Download - Resoluciún Directoral. 9225-2008-Mtc-15 Del 04-08-2008

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    ~servicio de transporte terrestre de personas y de mercancas,::inscritos en el Registro Nacional de Transporte Terrestre.'? Para tener acceso al referido registro se deber ingresaral sistema va la pgina web del Mnisterio de Transportes>::'1 Comunicaciones, para lo cual el transRortista deber~previamente recoger del Ministerio de Transportes y5Comun icaciones o del Gobierno Region al, segn corresponda,

    .=el sobre cerrado conteniendo el usuario y clave quela autoridad1Jcompetente asignar a cada transportista autorizado.;.>

    ~. Artculo 3.-lnformacin obligatoria~ Para proceder al registro de los conductores, el

    .gtransportista deber consignar el nmero del Documento",Nacional de Identidad del conductor, slo si el documento

    .;::;de identidad es vlido y el conductor no presente ninguna-:>restriccin, el sistema le permitir registrarlo.;; Si el conductor figura en la base de datos de conductoresbiregistrados, cumple con los requisitos para el servicio de;;;transporte terrestre autorizado y se encuentra habilitado,ii!.podra registrar la condicin laboral y la fecha de ingreso

    ;~como trabajador del transportistao-; Finalmente el sistema le requerir registrar las

    capacitaciones del conductor, consignando para ello elcentro de capacitacin, la ubicacin del local, el nmero decertificado y la fecha de emisin del mismo.

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    En caso que la empresa autorizada,no cumplacon presentarla renovacin o contratacin de una nueva piza al vencimentode los plazos antes indicados, se proceder conhme a loestablecido en el numeral 6.6 de la Directiva N"001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacin.

    Artculo 4._ La presente Resolucin Directoral entraren vigencia al da siguiente de su publicacin en el DiarioOficial El Peruano.

    Regstrese, publquese y cmplase.JULIO C~SAR CHAvEZ BARDAL ESDirector GeneralDireccin General de Transporte Terrestre

    235282-1

    Establecen medidas complementariaspara el cumplimiento de la obligacin acargo de los transportistas del serviciode transporte terrestre de inscribir lanmina de conductores capacitados

    RESOLUCIN DIRECTORALN 9225-2008-MTC/15

    Lima,4 de agosto de 2008

    CONSIDERANDO

    Que, el artculo 3 de la Ley General de Transporte yTrnsito, Ley N 27181, establece que la accin estatalen materia de transporte y trnsito terrestre se orienta a lasatisfaccin de las necesidades de los usuarios y al resguardode sus condiciones de seguridad y salud, as como a laproteccin del ambiente y la comunidad en su conjunto;

    Que, el artculo 123 del ReglamentoNacional deAdministracin de Transporte, modificado por el DecretoSupremo N 037-2007-MTC, establece que la nmna deconductores capacitados ser inscrita en el Registro Nacionalde Transporte Terrestre por el transportista, va la pginalIfeb de la autoridad competente, utilizando para ello la craveelectrn ica entregada por sta,

    Que, la Stima Disposicin Final del citado reglamentoestablece que la Direccin General de Transporte Terrestreexpedir las disposiciones que permitan la mejor aplicacindel reglamento;

    Que, resulta necesario establecer las medidascomplementarias que permitan al transportista cumplir con suobli