UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR CARRERA DE DERECHO · 2018-06-18 · i UNIVERSIDAD CENTRAL DEL...
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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES
CARRERA DE DERECHO
Conducta desviada de los adolescentes en el Ordenamiento Jurídico Ecuatoriano en el
Cantón Rumiñahui 2016-2017
Trabajo de Titulación modalidad Proyecto de Investigación previo a la obtención del
Título de Abogado de los Tribunales y Juzgados de la República.
AUTOR: Rojas Rojas Julio Fernando
TUTOR: MSc. José Adalid Gáleas Arboleda
Quito, 2018
ii
DERECHOS DEL AUTOR
Yo, Julio Fernando Rojas Rojas , en calidad de autor y titular de los derechos morales y
patrimoniales del trabajo de investigación Conducta desviada de los adolescentes en el
Ordenamiento Jurídico Ecuatoriano en el Cantón Rumiñahui 2016-2017, modalidad
Proyecto de Investigación, de conformidad con el Art. 114 del CÓDIGO ORGÁNICO
DE LA ECONOMÍA SOCIAL DE LOS CONOCIMIENTOS, CREATIVIDAD E
INNOVACIÓN, concedo a favor de la Universidad Central del Ecuador una licencia
gratuita, intransferible y no exclusiva para el uso no comercial de la obra, con fines
estrictamente académicos. Conservo a mi favor todos los derechos de autor sobre la obra,
establecidos en la normativa citada.
Así mismo, autorizo a la Universidad Central del Ecuador para que realice la
digitalización y publicación de este trabajo de titulación en el repositorio virtual, de
conformidad a lo dispuesto en el Art. 144 de la Ley Orgánica de Educación Superior.
El autor declara que la obra objeto de la presente autorización es original en su forma de
expresión y no infringe el derecho de autor de terceros, asumiendo la responsabilidad por
cualquier reclamación que pudiera presentarse por esta causa y liberando a la Universidad
de toda responsabilidad.
Firma: …...........................................
Julio Fernando Rojas Rojas
CC. 170843908-6
Dirección electrónica: [email protected]
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APROBACIÓN DEL TUTOR
iv
AGRADECIMIENTO
Agradezco a DIOS, mi Patria grande el Ecuador, a la gloriosa Universidad Central del
Ecuador, a mis Profesores, Tutor, Dr Msc. José Adalid Galeas Arboleda y Maestras
profesoras, miembros del Tribunal, Dras. Brenda Guerrero y Galicia Rodríguez, grandes
maestras del derecho, por guiarme en la consecución del presente objetivo, a mi madre
la Lcda. Sra. Carmen Rojas por inculcarme el camino del correcto DERECHO Y BUEN
VIVIR quien ha sido pieza clave en mi superación para poder culminar esta carrera.
v
DEDICATORIA
A todas las mujeres de mi Patria, a los incansables padres de familia, a todos los niños
desde su concepción, a los adolescentes, a los Asambleístas que crean y endurecen leyes
y penas, y no dan la solución a la problemática de comportamiento social y la falta de
educación psicológica integral, demostrada por los altos índices de violencia y
violaciones de los derechos de niños y niñas en nuestro país, así como también de la
violencia de género por la que muchos niños, adolescentes y mujeres son víctimas de
una u otra manera.
vi
INDICE DE CONTENIDOS
DERECHOS DEL AUTOR ............................................................................................. ii
APROBACIÓN DEL TUTOR ........................................................................................ iii
AGRADECIMIENTO ......................................................................................................iv
DEDICATORIA ................................................................................................................ v
INDICE DE CONTENIDOS ............................................................................................vi
LISTA DE TABLAS ........................................................................................................ix
LISTA DE GRÁFICOS ..................................................................................................... x
LISTA DE ANEXOS .......................................................................................................xi
RESUMEN ..................................................................................................................... xii
ABSTRACT .................................................................................................................. xiii
INTRODUCCIÓN ............................................................................................................. 1
CAPITULO 1. DEFINICION DEL PROBLEMA.- .......................................................... 1
CAPITULO I ..................................................................................................................... 4
1. DEFINICIÓN DEL PROBLEMA ................................................................................ 4
1.1. Antecedentes ............................................................................................................... 4
1.2. Formulación del problema .......................................................................................... 8
1.3. Descripción del problema ........................................................................................... 8
1.4. Preguntas directrices ................................................................................................. 11
1.5. Objetivos Generales y Específicos ........................................................................... 11
1.6. Justificación .............................................................................................................. 12
CAPITULO II .................................................................................................................. 15
MARCO REFERENCIAL .............................................................................................. 15
2.1. Antecedentes de la investigación .............................................................................. 15
2.2. Marco Teórico .......................................................................................................... 16
2.3. Marco Legal .............................................................................................................. 18
2.4. Marco Conceptual..................................................................................................... 18
2.5. Estado Actual ............................................................................................................ 19
2.6. Idea a Defender ........................................................................................................ 19
2.6.1. Responsabilidad penal ........................................................................................... 20
2.6.2. Inimputabilidad Código Orgánico Integral Penal .................................................. 22
vii
2.6.3. Políticas para el adolescente infractor. .................................................................. 24
2.7. Etiología, causas de la Conducta desviada del menor de edad ................................. 25
2.8. Aplicación de Medidas Socioeducativas .................................................................. 28
2.9. Control de las Medidas Socioeducativas .................................................................. 30
2.10. Centros de Internamiento de Adolescentes Infractores .......................................... 30
CAPITULO III ................................................................................................................ 35
DISEÑO METODOLOGICO ......................................................................................... 35
3.1. Nivel de investigación .............................................................................................. 35
3.2. Métodos .................................................................................................................... 35
3.3. Técnicas e Instrumentos ........................................................................................... 37
3.4. Validez y confiabilidad de los instrumentos............................................................. 43
3.5. Definición de variables ............................................................................................. 44
3.6. Operacionalización de variables ............................................................................... 45
3.7. Universo o Población y Muestra .............................................................................. 46
3.8. Procesamiento y análisis de datos ............................................................................ 49
CAPITULO IV ................................................................................................................ 50
MARCO ADMINISTRATIVO ....................................................................................... 50
4.1. Recursos ................................................................................................................... 50
4.2. Desarrollo de la propuesta ........................................................................................ 51
4.3. Aspectos administrativos .......................................................................................... 53
4.3.1. Recursos técnicos .................................................................................................. 53
4.3.1.1. Presupuesto y financiamiento ............................................................................. 53
Glosario ........................................................................................................................... 54
Conclusiones .................................................................................................................... 55
Recomendaciones ............................................................................................................ 56
CAPÍTULO V ................................................................................................................. 57
PROPUESTA .................................................................................................................. 57
5.1. Datos Informativos ................................................................................................... 60
5.1.1.- Localización ......................................................................................................... 60
5.1.2. Beneficiarios .......................................................................................................... 60
5.1.2.1. Directos ............................................................................................................... 60
5.1.2.1. Indirectos ............................................................................................................ 60
viii
5.2. Antecedentes de la investigación .............................................................................. 60
5.3. Justificación .............................................................................................................. 62
5.4. Objetivos ................................................................................................................... 63
5.4.1. Objetivo General.................................................................................................... 63
5.4.3. Resultados esperados ............................................................................................. 64
5.5. Fundamentación teórica, doctrinaria y jurídica de la propuesta ............................... 64
5.5.1. Conclusiones y recomendaciones de esta propuesta ............................................. 65
Conclusiones .................................................................................................................... 65
Recomendaciones. ........................................................................................................... 66
BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................................. 68
ANEXOS ......................................................................................................................... 71
ix
LISTA DE TABLAS
Tabla 1: Operacionalización de las Variables ................................................................ 45
Tabla 2: Población .......................................................................................................... 46
Tabla 3: Muestra ............................................................................................................. 48
Tabla 4: Metodología ..................................................................................................... 49
Tabla 5 Presupuesto ........................................................................................................ 53
x
LISTA DE GRÁFICOS
Gráfico 2: Pregunta 1 ...................................................................................................... 38
Gráfico 3: Pregunta 2 ...................................................................................................... 39
Gráfico 4: Pregunta 3 ...................................................................................................... 40
Gráfico 5: Pregunta 4 ...................................................................................................... 41
Gráfico 6: Pregunta 5 ...................................................................................................... 42
Gráfico 7: Propuesta ....................................................................................................... 64
xi
LISTA DE ANEXOS
Anexo 1: Fotografías: Niños en situación de abuso ....................................................... 71
Anexo 2: Modelo de Encuesta ........................................................................................ 72
xii
TÍTULO: Conducta Desviada de los Adolescentes según el Ordenamiento jurídico
Ecuatoriano en el Cantón Rumiñahui en el año 2016-2017.
Autor: Julio Fernando Rojas Rojas
Tutor: José Adalid Galeas Arboleda
RESUMEN
El presente trabajo investigativo, se enfoca en determinar las causas por las cuales los
adolescentes que son inimputables, legalmente según la Constitución de la República
del Ecuador, Concejo Nacional de la Niñez y Adolescencia, Comisión de Derechos
Humanos, la Convención Internacional de los Derechos de los niños y adolescentes
cometen Infracciones que a futuro serán Delitos, tal vez, proceden de familias
desordenadas y que no poseen una educación especial psicológica integral, producto
del desmembramiento familiar y del abandono, convirtiendo a este adolescente en
contumaz y violento infractor en el futuro . El plan educacional, a aplicar consiste en
la creación de Instituciones Educativas Psicológicas e Integrales del Estado, con personal
capacitado para educar integralmente a las comunidades, núcleos familiares, a toda la
sociedad por edad , volver a educar psicológicamente a toda la sociedad del cantón
Rumiñahui y del país, inculcando el respeto , principios, valores humanos y morales ,
para tratar de eliminar la violencia, las violaciones a niños y la violencia de género y
lograr la reicercion a la familia y a la sociedad del adolescente infractor.
PALABRAS CLAVE: LEGALMENTE INIMPUTABLES / VIOLENCIA DE
GÉNERO / ADOLESCENTES INFRACTORES / EDUCACIÓN INTEGRAL.
CENTRAL UNIVERSITY OF ECUADO
xiii
TITLE: Disordered behavior in the Ecuadorian legal order in teenagers of Rumiñahui
canton, from 2016 to 2017
Autor: Julio Fernando Rojas Rojas
Tutor: José Adalid Galeas Arboleda
ABSTRACT
The current investigation work was addressed to determine causes that render teenagers
legally non-imputable, pursuant the Constitution of the Republic of Ecuador, Childhood
and Adolescence National Council, Human Rights Commission, the International
Convention for Children and Teenagers ‘Rights, are not imputable before the law. The
current investigation is on mastering of will, in regard to teenagers coming from
psychologically disordered families and with no special integral education, due to family
disintegration and abandon, resulting in violent and infringing teenagers. It has been
proposed to create State-sponsored integral educational establishments, with personnel
trained to provide integral education to communities, family groups and the whole society
in accordance to their age group; psychologically re-educate the society of Rumiñahui
canton and the whole country, by teaching respect, human and moral values, in order to
prevent violations to children and gender violence.
KEYWORDS: LEGALLY NON-IMPUTABLE / GENDER VIOLENCE /
INFRINGING TEENAGERS / INTEGRAL EDUCATION
1
INTRODUCCIÓN
En la presente investigación vamos a tratar los siguientes capítulos:
CAPITULO 1. DEFINICION DEL PROBLEMA.-
Como análisis de la investigación de problemática de la conducta desviada de los
adolescentes infractores tomaremos información directa de la obra “La conducta
jurídica de la delincuencia juvenil y su incidencia geopolítica en el Ecuador”, de los
Autores: Mónica Fuentes Manzaba, Carlos Alcívar Trejo y Juan T. Calderón Cisneros
Agosto 2015.
Definen Delincuencia como inadaptación social, y como resultado de esto se producen
las infracciones.
Garrido Genovés cita las características de los adolescentes infractores.
*
Impulsivos
“Con afán de protagonismo Clase baja
Fracaso escolar Poco equilibrio emocional
Consumidores de drogas Inadaptados
Baja auto estima
Familia
desmembrada
Se analiza que son tres categorías tipológicas de menores infractores.
1. Anomalías Patológicas, psicópatas, neuróticos
2. Por anormalidad no patológica, con ausencia de culpa, hiperactivos , con
relación de huida
3. Casi normales, con relación de huida, consumistas, patrimoniales
2
FORMULACION DEL PROBLEMA
1.3 Descripción del problema
1.4 Preguntas directrices
1.5 Objetivos Generales y Específicos
CAPITULO II
Marco referencial.
IDEA A DEFENDER, Creación de Instituciones del estado para educar
psicológicamente e integralmente al núcleo familiar y a la sociedad en general
Responsabilidad penal. Código de la Niñez y Adolescencia y Constitución de la
República del Ecuador, Código Orgánico Integral Penal
Etiología de la Conducta Desviada del Menor de Edad.
Aplicación y control de las medidas socio educativas
CAPITULO III
Diseño metodológico, nivel de investigación
Exploratorio, Diagnostico, Explicativo
Métodos.- Inductivo, Deductivo Jurídico, Exegetico, Teleogico
Técnicas e Instrumento
Resultados de encuestas, e interpretación.
Operación de variables
Universo, o población y muestra, formula
3
CAPITULO IV
Marco administrativo, recursos , materiales
GLOSARIO
CONCLUSIONES
RECOMENDACIONES
CAPITULO V
PROPUESTA, propuesta a través de esta investigación
Antecedentes de la investigación
JUSTIFICACION, Problemática Social, Económica, Científico.
OBJETIVOS GENERALES Y ESPECIFICOS II
RESULTADOS ESPERADOS
Fundamentación teórica doctrinaria y Jurídica de la Propuesta
Conclusiones y Recomendaciones
Bibliografía
Anexos
4
CAPITULO I
1. DEFINICIÓN DEL PROBLEMA
1.1. Antecedentes
Autores: Fuentes Mazaba Mónica, Alcívar Trejo Carlos, y Calderón Cisneros Juan
T.
En su obra de título: LA CONDUCTA JURÍDICA DE LA DELINCUENCIA
JUVENIL Y SU INCIDENCIA GEOPOLÍTICA EN EL ECUADOR se desprende
que: “La delincuencia es considerada como la inadaptación del ciudadano a la
sociedad, es por ello que se caracteriza como una conducta antisocial, la cual está
comprendida por un conjunto de infracciones que se ejecuta en un tiempo y espacio
determinado, las cuales algunos de ellos son cometidas por jóvenes, constituyendo
un problema criminológico que cada día va avanzando. Los problemas con relación
a la conducta de los jóvenes se remontan a la época de los antiguos egipcios y
hebreos quienes etiquetaron a los adolescentes como aquellos que juegan con las
reglas y regulaciones de la sociedad. Alrededor del 600 a.c., Babilonia se enfrentó
a un problema similar ya que los adolescentes de esa época empezaron a revelarse
contra aquellos que estaban a su cargo; manifestando sus incomodidades a través
de la destrucción de algunos templos. Los griegos también tenían problemas con
sus jóvenes. Para los adultos griegos poner su esperanza en algún joven era
demasiado comprometedor e impredecible. Cuatrocientos años más tarde,
Aristóteles a través de sus experiencias pudo observar que los adolescentes eran
apasionados, temperamentales y tendían a ser conducidos por sus impulsos.
Además los calificó como inconsistentes, inestables, excesivos y exagerados”.1
El adolescente con conducta desviada es una persona con un gran conjunto de
deficiencias, y una de ellas es que comete infracciones. Entre los factores que
Garrido Genovés cita como características de los adolescentes infractores tenemos
los siguientes:
1Mónica Fuentes Manzaba, Carlos Alcívar Trejo y Juan T. Calderón Cisneros (2015): “La conducta jurídica de
la delincuencia juvenil y su incidencia geopolítica en el Ecuador”, Revista Caribeña de Ciencias Sociales
(agosto 2015). En línea: http://www.eumed.net/rev/caribe/2015/08/delincuencia.html
2
Impulsivos
Con afán de protagonismo.
Fracaso escolar.
Consumidores de drogas.
Baja autoestima.
Familia desmembrada.
Clase baja.
Sin habilidades sociales.
Poco equilibrio emocional.
Inadaptados
Frustrados
Tres categorías tipológicas de los menores infractores:
1. - Una primera categoría de adolescentes infractores vendría definida por rasgos de
anormalidad patológica, fundamentalmente:
1a.- Menores infractores por psicopatías: aquí el punto de referencia lo constituye la
existencia de alguna de las formas de psicopatía, entendida como patología
relacionada con la incapacidad de quien la padece de sentir o manifestar simpatía o
alguna clase de afecto humano para con el prójimo, en virtud de la cual se le utiliza
y manipula en beneficio del propio interés, y de la habilidad para manifestarse con
falsa sinceridad en orden de hacer creer a sus víctimas que es inocente o que está
profundamente arrepentido, y todo ello, para seguir manipulando y mintiendo.
Consecuencia de ello, es que, el menor es incapaz de adaptarse a su contexto y
actuar como tal, porque el trastorno de la personalidad que sufre, le impide inhibirse
respecto de conductas o comportamientos contrarios a las normas.
El menor psicópata tiende a perpetrar actos antisociales según la orientación
nuclear de la propia psicopatía, siendo de destacar en este sentido los actos que
expresan frialdad y crueldad por parte del sujeto.
1b.- Menor infractor por neurosis: la neurosis consiste en una grave perturbación de
la psique de carácter sobrevenido y que se manifiesta en desórdenes de la conducta,
pudiendo ser su origen muy diverso como fracasos, frustraciones, abandono o pérdida
de seres muy queridos, etc.
3
Criminológicamente, el neurótico trata de hacer desaparecer la situación de
angustia que sufre cometiendo delitos con el fin de obtener un castigo que le permita
liberarse del sentimiento de culpabilidad que sobre él pesa, y esto es también válido
para el menor neurótico, aunque sean muchos menos que los adultos.
1c.- Menor infractor por auto referencias sublimadas de la realidad: aquí se incluyen
los menores que, por la confluencia de predisposiciones psico-biológicas llegan a
mezclar fantasía y juego de una forma tan intensa que empiezan a vivir fuera de la
realidad. Es precisamente ese estado anómalo el que puede conducirlos a cometer
actos antisociales.
2. - Una segunda categoría integrada por jóvenes con rasgos de anormalidad no
patológica, y en la que entrarían:
2a.- Menor infractor con trastorno antisocial de la personalidad: se trata de menores
cuyas principales características son: la hiperactividad, excitabilidad, ausencia de
sentimiento de culpa, culpabilidad con los animales y las personas, fracaso escolar y
son poco o nada comunicativos.
Una de las principales causas de este trastorno es la ausencia o la figura
distorsionada de la madre, aunque tampoco ha de infravalorarse la disfuncionalidad
del rol paterno, pues según algunos trabajos, el crecer sin padre acarrea al niño
nocivas consecuencias que afectan al campo de la delincuencia. En muchos casos se
trata de menores que viven en la calle, en situación de permanente abandono, porque
nos encontramos con menores que, a su edad, acumulan graves frustraciones,
rencores y cólera contra la sociedad, y que tienen un mismo denominador común: el
desamor, la falta de comprensión y cariño, así como de atención y cuidado de sus
padres.
En definitiva, son jóvenes con una desviada socialización primaria que acaba por
abocarles a la mala conducta social.
2b.- Menor infractor con reacción de huida: En este caso se trata normalmente de
menores que han sufrido maltrato en el hogar y por ello abandonan el mismo. Son
4
menores psicológicamente débiles, y que en lugar de responder a la agresión, eligen
la huida sin plazos, y casi siempre sin rumbo.
Ese alejamiento les hace propicios al reclutamiento por parte de los responsables de
la delincuencia organizada, que les escogen para llevar a cabo actuaciones simples
pero de gran riesgo como el transporte de drogas en su propio cuerpo.
3. - En una tercera categoría incluye a aquellos menores infractores que presentan
rasgos de personalidad estadísticamente normales o próximos a la normalidad. Son
aquellos afectados por situaciones disfuncionales que no perturban de manera
especialmente anormal, ni la conciencia, ni la capacidad espontánea de decisión ni la
emotividad o afectividad; ésta sería, la categoría que englobaría a la mayor parte de
los menores delincuentes, entre los que podemos incluir:
3a.- Aquellos que llevan a cabo simples actos de vandalismo, por ejemplo: ataques
al mobiliario urbano, esto como consecuencia de las perturbaciones psico-biológicas
que produce la pre adolescencia y la adolescencia por motivos de desarrollo y
cambio.
3b.- Los que cometen pequeños hurtos, robos o fraudes por motivos de
autoafirmación personal frente a compañeros, creyendo suscitar en ellos admiración.
3c.- Los que cometen delitos contra el patrimonio o la indemnidad sexual por puro
placer, siendo incapaces de resistir a sus estímulos seductores.
3d.- Los que delinquen para satisfacer meras apetencias consumistas. Con respecto a
la procedencia social de los delincuentes juveniles, los investigadores han convenido,
por lo general, en que las personas de la clase social baja están súper representadas,
y las de las clases medias sub representadas en los grupos de delincuentes, pero la
verdadera magnitud de la propensión de cada clase no está clara del todo.
Con estos antecedentes psicológicos del delincuente no sorprende que una
mayoría de ciudadanos aplauda y exija un endurecimiento de la respuesta estatal en
contra de los adolescentes y esto tiene una justificación más emocional que racional.
5
Los sectores conservadores más ortodoxos aducen que los menores de edad
merecen ser tratados penalmente como adultos por dos razones centrales: a) porque
tienen conciencia y voluntad de lo que hacen; b) porque se les concedió el derecho
al sufragio y deben honrar ese privilegio.
Respecto del primer argumento Juan Bustos Ramírez en su artículo
“imputabilidad y edad penal”, sostiene que la tendencia en la doctrina y la legislación
ha sido la de determinar la imputabilidad desde un campo ajeno al Derecho: En las
legislaciones antiguas sobre la base de la psiquiatría y posteriormente en relación a
la psicología.
La incoherencia central de esta tesis es que “conciencia y voluntad” son
conceptos neutros para la psiquiatría y la psicología. Un menor de edad puede tener
conciencia y voluntad para cometer un delito, pero esto no es suficiente para
condenarlo a la privación de su libertad porque en el campo de las ciencias jurídicas
siempre existe un contexto, que debe ser obligatoriamente valorado por el operador
judicial.
Entonces, la contradicción para los defensores de la imputabilidad del menor
radica en que plantea el castigo penal de éstos como una cuestión por definir
normativamente. Basta con escuchar los discursos del oficialismo ecuatoriano que
esgrime que las personas menores de edad no van a ser desechados en los centros de
rehabilitación sino que estarán separados de los adultos y que para eso debe existir
una regulación adecuada de la educación integral especial. Desean crear primero las
penas, luego las endurecen y posteriormente van a pensar en el tema rehabilitación
social, sin pensar que el problema está enraizado en la falta de educación especial
dirigida con seguimiento.
En resumen, el concepto mismo de imputabilidad en nuestros países viene siendo
distorsionando reduciendo el debate únicamente al análisis sesgado de si los
adolescentes están en grado de reconocer cuando trasgreden un interdicto social que
se castiga con una medida socio educativa y sabemos que la imputabilidad en cuanto
categoría filosófica-jurídica abarca un examen muy amplio de entender.
6
.Respecto al segundo argumento está claro, que conciencia y voluntad no son los
únicos referentes o parámetros del fenómeno delictivo.
A los adolescentes nunca se les preguntó si querían tener el privilegio de sufragar.
Esta fue una decisión de los partidos o movimientos políticos con el objeto de
aumentar el número de electores.
A nuestros hijos queremos verles normales desarrollados íntegramente y triunfar
en profesiones, de magistrado, de médico, de político, de artista, de periodista, de
abogado, etc. Al resto de jóvenes que no tiene oportunidades y cometen infracciones
y que en su gran mayoría son pobres, existen penas privativas de libertad sin su
respectivo seguimiento, que no es un buen remedio para que reflexionen y dejen de
cometer infracciones, en definitiva falta educación.
Nada de esto es parte de la reflexión de los programas educacionales de los
gobiernos de América Latina incluido el Ecuador. La norma general es no
incrementar el inventario ya extenso de infracciones, no aumentar el hacinamiento
en las prisiones y por supuesto el abandono total del adolescente infractor, que es
visto como un ente que ha perdido su condición de persona y esto incluye a un nuevo
huésped para las cárceles regionales: el menor de edad, al que no podemos educar
sencillamente porque ni siquiera nosotros los adultos sabemos ya, que es correcto o
incorrecto.
En el Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia, en la Convención de los
Derechos del Niño de la ONU aprobada en 1981 y en el Código de la Niñez y
Adolescencia nos señalan y nos advierten que el niño es considerado como tal hasta
antes de cumplir sus 18 años, por no estar desarrollada su capacidad, el niño y el
adolescente son inimputables.
Esta investigación está más enfocada a programas urgentes de educación
integral para padres, para la comunidad instituciones educativas, a la iglesia y medios
de comunicación, televisoras etc. Para lograr conducir formar y lograr una niñez
dirigida y una adolescencia investigativa, con proyectos y metas a cumplir es decir
una sociedad más honesta. Para el entendimiento de los derechos de los
adolescentes y su cumplimiento, tomaremos en cuenta y partiremos de los derechos
7
fundamentales de los niños, derechos dirigidos para su formación ya que pasarán a
ser adolescentes y posteriormente adultos.
Los niños tienen derecho a cuidados especiales
Los niños tienen derecho a no ser discriminados
Los niños tienen derecho a la educación
Los niños tienen derecho a la vida
Los niños tienen derecho a la salud
Los niños tienen derecho a la protección
Los niños tienen derecho a una familia
Los niños tienen derecho a un nombre
Los niños tienen derecho a la libertad de expresión
Si cumplimos y hacemos cumplir estos derechos de los niños entonces se obtendrá
buenos adolescentes y bajarían los niveles del delito en el cantón Rumiñahui.
El Ecuador, desde octubre del 2008 tiene una Constitución con garantías y
derechos pero en la praxis, el absoluto descuido para lograr una mejor sociedad y
un mejor país. Enel Ecuador la supremacía constitucional en virtud de la
interpretación de la Corte Constitucional es inaplicable frente al organismo de
transición que se integren. En esa línea mientras el Art. 1 del texto constitucional
habla de un estado constitucional de derechos y justicia que debería girar en torno a
la dignidad humana.
No habrá mayor desacuerdo en que los pedidos para el endurecimiento de las
penas que sólo buscan excluir a adolescentes vulnerables de la sociedad y así evitar
que puedan seguir cometiendo infracciones para sobrevivir, sencillamente no tiene
justificación racional.
Por tanto estos dos argumentos ameritan ser desmontados por quienes defienden
la instalación de un estado democrático, garante de la dignidad humana y opuesto a
la injusticia social”.
8
En conclusión, la conducta con efectos de la adolescencia con conducta desviada
no se podrá eliminar mientras los gobiernos no se desarrollen estrategias de solución
inmediata que no son misión exclusiva del área legal sino de toda la estructura estatal
y social, es decir que el individuo proceda y nazca de un país una educación integral
a los niños y a los adolescentes , a sus familias y núcleos familiares , o sea a todo el
entorno social de los padres, y a toda la comunidad, si es posible educar a las madres
desde el estado de concepción.
1.2. Formulación del problema
La problemática de la conducta desviada psicológicamente del adolescente viene
del producto de una educación pobre, la cual produce y desarrolla posibles
adolescentes con problemas psicológicos futuros, convirtiéndose con el tiempo en
especialistas en cometer infracciones, transformándose luego en contumaces
delincuentes que atentan contra la tranquilidad y paz social del Cantón Rumiñahui,
esta situación ha traído consecuencias negativas en la sociedad.
La depresión, y el instinto de violencia provocado psicológicamente por el
abandono violencia intrafamiliar y las violaciones a niños y adolescentes, son la
principal causa del aparecimiento de la conducta desviada y del cometimiento de
infracciones de parte de los adolescentes en el Cantón Rumiñahui.
1.3. Descripción del problema
Considerando los derechos de los niños y adolescentes, ellos tienen derecho a
cuidados especiales, a la vida, al agua, a un nombre, a una familia, a la libertad de
expresión , protección, salud, educación, a no ser discriminados, derechos señalados
en las Normas amparados en la última Convención de los Derechos de los Niños:
No hay nada que merezca más alta prioridad que la protección y el desarrollo del
niño, de quien dependen el futuro, la estabilidad el progreso y la formación de las
naciones y de la civilización humana y en esta parte en el Ecuador entero no ha
existido atención especial al cumplimiento de los derechos de los niños y de los
adolescentes.
9
Desde hace algunos años en el Cantón Rumiñahui según datos y estadísticas
de la Policía Nacional:
En Diciembre del 2016 se capturó un promedio de 25 personas entre niños y
adolescentes involucrados en investigaciones referentes a robos de accesorios de
autos y celulares.
Hasta el día de hoy en el año 2017 la Policía ha reportado infracciones de
todos los tipos cometidas por adolescentes que suman ya 34 casos.
Como dato y ejemplo en los barrios periférico del Cantón existen
urbanizaciones abandonadas ubicadas en terrenos que linderan con la Parroquia de
Amaguaña y de Conocoto,donde se evidencia una Urbanización llamada LUZ DE
PROGRESO, que está habitada por familias invasoras en casi todo el sector donde
se ven muchos adolescentes de edad muy temprana con la mente y conducta
desviada, además las estadísticas señalan que se ha incrementado en el cantón
Rumiñahui la población en general y con preocupación se ha evidenciado el aumento
de las infracciones cometidas por adolescentes identificados también por consumo
de alcohol y drogas.
Desde el punto de vista de la personalidad del adolescente, aunque nazca en
medio de la indigencia, el niño no nace con problemáticas en su conducta y el
adolescente no es siempre un infractor, lo que hace que la problemática incide, de
acuerdo a la gravedad de la conducta tomada por estímulos mentales recibidos en
su inocencia natural, lo que le produce este cambio en su conducta es producto del
ejemplo que recibe y lo que observa en el entorno en el que se desenvuelve su vida
10
día a día , porque no se han respetado sus derechos dentro del hogar, en su
barrio,comunidad,su escuela, etc. Ni por medio de los medios de comunicación y
televisión, o por lo que no ha existido ni existe un controlen la educación, ni
proyectos de programas de educación integral en el entorno social, sea por falta de
ejemplos morales, humanos o de comportamiento, falta de recursos económicos, de
programas estatales integrales, esta realidad está presente a nivel del Cantón
Rumiñahui y a nivel estatal, lo que hace falta es implementar estos parámetros
anotados para lograr una mejor y ejemplar conducta de las personas en base a
educación integral especial y social para los padres, niños y jóvenes y núcleos
familiares.
Al contar con pocos estudios de desarrollo psicológico y educación integral
pertinente al tema, el problema de la adolescencia con conducta desviada se vuelve
más difícil de tratar y peor legislar, pero se hace muy necesario y urgente el
establecimiento de mecanismos que ayuden a disminuir o erradicar la problemática
de la conducta desviada del adolescente a nivel del país y por ende a nivel del Cantón
Rumiñahui. Estas medidas deberán ser a nivel educativo social de desarrollo integral
y no en base al endurecimiento de penas ni hacinamiento penitenciario como lo hace
el sistema judicial actual, debe haber una profundización en la educación especial
integral de acuerdo a la edad de los miembros del núcleo y la familia, un
mejoramiento en las políticas laborales y administrativas dentro del hogar referentes
a gastos y salarios que percibe el hogar y los jefes de hogar, se explica porque con
un empleo adecuado las familias no se desintegran y no entran al círculo de la
delincuencia y el delito y tampoco surge el abandono del menor. La falta de ellas son
las causas que sientan las bases para el aparecimiento y crecimiento de esta mala
conducta del adolescente, qué es causa lógica de la inseguridad social del cantón y
del país.
Como es de esperar, si no existe una educación o medida a tomar, que permita
reintegrarse al adolescente infractor nuevamente con la sociedad, él mismo será el
responsable de asimilar su tratamiento a tiempo para no pasar a formar parte luego
de un tiempo el grupo de los adolescentes infractores ni de pandillas juveniles, que
11
serán los futuros integrantes de la delincuencia adulta, primero se convertirá en un
adolecente infractor, para pasar a la etapa de contumaz y peligroso antisocial.
El ataque a este fenómeno de desviación de la conducta en el adolescente pasa
por soluciones o alternativas sociales. Y la experiencia las confirma como
claramente soluciones educacionales que eduquen guíen y formen al adolescente
que se encuentra sin guía ni una adecuada formación psicológica, peor una educación
integral. Las medidas socio educativas impuestas por parte de la sociedad y sin el
respectivo seguimiento profesional provocan la continua reincidencia, convirtiendo
al adolescente en una auténtica máquina de delinquir.
1.4.Preguntas directrices
¿Cómo se define a la problemática psicológica de la conducta desviada del
adolescente?
¿Cuáles son las causas sociales por las cuales se genera esta conducta
desviada?
¿Cómo influye el Estado la familia, los medios de televisión y comunicación,
la sociedad ecuatoriana dentro de la conducta del adolescente?
1.5. Objetivos Generales y Específicos
Objetivo General
Desarrollar un plan Educacional Psicológico e Integral de Comportamiento
para todos, y todas las personas, con instituciones programadas por el Estado,
y con personal especializado, dirigido para padres de familia todo núcleo
familiar, y comunidad en general para erradicar la conducta desviada del
adolescente en el Cantón Rumiñahui, para lograr la tranquilidad de las
familias y comunidad de mi Cantón y del país, pretendo que el estado ponga
programas de educación en los barrios, instituciones de todo tipo, enseñarles
y educarles a niños, adultos y adolescentes a respetar y tener valores y
principios morales y humanos al buen vivir y las costumbres, los derechos
constitucionales de personas hombres y mujeres, estas son las posibles causas
12
del comportamiento anormal en la conducta de los adolescentes, causa
principal del crimen y del delito, esta es la problemática investigada.
Objetivos Específicos
Analizar los derechos constitucionales de los adolescentes, y procurar su
cumplimiento aplicados a su medida socioeducativa a tomar y lograr la implantación
de la educación especial integral social.
1.6.Justificación
Este trabajo de investigación está enfocado a la problemática psicológica de la
conducta desviada de los adolescentes, plasmada en las estadísticas de violencia
social desarrollada por las personas adultas, problema social y su origen que se va
dando en el cantón Rumiñahui, el cual está directamente en relación con el plano
nacional, para que se logre concientizar y racionalizar al Estado, la sociedad y la
familia en general al respeto y los principios, valores éticos, morales y humanos.
Ayudara la sociedad a comprender la importancia del desarrollo integral probo de
los adolescentes desde un inicio, a través de la buena educación planteada en este
documento y lograr otras metas como el desarrollo social idóneo a través de una
educación integral total de todos los involucrados en esta ´problemática de estado de
la familia medios televisivos y comunicacionales, redes sociales y la comunidad
en general.
Cuando estén sugestionados en posibles infracciones adolescentes no aplicar la
judicialización de los mismos sino buscar el camino del buen vivir en base al buen
ejemplo, la educación y todo lo que significa la paz social, inculcarles el amor propio,
el respeto, la consideración a vivir en contacto con la naturaleza, la educación
ambiental, el respeto al espacio de cada persona, a la vida de las personas con
dignidad y la manera de pensar de las otras personas sea cual sea su condición social.
Respecto a la factibilidad del proyecto no se han presentado dificultades en la
investigación de los medios escritos y tecnológicos, también se ha puesto énfasis en
la búsqueda de libros referentes al adolescente infractor en el Ecuador. En definitiva
el presente proyecto se ha desarrollado con fluidez y observancia de este fenómeno
13
A diario se observa en medios de comunicación a nivel mundial, como en el
Perú, haciendo relación con la conducta desviada, donde la noticia de violación del
padre a una menor de edad de dos meses causa consternación a nivel mundial, a qué
nivel de corrupción llega la mente desviada de los padres, se miran Ecuador y toda
América cómo adolescentes de muy poca edad cometen infracciones dando alardes
de violencia, aparentemente gratuita e injustificada, hacia los demás, consecuencia
de las mentes psicológicamente desviadas de países que no tienen soluciones
proyectadas de educación especial integral
Particularmente, interesa saber acerca de las razones que conducen a estos
jóvenes a actuar de tal manera, hay quienes piensan que los adolescentes se revelan
como una forma de llamar la atención o sentirse importante ante la sociedad; pero la
realidad, es que existen muchos factores que influyen psicológicamente, que
conllevan a este grupo a cometer infracciones.
Las estadísticas no indican cifras de infracciones cometidas por adolescentes,
sin contar que muchos casos de conductas desviadas hacia la comunidad y albien,
jurídico, increíble no hay datos certeros.
El propósito de esta investigación es analizar y comprender la problemática que
enfoca y lleva al adolescente y al futuro ciudadano al comportamiento violento contra
las normas morales y sociales, lo que nos conduce al conocimiento de la realidad
de estos actos y con ello saber las posibles causas en donde radica dicho problema;
esto es entendible puesto que solamente conociendo la situaciones que producen la
actitud psicológica de la infracción podremos llegar a conclusiones basadas en la
realidad del caso y con ello buscar formas de prevención tratamiento a adolescentes
con el fin de encontrar soluciones pertinentes y urgentes al fenómeno y mal social.
Las sugerencias de nuestra investigación quedan plenamente justificadas con la
siguiente reflexión:
El Presidente Lenin Moreno acude a la Asamblea en agosto de este año para entregar
el proyecto de Ley Orgánica Integral contra la Violencia de Género, debido al
crecimiento de delitos de violación a niños, el endurecimiento de penas por el delito
14
de femicidio violaciones a niños y en el país y a nivel mundial no da ni ha dado
resultado.
También expresó que en todas las Instituciones del Estado si se toparía con un
dedo saldría pus bacteriano, lo que quiere decir que la conducta del ciudadano
ecuatoriano es mala, desviada y corrupta
Se observa claramente en nuestra investigación, y este antecedente toma
importantísima relación por que la solución para evitar estas conductas y estos delitos
defemicidio, violaciones a niños, acciones de mentes psicológicamente desviadas
está en la educación integral especial con programas, con propagandas, trípticos,
hojas volantes y charlas de educación integral dirigidas en todas las instituciones, a
los padres y progenitores del niño y adolescente, directamente al núcleo familiar y
su entorno social como prioridad y más valiosa acción que podría guiar el Estado,
para no lamentar en el futuro las consecuencias de una educación mediocre y sin
aspiraciones con falta de valores, lo que trae el abandono del menor y por su carencia
de oportunidades todo esto desemboca como resultado nefasto para nuestra sociedad
el aparecimiento del futuro delincuente.
15
CAPITULO II
MARCO REFERENCIAL
2.1 Antecedentes de la investigación
1. Reina Castillo A.K. (2012). Aplicación de la justicia restaurativa en
adolescentes infractores en el cantón Ibarra en el año 2011. Tesis de Doctorado.
Pontificia Universidad Católica del Ecuador Sede Ibarra. Escuela de Jurisprudencia.
Plantea reformas al IV libro del Código de la Niñez y Adolescencia e introducir la
Justicia Restaurativa para adolescentes en conflicto con la ley Penal, cuya finalidad
es la reparación del daño causado a la víctima, y la reinserción social del adolescente,
con lo que se procura dar a conocer las ventajas que plantea este nuevo modelo de
justicia tanto como para los adolescentes, como para la víctima y la sociedad.
Propone directamente codificar todo lo referente a la conducta de adolescentes.
2. Masapanta Delgado A. D.(2013) La construcción de la imagen del
adolescente como sujeto peligroso. Tesis de Licenciatura en Comunicación Social.
UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR, FACULTAD DE
COMUNICACIÓN SOCIAL.
Plantea como objetivo la identificación del infractor adolescente, para de ahí aplicar
un sistema de educación y formación de la persona la meta es tener una sociedad
respetuosa, armoniosa, tranquila y bajar los índices delincuenciales.
El sustento teórico aborda los conceptos de juventud, criminalización,
sensacionalismo, banalización y exclusión relacionados con el tema. Identifica las
temáticas empleadas en la elaboración de las noticias de las y los jóvenes a través de
los datos cuantitativos de la Agencia de Comunicación de Niñas, Niños y
Adolescentes (ACNNA) y utiliza el análisis de mensajes de Daniel Prieto Castillo
para aproximarse a la intención de las mismas. Se concluye que el diario Extra
refuerza la imagen del adolescente como sujeto peligroso mediante un discurso
criminalizante que frecuentemente los relaciona con hechos delictivos. Finalmente
se propone el uso de un lenguaje con enfoque a derechos donde reconozca a las y los
jóvenes como actores estratégicos.
16
3. Morán Castillo, M.O. (2015). Migración de los padres y su impacto en los
adolescentes infractores de Quevedo. Tesis Para Abogado. UNIVERSIDAD
REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES” FACULTAD DE
JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO.
Consiste en la importancia de que se garantice la existencia de un plan de
rehabilitación y reinserción de los adolescentes infractores hijos de padres migrantes
de Quevedo La relación entre hijos infractores a consecuencia de padres migrantes y
el delito ha sido largamente analizada en diversas investigaciones y estudios. En el
caso de los Adolescentes, se ha señalado que es un factor de riesgo del
comportamiento infractor que puede desarrollarse en la adolescencia. Este plan tiene
por objetivo disminuir y evitar que en el futuro sean delincuentes por eso se revisara
los antecedentes disponibles sobre causas, entre los adolescentes infractores y la ley,
así como la forma, que la forma de que sus padres y la sociedad sean un apoyo a su
rehabilitación y reinserción.
2.2 Marco Teórico
Con el fin de tener un enfoque que permita ver con claridad la responsabilidad
del menor de edad en tanto y en cuanto del cometimiento de infracciones vemos.
Granja P. J. Dr.(2012 marzo).LA IMPUTABILIDAD PENAL DEL
MENOR. RevistaDerechoecuador.com. Recuperado
de:http://www.derechoecuador.com/articulos/detalle/archive/doctrin
as/derechodelaninezylaadolescencia/2011/11/09/la-imputabilidad-
penal-del-menor.
Esta obra del Dr Granja P.J. Trata en resumen acerca del concepto mismo de
imputabilidad, en nuestros países que viene siendo distorsionando reduciendo el
debate únicamente al análisis sesgado de si los adolescentes están en grado de
reconocer cuando trasgreden un interdicto social, que se castiga con una pena y
sabemos que la imputabilidad en cuanto categoría filosófica-jurídica abarca un
examen más amplio cuando se trata de adolescentes.la contradicción para los
defensores de la imputabilidad del menor radica en que plantean el castigo penal de
17
éstos como una cuestión por definir normativamente. Basta con escuchar los
discursos del oficialismo ecuatoriano que esgrime que los menores no van a ser
desechados en las clásicas factorías humanas que pomposamente denominamos
centros de rehabilitación sino que estarán separados de los adultos infractores y que
para eso debe existir una regulación adecuada del marco penitenciario.
López Cedeño J. A.(2011 Agosto)ADOLESCENTES
INFRACTORES. RevistaDerechoecuador.com. Recuperado
de:http://www.derechoecuador.com/articulos/detalle/archive/doctrin
as/derechodelaninezylaadolescencia/2011/08/29/adolescentes-
infractores-
El tema trata sobre el menor de edad, que al no poseer cierta madurez mental, es
también inimputable; la minoría de edad no consiste en una perturbación patológica,
sino en una realidad biológica. La responsabilidad jurídico-penal, consiste en la
obligación que tiene un sujeto imputable de sufrir las consecuencias derivadas de la
perpetración de un hecho socialmente peligroso y antijurídico. Se deduce entonces,
que no a toda persona puede exigírsele responsabilidad penal; sino únicamente
cuando se trate de un sujeto imputable por reunir ciertos requisitos tales como la
capacidad de auto determinarse (voluntad) y de comprender la ilicitud de sus actos
(conciencia).
Para que un individuo sea penalmente imputable, se requiere tanto un determinado
nivel de salud mental, como una cierta madurez de las facultades intelectivas,
afectivas y volitivas.
Quintanilla González M.L.(2010). RESPONSABILIDAD DEL
ADOLESCENTE INFRACTOR EN LA LEGISLACIÓN
ECUATORIANA .Tesis para la Abogacía. Universidad del Azuay
Facultad de Ciencias Jurídicas. Escuela de Derecho.
Se detalla el proceso de juzgamiento de los adolescentes infractores, las
medidas socioeducativas que se les puede imponer, los objetivos de estas
18
medidas, su aplicación, ejecución y control que como sabemos no se cumple
ni existe seguimiento. Trata sobre la responsabilidad del adolescente
infractor en la legislación ecuatoriana, su responsabilidad frente a la
comisión de los hechos tipificados como delitos en el Código Penal
Ecuatoriano. Toca el tema de la situación jurídica de estos adolescentes ya
que son un sector vulnerable de la sociedad. Se expone también los derechos
y garantías de estos menores en los diferentes cuerpos legales, nacionales e
internacionales. Se detalla el proceso de juzgamiento de los adolescentes
infractores, las medidas socioeducativas que se les puede imponer, los
objetivos de estas medidas, su aplicación, ejecución y control.
2.3 Marco Legal
1. CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR 2008.
2. Código de la niñez y adolescencia.
3. COIP. Y CODIGO CIVIL
4. Todos los artículos que traten sobre sanciones por delitos en los que se
demuestre relación o participación de niños y adolescentes.
2.4 Marco Conceptual
DELINCUENCIA.- Aspecto global y genérico de los delitos enfocados desde un
punto de vista social y sociológico. Es la conducta antisocial (y sus efectos) del
hombre, reprimida por las leyes penales y correccionales. (Enciclopedia jurídica).
JURISDICCIÓN- Los derechos de un tribunal específico para ver una causa cuando
se satisface ciertos criterios. En el tribunal de menores sería: la edad del menor, el
delito cometido, el condado de residencia, y el lugar del delito. (Enciclopedia
jurídica).
19
2.5 Estado Actual
El tema del adolescente infractor ha sido apartado del debate jurídico en las
últimas décadas, desde su reconocimiento en los tratados internacionales y la
progresiva aprobación en las constituciones de los Estados, se ha dado por hecho
que su mera incorporación como un derecho fundamental ha sido suficiente. Sin
embargo, la poca atención prestada desde la visión del Derecho, ha omitido los
problemas del efectivo cumplimiento de los derechos relacionados a prevenir los
problemas de infracciones leves y graves de los menores.
2.6 Idea a Defender
“El Estado debe establecer y sustentar la necesidad de desarrollar
mecanismos de formación y educación especial integral dirigidos a la
comunidad, que permita erradicar y disminuir la violencia de género y
las violaciones a los niños/as y evitar que el adolescente sea a futuro un
delincuente contumaz en el cantón Rumiñahui, por medio de instituciones
que brinden una educación Integral Psicológica dirigida al Núcleo
familiar, a nivel institucional, a la comunidad y sociedad en general”.
La presente investigación pretende mostrar cómo la educación actual en nuestro
país no ha tomado con la debida seriedad y responsabilidad el problema de la
conducta social ni de la conducta desviada del adolescente, ya que solamente han
surgido parches legales con la pretensión de eliminar o de mejorar los sistemas
penitenciarios, y los altos índices de este tipo de infracciones, sin tomar en cuenta
una situación que merece ser analizada como es la de primero educar al núcleo
familiar y al adolescente de una manera especial psicológica integral, que debe ser
entregada y direccionada por el primer involucrado que esel Estado, la sociedad y la
familia.
El Estado, todas las instituciones, los centros educativos y los medios de
comunicación deberían informar y procurar hacer llegar los mensajes guías con
mucho profesionalismo y tino a favor siempre de los menores de edad que se están
formando, desechando así ideas de violencia y de cometimiento de infracciones de
20
todo tipo leves o graves que consternan la psicología de las personas, y la
tranquilidad de la vida en sociedad, ideas que lesionan las mentes de los menores de
edad, producto de violencia intrafamiliar, abandono, maltratos, desnutrición,
migración, etc. Deben ser tratados psicológicamente y con educación especial
integral. Para así de esta manera fortalecer el trabajo del Estado la familia y la
sociedad en el control y prevención de la problemática violenta de la conducta del
adolescente y del adulto en un futuro posterior.
El tratadista Italiano Enrico Ferri 1856-1929aclara en su obra los “Sociología
criminal”sobrelos factores que determinan el delito y dice que es un problema de
factores sociales o sea es responsabilidad social, y la responsabilidad social es del
Estado, es decir trabajar en educación especial programada de asistencia bajo
dirección y control del Estado y parece mentira pero hasta hoy en día no se toman
estas medidas que son urgentes referentes a este tema.
Y las violaciones y crímenes que alertan la paz social siguen en aumento y los
sabios gobernantes de turno, no hacen nada por esta problemática.
2.6.1.- Responsabilidad penal
1. Los niños, de acuerdo con el Art. 307 del Código de la Niñez y Adolescencia, son
absolutamente inimputables y tampoco son responsables por sus actos; por tanto, no
están sujetos ni al juzgamiento ni a ningún tipo de medidas socio-educativas. Si un
niño es sorprendido cometiendo una infracción, será entregado a sus representantes
legales y, de no tenerlos, a una entidad de atención. Se prohíbe su detención e
internación preventiva.
2. Los adolescentes, conforme lo señalan los Arts. 305 y 306 del Código de la Niñez
y Adolescencia, son penalmente inimputables y, por tanto, no serán juzgados por
jueces penales ordinarios ni se les aplicarán las sanciones previstas en las leyes
penales. Cuando cometan infracciones tipificadas en la ley penal estarán sujetos a
medidas socio-educativas por su responsabilidad de acuerdo con los preceptos del
Código de la Niñez y Adolescencia.
21
En la actualidad es difícilmente aceptable el argumento de la incapacidad de
comprender y querer del adolescente infractor. Con este fin se estudia al adolescente
desde su condición de titular de derechos y sujeto de obligaciones y
responsabilidades especialmente penales, por lo tanto, se trata exhaustivamente la
problemática de su inimputabilidad del adolescente iniciado desde los
planteamientos de la doctrina clásica y positivista así como también de las nuevas
teorías en torno al tema buscando siempre una alternativa que permita actualizar el
concepto de inimputabilidad con elementos sociales y valorativos que aseguren la
permanencia del adolecente bajo esta categoría jurídico penal. (Gómez Pipíales,
2011, pág. 69). En la actualidad toda forma organizada de vida social, se levanta
sobre el ordenamiento jurídico, siempre que se habla de relaciones sociales
implícitamente estamos refiriéndonos también a las relaciones jurídicas que estas
conllevan, porque somos sujetos sociales y como tales debemos observar la
existencia de ciertos derechos y deberes. De tal forma los niños niñas y adolescentes,
como parte de la sociedad, son a su vez actores sociales, en razón de lo cual son
sujetos de deberes, pero también titulares de derechos. Es muy diferente a la realidad
que viven los adolescentes infractores privados de la libertad; la falta de recursos
económicos, ha significado para ellos un tratamiento con las mismas peyorativas del
sistema penal para adultos; como por ejemplo: el hacinamiento en los Centros de
internamiento, custodia de personal no especializado, entre otras; que finalmente, en
lugar de lograr la rehabilitación y reinserción social, produciéndose así el
denominado efecto rebote es decir; el centro de internamiento, se convierte en una
escuela de delincuencia, de donde el adolescente egresa mejor instruido para
delinquir. (López Cedeño, 2011, pág. 82). El sistema de justicia para el adolescente
infractor en la actualidad es de naturaleza formal y materialmente penal, al que se ha
disfrazado con nombres como: “medida socioeducativa”, para que concuerde con el
preponderado interés superior del niño y la doctrina de protección integral. Se ha
avanzado mucho en esta materia, y al igual que en otras disciplinas existen estudios
más avanzados sobre los adolescentes infractores y paralelamente se han planteado
diferentes doctrinas en cuanto al tratamiento penal del menor, las cuales se aplican
de acuerdo al ordenamiento jurídico de cada Estado, unos más benevolentes que
otros, pero siempre con una constante de fondo, que es la función de control social;
desde la antigüedad hasta la actualidad, el derecho penal dirigido a menores en todas
22
las etapas históricas, no ha dejado de ser derecho penal y como tal de cumplir su
función de control social. la fórmula legal de imputabilidad aplicada en la legislación
ecuatoriana es la propuesta por la doctrina clásica, de tal manera la inimputabilidad
del adolescente se comprende como la falta de capacidad, inteligencia o voluntad, lo
que ha convergido en asociar esta categoría con inferioridad o menor valía de la
persona; produciéndose así una flagrante violación del principio de igualdad
proclamado por la Constitución ecuatoriana. (Maier, 2009, pág. 247). El penalista
Bustos Ramírez enfatiza en la importancia de fundamentar un concepto de
imputabilidad que incorpore factores sociales y psicológicos, a fin de valorar a las
personas desde su realidad social y en base a ello lograr una fórmula de
inimputabilidad positiva, que dignifique a la persona, respete sus derechos
constitucionales, y sobretodo que justifique de manera plena con razones de orden
político social, la permanencia del adolescente dentro de la misma ya que su
exclusión no es la solución al problema social de la delincuencia juvenil. (Gomez
Pupiales, 2011, pág. 94)
2.6.2. Inimputabilidad Código Orgánico Integral Penal
Imputabilidad, fuero de menores y el tipo pena autor: Dr. Gonzalo Silva La
Imputabilidad Para que una acción se impute a una persona precisa, en primer lugar,
que ella sea la causa física de esa acción (imputación física); en segundo lugar, que
la acción haya sido realizada con voluntad (imputación moral); y finalmente que el
acto sea efectuado en contra de la ley (imputación legal). A base de estas tres
condiciones puede decirse que hay delito, según la doctrina de Carrara. Se dijo que
afilia el Código ecuatoriano en cuanto a la imputabilidad, los agentes se dividen en
imputables e inimputables, según que haya o no obrado con conciencia y voluntad;
por ello, no son imputables los alienados, que en vez de sufrir una pena por el delito
cometido son sometidos a una medida de seguridad como es el internamiento en un
hospital.
El artículo 306 del Código de la Niñez y Adolescencia nos habla sobre la
responsabilidad de los adolescentes, ordenando que “los adolescentes que cometan
infracciones tipificadas en la ley penal estarán sujetos a medidas socioeducativas por
su responsabilidad…”. Define como tal el código a quien se encuentra entre los doce
23
y dieciocho años, desde esta perspectiva nos dice Baratta “…tanto las penas como
las medidas socio educativas son la respuesta del IusPuniendi estatal, entendido éste
como la facultad del estado de intervenir y sancionar la comisión de ilícitos y como
tales, ambas encuentran su justificación en la idea que tenga el Estado sobre la
finalidad de las sanciones que aplica…” (Baratta, 2004, pág. 199).
Otro elemento que genera un cambio de perspectiva, dentro de la intervención
penal frente a los adolescentes es el de la evolución en la comprensión de
inimputabilidad y su incidencia en la configuración de un nuevo sistema de
responsabilidad, al servir del filtro o mecanismo selectivo para ser pasible de una
sanción distinta a la del derecho penal de adultos. Al respecto, debemos señalar que
la mayoría de las legislaciones penales tiene una norma que proclama la
inimputabilidad de los niños y adolescentes” (Valdivieso Vintimilla, 2012, pág. 145).
Lo manifestado en líneas anteriores encuentra sustento en el artículo 305 del Código
de la Niñez y Adolescencia que rige en nuestro país, diciendo que: “los adolescentes
son penalmente inimputables y, por tanto, no serán juzgados por jueces penales
ordinarios ni se les aplicarán las sanciones previstas en las leyes penales. Pero como
se ve se produce contradicción, concordando plenamente con el criterio cuando se
dice que se establece la inimputabilidad de un lado pero del otro se reconocen
sistemas de responsabilidad de los adolescentes. Que un adolescente sea penalmente
inimputable y que estos sean sometidos a medidas socioeducativas, no es viable pues
“el adolescente no sólo es penalmente responsable sino que además es penalmente
imputable y lo es porque, a pesar de haberse podido comportar lícitamente, es decir,
de haberse podido decidir por el derecho opta por el injusto. Dicho de otro modo,
siéndole exigible una conducta distinta, al ser capaz de ser motivado de modo
suficiente por la norma para comportarse conforme a derecho, actuó ilícitamente. Por
lo tanto, al comprender la ilicitud de su actuar, dicho acto le es reprochable. La nota
característica es que su responsabilidad se ubica en un sistema distinto al de los
adultos, pues debe responder como sujeto de derechos humanos específicos, es decir
desde su específica posición dentro de la sociedad” (Zambrano Pasquel, 2008, pág.
216). Obviamente, se le aplicarán políticas claras tendientes a buscar su
rehabilitación, de esta forma se alcanzará un equilibrio pues en la actualidad los
adolescentes infractores hacen tabla rasa de las normas establecidas en el Código de
24
la Niñez y Adolescencia, pues tienen la conciencia de que sus actos no tendrán la
debida sanción, prestándose este hecho a que se produzcan injustos, ya que
contribuye a que los ciudadanos en general se vean desprotegidos obligando a que se
tomen la justicia por sus propias manos, pues el burladero legal, por así decirlo, hace
de la impunidad el denominador común, por cuanto quien ha sido víctima de un acto
delictivo sabe que éste es perpetrado mediante una planificación de cómo consumar
el hecho y como evadir la acción de la justicia, con plena conciencia de que se atenta
contra un bien jurídico protegido por el Estado. (SiguenzaValdiviezo, 2010, pág. 72).
El legislador debe contemplar éstos y otros aspectos que llevan a concluir que es
factible el imputar a un adolescente, siempre apegados a las normas internas y
supranacionales, estas últimas que no prohíben la imputabilidad de un adolescente,
ni su internamiento; pero si ordena que en caso de que se dé la privación de la libertad
deberán ser reconocidos sus derechos humanos, procesales, etc. tendiendo a
encontrar el justo equilibrio. (Suárez Estrella, 2011, pág. 32).
2.6.3 Políticas para el adolescente infractor.
Una disposición reformatoria del Código Orgánico Integral Penal define que para
los adolescentes, entre los 12 y 18 años, en conflicto con la ley penal, regirá un
sistema de medidas socioeducativas especial. Esta conceptualización legal fue la
alternativa que acordó el oficialismo para no incluir dentro de la norma penal el libro
en el que se estableció que la imputabilidad penal de los jóvenes será a partir de los
16 años .Entre las disposiciones dentro de estas reformas consta que la privación de
libertad se cumplirá en centros de rehabilitación especial para jóvenes, de carácter
socioeducativas, pero sujetas a las establecidas en el Código Penal y proporcionales
a la infracción cometida. Estas consisten en una restricción parcial de la libertad y la
prisión total, que se ejecuta solo a infractores mayores a 14 años. A los mayores de
12 y menores a 14 se les aplicará únicamente en los casos de delitos de asesinato,
sicariato, homicidio, violación, plagio de personas y robo con resultado de muerte.
Para infracciones en las que la ley penal establezca sanciones de 6 meses a 5 años de
prisión se proponen medidas como imposición de reglas de conducta, orientación
familiar, internamiento domiciliario de 7 días a 3 meses. En casos de prisión de 6 a
11 años podrán recibir imposición de reglas de conducta de uno a seis meses;
25
servicios a la comunidad de 1 a 6 meses; e internamiento con régimen de semilibertad
de 3 meses a 2 años. Por delitos cuya sanción sea prisión de 12 a 19 años se
contempla el internamiento domiciliario de 6 meses a 1 año o institucional de 6 meses
a 2 años. Y cuando la prisión sea de 19 años a 31 años se aplicarán acciones de
rehabilitación y el internamiento institucional hasta los 6 años. El tiempo máximo de
sanción será exclusivamente para mayores de 16 años. El Código Orgánico Integral
Penal, determina la prohibición para divulgar su identidad, bajo el principio de
reserva, los nombres de sus padres, representante legal o cualquier otra información
que permita su identificación pública y las causas se tramitarán reservadamente. Los
plazos para la investigación de un delito serán improrrogables. La Convención de los
Derechos del Niño también señala que primero se debería agotar otras medidas que
no sean la privación de libertad de un joven. Este instrumento detalla que el
internamiento debe ser de “ultima ratio‟, por el menor tiempo posible, pero que
genere resultados socioeducativos en el adolescente. “El problema es que muchas
veces no podemos ordenar otras medidas, porque muchos jóvenes no tienen familia,
están en situación de abandono y no tiene a nadie que se hace cargo de que cumplan”,
indica un juez de menores infractores. Ante la ausencia de un organismo que
verifique el cumplimiento de las medidas, la Defensoría Pública hacía, hasta hace
cuatro meses, el seguimiento por su cuenta de los casos de menores en los que
recibían por parte de un juez sanciones como trabajo social o apoyo psicológico.
(Maier, 2009, pág. 213).
2.7.- Etiología, causas de la Conducta desviada del menor de edad
El desarrollo de los individuos no se da en forma aislada, ya que viven y se
relacionan con una compleja red de sistemas interconectados, como la escuela, la
familia, los grupos de pares y otras instituciones o situaciones que influyen en forma
directa o indirecta en el desarrollo de las personas, y cuyas características pueden
convertirse tanto en factores protectores como de riesgo. Es así como actualmente se
considera la situación de “estar en riesgo psicosocial” como un estado complejo, que
es definido por la intervención de múltiples situaciones.
Las causas de la conducta transgresora de niños y adolescentes se deben a diferentes
factores, entre los cuales se pueden señalar los siguientes:
26
A) Factor Personal: consiste en la anormalidades mentales (idiocia, imbecilidad y
retardo), las psicopatía, la psicosis, las desviaciones psíquicas y demás enfermedades
mentales, que se encuentran en la mayor parte de los jóvenes infractores y que
provienen de alteraciones que pueden determinarse mejor así:
1. Padres anormales, en quienes existen neuropatías fijadas en la familia, engendran
hijos predispuesto a las mismas neuropatías o que sufren de tensiones en el desarrollo
intelectual.
2. Padres alcohólico, sifilíticos o tuberculosos, tienen descendientes degenerado, que
resultan epilépticos, neurasténicos, histéricos, débiles mentales o anómalos del
sentido y del carácter.
3. Concurrencia en ambos padres de una condición anormal neurótica con una
infección toxica, que agrava los caracteres de degeneración del descendiente.
B) Factores Sociales: estos resultan del ambiente familiar o extra familiar; esto es,
hogar y medio social.
Acerca del hogar adecuado e inadecuado se señalan los hogares incompletos
miserables e incompetentes como causa del abandono del niño y jóvenes.
Se hace referencia al medio escolar y al medio profesional a tratar de los derechos
del niño, bien a ser educado, y a no ser sometido a trabajos ni empleos que destruyan
su salud físicas y su moralidad.
C) Factores Extra familiares: Se han estimado como tales: el urbanismo, que
desintegra la familia, porque aleja los obreros de su casa obligados a trabajar todo el
día en fabrica y talleres distantes.
D) Entre los lugares de moralidad dudosa pueden incluirse, además de los locales de
cine, los night clubes, bares, botiquines, juegos prohibidos, galleras, carrera de
caballo, apuesta, casa de citas y espectáculos de obscenos.
E) Las malas compañías, que se explican por varias causas: espíritu de asociación;
una vida desagradable en un hogar frío, donde no exista compresión, la influencia
27
que ejercen en los niños los jóvenes depravados y de costumbre perniciosa; la
pandilla; la vida callejera; el espíritu de burla a la policía y a la vigilancia, y la
inasistencia escolar.
F) El vicio en las ciudades, que propicia el libertinaje.
Este se presenta en los adolescentes por desenfreno en las obras y en las palabras.
Niños que juegan, beben licor, fuman cigarrillos, insultan a los demás, cometen
irrespetos frecuentes o malas acciones. Niñas entregadas prematuramente a la
prostitución, que se emborrachan y bailan en el cabaret, gritan y cantan canciones
inmorales y ofenden a la moralidad pública con sus expresiones, gestos y actos
indecentes.
G) La vagancia, que en los adolescentes, es distinta de la del adulto. Sus causas
pueden situarse en el propio carácter vicioso, deportivas o aventureras; en sus
defectos mentales, como la fuga del epiléptico y el anhelo ambulatorio; en la
atracción al riesgo, que se han denominado causas endógenas. O bien, en el hogar
desecho: la pobreza, la insuficiencia escolar, el comercio callejero, granjerías,
limpieza de zapatos, etc., la atracción de las pandillas, que son causas exógenas, y
originan frecuentes fugas de la casa y de la escuela.
H) La mendicidad, estado habitual que presenta al joven ambulando por calles o
lugares públicos. La mendicidad se divide en tres periodos: el primero, cuando va en
brazo del padre o explotador que lo presenta en estado lastimoso para excitar a la
compasión; el segundo, de la escuela, cuando la vida de mendigo le priva de una
educación por inasistencia escolar; y el tercero, del aprendizaje, en que se usa de
mentiras denigrantes y condescendencias peores.
I) Los errores educativos, La ausencia de reglas y control puede producir indecisión
e inseguridad, y la ansiedad de éste proceso puede producir también en el niño
agresividad e inadaptación; de ahí la búsqueda ulterior de compensación y el refugio
en la banda.
Como se puede apreciar, la multiplicidad de orígenes de los factores de riesgo
contribuye a la complejidad del estudio de la génesis y mantención de determinados
28
comportamientos problemáticos. Antiguamente, se pensaba que ciertos factores
podían tener una influencia causal directa sobre el desarrollo de algunos problemas,
sin embargo, al avanzar la investigación se ha ido descubriendo que los factores
coexisten, interactúan y son mediados por una gran variedad de otras variables que
intervienen en la cadena causal del desarrollo de los comportamientos problemáticos
2.8. Aplicación de Medidas Socioeducativas
Actualmente la legislación prevé en estos casos medidas socio-educativas: Según
lo dispone el numeral 13 del Art. 77 de la Constitución de la República, “Para… los
adolescentes infractores regirá un sistema de medidas socioeducativas
proporcionales a la infracción atribuida…” y, es precisamente en el Código de la
Niñez y Adolescencia en donde vamos a encontrar desarrolladas las medidas socio-
educativas aplicables al adolescente infractor, así el 369 del CNA estatuye: “Las
medidas socioeducativas son acciones dispuestas por autoridad judicial cuando ha
sido declarada la responsabilidad del adolescente en un hecho tipificado como
infracción penal. Su finalidad es lograr la integración social del adolescente y la
reparación o compensación del daño causado”. Siendo la medida más ligera la
amonestación, que es una recriminación verbal, para que el adolescente comprenda
la ilicitud de las acciones; y, se llega a la más drástica: el internamiento institucional,
que es la privación total de la libertad del adolescente infractor y que se aplica
únicamente a los adolescentes infractores mayores a catorce años de edad y por
infracciones que en la legislación penal ordinaria son sancionadas, con reclusión. Se
aplica también al adolecente infractor menor de catorce años sólo cuando comete
delitos de asesinato, homicidio, violación, plagio de personas y robo con resultado
de muerte.
El objetivo de la aplicación de estas medidas socio-educativas, es la
resocialización del menor, en concordancia con el principio del interés superior del
mismo. Es por esta razón que se atiende estrictamente al principio de reserva con la
finalidad de que no sea estigmatizado por la sociedad y su internamiento se efectúa
en lugares distinto de los adultos, para evitar que reciba algún tipo de influencias
negativas que ahonden su conducta infractora.
29
Cuando ha sido declarada la responsabilidad del adolescente en un hecho
tipificado como infracción penal, el Juez dispone la aplicación de medidas las socio-
educativas contenidas en el art. 369 del Código del Niñez y Adolescencia; la finalidad
de estas es lograr la integración del adolescente en la sociedad, su mayor bienestar y
la reparación o compensación del daño causado.
De acuerdo al principio de individualización considerando la naturaleza de cada
caso el juez podrá optar por medidas privativas de la libertad y las no privativas de
la libertad, dentro de las primeras encontramos: libertad asistida, internamiento
domiciliario, con una duración de tres meses a un año; internamiento de fin de
semana, tiene una duración de uno a seis meses; internamiento con régimen de semi-
libertad, tiene una duración de tres meses a dos años; internamiento institucional que
deberá tener una duración máxima de cuatro años.
El Internamiento Institucional consiste en la privación total de la libertad del
adolescente infractor, quien deberá permanecer en un centro de internamiento de
adolescentes infractores, esta medida se aplica únicamente cuando el infractor es
mayor de catorce años de edad, por infracciones que en la legislación penal ordinaria
son sancionadas con reclusión a excepción de los adolescentes menores de catorce
años, a quienes se les aplicará únicamente en los delitos de asesinatos, homicidios,
violación, plagio de personas y robo con resultado de muerte de conformidad con el
art. 330, literal a, del Código de la Niñez y Adolescencia.
Dentro de la Medidas no privativas de la libertad tenemos: Amonestación,
imposición de reglas de conducta (las reglas deben ser entregadas al adolescente por
escrito y firmadas por el juez), con una duración de uno a tres meses, además de
orientación, apoyo familiar de uno a tres meses, reparación del daño causado, y
servicio a la comunidad.
Las medidas socioeducativas, deben ser aplicadas en todos los casos de acuerdo
al principio de proporcionalidad, individualización, protección integral e interés
superior del niño; deberá también considerarse la gravedad de la infracción, sus
consecuencias, la edad y reincidencia del niño o adolescente infractor.
30
Estas medidas pueden ser modificadas o sustituidas por el señor Juez de la Niñez
y Adolescencia, en el caso de que exista un informe favorable del equipo técnico del
Centro de Internamiento de adolescentes infractores de conformidad con el Art. 371
del Código de la Niñez y Adolescencia, además si prescriben en el tiempo que el Juez
determine para su cumplimiento.
En cambio los delitos de acción pública prescriben en dos años contados desde
el día que se cometió la infracción y las contravenciones en treinta días.
En los casos de contravenciones incluyendo las de tránsito terrestre, es
competencia del Juez de la Niñez y Adolescencia el juzgamiento y aplicación de
medidas socio-educativas.
2.9.- Control de las Medidas Socioeducativas
Los Jueces de la Niñez y Adolescencia en la etapa de ejecución de las medidas
socioeducativas, en cumplimiento del art.378, Código de la Niñez y Adolescencia.
Tienen las siguientes competencias:
Controlar la legalidad en la ejecución de las medidas socio-educativas
impuestas.
Modificar o sustituir las medidas aplicadas.
Resolver las quejas y peticiones del adolescente privado de libertad.
Dictar sanciones a las personas y entidades que durante la ejecución de una
medida incurran en la violación de derechos del adolescente.
En consecuencia el conocimiento del juez no se limita por tanto, a declarar la
responsabilidad penal del adolescente infractor, sino que se amplía a la etapa de
ejecución.
2.10.- Centros de Internamiento de Adolescentes Infractores
La Dirección Nacional de Centros de Adolescentes Infractores como parte de la
Subsecretaria de Coordinación de Rehabilitación Social del Ministerio de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos; tiene a su cargo la administración de los Centros de
Adolescentes Infractores (En adelante CAIs).
31
Los (CAIs) son lugares en los que el adolescente cumple las medidas socio-
educativas de internamiento, en ellos solo se admitirá a los adolescentes que tengan
en su contra librada una orden escrita de privación de la libertad, por parte del Juez
de la Niñez y Adolescencia o en caso de delito flagrante según el art.378 del Código
de la Niñez y Adolescencia, debiendo ser conducidos en forma inmediata ante el
Procurador de Adolescentes Infractores conforme lo estipula el Art. 327 del mismo
texto legal, para remitirlo inmediatamente al centro de internamiento, si el caso lo
amerita, no existe otro modo de privar de la libertad al adolescente.
Estos centros de internamiento pueden ser entidades públicas o privadas que
deben cumplir con los requisitos, estándares de calidad y controles que establecen el
Código de la Niñez y Adolescencia y el Reglamento especial que dicte el Ministerio
de Inclusión Económica y Social.
Estas instituciones y el personal a cargo, deben observar en todas sus actuaciones
el respeto y cumplimiento de los derechos y garantías reconocidas a los adolescentes,
ya que, la violación de estos derechos por parte de las personas encargadas de
hacerlos respetar tendrá lugar a sanciones administrativas.
Los derechos de los adolescentes privados de la libertad son: el respeto al
derecho a la vida, a la dignidad, a la integridad física, psicológica, igualdad ante la
ley, no ser discriminado, ser internado en el centro más cercano al lugar de la
residencia de sus padres o encargados de su cuidado, recibir los servicios de
alimentación, salud, educación de acuerdo a su edad y condición, recibir formación
profesional y en valores, ser informado desde el momento que fuera internado, al
igual que de las sanciones que les sean impuestas, en caso de tener mal
comportamiento, presentar petición ante cualquier autoridad, tener comunicación con
su familia, no ser incomunicado ni sometido a aislamiento ni a la imposición de penas
corporales, salvo que el aislamiento sea necesario para evitar actos violentos contra
sí mismo o de otras personas. Es decir educar con valores y principios morales y
humanos.
Los Centros de Internamiento deben contar con áreas de recreación, de estudios,
talleres, enfermerías, comedores, bibliotecas y servicios básicos.
32
El Estado tiene la Obligación de destinar los recursos económicos suficientes,
para solventar los gastos que demanda este tipo de Instituciones que constituyen el
pilar fundamental en el proceso de reinserción del adolescente como ente positivo a
la sociedad.
Todo el personal que labore en los estos centros debe ser especializado de
conformidad con lo dispuesto en el art. 381 del Código de la Niñez y Adolescencia;
los Centros deben tener cuatro secciones totalmente separadas, una para acoger a los
adolescentes que ingresen por efecto de una medida cautelar; una segunda para
quienes cumplen medidas socio-educativas de internamiento de fin de semana o de
internamiento con régimen de semi-libertad; otra para los adolescentes con
internamiento institucional, por la edad, fundamentalmente otra sección para los que
obtengan la mayoría de edad en los centros donde se encuentren cumpliendo su
medida socioeducativa.
En el año 2009 el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, realizó un
estudio en el que se evidencia que a excepción del Centro de Orientación Juvenil
Virgilio Guerrero, ubicado en Quito, todos los demás CAIs, en la mayoría de casos
los adolescentes han sido admitidos sin la existencia de una orden del juez, es decir
de forma arbitraria en las mencionadas “batidas”; por no portar documentos,
escándalo público o actitud sospechosa, hechos que no ameritan la aplicación de esta
medida.
El internamiento de adolescentes por causas que no legales ha ocasionado que la
población de los CAIs, supere la capacidad instalada de los mismos, produciéndose
así el hacinamiento y la no rehabilitación del adolescente.
En cuanto se refiere al régimen de prescripciones, cuando el adolescente cometa
un delito, la acción prescribe en dos años; las contravenciones, prescribe en treinta
días; y, las medidas socio-educativas prescriben una vez transcurrido el tiempo
señalado por el Juez para su duración.
No a toda persona puede exigírsele responsabilidad penal; sino únicamente
cuando se trate de un sujeto imputable por reunir ciertos requisitos tales como la
capacidad de auto determinarse, refiriéndose a su voluntad y de comprender la
33
ilicitud de sus actos refiriéndose a su conciencia. Para que un individuo sea
penalmente imputable, se requiere tanto un determinado nivel de salud mental, como
una cierta madurez de las facultades intelectivas, afectivas y volitivas. Por esta razón,
se establece que “No es responsable quien, en el momento en que se realizó la acción
u omisión, estaba, por enfermedad, en tal estado mental, que se hallaba
imposibilitado de entender o de querer”. Entonces, si la salud mental del individuo
estaba gravemente disminuida o anulada, se dice que el individuo es un inimputable.
Un menor de edad, al no poseer cierta madurez mental, es también inimputable;
la minoría de edad no consiste en una perturbación patológica, sino en una realidad
biológica. Por esta consideración, el Art. 307 del Código de la Niñez y Adolescencia
estatuye que “Los niños son absolutamente inimputables y tampoco son
responsables; por tanto, no están sujetos ni al juzgamiento ni a las medidas socio-
educativas…”.
Al hablar de “niño” no involucra al “adolescente”, pues, los adolescentes a pesar
de ser penalmente inimputables, tienen cierto grado de responsabilidad por los actos
que ejecuten, sólo que en lugar de sometérselos a penas de prisión, se los trata de
rehabilitar antes de que alcancen la mayoría de edad mediante la imposición de
medidas “socio-educativas”.
La edad constituye un factor fundamental en todo el campo jurídico para
determinar la capacidad y responsabilidad de un individuo. La voluntad y la
conciencia exigida por el ordenamiento jurídico, son dos ingredientes de la capacidad
que no se son inmanentes al nacimiento de una persona, estos se van desarrollando
de a poco hasta que por razones biológicas, la persona alcanza la madurez mental
necesario para ser considerado legalmente capaz y por lo mismo responsable en el
ámbito penal.
En cuanto se refiere a la determinación de la edad de un individuo, es necesario
apoyarnos -en primer lugar- en la disposición del Código Civil, que por ser una norma
de carácter general y matriz nos señala en su Art. 21 que es “infante o niño el que no
ha cumplido 7 años; impúber, el varón, que no ha cumplido 14 años y la mujer que
no ha cumplido 12; adulto, el que ha dejado de ser impúber; mayor de edad, o
34
simplemente mayor, el que ha cumplido 18años; y menor de edad, o simplemente
menor, el que no ha llegado a cumplirlos”.
Si acudimos al Código Penal para averiguar desde qué edad un sujeto puede ser
juzgado por un delito, encontramos en el Art.40 que “Las personas que no hayan
cumplido los 18 años de edad, estarán sujetas al Código de la Niñez y Adolescencia”,
es decir, todos los menores de edad están sujetos al Código de la Niñez y
Adolescencia.
El Código de la Niñez y Adolescencia protege e impera sobre toda persona desde
su concepción hasta que cumpla los 18 años de edad; y, que en el Art. 4 realiza la
diferenciación entre niño y adolescente: “Niño es la persona que no ha cumplido doce
años de edad. Adolescente es la persona…entre doce y dieciocho años de edad”, ésta
disposición jurídica es la que prevalece y que la vamos a tomar para nuestra
investigación.
35
CAPITULO III
DISEÑO METODOLOGICO
3.1 Nivel de investigación
Exploratoria
En el país no existen coincidencias de investigaciones similares sobre el tema
seleccionado, por lo que es necesario utilizar este nivel de investigación para educar
en todos los lugares a todas las personas que forman los núcleos familiares y crear
una aproximación al problema de la conducta desviada del adolescente
Diagnóstico
Se requiere este nivel investigativo para identificar rasgos particulares del
problema y estos son involuntarios e incorregibles si no se educa a todos y a todas
de forma psicológica integral y de esta forma lo que se hace es normalizar la
comunidad y tranquilidad social;, se pretende que en este nivel no exista únicamente
una recolección de datos reales, sino además, una interpretación de la relación de los
elementos existentes, como causas, condiciones, fenómenos, manifestaciones del
proceder con mala conducta, etc.
Explicativo
Mediante este nivel se busca establecer hace entender las causas del problema,
explicar el problema psicológico por el que están atravesando los adolescentes y por
qué ocurre esto y en qué condiciones se desarrolla toda la problemática de la conducta
desviada violenta del adolescente futuro adulto, y futuro padre de familia..
3.2 Métodos
Inductivo
Por medio de la observación de los barrios y de los tres mercados de ventas
informales que hay en la capital del cantón que es Sangolqui, mercados y de hechos
suscitados, registro, clasificación y estudios, con este método a partir de premisas
particulares, se establecen conclusiones generales, ¨en el método inductivo la
36
conclusión se alcanza observando ejemplos y generalizando de ellos a la clase
completa¨ (Dávila Newman, 2006).
Deductivo
El método atribuido a Sócrates y perfeccionado por Aristóteles, parte de
enunciados de carácter universal que terminan por inferir en enunciados particulares.
Cuando el adolescente no es rehabilitado íntegramente, en el futuro será el
delincuente contumaz y de este numeroso grupo nace otro tipo de delincuencia que
es el femicidio y la violencia de género. Pero qué pasa con los otros miembros del
núcleo familiar sin educación integral.
¨Forma de expresión dialéctica que va de la idea general, hasta las ideas de mayor
particularidad.¨ (Martínez Pichardo, 2005).
Jurídico
Pretende identificar los principios generales en derecho y sus consecuencias.
¨Serie ordenada de los medios mediante los cuales se llega al conocimiento profundo
del contenido de las normas jurídicas¨ (Jiménez de Asúa, 1950)
Exegético
Desarrollado en el siglo XIX, constituye la interpretación literal de las normas
jurídica con el fin de desarrollar la voluntad legisladora. ¨Los exégetas redujeron el
derecho a la ley y entendieron ésta como la voluntad del legislador¨ (Fernández Ruiz,
1982)
Teleológico
Se atribuye al jurista belga Vender Eycken ser su mayor presentador, y busca
identificar la causa final de las normas jurídicas, es decir el objetivo máximo por el
cual fueron creadas.
37
3.3 Técnicas e Instrumentos
Técnicas
Entrevista
Para (Corbetta, 2007), en base a un plan con una finalidad de tipo cognoscitivo,
la entrevista es una conversación entre un entrevistador y los sujetos elegidos, la cual
es dirigida por el primero. Es decir, constituye una conversación profesional que
permite recopilar información del tema investigado.
Encuesta
Esta es una de las técnicas más utilizadas en el campo investigativo, debido a la
cantidad de datos que pueden obtenerse de manera rápida y eficaz. Permite obtener
información acerca de la opinión pública.
Una técnica que utiliza un conjunto de procedimientos estandarizados de
investigación mediante los cuales se recoge y analiza una serie de datos de una
muestra de casos representativa de una población o universo más amplio, del que
se pretende explorar, describir, predecir y/o explicar una serie de características
(García Ferrando, Alvira Martin, & Ibañez, 1993)
38
RESULTADOS DE LA ENCUESTA Y SU INTERPRETACIÓN
1.- ¿Cree usted que el comportamiento de los niños y los adolescentes con
problemas de conducta estén causando intranquilidad en el Cantón Rumiñahui?
Si 65%
No 35%
Gráfico 1: Pregunta 1
Autor: Julio F. Rojas Rojas
INTERPRETACIÓN.-
En el cantón Rumiñahui se detecta que la conducta antijurídica de los menores ya
está incidiendo en mayor grado en la intranquilidad de la comunidad, hace unos años
poco se conocía y se trataba sobre este tema.
La mayoría de gente encuestada reconoce el aumento del porcentaje en las
infracciones del menor dentro del cantón Rumiñahui.
65%
35%
Si
No
39
2.- Considera que las redes sociales , la televisión, periódicos, revistas,
publicidades, están estimulando negativamente y malformado las mentes de los
niños niñas y adolescentes del Cantón .
Si 80%
No 20%
Gráfico 2: Pregunta 2
Autor: Julio F. Rojas Rojas
INTERPRETACIÓN.-
Lamentablemente la gente percibe y capta que los medios de comunicación, redes
sociales etc son una mala influencia para los menores porque desubican su
comportamiento con mensajes negativos y nada educativos, a pesar de que los
últimos adelantos en educación se basan en el Internet y en medios audiovisuales,
pero también desvirtúan el aprendizaje de niños y adolescentes con otros mensajes y
enseñanzas que solo traen malos ejemplos hacia ellos.
80%
20%
Si
No
40
3.- La educación Integral es necesidad prioritaria desde hace muchos años atrás en
el país.
Si 90%
No 10%
Gráfico 3: Pregunta 3
Autor: Julio F. Rojas Rojas
INTERPRETACIÓN.-
Cuando se le explicó al encuestado el significado de la educación integral para
su respuesta, un gran porcentaje contestó que actualmente es una necesidad
implementar una educación integral.
Esta educación debe enseñar práctica de valores, disciplina, ética, amor y
responsabilidad por la sociedad y por la Patria en general ya que la educación actual
carece de varios de estos temas que significan formar integralmente al niño y al
adolescente.
10%
90%
Si
No
41
4.- Considera usted, que existe una verdadera rehabilitación del menor, por parte
del Estado hacia el menor y adolescente con problemas de comportamiento.
Si existe 55%
No existe 25%
No opinan 20%
Gráfico 4: Pregunta 4
Autor: Julio F. Rojas Rojas
INTERPRETACIÓN.-
La población encuestada no contesta mayoritariamente que existe una
rehabilitación verdadera, es decir no hay una percepción de la gente en que este
sistema actual cambie el comportamiento antijurídico de los menores, por lo que se
concluye que debe mejorar, en base a otros parámetros como la educación integral
del mismo.
55%
25%
20%
Si existe
No existe
No opinan
42
5.- ¿Comparte la idea de que se debe juzgar en caso de una infracción al menor
igual que al adulto?.
Si 70%
No 30%
Gráfico 5: Pregunta 5
Autor: Julio F. Rojas Rojas
INTERPRETACIÓN.-
Estos porcentajes contestados respecto a esta pregunta nos sitúan en una
situación preocupante respecto al trato que se le debe dar al menor en estos casos, ya
que una gran parte cree que se debe tratar de la misma manera al adulto que al menor,
este mensaje nos indica que las infracciones del menor son actualmente tan graves
como las del adulto por lo que se debe actuar lo más rápido posible en cambiar la
conducta psicológicamente desviada del menor en base a una educación integral.
70%
30%
Si
No
43
Análisis documental
Esta técnica de la investigación es empleada para la recolección de información
de tipo documental de la realidad social de los menores en conflicto, también
consiste en la elaboración de fichas tanto bibliográficas como nemotécnicas con la
información más importante obtenida en las fuentes del tipo nombrado.
Instrumentos
Fichas de observación
Estas son utilizadas para registrar datos obtenidos de la observación directa.
Fichas Bibliográficas
Se utilizaran para llevar un registro de los aporte doctrinarios concernientes al tema,
así como la información existente en documentos Leyes y Normas, Temas a tratar y
diagnostico aplicar
Fichas Hermográficas
Similares a las fichas bibliográficas, son utilizadas para registrar la información
obtenida. .
Cuestionario
Este instrumento se ejecutará en sus dos modalidades: cuestionario individual y
cuestionario entrevista.
3.4 Validez y confiabilidad de los instrumentos
Toda investigación requiere que la información presentada brinde fiabilidad,
para ello se requiere que esté elaborada con parámetros científicos. Para ello, existirá
la asesoría y revisión por parte del tutor, quien revisará la información obtenida, lo
cual constituye un filtro académico que garantiza su validez.
44
Por otra parte, con el objetivo de crear confiabilidad objetiva, se llevarán a cabo
pruebas piloto de confiabilidad, las cuales tendrán instrucciones claras, preguntas
objetivas, y estarán elaboradas con lógica. Serán aplicadas a 30 sujetos de la muestra.
3.5 Definición de variables
Variable Independiente
Existencia de un sistema de medidas socio educativas actuales para menores
infractores.
Variable Dependiente
Desatención y falta de seguimiento del Estado de las técnicas y medidas a tomar por
el cometimiento de una conducta agresiva desviada cometida por adolescentes.
45
3.6 Operacionalización de variables
Tabla 1: Operacionalización de las Variables
VARIABLES
INDEPENDIENTES
DIMENSION INDICADOR Nro. De
ITEM
TÉCNICA 0
INSTRUMENT
O
Variable independiente
1: Mejorar la educación
integral especial y dar
seguimiento al
cumplimiento de las
medidas socio
educativas señaladas.
JURÍDICO SOCIAL JURÍDICO
Desarrollar
programas de
orientación
psicológica para
evitar el
cometimiento de
infracciones.
Identificar si existen
causas que influyan
dentro del entorno
social del
adolescente.
(4)
Jueces
Fiscal
(3) :
Abogado
Entrevista
Encuesta
Entrevista
Encuesta
VARIABLES DEPENDIENTES
DIMENSION
INDICADOR
Nro. De ITEM
TÉCNICA 0 INSTRUMENTO
Variable dependiente 1: Dar educación especial
integral. Dirigida todos
los involucrados en la
sociedad e instituciones
y procurar la tranquilidad
y la paz comunitaria.
JURIDICO SOCIAL
Determinar si
los conflictos de la
problemática de la
conducta desviada
del adolescente
nacen de la
vulneración de un
derecho social.
Priorizar los
derechos
constitucionales de
los adolescentes,
(30)
Funcionari
os de
la fiscalía
(5)
Abogados
Entrevista
Encuesta
Entrevista
Encuesta
Elaborado por: Julio F. Rojas Rojas
46
3.7 Universo o Población y Muestra
Universo o Población
Según (Rubin, 1996, pág. 165) la población “Es un conjunto de todos los
elementos que estamos estudiando, acerca de los cuales intentamos sacar
conclusiones”. Constituye un conjunto de elementos o sujetos que poseen una
característica en común, que los hace susceptibles de ser estudiados. Este puede ser
finito o infinito, al hablar de ser finito implica que por su número es posible estudiarlo
en su totalidad; por otra parte, al hablar de infinito por ser muy grande no es posible
estudiarse en su totalidad. Considerando la Unidad de Análisis, se infieren lo
siguiente sujetos de la población:
Tabla 2: Población
UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y
SOCIALES
CARRERA DE DERECHO
POBLACIÓN DEL CANTÓN
RUMIÑAHUI 2016
NÚMEROS
De 5 a 9 años 15.765
De 10 a 14 años 14.622
De 15 a 18 años 16.342
TOTAL 46.729
Elaborado por: Julio F. Rojas RojasFuente : INEC
47
Muestra
Es una proporción de la población, que por razones técnicas y limitaciones de
recursos, se selecciona para observar el fenómeno y crear inferencias sobre la
población no observada.
Para que una muestra sea fiable es necesario todos y cada uno de los elementos de
la población tengan la misma oportunidad de ser tomados en cuenta para formar dicha
muestra; debe obtenerse de tal manera que permita establecer un margen de error
mínimo; y, que su tamaño sea obtenido mediante procesos matemáticos que eliminen
la incidencia del error.
Fórmula a emplear:
𝑛 =𝑁𝜎2𝑍2
(𝑁 − 1)𝑒2 + 𝜎2𝑍2
Dónde:
n = el tamaño de la muestra.
N = tamaño de la población analizada.
𝜎 = Desviación estándar de la población que, generalmente cuando no se tiene su
valor, suele utilizarse un valor constante de 0,5.
Z = Valor obtenido mediante niveles de confianza. Es un valor constante que, si no
se tiene su valor, se lo toma en relación al 95% de confianza equivale a 1,96 (como
más usual) o en relación al 99% de confianza equivale 2,58, valor que queda a criterio
del investigador.
e = Límite aceptable de error maestral que, generalmente cuando no se tiene su valor,
suele utilizarse un valor que varía entre el 1% (0,01) y 9% (0,09), valor que queda a
criterio del encuestador.
Se tiene N=60, para el 95% de confianza Z = 1,96, y como no se tiene los demás
valores se tomará 𝜎 = 0,5, y e = 0,05.
48
Reemplazando valores de la fórmula se tiene:
𝑛 =𝑁𝜎2𝑍2
𝑒2(𝑁 − 1) + 𝜎2𝑍2
𝑛 =60 ∙ 0,52 ∙ 1,962
0,052(100 − 1) + 0,52 ∙ 1,962
𝑛 =60 ∙ 0,52 ∙ 1,962
0,052(60 − 1) + 0,52 ∙ 1,962=
𝑛 =60 ∙ 0,25 · 3,84
0,0025(59) + 0,25 ∙ 3,84=
𝑛 =57,6
0,1475 + 0,96=57,6
1,20
n = 48 número de muestra de personas a entrevistarse (del Universo de 46.729)
Tabla 3: Muestra
UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y
SOCIALES
CARRERA DE DERECHO
MUESTRA NÚMERO
No estudian De 5 a 9 años 25
No estudian De 10 a 14 años 30
No estudian De 15 a 18 años 110
TOTAL 165
Elaborado por: Julio F. Rojas Rojas Fuente: INEC
49
3.8 Procesamiento y análisis de datos
Tabla 4: Metodología
FASES O ETAPAS DE APLICACIÓN DEL PROYECTO DE
INVESTIGACIÓN
1.- PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
2.- APROBACIÓN DE LA PROPUESTA
3.- DESIGNACIÓN DEL TUTOR
4.- DESARROLLO DEL PERFIL DEL PROYECTO
5.- APROBACIÓN DEL PERFIL
6.- REVISIÓN DEL TRIBUNAL CALIFICADOR
7.- APROBACIÓN DEL DOCUMENTO
8.- DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN
9.- PRESENTACIÓN DEL TRABAJO ESCRITO
10.- CALIFICACIÓN DEL DOCUMENTO POR EL TRIBUNAL DE
LECTORES
11.- PRESENTACIÓN DEL INFORME FINAL
12.- SUSTENTACIÓN ANTE EL TRIBUNAL DE GRADO ORAL
Elaborado por: Julio F. Rojas Rojas
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CAPITULO IV
MARCO ADMINISTRATIVO
4.1 Recursos
Postulante: Julio Fernando Rojas Rojas
Tutor: Dr. MSc. José Adalid Galeas Arboleda.
Experto en Derecho Societario
Derecho Penal
Criminología
Criminalística
Materiales
Los objetos que se utilizarán en la presente investigación son los siguientes:
Computadora
Internet
Papel bond A4 75grs.
Fichas para la recopilación de la información.
Esferográficos
Cuadernos
Memoria Flash
Impresora
Discos Compactos
Video cámara
Transporte
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4.2.- Desarrollo de la propuesta
Tabla 5 Cronograma
ACTIVIDADES PERIODO SEMESTRAL
MESES ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SEPT OCT NOV
SEMANAS SEMANAS SEMANAS SEMANAS SEMANAS SEMANAS SEMANAS SEMANAS 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4
Definición del
proyecto y revisión
del marco teórico
Desarrollo de
encuestas y
preguntas. Avance
del proyecto.
Verificación de las
encuestas y
presentación del II
cap. III cap. revisión
Presentación del IV
cap- Propuesta.
Revisión. Final de
propuesta y
presentación del
proyecto final
Revisión. Etiología
de conducta
desviada. Medidas
cautelares y
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desarrollo de
propuesta y
proyecto.
Revisión problema
y preguntas
directrices.
Objetivos
específicos y
generales,
justificación.
Análisis del marco
teórico y propuesta
final y posible
diagnóstico.
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4.3.- ASPECTOS ADMINISTRATIVOS
4.3.1.- Recursos Técnicos
- Computador
- Obras de autores nacionales y extranjeros
- Copias de libros y folletos
- Internet
- Impresora
4.3.1.1- Presupuesto y financiamiento
Tabla 5 Presupuesto
No Descripción Valor Financiado:
1 Equipo de computo 1000 dólares Estudiante
2 Impresiones 400 dólares Estudiante
3 Libros 200 dólares Estudiante
4 Fotocopias 200 dólares Estudiante
5 Acceso a internet 200 dólares Estudiante
6 Resmas de Papel 30 dólares Estudiante
7 Encuestas y Entrevistas 250 dólares Estudiante
8 Empastados 80 dólares Estudiante
9 Transporte 100 dólares Estudiante
10 Imprevistos 60 dólares Estudiante
TOTAL 2520 dólares Estudiante
Elaborado por: Julio F. Rojas Rojas
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GLOSARIO
Sujeto imputable.-Persona que tiene la capacidad psíquica de comprender la anti
juridicidad de su conducta y de no adecuar la misma a esa comprensión.
Desarrollo integral.- Proceso de cambio evolutivo determinado por múltiples
factores, que se expresa en manifestaciones corporales, psicológicas y sociales que
varían a lo largo del tiempo posibilitando la integración y diferenciación del ser
humano.
Imputabilidad.-La imputabilidad es la capacidad de una persona para ser alcanzada
por la aplicación del derecho penal por la comisión de un delito.
Medida socio-educativa
Es una medida jurídica sustitutiva de la privación de la libertad que se aplica a los
adolescentes que cometieron algún delito. Tiene por objetivo evitar aquellos castigos
y sanciones que afectan negativamente la socialización del adolescente autor de una
infracción y constituye al mismo tiempo una sanción y una oportunidad de
resocialización.
Sistema Penal Juvenil.-Es un sistema de administración de justicia que extiende los
derechos y garantías del debido proceso a los adolescentes a quienes se acuse de
haber participado en la comisión de una infracción a la ley penal. La característica
principal de estos sistemas es que la pena es al mismo tiempo educativa y
sancionadora, permite la reparación del daño causado y consecuentemente el archivo
de la causa con la menor restricción de derechos posible para privilegiar la
integración social del adolescente.
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CONCLUSIONES
Las medidas socioeducativas, son aplicadas para rehabilitar a los adolescentes
infractores sin tener los resultados esperados, lo que se puede evidenciar por el alto
grado de reincidencia.
A criterio mío, se debe crear un verdadero proyecto de educación psicológica
integral
Una verdadera rehabilitación debe involucrar a la familia con adolescentes que estén
pasando por esto problema ya que muchos jóvenes son utilizados por estas en el
acometimiento de infracciones por su grado de inimputabilidad.
Las doctrinas y criterios son especializados para la prevención de la conducta
problemática infantil, basados en las leyes, los procesos y las instituciones, cuya
finalidad sea reducir los motivos, la necesidad y las oportunidades de comisión de
las infracciones y las condiciones que las propicien.
Prevenir eficazmente la conducta problemática infantil, es necesario para toda la
sociedad en su conjunto y que procure un desarrollo armonioso de los niños, y
adolescentes se respete y cultive su personalidad a partir de la primera infancia, que
es la amistad dada por todos los niños.
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RECOMENDACIONES
Impulsar al Estado para que desarrolle programas de educación psicológica
integral especial de formación, dirigidas a la sociedad en general al niño y
adolescente a realizar actividades lícitas y socialmente útiles, que lo orienten
y para que enfoquen la vida con criterio humanista y adquiera actitudes sanas.
Crear oportunidades, en particular educativas, para atender a las diversas
necesidades de los niños y adolescentes, servir de marco de apoyo para velar
por el desarrollo personal de todos los jóvenes, en particular de aquellos que
están patentemente en peligro o en situación de riesgo social y necesitan
cuidado y protección especiales.
Creación de servicios y programas con base en la comunidad y la familia para
la prevención de la conducta informacional del adolescente, sobre todo si no
se han establecido todavía organismos oficiales. Sólo en última instancia ha
de recurrirse a organismos oficiales de control social.
Realizar una labor preventiva que posibilite un mayor acceso a la cultura y
al deporte en las poblaciones urbanas, que a la vez sea capaz de analizar el
entorno y la realidad mental del infractor.
No calificar a un adolescente de “extraviado”, “delincuente” o “pre
delincuente” ya que a menudo contribuye a que los jóvenes desarrollen pautas
permanentes de comportamiento indeseable.
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CAPÍTULO V
PROPUESTA
La propuesta a través de mi investigación, es a la comunidad, a la familia, al
Estado y a la Criminología, la aplicación de un sistema de educación psicológica
integral, social y comunitario; hacer ver claramente a la atención pública, a la
sociedad en general y al Estado, que el avance del crimen son situaciones que están
causando alarma nacional, inestabilidad social, del Estado y de los ciudadanos, son
producto de mentes desviadas sin criterio ni educación, sin normas morales de
sobrevivencia en comunidad, ya que ningún gobierno de los que estuvieron y ni el
actual, no encuentran solución y no da pie con bola de la problemática del origen de
la violencia de género ,y las violaciones a menores de edad, problema psicológico
que se produce por falta de educación integral psicológica dirigida y controlada; los
gobiernos de turno que no se han preocupado ni se preocupan de la formación
psicológica integral del niño y adolescente desde su concepción, así como también
de la educación del núcleo familiar
El plan de mi propuesta al Gobierno, empieza con un cuestionamiento a la
Asamblea Nacional, al Código de la Niñez y Adolescencia en el art. 378 que dice,
que los jueces velarán por el control de las medidas socioeducativas yla reinserción
del adolescente, cosa que no se cumple; cuando ellos deben ordenar, financiar, y
sugerir siquiera un programa sobre la reinserción a la familia y a la sociedad del
adolescente infractor, ya que él es el futuro ciudadano, padre de familia, futuro
maestro o profesional del Cantón Rumiñahui. Lo que propongo es una Educación
Psicológica Integral con programas comunitarios del estado dirigidos al núcleo
familiar, comunidad y sociedad en general sobre la reinserción del adolescente
infractor, lo que no se logrará enseñándole a utilizar martillo y serrucho como lo
hacen actualmente las instituciones de cumplimiento de medidas.
Elart.44 de la Constitución de la República del Ecuador dice el estado la
sociedad y la familia promoverán el desarrollo integral del niño y adolescente pero
eso no se cumple con responsabilidad, propongo que se lleven a cabo un programa
de creación de INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN PSICOLÓGICA INTEGRAL
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FAMILIAR Y COMUNITARIO, con personal capacitado psicológicamente para educar
y formar valores morales, sin violencia, dotando al barrio, y a la comunidad para el
cumplimiento de este programa sugerido, con personal capacitado e infraestructura
física, financiada por el Estado.
Se deben realizar campañas de información todos los fines de semana mediante
sistema de monitoreo y perifoneo, además se repartirán hojas volantes con
información detallada del programa sugerido de Reinserción del Adolescente
infractor, con participación y colaboración obligatoria de los medios de
comunicación privados y estatales, con apoyo de la iglesia, invitando al barrio puerta
a puerta, implantar unidades móviles para invitar a convivir en comunidad, educación
que se enfocará en el respeto y formación de las personasen base a una Educación
Psicológica, Integral; desarrollar el programa para el gobierno que esté de turno, con
intervención obligatoria de todos los que forman parte de la sociedad en general.
Es necesario hacer un llamado a toda persona que sepa leer, escribir y entender,
a introyectar a este programa de educación, colaboración e intercambio de
conocimiento de valores morales positivos, a fin de vivir en un ambiente familiar en
comunidad, respeto, sano, divertido. Éste es el plan de mi propuesta de investigación.
Segundo Viveros, presidente de la Red de Maestros Coordinadores de la Provincia
de Pichincha dice que están en bodega de aduanas abandonados desde el 2011,41
equipos de comunicación para pequeñas poblaciones, equipos que se debería
aprovechar para educación comunitaria, y 300 patrulleros nuevos abandonados que
servirían a los barrios para logística.
Para establecer la educación integral de los adolescentes infractores, es
necesario también, que existan CENTROS ESPECIALIZADOS de atención
psicológica para todo el núcleo familiar, estructurado por psicólogos educativos y
centros sociales de control en consonancia con lo expuesto por Reina Castillo A.K.
en su tesis: Aplicación de la justicia restaurativa en adolescentes infractores en el
cantón Ibarra en el año 2011
El Estado realizara evaluaciones, actividades de seguimiento y control; y se
conformarán grupos especializados en el cumplimiento, con experiencia jurídica en
temas de esta naturaleza, que demuestren sentido de responsabilidad y compromiso
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con la educación. El seguimiento y la evaluación son instrumentos técnicos que
permiten garantizar la participación social, y controlen el cumplimiento de las metas
propuestas, y garantizar sus derechos.
Esta propuesta además propone que trabaje toda la sociedad en conjunto, y sentar
las bases de la construcción de un verdadero Sistema Educacional; para trabajar
guiar, y coordinar con escuelas, colegios y unidades de la niñez y adolescencia con
sistemas de atención comunitaria, y líderes barriales orientados a cumplir con el
estado, la sociedad y la familia y bajar los niveles de alta violencia en el cantón
Rumiñahui.
Este sistema cumplirá con los objetivos propuestos si se cuenta con el apoyo
total de nuestras autoridades gubernamentales. Elsa Libertad Curbelo Cora, dice
que se debe sacar las características de cada barrio y desarrollar el plan de
convivencia social por sectores, lograr alta participación de educación por edades,
comunitaria y barrial, que es lo que propongo en esta investigación, con la
cooperación de la iglesia y los medios de comunicación con información de los
programas educativos a implantar en los barrios, comunidades y en todo entorno
social del Cantón Rumiñahui.
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5.1.- DATOS INFORMATIVOS
5.1.1. - Localización
Esta investigación se ha basado en los datos recolectados y evaluados dentro
del Cantón Rumiñahui, Provincia de Pichincha en el año 2016 centrados en una
muestra obtenida de la población infantil y juvenil cuya edad fluctúa entre los 5 y los
18 años dentro de distintos estamentos y características sociales.
5.1.2.- Beneficiarios
5.1.2.1-Directos
Los menores infractores pertenecientes a todos los estratos sociales en el territorio
nacional
5.1.2.1-Indirectos
Las familias de todos los menores infractores y la sociedad en general que podrá,
en mayor medida, acceder al buen vivir que dicta nuestra Constitución.
5.2.- ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN
Dentro del área de nuestra investigación, los comportamientos problemáticos más
frecuentes en los jóvenes del Cantón Rumiñahui se relacionan con ofensas sexuales
en un bajo índice, el robo y los asaltos en mayor magnitud, así como la posesión,
consumo y el tráfico de drogas en 2017, fueron encontrados en flagrancia de posesión
de sustancias sujetas a fiscalización un total de 48 adolescentes y 8 niños menores
de 12 años, según datos obtenidos de la Fiscalía de Rumiñahui. Es más frecuente
observar estos comportamientos en varones de toda clase social, pero más aun de los
que provienen de familias con pocos recursos económicos y con baja escolaridad. La
mayoría proviene de hogares desintegrados o donde uno o ambos padres manifiestan
también conductas antisociales. Muchas veces provienen de barrios pobres, donde
proliferan las pandillas y el Estado y la sociedad no hacen nada para solucionar la
problemática de la violencia en altas esferas.
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Un trabajo verdaderamente esclarecedor de la etiología de la conducta
antisocial, es el de Patterson (2002). Asume que esta conducta es aprendida, por
reforzamiento y aclara la naturaleza del comportamiento de los reforzadores.
En los estudios de campo realizados en guarderías se observó que el 80% de los
2,583 eventos agresivos registrados, la agresión era seguida de "llanto de la víctima"
o "de que la víctima le da el juguete". Estos son reforzadores positivos para el
atacante, aunque a veces interviene el maestro, o la víctima no cede. Los actos de
estos niños les funcionan bien y cuando hay poco control de parte de los adultos, la
víctima es quien proporciona el reforzamiento. Al verse premiado, el atacante lo
vuelve a hacer de la misma forma y con la misma víctima. Cuando no obtiene el
premio, cambia su forma de atacar o cambia de víctima.
También, en observaciones hechas en los hogares, se ha detectado que el niño
aprende conductas agresivas para terminar en conflictos con otros miembros de su
familia. Sin que le enseñen, solo con la observación. Las familias problemáticas se
involucran en relaciones agresivas una vez cada 16 minutos, siendo entre 10 y 15%
de éstas de tipo agresivas. Antes de que el niño agreda, generalmente ha sido agredido
por otro de sus familiares. Los estudios mediante observación directa muestran que
el entrenamiento de los agresores se inicia en casa.
Los adolescentes infractores usualmente son detectados en la escuela y son
rechazados por el grupo de compañeros ordinarios. Entonces, estos buscan un grupo
de amigos que sean igualmente problemáticos o desviados. Este proceso evoluciona
durante la adolescencia, donde el individuo antisocial cuidadosamente selecciona
tanto amigos como pareja romántica, que se igualan en su comportamiento desviado.
Compañeros desviados modelan y refuerzan formas encubiertas de conducta
antisocial, el robo, mentir, defraudar y comprometerse en conducta sexual de alto
riesgo.
Los adolescentes aprenden su conducta problemática en tres escenarios
frecuentes: el hogar, la escuela y el grupo de amigos. Evitar el efecto de los factores
causales de este problema en estos ambientes, sin duda es de gran importancia.
62
5.3.- JUSTIFICACIÓN
Esta propuesta se justifica porque la problemática en la conducta de adolescentes
en general tiene diferentes facetas. Es un problema social, porque representa un
fracaso de la educación a la sociedad de la educación de los miembros de una familia,
la mala conducta a más de constituir un riesgo que atenta contra el estado de derecho,
atenta contra las personas, atenta al orden institucional, a las reglas para la
convivencia pacífica a la seguridad de los ciudadanos, a la tranquilidad comunitaria
y social. Por medio de la educación integral especial, dirigida desde el inicio de la
formación de la persona, se podrá eliminar considerablemente las altas estadísticas
de violaciones a menores, del femicidio, violencia de género y demás conductas
violentas.
Esta problemática se convierte en un problema económico, cuando estos
comportamientos atentan contra el patrimonio y la propiedad privada o cuando
promueven una economía basada en negocios ilícitos como el narcotráfico, el
secuestro, el robo de autopartes, la piratería, el fraude y el chantaje.
Se vuelve un problema político, ya que se constituye en un reto para las
autoridades, quienes tienen que desarrollar estrategias para prevenirlo y tratarlo.
Deben presupuestar los gastos de estos esfuerzos, capacitar personal y mantener
instituciones judiciales y de custodia.
Se trata de un problema científico, cuando se aborda la necesidad de explicar las
causas de estos actos, de diseñar y poner en operación medidas preventivas y
correctivas, así como de evaluar los resultados de dichas intervenciones.
Los programas de tratamiento de nuestras instituciones deben estar encaminadas
a convertir al niño en un miembro positivamente activo de su comunidad, enseñarle
a vivir en un mundo social, a adquirir las habilidades sociales necesarias para la vida
familiar y comunitaria, a cumplir con los requisitos vocacionales y académicos con
objeto de obtener y conservar un empleo, y trabajar para ganar dinero e invertirle,
ahorrarlo según sus necesidades; pero casi ninguna de estas destrezas puede ser
enseñada en una institución de custodia. El adolescente que comete infracciones
deberá ser tratado por instituciones especializadas, para que su mala conducta
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mejorey no se forme como delincuente en el futuro y sea reinsertado en la familia y
en la sociedad.
5.4.- Objetivos
5.4.1.- Objetivo General
Establecer el funcionamiento de un centro de atención psicológica integral en el
cantón Rumiñahui tendiente a desarrollar conductas socialmente aceptadas.
5.4.2.- Objetivos Específicos
• Inventariarlas causas que originan la conducta desviada de los adolescentes en
el Cantón Rumiñahui que se desaprende de la presente investigación.
• Establecer mecanismos de control y seguimiento de las accione a cargo del
centro del atención psicológica..
• Procurar el involucramiento de los estamentos gubernamentales relacionados
con el desarrollo integral del niño y del adolescente en el Cantón Rumiñahui.
Las funciones y atribuciones del Centro de Atención Psicológica serán
controladas por el estado
Reformar la malla curricular a nivel básico y bachillerato, acorde con las
condiciones socio-económicas del país.
Establecer dentro del plan de estudios, la asignatura de Ética y Moral que aborde
los temas de los valores fundamentales de la convivencia social.
Plantear un programa de atención psicológica integral a los niños, adolescentes,
en armonía con la familia y la comunidad.
Realizar acciones de control y evaluación de los contenidos de los programas de
radio, televisión y redes sociales a fin de eliminar aquellos que atentan contra la
buena formación del niño.
Incursionar en la aplicación de sustitutivos penales para enfrentar el fenómeno
de la criminalidad, proporcionando a las familias medidas efectivas que
contribuyan al desarrollo armónico de sus integrantes.
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5.4.3.- Resultados esperados
Esta propuesta, espera como resultados la creación de programas con un Sistema
Educativo Integral de la comunidad, sociedad, Familia, Niñez y Adolescencia que
se encargue de su educación integral y aplique de manera correcta las medidas a
tomar para la protección de los derechos de niños y adolescentes inmersos en alguna
problemática social, dar continuidad para buscar su rehabilitación y reinserción
adecuada en la sociedad conjuntamente con todos los integrantes del núcleo familiar,
y así bajar los niveles de violencia de género y violaciones a niños en el país.
Gráfico 6: Propuesta
5.5.- Fundamentación teórica, doctrinaria y jurídica de la propuesta
La presente propuesta es de dar una educación dirigida y psicológica, con
valores éticos y morales, a la comunidad y grupos familiares, se fundamenta en lo
que determina la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 35 que
establece la obligatoriedad del Estado de brindar la atención prioritaria, preferente y
especializada a favor de los niños, niñas y adolescentes, el artículo 44 de la
Constitución de la República del Ecuador, establece la obligación del Estado de
promover como máxima prioridad el desarrollo integral de niños, niñas y
Familia Adolescente
infractor
Medidas socio
educativas
Educación
Psicológica
integral por
edades
Adolescente
reinsertado a la
familia, a la sociedad,
menos violencia social
65
adolescentes y asegurar el ejercicio pleno de sus derechos, además de considerar en
todos los casos el principio de su interés superior , el artículo45 del mismo cuerpo
legal establece la obligación del Estado de asegurar y garantizar el derecho de los
niños, niñas y adolescentes a tener una familia y disfrutar de la convivencia familiar,
la Constitución actual de manera relevante y reiterada protege el derecho de los niños
niñas y adolescentes pero lamentablemente no hay seguimiento para su
cumplimiento.
Los artículos 37 y 38 del Código de la Niñez y Adolescencia establece que niños
y adolescentes tiene derecho a una educación de calidad, sea ésta estatal o de
cualquier otra índole con el fin de que su formación sea dirigida hacia un ciudadano
activo dentro de la sociedad, amparados en lo que rezan los artículos del Código de
la Niñez y Adolescencia referente al ejercicio del cumplimiento de derechos y
obligaciones, los más sobresalientes:
Artículo 13°- Derecho a la protección estatal, Artículo 14°- Derecho a la libertad,
Artículo 19°- Derecho a protección ante peligro grave, Artículo 24°- Derecho a la
integridad, Artículo 24 bis.- Derecho a la disciplina sin castigo físico ni trato
humillante, Artículo 26°- Derecho al honor, Artículo 29°- Derecho integral,
Artículo 30°- Derecho a la vida familiar. Artículo 31°- Derecho a la educación en
el hogar,
5.5.1.- Conclusiones y recomendaciones de esta propuesta
Conclusiones
La Constitución vigente desde 2008, y el Código de la Niñez y Adolescencia
de 2003 en materia de garantías y derechos, sufre desde hace años una pérdida
de efectividad sustantiva en su intervención y en sus resultados. Esta situación
ha llevado a los menores a sufrir violaciones estructurales a sus derechos
humanos.
Los derechos y garantías establecidos en la Carta Suprema del Estado y
principios del Código de la Niñez y Adolescencia, no han sido observados.
Las condiciones específicas, para la atención a los adolescentes se refiere a
66
que, no han sido implementadas, de acuerdo a su edad,(Art. 4 Código de la
Niñez y Adolescencia) al adolescente en la parte psicológica y tampoco hay
seguimiento, y cumplimiento de Medidas ´Socio Educativas, ni de sus
Derechos. .
No han sido observadas determinadas normas internacionales, establecidas
para garantizar los derechos humanos de adolescentes en conflicto con la ley,
que están relacionadas con las condiciones humanas, psicológicas de
convivencia, que deben tener los centros de internamiento y de atención
integral, efectiva, apegada a las garantías de derechos que deben brindar estos
espacios.
La Constitución de la República del Ecuador en su Art.26,garantiza la
educación integral del menor lo cual no se ha cumplido; tampoco se cumple
con la reinserción a la familia y a la sociedad del adolescente infractor.
Las medidas socioeducativas, son aplicadas para rehabilitar a los adolescentes
infractores sin tener los resultados esperados, esto se evidencia por un alto
grado de reincidencia en conductas desviadas, y a criterio de las autoridades
se deben mejorar, o sea crear un verdadero proyecto de rehabilitación.
Recomendaciones.
Insistir al Gobierno en la formación y en la creación de un Sistema
Axiológico Educativo, comunitario, psicológico Integral, dirigido a la
sociedad y comunidad, en especial la familia, los niños y adolescentes
.La familia, instituciones y colectividad en su conjunto deben integrarse a este
paradigma de educación, para cambiar desde los cimientos de la sociedad las
malas prácticas sociales y de convivencia que se han enraizado desde hace
mucho tiempo en nuestro medio. Se hará un estudio por sectores para
clasificar la gravedad de las malas conductas y mentes desviadas.
67
El Estado Ecuatoriano debe dirigir, de manera privilegiada su atención hacia
los adolescentes en conflicto con la ley, a sus familias, y entornos sociales,
para garantizar la paz social.
A través de la educación integral, lograr la reinserción del adolescente
infractor, a la familia y a la sociedad, e incorporación al sistema educativo,
de salud, y trabajo; sobre todo en el caso de los padres y madres de familia
orientarles a la protección familiar, a la atención adecuada, oportuna,
efectiva y la educación psicológica que será dirigida en su totalidad por el
Estado..
68
BIBLIOGRAFÍA
LIBROS:
Beristáin, Antonio. “La delincuencia e inadaptación juvenil ante algunos
criminólogos críticos y algunos moralistas postconciliares”. Revista
Interamericana de Sociología, México, 1976, año VI, vol. V, no. 18.
Granja P. J. Dr.(2012 marzo).La Imputabilidad Penal Del Menor.
Revistaderechoecuador.com. Recuperado
de:http://www.derechoecuador.com/articulos/detalle/archive/doctr
inas/derechodelaninezylaadolescencia/2011/11/09/la-
imputabilidad-penal-del-menor.
Gómez P. Rocío del P.2011.El adolescente infractor en el Código
de la Niñez y Adolescencia de la legislación ecuatoriana.
Universidad Central Del Ecuador Facultad De Jurisprudencia,
Ciencias Políticas Y SocialesCarrera De Derecho.
ecuperado de:
http://www.dspace.uce.edu.ec/bitstream/25000/4166/1/T-UCE-
0013-Ab-270.pdf.
González R. Jessica.(2015) Estudio comparado de las
legislaciones y sistemas de Justicia en el juzgamiento de
adolescentes infractores. Universidad Regional Autónoma De Los
Andes “Uniandes”. Facultad De Jurisprudencia Carrera De
Derecho. Tesis De Grado Recuperado
de:http://dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/1095/1/TU
QAB012-2015.pdf.
HEIN W. Andreas, Factores de Riesgo y Delincuencia Juvenil, Santiago,
Año 1999, Pag 1, 4, 5, 6.
HEIN W. Andreas, Implicancias para la prevención de la violencia de y
contra niños, niñas y adolescentes, Santiago, Año 2005 pag, 14, 16, 17,
18.
69
Reina Castillo A.K. (2012). Aplicación de la justicia restaurativa en
adolescentes infractores en el cantón Ibarra en el año 2011. Tesis de
Doctorado. Pontificia Universidad Católica del Ecuador Sede Ibarra.
Escuela de Jurisprudencia.
López Cedeño J. A.(2011 Agosto) Adolescentes Infractores.
RevistaDerechoecuador.com. Recuperado de:
http://www.derechoecuador.com/articulos/detalle/archive/doctrinas/derecho
delaninezylaadolescencia/2011/08/29/adolescentes-infractores-
Masapanta Delgado A. D.(2013) La construcción de la imagen del
adolescente como sujeto peligroso en el diario Extra. Tesis de Licenciatura
en Comunicación Social. Universidad Central Del Ecuador, Facultad De
Comunicación Social.
Morán Castillo, M.O. (2015) . Migración de los padres y su impacto en los
adolescentes infractores de Quevedo. Tesis Para Abogado. Universidad
Regional Autónoma De Los Andes “Uniandes” Facultad De Jurisprudencia
Carrera De Derecho.
Morocho P. Carlos Alberto (2014)“Los Centros de Internamiento para
Adolescentes Infractores(CAI) de la ciudad de Quito, incumplen con el
derecho constitucional a la rehabilitación social integral de los menores
internos. “Tesis Para Abogado”. Universidad Central Del Ecuador
Facultad De Jurisprudencia, Ciencias Políticas Y Sociales
Carrera De Derecho.
Quintanilla González M.L.(2010). Responsabilidad Del Adolescente
Infractor En La Legislación Ecuatoriana .Tesis para la Abogacía.
Universidad del Azuay. Facultad de Ciencias Jurídicas. Escuela de Derecho.
70
NORMATIVA LEGAL:
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR 2008.
Código de la niñez y adolescencia.
COIP.
CODIGO CIVIL.
CODIGO PROCESAL CIVIL.
2004 Informe Final de Seguimiento, Monitoreo y evaluación externa del
Componente II del Programa Nuestros Niños, Resumen de Evaluación,
Quito- Ecuador.
Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia
Plan Nacional Decenal de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia,
Quito- Ecuador.
71
ANEXOS
Anexo 1: Fotografías: Niños en situación de abuso
“No existen niños de la calle, sino niños fuera de la escuela, la familia y la
comunidad, es la sociedad entera la que está fallando”
(Axe de Salvador)
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Anexo 2: Modelo de Encuesta
1.- ¿Cree usted que el comportamiento de los niños y los adolescentes con
problemas de conducta estén causando intranquilidad en el Cantón Rumiñahui.?
Si--------------
No________
2.- Considera que las redes sociales , la televisión, periódicos, revistas,
publicidades, están estimulando negativamente y malformado las mentes de los
niños niñas y adolescentes del Cantón .
Si-------------------
No------------------
3.-La educación especial Integral es necesidad prioritaria desde hace muchos años
atrás en el país.
Si ------------------
No------------------
4.-Considera usted, que existe una verdadera rehabilitación del menor , por parte
del Estado hacia el menor y adolescente con problemas de comportamiento.
Si existe………………
No existe……………
No opinan----------
5.-¿Comparte la idea de que se debe juzgar en caso de una infracción al menor
igual que al adulto?.
Si…………………..
No………………….