Ayuda Escolar Anual

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TRABAJADORES DE EMPRESAS Y BENEFICIARIOS DE ART DE FONDO COMPENSADOR ASIGNACIÓN FAMILIAR POR AYUDA ESCOLAR ANUAL Ley 24.714 Todos los trámites son gratuitos DEL TITULAR Ser trabajador en relación de dependencia o beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART). Tener derecho al cobro de la Asignación Familiar por Hijo y / o Hijo con Discapacidad. Presentar el Formulario PS.2.51 o certificado de inicio de clases ante la Empresa / ART, dentro de los ciento veinte (120) días de iniciado el ciclo lectivo. Presentar el Formulario PS.2.51 o certificado de rehabilitación ante la Empresa / ART, dentro de los ciento veinte (120) días de iniciado el tratamiento, de tratarse de un hijo con discapacidad. El monto de esta Asignación Familiar está dado para los trabajadores en relación de dependencia, por la zona geográfica de explotación declarada por el empleador ante la AFIP y para los beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo que no se encuentren bajo relación de dependencia por el domicilio de residencia del siniestrado. DEL HIJO Que el hijo curse desde el 1º grado hasta el 6º año de la escuela secundaria o educación general básica o polimodal en establecimientos nacionales, provinciales, municipales o privados incorporados a la enseñanza oficial y sujetos a su fiscalización o adscriptos a la misma, que estén reconocidos y funcionen con permiso expreso de la autoridad educacional oficial. Que el hijo concurra regularmente a preescolar, nivel inicial, sala de cinco (5) años, primera, segunda o tercera sección o primero, segundo o tercer ciclo. En los casos en que el menor concurra a jardín maternal, sala de tres (3) años, sala de cuatro (4) años, jardín de infantes o cualquier otra sección o sala no citada anteriormente, a fin de acreditar el derecho a la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual el Establecimiento Educativo deberá emitir una constancia en la que acredite que dichas Salas se encuentran incluidas en el nivel inicial. DEL HIJO CON DISCAPACIDAD Que el hijo con discapacidad, que cuente con autorización expresa de MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Actualizado julio de 2009

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TRABAJADORES DE EMPRESAS Y BENEFICIARIOS DE ART DE FONDO COMPENSADOR

ASIGNACIÓN FAMILIAR POR AYUDA ESCOLAR ANUALL e y 2 4 . 7 1 4

T o d o s l o s t r á m i t e s s o n g r a t u i t o s

DEL TITULAR

Ser trabajador en relación de dependencia o beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).

Tener derecho al cobro de la Asignación Familiar por Hijo y / o Hijo con Discapacidad.

Presentar el Formulario PS.2.51 o certificado de inicio de clases ante la Empresa / ART, dentro de los ciento veinte (120) días de iniciado el ciclo lectivo.

Presentar el Formulario PS.2.51 o certificado de rehabilitación ante la Empresa / ART, dentro de los ciento veinte (120) días de iniciado el tratamiento, de tratarse de un hijo con discapacidad.

El monto de esta Asignación Familiar está dado para los trabajadores en relación de dependencia, por la zona geográfica de explotación declarada por el empleador ante la AFIP y para los beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo que no se encuentren bajo relación de dependencia por el domicilio de residencia del siniestrado.

DEL HIJO

Que el hijo curse desde el 1º grado hasta el 6º año de la escuela secundaria o educación general básica o polimodal en establecimientos nacionales, provinciales, municipales o privados incorporados a la enseñanza oficial y sujetos a su fiscalización o adscriptos a la misma, que estén reconocidos y funcionen con permiso expreso de la autoridad educacional oficial.

Que el hijo concurra regularmente a preescolar, nivel inicial, sala de cinco (5) años, primera, segunda o tercera sección o primero, segundo o tercer ciclo. En los casos en que el menor concurra a jardín maternal, sala de tres (3) años, sala de cuatro (4) años, jardín de infantes o cualquier otra sección o sala no citada anteriormente, a fin de acreditar el derecho a la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual el Establecimiento Educativo deberá emitir una constancia en la que acredite que dichas Salas se encuentran incluidas en el nivel inicial.

DEL HIJO CON DISCAPACIDAD

Que el hijo con discapacidad, que cuente con autorización expresa de ANSES, cualquier sea su edad, concurra a establecimientos educacionales donde se imparta nivel inicial, educación general básica, polimodal o enseñanza diferencial o a establecimientos oficiales o privados controlados por autoridad competente en los que se presten servicios de rehabilitación exclusivamente, o cuando reciban enseñanza diferencial impartida por maestros particulares que posean matrícula habilitante o impartida individualmente aunque la misma no se realice en establecimientos oficiales o privados.

Puede ser percibida con los haberes del mes inmediato anterior al del inicio del ciclo lectivo, siempre que se haya acreditado ante el empleador / Aseguradora de Riesgos del Trabajo la asistencia al ciclo lectivo del año anterior debiendo presentar el certificado de inicio dentro de los ciento veinte (120) días de iniciado el ciclo lectivo. También puede ser percibida dentro de los ciento veinte (120) días de iniciado el ciclo lectivo contra la presentación del certificado de inicio respectivo dentro del plazo antes citado.

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T o d o s l o s t r á m i t e s s o n g r a t u i t o s

En los casos de Educación Diferencial o de asistencia a tratamientos de rehabilitación, la solicitud de liquidación de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual puede formularse en cualquier época del año, pero siempre que se presente el certificado respectivo dentro de los ciento veinte (120) días de comenzada la asistencia a los cursos respectivos.

Para la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual para el Hijo con Discapacidad que cuente con Autorización expresa de ANSES no rigen topes mínimos ni máximos de remuneraciones.

Ver cartilla de montos vigente

Pueden optar por la presentación de:

Original del Formulario PS.2.51 “DDJJ Solicitud Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual - Sistema Único de Asignaciones Familiares”, u

Original del certificado escolar de inicio del ciclo lectivo correspondiente al año que se liquida expedido por: La Escuela, o Establecimiento Educacional, o Maestro Particular, o Centro o Instituto de Rehabilitación,

del que debe surgir: Identificación de la Escuela, Instituto o Establecimiento Educacional; Nombre y apellido del alumno; Fecha de inicio del ciclo lectivo o de inicio de tratamiento o rehabilitación si fuere discapacitado,

con aclaración, en este caso, del tipo y número de matrícula habilitante del responsable del tratamiento;

Nivel y tipo de escolaridad o de tratamiento o rehabilitación si fuere discapacitado; Fecha de emisión; Sello del Establecimiento con los datos institucionales; Firma de la Autoridad competente.

El original del Formulario PS.2.51 u original del certificado escolar de inicio del ciclo lectivo deberá ser presentado ante la Empresa / ART dentro de los ciento veinte (120) días de iniciado el ciclo lectivo, independientemente de la provincia en la que se encuentre el Establecimiento Educativo.

FALLECIMIENTO DEL TITULAR DE LA PRESTACIÓN:

Tendrán derecho al cobro en el siguiente orden de prelación, adjuntando la documentación específica en cada caso:

Cónyuge viudo: Presentando original y fotocopia del acta de matrimonio y original y fotocopia del certificado de defunción del titular.

Hijo mayor de 21 años: Presentando original y fotocopia de su Partida de Nacimiento y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular.

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T o d o s l o s t r á m i t e s s o n g r a t u i t o s

Representante legal de los hijos mayores de 21 años discapacitados: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del certificado de defunción del titular y fotocopia autenticada del testimonio de curatela a la persona, en caso que se hubiere otorgado.

Representante legal de los hijos menores de 21 años: Presentando original y fotocopia de las partidas de nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del certificado de defunción del titular y fotocopia autenticada del testimonio judicial de guarda o tutela.

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