TRIPLAB SEGURIDAD08

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7/25/2019 TRIPLAB SEGURIDAD08 http://slidepdf.com/reader/full/triplab-seguridad08 1/2 Es responsabilidad de la administración de cada laboratorio, mantenerlo en condiciones adecuadas de Seguridad, Salud y Orden.  Antes de iniciar las práctica, el maestro inspeccionará las condiciones físicas del laboratorio y de encontrar situaciones que representen riesgo grave, deberá reportar dicha situación al Jefe de Laboratorio y/o al asistente o auxiliar del mismo, para que sea corregida, en caso de que no exista la posibilidad de atención inmediata, la práctica será suspendida. Si durante la práctica surgiera una condición que ponga en riesgo grave la Seguridad y Salud de las personas, equipos, materiales o instalaciones se procederá a suspender la práctica debiendo informar de la situación al Jefe de Laboratorio y/o al asistente o auxiliar del mismo, elaborando por escrito el reporte correspondiente. Los alumnos solo podrán trabajar en el horario asignado a su práctica, registrado en el Depto. de Servicios Escolares con la presencia del maestro titular. En ausencia del maestro, la práctica no podrá ser realizada. En caso de requerirse sesión (es) extraordinaria (s), el maestro deberá solicitar por escrito la autorización de la misma (s) al Jefe de laboratorio y/o al asistente del mismo y éste otorgará el permiso acorde con la disponibilidad de las instalaciones. Se deberá cumplir y respetar la calendarización de prácticas fijada y autorizada por la Jefatura de carrera.  Así mism o, se deb erán efec tuar las prác tic as establecidas por sesión, permitiéndose cuando sea necesario a juicio del maestro efectuar cambios en la programación de las mismas notificando por escrito al Jefe de Laboratorio y/o asistente o auxiliar, y éste otorgará la autorización acorde con la disponibilidad del laboratorio. El maestro deberá cumplir con el uso del equipo de protección personal básico de laboratorio. El Maestro que no cumpla con estos requisitos no podrá realizar la práctica. El Auxiliar notificará la situación al Jefe de Laboratorio y/o al Jefe de Carrera quien elaborará un reporte de faltas al reglamento. Es responsabilidad del maestro verificar que antes de iniciar la práctica, todos los alumnos cuenten con su equipo de protección personal básico: lentes de seguridad, bata larga de algodón, (preferentemente) y zapatos cerrado, debiendo encontrarse el equipo en buenas condiciones. El alumno que no cumpla con los requisitos anteriores, no podrá realizar la práctica. El maestro deberá asegurarse que los alumnos utilicen adecuadamente el equipo de protección personal durante el desarrollo de la práctica. El maestro llevará un registro de los alumnos que sean observados sin usar su equipo de protección personal o usándolo de manera inadecuada, cada registro contará como una falta al Reglamento General de Laboratorios. La acumulación de 4 faltas al Reglamento General de Laboratorios, implica la suspensión para el alumno de la práctica en el semestre y la no acreditación de la misma. Es requisito indispensable para maestros y alumnos contar con el manual de prácticas y apegarse a las normas, procedimientos e instrucciones que se encuentren en el mismo. En lo referente al abastecimiento, consumo y desecho de reactivos o sustancias, se deberá cumplir con las siguientes disposiciones:  Los Reactivos son proporcionados por la Institución, por lo que se pide a los administradores, de los laboratorios, maestros y alumnos, hacer uso racional de los mismos, utilizando solo lo necesario, evitando el desperdicio. Cumplir con el procedimiento para el almacenaje, manejo y disposición de sustancias químicas, el cual se encuentra publicado en los laboratorios de la institución e incluido en todos los manuales de prácticas. El maestro deberá permanecer en el laboratorio durante todo el desarrollo de la práctica. Es necesario por procedimiento de registro de asistencia, que el maestro permanezca en un lugar visible. Por razones de Seguridad y Orden esta prohibido en el Laboratorio:  * Correr * Utilizar lenguaje obsceno o palabras altisonantes * Hacer bromas * Introducir reproductores portátiles de música, audiófonos o radios * Ingerir alimentos o bebidas * Fumar  * El uso de sombrero, gorra y pañoleta en la cabeza * Masticar chicle * Ingreso de personas ajenas a la institución o al grupo que desarrolla la práctica * Uso de zapatos con tacones de altura superiora 4 cm. o zapato abierto * Cabelo largo (las personas con esta característica deberán recoger su cabello y sujetarlo adecuadamente, como medida de prevención para evitar el contacto con el fuego o sustancias peligrosas) * Usode shorto bermudas * Y en general todo acto y/o conducta que incite al desorden. Cualquier violación a lo establecido en este punto se considera como una falta al Reglamento General de Laboratorios. Toda persona tiene la obligación de reportar por escrito actos y/o condiciones inadecuadas al responsable inmediato superior, utilizando para ello el formato de “Informe de Actos / Condiciones”. Todo alumno que sufra una lesión deberá reportarla al maestro encargado de la práctica y de no encontrarse éste, deberá dirigirse con el Jefe de Laboratorio y/o asistente del mismo. 10° 11° 12° 13° REGLAMENTO GENERAL REGLAMENTO GENERAL REGLAMENTO GENERAL

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Es responsabilidad de la administración de cadalaboratorio, mantenerlo en condiciones adecuadas deSeguridad, Salud y Orden.

 Antes de iniciar las práctica, el maestro inspeccionará lascondiciones físicas del laboratorio y de encontrarsituaciones que representen riesgo grave, deberáreportar dicha situación al Jefe de Laboratorio y/o alasistente o auxiliar del mismo, para que sea corregida, encaso de que no exista la posibilidad de atencióninmediata, la práctica será suspendida.

Si durante la práctica surgiera una condición que pongaen riesgo grave la Seguridad y Salud de las personas,equipos, materiales o instalaciones se procederá asuspender la práctica debiendo informar de la situación alJefe de Laboratorio y/o al asistente o auxiliar del mismo,elaborando por escrito el reporte correspondiente.

Los alumnos solo podrán trabajar en el horario asignado

a su práctica, registrado en el Depto. de ServiciosEscolares con la presencia del maestro titular.

En ausencia del maestro, la práctica no podrá serrealizada.

En caso de requerirse sesión (es) extraordinaria (s), elmaestro deberá solicitar por escrito la autorización de lamisma (s) al Jefe de laboratorio y/o al asistente delmismo y éste otorgará el permiso acorde con ladisponibilidad de las instalaciones.

Se deberá cumplir y respetar la calendarización de

prácticas fijada y autorizada por la Jefatura de carrera.

 Así mism o, se deberán efec tuar las prác ticasestablecidas por sesión, permitiéndose cuando seanecesario a juicio del maestro efectuar cambios en laprogramación de las mismas notificando por escrito alJefe de Laboratorio y/o asistente o auxiliar, y ésteotorgará la autorización acorde con la disponibilidad dellaboratorio.

El maestro deberá cumplir con el uso del equipo deprotección personal básico de laboratorio. ElMaestro que no cumpla con estos requisitos no podrárealizar la práctica. El Auxiliar notificará la situación alJefe de Laboratorio y/o al Jefe de Carrera quienelaborará un reporte de faltas al reglamento.

Es responsabilidad del maestro verificar que antes

de iniciar la práctica, todos los alumnos cuenten consu equipo de protección personal básico: lentes deseguridad, bata larga de algodón, (preferentemente)y zapatos cerrado, debiendo encontrarse el equipoen buenas condiciones.

El alumno que no cumpla con los requisitosanteriores, no podrá realizar la práctica.

El maestro deberá asegurarse que los alumnosutilicen adecuadamente el equipo de protecciónpersonal durante el desarrollo de la práctica.El maestro llevará un registro de los alumnos quesean observados sin usar su equipo de protección

personal o usándolo de manera inadecuada, cadaregistro contará como una falta al ReglamentoGeneral de Laboratorios.

La acumulación de 4 faltas al Reglamento Generalde Laboratorios, implica la suspensión para elalumno de la práctica en el semestre y la noacreditación de la misma.

Es requisito indispensable para maestros y alumnoscontar con el manual de prácticas y apegarse a lasnormas, procedimientos e instrucciones que seencuentren en el mismo.

En lo referente al abastecimiento, consumo ydesecho de reactivos o sustancias, se deberácumplir con las siguientes disposiciones: 

Los Reactivos son proporcionados por la Institución, porlo que se pide a los administradores, de los laboratorios,maestros y alumnos, hacer uso racional de los mismos,utilizando solo lo necesario, evitando el desperdicio.

Cumplir con el procedimiento para el almacenaje,manejo y disposición de sustancias químicas, el cual seencuentra publicado en los laboratorios de la institucióne incluido en todos los manuales de prácticas.

El maestro deberá permanecer en el laboratoriodurante todo el desarrollo de la práctica.

Es necesario por procedimiento de registro deasistencia, que el maestro permanezca en un lugarvisible.

Por razones de Seguridad y Orden esta prohibido en el

Laboratorio:

  * Correr * U t i l i z ar l e n gu a j e o b s c e n o o p a l ab r a saltisonantes* Hacer bromas* Introducir reproductores portátiles de música,

audiófonos o radios* Ingerir alimentos o bebidas* Fumar   * El uso de sombrero, gorra y pañoleta en la cabeza* Masticar chicle* Ingreso de personas ajenas a la institución o al

grupo que desarrolla la práctica* Uso de zapatos con tacones de altura superior a

4 cm. o zapato abierto* Cabello largo (las personas con esta característica

deberán recoger su cabe l lo y su je tar loadecuadamente, como medida de prevención paraevitar el contacto con el fuego o sustanciaspeligrosas)

* Uso de short o bermudas* Y en general todo acto y/o conducta que incite aldesorden. 

Cualquier violación a lo establecido en este punto seconsidera como una falta al Reglamento General deLaboratorios.

Toda persona tiene la obligación de reportar por escritoactos y/o condiciones inadecuadas al responsableinmediato superior, utilizando para ello el formato de“Informe de Actos / Condiciones”.

Todo alumno que sufra una lesión deberá reportarla almaestro encargado de la práctica y de no encontrarseéste, deberá dirigirse con el Jefe de Laboratorio y/oasistente del mismo.

10°

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   U    L   A

    S     Y

    D    A

    D     I     R

     U      G      E   S    D      U      L      A   S    Y    D   A      D     I      R

      U      G   E   S      D

Todo empleado que sufra una lesión deberáreportarla a su jefe inmediato.

Todo accidente ocurrido en los laboratorios deberáser atendido para su control, por la primera personacapacitada y enterada de la situación.

Todo accidente ocurrido en los laboratorios deberáser investigado acorde con lo establecido en elProcedimiento de Investigación de Accidentes de laFacultad.

 Al término de la práctica, el maestro será responsablede supervisar que los alumnos ordenen y limpien sulugar de trabajo. Asegurando que el laboratorio seaentregado a la administración del laboratorio, en lasmismas condiciones que lo recibieron, paraasegurarse de que se cumpla con este lineamiento,maestro y auxiliar ( o Sede de Laboratorio) realizaránun recorrido de inspección, registrando la misma en el

formato correspondiente.

La persona que se presente bajo el influjo del alcoholo drogas, que incurra en actos de violencia, daño a lapropiedad intencional, negligencia o tome objetos ovalores sin autorización sera reportado de manerainmediata ante la H. Comisión de Honor y Justicia dela Junta Directiva de la Facultad de CienciasQ u í m i c a s , q u i e n t o m a r á l a s a c c i o n e scorrespondientes al caso.

El Reglamento General de Laboratorios en sutotalidad, es aplicable a maestros y en general a todo

personal integrante de la Institución.

Todo lo no contemplado en el reglamento, seravalidado por el Comité de Seguridad y Salud de laInstitución.

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20°

REGLAMENTO

GENERALDE

LABORATORIOS

FACULTAD DE CIENCIAS QUÍMICAS

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Fecha de Revisión: Agosto, 2009