ORD.:
ANT.:
MAL:
_/ 2015
ORD. N° 297 del 06.08.2014 de la Seremi deAgricultura.
Ingreso Of. De Partes 20.05.2015.-
Informa y responde Favorablemente.Aplicación del art. 55 de la LGUC. Presentaciónrealizada por Parque Eólico Quillagua Spa., Comunade María Elena. Proyecto: Parque Eólico Quillagua.
Antofagasta, 0 3 AGO 2015
DE: SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO
REGIÓN DE ANTOFAGASTA.
A: SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE AGRICULTURA
REGIÓN DE ANTOFAGASTA.
En conformidad a lo establecido por el artículo 55° del D.F.L. N° 458 / 75, Ley Generalde Urbanismo y Construcciones, en adelante LGUC, se nos ha solicitado informarsobre la aplicación del inciso cuarto mencionado artículo a edificacionesemplazadas en la Comuna de María Elena, presentado por Parque Eólico QuillaguaSpa., para el polígono indicado en el plano que declara el requirente y materia delpresente documento; al respecto, el Secretario Regional Ministerial que suscribeinforma lo siguiente:
1.- Sobre el particular y revisados los antecedentes de la solicitud, se informaque el predio se encuentra situado fuera de los Límites urbanos definidos por elInstrumento de Planificación Territorial, conforme ¡o señalan las coordenadas UTMdeclaradas en su presentación. Por tanto afecto al cumplimiento de lasdisposiciones del artículo 55 de la Lev General de Urbanismo v Construcciones.
Ubicación del polígono conforme a las coordenadas UTM declaradas por el requirente.Fuente: Imagen satelital google earth.
SEREMI MINVU Región de Antofagasta. Avda Angarrios N° 721 1° Piso Antofagasta
2.- Según indica el Cuadro de Superficies Edificadas de Lámina 01 Código IM-108-A1-DWG-IFC-001, contenida en su presentación, se distinguen las siguientesobras y superficies a emplazarse:
Cuadro de Superficie EDIFICACIONES TEMPORALES (PROVISORIOS):
INSTALACIONES
Instalación de Faenas N° 1 Área Eléctrica:
Bodega
Oficina
Baños Químicos
SUBTOTAL
Instalación de Faenas IM° 2 Área Planta Solar:
Caseta de Guardias
Baños y Duchas
SUBTOTAL
Oficinas Temporales y Taller Mecánico:
Taller Mecánico
Baños Químicos
Oficinas
SUBTOTAL
Área de Patio y Bodega:
Bodega Respel
SUBTOTAL
TOTAL OBRAS TEMPORALES
M2
15
15
15
45
7,5
30
37,5
50
7,5
15
72,5
20
20
175
Cuadro de Superficie EDIFICACIONES PERMANENTES:
INSTALACIONES
Área Subestación Elevadora:
Sala de Control
SUBTOTAL
Área Subestación Tap.Off:
Sala de Control
SUBTOTAL
Área Edificaciones Operación:
Bodega
Oficinas y Guardia
M2
120
120
40
40
300
60
SEREMI MINVU Región de Antofagasta. Avda Angarrios N° 721 1° Piso Antofagasta
-
Bodega de Residuos
SUBTOTAL
Área Paneles Solares:
Etapa 1
Etapa 2
Etapa 3
SUBTOTAL
TOTAL OBRAS PERMANENTES
36
396
200,484 -
300,726 -
501,210 -
80.000 paneles
120.000 paneles
200.000 paneles
1002,42
1558,42
El provecto consta de Resolución Ambiental favorable del provecto "Parque EólicoQuillaquade 100 MW", Resolución Exenta N° 0125/2009.
Consta de Resolución Ambiental favorable del provecto "Ootímización PorgueEólico Quillagua". Resolución Exenta N° 0377/2013.
Consta de Pertinencia Ambiental del provecto "Modificaciones del ProvectoQptimizQCión Parque Eólíco Quillagua", Resolución Exenta N° 0716/2014.
3. De acuerdo a lo expuesto precedentemente, a continuación se establecen losgrados mínimos de urbanización para las edificaciones y/o urbanizaciones, loscuales se encuentran regulados en el artículo 2.2.10 de la Ordenanza General deUrbanismo y Construcciones, donde se indica lo siguiente:
"Artículo 2.2.10. Cuando sea necesario subdividir y urbanizar terrenosen el área rural, dotar de equipamiento o habilitar un balneario o campamentoturístico, en los términos que señala el artículo 55 de la Ley General de Urbanismo yConstrucciones, el informe favorable de la Secretaría Regional Ministerial deVivienda y Urbanismo deberá considerar los siguientes grados mínimos deurbanización:
Agua pofab/e: conexión a red pública o a la red de ia empresaconcesionaria de servicios sanitarios correspondientes, si existe. En su defecto,sistema de redes colectivas con fuente propia, de acuerdo a lo dispuesto en elCódigo Sanitario y sus reglamentos, aprobado por la autoridad sanitariacorrespondiente.
Alcantarillado: conexión a red pública o a la red de la empresaconcesionaria de servicios sanitarios correspondientes, si exisfe. En su defecto, redescolectivas conectadas a plantas de tratamientos y su disposición final, conforme alo dispuesto en el Código Sanitario y sus reglamentos, aprobado por la autoridadsanitaria correspondiente.
(Se presenta memoria[explicativa dejos Servicios básicos]
SEREMI MINVU Región de Antofagasta. Avda Angamos N° 721 1° Piso Antofagasta
Evacuac/ón de aguas lluvias: el escurrirníenfo de las aguas se deberá haceren forma natural por caí/es y pasajes, o por cauces naturales o artificiales de aguaso medianfe pozos absorbentes, u otra solución alternativa técnicamente aceptable.
Pavimentación: conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2.5. de la presenteOrdenanza.
Eiecfríe/dad: conexión a red púbfica, sí /a hubiere, o a generador, acordecon los requerimientos de/ proyecto. Todas las redes de electrificación, dealumbrado público y sus respectivas obras complementarias se ejecutarán enconformidad a las normas y especificaciones sobre diseño y construcción, deacuerdo a las normas técnicas vigentes.
(Se presenta memoria explicativa de los Servicios básicos)
4. De igual forma, todas las Obras de Edificación que demande el proyecto, sedeberán ejecutar en conformidad a la LGUC , a las Normas y Especificaciones sobreDiseño y Construcción establecidas en la OGUC y a las exigencias que formule laDirección de Obras de la Comuna que corresponda, así como solicitar todos lospermisos sectoriales que les sean aplicables.
5. finalmente y conformidad al Art. 55 de la LGUC y de acuerdo a losantecedentes contenidos en la presentación, esta Secretaría Regional se pronunciafavorablemente a la aplicación del art 55 de la LGUC a las edificaciones informadasen el presente documento, las cuales corresponden a uso de suelo deInfraestructura Energética; cuyas edificaciones se encuentran contenidas ennumeral 2, con una superficie total construida de 175 mt2 correspondientes aInstalaciones provisorias: v de 1558,42 mt2 correspondientes a instalacionespermanentes.
Sin otro particular, saluda atentamente a Ud.
GRANO MUÑOZgeniero Comercial
trio Regional Ministerial1VU Región Antofagasta
Departam^fíto^esarrollo UrbanoMZM/GGB/RGA/rgaDestino:
1. Destinatario.2. Arch. D.D.U. - MINVU Región de Antofagasta.3. Oficina de Partes
SERENÍ MINVU Región de Antofagasta. Avda Angamos N° 721 1° Piso Antofagasta
Top Related