Derechos RealesComisión 7922Eduardo Molina Quiroga
Publicidad de los derechos reales
Publicidad• En general: medios para divulgar
hachos• Jurídicamente: exteriorización situación
que interesa al Derecho, de modo que sea asequible a todos o a quienes tengan interés
• Derechos reales: oponibilidad (efecto erga omnes)
• Protege a terceros (patrimonio prenda común acreedores) Seguridad estática y dinámica.
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Formas publicidad
• Muebles: tradición• Inmuebles: registración• Otros bienes: registros (derechos
intelectuales, marcas, patentes, sociedades, buques, aeronaves, etc)
• Automotores (registración constitutiva)
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Sistemas registrales• Base: Real / personal• Registración: trascripción / Inscripción (minuta acto
abstracto)
• Incidencia registración: Constitutivos / declarativos• Calificación registral: Amplia / restringida• Efectos: Informativo – Probatorio – Oponibilidad –
Convalidante – Inatacable• Eficacia: Presunción de buena fe (iuris tantum) –
Presunción de exactitud (iure et de iure) – Fé pública registral.
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Normas argentinas
•Art. 2505 Cód.Civil•Ley 17.801•Leyes Provinciales
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Art. 2505
La adquisición o transmisión de derechos reales sobre inmuebles, solamente se juzgará perfeccionada mediante la inscripción de los respectivos títulos en los registros inmobiliarios de la jurisdicción que corresponda. Esas adquisiciones o transmisiones no serán oponibles a terceros mientras no estén registradas.
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Principios registrales Ley 17.801
• Rogación o instancia• Inscripción• Especialidad (matriculación)• Tracto sucesivo• Legalidad (calificación)• Prioridad• Presunción registral o legitimidad• Publicidad• Presunción integridad
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Rogación o instancia
• Reg. no procede de oficio, sino a instancia de parte interesada (arts. 6 y 7 Ley 17801).
• Excepciones: caducidad inscripc.hipoteca; embargos, etc; anotac. provisorias; efectos de los certificados
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Inscripción
•Es necesaria•Tiene efectos declarativo (arts. 2 y 3 Ley)
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Matriculación. Especialidad
• Descripción inmueble, • titular • monto gravamen), • Cap. III Ley
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Tracto sucesivo
• Orden regular sucesivos titulares registrales)-encadenamiento-(art.1).
• No procede en usucapión• “Tracto abreviado" (art.16)
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Legalidad - calificación
• Legalidad: función calificadora del registrador (arts.8 y 9).
• El título debe reunir los requisitos legales (control de formas extrínsecas).
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Prioridad
• Se define según el tiempo u orden de presentación (arts. 17, 18 y 19).
• Certificados (reserva prioridad)• Reservas de rango
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Efectos
• Presunción registral o Legitimidad (se presume veraz el asiento registral)(art.22).
• Cuando no admite prueba en contrario es fe publica registral (no está previsto en nuestro sistema)
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Publicidad
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• Acceso de los interesados a los asientos registrales mediante consultas, informes o certificados (22, 23 y 25).
• Deben acreditar interés legitimo (art.60 Dec.Ley 2080/80):Estado Nac., Prov., Munic; P.Judicial; abogado, escribano, procurador, ingeniero, agrimensor; martilleros públicos; gestores asuntos judiciales y administrativos reconocidos por el RPI y pers. autorizadas
Presunción integridad
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•Presunción de completividad o integridad (lo no registrado no perjudica a los terceros (arts.2, 20 y 22)
Documentos que se inscriben
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Constituyan, transmitan, declaren, modifican oextingan derechos reales s/inmuebles (títulos)Dispongan embargos, inhibiciones y demásprovidencias. Cautelares (medidas judiciales)Establecidos en otras leyes nac. o provinciales(ej. Bien de Familia; Prehorizontalidad, venta delotes a plazos (ley 14.005).
Requisitos
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• escritura pública (notarial) o resolución judicial o administrativa
• formalidades exigidas legalmente y estar autorizados originales o copias por facultado para hacerlo
• revestir carácter auténtico y hacer fe por sí mismo de su contenido que sea objeto de registración, para servir luego como título,etc.
Plazos
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• Certificado: 15, 25 ó 30 días para hacer escritura (desde la presentación). Otorga reserva de prioridad
• Presentación al RPI: 45 días desde que se hizo la escritura.
• Tiene efecto retroactivo (se consideran inscriptas en esa fecha) (art. 5)
Impacto Nuevas tecnologías
• Digitalización de los asientos (folio electrónico)
• Formularios en Internet• Seguimiento de trámites vía Internet• Sistemas de gestión automatizada• Informes vía Internet• Copias de respaldo en formato digital• Transferencia de datos electrónicos
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Preguntas
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