REGLAMENTO
DE LA DIRECCIN
GENERAL DE
ADMINISTRACIN Y
FINANZAS DEL
MUNICIPIO
DE IXTAPALUCA
REGLAMENTO DE LA DIRECCIN
GENERAL DE ADMINISTRACIN
Y FINANZAS DEL MUNICIPIO
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Exposicin de Motivos.
Maricela Serrano Hernndez, Presidenta Municipal de Ixtapaluca, Estado de Mxico, en ejercicio de la
facultad que me confiere el Artculo 115 fraccin II de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos
Mexicanos, el Artculo 124 de la Constitucin Poltica del Estado Libre y Soberano de Mxico, y en lo
dispuesto por el Artculo 3 de la Ley Orgnica Municipal del Estado de Mxico.
Uno de los propsitos de la presente administracin es modernizar integral y permanentemente el marco
jurdico que rige la accin de gobierno, con un sentido humano y visin de largo plazo para satisfacer las
necesidades y expectativas de la poblacin, basada en las cambiantes condiciones sociales, econmicas y
polticas de Ixtapaluca.
El perfeccionamiento del marco jurdico y de la normatividad en general, contribuir a que la administracin
pblica pueda cumplir, con absoluto respeto a las instituciones y al Estado de Derecho, con la misin, la visin
y los cuatro ejes rectores que sustentan el Plan de Desarrollo Municipal 2013-2015.
Es necesario definir y precisar los niveles jerrquicos y las lneas de autoridad de las unidades administrativas
que integran la estructura bsica de la administracin pblica municipal.
Considerando.
Que el Ayuntamiento de Ixtapaluca, de manera permanente ha buscado los mecanismos para optimizar y
transparentar los procedimientos relacionados con la Administracin de la Hacienda Pblica Municipal, as
como la definicin de criterios adecuados que permitan la defensa de los intereses municipales, todo ello a
travs de la Direccin General de Administracin y Finanzas.
Que se procedi a formular un anlisis detallado de las necesidades administrativas, a travs del mecanismo
de racionalidad en la administracin de los recursos pblicos, mismos que den certeza y veracidad a la
sociedad, con la finalidad de que la funcionalidad del Ayuntamiento no se vea afectada en su labor diaria.
Partiendo de lo ya expresado se decidi por la creacin del Reglamento Interno de la Direccin General de
Administracin y Finanzas (Tesorera), con el que se pretende dar respuesta a las necesidades que la
Administracin Municipal presente, por lo que la importancia del documento no es cuestionable.
Que la realidad socioeconmica del municipio, obliga a la creacin de este instrumento, el cual dar a la
Direccin General de Administracin y Finanzas (Tesorera) mayor transparencia y credibilidad en la
administracin del recurso. Y desde luego ser un instrumento que emule lo marcado por los artculos 115,
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134 de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, 112 y 129 de la Constitucin Poltica del
Estado Libre y Soberano de Mxico.
Que con fundamento en lo dispuesto en el artculo 115 fraccin II de la Constitucin Poltica de los Estados
Unidos Mexicanos; en los artculos 112 y 113 de la Constitucin Poltica del Estado Libre y Soberano de
Mxico; en el artculo 31 fraccin I de la Ley Orgnica Municipal del Estado de Mxico; en los artculos 60 y
61 del Bando Municipal de Ixtapaluca y dems Ordenamientos aplicables.
En mrito de lo expuesto, he tenido a bien expedir el siguiente:
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TTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPTULO NICO
OBJETO Y DEFINICIONES
Artculo 1.- El presente Reglamento es de orden pblico y observancia general en el Municipio, tiene por
objeto regular la organizacin, estructura orgnica y funcionamiento de la Direccin General.
Artculo 2.- Para los efectos del presente Reglamento, se entiende por:
I. Constitucin Federal: Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos;
II. Constitucin Local: Constitucin Poltica del Estado Libre y Soberano del Estado de Mxico;
III. Cdigo Financiero.- El Cdigo Financiero del Estado de Mxico y Municipios;
IV. Ley Orgnica: Ley Orgnica Municipal del Estado de Mxico;
V. Bando: Bando Municipal de Ixtapaluca vigente;
VI. Reglamento General: Reglamento Orgnico de la Administracin Pblica Municipal de Ixtapaluca;
VII. Reglamento.- El Reglamento de la Direccin General de Administracin y Finanzas del H.
Ayuntamiento de Ixtapaluca, Mxico;
VIII. Municipio: Municipio de Ixtapaluca, Estado de Mxico;
IX. Ayuntamiento: Ayuntamiento Constitucional de Ixtapaluca;
X. Cabildo: Cuerpo colegiado y deliberativo integrado por l o la Titular del Ejecutivo Municipal, el
Sndico, las Regidoras y los Regidores del Ayuntamiento Constitucional de Ixtapaluca;
XI. l o la Titular del Ejecutivo Municipal.- A l o la Titular del Ejecutivo Municipal de Ixtapaluca, Mxico;
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XII. Administracin Municipal: Administracin Pblica Municipal de Ixtapaluca, integrada por las
dependencias centralizadas;
XIII. Direccin General.- La Direccin General de Administracin y Finanzas del Ayuntamiento de
Ixtapaluca;
XIV. Director o Directora General.- l o la Titular de la Direccin General de Administracin y Finanzas del
Ayuntamiento de Ixtapaluca;
XV. Dependencias.- Los rganos Administrativos que integran la Administracin Pblica Centralizada,
denominados Secretara del Ayuntamiento, Direccin General de Administracin y Finanzas,
Direcciones Generales y Jefaturas, Coordinaciones o con cualquier otra denominacin, en trminos de
la normatividad aplicable;
XVI. Entidades.- Los Organismos Auxiliares y los Fideicomisos que forman parte de la Administracin
Pblica Descentralizada;
XVII. IGECEM.- El Instituto de Informacin e Investigacin Geogrfica, Estadstica y Catastral del Estado de
Mxico;
XVIII. Informe Mensual.- Los estados financieros que mensualmente se entregan al rgano Superior de
Fiscalizacin del Estado de Mxico, conjuntamente con la documentacin de ingresos, egresos y
diario;
XIX. Manual de Organizacin.- El documento que contiene la informacin sobre las atribuciones,
funciones y estructura de las Unidades Administrativas, que integran la Direccin General de
Administracin y Finanzas, los niveles jerrquicos y sus grados de autoridad y responsabilidad;
XX. Manual de Procedimientos.- El documento que en forma metdica y sistemtica, seala los pasos y
operaciones que deben seguirse para la realizacin de las funciones de la Direccin General de
Administracin y Finanzas, contemplando las diferentes Unidades Administrativas que intervienen,
precisando su responsabilidad y participacin, as como los formularios, autorizaciones o documentos
a utilizar;
XXI. rgano Superior de Fiscalizacin.- El rgano Superior de Fiscalizacin del Estado de Mxico;
XXII. Secretara de Finanzas.- La Secretara de Finanzas del Gobierno del Estado de Mxico;
XXIII. Unidades Administrativas.- Las subdirecciones, coordinaciones, jefaturas y dems reas que
conformen la Direccin General de Administracin y Finanzas y que sean necesarias para el eficiente
desempeo de sus funciones; y
XXIV. Humanismo.- El Humanismo, en el sentido amplio, significa valorar al ser humano y sobre todo la
condicin humana.
Artculo 3.- La Direccin General es una Dependencia de la Administracin Pblica Centralizada y a travs de
sus Unidades Administrativas, conducir sus acciones en forma programada y con base en lo establecido en
la Ley Orgnica; Cdigo Financiero, el Bando y el Plan de Desarrollo Municipal, los programas que de ste se
deriven; as como las funciones que en materia tributaria, gasto y deuda sean de su competencia, el
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presupuesto autorizado por el Ayuntamiento y las dems disposiciones legales aplicables, para el logro de sus
objetivos y prioridades. Su actividad se conducir bajo los criterios de eficiencia, racionalidad y disciplina
presupuestal, debiendo formular sus proyectos de presupuesto anual y calendario de gasto, con base en la
normatividad vigente.
TTULO SEGUNDO
ORGANIZACIN Y FUNCIONAMIENTO DE LA DIRECCIN GENERAL
CAPTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Artculo 4.- La Direccin General, a travs de su Titular, formular anualmente su Programa Operativo, de
conformidad con el Plan de Desarrollo Municipal y el presupuesto que tenga asignado; mismo que deber ser
congruente con los programas de las dems Dependencias.
Artculo 5.- La Direccin General deber coordinarse con las dems Dependencias y en su caso con las
Entidades, para lograr los fines de la Administracin Municipal, conforme a lo dispuesto por el presente
Reglamento y dems normatividad aplicable. De igual forma se coordinar con los gobiernos federal, estatal y
municipales, buscando lograr la realizacin de los objetivos contemplados en el Plan de Desarrollo Municipal,
a travs de una adecuada implementacin de los procesos de planeacin, programacin y presupuestacin
del gasto pblico del Municipio, coordinando las dif
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