donde:

PCP = Puntaje a otorgarse al postor.

PF = Puntaje máximo al postor, que para el presente factor es de 10 Puntos.

NC = Número de contrataciones que el postor haya presentado el postor para acreditar su experiencia en la especialidad y/o actividad, y que el Comité Especial haya validado para computar aquella experiencia, por tanto las contrataciones no validadas no serán consideradas para este factor NC. (Máximo 10 contrataciones).

CBC =Número de constancias de buen cumplimiento de la prestación y que acredite objetivamente que se brindó sin incurrir en penalidades. Las constancias que se computen en este factor BC deberán estar referidas necesariamente a las contrataciones que el postor haya presentado para acreditar su experiencia en la especialidad y que el Comité Especial haya validado para computar aquella experiencia. (Máximo 10 constancias).

NOTA:

En el caso que los certificados o constancias de servicios presentados por el postor no indiquen expresamente que no se ha incurrido en penalidades o no indique el monto del contrato, los

10 Para mayor detalle, se recomienda revisar el Pronunciamiento Nº 087-2010/DTN en www.osce.gob.pe

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postores deberán adjuntar la respectiva liquidación y/o conformidad del servicio, en la cual se desprenda claramente que los certificados o constancias corresponden a los servicios presentados como experiencia del postor y que no tuvieron penalidades.

C. PERSONAL PROPUESTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO-MÁXIMO 40 PUNTOS

Criterio:

Para la evaluación del personal propuesto por el postor y sujeto a evaluación, se evaluará en función al tiempo de experiencia de acuerdo a los siguientes aspectos y detalles:

C.1 SUPERVISOR GENERAL DEL SERVICIO (01) Máximo 30 Puntos

Se evaluarán las copias simples de certificados y/o constancias y/o contratos de trabajo (este último con su respectiva conformidad) o cualquier otro documento que, de manera fehaciente, sustente la experiencia mayor de cinco (05) años en la supervisión y/o conducción y/o dirección técnica de servicios y/o trabajos de: reparación y mantenimiento de Estructuras metálicas.), otorgándose el puntaje de acuerdo al siguiente criterio:

Más de 8 años : 30 puntos Más de 7 años hasta 8 años : 25 puntos Más de 6 años hasta 7 años : 20 puntos Más de 5 años hasta 6 años : 10 puntos 5 años : 00 puntos

C.2 TÉCNICO ESPECIALIZADO (01) Máximo 10 Puntos

Se evaluarán las copias simples de certificados y/o constancias y/o contratos de trabajo (este último con su respectiva conformidad) o cualquier otro documento que, de manera fehaciente, sustente la experiencia mayor de tres (03) años en la ejecución de servicios de mantenimiento y/o reforzamiento de estructuras metálicas, otorgándose el puntaje de acuerdo al siguiente criterio:

Más de 5 años : 10 puntos Más de 4 años hasta 5 años : 07 puntos Más de 3 años hasta 4 años : 05 puntos 3 años : 00 puntos

NOTAS:

- De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.

- En el supuesto que el postor fuera una persona natural, la experiencia que acredite como tal, también podrá utilizarla para acreditar su experiencia como personal propuesto para la prestación del servicio, de ser el caso.

- Con respecto a la experiencia del Supervisor del Servicio, se considerará a partir de la fecha de obtención de la colegiatura.

- Con relación al Técnico, se considerará a partir de la fecha de obtención del certificado en la especialidad requerida.

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- Los certificados y/o contratos y su respectiva conformidad y/o constancias presentados para acreditar la experiencia del personal propuesto deben de indicar, objetivamente, la descripción de las actividades desarrolladas por éste, el período durante el cual las realizó y la persona jurídica y/o natural donde las realizó, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases, de tal manera que permitan una evaluación objetiva, de lo contrario no será considerado para la evaluación.

- En caso el postor presentara personal adicional al solicitado, su propuesta será DESESTIMADA automáticamente, sin revisión de la documentación restante.

- Para todo el personal propuesto por el postor, se deberá presentar en forma obligatoria copia de DNI legible y vigente, así como Declaración Jurada suscrita donde se declare que tiene conocimiento de su participación en el proceso de selección y de los certificados y/o constancias que se entreguen para acreditar su experiencia mínima

- En cualquier sub. factor, del rubro experiencia del personal propuesto en el cual no cumpla con sustentar la experiencia mínima solicitada, EL POSTOR SERÁAUTOMÁTICAMENTE DESCALIFICADO.

- En caso se detecte la presentación de documentos falsos y/o inexactos, se efectuará la descalificación del postor.

IMPORTANTE:

Los factores de evaluación no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos.

Para acceder a la etapa de evaluación económica, el postor deberá obtener un puntaje técnico mínimo de ochenta (80) puntos.

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CAPÍTULO VPROFORMA DEL CONTRATO

Conste por el presente documento el contrato de prestación de servicios, que celebran de una parte Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima, en adelante SEDAPAL, con RUC Nº 20100152356, con domicilio legal en Autopista Ramiro Prialé Nº 210, El Agustino, representada por su Gerente de Logística y Servicios , Señor[………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTESCon fecha [………………..], el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0051-2015-SEDAPAL para la contratación del “SERVICIO DE REPARACION DE ESTRUCTURAS METALICAS PARA MANTENIMIENTO DE CONEXIONES DE AGUA Y ALCANTARILLADO”, por un valor referencial ascendente a S/. Incluido Impuestos de Ley, y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio.

CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación de los servicios de una Empresa Especializada persona jurídica o natural con experiencia comprobada en Servicios de reparación y mantenimiento de Estructuras metálicas, siendo el presente servicio solicitado por el Equipo Operación y Mantenimiento de Redes Villa El Salvador de la Gerencia de Servicios Sur, con la finalidad de servir como herramienta para garantizar la seguridad de elementos ubicados en las redes y conexiones de agua potable y alcantarillado lo que permitirá coordinar de manera sincronizada la gestión de operatividad de dichos elementos en las redes de distribución secundaria.

CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUALEl monto total del presente contrato asciende a S/. ………………………………………………, si incluye IGV.

Este monto comprende el costo del servicio, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.

CLÁUSULA CUARTA: DE LA ADMINISTRACIÓN DEL SERVICIOLa administración del presente contrato estará a cargo del Equipo Operación y Mantenimiento de Redes Villa El Salvador de SEDAPAL, unidad orgánica cuya necesidad es atendida a través de la contratación del presente servicio materia del presente contrato, siendo responsable de la conformidad de la prestación, así como de la gestión de ampliaciones de plazo, prórrogas, resolución, aplicación de penalidades y todos los demás aspectos referidos a la ejecución contractual, responsable del seguimiento, control y supervisión del presente contrato, con sujeción a las bases integradas de la Adjudicación Directa Selectiva N° 0051-2015-SEDAPAL y a su propuesta técnico económica que forma parte del presente contrato.

CLÁUSULA QUINTA: DEL PAGO 11 La forma de pago será mensual, EL CONTRATISTA debe presentar un informe mensual del servicio desarrollado, dentro de los cinco (05) primeros días hábiles del mes siguiente.

En tal sentido, el pago se realizará de acuerdo a lo establecido en los presentes Términos de Referencia, a los quince (15) días calendario contados a partir de la conformidad del Equipo Operación y Mantenimiento de Redes – Villa El Salvador, que será otorgada en un plazo que no

11 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago.

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excederá de los diez (10) días calendario de presentado el informe por parte del CONTRATISTA.

Una vez que Equipo Operación y Mantenimiento de Redes – Villa El Salvador emita la Conformidad, EL CONTRATISTA procederá a presentar la factura para el trámite del pago respectivo.

De acuerdo con el Artículo 176° del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por EL CONTRATISTA, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación:

Recepción y conformidad del Equipo Operación y Mantenimiento de Redes – Villa El Salvador .de SEDAPAL.

Informe del funcionario responsable del Equipo Operación y Mantenimiento de Redes – Villa El Salvador SEDAPAL, emitiendo su conformidad de la prestación efectuada.

Comprobante de pago correspondiente.

En caso de retraso en el pago, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el Artículo 48° de la Ley de Contrataciones del Estado, contado desde la oportunidad en el que el pago debió efectuarse.

Durante la vigencia del contrato los precios se mantendrán fijos y no estarán sujetos a reajuste alguno.

El pago a EL CONTRATISTA se realizará en la cuenta corriente en moneda nacional con Código de Cuenta Interbancario (CCI) N° …………………………………….del Banco …………………...

CLÁUSULA SEXTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓNLos servicios materia del presente proceso se prestarán en el plazo de dos (02) meses, contados a partir del día siguiente de la comunicación al contratista de la designación del supervisor del contrato correspondiente al presente servicio. El área usuaria, deberá realizar la mencionada designación dentro de los diez (10) días hábiles de suscrito el contrato. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido.

CLÁUSULA SÉTIMA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATOEl presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora12 y los documentos derivados del proceso de selección Adjudicación Directa Selectiva N° 0051-2015-SEDAPAL.

CLÁUSULA OCTAVA: GARANTÍAS

EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de SEDAPAL, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:

En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:

Garantía por el monto diferencial de la propuesta13: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

CLÁUSULA NOVENA: PÓLIZA DE SEGUROSEL CONTRATISTA entregó a la suscripción del presente contrato las respectivas pólizas de seguros,

12 La oferta ganadora comprende a las propuestas técnica y económica del postor ganador de la Buena Pro.

13 En aplicación de los dispuesto por el artículo 160 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del diez por ciento (10%) de éste en el proceso de selección para la contratación de servicios, para la suscripción del contrato el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.

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a favor de EL CONTRATISTA, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:

1. Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual, cuyo detalle es el siguiente:Póliza N° : Monto Asegurado : Aseguradora : Vigencia

2. Póliza de Deshonestidad Comprensiva, cuyo detalle es el siguiente:Póliza N° : Monto Asegurado : Aseguradora : Vigencia

Esta póliza ha sido emitida por una empresa bajo el ámbito de la Superintendencia de Banca,

CLÁUSULA DÉCIMA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN SEDAPAL está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el Artículo 164° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLÁUSULA UNDÉCIMA : CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO Para la suscripción del presente contrato EL CONTRATISTA, presenta la Constancia de No Estar Inhabilitado para Contratar con el Estado Nº ………………………..2015, emitida por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE con fecha ………………...

CLÁUSULA DUODÉCIMA: CONFORMIDAD DEL SERVICIOLa conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el Artículo 176° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y será otorgada por el Equipo Tecnologías de Información y Comunicaciones de SEDAPAL.

De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, SEDAPAL podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.

Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso SEDAPAL no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.

CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTAEL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.

CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: OBLIGACIONES DE EL CONTRATISTAEL CONTRATISTA se obliga a cumplir con el objeto materia del presente servicio, con estricta sujeción a las Bases de la Adjudicación Directa Selectiva N° 0051-2015-SEDAPAL y las condiciones generales de su Propuesta Técnico - Económica, que formará parte integrante del Contrato, que se suscriba con EL CONTRATISTA, así como a los términos y condiciones del mismo, entre otras, las siguientes:

a) Ejecutar los trabajos de acuerdo a las Especificaciones Técnicas señalados en las Bases y a las condiciones generales de su Propuesta Técnica del Postor, que forman parte integrante del contrato que se suscribe con EL CONTRATISTA.

b) Ejecutar los trabajos de acuerdo a lo señalado garantizando que la ejecución del servicio sea de primera calidad.

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c) Contar con una estructura organizacional que le permita entregar los servicios solicitados de manera eficiente, eficaz y dentro de los plazos establecidos.

d) Designar un Supervisor General del Servicio, responsable de las actividades a realizar, y con quien SEDAPAL efectuará los enlaces necesarios para el mejor desarrollo de las mismas.

e) Responsabilizarse por los daños y perjuicios que pueda ocasionar a SEDAPAL y a terceros por los errores o fallas en estos servicios.

f) Contar con tecnología de información que le permita mantener informado a SEDAPAL sobre temas relacionados al servicio.

g) Contar con un (01) equipo de radio comunicación digital como mínimo, similar al que utiliza SEDAPAL (brindar el número telefónico) de tal manera que se permita la comunicación, a fin de mantenernos informado sobre cualquier ocurrencia que se presente durante la ejecución del servicio.

h) Abstenerse de efectuar cualquier tipo de cobranza, así como de insinuar el pago de propinas u otros bajo apercibimiento de resolución del contrato.

i) Aceptar cualquier procedimiento de supervisión y/o fiscalización que efectúe en cualquier momento y sin previo aviso personal designado por SEDAPAL, para lo cual brindará las facilidades del caso. Esta labor de supervisión no interferirá la ejecución de los trabajos encomendados.

j) Cumplir con las normas de seguridad y salud en el trabajo, de acuerdo con el Reglamento aprobado mediante D.S. 005-2012-TR, que aprueba el Reglamento de la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.

k) La empresa CONTRATISTA dentro de sus obligaciones: deberá colocar los carteles y avisos de precaución que sean necesarios durante y después de la prestación del servicio.

CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: OBLIGACIONES DE SEDAPALSEDAPAL, por el presente contrato se obliga a:

a) Proporcionar la documentación e información necesaria para el desarrollo adecuado del servicio.

b) Tramitar y ordenar el pago de las facturas presentadas por EL CONTRATISTA, de acuerdo a los términos y condiciones establecidos en las Bases.

c) Exigir, a través del Equipos de Operación y Mantenimiento de Redes de Villa El Salvador de la Gerencia de Servicios Sur el estricto cumplimiento de las Bases, Términos y condiciones contractuales.

CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La conformidad del servicio por parte de SEDAPAL no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el Artículo 50° de la Ley de Contrataciones del Estado.

El plazo máximo de responsabilidad de EL CONTRATISTA es de un (01) año contado a partir de la conformidad otorgada.

CLÁUSULA DÉCIMA SETIMA: PENALIDADESLa aplicación de penalidades por retraso injustificado en la atención del servicio y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los Artículos 165° y 168° del Reglamento.

De acuerdo con los artículos 48º de la Ley y 166º del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165º del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al 10% del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora.

Se detalla la Tabla de Penalidades y Multas y la forma de su aplicación:

01

CAMBIO DE PERSONALPor cambio de personal designado por EL CONTRATISTA del

5 x “K”

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servicio sin conocimiento ni autorización del personal de SEDAPAL designado por el Equipo de Operación y Mantenimiento de Redes Villa El Salvador de la GSS.

02

IDENTIFICACIÓN DEL TRABAJADORPor no portar la credencial de identificación (del personal asignado al servicio). La penalidad se aplica por trabajador y por ocurrencia.

5 x “K”

03

CALIDAD DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO: La multa será por servicio mal ejecutado y además de la multa EL CONTRATISTA deberá corregir dicho trabajo sin costo alguno para SEDAPAL.

5 x “K”

04

INCUMPLIMIENTO DE BASES:Por cualquier incumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos establecidos en el Capítulo III - Términos de Referencia – de las Bases.

5 x “K”

05

CUMPLIMIENTO DE HORARIO Ausencia injustificada del personal designado por EL CONTRATISTA del servicio en los Centros de Servicios en el horario pactado en los presentes términos de referencia y contrato de prestación del servicio.

5 x “K”

06

TRABAJOS NO PACTADOSPor realizar el personal designado por EL CONTRATISTA del servicio, actividades dentro de los Centros de Servicios distintas a las obligaciones contractuales contraídas del presente servicio.

5 x “K”

07

SUPERVISIÓNNo brindar facilidades al personal designado por SEDAPAL para que realice la inspección y Control del Servicio.

5 x “K”

Dónde: K= 10% U.I.T.

Notas:

La Tabla de Penalidades y Multas está contenida en la presente Bases y se regirán por el procedimiento que se detalla a continuación y por aquello que no esté previsto por lo señalado en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

La sucesión permanente de deficiencias técnicas, además de las sucesivas notificaciones de penalidad podría ser causal de la resolución del contrato de acuerdo a lo dispuesto en el reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

La multa será aplicada por los Supervisores designados por el Equipo de Operación y Mantenimiento de Redes de Villa El Salvador de la Gerencia de Servicios Sur, será descontada a través de sus facturas pendientes o en la liquidación final.

Si después de aplicada la multa, la deficiencia de esa falta prosiguiera, se volverá a aplicar la sanción hasta que ella sea subsanada. La sucesión persistente de faltas, además de la aplicación de las multas respectivas será causal de la Resolución del Contrato.

El Supervisor de SEDAPAL ante una deficiencia técnica, inmediatamente notificará en el lugar del incidente, al supervisor de EL CONTRATISTA la infracción correspondiente y establecerá un plazo prudencial no mayor de tres (03) días para la subsanación, de acuerdo a la labor objeto de falta.

Toda discrepancia sobre las Penalidades impuestas por SEDAPAL a EL CONTRATISTA, será resuelta de acuerdo a lo previsto en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

EL CONTRATISTA, debe informar a su personal la lista de penalidades vigentes en el presente servicio en cada tipo de actividades a fin de evitar sanciones.

CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATOCualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los Artículos 40°, inciso c), y 44° de la Ley de Contrataciones del Estado, y los Artículos 167° y 168° de su Reglamento. De

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darse el caso, SEDAPAL procederá de acuerdo a lo establecido en el Artículo 169° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTESCuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.

Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.

CLÁUSULA VIGESIMA: MARCO LEGAL DEL CONTRATOSólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado.

CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA : SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 14 Cualquier controversia que surja entre las partes intervinientes en el presente Contrato, será resuelta de manera directa y cordial entre las mismas. No obstante, en caso que no se llegara a un acuerdo, las controversias que se deriven sobre la ejecución, interpretación, ineficacia, nulidad o invalidez del presente Contrato, serán sometidas, en primer lugar, a conciliación entre las partes, para lo cual se establece que cualquiera de ellas deberá presentar la solicitud de conciliación ante cualquier Centro de Conciliación Extrajudicial Público o acreditado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.Para efectos de solicitar la conciliación, se aplicarán los plazos previstos en la normativa de Contrataciones del Estado.Las controversias que no pudieran resolverse a través de conciliación o las que se resolvieran de manera parcial, respecto de la parte que se mantiene en controversia, deben someterse a un arbitraje de derecho, mediante el cual serán resueltas de manera definitiva e inapelable, de conformidad con lo establecido en la normativa de Contrataciones del Estado y en el Decreto Legislativo Nº 1071 - Ley de Arbitraje.La demanda arbitral no podrá contener pretensiones que no fueron materia de procedimiento conciliatorio. El plazo para interponer arbitraje, una vez concluido el proceso conciliatorio sin acuerdo de partes o con acuerdo parcial, es de quince (15) días hábiles, debiendo computarse el mismo, desde el día en que se suscribe el Acta de No Acuerdo Total o Parcial.El arbitraje se desarrollará en la ciudad de Lima, ante el Centro de Análisis y Resolución de Conflictos de la Pontificia Universidad Católica del Perú o el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima.El Arbitraje será resuelto por un Tribunal Arbitral compuesto por tres (3) árbitros. Cada parte designará un árbitro, y estos dos árbitros nombrarán a un tercer árbitro que hará las veces de Presidente del Tribunal Arbitral. En caso que los árbitros designados por las partes no lograsen acordar la designación del Presidente del Tribunal Arbitral, será el Centro elegido quien efectúe tal designación.El arbitraje se desarrollará de conformidad con el Reglamento del Centro elegido, a cuyas normas, administración y decisión se someten las partes en forma incondicional, declarando conocerlas y aceptarlas. No obstante, las partes acuerdan expresamente lo siguiente: a) En atención a lo dispuesto por el artículo 69º del Decreto Legislativo Nº 1071, las partes

acuerdan que todos los gastos, costos y costas del proceso arbitral, serán asumidos por quien solicite el arbitraje.

b) Las partes acuerdan de forma expresa que para la acumulación sucesiva de pretensiones en el proceso arbitral, debe haber aceptación y consentimiento expreso de la contraparte. No se

14 De conformidad con los artículos 216 y 217 del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte necesaria para resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, para la suscripción del contrato y, según el acuerdo de las partes podrá establecerse que el arbitraje será institucional o ante el Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE (SNA-OSCE), debiendo indicarse el nombre del centro de arbitraje pactado y si se opta por un arbitraje ad-hoc, deberá indicarse si la controversia se someterá ante un tribunal arbitral o ante un árbitro único.

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admitirán aquellas pretensiones que no hayan sido materia de un procedimiento conciliatorio previo, según lo establecido en la presente cláusula.

c) Las partes acuerdan de forma expresa que las controversias referidas al Enriquecimiento Sin Causa (o Enriquecimiento Indebido), no podrá ser materia de arbitraje.

d) De acuerdo al inciso 5) del artículo 41° de la Ley de Contrataciones del Estado, la decisión de la Entidad o de la Contraloría General de la República de aprobar o no la ejecución de prestaciones adicionales, no puede ser sometida a arbitraje. Tampoco pueden ser sometidas a arbitraje las controversias referidas a la ejecución de las prestaciones adicionales de obra y mayores prestaciones de supervisión que requieran aprobación previa de la Contraloría General de la República, los metrados no previstos contractualmente, ni las controversias derivadas de otras fuentes de obligaciones distintas al presente contrato.

e) Las partes acuerdan de forma expresa que para interponer el recurso de anulación contra el laudo expedido y solicitar la suspensión del cumplimiento del laudo, no se requiere de la presentación de la garantía a la que hace mención el artículo 66º del Decreto Legislativo Nº 1071.Lo previsto en esta Cláusula, será aplicable para resolver las discrepancias sobre defectos o vicios ocultos que prevé la normativa de Contrataciones, siendo aplicable los plazos que en la referida norma se regulan.

CLÁUSULA VIGESIMA SEGUNDA : FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.

CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA : DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUALLas partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:

DOMICILIO DE SEDAPAL: [ ]DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO]La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.

De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].

“SEDAPAL” “EL CONTRATISTA”

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FORMATOS

Y

ANEXOS

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FORMATO N° 1 15

MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN

Lima, [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0051-2015-SEDAPALPresente.-

[CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA Y/O CONSORCIO)], identificado con DNI [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA NATURAL] y Nº RUC Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], debidamente representado por su [CONSIGNAR SI SE TRATA DE REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA O DEL REPRESENTANTE COMÚN EN CASO DE CONSORCIOS, ASÍ COMO SU NOMBRE COMPLETO], identificado con DNI Nº […………], tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con la Adjudicación Directa Selectiva N° 0051-2015-SEDAPAL, a fin de acreditar a nuestro apoderado: [CONSIGNAR NOMBRE DEL APODERADO] identificado con DNI Nº [………], quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.

Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito16.

…..………………………….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

15 El presente formato será utilizado cuando la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante común del consorcio no concurra personalmente al proceso de selección.

16 Incluir dicho párrafo sólo en el caso de personas jurídicas.

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ANEXO Nº 1

DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0051-2015-SEDAPALPresente.-

Estimados Señores:

El que se suscribe, Alexis Elías Villarruel Aylas, postor y/o Representante Legal de Gestion Proyectos Metal Mecanicos E.I.R.L., identificado con DNI N° 20114677, con poder inscrito en la localidad de Lima en la Ficha Nº 12878628 Asiento Nº A00001, DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:

Nombre o Razón Social : Gestion Proyectos Metal Mecanicos E.I.R.L.Domicilio Legal : Av. Rafael Escardo Nro. 660 Dpto. 1203 Urb. Maranga 7ma

Etapa Lima - Lima - San MiguelRUC : 20548910324 Teléfono : 452-5734 Fax : ---------

Lima, 26 de Junio del 2015

……...........................................................Alexis Elías Villarruel Aylas

Gpromec E.I.R.L.

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ANEXO Nº 2

DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0051-2015-SEDAPALPresente.-

De nuestra consideración:

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el postor ofrece el “SERVICIO DE REPARACION DE ESTRUCTURAS METALICAS PARA MANTENIMIENTO DE CONEXIONES DE AGUA Y ALCANTARILLADO”, de conformidad con los Términos de Referencia, las demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases y los documentos del proceso.

Lima, 26 de Junio del 2015

……...........................................................Alexis Elías Villarruel Aylas

Gpromec E.I.R.L.

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ANEXO Nº 3

DECLARACIÓN JURADA (ARTÍCULO 42° DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0051-2015-SEDAPALPresente.-

De nuestra consideración:

Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de Gestion Proyectos Metal Mecanicos E.I.R.L., declaro bajo juramento:

1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al Artículo 10° de la Ley de Contrataciones del Estado.

2.- Conocer, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.

3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de selección.

4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.

5.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

6.- Conozco las sanciones contenidas en el D.L. N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado mediante D.S. N° 184-2008-EF, la Ley Nº 27444, “Ley del Procedimiento Administrativo General”, así como, las sanciones previstas en el Código Penal.

Lima, 26 de Junio del 2015

……...........................................................Alexis Elías Villarruel Aylas

Gpromec E.I.R.L.

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ANEXO Nº 4

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0051-2015-SEDAPALPresente.-

De nuestra consideración,

Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta a la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0051-2015-SEDAPAL, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.

Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado), de conformidad con lo establecido por el artículo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y para suscribir el contrato correspondiente con SEDAPAL. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [.............................].

OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de Obligaciones [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]

OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de Obligaciones [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]

TOTAL: 100%

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

..…………………………………. …………………………………..Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2

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ANEXO Nº 5

DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0051-2015-SEDAPALPresente.-

De nuestra consideración,

Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a prestar el “SERVICIO DE REPARACION DE ESTRUCTURAS METALICAS PARA MANTENIMIENTO DE CONEXIONES DE AGUA Y ALCANTARILLADO” en el plazo de dos (02) meses.

Lima, 26 de Junio del 2015

……...........................................................Alexis Elías Villarruel Aylas

Gpromec E.I.R.L.

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SEDAPALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 0121-2014-SEDAPAL

ANEXO Nº 6

EXPERIENCIA DEL POSTOR (Solo para servicios en general)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0051-2015-SEDAPALPresente.-

Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD:

Nº CLIENTEOBJETO

DEL SERVICIO

N° CONTRATO / O/S /

COMPROBANTE DE PAGO

FECHA17 MONEDA IMPORTE TIPO DE CAMBIO VENTA18

MONTO FACTURADO

ACUMULADO19

1 GYM S.A.

FABRICACION Y MONTAJE DE ESTRUCTURA

METALICA PARA LA FACHADA DE PLAZA

VEALUGAR: VALLE

HERMOSO-SURCO-Fabricación y montaje

de estructuras metálicas  para la fachada (frente

Veterinaria y tienda actual) para el CC Valle

hermoso.-Fabricación y montaje

de estructuras metálicas  para la

fachada (frente A PE-01) para el CC Valle

hermoso.-Fabricación y montaje

de estructuras metálicas  para la fachada (rampa

vehicular) para el CC Valle hermoso.

Orden de compra

18020001071

01-12-14

USD Dólares

americanos

$ 57,542.70(Sin IGV)

2.92$ 57,542.70

(Sin IGV)

2 GYM S.A.

FABRICACION Y MONTAJE DE ESTRUCTURA

METALICA PARA PORTICO DE PUERTA

ENROLLABLE DE RAMPA VEHICULAR.

LUGAR: VALLE HERMOSO-SURCO

-Fabricación y montaje de Pórtico metálico

para ingreso vehicular al CC. Valle Hermoso.

Orden de compra

18020001073

01-12-14

USD Dólares

americanos

$ 22,177.82(Sin IGV)

2.92$ 22,177.82

(Sin IGV)

17 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

18 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

19 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.

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SEDAPALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 0039-2015-SEDAPAL

Nº CLIENTEOBJETO

DEL SERVICIO

N° CONTRATO / O/S /

COMPROBANTE DE PAGO

FECHA MONEDA IMPORTE TIPO DE CAMBIO VENTA

MONTO FACTURADO ACUMULADO

3

COMPAÑÍA MINERA

ANTAPACCAY S.A.

SERVICIO DE PROYECTOS

MECÁNICOS VARIOSLUGAR: ESPINAR-

CUZCO-Fabricación y montaje de 02 celdas columna

de limpieza de concentrado

-Fabricación y montaje de 02 celdas de

flotación Door Oliver de 300m3

-Instalación de techo metálico pesado en el

área de flotación

Orden de servicio N°

M1841026-06-14

USD Dólares

americanos

$ 1´201,991.

24(Sin IGV)

No indica$ 1

´201,991.24(Sin IGV)

4 GYM S.A.

FABRICACION E INSTALACION DE

BARANDAS EN LAS ESCALERAS DE LA

ZONA OESTE Y ESTE-PROYECTO NUEVA

FUERABAMBALUGAR:

CHALLHUAHUACHO APURIMAC

Fabricación y montaje de barandas metálicas en rampas y escaleras

de la ciudad Nueva Fuerabamba.

Orden de compra

17280020008

12-02-14

USD Dólares

americanos

$ 230,394.8

6(Sin IGV)

2.817$ 230,394.86

(Sin IGV)

5 GYM S.A.

FABRICACION Y MONTAJE DE

REJILLAS EN LA DESCARGA NORTE,

FABRICACION Y MONTAJE DE BARANDAS-

PROYECTO NUEVA FUERABAMBA

LUGAR: CHALLHUAHUACHO

APURIMAC-Fabricación y montaje

de rejillas metálicas pesadas y vigas de

apoyo en la descarga norte.

-Fabricación y montaje de barandas

adicionales para el centro de salud, Calle

1-1, Calle 1-2, Calle 2-1, Calle 2-2

Orden de compra

17280020009

12-02-14

USD Dólares

americanos

$ 159,543.4

3(Sin IGV)

2.817$ 159,543.43

(Sin IGV)

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SEDAPALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 0121-2014-SEDAPAL

Nº CLIENTEOBJETO

DEL SERVICIO

N° CONTRATO / O/S /

COMPROBANTE DE PAGO

FECHA MONEDA IMPORTE TIPO DE CAMBIO VENTA

MONTO FACTURADO ACUMULADO

6 GYM S.A.

PORTONES METALICOS PARA

GARAJE Y PUERTAS METALICAS DE

INGRESO PEATONAL PARA VIVIENDAS-PROYECTO NUEVA

FUERABAMBALUGAR:

CHALLHUAHUACHO APURIMAC

Diseño, Fabricación de 220 puertas metálicas y 220 portones metálicos para la ciudad Nueva

Fuerabamba.

Orden de compra NFB-1728000185

15-2013

17-12-13

USD Dólares

americanos

$ 256,740.0

0(Sin IGV)

No indica$ 256,740.00

(Sin IGV)

7 GYM S.A.

FABRICACION E INSTALACION DE REJILLAS PARA LA

RAMPA DE INGRESO VEHICULAR A LAS

VIVIENDAS-PROYECTO NUEVA

FUERABAMBALUGAR:

CHALLHUAHUACHO APURIMAC

Fabricación e instalación de rejillas

metálicas grating para 206 viviendas para la

Zona este y Zona oeste de la ciudad Nueva

Fuerabamba.

Orden de compra

17280017998

01-11-13

USD Dólares

americanos

$ 144,146.7

9(Sin IGV)

2.77 $ 144,146.79

(Sin IGV)

8 GYM S.A.

SUMINISTRO, FABRICACION E

INSTALACION DE REJILLAS PARA EL CRUCE DE VIAS-

PROYECTO NUEVA FUERABAMBA

LUGAR: CHALLHUAHUACHO

APURIMACFabricación e

instalación de rejillas metálicas grating

pesadas para 32 cruce de vías en la ciudad Nueva Fuerabamba

Adenda N° 01 al

contrato 1728-GYM-

CON-HU-010

25-11-13

USD Dólares

americanos

$ 144,146.7

9(Sin IGV)

No indica$ 144,146.79

(Sin IGV)

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55

SEDAPALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 0039-2015-SEDAPAL

Nº CLIENTEOBJETO

DEL SERVICIO

N° CONTRATO / O/S /

COMPROBANTE DE PAGO

FECHA MONEDA IMPORTE TIPO DE CAMBIO VENTA

MONTO FACTURADO ACUMULADO

9 GYM S.A.

SERVICIO DE SUMINISTRO,

FABRICACION Y MONTAJE DE

ESTRUCTURAS METALICAS PARA

TECHOS EN LA PTAR, PTAP Y

ADICIONALES-PROYECTO NUEVA

FUERABAMBALUGAR:

CHALLHUAHUACHO APURIMAC

-Suministro, fabricación y montaje de

estructuras metálicas para 06 techos en la

planta de tratamiento de aguas residuales y 06 techos en la planta

de tratamiento de agua potable.

-Suministro, fabricación y montaje de

estructuras metálicas de parrilla para

reservorio, tapa y escalera tipo gato para estación de bombeo.

Orden de compra

17280013273

06-03-13

USD Dólares

americanos

$ 111,753.0

6(Sin IGV)

2.594$ 111,753.06

(Sin IGV)

10ACEROS

AREQUIPA S.A.

FABRICACION DE GUARDAS

METALICAS PROTECTORAS PARA

AREA DE LAMINACION PARA

LA PLANTA DE PISCO.

-Fabricación de 04 unid. De guardas metálicas

S/P 5.125184.B--Fabricación de 10 unid. De guardas

metálicas S/P 5.125281.Q

-Fabricación de 14 unid. De guardas metálicas

S/P 5.125282.H

Orden de compra 602824

15-02-13

USD Dólares

americanos

$ 12,325.48(Sin IGV)

No indica$ 12,325.48

(Sin IGV)

TOTAL: Dos millones trescientos cuarenta y seis mil setecientos sesenta y dos con 17/100 Dólares americanos. $ 2´346,762.1

7(Sin IGV)

Lima, 26 de Junio del 2015

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SEDAPALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 0121-2014-SEDAPAL

……...........................................................Alexis Elías Villarruel Aylas

Gpromec E.I.R.L.ANEXO Nº 7

CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA

(MODELO)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0051-2015-SEDAPAL

Presente.-

De nuestra consideración,

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con el valor referencial del presente proceso de selección y los Términos de Referencia, mi propuesta económica es la siguiente:

N° DESCRIPCION DEL SERVICIO

TOTAL

INCLUIDO IGV S/.

1“SERVICIO DE REPARACION DE ESTRUCTURAS METALICAS PARA

MANTENIMIENTO DE CONEXIONES DE AGUA Y ALCANTARILLADO149,000.00

La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales.

Lima, 26 de Junio del 2015

……...........................................................Alexis Elías Villarruel Aylas

Gpromec E.I.R.L.