TEMARIO CONSEJO DE DDHH
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V BAIMUN: Bellas Artes Interscholastic Model of United NationsConsejo de Derechos Humanos
V BELLAS ARTES INTERSCHOLASTIC MODEL OF
UNITED NATIONS (BAIMUN)
Consejo de Derechos Humanos
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V BAIMUN: Bellas Artes Interscholastic Model of United NationsConsejo de Derechos Humanos
Estimados delegados
Ante todo un gran saludo a los jvenes que han decidido aceptar y
afrontar este gran compromiso que hoy se les presenta como una oportunidad
de demostrar que tan racionales somos como seres humanos.
El mundo globalizado que se nos presenta hoy en da manifiesta un cambio en
la sociedad, en los mercados y en el orden poltico. Nuevos cambios implican
nuevas responsabilidades que no solo le competen a los Estados sino tambin
a los rganos internacionales ser los encargados de contraponer las
situaciones y llegar a lo que Stephen Covey llama La 3era alternativa. Esta
globalizacin tambin muestra innovaciones que buscan, bajo cualquier otro
objetivo, facilitar la vida del ser humano. Ciertamente esto ha creado un
entorno diversificado donde la competitividad de las empresas nos hace ser
ms consumistas y poco valorativos de la vida. Pero tras todo esto se esconde
un mundo totalmente diferente al que conocemos o al menos buscamos
construir. Un mundo que apoyado por las grandes empresas transnacionales y
Estados beneficiados es silenciado y comprueba la existencia de un ambiente
ms corrupto, destructivo e inhumano.
Lo que ustedes discutirn, negociarn y debatirn, en el mundo real puede
realmente salvar a miles de personas. Por lo tanto, aspiro a que cada uno de
los delegados de lo mejor de s mismo y demuestre realmente que todo es
posible y que querer es poder.
Es tiempo de que la sociedad despierte y demuestre la necesidad de un
cambio. Debemos dejar de ser materialistas y ver lo que muchos expertos
llaman el segundo plano de las cosas. Solo as, lograremos evolucionar.
Bienvenidos al V Modelo de las Naciones Unidas del Colegio Bellas Artes
Jorge Casanova
Presidente
Mara Cecilia Zambrano Isabella lvarez
Vice-presidenta Secretaria
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Lista de Pases
China
Estados Unidos
Taiwn
Corea del Sur
Japn
Alemania
Francia
Reino Unido
Suecia
Suiza
Singapur
India
Italia
Bolivia
Brasil
Argentina
Malasia
Birmania
Tailandia
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Tpico nico: Violacin de los derechos humanos enempleados de empresas transnacionales ubicadas en Asia
Que es la comisin de los derechos humanos
Es un rgano intergubernamental dentro del sistema de las Naciones
Unidas encargado de fortalecer la promocin y proteccin de los derechos
humanos en todo el mundo y para hacer frente a situaciones de violaciones de
derechos humanos y hacer recomendaciones al respecto. Tiene la capacidad
de discutir todas las cuestiones temticas de derechos humanos y situaciones
que requieren su atencin durante todo el ao. Se rene en la Oficina de las
Naciones Unidas en Ginebra.
El Consejo est compuesto por 47 Estados Miembros de las Naciones Unidas
que son elegidos por la Asamblea General de la ONU. El Consejo de Derechos
Humanos reemplaz a la antigua Comisin de Naciones Unidas sobre
Derechos Humanos.
Funciones
Su labor es dar orientacin poltica global, estudiar los problemas
relativos a los derechos humanos, desarrollar y codificar nuevas normas
internacionales y vigilar la observancia de los derechos humanos, adems de
examinar la situacin de estos derechos en cualquier parte del mundo y la
informacin proveniente de Estados, organizaciones no gubernamentales y
otras fuentes.
Tpico a tratar: idea general
Las empresas Transnacionales
Se denominan transnacionales a las empresas que producen en ms de
un pas, que exportan e importan, por lo que traen como consecuencia el
incremento en los flujos de inversin extranjera directa. Estas constituyen
actualmente una de las expresiones ms acabadas de la interdependencia y la
globalizacin crecientes en la sociedad internacional, configurndose como uno
de los principales agentes econmicos tanto por su volumen de actividades
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como por su influencia en los diferentes aspectos de la vida econmica y
social
Si las actividades comerciales proporcionan empleo a millones de personas,
diversas prcticas comerciales que se aplican a diario pueden tener un efecto
negativo sobre los derechos humanos. Las empresas pueden violar los
derechos humanos con sus prcticas de empleo, o por la forma en que sus
procesos de produccin repercuten en los trabajadores, las comunidades y el
medio ambiente. Las empresas tambin pueden estar implicadas en abusos
por su asociacin con autoridades polticas o gobiernos represivos.
La mayora de los pases en vas de desarrollo carece de tecnologas y de
recursos para extraer y
comercializar sus
riquezas. Por eso, en
las actuales
circunstancias, las
inversiones en minera
y agricultura llevadas
a cabo por las
corporaciones
internacionales
resultan lgicas y
necesarias. Sera
absurdo exigirles que
lo hicieran sin obtener
ganancia alguna.
Pero, si se observa
con mayor
detenimiento, son
pocos los casos
donde se producen
acuerdos justos:
presionados por losFuente: Millward Brown
Las 100 marcas ms valiosas del mundo
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organismos financieros internacionales, los pases muy endeudados establecen
impuestos que son irrisorios, si se tienen en cuenta las escalofriantes
ganancias generadas por la exportacin. Asimismo, muchos gobiernos se
lanzan a una competencia destructiva con el fin de captar inversoresextranjeros. A menudo se trata de dinero sucio, de sobornos obtenidos por las
elites locales a cambio de condiciones ventajosas para las corporaciones
internacionales.
Los siguientes ejemplos demuestran perfectamente que cabe esperar de las
empresas internacionales y sus inversiones. Adidas, Chicco, Aldi y otras firmas
obtienen buena parte de sus productos en pases de mano de obra barata.
Visto desde una perspectiva positiva, esto podra significar que lascorporaciones generan millones de puestos de trabajo, creando as las bases
para el desarrollo y el bienestar en esas regiones. Sin embargo, la realidad luce
muy distinta: por lo general, la paga de los trabajadores de las fbricas y las
plantaciones se asemeja al salario mnimo del pas en cuestin o incluso
menor. Y, a diferencia de lo que ocurre en la mayora de los pases
occidentales, este salario mnimo no refleja lo que un hombre necesita para
vivir, alimentar a su familia, educar a sus hijos y garantizar una jubilacin.
Las firmas occidentales no solo explotan a millones de trabajadores, tambin
ejercen un control absoluto sobre las riquezas naturales de numerosos pases.
Pases como Indonesia al igual que la mayora de aquellos en vas de
desarrollo, poseen una reserva casi inagotable de tesoros naturales (petrleo,
oro, diamantes, cobre, maderas nobles, caf, cacao, bananas, etc). En su
calidad de propietarios de estos recursos, son objetivamente mucho ms ricos
que la mayora de los pases industrializados. Y, sin embargo, amplias capas
de la poblacin sufren hambre y no tienen acceso ni a los medicamentos ni a la
educacin.
Es necesario imponer responsabilidades que las corporaciones deban asumir.
Las multinacionales disponen de un poder cada vez mayor. En muchos casos,
sus ventas anuales superan el presupuesto total de los Estados. A menudo
tienen mayor margen de decisin que los pases en donde operan. Frente a
estas decisiones, los bogiernos nacionales son asesores. Como bien lo seal
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el socilogo Ulrich Beck Cuando una institucin perteneciente al Estado
nacional intenta limitar el margen de accin de una empresa, entonces sta se
radica en otra lugar, Por lo tanto, la cuestin ya no es si algo debe hacerse,
sino simplemente donde se hace.
La ligereza con la que numerosas empresas mudan sus establecimientos de
produccin de un lado a otro acarrea un nuevo problema, ya que dichos
traslados suelen dejar un norme nmero de desocupados a sus espaldas. No
se trata de que las corporaciones retiren sus inversiones; se trata de que
utilicen su poder para garantizarles un estndar de vida digno a aquellos que
son la fuente de sus ganancias.
Los derechos de los
trabajadores
Los derechos
laborales son una de las
reas en las que las
empresas inciden de forma
ms directa en la proteccinde los derechos humanos.
Las Normas de la ONU
reiteran, por una parte, la
prohibicin del trabajo
forzado u obligatorio y de la
explotacin econmica de
los nios y, por otra, los
mandatos de proporcionar
un entorno laboral seguro y saludable, de pagar una remuneracin que
garantice un nivel de vida adecuado, y de respetar la libertad de asociacin y el
derecho a la negociacin colectiva
En la actualidad las empresas transnacionales, por la importancia que
presentan en una economa internacional cada vez ms globalizada, se
configuran como uno de los elementos que influyen de una manera decisiva enlas circunstancias que determinan la puesta en prctica de los derechos
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humanos y, en particular, de los derechos econmicos, sociales y culturales y
del derecho al desarrollo.
Los Estados tienen el deber de controlar y limitar los abusos de derechos
humanos que tienen lugar en la esfera privada, sobre todo si ha ratificado los
Pactos Internacionales de derechos humanos, ya que en tal caso se
compromete a prevenir que cualquier empresa, incluyendo las
transnacionales, impida a sus trabajadores el derecho de sindicacin o permita
prcticas laborales inseguras y de riesgo que pongan en peligro la vida de los
trabajadores (19). Nos encontraramos ante deberes que no se imponen
directamente a las empresas transnacionales, sino que se imponen por
conducto de los Estados en los que esas empresas llevan a cabo susactividades, los denominados host States.
En una economa global los dueos de diferentes firmas viven de los encargos
de las compaas internacionales, cuyo inters es producir mercadera de
marca al menor costo posible. Esto aumenta sus ganancias, ajusta los salarios
y disminuye las medidas de seguridad en las plantas de produccin.
Sindicatos
El tema sindical es tan palpitante que rara vez lo que se dice termina
traducindose en los cdigos. No hay duda de que si los empleados pudiesen
negociar sus sueldos en convenio colectivos y recurrir eventualmente a una
huelga, a las empresas les sera imposible disponer a gusto de la enorme masa
de asalariados. Pero las grandes marcas actan con demasiada permisividad:
incluso en aquellos pases donde los sindicatos y los consejos de fbrica estn
dispuestos por la ley, consienten las amenazas a los trabajadores, de tal modoque stos se ven impedidos de defender libremente sus intereses. O
directamente establecen su produccin en pases como China, donde los
sindicatos libres estn prohibidos.
Carta Social para el comercio con indumentaria
La Carta Social para el comercio con indumentaria es la declaracin de
compromiso que la Campaa Ropa Limpia present a todas las grandesempresas textiles. Su contenido se ajusta a los estndares mnimos de la
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Organizacin Internacional del Trabajo. Sin embargo, hasta hoy, estos
requerimientos bsicos solo han sido suscritos por pocas empresas. Estas se
comprometen a cumplir con los siguientes requisitos en lo referente a su propia
produccin, a subcontratistas y a sus plantas proveedoras. Asimismo, secomprometen a permitir controles independientes en dichos mbitos:
Libertad de organizacin
Los trabajadores tienen derecho a organizarse libremente. Pueden afiliarse a
sindicatos independientes y a otras entidades sectoriales de su preferencia sin
tener que pedir autorizacin previa para hacerlo. Tambin tienen derecho a ser
representados por las organizaciones que ellos elijan.
Salarios adecuados
El salario de los empleados debe alcanzar para cubrir al menos sus
necesidades bsicas (alimento, vestimenta, vivienda) y las de los familiares a
su cargo. El salario equivaldr al menos al salario mnimo fijado por la ley del
respectivo pas.
Jornada laboral
La cantidad de horas trabajadas por semana y la reglamentacin vigente en lo
que respecta al pago de horas extras se correspondern con las normas fijadas
por la OIT: 8 horas por da o bien 48 horas por semana
Seguridad
Las condiciones laborales para las reas de seguridad y salud correspondern
a las normas fijadas por la OIT
Edad mnima
Los empleadores debern respetar la edad mnima de 15 aos fijada por la OIT
para la mano de obra
Proteccin frente a la discriminacin
En lo que respecta al desempeo y a la retribucin salarial de los trabajadores,los empleadores debern fomentar la igualdad en el trato. Esto significa que los
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empleadores no podrn consentir ninguna clase de discriminacin motivada por
la raza, el color de piel, el sexo, las convicciones polticas o religiosas, el origen
social o el pas de procedencia.
Eliminacin del trabajo forzado
No se recurrir al trabajo forzado
Relaciones laborales estables
Las disposiciones de derecho social y laboral tendientes a lograr relaciones de
ocupacin estables no debern eludirse por medio de contratos de trabajo u
otros subterfugios.
Cdigos de conducta
Uno de los problemas fundamentales a los que nos enfrentamos a la
hora de establecer un marco normativo internacional para regular las
actividades de las empresas transnacionales es que estas no son sujetos de
Derecho Internacional en sentido pleno, por lo que podemos dudar de que se
vayan a sentir obligadas por este tipo de normativa, sobre todo cuando se trata
de una normativa que tiene como pretensin imponer ciertos lmites a sus
actuaciones, unas actuaciones que hasta ahora no han contado en absoluto
con dichos lmites
Por su parte, en el artculo 2 de la Carta de Derechos y Deberes Econmicos
de los Estados se establece que todo Estado tiene el derecho de reglamentar
y supervisar las actividades de empresas transnacionales que operen dentro de
su jurisdiccin nacional y adoptar medidas para asegurarse que esas
actividades se ajusten a sus leyes, reglamentos y disposiciones y estn de
acuerdo con sus polticas econmicas y sociales. Las empresas
transnacionales no intervendrn en los asuntos internos del Estado al que
acudan
La tremenda presin competitiva impuesta por las empresas repercute no
solamente en los salarios, sino tambin en las condiciones laborales.
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Para pulir su imagen, la mayora de las grandes empresas establecieron
normas de conductas similares que exigen las campaas y sindicatos. Sin
embargo, parece bastante improbable que esas normas sean puestas
efectivamente en prctica. De todas las empresas occidentales acusadas deabusos, solo un diez por ciento hizo algo razonable para mejorar las
condiciones laborales. Sin un monitoreo realizado por organizaciones
independientes y sindicatos, las supuestas mejoras son casi imposibles de
constatar. Pero las empresas siguen negndose o apelan a mtodos de control
que ms que para destapar irregularidades sirven para cuidar su propia
imagen. Tal es el caso de una serie de informes confeccionados por gente de
la misma compaa o por instituciones pagas que investigan como le conviene
a quien realiz el encargo. O bien los resultados permanecen bajo llave.
En Tailandia esos cdigos de conducta existen desde 1992. Contienen
lineamientos relacionados con la edad mnima, los derechos laborales y los
estndares de seguridad y ambientales. Peor paree que, por lo general, los
empleados no tienen ni idea de la existencia de tales cdigos. A menudo, ni
siquiera se traducen a la lengua del lugar, o bien estn colgados solamente en
las salas de recepcin de visitas donde los obreros no tienen acceso. Esto sedebe a que las grandes marcas no se hacen cargo de los gastos de demanda,
por ejemplo, la instalacin adicional de matafuegos o de sanitarios. La mayora
de las mejoras que se exigen en los cdigos tienen que costearlas las
empresas proveedoras mientras firmas como Nike desembolsan sumas
exorbitantes para construir una cascada artificial. Ahora resulta que los
empresarios quieren que los obreros trabajen todava ms duro para recuperar
esos gastos. Las multinacionales saben que los cdigos incrementan el costo,
pero no quieren pagarlo. Y si una planta eleva sus costos de produccin a
causa de los cdigos, ellos simplemente se trasladas a otro lado, inclinndose
por los lugares ms baratos.
Las empresas en Asia
Las empresas invierten donde la produccin es ms barata. Esto puede
observarse con gran claridad en la industria del juguete. En la dcada de los 90
hubo un enorme flujo de inversiones desde un continente hacia otro. En 1960,
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Estados Unidas era el mayor productor de juguetes. Ms tarde, en los aos
setenta las compaas norteamericanas radicaron su produccin en los
denominados tigres asiticos (Hong Kong, Taiwn y Corea del Sur).
Cuando en esos pases comenzaron a subir lentamente los salarios y se
formaron los sindicatos, la caravana inversionista se traslad hacia Tailandia,
Indonesia, Malasia y Filipinas.
Y sobre todo hacia China porque para las multinacionales es un paraso. Hay
un orden poltico establecido, los sindicatos estn prohibidos, las imposiciones
gubernamentales son mnimas, las autoridades se dejan sobornar y el costo de
vida es muy bajo. Tambin est el caso de Vietnam donde las empresas
invierten debido a que las condiciones reinantes son muy similares a las de
China.
Alrededor del noventa por ciento de las prendas que recalan en los
mostradores europeos se confeccionan en zonas de libre comercio ubicadas en
China, en el sudeste asitico, en Centroamrica y en Europa del Este. Las
grandes firmas europeas y norteamericanas de ropa deportiva no tienen ni un
solo centro de produccin propio, sino que compran toda su mercadera almejor postor en el mercado. Los precios bajan: las factoras de Tailandia
compiten con las maquilas mexicanas por lograr el menor costo. Suele suceder
que en una misma mquina se cosan, uno detrs del otro, los distintos modelos
de marcas que compiten entre s.
Las grandes marcas limitan su accionar al diseo y a la publicidad. Y all s que
no escatiman en gastos. El precio de un modelo nuevo Nike, Adidas o Reebook
no baja de los 200 dlares. Pero de ese dinero los fabricantes reciben apenasel 12% y encima tienen que restarle los costos de materiales y de produccin.
Dentro de esos costos, los salarios representan una porcin insignificante: de
acuerdo con clculos realizados por la campaa Clean Clothes una costurera
recibe en promedio apenas el 0,4% sobre el valor de venta de las zapatillas.
Las entidades de derechos humanos coinciden en que los derechos de los
empleados estn siendo ms pisoteados que nunca, sobre todo desde la crisis
econmica que afect a Hong Kong, Taiwn y Corea del Sur. Los empresarios
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aprovechan la inestabilidad poltica y econmica para negociar rebajas en los
impuestos y ajustes en el mbito social.
En s, sera muy razonable crear puestos de trabajo en los pases en vas de
desarrollo, radicando la produccin fuera de los pases desarrollados, pero para
poder hablar de inversiones en esos pases tambin habra que pagar salarios
que aseguren un nivel de vida adecuado y que adems permitan general
reservas.
El caso de Walt Disney
Dentro del negocio de los juguetes y los sueos infantiles, la Walt Disney
Company es un pez bien gordo. En China fabrican los muecos de susfamosos personajes. Pero para los chinos, el ratn Mickey tiene una segunda
cara Cuidado con las fbricas de Disney en los patios traseros del sudeste
asitico advierte el Hong Kong Christian Industrial Committee, una
organizacin que desde el 2001 ha denunciado irregularidades en fbricas
chinas que provenan productos a la Walt Disney Company. Ente las
imputaciones estaba la obligacin que tena el personal de trabajar hasta
dieciocho horas por da, los siete das de la semana, a menudo durante mesesen condiciones peligrosas. La mayora de las jvenes trabajaban por un salario
precario. Ms tarde, la misma organizacin publica otro informe sobre
irregularidades en las fbricas chinas que exhortaba a las empresas
norteamericanas a aplicar de una vez las reglas de comportamiento social.
Asimismo, exiga que Disney instruyera a sus empleados acerca de sus
derechos y que los incluyera en el control de las condiciones laborales. Las
reacciones fueron silencio, negacin y ocultamiento.
La conclusin de la Hong Kong Christian Industrial Committee fue: Disney no
es un caso aislado, sino un ejemplo emblemtico de lo que hoy en da est
ocurriendo en todo el mundo
Situacin actual
Es esta la forma de asegurar fuentes de trabajo? De esto se
vanaglorian las empresas?Acaso los nios esclavos, los que perciben salariosde hambre y las mujeres que a diario son forzadas a trabajar deben agradecer
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a los patrones e inversiones por su contribucin al desarrollo Qu tiene de
raro que cada vez ms gente se alce contra una globalizacin cuyo concepto
de inversin se parece tanto al de explotacin?
Las organizaciones de la sociedad civil emplean una variedad de mtodos para
que las corporaciones se responsabilicen por sus obligaciones relativas a
derechos humanos y laborales. Estas iniciativas y mecanismos pretenden, con
diverso grado de efectividad, promover y proteger los derechos humanos y
laborales fundamentales. Aun cuando representan un primer intento de abordar
las debilidades inherentes del modelo unilateral y voluntario de la
Responsabilidad Social Empresarial, la nica solucin realmente eficaz sera
un cambio de paradigma tanto del marco de los derechos humanos para lascorporaciones como del modelo econmico en general.Ya es hora de obligar a las empresas a cumplir con sus obligaciones. El
cuidado de la imagen no es suficiente. En la Ley Fundamental de Alemania
puede leerse La propiedad obliga. Su uso debe servir al mismo tiempo al bien
comn. Lo que urge es un cambio autntico, serio, duradero y transparente.
Las inversiones en los pases en vas de desarrollo son vitales, pero deben
estar controladas por organizaciones civiles independientes; de lo contrario, la
ganancia obtenida a partir de la pobreza hundir a estos pases en una miseria
cada vez mayor. Aqu los sindicatos tambin deben jugar un papel protagnico.
Pero el problema es que ahora, cuando se requiere con tanta urgencia la
solidaridad a nivel internacional, la imagen sindical se ha deteriorado en la
propia Europa, ya que muchos viejos burcratas se muestran reacios a cambiar
el mercado laboral. La tarea de una organizacin como el Consejo de los
Derechos Humanos, la Organizacin Internacional del Trabajo y el Fondo de
Naciones Unidas para la Infancia es de poner en manifiesto los escandalosos
abusos que se registran todos los das. Para obtener resultados tangibles, los
activistas necesitan el apoyo decidi de sus respectivas organizaciones.
El desafo es conseguir que el Derecho Internacional de los derechos
humanos se pueda aplicar a las actividades de las empresas transnacionales
ya que est comprobado que dichas actividades pueden tener un impacto
negativo en un amplio abanico de derechos humanos. El Derecho
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Internacional ha considerado al Estado como el nico responsable de
respetar, garantizar y asegurar el disfrute de los derechos por parte de las
personas bajo su jurisdiccin.
Ahora bien, para poder asegurarlo, los Estados deberan tambin tratar de
controlar las actividades de los actores no estatales, entre los que se
encuentran las empresas transnacionales, cuando dichas actividades
supongan un peligro para la garanta de ciertos derechos humanos.
Este comit tendr la modalidad de que por cada delegacin habr dos
funcionarios: Uno que representar al Estado y otro que representar a la
cmara de comercio.
Las delegaciones deben buscar acuerdos con los representantes de la cmara
de comercio, que personifican en s una gran parte del desarrollo inversionista
del pas, creando as oportunidades de empleo y que garantizando la
existencia canales de dilogo que respalde el derecho de los ciudadanos.
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Normas internacionales de derechos humanos relevantes para las
empresas
Declaracin Universal de Derechos Humanos (1948) La Declaracin Universal de Derechos Humanos pide que tanto los
individuos como las instituciones participen en la labor de asegurar elcumplimiento de los derechos humanos. Aunque la responsabilidadprincipal de promover y proteger los derechos humanos recae en losEstados, las empresas, en su calidad de rganos de la sociedad(instituciones y grupos de individuos), tambin tienen la responsabilidadde promover y garantizar los derechos humanos enunciados en laDeclaracin Universal.
Tratados internacionales de derechos humanos que contienen normasinternacionalmente reconocidas que las empresas tienen que respetar
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Polticos (1966) (Derecho a lavida, a no ser sometido a esclavitud o a trabajo forzado, a no sufrirdiscriminacin, a la libertad de expresin y de reunin, y otros)
Convencin Internacional sobre la Eliminacin de Todas las Formas deDiscriminacin Racial (1966)
Convencin sobre la Eliminacin de Todas las Formas de Discriminacin
contra la Mujer (1979) Convencin contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles,
Inhumanos o Degradantes (1984) Convencin sobre los Derechos del Nio (1989) Pacto Internacional de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales
(1966) (Derecho al trabajo, a un salario justo, a condiciones de trabajoseguras y saludables, derecho de sindicacin, a la salud, a la educacin,y otros)
Tratados regionales de derechos humanos que contienen normasinternacionalmente reconocidas que las empresas tienen que respetar
Convenio Europeo para la Proteccin de los Derechos Humanos y de lasLibertades Fundamentales (1950)
Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (1981) Carta Social Europea (1961) Convencin Americana sobre Derechos Humanos (1969) Carta rabe de Derechos Humanos (1994) Protocolo Adicional de la Convencin Americana sobre Derechos
Humanos en materia de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales(1988)
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Convenciones, principios y cdigos internacionales especficos que lasempresas tienen que respetar
Los Principios Bsicos de las Naciones Unidas sobre el empleo de lafuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacercumplir la ley (1990); el Cdigo de Conducta de las Naciones Unidaspara funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (1979);Convencin de la Organizacin de Cooperacin y DesarrolloEconmicos sobre la lucha contra el soborno de funcionarios extranjerosen las transacciones comerciales internacionales (2001); la Declaracinde Ro sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (1992); el Plan deAplicacin de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible (2002);el Cdigo Internacional de Comercializacin de Sucedneos de la LecheMaterna (1981); el Convenio nm. 87 de la Organizacin Internacional
del Trabajo (OIT) relativo a la libertad sindical y a la proteccin delderecho de sindicacin; Declaracin de la OIT relativa a los principios yderechos fundamentales en el trabajo (1998); Convenio nm. 169 de laOIT sobre los pueblos indgenas y tribales (1989); y otros
Compromisos especficos para empresas que contienen normas de derechoshumanos
La iniciativa Pacto Mundial de la ONU (2000); las Lneas Directricesde la OCDE sobre Empresas Multinacionales (2000); la Declaracin
Tripartita de Principios sobre las Empresas y la Poltica Social, de la OIT(1977); y otros
La aplicacin de todas las normas anteriores a las empresas
Normas de la ONU sobre la Responsabilidad de las EmpresasTransnacionales y Otras Empresas Comerciales en la esfera de losDerechos Humanos (2003)
Las Normas de la ONU se redactaron de manera que fueran coherentescon los acuerdos, convenciones, principios y declaraciones
internacionales, regionales y multilaterales y engloban todas las normascon responsabilidades de derechos humanos especficas de lasempresas.