ACTA DE LA SESION ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE … 2017... · ACTA DE LA SESION ORDINARIA DEL...

20
Ajangizko Udala 1 ACTA DE LA SESION ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE AJANGIZ EN PLENO, CELEBRADA EL DIA 10 DE AGOSTO DE 2017.- Asistentes: Alcalde: D. Mikel Ander Zubizarreta Gonzalez-Rua Concejales: Dña. Ainhoa Odriozola Berriatua Dña. Saioa Etxebarria Bilbao D. Iñigo Valencia Alacano D. Ismael Oar-Arteta Undabeitia Secretaria-Interventora interina: Dña. Saioa Pineda Aranburu En la Casa Consistorial de Ajangiz, siendo las 10:00 horas del 10 de agosto de 2017 y previa convocatoria cursada al efecto, se reúne el Ayuntamiento en Pleno en Sesión ordinaria, con la asistencia de los concejales arriba señalados. 1.- LECTURA Y APROBACION SI PROCEDE DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES.- Sometida a votación el acta correspondiente a la sesión ordinaria de 3 de mayo de 2017, la misma es aprobada por los Corporativos presentes. 2.- DACION EN CUENTA Y RATIFICACION, SI PROCEDE, DE LOS DECRETOS DE ALCALDÍA.- Decreto de alcaldía nº2017/041 de 2 de mayo.- Contratación de un peón para cuatro meses. Decreto de alcaldía nº2017/042 de 3 de mayo.- Licencia condicionada para el cierre de la parcela del entorno del caserío Bizkargane, en Mendieta 55. Decreto de alcaldía nº2017/043 de 5 de mayo.- Adjudicación del contrato de servicio al grupo musical Porco Bravo por importe de 2.500 euros IVA incluído. Decreto de alcaldía nº2017/044 de 11 de mayo.- Propuesta del día 10 de mayo de 2018, días de la Ascensión, como día festivo del municipio. Decreto de alcaldía nº2017/045 de 10 de mayo.- Dar por concluido el expediente 17/2008 de obras de reforma de cubierta y fachadas del caserío Ibinarriaga. Decreto de alcaldía nº2017/046 de 16 de mayo.- Adjudicación del servicio de sonido para los conciertos organizados para el día 19 de mayo a Gazteok-management-kultur lanak por importe de 4.101,90 euros IVA incluido. Decreto de alcaldía nº2017/047 de 23 de mayo.- Licencia para cierre de parcela.

Transcript of ACTA DE LA SESION ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE … 2017... · ACTA DE LA SESION ORDINARIA DEL...

Ajangizko Udala

1

ACTA DE LA SESION ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE AJANGIZ EN

PLENO, CELEBRADA EL DIA 10 DE AGOSTO DE 2017.-

Asistentes:

Alcalde:

D. Mikel Ander Zubizarreta Gonzalez-Rua

Concejales:

Dña. Ainhoa Odriozola Berriatua

Dña. Saioa Etxebarria Bilbao

D. Iñigo Valencia Alacano

D. Ismael Oar-Arteta Undabeitia

Secretaria-Interventora interina:

Dña. Saioa Pineda Aranburu

En la Casa Consistorial de Ajangiz, siendo las 10:00 horas del 10 de agosto de 2017 y previa

convocatoria cursada al efecto, se reúne el Ayuntamiento en Pleno en Sesión ordinaria, con la

asistencia de los concejales arriba señalados.

1.- LECTURA Y APROBACION SI PROCEDE DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES

ANTERIORES.-

Sometida a votación el acta correspondiente a la sesión ordinaria de 3 de mayo de 2017, la

misma es aprobada por los Corporativos presentes.

2.- DACION EN CUENTA Y RATIFICACION, SI PROCEDE, DE LOS DECRETOS

DE ALCALDÍA.-

Decreto de alcaldía nº2017/041 de 2 de mayo.- Contratación de un peón para cuatro meses.

Decreto de alcaldía nº2017/042 de 3 de mayo.- Licencia condicionada para el cierre de la

parcela del entorno del caserío Bizkargane, en Mendieta 55.

Decreto de alcaldía nº2017/043 de 5 de mayo.- Adjudicación del contrato de servicio al

grupo musical Porco Bravo por importe de 2.500 euros IVA incluído.

Decreto de alcaldía nº2017/044 de 11 de mayo.- Propuesta del día 10 de mayo de 2018, días

de la Ascensión, como día festivo del municipio.

Decreto de alcaldía nº2017/045 de 10 de mayo.- Dar por concluido el expediente 17/2008 de

obras de reforma de cubierta y fachadas del caserío Ibinarriaga.

Decreto de alcaldía nº2017/046 de 16 de mayo.- Adjudicación del servicio de sonido para

los conciertos organizados para el día 19 de mayo a Gazteok-management-kultur lanak por

importe de 4.101,90 euros IVA incluido.

Decreto de alcaldía nº2017/047 de 23 de mayo.- Licencia para cierre de parcela.

Ajangizko Udala

2

Decreto de alcaldía nº 2017/048 de 23 de mayo.- Devolución del aval de 692,00 euros

presentado por Explotaciones Forestales Egurmendi S.L.

Decreto de alcaldía nº 2017/049 de 24 de mayo.- Autorización a la escuela Urretxindorra

HLHI de Muxika para el uso del frontón y baños el día 7 de junio.

Decreto de alcaldía nº2017/050 de 26 de mayo.- Autorización a la ikastola San Fidel de

Gernika-Lumo para el uso de la plaza, el frontón y los baños el día 31 de mayo.

Decreto de alcaldía nº 2017/051 de 26 de mayo.- Aceptación de la exención del impuesto

sobre vehículos al vehículo BI-8467-BL con base en el artículo 4 de la ordenanza fiscal.

Decreto de alcaldía nº 2017/052 de 26 de mayo.- Aceptación de la exención del impuesto

sobre vehículos al vehículo 9328-CTF con base en el artículo 4 de la ordenanza fiscal.

Decreto de alcaldía nº2017/053 de 26 de mayo.- Aprobar las liquidaciones de los cánones de

uso del dominio público hidráulico correspondientes al 2016 y ordenar el pago.

Decreto de alcaldía nº2017/054 de 26 de mayo.- Aprobar la liquidación 173654662420W

emitida por el servicio de Bomberos de la Diputación Foral de Bizkaia y ordenar el pago.

Decreto de alcaldía nº 2017/055 de 2 de junio.- Licencia para reforma de cocina en

Mendieta 14.

Decreto de alcaldía nº 2017/056 de 2 de junio.- Aprobar el fin de obras de la rehabilitación

del caserío Ispizua-Auzokoa (faseI) y dar el expediente por concluido.

Decreto de alcaldía nº 2017/057 de 2 de junio.- Aceptar el cumplimiento de la pena de 40

días de actos para la comunidad en el Ayuntamiento de Ajangiz, en los siguientes qué haceres:

cuidado de jardines, clasificación en los puntos de reciclaje de los edificios municipales, ayuda

en la organización de la Casa de Cultura.

Decreto de alcaldía nº2017/058 de 8 de junio.- Adjudicar la limpieza de los bordes de

camino de Mendieta, el parque, carretera general, entorno de Maier… a Desbroces Ordorika

por importe de 4.950 euros conforme al presupuesto presentado el º de junio de 2017.

Decreto de alcaldía nº2017/059 de 8 de junio.- Licencia a Maier S.Coop. para la ejecución

de las obras contempadas en el proyecto “Proyecto de ejecución – Reparación de cubierta del

pabellón 2 de Maier S.Coop. en Ajangiz (Bizkaia)”

Decreto de alcaldía nº2017/060 de 9 de junio.- Aceptar la devolución del aval de ELKARGI

SGR por importe de 7.385,28 € presentado por ASFALTADOS OLARRA S.L. en

cumplimiento de las condiciones de las obras de repavimentación de caminos en Ajangiz.

Decreto de alcaldía nº2017/061 de 9 de junio.- Aceptación de la exención del impuesto

sobre vehículos al vehículo BI-2182-BL con base en el artículo 4 de la ordenanza fiscal.

Decreto de alcaldía nº2017/062 de 9 de junio.- Aceptación de la exención del impuesto

sobre vehículos al vehículo 6603-FYB con base en el artículo 4 de la ordenanza fiscal.

Decreto de alcaldía nº2017/063 de 15 de junio.- Incoar expediente de oficio de baja por

inscripción indebida en el Padrón de Habitantes de D. Xabier Inchausti Totoricaguena por

incumplir los requisitos estipulados en el artículo 54 del Reglamento de Población y

Demarcación Territorial de las Entidades Locales.

Decreto de alcaldía nº2017/064 de 19 de junio.- Adjudicar el suministro de piezas de madera

para el Camino de Santiago a Maderas Belakortu por importe de 1.591,15 euros, con base en

el presupuesto presentado el 14 de junio de 2017.

Decreto de alcaldía nº2017/065 de 19 de junio.- Licenciade obras para colocar una

chimenea de polipropileno y una placa solar en la cubierta del caserío Uruburu, en Mendieta

14.

Decreto de alcaldía nº2017/066 de 19 de junio.- Licencia para obras de reforma en Mendieta

40.

Ajangizko Udala

3

Decreto de alcaldía nº2017/067 de 27 de junio.- Aceptación de la exención del impuesto

sobre vehículos al vehículo LO-28740-VE con base en el artículo 4 de la ordenanza fiscal.

Decreto de alcaldía nº2017/068 de 27 de junio.- Aceptación de la subvención de 237,00

euros para la asociación GANTZABALE.

Decreto de alcaldía nº2017/069 de 30 de junio.- Aprobación de la tasa padrón del servicio de

recogida de basuras correspondiente al 2º trimestre de 2017.

Decreto de alcaldía nº2017/070 de 4 de julio.- Aceptar la solicitud de permisos de trabajo a

la trabajadora Dña. Ana Rodriguez Felipe.

Decreto de alcaldía nº2017/071 de 20 de julio.- Incoar expediente de oficio de baja por

inscripción indebida en el Padrón de Habitantes de Dña. Maria Madalina Onica por incumplir

los requisitos estipulados en el artículo 54 del Reglamento de Población y Demarcación

Territorial de las Entidades Locales.

Decreto de alcaldía nº2017/072 de 24 de julio.- Aceptación de la exención del impuesto

sobre vehículos al vehículo BI-7677-AM con base en el artículo 4 de la ordenanza fiscal.

Decreto de alcaldía nº2017/073 de 27 de julio.- Desestimar la solicitud de licencia para

segregación del terreno de la casa Burgo Etxebaria por contradecir lo estipulado en el Plan

Rector de Uso y Gestión de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai.

Decreto de alcaldía nº2017/074 de 27 de julio.- Ratificar el convenio de colaboración entre

el Ayuntamiento de Ajangiz y el Registrador titular el Registro de la Propiedad de Gernika.

3.- APROBACION, SI PROCEDE, DE LA CUENTA GENERAL DEL EJERCICIO

2016.-

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 63 de la Norma Foral 10/2003 Presupuestaria

de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, la Cuenta General del Ayuntamiento de

Ajangiz correspondiente al ejercicio 2016 fue expuesta al público (BOB nº72, de 12 de abril de 2017).

Considerando que durante el periodo de exposición pública no se presentó alegación ni

reclamación alguna.

El Ayuntamiento de Ajangiz en Pleno por unanimidad de los miembros asistentes acuerda:

La aprobación definitiva de la Cuenta General del ejercicio 2016.

4.- APROBACION, SI PROCEDE, DEL PRESUPUESTO MUNICIPAL PARA EL

2017.-

El Alcalde Presidente explica que el presupuesto se ha elaborado teniendo en cuenta todos

los requisitos legales de la regla de gasto, la estabilidad…

Añade que una vez aprobado existe la posibilidad de incorporación de remanente de acuerdo

con lo regulado en las Normas Forales.

El presupuesto se presenta con un importe de ingresos de 610.029,00 euros y 602.947,82

euros de gasto.

El Alcalde explica que la propuesta de gastos planteada se resume en:

Ajangizko Udala

4

Capítulo 1, se ha aplicado una subida del 1% de acuerdo con lo regulado en los Presupuestos

Generales de Estado. En este capítulo se especifica la partida destinada a bienestar social, en orden a

que los datos queden claro a la hora del cálculo de los costes de los servicios.

Capítulo 2: se ha calculado atendiendo a la ejecución del ejercicio anterior, aplicando

algunas nuevas partidas y eliminando otras.

El capítulo 4 recoge cuotas y subvenciones. En el punto siguiente del pleno se presenta el

anexo de subvenciones de 2017 para su aprobación.

Capítulo 6: se han incluido las más básicas con el objeto de cumplir con lo regulado por la

regla de gasto.

Visto el expediente que se presenta por la Alcaldía Presidencia para la aprobación inicial del

expediente completo de los Presupuestos de este Ayuntamiento, correspondiente al ejercicio de 2017.

Examinados los documentos que se presentan en el correspondiente expediente que consta de

las siguientes:

.- Estado de Ingresos y Gastos estimativo a liquidar durante el ejercicio.

.- Memoria explicativa del contenido del presupuesto y principales modificaciones.

.- Certificado sobre créditos de compromiso.

.- Anexo de las inversiones a realizar.

.- Anexo de transferencias corrientes y de capital.

.- Anexo de personal.

.- Norma de Ejecución Presupuestaria.

El presupuesto total se desglosa en los siguientes capítulos de ingresos y gastos:

GASTOS INGRESOS I. KAPITULUA 205.744,31 I. KAPITULUA 92.000,00 II. KAPITULUA 323.281,00 II. KAPITULUA 10.000,00 III. KAPITULUA ------------ III. KAPITULUA 84.076,00 IV. KAPITULUA 21.822,51 IV. KAPITULUA 420.253,00 V. KAPITULUA ------------ V. KAPITULUA 3.700,00 VI. KAPITULUA 52.100,00 VI. KAPITULUA VII. KAPITULUA ------------ VII. KAPITULUA IX. KAPITULUA ------------ IX. KAPITULUA GUZTIRA 602.947,82 GUZTIRA 610.029,00

Visto el informe de la Secretaria Interventora así como el informe favorable emitido por la

Comisión de Hacienda, se procede a la votación de los Presupuestos municipales para el ejercicio 2017

así como la Norma Municipal de ejecución presupuestaria y la plantilla orgánica, con el siguiente

resultado:

- Votos a favor, tres (3) de los ediles de EH BILDU

- Votos en contra, no hay

Ajangizko Udala

5

- Abstenciones, dos (2) de los ediles de EAJ/PNV

D. Iñigo Valencia Alacano explica su abstención justificándolo por la falta de información por

parte de su grupo, que no ha tenido datos para poder analizar la propuesta.

Visto el resultado obtenido, el Alcalde Presidente declara aprobada la propuesta.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15 de la Norma Foral 10/2003, de 12 de

diciembre, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, se encuentra

expuesto al público en la Secretaria de la Corporación, a efectos de examen y reclamaciones.

Los interesados que estén legitimados según el artículo 17 de la mentada Norma Foral

10/2003, podrán presentar reclamaciones por espacio de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente

a la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de Bizkaia, ante el Ayuntamiento Pleno.

Si transcurrido el plazo de información expresado no se hubiera presentado reclamación y

observación alguna, se tendrá por aprobado definitivamente la mencionada modificación, sin

necesidad de adoptar nuevo acuerdo.

5.- ARPOBACION, SI PROCEDE, DEL ANEXO DE SUBVENCIONES PARA EL

2017.-

En cumplimiento del artículo 7 del Plan Estratégico de Subvenciones 2015-2018 aprobado

por el Ayuntamiento el 27 de abril de 2015, el alcalde propone la aprobación del anexo de

subvenciones para el 2017, que se transcribe a continuación:

Para que este anexo tenga valor, es necesario que el presupuesto de 2017 esté aprobado

definitivamente, por lo que su vigencia quedará condicionada a este extremo.

Descripción Destinatario Modalidad de

concesión

Plazo

para su

consecu-

ción

OBJETIVOS Presupuesto

2017

(€)

Partida

Subvenciones en materia de acción social

SUBVENCION A

FAMILIAS NUMEROSAS

FAMILIAS

NUMEROSAS DE AJANGIZ

LIBRE

CONCURRENCIA

2017

Objetivo: Facilitar las cargas de las

familias numerosas del municipio para conseguir su integración y facilitar el

acceso a actividades municipales.

Efectos pretendidos: Apoyar a las familias numerosas del municipio, en

orden a incentivar el crecimiento poblacional.

1.200,00

920.48000

COOPERACION AL

DESARROLLO

INSTITUCIONES

SIN ANIMO DE LUCRO

LEHIA

LIBREA

2017

Objetivo: Mejorar las condiciones de vida

de los que más lo necesitan, colaborando con instituciones que tengan alguna

relación con Ajangiz o con los vecinos de

Ajangiz. Efectos pretendidos: La mejora efectiva

de aspectos como la salud, medios de vida,

condiciones de vida… en aquellos que menos recursos disponen.

450,00

230.48105

Subvenciones en materia de educación, cultura y euskara

Ajangizko Udala

6

SUBVENCIONES PARTICULARES

PARA EL ESTUDIO

DEL EUSKARA

CIUDADA-NOS LIBRE CONCU-

RRENCIA

2017 Objetivo: Aumentar el conocimiento y utilización del euskara entre los habitantes

del municipio.

Efectos pretendidos: Que se mantenga y afiance el euskara como lengua de la vida

cotidiana de los habitantes del municipio.

500,00 335.48002

CONVENIO CON

ARTXUBE DANTZA

TALDEA

ARTXUBE

DANTZA

TALDEA

DIRECTA

2017

Objetivo: Reforzar la actividad cultural

del municipio y dotarla de instrumentos

que garanticen su continuidad. Fomentar el desarrollo social, humano y cultural de

los jóvenes del municipio.

Efectos pretendidos: Mejorar y aumentar la actividad cultural del municipio e

impulsar y difundir la euskal dantza en

Ajangiz.

1.000,00

334.48102

CONVENIO CON

LEA-ARTIBAIALDEKO

HEDABIDEAK S.L.

LEA-

ARTIBAIALDEKO

HEDABIDEAK

S.L.

DIRECTA

2017

Objetivo: Promocionar el desarrollo de

los medios de comunicación en euskera de la comarca y en su caso de la

provincia.

Efectos pretendidos: Apoyo económico a estos medios de comunicación.

1.300,00

335.47100

Subvenciones en materia de deporte

SUBVENCION

PARA LA PRACTICA DEL

DEPORTE

CIUDADANOS

LIBRE

CONCU-RRENCIA

2017

Objetivo: Favorecer la realización de

actividades deportivas por parte de los habitantes del municipio.

Efectos pretendidos: Financiar la

asistencia a cursos o equipameintos deportivos no existentes u ofertados en el

municipio.

5.000,00

334.48005

Presentado el anexo a votación, se ha aprobado por unanimidad de los asistentes.

El Sr. Valencia explica sus dudas con respecto a la subvención directa a Lea- Artibaialdeko

Hedabideak, sin dar opción a otras revistas, periódicos…

El alcalde señala que con este convenio se obtienen cinco suscripciones anuales, que es el

único medio de difusión de noticias den entorno en euskera.

El Sr. Valencia señala que también hay una televisión que emite noticias de la comarca, y

que podría tenerse en cuenta.

El Alcalde responde que en caso de que presentaran una oferta podría analizarse.

Visto el resultado de la votación, el Alcalde Presidente declara aprobado el anexo.

6.- APROBACION, SI PROCEDE, DE LA CONVOCATORIA Y BASES

REGULADORAS PARA LA CONCESION DE SUBVENCIONES CON DESTINO A

PARTICULARES QUE PRACTICAN DEPORTE EN INSTALACIONES DEPORTIVAS

MUNICIPALES.-

Ajangizko Udala

7

El Alcalde Presidente presenta la propuesta de convocatoria y bases reguladoras para la

concesión de subvenciones con destino a particulares que practican deporte en instalaciones deportivas

municipales.

Explica que la propuesta está fundamentada en la Ordenanza municipal reguladora de la

concesión de subvenciones vigente desde el 7 de agosto y en el plan estratégico de subvenciones.

Presentada la propuesta a votación, es aprobada por unanimidad de los asistentes.

CONVOCATORIA BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES CON DESTINO A

PARTICULARES QUE PRACTICAN DEPORTE EN INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES

1.- Objeto.

Las presentes bases tienen por objeto establecer las normas que han de regir la concesión, en régimen

de concurrencia competitiva, de las subvenciones destinadas a particulares que practican deporte en

instalaciones deportivas municipales, Salvo alquiler de campos y las disciplinas que ya se impartan en el

municipio durante el ejercicio 2017.

Serán subvencionables los gastos realizados por el beneficiario que se encuentren directa y

objetivamente relacionados con el objeto de la subvención, en las condiciones establecidas en la Ordenanza

reguladora de Subvenciones.

El importe objeto de subvención se corresponderá a la diferencia de tarifas de abono entre los

empadronados y los no empadronados, establecida por el municipio donde se ubica la instalación deportiva

municipal.

Si la cuantía derivada del número de solicitudes excediese del presupuesto disponible y que se señala

en la convocatoria se efectuará la correspondiente prorrata entre todas ellas.

2.- Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios los vecinos del municipio de Ajangiz, que como consecuencia de no existir

instalaciones deportivas en el mencionado término municipal, se ven obligados a asistir a las instalaciones

deportivas de otros municipios para realizar actividades deportivas.

Para la presente convocatoria se regula como requisito la existencia de diferencia de tarifas para la

matriculación de vecinos empadronados y no empadronados.

Los beneficiarios de esta subvención quedarán exentos de dar publicidad de la subvención percibida.

3.- Cuantía global máxima objeto de subvención.

El crédito destinado a la presente convocatoria asciende a un importe de 5.000 €, con cargo a la

partida presupuestaria 341.480.05.

Ajangizko Udala

8

Estas subvenciones son compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o

recursos procedentes de otras entidades públicas o privadas en los términos establecidos en la Ordenanza

reguladora de la concesión de subvenciones.

4.- Solicitudes y plazo de presentación.

Las solicitudes se deberán presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Ajangiz, Mendieta

auzoa z.g.

El modelo oficial de presentación de solicitudes podrá recogerse en las oficinas del registro o en la

página web del Ayuntamiento, www.ajangiz.eus.

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de la

convocatoria en el Boletín Oficial de Bizkaia hasta el 10 de diciembre ambos incluidos. Si fuera festivo se

entenderá prorrogado el plazo de presentación de solicitudes al siguiente día hábil.

5.- Exclusiones.

Además de las causas establecidas en la Ordenanza reguladora de la concesión de subvenciones, no

podrán obtener subvención alguna aquellos solicitantes que a la fecha de presentación de instancias no se

encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Municipal o no hayan presentado la

documentación justificativa de subvenciones concedidas con anterioridad. La mera presentación de la

documentación justificativa no implica conformidad de la justificación presentada.

6.- Documentación a presentar junto con la solicitud.

Junto con la presentación de solicitudes deberá adjuntarse el original o la copia compulsada según la

legislación vigente de la siguiente documentación:

- Documento de identidad de la persona solicitante o de su representante - Libro de familia, certificado literal de nacimiento o documento de identidad del/la menor de edad. - Impreso de Alta de terceros. - Justificante de pago En caso de que los documentos señalados constaran en poder del Ayuntamiento no será necesaria su

presentación.

La presentación de la solicitud implica la aceptación de la totalidad de la regulación descrita en las

presentes Bases y en la Ordenanza reguladora de la concesión de subvenciones.

7.- Procedimiento de concesión.

Las subvenciones se concederán a todos los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en

estas bases, siempre que no superen el límite total presupuestario establecido. En caso de que el importe de

las concesiones superase el citado límite se acudirá a la aplicación del prorrateo entre todas ellas.

8.- Criterios de valoración de las solicitudes.

Ajangizko Udala

9

Las solicitudes de ayuda para practicar deporte en polideportivos municipales no serán objeto de

valoración, por lo que se comprobará el cumplimiento de lo establecido en las presentes bases para poder

tener acceso a la subvención, dentro de los límites presupuestarios.

9.- Instrucción del procedimiento.

El órgano instructor del procedimiento será la concejal de cultura.

Recibidas las solicitudes de subvención, el examen y comprobación de las mismas se llevará a cabo por

la Comisión de Hacienda del Ayuntamiento de Ajangiz, constituida como Comisión de Valoración.

Expirado el plazo de presentación de solicitudes la Comisión podrá requerir al interesado para que

subsane los defectos detectados en la solicitud en al plazo de 3 días hábiles desde el día siguiente a la

recepción de la notificación, en la que se advertirá que de no producirse dicha subsanación se le tendrá por

desistido de su solicitud.

Examinadas las solicitudes presentadas y concluido el plazo de subsanación de errores en su caso, la

Comisión emitirá un informe en el que se incluya como mínimo, las solicitudes desestimadas y el motivo de la

desestimación, las solicitudes estimadas y la cuantía de la subvención a conceder, y el cumplimiento de los

requisitos previstos en las presentes bases.

El órgano instructor, recibido el citado informe, emitirá a su vez otro informe en el que conste que de la

información que obra en su poder, se desprende que los beneficiarios cumplen todos los requisitos

necesarios para obtener la subvención.

El órgano instructor formulará propuesta de resolución, en base al informe presentado por la Comisión

de Hacienda, ante el órgano concedente, que será el Acalde.

La resolución hará constar de forma expresa:

- La relación de solicitantes - Los beneficiarios de las mismas subvenciones y cuantías de las mismas. - Mención expresa a la desestimación del resto de solicitudes.

No obstante lo anterior, se podrá exceptuar el requisito de fijar un orden de prelación entre las

solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos para el caso de que el crédito consignado en la

convocatoria fuera suficiente, atendiendo al número de solicitudes una vez finalizado el plazo de

presentación.

El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento será de tres meses contados a partir del día

siguiente al de finalización del plazo para presentación de solicitudes. Los interesados podrán entender

desestimadas las solicitudes, por silencio administrativo, si transcurrido dicho plazo no se hubiere dictado y

notificado resolución expresa.

La notificación de la resolución se realizará de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de

octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Ajangizko Udala

10

Contra los actos de resolución expresa podrán interponerse potestativamente Recurso de Reposición

ante el mismo órgano que dictó el acto o bien directamente Recurso Contencioso Administrativo.

10.- Importe y abono de la subvención.

Se podrá financiar hasta el 100% de los gastos subvencionables solicitados, con el límite global del

crédito disponible señalado en las presentes bases.

La cuantía a otorgar a cada beneficiario será la que se señale en el informe realizado por la Comisión de

Valoración, teniendo en ceunta los criterios establecidos en la base octava.

El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aislada o en concurrencia con

otras subvenciones o ayudas supere el coste de la actividad subvencionada.

El pago de la subvención se realizará tras la resolución del órgano concedente.

11.- Justificación.

La justificación de las subvenciones concedidas se realizará mediante la presentación de los documentos

acreditativos del pago realizado. Deberá presentarse el documento acreditativo del pago en el momento de

solicitar la subvención.

12.- Infracciones, sanciones y reintegros.

Todo lo referente a la comisión de infracciones y la imposición de sanciones se regirá por lo dispuesto en la

Ordenanza reguladora de concesión de subvenciones.

El procedimiento y las causas de reintegro serán las previstas en la Ordenanza reguladora de concesión de

subvenciones.

13.- Régimen jurídico.

En lo no previsto en las presentes bases será de aplicación lo recogido en la Ordenanza reguladora de

concesión de subvenciones.

7.- APROBACION, SI PROCEDE, DE LA CONVOCATORIA Y BASES

REGULADORAS PARA LA CONCESION DE SUBVENCIONES CON DESTINO A CURSOS

DE EUSKARA.-

El Alcalde Presidente presenta la propuesta de convocatoria y bases reguladoras para la

concesión de subvenciones con destino a cursos de euskera.

Explica que la propuesta está fundamentada en la Ordenanza municipal reguladora de la

concesión de subvenciones vigente desde el 7 de agosto y en el plan estratégico de subvenciones.

Presentada la propuesta a votación, es aprobada por unanimidad de los asistentes.

Ajangizko Udala

11

CONVOCATORIA BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES CON DESTINO A CURSOS DE

EUSKARA

1.- Objeto.

Las presentes bases tienen por objeto establecer las normas que han de regir la concesión, en régimen

de concurrencia competitiva, de las subvenciones destinadas al abono de matrículas de particulares

matriculados en cursos de ueksera durante el ejercicio 2017.

Serán subvencionables los gastos realizados por el beneficiario que se encuentren directa y

objetivamente relacionados con el objeto de la subvención, en las condiciones establecidas en la Ordenanza

reguladora de Subvenciones.

El importe objeto de subvención se corresponderá con el 20% del coste de matrícula de los cursos de

euskara.

Si la cuantía derivada del número de solicitudes excediese del presupuesto disponible y que se señala

en la convocatoria se efectuará la correspondiente prorrata entre todas ellas.

2.- Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios los vecinos del municipio de Ajangiz que asistan a cursos de euskara durante

el año 2017.

Para la presente convocatoria se regula como requisito:

- El importe objeto de subvención se corresponderá con el 20% del coste de matrícula de los cursos de euskara.

- El solicitante deberá estar empadronado en Ajangiz. Los beneficiarios de esta subvención quedarán exentos de dar publicidad de la subvención percibida.

3.- Cuantía global máxima objeto de subvención.

El crédito destinado a la presente convocatoria asciende a un importe de 500 €, con cargo a la partida

presupuestaria 341.480.02.

Estas subvenciones son compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o

recursos procedentes de otras entidades públicas o privadas en los términos establecidos en la Ordenanza

reguladora de la concesión de subvenciones.

4.- Solicitudes y plazo de presentación.

Las solicitudes se deberán presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Ajangiz, Mendieta

auzoa z.g.

El modelo oficial de presentación de solicitudes podrá recogerse en las oficinas del registro o en la

página web del Ayuntamiento, www.ajangiz.eus.

Ajangizko Udala

12

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el

Boletín Oficial de Bizkaia hasta el 10 de diciembre ambos incluidos. Si fuera festivo se entenderá prorrogado

el plazo de presentación de solicitudes al siguiente día hábil.

5.- Exclusiones.

Además de las causas establecidas en la Ordenanza reguladora de la concesión de subvenciones, no

podrán obtener subvención alguna aquellos solicitantes que a la fecha de presentación de instancias no se

encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Municipal o no hayan presentado la

documentación justificativa de subvenciones concedidas con anterioridad. La mera presentación de la

documentación justificativa no implica conformidad de la justificación presentada.

6.- Documentación a presentar junto con la solicitud.

Junto con la presentación de solicitudes deberá adjuntarse el original o la copia compulsada según la

legislación vigente de la siguiente documentación:

- Documento de identidad de la persona solicitante o de su representante - Libro de familia, certificado literal de nacimiento o documento de identidad del menor de edad. - Impreso de Alta de terceros. - Justificante de pago En caso de que los documentos señalados constaran en poder del Ayuntamiento no será necesaria su

presentación.

La presentación de la solicitud implica la aceptación de la totalidad de la regulación descrita en las

presentes Bases y en la Ordenanza reguladora de la concesión de subvenciones.

7.- Procedimiento de concesión.

Las subvenciones se concederán a todos los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en

estas bases, siempre que no superen el límite total presupuestario establecido. En caso de que el importe de

las concesiones superase el citado límite se acudirá a la aplicación del prorrateo entre todas ellas.

8.- Criterios de valoración de las solicitudes.

Las solicitudes de ayuda para cursar estudios de euskara no serán objeto de valoración, por lo que se

comprobará el cumplimiento de lo establecido en las presentes bases para poder tener acceso a la

subvención, dentro de los límites presupuestarios.

9.- Instrucción del procedimiento.

El órgano instructor del procedimiento será la concejal de cultura.

Recibidas las solicitudes de subvención, el examen y comprobación de las mismas se llevará a cabo por

la Comisión de Hacienda del Ayuntamiento de Ajangiz, constituida como Comisión de Valoración.

Expirado el plazo de presentación de solicitudes la Comisión podrá requerir al interesado para que

subsane los defectos detectados en la solicitud en al plazo de 3 días hábiles desde el día siguiente a la

Ajangizko Udala

13

recepción de la notificación, en la que se advertirá que de no producirse dicha subsanación se le tendrá por

desistido de su solicitud.

Examinadas las solicitudes presentadas y concluido el plazo de subsanación de errores en su caso, la

Comisión emitirá un informe en el que se incluya como mínimo, las solicitudes desestimadas y el motivo de la

desestimación, las solicitudes estimadas y la cuantía de la subvención a conceder, y el cumplimiento de los

requisitos previstos en las presentes bases.

El órgano instructor, recibido el citado informe, emitirá a su vez otro informe en el que conste que de la

información que obra en su poder, se desprende que los beneficiarios cumplen todos los requisitos

necesarios para obtener la subvención.

El órgano instructor formulará propuesta de resolución, en base al informe presentado por la Comisión

de Hacienda, ante el órgano concedente, que será el Acalde.

La resolución hará constar de forma expresa:

- La relación de solicitantes - Los beneficiarios de las mismas subvenciones y cuantías de las mismas. - Mención expresa a la desestimación del resto de solicitudes.

No obstante lo anterior, se podrá exceptuar el requisito de fijar un orden de prelación entre las

solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos para el caso de que el crédito consignado en la

convocatoria fuera suficiente, atendiendo al número de solicitudes una vez finalizado el plazo de

presentación.

El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento será de tres meses contados a partir del día

siguiente al de finalización del plazo para presentación de solicitudes. Los interesados podrán entender

desestimadas las solicitudes, por silencio administrativo, si transcurrido dicho plazo no se hubiere dictado y

notificado resolución expresa.

La notificación de la resolución se realizará de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de

octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra los actos de resolución expresa podrán interponerse potestativamente Recurso de Reposición

ante el mismo órgano que dictó el acto o bien directamente Recurso Contencioso Administrativo.

10.- Importe y abono de la subvención.

Se podrá financiar hasta el 100% de los gastos subvencionables solicitados, con el límite global del

crédito disponible señalado en las presentes bases.

La cuantía a otorgar a cada beneficiario será la que se señale en el informe realizado por la Comisión de

Valoración, teniendo en cuenta los criterios establecidos en la base octava.

El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aislada o en concurrencia con

otras subvenciones o ayudas supere el coste de la actividad subvencionada.

El pago de la subvención se realizará tras la resolución del órgano concedente.

Ajangizko Udala

14

11.- Justificación.

La justificación de las subvenciones concedidas se realizará mediante la presentación de los documentos

acreditativos del pago realizado. Deberá presentarse el documento acreditativo del pago en el momento de

solicitar la subvención.

12.- Infracciones, sanciones y reintegros.

Todo lo referente a la comisión de infracciones y la imposición de sanciones se regirá por lo dispuesto en la

Ordenanza reguladora de concesión de subvenciones.

El procedimiento y las causas de reintegro serán las previstas en la Ordenanza reguladora de concesión de

subvenciones.

13.- Régimen jurídico.

En lo no previsto en las presentes bases será de aplicación lo recogido en la Ordenanza reguladora de

concesión de subvenciones.

8.- APROBACION, SI PROCEDE, DE LA CONVOCATORIA Y BASES

REGULADORAS PARA LA CONCESION DE SUBVENCIONES A FAMILIA

NUMEROSAS.-

El Alcalde Presidente presenta la propuesta de convocatoria y bases reguladoras para la

concesión de subvenciones a familias numerosas.

Explica que la propuesta está fundamentada en la Ordenanza municipal reguladora de la

concesión de subvenciones vigente desde el 7 de agosto y en el plan estratégico de subvenciones.

Presentada la propuesta a votación, es aprobada por unanimidad de los asistentes.

CONVOCATORIA BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A FAMILIAS NUMEROSAS

1.- Objeto.

Las presentes bases tienen por objeto establecer las normas que han de regir la concesión, en régimen

de concurrencia competitiva, de las subvenciones destinadas a familias numerosas del municipio de Ajangiz

durante el ejercicio 2017.

Serán subvencionables los gastos realizados por el beneficiario que se encuentren directa y

objetivamente relacionados con el objeto de la subvención, en las condiciones establecidas en la Ordenanza

reguladora de Subvenciones.

El importe objeto de subvención se corresponderá:

50% sobre la tasa del servicio de ayuda a domicilio.

Ajangizko Udala

15

Las familias que saquen la tarjeta de familia numerosa en polideportivos municipales tendrán una subvención del 50% del importe que abonen las familias empadronadas del municipio donde se ubiquen las instalaciones.

25% de la cuota correspondiente a un vehículo de 5 o más plazas registrado en el padrón de Ajangiz.

En el caso del Impuesto sobre bienes inmuebles, se aplicará sobre la cuota: - Familias numerosas con 3 hijo/as: 50% - Familias numerosas con 4 hijos/as: 60% - Familias numerosas con 5 ó más hijo/as: 90%

Si la cuantía derivada del número de solicitudes excediese del presupuesto disponible y que se señala

en la convocatoria se efectuará la correspondiente prorrata entre todas ellas.

2.- Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarias las familias numerosas del municipio de Ajangiz, que por los gastos

ocasionados por los conceptos arriba señalados durante el ejercicio 2017.

Para la presente convocatoria se regula como requisito:

- Todos los miembros que componen la familia numerosa deberán estar empadronadas en Ajangiz. - El importe máximo de subvención será el señalado en el punto 1. - La familia deberá disponer de la tarjeta actualizada de familia numerosa que emite la Diputación

Foral de Bizkaia. - Además:

Para el caso de las ayudas sobre la tasa del servicio de ayuda a domicilio: - Para la obtención de esta subvención previamente deberán obtener el derecho al servicio de ayuda a

domicilio, con el correspondiente informe de la asistente social y la concesión del Ayuntamiento. - La subvención se mantendrá en tanto se mantenga el servicio.

Para las ayudas sobre el Impuesto de Bienes Inmuebles de la vivienda habitual: - La subvención se aplicará al inmueble que constituya la vivienda habitual de la familia numerosa. - Para la obtención de esta ayuda, ninguno de los miembros de la familia numerosa será propietario de

otro inmueble.

Para las ayudas sobre el Impuesto de vehículos de tracción mecánica: - La ayuda se aplicará solamente a un vehículo por familia. - El vehículo deberá ser de 5 ó más plazas. - - El vehículo deberá estar integrado en el padrón de vehículos del Ayuntamiento de Ajangiz.

Los beneficiarios de esta subvención quedarán exentos de dar publicidad de la subvención percibida.

3.- Cuantía global máxima objeto de subvención.

El crédito destinado a la presente convocatoria asciende a un importe de 1.200 €, con cargo a la

partida presupuestaria 341.480.00.

Estas subvenciones son compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o

recursos procedentes de otras entidades públicas o privadas en los términos establecidos en la Ordenanza

reguladora de la concesión de subvenciones.

4.- Solicitudes y plazo de presentación.

Ajangizko Udala

16

Las solicitudes se deberán presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Ajangiz, Mendieta

auzoa z.g.

El modelo oficial de presentación de solicitudes podrá recogerse en las oficinas del registro o en la

página web del Ayuntamiento, www.ajangiz.eus.

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el

Boletín Oficial de Bizkaia hasta el 10 de diciembre ambos incluidos. Si fuera festivo se entenderá prorrogado

el plazo de presentación de solicitudes al siguiente día hábil.

5.- Exclusiones.

Además de las causas establecidas en la Ordenanza reguladora de la concesión de subvenciones, no

podrán obtener subvención alguna aquellos solicitantes que a la fecha de presentación de instancias no se

encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Municipal o no hayan presentado la

documentación justificativa de subvenciones concedidas con anterioridad. La mera presentación de la

documentación justificativa no implica conformidad de la justificación presentada.

6.- Documentación a presentar junto con la solicitud.

Junto con la presentación de solicitudes deberá adjuntarse el original o la copia compulsada según la

legislación vigente de la siguiente documentación:

- Documento de identidad de la persona solicitante o de su representante - Tarjeta de familia numerosa emitida por la Diputación Foral de Bizkaia. - Impreso de Alta de terceros. - Justificante de pago o certificado de pago emitido por la entidad correspondiente. En caso de que los documentos señalados constaran en poder del Ayuntamiento no será necesaria su

presentación.

La presentación de la solicitud implica la aceptación de la totalidad de la regulación descrita en las

presentes Bases y en la Ordenanza reguladora de la concesión de subvenciones.

7.- Procedimiento de concesión.

Las subvenciones se concederán a todos los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en

estas bases, siempre que no superen el límite total presupuestario establecido. En caso de que el importe de

las concesiones superase el citado límite se acudirá a la aplicación del prorrateo entre todas ellas.

8.- Criterios de valoración de las solicitudes.

Las solicitudes de ayuda para familias numerosas no serán objeto de valoración, por lo que se

comprobará el cumplimiento de lo establecido en las presentes bases para poder tener acceso a la

subvención, dentro de los límites presupuestarios.

9.- Instrucción del procedimiento.

El órgano instructor del procedimiento será el concejal de cultura.

Ajangizko Udala

17

Recibidas las solicitudes de subvención, el examen y comprobación de las mismas se llevará a cabo por

la Comisión de Hacienda del Ayuntamiento de Ajangiz, constituida como Comisión de Valoración.

Expirado el plazo de presentación de solicitudes la Comisión podrá requerir al interesado para que

subsane los defectos detectados en la solicitud en al plazo de 3 días hábiles desde el día siguiente a la

recepción de la notificación, en la que se advertirá que de no producirse dicha subsanación se le tendrá por

desistido de su solicitud.

Examinadas las solicitudes presentadas y concluido el plazo de subsanación de errores en su caso, la

Comisión emitirá un informe en el que se incluya como mínimo, las solicitudes desestimadas y el motivo de la

desestimación, las solicitudes estimadas y la cuantía de la subvención a conceder, y el cumplimiento de los

requisitos previstos en las presentes bases.

El órgano instructor, recibido el citado informe, emitirá a su vez otro informe en el que conste que de la

información que obra en su poder, se desprende que los beneficiarios cumplen todos los requisitos

necesarios para obtener la subvención.

El órgano instructor formulará propuesta de resolución, en base al informe presentado por la Comisión

de Hacienda, ante el órgano concedente, que será el Acalde.

La resolución hará constar de forma expresa:

- La relación de solicitantes - Los beneficiarios de las mismas subvenciones y cuantías de las mismas. - Mención expresa a la desestimación del resto de solicitudes.

No obstante lo anterior, se podrá exceptuar el requisito de fijar un orden de prelación entre las

solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos para el caso de que el crédito consignado en la

convocatoria fuera suficiente, atendiendo al número de solicitudes una vez finalizado el plazo de

presentación.

El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento será de tres meses contados a partir del día

siguiente al de finalización del plazo para presentación de solicitudes. Los interesados podrán entender

desestimadas las solicitudes, por silencio administrativo, si transcurrido dicho plazo no se hubiere dictado y

notificado resolución expresa.

La notificación de la resolución se realizará de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de

octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra los actos de resolución expresa podrán interponerse potestativamente Recurso de Reposición

ante el mismo órgano que dictó el acto o bien directamente Recurso Contencioso Administrativo.

10.- Importe y abono de la subvención.

Se podrá financiar hasta el 100% de los gastos subvencionables solicitados, con el límite global del

crédito disponible señalado en las presentes bases.

La cuantía a otorgar a cada beneficiario será la que se señale en el informe realizado por la Comisión de

Valoración, teniendo en cuenta los criterios establecidos en la base octava.

Ajangizko Udala

18

El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aislada o en concurrencia con

otras subvenciones o ayudas supere el coste de la actividad subvencionada.

El pago de la subvención se realizará tras la resolución del órgano concedente.

11.- Justificación.

La justificación de las subvenciones concedidas se realizará mediante la presentación de los documentos

acreditativos del pago realizado. Deberá presentarse el documento acreditativo del pago en el momento de

solicitar la subvención.

12.- Infracciones, sanciones y reintegros.

Todo lo referente a la comisión de infracciones y la imposición de sanciones se regirá por lo dispuesto en la

Ordenanza reguladora de concesión de subvenciones.

El procedimiento y las causas de reintegro serán las previstas en la Ordenanza reguladora de concesión de

subvenciones.

13.- Régimen jurídico.

En lo no previsto en las presentes bases será de aplicación lo recogido en la Ordenanza reguladora de

concesión de subvenciones.

9.- APROBAR, SI PROCEDE, LA ORDENANZA MUNICIPAL DE GESTION,

RECAUDACION E INSPECCION DEL AYUNTAMIENTO DE AJANGIZ.-

Con objeto de regular los procedimientos de gestión, recaudación, sanción e inspección

relacionados con los tributos y demás ingresos de derecho público correspondientes al Ayuntamiento

de Ajangiz, y conforme al artículo 133 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento

Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el Ayuntamiento hizo pública su intención,

para que todos aquellos interesados pudieran presentar sus aportaciones.

El anuncio se publicó en los tablones de anuncios del Ayuntamiento y en la página web

municipal www.ajangiz.eus el 22 de junio de 2017, abriendo el plazo de presentación de propuestas

hasta el 20 de julio.

Transcurrido el plazo señalado y analizado el registro general del Ayuntamiento, no se ha

presentado alegación ni aportación alguna a la propuesta presentada.

Conforme a ello y siguiendo con el procedimiento oportuno, se propone al Pleno del

Ayuntamiento:

Primero.- Aprobar inicialmente la Ordenanza municipal de gestión, recaudación e

inspección del Ayuntamiento de Ajangiz.

Ajangizko Udala

19

Segundo.- En cumplimiento del artículo 49 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, la aprobación

inicial será publicada en el Boletín Oficial de Bizkaia por plazo de treinta días, para que los

interesados puedan presentar las reclamaciones o sugerencias que consideren oportunas.

Tercero.- En el caso de que no se presentara ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá

definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.

Presentada la propuesta a votación, es aprobada por unanimidad de los ediles presentes.

10.- ADJUDICACION, SI PROCEDE, DEL CONTRATO DE ASESORIA EN

MATERIA DE URBANISMO DEL AYUNTAMIENTO DE AJANGIZ.-

Vista la propuesta de adjudicación, los restantes documentos que constan en el expediente y

las demás circunstancias relacionadas con el asunto, el Pleno de la Corporación por unanimidad

ACUERDA:

Primero.- Adjudicar el contrato de servicio de asesoramiento técnico en emateria

urbanística a Dña. ITXARO INTXUATI ARRIOLABENGOA por un precio de 49.248,00 €, más

10.342,08 €, correspondientes al IVA, en un plazo de ejecución de tres años y con sujeción al resto de

condiciones establecidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, así como a las

especificaciones contenidas en la proposición del contratista.

Segundo.- Notificar el presente acuerdo a los interesados para su conocimiento y efectos

oportunos.

11.- RATIFICACION, SI PROCEDE, DEL CONVENIO DE COLABORACION

PARA LA GESTION, LIQUIDACION Y RECAUDACION DEL IMPUESTO SOBRE EL

INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA ENTRE

EL AYUNTAMIENTO DE AJANGIZ Y EL REGISTRADOR TITULAR DEL REGISTRO DE

LA PROPIEDAD DE GERNIKA-LUMO.-

El Ayuntamiento de Ajangiz en sesión ordinaria celebrada el 27 de abril de 2015 aprobó el

convenio colaborador para la gestión, liquidación y recaudación del impuesto sobre el incremento del

valor de los terrenos de naturaleza urbana entre el Ayuntamiento de Ajangiz y el Registrador titular del

Registro de la Propiedad de Gernika-Lumo.

En la claúsula cuarta del convenio se señala:

“CUARTO. Entrada en vigor.

Este convenio de colaboración será efectivo a partir del día de su firma y estará vigente por

el plazo de dos años. Al término de dicho periodo se entenderá tácitamente prorrogado por sucesivos

plazos, salvo denuncia expresa por cualquier de las partes con tres meses de antelación a la fecha de

vencimiento.”

En el timepo transcurrido ninguna de las partes ha manifestado voluntad alguna de renunciar

al convenio, con lo que se entiende que el acuerdo se mantiene.

Ajangizko Udala

20

Siendo necesaria la renovación de la firma electrónica realizada con el Rgistro Mercantil,

mediante decreto de alcaldía nº2017/074 de 3 de agosto se aprobó renovar el convenio.

Firmado de nuevo el convenio con fecha 9 de agosto de 2017, es presentado para su

ratificación por el Pleno del Ayuntamiento.

El convenio ha sido ratificado por unanimidad de los ediles asistentes.

12.- RUEGOS Y PREGUNTAS.-

Alkate jaunak, udaletxeko eraikuntzan azaldu den termiten arazoaren berri ematen du.

Beheko txokotik izandako abisu baten ondorioz, termitak daudela ikusi da, eta egoeraren berri

izateko, TSA enpresari arazoa zehazteko aurre txostena egitea eskatu zaio.

Txosten hori aurkezten denean jakingo da zein neurri hartu beharko diren.

Valencia jaunak, Kanpantxuko plaza ondoan eta herri bidearen ondoan muro bat eraiki

dutela azaltzen du. Herri bide hegaleraino joateaz gain, plazako haur jolasak dauden tokiraino

heltzen da, segurtasun neurriak bermatu gabe.

Alkate jaunak, udal arkitekto aholkularia oporretan dagoela aipatzen du, baina datorren

momentuan txostena eskatu zaiola behar diren neurriak hartuz.

Ismael Oar-Arteta zinegotziak, muroaren arazo larriena umeen jolasekiko duen hurbbiltzasuna

dela azpimarratzen du, eta udaletxeak hori kontutan hartu beharko lukeela. Obrak dauden bitarten

neurriak hartu beharko liratekela dio umeak bertara ez hurbiltzeko. Garrantzitsuena inori ezer ez

gertatzea dela dio.

Alkate jaunak inori ezer ez gertatzea denon nahia dela dio, eta horren arabera, arkitektoa

datorren egunean bertaratu egingo dela bidezko txostena egiteko: muroa etxearen eraikuntza

proiektuarekin bat datorren eta bidezko neurriak betetzen diren edo ez. Horren arabera behar diren

neurriak hartuko ditu udalak.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la Sesión a las once horas, de lo cual doy fe

como Secretaria interina de la Corporación, con el Visto Bueno del Sr. Alcalde Presidente.

EL ALCALDE

Mikel Ander Zubizarreta Gonzalez-Rua

LA SECRETARIA INTERVENTORA

INTERNINA

Saioa Pineda Aranburu