VOCABULARIO TÉCNICO COMERCIAL CONTABLE MEGIA

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VOCABULARIO TÉCNICO COMERCIAL CONTABLE 1. ACCESO: recuperación o grabación de datos que han sido almacenados en un sistema de computación. Cuando se consulta a una base de datos, estos primeramente recuperados hacia la computadora y luego transmitidos a la planilla terminal. 2. ABASTECER.-Satisfacer eficientemente la demanda de un bien o mercancía. 3. ABONAR.- Asiento contable que registra la reducción o eliminación de una partida de activo o de gastos o la creación de un pasivo o ingreso; en el lado derecho de una cuenta. 4. ACCIÓN.- Llamamos acción al título que representa los derechos de los accionistas en la sociedad. Viene a ser, las partes en que se divide el capital social, de acuerdo a su valor nominal, ya que son nulas las acciones que no respondan a una efectiva aportación. 5. ACTOS ADMINISTRATIVOS MASIVOS: son de actos administrativos que afectan una generalidad de deudores tributarios de la localidad o la zona. En este caso su modificación podrá hacerse mediante publicación en el diario oficial y en el diario de la localidad encargada de los casos judiciales o en su defecto, en uno de circulación en dicha localidad. 6. Accionista.- El propietario legal de una o más acciones de capital social (o en acciones) de una compañía. Los accionistas asisten a las asambleas anuales ordinarias o extraordinarias u otorgan poderes para votar en estas asambleas a otras personas (usualmente un grupo de dirección).

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 VOCABULARIO TÉCNICO COMERCIAL CONTABLE

1. ACCESO: recuperación o grabación de datos que han sido almacenados en un sistema de computación. Cuando se consulta a una base de datos, estos primeramente recuperados hacia la computadora y luego transmitidos a la planilla terminal.

 2. ABASTECER.-Satisfacer eficientemente la demanda de un bien o mercancía.

 3. ABONAR.- Asiento contable que registra la reducción o eliminación de una partida de activo o de gastos o la creación de un pasivo o ingreso; en el lado derecho de una cuenta.

 4. ACCIÓN.- Llamamos acción al título que representa los derechos de los accionistas en la sociedad. Viene a ser, las partes en que se divide el capital social, de acuerdo a su valor nominal, ya que son nulas las acciones que no respondan a una efectiva aportación.

5. ACTOS ADMINISTRATIVOS MASIVOS: son de actos administrativos que afectan una generalidad de deudores tributarios de la localidad o la zona. En este caso su modificación podrá hacerse mediante publicación en el diario oficial y en el diario de la localidad encargada de los casos judiciales o en su defecto, en uno de circulación en dicha localidad.

 6. Accionista.- El propietario legal de una o más acciones de capital social (o en acciones) de una compañía. Los accionistas asisten a las asambleas anuales ordinarias o extraordinarias u otorgan poderes para votar en estas asambleas a otras personas (usualmente un grupo de dirección).

 7. Acciones de inversión.-  Acciones sin derecho a voto que emiten las empresas de acuerdo a ley (Decreto Legislativo N° 677) y que le otorga todos los demás derechos de las acciones comunes.

8. ADDENDA: se denomina así al documento en el cual se exponen aquellos términos y condiciones no contemplados en un contrato o acuerdo originalmente suscrito, constituyéndose en parte del mismo con las mismas características de validez en tanto sea formalizado en forma análoga.

9. Asociación en participación.-En la asociación en participación el asociante conviene con el asociado en que este último aporte bienes o servicios, para participar en la proporción que ambos acuerden en las utilidades o en las pérdidas de una empresa o de uno o varios negocios de la sociante.

10. AÑOS FISCAL: el conjunto de 12 meses consecutivos que constituyen el periodo contable.

 11. Activo exigible.-Conjunto de cuentas activas que comprenden los créditos a favor de la empresa, documentados o no a corto o a largo plazo.

 12. Activo realizable.- Activo circulante normalmente convertible en efectivo o numerario dentro de un plazo relativamente corto como por ejemplo un mes. Bienes o créditos de liquidación o percepción posible de las mercancías, los valores mobiliarios y las cuentas a cobrar.

13. ACTIVOS FINANCIEROS: es un título o simplemente una anotación contable, por el que el comprador del título adquiere el derecho a recibir un ingreso futuro de parte del vendedor.

Los activos financieros son emitidos por las unidades económicas de gasto y constituyen un medio de mantener riqueza para quienes los poseen y un pasivo para quienes lo generan.

14. ACTIVOS INMOBILIZADOS: bienes patrimoniales que se espera mantener por un lapso mayor a un ejercicio económico, destinados a ser utilizados en las actividades principales de le entidad, o en actividades que soportan o complementan a esas actividades principales.

 15. Adjudicación.- En abastecimiento: designación de proveedor que suministra el bien o presta el servicio más adecuado a los intereses de la entidad pública que licita o somete a concurso, es el resultado de un proceso selectivo de entre varias alternativas propuestas.

 16. Agio.-Beneficio que se obtiene del cambio de la moneda o de descontar letras, pagares.

 17. A granel.- Dicho de cosas menudas, como trigo, centeno, etc. Sin orden, número ni medida.

 18. Aguinaldo.- Regalo que se le ofrece en días de navidad, en fiestas o fechas especiales a los trabajadores o empleados.

 19. Ahorro.-  Aquella parte de la renta que no es gastada en los bienes y servicios que forman parte del consumo corriente.

20. Albacea.- Persona encargada por el testador o por el juez de cumplir la última voluntad del finado, custodiando sus bienes y dándoles el destino que corresponde según la herencia.

 21. Alcabala.- Tributo del tanto por ciento del precio que pagaba al fisco el vendedor en el contrato de compraventa y ambos contratantes en el de permuta.

 22. Alícuota.- Corresponde a la parte o proporción fijada por ley para la determinación de un derecho, impuesto u otra obligatoriedad tributaria.

 23. Anticipos recibidos.- Son cobros realizados en el ejercicio que se cierra, que corresponden a ingresos que se devengan en un ejercicio posterior.

 24. Antecedente.-  Acción, dicho o circunstancia que sirve para comprender o valorar hechos posteriores.

 25. Anónimo.- Dicho de una compañía o de una sociedad: Que se forma por acciones, con responsabilidad circunscrita al capital que estas representan.

 26. Anticresis.- Contrato por el que se otorga un inmueble en usufructo hasta la cancelación de una deuda. 27. A priori.- Perteneciente a una línea de razonamiento basado en suposiciones específicas, más que a simples experiencias; deductivo.

 28. Arbitraje.- Operación de cambio de valores mercantiles, en la que se busca la ganancia aprovechando la diferencia de precios entre unas plazas y otras.

 29. Arras.- Entrega de una parte del precio o depósito de una cantidad con laque se garantiza el cumplimiento de una obligación.

 30. Asamblea.- Reunión numerosa de personas para discutir determinadas cuestiones y adoptar decisiones sobre ellas.

 31. Aval.- Garantía o fianza por la que una persona o empresa se co-obliga al pago de una deuda contraída por el avalado.

32.AVISO:Modelo de carta enviado por un banco a un cliente o a otrobanco, para confirmar la recepción o crédito de dinero, cheques,giros, valores u otros documentos, o que se han ejecutado las instrucciones de su cliente, tal como haber efectuado una transferencia telegráfica, un pago de dinero o la emisión de una carta de crédito.

 33. Balanza comercial.- Parte de la cuenta corriente de la balanza de pagos que refleja la diferencia entre las exportaciones y las importaciones.

 34. Balanza de pagos.-  Aquella parte de las cuentas de una nación, o cuentas nacionales, que contabiliza las transacciones hechas con el exterior.

35. Bienes fungibles.- Son aquellos que se destruyen por el uso conveniente a su naturaleza.

 36. Bienes enajenables.- Son bienes no económicos, es decir, aquellos que no son escasos en relación a su demanda y que, por lo tanto, carecen deprecio, aunque puedan tener utilidad y su uso proporcione satisfacciones al consumidor 37. Bienes inmateriales.- Bienes que no revisten exteriorización física o corpórea. Son bienes no tangibles, dentro de una empresa serían los derechos, marcas, patentes, etc.

 38. Bienes mostrencos.- Bienes inmuebles vacantes o sin dueño conocido que por ley pertenecen al Estado.

39. BIENES DE CAPITAL: son los vienen que intervienen en el proceso productivo y que generalmente no se transforman (como maquinaria y equipo)  40. Capitalización.- Cálculo consistente en la valoración actual de un capital que rinde unos intereses determinados a lo largo del tiempo, que es proceso para determinar el valor futuro de un pago o serie de pagos, cuando se aplica el interés compuesto.

 41. Capital social.- Representado por las acciones o participaciones emitidas, según su valor nominal, y acumula los aportes de socios, accionistas o participaciones, en efectivo o especie.

 42. Capital personal.- Constituye el aporte del dueño o accionistas en las empresas de las personas naturales con negocio o individuales de responsabilidad limitada.

 43. Capital de trabajo.-  Activos corrientes menos pasivos corrientes. Una medida de la capacidad de pago de las deudas en el corto plazo.

44. CAJA FISCAL: es el estado situacional de la disponibilidad financiera de la fuente de financiamiento “Recursos Ordinarios” para la atención de los gastos de los Pliegos Presupuestarios contenidos en la Ley Anual del Presupuesto del Sector Privado.

 45. Castigo.- Eliminación o retiro de la contabilidad de un importe previamente reconocido como activo. 46. Compensación de cuentas.- Para efecto de su presentación en los estados financieros, es la acumulación de saldos deudores y acreedores, es decir, su presentación de manera compensada o neta.

47. CICLO CONTABLE: es el conjunto de pasos o faces de la contabilidad que se repiten en cada periodo contable, durante la vida de un negocio. Se inicia con el registro de las transacciones, continúa con el pase de las cantidades registradas al libro mayor, la elaboración de la balanza de comprobación, la contabilización en

el libro diario de los asientos de ajuste, su traspaso a las cuentas del libro mayor y, finalmente la balanza de comprobación posterior al cierre.

 48. Cohecho.- Delito consistente en sobornar a un juez o a un funcionario en el ejercicio de sus funciones, o en la aceptación del soborno por parte de aquellos.

 49. Comanditario.- Tipo de socio de la sociedad en comandita. Estos socios comanditarios, solamente responden de las deudas sociales con el importe de sus aportaciones y sin participar, en principio, en la gestión de la sociedad.

50. Competencia.- Situación de empresas que rivalizan en un mercado ofreciendo o demandando un mismo producto o servicio.

 51. Compulsa.- Copia legalizada de un documento original: la compulsa puede ser una fotocopia con un sello oficial.

 52. Consignación.- Es la transacción económica mediante la cual el consignador envía las mercancías al consignatario para ser vendidas, conservando el dominio de las mismas hasta que se vendan.

 53. Consolidado.- Las deudas se consolidan para obtener mejores condiciones de un solo acreedor o controlarlas mejor; los estados y balances para observarlos en un conjunto; cuando pertenecen a compañías asociadas o de los mismos propietarios: en este último caso también para conocer el patrimonio total o el valor neto de las empresas. Fundir en una sola las partes de una deuda, de un estado, balance etc.

54. Contrabando.- Producción, transporte o comercio ilegal de productos sin pagar los impuestos correspondientes. Mercancías o géneros prohibidos o introducidos de forma fraudulenta.

55. Contrato.-  Acuerdo de voluntades entre dos o más personas que se obligan a dar y hacer algunas cosas o realizaciones conjuntas. Lo normal es que, mediante procedimientos legales, las partes que han sumido una obligación contractual pueden ser forzadas a su cumplimiento. Desde un punto de vista económico, el contrato establece pautas reguladoras de conducta para los agentes económicos, reduciendo los riesgos de las actividades.

 56. Cosa Juzgada.- Es el efecto de una sentencia judicial cuando no existen contra ella medios de impugnación que permitan modificarla. Ella se traduce en el respeto y subordinación a lo realizado y señalado en un juicio, por ello también se le define como la fuerza que atribuye el derecho a los resultados del proceso. Impide volver a discutir entre las mismas personas, una misma materia, invocando idénticas razones, es decir, protege a las partes litigantes de la  realización de un

nuevo juicio y una nueva sentencia. Además, permite cumplir coactivamente el derecho reconocido o declarado en el juicio.

57. Costo de Distribución.- Comprende los gastos de venta, propaganda, transporte, cobranza, financiación y gastos generales. Tiene la característica de ser una deducción directa de los ingresos que no se acumula en los libros al costo de la unidad producida.

 58. Costo Marginal.-  Adición al costo total como resultado de incrementar la producción en una unidad. Costo en que se incurre para generar una unidad adicional de producción.

59. Costo Uniforme.- Su sinónimo es costo fijo. Son aquellos cuyo monto total no se modifica de acuerdo con la actividad de producción. En otras palabras, se puede decir que los costos fijos varían con el tiempo más que con la actividad; es decir, se presentaran durante un periodo de tiempo aun cuando no haya alguna actividad de producción. Surge de dividir el costo total por un número de unidades.

60. Costumbre.- Es la "repetición constante y uniforme de una norma de conducta, en el convencimiento de que ello obedece a una necesidad jurídica". También se le define como "el conjunto de normas derivadas de la repetición más o menos constante de actos uniformes"

 61. Cuentas de Orden.- Tipo de cuentas en las que son registradas todas las transacciones y partidas que no deberían o no pueden estar registradas en el balance, pero son consideradas suficientemente importantes como para aparecer como información. Representan valores contingentes de probable realización, valores ajenos que se reciben, o se utilizan como recordatorios o con fines de control contable.

62. CUERPO DE LOS ESTADOS FINANCIEROS: Es, para efectos de presentación de información financiera, la exposición de cualesquiera partida directamente en los estados financieros. Véase la NIC 1.

 63. Chantaje.- Es la amenaza de difamación pública o cualquier otro daño para obtener algún provecho pecuniario o material de alguien u obligarlo a actuar de una determinada manera.

64. Chatarra.- Conjunto de monedas de poco valor: llevo un montón de chatarra en el  monedero. Cosa, o conjunto de cosas, de poco valor: no son joyas auténticas, solamente es chatarra. Escoria que deja el mineral de hierro. Hierro viejo

65. CREDITO MERCANTIL (PLUSVALIA MERCANTIL): valor que se le asigna a una Empresa por sus intangibles. Ejemplos: reputación, marcas, clientela establecida, etc.

 65. Cheques.- Orden de pago puro y simple, librada contra un banco en el cual el librador tiene fondos depositados a su orden de cuenta bancaria o autorización para girar en descubierto. El domicilio del banco contra el cual se libra el cheque (girado) determina la ley aplicable. El domicilio que el titular de la cuenta tenga registrado en el banco podrá ser considerado domicilio especial a todos los efectos legales derivados a la emisión del cheque. El cheque no debe ser considerado como un documento de crédito, sino como una orden de pago, bajo la suposición de que el correntista tiene fondos a su favor; de ahí que el girar cheques sin fondos sea considerado en algunos países, como un delito de estafa. El cheque puede ser a la orden, al portador, nominativo y estar girado al nombre del librador o de una tercera persona.1- La denominación cheque inserta en su texto, en el idioma empleado para su redacción.2- Un número de orden impreso en el cuerpo del cheque.3- La indicación del lugar y la feche de creación.4- El nombre de la identidad financiera girada y el domicilio girado.5- La orden pura y simple de pagar una suma determinada de dinero, expresada en letras y en números, especificando la clase de la moneda. Cuando la cantidad escrita en letras difiriese de la expresada en números, se optara por la primera.6- La firma del librador.7- Nº de CUIT.

65.1. Clases de Cheques:

Cheque a la orden: el emitido a la orden de una determinada persona puede ser transferido por simple endoso. En el supuesto de que el endoso sea en  Blanco, el cheque se transforma en uno al portador, mientras que si figura el nombre del endosatario ha de ser re-endosado por este para su posterior transferencia.

Cheque al portador: el que ha sido emitido sin indicación de beneficiario. Setransfiere mediante simple entrega. Algunas legislaciones limitaron lacirculación de este tipo de cheques, eliminando recientemente dichas restricciones.

Cheque certificado: cheque conformado por banco sobre el cual es girado, previa verificación de la existencia de fondos suficientes en la cuenta del librador, reservando, al mismo tiempo, la suma necesaria para su pago. Con este procedimiento queda asegurado el pago dentro del plazo de cinco (5)días hábiles, vencido el cual, si el cheque no hubiere sido cobrado, el banco acreditara en la cuenta del librador la suma que hubiese reservado. También llamado visado o conformado.

Cheque cruzado: le librador o el portador de un cheque puede cruzarlo mediante dos barras paralelas colocadas en el anverso. Este tipo de cheque se cobra únicamente mediante su depósito en un banco. Cheque cruzado en especial o en general: el cruzamiento puede ser general o especial. El cruzamiento si no se contiene entre las barras mención alguna o si

contiene la mención banquero, no negociable u otra equivalente .Especial si entre las barras se escribe el nombre de un banquero. El cruzamiento general puede transformarse en cruzamiento especia pero el cruzamiento especial no puede transformarse en cruzamiento general. Un cheque con cruzamiento general solo puede ser `pagado por el girado a un banco. Un cheque con cruzamiento especial solo puede ser pagado por el girado al banco designado en el cruzamiento o a otro banco que este indique. Un cheque con varios cruzamientos especiales solo puede ser pagado por el girado, en el caso de que se trate de dos cruzamientos de los cuales uno sea para el pago por una cámara compensadora. El girado o el banco que no observe las disposiciones precedentes responderán por perjuicio causado hasta la concurrencia del importe del cheque.

Cheque de pago diferido: Una clase de cheque. Orden de pago librado adías vista, a contar desde de su presentación para registro en una entidad autorizada, contra la misma u otra en la cual el librador a la fecha de vencimiento debe tener fondos suficientes depositados a su orden en cuenta corriente o autorización para girar en descubierto como dentro de los limites de registro que autoriza el girado. Sin perjuicio de las responsabilidades de que incurra por el derecho común, bajo ninguna circunstancias el girado será responsable si el cheque no es pagado a su vencimiento. Ni el registro del cheque, ni la determinación de los límites de registros generan responsabilidades.

Cheque de viajero: emitido por un banco a su propio cargo y pagadero en el establecimiento principal o en las sucursales, agencias o corresponsalías que tenga en el país de origen o en el extranjero en un cheque librado sobre el mismo; es pagadero al portador en cualquier ciudad donde el banco tenga una sucursal o un establecimiento que le sirva de corresponsal. Los anglosajones hacen gran uso de esos cheques conocidos como el nombre de traveller̀ s check . También se lo llama cheque circular porque es pagado en todas las sucursales de un banco o en todos los bancos que acepten desempeñar el papel de corresponsal del banco sobre el cual es librado el cheque.

Cheque imputado: el librador así como el portador de un cheque puede imputarlo al pago de una deuda determinada, insertando al dorso o el añadido bajo su firma, la indicación concreta y precisa de la deuda que se quiere extinguir. Cheque no negociable: cheque que mediante una clausula inserta puede ser negociable. Quine recibe el cheque no tiene, ni puede, trasmitir mas derechos sobre el mismo que los que tenia quien lo entrego.

Cheque nominativo: aquel que se extiende a nombre de una persona determinada.

Cheque para acreditar en cuenta: el librador, así como el portador de un cheque, pueden prohibir que se le pague el dinero, insertando en el reverso la mención trasversal para acreditar en cuenta, para ser depositado en la cuenta de« u otra mención equivalente. En este caso, el girado solo puede liquidar el cheque mediante un asiento de libros (crédito en cuenta de transferencia o

compensación). La liquidación así efectuada equivale al pago. El girado que no observe las disposiciones precedentes responderá por los perjuicios hasta la coocurrencia del importe del cheque.

Cheque postdatado: cheque en el que la fecha que figura como emisión es posterior a la fecha de extensión. Se utiliza con el propósito de dar plazo al librador, ya sea para constituirla la provisión de fondos o para convertirse en la práctica como instrumento de crédito.

66. Dadiva.- Regalo o cosa que se da voluntariamente en señal de agradecimiento o afecto. Cosa que se da graciosamente.

67. Desmedro: es la pérdida de orden cualitativo e irrecuperable de bienes del rubro de existencias que las hace inutilizables para los fines que están destinados.

 68. Depósitos Otorgados en Garantía: Rubro: Pasivo. Saldo: Deudor. Representa el dinero en una cuenta que se recibe como respaldo de una operación. Es cuenta de mayor de activo no circulante o activo diferido.

69 (2).Devengado.- Hecho de adeudarse algo, aunque no haya transcurrido el Plazo que haga exigible la Deuda. Se usa especialmente en el caso de los intereses, que sea adeudan según el Tiempo transcurrido, aunque el Deudor pueda no estar obligado al pago, por estar pendiente el Plazo de la Deuda.

71. Depresión.- Fase del ciclo económico que se caracteriza por un descenso de la demanda agregada, fuerte desempleo y subutilización de la capacidad instalada productiva escasa o nula formación del capital de un nivel de precios que tiende a descender lentamente. Periodo amplio de desempleo masivo y exceso de capacidad instalada. (No existe aceptada comúnmente en términos cuantitativos).

72. DEFICIT FINANCIERO: es la diferencia negativa que resulta de la compracion entre en ahorro o desahorro en cuenta corriente y el déficit o superávit en la cuenta del capital.

73. Desfalco.-  Acción y efecto de desfalcar. Robo de dinero o bienes que pertenecen a otro que se tenían en custodia.

74. Dividendos.- En contabilidad, existen dos tipos de dividendos: los activos y los pasivos. Sin duda, son más conocidos y, también más habituales los dividendos activos que representan, a pesar de su nombre, un pasivo, por tanto una deuda, para la empresa que los liquida. Son los dividendos activos, más conocidos simplemente por dividendos, la retribución a los accionistas o socios (sociedades anónimas u otras formas sociales) por parte de las empresas. A éstos nos referíamos al inicio de esta entrada. Siendo los dividendos pasivos, un derecho de cobro para la sociedad, por la parte del capital suscrito, no desembolsado y exigido. Es conocido que tanto en la constitución como en las ampliaciones de

capital que realizan las sociedades, en especial, las sociedades anónimas, la legislación permite, en la mayoría de los casos, un desembolso parcial del compromiso de aportación del accionista. Cuando el resto de la aportación pendiente se exíjase convierte en el dividendo pasivo, no generando excesivas complejidades su tratamiento contable, de acuerdo con el Plan General de Contabilidad, ni tampoco en el marco normativo mercantil.

75. Economato.-  Almacén o tienda donde determinadas personas pueden adquirir los géneros más baratos que en el comercio. Supermercado donde pueden comprar más barato determinadas personas, como los trabajadores de una fábrica o los socios de una cooperativa

76. Endoso.- Firma del tenedor legítimo de un título en el reverso del mismo para transferir su propiedad o para constituir mandato o poder. Cesión a favor de otro de un título valor, en otro documento expedido a la orden, haciéndolo constar así en el respaldo.

77. Enmienda.- Propuesta que se hace a un conjunto de representantes políticos para modificar una ley u otro texto legal y que ha de ser aprobada mediante votación. Corrección de un error o defecto. Satisfacción y pago del daño hecho.

78. Ente.- Organismo, institución o empresa, generalmente de carácter público. Sociedad comercial, organismo. Lo que es, existe o puede existir. El estudio del ente o ser, es el objeto de la ontología. Cosa o ser que tiene existencia real o imaginaria.

79. Equidad.- Criterio que orienta la distribución de un determinado atributo entre los miembros de un grupo social. En economía, los atributos considerados se refieren a las oportunidades, a la riqueza, al ingreso, al consumo, etc. Existen muchos criterios de equidad, siendo el igualitarismo uno de ellos, pero no el único.

80. Erario: Conjunto de haberes, rentas e impuestos que recauda el Estado.También el erario es el Lugar en el que se guardan estos haberes, rentas e impuestos. Tesoro público.

81. Entregas a Rendir Cuentas: Una liquidación que se le hace a una persona ³x´ de la empresa donde luego de un plazo informará el destino de los fondos entregados.

82. Especulación: Acción de comprar bienes a bajo precio con la intención de vender en el futuro a un precio superior. La especulación puede beneficiar tanto el especulador como a los consumidores, por cuanto permite distribuir la oferta de un bien a través del tiempo, traspasando los periodos de abundancia a los periodos de escasez. En consecuencia, es una acción que introduce estabilidad en los precios y en los mercados.

83. Excedente Bruto de Explotación: Es un saldo contable que se obtiene como diferencia entre el valor añadido bruto y la suma de la remuneración de asalariados y los impuestos netos sobre la producción. Comprende el resto de rentas generadas en el proceso de producción, así como el consumo de capital fijo.

84. Extorno: Es la corrección de una operación de los asientos contables que se hace en el diario.

85. Extorsión: Es un delito consistente en obligar a una persona a través de la utilización de violencia o intimidación, a realizar u omitir un acto o negocio jurídico con ánimo de lucro y con la intención de producir un perjuicio de carácter patrimonial o bien del sujeto pasivo, bien de un tercero

86. Factoría: Establecimiento comercial que un país tiene en una colonia u otro país subdesarrollado. Fábrica (establecimiento). Empleo y cargo del factor. Oficina del factor. Establecimiento de comercio.

87. Feria: Una feria es un evento social, económico y cultural; establecido temporal o ambulante, periódico o anual² que se lleva a cabo en una sede y que llega a abarcar generalmente un tema o propósito común. Tiene la finalidad de lucro o de generar ganancias para las localidades.

88. Fianza: Cantidad de dinero u objeto de valor que se da para asegurar el cumplimiento de un pago u otra obligación. Fiador (persona). Prenda que uno da en seguridad del cumplimiento de su obligación o compromiso.

89. F.M.I (Fondo monetario internacional): Organismo creado en 1945 mediante la firma del acuerdo de Bretón Woods que incluía también la creación del Banco Mundial.

90. Fraude: Es el acto del deudor que deja al acreedor sin medios de cobrar lo que se le debe. Engaño que se hace para sacar provecho o beneficio, especialmente si perjudica a alguien.

91. Fondos Sujetos a Restricción:  Aquí se registra los movimientos de fondos en moneda nacional o extranjera en cuentas bancarias sobre los cuales no se tiene libre disponibilidad debido a disposiciones legales ; convenios o condiciones de créditos obtenidos y/o decisiones administrativas de la empresa para fines específicos.

92. GASTOS CORRIENTES: para efectos presupuestarios, dicho concepto de refiere a pagos no recuperables y comprende los gastos en planilla ( personal activo y cesante), compra de bienes y servicios y otros gastos de la misma índole.

93. Gastos de operaciones de Factorage (Factoring):  Son los gastos que realiza una empresa para ceder los derechos de cobro, normalmente el factor se trata de una entidad financiera que a cambio de un interés y una determinada comisión en función del riesgo de insolvencia del cliente nos adelanta el importe de dichas facturas.

94. Gobierno Central: Órganos u Organismos de la Administración Pública que cumplen las funciones tradicionales del Estado y están sometidos a un régimen uniforme y centralizado en materia presupuestal, de ordenamiento financiero y hacendístico.

95. HALLASGOS DE AUDITORIA: son asuntos que llaman la atención del auditor y que en su opinión deben comunicarse a la entidad, ya que representan deficiencias importantes que podrían afectar en forma negativa su capacidad para registrar, procesar, resumir y reportar información financiera, de acuerdo a las aseveraciones efectuadas por la gerencia en los estados financieros. Pueden referirse a diversos aspectos en la estructura de control interno, tales como: ambiente de control, sistema de contabilidad y procedimientos de control.

96. Impuesto a la Renta Diferido: Es el método para el cálculo del impuesto a la renta a cargo de una empresa que consiste en obtener dos cifras: a) el monto del impuesto por pagar sobre la utilidad contable del ejercicio y b) el monto del impuesto por pagar sobre la utilidad gravable del ejercicio. La diferencia entre las dos cifras es el monto del impuesto a la renta que se difiere y que se debe a diferencias temporales en la causación del impuesto.

97. In Situ: En su lugar natural. En ese lugar.

98. Junta: Conjunto de personas elegidas para dirigir y gobernar los asuntos de una colectividad. Reunión de personas pertenecientes a determinada entidad para tratar asuntos de la misma. 99. Laudo: Fallo, sentencia o decisión que dicta un árbitro o juez mediador:

101. MANTENIMIENTO (contablemente): Se trata de todos los gastos que son destinados a realizar tareas preventivas que permitan que un bien de uso pueda seguir siendo empleado conforme a su especificación técnica, evitando o al menos reduciendo con ello la posibilidad de que el bien se detenga y deba ser reparado. Desde el punto de vista contable, se imputa como un resultado negativo abriendo dos posibilidades con respecto al periodo al cual se impute el cargo.

102.-Malversación: Acción y efecto de malversar. Utilización ilegal del dinero o bienes ajenos o del estado en cosas diferentes a las que iban destinados, generalmente en beneficio propio. 

103. MEJORA (contablemente): Cuando nos referimos a una mejora, estamos hablando de aquellas inversiones que son efectuadas en los bienes de uso con el

objetivo de producir un aumento en la productividad del bien, una extensión de su vida útil, o una reducción de costos.

104.-Negligencia: Falta de cuidado o interés al desempeñar una obligación. Existen dos tipos: Negligencia de error: es cuando la persona comete un error pero sin intención, sin saber que haría un daño.

Negligencia de dolo: es cuando una persona comete una equivocación pero sabiendo que está cometiendo un daño.

 105.-Obsolescencia: Disminución de la vida útil de un bien de consumo o de un bien de capital, debido a un cambio económico o al avance tecnológico. La obsolescencia se debe distinguir de la depreciación que consiste en el deterioro físico del bien por su uso o por el paso del tiempo.

106.-Oneroso: Vincula una contraprestación económica (dinero)

107.-Organigrama: Representación gráfica de la estructura de una empresa o una institución en la que se muestran las relaciones entre sus diferentes partes y la función década una de ellas, así como de las personas que trabajan en las mismas.

108.-Patente: Derechos legales para explotar en forma exclusiva un nuevo invento, tecnología o proceso productivo, que se concede a una persona natural o jurídica por un periodo determinado de tiempo. La patente normalmente queda inscrita en un registro de patentes y su duración comienza en el momento de la inscripción. Las patentes constituyen una protección a quiénes realizan nuevos descubrimientos en la medida que les permite gozar de sus beneficios.

109.-Pericia: Es la verificación de hechos de interés dentro de un proceso judicial, que requieren para su determinación especiales conocimientos científicos, técnicos o artísticos. Habilidad en una ciencia o arte adquirida por la experiencia.

110.-Plusvalía mercantil: Es el monto originado de transacciones por adquisición de subsidiarias y negocios conjuntos.

111.-Prescripción: Acción y efecto de prescribir. Modo de adquirir o perder el dominio u otros derechos reales o de librarse del cumplimiento de ciertas obligaciones por virtud del tiempo y determinadas condiciones de la ley.

112.-Prorrateo: Reparto de títulos entre los inversores que quieren participar en una Oferta Pública de Venta. Procedimiento de jurisdicción voluntaria para distribuir entre varias fincas forales la carga de la pensión de todas.

 113.-Prima (Descuento) de Acciones: Acciones que se emiten o lanzan al mercado con un precio de venta superior a su valor nominal. Suele emitirse como recurso para aumentar el patrimonio de la empresa. El sobreprecio pagado por los accionistas se denomina prima de emisión de acciones.

114.-Regalías: Compensación por el uso de la propiedad ajena basada sobre un porcentaje acordado de los ingresos resultantes de su uso.

115.-Sucesión: Transmisión de los derechos, bienes y obligaciones que recibe una persona por herencia. En sentido general, la sucesión es un modo de adquirir la propiedad mediante la subrogación de una persona por otra en una relación jurídica transmisible.

116. UNIDAD DE CAJA: principio que se aplica en el sistema de tesorería para centralizar la totalidad de los recursos financieros y ponerlos a cargo de la tesorería de la entidad.

117. REPARACION (contablemente): Comprende todas las erogaciones realizadas con el fin de volver un bien de uso a sus condiciones normales de funcionamiento o utilización para las cuales ha sido incorporado. Contablemente corresponde tratar una reparación como un resultado negativo, el cual debe ser imputado en el ejercicio que se produjo.

118.-Testaferro: Persona que presta su nombre en un contrato, pretensión o negocio que, en realidad, es de otra persona. Persona que presta su nombre en un asunto o negocio que no es suyo.

119.-Testimonio: Copia certificada de un documento, acta, etc. Lo expide el secretario judicial sobre documentos de su competencia. El testimonio, lo único que certifica o como dice su palabra, testimonia, es que el Notario ha tenido acceso al documento original y que este ha sido fotocopiado en papel oficial, sellado y además, firmado por el propio Notario.

120.-Valor Agregado: Expresión que se utiliza para definir la cantidad que se incorpora al valor total de un bien o servicio en las distintas etapas del proceso productivo, de distribución y de comercialización.

TERMINOLOGIA DEL NUEVO PLAN CONTABLE

121.-Activo Corriente o Circulante: Conformado por partidas del activo cuya conversión en dinero o su equivalente se convertirá en el plazo de un año, computado desde la fecha de cierre del periodo al que se refiere los estados contables. Comprende los  bienes y derechos que razonablemente puede ser convertible en efectivo o que por su naturaleza pueden estar disponibles en un período no superior a un año. En general está constituido por el total del efectivo y de los bienes que se esperan convertir en efectivo dentro del año de plazo.

122.-Acciones de Inversión: Las acciones de inversión son valores que representan una parte proporcional de una cuenta especial del patrimonio de la empresa emisora denominada ³Cuenta Acciones de Inversión´. Los titulares de estas acciones no tienen derecho a voto pero sí tienen derecho a participar en la distribución de utilidades en la ³misma oportunidad y condiciones´ que los accionistas de capital.

 123.-Afiliados: Empresas o cualquier otra organización vinculada con otra en capital, sea total o parcialmente, pero careciendo de la voluntad social. Todo trabajador en relación de dependencia o autónomo, que se incorpora al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.

124.-Balance General o Estados de Situación Financiera: El que expresa la situación desde el punto de vista patrimonial, económico y financiero, en forma global, de una empresa. Generalmente, es confeccionado al cierre del ejercicio contable y es presentado una vez cumplidas distintas formalidades. Es el estado financiero que muestra, en una fecha determinada, la estructura y el valor del Activo de una empresa, así como la composición y el valor del Pasivo y el Capital. Muestra la situación económica de la empresa en un momento determinado. Estado de situación patrimonial. Informe patrimonial. Estado de activo, pasivo y patrimonio neto.

 125.-Canon: Pago periódico que efectúan el Estado quieren usufructuaban del uso de inmuebles rurales durante la vigencia de la ley de Enfiteusis. Precio del arrendamiento de un inmueble. Regla, precepto. Perfección pecuniaria convenida para cada unidad métrica que se extraiga de un yacimiento o quesea objeto de otra operación comercial. Prestación pecuniaria que grava la concesión de una mina. Impuesto que grava la actividad minera.

126.-Capital adicional: Capital de terceros con el cual la sociedad opera. Este es representado por las deudas en sus diversas formas como por la adquisición de productos, mercaderías, deudas financieras, impositivas, comerciales, etc.

127.-Capital pagado: Capital integrado. Capital social totalmente integrado.

128.-Capital Suscrito: El compuesto por el valor nominal o la par de las acciones que los accionistas se comprometieron a adquirir en el proceso de suscripción.

129.-Cargas Diferidas: Aquellos gastos que por su índole afectan a más de un ejercicio económico son gastos diferidos o trasladados a otros ejercicios. Cuentas intangibles que expresan el valor cuya existencia depende exclusivamente de la posibilidad futura de producir ganancias. Gastos que se activan o se lo amortizan en una cantidad cierta de ejercicios como ser gastos de organización, PRE operativos, gastos de investigación y desarrollo gastos de publicidad.

 130.-Capitalización en Trámite: Comprende los aportes ya efectuados que se encuentran pendientes de formalización legal e inscripción en los registros públicos.

131.-Dividendos: Parte del beneficio neto de una sociedad oficialmente declarado por la asamblea general para ser distribuido entre los accionistas. El dividendo se paga como una cantidad fija por acción poseída por los accionistas.

132.-Costos Financieros: Estos se relacionan con la obtención de fondos para la operación de la empresa. Incluyen el costo de los intereses que la compañía debe pagar por los préstamos, así como el costo de otorgar crédito a clientes.

133.-Ganancias Diferidas: Incluye los ingresos y costos de las operaciones formalizadas en un ejercicio y las rentas o utilidades diferidas cuya liquidación parcial o total corresponde a próximos ejercicios.

134.-Notas a los Estados Financieros: Las notas a los estados financieros representan la divulgación de cierta información que no está directamente reflejada en dichos estados, y que es de utilidad para que los usuarios de la información financiera tomen decisiones con una base objetiva. Esto implique que estas notas explicativas no sean en sí mismas un estado financiero, sino que forman parte integral de ellos, siendo obligatoria su presentación. Las notas deben ser entregadas en hojas tamaño oficio (debidamente identificadas con el nombre de la sociedad), adheridas a los estados financieros, de manera de garantizar la facilidad de manejo y posterior archivo de dichos documentos.

 135.-Regalías: Compensaciones por el uso de la propiedad ajena basada sobre un porcentaje acordado de los ingresos resultantes de su uso.

 136.-Margen Comercial: Diferencia entre el precio de compra y el de venta, deducidos los gastos y los impuestos.

137.-Patentes y Propiedad Industrial: Patente es un título que reconoce el derecho de explotar en exclusiva la invención patentada, impidiendo a otros su fabricación, venta o utilización sin consentimiento del titular. La patente garantiza ³el derecho de excluir a otros´ de la fabricación, utilización o introducción del producto o procedimiento patentado en el comercio.

La Propiedad Industrial es un conjunto de derechos que puede poseer una persona física o jurídica sobre una invención, un diseño industrial, un signo distintivo (marca o nombre comercial), etc. Otorga dos tipos de derechos: En primer lugar el derecho a utilizar la invención, diseño o signo distintivo, y en segundo lugar el derecho a prohibir que un tercero lo haga. 

138. SEGMENTO DE OPERACIÓN: Componentes identificables de una empresa en donde cada uno de ellos produce un tipo diferente de producto o servicio, o

un grupo diferente de productos o servicios relacionados, por los cuales está expuesto a riesgos y rendimientos distintos a los de otros segmentos de la empresa. Véase la NIIF 8.

139. SEGMENTOS GEOGRAFICOS: Componentes identificables de una empresa involucrados en operaciones en un país o en grupo de países dentro de un área geográfica en particular, conforme la empresa lo determine de acuerdo a circunstancias específicas. Se encuentran expuestos a riesgos y rendimientos distintos a los de otros segmentos que desarrollan sus actividades en áreas geográficas diferentes. Véase la NIIF 8.

140. VALOR RECUPERABLE: El valor recuperable, es el mayor valor entre el valor neto de realización y el de utilización económica; es decir, es el limite a la valuación contable de un activo.

141. VALOR RAZONABLE: El plan general de contabilidad de España define el valor razonable como el importe por el que puede ser adquirido un activo o liquidado un pasivo entre partes interesadas y debidamente informadas que realicen una transacción en condiciones de independencia mutua sin deducir gastos de transacción en su posible enajenación. No forzado, ni urgente, ni en liquidación involuntaria

PRINCIPIOS GENERALES DE CONTABILIDAD

142.-Equidad: Criterio que orienta la distribución de un determinado atributo entre los miembros de un grupo social. En economía, los atributos considerados se refieren a las oportunidades, a la riqueza, al ingreso, al consumo, etc. Existen muchos criterios de equidad, siendo el igualitarismo uno de ellos, pero no el único.

143.-Ente: Los estados contables siempre que se refiera a un ente, el propietario es considerado como tercero y no como dueño de la entidad. Como la unidad económica que tiene control sobre los recursos, acepta las responsabilidades de contraer y cumplir compromisos y realiza una actividad económica.

144.-Bienes económicos: Los estados financieros se refieren siempre a bienes económicos, es decir, bienes materiales e inmateriales que poseen valor económico y por ende susceptible de ser valuado en términos monetarios.

145.-Empresa en marcha: Este principio implica la permanencia y proyección de la empresa en el mercado, no debiendo interrumpir sus actividades, sino por el

contrario deberá seguir operando de forma indefinida. Implica continuidad de la empresa, o sea, seguirá funcionando. Toma la empresa en proyección de futuro en funcionamiento. La empresa entra en vigencia una vez que se registran sus actividades financieras.

146.-Período contable: Necesidad de conocer los resultados de operación y la situación financiera de la entidad, que tiene una existencia continua, obliga a dividir su vida en períodos convencionales. Las operaciones y eventos así como sus efectos derivados, susceptibles de ser cuantificados, se identifican con el período en que ocurren, por tanto cualquier información contable debe indicar claramente el período a que se refiere, o bien no se debe incluir una operación, en un ejercicio o periodo en la cual no correspondan. En términos generales, los costos y gastos deben identificarse con el ingreso que originaron, independientemente de la fecha en que se paguen.

 147.-Devengado: Las variaciones patrimoniales que se deben considerar para establecer el resultado económico, son los que corresponden a un ejercicio sin entrar a distinguir si se han cobrado o pagado durante dicho periodo. Por las cuales están realmente aceptadas.

148.-Objetividad: Los cambios en el activo, pasivo y en la expresión contable del patrimonio neto, se deben conocer formalmente en los registros contables, tan pronto como sea posible medirlos objetivamente y expresar dicha medida en términos monetarios.

149.-Realización: La contabilidad cuantifica en términos monetarios las operaciones que realiza una entidad con otros participantes en la actividad económica y ciertos eventos económicos que la afectan. Las operaciones y eventos económicos que la contabilidad cuantifica, se consideran por ella realizados: Cuando ha efectuado transacciones con otros entes económicos.

 Cuando han tenido lugar transformaciones internas que modifican la estructura de recursos o de sus fuentes.Cuando han ocurrido eventos económicos externos a la entidad o derivados de las operaciones de ésta y cuyo efecto puede cuantificarse razonablemente en términos monetarios.

150.-Prudencia: Ante la circunstancia de tener que elegir entre dos valores, el contador debe optar por el más bajo, minimizando de esta manera la participación de  propietario en las operaciones contables. Este principio general se puede expresar diciendo: "Contabilizar todas las pérdidas cuando se conocen, y las ganancias solamente cuando se hayan percibido".

151. Uniformidad: Tanto los principios generales como las normas particulares -principios devaluación- que se utilizan para la formulación de los estados financieros deben ser aplicados uniformemente de un periodo a otro. Esto permitirá una mejor comparación de los estados financieros en los diversos

periodos de una empresa en marcha. En caso de cualquier cambio relevante en la aplicación de los principios generales y normas particulares, que afecte la presentación de los estados financieros, se debe señalar por medio de una nota aclaratoria.

152. Materialidad (Significación O Importancia Relativa): Al ponderar la correcta aplicación de los principios generales de las normas particulares debe necesariamente actuarse con sentido práctico. Frecuentemente se presentan situaciones que no encuadran dentro de aquellos y, que, sin embargo, no presentan problemas porque el efecto que producen no distorsiona el cuadro general. Desde luego, no existe una línea demarcadora que fije los límites de los que es y no es significativo y debe aplicarse el mejor criterio para resolver lo que corresponda en cada caso, de acuerdo con las circunstancias, teniendo en cuenta factores como el efecto relativo en los activos o pasivos, en el patrimonio o en el resultado de las operaciones.

153. Consistencia: Los usos de la información contable requieren que se sigan procedimientos de cuantificación que permanezcan en el tiempo. Este principio se refiere tanto a la consistencia en la aplicación de criterios contables de valuación de partidas y demás criterios (capitalización o no capitalización de desembolsos relacionados con activos fijos; tratamiento contable de los planes de pensiones a persona, tratamiento de mejoras de arrendamientos, etc.).

 154. EXPOSICIÓN: Los estados financieros deben contener toda la información y discriminación básica y adicional que sea necesaria para una adecuada interpretación de la situación financiera y de los resultados económicos del ente a que se refieren.

NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD 155. NIC 1: PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS156. NIC 2: EXISTENCIAS157. NIC 10: SUCESOS POSTERIORES A LA FECHA DEL BALANCEGENERAL158. NIC 16: INMUEBLES, MAQUINARIA Y EQUIPO.

Objetivo: Establecer el tratamiento contable para los inmuebles, maquinaria y equipo, siendo sus principales problemas:

•El momento de reconocimiento como activo (adquisiciones).•La determinación de su valor en libros (valor contable)•El cargo por depreciación a gastos y otras partidas.

Medición (valuación): Situaciones especiales. NIC 23 Costos de financiamiento. NIC 17 arrendamiento.

Ejemplo: Caso Practico.-

X

68 Provisiones del ejercicio 75.00

681 Depreciación del inmueble, maquinaria y equipo

39 Depreciación y amortización acumulada 75.00

393 Depreciación de inmuebles, maq. y equipo

x/x Por el cálculo de depreciación de los muebles y en seres correspondiente

X

94 Gastos administrativos 37.50

95 Gastos de ventas 37.50

79 Cargas imputables a la cuenta corriente de costos75.00

x/x Por el destino de los gastos

159. NIC 17 Y 18: ARRENDAMIENTOS E INGRESOS

160. NIC 21: EFECTOS DE VARIACIONES EN LAS TASAS DE CAMBIO DELA MONEDA EXTRANJERA

161. NIC 23: COSTOS DE FINANCIAMIENTO

162. NIC 28: INVERSIONES EN ASOCIADAS

163. NIC 31: PARTICIPACIONES EN ASOCIACIONES EN PARTICIPACIÓN

164. NIC 38: ACTIVOS INTANGIBLES. PRINCIPIOS QUE RIGEN A LAS CONTRATACIONES YADQUISICIONES DEL ESTADO

165. Principio de Moralidad:Los actos referidos a las adquisiciones y contrataciones. Deben caracterizarse por la honradez, veracidad, intangibilidad, justicia y probidad.

166. Principio de Libre Competencia: En los procedimientos de adquisiciones y contrataciones se incluirán regulaciones o tratamientos que fomenten la más amplia, objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participación de postores potenciales.

167. Principio de Imparcialidad: Los acuerdos y resoluciones de los funcionarios y dependencias responsables de las adquisiciones y contrataciones de la entidad, se adoptarán en estricta aplicación de la ley y el presente Reglamento, así como en atención a criterios técnicos que permitan objetividad en el tratamiento a los postores y contratistas.

168. Principio de Eficiencia: Los bienes, servicios o ejecución de obras que se adquieran o contraten deben reunir los requisitos de calidad, precio, plazo de ejecución y/o entrega y deberán efectuarse en las mejores condiciones para su uso final.

169. Principio de Transparencia: Toda adquisición o contratación deberá realizarse sobre la base de criterios y calificaciones objetivas, sustentadas y accesibles a los postores. Los postores tendrán acceso, durante el proceso de selección, a la documentación de las adquisiciones y contrataciones. Salvo las excepciones previstas en la Ley y el presente Reglamento, las convocatorias, otorgamiento de Buena Pro y resultados deben ser de público conocimiento.

170. Principio de Economía: En toda adquisición o contratación se aplicarán los criterios de simplicidad, austeridad, concentración y ahorro en el uso de los recursos, en las etapas de los procesos de selección y en los acuerdos y resoluciones recaídos sobre ellos, debiéndose evitar en las Bases y en los contratos exigencias y formalidades costosas e innecesarias.

171. Principio de Vigencia Tecnológica: Los bienes, servicios o ejecución de obras deben reunir las condiciones de calidad y modernidad tecnológica necesarias para cumplir con efectividad los fines para los que son requeridos, desde el mismo momento en que son adquiridos o contratados, y por un determinado y previsible tiempo de duración, con posibilidad de adecuarse, integrarse y repotenciarse, si fuera el caso, con los avances científicos y tecnológicos.

172. Principio de Trato Justo e Igualitario: Todo postor de bienes, servicios o ejecución de obras debe tener participación y acceso para contratar con las Entidades en condiciones semejantes a las de los demás, estando prohibida la existencia de privilegios, ventajas o prerrogativas, salvo las excepciones de ley. Los principios señalados servirán también de criterio interpretativo para resolver las cuestiones que puedan suscitarse en la aplicación de la ley y el presente Reglamento, como parámetros para la actuación de los funcionarios y dependencias responsables, y para suplir los vacíos en la ley y el presente Reglamento

VOCABULARIO DE COMERCIO EXTERIOR

173. A Vista (On Demand): Se aplica este término a la obligación representada por medio de un efecto o documento exigible al deudor cuando se le presenta. También se denominan así las cotizaciones (de monedas o mercancías) para entrega inmediata

 174. Absorción (Abasorption): La tasa a la que se llena el espacio rentable. Absorción bruta es una medida de la total pies cuadrados alquilada durante un período especificado con la no consideración al espacio vacante en la misma área geográfica, durante el mismo período de tiempo. Absorción neta es igual a la cantidad que ocuparon al final de un período de menos el importe ocupado al comienzo de un período y toma en espacio de consideración vacante durante el período.

175. Acaparar (Corner): Reunir y retener cosas en un número excesivo, con ánimo lucrativo o por el afán de poseer [a. riquezas].

176. Acción (chare): Es una parte o fracción del capital social de una sociedad o empresa que esté constituida como tal. Concretamente se refiere al título o valor negociable que representa a esa fracción. Cada acción o acciones llevan consigo tres derechos fundamentales: Voto en las asambleas de la sociedad. Suscripción preferencial sobre el resto de personas en el caso de ampliaciones de capital. Percibir unos dividendos en el caso de reparto de beneficios por parte de la sociedad.

177. Acción Común (Joint Action): Título valor que representa el derecho patrimonial de un inversionista en una sociedad anónima a través del capital social. Cada acción común concede idénticos derechos a todos sus tenedores.

178. Accionistas (Shareholder): Es el nombre que reciben los dueños de una o más acciones. En definitiva es el nombre que se les da a los socios de cualquier sociedad anónima.

179. Ad Valorem (advalorem): Gravamen Arancelario a que están afectadas las mercancías en el Arancel Aduanero, cuya aplicación se hace tomando como base impositiva el valor aduanero o el valor CIF de las mercancías.

180. A.D.R (sigla en inglés de  American Depositary Receipt  ): Es un recibo negociable en el mercado americano que representa las acciones emitidas por una compañía no estadounidense. Se trata de un documento de participación del capital de una empresa extranjera, que brinda a sus tenedores los derechos y obligaciones inherentes al título original que representa. Este certificado es emitido por un banco de los estados unidos que se denomina el depositario. El ADR puede equivaler a una fracción o múltiplo de la acción que representa.

181. Agencia de Aduanas (Custom Agent): Las agencias de aduanas, quienes actúan a nombre y por encargo de los importadores y exportadores. Oficina

dedicada al despacho de mercancías en las aduanas. Se ocupa de gestionar todas las incidencias como el pago de derechos, reclamaciones, etc.

182. Agente de Seguros (Insurance Agent): Intermediario que interviene en la gestión de operaciones de seguros. Puede ser un simple agente (representante o no) afecto a la red comercial de una compañía concreta de seguros, o un corredor de seguros con libertad para colocar la operación de seguros de la compañía que considere más importante.

183. Agio (Specution): Es el beneficio que se obtiene en el Comercio de activos financieros, como divisas, títulos, valores. La palabra tiene una connotación despectiva, aunque en sí mismo el agio no es más que una forma normal de Especulación financiera. En términos generales consiste en una Especulación, valiéndose de medios ilícitos (en inglés insider trading) o inmorales (manipulando noticias).

184. Aguas Territoriales (territorial Waters): El mar territorial es el sector del océano en el que un Estado ejerce plena soberanía, de igual forma que en las aguas internas de su territorio

185. Ahorro Forzoso (Compulsori Saving): Decisión de determinadas economías modestas sobre el ahorro dada en situaciones especialmente inflacionistas o de general elevación del nivel de precios, en las que para los sectores menos favorecidos de la sociedad les es más oneroso el consumo que el ahorro. Imposición obligatoria del ahorro a determinados grupos de personas tales como los trabajadores menores de edad o a los presos que ejercen algún tipo de trabajo en establecimientos penitenciarios durante el tiempo de su condena. 186. Almacén (Warehouse): Un almacén es un lugar o espacio físico para el almacenaje de bienes. Los almacenes son usados por fabricantes, importadores, exportadores, comerciales, transportistas, clientes, etc.

187.Ángeles Caídos (Fallen Angels): Bonos que en el momento de su emisión fueron considerados de alta calidad y que con el deterioro o el mayor endeudamiento de la empresa emisora se han convertido en bonos basura o se han depreciado fuertemente.

188. Anticresis (Antichrtesis): Es una garantía real, mediante la cual el deudor entrega un inmueble en garantía de un préstamo en dinero, concediendo al acreedor, el derecho de explotar y percibir sus frutos (usufructo).

 189. Arbitrio (Tax): Son tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público.

190. Asegurado (Insured): Es la persona que en si misma o en sus bienes, o intereses está expuesta al riesgo y es sujeto de indemnización, a menos que designe como beneficiario a un tercero.

191. Ayuda Extranjera (Forcing Aid): Cuando la producción de un país es insuficiente para asegurar al mismo tiempo el consumo y la formación del capital, estas últimas se facilitan por la ayuda externa financiera. Puede ser por inversión extranjera o bien por endeudamiento o financiamiento externo otorgado por el sistema bancario internacional, o bien por medio de préstamos soberanos de gobierno a gobierno.

192. Back to Back: Cuando el beneficiario del crédito no es el proveedor final de la mercancía y el crédito recibido no es transferible, el exportador puede solicitar a su banco que emita un nuevo crédito documentario respaldado por el primer crédito recibido. Son dos créditos distintos (a diferencia del transferible). Son operaciones muy complejas y con elevado riesgo para los bancos.

193. Balance (Balance-Sheet): Documento contable que refleja la situación patrimonial de una empresa en un momento del tiempo. Consta de dos partes, activo y pasivo. El activo muestra los elementos patrimoniales de la empresa, mientras que el pasivo detalla su origen financiero. La legislación exige que este documento sea imagen fiel del estado patrimonial de la empresa.

194. Banco Aceptante (Accept Bnak): En una operación de crédito documentario, el banco aceptante es aquél que cumple la carta de crédito aceptando letras de cambio giradas por el beneficiario.

195. Banco Corresponsal (Corresponsal Bank): El Banco Corresponsal es el banco intermediario entre el Banco Emisor del pago y el Banco que recibe los fondos. Dentro de la carta de crédito, es el banco que recibe la notificación de la apertura de una carta de crédito y las condiciones del mismo. Comunica esto al exportador.

196. Banco de Negocios (Merchanr Bank): Banco al por mayor especializado en negocio de asesoramiento e intermediación de valores de Renta fija y variable, fusiones y adquisiciones, gestión de patrimonios. No se preocupa del negocio al por menor y en general, tiene pocas oficinas.

197. Bróker: Corredor de comercio que negocia títulos y efectúa descuentos de efectos.

198. Cadena Franquiciada (Franchise Chain): Forma de distribución según el cual un conjunto establecimientos independientes es autorizado a utilizar un nombre comercial de algún fabricante o distribuidor de bienes o servicios a cambio de un porcentaje sobre la cifra de venta.

199. Cámara de Comercio Internacional (Internatinal Tarde): Se constituyó en París en 1919 y continúa teniendo su sede social en la capital francesa. Se ocupa de los problemas industriales o financieros y de comercio exterior recomendando

la mejor protección de marcas, patentes, estudiando el problema de la competencia ilegal, facilitando la importación temporal de muestras, unificando las condiciones esenciales de los contratos de ventas, preocupándose de los métodos para la reducción de los costos de distribución y el incremento de la productividad, promoviendo ferias y exposiciones.

201. Cambio de Divisa (Care Change): Cambio monetario, sirve para conocer en el momento el valor de cualquier moneda y convertirla a cualquier divisa que desees.202. Capital bajo riesgo (Sum at Risk): Inversión de capital de una nueva sociedad que en su misma naturaleza puede ser considerada como actividad de alto riesgo. La rentabilidad esperada es también muy superior para compensar un probable porcentaje de fracasos

203. Capitán (Master): También maestría, magíster. Título o grado (según los países) de educación superior en el nivel de posgrado. Son aquellos cursos de postgrado cuya duración es de un año como mínimo, y de al menos 50 créditos, dirigidos a titulados universitarios.

204. Captación de Fondos (funding): Las organizaciones sin fines lucrativos utilizan las técnicas del marketing directo para captar fondos destinados a causas sociales. Es el medio más eficaz para lograr respuestas inmediatas a situaciones críticas. El mailing es el método principal de captación, apoyado por otros medios como el teléfono, la televisión, la radio, o la publicidad exterior.

 205. Cargador (Chipre): Es aquella persona que aparece en el documento de transporte marítimo (conocimiento de embarque) como responsable del embarque de la mercancía.

206. Carta de Crédito Irrevocable (Irrevocable Letter of Credit): Carta de crédito que no podrá ser cancelada sin el consentimiento de la persona que recibirá el dinero, que usualmente es el exportador o beneficiario.

207. Carta de Exportador (Export Setter): Carta entregada por las autoridades a las empresas exportadoras. Constituye un instrumento de fomento de la exportación por parte de la administración para estimular la mejor y más eficaz actuación comercial exterior de las empresas que revelan cierta especialización exportadora.

208. Carta de Garantía (Garanter Setter): Es el compromiso que adquiere una empresa radicada en el extranjero. Descubrir a una institución de crédito de capital, intereses y gastos relacionados con créditos otorgados a un filial o subsidiaria de aquella, radicada en el territorio nacional, en caso de que esta incurra en el incumplimiento de sus obligaciones.

209. Certificado de Depósito (CD ± Certificate of Deposit):  Es el documento de certificación que emite un banco sobre un determinado depósito realizado por un cliente.

210. Certificado de Seguro (Insurance Certificate): Documento que prueba la existencia de cobertura para un determina doriesgo. En pólizas colectivas, único documento de cobertura de los asegurados en el que, con remisión a las condiciones generales de la póliza suscrita, recoge, únicamente, las condiciones particulares.

211. Chárter Party (Póliza de fletamento - Contrato de alquiler de un buque): Contrato mediante el cual se arrienda un barco y otro tipo de vehículo, por medio del cual el armador se compromete ante el que fleta el barco, a dejar a disposición de éste (fletador) la totalidad ( o una parte) de la capacidad de la nave para el transporte.

 212. Cheque de viaje (Traveler¶s Check): Es un cheque emitido por un banco por un valor específico, generalmente en una moneda dura, a requerimiento de una persona que lo adquiere para sí misma. Sirve como medio de pago en cualquier país bajo ciertas condiciones 213. Clases de Fletes (Chater Types): Son las condiciones internacionales que se aplican al transporte marítimo y determinan el contrato entre el transportista y el cargador estableciendo los derechos y obligaciones de ambas partes. Fletes específicos (se otorga a productos determinados y aparecen en la tarifa en orden alfabético, clasificación arancelaria o por clases). Fletes promocionales (se otorga al usuario que los solicite con el objeto de promover un producto determinado en un tráfico específico y con una duración limitada. Este flete debe ser solicitado directamente a la línea y sólo se otorga a productos no tradicionales).

214. Clases de transportes (Transport Class): Los medios o modos de transporte son combinaciones de redes, vehículos y peraciones. Según los modos de transporte utilizados, el transporte se clasifica o categoriza en:Transporte por estrada, Transporte publico, Transporte aéreo, Transporte por ferrocarril, Transporte marítimo, Transporte fluvial, Transporte en bicicleta, Transporte peatonal y Transporte impulsado por animal.

215. Clausula sobre buque (Ex Ship Cause, Free on Borrad ³FOB´): Equivale a venta FOB. Regla internacional elaborada por la Cámara Internacional de Comercio según la cual el vendedor carga con todos los gastos hasta que las mercancías sean colocadas a bordo del buque en la fecha y lugar convenidos con el comprador. No incluye gastos de transporten el seguro de las mercancías, que corren a cargo del comprador.

216. Cliente (Customer): Cliente es la persona, empresa u organización que adquiere o compra de forma voluntaria productos o servicios que necesita o desea para sí mismo, para otra persona o para una empresa u organización; por lo cual, es el motivo principal por el que se crean, producen, fabrican y comercializan productos y servicios.

217. Coaseguro (Cpissuer): El coaseguro es un contrato de seguros suscrito de una parte por el asegurado y de otra parte, por varios aseguradores que asumen con entera independencia, los unos de otros, la obligación de responder separadamente de la parte del riesgo que les corresponda. El compromiso se comparte no llevando a la quiebra a la aseguradora, el sistema funciona con un sistema de pago eficiente frente a la indemnización requerida. El asegurado generalmente no tiene conciencia de estos procedimientos.

218. Cobertura Comercial (Commercial Coverage): Porcentaje que representan las exportaciones sobre las importaciones.

219. Combiterms: Reglas para la distribución de costos entre comprador y vendedor en operaciones de compraventa internacional. Son unos términos internacionales de entrega derivados de los INCOTERMS, y por tanto muy similares, pero que se aplican al tráfico internacional del grupaje, por lo quelas condiciones de entrega a los vehículos, típicas de los INCOTERMS, vienen sustituidas por la entrega a los transitorios designados por el vendedor y el comprador.

220. Comercio Internacional: Se define como comercio internacional o "mundial" al intercambio de bienes, productos y servicios entre dos países (uno exportador y otro importador).El comercio exterior se define como el intercambio de bienes y servicios entre dos bloques o regiones económicas. Por ejemplo, el intercambio de bienes y servicios entre la Unión Europea y América. Las economías que participan del comercio exterior se denominan economías abiertas. Este proceso de apertura externa inició fundamentalmente en la segunda mitad del siglo XX, y de forma espectacular en la década de los 90, al incorporarse las economías latinoamericanas y de Europa del Este.

221. Compañía de seguros (Commercial Company) Sociedad anónima que tiene por objeto exclusivo el giro de los seguros y las actividades que sean afines y complementarias de este. Se dividen en seguros generales y de vida.

222. Consorcio de Exportación (Export Pool): El consorcio de exportación consiste en la agrupación de empresas, cuyo objetivo común es la introducción o consolidación de los productos fabricados por las mismas en los mercados exteriores.

 223. Costo de almacenaje (Inventory Holding Cost): Todo material almacenado genera determinados costos, a los cuales denominaremos, los costos

de existencias dependen de dos variables; la  cantidad en existencias y tiempo de permanencia en existencias y el tiempo de permanencia en existencias.

224. Director de Exportación (Export Manager): Persona responsable de las exportaciones de una empresa dependiendo directamente delo director de ventas seria el gerente de exportación. Si existen filiales en el extranjero, empresas conjuntas o actividades de compra importantes se suele denominar director de actividades internacionales.

225. Domicilio Fiscal (Tax Domicile): Es el fijado para todo efecto tributario. Los deudores tributarios tienen la obligación de fijar y cambiar su domicilio fiscal dentro del territorio fiscal dentro del territorio nacional, conforme lo establece la Administración Tributaria.

226. Dumping: La práctica del dumping consiste en vender al extranjero productos nacionales a un precio inferior al que tiene en el país de origen. Quienes practican el dumping pueden tener objetivos comerciales (conquista de mercados por eliminación de otros competidores o, simplemente, defensa de mercados amenazados), objetivos monetarios (adquisición de divisas extranjeras absolutamente necesarias) u objetivos políticos (servidumbre económica y política de los países importadores). Cuando las empresas privadas o los monopolios recurren a prácticas de dumping, deben compensar la "pérdida de ganancias" en el mercado de exportación haciendo pagar un precio alto al consumidor nacional. El Estado, cuando recurre a estas prácticas, utiliza vías más indirectas: subvenciones y primas a las empresas exportadoras. Pero, de manera general, el dumping tiene consecuencias nefastas para el consumo nacional o para el comercio internacional, en el que introduce el espíritu de competencia desleal. Por este  motivo, todos los acuerdos internacionales condenan dicha práctica y prevén medidas de represión (derecho antidumping, acción judicial).

227. Economía de Libre Mercado (Free Market Economy): Es el sistema en el que el precio de los bienes o servicios es acordado por el consentimiento mutuo de los vendedores y de los compradores mediante las leyes de la oferta y la demanda.

228. Economía de Mercado (Market Economy): Sistema económico en el que los precios se determinan según la oferta y la demanda sin intervenciones reguladoras.

229. Empaquetado (Packaging): Empaquetado, tecnología para guardar, proteger y preservar los productos durante su distribución, almacenaje y manipulación, a la vez que sirve como identificación y promoción del producto e información para su uso.

230. Fabricación de Contrato (Contract Manufacturing): Un contrato, es un acuerdo de voluntades, verbal o escrito, manifestado en común entre dos o más personas con capacidad (partes del contrato), que se obligan en virtud del mismo,

regulando sus relaciones relativas a una determinada finalidad o cosa, y a cuyo cumplimiento pueden compelerse de manera recíproca, si el contrato es bilateral, o compelerse una parte a la otra, si el contrato es unilateral.

231. Fabricación por Pedido (Manufacturing to Order): Fabricación que se inicia cuando existe el compromiso definitivo con un comprador. Es habitual en productos de gran valor o que tienen características que se deban ajustar a las necesidades de cada comprador

232. FECHA DE ENTREGA (Delivery date): Fecha en la que tiene lugar la entrega de los bienes subyacentes de un contrato de Futuros. Para una inversión especulativa en Futuros, la posición del contrato debe cerrarse en esta fecha o antes.

233. FOB (Free on borrad): “Libre a Bordo” Abreviatura usada en algunos contratos de ventas internacionales. En estos contratos, el vendedor esta en obligación de colocar los bienes en su producto de embarque, listos para el envío. Mientras que el comprador acepta cubrir todos los gastos de transportes terrestres y asume los riesgos en el país exportador, así como los costos de transporte posteriores al embarque.

234. FRANQUICIA ( Franchise): La franquicia es la práctica de utilizar el modelo de negocios de otra persona. El franquiciador recibe una regalía o royaltie, por la marca comercial y una tasa de formación y asesoramiento. La franquicia es, por lo general, por un período determinado y se da por un "territorio". Puede ser una franquicia exclusiva o no exclusiva. Varios tangibles e intangibles, tales como servicios de apoyo nacionales o internacionales de publicidad, formación, y otros se hacen disponible comúnmente por el franquiciador. Los acuerdos suelen durar entre cinco a treinta años, con la cancelación o terminación prematura de la mayoría de los contratos, con consecuencias graves para los franquiciados.

235. GARANTIA BANCARIA (Bank bond): Cualquier garantía por parte de un banco a favor de un cliente, de tal manera que el crédito del banco sustituye al crédito del cliente respecto a una transacción específica. Las cartas de crédito son una forma de garantía bancaria.

236. LLOYD-S: Mercado al por mayor de seguros, con sede en Londres, que agrupa a compañía aseguradoras y que se dedica fundamentalmente al reaseguro. Tiene una gran penetración en el seguro marítimo.

237. MARCA COMERCIAL (Trade Mark): Una marca registrada determina la identidad gráfica/física/operativa de un producto o servicio. Incluye elementos

gráfico-visuales propios que diferencian el artículo de sus competidores, proporcionándole cierta identidad en el sector comercial. Además, se trata de una identidad registrada, protegida por las leyes correspondientes que puede utilizarse con exclusividad.

238. MEMORIA (Report): Informe que recoge los estados financieros y contables de la sociedad. En muchas ocasiones recoge la opinión de una auditoría externa.

239. MERCANCIA EN DEPOSITO (Goods on Approval): Mercancías que son entregadas por el fabricante al mayorista o detallista son que estos tengan que realizar el abono inmediato de las mismas.

240. MONEDA (Coin): Dinero metálico acuñado por la autoridad monetaria. Sinónimo de dinero. En esta acepción el término se refiere a la unidad monetaria que se usa en un país.

241. ORDEN DE PAGO (Order for payment): Documento en que se instruye al librado (regularmente el banco) para que pague con cargo a la cuenta corriente del girador una cierta suma de dinero a favor de un tercero.

242. PAGO A LA ENTREGA (Cash of delivery): Modalidad de pago simultaneo a la entrega de la mercancía al cobrador en el exterior.

243. POLIZA DE FLETAMIENTO (Charter perty): Llamada también “Carta Partida”, es un documento que acredita un contrato de fletamento el cual puede ser extendido como instrumento privado o público, en este último caso cuando es otorgado a un notario.

244. RAZON SOCIAL (Firm name): Es la que identifica legalmente a la sociedad o empresa. Se forma con los nombres de uno, de varios o de todos los socios de una compañía. Cuando no figuran en ella los nombres de todos los socios, debe agregarse la expresión “Y COMPAÑÍA” u otra semejante, que identifique la existencia de otros socios además de los que ya aparecen.

245. REPRESENTANTE (Representavive): Es la persona que tiene el poder suficiente para actuar en nombre de un contribuyente frente a cualquier administración.

246. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA (Joint and several liability): Es aquella imputabilidad que la administración tributaria le atribuye a una persona por un hecho en el cual tiene interés directo junto con otro u otros contribuyentes.

247. TESTAFERRO (Front man): Persona que aparece como titular en un negocio o contrato, cuando en realidad solo presta su nombre a otro que es el verdadero negociador o contratante. Equivale a fiduciario u hombre de paja.

248. Valor de aduana (Customs Value): Es la base cuantitativa sobre la cual se aplica el derecho de importación del arancel de aduanas. Suele ser el de la mercancía que aparece en la factura comercial, a la que se añaden las comisiones que corran por cuenta del comprador, y los descuentos que sean pertinentes.

249. Venta CF (Cost and Freight Sale): C & F - Costo y flete. Regla internacional elaborada por la Cámara de Comercio según la cual el vendedor se obliga a contratar el navío, pagar el flete y la descarga en destino, contratar a su costo el seguro y proveer las mercancías de acuerdo con el contrato de venta.

250. Visado (Approved): Una visa o visado es una norma entre países para legalizar una entrada o una estancia de personas en un país donde éste no tenga nacionalidad o libre tránsito, ya sea por convenios bilaterales entre el país de la nacionalidad de la persona y el país de destino, todo fundamentado por una razón bien definida. El visado es un documento que se coloca adjunto a los pasaportes por las autoridades para indicar que el documento ha sido examinado y considerado válido para las personas que entran o salen de un país.

251. Wall Street: El término ³Wall Street´ es usado para hacer referencia tanto al mercado financiero estadounidense como a instituciones financieras. Curiosamente, la mayoría de las firmas financieras de la metrópoli no cotizan en Wall Street, sino en otros mercados más específicos o pequeños en Manhattan, Fairfield Country, Connecticut o Nueva Jersey.

252. Zona Franca (Free Área): Una zona franca es un territorio delimitado de un país donde se goza de algunos beneficios tributarios, como el no pago de derechos de importación de mercancías o el no cobro de algunos impuestos. Muchos gobiernos de países establecen zonas francas en regiones apartadas o extremas con el fin de atraer capitales y promover el desarrollo económico de la región. En las zonas francas suelen crearse grandes centros de compra y se instalan con frecuencia, también, industrias maquiladoras o almacenes especiales para la mercancía en tránsito. A veces son llamadas puertos libres, por una analogía con los puertos libres conocidos desde hace mucho tiempo: los puertos libres de tasas aduaneras o con regulaciones de tasas favorables; por ejemplo, el puerto libre de Trieste. A menudo los puertos libres son parte de las zonas económicas libres.