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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO EL DIA 22 DE FEBRERO DE 2013. En la villa de Bustarviejo, siendo las diecinueve horas del día veintidós de febrero del año dos mil trece se reúnen los Corporativos relacionados con la asistencia del Secretario que suscribe, en el salón de sesiones de la Casa Consistorial, al objeto de celebrar sesión pública ordinaria del Pleno del Ayuntamiento para la que habían sido citados en tiempo y forma legales. CORPORATIVOS ASISTENTES : D. Angel Temprano Prieto, Alcalde-Presidente (Grupo Municipal Socialista). D. Juan Antonio Sacaluga Luengo, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Socialista). D. José Mª Gómez Fernández, Concejal (Grupo Municipal Socialista). D. Miguel A. Martin Hijano, Concejal (Grupo Municipal Socialista). D. Alberto Ignacio Penades García, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes). D. José Carlos González Martín, Concejal (Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes). D. Julio Jesús de Mateo García, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Popular). Dª Mª Mercedes Navacerrada Martín, Concejala (Grupo Municipal Popular). D. Francisco Cobertera Hijano, Concejal (Grupo Municipal Popular). Dª Berta Sastre García. Concejala (Grupo Municipal Popular). D. Oscar Rodríguez Moreno, Concejal (Grupo Municipal Popular). SECRETARIO : Juan Francisco Bravo Collantes. Funcionario de Administración Local con Habilitación Estatal. Presidió la sesión el Sr. Alcalde, quien tras saludar a los presentes abrió la sesión dando lectura al orden del día cuyo contenido se describe, ORDEN DEL DIA 1º. APROBACION DE ACTAS DE SESIONES ANTERIORES. 2º. DECRETOS DE ORGANOS UNIPERSONALES. 1

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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO EL DIA 22 DE FEBRERO DE 2013.

En la villa de Bustarviejo, siendo las diecinueve horas del día veintidós de febrero del año dos mil trece se reúnen los Corporativos relacionados con la asistencia del Secretario que suscribe, en el salón de sesiones de la Casa Consistorial, al objeto de celebrar sesión pública ordinaria del Pleno del Ayuntamiento para la que habían sido citados en tiempo y forma legales.

CORPORATIVOS ASISTENTES: D. Angel Temprano Prieto, Alcalde-Presidente (Grupo Municipal Socialista). D. Juan Antonio Sacaluga Luengo, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Socialista). D. José Mª Gómez Fernández, Concejal (Grupo Municipal Socialista). D. Miguel A. Martin Hijano, Concejal (Grupo Municipal Socialista). D. Alberto Ignacio Penades García, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes). D. José Carlos González Martín, Concejal (Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes). D. Julio Jesús de Mateo García, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Popular). Dª Mª Mercedes Navacerrada Martín, Concejala (Grupo Municipal Popular). D. Francisco Cobertera Hijano, Concejal (Grupo Municipal Popular). Dª Berta Sastre García. Concejala (Grupo Municipal Popular). D. Oscar Rodríguez Moreno, Concejal (Grupo Municipal Popular). SECRETARIO: Juan Francisco Bravo Collantes.

Funcionario de Administración Local con Habilitación Estatal.

Presidió la sesión el Sr. Alcalde, quien tras saludar a los presentes abrió la sesión dando lectura al orden del día cuyo contenido se describe,

ORDEN DEL DIA 1º. APROBACION DE ACTAS DE SESIONES ANTERIORES. 2º. DECRETOS DE ORGANOS UNIPERSONALES.

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3º. INFORMES DE CONCEJALIAS. 4º. ESTADO DE EJECUCION 4º TRIM DEL PRESUPUESTO 2012. 5º. CONTRATO DE REDACCION DEL PROYECTO TECNICO DE

OBRAS DE TERMINACION DEL CENTRO CULTURAL. ADJUDICACION. 6º. MODIFICACION DE ESTATUTOS DE LA MANCOMUNIDAD DE

SERVICIOS SOCIALES SIERRA NORTE. 7º. MODIFICACION DE TARIFAS DE LA ORDENANZA FISCAL DE

TASAS POR APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PUBLICO. 8º. ACTUALIZACION DE VALORES CATASTRALES. 9º. RECLAMACIONES PATRIMONIALES DE URBAPRO, S.L. 10º. MOCIONES URGENTES. 11º. RUEGOS Y PREGUNTAS. 1º. APROBACION DE ACTAS DE SESIONES ANTERIORES. Sometidas a aprobación por el Presidente las actas de las sesiones

celebradas los días 26-10-12, 30-11-12 y 20-12-12, cuyas copias habían sido previamente distribuidas a todos los Corporativos, la Corporación aprobó las mismas por unanimidad.

2º. DECRETOS DE ORGANOS UNIPERSONALES. Dio cuenta el Alcalde de las relaciones de decretos que se describen

correspondientes a los emitidos por los órganos de gobierno unipersonales desde la sesión ordinaria de 20-12-2012.

DECRETOS DE ALCALDIA. 600-2012 (Convocatoria de sesión plenaria). 601-2012 (Anulación licencia de obras). 602-2012 (Devolución ICIO). 603-2012 (Ayudas sociales). 605-2012 (Renovación Tarjeta de Minusválido). 606-2012 (Obras sin licencia). 607-2012 (Archivo expte. cambio titularidad). 608-2012 (Concesión bonificación IBI de urbana). 609-2012 (Bajas voluntaria expt. Nº 1000086). 609bis-2012 (Concesión bonificación IBI de urbana). 610-2012 (Bajas ejecutiva expt. Nº 1000087). 611-2012 (Denegación licencia de obras). 612-2012 (Anulación recibos RACE). 613-2012 (Reducción de alumbrado público). 614-2012 (Delegación atribuciones por vacaciones). 615-2012 (Permuta de licencia de nicho). 616-2012 (Concesión de ayudas sociales). 617-2012 (Concesión licencia obra menor). 618-2012 (Denegación licencia obra menor). 619-2012 (Concesión fraccionamiento IBI- varios). 620-2012 (Concesión fraccionamiento tasa licencia actividad). 621-2012 (Denegación horas extras policía local). 622-2012 (Concesión prórroga declaración IVTNU). 623-2012 (Bajas voluntaria expt. Nº 1000088). 624-2012 (Bajas ejecutiva expt. Nº 1000089). 001-2013 (Fraccionamiento pago de tributos). 002-2013 (Aprobación del calendario fiscal 2013).

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003-2013 (Autorización puesto de venta en fiestas). 004-2013 (Archivo expte. restaurador). 005-2013 (Reducción sanción expte. sancionador). 006-2013 (Terminación control actividad). 007-2013 (Terminación control actividad). 008-2013 (Incoación expte. restaurador). 009-2013 (Incoación expte. sancionador). 010-2013 (Descuento de retribuciones antes de ILT). 011-2012 (Desconvocatoria de sesión plenaria). 012-2012 (Autorización instalación autobús en mercadillo). 013-2013 (Autorización puesto de venta en fiestas). 014-2013 (Autorización puesto de venta en fiestas). 015-2013 (Anulación de licencia de obras). 016-2013 (Cambio titularidad tasa recogida y tratamiento RSU de oficio). 017-2013 (Alta padrón tasa recogida y tratamiento RSU local comercial). 018-2013 (Alta padrón tasa recogida y tratamiento RSU vivienda). 019-2013 (Adjudicación contrato cuenta de crédito a BBVA). 020-2013 (Desestimación recurso contra adjudicación asistencia técnica urbanística). 021-2013 (Desestimación baja tasa recogida y tratamiento RSU). 022-2013 (Baja licencia de vado). 023-2013 (Bonificación IVTM minusvalía). 024-2013 (Desestimar baja paso de vehículos). 025-2013 (Autorización días libres). 026-2013 (Alta padrón basuras local). 027-2013 (Desestimación devolución tasa de vado). 028-2013 (Concesión licencia cala). 029-2013 (Concesión licencia obra menor). 030-2013 (Concesión licencia obra menor). 031-2013 (Concesión licencia obra menor). 032-2013 (Concesión licencia obra menor). 033-2013 (Concesión licencia obra menor). 034-2013 (Requerimiento legalización obra). 035-2013 (Aplicación nueva jornada laboral). 036-2013 (Alta padrón paso de vehículos licencia 1ª ocupación). 037-2013 (Autorización días asuntos propios). 038-2013 (Autorización rodaje cinematográfico). 039-2013 (Devolución IBI urbana 2010-11). 040-2013 (Devolución IBI urbana 2012). 041-2009 (Aceptación cese Jefe Policía). 042-2013 (Concesión licencia acometida alcantarillado). 043-2013 (Concesión licencia acometida alcantarillado). 044-2013 (Solicitud a Comunidad de Madrid reducción tipo licitación pastos). 045-2013 (Concesión uso local Asociación El Griterío). 046-2013 (Denegación locales grupo Scout). 047-2013 (Concesión de licencia 1ª ocupación). 048-2013 (Aprobación padrón tasas recogida RSU 1er semestre 2013). 049-2013 (Concesión fraccionamiento de cuotas tributarias). 050-2013 (Adjudicación contrato cuenta de crédito a BANKIA). 051-2013 (Concesión de licencia obra menor). 052-2013 (Requerimiento conservación finca en C/ Grillos, 3). 053-2009 (Selección peón de cementerio). 054-2013 (Concesión licencia obra menor). 055-2013 (Concesión licencia obra menor). 056-2013 (Fraccionamiento pago tributos).

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057-2013 (Autorización puesto de venta en fiestas). 057a-2013 (Decreto suspensión examen electricista). 058-2013 (Autorización puesto de venta en fiestas). 059-2013 (Autorización puesto de venta en fiestas). 060-2013 (Autorización churrería-chocolatería en fiestas). 061-2013 (Fraccionamiento pago de tributos). 062-2013 (Convocatoria de Com. Inf. de Hacienda). 063-2013 (Convocatoria de Com. Inf. de Asuntos Sociales). 064-2013 (Convocatoria de Com. Inf. de Cultura). 065-2013 (Reparación viales entorno edificio en C/ Puerta del Cura, 3). 066-2013 (Nombramiento abogado y procurador P.A. 991-11 (cementerio). 067-2013 (Contratación peón de cementerio). 068-2013 (Expte. informativo empleada laboral). 069-2013 (Prórroga declaración IVTNU). 070-2013 (Adquisición pegadora-selladora). Habiéndose entregado copia de las relaciones de decretos anteriores con

carácter previo a la sesión a los Grupos Municipales y a efectos de aclarar cualquier detalle sobre los mismos el Presidente abrió un turno de intervenciones.

* Tomó la palabra el Concejal Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García preguntando por los decretos en virtud de los cuales se concedieron ayudas sociales de distintas cuantías a empleados municipales, con el ruego de que se informe por escrito de la cuantía total y parcial por conceptos para cada trabajador municipal al que se han concedido en 2012.

* Preguntó el mismo Concejal por la denegación de compensación económica a policía local por asistencia a Juzgado.

* Contestó el Alcalde informando que se compensó el tiempo dedicado fuera de jornada con horas libres.

* Preguntó el Sr. De Mateo García en relación con el decreto por el que se aceptó la renuncia del Jefe de Policía, si se había previsto algo.

* Respondió el Alcalde que no había actualmente Jefe de la Policía Local y que la posible sustitución estaba pendiente de la situación definitiva de los policías Bescam a expensas de lo que comunique oficialmente la Comunidad de Madrid sobre reducción de la subvención prevista en el convenio suscrito en 2009 y de la consiguiente reordenación del servicio de policía en general.

* A pregunta sobre apertura de expediente informativo a empleada municipal el Alcalde contestó que se había dado audiencia a la interesada y posteriormente se resolverá.

* La Concejala del Grupo Popular Sra. Navacerrada Martín preguntó sobre la aplicación del decreto sobre medidas para reducción de consumo de energía eléctrica en la red de alumbrado público.

* Con permiso del Presidente contestó el Concejal Delegado de Servicios Sr. Martín Hijano, informando que se el objetivo de reducir al 50% el consumo de energía en la red de alumbrado público para ajustar el gasto a las disponibilidades económicas municipales se estaba ejecutando mediante racionalización y atención a cada caso tratando de generar las menores molestias

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posibles a los vecinos. Lo mismo fue ratificado por el Alcalde quien hizo un llamamiento a los vecinos para que comprendieran la necesidad de estas medidas.

3º. INFORMES DE CONCEJALIAS. * Tomó la palabra el Alcalde informando en términos generales como se

describe. - Que se había conseguido cumplir el objetivo presupuestario de dotar de

liquidez al Ayuntamiento mediante la concertación de dos cuentas de crédito con las entidades financieras BBVA y Bankia. Con la primera por importe de 300.000 € en buenas condiciones y con la segunda por importe de 100.000 € en peores condiciones.

- Que a través de Bankia y como consecuencia de las retenciones efectuadas por esta entidad a Urbapro, S.L. en el pago de las cantidades con ella acordadas para la compra de la casi totalidad de solares y viviendas que poseía la segunda en la urbanización Fuente Milano, se había conseguido que en cumplimiento de la finalidad prevista en las respectivas escrituras, se transfirieran al Ayuntamiento los importes correspondientes a Ibi de urbana (75.184 €), Tasas por recogida y tratamiento de RSU (9.178 €), Tasas por pasos de vehículos a fincas particulares (2.782 €), Impuesto de plusvalía (16.757 €), Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (104.000 €) y Tasas por ocupación de la vía pública (3.484 €), totalizando la cantidad de 211.385 € que estaban pendientes de pago por la mercantil Urbapro, S.L.

Añadió que la gestión anterior se consiguió tras detectar que las retenciones practicadas por Bankia a Urbapro, S.L. no aparecían en las escrituras de compra-venta presentadas por la última en el servicio de gestión tributaria municipal para que se le formalizaran las liquidaciones del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía), porque habían sido eliminadas las hojas correspondientes. Y después de realizar un requerimiento formal a Bankia con advertencia de posibles acciones legales en caso de que no respondieran.

- Que había gestionado como Alcalde la defensa de la sanidad pública y en especial el mantenimiento del helicóptero de emergencias sanitarias con base en el municipio de Lozoyuela en compañía de otros alcaldes del PSOE y con el apoyo de numerosos alcaldes y concejales del PP en el Galsinma. Que las acciones habían consistido en la presentación de escritos al Consejero de Sanidad, la asistencia a emisoras de radio y otros medios de comunicación, y la presencia en concentraciones.

- Informó sobre las actividades de promoción de la actividad deportiva que se venían realizando como la 5ª Liga de Pádel Interpueblos con 12 equipos participantes, el campeonato de futbol 7 con 11 equipos participantes, el programa “En forma” en colaboración con la Comunidad de Madrid, y la continuación de las Escuelas Deportivas Municipales con participantes en varias modalidades.

* A ruego del Sr. De Mateo García el Alcalde aceptó preguntas sobre su informe.

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* Preguntó el Sr. De Mateo García por el importe total de las operaciones de tesorería concertadas en 2013 en comparación con las concertadas en 2012.

* Respondió el Alcalde que eran 400.000 € los concertados en ambos años y a pregunta del Sr. De Mateo García manifestó que la cantidad concertada sería suficiente para atender las necesidades del Ayuntamiento salvo que las subvenciones de la Comunidad de Madrid siguieran sin llegar como hasta ahora las que financian parcialmente los gastos de personal de los seis policías Bescam.

* Preguntó el Sr. De Mateo García si lo cobrado a través de Bankia incluía recargos por impago de tributos en periodo voluntario.

* El Alcalde respondió afirmativamente. * El Sr. De Mateo García manifestó que su Grupo estaba por la defensa

del helicóptero de Lozoyuela. Que en el Galsinma no estaban los Concejales del Partido Popular de la Sierra Norte sino los Alcaldes. Que el Alcalde se equivocó en algunas manifestaciones que hizo en medios de comunicación en defensa de la sanidad pública por el cariz partidista que imprimió, aunque luego rectificó uniéndose a otros Alcaldes de la zona. Que en consecuencia afeaban su primera actuación.

* Respondió el Alcalde que no había sido su actuación como señalaba el Sr. De Mateo García. Que el sectarismo lo había impuesto desde el principio de la legislatura el Partido Popular al impedir que representantes de otros partidos tuvieran presencia en los órganos de representación de Mancomunidades y entidades asociativas municipales de la Sierra Norte como no había ocurrido antes.

- Que todos los Alcaldes de la Sierra Norte están de acuerdo en defender la permanencia del helicóptero de emergencias sanitarias de Lozoyuela. Que las concentraciones realizadas las convocó el Presidente del Galsinma y Alcalde del Partido Popular. Que a ellas han acudido Alcaldes y Concejales del PP pero no los Concejales del PP de Bustarviejo.

* Replicó el Sr. De Mateo García que no entendía la respuesta del Alcalde. Que los Concejales de su Grupo no habían acudido a las concentraciones celebradas en defensa de la permanencia del helicóptero de Lozoyuela porque el Alcalde no les había invitado. Que cuando le pidieron opinión algunos medios sobre las primeras intervenciones en prensa del Alcalde no quiso criticarlas para no debilitar la posición que defendía. Que no se les convocó a las concentraciones a los Concejales del Partido Popular de Bustarviejo, pero estaban informados de lo que ocurría por su coordinador el Alcalde de Buitrago del Lozoya.

* Terminó el Alcalde señalando que las convocatorias no las hacía ni el Ayuntamiento ni él, que simplemente se sumaba a las que se hacían públicas independientemente de quien las hiciera. Que no había actuado de forma partidista y que daba por concluido el debate.

* Con permiso del Presidente intervino el Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Penadés García quien dio cuenta de la decisión de los dos Grupos de gobierno de atender la propuesta de la

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Asamblea Popular de Bustarviejo en materia de Participación ciudadana consistente en continuar el proceso celebrado en 2012 en materia de Fiestas Patronales y extenderlo a la elaboración de un plan de inversiones para 2014 y de gestión de recursos municipales no monetarios. Describió el programa de actuaciones previsto para llevar a cabo el proceso esbozado, empezando por un taller de formación que tendría lugar en el salón de sesiones de la Casa Consistorial el día 2-3-13 y al que dijo debían acudir los Concejales Delegados de Hacienda, Fiestas y Participación así como un representante de cada Grupo Político Municipal y los vecinos que lo desearan. Continuó describiendo el plan de actuaciones para cumplir los objetivos proyectados.

* El Sr. De Mateo García agradeció la información facilitada previamente en sesión es celebradas por las Comisiones Informativas. Manifestó que su Grupo era escéptico respecto a la utilidad del proceso de participación ciudadana antes descrito, tal como estaba enfocado afirmando que sin embargo garantizaba que participarían en el mismo aunque puntualmente no acudieran a algún acto. Recordó sus dudas en Comisión Informativa sobre la legalidad de poner la gestión de los recursos municipales no monetarios en manos de personas que no elegidas por los vecinos.

* Respondió el Sr. Penadés García animando a los Concejales del Grupo Popular a participar en el proceso para conocerlo.

* Con permiso del Presidente intervino el Concejal Delegado de Servicios Sr. Martín Hijano en los términos generales que se describen.

- Felicitó al Concejal Delegado de Cultura Sr. González Gómez, por los actos lúdicos y culturales últimamente organizados.

- Que el pasado día 7-2-13 se había reunido junto con el Alcalde, con representantes de la Cofradía de San Isidro para preparar los actos de las próximas fiestas de San Isidro.

- Que había celebrado una reunión con las personas responsables de organización de la carrera pedestre de montaña denominada Memorial Fernando García Herreros para preparar la edición 2012,

- Que el equipo de personal de refuerzo contratado para limpieza vial en nevadas había dado un resultado positivo. Que se había tratado de priorizar las zonas de servicios básicos (colegio, consultorio médico, casa de niños, paradas de autobús etc.), aunque no se podía llegar a atender todas las necesidades y citó en concreto que en la última nevada no se consiguió limpiar a tiempo las calles transversales del núcleo El Pedregal.

- Que el pasado viernes 15-2-13 se había realizado un pequeño homenaje en el salón de sesiones de la Casa Consistorial al empleado municipal Alfredo de Fata Muñoz con motivo de su jubilación, al que había asistido buena parte del personal de plantilla y el Concejal del Grupo Popular Sr. Cobertera Hijano. Que en dicho acto se entregó el homenajeado una placa que expresaba el agradecidimiento de la Corporación Municipal por los servicios que había prestado.

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- Que se había solicitado al Consorcio de Transportes de la Comunidad de Madrid la mejora de la marquesina existente en la parada de autobús de la calle San Sebastián que se encontraba bastante deteriorada.

- Que la última reparación de fontanería realizada en los vestuarios del campo de futbol no había sido mal ejecutada sino que se había producido un vertido de agua al haber olvidado colocar un tapón en una de las tuberías.

* Con permiso del Presidente intervino el Concejal del Grupo Popular Sr. Cobertera Hijano en términos generales como se describe.

- Preguntó cuando estaría en funcionamiento la bomba de agua de la valsa situada en el paraje El Humilladero.

- Que quien haría la limpieza de nichos en el cementerio municipal. * Respondió el Concejal de Servicios Sr. Martín Hijano, manifestando

respecto de la última pregunta que lo plantearía al Encargado del Servicio de Cementerio y a la vista de su respuesta decidirá.

* Intervino el Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García proponiendo se redactara un protocolo de actuación para la limpieza viaria en casos de nevadas para poder informar a los vecinos en casos de quejas aunque estas no se pudieran evitar. Preguntó sobre la forma de contratación del peón de apoyo para el servicio de Cementerio y si había habido reparos al respecto. Sobre el tratamiento de restos en el Cementerio Municipal pidió se informara sobre cualquier incidencia.

* Respondió el Concejal de Servicios Sr. Martín Hijano informando que la contratación del peón de apoyo para el servicio e Cementerio no había representado mayor coste para el Ayuntamiento que el existente antes de la jubilación del Encargado. Que se había ofrecido por escrito a todos los peones de mantenimiento dando cuenta a los Delegados de Personal y como ningún empelado de plantilla aceptó la asunción de dichas tareas se decidió utilizar la lista de trabajadores desempleados en situación de especial dificultad socio-económica facilitada por los Servicios Sociales de la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte para contratar a tiempo parcial de forma temporal a una persona que previamente había aceptado las condiciones ofrecidas.

* Intervino el Sr. Sacaluga Luengo para manifestar que se consultó con el Secretario-Interventor sobre la contratación del peón de cementerio sin que este manifestara nada en contra del procedimiento descrito. Que sobre las incidencias habidas en relación con traslados de restos del Cementerio citadas por el Sr. De Mateo García recordaba que hubo una de la que le informó en su momento el Secretario-Interventor que se había resulto.

* A ruego del Presidente, el Secretario-Interventor informó que nada se podía objetar al procedimiento de contratación utilizado por el carácter temporal del contrato suscrito pero que para incorporar a la plantilla de personal a un trabajador fijo se tendría que crear el puesto en la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del Ayuntamiento y proceder a su provisión mediante convocatoria pública anunciada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y la celebración de pruebas selectivas. Que por el carácter temporal o

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provisional de la contratación realizada el contrato de trabajo formalizado tenía fecha de finalización el 31-12-13.

- A ruego del Alcalde y sobre las referencias habidas en materia de traslados de restos del Cementerio informó el Secretario que además del caso referido por el Sr. Sacaluga Luengo, existía un procedimiento judicial en marcha por denuncia sobre presunto trato incorrecto de restos del que se había tenido conocimiento mediante escrito presentado por una vecina en relación con la construcción de una fosa de fábrica por un empleado municipal en su actividad privada fuera del horario de trabajo, y que esas incidencias se producían como consecuencia de la realización de actividades privadas que podían ser legalmente incompatibles y que en todo caso no contaban con autorización municipal.

* Terminó el Alcalde manifestando que en todo caso la contratación del peón del cementerio beneficiaba a una persona necesitada.

* Con permiso del Presidente intervino el Concejal Delegado de Cultura, Sanidad y Servicios Sociales, Sr. Gómez Fernández.

- Agradeció al Concejal de Servicios Sr. Martín Hijano su colaboración para la realización de los últimos actos lúdicos y culturales como la Cabalgata de Reyes. Agradeció la colaboración de la Asociación de Comerciantes y Empresarios de Bustarviejo (ACEBU) por la preparación de la tradicional chocolatada en la Cabalgata de Reyes pasada. Señaló que la recogida de alimentos realizada en Navidad había sido un éxito de participación y que en el mes de marzo se celebraría una reunión de la denominada Mesa Social para tratar de dar continuidad a la campaña mencionada.

- Que se trabajaba para organizar una serie de actos en conmemoración del Día de la Mujer los días 7 a 9 de marzo próximos, como proyecciones de cine para niños y adultos.

- Que en días pasados se había entregado una placa de reconocimiento a un vecino que había alcanzado los cien años de edad. Que se había enterado de que el mes próximo otra persona también cumplía esa edad y a la que se haría lo acostumbrado.

- Que se estaba trabajando en la organización del Campamento Urbano de Semana Santa a pesar de la falta de recursos.

- Que se estaba estudiando la organización de un acto para celebrar los treinta años de la biblioteca municipal.

- Que se proponía crear un nuevo servicio de Casa de la Juventud en el local municipal de la antigua casa de niños de la calle Alamo. Que en ella se realizarían actividades para los jóvenes como cursos y talleres, certámenes musicales, audiovisuales, clases extraescolares ofrecidas sin coste por algún profesional, promoción de asociaciones, programas de aventura y senderismo, promoción deportiva en colaboración con el Club Deportivo Bustarviejo etc.

- A pregunta de la Concejal del Grupo Popular Sra. Sastre García, el Sr. Gómez Fernández dijo que todas las actividades serían gratuitas para los usuarios.

* Intervino de nuevo el Sr. Cobertera Hijano preguntando por el proyecto de rutas de senderismo.

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* Respondió el Concejal Delegado de Economía y Turismo que responderá más adelante.

* Intervino de nuevo el Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García preguntando si la Casa de la Juventud se gestionaría de forma directa o a través de terceros y si se conocían los gastos e ingresos que generaría ese nuevo servicio.

* Respondió el Concejal de Cultura Sr. Gómez Fernández que habría gastos de energía eléctrica, calefacción, limpieza y mantenimiento, pero aún no se habían presupuestado. Que los posibles ingresos estaban en estudio y que cuando estuviera listo se llevaría a Comisión Informativa y a Pleno para su aprobación formal.

* Con permiso del Presidente informó el Concejal Delegado de Medio Ambiente Sr. González Martín perteneciente al Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, en los términos generales que se describen.

- Que a partir de este año la poda de árboles municipales se realizaría de acuerdo a las instrucciones técnicas que expertos colaboradores del Consejo Sectorial de Medio Ambiente le habían facilitado y que había convertido en Instrucciones de obligado cumplimiento cuyo contenido se había trasladado al personal de mantenimiento municipal.

- Que se había iniciado un curso de formación para la realización de podas al que asistían dos empleados municipales.

- Que se estaba preparando una ordenanza de uso de zonas ajardinadas y arbolado urbano aplicable a los ámbitos público y privado. Que se estudiará en Comisión Informativa y se aprobará en Pleno.

- Que se está estudiando la ubicación de contenedores de residuos sólidos urbanos en forma menos dispersa, más cómoda para los usuarios y más eficiente en materia de reciclado, mediante la creación de las denominadas “islas ecológicas” dando un mejor aspecto estético a los lugares donde se ubican los contenedores habiendo comenzado por el grupo de los situados en la calle Concejo.

- Que había estado en la Mancomunidad de Servicios de La Cabrera analizando la situación de deudas de Bustarviejo, habiendo comprobado que al inicio de la legislatura la deuda ascendía a 120.000 €, a 1-1-13 estaba en 31.000 € y a 31-12-13 sería de 0 €. Recordó que el origen de esa deuda fue el coste de sellado de vertederos incontrolados que se llevó a cabo por el Gobierno municipal de la pasada legislatura, y que se trataba de una más de las “herencias” recibidas por el actual Gobierno Municipal.

- Que en sesión celebrada por el Consejo Sectorial de Medio Ambiente a la que asistió junto al Concejal del Grupo Popular Sr. Cobertera Hijano, y en la que se trató sobre el impacto de las motos en los caminos del municipio. Que se instalarían carteles informativos señalando la prohibición del uso de los caminos con vehículos deportivos a motor. Que se dará cumplimiento al bando ejecutivo hecho público el año pasado sobre lo mismo a través de la policía local. Que en esa misma sesión se habló de la necesidad de que se sometan a evaluación ambiental las actividades que se desarrollan o que se pretendan desarrollar en los

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ámbitos incluidos en la Red Natura dentro del término municipal. Que en relación con este asunto se ha comprobado que el helipuerto del servicio de extinción de incendios de la Comunidad de Madrid ubicado frente a la Fuente del Collado, carecía de licencia de obras y de actividad desde el año 2004.

- Que había gestionado la oferta de un curso gratuito de protección animal para los ganaderos locales que les permitiría conocer la normativa aplicable en materia de transporte de ganado y les facilitaría la obtención de los permisos necesarios para poder hacerlo a través de sus propios medios.

- Que había tenido que solicitar al Servicio de Desarrollo del Plan Forestal de la Comunidad de Madrid (Montes) la reducción en un 10% del valor del aprovechamiento de pastos de las fincas municipales Monte Pendón y Agregados para contribuir a aliviar las dificultades económicas de los ganaderos locales que tradicionalmente explotan dichos pastos.

- Que se está apoyando formalmente al ganadero adjudicatario del aprovechamiento de pastos de la finca municipal Navalmadero en su solicitud de autorización de realizar unas divisiones mediante cercados en el interior de la finca para un manejo correcto del ganado bravo que tiene en la misma.

- Que el día 25-2-13 asistirá en Madrid a reunión junto con el Alcalde, el Arquitecto Municipal y el Secretario en la Consejería de Medio Ambiente sobre la tramitación del Plan General de Ordenación Urbana.

- Se ha solicitado entrevista con responsables técnicos del Servicio de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid para tratar sobre la situación del restaurante municipal de la Fuente del Collado, porque el Subdirector General de Vías Pecuarias ha comunicado al Ayuntamiento que el edificio mencionado ocupa parcialmente una vía pecuaria de forma ilegal desde el año 1980, lo que constituía otra “herencia” más.

- Recordó que según indicaciones de asesores técnicos la balsa del paraje El Humilladero debía naturalizarse suprimiendo el agua artificial y manteniendo el agua de lluvia que pueda acumular de forma natural. - Que el proyecto de senderismo que se redactará será razonable y respetuoso con los recursos naturales, pero limitando señalizaciones para no masificar el pueblo.

* Preguntó el Sr. Cobertera Hijano si se había pensado algo sobre las medidas de seguridad a adoptar en relación con los árboles de gran altura.

* Contestó el Concejal de Medio Ambiente que el criterio era podar de forma más intensa los árboles enfermos o los que representen riesgos de seguridad para personas o bienes, y en otros casos aplicar principios conservacionistas.

* El Sr. Cobertera Hijano preguntó datos sobre el coste del traslado de los enseres que se recogen en la vía pública al Punto Limpio de La Cabrera.

* Respondió el Concejal de Medio Ambiente que el coste era alto porque se utilizaba un camión todo terreno que era un vehículo inadecuado. Que por eso se estaba tramitando la compra de otro vehículo tipo furgón de prestaciones adecuadas a ese uso.

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* El Sr. Cobertera Hijano preguntó sobre las medidas adoptadas para eliminar vehículos abandonados en fincas particulares.

* Respondió el Concejal de Medio Ambiente que se había trabajado en más de veinte casos.

* El Sr. Cobertera Hijano pregunto acerca de la reparación de la Fuente del Collado.

* El Concejal de Servicios, Sr. Martín Hijano, respondió que se iban a hacer catas para descubrir varios puntos de la tubería que suministra agua a la fuente desde un manantial para decidir si hay que repararla o sustituirla por otra dispuesta en paralelo.

* Preguntó el Sr. Cobertera Hijano ¿Qué había de la Mina de Plata? * Respondió el Concejal de Turismo Sr. Penadés García, que no había

nada nuevo. * Añadió el Alcalde que se apoyan las visitas esporádicas que se realizan

pero no hay recursos en las Administraciones para realizar inversiones en la Mina.

* Intervino el Concejal Sr. Martín Hijano informando que se había trasladado una queja al Galsinma por el inapropiado contenido que sobre rutas de senderismo en Bustarviejo aparece en un folleto turístico recientemente editado.

* Intervino el Concejal Portavoz del Grupo Municipal Popular, Sr. De Mateo García manifestando que en relación con las referencias del Concejal de Medio Ambiente a las “herencias” recibidas se verá las que él deja.

* En relación con los criterios sobre podas reducidas de árboles aplicados por el Concejal Delegado de Medio Ambiente, el Sr. De Mateo García manifestó que eran contrarios a la experiencia del municipio en razón de la climatología. Que le gustaría conocer el currículo de quienes van a formar al personal municipal que se ocupará de las tareas de poda, y conocer sus criterios porque consideraba que ello dependía del ámbito en el que se tenían que aplicar, Madrid ciudad o la Sierra Norte de Madrid.

* El Sr. De Mateo García señaló que en relación con lo anunciado sobre la aprobación de una ordenanza de uso de zonas ajardinadas y arbolado urbano aconsejaba al Concejal de Medio Ambiente que realizara un proceso de información y comunicación con los vecinos previo a la aplicación de aquella y que quedaban a la espera de conocer el contenido de la ordenanza.

* Recordó la petición de datos sobre número de expedientes tramitados sobre edificaciones en suelo no urbanizable y de retirada de vehículos abandonados.

* El mismo solicitó conocer las deudas que había tenido el Ayuntamiento con la Mancomunidad de Servicios Medioambientales de La Cabrera y la forma en que se habían cancelado. Pidió se viera esa información en la Comisión Informativa correspondiente.

* Propuso el Sr. De Mateo García que se controlara la prohibición de uso de caminos con motos concitando la colaboración coordinada del Seprona de la Guardia Civil, el Servicios de Guardería Forestal de la Comunidad de Madrid y

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la Policía Local. Que todos los sábados subían seis motos a la parte alta del núcleo urbano El Pedregal en la subida pico Mondalindo.

* Que quería ver la respuesta de Medio Ambiente a la solicitud de información que se hiciera sobre evaluación ambiental y legalización del Helipuerto.

* Que felicitaba el Sr. González Martín por el curso de protección animal organizado para los ganaderos locales.

* Sobre la referencia a la tramitación del PGOU, el Sr. De Mateo García manifestó que votaran en contra del PGOU que resulte de los últimos acuerdos adoptados por los Grupos de gobierno allanándose al informe de Medio Ambiente que suprimía prácticamente todo el suelo inicialmente clasificado como urbanizable e interpondrían recursos.

* Sobre la situación de la ocupación parcial de una vía pecuaria por el edificio municipal del restaurante de la Fuente del Collado informó que en el año 1974 el ICONA tramitó la autorización de dicha ocupación. Que con la actual ley de vías pecuarias resultaría difícil conseguir algo parecido y que para arrendar el local era necesario disponer de esa autorización, que en su día se solicitó siendo él Alcalde y no se explicaba como la Comunidad de Madrid no la había tramitado.

* Sobre la naturalización de la balsa de El Humilladero señaló que en su día no se demostró lo que según el Concejal de Medio Ambiente decían ahora los ecologistas acerca de la existencia de gallipatos. Que la instalación de una bomba para suministro artificial de agua a la balsa se legalizó en su día y pidió que lo que se hiciera ahora se consensuara.

* Respondió el Concejal de Medio Ambiente, Sr. González Martín que no pretendía dar lecciones, solo cambiar lo que consideraba que estaba mal.

- Que la situación de ilegalidad del restaurante Fuente del Collado se lo ha comunicado al Ayuntamiento el Subdirector General de Vías Pecuarias con referencia al año 2004, cuando el Sr. De Mateo García era Alcalde.

- Que no se trataba de imponer criterios subjetivos en materia de podas, sino que en Bustarviejo no había habido podas técnicas mientras el Sr. De Mateo García fue Alcalde.

- Que al PGOU había que aplicar la ley, el Plan de Ordenación de Recursos Naturales de la Sierra de Guadarrama, que se oponen al planteamiento del Sr. De Mateo García. * Replicó el Sr. De Mateo García que durante años la mayoría de los vecinos consideraron que sus criterios estaban bien y que la propuesta de la Comunidad de Madrid era un documento abierto y negociable aunque el gobierno de PSOE e IU no quiso negociarlo por imposición de IU.

4º. ESTADO DE EJECUCION DEL PRESUPUESTO 2012. 4º TRIMESTRE.

* Con permiso del Presidente el Concejal Delegado de Hacienda Sr. Sacaluga Luengo dio lectura al resumen que se describe, señalando que de los datos obtenidos, aunque no eran definitivos, se deducía que el ejercicio 2012 se liquidaría con superávit, lo que venía a poner de manifiesto que se había hecho

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un gran esfuerzo para evitar desviaciones en la ejecución del Presupuesto respecto de las previsiones iniciales que se trataría de cumplir.

* Replicó el Sr. De Mateo García que esperarían a los datos definitivos y si se confirmaban los actuales se congratularían.

Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos 4º TRIM 2012. Importe en Euros

% Previsión Inicial Modificación Previsión Definitiva Derechos

reconocidos Recaudado Pendiente de Cobro

85,16 3.325.200,00 242.235,17 3.567.435,17 3.038.106,14 2.809.969,43 228.136,71

Estado de Ejecución del Presupuesto de Gastos 4º TRIM 2012. Importe en Euros

% Crédito Inicial Modificación Crédito definitivo Obligaciones

reconocidas Pagos

realizados Pendiente de Pago

77,43 2.907.900,00 242.235,17 3.150.135,17 2.439.454,18 2.420.859,70 18.594,48

5º. CONTRATO DE REDACCION DEL PROYECTO TECNICO DE OBRAS DE TERMINACION DEL CENTRO CULTURAL. ADJUDICACION.

* A ruego del Presidente, el Concejal Delegado de Cultura Sr. Gómez Fernández explicó la propuesta de acuerdo que sometía al Pleno señalando que coincidía con la de la Mesa de Contratación formada fundamentalmente por arquitectos designados por los Grupos Municipales. Resumió que el anteproyecto ofrecido por el equipo de arquitectos a quien se proponía adjudicar el contrato de redacción del proyecto de terminación del Centro Cultural, recogía casi todas las pretensiones municipales a excepción de la sustitución del material actualmente instalado en las fachadas del edificio, que solo se contemplaba parcialmente mediante la instalación de un zócalo de piedra de granito por falta de medios económicos. Señaló que el anteproyecto comprendía una propuesta de división del actual auditorio mediante tabiques móviles para darle versatilidad como era deseo de la Corporación y comprendía la terminación completa del edificio sin afectar de forma directa al funcionamiento de la biblioteca municipal actualmente abierta al público.

* El Sr. De Mateo García señaló que tal como se propuso por su Grupo en Comisión Informativa, aunque la ejecución del proyecto que se adjudique corresponderá a la Comunidad de Madrid y la situación económica dificultaría la adjudicación del contrato de obra, debía intentarse que bien como mejora a valorar en la contratación, bien como mejora en ejecución se consiguiera sustituir el material de las fachadas por otro de mejor calidad y mejor aspecto estético.

* Respondió el Alcalde que aceptaba la propuesta del Grupo Popular. Sometida a votación la propuesta de acuerdo que luego se describe,

previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda, y con los votos a favor de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-

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Los Verdes, y los votos a favor de los cinco Concejales del Grupo Municipal Popular, se adoptó el siguiente acuerdo:

Vistas las ofertas presentadas por las empresas, - NYJHEVIARUIZ ARQUITECTOS, SLP - D. LUIS MARÍA CURIEL ROZAS. - PI GESTARC, S.A. (3.14 GA). - MANUEL VEGA UYÁ, S.L.P. Considerando, que las cuatro ofertas fueron declaradas admitidas por

comprender la documentación exigida en los pliegos de cláusulas económico-administrativas y técnicas que regían la licitación; considerando, que efectuada la apertura de los sobres B y C de las cuatro proposiciones y efectuada la valoración de las mismas por la Mesa de Contratación se obtuvo el siguiente resultado: - Proposición nº 1.- NYJHEVIARUIZ ARQUITECTOS, SLP.

1) Propuesta arquitectónica: 55 puntos. - Funcionalidad: 14 puntos. - Justificación de la estimación económica: 20 puntos. - Criterios estéticos y de integración ambiental: 14 puntos. - Soluciones técnicas y constructivas: 7 puntos. 2) Medios técnicos y humanos y programa de trabajo: 10 puntos. 3) Mejoras: 10 puntos. 4) Oferta económica: 20 puntos. Puntuación TOTAL obtenida: 95 PUNTOS. - Proposición nº 2.- D. LUIS MARÍA CURIEL ROZAS. 1) Propuesta arquitectónica: 9 puntos. - Funcionalidad: 5 puntos. - Justificación de la estimación económica: 2 puntos. - Criterios estéticos y de integración ambiental: 0 puntos. - Soluciones técnicas y constructivas: 2 puntos. 2) Medios técnicos y humanos y programa de trabajo: 3 puntos. 3) Mejoras: 5 puntos. 4) Oferta económica: 14,99 puntos. Puntuación TOTAL obtenida: 31,99 PUNTOS. Proposición nº 3.- PI GESTARC, S.A. (3.14 GA). 1) Propuesta arquitectónica: 35 puntos. - Funcionalidad: 10 puntos. - Justificación de la estimación económica: 10 puntos. - Criterios estéticos y de integración ambiental: 10 puntos. - Soluciones técnicas y constructivas: 5 puntos. 2) Medios técnicos y humanos y programa de trabajo: 5 puntos. 3) Mejoras: 5 puntos. 4) Oferta económica: 8,96 Puntos. Puntuación TOTAL obtenida: 53,96 PUNTOS. Proposición nº 4.- MANUEL VEGA UYÁ, S.L.P. 1) Propuesta arquitectónica: 34 puntos.

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- Funcionalidad: 8 puntos. - Justificación de la estimación económica: 10 puntos. - Criterios estéticos y de integración ambiental: 12 puntos. - Soluciones técnicas y constructivas: 4 puntos. 2) Medios técnicos y humanos y programa de trabajo: 10 puntos. 3) Mejoras: 10 puntos. 4) Oferta económica: 20 puntos. Puntuación TOTAL obtenida: 74 PUNTOS. Considerando, que en consecuencia, la Mesa de Contratación acordó por

unanimidad, formular propuesta de adjudicación a favor de la proposición suscrita por la entidad denominada NYJHEVIARUIZ ARQUITECTOS, S.L.P.

Considerando, que valoradas las proposiciones y la propuesta de de adjudicación formulada por la Mesa de Contratación, la Comisión Informativa de Cultura aprobó en sesión de 15-02-13, dictaminar favorablemente la propuesta de adjudicación mencionada, en uso de las atribuciones legales, del Pleno delegadas por el Alcalde en este acto, RESUELVE:

1.- Declarar válido el proceso licitatorio celebrado y en consecuencia, adjudicar a la entidad NYJHEVIARUIZ ARQUITECTOS, S.L.P. , el contrato de redacción del PROYECTO TECNICO DE TERMINACION DEL CENTRO CULTURAL, conforme, al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y al Pliego de Prescripciones Técnicas que rigen la licitación, en la cantidad ofertada por dicha sociedad de TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS (33.600) EUROS (IVA incluido), con las mejoras por ella ofertada consistentes en,

La redacción de un informe sobre el estado del edificio existente junto con el anteproyecto de la Terminación del Centro Cultural.

El plazo de presentación del proyecto básico y de ejecución, y del estudio de seguridad y salud será de treinta y cinco (35) días naturales, contados a partir del día siguiente al de recepción de la notificación de la conformidad del anteproyecto.

El documento final de la obra se completará con un dosier fotográfico del desarrollo de la misma con al menos dos visitas mensuales y diferenciadas del conjunto de la obra.

El desarrollo del proyecto se realizará en un espacio informático de intercambio común actualizado diariamente por el equipo facultativo, con la totalidad de la documentación del proyecto, para su acceso restringido por el promotor.

Se incorporará en el equipo facultativo al menos un Arquitecto Superior, habiendo obtenido su titulación en el plazo máximo de los últimos 8 años, que colaborará en la redacción del proyecto básico y de ejecución.

En el plazo de quince (15) días, contados a partir del día siguiente a la fecha de la firma del contrato, el adjudicatario presentará en el Ayuntamiento de Bustarviejo (Madrid) un anteproyecto de la Terminación del Centro Cultural.

2.- Aprobar la disposición de un gasto de TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS (33.600) EUROS, para financiar el contrato adjudicado con

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cargo a la partida 313.622.03 del Estado de Gastos del Presupuesto General del Ayuntamiento para el año 2012.

3.- Ordenar a los servicios municipales que formalicen el contrato de servicios correspondiente en documento administrativo, dentro de los 30 días naturales siguientes al de la notificación del presente acuerdo de adjudicación.

4.- Requerir a la adjudicataria, NYJHEVIARUIZ ARQUITECTOS, S.L.P., para que en los quince (15) días naturales siguientes a la fecha en que se le notifique la adjudicación, constituya la garantía definitiva por importe de MIL SEISCIENTOS OCHENTA (1.680) EUROS, equivalente al 5% del importe total de la adjudicación, y suscriba el correspondiente contrato.

6º. MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES SIERRA NORTE. MODIFICACION DE ESTATUTOS.

* Dio una breve explicación el Concejal Delegado de Asuntos Sociales Sr. Gómez Fernández, en la que quedó de manifiesto que se trataba de modificar los estatutos de la Mancomunidad para permitir la prestación de los servicios de formación y de intermediación para el empleo y usar la importante subvención conseguida para ello sin que se generara incremento alguno de gastos generales y por tanto de las cuotas que sufragaban los Ayuntamientos Mancomunados.

Sometida a votación la propuesta de acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda, y con los votos a favor de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y la abstención de los cinco Concejales del Grupo Municipal Popular, se acordó:

1. Aprobar la MODIFICACION de los Estatutos de la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte en relación con su ARTICULO 3.- FINES Y COMPETENCIAS, añadiendo los siguientes fines que no afectan sustancialmente a las características definitorias de la misma:

l) Formación para el empleo. m) Promoción del empleo y actividades de intermediación laboral. 2. Condicionar este acuerdo a que la ampliación de fines mencionada no

suponga incremento de la aportación económica anual del Ayuntamiento de Bustarviejo a la Mancomunidad respecto a la realizada en el año 2012.

* La Concejala del Grupo Popular Sra. Navacerrada Martín justificó la abstención de su Grupo en que los Grupos de gobierno no permitieron que tuvieran un Concejal como vocal representante del Ayuntamiento en el pleno de la Mancomunidad.

7º. MODIFICACION DE TARIFAS DE LA ORDENANZA FISCAL DE TASAS POR APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PUBLICO.

* Con permiso del Presidente intervino el Concejal de Economía Sr. Penadés García explicando que en general se trataba de modificaciones parciales en los artículos, 4º y 7º de la Ordenanza Fiscal reguladora de las Tasas por Aprovechamiento Especial del Dominio Público. Que las tarifas se reducían en general para facilitar su aplicación y se creaba una casuística amplia de

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bonificaciones parte de las cuales afectaban al uso de locales municipales. Habló también de algunas tarifas nuevas para acoger los casos de ocupación de la vía pública con puestos de venta de productores agrícolas locales delante de sus viviendas.

* Dada la palabra por el Presidente al Portavoz del Grupo Municipal Popular, Sr. De Mateo García, este manifestó la oposición de su Grupo a la propuesta por considerar que cuando se aprobaron las tarifas que ahora se modificaban no tuvieron la documentación que solicitaron y por estar de acuerdo con el informe desfavorable de la Intervención que consideraba se establecían numerosas bonificaciones sin compensación con otros ingresos y sin suficiente justificación en la actual situación económica.

* Respondió el Sr. Penadés García manifestando que conocía el informe de Intervención pero que los Grupos de gobierno consideraban no se debían cobrar los gastos de energía eléctrica, calefacción, limpieza y mantenimiento a los usuarios de los locales municipales.

* Intervino el Sr. De Mateo García manifestando que la aportación del informe económico-financiero que solicitara en la Comisión Informativa de Hacienda se le había justificado por la Intervención su innecesariedad por tratarse de una reducción general de tarifas, pero que el establecimiento de numerosas bonificaciones no compensadas con otros ingresos podía tener incidencia en el cumplimiento del plan de ajuste.

* Intervino el Concejal de Hacienda Sr. Sacaluga Luengo manifestando que la repercusión económica de las bonificaciones establecidas era de menor cuantía y que se respetarían los contenidos generales del plan de ajuste.

Sometida a votación la propuesta de acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda, y con los votos a favor de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y los votos en contra de los cinco Concejales del Grupo Municipal Popular, se acordó:

1. Aprobar provisionalmente la modificación que se describe. ORDENANZA FISCAL DE TASAS POR APROVECHAMIENTO

ESPECIAL DEL DOMINIO PUBLICO. Los contenidos que se describen sustituyen a los anteriores.

Artículo 4.- Cuotas. b) Por la ocupación de la vía pública con:

- Escombros, tierras, arenas, contenedores, materiales de construcción o cualesquiera otros materiales análogos, vallas, andamios o cualquiera otras instalaciones, por metro cuadrado o fracción y día:

- En la calle Mayor, calle Fuente Grande y calle Real: 0,60 euros. - Resto de vías: 0,40 euros. * MINIMO: 5 EUROS. - Grúas: 2,50 euros.

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d) Por entrada de vehículos en edificios o cocheras particulares o aparcamientos individuales dentro de un aparcamiento general, con capacidad de una a tres plazas, a través del dominio público municipal,

- Por cada entrada pavimentada: 24 €uros / año. - Por cada entrada no pavimentada: 15 €uros / año. - Por cada entrada pavimentada o no con licencia de VADO: 48 €uros /

año. - Las tarifas precedentes se aplicarán en 1/3 de su cuantía por cada plaza

de aparcamiento cuando se trate de edificios multifamiliares con plazas de garaje.

- En locales, cerramientos y edificios que no alberguen viviendas las tarifas precedentes se aplicarán por cada 200 m2 o fracción de superficie construida.

- Cuando en edificios multifamiliares o locales que no alberguen viviendas exista más de una entrada, las adicionales tributarán la tarifa mínima cada una. f) Por la ocupación de terrenos de uso público:

- Con puestos de venta en terrenos adjuntos a los comercios de los que sea propietario o arrendatario: 13,00 euros/metro cuadrado o fracción y mes. La anchura del puesto sobre la vía pública no podrá ser, en ningún caso, superior a 50 por 100 de la anchura de la acera, excepto en aceras inferiores a 2 metros de ancho, en cuyo caso, la ocupación máxima será el 25 por 100. No se permitirá la instalación de puestos en aceras de ancho inferior a 1 metro.

- Atracciones de recreo y espectáculos: 0,40 euros por metro cuadrado o fracción y día.

- Circos y espectáculos lucrativos similares: 80 euros al día. - Puestos de venta minorista en el mercadillo semanal: por metro

cuadrado o facción y día: 0,65 euros. La ocupación diaria en el mercadillo semanal no durará más de 8

horas. - Puestos de venta minorista fuera del mercadillo semanal y en ferias o

fiestas locales: por metro cuadrado o facción y día: 0,80 euros. - Puestos de venta minorista fuera del mercadillo semanal, de productos

agrícolas de explotaciones locales: por metro cuadrado o facción y día: 0,70 euros. La ocupación diaria de estos puestos de venta no durará más de 8 horas, salvo autorización específica.

- Por rodaje cinematográfico, filmación o fotografía publicitaria, 300 euros al día. Por eventos deportivos u otros con vehículos a motor: 600 euros por hora o fracción.

- Por eventos deportivos u otros sin vehículos a motor: 2 euros por hora o fracción y participante.

- Mesas y sillas de bares u otras actividades económicas (terrazas). Por cada metro cuadrado o fracción:

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Período Tipo impositivo Día 0,14 Mes 3,25 Año 18,00

El mes se contará de fecha a fecha. El año se contara de uno de enero a 31 de diciembre. Las cuotas se harán efectivas antes de iniciar la ocupación esté

formalizada o no la autorización preceptiva. Las cuotas anuales se devengarán a uno de enero de cada año con

prórroga automática de las autorizaciones inicialmente concedidas si los beneficiarios no renuncian a estas un mes antes de la fecha indicada mediante comunicación escrita.

- A la instalación de terrazas bajo soportes fijos o desmontables (toldos o similares) sobre la vía pública se aplicará la tarifa anual.

- Por instalación de quioscos permanentes o desmontables en la vía pública: 53,00 euros por metro cuadrado y año. g) Por utilización de calles o plazas, mediante el cierre de las mismas, impidiendo la circulación de vehículos, previa autorización municipal y siempre que concurran circunstancias que lo justifiquen: 25,00 euros/hora. Artículo 7.- Exenciones y Bonificaciones. Además de las exenciones o bonificaciones expresamente previstas en las leyes o las derivadas de la aplicación de Tratados Internacionales, se concederán las siguientes:

a) Entidades benéficas o sin ánimo de lucro: 100 % de bonificación. b) Artesanos locales y otras de interés municipal: 100 % de bonificación. c) Personas empadronadas en el municipio y en situación de desempleo o

de necesidad acreditada con informe de los Servicios Sociales: 100 % de bonificación.

d) Quienes contribuyan a la promoción del municipio: 50 % de bonificación.

e) Las licencias anuales para aprovechamiento especial del dominio público mediante puestos de venta en el mercadillo semanal o fuera de él y en ferias o fiestas locales tendrán un 10 % de bonificación.

f) Las productoras de cine, que previa suscripción de convenio con el Ayuntamiento se presten a contribuir a la promoción del municipio y a que en los carteles de crédito se refleje la colaboración con el Ayuntamiento, gozarán de una bonificación de hasta el 100% de la tasa aplicable.

g) Entidades locales promotoras de actividades deportivas (hípicas, senderismo, etc.): 100 %.

Los beneficiarios de exenciones o bonificaciones no estarán exentos en su caso de la exigencia de fianzas para garantizar el buen uso de los bienes públicos y de la reposición de los daños que pudieran originar y del pago de los gastos de mantenimiento (alumbrado, limpieza y calefacción) de los locales municipales cuyo uso se autorice, que se cifran en el 20% de la tasa aplicable,

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excepto las entidades asociativas de carácter político, sindical, cultural, educativo, empresarial, agropecuarias, de defensa de la naturaleza, y cualesquiera otras que promuevan la participación ciudadana para la defensa de los intereses generales.

La bonificación del 100% de las tasas aplicables y en su caso de los gastos de mantenimiento de locales municipales, a favor de personas o entidades asociativas que actúen a través de personas físicas o jurídicas perceptoras de contraprestaciones económicas, estará condicionada a la realización de actos gratuitos para el Ayuntamiento con ocasión de fiestas locales, semanas culturales o similares que habrán de ser comprometidos en el mes de enero de cada ejercicio o previamente al inicio del uso del local municipal.

El órgano encargado de determinar el cumplimiento de los requisitos que dan derecho a las anteriores bonificaciones será el que tenga la atribución legal para autorizar los aprovechamientos especiales del dominio público municipal a que se refieren.

2. Exponer al público durante treinta días la modificación aprobada advirtiendo que conforme a lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el caso de que no se presenten reclamaciones en el plazo indicado, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo referido.

8º. ACTUALIZACION DE VALORES CATASTRALES. * Explicó el Alcalde la propuesta de acuerdo de solicitar al Catastro la

aplicación de coeficientes de actualización de los valores catastrales del IBI de Urbana a partir de 2014 por resultar que siendo necesaria la realización de una revisión catastral en Bustarviejo con elaboración de una nueva ponencia de valores que sustituyera la vigente de 1.999, por aplicación de lo previsto en la Ley del Catastro para los casos en que hayan transcurrido más de 10 años desde la última realizada, al no disponer de un planeamiento (PGOU) actualizado resultaba imposible dicha actuación con perjuicio para los intereses municipales y mantenimiento de diferencias no justificadas de valoración de inmuebles que mediante esta vía acompañada de procedimientos de inspección puntual se podrían subsanar. Añadió el Alcalde que la repercusión general que la aplicación de coeficientes de actualización pudiera tener se compensaría mediante la reducción del tipo impositivo vigente.

Sometida a votación la propuesta de acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda, y con los votos a favor de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y los votos a favor de los cinco Concejales del Grupo Municipal Popular, se acordó:

1. Solicitar a la Dirección General del Catastro la aplicación a los valores catastrales de los bienes inmuebles urbanos del término municipal, de los coeficientes que se establezcan al efecto para el año 2014, así como para años sucesivos por Ley de Presupuestos Generales del Estado, hasta que la

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actualización de los valores catastrales del municipio se sitúen en un entorno homogéneo del 50% con respecto al valor de mercado, previa apreciación por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas de la concurrencia de los requisitos legalmente establecidos.

2. Reducir en lo que corresponda el tipo impositivo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza Urbana para que las cuotas resultantes no varíen respecto de las aplicadas en el año 2013 en términos comparativos.

9º. RECLAMACIONES PATRIMONIALES DE URBAPRO, S.L. * Explicó el Alcalde que las dos reclamaciones presentadas por la

promotora Urbapro, S.L. se referían a supuestas actuaciones en las que había intervenido el Ayuntamiento y la empresa pública Canal de Isabel II que presuntamente le habían generado mayores gastos en la ejecución de las obras de urbanización del denominado núcleo urbano Fuente Milano y en la venta de las viviendas que asimismo habían edificado allí.

Que la primera de las reclamaciones patrimoniales que había presentado se refería a la exigencia de Canal de Isabel II respaldada por el Ayuntamiento de ejecutar la ampliación de un depósito regulador de agua y construir un tanque de tormentas, sin que esas actuaciones estuvieran previstas en el plan parcial y proyecto de urbanización inicialmente autorizados por la Comunidad de Madrid y por el Ayuntamiento, generando un sobrecoste de 1.057.000 € que Urbapro, S.L. tuvo que sufragar y por lo que no reclamó cuando se le formularon dichas exigencias en los años 2006 y 2008, sino mucho después, el día 10-08-11.

Añadió que el Ayuntamiento no podía negarse a respaldar las exigencias legales de Canal de Isabel II porque habría perjudicado a la entidad ahora reclamante al provocar que la empresa pública encargada de la gestión de los servicios de suministro y distribución de agua, y de alcantarillado en el municipio, no prestara dichos servicios impidiendo con ello la venta de las viviendas asimismo construidas por la promotora.

Señaló que la segunda reclamación de 30-11-12 superaba los 6.300.000 € y se basaba en los gastos de indemnizaciones e intereses que le habían producido los retrasos en la concesión de licencias de primera ocupación de las viviendas construidas por Urbapro, S.L. sin asumir que esos retrasos derivaron directamente de la deficiente ejecución de la red de saneamiento que tuvieron que rehacer en una longitud superior a los cuatrocientos metros y en la modificación unilateral y sin las autorizaciones preceptivas, de las rasantes del viario de la urbanización que en contra de lo previsto en el plan parcial aprobado por la Comunidad de Madrid y en el proyecto de urbanización aprobado por el Ayuntamiento, pasó de ser horizontal a tener fuertes pendientes como consecuencia de los escalonamientos de las parcelas que llevó a cabo la reclamante.

* El Sr. De Mateo García a pregunta del Alcalde, manifestó que se le había hecho llegar toda la documentación que había solicitado. Entró en el análisis de las dos reclamaciones manifestando que las propuestas de acuerdos formalizadas y los informes de la Secretaría-Intervención se basaban en la prescripción de ambas reclamaciones por haber transcurrido tiempo muy

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superior al legalmente previsto que es de un año a contar de la fecha en la que se efectuaran las exigencias que la reclamante consideraba no debía soportar y no como esta consideraba cuando sin reclamación previa alguna, había terminado dichas obras adicionales. Que el otro criterio que figuraba en las propuestas de acuerdos era la modificación unilateral de las rasantes del viario de la urbanización por la promotora acreditado en informes técnicos. Que solo con el primero de los criterios mencionados se podía defender la desestimación de ambas reclamaciones , que la utilización del segundo criterio se debía mejorar y que el verdadero problema puede estar en como hizo las recepción de las obras el gobierno de la coalición de izquierdas anterior hizo en 2010.

Que inicialmente había pensado en abstenerse pero pedía a sus Concejales votaran a favor de la desestimación de ambas reclamaciones optando por defender los intereses municipales y porque el razonamiento sobre la fecha de referencia para computar el plazo de prescripción le había convencido.

Expuso algunas dudas por la recepción de las obras de urbanización efectuada por el Ayuntamiento, y señaló que el pleno debía ser unánime.

* El Alcalde recordó que el informe pericial sobre la ejecución de los muros de contención por la promotora sin que estuvieran previstos en el plan parcial ni el proyecto de urbanización, detallaba claramente la modificación de rasantes del viario. Agradeció el apoyo del Grupo Popular.

* Reiteró afirmaciones anteriores el Sr. De Mateo García señalando que lo que modificó el promotor fue el interior de la mayoría de las parcelas al ejecutar unos aterrazamientos inicialmente no previstos en el proyecto de urbanización ni en los proyectos de ejecución de las viviendas construidas en ellas. Reiteró el carácter extemporáneo de ambas reclamaciones.

* Terminó el Alcalde señalando que las escorrentías generadas con las terrazas construidas a base de muros de contención de entre cuatro y siete metros de altura eran determinantes para justificar la necesidad de construir el tanque de tormentas.

Sometida a votación la propuesta de acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda, y con los votos a favor de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y los votos a favor de los cinco Concejales del Grupo Municipal Popular, se acordó:

- Reclamación de Urbapro, S.L. de 10-08-11. 1. Desestimar la reclamación patrimonial formulada por D. José Blanco

Gutiérrez en representación de la mercantil Urbapro S.L. con fecha 10-08-2011 por importe de 1.057.873,23 € con motivo de las obras de urbanización del denominado Sector S.08.R “Navalengua” de este municipio ejecutadas por dicha entidad, por los siguientes motivos:

a) Resultar extemporánea ya que el derecho a reclamar previsto en el artículo 142.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, prescribe al año de producirse el hecho o acto que motive la indemnización o de

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manifestarse su efecto lesivo, y según los datos que obran en este Ayuntamiento las obras de urbanización mencionadas de cuya ejecución deriva la reclamación formulada se dieron por terminadas mediante certificaciones finales de obra suscritas por los Arquitectos Directores de aquellas el 22 de octubre del año 2009, casi dos años antes de que se presentara la citada reclamación patrimonial.

Según manifiesta en su escrito el interesado el supuesto perjuicio comienza en el año 2006 como consecuencia de una modificación del Convenio de Gestión del Servicios de abastecimiento y distribución de agua suscrito en el año 2000 entre el Ayuntamiento y la empresa pública Canal de Isabel II que establece la obligación para el Ayuntamiento de exigir a los promotores urbanísticos de nuevos sectores la ejecución de una serie de obras de infraestructuras necesarias para garantizar los servicios básicos a los futuros usuarios de las viviendas u otras edificaciones. Evidentemente el plazo para ejercitar la acción de reclamación en el año 2011, había prescrito.

La fecha de recepción de la última infraestructura realizada a que se hace referencia en la reclamación, referida a la del Tanque de Tormentas que se efectuó el 18-8-2010, demuestra que la terminación de la obra es anterior pues para proceder a la recepción antes debió presentar el promotor el certificado final suscrito por el Director Técnico, luego también desde esa referencia habría prescrito el derecho a reclamar.

b) Porque los sobrecostes en que la entidad interesada basa también su reclamación, fueron consecuencia de su decisión de modificar las rasantes previstas en el Plan Parcial inicial del Sector S.08.R “Navalengua” que fue aprobado por la Dirección General de Urbanismo de la Comunidad de Madrid en el año 1999 de conformidad con lo previsto en el artículo 61.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, por tener el municipio de Bustarviejo una población inferior a 15.000 habitantes, mediante la ejecución, sin que conste autorización formal preceptiva de la Comunidad de Madrid, de unos muros de entre 5 y 7 metros de altura para aterrazar las parcelas resultantes modificando por completo las determinaciones del propio Plan Parcial y del Proyecto de Urbanización y dando lugar a que Canal de Isabel II tuviera que exigir la construcción de un Tanque de Tormentas para procurar que la fuerza del agua de lluvia que recogía la red de saneamiento unitaria, inicialmente previsto que discurriera sobre suelo horizontal y en realidad ejecutada bajo un nuevo viario de elevadas pendientes, no reventara el colector que discurre por el margen del Arroyo de la Gargüeña, donde se había previsto que evacuara.

Sometida a votación la propuesta de acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda, y con los votos a favor de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y los votos a favor de los cinco Concejales del Grupo Municipal Popular, se acordó:

- Reclamación de Urbapro, S.L. de 30-11-12. 1. Desestimar la reclamación patrimonial formulada por D. José Blanco

Gutiérrez en representación de la mercantil Urbapro S.L. con fecha 30-11-2012

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por importe de 6.364.117,59 €, con motivo de las incidencias habidas en las obras de urbanización del denominado Sector S.08.R “Navalengua” de este municipio ejecutadas por dicha entidad, por los siguientes motivos:

a) Resultar extemporánea ya que el derecho a reclamar previsto en el artículo 142.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, prescribe al año de producirse el hecho o acto que motive la indemnización o de manifestarse su efecto lesivo, y según los datos que obran en este Ayuntamiento las obras de urbanización mencionadas de cuya ejecución deriva la reclamación formulada se dieron por terminadas mediante certificaciones finales de obra suscritas por los Arquitectos Directores de aquellas el 22 de octubre del año 2009, casi dos años antes de que se presentara la citada reclamación patrimonial.

Según manifiesta en su escrito el interesado el supuesto perjuicio comienza en el año 2006 como consecuencia de una modificación del Convenio de Gestión del Servicios de abastecimiento y distribución de agua suscrito en el año 2000 entre el Ayuntamiento y la empresa pública Canal de Isabel II que establece la obligación para el Ayuntamiento de exigir a los promotores urbanísticos de nuevos sectores la ejecución de una serie de obras de infraestructuras necesarias para garantizar los servicios básicos a los futuros usuarios de las viviendas u otras edificaciones. Evidentemente el plazo para ejercitar la acción de reclamación en el año 2011, había prescrito.

La fecha de recepción de la última infraestructura realizada a que se hace referencia en la reclamación, referida a la del Tanque de Tormentas que se efectuó el 18-8-2010, demuestra que la terminación de la obra es anterior pues para proceder a la recepción antes debió presentar el promotor el certificado final suscrito por el Director Técnico, luego también desde esa referencia habría prescrito el derecho a reclamar.

b) Porque los gastos descritos por la reclamante corresponden a: 1.- El coste de una serie de viviendas de su propiedad que según escritura

notarial formalizada a finales del año 2011 entrega en pago de deudas a la empresa constructora Seop por ella contratada para la construcción de viviendas y a la entidad aseguradora Asefa en cumplimiento de sentencia judicial en la se declaró responsable de los perjuicios supuestamente sufridos por las últimas, a la promotora Urbapro, S.L.

2.- Los presuntos gastos de intereses del préstamo hipotecario que había concertado la reclamante para ejecutar la urbanización, y otros en concepto de personal, judiciales, devolución de cantidades anticipadas por compradores de viviendas y beneficios dejados de obtener.

Son de exclusiva responsabilidad de Urbapro, S.L. y al empeoramiento de la situación económica general de España que ha derivado en que las entidades financieras restrinjan la concesión de préstamos hipotecarios a los posibles compradores de viviendas.

Lo primero porque la mercantil Urbapro, S.L. modificó las rasantes previstas en el Plan Parcial inicial del Sector S.08.R “Navalengua” que fue aprobado por la Dirección General de Urbanismo de la Comunidad de Madrid en

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el año 1999 de conformidad con lo previsto en el artículo 61.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, por tener el municipio de Bustarviejo una población inferior a 15.000 habitantes, mediante la ejecución, sin que conste autorización formal preceptiva de la Comunidad de Madrid, de unos muros de entre 5 y 7 metros de altura para aterrazar las parcelas resultantes modificando por completo las determinaciones del propio Plan Parcial y del Proyecto de Urbanización y dando lugar a que Canal de Isabel II tuviera que exigir la construcción de un Tanque de Tormentas para procurar que la fuerza del agua de lluvia que recogía la red de saneamiento unitaria, inicialmente previsto que discurriera sobre suelo horizontal y en realidad ejecutada bajo un nuevo viario de elevadas pendientes, no reventara el colector que discurre por el margen del Arroyo de la Gargüeña, donde se había previsto que evacuara.

Y porque la ejecución de la red de saneamiento por la empresa contratada por la promotora Urbapro, S.L. fue tan deficiente que según los informes emitidos en 20-3-2008 por los servicios técnicos de Canal de Isabel II entidad que debía hacerse cargo de la gestión de la red desde su recepción, detectó más de 400 metros lineales de tubería con deformaciones o roturas y otras deficiencias que en comunicación recibida en el Ayuntamiento procedente de Canal de Isabel II en 25-9-2009 no estaba aún resueltas y no las resolvió aquella hasta el 18-08-2010, fecha del acta de recepción de conformidad emitida y suscrita la gestora del servicio de saneamiento, la promotora y el Ayuntamiento.

Lo segundo porque el empeoramiento de la situación económica que ha derivado en el parón de la actividad constructora y de venta de viviendas en toda España aún está vigente.

10º. MOCIONES URGENTES. No se presentaron. 11º. RUEGOS Y PREGUNTAS. Abierto por el Presidente el turno de intervenciones se produjeron las que

se describen. * La Concejala del Grupo Popular Sra. Sastre García preguntó por el

destino de una letrina portátil que se venía alquilando varios meses. * Respondió el Alcalde que se había alquilado para dar servicio al

personal que vigilaba el depósito municipal de restos vegetales de Los Navazales hasta que se pudiera construir un aseo definitivo en dicho lugar.

* La Sra. Sastre García preguntó acerca de la posible instalación de módulos prefabricados en el solar del Arzobispado situado en la calle Concejo.

* Respondió el Alcalde que había realizado gestiones ante la Comunidad de Madrid a fin de que esta cumpliera el compromiso asumido en 2006 de construir en dos años un Centro Cívico Parroquial valorado en 850.000 € y así evitar que el Ayuntamiento tuviera que seguir sufragando los 6.000 € anuales que costaba el alquiler de la casa del Párroco en cumplimiento del convenio de expropiación y permuta suscrito el año 2006 con el Arzobispado de Madrid. Que la Dirección General de Arquitectura y Vivienda de la Comunidad de Madrid había anunciado su propósito de instalar dos módulos prefabricados en el solar de la Parroquia situado en la calle Concejo, para dotar a esta provisionalmente

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de una vivienda y un salón parroquial. Que para ello había solicitado se le informara de los parámetros urbanísticos aplicables en dicho solar y había enviado dos técnicos que en días pasados comprobaron sobre el terreno las posibilidades de acceso de vehículos pesados. Que en conversaciones mantenidas con el Arzobispado, representantes del mismo le habían trasladado su aceptación de los módulos como solución provisional ante las dificultades económicas de la Comunidad de Madrid para acometer la construcción del edificio comprometido hacía siete años. Que esta solución evitaba al Ayuntamiento tener que continuar sufragando el alquiler de una vivienda para el Párroco y que en relación con el aspecto estético que pudieran tener los módulos procuraría que la Dirección General de Arquitectura y Vivienda aceptara realizar algún tipo de tratamiento.

* La Sra. Sastre García preguntó sobre el reintegro de un subvención de fomento de empleo reclamada por la Comunidad de Madrid.

* Respondió el Alcalde que se informaría y le respondería. * La Sra. Sastre García pidió una relación de las últimas subvenciones

tramitadas. * Respondió el Concejal de Hacienda Sr. Sacaluga Luengo, que le haría

llegar esa información. * El Concejal del Grupo Popular Sr. Rodríguez Moreno preguntó si el

Coordinador Deportivo realizaba tareas distintas de las deportivas. * Respondió el Alcalde que realizaba todo tipo de gestiones relacionadas

con la promoción deportiva y que impartía clases como monitor deportivo de fútbol.

* El Concejal del Grupo Popular Sr. Cobertera Hijano preguntó sobre las obras de carril bici de la ctra. de Cabanillas.

* Respondió el Alcalde que estaban pendientes del Plan Prisma de la Comunidad de Madrid. Que existían dificultades de financiación por cuanto en lo relativo a los policías Bescam la Comunidad de Madrid no había comunicado nada sobre cómo había de aplicarse la reducción del 50% de la consignación presupuestaria que unilateralmente había aprobado para el año 2013 para gastos de seguridad de donde se financiaban las subvenciones comprometidas con los Ayuntamientos en los respectivos convenios firmados. Que tampoco se había recibido cantidad alguna en los dos meses transcurridos de 2013. Que se estaba a la espera de lo que decidiera la Comunidad de Madrid.

* Volvió el Alcalde a referirse a la pregunta del Sr. Cobertera Hijano reiterando que se demostró la conveniencia de ejecutar el carril bici de la ctra. de Cabanillas por el margen derecho en vez de por el izquierdo en sentido Cabanillas de la Sierra por la existencia de roca en este lado.

* El Sr. Cobertera Hijano recordó que viene solicitando se mejoren los jardines y la losa de delimitación del término municipal de la ctra. de Valdemanco.

* Respondió el Alcalde que no había presupuesto.

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* Preguntó el Sr. Cobertera Hijano si se había solicitado al Servicio de Montes de la Comunidad de Madrid algún aprovechamiento de la madera en los montes municipales de utilidad pública para generar ingresos.

* Respondió el Concejal de Medio Ambiente Sr. González Martín, que no se había pedido nada de eso porque no era competencia del Ayuntamiento.

* Intervino el Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García para manifestar que el Ayuntamiento si podía solicitar a la Administración Regional titular de la gestión de los Montes de Utilidad Pública la realización de tareas de mejora en los montes de propiedad municipal o la explotación de la madera.

* Respondió el Concejal de Medio Ambiente que no se había hecho tal petición.

* El Concejal Sr. Cobertera Hijano preguntó cuando se realizarían las mejoras comprometidas por la Asociación de Cazadores en su condición de adjudicataria de la caza del coto municipal.

* Respondió el Concejal Sr. Martín Hijano en su condición de Presidente de la Asociación de Cazadores mencionada que las mejoras se realizaron el 24-9-12 y consistieron en el arreglo de caminos.

* El Sr. Cobertera Hijano manifestó que no se habían realizado las mejoras comprometidas en los lugares señalados en el contrato.

Discreparon ambos Concejales sucediéndose varias intervenciones en esa situación.

* Reiteró el Sr. Cobertera que la Asociación de Cazadores se comprometió a eliminar alambradas abandonadas como entidad adjudicataria de la caza.

* Manifestó el Concejal de Medio Ambiente Sr. González Martín, que desconocía el asunto.

* Sobre pregunta del Sr. Cobertera Hijano acerca de la existencia de una bomba de agua en la balsa de El Humilladero, el Alcalde manifestó que si existía esa instalación.

* Por la Concejala del Grupo Popular Sra. Navacerrada Martín se preguntó sobre la reclamación presentada por la vecina de la calle Prado del Concejo y ex concejala del Grupo Socialista Sra. Trillo Sánchez-Redondo en relación con presuntos ruidos procedentes de la instalación exterior de aire acondicionado de la biblioteca municipal y recordó las incidencias habidas cuando se construyó una pantalla o cofre de fábrica de ladrillo y material aislante para reducir la propagación de ruidos de la cita instalación respecto a la intervención del Arquitecto Municipal Sr. Fabregat Carrascosa.

* Respondió el Concejal Delegado de Medio Ambiente Sr. González Martin manifestando que la construcción de la pantalla austríaca construida meses atrás para reducir la emisión de ruidos de la instalación citada se hizo en todo momento bajo la supervisión del Sr. Fabregat Carrascosa y en base los croquis e informe por él redactados como solicitó el Encargado de Mantenimiento antes de iniciar cualquier trabajo, pero que cuando se terminó la obra el Sr. Fabregat Carrascosa negó haber intervenido. Que todo ello se podía documentar para demostrarlo. Que esa obra disminuyó la emisión de ruidos de

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modo que ya solo los siente la Sra. Trillo Sánchez-Redondo. Que se ha preguntado a los vecinos cuyas viviendas se encuentran frente al edificio de la biblioteca, incluso más cerca que la vivienda de la Sra. Trillo Sánchez-Redondo y han confirmado la mejora habida. Que el Grupo Popular debía valorar si su intervención en este asunto no era desproporcionada. Que no se iban a tomar más medidas.

* Respondió la Sra. Navacerrada Martín que para ella era un caso más, que no era cierto lo que había dicho el Sr. González Martín de que el técnico había hecho un informe especial para el P.P. que contradecía lo que les había dicho a ellos, porque solo hubo un informe en el Ayuntamiento que fue el que vieron todos.

* Intervino el Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García manifestando que era un caso que el Concejal Sr. González Martín despachaba con mentiras propias de ese personaje.

* Replicó el Sr. González Martín pidiendo al Presidente pidiera rectificación al Sr. De Mateo García.

* El Alcalde señaló que daba por terminado ese debate. * Siguió protestando el Sr. González Martín. * Intervino el Alcalde manifestando que reprobaba al Sr. De Mateo

García por sus manifestaciones. Que él daba las palabras. Y rogó no utilizaran ese tipo de expresiones.

* El Sr. De Mateo García preguntó sobre un escrito presentado por el ex arquitecto municipal honorífico Sr. Fabregat Carrascosa con la denominación de reclamación previa a la vía jurisdiccional social.

* Respondió el Alcalde que respondería en la próxima sesión. * El mismo Concejal del Grupo Popular preguntó sobre la situación de la

obra privada situada detrás de la ermita del Cristo. * Respondió el Alcalde que se encontraba pendiente de resolución. * El Sr. De Mateo García solicitó listado actualizado de procedimientos

contenciosos en curso. * El mismo pidió lista de reparos de la Intervención para evaluar. * El mismo leyó un escrito dirigido al Alcalde por la Cámara de Cuentas

de Madrid, con el contenido literal que se describe. “Le comunico que, con fecha 31 de enero de 2013, el Consejo de la

Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, ha adoptado el acuerdo que se traslada a continuación:

“A tenor de lo dispuesto en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la Ley 11/1999, de 29 de abril de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, con fecha 16 de mayo de 2012 se efectuó requerimiento de colaboración al Ayuntamiento de Bustarviejo, mediante escrito del Presidente de la Cámara de Cuentas, dirigido al Alcalde de la corporación, solicitando la rendición de cuentas generales del citado Ayuntamiento, correspondientes a los ejercicios 2006 a 2010; todo ello de conformidad con el artículo 212.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las

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Haciendas Locales, y el artículo 15 de la Ley 11/1999, de 29 de abril, de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid.

El Ayuntamiento de Bustarviejo incumplió el requerimiento aludido en el plazo otorgado al efecto.

A la vista de lo anterior y, en virtud del artículo 11.3 de la precitada Ley 11/1999, de 29 de abril, el Consejo de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, en su sesión del día 25 de octubre de 2012, adoptó el siguiente acuerdo:

“Requerir al Ayuntamiento de Bustarviejo la rendición de las cuentas generales de los ejercicios 2006 a 2010, en un plazo improrrogable que finalizará el 7 de enero de 2013, significándose que, en caso de no atenderse este requerimiento, se dará traslado al Tribunal de Cuentas para la adopción de lo dispuesto en el artículo 42, apartados 2, 3, y 4 de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas y en el artículo 30 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.”

Habiéndose incumplido por parte del Ayuntamiento este requerimiento conminatorio, el Consejo de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, en su sesión del 31 de enero de 2013, ACUERDA

PRIMERO.- Dar traslado al Tribunal de Cuentas de la falta de colaboración del Ayuntamiento de Bustarviejo, en cuanto a la obligación legal de la rendición de cuentas de los ejercicios 2006 a 2010, para la adopción en su caso, de lo dispuesto en el artículo 42, apartados 2, 3 y 4 de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas y en el artículo 30 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.

SEGUNDO.- Comunicar a la Asamblea de Madrid la falta de colaboración del Ayuntamiento de Bustarviejo.”

* Con permiso del Presidente el Secretario-Interventor manifestó que la próxima semana procuraría terminar de documentar las cuentas generales de los ejercicios pasados pendientes de remitir por vía electrónica a la Cámara de Cuentas, y que la carga de trabajo existente y los problemas de salud sufridos en los dos últimos meses le habían impedido cumplimentar esos expedientes.

* Intervino el Concejal Sr. Sacaluga Luengo para manifestar que hacía dos meses había insistido al Secretario-Interventor sobre la urgencia de cumplimentar la remisión de las cuentas generales de ejercicios pasados pero él tenía otras prioridades y que las prioridades las fijaba el Equipo de gobierno.

* Con permiso del Presidente el Secretario-Interventor manifestó que se sentía acosado profesionalmente, que tenía que atender numerosas tareas que legalmente no le correspondían como la gestión de cuentas de crédito para poder pagar las nóminas del personal, lo que veía haciendo los últimos tres años, y multitud de tareas de gestión que suponían una carga de trabajo difícil de soportar.

* El Sr. De Mateo García preguntó como los policías Bescam habían cobrado la nómina completa en enero a pesar de la reducción de la subvención de la Comunidad de Madrid para atender esos gastos y la falta de comunicación concreta al respecto.

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* Respondió el Concejal Delegado de Hacienda Sr. Sacaluga Luengo recordando que la Comunidad de Madrid aún no había comunicado como se aplicaría la reducción presupuestaria de la consignación para gastos de seguridad, y por tanto se había aplicado el acuerdo de adecuación del servicio de policía adoptado en noviembre pasado en cómputo anual por lo que cuando se conociera definitivamente que aportación realizaría la Comunidad de Madrid en 2013 para pagar los gastos de personal de los policías Bescam se regularizaría la situación.

* Recordó el Alcalde que también se acordó la denuncia del convenio Bescam por incumplimiento del mismo a cargo de la Comunidad de Madrid.

* El Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García pidió que el asunto de los menús de las educadoras de la Casa de Niños pagados por el Ayuntamiento sin decisión formal alguna que había motivado un reparo de Intervención, se tratar en Comisión Informativa.

* Respondió el Concejal Delegado de Hacienda Sr. Sacaluga Luengo señalando que antes de que se produjera el reparo de Intervención hubo advertencias por escrito en el mismo sentido. Que él no compartía el criterio de la Intervención y por eso decidió proponer la adopción de un acuerdo plenario que regularizara la situación autorizando formalmente el pago de los menús diarios consumidos por las educadoras de la Casa de Niños que actualmente era solo uno, y que por eso se llevó a informe de la Comisión Informativa de Hacienda la propuesta de acuerdo mencionado. Que el pagó de menús de las educadoras de las Casas de Niños por los Ayuntamientos era habitual en la zona. Que habló con la Directora de la Casa de Niños para informarle del acuerdo plenario que pensaban adoptar y la Directora había hecho llegar un escrito por el que renunciaban las educadoras a continuar consumiendo los menús diarios a cargo del Ayuntamiento. Y en consecuencia entendía que no había caso.

* El Sr. De Mateo García reiteró su propuesta. * El Alcalde manifestó que se vería en Comisión Informativa. Y no habiendo más asuntos que tratar por el Presidente se levantó la

sesión cuando eran las veintidós horas y cincuenta y cinco minutos del día al principio indicado.

Para constancia de lo descrito, el Secretario que suscribe redacta la presente acta, de cuyo contenido da fe.

Vº Bº EL ALCALDE EL SECRETARIO,

Fdo. Angel Temprano Prieto. Fdo. Juan Francisco Bravo Collantes.

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ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO EL DIA 8 DE ABRIL DE 2013.

En la villa de Bustarviejo, siendo las veinte horas del día ocho de abril del año dos mil trece se reúnen los Corporativos relacionados con la asistencia del Secretario que suscribe, en el salón de sesiones de la Casa Consistorial, al objeto de celebrar sesión pública ordinaria del Pleno del Ayuntamiento para la que habían sido citados en tiempo y forma legales.

CORPORATIVOS ASISTENTES: D. Angel Temprano Prieto, Alcalde-Presidente (Grupo Municipal Socialista). D. Juan Antonio Sacaluga Luengo, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Socialista). D. José Mª Gómez Fernández, Concejal (Grupo Municipal Socialista). D. Miguel A. Martin Hijano, Concejal (Grupo Municipal Socialista). D. Alberto Ignacio Penades García, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes). D. José Carlos González Martín, Concejal (Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes). D. Julio Jesús de Mateo García, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Popular). D. Francisco Cobertera Hijano, Concejal (Grupo Municipal Popular). Dª Berta Sastre García. Concejala (Grupo Municipal Popular). D. Oscar Rodríguez Moreno, Concejal (Grupo Municipal Popular). NO ASISTEN SIN EXCUSA Dª Mª Mercedes Navacerrada Martín, Concejala (Grupo Municipal Popular). SECRETARIO: Juan Francisco Bravo Collantes.

Funcionario de Administración Local con Habilitación Estatal.

Presidió la sesión el Sr. Alcalde, quien tras saludar a los presentes dio lectura al orden del día cuyo contenido se describe,

ORDEN DEL DIA

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1º. PUESTA EN CONOCIMIENTO DE LA DIMISION DEL ALCALDE D. ANGEL TEMPRANO PRIETO.

A continuación se trato el asunto señalado en la forma que se describe. 1º. PUESTA EN CONOCIMIENTO DE LA DIMISION DEL

ALCALDE D. ANGEL TEMPRANO PRIETO. * Tomó la palabra el Alcalde dando lectura al texto cuyo contenido literal

se transcribe. “Buenas tardes. En el presente pleno vengo a dar conocimiento de mi renuncia a la Alcaldía de este gobierno y a someter dicha decisión a la aceptación por los concejales aquí presentes. Como es sabido, no se ha producido causa legal, como incompatibilidad sobrevenida, moción de censura u otra que me obligue a ello. La decisión es voluntaria y explico las razones que me han conducido a adoptarla. No hay un motivo único, como resulta fácil comprender. Estos últimos meses han concurrido circunstancias de distinta índole: sobrecarga laboral, dificultades en la vida personal y familiar y otras. Ello ha limitado mi disponibilidad para ejercer el cargo y me ha impedido atender debidamente a los vecinos con la dedicación que yo hubiera deseado. Esta situación ha generado una creciente delegación de responsabilidades y funciones en los concejales que me han arropado. El Equipo de Gobierno ha analizado ampliamente esta situación y trasladó la conclusión de sus reflexiones a las dos fuerzas políticas que le dan apoyo político. Como corresponde a un saludable ejercicio de las prácticas democráticas, la Agrupación Socialista y la Asamblea Local de IU llevaron a cabo un debate político. Como resultado de ello, convinieron en que mi renuncia a la Alcaldía podría facilitar el inicio de una nueva etapa en el Gobierno municipal para afrontar con más garantías de éxito los enormes retos pendientes. En todo caso, dejaron a mi consideración la decisión final. Como es natural, por lealtad a mis compañeros de partido y de mis socios de coalición, pero sobre todo en consideración a los intereses generales de los vecinos, he optado finalmente por renunciar y apoyar sin reservas al candidato de consenso de la mayoría. Soy consciente de que mi renuncia puede crear preocupación o sensación de inestabilidad política. Afirmo rotundamente que no hay razones para ello. La persona que me sustituya gozará del apoyo unánime de los concejales de la mayoría y de las formaciones políticas que respaldan al Gobierno. Tal vez sea oportuno recordar que, en este ayuntamiento, existen antecedentes de dimisiones de Alcaldes, algunas protagonizadas por Concejales aquí presentes, que no supusieron la interrupción del funcionamiento institucional. Por lo tanto, no debemos dar más importancia de la debida o incurrir en el oportunismo político de intentar obtener réditos electoralistas. Se trata

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simplemente de una dimisión dentro de la normalidad política, para dar paso a una nueva composición del ejecutivo municipal, acordada de forma unánimemente por la mayoría gobernante, con el firme propósito de reforzar la gobernabilidad y llevar a buen término el mandato popular recibido en las urnas. Cerca ya del ecuador de esta legislatura, me voy razonablemente satisfecho. Hemos encarrilado el saneamiento del Ayuntamiento, que recibimos lastrado con una deuda acumulada en varias legislaturas anteriores. Se ha puesto en marcha un Plan de Ajuste serio y justo. Hemos mantenido con dignidad los servicios públicos, a pesar de la adversa coyuntura económica. Hemos mantenido los puestos de trabajo municipales. En definitiva, hemos intentado gobernar desde una óptica de izquierdas, con atención a los problemas reales y sin perder mucho tiempo y energía en falsas polémicas o en asuntos menores. Quiero despedirme expresando mi enorme gratitud a todos los Concejales, al personal del Ayuntamiento y al pueblo de Bustarviejo”.

Seguidamente abrió el Presidente el turno de intervenciones de los Grupos Municipales dando la palabra al Portavoz del Grupo Popular en la Oposición, Sr. De Mateo García, quien se manifestó en los términos generales que se describen.

* Que no iban a hacer leña del árbol caído. Que los Grupos de la mayoría seguirían gobernando si hacían una transición razonable para disponer de seis Concejales con los que revalidar la Alcaldía. Que el motivo real de la dimisión del Alcalde era que los Grupos de la mayoría no estaban gobernando bien. Que los motivos dados por el Alcalde no eran los verdaderos, aunque no entraría en ello. Recordó que el Grupo Municipal Socialista en dos años había perdido dos Concejales, la 1ª Teniente de Alcalde y el Alcalde. Que había un serio problema de gobierno en el Ayuntamiento. Que aceptaban lo manifestado por el Alcalde pero no lo compartían.

* El Portavoz de los Grupos de gobierno Sr. Sacaluga Luengo, se manifestó en términos generales como se describe.

Que lo manifestado por el Alcalde era la verdad y que si el Sr. De Mateo García pensaba que no lo era debería decir cuáles eran los motivos de la dimisión para él. Que el verdadero problema que se debía recordar o lo eludir era que los Grupos de gobierno se encontraron con una deuda de un millón trescientos mil euros. Que decir que no se había gobernado cuando se había conseguido aprobar un plan de ajuste para pagar todas las deudas y se había liquidado el Presupuesto del año 2012 con superávit por primera vez en varios años, carecía de sentido. Que no se había gobernado como el Sr. De Mateo lo habría hecho, pero eso era legítimo. Que había autocrítica en los Grupos de gobierno, y fruto de ello era el ejemplo de honestidad y coraje del Alcalde. Que era cierto que había dimitido antes la 1ª Teniente de Alcalde. Que se había hecho un análisis interno y crítico, y se había dejado que el Alcalde tomara la decisión que considerara mejor para el pueblo.

* Con permiso del Presidente intervino el Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Penadés García, señalando que los Grupos

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de gobierno consideraban que se venían produciendo deficiencias en el funcionamiento del Gobierno Municipal, que esa reflexión se planteó tanto a la Asamblea Local de Izquierda Unida-Los Verdes como a la Agrupación local del Partido Socialista Obrero Español, llegándose a la conclusión de que debía replantearse la Alcaldía.

* Intervino el Alcalde agradeciendo las intervenciones de los Portavoces de los Grupos Municipales y advirtió que no tenía sentido debatir sobre si las causas de su dimisión citadas en su primera intervención eran verdad o no. Que había escuchado opiniones personales de todo tipo y las respetaba pero no procedía en esta sesión entrar en ese terreno.

Dio de nuevo la palabra al Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García, produciéndose una serie de intervenciones de este y del Portavoz de los Grupos de gobierno Sr. Sacaluga Luengo en los términos generales que se describen.

* El Sr. De Mateo García manifestó que lo que había querido decir en su anterior intervención era que el Grupo Socialista Municipal consideraba que el Sr. Temprano Prieto no era un buen alcalde y por eso le dejaba caer. Que los Grupos de gobierno habían forzado a dimitir al Alcalde, tal como este le había manifestado de forma personal. Que esa era la verdad a que se refería en su anterior intervención. Que cuando se enteró de los rumores de dimisión de Angel Temprano como Alcalde, le llamó por teléfono y le preguntó qué pasaba, porque había oído decir que iban a por él.

* El Sr. Sacaluga Luengo leyó textualmente el párrafo del texto que había hecho público el Sr. Temprano Prieto relativo a los motivos de su dimisión como alcalde, y reiteró que no había otras razones que las ahí expuestas. Manifestó que la Agrupación local del PSOE y la Asamblea local de IU-LV trasladaron a Angel Temprano la idea de que su renuncia como alcalde abriría una nueva etapa de gobierno en el Ayuntamiento. Que la razón política de la dimisión de Angel Temprano Prieto como Alcalde de Bustarviejo era que había perdido la confianza de sus compañeros de gobierno.

* El Sr. De Mateo García pidió constara en acta lo manifestado por el Sr. Sacaluga Luengo y añadió que ellos expresaban eso diciendo que al Alcalde le echan sus compañeros.

Que los Grupos de la mayoría provocaban con su decisión la segunda crisis de gobierno de la legislatura, y que ello tendría repercusión en la gestión municipal.

Que el Alcalde habría querido seguir y sin embargo se tenía que ir. * Replicó el Sr. Sacaluga Luengo que el Sr. De Mateo García había

manifestado al Alcalde que había escondido las razones de su dimisión, lo que se había demostrado que no era cierto por lo que pidió al Portavoz del Grupo Popular que se disculpara y fuera más respetuoso con los demás Concejales.

* Intervino el Alcalde manifestando que se debía seguir adelante y no insistir en lo secundario.

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* Replicó el Sr. De Mateo García que no tenía que pedir disculpas a Angel Temprano porque ya había hablado personalmente con él y que le deseaba lo mejor.

* El Sr. Sacaluga Luengo, agradeció la labor realizada por Angel Temprano Prieto como Alcalde y se puso a su disposición.

* Terminó el Alcalde manifestando que el próximo jueves se celebraría la sesión plenaria para elección del nuevo alcalde y afirmó que él apoyaría al candidato de consenso de los Grupos de la mayoría de izquierdas porque él se sentía socialista y los socialistas no mueren, se siembran.

- La Corporación se dio por enterada de la dimisión de D. Angel Temprano Prieto como Alcalde de Bustarviejo.

Y no habiendo más asuntos que tratar por el Presidente se levantó la sesión cuando eran las veinte horas y cuarenta minutos del día al principio indicado.

Para constancia de lo descrito, el Secretario que suscribe redacta la presente acta, de cuyo contenido da fe.

Vº Bº EL ALCALDE EL SECRETARIO,

Fdo. Juan Antonio Sacaluga Luengo. Fdo. Juan Francisco Bravo Collantes.

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ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA-URGENTE CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO EL DIA 11 DE ABRIL DE 2013.

En la villa de Bustarviejo, siendo las veinte horas del día once de abril

del año dos mil trece se reúnen los Corporativos relacionados con la asistencia del Secretario que suscribe, en el salón de sesiones de la Casa Consistorial, al objeto de celebrar sesión pública ordinaria del Pleno del Ayuntamiento para la que habían sido citados en tiempo y forma legales.

CORPORATIVOS ASISTENTES: D. Angel Temprano Prieto, Concejal (Grupo Municipal Socialista). D. Juan Antonio Sacaluga Luengo, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Socialista). D. José Mª Gómez Fernández, Concejal (Grupo Municipal Socialista). D. Miguel Martin Hijano, Concejal (Grupo Municipal Socialista). D. Alberto Ignacio Penades García, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes). D. José Carlos González Martín, Concejal (Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes). D. Julio Jesús de Mateo García, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Popular). Dª Mª Mercedes Navacerrada Martín, Concejala (Grupo Municipal Popular). D. Francisco Cobertera Hijano, Concejal (Grupo Municipal Popular). Dª Berta Sastre García. Concejala (Grupo Municipal Popular). D. Oscar Rodríguez Moreno, Concejal (Grupo Municipal Popular). SECRETARIO: Juan Francisco Bravo Collantes.

Funcionario de Administración Local con Habilitación Estatal.

Presidió la sesión el Primer Teniente de Alcalde D. Alberto Ignacio Penadés García, quien tras saludar a los presentes dio lectura al orden del día cuyo contenido se describe,

ORDEN DEL DIA

1º. URGENCIA DE LA CONVOCATORIA. 2º. ELECCION DE ALCALDE.

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3º. PUESTA EN CONOCIMIENTO DE LA DIMISION DEL CONCEJAL D. ANGEL TEMPRANO PRIETO.

A continuación se trataron los asuntos señalados en la forma que se

describe. 1º. URGENCIA DE LA CONVOCATORIA. El Presidente Sr. Penadés García en nombre de los Grupos de gobierno,

Socialista y de Izquierda Unida-Los Verdes, justificó la urgencia de la convocatoria en la necesidad de evitar se prolongara la situación transitoria generada por la dimisión del Alcalde de la que se había dado conocimiento al Pleno el pasado día ocho de abril, procediendo a elegir un nuevo Alcalde a la mayor brevedad.

Dio la palabra al Portavoz del Grupo Municipal Popular Sr. De Mateo García, quien manifestó que no estaba de acuerdo con la justificación expuesta porque entendía que se podía haber esperado a la sesión ordinaria del próximo día veintiséis de abril.

Sometida a votación la propuesta de acuerdo cuyo contenido luego se describe, con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes y el voto en contra de los cinco Concejales del Grupo Municipal Popular se acordó:

- Declarar urgente la convocatoria. 2º. ELECCION DE ALCALDE. Constituida la Mesa de Edad compuesta por los Concejales de mayor

edad y más joven, Sres. Cobertera Hijano y Rodríguez Moreno, pasó a presidir la sesión el primero de los citados en aplicación de la normativa vigente.

A ruego del Presidente de la Mesa, el Secretario recordó que los Concejales debían proceder a la elección de Alcalde de entre ellos votando cada uno a favor de los que como candidatos encabezaron las listas que habían obtenido representación en el Ayuntamiento o de los que seguían a aquellos en las listas por renuncia los anteriores, de manera que el candidato que obtuviera mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, es decir, seis votos sobre el total de once, sería proclamado Alcalde, y en caso de que ningún candidato obtuviera ese número de votos sería proclamado Alcalde electo el que encabezó la lista electoral que obtuvo en las pasadas elecciones locales mayor número de votos o el que siguiera en dicha lista por renuncia de los anteriores.

Por el Presidente de la Mesa de Edad se solicitó mediante votación nominal el voto de cada Concejal obteniéndose el siguiente resultado:

D. Julio de Mateo García, cinco votos. D. Juan Antonio Sacaluga Luengo, seis votos. Por el Presidente de la Mesa, Sr. Cobertera Hijano, se proclamó Alcalde

a D. Juan Antonio Sacaluga Luengo por haber obtenido el respaldo de seis de los once Concejales que de Derecho formaban la Corporación, lo que constituía quórum de mayoría absoluta legal. Seguidamente felicitó al nuevo Alcalde y le entregó el bastón representativo del cargo.

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A continuación el nuevo Alcalde con la mano derecha sobre un ejemplar de la Constitución Española de 1978 tomó posesión del cargo manifestando la fórmula siguiente:

“Prometo por mi conciencia y honor cumplir fielmente las obligaciones del cargo de Alcalde del Ayuntamiento de Bustarviejo, con lealtad al Rey por imperativo legal, y guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado”.

Si desplazó el Sr. Sacaluga Luengo al lugar habitual que ocupaba el Presidente de la Corporación y abrió un turno de intervenciones de los Portavoces de los Grupos Municipales, empezando por el del Grupo Popular.

* El Sr. De Mateo García, Portavoz del Grupo Popular, manifestó que no tenía nada que decir.

* El Sr. Gómez Fernández, Portavoz del Grupo Socialista, felicitó al nuevo Alcalde, le dio la bienvenida y le deseó suerte.

* El Sr. Penadés García, Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, dio la bienvenida al nuevo Alcalde, le deseó suerte y manifestó que le apoyarían.

* Tomó la palabra el Sr. Sacaluga Luengo recordando como se había formado la colación de gobierno entre los Concejales del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) y los Concejales de Izquierda Unida-Los Verdes tras las pasadas elecciones locales. Señaló que por unanimidad de quienes formaban la Agrupación local del PSOE y de quienes integraban la Asamblea local de Izquierda Unida-Los Verdes le ofrecieron su apoyo para acceder a la Alcaldía. Que además había aceptado asumir esa responsabilidad por razones morales y por el apoyo personal recibido del Alcalde anterior D. Angel Temprano Prieto. Describió a continuación los que consideraba objetivos de su mandato como Alcalde, señalando los siguientes,

1.- Cumplimiento del Plan de Ajuste aprobado por la Corporación e informado favorablemente por el Ministerio de Hacienda, a través del cual por primera vez, el Ayuntamiento tenía unas cuentas saneadas, habiéndose pagado las deudas acumuladas años atrás con proveedores a través del préstamo a largo plazo concertado mediante la línea Instituto de Crédito Oficial (ICO)-Ministerio de Hacienda.

2.- Restructuración del servicio de policía local después de haber pasado de la inicial reducción del 50% de la subvención para los policías Bescam comprometida en convenio por la Comunidad de Madrid, al compromiso de los responsables de esta, transmitido hacía dos días de que en 2013 el Ayuntamiento recibiría por dicho concepto la cantidad de 225.000 €, casi el 100% de lo previsto en el convenio de colaboración suscrito en el año 2009 y del gasto total presupuestado. Que no obstante, el convenio mencionado terminaba a 31 de diciembre de 2018, y ante la posible negativa de la Comunidad de Madrid a prorrogarlo, intentaría negociar con los policías, de acuerdo con el Grupo Municipal Popular, una forma de hacer frente a esa eventualidad.

3.- Se intentará concluir la redacción del Plan General de Ordenación Urbana en lo que resta de legislatura.

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4.- Racionalización y regularización de la plantilla de personal en negociación, ya iniciada, con los trabajadores municipales.

5.- Diseño de un Plan de Fomento del Turismo sostenible. 6.- Mejorar la promoción cultural a través de formulas imaginativas y en

colaboración con las entidades asociativas. 7.- Defender los servicios públicos y la calidad de vida de los vecinos,

intentando mejorar la situación dentro de lo económicamente posible. Manifestó que existía un alto nivel de acuerdo en el Equipo de Gobierno

y que se intentarían superar las deficiencias habidas en materia de coordinación. Señaló que a pesar de sus limitaciones personales y familiares prestaría

una dedicación adecuada al Ayuntamiento comprometiendo una presencia de dos días de cada tres en semanas alternas en la Alcaldía para poder atender al público por la mañana o por la tarde.

Señaló que pretendía de forma sincera cooperar con la Oposición. Que procuraría celebrar reuniones de trabajo y aplicar otras formulas de colaboración o participación con la intención de llegar a acuerdos. Que intentaría promover un diálogo con los agentes involucrados en la vida municipal planteando la posible promoción de consultas populares. Finalmente manifestó que procuraría mejorar la información a través de bandos y el uso de la página web, para interactuar con los vecinos. Agradeció la presencia del público y abrió un turno de intervenciones a los portavoces de los Grupos Municipales.

* Tomó la palabra el Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García quien se manifestó en los términos generales que se describen.

Señaló que no había intervenido antes porque prefería escuchar el planteamiento del nuevo Alcalde. Resumió lo manifestado por el Alcalde y dijo que darían un margen de confianza como correspondía. Afirmó que el tipo de municipio que el Partido Popular planteaba era distinto al que planteaba el Gobierno Municipal, especialmente el defendido por Izquierda Unida-Los Verdes, y eso generaría dificultades de consenso. Que ellos tenían experiencia de gobierno y en base al conocimiento que eso les dio actuarían. Que pondrían por encima los intereses del municipio según su concepción frente a los del Partido. Señaló que por ejemplo en el Plan General de Ordenación Urbana sería difícil el acuerdo. Que era necesario generar ingresos no tributarios procurando cambiar el modelo productivo en base a patrimonio y naturaleza. Que era bienvenida la mayor disponibilidad del nuevo Alcalde para atender a los vecinos. Que no harían oposición destructiva pero si una tarea de control especialmente por las dos crisis sufridas por el Gobierno Municipal. Que deseaba suerte al nuevo Alcalde y le ofrecía la mano tendida.

* Por el Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Gómez Fernández se manifestó que su Grupo avalaba y apoyaba al nuevo Alcalde y que a pesar de las diferencias apoyarían la colaboración con el Grupo Municipal Popular. Que a pesar de las dos crisis de gobierno sufridas las cuentas del Ayuntamiento se habían saneado. Agradeció finalmente el propósito de colaboración manifestado por el representante del Grupo Popular.

* Por el Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, se manifestó el apoyo al nuevo Alcalde y reafirmó la oferta de colaboración

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ofrecida por este al Grupo Popular a pesar de diferente visión que mantenían respecto al modelo de municipio.

* Finalmente intervino el Alcalde, Sr. Sacaluga Luengo manifestando que no era militante del PSOE ni de IU-LV por lo que agradecía especialmente el apoyo de le habían dado ambas organizaciones. Que se consideraba independiente de izquierdas por lo que no tenía vocación partidista. Reiteró su acuerdo sobre un modelo económico en base al turismo sostenible para el municipio. Señaló que entre los Concejales de los Grupos de gobierno había habido más discrepancias personales que políticas, pero que se habían superado mediante la solidaridad para afrontar los problemas.

3º. PUESTA EN CONOCIMIENTO DE LA DIMISION DEL CONCEJAL D. ANGEL TEMPRANO PRIETO.

Con permiso del Presidente el Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García preguntó por la carta de dimisión del Concejal Sr. Temprano Prieto.

Contestó el Alcalde, Sr. Sacaluga Luengo que el Concejal Sr. Temprano Prieto no había presentado la dimisión formalmente porque el fin de semana próximo se celebraba una fase final de un campeonato de ajedrez de la Comunidad de Madrid en Bustarviejo, durante la cual debía continuar ejerciendo como Concejal de Deportes, ya que era mérito suyo que dicho evento se llevara a cabo en el municipio.

A ruego del Presidente, el Secretario informó que era preceptivo formalizar la dimisión de los Concejales por escrito.

Por el Presidente se suspendió la sesión durante cinco minutos. Transcurrido el tiempo señalado se reanudó la sesión, señalando el

Alcalde que retiraba el punto del orden del día, y anunció que el próximo lunes a las diez de la mañana se celebraría un pleno extraordinario-urgente para la puesta en conocimiento de la citada dimisión. Ante las protestas del Sr. De Mateo García y del Sr. Cobertera Hijano, el Alcalde manifestó que su propuesta de diferir la dimisión al lunes era un gesto de deferencia hacia el Sr. Temprano Prieto, y finalmente señaló que la citada sesión se celebraría el lunes próximo a las doce horas de la mañana.

Y no habiendo más asuntos que tratar por el Presidente se levantó la sesión cuando eran las veintiuna horas y quince minutos del día al principio indicado.

Para constancia de lo descrito, el Secretario que suscribe redacta la presente acta, de cuyo contenido da fe.

Vº Bº EL ALCALDE EL SECRETARIO,

Fdo. Juan Antonio Sacaluga Luengo. Fdo. Juan Francisco Bravo Collantes.

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ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA-URGENTE CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO EL DIA 15 DE ABRIL DE 2013.

En la villa de Bustarviejo, siendo las doce horas del día quince de abril del año dos mil trece se reúnen los Corporativos relacionados con la asistencia del Secretario que suscribe, en el salón de sesiones de la Casa Consistorial, al objeto de celebrar sesión pública ordinaria del Pleno del Ayuntamiento para la que habían sido citados en tiempo y forma legales.

CORPORATIVOS ASISTENTES: D. Juan Antonio Sacaluga Luengo, Alcalde-Presidente (Grupo Municipal Socialista). D. José Mª Gómez Fernández, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Socialista). D. Miguel Martin Hijano, Concejal (Grupo Municipal Socialista). D. Alberto Ignacio Penades García, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes). D. José Carlos González Martín, Concejal (Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes). Dª Mª Mercedes Navacerrada Martín, Concejala Vice portavoz (Grupo Municipal Popular). D. Francisco Cobertera Hijano, Concejal (Grupo Municipal Popular). Dª Berta Sastre García. Concejala (Grupo Municipal Popular). NO ASISTEN CON EXCUSA: D. Angel Temprano Prieto, Concejal (Grupo Municipal Socialista). D. Julio Jesús de Mateo García, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Popular). D. Oscar Rodríguez Moreno, Concejal (Grupo Municipal Popular). SECRETARIO: Juan Francisco Bravo Collantes.

Funcionario de Administración Local con Habilitación Estatal.

Presidió la sesión el Sr. Alcalde, quien tras saludar a los presentes dio lectura al orden del día cuyo contenido se describe,

ORDEN DEL DIA

1º. URGENCIA DE LA CONVOCATORIA.

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2º. PUESTA EN CONOCIMIENTO DE LA DIMISION DEL CONCEJAL D. ANGEL TEMPRANO PRIETO.

3º. DELEGACIONES Y NOMBRAMIENTOS DE LA ALCALDIA. 4º. REPRESENTANTES DE LA CORPORACIÓN EN ORGANOS

COLEGIADOS. A continuación se trataron los asuntos señalados en la forma que se

describe. 1º. URGENCIA DE LA CONVOCATORIA. Justificó el Alcalde la urgencia de la convocatoria en la necesidad de

disponer cuanto antes de la credencial de la nueva Concejala del Partido Socialista Obrero Español que debía sustituir al Concejal dimisionario de la misma formación política, quien además dijo, sería Delegada de Hacienda y Tesorera Municipal.

Dio la palabra el Presidente a la Vice portavoz del Grupo Popular en la Oposición, Sra. Navacerrada Martín, quien se manifestó en los términos generales que se describen.

* Leyó el texto cuyo contenido literal se describe. “Habiendo sido convocados a la celebración de una sesión plenaria del

Pleno del Ayuntamiento de Bustarviejo, sesión convocada como extraordinaria y urgente para el próximo lunes 15 de abril a las 12,00 h., los concejales Oscar Rodríguez Moreno y Julio de Mateo García queremos hacer constar que:

1. La celebración de esta sesión quedó decidida por el Sr. Alcalde en el Pleno celebrado el pasado 11 de abril para su elección, e iba a celebrarse de forma excepcional en día y horario laborables por tratarse, según se nos quiso justificar, de un asunto de trámite sin debate, y ser una simple toma de razón de la renuncia al acta de concejal de Angel Temprano Prieto. Tal renuncia corresponde a un punto del orden del día del 11 de abril que no había podido incluirse finalmente entre los asuntos a tratar por un “error” que nosotros denunciamos. En realidad, lo que pasaba es que, por una negligencia, no se había formulado por escrito en los tiempos y forma que preceptúa la Ley.

2. El Pleno de 15 de abril iba a incluir por lo tanto, según el Sr. Alcalde, tan solo la subsanación de tal supuesto “error”, pero no ha sido así, y la convocatoria que nos ha sido remitida incluye dos asuntos más que requieren debate y toma de posición en relación con decisiones sobre la organización de la gestión municipal.

3. Estos dos asuntos de la organización municipal, como es obvio, bien podían haberse tratado en una sesión al efecto, si hubiese habido voluntad, en un horario habitual para garantizar la asistencia de todos los concejales; y sin necesidad de tener que tratarse, por otro lado en sesión plenaria extraordinaria y urgente.

4. Lo cierto es que el cambio de decisión del Sr. Alcalde ha provocado “de hecho” la imposibilidad de que ninguno de nosotros podamos asistir al Pleno para ejercer nuestros derechos como concejales como hubiéramos querido y

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debido, al ser el 15 de abril día laborable y por la mañana y tener que atender nuestros trabajos. Se nos ha impedido pues, por la vía de los hechos, ejercer tales derechos, y para nosotros este tema no es tema menor.

Por todo ello, Queremos hacer constar nuestra más enérgica y firme protesta por la

decisión del Sr. Alcalde de incluir dos asuntos más del previsto en este Pleno, y porque se ha incumplido lo indicado en el Pleno de 11 de abril.

Tal protesta se basa en la vulneración “de hecho” de nuestros derechos como concejales, que siempre intentamos ejercer con el debido respeto a los vecinos en general y a quienes nos han otorgado su representación en particular.”

* Intervino el Alcalde para señalar que no era objeto de debate la información sobre delegación de atribuciones de la Alcaldía, y respecto del otro punto incluido en el orden del día, obedecía a la decisión de atender el planteamiento del Grupo Popular de incorporar como representantes municipales a Concejales de dicho Grupo en Mancomunidades y otras entidades asociativas de las que formara parte el Ayuntamiento.

* Reiteró el Alcalde las razones expuestas al principio y puntualizó que no se debía esperar quince días, hasta el Pleno ordinario del día 26 de abril, para disponer de Tesorera. Que también en otras ocasiones se habían convocado sesiones plenarias extraordinarias y urgentes.

* La Sra. Navacerrada Martín refiriéndose a los Concejales del Grupo Popular Srs., De Mateo García y Rodriguez Moreno, ausentes de la sesión, se manifestó en los términos literales que se describen. “Por nuestra parte entendemos que estaban en su derecho de asistir al pleno y es lo que ellos han expresado y también es verdad que usted dijo el jueves pasado que este pleno sería exclusivamente para ratificar la renuncia de Ángel Temprano como concejal y sin embargo se han incluido dos puntos más y por eso mis compañeros protestan el hecho que en ningún caso hablan de derecho. En cuanto a la urgencia del pleno vamos a votar en contra, el señor alcalde ha dado dos razones, la primera la urgencia en nombrar a la futura Concejal de Hacienda y Tesorera, hasta este momento la Concejalía de Hacienda la lleva usted señor Sacaluga y lo que argumentan para la urgencia son razones de organización interna que para nosotros no tienen fundamento pues creemos que podían esperar perfectamente al pleno ordinario que se celebrará en menos de 15 días.”

Sometido a votación el acuerdo que se describe, con los votos a favor de los tres Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes y el voto en contra de los tres Concejales presentes del Grupo Municipal Popular, se acordó:

- Declarar urgente la convocatoria. 2º. PUESTA EN CONOCIMIENTO DE LA DIMISION DEL

CONCEJAL D. ANGEL TEMPRANO PRIETO.

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Dio lectura el Alcalde al escrito de dimisión como Concejal presentado por D. Angel Temprano Prieto.

Seguidamente dio la palabra a los Portavoces de los Grupos Municipales. Intervino en representación del Grupo Municipal Popular la Sra.

Navacerrada Martín quien dio lectura al texto que se describe. “En lo personal nuestros mejores deseos de futuro para el Sr. Temprano.

En cuanto la puesto público que ha venido desempeñando y la dimisión del mismo que hoy viene a Pleno, decir que no aprobamos en absoluto la forma en que se ha hecho, como Concejales de la Oposición, pero sobre todo como ciudadanos de Bustarviejo, pensamos que el hoy Sr. Concejal y anterior Alcalde, y sus compañeros de partido y coalición han puesto el servilismo a sus respectivos partidos por delante de la promesa de lealtad a Bustarviejo. Ustedes han montado una farsa de teatro en tres actos a cuál de todos más lamentable, que ofende la inteligencia del pueblo soberano y no la han montado pensando en el bien de Bustarviejo. Lo han hecho con el único fin de conservar el sillón de la alcaldía. Esto de hoy te vas de alcalde pero te quedas tres días de concejal. Luego te vas de concejal y como no está el dimisionario..... ¿para qué Sres. del Equipo de Gobierno, por el bien de Bustarviejo o para que no gobierne el P.P. aunque sea por unos días?. Esto no es lealtad al pueblo, son apaños para seguir en el poder sin que les importen los sufridos votantes que se sienten engañados y obligados a comulgar con las ruedas de molino que ustedes les dan, que, puede que sean legales pero no honestas.”

* Intervino el Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes Sr. Penadés García, en los términos generales que se describen.

Señaló que respetaba la postura del Grupo Popular, pero que en todo momento se procuró impactar lo menos posible en la gestión municipal con el proceso para la sustitución del Alcalde.

* Intervino el Concejal del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Gonzalez Martín pidiendo al Grupo Popular señalara cuales eran los perjuicios ocasionados al pueblo de Bustarviejo con el proceso de sustitución de Alcalde y cuales habrían sido los beneficios de que gobernara el Partido Popular unas semanas.

* Intervino el Portavoz del Grupo Municipal Socialista Sr. Gómez Fernández, en los términos generales que se describen.

Que respecto del teatro a que había hecho referencia la Portavoz del Grupo Popular, quería señalar que el proceso llevado a cabo había sido transparente y para mejorar la gestión mientras el Grupo Popular había intentado sacar rédito electoral. Y manifestó su agradecimiento a D. Angel Temprano Prieto por su labor como Alcalde y como responsable de Urbanismo y Deportes.

* Intervino el Alcalde Sr. Sacaluga Luengo agradeciendo el trabajo de D. Angel Temprano Prieto como Alcalde y como Concejal.

Señaló que se había cumplido la ley y que si el Partido Popular deseaba la elección directa del alcalde por los vecinos que modificara la legislación, ya que tenía mayoría en el Congreso de los Diputados para ello.

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Reiteró que se había actuado con transparencia y honestidad. Que todo lo realizado se había hecho en beneficio del pueblo, como también lo pretendía la propuesta del Grupo Popular, pero pedía que este no les diera certificados de honestidad.

* Replicó la Sra. Navacerrada Martín, manifestando lo que se describe. “En contestación a la última parte de la intervención del señor alcalde, nosotros no hemos cuestionado la legalidad de lo que ustedes han hecho ni tampoco el porqué de la marcha de Angel Temprano, sólo hemos dicho que no nos parece bien la forma en que se ha hecho y también he dicho que mi intervención de hoy es más como sentimiento de una ciudadana que como portavoz adjunto del P.P. Por supuesto que tiene derecho a irse y también tiene derecho a entrar un nuevo alcalde, todo está perfectamente recogido en la ley, pero cuando uno dice que se va, se va, eso es ser honesto, honestidad es decir me voy porque no puedo seguir, porque tengo que dejar otra persona… pero para nosotros no es honesto, hoy me voy pero me quedo tres días más para asegurar la alcaldía, luego otros días para entregar trofeos, así no se hacen las cosas. En cuanto a las preguntas del Concejal de Medio Ambiente, dice que cuales son los beneficios de que hubiese gobernado el P.P. por unos días, es que ni siquiera nos lo hemos planteado, sabíamos que ustedes no nos iban a dar opción alguna. Y la otra pregunta de los perjuicios que ha ocasionado lo que ustedes han hecho, yo no he hablado de perjuicios, sólo he dicho que con este montaje que ustedes han hecho los vecinos nos sentimos ofendidos, no lo han hecho pensando en el bien de Bustarviejo sino en no dar oportunidad de gobierno al P.P. aunque fuese por unos días como usted ha dicho, no está bien quedarse dimitir de alcalde y quedarse para garantizar a su grupo el sillón de la alcaldía. No tenemos como ha dicho el señor alcalde un discurso retórico que no sabemos cambiar, simplemente ustedes han decidido hacer las cosas así y reconocen que las han hecho porque quieren seguir en la alcaldía y nosotros, tenemos derecho a criticar lo que ustedes han hecho y cómo lo han hecho.” * Respondió el Alcalde en los términos generales que se describen. Repasó el proceso realizado con ocasión de la dimisión del Sr. Temprano Prieto manifestando que no había habido engaño alguno porque siempre declararon los Grupos de gobierno que garantizarían el control de la alcaldía y la continuidad del gobierno municipal. Pidió que no se usaran tonos ofensivos como traición, engaño, chantaje, que no contribuían a la paz social. Concretó que la palabra traición la usaba el Grupo Popular en sus órganos d comunicación (blog). Rogó se ejerciera el derecho a la crítica en un clima de cordialidad porque todos los Concejales estaban sirviendo al pueblo. * El Concejal del Grupo Popular Sr. Cobertera Hijano manifestó que si se había producido un perjuicio moral y mental para los ciudadanos. * El Concejal del Grupo de Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Gonzalez Martín señaló que asumían los inconvenientes generados con el cambio de Alcalde pero que los beneficios eran superiores. Añadió que no entendía por qué

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se sorprendían los Concejales del Grupo Popular que los Concejales de los Grupos de gobierno no quisieran que gobernara el Partido Popular de la misma manera que ellos no querían que lo hiciera el Partido Socialista Obrero Español e Izquierda Unida-Los Verdes. Que si no lo reconocían era porque eran unos hipócritas porque realmente querían gobernar y evitar que lo hagan ellos y preguntó si es que los Concejales del Grupo Popular no tienen ambición de poder.

* Replicó la Sra. Navacerrada Martín en los términos que se describen. “Usted se equivoca, ustedes decidieron gobernar y quizás ahora no nos interesa, ya que lo decidieron deben terminar, pero tanto si queremos como si no, le puedo asegurar que no a cualquier precio y de cualquier forma ni por encima de todo y sobre todo y ante todo, siempre por el bien de Bustarviejo. Y también, hace un momento, usted señor alcalde, nos ha pedido que seamos comedidos en los plenos, pero usted tiene concejales que provocan bastante y cada uno tenemos nuestro particular carácter ante esas provocaciones, luego, vamos a ser comedidos todos.”

- La Corporación se dio por enterada de la dimisión de D. Angel Temprano Prieto como Concejal de Bustarviejo.

3º. DELEGACIONES Y NOMBRAMIENTOS DE LA ALCALDIA. Dio cuenta el Alcalde d los decretos emitidos en materia de delegación

de atribuciones y nombramiento de Tenientes de Alcalde, cuyo contenido literal es el que se describe.

“DECRETO DE ALCALDÍA Nº 136-2013

De conformidad con lo dispuesto en los arts. 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en los arts. 43 y 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, y de conformidad con lo acordado por los miembros integrantes de los Grupos Municipales de gobierno, a efectos de una mayor eficacia en la gestión, RESUELVO: Primero.- Otorgar a favor de los Concejales siguientes las delegaciones genéricas que se señalan, comprendiendo las atribuciones concretas de dirigir organizar y supervisar la actividad municipal, de gestión directa o de colaboración con personas y entidades públicas y privadas mediante contrataciones, adoptar iniciativas, llevar a cabo programas de actividades e inversiones y autorizar, disponer y aprobar gastos previa propuesta a la Intervención. Todo ello, dentro de los límites fijados en el Presupuesto General de cada ejercicio y conforme a sus Bases de Ejecución. Adoptar cuantas resoluciones sean precisas en los procedimientos que afecten a terceros, incoados por aplicación de la legislación vigente y demás normativa aplicable. Representar al Ayuntamiento en cuantos órganos ostenten competencias en las materias señaladas.

DELEGACIONES O AREAS DE GESTION

1.- En materias de, Hacienda y Patrimonio, a favor de, Dª. Angela García Romero, desde su toma de posesión. 2.- En materias de, Medio Ambiente, Entorno Rural y Protección Animal, a favor de, D. José Carlos Gonzalez Martín. 3.- En materias de, Cultura, Educación, Deportes y Juventud, a favor de, D. José Mª Gómez Fernández. 4.- En materias de, Economía, Sanidad y Servicios Sociales, a favor de, D. Alberto Ignacio Penades García. 5.- En materias de, Obras Menores, Servicios y Festejos, a favor de,

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D. Miguel Angel Martín Hijano. Segundo.- Se reserva esta Alcaldía las atribuciones legales en materias de, Seguridad, Personal, Administración, Urbanismo y Coordinación del Gobierno. Tercero.- En todo lo no expresamente recogido en el apartado primero se entenderá que las atribuciones legales corresponden al Alcalde y en particular se reserva las siguientes:

a) Seguridad, Urbanismo y Deportes. b) Convocar y presidir las sesiones del Pleno, decidir empates con el voto de calidad, la

concertación de operaciones de crédito, la jefatura de todo el personal, la separación del servicio de los funcionarios y el despido del personal laboral.

c) Dirigir el gobierno y la administración municipal. d) Dictar bandos. e) La aprobación de instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no

expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización. Cuarto.- De las decisiones resolutivas a adoptar en el ejercicio de las atribuciones delegadas por el Alcalde, se informará a este a efectos de coordinación. Quinto.- Queda sin efecto lo dispuesto en el decreto nº 372-2011 de 16-06-2011 y en el decreto nº 153-2012 de 21-03-2012 sobre delegación de atribuciones del Alcalde. Del presente Decreto se dará cuenta al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que celebre, notificándose a los designados y se publicará en el “Boletín Oficial” de la Comunidad de Madrid sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de su firma. Dado, en Bustarviejo, a 12 de abril de 2013.”

“DECRETO DE ALCALDIA Nº 138-2012

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.2 de la Ley 7/1985, de

2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el artículo 46 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, tras la elección del Alcalde que suscribe en sesión plenaria celebrada el día once de abril de dos mil trece por dimisión del anterior. Previo acuerdo de los Grupos Municipales de gobierno, RESUELVO:

Primero.- Nombrar Primer Teniente de Alcalde al Concejal siguiente: D. Alberto Ignacio Penadés García. Segundo.- Nombrar Segundo Teniente de Alcalde al Concejal siguiente: D. Miguel Martín Hijano. Tercero.- A los Tenientes de Alcalde, les corresponderá sustituir al

Alcalde en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que le imposibilite para el ejercicio de sus atribuciones.

Cuarto.- Del presente decreto se dará cuenta al Pleno en la primera

sesión que celebre, notificándose, además, personalmente al designado, y se

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publicará en el “Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid” sin perjuicio, de su efectividad desde el día siguiente al de la fecha en que se suscriba.

Dado en Bustarviejo, 12 de abril de 2013.” - La Corporación se dio por enterada. 4º. REPRESENTANTES DE LA CORPORACIÓN EN ORGANOS

COLEGIADOS. Tomó la palabra el Alcalde para explicar que conforme señalara en su

discurso de investidura, su postura sobre la participación de los Grupos Municipales en la gestión municipal era distinta de la mantenida por su predecesor en la Alcaldía y se concretaba en la voluntad de procurar que el Grupo de la Oposición participara en aquella, y así se lo había planteado a los Grupos de gobierno. Añadió que en esa línea proponía al Grupo Municipal Popular participar en todas las entidades donde tuviera presencia formal el Ayuntamiento, como las mancomunidades de servicios, cediendo para ello el representante del Grupo Municipal Socialista al Grupo Popular.

* Agradeció la Portavoz del Grupo Popular Sra. Navacerrada Martín, la voluntad de acercamiento expuesta por el Alcalde señalando que aceptaban la representación del Ayuntamiento en las mancomunidades concretando que representarían al Ayuntamiento a través de los/as Concejales/as siguientes:

- Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte. Titular, Dª. Berta Sastre García. Suplente, Dª. Mercedes Navacerrada Martín. - Mancomunidad de Servicios Medioambientales, La Cabrera,

Valdemanco y Bustarviejo. Titular, D. Julio de Mateo García. Suplente, D. Francisco Cobertera Hijano. - Mancomunidad de Servicios Culturales Sierra Norte. Titular, a determinar. Suplente, a determinar. Sometido a votación el acuerdo que se describe, con los votos a favor de

los tres Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y los votos a favor de los tres Concejales presentes del Grupo Municipal Popular, se acordó:

- REPRESENTANTES DE LA CORPORACION EN ORGANOS COLEGIADOS.

1. Nombrar los siguientes representantes del Ayuntamiento en los organismos que se mencionan: * MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES SIERRA NORTE. Un Concejal del GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA. Un Concejal del GRUPO MUNICIPAL POPULAR.

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Un Concejal del GRUPO MUNICIPAL IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES. * MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES DE, LA CABRERA, VALDEMANCO Y BUSTARVIEJO. Un Concejal del GRUPO MUNICIPAL POPULAR. Un Concejal del GRUPO MUNICIPAL IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES. * MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS CULTURALES SIERRA NORTE. Un Concejal del GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA. Un Concejal del GRUPO MUNICIPAL POPULAR. Un Concejal del GRUPO MUNICIPAL IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES. 2. Mantener EL NÚMERO de representantes nombrados anteriormente en el resto de órganos colegiados. 3. En cualesquiera otros organismos, salvo acuerdo plenario expreso, la representación del Ayuntamiento la ostentará el/la Concejal Delegado/a que corresponda por razón de la materia.

Y no habiendo más asuntos que tratar por el Presidente se levantó la sesión cuando eran las doce horas y cincuenta y cinco minutos del día al principio indicado.

Para constancia de lo descrito, el Secretario que suscribe redacta la presente acta, de cuyo contenido da fe.

Vº Bº EL ALCALDE EL SECRETARIO,

Fdo. Juan Antonio Sacaluga Luengo. Fdo. Juan Francisco Bravo Collantes.

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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL

PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO EL DIA 26 DE ABRIL DE 2013.

En la villa de Bustarviejo, siendo las diecinueve horas del día veintiséis de abril del año dos mil trece se reúnen los Corporativos relacionados con la asistencia del Secretario que suscribe, en el salón de sesiones de la Casa Consistorial, al objeto de celebrar sesión pública ordinaria del Pleno del Ayuntamiento para la que habían sido citados en tiempo y forma legales.

CORPORATIVOS ASISTENTES: D. Juan Antonio Sacaluga Luengo, Alcalde-Presidente (Grupo Municipal Socialista). D. José Mª Gómez Fernández, Concejal (Grupo Municipal Socialista). D. Miguel A. Martin Hijano, Concejal (Grupo Municipal Socialista). Dª. Angela García Romero, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Socialista). D. Alberto Ignacio Penades García, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes). D. José Carlos González Martín, Concejal (Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes). D. Julio Jesús de Mateo García, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Popular). Dª Mª Mercedes Navacerrada Martín, Concejala (Grupo Municipal Popular). D. Francisco Cobertera Hijano, Concejal (Grupo Municipal Popular). Dª Berta Sastre García. Concejala (Grupo Municipal Popular). D. Oscar Rodríguez Moreno, Concejal (Grupo Municipal Popular). SECRETARIO: Juan Francisco Bravo Collantes.

Funcionario de Administración Local con Habilitación Estatal.

Presidió la sesión el Sr. Alcalde, quien tras saludar a los presentes abrió la sesión informando que sometería al Pleno una moción urgente que luego describiría, en el punto 7º del orden del día inicialmente establecido, quedando este como luego se describe.

ORDEN DEL DIA

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1º. APROBACION DE ACTAS DE SESIONES ANTERIORES. 2º. TOMA DE POSESION DE LA CONCEJALA Dª. ANGELA

GARCIA ROMERO. 3º. DECRETOS DE ORGANOS UNIPERSONALES. 4º. INFORMES DE CONCEJALES DELEGADOS. 5º. PETICIONES DE LA OPOSICION: ESTADO DE LOS

PROCEDIMIENTOS JUDICIALES Y ESTADO DE SUBVENCIONES. 6º. MODIFICACION DE TRAZADO DE LA VIA PECUARIA

CAÑADA REAL SEGOVIANA MEDIANTE PERMUTA DE TERRENOS MUNICIPALES, PARA REGULARIZACION DEL CAMPO DE FUTBOL Y DEL RESTAURANTE FUENTE DEL COLLADO.

7º. MOCION URGENTE: LICITACION DEL ARRENDAMIENTO DEL RESTAURANTE FUENTE DEL COLLADO.

8º. RECTIFICACION ANUAL DEL PADRON DE HABITANTES. 9º. VENTA DE SOLARES MUNICIPALES DEL BARRIO LA

BARDERA. 10º. PERMUTA PARCIAL DEL CALLEJON DE LA CALLE

MAYOR PARA REGULARIZACION DE EDIFICIO RESIDENCIAL. 11º. NOMBRAMIENTO DE CONCEJAL-TESORERA. 12º. CADUCIDAD DEL ACUERDO MARCO DE LA POLICIA

LOCAL. 13º. ADHESION AL SISTEMA ORVE DE TRANSMISION DE

DATOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 14º. DACION DE CUENTA DEL INFORME ANUAL DE

INTERVENCION SOBRE CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE AJUSTE. 15º. DACION DE CUENTA DEL INFORME TRIMESTRAL DE

INTERVENCION SOBRE MOROSIDAD. 16º. MOCIONES URGENTES. 17º. RUEGOS Y PREGUNTAS.

A continuación se trataron los asuntos señalados en la forma que se

describe. 1º. APROBACION DE ACTAS DE SESIONES ANTERIORES. Sometidas a aprobación por el Presidente las actas de las sesiones

celebradas los días 27-07-12 y 22-02-13, cuyas copias habían sido previamente distribuidas a todos los Corporativos, la Corporación aprobó las mismas por unanimidad.

2º. TOMA DE POSESION DE LA CONCEJALA Dª. ANGELA GARCIA ROMERO.

Explicó el Alcalde que para sustituir al Concejal dimitido D. Angel Temprano Prieto, tras la renuncia de los cuatro candidatos de la lista del Partido Socialista Obrero Español, testimoniada ante el Secretario del Ayuntamiento como había solicitado la Junta Electoral Central, que debían sustituirle , el citado órgano electoral había expedido la preceptiva credencial de Concejala electa a

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Dª. Angela García Romero, quien había presentado las preceptivas declaraciones de intereses y bienes antes de la toma de posesión que haría seguidamente. A continuación dio la palabra el Presidente a los Grupos Municipales.

* Tomó la palabra la Vice Portavoz del Grupo Popular Sra. Navacerrada Martín quien se manifestó en términos generales como se describe. “Agradezco a mi portavoz que me ceda la intervención de este punto del orden del día, que viene a ser una continuidad a la que hice en el pleno del día 15 en la dimisión como Concejal de Angel Temprano. En ese momento les dije que no nos gustaba la forma que tienen el Equipo de Gobierno de hacer las cosas en temas de documentación y otros, que no quiere decir que sea ilegal pero que no porque sean legales están bien hechas. Les dije también que con esa manera de hacer las cosas se ofende de alguna manera no solo a los Concejales de la Oposición sino también al pueblo que ha votado. Hoy, pocos días después, y sintiéndolo mucho tengo que repetir un poco lo mismo. En esta ocasión hemos encontrado en todo el procedimiento de la petición de credencial de Angela García, una serie de documentos que tiene bajo nuestro punto de vista graves defectos de forma. Como les he dicho en Junta de Portavoces, voy a hacer una cronología de cómo se han venido desarrollando las cosas. Primero hay un documento en el que el secretario certifica que el día 11 han renunciado a ser Concejales Electos la cuatro candidatos siguientes de la lista PSOE y dice que lo hacen después de la dimisión de Angel Temprano y esto no es así, pues Angel Temprano dimitió el día 15 cuatro días después, por lo tanto un error. El siguiente documento firmado por el señor alcalde solicita a la junta electoral la expedición de la credencial de Angela García, diciendo que Angel Temprano puso en conocimiento del pleno su renuncia en la sesión celebrada el día 11, no es así, la renuncia la presentó al pleno el mismo día 15 en que está fechada la solicitud del señor alcalde. Fechado el día 9, pero con salida el 10, se le pide a la doña Angela que presente su declaración de bienes ya que será proclamada Concejal Electa en el pleno del día de hoy 26 por ser la siguiente en la lista tras la dimisión de Angel Temprano, esto es otra falsedad. El día 9 y el 10 aún no habían renunciado las cuatro personas que la preceden en la lista ni tampoco Angel Temprano y por lo tanto en ese momento el concejal legal es Angel Temprano aunque haya dado su palabra de irse. No se pueden firmar documento sobre cosas que no son reales. También al señor Temprano le piden la declaración de bienes con registro de salida el día 12 de abril pero en el escrito le dicen, resultando que usted cesó en el cargo de Concejal por dimisión presentada el 15 ¿el 15 y el escrito sale el 12? Y por último hay un decreto firmado por el señor alcalde del cual dio cuenta en el pleno del día 15 aunque como en ningún momento se nombró el decreto, yo, por despiste lo entendí como una mera información y luego me di cuenta que lógicamente tenía que hacerse por decreto, el caso es que cuando lo he visto sobre papel, me ha chocado que está fechado el día 12 antes de la

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dimisión de Angel Temprano y en él se decreta el reparto de delegaciones y se nombra Concejal de Hacienda a la señora Angela García que aún en estos momentos no ha tomado posesión.. Bajo nuestro punto de vista todo esto son falsedades, creemos que las cosas no se hacen así, que no se puede certificar lo que no ha pasado realmente y un documento que certifique un hecho no ocurrido es una falsedad en sí mismo. El señor alcalde me decía el otro día que en el P.P. gustamos de utilizar términos ofensivos como engaño, mentira… y yo le pregunto ¿Cómo llama usted lo que han firmado en estos papeles? Permítame decir que todo lo que hemos dicho está demostrado en los papeles y por lo tanto es verdad por lo cual no entendemos que pueda ofender. Le pido que además de aclararnos esta situación nos explique el porqué de las renuncias de las cuatro personas que precedían en la lista a Angela Garcia, algo que es totalmente inusual. Para terminar dar la bienvenida a la nueva Concejal y desearle lo mejor para los dos años que quedan de legislatura”. * Intervino el Alcalde señalando que una cosa es un error y otra una falsedad. Explicó que el error de fechas a que había hecho referencia la Sra. Navacerrada Martín se debía a que se entendió que el Sr. Temprano Prieto habría presentado la dimisión el 11-04-13 cuando se le olvidó formalizarla por escrito y lo hizo el 15-04-13. Sobre el anuncio de delegación de atribuciones puesto en conocimiento de la Corporación en la sesión plenaria de 15-04-13, el Alcalde manifestó que se trataba de una decisión que debía formalizarse de esa manera.

* El Sr. De Mateo García preguntó si se podía firmar un decreto sobre un futurible, por incluirse en el decreto de delegación de atribuciones la que hacía el Alcalde en la futura Concejala Sra. García Romero.

* Con permiso del Presidente, el Secretario respondió que si se podía hacer, con las cautelas que figuraban en el decreto mencionado.

* Replicó el Sr. De Mateo García que era falso que dimitiera el Sr. Temprano Prieto el día 11-04-13, cuando presentó el escrito de dimisión el día 15-04-13, y que discrepaba del criterio del Secretario. Que quería ver las renuncias formales de los candidatos de la lista del PSOE.

* Con permiso del Presidente, el Secretario manifestó que los escritos de renuncia de los candidatos aludidos estaban a disposición de quien quisiera verlos.

* Terminó el Alcalde rechazando que se hubiera producido ninguna falsedad documental. Finalmente Dª. Angela García Romero tomó posesión de su cargo de Concejala del Ayuntamiento de Bustarviejo por la lista electoral del Partido Socialista Obrero Español manifestando la fórmula preceptiva, “prometo por mi conciencia y honor, ejercer el cargo de Concejala del Ayuntamiento de Bustarviejo, con lealtad al Rey, y guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado”, y quedando integrada en el Grupo Socialista Municipal.

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3º. DECRETOS DE ORGANOS UNIPERSONALES. Dio cuenta el Alcalde de las relaciones de decretos que se describen

correspondientes a los emitidos por los órganos de gobierno unipersonales desde la sesión ordinaria de 22-02-2013.

DECRETOS DE ALCALDIA. 071-2013 (Autorización vacaciones anuales). 072-2013 (Resolución confirmatoria expte. sancionador). 073-2013 (Desestimación reclamación previa). 074-2013 (Desestimar alegación frente liquidación limpieza finca). 075-2013 (Concesión sala municipal). 076-2013 (Concesión de ayudas sociales). 077-2013 (Autorización churrería en fiestas). 078-2013 (Convocatoria de sesión plenaria). 079-2013 (Requerimiento retirada cancela camino Ctra. Cabanillas). 080-2013 (Distribución de funciones del Conserje-Alguacil). 080bis-2013 (Informe sobre actuación en Navalmadero). 081-2013 (Devolución IVTM 2011). 082-2013 (Padrón vados año 2013). 083-2013 (Padrón de tasas por AEDP pavimentado con entradas de vehículos 2013). 084-2013 (Padrón de tasas por AEDP no pavimentado con entradas de vehículos 2013). 085-2013 (Archivo expte. ruina en C/ Grillos). 086-2013 (Padrón IVTM año 2013). 087-2013 (Licencia obra menor reparación red saneamiento). 088-2013 (Licencia obra menor). 089-2013 (Licencia obra menor). 090-2013 (Finalizar expte. control actividad). 091-2013 (Expte. ruina en C/ San Sebastián, 40). 092-2013 (Adjudicación contrato mantenimiento equipos informáticos). 093-2013 (Instalación de contenedores de ropa usada en la vía pública). 094-2013 (Adjudicación contrato recogida de aceite doméstico usado). 095-2013 (Archivo actuaciones expte. sancionador). 096-2013 (Instalación señal de límite de velocidad en La Pesquera). 096bis-2013 (Licencia obra mayor D.G. Protección Ciudadana). 097-2013 (Devolución Avales obra asfaltado C/ Prado Concejo y otras). 098-2013 (Licencia obra menor). 099-2013 (Licencia obra menor). 100-2013 (Licencia obra menor). 101-2013 (Licencia obra menor). 102-2013 (Licencia obra menor). 103-2013 (Delegación atribuciones Alcalde por vacaciones). 104-2013 (Licencia actividad). 105-2013 (Nombramiento Tribunal Selección Electricista). 106-2013 (Aprobación Liquidación Presupuesto 2012). 107-2013 (Adjudicación adquisición vehículo Nissan). 108-2013 (Exención IVTM minusvalía). 109-2013 (Reconocimiento antigüedad). 110-2013 (Autorización cartel club ajedrez en antiguas escuelas). 111-2013 (Licencia obra menor). 112-2013 (Desestimación ampliación plazo reclamación patrimonial). 113-2013 (Procesiones Semana Santa). 114-2013 (Baja Ejecutiva). 115-2013 (Baja Voluntaria). 116-2013 (Licencia obra menor).

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117-2013 (Devolución IVTM 2011). 117bis-2013 (Incoación expte. restaurador). 118-2013 (Licencia obra menor). 119-2013 (Licencia obra menor). 120-2013 (Autorización venta flores días 4 y 5 de mayo). 121-2013 (Licencia 1ª ocupación). 122-2013 (Archivo expte. control actividad café-espectáculo). 123-2013 (Convocatoria de sesión plenaria dimisión Alcalde). 124-2013 (Concesión de sala Asamblea Popular de Bustarviejo). 125-2013 (Licencia obra menor Estación Meteorológica). 126-2013 (Licencia obra menor). 127-2013 (Licencia obra menor). 128-2013 (Concesión de sala Asociación Fuente Milano). 129-2013 (Convocatoria de sesión plenaria elección Alcalde). 130-2013 (Adjudicación clases ajedrez extraescolares). 131-2013 (Resolución expte. sancionador). 132-2013 (Anulación requerimiento pago limpieza finca en C/ Parra, 2). 133-2013 (Desestimando reclamación patrimonial Urbapro, S.L.). 134-2013 (Autorización acceso a Los Barracones para acto cultural). 135-2013 (Convocatoria de sesión plenaria). 136-2013 (Delegación atribuciones Alcalde). 137-2013 (Fraccionamiento de pago de tributos). 138-2013 (Nombramiento de Tenientes de Alcalde). 139-2013 (Devolución IVTM 2013). 140-2013 (Fraccionamiento de pago de tributos). 141-2013 (Denegar bonificación IVTM). 142-2013 (Exención minusvalía). 143-2013 (Renovación seguro colectivo Policía Local). 144-2013 (Renovación seguro multiriesgo edificios municipales). DECRETOS DEL CONCEJAL DELEGADO DE MEDIO AMBIENTE. 005-2013 (Actuaciones sobre poda de árboles). 006-2013 (Archivo actuaciones sobre mordedura perro). 007-2013 (Licitación del aprovechamiento de pastos del Cerro Pendón). 008-2013 (Actuaciones sobre poda de árboles). 009-2013 (Actuaciones sobre licencia actividad del helipuerto). 010-2013 (Propuesta de resolución de expte. sancionador). 011-2013 (Inicio control actividad explotación apícola). 012-2013 (Adjudicación del aprovechamiento de pastos del Cerro del Pendón). 013-2013 (Autorización de grabación Luis Chichón). 014-2013 (Limpieza de pinar en La Pesquera). Habiéndose entregado copia de las relaciones de decretos anteriores con

carácter previo a la sesión a los Grupos Municipales y a efectos de aclarar cualquier detalle sobre los mismos el Presidente abrió un turno de intervenciones.

* Tomó la palabra el Concejal Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García preguntando por un decreto del Concejal Delegado de Medio Ambiente mediante el que se decidió requerir al vecino Pablo del Valle la presentación de documentación técnica descriptiva de la poda que proyectaba realizar para poder autorizarla.

* Con permiso del Presidente, el Concejal Delegado de Medio Ambiente Sr. Gonzalez Martín, respondió que decidió exigir esa documentación asesorado

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por un técnico en la materia y por los precedentes que había de otras actuaciones del mismo vecino. Añadió a pregunta del Sr. De Mateo García, que él no sabía de podas y por eso se asesoró con un técnico que además era miembro del Consejo Sectorial de Medio Ambiente.

* Replicó el Sr. De Mateo García manifestando que debía informarse con carácter general sobre la necesidad de presentar documentación como la exigida por un concejal que no sabe de podas, en el caso mencionado.

Se continuó la discusión entre ambos Concejales sobre la mencionada decisión.

* Preguntó el Sr. De Mateo García por otro decreto del Concejal de Medio Ambiente, mediante el cual se archivaron las actuaciones iniciadas con motivo de la denuncia de una vecina por haber sufrido la mordedura de un perro que no se encontraba vacunado contra la rabia ni legalmente identificado.

* Respondió el Concejal Delegado de Medio Ambiente Sr. González Martín, que tuvo que archivar las actuaciones porque la Policía Local no pudo acreditar de forma determinante los extremos aludidos.

4º. INFORMES DE CONCEJALES DELEGADOS. * Con permiso del Presidente el Concejal del Grupo Socialista y

Delegado de Servicios y Festejos, Sr. Martín Hijano, informó en términos generales como se describe.

Informó que había encargado a una empresa local reparar la cubierta del pabellón polideportivo municipal para evitar las filtraciones de agua de lluvia con ocasión de la celebración de la final de un campeonato de ajedrez de la Comunidad de Madrid. Que se habían sellado los tragaluces de la cubierta pero que era necesario sustituir las planchas existentes porque se encontraban muy deterioradas por el tiempo transcurrido desde su instalación y el efecto del clima.

Informó que se había limpiado la Fuente del Collado y reparado la tubería de suministro de agua a la misma desde el manantial situado en su entorno. Pidió disculpas a los usuarios habituales por el tiempo transcurrido para realizar dichos trabajos.

Dio cuenta de la celebración de una reunión con representantes de la Cofradía de San Isidro, entidad colaboradora en las Fiestas locales del 15 de mayo, acordando con ellos el ofrecimiento de una paella popular al público asistente a los actos programados sufragando los gastos mediante el cobro de 1 euro por ración, ante la falta de recursos existente.

Felicitó el Club de Ajedrez Sierra Norte y al dimitido Concejal Sr. Temprano Prieto por la buena organización de la fase final del campeonato de ajedrez de la Comunidad de Madrid celebrado en días pasados en el pabellón polideportivo municipal.

* Con permiso del Presidente intervino el Concejal del Grupo Popular Sr. Cobertera Hijano quien manifestó que quería reconocer el interés puesto por el Secretario en que se reparara lo antes posible la Fuente del Collado, porque unas horas después de que le advirtiera sobre la necesidad de actuar pudo comprobar cómo el personal de mantenimiento estaba trabajando en el lugar.

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Preguntó al Concejal de Festejos si tenía datos sobre el número de raciones de paella que se podrían ofrecer el día de San Isidro.

* Respondió el Concejal de Festejos Sr. Martín Hijano que se había guiado por los datos de actos similares celebrados años pasados.

* Con permiso del Presidente intervino el Concejal Delegado de Educación, Cultura y Deportes, Sr. Gómez Fernández en los términos generales que se describen.

Agradeció a los organizadores la celebración de la fase final del campeonato de ajedrez de la Comunidad de Madrid, llevado a cabo en el pabellón polideportivo municipal, donde señaló habían participado 220 niños y asistió numeroso público.

Informó sobre las competiciones deportivas que se estaban desarrollando en las instalaciones municipales, citando las pádel, futbol 7 y futbol base, esta última a través de la Asociación Deportiva Alhóndiga y el Club Deportivo Bustarviejo.

Dio cuenta del inicio del programa de fomento de la actividad física denominado “En forma”, en el parque municipal de la piscina.

Informó que se trabajaba en la organización de una exhibición de gimnasia, y de la carrera pedestre de montaña anual denominada “Memorial Fernando García Herreros” en colaboración con el Club de Montaña Mondalindo.

Terminó de informar en materia deportiva mencionando la existencia de tres grupos de adultos y otros tres de niños en las escuelas deportivas organizadas por el Ayuntamiento.

* El mismo Concejal Delegado informó que no se habían convocado las ayudas para actividades extraescolares que venía ofreciendo los últimos años la Comunidad de Madrid que para Bustarviejo ascendían a 18.000 € anuales y con las que se financiaban fundamentalmente los campamentos de Navidad, Semana Santa y verano. Añadió que no obstante se estudiaba la organización de campamentos de verano financiándolos con las aportaciones de los usuarios, incrementando las tarifas aplicadas en el año 2012 y detalló algunos detalles económicos del estudio económico realizado a tal fin.

Informó que se estudiaba la organización de diversos actos culturales durante el próximo verano y dio algunos datos.

Dijo que se trabajaba en la organización de dos exposiciones de pintura. Informó que se estaban celebrando dos secciones de cine infantil

mensuales con gran asistencia de público. Informó de la supresión por la Comunidad de Madrid de la subvención

que desde el año 2005 venía concediendo a la Mancomunidad de Servicios Culturales Sierra Norte, cuya cuantía en el año 2012 ascendió a 130.000 €. Del riesgo de desaparición de dicha Mancomunidad por falta de recursos económicos y de la decisión de su Junta de mantener la programación aprobada hasta final de 2013 y estudiar alternativas para su continuidad en 2014. Añadió que se estaba formando una plataforma ciudadana para la defensa de la citada Mancomunidad.

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* Con permiso del Presidente intervino la Concejala del Grupo Popular Sra. Sastre García quien preguntó si el campeonato de ajedrez había supuesto gastos para e Ayuntamiento.

* Contestó el Concejal Sr. Martín Hijano, que no se habían producido más gastos que los de funcionamiento del pabellón polideportivo, porque los de traslado del equipamiento usado en el evento estaban subvencionados por la Comunidad de Madrid.

* La Sra. Sastre García animó a los Grupos de gobierno a organizar más eventos como la final del campeonato de ajedrez de la que se había hablado y agradeció la información facilitada por el Concejal de Cultura.

* Preguntó la Concejala del Grupo Popular Sra. Navacerrada Martín si la supresión de ayudas para actividades extraescolares a la que se había referido el Concejal de Educación y Cultura eran las correspondientes al año 2012 o las correspondientes al año 2013.

* Manifestó el Concejal de Educación Sr. Gómez Fernández que las actividades no subvencionadas eran el campamento de Semana Santa 2013 y el campamento de verano 2013.

* El Sr. De Mateo García pidió se le facilitara el estudio económico del campamento de verano que se proyectaba organizar.

* Con permiso del Presidente tomó la palabra el Concejal Delegado de Medio Ambiente Sr. Gonzalez Martín quien se manifestó en los términos generales que se describen.

Informó que los Concejales del Grupo Popular a través de su blog de Internet utilizaban expresiones como “vergüenza”, “chapuza del caso Angela García” y “cacicada del nuevo alcalde”, para referirse a las actuaciones de los Grupos de gobierno municipal.

* Sin permiso del Presidente, replicó el Sr. De Mateo García que ratificaba el uso de las expresiones antes citadas.

* El Presidente dio por zanjado el asunto y pidió al Sr. Gonzalez Martín que diera cuenta de su informe de gestión.

* Continuó el Sr. Gonzalez Martín en los siguientes términos. Informó de la reunión que había celebrado con el Subdirector General de

Recursos Agrarios de la Comunidad de Madrid para tratar sobre el foto de tuberculosis detectado en alguna ganadería de la Sierra Norte, para trasladar la información correspondiente a los ganaderos locales.

Dio cuenta de la adjudicación del aprovechamiento de los pastos de la finca municipal denominada Cerro del Pendón y Agregados.

Informó que se había adquirido un camión usado para el servicio de limpieza viaria y recogida enseres.

Informó de la asistencia a la Junta de la Mancomunidad de Servicios Medio Ambientales de La Cabrera sobre los cambios en materia de financiación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos promovidos por la Comunidad de Madrid mediante la asignación de subvenciones a algunas Mancomunidades como la de Servicios del Valle Norte del Lozoya, con cuyos representantes dijo el Concejal Delegado, también se había reunido con la

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finalidad de conocer los trámites a realizar para poder acogerse a las ayudas mencionadas.

Informó de la firma de un contrato de servicios con la mercantil Gave, S.L. para la recogida de aceite doméstico usado mediante contenedores a instalar en distintas partes del casco urbano de la villa.

Que había tratado con responsables del Area de Desarrollo del Plan Forestal de la Comunidad de Madrid sobre la posible explotación económica de la madera existente en los montes municipales cuya gestión lleva a cabo dicho organismo en colaboración con el Ayuntamiento, y que le habían dicho que era difícil.

Que se habían controlado las tareas de desbroce de zonas o fajas de algunos montes municipales para mantenimiento de cortafuegos realizadas por empresas contratadas por la Dirección General de Protección Ciudadana de la Comunidad de Madrid, con el fin de procurar la preservación de los recursos forestales afectados.

Que se había autorizado la construcción de un depósito de agua en el helipuerto instalado en una finca municipal del Monte de Utilidad Pública denominado Cerro del Pendón y Agregados, a cargo de la Dirección General de Protección Ciudadana de la Comunidad de Madrid, no habiendo podido evitar el impacto visual de dicha instalación a pesar de las medidas correctoras establecidas.

Que se había participado junto con el Concejal del Grupo Popular Sr. Cobertera Hijano en las reuniones celebradas por el Consejo de Participación Ciudadana de Medio Ambiente.

Que se había realizado una campaña de poda de árboles municipales conforme a las disponibilidades presupuestarias existentes.

Que se había solicitado la señalización mediante marcas de pintura de colores blanco y rojo algunas sendas rurales por las que se accedía a la villa.

Que había terminado el curso de formación sobre poda de árboles organizado para el personal de mantenimiento, al que habían asistido dos empleados.

Que en colaboración con el Consejo Sectorial de Medio Ambiente y la participación de voluntarios se procedería a la limpieza del cauce de parte del cauce del Arroyo de Las Ferminas.

Que se está estudiando la creación de una planta de compostaje. * Con permiso del Presidente intervinieron a continuación los Concejales

que se citan. * El Sr. De Mateo García preguntó cuántos alumnos había tenido el curso

organizado por la Concejalía de Medio Ambiente sobre temas de interés para los ganaderos locales.

* Respondió el Concejal del Area que la mayoría de los ganaderos de Bustarviejo y que se completó el aforo con otros del municipio de Lozoya.

* Señaló el Sr. De Mateo García que en el vigente Plan Forestal de los Montes Públicos municipales estaba prevista la explotación maderera.

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* A pregunta del Sr. De Mateo García, el Secretario, con permiso del Presidente informó que la licencia de obras concedida a la Dirección General de Protección Ciudadana de la Comunidad de Madrid para la construcción de un depósito de agua en el helipuerto contraincendios contaba con los informes favorables de la Dirección General de Medio Natural y de la Dirección General de Urbanismo de la Comunidad de Madrid.

* El Concejal Sr. Cobertera Hijano preguntó por las sendas que se proponía señalizar. Propuso dos a instancia del Sr. González Martín.

* El Sr. De Mateo García preguntó a qué se refería el Concejal de Medio Ambiente al hablar de limitaciones presupuestarias si la campaña de poda de árboles se había realizado con personal de plantilla.

* Respondió el Sr. González Martín que se refería a los gastos alquiler de una plataforma elevadora que había costado 190 € más IVA al día después de ofertar inicialmente 250 € más IVA al día.

* Intervino el Concejal Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y Delegado de Economía y Participación Ciudadana, invitando a todos los vecinos y a los Grupos Municipales a incorporarse a partir del día 27-04-13 al proceso de elaboración colectiva de los presupuestos parciales y el programa de las Fiestas Patronales de septiembre.

5º. PETICIONES DE LA OPOSICION: ESTADO DE LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES Y ESTADO DE SUBVENCIONES.

Por el Alcalde se dio una breve explicación de los datos que figuraban en las relaciones de referencia entregando copia de las mismas al Portavoz del Grupo Popular en la Oposición.

6º. MODIFICACION DE TRAZADO DE LA VIA PECUARIA CAÑADA REAL SEGOVIANA MEDIANTE PERMUTA DE TERRENOS MUNICIPALES, PARA REGULARIZACION DEL CAMPO DE FUTBOL Y DEL RESTAURANTE FUENTE DEL COLLADO.

Dada la palabra por el Alcalde-Presidente al Concejal Delegado de Economía Sr. Penadés García, este explicó que la propuesta de acuerdo plenario que leyó de forma literal con el contenido que luego se describe, obedecía a lo pedido por el Subdirector General de Recursos Agrarios de la Comunidad de Madrid en reunión celebrada recientemente junto con el Secretario municipal para regularizar la situación jurídica de las instalaciones municipales que se citaban en el mismo.

Señaló que no se concretaba una propuesta de trazado de la vía pecuaria Cañada Real Segoviana porque se trataba de un acuerdo para iniciar el procedimiento y que posteriormente se consensuaría con el Grupo Popular y con el Consejo Sectorial de Medio Ambiente una o varias propuestas a presentar al Servicio de Vías Pecuarias dependiente de la mencionada Subdirección General.

* Tomó la palabra el Sr. De Mateo García manifestando que se había reunido con responsables de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, de quien dependía el servicio de Vías Pecuarias, para conocer la situación del asunto. Que en el año 1988 se inició el mismo trámite siendo él Alcalde de Bustarviejo. Que se tramitó una

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descatalogación parcial como Monte de Utilidad Pública de algunas fincas municipales que debían usarse para permutar con la Comunidad de Madrid y hacer efectivo un nuevo trazado de la Cañada Real Segoviana que permitiera incorporar al patrimonio municipal los terrenos ocupados por el restaurante Fuente del Collado y el Campo de Fútbol municipal de Los Pinarejos. Que los grupos ecologistas y Concejales de izquierda de entonces bloquearon el expediente que finalmente no fue aprobado por la Comunidad de Madrid. Que por ello daba la bienvenida ahora a los Concejales de los Grupos, Socialista y de Izquierda Unida-Los Verdes, a la misma tramitación. Que si no había una propuesta concreta de nuevo trazado de la vía pecuaria no votarían el acuerdo propuesto. Que no se consiguió aprobar entre 1988 y 1999 lo mismo que ahora se pretendía. Que solo la propuesta de trazado de entonces era viable por disponer de suelo descatalogado y reiteró su propuesta de retomar el expediente referido.

* Reiteró el Sr. Penadés García su propuesta de acuerdo. * Se ratificó en su postura el Sr. De Mateo García señalando que el Sr.

Penadés García estuvo en la vanguardia de la oposición al procedimiento tramitado cuando él era Alcalde.

* Finalmente intervino el Alcalde agradeciendo la colaboración prestada por el Sr. Cobertera Hijano y dando por debatido el asunto.

Sometido a votación el acuerdo que se describe, con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y la no participación expresa de los cinco Concejales del Grupo Municipal Popular, se acordó:

Primero.- Solicitar a la Subdirección General de Recursos Agrarios, Area de Vías Pecuarias, de la Comunidad de Madrid, la modificación del trazado de la vía pecuaria denominada Cañada Real Segoviana a su paso por el término municipal de Bustarviejo de modo que se pueda regularizar la situación jurídica del campo de fútbol de este Ayuntamiento, del restaurante municipal denominado Fuente del Collado y de la fuente pública del mismo nombre, así como los respectivos terrenos anejos usados como aparcamientos de vehículos.

Segundo.- Ofrecer a la Administración Regional la permuta de los terrenos municipales que sean precisos para compensar la incorporación al patrimonio municipal de los suelos a que se refiere el punto anterior actualmente comprendidos dentro de la vía pecuaria Cañada Real Segoviana.

Tercero.- Comprometerse a concretar con la Subdirección General de Recursos Agrarios, Area de Vías Pecuarias, de la Comunidad de Madrid, una propuesta de modificación de trazado de la vía pecuaria Cañada Real Segoviana, que respete su continuidad, con ocasión del proceso de regularización de la situación jurídica del campo de fútbol municipal de este ayuntamiento, del restaurante municipal denominado Fuente del Collado y de la fuente pública del mismo nombre, así como los respectivos terrenos anejos usados como aparcamientos de vehículos.

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7º. MOCION URGENTE: LICITACION DEL ARRENDAMIENTO DEL RESTAURANTE FUENTE DEL COLLADO.

Por el Alcalde se explicaron las razones de la propuesta de acuerdo que luego se describe, haciendo referencia a los debates habidos sobre este asunto en la última sesión de la Comisión Informativa de Hacienda y Urbanismo.

Repitió lo dicho en el debate del punto anterior que el Subdirector General de Recursos Agrarios de la Comunidad de Madrid había comunicado al Concejal Sr. Penadés García y al Secretario municipal que si se adoptaba el acuerdo descrito en el punto anterior el Servicio de Vías Pecuarias no obstaculizaría el arrendamiento del restaurante Fuente del Collado. Que la conveniencia de procurar la explotación económica de dicho local lo antes posible era consecuencia del interés mostrado por más de una decena de vecinos necesitados de recursos económicos para sobrevivir y de la necesidad de generar recursos económicos al Ayuntamiento. Que por ello los Grupos de gobierno votarían a favor del acuerdo de convocara la licitación del arrendamiento en base al pliego de cláusulas administrativas redactado en el que se contemplaba a efectos de transparencia y seguridad jurídica la advertencia sobre la situación en precario del edificio a arrendar por encontrarse en trámite la regularización de la su ocupación parcial de la Cañada Real Segoviana. Que se usaba el trámite de urgencia para la licitación con el fin de procurar que el local estuviera en funcionamiento a finales del mes de junio.

* Intervino el Sr. De Mateo García manifestando que las razones sociales y económicas expuestas por el Alcalde las compartía y ejemplo de ello era la actitud que mantuvo facilitando la continuidad de la explotación cuando fue Alcalde de Bustarviejo, pero que ya le había dicho al Alcalde que ahora no se podía arrendar el restaurante porque se encontraba sobre un suelo que no era municipal. Recordó gestiones realizadas durante su mandato como Alcalde y manifestó que el Grupo Popular no participaría en el acuerdo plenario propuesto, proponiendo que se solucionara rápidamente la tramitación iniciada por los Grupos de gobierno. Que continuar la tramitación en la situación actual perjudicaría al futuro arrendatario y no quería ser responsable de esa situación.

* Contestó el Alcalde que los Grupos de gobierno asumían la responsabilidad de lo que proponían y leyó el texto literal de la advertencia que se había hecho constar en la cláusula primera del pliego de condiciones económico-administrativas para la licitación del arrendamiento que era del siguiente tenor, “Cargas y gravámenes: Ocupa la vía pecuaria Cañada Real Segoviana, encontrándose en trámite el cambio de trazado de esta ante el Servicio de Recursos Agrarios, Area de Vías Pecuarias de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, para regularizar la propiedad municipal del suelo que ocupa la edificación”. Señaló que este contenido se expuso a los responsables del Servicio de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid y les pareció correcto.

* Respondió el Sr. De Mateo García que reiteraba su petición de que se obtuviera una respuesta por escrito de la Comunidad de Madrid antes de

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convocar la licitación porque se podían meter en una situación de ilegalidad. Solicitó al Presidente que diera su opinión el Secretario municipal.

* Respondió el Alcalde que ya conocía la opinión del Secretario el Sr. De Mateo García pero que autorizaba que este interviniera.

* Preguntó el Sr. De Mateo García al Secretario si era legal arrendar el restaurante municipal Fuente del Collado que estaba ocupando sin autorización formal una vía pecuaria.

* Con permiso del Presidente el Secretario manifestó que se remitía al informe preceptivo de Secretaría que obraba en el expediente de licitación incoado y ratificó que el Subdirector General de Recursos Agrarios de la Comunidad de Madrid, de quien dependía el Servicio de Vías Pecuarias, había comunicado ante él al Concejal Sr. Penadés García que sobre las peticiones formuladas por escrito por el Ayuntamiento en solicitud de concesión de una autorización temporal por tres años prorrogable para legalizar la ocupación de la Cañada Real Segoviana con el restaurante Fuente del Collado, o la incoación del expediente de cambio de trazado de dicha vía pecuaria, la primera la sometería a los servicios jurídicos de la Subdirección General porque tenía dudas sobre su licitud, y la segunda era posible si se metía el campo de fútbol municipal de Los Pinarejos que ocupaba también dicha vía pecuaria, comprometiéndose a no obstaculizar el arrendamiento del restaurante una vez se le hiciera llegar el acuerdo plenario ratificando la solicitud de cambio de trazado comprometiendo el Ayuntamiento la permuta de suelo municipal suficiente dando continuidad a la referida vía pecuaria.

Sometido a votación el acuerdo que se describe, con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y la no participación expresa de los cinco Concejales del Grupo Municipal Popular, se acordó:

1. Declarar urgente el asunto. 2. Convocar proceso licitatorio para el arrendamiento del edificio

municipal denominado restaurante Fuente del Collado conforme al pliego de condiciones que se describe.

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES

PARA EL ARRENDAMIENTO DEL EDIFICIO MUNICIPAL DENOMINADO RESTAURANTE FUENTE DEL COLLADO.

CLÁUSULA PRIMERA. Objeto del Contrato. El objeto del contrato es el arrendamiento del inmueble denominado

Restaurante Fuente del Collado, propiedad de este Ayuntamiento y calificado como bien patrimonial, ubicado en la Ctra. M-610 de Miraflores de la Sierra Km. 8,600 de este municipio de Bustarviejo, para destinarlo a BAR-RESTAURANTE.

Descripción de inmueble: Edificio en planta semisótano y planta baja de 216 m2 de superficie cada una, con acceso interior entre ambas y accesos independientes de cada una al exterior.

- Ubicación: Ctra. M-610 de Miraflores de la Sierra a Bustarviejo, Km. 8,600.

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- Superficie: 432 m2 en dos plantas de 216 m2 cada una. Más terreno en el frente de acceso al edificio de 116 m2 para terraza, junto a la Fuente del Collado, propiedad municipal.

- Linderos: Vía pecuaria Cañada Real Segoviana por los cuatro puntos cardinales.

- Valoración: 130.600 €. - Cargas y gravámenes: Ocupa la vía pecuaria Cañada Real Segoviana,

encontrándose en trámite el cambio de trazado de esta ante el Servicio de Recursos Agrarios, Area de Vías Pecuarias de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, para regularizar la propiedad municipal del suelo que ocupa la edificación.

El inmueble está inscrito en el Inventario de Bienes Municipal y en trámite la inscripción en el Registro de la Propiedad de Torrelaguna.

El presupuesto de valoración del inmueble aportado por el Arquitecto Municipal asciende a 130.600 euros, por lo que el precio del arrendamiento asciende a 7.836 euros anuales más IVA.

El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 4.1.p) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP).

CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación. La forma de adjudicación del arrendamiento será el procedimiento abierto en

trámite de urgencia con criterios de adjudicación distintos del precio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 107.1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas.

Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá los criterios de adjudicación que se detallen en este pliego de conformidad con lo dispuesto en el artículo 150.1 del TRLCSP.

Criterios de adjudicación y su ponderación hasta un máximo de 10 puntos. a) Por cada 5% de mejora del precio tipo, 1 punto. Máximo 4 puntos. b) Por reservar un X% de los puestos de trabajo necesarios para la ejecución del

contrato, que serán ocupados por personas desempleadas mayores de 45 años. Hasta un máximo de 3 puntos.

c) Por subcontratar con una Empresa de Inserción Laboral el X% del presupuesto de licitación. Hasta un máximo de 2 puntos.

d) Compromiso de integrar en la plantilla que ejecutará el contrato a un X% de personas con discapacidad igual o superior al 33%, o bien a cumplir alternativamente las medidas previstas en el Real Decreto 27/2000 de 14 de enero y la Orden Ministerial de 24 de julio de 2000. Hasta un máximo de 1 punto.

Las puntuaciones se obtendrán asignando a las mejoras del precio las establecidas y en el resto de criterios las que resulten de asignar las puntuaciones máximas a los mayores compromisos asumidos por los licitadores y el resto de forma directamente proporcional.

El órgano de contratación podrá declarar desierta la licitación si ninguna de las ofertas presentadas es admisible según los criterios que figuran en este pliego de conformidad con lo previsto en el artículo 151.3.2º párrafo del TRLCSP.

CLÁUSULA TERCERA. El Perfil de Contratante.

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Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad como la página web http://www.bustarviejo.org, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: http://contrataciondelestado.es.

CLÁUSULA CUARTA. Tipo de Licitación. Se establece un tipo mínimo de licitación de SIETE MIL OCHOCIENTOS

TREINTA Y SEIS (7.836) euros anuales, más el Impuesto sobre el Valor Añadido, que podrá ser mejorado al alza por los licitadores.

La renta se actualizará cada año de vigencia del contrato, aplicando a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por el Índice General Nacional del Sistema de Índices de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización.

CLÁUSULA QUINTA. Órgano de Contratación. A la vista del importe del contrato que asciende como mínimo a NOVENTA Y

CUATRO MIL TREINTA Y DOS (94.032) euros más IVA, y de la duración del mismo por un periodo de doce años, el órgano competente para efectuar la presente contratación y tramitar el expediente, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda del TRLCSP, será el Pleno.

CLÁUSULA SEXTA. Duración del Contrato. La duración del contrato de arrendamiento se fija en doce años, de conformidad

con lo autorizado en el artículo 106 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, que fija el límite de estos contratos en veinte años.

CLÁUSULA SÉPTIMA. Capacidad. Podrán presentar proposiciones, por sí mismas o por medio de representantes,

las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad para ello y que no se encuentren incluidos en los supuestos de prohibición recogidos en el artículo 60 del TRLCSP.

CLÁUSULA OCTAVA. Acreditación de la Aptitud para Contratar. Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o

extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica.

1. La capacidad de obrar de los empresarios se acreditará: a) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas,

mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.

b) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que

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se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.

c) Los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.

2. La prueba por parte de los empresarios de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 60 del TRLCSP, podrá realizarse:

a) Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.

b) Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.

CLÁUSULA NOVENA. Presentación de proposiciones y documentación. Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento, Plaza de la Constitución, 1.

28720. Bustarviejo (Madrid), en horario de atención al público de 9 a 14 horas, hasta el séptimo día hábil, inclusive, posterior al de publicación del anuncio de la licitación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) y en el perfil de contratante del Ayuntamiento, http://contrataciondelestado.es. Dicho anuncio se publicará también en el tablón de edictos de la Casa Consistorial.

Las proposiciones podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.

La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.

Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

Cada licitador no podrá presentar más de una proposición SIN QUE EXISTA POSIBILIDAD DE OFERTAR VARIANTES O MEJORAS. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.

La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Pliego.

Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de

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notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Proposición para licitar el arrendamiento del edificio municipal denominado Restaurante Fuente del Collado, para destinarlo el ejercicio de la actividad de BAR-RESTAURANTE».

La denominación de los sobres es la siguiente: - Sobre «A»: Documentación Administrativa.

- Sobre «B»: Proposición Económica. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias

autentificadas, conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una

relación numerada de los mismos: SOBRE «A»

DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del licitador. b) Documentos que acrediten la representación. - Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán

copia notarial del poder de representación, bastanteado por el Secretario de la Corporación.

- Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.

- Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.

c) Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del TRLCSP.

Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.

d) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.

Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar el estar en posesión de la clasificación exigida en el plazo previsto en las normas de desarrollo de la Ley 30/2007 para la subsanación de defectos u omisiones en la documentación.

e) Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.

SOBRE «B» PROPOSICIÓN ECONÓMICA

- Proposición económica. Se presentará conforme al siguiente modelo:

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«D. _________________________, con domicilio a efectos de notificaciones

en _____________, c/ ____________________, n.º ___, con DNI n.º _________, en representación de la Entidad ___________________, con CIF n.º ___________, enterado del expediente de licitación para el arrendamiento del edificio municipal denominado Restaurante Fuente del Collado, ubicado en la Ctra. de Miraflores de la Sierra, Km. 11 del término municipal de Bustarviejo (Madrid), por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, único criterio de adjudicación, al mejor precio, anunciado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid n.º ___, de fecha _______, y en el Perfil de Contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de _________________ euros anuales más IVA.

Asimismo asumirá los siguientes compromisos sociales: a) Reservar un __ % de los puestos de trabajo necesarios para la ejecución del

contrato, que serán ocupados por personas desempleadas mayores de 45 años. e) Subcontratar con una Empresa de Inserción un __ % del presupuesto de

licitación. f) Integrar en la plantilla que ejecutará el contrato a un __ % de personas con

discapacidad igual o superior al 33%, o bien a cumplir alternativamente las medidas previstas en el Real Decreto 27/2000 de 14 de enero y la Orden Ministerial de 24 de julio de 2000.

En ____________, a ___ de ________ de 20__.

Firma del licitador,

Fdo.: _________________».

CLÁUSULA DÉCIMA. Garantía provisional. Los licitadores están eximidos de constituir garantía provisional, de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 95.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP).

CLÁUSULA UNDÉCIMA. Mesa de Contratación. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la

Disposición Adicional Segunda del TRLCSP, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por el Alcalde o Concejal en quien delegue, y actuará como Secretario un funcionario del Ayuntamiento. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario-Interventor, así como un representante de cada uno de los tres Grupos Políticos Municipales constituidos y un empleado laboral municipal del negociado de contratación.

CLÁUSULA DUODÉCIMA. Apertura de proposiciones y adjudicación.

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La apertura de las proposiciones deberá efectuarse en el plazo máximo de quince días contado desde la fecha de finalización del plazo para presentar las ofertas.

La Mesa de Contratación se constituirá el día hábil y a la hora que determine su Presidente tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, y calificará la documentación administrativa contenida en los sobres «A».

La Mesa podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.

Y posteriormente, procederá a la apertura y examen del sobre «B», formulando la correspondiente propuesta de adjudicación al órgano de contratación, a la que se habrá llegado teniendo en cuenta el mejor precio y los criterios sociales que se describen en la cláusula segunda. Los casos de igualdad en las puntuaciones se resolverán a favor del proponente empadronado en Bustarviejo y si hubiera más de uno, a favor de quien mayor puntuación obtuviera en virtud de los criterios sociales.

La adjudicación del contrato deberá efectuarse en el plazo de siete días desde la apertura de las proposiciones, debiendo notificarse la misma a los licitadores y publicándose en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Perfil de Contratante.

CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Garantía definitiva. Los que resulten adjudicatarios de los contratos deberán constituir una garantía

del 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas: a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las

condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.

b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.

c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a anterior.

La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.

Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 del TRLCSP.

CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Pago. El pago al Ayuntamiento se realizará dentro de los cinco días primeros de cada

mes desde la fecha prevista en el contrato, mediante domiciliación en cuenta bancaria del adjudicatario.

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CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Obligaciones del arrendatario. El arrendatario estará obligado a: - Utilizar la edificación y el terreno anexo (terraza), conforme a su propia

naturaleza, para la actividad de BAR-RESTAURANTE. - Solicitar y obtener las licencias y autorizaciones que sean pertinentes para la

instalación, desarrollo y puesta en funcionamiento de la actividad, sin las que no se podrá ejercer la actividad, sufragando las obras de adecuación del local, que a la terminación del contrato por cualquiera de los procedimientos legalmente previstos, quedarán a disposición del Ayuntamiento sin derecho a compensación alguna. A estos efectos las obras de adecuación del local que deberá sufragar el arrendatario serán como mínimo las que se especifican en el informe técnico que consta en el ANEXO I.

- Abonar el precio mensual dentro de los cinco primeros días de cada mes posterior al de la finalización de las obras de adecuación necesarias para el ejercicio de la actividad que como máximo se realizarán en los dos meses posteriores a la fecha de la firma del contrato.

- Suscribir una póliza de seguro que responda de los daños que puedan producirse en el edificio con ocasión del ejercicio de la actividad.

- Orientar la explotación ocasionando los mínimos perjuicios al medio ambiente y al entorno inmediato del edificio.

- No superar los límites de la explotación. - Estar al corriente del pago del IAE. - Sufragar los gastos de servicios básicos necesarios para el ejercicio de la

actividad, agua, energía eléctrica, depuración de aguas residuales, seguridad, teléfono, calefacción, combustibles, conservación del edificio y del entorno y tributos exigibles.

- Sufragar todos los equipamientos (maquinaria, instalaciones y menaje), así como los productos de todo tipo precisos para el ejercicio de la actividad, de los que (equipamientos y productos de consumo) al finalizar la misma dispondrá el inquilino dejando el local en condiciones de volver a utilizarlo para el normal ejercicio de la actividad.

- Finalizada la actividad, entregar la totalidad de instalaciones utilizadas para llevar a cabo esta y efectuar las reposiciones oportunas para su legal continuación.

CLÁUSULA DÉCIMOSEXTA. Obligaciones del Ayuntamiento. - Facilitar la realización de la actividad con respeto a la normativa vigente y al

entorno natural. CLÁUSULA DÉCIMOSEPTIMA. Formalización del contrato. El contrato se formalizará en documento administrativo, en el que se

transcribirán los derechos y deberes de ambas partes que han sido enumerados en este Pliego. Cualquiera de las partes podrá solicitar elevar a escritura pública el contrato siendo en ese caso de su cuenta los gastos que se originen.

CLÁUSULA DECIMOCTAVA. Régimen Jurídico del contrato. Este contrato tiene carácter privado, su preparación y adjudicación se regirá por

lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga al TRLCSP y esté vigente

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tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.

En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por las Normas de Derecho privado.

El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente el conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de este contrato.

El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del contrato.

ANEXO I

INFORME TÉCNICO: En relación con la solicitud del Ayuntamiento de Bustarviejo de un informe

técnico que delimite las obras mínimas necesarias para la adecuación del local denominado Restaurante Fuente de Collado y ubicado en la Ctra. M-610 de Miraflores de la Sierra Km. 8,600 para destinarlo a Bar-Restaurante, estos servicios técnicos informan:

Las obras mínimas que se consideran necesarias son las siguientes de acuerdo con las especificaciones de la Ley de Ordenación de la Edificación.

a) Relativos a la funcionalidad: a.2) Accesibilidad, de tal forma que se permita a las personas con movilidad y

comunicación reducidas el acceso y la circulación por el edificio en los términos previstos en su normativa específica.

- En este sentido se deberá cumplir las determinaciones del Documento Básico SUA del Código Técnico de la Edificación teniendo en cuenta que:

- “En obras en edificios existentes en las que se den las limitaciones (restricciones) que se citan, no se incumple el CTE si se aplican soluciones que supongan, a juicio de las administraciones de control edificatorio, el mayor grado de adecuación efectiva global posible de las condiciones reguladas en este DB. La adecuación a este DB de un elemento que se modifica puede no ser efectiva cuando depende de la necesaria contribución de otros elementos que, por no modificarse con la reforma, no se adecuan a este DB.”

- Se considerará como adecuación efectiva global posible principalmente todo lo que tiene que ver con la eliminación de escalones aislados, el establecimiento de los anchos de paso suficientes y las protecciones frente a riesgo de caídas.

- No obstante se deberá tener en cuenta que antes del 1 de enero de 2016 deben adecuarse a las condiciones de accesibilidad que establece el DB SUA aquellos edificios susceptibles de ajustes razonables.

- Respecto de la adecuación antes de enero de 2016 se podrá adecuar el exterior de la edificación de cara al acceso a los aseos.

b) Relativos a la seguridad: b.1) Seguridad estructural, de tal forma que no se produzcan en el edificio, o

partes del mismo, daños que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.

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- En este sentido se deberá garantizar la estabilidad del terreno bajo el cuerpo del bar mediante la construcción de un muro de contención u otra medida análoga diseñada y dirigida por técnico competente.

b.2) Seguridad en caso de incendio, de tal forma que los ocupantes puedan desalojar el edificio en condiciones seguras, se pueda limitar la extensión del incendio dentro del propio edificio y de los colindantes y se permita la actuación de los equipos de extinción y rescate.

- En este sentido se deberá cumplir las determinaciones del Documento Básico SI del Código Técnico de la Edificación teniendo en cuenta que:

- “En obras en edificios existentes en las que se den las limitaciones (restricciones) que se citan, no se incumple el CTE si se aplican soluciones que supongan, a juicio de las administraciones de control edificatorio, el mayor grado de adecuación efectiva global posible a las condiciones de este DB. La adecuación a este DB de un elemento que se modifica puede no ser efectiva cuando depende de la necesaria contribución de otros elementos que, por no modificarse con la reforma, no se adecuan a este DB.”

- Se considerará como adecuación efectiva global posible principalmente todo lo que tiene que ver con las exigencias básicas de propagación interior.

b.3) Seguridad de utilización, de tal forma que el uso normal del edificio no suponga riesgo de accidente para las personas.

- En este sentido se deberá cumplir las determinaciones del Documento Básico SUA del Código Técnico de la Edificación teniendo en cuenta que:

- “En obras en edificios existentes en las que se den las limitaciones (restricciones) que se citan, no se incumple el CTE si se aplican soluciones que supongan, a juicio de las administraciones de control edificatorio, el mayor grado de adecuación efectiva global posible de las condiciones reguladas en este DB. La adecuación a este DB de un elemento que se modifica puede no ser efectiva cuando depende de la necesaria contribución de otros elementos que, por no modificarse con la reforma, no se adecuan a este DB. “

- Se considerará como adecuación efectiva global posible principalmente todo lo que tiene que ver con las protecciones frente a riesgo de caídas.

- No obstante se deberá tener en cuenta que antes del 1 de enero de 2016 deben adecuarse a las condiciones de accesibilidad que establece el DB SUA aquellos edificios susceptibles de ajustes razonables.

- Respecto de la adecuación antes de enero de 2016 se podrá adecuar el exterior de la edificación de cara al acceso a los aseos.

c) Relativos a la habitabilidad: c.1) Higiene, salud y protección del medio ambiente, de tal forma que se

alcancen condiciones aceptables de salubridad y estanqueidad en el ambiente interior del edificio y que éste no deteriore el medio ambiente en su entorno inmediato, garantizando una adecuada gestión de toda clase de residuos.

- En este sentido se deberá cumplir las determinaciones del Documento Básico HS del Código Técnico de la Edificación y sus exigencias básicas:

- HS 1 Protección frente a la humedad. - Respecto a esta exigencia se deberán reparar tanto los aleros como el resto

de la envolvente de las edificaciones pero no se considerará necesario la renovación de los elementos de carpintería exterior.

- HS 2 Recogida y evacuación de residuos. - HS 3 Calidad del aire interior.

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Respecto a esta exigencia se deberá garantizar la ventilación de los aseos, cocina, almacenes, espacios para residuos, vestuario y cuartos de instalaciones.

- HS 4 Suministro de agua. - Respecto a esta exigencia se deberá renovar la instalación de fontanería. - HS 5 Evacuación de aguas. - En este sentido se deberá renovar la instalación de saneamiento y dar

respuesta al vertido de saneamiento mediante una solución alternativa a las fosas sépticas de forma que no se produzca ningún tipo de contaminación del entorno.

Se deberán, por otro lado, adecuar las instalaciones eléctricas de tal forma que se obtengan los permisos de las empresas suministradoras garantizando las prestaciones de los servicios necesarios de cocina, agua caliente sanitaria, etc. y cumpliendo con el Reglamento de Baja Tensión.

Por otro lado se deberá adaptar la calefacción y el agua caliente sanitaria a las exigencias del RITE.

Se deberá asimismo renovar la instalación de gas de la cocina y adecuar las salidas de humos eliminando aquellas que no cumplan con la normativa.

También se considera necesaria, si bien parte de estos trabajos quedan incluidos en las exigencias anteriores, la rehabilitación de los revestimientos de fachadas de cara a mejorar la imagen del conjunto.

Por otro lado también se deberá reformar el sótano del edificio de forma que se ubiquen en él los cuartos de instalaciones necesarios, el almacén, los vestuarios de personal y el espacio para residuos.

EL ARQUITECTO MUNICIPAL, Fdo. Alejandro Tamayo Palacios.

8º. RECTIFICACION ANUAL DEL PADRON DE HABITANTES. Por el Alcalde se explicó que al no haberse informado la propuesta de

acuerdo en Comisión Informativa por error debería votarse la urgencia del asunto antes de someterlo a aprobación, y que convenía remitir los datos del mismo al Instituto Nacional de Estadística sin más dilación.

No Hubo más intervenciones. Sometido el acuerdo que luego se describe a votación, con los votos a

favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes y los votos a favor de los cinco Concejales del Grupo Municipal Popular se acordó:

1. Declarar de urgencia el asunto. 2. Aprobar la Revisión del Padrón Municipal de Habitantes con

referencia al día 1 de enero del año 2013 conforme al siguiente detalle, 1.- Variaciones en el número de habitantes.

Conceptos Total Hombres Mujeres Población a 01/01/2012 2.324 1.177 1.147Altas desde 01/01/2012 a 31/12/2012 221 106 115Bajas desde 01/01/2012 a 31/12/2012 105 49 56Variaciones por error en el sexo: Altas 0 0 0Variaciones por error en el sexo: Bajas 0 0 0

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Población del municipio a 1/01/2013 2.440 1.234 1.206

2.- Causas de variación en el número de habitantes.

Conceptos Nacimiento Cambios Residencia Omisión

Defunción Otro municipio Extranjero Inscripción

IndebidaAltas de residentes en el municipio 20 188 12 1 Bajas de residentes en el municipio 14 91 0 0

3.- Alteraciones por cambio de domicilio dentro del municipio.

Conceptos Total Varones Mujeres

Cambios de domicilio entre secciones 0 0 0

9º. VENTA DE SOLARES MUNICIPALES DEL BARRIO LA

BARDERA. Dio cuenta el Alcalde de los detalles del acuerdo que luego se describe. No hubo más intervenciones. Sometido el acuerdo que luego se describe a votación, previo informe

favorable de la Comisión de Hacienda, con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes y los votos a favor de los cinco Concejales del Grupo Municipal Popular se acordó:

1. Convocar licitación para la enajenación de los solares municipales y conforme a las condiciones que se describen.

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA ENAJENACIÓN DE SOLARES DE PROPIEDAD MUNICIPAL SITUADOS EN EL BARRIO DE LA BARDERA DEL MUNICIPIO DE BUSTARVIEJO.

I. OBJETO. El presente pliego tiene por objeto regular el procedimiento licitatorio

para la enajenación de las parcelas municipales incluidas en el anexo número 2, de conformidad con las previsiones que figuran en el Presupuesto General de la Corporación para el año 2012.

La finalidad de la enajenación es la generación recursos para la ejecución de los fines prescritos en el artículo 176.c) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid para los bienes integrantes del Patrimonio Municipal del Suelo.

II. PARCELAS OBJETO DE ENAJENACION. Las parcelas objeto de enajenación se encuentran descritas en el anexo

número 2, resultantes de la reparcelación de las descritas en el anexo 1 del

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presente pliego, conforme a la Licencia de Reparcelación (Expte. núm. 214/2011), concedida por Decreto de Alcaldía núm. 775/11 de fecha 19/12/11, las cuales se hallan inscritas en el Registro de la Propiedad de Torrelaguna conforme al detalle que figura en el mencionado anexo número 2.

Todas ellas son propiedad del Ayuntamiento de Bustarviejo y se encuentran incluidas en el Patrimonio Municipal del Suelo.

Las condiciones de uso, superficie de la parcela y superficie máxima de edificación son las descritas en el anexo número 2.

La venta se realiza en concepto de cuerpo cierto, por lo que no cabe reclamación posterior o la adjudicación sobre posibles variaciones de superficie o volumen edificable que se deriven de la aplicación de la normativa urbanística, condiciones geológicas, topográficas o análogas, aunque impliquen incremento en los costes de construcción.

III. DESTINO DE LAS PARCELAS. Los adjudicatarios deberán destinar las parcelas a la construcción de

viviendas de protección pública. A tal efecto, se hará constar mediante anotación en el Registro de la Propiedad el destino indicado.

Las viviendas a construir deberán ajustarse a los parámetros edificatorios y urbanísticos que permitan tanto la normativa urbanística como la de viviendas de protección pública.

No se podrán construir en las parcelas licitadas otro tipo de edificaciones que las viviendas mencionadas, sin que estas puedan anexarse a otras viviendas o edificaciones preexistentes.

IV. DERECHO DE TANTEO Y DE RETRACTO. El Ayuntamiento de Bustarviejo podrá ejercer los derechos de tanteo y

de retracto sobre las parcelas enajenadas conforme a lo previsto en la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

V. FORMA DE ADJUDICACION. La adjudicación de las parcelas se realizará mediante procedimiento

abierto en función de varios criterios entre los que podrá estar el precio. VI. PRECIO. El precio tipo para cada una de las parcelas objeto de licitación es el que

figura en el anexo número 2 de este pliego, pudiendo mejorarse al alza. Al precio indicado se le debe añadir el I.V.A. aplicable.

Los licitadores podrán ofertar la adquisición de una o varias parcelas aplicando las modalidades edificatorias permitidas por la normativa urbanística en uno u otro casos.

VII. CRITERIOS DE SELECCIÓN. La adjudicación se efectuará a la proposición más ventajosa, sin atender

únicamente al valor económico de la misma, sin perjuicio del derecho de la

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Administración a declarar desierta la licitación, en cuyo caso no procederá indemnización alguna a favor de los licitadores.

Los criterios de adjudicación son los siguientes: 1. Diseño interior y exterior de la promoción. La puntuación de las propuestas atenderá a la funcionalidad del diseño

presentado y descrito en el anteproyecto que habrá de aportar el licitador, en atención a la composición de las viviendas y a las diversas soluciones que ofrezca.

Puntuación máxima: 30 puntos. 2. Memoria de calidades de la promoción. La puntuación de las propuestas atenderá a la calidad de los materiales y

equipamientos que presenten las viviendas, así como también a cualquier tratamiento singular que afecte al conjunto.

Puntuación máxima: 30 puntos. 3. Sostenibilidad medioambiental de la promoción. La puntuación de las propuestas atenderá al diseño de viviendas que

mejor atienda a los criterios de eficiencia energética, ponderándose el proyecto en base a la combinación de una arquitectura bioclimática y el empleo de energías renovables.

Puntuación máxima: 20 puntos. 4. Menor tiempo de ejecución. La puntuación de las propuestas atenderá al menor plazo de ejecución y

entrega de las viviendas, sin que pueda superar los plazos máximos establecidos en este pliego.

Puntuación máxima: 10 puntos. 5. Precio ofertado. La puntuación de las propuestas atenderá al mayor precio ofertado. Puntuación máxima: 10 puntos. VIII. CONDICIONES Y REQUISITOS DE LOS LICITADORES. Podrán participar en la licitación las personas naturales o jurídicas,

españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, en la forma prevista en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) y no se encuentren comprendidos en los supuestos de prohibición de contratar con la Administración previstos en dicha ley ni en la normativa sobre incompatibilidades de cargos públicos o del personal al servicio de la Administración.

IX. GARANTIAS PROVISIONAL Y DEFINITIVA. No se hará uso de la posibilidad recogida en el artículo 103 del

TRLCSP, sobre el establecimiento de garantía provisional, y si de lo dispuesto en el artículo 95.1.2º párrafo, sobre la posibilidad de eximir al adjudicatario de la obligación de constituir garantía definitiva. Todo ello por entender que no debe

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gravarse la ejecución de viviendas protegidas más que las libres, y siendo el destino de los solares que se licitan la construcción de viviendas protegidas, resulta justificada la referida exención.

X. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones constarán de tres sobres cerrados, identificando en su

exterior la licitación a la que concurren y firmados por el licitador o la persona que lo represente, señalando igualmente el nombre y apellidos o razón social de la empresa.

En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente. Los sobres constarán de:

Sobre A).- «Documentación Administrativa». a) Si se trata de personas jurídicas, escritura de constitución o

modificación en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. En el caso de empresarios no españoles de Estados miembros de la C.E., se estará a lo dispuesto en el Artículo 58 del TRLCSP. Para los empresarios individuales será obligatoria la presentación del D.N.I.

b) D.N.I. del firmante de la proposición. c) Cédula de identificación fiscal. d) Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro,

presentarán poder bastanteado al efecto. Si la empresa fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Cuando dos o más empresas presenten ofertas conjuntas de licitación, cada una acreditará su personalidad y capacidad, debiendo indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y designar o la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ostentará lo plena representación de todos frente o la Administración.

e) Declaración en la que el oferente afirme, bajo su responsabilidad, no hallarse comprendido en los casos de prohibición para contratar señalados en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

f) Declaración, en la que el oferente afirme bajo su responsabilidad, no hallarse comprendido en los supuestos de incompatibilidades previstos en la legislación vigente.

g) Declaración responsable en la que el oferente afirme tener cumplidas sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

La documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados una vez adjudicado el contrato y transcurridos los plazos de interposición de recursos sin que se hayan interpuesto.

Sobre B).- «Documentación técnico-urbanística».

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a) Anteproyecto de construcción referente a la promoción (una o más viviendas), suscrito por técnico competente, incluyendo memoria descriptiva, estética del exterior de las viviendas, diseño de las viviendas, cuadro de superficies, criterios de sostenibilidad ambiental, presupuesto, accesibilidad, etcétera.

b) Memoria de calidades de la promoción. c) Plazo de ejecución y programa de actuaciones, con el compromiso

expreso de respetar los plazos máximos de ejecución de las viviendas, así como el compromiso relativo a la construcción sobre las parcelas de viviendas de protección oficial de régimen general.

d) Solvencia técnica y profesional, (solo si los licitadores fueran promotores urbanísticos o constructores) que podrá justificarse mediante relación de obras promovidos o construidas, tanto de promoción privada como pública en los últimos diez años, personal de la empresa, equipo técnico, organización territorial, etcétera, así como cualquier otra documentación acreditativa de la solvencia requerida. Otro caso la solvencia técnica y profesional a justificar se referirá a la empresa constructora con la que el licitador deberá haber suscrito el precontrato de obra correspondiente.

e) Justificación de la capacidad financiera y económica del oferente acreditada por Entidad Financiera o Bancaria.

f) Compromiso expreso de que el proyecto de ejecución a presentar por el adjudicatario para la obtención de la licencia municipal de obras, responderá a las determinaciones urbanísticas del municipio, a lo dispuesto en la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y a la normativa de Viviendas de Protección Pública.

Sobre (C).- «Propuesta económica». a) Concreción por el licitador de la propuesta económica con base en lo

dispuesto en el presente pliego. No se admitirán las propuestas económicas que contengan errores,

omisiones o tachaduras que puedan alterar o establecer dudas sobre su importe o compromiso que oferte el licitador.

XI. PRESENTACION DE PROPOSICIONES. Las proposiciones se presentarán en el Registro del Ayuntamiento de

Bustarviejo, de 9 a 14 horas, en el plazo de treinta días hábiles siguientes a la publicación del anuncio en el perfil de contratante del Ayuntamiento (http://contrataciondelestado.es).

En el caso de que el último día de presentación de ofertas o de apertura de plicas coincidiera en sábado se trasladará al siguiente hábil.

Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, ni presentar propuesta en régimen de agrupación temporal de empresas si lo ha hecho individualmente, con la penalización, en su caso, de la desestimación de todas las proposiciones por él presentadas.

Cuando la documentación se envíe por correo, el licitador remitente deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y

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anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax, telegrama o correo electrónico a la dirección: [email protected] en el mismo día y antes de las catorce horas. Transcurridos, no obstante, cinco días naturales después de la fecha de terminación del plazo de presentación de ofertas sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.

La presentación de proposiciones supone por parte del licitador la aceptación expresa de las cláusulas de este pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar.

XII. APERTURA DE PROPOSICIONES Y MESA DE

CONTRATACION. La Mesa de Contratación estará integrada, bajo la Presidencia del Sr.

Alcalde o Concejal en quien delegue, por los siguientes miembros: Vocales: Un Concejal en representación de cada Grupo Político Municipal y el

Secretario-Interventor municipal. Secretario/a: El de la Corporación o empleado municipal en quien delegue. Transcurridos cinco días naturales desde la finalización del plazo de

presentación de ofertas, la Mesa de Contratación procederá a la apertura de la documentación presentada.

En sesión privada, se procederá a la apertura del sobre A referido a la «Documentación Administrativa », para calificar los documentos contenidos en el mismo, declarando no admitidos aquellos licitadores que no adjunten los documentos requeridos y en las condiciones exigidas por estas bases. Si la Mesa de Contratación observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, los comunicará a los interesados. Estas circunstancias también se harán públicas en el tablón de edictos de este Ayuntamiento. En estos casos se concederá un plazo de tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen. Una vez subsanada, en su caso, la documentación presentada, la Mesa de Contratación procederá, en un único acto público, a la apertura de los sobres B y C de las proposiciones admitidas.

En sesión posterior y previos los informes que proceden, la Mesa de Contratación ponderando los criterios fijados en la Cláusula VII, propondrá al órgano de contratación, la adjudicación de los respectivos contratos a favor de las proposiciones que resulten más ventajosas atendiendo a los mencionados criterios.

XIII. DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA Y

ADJUDICACION. Efectuada la propuesta de adjudicación, se notificará al seleccionado

para que en el plazo de diez días hábiles presente certificados acreditativos de estar al corriente de sus obligaciones tributarias municipales, autonómicas y del Estado, y de Seguridad Social. Asimismo, deberán presentar documento acreditativo de hallarse dado de alta en impuesto de Actividades Económicas, si

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legalmente procediera y de haber efectuado el pago de las cuotas correspondientes, uniendo a estos documentos declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula de este Impuesto.

De conformidad con la propuesta de la Mesa el órgano de contratación realizará la adjudicación del contrato, debiendo motivar cualquier decisión en contrario.

XIV. FORMALIZACION DEL CONTRATO. El Ayuntamiento de Bustarviejo y el adjudicatario, quedan obligados a

formalizar el contrato en documento administrativo, dentro de los treinta días siguientes a la notificación de la adjudicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 156 del TRLCSP.

El adjudicatario estará obligado a elevar a escritura pública la compraventa y a inscribir su nombre en el Registro de la Propiedad los bienes adquiridos, siendo a su costa la totalidad de los gastos que se ocasionen.

XV. PLAZOS DE EJECUCION. El adjudicatario quedará obligado, a solicitar la preceptiva licencia

municipal de obra en el plazo máximo de seis meses, a contar desde la fecha de formalización de la escritura pública.

Igualmente, el plazo máximo de ejecución de las obras no superará en más de tres meses al previsto en la oferta, contados desde la obtención de la correspondiente licencia municipal de obra.

La licencia de 1ª ocupación de las viviendas se formalizarán una vez terminadas las obras, en el plazo de seis meses y una vez obtenida la calificación definitiva de las mismas.

En caso de demora injustificada en los plazos descritos y una vez denunciada esta, el Ayuntamiento podrá optar, por la imposición de las penalidades previstas en el Artículo 212 del TRLCSP y caso de que se excedieran en más de un 50 por 100 los plazos establecidos, por la resolución del contrato.

En el supuesto de que se llegara a la resolución del contrato, éste deberá acordarse por el pleno municipal previa audiencia del adjudicatario incumplidor.

El acuerdo plenario en tal sentido conllevará la extinción del contrato, la pérdida de la fianza definitiva y la devolución de la/s parcela/s edificable/s al Ayuntamiento en plena propiedad, con todo lo que en ellas se hubiere construido y sin derecho o indemnización alguna.

XVI. GASTOS E IMPUESTOS. Los gastos e impuestos derivados de la compraventa, tales como

Notaría, Registro de la Propiedad, I.V.A., etcétera, serán de cuenta del adjudicatario.

Así como también los correspondientes a los anuncios en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid».

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XVII. PAGO DEL PRECIO. El precio de adjudicación se abonará por el comprador conforme al

siguiente calendario: Primer pago, del 15 por 100 del precio de adjudicación más el I.V.A.

correspondiente dentro del plazo de quince días naturales siguientes a la notificación del acuerdo de adjudicación.

Segundo pago, del 85 por 100 restante del precio de adjudicación más el IVA correspondiente en el momento de suscribir el contrato administrativo de enajenación.

XVIII. REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO, TRIBUNALES

COMPETENTES Y NOTIFICACIONES. Los contratos que se licitan conforme a este pliego tienen carácter

privado en virtud de lo dispuesto en el artículo 4.1.p) del TRLCSP, y en consecuencia se regirán, en cuanto a su preparación y adjudicación, en defecto de normas específicas, por la presente ley y sus disposiciones de desarrollo, aplicándose supletoriamente las restantes normas de derecho administrativo o, en su caso, las normas de derecho privado, según corresponda por razón del sujeto o entidad contratante. En cuanto a sus efectos y extinción, estos contratos se regirán por el derecho privado.

En lo no previsto en el presente Pliego de Condiciones se estará a lo dispuesto en la Ley 7 de 1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen local; Real Decreto Ley 781 de 1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372 de 1986, de 13 de junio; el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el Real Decreto 1098 de 2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la ley de Contratos de las Administraciones Públicas; Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, las normas de Derecho Privado.

Los litigios que puedan derivarse de este contrato se someterán a los Tribunales competentes de Madrid.

El orden jurisdiccional contencioso-administrativo es el competente para conocer de las cuestiones que puedan suscitarse en relación con este contrato.

Los licitadores consignarán en la proposición el número de fax al cual puedan dirigirse las notificaciones, aceptándose por éstos, a efectos de cómputo de plazos, la fecha en que sea cursado dicho fax.

XIX. INCUMPLIMIENTOS. En caso de incumplimiento de lo dispuesto en el presente Pliego de

Condiciones, será de aplicación lo dispuesto en la legislación de aplicación (Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto

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refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y su Reglamento de desarrollo).

XX. EXTINCION DEL CONTRATO. Los contratos que se licitan se extinguirán por cumplimiento o por

resolución. A estos efectos, se entenderá cumplido cuando los adjudicatarios hayan

realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a plena satisfacción de este Ayuntamiento la totalidad de su objeto, exigiéndose en todo caso un acto formal y positivo por parte de la Administración Municipal para la constatación del efectivo cumplimiento, como así dispone el artículo 222 del TRLCSP.

Las causas para la resolución del presente contrato serán las que figuran en el artículo 223 del TRLCSP y disposiciones concordantes del Reglamento de desarrollo de 12 de octubre de 2001.

Además, el contrato podrá quedar resuelto, sin derecho a solicitar indemnización alguna por parte del adjudicatario, en los siguientes supuestos específicos:

a) Incumplimiento de los plazos establecidos para la solicitud de la licencia municipal de obra o para la conclusión de las mismas.

b) Enajenación por el adjudicatario, de las viviendas o sus anejos vinculados a precios superiores a los establecidos o si pretendiera no respetar la vinculación de dichos anejos a las viviendas.

c) Construcción resultante que no se ajuste al proyecto aprobado.

ANEXO Nº 1 CUADRO DE PARCELAS MUNICIPALES EN EL BARRIO DE LA

BARDERA (PLAN PARCIAL)

- Parcela nº 9.

Superficie: 448,547 m2. - Parcela nº 10.

Superficie: 453,725 m2. - Parcela nº 11.

Superficie: 458,904 m2. - Parcela nº 12.

Superficie: 464,448 m2. - Parcela nº 13.

Superficie: 469,441 m2.

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ANEXO Nº 2 CUADRO DE LAS PARCELAS MUNICIPALES EN EL BARRIO DE LA

BARDERA OBJETO DE ENAJENACIÓN (REPARCELACION)

- Parcela A:

Superficie total objeto de enajenación: 354,17 m2 Precio al alza: 71.875,26 euros + I.V.A. Calificación urbanística: Residencial. Altura máxima, dos plantas. Edificabilidad, 0.65 m2/m2. Ocupación, 50% de superficie de parcela neta. Parcela mínima, 250 m2. Retranqueos a fachada y a linderos laterales y posteriores, 3 m. Uso característico, residencial, vivienda unifamiliar aislada, pareada y adosada. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Torrelaguna al Tomo 1582, Libro 136, Folio 28, Finca 9517 e Inscripción 1ª.

- Parcela B:

Superficie total objeto de enajenación: 258,71 m2 Precio al alza: 52.502,61 euros + I.V.A. Calificación urbanística: Residencial. Altura máxima, dos plantas. Edificabilidad, 0.65 m2/m2. Ocupación, 50% de superficie de parcela neta. Parcela mínima, 250 m2. Retranqueos a fachada y a linderos laterales y posteriores, 3 m. Uso característico, residencial, vivienda unifamiliar aislada, pareada y adosada. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Torrelaguna al Tomo 1582, Libro 136, Folio 31, Finca 9518 e Inscripción 1ª.

- Parcela C: Superficie total objeto de enajenación: 259,57 m2 Precio al alza: 52.677, 14 euros + IVA. Calificación urbanística: Residencial. Altura máxima, dos plantas. Edificabilidad, 0.65 m2/m2. Ocupación, 50% de superficie de parcela neta. Parcela mínima, 250 m2. Retranqueos a fachada y a linderos laterales y posteriores, 3 m. Uso característico, residencial, vivienda unifamiliar aislada, pareada y adosada.

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Inscrita en el Registro de la Propiedad de Torrelaguna al Tomo 1582, Libro 136, Folio 34, Finca 9519 e Inscripción 1ª.

- Parcela D: Superficie total objeto de enajenación: 260,77 m2 Precio al alza: 52.920,600 euros + IVA. Calificación urbanística: Residencial. Altura máxima, dos plantas. Edificabilidad, 0.65 m2/m2. Ocupación, 50% de superficie de parcela neta. Parcela mínima, 250 m2. Retranqueos a fachada y a linderos laterales y posteriores, 3 m. Uso característico, residencial, vivienda unifamiliar aislada, pareada y adosada. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Torrelaguna al Tomo 1582, Libro 136, Folio 37, Finca 9520 e Inscripción 1ª.

- Parcela E: Superficie total objeto de enajenación: 262,43 m2 Precio al alza: 53.257,54 euros + IVA. Calificación urbanística: Residencial. Altura máxima, dos plantas. Edificabilidad, 0.65 m2/m2. Ocupación, 50% de superficie de parcela neta. Parcela mínima, 250 m2. Retranqueos a fachada y a linderos laterales y posteriores, 3 m. Uso característico, residencial, vivienda unifamiliar aislada, pareada y adosada. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Torrelaguna al Tomo 1582, Libro 136, Folio 40, Finca 9521 e Inscripción 1ª.

- Parcela F: Superficie total objeto de enajenación: 264,09m2 Precio al alza: 53.594,42 euros + IVA. Calificación urbanística: Residencial. Altura máxima, dos plantas. Edificabilidad, 0.65 m2/m2. Ocupación, 50% de superficie de parcela neta. Parcela mínima, 250 m2. Retranqueos a fachada y a linderos laterales y posteriores, 3 m. Uso característico, residencial, vivienda unifamiliar aislada, pareada y adosada. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Torrelaguna al Tomo 1582, Libro 136, Folio 43, Finca 9522 e Inscripción 1ª.

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- Parcela G: Superficie total objeto de enajenación: 265,92 m2. Precio al alza: 53.965,80 euros + IVA. Calificación urbanística: Residencial. Altura máxima, dos plantas. Edificabilidad, 0.65 m2/m2. Ocupación, 50% de superficie de parcela neta. Parcela mínima, 250 m2. Retranqueos a fachada y a linderos laterales y posteriores, 3 m. Uso característico, residencial, vivienda unifamiliar aislada, pareada y adosada. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Torrelaguna al Tomo 1582, Libro 136, Folio 46, Finca 9523 e Inscripción 1ª.

- Parcela H: Superficie total objeto de enajenación: 369,40 m2. Precio al alza: 74.966,04 euros + IVA. Calificación urbanística: Residencial. Altura máxima, dos plantas. Edificabilidad, 0.65 m2/m2. Ocupación, 50% de superficie de parcela neta. Parcela mínima, 250 m2. Retranqueos a fachada y a linderos laterales y posteriores, 3 m. Uso característico, residencial, vivienda unifamiliar aislada, pareada y adosada. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Torrelaguna al Tomo 1582, Libro 136, Folio 49, Finca 9524 e Inscripción 1ª.

10º. PERMUTA PARCIAL DEL CALLEJON DE LA CALLE MAYOR PARA REGULARIZACION DE EDIFICIO RESIDENCIAL.

Dio cuenta el Alcalde de los detalles del acuerdo que luego se describe. No hubo más intervenciones. Sometido el acuerdo que luego se describe a votación, con los votos a

favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes y los votos a favor de los cinco Concejales del Grupo Municipal Popular se acordó:

Dio cuenta el Alcalde de los detalles del acuerdo que luego se describe. No hubo más intervenciones. Sometido el acuerdo que luego se describe a votación, con los votos a

favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes y los votos a favor de los cinco Concejales del Grupo Municipal Popular se acordó: Dada cuenta del expediente instruido para la permuta del bien de propiedad municipal sito en Callejón de la calle Mayor, 80 que luego se describe con el bien sito en el mismo lugar y propiedad de D. Juan Carlos del Valle

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Cuesta, que asimismo luego se describe, con la finalidad de regularizar la situación jurídica y urbanística generada al construir con licencia municipal el edificio de viviendas situado en el Callejón de la Calle Mayor, 80 por la constructora Hermanos Laso, S.L. Visto el informe de Secretaría en relación con el procedimiento y la legislación aplicable, así como el informe del Técnico Municipal sobre la valoración técnica de los inmuebles del Ayuntamiento y del particular, acreditando que los valores de ambos bienes son iguales y que por tanto la diferencia entre dichos valores es inferior al 40% del bien de mayor valor. Visto el Informe de Intervención en el que se hace constar que el porcentaje del valor del bien sobre los recursos ordinarios del Presupuesto, es del 0,089 %, y que no es necesario hacer aportación en metálico por parte del Ayuntamiento para llevar a cabo la permuta. Teniendo en cuenta que D. Juan Carlos del Valle Cuesta, propietario del inmueble con el que se pretende permutar el bien municipal, mediante escrito de fecha 18-01-13, formula expresa aceptación de la valoración de su bien y de la permuta, aportando los documentos que acreditan su titularidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2.l) de la Ley 7/185, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, sobre atribuciones de los órganos municipales para la alteración de la calificación jurídica de los bienes de dominio público, y previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda, se ACUERDA, Primero.- Cambiar la calificación jurídica del bien municipal situado en el Callejón de la Calle Mayor, 80 que luego se describe, de dominio público a patrimonial. Segundo.- Autorizar a los solos efectos de la permuta de bienes que se tramita la segregación de una parcela 6,56 m2 de superficie con los siguientes linderos, Norte, Juan Carlos del Valle Cuesta; Sur, Edifico Construcciones Laso, S.L.; Este, Manuel Martín Hijano; Oeste, Callejón de Mayor; del solar propiedad de D. Juan Carlos del Valle Cuesta sito en la calle Mayor, 80. Tercero.- Aprobar el expediente de permuta del bien inmueble sito en Callejón de la calle Mayor, 80 propiedad de este Ayuntamiento, por el bien inmueble sito en el mismo lugar propiedad de D. Juan Carlos del Valle Cuesta, cuyas características se describen, BIEN PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO. 1º.- El inmueble de propiedad municipal responde a las siguientes características: - Situación: Callejón de la calle Mayor, 80. - Superficie: 6,56 m2. - Linderos: Norte, Juan Carlos del Valle Cuesta; Sur, Callejón de Mayor; Este, Juan Carlos del Valle Cuesta; Oeste, Callejón de Mayor. - Forma rectangular de 0,83 m (linderos norte y sur) x 7,88 m (linderos este y oeste). - Calificación y uso urbanísticos: Dominio público; vial. 2º.- El bien inmueble descrito no se encuentra comprendido en ningún

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Plan de Ordenación, reforma o adaptación, no siendo de utilidad para el Ayuntamiento ni es previsible que lo sea en los próximos diez años. 3º.- Con arreglo a los precios del mercado inmobiliario en la zona de tasación, se estima su valoración en 1.700 euros. BIEN PROPIEDAD DEL PARTICULAR. 1º.- Previa comprobación in situ, la realidad física y jurídica del inmueble se ajusta a las siguientes características: - Situación: Callejón de la calle Mayor, 80. - Superficie: 6,56 m2. - Linderos: Norte, Juan Carlos del Valle Cuesta; Sur, Edifico Construcciones Laso, S.L.; Este, Manuel Martín Hijano; Oeste, Callejón de Mayor. - Forma de triangulo rectángulo de 6,48 m de base (lindero sur edificio Hnos. Laso) x 2,02 m de altura (lindero oeste). - Calificación y uso urbanísticos: Suelo urbano (solar). 2º.- Que el valor del bien inmueble es de 1.700 euros, teniendo en cuenta los precios de mercado que operan en la zona Cuarto.- Calificar el bien obtenido por cesión de D. Juan Carlos del Vale Cuesta mediante permuta, y cuyas características se describen en el punto anterior, como dominio público municipal (vial) para incorporarlo al Callejón de la calle Mayor, 80. Quinto.- Que se de comunicación del expediente, como requisito previo a su ejecutividad, al órgano competente de la Comunidad Autónoma, para su conocimiento y efectos oportunos. Sexto.- Notificar este acuerdo al interesado, requiriéndole para formalizar la correspondiente escritura pública, facultando a la Alcaldía para la firma de la misma y de cuantos otros documentos sean necesarios para la ejecución de lo acordado.

11º. NOMBRAMIENTO DE CONCEJAL-TESORERA. Por el Alcalde se explicó que al no haberse informado la propuesta de

acuerdo en Comisión Informativa por error, debería votarse la urgencia del asunto antes de someterlo a aprobación.

No Hubo más intervenciones. Sometido el acuerdo que luego se describe a votación, con los votos a

favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes y la abstención de los cinco Concejales del Grupo Municipal Popular se acordó:

- Declarar de urgencia el asunto. - Primero.- Nombrar Tesorera a la Concejala Dª. Angela García

Romero. - Segundo.- A la Tesorera corresponderán las funciones establecidas en el

artículo 5 del RD 1174/ 1987, de 18 de septiembre por el que se aprueba el régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter estatal, que se relacionan,

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1. El manejo y custodia de fondos, valores y efectos de la Entidad local, de conformidad con lo establecido por las disposiciones legales vigentes.

2. La Jefatura de los Servicios de recaudación. El manejo y custodia de fondos, valores y efectos comprende: a) La realización de cuantos cobros y pagos corresponda a los fondos y

valores de la Entidad, de conformidad con lo establecido por las disposiciones legales vigentes.

b). La organización de la custodia de fondos, valores y efectos de conformidad con las directrices señaladas por la Presidencia.

c) Ejecutar, conforme a las directrices marcadas por la Corporación, las consignaciones en Bancos, Caja General de Depósitos y establecimientos análogos, autorizando junto con el Ordenador de pagos y el Interventor los cheques y demás órdenes de pago que se giren contra las cuentas abiertas en dichos establecimientos.

d) La formación de los planes y programas de Tesorería, distribuyendo en el tiempo las disponibilidades dinerarias de la Entidad para la puntual satisfacción de sus obligaciones, atendiendo a las prioridades legalmente establecidas, conforme a las directrices marcadas por la Corporación.

La Jefatura de los Servicios de recaudación comprende: a) El impulso y dirección de los procedimientos recaudatorios,

proponiendo las medidas necesarias para que la cobranza se realice dentro de los plazos señalados.

b) La autorización de pliegos de cargo de valores que se entreguen a los recaudadores y agentes ejecutivos.

c) Dictar la providencia de apremio en los expedientes administrativos de este carácter y autorizar la subasta de bienes embargados.

d) La tramitación de los expedientes de responsabilidad por perjuicio de valores.

* A pregunta del Sr. De Mateo García, con permiso del Presidente el Secretario afirmó que la responsabilidad solidaria de la gestión de la Concejala Tesorera se extendía a los Corporativos que votaron a favor su nombramiento.

12º. CADUCIDAD DEL ACUERDO MARCO DE LA POLICIA LOCAL.

Explicó el Alcalde la propuesta de renovar el Acuerdo Marco de la Policía Local y recordó que en su toma de posesión invitó al Grupo Popular a participaren la negociación del nuevo texto. A continuación dio la palabra a los Portavoces de los Grupos Municipales que se manifestaron como se describe.

* El Sr. De Mateo García, en nombre del Grupo Popular manifestó que ellos estaban de acuerdo en atender la invitación del Alcalde. Que en Comisión Informativa ya se había propuesto denunciar el Acuerdo Marco sin suspenderlo y a la vista de lo informado por el Secretario sobre las dudas de legalidad que la jornada establecida en el texto actual presentaba, se acordó por unanimidad dictaminar la propuesta de acuerdo que se sometía al Pleno.

* El Alcalde expresó su conformidad. No hubo otras intervenciones.

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Sometido el acuerdo que luego se describe a votación, previo dictamen favorable de la Comisión Informativa, con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes y los votos a favor de los cinco Concejales del Grupo Municipal Popular se acordó:

Primero.- Considerar caducado el Acuerdo Marco de la Policía Local de este Ayuntamiento a partir del día 1 de mayo de 2013, de conformidad con lo dispuesto en el mismo, quedando en suspenso sus determinaciones.

Segundo.- Promover la negociación de un nuevo Acuerdo Marco con los representantes del Cuerpo de la Policía Local que sus miembros determinen y con el representante legal del personal funcionario del Ayuntamiento.

13º. ADHESION AL SISTEMA ORVE DE TRANSMISION DE DATOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Explicó el Alcalde someramente la utilidad del sistema de transmisión de datos y conexión entre Administraciones denominado ORVE promovido por la Comunidad de Madrid en colaboración con el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, señalando entre otras la eliminación de gastos de correo ordinario y de tiempo de formalización de envíos de documentación, como anuncios al Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y otros.

Añadió que como el requerimiento para que se adoptara acuerdo plenario había llegado después de celebrarse la última sesión de la Comisión Informativa correspondiente y era conveniente remitirlo cuanto sin demora a la Comunidad de Madrid solicitaba se declarara de urgencia el asunto con carácter previo.

No hubo más intervenciones. Sometido el acuerdo que luego se describe a votación, con los votos a

favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes y los votos a favor de los cinco Concejales del Grupo Municipal Popular se acordó:

1. Declarar de urgencia el asunto. 2. Solicitar la adhesión a la Adenda, de fecha 23 de octubre de 2012,

publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 5, de 5 de enero de 2013, y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) núm. 309, de 28 de diciembre de 2012, corrección de errores publicada en el BOCM núm. 23, de 28 de enero de 2013, al Convenio Marco suscrito entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad de Madrid, para la implantación de un modelo integrado de Atención al Ciudadano, en el ámbito territorial de Madrid, el 15 de noviembre de 2007, publicado en el Boletín Oficial del Estado núm. 311, de 28 de diciembre de 2007, y en el BOCM núm. 300, de 17 de diciembre de 2007.

14º. DACION DE CUENTA DEL INFORME ANUAL DE INTERVENCION SOBRE CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE AJUSTE.

A ruego del Presidente, el Interventor puso a disposición del Pleno el informe de referencia con el contenido que se describe.

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“INFORME DE INTERVENCIÓN DE EVALUACIÓN ANUAL DEL PLAN DE AJUSTE

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 7/2012,

de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores, las Entidades locales que concierten las operaciones de endeudamiento previstas en este real decreto-ley, deberán presentar anualmente al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas un informe del interventor sobre la ejecución de los planes de ajuste contemplados en el artículo 7 del Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero. De dicho informe se dará cuenta al Pleno de la Corporación Local.

El primer informe anual de seguimiento del plan de ajuste deberá referirse a 31 de diciembre de 2012 y remitirse en la primera quincena de enero, si bien para este primer informe el Ministerio ha ampliado el plazo hasta el día 8 de marzo de 2013.

A estos efectos, en el art. 10.3 de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera desarrolla el contenido mínimo, que estará compuesto de lo siguiente:

a) Resumen trimestral del estado de ejecución del Presupuesto. Si se trata de Corporaciones Locales incluidas en el ámbito subjetivo de los artículos 111 y 135 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales también se incluirá información referida a la previsión de liquidación del ejercicio, considerando la ejecución trimestral acumulada.

b) Ejecución de las medidas de ingresos y gastos previstas en el Plan y, en su caso, de las medidas adicionales adoptadas.

c) Comparación de los detalles informativos anteriores con las previsiones contenidas en el Plan para ese año y explicación, en su caso, de las desviaciones.

A la vista del avance de la Liquidación del Presupuesto del año 2012, y de los datos grabados en la plataforma que obran en la Oficina virtual de coordinación financiera de las Entidades Locales y de conformidad con el artículo 4.1.h) del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el Régimen Jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, emito el siguiente,

INFORME

PRIMERO. Estado de Ejecución del Presupuesto de 2012. Para la cumplimentación del la información sobre la ejecución del Presupuesto

de 2012, se han tomado los datos de ejecución del presupuesto de ingresos y del presupuesto de gastos hasta la fecha 31/12/2012 (fecha a la que está formalizada la contabilidad), incluyendo, en los casos en que se conocen los detalles por conceptos o aplicaciones presupuestarias, las operaciones realizadas pendientes de registro presupuestario, información obtenida y facilitada por las distintas dependencias administrativas y del Registro de Facturas de la Corporación. SON DATOS NO DEFINITIVOS.

SEGUNDO. Ejecución de las medidas de Gasto e Ingresos previstas en el Plan y otras medidas adicionales adoptadas y no previstas en el mismo.

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* Medidas de Ingresos Propuestas: - Incrementar el rendimiento de las tasas por servicios de actividades deportivas

en 7.000 €. - Incrementar los ingresos de IBI de Urbana en 60.000 € modificando el tipo

impositivo. * Medidas de Gastos Propuestas: - Jubilaciones (oficial primera de mantenimiento y celadora de clínica)

sustituyéndoles por personal existente mediante promoción interna). - Reducción de monitores y personal de actividades deportivas. - Reducción coste en socorristas y taquilleros/as de piscina. - Reducción de presupuesto en turismo. - Reducción de horario al público del polideportivo. * Medidas Adicionales adoptadas y no previstas en el Plan de Ajuste: - Plan de reducción de consumo de energía en dependencias municipales

(calefacción) mediante limitación a 21 grados de la temperatura interior de las dependencias e instalación de sistemas diferenciados (electroválvulas y termostatos independientes en el edificio de usos múltiples de las antiguas escuelas) por cada local del edificio.

- Nuevas contrataciones de suministro de energía eléctrica para alumbrado público con suministradoras con precios unitarios inferiores.

- Actuaciones para apagado parcial de la red de alumbrado público para reducir el consumo de energía.

- Revisión del contrato de salud laboral reduciendo coste de la póliza sin reducir prestaciones.

- Urbana de 76.289 € en derechos reconocidos y se ha mejorado la recaudación recaudando 115.000 € más que en 2011. Luego se han cubierto sobradamente el compromiso de recaudar 60.000 € más que en 2011, contemplado en el Plan de Ajuste.

TERCERO. Comparación de la ejecución de las medidas con las previsiones

del Plan y explicación de las desviaciones: * Medidas de Ingresos Propuestas: - La medida consistente en incrementar el rendimiento de las tasas por servicios

de actividades deportivas en 7.000 €, NO SE HA CUMPLIDO por los siguientes motivos:

Se ha reducido la recaudación de 35.720 € a 29.967 €, debido a que ha habido menos usuarios de las instalaciones deportivas en 2012 que en 2011.

- La medida consistente en incrementar los ingresos de IBI de Urbana en 60.000 € modificando el tipo impositivo, SE HA CUMPLIDO SOBRADAMENTE pues se han recaudado 115.000 € más en 2012 que en 2011 por el efecto del incremento del tipo impositivo resultante de aplicar el RD-Ley 20/2011, de 30 de diciembre y por la mejora de la recaudación.

* Medidas de Gastos Propuestas: - La medida consistente en jubilaciones de personal (oficial primera de

mantenimiento y celadora de clínica) sustituyéndoles por otro personal existente mediante promoción interna. No era de aplicación hasta 2013 y 2014 respectivamente.

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- La medida consistente en reducción de monitores y personal de actividades deportivas, se llevó a cabo sustituyendo un monitor de fútbol por la dedicación parcial a esa tarea del coordinador de deportes.

- La medida consistente en reducción coste en socorristas y taquilleros/as de piscina, se ha llevado a cabo mediante el cierre de la piscina municipal un día por semana y la reducción proporcional de los contratos de los socorristas y de los/as taquilleros/as.

- La medida consistente en reducción de presupuesto en turismo, se ha llevado a cabo pues de los 6.000 € presupuestados en 2012 no se ha comprometido gasto alguno.

- La medida consistente en reducción de horario al público del polideportivo, se ha llevado a cabo cerrando el polideportivo un día por semana.

* Medidas Adicionales adoptadas y no previstas en el Plan de Ajuste: - Las señaladas en el apartado anterior.

CUARTO.- Otros indicadores del cumplimiento del Plan de Ajuste. Se han cancelado todas las deudas no financiadas con el plan de pago a

proveedores como préstamo con BBVA, cuotas pendientes de pago a Mancomunidades de Servicios Sociales y de Servicios Culturales, Galsinma y Cofradía de San Isidro, pero quedan pendientes de pago las facturas del antiguo recaudador por su negativa a solicitar el pago con cargo al plan de pago a proveedores por importe neto de 93.923,31 € (142.304,21 € facturas - 48.380,90 € gastos de correos reclamados por el Ayuntamiento).

DEUDA VIVA: Cantidades pendientes de pagar a entidades financieras en

concepto de préstamos a corto plazo (periodo de amortización < un año) y préstamos a largo plazo.

Deuda viva a 31/12/2012

Deuda viva: 1.032.148,37

A corto plazo(operaciones de tesorería): 0,00A largo plazo: 0,00Operación endeudamiento RD-Ley 4/2012: 1.032.148,37

Resto operaciones endeudamiento a largo plazo: 0,00

AHORRO NETO

2012

+ Capítulos 1 a 5 del Estado de ingresos del ejercicio 2.606.537,78 -Capítulos 1,2,3,4 y 9 del Estado de gastos del ejercicio 2.078.625,69

= Ahorro Neto 527.912,09

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REMANENTE DE TESORERÍA 1 Deudores pendientes de cobro (+) 902.783,05 €

2 Acreedores pendientes de pago (-) -26.873,36 €

3 Fondos líquidos a fin de ejercicio (+) 126.348,81 €

4 Remanente de Tesorería (1-2+3) 1.056.005,22 €

5 Saldo de dudoso cobro (-) 333.157,29 €

6 Exceso de financiación afectada (-) 0,00 €

7 Remanente de Tesorería para gastos generales (4-5-6) 722.847,93 €

— Saldo de las obligaciones pendientes de aplicar al Presupuesto de gastos a

31 de diciembre de 2012: 761.572,67 € — Saldo de devoluciones de ingresos pendientes de aplicar al Presupuesto a

31 de diciembre de 2011: 0,00 €

Por todo ello se informa FAVORABLEMENTE respecto al cumplimiento anual del Plan de Ajuste aprobado al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto- ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales motivado en las desviaciones apreciadas.

Se proponen la adopción de las siguientes medidas para el ejercicio 2013 para

llevar a buen cumplimiento el Plan de Ajuste: - Adecuar los servicios legalmente no obligatorios y subvencionados al

importe real de las subvenciones concedidas. - Si lo anterior no fuera legalmente posible, reducir servicios no obligatorios

y/o incrementar la generación de recursos.

En Bustarviejo, a 6 de marzo de 2013. El Secretario- Interventor,

Fdo. Juan Francisco Bravo Collantes.”

* La Corporación se dio por enterada.

15º. DACION DE CUENTA DEL INFORME TRIMESTRAL DE INTERVENCION SOBRE MOROSIDAD.

A ruego del Presidente, el Interventor puso a disposición del Pleno el informe de referencia con el contenido que se describe.

“INFORME

CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE PAGO DE LAS OPERACIONES COMERCIALES DEL AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO (MADRID).

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PERÍODO: PRIMER TRIMESTRE 2013 (Enero, Febrero, Marzo). Juan Francisco Bravo Collantes, funcionario de carrera de la Administración Local con habilitación estatal, Subescala de Secretaría-Intervención, que desempeña el puesto de Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Bustarviejo por Resolución de la Dirección General de Cooperación Local de 27 de febrero de 2009 del Ministerio de Administraciones Públicas, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) núm. 71 de 24 de marzo de 2009, en el ejercicio de las funciones contempladas en el artículo 196 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de las Haciendas Locales, y artículos 5.1.a) y 2 del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, INFORMA: PRIMERO.- La Ley 15/2010 de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, (BOE 06-07-2010), ha introducido diversos artículos que, en cuanto a su importancia por afectar a los plazos de pago, a continuación se señalan:

El artículo tercero de la ley 15/2010 ha modificado el artículo 200-4º de la Ley de Contratos del Sector Público, que pasa a tener la siguiente redacción:

“La Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de expedición de las certificaciones de obras o de los correspondientes documentos que acrediten la realización total o parcial del contrato, … y si se demorase, deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de treinta días, los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro …. Cuando no proceda la expedición de certificación de obra y la fecha de recibo de factura ... sea anterior a la recepción de las mercancías o prestación de los servicios, el plazo de treinta días se contará desde dicha fecha de recepción o prestación.”

Dicho plazo de pago de 30 días está vigente en virtud de lo dispuesto en el artículo 3.3 de la Ley 15/2010, que introduce una nueva Disposición transitoria Octava en la Ley de Contratos del Sector Público, con la siguiente redacción:

“Disposición transitoria octava. Plazos a los que se refiere el artículo 200 de la Ley.

El plazo de treinta días a que se refiere el apartado 4 del artículo 200 de esta Ley … se aplicará a partir del 1 de enero de 2013. SEGUNDO.- Como mecanismo de transparencia en el cumplimiento de dichas obligaciones de plazos de pago, la mencionada Ley establece que se

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rindan informes periódicos. En cuanto a esta Secretaría- Intervención concierne, el artículo 4 de la misma, en sus apartados 3 y 4, establece:

3.- Los Tesoreros, o, en su defecto, Interventores de las Corporaciones locales, elaborarán trimestralmente un informe sobre el cumplimiento de los plazos previstos en esta Ley para el pago de las obligaciones de cada Entidad local, que incluirá necesariamente el número y cuantía global de las obligaciones pendientes en las que se esté incumpliendo el plazo.

4.- Sin perjuicio de su posible presentación y debate en el Pleno de la Corporación local, dicho informe deberá remitirse, en todo caso, a los órganos competentes del Ministerio de Economía y Hacienda y, en su respectivo ámbito territorial, a los de las Comunidades Autónomas que, con arreglo a sus respectivos Estatutos de Autonomía, tengan atribuida la tutela financiera de las Entidades locales. Este informe, por lo tanto, se emite en virtud de la obligación personal establecida en el artículo 4º.3 de la Ley 15/2010, anteriormente citado.

Habiéndose producido la entrada en vigor de esta norma el día 07-07-2010, al día siguiente de su publicación en el BOE, por así establecerlo la Disposición Final única, y siendo la obligación de información de naturaleza trimestral, ha de entenderse que debe de rendirse la misma al concluir cada trimestre natural, en los meses de abril, julio, octubre y enero.

TERCERO.- El ámbito de aplicación de la Ley 15/2010 que impone tal obligación de información se ciñe, (de conformidad con lo contemplado en el artículo 1.2 que modifica el artículo 3 de la Ley 3/2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales), a los pagos efectuados como contraprestación en las operaciones comerciales realizadas entre empresas y la Administración, por lo que exclusivamente se va a informar de los pagos realizados a dichos terceros en su calidad de acreedores/proveedores municipales, por los gastos realizados desde los capítulos 2 y 6 (GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS, e INVERSIONES REALES, respectivamente), de la clasificación económica del estado de gastos del presupuesto. Quedan excluidos de información todos los gastos de retribuciones del personal, gastos de transferencia corriente o de capital, gastos de naturaleza financiera y pagos pendientes derivados de obligaciones no presupuestarias. CUARTO.- La información que se facilita se extrae de los datos que obran en la contabilidad municipal, la cual es llevada por la Intervención municipal. QUINTO.- Teniendo el Ayuntamiento de Bustarviejo la obligación de abonar el precio de las obligaciones en un plazo de 30 días naturales, debe de informarse del número y cuantía global en las que se esté incumpliendo dicho plazo.

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Para ello, se consulta en la contabilidad municipal las obligaciones que se encuentran pendientes de pago y tienen fecha de presentación anterior al 1 de marzo de 2013 (30 días antes del 31 de marzo), pues sobre todas ellas se habrá incumplido el plazo de pago. De tal consulta resulta que las obligaciones pendientes de pago en las que se está incumpliendo el plazo son las siguientes:

ESTADO NÚMERO CUANTÍA GLOBAL

OBLIGACIONES SIN PAGO ORDENADO 45 115.629,76 € OBLIGACIONES CON PAGO ORDENADO 0 0

TOTALES 45 115.629,76 €

SEXTO.- Se remite copia del presente informe, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4º.4 de la Ley 15/2010, a:

• Sr. Concejal de Hacienda, para su posible presentación y debate en el Pleno de la Corporación.

• La Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, como órgano competente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a través de la Oficina Virtual de Coordinación Financiera con las Entidades Locales.

Bustarviejo, a 10 de abril de 2013.

EL SECRETARIO-INTERVENTOR, Fdo. Juan Francisco Bravo Collantes.”

* La Corporación se dio por enterada.

16º. MOCIONES URGENTES. No se presentó ninguna. 17º. RUEGOS Y PREGUNTAS.

Dio la palabra el Presidente a los Corporativos produciéndose las siguientes intervenciones.

* El Concejal del Grupo Popular Sr. Cobertera Hijano preguntó sobre el presupuesto de adjudicación de las obras de reparación del tejado del tanatorio municipal y propuso se contratara un oficial albañil para atender este tipo de trabajos tras la reciente jubilación del empleado que se ocupaba de esas tareas y la imposibilidad sobrevenida de disponer de un sustituto mediante promoción profesional de alguno de los peones de plantilla.

* Respondió el Alcalde manifestando que estaba de acuerdo con la contratación de un oficial albañil y que daría las órdenes precisas para ello.

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* El Concejal de Servicios Sr. Martin Hijano, manifestó que se habían solicitado presupuestos a tres empresas locales y se adjudicaría a la que mejor oferta hubiera realizado.

* La Concejala del Grupo Popular Sra. Navacerrada Martín preguntó cuando se tramitaría el reparo de la Intervención sobre menús suministrados los tres últimos años a las tres educadoras de la Casa de Niños y pagados por el Ayuntamiento sin autorización formal de ningún órgano municipal por importe de 14.000 euros.

* Respondió el Alcalde que se trataba de una práctica que se venía haciendo así en otros municipios. Que estaba pendiente de resolver. Que era algo menor y le parecía debía dejarse así. Que ya no se pagaban esos menús porque habían renunciado a ello las interesadas. Que lo resolverían.

* La Concejala del Grupo Popular Sra. Sastre García preguntó sobre el informe solicitado a la Comunidad de Madrid referido a los usos urbanísticos y medioambientales autorizados por la normativa en el edificio y parcela de la antigua fábrica de quesos de propiedad municipal.

No hubo respuesta. * El Concejal Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García preguntó

sobre la situación de la licencia de obras concedida para la construcción de una vivienda en la calle Solvaradero con dudas sobre la adecuación a la normativa vigente en materia de altura, y leyó el resumen del informe emitido por la Dirección General de Urbanismo de la Comunidad de Madrid a solicitud del Ayuntamiento, donde se indicaba que la licencia concedida y la edificación construida en virtud de la misma no eran legales.

* Respondió el Alcalde que en el expediente señalado por el Sr. De Mateo García había informes de distinto tenor y que adoptaría una decisión definitiva cuando dispusiera de otro informe que había solicitado al actual Arquitecto Municipal, e informaría de ello al Pleno.

Y no habiendo más asuntos que tratar por el Presidente se levantó la sesión cuando eran las veintidós horas y cincuenta y cinco minutos del día al principio indicado.

Para constancia de lo descrito, el Secretario que suscribe redacta la presente acta, de cuyo contenido da fe.

Vº Bº EL ALCALDE EL SECRETARIO,

Fdo. Juan Antonio Sacaluga Luengo. Fdo. Juan Francisco Bravo Collantes.

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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO EL DIA 31 DE MAYO DE 2013.

En la villa de Bustarviejo, siendo las veinte horas del día treinta y uno de mayo del año dos mil trece se reúnen los Corporativos relacionados con la asistencia del Secretario que suscribe, en el salón de sesiones de la Casa Consistorial, al objeto de celebrar sesión pública ordinaria del Pleno del Ayuntamiento para la que habían sido citados en tiempo y forma legales.

CORPORATIVOS ASISTENTES: D. Juan Antonio Sacaluga Luengo, Alcalde-Presidente (Grupo Municipal Socialista). D. José Mª Gómez Fernández, Concejal (Grupo Municipal Socialista). D. Miguel A. Martin Hijano, Concejal (Grupo Municipal Socialista). Dª. Angela García Romero, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Socialista). D. Alberto Ignacio Penades García, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes). D. José Carlos González Martín, Concejal (Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes). D. Julio Jesús de Mateo García, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Popular). Dª Mª Mercedes Navacerrada Martín, Concejala (Grupo Municipal Popular). D. Francisco Cobertera Hijano, Concejal (Grupo Municipal Popular). Dª Berta Sastre García. Concejala (Grupo Municipal Popular). D. Oscar Rodríguez Moreno, Concejal (Grupo Municipal Popular). NO ASISTEN CON EXCUSA: D. Oscar Rodríguez Moreno, Concejal (Grupo Municipal Popular). SECRETARIO: Juan Francisco Bravo Collantes.

Funcionario de Administración Local con Habilitación Estatal.

Presidió la sesión el Sr. Alcalde, quien informó someramente de la moción urgente que plantearía en el punto del orden del día correspondiente a instancia de la Mancomunidad de Servicios Culturales Sierra Norte, sobre establecimiento de cuotas complementarias para el año 2013. A continuación y

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tras saludar a los presentes abrió la sesión sometiendo a la misma los asuntos que se indican.

ORDEN DEL DIA

1º. APROBACION DE ACTAS DE SESIONES ANTERIORES. 2º. DECRETOS SE ORGANOS UNIPERSONALES. 3º. INFORMES DE CONCEJALES DELEGADOS. 4º. PUESTA EN CONOCIMIENTO DE LA LIQUIDACION DEL

PRESUPUESTO DEL EJERCICIO 2012. 5º. DACION DE CUENTA DEL ESTADO DE EJECUCION DEL

PRESUPUESTO 2013. 6º. APROBACION DE LA CUENTA DE RECAUDACION DEL

AÑO 2012. 7º. CONVENIO ENTRE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS

MEDIOAMBIENTALES DE LA CABRERA, Y LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS VALLE NORTE DEL LOZOYA.

8º. MOCIONES URGENTES. 9º. DECLARACION DEL ALCALDE.

10º. RUEGOS Y PREGUNTAS. A continuación se trataron los asuntos señalados en la forma que se

describe. 1º. APROBACION DE ACTAS DE SESIONES ANTERIORES. Sometidas a aprobación por el Presidente el acta de la sesión celebrada el

día 8-04-13, cuyas copias habían sido previamente distribuidas a todos los Corporativos, la Corporación aprobó la misma por unanimidad.

2º. DECRETOS SE ORGANOS UNIPERSONALES. Dio cuenta el Alcalde de las relaciones de decretos que se describen

correspondientes a los emitidos por los órganos de gobierno unipersonales desde la sesión ordinaria de 26-04-2013.

DECRETOS DE ALCALDE. 145-2013 (Convocatoria de Com. Inf. de Hacienda). 146-2013 (Convocatoria de sesión plenaria). 147-2013 (Permiso ocupación vía pública con camión grúa). 148-2013 (Resolución expte. sancionador 02-2012 El Garaje). 149-2013 (Baja Voluntaria 1000092). 150-2013 (Baja Voluntaria 1000094). 151-2013 (Renovación Tarjeta de Minusválido). 152-2013 (Renovación Tarjeta de Minusválido). 153-2013 (Adjudicación compra vehículo Nissan Pick UP). 154-2013 (Padrón IBI RÚSTICA 2013). 155-2013 (Nombramiento letrado P.A.495-11, Fco. Jose Sanchez). 156-2013 (Fraccionamiento de tributos). 157-2013 (Concesión de subvención a la Cofradía de San Isidro). 158-2013 (Reposición placa de vado). 159-2013 (Paso de vehículos). 160-2013 (Autorización terraza bar El Garaje).

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161-2013 (Adquisición productos químicos piscina municipal). 162-2013 (Devolución IVTM 2013). 163-2013 (Devolución IVTM 2013). 164-2013 (Devolución IVTM 2013). 166-2013 (Servicios mínimos huelga 9-05-13). 167-2013 (Renovación Tarjeta de Minusválido). 168-2013 (Reposición placa de vado). 169-2013 (Autorización de terraza bar El Cantón). 170-2013 (Jubilación anticipada empleado). 171-2013 (Requerimiento Policía Local cuadrante servicio mensual). 172-2013 (Adjudicación obras Tanatorio). 173-2013 (Cambio titularidad licencia de vado). 174-2013 (Resolución expte. sancionador 1-13 APITECNIC). 175-2013 (Concesión licencia matrimonio). 176-2013 (Autorización permisos). 177-2013 (Alta licencia de vado). 178-2013 (Multas coercitivas expte restaurador Fco. J. Sanchez Mtnez.). 179-2013 (Baja licencia de vado y alta licencia paso vehículos pavimentado). 180-2013 (Comprobación molestias ladridos perros núcleo El Pornoso). 181-2013 (Fraccionamiento de pago de tributos). 182-2013 (Convocatoria de Com. Inf. de Hacienda). 184-2013 (Licencia obra mayor Bustarcasa, S.L.). 185-2013 (Autorización A.V. Fuente Milano Plan Auto Protección Robos). 186-2013 (Autorización puesto de plantas en Fuente del Collado). 187-2013 (Incoación expte. investigación finca en Ctra. Cabanillas). 188-2013 (Suspensión retirada cancela finca en Ctra. Cabanillas). 189-2013 (Licencia obra mayor Gestiones Shiray, S.L. red subterránea eléctrica). 190-2013 (Fraccionamiento pago de tributos). 191-2013 (Fraccionamiento pago de tributos). 192-2013 (Incoación expte. sancionador vertido de escombros en camino). 193-2013 (Gratificación control agua piscina 2012). 194-2012 (Resolución expte. sancionador 6-2012 Mª Carmen Silva Abuin). 195-2013 (Requerimiento limpieza fincas). 196-2013 (Convocatoria de sesión plenaria). DECRETOS DEL CONCEJAL DE MEDIO AMBIENTE. 015-2013 (Orden paralización desbroces a la D. G. de Protección Ciudadana). 016-2013 (Denegación poda árbol en Fuente Grande). 017-2013 (Requerimiento limpieza de pinar en La Pesquera). 018-2013 (Levantamiento paralización desbroces a la D. G. de Protección Ciudadana). 019-2013 (Impacto visual depósito de agua helipuerto contraincendios). 020-2013 (Adjudicación aprovechamiento apícola Cerro del Pendón). 021-2013 (Ampliación plazo limpieza finca. 022-2013 (Comprobación y actuaciones denuncia tenencia animales calle Majadillas). 023-2013 (Multas coercitivas incumplimiento limpieza fincas). 024-2013 (Anulación actuaciones limpieza finca junto Cementerio). 025-2013 (Estimación recurso sobre limpieza finca). DECRETOS DEL CONCEJAL DE ECONOMIA. 002-2013 (Concesión cambio titularidad licencia bar El Garaje). 003-2013 (Concesión cambio titularidad licencia restaurante El Asador). 004-2013 (Denegación licencia instalación puesto venta en vía pública). 005-2013 (Propuesta de ubicación de un kiosko de helados en vía pública). 006-2013 (Requiriendo inspección arquitecto sobre licencia bar restaurante De Teresa). 007-2013 (Concesión licencia actividad de mercadillo, Aura Financial Technical, S.L.). 008-2013 (Concesión cambio titularidad bar restaurante De Teresa).

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009-2013 (Ordenando archivo solicitud instalación kiosko helados). DECRETOS DEL CONCEJAL DE OBRAS. 01-2013 (Alineación de finca en C/ Feria, 40 D). 02-2013 (Concesión licencia obra menor). 03-2013 (Concesión licencia obra menor). 04-2013 (Concesión licencia obra menor). 05-2013 (Concesión licencia obra menor). 06-2013 (Concesión licencia obra menor). 07-2013 (Concesión licencia obra menor). 08-2013 (Concesión licencia obra menor). 09-2013 (Concesión licencia obra menor). 10-2013 (Alineación de finca en C/ Prado Concejo, 27). 11-2013 (Alineación de finca en C/ Prado Concejo, 6). 12-2013 (Licencia obra menor Blanca Vallejo). 13-2013 (Concesión licencia obra menor). 14-2013 (Concesión licencia obra menor). 15-2013 (Concesión licencia obra menor). 16-2013 (Concesión licencia obra menor). 17-2013 (Concesión licencia obra menor). 18-2013 (Concesión licencia obra menor). 19-2013 (Concesión licencia obra menor). 20-2013 (Concesión licencia obra menor). 21-2013 (Concesión licencia obra menor). 22-2013 (Concesión licencia obra menor). 23-2013 (Concesión licencia obra menor). 24-2013 (Concesión licencia acometida red de alcantarillado en C/ Bustar, 28). 25-2013 (Concesión licencia obra menor). 26-2013 (Concesión licencia obra menor). 27-2013 (Concesión licencia obra menor). 28-2013 (Anulación licencia obra menor). Habiéndose entregado copia de las relaciones de decretos anteriores con

carácter previo a la sesión a los Grupos Municipales y a efectos de aclarar cualquier detalle sobre los mismos el Presidente abrió un turno de intervenciones.

* El Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García preguntó por el decreto a Alcalde en virtud del cual se concedía una gratificación por trabajos extraordinarios fuera de la jornada laboral a uno de los socorristas de la piscina municipal durante el verano del año 2012.

* Respondió el Alcalde que se debió a la necesidad de gratificar las tareas de control de calidad del agua de la piscina municipal en sustitución del Coordinador Deportivo durante el periodo de vacaciones de este y los días de libranza semanal.

* La Concejala del Grupo Popular Sra. Navacerrada Martín, formuló las siguientes preguntas. “Mi pregunta es sobre el decreto 155/2013 de Alcaldía en el que nombran abogado y procurador para el caso de Francisco José Sánchez Martínez, procedimiento abreviado 495/2011 expte. sancionador 6/2010 por obra ilegal en El Valle y por el cual le imponen una multa de 10.000 €, la fecha del juicio es el 07/11/2013 y luego hay otro decreto el 178/2103 de Alcaldía que le impone a este mismo señor multas coercitivas por no presentar la

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documentación que justifique la legalidad de la obra. ¿Es el mismo caso? ¿Si presenta la documentación quedaría sin efecto el procedimiento o son cosas diferentes?

* Respondió el Alcalde que no podía informar al respecto pero que si conocía el caso el Secretario rogaba contestara.

* Por el Secretario se aclaró que el caso a que se refería la pregunta correspondía a la construcción sin licencia de una edificación en suelo no urbanizable protegido, por lo cual se tramitó un expediente de restauración de la legalidad urbanística y un expediente sancionador. Tras la terminación del primero se consiguió que el responsable modificara el uso de la edificación, de residencial a agropecuario requiriéndole entonces la presentación del correspondiente proyecto de legalización incluso mediante la imposición de multas coercitivas y a la vez se tuvo que nombrar abogado y procurador para defender la postura del Ayuntamiento en el procedimiento contencioso promovido por el interesado contra la sanción resultante del expediente sancionador incoado por su actuación inicial.

* El Sr. De Mateo García preguntó por un decreto del Concejal Delegado de Medio Ambiente, Sr. González Martín en virtud del cual se denegaba la autorización para podar un nogal por existir otras soluciones arquitectónicas.

* Respondió el Concejal aludido que las soluciones arquitectónicas a que se refería el decreto se referían a las posibilidades de cubrir una escalera exterior de un edificio sobre la que puntualmente caían algunas hojas del nogal situado en la acera de acceso a aquel, y que constituía el motivo alegado por el solicitante para la poda del árbol.

3º. INFORMES DE CONCEJALES DELEGADOS. * A ruego del Presidente tomó la palabra el Concejal Portavoz del Grupo

Municipal de Izquierda-Unida-Los Verdes y Delegado de Economía, Servicios Sociales, Sanidad y Participación Ciudadana, Sr. Penadés García quien informó en términos generales como se describe.

Señaló que había asistido a la Feria de Artesanía de Pedrezuela donde se instaló un stand del Ayuntamiento.

Que a petición de la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte se había puesto a su disposición un local municipal para la impartición de curso de formación para desempleados.

Que se estaba desarrollando el proceso de participación ciudadana convocado para elaborar una parte del programa de las Fiestas Patronales de septiembre con los recursos presupuestarios disponibles.

* El Concejal Delegado de Servicios y Festejos, Sr. Martín Hijano se manifestó en los términos que se indican.

Que se habían reparado tres caminos a petición de vecinos propietarios de fincas rústicas situadas en ellos.

Que se había adjudicado la obra de reparación del tejado del tanatorio municipal.

Que se iba a adjudicar la obra de reparación de las albardillas del vaso mayor de la piscina municipal previa solicitud de ofertas a empresas locales.

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Que se va reforzar la plantilla de personal de limpieza viaria y mantenimiento mediante la incorporación de un oficial de segunda albañil, un oficial de segunda jardinero y cuatro peones a través del sistema de colaboración social con trabajadores desempleados ofrecidos por la Oficina de Empleo de Colmenar viejo.

Que las Fiestas de San Isidro han arrojado un balance positivo a pesar de las inclemencias del tiempo. Que durante las mismas se vendieron 480 raciones de la paella popular organizada.

Que se jubilaba un año antes de cumplir los 65 años de edad obligatoria el empleado municipal Luis Pascual.

* El Concejal Sr. Gómez Fernández, Delegado de Cultura, Educación y Deportes informó en los términos generales que se describen.

Que el día 21-6-13 se inaugurará la exposición de fotografía “Rostros del Nepal” en el vestíbulo de la biblioteca municipal.

Que en próximas fechas se celebrará en la biblioteca municipal el acto de presentación de una novela a cargo de su autor José Antonio Sacaluga Luengo, quien días después estará firmando ejemplares en la Feria del Libro de Madrid.

Que el 29-06-13 se celebrara en el municipio limítrofe de Venturada una jornada lúdica de ámbito comarcal para jóvenes con numerosas actividades programadas y a la que se podrá acudir al precio de un euro más el gasto de traslado en autobús.

El mismo día se celebrará en Bustarviejo una jornada para inaugurar las obras de rehabilitación de Los Barracones, habiéndose encargado de la organización al ex Alcalde D. José Manuel Fernández Fernández.

Que se trabajaba en la organización del programa de actividades culturales y de ocio denominado Los Veranos de la Plaza, con el inconveniente de la anunciada reducción de ayudas económicas por la Comunidad de Madrid para exhibición de cine.

Que el pasado 26-05-13 se había celebrado la carrera de montaña “Memorial Fernando García Herreros” con la participación de 380 corredores. Que había sido un ejemplo de colaboración de distintas personas y entidades, agradeciendo su aportación a la familia de Fernando García Herreros, al Club de Montaña Mondalindo, al Concejal Delegado de Obras y Servicios, al Coordinador deportivo municipal y los numerosos voluntarios.

Que había terminado la liga de fútbol 7 para adultos y el campeonato de pádel, y se estaba desarrollando el programa de gimnasia de mantenimiento “En forma” con veinte participantes de la villa.

Que el día 31-05-13 se celebraría en el pabellón polideportivo municipal una exhibición de gimnasia rítmica infantil

Que se estaban preparando los actos del Día del Club Deportivo Bustarviejo a celebrar en el campo de fútbol municipal El Pinarejo.

* El Concejal Delegado de Medio Ambiente perteneciente al Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. González Martín informó como se indica.

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Que se había comprobado el expediente de deslinde del Monte de Utilidad Pública del municipio de Canencia y se estaba trabajando para determinar la posible afectación a los interese generales de Bustarviejo. Que agradecía la colaboración prestada por el Concejal del Grupo Popular Sr. Cobertera Hijano.

Que se habían realizado sendos talleres de reciclado de residuos para adultos y para niños en colaboración con la empresa CESPA.

Que se ha organizado un curso de divulgación de la actual normativa europea en materia de ganadería destinado a los ganaderos locales.

* Con permiso del Presidente intervino el Concejal Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García preguntando por la Feria de Artesanía de Pedrezuela.

* Respondió el Sr. Penadés García que se instaló un stand con presencia de un artesano que se prestó a ello tras consultar con varios artesanos locales.

* Pidió el Sr. De Mateo García información por los curos de formación para desempleados convocados por la Mancomunidad de Servicios Sociales.

* El Sr. Penadés García manifestó que le haría llegar dicha información. * El Portavoz del Grupo Popular preguntó cuánto dinero se destinaba a la

elaboración parcial del programa de las Fiestas Patronales de septiembre mediante proceso de participación ciudadana.

* Respondió el Concejal del Area, que 4.500 euros, de los cuales 3.500 euros eran para actividades de adultos y 1.000 euros para actividades infantiles.

* Complementó la información el Concejal Delegado de Festejos Sr. Martín Hijano señalando que se había reservado una parte del crédito presupuestario disponible para las Fiestas Patronales de septiembre, para gastos de infraestructuras y actividades organizadas por el Ayuntamiento y el resto para el proceso de participación ciudadana totalizando ambos la cantidad de 14.500 euros.

* Preguntó el Sr. De Mateo García qué tipo de arreglo se había realizado en los tres caminos municipales situados en suelo no urbanizable, a que había hecho referencia el Concejal de Servicios.

* Respondió el Sr. Martín Hijano que fue un repaso con máquina retroexcavadora sin aporte de materiales.

* Preguntó el Portavoz del Grupo Popular que obras se iban a realizar en el tejado del tanatorio municipal.

* Respondió el Concejal Delegado de Servicios que fundamentalmente suprimir las goteras mediante la reparación de la techumbre de madera, colocación de tela aislante impermeable y reposición de tejas. Habiéndose obtenido tres ofertas distintas y con presupuestos también diferentes habiendo optado por la mejor en función del coste y las prestaciones dentro de las disponibilidades presupuestarias.

* Propuso el Sr. De Mateo que se pidiera una memoria valorada de la actuación al Arquitecto municipal.

* Respondió el Sr. Martín Hijano que estaba de acuerdo.

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* El Sr. De Mateo García señaló que la adjudicación de obra de reposición de la albardilla del vaso grande de la piscina se había hecho sobre tres ofertas más homogéneas que las obtenidas para el tanatorio, por lo que resultaba más objetiva.

* Tras la explicación dada por el Concejal de Servicios sobre el personal de mantenimiento a incorporar mediante el sistema de colaboración social de trabajadores desempleados, el Sr. De Mateo García propuso se crearan puestos de trabajo estables en la plantilla municipal de personal de servicios múltiples para optimizar sus prestaciones.

* A pregunta del Sr. De Mateo García, el Concejal de Festejos Sr. Martín Hijano señaló que en el día de San Isidro se prepararon 800 raciones de paella y se vendieron 480 a un euro por ración.

* Manifestó el Sr. De Mateo García que a instancia del Concejal de Servicios había asistido el Concejal Sr. Cobertera Hijano por el Grupo Popular al acto de reconocimiento y entrega de placa a los dos últimos empleados municipales que se habían jubilado. Recordó que había habido otra jubilación anteriormente sin que la persona afectada hubiera recibido placa alguna, y propuso se le entregara.

* Preguntó el Sr. De Mateo García si no se había hecho ya un acto de inauguración de Los Barracones.

* Respondió el Concejal de Cultura Sr. Gómez Fernández que no fue tal sino un acto previo a la terminación de las obras de rehabilitación parcial.

* Puntualizó el Alcalde que la jornada programada no era propiamente una inauguración sino la presentación de la actuación realizada en Los Barracones con una serie de actos sobre las obras llevadas a cabo.

* A pregunta del Sr. De Mateo García el Concejal de Cultura, Sr. Gómez Fernández reiteró lo dicho anteriormente sobre la exhibición de cine al aire libre.

* El Sr. De Mateo García en base a la exitosa experiencia del evento denominado Memorial Fernando García Herreros, propuso se procurara generar una programación continua de actos similares por la positiva repercusión que tenían para la economía local.

* Sobre las actividades de promoción deportiva el Sr. De Mateo García manifestó que desconocían las funciones asignadas al Coordinador Deportivo y manifestó que le parecía excesivo disponer de un empleado en exclusiva para esa actividad. Pidió se informara por escrito de las actividades deportivas desarrolladas detallando su contenido económico para analizar el balance coste-rendimiento de las mismas. Ello tras comparar de forma estimada las actividades celebradas actualmente en comparación con las que se hacían cuando él era Alcalde.

* Respondió el Concejal del Area que en la época a que se refería el Sr. De Mateo García se destinaban 180.000 € anuales a actividades deportivas y ahora 4.500 €, y por tanto no podían ser comparables actividades desarrolladas en uno y otro periodos. Ante la insistencia del Sr. De Mateo García, manifestó que presentaría al final de la temporada de invierno el informe solicitado.

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* Intervino el Alcalde para manifestar que el debate abierto sobre las actividades deportivas excedía a lo planteado en el informe del Area de Deportes. Que en otras ocasiones se había informado en sesión plenaria sobre las funciones del Coordinador Deportivo, aunque no le importaba volver a presentar esa información. Que las magnitudes económicas de las asignaciones dispuestas para actividades deportivas antes señaladas no eran comparables. Que las actividades estaban en función de los recursos puestos a disposición de las mismas.

* Replicó el Sr. De Mateo García que el Alcalde dirigía el Pleno y él hacía sus intervenciones como consideraba conveniente.

Se cruzaron interpelaciones los ediles intervinientes sobre cómo debían actuar uno y otro.

* El Sr. De Mateo García manifestó que las actividades formativas para los ganaderos locales y de reciclado de residuos de que había informado el Concejal Delegado de Medio Ambiente las conocía a través del Concejal de su Grupo Sr. Cobertera Hijano, y manifestó su conformidad con las mismas.

4º. PUESTA EN CONOCIMIENTO DE LA LIQUIDACION DEL PRESUPUESTO DEL EJERCICIO 2012.

* Dada la palabra por el Presidente a la Concejala Delegada de Hacienda Sra. García Romero, esta dio lectura al decreto de Alcaldía por el que se había aprobado la Liquidación del Presupuesto de la Corporación correspondiente al año 2012 conforme al siguiente detalle.

“DECRETO DE ALCALDIA Nº 106-2013

APROBACION DE LA LIQUIDACION DEL PRESUPUESTO DE 2012

Formulada por la Intervención la Liquidación del Presupuesto General de este Ayuntamiento correspondiente al ejercicio de 2012 conforme a la normativa aplicable en vigor, se han puesto de manifiesto las siguientes magnitudes:

Estado de Tesorería: Existencia total al 31/12/2012 126.295,86 € Derechos pendientes de cobro al 31/12/2012 - De Presupuesto corriente - De Presupuestos cerrados - De operaciones no presupuestarias - Cobros pendientes de aplicación

255.349,80 € 420.930,34 €

1.116,39 € 0.000,00 €

677.396,53 €

Derechos de dudoso cobro a 31/12/2012 - 96.953,56 € Obligaciones pendientes de pago a 31/12/2012 - De Presupuesto corriente - De Presupuestos cerrados - De operaciones no presupuestarias - Pagos pendientes de aplicación

46.615,56 € 86.027,15 €

150.504,17 € 0.000,00 €

283.146,88 €

Resultado presupuestario del ejercicio 811.412,20 € Remanentes de crédito comprometidos 000.000,00 € Remanentes de crédito no comprometidos 423.591,95 € Remanente de Tesorería: Para gastos con financiación afectada 00.000,00 € Para gastos generales 423.591,95 € Ahorro bruto del ejercicio 396.087,04 € Ahorro neto del ejercicio 234.443,25 €

Los estados y documentos en los que están reflejados los datos anteriores quedan unidos al expediente tramitado.

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En virtud de lo previsto en los artículos 89 a 105 del Real Decreto 500/90, de 20 de abril, y en los artículos 191 a 193 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, corresponde al Presidente de la Entidad Local, previos los informes de la Intervención, la aprobación de la Liquidación del Presupuesto, por lo que habiéndose emitido el informe referido y de conformidad con el mismo, el que suscribe ha dispuesto lo siguiente: 1. Aprobar la Liquidación del Presupuesto General de esta Corporación correspondiente al ejercicio de 2012 conforme a los datos y documentación precedentes, así como las magnitudes que se han puesto de manifiesto con motivo de la misma. 2. Resultando que se ha generado un Remanente de Tesorería positivo que asciende a 423.591,95 €uros, y un Resultado Presupuestario Ajustado de 811.412,20 €, de conformidad con lo previsto en el artículo 32 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, el superávit resultante que determinará la Intervención Municipal y cuyo importe se hará efectivo a medida que se recauden los derechos pendientes de cobro se destinará a reducir la deuda viva de la Corporación con el límite máximo del importe del Remanente de Tesorería para gastos generales obtenido.

Lo manda y firma en Bustarviejo a 20 de marzo de 2013. El Alcalde, Ante mí. El Secretario,

Fdo. Angel Temprano Prieto. Fdo. Juan Francisco Bravo Collantes.”

Añadió que las preguntas formuladas en la última sesión de la Comisión Informativa de Hacienda por el Portavoz del Grupo Popular habían sido respondidas por escrito y remitidas al mismo por correo electrónico.

* Intervino el Sr. De Mateo García a instancia del Presidente expresando su felicitación a la Concejala Delegada de Hacienda por la atención puntual y diligente a sus demandas de información.

Respecto a la valoración que le merecía la Liquidación presentada señaló que no se observaba un ahorro importante. Que aunque reconocía el esfuerzo de la Intervención por clarificar las cuentas lo cierto era que se había cambiado deuda comercial por deuda financiera, porque no se debía a los proveedores pero se debía a los bancos. Que cuando en 2014 se tuviera que empezar a amortizar el préstamo concertado para cancelar las deudas acumuladas con los proveedores se producirían dificultades así como cuando en 31-12-2018 venciera el convenio suscrito con la Comunidad de Madrid para financiar los seis policías Bescam, si no se prorrogaba. Manifestó que aceptaba las cifras descritas en la Liquidación e invitaba a los Grupos de gobierno a reflexionar sobre lo que había indicado.

* Intervino el Alcalde para manifestar que la valoración realizada por el Sr. De Mateo García era correcta. Que en el año 2012 no se había gastado más de lo que se tenía, pero que era cierto que había que buscar recursos, aunque ese era el reto también del Gobierno de España y de la Comunidad de Madrid. Que el Plan de Ajuste aprobado se había hecho para poderlo cumplir. Que el esfuerzo

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de los vecinos era similar al del resto de los españoles. Que por primera vez en mucho tiempo no se había generado déficit.

* Con permiso del Presidente, el Sr. De Mateo García manifestó que el superávit del ejercicio 2012 era ficticio.

* Replicó el Alcalde que el superávit obtenido en 2012 confirmaba su prudente respuesta de meses anteriores sobre que la Liquidación daría un remanente de tesorería ligeramente positivo.

* Replicó el Sr. De Mateo García manifestando que sobre cifras estaba dispuesto a debatir y señaló algunos ejemplos de resultados excepcionales en el ejercicio 2012.

* Terminó el Alcalde señalando que se mejorarían los ingresos en 2013 porque se estaba mejorando la recaudación ejecutiva.

La Corporación se dio por enterada. 5º. DACION DE CUENTA DEL ESTADO DE EJECUCION DEL

PRESUPUESTO 2013. * A ruego del Presidente, la Concejala de Hacienda Sra. García Romero

dio lectura al resumen del Estado de Ejecución del Presupuesto 2013 conforme al siguiente detalle.

Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos 1º TRIM 2013 Importe en Euros

% Previsión Inicial Modificación Previsión

Definitiva Derechos

reconocidos Recaudado Pendiente Cobro

31,33 2.509.474,00 10.058,00 2.519.532,00 789.452,02 334.227,62 455.224,40

Estado de Ejecución del Presupuesto de Gastos 1º TRIM 2013 Importe en Euros

% Crédito Inicial Modificación Crédito definitivo

Obligaciones reconocidas

Pagos realizados

Pendiente de Pago

26,39 2.459.068,00 10.058,00 2.469.126,00 651.562,92 451.562,92 200.000,00

Señaló que los datos demostraban que se estaba controlando el gasto y

cumpliendo en general las previsiones de ingresos. El Sr. De Mateo García pidió el detalle del Estado de Ejecución. Respondió la Concejala de Hacienda que se lo haría llegar. La Corporación se dio por enterada. 6º. APROBACION DE LA CUENTA DE RECAUDACION DEL

AÑO 2012. Con permiso del Presidente la Concejala de Hacienda Sra. García

Romero, dio lectura al resumen de la cuenta de recaudación del año 2012 conforme al detalle que luego se indica.

Señaló que se había recaudado un 75,22 % en periodo voluntario y un 23,41 % en vía ejecutiva, habiéndose mejorado en esta última al pasar de 89.000 € recaudados en 2011 a 277.811 € en 2012.

Sobre los datos descritos se produjeron las siguientes intervenciones. * La Sra. Navacerrada Martín se manifestó en los términos que se

describen.

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“Desconocemos el dato concreto del año 2011 pues la documentación que tenemos solo llega hasta el 30 de septiembre pero la de este año refleja que tenemos más de medio millón de euros en ejecutiva, en concreto 513.712€, que suponen un 30% del global de impuestos en impagos es decir del millón y medio que se debe recaudar en impuestos medio millón no se cobra y esto es mucho dinero para nuestro Ayuntamiento. He estado repasando ejercicios anteriores pero sobre todo este último que es cuando se ha gestionado directamente por personal del ayuntamiento y hay un pequeño cambio, en 2011 podíamos rozar el 38-40% y este año hemos bajado a un 31% pero aún así nos parece insuficiente para tener una persona dedicada a la recaudación los cinco días a la semana y creemos que debería arrojar mejores resultados.”

* Señaló el Alcalde que cuando comenzaron a gobernar los Concejales de los Grupos Socialista y de Izquierda Unida-Los Verdes analizaron el coste del servicio de recaudación a través del recaudador privado que había entonces, y era muy superior al actual.

* Replicó la Sra. Navacerrada Martín, por el Grupo Popular, que había que mejorar la recaudación ejecutiva.

* Mostró el Alcalde su conformidad con esa última apreciación. * Con permiso del Presidente el Secretario señaló que el servicio de

recaudación a través de un recaudador privado costaba el importe equivalente al 5% de lo recaudado cada año en voluntaria más el 20% de los recargos de ejecutiva, que con los datos de 2012 suponía 114.000 € mientras el coste del puesto de trabajo actualmente dedicado a la recaudación costaba 30.000 € anuales.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda, con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes y los votos a favor de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular, se acordó:

- Aprobar la cuenta de recaudación del año 2012 elaborada por el servicio de recaudación municipal con el resultado que se describe.

CARGOS 2012 Y ANTERIORES

VOLUNTARIA RECAUDADO VOLUNTARIA

CARGOS 2012 Y ANTERIORES EJECUTIVA

RECAUDADO EJECUTIVA

1.596158,10 € 1.200.597,88 771.501,78 € 257.789,33 7º. CONVENIO ENTRE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS

MEDIOAMBIENTALES DE LA CABRERA, Y LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS VALLE NORTE DEL LOZOYA.

A ruego del Presidente el Concejal del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes Delegado de Medio Ambiente, Sr. González Martín informó de la necesidad planteada por la Mancomunidad de Servicios Medioambientales La Cabrera, Valdemanco y Bustarviejo, que viene prestando el servicio de recogida de residuos sólidos urbanos, de adoptar acuerdo plenario por el que se dé conformidad a la decisión de la Junta de la misma de conveniar la prestación

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de dicho servicio con la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya con sede en el municipio de Buitrago del Lozoya para poder acogerse a la posibilidad de que se subvencione el servicio mencionado por la Comunidad de Madrid de forma decreciente (100%, 90%, 80% y 70%) en los próximos cuatro años 2013 a 2016). Que para el Ayuntamiento de Bustarviejo eso significaría ahorrar 6.000 € al mes el primer año y que se repercutiría esa disminución de costes en una reducción de las tasas que pagaban los vecinos. Que se estaba estudiando el texto del convenio a suscribir entre ambas entidades, y que pedía se apoyara el acuerdo propuesto.

Dio la palabra el Presidente a los Grupos Municipales. * En representación del Grupo Municipal Popular, el Concejal Portavoz

Sr. De Mateo García manifestó que se había informado con sobre el asunto a través del Presidente de la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya y había podido concretar que existían dos opciones, integración en esta Mancomunidad o convenio de colaboración entre ambas Mancomunidades. Que la Comunidad de Madrid pagaría 57 €/TM de RSU más 15 €/TM de escombros. Que esas ayudas se irían reduciendo un 10% anual en cuatro años hasta situarse en el año 2016 en un 70% de las cantidades indicadas.

Que como el acuerdo que se proponía no contemplaba la opción de la integración sino la del convenio de colaboración, votarían a favor, en otro caso lo harían en contra porque no estaba claro que la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya se fuera a subrogar en los contratos del personal de otras empresas que actualmente prestaban servicios en la zona. Concluyó señalando que por tanto, a futuro se debería obtener más información antes de tomar decisiones para no caer en otro caso como el de los policías Bescam.

* Respondió el Sr. González Martín que estaba de acuerdo y por eso los representantes de los tres Ayuntamientos que integran la Mancomunidad de La Cabrera tenían sus prevenciones. Que la vinculación de los Ayuntamientos con la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya era menor mediante convenio.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda, con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes y los votos a favor de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular, se acordó:

- Aprobar la suscripción de un convenio de colaboración entre la Mancomunidad de Servicios Medioambientales La Cabrera, Valdemanco y Bustarviejo, que presta el servicio de recogida de residuos sólidos urbanos en el municipio, y la Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya para que en una primera fase esta Mancomunidad subrogue el contrato en vigor suscrito por la primera con la entidad mercantil denominada Compañía Española de Servicios Públicos Auxiliares, S.A. (CESPA) para la prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos hasta su finalización el 28 de febrero de

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2014, y posteriormente, a partir del 1 de marzo de 2014, sea la responsable de realizar dicha recogida en los tres municipios mancomunados.

8º. MOCIONES URGENTES. Dio la palabra el Presidente al Concejal del Grupo Socialista Delegado de

Educación y Cultura, Sr. Gómez Fernández quien se manifestó en términos generales como se describe.

Leyó la propuesta de acuerdo sobre aportación adicional a la Mancomunidad de Servicios Culturales Sierra Norte a fin de posibilitar el mantenimiento del programa de actividades aprobado para el año 2013 a pesar de la supresión por la Comunidad de Madrid de la subvención que venía concediendo para tal fin desde el año 2005 y que en 2012 ascendió a 130.000 €.

Añadió que su los 39 Ayuntamientos que integraban la Mancomunidad no aprobaban esta aportación extraordinaria, no se haría efectiva la aportación que se proponía.

* Con permiso del Presidente la Sra. Navacerrada Martín manifestó que había asistido a la última sesión de la Junta de la Mancomunidad de Servicios Culturales Sierra Norte y conocía lo informado por el Concejal de Cultura. Señaló que tenía dudas sobre la existencia de consignación presupuestaria suficiente para este nuevo compromiso de gasto de 1 €/habitante-año. Que en consecuencia su Grupo se abstendría.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes y la abstención de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular, se acordó:

1. Declarar de urgencia el asunto. 2. Aportar una cantidad extraordinaria de 1 €/habitante para el año 2013

a la Mancomunidad de Servicios Culturales Sierra Norte. * El Sr. Gómez Fernández explicó que en su condición de representante

del Ayuntamiento en el Consejo Escolar del Colegio Público Montelindo de la villa, se había comprometido a defender ante el Pleno la concesión de sendas subvenciones para, atender al pago de los gastos de comedor escolar de algunos alumnos cuyas familias carecían de recursos económicos, y para suplir la supresión de la subvención que venía concediendo la Comunidad de Madrid para actividades de apoyo escolar. Por lo que previa declaración de urgencia solicitaba se adopción del acuerdo plenario correspondiente.

* Intervino el Alcalde para manifestar que había consignación en la partida presupuestaria denominada “Fondo Social” para el reconocimiento de gasto que se proponía.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión de Hacienda, con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes y los votos a favor de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular, se acordó:

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1.- Conceder al Colegio Público Mondalindo una subvención de 2.000 € para gastos de comedor escolar en el año 2013 de alumnos pertenecientes a familias necesitadas en base a los informes que al respecto deberán emitir los Servicios Sociales.

2.- Conceder al Colegio Público Mondalindo una subvención de 1.500 € para financiar parcialmente las actividades de apoyo extraescolar durante el año 2013.

* Explicó el Sr. Gómez Fernández que para atender la demanda de los ciudadanos y a pesar de la supresión de la subvención de la Comunidad de Madrid para los campamentos de verano se iban a organizar en el presente año financiando los costes con los nuevos precios públicos que proponía aprobar.

Añadió que según los datos que figuraban en el estudio económico correspondiente era posible sufragar los costes del servicio con las cuotas propuestas.

* Preguntó el Sr. De Mateo García si se subvencionaría a las familias numerosas.

* Respondió el Sr. Gómez Fernández que no. * Replicó el Portavoz del Grupo Popular que entonces votarían en contra. * Añadió el Alcalde que en paralelo con los campamentos de verano se

iban a ofertar actividades de formación infantil en materia de medio ambiente, impartidas en inglés, sin coste para las familias a través una iniciativa de voluntariado, que solo tendría un coste para el Ayuntamiento correspondiente a los menús de los monitores. Que informaría en la próxima sesión plenaria si esta iniciativa se consolidaba.

Sometido a votación por el Presidente el acuerdo que se describe, previo informe favorable de la Comisión de Hacienda, con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, el voto a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y el voto en contra de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular se acordó:

1.- Establecer el servicio de campamentos de verano para niños en edad escolar en el año 2013.

2.- Aprobar las tarifas de los precios públicos por prestación del servicio de campamentos urbanos para niños en edad escolar que se detallan.

ANEXO DE TARIFAS

A) CAMPAMENTOS URBANOS. EPIGRAFE 1.- ORDINARIO.

1.1. Niñ@s matriculad@s y/o empadronad@s en Bustarviejo. Periodo Duración

8.00-16.00 10.00-13.30 26 a 28 de junio 42 € 18 € 1 a16 julio 130 € 50 € 17 a 31 julio 130 € 50 € 1 a 16 agosto 130 € 50 €

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17 a 30 agosto 130 € 50 € 1.2. Niñ@s no empadronad@s en Bustarviejo.

Periodo Duración 8.00-16.00 10.00-13.30

26 a 28 de junio 44 € 20 € 1 a16 julio 145 € 60 € 17 a 31 julio 145 € 60 € 1 a 16 agosto 145 € 60 € 17 a 30 agosto 145 € 60 €

EPIGRAFE 2.- DEPORTIVO. 2.1. Niñ@s de 8 a 14 años matriculad@s y/o empadronad@s en Bustarviejo.

Periodo Duración 9.00-14.00

1 a16 julio 130 € 17 a 31 julio 130 € 1 a 16 agosto 130 € 17 a 30 agosto 130 €

2.2. Niñ@s de 8 a 14 años no empadronad@s en Bustarviejo. Periodo Duración

9.00-14.00 1 a16 julio 145 € 17 a 31 julio 145 € 1 a 16 agosto 145 € 17 a 30 agosto 145 €

9º. DECLARACION DEL ALCALDE.

Tomó la palabra el Alcalde haciendo una somera relación de antecedentes de las actuaciones de los Grupos de gobierno y de la Oposición en relación con el arrendamiento del restaurante Fuente del Collado. Señaló que leería el texto que había redactado al efecto y pedía se controlara el tiempo que empleaba en ello porque daría el mismo tiempo a los Portavoces de los Grupos Municipales en sus intervenciones posteriores.

“Declaración del Alcalde ante el Pleno municipal (31 de mayo de 2013). El pasado noviembre la persona que disfrutaba del arrendamiento de Fuente Collado se jubiló y la instalación retornó al Ayuntamiento, que, como es lógico, decidió mantenerla en funcionamiento. Confirmamos entonces lo que ya sabíamos: que el Bar-Restaurante de Fuente Collado, así como el Campo de Fútbol y otras edificaciones privadas, se encontraban en terreno perteneciente a la Vía Pecuaria de la Cañada segoviana, y no en suelo de propiedad municipal. El gobierno consideró entonces que era conveniente normalizar esta situación, irregular desde hace décadas. Con este propósito, el Gobierno efectuó consultas con las autoridades competentes de la Comunidad de Madrid. Como primera medida, y a la espera

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de una solución definitiva, se solicitó por este Ayuntamiento permiso de ocupación temporal para no prolongar por más tiempo una situación que se arrastra desde hace décadas. Semanas más tarde, en marzo, el Subdirector General de Recursos Agrarios, Jesús Carpintero, recibió al Primer Teniente de Alcalde, Alberto Penadés, y al Secretario-Interventor, Juan Francisco Bravo Collantes, y les manifestó que para resolver el asunto en cuestión debían solicitar una permuta de terreno con dos condiciones: que el terreno municipal cedido a cambio fuera equivalente al ocupado por las instalaciones municipales, y que estuviera asegurada la continuidad de la vía pecuaria, tras realizar la operación de permuta. Asimismo, y de manera informal, les manifestó que su departamento no tenía intención de obstaculizar la continuidad de la actividad del Bar Restaurante mientras se tramitaba la mencionada operación de permuta, si no mediaba denuncia de un tercero. Esta información fue puesta en conocimiento del portavoz del Grupo Popular en la Comisión Informativa del 22 de abril, en la que se sometió a consideración el pliego de arrendamiento del Bar-Restaurante. El señor De Mateo objetó este consentimiento y pidió constancia escrita que, naturalmente, no existía. El Alcalde decidió, por cautela, no informar la propuesta de acuerdo y considerar la situación con el resto del Gobierno. Tras una meditada reflexión, el Gobierno decidió seguir adelante con la idea inicial e introdujo este punto como moción de urgencia en el Pleno del 26 de abril. Con el voto favorable de los seis concejales del Gobierno y el rechazo a votar de los cinco concejales del Grupo Popular, se aprobaron la propuesta de permuta de trazado, la solicitación de ocupación temporal de la vía pecuaria y el pliego de arrendamiento del Bar Restaurante. En los días siguientes, el Gobierno tuvo conocimiento de que el señor De Mateo puso en conocimiento del Consejero de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid la intención municipal de reabrir el Bar Restaurante. Las consecuencias de esa 'intervención' han sido palpablemente negativas para lograr este objetivo, compartido por la inmensa mayoría de los vecinos. Por razones de prudencia, y de lealtad institucional, no puedo, aunque quisiera, ser más detallado, pero el caso es que el Subdirector General de Recursos Agrarios, señor Carpintero, nos manifestó que el Consejero le había amonestado y no podía seguir garantizando su apoyo a la iniciativa del gobierno municipal. Para intentar limitar el daño creado por la indiscreción, por no decir la maniobra denunciadora del señor De Mateo, este Alcalde y el Secretario pidieron entrevista con el Consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial. A pesar de que nos concedió cita el 14 de mayo, cuando nos personamos en la sede de la Consejería se nos dijo que, "por complicaciones de última hora", no nos recibiría el Consejero, sino el Vice consejero. Tras unos minutos de espera, tampoco nos atendió él, sino el Director General de Medio Ambiente. Este responsable político se mostró comprensivo con nuestros argumentos, pero remitió su respuesta a los servicios jurídicos y al dictamen del Servicio de Vías Pecuarias.

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Con el propósito de agilizar las gestiones, el 17 de Mayo visité en su despacho al Jefe de Vías pecuarias, señor Millán. Este funcionario me aseguró que, después de estudiar el expediente, ya sabían qué base legal existía para concedernos la ocupación temporal; en concreto los artículos 39. 5b) y 39.6 de la Ley de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, que permiten esta condición para instalaciones preexistentes. Añadió que, de forma inmediata, nos solicitarían la documentación inicial para proceder a tramitar la concesión. En cuanto al cambio de trazado, el señor Millán me manifestó que ya había trabajo previo realizado y que seguiría su curso. En todo caso, la gestión de la ocupación temporal se demoraría no menos de cuatro meses, según sus cálculos. En la misma entrevista, el señor Millán me confirmó lo que todo el mundo en este entorno conoce por propia experiencia: que en terreno de vías pecuarias existen decenas, por no decir cientos, de casos análogos al de Fuente Collado. Hoy hemos recibido del Servicio de Vías Pecuarias el requerimiento de documentación adicional para avanzar en los trámites señalados. Nos da la sensación de que cada vez que realizamos una gestión y alumbramos un paso adelante no tarda en producirse un bloqueo. Tras analizar seriamente la situación, me veo en la obligación política y ética de denunciar y condenar la interferencia perjudicial y sospechosa del portavoz del Grupo Popular. Lejos de ayudar a agilizar las gestiones realizadas por el Ayuntamiento ante la Comunidad de Madrid, lo que ha provocado es ruido y alerta. Tiene razón el señor De Mateo en que las actuaciones municipales deben hacerse conforme a la ley, pero él sabe mejor que nadie que en la ejecución de las leyes hay márgenes de interpretación y de actuación. En este caso, al haberse iniciado el proceso de regularización, lo único que se estaba haciendo era prolongar unos meses más la situación ya existente y, en modo alguno, incurrir en una ilegalidad nueva o distinta. No le reprocho al señor De Mateo que nos negara su apoyo en el Pleno del 26 de abril, si él consideraba que nuestra actuación no se ajustaba a todos los requisitos legales. Si estaba tan seguro de la improcedencia de la actuación del gobierno, debería haber esperado a que se produjera la sanción o conminación de la Comunidad de Madrid. Los departamentos de la Comunidad vinculados a este caso nos han reconocido que, sin una advertencia expresa de alguien, no se hubieran mostrado proactivos en impedir la continuidad del funcionamiento de Fuente Collado, puesto que ya se había acordado iniciar la tramitación de la ocupación temporal y, en paralelo, el cambio de trazado de la vía pecuaria. Es lo que se hace en situaciones similares: no se actúa si no media la denuncia de un tercero. Acostumbra el señor De Mateo a presumir de experiencia en la gestión municipal. Tiene base para ello. Es más que presumible, por tanto, que fuera conocedor de esta práctica administrativa. Pero la experiencia puede ponerse al servicio de una causa buena o mala. En esta ocasión, como en otras anteriores, el portavoz del Grupo Popular ha vuelto a elegir la peor opción. Su apresuramiento en advertir al máximo responsable de la Consejería de nuestra decisión era completamente innecesario. Salvo, claro está, que

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obedecería a la intención de crear una alerta y, en definitiva, a boicotear la actuación del gobierno. Con ser esto políticamente reprobable, no es lo peor. La "diligencia" del señor De Mateo ha perjudicado los intereses generales. El comportamiento del portavoz popular, que a mi juicio ha sido obstruccionista y malintencionado, no puede dejar de tener repercusiones políticas. Al asumir la Alcaldía, hace poco más de un mes, ofrecí a la oposición mi disposición a pactar soluciones para los grandes desafíos que tiene Bustarviejo. Adicionalmente, en prueba de buena voluntad, solicité al Grupo Socialista que renunciara a sus puestos en las Mancomunidades en la que hay más de un representante municipal para ofrecérselos al Grupo Popular. La actuación del señor De Mateo, que considero de una incomprensible deslealtad, ha lesionado gravemente mi creencia en su buena fé. No puedo seguir confiando en su comportamiento. En consecuencia, para preservar los intereses generales, me he visto obligado a tomar las siguientes decisiones: - Revocar los decretos que le concedían la representación al señor de Mateo en las Mancomunidades. Esta medida no se aplicará a los otros miembros del grupo popular del Ayuntamiento, sobre cuyo comportamiento no tengo que formular hasta la fecha reproche alguno. - Suspender las ofertas de pacto o negociación presentadas en mi toma de posesión. A partir de ahora, mi relación con el señor De Mateo se limitará al marco estrictamente institucional, sin limitaciones o reservas. Como no podía ser de otro modo, puede estar seguro el portavoz del Grupo Popular que seguirá informado en tiempo y forma de las actuaciones del gobierno, pero no será convocado a reunión de trabajo o actuación previa que no esté estipulada en la normativa vigente. Garantizo la relación institucional pero declaro interrumpidos mis esfuerzos de alcanzar pactos, acuerdos o consensos políticos con el señor de Mateo, más allá del que pueda alumbrarse en el transcurso de plenos o comisiones informativas. Como en el punto anterior, esta suspensión del diálogo político por iniciativa del Gobierno no será aplicable a los otros concejales del PP. El triunfo por mayoría absoluta del Partido Popular en las elecciones autonómicas en la circunscripción de Bustarviejo no vino acompañado de una victoria análoga de la candidatura municipal, lo que le privó de la capacidad numérica para gobernar el pueblo. El señor De Mateo debería haber hecho una reflexión honesta y valiente sobre las causas de este apoyo político reducido con respecto a sus correligionarios. En cambio, prefirió deslegitimar continuamente la coalición mayoritaria de gobierno. Durante estos dos años se ha conducido con una arrogancia irritante. Su falta reiterada de control le ha llevado incluso a deslizarse hacia el insulto y la descalificación de los miembros del gobierno, con una frecuencia que ha resultado difícil disculpar. Hace unos meses, como portavoz del Grupo socialista de este Ayuntamiento, acusé al señor De Mateo de representar un obstáculo para la convivencia política en Bustarviejo. A pesar de todo ello, tras ser elegido Alcalde por la mayoría del consistorio, reiteré mi disposición a abrir una nueva página de diálogo y consenso. Tendí la mano al señor De Mateo y me ha

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devuelto una pedrada. Personalmente, asumo mi error de cálculo y mi estéril ingenuidad. Pero, más allá de la elegancia política, debo ante todo limitar el daño que maniobras del gusto del señor De Mateo pueden infligir al pueblo de Bustarviejo. De ahí mi decisión de renunciar a una relación política más allá de nuestras respectivas obligaciones institucionales.”

Añadió el Alcalde que el Sr. De Mateo García con tal de dejar tuerto al Gobierno Municipal estaba dispuesto a dejar ciego al pueblo.

El Concejal Sr. Martín Hijano concertó que la intervención precedente había durado trece minutos.

* Con permiso del Presidente intervino la Concejala Vice portavoz del Grupo Popular Sra. Navacerrada Martín en los términos que se describen.

“Mi portavoz tiene derecho a replicar por alusiones directas y por supuesto que lo va a hacer pero quiero intervenir yo, porque usted ha hecho una declaración que nos deja en muy mal lugar al resto de concejales. La consulta que se hace a la Comunidad de Madrid, la hace el Grupo Popular, no la hace el señor De Mateo, él representa a un grupo como portavoz. El señor De Mateo, les dijo en el pleno pasado que si tenían las cosas por escrito y le dijeron que no y les insistió en que deben estar por escrito, les dijo que hiciesen una consulta previa y ustedes se negaron diciendo que con la palabra de ese señor les valía y que iban a tirar para adelante y ya hicieron una serie de comentarios despectivos hacia el P.P. para terminar diciendo que el P.P. iba a denunciar. El P.P. no iba a denunciar, iba a hacer una consulta que ustedes se negaron a hacer y así lo dijo nuestro Portavoz en el pleno pasado, por lo tanto era público y no se escondió a nadie. Ante todo quiero decir que la lealtad de los Concejales del P.P. es hacía el pueblo de Bustarviejo y no hacia el Equipo de Gobierno y eso quiero que quede muy claro. Hace 20 años este señor al que usted señor alcalde acusa de no sé cuántas cosas, tenía en su mano el expediente que resolvía este asunto que ustedes quieren resolver ahora, en aquella ocasión algunos de los que están sentados así como Concejales de la coalición PSOE-IU promovieron que ese expediente se paralizara y además acusaron al señor De Mateo de tener razones espurias, de ilegalidad etc. Para ustedes Julio de Mateo siempre tiene razones fuera d lo normal para hacer las cosas, ustedes no, ustedes están a punto de cometer una ilegalidad y tenemos que permitirlo porque ni no, somos malos, si lo hacemos nosotros somos malos y si lo hacen ustedes lo tenemos que permitir porque si no también somos malos, es decir malos hagamos lo que hagamos. Usted señor alcalde ha hecho relación a un escrito que hemos enviado a la Comunidad de Madrid, según sus palabras de denuncia y no es cierto, nosotros hemos dirigido un escrito de consulta y nos gustaría que la gente lo conociera y que insisto hemos dirigido como grupo y por lo tanto me parece muy mal la declaración que usted ha hecho contra una persona determinada. El escrito con fecha de registro de entrada 29 de abril de 2013, dice así: Excmo. Sr. Don Borja Sarasola Jáudenes

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Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio Comunidad de Madrid Dirección: C/ Alcalá, 16. 28014 – MADRID. Estimado Consejero,

El motivo de este correo es solicitarte como Grupo Municipal amparo ante la “cacicada” que el gobierno del Ayuntamiento de Bustarviejo pretende realizar con la licitación de un Restaurante-Kiosco denominado “FUENTE DEL COLLADO” ubicado en la Cañada Real Segoviana a su paso por el municipio, una vez que la actual arrendataria hace unos meses decidió jubilarse y dejar el negocio. Verás, amparándose en una conversación que han tenido con Jesús Carpintero Hervás, Subdirector General de Recursos Agrarios de tu Consejería, dice el gobierno local que este último les ha autorizado “verbalmente” –lo que nos sorprende enormemente, por cierto- a licitar el arrendamiento de este kiosco a pesar de que el Ayuntamiento no tiene el dominio de los suelos por estar en la Vía Pecuaria. Nosotros creemos además que el Ayuntamiento podría no tener derechos ni siquiera sobre el vuelo (el edificio) si no se modifica el trazado de la vía pecuaria y se realiza una permuta terrenos municipales por los de la Cañada ocupada para resolver la situación. Hay que tener en cuenta que el Kiosco-Restaurante existe y fue construido en los años 70, promovido por el Ayuntamiento de entonces, pero en una época y mediante un procedimiento totalmente irregular amparado por una legislación antigua que cuestionaría el dominio municipal del vuelo. Dicen también los señores de la coalición de gobierno de izquierdas de Bustarviejo que Jesús Carpintero ha pactado con ellos y les ha asegurado que solo con adoptar el acuerdo de Pleno de la voluntad de modificación de trazado de Cañada Real por terrenos municipales, aunque no haya expediente administrativo de permuta iniciado, tu Consejería no intervendrá en la licitación del arrendamiento que, por cierto, en nuestra opinión, corresponde a un uso que en la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid no sería autorizable en la situación demanial actual si no se tramita antes una ocupación temporal al arrendatario, cómo la que se hizo, promovida por el Ayuntamiento en el año 1994 cuando gobernábamos. Pero es que en este tema de la permuta de terrenos de la Cañada Real a su paso por Bustarviejo para resolver las ocupaciones ilegales de la vía pecuaria, “llueve sobre mojado”: Los mismos PSOE e IU que ahora gobiernan coaligados en Bustarviejo, que pretenden ejercer sobre el Kiosco-Restaurante unos derechos que no son municipales aprovechando, por cierto para hacer mala política acusando al PP de ser contrario a los intereses del pueblo, que

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están engañando a los vecinos interesados en el arrendamiento diciéndoles que pueden licitar algo que no es del Ayuntamiento, y que pretenden anticipar ilegalmente ese arrendamiento al hilo de una futurible permuta inexistente sometida a muchas vicisitudes todavía, son los que se opusieron hace 20 años a esa permuta cuando era instada por el PP gobernante, cuando tuvimos que descatalogar suelo municipal de M.U.P para permutarlo por los terrenos de la Cañada Real ilegalmente ocupados por el kiosco y otros. Entonces, a pesar de que el expediente de permuta se tramitaba impecablemente, a pesar del acuerdo y el consenso entre nuestro Ayuntamiento y la Comunidad de Madrid de entonces para hacer las cosas bien y resolver definitivamente el problema del Kiosco y otros, se opuso duramente la izquierda local alegando en el expediente que había razones espurias de ambos gobiernos populares e incluso nos acusaron de ilegalidad, por cierto falsamente, y consiguieron por la presión social de sus afines paralizar la permuta, apoyados por los ecologistas de media España. Ahora sin embargo, cómo gobiernan ellos en coalición por no tener votos suficientes, y cómo tienen que justificarse ante los vecinos interesados y sus simpatizantes que les instan al arrendamiento, han decidido “saltarse la Ley a la torera”, y han aprobado unilateralmente el pasado 26 de abril el Pliego de la Licitación del Arrendamiento a pesar de nuestras advertencias de ilegalidad; porque dicen, y esto es lo lamentable, que la Comunidad de Madrid del PP les ampara verbalmente, o sea, ampara verbalmente una ilegalidad… en fin. Pues bien, en el ejercicio de nuestra labor de control y fiscalización de la gestión municipal, en el bien entendido de que para nosotros siempre debe cumplirse la ley para evitar perjuicios y reclamaciones, que por ello debe hacerse primero la permuta y luego, y solo luego, podría hacerse la licitación del kiosco por el Ayuntamiento, solicitamos que tu Consejería intervenga, antes de que se produzcan daños a terceros, para disipar dudas y advertir la ilegalidad de la licitación iniciada unilateralmente por el Ayuntamiento de esta forma y, en todo caso, te solicitamos que instes la contestación rápida de las siguientes preguntas que formulamos por escrito y pasaremos por registro, para que, con la contestación, podamos advertir, si ha lugar, a los vecinos en el próximo Pleno, y así evitemos que se haga demagogia y mala política con un tema tan sensible en Bustarviejo. Estas preguntas son: “El Ayuntamiento de Bustarviejo aprobó en el Pleno de 26 de abril de 2013 el PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA EL ARRENDAMIENTO DEL EDIFICIO DENOMINADO RESTAURANTE "FUENTE DEL COLLADO", sito en la Cañada Real Segoviana. 1ª PREGUNTA: ¿Puede el Ayuntamiento de Bustarviejo licitar el arrendamiento del kiosco denominado Restaurante “Fuente del Collado” sin una autorización expresa y escrita del órgano competente de la Comunidad de Madrid teniendo en cuenta que está situado en terrenos que no son de su dominio porque son de la Cañada Reala a su paso por el municipio, y teniendo en cuenta que están

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especialmente protegidos por ser Vía Pecuaria según lo determinado en la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid? 2ª PREGUNTA: ¿Cuál es la situación legal en relación con su situación demanial actual del edificio denominado Restaurante “Fuente del Collado, sito en la Cañada Real Segoviana a su paso por Bustarviejo? ¿Puede licitar el Ayuntamiento de Bustarviejo el arrendamiento, en función de esa situación legal actual, sin la tramitación previa de una ocupación temporal, previa declaración del interés social? 3ª PREGUNTA: ¿Puede en función de la contestación a las preguntas anteriores el Ayuntamiento de Bustarviejo licitar el arrendamiento del kiosco denominado Restaurante “Fuente del Collado” sito en la Cañada Real Segoviana, solo con acordar en Pleno que van a solicitar una permuta de los terrenos de esa Cañada Real, teniendo en cuenta que no está definida la propuesta de trazado alternativo, ni se han valorado los suelos de la posible permuta porque ni siquiera ha concretado el Pleno del Ayuntamiento los terrenos que se podrían permutar, ni su clasificación, ni su calificación? 4ª PREGUNTA: En caso de que el Ayuntamiento de Bustarviejo no pueda legalmente licitar en la situación actual descrita el arrendamiento del kiosco denominado Restaurante “Fuente del Collado”¿tiene o no la Consejería de Medio Ambiente la obligación de advertir al Ayuntamiento de la ilegalidad de la licitación promovida, que tendrá además terceros afectados de buena fe?¿Tiene la obligación la Comunidad de Madrid de recurrir el procedimiento en las circunstancias actuales, cuando se publique el anuncio? 5ª PREGUNTA: Caso de no realizarse la permuta ¿En una vía pecuaria, es un uso común general, es decir, es un uso prioritario, compatible o complementario el de kiosco-restaurante, conforme a lo determinado en Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid? 6ª PREGUNTA: Caso de no realizarse la permuta ¿En una vía pecuaria, podría considerarse un uso especial, singular o privativo el de kiosco-restaurante sin considerar antes que se trata de una obra de interés público o utilidad general y tramitar el correspondiente expediente administrativo de ocupación temporal con exposición pública incluida? ¿Quién tiene la competencia para realizar este trámite de la ocupación temporal previa declaración del interés, el Ayuntamiento o la Comunidad de Madrid?” Por último queremos dejar constancia, estimado Consejero, de que además de que este Grupo Municipal se considera obligado a instar una legalidad que el actual gobierno municipal de Bustarviejo está “retorciendo” buscando además hacernos un pulso político mezquino, lo hacemos sobre todo, porque dadas las expectativas e ilusiones generadas por la necesidad para Bustarviejo de abrir de

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nuevo el Kiosco-Restaurante de la Fuente del Collado que tanto valor turístico da al municipio y que nosotros siempre hemos defendido que termine siendo municipal, en este asunto solo queda hacer la cosas bien y legales para no provocar daños a terceros. Y es que, Consejero, te aseguramos que existen esos terceros afectados de buena fe que están mirando y mirarán con lupa la limpieza y el cumplimiento de la legalidad del procedimiento de arrendamiento, lo que como ya hemos indicado en el Pleno de nuestro Ayuntamiento al irresponsable gobierno de coalición que tenemos, sin mucho eco por cierto, no se está haciendo y no se pretende hacer. Sin otro particular, Consejero, recibe un afectuoso saludo.” Tenemos la contestación de la Consejería pero en dos minutos que me quedan de los 13 que me ha dado el alcalde va a ser complicado leerla, por lo tanto si la quiere leer el señor alcalde… Bien, como me ha dicho que la lea paso a ello, aunque en realidad son dos contestaciones, que vienen a ser prácticamente iguales, una fechada el 22 de mayo y la otra el 30 de mayo. INFORME SOBRE POSIBLE LICITACIÓN EN “FUENTE DEL COLLADO” SOBRE VÍA PECUARIA EN BUSTARVIEJO. RESPUESTA A PORTAVOZ DEL PP EN BUSTARVIEJO. En relación a la carta dirigida al Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, recibida el 29 de abril de 2013, tanto desde la Subdirección General de Recursos Agrarios, la Dirección General de Medio Ambiente y el propio Viceconsejero en su reunión con el Alcalde de Bustarviejo, se ha indicado que la solución posible al problema del kiosco-restaurante en la Cañada Real Segoviana, era realizar con carácter previo, una permuta de los terrenos. - El Ayuntamiento de Bustarviejo realizó una consulta para el establecimiento del kiosco denominado Fuente del Collado, sito en la Real Cañada Segoviana. - Por parte de la Subdirección General de Recursos Agrarios se indicó en su momento que la posible solución era llevar a cabo, con carácter previo, una permuta de los terrenos. También se explicó que debían presentar la solicitud de permuta aprobada por el Pleno del Ayuntamiento, indicando en la misma tanto la superficie a permutar como el valor económico de los terrenos que se aportaran (que deberían ser igual al tramo base que se pretende permutar). Para ello, el Ayuntamiento debía solicitar la permuta, mediante certificación de acuerdo de Pleno, como así ha hecho. Posteriormente, se efectuarán consultas a las que seguirá un trámite de información pública. En cuanto a las preguntas formuladas: 1. ¿Puede el Ayuntamiento de Bustarviejo licitar el arrendamiento del kiosko denominado Restaurante “Fuente del Collado” sin una autorización expresa y escrita del órgano competente de la Comunidad de Madrid teniendo en cuenta que está situado en terrenos que no son de su dominio porque son de la Cañada

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Real a su paso por el municipio, y teniendo en cuenta que están especialmente protegidos por ser Vía Pecuaria según lo determinado en la ley 8/1998 de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid? El Ayuntamiento no puede licitar dado que no ostenta la titularidad de los terrenos por tratarse de una vía pecuaria. 2. ¿Cuál es la situación legal en relación con su situación demanial actual del edificio denominado Restaurante “Fuente del Collado”, sito en la Cañada Real Segoviana a su paso por Bustarviejo? ¿Puede licitar el Ayuntamiento de Bustarviejo el arrendamiento, en función de esa situación legal actual, sin la tramitación previa de una ocupación temporal, previa declaración del interés social? En este caso, la Comunidad de Madrid podría aplicar el art. 39.6 de la Ley 8/1998 de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, que permite adjudicar el aprovechamiento de los edificios e instalaciones demaniales pertenecientes a las vías pecuarias. Para ello, se compensaría al concesionario en todo o en parte su obligación de satisfacer la tasa que corresponda. Por otra parte, esta concesión debe someterse al trámite de información pública además de contar con los preceptivos informes municipales sobre las solicitudes de ocupación que se formulen. 3. ¿Puede en función de la contestación a las preguntas anteriores el Ayuntamiento licitar el arrendamiento del kiosco denominado Restaurante “Fuente del Collado” , sito en la Cañada Real Segoviana con sólo acordar en Pleno que van a solicitar una permuta de los terrenos de esa Cañada Real, teniendo en cuenta que no está definida la propuesta de trazado alternativo, ni se han valorado los suelos de la posible permuta porque ni siquiera ha concretado el Pleno del Ayuntamiento los terrenos que se podrían permutar, ni su clasificación, ni su calificación?. No basta con la solicitud refrendada por el Pleno de modificación de trazado – permuta. Hay que tramitar el expediente completo, para lo que es preciso que se acredite la disponibilidad de los terrenos aportados, comprobar su idoneidad, garantizar su continuidad y conocer su valoración económica. A continuación, se sometería al trámite de información pública y audiencia para finalizar, si procede, con su aprobación previo acuerdo del Consejo de Gobierno. 4. En el caso de que el Ayuntamiento de Bustarviejo ¿Tiene la Comunidad de Madrid la obligación de advertir al Ayuntamiento de la ilegalidad de la licitación promovida, que tendrá además terceros afectados de buena fe? ¿Tiene la obligación la Comunidad de Madrid de recurrir el procedimiento en las circunstancias actuales, cuando se publique el anuncio? La Comunidad de Madrid ha advertido al Ayuntamiento de Bustarviejo de que no puede licitar la concesión hasta que no se tramite el expediente de modificación – trazado de la vía pecuaria.

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5. ¿En vía pecuaria es un uso común general, es decir, es un uso prioritario, compatible o complementario el del kiosco – restaurante conforme a lo determinado en la Ley 8/1998 de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid? No, la ley no lo considera un uso común. 6. ¿En vía pecuaria podría considerarse un uso común especial, singular o privativo el kiosco – restaurante sin considerar antes que se trata de una obra de interés público o utilidad general y tramitar el correspondiente expediente administrativo de ocupación temporal con exposición pública incluida? ¿Quién tiene la competencia para realizar este trámite el Ayuntamiento o la Comunidad de Madrid? No dentro del marco normativo actual, si bien existen concesiones autorizadas con anterioridad a la ley 8/1998, de Vías Pecuarias, que aún siguen en vigor. Cualquier autorización sobre dominio público pecuario debe dictarla la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio que es quien tiene atribuida la gestión de la Red de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 30 de mayo de 2013.

Gabinete del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.” * Con permiso del Presidente intervino el Portavoz del Grupo Popular Sr.

De Mateo García manifestando que no serían leales al Gobierno Municipal en actuaciones que considerara ilegales.

Que solo pidió al Alcalde que antes de licitar el arrendamiento obtuviera una autorización de ocupación de la vía pecuaria por escrito.

Que no recibía lecciones sobre la búsqueda de soluciones para abrir el restaurante Fuente del Collado. Que le traía al pairo el anuncio el Alcalde de que rompía relaciones con él. Que no le iba a guardar ninguna lealtad al Alcalde. Que si podía impedirlo no consentiría que el Gobierno hiciera ilegalidades. Que lo único que le preocupaba era que en el plazo de cuatro meses se podría abrir el restaurante.

* Replicó el Alcalde que la falta de lealtad del Sr. De Mateo García era con el pueblo. Que en la misma situación irregular se encontraban varias viviendas privadas situadas en la zona denominada Cerrillo de la Horca y el propio campo de fútbol municipal El Pinarejo, y preguntó si el Grupo Popular iba a hacer en esos casos lo mismo que había hecho con el restaurante. Que se trataba de un asunto de tiempo.

* Con permiso del Presidente intervino el Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, Sr, Penadés García en los términos generales que se describen.

Que confirmaba el compromiso del Subdirector General de Recursos Agrarios de la Comunidad de Madrid con el Ayuntamiento citado en la declaración leída por el Alcalde. Que la Asamblea local de Izquierda Unida-Los

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Verdes, había acordado instar al Alcalde a hacer lo que había anunciado por el daño producido al Ayuntamiento por el Grupo Popular para salvaguardar su venganza por la paralización del expediente de cambio de trazado de la Cañada Real Segoviana ocurrida veinte años atrás. Que compartía el deseo de cumplir las leyes y en aplicación de estas instó al Grupo Popular a que hicieran lo mismo en otros casos. Que parecía se trataba de dañar al Ayuntamiento y a los vecinos que habían mostrado interés por arrendar el restaurante como forma de vida. Pidió a los Concejales del Grupo Popular que reflexionaran sobre ello, y manifestó el apoyo de su Grupo a la postura del Alcalde.

* Con permiso del Presidente replicó el Sr. De Mateo García que habían hecho lo que tenían que hacer. Que decir que no había hecho ningún bien al pueblo después de haber estado como Alcalde o Concejal dieciséis años, era impresentable.

* Se preguntó el Alcalde ¿qué necesidad había? de actuar como lo había hecho el Grupo Popular. Que consideraba actuaron como lo hicieron porque sabían que la actuación del Ayuntamiento no iba a ser impedida por la Comunidad de Madrid, como se lo había confirmado personalmente el Jefe del Servicio de Vías Pecuarias, quien añadió que no serían proactivos contra el Ayuntamiento porque no lo eran en ningún otro caso.

* Replicó el Sr. De Mateo García retando al Alcalde a que licitara el arrendamiento del restaurante.

* Con permiso del Presidente comenzó su intervención el Concejal del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, Delegado de Medio Ambiente, Sr. González Martín señalando que a la vista de la intervención de la Sra. Navacerrada Martín, todos los Concejales del Grupo Popular eran cómplices de la actuación del Sr. De Mateo García. Ante la expresión de los ediles citados rectificó sustituyó el término empleado por corresponsables.

* Sin permiso del Presidente el Sr. De Mateo García manifestó que le repugnaba el Concejal Sr. González Martín.

* Continuó el Sr. González Martín manifestando que el blog del Partido Popular se calificaba al Alcalde de prevaricador y se acusaba de mentir tanto al Concejal Delegado de Economía perteneciente al Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Penadés García, como al Secretario municipal, sobre lo manifestado por ambos acerca del compromiso del Subdirector General de Recursos Agrarios de la Comunidad de Madrid, de no impedir ni dificultar el arrendamiento del restaurante si el Ayuntamiento solicitaba el cambio de trazado de la Cañada Real Segoviana, ofrecía terrenos para compensar los que ocupaban dicho edificio ye l campo de fútbol municipal dando continuidad a aquella.

* Por el Concejal Sr. Gómez Fernández se solicitó al Secretario que exhibiera un escrito reciente del Servicio de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid en el que se indicaba que el restaurante Fuente del Collado ocupaba ilegalmente la Cañada Real Segoviana, e hizo referencia a la existencia de otro documento que el Concejal Sr. De Mateo García había manifestado que solo lo tenía él.

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* Respondió la Vice portavoz del Grupo Popular, Sra. Navacerrada Martín en los términos que se describen.

“Concretamente es este documento que tengo en las manos y la Fuente del Collado estaba licitada por la Comunidad de Madrid que es la dueña del suelo y no el Ayuntamiento que no puede hacerlo, esa es la ilegalidad que pretenden ustedes y que nosotros les decimos que no vamos a pasar por que en la época del señor De Mateo estaba legalmente licitada por la Comunidad de Madrid.”

Continuó la Sra. Navacerrada en los términos que se indican. “Quería cerrar este punto si me lo permite el señor alcalde con dos cosas.

Primera, usted ha hablado de mano tendida y es cierto que cuando entró nos ofreció una representación en las Mancomunidades sin embargo al señor Julio de Mateo nunca se la han dado realmente porque no le han llamado para las reuniones que ha mantenido la Mancomunidad de basuras que es la que él tenía adjudicada, por lo tanto no hacía falta que se lo quitase hoy, la mano tendida a la que hace referencia es de cara al público, por detrás las cosas son de otra manera. Al hilo de esto, las otras dos representantes que estamos en Mancomunidades renunciamos a la representación si es que nos mantiene la representación según ha dicho por ser participes de sus ilegalidades y no denunciarlas. Eso es lo que el señor alcalde ha querido decir con la declaración en contra de nuestro Portavoz, a él le ha quitado la representación por mandar la consulta a la Comunidad de Madrid, por lo tanto como la consulta la ha hemos hecho todo el Grupo Popular, defendiendo los intereses de Bustarviejo en contra de una ilegalidad, si a nuestro Portavoz le retira la representación a las dos Concejales que tenemos representación también nos la debe quitar. Y en cuanto a su pregunta de si compartimos lo que dice ese escrito le diré que sí, somos totalmente coparticipes de defender los intereses de Bustarviejo por encima de las ilegalidades.”

* Replicó el Alcalde, “o sea, que asumen la actuación de mala fe”. * Manifestó el Sr. De Mateo García que el Alcalde había dicho a alguna

persona interesada en el arrendamiento del restaurante que lo abriría a toda costa.

El Presidente dio por terminado el debate. 10º. RUEGOS Y PREGUNTAS.

Dio la palabra el Presidente a los demás Corporativos. * El Sr. Cobertera Hijano preguntó por qué se había empezado a señalizar

la senda turística Canencia-Bustarviejo en el término municipal de Canencia y en Bustarviejo no se había hecho, a pesar de que iban a colaborar los Ayuntamientos de ambos municipios en el proyecto.

* Respondió el Sr. González Martín, que no se había señalizado en la parte de Bustarviejo porque habían aparecido tollas en el terreno y el Ayuntamiento no tenía recursos para dicha tarea.

* La Concejala del Grupo Popular Sra. Sastre García preguntó a que se refería una factura de limpieza de planchas de fibra de vidrio que había visto en el registro de facturas.

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* Contestó el Concejal Delegado de Servicios Sr. Martín Hijano, que a los tragaluces del pabellón polideportivo.

* La misma Concejala preguntó por los datos sobre las actividades culturales programadas para el próximo verano y por las subvenciones concedidas a la Asociación de Madres y Padres de Alumnos (AMPA) del Colegio Público Mondalindo.

* Respondió el Concejal Delegado de Educación Sr. Gómez Fernández, que le daría esos datos próximamente y que no se había concedido subvención alguna al AMPA.

* La Sra. Navacerrada Martín preguntó sobre la resolución del reparo de Intervención relativo al consumo de menús por las tres educadoras de la Casa de Niños con cargo al Ayuntamiento durante los tres últimos años, en la forma que se indica. “Quiero preguntar sobre el reparo de intervención que se hizo al tema de los menús de las educadoras de la casita ¿Ha tomado el señor alcalde una determinación al respecto?

* Respondió el Alcalde que era algo ya pasado. Que se trataba de una práctica común a otros Ayuntamientos. Que no habían tomado la decisión de requerir el reintegro. Que asumían la responsabilidad.

“La otra pregunta que ya realizamos en la Comisión del otro día incumbe al alcalde directamente y es sobre la subida de de 350 € mensuales que se le pretende hacer a una de las administrativas para que lleve la agenda del señor alcalde ¿Esto se está aplicando ya? Como nos ha explicado que ya es de aplicación le pregunto ¿Hace horas aparte de su horario laboral? En cualquier caso nuestro grupo piensa que hay demasiado personal de oficina y poco de calle y además hemos visto escritos como uno reciente de la biblioteca conde pide que se le encienda la calefacción unos días concretos por el frio que se está alargando y se le contesta que no porque hay que hacer un uso racional de los recursos del municipio, parece que ese uso racional se aplica para unas cosas y no para otras. Nuestro ruego iba a ser que lo sopesaran y vieran las necesidades reales y que la agenda del señor alcalde no suponga un gasto innecesario para el municipio pero como ya lo han decidido no tenemos más que decir.”

* Explicó el Alcalde la necesidad de disponer de una persona que llevara su agenda y colaborara en la preparación de asuntos.

Añadió que él no percibía cantidad alguna por ejercicio del cargo mientras que el Sr. De Mateo García cuando fue Alcalde si cobró un sueldo.

* Replicó el Sr. De Mateo García calificando al Alcalde Sr. Sacaluga Luengo de impresentable.

* Continuó el Alcalde señalando que era cierto que había poco personal de calle, seis personas, y que por eso la próxima semana se incorporarían otros seis trabajadores de refuerzo durante cuatro meses, conforme a las limitaciones legales para contrataciones de personal fijo y las determinaciones del Plan de Ajuste. Añadió que en el tiempo que llevaba ejerciendo de Alcalde y frecuentando las oficinas había observado que se trabajaba mucho y que el

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personal no estaba relajado. Que se tenía una idea engañosa sobre el trabajo que se realiza en las oficinas municipales.

Reiteró la necesidad de la secretaria particular del Alcalde por no poder estar a diario en el Ayuntamiento. Manifestó que todos los Concejales trabajaban de forma desinteresada para el pueblo sin perjuicio del acierto o desacierto con que lo hicieran y pidió que no se entrara en el juego del descrédito general de los políticos.

* Replicó el Sr. De Mateo García manifestando que no estaban de acuerdo con el establecimiento del complemento retributivo mencionado porque con el personal de oficinas existente se podían hacer las nuevas tareas asignadas.

* El mismo preguntó sobre el archivo de un expediente informativo a una empleada de limpieza de locales.

* Respondió el Alcalde que tras leer el testimonio de la interesada sobre las quejas expuestas por la Coordinadora de Limpieza, ante los representantes de Personal Laboral el Alcalde anterior y el Secretario, decidió archivar las actuaciones, intentando solucionar el asunto mediante el diálogo. Y que así se lo trasladó a los Delegados de Personal.

* El Sr. De Mateo García preguntó cómo estaba el asunto de la presunta superación de altura máxima legal de una vivienda situada en la calle Solvaradero.

* Respondió el Alcalde que después de los numerosos informes técnicos emitidos y a pesar de las dificultades de interpretación de la normativa vigente en esa materia, tras la última conversación mantenida con el Arquitecto Municipal, este le había dicho que cabía la posibilidad de buscar una solución que evitara el derribo de la planta bajo cubierta y que esperaba esa propuesta para decidir.

* Le pidió el Sr. De Mateo García que sometiera el asunto a la Comisión Informativa de Urbanismo.

* El Portavoz del Grupo Popular informó que se había entrevistado con representantes de la Asociación de Vecinos de Fuente Milano y el habían puesto en conocimiento de la solicitud de atención y servicios que habían presentado en el Ayuntamiento, y por eso quería saber si se iban a comprometer plazos de ejecución de las mejoras solicitadas. Que había comprobado el desplazamiento de algunos sillares de coronación de los muros de contención que a la vez servían de cerramiento de solares de la citada urbanización y quería saber que solución se iba a dar.

* Respondió el Alcalde que ya había autorizado formalmente y puesto en conocimiento de la Policía Local, el sistema de avisos mediante sonidos para evitar robos, propuesto por la Asociación de Vecinos de Fuente Milano y se habían impartido órdenes de trabajo al personal de mantenimiento para que fueran atendiendo las necesidades expuestas. Que sobre el problema de los muros ya se había trasladado verbalmente las opiniones del Secretario y del Arquitecto Municipal que consideraban no era responsabilidad del Ayuntamiento sino del constructor de las viviendas por una mala práctica constructiva, pero que se estaba estudiando la actuación procedente. Que se

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establecerían plazos para atender las demandas planteadas y serían satisfechas en la medida de las posibilidades del Ayuntamiento.

Y no habiendo más asuntos que tratar por el Presidente se levantó la sesión cuando eran las veinticuatro horas del día al principio indicado.

Para constancia de lo descrito, el Secretario que suscribe redacta la presente acta, de cuyo contenido da fe.

Vº Bº EL ALCALDE EL SECRETARIO,

Fdo. Juan Antonio Sacaluga Luengo. Fdo. Juan Francisco Bravo Collantes.

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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO EL DIA 28 DE JUNIO DE 2013.

En la villa de Bustarviejo, siendo las veinte horas del día veintiocho de junio del año dos mil trece se reúnen los Corporativos relacionados con la asistencia del Secretario que suscribe, en el salón de sesiones de la Casa Consistorial, al objeto de celebrar sesión pública ordinaria del Pleno del Ayuntamiento para la que habían sido citados en tiempo y forma legales.

CORPORATIVOS ASISTENTES: D. Juan Antonio Sacaluga Luengo, Alcalde-Presidente (Grupo Municipal Socialista). D. José Mª Gómez Fernández, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Socialista). D. Miguel A. Martin Hijano, Concejal (Grupo Municipal Socialista). Dª. Angela García Romero, Concejal (Grupo Municipal Socialista). D. José Carlos González Martín, Concejal (Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes). D. Julio Jesús de Mateo García, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Popular). D. Francisco Cobertera Hijano, Concejal (Grupo Municipal Popular). Dª Berta Sastre García. Concejala (Grupo Municipal Popular). D. Oscar Rodríguez Moreno, Concejal (Grupo Municipal Popular). NO ASISTEN CON EXCUSA: Dª Mª Mercedes Navacerrada Martín, Concejala (Grupo Municipal Popular). D. Alberto Ignacio Penades García, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes). SECRETARIO: Juan Francisco Bravo Collantes.

Funcionario de Administración Local con Habilitación Estatal.

Presidió la sesión el Sr. Alcalde, quien abrió la sesión sometiendo a la misma los asuntos que se indican.

ORDEN DEL DIA

1º. APROBACION DE ACTAS DE SESIONES ANTERIORES.

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2º. DECRETOS DE ORGANOS UNIPERSONALES. 3º. INFORMES DE CONCEJALIAS. 4º. EJECUCION DE GARANTÍA DE LAS OBRAS DE

URBANIZACION DEL NUCLEO URBANO NAVALENGUA PARA SUBSANACION DE DEFICIENCIAS.

5º. ACTUACIONES PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD DE PERSONAS Y BIENES CON MOTIVO DE LOS DESPRENDIMIENTOS DE SILLARES DE PIEDRA DE LOS CERRAMIENTOS DE FINCAS EN EL NUCLEO URBANO NAVALENGUA.

6º. ADECUACION DEL SERVICIO DE POLICIA LOCAL. 7º. EXPEDIENTE DE MODIFICACION DE CREDITOS Nº 1-2013

EN EL VIGENTE PRESUPUESTO. 8º. MODIFICACION DE LA ORDENANZA MUNICIPAL DE

CONTROL DE ACTIVIDADES. 9º. ORDENANZA DE RECOGIDA DE RESIDUOS URBANOS.

10º. ADHESION A LA MANCOMUNIDAD DEL NOROESTE PARA LA GESTION Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS URBANOS.

11º. SITUACION DE LA VIVIENDA CONSTRUIDA EN LA CALLE SOLVARADERO.

12º. MOCIONES URGENTES. 13º. RUEGOS Y PREGUNTAS.

A continuación se trataron los asuntos señalados en la forma que se

describe. 1º. APROBACION DE ACTAS DE SESIONES ANTERIORES. Sometidas a aprobación por el Presidente las actas de las sesiones

celebradas los días, 11-04-13, 15-04-13, 26-04-13 y 31-05-13 cuyas copias habían sido previamente distribuidas a todos los Corporativos, la Corporación aprobó las mismas por unanimidad.

2º. DECRETOS SE ORGANOS UNIPERSONALES. Dio cuenta el Alcalde de las relaciones de decretos que se describen

correspondientes a los emitidos por los órganos de gobierno unipersonales desde la sesión ordinaria de 31-05-2013.

DECRETOS DE ALCALDE. 197-2013 (Fraccionamiento de pago de tributos). 198-2013 (Devolución por duplicidad. Baja vado y alta EVP.). 199-2013 (Devolución IVTM 2013). 200-2013 (Exención IVTM minusvalía). 201-2013 (Denegación de rectificación de certificado de acuerdo). 202-2013 (Adjudicación obras piscina municipal). 203-2013 (Precinto vivienda en Prado Concepción, 4). 204-2013 (Archivo expte. licencia actividad explotación apícola). 205-2013 (Aprobación padrón tasas servicio basuras 2º semestre 2013). 206-2013 (Paralización obras en calle Majadillas, 5). 207-2013 (Requerimiento legalización obras en parcela 314, polígono 4). 208-2013 (Convocatoria de Com. Inf. de Hacienda).

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209-2013 (Fraccionamiento de pago de tributos). 210-2013 (Fraccionamiento de pago de tributos). 211-2013 (Fraccionamiento de pago de tributos). 212-2013 (Fraccionamiento de pago de tributos). 213-2013 (Devolución IVTM 2013). 214-2013 (Fraccionamiento de pago de tributos). 215-2013 (Devolución IVTM 2013). 216-2013 (Bajas Voluntaria nº 1000096 Abril 2013). 217-2013 (Bajas Ejecutiva nº 1000097 Abril 2013). 218-2013 (Convocatoria de Com. Inf. de Hacienda). 219-2013 (Convocatoria de sesión plenaria). 220-2013 (Bajas Voluntaria nº 1000098 Mayo 2013). 221-2013 (Bajas Ejecutiva nº 1000099 Mayo 2013). 222-2013 (Autorización de terraza bar El Cantón). 223-2013 (Rto. retirada rulot polígono 8, parcela 226). 224-2013 (Fraccionamiento de pago de tributos). 225-2013 (Fraccionamiento de pago de tributos). 226-2013 (Incoación expte. sancionador en calle Majadillas, 5). 227-2013 (Autorización instalación puesto en Fiesta de San Juan). 228-2013 (Fraccionamiento de pago de tributos). 229-2013 (Fraccionamiento de pago de tributos). 230-2013 (Alta licencia de vado). 231-2013 (Desestimando alegaciones multas coercitivas). 232-2013 (Contratación limpiadora). 233-2013 (Ampliación plazo documentación legalización obra). 234-2013 (Autorización puesto churrería y burguer en Fiestas). DECRETOS DEL CONCEJAL DE MEDIO AMBIENTE. 015-2013 (Paralización desbroces). 016-2013 (Denegación poda árbol en Fuente Grande). 017-2013 (Requiriendo limpieza pinar en La Pesquera). 018-2013 (Levantamiento paralización trabajos desbroce). 019-2013 (Solicitando reducir impacto visual depósito de agua helisuperfície). 020-2013 (Adjudicación aprovechamiento apícola Cerro del Pendón). 021-2013 (Ampliación plazo limpieza finca en calle Canencia, 13). 022-2013 (Comprobación y actuaciones denuncia tenencia animales). 023-2013 (Imposición de multas coercitivas incumplimiento limpieza fincas). 024-2013 (Anulando actuaciones limpieza finca junto Cementerio). 025-2013 (Estimando recurso sobre limpieza de finca). 026-2013 (Finalización control actividad explotación apícola). DECRETOS DEL CONCEJAL DE OBRAS. 029-2013 (Anulación de licencia nº 063-13). 030-2013 (Licencia obra menor). 031-2013 (Licencia obra menor). 032-2013 (Licencia obra menor). 033-2013 (Alineación de finca). 034-2013 (Alineación de finca). 035-2013 (Licencia obra menor). 036-2013 (Licencia obra menor). 037-2013 (Licencia obra menor).

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038-2013 (Licencia obra menor). 039-2013 (Licencia obra menor). 040-2013 (Licencia obra menor). 041-2013 (Licencia obra menor). 042-2013 (Licencia obra menor). 043-2013 (Licencia obra menor). 044-2013 (Licencia obra menor). 045-2013 (Licencia obra menor). 046-2013 (Licencia obra menor). 047-2013 (Licencia obra menor). 048-2013 (Licencia obra menor). 049-2013 (Licencia obra menor). 050-2013 (Licencia obra menor). Habiéndose entregado copia de las relaciones de decretos anteriores con

carácter previo a la sesión a los Grupos Municipales y a efectos de aclarar cualquier detalle sobre los mismos el Presidente abrió un turno de intervenciones.

* El Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García preguntó por el decreto d Alcaldía nº 203-2013 relativo a la orden de precintado por la Policía Local de una vivienda situada en la calle Prado de la Concepción.

* Respondió el Alcalde que la decisión fue tomada como consecuencia del estado de abandono de la vivienda y de los riesgos que para la seguridad de las personas suponía la falta de puertas y ventanas de la misma tras conocer que se usaba como lugar de juegos para algunos niños.

* El mismo Concejal preguntó sobre el decreto de Alcaldía nº 206-2013 relativo a la paralización de una obra en la calle Majadillas, 5.

* Respondió el Alcalde que se trataba de la paralización de actuaciones de instalación de una vivienda prefabricada de dos plantas en el lugar indicado sin licencia municipal. Que había hablado con los propietarios y le pareció que habían actuado de buena fe pero sin conocimiento de los trámites legales. Que habían entendido la actuación municipal.

Añadió a pregunta del Sr. De Mateo García, que también se había incoado un expediente sancionador por dichas actuaciones.

* El Sr. De Mateo García preguntó por el decreto de Alcaldía nº 207-2013 relativo al requerimiento efectuado erróneamente a la propietaria de una finca rústica para que legalizara las obras de mejora del camino de acceso a su finca, efectuadas sin licencia municipal y denunciadas por el Servicio de Vigilancia Forestal de la Comunidad de Madrid.

* Respondió el Alcalde que desconocía el asunto y que lo investigaría. * El mismo Concejal preguntó por el decreto de Alcaldía nº 231-2013

relativo a la desestimación de recurso contra la providencia de apremio de las deudas en concepto de multas coercitivas impuestas por incumplimiento de una orden de ejecución sobre adecuación de una obra a la licencia concedida.

Parte del público asistente reclamó a los Corporativos que hablasen más alto o que se instalara un servicio de megafonía.

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* Contestó el Alcalde informando que se trataba de un expediente de regularización de una obra en suelo no urbanizable protegido que se ejecutó sin ajustarse a la licencia municipal previamente concedida, dando lugar a que se ordenara su adecuación mediante la demolición de los muros perimetrales, para lo que se impusieron multas coercitivas ante la resistencia de la propietaria.

* A pregunta reiterada del Sr. De Mateo García, el Concejal Delegado de Medio Ambiente perteneciente al Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. González Martín, informó que para la concesión de la licencia mencionada se tramitó ante la Comunidad de Madrid la calificación urbanística, señalando la Administración Regional que no era preciso obtenerla si la rehabilitación de la edificación que se pretendía no aumentaba la ocupación del suelo o el volumen edificado, y que al producirse esta situación en el proceso de ejecución posterior hubo que adoptar medidas para restaurar la legalidad.

* La Concejala del Grupo Popular Sra. Sastre García preguntó sobre un decreto de Alcaldía por el que se decidía contratar temporalmente una persona desempleada a media jornada para trabajar como peón de limpieza de locales.

* A ruego del Alcalde el Secretario informó que una vez terminados los contratos de las trabajadoras temporales contratadas para la limpieza de las dependencias del Colegio Público Montelindo, y ante la negativa de una de ellas a continuar trabajando se formalizó oferta genérica de empleo a la Oficina del Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid de Colmenar Viejo con el propósito de seleccionar una persona en función de la antigüedad como demandante de empleo. Que ante las quejas presentadas por algunas vecinas sobre el hecho de no haber informado mediante anuncios sobre dicha selección por razones de transparencia se optó por anunciarlo antes de seleccionar a nadie, siguiendo después el mismo criterio para determinar la persona a contratar.

* El Sr. De Mateo García preguntó sobre el decreto del Concejal de Medio Ambiente por el que se paralizaron las tareas de desbroce de terreno iniciadas por una empresa contratada por la Dirección General de Protección Ciudadana de la Comunidad de Madrid para prevenir incendios.

* Respondió el Concejal de Medio Ambiente Sr. González Martín señalando que ya había informado al respecto en la sesión plenaria anterior y recordó que la decisión mencionada fue adoptada en coordinación con el Concejal de Servicios Sr. Martín Hijano ante la alarma generada entre los vecinos por la forma en que se llevaban a cabo los trabajos mediante maquinaria que además de desbrozar talaba cuando árboles jóvenes encontraba a su paso y sin conocimiento previo formal del Ayuntamiento a pesar de ser preceptivo hacerlo y dentro de fincas municipales.

* A ruego del Alcalde, y a pregunta del Concejal interpelante, el Secretario informó que aunque inicialmente la Dirección General de Protección Ciudadana negó la información solicitada por el Ayuntamiento bajo pretexto de no poder facilitar datos de las empresas que habían contratado finalmente, el y el propio Subdirector General de forma personal facilitó la información solicitada acreditando que disponían de la autorización preceptiva de la Consejería de Medio Ambiente y se comprometió a ordenar lo preciso para que las tareas no

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generaran más impacto que el necesario para garantizar la eficacia de los cortafuegos.

* El Concejal del Grupo Popular Sr. Cobertera Hijano preguntó al Concejal de Medio Ambiente si estaba al tanto de los cortafuegos que debían limpiarse periódicamente.

* Respondió el Concejal de Medio Ambiente Sr. González Martín, que ese era un asunto de la Dirección General de Protección Ciudadana de la Comunidad de Madrid. Que no tenía tiempo para ir por el campo. Que no sabía qué cortafuegos necesitaban limpiarse.

* Con permiso del Presidente intervino el Concejal de Servicios, Sr. Martín Hijano informando sobre los detalles de las actuaciones realizadas por el Ayuntamiento ante la forma drástica en que inicialmente se estaban haciendo los trabajos de desbroce por la Administración Regional, señalando que destrozaron árboles aislados jóvenes sin otra justificación que la falta de cuidado, y que por ello se dio orden de paralizar los trabajos. Añadió que los cortafuegos que se limpiaron se encontraban en los parajes denominados, Las Losas Las Viñas y otros.

* El Sr. De Mateo García preguntó al Concejal de Medio Ambiente Sr. Gonzales Martín, cuantos aprovechamientos apícolas estaban autorizados en el municipio.

* Respondió el Concejal interpelado que diez o doce. Que el lunes próximo podía preguntar ese dato el Sr. De Mateo García en las oficinas municipales.

* Reiteró el Portavoz del Grupo Popular que pedía esa información al Concejal de Medio Ambiente.

* El Sr. De Mateo García preguntó sobre un decreto del Concejal de Medio Ambiente por el que se establecía la imposición de multas coercitivas por incumplimiento en los plazos indicados de la obligación de los propietarios de fincas urbanas de mantenerlas en estado de seguridad, salubridad y ornato público.

* Respondió el Sr. González Martín, que la acción subsidiaria del Ayuntamiento a cargo de los propietarios utilizada anteriormente era poco eficaz porque para llevarla a cabo había que obtener autorización de los dueños o acudir al Juzgado y ello generaba tales demoras que no era posible evitar el riesgo de incendio que se pretendía, por lo que se optó por esa otra medida.

3º. INFORMES DE CONCEJALES DELEGADOS. * Dio la palabra el Presidente el Concejal de Servicios Sr. Martín Hijano

quien se manifestó en términos generales como se describe. Señaló que se habían incorporado seis trabajadores desempleados

mediante colaboración social para reforzar a los seis trabajadores de plantilla dedicados a tareas de limpieza viaria y mantenimiento de infraestructuras. Que en contra de lo ocurrido en otras ocasiones, el personal incorporado estaba trabajando de forma satisfactoria a juicio del Encargado de Mantenimiento.

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Que se había empezado la limpieza y el mantenimiento por la urbanización Fuente Milano por la necesidad de recuperar la falta de atención sufrida por esa zona.

Que se habían terminado las obras de remoción de las albardillas del vaso grande de la piscina municipal.

Que en el campo de fútbol municipal El Pinarejo se habían realizado tareas de limpieza de la tierra arrastrada por las lluvias hacia el terreno de juego.

Que se había pedido presupuesto para instalar una barrera reductora de velocidad de vehículos a motor en el Paseo de La Bardera a petición de los vecinos y ante la constatación de que algunos vehículos circulan por dicha vía pública a velocidad superior a la autorizada con riesgo para las personas, especialmente niños.

* Interrumpió el Concejal del Grupo Popular Sr. Cobertera Hijano manifestando que a pesar de que se había empezado a cuidar las zonas ajardinadas había que mejorar.

* Manifestó su conformidad el Concejal de Servicios. * El Concejal del Grupo Popular Sr. Rodríguez Moreno preguntó cuando

se abriría al público la piscina municipal. * Respondió el Concejal de Deportes Sr. Gómez Fernández, que la piscina

se abriría el día 30 de junio si era posible y si no el martes 2 de julio. * A pregunta del Sr. De Mateo García, el Concejal de Servicios manifestó

que en la urbanización Fuente Milano quedaban tareas por realizar y que ya se disponía de un plan de actuación con determinación de los medios mecánicos y personales a aplicar en cada lugar de la villa a disposición de los Corporativos. Que el personal de refuerzo estaría disponible hasta el 30 de septiembre próximo. Que se debe disponer de un oficial albañil estable para mantenimiento y que procuraría conseguirlo.

* A pregunta del Concejal del Grupo Popular Sr. Rodríguez Moreno, el Concejal de Deportes Sr. Gómez Fernández informó sobre el accidente sufrido por un niño en el campo de fútbol municipal El Pinarejo el pasado mes de abril con motivo de un lance de juego de un partido jugado en el pasado mes de abril habiendo sufrido unos cortes al chocar contra una valla publicitaria. Añadió que la madre del niño había presentado una reclamación patrimonial para que se le indemnice por los gastos del incidente estando la misma en trámite.

* El Concejal de Deportes, Cultura y Educación informó en los términos generales que se describen.

Recordó la inauguración de una exposición de fotografías sobre imágenes del Nepal acaecida en el vestíbulo de la biblioteca municipal días pasados.

Informó que el 29 de junio se celebrarían los actos programados para la presentación de las obras de rehabilitación del edificio principal del antiguo Destacamento Penal Franquista situado en la finca municipal denominada Dehesa Vieja.

Informó que aún no estaba cerrado el programa de actos lúdicos y culturales de verano. Que no se sabía si la Comunidad de Madrid concedería

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alguna ayuda para el programa de cine de verano, y que si no la concedía habría que ajustar el programa.

Esbozó una programación señalando entre otros actos, los “clásicos de verano”, el encuentro de música Sierra Norte, teatro, micro mercado sostenible, festival de cortos, exposición de tallas de madera, teatro en la calle, gala del deporte y otras actividades.

Que para el campamento urbano infantil había 25 niñ@s inscritos para la primera quincena de julio y otros 10 niñ@s para igual periodo del campamento deportivo.

Que se había celebrado el “día del Club Deportivo Bustarviejo” con gran afluencia de público, describiendo algunos de los actos.

A pregunta de la Sra. Sastre García, el Concejal informante y el Alcalde manifestaron que los actos de presentación de las obras de rehabilitación parcial del Destacamento Penal Franquista costarían unos 400 € en publicidad y otros tantos en protocolo.

* La misma Concejala preguntó si hacía falta disponer de servicios médicos, respondiendo el Alcalde que lo había gestionado y resultando que había que pagar decidió prescindir de ello.

* El Sr. De Mateo García preguntó sobre las partidas del Presupuesto General a las que se cargarían los gastos de la presentación mencionada.

* Respondió el Alcalde lo ya dicho. * Reiteró el Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García la petición

de que se le informara sobre las funciones del puesto de trabajo de Coordinador Deportivo al Concejal Delegado de Deportes.

* Respondió el Alcalde que constaban en su contrato de trabajo. * Replicó el Sr. De Mateo García que deseaba saber las funciones

concretas porque en el pueblo se cuestionaba la labor del Coordinador de Deportes.

* Dada la palabra por el Presidente al Concejal Delegado de Medio Ambiente Sr. González Martín este se manifestó en los términos generales que se describen.

Informó que el próximo día 1 de julio en dependencias cedidas por el Ayuntamiento de forma gratuita un grupo de agricultores locales organizaría un curso de agricultura sostenible a un máximo de quince trabajadores en paro del municipio, financiando el curso la Comunidad de Madrid.

Que a partir del próximo día 14 de julio los domingos por las mañanas y los martes y miércoles por las tardes, se ofrecería al público un mercado de productos agrícolas artesanales por agricultores locales.

A pregunta del Sr. De Mateo García, concretó que se formalizarían las licencias de ocupación de la vía pública correspondientes, aplicando a efectos del pago de tasas por aprovechamiento especial del dominio público las exenciones previstas en la ordenanza a los vendedores locales y cobrando a los foráneos 0,35 € por metro cuadro ocupado y día. Que para la venta de productos manufacturados como quesos, miel, zumos o similares, se requerirían además los

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correspondientes registros sanitarios y disponer los vendedores de carnet de manipulador de alimentos.

* El Sr. De Mateo García preguntó por un puesto de venta ambulante de artesanía que se venía instalando en la plaza de El Cerrillo.

* A ruego del Alcalde el Secretario informó que dicho puesto tenía la licencia municipal correspondiente tratándose de un caso excepcional a la regla general prevista en la ordenanza de venta ambulante, que estipula únicamente los viernes de cada semana para la instalación de puestos de venta en la Plaza de la Constitución. Que el Concejal de Economía Sr. Penadés García tenía en estudio una modificación de dicha ordenanza para regular de forma expresa otras licencias de venta ambulante fuera del mercadillo semanal.

* Recordó el Alcalde que la Concejala del Grupo Popular Sra. Navacerrada Martín y el Concejal Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Penadés García habían disculpado su ausencia por encontrarse de vacaciones.

4º. EJECUCION DE GARANTÍA DE LAS OBRAS DE URBANIZACION DEL NUCLEO URBANO NAVALENGUA PARA SUBSANACION DE DEFICIENCIAS.

Leyó el Alcalde las observaciones reflejadas en las actas de recepción de las obras de urbanización del núcleo urbano Navalengua en las que constaban los compromisos asumidos por la promotora Urbapro, S.L. sobre presentación de un proyecto de ajardinamiento de zonas verdes y ejecución posterior del mismo una vez aprobado por el Ayuntamiento. Informó que con posterioridad a la suscripción de las actas de recepción se había recibido un requerimiento de la Confederación Hidrográfica del Tajo para que se presentara planimetría y documentación complementaria a la presentada en su día por Urbapro, S.L. para obtener la autorización de vertido de las aguas residuales y pluviales del núcleo mencionado al emisario municipal que desemboca en la Estación Depuradora de Aguas Residuales situada en el paraje Los Navazales. Señaló que a ninguna de las obligaciones mencionadas había dado respuesta la promotora Urbapro, S.L. generando con ello la necesidad de que el Ayuntamiento hiciera frente a unos gastos que no le correspondían. Que encontrándose vigente el aval presentado en su día por Urbapro, S.L. para garantizar la correcta ejecución de las mencionadas obras de urbanización, proponía ejecutar dicho aval para financiar la subsanación de las deficiencias mencionadas.

* Dio la palabra el Alcalde al Portavoz de la Oposición Sr. De Mateo García quien tras manifestar que el Grupo Popular no tuvo presencia en el proceso de recepción de las obras de urbanización que había llevado a cabo la Corporación anterior, se preguntó porqué no se había ejecutado antes el aval constituído en garantía de buena ejecución de las obras de urbanización. Añadió, que no le parecía conveniente formalizar actas de recepción con observaciones porque a menudo no se cumplían estas.

Pidió un informe del Arquitecto Municipal para apoyar la ejecución del aval porque el informe del Secretario no le parecía suficiente.

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Manifestó que se abstendrían en la votación o votarían en contra para aclarar las dilaciones habidas. Señaló que le parecía difícil poder ejecutar el aval y preguntó si eso repercutiría a los vecinos de la urbanización.

* Intervino el Alcalde manifestando que el actual Concejal de Servicios Sr. Martín Hijano intervino en representación del Ayuntamiento en la recepción de las obras de urbanización mencionadas y que él había realizado distintas gestiones sobre la urbanización pero desconocía los detalles por lo que daría la palabra al Secretario para que completara la información.

* Intervino el Secretario manifestando que existía un informe muy completo sobre el estado de la urbanización, que costó 4.000 € al Ayuntamiento y que fue redactado por el Arquitecto nombrado Perito Judicial por el Juzgado en el que se tramitaba el recurso contencioso interpuesto por Urbapro, S.L. contra las liquidaciones de Impuesto sobre Construcciones y Obras emitidas por el Ayuntamiento y correspondientes a los muros de contención y cerramientos perimetrales de las parcelas ejecutados por Urbapro, S.L. sin la autorización formal preceptiva y sin estar contemplados en el proyecto de urbanización autorizado. Añadió que en el citado informe se describen numerosos incumplimientos legales por parte de la entidad urbanizadora como la ejecución de un modificado del plan parcial sin autorización previa de la Dirección General de Urbanismo de la Comunidad de Madrid, que finalmente no lo aprobó, dando lugar a que las parcelas definitivas de cesión obligatoria al Ayuntamiento no se inscribieran en el Registro de la Propiedad, pues las inscritas son las del plan parcial primitivo, y obligando a un proceso de regularización jurídica aún no terminado; así como, entre otras, la entrega de hecho al Ayuntamiento de la parcela de cesión obligatoria situada en la primera rotonda de la urbanización desde la Ctra. de Cabanillas, entrando a la izquierda, sin haber sido explanada a nivel de calle como es preceptivo y presentando el aspecto de una montaña donde es necesario excavar varias decenas de metros cúbicos para poder edificar.

* El Sr. De Mateo García manifestó que el Grupo Popular se abstendría. Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previo informe

favorable de la Comisión Informativa de Hacienda, con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, el voto a favor del Concejal del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes y la abstención de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular, se acordó:

Visto que la empresa promotora de las obras de urbanización del denominado Sector S.08.R Navalengua, Urbapro, S.L., suscribió las actas de recepción parcial de aquellas con observaciones que establecían su obligación de presentar en un plazo estipulado un proyecto de ajardinamiento de las zonas verdes de la urbanización y el compromiso de ejecutarlas en otro plazo prefijado; considerando, que transcurridos los plazos señalados la entidad mencionada no cumplió ninguna de esas obligaciones; considerando, que con posterioridad a que se suscribieran las citadas actas de recepción se recibió en el Ayuntamiento requerimiento de la Confederación Hidrográfica del Tajo para que se completara la documentación presentada en su día por Urbapro, S.L. para

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tramitar la solicitud de vertido de la red de saneamiento de la urbanización al colector general que discurre por el margen derecho del Arroyo de la Gargüeña, y que trasladado dicho requerimiento a Urbapro, S.L. no presentó la documentación requerida; considerando, que las obligaciones mencionadas suponen un coste económico que no debe sufragar el Ayuntamiento; considerando, que la entidad Urbapro, S.L. tiene constituida garantía de buena ejecución de las referidas obras de urbanización mediante aval que respalda la entidad financiera “La Caixa” por importe de 326.700,92 € en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 108.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid; considerando, que las obligaciones mencionadas forman parte de las obras de urbanización; resultando, que las obligaciones incumplidas por Urbapro, S.L. han de ejecutarse por cuanto las zonas verdes de la urbanización demandan un tratamiento adecuado que es justamente reclamado por los vecinos, y la legalización del vertido de la red de saneamiento es asimismo imperativa, se ACUERDA:

- Ejecutar la garantía constituida por la mercantil Urbapro, S.L. mediante aval de la entidad financiera “La Caixa” por importe de 326.700,92 € en la cuantía que determine el Arquitecto Municipal en el caso del proyecto y de las obras de ajardinamiento y en la cuantía acreditada mediante presupuesto obtenido para la elaboración de la documentación requerida por la Confederación Hidrográfica del Tajo.

5º. ACTUACIONES PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD DE PERSONAS Y BIENES CON MOTIVO DE LOS DESPRENDIMIENTOS DE SILLARES DE PIEDRA DE LOS CERRAMIENTOS DE FINCAS EN EL NUCLEO URBANO NAVALENGUA.

Dio cuenta el Alcalde de la situación generada como consecuencia de tres casos de desprendimientos de sillares de granito de los muros perimetrales de las parcelas del núcleo urbano denominado Navalengua, y su posterior caída sobre las parcelas situadas en niveles inferiores del terreno. Señaló que había ordenado al Arquitecto Municipal realizara vistas de inspección en la zona y emitiera informe con propuesta de actuaciones. Que se habían enviado copias de dicho informe a los Grupos Municipales, y en él se establecía la responsabilidad inmediata de los propietarios de parcelas y mediata de la empresa constructora de los cerramientos, la también promotora de la urbanización, Urbapro, S.L. Que también había celebrado conversaciones sobre el particular con representantes de la Asociación de Vecinos de Fuente Milano, y que a fin de evitar nuevos incidentes como los ocurridos, y en cumplimiento de sus obligaciones legales promovía la adopción de un acuerdo plenario que estableciera las medidas a adoptar de conformidad con la propuesta formulada por el Arquitecto Municipal y con la conformidad de la Secretaría.

Dio la palabra el Presidente a los Grupos Municipales. * Intervino el Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García en los

términos generales que se describen. Manifestó que el plazo de tres meses fijado para que los propietarios

presentaran certificados suscritos por arquitectos acreditando que los muros

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perimetrales de sus parcelas se encontraban en condiciones de seguridad, le parecía corto. Que consideraba se trataba de un defecto de construcción de los muros de contención ejecutados por la promotora Urbapro, S.L. para aterrazar el terreno, aunque los sillares desprendidos y que habían volcado sobre las parcelas situadas en niveles inferiores se encontraban en la coronación de aquellos sirviendo de cerramiento parcial de las parcelas. Que no quería “dorarles la píldora” a los propietarios, algunos presentes en el público asistente, pero consideraba que la modificación de las rasantes del terreno efectuadas por la promotora Urbapro, S.L. había provocado la necesidad de construir los muros de contención mencionados en los que se había detectado el problema. Preguntó si en caso de incumplimiento de los propietarios de las actuaciones requeridas por el Ayuntamiento este ejercería la acción subsidiaria, y señaló la repercusión económica que ello tendría.

* Intervino el Alcalde manifestando que había recorrido personalmente la urbanización y que inicialmente y en su desconocimiento de la materia creyó que el problema lo tenían los muros de contención, pero que tanto el Arquitecto Municipal como el Secretario-Interventor opinaban que los problemas se habían producido en la parte de dichos muros que subiendo sobre la rasante del terreno de las parcelas situadas en la parte superior de los mismos, constituían el cerramiento parcial de las mismas.

Que para facilitar el cumplimiento de lo requerido a los propietarios se les facilitaría copia del informe pericial presentado por el primero que sufrió estos incidentes. Que si los vecinos no estuvieran de acuerdo con el informe del Arquitecto Municipal en el que se basaban las medidas adoptadas, solicitaría otro a diferente técnico. Respecto al empleo de la acción subsidiaria por el Ayuntamiento, reiteró la puntualización efectuada por el Secretario en el sentido de que dicha forma de actuación administrativa era potestativa y por tanto el Equipo de Gobierno estudiaría la situación en tal supuesto y decidiría lo que procediera para salvaguardar la seguridad de las personas y bienes junto con los intereses generales.

* A ruego del Presidente y en respuesta a pregunta del Sr. De Mateo García, el Secretario informó que se tenía un estudio pormenorizado de los propietarios de parcelas afectadas pero que el Arquitecto Municipal había informado por escrito que el motivo de los desprendimientos era una incorrecta práctica constructiva consistente en haber sujetado unos sillares sobre otros únicamente con un cemento especial que tras endurecerse con las condiciones meteorológicas perdía las propiedades de agarre y dejaba sueltas las piedras situadas en el borde superior de los muros sin más sujeción que la derivada de su propio peso. Que en consecuencia se proponía requerir a todos los propietarios.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda, con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, el voto a favor del Concejal del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes y los votos en contra de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular, se acordó:

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1.- Requerir a todos los propietarios de fincas de la urbanización Navalengua en cuyas parcelas se encuentren muros de cerramiento-contención, para que en el plazo de TRES MESES procedan a REPARAR la falta de agarre de los sillares de granito que coronan dichos muros y a presentar CERTIFICADOS suscritos por arquitecto o ingeniero de caminos que acrediten la subsanación de dichas deficiencias, o en su caso, su inexistencia. Todo ello en cumplimiento del deber que impone el artículo 168 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, a los propietarios de construcciones y edificios, de mantenerlos en condiciones de seguridad, realizando los trabajos y obras precisas para conservarlos.

2.- Bonificar el 100% las tasas urbanísticas correspondientes a las obras de reparación de la falta de agarre de los sillares de granito que coronan los muros de cerramiento-contención existentes en las parcelas de la urbanización Navalengua objeto de las órdenes de ejecución formuladas por este Ayuntamiento.

6º. ADECUACION DEL SERVICIO DE POLICIA LOCAL. * Dio cuenta el Alcalde de la propuesta de acuerdo. Informó que a pesar de haber adoptado en noviembre de 2012 el acuerdo

plenario de reducir el servicio de policía al 66% y reducir en igual cuantía las retribuciones de todos los componentes del Cuerpo de Policía mediante la adaptación de los complementos específicos, todo ello para adecuarse a la injustificada reducción del 50% de la subvención recibida en el año 2012 para sufragar los gastos de los policías BESCAM por decisión unilateral de la Comunidad de Madrid, el Alcalde anterior, ante la posibilidad de que rectificara el Gobierno Regional a lo largo de 2013, decidió mantener el servicio de policía y las retribuciones del personal afectado en las mismas condiciones que en 2012.

Informó que recientemente se había recibido comunicación de la Comunidad de Madrid confirmatoria de lo adelantado en las conversaciones mantenidas los primeros cuatro meses del año 2013 aunque comprometiendo solo la aportación de 112.000 € para el primer semestre, de cuyo importe solo se había recibido la mitad. Que aunque esperaba que dentro de poco tiempo la Comunidad de Madrid comprometiera el pago de otra cantidad igual para el segundo semestre, con el mismo criterio que adoptó en su momento como Concejal de Hacienda, proponía considerar que para el segundo semestre se disponía de lo inicialmente comprometido por la Administración Regional, es decir, el 50% de la subvención concedida en 2012, lo que suponía mantener el servicio al 73% del existente a 31-12-12 y a partir de septiembre volver a replantearse la situación.

* Intervino el Sr. De Mateo García para manifestar en términos generales lo que se describe.

Que consideraba no se estaba gestionando bien el caso de los policías BESCAM. Que no le parecía correcto reducir el servicio y la jornada, aunque reconocía que estaba motivado por la decisión de la Comunidad de Madrid de reducir la subvención para la BESCAM.

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* Replicó el Alcalde que lo planteado por el Portavoz del Grupo Popular era materialmente imposible porque el Ayuntamiento carecía de recursos económicos para suplir una reducción de ingresos de un año para otro de 120.000 €. Que no le había escuchado al Sr. De Mateo García reprochar al Gobierno del Partido Popular de la Comunidad de Madrid la drástica e injustificada reducción de la subvención de la BESCAM comprometida en convenio de colaboración suscrito en el año 2009. Que esa decisión había generado importantes dificultades en muchos Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid gobernados por distintos partidos políticos. Que no había hablado el Sr. De Mateo García de recurrir la decisión de la Comunidad de Madrid.

* Respondió el Portavoz del Grupo Popular señalando al Alcalde que hacía un mes había subido 350 € brutos al mes a una auxiliar administrativo de oficinas para que hiciera tareas de secretaría particular suya.

* Replicó el Alcalde que el asunto mencionado por el Sr. De Mateo García se podría tratar en ruegos y preguntas pero no en este punto. Que como Presidente del Pleno y era él quien establecía el orden del día a tratar sin que correspondiera al Concejal del Grupo Popular salirse del mismo a su criterio.

* Volvió a responder el Sr. De Mateo García manifestando que él no habría reducido la jornada a los policías BESCAM. Que él habría ajustado ingresos y gastos en general empezando por los menores como el mencionado.

Se cruzaron varias intervenciones cortas los dos Corporativos. * Señaló el Sr. De Mateo que a partir de 2019 habría que tener una

solución al asunto porque el convenio de financiación de la BESCAM finalizaba el 31-12-2018.

* Recordó el Alcalde las numerosas reuniones que había celebrado con los policías de plantilla y sus representantes sindicales. Las gestiones ante la Comunidad de Madrid desde el mes de enero pasado. Señaló el retraso de la Comunidad de Madrid en reaccionar ante las reclamaciones de los Ayuntamientos, hasta el punto de haberlo hecho a principios del mes de junio y para adoptar un compromiso vía orden de la Consejería correspondiente que solo garantizaba la dotación para el primer semestre de 2013. Que se habían hecho muchos ajustes en los gastos respecto de ejercicios anteriores para atender a las obligaciones de la deuda dejada por Corporaciones anteriores. Que deseaba saber cómo reduciría gastos por importe de 113.000 € en 2013 el Sr. De Mateo García, porque hasta ahora solo le había oído proponer hacerlo echando gente a la calle, con ocasión del debate para la aprobación de un plan de ajuste.

* Replicó el Sr. De Mateo García solicitando la celebración de un pleno monográfico sobre las deudas dejadas por Corporaciones anteriores. Dijo que era mentira que el Partido Popular generara una deuda de 1.000.000 € en el periodo de tiempo que gobernó antes de junio de 2007. Reiteró su petición de que se celebrara una sesión plenaria para tratar específicamente el asunto de las deudas generadas por Corporaciones anteriores. Reconoció que su propuesta de reducción de gastos se había basado en reducir la plantilla de personal señalando que se refería a “la grasa” que se había ido generando con el tiempo.

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* Replicó el Alcalde manifestando que el dato sobre la deuda de 1.000.000 € dejada por el Partido Popular en su periodo de gobierno figuraba en los informes de la Intervención por lo que si el Sr. De Mateo García consideraba que era mentira ese dato, estaba llamando mentirosos a los funcionarios municipales de la Intervención. Finalmente manifestó que después de las Fiestas de septiembre convocaría una sesión plenaria para tratar el asunto.

* Reiteró el Sr. De Mateo García que mantenía su calificación, si los datos eran los señalados por el Alcalde.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda, con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, el voto a favor del Concejal del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes y los votos en contra de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular, se acordó:

1. Adecuar el servicio de policía local del Ayuntamiento de Bustarviejo, de modo que el mismo se prestará durante el 73% de las horas efectivas disponibles en cómputo anual estableciendo la jornada de los ocho miembros del Cuerpo y sus retribuciones durante el año 2013 con la duración y cuantía de iguales proporciones respecto de las vigentes a 31-12-12.

2. Modificar el contenido específico de la Relación de Puestos de Trabajo del año 2012 referida a los ocho puestos de funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Policía Local, mediante la reducción de la jornada en un 27% y de la que corresponda en los respectivos complementos específicos.

7º. EXPEDIENTE DE MODIFICACION DE CREDITOS Nº 1-2013 EN EL VIGENTE PRESUPUESTO.

* A ruego del Presidente tomó la palabra la Concejala Delegada de Hacienda Sra. García Romero explicando la necesidad de suplementar los créditos presupuestarios que constaban en el expediente financiándolo con bajas en otros créditos de gastos que no se consideraban necesarias y con nuevos ingresos no previstos correspondientes a, imprevistos que se correspondían con reintegros de gastos de energía eléctrica de instalaciones extractoras de agua adelantados por el Ayuntamiento pero que había reconocido a su cargo la empresa pública gestora del servicio de ciclo integral del agua, Canal de Isabel II y al incremento de la dotación económica para la Brigada Especial de Seguridad (BESCAM) de este municipio comprometida para el primer semestre de 2013.

* Intervino el Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García manifestando que agradecía la información y documentación previamente facilitada por la Concejala de Hacienda y que en coherencia con su postura contraria a la aprobación del Presupuesto de 2013 que ahora se modificaba, el Grupo Popular votaría en contra.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda, con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, el voto a favor del Concejal del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes y los votos en contra de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular, se acordó:

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- Aprobar el expediente de Modificación de Créditos nº 1-2013 del Presupuesto General del ejercicio conforme al siguiente detalle.

Incrementos de créditos,

PARTIDA DENOMINACION IMPORTE €

011.359 Comisiones bancarias 1.000,00

132.120 Retri. básicas funcionarios seguridad 3.600,00

132.121 Retri. comple. funcionarios seguridad 9.500,00

132.16000 Seguridad Social funcionarios seguridad 4.300,00

132.22100 Energía eléctrica seguridad 500,00

132.22103 Combustibles servicios de seguridad 1.000,00

151.22712 Contratos asesoramiento urbanístico 2.800,00

16.13100 Retribuciones laborales temporales mantenimiento 15.000,00

16.16000 Seguridad Social laborales mantenimiento 1.500,00

16.210 Mantenimiento de infraestructuras 5.000,00

16.22100 Energía eléctrica bienestar comunitario 10.000,00

16.22103 Combustible vehículos mantenimiento 2.300,00

16.22104 Vestuario personal mantenimiento 1.800,00

16.62303 Maquinaria servicio de mantenimiento 1.000,00

313.212 Mantenimiento edificios sanidad 1.000,00

321.22100 Suministro energía eléctrica locales educación 2.000,00

321.22103 Suministro combustibles locales educación 5.000,00

920.22100 Energía eléctrica servicios generales 4.300,00

920.22101 Agua servicios generales 1.000,00

920.22103 Combustible servicios generales 2.000,00

920.224 Seguro responsabilidad civil 1.000,00

920.22707 Contratos servicio procuradores 500,00

920.22715 Trabajos Plan General Ordenación Urbana 9.000,00

920.22723 Contratos realización trabajos técnicos 2.000,00

Total .......................................... 87.100,00

Se financian con,

Bajas de créditos no comprometidos.PARTIDA DENOMINACION IMPORTE €

323.22709 Contratos actividades extraescolares 3.000,00

330.22709 Mantenimiento equipos ofimáticos cultura 3.000,00

340.22100 Energía eléctrica instalaciones deportivas 2.500,00

341.480 Transferencias corrientes ADENI 2.000,00

Total ......................................... 10.500,00

Mayores ingresos no previstos.CONCEPTO DENOMINACION IMPORTE €

399 Imprevistos 24.600,00

45060 Subvenciones CAM para BESCAM 52.000,00

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Total ........................................ 76.600,00

Total financiación,........................... 87.100,00

8º. MODIFICACION DE LA ORDENANZA MUNICIPAL DE CONTROL DE ACTIVIDADES.

Explicó el Alcalde que para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Directivas europeas sobre actividades económicas, traspuestas a la normativa española mediante sendas leyes del Gobierno del Estado y del de la Comunidad de Madrid procedía modificar la ordenanza de referencia fundamentalmente en materia de clarificación de los supuestos de aplicación de la misma, es decir, de las actividades cuyo ejercicio no se encontraba sujeto a licencia municipal previa, concretados en la relación que figuraba en el anexo de la ordenanza cuando la superficie destinada al público de los locales correspondientes no superara los 300 metros cuadrados de superficie.

* Con permiso del Presidente intervino el Sr. De Mateo García manifestando que eran modificaciones formales y que estaba conforme.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda, con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, el voto a favor del Concejal del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes y los votos a favor de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular, se acordó

- Modificar la ordenanza municipal sobre control de actividades con la redacción definitiva que se describe.

ORDENANZA REGULADORA DEL LIBRE ACCESO A LAS ACTIVIDADES DE

SERVICIOS Y SU EJERCICIO DEL AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1. Objeto. La presente ordenanza tiene por objeto establecer las disposiciones generales necesarias para facilitar en el municipio de Bustarviejo, la libertad de establecimiento de los prestadores y la libre prestación de servicios, simplificando los procedimientos y fomentando, al mismo tiempo, un nivel elevado de calidad en los servicios, así como evitar la introducción de restricciones al funcionamiento de los mercados de servicios que, de acuerdo con lo establecido en esta ordenanza, no resulten justificadas o proporcionadas. Todo ello en virtud de la habilitación legal concedida por el artículo 5 de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios (BOE nº 311 de 27-12-2012). Artículo 2. Ámbito de aplicación. 1. Esta ordenanza se aplica a los procedimientos y trámites municipales necesarios para el establecimiento de servicios que se realizan a cambio de una contraprestación económica y que son ofrecidos o prestados en el municipio por prestadores establecidos en España o en cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea. En concreto esta ordenanza se aplicará a las actividades comerciales minoristas y a la prestación de determinados servicios previstos en el Anexo III, realizados a través de establecimientos permanentes, situados en cualquier parte del término municipal, y cuya superficie útil de exposición y venta al público no sea superior a 300 metros cuadrados.

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2. Quedan al margen de la regulación contenida en el Título I de esta Ley las actividades desarrolladas en los mencionados establecimientos que tengan impacto en el patrimonio histórico-artístico o en el uso privativo y ocupación de los bienes de dominio público. 3. Con carácter general esta ordenanza no se aplica en los siguientes casos: a) Servicios financieros. b) Servicios y redes de comunicaciones electrónicas, así como los recursos y servicios asociados en lo que se refiere a las materias que se rigen por la legislación sobre comunicaciones electrónicas. c) Servicios relativos al transporte y la navegación marítima y aérea, incluidos los servicios portuarios y aeroportuarios necesarios para llevar a cabo la actividad de transporte. d) Servicios de las empresas de trabajo temporal. e) Servicios sanitarios, incluidos los servicios farmacéuticos, prestados por profesionales de la salud a sus pacientes con objeto de evaluar, mantener o restaurar su estado de salud, cuando estas actividades están reservadas a profesiones sanitarias reguladas. f) Servicios audiovisuales, incluidos los cinematográficos, independientemente de su modo de producción, distribución y transmisión; y la radiodifusión. Las actividades de juego, incluidas las loterías, que impliquen apuestas de valor monetario. g) Actividades que supongan el ejercicio de la autoridad pública, en particular las de los notarios, registradores de la propiedad y mercantiles. h) Servicios sociales relativos a la vivienda social, la atención a la infancia y el apoyo a familias y personas temporal o permanentemente necesitadas provistos directamente por las Administraciones Públicas o por prestadores privados en la medida en que dichos servicios se presten en virtud de acuerdo, concierto o convenio con la referida Administración. i) Servicios de seguridad privada. 4. Esta ordenanza no se aplicará al ámbito tributario, con excepción de las necesarias adaptaciones de las ordenanzas fiscales establecidas o que se establezcan, que regulen exacciones por la concesión de autorizaciones o licencias o por la realización de controles posteriores relativos a servicios sujetos a la presente ordenanza. 5. En caso de conflicto entre las disposiciones de esta ordenanza y otras disposiciones que regulen el acceso a una determinada actividad de servicios o su ejercicio en aplicación de normativa comunitaria, prevalecerán estas últimas en aquellos aspectos expresamente previstos en la normativa comunitaria de la que traigan causa. Artículo 3. Definiciones. A los efectos de esta ordenanza se entenderá por: 1. “Servicio”: cualquier actividad económica por cuenta propia prestada normalmente a cambio de una remuneración, contemplada en el artículo 50 del Tratado de la Comunidad Europea. 2. “Prestador”: cualquier persona física con la nacionalidad de cualquier Estado miembro, o residente legal en España, o cualquier persona jurídica o entidad constituida de conformidad con la legislación de un Estado miembro, cuya sede social o centro de actividad principal se encuentre dentro de la Unión Europea, que ofrezca o preste un servicio. 3. “Destinatario”: cualquier persona física o jurídica, que utilice o desee utilizar un servicio. 4. “Estado miembro de establecimiento”: el Estado miembro en cuyo territorio tenga su establecimiento el prestador del servicio. 5. “Establecimiento”: el acceso a una actividad económica no asalariada y su ejercicio, así como la constitución y gestión de empresas y especialmente de sociedades, en las condiciones fijadas por la legislación, por una duración indeterminada, en particular por medio de una infraestructura estable. 6. “Establecimiento físico”: cualquier infraestructura estable a partir de la cual se lleva a cabo efectivamente una prestación de servicios. 7. “Autorización”: cualquier acto expreso o tácito de la autoridad competente que se exija, con carácter previo, para el acceso a una actividad de servicios o su ejercicio. 8. “Requisito”: cualquier obligación, prohibición, condición o límite al acceso o ejercicio de una actividad de servicios previstos en el ordenamiento jurídico o derivados de la jurisprudencia o de

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las prácticas administrativas o establecidas en las normas de las asociaciones o de los colegios profesionales. 9. “Declaración responsable”: el documento suscrito por la persona titular de una actividad empresarial o profesional en el que declara, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante la vigencia de la actividad. 10. “Régimen de autorización”: cualquier sistema previsto en el ordenamiento jurídico o en las normas de los colegios profesionales que contenga el procedimiento, los requisitos y autorizaciones necesarios para el acceso o ejercicio de una actividad de servicios. 11. “Razón imperiosa de interés general”: razón reconocida como tal en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, como las siguientes: el orden público, la seguridad pública, la protección civil, la salud pública, la preservación del equilibrio financiero del régimen de seguridad social, la protección de los consumidores, la protección de los destinatarios de servicios y de los trabajadores, las exigencias de la buena fe en las transacciones comerciales, la lucha contra el fraude, la protección del medio ambiente y del entorno urbano, la sanidad animal, la propiedad intelectual e industrial, la conservación del patrimonio histórico y artístico nacional y los objetivos de la política social y cultural. 12. “Autoridad competente”: cualquier organismo o entidad que lleve a cabo la regulación, ordenación o control de las actividades de servicios y, en particular, las autoridades administrativas y los colegios profesionales. 13. “Punto de contacto”: órgano de la Administración Autonómica que se establezca para las comunicaciones de este Ayuntamiento con la Unión Europea. 14. “Profesión regulada”: la actividad o conjunto de actividades profesionales, cuyo acceso, ejercicio o una de las modalidades de ejercicio estén subordinados de manera directa o indirecta, en virtud de disposiciones legales o reglamentarias, a la posesión de determinadas cualificaciones profesionales. 15. “Comunicación comercial”: cualquier forma de comunicación destinada a promocionar directa o indirectamente, bienes, servicios o la imagen de una empresa, organización o persona con una actividad comercial, industrial o artesanal o que ejerza una profesión regulada. A estos efectos, no se consideran comunicaciones comerciales: a) Los datos que permiten acceder directamente a la actividad de dicha empresa, organización o persona y, concretamente, el nombre de dominio o la dirección de correo electrónico. b) La información relativa a los bienes, servicios o a la imagen de dicha empresa, organización o persona, elaborada de forma independiente, especialmente cuando se faciliten sin contrapartida económica. CAPITULO II. REGIMEN DE AUTORIZACIONES DE ACTIVIDADES Y SERVICIOS. Artículo 4. Principios generales. 1. El Ayuntamiento podrá intervenir la actividad de los ciudadanos a través de los siguientes medios: a) Ordenanzas y bandos. b) Sometimiento previo a licencia y otros catos de control preventivo. No obstante cuando se trate del acceso y ejercicio de actividades de servicios, incluidas en el ámbito de aplicación de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, se estará a lo dispuesto en esta ordenanza y en cualquier caso a lo establecido en la citada Directiva. c) Sometimiento a comunicación previa o a declaración responsable. d) Sometimiento a control posterior al inicio de la actividad, a efectos de verificar el cumplimiento de la normativa reguladora de la misma. e) Ordenes individuales constitutivas de mandato para el ejercicio de un acto o la prohibición del mismo. Las licencias o autorizaciones otorgadas por otras Administraciones Públicas no eximen a sus titulares de obtener las correspondientes y preceptivas licencias de este Ayuntamiento, respetándose en todo caso lo dispuesto en las correspondientes leyes sectoriales.

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El Ayuntamiento, en el ejercicio de las competencias que le son atribuidas, cuando establezca medidas que limiten el ejercicio de derechos individuales o colectivos o exija el cumplimiento de requisitos para el desarrollo de una actividad, deberá elegir la medida menos restrictiva, motivar su necesidad para la protección del interés público así como justificar su adecuación para lograr los fines que se persiguen, sin que en ningún caso se produzcan diferencias de trato discriminatorias. Artículo 5. Régimen de autorización. 1. La normativa municipal reguladora del acceso a una actividad de servicios o del ejercicio de la misma no podrá imponer a los prestadores un régimen de autorización, salvo excepciones y siempre que concurran las siguientes condiciones, que habrán de motivarse suficientemente en la ordenanza que establezca dicho régimen: a) No discriminación: que el régimen de autorización no resulte discriminatorio ni directa ni indirectamente en función de la nacionalidad, lugar de nacimiento, residencia o empadronamiento o, por lo que se refiere a sociedades, por razón del lugar de ubicación del domicilio social. b) Necesidad: que el régimen de autorización esté justificado por una razón imperiosa de interés general, de acuerdo con la definición contenida en el artículo 3.11 de esta ordenanza. c) Proporcionalidad: que dicho régimen sea el instrumento más adecuado para garantizar la consecución del objetivo que se persigue porque no existen otras medidas menos restrictivas que permitan obtener el mismo resultado. Así en ningún caso, el acceso a una actividad de servicios o su ejercicio, se sujetarán a un régimen de autorización cuando se suficiente una comunicación o una declaración responsable del prestador mediante la que manifieste, en su caso, el cumplimiento de los requisitos exigidos, y se facilite la información necesaria a la autoridad competente para el control de la actividad. 2. De acuerdo con lo anterior, se entiende que concurren estas condiciones en las autorizaciones, licencias y concesiones que se establezcan para los aprovechamientos especiales u ocupación del dominio público, mientras legalmente no se disponga lo contrario. El Ayuntamiento velará por el cumplimiento de los requisitos aplicables, según la legislación correspondiente, para lo que podrá comprobar, verificar e investigar los hechos, actos, elementos, actividades, estimaciones y demás circunstancias que se produzcan. 3. En consecuencia: a) Para el inicio y desarrollo de las actividades comerciales y servicios definidos en el artículo anterior, no podrá exigirse por parte de las administraciones o entidades del sector público la obtención de licencia previa de instalaciones, de funcionamiento o de actividad, ni otras de clase similar o análogas que sujeten a previa autorización el ejercicio de la actividad comercial a desarrollar o la posibilidad misma de la apertura del establecimiento correspondiente. b) Tampoco están sujetos a licencia los cambios de titularidad de las actividades comerciales y de servicios. En estos casos será exigible comunicación previa a la administración competente a los solos efectos informativos. c) No será exigible licencia o autorización previa para la realización de las obras ligadas al acondicionamiento de los locales para desempeñar la actividad comercial cuando no requieran de la redacción de un proyecto de obra de conformidad con el artículo 2.2 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. d) La inexigibilidad de licencia que por este artículo se determina no regirá respecto de las obras de edificación que fuesen precisas conforme al ordenamiento vigente, las cuales se seguirán regulando, en cuanto a la exigencia de licencia previa, requisitos generales y competencia para su otorgamiento, por su normativa correspondiente. e) Las licencias previas que, de acuerdo con los artículos anteriores, no puedan ser exigidas, serán sustituidas por declaraciones responsables, o bien por comunicaciones previas, de conformidad con lo establecido en el artículo 71.bis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, relativas al cumplimiento de las previsiones legales establecidas en la normativa vigente. En todo

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caso, el declarante deberá estar en posesión del justificante de pago del tributo correspondiente cuando sea preceptivo. f) La declaración responsable, o la comunicación previa, deberán contener una manifestación explícita del cumplimiento de aquellos requisitos que resulten exigibles de acuerdo con la normativa vigente incluido, en su caso, estar en posesión de la documentación que así lo acredite y del proyecto cuando corresponda. g) Los proyectos a los que se refiere el apartado anterior deberán estar firmados por técnicos competentes de acuerdo con la normativa vigente. h) Cuando deban realizarse diversas actuaciones relacionadas con la misma actividad o en el mismo local en que ésta se desarrolla, las declaraciones responsables, o las comunicaciones previas, se tramitarán conjuntamente. Artículo 6. Régimen de declaración responsable o comunicación previa. 1. Las declaraciones responsables y las comunicaciones previas producirán los efectos que se determinen en cada caso por la normativa correspondiente y permitirán, con carácter general, el reconocimiento o ejercicio de un derecho o bien el inicio de una actividad, desde el día de su presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación que tenga atribuidas el Ayuntamiento. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, la comunicación podrá presentarse dentro de un plazo posterior al inicio de la actividad, cuando la normativa correspondiente lo prevea expresamente. 2. El régimen de declaración responsable y comunicación relativos al ejercicio de un derecho o al inicio de una actividad, deberá regularse de manera expresa, de acuerdo a lo establecido en esta ordenanza y en cualquier caso en la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006. 3. A los efectos de esta ordenanza se entenderá por declaración responsable el documento suscrito por un interesado en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para acceder al reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita concretada en el informe suscrito por técnico competente, que justifica la adecuación (arquitectónica) del local y de sus instalaciones (eléctricas, de calefacción, aire acondicionado y otras) a las necesidades de la actividad o servicio a desarrollar, y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio. 4. Los requisitos a los que se refiere el párrafo anterior deberán estar recogidos de manera expresa y clara en la correspondiente declaración responsable. 5. Se entenderá por comunicación previa aquel documento mediante el que los interesados ponen en conocimiento del Ayuntamiento, hechos o elementos relativos al ejercicio de un derecho o al inicio de una actividad, indicando los aspectos que puedan condicionar la misma y acompañándola, en su caso, de cuantos documentos sean necesarios para su adecuado cumplimiento, de acuerdo con lo establecido en la legislación correspondiente. 6. La inexactitud o falsedad en cualquier dato, manifestación o documento, de carácter esencial, que se acompañe o incorpore a una declaración responsable o a una comunicación previa implicará la nulidad de lo actuado, impidiendo desde el momento en que se conozca, el ejercicio del derecho o actividad afectada, sin perjuicio de las responsabilidades, penales, civiles o administrativas a que hubiere lugar. 7. Asimismo, la resolución que declare tales circunstancias, podrá determinar la obligación del interesado de restituir la situación jurídica al momento previo al ejercicio del derecho o actividad correspondiente, así como la imposibilidad de instar un nuevo procedimiento con el mismo objeto durante un periodo de tiempo determinado, todo ello en los términos establecidos en las normas sectoriales que resultaran de aplicación. 8. Los correspondientes modelos de declaración responsable y de comunicación previa que figuran en los Anexos I y II de esta ordenanza, se mantendrán permanentemente publicados en la web municipal y accesibles a través de la Ventanilla Unica regulada en los artículos 18 y 19 de esta ordenanza, pudiéndose en todo caso, presentarse por vía electrónica.

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Artículo 7. Limitaciones temporales y territoriales. 1. Con carácter general la realización de una comunicación o una declaración responsable o el otorgamiento de una autorización permitirá acceder a una actividad de servicios y ejercerla por tiempo indefinido. 2. Solo se podrá limitar la duración cuando: a) La declaración responsable o la autorización se renueve automáticamente o solo esté sujeta al cumplimiento continuo de los requisitos. b) El número de autorizaciones disponibles sea limitado de acuerdo con el siguiente artículo. c) Que pueda justificarse la limitación de la duración de la autorización o de los efectos de la comunicación o la declaración responsable por la existencia de una razón imperiosa de interés general. 3. A los efectos previstos en este apartado, no tiene la consideración de limitación temporal el plazo máximo que se pueda imponer al prestador para iniciar su actividad a contar desde el otorgamiento de la autorización o desde la realización de la comunicación o la declaración responsable. 4. Lo dispuesto en el apartado anterior no afectará a la posibilidad de revocar la autorización, en especial cuando dejen de cumplirse las condiciones para la concesión de la autorización. 5. Asimismo, cuando el acceso a la actividad esté condicionado a la realización de una comunicación o de una declaración responsable por parte del prestador, la comprobación por parte del Ayuntamiento de la inexactitud o falsedad en cualquier dato, manifestación o documento, de carácter esencial, que se hubiere aportado o del incumplimiento de los requisitos señalados en la legislación vigente determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad desde el momento en que se compruebe, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiere lugar. 6. La realización de una comunicación o una declaración responsable al Ayuntamiento o el otorgamiento de una autorización municipal permitirá al prestador acceder a la actividad de servicios y ejercerla en el municipio de Bustarviejo. 7. Asimismo, podrá exigirse una autorización, una comunicación o una declaración responsable individual para cada establecimiento físico cuando esté justificado por una razón imperiosa de interés general, resulte proporcionado y no discriminatorio. Artículo 8. Limitación del número de autorizaciones. Solo podrá limitarse el número de autorizaciones cuando esté justificado por la escasez de recursos naturales o físicos o por limitaciones de las capacidades técnicas a utilizar en el desarrollo de la actividad. Cuando el número de autorizaciones para realizar una determinada actividad de servicios esté limitado: a) El procedimiento de concesión garantizará el cumplimiento de los principios de publicidad, objetividad, imparcialidad, transparencia y concurrencia competitiva. b) La autorización que se conceda tendrá una duración limitada y proporcionada atendiendo a las características de la prestación del servicio y no dará lugar a un procedimiento de renovación automática ni conllevará, una vez extinguida la autorización, ningún tipo de ventaja para el posterior cesante o para personas especialmente vinculadas con él. Artículo 9. Principios aplicables a los requisitos exigidos. 1. No se podrán exigir requisitos, controles previos o garantías equivalentes o comparables, en lo esencial, por su finalidad a aquellos a los que ya esté sometido el presentador en España o en otro Estado miembro. 2. Todos los requisitos que supediten el acceso a una actividad de servicios o su ejercicio deberán ajustarse a los siguientes criterios: a) No ser discriminatorios. b) Estar justificados por una razón imperiosa de interés general. c) Ser proporcionados a dicha razón imperiosa de interés general. d) Ser claros e inequívocos.

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e) Ser objetivos. f) Ser hechos públicos con antelación. g) Ser transparentes y accesibles. Artículo 10. Requisitos prohibidos. En ningún caso se supeditará el acceso a una actividad de servicios en este municipio o su ejercicio al cumplimiento de lo siguiente: a) Requisitos discriminatorios basados directa o indirectamente en la nacionalidad, incluido que el establecimiento se encuentre o no en el territorio de la autoridad competente, o el domicilio social; y en particular: requisito de nacionalidad o de residencia para el prestador, su personal, los partícipes en el capital social o los miembros de los órganos de gestión y supervisión. b) Prohibición de estar establecido en varios municipios, o en varios Estados miembros o de estar inscrito en los registros o colegios o asociaciones profesionales de varios municipios o de varios Estados miembros. c) Limitaciones de libertad del prestador para elegir entre un establecimiento principal o secundario y, especialmente, la obligación de que el prestador tenga su establecimiento principal en el municipio o en el resto del territorio español, o limitaciones de la libertad de elección entre establecimiento en forma de sucursal o de filial. d) Requisitos de naturaleza económica, en particular, los que supediten la concesión de la autorización a la prueba de la existencia de una necesidad económica o de una demanda en el mercado, a que se evalúen los efectos económicos, posibles o reales, de la actividad o a que se haga una apreciación de si la actividad se ajusta a los objetivos de programación económica establecidos por la autoridad competente. e) Obligación de que la constitución de garantías financieras o la suscripción de un seguro deban realizarse con un prestador u organismo establecido en el municipio o en el resto del territorio español. f) Obligación de haber estado inscrito con carácter previo durante un periodo determinado en los registros de prestadores existentes en el municipio o en el resto del territorio español o de haber ejercido previamente la actividad durante un periodo determinado en dicho territorio. Artículo 11. Condiciones o limitaciones prohibidas. 1. La normativa municipal reguladora del acceso a una actividad de servicios o de su ejercicio no deberá supeditar dicho acceso o ejercicio a: a) Restricciones cuantitativas o territoriales y, concretamente, límites fijados en función de la población o de una distancia geográfica mínima entre prestadores. b) Requisitos que obliguen al prestador a constituirse adoptando una determinada forma jurídica; así como la obligación de constituirse como entidad sin ánimo de lucro. c) Requisitos relativos a la participación en el capital de una sociedad, en concreto la obligación de disponer de un capital mínimo para determinadas actividades o tener una cualificación específica para poseer el capital social o gestionar determinadas sociedades. d) Requisitos distintos de los exigidos para el acceso a las profesiones reguladas, contemplados en la Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, relativa al reconocimiento de calificaciones profesionales, que reserven el acceso a una actividad de servicios a una serie de prestadores concretos debido a la índole específica de la actividad. e) La prohibición de disponer de varios establecimientos en el municipio o en todo el territorio español. f) No se podrá obligar a los prestadores de servicios al ejercicio de una actividad de forma exclusiva. g) Requisitos relativos a la composición de la plantilla, tales como la obligación de disponer de un número mínimo de empleados, ya sea en el total de la plantilla o en categorías concretas. h) Restricciones a la libertad de precios, tales como tarifas mínimas o máximas, o limitaciones a los descuentos. i) La obligación del prestador de realizar, junto con su servicio, otros servicios específicos o de ofrecer una determinada gama o surtido de productos.

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j) La obligación del prestador de realizar, junto con su servicio, otros servicios específicos o de ofrecer una determinada gama o surtido de productos. 2. No obstante, excepcionalmente, se podrá supeditar el acceso a una actividad de servicios o a su ejercicio al cumplimiento de alguno de los requisitos del apartado anterior cuando, de conformidad con el artículo 5.1 de esta ordenanza, no sean discriminatorios, estén justificados por una razón imperiosa de interés general y sean proporcionados. En todo caso, la concurrencia de estas condiciones deberá ser notificada al Punto de Contacto de la Comisión Europea y deberá estar suficientemente motivada en la normativa municipal que establezca tales requisitos, salvo que sea una norma con rango de ley la que los haya establecido. Artículo 12. Libre prestación de servicios. 1. Los prestadores establecidos en cualquier otro Estado miembro podrán prestar servicios en el municipio en régimen de libre prestación sin más limitaciones que las establecidas de acuerdo con lo previsto en la ley de acceso a las actividades y servicios y su ejercicio. 2. En ningún caso, el ejercicio de una actividad de servicios por estos prestadores en el municipio podrá ser restringido mediante: a) La obligación de que el prestador esté establecido en el municipio o en el territorio español. b) La obligación de que el prestador obtenga una autorización concedida por autoridades españolas, o deba inscribirse en un registro o en un colegio o asociación profesional españoles. c) La prohibición de que el prestador utilice en el municipio o en el territorio español la infraestructura necesaria para llevar a cabo las correspondientes prestaciones. d) Exigencias que impidan o limiten la prestación de servicios como trabajador autónomo. e) La obligación de que el prestador obtenga de las autoridades españolas un documento de identificación específico. f) La exigencia de requisitos sobre el uso de determinados equipos y material que formen parte integrante de la prestación del servicio salvo por motivos de salud y seguridad en el trabajo. 3. Excepcionalmente, podrá supeditarse el acceso de estos prestadores a una actividad de servicios o su ejercicio temporal en el territorio español al cumplimiento de los requisitos que en cada caso determine la legislación sectorial aplicable, siempre que estén justificados por razones de orden público, de seguridad pública, de salud pública o de protección del medio ambiente; y sean, de conformidad con el artículo 5.1, proporcionados y no discriminatorios y estén establecidos mediante una norma de rango legal. CAPITULO III. REGIMEN DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO. Artículo 13. Silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud del interesado. 1. En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, sin perjuicio de la resolución que este Ayuntamiento debe dictar en la forma prevista en el apartado 3 de este artículo, el vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado resolución expresa legitima al interesado o interesados que hubieran deducido la solicitud para entenderla estimada por silencio administrativo, excepto en los supuestos en los que una norma con rango de ley por causas justificadas de interés general o una norma de Derecho Comunitario Europeo establezcan lo contrario. Asimismo, el silencio tendrá efecto desestimatorio en los procedimientos relativos al ejercicio del derecho de petición, a los que se refiere el artículo 29 de la Constitución, aquellos cuya estimación tuviera como consecuencia que se transfirieran al solicitante o a terceros facultades relativas al dominio público o al servicio público, así como los procedimientos de impugnación de actos y disposiciones. No obstante, cuando se interponga un recurso de alzada contra la desestimación por silencio administrativo de una solicitud por el transcurso del plazo, se entenderá estimado el mismo si, llegado el plazo de resolución, el órgano municipal competente no dictase resolución expresa sobre el mismo. 2. La estimación por silencio administrativo tiene a todos los efectos la consideración de acto administrativo finalizado del procedimiento. La desestimación por silencio administrativo tiene

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los solos efectos de permitir a los interesados la interposición del recurso administrativo o contencioso-administrativo que resulte procedente. 3. La obligación de dictar resolución expresa a que se refiere el apartado primero de este artículo, se sujetará al siguiente régimen: a) En los casos de estimación por silencio administrativo, la resolución expresa posterior a la producción del acto solo podrá dictarse de ser confirmatoria del mismo. b) En los casos de desestimación por silencio administrativo, la resolución expresa posterior al vencimiento del plazo se adoptará por el Ayuntamiento sin vinculación alguna al sentido del silencio. 4. Los actos administrativos producidos por silencio administrativo se podrán hacer valer tanto ante este Ayuntamiento, como ante cualquier persona física o jurídica, pública o privada. Los mismos producen efectos desde el vencimiento del plazo máximo en el que debe dictarse y notificarse la resolución expresa sin que la misma se haya producido, y su existencia puede ser acreditada por cualquier medio de prueba admitido en Derecho, incluido el certificado acreditativo del silencio producido que pudiera solicitarse del órgano competente para resolver. Solicitado el certificado, éste deberá emitirse en el plazo máximo de quince días. CAPITULO IV. SIMPLIFICACION ADMINISTRATIVA. Artículo 14. Simplificación de procedimientos. 1. Todos los procedimientos y trámites municipales aplicables al establecimiento y la prestación de servicios en este municipio, deberán ser simplificados de acuerdo a lo establecido en el presente capítulo. 2. Todos los procedimientos y trámites que supeditan el acceso y ejercicio de una actividad de servicios, se podrán realizar electrónicamente y a distancia salvo que se trate de la inspección del lugar o del equipo que utiliza en la prestación del servicio. 3. El Ayuntamiento revisará los procedimientos y trámites aplicables al establecimiento y la prestación de servicios con el objeto de impulsar su simplificación. Artículo 15. Criterios generales de los procedimientos. Los procedimientos municipales para el establecimiento y la prestación de servicios en este municipio deberán ser: a) De carácter reglado. b) Claros e inequívocos. c) Objetivos. d) Transparentes. e) Proporcionados al objetivo de interés general. f) Dados a conocer con antelación. Artículo 16. Eliminación de trámites. Se deberán eliminar o sustituir por alternativas menos gravosas para el prestador los siguientes trámites: a) Aquellos que estén duplicados. b) Los que supongan un coste excesivo para el prestador. c) Los que no sean claros. d) Los que no sean accesibles para el prestador. e) Los que puedan implicar retrasar el comienzo del ejercicio de la actividad. Artículo 17. Documentación no exigible. 1. En la tramitación necesaria para el acceso y ejercicio de una actividad de servicios en este municipio, solo podrán exigirse los documentos o datos que sean estrictamente necesarios. A tal efecto se considera documento necesario la MEMORIA DESCRIPTIVA de la actividad que incluirá descripción de esta, plano de planta acotado del local y certificado del técnico redactor

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acreditando la adecuación (arquitectónica) del local y de sus instalaciones (eléctricas, de calefacción, aire acondicionado y otras) a las necesidades de la misma. 2. No se podrán exigir datos o documentos que estén en posesión de la Administración Pública española o de cualquier Institución Pública de otro Estado miembro. 3. No obstante lo dispuesto en el punto anterior, a los efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos para el acceso y ejercicio de una actividad de servicios, se aceptarán los documentos procedentes de cualquier Administración Pública española o de cualquier Institución Pública de otro Estado miembro, de los que se desprenda que se cumplen tales requisitos. 4. En el caso de documentos emitidos por una autoridad competente, no se exigirá la presentación de documentos originales o copias compulsadas ni declaraciones juradas, salvo en los casos previstos por la normativa vigente, o justificados por motivos de orden público y de seguridad pública. 5. A los efectos establecidos en los apartados anteriores 2 y 4, el prestador deberá declarar en cuál Administración o Institución Pública consta el dato o la documentación original y de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, deberá expresa e inequívocamente autorizar a este Ayuntamiento para la petición y obtención de dicha información. Artículo 18. Ventanilla Única. 1. Cuando se trate de procedimientos y trámites para el acceso y ejercicio de una actividad de servicios incluida en el ámbito de aplicación de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006 sobre el libre acceso de las actividades y su ejercicio, los prestadores podrán realizarlos, por medio de una Ventanilla única, por vía electrónica y a distancia, salvo que se trate de la inspección del lugar o del equipo que se utiliza en la prestación del servicio. 2. Los prestadores de servicios podrán acceder, electrónicamente y a distancia a través de la Ventanilla Unica que la Administración del Estado implante al efecto, tanto a la información sobre los procedimientos necesarios para el acceso y ejercicio de una actividad de servicios en este municipio como a la realización de los trámites preceptivos para ello, incluyendo la posibilidad de remisión telemática de las declaraciones, notificaciones o solicitudes necesarias para obtener la autorización municipal. 3. El Ayuntamiento promoverá que los prestadores de servicios puedan a través de la citada Ventanilla única obtener toda la información y formularios relevantes para el acceso y ejercicio de su actividad y conocer las resoluciones y resto de comunicaciones que se efectúen en relación con sus solicitudes. 4. A los efectos de lo establecido en el apartado anterior, la incorporación y mantenimiento permanentemente actualizado del contenido citado en la Ventanilla Única, será responsabilidad de las unidades municipales gestoras del procedimiento de autorización o licencia o del de comunicación previa y declaración responsable. Artículo 19. Garantías de información a través de la Ventanilla Única. Los prestadores y los destinatarios de los servicios podrán obtener, a través de la Ventanilla Única y por medios electrónicos, la siguiente información, que deberá ser clara e inequívoca: a) Los requisitos aplicables a los prestadores establecidos en el municipio, en especial los relativos a los trámites necesarios para acceder a las actividades de servicios y su ejercicio, así como los datos de la unidad municipal gestora competentes que permitan ponerse en contacto directamente con ella. b) Los medios y condiciones de acceso a los registros y bases de datos públicos relativos a los prestadores y a los servicios en el municipio. c) Las vías de reclamación y los recursos que podrán interponerse.

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d) Los datos de las asociaciones sectoriales de prestadores de servicios y las organizaciones de consumidores que presten asistencia a los prestadores y destinatarios de los servicios en el municipio. CAPITULO V. COOPERACION ADMINISTRATIVA PARA EL CONTROL EFECTIVO DE LOS PRESTADORES. Artículo 20. Obligaciones generales de cooperación. 1. Con el fin de garantizar la supervisión de los prestadores y de sus servicios, este Ayuntamiento, en el ámbito de sus competencias, cooperará a efectos de información, control, inspección e investigación, con el resto de autoridades competentes españolas o de los demás Estados miembros y con la Comisión Europea. 2. Las autoridades competentes españolas y las de cualquier Estado miembro, podrán consultar los registros municipales en los que estén inscritos los prestadores, respetando en todo caso la normativa vigente sobre protección de datos personales. Asimismo, este Ayuntamiento podrá efectuar dichas consultas a los registros de otras autoridades competentes, en las mismas condiciones. 3. En caso de que no se pudieran atender de forma inmediata las solicitudes realizadas por las otras autoridades competentes, se efectuará comunicación a la autoridad solicitante y si esta fuera de otro Estado miembro, la comunicación se realizará a través del Punto de Contacto que esté establecido. 4. Las solicitudes de información y de realización de controles, inspecciones e investigaciones realizadas por este Ayuntamiento con relación a los prestadores establecidos en el resto del territorio español o en otro Estado miembro o sus servicios, estarán debidamente motivadas. La información obtenida se empleará únicamente para la finalidad para la que se solicitó. 5. En los casos en que las otras autoridades competentes no cumplan con el deber de cooperación, se procederá a efectuar información al respecto, a través del Punto de Contacto que esté establecido. Artículo 21. Obligaciones de información de los prestadores. Sin perjuicio del deber de los prestadores de atender los requerimientos de información que se les formulen, deberán informar, a través de la Ventanilla Única, de los cambios que afecten a las condiciones que determinaron el otorgamiento de la autorización municipal. Artículo 22. Supervisión de prestadores establecidos en territorio español. 1. El Ayuntamiento facilitará la información o procederá a las comprobaciones, inspecciones e investigaciones que les soliciten el resto de las autoridades competentes sobre los prestadores que estén establecidos en el municipio. Asimismo, en los casos que resulten necesarios, el Ayuntamiento podrá ser peticionario, en las mismas condiciones. 2. Se deberá velar por el cumplimiento de los requisitos impuestos al prestador establecido en el municipio, aunque el servicio de que se trate se preste o provoque perjuicios en otro territorio nacional o europeo. 3. Cuando otra autoridad competente solicite a este Ayuntamiento la adopción de medidas excepcionales en casos individuales por motivos de seguridad, con relación a un prestador establecido en el municipio, se deberá comprobar lo antes posible si dicho prestador ejerce sus actividades de forma legal, así como los hechos que dieron lugar a la petición. Efectuándose comunicación de forma inmediata, a través del Punto de Contacto establecido, las medidas adoptadas o previstas o, en su caso, los motivos por los que no se ha adoptado medida alguna. Artículo 23. Mecanismo de alerta. Si se tuviese conocimiento de actos o circunstancias específicos de carácter grave relativos a una actividad o a un prestador de servicios que puedan ocasionar perjuicios graves para la salud o la seguridad de las personas o el medio ambiente en cualquier parte del territorio español o del de la

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Unión Europea, este Ayuntamiento informará de ello inmediatamente a la Administración Pública española competente y en el segundo caso al Punto de Contacto de la Comisión Europea. Artículo 24. Información sobre la honorabilidad del prestador. 1. A solicitud motivada de las autoridades competentes se comunicarán, respetando la legislación vigente, las medidas disciplinarias y sanciones administrativas firmes en vía administrativa que este Ayuntamiento haya adoptado respecto al prestador y que guarden relación directa con su actividad comercial o profesional. Dicha comunicación deberá precisar las disposiciones administrativas municipales con arreglo a las cuales se ha sancionado al prestador. 2. La aplicación de lo anterior deberá hacerse respetando la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. 3. En el supuesto anterior, el Ayuntamiento comunicará al prestador que tal información ha sido suministrada a la autoridad competente solicitante. Artículo 25. Intercambio electrónico de información. El Ayuntamiento promoverá y facilitará la disponibilidad de un sistema electrónico de intercambio de información con el resto de Administraciones públicas españolas, y en su caso con las Instituciones públicas europeas, que garantice la interoperabilidad de la información contemplada en esta ordenanza y en la normativa vigente. Artículo 26. Notificación a la Comisión Europea. Antes de su aprobación y en los términos y por los cauces que se establezcan reglamentariamente, se comunicará al Punto de Contacto con la Comisión Europea, cualquier proyecto de norma municipal en la que se prevean requisitos prohibidos del artículo 11.1 incorporando una memoria justificativa en la que se motive su compatibilidad con los criterios excepcionales del artículo 11.2 o el establecimiento de requisitos prohibidos del artículo 12.2 incorporando una memoria justificativa en la que se motive su compatibilidad con los criterios excepcionales del artículo 12.3. DISPOSICION DEROGATORIA UNICA. Derogación normativa. 1. A partir de la entrada en vigor de la presente ordenanza, quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta ordenanza, siendo de aplicación lo establecido en el presente texto. 2. A partir de la entrada en vigor de la presente ordenanza, todos los procedimientos y tramitaciones relativos al establecimiento de los servicios sujetos a la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, deberán cumplir con lo preceptuado en esta ordenanza, aun cuando no se hubiese modificado expresamente la disposición o norma municipal que lo regule. 3. A los efectos previstos en el artículo 13.1 de esta ordenanza se entenderá que concurren causas justificativas de interés general en aquellos procedimientos que, habiendo sido regulados con anterioridad a la entrada en vigor de esta ordenanza por normas con rango de ley o de Derecho Comunitario europeo, prevean efectos desestimatorios a la falta de notificación de la resolución expresa del procedimiento en el plazo previsto. DISPOSICION TRANSITORIA UNICA. Inicio de procedimientos. Los procedimientos de autorizaciones iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley se tramitarán y resolverán por la normativa vigente en el momento de la presentación de la solicitud. Si la tramitación y resolución se produce a partir de la entrada en vigor de la presente ordenanza y la normativa de aplicación incluye requisitos prohibidos según el artículo 10, estos no se tendrán en cuenta por el órgano competente. DISPOSICION FINAL UNICA. Entrada en vigor.

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La presente ordenanza, aprobada definitivamente por el Pleno de la Corporación, entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.

ANEXO I

MODELO DE COMUNICACIÓN PREVIA / DECLARACION RESPONSABLE PARA EJERCICIO DE SERVICIO O ACTIVIDAD

D./Dª ____________________________________________, mayor de edad, con domicilio en _______________________ C/ ________________________ y con DNI/NIF _____________ en nombre propio, o en representación de _____________________________, ante este Ayuntamiento comparece y EXPONE: 6. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1 de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios (BOE nº 311 de 27-12-2012), pongo en conocimiento de ese Ayuntamiento que el día _____________ se va a iniciar el ejercicio de la actividad de ___________________________ en ______________________________ , en los términos y condiciones que se describen en la Memoria descriptiva que se acompaña, suscrita por técnico competente, y que acredita la adecuación (arquitectónica) del local y de sus instalaciones (eléctricas, de calefacción, aire acondicionado y otras) a las necesidades de la misma. 7. Que dicha actividad no está exceptuada del ámbito de aplicación de la Ley 12/2012.

8. Que para tal ejercicio voy a realizar las obras de ADAPTACION DE LOCAL que se describen en la Memoria arriba mencionada.

9. Que DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 bis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, que cumplo con los requisitos establecidos en la normativa vigente para acceder al reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, así como que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a dicho reconocimiento, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tiene atribuido ese Ayuntamiento. En __________________, a _____________ de ______________ de _______. SR. ALCALDE-PRESIDENTE. AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO (MADRID).

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ANEXO II

MODELO DE COMUNICACIÓN PREVIA / DECLARACION RESPONSABLE PARA EJERCICIO DE ACTIVIDAD MEDIOAMBIENTAL

D./Dª ____________________________________________, mayor de edad, con domicilio en _______________________ C/ ________________________ y con DNI/NIF _____________ en nombre propio, o en representación de ______________________, ante este Ayuntamiento comparece y EXPONE: 1. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1 de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios (BOE nº 311 de 27-12-2012), pongo en conocimiento de ese Ayuntamiento que el día ___________ se va a iniciar el ejercicio de la actividad de ______________________________ en la ___________________________ , en los términos y condiciones que se describen en la Memoria que se acompaña, suscrita por técnico competente, y que acredita la adecuación (arquitectónica) del local y de sus instalaciones (eléctricas, de calefacción, aire acondicionado y otras) a las necesidades de la misma. 2. Que dicha actividad no está exceptuada del ámbito de aplicación de la Ley 12/2012. 3. Que para tal ejercicio voy a realizar las obras de ADAPTACION DE LOCAL que se describen en la Memoria arriba mencionada. 4. Que DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 bis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, que cumplo con los requisitos establecidos en la normativa vigente para acceder al reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, así como que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a dicho reconocimiento, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tiene atribuido ese Ayuntamiento. 5. Que dicha actividad está incluida entre las de obligado sometimiento a evaluación de impacto ambiental en la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, de la que se ha tramitado la correspondiente, ( ) Evaluación ambiental ordinaria. ( ) Evaluación ambiental simplificada. ( ) Evaluación ambiental caso por caso. 6. Que se han ejecutado obras de adaptación del local donde se desarrolla la actividad.

En __________________, a _____________ de ______________ de _______. SR. ALCALDE-PRESIDENTE. AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO (MADRID).

ANEXO III ACTIVIDADES INCLUIDAS EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE ESTA ORDENANZA

Las siguientes actividades se han identificado con las claves y en los términos establecidos por el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la

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instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas modificado por la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.

Agrupación 45. Industria del calzado y vestido y otras confecciones textiles

Grupo 452. Fabricación de calzado de artesanía y a medida (incluido el calzado ortopédico). Epígrafe 452.1. Calzado de artesanía y a medida. Epígrafe 452.2. Calzado ortopédico con excepción del considerado producto sanitario. Grupo 454. Confección a medida de prendas de vestir y sus complementos. Epígrafe 454.1. Prendas de vestir hechas a medida. Epígrafe 454.2. Sombreros y accesorios para el vestido hechos a medida.

Agrupación 64. Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en

establecimientos permanentes Grupo 641. Comercio al por menor de frutas, verduras, hortalizas y tubérculos. Grupo 642. Comercio al por menor de carnes y despojos; de productos y derivados cárnicos elaborados; de huevos, aves, conejos de granja, caza; y de productos derivados de los mismos. Epígrafe 642.1. Comercio al por menor de carnes y despojos; de productos y derivados cárnicos elaborados; de huevos, aves, conejos de granja, caza; y de productos derivados de los mismos. Epígrafe 642.2. Comercio al por menor, en dependencias de venta de carnicerías-charcuterías, de carnes frescas y congeladas, despojos y toda clase de productos y derivados cárnicos; de huevos, aves, conejos de granja, caza y de productos derivados de los mismos. Epígrafe 642.3. Comercio al por menor, en dependencias de venta de carnicerías-salchicherías, de carnes frescas y congeladas, despojos, productos procedentes de industrias cárnicas y productos cárnicos frescos, crudos, adobados, tocino salado, embutidos de sangre (morcillas) y aquellos otros tradicionales de estas características para los que estén autorizados; así como de huevos, aves, conejos de granja, caza y de productos derivados de los mismos. Epígrafe 642.4. Comercio al por menor, en carnicerías, de carnes frescas y congeladas, despojos y productos y derivados cárnicos elaborados; así como de huevos, aves, conejos de granja, caza y de productos derivados de los mismos. Epígrafe 642.5. Comercio al por menor de huevos, aves, conejos de granja, caza; y de productos derivados de los mismos. Epígrafe 642.6. Comercio al por menor, en casquerías, de vísceras y despojos procedentes de animales de abasto, frescos y congelados. Grupo 643. Comercio al por menor de pescados y otros productos de la pesca y de la acuicultura y de caracoles. Epígrafe 643.1. Comercio al por menor de pescados y otros productos de la pesca y de la acuicultura y de caracoles. Epígrafe 643.2. Comercio al por menor de bacalao y otros pescados en salazón. Grupo 644. Comercio al por menor de pan, pastelería, confitería y similares y de leche y productos lácteos. Epígrafe 644.1. Comercio al por menor de pan, pastelería, confitería y similares y de leche y productos lácteos. Epígrafe 644.2. Despachos de pan, panes especiales y bollería. Epígrafe 644.3. Comercio al por menor de productos de pastelería, bollería y confitería. Epígrafe 644.4. Comercio al por menor de helados. Epígrafe 644.5. Comercio al por menor de bombones y caramelos.

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Epígrafe 644.6. Comercio al por menor de masas fritas, con o sin coberturas o rellenos, patatas fritas, productos de aperitivo, frutos secos, golosinas, preparados de chocolate y bebidas refrescantes. Grupo 645. Comercio al por menor de vinos y bebidas de todas clases. Grupo 647. Comercio al por menor de productos alimenticios y bebidas en general. Epígrafe 647.1. Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas en establecimientos con vendedor. Epígrafe 647.2. Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas en régimen de autoservicio o mixto en establecimientos cuya sala de ventas tenga una superficie inferior a 120 metros cuadrados. Epígrafe 647.3. Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y bebidas en régimen de autoservicio o mixto en supermercados, denominados así cuando la superficie de su sala de ventas se halle comprendida entre 120 y 399 metros cuadrados.

Agrupación 65. Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en

establecimientos permanentes Grupo 651. Comercio al por menor de productos textiles, confección, calzado, pieles y artículos de cuero. Epígrafe 651.1. Comercio al por menor de productos textiles, confecciones para el hogar, alfombras y similares y artículos de tapicería. Epígrafe 651.2. Comercio al por menor de toda clase de prendas para el vestido y tocado. Epígrafe 651.3. Comercio al por menor de lencería y corsetería. Epígrafe 651.4. Comercio al por menor de artículos de mercería y paquetería. Epígrafe 651.5. Comercio al por menor de prendas especiales. Epígrafe 651.6. Comercio al por menor de calzado, artículos de piel e imitación o productos sustitutivos, cinturones, carteras, bolsos, maletas y artículos de viaje en general. Epígrafe 651.7. Comercio al por menor de confecciones de peletería. Grupo 652. Comercio al por menor de artículos de droguería y limpieza; perfumería y cosméticos de todas clases; y de productos químicos en general; comercio al por menor de hierbas y plantas en herbolarios. Epígrafe 652.2. Comercio al por menor de productos de droguería, perfumería y cosmética, limpieza, pinturas, barnices, disolventes, papeles y otros productos para la decoración y de productos químicos. Epígrafe 652.3. Comercio al por menor de productos de perfumería y cosmética, y de artículos para la higiene y el aseo personal. Epígrafe 652.4. Comercio al por menor de plantas y hierbas en herbolarios. Grupo 653. Comercio al por menor de artículos para el equipamiento del hogar y la construcción. Epígrafe 653.1. Comercio al por menor de muebles (excepto los de oficina). Epígrafe 653.2. Comercio al por menor de material y aparatos eléctricos, electrónicos electrodomésticos y otros aparatos de uso doméstico accionados por otro tipo de energía distinta de la eléctrica, así como de muebles de cocina. Epígrafe 653.3. Comercio al por menor de artículos de menaje, ferretería, adorno, regalo o reclamo (incluyendo bisutería y pequeños electrodomésticos). Epígrafe 653.4 Comercio al por menor de materiales de construcción y de artículos y mobiliario de saneamiento. Epígrafe 653.5. Comercio al por menor de puertas, ventanas y persianas, molduras y marcos, tarimas y parquet mosaico, cestería y artículos de corcho. Epígrafe 653.6. Comercio al por menor de artículos de bricolaje. Epígrafe 653.9. Comercio al por menor de otros artículos para el equipamiento del hogar n.c.o.p.

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Grupo 654. Comercio al por menor de vehículos terrestres, aeronaves y embarcaciones y de maquinaria. Accesorios y piezas de recambio. Epígrafe 654.1. Comercio al por menor de vehículos terrestres. Epígrafe 654.2. Comercio al por menor de accesorios y piezas de recambio para vehículos terrestres. Epígrafe 654.3. Comercio al por menor de vehículos aéreos. Epígrafe 654.4. Comercio al por menor de vehículos fluviales y marítimos de vela o motor y deportivos. Epígrafe 654.5. Comercio al por menor de toda clase de maquinaria (excepto aparatos del hogar, de oficina, médicos, ortopédicos, ópticos y fotográficos). Epígrafe 654.6. Comercio al por menor de cubiertas, bandas o bandejas y cámaras de aire para toda clase de vehículos. Grupo 656. Comercio al por menor de bienes usados tales como muebles, prendas y enseres ordinarios de uso doméstico. Grupo 657. Comercio al por menor de instrumentos musicales en general, así como de sus accesorios. Grupo 659. Otro comercio al por menor. Epígrafe 659.1. Comercio al por menor de sellos, monedas, medallas conmemorativas, billetes para coleccionistas, obras de arte y antigüedades, minerales sueltos o en colecciones, fósiles, insectos, conchas, plantas y animales disecados. Epígrafe 659.2. Comercio al por menor de muebles de oficina y de máquinas y equipos de oficina. Epígrafe 659.3 Comercio al por menor de aparatos e instrumentos médicos, ortopédicos y ópticos, excepto en los que se requiera una adaptación individualizada al paciente y fotográficos. Epígrafe 659.4. Comercio al por menor de libros, periódicos, artículos de papelería y escritorio, y artículos de dibujo y bellas artes. Epígrafe 659.5. Comercio al por menor de artículos de joyería, relojería, platería y bisutería. Epígrafe 659.6. Comercio al por menor de juguetes, artículos de deporte, prendas deportivas de vestido, calzado y tocado. Epígrafe 659.7. Comercio al por menor de semillas, abonos, flores y plantas y pequeños animales. Epígrafe 659.8. Comercio al por menor denominado «sex-shop». Epígrafe 659.9. Comercio al por menor de otros productos no especificados en esta Agrupación, excepto los que deben clasificarse en el epígrafe 653.9. http://

Agrupación 69. Reparaciones Grupo 691. Reparación de artículos eléctricos para el hogar, vehículos automóviles y otros bienes de consumo. Epígrafe 691.1. Reparación de artículos eléctricos para el hogar.

Agrupación 75. Actividades anexas a los transportes

Grupo 755. Agencias de viaje. Epígrafe 755.1. Servicios a otras agencias de viajes. Epígrafe 755.2. Servicios prestados al público por las agencias de viajes.

Agrupación 83. Auxiliares financieros y de Seguros. Actividades Inmobiliarias

Grupo 833. Promoción inmobiliaria. Epígrafe 833.1. Promoción de terrenos.

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Epígrafe 833.2. Promoción de edificaciones. Grupo 834. Servicios relativos a la propiedad inmobiliaria y a la propiedad industrial

Agrupación 86. Alquiler de bienes inmuebles

Grupo 861. Alquiler de bienes inmuebles de naturaleza urbana. Epígrafe 861.1. Alquiler de viviendas. Epígrafe 861.2. Alquiler de locales industriales y otros alquileres N.C.O.P. Grupo 862. Alquiler de bienes inmuebles de naturaleza rústica.

Agrupación 97. Servicios personales

Grupo 971. Lavanderías, tintorerías y servicios similares. Epígrafe 971.1. Tinte, limpieza en seco, lavado y planchado de ropas hechas y de prendas y artículos del hogar usados. Epígrafe 971.2. Limpieza y teñido de calzado. Epígrafe 971.3. Zurcido y reparación de ropas. Grupo 972. Salones de peluquería e institutos de belleza. Epígrafe 972.1. Servicios de peluquería de señora y caballero. Epígrafe 972.2. Salones e institutos de belleza y gabinetes de estética. Grupo 973. Servicios fotográficos, máquinas automáticas fotográficas y servicios de fotocopias. Epígrafe 973.1. Servicios fotográficos. Epígrafe 973.2. Máquinas automáticas, sin operador, para fotografías de personas y para copia de documentos. Epígrafe 973.3. Servicios de copias de documentos con máquinas fotocopiadoras. Grupo 975. Servicios de enmarcación.

9º. ORDENANZA DE RECOGIDA DE RESIDUOS URBANOS. * A ruego del Presidente, el Concejal de Medio Ambiente y del Grupo

Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes Sr. Gonzalez Martín explicó que se trataba de una adaptación de la ordenanza reguladora de recogida de residuos urbanos de la Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya, cuya aprobación resultaba obligada por aplicación del Plan Estratégico de Residuos de la Comunidad de Madrid antes del próximo 31-07-13.

* Intervino el Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García manifestando que había leído la propuesta de ordenanza y le parecía correcta.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda, con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, el voto a favor del Concejal del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes y los votos a favor de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular, se acordó

- Aprobar inicialmente la Ordenanza Municipal Reguladora de la Recogida de Residuos Urbanos cuyo texto se describe.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

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El artículo 45 de la Constitución Española establece, como principio rector de la política social y económica, el derecho de todos a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de los poderes públicos, entre ellos las entidades locales, de conservarlo. En cumplimiento de lo anterior y de acuerdo con el bloque de constitucionalidad en materia de medio ambiente se aprobó la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, que establece, por un lado, las competencias de los Entes locales en materia de residuos en su artículo 12.5, concretando así lo dispuesto en los artículos 25.2 y 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; y, por otro, en su Disposición Transitoria Segunda, la obligación de las Entidades locales de aprobar ordenanzas que se adapten a dicha ley antes del 31 de julio de 2013. El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó el 18 de octubre de 2007 la Estrategia de Residuos regional, en la que se fijan las líneas de actuación y los objetivos a alcanzar para las distintas clases de residuos, y que está vigente hasta 2016. De esta forma se daba cumplimiento a las disposiciones establecidas en la Directiva Marco de residuos y en la legislación estatal. En concreto para los residuos domésticos, la Estrategia establece el plazo en el que los ayuntamientos deben asumir la gestión cuya competencia les corresponde, optando por la figura administrativa de la agrupación en mancomunidades. La fecha definitiva en la que debe producirse esa asunción de competencias, tras las diferentes prórrogas de lo previsto en la Estrategia, es el 1 de julio de 2013, ello en cumplimiento con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de fecha de 27 de diciembre de 2012, por el que se adapta el Plan Regional de Residuos Urbanos incluido en la Estrategia de Residuos de la Comunidad de Madrid (2006-2013), por lo que desde ese momento la Comunidad de Madrid dejará de prestar el servicio de gestión de residuos. De acuerdo con lo anterior y con lo previsto en el artículo 12.4 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, la Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya (en adelante Mancomunidad), se responsabiliza del servicio de gestión de residuos urbanos, de los municipios que a continuación de relacionan:

La Acebeda Alameda del Valle El Atazar El Berrueco Berzosa del Lozoya Braojos de la Sierra Bustarviejo Buitrago del Lozoya Cabanillas de la Sierra La Cabrera Canencia Cervera de Buitrago Garganta de los Montes Gargantilla del Lozoya y Pinilla de

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Buitrago

Gascones La Hiruela Horcajuelo de la Sierra Horcajo de la Sierra - Aoslos Lozoya Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias Madarcos Montejo de la Sierra Navalafuente Navarredonda y San Mamés Patones Pinilla del Valle Piñuecar- Gandullas Prádena del Rincón Puebla de la Sierra Puentes Viejas Rascafría Redueña Robledillo de la Jara Robregordo La Serna del Monte Somosierra Torrelaguna Torremocha de Jarama Valdemanco El Vellón Venturada Villavieja del Lozoya Santa María de la Alameda Pedrezuela Talamanca del Jarama Valdepiélagos Valdetorres del Jarama

Este Ayuntamiento ha venido prestando el servicio de gestión de residuos urbanos a través de la Mancomunidad de Servicios Medioambientales La Cabrera, Valdemanco y Bustarviejo desde hace varios años, hasta que el 31 de mayo de 2013 adoptó acuerdo plenario por el que se aprobó la suscripción del un convenio de colaboración entre dicha Mancomunidad y la Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya a fin de que en una primera fase, esta realice el servicio de recogida de residuos urbanos (incluso residuos de construcción y demolición de obra menor), manteniendo el tratamiento de dichos residuos y la gestión del vidrio, papel y cartón usados, a través de la Mancomunidad de La Cabrera, y los restos vegetales, enseres, el aceite doméstico usado y la ropa usada por medios propios.

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En cumplimiento de la anterior previsión referida de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados y en, especial, en el ejercicio de las competencias legalmente atribuidas a este Ayuntamiento, se hace imprescindible la aprobación de una ordenanza que regule la recogida de residuos. La presente ordenanza se estructura en tres Títulos, una Disposición Derogatoria y dos Disposiciones Finales. El primer Título contiene las Disposiciones Generales, habiéndose incorporado, como novedad siguiendo la normativa básica, la potestad de la Mancomunidad (artículo 12.4, de la Ley 22/2011), de recoger los residuos comerciales no peligrosos. Se concretan también las obligaciones de los ciudadanos en relación con la separación y entrega de residuos. El Título II se dedica al Servicio de Recogida, distinguiendo entre un servicio ordinario y un servicio especial; siendo común a ambos la separación por los ciudadanos de los residuos en distintas fracciones para favorecer el reciclaje y el cumplimiento del principio de jerarquía. Finalmente el Título III aborda la Inspección y Sanción, incardinándose ambas potestades en la Ley 22/2011, de 21 de abril de Residuos y Suelos Contaminados.

TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. 1. La presente ordenanza tiene por objeto la regulación, en el ámbito de las competencias del Ayuntamiento de Bustarviejo, aquellas conductas y actividades dirigidas al depósito y recogida de residuos municipales, respetando el principio de jerarquía, con objeto de conseguir el mejor resultado ambiental global, mitigando los impactos adversos sobre la salud humana y el medio ambiente. 2. En el ejercicio de las competencias que ostentan las Entidades Locales, la presente Ordenanza desarrolla la legislación estatal y autonómica en materia de residuos y de régimen local, debiendo en todo momento interpretarse y aplicarse de acuerdo con la legislación vigente. 3. Todas las personas físicas o jurídicas que residan o depositen residuos en el término municipal de Bustarviejo, están obligados a cumplir lo dispuesto en la presente Ordenanza, así como, las disposiciones que en su desarrollo dicte este Ayuntamiento. Artículo 2. Definiciones. 1. A efectos de lo dispuesto en la presente Ordenanza se entenderá por: a) Aceites vegetales usados: los residuos de aceites vegetales propios de las actividades de freír domésticas o de los bares, restaurantes, hoteles y otros servicios de restauración, así como los aceites de conservas. No se incluyen aquí otras grasas alimentarias. a) Pila: la fuente de energía eléctrica obtenida por transformación directa de energía química y constituida por uno o varios elementos primarios (no recargables). b) Recogida: operación consistente en el acopio de residuos, incluida la clasificación y almacenamiento iniciales para su transporte a una instalación de tratamiento. c) Recogida especial: aquella recogida separada de utilización optativa por parte del usuario. d) Recogida separada: la recogida en la que un flujo de residuos se mantiene por separado, según su tipo de naturaleza, para facilitar su tratamiento específico. e) Residuos comerciales: los generados por la actividad propia del comercio, al por mayor y al por menor, de los servicios de restauración y bares, de las oficinas y los mercados, así como del resto del sector servicios. f) Residuos de aparatos eléctricos o electrónicos: aparatos eléctricos y electrónicos, sus materiales, componentes, consumibles y subconjuntos que los componen, a partir del momento en que pasan a ser residuos. g) Residuos de construcción y demolición de obra menor: cualquier residuo que se genere en una obra de construcción o demolición en un domicilio particular, comercio, oficina o inmueble del sector servicios, de sencilla técnica y escasa entidad constructiva y económica, que no suponga alteración

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del volumen, del uso, de las instalaciones de uso común o del número de viviendas y locales, y que no precisa de proyecto firmado por profesionales titulados. h) Residuos de envases: todo envase o material de envase del cual se desprenda su poseedor o tenga la obligación de desprenderse en virtud de las disposiciones en vigor. i) Residuos domésticos: residuos generados en los hogares como consecuencia de las actividades domésticas. Tendrán también la consideración de residuos domésticos:

I. Los similares a los anteriores generados en comercios, servicios e industrias. II. Los que se generen en los hogares de aparatos eléctricos y electrónicos, ropa, pilas,

acumuladores, muebles y enseres, así como los residuos y escombros procedentes de obras menores de construcción y reparación domiciliaria.

III. Los procedentes de limpieza de vías públicas, zonas verdes, áreas recreativas y playas, los animales domésticos muertos y los vehículos abandonados.

j) Residuos industriales: los resultantes de los procesos de fabricación, de transformación, de utilización, de consumo, de limpieza o de mantenimiento generados por la actividad industrial, excluidas las emisiones a la atmósfera reguladas en la Ley 34/2007, de 15 de noviembre. k) Residuos municipales: En armonía con lo dispuesto en el art 3.c de la ley 22/2011, de 28 de julio, serán residuos de competencia municipal,

I. Los residuos domésticos. II. Los residuos comerciales no peligrosos cuando así lo establezca la Mancomunidad de acuerdo

con lo previsto en la presente Ordenanza. l) Residuo peligroso: aquel que presenta una o varias de las características peligrosas enumeradas en el Anexo III de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, así como aquel que pueda aprobar el gobierno de conformidad con lo establecido en la normativa europea o en los convenios internacionales de los que España sea parte, así como los recipientes y envases que los hayan contenido. m) Residuos sanitarios asimilables a domésticos: son los generados como consecuencia de las actividades sanitarias prestados en centros sanitarios, tales como hospitales, clínicas y sanitarios, consulta de profesionales liberales, centros sociosanitarios, centros veterinarios, etc., que no tienen la calificación de peligrosos y que, de acuerdo con la normativa, no exijan requisitos especiales de gestión. n) Unidades comerciales: aquellas dependencias de los Mercados destinadas a la venta al público y a la prestación de servicios remunerados de carácter empresarial o profesional, cualquiera que sea su titular y con independencia del carácter que posean: locales, casetas, etc. o) Voluminosos: aquellos residuos que se generen en los hogares que presenten características especiales de volumen, peso o tamaño que dificulten su recogida a través del sistema de recogida ordinaria. 2. Para el resto de definiciones se estará a lo dispuesto en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados y normativa que la desarrolle. Artículo 3. Competencias locales. 1. El Ayuntamiento es competente para la recogida de los residuos municipales generados y depositados en el territorio anteriormente definido, en la forma que se establezca en la presente Ordenanza y en los términos previstos en la legislación de residuos estatal y autonómica y en la legislación de régimen local. 2. Corresponde al Ayuntamiento, directamente o a través de la Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya la potestad de vigilancia e inspección y la potestad sancionadora en el ámbito de sus competencias. 3. El Ayuntamiento podrá: a) Aprobar en el marco de sus competencias y en coordinación con el plan nacional marco y con los planes autonómicos de gestión de residuos, su propio programa de gestión de residuos y/o su programa de prevención de residuos. En su caso, el plan de gestión de residuos podrá incluir el programa de prevención de residuos. b) Recoger los residuos comerciales no peligrosos en los términos que se establecen en la presente Ordenanza. c) Recoger los residuos domésticos industriales en los términos que se establecen en la presente Ordenanza.

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Artículo 4. Prestación de los servicios. 1. Corresponde al Ayuntamiento de Bustarviejo prestar el servicio de recogida de residuos municipales, de acuerdo con lo previsto en la presente Ordenanza y en la normativa aplicable y conforme a los sistemas técnicos y organizativos que en cada momento estime más conveniente para sus intereses, teniendo en cuenta la eficiencia operativa y económica del servicio y la calidad del servicio prestado a los usuarios. 2. La prestación de este servicio podrá llevarse a cabo a través de las formas de gestión directa o indirecta previstas en la legislación de régimen local. 3. Así mismo, la recogida podrá llevarse a cabo por el Ayuntamiento de Bustarviejo de forma independiente o mediante asociación de varias entidades locales a través de la figura legal de la encomienda de gestión o cualquier otra que proceda. Artículo 5. Obligaciones generales. Los ciudadanos están obligados a: a) Reducir el volumen de los residuos compactándolos de tal forma que se aproveche al máximo la capacidad de las bolsas y contenedores. b) Separar los residuos y depositar los mismos en los contenedores o puntos de recogida establecidos al efecto de acuerdo con la presente Ordenanza. c) En su caso, sacar los contenedores a la vía pública para su recogida por el servicio público en las horas y lugares establecidos por la Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya. d) Cumplir con los horarios de depósito y entrega de residuos. e) Comunicar a la Mancomunidad o al Ayuntamiento, o a los agentes de la autoridad la existencia de residuos abandonados en la vía o espacios públicos, tales como vehículos abandonados, muebles, animales muertos, residuos de construcción y demolición, etc. Artículo 6. Prohibiciones. Queda prohibido: a) Arrojar o abandonar residuos en la vía pública o en lugares diferentes a los especificados por la Mancomunidad o en su caso por el Ayuntamiento. b) Depositar residuos en contenedores contraviniendo lo dispuesto en la presente Ordenanza. c) Depositar en lugares distintos a las papeleras instaladas al efecto en los espacios públicos residuos de pequeño volumen tales como papeles, chicles, colillas, caramelos, cáscaras y desperdicios similares. d) Manipular contenedores o su contenido así como volcar o arrancar papeleras u otro tipo de contenedores y desplazarlos fuera de sus ubicaciones. e) Utilizar los contenedores para fines distintos a los previstos en la presente Ordenanza. Artículo 7. Régimen fiscal. Por la prestación de los servicios municipales previstos en la presente Ordenanza y cuando así se haya establecido deberá abonarse la correspondiente tasa, precio público o contraprestación económica de análoga naturaleza en los términos regulados en las respectivas ordenanzas fiscales o similares.

TÍTULO II. SERVICIO DE RECOGIDA.

Capítulo I Disposiciones generales. Artículo 8. El servicio de recogida. El servicio de recogida comprende las siguientes actuaciones:

a) En su caso, traslado de los contenedores de residuos a los vehículos de recogida, vaciado y devolución de los mismos a sus puntos originarios.

b) Traslado de los residuos de los puntos de recogida y vaciado de los mismos en los vehículos de recogida.

c) Transporte y descarga de los residuos en las instalaciones de gestión adecuadas. d) Retirada de los restos vertidos a consecuencia de las anteriores operaciones.

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e) Mantenimiento, lavado y reposición de los contenedores y otros puntos de recogida municipal, con excepción de aquellos contenedores que sean de uso exclusivo.

f) Mantenimiento, lavado y reposición de los vehículos de recogida.

Artículo 9. Clasificación de servicios de recogida. 1. A efectos de lo dispuesto en la presente ordenanza, el servicio de recogida de residuos se clasifica en ordinario y especial. 2. La recogida ordinaria es un servicio de prestación obligatoria que se llevará a cabo por la Mancomunidad, de acuerdo con lo dispuesto en la presente ordenanza. 3. La recogida especial se llevará a cabo por la Mancomunidad, únicamente cuando el usuario así lo solicite y, en su caso, devengara la correspondiente tasa o precio público (artículo 11 Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados). 4. Serán objeto de recogida ordinaria las siguientes categorías de residuos:

a) Los residuos domésticos procedentes de hogares particulares. b) Los residuos domésticos de origen industrial, comercial y de otros servicios así como los

sanitarios asimilables a domésticos, cuando la entrega diaria sea igual o inferior a 1 kg/día o 10 litros/día. No obstante, no forman parte del servicio de recogida ordinario los siguientes residuos cuando se generen en comercios, servicios e industrias:

o Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. o La ropa y calzado. o Las pilas y acumuladores. o Voluminosos.

c) Los procedentes de limpieza de vías públicas, zonas verdes, áreas recreativas y playas. d) Los recogidos a través de punto limpio.

5. Podrán ser objeto del servicio de recogida especial las siguientes categorías de residuos: a) Los residuos domésticos de origen comercial, industrial y de servicios, así como los sanitarios

asimilables a domésticos, cuando la entrega diaria supere la cantidad de los 10 kg o 10 litros/día. b) Los residuos comerciales no peligrosos. c) Residuos de mercados. d) Animales domésticos muertos. e) Residuos voluminosos, como muebles y enseres. f) Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. g) Vehículos abandonados y vehículos al final de su vida útil. h) Residuos de podas y otros residuos de jardinería cuya entrega diaria supere la cantidad de

20 kg.

Artículo 10. Responsabilidad de la correcta gestión de los residuos. 1. Los productores y poseedores iniciales de los residuos domésticos y comerciales de competencia municipal son responsables de entregarlos para su correcta gestión. Su responsabilidad concluye cuando los hayan entregado en los términos previstos en la presente ordenanza y en el resto de normativa aplicable. 2. Los productores y poseedores de residuos comerciales no peligrosos, cuya recogida no sea realizada por el servicio de recogida de residuos municipales, son igualmente responsables de su correcta gestión. A tal fin deberán:

a) Mantener los residuos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad mientras se encuentren en su poder.

b) Entregar los residuos en condiciones adecuadas de separación por fracciones a los gestores de residuos, de acuerdo con lo que disponga la normativa aplicable.

c) Disponer del documento acreditativo de la correcta recogida y gestión de residuos. 3. En caso de incumplimiento por el productor o poseedor de las obligaciones de gestión de residuos comerciales no peligrosos, la Mancomunidad o en su caso el Ayuntamiento podrá asumir subsidiariamente la gestión y repercutir al obligado el coste real de la misma.

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Capítulo II Servicio de recogida ordinaria.

Artículo 11. Depósito de residuos. 1. Los ciudadanos están obligados a la separación de residuos domésticos en los domicilios, industrias y comercios en tantas fracciones como recogidas separadas se establecen en la presente ordenanza y a su depósito en los contenedores, lugares y horarios establecidos al efecto. 2. El Ayuntamiento llevará a cabo la recogida ordinaria de las distintas fracciones de residuos municipales a través de uno o varios de las siguientes modalidades:

a) Puerta a puerta, entendiendo como tal el depósito del residuo en bolsa cerradas a granel o en cubos o fardos (en el caso de papel cartón) depositados en la vía pública en los lugares establecidos por la Mancomunidad o en su caso por el Ayuntamiento respectivo.

b) Contenedores para cada fracción de residuos debidamente identificados. c) Puntos limpios. d) Otros sistemas que, en su caso, se puedan establecer.

Artículo 12. Recogida separada. Los ciudadanos deberán segregar para su recogida separada las siguientes fracciones de residuos:

• Vidrio • Envases ligeros (envases de plástico, de metal o de cartón para bebidas tipo brik). • Papel y cartón (envases de papel-cartón y papel no envase). • Aceites vegetales usados (biorresiduo). • Ropa y zapatos usados. • Residuos de medicamentos y sus envases. • Pilas. • Fracción Resto (residuos que quedan tras la separación de los domésticos. • Animales muertos. • Voluminosos: muebles y enseres. • Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos y, en su caso, según categorías. • Vehículos abandonados y vehículos al final de su vida útil. • Residuos de construcción y demolición procedentes de obras menores. • Residuos sanitarios asimilables a urbanos. • Podas y otros residuos de jardinería (biorresiduo), art.3.g de la ley 22/2011, de 28 de julio.

Artículo 13. Contenedores. 1. Para el cumplimiento de su obligación de recogida de residuos, e l Ayuntamiento aportará, en relación con las distintas fracciones de residuos, los contenedores correspondiéndole, asimismo, su mantenimiento, lavado y reposición, cuando sea necesario. 2. En aquellos casos que el servicio de recogida de residuos se preste por cualquiera de las formas de gestión indirecta, será responsabilidad del concesionario su mantenimiento, lavado y correcta reposición. 3. No obstante lo dispuesto en el apartado 1 y 2 de este artículo, los usuarios dispondrán de un contenedor, cuyas características serán definidas por el Ayuntamiento, para uso exclusivo en los siguientes casos:

a) Cuando los usuarios así lo soliciten, previa autorización del Ayuntamiento. Dichos contenedores se colocarán en la vía pública en la ubicación y con la frecuencia definida por el Ayuntamiento para su retirada por el servicio de recogida.

b) El Ayuntamiento respectivo podrá obligar a las comunidades de vecinos a la adquisición de un contenedor de uso exclusivo cuando éstas se encuentren en zonas en las que, por decisión municipal siguiendo criterios de eficiencia y eficacia del servicio, no se instalen contenedores de uso colectivo. En ambos casos corresponderá al usuario o comunidad de vecinos su mantenimiento, lavado y reposición. 4. No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, será obligatoria la adquisición y utilización de contenedores para la recogida separada de papel y cartón y fracción resto en aquellas industrias, comercios y servicios que generen un volumen de residuos domésticos superior a 5 kg/día.

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5. En cualquiera de los supuestos anteriores, el Ayuntamiento determinará la ubicación de los distintos contenedores en la vía pública atendiendo a criterios de eficiencia, económicos, organizativos, de proximidad y accesibilidad para los usuarios y de salud y seguridad públicas. Artículo 14. Recogida de vidrio. 1. Los residuos de vidrio deberán depositarse en los contenedores identificados a tal fin. 2. En el caso de botellas, botes y otros recipientes, los ciudadanos deberán vaciar estos recipientes con objeto de eliminar los restos de sustancias que pudieran quedar así como separar tapas metálicas, tapones de plástico u otros residuos que inicialmente fueran parte del envase y depositarlos en el contenedor de envases. Artículo 15. Recogida de envases ligeros. 1. Los residuos de envases ligeros deberán depositarse en los contenedores identificados a tal fin. 2. En el caso de botellas, botes, latas y otros recipientes que contuvieran restos de materia orgánica, como restos alimenticios, los ciudadanos deberán vaciar completamente con carácter previo estos recipientes con objeto de eliminar cualquier resto de estas sustancias. Artículo 16. Recogida de papel y cartón. 1. Los residuos de papel y cartón limpios deberán depositarse, lo más plegados posible, en el contenedor identificado a tal fin. En particular las cajas de cartón serán cortadas y dobladas de forma adecuada para su introducción y disposición en los contenedores. 2. Con carácter previo a su depósito los ciudadanos deberán eliminar de estos residuos todo resto metálico, de plástico así como de papel y cartón sucio, debiendo depositar estos restos de acuerdo con lo dispuesto en la presente ordenanza para la fracción resto. Artículo 17. Aceites vegetales usados. 1. Está prohibido verter aceites usados por los desagües. 2. Los ciudadanos verterán los aceites vegetales usados en envases de plástico cerrados de hasta 1,5 litros y los depositarán, bien en el contenedor identificado a tal fin, bien en el punto limpio. 3. Los titulares de restaurantes, bares, hoteles y otros servicios de restauración deberán disponer de contenedores adecuados para el vertido de aceites vegetales usados y entregarlos a gestor autorizado. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, el Ayuntamiento, de acuerdo con lo previsto en el artículo 28.2 podrá acordar la incorporación obligatoria de estos residuos al sistema municipal de recogida. Artículo 18. Ropa y zapatos usados. Los ciudadanos depositarán la ropa y zapatos usados en bolsas de plástico cerradas: a) En los contenedores señalizados a tal fin. b) En el punto limpio. c) En los locales de entidades o asociaciones sin ánimo de lucro o en los contenedores de éstas para su reutilización, siempre que dichas entidades hayan sido previamente autorizadas por el Ayuntamiento para la recogida de ropa y zapatos usados. Artículo 19. Residuos de medicamentos y sus envases. Los medicamentos caducados, los medicamentos en desuso, los restos de medicamentos, y sus envases serán entregados por los ciudadanos en los puntos de recogida SIGRE, en aquellas farmacias donde los hubiera. Artículo 20. Pilas. Las pilas usadas deberán ser depositadas por los ciudadanos en: a) Los contenedores debidamente señalizados que se podrán localizar en la Casa Consistorial, en la vía pública, o en los comercios. b) En los puntos limpios.

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Artículo 21. Residuos de construcción y demolición procedentes de obras menores. Los ciudadanos deberán depositar los residuos de construcción y demolición procedentes de obras menores segregados por materiales en bolsas resistentes, pudiendo entregar los mismos para su correcta gestión: a) En el gestor autorizado. b) En el punto limpio. Artículo 22. Fracción Resto. 1. Los usuarios deberán depositar la fracción resto en bolsas impermeables suficientemente resistentes que impidan los vertidos. 2. La fracción resto se depositará en los contenedores identificados a tal fin, de uso colectivo o de uso exclusivo. Artículo 23. Excrementos. El poseedor de un animal deberá recoger las deposiciones evacuadas por éste en la vía pública y los espacios públicos y depositarlas en los contenedores identificados a tal fin. Artículo 24. Recogida en los puntos limpios. 1. Los vecinos podrán depositar en los puntos limpios las siguientes categorías de residuos:

a) Aceites vegetales usados. b) Ropa y zapatos usados. c) Pilas. d) Voluminosos: muebles y enseres. e) Residuos de construcción y demolición de obra menor. f) Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. g) Podas y otros residuos de jardinería. h) Radiografías. i) Cristales, tales como vasos, platos, copas, cristales de ventanas y puertas. j) Sprays con producto. k) Envases a presión. l) Otros.

2. Cada punto limpio dispondrá, de acuerdo con lo establecido en la presente ordenanza y la naturaleza de sus instalaciones, de un listado de residuos municipales admisibles. 3. Actualmente el punto limpio que ofrece el Ayuntamiento se encuentra en la Ctra. M-610 a la entrada del cacso urbano del municipio de La Cabrera. Artículo 25. Información sobre separación y recogida de residuos. 1. El Ayuntamiento pública las condiciones de prestación del servicio y, en especial, las relativas a los días y horarios de depósito y recogida de las diferentes fracciones de residuos, condiciones y puntos de entrega así como cualquier otra que estime conveniente para el correcto uso del servicio. 2. El Anexo I de la presente Ordenanza contiene una lista ilustrativa de los residuos que deberán depositarse en algunas de las categorías de contenedores. 3. Dicha lista está disponible, asimismo, en la página web del Ayuntamiento, www.bustarviejo.org. Artículo 26. Sensibilización y educación sobre separación y recogida de residuos. 1. El Ayuntamiento promoverá la realización de campañas y jornadas de sensibilización y educación en materia de recogida separada de residuos. 2. A tal fin podrá, entre otros, firmar convenios y acuerdos de colaboración con sujetos públicos y privados tales como universidades, organizaciones sin ánimo de lucro que tengan por objeto la protección ambiental, sistemas colectivos de gestión de residuos y asociaciones de productores.

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Capítulo III Servicio de recogida especial. Artículo 27. Recogida de residuos domésticos comerciales, industriales, de servicios y sanitarios asimilables a domésticos. Los titulares de comercios, servicios e industrias, cuando generan una cantidad de residuos domésticos por encima de 0.5 kg/día o 1 litros/día deberán: a) Entregarlos a gestor autorizado, o b) Solicitar el servicio de recogida especial de residuos municipales. Artículo 28. Recogida de residuos comerciales no peligrosos y de residuos domésticos industriales. 1. Los comercios podrán entregar los residuos comerciales no peligrosos a: a) Gestor autorizado, o b) Solicitar el servicio especial de recogida de residuos comerciales no peligrosos 2. El Ayuntamiento, podrá establecer su propio sistema de recogida de residuos comerciales no peligrosos y/o de recogida de residuos domésticos generados en las industrias de manera motivada y basándose en criterios de mayor eficiencia y eficacia en la recogida de estos residuos y determinar la incorporación obligatoria de los productores de dichos residuos a este sistema. Artículo 29. Residuos de mercados. 1. Los dependientes están obligados a separar de forma selectiva los residuos generados por la actividad de mercado al menos en las fracciones siguientes: a) Cartón. b) Envases. c) Materia orgánica cuando así lo establezca la Mancomunidad o el Ayuntamiento respectivo. d) Madera, cuando así lo establezca la Mancomunidad o el Ayuntamiento respectivo. e) Resto. A tal fin cada unidad comercial dispondrá de contenedores diferentes. 2. Cada dependiente, a la hora del cierre del Mercado, depositará el contenido de cada contenedor en el lugar del mercado, horario y condiciones indicado por la Mancomunidad o el Ayuntamiento, o establecido por la normativa aplicable. 3. El titular o, en el caso de mercados municipales, el concesionario de cada unidad comercial será responsable de la correcta gestión de los residuos generados por la actividad de mercado, pudiendo entregarlos para su correcta gestión: a) Un gestor autorizado, o b) Solicitar el servicio especial de recogida de residuos de mercados. Artículo 30. Animales muertos. 1. Queda prohibido el abandono de animales muertos en cualquier clase de terrenos. 2. Los propietarios de animales muertos así como los titulares de clínicas veterinarias deberán entregar los mismos a gestor autorizado. 3. No obstante lo dispuesto el apartado anterior, cuando se trate de animales domésticos podrán sus propietarios así como los titulares de las clínicas solicitar el servicio especial municipal de recogida, salvo que exista una normativa específica para su eliminación o que por sus características, grado de descomposición, tamaño u otras peculiaridades no sea posible su gestión municipal, en cuyo caso se indicará al interesado la forma de gestionarlo. 4. El servicio especial municipal de recogida de animales domésticos muertos se prestará a domicilio, salvo que por las condiciones de localización del animal, la distancia o los acceso se establezca otro por la Mancomunidad, el Ayuntamiento o prestador del servicio. 5. El propietario o titular de la clínica correrá con los costes de la gestión.

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Artículo 31. Voluminosos: muebles y enseres. Los ciudadanos que deseen desprenderse de muebles, enseres y otros residuos voluminosos cuya recogida no sea objeto de recogida separada en esta ordenanza o de acuerdo con la normativa aplicable, deberán: a) Entregarlos en un punto limpio, o b) Utilizar el servicio especial de recogida domiciliaria establecido por el Ayuntamiento, o c) Entregarlos a gestor autorizado. Artículo 32. Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. Los ciudadanos que deseen desprenderse de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos deberán: a) Entregarlos al distribuidor en el momento de compra de uno nuevo, o b) Entregarlos en el punto limpio, o c) Depositarlos en los contenedores debidamente identificados a tal fin para cada categoría de residuo

eléctrico y electrónico, o d) Solicitar el servicio especial de recogida domiciliaria de residuos eléctricos y electrónicos. Artículo 33. Vehículos abandonados. 1. Queda prohibido el abandono de vehículos, siendo responsabilidad de sus titulares la adecuada gestión de los mismos de acuerdo con lo dispuesto en la normativa aplicable 2. Se presumirá que un vehículo está abandonado, adquiriendo la condición de residuo municipal, en los siguientes casos: a) Cuando permanezca estacionado por un periodo superior a un mes en el mismo lugar y presente desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por sus propios medios o le falten las placas de matriculación o sean ilegibles. b) Cuando se encuentre en situación de baja administrativa y esté situado en la vía pública. c) Cuando transcurran más de dos meses desde que el vehículo haya sido depositado en el depósito municipal tras su retirada de la vía pública por la autoridad competente. En los supuestos previstos en la letra c) y en aquellos vehículos que, aun teniendo signos de abandono, mantengan la placa de matriculación o cualquier signo o marca visible que permita la identificación de su titular, se requerirá a éste para que, una vez transcurridos los correspondientes plazos, en el plazo de 15 días retire el vehículo, con la advertencia, de que transcurrido dicho plazo, se procederá a su gestión como vehículo al final de su vida útil. 3. En los casos previstos en el apartado anterior y con independencia de las sanciones que, en su caso, se pudiera imponer el Ayuntamiento, entregará el vehículo abandonado en un centro de tratamiento para su gestión, debiendo los propietarios de vehículos abandonados abonar los costes de recogida y, en su caso, de gestión conforme a lo dispuesto en la correspondiente ordenanza y en la normativa aplicable. Artículo 34. Servicio especial de recogida de vehículos al final de su vida útil Los ciudadanos que deseen desprenderse en un vehículo al final de su vida útil deberán: a) Entregarlo a un centro de tratamiento, de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable, o b) Solicitar, una vez se obtenga la baja administrativa del mismo, el servicio municipal especial de recogida de vehículos al final de su vida útil. Artículo 35. Podas y otros residuos de jardinería. 1. Los ciudadanos que deseen desprenderse de podas y residuos de jardinería en una cantidad superior a 1 kg/día deberán:

a) Entregarlos a gestor autorizado, o b) Entregarlos en un punto limpio. c) Entregarlos den el depósito municipal de Los Navazales..

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2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, los ciudadanos podrán llevar a cabo el compostaje de los mencionados residuos en sus domicilios particulares, siempre que no ocasionen molestias u olores a los vecinos. Artículo 36. Solicitud del servicio municipal especial de recogida. 1. La solicitud de cualquiera de los servicios municipales especiales de recogida deberá hacerse telefónicamente o por cualquier otro medio de comunicación con el Servicio de Medio Ambiente de la Mancomunidad o el Ayuntamiento respectivo o, en su caso, con el prestador del servicio. 2. Corresponde al usuario del servicio depositar los residuos de que se trate en el lugar que el servicio le haya indicado, respetando las fechas, horarios y otras condiciones que se hayan establecido.

TÍTULO III. INSPECCIÓN Y SANCIÓN.

Capítulo I Inspección y control. Artículo 37. Servicio de inspección. 1. El ejercicio de las funciones de inspección y vigilancia del cumplimiento en lo dispuesto en la presente Ordenanza corresponderá al personal que tenga atribuidas dichas funciones así como a los agentes de la policía local. 2. El personal al que hace referencia el apartado anterior, en el ejercicio de sus funciones inspectoras tendrá la condición de agente de la autoridad estando facultado para acceder sin previo aviso a las instalaciones en las que se desarrollen actividades reguladas en esta Ordenanza así como para inspeccionar el contenido de los distintos sistemas de recogida de residuos, tales como contenedores y bolsas de basura. Artículo 38. Deber de colaboración. Los productores, poseedores, gestores de residuos y los responsables de establecimientos comerciales, viviendas, industrias y otras actividades objeto de la presente Ordenanza deberán, de acuerdo con la normativa aplicable, facilitar y permitir al personal a que hace referencia el artículo anterior, en el ejercicio de sus funciones de inspección el acceso a las citadas instalaciones así como prestarles colaboración y facilitarles la documentación necesaria para el ejercicio de dichas labores de inspección.

Capítulo II Infracciones y sanciones.

Sección 1ª Infracciones. Artículo 39. Infracciones. 1. Se consideran infracciones las acciones u omisiones que contravengan lo establecido en la presente Ordenanza así como aquellas otras que estén tipificadas en la legislación estatal o autonómica, reguladora de las materias que se incluyen, sin perjuicio de que los preceptos de esta Ordenanza puedan contribuir a su identificación más precisa. 2. Las infracciones tipificadas en la presente Ordenanza se clasifican en leves, graves y muy graves. Artículo 40. Infracciones leves Se considerarán infracciones leves: a) Depositar los residuos sin compactarlos para reducir su volumen y que se aproveche al máximo la

capacidad de las bolsas y contenedores. b) Depositar los residuos sin separarlos por fracciones o en contenedores o puntos de recogida

distintos a los identificados para cada fracción de residuos o contraviniendo lo dispuesto en la presente Ordenanza.

c) Sacar los contenedores a la vía pública para su recogida por el servicio público en horas y lugares distintos a los establecidos por la Mancomunidad o el Ayuntamiento respectivo.

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d) Incumplir los horarios de depósito y entrega de residuos e) Arrojar o abandonar residuos en la vía pública o en lugares distintos a los especificados por por la Mancomunidad o el Ayuntamiento respectivo. f) Depositar, en lugares distintos a las papeleras instaladas al efecto en los espacios públicos, residuos de pequeño volumen tales como papeles, chicles, colillas, caramelos, cáscaras y desperdicios similares. g) Manipular l os contenedores o su contenido así como volcar o arrancar papeleras u otro tipo de contenedores o desplazarlos fuera de sus ubicaciones h) Utilizar los contenedores para fines distintos a los previstos en la presente Ordenanza. i) Incumplir las obligaciones previstas en el artículo 13.3.b) y en el artículo 13.4 de la presente ordenanza. j) Utilizar un contenedor de uso exclusivo sin la previa autorización de la Mancomunidad o Ayuntamiento respectivo , incumpliendo lo previsto en el artículo 13.3.a) de la presente ordenanza. k) El incumplimiento por los productores y/o poseedores de residuos comerciales no peligrosos de lo dispuesto en el artículo 10.2 de la presente ordenanza. l) La comisión de alguna de las infracciones tipificadas en los dos artículos siguientes, cuando por su escasa cuantía o entidad, no merezca la calificación de grave o muy grave. Artículo 41. Infracciones graves. Se considerarán infracciones graves: a) El abandono o vertido incontrolado de cualquier tipo de residuos municipales sin que se haya puesto en peligro grave la salud de las personas o se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente b) La obstrucción a la actividad de vigilancia, inspección y control por la Mancomunidad o el Ayuntamiento respectivo, así como el incumplimiento de las obligaciones de colaboración previstas en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos contaminados c) La entrega, venta o cesión de residuos municipales no peligrosos a personas físicas o jurídicas distintas de las señaladas en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados y en la presente ordenanza así como la aceptación de éstos en condiciones distintas a las previstas en estas normas. d) La comisión de alguna de las infracciones señaladas como muy graves cuando por su escasa cuantía o entidad no merezca esta calificación de muy grave. Artículo 42. Infracciones muy graves. Se considerará infracción muy grave el abandono o vertido incontrolado de cualquier tipo de residuos municipales cuando se haya puesto en peligro grave la salud de las personas o se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente. Artículo 43. Prescripción. 1. Las infracciones leves prescribirán al año, las graves a los tres años y las muy graves a los cinco años. 2. El plazo de prescripción de las infracciones comenzará a contarse desde el día en que la

infracción se hubiera cometido. 3. En los supuestos de infracciones continuadas, el plazo de prescripción comenzará a contar desde el

momento de la finalización de la actividad o del último acto con el que la infracción se consuma. En el caso de que los hechos o actividades constitutivas de infracción fueran desconocidos por carecer de signos externos, dicho plazo se computará desde que estos se manifiesten.

4. Interrumpirá la prescripción la iniciación, con conocimiento del interesado, del procedimiento sancionador, reanudándose el plazo de prescripción si el expediente sancionador estuviera paralizado durante más de un mes por causa no imputable al presunto responsable.

Sección 2ª Sanciones

Artículo 44. Sanciones leves. Las infracciones tipificadas en el artículo 40 se sancionarán conforme a lo dispuesto en el artículo 47.1.c) de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos contaminados.

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Artículo 45. Sanciones graves. Las infracciones tipificadas en el artículo 42 se sancionarán conforme a lo dispuesto en el artículo 47.1.b) de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos contaminados. Artículo 46. Sanciones muy graves. Las infracciones tipificadas en el artículo 42 se sancionarán conforme a lo dispuesto en el artículo 47.1.a) de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos contaminados. Artículo 47. Obligación de reponer. 1. Sin perjuicio de la sanción que en cada caso proceda, el infractor deberá reparar el daño causado reponiendo la situación alterada a su estado originario. 2. Si el infractor no procediera a reparar el daño causado en el plazo señalado, el órgano competente podrá acordar la imposición de multas coercitivas de acuerdo con lo establecido en el artículo 48. 3. Asimismo, en caso de incumplimiento, dicha reposición podrá ser realizada mediante ejecución subsidiaria por el ayuntamiento. Los costes originados por las actuaciones a realizar serán con cargo al sujeto responsable de la infracción exigiéndole, en su caso, la indemnización al que hubiera lugar por daños y perjuicios causados. Artículo 48. Multas coercitivas. Sin perjuicio de la sanción que se pudiera imponer, el órgano competente podrá acordar la imposición de multas coercitivas con arreglo al artículo 99 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La cuantía de cada una de estas multas no podrá superar un tercio de la multa fijada por infracción cometida, sin que en ningún caso pueda superar los 500 euros. Artículo 49. Prescripción. 1. Las sanciones impuestas por la comisión de infracciones leves prescribirán al año, las impuestas por faltas graves a los tres años y las impuestas por faltas muy graves a los cinco años. 2. El plazo de prescripción de las sanciones comenzará a contarse desde el día siguiente a aquel en que adquiera firmeza la resolución por la que se impone la sanción. 3. Interrumpirá la prescripción la iniciación, con conocimiento del interesado, del procedimiento de ejecución, volviendo a transcurrir el plazo si aquel está paralizado durante más de un mes por causa no imputable al infractor. Artículo 50. Colaboración en la ejecución de medidas judiciales en materia de menores y recogida de residuos. 1. El Ayuntamiento promoverá la firma de acuerdos de colaboración con las entidades públicas competentes en materia de menores de la Comunidad Autónoma de Madrid. 2. Los acuerdos de colaboración a que hace referencia el apartado anterior tendrán por objeto facilitar la ejecución de las medidas judiciales de reforma impuestas por los juzgados de menores consistentes en trabajo en beneficio de la comunidad, de acuerdo con el Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el reglamento que desarrolla la ley reguladora de la responsabilidad penal de los menores, facilitando que los mismos puedan realizar como prestaciones en beneficio de la comunidad labores de limpieza y de recogida de residuos, siempre que estén relacionadas con la naturaleza del bien jurídico lesionado por el hecho cometido por aquellos. Artículo 51. Publicidad de las sanciones. El Ayuntamiento podrá acordar la publicación, a través de los medios que considere oportunos, de las sanciones impuestas por la comisión de infracciones graves y muy graves, una vez que estas hayan adquirido firmeza.

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Artículo 52. Competencia y procedimiento sancionador 1. Corresponde al Alcalde la resolución de los expedientes administrativos sancionadores en ejercicio de la competencia que le es atribuida a tal fin por el artículo 21.1.n) de la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. 2. La imposición de sanciones y la exigencia de responsabilidades con arreglo a esta Ordenanza se llevarán a cabo de conformidad a lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás normativa que le sea de aplicación. DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA Disposición derogatoria única. Normas derogadas Quedan derogadas todas las disposiciones del mismo o inferior rango que regulen materias contenidas en la presente Ordenanza en cuanto se opongan o contradigan al contenido de la misma.

DISPOSICIONES FINALES Disposición final primera. Entrada en vigor. Esta Ordenanza entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o su derogación expresa. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Competencia. El Alcalde, en el ejercicio de sus competencias podrá interpretar, aclarar y desarrollar los artículos de la presente Ordenanza.

Anexo I

Lista ilustrativa de los residuos a depositar en cada uno de los contenedores

Vidrio Botes y botellas de vidrio de cualquier color. Tarros de cosmética y perfumería. Frascos de conservas. Artículos de vidrio, excepto espejos y vidrio planar. Papel y cartón (no manchado y sin plásticos y metales) Revista y periódicos. Libros, cuadernos, libretas, folios, carpetas, cartulinas. Cajas de cartón Bolsas de papel Hueveras de cartón.

Envases ligeros Latas de conservas de acero o aluminio

Latas de bebidas de acero o de aluminio.

Bandejas y envoltorios de aluminio.

Tapas, tapones, chapas.

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Bricks de leche, batidos, zumos, cremas, etc.

Botellas de plástico de aguas, aceite, yogur, zumos.

Envases de plástico, metálicos, de productos lácteos, tales como yogures, mantequilla, queso, etc. Hueveras de plástico. Botes de plástico de productos de higiene personal, tales como cremas, gel de baño, pasta de dientes. Botes de plástico de productos de limpieza doméstica, tales como detergentes, lejía, suavizantes. Bolsas de plástico. Bandejas de plástico y film plástico de envasado de alimentos. Residuos sanitarios asimilables a domésticos no punzantes, ni cortantes y no peligrosos (no infecciosos, ni radioactivos) Material de curas no infectado. Guantes y otros desechables quirúrgicos. Yesos. Textil fungible Ropa desechable Pañales. Sondas. Bolsas de sangre vacías. Filtros de diálisis. Objetos y material de un solo uso contaminados con secreciones o excreciones. Objetos y materiales de un solo uso que no presenten riesgo infeccioso. Fracción Resto Materia orgánica. Restos de comidas, excepto aceites vegetales usados. Pañales. Papel de cocina, de celofán. Papel higiénico. Papel sucio, manchado de grasa, de comida. Platos, vasos de plástico y de papel, usados y/o manchados.

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Servilletas de papel. Bolígrafos, rotuladores. Cepillos de dientes. Juguetes no electrónicos y sin pilas. Guantes de goma. Perchas. Sartenes, cacerolas, cazuelas y otros elementos de menaje similares.

10º. ADHESION A LA MANCOMUNIDAD DEL NOROESTE PARA LA GESTION Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS URBANOS.

A ruego del Presidente, el Concejal Delegado de Medio Ambiente Sr. González Martín explicó la necesidad de aprovechar la opción de incorporarse a la Mancomunidad del Noroeste con sede en Alcobendas para beneficiarse de la subvención de la Comunidad de Madrid a municipios de población inferior a 5.000 habitantes en concepto de gastos de tratamiento de residuos urbanos, ya que en la situación actual, aunque la recogida se llevará a cabo a través de la Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya, el tratamiento de los mismos no lo realiza como hasta ahora la Comunidad de Madrid sino que cada Ayuntamiento ha de hacerlo por su cuenta. Leyó la carta del Presidente de la Mancomunidad del Noroeste y Alcalde de Alcobendas en la que exponía esta situación e invitaba al Ayuntamiento a incorporarse a la misma. Manifestó que la carta mencionada había llegado después de celebrar la última sesión de la Comisión Informativa de Hacienda y por tanto solicitaba se declarara el asunto de urgencia para poder adoptar a continuación el acuerdo que luego se describía.

* Con permiso del Presidente intervino el Portavoz del Grupo Popular, Sr. De Mateo García señalando que debía conocerse si había otra alternativa a la planteada ya que hasta ahora los residuos urbanos de Bustarviejo se trataban en la Planta de Colmenar Viejo y no sabía si se podría seguir haciendo a través de la Mancomunidad del Noroeste, pero resultaba importante porque pasado el periodo en el que la Comunidad de Madrid subvencionaba los gastos de tratamiento estos según la información disponible constaría 60 €/TM y el coste de desplazamiento de los camiones era un dato relevante.

* Respondió el Sr. González Martín que no sabía si existiría otra Mancomunidad que prestara este servicio en la zona, aunque creía que no.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda, con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, el voto a favor del Concejal del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes y los votos a favor de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular, se acordó

1. Declarar el asunto de urgencia.

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2. Solicitar la adhesión a la Mancomunidad del Noroeste para la gestión y el tratamiento de los residuos urbanos.

3. Facultar al Alcalde para que suscriba cuantos documentos sean precisos a fin de ejecutar este acuerdo.

11º. SITUACION DE LA VIVIENDA CONSTRUIDA EN LA CALLE SOLVARADERO.

Explicó el Alcalde que respecto al cumplimiento de la normativa urbanística en materia de altura de la vivienda en construcción situada en la calle Solvaradero s/n se habían emitido varios informes técnicos de distinto tenor. Que a su instancia el actual Arquitecto Municipal había emitido un último informe que leyó a continuación en los términos que se describen.

“En relación al nuevo informe solicitado sobre el cumplimiento de la normativa urbanística en lo que se refiere a la altura de la edificación correspondiente al Proyecto Básico y de Ejecución de vivienda entre medianeras en Camino de Solvaradero 87, estos servicios técnicos informan:

- Tal como se señalaba en el informe 078/2013 realizado por estos servicios técnicos: “considerando tanto el criterio del informe técnico municipal de 20 de septiembre de 2012 como

el de la Consejería de Medio ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid de 15 de octubre de 2012, es decir, usando la interpretación respecto de la consideración de alturas tanto de las Normas del 96 como del Plan General aprobado inicialmente, estos servicios técnicos estiman que la edificación no cumple con la Normativa vigente ya que tiene más de tres alturas”.

- No obstante hay que señalar que los criterios por los que se ha adoptado que la edificación no

cumple la Normativa urbanística están apoyados en una Normativa derogada (1996) y en un Plan General con aprobación inicial (todavía no vigente) y no dejan de ser interpretaciones técnicas que pretenden cubrir la falta de precisión de la normativa vigente (Normas Subsidiarias de 1976) donde no se regula la condición de sótano ni semisótano por lo que esta indeterminación puede haber llevado a interpretaciones técnicas diferentes que hicieran considerar que sí se cumplía la Normativa urbanística vigente.

- Se considera que para cumplir con la interpretación de la normativa urbanística realizada tanto por estos servicios técnicos como por la Consejería de Medio ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, en el caso de que el Ayuntamiento decida aceptarla, la edificación objeto de este informe podría condenar la planta semisótano de forma que no compute como planta si bien esta operación no alteraría la altura de la edificación que se percibe desde el exterior.

Bustarviejo, a 20 de junio de 2013 EL TÉCNICO MUNICIPAL,

Fdo. Alejandro Tamayo Palacios.”

Añadió que los propietarios disponían de una licencia municipal a la que se habían ajustado y que si se consideraba ilegal habría que indemnizarles.

Que se había reunido con los propietarios exponiéndoles la propuesta de cancelar el semisótano. Que se mostraron receptivos aunque tenían el inconveniente de necesitar trasladar la caldera de calefacción y agua caliente instalada en la planta semisótano para proceder a condenarla. Que los propietarios habían solicitado una orientación técnica para llevara a cabo la condena de la planta semisótano y el Alcalde les ofreció el asesoramiento del Arquitecto Municipal.

Finalizó el Alcalde manifestando que la propuesta descrita era la solución que planteaba.

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* Intervino el Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García manifestando que había pasado un año desde que se denunció la situación. Que la situación creada era responsabilidad del Equipo de Gobierno, que además había dejado continuar la obra. Que cuando él fue Alcalde tuvo que ordenar la demolición de una edificación de tres plantas en un caso similar. Que era cierto que habría que indemnizar, pero que también había que defender los intereses generales del municipio. Que mantener la altura actual de la edificación erra un error.

* El Alcalde cerró el debate manifestando que podía haberse parado la obra y que no se hizo porque la situación generó un importante debate en el seno del Equipo de Gobierno. Que asumía la responsabilidad de no haber actuado antes.

12º. MOCIONES URGENTES. No se formularon. 13º. RUEGOS Y PREGUNTAS. Abierto el turno de intervenciones por el Presidente se produjeron las que

se describen. * La Concejala del Grupo Popular Sra. Sastre García rogó se comunicara a

las Mancomunidades donde actuaban como representantes municipales las dos Concejales de su Grupo la renuncia a continuar ejerciendo esos cargos que habían hecho pública en la anterior sesión plenaria.

* El Concejal del Grupo Popular Sr. Rodriguez Moreno preguntó al Concejal de Cultura el coste de las Fiestas de San Juan.

* Respondió el Concejal de Cultura Sr. Gómez Fernandez que el Ayuntamiento solo había sufragado el coste de suministro de energía eléctrica y de personal por la dedicación para preparar y retirar los restos de la hoguera que se hacía en la plaza de la Constitución.

* El Concejal del Grupo Popular Sr. Cobertera Hijano preguntó sobre la posibilidad de instalar una banda reductora de velocidad para el tráfico de vehículos a motor en la calle Mayor.

* Respondió el Concejal de Servicios Sr. Martín Hijano que se solicitó la instalación mencionada a la Dirección General de Carreteras de la Comunidad de Madrid, por coincidir el tramo de calle donde se pretendía instalar la banda reductora de velocidad con un tramo de la carretera M-631 pero lo desestimaron por considerar que estaría muy próxima a otra banda ya instalada.

Que habiéndose abierto otro comercio recientemente en el lugar referido, podía volverse a solicitar.

* El Sr. Cobertera Hijano expresó su conformidad, y a continuación preguntó por las deficiencias que tenía la manga ganadera de la Dehesa Vieja a juicio del ganadero arrendatario del aprovechamiento de pastos de esa finca municipal.

* Respondió el Concejal de Medio Ambiente Sr. González Martín que la manga está ejecutada de acuerdo al proyecto que redactó un Ingeniero Agrónomo que la parecer había proyectado la mayoría de las mangas ganaderas de la zona. Que si no estaba de acuerdo el ganadero mencionado le pediría

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aportara un informe suscrito por técnico competente para acreditar en su caso las deficiencias por él señaladas.

* El Sr. Cobertera Hijano preguntó sobre la anunciada rehabilitación del puente de La Mina.

* Respondió el Concejal de Servicios Sr. Martín Hijano que la Dirección General de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid pretendía realizar obras de Restauración del Puente de Piedra o Puente de La Mina para lo que había solicitado ayuda al Ayuntamiento, habiéndose realizado con personal municipal tareas de desbroce del entorno inmediato del puente en su cara norte.

* El mismo Concejal del Grupo Popular preguntó sobre una obra de mejora de camino rural recientemente realizada.

* Respondió el Concejal de Servicios Sr. Martín Hijano que tuvo que mandar hacer unas tareas de mejora mínimas en un camino a instancia de los propietarios de las fincas a las que se accedía a través del mismo.

* El Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García manifestó que debía haber un criterio para reparar los caminos.

* Respondió el Sr. Martín Hijano que como no había recursos económicos, se realizaban únicamente las tareas urgentes a demanda de los vecinos.

* Intervino el Sr. Cobertera Hijano para poner de manifiesto que era prioritaria la conservación de las aceras y que cuando él fue Concejal responsable en materia de caminos, se repararon todos.

* Respondió el Sr. Martín Hijano, que en la época a que se refería el Sr. Cobertera Hijano habían subvenciones de la Comunidad de Madrid para esa finalidad y ahora no.

* Intervino el Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García manifestando que lo que pasaba era que “había que moverse”.

* Respondió el Concejal de Servicios que eso era demagogia. * Manifestó el Alcalde que no había recursos para el mantenimiento de

caminos. Que la Comunidad de Madrid había suprimido muchas ayudas y eso lo debían reconocer los Concejales del Grupo Popular aunque la Comunidad de Madrid estuviera gobernada por su partido.

* Respondió el Sr. De Mateo García que ellos gestionaban de otra manera, que por ejemplo no habrían destinado 6.000 € al año a incrementar la retribución de una auxiliar administrativo para que realizara tareas de secretaría particular del Alcalde. Que en el decreto que formalizaba esa decisión se decía que se financiaba el gasto con parte de los mayores ingresos que se obtendrían en concepto de IBI de Urbana, y él consideraba que esos ingresos podían destinarse a otras finalidades.

Interrumpió la exposición anterior el Alcalde, quejándose de ello el Sr. De Mateo García.

* Respondió el Alcalde que el Sr. De Mateo García se había expresado de

forma incorrecta al decir que el Alcalde tenía varias secretarias, cuando no era así y que por eso había tenido que interrumpirle en su exposición. Que la decisión de disponer de una dedicación parcial de una auxiliar de oficinas para

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tareas de secretaría particular la consultó previamente con los demás Concejales de los Grupos de gobierno y con el Secretario y a todos les pareció correcto. Que necesitaba ese servicio y le parecía obsceno que una persona que durante parte de su experiencia como Alcalde había percibido retribuciones criticara ahora esto. Expresó que consideraba existía una motivación malsana en el Sr. De Mateo García, y sin embargo él no criticaba que cobrara como Alcalde bastante más que el gasto generado para atender la su secretaría particular.

* Respondió el Sr. De Mateo García que él estuvo más de 12 años sin percibir retribución ejerciendo de Alcalde y que cuando en el periodo final de su mandato percibió una retribución fue previa autorización del Pleno y con esa condición se presentó como candidato a Alcalde y de nuevo fue votado por el pueblo. Que no había mezquindad en sus intervenciones sobre el complemento retributivo de la secretaría particular del Alcalde.

Ante algún comentario del público asistente, el Sr. De Mateo García se encaró con un vecino al que se dirigió denominándole “es personaje”. Otro vecino pidió se moderara el Sr. De Mateo García y este le llamó sinvergüenza.

* Pidió respeto el Alcalde y reiteró al Sr. De Mateo García que cada vez que sacara el asunto de la secretaría particular le haría la comparación con el sueldo que él percibió como Alcalde.

Que tanto el Sr. De Mateo García como él trabajaban para el pueblo y que insistir en el asunto motivo del debate como hacía el Portavoz del Grupo Popular era una manera “fétida” de hacer política. Que respondería a cada “coz” del Sr. De Mateo García y que este no daba lecciones de nada porque no tenía talla.

* Preguntó el Sr. De Mateo García sobre las gestiones que se estaban haciendo para inscribir el edificio del restaurante Fuente del Collado en el Registro de la Propiedad a nombre del Ayuntamiento.

* A ruego del Alcalde, el Secretario informó que se estaba tramitando la inscripción en el Registro de la Propiedad de Torrelaguna a nombre del Ayuntamiento la propiedad del edificio del restaurante Fuente del Collado previamente inscrito en el Inventario de Bienes Municipal con la carga de regularizar la ocupación de la vía pecuaria sobre la que se encontraba, porque en virtud del acta de entrega suscrita el 30-11-12 entre el representante de la persona que construyó el edificio y el representante del Ayuntamiento consideraba que el mismo era de propiedad municipal.

* El Sr. De Mateo García preguntó sobre la entrega de documentación solicitada por el Servicio de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid para tramitar el cambio de trazado instado por el Ayuntamiento.

* Respondió el Alcalde que se estaba trabajando en ello. * Manifestó el Sr. De Mateo García que no se conseguiría inscribir en el

Registro de la Propiedad a nombre del Ayuntamiento el edificio del Restaurante Fuente del Collado.

* Pregunto el Sr. De Mateo García si se conocía la sentencia del recurso de casación ante el Tribunal Supremo presentado por el Ayuntamiento en relación con la imposibilidad de prorrogar el contrato de trabajo de la trabajadora que ocupaba el puesto de trabajo de Agente de Desarrollo Local por falta de recursos

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económicos y ante los autos contradictorios del Juzgado de lo Social y del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

* Respondió el Alcalde que no se había recibido ninguna notificación al respecto. Que cuando se recibiera la daría a conocer a la Corporación.

* Pidió la palabra el Concejal del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes Sr. González Martín, quien tras ser autorizado por el Presidente manifestó que en funciones de Portavoz de su Grupo por ausencia del Portavoz titular Sr. Penadés García quería manifestar su apoyo a las intervenciones realizadas por el Alcalde

Y no habiendo más asuntos que tratar por el Presidente se levantó la sesión cuando eran las veintitrés horas y treinta minutos del día al principio indicado.

Para constancia de lo descrito, el Secretario que suscribe redacta la presente acta, de cuyo contenido da fe.

Vº Bº EL ALCALDE EL SECRETARIO,

Fdo. Juan Antonio Sacaluga Luengo. Fdo. Juan Francisco Bravo Collantes.

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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO EL DIA 26 DE JULIO DE 2013.

En la villa de Bustarviejo, siendo las diecinueve horas del día veintiséis de julio del año dos mil trece se reúnen los Corporativos relacionados con la asistencia del Secretario que suscribe, en el salón de sesiones de la Casa Consistorial, al objeto de celebrar sesión pública ordinaria del Pleno del Ayuntamiento para la que habían sido citados en tiempo y forma legales.

CORPORATIVOS ASISTENTES: D. Juan Antonio Sacaluga Luengo, Alcalde-Presidente (Grupo Municipal Socialista). D. José Mª Gómez Fernández, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Socialista). D. Miguel A. Martin Hijano, Concejal (Grupo Municipal Socialista). Dª. Angela García Romero, Concejal (Grupo Municipal Socialista). D. Alberto Ignacio Penades García, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes). D. José Carlos González Martín, Concejal (Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes). D. Julio Jesús de Mateo García, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Popular). Dª Mª Mercedes Navacerrada Martín, Concejala (Grupo Municipal Popular). D. Francisco Cobertera Hijano, Concejal (Grupo Municipal Popular). Dª Berta Sastre García. Concejala (Grupo Municipal Popular). NO ASISTEN CON EXCUSA: D. Oscar Rodríguez Moreno, Concejal (Grupo Municipal Popular). SECRETARIO: Juan Francisco Bravo Collantes.

Funcionario de Administración Local con Habilitación Estatal.

Presidió la sesión el Sr. Alcalde, quien antes de comenzar las deliberaciones pidió un minuto de silencio en memoria de las setenta y nueve víctimas y de los más de treinta heridos habidos en el accidente ferroviario ocurrido en Santiago de Compostela el pasado 24 de julio.

El Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García manifestó que su Grupo estaba afectado directamente por el siniestro ya que entre las personas

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heridas en el mismo estaba la candidata número ocho de su candidatura, Dª. Mª. Teresa Gómez Limón.

A continuación el Presidente sometió a la Corporación los asuntos que se indican.

ORDEN DEL DIA

1º. APROBACION DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR. 2º. DECRETOS SE ORGANOS UNIPERSONALES. 3º. INFORMES DE ALCALDE Y CONCEJALES. 4º. REGULARIZACION DE PUESTOS DE TRABAJO. 5º. RETRIBUCIONES DEL PERSONAL DE PLANTILLA EN

SITUACION DE INCAPACIDAD LABORAL TRANSITORIA. 6º. AMPLIACION DE SERVICIOS DE CASA DE NIÑOS. 7º. NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTES MUNICIPALES

EN MANCOMUNIDADES Y OTRAS ENTIDADES DE INTERES LOCAL.

8º. APROBACION ORDENANZA MUNICIPAL DE VENTA AMBULANTE.

9º. APROBACION DE LAS CUENTAS GENERALES DE LOS EJERCICIOS 2011 Y 2012.

10º. RUEGOS Y PREGUNTAS Los asuntos antes relacionados se trataron en la forma que se describe. 1º. APROBACION DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR. Sometida a aprobación por el Presidente el acta de la sesión celebrada el

día 28-06-13 cuyas copias habían sido previamente distribuidas a todos los Corporativos, la Corporación aprobó la misma por unanimidad.

2º. DECRETOS DE ORGANOS UNIPERSONALES. Dio cuenta el Alcalde de las relaciones de decretos que se describen

correspondientes a los emitidos por los órganos de gobierno unipersonales desde la sesión ordinaria de 28-06-13.

DECRETOS DE ALCALDE. 235-2013 (Oferta puesto de trabajo de limpiadora). 236-2013 (Desestimando alegaciones expte. ruina). 237-2013 (Solicitud de anulación de IVTM.). 238-2013 (Desestimando devolución IBI Urbana.). 239-2013 (Contratación limpiadora INEM). 240-2013 (Autorización Aperitivo del Huevo en Fiestas). 241-2013 (Reconocimiento de servicios). 242-2013 (Reconocimiento de servicios). 243-2013 (Reconocimiento de servicios). 244-2013 (Reconocimiento de servicios). 245-2013 (Orden de servicio sobre promoción deportiva). 246-2013 (Devolución IBI Urbana 2012). 247-2013 (Contratación Catering Campamento 2013).

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248-2013 (Licencia segregación y agregación). 249-2013 (Expte. reintegro daños alumbrado público calle Majadillas). 250-2013 (Derribo edificio). 251-2013 (Contratación monitores). 252-2013 (Contratación monitora sustituciones). 253-2013 (Contratación trabajadores colaboración social). 254-2013 (Contratación Cine Verano 2013). 255-2013 (Fraccionamiento de pago de tributos). 256-2013 (Fraccionamiento de pago de tributos). 257-2013 (Devolución IVTNU por duplicidad pago). 258-2013 (Devolución IVTM 2013). 259-2013 (Contratación monitora sustitución). 260-2013 (Solicitud CM Pliego Aprovechamiento Apícola Plurianual). 261-2013 (Contratación de socorrista para piscina). 262-2013 (Fraccionamiento de pago de tributos). 263-2013 (Fraccionamiento de pago de tributos). 264-2013 (Devolución fianza). 265-2013 (Fraccionamiento de pago de tributos). 266-2013 (Fraccionamiento de pago de tributos). 267-2013 (Fraccionamiento de pago de tributos). 268-2013 (Anulación procedimiento de apremio tasas RSU). 269-2013 (Ampliación plazo limpieza finca). 270-2013 (Anulación procedimiento de apremio tasas). 271-2013 (Fraccionamiento de pago de tributos). 272-2013 (Autorización instalación circo). 273-2013 (Autorización terraza de bar). 274-2013 (Devolución tasa vado). 275-2013 (Anulación IBI Urbana 2013). 276-2013 (Archivo expte. control actividad). 277-2013 (Multas coercitivas incumplimiento). 278-2013 (Convocatoria de Com. Inf. de Hacienda). 279-2013 (Convocatoria de sesión plenaria). 280-2013 (Incoación expte. sancionador). DECRETOS DEL CONCEJAL DE MEDIO AMBIENTE. 26-2013 (Finalización control actividad). 27-2013 (Ruta de los Arboles del Ayuntamiento de Navalafuente). DECRETOS DEL CONCEJAL DE OBRAS. 51-2013 (Concesión de licencia obra menor). 52-2013 (Concesión de licencia obra menor). 53-2013 (Concesión de licencia obra menor). 54-2013 (Concesión de licencia obra menor). 55-2013 (Concesión de licencia obra menor). DECRETOS DE LA CONCEJALA DE HACIENDA. 001-2013 (Aprobación del Padrón IBI URBANA 2013). DECRETOS DEL CONCEJAL DE ECONOMIA. 010-2013 (Tramitación licencia explotación apícola). 011-2013 (Sujeción a licencia de explotaciones apícolas).

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Habiéndose entregado copia de las relaciones de decretos anteriores con carácter previo a la sesión a los Grupos Municipales y a efectos de aclarar cualquier detalle sobre los mismos el Presidente abrió un turno de intervenciones.

* La Concejala del Grupo Popular Sra. Navacerrada Martin preguntó por el decreto mediante el que se ampliaba la jornada a una monitora de tiempo libre contratada para los campamentos de verano.

* Respondió el Alcalde que se debió a la necesidad de atender al mayor número de niños inscritos respecto de los inicialmente previstos.

A las diecinueve horas y veinte minutos se incorporaron a la sesión los Concejales, Sres. Gómez Fernandez y Cobertera Hijano.

* La misma Concejal a del Grupo Popular preguntó por el decreto mediante el que se contrataba a una limpiadora a media jornada hasta el 31-12-13 a pesar de haberse previsto regularizar los dos puestos de trabajo de laborales temporales de limpiadores/as de locales adscritos al servicio de limpieza del Colegio Público Montelindo.

* Respondió el Alcalde que se trataba de dar tiempo para llevar a cabo el proceso de regularización de esos puestos de trabajo.

* La Concejala del Grupo Popular preguntó por el decreto mediante el que se decidía contratar por obra o servicio a una socorrista para la piscina municipal en sustitución de unos de los dos empleados titulares de los dos puestos de trabajo de esa clase existentes en la plantilla de personal a razón de 1.600 € mensuales por 28 horas de trabajo.

* Respondió el Alcalde que la contratación mencionada se debió a la necesidad de suplir a un socorrista titular por haber sufrido una lesión importante que le hizo plantear la solicitud de no incorporarse a su puesto de trabajo al inicio de la temporada de piscina ante la posibilidad de que encontrarse en situación de baja médica durante la misma, habiéndose atendido dicha solicitud con reserva del puesto de trabajo.

* La Sra. Navacerrada Martín preguntó por el proceso de selección de dos socorristas de piscina llevado a cabo en el año 2010 y el por motivo de que no coincidieran los nombres de las personas contratadas con las de las que resultaron seleccionadas en el procesos selectivo celebrado.

* Respondió el Alcalde que desconocía todo lo relativo a dicho proceso selectivo porque no formaba parte de la Corporación en el año 2010 pero que se informaría y trasladaría la información al Pleno.

* La Concejala del Grupo Popular Sra. Navacerrada Martín preguntó sobre la creación de un bono de diez baños para el servicio de piscina al mismo precio para empadronados y no empadronados, mediante decreto de Alcaldía.

* Respondió el Alcalde que consultó con la Secretaría-Intervención sobre la posibilidad de tomar dicha decisión para hacer más atractivo el uso de la piscina municipal por los veraneantes y se le dijo que podía hacerlo mediante una Instrucción del Servicio que debía revalidarse posteriormente mediante acuerdo plenario.

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* Intervino el Portavoz del Grupo Popular, Sr. De Mateo García manifestando que la decisión mencionada tenía que ver con la propuesta de su Grupo sobre tarifas del servicio de promoción deportiva hecha pública con ocasión del último debate sobre esa materia.

* El mismo Concejal del Grupo Popular preguntó sobre el decreto del Concejal de Medio Ambiente, mediante el que se autorizaba la “Ruta de los Arboles” promovida por el Ayuntamiento de Navalafuente.

* Respondió el Concejal Delegado de Medio Ambiente que se refería a una actuación de señalización respetuosa con el medio que afectaba en una pequeña parte al término municipal de Bustarviejo.

3º. INFORMES DE ALCALDE Y CONCEJALES. * Informó el Alcalde Sr. Sacaluga Luengo, que se había reunido en la

sede del Consorcio Grupo de Acción Local Sierra Norte de Madrid (Galsinma) con representantes de los municipios que prestan el servicio de recogida de residuos urbanos a través de la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya a la que se ha adherido mediante convenio el Ayuntamiento de Bustarviejo, para tratar sobre la situación del servicio desde que el pasado día uno de julio en que comenzó a prestarse el mismo tras la cesión de camiones y medios personales a la Mancomunidad efectuada por la Comunidad de Madrid. Que en dicha reunión el Presidente de la Mancomunidad y Alcalde de Buitrago del Lozoya D. Angel Martínez Herrero, informó del lamentable estado en que se encontraban varios camiones cedidos por la Comunidad de Madrid para la prestación del servicio, cuya reparación se estimaba que costaría 200.000 €. Que en la misma reunión se habló de la supresión por la Comunidad de Madrid de las ayudas para contratar Agentes de Empleo y Desarrollo Local. Se expresó el malestar de los Alcaldes de la Sierra Norte por la nueva reducción del servicio de transporte público de viajeros en autobús a cargo del Consorcio de Transportes de la Comunidad de Madrid, sin consulta previa a los representantes locales. Al respecto el Alcalde informó de las gestiones realizadas a instancia del Presidente de la Asociación de Vecinos del Barrio Fuente Milano para que el Consorcio de Transportes estableciera un servicio de transporte de viajeros desde el núcleo Fuente Milano a Madrid mediante la modificación de la línea que da servicio a la urbanización El Chaparral del municipio de Navalafuente pero le dijeron en el Consorcio que podían modificar el itinerario a la empresa concesionaria. Finalmente informó que el Presidente de la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya había manifestado que en el Proyecto de Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local aprobado por el Gobierno del Estado para su remisión a las Cortes, no se habían tenido en cuenta las demandas y necesidades expuestas por los Alcaldes de los municipios de menor población. * La Concejala del Grupo Popular, Sra. Sastre García preguntó sobre las gestiones realizadas a raíz de las numerosas denuncias de la Guardia Civil contra vecinos del municipio por aparcamiento de vehículos en las travesías de las ctras. M-610 y M-631 que coinciden con las calles, Mayor y Real.

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* Respondió el Alcalde que el día uno de agosto próximo tenía una reunión en el Ayuntamiento con el Comandante de Zona de la Guardia Civil para tratar sobre el asunto mencionado. Que había solicitado por el escrito a la Jefatura de Tráfico de Madrid que se tenga en cuenta la situación de las travesías mencionadas a efectos de control de la prohibición de estacionar. Que ha hablado con el Comandante del Puesto de la Guardia Civil de Miraflores de la Sierra consiguiendo el compromiso de flexibilizar la actuación de control de la prohibición de aparcamiento en las travesías. Que había tenido contactos con representantes de la Asociación de Comerciantes y Empresarios de Bustarviejo ACEBU y se habían comprometido a apoyar las actuaciones del Ayuntamiento. Que había redactado un bando informativo advirtiendo que las calles Mayor y Real son travesías de las carreteras mencionadas y por tanto está prohibido aparcar en ellas. * El Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García en relación con la información facilitada por el Alcalde sobre la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya, preguntó si ya estaba el Ayuntamiento adherido a dicha Mancomunidad. Informó que en reunión con representantes de la zona del Partido Popular ya había hecho saber al Alcalde de Buitrago del Lozoya y Presidente de la mencionada Mancomunidad, que la decisión de prestar el servicio de recogida de residuos urbanos mediante gestión directa era un error. Preguntó si los 200.000 € que se había informado costaba la reparación de los camiones lo tendrían que pagar los Ayuntamientos.

* Respondió el Alcalde que ya estábamos adheridos a dicha Mancomunidad y que no tenían que pagar esa reparación los Ayuntamientos porque todos los gastos del servicio de recogida de residuos hasta el año 2016 los subvencionaba la Comunidad de Madrid.

* El Portavoz del Grupo Popular preguntó si se había recibido notificación de la sentencia al recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento ante el Tribunal Supremo sobre la decisión de no prorrogar el contrato de trabajo de la Agente de Empleo y Desarrollo Local.

* Respondió el Alcalde que no se había recibido. * Continuó el Sr. De Mateo García manifestando que la petición de

ampliación de la línea de trasporte de viajeros de Madrid a la urbanización El Chaparral del municipio de Navalafuente no era factible porque al ser dos empresas concesionarias distintas las que dan servicio a Navalafuente y a Bustarviejo, la ley no permitía atender la petición realizada por el Alcalde.

* Reiteró el Alcalde que aunque fueran las mismas empresas ya le adelantaron que era muy difícil que el Consorcio concediera la ampliación solicitada.

* Intervino el Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes Sr. Penadés García manifestando que a Valdemanco llegaban dos líneas distintas de transporte de viajeros.

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* Replicó el Sr. De Mateo García, que estaba seguro de que si el Consorcio pagaba a la empresa afectada se habría conseguido ampliar la línea hasta Fuente Milano.

* Dada la palabra por el Presidente, intervino el Concejal de Economía y Participación Ciudadana Sr. Penadés García, en los términos generales que se describen.

Sobre la Ordenanza municipal de Venta Ambulante manifestó que esperaba presentarla en la próxima sesión.

Manifestó que en reunión celebrada con representantes de ACEBU se había tratado de revitalizar el Plan de Viabilidad Turística en cuyo proceso invitaba a participar a los Concejales del Grupo Popular.

Manifestó que había terminado el proceso de participación ciudadana puesto en marcha para decidir una parte del programa de festejos de este año habiéndose producido una escasa participación de los vecinos y habiendo resultado que las propuestas más votadas habían sido, en adultos, la discoteca móvil, el muro de fiestas y el torneo de ajedrez, y en niños, taller de camisetas, globos y juegos.

A pregunta de la Sra. Navacerrada Martín puntualizó que habían participado 64 adultos y 23 niños cuando el año pasado participaron más de 300 personas.

* Dio la palabra el Presidente al Concejal de Servicios Sr. Martin Hijano quien se manifestó en términos generales como se describe.

Informó de la terminación de las obras de reparación de la cubierta del edificio municipal dedicado a tanatorio.

Informó de la solicitud de tres presupuestos y la adjudicación al que suscribía el más económico para la pintura parcial del edificio del Colegio Público Montelindo.

Informó que se estaban realizando las obras de mantenimiento del edificio mencionado, solicitadas por el Equipo Directivo del Centro.

A pregunta del Portavoz del Grupo Popular, puntualizó que los presupuestos de pintura se habían solicitado a partir de los mismos datos facilitados por el Conserje del Colegio a los tres profesionales interesados.

A pregunta del Concejal del Grupo Popular Sr. Cobertera Hijano, manifestó que se estaba estudiando la reparación de alguno de los bloques de nichos del cementerio municipal. Que no se haría ahora pero se llevaría a cabo.

* Dada la palabra por el Presidente, intervino el Concejal de Deportes, Cultura y Educación Sr. Gómez Fernández en los términos generales que se describen.

Informó de la buena acogida que habían tenido los campamentos urbanos y deportivos de este verano habiéndose registrado veinticinco y once inscripciones respectivamente en la primera quincena de julio y veintisiete y veintidós en la segunda quincena

Señaló que se habían celebrando algunas actividades culturales como “los clásicos de verano” con gran calidad, teatro de calle y una jornada de rap, grafiti y baloncesto. Que no se celebró el mercado artesanal el domingo

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programado porque coincidió con el mercado medieval de Miraflores de la Sierra y la empresa encargada no pudo contar con la mayoría de los artesanos.

Informó que para mantener la actividad de “cine de verano” se había contratado a la empresa que el año pasado contrató la Comunidad de Madrid por un importe de 3.025 € ligeramente superior a lo que costó en 2012 a través de la Comunidad de Madrid (2.700 €) ante la falta de respuesta de esta antes del comienzo del verano. Que finalmente la Comunidad de Madrid había contratado también esta actividad por lo que con el mismo coste se podrían tener tres proyecciones más de las inicialmente contratadas.

Informó que se estaba desarrollando una exposición de tallas de madera en un local de las antiguas escuelas cedido por el Ayuntamiento de forma gratuita a los autores de los trabajos.

Finalmente adelantó someramente el programa de actos culturales del próximo mes de agosto.

* Intervino el Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García manifestando que las actividades de campamentos de verano eran muy deficientes porque sus resultados distaban mucho en cuanto al número de participantes respecto de los habidos (más de ochenta por año) cuando él era Alcalde.

Señaló que la actividad deportiva estaba en declive. Que no le había gustado la decoración realizada mediante grafitis en la pista de baloncesto porque daba mal aspecto al municipio. Que se debían prever situaciones como la suspensión del mercadillo artesanal. Que la actividad de cine de verano tenía una aceptable respuesta del público y merecía el esfuerzo económico que se hacía. Que haber decidido celebrar la feria ganadera fuera de las fiestas patronales de septiembre era un acierto y coincidía con lo propuesto por su Grupo el año pasado.

* El Concejal Delegado Sr. Gómez Fernández manifestó que los grafitis realizados en la pista de baloncesto estaban relacionados con ese deporte y habían dejado la pista en mejores condiciones que las de partida. Que la mejora en el número de asistentes a los campamentos era una realidad respecto de los años inmediatos anteriores y que las actividades deportivas no eran tan deficientes como se había señalado por el Sr. De Mateo García en función de los recursos de que se disponía.

4º. REGULARIZACION DE PUESTOS DE TRABAJO. * Tomó la palabra el Alcalde manifestando que se iban a regularizar los

puestos de trabajo existentes en la Relación de Puestos de Trabajo aprobada por la Corporación para cuya provisión no se habían realizado los procesos selectivos preceptivos, encontrándose en la actualidad ocupados por personal temporal en la mayoría de los casos con contratos laborales indefinidos por haber superado en esta situación más de dos años. Señaló que por razones de urgencia y para ahorrar cargas en concepto de posibles indemnizaciones por despido, se comenzaría por los puestos que ya figuraban en la última oferta de empleo público aprobada que correspondía al año 2011, el de Administrativo de Gestión Tributaria y Recaudación, y los de peones de limpieza de locales para

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atender las dependencias educativas, en aplicación de las restricciones para la creación de empleo en la Administración establecidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2013.

* Intervino el Sr. De Mateo García manifestando que la Auxiliar de Recaudación contratada en régimen laboral temporal en 2011 acababa de cumplir los dos años de contrato por lo que se iba con retraso en la regularización de ese puesto.

* Replicó el Alcalde que en el caso citado se procuró dejar que finalizara el periodo voluntario de la principal recaudación anual, que tiene efecto a finales de julio y primeros de agosto, para iniciar el proceso.

* Replicó el Portavoz del Grupo Popular que ya advirtió en sesión anterior que ese puesto de trabajo se debía regularizar, pero el Equipo de Gobierno actuaba sobre hechos consumados y así esa trabajadora se mantendría en su puesto y luego se prepararían unas pruebas que le fueran favorables.

* Respondió el Alcalde que no era así. Que la trabajadora a la que se refería el Sr. De Mateo García había hecho un gran trabajo y ni siquiera se iba a presentar a la convocatoria de regularización. Que a excepción del caso mencionado el actual Equipo de Gobierno no había creado puestos de trabajo de forma irregular e iban a regularizar algunos de la época en la gobernaba el Sr. De Mateo García.

Sometido a votación por el Presidente el acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda y Personal, con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes y los votos en contra de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular, se acordó:

- Regularizar los puestos de trabajo que se describen en los términos previstos en la normativa aplicable.

a) Puestos de trabajo comprendidos en la Oferta de Empleo Público de 2011 pendientes de proveer:

Laborales fijos. - Coordinador/a de limpieza de locales - Coordinador/a cultural. b) Otros puestos de trabajo no comprendidos en la Oferta de Empleo

Público de 2011 pendientes de proveer: Funcionarios. - Administrativo de gestión tributaria y recaudación. Laborales temporales. - Dos peones de limpieza de locales a media jornada. - Coordinador deportivo. 5º. RETRIBUCIONES DEL PERSONAL DE PLANTILLA EN

SITUACION DE INCAPACIDAD LABORAL TRANSITORIA. * Explicó el Alcalde el acuerdo que luego se describe señalando que se

sometía al Pleno a instancia de los representantes del personal de la Corporación.

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* Intervino el Sr. De Mateo García preguntando si había datos de las situaciones de incapacidad laboral transitoria ocurridas.

* Respondió el Alcalde afirmativamente, añadiendo que el coste para el Ayuntamiento era menor porque se trataba de mejorar las retribuciones del personal en situación de Incapacidad Laboral Transitoria por enfermedad común o accidente en los tres primeros días para los cuales la actual normativa establecía como mínimo el 50% de las retribuciones percibidas hasta el día anterior a dicha situación. Añadió que el acuerdo a adoptar se basaba en la posibilidad de establecer por cada Administración supuestos excepcionales además de los de hospitalización u operación quirúrgica.

Sometido a votación por el Presidente el acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda y Personal, con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes y los votos en contra de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular, se acordó:

- En virtud de lo dispuesto en la normativa vigente, los empleados municipales que se encuentren en situación de Incapacidad Laboral Transitoria (ILT) por contingencias comunes percibirán las siguientes retribuciones:

c) Menores de 50 años de edad, 100% los dos primeros días en situación de ILT.

d) Mayores de 50 años de edad, 100% los tres primeros días en situación de ILT.

6º. AMPLIACION DE SERVICIOS DE CASA DE NIÑOS. Dada la palabra por el Presidente, intervino el Concejal Delegado de

Educación Sr. Gómez Fernández en los términos generales que se describen. Señaló que ante el aumento de matrícula registrado pasando de

veinticinco niñ@s en el curso 2012-2013 a cuarenta y tres niñ@s para el curso 2013-2014, se hacía necesario crear la tercera unidad en la Casa de Niños para lo cual se había cursado la solicitud preceptiva a la Consejería de Educación, toda vez que en el edificio municipal de la calle Prado Redondo existían, un aula para bebes, dos aulas para niñ@s de 1-2 años y 2-3 años, más un aula de usos múltiples y locales de oficinas y servicios. Añadió que para atender las necesidades educativas descritas era necesario crear un puesto de trabajo de educador/a además de los tres existentes en virtud de la normativa aplicable y que previa negociación con el personal y con el asesoramiento de la Directora del Centro y de los servicios técnicos de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid se optimizarían los medios personales disponibles creando un servicio de ludoteca de 16 a 17 horas gratuito. Terminó informando que en la situación descrita se había confeccionado el estudio de costes y rendimientos del servicio, cuyas copias se habían facilitado a los Grupos Municipales, que reducía el déficit del mismo respecto de cursos anteriores de 63.600 € anuales a 55.800 € anuales.

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* Con permiso del Presidente intervino la Viceportavoz del Grupo Municipal Popular, Sra. Navacerrada Martín manifestándose en términos generales como se describe.

Recordó que cuando se creó el servicio de Casa de Niños se debatió sobre la conveniencia de adoptar la configuración legal de dicha denominación o la de Escuela Infantil y se prefirió por razones económicas y de gestión la primera opción, aunque la segunda suponía la posibilidad de ampliar los servicios ofertados a los padres con gestión de la Comunidad de Madrid que a su vez decidió hacerlo a través de empresas privadas financiando el servicio entre la propia Comunidad y los padres, mientras las Casas de Niños eran gestionadas por los Ayuntamientos y financiadas por estos, la Comunidad de Madrid y los padres.

Señaló que ante la difícil situación económica que se vivía el déficit del servicio seguía siendo importante y por ello tenía sentido valorar la posibilidad de prestar el mismo en la modalidad de Escuela Infantil, con la que el Ayuntamiento no tendría que soportar coste alguno.

Señaló que aún no había respuesta de la Comunidad de Madrid sobre la solicitud de creación de la tercera unidad ni sobre la dotación económica correspondiente y por tanto resultaba arriesgado comprometer la ampliación del servicio propuesta.

* Intervino el Alcalde manifestando que no podía hablar de debates habidos en Corporaciones anteriores porque no formaba parte de ellas.

Sobre el riesgo de ampliar el servicio sin tener una respuesta definitiva sobre la financiación puntualizó que las bases de la convocatoria para la provisión de un puesto de trabajo de educador/a temporal condicionaban la contratación a la suscripción del convenio de financiación 2013-2014 con la Comunidad de Madrid y por otro lado la primera versión de convenio recibido no contemplaba la ampliación del servicio y por ello lo rechazó teniendo el compromiso de la Asesora de la Consejería de Educación de que se formalizaría correctamente y se enviaría de nuevo para su firma.

Que para los Grupos de Gobierno, el déficit del servicio no era un gasto sino una inversión y la educación pública una prioridad política por lo que asumían el mismo.

* Repitió la Sra. Navacerrada Martín su planteamiento y señaló que derecho a la educación si pero con el menor coste posible para el Ayuntamiento.

* Respondió el Alcalde que tenía la certeza de que la Consejería de Educación no defraudaría su compromiso de financiación de la tercera unidad de la Casa de Niños. A pregunta de la Sra. Navacerrada Martín manifestó que el equipamiento del aula de bebés se estaba completando.

Señaló que sin ironía debía manifestar que la mayor parte de la gestión del Equipo de Gobierno estaba condicionada por gestiones de Gobiernos anteriores y que no conocía que se propusiera debatir sobre ello.

* Terminó el Concejal Delegado de Educación manifestando que la opción de Escuela Infantil no era mejor pero si más cara para las familias. Que

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ellos optaron por la Casa de Niños porque era más barato para los padres, para los vecinos y un servicio de mejor calidad.

Sometido a votación por el Presidente el acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda y Personal, con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes y los votos en contra de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular, se acordó:

- Ampliar el servicio de Casa de Niños en los términos que se describen realizando los trámites legales preceptivos.

a) Creación de la tercera unidad para bebés o mixta. b) Creación del servicio de ludoteca de 16.00 horas a 17.00 horas cada

día lectivo. c) Realizar los trámites legales precisos para crear un puesto de trabajo

de Educador/a Infantil en régimen laboral temporal condicionado a la suscripción y vigencia del convenio de financiación del servicio de Casa de Niños con tres unidades y servicios complementarios entre el Ayuntamiento y la Comunidad de Madrid a partir del curso 2013-2014.

* Concretó el Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García, que el voto en contra de su Grupo se debía a la falta de sostén documental en materia económica.

* Replicó el Alcalde que había sostén económico a través de la participación en el proceso de la Consejería de Educación.

7º. NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTES MUNICIPALES EN MANCOMUNIDADES Y OTRAS ENTIDADES DE INTERES LOCAL.

* Manifestó el Alcalde que tras el debate habido en la sesión anterior sobre el asunto del arrendamiento del restaurante Fuente del Collado hizo pública su decisión de retirar la representación del Ayuntamiento a través de miembros del Grupo Popular y ahora se trataba de formalizar dicha decisión. Leyó el acuerdo que luego se describe y dio la palabra a los Portavoces de los Grupos Municipales.

* Intervino el Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García señalando que aunque fue nombrado para representar al Ayuntamiento en la Mancomunidad de Servicios Medioambientales de La Cabrera, no se llegó a notificar su nombramiento y por tanto no tuvo efecto.

* Recordó el Alcalde que su voluntad fue dar participación al Grupo Popular y a su juicio, este no actuó de forma consecuente con ese planteamiento.

Sometido a votación por el Presidente el acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda y Régimen Interior, con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes y los votos en contra de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular, se acordó:

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1. Nombrar los siguientes representantes del Ayuntamiento en los organismos que se mencionan salvo que sus Estatutos prevean la participación de todos los Grupos Políticos Municipales: * MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES SIERRA NORTE, Un Concejal del GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA. Un Concejal del GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA. Un Concejal del GRUPO MUNICIPAL IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES. * MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES, Un Concejal del GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA. Un Concejal del GRUPO MUNICIPAL IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES. * MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS CULTURALES, Un Concejal del GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA. Un Concejal del GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA. Un Concejal del GRUPO MUNICIPAL IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES. 2. Mantener los representantes nombrados anteriormente en el resto de órganos colegiados. 3. En cualesquiera otros organismos, salvo acuerdo plenario expreso, la representación del Ayuntamiento la ostentará el/la Concejal Delegado/a que corresponda por razón de la materia. * Intervino el Portavoz del Grupo Popular, Sr. De Mateo García para hacer constar que se dejaba sin representación al Grupo Popular a pesar de ser el más votado. * Replicó el Alcalde que en próxima sesión señalará casos paralelos de otros municipios gobernados por el Partido Popular.

8º. APROBACION DE LA ORDENANZA MUNICIPAL DE VENTA AMBULANTE.

* Manifestó el Alcalde que retiraba el asunto por haber dudas en el Equipo de Gobierno sobre la regulación de la venta ambulante ocasional en el proyecto de ordenanza redactada.

* El Concejal Delegado de Economía Sr. Penadés García reitero lo dicho por el Alcalde y manifestó que procuraría presentar un texto definitivo en la próxima sesión.

* Intervino el Sr. De Mateo García que si lo pretendido era que los vendedores ambulantes puedan vender otros días distintos de los viernes no apoyarían la ordenanza porque se perjudicaba al comercio local.

* Respondió el Sr. Penadés García que se trataría el asunto cuando se tuviera un texto concreto.

9º. APROBACION DE LAS CUENTAS GENERALES DE LOS EJERCICIOS 2011 Y 2012.

* Leyó el Alcalde el acuerdo que luego se describe.

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* Intervino el Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García manifestando que le había dicho el representante de la empresa contratada por el Ayuntamiento, Algoritmo Lucus, S.L., que ya no llevaba la contabilidad del Ayuntamiento, y por eso le sorprendía que en el acuerdo que se proponía adoptar se hiciera referencia a que las Cuentas Generales las había formalizado dicha empresa.

* Con permiso del Presidente, el Secretario-Interventor informó que desde el año 2011 el 96% de la contabilidad se formalizaba con personal propio del Ayuntamiento siendo la empresa Algoritmo Lucus, S.L. quien mantenía la aplicación informática usada para ello, resolvía dudas sobre su funcionamiento, actualizaba el programa, creaba aplicaciones nuevas coordinadas con el mismo como la de registro de facturas, la de generación de archivos específicos para el plan de pago a proveedores, la de generación de archivos para el informe trimestral de morosidad etc. y formalizaba la liquidación del presupuesto anual y la cuenta general de cada ejercicio, subiéndolas a la página web de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid.

* Por la Concejala Sra. Navacerrada Martín se indicó que en el año 2010 se incrementó la retribución de una Auxiliar Administrativo con la condición de que realizara la contabilidad y poder desprenderse de la empresa mencionada.

Sometido a votación por el Presidente el acuerdo que luego se describe, con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes y los votos en contra de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular, se acordó:

- Aprobar las Cuentas Generales de los ejercicios 2011 y 2012 conforme habían sido redactadas por la empresa contratada por el Ayuntamiento para apoyo en materia de contabilidad, y al contenido de los informes de la Intervención, previamente informadas por la Comisión Especial de Cuentas y expuestas al público por el plazo preceptivo sin que se hubieran producido alegaciones.

* Manifestó el Sr. De Mateo García que la Cuenta General de 2011 se había presentado y aprobado fuera de plazo, y la de 2012 se había presentado fuera de plazo por unos días aunque se había aprobado en plazo.

10º. RUEGOS Y PREGUNTAS. Abierto el turno de palabra por el Presidente se produjeron las

intervenciones que se describen. * La Concejala del Grupo Popular Sra. Sastre García manifestó que

recogiendo la petición de los vecinos rogaba se prohibiera el uso de balones en la plaza de la Constitución para evitar molestias a quienes pasean o descansan en la misma.

* Respondió el Alcalde que se estaba estudiando una solución. * La misma preguntó para qué y porqué se había solicitado presupuesto

de reparación de las pistas deportivas a una sola empresa local. * Con permiso del Presidente, el Secretario informó que se trataba

únicamente de disponer de datos ciertos sobre el coste de varias actuaciones

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necesarias a efectos de su posible financiación con cargo al Presupuesto del próximo ejercicio, para el caso de que el Equipo de Gobierno así lo decidiera, aunque para su contratación se solicitarían presupuestos al menos a tres empresas.

* El Concejal del Grupo Popular Sr. Cobertera Hijano rogó se solicitara a la Dirección General de Carreteras de la Comunidad de Madrid que revisaran la señalización horizontal existente en la ctra. M-610 a Miraflores de la Sierra a la altura del campo de fútbol municipal y del helipuerto situado en el margen derecho en dirección a Valdemanco para permitir la incorporación de vehículos desde dichas instalaciones en dirección a Bustarviejo.

* Respondió el Concejal de Servicios Sr. Martín Hijano que se intentó pero no se consiguió que lo aceptara la Dirección General de Carreteras de la Comunidad de Madrid por la peligrosidad de ambos casos. Que era difícil defender lo planteado por el Sr. Cobertera Hijano por los riesgos para la seguridad del tráfico de vehículos que conllevaba.

* Preguntó el Sr. Cobertera Hijano en que paraje se había autorizado una explotación apícola dentro del Cerro Pendón y Asociados.

* Respondió el Concejal de Medio Ambiente Sr. Gonzalez Martín que desconocía el lugar.

* Intervino el Concejal de Servicios, Sr. Martín Hijano que se trataba del paraje Las Losas.

* El Sr. Cobertera Hijano mostró su conformidad. * Preguntó la Concejala del Grupo Popular Sra. Navacerrada Martín por

las actuaciones realizadas en relación con las quejas de varios vecinos sobre los ruidos e incumplimiento de horario de cierre del kiosko de bebidas de la piscina municipal.

* Respondió el Alcalde que había pedido informe a la Policía Local. * La misma Concejala preguntó sobre las quejas habidas de vecinos de la

calle Berro relativas a los malos olores del tramo del Arroyo Flores próximo por los vertidos al mismo de la vaquería existente en sus proximidades.

* Respondió el Concejal Delegado de Medio Ambiente Sr. Gonzalez Martín que aunque se podían evitar los vertidos de aguas residuales al Arroyo Flores procedentes de los depósitos de estiércol de la mencionada vaquería era difícil conseguirlo. Que se había requerido al propietario de dicha instalación la retirada de los depósitos de estiércol que tenía fuera de la instalación y se había conseguido. Que la Confederación Hidrográfica del Tajo había impuesto algunas sanciones por vertidos al Arroyo, pero para garantizar que no se vuelven a producir había que plantearse trasladar la explotación fuera del casco urbano para lo cual años atrás hubo una línea de ayudas de la Comunidad de Madrid con las cuales se construyeron en otros municipios polígonos ganaderos pero desconocía porqué no se utilizó esa opción en Bustarviejo. Que sin ayudas económicas el traslado de la explotación en la actualidad resultaba muy difícil porque tampoco las condiciones del mercado de los productos generados justificaban la realización de inversiones.

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* El Sr. De Mateo García manifestó que había tenido que acudir a un juzgado en condición de testigo de un procedimiento penal por obras ilegales en el paraje La Encinilla promovido en su día por una denuncia del Servicio de Guardería Forestal de la Comunidad de Madrid, y no había podido ver el expediente municipal porque la empleada encargada de la gestión urbanística le dijo que se había extraviado.

* Con permiso del Presidente el Secretario informó que la empleada citada tenía registrada la fecha en que entregó dicho expediente al anterior Arquitecto Municipal y al parecer este no lo devolvió, siendo habitual que se llevara los expedientes municipales a su estudio privado para trabajar sobre ellos.

* Respondió el Sr. De Mateo García que el anterior Arquitecto Municipal le dijo que él no tenía ese expediente y tuvo que declarar en esas condiciones.

* Finalizó el Alcalde manifestando que no tenía conocimiento del asunto. * El Sr. De Mateo García preguntó sobre las actuaciones relativas a la

instalación de contenedores para la recogida de residuos voluminosos que se pretendía instalar en la antigua fábrica de quesos del paraje Los Navazales, y pidió copia de la documentación enviada por el Ayuntamiento a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio para conocer quien había clasificado el suelo donde se encuentra la antigua fábrica de quesos como urbano no consolidado.

* Con permiso del Presidente el Secretario informó que la única documentación enviada por el Ayuntamiento era una solicitud de información sobre la posibilidad de instalar los contenedores sin prejuzgar la clasificación del suelo y que dicho documento estaba a disposición de quien lo solicitara.

* Manifestó el Alcalde que en la próxima sesión informaría al respecto. * El Sr. De Mateo García preguntó sobre una deuda de aproximadamente

10.000 € reclamada por Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A. * A ruego del Alcalde el Secretario informó que se trataba de un recibo

de suministro de energía eléctrica para instalación de bombeo de uno de los pozos de agua propiedad del Ayuntamiento y puestos a disposición de la empresa pública Canal de Isabel II como consecuencia del convenio de encomienda de gestión del servicio de saneamiento, abastecimiento y distribución de agua suscrito en los años 2000 y 2002; que dicho recibo se había formalizado por la suministradora de energía eléctrica a tanto alzado porque hasta hacía unos meses no existía contador de consumo en la mencionada instalación y el Ayuntamiento como en otros casos similares había requerido a Canal de Isabel II para que se hiciera cargo de dichos gastos y reintegrara los que indebidamente había abonado el Ayuntamiento en los cuatro años anteriores. Que actualmente Canal de Isabel II había pagado todas las cantidades requeridas tras un arduo trabajo de la empleada municipal encargada de tal cometido y por tanto el recibo en cuestión sería abonado por el Ayuntamiento.

* Preguntó el Sr. De Mateo García sobre una solicitud de reintegro de gastos de material educativo satisfecho por un empleado municipal con cargo al Fondo Social previsto en el Presupuesto vigente de la Corporación.

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* Respondió el Alcalde que se informaría y respondería en la próxima sesión.

* Preguntó el Sr. De Mateo García que se iba a hacer con la respuesta dada por el Registro de la Propiedad de Torrelaguna a la solicitud municipal de inscripción del edificio que alberga el restaurante Fuente del Collado, requiriendo la aclaración de algunos detalles sobre la finca municipal que comprende dicha edificación según datos catastrales.

* Con permiso del Alcalde el Secretario manifestó que la respuesta del Registro de la Propiedad de Torrelaguna no era una negativa de plano a la solicitud municipal y que se estaba trabajando para aclarar los detalles que solicitaban.

Y no habiendo más asuntos que tratar por el Presidente se levantó la sesión cuando eran las veintidós horas del día al principio indicado.

Para constancia de lo descrito, el Secretario que suscribe redacta la presente acta, de cuyo contenido da fe.

Vº Bº EL ALCALDE EL SECRETARIO,

Fdo. Juan Antonio Sacaluga Luengo. Fdo. Juan Francisco Bravo Collantes.

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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO EL DIA 30 DE AGOSTO DE 2013.

En la villa de Bustarviejo, siendo las veinte horas del día treinta de agosto del año dos mil trece se reúnen los Corporativos relacionados con la asistencia del Secretario que suscribe, en el salón de sesiones de la Casa Consistorial, al objeto de celebrar sesión pública ordinaria del Pleno del Ayuntamiento para la que habían sido citados en tiempo y forma legales.

CORPORATIVOS ASISTENTES: D. Juan Antonio Sacaluga Luengo, Alcalde-Presidente (Grupo Municipal Socialista). D. José Mª Gómez Fernández, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Socialista). D. Miguel Martin Hijano, Concejal (Grupo Municipal Socialista). Dª. Angela García Romero, Concejal (Grupo Municipal Socialista). D. Alberto Ignacio Penades García, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes). D. José Carlos González Martín, Concejal (Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes). D. Julio Jesús de Mateo García, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Popular). Dª Mª Mercedes Navacerrada Martín, Concejala (Grupo Municipal Popular). D. Francisco Cobertera Hijano, Concejal (Grupo Municipal Popular). Dª Berta Sastre García. Concejala (Grupo Municipal Popular). NO ASISTEN CON EXCUSA: D. Oscar Rodríguez Moreno, Concejal (Grupo Municipal Popular). SECRETARIO: Juan Francisco Bravo Collantes.

Funcionario de Administración Local con Habilitación Estatal.

Presidió la sesión el Sr. Alcalde, quien sometió a la Corporación los asuntos que se indican.

ORDEN DEL DIA

1º. APROBACION DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR.

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2º. DECRETOS DE ORGANOS UNIPERSONALES. 3º. INFORMES DE ALCALDE Y CONCEJALES. 4º. MODIFICACION DE LA ORDENANZA FISCAL DE TASAS

POR SERVICIOS DEPORTIVOS. 5º. INFORME DE MOROSIDAD DEL 2º TRIMESTRE DE 2013. 6º. ESTADO DE EJECUCION DEL PRESUPUESTO A 30-06-13. 7º. MODIFICACION DE CREDITOS Nº 4-2013. 8º. CREACION DEL SERVICIO DE INFORMACION TURISTICA

MEDIANTE CONTRATACION CON ENTIDADES PRIVADAS. 9º. MOCIONES DE LOS GRUPOS DE GOBIERNO.

10º. MOCIONES URGENTES. 11º. RUEGOS Y PREGUNTAS.

Los asuntos antes relacionados se trataron en la forma que se describe. 1º. APROBACION DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR. Sometida a aprobación por el Presidente el acta de la sesión celebrada el

día 26-07-13 cuyas copias habían sido previamente distribuidas a todos los Corporativos, la Corporación aprobó la misma por unanimidad con las subsanaciones que se indican acordadas en la Junta de Portavoces celebrada con anterioridad.

En la página 4 párrafo 9. Añadir: “señalando que las personas ganadoras del proceso de selección,

no fueron los dos contratados finalmente. Los dos contratados presentaron alegaciones al proceso antes de ser elegidos, pero antes incluso de esas alegaciones, el entonces Concejal de Deportes, escribió una carta al Equipo de Gobierno diciendo que tenían que ser esas dos personas si o si porque le habían hecho muchos favores y aunque se arriesgaba a ser tachado de manipulador o de nombrar a dedo, asumía el riesgo para pagar esos favores. La realidad es que no se sabe porqué finalmente fueron nombrados los dos recomendados por el Concejal y fueron nombrados por decreto y no consta en ningún sitio que fuese el resultado del proceso de selección. ¿Nos pueden explicar cómo se llegó a ese resultado y que pasó con el citado proceso?, y también ¿que criterio se ha seguido para la sustitución de uno de los contratados por otra persona?”

En la página 10 párrafo 3. Donde dice: “y los votos en contra de los cuatro Concejales presentes del

Grupo Municipal Popular”. Debe decir: “y la abstención de los cuatro Concejales presentes del

Grupo Municipal Popular”. En la página 12 párrafo 2. Donde dice: “y los votos en contra de los cuatro Concejales presentes del

Grupo Municipal Popular”. Debe decir: “y la abstención de los cuatro Concejales presentes del

Grupo Municipal Popular”.

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Se acordó también corregir las notificaciones que se hayan formalizado en las que conste el sentido del voto del Grupo Popular en los dos casos mencionados.

2º. DECRETOS DE ORGANOS UNIPERSONALES. Dio cuenta el Alcalde de las relaciones de decretos que se describen

correspondientes a los emitidos por los órganos de gobierno unipersonales desde la sesión ordinaria de 26-07-13.

DECRETOS DE ALCALDE. 280-2013 (Incoación Expte Sancionador Perros nº 1-2013). 282-2013 (Obras en Solvaradero, 87). 284-2013 (Adjudicación Trabajos Pintura Colegio). 285-2013 (Concesión de licencia de obra mayor). 286-2013 (Fraccionamiento de pago de tributos). 287-2013 (Incoación expte. sancionador perros nº 2-2013). 288-2013 (Convocatoria y bases educador@). 289-2013 (Fraccionamiento de pago de tributos). 290-2013 (Desestimación recurso reposición). 291-2013 (Fraccionamiento). 292-2013 (1ª Ocupación). 293-2013 (1ª Ocupación). 294-2013 (Solicitud Subvención Gastos Corrientes). 295-2013 (Desestimación anulación Ibi de Urbana). 296-2013 (Fraccionamiento Ibi de Urbana 2013). 297-2013 (Estimación validez bono piscina 2012). 298-2013 (Estimación devolución Ibi Urbana). 299-2013 (Requerimiento limpieza parcela). 300-2013 (Adquisición maquina fregadora polideportivo). 301-2013 (Subsanación deficiencias vivienda). 302-2013 (Bajas ejecutiva). 303-2013 (Bajas voluntaria). 304-2013 (Adjudicación contratos suministro de energía eléctrica). 305-2013 (Adjudicación contratos suministro de energía eléctrica). 306-2013 (Notificación vecinos Fuente Milano). 307-2013 (Convocatoria de Com. Inf. de Hacienda). 308-2013 (Convocatoria de sesión plenaria). 309-2013 (Fraccionamiento de pago ICIO 2013). 310- 2013 (Decreto solicitando subvención gastos servicios). 311 2013 (Prorroga IVTNU). 312-2013 (Aprobación condicionada gasto adquisición Dúmper). 313-2013 (Aprobación condicionada gasto adquisición Elevadora). 314-2013 (Rqto. documentación para licencia obra). 315-2013 (Contratación monitor campamento de verano). 316-2013 (Aprobación listados admitidos y excluidos puesto educad@r). 317-2013 (Autorización ocupación vía pública). 318-2013 (Autorización ocupación vía pública bar en fiestas). 319-2013 (Desestimando recurso de reposición). 320-2013 (Desestimando recurso de reposición). 321-2013 (Afección al dominio público hidráulico en Arroyo El Pornoso). 322-2013 (Autorización ocupación vía pública bar en fiestas).

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322-2013 (Autorización ocupación vía pública bar en fiestas). DECRETOS DEL CONCEJAL DE ECONOMIA. 012-2013 (Rqto. adjudicatario servicio Kiosko piscina municipal). 013-2013 (Rqto. cumplimiento horario bar). 014-2013 (Autorización ocupación vía pública puesto venta). 015-2013 (Explotación apícola). 016-2013 (Autorización ocupación vía pública puesto venta). DECRETOS DEL CONCEJAL DE OBRAS. 56-2013 (Concesión licencia obra menor). 57-2013 (Concesión licencia obra menor). 58-2013 (Concesión licencia obra menor). 59-2013 (Concesión licencia obra menor). 60-2013 (Concesión licencia obra menor). 61-2013 (Concesión licencia obra menor). 62-2013 (Concesión licencia obra menor). 63-2013 (Concesión licencia obra menor). 64-2013 (Concesión licencia obra menor). 65-2013 (Concesión licencia obra menor). 66-2013 (Concesión licencia obra menor). 67-2013 (Concesión licencia obra menor). 68-2013 (Propuesta resolución expte. sancionad 02-13). 69-2013 (Concesión licencia obra menor). 70-2013 (Concesión licencia obra menor). 71-2013 (Concesión licencia obra menor). 72-2013 (Concesión licencia obra menor). 73-2013 (Concesión licencia obra menor). 74-2013 (Concesión licencia obra menor). 75-2013 (Concesión licencia obra menor). 76-2013 (Concesión licencia obra menor). 77-2013 (Concesión licencia obra menor). 78-2013 (Concesión licencia obra menor). 79-2013 (Concesión licencia obra menor Pilar Serrano). 80-2013 (Concesión licencia obra menor). 81-2013 (Concesión licencia obra menor). 82-2013 (Concesión licencia obra menor). 83-2013 (Anulando licencia 082-13). DECRETOS DEL CONCEJAL DE SERVICIOS. 002-2013 (Rqto. reposición acera en calle Huerta, 6). 003-2013 (Autorización para colocación lapida en cementerio). Habiéndose entregado copia de las relaciones de decretos anteriores con

carácter previo a la sesión a los Grupos Municipales y a efectos de aclarar cualquier detalle sobre los mismos el Presidente abrió un turno de intervenciones.

* La Concejala del Grupo Popular Sra. Sastre García preguntó por los decretos de contratación de suministro de energía eléctrica.

* Respondió el Alcalde que a la vista de los informes comparativos de tarifas existentes en el mercado presentados por una empresa de intermediación,

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se adjudicaron dichos suministros a las empresas que suscribían las ofertas más ventajosas sin coste de intermediación para el Ayuntamiento.

* El Portavoz del Grupo Popular, Sr. De Mateo García preguntó por el decreto de Alcaldía mediante el que se ordenaba a la Policía Local la realización de notificaciones a los vecinos del núcleo Fuente Milano, sobre el que el Cabo de la Policía D. Helios Aparicio Jiménez había expresado por escrito nota de disconformidad.

* Respondió el Alcalde que efectivamente se había formulado esa nota de disconformidad. Que no entendía su contenido porque hacía referencia a un supuesto acuerdo entre el Ayuntamiento y el personal del Cuerpo de Policía sobre tareas a realizar, inexistente. Que consideraba dentro de las funciones legales de policía administrativa de los miembros de la Policía la práctica de notificaciones y por eso ordenó se hicieran. Que además se encontraba de vacaciones el Alguacil Municipal y era urgente efectuar aquellas porque estaban destinadas a personas que residían temporalmente en el municipio durante el mes de agosto. Que algunos Policías venían mostrando reservas en atender las órdenes de los órganos de gobierno municipales en materia de policía administrativa y otros no.

* El mismo Concejal del Grupo Popular manifestó que había estudiado las actuaciones municipales en materia de tenencia de perros observando que en algunos casos eran correctas y sin embargo en otros necesitaba más información porque había sido interpelado sobre ello por el vecino afectado.

Preguntó porqué si se había archivado anteriormente un expediente sancionador por generación de molestias a vecinos con ladridos de perros incoado a D. José Antonio Aparicio Olmedo, se había vuelto a abrir ahora y añadió que ese tipo de expedientes debían basarse en informes policiales contundentes no como en este caso que eran exculpatorios.

* Respondió el Alcalde manifestando que los informes policiales emitidos en el caso mencionado no eran totalmente exculpatorios aunque los hechos comprobados que motivaban las actuaciones municipales quedaban parcialmente diluidos por haber realizado la Policía comprobaciones no requeridas por la Alcaldía en lugares alejados de la zona donde se denunciaban las molestias. Que la cuestión determinante era la necesidad de evitar las molestias a los vecinos que residían en la zona próxima al lugar donde se encontraba la perrera del Sr. Aparicio Olmedo. Que había podido comprobar personalmente que los perros no se guardaban entre las 12 horas de la noche y las 8 horas de la mañana como obligaba la Ley de Protección Animal y la ordenanza municipal de tenencia de animales, y por eso ladraban los animales. Que había requerido al vecino mencionado para que recogiera a los animales por la noche y a ello se comprometió. Que en la noche del pasado 19 de agosto recibió una llamada de teléfono de un vecino quejándose de los ladridos procedentes de la perrera mencionada. Leyó el texto de la queja formulada por varios vecinos sobre el mismo asunto. Informó que a la una de la madrugada del día 20 de agosto se personó en el camino de la Dehesa Vieja donde se encuentra la citada perrera y pudo comprobar el escándalo que formaban los perros allí

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encerrados. Que había intentado conciliar el derecho al descanso de los vecinos con el derecho del Sr. Aparicio Olmedo a tener su perrera a pesar de que según el informe emitido a su instancia por el Arquitecto Municipal la citada perrera se encontraba fuera de ordenación, es decir, no se ajustaba a las edificaciones permitidas por la normativa urbanística, y aunque se indicaba que se podía legalizar, no en las condiciones actuales, y leyó el contenido esencial de dicho informe. Que a raíz de los sucesos y antecedentes mencionados propuso al Sr. Aparicio Olmedo adoptara medidas para evitar molestias a los vecinos. Que el interesado no cumplió lo requerido y por eso le tuvo que advertir que le abriría un expediente sancionador. Que con los datos aportados, de los cuales se había facilitado previamente prueba documental al Sr. De Mateo García, no comprendía cual era su postura. Que durante los últimos días, al parecer, no se habían producido molestias pero hoy si y no sabía si tendría algo que ver con ello el Sr. De Mateo García.

* Protestó el Sr. De Mateo García y cruzó con el Alcalde expresiones de disconformidad y anunció que cuando cualquier vecino se dirigiera a ellos, refiriéndose a los Concejales del Grupo Popular, con dudas sobre la actuación del Gobierno Municipal, le interpelarían sobre ello. Repitió de nuevo su pregunta de por qué se archivó un expediente sancionador incoado al Sr. Aparicio Olmedo y ahora se abría otro. Manifestó que el vecino le había dicho que el Equipo de Gobierno le acosaba. Repitió su pregunta sobre el archivo de un expediente sancionador y la apertura de uno nuevo, manifestando que en los fundamentos jurídicos del caso no existía base para sancionar. Que no estaba de acuerdo con el informe técnico emitido por el Arquitecto Municipal sobre la perrera salvo para casos de ejecución de nueva planta, porque la perrera origen del asunto llevaba construida más de catorce años.

* Repitió el Alcalde que bastante tiempo después de que se archivara el primer expediente sancionador incoado al Sr. Aparicio Olmedo, se había anunciado la apertura de otro nuevo por los motivos ampliamente expuestos. Que el afectado sabía sobradamente que sus perros no estaban recogidos cuando era legalmente obligatorio hacerlo. Que no había oído al Sr. De Mateo García una sola palabra de comprensión con los vecinos que sufren las molestias ocasionadas por el Sr. Aparicio Olmedo. Que le parecía increíble que este vecino diga que se siente acosado cuando el pasado día 24 de agosto había abordado en la vía pública al Concejal de Medio Ambiente y afectado por los ladridos de sus perros, amenazándole en presencia de cinco testigos y motivando la presentación de la denuncia correspondiente. Que el Sr. Aparicio Olmedo estaba conculcando las normas en materia de tenencia de animales generando molestias a varios vecinos con una instalación irregular y mintiendo al Alcalde. Que el Sr. De Mateo estaba defendiendo a una persona que no respetaba las normas.

* Intervino de nuevo el Sr. De Mateo García manifestando que el primer expediente sancionador estaba viciado porque el Concejal de Medio Ambiente fue instructor del mismo y a la vez vecino afectado, y que por tanto estaban viciadas todas las actuaciones realizadas. Pidió que se resolviera el expediente

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en curso conforme a Derecho, y que se aplicara el mismo criterio a todas las perreras existentes en el municipio.

* Pidió la palabra el Concejal Delegado de Medio Ambiente Sr. González Martín.

* Se opuso el Sr. De Mateo García a que hablara el Corporativo que solicitaba intervenir por ser parte en el asunto.

* Manifestó el Alcalde que el Sr. González Martín tenía derecho a intervenir porque había sido citado y le dio la palabra.

* Manifestó el Sr. González Martín que agradecía el interés mostrado por el Sr. De Mateo García sobre el asunto y le pidió que le pedía el mismo amparo que estaba dando al propietario de la perrera, para los vecinos que soportaban las molestias que este originaba.

* Replicó el Sr. De Mateo García que si le llamaban les escucharía pero que no tenía sentido que interviniera el Concejal Sr. González Martín porque era uno de los vecinos afectados.

* Repitió el Concejal Sr. González Martín que solo pedía al Sr. De Mateo García que hablara con los vecinos afectados y comprobara personalmente los ladridos que salían de la perrera como había hecho el Alcalde.

* Terminó el Alcalde manifestando que había intentado conciliar intereses pero el Sr. Aparicio Olmedo no se comportaba, y declaró suficientemente debatido el asunto.

Preguntó si había alguna pregunta más sobre los decretos relacionados, contestando el resto de Corporativos que no había ninguna pregunta más.

3º. INFORMES DE ALCALDE Y CONCEJALES. * Informó el Alcalde Sr. Sacaluga Luengo, que con motivo de las

denuncias formuladas por la Guardia Civil contra numerosos vecinos por aparcamiento en las calles Real y Mayor en su condición de travesías urbanas de las carreteras M-611 y M-631hasta en el primer semestre de este año había tenido que hacer distintas gestiones como publicar bandos informativos para advertir de la situación, dirigir un escrito a la Jefatura de Tráfico de Madrid solicitando se tuviera en consideración el carácter urbano de ambas travesías y conversaciones con los Comandantes, del Puesto de la Guardia Civil de Miraflores de la Sierra y de la Agrupación de Tráfico de Buitrago del Lozoya solicitando tuvieran tolerancia. Que había conseguido la comprensión de los mandos de la Guardia Civil y el compromiso de que hasta pasadas las fiestas patronales de septiembre procurarían que los agentes bajo su mando fueran más tolerantes. Que de hecho en los meses de julio y agosto no le constaba se hubieran producido nuevas denuncias. Que el Equipo de Gobierno estaba estudiando la creación de áreas de estacionamiento de vehículos a motor en el casco urbano para dar una alternativa a los aparcamientos en las travesías.

Informó que había celebrado una reunión exploratoria con más de treinta y siete vecinos de los núcleos, El Pornoso y Cuesta Eusebia para conocer su opinión sobre la posibilidad de acometer las obras de urbanización postergadas durante muchos años. Que se comprometió a enviarles datos sobre dicha

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iniciativa con solicitud formal de de conformidad individualizada, y que cuando hubiera algo más concreto informaría al Pleno.

* Intervino el Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García respondiendo al Alcalde, que en relación con las gestiones que había realizado con los mandos de la Guardia Civil solicitando tolerancia con los vecinos que estacionaban sus vehículos en las travesías locales, no podían decirle otra cosa distinta de la que le habían dicho. Que le recomendaba hiciera gestiones ante la Dirección General de Carreteras de la Comunidad de Madrid en consideración a que esta era la Administración responsable de las travesías para procurar conseguir se diera un tratamiento a las mismas que permitiera el estacionamiento de vehículos siquiera parcialmente.

Respecto a la urbanización de los núcleos urbanos mencionados informó que durante sus mandatos como Alcalde también intentó dotar de servicios a los mismos dándoles el tratamiento urbanístico adecuado y consiguiendo que la Comunidad de Madrid sufragara la redacción de los proyectos técnicos. Que en cualquier caso solo si había una determinación política clara del Ayuntamiento y se pactaban las condiciones de financiación de las obras con los propietarios de las fincas afectadas se conseguiría el objetivo.

* Replicó el Alcalde que en relación con las obras de dotación de servicios de El Pornoso y Cuesta Eusebia se informó a los propietarios asistentes sobre los datos económicos obtenidos de los estudios de financiación elaborados en el año 2010 por el Secretario-Interventor. Que se pondría al día esa información y se seguirían los trámites necesarios para intentar acometer por fases las obras mencionadas.

Respecto a las gestiones por él realizadas con ocasión de las denuncias formuladas por la Guardia Civil a numerosos vecinos por estacionamiento en los márgenes urbanos de las travesías, manifestó que en el mes de junio lo procedente era hacer lo que hizo y no dirigirse a la Dirección General de Carreteras, porque las denuncias ya estaban hechas.

* Con permiso del Presidente, el Concejal Delegado de Servicios Sr. Martín Hijano manifestó que le alegraba oír las propuestas del Grupo Popular porque cuando ellos gobernaban lo que hicieron fue prohibir el aparcamiento en ambos márgenes de las travesías señalizándolo mediante el pintado de líneas amarillas continuas en los bordes de las calzadas, y que el Gobierno de Izquierda Unida-PSOE que gobernó a continuación consiguió en seis meses que dicha señalización de prohibido aparcar se suprimiera en uno de los dos márgenes de ambas travesías.

* Replicó el Sr. De Mateo García que aquello se hizo para que los vecinos estuvieran avisados de que en los márgenes de las travesías no se podía aparcar.

* La Concejala del Grupo Popular Sra. Navacerrada Martín ratificó lo dicho por su Portavoz y pidió que se solicitara a la Dirección General de Carreteras que señalizara en las travesías la prohibición de aparcar para información de los vecinos ya que en muchos lugares dicha señalización se había borrado.

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* Terminó el Alcalde manifestando que el Estado tenía que recaudar y que ese era el motivo de la campaña de denuncias realizada por la Guardia Civil.

* Procedió el Concejal de Servicios y Festejos Sr. Martín Hijano a informar sobre la gestión de su Concejalía en los términos generales que se describen.

Informó que se había pintado el interior del edificio del Colegio Público y que por un error del pintor la factura había excedido el importe del presupuesto al haber pintado tres aulas más de las contratadas. Que se dio conformidad porque el trabajo estaba hecho aunque el pintor se ofreció a no cobrar el trabajo realizado erróneamente.

Que a través del personal de mantenimiento se habían reparado varias instalaciones ganaderas municipales.

Que la pasada semana la Dirección General de Patrimonio de la Comunidad de Madrid había empezado a rehabilitar el Puente de La Mina situado sobre el arroyo del mismo nombre, en el margen derecho de la ctra. de Miraflores de la Sierra en dirección a dicho municipio.

Que a pesar de los pocos recursos económicos disponibles se había confeccionado el programa de festejos de septiembre que se había enviado a todos los Concejales, contemplando algunos contenidos que consideraba básicos y incorporando las actividades propuestas por los vecinos en el proceso de participación ciudadana realizado. Que agradecía públicamente la buena disposición de las Peñas para hacer un programa con más contenido.

Felicitó al Concejal de Medio Ambiente Sr. González Martín por el éxito de participación habido en la feria ganadera celebrada el pasado veinticuatro de agosto y por el acierto de que se celebrara en fechas distintas a las de las fiestas patronales.

* Con permiso del Presidente, el Concejal del Grupo Popular Sr. Cobertera Hijano, preguntó cómo iba a quedar la toma de agua del arroyo de la Mina, al parecer suprimida con motivo de las obras de rehabilitación mencionadas, ya que con dicha toma se abastecía una explotación ganadera próxima.

* Respondió el Concejal de Servicios Sr. Martín Hijano que le gustaría que el asunto de la toma de agua se solucionara pero que durante la obra no se podía mantener. Que la toma de agua se podía soterrar pero había que saber si contaba con la autorización preceptiva de la Confederación Hidrográfica del Tajo o era ilegal.

* Propuso el Sr. Cobertera Hijano que se podía reponer la toma de agua y soterrar la tubería por el margen de la ctra. de Miraflores.

* Replicó el Concejal de Servicios que le parecía bien la propuesta pero que la alternativa la debía buscar el vecino interesado y no el Ayuntamiento.

* Intervino el Alcalde informando que a él le solicitó ayuda el vecino afectado cuando le suprimieron la toma de agua y para atenderle le pidió que se acercara al puente de La Mina y le diera su número de teléfono al encargado de la obra pidiéndole que le llamara para intentar solucionarlo y le indicó que después formulara una petición de ayuda por escrito. Que el vecino no hizo nada

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de lo señalado sino que salió de las oficinas municipales y al encontrarse con el Concejal de Medio Ambiente Sr. González Martin, le dijo que el Alcalde no le daba ninguna solución.

A continuación dio la palabra al Sr. De Mateo García diciéndole que no se hiciera el tonto por el gesto de sorpresa que había mostrado.

* El Sr. De Mateo García calificó al Alcalde de dictadorzuelo. * El Alcalde manifestó que el Sr. De Mateo García había sido un

cacicuelo durante los dieciséis años que había ejercido como Alcalde. * Replicó el Sr. De Mateo García llamando impresentable al Alcalde y

pidiéndole que retirara su calificación. * Replicó el Alcalde que no iba a retirar su calificativo porque antes le

había insultado reiteradamente el Sr. De Mateo García que era un manipulador de baja estofa.

A las veintiuna treinta horas a instancia del Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García los Concejales del mismo abandonaron la sesión.

*Intervino el Alcalde manifestando que el Portavoz del Grupo Popular le había insultado repetidamente diciendo que usaba una ironía cutre y menospreciándole continuamente. Que el Grupo Municipal Popular bajo la dirección del Sr. De Mateo García había boicoteado la apertura del restaurante municipal Fuente del Collado con sus actuaciones. Que no realizaba una oposición constructiva y que no dudaba en utilizar cualquier medio en perjuicio de los intereses del pueblo para intentar desgastar al Equipo de Gobierno, y que eso no se podía tolerar.

Dio la palabra al Concejal Delegado de Cultura, Educación y Deportes, Sr. Gómez Fernández quien dio cuenta de su gestión en los términos generales que se describen.

* Dio cuenta de la celebración de diez sesiones cine de verano señalando que era la primera vez que se podían dar tantas y mostrando su satisfacción por la buena acogida de los vecinos. Informó sobre las actividades de promoción deportiva celebradas desde el comienzo del verano señalando que en la gala del deporte habían concurrido 371 participantes mayoritariamente niños.

Expresó su satisfacción por la asistencia a los campamentos de verano concretando que participaron130 niños entre los campamentos urbano y deportivo.

Terminó informando de la participación de 26 personas en el programa de promoción deportiva “en forma”.

* Con permiso del Presidente intervino el Concejal Delegado de Medio Ambiente Sr. González Martín en los términos generales que se describen.

Agradeció la colaboración prestada por el Concejal de Servicios Sr. Martín Hijano en la realización de las actividades de la feria ganadera a la que dijo habían asistido entre 2.000 y 2.500 personas de fuera del municipio.

* Terminó el Alcalde manifestando que con los escasos recursos económicos disponibles las actividades programadas para celebrar las fiestas

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patronales eran las posibles, y agradeció el trabajo realizado por el Concejal del Area Sr. Martín Hijano.

4º. MODIFICACION DE LA ORDENANZA FISCAL DE TASAS POR SERVICIOS DEPORTIVOS.

Informó el Alcalde que se trataba de ratificar la instrucción que había dado al personal responsable de la taquilla de la piscina municipal al principio del verano para que no se aplicara el recargo general del 20 % sobre las tarifas ordinarias a los usuarios foráneos que adquirieran bonos de 10 baños. Que dicha instrucción la dio para facilitar al acceso a la piscina de los veraneantes y la posible mejora de los ingresos del servicio. Que se estudiará la supresión con carácter general del citado recargo por cuanto el Secretario-Interventor le había informado de la posible ilegalidad del mismo a la luz de lagunas sentencias judiciales. Que los servicios de promoción deportiva en general eran muy deficitarios produciéndose una diferencia anual entre gastos e ingresos de más de 60.000 € que se financiaban por todos los vecinos con sus impuestos. Que la nueva ley de Régimen Local que se tramitaba en el Parlamento dificultaría la continuidad de este tipo de servicios no básicos en las condiciones deficitarias mencionadas, y por ello había que hacer un esfuerzo en reducir ese déficit.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda y con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista y los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes se acordó:

- Modificar la Ordenanza Fiscal de Tasas por Prestación de Servicios de Promoción Deportiva en la forma que se describe.

ARTÍCULO 5.- Tarifas. La cuantía de la tasa regulada en esta Ordenanza será la fijada en las tarifas que se detallan a continuación:

..................... CONDICIONES DE GESTION. ..................... - A los usuarios no empadronados en el municipio se les aplicarán las

tarifas anteriores incrementadas en un 20 %, excepto para los BONOS de DIEZ USOS de las instalaciones (piscina y pistas deportivas).

5º. INFORME DE MOROSIDAD DEL 2º TRIMESTRE DE 2013. Dio la palabra el Presidente a la Concejala de Hacienda Sra. García

Romero quien dio cuenta del informe redactado por la Intervención municipal en cumplimiento de las obligaciones establecidas en la legislación vigente sobre emisión de informes trimestrales a remitir al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas descriptivos de la situación de las facturas presentadas al cobro en el Ayuntamiento. Señaló que las facturas pendientes de pago fuera del plazo legal de un mes desde la fecha de su presentación correspondían a los servicios prestados por el antiguo recaudador en 2011 y años anteriores como consecuencia de haberse negado el mismo a usar el plan de pagos puesto en marcha por el Gobierno del Estado en el mes de marzo de 2012 a pesar de habérsele ofrecido reiteradamente desde el Ayuntamiento, habiendo

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decidió esperar a la resolución del recurso contencioso que formuló contra la decisión municipal de julio de 2011 de terminar la situación irregular de contratación de servicios que venía manteniéndose desde hacía años con dicho recaudador, y haber resuelto recientemente desestimando las pretensiones del recurrente incluso el derecho a ser indemnizado.

A continuación la Concejala de Hacienda puso a disposición del Pleno el informe de referencia con el contenido que se describe.

“INFORME CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE PAGO DE LAS OPERACIONES COMERCIALES DEL AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO (MADRID). PERÍODO: SEGUNDO TRIMESTRE 2013 (Abril, Mayo y Junio). Juan Francisco Bravo Collantes, funcionario de carrera de la Administración Local con habilitación estatal, Subescala de Secretaría-Intervención, que desempeña el puesto de Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Bustarviejo por Resolución de la Dirección General de Cooperación Local de 27 de febrero de 2009 del Ministerio de Administraciones Públicas, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) núm. 71 de 24 de marzo de 2009, en el ejercicio de las funciones contempladas en el artículo 196 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de las Haciendas Locales, y artículos 5.1.a) y 2 del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, INFORMA: PRIMERO.- La Ley 15/2010 de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, (BOE 06-07-2010), ha introducido diversos artículos que, en cuanto a su importancia por afectar a los plazos de pago, a continuación se señalan:

El artículo tercero de la ley 15/2010 ha modificado el artículo 200-4º de la Ley de Contratos del Sector Público, que pasa a tener la siguiente redacción:

“La Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de expedición de las certificaciones de obras o de los correspondientes documentos que acrediten la realización total o parcial del contrato, … y si se demorase, deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de treinta días, los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro …. Cuando no proceda la expedición de certificación de obra y la fecha de recibo de factura ... sea anterior a la recepción de las mercancías o prestación de los servicios, el plazo de treinta días se contará desde dicha fecha de recepción o prestación.”

Dicho plazo de pago de 30 días está vigente en virtud de lo dispuesto en el artículo 3.3 de la Ley 15/2010, que introduce una nueva Disposición

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transitoria Octava en la Ley de Contratos del Sector Público, con la siguiente redacción:

“Disposición transitoria octava. Plazos a los que se refiere el artículo 200 de la Ley.

El plazo de treinta días a que se refiere el apartado 4 del artículo 200 de esta Ley … se aplicará a partir del 1 de enero de 2013. SEGUNDO.- Como mecanismo de transparencia en el cumplimiento de dichas obligaciones de plazos de pago, la mencionada Ley establece que se rindan informes periódicos. En cuanto a esta Secretaría-Intervención concierne, el artículo 4 de la misma, en sus apartados 3 y 4, establece:

3.- Los Tesoreros, o, en su defecto, Interventores de las Corporaciones locales, elaborarán trimestralmente un informe sobre el cumplimiento de los plazos previstos en esta Ley para el pago de las obligaciones de cada Entidad local, que incluirá necesariamente el número y cuantía global de las obligaciones pendientes en las que se esté incumpliendo el plazo.

4.- Sin perjuicio de su posible presentación y debate en el Pleno de la Corporación local, dicho informe deberá remitirse, en todo caso, a los órganos competentes del Ministerio de Economía y Hacienda y, en su respectivo ámbito territorial, a los de las Comunidades Autónomas que, con arreglo a sus respectivos Estatutos de Autonomía, tengan atribuida la tutela financiera de las Entidades locales. Este informe, por lo tanto, se emite en virtud de la obligación personal establecida en el artículo 4º.3 de la Ley 15/2010, anteriormente citado.

Habiéndose producido la entrada en vigor de esta norma el día 07-07-2010, al día siguiente de su publicación en el BOE, por así establecerlo la Disposición Final única, y siendo la obligación de información de naturaleza trimestral, ha de entenderse que debe de rendirse la misma al concluir cada trimestre natural, en los meses de abril, julio, octubre y enero.

TERCERO: El ámbito de aplicación de la Ley 15/2010 que impone tal obligación de información se ciñe, (de conformidad con lo contemplado en el artículo 1.2 que modifica el artículo 3 de la Ley 3/2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales), a los pagos efectuados como contraprestación en las operaciones comerciales realizadas entre empresas y la Administración, por lo que exclusivamente se va a informar de los pagos realizados a dichos terceros en su calidad de acreedores/proveedores municipales, por los gastos realizados desde los capítulos 2 y 6 (GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS, e INVERSIONES REALES, respectivamente), de la clasificación económica del estado de gastos del presupuesto. Quedan excluidos de información todos los gastos de retribuciones del personal, gastos de transferencias corrientes o de capital, gastos de naturaleza financiera y pagos pendientes derivados de obligaciones no presupuestarias.

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CUARTO: La información que se facilita se extrae de los datos que obran en la contabilidad municipal (registro de facturas), la cual es llevada por la Intervención municipal. QUINTO: Teniendo el Ayuntamiento de Bustarviejo la obligación de abonar el precio de las obligaciones en un plazo de 30 días naturales, debe de informarse del número y cuantía global en las que se esté incumpliendo dicho plazo. Para ello, se consulta en la contabilidad municipal las obligaciones que se encuentran pendientes de pago y tienen fecha de presentación anterior al 1 de junio de 2013 (30 días antes del 31 de marzo), pues sobre todas ellas se habrá incumplido el plazo de pago. De tal consulta resulta que las obligaciones pendientes de pago en las que se está incumpliendo el plazo son las siguientes:

ESTADO NÚMERO CUANTÍA GLOBAL OBLIGACIONES SIN PAGO ORDENADO 27 161.411,40 €

OBLIGACIONES CON PAGO ORDENADO 0 0

TOTALES 27 161.411,40 €

SEXTO: Se remite copia del presente informe, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4º.4 de la Ley 15/2010, a:

• Sra. Concejala de Hacienda, para su posible presentación y debate en el Pleno de la Corporación.

• La Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, como órgano competente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a través de la Oficina Virtual de Coordinación Financiera con las Entidades Locales.

Bustarviejo, a 30 de julio de 2013.

EL SECRETARIO-INTERVENTOR, Fdo. Juan Francisco Bravo Collantes.”

* La Corporación se dio por enterada. 6º. ESTADO DE EJECUCION DEL PRESUPUESTO A 30-06-13. * Con permiso del Presidente la Concejala Delegada de Hacienda Sra.

García Romero dio lectura al resumen que se describe destacando el control del gasto que los datos reflejaban y el cumplimiento de los objetivos de recaudación.

Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos 2º TRIM 2013 Importe en Euros

% Previsión Inicial Modificación Previsión Definitiva

Derechos reconocidos Recaudado Pendiente Cobro

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71,59 2.509.474,00 86.658,00 2.596.132,00 1.858.669,39 827.454,64 1.031.214,75

Estado de Ejecución del Presupuesto de Gastos 2º TRIM 2013 Importe en Euros

% Crédito Inicial Modificación Crédito definitivo

Obligaciones reconocidas

Pagos realizados

Pendiente de Pago

50,61 2.459.068,00 86.658,00 2.545.726,00 1.288.554,62 966.956,22 321.598,40

* La Corporación se dio por enterada. 7º. MODIFICACION DE CREDITOS Nº 4-2013. * Dio la palabra el Presidente a la Concejala Delegada de Hacienda Sra.

García Romero quien dio describió el contenido de las modificaciones de créditos de gastos que proponía conforme al detalle que luego se describe.

* Intervino el Alcalde para agradecer el espíritu cívico de los ciudadanos de Bustarviejo mostrado a través del pago de los tributos locales, señalando que ello permitía mantener algunos servicios complementarios educativos suprimidos por la Comunidad de Madrid como las actividades extraescolares, las clases de refuerzo educativo o las ayudas de comedor escolar para las familias necesitadas, y soportar los permanentes retrasos en el pago de las cantidades comprometidas por la Administración Regional como las cuotas mensuales del convenio de financiación de los policías Bescam. Añadió que si la Comunidad de Madrid continuaba retrasando la entrega de las cantidades comprometidas para el pago de los gastos de personal, combustible y equipamiento de las Bescam habría problemas de liquidez. Recordó que la subvención para los policías Bescam, no era discrecional sino que tenía su origen en un convenio administrativo suscrito en el año 2009 entre el Ayuntamiento y la Comunidad de Madrid y que esta venía incumpliendo al menos desde el año 2010.

Terminó señalando que se iba a intentar abrir una Casa de Juventud antes del inicio del próximo invierno en el edificio de la antigua Casa de Niños de la calle Alamo.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda y con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista y los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes se acordó:

- Aprobar el expediente de modificación de créditos nº 4-2013 del Presupuesto de 2013 conforme al siguiente detalle.

Incrementos de créditos, PARTIDA DENOMINACION IMPORTE € 16.210 Mantenimiento de infraestructuras 12.000,00

16.214 Conservación vehículos mantenimiento 5.000,00

16.62303 Maquinaria servicio de mantenimiento 1.000,00

162.62303 Maquinaria para depósito de residuos 1.500,00

163.62303 Maquinaria para limpieza viaria 2.000,00

323.480 Subvenciones AMPA actividades extraescolares 3.300,00

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330.212 Mantenimiento edificios cultura 4.000,00

334.480 Subvenciones Asociaciones Culturales 2.000,00

334.22103 Suministro combustibles locales cultura 2.000,00

337.212 Conservación edificios juventud 1.500,00

337.22100 Suministro energía eléctrica locales juventud 1.500,00

337.22103 Suministro combustible locales juventud 2.000,00

338.22609 Festejos populares 2.000,00

340.22101 Suministro agua locales deportes 1.000,00

920.220 Material de oficina 1.000,00

920.22101 Suministro agua servicios generales 2.000,00

920.22723 Contratos realización trabajos técnicos 1.000,00

Total ............................................... 44.800,00

Se financian con, Bajas de créditos no comprometidos.PARTIDA DENOMINACION IMPORTE €011.31004 Intereses préstamos a corto plazo 8.000,00

16.22110 Productos limpieza bienestar comunitario 1.000,00

171.22724 Contrato mantenimiento jardines 2.000,00

321.22709 Contratos desayunos y comidas educación 4.000,00

323.13100 Retribuciones laborales temporales educación 1.500,00

323.22000 Materiales actividades extraescolares 900,00

323.22709 Contratos actividades extraescolares 900,00

Total ................................................ 18.300,00

Mayores ingresos no previstos.CONCEPTO DENOMINACION IMPORTE €

113 Impuesto sobre Bienes Inmuebles Urbanos 5.500,00

420 Participación en Tributos del Estado 21.000,00

Total ................................................ 26.500,00

Total financiación,................................... 44.800,00

MEMORIA EXPLICATIVA

* Los créditos del Presupuesto de Gastos que se incrementan en este expediente corresponden a: Mantenimiento de infraestructuras, Para atender a los mayores gastos habidos por reparación de la cubierta del tanatorio y otras actuaciones descritas en el detalle de la partida más la construcción de una barrera reductora de velocidad de vehículos en el núcleo La Bardera a propuesta del Concejal de Servicios.

2.000,00 Conservación vehículos mantenimiento, Para atender a los gastos de reparación extraordinaria del camión de usos múltiples.

5.000,00 Maquinaria servicio de mantenimiento, Para sustituir la herramienta robada en el local del restaurante Fuente del Collado.

1.000,00 Maquinaria para el depósito de residuos Para adquirir un generador de corriente eléctrica y una bomba de extracción de agua a fin de dotar de servicios mínimos temporales a la instalación de referencia.

1.500,00

Maquinaria para limpieza viaria, Para la adquisición de herramientas con las que rentabilizar la disposición de personal desempleado en régimen de colaboración social (desbrozadora y otras).

2.000,00 Subvenciones AMPA actividades extraescolares Para financiar parcialmente las actividades de referencia a través del AMPA en el curso escolar 2013-2014 hasta diciembre de 2013 para suplir la falta de subvención de la Comunidad de Madrid.

3.300,00

Mantenimiento edificios cultura Para pintar el vestíbulo del Centro Cultural (biblioteca)e instalar soportes para exposición de cuadros.

4.000,00 Subvenciones Asociaciones Culturales, Para hacer frente al pago de oct-dic de 2013 de la subvención para la Asociación que mantiene la Escuela de Música pues las cantidades pagadas se correspondían a 2012.

2.000,00

Suministro combustibles locales cultura, Para atender las necesidades del edificio de las antiguas escuelas (Escuela de Música y otros), no presupuestado inicialmente por error.

2.000,00

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Conservación edificios juventud, Para atender al reintegro a la Comunidad de Madrid de una parte de la subvención obtenida en 2009 y cuyo gasto no se justificó.

1.500,00 Suministro energía eléctrica locales juventud, Para atender al gasto referido por la puesta en funcionamiento de la Casa de la Juventud en el local de la antigua casa de niños de la calle Alamo, a propuesta del Alcalde.

1.500,00

Suministro combustible locales juventud, Para atender al gasto referido para calefacción por la puesta en funcionamiento de la Casa de la Juventud en el local de la antigua casa de niños de la calle Alamo, a propuesta del Alcalde.

2.000,00 Festejos populares, Para sufragar los derechos de la SGAE por actos celebrados de 2009 a 2012 (50%) y 2013.

2.000,00 Suministro agua locales deportes, Para atender al gasto referido con datos actuales, que demuestran insuficiencia del crédito inicial.

1.000,00 Material de oficina, Para atender al gasto referido con datos actuales, que demuestran insuficiencia del crédito inicial.

1.000,00 Suministro agua servicios generales, Para atender al gasto referido con datos actuales, que demuestran insuficiencia del crédito inicial.

2.000,00 Contratos realización trabajos técnicos, Para complementar el crédito disponible a fin de sufragar la contratación de las tareas de seguimiento de la terminación de la redacción del PGOU mediante el Arquitecto Municipal.

1.000,00 Otros gastos como los que se corresponden con: - El Servicio de Formación de Adultos, mantenimiento del apoyo escolar u ayudas de comedor escolar

para familias necesitadas tienen actualmente consignación presupuestaria. - Trabajos de arranque de jaral, recogida de restos de poda con maquinaria (presupuesto de Angel

Hijano Martín) propuesto por el Concejal de Medio Ambiente, tiene actualmente consignación presupuestaria. - Trabajos de conservación de instalaciones ganaderas, tiene financiación a través del fondo de

mejoras (15% de cuotas de aprovechamiento de pastos) contabilizado en una cuenta extrapresupuestaria. - Los productos solicitados por mantenimiento para limpieza de grafitis,tienen actualmente

consignación presupuestaria. - La diferencia surgida en el informe de cumplimiento del Plan de Ajuste del Trimestre 1º, entre

límite de Regla de Gasto y Gasto Computable 2013, 44.090,35 € puede sufragarse con el previsible incremento de ingresos en concepto de IBI de Urbana sobre lo inicialmente presupuestado.

* Los créditos de gastos que se reducen se corresponden con:

Intereses préstamos a corto plazo, Porque no se ha necesitado utilizar hasta la fecha más que 300.000 de los 400.000 € de cuentas de crédito contratadas.

8.000,00 Productos limpieza bienestar comunitario, Porque se sigue produciendo un buen control de consumo de los productos de limpieza a través de la Coordinadora del Servicio, y eso permite hacer la 2ª reducción del crédito inicial.

1.000,00 Contrato mantenimiento jardines, Porque no se prevé la suscripción del contrato previsto inicialmente con APAFAM y se está haciendo con personal de colaboración social.

2.000,00 Contratos desayunos y comidas educación, Porque se ha reducido el número de niños usuarios de esos servicios y no se prevé un cambio de tendencia hasta final de año.

4.000,00 Retribuciones laborales temporales educación. Al prestar el servicio de “Primeros del Cole” (actividades extraescolares) en el colegio público local a través del AMPA con aportación municipal, no es necesario contratar a la auxiliar que atendía a los niños usuarios del servicio.

1.500,00 Materiales para actividades extraescolares. No es necesario por haberse decidido prestar el servicio de actividades extraescolares a través del AMPA con aportación municipal.

900,00 Contratos de actividades extraescolares. No es necesario por haberse decidido prestar el servicio de actividades extraescolares a través del AMPA con aportación municipal.

900,00

* El incremento de ingresos de IBI de Urbana corresponde a una parte de la mayor cantidad recaudada respecto de la inicialmente presupuestada, en 26-08-13.

* El incremento de ingresos en concepto de Participación en los Tributos del Estado se deduce de los datos del cuadro que en el mes de julio ha publicado el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en la Oficina Virtual http//www.minhap.gob.es que establece para 2013 la cantidad de 359.787,22 € cuando la previsión presupuestaria actual asciende a 324.932, 00 €.

8º. CREACION DEL SERVICIO DE INFORMACION TURISTICA MEDIANTE CONTRATACION CON ENTIDADES PRIVADAS.

* Dio la palabra el Presidente al Concejal Delegado de Economía Sr. Penadés García quien explicó que pretendía abrir al público la Oficina de Turismo de la calle Feria cerrada desde el día de su inauguración por falta de medios personales, en horario de sábados y domingos a través de empresas o entidades asociativas privadas, disponiendo de una propuesta inicial que

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comprendía también la realización de una visita guiada trimestral por el municipio, gratuita para los vecinos a cambio de que se pusiera a su disposición el local y equipamiento de la citada Oficina municipal para actividades turísticas privadas.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda y con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista y los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes se acordó:

- Crear el Servicio de Información Turística a través de empresas o entidades asociativas privadas poniendo a disposición de las mismas el local municipal de la Oficina de Turismo, situado en la calle Feria, 2.

9º. MOCIONES DE LOS GRUPOS DE GOBIERNO. Dio la palabra el Presidente al Portavoz Adjunto del Grupo Municipal

Socialista Sr. Gómez Fernández quien dio lectura a las mociones que se luego se transcriben.

* Intervino el Alcalde manifestando que hoy era el día mundial de los desaparecidos. Que con la primera de las mociones no se pretendía abrir heridas sino atender la demanda de los ciudadanos para apoyar a la justicia argentina en el procedimiento judicial mencionado, aunque le gustaría que dichas acciones legales se hubieran incoado por la Justicia española. Que todo ello tenía por finalidad que no se olvidaran las situaciones descritas de falta de respeto a los derechos humanos y por el reconocimiento a las víctimas españolas de la Dictadura Franquista, muchas de las cuales están aún desaparecidas.

Explicó asimismo la motivación de la segunda moción en los términos descritos en la misma.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda y con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista y los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes se acordó:

- Aprobar las mociones siguientes.

“MOCION DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA DE APOYO A LA QUERELLA ARGENTINA.

En este Ayuntamiento se ha presentado recientemente una solicitud de apoyo a la Red ciudadana que se ha creado para respaldar la querella que una jueza argentina ha interpuesto contra responsables vivos del régimen franquista, por delitos de genocidio y lesa humanidad, que por su naturaleza son imprescriptibles y no pueden ser objeto de amnistía o cualquier otra medida que implique su impunidad. A esta red de apoyo se han sumado ya 56 organizaciones sociales. El Ayuntamiento de Bustarviejo, en coherencia con otras actuaciones de honra y respeto a la memoria de las víctimas de ese ilegítimo régimen político, que tienen aquí eco local en la rehabilitación del Destacamento Penal de la Dehesa Vieja, muestra su simpatía y apoyo a las iniciativas que persigan el

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esclarecimiento de las responsabilidades y la reparación jurídica y moral de las personas injustamente perseguidas, castigadas y asesinadas. En consecuencia, este Ayuntamiento reitera su condena de la sublevación militar de 1936 y el régimen dictatorial que propició. Y, reconociendo el valor de la iniciativa judicial argentina, manifiesta, en sesión plenaria, su apoyo y adhesión a la Querella 4591-10, del Juzgado nº1 de Buenos Aires, República Argentina, que lleva adelante la Magistrada María Servini de Cubria, por delitos de conculcación de derechos humanos fundamentales, en grado de genocidio y lesa humanidad”.

“MOCION DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA SOBRE EL

PROBLEMA DE LA MALNUTRICION INFANTIL. El comisario para los Derechos Humanos del Consejo de Europa, Nils

Muiznieks, visitó España en fechas recientes. Tras una estancia de cinco días y múltiples reuniones con autoridades y responsables políticos, ofreció una rueda de prensa antes de marchar en la que dijo: “He escuchado con preocupación historias de niños que se desmayan en clase porque no han comido, que acuden dos y tres semanas con la misma ropa al colegio o que están en una situación de vulnerabilidad tras un desahucio”.

Recientemente, organizaciones como Ceapa, Plataforma Rural, VSF y el Observatorio de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales han anunciado ante la ONU “la situación urgente y alarmante de miles de niños que están pasando hambre en España” con el fin de que dicho organismo internacional se pronuncie al respecto.

No hay cifras oficiales actualizadas para toda España, pero los datos de algunas Comunidades confirman los temores de los padres. A día de hoy la Comunidad de Madrid no se ha pronunciado, pero la realidad es que en Madrid una de cada cinco personas ya se encuentra en riesgo de exclusión social y hay hasta un millón de personas en situación de pobreza.

Los pediatras coinciden en que en los casos de déficit de alimentación son todavía “puntuales”, pero si empiezan a ser más frecuentes los de menores que comen mal. El 44% de los pediatras consideran que la disminución de ingresos de las familias está afectando a la correcta alimentación de los niños. El comedor escolar es un servicio complementario de carácter educativo, cuya existencia y reconocimiento viene recogido dentro del Sistema Educativo como un servicio que presta la Administración Educativa y que contribuye a una mejora de la calidad de la enseñanza. Dicho servicio, además de servir a la Administración Educativa como factor importante para la escolarización, también desempeña una destacada función social y educativa. Así, los comedores escolares, además de cumplir una función básica de alimentación y nutrición, están integrados en la vida y organización de los centros. Por todo ello, a propuesta del Grupo Municipal Socialista se adopta el siguiente:

ACUERDO

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1. Instar al gobierno Regional a que ponga en marcha un Fondo de

Compensación Educativa destinado a las familias más necesitadas, aquellas en situación de exclusión social y con hijos/as en edad escolar y que asegure, de manera gratuita, durante el próximo curso escolar tres comidas al día para los niños y niñas de aquellas familias cuya rente no supere los 5.485 €.

2. Instar al Gobierno Regional a dotar, de manera inmediata, con cincuenta millones de euros dicho Fondo de Compensación Educativa que, exclusivamente, estará destinado a ayudar a las familias para comedor escolar y libros de texto, con la puesta en marcha –de nuevo- del sistema de becas y que supone compensar el recorte de 47,5 millones de Euros en becas que se ha producido en los Presupuestos Regionales de la Comunidad de Madrid para 2013.

3. Instar al Gobierno Regional a consolidar esta partida presupuestaria, dentro del programa de Becas y Ayudas a la Educación, en el próximo proyecto de Presupuestos Regionales para 2014.

4. Que sin perjuicio de lo anterior, el Ayuntamiento de Bustarviejo pone en marcha una Comisión de carácter municipal o local, de la que además de los correspondientes responsables técnicos municipales formen parte los representantes de los Grupos Políticos de la Corporación Municipal y cuyo objetivo inicial será evaluar con precisión la situación real en el municipio, así como acordar las correspondientes acciones para dar solución al problema planteado en el marco de las competencias municipales y en coordinación con el resto de Administraciones Públicas competentes.”

10º. MOCIONES URGENTES. No se presentaron. 11º. RUEGOS Y PREGUNTAS. No se produjeron. Y no habiendo más asuntos que tratar por el Presidente se levantó la sesión

cuando eran las veintidós horas y diez minutos del día del día al principio indicado.

Para constancia de lo descrito, el Secretario que suscribe redacta la presente acta, de cuyo contenido da fe.

Vº Bº EL ALCALDE EL SECRETARIO,

Fdo. Juan Antonio Sacaluga Luengo. Fdo. Juan Francisco Bravo Collantes.

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ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA-URGENTE CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO EL DIA 23 DE SEPTIEMBRE DE 2013.

En la villa de Bustarviejo, siendo las veinte horas del día veintitrés de septiembre del año dos mil trece se reúnen los Corporativos relacionados con la asistencia del Secretario que suscribe, en el salón de sesiones de la Casa Consistorial, al objeto de celebrar sesión pública extraordinaria-urgente del Pleno del Ayuntamiento para la que habían sido citados en tiempo y forma legales.

CORPORATIVOS ASISTENTES: D. Juan Antonio Sacaluga Luengo, Alcalde-Presidente (Grupo Municipal Socialista). D. José Mª Gómez Fernández, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Socialista). D. Miguel Martin Hijano, Concejal (Grupo Municipal Socialista). Dª. Angela García Romero, Concejal (Grupo Municipal Socialista). D. Alberto Ignacio Penades García, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes). D. José Carlos González Martín, Concejal (Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes). Dª Mª Mercedes Navacerrada Martín, Concejala (Grupo Municipal Popular). D. Francisco Cobertera Hijano, Concejal (Grupo Municipal Popular). Dª Berta Sastre García. Concejala (Grupo Municipal Popular). D. Oscar Rodríguez Moreno, Concejal (Grupo Municipal Popular). NO ASISTEN CON EXCUSA: D. Julio Jesús de Mateo García, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Popular). SECRETARIO: Juan Francisco Bravo Collantes.

Funcionario de Administración Local con Habilitación Estatal.

Presidió la sesión el Sr. Alcalde, quien sometió a la Corporación los asuntos que se indican.

ORDEN DEL DIA

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1º. URGENCIA DE LA CONVOCATORIA. 2º. REVISION DEL PLAN DE AJUSTE A FIN DE FINANCIAR

LOS GASTOS DERIVADOS DEL PRESTAMO NECESARIO PARA EL PAGO DE LAS FACTURAS DEL ANTIGUO RECAUDADOR.

1º. URGENCIA DE LA CONVOCATORIA. Agradeció el Alcalde la presencia de los Concejales por la precipitación

de la convocatoria y explicó que la urgencia se debía a la necesidad de enviar por vía telemática antes del día 27-09-13 la revisión del Plan de Ajuste imprescindible para poder concertar un crédito especial para el pago de dudas de ejercicios anteriores correspondientes a los servicios prestados por el antiguo recaudador municipal, demorado por la negativa del este hasta que se resolvió el recurso contencioso-administrativo que formuló contra la decisión municipal de julio de 2011 de prescindir de sus servicios estableciendo que la actuación municipal se ajustaba a Derecho.

Sometido a votación el acuerdo que se describe, con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes y los votos a favor de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular, se acordó:

- Declarar urgente la convocatoria. 2º. REVISION DEL PLAN DE AJUSTE A FIN DE FINANCIAR

LOS GASTOS DERIVADOS DEL PRESTAMO NECESARIO PARA EL PAGO DE LAS FACTURAS DEL ANTIGUO RECAUDADOR.

Explicó el Alcalde que el importe de las facturas adeudadas al antiguo recaudador ascendía a 147.559,45 € y que para hacerlas efectivas proponía concertar un préstamo especial ofrecido por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas del mismo importe lo que suponía hacer frente durante los próximos diez años al pago de 23.240 € anuales en concepto de intereses y amortización. Que para acceder a ese préstamo había que modificar el Plan de Ajuste aprobado en 2012 para lo que proponía incrementar en la cantidad indicada los ingresos en concepto de Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana.

* Con permiso del Presidente tomó la palabra la Concejala del Grupo Popular Sra. Navacerrada Martín quien manifestó que por coherencia con el voto en contra que en su día emitieron sobre el Plan de Ajuste aprobado por la Corporación, ahora volverían a votar en contra de la revisión planteada.

Sometido a votación el acuerdo que se describe, con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes y el voto en contra de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular, se acordó:

- Aprobar la REVISION del Plan de Ajuste vigente que a su vez aprobó la Corporación en el año 2012 y fue informado favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, comprendiendo la generación de nuevos ingresos

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suficientes para financiar los gastos derivados de la nueva operación de endeudamiento a largo plazo a concertar para el pago de las deudas reconocidas por importe total de 147.559,45 € correspondientes a las facturas del servicio de recaudación que se relacionan, en virtud de lo previsto en el RD-ley 8/20013, de 28 de junio, de medidas urgentes contra la morosidad de las administraciones públicas y de apoyo a las entidades locales con problemas financieros.

- Relación de facturas (certificados individuales de obligaciones) remitida al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas porro vía telemática el 17-09-13.

Nº Identificativo de la Obligación pendiente

Importe de la obligación pendiente de pago

Fecha de entrada en el registro administrativo (dd/mm/aaaa)

Exigibilidad ante Tribunales de Justicia

04/2008 9.658,18 € 31/12/2008 NO 01/2009 325,90 € 30/04/2009 NO 03/2009 21.299,75 € 31/08/2009 NO 04/2009 243,76 € 31/08/2009 NO 05/2009 27.826,06 € 31/12/2009 NO 06/2009 2.523,06 € 31/12/2009 NO 08/2009 2.000,00 € 31/12/2009 NO 01/2011 7.853,98 € 10/06/2011 NO 02/2011 36.880,58 € 10/06/2011 NO 04/2011 72,43 € 16/06/2011 NO 01/2013 38.875,75 € 15/03/2013 NO Total, 147.559,45 € - Nuevos gastos a financiar derivados de la nueva operación de endeudamiento en

miles de euros. 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023

8.66 8,66 23,24 23,24 23,24 23,24 23,24 23,24 23,24 23,24 - Nuevos ingresos que se generarán respecto del año 2013 con la

REVISION en miles de euros. 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 23,24 23,24 23,24 23,24 23,24 23,24 23,24 23,24 23,24 23,24

- Forma de generar los nuevos ingresos: Mediante el establecimiento de tipos impositivos del Impuesto sobre Bienes

Inmuebles de Naturaleza Urbana dentro de los límites fijados en la normativa vigente, actualmente el RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Y no habiendo más asuntos que tratar por el Presidente se levantó la sesión cuando eran las veinte horas y quince minutos del día del día al principio indicado.

Para constancia de lo descrito, el Secretario que suscribe redacta la presente acta, de cuyo contenido da fe.

Vº Bº EL ALCALDE EL SECRETARIO,

Fdo. Juan Antonio Sacaluga Luengo. Fdo. Juan Francisco Bravo Collantes.

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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO EL DIA 25 DE OCTUBRE DE 2013.

En la villa de Bustarviejo, siendo las veinte horas del día veinticinco de octubre del año dos mil trece se reúnen los Corporativos relacionados con la asistencia del Secretario que suscribe, en el salón de sesiones de la Casa Consistorial, al objeto de celebrar sesión pública ordinaria del Pleno del Ayuntamiento para la que habían sido citados en tiempo y forma legales.

CORPORATIVOS ASISTENTES:

D. Juan Antonio Sacaluga Luengo, Alcalde-Presidente (Grupo Municipal Socialista). D. José Mª Gómez Fernández, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Socialista). D. Miguel Martin Hijano, Concejal (Grupo Municipal Socialista). Dª. Angela García Romero, Concejal (Grupo Municipal Socialista). D. Alberto Ignacio Penades García, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Izquierda Unida-Los

Verdes). D. José Carlos González Martín, Concejal (Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes). D. Julio Jesús de Mateo García, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Popular). Dª Mª Mercedes Navacerrada Martín, Concejala (Grupo Municipal Popular). D. Francisco Cobertera Hijano, Concejal (Grupo Municipal Popular). Dª Berta Sastre García. Concejala (Grupo Municipal Popular). D. Oscar Rodríguez Moreno, Concejal (Grupo Municipal Popular). SECRETARIO: Juan Francisco Bravo Collantes.

Funcionario de Administración Local con Habilitación Estatal. Presidió la sesión el Sr. Alcalde, quien sometió a la Corporación los

asuntos que se indican.

ORDEN DEL DIA

1º. APROBACION DE ACTAS DE SESIONES ANTERIORES.

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2º. DECRETOS DE ORGANOS UNIPERSONALES. 3º. INFORMES DE ALCALDE Y CONCEJALES. 4º. MODIFICACION DE TARIFAS DE LA ORDENANZA FISCAL

DE TASAS POR SERVICIOS DEPORTIVOS. 5º. INFORME DE MOROSIDAD DEL TERCER TRIMESTRE DE

2013. 6º. INFORME DE EVALUACION DEL PLAN DE AJUSTE DEL

TERCER TRIMESTRE DE 2013. 7º. ESTADO DE EJECUCION DEL PRESUPUESTO A 30-09-13. 8º. MODIFICACION DE CREDITOS Nº 5-2013. 9º. INFORME SOBRE SITUACION DE AVALES DE LA

PROMOTORA URBANISTICA URBAPRO, S.L. 10º. CONCESION DE PERMISO DE OCUPACION DE FINCA

MUNICIPAL A LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL HELIPUERTO DEL SERVICIO CONTRA INCENDIOS.

11º. MODIFICACION DEL ACUERDO DE PERMUTA DE TERRENOS EN EL CALLEJON DE MAYOR, 80.

12º. APROBACION DEL ACUERDO MARCO DE LA POLICIA LOCAL.

13º. APROBACION DEL TECHO DE GASTO PARA 2014. 14º. MOCIONES DE LOS GRUPOS DE GOBIERNO. 15º. MOCIONES URGENTES. 16º. RUEGOS Y PREGUNTAS. Los asuntos relacionados se trataron en la forma que se describe. 1º. APROBACION DE ACTAS DE SESIONES ANTERIORES. Sometida a aprobación por el Presidente las actas de las sesiones

celebradas los días 30-08-13 y 23-09-13, cuyas copias habían sido previamente distribuidas a todos los Corporativos, la Corporación, de conformidad con la propuesta formulada por la Junta de Portavoces aprobó las mismas por unanimidad con las siguientes rectificaciones.

Acta de la sesión celebrada el día 30-08-13. En el párrafo 8 de la página 10. Donde dice, “Intervino el Alcalde manifestando que el Portavoz del Grupo Popular le

había insultado repetidamente diciendo que usaba una ironía cutre y menospreciándole continuamente.”

Debe decir. “Intervino el Alcalde lamentando haber proferido un insulto al Sr. De

Mateo García y manifestando que el Portavoz del Grupo Popular le había insultado repetidamente diciendo que usaba una ironía cutre y menospreciándole continuamente.”

2º. DECRETOS DE ORGANOS UNIPERSONALES.

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Dio cuenta el Alcalde de las relaciones de decretos que se describen correspondientes a los emitidos por los órganos de gobierno unipersonales desde la sesión ordinaria de 30-08-13.

DECRETOS DE ALCALDE. 324-2013 (Archivo expte. licencia de obra para lavadero de vehículos). 325-2013 (Contratación laboral de oficial electricista). 326-2013 (Resolución de contrato de oficial electricista temporal). 326-2013 (Devolución aval). 327-2013 (Devolución aval). 328-2013 (Resolución expediente sancionador). 329-2012 (Nombramiento abogado Juicio de Faltas). 330-2013 (Convocatoria selección monitores deportivos 13-14). 331-2013 (Desestimación de exención tasa basura). 332-2013 (Baja tasa de vado y alta tasa paso vehículos pavimentado). 333-2013 (Concesión licencia de 1ª ocupación Ctra. Valdemanco, 2). 334-2013 (Desestimación de plan de viabilidad de circulación de vehículos por

obras de CYII en El Pornoso). 335-2013 (Adjudicación contrato de información con Sierra Norte Digital). 336-2013 (Estimación devolución tasa basuras). 337-2013 (Autorización corte de calle). 338-2013 (Solicitud subvención para inversiones en vehículo de servicios). 339-2013 (Solicitud subvención para inversiones en vehículo de servicios). 340-2013 (Solicitud subvención para inversiones en vehículo dúmper). 341-2013 (Solicitud subvención para inversiones en vehículo carretilla). 342-2013 (Denegación de licencia legalización obras). 344-2013 (Orden a Policía Local para patrullar a pie en casco urbano). 345-2013 (Orden a Policía Local sobre remisión denuncias a Guardia Civil por

correo ordinario). 346-2013 (Aprobación de listas definitivas de admitidos al proceso selectivo para

puesto de trabajo de educador infantil temporal). 347-2013 (Anulación liquidación quiosco de piscina). 348-2013 (Convocatoria de sesión plenaria). 349-2013 (Concesión licencia instalación poste telefónica). 350-2013 (Concesión de sala a la Mancomunidad de Servicios Sociales). 351-2013 (Autorización instalación parking bicicletas en calle Cerrillo, 6). 352-2013 (Aprobación de listas provisionales admitidos y excluidos al concurso

para selección de monitores deportivos temporales). 353-2013 (Autorización uso salón de actos de la Casa Consistorial). 354-2013 (Requerimiento abono gastos reposición farola calle Mayor). 355-2013 (Concesión fraccionamiento de pago de tributos). 356-2013 (Concesión fraccionamiento de pago de tributos). 357-2013 (Nombramiento Secretaria Accidental Juzgado de Paz). 358-2013 (Devolución IVTM 2013). 359-2013 (Estimación anulación tasa basura). 360-2013 (Desestimación exención pago de tributos). 361-2013 (Prórroga para pago de IVTNU). 362-2013 (Devolución IVTM 2013). 363-2013 (Desestimación recurso). 364-2013 (Desestimación devolución IBI urbana).

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365-2013 (Baja licencia de vado). 366-2013 (Autorización sala escuelas antiguas). 367-2013 (Devolución fianza). 368-2013 (Adjudicación contrato servicios medioambientales). 369-2013 (Fraccionamiento de pago de tributos). 370-2013 (Solicitud subvención infraestructuras turísticas). 371-2013 (Autorización uso local). 373-2013 (Contrato arrendamiento fincas para aparcamiento de vehículos). 374-2013 (Nombramiento abogado y procurador P.O. 405-13). 375-2013 (Emplazamiento P.O. 405-13). 376-2013 (Establecimiento de fiestas locales 2014 a efectos laborales). 377-2013 (Concesión de licencia obra mayor). 378-2013 (Comisión de servicios para Coordinadora de Limpieza de locales). 379-2013 (Aprobación liquidación obras mantenimiento desbroce). 380-2013 (Nombramiento Vocales Junta Pericial de Rústica). 381-2013 (Solicitud subvención infraestructuras básicas). 382-2013 (Aprobación liquidación corta ramas). 383-2013 (Eximiendo de pago multa expte. sancionador). 384-2013 (Resolución expte. sancionador nº 002-13). 385-2013 (Concesión prorroga 30 días para limpieza finca). 386-2013 (Aprobando bajas voluntaria nº 1000102 Julio- Sep. 2013). 387-2013 (Aprobando bajas ejecutiva nº 1000103 Julio-Sept. 2013). 388-2013 (Nombramiento Procurador y Letrado P. Abrev. 373-2013). 389-2013 (Convocatoria de Comisión Informativa de Hacienda). 390-2013 (Nombramiento Técnico Municipal para la Junta Pericial de Rústica). 391-2013 (Resolución expte. sancionador perros nº 002-2013). 392-2013 (Autorización puesto en vía pública para encuesta educación pública). 393-2013 (Aprobación liquidación corta ramas). 394-2013 (Nuevo requerimiento de derribo). DECRETOS DEL CONCEJAL DE FESTEJOS. 003-2013 (Autorización puesto de venta en fiestas). 004-2013 (Denegando autorización barra de bar en la vía pública). 005-2013 (Autorización puesto de venta en fiestas). 006-2013 (Autorización barra de bar en fiestas). 007-2013 (Autorización puesto de venta en fiestas). 008-2013 (Contratación peones de limpieza para fiestas). 009-2013 (Autorización puesto de venta en fiestas). 010-2013 (Autorización puesto de venta en fiestas). 011-2013 (Autorización puesto de venta en fiestas). 012-2013 (Contratación de peones limpieza para fiestas). DECRETOS DEL CONCEJAL DE OBRAS. 084-2013 (Concesión licencia obra menor). 085-2013 (Concesión licencia obra menor). 086-2013 (Concesión licencia obra menor). 087-2013 (Concesión licencia obra menor). 088-2013 (Concesión licencia obra menor). 089-2013 (Concesión licencia obra menor). 090-2013 (Concesión licencia obra menor). 091-2013 (Concesión licencia obra menor).

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092-2013 (Concesión licencia obra menor). 093-2013 (Concesión licencia obra menor). 094-2013 (Concesión licencia obra menor). 095-2013 (Concesión licencia obra menor). 096-2013 (Concesión licencia obra menor). 097-2013 (Concesión licencia obra menor). 098-2013 (Concesión licencia obra menor). 099-2013 (Requerimiento reparación acera en calle Huerta, 6). 100-2013 (Concesión licencia obra ejecución cala para acometida eléctrica). 101-2013 (Concesión licencia obra menor). 102-2013 (Concesión licencia obra menor). 103-2013 (Concesión licencia obra menor). 104-2013 (Concesión licencia obra menor). 105-2013 (Concesión licencia obra menor). 106-2013 (Concesión licencia obra menor). DECRETOS DEL CONCEJAL DE MEDIO AMBIENTE. 028-2013 (Autorizando instalación de contenedor papel usado). 029-2013 (Propuesta resolución expte. sancionador perros nº 001-2013). 030-2013 (Propuesta resolución expte. sancionador perros nº 002-2013). DECRETOS DEL CONCEJAL DE ECONOMIA. 017-2013 (Autorización colmenas apícolas). 018-2013 (Autorización explotación apícola). 019-2013 (Terminación procedimiento control actividad). 020-2013 (Convocatoria contratación Servicio Información Turística). 021-2013 (Inicio control de actividad). 022-2013 (Cambio de titularidad de actividad). 023-2013 (Requerimiento retirada enseres en quiosco piscina). Habiéndose entregado copia de las relaciones de decretos anteriores con

carácter previo a la sesión a los Grupos Municipales, a efectos de aclarar cualquier detalle sobre los mismos el Presidente abrió un turno de intervenciones.

* El Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García preguntó sobre el decreto relativo a la incoación de un expediente sancionador por vertido de escombros en vial público.

* Respondió el Alcalde que no se consiguieron pruebas concluyentes de la autoría del vertido y por ello ordenó el archivo de las actuaciones. A pregunta del interpelante manifestó que el expediente se incoó a denuncia de un empleado municipal.

* El Sr. De Mateo García preguntó sobre el decreto por el que se desestimó la petición de requerimiento a Canal de Isabel II de un plan de viabilidad del tráfico de vehículos en el núcleo urbano El Pornoso con motivo de las obras de reposición de red de distribución de agua realizada dicha empresa pública.

* Respondió que el Alcalde que en base a los informes de que disponía no estaba justificado exigir el plan mencionado por bajo nivel de tráfico de vehículos en esa zona.

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* El Sr. De Mateo García pregunto sobre el decreto relativo a la adjudicación de un contrato de servicios de información con la entidad Sierra Norte Digital.

* Respondió el Alcalde que se trataba de un contrato menor de un año con la entidad mencionada para información sobre promoción del municipio en medios de comunicación digitales.

* Replicó el Sr. De Mateo García que en el medio mencionado se había publicado una entrevista al Concejal Delegado de Medio Ambiente en la que este aprovechó para atacar al Portavoz del Grupo Popular del Ayuntamiento de Bustarviejo.

* El Portavoz del Grupo Municipal Popular preguntó sobre los decretos por los que se decidió solicitar subvenciones a la Comunidad de Madrid para adquisición de varios vehículos para el servicio de mantenimiento y si alguno de ellos se había adquirido ya. Preguntó también sobre el decreto relativo a la solicitud de subvención a la Comunidad de Madrid para infraestructuras turísticas.

* Respondió el Alcalde que se había comprado un camión cuyo coste se había incluido en el expediente de solicitud de subvenciones para vehículos de mantenimiento porque la orden de convocatoria lo permitía.

* El Sr. De Mateo García preguntó sobre los decretos de incoación de expedientes, restaurador del régimen jurídico perturbado y sancionador por infracción urbanística, correspondientes a la instalación sin licencia municipal de una vivienda prefabricada en suelo no urbanizable.

* Respondió el Alcalde que se había resuelto el restaurador requiriendo la retirada de la vivienda prefabricada ilegalmente instalada y se encontraba pendiente de resolver el sancionador.

* El Sr. De Mateo García preguntó sobre el decreto del Concejal de Economía por el que se había requerido la retirada de enseres depositados en el entorno del quiosco de bebidas de la piscina municipal a instancia de un vecino.

* Dada la palabra por el Presidente al Concejal Delegado de Economía Sr. Penadés García, este manifestó que comprobó la veracidad de la denuncia formulada y en consecuencia ordenó se requiriera la retirada de los enseres mencionados al responsable de ello que resulto ser el adjudicatario del servicio de venta de bebidas en el quiosco de la piscina municipal.

* El Sr. De Mateo preguntó por el decreto de Concejal de Economía mediante el que se ordenaba la licitación mediante contrato menor con publicidad y concurrencia a nivel local del servicio de información turística.

* Manifestó el Sr. Penadés García que daría respuesta con ocasión de su informe de gestión previsto en el siguiente punto del orden del día.

* La Portavoz Adjunta del Grupo Municipal Popular Sra. Navacerrada Martín preguntó por el decreto sobre nombramiento en comisión de servicios de una empleada municipal para el puesto de trabajo de Coordinador/a del Servicio de Limpieza de Locales.

* Respondió el Alcalde que se iba a ofrecer dicho nombramiento por un año a todas las empleadas actuales del servicio mencionado a expensas de la

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posterior provisión del puesto de trabajo mediante el preceptivo proceso selectivo.

* La Sra. Navacerrada Martín preguntó por otro decreto mediante el que se decidió arrendar por un año un solar para dedicarlo a aparcamiento de vehículos.

* Respondió el Alcalde que se trataba de crear una alternativa a la prohibición de estacionamiento en las travesías urbanas de las carreteras M-610 y M-631 que había dado lugar a imposición de multas por la Dirección General de Tráfico a un número importante de vecinos, a denuncias formuladas por la Guardia Civil.

* La Concejala del Grupo Popular Sra. Sastre García preguntó sobre un decreto por el que se anulaba la sanción impuesta a un vecino en la consideración de que era el propietario responsable de una obra ejecutada disponer de la licencia preceptiva.

* A ruego del Alcalde, el Concejal de Obras, Sr. Martín Hijano respondió que efectivamente se anuló la sanción impuesta en el caso mencionado tras acreditar el vecino afectado que él no era el propietario promotor de la obra sino únicamente el constructor por lo que ya había abonado la sanción que en tal condición se le impuso.

3º. INFORMES DE ALCALDE Y CONCEJALES. Dada la palabra por el Presidente a los Concejales Delegados se

produjeron las intervenciones que se describen. * El Concejal Delegado d Economía y Turismo, Sr. Penadés García

manifestó que se había decidido contratar el servicio de información turística a través de entidades privadas por el procedimiento de contrato menor por plazo de un año con información pública a nivel local y concurrencia pública por considerar que era más rápido de tramitar y permitía disponer de distintas ofertas. Que a pesar de haber contado con una oferta antes de la apertura del proceso, durante el plazo anunciado para la presentación de proposiciones que había terminado el pasado día 23-10-13, no se había presentado ninguna. Que en consecuencia el Equipo de Gobierno se replantearía la situación para ofrecer el servicio por otras vías.

* Intervino el Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García manifestando, tras resumir el proceso realizado que no se había tenido en cuenta a su Grupo.

* Terminó el Alcalde repitiendo lo dicho por el Sr. Penadés García. * Tomó la palabra el Concejal Delegado de Obras, Servicios y Festejos,

Sr. Martín Hijano quien informó: - Que se estaban terminando las obras de rehabilitación del Puente de La

Mina a cargo de la Dirección General de Patrimonio de la Comunidad de Madrid.

- Que se habían incorporado cuatro trabajadores desempleados en régimen de colaboración social con categorías de oficiales albañiles (dos), oficial jardinero (uno) y peón (uno), hasta el 31-12-13 para reforzar el servicio de mantenimiento.

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- Que en relación con las fiestas patronales celebradas el pasado mes de septiembre quería expresar su agradecimiento a los vecinos que se interesaron por su estado tras el accidente sufrido al explotarle una carcasa de fuegos artificiales y mostró también su reconocimiento a las Peñas locales por la colaboración prestada en los actos programados.

* El Sr. De Mateo García preguntó si había diez empleados de mantenimiento actualmente.

* Respondió afirmativamente el Concejal de Servicios Sr. Martín Hijano. * El Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García manifestó que

habían recibido quejas sobre el mantenimiento de la red municipal de alumbrado público y preguntó qué valoración hacía de ello el Concejal de Servicios.

* Respondió el Sr. Martín Hijano que desde que el Ayuntamiento gestionaba directamente el mantenimiento de la red de alumbrado público a través de su personal, la situación había mejorado considerablemente respecto a la situación que había cuando se prestaba el servicio a través de una empresa privada porque desde entonces había un seguimiento diario. Añadió que sin embargo existían problemas de fondo debido al mal estado de la red.

* El Sr. De Mateo García puntualizó que le constaba la existencia de apagones frecuentes en algunas zonas del casco antiguo y pidió una evaluación general del Concejal del Area para mejorar la situación.

* Intervino el Alcalde informando de que se habían recibido quejas sobre deficiencias del servicio en algunas zonas del casco urbano por lo que solicitó se evaluaran los costes de las mejoras necesarias por el electricista municipal. Que se disponía de un informe de fecha anterior a la contratación del actual electricista municipal sobre la situación de la red que estimaba el coste de las reparaciones necesarias en 35.000 € y que este trabajo había sido ratificado por el actual electricista municipal. Que le parecía razonable lo solicitado por el Sr. De Mateo García.

* Con permiso del Presidente el Secretario puntualizó que el informe referido y el presupuesto mencionado solo comprendía la reparación de los cuadros eléctricos de algunos sectores de la red de alumbrado público.

* El Sr. De Mateo señaló que su Grupo deseaba conocer el informe mencionado para proponer su financiación.

* El mismo manifestó que no entraba en la valoración de los actos organizados por el Ayuntamiento con motivo de las fiestas patronales del pasado mes de septiembre que había realizado en Concejal del Area pero si deseaba manifestar que el comunicado hecho público por el Alcalde el día posterior al de terminación de aquellas reprochando el comportamiento incívico de algunos vecinos consistente en el vertido de restos de todo tipo en la vía pública y el uso de la misma como letrina, aunque era una atribución de la Alcaldía no le parecía que se hubiera hecho en el momento oportuno.

Añadió que había preguntado al personal de mantenimiento si había habido un plan especial de limpieza para el periodo de fiestas y no consiguió se le informara por lo que solicitaba al Concejal del Area informara sobre cuál fue el dispositivo aplicado al respecto.

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* A ruego del Alcalde el Concejal del Area de Festejos Sr. Martín Hijano informó que durante los cuatro días principales de las fiestas patronales celebradas el mes de septiembre pasado dispuso de cuatro empleados para tareas de limpieza viaria en la mañana del sábado y otros cuatro en la mañana del domingo, todos ellos contratados mediante oferta genérica de empleo a la Oficina del Servicio Público de Empleo de Colmenar Viejo. Que estuvo personalmente comprobando la prestación del servicio. Que los medios aplicados fueron los mismos que se aplicaron en el año 2012 y que en otras legislaturas este servicio se hacía a través de empresas privadas con un coste muy superior. Que además de forma voluntaria estuvo colaborando también el Encargado de Mantenimiento.

* Replicó el Sr. De Mateo García que le habían dicho que solo habían intervenido tres personas contratadas a través de la Oficina de Empleo.

* Repitió el Concejal de Festejos Sr. Martín Hijano que en las tareas de limpieza viaria realizadas los dos días principales de las fiestas patronales habían participado cuatro trabajadores en la mañana del sábado durante cuatro horas y otros cuatro durante cuatro horas y el Encargado de Mantenimiento el domingo siguiente.

* Añadió el Alcalde que movilizó la máquina barredora de la Mancomunidad de La Cabrera y comprobó la efectividad de dicha intervención personalmente.

Que el comunicado que hizo público sobre el comportamiento incívico de algunos vecinos y visitantes durante las fiestas, cuyo contenido leyó fue como consecuencia de la impresión que le causó ver como en algunas zonas del casco urbano había más residuos arrojados junto a los contenedores habilitados para su recogida que en los propios contenedores. Que no era tolerable la actuación observada por algunos ciudadanos. Que el comunicado de referencia lo había redactado él y era respetuoso, y que celebraba que el Grupo Popular entendiera su decisión.

* El Sr. De Mateo García reiteró que no criticaba el contenido del comunicado pero no el momento de su publicación. Añadió que consideraba insuficiente el dispositivo de limpieza viaria establecido para las fiestas patronales.

* Replicó el Alcalde que a él le parecieron suficientes los medios dispuestos para el servicio de limpieza durante los días de las fiestas patronales.

* La Concejala del Grupo Popular Sra. Navacerrada Martín preguntó porque se encargó el Concejal de Festejos de lanzar los cohetes con los que se accidentó.

* Respondió el interpelado que lo había hecho en años anteriores sin ningún incidente, pero este año resultó que una caja no tenía la mecha como las demás y le estalló antes de que se retirara.

* La Sra. Navacerrada Martín manifestó dirigiéndose al Alcalde, que cuando se ostenta ese cargo se representa a todos los vecinos y en consecuencia por respeto a esos vecinos y a las tradiciones debía haber asistido a los actos religiosos celebrados con motivo de las fiestas patronales.

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* Respondió el Alcalde que no asistió a la misa ni a la procesión por respeto a los creyentes católicos aunque él no lo era.

Que a pregunta del Comandante de Puesto de la Guardia Civil de Miraflores de la Sierra invitado por el Ayuntamiento a los actos programados sobre si debía asistir a la misa y a la procesión, le respondió que se trataba de una decisión personal y por tanto debía hacer lo que él considerara, respondiéndole este que lo mismo le habían dicho sus superiores en la Guardia Civil. Que aunque no era creyente no hacía proselitismo anticatólico pero consideraba que como Alcalde no tenía obligación de asistir a actos religiosos y que no deseaba hacer algo que no quería para obtener más votos.

* Replicó la Sra. Navacerrada Martín que respetaba la posición del Alcalde pero que las raíces y la tradición venían de ahí, que la misa y la procesión eran actos institucionales y por respeto a la tradición debía asistir el Alcalde a las misas y las procesiones.

* Respondió el Alcalde que esa tradición venía de una época en la que España era un Estado nacionalcatólico y ahora no era así, y repitió su argumentación. Añadió que al respecto había hablado con el Párroco durante las fiestas y no notó que se sintiera incómodo por su ausencia de los actos religiosos.

* Intervino el Concejal del Grupo Popular Sr. Cobertera Hijano en los términos generales que se describen.

- Felicitó al Concejal de Obras, Servicios y Festejos por su diligencia en atender a la solicitud de reparación de algunas aceras.

- Solicitó se reparar el puente sobre el Arroyo Fuente la Reina. * Respondió el Concejal de Obras que lo intentaría. * Intervino el Concejal Delegado de Deportes y Cultura en los términos

generales que se describen. - Informó sobre las actividades de las Escuelas Deportivas Infantiles. - Informó sobre la colaboración de los clubs deportivos locales en la

promoción de actividades. - Sobre la actividad de formación de personas adultas dio cuenta de los

cambios habidos como consecuencia de la supresión de subvenciones por la Comunidad de Madrid para contratación de profesores.

- Informó del contrato suscrito con la entidad Teatro “Percutor” por el que se ofrecían al público varias actuaciones de microteatro en locales municipales con un coste de 125 € por actuación más el rendimiento de la taquilla consiguiendo precios módicos de entrada para los usuarios.

- Informó que se iniciaría la actividad de la Casa de la Juventud en el local municipal de la calle Alamo con una representación de microteatro a la que se procuraría dar continuidad. Que había una población de 200 jóvenes de edades comprendidas entre los 10 y los 30 años potenciales usuarios de esa instalación, que demandaban su puesta en funcionamiento.

* Intervino el Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García manifestando que la promoción deportiva que se estaba hacienda no le parecía

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suficiente y que echaban en falta conocer las actividades que promovía el Coordinador de Deportes.

- Que en relación con la Casa de la Juventud le parecía más importante analizar el programa de actividades que se llevaría a cabo, por lo que daría su opinión cuando lo conociera.

- Sobre la programación de microteatro declinó opinar por desconocer cualquier más datos que los que acababa de dar a conocer el Concejal del Area.

* Respondió el Concejal de Cultura y Deportes Sr. Gómez Fernández, que las representaciones del denominado microteatro tenían media hora de duración y el precio para el público asistente era de 5 € por entrada, llevándose a cabo en locales municipales con un aforo no superior a 50 personas y que la acogida del público había sido favorable.

- Manifestó que la oferta de actividades de promoción deportiva actual le parecía suficiente. Que la actuación del Coordinador de Deportes estaba justificada y su coste era muy inferior al que soportó el Ayuntamiento cuando la gestión deportiva se hacía a través de empresas privadas. Que se intentaría ofertar otras actividades deportivas a través de la colaboración con entidades asociativas locales.

* Con permiso del Presidente intervino el Concejal Delegado de Medio Ambiente Sr. Gonzalez Martín en los términos generales que se describen.

- Anunció que se enviaría circular informativa a los vecinos para dar a conocer el nuevo servicio de depósito de restos vegetales y enseres en la finca municipal de Los Navazales, y seguidamente distribuyó entre el público asistente a la sesión algunos ejemplares de la citada circular.

- Invitó al Concejal del Area del Grupo Popular responsable a participar en la II Semana del Medio Ambiente que informó se iba a celebrar.

* Intervino el Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García manifestando que en relación con el depósito de Residuos se tuviera en consideración la conveniencia de no acumular tanta cantidad de restos de poda como había ahora.

* El mismo preguntó al Concejal de Medio Ambiente qué procedimiento se iba a utilizar para la entrega de leña de montes municipales a los vecinos.

* Respondió el Concejal interpelado que el acumulo de restos de poda existente en el depósito municipal se debía a lo costoso que resultaba el uso de la trituradora de la Mancomunidad de La Cabreara usada hasta ahora. Que en diez días se retirarían dichos restos mediante la contratación de una empresa. Que no obstante el depósito de residuos no era un Punto Limpio. Que la leña ofrecida gratuitamente a los vecinos procedía de las labores de mantenimiento y resalveo llevadas a cabo por el Area de Montes de la Comunidad de Madrid en uno de los montes públicos de propiedad municipal tras haber aceptado la oferta que se hizo al Ayuntamiento. Que se adjudicarían cuarenta lotes de aproximadamente 1.000 kgs. de leña cada uno a los vecinos que resultaran adjudicatarios en el sorteo público que se celebraría al efecto.

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* El Sr. De Mateo García preguntó sobre las medidas que en su caso, pensaba adoptar el Concejal de Medio Ambiente para evitar el paso incontrolado de motos y otros vehículos a motor por los montes del municipio.

* Respondió el Concejal interpelado manifestando que la policía vigilaría la leña a repartir. Que respecto del paso de motos por los caminos rurales y fincas rústicas, desde hacía un año la policía local tenía orden expresa de hacer cumplir la ordenanza municipal aprobada al efecto para regular el paso de vehículos a motor por los lugares indicados, en la que se prohibía el uso a que se refería el interpelante. Que había solicitado informes sobre el resultado de las actuaciones de la policía local al respecto sin que dispusiera aún de ellos. Añadió que quizás el Sr. De Mateo García podía preguntar sobre ello a la policía.

* Replicó el Portavoz del Grupo Popular que no era obligación suya hacer esas gestiones sino poner de manifiesto que las motos seguían pasando de forma incontrolada por el monte.

* Replicó el Sr. Gonzalez Martín que en esa materia el Equipo de Gobierno hace lo que puede pero que las motos pasan por delante de la comisaría de policía y a pesar de ello no consigue que se controle su paso, de la misma manera que cuando el Sr. De Mateo García fue alcalde tampoco lo consiguió.

* Con permiso del Presidente el Concejal Sr. Martín Hijano propuso establecer otras formas de control para el paso de motos por zonas rústicas.

* Terminó el Alcalde manifestando que dará orden expresa a la policía para que se controle el cumplimiento de la ordenanza aplicable y pedirá se emitan informes descriptivos de los resultados de esa actuación, y que en su caso, se sancionará a los infractores.

4º. MODIFICACION DE TARIFAS DE LA ORDENANZA FISCAL DE TASAS POR SERVICIOS DEPORTIVOS.

* Dio la palabra el Presidente al Concejal Delegado de Deportes Sr. Gómez Fernández, quien manifestó que las medidas adoptadas en los últimos dos años en materia de tarifas de las tasas por prestación de servicios de promoción deportiva consistentes en procurar acercar los rendimientos económicos a los cotes de los servicios mediante incrementos de aquellas no habían dado el resultado esperado de reducir el déficit y por tanto proponía ahora volver a establecer en general las tarifas vigentes en 2011 con el fin de intentar atraer a mayor número de usuarios a las instalaciones. Añadió que en su propuesta de modificación de tarifas incluía una racionalización de las bonificaciones y se suprimía el incremento aplicado hasta ahora a los usuarios no empadronados.

Dio la palabra el Presidente a los Portavoces de los Grupos Municipales empezando por el Grupo Municipal Popular, en representación del cual intervino su Portavoz Adjunto Dª. Mercedes Navacerrada Martín en los términos que se describen.

* Señaló que la propuesta del Concejal de Deportes daba la razón a su Grupo en su oposición a los incrementos de tarifas aprobados anteriormente y manifestó que estaban conformes con la propuesta actual.

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* Intervino el Alcalde para reiterar que el objetivo de la propuesta de bajada de tarifas era reducir el déficit del servicio y que si no se conseguía se replantearían la situación. Mostró dudas sobre la efectividad de la medida propuesta aceptando a instancia de la Sra. Navacerrada Martín que existían otras variables que influían en la caída del número de usuarios como la mala situación económica de los ciudadanos y el deficiente estado de conservación de las instalaciones.

* Puntualizó finalmente la Sra. Navacerrada Martín que influía también la oferta de actividades que se realizaba.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda y con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y los votos en contra de los cinco Concejales del Grupo Municipal Popular se acordó:

1. Modificar provisionalmente los artículos que se indican en la ordenanza fiscal de las tasas por prestación de servicios de promoción deportiva, cuyo contenido literal será el que se describe.

ARTÍCULO 5.- Tarifas. Las cuantías de las tasas reguladas en esta ordenanza serán las que se detallan a continuación: I) ABONOS MUNICIPALES ANUALES.

CLASES DE ABONOS IMPORTES

INFANTIL (Hasta 15 años cumplidos)

ADULTOS (De 16 años cumplidos hasta 64 años

cumplidos)

JUBILADOS Y MAYORES

de 65 años

15 €/año

35 €/año 10 €/año

II) UTILIZACION DE PISTA POLIDEPORTIVA CUBIERTA. A) POR TEMPORADA COMPLETA (De septiembre a junio).

DIAS CUOTAS

ADULTOS INFANTIL

DE LUNES A VIERNES 15 €/hora 10 €/hora

SABADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS

20 €/hora 15 €/hora

B) POR DIAS.

DIAS CUOTAS

ADULTOS INFANTIL

DE LUNES A VIERNES 25 €/hora 15 €/hora

SABADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS

30 €/hora 20 €/hora

C) SUPLEMENTOS POR USO DE LUZ ARTIFICIAL. En todos los casos las tarifas de los apartados A) y B) anteriores serán incrementadas a razón de 10 €/hora. D) BONIFICACIONES. Con la presentación de los abonos anuales de al menos 4 usuarios, las tarifas de los apartados A) y B) anteriores se reducirán un 20%. III) UTILIZACION DE LA PISCINA.

DIAS Y BONOS CUOTAS

ADULTOS

INFANTIL

ADULTOS CON ABONO

INFANTIL CON ABONO

DE LUNES A VIERNES 3,20 €

1,50 € 2,70 € 1,20 €

SABADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS

4,20 €

2,50 € 3,70 € 2,30 €

BONOS DE 10 BAÑOS 24 €

10 € 20 € 8 €

IV) UTILIZACION DE PISTAS DE PADEL, TENIS Y FRONTON. A) SIN LUZ ARTIFICIAL.

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DIAS Y BONOS CUOTAS

ADULTOS

INFANTIL

ADULTOS CON ABONO

INFANTIL CON ABONO

DE LUNES A DOMINGO

6,00 €/hora

2,30 €/hora

5,20 €/hora

1,70 €/hora

BONOS DE 10 HORAS 50 € 17 € 45 € 12 €

B) CON LUZ ARTIFICIAL. Las tarifas anteriores se incrementarán en 3,00 €/hora. La presentación de un solo abono municipal será suficiente para acogerse a la tarifa establecida para los precios con abono. La presencia

de un adulto impide que se apliquen las cuotas de infantil. La presencia de un adulto impide que se aplique la tarifa infantil. La reserva de pista obliga al pago de la tasa correspondiente en caso de no avisar de su anulación, excepto en caso de inclemencias

meteorológicas. C) ALQUILER DE MATERIAL DEPORTIVO.

MATERIAL CUOTAS ADULTO INFANTIL

PALA DE PADEL 1,70 € 1,20 €

PELOTAS (3) 1,20 € 1,20 €

V) UTILIZACION DEL ROCODROMO. A) SIN LUZ ARTIFICIAL.

DIAS CUOTAS

UNICA

DE LUNES A DOMINGO 2,50 €/hora

B) CON LUZ ARTIFICIAL. La tarifa anterior se incrementará en 2,50 €/hora y 1,75 €/media hora, en caso de ser necesario por no impartirse clase alguna de escuelas

deportivas. NORMAS DE GESTION. - La condición de socio no exime del abono de cuotas por iluminación (2,50 €/hora) en caso de ser necesaria por no impartirse clase

alguna de escuelas deportivas. En este caso y en el de ser necesaria la calefacción se requerirá la presencia simultánea de al menos 3 usuarios que abonarán una cuota única por iluminación y calefacción de 5 €/hora.

- Las cuotas de iluminación y calefacción se abonarán por hora o fracción de media hora, no por cada usuario que utilice el rocódromo en ese periodo de tiempo.

- Es obligatorio acreditar la condición de socio del Club de Montaña Mondalindo al corriente en el pago de cuotas para poder acceder de manera gratuita a la instalación.

- La condición de usuario del rocódromo no permite hacer uso del resto de instalaciones ni de otros materiales para fines distintos a la escalada.

- La utilización del rocódromo está sujeta a posibles restricciones de horario en favor de las necesidades de las escuelas deportivas que determine la Concejalía de Deportes, así como a las competiciones que se disputen en la pista polideportiva interior.

- Los menores pueden acceder de forma gratuita pero siempre acompañados por un adulto y para practicar escalada. VI) UTILIZACION DE PISTAS EXTERIORES. - Uso gratuito. Acceso libre. VII) UTILIZACION DE LA SALA POLIVALENTE. A) SIN LUZ ARTIFICIAL.

DIAS CUOTAS

ADULTOS INFANTIL

ADULTOS CON ABONO

INFANTIL CON ABONO

DE LUNES A DOMINGO

5,00 €/hora 3,00 €/hora

4,00 €/hora 2,00 €/hora

B) CON LUZ ARTIFICIAL. La tarifa anterior se incrementará en 2,50 €/hora. CONDICIONES DE GESTION. - La utilización está sujeta al horario del polideportivo y supeditado al funcionamiento de las actividades de las escuelas deportivas que

se impartan en la sala. VIII) UTILIZACION DE INSTALACIONES PARA TORNEOS PRIVADOS.

DEPORTE CUOTAS

TENIS, PADLE Y FRONTON 20 €/PAREJA-MES

FUTBOL 7 Y FUTBOL-SALA SEGÚN NUMERO DE EQUIPOS

BALONCESTO SEGÚN NUMERO DE EQUIPOS

IX) SALA DE MUSCULACION. CONCEPTO CUOTAS

ADULTOS CON ABONO ADULTOS SIN ABONO

MENSUALIDAD 24,00 € 35,00 €

DIARIO 3 €/hora 5,00 €/hora

X) ACTIVIDADES EN ESCUELAS DEPORTIVAS.

ACTIVIDAD CUOTAS

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HORAS/SEMANA

CON ABONO

SIN ABONO

Nº MINIMO ALUMNOS

1. ADULTOS: AL MES.

- - - -

1.1. Tenis 2 30 € 40 € 4/ GRUPO

1.2. Pádel 2 30 € 40 € 4/ GRUPO

1.3. Gimnasia de mantenimiento

2 24 € 32 € 8

1.4. Aerobic, Pilates 2 25 € 35 € 8

1.5. Yoga 3 30 € 42 € 8

1.6. Natación verano 2 25 € 35 € 6

1.7. G.A.P. 1 14 € 20 € 6

1.8. Gym ball 1 14 € 20 € 6

2. INFANTIL (Hasta 15 años cumplidos): AL

MES.

- - - -

2.1. Fútbol sala 2 14 € 21 € 8

2.2. Judo 2 20 € 25 € 8

2.3. Baloncesto 2 14 € 21 € 8

2.4. Psicomotricidad 2 14 € 21 € 8

2.5. Predeporte 2 14 € 21 € 10

2.6. Tenis 2 22 € 30 € 4/ GRUPO

2.7. Pádel 2 22 € 30 € 4/ GRUPO

2.8. Aeróbic 2 15 € 22 € 8

2.9. Gimnasia rítmica

2 18 € 25 € 8

2.10. Natación verano

2 34 € 44 € 8 / GRUPO

2.11. Fútbol 3 22 € 32 € 15

2.12. Fútbol-7 2 15 € 21 € 10

2.13. Gym-jazz 2 15 € 22 € 8

Cualquier otra actividad no contemplada en esta ordenanza, que se imparta en dependencias municipales con profesor titulado tendrá las tarifas correspondientes para adultos de 25 € con bono y 35 € sin bono, y para infantiles de 14 € con bono y 21 € sin bono.

El calendario de actividades de adultos e infantiles de invierno se regirá por el calendario escolar de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad de Madrid, con las siguientes excepciones;

- Actividades de fin de semana, 1 solo día a la semana. Se tendrá en cuenta el número de clases dadas en el mes siempre que el día no sea festivo.

- Actividades de adultos coincidentes con “puentes escolares”. En el mes de diciembre la cuota de abono será el 50% de la cuota mensual. Las clases no impartidas no se descuentan de la cuota mensual, se recuperan. Recuperación de clases. Por causa del monitor/instalación, se recuperarán en días sucesivos de mutuo acuerdo entre la mayoría de alumnos y el monitor. Por causa climatológica, la primera opción será en el pabellón cubierto siempre que no exista actividad deportiva en el mismo,

teniendo preferencia únicamente sobre los alquileres. Si no fuera posible se recuperará en días sucesivos de mutuo acuerdo entre la mayoría de alumnos y el monitor.

XI) CAMPO DE FUTBOL DE CESPED ARTIFICIAL. A) CUOTAS POR UTILIZACION ANUAL O EN TEMPORADA COMPLETA

DEPORTE HORA SIN ILUMINACION HORA CON ILUMINACION

FUTBOL 7 25 € 50 €

FURBOL 11 50 € 70 €

B) CUOTAS POR UTILIZACION DIARIA

DEPORTE HORA SIN ILUMINACION HORA CON ILUMINACION

FUTBOL 7 30 € 60 €

FURBOL 11 60 € 80 €

CONDICIONES DE GESTION.

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- Las reservas se realizarán en el polideportivo en los horarios de atención al público, y estarán supeditadas siempre al calendario de competiciones de ADENI, Federación de Fútbol de Madrid y de los eventos que organice el Ayuntamiento.

Artículo 6.- Exenciones y bonificaciones generales. - A los jubilados y a los mayores de 65 años se les aplicará una bonificación del 50% en las demás tarifas. - A los discapacitados con al menos un 33% de discapacidad legalmente acreditada y a sus acompañantes (uno por discapacitado). - A los desempleados, se les aplicará una bonificación del 100% en todas las tarifas. Para acogerse a esta bonificación deberán presentar

en la oficina del polideportivo INFORME O CERTIFICADO expedido por la Oficina del Servicio Público de Empleo de Zona que acredite hallarse en esa situación. Solo podrán estar inscritos en una actividad y están obligados, como el resto de usuarios, a comunicar la baja en dicha actividad para no perjudicar a otros interesados en inscribirse. Cada grupo de actividad no podrá tener más de un 30% de usuarios en situación de desempleo incorporándose a los mismos por el orden de sus inscripciones.

- Se aplicará una bonificación del 30% en todas las tarifas a los sujetos pasivos que acrediten una renta per cápita de su unidad familiar inferior a las 3/4 partes del salario mínimo interprofesional. Cada miembro de la unidad familiar con discapacidad o en situación acreditada de dependencia del sujeto pasivo computará por dos a efectos de cálculo de la renta per cápita.

- También se aplicará una bonificación del 30% en las cuotas del servicio a los sujetos pasivos que superando el tope de renta señalado en el apartado anterior se encuentren en situación de intervención social (por causas personales, violencia de género, etc.), previa presentación del informe acreditativo de los Servicios Sociales.

* Estas bonificaciones solo serán aplicables a los usuarios empadronados en el municipio, y a todos los discapacitados con vivienda propia o alquilada en el mismo.

2. Aplicar las nuevas tarifas a partir del día 1 de enero de 2014. 4. Exponer al público la modificación aprobada en la forma preceptiva

advirtiendo que en caso de no presentarse alegaciones en el plazo legal este acuerdo adquirirá carácter definitivo.

5º. INFORME DE MOROSIDAD DEL TERCER TRIMESTRE DE

2013. * A ruego del Presidente, la Concejala Delegada de Hacienda Sra. García

Romero dio cuenta del contenido del informe de referencia redactado por el Secretario-Interventor señalando que se había subsanado el error existente en el que se sometió a la Comisión Informativa de Hacienda que consistía en que figuraban las facturas del servicio de recaudación como obligaciones no reconocidas cuando debían figurar como reconocidas e informó que el error se debió a una deficiencia en la aplicación informática de registro de facturas ya subsanada.

* Intervino el Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García para manifestar que el error mencionado fue detectado por su Grupo en la sesión celebrada por la Comisión Informativa.

A continuación la Concejala de Hacienda puso a disposición del Pleno el informe de referencia con el contenido que se describe.

“INFORME CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE PAGO DE LAS

OPERACIONES COMERCIALES DEL AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO (MADRID).

PERÍODO: TERCER TRIMESTRE 2013 (Julio, Agosto y Septiembre). Juan Francisco Bravo Collantes, funcionario de carrera de la

Administración Local con habilitación estatal, Subescala de Secretaría-Intervención, que desempeña el puesto de Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Bustarviejo por Resolución de la Dirección General de Cooperación Local de 27 de febrero de 2009 del Ministerio de Administraciones Públicas, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) núm. 71 de 24 de marzo de 2009, en el ejercicio de las funciones contempladas en el artículo 196

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del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de las Haciendas Locales, y artículos 5.1.a) y 2 del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, INFORMA:

PRIMERO.- La Ley 15/2010 de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de

diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, (BOE 06-07-2010), ha introducido diversos artículos que, en cuanto a su importancia por afectar a los plazos de pago, a continuación se señalan:

El artículo tercero de la ley 15/2010 ha modificado el artículo 200-4º de la Ley de Contratos del Sector Público, que pasa a tener la siguiente redacción:

“La Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de expedición de las certificaciones de obras o de los correspondientes documentos que acrediten la realización total o parcial del contrato, … y si se demorase, deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de treinta días, los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro …. Cuando no proceda la expedición de certificación de obra y la fecha de recibo de factura ... sea anterior a la recepción de las mercancías o prestación de los servicios, el plazo de treinta días se contará desde dicha fecha de recepción o prestación.”

Dicho plazo de pago de 30 días está vigente en virtud de lo dispuesto en el artículo 3.3 de la Ley 15/2010, que introduce una nueva Disposición transitoria Octava en la Ley de Contratos del Sector Público, con la siguiente redacción:

“Disposición transitoria octava. Plazos a los que se refiere el artículo 200 de la Ley.

El plazo de treinta días a que se refiere el apartado 4 del artículo 200 de esta Ley … se aplicará a partir del 1 de enero de 2013.

SEGUNDO.- Como mecanismo de transparencia en el cumplimiento de

dichas obligaciones de plazos de pago, la mencionada Ley establece que se rindan informes periódicos. En cuanto a esta Secretaría-Intervención concierne, el artículo 4 de la misma, en sus apartados 3 y 4, establece:

3.- Los Tesoreros, o, en su defecto, Interventores de las Corporaciones

locales, elaborarán trimestralmente un informe sobre el cumplimiento de los plazos previstos en esta Ley para el pago de las obligaciones de cada Entidad local, que incluirá necesariamente el número y cuantía global de las obligaciones pendientes en las que se esté incumpliendo el plazo.

4.- Sin perjuicio de su posible presentación y debate en el Pleno de la Corporación local, dicho informe deberá remitirse, en todo caso, a los órganos competentes del Ministerio de Economía y Hacienda y, en su respectivo ámbito territorial, a los de las Comunidades Autónomas que, con arreglo a sus

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respectivos Estatutos de Autonomía, tengan atribuida la tutela financiera de las Entidades locales.

Este informe, por lo tanto, se emite en virtud de la obligación personal establecida en el artículo 4º.3 de la Ley 15/2010, anteriormente citado.

Habiéndose producido la entrada en vigor de esta norma el día 07-07-2010, al día siguiente de su publicación en el BOE, por así establecerlo la Disposición Final única, y siendo la obligación de información de naturaleza trimestral, ha de entenderse que debe de rendirse la misma al concluir cada trimestre natural, en los meses de abril, julio, octubre y enero.

TERCERO: El ámbito de aplicación de la Ley 15/2010 que impone tal

obligación de información se ciñe, (de conformidad con lo contemplado en el artículo 1.2 que modifica el artículo 3 de la Ley 3/2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales), a los pagos efectuados como contraprestación en las operaciones comerciales realizadas entre empresas y la Administración, por lo que exclusivamente se va a informar de los pagos realizados a dichos terceros en su calidad de acreedores/proveedores municipales, por los gastos realizados desde los capítulos 2 y 6 (GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS, e INVERSIONES REALES, respectivamente), de la clasificación económica del estado de gastos del presupuesto.

Quedan excluidos de información todos los gastos de retribuciones del personal, gastos de transferencias corrientes o de capital, gastos de naturaleza financiera y pagos pendientes derivados de obligaciones no presupuestarias.

CUARTO: La información que se facilita se extrae de los datos que obran

en la contabilidad municipal (registro de facturas), la cual es llevada por la Intervención municipal.

QUINTO: Teniendo el Ayuntamiento de Bustarviejo la obligación de

abonar el precio de las obligaciones en un plazo de 30 días naturales, debe de informarse del número y cuantía global en las que se esté incumpliendo dicho plazo.

Para ello, se consulta en la contabilidad municipal las obligaciones que se encuentran pendientes de pago y tienen fecha de presentación anterior al 1 de septiembre de 2013 (30 días antes del 30 de septiembre), pues sobre todas ellas se habrá incumplido el plazo de pago. De tal consulta resulta que las obligaciones pendientes de pago en las que se está incumpliendo el plazo son las siguientes:

ESTADO NÚMERO CUANTÍA

GLOBAL OBLIGACIONES SIN PAGO ORDENADO 1 147.864,15OBLIGACIONES CON PAGO

ORDENADO 1 508,20

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TOTALES 2 148.372,35 SEXTO: Se remite copia del presente informe, en virtud de lo dispuesto

en el artículo 4º.4 de la Ley 15/2010, a: • Sra. Concejala de Hacienda, para su posible presentación y debate en

el Pleno de la Corporación. • La Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, como

órgano competente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a través de la Oficina Virtual de Coordinación Financiera con las Entidades Locales.

Bustarviejo, a 15 de octubre de 2013. EL SECRETARIO-INTERVENTOR,

Fdo. Juan Francisco Bravo Collantes.” * La Corporación se dio por enterada. 6º. INFORME DE EVALUACION DEL PLAN DE AJUSTE DEL

TERCER TRIMESTRE DE 2013. A ruego del Presidente la Concejala Delegada de Hacienda Sra. García

Romero dio cuenta y puso a disposición del Pleno el informe de referencia con el contenido que se describe.

“INFORME DE INTERVENCIÓN SOBRE

SEGUIMIENTO DEL PLAN DE AJUSTE A 30-09-13. El Ayuntamiento de Bustarviejo con fecha 28 de marzo de 2012 aprobó un

Plan de Ajuste con diez años de vigencia que recibió informe favorable del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas mediante Resolución de la Secretaria General de Coordinación Autonómica y Local de 30 de abril de 2012.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 10.1 de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera para las Entidades Locales que cuenten con un Plan de Ajuste acordado con el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, durante la vigencia del mismo, deberán remitir antes del día quince del primer mes de cada trimestre información sobre al menos, los extremos que se relacionan.

1. Avales públicos recibidos y operaciones o líneas de crédito contratadas identificando la entidad, total del crédito disponible y el crédito dispuesto.

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2. Deuda comercial contraída clasificada por su antigüedad y su vencimiento. Igualmente, se incluirá información de los contratos suscritos con entidades de crédito para facilitar el pago a proveedores.

3. Operaciones con derivados. 4. Cualquier otro pasivo contingente. 5. Análisis de las desviaciones producidas en el calendario de ejecución o

en las medidas del plan de ajuste. Considerando, que el Ministerio de Hacienda y Administraciones

Públicas, ha liberado la plataforma de captura de datos relativa al “Informe de seguimiento del plan de ajuste aprobado y otra información conforme a los apartados 4 y 6 de la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera”, plataforma que estará disponible hasta el 15 de octubre de 2013.

Considerando, que en la plataforma del tercer trimestre de 2013 se ha incluido información solicitada sobre evaluación de medidas previstas en el Plan de Ajuste en materia de aumento de ingresos y reducción de gastos respecto del año anterior (2012) y han sido cumplimentadas.

Por todos los hechos y fundamentos de derecho descritos se emite el siguiente

INFORME

(VER CUADROS UNIDOS) a).- Información de avales recibidos del sector público.

Ente

avalista

Saldo a:

a 31 de marzo

a 30 de junio

a 30 de septiembre

a 31 de diciembre

Administración General del Estado 0 0

CCAA 0 0

EELL 0 0

Total 0 0

No se ha recibido ningún aval del sector público.

b).- Información sobre operaciones o líneas de crédito contratadas y

contratos suscritos con entidades de crédito para facilitar el pago a proveedores.

Se ha procedido a actualizar la CIR local certificando la deuda viva a 30/09/2013.

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c).- Informe trimestral de seguimiento de deuda comercial.

* Aún no cumplimentada esa información por no estar abierta la aplicación correspondiente por el MHAP.

(En miles de euros)

Antigüedad (fecha recepción de facturas)

Total

Año: 2013

Año 2012 Año 2011 Ejercicios Anteriores

Obligaciones reconocidas pendientes de pago clasificadas por antigüedad

1er. trim.

2do. trim.

3er. trim.

4to. trim.

Capítulo 2 0,00 * 25.047,72 44.812,99 40.576,96 110.437,67

Capítulo 6 0,00 * 0,00 0,00 0,00 0,00

Otra deuda comercial 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Total 0,00 * 25.047,72 44.812,99 40.576,96 110.437,67

d).- Información sobre operaciones con derivados y otro pasivo contingente.

No existe ninguna operación con derivados.

(En miles de euros) Saldo a:

Operaciones con derivados

Descripción a 31 de marzo a 30 de junio a 30 de septiembre a 31 de diciembre

Operación 1 - 0 0

Operación 2 - 0 0

Operación 3 - 0 0

Operación 4 - 0 0

Resto de operaciones

- 0 0

Total 0 0

         

(En miles de euros) Saldo a:

Otro pasivo contingente

Descripción a 31 de marzo a 30 de junio a 30 de septiembre a 31 de diciembre

Pasivo 1 - 0 0

Pasivo 2 - 0 0

Pasivo 3 - 0 0

Pasivo 4 - 0 0

Resto de pasivos contingentes

- 0 0

Total 0 0

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e).- Análisis de las desviaciones producidas en el calendario de ejecución o en las medidas del Plan de Ajuste.

No se han producido desviaciones en el calendario de ejecución o en las medidas del Plan de Ajuste.

Se ha jubilado el empleado municipal que se había previsto en el Plan de Ajuste habiéndose asumidos las tareas que realizaba con el personal de plantilla existente en 2012 con ocasión de la aprobación de aquel y que continuaban en plantilla a 30-09-2013.

Se ha jubilado anticipadamente un empleado adscrito al Servicio de Mantenimiento con fecha 7-06-2013 supliendo su ausencia y la baja por ILT de otro empleado adscrito al mismo servicio, con personal de colaboración social. Por tanto el ahorro que debía producirse por estas situaciones no se ha producido, SIN INCIDENCIA EN EL PLAN DE AJUSTE.

Se han suprimido los dos puestos de trabajo temporales de taquilleros de la piscina prestando el servicio con las dos celadoras del polideportivo, generando un ahorro de 5.000 €.

Se ha reducido la desviación en la medida del Plan de Ajuste de incrementar anualmente en 7.000 € la recaudación de tasas por prestación de servicios deportivos por cuanto a 30-09-13 se han recaudado 23.000 € que reducir a un 17% la desviación respecto del Plan de Ajuste, cuando en segundo trimestre la desviación era un 32% de las previsiones comprometidas en el Plan de Ajuste.

f).- Medidas en materia de aumento de ingresos y reducción de gastos

respecto de 2012. Las medidas previstas en el Plan de Ajuste en materia de aumento de

ingresos y reducción de gastos respecto del año anterior (2012) que han sido cumplimentadas expresan el efecto del tipo impositivo del IBI de Urbana establecido por aplicación de las medidas adoptadas por el Estado, que se concretó en el 0,726 %, y de la permanente mejora de la recaudación de tributos permitiendo con ello el cumplimiento de las previsiones del Plan de Ajuste. En materia de gastos del bienes y servicios (capitulo 2) se han mantenido las previsiones del Plan de Ajuste.

A los efectos oportunos, este informe se emite sin perjuicio de cualquier otro, mejor fundado en Derecho, remitiendo copia del mismo al Sr. Alcalde de la Corporación, para que proceda a dar cuenta del mismo en la primera sesión plenaria que se celebre.

Los datos contenidos en este informe deberán ser volcados en la plataforma telemática de captura de datos habilitada al efecto antes del 15 de octubre de 2013.

Será necesario continuar con las medidas contenidas en el Plan de Ajuste en el futuro para ver si se consolida el cumplimiento de los objetivos contenidos en el mismo.

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En Bustarviejo, a 14 de octubre de 2013.

EL SECRETARIO-INTERVENTOR, Fdo. Juan Francisco Bravo Collantes.”

* La Corporación se dio por enterada. * El Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García manifestó que

tomaban nota para la evaluación final del ejercicio. 7º. ESTADO DE EJECUCION DEL PRESUPUESTO A 30-09-13. A ruego del Presidente la Concejala Delegada de Hacienda Sra. García

Romero dio cuenta y puso a disposición del Pleno el resumen del Estado de Ejecución del Presupuesto de 2013 con el contenido que se describe.

Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos 3º TRIM 2013 Importe en Euros

% Previsión Inicial Modificación Previsión

Definitiva Derechos

reconocidos Recaudado Pendiente Cobro

81,82 2.509.474,00 113.158,00 2.622.632,00 2.145.904,09 1.786.085,19 359.818,90

Estado de Ejecución del Presupuesto de Gastos 3º TRIM 2013 Importe en Euros

% Crédito Inicial Modificación Crédito definitivo Obligaciones reconocidas Pagos realizados Pendiente de Pago

69,36 2.459.068,00 113.158,00 2.572.226,00 1.784.133,74 1.533.274,96 250.858,78

* La Corporación se dio por enterada. 8º. MODIFICACION DE CREDITOS Nº 5-2013. * Dio la palabra el Presidente a la Concejala Delegada de Hacienda Sra.

García Romero quien dio describió el contenido de las modificaciones de créditos de gastos que proponía conforme al detalle que luego se describe. Advirtió que respecto del documento presentado en la Comisión Informativa de Hacienda se había suprimido la baja en la partida de mejoras en edificios de cultura y la cantidad correspondiente se había incrementado en el remanente de tesorería positivo de 2012 inicialmente utilizado.

* La Concejala del Grupo Popular Sra. Navacerrada Martín preguntó cuánto se había incrementado la partida de gastos para festejos.

* Con permiso del Presidente, el Concejal Delegado de Festejos Sr. Martín Hijano respondió que había pasado de 20.000 € a 28.000 €.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda y con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y los votos en contra de los cinco Concejales del Grupo Municipal Popular se acordó:

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- Aprobar el expediente de modificación de créditos nº 5-2013 del Presupuesto de 2013 conforme al siguiente detalle.

Créditos extraordinarios y suplementos de créditos. PARTIDA DENOMINACION IMPORTE €

011.359 Comisiones bancarias 3.000,00

132.120 Retri. básicas funcionarios seguridad 32.700,00

132.121 Retri. complementarias funcionarios seguridad 44.700,00

132.16000 Seguridad Social funcionarios seguridad 24.800,00

16.22104 Vestuario personal mantenimiento 2.000,00

16.22109 Materiales especiales mantenimiento 2.000,00

16.224 Seguros edificios 5.000,00

162.22710 Recogida y tratamiento de residuos 4.000,00

321.22103 Suministro de combustible locales educación 5.000,00

334.480 Subvenciones Asociaciones Culturales 1.750,00

338.22609 Festejos populares 6.000,00

340.212 Mantenimiento instalaciones deportivas 1.500,00

340.22101 Suministro agua locales deportes 3.300,00

920.13100 Retri. laborales temporales servicios generales 34.000,00

920.22100 Energía eléctrica servicios generales 1.000,00

920.22607 Procesos selectivos 1.000,00

920.63601 Equipos ofimáticos servicios generales 2.300,00

Total ................................................. 174.050,00

Se financian con,

Bajas de créditos no comprometidos.

PARTIDA DENOMINACION IMPORTE €

011.31005 Intereses préstamo Bankinter 3.000,00

155.22698 Fianzas ante Administraciones por obras 2.000,00

16.203 Arrendamiento de maquinaria para mantenimiento 3.000,00

16.22101 Agua parques y vías públicas 4.000,00

16.22611 Sanciones 1.000,00

162.21210 Mantenimiento depósito restos vegetales 3.000,00

162.463 Transfe. ctes. Mancomunidad Recogida de Residuos 10.000,00

171.61903 Mejora de zonas verdes urbanas 3.000,00

321.22709 Contratos desayunos y comidas escolares 2.000,00

323.13100 Retri. laborales temporales promoción educativa 9.000,00

340.22100 Energía eléctrica instalaciones deportivas 2.000,00

341.22609 Actos promoción deportiva 1.500,00

920.16200 Formación de personal 400,00

920.22602 Publicidad y propaganda 1.000,00

920.22603 Publicaciones en diarios oficiales 2.500,00

920.22709 Contratos de mantenimiento equipos ofimáticos 1.000,00

920.22711 Contrato de seguridad en el trabajo 3.000,00

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920.22722 Mantenimiento programa contabilidad 1.400,00

920.230 Dietas de personal 400,00

Total ................................................ 53.200,00

Mayores ingresos no previstos.

CONCEPTO DENOMINACION IMPORTE €

113 Impuesto sobre Bienes Inmuebles Urbanos 10.500,00

331 Tasa por AEDO paso de vehículos 7.000,00

45060 Subvenciones CAM BESCAM 56.800,00

Total ................................................ 74.300,00

Remanente de Tesorería 2012,

CONCEPTO DENOMINACION IMPORTE €

870 Remanente de Tesorería para gastos generales, 46.550,00

Total, ................................................ 46.550,00

Total financiación,......................................... 174.050,00

9º. INFORME SOBRE SITUACION DE AVALES DE LA PROMOTORA URBANISTICA URBAPRO, S.L.

* Por el Alcalde se resumió lo ocurrido con ocasión de haber solicitado a la entidad que respaldaba el aval de 326.700,92 € constituído en su día por la promotora urbanística Urbapro, S.L. para garantizar la correcta ejecución del proyecto de urbanización del denominado Sector S.08.R “Navalengua” de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico de 1995, hoy derogadas. Dio cuenta del informe emitido por el Secretario-Interventor a solicitud suya cuyo contenido literal es el se describe.

“INFORME DE LA SECRETARIA-INTERVENCION SOBRE LA SITUACION DE LOS AVALES PRESENTADOS POR LA URBANIZADORA URBAPRO, S.L. PARA GARANTIZAR LA CORRECTA EJECUCION DE LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN DEL NUCELO DENOMINADO NAVALENGUA.

Por aplicación de lo dispuesto en el artículo 4º.1. h. del R.D. 1174/1987

de 18 de septiembre, por el que se regula el Régimen Jurídico de las Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, en el que se indica: “La función de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria comprende: a) La fiscalización, en los términos previstos en la legislación, de todo acto, documento o expediente que dé lugar al reconocimiento de derechos y obligaciones de contenido económico o que puedan tener repercusión financiera o patrimonial, emitiendo el correspondiente informe o formulando, en su caso, los reparos procedentes.” En igual sentido se manifiesta el artículo 214 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. En su virtud, el Secretario-Interventor que suscribe INFORMA:

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Recientemente el Pleno de la Corporación adoptó acuerdo por el que se decidía ejecutar el aval que en concepto de garantía de buena ejecución de las obras de urbanización del núcleo urbano denominado Fuente Milano o Navalengua, constituyó en 18-11-2002 la sociedad mercantil Urbapro, S.L. en su condición de adjudicataria del Plan Parcial del Sector S.08.R “Navalengua” de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico de Bustarviejo de 1995 y por tanto de las obras de urbanización previstas en el mismo. Todo ello para subsanar dos deficiencias no atendidas hasta la fecha por la citada mercantil aunque asumiera expresamente en las fechas en que se suscribieron las actas de recepción de las citadas obras de urbanización, a través de su representante legal, la ejecución de aquellas (proyecto de ajardinamiento de zonas verdes). Asímismo se pretendía sufragar los gastos de redacción de la documentación requerida por la Confederación Hidrográfica del Tajo para legalizar el vertido de la red de alcantarillado al emisario general que conduce a la Estación Depuradora de Aguas Residuales y después al cauce del Arroyo la Gargüeña.

El citado aval por importe de 326.700,92 € se encuentra en poder del Ayuntamiento y registrado en su contabilidad desde su presentación en el año 2002.

Por el carácter indefinido del mismo, mientras no mediara una comunicación expresa del Ayuntamiento para su cancelación tiene plenos efectos frente a la entidad financiera que lo respalda, “La Caixa”.

Cuando el Ayuntamiento solicita a la citada entidad financiera la ejecución del citado aval para la finalidad mencionada, los responsables de La Caixa comunican que consideran el aval cancelado y aportan documentación que acredita la constitución por la promotora de dos avales por importe de 107.811,33 € cada uno y otro por importe de 111.078,34 € correspondientes a las tres etapas en que se dividieron las obras de urbanización mediante acuerdo plenario de 25-03-2004, importes que sumados ascienden a 326.700,92 €. Señala La Caixa que aunque no se procedió a solicitar la devolución o cancelación del aval mencionado cuando se constituyeron los otros tres mencionados consideraba sustituido este por aquellos y que en consecuencia sin mediar autorización del Ayuntamiento procedió a su anulación a efectos internos sin comunicarlo al Ayuntamiento.

En la documentación aportada por La Caixa se acredita que el Ayuntamiento adoptó acuerdo plenario en 27-07-2007 por el se decidió devolver los tres avales antes mencionados pero “debiéndose mantener en poder del Ayuntamiento el Aval General que garantiza la ejecución de la obra y que solo será devuelto doce meses después de la recepción de la obra”.

La recepción de las obras de urbanización se formalizó mediante actas suscritas los días 13-10-2009 y 17-11-2009 condicionadas a presentar un proyecto de ajardinamiento de las zonas verdes de la urbanización y a ejecutarlo tras ser aprobado expresamente por el Ayuntamiento.

El condicionante para la plena efectividad de la recepción de las obras de urbanización nunca se cumplió por la entidad urbanizadora, por lo que debe entenderse que tal recepción no se ha producido ni siquiera en la actualidad, y

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que no se producirá hasta que la referida subsanación esté realizada con la conformidad del Ayuntamiento.

Aunque el Pleno Municipal acordó proceder a la devolución de los tres avales exigidos y constituidos por la urbanizadora para la ejecución de las obras de urbanización en tres etapas y procedió a devolver estos a instancia de la urbanizadora expresamente acordó la no devolución del aval original en los términos antes aludidos por lo que la entidad que respalda el mismo no puede, conforme a Derecho, desentenderse de atender la orden de ejecución acordada por el Ayuntamiento, salvo por la concreción de la valoración de las subsanaciones que motiva esa decisión y que se encuentra pendiente de informe por el Arquitecto Municipal, quien en la comprobación de las obras de urbanización realizadas con ocasión del informe que ha de emitir ha podido comprobar cómo se acreditará formalmente que el coste de los ajardinamientos no ejecutados por la urbanizadora y comprometidos en el Modificado del Plan Parcial por ella propuesto, superan con mucho el importe avalado, justificando con ello el acuerdo de ejecución adoptado por el Pleno e informado por el que suscribe, para paliar siquiera en parte el grave daño al interés público que la referida entidad urbanizadora ha generado pues como ya se ha puesto de manifiesto en otras ocasiones, tampoco se encuentran sobre el terreno delimitadas las fincas dotacionales cedidas al Ayuntamiento ni coinciden los datos de estas que figuran en el Registro de la Propiedad con lo realmente ejecutado. De todo esto hay una referencia amplia en el informe realizado por un perito judicial con ocasión del recurso contencioso administrativo que presentó la mercantil Urbapro, S.L. contra las liquidaciones de ICIO cuyo pago le requirió este Ayuntamiento por ejecución de obras como los muros de contención y el tanque de tormentas no comprendidas en el proyecto de urbanización formalmente autorizado, y cuya sentencia firme declara ajustada a Derecho la actuación municipal.

CONCLUSION.- A juicio del que suscribe el aval por importe de 326.700,92 respaldado por La Caixa está vigente y a disposición del Ayuntamiento debiendo desestimarse la solicitud formulada por dicha entidad financiera de que se considere cancelado.

No obstante, como La Caixa pretende llevar el caso a los tribunales de lo contencioso y eso alargaría la situación actual y obligaría a adelantar el coste de la legalización pendiente ante la Confederación Hidrográfica del Tajo, en aras de una resolución de las demandas municipales que no son otras que la legalización de los vertidos de la urbanización Navalengua ante la Confederación Hidrográfica del Tajo, la ejecución de las zonas ajardinadas no realizadas por Urbapro, S.L. así como la ampliación del vial previsto en el Plan Parcial Modificado que permite considerar como solar la principal parcela dotacional (educativa) situada al fondo noroeste de la urbanización, sería conveniente aprovechar la buena disposición mostrada últimamente por D. Jorge Verdú Esteve, representante legal actual de Urbapro, S.L. para intentar cerrar un acuerdo que pueda ser atendido y que atienda los mínimos aceptables por la

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Corporación, en base al informe y propuesta que en tal sentido presentará en breve el Arquitecto Municipal.

No obstante la Corporación, con su superior criterio resolverá lo que proceda.

Bustarviejo, 21/10/2013. El Secretario-Interventor, Fdo.- Juan Fco. Bravo Collantes.” La Corporación se dio por enterada. * El Portavoz del Grupo Municipal Popular Sr. De Mateo García,

preguntó sobre las alegaciones recibidas de numerosos propietarios de fincas situadas en la urbanización mencionada en relación con el acuerdo plenario adoptado por el que se les requería la adopción de medidas de seguridad y su acreditación técnica relativa en agarre de los sillares de piedra que conforman la parte trasera de los cerramientos de aquellas.

* Respondió el Alcalde que se resolverían los recursos presentados, de una vez por cuanto la inmensa mayoría de ellos tenían el mismo contenido. Añadió que no obstante la entidad mercantil SAREB propietaria del cincuenta por ciento de los solares no edificados y del treinta y seis por ciento de las viviendas construidas, había comunicado que atendería el requerimiento municipal igual que lo habían hecho algunos propietarios individuales.

10º. CONCESION DE PERMISO DE OCUPACION DE FINCA MUNICIPAL A LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL HELIPUERTO DEL SERVICIO CONTRA INCENDIOS.

* Explicó el Alcalde que se había analizado la petición de la Dirección General de Protección Ciudadana de la Comunidad de Madrid para que se le conceda prorroga de la autorización de ocupación del terreno de 28.174 m2 de superficie y de la edificación en ella existente, ambas de propiedad municipal destinados a Helipuerto del Servicio Contraincendios, y que es parte de la parcela nº 34 del polígono nº 2 del Catastro de Rústica del municipio situada en el monte público nº 66 denominado “Cerro del Pendón y Agregados”. Que se había recibido a solicitud municipal, comunicación de la Jefatura del Area de Desarrollo del Plan Forestal de la Comunidad de Madrid que gestiona los montes públicos municipales, en la se califica al Helipuerto y demás infraestructuras para su funcionamiento como “Instalaciones para protección y vigilancia del monte por lo que no procede iniciar expediente administrativo de ocupación del mismo”. Asímismo se había analizado la normativa patrimonial, en especial la Ley 33//2003, de 3 de noviembre de Patrimonio de las Administraciones Públicas y el RD 1372/1986, de 13 de junio por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales sobre posibilidad de conceder autorizaciones o licencias de ocupación de bienes de dominio público de forma directa por periodo máximo de cuatro años (art. 86 de la Ley 33/2003 mencionada). Señaló que la Comunidad de Madrid se había negado a pagar canon alguno al Ayuntamiento por la ocupación de la finca advirtiendo que si el Ayuntamiento lo imponía se llevarían el Helipuerto a otro municipio. Que la Dirección General de Protección Ciudadana de la Comunidad de Madrid había

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aceptado una contraprestación consistente en realizar de forma gratuita tareas de conservación de los montes municipales.

* Intervino el Sr. De Mateo García recordando que la instalación del Helipuerto contraincendios en la finca municipal mencionada costó mucho trabajo en su día y que la ventaja que suponía su situación en el municipio hacía innecesario solicitar ninguna contraprestación.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda y con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y los votos en contra de los cinco Concejales del Grupo Municipal Popular se acordó:

* Autorizar a la Dirección General de Protección Ciudadana de la Comunidad de Madrid el uso común especial mediante ocupación del bien municipal que se describe.

- Bien cuya ocupación se autoriza: Terreno de 28.174 m2 de superficie y edificación en el existente, valorados en 125.000 €.

- Situación: En la parcela nº 34 del polígono nº 2 del Catastro de Rústica del municipio integrada en el monte público nº 66 denominado “Cerro del Pendón y Agregados”.

- Finalidad: Helipuerto del Servicio Contraincendios de la Comunidad de Madrid para protección y vigilancia de los montes municipales y de demás existentes en el término municipal de Bustarviejo y zonas limítrofes.

- Duración de la autorización: Cuatro años (art. 86 de la Ley 22/2003 de Patrimonio de las Administraciones Públicas) a contar del día 26-10-2013.

- Contraprestación: Realización gratuita de tareas de conservación de los montes municipales a determinar entre ambas Administraciones.

* El Sr. De Mateo García manifestó que el voto en contra de su Grupo se debía a no estar de acuerdo con que se estableciera ninguna contraprestación.

11º. MODIFICACION DEL ACUERDO DE PERMUTA DE TERRENOS EN EL CALLEJON DE MAYOR, 80.

Explicó el Alcalde que como consecuencia de la comprobación o replanteo del acuerdo adoptado el 26-04-13 sobre permuta de terrenos para regularización de la situación creada con la construcción de un grupo de viviendas en el callejón existente en la calle Mayor, 80 se hacía necesario modificar las superficies permutadas al variar la alineación de la finca de D. Juan Carlos del Valle Cuesta, a fin de conseguir que la ventana del grupo de viviendas mencionado que da a esta finca tenga garantizada la distancia mínima prevista en el Código Civil de dos metros hasta la fachada de la misma. Que en consecuencia debía adoptarse acuerdo para rectificar las superficies permutadas.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda y con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y los votos en contra de los cinco Concejales del Grupo Municipal Popular se acordó: Primero.- Cambiar la calificación jurídica del bien municipal situado en

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el Callejón de la Calle Mayor, 80 que luego se describe, de dominio público a patrimonial. Segundo.- Autorizar a los solos efectos de la permuta de bienes que se tramita la segregación de una parcela 3,78 m2 de superficie con los siguientes linderos, Norte, Juan Carlos del Valle Cuesta; Sur, Edificio de Construcciones Laso, S.L.; Este, Manuel Martín Hijano; Oeste, Callejón de Mayor; del solar propiedad de D. Juan Carlos del Valle Cuesta sito en la calle Mayor, 80. Tercero.- Aprobar el expediente de permuta del bien inmueble sito en Callejón de la calle Mayor, 80 propiedad de este Ayuntamiento, por el bien inmueble sito en el mismo lugar propiedad de D. Juan Carlos del Valle Cuesta, cuyas características se describen, BIEN PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO. 1º.- El inmueble de propiedad municipal responde a las siguientes características: - Situación: Callejón de la calle Mayor, 80. - Superficie: 3,78 m2. - Linderos: Norte, Juan Carlos del Valle Cuesta; Sur, Callejón de Mayor; Este, Juan Carlos del Valle Cuesta; Oeste, Callejón de Mayor.

- Forma según croquis que consta en expediente. - Calificación y uso urbanísticos: Dominio público; vial.

2º.- El bien inmueble descrito no se encuentra comprendido en ningún Plan de Ordenación, reforma o adaptación, no siendo de utilidad para el Ayuntamiento ni es previsible que lo sea en los próximos diez años. 3º.- Con arreglo a los precios del mercado inmobiliario en la zona de tasación, se estima su valoración en 979 € euros. BIEN PROPIEDAD DEL PARTICULAR. 1º.- Previa comprobación in situ, la realidad física y jurídica del inmueble se ajusta a las siguientes características: - Situación: Callejón de la calle Mayor, 80. - Superficie: 3,78 m2. - Linderos: Norte, Juan Carlos del Valle Cuesta; Sur, Edifico Construcciones Laso, S.L.; Este, Manuel Martín Hijano; Oeste, Callejón de Mayor. - Forma según croquis que consta en expediente. - Calificación y uso urbanísticos: Suelo urbano (solar). 2º.- Que el valor del bien inmueble es de 979 euros, teniendo en cuenta los precios de mercado que operan en la zona Cuarto.- Calificar el bien obtenido por cesión de D. Juan Carlos del Vale Cuesta mediante permuta, y cuyas características se describen en el punto anterior, como dominio público municipal (vial) para incorporarlo al Callejón de la calle Mayor, 80. Quinto.- Que se de comunicación del expediente, como requisito previo a su ejecutividad, al órgano competente de la Comunidad Autónoma, para su conocimiento y efectos oportunos.

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Sexto.- Notificar este acuerdo al interesado, requiriéndole para formalizar la correspondiente escritura pública, facultando a la Alcaldía para la firma de la misma y de cuantos otros documentos sean necesarios para la ejecución de lo acordado.

12º. APROBACION DEL ACUERDO MARCO DE LA POLICIA LOCAL.

* Informó el Alcalde que el Acuerdo Marco de la Policía Local expiró el pasado 31-05-13 y que desde entonces ha estado negociando con el representante del personal funcionario del Ayuntamiento y a la vez policía local, los términos de la propuesta que traía firmada por ambas partes. Señaló el contenido principal del acuerdo indicando que se suprimía el sistema siete-siete para la prestación del servicio consistente el que los policías locales prestaban servicio siete días continuados y descansaban los siete siguientes; que se establecía la prestación del servicio los sábados, domingos y festivos computando esas horas como hora y media ordinaria. Detalló los turnos contemplados en el acuerdo manifestando que ampliaba el servicio hasta ahora existente. Que el servicio detallado para cada miembro de la Policía Local se concretaba en cuadrantes mensuales según formato que se comprometía a aportar el representante de los empleados.

* Intervino el Portavoz del Grupo Municipal Popular Sr. De Mateo García manifestando que el Alcalde había actuado correctamente pero la policía no porque algunos le habían dicho que la propuesta de acuerdo presentada por el Alcalde no estaba firmada por su representante y por tanto no era definitiva cuando eso no era cierto, pero que debía haberse ofrecido al Grupo Popular participar en el proceso negociador.

* Intervino la Portavoz adjunta del Grupo Popular Sra. Navacerrada Martín, informando que recogió una copia de la propuesta de Acuerdo Marco presentada por el Alcalde firmada por el representante de los policías y se la mostró a algunos de ellos para que le dieran su opinión y les advirtió que la propuesta no se podía modificar porque ya estaba cerrada y firmada por ambas partes. Que los policías con los que habló le dijeron que esa propuesta no podía llevarse a pleno porque no era definitiva ya que quedaban algunos “flecos” que negociar.

* Informó el Alcalde que cuando la propuesta se sometió a la Comisión Informativa cuya sesión se celebró el pasado día 21-10-13, ya estaba firmada por el representante de los policías.

* Manifestó la Sra. Navacerrada Martín que como la propuesta ya estaba firmada y no se había dado opción al Grupo Popular para participar en su negociación votarían en contra.

* Replicó el Alcalde que estaba de acuerdo con lo señalado por la Portavoz adjunta del Grupo Popular pero ya se había hablado en ocasiones anteriores sobre los motivos de no invitar al Grupo Popular en la gestión municipal.

* Añadió el Concejal del Grupo Popular Sr. De Mateo García que además no estaba disponible el cuadrante del servicio.

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* Replicó el Alcalde que ese documento no era relevante porque solo plasmaba el contenido del Acuerdo Marco en materia de concreción del servicio.

* Mostró su desacuerdo el Sr. De Mateo García señalando que el cuadrante le hubiera permitido una opinión más amplia sobre la propuesta.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda y con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y los votos en contra de los cinco Concejales del Grupo Municipal Popular se acordó:

- Aprobar el Acuerdo-Marco regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario de la Policía Local, cuyo contenido literal se describe.

ACUERDO MARCO REGULADOR DE LAS CONDICIONES DE

TRABAJO DE LA POLICIA LOCAL DE BUSTARVIEJO (MADRID).

CAPITULO I. DE SU APLICACIÓN Y SEGUIMIENTO Art. 1. Ámbito de aplicación. El presente Acuerdo será de aplicación para todos los componentes que integran la plantilla de Policía Local en esta Corporación, independientemente de su situación laboral con nombramiento efectivo o en prácticas, considerándose a tal efecto el Ayuntamiento como una única unidad de trabajo. Art. 2. Vigencia del Acuerdo. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) previa aprobación por el Pleno del Ayuntamiento. La vigencia de este Acuerdo se establece hasta el 31 de diciembre del año 2016. Hasta tanto se alcance uno nuevo, se prorrogará la totalidad de su contenido con las adaptaciones legales que correspondan. Art. 3. Comisión de Seguimiento. Se constituirá una Comisión de Seguimiento de carácter paritario, al objeto de la interpretación, el desarrollo y el seguimiento de este Acuerdo, en un plazo máximo de quince días desde su entrada en vigor. Estará formada por dos policías locales, elegidos por los funcionarios del Cuerpo de Policía Local de Bustarviejo, y dos miembros de la Corporación, nombrados por el Alcalde. Estas personas, podrán ser asistidas en las reuniones que celebren por un asesor. La Corporación facilitará los locales donde tendrán lugar las reuniones de trabajo. Corresponden a la Comisión las siguientes atribuciones:

a) Interpretación de la totalidad del articulado y/o disposiciones del Acuerdo.

b) Vigilancia de lo pactado.

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e) Facultad de conciliación previa y vinculante en los problemas colectivos.

d) Informe preceptivo en materia de reclamaciones individuales o colectivas que afecten al contenido del Acuerdo.

e) Las decisiones acordadas en la Comisión, se reflejaran por escrito en el oportuno acta, y serán vinculantes y de obligado cumplimiento para ambas partes.

CAPÍTULO II. DE LA JORNADA DE TRABAJO Y CALENDARIOS LABORALES Art, 4. Jornada de trabajo. La jornada laboral será la que establezca la normativa vigente para el personal al que se refiere este acuerdo marco, según los siguientes turnos de trabajo: DIURNO: -De lunes a viernes, en horario de mañana (7 a 15 h.) y tarde (14 a 22h.). Estos turnos de trabajo se distribuirán de la siguiente forma: De lunes a viernes, sin libranza la primera semana y trabajándola siempre de mañana. En las siguientes, se establecen periodos de descanso rotativo; lunes y martes primero, y miércoles, jueves y viernes, la semana siguiente, para comenzar de nuevo el ciclo completo. Estas semanas se trabajara en horario de tarde, procurando, en la medida de lo posible, que cada componente de la Policía Local haga el mismo número de jornadas de tarde que de mañana, en cómputo anual. Este turno de trabajo se complementara con el turno del fin de semana para alcanzar el cómputo de horas anuales. Este régimen de jornada conllevara la obligatoriedad de flexibilizar el horario en la entrada o salida en una hora un máximo de 10 jornadas al año, no más de una a la semana, cuando las necesidades del servicio lo requieran, y con carácter rotativo entre los efectivos de unidad y turno. -Sábados y domingos, en horario de mañana y tarde (10h a 20 h.) El turno de fin de semana será complementario de los turnos de mañana y tarde, haciendo cada unidad de servicio ambos horarios. Cada turno de trabajo prestara servicio los fines de semana, haciéndolo coincidir con la semana en la que libra lunes y martes, de forma que cada agente trabaje, en cómputo anual, el mismo número de fines de semana. Cada agente podrá trabajar un fin de semana extra al año para suplir vacaciones y días libres. Este fin de semana extra se incluirá en el horario anual entregado a cada agente, salvo acuerdo entre las partes. NOCTURNO: -Noches (22 h a 6h).

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El horario nocturno se llevará a cabo según el siguiente ciclo. Se trabajará lunes, martes y miércoles de una semana; martes, miércoles y jueves de la siguiente y viernes, sábado, domingo, lunes y martes de la siguiente. Y, a continuación, de nuevo el ciclo mencionado. En caso de que falte uno de los integrantes del servicio de noche, y para evitar que el turno se quede con un solo integrante, una persona del servicio de tarde pasará a formar parte del turno nocturno. Si esto no fuera posible, se suspenderá el turno de noche y el integrante del mismo pasara al turno de tarde. Salvo acuerdo entre agentes, la rotación entre el horario diurno y el nocturno se establece cada doce semanas, procurando que todos los agentes hagan, en cómputo anual, el mismo número de noches. Cada hora trabajada en tiempo nocturno, en sábados, domingos y/o festivos se computará como una hora y media, a efectos de cálculo para contabilizar la jornada laboral.

En caso de que excepcionalmente, por necesidades del servicio, se suspenda el descanso semanal, se compensara con dos días, más el día suspendido, por cada uno de los trabajados. Este nuevo sistema de horarios comenzará a ejecutarse el 1 de enero de 2014. Los cambios de turno entre agentes serán solicitados a cualquiera de los cabos, por escrito, con un mínimo de siete días de antelación, salvo casos de urgencia. Con carácter general, estas solicitudes serán contestadas con al menos con 48 horas de antelación, y serán los propios cabos los encargados de su aprobación. El Ayuntamiento respetará estos plazos, a la hora de solicitar el cambio de turno de un agente, salvo casos de urgencia. El exceso de jornada que se produzca por cuestión de la jornada de trabajo, o bien por continuación del servicio, será compensado en tiempo libre. Si, por conciliación de su situación laboral y familiar, algún agente solicitase un turno fijo será la Comisión de seguimiento del acuerdo la encargada de su estudio y aprobación. Con carácter general, en cada turno deberán trabajar dos agentes, salvo situaciones especiales, en que tendrá que contarse con la autorización de la Alcaldía. Art. 5. Calendarios Laborales. Por parte de la Jefatura, o en su defecto por los Cabos, se confeccionará un calendario anual laboral, antes del 1 de Enero de cada año, que será sometida a decisión del Alcalde y donde se efectuarán las especificaciones oportunas sobre las siguientes materias:

a) Distribución diaria de la jomada anual. b) Descanso semanal. e) Tumos y horarios de trabajo. d) Vacaciones. e) Días de libranza.

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f ) Compensación en tiempo libre de los días 24 y 31 de diciembre, así como de los días festivos cuando éstos coincidan con días libres en descanso semanal o servicio. Art. 6. Festividades. A todos los efectos, se consideraran festivos aquellos que anualmente vengan determinados por la Comunidad de Madrid, más dos fiestas locales cada año. Art.7. Días de permiso por asuntos particulares. Se dispondrá de tres días de permiso al año por asuntos particulares. Estos días no podrán acumularse en ningún caso a las vacaciones anuales retribuidas. El disfrute de los mismos se podrá hacer a conveniencia del agente, previa autorización comunicada a la Jefatura, y respetando siempre las necesidades del servicio. Cuando, por razones del servicio, no se disfrute a lo largo del año en curso, podrá concederse hasta el día 15 del mes de enero del ejercicio siguiente. Art.8. Licencias y permisos retribuidos. En materia de licencias y permisos retribuidos, se aplicará el convenio regulador que asiste al resto de los funcionarios de esta Corporación, o en su defecto lo regulado por la legislación vigente aplicable en cada momento. Art. 9. Vacaciones Anuales. Tendrán derecho al disfrute, en concepto de vacaciones anuales, de veintidós días hábiles. Los policías en prácticas disfrutarán la parte proporcional de vacaciones correspondiente al tiempo trabajado. Las vacaciones anuales se disfrutarán, como regla general, en el período comprendido entre el 1de junio y el 30 de septiembre. A solicitud del funcionario y previa autorización de la Jefatura (sin perjuicio del servicio), podrá disfrutarlas a lo largo de todo el año natural en periodos mínimos de cinco días. Igualmente, podrá disfrutar una semana de las vacaciones fuera del período establecido en este apartado, previa solicitud y condicionado a las necesidades del servicio.

CAPÍTULO IlI. DE LAS CONDICIONES ECONÓMICAS. Art. 10. Condiciones Económicas. Las retribuciones básicas vendrán determinadas por el grupo al que se pertenezca, según lo dispuesto en la ley del Estatuto Básico del Empleado Público, para el año correspondiente.

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El complemento de destino corresponderá al nivel del puesto de trabajo que se desempeñe, de acuerdo con las cuantías fijadas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. El complemento específico vendrá determinado por la valoración del puesto de trabajo, que se haya efectuado conforme al artículo 4.1 del Real Decreto 861/1986 de 25 de abril. JEFATURA Y MANDOS En defecto de Jefe específico de la Policía, los dos cabos asumirán la jefatura del servicio durante el turno en el que trabajen. En su defecto, ejercerá esta responsabilidad el agente que legalmente corresponda. Los Cabos percibirán un complemento específico equivalente al del puesto de trabajo del policía más la cantidad de 350 euros brutos mensuales. Art. 11. Pagas extraordinarias. Las pagas extraordinarias serán las que fije la legislación. Art. 12. Compensación por servicios extraordinarios. Los servicios extraordinarios, prestados fuera de la jornada laboral, tendrán carácter excepcional, serán voluntarios y se compensarán en tiempo de libranza, según la siguiente tabla:

-Hora extra ordinaria: +75% -Hora extra festiva o nocturna: +100% -Hora extra festiva y nocturna: +150%

Los requerimientos de cualquier autoridad, ya sea Civil o Judicial y Jefatura, fuera de la jornada laboral, se compensará como servicio extraordinario en horas. Si hubiere desplazamiento en el requerimiento, su duración computará como tiempo de servicio. Las compensaciones en horas libres se podrán agrupar para permitir la libranza de jornadas enteras. Si el servicio extraordinario fuera de una jornada entera, se aplicaría igualmente la formula anterior. Bien entendido que entre jornada y jornada debe de haber un intervalo de descanso mínimo de doce horas. Cuando por razones de servicio tenga que desplazarse en su vehículo propio, se le abonará la cantidad establecida legalmente para los funcionarios del Estado.

CAPITULO IV. ASISTENCIA SOCIAL Art. 13. Fondo Asistencial. Se creará un fondo económico anual cuya cuantía estará sujeta a las disponibilidades presupuestarias y se distribuirá con los mismos criterios que los establecidos para el resto del personal del Ayuntamiento.

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Art. 14. Seguros. El Ayuntamiento suscribirá un seguro de responsabilidad civil por los daños que puedan causar, en el ejercicio de sus funciones, los miembros del Cuerpo de la Policía Local. CAPITULO V. DE LA ASISTENCIA LETRADA, FORMACIÓN Y VESTUARIO. Art. 15. Asistencia Letrada. El Ayuntamiento garantizará la asistencia jurídica a los policías que lo soliciten y precisen por razón de conflictos derivados de su condición de policías, siendo la asistencia letrada integral y haciéndose cargo, en todo caso, de los honorarios, gastos y fianzas a que diera lugar el proceso. Art. 16. Formación. El Ayuntamiento de Bustarviejo facilitará el acceso a cursos y seminarios que guarden relación con la mejora y capacitación profesional de los funcionarios. Las horas de formación consideradas como jornada laboral serán 80 anuales, computadas según la normativa vigente. Estos cursos se podrán realizar bien a petición del funcionario o bien por necesidades de mejora del servicio. Cuando los cursos se realicen fuera de la localidad y el funcionario tenga que utilizar su vehículo propio, se abonará la cantidad legalmente establecida en concepto de locomoción. En el expediente personal de cada policía quedarán reflejados los cursos a los que asista. El funcionario deberá entregar una copia del certificado al jefe de Policía para su inclusión en el expediente personal. La asistencia a estos cursos tendrá relevancia, dentro de la legalidad vigente, para la promoción personal e interna dentro del Ayuntamiento de Bustarviejo. Art. 17. Prácticas de Tiro Los agentes realizarán cinco horas anuales de prácticas de tiro, que computarán como horas de formación. Los gastos de las prácticas de tiro serán abonados por el Ayuntamiento. Art. 18. Reconocimiento Médico Anualmente, el Ayuntamiento garantizará un reconocimiento médico para los agentes. Art.19. Mantenimiento Físico La Corporación, para estimular y fomentar el mantenimiento del adecuado estado físico de los miembros de este colectivo, permitirá el libre acceso a las instalaciones deportivas de que disponga en su ámbito municipal, sin excepción alguna. Art. 20. Vestuario.

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La dotación de prendas de uniforme para la Policía Local se suministrará anualmente en el mes de abril y en una única vez, en las cantidades que figuran en la siguiente tabla. La uniformidad del personal de Policía Local para el verano será la siguiente: EQUIPO CANTIDAD DURACION PRENDAS DE MANGA CORTA 2 ANUAL PANTALON 2 ANUAL BOTAS 1 HASTA DETERIORO CAMISETAS DE INTERIOR 2 ANUAL CALCETINES 3 PARES ANUAL

La uniformidad del personal de Policía Local para el invierno será la siguiente:

EQUIPO CANTIDAD DURACION POLOS 2 ANUAL CAMISETA TERMICA 2 ANUAL IPANTALON 2 ANUAL BOTAS 1 HASTA DETERIORO GORRA 1 HASTA DETERIORO CHAQUETON 3/4 1 5 AÑOS PANTALON DE AGUA 1 HASTA DETERIORO CHAQUETA POLAR 1 4 AÑOS GUANTES INVIERNO 1 PAR PREVIA PETICION GUANTES ANTICORTE 1 PAR PREVIA PETICION CALCETINES 3 PARES ANUAL CUBRE CUELLOS POLAR 1 HASTA DETERIORO

DOTACIÓN PERSONAL: Pistola. Cinturón. Linterna Defensa. Talid. Pistolera. Grilletes. A todos los componentes de Policía Local se les facilitará su dotación personal y su duración se determinará según su deterioro. DISPOSICIÓN FINAL. Todos los Acuerdos Marco anteriores y decisiones específicas que regulan el funcionamiento de este colectivo en cualquier materia quedan derogados o sin aplicación una vez que entre en vigor el presente Acuerdo.

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13º. APROBACION DEL TECHO DE GASTO PARA 2014. * A ruego del Alcalde la Concejala Delegada de Hacienda Sra. García

Romero dio cuenta del informe de la Intervención en la que se detallaban los criterios para el cálculo del techo de gasto para el ejercicio 2014 y se determinaba la cuantía del mismo en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, referente a la necesidad de proceder a la aprobación de un límite máximo de gasto no financiero, coherente con el objetivo de estabilidad presupuestaria y la regla de gasto, que marcará el techo de asignación de recursos del Presupuesto del próximo ejercicio.

Resultando que del informe elaborado por la Intervención de fecha 22-10-13 fueron definidos los siguientes parámetros:

- Gasto Computable no financiero 2013: 1.602.883,00 €. - Gasto Computable no financiero Máximo 2014: 1.578.166,00 €. - Techo de gasto no financiero 2014: 1.932.166,00 €. La Concejala de Hacienda propuso la adopción del correspondiente

acuerdo. * Dada la palabra por el Presidente intervino el Portavoz del Grupo

Popular Sr. De Mateo García manifestando que votarían en contra porque sus cálculos daban un techo de gasto inferior en 300.000 € al propuesto por la Intervención cuya cuantía dijo no cumplía la regla de gasto.

* Intervino con permiso del Presidente el Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes para manifestar que su Grupo votaría a favor de la propuesta de acuerdo de la Concejala de Hacienda por imperativo legal ya que estaban en contra de la imposición de la regla de gasto consistente en que el gasto no financiero (gasto total de un ejercicio excluido el importe de las amortizaciones de los préstamos) no podía superar el del ejercicio anterior incrementado en el porcentaje de crecimiento del Producto Interior Bruto del Estado previsto por el Gobierno para el citado ejercicio, lo que perjudicaba a los vecinos.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda y con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y los votos en contra de los cinco Concejales del Grupo Municipal Popular se acordó:

PRIMERO.- Aprobar el techo de gasto para el ejercicio 2014 a los efectos de dar cumplimiento al artículo 30 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, por un importe de 1.932.166,00 €.

SEGUNDO.- Dar traslado de lo acordado a la Intervención municipal a los efectos oportunos.

14º. MOCIONES DE LOS GRUPOS DE GOBIERNO. * A ruego del Presidente el Portavoz adjunto del Grupo Municipal

Socialista Sr. Gómez Fernández dio lectura al texto de la moción que luego se describe en la que se instaba a los Grupos de Gobierno a defender la autonomía

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local frente al contenido del proyecto de Ley para la Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local que tramitaba el Gobierno de España del Partido Popular y pedía la retirada del mismo y la apertura de una negociación con la Federación Española de Municipios y Provincias, las Comunidades Autónomas, los Grupos Políticos del Congreso y los principales agentes sociales y económicos del país.

* Dada la palabra por el Presidente el Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García leyó un texto por el que su Grupo defendía el proyecto de Ley para la Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local de su partido señalando las ventajas que su aplicación tendría para las entidades locales en general.

* El Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Penadés García mostró el apoyo de su Grupo a la moción del Grupo Socialista y mostró su preocupación por el futuro inmediato de los pequeños municipios, en especial por los municipios de la Sierra Norte de Madrid, recordando a título de ejemplo que en la conferencia celebrada recientemente por el Viceconsejero de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid con los representantes de los cuarenta y dos municipios integrados en la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte, manifestó que aunque la Ley para la Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local que tramitaba el Gobierno de España del Partido Popular preveía que los servicios sociales que ahora se prestaban en los municipios como competencia municipal financiados por el Estado la Comunidad Autónoma, los Ayuntamientos y los usuarios, pasaría a ser competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma la Comunidad de Madrid actualmente carecía de recursos económicos para prestar tales servicios.

* El Concejal del Grupo Socialista Sr. Gómez Fernández defendió la moción que había presentado diciendo que no había consenso entre el Gobierno del Estado y los Ayuntamientos, ni siquiera los gobernados por el Partido Popular. Que la Ley para la Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local que pretende aplicar el Partido Popular no resuelve la falta de recursos económicos de las haciendas locales, promueve la privatización de los servicios municipales y la pérdida de puestos de trabajo, y que era la expresión en el ámbito local de la política de recortes en servicios básicos (educación, sanidad y servicios sociales.

* Intervino el Alcalde para manifestar que conocía en privado la opinión en contra del proyecto de ley mencionado de numerosos alcaldes del Partido Popular de municipios de la Sierra Norte de Madrid. Que consideraba que con motivo entre otros de la enorme deuda financiera del ayuntamiento de Madrid gobernado desde hacía años por el Partido Popular se pretendiera hacer tabla rasa con todos los ayuntamientos de España.

* Replicó el Sr. De Mateo García que no era cierto que la mayoría de los ayuntamientos estuvieran posicionados en contra del proyecto de Ley para la Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local de su partido. Que no estaba de acuerdo con que los ayuntamientos tuvieran que crear empleo. Que con la nueva ley los ayuntamientos saneados económicamente podrían gestionar

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más servicios de los obligatorios fijados en aquella. Que en el ayuntamiento de Madrid el Partido Popular no había hecho gasto sino inversión. Que la ley debatida no estaba hecha solo para Madrid. Que la ley se estaba debatiendo en el Congreso y aún se podía enriquecer con aportaciones, que los principios en los que se basaba la ley eran perfectos.

* Terminó el Alcalde manifestando que el proyecto de Ley para la Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local del Partido Popular no resolvía el problema de la financiación local aunque si estaba de acuerdo en la adopción de medidas para el control del gasto en los ayuntamientos.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda y con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y los votos en contra de los cinco Concejales del Grupo Municipal Popular se acordó:

- Aprobar la siguiente MOCION. “Los Ayuntamientos, sus alcaldes y alcaldesas, van a ser simples

ejecutores de los dictados del Gobierno del Estado, cuando son parte de él y con igual legitimidad que es la del voto de los ciudadanos y ciudadanas. El desarrollo económico de los pueblos y ciudades quedará, más que nunca, a expensas de las decisiones que se tomen en centros de poder cada vez más lejanos y ajenos a la realidad social y económica de los territorios.

Nada dice la reforma local que plantea el Gobierno del Partido Popular de nuevos mecanismo de participación y control ciudadano sobre la gestión municipal. Es un paso para que la ciudadanía se quede sin interlocutores públicos para la resolución de sus problemas inmediatos y diarios, ni apunta la necesidad de establecer medidas a favor de gobiernos más abiertos y transparentes.

Estamos, por tanto, ante un vaciado del poder local, de una merma de la capacidad de resolución de problemas por parte de los representantes democráticamente elegidos, de una pérdida de representatividad, en definitiva, estamos ante un problema de calidad democrática en general.

La futura Ley de Reforma Local del Gobierno de España saca a concurso, en la práctica, la gestión de todos los ayuntamientos de España. El Proyecto de Ley aniquila el concepto de rentabilidad pública o social, llevando a estándares de mercado la prestación de servicios públicos municipales.

Por todo lo anteriormente expuesto, y a propuesta del Grupo Socialista se ACUERDA:

1. Instar al Equipo de Gobierno de esta Corporación y al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid a adoptar cuantas acciones sean necesarias para defender la Autonomía Local de los Ayuntamientos ante la agresión que representa la posible aprobación del Proyecto de ley para la Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.

2. Instar al Gobierno de España a: a) Retirar el Proyecto de ley para la Racionalización y Sostenibilidad de la

Administración Local.

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b) Iniciar una Reforma Local que se plantee desde el consenso y dialogo con las Comunidades Autónomas, la Federación Española de Municipios y Provincias, el conjunto de los grupos políticos que conforman el Congreso de los Diputados y los principales agentes sociales y económicos de nuestro país.

c) Que la nueva Reforma Local respete en todo momento las competencias locales, dé respuesta a las principales demandas de la ciudadanía: atención a las necesidades de financiación de las entidades locales, clarificación de sus competencias, adaptación de los ayuntamientos a las nuevas necesidades de la sociedad (participación ciudadana, transparencia y buen gobierno), y conversión de estos en potentes instrumentos de dinamización económica para la creación de empleo y nuevas oportunidades en el territorio.

3. Dar traslado de este acuerdo al Presidente del Gobierno de España, a la Presidencia de la Comunidad de Madrid, a los Portavoces de los Grupos Parlamentarios del Congresos de los Diputados y de la Asamblea de Madrid y a las Presidencias de la Federación Española de Municipios y Provincias y a la Federación de Municipios de Madrid.”

15º. MOCIONES URGENTES. No se presentó ninguna. 16º. RUEGOS Y PREGUNTAS. Abierto el turno de palabra por el Presidente se produjeron las

intervenciones que se describen. * La Concejala del Grupo Popular Sra. Sastre García pregunto si se

continuaría permitiendo el uso de balones de fútbol o similares en la plaza de la Constitución.

* Respondió el Alcalde que se continuaría permitiendo a los niños jugar al fútbol en la plaza de la Constitución porque no sabía si se podría controlar su prohibición. Que debía haber el compromiso de los padres de los niños que jugaban a menudo al fútbol en la plaza de conciliar esa actividad con los derechos de otros vecinos usuarios de la misma.

* La Sra. Sastre García propuso que se prohibiera jugar a futbol u otros juegos similares en la plaza de la Constitución y se permitiera hacerlo en el parque público La Cerca situado en las proximidades.

* La misma preguntó por las propuestas existentes para alquilar la nave municipal de la antigua fábrica de quesos situada en el paraje Los Navazales.

* Respondió el Alcalde que aún no tenía conocimiento de ello. * La misma preguntó si la factura cuya copia portaba relativa a trabajos de

imprenta de elaboración de trípticos correspondía a folletos de promoción del municipio.

* Respondió afirmativamente el Concejal Delegado de Economía y Turismo.

* La misma preguntó cuánto le había costado al Ayuntamiento los actos de inauguración de las obras de rehabilitación del Destacamento Penal Franquista de propiedad municipal.

* Respondió el Alcalde que el coste sufragado por el Ayuntamiento ascendía a 300 € correspondiente a la invitación que se hizo a varias personas

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asistentes al acto y que el resto de gastos (pancarta, folletos informativos, actuación musical y otros) los sufragó el ex alcalde D. José Manuel Fernández Fernández. Que se invitó al acto al Grupo Municipal Popular asistiendo en su representación la Concejala Dª. Berta Sastre García y que los gastos más importantes fueron asumidos desde el inicio por el Sr. Fernández Fernández.

* El Concejal del Grupo Popular Sr. Rodríguez Moreno preguntó por el decreto mediante el que se decidió conceder una gratificación por trabajos extraordinarios a uno de los dos socorristas de la piscina municipal, y también como cómo con el personal municipal adscrito al servicio de piscina se podía recibir un informe de los servicios de Sanidad de la Comunidad de Madrid señalando que no se controlaba el volumen de agua tratada.

* Respondió el Alcalde que la gratificación se concedió para retribuir las tareas de control de calidad del agua de baño y el funcionamiento de la instalación depuradora realizadas los días en que por disfrute de vacaciones o descanso semanal no estaba disponible el Coordinador Deportivo quien realizaba aquellas habitualmente.

Sobre la segunda pregunta manifestó que lo comprobaría e informaría. * El Concejal del Grupo Popular Sr. Cobertera Hijano preguntó la

denominación de la empresa que realizaba la corta de madera en el monte público municipal denominado La Encinilla.

* Respondió el Concejal Delegado de Medio Ambiente Sr. González Martín, que la empresa que llevaba a cabo tareas de resalveo en el monte público municipal La Encinilla había sido contratada por el Area de Montes de la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid en ejercicio de su atribución legal de gestión de los montes públicos municipales y se denominaba El Duende Jardinería.

* El Sr. Cobertera Hijano preguntó qué se iba a hacer con la Casa San José situada en la finca de propiedad municipal denominada Dehesa Vieja.

* Respondió el Alcalde que una parte de la Casa San José desde hacía años se usaba por la Dirección General de Seguridad Ciudadana (Servicio Contraincendios) como vivienda de un guarda forestal y el resto de la edificación pretendía dedicarla ahora a garaje de vehículos, pero se le había denegado por el deterioro que generaría en el edificio.

* El Sr. Cobertera Hijano recordó al Concejal Delegado de Medio Ambiente que en sesión anterior dijo que daría información sobre la Ruta de los Arboles del Ayuntamiento de Navalafuente que se adentraba en el término municipal de Bustarviejo y no había informado nada sobre ello.

* Respondió el Concejal Delegado de Medio Ambiente Sr. González Martín, que preguntara en el Ayuntamiento de Navalafuente.

* Replicó el Sr. Cobertera Hijano que la información de la que se hablaba estaba en las oficinas del Ayuntamiento.

* Manifestó el Sr. González Martín que se estaba trabajando en la elaboración de seos u ocho rutas de senderismo por el término municipal.

* La Concejala del Grupo Popular Sra. Navacerrada Martín señaló que en sesión anterior el Sr. Alcalde se comprometió a informar sobre la relación entre

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el proceso de selección y las contrataciones de los socorristas de la piscina municipal, llevados a cabo en el año 2010 sin que se hubiera respondido ahora.

* Manifestó el Alcalde que las contrataciones en régimen laboral a tiempo parcial y en la modalidad de fijos discontinuos se efectuaron en base a la propuesta del tribunal seleccionador habiéndose producido la renuncia de alguno de los seleccionados dando lugar a que se contratara en un caso al siguiente.

* La Portavoz adjunta del Grupo Popular preguntó sobre la situación del expediente de restauración del orden jurídico incoado a la entidad Alfombra Agra, S.L. por obra ejecutada sin licencia en la Ctra. de Miraflores, 2.

* Respondió el Alcalde que se había subsanado el error padecido en la instrucción de recursos del requerimiento de derribo enviado a la entidad mencionada y se había vuelto a enviar.

* La misma manifestó que había comprobado que se había recibido el fallo del Tribunal Supremo desestimando el recurso de casación para unificación de doctrina interpuesto por el Ayuntamiento ante la disparidad de criterios entre el Juzgado de lo Social y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid sobre la desestimación del recurso de reposición interpuesto en su día por la empleada que había desempeñado el puesto de trabajo de Agente de Empleo y Desarrollo Local (AEDL) contra la decisión del Ayuntamiento de no prorrogar su contrato de trabajo por falta de recursos económicos con que financiarlo. Añadió la Sra. Navacerrada Martín que ahora habría que pagar 50.000 € y que ya advirtió que la decisión de no prorrogar el contrato de trabajo era errónea y arbitraria. Que había comprobado que se habían recibido requerimientos de la Comunidad de Madrid de nueva documentación para justificar el destino de subvenciones concedidas recientemente. Preguntó cómo se iba a afrontar el pago de la indemnización y dijo que no se debía haber prescindido de ese puesto de trabajo por no pagar un sueldo que ahora habría que hacer efectivo.

* Respondió El Alcalde que la financiación se acababa de concretar en el expediente de modificación de créditos del Presupuesto aprobado por el Pleno. Que el fallo del Tribunal Supremo no decía que la decisión de no prorrogar el contrato de la AEDL fuera arbitraria sino que el contrato de trabajo inicial suscrito en el año 2006, era ambiguo o poco preciso por lo que debía entenderse que la finalidad del mismo no era la realización de tareas específicas de promoción de empleo y desarrollo local sino de gestión burocrática general por lo que lo consideraba indefinido. Que el Juzgado de lo Social declaró ajustada a Derecho la decisión de no prorrogar el contrato y sin embargo después el Tribunal Superior de Justicia de Madrid señaló lo ahora ratificado por el Tribunal Supremo. Que la Comunidad de Madrid había suprimido la mayor parte de las subvenciones que venía ofreciendo a los municipios hasta el año 2011 cuya tramitación ocupaba la mayor parte de la dedicación de la AEDL. Que el Interventor informó en su día que no se podía mantener el puesto de Trabajo de la AEDL por falta de recursos económicos. Que los requerimientos de justificación y reintegros de subvenciones recibidos eran del periodo en el que la AEDL tramitaba esos expedientes. Que en su momento no había recursos

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para mantener el puesto de trabajo de AEDL y el Equipo de Gobierno no consideró eficiente la gestión del mismo.

* Pidió la palabra el Secretario-Interventor y tras autorizar su intervención el Presidente, manifestó que en sus informes nunca propuso la supresión del puesto de trabajo de la AEDL sino que advirtió de la falta de recursos económicos con los que afrontar la obligación de aportar los 25.000 € anuales exigidos por la Comunidad de Madrid para optar a la subvención de 12.000 € que entonces ofrecía con la condición añadida de que se prorrogara el contrato de trabajo existente de forma ilegal pues en ningún momento se había celebrado el necesario proceso selectivo para efectuar dicha contratación.

* Intervino de nuevo la Sra. Navacerrada Martín preguntando que si no había recursos económicos para mantener el puesto de trabajo mencionado cómo se reconoció dedicación exclusiva al cargo de Primera Teniente de Alcalde de entonces.

* Respondió el Alcalde que el contrato de trabajo de la AEDL no se resolvió despidiendo a la empleada que lo ocupaba sino que llegado su vencimiento no se renovó.

* Con permiso del Presidente el Secretario-Interventor informó que los requerimientos de reintegros de subvenciones de la Comunidad de Madrid hasta ahora recibidos correspondían a las tramitaciones realizadas por la AEDL de la que se hablaba.

* Intervino el Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García manifestando que se prescindió de una buena profesional y ahora se hacían peor los expedientes de subvenciones y se tramitaban menos.

* Respondió el Alcalde que no era así y que hoy mismo se había remitido el expediente de solicitud de subvención para una iniciativa de promoción de empleo y formación para trabajadores desempleados de larga duración. Que el problema no era que se solicitaran menos subvenciones sino que la Comunidad de Madrid había suprimido ya mayoría de ellas.

* La Sra. Navacerrada Martín preguntó si el antiguo arquitecto municipal honorífico Sr. Fabregat Carrascosa había presentado algún recurso en vía judicial contra el Ayuntamiento tras prescindir de sus servicios.

* Respondió el Alcalde que se prescindió de los dos arquitectos honoríficos que trabajaban para el Ayuntamiento tras terminar la licitación mediante concurso abierto del contrato de prestación de servicios de asesoramiento urbanístico al que ninguno de los dos quiso presentarse.

* Preguntó la Sra. Navacerrada Martín si ante la baja experimentada en el número de usuarios de la Casa de Niños, treinta y tres en vez de los cuarenta y tres estimados en el mes de julio, se contrataría a la cuarta educadora del Centro ganadora del puesto de trabajo convocado mediante concurso-oposición.

* Respondió el Alcalde que la no disponibilidad de comedor escolar en la Casa de Niños redujo el número de usuarios y retrasó la puesta en funcionamiento de la tercera unidad para lo que debía disponerse de una cuarta educadora según la normativa de dichos Centros, y si en el mes de noviembre

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con la puesta en marcha del comedor escolar aumenta el número de niños se contratará a la nueva educadora.

* Puntualizó la Sra. Navacerrada Martín, “pero actualmente hay dos unidades en la Casa de Niños”.

* Terminó el Alcalde manifestando que así era pero la Consejería de Educación esperaba que el Ayuntamiento dispusiera de una nueva educadora para crear la tercera unidad.

* El Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García preguntó sobre el escrito recibido de la Cámara de Cuentas de Madrid solicitando se diera respuesta a algunas incoherencias detectadas en las cuentas generales de los ejercicios 2011 y 2012.

* Con permiso del Presidente el Secretario-Interventor manifestó que ya se había respondido por vía telemática pero habitualmente la Cámara de Cuentas lo volvía a comunicar por correo ordinario para conocimiento de la Corporación.

* El Sr. De Mateo García preguntó por la situación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).

* Respondió el Alcalde manifestando que el Equipo de Gobierno no deseaba continuar la tramitación del PGOU con el equipo redactor que lo había llevado desde el principio, Arnaiz Consultores, S.L. y próximamente se hablaría con responsables de esa empresa para informarles de la intención del Ayuntamiento.

* El Sr. De Mateo García preguntó que había pasado con la antigua plaza de toros desmontable.

* Con permiso del Presidente, el Concejal de Festejos Sr. Martín Hijano manifestó que la manga de la plaza de toros portátil que tenía el Ayuntamiento estaba en el almacén municipal de mantenimiento y el resto creía que se la había llevado un chatarrero aunque no lo aseguraba.

* Manifestó el Alcalde que se informaría al respecto. * Preguntó el Sr. De Mateo García quien había autorizado un mercadillo

artesanal que se venía instalando los domingos en la plaza de la Constitución por un grupo de artesanos o productores locales.

* Con permiso del Presidente el Concejal Delegado de Economía Sr. Penadés García manifestó que el Equipo de Gobierno había decidido autorizar ese mercadillo de forma verbal en tanto se regulaba mediante una ordenanza municipal que próximamente se presentaría al Pleno.

* Manifestó el Sr. De Mateo García que en el pasado Corpus Christi coincidió una de las estaciones de la procesión católica que tradicionalmente se hacía en la Fuente Grande con un puesto ambulante de venta de ropa y que algunos vecinos no estaban de acuerdo con ello. Que tampoco le parecía correcto que se permitiera la instalación de puestos de venta en los soportales de la Casa Consistorial, pidió que se impidiera la instalación del mercadillo artesanal hasta se cumpliera la ley de venta ambulante. Que si no se hacía lo que pedía tendría que tomar otras medidas.

* Manifestó el Alcalde que de lo señalado por el Sr. De Mateo García no había recibido queja alguna.

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* Intervino el Concejal de Medio Ambiente Sr. González Martín manifestando que no se trataba de venta ambulante sino de venta ocasional. Que en relación con los papeles que debían tener los vendedores del mercadillo artesanal manifestaba que por sus santos huevos el mercadillo estará en la plaza de la Constitución hasta finales del mes de noviembre. Que había recibido todo tipo de alabanzas sobre el mercadillo artesanal. Que efectivamente en los soportales de la Casa Consistorial se instalaban algunos vendedores y el aspecto medieval que los puestos dan al entorno molestaba a algunas personas como el Sr. De Mateo García cuando los domingos salen de misa por su visión intransigente de la realidad. Y dirigiéndose al Sr. De Mateo García dijo, “si quiere ir a la policía local y tiene los santos huevos que lo haga”.

* El Sr. De Mateo García entre gesticulaciones reprobatorias manifestó que se autorizara por escrito el mercadillo artesanal.

* El Portavoz del Grupo Popular pidió se le informara si se había cobrado por el Ayuntamiento alguna tasa por aprovechamiento especial del dominio público con terrazas de bar a la que fuera concesionaria del restaurante municipal Fuente del Collado y en su caso se le reintegraran las cantidades pagadas por resultar que el suelo sobre el que se instalaba la terraza era vía pecuaria y no suelo municipal.

* Respondió el Alcalde que pediría el informe correspondiente e informó que habían estado los técnicos del Servicio de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid interesándose por la regularización de la ocupación de la Cañada Real Segoviana con el edificio e instalaciones nejas del restaurante municipal Fuente del Collado.

* Preguntó el Sr. De Mateo García cual era el horario de trabajo de la secretaria particular del Alcalde.

* Respondió el Alcalde que el horario de trabajo de la empleada municipal que llevaba la agenda del Alcalde era el necesario para la atención de estas fuera de su horario general como auxiliar administrativo que abarca de 7.45 a 15.15 horas de lunes a viernes.

Y no habiendo más asuntos que tratar por el Presidente se levantó la sesión cuando eran las veinticuatro horas del día al principio indicado.

Para constancia de lo descrito, el Secretario que suscribe redacta la presente acta, de cuyo contenido da fe.

Vº Bº EL ALCALDE, EL SECRETARIO,

Fdo. Juan Antonio Sacaluga Luengo. Fdo. Juan Francisco Bravo Collantes.

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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO EL DIA 29 DE NOVIEMBRE DE 2013.

En la villa de Bustarviejo, siendo las diecinueve horas y quince minutos del día veintinueve de noviembre del año dos mil trece se reúnen los Corporativos relacionados con la asistencia del Secretario que suscribe, en el salón de sesiones de la Casa Consistorial, al objeto de celebrar sesión pública ordinaria del Pleno del Ayuntamiento para la que habían sido citados en tiempo y forma legales.

CORPORATIVOS ASISTENTES: D. Juan Antonio Sacaluga Luengo, Alcalde-Presidente Portavoz (Grupo Municipal Socialista). D. José Mª Gómez Fernández, Concejal (Grupo Municipal Socialista). D. Miguel Martin Hijano, Concejal (Grupo Municipal Socialista). Dª. Angela García Romero, Concejala (Grupo Municipal Socialista). D. Alberto Ignacio Penades García, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes). D. José Carlos González Martín, Concejal (Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes). D. Julio Jesús de Mateo García, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Popular). Dª Mª Mercedes Navacerrada Martín, Concejala (Grupo Municipal Popular). D. Francisco Cobertera Hijano, Concejal (Grupo Municipal Popular). Dª Berta Sastre García. Concejala (Grupo Municipal Popular). NO ASISTEN CON EXCUSA: D. Oscar Rodríguez Moreno, Concejal (Grupo Municipal Popular). SECRETARIO: Juan Francisco Bravo Collantes. Funcionario de Administración Local con Habilitación Estatal. Presidió la sesión el Sr. Alcalde, quien sometió a la Corporación los

asuntos que se indican.

ORDEN DEL DIA 1º. APROBACION DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR.

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2º. DECRETOS DE ORGANOS UNIPERSONALES. 3º. INFORMES DE ALCALDE Y CONCEJALES. 4º. ORDENANZA DE VENTA AMBULANTE. 5º. RESOLUCION DE MUTUO ACUERDO DEL CONTRATO

SUSCRITO CON ARNAIZ CONSULTORES, S.L. PARA REDACCION DEL PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA.

6º. RESOLUCION POR MUTUO ACUERDO DEL CONVENIO DE USO DEL PUNTO LIMPIO MUNICIPAL DE LA CABRERA.

7º. MANTENIMIENTO DEL TIPO IMPOSITIVO DEL IBI DE URBANA. 8º. REDUCCION DE TASAS POR PRESTACION DEL SERVICIO

DE RECOGIDA Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS.

9º. BONIFICACIONES A DESEMPLEADOS EN LAS TASAS POR EXPEDICION DE DOCUMENTOS.

10º. CONCERTACION DE PRESTAMO PARA PAGO DE FACTURAS DEL ANTIGUO RECAUDADOR.

11º. PRESUPUESTO GENERAL PARA EL AÑO 2014. 12º. MOCIONES URGENTES. 13º. RUEGOS Y PREGUNTAS.

Los asuntos relacionados se trataron en la forma que se describe. 1º. APROBACION DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR. * Tomó la palabra el Alcalde manifestando que en la Junta de Portavoces

celebrada antes del inicio de la sesión no se había llegado a un acuerdo sobre el contenido de una parte del acta de la sesión anterior celebrada el día 25-10-13, especialmente porque afectaba a declaraciones de Concejales que no se hallaban presentes. Seguidamente dio lectura al texto alternativo denominado “corrección del acta en el pasaje sobre polémica del mercadillo” que presentaban los Grupos de Gobierno y dio la palabra al Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García.

* El Sr. de Mateo García manifestó que su Grupo estaba conforme con la redacción que figuraba en el acta y no estaba de acuerdo con el texto que proponían los Grupos de Gobierno, pero que les interesaba y por eso la modificaban. Que se votaría y con sus seis votos aprobarían la nueva redacción.

* Respondió el Alcalde que en la Junta de Portavoces precedente la Portavoz Adjunta del Grupo Popular Sra. Navacerrada Martín no había estado totalmente conforme con la redacción del acta de la que se trataba. Que el Grupo Popular había hecho otras puntualizaciones y se habían aceptado, y que era habitual que el Grupo Popular hiciera rectificaciones a la redacción de las actas de las sesiones siendo aceptadas en general.

Sometido a votación por el Presidente el texto denominado “corrección del acta en el pasaje sobre polémica del mercadillo” que modificaba el acta de la sesión celebrada el día 25-10-13 conforme al tenor que luego se describe, se

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aprobó con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes y el voto en contra de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular.

- Página 46, décimo tercer párrafo “corrección del acta en el pasaje sobre polémica del mercadillo”.

Donde dice: “Manifestó el Sr. De Mateo García que en el pasado Corpus Christi

coincidió una de las estaciones de la procesión católica que tradicionalmente se hacía en la Fuente Grande con un puesto ambulante de venta de ropa y que algunos vecinos no estaban de acuerdo con ello. Que tampoco le parecía correcto que se permitiera la instalación de puestos de venta en los soportales de la Casa Consistorial, pidió que se impidiera la instalación del mercadillo artesanal hasta se cumpliera la ley de venta ambulante. Que si no se hacía lo que pedía tendría que tomar otras medidas.

* Manifestó el Alcalde que de lo señalado por el Sr. De Mateo García no había recibido queja alguna.

* Intervino el Concejal de Medio Ambiente Sr. González Martín manifestando que no se trataba de venta ambulante sino de venta ocasional. Que en relación con los papeles que debían tener los vendedores del mercadillo artesanal manifestaba que por sus santos huevos el mercadillo estará en la plaza de la Constitución hasta finales del mes de noviembre. Que había recibido todo tipo de alabanzas sobre el mercadillo artesanal. Que efectivamente en los soportales de la Casa Consistorial se instalaban algunos vendedores y el aspecto medieval que los puestos dan al entorno molestaba a algunas personas como el Sr. De Mateo García cuando los domingos salen de misa por su visión intransigente de la realidad. Y dirigiéndose al Sr. De Mateo García dijo, “si quiere ir a la policía local y tiene los santos huevos que lo haga”. Debe decir: “Manifestó el Sr. De Mateo García que a algunas personas les molestaba el mercadillo al salir de misa y que en el pasado Corpus Christi coincidió una de las estaciones de la procesión católica que tradicionalmente se hacía en la Fuente Grande con un puesto ambulante de venta de ropa y que algunos vecinos no estaban de acuerdo con ello. Que tampoco le parecía correcto que se permitiera la instalación de puestos de venta en los soportales de la Casa Consistorial y pidió que se impidiera la instalación del mercadillo artesanal inmediatamente hasta que se cumpliera la ley de venta ambulante. Que si no se hacía lo que pedía tendría que denunciarlo a la policía local. * Manifestó el Alcalde que de lo señalado por el Sr. De Mateo García no había recibido queja alguna. * Intervino el Concejal de Medio Ambiente Sr. González Martín manifestando que no se trataba de venta ambulante sino de venta ocasional. Que el mercadillo se celebraría todo el mes de noviembre porque así se lo habían pedido los productores. Que aunque denunciase a la policía, como decía iba a

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hacer, ésta no podría hacer nada porque el mercadillo estaba autorizado por el Ayuntamiento. En ese momento el Sr de Mateo García dijo que entonces el mercadillo se haría por sus santos... y el Concejal Sr. González Martín completó la frase "si, por mis santos huevos". Añadió que había recibido bastantes opiniones favorables de vecinos sobre el mercadillo artesanal y que, efectivamente, en los soportales de la Casa Consistorial se instalaban algunos vendedores porque era el único sitio a la sombra para que no afectara a las verduras. Afirmó que realmente lo que les molestaba al salir de misa, como él decía, era la estética de la gente que allí estaba y que se hacía eco de algún correo con tintes xenófobos en las redes sociales que decía que el mercadillo parecía una escena de la edad media”.

Asímismo se aprobaron por unanimidad las modificaciones que se describen.

- Página 29, penúltimo párrafo. Donde dice: “y los votos en contra de los cinco Concejales del Grupo Municipal

Popular”. Debe decir: “y los votos a favor de los cinco Concejales del Grupo Municipal

Popular“. - Página 43, quinto y sexto párrafos. Donde dice: “monte público municipal La Encinilla”. Debe decir: “monte público municipal El Peralejo”. - Página 43, séptimo párrafo. Donde dice: “la finca de propiedad municipal denominada Dehesa Vieja”. Debe decir: “la finca de propiedad municipal denominada Dehesa del Valle”. - Página 46 segundo párrafo. Donde dice: “Puntualizó la Sra. Navacerrada Martín, “pero actualmente hay dos

unidades en la Casa de Niños”. Debe decir: “Puntualizó la Sra. Navacerrada Martín, pero actualmente hay dos

unidades en la Casa de Niños. Si se crea la tercera unidad y no aumenta el número de niños puede dispararse el coste”.

Con las modificaciones descritas fue aprobada el acta de la sesión anterior que correspondía a la celebrada el día 25-10-13.

2º. DECRETOS DE ORGANOS UNIPERSONALES. Dio cuenta el Alcalde de las relaciones de decretos que se describen

correspondientes a los emitidos por los órganos de gobierno unipersonales desde la sesión ordinaria de 25-10-13.

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DECRETOS DE ALCALDE. 395-2013 (Convocatoria Juez de Paz sustituto). 396-2013 (Convocatoria de sesión plenaria). 397-2013 (Convocatoria Junta Pericial). 398-2013 (Solicitud Subvención Infraestructuras Turísticas subsanación). 399-2013 (Solicitud Subvención Programa Inserción Laboral). 400-2013 (Caducidad expte. sancionador). 401-2013 (Incoación expte. sancionador). 402-2013 (Aprobación listados admitidos y excluidos peones de limpieza). 403-2013 (Adjudicación catering Casa de Niños 2013-2014). 404-2013 (Adjudicación actuaciones microteatro). 405-2013 (Contratación seguimiento tramitación PGOU). 406-2013 (Adjudicación contrato cuentas restringidas recaudación). 407-2013 (Desestimación alegación sobre limpieza de finca). 408-2013 (Incoación expte. restaurador infracción urbanística en suelo rustico). 409-2013 (Autorización Formación GERA uso de la mina). 410-2013 (Adjudicación mantenimiento climatización biblioteca). 411-2013 (Requerimientos para soterramiento cableado Telefónica). 412-2013 (Ampliación plazo quince días para actuaciones muros Fuente Milano). 413-2013 (Incoación expte. sancionador). 414-2013 (Resolución definitiva expte. sancionador por tenencia de perros). 415-2013 (Contratación educadora infantil). 416-2013 (Archivo expte. sancionador). 417-2013 (Estimar recurso limpieza de finca). 418-2013 (Archivo expte. restaurador). 419-2013 (Modificación decreto Coordinadora de Limpieza). 420-2013 (Renovación tarjeta de aparcamiento). 421-2013 (Adjudicación contrato aval a Banco Santander). 422-2013 (Aprobación listas definitivas peones limpieza). 423-2013 (Adjudicación informe Vías Pecuarias restaurante Fuente del Collado). 424-2013 (Compensación cuota casa de niños). 425-2013 (Convocatoria de Comisión Informativa de Hacienda). 426-2013 (Incoación expte. sancionador). 427-2013 (Incoación expte. restaurador). 428-2013 (Desestimación recurso frente expte. sancionador). 429-2013 (Prórroga a SAREB para reparación de muros en Fuente Milano). 430-2013 (Adjudicación suministro e instalación servidor red informática). 431-2013 (Concesión de licencia obra mayor). 432-2013 (Resolución expte. restaurador legalidad urbanística). 433-2013 (Convocatoria de sesión plenaria). DECRETOS DEL CONCEJAL DE SERVICIOS. 004-2013 (Falta asistencia trabajadores). 005-2013 (Reparación acera). 006-2013 (Suscripción convenio formación prácticas). 007-2013 (Comisión de servicios Coordinadora de Limpieza). DECRETOS DEL CONCEJAL DE OBRAS. 107-2013 (Concesión licencia obra menor). 108-2013 (Concesión licencia obra menor). 109-2013 (Concesión licencia obra menor).

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110-2013 (Concesión licencia obra menor). 111-2013 (Concesión licencia obra menor). 112-2013 (Concesión licencia obra menor). 113-2013 (Concesión licencia obra menor). 114-2013 (Concesión licencia obra menor). 115-2013 (Concesión licencia obra menor). 116-2013 (Concesión licencia obra menor). 117-2013 (Concesión licencia obra menor). 118-2013 (Concesión licencia obra menor). 119-2013 (Concesión licencia obra menor). 120-2013 (Concesión licencia obra menor). 121-2013 (Concesión licencia obra menor). 122-2013 (Concesión licencia cala). 123-2013 (Concesión licencia acometida alcantarillado). 123-2013 (Concesión licencia obra menor). DECRETOS DEL CONCEJAL DE MEDIO AMBIENTE. 031-2013 (Autorización IV Rallye Comunidad de Madrid). 032-2013 (Desestimando solicitud). 033-2013 (Autorización quema desbroces parcelas). DECRETOS DEL CONCEJAL DE ECONOMIA. 024-2013 (Autorización Mercadillo Agroalimentario). 025-2013 (Bar La Parada, control cumplimiento horario). DECRETOS DE LA CONCEJALA DE HACIENDA. 003-2013 (Compensación IBI Urbana). 03b-2013 (Aprobación padrón IAE 2013). 004-2013 (Compensación IBI Urbana). 005-2013 (Devolución IVTM 2013). 006-2013 (Desestimando anulación recargo). 007-2013 (Desestimando cambio titularidad IBI). 008-2013 (Estimación ingresos indebidos IIVTNU Bankia). 009-2013 (Desestimación anulación tasa AEDP paso vehículos pavimentado). 010-2013 (Fraccionamiento IBI Urbana 2013). 011-2013 (Exención IVTM). 012-2013 (Desestimando devolución costas). 013-2013 (Desestimando anulación tasas AEDP paso de carruajes). 014-2013 (Fraccionamiento tasas renovación nicho). 015-2013 (Aprobando padrón tasas servicios Casa de Niños). 016-2013 (Baja licencia de Vado). 017-2013 (Fraccionamiento IVTM y tasas). 018-2013 (Fraccionamiento IBI Urbana). 019-2013 (Prescripción facturas). 020-2013 (Anulación providencia apremio). 021-2013 (Fraccionamiento tasas renovación Nicho). DECRETOS DEL CONCEJAL DE CULTURA. 001-2013 (Concesión ayuda para trofeos Asociación de Mayores El Brezal).

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DECRETOS DEL CONCEJAL DE DEPORTES. 001-2013 (Contratación monitores deportivos). Habiéndose entregado copia de las relaciones de decretos anteriores con

carácter previo a la sesión a los Grupos Municipales, a efectos de aclarar cualquier detalle sobre los mismos el Presidente abrió un turno de intervenciones.

* La Portavoz Adjunta del Grupo Popular Sra. Navacerrada Martín preguntó en relación con el decreto relativo a la convocatoria interna para nombramiento en comisión de servicios de una Coordinadora del Servicio de Limpieza de Locales, porqué se había creado una Comisión de Selección sin participación del Grupo Popular y porqué se cambió el contenido inicial de aquel.

* Respondió el Concejal de Servicios Sr. Martín Hijano que aunque fue informado de que tenía atribuciones legales para otorgar el nombramiento prefirió constituir una Comisión de Selección en la forma que constaba en el decreto referido.

* El Alcalde manifestó que por un error administrativo se contemplaron unos criterios de selección en el texto inicial del decreto que fue necesario cambiarlos ampliando el plazo inicial para la presentación de solicitudes.

* Replicó la Sra. Navacerrada Martín si no había habido otras intervenciones en el cambio de criterios.

* Respondió el Alcalde que no. * Solicitó el Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García que se

incorporaran al acta de la sesión el detalle de varios expedientes contratación en la modalidad de contratos menores a que se hacía referencia en varios decretos.

* Con permiso del Presidente el Secretario señaló que no era posible incorporar los datos mencionados al acta de la sesión porque ni figuraban en el orden del día ni habían sido mencionados por ningún Corporativo, aunque si se podía traer esa información a la próxima sesión para que figuraran en el acta correspondiente.

* El Alcalde manifestó que en la próxima sesión daría cuenta de los expedientes de contratación referidos que se correspondían con los decretos de Alcaldía números 403, 405, 406, 410 y 419 del año 2013.

* Preguntó el Sr. De Mateo García sobre el expediente de elección de Juez de Paz Sustituto a que se hacía referencia en otro decreto.

* A ruego del Presidente, el Secretario informó que el expediente mencionado estaba en periodo de presentación de instancias tras publicar la preceptiva convocatoria en el tablón de anuncios oficial del Ayuntamiento, en los tablones de edictos del municipio, en la página web municipal y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, habiéndose presentado ya algunas solicitudes.

* El Sr. De Mateo García preguntó sobre el decreto que se refería a tareas de mantenimiento realizadas en el núcleo urbano La Pesquera.

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* Informó el Alcalde que a instancias de varios vecinos residentes en dicho núcleo había ordenado una inspección por el Arquitecto Municipal para comprobar y cuantificar en su caso los deterioros de calzadas y aceras señalados por los vecinos y otras actuaciones en materia de mantenimiento de servicios municipales.

* El mismo Concejal del Grupo Popular preguntó sobre la aceptación de personal en prácticas para obtención de certificados de profesionalidad.

* Respondió el Concejal de Servicios Sr. Martín Hijano que se trataba de la atención a una solicitud de la Mancomunidad de Servicios Sociales para que se admitiera a tres desempleadas residentes en el municipio para realizar 80 horas de prácticas como peones de limpieza viaria y de jardinería.

* El Sr. De Mateo García preguntó sobre decreto del Concejal de Economía por el que ordenaba a la Policía la comprobación de presuntos ruidos procedentes del bar La Parada.

* Respondió el Concejal interpelado Sr. Penadés García que se trataba de la comprobación de la denuncia de ruidos molestos a altas horas de la madrugada formulada por una vecina residente en la calle San Sebastián.

* El Sr. De Mateo García pregunto sobre el decreto del Concejal de Deportes sobre convocatoria para la selección de monitores deportivos.

* Respondió el Concejal Delegado de Deportes Sr. Gómez Fernández informando que se habían seleccionado por concurso de méritos dos monitores deportivos, para su contratación en régimen laboral temporal a jornada parcial, uno para impartir clases de tenis y pádel, y otro para impartir clases de gimnasia rítmica gymbol y pilates.

* El Sr. De Mateo García solicitó al Concejal de Deportes informara sobre el número de usuarios inscritos en las disciplinas mencionadas las cuotas que abonarían, los costes de las clases, su duración y cualesquiera otros detalles.

3º. INFORMES DE ALCALDE Y CONCEJALES. Dada la palabra por el Presidente a los Concejales Delegados se

produjeron las intervenciones que se describen. * El Concejal Delegado de Festejos Sr. Martín Hijano informó que según

conversaciones mantenidas con el Encargado de Mantenimiento en el año 2010 se vendió a un chatarrero el cerramiento metálico de la antigua plaza de toros portátil del Ayuntamiento. Que se hizo a propuesta del mencionado Encargado de Mantenimiento y por decisión del Equipo de Gobierno de entonces. Que al parecer se obtuvo una cantidad aproximada de 300 euros que se emplearon en sufragar una comida al personal de mantenimiento en un restaurante de la zona. Dio lectura a la base de ejecución del Presupuesto de la Corporación del año 2010 que autorizaba la venta directa de enseres en desuso propiedad del Ayuntamiento cuando su valor no excediera de 1.200 euros.

A pregunta del Sr. De Mateo García, añadió que no le constaba que existiera un informe técnico de valoración de la antigua plaza de toros.

* Replicó el Sr. De Mateo García que debió pedirse un informe técnico de valoración. Que el destino del dinero obtenido por la venta no era correcto porque debió ingresarse en la caja del Ayuntamiento. Que en su día había un

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proyecto para adecuar la citada plaza de toros portátil al pavimento actual de la plaza de la Constitución donde solía instalarse.

* Manifestó el Sr. Martín Hijano que había leído el informe dado por el Encargado de Mantenimiento y le resultaba curioso que tres años después de que se produjeran los hechos se volviera sobre el asunto. Que no discutía los aspectos legales y estaba de acuerdo con que se debió solicitar un informe técnico de valoración antes de decidir. Que el Equipo de Gobierno de entonces decidió vender para chatarra el citado cerramiento y en tres años nadie preguntó por ello.

* El Sr. De Mateo García repasó todos los datos mencionados y preguntó al Sr. Martín Hijano si había asistido a la comida celebrada por el personal de mantenimiento con cargo a la venta de la plaza de toros.

* El Sr. Martín Hijano dijo que él no había asistido. * El Alcalde dio por suficientemente debatido el asunto. * Intervino el Concejal de Educación, Cultura y Deportes, n los términos

generales que se describen. Informó sobre las próximas actividades culturales y deportivas a celebrar

señalando entre otras, un espectáculo de danza el domingo 8 de diciembre; el campeonato de ajedrez infantil a celebrar el día 15 de diciembre con una participación esperada de más de 200 niños; el concierto “año viejo” de una agrupación coral el 21 de diciembre; el “día del baloncesto” el día 4-01-14 en colaboración con los clubs de este deporte; recogida de juguetes para niños necesitados el día 6-01-14; la 2ª campaña de recogida de alimentos para personas necesitadas en colaboración con Caritas, la Mancomunidad de Servicios Sociales y la Asociación de Empresarios y Comerciantes ACEBU; y proyección de películas infantiles todos los domingos.

A pregunta de la Concejala del Grupo Popular Sra. Sastre García, el Concejal de Cultura manifestó que en la próxima Cabalgata de Reyes habría regalos para los niños y un concurso de christmas.

A pregunta de la Concejala del Grupo Popular Sra. Navacerrada Martín informó que en el taller de danza urbana había de 10 a 12 niños inscritos.

* Intervino el Concejal Delegado de Medio Ambiente Sr. Gonzalez Martín en los términos generales que se describen.

Manifestó que pedía sinceras disculpas por la falta de contención verbal que había sufrido en la sesión plenaria anterior al proferir algunas palabras malsonantes.

* Intervino el Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García señalando que aceptaba las disculpas y que le parecía correcta la actitud del Sr. Gonzalez Martín.

Informó que se había cursado una orden interna a la Policía Local para vigilar el uso de los caminos rurales con motos, solicitando también la colaboración del Seprona de la Guardia Civil y de los Servicios de Vigilancia Forestal de la Comunidad de Madrid. Que se iba a coordinara las actuaciones de los medios citados.

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A pregunta del Concejal del Grupo Popular Sr. Cobertera Hijano manifestó que los puntos de control se situarían en la Estación de Servicio de Los Navazales y en los caminos de la Dehesa Vieja, la Hambría, el Cementerio y en la zona del Humilladero y Fuente del Collado, en lugares donde pudiera acceder la policía. Añadió que si había alguna otra propuesta se incorporaría.

* Respondió el Sr. Cobertera Hijano que estaba de acuerdo con los lugares propuestos.

* Intervino el Sr. De Mateo García manifestando que los puntos de control citados no iban a ser muy eficaces y propuso otros como el camino a Peña Hueca, el camino a Las Alberizas y el camino a la Fuente del Agua Fría. Añadió que los motoristas pasaban por esos lugares todos los domingos a las seis y a las ocho de la mañana.

Señaló que quería hacer constar que el Grupo Popular interpeló sobre la necesidad de establecer puntos de control en la sesión anterior y el Concejal de Medio Ambiente había actuado por lo que se sentían satisfechos.

* Terminó el Alcalde manifestando que el Concejal de Medio Ambiente venía trabajando en el control de uso de los caminos rurales por vehículos a motor desde hacía tiempo aunque con poca fortuna.

4º. ORDENANZA DE VENTA AMBULANTE. * A ruego del Presidente tomó la palabra el Concejal Delegado de

Economía Sr. Penadés García quien señaló los antecedentes de la tramitación de la ordenanza de referencia y concretó algunos de los objetivos que perseguía con su aprobación, señalando entre otros, la regulación de un Mercadillo Artesanal demandado por artesanos locales y las peticiones de la Asociación de Empresarios y Comerciantes de Bustarviejo (ACEBU) sobre venta en la vía pública de productos fuera de temporada.

Informó que se había enviado el texto de la ordenanza a los vendedores del Mercadillo Artesanal para que en su caso hicieran sugerencias y se había dado traslado del texto a los Grupos Políticos Municipales antes de la celebración de la Comisión Informativa correspondiente.

* La Concejala Sra. Navacerrada Martín preguntó por algunos detalles de la ordenanza como la distancia entre puestos, la limitación en el número máximo de estos y horarios de instalación.

* Respondió el Concejal Delegado de Economía Sr. Penadés García que se trataba de ordenar el mercadillo, adecuarse al espacio disponible y evitar el trasiego de vehículos a distintas horas cuando ya se hubieran instalado algunos puestos. Que no obstante todas esas medidas se venían exigiendo con flexibilidad y así se seguiría haciendo.

* Respecto de la vigencia de las licencia por quince años, la Sra. Navacerrada Martín propuso se añadiera en el artículo correspondiente la expresión “renovables cada año natural”.

* A ruego del Alcalde el Secretario explicó sucintamente la base legal de la ordenanza señalando que como se citaba en el artículo 1 de la misma, su contenido se basaba en Ley 1/1997, de 8 de enero, Reguladora de la Venta Ambulante de la Comunidad de Madrid y el Decreto 17/1998, de 5 de febrero,

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por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada ley, con las modificaciones introducidas por la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios, entendiendo que en virtud de lo dispuesto en esta última no se podía exigir más requisitos a los vendedores ambulantes que a los vendedores en establecimientos fijos (locales) y con ese criterio se había sustituido la exigencia de aportación de justificantes de carácter tributario y de la Seguridad Social por una declaración responsable de los interesados sobre el cumplimiento de dicha normativa en analogía al procedimiento mediante declaraciones responsables establecido por la normativa actual para proceder al ejercicio de numerosas actividades comerciales en establecimientos fijos.

* Señaló la Sra. Navacerrada Martín que algunos vendedores artesanales a la vista del proyecto de ordenanza que se debatía habían anunciado que no podían asumirla.

* El Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García manifestó que la ordenanza le parecía correcta y propuso se añadiera en el artículo relativo a la documentación a aportar para obtener las preceptivas autorizaciones la aportación de una póliza de seguro de responsabilidad civil como contemplaba la Ley 1/1997, de 8 de enero, Reguladora de la Venta Ambulante de la Comunidad de Madrid. Añadió que quería hacer constar el rechazo de la ordenanza que se debatía por los vendedores del mercadillo artesanal.

* Terminó el Alcalde manifestando que los Grupos de Gobierno siempre habían sido partidarios de regularizar la situación de la venta ambulante. Por eso se trajo al Pleno en el mes de julio un texto que hubo que retirar por existir discrepancias entre dos Concejales del Equipo de Gobierno. Que para no perjudicar a los artesanos locales se les permitió instalarse en la Plaza de la Constitución en verano. Que lamentaba que no se hubieran satisfecho las esperanzas de los principales afectados. Que se aprobaría la ordenanza y quienes quisieran o pudieran usarla que lo hicieran. Que los Grupos de Gobierno aceptaban las dos aportaciones del Grupo Popular.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda y con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y los votos a favor de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular se acordó:

1. Aprobar provisionalmente la ordenanza municipal reguladora de la venta ambulante con el contenido literal que se describe.

ORDENANZA REGULADORA DE LA VENTA AMBULANTE

Título I. Principios generales. Artículo 1. La presente Ordenanza municipal tiene por objeto regular al amparo de la Ley 1/1997, de 8 de enero, Reguladora de la Venta Ambulante de la Comunidad de

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Madrid y el Decreto 17/1998, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada ley, con las modificaciones introducidas por la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios (BOE nº 311 de 27-12-2012), la venta ambulante de artículos de consumo, uso u ornato, en las vías públicas destinadas al efecto dentro del término municipal de Bustarviejo constituyendo agrupaciones ordenadas de vendedores ambulantes debidamente autorizados denominadas MERCADILLOS o en el resto de modalidades previstas en la normativa mencionada. La periodicidad en la realización de la venta en MERCADILLOS será de carácter SEMANAL. Las demás modalidades de venta no sedentaria o ambulante reguladas por esta ordenanza serán las siguientes: a) Excepcional y puntualmente, en recintos o espacios reservados para la celebración de fiestas populares. b) En enclaves aislados en la vía pública, en puestos de carácter ocasional autorizados únicamente durante la temporada propia del producto comercializado o en aquellos que se autoricen justificadamente con carácter excepcional. c) En vehículos con carácter itinerante que se autoricen justificadamente por el Ayuntamiento. Se entenderá por venta ambulante la efectuada fuera de establecimientos comerciales permanentes mediante instalaciones desmontables o transportables incluida la venta realizada en camión-tienda y en los lugares previamente designados por el Ayuntamiento. Artículo 2. Se excluye y prohíbe la venta ambulante a los establecimientos comerciales permanentes mediante instalaciones desmontables o transportables, incluida la venta realizada en camión-tienda, fuera de los espacios establecidos a tal fin por el Ayuntamiento, salvo en casos excepcionales debidamente justificados y siempre de forma puntual o en periodos inferiores al año, debiendo ser expresamente autorizados por el Ayuntamiento. Artículo 3. La competencia sobre temas relativos al régimen de autorización e instalación de situación de puestos, de inspecciones y sanciones corresponde, al Alcalde-Presidente o al Concejal Delegado correspondiente.

Título II. Instalaciones y situados. Artículo 4. A) La composición y distribución del MERCADILLO MUNICIPAL GENERALISTA se establecerá mediante los siguientes criterios: 1. La superficie máxima de los puestos deberá ser la correspondiente a 20 (veinte) metros máximo de fachada y 4 (cuatro) metros máximo de profundidad, en total 80 (ochenta) metros cuadrados.

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2. En esta superficie se incluye la instalación del puesto, y en su caso el vehículo asociado. 3. Se deberá mantener una longitud mínima de 100 (cien) centímetros entre puesto y puesto. 4. Las características físicas y ornamentales del puesto vendrán dadas por los siguientes elementos: una estructura que deberá ser tubular o similar, mecánica y plegable. 5. Los camiones homologados para la comercialización de los productos de venta en el mercadillo, no podrán superar las dimensiones señaladas en el punto 1 de este artículo. B) La composición y distribución del MERCADILLO MUNICIPAL ARTESANAL se establecerá mediante los siguientes criterios: 1. La superficie máxima de los puestos deberá ser la correspondiente a 15 (quince) metros máximo de fachada y 4 (cuatro) metros máximo de profundidad, en total 60 (sesenta) metros cuadrados. 2. En esta superficie se incluye la instalación del puesto, y en su caso el vehículo asociado. 3. Se deberá mantener una longitud mínima de 50 (cincuenta) centímetros entre puesto y puesto. 4. Las características físicas y ornamentales del puesto vendrán dadas por los siguientes elementos: una estructura que deberá ser tubular o similar, mecánica y plegable. 5. Los vehículos usados para el traslado y en su caso la comercialización de los productos de venta en el MERCADILLO ARTESANAL, no podrán superar la mitad de las dimensiones señaladas en el punto 1 de este artículo. Artículo 5. A) El número de puestos autorizados en el MERCADILLO GENERALISTA no podrá ser superior a DIEZ, constituyendo el conjunto de los mismos la superficie máxima autorizada del MERCADILLO. B) El número de puestos autorizados en el MARCADILLO ARTESANAL no podrá ser superior a DIEZ, constituyendo el conjunto de los mismos la superficie máxima autorizada del MERCADILLO. Artículo 6. El Alcalde o, en su caso, la Concejalía Delegada, interpretará en todo caso el contenido de los artículos cuarto y quinto de la presente ordenanza, teniendo en cuenta las razones de interés público que en cada momento sean aplicables. Artículo 7. A) Las actividades a desarrollar en el MERCADILLO GENERALISTA serán las siguientes: Frutas y verduras Confección Calzado Mercería Bisutería Frutos secos

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Ferretería Quincalla Juguetes Legumbres Cereales Embutidos (quesos, chorizo, jamón,…) Marroquinería Menaje Variantes Artesanía Productos de panadería y bollería Cafés y chocolates envasados Miel y jalea real envasados Helados Caramelos Frutas y hortalizas frescas

Se entiende que la descripción realizada no tiene carácter restrictivo. B) Las actividades a desarrollar en el MERCADILLO ARTESANAL serán las siguientes: Frutas y verduras Juguetes Frutos secos Bebidas de elaboración artesanal Productos de panadería y bollería Bisutería Confección

Se entiende que la descripción realizada no tiene carácter restrictivo. Artículo 8. A) La localización actual del MERCADILLO GENERALISTA, se encuentra en la Plaza de la Constitución y en la calle Feria. Por necesidades del Ayuntamiento de Bustarviejo, eventos lúdicos, culturales y festivos la instalación del MERCADILLO se ubicará provisionalmente, mientras tengan lugar los eventos reseñados, en diferente lugar o podrá ser suspendido el mismo. Dicha ubicación podrá ser modificada por el Ayuntamiento. B) La localización actual del MERCADILLO ARTESANAL, se encuentra en la Plaza de la Constitución y en la calle Feria. Por necesidades del Ayuntamiento de Bustarviejo, eventos lúdicos, culturales y festivos la instalación del MERCADILLO se ubicará provisionalmente, mientras tengan lugar los eventos reseñados, en diferente lugar o podrá ser suspendido el mismo. Dicha ubicación podrá ser modificada por el Ayuntamiento. C) Quedan excluidos de la presente regulación los puestos autorizados en la vía pública de carácter fijo y estable que desarrollen su actividad comercial de manera habitual y permanente mediante la oportuna concesión administrativa, que se regirá por sus normativas específicas. Por razones climatológicas adversas podrá autorizares puntualmente la instalación de los puestos que quepan en el soportal de la Casa Consistorial.

Título III. Normas de funcionamiento. Capítulo I. Aspectos generales.

Artículo 9. A) La venta en el MERCADILLO GENERALISTA se celebrará los VIERNES de cada semana. Si coincidiese el día de mercado con alguna festividad o día inhábil, su celebración se suspenderá.

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B) La venta en el MERCADILLO ARTESANAL se celebrará los DOMINGOS de cada semana. Si coincidiese el día de mercado con alguna festividad o día inhábil, su celebración se suspenderá. Artículo 10. 1. El horario de funcionamiento del MERCADILLO GENERALISTA será el siguiente: A) Instalación, de 7,30 a 9,00 horas. B) Venta, de 9,00 a 14,00 horas. C) Recogida, de 14,00 a 15,00 horas. 2. El horario de funcionamiento del MERCADILLO ARTESANAL será el siguiente: A) Instalación, de 9,30 a 11,00 horas. B) Venta, de 11,00 a 14,00 horas. C) Recogida, de 14,00 a 15,00 horas. Artículo 11. 1. Cuando se proceda a la instalación de los MERCADILLOS GENERALISTA o ARTESANAL desde las 7,30 a las 16,00 será cortado el tráfico y prohibido el estacionamiento en las vías públicas establecidas al efecto. 2. A efectos de facilitar las operaciones de instalación y recogida, podrán circular por el recinto de los MERCADILLOS GENERALISTA Y ARTESANAL los vehículos de los comerciantes y artesanos con licencia para instalación de puestos en el mismo. Artículo 12. A) MERCADILLO GENERALISTA. 1. Si el titular del puesto pretendiese la instalación del mismo a partir de las 9,00 horas, deberá efectuar el traslado de la mercancía sin desplazamiento del vehículo por el interior del recinto del MERCADILLO. 2. Si el titular del puesto quisiera abandonar el recinto antes de la hora establecida, deberá solicitar la previa autorización de la Policía Local o en su defecto del agente municipal o inspector de consumo, de forma que no cause molestias ni peligro alguno al público concurrente en ese momento. B) MERCADILLO ARTESANAL. 3. Si el titular del puesto pretendiese la instalación del mismo a partir de las 11,00 horas, deberá efectuar el traslado de la mercancía sin desplazamiento del vehículo por el interior del recinto del MERCADILLO. 4. Si el titular del puesto quisiera abandonar el recinto antes de la hora establecida, deberá solicitar la previa autorización de la Policía Local o en su defecto del agente municipal o inspector de consumo, de forma que no cause molestias ni peligro alguno al público concurrente en ese momento. Artículo 13.

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Los vehículos en los que se transporta la mercancía destinada a la venta quedarán colocados una vez efectuada la instalación del puesto, dentro del horario fijado, en la parte posterior del puesto instalado siempre que lo permita el espacio libre, si no, quedarán fuera del recinto; no pudiendo, en ningún caso, ocupar aceras, jardines o lugares destinados a otros usos. Artículo 14. El puesto que no hubiese sido ocupado por su titular antes de las 9,00 horas quedará a disposición del servicio de Policía Local o agente municipal del Ayuntamiento para lo que en su caso determine.

Capítulo II. De los artículos destinados a la venta. Artículo 15. Los artículos ofrecidos a la venta serán los descritos en el artículo 6, en ningún caso podrán ser expuestos en el suelo ni en cualquier otro lugar que no se acomode a las prestaciones establecidas para la instalación de puestos. Artículo 16. Todos los artículos se expondrán con el precio de venta al público en lugar visible, especificando con letra clara de tamaño suficientemente grande, si se refiere a unidad, kilo, litro, metro, etc,…no permitiéndose precios por fracciones. Para ello se observarán las normas siguientes: 1. Los puestos que comercializan artículos que sean objeto de peso o medida, para su venta, deberán estar dotados de la báscula o metro reglamentario. 3. Las básculas para el pesaje de los productos serán de precisión exacta y será obligatorio despachar fracciones de kilo si el público comprador así lo demanda. Artículo 17. Quedará prohibido dentro de los MERCADILLOS municipales y en la villa de Bustarviejo: 1. El anuncio de productos mediante altavoces, micrófonos, venta voceada o cualquier otro tipo de medio que conlleve la producción de ruidos o alteraciones del orden público. 2. La venta desde el propio vehículo con la salvedad del artículo 4, apartado 5.

Título IV. Régimen de autorizaciones y formas de otorgamiento.

Capítulo I. Régimen general. Artículo 18. La ocupación de los terrenos de dominio público municipal a que se refiere el artículo primero de la presente ordenanza se sujetará a licencia administrativa. Las licencias se otorgarán por orden de solicitud cuando existan puestos vacantes en el lugar establecido por el Ayuntamiento. En otro caso se

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adjudicarán por sorteo entre los solicitantes que reúnan las condiciones legales para el ejercicio de la actividad de venta ambulante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 del Reglamento de Bienes de Entidades Locales (Real Decreto 1372 de 1986, de 13 de junio). Artículo 19. El Ayuntamiento podrá reservarse un 20 por 100 de los puestos que queden vacantes tras las renovaciones anuales los cuales serán destinados al uso propio del MERCADILLO, a través de adjudicaciones directas a ciudadanos de la localidad, previo informe de la Concejalía de Servicios Sociales.

Capítulo II. Régimen de autorizaciones. Artículo 20. El ejercicio de las actividades propias de los MERCADILLOS GENERALISTA Y ARTESANAL requerirá la obtención de la licencia municipal cuyo otorgamiento será competencia de la Alcaldía o de la Concejalía Delegada. Artículo 21. La licencia para el ejercicio de la actividad comercial en el recinto del MERCADILLO, tendrá como máximo quince años de vigencia a partir de la fecha de su concesión, debiéndose renovar cada año natural. Artículo 22. A) MERCADILLO GENERALISTA. Los interesados en obtener puesto en el MERCADILLO GENERALISTA solicitarán la licencia municipal en impreso oficial donde deberá constar junto a sus datos personales, número de metros que necesitan ocupar, relación precisa de los artículos que pretende vender y de las instalaciones donde realizará la venta, acompañado de los siguientes documentos: 1. Declaración jurada de no ejercer su actividad un mismo día en más de un MERCADILLO GENERALISTA dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid. 2. Declaración responsable de cumplir la legislación vigente en materia tributaria y de la Seguridad Social. 3. Fotocopia del D.N.I. ó N.I.F. y dos fotografías tamaño carnet del vendedor. 4. Si el solicitante tuvieses nacionalidad extranjera, deberá aportar el permiso de residencia y de trabajo correspondiente al tipo de actividad a desarrollar, de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España. 5. Carnet de manipulador de alimentos si la actividad a desarrollar en la venta de los productos así lo exige. 6. Copia de la póliza de Seguro de Responsabilidad Civil contratada que cubra posibles riesgos derivados del ejercicio de la actividad. B) MERCADILLO ARTESANAL.

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Los interesados en obtener puesto en el MERCADILLO ARTESANAL solicitarán la licencia municipal en impreso oficial donde deberá constar junto a sus datos personales, número de metros que necesitan ocupar, relación precisa de los artículos que pretende vender y de las instalaciones donde realizará la venta, acompañado de los siguientes documentos: 1. Declaración responsable de cumplir la legislación vigente en materia tributaria y de la Seguridad Social. 2. Fotocopia del D.N.I. ó N.I.F. y dos fotografías tamaño carnet del vendedor. 3. Si el solicitante tuvieses nacionalidad extranjera, deberá aportar el permiso de residencia y de trabajo correspondiente al tipo de actividad a desarrollar, de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España. 4. Carnet de manipulador de alimentos si la actividad a desarrollar en la venta de los productos así lo exige. 5. Copia de la póliza de Seguro de Responsabilidad Civil contratada que cubra posibles riesgos derivados del ejercicio de la actividad.

Capítulo III. Renovaciones.

Artículo 23. Las renovaciones de las licencias tendrán lugar durante el trimestre anterior a la fecha de su caducidad, sin que puedan darse nunca renovaciones tácitas por omisión del Ayuntamiento. La solicitud de renovación de la adjudicación deberá ir acompañada de la siguiente documentación: 1. Instancia en modelo oficial debidamente registrada. 2. Declaración responsable de cumplir la legislación vigente en materia tributaria y de la Seguridad Social. 3. Si el titular es extranjero, permiso de residencia y permiso de trabajo. 4. Carnet de manipulador de alimentos si la actividad así lo exige. El falseamiento de cualquier dato de los relacionados anteriormente conllevará la no concesión de la licencia correspondiente. Artículo 24. No se procederá a la renovación de licencia en los casos siguientes: 1. Por la presentación de documentación fuera de plazo conferido cada año al efecto. 2. Por carecer de la documentación requerida una vez transcurridos los plazos de subsanación de errores. 3. Por decisión motivada del Ayuntamiento de Bustarviejo.

Capítulo IV. Obligaciones del concesionario. Artículo 25. Son concesionarios del puesto de los MERCADILLOS GENERALISTA semanal y ARTESANAL las personas físicas o jurídicas a quienes se les haya

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provisto de la pertinente autorización. Artículo 26. Son obligaciones del concesionario: a) Ocupar el espacio que se le señala y dentro de los horarios reflejados en el artículo 10 de esta ordenanza. b) Evitar cualquier circunstancia que produzca molestia al vecindario o al resto de los vendedores del mercadillo. c) Exponer la autorización a la vista del público, pudiendo ser requerido para la exhibición de la misma por parte de la Policía Local, agentes municipales o inspectores de consumo; además de las facturas, albaranes o justificantes documentales en los que se describirán el origen y calidad del producto que se destina para la comercialización dentro del recinto municipal. d) Los vendedores de los MERCADILLOS deberán acatar las órdenes de los miembros de la Policía Local, de los agentes municipales o de los inspectores de consumo en lo relativo al funcionamiento de aquellos. e) Mantener limpio el recinto y dejarlo expedito al finalizar la venta, procediendo al traslado de residuos SEPARADOS (orgánicos, envases, cartón, vidrio) a los contenedores dispuestos al efecto. f) El cumplimiento de las disposiciones de la presente ordenanza, así como la normativa aplicable a la comercialización y manipulación de los productos destinados a la venta en los MERCADILLOS. g) Comunicar al Ayuntamiento si fuera necesario, el periodo de vacaciones a disfrutar por el concesionario. El incumplimiento de este requisito será considerado como ausencia y tratado según se estipula en los títulos de infracciones. Artículo 27. El Ayuntamiento, a través de la Concejalía de Medio Ambiente se encargará de instalar los contenedores necesarios para recogida de residuos en las proximidades del MERCADILLO, de forma que se pueda llevar a cabo lo dispuesto en el artículo anterior. Del mismo modo, garantizará la seguridad y el buen desarrollo de la actividad comercial mediante la presencia de agentes.

V. Tasa por la utilización privativa del suelo público municipal.

Artículo 28. Por la utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público municipal, el Ayuntamiento tiene establecida una tasa, siendo sujetos pasivos en concepto de contribuyentes las personas físicas o jurídicas a las que se les conceda licencia para llevar a cabo la venta de artículos de consumo en los MERCADILLOS de la villa. Artículo 29. El importe de la tasa aplicable vendrá determinado en la Ordenanza Fiscal

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correspondiente. Las cuotas correspondientes se devengarán con carácter anual con efectos del primero de enero de cada año natural o del primer día del mes posterior al de concesión de la licencia

Título VI. Intervención administrativa. Capítulo I. Inspecciones.

Artículo 30. 1. La atribución para ejercer la actividad inspectora corresponde al Alcalde o al Concejal en quien delegue, comprendiendo el control del exacto cumplimiento de las normas establecidas en la presente ordenanza y demás disposiciones aplicables, así como para la imposición de sanciones previa instrucción del oportuno expediente sancionador. 2. En el ámbito de sus competencias, les corresponde, la inspección de los productos y artículos destinados a la venta dentro de los MERCADILLOS así como el cumplimiento de la normativa vigente en materia de precios, etiquetado, presentación y publicidad y de los demás requisitos o signos externos que hagan referencia a sus condiciones de higiene y seguridad.

Artículo 31. La inspección se extenderá a la composición y distribución de los MERCADILLOS, en especial a las características físicas e higiénico-sanitarias de los puestos. Artículo 32. Las infracciones de lo dispuesto en la presente ordenanza serán sancionadas conforme se establece en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común relativas a procedimiento sancionador, reglamentos de desarrollo, sin perjuicio de las demás responsabilidades que en otro orden jurisdiccional se pudiera incurrir. Artículo 33. El Alcalde, o Concejal Delegado, en su caso, se inhibirá en la resolución de expedientes sancionadores cuando específicamente una disposición legal o reglamentaria superior le atribuya la competencia exclusivamente para la ordenación e instrucción del mismo, debiendo trasladar al órgano estatal o autonómico competente las oportunas actuaciones para su resolución y ejecución.

Capítulo II. Autorización. Artículo 34. El Ayuntamiento de Bustarviejo expedirá las licencias o autorizaciones en un documento tipo carnet en el que se hará constar:

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a) Fotografía e identificación del titular. b) Número de puesto autorizado. c) Tipo de venta autorizada. d) Superficie a ocupar autorizada en metros cuadrados.

Capítulo III. Infracciones. Artículo 35. Las infracciones de las normas contenidas en ésta ordenanza y disposiciones complementarias se clasifican en: leves, graves y muy graves. 1. Constituyen faltas leves: a) Los fraudes que por su naturaleza signifiquen una alteración de índole cualitativa en los productos que no afecten a la salud de los consumidores. b) Las irregularidades de tipo administrativo en la observación de las reglamentaciones relativas al mercadillo sin trascendencia para los consumidores. c) La falta de ornato y limpieza en el puesto y su entorno. d) El incumplimiento del horario de funcionamiento establecido en el artículo 10 de la Ordenanza. e) El deterioro leve en los elementos del mobiliario urbano que se produzcan como consecuencia de la actividad objeto de la licencia. f) No disponer de la autorización municipal para ser exhibida a requerimiento de la Policía Local o inspectores municipales. g) Incumplir la normativa de separación de residuos procedentes de la actividad. 2. Constituyen faltas graves: a) La reiteración por dos veces en la comisión de faltas leves. b) La falta de lista o rótulos de precios o exhibición defectuosa de los mismos. c) El ofrecimiento a la venta de productos mediante su exposición en el suelo o en cualquier otro lugar que no se acomode a las prestaciones establecidas para la instalación de puestos. d) La utilización de básculas o metros que no se acomoden a las disposiciones reglamentarias. e) El fraude en el peso, precio o calidad de los productos destinados a la alimentación. f) La negativa a proporcionar datos e informes a la Policía Local o inspectores municipales. g) La retirada de residuos una vez terminada la venta generados como consecuencia de la actividad desarrollada en el puesto. h) La no disposición de facturas o albaranes que acrediten su origen del producto así como las características que lo individualizan. i) Tenencia y/o venta de animales por parte de los vendedores del mercadillo. j) El uso de altavoces, micrófonos o cualquier otro tipo de medio de producción de ruidos. 3. Constituyen faltas muy graves: a) La reiteración dos veces de una falta grave.

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b) La vulneración por acción u omisión de normas cuya trasgresión impliquen daño efectivo para la seguridad y salud de los consumidores. c) La alteración, adulteración y fraude en la venta de productos alimenticios destinados a la alimentación. d) La falta de carnet de manipulador de alimentos. e) La venta de leche, aceite, vinagre y cualquier otro producto alimenticio que no quede comprendido dentro de los expresamente autorizados. f) El incumplimiento de normas relativas a etiquetado, registro y publicidad sobre los productos sin perjuicio de lo que dispongan las reglamentaciones especificas. g) La ausencia sin justificar dos veces en un mes. h) La ausencia sin justificar cinco veces alternativas al trimestre. i) Carecer de autorización municipal para la venta ambulante dentro del término municipal. Artículo 36. Son circunstancias que agravan la responsabilidad del infractor: a) La utilización de violencia con el personal encargado de la inspección o con la Policía Local. b) La reincidencia o reiteración de las infracciones. Articulo 37. En la aplicación de las sanciones que se establecen en los artículos siguientes, se atenderá al grado de culpabilidad, entidad de la falta cometida, peligrosidad, reincidencia y demás circunstancias agravantes o atenuantes que concurran. Artículo 38. Las faltas leves se sancionarán con multa de hasta 100,00 €uros. Las faltas graves se sancionarán con multa de 101,00 €uros hasta 300,00 €uros. Las faltas muy graves se sancionarán con multa de 301,00 €uros hasta 600,00 €uros, pudiendo ser revocada la licencia con carácter definitivo, lo que implicaría la imposibilidad de poder solicitar nueva licencia por un periodo no inferior a cinco años. Disposición adicional primera. Para los supuestos de venta no sedentaria o ambulante previstos en los apartados a) y b) del artículo 1 se aplicarán con las debidas adaptaciones los artículos del Título IV. Disposición derogatoria. Queda derogada cualquier ordenanza municipal de venta ambulante anterior a la presente y en especial la Ordenanza Reguladora de la Actividad de Venta Directa. Disposición final.

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La presente Ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

3. Exponer al público la ordenanza aprobada en la forma preceptiva advirtiendo que en caso de no presentarse alegaciones en el plazo legal este acuerdo adquirirá carácter definitivo.

5º. RESOLUCION DE MUTUO ACUERDO DEL CONTRATO

SUSCRITO CON ARNAIZ CONSULTORES, S.L. PARA REDACCION DEL PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA.

* Expuso el Alcalde que se habían solicitado presupuestos a varias empresas y profesionales, incluida la actual adjudicataria de los trabajos de redacción del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), Arnaiz Consultores, S.L. para conocer el coste y condiciones de mercado para la terminación de dichos trabajos una vez se había adoptado acuerdo decidiendo incorporar los contenidos del informe preceptivo de la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid. Que las ofertas recibidas habían sido estudiadas por el mismo, el Arquitecto Municipal y el Secretario del Ayuntamiento, habiendo podido determinar la mejor de las ofertas recibidas. Que también se había hablado con un representante de Arnaiz Consultores, S.L. a quien le transmitió la intención del Equipo de Gobierno de resolver el contrato suscrito en su día habiendo manifestado el representante de dicha empresa que estaban de acuerdo y que solo pedían se les comunicara por escrito y que se liquidara el contrato a la fecha de su resolución.

* Dada la palabra por el Presidente al Grupo de la Oposición, el Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García manifestó que quería conocer detalles, coste previsto, motivos y demás datos de la nueva contratación. Que el PGOU no iba a salir solo con los votos de los Grupos de Gobierno en el tiempo que quedaba de legislatura, rompiendo el consenso anterior. Que el Grupo Popular haría lo posible para que así ocurriera reiteró sus peticiones anteriores.

* Respondió el Alcalde que lo que estaba clara era la postura del Grupo Popular. Que las ideas sobre la materia del Grupo Popular y de los Grupos de Gobierno eran muy dispares como dijo en su día el Portavoz de aquel. Recordó que el desacuerdo surgió como consecuencia del apoyo al informe de la Consejería de Medio Ambiente decidido por los Grupos de Gobierno frente a la postura contraria del Grupo Popular. Que el expediente de contratación de los trabajos de terminación de la redacción y tramitación del PGOU estaba a disposición del Grupo Popular. Que el motivo de proponer la resolución del contrato con Arnaiz Consultores, S.L. era que su continuidad no era acorde con los criterios establecidos al respecto por los Grupos de Gobierno.

* Replicó el Sr. De Mateo García que en las reuniones habidas en años anteriores con el equipo redactor del PGOU de Arnaiz Consultores, S.L. participaban representantes de todos los Grupos Políticos Municipales. Repitió que sin consenso con el Grupo Popular no se aprobaría el PGOU. Que si no permitía la participación de representantes del Grupo Popular en las reuniones de

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trabajo para la terminación del PGOU, aunque los Grupos de Gobierno pusieran encima de la mesa un documento con su solo respaldo no lo aprobarían.

* Respondió el Alcalde que el Grupo Popular participaría en el proceso de terminación de la redacción del PGOU pero el consenso sería muy difícil porque las posturas defendidas por los Grupos de Gobierno y por la Oposición eran muy diferentes, y que el Grupo Popular no se había esforzado en llegar a un acuerdo.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda y con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y los votos en contra de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular se acordó:

1. Resolver el contrato suscrito en el año 2002 con la empresa Arnaiz Consultores, S.L. para la redacción del Plan General de Ordenación Urbana de Bustarviejo, por importe de 84.740 euros (IVA incluido) de mutuo acuerdo con la adjudicataria.

2. Liquidar el contrato suscrito en el año 2002 con la empresa Arnaiz Consultores, S.L. para la redacción del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Bustarviejo, hasta el día de la fecha, entendiendo acreditado que la adjudicataria, conforme a lo dispuesto en la cláusula nº 19 del pliego de cláusulas administrativas particulares que forma parte del contrato, ha ejecutado las fases siguientes del contrato:

a) Documento de AVANCE, equivalente al 35% del precio. b) Documento para aprobación inicial, equivalente 40% del precio. c) Documento para aprobación provisional, equivalente al 20% del

precio. 3. Liquidar el contrato suscrito en el año 2002 con la empresa Arnaiz

Consultores, S.L. para la redacción del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Bustarviejo, hasta el día de la fecha, entendiendo acreditado que la adjudicataria, conforme a lo dispuesto en la cláusula nº 19 del pliego de cláusulas administrativas particulares que forma parte del contrato no ha ejecutado las fases siguientes del contrato:

- Texto refundido de aprobación definitiva del PGOU, equivalente al 20% del precio.

4. Facultar al Alcalde para que en representación del Ayuntamiento suscriba cuantos documentos sean necesarios a fin de ejecutar este acuerdo.

6º. RESOLUCION POR MUTUO ACUERDO DEL CONVENIO DE USO DEL PUNTO LIMPIO MUNICIPAL DE LA CABRERA.

* A ruego del Alcalde el Concejal Delegado de Medio Ambiente Sr. Gonzalez Martín expuso que habiéndose instalado con efectos del día uno de noviembre pasado el depósito municipal para recogida de enseres y restos de poda en la finca municipal de la antigua fábrica de quesos situada en el paraje Los Navazales del municipio, habiendo realizado una campaña informativa mediante buzoneo y anuncios para conocimiento de vecinos y residentes,

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creando un servicio más cómodo y barato para los usuarios, podía prescindirse del uso del Punto Limpio del Ayuntamiento de La Cabrera que hasta la fecha había venido siendo usado mediante convenio suscrito entre ambos Ayuntamientos, que en esta situación procedía resolver.

* Dada la palabra el Presidente al Portavoz del Grupo de la Oposición, el Sr. De Mateo García manifestó que lo que ahora se hacía era lo su Grupo había propuesto en su momento porque no les parecía adecuado para los vecinos tener que desplazarse hasta el término municipal de La Cabrera para deshacerse de los enseres que generaban. Reiteró que el Concejal del Grupo Popular Sr. Cobertera Hijano ya propuso la ubicación del depósito en el paraje Los Navazales y que iban a mantener su propuesta pero conforme a la ley. Que a día de hoy hacía falta un proyecto para legalizar el depósito municipal. Que se solicitó un informe de Secretaría sobre ello en su día y se les facilitó una documentación que no se refería al proyecto del que se hablaba. Que la Comunidad de Madrid daría facilidades para legalizar dicha instalación.

* El Concejal Delegado de Medio Ambiente manifestó que se podía hacer un proyecto para documentar la instalación pero que se habían solicitado informes sobre la instalación del depósito de residuos mencionado a la Consejería de Medio Ambiente y a la Dirección General de Urbanismo de la Comunidad de Madrid y ambos eran favorables.

* No se mostró satisfecho el Sr. De Mateo García. * Intervino el Alcalde manifestando que la Dirección General de Medio

Natural y la Dirección General de Urbanismo habían respondido favorablemente a las consultas realizadas y no iban a ser más papistas que el Papa. Que si el Sr. De Mateo García quería revolver para levantaran el depósito municipal, allá su responsabilidad.

* Replicó el Sr. De Mateo García que haría las peticiones de información que considerara necesarias y que consideraba se tenían que volver a hacer las consultas.

* Replicó el Concejal de Medio Ambiente Sr. González Martín, que habiendo tenido cuando el Sr. De Mateo García era alcalde, tres vertederos incontrolados en las afueras de la población no le parecía lógico que ahora que se habían eliminado se exigiera tanto para disponer de un depósito municipal para recogida enseres y restos de podas.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda y con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y los votos a favor de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular se acordó:

- Resolver el convenio suscrito con el Ayuntamiento de La Cabrera para el uso del Punto Limpio de dicho Ayuntamiento con efectos del día uno de noviembre de 2013 agradeciendo la colaboración prestada por el Ayuntamiento vecino.

7º. MANTENIMIENTO DEL TIPO IMPOSITIVO DEL IBI DE URBANA.

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* A ruego del Alcalde dio cuenta del acuerdo a adoptar la Concejala Delegada de Hacienda Sra. García Romero consistente en mantener el tipo impositivo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana (IBI de Urbana) en el 0,726 % actual.

* Manifestó el Alcalde que era necesario adoptar el acuerdo descrito por la Concejala de Hacienda porque al haber decidido en el mes de marzo pasado solicitar al Catastro de Madrid, la actualización para 2014 de los valores catastrales de los inmuebles sujetos al IBI de Urbana y por tanto de las bases liquidables del mismo según lo dispuesto en la normativa vigente, lo que supondría un incremento de las cuotas del 10%, solo mediante decisión municipal específica se podía mantener el tipo impositivo actual ya que de lo contrario se reduciría al 0,66 % que era el vigente en el año 2011. Y que para financiar las necesidades especificadas en el Presupuesto del año 2014 era preciso generar un incremento de ingresos por el concepto indicado sobre los registrados en 2013.

* Dada la palabra por el Presidente al Portavoz del Grupo Popular, Sr. De Mateo García este se manifestó en los términos generales que se describen.

Recordó los antecedentes del plan de ajuste aprobado en el año 2012. Señaló que la actualización de los valores catastrales supondría un

incremento de cuotas del 10% por lo que la cuota media de IBI de Urbana en el municipio pasaría de 400 € al año a 440 € al año.

Que el Grupo Popular votaría no porque cuando se acordó solicitar la actualización de valores catastrales se condicionó el apoyo a dicho acuerdo a que se compensara su repercusión con la reducción del tipo impositivo y ahora resultaba que no se hacía.

* Respondió el Alcalde que el motivo de tener que tomar estas decisiones era principalmente tener que hacer frente a la herencia (deuda) dejada por Corporaciones anteriores por importe total de 1.500.000 €. Que los Grupos de Gobierno no deseaban echar a gente a la calle para evitar una subida impuestos. Que no era responsabilidad de los Grupos de Gobierno la situación económica del Ayuntamiento porque ni habían aumentado las deudas ni la plantilla de personal. Que le parecía grave echar personas a la calle y que entendía menos gravosa para el bien común la decisión que se debatía.

* Replicó el Sr. De Mateo García que su propuesta en materia de personal se resumía en amortizar dos puestos de trabajo y ajustar a la baja las retribuciones asignadas al resto porque las consideraba altas.

Que la herencia a que hacía referencia el Alcalde, con excepción del mandato de la anterior Corporación, estaba en los datos de los remanentes de tesorería dejados al final de cada ejercicio.

* Que lo que hacían los Grupos de Gobierno era lo que hacían tanto el Gobierno de España del Partido Popular como los Gobiernos de la mayoría de los Ayuntamientos y recordó que según los informes emitidos en el año 2010 por la Intervención a 16-06-2007 había una deuda no contabilizada ni registrada de 1.000.004 € y con posterioridad a esa fecha la Corporación anterior aumento esa deuda en otros 300.000 €. Que no consideraban que el personal del

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Ayuntamiento tuviera que pagar la crisis económica generada por las distintas Corporaciones y que en las próximas elecciones locales si los vecinos respaldaban las posturas del Grupo Popular podrían llevarlas a cabo.

* Respondió el Sr. De Mateo García descalificando las argumentaciones del Alcalde y manifestando que sueldos como los de aquí no los había en muchos sitios. Que la intervención del Alcalde le ratificaba en su postura. Que los Grupos de Gobierno dejarían pasar el tiempo porque con los plazos de amortización a diez años de la deuda, ellos no la pagarían ya que solo pagarían los intereses generados y reiteró su oposición al acuerdo que se proponía adoptar.

* Terminó el Alcalde manifestando que las referencias hechas en ocasiones por el Sr. De Mateo García a cerca de la incapacidad de los Grupos de Gobierno para generar nuevos ingresos no tributarios le parecía demagógica, pero su planteamiento en materia de reducción de gastos le parecía legítima.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda y con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y los votos en contra de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular se acordó:

1. Establecer el tipo impositivo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana (IBI de Urbana) en el 0,726 % con efectos del día uno de enero del año dos mil catorce.

2. Exponer al público la modificación aprobada en la forma preceptiva advirtiendo que en caso de no presentarse alegaciones en el plazo legal este acuerdo adquirirá carácter definitivo.

8º. REDUCCION DE TASAS POR PRESTACION DEL SERVICIO DE RECOGIDA Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS.

* Por la Concejala de Hacienda Sra. García Romero se dio cuenta de la propuesta de reducción de tarifas de la ordenanza fiscal de tasas por prestación de servicios de recogida y tratamiento de residuos urbanos con efectos del día uno de enero del año 2014, que mantenía la diferenciación entre el núcleo urbano principal y los núcleos urbanos del entorno de este, contemplando una reducción general del sesenta por ciento respecto de las actuales. Justificó la propuesta en la subvención del servicio que mantendría la Comunidad de Madrid en municipios de población inferior a los cinco mil habitantes hasta el año 2016 inclusive, según Resolución aprobada al efecto.

* Señaló el Alcalde que a partir del año 2017 habría que afrontar una fuerte subida de los costes del servicios mencionado si la Comunidad de Madrid no mantenía las subvenciones, tal como con la normativa actual preveía, y de la misma forma ocurriría a partir el año 2019 con los costes de los policías Bescam si no se prorrogaban los convenios de financiación existentes.

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* Intervino el Sr. De Mateo García para manifestar que la reducción de tarifas venía obligada por la concesión de subvenciones al servicio por la Comunidad de Madrid y por tanto no era cuestionable.

Que el Grupo Popular había propuesto en la Comisión Informativa suprimir los incrementos del 10% de las tarifas básicas que desde años atrás se venían aplicando para determinar las cuotas de los usuarios residentes en los núcleos del entorno del casco urbano. Que se abstendrían si no se aceptaba esa propuesta y votarían a favor si se aceptaba. Que justificaba su propuesta en que la diferenciación de cuotas podría hacerse en base a los usos (viviendas, comercios etc.) o a otros criterios, pero no le parecía correcto que se hiciera en función de la distancia al casco urbano de las edificaciones en las que se prestaban los servicios.

* A pregunta del Alcalde el Concejal Delegado de Medio Ambiente Sr. Gonzalez Martín manifestó que aceptaría la propuesta del Grupo Popular.

* El Alcalde manifestó que los Concejales de los Grupos de Gobierno podrían votar en conciencia la propuesta del Grupo Popular y que él aunque respaldaba no modificar ese criterio se uniría al criterio mayoritario.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, con los votos en contra de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, el voto a favor del Concejal Sr. Gonzalez Martín del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, la abstención del Concejal Sr. Penadés García del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y el voto a favor de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular se acordó:

1. Aprobar provisionalmente la modificación de tarifas de la ordenanza fiscal de tasas por prestación de servicios de recogida y tratamiento de residuos consistente en suprimir el incremento de cuotas en función del lugar de residencia de los usuarios del servicio respecto al casco urbano del municipio.

2. Exponer al público la modificación aprobada en la forma preceptiva advirtiendo que en caso de no presentarse alegaciones en el plazo legal este acuerdo adquirirá carácter definitivo.

Asimismo, sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda y con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y los votos a favor de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular se acordó:

1. Aprobar provisionalmente la modificación de tarifas de la ordenanza fiscal de tasas por prestación de servicios de recogida y tratamiento de residuos que se describe.

* Establecer las siguientes TARIFAS. CUOTAS SEMESTRALES. Epígrafe 1º: Viviendas.

Por cada vivienda, 21,00 € Epígrafe 2º: Establecimientos de restauración.

Bares, cafeterías y restaurantes. Por m2 o fracción de local, 0,51 €

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- La apertura al público a tiempo parcial dará derecho a bonificaciones de la cuota de hasta el 20 %. - Los restaurantes comprenden el bar en ellos existente. Epígrafe 3º: Locales de esparcimiento.

Discotecas, bares de copas y similares. Por m2 o fracción de local, 0,57 € - La apertura al público a tiempo parcial dará derecho a bonificaciones

de la cuota de hasta el 20 %. Epígrafe 4º: Alojamientos.

Hoteles, albergues y similares. Por m2 o fracción, 0,18 € - La apertura al público a tiempo parcial dará derecho a bonificaciones de la cuota de hasta el 20 %. - Solo tributarán por la superficie construida de los locales. Epígrafe 5º: Establecimientos de alimentación.

a) Supermercados, almacenes y similares. Por m2 o fracción de local, 0,39 € b) Tiendas de productos perecederos. Por cada m2 o fracción de local, 0,40 € c) Tiendas de productos no perecederos. Por cada m2 o fracción de local, 0,37 €

Epígrafe 6º: Establecimientos industriales de productos no perecederos. Fábricas, talleres, almacenes y similares. Por m2 o fracción de local, 0,05 €

Epígrafe 7º: Otros establecimientos. a) Oficinas bancarias. Por cada m2 o fracción de local, 0,75 € b) Academias, consultas y similares. Por cada m2 o fracción de local, 0,34 € c) Otros establecimientos no tarifados. Por cada m2 o fracción de local, 0,18 €

Epígrafe 8º: Locales sin actividad. Por cada local. 25,00 €

Las cuotas en función de la superficie se obtendrán aplicando los metros cuadrados construidos no los útiles.

2. Exponer al público la modificación aprobada en la forma preceptiva advirtiendo que en caso de no presentarse alegaciones en el plazo legal este acuerdo adquirirá carácter definitivo.

* El Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García agradeció la postura de los Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes.

9º. BONIFICACIONES A DESEMPLEADOS EN LAS TASAS POR EXPEDICION DE DOCUMENTOS.

* Explicó el Alcalde la propuesta de acuerdo que luego se describe y recordó los antecedentes habidos y la intención de los Grupos de Gobierno de atender la demanda que había planteado algún vecino afectado por la necesidad de buscar empleo y por tanto de realizar gastos en la formalización de ofertas y curriculums sin disponer de recursos para ello, situación que se daba en una parte de la población debido a la crisis económica.

No hubo más intervenciones. Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previo informe

favorable de la Comisión Informativa de Hacienda y con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y los votos a favor de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular se acordó:

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1. Modificar la ordenanza fiscal de las tasas por expedición de documentos incorporando el artículo que se describe.

Artículo 11. Bonificaciones. Las personas empadronadas en el municipio y en situación de desempleo

o de necesidad acreditada con informe de los Servicios Sociales tendrán derecho a una bonificación del 100 % en las tasas por realización de fotocopias de documentos destinados a la búsqueda de empleo o a la tramitación de prestaciones sociales.

2. Exponer al público la modificación aprobada en la forma preceptiva advirtiendo que en caso de no presentarse alegaciones en el plazo legal este acuerdo adquirirá carácter definitivo.

10º. CONCERTACION DE PRESTAMO PARA EL PAGO DE FACTURAS DEL ANTIGUO RECAUDADOR.

* Dada cuenta por el Alcalde de la necesidad de adoptar acuerdo para concertar el préstamo autorizado por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (MHAP) para atender al pago de todas las facturas adeudadas al antiguo recaudador municipal con cargo a la tercera fase del plan de pago a proveedores habilitado por el Gobierno del Estado. Explicado que se acababa de recibir un correo electrónico del Banco Popular sucursal del municipio de San Agustín de Guadalix por el que anunciaban que el MHAP les había adjudicado la concertación del préstamo solicitado por el Ayuntamiento y que la operación debía formalizarse antes del día 4 de diciembre próximo para lo que solicitaban la adopción del acuerdo plenario preceptivo y la emisión de la documentación necesaria para suscribir el correspondiente contrato, señaló que debía declararse de urgencia el asunto puesto que no había podido tratarse en la Comisión Informativa correspondiente, y si así lo decidía la Corporación proceder a adoptar el acuerdo mencionado.

No hubo otras intervenciones. Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previo informe

favorable de la Comisión Informativa de Hacienda y con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y los votos a favor de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular se acordó:

- Declarar urgente el asunto de referencia. Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previo informe

favorable de la Comisión Informativa de Hacienda y con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y la abstención de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular se acordó:

El Real Decreto-ley 8/2013, de 284 de junio, de medidas urgentes contra la morosidad de las administraciones públicas y de apoyo a las entidades locales con problemas financieros, estableció una tercera fase para el pago a proveedores de las Entidades Locales de aquellas deudas que fueran vencidas, líquidas y exigibles con anterioridad a 31 de mayo de 2013 siempre que el Interventor de la Entidad hasta el 20 de septiembre de 2013 las haya comunicado

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al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (MHAP) por vía telemática y con firma electrónica. Para ello dichas Entidades deberían aprobar una revisión del plan de ajuste que tuvieran aprobado, en su caso, antes del día 27 de septiembre de 2013 y remitirlo al MHAP.

Resultando, que este Ayuntamiento se ha acogido a esta nueva fase para atender al pago de una serie de deudas contraídas con D. Angel San Antonio García por prestación de servicios de recaudación de tributos, que por negativa del acreedor no pudieron hacerse efectivas en el primer plan de pagos del año 2012.

Resultando, que con fecha 23 de septiembre de 2013 se celebró sesión plenaria en la que se aprobó la revisión del plan de ajuste aprobado en 2012, informados ambos favorablemente por el MHAP.

Resultando, que con fecha 29 de noviembre de 2013 se han comunicado las condiciones económicas del préstamo a concertar y que las mismas son asumibles por esta Entidad de conformidad con las previsiones del plan de ajuste revisado.

Se acuerda: PRIMERO.- Aprobar la concertación de una operación de crédito a

largo plazo por importe de 147.559,45 € a que ascienden las obligaciones pendientes de pago por las que los contratistas han manifestado su voluntad de acogerse al procedimiento instrumentado en el Real Decreto-Ley 8/2013, en las condiciones financieras fijadas por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas conforme al siguiente detalle.

Importe: 147.559,45 € Plazo de amortización: 10 años, siendo los dos primeros de carencia. Periodos de amortización: Trimestrales excepto la primera cuota. Tipo de interés: 3,34 %. Entidad financiera determinada por el MHAP: Banco Popular. SEGUNDO.- Facultar al Sr. Alcalde, para que realice los trámites y

suscriba los documentos necesarios para la formalización de la operación de crédito acordada.

11º. PRESUPUESTO GENERAL PARA EL AÑO 2014. * Dada la palabra por el Presidente intervino la Concejala Delegada de

Hacienda exponiendo el contenido de la Memoria, citando las cifras de ingresos y gastos y justificando las diferencias respecto a las de ejecución del Presupuesto de 2013.

* Dada la palabra por el Presidente al Grupo de la Oposición, intervino la Portavoz Adjunta del Grupo Popular Sra. Navacerrada Martín en los términos generales que se describen.

Que les había llegado la documentación con poco tiempo. Que el 62% de los recursos se gastaban en el capítulo 1. Que no veían proyección de futuro en el Presupuesto presentado porque no había diferencias sustanciales con las cifras de 2013. Que la impresión transmitida era que se trataba solo de gestionar lo que hay.

* Respondió el Alcalde en los términos generales que se describen.

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Dijo que gestionar lo que hay era muy difícil actualmente. Que la esperanza era que cuando los actuales Grupos de Gobierno dejaran la Corporación no se hubiera aumentado la deuda existente y se hubiera saneado económicamente la situación del Ayuntamiento. Que se comprometían a que al final de la legislatura los vecinos no soportaran mayor deuda que al principio de la misma. Que el esfuerzo para controlar el gasto a diario era enorme y de ello era partícipe el Interventor que hacía su trabajo con celo. Aclaró algún detalle del Presupuesto a petición de la Sra. Navacerrada Martín.

* La Concejala mencionada preguntó si se preveía algún fondo para conceder alguna subvención a entidades asociativas locales.

* Respondió el Alcalde que únicamente se preveían subvenciones para la Asociación de Madres y Padres de Alumnos (AMPA) del Colegio Público Montelindo en contraprestación a la gestión por ella asumida de las actividades extraescolares ante la supresión de ayudas para tal fin decidida por la Comunidad de Madrid, y para la Asociación local responsable de la gestión de la Escuela Municipal de Música y Danza. Que no obstante si llegaba alguna solicitud de subvención de otras entidades locales, se estudiaría.

* Manifestó la Sra. Navacerrada Martín que había que generar nuevos ingresos no tributarios.

* Replicó el Alcalde que estaba de acuerdo y asumía que la falta de ello podía ser una muestra de las limitaciones de los Grupos de Gobierno pero que la situación era muy difícil porque los crecimientos de la economía a nivel estatal eran cero o negativos. Que los gastos de personal, capítulo 1, no aumentaban salvo en lo referido al aumento de un puesto de educadora de la Casa de Niños por imperativo legal. Que se esperaba pasar de 33 a 40 niños en el Centro para paliar el déficit del servicio. Que había que tener en cuenta que a menos ingresos la proporción de los gastos de personal era mayor.

* El Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García se manifestó en términos generales como se describe.

Que con el debate se había puesto de manifiesto el fatalismo del Alcalde sobre su decisión de no continuar la próxima legislatura. Que los Grupos de Gobierno no habían saneado la economía del Ayuntamiento porque serían las Corporaciones futuras las que tendrían que hacer frente a las amortizaciones de los préstamos, la situación de posible falta de financiación para los seis policías Bescam y la supresión de subvenciones a los servicios de recogida y tratamiento de residuos urbanos. Que reconocía que habían controlado el gasto. Que como había dicho el propio Alcalde tendrían que dimitir por no haber sido capaces de generar nuevos ingresos no tributarios y solicitó la celebración de una sesión plenaria monográfica para debatir propuestas de generación de recursos económicos, señalando a título de ejemplo, la puesta en valor de La Mina de Plata cobrando a los interesados en acceder a la misma y la explotación de la madera de los montes municipales que dijo podía suponer una media de 40.000 € anuales los próximos diez años. Propuso se introdujera en el Presupuesto para 2014 un ingreso patrimonial en concepto de aprovechamiento maderero de los montes municipales de 30.000 €.

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* Intervino el Alcalde manifestando que aceptaba celebrar un Pleno para tratar sobre las posibilidades de generación de recursos económicos nuevos pero que según sus informes la explotación maderera citada no era viable. Que su decisión de hacer pública la intención de no presentarse como candidato en ninguna candidatura las próximas elecciones no era fatalismo sino sinceridad con los vecinos. Que le parecía una postura honrada adelantar sus intenciones de futuro. Que no había interinidad en el Equipo de Gobierno por su intención de no continuar cuando finalice la actual legislatura porque estaba actuando plenamente en ejercicio del mandato popular. Que la Mina de Plata estaba muy limitada ahora para permitir el acceso al público por falta de seguridad. Que en la sesión se había demostrado con la acepción de algunas de las propuestas del Grupo Popular que no había desprecio hacía sus planteamientos. Que era el primero en asumir sus limitaciones pero consideraba que el Sr. De Mateo García había sido poco leal con el pueblo en alguno de sus comportamientos. Reiteró que no participaría en las próximas elecciones locales.

* A su instancia el Presidente dio la palabra al Concejal Delegado de Cultura Sr. Gómez Fernández quien manifestó que la Comunidad de Madrid prohibió el acceso a La Mina de Plata por falta de seguridad. Que la Corporación actuante en el año 2006 realizó un estudio de viabilidad de la Mina de Plata y de otras infraestructuras turísticas que costaba 1.200.000 € y que si se conseguía esa financiación abriría lamina al público. Que los gastos de personal suponían un 62% de los recursos económicos del Presupuesto porque los intereses y las amortizaciones de los préstamos que había sido necesario concertar para pagar a los proveedores restaban mermaban las posibilidades de disponer de un Presupuesto mayor, porque en realidad desde el año 2010 no aumentaban los gastos de personal.

* Mostró su disconformidad el Sr. De Mateo García. Se produjo un cruce de intervenciones sobre la posibilidad de sacar

adelante el proyecto de puesta en valor de La Mina de Plata entre el Portavoz del Grupo Popular y el Concejal de Cultura y Turismo.

* El Sr. De Mateo manifestó su opinión de que el Presupuesto de 2014 demostraba que no se atacaba el gasto fijo y que con el término interinidad a que había hecho referencia quería decir que los Grupos de Gobierno no preparaban las condiciones para afrontar los gastos del futuro.

* Respondió el Alcalde que las propuestas del Grupo Popular no servían para atender la posible falta de financiación de los policías Bescam o la supresión de subvenciones de los servicios de recogida y tratamiento de residuos. Que los Grupos de Gobierno no optaban por reducir los salarios del personal porque con ello perjudicarían los servicios a los vecinos. Asumió el reto de continuar luchando para reducir los consumos de energía y señaló que salvo con un recorte brutal de gasto de personal no se podían asumir los retos económicos futuros. Que no arrendaba las ganancias a las nuevas Corporaciones. Que si el Sr. De Mateo García creía que se podían generar nuevos recursos económicos lo admitía pero él no veía sobre ello más que escepticismo.

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* El Sr. De Mateo García manifestó que ellos proponían otro pueblo y otra forma de gestión.

* Terminó el Alcalde manifestando que las distintas posturas deberían valorarlas los vecinos. Que el personal del Ayuntamiento trabajaba prestaba mejores servicios a los ciudadanos que las empresas privadas.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previo informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda y con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor de los dos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y el voto en contra de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular se acordó:

1. Aprobar el Presupuesto General para el año 2014, cuyo resumen por capítulos se describe.

2. Aprobar las Bases de Ejecución del Presupuesto General para el año 2014, con el contenido que figura en el expediente.

3. Aprobar la Relación de Puestos de Trabajo y la Plantilla de Personal con el contenido que figura en el expediente.

PRESUPUESTO GENERAL PARA EL AÑO 2.014

RESUMEN POR CAPITULOS CAPITULOS CONCEPTOS EUROS

ESTADO DE GASTOS

1 2 3 4 6 7 8 9

A) Operaciones Corrientes Gastos de personal Gastos en bienes corrientes Gastos financieros Transferencias corrientesB) Operaciones de capital

Inversiones reales Transferencias de capital Activos financieros Pasivos financieros Total, ....................

1.277.875,00

497.788,00 87.000,00

110.311,00

46.300,00 00.000,00 00.000,00 64.510,00

2.083.784,00

ESTADO DE INGRESOS

1 2 3 4 5 6 7 8 9

A) Operaciones corrientes Impuestos directos Impuestos indirectos Tasas y otros ingresos Transferencias corrientes Ingresos patrimoniales B) Operaciones de capital Enajenación de inversiones reales Transferencias de capital Activos financieros PasivTotal, ..................

os financieros

1.011.300,00

15.000,00 319.908,00

678.250,00 51.700,00

80.000,00

00.000,00 00.000,00

00.000,002.156.158,00

12º. MOCIONES URGENTES. No se presentó ninguna. 13º. RUEGOS Y PREGUNTAS.

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Abierto el turno de palabra por el Presidente se produjeron las intervenciones que se describen.

* La Concejala del Grupo Popular Sra. Sastre García pregunto sobre las protestas de algunos vecinos de la calle Barco por la decisión municipal de prohibir el estacionamiento de vehículos en ambos lados de la misma.

* Respondió el Concejal de Servicios Sr. Martín Hijano que las primeras quejas que había recibido no eran las de los vecinos contrarios a la prohibición de aparcar sino las de quienes no podían pasar por las aceras ante la invasión de estas por los vehículos que por la estrechez de la calle optaban por subirse a las mismas, y las de algunos vecinos que debido al estacionamiento de vehículos sufrían destrozos en los aleros de sus viviendas a cargo de los caminos de recogida de residuos. Que en consecuencia no iba a cambiar su decisión de prohibir aparcar en toda la calle Barco.

* La Sra. Sastre García pidió al Concejal de Servicios reconsiderara su decisión al menos en los meses de verano por la proximidad del consultorio médico sin disponer de otra alternativa, en especial para los vecinos que se desplazaban desde las urbanizaciones y por tanto forzados a usar vehículos.

* Zanjó el Sr. Martín Hijano manifestando que ya había tenido en consideración todas las peticiones.

* La Sra. Sastre García preguntó si se trataba de un error mecanográfico el hecho de que las actuaciones de micro teatro hubieran empezado antes de que se formalizara su contratación.

Respondió el Concejal Delegado de Cultura Sr. Gómez Fernández que se había procedido a la contratación después de celebrarse una de las representaciones programadas para mejorar la formalización de las prestaciones contratadas aunque por tratarse de un contrato menor no era obligado hacerlo.

* La Sra. Sastre García preguntó sobre la solicitud presentada por un vecino para que se autorice la apertura de una mezquita y centro de formación musulmanes.

* Informó el Alcalde que había recibido la petición mencionada de unos vecinos remitiéndoles a los servicios técnicos del Ayuntamiento por cuanto disponían para tal fin de un local que pensaban alquilar. Que el Arquitecto Municipal había inspeccionado dicho local y les había indicado las reformas que debían acometer en el mismo para garantizar la seguridad y salubridad necesarias a fin de autorizar el uso mencionado. Que el vecino interesado quedó en que aportaría la memoria descriptiva que le había requerido el Ayuntamiento.

* Volvió el Concejal del Grupo Popular Sr. Cobertera Hijano sobre el asunto del estacionamiento en la calle Barco apostillando que el vecino a que había hecho referencia el Concejal de Servicios Sr. Martín Hijano, al citar el reciente destrozo del alero de una vivienda allí situada solo solicitó la instalación de dos bolardos en la zona situada frente a su caso para impedir allí el estacionamiento de vehículos y con ello que el camión de recogida de residuos pudiera pasar sin riesgo de nuevos incidentes. Añadió que había que pensar en ordenar el tráfico de vehículos en un solo sentido en algunas calles del municipio porque sus dimensiones no permitían otra cosa.

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* Manifestó el Sr. Cobertera Hijano que le parecía bien la solicitud cursada por el Alcalde a la Dirección General de Carreteras de la Comunidad de Madrid para que se instalaran carteles en las entradas al casco urbano de las dos carreteras dependientes de dicho organismo la prohibición de estacionar vehículos en ambas travesías, pero tenía dudas por los compromisos de mantenimiento que debería asumir el Ayuntamiento, sobre la solicitud también cursada de que se cedieran al mismo ambas travesías para convertirlas en vías urbanas a fin de evitar nuevas campañas de denuncias por infracciones de la prohibición de estacionar en las mismas.

* Respondió el Alcalde que era consciente del compromiso que supondría la cesión al Ayuntamiento de las travesías, pero para evitar nuevas multas a los vecinos creía que había que intentarlo. Que esperaba respuesta y de ello daría cuenta al Pleno.

* El Sr. Cobertera Hijano pidió que se perjudicara lo menos posible a los vecinos y comerciantes.

* El mismo Concejal pidió se repusieran las losas de piedra que faltaban en la acera de la calle Prado Concejo y las baldosas de la calle Real.

* Respondió el Concejal de Servicios Sr. Martín Hijano que se había demorado la reparación de la acera de la calle Prado Concejo porque en los huecos por solar existían unas esculturas de hierro a modo de raíces soldadas a las farolas de la red de alumbrado público que no se podían mantener si se solaban, y antes de decidir había solicitado informe al Arquitecto Municipal.

* Replicó el Sr. Cobertera Hijano que no obstante era preciso evitar la caída en los huecos de los peatones.

* La Concejala del Grupo Popular Sra. Navacerrada Martín preguntó sobre la regularización de la vivienda situada en el camino de Solvaradero s/n.

* Respondió el Alcalde que los propietarios le pidieron un tiempo para inutilizar la planta sótano y estaba a la espera de que le confirmaran que lo habían realizado.

* Respondió la Concejala interpelante que preguntaba porque le constaba que los propietarios de la vivienda citada estaban viviendo en la misma.

* Terminó el Alcalde manifestando que contestaría en la próxima sesión. * La Sra. Navacerrada Martín preguntó sobre una licencia de obra

solicitada por el Concejal de Medio Ambiente Sr. González Martín para cuya tramitación se había requerido la presentación de un croquis acotado y señaló que sin embargo la obra ya se había realizado.

* Respondió el Sr. González Martín que efectivamente el croquis a que se hacía referencia lo había presentado y la obra estaba terminada.

* La Sra. Navacerrada Martín preguntó porqué si la obra de adecuación del pabellón polideportivo para construir un gimnasio se había decidido en un Pleno, el Alcalde había solicitado a la Comunidad de Madrid sin pasar por el Pleno que los recursos del Plan Prisma destinados al gimnasio se autorizara utilizarlos para la rehabilitación de las instalaciones deportivas.

* Respondió el Alcalde que se trataba de conocer si el cambio de finalidad mencionado era factible para la Dirección General de Cooperación con la

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Administración Local de la Comunidad de Madrid y en caso de que lo fuera plantearlo al Pleno. Que para conocer la opinión de la Comunidad de Madrid en eses asunto y tratar sobre la próxima solicitud de alta en el Plan Prisma de las obras de Acerado de la ctra. de Cabanillas y pavimentación de las calles del Cerro de la Horca, así como las de terminación del Centro Cultural había solicitado una entrevista con el Director General de Cooperación con la Administración Local de la Comunidad de Madrid.

* La misma Concejala preguntó sobre la compensación de una pequeña deuda a través de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

* Respondió el Alcalde que se informaría y daría cuenta de ello. * La misma preguntó por la compra de un camión a cargo de una

subvención de la Comunidad de Madrid que había sido denegada. * A ruego del Alcalde, el Secretario informó que la compra de un camión

usado para el servicio de mantenimiento se produjo antes de la convocatoria de inversiones para prestación de servicios de la Comunidad de Madrid con cargo a la consignación presupuestaria habilitada para tal fin, pero los términos de la convocatoria de ayudas mencionada permitió incluir esa inversión en los objetivos de la solicitud cursada y por ello se incluyó junto con otras necesidades de compra de vehículos para los no había recursos. Que como no se había conseguido la subvención se tuvo que pagar el camión con recursos propios.

* A pregunta del Concejal del Grupo Popular Sr. De Mateo García se informó por el Alcalde que había pedido información sobre el cobro de tasas por aprovechamiento especial del dominio público municipal con terraza de bar a la anterior concesionaria del restaurante Fuente del Collado toda vez que se había demostrado que el lugar ocupado no era dominio público municipal sino vía pecuaria. A instancia del Sr. De Mateo García el Secretario con permiso del Presidente manifestó que se reintegraría de oficio la cantidad pagada como se hacía en otros casos similares.

* El Portavoz del Grupo Municipal Popular Sr. DE Mateo García preguntó sobre el requerimiento de información recibido de la Cámara de Cuentas de Madrid a cerca de la contratación de las obra de rehabilitación parcial de Los Barracones del Destacamento Penal Franquista.

* A ruego del Alcalde, el Secretario respondió que se trataba de un requerimiento ordinario de información sobre la información anual facilitada por el Ayuntamiento a la Cámara de Cuentas de Madrid relativa a las distintas contrataciones llevadas a cabo y que el citado requerimiento había sido atendido.

* La Portavoz Adjunta del Grupo Municipal Popular, Sra. Navacerrada Martín preguntó sobre la denuncia de presunta afectación de un cauce público en el paraje Fuente La Reina a cargo de una contrata de la empresa pública Canal de Isabel II, formulada por un vecino.

* A ruego del Alcalde, el Secretario informó que se había requerido la reposición a Canal de Isabel II y a la contrata ejecutora de unas obras de remoción de la red de distribución de agua, origen de la posible afectación. Que se estaba pendiente de conocer en detalle lo ocurrido para adoptar las medidas oportunas.

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* El Sr. De Mateo García preguntó a que se refería un escrito presentado por el vecino Fernando Martín como Coordinador del Consejo Sectorial de Medio Ambiente por el que solicitaba que se paralizaran los trámites iniciados para regularizar la ocupación de la vía pecuaria Cañada Real Segoviana con las instalaciones municipales del restaurante Fuente del Collado y del campo de fútbol, mediante el cambio de trazado de dicha vía pecuaria.

* Respondió el Alcalde que el escrito mencionado lo había hecho a título personal el vecino mencionado pues había podido constatar que el Consejo Sectorial de Medio Ambiente no se había manifestado en los términos que figuraban en el mismo. Que había estado en las oficinas del Servicio de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid para obtener copia del expediente de cambio de trazado de la Cañada Real Segoviana tramitado en los años 90 del siglo pasado mediante permuta de terrenos y había podido comprobar que la solicitud de cambio de trazado formulada por el Ayuntamiento entonces fue desestimada por la Comunidad de Madrid. Que le habían dicho que la solicitud de ocupación temporal actualmente presentada por el Ayuntamiento para regularizar la situación del restaurante Fuente del Collado a expensas de las posibles alegaciones al expediente se resolvería en poco tiempo. Que cuando dispusiera del expediente de cambio de trazado de la Cañada Real Segoviana que se tramitó en su día lo estudiaría el Equipo de Gobierno y lo traería después al Pleno. Que le parecía positivo considerar la citada propuesta de permuta porque los trámites entonces realizados podían ser aprovechados ahora aunque el hecho de que la permuta fuera finalmente desestimada exigía un estudio detenido sobre su utilidad actual.

Finalmente el Alcalde anunció la celebración de la última sesión plenaria del año el próximo día 20-12-13.

Y no habiendo más asuntos que tratar por el Presidente se levantó la sesión cuando eran las veintitrés horas y treinta y cinco minutos del día al principio indicado.

Para constancia de lo descrito, el Secretario que suscribe redacta la presente acta, de cuyo contenido da fe.

Vº Bº EL ALCALDE, EL SECRETARIO,

Fdo. Juan Antonio Sacaluga Luengo. Fdo. Juan Francisco Bravo Collantes.

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ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO EL DIA 20 DE DICIEMBRE DE 2013.

En la villa de Bustarviejo, siendo las diecinueve horas del día veinte de diciembre del año dos mil trece se reúnen los Corporativos relacionados con la asistencia del Secretario que suscribe, en el salón de sesiones de la Casa Consistorial, al objeto de celebrar sesión pública extraordinaria del Pleno del Ayuntamiento para la que habían sido citados en tiempo y forma legales.

CORPORATIVOS ASISTENTES: D. Juan Antonio Sacaluga Luengo, Alcalde-Presidente (Grupo Municipal Socialista). D. José Mª Gómez Fernández, Concejal (Grupo Municipal Socialista). D. Miguel Martin Hijano, Concejal (Grupo Municipal Socialista). Dª Angela García Romero, Concejala (Grupo Municipal Socialista). D. José Carlos González Martín, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes). D. Julio Jesús de Mateo García, Concejal Portavoz (Grupo Municipal Popular). Dª Mª Mercedes Navacerrada Martín, Concejala (Grupo Municipal Popular). D. Francisco Cobertera Hijano, Concejal (Grupo Municipal Popular). Dª Berta Sastre García. Concejala (Grupo Municipal Popular). NO ASISTEN CON EXCUSA: D. Alberto Ignacio Penades García, Concejal (Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes). D. Oscar Rodríguez Moreno, Concejal (Grupo Municipal Popular). SECRETARIO: Juan Francisco Bravo Collantes. Funcionario de Administración Local con Habilitación Estatal. Presidió la sesión el Sr. Alcalde, quien sometió a la Corporación los

asuntos que se indican. Informó el Presidente que a petición del Grupo Político Municipal Popular

decidió suspender la sesión de la Comisión Informativa de Hacienda, Urbanismo y Personal que debía haberse celebrado antes de la presente sesión plenaria para

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informar las propuestas de acuerdos que se iban a adoptar, por lo que con carácter previo se declararían de urgencia, a fin de cumplir la normativa vigente.

ORDEN DEL DIA

1º. APROBACION DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR. 2º. APROBACION DEL PROYECTO DE TERMINACION DEL

CENTRO CULTURAL Y SOLICITUD DE ALTA EN LA DIRECCION GENERAL DE COOPERACION CON LA ADMINISTRACION LOCAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA SU EJECUCION CON CARGO AL PLAN PRISMA 2008-2015.

3º. APROBACION DEL PROYECTO DE PAVIMENTACION DE LAS CALLES DEL CERRILLO DE LA HORCA Y ACERADO DE LA CTRA. DE CABANILLAS Y SOLICITUD DE ALTA EN LA DIRECCION GENERAL DE COOPERACION CON LA ADMINISTRACION LOCAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA SU EJECUCION CON CARGO AL PLAN PRISMA 2008-2015.

4º. DESESTIMACION DE SOLICITUD DE PRORROGA DE LA LICENCIA DE OBRAS DE URBANIZACIÓN DEL AMBITO LOS BARRANCOS.

5º. SOLICITUD DE DEVOLUCION DE AVAL CONSTITUIDO POR D. ALFREDO TORNES ALONSO PARA GARANTIZAR LA EJECUCION DE OBRAS DE URBANIZACIÓN EN EL AMBITO EL PORNOSO.

6º. EXPEDIENTE DE MODIFICACION DE CREDITOS. 7º. INFORMES DE CONCEJALES DELEGADOS. 8º. INFORME DEL ALCALDE.

Los asuntos relacionados se trataron en la forma que se describe. 1º. APROBACION DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR. De conformidad con lo acordado por la Junta de Portavoces en sesión

previa la Corporación acordó por unanimidad aprobar el acta de la sesión anterior que correspondía a la celebrada el día 29-11-13.

2º. APROBACION DEL PROYECTO DE TERMINACION DEL CENTRO CULTURAL Y SOLICITUD DE ALTA EN LA DIRECCION GENERAL DE COOPERACION CON LA ADMINISTRACION LOCAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA SU EJECUCION CON CARGO AL PLAN PRISMA 2008-2015.

A propuesta del Presidente la Corporación adoptó por unanimidad el siguiente acuerdo.

- Declarar de urgencia el asunto. * A continuación tomó la palabra la Portavoz Adjunta del Grupo

Municipal Popular Sra. Navacerrada Martín para manifestar que efectivamente habían propuesto que no se celebraran sesiones de Comisiones Informativas

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porque en estas fechas todos los Concejales se encontraban muy atareados, y lamentó la tardanza en remitirles la documentación del Pleno habiendo presentado hoy por la mañana una queja por escrito.

* Justificó el Alcalde la tardanza en disponer de la documentación por la carga de trabajo existente señalando que habitualmente él insistía en que se pusiera a disposición de los Concejales la documentación de los asuntos a tratar en las sesiones con la mayor rapidez posible.

* Con permiso del Presidente el Secretario manifestó que en el asunto sobre el que se iba a tratar la documentación se había enviado por correo electrónico a los Portavoces de los Grupos y al Concejal Delegado de Cultura hacía más de dos meses, pero otra documentación como el expediente de modificación de créditos no se había podido enviar hasta última hora de la mañana porque hasta entonces se tuvo que estar modificando el contenido.

* Leyó el Alcalde la propuesta de acuerdo que luego se describe. * Señaló el Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García que como el

proyecto de terminación del Centro Cultural incumplía la normativa urbanística según habían indicado las arquitectas redactoras del mismo, no lo aprobarían.

* Con permiso del Presidente el Secretario informó que el incumplimiento de la normativa urbanística se debía a un exceso de edificabilidad del edificio del Centro Cultural y que ya se daba esa situación cuando se redactó y aprobó por la Corporación el proyecto inicial y el modificado que se terminó de ejecutar en el año 2009. Que para regularizar la situación en el año 2005 se promovió una modificación puntual de las vigentes Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico (NSPU) de 1976 con ocasión de la tramitación del proyecto de un Centro Parroquial por la Comunidad de Madrid en un solar contiguo al que ocupa el Centro Cultural, resultando que ni se llegó a iniciar la obra del Centro Parroquial ni se tramitó la modificación de las NSPU. Que se podía retomar el trámite de la modificación puntual de las NSPU de 1976 adoptando el acuerdo plenario preceptivo.

El Sr. De Mateo García solicitó un informe jurídico al respecto. El Alcalde dio conformidad. Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, con los votos a

favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, el voto a favor del Concejal presente del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y los votos en contra de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular se acordó:

1. Aprobar el proyecto técnico de Terminación del Centro Cultural de Bustarviejo, redactado por NYJHEVIARUIZ ARQUITECTOS, S.L.P., con su presupuesto de contrata de 899.937,50 € (IVA incluido).

2. Aprobar el estudio de viabilidad técnica y económica del proyecto de obras de Terminación del Centro Cultural de Bustarviejo redactado por el Arquitecto Municipal D. Alejandro Tamayo Palacios.

3. Solicitar a la Dirección General de Cooperación con la Administración Local de la Comunidad de Madrid, en su condición de responsable de la gestión del Plan PRISMA 2011-2015, el alta en el mismo de las obras de Terminación

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del Centro Cultural de Bustarviejo con su presupuesto de contrata de 899.937,50 € (IVA incluido).

4. Solicitar a la Dirección General de Cooperación con la Administración Local de la Comunidad de Madrid el reintegro de la cantidad de 33.600 euros que en concepto de honorarios por la redacción del proyecto técnico de las obras de Terminación del Centro Cultural de Bustarviejo, ha adelantado el Ayuntamiento.

5. Facultar al Alcalde a fin de que suscriba cuantos documentos sean precisos para la ejecución de este acuerdo.

3º. APROBACION DEL PROYECTO DE PAVIMENTACION DE LAS CALLES DEL CERRILLO DE LA HORCA Y ACERADO DE LA CTRA. DE CABANILLAS Y SOLICITUD DE ALTA EN LA DIRECCION GENERAL DE COOPERACION CON LA ADMINISTRACION LOCAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA SU EJECUCION CON CARGO AL PLAN PRISMA 2008-2015.

* Dio lectura el Alcalde al acuerdo que sometía a debate y posterior votación en los términos que luego se describen.

Explicó que ya se había estudiado en Comisión de Hacienda aunque después se retiró del orden del día de otra sesión plenaria. Que desde entonces se habían eliminado ambigüedades en el proyecto y se traía de nuevo para su aprobación.

* Intervino el Portavoz del Grupo Municipal Popular Sr. De Mateo García manifestando que en su día aprobaron redactar el proyecto que ahora se sometía a aprobación pero que no les gustaba su contenido.

* Intervino el Concejal del Grupo Popular Sr. Cobertera Hijano para manifestar como en ocasiones anteriores, que el acerado proyectado para conectar el núcleo urbano El Pornoso con el casco viejo del municipio debía hacerse por la margen izquierda de la ctra. M-631 de Bustarviejo a Cabanillas de la Sierra y no por la derecha como se contemplaba en el proyecto redactado, por considerar que era más seguro para las personas y más barato en su ejecución.

* Respondió el Alcalde que se había suprimido el carril-bici inicialmente comprendido en el proyecto por orden expresa del Alcalde anterior D. Angel Temprano Prieto ante el temor de que los propietarios de fincas rústicas cuyos frentes daban a ese vial pudieran considerar aquellas como edificables. Que dicha supresión se había realizado tras conocer que jurídicamente la situación que preocupaba al Sr. Temprano Prieto no se podía dar y que según los datos aportados por el ingeniero redactor del proyecto la ejecución del acerado por la margen izquierda de la ctra. de Bustarviejo a Cabanillas de la Sierra como planteaba el Sr. Cobertera Hijano era más costosa por la existencia de varias zonas con roca, lo que no ocurría en la margen derecha.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previa declaración de urgencia y con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, el voto a favor del Concejal presente del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y los votos en contra de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular se acordó:

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1. Aprobar el proyecto técnico de las obras de Pavimentación de calles Cerrillo de la Horca y Ctra. de Cabanillas en Bustarviejo, redactado por el Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos D. Jesús Pintado Manzaneque, con su presupuesto de contrata de 189.764,13 euros.

2. Aprobar el estudio de viabilidad técnica y económica del proyecto de obras de Pavimentación de calles Cerrillo de la Horca y Ctra. de Cabanillas en Bustarviejo redactado por el Arquitecto Municipal D. Alejandro Tamayo Palacios.

3. Solicitar a la Dirección General de Cooperación con la Administración Local de la Comunidad de Madrid, en su condición de responsable de la gestión del Plan PRISMA 2011-2015, el alta en el mismo de las obras de Pavimentación de calles Cerrillo de la Horca y Ctra. de Cabanillas en Bustarviejo con su presupuesto de contrata de 189.764,13 euros.

4. Solicitar a la Dirección General de Cooperación con la Administración Local de la Comunidad de Madrid el reintegro de la cantidad de 4.804 euros que en concepto de honorarios por la redacción del proyecto técnico de las obras de Pavimentación de calles Cerrillo de la Horca y Ctra. de Cabanillas en Bustarviejo, ha adelantado el Ayuntamiento.

5. Remitir la autorización obtenida de la Dirección General de Carreteras de la Comunidad de Madrid para la ejecución de las obras de Pavimentación de calles Cerrillo de la Horca y Ctra. de Cabanillas en Bustarviejo, en lo referente al acerado proyectado en la margen derecha de la carretera M-631 de Bustarviejo a Cabanillas de la Sierra.

6. Facultar al Alcalde a fin de que suscriba cuantos documentos sean precisos para la ejecución de este acuerdo.

4º. DESESTIMACION DE SOLICITUD DE PRORROGA DE LA LICENCIA DE OBRAS DE URBANIZACIÓN DEL AMBITO LOS BARRANCOS.

* Dio cuenta el Alcalde del contenido de los informes técnico y jurídico emitidos en los que se indicaba la improcedencia de conceder nueva prórroga para la validez de la licencia de urbanización concedida en el año 2006 a la promotora urbanística Tecnología y Obras, S.L. para realizar obras de urbanización del ámbito urbanístico denominado Los Barrancos situado entre la calle San Sebastián y la ctra. de Miraflores de la Sierra. Señaló que se habían concedido dos prórrogas anteriormente en atención a que según la promotora la falta de acuerdo de los propietarios de una de las fincas afectadas en la testamentaría que tramitaban había impedido la inscripción de esta en el Registro de la Propiedad, pero que no podía demorarse indefinidamente tal situación por lo que entendía debía denegarse la nueva prórroga solicitada y ejecutar el aval constituido en su día por la promotora para garantizar la ejecución de una obras de urbanización que por causas imputables a ella no se habían iniciado en perjuicio de los intereses generales.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previa declaración de urgencia y con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, el voto a favor del Concejal presente del Grupo Municipal

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de Izquierda Unida-Los Verdes, y los votos a favor de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular se acordó:

1. Denegar la suspensión de la licencia de urbanización de la UE 09 “Arroyo de los Barrancos” concedida el día 24-02-2006 a la empresa Tecnología y Obras, S.L. por considerar que dado el tiempo transcurrido y las numerosas prórrogas concedidas para la ejecución de las obras referidas, la promotora ha demostrado no tener interés en ejecutarlas vulnerando los plazos que para ello establece el artículo 158.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de Madrid.

2. Desarrollar las obras de urbanización de la UE 09 “Arroyo de los Barrancos” conforme al proyecto aprobado en sesión plenaria de 24 de febrero de 2006 mediante ejecución pública ante el reiterado aplazamiento de aquellas por la promotora adjudicataria Tecnología y Obras, S.L. y su demostrado desinterés en el proyecto, en los términos y condiciones establecidos en el artículo 103 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

3. Ejecutar el aval constituído por la promotora Tecnología y Obras, S.L. por importe de 13.603,19 € en garantía de las obras de urbanización de la UE 09 “Arroyo de los Barrancos”, por no haberse iniciado estas al día de la fecha, cuatro años después de superarse el plazo máximo para su ejecución, por causas imputables a la promotora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

4. Facultar al Alcalde a fin de que suscriba cuantos documentos sean precisos para la ejecución de este acuerdo.

5º. SOLICITUD DE DEVOLUCION DE AVAL CONSTITUIDO POR D. ALFREDO TORNES ALONSO PARA GARANTIZAR LA EJECUCION DE OBRAS DE URBANIZACIÓN EN EL AMBITO EL PORNOSO.

* Dio cuenta el Alcalde de los antecedentes y datos principales del asunto formulando propuesta de acuerdo al respecto.

Señaló que los informes técnico y jurídico emitidos sobre el asunto coincidían en calificar de ilegal el convenio urbanístico suscrito en el año 2006 por el Ayuntamiento y por el Sr. Tornes Alonso, por vulnerar la prohibición expresa de la Ley 2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y que constituía el origen de la solicitud que se trataba ante la demora habida en la aprobación del Plan General de Ordenación Urbana con la que se había previsto consolidar dicha situación, en perjuicio de los intereses generales.

Añadió que quizás el Sr. De Mateo García podría indicar los motivos por los que en su condición de Alcalde suscribió en el año 2006 el convenio urbanístico mencionado.

* Manifestó el Sr. De Mateo García que tendría que ver el expediente para responder, pero que los convenios urbanísticos de planeamiento que se firmaron en el año 2006 contaban con los informes de legalidad de los técnicos municipales de entonces, y si ahora otros técnicos opinaban lo contrario habría que analizar las razones.

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* Leyó el Alcalde el artículo 245 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid que prohíbe taxativamente los convenios de planeamiento por considerar que vulneran el carácter público y por tanto la legitimidad de la función de planeamiento que reside en los representantes de los ciudadanos al condicionar o determinar esta por los intereses de los promotores o propietarios del suelo, y leyó partes del informe del arquitecto municipal que abundaban en el ello.

* Respondió el Sr. De Mateo García que en 2006 se firmaron varios convenios urbanísticos de planeamiento por motivos políticos y se negoció no exigir las cesiones del 10% del aprovechamiento urbanístico a los promotores y propietarios de suelo a cambio de algo en cada caso.

Reiteró que actuó entonces amparado en informes técnicos y que por higiene mental tenía que analizar la documentación para responder con más precisión.

* Replicó el Alcalde que con siete años de retraso el Sr. De Mateo García debía dar explicaciones. Que no entendía en que normativa se basó para firmar los convenios que firmó si el artículo 245 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid que los prohíbe estaba vigente desde el año 2001.

Que dos calles del núcleo urbano El Pornoso se tenían que haber urbanizado a cargo del promotor Sr. Tornés Alonso y a día de hoy no estaban siquiera iniciadas en base a un convenio urbanístico ilegal. Que en consecuencia si el promotor no puede o no quiere ejecutar esas obras ejecutaría el aval que las garantizaba.

Que deseaba conocer en cuanto pudiera el Sr. De Mateo García porqué firmó quince convenios urbanísticos ilegales que beneficiaban a promotores.

A petición del Sr. De Mateo García manifestó el Alcalde que se le facilitarían copias de los quince convenios urbanísticos mencionados.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previa declaración de urgencia y con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, el voto a favor del Concejal presente del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y la abstención de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular se acordó:

1. Facultar al Alcalde para que promueva un acuerdo con D. Alfredo Tornés Alonso por el que este se comprometa a ejecutar las obras autorizadas mediante licencia concedida el día 6-06-2006 para Urbanización de la Parcela sita en El Pornoso, Polígono 6 de Bustarviejo, antes del día 16 de junio de 2015, manteniendo el sistema de desarrollo urbanístico de compensación.

2. Para el supuesto de que no se llegara al acuerdo antes planteado se faculta al Alcalde para que en aplicación de lo dispuesto en el artículo 103 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, proceda a formalizar los trámites precisos en orden a sustituir el mencionado sistema de desarrollo urbanístico por otro sistema público a cargo del Ayuntamiento con ejecución del aval que por importe de 15.258 euros constituyó D. Alfredo Tornés Alonso para garantizar las obras de urbanización mencionadas.

6º. EXPEDIENTE DE MODIFICACION DE CREDITOS.

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* Dio cuenta la Concejala Delegada de Hacienda Sra. García Romero del contenido de la modificación de créditos del vigente Presupuesto que se sometía a la Corporación y de la motivación de cada una de ellas.

Sometido a votación el acuerdo que luego se describe, previa declaración de urgencia y con los votos a favor de los cuatro Concejales del Grupo Municipal Socialista, el voto a favor del Concejal presente del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, y los votos en contra de los cuatro Concejales presentes del Grupo Municipal Popular se acordó:

- Aprobar el expediente de modificación de créditos nº 6-2013 del Presupuesto de 2013 conforme al siguiente detalle.

Créditos extraordinarios y suplementos de créditos. PARTIDA DENOMINACION IMPORTE €

011.359 Comisiones bancarias 1.500,00

132.22100 Energía eléctrica locales seguridad 800,00

132.224 Seguros servicios seguridad 300,00

16.13100 Retribuciones laborales temporales mantenimiento 28.000,00

16.204 Arrendamiento de vehículos 450,00

16.210 Mantenimiento de infraestructuras 8.000,00

16.214 Conservación vehículos mantenimiento 2.500,00

16.22100 Energía eléctrica bienestar comunitario 8.000,00

16.22109 Materiales especiales bienestar comunitario 1.500,00

16.224 Seguros edificios bienestar comunitario 1.300,00

16.22714 Contrato mantenimiento extintores (regularización) 1.000,00

162.21210 Mantenimiento depósito restos vegetales 1.500,00

321.212 Mantenimiento edificios educación 2.500,00

330.13100 Retribuciones laborales temporales cultura 4.300,00

332.62501 Señalización interior biblioteca (regularización) 5.186,85

338.22609 Festejos populares 3.500,00

340.22100 Energía eléctrica instalaciones deportivas 2.000,00

920.220 Material de oficina 2.000,00

920.22103 Combustible servicios generales 1.000,00

920.222 Comunicaciones 3.500,00

920.224 Seguro responsabilidad civil 2.500,00

920.22708 Servicios de recaudación 38.875,75

Total ............................................ 120.212,60

Se financian con, Bajas de créditos no comprometidos.

PARTIDA DENOMINACION IMPORTE €

16.13000 Retribuciones laborales fijos mantenimiento 28.000,00

Total ................................................ 28.000,00

Mayores ingresos no previstos.CONCEPTO DENOMINACION IMPORTE €

913.02 Préstamo a largo Banco Popular, 38.875,75

Total ........................................... 38.875,75

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Remanente de Tesorería 2012,

CONCEPTO DENOMINACION IMPORTE €

870 Remanente de Tesorería para gastos generales, 53.336,85

Total, .......................................... 53.336,85

Total financiación,................................................... 120.212,60

7º. INFORMES DE CONCEJALES DELEGADOS. * Con permiso del Presidente tomó la palabra el Concejal Delegado de

Servicios Sr. Martín Hijano quien se manifestó en los términos generales que se describen.

Informó que se había conseguido una subvención de la Consejería de Empleo de la Comunidad de Madrid para la llevar a cabo una iniciativa de formación para el empleo con quince desempleados de larga duración (más de dos años) y que hubieran agotado las prestaciones sociales. Que la acción formativa tenía seis meses de duración y su objetivo era posibilitar la obtención de certificados de profesionalidad como peones de jardinería a los trabajadores participantes.

* Preguntó el Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García cual era el coste para el Ayuntamiento.

* Con permiso del Presidente el Secretario manifestó que la iniciativa era subvencionada al 100% por la Comunidad de Madrid.

* Señaló el Alcalde que con esa actuación se mejorarían las zonas verdes del pueblo y se daría formación a quince desempleados del municipio durante seis meses, y agradeció la iniciativa de la Comunidad de Madrid.

* Preguntó la Concejala del Grupo Popular Sra. Navacerrada Martín si se retribuiría a los trabajadores participantes en la acción formativa mencionada.

* Con permiso del Presidente el Secretario respondió que cada trabajador percibiría una retribución mensual de aproximadamente 900 €.

* La Concejala del Grupo Popular preguntó sobre el proceso de selección. * Respondió el Concejal de Servicios, Sr. Martín Hijano señalando que a

partir de un listado de 27 aspirantes recibido de la Oficina del Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid en Colmenar Viejo se habían realizado entrevistas seleccionando a los quince participantes en función de sus cargas familiares y su disponibilidad, y entregó a la Concejala interpelante una lista nominal de las personas seleccionadas.

* El Concejal Delegado de Cultura, Sr. Gómez Fernández se manifestó en los términos generales que se describen.

Informó de las distintas actividades programadas del día 16-12-13 al día 6-01-14 describiendo entre otras, una exposición de fotografías en el vestíbulo de la biblioteca municipal, el campamento urbano de Navidad, la programación de cine infantil, el cartero de los Reyes Magos, la Cabalgata de Reyes etc. y avanzó detalles de otras actividades a celebrar en el mes de enero de 2014.

Informó sobre la segunda campaña de recogida de alimentos realizada indicando que la entrega a las personas necesitadas se haría el día 23 de diciembre.

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Informó sobre la continuación de la iniciativa de promoción deportiva denominada “en forma” en la que dijo había 18 participantes, sobre la celebración del “Día del baloncesto” el 4 de enero próximo y de la celebración del campeonato deportivo ADENI el pasado día quince con 20 equipos participantes y más de 225 niños, así como de la continuación de las actividades de promoción deportiva iniciadas al principio de la temporada.

Respondió a la pregunta formulada por el Portavoz del Grupo Popular en la sesión plenaria anterior sobre monitores deportivos contratados y actividades de promoción deportiva organizadas, señalando que tras la celebración del concurso de méritos convocado se contrataron en régimen laboral temporal y tiempo parcial, un monitor deportivo para impartir clases de pilates y gimnasia rítmica y otro para impartir clases de tenis infantil. Que el primero tenía un coste de 549 € mensuales y el segundo 106 € mensuales recaudando cantidades similares el Ayuntamiento en concepto de tasas por asistencia a las clases impartidas. Entregó copia de los datos mencionados al Portavoz del Grupo Popular.

A pregunta de la Concejala del Grupo Popular Sra. Sastre García, el Sr. Gómez Fernández informó que los alimentos recogidos en la campaña antes mencionada se entregarían directamente a las personas necesitadas no a ninguna organización. Que en el año 2012 habían sido veintitrés los beneficiarios de dichas ayudas y entregó copia del informe correspondiente a la Concejala del Grupo Popular.

No hubo más informes. 8º. INFORME DEL ALCALDE. * Inició su intervención el Alcalde manifestando que proponía celebrar una

sesión extraordinaria el día 18-01-14 para tratar de forma monográfica sobre la deuda económica heredada de Corporaciones anteriores.

Ante las manifestaciones de varios Concejales sobre la imposibilidad de asistir a la sesión anunciada fijó definitivamente el día 14-02-14 para celebrar la citada sesión.

Anunció a continuación que a partir del próximo mes el Portavoz del Grupo Político Municipal Socialista sería el Concejal D. José Mª. Gómez Fernández.

Seguidamente dio lectura a un informe sobre los incidentes habidos en días pasados con motivo de la entrada a la Mina de la Plata situada en una finca de propiedad municipal de varias personas no autorizadas por el Ayuntamiento ni por la Dirección General de Minas de la Comunidad de Madrid, generando riesgos para su integridad física y posibles responsabilidades a la Corporación, a raíz de la autorización expresa y personal que había dado a D. Julio De Mateo García en su condición de Concejal Portavoz del Grupo Municipal Popular.

* Con permiso del Presidente tomó la palabra el Concejal del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes Sr. González Martín preguntando al Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García si había realizado visitas guiadas a la Mina con personas no autorizadas para ello, y en su caso, cuantas había hecho.

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* Manifestó el Sr. De Mateo García que contestaría cuando conociera todas las preguntas que fueran a formularle.

* Reiteró el Sr. González Martín, dirigiéndose al Sr. De Mateo García, ¿Cuántas visitas ha realizado a la Mina? ¿Con cuantas personas? ¿Ha actuado como guía en esas visitas?

* Intervino el Portavoz del Grupo Popular Sr. De Mateo García preguntando en relación con el anuncio de celebración de una sesión plenaria monográfica sobre deudas dejadas antes del mes de junio del año 2007, si se iba a celebrar sesión de la Comisión Informativa de Hacienda con carácter previo, desde que fecha se iba a valorar y qué conceptos se analizarán. Añadió que con esos criterios definidos se podría celebrar un pleno constructivo, pero que si no se cumplían el Grupo Popular no asistiría.

* Contestó el Alcalde que se hablará sobre las deudas acumuladas antes del día 7-06-2007 por Corporaciones del Partido Popular y antes del día 11-6-2011 por la Corporación del Partido Socialista Obrero Español e Izquierda Unida. Que se utilizarían las Cuentas Generales del Ayuntamiento y los informes de la Intervención. Que de este modo se aclararían los reiterados debates y referencias habidas sobre ello en el mandato de la Corporación actual.

* Pidió el Sr. De Mateo García que estuviera preparada la documentación. El Alcalde se comprometió a que así fuera. * Intervino el Sr. De Mateo García manifestando que sobre las

posibilidades de la Mina de la Plata desde el año 1990 él como Alcalde impulsó la obtención de ayudas económicas para disponer de un levantamiento topográfico y planos para hacerla visitable. Que en los periodos en los que él fue Alcalde se realizaron más de cincuenta vistas de altos cargos de la Comunidad de Madrid a la Mina. Que en el mes de septiembre pasado pidió la llave de la Mina en el Ayuntamiento porque entendió que estaría cerrada. Que no había visitado la Mina en su zona peligrosa y que entró en la misma con tres personas cualificadas. Que el día 10-11-13 visitó de nuevo la Mina encontrando la puerta de la misma abierta y asimismo el Pozo Indiano también abierto. Que limpiaron la Mina y esta se cerró después porque él se lo pidió al Encargado de Mantenimiento Ramón Hijano Fuentes. Que la Mina estaba abierta, sucia y a expensas de que entrara desordenadamente cualquiera. Que después organizó a título personal dos visitas más, una acompañado de diez personas y otra acompañado de cuatro personas, cuando la Mina estaba incluso en mejores condiciones que en tiempos pasados. Que hizo visitas guiadas y tenía la intención de seguirlas haciendo como lo estaba haciendo la gente en general. Que después de que el Alcalde hiciera instalar a la entrada de la Mina un cartel avisando que estaba prohibido el acceso al público, la gente había seguido entrando. Que Ramón Hijano Fuentes le llamó por teléfono el día 14-12-13 para decirle que tenía que llevar un cartel en el que se indicaba que estaba prohibido el acceso del público a la Mina y le preguntó si lo llevaba él mismo, ya que había oído que ese mismo día tenía prevista una visita con público a la Mina. Que seguiría entrando en la Mina a pesar de la prohibición del Ayuntamiento y de la Dirección General de Minas de la Comunidad de Madrid. Que el facebook

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a que había hecho referencia el Alcalde no lo había hecho él sino que lo había montado un vecino. Que continuaría con su práctica en relación con la Mina ajustándose a lo que corresponda a sabiendas de que no hay norma que regule el acceso a la misma ni prevea sanción por ello.

* Intervino el Alcalde dando lectura al comunicado que había enviado al Ayuntamiento el Director General de Minas de la Comunidad de Madrid sobre el particular en los términos que se describen.

“Habiendo tenido conocimiento, a través de redes sociales de que se están efectuando entradas a la antigua explotación de plata existente en el municipio de Bustarviejo, pongo en su conocimiento que, estas labores subterráneas no se encuentran acondicionadas de acuerdo a la normativa vigente en materia de seguridad minera por lo que no debe permitirse el acceso a ninguna de las labores subterráneas allí existentes.

El incumplimiento de las prescripciones de seguridad, podrán derivar en las correspondientes actuaciones sancionadoras, sin perjuicio de otras responsabilidades que pudieran derivarse como consecuencia de cualquier percance que pueda ocurrir en el interior de dicha explotación durante su visita.

Carlos López Jimeno. Director General de Industria, Energía y Minas.” * Reiteró el Sr. De Mateo García que no había ninguna normativa de

seguridad aplicable al caso. Que si el Director General de Minas le dice, como pone en el escrito por él enviado que no entre en la Mina no meterá a más personas. Que el Alcalde no sabía de qué hablaba.

* Replicó el Alcalde que no toleraría faltas de respeto. Que el Director General de Minas le había dicho que la Mina de la Plata de Bustarviejo no era visitable y que hacerlo le parecía insensato e irresponsable. Que tanto en el correo electrónico que le envió el Director General de Minas como en el escrito posterior, le dice que la Mina no está en condiciones de ser visitada salvo por personas y en casos especiales.

Preguntó de nuevo al Sr. De Mateo García si había organizado y realizado visitas guiadas a la Mina de Plata de Bustarviejo.

* El Sr. De Mateo García respondió afirmativamente. * El Concejal Sr. González Martín resumió lo manifestado por el Sr. De

Mateo García y le preguntó si habían entrado con él cuarenta y siete personas a la Mina de Plata de Bustarviejo entre los meses de septiembre y diciembre del año 2013.

* El Sr. De Mateo García manifestó que desde que él cogió la lleve de la Mina previamente solicitada al Ayuntamiento, habían entrado cuarenta y siete personas bajo su responsabilidad. Y después del día 14-12-13 más y antes de septiembre de 2013 más.

* Preguntó el Concejal Sr. González Martín al Sr. De Mateo García si había candado en la puerta de La Mina cuando él llegó.

* Respondió el Sr. De Mateo García que no.

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* Manifestó el Sr. González Martín que existía una declaración jurada del Encargado de Mantenimiento Ramón Hijano Fuentes manifestando que en la puerta de La Mina si había un candado puesto.

* Replicó el Sr. De Mateo García que en la primera visita que hizo a la Mina no había candado en la puerta, y por eso llamó a Ramón para que lo pusiera y este le dio dos candados para que él mismo los instalara.

* El Sr. González Martín manifestó que el día 13-12-13 se cambió el candado de la Mina para evitar que pudiera pasar el Sr. De Mateo García tras la prohibición del Ayuntamiento y del Director General de Minas de la Comunidad de Madrid.

* Manifestó el Alcalde que el día 13-12-13 el Encargado de Mantenimiento Ramón Hijano Fuentes le dijo que la Mina estaba cerrada, y que antes también.

* El Sr. De Mateo García dijo que el día 10-11-13 la Mina estaba abierta. * El Sr. González Martín preguntó al Sr. De Mateo García si el día 10-11-

13 a la puerta de la Mina había un cartel firmado por el Alcalde de la Corporación anterior D. Juan Manuel Fernández Fernández y qué decía.

* Respondió el interpelado que había eses cartel y decía prohibido el paso. * El Sr. González Martín leyó una cita del ingeniero de minas vecino de

Bustarviejo Luis Jordá Bordeore conocedor de la Mina en el que advertía del peligro de entrar a la misma por el público. Añadió que el Sr. De Mateo García a la vista de sus declaraciones, había realizado visitas a la Mina con público sin conocimientos y sin autorización, incumpliendo al menos el Código Civil que prohíbe la entrada a inmuebles ajenos sin permiso del dueño que es el Ayuntamiento. Que la Dirección General de Minas de la Comunidad de Madrid tampoco había autorizado la entrada y en consecuencia las personas habían entrado a la Mina a pesar de los carteles que avisaban que estaba prohibido habían incurrido en responsabilidad. Que la actitud del Sr. De Mateo García era desleal y quizás imprudencia temeraria. Que el Sr. De Mateo García había estado invitando a la gente a entrar en la Mina generando riesgos para su integridad física y responsabilidad para el Ayuntamiento. Que estaba de acuerdo con poner en valor la Mina y que el Ayuntamiento trataba de actuar de forma responsable.

* Respondió el Sr. De Mateo García que la Mina de Plata de Bustarviejo no era propiedad del Ayuntamiento por aplicación de la ley de minas. Que el Ayuntamiento en la última edición de la feria de turismo celebrada en Madrid, “Fitur”, había promocionado la Mina de Plata.

* Replicó el Alcalde que el actual Equipo de Gobierno no lo había hecho. * Manifestó el Sr. De Mateo García que pediría los permisos pertinentes

para próximas entradas a la Mina. Se debatió entre el Sr. De Mateo García y el Alcalde sobre la puesta en

valor de la Mina señalando el primero que había pretendido demostrar la incapacidad del Equipo de Gobierno para generar recursos económicos.

* Manifestó el Alcalde que lo dicho por el Sr. De Mateo García era una interpretación política, que lo hacía para pretender demostrar la falta de

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iniciativa del Equipo de Gobierno y por vanidad, pero que a él lo que le preocupaba era que ese tipo de actuaciones generaran responsabilidad patrimonial al Ayuntamiento. Y recordó que el Director General de Minas le dijo que el Sr. De Mateo García estaba actuando de forma irresponsable.

* Replicó el Sr. De Mateo García, que lo irresponsable era dejar que la Mina estuviera abierta por arriba y por abajo.

* Señaló el Sr. González Martín, que aunque estuviera abierta la Mina porque hubieran roto el candado los carteles de prohibido el acceso al público se habían mantenido.

* Replicó el Sr. De Mateo García que había hablado recientemente con un grupo de espeleólogos que habían entrado sin más a la Mina en fechas recientes.

Resumió el Alcalde todo el debate. * Con permiso del Presidente el Concejal Delegado de Cultura Sr. Gómez

Fernández, mostró un documento que denominó Proyecto de Dinamización Turística de Bustarviejo del año 2007 al que había hecho mención el Sr. De Mateo García en la sesión plenaria anterior señalando que este negó que ese documento existiera luego había mentido.

* Lo negó el Sr. De Mateo García. A las 21.35 horas abandonó la sesión la Concejala del Grupo Popular Sra.

Sastre García por tener que atender compromisos personales. * Continuó el Concejal Delegado de Cultura manifestando que los

representantes del Partido Popular que gobernaban el Ayuntamiento antes del mes de junio de 2007 para llevar a cabo el Proyecto de Dinamización Turística de Bustarviejo mencionado presentaron a la Comunidad de Madrid un presupuesto de 2.000.000 de euros que no aceptó la Administración Regional a pesar de que el Ayuntamiento asumía una aportación de 800.000 €.

* Intervino de nuevo el Alcalde informando que le dijo el Director General de Minas que años atrás tuvieron un presupuesto para poner en valor la Mina de 1.000.000 de euros que con la crisis económica no se había podido ejecutar. Que entendía por tanto que para garantizar la seguridad en la Mina había que gastarse 1.000.000 de euros y el Ayuntamiento no disponía de esa cantidad de dinero. Que un Concejal no debía actuar de forma irresponsable como el Sr. De Mateo García había hecho. Que le recomendaba no continuara actuando como hasta ahora. Que instaló el cartel citado a la entrada de la Mina y cambió el candado en su puerta, lo que según el Director General de Minas era lo responsable. Recomendó al Sr. De Mateo García que dejara de organizar visitas a la Mina y le reprochó que pretendiera recurrir al insulto.

* Replicó el Sr. De Mateo García que era imposible hablar con un personaje que no sabía lo que hay en el municipio. Que haría visitas con las autorizaciones pertinentes. Que el Alcalde no había hecho nada responsable y que iba a matar el proyecto. Que manipulaba a los empleados municipales porque él fue el que dijo al Encargado de Mantenimiento Ramón Hijano que cerrara la Mina.

* Respondió el Alcalde que no tenía respeto por las actitudes del Sr. De Mateo García y pidió al Concejal Sr. González Martín que leyera la cita en la

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que a través de la red social facebook se insultaba gravemente a los Concejales del Equipo de Gobierno, y preguntó al Sr. De Mateo García si había “colgado él el video que se difundía a través de la citada red social con ese fin.

*Respondió el Sr. De Mateo García que tenían una obsesión enfermiza y se sorprendió de que entraban en su “muro de facebook”.

* Terminó el Alcalde señalando que esos comentarios y el video “colgado” en facebook donde el Sr. De Mateo García llamaba ratas de dos patas y todo tipo de insultos a los Concejales de los Grupos de Gobierno demostraba su catadura moral y le recomendó que cuando utilizara videos para insultar tuviera mejor gusto.

Y no habiendo más asuntos que tratar por el Presidente se levantó la sesión cuando eran las veintiuna horas y cuarenta y cinco minutos del día al principio indicado.

Para constancia de lo descrito, el Secretario que suscribe redacta la presente acta, de cuyo contenido da fe.

Vº Bº EL ALCALDE, EL SECRETARIO,

Fdo. Juan Antonio Sacaluga Luengo. Fdo. Juan Francisco Bravo Collantes.