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   UNIVERSIDAD DE PANAMÁ VICERRECTORÍA ACADÉMICA Dirección de Concursos Formales para Profesores Regulares   ∞   INSTRUCTIVO PARA LAS COMISIONES DE CONCURSOS FORMALES Análisis y adjudicación de un Concurso Formal Compendio del Estatuto de la Universidad de Panamá, en relación con los Concursos Formales         2018

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UNIVERSIDAD DE PANAMÁ VICERRECTORÍA ACADÉMICA

Dirección de Concursos Formales para Profesores Regulares

 

 

∞ 

 

 

INSTRUCTIVO PARA LAS COMISIONES DE CONCURSOS FORMALES

Análisis y adjudicación de un Concurso Formal

Compendio del Estatuto de la Universidad de Panamá, en relación con los Concursos Formales

 

 

 

 

 

 

 

 

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El Instructivo para las Comisiones de Concursos Formales se ha redactado

teniendo como base el Estatuto de la Universidad de Panamá. También se utilizó el

Manual para las Comisiones de Concurso, y el Manual de procedimientos para la

Evaluación de Ejecutorias, siendo estos documentos, de manejo frecuente de la

Comisión de Concurso

1. Estatuto de la Universidad de Panamá:

-Estructura académica, convocatoria, aviso de concurso

(artículos 190, 191, 192, 193, 400)

-comisión de concurso

(artículo 194)

-trámite de informe, recomendación y adjudicación

(artículos 196, 197, 198, 199, 200)

-cuantificación, valoración y totalización de puntuaciones

(artículos 231, 232, 233, 234, 235, 236, 237 y 238).

2. Manual de Procedimientos para las Comisiones de Concurso; aprobado por el Consejo

Académico en su reunión No.35-07 del 20 de junio de 2007.

3. Manual de Procedimientos para la Evaluación de Ejecutorias; aprobado en Consejo Académico Ampliado No.10-11 del 2 de marzo de 2011.

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INSTRUCTIVO PARA LAS COMISIONES DE CONCURSOS FORMALES

Contenido del Instructivo

Cap Temas Página

I Introducción 4

II

Funciones de la Comisión de Concurso Formal 1. Ubicar en el área de Concurso 2. Valorar la experiencia académica y profesional 3. Totalizar las puntuaciones 4. Recomendar las adjudicaciones

5

III Los Concursos Formales en el marco de la estructura académica de la Universidad de Panamá.

1. Estructura Académica de la Universidad de Panamá

6

IV Elementos que caracterizan un Concurso Formal

1. Aviso de concurso 2. Requisitos para participar en un concurso formal 3. Documentos oficiales que conforman el expediente del concurso

7

V

Instalación de la Comisión de Concurso Formal 1. Entrega de los expedientes de concurso a las facultades y a la

Comisión de Concurso Formal, Cotejo 2. Expediente del concurso, 3. Formulario para uso de los participantes en los concursos

Formales

8

VI Tareas iniciales e instrucciones generales

1. Recomendaciones iniciales 2. Tareas de análisis de la Comisión de Concurso

10

VII

Ubicación, valoración y totalización del expediente del concurso en cada página del Formulario para uso los participantes en los Concursos Formales - Página 2 del formulario, Títulos y otros estudios - Consideraciones, observaciones y criterios para asignar la puntuación

de títulos - Página 3 a la página 10 del formulario, las ejecutorias en un Concurso

formal - Observaciones y criterios relacionados con la evaluación, ubicación y

valoración de las ejecutorias - Máximos establecidos en la totalización de la puntuación de ejecutorias - Página 11 del formulario, Experiencia Académica Universitaria y

Profesional Experiencia Académica Universitaria. Cálculo de la experiencia docente

en la Universidad de Panamá Experiencia Profesional

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VIII

Informe final individual del Concurso Formal - C. de Concurso 3 - C. de Concurso 1 Formulario para uso de la Comisión de Concurso Formal

Resumen de la Puntuación por área Puntos obtenidos en el Concurso

- Recomendación de la adjudicación del concurso e Informe Final

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Breve descripción del contenido de cada capítulo del Instructivo para las Comisiones de Concursos Formales

I Introducción

II Funciones de la Comisión de Concurso Formal Desarrolla el contenido del artículo 194 del Estatuto de la Universidad de Panamá, en lo relacionado a las funciones de la comisión de concurso: ubicar títulos y ejecutorias, valorar experiencia, totalizar puntuaciones y recomendar adjudicaciones.

III

Los Concursos Formales en el marco de la estructura académica de la Universidad de Panamá. Fundamentación de la estructura académica de la Universidad de Panamá. Explica el concepto “ubicar en el marco de la estructura académica” y su representación en el Formulario para uso de los participantes en los concursos formales.

IV

Elementos que caracterizan un Concurso Formal Enumera y detalla los elementos que caracterizan un concurso formal: Aviso de concurso Requisitos para participar Documentos oficiales que conforman el expediente del concurso

V

Instalación de la Comisión de Concurso Formal y entrega de los expedientes del concurso Describe el manejo de los documentos que presentaron los participantes, en el expediente del concurso, desde que la Secretaría General de la Universidad de Panamá los envía a las facultades o centros regionales, hasta que los recibe la comisión de concurso, que corresponda, para su cotejo.

VI Tareas iniciales e instrucciones generales Resume tareas y procesos que el Estatuto de la Universidad de Panamá señala a la comisión de concurso durante toda su gestión.

VII

Ubicación, valoración y totalización del expediente del concurso en cada hoja del Formulario para uso de los participantes en los Concursos Formales Detalla la aplicación y uso que se dará a cada página del Formulario para los participantes en los concursos: en la evaluación correcta de los títulos, ejecutorias y experiencia académica y profesional. Explica criterios de evaluación, y hace observaciones relacionadas con la asignación correcta de puntos. Señala los espacios asignados en el formulario para colocar las cifras y totales que correspondan.

VIII Informe final individual del Concurso Formal Describe en detalle, la forma de totalizar el resultado final de cada concursante, los pasos finales para la entrega de estos resultados y la adjudicación recomendada del concurso a la autoridad correspondiente.

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I. Introducción

El Instructivo para la Comisiones de Concursos Formales, es una guía detallada que orienta las actividades y tareas que realiza la comisión de concurso al evaluar un concurso formal para Profesor Regular, en la Universidad de Panamá.

El Artículo 194 del Estatuto de la Universidad de Panamá, establece que la Comisión de

Concurso recomendará las adjudicaciones de las posiciones a concurso, o la realización de un concurso de oposición, a la Junta de Facultad o a la Junta de Centro Regional correspondiente. Los docentes y administrativos de la Universidad de Panamá, involucrados en esta actividad, tienen el deber y la responsabilidad de aplicar, de manera rigurosa y transparente, las disposiciones legales universitarias vigentes en relación a los concursos formales, que debido a sus características son actos públicos.

Siguiendo un orden lógico, este instructivo explica, de manera precisa, cada una de las fases en la evaluación de un concurso, los procedimientos y criterios que se deben aplicar, y que le corresponde a la comisión de concurso ejecutar.

La Comisión de Concurso: o Cuantificará la puntuación de los concursantes por Área de

Concurso, Área Afín y Área Cultural, según las certificaciones de evaluación de títulos, otros estudios y ejecutorias;

o Valorará la experiencia académica y/o profesional, de los aspirantes según el área y especificaciones del concurso;

o Totalizará las puntuaciones de los concursantes, y

o Recomendará la adjudicación de las posiciones a concurso o la realización de concurso de oposición, cuando sea el caso, a la Junta de Facultad o de Centro Regional.

El artículo 194, también señala que “cada Comisión de Concurso estará integrada por tres (3) Profesores Regulares, del área de especialidad en la que se abra el concurso y un estudiante escogido de entre los representantes estudiantiles ante la Junta de Facultad o Junta de Centro. Estos miembros de la Comisión serán designados por el decano o el Director del Centro Regional, de la sede donde se realiza el concurso, el cual escogerá a uno de ellos como Presidente de la Comisión. Además, cada Comisión estará compuesta por un representante del Rector designado por éste.

En aquellos casos en que no existan especialistas en el área, la comisión estará integrada por profesores regulares de áreas afines. Para concursos de un departamento en diferentes sedes, podrá nombrarse una sola Comisión de Concurso por acuerdo entre las máximas autoridades de las sedes involucradas, con representación de las distintas sedes, hasta donde ello sea posible.

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II. Funciones de la Comisión de Concurso Formal

1. Ubicará y asignará las puntuaciones que correspondan, considerando: las especificaciones del concurso; la estructura académica del departamento al que corresponde el área del

concurso; la correspondencia o afinidad entre el área de conocimiento o especialidad

del concurso, las áreas afines, o las áreas culturales; el área de la especialidad, certificada en las evaluaciones de títulos, otros estudios o ejecutorias presentadas;

las limitaciones de la puntuación en ejecutorias que establece el artículo 237 del Estatuto de la Universidad de Panamá.

2. Valorará la experiencia académica universitaria y la experiencia profesional de los aspirantes de acuerdo al área y especificaciones del concurso, y que se consideran como ejecutorias, según lo establecido en el Cuadro de Evaluación de títulos, Otros Estudios y Ejecutorias (Art. 231 y 238 del Estatuto de la Universidad de Panamá).

3. Totalizará las puntuaciones finales, teniendo en cuenta los siguientes

parámetros: La puntuación total final, que se tomará en cuenta, de las ejecutorias

realizadas en el área afín no podrá exceder el 33% de la puntuación de todas las ejecutorias evaluadas en el área afín.

La puntuación total, que se tomará en cuenta, de las ejecutorias realizadas en el área cultural no podrá exceder el 10% de la puntuación de todas las ejecutorias evaluadas en el área cultural.

4. Recomendará las adjudicaciones de las posiciones a concurso, o un concurso

de oposición, si fuese el caso, a la Junta de Facultad o a la Junta de Centro Regional correspondiente.

Nota: Las áreas en las que la Comisión de Concurso debe ubicar los títulos, otros estudios y ejecutorias, previamente evaluadas en un área de conocimiento o especialidad, son las establecidas, según artículo 190 del Capítulo V, como área de conocimiento o especialidad, afín o cultural.

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III. Los concursos formales en el marco de la Estructura Académica de la Universidad de Panamá

La estructura académica de la Universidad de Panamá está fundamentada en el artículo 190 del Estatuto de la Universidad de Panamá, y en ella se definen las áreas de conocimiento o especialidad de cada departamento, y las áreas afines a estas. A la Comisión de Concurso NO le corresponde determinar las áreas afines al área de conocimiento o especialidad, ya que éstas estarán previamente especificadas en la estructura académica del departamento, y en el Aviso de Concurso. El Consejo Académico No 50-07 de 19 de septiembre de 2007, aprobó, que las áreas afines son todas las áreas dentro de una disciplina, inclusive aquellas que hayan sido definidas en cada unidad académica como áreas afines a un área de conocimiento. Un área que no corresponda a ninguna de las áreas definidas como área de especialidad o área afín, se considera como área cultural. De acuerdo a la estructura académica, del área del concurso formal en la que participa el aspirante, la Comisión de Concurso: Ubicará, en el Formulario para participantes en el concurso formal, la puntuación que corresponda a los títulos, otros estudios o ejecutorias, de acuerdo a la certificación de evaluación, en el área de conocimiento, área afín o área cultural.

Ejemplo:

La puntuación se colocará en una de las columnas de la derecha, “para uso de la Comisión de Concurso”, en cada hoja del formulario.

Observación: La puntuación de los títulos, otros estudios, ejecutorias, experiencia académica y profesional, se establece en el artículo 231 del Estatuto de la Universidad de Panamá, en el Cuadro de evaluación de títulos, otros estudios y ejecutorias; que es la puntuación que aparece en las certificaciones de evaluación de títulos, otros estudios y ejecutorias.

12. Conferencias o Disertaciones Conoci-miento

Afín Cultural Observaciones

Para uso de la Comisión de Concurso

Puntuación por área

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IV. Elementos que caracterizan un Concurso Formal El Aviso de concurso (Art. 192)

1. El área de conocimiento o especialidad del concurso. 2. Área de conocimiento o especialidad en el que debe haber sido evaluado el título o títulos de maestría o doctorado, que se desea de los concursantes. 3. Título básico. 4. El área o áreas afines al área de conocimiento o especialidad del concurso. 5. Otros requisitos que se exijan. 6. La cantidad de posiciones que se abren a concurso. 7. El tipo de dedicación que se requiere. 8. El lugar donde se ejercerán las funciones.

Requisitos para participar en un concurso formal (Art. 167, 192)

1. Tener la nacionalidad panameña. 2. Mínimo de cinco (5) años de labores académicas en la Universidad de Panamá. (Ver la Pág. 19 de este documento; y el artículo 172 del Estatuto de la U. de Panamá) 3. Título de Maestría o Doctorado o sus equivalentes en la especialidad o área de

conocimiento del concurso. 4. Título básico. (Caso especial, aplicación del Artículo 400, del Estatuto de la Universidad de

Panamá) 5. Postgrado en Docencia Superior o en Didáctica de la Especialidad o todos los cursos

de perfeccionamiento en didáctica de nivel superior que imparte el ICASE. 6. Otro requisito exigido para el concurso, si lo hay. 7. Mínimo de ciento veinticinco (125) puntos certificados, obtenidos en concepto de

Títulos, Otros estudios, y Ejecutorias, de los cuales al menos cincuenta (50) deben haberse realizado durante el ejercicio académico en la Universidad de Panamá.

Nota: Este requisito podrá ser verificado después de revisado el concurso. (Ver la Pág. 19)

Documentos oficiales que conforman el expediente del concurso (Art. 193)

1. Copia de la cédula de identidad personal. 2. Certificaciones de las evaluaciones de los títulos y otros estudios. 3. Certificaciones de las evaluaciones de las ejecutorias. 4. Certificado de experiencia académica y/o profesional. 5. Certificado de evaluación del desempeño académico, acompañado de la

certificación que expide el Decano de la Facultad, Director del Centro Regional o el Coordinador de Extensión Universitaria

6. Declaración Jurada de “No sanción” que expide el Secretario General de la Universidad de Panamá.

7. Certificaciones que acrediten el cumplimiento de los otros requisitos que se exigen para el concurso (p. ej. la idoneidad profesional, el conocimiento de un segundo idioma, etc.)

8. Formulario para uso de los participantes en los Concursos Formales.

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V. Instalación de la Comisión de Concurso

1. Formulario para uso de los participantes en los Concursos Formales:

El participante en un Concurso Formal debe consignar o registrar la información y documentos presentados al concurso en un formulario oficial, que elabora la Universidad de Panamá, para tal fin, que se denomina Formulario para uso de los participantes en los Concursos Formales. En este formulario se detalla de manera ordenada el contenido del expediente del concurso del participante. La Secretaría General utilizará el formulario para registrar la entrega y recibo de los documentos y certificaciones que el participante presenta para participar en el concurso.

Este formulario servirá, además, para que la Comisión de Concurso ubique y valore en el área correspondiente, los títulos, otros estudios y ejecutorias, lo mismo que el desempeño académico, la experiencia docente y la profesional, detalle sus subtotales, y la puntuación final de cada concursante.

Al final del Formulario para uso del participante en los Concursos Formales se adjuntan tres (3) hojas que servirán para que la Comisión de Concurso anote los resultados finales del concursante, y además firme el informe.

2. Expediente del concurso: El conjunto de documentos que presenta cada concursante, para participar en el concurso, serán parte de lo que será su expediente del concurso, y será entregado a la Comisión de Concurso dentro de un sobre cerrado. El Estatuto de la Universidad de Panamá señala:

Art. 196. La Secretaría General, en un período no mayor de quince (15) días hábiles, contados a partir de la fecha de cierre del concurso, remitirá los documentos de los concursantes a las Facultades o Centros Regionales correspondientes, para que sean entregados a la Comisión de Concurso…….

Después de recibido el sobre que contiene el expediente del concurso de cada participante, procedente de la Secretaría General, el Decano, el Director del Centro Regional Universitario o el Coordinador de Extensión Universitaria, dentro de un período no mayor a cinco (5) días hábiles, instalará la Comisión de Concurso y le hará entrega de los documentos recibidos.

3. El presidente de la Comisión de Concurso, en presencia de todos los miembros de la comisión, debe cotejar la documentación recibida en el expediente del concurso de cada participante, con el contenido descrito en su Formulario para uso del participante en los Concursos Formales.

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Al revisar el expediente del concurso, la Comisión de Concurso debe:

Confirmar que cada participante presentó los documentos que le permiten participar en el concurso.

Corroborar que el número de cada certificación y documento entregado, coincide con el documento identificado en el formulario, y que tiene el gancho (√) de “recibido” por el funcionario de la Secretaría General.

Verificar si faltan documentos o si aparecen documentos no recibidos por la Secretaría General.

Nota: Si los renglones asignados en una hoja del formulario, para una categoría determinada de ejecutoria no fueron suficientes, al concursante se le permitió reproducir la hoja correspondiente y continuar en ella su listado en el orden iniciado, por lo que podrán aparecer hojas repetidas.

-La Comisión de Concurso dispondrá de un término no mayor de

treinta (30) días calendario para presentar los informes de concurso al

Decano o al Director de Centro Regional, quien deberá presentarlos

ante la Junta de Facultad o Junta de Centro, en un plazo no mayor de

treinta (30) días calendario, la cual hará las recomendaciones al

Consejo de Facultades correspondiente o al Consejo de Centros

Regionales.

-Previo a esta presentación o con posterioridad, cada participante

podrá solicitar, a sus costas, copias de su informe individual y el de los

demás concursantes.

(Artículo 196 del Estatuto de la Universidad de Panamá)

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VI. Tareas iniciales e instrucciones generales 1. Recomendaciones iniciales

Ya instalada, la Comisión de Concurso establecerá un horario de trabajo. Como control, se

recomienda levantar un acta de cada reunión. La Comisión de Concurso debe verificar que los participantes cumplen con los requisitos

señalados en el aviso de concurso, y en el Estatuto de la Universidad de Panamá. Sólo se revisarán los expedientes de los concursantes que cumplen con los requisitos exigidos para concursar. Requisitos para concursar:

- Cédula de identidad personal, para la comprobación de la nacionalidad panameña. - Haber laborado como profesor de la Universidad de Panamá un mínimo de diez (10)

semestres, en un período no menor de cinco (5) años calendario, y computando no más de dos (2) semestres por año académico y calendario.

- Título básico requerido. - Maestría o doctorado evaluado en el área del concurso. - Postgrado en Docencia Superior. - Otro requisito exigido para el concurso si lo hay.

Al finalizar cada reunión, los expedientes (o sobres con la documentación) de los participantes se deben guardar en un lugar seguro de la Facultad, preferiblemente la Secretaría Administrativa o Académica de la Facultad o del Centro Regional. Por ningún motivo estos documentos deben salir de la unidad académica.

2. Tareas de análisis de la Comisión de Concurso

Realizar la revisión y el análisis de los documentos que cada participante adjunta y registra, en el Formulario para uso de los participantes en los Concursos Formales.

Ubicar los títulos y ejecutorias, basándose en el área de la especialidad certificada en su evaluación, en el área de conocimiento o especialidad, área afín o área cultural y asignar la puntuación indicada.

Totalizar las puntuaciones de las ejecutorias presentadas, teniendo en cuenta su ubicación, y los parámetros establecidos en el Artículo 237.

Sumar los puntos por años de evaluación excelente del profesor.

Valorar la experiencia académica y/o profesional que presente el participante.

La puntuación final que se tomará en cuenta, de las ejecutorias ubicadas en el área afín, no podrá exceder el 33% de la puntuación total de las ejecutorias evaluadas en esa área; y la puntuación final que se tomará en cuenta, de las ejecutorias ubicadas en el área cultural, no podrá exceder el 10% de la puntuación total de las ejecutorias evaluadas en esa área.

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VII. Ubicación, valoración y totalización del expediente del concurso, en cada página del Formulario para uso de los participantes en los concursos formales

Página 2: TÍTULOS Y OTROS ESTUDIOS

En esta sección se evalúan los siguientes documentos:

1. Títulos de Doctorado 2. Títulos de Maestría 3. Especialización a nivel de

postgrado: Docencia Superior, y especializaciones

4. Títulos de Licenciatura: básico y otros que presente

5. Técnico Universitario 6. Profesor de Segunda Enseñanza

-Cursos Especiales de Postgrado -Créditos de Postgrado

Todos los títulos, especializaciones, postgrado o créditos, que se presenten al concurso, deben estar evaluados por la Comisión de Evaluación de Títulos y Otros Estudios. Los participantes presentarán: 1. Las certificaciones correspondientes, expedidas por la Secretaría General de la

Universidad de Panamá, y 2. El formulario de evaluación de títulos y otros estudios emitido por la Comisión de

Evaluación de Títulos y Otros Estudios correspondiente (Art. 193).

No se tomarán en cuenta los títulos que no presenten los dos documentos señalados. Cualquier otro título que el participante presente, debe cumplir con los puntos 1 y 2 anteriores

Todos los participantes, como requisito para concursar, deben presentar los siguientes títulos evaluados: 1. Maestría o Doctorado o sus equivalentes evaluados en la especialidad o área de

conocimiento del concurso. 2. Título básico requerido, según las especificaciones del concurso, o evaluado en el

área del concurso. 3. Postgrado en Docencia Superior o en Didáctica de la Especialidad (postgrado,

maestría o doctorado) o los cinco (5) módulos de perfeccionamiento didáctico que imparte el ICASE.

Al final de la Página 2, del formulario, se colocarán los subtotales por área: conocimiento, afín y cultural de la sección Títulos y otros Estudios.

concurso afín cultural

Subtotal en Títulos y Otros Estudios

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Criterios, observaciones y reglas especiales para asignar la puntuación de títulos en el concurso

Título presentado Observaciones y puntuación

1. Título básico (licenciatura) obtenido con honores.

Tres (3) puntos adicionales, que: sólo se asignan en el título básico. información que debe aparecer en la

certificación de evaluación del título.

2. Caso especial, profesores sin título básico. Art. 400, del Estatuto de la Universidad de Panamá.

Aquellos profesores con diez (10) años o más de servicio en la Universidad de Panamá, al momento de entrar en vigencia el Capítulo V, que fueron ubicados en un Departamento bajo la definición de Título Básico utilizada en las normas universitarias al momento de su ingreso a la Institución, podrán participar en concursos para posiciones de Profesor Regular en el área de especialidad de su Departamento que coincida con la especialidad de su maestría o doctorado aún cuando no posean la licenciatura en la disciplina a la cual pertenezca el Departamento en el que esté ubicado, siempre que cumpla con los otros requisitos establecidos, en el presente Capítulo, para alcanzar la regularidad.

3. Títulos de licenciatura, maestría o doctorado.

En certificaciones separadas. Cada uno se ubica según el área y se le asignará la puntuación que corresponda.

4. Se determina en el Formulario de la Evaluación de los Títulos y otros Estudios, que los programas de estudios de especialización a nivel de Postgrado, Maestría o Doctorado que se presentan, requieren como requisito un título inferior, tengan asignaturas convalidadas, o compartidas, es decir, por ejemplo: una Maestría que requiera un

Postgrado o una especialización previa un Doctorado que requiera una

Maestría los créditos del título inferior sean

utilizados para completar el número de créditos del título superior.

Solamente se reconocerá y se asignará la puntuación, al título de mayor grado obtenido.

5. Título intermedio de técnico, y posterior a éste se continúe con una Licenciatura, que incluya el título de técnico.

Sólo se asignará la puntuación de la licenciatura.

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Título presentado Observaciones y Puntuación

6. Dos o más maestrías que comparten asignaturas generales (tronco común)

Una de las maestrías recibirá la puntuación total que corresponda a una Maestría según el área en que se ubique; y a las demás se les asignará solamente puntos proporcionales al número de Créditos de Especialidad que no comparte con la primera maestría. Para calcular la puntuación proporcional en el área de conocimiento (Pp), utilice la fórmula,

é ú é

40

Si se ubica en el área afín o cultural se evaluará con la mitad o un cuarto de la puntuación Pp calculada, respectivamente.

7. Títulos en Docencia Superior Puntuación establecida en el Cuadro de Evaluación de Títulos y Ejecutorias del Capítulo V del Estatuto Universitario (Art. 231), en todas las áreas de conocimiento, distintas del área de educación.

8. Título de Especialización en Docencia Superior y posterior a éste, se obtiene un título de Maestría o Doctorado en Docencia Superior.

Sólo se tomará la puntuación del título superior. (Consejo Académico N0 4-12, del 25 de enero de 2012).

9. Módulos que imparte el ICASE (5 primeros módulos). >>Pueden ser presentados para cumplir

con el requisito de postgrado en Docencia Superior.

Serán ubicados como perfeccionamiento académico. Se aplican los requisitos de puntuaciones máximas establecidos para esta categoría.

10. Títulos evaluados en “todas las áreas”. Debe aparecer en el Cuadro para la Evaluación de Títulos y Ejecutorias del Artículo 231 del Estatuto de la Universidad de Panamá.

De no aparecer, se ubica en la columna “cultural”, con la puntuación que le corresponda.

 

 

 

 

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De la página 3 hasta la página 10: EJECUTORIAS

Desde la página 3 hasta la página 10, del Formulario para uso de los participantes

en los Concursos Formales, se ubicarán las ejecutorias definidas en el artículo 231 del Estatuto de la Universidad de Panamá.

Las certificaciones de evaluación, a tomar en cuenta, son de aquellas ejecutorias realizadas después del primer título de una licenciatura, que posea el aspirante. Se presentan en los formularios que correspondan a la categoría de la ejecutoria según el Cuadro para la Evaluación de Títulos y Ejecutorias del Artículo 231 del Estatuto de la Universidad de Panamá.

En un Concurso Formal sólo será consideradas las certificaciones de ejecutorias firmadas por la Comisión Evaluadora de Ejecutorias, y certificada por el Secretario Administrativo de la Facultad, o del Centro Regional según corresponda, de acuerdo a los procedimientos establecidos por la Universidad de Panamá para tales fines.

EJECUTORIAS

 

*Ejecutorias con puntuaciones máximas o límites establecidos en el artículo 237 del Estatuto de la Universidad de Panamá

1.1 *Perfeccionamiento Académico A, B, C1.2 Perfeccionamiento Académico2 Estadía Postdoctoral3 Investigaciones4 Proyectos registrados y concluidos5.1 Publicaciones: revistas espec., index., nac., inter., etc5.2 *Publicaciones: periódicos, boletín, gacetas, etc.6 Libros7 *Folletos8 *Apuntes9 *Monografías y Ensayos10 *Material Didáctico y de Apoyo Docente11 *Programas de Estudio12 *Conferencias o disertaciones13 Ponencias 14 *Seminarios Extracurriculares o Diplomados15 *Traducciones16 Est. de Fac., Asesorías, planos,… etc.17 *Poemarios, Libretos,…etc18 Exposiciones19 Premios Internacionales o Nacionales20 *Labor Administrativa21 *Desempeño Académico

Categoría Ejecutorias

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LAS EJECUTORIAS EN UN CONCURSO FORMAL

GENERALIDADES

1. Todas las variantes de ejecutorias se ubicarán en el: área de conocimiento o especialidad, área afín, o área cultural,

al establecer la correspondencia entre el área de conocimiento o especialidad, indicada en la certificación de la evaluación de las ejecutorias y el área de conocimiento o especialidad del concurso.

2. Se asigna la puntuación utilizando como referencia, la que se indica en la certificación de la

ejecutoria; que debe coincidir con la del Cuadro de Evaluación de Títulos y Ejecutorias del Capítulo V del Estatuto de la Universidad de Panamá (Art. 231); y se ubica según el área del concurso.

3. Cuando las ejecutorias han sido desarrolladas por más de un autor, de no existir constancia de los

niveles de participación de los que realizan la ejecutoria, se asignará puntuación en partes iguales, dividiendo la puntuación establecida para la ejecutoria entre el número de personas que la realizan, asignándole a cada integrante el cociente resultante, hasta un mínimo de un 25% de la puntuación. Se espera que en la certificación de evaluación de la ejecutoria aparezca la puntuación ya dividida, debidamente justificada, y el número de autores.

4. Las ejecutorias producidas por el participante en las fechas en que el interesado laboró como

profesor a tiempo parcial en la Universidad de Panamá, serán válidas, siempre que se presenten las evidencias de que las mismas no se han desarrollado como inherentes a la posición ocupada, fuera de la Universidad de Panamá. (Art. 235). Igual regla se aplicará a las ejecutorias desarrolladas en fechas en las que el profesor no laboró como profesor de la Universidad de Panamá.

5. En el Formulario para los participantes en los Concursos Formales, en la página que corresponda,

al final de cada categoría de ejecutoria, se escribirá el resultado de la suma (sub-total en ….) de los puntos acumulados en cada una, y en cada área (conocimiento, afín o cultural) sin aplicar los criterios de puntuaciones máximas.

Los siguientes son ejemplos de las páginas 3 y 6, del Formulario para uso de los participantes en los Concursos Formales. concurso afín cultural

concurso afín cultural

6. El resumen con los ajustes finales por la aplicación de puntuación máxima de cada tipo de

ejecutoria, se hará en la página, C. de Concurso 3, del Formulario para uso de los Participantes en los Concursos Formales. (Art. 237).

Sub-total en Perfeccionamiento Académico tipo A, B y C

Sub-total en Folletos

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Observaciones y criterios relacionados con la evaluación, ubicación y valoración de las ejecutorias

Perfeccionamiento Académico (Del tipo A, B y C , y otros)

1. Los diplomados o seminarios tomados después de una licenciatura se reconocerán y

clasifican como perfeccionamiento académico, se evaluarán según el número de horas de acuerdo a lo establecido en el Cuadro de Evaluación de Títulos, Otros Estudios y Ejecutorias en esta categoría. (Art. 236 y 237).

2. Un seminario, diplomado o curso de Perfeccionamiento Académico se considerará una sola vez, aun cuando éste se haya recibido en dos o más sitios diferentes y en fechas iguales o diferentes.

3. La asistencia a congresos, mesas redondas, jornadas, o encuentros, no son reconocidos como perfeccionamiento académico, por lo que no son evaluables, ni considerados en el concurso.

4. Perfeccionamiento académico tipo A, B, o C:

Al evaluar el Perfeccionamiento Académico del tipo A, B o C, se aplicarán los límites establecidos en el Artículo 237b, del Estatuto de la Universidad de Panamá, así:

(1) Puntuación máxima de seis (6) puntos por año: El subtotal obtenido, aplicando el límite, se colocará en el renglón que así lo indica en el Formulario para los participantes en los Concursos Formales, en la página C. de Concurso 3. Señale, en el formulario, los seminarios que se están tomando en cuenta.

(2) Límite de los treinta (30) puntos en total: se hará en la página C. de Concurso 3. Para el cálculo de estas puntuaciones máximas, se sumarán los subtotales de las tres

áreas.

5. Los cinco (5) primeros módulos de los cursos de perfeccionamiento en didáctica de nivel superior que imparte el ICASE, se reconocerán en la categoría de Perfeccionamiento Académico tipo A, B o C; se ubicarán en el área de concurso, con la puntuación que corresponda; y se aplicarán los límites establecidos en el artículo 237b del Estatuto de la Universidad de Panamá (punto 4).

Estos cinco (5) módulos servirán también, a quien los presente, para llenar el requisito de participación en el concurso, de poseer el postgrado en Docencia Superior. (Fundamentos; Métodos y Técnicas de Enseñanza; Recursos Didácticos; Evaluación de los Aprendizajes; Planeamiento Didáctico, para el Nivel Superior)

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Investigaciones y Proyectos

4. Las ejecutorias: Investigaciones y Proyectos requieren certificación de evaluación de la Ejecutoria, emitida por la Comisión Evaluadora de Ejecutorias, y se evaluarán y ubicarán de acuerdo a lo establecido en el artículo 233 del Estatuto de la Universidad de Panamá.

5. Las ejecutorias derivadas de una investigación (artículo, ponencia, conferencia)

serán consideradas como ejecutorias independientes de la investigación.

Publicaciones

6. En una revista indexada, si hay más de un autor, la puntuación indicada en el Cuadro

de Evaluación de títulos, otros estudios y ejecutorias del artículo 231 del Estatuto de la Universidad de Panamá, no se divide, y será la misma para cada autor principal, o para cada uno de los coautores.

7. En las publicaciones que se indican en el artículo 237c (1) del Estatuto de la

Universidad de Panamá: periódicos de circulación nacional, de circulación limitada, boletín y gaceta especializada, boletín y gaceta general, no se podrá acumular más de veinte (20) puntos en total. El criterio se aplicará a cada tipo de ejecutoria por separado.

Material didáctico y de apoyo docente, y Programas de estudio

8. Los subtotales de Material didáctico y de apoyo docente, y de Programas de

estudio se colocarán individualmente en la Página 7 del Formulario para los participantes en los Concursos Formales. La puntuación máxima en estas ejecutorias se refiere a la suma de ambas; que se colocará en la página C. de Concurso 3.

Folletos y apuntes

9. Si un folleto pertenece a una misma asignatura que la de otro folleto ya elaborado, adecuado a carreras diferentes, no será considerado como otra ejecutoria.

10. Si hay un folleto, no será considerado en el concurso ningún apunte relacionado

con la misma asignatura. (Art. 237i) 11. Sólo se tomará en cuenta un (1) apunte por asignatura. (Art. 237i)

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Seminarios Extracurriculares, Talleres y Diplomados dictados 12. Seminarios Extracurriculares, Talleres y Diplomados dictados solo se considerará

una sola vez, aun cuando éste se haya dictado en dos o más sitios diferentes y en fechas iguales o diferentes.

13. No se podrá acumular más de ocho (8) puntos por año, en esta categoría de ejecutoria. (Art. 237a). Colocar el total en la página C. de Concurso 3.

14. Si el profesor es de tiempo parcial, verificar que estas ejecutorias no se desarrollaron como como inherentes al cargo ocupado por el participante fuera de la Universidad de Panamá. (Art. 235)

Labor Administrativa 15. Se ubicará en el área de conocimiento, y no se podrá acumular más de cuatro (4)

puntos en total. (Art. 237e). Colocarla en la página C. de Concurso 3.

Desempeño Académico 16. La Comisión de Concurso, hará la sumatoria de los puntos de la Evaluación

Excelente del Profesor (91,00 mínimo, exactamente, ó más, sin redondear). Se asignará un (1) punto por año de evaluación excelente, según la certificación expedida por la Dirección Evaluación de los Profesores, y certificada por el Decano de la Facultad, hasta un máximo de diez (10,00) puntos. En el formulario se indicará el año de la evaluación excelente.

Otros totales máximos 17. De acuerdo al artículo 237c, no se podrá acumular más de veinte (20) puntos en

las siguientes categorías o combinaciones de categorías: - Monografías y ensayos - Material didáctico, de apoyo docente, y programas de estudio - Conferencias y disertaciones - Traducciones - Otras ejecutorias de actividad académica o profesional, (estudios de

factibilidad, asesorías, planos y especificaciones técnicas, proyectos, etc) 18. De acuerdo al artículo 237 d, no se podrá acumular más de cuatro (4) puntos en

todas las facultades, excepto en la de Bellas Artes y los departamentos con disciplinas que utilizan las bellas artes en sus áreas de conocimiento - Poemarios - Libretos teatrales o adaptaciones - Recitales - Dirección de teatro o musical - Actuación, danza, conciertos - Producción artística o musical, etc - Obras de arte realizadas en cualquier medio propio de las artes visuales

Las observaciones y criterios relacionados con la evaluación, ubicación y valoración de las ejecutorias que aparecen en las páginas 16, 17 y 18, se resumen en el cuadro de Puntuaciones Máximas (C. de C. 2) que aparece en la página siguiente. Los resultados de la aplicación de estos criterios en el concurso, deben colocarse en la página Informe individual de ejecutorias (C. de C. 3)

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Máximos establecidos en la totalización de la puntuación de ejecutorias

En el artículo 237 del Capítulo V del Estatuto de la Universidad de Panamá se establecen máximos, al totalizar la puntuación de algunas ejecutorias. En el cuadro siguiente se presentan las ejecutorias a las cuales se les ha fijado esa puntuación máxima. En un concurso formal no se podrá acumular más puntos que los indicados. Este total se refiere a la suma de las puntuaciones asignadas en las tres áreas (conocimiento o especialidad, afín y cultural), o en la cantidad de la ejecutoria como es el caso de los apuntes.

Puntuaciones máximas en Ejecutorias (C. de Concurso 2)

17* En Todas las facultades, excepto en B. Artes

*Después de ubicadas todos los títulos y ejecutorias que presente el participante, la comisión de concurso debe verificar que cumple con el requisito No.6 para participar en el concurso: Mínimo de ciento veinticinco (125) puntos certificados, obtenidos en concepto de Títulos, Otros estudios, y Ejecutorias, de los cuales al menos cincuenta (50) deben haberse realizado durante el ejercicio académico en la Universidad de Panamá.

Art. 237

6 por año

30 en total

1.2 Perfeccionamiento Académico (otros)2 Estadía Postdoctoral3 Investigaciones4 Proyectos registrados y concluidos5.1 Publicaciones: revistas espec., index., nac., inter., etc5.2 *Publicaciones: periódicos, boletín, gacetas, etc. 20

6 Libros7 Folletos

8 *ApuntesUno (1) por asignatura ; ninguno si hay folleto

9 *Monografías y Ensayos 20

10 *Material Didáctico y de Apoyo Docente11 *Programas de Estudio12 *Conferencias o disertaciones 20

13 Ponencias 14 *Seminarios Extracurriculares o Diplomados 8 por año

15 *Traducciones 20

16 Est. de Fac., Asesorías, planos,… etc. 20

17 *Poemarios, Libretos,…etc 4

18 Exposiciones19 Premios Internacionales o Nacionales20 *Labor Administrativa 4

21 *Desempeño Académico 10

1.1

20

Puntuacio-nes máxi-

mas Categoría Ejecutorias

*Perfeccionamiento Académico A, B, C

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Página 11: EXPERIENCIA ACADÉMICA UNIVERSITARIA Y EXPERIENCIA PROFESIONAL

La experiencia académica universitaria y la experiencia profesional, serán ubicadas y valoradas por la Comisión de Concurso, en el área de conocimiento o especialidad, en el área afín o en el área cultural según el área de conocimiento o especialidad, y las áreas afines establecidas para un concurso. Las comisiones de concurso deberán totalizar las puntuaciones correspondientes.

La experiencia académica universitaria, se obtiene al desempeñar las funciones de docencia, investigación, extensión, administración, producción y servicios en una universidad, después de haber obtenido un título de licenciatura o su equivalente. La experiencia profesional, se considera como toda aquella labor o actividad realizada al ejercer una profesión, después de haber obtenido un título de licenciatura o su equivalente.

Experiencia Académica Universitaria El artículo 238 del Estatuto de la Universidad de Panamá, define el Año Académico:

Se entiende por año académico el período en el que la Universidad de Panamá desarrolla las actividades de docencia, investigación, extensión, administración, producción y servicio. El año académico se inicia con el primer semestre y termina con el verano del año siguiente. 1. Experiencia académica en la Universidad de Panamá Para su ubicación y valoración el participante debe presentar el Certificado de Prestación de Servicios Académicos, expedido por la Secretaría General, donde se detalla: fecha de ingreso, años académicos y semestres en los que ejerció la docencia, categoría, dedicación, asignaturas dictadas. 2. Experiencia académica en otras universidades Para su ubicación y valoración se debe presentar el Certificado de Docencia expedido por la Secretaría General o la autoridad correspondiente de dicha universidad, donde se indique el número de años que ha ejercido, detallando: fecha de ingreso, categoría, la dedicación, años académicos y períodos académicos en los que ejerció la docencia, asignaturas dictadas, y las labores académicas realizadas en cada año. 3. Ubicación de la experiencia académica universitaria (Secciones 22.1 y 22.2 del Formulario para los participantes en los Concursos Formales) Su ubicación en el área de conocimiento o especialidad, área afín y área cultural se realizará en base al área de conocimiento o especialidad a la que pertenecen las asignaturas dictadas dentro de la estructura académica del departamento correspondiente, y su valoración se hará en base a las puntuaciones establecidas en el Cuadro de evaluación de títulos, otros estudios y Ejecutorias del Capítulo V del Estatuto Universitario (Art. 231).

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4. Valoración de la experiencia académica

a. Dependerá de:

La categoría: profesor especial o asistente La dedicación: tiempo completo o tiempo parcial El área en la que se ejerció la docencia

Las puntuaciones que se asignen, serán las establecidas en el Cuadro de Evaluación de Títulos y Ejecutorias del Capítulo V del Estatuto de la Universidad de Panamá, Art. 231.

b. Al final de la sección 22.1 (Experiencia Académica Universitaria en la Universidad de

Panamá), en la página 11 del Formulario, se colocará el total de años de experiencia como profesor en la Universidad de Panamá. Se totalizarán todos los años, en cualquiera de las categorías y dedicación.

5. Valoración de la experiencia académica: (consideraciones especiales)

a. No más de seis (6) puntos por año Los puntos correspondientes a un año de experiencia académica, no podrán exceder

la máxima puntuación por año, señalados en el Cuadro de Evaluación de Títulos y Ejecutorias del Capítulo V del Estatuto Universitario, para la evaluación de la experiencia docente, como profesor a tiempo completo: seis (6) puntos por año.

b. Experiencia académica en la Universidad de Panamá a tiempo

completo Si la experiencia académica en la Universidad de Panamá es a tiempo completo, en los años que la haya ejercido, sólo se le reconocerá esa experiencia académica, y no se le reconocerá puntuación por la experiencia profesional, o académica en otra universidad que haya realizado durante ese mismo período.

c. Experiencia académica en la Universidad de Panamá a tiempo parcial

Si la experiencia académica en la Universidad de Panamá es a tiempo parcial y a su vez labora como docente en otra universidad, se considerarán tanto la experiencia académica en la Universidad de Panamá, como la acreditada por la otra universidad, o experiencia profesional, si la tiene, siempre y cuando no se exceda el máximo de puntos por año para la evaluación de la experiencia docente, como profesor a tiempo completo: seis (6) puntos.

d. No se podrá acumular más de sesenta (60) puntos, en total, en la experiencia académica, si solo ha ejercido como profesor en la Universidad de Panamá.

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e. Equivalencias con el semestre académico: -Solamente se evaluarán períodos académicos equivalentes a un semestre. -El verano es equivalente a un semestre. -Si se diera el caso de otras modalidades de formación y el año académico está dividido en ciclos, trimestres o cuatrimestres, se reconocerán las equivalencias con el año académico que define el artículo 238 del Estatuto de la Universidad de Panamá.

Períodos académicos:

Un año académico = 2 semestres + 1 verano = 3 ciclos = 3 cuatrimestres = 4 trimestres

-Para los efectos de antigüedad y de reconocimiento de puntos como experiencia docente, se consideran equivalentes a medio (½) año académico, a un período académico de cualquier modalidad de sistema académico.

-NO se consideran más de dos períodos académicos por año académico y por año calendario.

-El período o períodos, que no sean tomados en cuenta en un año académico, no podrá ser transferido a otro año para completar un año académico.

f. Licencia por estudios -Los profesores que gocen de licencia por estudios remunerada, se les reconocerá el tiempo que gocen de la misma, como tiempo de docencia; en consecuencia, se le computará para fines de puntuación y antigüedad, en la categoría y dedicación establecida en el contrato (Fallo de la Corte Suprema de Justicia, Sala III: Contencioso Administrativo, del 2 de septiembre de 1993).

-La licencia por estudios no remunerada, sólo se tomará en cuenta para fines de

antigüedad en la categoría y dedicación establecida en el contrato.

6. Para los efectos de reconocimiento de puntos, como experiencia docente en los concursos, en el Artículo 238 del Estatuto de la Universidad de Panamá, se aceptan como un año académico, las combinaciones siguientes:

a) Dos semestres y un verano o dos semestres de un mismo año académico; b) Un semestre y un verano del mismo año académico; c) Dos veranos de años académico distintos, siempre que no hayan sido

considerados en los puntos a y b; d) Dos semestres de años académicos distintos siempre que no hayan sido

considerados en los puntos a y b; e) Un semestre y un verano de años académicos distintos, siempre que no hayan

sido considerados en los puntos a y b; f) Otro grupo de períodos que, para una modalidad de formación, apruebe el

Consejo Académico.

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Para participar en un concurso formal, el participante debe haber laborado como profesor de la Universidad de Panamá un mínimo de diez (10) semestres, en un período no menor de cinco (5) años calendario, y computando no más de dos (2) semestres por año académico y calendario.

Página 11 del Formulario para uso de los participantes en los concursos formales:

x x xx xx x

x xx x

x xx x

x xx x

x x Cada

ren

glón

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ival

e a

la p

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ació

n de

un

(1)

año

acad

émic

o

b) Un semestre y un verano del mismo año académico

e) Un semestre y un verano de años académicos distintos

d) Dos semestres de años académicos distintos, (si no se han considerado en a ó b)

c) Dos veranos de años académico distintos, (si no se han considerado en a ó b).

Se acepta como un año académico, las combina- ciones siguientes:a) Dos semestres y un verano de un mismo año o dos semestres de un mismo año académico

Año Calendario 2

El año académico se inicia con el primer semestre y termina con el verano del año siguiente.

Año Académico A Año Académico B

Representación gráfica del cálculo del año académico (basada en el Artículo 238)

Verano - Iº A IIº AVerano

AIº B IIº B

Verano B

Artículo 238 Año Calendario 1

Certificado de Prestación de Servicios académicos

Profesor Especial TC

Profesor Especial TP

Profesor Asistente TC

Profesor Asistente TP/TM

22.1 En la Universidad de Panamá

22. Experiencia Académica UniversitariaPuntuación por área

Años Conoci-miento Afín CulturalObservaciones

Total de años de experiencia como profesor en la Universidad de Panamá

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Cálculo de la experiencia docente en la Universidad de Panamá

La Comisión de concurso podrá usar el siguiente cuadro para el cálculo de la experiencia docente en la Universidad de Panamá. La información para llenar este cuadro se obtiene del Certificado de Prestación de Servicios Académicos, que expide la Secretaría General de la Universidad de Panamá.

Cómo llenar el cuadro:

a) Escriba los años calendario en los que laboró el profesor, y que aparecen en el Certificado de Prestación de Servicios Académicos

b) Coloque un ganchito (√) en las columnas que correspondan a los semestres laborados en el Año Académico. Ver (1)

c) Calcule por el número de semestres, si es uno o medio año trabajado. Ver (2) d) Escriba en cada columna la información que corresponda. Ver (3), (4) y (5) e) Calcule la puntuación de acuerdo al cuadro del artículo 231, (Experiencia Académica). Ver

(6).

Año Calendario

Año Académico (1) Total años (1 ó ½)

Categoría de Prof. Especial Asist

Dedicación TC TP

Área de Ubic. Co A Cu Ptos/año

I Sm II Sm Ver (2) (3) (4) (5) (6)

Total de años en la U. de Panamá Total puntos

La información en estas columnas se utilizará para llenar la sección 22.1 del Formulario para uso de los participantes

 

Explicación de las columnas: 1) Año académico: se inicia con el I semestre y termina con el verano del año calendario siguiente.

Coloque un gancho (√) en la columna que corresponda según el Certificado de Prestación de

Servicios Académicos.

2) Un√ en un año calendario= ½ año académico.

Dos√ ó Tres√ en un año calendario =1año académico .

La suma de esta columna corresponde a los años de experiencia como profesor en la Univ. de

Panamá.

3) Profesor Especial o Profesor Asistente …………………………………………………….. Información según

4) Dedicación a Tiempo Completo (TC) o a Tiempo Parcial (TP)…………………… el Certificado de pres-

5) Área de ubicación: Conocimiento (Co), Afín (A), o Cultural (Cu) …………… tación de Serv. Acad.

6) Puntos en el año, (Art. 231). No más de 6 puntos por Año Académico.

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Experiencia Profesional Como experiencia profesional se considera toda aquella labor o actividad realizada al ejercer una profesión, después de haber obtenido un título de licenciatura o su equivalente.

1. La experiencia profesional será valorada, ubicada y totalizada por las comisiones de concurso según el área de conocimiento, área afín o área cultural en relación con el área de especialidad del concurso. La valoración y ubicación de la experiencia profesional se hará en base a las puntuaciones establecidas en el Cuadro de Evaluación de Títulos y Ejecutorias del Capítulo V del Estatuto de la Universidad de Panamá.

2. Para que sea valorada y ubicada, la experiencia profesional, el aspirante deberá presentar el certificado oficial en papel membretado de la institución o empresa en la que laboró, expedido por la autoridad competente, donde se especifique el cargo y se describa la labor realizada, el número de años que ejerció dicho cargo y las fechas exactas en las que se ejerció.

3. La experiencia como profesor de 7°, 8° y 9° grado de la Premedia de la Básica General y de 10°, 11° y 12° grado de la Educación Media Académica o Profesional y Técnica se valorará y ubicará como experiencia profesional en el área de conocimiento o especialidad, área afín o área cultural. El profesor debe presentar el certificado de docencia expedido por el Ministerio de Educación o del Director del Colegio, en el caso de que sea un colegio particular, donde se especifique el cargo, se describa la labor realizada, las asignaturas dictadas, el tiempo de dedicación, el número de años que ha ejercido como profesor de una determinada asignatura y las fechas exactas en las que ejerció dicha función.

4. Los puntos correspondientes a un año de experiencia profesional, no podrán exceder la máxima puntuación por año, señalados en el Cuadro de Evaluación de Títulos y Ejecutorias del Capítulo V del Estatuto Universitario, para Profesor a tiempo completo.

5. Si la experiencia académica en la Universidad de Panamá es a tiempo parcial y se

desempeña, al mismo tiempo, como profesional a tiempo completo, sólo se le reconocerá la experiencia profesional en ese período de tiempo, hasta un máximo de treinta (30) puntos; a partir de ese año, se le reconocerá solamente la experiencia académica hasta totalizar sesenta (60) puntos entre ambas.

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VIII. INFORME FINAL INDIVIDUAL DEL CONCURSO FORMAL §

C. de Concurso 3

*Ejecutorias con criterios de puntuación máxima, señaladas en el artículo 237 del Estatuto de la Univ. de Panamá:

C. de Concurso 3: En esta página se muestra un cuadro en donde se recogerá, para cada participante, la siguiente información:

Columna A: los subtotales obtenidos por el participante en cada categoría de ejecutoria

(aparecen en cada hoja del formulario, sin ajustes de puntuaciones máximas)

Columna B: las puntuaciones de la columna A, ajustadas a las establecidas en el Art. 237 del Estatuto de la U. de Pmá. y que aparecen en la página C. de Concurso 2.

ANEXO. (Formula rio pa ra uso de la c omisión de c onc urso forma l)

Cédula:Num. Registro:

Conoc. Afín Cultural Conoc. Afín Cultural

1.1 *Perfeccionamiento Académico A, B, C1.2 Perfeccionamiento Académico2 Estadía Postdoctoral3 Investigaciones4 Proyectos registrados y concluidos5.1 Publicaciones: revistas espec., index., nac., inter., etc5.2 *Publicaciones: periódicos, boletín, gacetas, etc.6 Libros7 Folletos8 *Apuntes9 *Monografías y Ensayos10 *Material Didáctico y de Apoyo Docente11 *Programas de Estudio12 *Conferencias o disertaciones13 Ponencias 14 *Seminarios Extracurriculares o Diplomados15 *Traducciones16 Est. de Fac., Asesorías, planos,… etc.17 *Poemarios, Libretos,…etc18 Exposiciones19 Premios Internacionales o Nacionales20 *Labor Administrativa21 *Desempeño Académico

Considerando los ajustes del artículo 237

INFORME INDIVIDUAL DE EJECUTORIASNombre del participante: Área del concurso:

Subtotales en ejecutorias Subtotales con ajuste de Puntuación MáximaCategoría Ejecutorias

* Eje c utoria s c on puntua c ione s má xima s (Art. 2 3 7 ) Total de puntos en Ejecutorias

Columna A Columna B

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C. de Concurso 1

Formulario para uso de la Comisión del Concurso Formal

Informe Individual de Concurso

La puntuación final de cada participante aparecerá resumida en esta página, en dos secciones:

-Resumen de la puntuación por área

-Puntos obtenidos en el concurso

RESUMEN DE LA PUNTUACIÓN POR ÁREA

a) Total en títulos y otros estudios: coloque los subtotales recogidos en la página 2 del

Formulario para uso de los participantes en Concursos Formales.

Conoci miento Afín Cultural

b) Total en ejecutorias*: coloque los subtotales recogidos en la columna B de la página, C. de C. 3 del Formulario para uso de los participantes en concursos Formales.

Conoc Afín Cultural

Total en títulos y otros estudios

Total en ejecutorias

Total en experiencia académica

Total en experiencia profesional

RESUMEN DE LA PUNTUACIÓN POR ÁREA:Conoci-miento Afín Cultural

Total de puntos en el área de conocimiento

Subtotal en Títulos y Otros Estudios

Total de puntos en Ejecutorias

* Considere las puntuaciones máximas (Art. 237)

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c) Total en experiencia académica: coloque los subtotales en Experiencia Académica Universitaria recogidos en la línea Sub-total de Experiencia Académica Universitaria de la página 11 del Formulario para uso de los participantes en concursos Formales.

Conoc Afín Cultural

d) Total en experiencia profesional: coloque los subtotales recogidos en la línea de Experiencia Profesional de la página 11 del Formulario para los participantes en concursos Formales.

Conoc Afín Cultural

Importante: La suma de la Experiencia Académica Universitaria y la Experiencia Profesional, no deberá ser mayor de 60 puntos. e) Total de puntos en el área de conocimiento: solo sume las cantidades de la columna “conocimiento”.

PUNTOS OBTENIDOS EN EL CONCURSO

a) En las 3 primeras líneas: coloque la información del cuadro Resumen de la puntuación por área.

Sub-total en Experiencia Académica Universitaria. Puntuación máxima: 60 puntos

Sub-total en Experiencia Profesional. Puntuación máxima: 30 puntos

Años de servicio en la Univ. de Panamá

PUNTOS OBTENIDOS EN EL CONCURSO:

Total de puntos en el área de conocimiento

Total de puntos en títulos y otros estudios en el área afín

Total de puntos en títulos y otros estudios en el área cultural

El 33% del total de puntos en ejecutorias en el área afín

El 10% del total de puntos en ejecutorias en el área cultural

Puntos en experiencia académica y profesional en el área afín

Puntos en experiencia académica y profesional en el área cultural

Puntuación Total

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Total de puntos en el área de conocimiento;

Total de puntos en títulos y otros estudios en el área afín; y

Total de puntos en títulos y otros estudios en el área cultural;

b) El 33% del total de puntos en Ejecutorias en el Área Afín. Coloque en esta casilla, el resultado del cálculo siguiente:

á í 0,33

c) El 10% del total de puntos en Ejecutorias en el Área Cultural. Coloque en esta casilla, el resultado del cálculo siguiente:

á 0,10

d) En los dos renglones siguientes coloque los puntos en Experiencia Académica y Profesional en el área afín y en área cultura que aparece en el cuadro Resumen de la puntuación por área.

e) La suma de las siete cantidades descritas en los acápites a, b, c, y d, de esta sección, será la Puntuación Total del participante.

f) En el renglón siguiente coloque los años de servicio en la Universidad de Panamá, del profesor participante, información que aparece en la página 11, sección 22.1, del Formulario para uso de los participantes en concursos Formales.

TODOS los miembros de la Comisión de Concurso Formal, firmarán el Formulario para los participantes en los concursos formales, de cada participante.

Total de años de expe-riencia como profesor en la Universidad de Panamá

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RECOMENDACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN DEL CONCURSO, E INFORME FINAL

La Comisión de Concurso recomendará la adjudicación de las posiciones a concurso o la realización de concurso de oposición, cuando sea el caso, a la Junta de Facultad o de Centro Regional. (Art. 194):

1. *Las posiciones abiertas a concurso se adjudicarán a aquellos profesores que hayan obtenido el mayor número de puntos. (Art. 197)

2. Cuando en un concurso el participante con mayor puntuación no sobrepase en más de

quince (15) puntos a otro u otros aspirantes, se hará un concurso de oposición en el que participarán todos los que se encuentren en dicha situación. (Art 199 y 200)

*Nota importante: La comisión de concurso debe verificar que todos los participantes cumplen con el requisito

No.6 para participar en el concurso (Pág. 6)

3. El Informe Final Individual del Concurso. Las páginas: C. de Concurso 1 y las páginas C. de Concurso 2 y 3, deben engraparse al final del Formulario para el participante en los Concursos Formales, de cada concursante.

4. Introducir el Formulario para uso de los participantes en los Concursos Formales con el Informe Final de la Comisión de Concurso, y todos los documentos que presentó el participante, en el sobre individual para participar.

5. La Comisión de Concurso dispondrá de un término no mayor de treinta (30) días calendario para presentar el informe final del concurso al Decano de la Facultad o al Director de Centro Regional.

6. La Comisión de Concurso, presentará el informe final del concurso al Decano de la Facultad o Centro Regional que corresponda, con los siguientes documentos:

Nota de estilo presentando el informe que contendrá un cuadro con los resultados individuales de los participantes y la recomendación de las adjudicaciones de las posiciones a concurso, o un concurso de oposición, si fuese el caso.

Los sobres cerrados con los expedientes del concurso de todos los participantes. Todos los miembros de la Comisión de Concurso firmarán el informe final del concurso.

El Decano o Director de Centro Regional deberá presentar el informe del concurso ante la Junta de Facultad o Junta de Centro, en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario. El Decano o el Director de Centro Regional dispondrá de un término de diez (10) días hábiles para remitir las recomendaciones de la Junta de Facultad o Junta de Centro, al Consejo de Facultades correspondiente o al Consejo de Centros Regionales, según sea el caso, el cual decidirá los nombramientos (Art. 196).

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31  

Responsable Descripción de la actividad Duración

1

Profesor concursante Entrega sus documentos en la Secretaría General. Inicia y vence el término para participar en el concurso.

Veinte (20) días

2

Secretaría General Remite los expedientes a las Facultades o Centros Regionales.

Quince (15) días

3 Decano o Director de Centro Regional

Envía los expedientes a la Comisión de Concurso.

Cinco (5) días

4

Comisión de Concurso

Revisa los documentos de cada expediente: los ubicará, y cuantificará su puntuación según el área; totalizará las puntuaciones y recomendará la adjudicación de las posiciones o la realización de un concurso de oposi-ción. Presenta el informe al Decano o al Director de Centro.

Treinta (30) días

5Decano o Director de

Centro Regional

Presenta el informe del concurso a la Junta de Facultad o a la Junta de Centro Regional.

6

Junta de Facultad o de Centro Regional

Recomienda al Consejo de Facultades o de Centros Regionales la adjudicación de las posiciones o la realización de un concurso de oposición.

7

Decano o Director de Centro Regional

Remite el informe del concurso al Consejo de Facultades o de Centros Regionales; el cual pasa a la Comisión Académica de estos Consejos.

Diez (10) días

8

Consejo de Facultades o de Centros Regionales

Decide la adjudicación de las posiciones a concurso o la realización de un concurso de oposición.

Pasos 

RECORRIDO DEL EXPEDIENTE DEL CONCURSO DESDE SU ENTREGA HASTA LA ADJUDICACIÓN DE LA POSICIÓN A CONCURSO

Treinta (30) días