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19 UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA LICITACION PUBLICA N° 004-2014-UNP ADQUISICIÓN E INSTALACION DE UN SISTEMA DE WIFI PARA EL LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650 Primera Convocatoria SETIEMBRE 18 - 2014 Carta Nº 0058-2014-UNP Señores. Participantes del Proceso de Selección Licitación Pública Nº 004- 2014-UNP Presente.- Asunto: Integración de Bases Mediante la presente les comunicamos que habiendo absuelto las consultas, observaciones, el PRONUNCIAMIENTO Nº 702-2014/DSU y LA NOTIFICACION POR INCORRECTA INTEGRACION a las bases del proceso de Selección: Licitación Pública Nº 004-2014-UNP: ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650”, estas quedan integradas como reglas definitivas del presente proceso. Sin otro particular, me suscribo de usted. Atentamente, COMITÉ ESPECIAL

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Primera Convocatoria

SETIEMBRE 18 - 2014

Carta Nº 0058-2014-UNP

Señores.

Participantes del Proceso de Selección Licitación Pública Nº 004-2014-UNP

Presente.-

Asunto: Integración de Bases

Mediante la presente les comunicamos que habiendo absuelto las consultas, observaciones, el PRONUNCIAMIENTO Nº 702-2014/DSU y LA NOTIFICACION POR INCORRECTA INTEGRACION a las bases del proceso de Selección: Licitación Pública Nº 004-2014-UNP: “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650”, estas quedan integradas como reglas definitivas del presente proceso.

Sin otro particular, me suscribo de usted.

Atentamente,

COMITÉ ESPECIAL

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Primera Convocatoria

BASES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº004-2014-UNP

Primera Convocatoria

CONTRATACIÓN DE BIENESADQUISICION E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI

PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, CÓDIGO SNIP N°

241650

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Primera Convocatoria

SECCIÓN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)

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Primera Convocatoria

CAPÍTULO IETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

1.1. BASE LEGAL

− Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.− Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la

Ley.− Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones

del Estado, en adelante el Reglamento.− Directivas del OSCE.− Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.− Código Civil.− Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.− Decreto Supremo Nº 007-2008-TR - Texto Único Ordenado de la Ley de

Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

− Decreto Supremo Nº 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE.

Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

1.2. CONVOCATORIA

Se efectuará de conformidad con lo señalado en el artículo 51 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.

1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES

El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento.

La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentra inhabilitada para contratar con el Estado.

Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; teléfono y fax.

IMPORTANTE:

Para registrarse como participante en un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.

1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS A LAS BASES

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Primera Convocatoria

Las consultas a las Bases serán presentadas por un periodo mínimo de cinco (5) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 55 del Reglamento.

1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS A LAS BASES

La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en el artículo 54 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.

El plazo para la absolución no podrá exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas.

IMPORTANTE:

No se absolverán consultas a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.6. FORMULACIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASES

Las observaciones a las Bases serán presentadas dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haber finalizado el término para la absolución de las consultas, de conformidad con lo establecido en el artículo 57 del Reglamento.

1.7. ABSOLUCIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASES

El Comité Especial notificará la absolución de las observaciones a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en el artículo 56 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.

El plazo para la absolución no debe exceder de los cinco (5) días hábiles desde el vencimiento del plazo para recibir observaciones.

El Comité Especial debe incluir en el pliego de absolución de observaciones el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE.

IMPORTANTE:

No se absolverán observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.8. ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL OSCE

El plazo para solicitar la elevación de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) días hábiles, computados desde el día siguiente de la notificación del pliego absolutorio a través del SEACE.

Los participantes pueden solicitar la elevación de las observaciones para la emisión de pronunciamiento, en los siguientes supuestos:

1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;

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Primera Convocatoria2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que tal

acogimiento continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección; y

3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observación formulada por

otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.

El Comité Especial, bajo responsabilidad, deberá remitir la totalidad de la documentación requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a más tardar al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de observaciones.

La emisión y publicación del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE.

1.9. INTEGRACIÓN DE LAS BASES

Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección por lo que deberán contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolución de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, así como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión.

Una vez integradas, las Bases no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.

El Comité Especial integrará y publicará las Bases teniendo en consideración los siguientes plazos:

1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para formularlas.

2. Cuando se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de dichas observaciones para la emisión de pronunciamiento, siempre que ningún participante haya hecho efectivo tal derecho.

3. Cuando se haya solicitado la elevación de observaciones, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.

Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artículos 59 y 60 del Reglamento.

De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

1.10. FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN

Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o certificada efectuada por traductor público juramentado o traductor colegiado certificado, según corresponda, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser

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Primera Convocatoriapresentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.

Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.

Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.

Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual.

En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos.

Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. (Formato Nº 1)

En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:

1. En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.

2. En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.

1.11. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

La presentación de propuestas se realiza en acto público, en la fecha y hora señaladas en el cronograma del proceso.

El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante.

Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.

IMPORTANTE:

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Primera Convocatoria En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no

podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos.

En el caso que el Comité Especial rechace la acreditación del apoderado, representante legal o representante común, según corresponda en atención al numeral 1.10, y este exprese su disconformidad, se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendrá la propuesta y los documentos de acreditación en su poder hasta el momento en que el participante formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.

Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases.

En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos —siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas—, se actuará conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica.

En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se devolverá la propuesta, teniéndola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.

Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Juez de Paz) procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.

Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso.

1.12. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:

La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la

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Primera Convocatorialegislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del bien a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.

El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

IMPORTANTE:

Tratándose de un proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente.1

1.13. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS

La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica.

Los máximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes:

Propuesta Técnica : 100 puntosPropuesta Económica : 100 puntos

1.13.1. EVALUACIÓN TÉCNICA

Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.

Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica.

En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida.

Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuará con la evaluación de las propuestas técnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología de asignación de puntaje establecida para cada factor.

Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de sesenta (60) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.

1.13.2. EVALUACIÓN ECONÓMICA

Si la propuesta económica excede el valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada, conforme lo establece el artículo 33 de la Ley.

La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:

Pi = Om x PMPE

1 Luego de efectuada la evaluación técnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluación económica únicamente en algunos de los ítems a los que se

presentó, por lo que, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento, correspondería devolver las propuestas económicas sin abrir, lo que no resultaría posible si la totalidad de las propuestas económicas del postor

se incluyen en un solo sobre.

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Primera ConvocatoriaOi

Donde:i = PropuestaPi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta Económica i Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajoPMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica

IMPORTANTE:

En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, el Comité Especial deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva.

Sólo cuando se haya previsto (según el caso concreto) aceptar propuestas económicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta económica se evaluará utilizando el método del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarán en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de interés, comisiones, seguros y otros, así como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 70 del Reglamento.

1.14. ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última.

La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento.

El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos.

En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento.

Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo.

El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Dicha presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

1.15. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los ocho (8) días hábiles de la notificación de su otorgamiento en acto público,

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Primera Convocatoriasin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En este caso, el consentimiento se publicará en el SEACE al día hábil siguiente de haberse producido.

En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento en acto público, y podrá ser publicado en el SEACE ese mismo día o hasta el día hábil siguiente.

1.16. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO

De acuerdo con el artículo 282 del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la vía administrativa conforme a lo previsto en el artículo 122 del Reglamento, hasta el décimo quinto día hábil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

El OSCE no expedirá constancias solicitadas fuera del plazo establecido.

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Primera Convocatoria

CAPÍTULO IISOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1.RECURSO DE APELACIÓN

A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato.

El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado.

Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN

La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.

La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

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Primera Convocatoria

CAPÍTULO IIIDEL CONTRATO

3.1. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

Dentro del plazo de doce (12) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato. Dentro del referido plazo: a) El postor ganador debe presentar la totalidad de la documentación prevista en las Bases, b) La Entidad, de corresponder, solicita la subsanación de la documentación presentada y c) El postor ganador subsana las observaciones formuladas por la Entidad.

En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, en los plazos antes indicados, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 148 del Reglamento, según corresponda.

El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139 del Reglamento.

Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento. Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en caso corresponda. Garantía por el monto diferencial de propuesta, en caso corresponda. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Código de cuenta interbancario (CCI).

3.2. VIGENCIA DEL CONTRATO

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista y se efectúe el pago correspondiente.

3.3. DE LAS GARANTÍAS

3.3.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.

De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

3.3.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS

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Primera Convocatoria

En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por este concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.

3.3.3. GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA

Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del veinte por ciento (20%) de éste, para la suscripción del contrato, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.

3.4. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS

Las garantías que se presenten deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.

IMPORTANTE:

Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución.

EJECUCIÓN DE GARANTÍAS

Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164 del Reglamento.

ADELANTOS

La Entidad entregará adelantos directos, conforme a lo previsto en el artículo 171 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las Bases.

En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo previsto, el contratista tiene derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 172 del Reglamento.

DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Las penalidades por retraso injustificado en la entrega del bien requerido y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente.

De acuerdo con los artículos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora.

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Primera Convocatoria

PAGOS

La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los bienes objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condición para la entrega de los bienes.

La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la forma y oportunidad (pago único o pagos parciales) establecida en las Bases o en el contrato, siempre que el contratista los solicite presentando la documentación que justifique el pago y acredite la existencia de los bienes, conforme a la sección específica de las Bases.

Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la recepción de los bienes, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos recibidos, a fin que la Entidad cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.

En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.

3.5. DISPOSICIONES FINALES

Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.

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Primera Convocatoria

SECCIÓN ESPECÍFICA

CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)

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Primera Convocatoria

CAPÍTULO IGENERALIDADES

1.1. ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre : Universidad Nacional de Piura

RUC Nº : 20172606777

Domicilio legal : Campus Universitário S/N Urb. Miraflores Castilla Piura

Teléfono y fax: : 073-343349

Correo electrónico: : [email protected];

1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El presente proceso de selección tiene por objeto la ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650

1.3. VALOR REFERENCIAL2

El valor referencial asciende a S/. 1´511,336.06 (UN MILLON QUINIENTOS ONCE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 06/100 NUEVOS SOLES), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del bien. El valor referencial ha sido calculado al mes de febrero de 2014, de acuerdo al siguiente detalle:

IMPORTANTE: Las propuestas económicas no pueden exceder los límites del valor referencial de

conformidad con el artículo 33 de la Ley.

1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN

El expediente de contratación fue aprobado mediante Formato de aprobación de expediente de contratación N° 530-R-UNP-2014 el 21.04.2014.

1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

Fuente: Recursos Determinados. Rubro: 18 Canon y Sobre canon.

SISTEMA DE CONTRATACIÓN.

El presente proceso se rige por el sistema de SUMA ALZADA, de acuerdo con lo

2 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.

ITEM DESCRIPCIÓN VALOR REFERENCIAL S/.

ÚNICO

INSTALACION DE UN SISTEMA DE WIFI PARA EL LIBRE ACCESO A INTERNET EN LA UNP.

S/. 1´511,336.06 (UN MILLON QUINIENTOS ONCE MIL TRESCIENTOS

TREINTA Y SEIS CON 06/100 NUEVOS SOLES)

VALOR REFERENCIAL TOTAL S/.

S/. 1´511,336.06 (UN MILLON QUINIENTOS ONCE MIL TRESCIENTOS

TREINTA Y SEIS CON 06/100 NUEVOS SOLES)NUEVOS SOLES)

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Primera Convocatoriaestablecido en el expediente de contratación respectivo.

1.6. MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL

LLAVE EN MANO.

1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

El alcance de la prestación está definido en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman parte de la presente sección en el Capítulo III.

1.8. PLAZO DE ENTREGA

El plazo de entrega de los bienes materia de la presente convocatoria y la implementación de la solución (instalación de los mismos), no excederá los ochenta (80) días calendario contados a partir del día siguiente de suscrito el contratoEl periodo de garantía es de TRES (03) años contados a partir del día siguiente de emitida el Acta de Conformidad de implementación por parte del Área usuariaDichos plazos constituyen un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contrataciónLa Garantía Comercial, Se acreditará mediante carta del fabricante en la que indique ítem por ítem la garantía que tiene el producto o en su defecto mediante links propios del fabricante en el que se detalle el tiempo de garantía por cada producto en años

1.9. COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES

El costo de reproducción de las bases administrativas es de S/. 5.00 (CINCO CON 00/100 NUEVOS SOLES), la copia de perfil es por 0.10 céntimos por hoja y se informa que los costos son por separado y se atenderá a requerimiento del participante, monto a cancelar en la Cuenta Única del Banco de la Nación Transacción 9135 Código 168, debiendo canjear el Boucher en la Oficina de Tesorería de la Entidad.

1.10. BASE LEGAL

- Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.- Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.- Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del

Estado, en adelante el Reglamento.- Directivas del OSCE.- Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.- Código Civil.- Ley 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.- Decreto Supremo Nº 007-2008-TR - Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción

de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

- Decreto Supremo Nº 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE.- Ley Nº 30114 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014.- Ley Nº 30115 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año

fiscal 2014.- Resolución Nº 0593-R-2014 del 24 de Febrero de 2014 de aprobación de inclusión

de proceso al PAAC en la entidad.- Resolución Nº 0593-R-2014 del 24 de Febrero de 2014 de aprobación del

nombramiento de los miembros de Comité Especial para los procesos de selección en la entidad.

- Decreto Supremo Nº 011-79-VC.Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

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Primera Convocatoria

CAPÍTULO IIDEL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1.CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN3

Etapa Fecha, hora y lugarConvocatoria : 25.04.2014Registro de participantes : Del: 28.04.2014

Al: 19.09.2014Formulación de Consultas : Del: 28.04.2014

Al: 05.05.2014Absolución de Consultas : 06.05.2014Formulación de Observaciones a las Bases

: Del: 07.05.2014Al: 13.05.2014

Absolución de Observaciones a las Bases

: 14.05.2014

Integración de las Bases : 18.09.2014Presentación de Propuestas : 25.09.2014* El acto público se realizará en : Sala de Sesiones del Rectorado 2do Piso

Pabellón Administrativo Central , sito en Campus universitarioo S/N Urb. Miraflores Castilla Piura a horas 10:00 am

Calificación y Evaluación de Propuestas

: 25.09.2014

Otorgamiento de la Buena Pro4 : 25.09.2014* El acto público se realizará en : Sala de Sesiones del Rectorado 2do Piso

Pabellón Administrativo Central , sito en Campus Universitarioo S/N Urb. Miraflores Castilla Piura a horas 14:00 pm

2.2.REGISTRO DE PARTICIPANTES

El registro de los participantes es gratuito y se realizará en la Oficina de Abastecimiento, sito en Campus Universitario s/n Urb. Miraflores Castilla Piura, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 7:30 a.m. a 15:30 p.m. horas.

En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro, así como el día y hora de dicha recepción.

2.3.FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante la Mesa de Partes de la Oficina de Abastecimiento, sito en 2do Piso Pabellón Administrativo Central en Campus Universitario s/n Urb. Miraflores Castilla Piura, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 7:30 a.m. a 15:30 p.m. horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comité Especial de la LICITACIÓN PÚBLICA N° 004-2014-UNP

3 La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma de la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.

4 De acuerdo con el artículo 76 del Reglamento, el plazo para otorgar la Buena Pro no excederá de diez (10) días hábiles contados desde la fecha prevista en el cronograma del proceso de selección para el otorgamiento de la Buena Pro, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad.

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Primera Convocatoria

IMPORTANTE:

Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario de atención no podrá ser menor a ocho horas.

2.4.ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

Las propuestas se presentarán en acto público, en el Edificio del Pabellón Central Administrativo 2do. Piso - Sala de Sesiones del Rectorado - Campus Universitario s/n Urb. Miraflores Castilla Piura, en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la participación del Notario Público de la Provincia de Piura.

Se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso.

Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial de la LICITACIÓN PÚBLICA N° 004-2014-UNP, conforme al siguiente detalle:

SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:

SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:

2.5.CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

2.5.1. SOBRE N° 1 - PROPUESTA TÉCNICA

Se presentará en un original y dos (02) copias.

El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos5, la siguiente

5 La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la

SeñoresUNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURACampus Universitario S/N Urb. Miraflores Castilla PiuraAtt.: Comité Especial

LICITACIÓN PÚBLICA N°004-2014- UNP - DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA: CONTRATACIÓN DE BIENES: ADQUISICION E

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EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, CÓDIGO SNIP N° 241650

SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA

SeñoresUNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURACampus Universitario S/N Urb. Miraflores Castilla PiuraAtt.: Comité Especial

LICITACIÓN PÚBLICA N°004-2014- UNP - DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA: CONTRATACIÓN DE BIENES: ADQUISICION E

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EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, CÓDIGO SNIP N° 241650

SOBRE N° 2: PROPUESTA ECONÓMICA

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Primera Convocatoriadocumentación:

Documentación de presentación obligatoria:

a)Declaración jurada de datos del postor.Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo Nº 1).

b) Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección6 (Anexo Nº 2).

c)Declaración jurada simple de acuerdo al artículo 42 del Reglamento (Anexo Nº 3).En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.

d)Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 4)

La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes.

Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.

e)Declaración jurada de Plazo de entrega (Anexo Nº 5)7.f) Detalle de la solución propuesta. Debe incluir un cuadro con la marca, modelo y

versiones de los productos ofertados.g)Declaración jurada del postor en donde se detalle toda la información técnica de los

bienes ofertados, que evidencien que los mismos cumplen totalmente con lo requerido en las presentes bases. De manera complementaria, deberán adjuntarse brochures, datasheet, catálogos, etc.

h)Declaración jurada del postor mediante la cual acredite que los equipos ofertados, están disponibles para la venta en el mercado internacional a la fecha de presentación de la oferta.

i)Constancias, certificados o cualquier otro documento emitido por el fabricante de los productos ofertados que demuestre de manera fehaciente la certificación técnica de los equipos.

IMPORTANTE:

La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la no admisión de la propuesta, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 68 del Reglamento.

Documentación de presentación facultativa:

a) Factor Experiencia del Postor: Copia simple de contratos u órdenes de compra, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente de conformidad con lo establecido en el literal A. del Capítulo IV de la presente sección. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse copia simple de la promesa formal de

convocatoria.

6 El Comité Especial debe determinar al elaborar las Bases si solo bastará la presentación de una declaración jurada para acreditar el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos o, de lo contrario, si será necesario que lo declarado se encuentre respaldado con la presentación de algún otro documento (tales como: folletos, instructivos, catálogos o similares), en cuyo caso, deberá precisar dicha información en el listado de documentación de presentación obligatoria del numeral 2.5.1 de la sección específica de las Bases.

7 En caso de considerar como factor de evaluación la mejora del plazo de entrega, el plazo ofertado en dicho anexo servirá también para acreditar este factor de evaluación.

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Primera Convocatoriaconsorcio o el contrato de consorcio.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo N° 6, referido a la Experiencia del Postor.

Factor Cumplimiento de las Prestaciones del Postor: Copia simple de constancias de prestación o cualquier otro documento que, independiente de su denominación, indique, como mínimo lo siguiente: La identificación del contrato u orden de compra, indicando como mínimo su objeto; el monto correspondiente; esto es, el importe total al que asciende el contrato, comprendiendo las variaciones por adicionales, reducciones, reajustes, etc., que se hubieran aplicado durante la ejecución contractual y del texto de los documentos presentados se deberá desprender que el postor no haya incurrido en penalidades.

IMPORTANTE:

En caso exista contradicción entre la información presentada en la propuesta técnica, la propuesta será descalificada.

2.5.2. SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA8

El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:

Oferta económica expresada en la moneda del valor referencial (Anexo Nº 7).

El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales.

IMPORTANTE:

La admisión de la propuesta económica que presenten los postores dependerá de si aquella se encuentra dentro los márgenes establecidos en el artículo 33 de la Ley y el artículo 39 de su Reglamento.

La propuesta económica de los postores que presenten la declaración jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 8), debe encontrase dentro de los límites del valor referencial sin IGV.

En caso la información contenida en la propuesta económica difiera de la información contenida en la propuesta técnica, la propuesta económica será descalificada

2.6.DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL

Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.

El puntaje total de las propuestas será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEi

Donde:

PTPi = Puntaje total del postor iPTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i

8 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento la propuesta económica solo se presentará en original.

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Primera ConvocatoriaPEi = Puntaje por evaluación económica del postor i

Se aplicará las siguientes ponderaciones:

c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica = 0.70c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica = 0.30

Donde: c1 + c2 = 1.00

2.7.REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato:

a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.b) Garantía de fiel cumplimiento del contrato. Para lo cual debe presentarse carta fianza.c) Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, de ser el caso. Para lo cual debe

presentarse carta fianza.d) Garantía por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso. Para lo cual debe

presentarse carta fianza.e) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.f) Código de cuenta interbancario (CCI). g) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.h) Correo electrónico para notificar la orden de compra, en el caso que habiendo sido

convocado el proceso por relación de ítems, el valor referencial del ítem adjudicado corresponda al proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, de ser el caso.

i) Copia de DNI del Representante Legalj) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresak) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizadol) Copia del RUC de la empresa

IMPORTANTE:

En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garantía para la suscripción del contrato carta fianza o póliza de caución, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios Nº 5196-2011-SBS y Nº 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecución de las mencionadas garantías, resulta necesario que éstas consignen en su texto, el nombre, denominación o razón social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas que integran el consorcio.

IMPORTANTE:

La Entidad no podrá exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para la suscripción del contrato.

PROCEDIMIENTO PARA DEVOLUCION DE GARANTIAS:

Para el procedimiento de devolución de garantías se indica lo siguiente: terminada la ejecución contractual, el contratista debe presentar carta dirigida al jefe de la Oficina Central de Ejecución Presupuestal en donde precise que ha concluido la ejecución contractual en los plazos establecidos en el contrato firmado con la entidad y solicita la devolución de la garantía que respaldo el fiel cumplimiento o según corresponda……, dicha carta será derivada a la Oficina de Tesorería de la entidad y esta lo eleva a la Oficina de Abastecimiento para el informe de ingreso de bienes instalados y funcionando. Con informe positivo, tesorería procede a devolver el depósito de garantía mediante cheque, todo esto se resuelve en un plazo que no debe exceder los tres días hábiles en situación normal

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Primera Convocatoria

2.8.PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

Dentro del plazo de doce (12) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato, plazo dentro del cual el postor ganador y la Entidad deberán realizar las acciones correspondientes para cumplir las disposiciones contenidas en el numeral 1 del artículo 148 del Reglamento.

La citada documentación deberá ser presentada enla Oficina de Abastecimiento, sito en Campus Universitario S/N Urb. Miraflores Castilla Piura, 2do Piso Pabellón Administrativo Central Local de Rectorado.

2.9.FORMA DE PAGO

La Entidad deberá realizar el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista de conformidad con lo establecido en el numeral 14.1 de las Especificaciones Técnicas:

- El pago de la prestación principal se dará luego que el Area Usuaria emita la conformidad correspondiente.

- El pago de la prestación accesoria se dará de forma mensual, aplicándose el UPTIME mensual indicado en el numeral 13 de las Especificaciones Técnicas.

De acuerdo con el artículo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación:

- Recepción y conformidad de la Oficina Central de Ingeniería y Servicios Generales de la Universidad Área de Infraestructura y Centro de Informática y Telecomunicaciones.

- Informe del funcionario responsable del área usuaria emitiendo su conformidad de la prestación efectuada, cuando corresponda.

- Comprobante de pago.

2.10. PLAZO PARA EL PAGO

La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.

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Primera Convocatoria

CAPÍTULO IIIESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

1. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

I.1. Instalación del Sistema Wi-FiI.1.1. Controlador de Puntos de Acceso: WLAN Controller Cisco 5508 (01 unidad)

REQUISITOS GENERALES Centralización, administración y distribución de configuraciones de Puntos de Acceso (Access

Points) con tecnología A/B/G/N.

Control y configuración de puntos de acceso administrados y optimización y desempeño de una

cobertura da radio-frecuencia (RF).

El controlador Wireless debe ser capaz de gestionar hasta 500 puntos de acceso inalámbricos

de manera simultánea.

WLAN Controller podrá estar directamente o remotamente conectado a los Puntos de Acceso

administrados, inclusive vía enrutamiento nivel 3 de modelo OSI.

Implementar monitoreo de RF continua, programada o por demanda, con identificación de

Puntos de Acceso a clientes irregulares.

Poseer a capacidad de localización de Usuarios.

Ante la inoperatividad de un Punto de Acceso, el WLAN Controller deberá ajustar

automáticamente la potencia de los Puntos de Acceso adyacentes, de modo que provea una

cobertura da área no asistida.

Si WLAN Controller fallara, los Puntos de Acceso relacionados deberán asociarse a un WLAN

Controller alternativo de forma automática.

Ajustar automáticamente los canales de modo a optimizar la cobertura de redes u mudar las

condiciones de RF basado en performance.

Detectar interferencia y ajustar parámetros de RF, evitando problemas de cobertura e controle de

propagación indeseada de RF.

Implementar sistema de balancea miento de carga para asociación de clientes entre Puntos de

Acceso próximos, para optimizar la performance.

Detectar bajas de cobertura (coverage hole) y efectuar los debidos ajustes para su corrección

automáticamente.

Ajustar dinámicamente el nivel de potencia e canal de radio dos Puntos de Acceso, de modo a

optimizar o tamaño da célula de RF, garantizando a performance e escalabilidad.

Soporte IEEE 802.11h.

Soporte IEEE 802.11i.

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Primera Convocatoria Posibilidad de roaming con integridad de sesión, dando soporte a aplicaciones en tiempo real,

tales como, VoIP, WebCasting, videoconferencia, entre otras.

Permitir como mínimo 6.500 usuarios simultáneos por Controlador WLAN.

Implementar mecanismo de Call Admission Control (CAC) para llamadas de Voz.

Implementar U-APSD para economía de batería a clientes.

Debe permitir la administración a través de soluciones de Administración WLAN Centralizada.

REQUISITOS DE REDES

Soportar, por lo menos, 8 (ocho) puertos Gigabit Ethernet con interfaces 1000BASE-T,

1000BASE-SX, 1000BASE-LX

Debe ser ofrecido con, no menos, de 2 (dos) puertos con GBIC o SFP 1000BASE-SX

Se usará un cable óptico para cada puerto óptico ofrecido.

Implementar 802.1d Spanning tree (STP).

Implementar 802.1q.

Soporte de 802.1p (Class of Service) para cada puerto.

Implementar agregación de links de forma que cuatro puertos de la red local podran ser

agrupadas en un único link lógico.

Implementar o Snooping de paquetes multicast IGMPv1 e IGMPv2.

Implementar DHCP relay y DHCP Server.

Requisitos de administración de dispositivos

Implementar los protocolos NTP.

Permitir la actualización remota del sistema operacional y archivos de configuración utilizados en

equipamiento via interfaces ethernet e serial (terminal asíncrono).

Permitir a configuración y administración a través de browser(http, https), SSH, telnet y puerto

serial.

Posee puerto de consola para administración y configuración vía línea de comando (CLI –

comand line interface) con conector RJ-45, conector RS-232 o USB.

Permitir el almacenamiento de sus configuración en memoria no volátil, pudiendo recuperarla

ante cualquier corte o falla eléctrica

Permitir la grabación de eventos en log interno y externo (syslog).

Contener herramientas para depuración y administración en primer nivel, tales como debug,

trace, log de eventos.

Implementar los protocolos abiertos de administración de rede SNMPv2c e SNMPv3, incluyendo

la administración de traps.

Soporte a MIB II, conforme RFC 1213.

Implementar la MIB privativa que ofrece informaciones relativas al funcionamiento del

equipamiento.

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Primera Convocatoria Permitir obtener la configuración de equipamiento a través del protocolo SNMP.

Permitir obtener vía SNMP las informaciones de capacidades y desempeño del CPU, memoria

y puertos.

Facilidades y Accesorios

Posee LEDs para la indicación del status de puertos y actividades

Suporte de fuentes de alimentación redundantes.

Posee fuente de alimentación con selección automática de tensión (100-240 VAC).

Permitir ser montado en rack de 19 pulgadas, incluyendo todos los accesorios necesarios.

Debe ser acompañado de todos los accesorios necesarios para la operación del equipamiento,

tales como: software, cables de consola, kits para montaje en rack, documentación técnica e

manuales que contengan informaciones suficientes para permitir la instalación, configuración y

operatividad del equipamiento.

Requisitos de Seguridad

Implementar mecanismos para detección, localización y bloqueo de puntos de acceso no

autorizados (rogue).

Posee capacidad de de detectar simulación (spoofing) de direcciones MAC de Puntos de Acceso

(Access Point) del sistema.

Implementar soporte a asignaturas de ataques de RF y prevención de intruso para ayudar al

administrador a personalizar archivos de intento de ataques para rápidamente detectar ataques

de RF mas comunes tales como: denial of service (DoS), Netstumbler e FakeAP.

Implementar listas de controle de acceso.

Implementar rastreo y localización de usuario.

Implementar filtros basado en protocolos de direcciones MAC. Implementar IEEE 802.1X,

con por lo menos os siguientes métodos EAP:

EAP-Flexible Authentication via Secure Tunneling (EAP-FAST),

Protected EAP- Generic Token Card (PEAP-GTC),

PEAP-Microsoft Challenge Authentication Protocol Version 2 (PEAP-MSCHAPv2).

- EAP-Transport Layer Security (EAP-TLS).

Integración con RADIUS Server y Tacas Server que soporte los métodos EAP citados.

Implementar asociación de usuario a VLAN,

Implementar protocolo de autenticación para control de acceso administrativo o equipamiento

con mecanismos de AAA (Authentication, Authorization e Accounting).

Implementar protocolo de autorización y registro de comandos efectuados al equipamientos, con

mecanismos de AAA (Authentication,Authorization e Accounting) que posean criptografía y

garantía de entrega de mensajes

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Primera Convocatoria El sistema deberá permitir que sea configurado un perfil para el cual será direccionado A un

usuario que no consiga autenticarse (acesso guest).

Implementar asociación dinámica de ACL y de QoS por usuario.

Implementar criptografía de trafico de control entre o WLAN Controller y sus respectivos.

APs administrados

Implementar 8Gbps de trafico encriptado en los Puntos de Acceso y WLAN Controller.

Soportar la autenticación con generación dinámica de claves criptográficas por sesión y por

usuario.

Implementar WEP(Wired Equivalent Privacy), claves estáticas e dinamicas (40 bits e 128 bits).

Implementar WPA (Wi-Fi Protected Access con algoritmo de criptografia TKIP y Mensage

Integrity Check-MIC).

Implementar WPA-2 (Wi-Fi Protected Access con algoritmo de criptografía AES, 128 bits).

Implementar IEEE 802.11i.

Poseer un Radius Server interno que permita la autenticación de 802.1x, con soporte de

métodos EAP-TLS, PEAP-MSCHAPv2 e EAP-FAST, en caso de falla del Radius Server Central.

I.1.2. Puntos de Acceso (APs) Tipo I: Cisco Aironet 3702i (75 unidades)

El dispositivo debe ser considerado para zonas interiores (Indoors)

Debe soportar 802.11ac con 4X4 MIMO con tres corrientes espaciales

Debe brindar velocidades de hasta 1 Gbps

Debe integrar la tecnología necesaria para combatir de forma inteligente los problemas de

rendimiento debido a interferencias

Debe tener un diseño de arquitectura modular para habilitar nuevas funciones de forma flexible

Debe ser soportado por diferentes controladores de inalámbrico

Debe poder soportar un módulo de monitoreo de seguridad

Debe poder realizar detecciones de equipos Rogue

Debe tener capacidades para brindar servicio Context Awareness

Debe ser capaz de detectar 20 diferentes interferencias

Debe tener la capacidad de detectar interferencias WiFi y Non-WiFi

Debe soportar 802.11n & 802.11a/g

Debe tener canales de 20, 40 y 80 MHz

Debe soportar selección de frecuencia dinámica (DFS)

Debe soportar Cambio de Diversidad Cíclica (CSD)

Debe poder monitorear y rastrear información histórica de interferencias

Debe realizar un monitoreo de la calidad del aire 24X7

Debe tener antenas integradas con ganancia de 4dBi, omnidireccional con ancho de rayo 360°

en frecuencias de 2.4GHz

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Primera Convocatoria Debe tener antenas integradas con ganancia de 6dBi, omnidireccional con ancho de rayo 360°

en frecuencias de 5GHz

Debe tener un puerto RJ45 para conexión a la red de 10/100/1000Base-T

Debe tener un puerto de administración fuera de banda

Debe tener un indicador luminoso para determinar si el equipo está:

Iniciando el cargado de estados

Estado de asociación

Estado de operación

Inicio de carga con advertencias

Inicio de carga con errores

Debe incluir 512MB DRAM

Debe incluir 64MB Flash

Debe ser capaz de soportar 802.3at PoE+

I.1.3. Puntos de Acceso (APs) Tipo II: Cisco Aironet 1552E (18 unidades)

El dispositivo debe ser considerado para zonas exteriores (Outdoors)

Debe proveer una integración de espectro inteligente para una red con auto-configuración y auto-

curación

Debe contar con un soporte multi-radio: 802.11b/g/n, 802.11a/n

Debe soportar transferencia de hasta 300Mbps por radio

Debe manejar la tecnología MIMO 2x3 (multiple-input multiple-output) como mejora del

rendimiento del estándar 802.11n

Debe soportar diferentes medios para el uplink (Ethernet y SFP)

Debe soportar la adición de una batería de respaldo para asegurar la continuidad de las

operaciones.

Debe soportar aplicaciones multi-dispositivos y multi-redes tales como, movilidad en tiempo real,

video vigilancia, acceso WiFi público y privado

Debe ser capaz de soportar diferentes opciones de despliegue: Red de Acceso o Malla,

Extensión de una red Ethernet

Debe tener tres antenas externas para funcionalidades de MIMO

Debe tener la incluir la operación simultánea en las bandas de 2.4GHz y 5 GHz con una

ganancia mínima de 4dBi y 7dBi respectivamente.

El punto de acceso debe tener la capacidad de ofrecer energía a las cámaras de vigilancia a

través de sus interfaces de red.

Debe dar soporte a CSD (Cyclic shift diversity)

Selección dinámica de frecuencia 802.11 (DFS)

Debe estar diseñado para cumplir con las especificaciones DOCSIS 3.0 y mantener

compatibilidad con las existentes DOCSIS 2.0, 1.1, 1.0

Temperatura de operación: -40 a 55°C más la carga solar

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Primera Convocatoria Debe tener resistencia a vientos sostenidos de hasta 100MPH y hasta 165MPH por vientos en

ráfagas

Debe cumplir con lo siguiente:

o Seguridad

UL 60950, 2da Edición

CAN/CSA-C22.2 No. 60950, 2da Edición

IEC 60950, 2da Edición

EN 60950, 2da Edición

o Inmunidad:

<= 5 mJ for 6kV/3kA @ 8/20 ms waveform

ANSI/IEEE C62.41

EN61000-4-5 Level 4 AC Surge Immunity

EN61000-4-4 Level 4 Electrical Fast Transient Burst Immunity

EN61000-4-3 Level 4 EMC Field Immunity

EN61000-4-2 Level 4 ESD Immunity

EN60950 Overvoltage Category IV

o Aprobaciones de Radio

FCC Part 15.247, 15.407

FCC Bulletin OET-65C

RSS-210

RSS-102

AS/NZS 4268.2003

EN 300 328

EN 301 893

I.1.4. Switches Tipo I: WS-C3560CG-8PC-S (36 unidades)

8 puertos Ethernet 10/100/1000 PoE y 1 uplink doble proposito (Los puertos de doble proposito

uplink son 1 Ethernet 10/100/1000 y 1 puerto SFP Gigabit Ethernet, con 1 puerto activo)

Imagen IP Base instalado.

Soporte de Auto-MDIX

Puertos 10/100/1000 PoE autosensing.

Auto negociación en todos los puertos.

Soporte del software Cisco IOS.

Soporte de VLAN trunks en cualquier puerto (802.1q).

Soporte de hasta 1000 VLANs.

Soporte de 4000 VLAN IDs.

Soporte de Voice VLAN.

Soporte de IGMPv3 snooping para IPv4 y MLD v1/v2 Snooping para IPv6.

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Primera Convocatoria Como Minimo 10 Gbps de switching fabric.

Soportar  Jumbo Frames

128 MB de Memoria DRAM como minimo.

64 MB de Memoria Flash como minimo.

Administración

o Soporte de Remote SPAN (RSPAN).

o Soporte de 4 grupos de RMON (historia, estadisticas, alarmas y eventos).

o Soporte de TFTP.

o Soporte de NTP.

o Software de administración: CNA Cisco Network Assitant.

o Soporte de un servidor DHCP, y DHCP relay.

o Soporte de volver a una antigua configuracion (Configuration Rollback).

Disponibilidad y Escabilidad

o Soporte de IEEE 802.1w Rapid Spanning Tree Protocol.

o Soporte de Per-VLAN Rapid Spanning Tree Plus.

o Soporte de UDLD (Unidirectional Link Detection Protocol ) y UDLD Agresivo.

QoS y Control

o Soporte de 802.1p CoS y DSCP.

o 4 colas de salida por puerto.

o Soporte de protocolos DTP, PAgP y LACP.

o Soporte de QoS automatico.

o Clasificación de tráfico basada en direcciones MAC de origen y destino, direcciones

IP de origen y destino y puertos TCP/UDP.

Seguridad

o Seguridad por puerto en base a la dirección MAC

o Soporte de IEEE 802.1x.

o Soporte de autenticacion web para clientes que no son 802.1x.

o Soporte de MAC Auth Bypass (MAB) para voz.

o Soporte de ACLs basados en puertos de capa 2.

o Soporte de filtrado de MAC Unicast.

o Soporte de SSHv2 y SNMPv3.

o Soporte de datos bidireccionales con SPAN.

o Soporte de autenticacion TACACS+ y RADIUS.

o Soporte de DHCP snooping.

o Soporte de Port security.

o Soporte de encriptación a nivel LAN

o Soporte de niveles de seguridad para el ingreso a consola.

Debe incluir capacidades de enrutamiento (estático, RIP, OSPF)

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Primera ConvocatoriaEl contratista deberá incluir un conector para enlaces de fibra óptica mono modo a cada switch.

I.1.5. Switches Tipo II: WS-C2960X-24PS-L (1 unidad)

24 puertos Ethernet 10/100/1000 PoE y 1 uplink doble proposito (Los puertos de doble proposito

uplink son 1 Ethernet 10/100/1000 y 1 puerto SFP Gigabit Ethernet, con 1 puerto activo).

Imagen IP Base instalado.

Soporte de Auto-MDIX

Puertos 10/100/1000 PoE autosensing.

Auto negociación en todos los puertos.

Soporte del software Cisco IOS.

Soporte de VLAN trunks en cualquier puerto (802.1q).

Soporte de hasta 1000 VLANs.

Soporte de 4000 VLAN IDs.

Soporte de Voice VLAN.

Soporte de IGMPv3 snooping para IPv4 y MLD v1/v2 Snooping para IPv6.

Como Minimo 10 Gbps de switching fabric.

Soportar  Jumbo Frames

128 MB de Memoria DRAM como minimo.

64 MB de Memoria Flash como minimo.

Administración

o Soporte de Remote SPAN (RSPAN).

o Soporte de 4 grupos de RMON (historia, estadisticas, alarmas y eventos).

o Soporte de TFTP.

o Soporte de NTP.

o Software de administración: CNA Cisco Network Assitant.

o Soporte de un servidor DHCP, y DHCP relay.

o Soporte de volver a una antigua configuracion (Configuration Rollback).

Disponibilidad y Escabilidad

o Soporte de IEEE 802.1w Rapid Spanning Tree Protocol.

o Soporte de Per-VLAN Rapid Spanning Tree Plus.

o Soporte de UDLD (Unidirectional Link Detection Protocol ) y UDLD Agresivo.

QoS y Control

o Soporte de 802.1p CoS y DSCP.

o 4 colas de salida por puerto.

o Soporte de protocolos DTP, PAgP y LACP.

o Soporte de QoS automatico.

o Clasificación de tráfico basada en direcciones MAC de origen y destino, direcciones

IP de origen y destino y puertos TCP/UDP.

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Primera Convocatoria Seguridad

o Seguridad por puerto en base a la dirección MAC

o Soporte de IEEE 802.1x.

o Soporte de autenticacion web para clientes que no son 802.1x.

o Soporte de MAC Auth Bypass (MAB) para voz.

o Soporte de ACLs basados en puertos de capa 2.

o Soporte de filtrado de MAC Unicast.

o Soporte de SSHv2 y SNMPv3.

o Soporte de datos bidireccionales con SPAN.

o Soporte de autenticacion TACACS+ y RADIUS.

o Soporte de DHCP snooping.

o Soporte de Port security.

o Soporte de encriptación a nivel LAN

o Soporte de niveles de seguridad para el ingreso a consola.

Debe incluir capacidades de enrutamiento (estático, RIP, OSPF)

El contratista deberá incluir un conector para enlaces de fibra óptica monomodo a cada switch.

I.1.6. Cableado y CanalizaciónEl Contratista deberá proveer un cableado estructurado de red de la marca SIEMON. Para el

cableado desde el switch de comunicaciones hacia el Acces Point (AP) se utilizará cable F/UTP

Cat. 6A LSZH como mínimo, y no deberá exceder los 90 metros desde el área de trabajo al

gabinete de comunicaciones, y permitirá velocidades de transmission de hasta 10 Gbps.

Además, se deberá incluir los accesorios y dispositivos necesarios para su instalación tales

como: jack RJ-45 Cat. 6A, faceplate o placa de toma de datos, patch cord Cat. 6A, patch panel

Cat. 6A, entre otros.

El Constratista proveerá e instalará el sistema de canalización, el cual deberá cumplir con las

siguientes características mínimas:

Para el cableado F/UTP Cat. 6A se utilizará canaletas PVC adosadas y entornilladas en pared

y/o techo.

Las canaletas deberán contar con certificación de calidad.

La canaletas deberán contar con sus respectivos accesorios como uniones, ángulos planos,

internos, externos, etc., los que garanticen una correcta instalación.

La capacidad de las canaletas no deberá exceder el 40% en su diseño inicial, considerando el

60% de su capacidad en su etapa final de llenado.

La canaleta deberá ser importada de un color marfil claro, blanco o crema y de marca

internacional reconocida, y podrán complementarse con cualquier tipo de decoración de las

oficinas.

Las canaletas deben ser resistentes al impacto y poseer un acabado de buena presentación.

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Primera Convocatoria Cada canaleta debe contar con su tapa independiente y fijada a presión a la canaleta.

En todas las uniones a presión se usará pegamento del tipo recomendado por el fabricante de

la canaleta para garantizar la hermeticidad de las mismas.

Las curvas de 90° serán originales del mismo fabricante de la canaleta. Queda prohibida la

elaboración de curvas de 90°.

I.2. Instalación de Equipos Tecnológicos Complementos del WiFi

I.2.1. Unidad de Energía Ininterrumpida (UPS) - 01 Unidad

UPS trifásico de 30KVA, incluye baterías y tarjeta de gestión de red, online de doble

conversión. Salida: 120V, 208V 3PH, 208V, 220V, trifásica configurable. Entrada: 208V 3PH,

165 - 240V.

Servicio de instalación, configuración, y puesta en marcha del equipo, incluye cualquier gasto

de traslado, transporte, viáticos, materiales, etc.

I.2.2. Sistema de Aire Acondicionado de Precisión - 01 Unidad

33,000 BTU (9.7Kw) de potencia de enfriamiento, debe permitir ajustes de enfriamiento de

precisión, debe ser una unidad autónoma de cero mantenimiento con su respectivo tanque

recolector de agua, condensador externo, tubería de refrigerante. Alimentación eléctrica 200-

240VAC, trifásico y 50/60 GHz.

Servicio de instalación, configuración, y puesta en marcha del equipo, incluye cualquier gasto

de traslado, transporte, viáticos, materiales, etc.

I.2.3. Equipos de Cómputo Portátiles (Laptops) - 03 Unidades

Intel Core i7 - 3520M (2.8 GHz, caché L3 de 4 MB), 15.6’’, 8 GB de RAM 1,333 MHz, 750 GB

de Disco Duro 7200rpm, DVD RW, webcam, 802.11 a/b/g/n, bluetooth, Windows 7

professional 64 bits licenciado, batería.

I.3. Implementación

El servicio será del tipo “Llave en Mano”, por lo que se recomienda que el sistema de

contratación sea a suma alzada y se rija bajo la modalidad de Llave en Mano.

I.3.1. Instalación, Configuración, y Puesta en Marcha

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Primera Convocatoria- Los requerimientos especificados en el presente documento son mínimos, por lo tanto se

podrán proponer soluciones de última generación, que impliquen el desarrollo de tecnologías

emergentes.

- Cualquier componente que no se especifique, pero que sea necesario para cumplir con los

objetivos del servicio debe ser considerado por el Contratista.

- Será responsabilidad del Contratista dimensionar la cantidad necesaria y suficiente de

material (canalización, cables, accesorios, etc.) así como de horas hombre para cumplir con

los objetivos del servicio. La Universidad Nacional de Piura (UNP) no reconocerá ningún

cobro adicional por estos conceptos.

- El servicio de instalación, configuración, y puesta en marcha de toda la Solución será del tipo

“Llave en Mano”.

- El Contratista deberá ajustarse a los horarios que la UNP disponga para la ejecución de los

servicios. Los horarios de trabajo deberán considerar horarios no laborales, feriados y fines

de semana como el horario habitual para la ejecución de los trabajos.

- Todas las obras civiles necesarias para la correcta ejecución de la instalación serán

realizadas por el Contratista, incluidos los resanes y pintado necesarios.

- Todos los components de cableado estructurado en cobre formados por el patch cord, patch

panel, cable F/UTP, jack y face plate, deben ser de un mismo fabricante para garantizar total

compatibilidad y responsabilidad del mismo fabricante.

- Se deben presentar los resultados de las evaluaciones mostrando los parámetros que hace

mención la ANSI/EIA/TIA 568B.2-1 o ISO/IEC 11801 Clase EA. Estas mediciones las realizará

el Contratista con un equipo certificador para medir la performance de un enlace permanente,

este equipo debe estar calibrado para los tipos de components instalados.

- El Contratista realizará la instalación de un cableado de datos Cat. 6A por un total de 93

puntos distribuidos dentro del campus universitario.

- El Contratista realizará las instalaciones teniendo en cuenta lo siguiente:

o Según las especificaciones del fabricante de los productos.

o Según lo indicado en los estándares:

EIA/TIA 568.

EIA/TIA 569.

ISO/IEC.

- Se debe etiquetar según codificación cada Puerto del face plate, patch panel, patch cord,

gabinete, y enlaces. Las etiquetas deben quedar fírmemente sujetas o adheridas.

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Primera Convocatoria

- Para la verificación se tendrá que contar el acabado y rotulado, además de las pruebas de

certificación.

- En cuanto al etiquetado, este deberá cumplir con las normas de la ANSI/EIA/TIA 606-A. La

codificación será revisada en coordinación con el personal del Centro de Informática y

Telecomunicaciones (CIT).

- Se deben etiquetar según codificación cada Puerto del faceplate, patch panel, así como los

cables. El cable se marcará con su identificador y colocado en cada extreme del cable, esta

marca deberá permanecer en el cable después de terminar la instalación y por el periodo de

duración de la garantía.

- El Contratista entregará los registros detallados de la infraestructura de telecomunicaciones

incluyendo los registros de cables.

- Si los resultados de performance para una medición cualquiera no pasasen las

especificaciones mínimas de performance según lo solicitado, el Contratista corregirá o

reinstalará lo necesario a su total costo para que se cumpla con lo solicitado.

- Al culminar el trabajo El Contratista deberá entregar a la UNP los siguientes planos:

o Plano con el Sistema de Canalización.

o Memoria descriptiva de los trabajos realizados.

o Plano con la ubicación y rotulado.

o Diagramas de todos los gabinetes en herramienta ACAD.

o Resultado de la certificación de todos los puntos en Cat. 6A.

- Será responsabilidad del Contratista la integración de esta Solución a la actual plataforma de

software y hardware existente de la Universidad.

- El Contratista contará con su propio personal y equipamiento. Siendo única responsabilidad

de la Universidad brindar acceso a las instalaciones y energía eléctrica.

- A la suscripción del Contrato El Contratista deberá presentar un Plan de Instalación que cubra

todas las tareas a llevar a cabo, tales como:

o Instalación y configuración.

o Pruebas.

o Procedimientos de Verificación y testeo.

o Toda otra actividad que sea conveniente planificar.

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Primera Convocatoria- En dicho Plan se deberán establecer plazos mínimos y máximos para cada una de las tareas

a cumplir, debiéndose discriminar las que deberá cumplir la UNP, El Contratista en forma

exclusive, y las que deberán asumir en forma compartida.

- Durante todo el tiempo cubierto por dicho Plan, El Contratista presentará por escrito un

Informe semanal con el estado de avance de todas las actividades realizadas y al finalizar

este, un Informe final. Estos Informes deberán ir siempre acompañados por un Acta firmada

por el Contratista y la UNP.

- Será de total y exclusive responsabilidad de El Contratista efectuar las tareas necesarias para

la puesta en marcha de todos los equipos y componentes.

- El Contratista se compromete a no reasignar ni remover ningún miembro de su personal

asignado, salvo causas ajenas a su voluntad, caso fortuito o fuerza mayor. Si debiera

producirse un reemplazo por las razones antes anotadas, el/la reemplazante deberá ser

aprobado por la UNP y reunir al menos el perfil técnico, competencia y experiencia que el/la

reemplazado/a.

- En el caso de presentarse una “actualización tecnológica” en los Bienes y/o elementos que

formen parte de la oferta del Contratista en cualquier momento anterior a la entrega definitiva

de la totalidad de los Bienes. El Contratista deberá suministrar tales equipos y/o elementos

actualizados, contando con autorización previa de la UNP y sin que esto implique un cargo

adicional.

- Se entenderá que ha ocurrido una “actualización tecnológica” cuando se presenta una nueva

version del mismo producto en el mercado, que reemplaza a este, o un nuevo producto con

características técnicas superiores que reemplaza al modelo ofrecido.

- En ningún caso el Contratista podrá presentar soluciones que estén destinadas a perder su

vigencia tecnológica (hayan anunciado su “end-of-life”) o dejen de ser fabricadas,

comercializadas y/o soportadas, durante los 3 años siguientes a la instalación de los equipos

a ser propuestos. Esto deberá ser respaldado con una Carta del fabricante.

- Para efectos prácticos de casos especiales de actualización tecnológica se contrastará y

tomará en cuenta la fecha de embarque de los Bienes o la fecha de suscripción del Contrato,

la que sea más reciente.

- Se entiende que el Contratista ejecutará el trabajo de acuerdo a las exigencias de los

Reglamentos aplicables al presente Proyecto y demás normas vigentes en el área donde se

llevará a cabo los trabajos, además de las normas que se pudieran exigir. Estas

especificaciones técnicas se complementan con lo señalado en los planos y documentación

adicional proporcionada por la Universidad Nacional de Piura (UNP), además del

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Primera Convocatorialevantamiento de información que deberán realizar los postores en la visita técnica a

programarse la cual será de carácter obligatorio. El Proyecto deberá ser ejecutado de

acuerdo a los estándares de la industria de telecomunicaciones y estará sujeto a la

inspección y aprobación por parte de la UNP o las personas que ésta designe.

I.3.2. Soporte y Garantía

El Contratista deberá brindar servicio de soporte técnico y garantía por tres (03) años,

contados a partir de la aceptación de la Solución por parte de la UNP, el cual incluye

verificación de configuraciones y actualización de software, tal y como se detalla a

continuación:

- EL CONTRATISTA garantiza que todos los bienes suministrados en virtud del Contrato son

nuevos, sin uso, del modelo más reciente e incorporan todas las últimas mejoras en cuanto a

diseño y materiales.

- EL CONTRATISTA garantiza que los bienes están libres de defectos que puedan

manifestarse durante su uso normal y en las condiciones imperantes, ya sea que dichos

defectos sean el resultado de alguna acción u omisión por parte de EL CONTRATISTA o

provengan del diseño, los materiales o la mano de obra.

- Todos los componentes de los equipos ofertados no podrán presentar adulteraciones ni

correcciones (por ejemplo: tarjeta madre, fuente, etc.).

- La Solución en su totalidad deberá tener garantía de tres (03) años como mínimo, tanto del

contratista como de los fabricantes de los componentes de hardware y software; asimismo,

todas las licencias de software deberán ser perpetuas en las versiones adquiridas.

- La garantía de buen funcionamiento será de tres (03) años. El Contratista garantizará el buen

funcionamiento de la totalidad de la solución, mediante Carta dirigida a la UNP. Asimismo el

Contratista presentará Carta de Garantía de los fabricantes de sus equipos y por el mismo

período de 3 años.

- Se acreditará mediante carta del fabricante en la que indique ítem por ítem la garantía que

tiene el producto o en su defecto mediante links propios del fabricante en el que se detalle el

tiempo de garantía por cada producto en años

- EL CONTRATISTA no podrá alegar inconvenientes con el fabricante para la obtención de los

servicios, debiendo garantizar en toda circunstancia la posibilidad de escalamiento de

eventos.

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Primera Convocatoria

- EL CONTRATISTA brindará la garantía de buen funcionamiento con personal especializado

de la(s) empresa(s) fabricante(s) de los productos ofrecidos, o en su defecto con su propio

personal, el que deberá estar debidamente autorizado por el(los) fabricante(s).

- En el caso que EL CONTRATISTA optará por realizarla a través de otras empresas, estará

obligado a presentar la autorización del fabricante, que indique que las mismas se encuentran

en condiciones de llevar a cabo la prestación de dichos servicios. De acuerdo al perfil del

personal especializado (se anexa informe técnico) en la parte final del presente documento de

bases integradas.

- EL CONTRATISTA deberá entregar a la UNP, o a quien éste indique, y al momento de la

instalación de los bienes, una nómina del personal técnico autorizado a interactuar con los

bienes contratados. Dicha nómina deberá permitir actualizarla cuando se produzcan cambios.

- EL CONTRATISTA coordinará con la UNP el desarrollo y ejecución de las tareas como así

también su distribución en el tiempo.

- Para todo el hardware que comprende la solución, la garantía de buen funcionamiento debe

incluir:

Servicio de reparación por personal calificado y reemplazo de las partes que se

encuentren defectuosas por repuestos originales.

La reparación de los equipos deberá ser ejecutada a satisfacción de la UNP, en el lugar

donde estos se encuentren instalados.

La UNP podrá efectuar llamadas de servicio de lunes a domingo y feriados desde las

00:00 hasta las 24:00 horas.

Para el Software de los equipos que comprende la solución, la garantía de buen

funcionamiento debe incluir: la permanente actualización del software provisto,

incluyendo el suministro de nuevas versiones (releases) y reparaciones (en general

denominadas comercialmente como patches, temporary fixes, etc.).

La obligación de suministrar las reparaciones no se extinguirá con el vencimiento del

período de garantía, sino que permanecerá vigente mientras EL CONTRATISTA las

suministre a cualquier otro de sus clientes. Vencido el periodo de garantía, la Universidad

asumirá el costo de dichas reparaciones.

El análisis, determinación, corrección y documentación de problemas de software

instalados. Para estos efectos la UNP efectuará llamadas de servicio para soporte

telefónico en modalidad 7 x 24 y de ser necesario soporte “on-site”.

Disposición de lo necesario para permitir que Personal Técnico de la Universidad pueda

facilitar documentación, contraseñas de administración y los scripts de diagnóstico

correspondientes.

EL CONTRATISTA debe contar con stock local de repuestos críticos, de tal modo de

garantizar la atención ante fallas en un tiempo máximo de dos (2) horas.

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Primera Convocatoria

2. FINALIDAD PUBLICA

Garantizar operatividad e incrementar el nivel de disponibilidad de los servicios que brinda la universidad a través de internet.

3. ANTECEDENTES La Universidad Nacional de Piura es, de frontera, descentralizada, científica, humanística y democrática. Está integrada por profesores, estudiantes y graduados; se dedica al estudio, la investigación y la difusión del saber y la cultura, orientados al conocimiento de nuestra realidad para la transformación económica y social, en beneficio de los sectores mayoritarios del país.

La misión de la Universidad Nacional de Piura es la formación profesional ligada a conservar, crear y transmitir conocimientos científico - tecnológicos, a través de sus Facultades y Escuelas Profesionales a estudiantes, profesionales y sociedad en general, logrando así una formación integral en beneficio propio que coadyuve al desarrollo regional y nacional.

La Universidad Nacional de Piura está conformada por órganos de gobierno, académicos, administrativos, de apoyo y ejecución, electorales, y centros productivos. El Centro de Informática y Telecomunicaciones (CIT) es un órgano de apoyo y también considerado un centro productivo, cuyas funciones son:

Organizar y conducir la red informática de la Universidad Nacional de Piura para: Captar, almacenar y proporcionar respaldo de los datos oficiales y sistemas informáticos,

producidos e instalados en las diversas dependencias académicas y administrativas de la Universidad Nacional de Piura.

Brindar los servicios habituales de comunicación de datos como: Correo Electrónico, Transferencias de Archivos, Sistemas de Información, Servicio de Boletín Electrónico, Acceso Remoto y otros.

Coordinar con las diversas dependencias de la institución el procesamiento de datos y respaldo inmediato de información oficial, asegurando la disponibilidad oportuna y adecuada de los sistemas informáticos solicitados, y que respondan a requerimientos institucionales.

Mantener en óptimas condiciones de funcionamiento a los diversos servicios instalados en el centro.

Brindar asesoramiento para la instalación del servicio de correo electrónico y otras herramientas de Internet, en el Campus Universitario.

Proporcionar los medios para la comunicación con otros servicios de información como: UNIRED, BITNET, COMPUSERVE, MAERICA ON LINE, DELPHI, etc.

Asesorar a las dependencias en la utilización y manejo de la red informática de tal manera que respondan a objetivos institucionales.

Organizar y mantener actualizado en el WORD WIDE el “HOME PAGE” de la Universidad, como imágenes, audio y otros documentos institucionales, así como, las páginas de las facultades, dependencias, servidores, entre otros.

Organizar, conducir y mantener la red troncal de fibra óptica en el campus universitario, teniendo integrar en un backbone a todas las dependencias de la Universidad Nacional de Piura, brindándole los servicios de comunicación, en audio, video y data.

Otras funciones que le sean asignadas por el Rector.

Actualmente la Universidad Nacional de Piura (UNP) posee una moderna infraestructura de red física LAN, pero carece de una red inalámbrica que permitiría a todos los alumnos y docentes aprovechar los recursos tecnológicos de la red informática interna e Internet; los equipos de conectividad y comunicaciones, dentro del campus universitario, son de la marca Cisco. La UNP tiene 14,917 alumnos y 602 docentes, correspondiente a sus 14 facultades, quienes demandan los servicios de Internet para realizar sus actividades académicas y/o administrativas. La UNP cuenta con un Data Center que centraliza las conexiones del servicio de internet físico (alámbrico) que se brinda a los ambientes de las oficinas administrativas de los edificios del campus universitario, pero no existe un sistema Wifi para el libre acceso a Internet.

Después de haber levantado y analizado toda la información pertinente, así como también haber obtenido diferentes opiniones técnicas, se ha podido comprobar que el problema central que afecta a la población usuaria (alumnos y docentes) en la actualidad es: “El limitado servicio de

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Primera ConvocatoriaInternet dentro del campus universitario”. Asimismo, se pudo también reconocer que la causa estaría generando dicho problema es la “Inexistencia de un sistema de Wifi”, y esto a su vez se debe a la “Inexistencia de equipos para la libre transmisión de datos en el campus universitario” e “Insuficientes equipos complementarios para el funcionamiento del sistema Wifi”.

El limitado servicio de Internet dentro del campus universitario ocasiona un “Bajo nivel de enseñanza y aprendizaje por parte de los docentes y alumnos de la UNP” dado que existe una desmotivación por parte de los alumnos por no contar con el servicio de Wifi, y el descontento por parte de los docentes por no contar con información inmediata que permita brindar una mejor enseñanza.

Con la existencia de un sistema de Wifi, se ampliaría el servicio de Internet dentro del campus universitario, dando como resultado un “Mejor nivel de enseñanza y aprendizaje por parte de los docentes y alumnos de la UNP”.

Con el fin de mejorar el nivel de enseñanza y aprendizaje por parte de los docentes y alumnos, en el año 2012 la UNP elaboró y presentó el Estudio de Preinversión a nivel Perfil del Proyecto denominado “INSTALACIÓN DEL SISTEMA WIFI PARA EL LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, DISTRITO DE CASTILLA - PROVINCIA DE PIURA”, el cual fue aprobado y declarado viable e 11 de Julio del 2013, Ficha de Registro - Banco de Proyectos, con Código SNIP N° 241650.

Con la implementación de este proyecto, la infraestructura tecnológica de la UNP estaría dotada de las herramientas necesarias para que todos los alumnos y docentes, dentro del campus universitario, tengan alcance y facilidades de acceso a los servicios informáticos que se brindan en la red interna y en internet; es por eso que se ha elaborado el presente documento denominado Estudio Definitivo o Expediente Técnico detallado, el cual presenta una solución del tipo “llave en mano”.

4. OBJETIVOS DE LA CONTRATACION4.1. Objetivo General

Garantizar operatividad e incrementar el nivel de disponibilidad de los servicios que brinda la Universidad a los alumnos y profesores a través de internet.

4.2. Objetivo Específico Renovación tecnológica de la plataforma de entrega de contenido de los servicios web que se brindan a través de internet vía la adquisición del equipamiento correspondiente.

5. ALCANCE Y DESCRIPCIONPARA BIENESPRESTACION PRINCIPAL5.1. Características Técnicas del bien

Se requiere implementar una solución de internet inalámbrico que permita a los usuarios externos acceder a través de internet a todos los servicios y aplicaciones web de la Universidad Nacional de Piura, de forma tal que para estos usuarios la interactividad se realice entre una y otra plataforma, así como entre uno y otro recurso, sean transparentes.

La solución debe ser capaz de realizar un monitoreo del estado de salud de todos los componentes a utilizar.

6. RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS El contratista es el responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de los bienes y

servicios ofertados por un plazo que será de un (1) año contado a partir de la conformidad otorgada por la UNIVERSIDAD.

7. LUGAR, PLAZO Y HORARIO DE LA PRESTACION.7.1. Lugar:

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Primera ConvocatoriaTodos los bienes serán entregados en el Almacén de la universidad Nacional de Piura ubicado en Campus Universitario S/N Urb. Miraflores Castilla Piura, dentro de los 80 días calendario siguiente a la suscripción del contrato.

El plazo de entrega de los bienes materia de la presente convocatoria y la implementación de la solución (instalación de los mismos), no excederá los ochenta (80) días calendario contados a partir del día siguiente de suscrito el contrato

8. PENALIDADES8.1. Penalidades en la entrega de los bienes

De conformidad con el Artículo 165° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en el caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Universidad aplicará al contratista una penalidad diaria por cada día de atraso, hasta por un monto equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual.

9. PAGOS9.1. Forma de pago 9.1.1. El pago de la prestación principal se dará luego que el área usuaria emita la conformidad

de instalación y capacitación correspondiente, la misma que se realizará en las instalaciones de la UNP en Piura, Oficina de Tesorería de la Oficina Central de Ejecución Presupuestal dirección: Campus Universitario S/N Urb. Miraflores, Castilla, Piura.

La capacitación se realizara en las instalaciones del Centro de Informática y Telecomunicaciones de la Universidad Nacional de Piura, sito en Campus Universitario S/N Urb. Miraflores Castilla Piura, cuyo horario del mismo, se comunicara en su oportunidad

9.2. Forma de reajuste9.2.1.No se realizarán reajustes a los pagos

9.3. Adelantos9.3.1. No se emitirán adelanto a los pagos, a menos que el mercado así lo determine.

10. MODALIDAD DE EJECUCION CONTRACTUAL 10.1. Modalidad llave en mano.

11. SUBCONTRATACION 11.1. El contratista, podrá subcontratar parte del servicio, de acuerdo a lo establecido en el

artículo 37° de la Ley de Contrataciones del Estado, y del artículo 146° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

ITEM NOMBRE DESCRIPCIÓN CANTIDAD

01 Instalación del Sistema WiFi    

01.01 Controlador de Puntos de Acceso (WLC)    

01.01.07 AIR-PWR-5500-ACCisco 5500 Series Wireless Controller Redundant Power Supply

1

01.01.09 AIR-CT5508-100-K9 Cisco 5508 Series Wireless Controller for up to 100 APs 1

01.01.11 CON-SNT-CT08100 SMARTNET 8X5XNBD Cisco 5508 Series 1

01.02 Puntos de Acceso (APs) Tipo I    

01.02.01 AIR-CAP3702I-A-K9 802.11ac Ctrlr AP 4x4:3SS 75

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Primera Convocatoriaw/CleanAir; Int Ant; A Reg Domain

01.02.05 CON-SNT-3702IA SMARTNET 8X5XNBD 802.11ac Ctrlr AP 4x 75

01.03 Puntos de Acceso (Aps) Tipo II    

01.03.01 AIR-CAP1552E-A-K9 802.11N Outdoor Mesh Access Point, Ext. Ant., A Reg. Domain 18

01.03.03 AIR-ANT2547V-N 2.4 GHz 4dBi/5 GHz 7dBi Dual Band Omni Antenna, N connector 54

01.03.04 AIR-PWRINJ1500-2= 1520 Series Power Injector 18

01.03.06 CON-SNT-C1552EASMARTNET 8X5XNBD 802.11N External Antenna Mesh Access Poi

18

01.04 Switches Tipo I    

01.04.01 WS-C3560CG-8PC-S Catalyst 3560C Switch 8 GE PoE(+), 2 x Dual Uplink, IP Base 36

01.04.04 GLC-LH-SMD=1000BASE-LX/LH SFP transceiver module, MMF/SMF, 1310nm, DOM

36

01.04.05 GLC-T= 1000BASE-T SFP 2

01.04.06 CON-SNT-WSC3560C SMARTNET 8X5XNBD Catalyst 3560C Switch 8 GE PoE, 2 x Dual 36

01.05 Switches Tipo II    

01.05.01 WS-C2960X-24PS-L Catalyst 2960-X 24 GigE PoE 370W 4 x 1G SFP LAN Base 1

01.05.02 GLC-LH-SMD=1000BASE-LX/LH SFP transceiver module MMF/SMF 1310nm DOM

1

01.05.03 GLC-T= 1000BASE-T-SFP 1

01.05.04 CON-SNT-WSC22ASL SMARTNET 8X5XNBD Catalyst 2960-X 24 G 1

01.06Instalación, Configuración, y Soporte

   

01.06.01Instalación, Configuración, y Puesta en Marcha

Servicio de instalación, configuración, y puesta en marcha de los equipos, incluye cualquier gasto de traslado, transporte, viáticos, materiales, etc.

1

01.06.02 CanalizaciónServicio de canalización (ductos y canaletas), y cableado de la red para los Switches y APs.

1

01.06.03 Soporte Técnico

Servicio de Soporte Técnico por 3 años, incluye verificación de configuraciones, y actualización de software.

1

01.07 Capacitación    

01.07.01 CapacitaciónServicio de capacitación de todos los componentes de la solución, dictada por instructor certificado

1

02Instalación de Equipos Tecnológicos Complementos del WiFi

   

02.01Unidad de Energía Ininterrumpida (UPS) trifásico, SU30K3/3

  

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Primera Convocatoria

02.01.01

Fuente de Energía Ininterrumpida (UPS) APC trifásico de 30 KVA

UPS trifásico APC de 30KVA, incluye baterías y tarjeta de gestión de red, online de doble conversión. Salida: 120V, 208V 3PH, 208V, 220V, trifásica configurable. Entrada: 208V 3PH, 165 - 240V.

1

02.01.02Instalación, Configuración, y Puesta en Marcha

Servicio de instalación, configuración, y puesta en marcha del equipo, incluye cualquier gasto de traslado, transporte, viáticos, materiales, etc.

1

02.02Sistema de Aire Acondicionado de Precisión

  

02.02.01Sistema de Refrigeración de Precisión

33,000 BTU (9.7Kw) de potencia de enfriamiento, debe permitir ajustes de enfriamiento de precisión, debe ser una unidad autónoma de cero mantenimiento con su respectivo tanque recolector de agua, condensador externo, tubería de refrigerante. Alimentación eléctrica 200-240VAC, trifásico y 50/60 GHz.

1

02.02.02Instalación, Configuración, y Puesta en Marcha

Servicio de instalación, configuración, y puesta en marcha del equipo, incluye cualquier gasto de traslado, transporte, viáticos, materiales, etc.

1

02.03 Equipos de Cómputo Portátiles (Laptops)    

02.03.01 Laptop

Intel Core i7 - 3520M (2.8 GHz, caché L3 de 4 MB), 8 GB de RAM 1,333 MHz, 750 GB de Disco Duro 7200rpm, DVD RW, webcam, 802.11 a/b/g/n, bluetooth, Windows 7 professional 64 bits licenciado, batería.

3

NIVEL DE PARTNER: el partner deberá tener un nivel de partner mínimo de Partner Select.

PERFIL DEL INSTRUCTOR PARA CAPACITACIÓN:

Un ingeniero informático con maestría en docencia universitaria, así mismo tener una maestría en Gerencia de Tecnologias de la Informacion y gestión de software, así mismo deberá contar con una experiencia mínima en docencia de 7 años.

EXPERIENCIA COMO INSTRUCTOR: Legal MainConctact e instructor cisco CCNA exploration 4.0 como mínimo que haya sido instructor Cisco en 3 diferentes universidades en los últimos 4 años,

Asi mismo se requerira un profesional en la docencia a efectos que pueda realizar las capacitaciones respectivas con los siguientes requisitos

Experiencia en Educación Superior Universitaria como: Funcionario Académico,Docente, Consultor en Educación mediada por NTICs y en Procesos deImplementación de Sistemas de Calidad y Acreditación. Líder en Procesos deCertificación ISO 9001 y Acreditación de Carrera Universitaria. Magíster en DocenciaUniversitaria. Ingeniero de Sistemas. Especialista en Autoevaluación Universitaria,ANR. Evaluador Par Internacional, Consejo Nacional de Acreditación,CNA de Colombia; Evaluador voluntario de ICACIT/ABET en Perú. Miembro de ACM,Association for Computing

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Primera ConvocatoriaMachinery. Miembro de CSTA, Computer ScienceTeacher Association. Certificado como Docente Evaluador IGCSE Magíster en Docencia Universitaria

La capacitación se realizara en las instalaciones del Centro de Informática y Telecomunicaciones de la Universidad Nacional de Piura, sito en Campus Universitario S/N Urb. Miraflores Castilla Piura, cuyo horario del mismo, se comunicara en su oportunidad.

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Primera Convocatoria

CAPÍTULO IVCRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA

EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)

Es de exclusiva responsabilidad del Comité Especial que los factores permitan la selección de la mejor oferta en relación con la necesidad que se requiere satisfacer.

De acuerdo con el artículo 44 del Reglamento, se consideran los siguientes factores de evaluación, dependiendo del tipo de bien que se adquiera9:

FACTORES DE EVALUACIÓN - OPCIONALES PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN

A. PLAZO DE ENTREGA10Igual de 80 días calendario:

00 puntos

De 76 hasta 79 días calendario:05 puntos

De 70 hasta 75 días calendario:10 puntos 11

Criterio:Se evaluará en función al plazo de entrega ofertado, el cual debe mejorar el plazo de entrega establecido como requerimiento técnico mínimo.

Acreditación:Se acreditará mediante la presentación de declaración jurada. (Anexo Nº 5)

B. GARANTÍA COMERCIAL DEL POSTOR12

Mayor o igual a 42 meses y menor igual a 48 meses 30 puntos

Mayor a 36 meses y menor a 42 meses 25 puntos

13

Criterio:Se asignara el puntaje al postor que declare ofertar la garantía de los bienes conforme a los siguientes criterios.

Acreditación:La garantía deberá ser sustentada con carta del fabricante o subsidiaria del fabricante en el Perú de los bienes ofertados, validando que estos bienes son nuevos y de primer uso.

C. DISPONIBILIDAD DE SERVICIOS Y REPUESTOS

Postor que oferte un mínimo de 2 talleres autorizados en la Región Piura:

20 puntos

Postor que oferte un mínimo de 2 talleres autorizados en otras Regiones del país

00 puntos

Para la evaluación de la disponibilidad de suministros se sugiere lo siguiente:Criterio:Se evaluará en función a la cobertura de concesionarios y/o talleres autorizados con capacidad de suministro que oferte el postor.Acreditación:

Se acreditará mediante la presentación de declaración jurada, licencia de funcionamiento o la dirección registrada en el RNP en la cual indique la Región

D. EXPERIENCIA DEL POSTORM = Monto facturado acumulado por el postor por la venta de bienes iguales y/o

Criterio:Se evaluará considerando el monto facturado acumulado

9 El Comité Especial podrá utilizar todos o algunos de los factores contenidos en el presente capítulo. Cabe precisar que, de acuerdo al artículo 44 del Reglamento pueden establecerse otros factores de evaluación; sin embargo, debe verificarse que estos sean congruentes, razonables y proporcionales con el objeto de la convocatoria.

10 Este factor podrá ser consignado cuando del expediente de contratación se advierta que el plazo establecido para la entrega de los bienes admite reducción.

11 El Comité Especial define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango.

12 Este factor deberá ser establecido teniendo en consideración la vida útil de los bienes a ser adquiridos.

13 El Comité Especial define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango.

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Primera Convocatoria

FACTORES DE EVALUACIÓN - OPCIONALES PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN

por el postor por la venta de bienes a entidades del estado iguales o similares al objeto de la convocatoria, durante un periodo de 02 años a la fecha de la presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a 05 veces el Valor Referencial del ítem al que postula.

Se considerarán bienes similares a los equipos de cómputo, equipos de redes, equipos de comunicación, notebook, equipos multimedia, equipos de protección eléctrica, aires de precisión.

Acreditación:La experiencia se acreditará mediante copia simple de: contratos u órdenes de compra, y su respectiva conformidad por la venta o suministro efectuados; y comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, (debe acreditarse objetivamente mediante la presentación de: vouchers de depósito, comprobantes de retención, reporte del estado de cuenta y que la cancelación de la empresa contratante conste en el mismo documento. No se considerarán como válidos los sellos cancelados de las facturas efectuados por el mismo postor; y los documentos que se presenten de manera ilegible).], correspondientes a un máximo de veinte (20) contrataciones.

En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se deberá acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación y calificación, las veinte (20) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor.

En el caso de suministro, sólo se considerará como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago.

En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.

Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2013,

similares al objeto de la convocatoria

M >= 05 veces el valor referencial14: 20 puntos

M >= 04 veces el valor referencial y < 05 veces el valor referencial:

15 puntos

M >= 03 veces el valor referencial y < 04 veces el valor referencial:

10 puntos15

M >= 02 vez el valor referencial y < 03 veces el valor referencial:

05 puntos16

14 No puede establecerse como único parámetro de evaluación la asignación del máximo puntaje a montos facturados mayores a cinco (5) veces el valor referencial del proceso.

15 El Comité Especial define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango. Asimismo, podrá cambiar la metodología para la asignación de puntaje.

16 El Comité Especial define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango. Asimismo, podrá cambiar la metodología para la asignación de puntaje.

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Primera Convocatoria

FACTORES DE EVALUACIÓN - OPCIONALES PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN

se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.

Cuando en los contratos, órdenes de compra o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de compra o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor.

E. CUMPLIMIENTO DE LA PRESTACIÓN

Se debe utilizar la siguiente fórmula de evaluación17:

PCP= PF x CBC NC

Donde:

PCP = Puntaje a otorgarse al postor.PF = Puntaje máximo al postor.NC = Número de contrataciones presentadas para acreditar la experiencia del postor.CBC = Número de constancias de prestación válidas.

20 puntos

Criterio:Se evaluará el nivel de cumplimiento del postor, respecto de los contratos presentados para acreditar la experiencia del postor, en función al número de constancias de prestación presentadas.

Acreditación:Mediante la presentación de un máximo de veinte (20) constancias de prestación o cualquier otro documento que, independientemente de su denominación, indique, como mínimo, lo siguiente:

1. La identificación del contrato u orden de compra, indicando como mínimo su objeto.

2. El monto correspondiente; esto es, el importe total al

que asciende el contrato, comprendiendo las variaciones por adicionales, reducciones, reajustes, etc., que se hubieran aplicado durante la ejecución contractual.

3. Las penalidades en que hubiera incurrido el contratista durante la ejecución de dicho contrato.

PUNTAJE TOTAL 100 puntos18

IMPORTANTE:

Los factores de evaluación no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos.

Para acceder a la etapa de evaluación económica, el postor deberá obtener un puntaje técnico mínimo de sesenta (60) puntos.

17 Para mayor detalle, se recomienda revisar los Pronunciamientos Nº 095-2010/DTN y Nº 111-2010/DTN en www.osce.gob.pe

18 Es la suma de los puntajes de todos los factores de evaluación.

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Primera Convocatoria

CAPÍTULO VPROFORMA DEL CONTRATO

IMPORTANTE:

Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, podrá efectuarse la inclusión de cláusulas adicionales o la adecuación de las propuestas en el presente documento, las que en ningún caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo señalado en este capítulo.

Conste por el presente documento, la contratación de [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [………], con domicilio legal en [………], representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTESCon fecha [………………..], el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN] para la contratación de [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA] , a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.

CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN], conforme a las Especificaciones Técnicas.

CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUALEl monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], [CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV.19

Este monto comprende el costo del bien, transporte hasta el punto de entrega, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.

en caso la tasa del IGV aumente la Entidad procederá de la siguiente forma: i) verificará la disponibilidad presupuestal a fin de reajustar los precios y que la prestación no resulte onerosa para el contratista, o ii) de no contar con dicha disponibilidad presupuestal, la Entidad podrá reducir las prestaciones objeto de contrato o iii) resolverá el contrato por causas no imputables a las partes, en tanto la Entidad no podría exigir al contratista continuar con la prestación bajo las nuevas condiciones y en las cantidades y precios originales suscritos inicialmente. Asimismo, en caso disminuya el porcentaje del IGV, la Entidad ajustará los precios según la tasa imponible, siendo que ello no afecte al contratista

CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO 20

19 Consignar que NO incluye IGV en caso el postor ganador de la Buena Pro haya presentado la Declaración jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 8) en su propuesta técnica.

20 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago.

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Primera ConvocatoriaLA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA], en [INDICAR EL DETALLE DEL PAGO ÚNICO O PAGOS PARCIALES, SEGÚN CORRESPONDA], luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser estos recibidos.

LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.

En caso de retraso en el pago, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado, contado desde la oportunidad en el que el pago debió efectuarse.

CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓNEl plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO].

CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATOEl presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora21 y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.

CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍASEL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:

De fiel cumplimiento del contrato22: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE]. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:

Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias23: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas.

Garantía por el monto diferencial de la propuesta24: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través

21 La oferta ganadora comprende a las propuestas técnica y económica del postor ganador de la Buena Pro.

22 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel cumplimiento deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

23 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 159 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en las contrataciones de bienes que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por dicho concepto. La garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.

24 En aplicación de los dispuesto por el artículo 160 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del veinte por ciento (20%) de éste en el proceso de

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Primera Convocatoriade la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

Para el procedimiento de devolución de garantías se indica lo siguiente: terminada la ejecución contractual, el contratista debe presentar carta dirigida al jefe de la Oficina Central de Ejecución Presupuestal en donde precise que ha concluido la ejecución contractual en los plazos establecidos en el contrato firmado con la entidad y solicita la devolución de la garantía que respaldo el fiel cumplimiento o según corresponda……, dicha carta será derivada a la Oficina de Tesorería de la entidad y esta lo eleva a la Oficina de Abastecimiento para el informe de ingreso de bienes instalados y funcionando. Con informe positivo, tesorería procede a devolver el depósito de garantía mediante cheque, todo esto se resuelve en un plazo que no debe exceder los tres días hábiles en situación normal

CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓNLA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

IMPORTANTE:

Sólo en caso la Entidad hubiese previsto otorgar adelanto, se deberán incluir las siguientes cláusulas:

CLÁUSULA NOVENA: ADELANTO DIRECTO25

“LA ENTIDAD otorgará [CONSIGNAR NÚMERO DE ADELANTOS A OTORGARSE] adelantos directos por el [CONSIGNAR PORCENTAJE QUE NO DEBE EXCEDER DEL 30% DEL MONTO DEL CONTRATO ORIGINAL] del monto del contrato original.

EL CONTRATISTA debe solicitar los adelantos dentro de [CONSIGNAR EL PLAZO Y OPORTUNIDAD PARA LA SOLICITUD], adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos26

mediante [CONSIGNAR CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] y el comprobante de pago correspondiente. Vencido dicho plazo no procederá la solicitud.

LA ENTIDAD debe entregar el monto solicitado dentro de [CONSIGNAR EL PLAZO] siguientes a la presentación de la solicitud del contratista.

En el supuesto que los adelantos no se entreguen en la oportunidad prevista, EL CONTRATISTA tendrá derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 172 del Reglamento.”

CLÁUSULA DÉCIMA: CONFORMIDAD DE RECEPCIÓN DE LA PRESTACIÓNLa conformidad de recepción de la prestación se regula por lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARÁ LA CONFORMIDAD].

selección para la contratación de bienes, para la suscripción del contrato el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.

25 Si la Entidad ha previsto la entrega de adelantos, deberá consignar el procedimiento para su entrega y la respectiva garantía, precisando el plazo en el cual el contratista solicitará los adelantos. Asimismo, deberá consignar la oportunidad y plazo en el cual se entregarán dichos adelantos, conforme a lo previsto por los artículos 171 y 172 del Reglamento.

26 De conformidad con el artículo 162 del Reglamento, esta garantía deberá ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución contractual sea menor a tres (3) meses, la garantía podrá ser emitida con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.

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Primera Convocatoria

De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del bien. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.

Este procedimiento no será aplicable cuando los bienes manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.

CLÁUSULA UNDÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTAEL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.

CLÁUSULA DUODÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOSLa conformidad de recepción de la prestación por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado.

El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de [CONSIGNAR TIEMPO EN AÑOS, NO MENOR DE UN (1) AÑO] años.

CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: PENALIDADESSi EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del monto del ítem que debió ejecutarse, en concordancia con el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

Penalidad Diaria = 0.10 x MontoF x Plazo en días

Donde:

F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.

Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse o, en caso que éstos involucraran obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso.

Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de Fiel Cumplimiento o por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso).

Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento.

La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, el Código Civil y demás normas aplicables, según corresponda.

IMPORTANTE:

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Primera Convocatoria De preverse en las Especificaciones Técnicas penalidades distintas a la penalidad por mora,

se deberá consignar el listado detallado de las situaciones, condiciones, etc., que serán objeto de penalidad, los montos o porcentajes que le corresponderían aplicar por cada tipo de incumplimiento y la forma o procedimiento mediante el que se verificará la ocurrencia de tales incumplimientos.

CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATOCualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40, inciso c), y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artículos 167 y 168 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.

Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.

CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATOSólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado.

CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 27 Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144, 170, 175, 176, 177 y 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado o, en su defecto, en el artículo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado.

Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.

CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICACualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.

CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUALLas partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:

DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [...........................]

DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO]

27 De conformidad con los artículos 216 y 217 del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte necesaria para resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, para la suscripción del contrato y, según el acuerdo de las partes podrá establecerse que el arbitraje será institucional o ante el Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE (SNA-OSCE), debiendo indicarse el nombre del centro de arbitraje pactado y si se opta por un arbitraje ad-hoc, deberá indicarse si la controversia se someterá ante un tribunal arbitral o ante un árbitro único.

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Primera ConvocatoriaLa variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.

De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].

“LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”

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FORMATOS Y ANEXOS

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FORMATO N° 1 28

MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN

Lima, [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

[CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA Y/O CONSORCIO)], identificado con DNI [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA NATURAL] y Nº RUC Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], debidamente representado por su [CONSIGNAR SI SE TRATA DE REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA O DEL REPRESENTANTE COMÚN EN CASO DE CONSORCIOS, ASÍ COMO SU NOMBRE COMPLETO], identificado con DNI Nº […………], tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con la Licitación Pública N° [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO], a fin de acreditar a nuestro apoderado: [CONSIGNAR NOMBRE DEL APODERADO] identificado con DNI Nº [………], quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.

Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.29

…..………………………….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

28 El presente formato será utilizado cuando la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante común del consorcio no concurra personalmente al proceso de selección.

29 Incluir dicho párrafo sólo en el caso de personas jurídicas.

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ANEXO Nº 1

DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR

SeñoresCOMITÉ ESPECIALLICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

Estimados Señores:

El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:

Nombre o Razón Social :Domicilio Legal :RUC : Teléfono : Fax :

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……...........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor oRepresentante legal, según corresponda

IMPORTANTE:

Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO Nº 2

DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

SeñoresCOMITÉ ESPECIALLICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración:

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el postor ofrece el [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], de conformidad con las Especificaciones Técnicas, las demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases y los documentos del proceso.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

…….………………………….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

IMPORTANTE:

Adicionalmente, puede requerirse la presentación de otros documentos para acreditar el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, conforme a lo señalado en el contenido del sobre técnico.

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ANEXO Nº 3

DECLARACIÓN JURADA (ART. 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALLICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración:

Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:

1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado.

2.- Conocer, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.

3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de selección.

4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.

5.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………………………….………………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor oRepresentante legal, según corresponda

IMPORTANTE:

Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO Nº 4

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALLICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración,

Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta a la LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO], responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.

Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado), de conformidad con lo establecido por el artículo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y para suscribir el contrato correspondiente con la Entidad [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [.............................].

OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de Obligaciones [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]

OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de Obligaciones [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]

TOTAL: 100%

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

..…………………………………. …………………………………..Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2

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ANEXO Nº 5

DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE ENTREGA

SeñoresCOMITÉ ESPECIALLICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración,

Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a entregar los bienes objeto del presente proceso de selección en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……..........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

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63

[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

ANEXO Nº 6

EXPERIENCIA DEL POSTOR

SeñoresCOMITÉ ESPECIALLICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

Mediante el presente, el suscrito detalla la siguiente EXPERIENCIA:

Nº CLIENTE OBJETO DEL CONTRATO

N° CONTRATO / O/C / COMPROBANTE DE

PAGO FECHA30 MONEDA IMPORTE TIPO DE CAMBIO

VENTA31MONTO FACTURADO

ACUMULADO32

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10TOTAL

30 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Compra o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

31 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Compra o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

32 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.

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63

63

[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………..........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

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[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

ANEXO Nº 7

CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA(MODELO)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALLICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración,

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con el valor referencial del presente proceso de selección y las Especificaciones Técnicas, mi propuesta económica es la siguiente:

CONCEPTO COSTO TOTAL [CONSIGNAR MONEDA]

TOTAL

La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo del bien a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……………………………….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

IMPORTANTE:

En caso de tratarse de una convocatoria bajo el sistema de precios unitarios, deberá requerirse que el postor consigne en la propuesta económica los precios unitarios y subtotales de su oferta.

Cuando el proceso se convoque a suma alzada, únicamente deberá requerirse que la propuesta económica contenga el monto total de la oferta, sin perjuicio de solicitar que el postor adjudicado presente la estructura de costos o detalle de precios unitarios para la formalización del contrato, lo que deberá ser precisado en el numeral 2.7 de la sección específica.

En caso de convocarse el proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente.

La propuesta económica de los postores que presenten la declaración jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo 8), debe encontrase dentro de los límites del valor referencial sin IGV.

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[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

ANEXO Nº 8

DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA EXONERACIÓN DEL IGV

SeñoresCOMITÉ ESPECIALLICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración,

Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento que gozo del beneficio de la exoneración del IGV previsto en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, dado que cumplo con las condiciones siguientes:

1.- Que el domicilio fiscal de la empresa33 se encuentra ubicada en la Amazonía y coincide con el lugar establecido como sede central (donde tiene su administración y lleva su contabilidad);

2.- Que la empresa se encuentra inscrita en las Oficinas Registrales de la Amazonía (exigible en caso de personas jurídicas);

3.- Que, al menos el setenta por ciento (70%) de los activos fijos de la empresa se encuentran en la Amazonía; y

4.- Que la empresa no tiene producción fuera de la Amazonía.34

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………………………….………………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor oRepresentante legal, según corresponda

IMPORTANTE:

Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

33 En el artículo 1 del “Reglamento de las Disposiciones Tributarias contenidas en la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía” se define como “empresa” a las “Personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas consideradas jurídicas por la Ley del Impuesto a la Renta, generadoras de rentas de tercera categoría, ubicadas en la Amazonía. Las sociedades conyugales son aquéllas que ejerzan la opción prevista en el Artículo 16 de la Ley del Impuesto a la Renta.”

34 En caso de empresas de comercialización, no consignar esta condición.

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[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

1.- INCORPORACION DE CONSULTAS:

Piura, 09 de Mayo de 2014

OFICIO Nº 019-2014-UNP

SEÑORES PARTICIPANTES DEL PROCESO DE SELECCIÓN LICITACION PÚBLICA Nº 03-2014-UNP

ASUNTO: Absolución a las Consultas de las Bases del Proceso LICITACION PUBLICA Nº 03-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650”

Mediante el presente alcanzamos a usted, la absolución a las consultas planteadas por los participantes, como se detalla:

TELEFONICA DEL PERU SA.-

ABSOLUCION 01El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 003-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””, indica que: Se acoge la consulta, Se acreditará mediante carta del fabricante en la que indique ítem por ítem la garantía que tiene el producto o en su defecto mediante links propios del fabricante en el que se detalle el tiempo de garantía por cada producto en años

ABSOLUCION 02

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[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 003-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””, ””, indica que: Se acoge la consulta, Se tomará en cuenta como puntaje total al postor que acredite con licencia de funcionamiento.

ABSOLUCION 03El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 003-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650 indica que: No se acoge la consulta, Se tomará en cuenta la experiencia del postor en cualquiera de los ítems descritos en la solución

ABSOLUCION 04El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 003-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””, indica que: No se acoge la consulta, La capacitación, será por personal certificado por cada marca de los ítems comprendidos en toda la solución.

ABSOLUCION 05El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 003-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””, indica que: No se acoge la consulta, El soporte del postor es tomado en cuenta en otro apartado, el smartnet si se aplica en provincia

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[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

ABSOLUCION 06El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 003-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””, indica que: No se acoge la consulta, La universidad está estandarizada en ese marca de cable.

ABSOLUCION 07El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 003-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””, indica que: No se acoge la consulta, El servicio de internet será merced de otro proceso

ABSOLUCION 08

El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 003-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””, indica que: Debido que corresponde a un proceso llave en mano se necesitan obras menores que han sido consideradas en el estudio de mercado por lo cual no puede ser eliminado de las bases debido que no se cumpliría con las metas establecidas en el expediente

ABSOLUCION 09

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[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 003-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””, indica que: No se acoge la consulta, El postor no requerirá un nivel de certificación mínimo, pero si deberá acreditar ser partner.

Sin otro particular, quedamos de ustedes.

EL COMITÉ ESPECIAL

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[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

1.- INCORPORACION DE OBSERVACIONES:

Piura, 17 de Junio de 2014

OFICIO Nº 029-2014-UNP

SEÑORES PARTICIPANTES DEL PROCESO DE SELECCIÓN LICITACION PÚBLICA Nº 04-2014-UNP

ASUNTO: Absolución a las Observaciones a las Bases del Proceso LICITACION PUBLICA Nº 04-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650”

Mediante el presente alcanzamos a usted, la absolución a las observaciones planteadas por los participantes, como se detalla:

OBSERVACION Nº 01

CONSULTA OBSERVACIÓN X

1. EMPRESAJAPAN COMPUTER

2. REFERENCIA DE LAS BASESNumeral(es):

Anexo(s)

Página(s):

ABSOLUCION CONSULTA N° 2

TELEFONICA DEL PERU S.A

3. ANTECEDENTES / SUSTENTODice:

El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 003-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””, ””, indica que: Se acoge la consulta, Se tomará en cuenta como puntaje total al postor que acredite con licencia de funcionamiento.

4. CONSULTA Y/U OBSERVACIONESConsiderando:

Se observa:

Que la disponibilidad de repuestos y servicios son otorgados por el fabricante y no por el

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[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

postor. El solicitar oficinas locales no representa mejora alguna para la UNP.

Por favor confirmar que las oficinas locales del postor serán opcionales y no puntuadas y que bastará presentar una declaración jurada en donde el postor indique que cumplirá con los plazos de tiempos de respuesta establecidos en las bases.

ABSOLUCION 01El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 004-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””, indica que: Sobre el particular, cabe preciar que, el artículo 43º del Reglamento, establece que el Comité Especial tiene la facultad de determinar los factores de evaluación técnicos a ser utilizados en el proceso de selección, los que deberán ser objetivos y congruentes con el objeto de la convocatoria, debiendo sujetarse a criterios de razonabilidad y proporcionalidad, y que, además, los factores de evaluación podrán calificar aquellos aspectos que superen o mejoren el requerimiento técnico mínimo, siempre que no desnaturalice el requerimiento efectuado.

En tal sentido, conforme a la norma señalada anteriormente, constituye facultad del Comité Especial determinar los factores y la metodología de evaluación a aplicar. Cabe señalar además que El CONTRATISTA debe contar con stock local de repuestos críticos mínimos de tal modo de garantizar que la solución Wireless de manera parcial o completa siga funcionando en un tiempo máximo de dos (2) horas”.

Por tanto, en la medida que los factores de evaluación deben representar una ventaja para la Entidad, el Comité Especial, en función a las ventajas geográficas, técnicas y/o económicas que representen, considera que es de exclusiva importancia que el postor cuente con servicios y repuestos en la ciudad de Piura puesto que de requerir un servicio o repuesto de manera urgente y el postor no cuente con ello producirá que se paralice la solución y esto sería perjudicial para la entidad puesto que se tiene como meta llegar a dictar clases incluyendo el manejo de Internet , es por ello que de existir algún contratiempo se requiere que el servicio y repuestos estén disponibles en un tiempo corto.

Por otro lado existen diferentes pronunciamientos emitidos por el OSCE en el cual manifiestan que el proveedor adjudicatario es el único responsable de cumplir con lo ofertado en el proceso de selección por lo tanto son ellos los únicos responsables de cumplir con lo solicitado y ofertado.

Por otro lado en el Articulo 44° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado Factores de evaluación para la contratación de bienes, en el punto c) indican como factor de evaluación la disponibilidad de servicios y repuestos , lo cual consideramos indispensable para el proceso que se están llevando a cabo.

Por tanto, considerando que, de la revisión de los factores, no se advierte trasgresión a lo establecido en el artículo 43º del Reglamento, este comité dispone NO ACOGER:

OBSERVACION Nº 0 2

CONSULTA OBSERVACIÓN X

5. EMPRESAJAPAN COMPUTER

6. REFERENCIA DE LAS BASESNumeral(es): ABSOLUCION CONSULTA N° 3

TELEFONICA DEL PERU S.A

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65

[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

Anexo(s)

Página(s):

7. ANTECEDENTES / SUSTENTOEl Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 003-2014-UNP “ADQUISICIÓN EINSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650indica que: No se acoge la consulta, Se tomará en cuenta la experiencia del postor en cualquiera de los ítems descritos en la solución

8. CONSULTA Y/U OBSERVACIONESConsiderando:

Se pide se quite la venta de computadoras como experiencia del postor, ya que éstas no son objeto de la convocatoria.

ABSOLUCION 02El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 004-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””, indica que: De acuerdo con el artículo 43º del Reglamento, resulta de competencia exclusiva del Comité Especial la determinación de los factores de evaluación técnicos, los que deberán ser objetivos y congruentes con el objeto de la convocatoria, debiendo sujetarse a criterios de razonabilidad y proporcionalidad.

Ahora bien, es preciso indicar que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44º del Reglamento, las Bases deberán señalar los bienes iguales y similares, cuya venta o suministro servirá para acreditar la experiencia del postor. Al respecto, por bienes similares debe entenderse a aquellos de naturaleza semejante, no iguales, que reúnan alguna o algunas de las características que definen la naturaleza del bien materia del proceso.

Así, de la revisión de las Bases del proceso de selección, se aprecia que la Entidad ha previsto en el Capítulo IV de las Bases que se entenderá como bien similar a la venta de equipos de cómputo, equipos de redes , equipos de comunicación , notebook, entre otros, al cual corresponde incluir equipos de protección eléctrica como son UPS, estabilizadores, reguladores de voltaje.

Por otro lado cabe señalar que el Comité Especial es el encargado de determinar los bienes que serán considerados similares para efectos de la evaluación de propuestas, es por ello que este Comité Especial ha resuelto NO ACOGER la presente observación..

OBSERVACION Nº 0 3

CONSULTA OBSERVACIÓN X

9. EMPRESAJAPAN COMPUTER

10. REFERENCIA DE LAS BASESNumeral(es):

Anexo(s)

ABSOLUCION CONSULTA N° 4

TELEFONICA DEL PERU S.A

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[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

Página(s):

11. ANTECEDENTES / SUSTENTOEl Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 003-2014-UNP “ADQUISICIÓN EINSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””, indica que: No se acoge la consulta, La capacitación, será por personal certificado por cada marca de los ítems comprendidos en toda la solución.

12. CONSULTA Y/U OBSERVACIONESDado que el objeto principal de la convocatoria es adquisición y puesta en marcha de equipos de networking; se solicita que se considere sólo instructores para este ítem.

La capacitación de los demás ítems, podrán ser dictados por personal capacitado en cada solución.

ABSOLUCION 03El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 004-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””, indica que: NO SE ACOGE, la UNP requiere certeza que las personas a brindar las capacitaciones sean las más preparadas posibles en sus diferentes marcas por lo tanto la capacitación será por personal certificado en cada marca de los ítems comprendidos en toda la solución.

OBSERVACION Nº 04CONSULTA OBSERVACIÓN X

13. EMPRESAJAPAN COMPUTER

14. REFERENCIA DE LAS BASESNumeral(es):

Anexo(s)

Página(s):

ABSOLUCION CONSULTA N° 4

TELEFONICA DEL PERU S.A

15. ANTECEDENTES / SUSTENTOEl Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 003-2014-UNP “ADQUISICIÓN EINSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””, indica que: No se acoge la consulta, El postor no requerirá un nivel de certificación mínimo, pero si deberá acreditar ser partner.

16. CONSULTA Y/U OBSERVACIONESConsiderando:

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[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

Dado que el proyecto solicitado se basa en una solución Wireless, se solicita se establezca el nivel de Parter mínimo solicitado. Así mismo, dado que la solución es llave en mano y se considera la implementación y puesta en marcha, se debe indicar el nivel de especialización requerido; tanto de la empresa postora, como de su personal implementador.

ABSOLUCION 04El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 004-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””, indica que: La pregunta realizada por el participante corresponde a una CONSULTA lo cual debió ser formulada en su etapa correspondiente, toda vez que está dirigida a aclarar un extremo de las bases , no obstante a manera de brindar la información se indica que el participante deberá tener un nivel de partner mínimo de Partner Select Así mismo se requerirá el siguiente equipo:

Un ingeniero informático con maestría en docencia universitaria, así mismo tener una maestría en Gerencia de TI y gestión de software, así mismo deberá contar con una experiencia mínima en docencia de 7 años.

EXPERIENCIA COMO INSTRUCTOR: Legal Main Conctact e instructor cisco CCNA exploración 4.0 como mínimo 05 años.

Se requerirá como mínimo que haya sido instructor Cisco en 3 diferentes universidades en los últimos 4 años, así mismo se requerirá que el ingeniero jefe del proyecto sea de la ciudad de Piura como máximo de la ciudad de Chiclayo a efectos de poder solucionar los impases generados.

Así mismo se requerirá de un Ingeniero civil con experiencia en estructuras Ingeniero Civil acreditado con copia simple del Título profesional y del Diploma de Inscripción en el Colegio de Ingenieros del Perú. Deberá acreditar experiencia en obras iguales y/o similares por un período de 02 años. Dicha experiencia podrá haberla adquirido como residente, supervisor y/o inspector. Deberá presentar carta de Compromiso de Libre Disponibilidad (Detallar Apellidos y Nombres Completos, CIP, Teléfono, Dirección, y firma en original) para asumir dicho cargo. La misma experiencia será sustentados con i) Contratos con su respectiva conformidad, ii) constancias, iii) certificados, o, iv) cualquier otro documento que acredite la experiencia del profesional propuesto, realizadas durante el periodo de ejercicio Profesional Colegiado.

Asimismo, deberá Acreditar Estudios de Maestría en Ingeniería Civil con mención en Ingeniería Vial, Diplomado en Ingeniería y Gestión Vial, cursos, seminarios o talleres con un periodo acumulado de doce horas lectivas, Impacto Ambiental en obras Civiles, Pavimentos, Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil, Supervisión de Obras, Topografía y Diseño De carreteras con 10 horas Lectivas, Normas y Diseños, Construcción y Conservación de carreteras de Bajo volumen de transito , Diseño de Pavimentos Flexibles y Rígidos, Valorización y Liquidación de Obras Publicas. que deberán ser emitidos por entidades públicas o privadas especializadas, tales como Universidades, Sencico, CIP, CAP, entre otros.

Así mismo se requerirá un profesional en la docencia a efectos que pueda realizar las capacitaciones respectivas con los siguientes requisitos

Experiencia en Educación Superior Universitaria como: Funcionario Académico, Docente, Consultor en Educación mediada por NTICs y en Procesos de Implementación de Sistemas de Calidad y Acreditación. Líder en Procesos de Certificación ISO 9001 y Acreditación de Carrera Universitaria. Magíster en Docencia Universitaria. Ingeniero de Sistemas. Especialista en Autoevaluación Universitaria, ANR. Evaluador Par Internacional, Consejo Nacional de Acreditación, CNA de Colombia; Evaluador voluntario de ICACIT/ABET en Perú. Miembro de ACM, Association for Computing Machinery. Miembro de CSTA, Computer Science Teacher Association. Certificado como Docente Evaluador IGCSE Magíster en Docencia Universitaria

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65

[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

OBSERVACION Nº 0 5

CONSULTA OBSERVACIÓN X

17. EMPRESAJAPAN COMPUTER

18. REFERENCIA DE LAS BASESNumeral(es):

Anexo(s)

Página(s):

1.3.2Soporte y Garantía

Pág. 43

19. ANTECEDENTES / SUSTENTOo EL CONTRATISTA debe contar con stock local de repuestos críticos,

de tal modo de garantizar la atención ante fallas en un tiempo máximo de dos (2)

horas.

20. CONSULTA Y/U OBSERVACIONESConsiderando:

Que lo que se solicita es un contrato de soporte “Smartnet” y que este es brindado directamente por el fabricante. Se solicita que se modifique este párrafo.

ABSOLUCION 05El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 004-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””, indica que: No se acepta y se corrige el párrafo acorde a la absolución de consultas realizada a la empresa Japan: “Adicional a la garantía smartnet solicitada por la UNP, EL CONTRATISTA debe contar con stock local de repuestos críticos mínimos de tal modo de garantizar que la solución Wireless de manera parcial o completa siga funcionando en un tiempo máximo de dos (2) horas”.

OBSERVACION Nº 06CONSULTA OBSERVACIÓN X

21. EMPRESAJAPAN COMPUTER

22. REFERENCIA DE LAS BASESNumeral(es):

Anexo(s)

Página(s):

CAPITULO IV

CRITERIOS DE EVALUACION TECNICA

Pág. 48

23. ANTECEDENTES / SUSTENTO

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65

[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

24. CONSULTA Y/U OBSERVACIONESSe solicita se modifiquen los puntajes asignados, ya que existe un error en la asignación entre la segunda y tercera opción.

ABSOLUCION 06El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 004-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””, indica que: Se acoge la Observación, quedando redactado dicho factor como sigue

Se corrige el factor de la siguiente manera:A. PLAZO DE ENTREGA Igual de 80 días

calendario:00 puntos

De 76 hasta 79 días calendario:

05 puntos

De 70 hasta 75 días calendario:

10 puntos

Criterio:

Se evaluará en función al plazo de entrega ofertado, el cual debe mejorar el plazo de entrega establecido como requerimiento técnico mínimo.

Acreditación:

Se acreditará mediante la presentación de declaración jurada. (Anexo Nº 5)

OBSERVACION Nº 0 7

CONSULTA OBSERVACIÓN X

25. EMPRESAJAPAN COMPUTER

26. REFERENCIA DE LAS BASESNumeral(es):

Anexo(s)

Página(s):

F. EXPERIENCIA DEL POSTOR

Pág. 49

27. ANTECEDENTES / SUSTENTOCriterio:

Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor por la venta de bienes a entidades del estado iguales o similares al objeto de la convocatoria, durante un periodo de 02 años a la fecha de la presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado

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65

[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

equivalente a 05 veces el Valor Referencial del ítem al que postula.

28. CONSULTA Y/U OBSERVACIONESPara permitir la pluralidad de postores; se solicita se modifique el periodo del monto facturado acumulado, de 02 a 04 años.

ABSOLUCION 07

El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 004-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””, indica que: De acuerdo con el artículo 43º del Reglamento, resulta de competencia exclusiva del Comité Especial la determinación de los factores de evaluación técnicos, los que deberán ser objetivos y congruentes con el objeto de la convocatoria, debiendo sujetarse a criterios de razonabilidad y proporcionalidad.

Por lo tanto este comité considera que la experiencia solicitada cumple con los principios básicos de la Ley de Contrataciones del Estado máxime si se ha considerado una gran cantidad de bienes similares al objeto de la convocatoria.

TELEFONICA DEL PERU SA.-

ABSOLUCION 02El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 004-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””, indica que: Se acoge la Observación, quedando redactado dicho factor como sigue

Se corrige el factor de la siguiente manera:A. PLAZO DE ENTREGA Igual de 80 días calendario:

00 puntos

De 76 hasta 79 días calendario:

Criterio:

Se evaluará en función al plazo de entrega ofertado, el cual debe mejorar el plazo de entrega establecido como requerimiento técnico mínimo.

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[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

Acreditación:

Se acreditará mediante la presentación de declaración jurada. (Anexo Nº 5) 05 puntos

De 70 hasta 75 días calendario:

ABSOLUCION 02El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 004-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””, indica que: con motivo de la integración de las bases, procederá a incluir el siguiente párrafo:“En caso se produzca alguna variación en el porcentaje establecido para el IGV, las partes suscribirán una adenda a fin de modificar el monto contratado en igual porcentaje a la modificación del IGV introducida”. Por lo que se ACOGE el extremo de esta observación.

Por otro lado debe indicarse que según el Artículo 41 de la Ley de Contrataciones del Estado en concordancia con el artículo 174 del Reglamento de la ley de contrataciones del Estado otorga a la entidad la potestad de ordenar la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de bienes y servicios hasta por el 25% del monto del contrato original, siempre que estas sean indispensables para alcanzar la finalidad del contrato; al igual que, reducir prestaciones por el mismo porcentaje; de ser el caso.

En este orden de ideas la entidad podrá ordenar al contratista la ejecución de prestaciones adicionales de bienes, cuando considere que ello resulte necesario para alcanzar la finalidad del contrato y en última instancia la satisfacción del interés de la comunidad universitaria que subyace a la contratación, por lo que NO SE ACOGE ESTE EXTREMO DE LA OBSERVACION. Máxime si el proceso de selección fue convocado por el sistema de contratación Suma Alzada

ABSOLUCION 03El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 004-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A

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[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””, indica que: La pregunta realizada por el participante corresponde a una CONSULTA lo cual debió ser formulada en su etapa correspondiente, toda vez que está dirigida a aclarar un extremo de las bases , no obstante a manera de brindar la información se indica que las bases que emplean las entidades que convocan bajo la Ley de Contrataciones del Estado se rige sobre la base de la Directiva N° 018-2012/OSCE-CD, mediante la cual se establece el uso de las bases estandarizadas , dicha publicación ha sido realizada el OSCE el cual es el Organismo Supervisor .

Ahora bien en el numeral 3.12Capitulo III de la Sección General, son disposiciones comunes las cuales no pueden ser modificadas en ningún extremo, bajo sanción de nulidad y que son establecidas para conocimiento público. Por su parte la sección específica de las Bases, contiene la información exigida por la entidad de acuerdo a los requerimientos técnicos mínimos objeto de la convocatoria

ABSOLUCION 04El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 004-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””, indica que: Lo expresado por el participante no aplica , en vista que lo establecido en el artículo 177 del Reglamento de la Ley de contrataciones del Estado , son hechos que se generan de forma posterior a la suscripción del contrato , siendo acciones inherentes a la contratación pública para la culminación de la ejecución contractual por ello la Ley y el Reglamento regulan su procedimiento ; En este sentido NO SE ACOGE LA OBSERVACION.

ABSOLUCION 05El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 004-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””, indica que: La pregunta realizada por el participante corresponde a una CONSULTA lo cual debió ser formulada en su etapa correspondiente, toda vez que está dirigida a aclarar un extremo de las bases, no obstante a manera de brindar la información se indica que, la capacitación se realizará en las instalaciones de la UNP en Piura, dirección: Urb. Miraflores s/n, Castilla, Piura 295.

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[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

ABSOLUCION 06El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 004-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””, indica que: Se incluirá la modificatoria del artículo 148° del Reglamento de la ley de Contrataciones del Estado

.

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[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

ABSOLUCION 07El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 004-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””, indica que: Lo señalado por el participante en lo que se refiere al objeto de la contratación esta ha sido convocada como bienes la cual incluye la modalidad de llave en mano lo que quiere decir según el artículo 41° del Reglamento de la Ley de contrataciones del Estado que deberá incluir su instalación y puesta en funcionamiento.

Por otro lado en lo que respecta a la observación de la inclusión de obras dentro de la adquisición esta ha sido considerada dentro del estudio de mercado y las bases estandarizadas,así mismo según el artículo 19° del Reglamento de la Ley de contrataciones del Estado se señala “…Para la determinación del proceso de selección se considerara el objeto principal de la contratación y el valor establecido por la Entidad para la contratación prevista. En el caso de contrataciones que involucren un conjunto de prestaciones , el objeto principal del proceso de selección se determinara en función a la prestación que represente la mayor incidencia porcentual en el costo...”.

Como se puede verificar el proceso de selección ha sido determinado en una adquisición de bienes con la modalidad de llave en mano y respetando la legalidad del proceso ; Así mismo las bases publicadas han sido consideradas de las Bases estandarizadas y por lo tanto cumplen con lo dispuesto por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado

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[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

ABSOLUCION 08El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 004-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””, indica que: No se acepta y se corrige el párrafo acorde a la absolución de consultas realizada a la empresa Japan: “Adicional a la garantía smartnet solicitada por la UNP, EL CONTRATISTA debe contar con stock local de repuestos críticos mínimos de tal modo de garantizar que la solución Wireless de manera parcial o completa siga funcionando en un tiempo máximo de dos (2) horas”

.

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[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

ABSOLUCION 09El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 004-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””, indica que: No se acepta, la universidad está estandarizada en la marca de cable Seamon y requiere que la conexión entre los switches de comunicación y los ap’s sea a través de cable F/UTP Cat. 6A LSZH como mínimo acorde al análisis previo realizado.

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[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

ABSOLUCION 10El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 004-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””, ES UNA OBSERVACION QUE SE REPITE EN LA ABSOLUCION DE RESPUESTA 08

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[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

ABSOLUCION 11El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 004-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””, ES UNA OBSERVCION QUE SE REPITE EN LA ABSOLUCION DE RESPUESTA 09

PLAZA CORPORATIVA SA

OBSERVACIÓN N° 01

En el numeral 1.3.2.Soporte y Garantía del CAPITULO III de las bases, referido a la garantía y soporte estableces que se deberá contar con stock local para la atención de tal modo de garantizar la atención ante fallas en un tiempo máximo de dos (2) horas.

Consideramos que lo solicitado no esta claro puesto que se tendria que especificar si el postor debera contar con Oficina de Soporte en la ciudad de Piura debido que elunico obligado a cumplir con la garantia y el sorporte respectivo es el postor y no el fabricante.

Por lo cual existen diferentes empresas que para el proceso crean diferentes direcciones anexas solo para obtener puntaje o cumplir con lo solicitado, para lo cual solicitamos nos indique como se demostrara que el postor cuenta con oficina en la ciudad de Piura y que no ha sido creada solo para el proceso de la referencia.

ABSOLUCION 01 :

El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 004-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””,Indica que, Sobre el particular cabe señalar que el comité del proceso de selección ya ha indicado anteriormente que el Comité Especial es el encargado de fijar los factores de evaluación técnicos, los que deberán ser objetivos y congruentes con el objeto de la convocatoria, debiendo sujetarse a criterios de razonabilidad y proporcionalidad. Con lo cual podemos manifestar que es obligatorio que las empresas participantes cuenten con establecimiento demostrado en la ciudad de Piura lo cual podra ser verificado a efectos de que la atencion de los problemas suscitados sean de manera inmediata y asi mismo poder cumplir con la sustitucion de algun equipo que pueda presentar fallas con el unico objetivo que la poblacion ususaria del proyecto no se vea perjudicada.

OBSERVACIÓN N° 02

En el capítulo IV de las bases, referido a la experiencia del postor, cabe señalar que se han especificado bienes iguales o similares por lo cual le indicamos que también existen productos como de protección eléctrica y aires de precisión , confirmar que también serán incluidos como experiencia dentro del proceso de selección.

ABSOLUCION 02 :

El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 004-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””,Indica que, Se incluirán como bienes iguales o similares a los equipos de computo , equipos de cómputo , notebook , equipos multimedia , de protección eléctrica , aires de precisión

OBSERVACIÓN N° 03

Sobre los instructores solicitados , existen diferentes equipos que han sido solicitado como son equipos networking, notebook , equipos de protección eléctrica, aire de precisión,etc

Solicitamos confirmar que se consideraran instructores para cada uno de los equipos instalados y ofertados por los postores.

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[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

Sobre este punto en partifcular cabe mencionar que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ya ha establecido en sus diversos pronunciamientos que para las capacitaciones se debera establecer la experiencia que requieren para cada uno , por lo cual solicitamos nos indiquen que tipo de experiencia deberan tener cada uno de los capacitadores.

ABSOLUCION 03 :

El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 004-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””,Indica que, la experiencia que deberá contar: Un ingeniero informático con maestría en docencia universitaria, así mismo tener una maestría en Gerencia de TI y gestión de software, así mismo deberá contar con una experiencia mínima en docencia de 7 años.

EXPERIENCIA COMO INSTRUCTOR: Legal MainConctact e instructor cisco CCNA exploration 4.0 como mínimo 05 años.

Se requerirá como mínimo que haya sido instructor Cisco en 3 diferentes universidades en los últimos 4 años, así mismo se requerirá que el ingeniero jefe del proyecto sea de la ciudad de Piura como máximo de la ciudad de chiclayo a efectos de poder solucionar los impases generados.

Así mismo se requerirá de un Ingeniero civil con experiencia en estructuras Ingeniero Civil acreditado con copia simple del Título profesional y del Diploma de Inscripción en el Colegio de Ingenieros del Perú. Deberá acreditar experiencia en obras iguales y/o similares por un período de 02 años. Dicha experiencia podrá haberla adquirido como residente, supervisor y/o inspector. Deberá presentar carta de Compromiso de Libre Disponibilidad (Detallar Apellidos y Nombres Completos, CIP, Teléfono, Dirección, y firma en original) para asumir dicho cargo. La misma experiencia será sustentados con i) Contratos con su respectiva conformidad, ii) constancias, iii) certificados, o, iv) cualquier otro documento que acredite la experiencia del profesional propuesto, realizadas durante el periodo de ejercicio Profesional Colegiado.

Asimismo, deberá Acreditar Estudios de Maestría en Ingeniería Civil con mención en Ingeniería Vial, Diplomado en Ingeniería y Gestión Vial, cursos, seminarios o talleres con un periodo acumulado de doce horas lectivas, Impacto Ambiental en obras Civiles, Pavimentos, Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil, Supervisión de Obras, Topografía y Diseño De carreteras con 10 horas Lectivas, Normas y Diseños, Construcción y Conservación de carreteras de Bajo volumen de transito , Diseño de Pavimentos Flexibles y Rígidos, Valorización y Liquidación de Obras Publicas. que deberán ser emitidos por entidades públicas o privadas especializadas, tales como Universidades, Sencico, CIP, CAP, entre otros.

Asi mismo se requerira un profesional en la docencia a efectos que pueda realizar las capacitaciones respectivas con los siguientes requisitos

Experiencia en Educación Superior Universitaria como: Funcionario Académico,Docente, Consultor en Educación mediada por NTICs y en Procesos deImplementación de Sistemas de Calidad y Acreditación. Líder en Procesos deCertificación ISO 9001 y Acreditación de Carrera Universitaria. Magíster en DocenciaUniversitaria. Ingeniero de Sistemas. Especialista en Autoevaluación Universitaria,ANR. Evaluador Par Internacional, Consejo Nacional de Acreditación,CNA de Colombia; Evaluador voluntario de ICACIT/ABET en Perú. Miembro de ACM,Association for Computing Machinery. Miembro de CSTA, Computer ScienceTeacher Association. Certificado como Docente Evaluador IGCSE Magíster en Docencia Universitaria

OBSERVACIÓN N° 04:

Solicitamos nos indiquen que nivel de Partner estan solicitando como minimo a efectos de que puedan asegurar la relacion entre el postor y la solucion que se desea implementar

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[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

ABSOLUCION 04 :

El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 004-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””,Indica que, El participante deberá tener un nivel de partner mínimo de Partner Select

OBSERVACIÓN N° 05:

Señores miembros del comité Especial en las bases del proceso de selección podemos observar que existe parte de equipamiento como parte de obras civiles , asi mismo se observa que en varias partes de las bases hacen referencia a obras lo cual según el artículo 19° del Reglamento de la Ley de contrataciones del Estado se señala“…Para la determinación del proceso de selección se considerara el objeto principal de la contratación y el valor establecido por la Entidad para la contratación prevista. En el caso de contrataciones que involucren un conjunto de prestaciones , el objeto principal del proceso de selección se determinara en función a la prestación que represente la mayor incidencia porcentual en el costo...”.

ABSOLUCION 05 :

El Comité Especial nombrado para la organización y ejecución de la Licitación Pública Nº 004-2014-UNP “ADQUISICIÓN E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, Código SNIP N° 241650””,Indica que, Lo señalado por el participante en lo que se refiere al objeto de la contratación esta ha sido convocada como bienes la cual incluye la modalidad de llave en mano lo que quiere decir según el artículo 41° del Reglamento de la Ley de contrataciones del Estado que deberá incluir su instalación y puesta en funcionamiento.

Por otro lado en lo que respecta a la observación de la inclusión de obras dentro de la adquisición esta ha sido considerada dentro del estudio de mercado y las bases estandarizadas, así mismo según el artículo 19° del Reglamento de la Ley de contrataciones del Estado se señala “…Para la determinación del proceso de selección se considerara el objeto principal de la contratación y el valor establecido por la Entidad para la contratación prevista. En el caso de contrataciones que involucren un conjunto de prestaciones , el objeto principal del proceso de selección se determinara en función a la prestación que represente la mayor incidencia porcentual en el costo...”.

Como se puede verificar el proceso de selección ha sido determinado en una adquisición de bienes con la modalidad de llave en mano y respetando la legalidad del proceso ; Así mismo las bases publicadas han sido consideradas de las Bases estandarizadas y por lo tanto cumplen con lo dispuesto por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado.

Sin otro particular, quedamos de ustedes.

EL COMITÉ ESPECIAL

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[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

3.- INCORPORACION DE PRONUNCIAMIENTO OSCE :

PRONUNCIAMIENTO Nº 702-2014/DSU

Entidad: Universidad Nacional de Piura

Referencia: Licitación Pública N° 4-2014/UNP, convocada para la “Adquisición e instalación de un sistema de wifi para el libre acceso a internet en la UNP”.

1. ANTECEDENTES

Mediante el Oficio N° 1184-2014-ABAST-OCEP-UNP, recibido el 24.JUN.2014, el Jefe de Abastecimiento de la Entidad remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) las once (11) observaciones y el único (1) cuestionamiento formulado por el participante TELEFONICA DEL PERU S.A.A, así como el informe técnico respectivo, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 28 del Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley, y el artículo 58 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, en adelante el Reglamento.

Al respecto, resulta importante resaltar que, atendiendo a lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento, independientemente de la denominación que les haya dado el participante, este Organismo Supervisor se pronunciará únicamente respecto de: a) Las observaciones presentadas por el solicitante que no hayan sido acogidas o son acogidas parcialmente; b) Las respuestas a las observaciones del solicitante que, pese a ser acogidas, son consideradas por éste contrarias a la normativa; o, c) El acogimiento de las observaciones formuladas por un participante distinto al solicitante, cuando este último manifieste que considera tal acogimiento contrario a la normativa; siempre que el solicitante se haya registrado como participante hasta el vencimiento del plazo previsto para formular observaciones.En relación con lo anterior, en la medida que las Observaciones N° 1 y 6 del participante TELEFONICA DEL PERU S.A.A. han sido acogidas por el Comité Especial, este Organis-mo Supervisor no se pronunciará respecto de ellas.

De otra parte, toda vez que la Observaciones N° 3, 5, 9 y 11 formuladas por el participante TELEFONICA DEL PERU S.A.A. constituyen en estricto solicitudes de información y/o modificación y/o precisión y/o consultas sobre las Bases, y siendo que dichas situaciones no se enmarcan en alguno de los supuestos del dispositivo citado precedentemente, no corresponde que este Organismo Supervisor se pronuncie al respecto.

Por otro lado, de la revisión de la solicitud de elevación de observaciones se advierte que el Cuestionamiento único formulado por el recurrente estaría objetando la absolución realizada por el Comité Especial respecto a la Observación N° 3 del participante PLAZA CORPORATIVA S.A., la cual constituye en estricto una consulta, por lo que no corresponde que este Organismo Supervisor se pronuncie al respecto. Ello sin perjuicio de las observaciones de oficio que se formulen respecto al contenido de las Bases, de conformidad con el inciso a) del artículo 58 de la Ley.2. OBSERVACIONES Observante: TELEFONICA DEL PERU S.A. Observación N° 2 Contra la cláusula tercera de la proforma del

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[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

contrato

En atención a lo dispuesto en la Opinión N° 045-2006/GNP y en el Pronunciamiento N° 398-2010/DTN, el participante solicita que se adicione a la clausula tercera de la proforma del contrato el siguiente párrafo: “En caso se produzca alguna variación en el porcentaje establecido para el I.G.V., las partes suscribirán una adenda a fin de modificar el monto contratado en igual porcentaje a la modificación del IGV introducido. Igual trámite se dará, en caso LA ENTIDAD genere algún consumo adicional al monto contractual, para lo cual se formalizará la correspondiente contratación adicional hasta monto máximo del 25% del monto contractual, conforme a lo establecido en el artículo 174° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado”.

Pronunciamiento

Sobre el particular, al absolver la presente observación, el Comité Especial dispuso acogerla parcialmente, indicando que con ocasión de la integración de las Bases se incorporará en la cláusula tercera de la proforma del contrato la siguiente información:

CLAUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL

(…)"En caso se produzca alguna variación en el porcentaje establecido para el IGV, las partes suscribirán una adenda a fin de modificar el monto contratado en igual porcentaje a la modificación del IGV introducida".

De lo señalado por el Comité se advierte que el extremo referido al IGV ha sido acogido por la Entidad. No obstante, debe tenerse en cuenta que, el hecho de que el IGV pueda variar durante el periodo de ejecución del contrato no obliga a un reajuste automático del monto contractual, tal como manifiesta el observante, dado que en caso aquél aumente, la Entidad debe: i) verificar la disponibilidad presupuestal a fin de reajustar los precios y que la prestación no resulte onerosa para el contratista, o ii) de no contar con dicha disponibilidad presupuestal, la Entidad podrá reducir las prestaciones objeto de contrato35 o iii) resolver el contrato por causas no imputables a las partes, en tanto la Entidad no podría exigir al contratista continuar con la prestación bajo las nuevas condiciones y en las cantidades y precios originales suscritos inicialmente. Asimismo, en caso disminuya el porcentaje del IGV, corresponde a las Entidades ajustar los precios según la tasa imponible, siendo que ello no afectaría al contratista.

De otro lado, respecto a la posibilidad de requerir prestaciones adicionales, en efecto, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 174 del Reglamento, la Entidad podrá disponer la ejecución de prestaciones adicionales hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) de monto del contrato original, siempre y cuando dichas prestaciones adicionales sean necesarias para alcanzar la finalidad del contrato y se cuente con la asignación presupuestal necesaria. No obstante ello, cabe precisar que la ausencia de precisión de esta facultad en las Bases, no enerva el derecho de la Entidad de ejercerla durante la ejecución contractual.

Ahora bien, considerando que no es posible conocer si se requerirán o no prestaciones adicionales, y ya que su tratamiento se encuentra regulado en la normativa de contrataciones públicas, resulta innecesario incluir en dicha cláusula el texto propuesto por el participante.

35 Según el artículo 174 del Reglamento, el Titular de la Entidad podrá disponer la reducción de las prestaciones hasta el límite del 25 % del monto del contrato original.

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[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

Por lo tanto, este Organismo Supervisor ha decidido NO ACOGER la presente observación.

No obstante ello, deberá precisarse en la referida cláusula contractual que en caso la tasa del IGV aumente la Entidad procederá de la siguiente forma: i) verificará la disponibilidad presupuestal a fin de reajustar los precios y que la prestación no resulte onerosa para el contratista, o ii) de no contar con dicha disponibilidad presupuestal, la Entidad podrá reducir las prestaciones objeto de contrato o iii) resolverá el contrato por causas no imputables a las partes, en tanto la Entidad no podría exigir al contratista continuar con la prestación bajo las nuevas condiciones y en las cantidades y precios originales suscritos inicialmente. Asimismo, en caso disminuya el porcentaje del IGV, la Entidad ajustará los precios según la tasa imponible, siendo que ello no afecte al contratista. Observación N° 4 Contra la cláusula sétima de la proforma del

contrato

El participante cuestiona la cláusula sétima de la proforma del contrato, solicitando que en atención a lo dispuesto en el Reglamento y en el Código Civil, se consigne lo siguiente:

“Una vez finalizada la vigencia del contrato objeto del presente proceso, con la cancelación del monto total del mismo, la ENTIDAD procederá al cierre del expediente de contratación respectivo, conforme lo establecido en el artículo 177 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, y a devolver inmediatamente las garantías que obren en su poder al CONTRATISTA, conforme a lo dispuesto en el artículo 1873 del Código Civil, ya que el objeto del Contrato el cual garantizaba ha sido cumplido plenamente con la conformidad de la ENTIDAD.”

Pronunciamiento

De la revisión de la proforma del contrato, se advierte que la cláusula sétima ha sido establecida de la siguiente forma:

CLÁUSULA SETIMA: GARANTIAS

El CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes.

De fiel cumplimiento del contrato: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la Carta Fianza [INDICAR EL NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE]. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:

Garantía por el monto diferencial de la propuesta: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la Carta Fianza [INDICAR EL NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

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[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

Sobre el particular, si bien la normativa de contrataciones públicas no ha regulado la oportunidad y procedimiento de devolución de las garantías, en los artículos 158 y 160 se dispone que estas deben encontrase vigentes hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista; por lo tanto, será luego de este acto que podrán ser devueltas.

Ahora bien, considerando que lo que solicitaría el participante es que las garantías sean devueltas inmediatamente después del cierre del expediente de contratación, lo cual resultaría impreciso, este Organismo Supervisor ha decidido NO ACOGER la presente observación.

No obstante ello, a efectos de evitar cualquier controversia, con ocasión de la integración de las Bases, el Comité Especial deberá establecer el procedimiento de devolución de garantías, a efectos de lo cual deberá tenerse en cuenta lo dispuesto en los artículos 158, 160 y 176 del Reglamento.

Observación N° 7 Contra el no uso de las Bases Estándar

El participante manifiesta que el presente proceso de selección tiene vicios que acarrearía su nulidad, debido a que el Comité Especial no ha utilizado la Base Estándar correspondiente al objeto de la convocatoria, dado que se hace referencia a obras cuando el objeto es otro. En ese sentido, solicita que se modifiquen las Bases, conforme con la Base Estándar vinculada al objeto de la contratación.

Pronunciamiento

Al respecto, en el pliego absolutorio de observaciones el Comité Especial indicó que la presente contratación ha sido convocada como bienes, bajo la modalidad de ejecución de llave en mano, por lo que los postores deberán ofertar la instalación y puesta en funcionamiento.

En ese sentido, el Comité señala que las referencias a obras, como bien menciona el observante, ha sido considerada en la realización del estudio de posibilidades que ofrece el mercado y por tanto en las Bases. Por lo expuesto, se entendería que dicho órgano colegiado no acoge la presente observación.

Sobre el particular, cabe resaltar que, el artículo 26º de la Ley, concordado con el artículo 35º del Reglamento, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, mediante Directivas, aprobará Bases Estandarizadas, cuyo uso será obligatorio por las Entidades, las mismas que serán divulgadas a través del SEACE.

Por su parte, el artículo 38º del Reglamento, establece que el OSCE aprobará Bases Estandarizadas con la finalidad de facilitar el monitoreo y procesamiento de las contrataciones. En ese sentido, éstas deben contener una Sección General y una Sección Específica. La Sección General contiene disposiciones comunes a todos los procesos incluyendo las bases administrativas y el contrato respectivo. Por otro lado, la Sección Específica contiene un conjunto de anexos específicos con información adecuada a cada proceso de selección.

Ahora bien, conforme lo establecido en el numeral 7.3 de la Directiva Nº 018-2012-OSCE/CD la utilización de las Bases Estandarizadas es obligatoria, encontrándose prohibido modificar la Sección General, bajo causal de nulidad del proceso de selección.

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[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

Es el caso que, de la revisión de las Bases del presente proceso, publicadas en el SEACE, se advierte que no se ha empleado estrictamente el contenido de las Bases Estándar vigentes, correspondientes al objeto de contratación del presente proceso, toda vez que en la Sección General se ha incorporado disposiciones vinculadas a la ejecución de una obra, cuando el objeto (según manifiesta el Comité Especial) está referido a bienes, vulnerándose de esta manera los dispositivos legales citados.

En tal sentido, estando a que resulta necesario, a fin de continuar con las siguientes etapas del proceso, realizar las modificaciones pertinentes a las Bases, y dado que la pretensión de observante se condice con ello, este Organismo Supervisor ha decidido ACOGER la presente observación; en consecuencia, el Comité Especial deberá modificar la Sección General de las Bases, así como los demás extremos donde resulta pertinente, adecuándolas conforme con las disposiciones contenidas en las Bases Estándar de Licitación Pública para la contratación de Bienes, que podrá descargarse del portal web del OSCE.

No obstante ello, el Titular de la Entidad deberá adoptar las medidas pertinentes para que , en lo sucesivo, no se incurra en este tipo de conductas que no contribuyen a dotar de transparencia y celeridad al proceso de selección.

Observaciones N° 8 y 10 Contra los requerimientos técnicos mínimos

El participante sostiene que el servicio Smartnet corresponde a un servicio de garantía y soporte provisto por el fabricante de los equipos; por tanto, dicho servicio se brinda directamente del fabricante Cisco Systems al cliente final (en este caso la Entidad).

En ese sentido, siendo que el tiempo establecido en las Bases para la atención de las fallas que pudieran presentarse es de dos (2) horas, el participante señala que no sería posible su cumplimiento, más aún si no hay forma de que el contratista pueda asegurar su cumplimiento.

Por lo que, el participante solicita que para el requerimiento del servicio Smartnet se establezcan alternativas equivalentes, a fin de que se cumpla con garantizar el control de la atención de los incidentes que dependan del contratista.

Pronunciamiento

De la revisión del Capítulo III de las Bases, se aprecia que se ha establecido lo siguiente:

01.02.05 CON-SNT-3702IA SMARTNET 8X5XNBD 802.11ac Ctrlr AP 4x

75

01.03.06 CON-SNT-C1552EA SMARTNET 8X5XNBD 802.11NExternal Antenna Mesh Access Poi

18

01.04.06 CON-SNT-WSC3560C SMARTNET 8X5XNBD Catalyst3560C Switch 8 GE PoE, 2x Dual

36

01.05.04 CON-SNT-WSC22ASL SMARTNET 8X5XNBD Catalyst2960-X24 G

1

Al respeto, del pliego de absolución de observaciones, se advierte que el Comité Especial decidió no acoger la presente observación; sin embargo, decidió precisar lo siguiente: "Adicional a la garantía Smartnet solicitada, el contratista debe contar con stock en el local de repuestos críticos mínimos de tal modo de garantizar que la solución Wireless de manera parcial o completa siga funcionando en un tiempo máximo de dos (2) horas".

Sobre el particular, cabe señalar que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13º de la Ley, concordado con el artículo 11º del Reglamento, la Entidad es la responsable de definir con precisión las características, condiciones, cantidad y calidad de los bienes, servicios u obras que se requieran para el cumplimiento de sus funciones, debiendo formular las especificaciones técnicas en coordinación con el órgano encargado de las contrataciones de la Entidad, para lo cual, se evaluará en cada caso las alternativas técnicas y las posibilidades que ofrece el mercado.

En ese sentido, los requisitos técnicos mínimos cumplen con la función de asegurar a la

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[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

Entidad que el postor ofertará lo mínimo necesario para cubrir adecuadamente la operatividad y funcionalidad de los bienes a adquirirse.

Ahora bien, cabe indicar que, de la revisión del Formato de Resumen Ejecutivo se aprecia que la Entidad ha declarado en el numeral 4.2 la existencia de pluralidad de proveedores en el mercado en capacidad de cumplir con todos los requisitos mínimos determinados.

En esa medida, siendo que es responsabilidad de la Entidad determinar los requerimientos técnicos mínimos, sobre la base de sus propias necesidades, y estando a que mediante el Resumen Ejecutivo se afirma la existencia de pluralidad de proveedores en el mercado en capacidad de ofertar todos los requerimientos técnicos mínimos, este Organismo Supervisor decide NO ACOGER la presente observación.

3. CONTENIDO DE LAS BASES CONTRARIO A LA NORMATIVA SOBRE CONTRATACIONES DEL ESTADO

En ejercicio de su función de velar por el cumplimiento de la normativa vigente en materia de contrataciones del Estado, conforme a lo señalado en el inciso a) del artículo 58 de la Ley, este Organismo Supervisor ha procedido a realizar la revisión de las Bases remitidas, habiendo detectado el siguiente contenido contrario a la Ley y el Reglamento.

3.1 Incongruencia en la información del formato de Cuadro Comparativo respecto del Resumen Ejecutivo

- De la revisión del formato del Cuadro Comparativo, se advierte que el monto del valor referencial no es congruente con la información del Resumen Ejecutivo y de las Bases. En ese sentido, con ocasión de la integración de las Bases, se deberá efectuar las verificaciones y precisiones correspondientes, debiendo publicarse nuevamente el formato de Cuadro Comparativo o realizarse las modificaciones respecto al valor referencial, en caso corresponda.

- De otra parte, a través del numeral 4.3 del Resumen Ejecutivo la Entidad informó la existencia de pluralidad de productos (marcas) que cumplen con el requerimiento; sin embargo, dicha información no se condice con la contenida en el formato del Cuadro Comparativo, toda vez que este únicamente hace referencia a la marca CISCO.

Por tanto, con ocasión de la integración de las Bases, se deberá realizar las verificaciones correspondientes, debiendo publicarse nuevamente el formato de Cuadro Comparativo que contenga la información que acredite la pluralidad de productos (marcas), caso contrario deberá realizarse las modificaciones correspondientes al Resumen Ejecutivo, debiéndose publicar el nuevo formato en el SEACE.

3.2 Modificaciones al Reglamento derivadas de la entrada en vigencia del Decreto Supremo Nº 080-2014-EF36

De conformidad con el Decreto Supremo N° 080-2014-EF, que modifica el Reglamento de la Ley de Contrataciones del estado, deberá adecuarse la siguiente sección de las Bases:

- Requisitos para la suscripción del contrato

Deberá suprimirse lo consignado en el literal g) del numeral 3.6 Capítulo II de la Sección Específica, referido a la traducción oficial efectuada por traductor público juramentado.

Además, la Entidad deberá verificar que las Bases del presente proceso se encuentren acorde con las Bases Estándar de Licitación Pública para la adquisición de bienes, las cuales contienen las modificaciones realizadas en mérito a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 080-2014-EF, siendo que, en caso de advertir incongruencias entre ambas, deberán realizarse las modificaciones pertinentes con ocasión de la integración de las Bases.

36 Publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 22.04.14.

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[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

3.3 Requerimientos técnicos mínimos

- De la revisión de los requerimientos técnicos mínimos, se advierte que se estaría solicitando la presentación de la certificación ISO para las canaletas, sin precisarse el tipo de norma ISO que debe cumplir, por lo que su exigencia resulta imprecisa. Sin perjuicio de ello, cabe precisar que las certificaciones ISO acreditan la aplicación de una serie de estándares patrocinados por la Organización Internacional para la Estandarización, relativos a los sistemas de calidad que deben establecer las compañías de fabricación y servicios. Ahora bien, resulta necesario indicar que, este Organismo Supervisor en diversos Pronunciamientos, ha señalado que las normas ISO no tienen carácter obligatorio dentro de la legislación nacional, sino que sólo constituyen normas de carácter facultativo; por lo que no pueden ser solicitadas como requerimiento técnico mínimo.

En tal sentido, considerando lo expuesto, con ocasión de la integración de las Bases, la Entidad deberá suprimir la exigencia de la presentación de la certificación ISO como requerimiento técnico mínimo, para las canaletas así como para los demás bienes requeridos.

- De otra parte, se advierte que se estaría solicitando que el personal especializado del contratista que brindará el servicio de garantía de buen funcionamiento se encuentre debidamente autorizado por el fabricante.

Al respecto, con ocasión de la integración de las Bases, se deberá registrar en el SEACE un informe que sustente la razonabilidad y necesidad de exigir que dicho personal cuente con autorización del fabricante de los equipos; caso contrario, se deberá suprimir su requerimiento.

3.4 Plazo de ejecución

De las Bases se aprecia que, si bien en el numeral 1.9 del Capítulo I se señala que el plazo de entrega de los bienes no excederá los ochenta (80) días calendario contados a partir del día siguiente de suscrito el contrato, se menciona que el plazo máximo de su implementación es de ochenta (80) días calendario, de acuerdo a lo establecido en el numeral 6.2.1 de las especificaciones técnicas.

Al respecto, en primer lugar, cabe indicar que, de la revisión del Capítulo III de las Bases se advierte que no existe el numeral 6.2.1, al cual hace referencia el numeral 1.9 del Capítulo I. Por otro lado, en el numeral 6 del Capítulo III se señala únicamente que los bienes serán entregados dentro de los ochenta (80) días calendario siguientes a la suscripción del contrato.

En vista de ello, dado que no queda claro si dentro de los 80 días calendario siguientes a la suscripción del contrato deberán entregarse los bienes e instalarlos, o si el plazo de entrega e instalación son diferentes, con ocasión de la integración de las Bases, se deberá precisar dichos aspectos, a fin de que los postores puedan formular sus propuestas de manera acorde a las necesidades de la Entidad. Debiéndose precisar si la entrega será en ochenta (80) días y a ello se deberá sumar ochenta (80) días adicionales para su instalación, o si los ochenta (80) días de entrega comprenden la instalación.

3.5 Incongruencia en la información del formato de Cuadro Comparativo respecto del Resumen Ejecutivo

De la revisión del formato del Cuadro Comparativo, se advierte que el monto del valor referencial no es congruente con la información del Resumen Ejecutivo y de las Bases. En ese sentido, con ocasión de la integración de las Bases, se deberá efectuar las verificaciones y

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precisiones correspondientes, debiendo publicarse nuevamente el formato de Cuadro Comparativo o realizarse las modificaciones respecto al valor referencial, en caso corresponda.

3.6 Factores de evaluación

- De la revisión del factor de evaluación B. Garantía comercial del postor, se advierte que se estaría pretendiendo otorgar puntaje al cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos al calificar la garantía que cumplen con lo mínimo establecido.

Al respecto, es importante precisar que, a través de los factores de evaluación se otorga puntaje a aquellos postores que acrediten o presenten propuestas que mejoren lo establecido en los requerimientos técnicos mínimos, siendo así, en el presente caso, corresponde que con motivo de la integración de las Bases, el Comité Especial reformule los rangos de evaluación del mencionado factor a fin de que califique únicamente aquella garantía que supere lo establecido como requisito mínimo.

- De otra parte, si bien los criterios previstos en el factor de evaluación C. Disponibilidad de repuestos y servicios constituirían un valor agregado para la prestación, se aprecia que el puntaje establecido para dicho factor es significativo para la obtención del puntaje mínimo para acceder a la etapa económica, por lo que deberá reducirse a máximo 20 puntos y distribuir el puntaje restante entre demás factores de evaluación.

- Respecto al factor de evaluación F. Experiencia del postor, cabe resaltar que, el artículo 44 del Reglamento ha establecido que la experiencia del postor para la contratación de bienes, debe calificarse considerando un monto facturado acumulado por el postor durante un período determinado de hasta ocho (8) años a la fecha de la presentación de propuestas, por un monto máximo acumulado de hasta cinco (5) veces el valor referencial de la contratación o ítem materia de la convocatoria, sin que las Bases puedan establecer limitaciones referidas a la cantidad, monto o a la duración de cada contratación que se pretenda acreditar. Adicionalmente, el precitado artículo dispone que la experiencia se acredite con un máximo de veinte (20) contrataciones, sin importar el número de documentos que las sustenten.

En ese sentido, toda vez que en el presente caso, se advierte que se estaría solicitando máximo diez (10) contrataciones para acreditar la experiencia del postor, lo cual no se condice con lo dispuesto en la normativa de contrataciones del Estado, con ocasión de la integración de las Bases, se deberá modificar dicho aspecto, conforme con lo señalado precedentemente.

3.7 Otras precisiones

Del pliego de absolución de observaciones, se advierte que, en atención a la Observación N° 3 del participante PLAZA CORPORATIVA S.A., el Comité Especial decidió incluir requisitos a los instructores que realizarán la capacitación requerida. Sin embargo, a través del Informe Técnico remitido, con motivo de la solicitud de elevación de observaciones presentada, se advierte que el Comité Especial decidió modificar las características relacionadas con los instructores estableciéndolos de la siguiente forma: “Un ingeniero informático, con maestría en docencia universitaria, en gerencia de TI y gestión de software, además con experiencia mínima de 7 años en docencia.

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Experiencia como instructor: Legal Main Conctac e Instructor Cisco CCNA exploration 4.0, como mínimo 05 años.

Se requerirá como mínimo que haya sido instructor Cisco en los últimos 4 años, asimismo se requerirá que el ingeniero jefe de proyecto sea de la ciudad de Piura, o máximo de la ciudad de Chiclayo, a efectos de poder solucionar los impases generados.

Además, se requería de un ingeniero civil acreditado con copia simple de título profesional y del diploma Inscripción en el Colegio de Ingenieros del Perú. Deberá acreditar experiencia en obras iguales y/o similares por un periodo de dos (2) años. Deberá presentar carta de compromiso de Libre Disponibilidad (Detallar Apellidos y Nombres completos, CIP, Teléfono, Dirección y firma original) para asumir dicho cargo. La experiencia será sustentada con i) Contratos con su respectiva conformidad, ii) constancias, iii) certificados, iv) cualquier otro documento que acredite la experiencia del profesional propuesto, realizadas durante el periodo de ejercicio profesional colegiado.

Asimismo, se requerirá un profesional en la docencia a efectos que pueda realizar las capacitaciones respectivas con los siguientes requisitos: Ingeniero de sistemas, electrónico o carreras a fin, que tenga certificación ISO 9001 y acreditación de carreras universitarias."

De lo anterior, se advierte que se estaría requiriendo un jefe de proyecto y un ingeniero civil, y siendo que dichos profesionales no se condicen con el objeto de la presente contratación, que es la adquisición e implementación de bienes, con ocasión de la integración de las Bases se deberá suprimir su requerimiento.

Por otro lado, al instructor se le exige contar con experiencia "legal main contac e instructor cisco CCNA exploration 4.0" como mínimo 5 años, y además 4 años de experiencia como instructor cisco, lo cual resultaría excesivo. Por tanto, con ocasión de la integración de las Bases, se deberá reformular dicho aspecto, a fin de que se le exija sólo un tipo de experiencia.

Asimismo, se deberá publicar la información que acredite que el instructor con el perfil indicado formó parte del estudio de posibilidades que ofrece el mercado realizado para determinar el valor referencial y la pluralidad de postores.

Finalmente, en la integración de las Bases se deberá precisar claramente la cantidad de instructores requeridos y para qué equipos se solicitan, acorde con lo previsto en el estudio de mercado.

4. CONCLUSIONES

En virtud de lo expuesto, este Organismo Supervisor ha dispuesto:

1. El Comité Especial deberá cumplir con lo dispuesto por este Organismo Supervisor al absolver las observaciones indicadas en el numeral 2 del presente Pronunciamiento.

2. El Comité Especial deberá tener en cuenta lo indicado en el numeral 3 del presente Pronunciamiento a fin de efectuar las modificaciones a las Bases que hubiere a lugar, así como registrar en el SEACE la documentación solicitada.

3. Publicado el Pronunciamiento del OSCE en el SEACE, el Comité Especial deberá implementarlo estrictamente, aun cuando ello implique que dicho órgano acuerde bajo responsabilidad, la suspensión temporal del proceso y/o la prórroga de sus etapas, en atención a la complejidad de las correcciones, adecuaciones o acreditaciones que sea

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necesario realizar, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento.

4. Al momento de integrar las Bases el Comité Especial deberá modificar las fechas de registro de participantes, integración de Bases, presentación de propuestas y otorgamiento de la buena pro, para lo cual deberá considerar que, de conformidad con lo dispuesto por la Novena Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento, en tanto se implemente en el SEACE la funcionalidad para que el registro de participantes sea electrónico, las personas naturales y jurídicas que deseen participar en el presente proceso de selección podrán registrarse hasta un (1) día después de haber quedado integradas las Bases, y que, a tenor del artículo 24 del Reglamento, entre la integración de Bases y la presentación de propuestas no podrá mediar menos de cinco (5) días hábiles, computados a partir del día siguiente de la publicación de las Bases integradas en el SEACE.

5. A efectos de integrar las Bases, el Comité Especial también deberá incorporar al texto original de las Bases todas las correcciones, precisiones y/o modificaciones dispuestas en el pliego de absolución de consultas, en el pliego de absolución de observaciones y en el Pronunciamiento, así como las modificaciones dispuestas por este Organismo Supervisor en el marco de sus acciones de supervisión, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 59 del Reglamento.

6. Conforme al artículo 58 del Reglamento, compete exclusivamente al Comité Especial implementar estrictamente lo dispuesto por este Organismo Supervisor en el presente Pronunciamiento, bajo responsabilidad, no pudiendo continuarse con el trámite del proceso en tanto las Bases no hayan sido integradas correctamente, bajo sanción de nulidad de todos los actos posteriores.

7. En caso la Entidad continúe con el proceso sin sujetarse a lo dispuesto en el presente Pronunciamiento, tal actuación constituirá un elemento a tomar en cuenta para la no emisión de las constancias necesarias para la suscripción del respectivo contrato; siendo que la dilación del proceso y los costos en los que podrían incurrir los postores y el ganador de la buena pro son de exclusiva responsabilidad de la Entidad.

Jesús María, 08 de julio de 2014

TAM/.

3.- INCORPORACION DE RESUMEN EJECUTIVO :

INFORME QUE SUSTENTA LA RAZONABILIDAD Y NECESIDAD DE EXIGIR QUE EL PERSONAL QUE BRINDARA EL SERVICIO DE GARANTIA DE BUEN

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FUNCIONAMIENTO, CUENTE CON AUTORIZACION DEL FABRICANTE DE LOS EQUIPOS, :

CUADRO DE NECESIDAD DE CONTAR CON PROFESIONALES PARA LOS EQUIPOSITEM MARCA MODELO VERSIÓN DESCRIPCION CANTIDAD INFORMACION DE ESPECIALISTA

1 CISCO Controladora serie 5500 AIR-CT5508-100-K9 Cisco 5508 Series Wireless Controller for up to 100 APs 11.1 CISCO Smartnet de la controladora serie 5500 CON-SNT-CT08100 SMARTNET 8X5XNBD Cisco 5508 Series 1

2 CISCO Fuente de poder redundante de la controladora AIR-PWR-5500-AC Cisco 5500 Series Wireless Controller Redundant Power Supply 13 CISCO Transceiver para switch serie 3560G / 2960x / controladora serie 5500 GLC-T= 1000BASE-T SFP 34 CISCO Switch serie 2960 X WS-C2960X-24PS-L Catalyst 2960-X 24 GigE PoE 370W 4 x 1G SFP LAN Base 1

4.1 CISCO Smartnet del switch serie 2960 X CON-SNT-WSC224SL SMARTNET 8X5XNBD Catalyst 2960-X 24 G 15 CISCO Access Point serie 1550 AIR-CAP1552E-A-K9 802.11N Outdoor Mesh Access Point, Ext. Ant., A Reg. Domain 18

5.1 CISCO Smartnet del access Point serie 1550 CON-SNT-C1552EA SMARTNET 8X5XNBD 802.11N External Antenna Mesh Access Poi 186 CISCO Antenas omnidireccionales para el access point serie 1550 AIR-ANT2547V-N 2.4 GHz 4dBi/5 GHz 7dBi Dual Band Omni Antenna, N connector 547 CISCO Power injector para el access point serie 1550 AIR-PWRINJ1500-2= 1520 Series Power Injector 188 CISCO Switch serie 3560G WS-C3560CG-8PC-S Catalyst 3560C Switch 8 GE PoE(+), 2 x Dual Uplink, IP Base 36

8.1 CISCO Smartnet del switch serie 3560G CON-SNT-WSC3560C SMARTNET 8X5XNBD Catalyst 3560C Switch 8 GE PoE, 2 x Dual 369 CISCO Transceiver para switch serie 3560G / 2960x / controladora serie 5500 GLC-LH-SMD= 1000BASE-LX/LH SFP transceiver module, MMF/SMF, 1310nm, DOM 37

10 CISCO Access Point serie 3700 AIR-CAP3702I-A-K9 802.11ac Ctrlr AP 4x4:3SS w/CleanAir; Int Ant; A Reg Domain 7510.1 CISCO Smartnet del access Point serie 3700 CON-SNT-3702IA SMARTNET 8X5XNBD 802.11ac Ctrlr AP 4x 75

SE REQUIERE : INSTRUCTOR Y CAPACITADOR

SE REQUIERE : INSTRUCTOR Y CAPACITADOR

SE REQUIERE : INSTRUCTOR Y CAPACITADOR

SE REQUIERE : INSTRUCTOR Y CAPACITADOR

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FORMATO RESUMEN EJECUTIVO DEL ESTUDIO DE POSIBILIDADES QUE OFRECE EL

MERCADO(BIENES / SERVICIOS)

 1. DATOS GENERALES

                     1.1 FECHA DE

EMISIÓN DEL FORMATO

21/04/2014

                     1.2 DEPENDENCIA

USUARIA UNIVERSIDAD NACIONALDE PIURA CENTRO DE INFORMATICA Y TELECOMUNICACIONES

                     1.3 OBJETO DEL

PROCESO BIENES X SERVICIOS X

                     1.4 DENOMINACIÓN

DE LA CONTRATACIÓN

ADQUISICION E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA

                     

1.5Nº DE REFERENCIA DEL PAC

 92

                     1.6 PROYECTO DE

INVERSIÓN PÚBLICA

Código SNIP 241650

Documento que declaró la viabilidad, conforme al Sistema Nacional de Inversión Pública

INFORME TECNICO DE EVALUACION Nº 009-2013-R-OPI-UNP 11.07.2013

                     2. INFORMACIÓN SOBRE EL REQUERIMIENTO

                     

2.1 DATOS DEL REQUERIMIENTO

Documento de requerimiento

OFICIO Nº 826-OCIYSG-UNP DEL 16.04.2014 Fecha de recepción 16/04/2014

                     2.2 MODIFICACIONES

EFECTUADAS AL REQUERIMIENTO POR PARTE DEL ÁREA USUARIA

Fecha de la segunda versión ---- De oficio ---- Con motivo de

observaciones ----

Fecha de la tercera versión ---- De oficio ---- Con motivo de

observaciones ----

Fecha de la cuarta versión ---- De oficio ---- Con motivo de

observaciones ----

Fecha de la quinta versión ---- De oficio ---- Con motivo de

observaciones ----

                     2.3 SEÑALAR SI LA

CONTRATACIÓN INCLUIRÁ PAQUETE(S)

SI   NO X

Detallar el sustento técnico de la dependencia usuaria o el órgano encargado de las contrataciones, según el caso.

PROCESO DERIVADO DE UN PIP MENOR

                     2.4 SEÑALAR SI LA CONTRATACIÓN

SE EFECTUARÁ POR ITEMS SI   NO X

                     

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2.5 SEÑALAR SI SE HA LLEVADO A CABO UN PROCESO DE ESTANDARIZACIÓN

SI   NO X

Documento de aprobación de la estandarización --------- Fecha de

aprobación ------------

                     2.6 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS

MÍNIMOS Y CONDICIONES DE LA CONTRATACIÓN

Las que se indican en el Capítulo III de la Sección Específica de las Bases.

                     2.7 OBSERVACIONES AL REQUERIMIENTO

Nº Item

Cantidad total de

observaciones

Cantidad de observaciones

formuladas por el OEC

Comunicación con la cual se remitió a la

dependencia usuaria las

observaciones al requerimiento

Fecha de remisión de

la comunicación

Cantidad de observaciones

formuladas por los

proveedores

Comunicación con la cual se remitió a la dependencia usuaria las

observaciones al

requerimiento

Fecha de remisión de

la comunicación

------- ------------ -------- --------- -------- -------- ------- -

Consignar una síntesis de las observaciones

------- ------------ -------- --------- -------- -------- ------- -

Consignar una síntesis de las observaciones

------- ------------ -------- --------- -------- -------- ------- -

Consignar una síntesis de las observaciones

                     2.8 RESPUESTA DE LA DEPENDENCIA USUARIA

Nº Item

Cantidad total de respuestas

a las observaciones

Cantidad de respuestas a las observaciones

formuladas por el OEC

Comunicación de respuesta de la dependencia

usuaria

Fecha de remisión de

la comunicación

Cantidad de respuestas a

las observaciones

formuladas por los

proveedores

Comunicación de respuesta

de la dependencia

usuaria

Fecha de remisión de

la comunicación

------- ------------ -------- --------- -------- -------- ------- -

Consignar una síntesis de las respuestas a las observaciones

------- ------------ -------- --------- -------- -------- ------- -

Consignar una síntesis de las respuestas a las observaciones

------- ------------ -------- --------- -------- -------- ------- -

Consignar una síntesis de las respuestas a las observaciones

                     2.9 AJUSTES QUE SE REALIZARON AL REQUERIMIENTO

Nº Item Ajustes realizados al requerimiento

  NO SE HA REALIZADO AJUSTES AL REQUERIMIENTO

  ------------

  -------------

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                     3. INFORMACIÓN SOBRE LA DETERMINACIÓN DEL VALOR REFERENCIAL

                     3.1 POSIBILIDAD DE

EMPLEAR MÁS DE UNA FUENTE

SI X NO  

 En caso haya existido la imposibilidad de emplear más de una fuente, sustentar los motivos.

                     3.2 FUENTES

                     3.2.1 COTIZACIONES

Se utilizó esta fuente SI, conforme al cuadro comparativo que forma parte del presente formato X NO  

                     3.2.2 PRECIOS HISTÓRICOS DE LA ENTIDAD

Se utilizó esta fuente SI, conforme al cuadro comparativo que forma parte del presente formato   NO X

                     3.2.3 ESTRUCTURA DE COSTOS

Se utilizó esta fuente SI, conforme al cuadro comparativo que forma parte del presente formato X NO  

                   DEL PROVEEDOR

Nº Item Detalle de la Estructura de Costos

  ------------------------

                   DE LA ENTIDAD

Nº Item Detalle de la Estructura de Costos

 

nstalación del Sistema WiFi: Controlador de Puntos de Acceso (WLC), (1) AIR-PWR-5500-AC (1), AIR-CT5508-100-K9, CON-SNT-CT08100 (1), AIR-CAP3702I-A-K9 (75) , CON-SNT-3702IA (75), AIR-CAP1552E-A-K9 (18), AIR-

ANT2547V-N (54), AIR-PWRINJ1500-2= (18), CON-SNT-C1552EA (18), WS-C3560CG-8PC-S (36), GLC-LH-SMD= (36), GLC-T= (2) , CON-SNT-WSC3560C (36) WS-C2960X-24PS-L (1) , GLC-LH-SMD=, (1) GLC-T=, CON-SNT-

WSC22ASL (1), Instalación, Configuración (1), y Puesta en Marcha, Canalización (1) (1), Soporte Técnico (1), Capacitación, (1 ) Fuente de Energía Ininterrumpida (UPS) APC trifásico de 30 KVA (1), Instalación, Configuración, y Puesta en Marcha, Sistema de Refrigeración de Precisión, Instalación, Configuración, y Puesta en Marcha, Laptop (3)

                     3.2.4 PRECIOS DEL SEACE

Se utilizó esta fuente SI, conforme al cuadro comparativo que forma parte del presente formato   NO X

                     3.2.5 OTRA(S) FUENTE(S)

Se utilizaron otra(s) fuente(s)

SI, conforme al cuadro comparativo que forma parte del presente formato   NO X

Indicar la(s) otra(s) fuente(s), por ejemplo portales y/o páginas web, catálogos, revistas.

                     3.3 OTROS

ASPECTOS CONSIDERADOS EN EL ESTUDIO

Nivel de comercialización ----------- Detallar los items en los que se consideró

Descuento por volumen ----------- Detallar los items en los que se consideró

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65

[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

Mejoras ofrecidas ----------- Detallar los items en los que se consideró

Disponibilidad inmediata ----------- Detallar los items en los que se consideró

Garantías ----------- Detallar los items en los que se consideró

Beneficios adicionales ----------- Detallar los items en los que se consideró

OtrosSeñalar otros aspectos ----------- Detallar los items en los que se consideró

Señalar otros aspectos ----------- Detallar los items en los que se consideró

                     3.4 VALOR

REFERENCIAL MONEDA Nuevos Soles X Dólares   Otro: Señalar otra moneda

MONTO S/. 1´511,336.06 (UN MILLON QUINIENTOS ONCE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 06/100 NUEVOS SOLES),

En el caso de consultoría de obras, además, detallar los honorarios del personal propuesto, incluyendo gastos generales y la utilidad

----------------------------------

                     4. INFORMACIÓN RELEVANTE ADICIONAL DEL ESTUDIO DE POSIBILIDADES QUE OFRECE EL MERCADO                     4.1 FECHA DE INICIO DEL ESTUDIO DE

POSIBILIDADES QUE OFRECE EL MERCADO

31/01//2014FECHA DE CULMINACIÓN DEL ESTUDIO DE POSIBILIDADES QUE OFRECE EL MERCADO

06/02/2014

                     4.2 PLURALIDAD DE PROVEEDORES QUE CUMPLEN

CON EL REQUERIMIENTO SI X NO  

De ser negativa la respuesta, indicar la evaluación de la Entidad respecto de la falta de pluralidad de proveedores.

                     4.3 PLURALIDAD DE PRODUCTOS (MARCAS) QUE

CUMPLEN CON EL REQUERIMIENTO (Sólo en el caso de bienes)

SI NO X

De ser negativa la respuesta, indicar la evaluación de la Entidad respecto de la falta de pluralidad de productos. EN LA ENTIDAD ACTUALMENTE LOS EQUIPOS DE COMUNICACIÓN SON DE LA MARCA CISCO POR TANTO EN EL EXPEDIENTE TECNICO SE DETERMINO QUE PARA LOS EQUIPOS DE COMUNICACIONES TENDRIAN LAS CARACTERISTICAS, TECNICAS DE LA MARCA CISCO

                     4.4 POSIBILIDAD DE DISTRIBUIR LA BUENA PRO

SI NO X

De ser afirmativa la respuesta, sustentar la posibilidad de distribuir la Buena Pro.

                     4.5 SOBRE LA INFORMACIÓN QUE PUEDA

UTILIZARSE PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS FACTORES DE EVALUACIÓN

SI NO X

De ser afirmativa la respuesta, detallar la información que pueda utilizarse para la determinación de los factores de evaluación.

                     4.6 SOBRE OTROS ASPECTOS NECESARIOS QUE

TENGAN INCIDENCIA EN LA EFICIENCIA DE LA CONTRATACIÓN

SI NO X

De ser afirmativa la respuesta, detallar.

                     

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65

[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

5.

 

NOMBRE, FIRMA Y SELLO DEL FUNCIONARIO COMPETENTE DEL ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES

                     

NOTA: El presente formato se utilizará para la contratación de bienes, suministro de bienes, servicios en general, servicios de consultoría en general y servicios de consultoría de obras.

CABE SEÑALAR QUE POR ERROR SE CONSIGNO DENTRO DEL RESUMEN EJECUTIVO A LAS EMPRESAS CONSIDERADAS EN EL EXPEDIENTE TECNICO REALIZADO SIN EMBARGO EL ORGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES REALIZO LAS ACTUALIZACIONES DE LAS COTIZACIONES A EMPRESAS DIFERENTES DE LAS CONSIGNADAS EN EL EXPEDIENTE TECNICO PARA DEMOSTRAR LA PLURALIDAD DE POSTORES LAS CUALES PRODEDEMOS A ADJUNTAMOS

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65

[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

LICITACION

RUC: 20484228290 RUC: 20548148287 RUC: 20508306246

CONTACTO:ANNE

ALBURQUEQUE SANDOVAL

CONTACTO:MARTIN ARRIETA PONGO

CONTACTO: DANY YANQUI VIVES

TELÉFONO: 073-325199 TELÉFONO: 073-530825 TELÉFONO: 511-3541024E-MAIL: E-MAIL: E-MAIL:

PRECIO UNITARIO(Consignar

moneda del valor referencial)

PRECIO TOTAL(Consignar moneda del

valor referencial)

PRECIO UNITARIO(Consignar

moneda del valor referencial)

PRECIO TOTAL(Consignar moneda del

valor referencial)

PRECIO UNITARIO(Consignar

moneda del valor referencial)

PRECIO TOTAL(Consignar

moneda del valor

referencial)

PRECIO UNITARIO

(Consignar moneda del

valor referencial)

FACTOR DE AJUSTE

PRECIO UNITARIO

ACTUALIZADO(Consignar

moneda del valor

referencial)

PRECIO TOTAL ACTUALIZADO

(Consignar moneda del valor

referencial)

INSTALACION DE UN SISTEMA WIFI DE ACCESO DIRECTO A INTERNET UND. 386 UNIDS 1,511,336.06 1,511,336.06 1,899,034.62 1,899,034.62 1,989,438.87 1,989,438.87 ----------- ---------- ---------- --------

MARCAMODELO

PROCEDENCIA

AÑO DE FABRICACIÓN

GARANTÍA COMERCIAL

PLAZO DE ENTREGAFORMA DE PAGOMONEDA DE LA

FUENTEPRECIO UNITARIO EN

LA MONEDA CONSIGNADA EN LA

FUENTE

TIPO DE CAMBIO QUE SE USA

FECHA DE SOLICITUD

CANTIDAD DE VECES QUE SE REITERO LA

SOLICITUD

FECHA DE RECEPCIÓN

PROVEEDOR SE DEDICA AL OBJETO DE

LA CONTRATACIÓN

LA DEPENDENCIA USUARIA PARTICIPÓ EN LA VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO

DE LOS RTMCUMPLE CON LOS

RTM O LA CONTRATACIÓN ES

IGUAL O SIMILAR AL REQUERIMIENTO

SE TOMO EN CUENTA PARA LA

DETERMINACIÓN DEL VALOR REFERENCIAL

SI

SI SI SI SI

SI SI SI SI

SI SI SI

SI SI SI SI

03/04/2014 04/04/2014 04/04/2014 NO APLICA

……………….. ………………….. ………….. NO APLICA

ACCIONES ADMINISTRATIVAS REALIZADAS

31/03/2014 31/03/2014 31/03/2014 NO APLICA

……………………….. ……………… ……………….. ------------

…………………… ……………………… …………….. ------------

SOLES SOLES SOLES ------------

FACTURA FACTURA ……………….. ------------90 DIAS 90 DIAS ……………… ------------

…………………….. …………………….. …………….. ------------

………………………. ………………….. ……………….. ------------

EE.UUU EE.UUU EE.UUU ------------TAMAÑO ESTANDAR TAMAÑO ESTANDAR TAMAÑO ESTANDAR ------------

----

INFORMACIÓN ADICIONAL DE

LA FUENTE

CISCO CISCO CISCO ------------

TIPO Y Nº PROCESO DE SELECCIÓN:

----

FECHA DE CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO: ---

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL ADJUDICATARIO:

EMCONORT SCRL PLAZA CORPORATIVA S.A.C. SECURITY CARE EIRL ENTIDAD CONVOCANTE: ----

FORMATO DE CUADRO COMPARATIVO (BIENES)

TIPO DE PROCESO DE SELECCIÓN:

DENOMINACIÓN DE LA CONTRATACIÓN: ADQUISICION E INSTALACION DEL SISTEMA DE WI FI PARA LIBRE ACCESO A INTERNET EN EL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA

ITEM Nº DESCRIPCIÓNUNIDAD DE

MEDIDA CANTIDAD

FUENTE: COTIZACIONES ACTUALIZADAS FUENTE: PRECIOS HISTÓRICOS DE LA ENTIDAD

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[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

RUC: PÁGINA WEB

Consignar nombre de la página web y su respectivo link.

CONTACTO: CATÁLOGOS

Consignar nombre del catálogo, fecha de edición, entre otros datos.

TELÉFONO:E-MAIL:

PRECIO UNITARIO

(Consignar moneda del

valor referencial)

FACTOR DE AJUSTE

PRECIO UNITARIO ACTUALIZADO

(Consignar moneda del valor

referencial)

PRECIO TOTAL ACTUALIZADO

(Consignar moneda del valor

referencial)

PRECIO UNITARIO

(Consignar moneda del

valor referencial)

PRECIO TOTAL (Consignar

moneda del valor

referencial)

PRECIO UNITARIO

(Consignar moneda del

valor referencial)

PRECIO TOTAL (Consignar

moneda del valor

referencial)

PRECIO UNITARIO

(Consignar moneda del

valor referencial)

PRECIO TOTAL (Consignar moneda del

valor referencial)

------- ----------

LP MPROCEDIMIENTO

CLASICO .1-2014/MDS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

SANAGORAN (LA LIBERTAD)

--------- ----------- ---------- -------- ---------- ------- ------- MENOR VALORS/.

1´511,872.31S/.

1´511,872.31

---------

--------- ---------

--------- ---------

--------- --------- ---------

--------- --------- --------- ---------

--------- ---------

---------

NO APLICA NO APLICA

---------

--------- ---------

--------- NO APLICA

NO APLICA ---------

NO APLICA

NO APLICA --------- NO APLICA NO APLICA

NO APLICA ---------

NO APLICA --------- NO APLICA

------------ ---------

---------

------------ --------- NO APLICA ---------

------------ ---------

NO APLICA --------- ------------ --------- NO APLICA --------- ------------ ---------

NO APLICA ---------

------------ --------- NO APLICA ---------

------------ ---------

NO APLICA --------- ------------ --------- NO APLICA ---------

------------ --------- NO APLICA --------- ------------ ---------

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL ADJUDICATARIO:

---- REVISTASConsignar nombre de la

VALOR REFERENCIAL

DEL ITEM

TIPO Y Nº PROCESO DE SELECCIÓN:

----

FECHA DE CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO:

-----

- NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PROVEEDOR

DE LA ENTIDAD

CONSIGNAR FUENTE

PROCEDIMIENTO Y/O

METODOLOGÍA UTILIZADO

PARA DETERMINAR

EL V.R.

VALOR UNITARIO

FUENTE: PRECIOS DEL SEACE FUENTE: ESTRUCTURA DE COSTOS OTRA(S) FUENTE(S) VALOR REFERENCIAL (V.R.)ENTIDAD CONVOCANTE:

FORMATO DE CUADRO COMPARATIVO (BIENES)

NOTA: SE HA CONSIDERADO EL MENOR VALOR DE LAS COTIZACIONES COMO VALOR REFERENCIAL DEL PROCESO

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