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CONGRESO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Moción de Orden del Día Nº 8445 Comisión Especial Multipartidaria Permanente encargada del control, seguimiento y evaluación al Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción Tercer Informe Cuatrimestral Noviembre 2010

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CONGRESO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ

Moción de Orden del Día Nº 8445

Comisión Especial Multipartidaria Permanente

encargada del control, seguimiento y evaluación

al Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción

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ÍNDICE

INTRODUCCIÓN CAPÍTULO I: REPORTE DE LAS PRINCIPALES ACTIVIDADES Y POLÍTICAS DE LA COMISIÓN ESPECIAL MULTIPARTIDARIA PERMANENTE ENCARGADA DEL CONTROL, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN AL PLAN NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN: JULIO - OCTUBRE 2010 SUBCAPÍTULO I: REPORTE DE LAS PRINCIPALES ACTIVIDADES DE LA COMISIÓN ESPECIAL MULTIPARTIDARIA PERMANENTE ENCARGADA DEL CONTROL, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN AL PLAN NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN: JULIO - OCTUBRE 2010

1.1.-SESIONES

1.1.1. SESIONES ORDINARIAS 1.1.2. SESIONES EXTRAORDINARIAS 1.2.- AUDIENCIAS PÚBLICAS DESCENTRALIZADAS ANTICORRUPCIÓN Y DENUNCIAS CIUDADANAS

1.2.1. AUDIENCIAS PÚBLICAS DESCENTRALIZADAS ANTICORRUPCIÓN 1.2.2. DENUNCIAS CIUDADANAS

1.3.- REUNIONES DE TRABAJO Y DOCUMENTOS RECIBIDOS O REMITIDOS 1.3.1. REUNIONES DE TRABAJO CONSEJO CONSULTIVO 1.3.2. DOCUMENTOS RECIBIDOS DEL DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN Y DOCUMENTACIÓN PARLAMENTARIA – DIDP. 1.3.3. APORTES A LA VERSIÓN PRELIMINAR DEL PLAN ANTICORRUPCIÓN DEL SECTOR FORESTAL Y FAUNA SILVESTRE 1.3.4. ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE PARLAMENTARIOS CONTRA LA CORRUPCIÓN - GOPAC

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1.4.- CERTÁMENES

1.4.1. FÓRUM NACIONAL “PERÚ CONTRA LA CORRUPCIÓN: LA OPORTUNIDAD DE UN PAÍS DIFERENTE”. 1.4.2. III CONFERENCIA NACIONAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA ORGANIZADO POR EL INSTITUTO PRENSA Y SOCIEDAD (IPYS). 1.5.- VISITAS DE TRABAJO REALIZADAS

1.5.1. VISITA DE TRABAJO REALIZADA A LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA POR LOS SEÑORES CONGRESISTAS ELIZABETH LEÓN MINAYA Y PEDRO SANTOS CARPIO, CON LA FINALIDAD DE TOMAR CONOCIMIENTO DE LOS AVANCES EN LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE DRENAJE PLUVIAL. SUBCAPÍTULO II POLÍTICAS DE LA COMISIÓN ESPECIAL MULTIPARTIDARIA PERMANENTE ENCARGADA DEL CONTROL, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN AL PLAN NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN: JULIO – OCTUBRE 2010 1.1.- MODIFICACIÓN AL PLAN DE TRABAJO DE LA COMISIÓN ESPECIAL CAPÍTULO II CONTROL, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN AL PLAN NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN DEL PODER EJECUTIVO 2.1. COMISIÓN DE ALTO NIVEL ANTICORRUPCIÓN

2.2. INFORME DEL GRUPO DE TRABAJO MULTISECTORIAL DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS 2.3. CUENTA GENERAL DE LA REPÚBLICA: ANÁLISIS Y ESTUDIO EN RELACIÓN A LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN 2.3.1. CUENTA GENERAL DE LA REPÚBLICA: MANDATO CONSTITUCIONAL 2.3.2. APROBACIÓN DE LA CUENTA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONFORME AL MANDATO CONSTITUCIONAL. 2.3.3. INFORME DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN 2.3.4. INFORME DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

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2.4. IMPLEMENTACIÓN DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL EN MATERIA DE DELITOS DE CORRUPCIÓN A LA LUZ DEL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2011 2.4.1. LEY DE PRESUPUESTO PARA EL SECTOR PÚBLICO: MANDATO CONSTITUCIONAL 2.4.2. APROBACIÓN DEL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO PARA EL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2011 E IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL PARA DELITOS DE CORRUPCIÓN A) PRESUPUESTO PARA EL AÑO FISCAL 2011 CORRESPONDIENTE AL MINISTERIO

PÚBLICO. B) PRESUPUESTO PARA EL AÑO FISCAL 2011 CORRESPONDIENTE AL PODER JUDICIAL 2.5. DEFENSORÍA DEL PUEBLO: ACCIONES PREVENTIVAS 2.5.1. LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO COMO ENTIDAD OBSERVADORA DE LA COMISIÓN DE ALTO NIVEL ANTICORRUPCIÓN. 2.5.2. DEFENSORÍA DEL PUEBLO: PROGRAMA ÉTICA PÚBLICA Y PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN 2.6. POLÍTICAS ANTICORRUPCIÓN APLICADAS EN EL SECTOR EDUCACIÓN 2.6.1. AVANCES Y RESULTADOS EN LA APLICACIÓN DEL PLAN NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN 2.7. ANÁLISIS DE LAS LÍNEAS DE TRABAJO DEL SECTOR EMPRESARIAL EN EL CAMPO DE LA ÉTICA: CONFEDERACIÓN NACIONAL DE INSTITUCIONES EMPRESARIALES PRIVADAS - CONFIEP 2.7.1. BUENAS PRÁCTICAS ANTICORRUPCIÓN EN EL SECTOR EMPRESARIAL: LÍNEAS DE TRABAJO DE LA CONFIEP RELACIONADAS CON EL FOMENTO DE LA ÉTICA EMPRESARIAL. 2.8. CORRUPCIÓN Y PRODUCTO BRUTO INTERNO

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CAPÍTULO III SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN EN LA REFORMA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL 3.1. GERENCIA CENTRAL ANTICORRUPCIÓN DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA 3.2. OTORGAMIENTO DE FACULTAD SANCIONADORA A LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA 3.2.1. PROYECTO DE LEY N° 4210-2010-CG “LEY QUE OTORGA A LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA POTESTAD SANCIONADORA EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA FUNCIONAL Y MODIFICA LA LEY N° 27785, LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL Y DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA”. 3.2.2. SITUACIÓN ACTUAL DE LAS RESPONSABILIDADES Y SANCIONES CONFORME A LA LEY N° 27785. 3.2.3. PROPUESTA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA EN RELACIÓN A NUEVO ESQUEMA SANCIONADOR. 3.2.4. OPINIONES RESPECTO DEL PROYECTO DE LEY N° 4210/2010-CG 3.2.5. NECESIDAD DE ABORDAR EL OTORGAMIENTO DE FACULTAD SANCIONADORA A LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. 3.3 DENUNCIAS POR DELITOS DE CORRUPCIÓN FORMULADAS POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA A LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES 3.3.1. DENUNCIAS POR DELITOS DE CORRUPCIÓN CONTRA GOBIERNOS REGIONALES. 3.2.2. DENUNCIAS POR DELITOS DE CORRUPCIÓN CONTRA GOBIERNOS LOCALES. CAPÍTULO IV AUDIENCIAS PÚBLICAS DESCENTRALIZADAS 4.2. AUDIENCIAS PÚBLICAS DESCENTRALIZADAS REALIZADAS AUDIENCIA PÚBLICA DESCENTRALIZADA AREQUIPA

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AUDIENCIA PÚBLICA DESCENTRALIZADA UCAYALI AUDIENCIA PÚBLICA DESCENTRALIZADA ICA CAPÍTULO V LEYES APROBADAS E INICIATIVAS LEGISLATIVAS ORIENTADAS A LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN 5.1. LEYES APROBADAS ORIENTADAS A LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN 5.2. INICIATIVAS LEGISLATIVAS ORIENTADAS A LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN CAPÍTULO VI ANTEPROYECTOS DE LEY

ANTEPROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY N° 27482 SOBRE OBLIGACIÓN DE PRESENTAR DECLARACIÓN JURADA DE INGRESOS Y DE BIENES Y RENTAS DE LOS FUNCIONARIOS Y SERVIDORES PÚBLICOS

ANTEPROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY N° 27482 SOBRE NOMENCLATURA Y CONTENIDO DE LA DECLARACIÓN JURADA DE LOS FUNCIONARIOS Y SERVIDORES PÚBLICOS

CAPÍTULO VII CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 7.1 CONCLUSIONES 7.2 RECOMENDACIONES

ANEXOS

ANEXO A: ANTEPROYECTOS DE LEY.

ANEXO B: OFICIO N° 022-2010-PCM/GTMPNLC RECIBIDO EL 11.10.2010 DIRIGIDO POR

EL SEÑOR ERASMO REYNA ALCÁNTARA, PRESIDENTE DEL GRUPO DE TRABAJO

MULTISECTORIAL PARA EL SEGUIMIENTO Y COORDINACIÓN DE ACCIONES DE

EJECUCION DEL PLAN NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN.

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ANEXO C: OFICIO N° 00899-2010-CG/DG RECIBIDIO CON FECHA 27.07.2010, DIRIGIDO

POR EL SR. FUAD KHOURY ZARZAR, CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA.

ANEXO D: OFICIO N° 057-2010-2011-DIDP-DGP/CR DE FECHA 14.09.2010, DIRIGIDO

POR EL DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN Y DOCUMENTACIÓN PARLAMENTARIA

DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA.

ANEXO E: PRESENTACIÓN DEL DR. ROLANDO LUQUE MOGROVEJO, ADJUNTO PARA LA

PREVENCIÓN DE CONFLICTOS SOCIALES Y LA GOBERNABILIDAD, Y DEL DR. EDUARDO

LUNA CERVANTES, JEFE DEL PROGRAMA DE ÉTICA PÚBLICA, PREVENCIÓN DE LA

CORRUPCIÓN Y POLÍTICAS PÚBLICAS DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO, DE FECHA

18.08.2010, RESPECTO DEL PROGRAMA DE ÉTICA PÚBLICA, PREVENCIÓN DE LA

CORRUPCIÓN Y POLÍTICAS PÚBLICAS DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO.

ANEXO F: PRESENTACIÓN DEL DR. JUAN CARLOS REQUEJO ALEMAN, GERENTE

CENTRAL ANTICORRUPCIÓN DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, DE

FECHA 01.09.2010, RESPECTO DE LOS AVANCES EN LAS ACCIONES QUE CONLLEVAN

UNA EFICAZ LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN EN EL MARCO DEL PROCESO DE

MODERNIZACIÓN DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.

ANEXO G: PRESENTACIÓN DEL SR. RICARDO BRICEÑO VILLENA, PRESIDENTE DE LA

CONFEDERACIÓN NACIONAL DE INSTITUCIONES EMPRESARIALES PRIVADAS –

CONFIEP, DE FECHA 15.09.2010, RESPECTO DE LAS BUENAS PRÁCTICAS CONTRA LA

CORRUPCIÓN EN EL SECTOR PRIVADO: MEDIDAS PREVENTIVAS Y SANCIONADORAS.

ANEXO H: PRESENTACIÓN DEL DR. VÍCTOR RAÚL DÍAZ CHÁVEZ, VICEMINISTRO DE

GESTIÓN INSTITUCIONAL, DE FECHA 13.10.2010, RESPECTO DE LAS POLÍTICAS

ANTICORRUPCIÓN APLICADAS AL SECTOR EDUCACIÓN: AVANCES Y RESULTADOS EN LA

EJECUCIÓN DEL PLAN NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN.

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INTRODUCCIÓN La Comisión Especial Multipartidaria Permanente encargada del Control, Seguimiento y Evaluación del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción presenta su Tercer Informe Cuatrimestral. Presentación oportuna y necesaria, no sólo por el cabal cumplimiento de un mandato impuesto por el seno del Pleno del Congreso de la República, sino por la ingrata circunstancia de haber retrocedido tres posiciones en el último ranking global o Índice de Corrupción 2010 de Transparencia Internacional, en donde se ubican los países según la percepción que tienen a este respecto los ciudadanos y los especialistas y colectivos consultados por los organismos internacionales. Al índice de percepción de Transparencia Internacional se suma la VI Encuesta Nacional sobre Percepción de la Corrupción 2010, realizada por Ipsos Apoyo Opinión y Mercado por encargo de Proética, en la que se evidencia que la ciudadanía percibe a la corrupción como uno de los principales problemas que aquejan al país por encima de la delincuencia, el desempleo, el consumo de drogas, la pobreza y la inflación. En este contexto, la Comisión Especial da cuenta al Pleno del Congreso de la República, y a la ciudadanía en general, de la labor comprendida en el período Julio – Octubre 2010 en relación al control, seguimiento y evaluación al Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción y el seguimiento a la reforma en el Sistema Nacional de Control. El Tercer Informe Cuatrimestral se encuentra estructurado en siete capítulos. En el Capítulo Primero se reporta las actividades de la Comisión Especial, dando cuenta de las Sesiones realizas, de las Audiencias Públicas Descentralizadas Anticorrupción, de las reuniones de trabajo sostenidas con el Consejo Consultivo, de los Informes recibidos del Departamento de Investigación y Documentación Parlamentaria del Congreso de la República respecto de las consultas formuladas por la Comisión Especial, de los aportes alcanzados a la versión preliminar del Plan Anticorrupción del Sector Forestal y Fauna Silvestre y a la Organización Mundial de Parlamentario contra la Corrupción – GOPAC, así como de los certámenes en los que ha intervenido la Comisión Especial, como organizador y como participante, entre otras actividades.

El Capítulo Segundo comprende el seguimiento y evaluación al Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción, poniendo principal énfasis en el análisis de la Cuenta General de la República y la implementación del nuevo Código Procesal Penal en materia de delitos de corrupción, a la luz del Proyecto de Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 y la Ley N° 29574, así como a la relación existente entre Corrupción y Producto Bruto Interno (PBI).

Por su parte el Tercer Capítulo aborda la evaluación en la Reforma al Sistema Nacional de Control analizando, principalmente, el otorgamiento de potestad sancionadora a la

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Contraloría General de la República en materia de responsabilidad administrativa funcional que se derive de los Informes de Control emitidos por los órganos del sistema.

En el Capítulo Cuarto se describe y analiza las Audiencias Públicas Descentralizadas Anticorrupción, detallando las Audiencias llevadas a cabo a la fecha del presente Informe: Audiencia Pública Descentralizada realizada en la ciudad de Arequipa, Audiencia Pública Descentralizada realizada en la ciudad de Pucallpa-Ucayali y Audiencia Pública Descentralizada realizada en la ciudad de Ica, todas llevadas a cabo de manera exitosa.

En el Capítulo Quinto se destaca las principales normas aprobadas en materia de lucha contra la corrupción, vale decir, la Ley N° 29574, a través de la cual se dispone la entrada en vigencia del Código Procesal Penal, Decreto Legislativo N° 957, para los delitos tipificados en las Secciones II, III y IV, artículos 382° al 401° , del Capítulo II , del Título XVIII, del Libro II del Código Penal, a los ciento veinte (120) días de publicada la anotada Ley, es decir, a partir del mes de Enero del año 2011.

Asimismo se destaca la emisión de la Resolución Suprema N° 162-2010-JUS mediante la cual se designa un Procurador Público Especializado en el cobro de reparación civil proveniente de sentencias condenatorias por delitos de corrupción y otros delitos conexos tipificados en el Código Penal, máxime si en el Segundo Informe Cuatrimestral se evidenció la necesidad de dinamizar la recuperación de fondos del Estado producto de sentencias judiciales. En el Capítulo Sexto se incluye los Anteproyectos de Ley que contribuirán en la lucha contra la corrupción, que la Comisión Especial pone a consideración del Congreso de la República y cuyo trámite de aprobación se posibilitará conforme a ley. El Capítulo Sétimo contiene las Conclusiones y Recomendaciones producto del seguimiento y evaluación realizados en el período materia del presente Informe. Finalmente es absolutamente indispensable desterrar la cultura del “Estado-botín” y la falta de sanción a quienes son parte en el reparto del botín. Nos corresponde ser conscientes de que somos ciudadanos que debemos ejercer control sobre el dinero del Estado que es el dinero de todos los peruanos, ya que existe una estrecha relación entre la corrupción de los gobernantes y el subdesarrollo del país, es decir, una estrecha relación entre corrupción y economía. No olvidemos que si todos somos corruptos nadie es corrupto, por eso seamos seguir firmes en la tarea de luchar contra la corrupción.

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CAPÍTULO I

REPORTE DE LAS PRINCIPALES ACTIVIDADES Y POLÍTICAS DE LA COMISIÓN ESPECIAL MULTIPARTIDARIA PERMANENTE ENCARGADA DEL CONTROL, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN

AL PLAN NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN: JULIO - OCTUBRE 2010 En primer término la Comisión Especial da cuenta que, mediante Oficio N° 102-2010-2011-DP-D/CR de fecha 16 de Setiembre de 2010, recibido el 21 de Setiembre de 2010, la Oficialía Mayor del Congreso de la República informa que en la Sesión del Pleno realizada el 16 de Setiembre del año en curso se modificó la conformación de la Comisión Especial, saliendo de titular el Congresista Juan David Perry Cruz e ingresando como titular el Congresista Isaac Mekler Neiman. El Congresista Isaac Mekler Neiman fue incorporado a la Comisión Especial en la Sesión siguiente a la comunicación antes referida (Cuarta Sesión Ordinaria realizada con fecha 13 de Octubre de 2010). Conforme lo dispone el Reglamento Interno de la Comisión Especial, así como el Plan de Trabajo, para el cumplimiento de la labor de seguimiento, control y evaluación al Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción, y la evaluación de los avances en la gestión y reforma del Sistema Nacional de Control a cargo de la Contraloría General de la República, la Comisión Especial ha desarrollado en el período de Julio a Octubre 2010, diversas actividades cuyo detalle se efectúa a continuación: SUBCAPÍTULO I: REPORTE DE LAS PRINCIPALES ACTIVIDADES DE LA COMISIÓN ESPECIAL MULTIPARTIDARIA PERMANENTE ENCARGADA DEL CONTROL, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN AL PLAN NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN: JULIO - OCTUBRE 2010 1.1 SESIONES.

1.1.1 SESIONES ORDINARIAS: En el período Julio – Octubre 2010, correspondiente al Año Legislativo 2010-2011, se han realizado cuatro Sesiones Ordinarias con la finalidad de contar con la información necesaria para el cumplimiento de la función de la Comisión Especial: - Primera Sesión Ordinaria de fecha 18.08.2010 continuada el 01.09.2010: Con fecha 18 de Agosto de 2010, continuada el 01 de Setiembre de 2010, se llevó a cabo la Primera Sesión Ordinaria en la cual se contó con la presencia del Dr. Juan

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Carlos Requejo Aleman, Gerente Central Anticorrupción de la Contraloría General de la República. En la mencionada Sesión se aprobó la modificación al Plan de Trabajo de la Comisión Especial. - Segunda Sesión Ordinaria de fecha 01.09.2010: La Segunda Sesión Ordinaria de la Comisión Especial se realizó con fecha 01 de Setiembre de 2010, contando con la presencia del Dr. Rolando Luque Mogrovejo, Adjunto para la Prevención de Conflictos Sociales y la Gobernabilidad de la Defensoría de Pueblo, así como el Dr. Eduardo Luna Cervantes, Jefe del Programa Ética Pública, Prevención de la Corrupción y Políticas Públicas de la Defensoría del Pueblo. - Tercera Sesión Ordinaria de fecha 15.09.2010: La Tercera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el 15 de Setiembre de 2010, contó con la presencia del Sr. Ricardo Briceño Villena, Presidente de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas – CONFIEP. El Sr. Briceño Villena expuso el tema: Buenas prácticas anticorrupción en el sector privado: medidas preventivas y sancionadoras. - Cuarta Sesión Ordinaria de fecha 13.10.2010: Con fecha 13 de Octubre de 2010 se realizó la Cuarta Sesión Ordinaria de la Comisión Especial, en la que se contó con la presencia del Sr. Víctor Raúl Díaz Chávez, Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, en representación de Sr. José Antonio Chang Escobedo, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación, quien expuso sobre: Políticas Anticorrupción aplicadas al Sector Educación: avances y resultados en la ejecución del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción. En la mencionada Sesión se incorporó al Congresista Isaac Mekler Neiman a la Comisión Especial, de conformidad con el Oficio N° 102-2010-2011-DP-D/CR a través del cual se informa que el Pleno del Congreso de la República acordó su ingreso como titular en lugar del Congresista Juan Perry Cruz. 1.1.2.- SESIONES EXTRAORDINARIAS - Tercera Sesión Extraordinaria, Año Legislativo 2009-2010 En lo que corresponde al Año Legislativo 2009-2010 se llevó a cabo la Tercera Sesión Extraordinaria con fecha 06 de Julio de 2010, en la cual se aprobó -por unanimidad de los miembros presentes- el Segundo Informe Cuatrimestral emitido por la Comisión Especial. Es de indicar que el Segundo Informe Cuatrimestral fue presentado a la Presidencia del Congreso de la República con fecha 07 de Julio de 2010.

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Asimismo en la anotada sesión se aprobó por unanimidad la delegación de facultades a la Presidenta de la Comisión Especial para la reprogramación de Cronograma de Audiencias Descentralizadas Anticorrupción y programación de Audiencias Descentralizadas Anticorrupción en otras Regiones.

1.2.- AUDIENCIAS PÚBLICAS DESCENTRALIZADAS ANTICORRUPCIÓN Y DENUNCIAS CIUDADANAS

1.2.1. AUDIENCIAS PÚBLICAS DESCENTRALIZADAS ANTICORRUPCIÓN Tal como se ha informado en el Segundo Informe Cuatrimestral, la Audiencia Pública Descentralizada Anticorrupción tiene por finalidad reunir a los representantes del sector público y privado, incluyendo a la sociedad civil organizada, cooperación internacional que trabaje en la zona, así como a los medios de prensa, para conocer los temas que acarrean mayor incidencia y evidencian mayor índice de corrupción en la Región visitada y contar así con información de primera mano que permita a la Comisión Especial tomar acción en el marco de su competencia. La Comisión Especial da cuenta que en el período materia del presente Informe se realizaron Audiencias Públicas Descentralizadas Anticorrupción en Arequipa, Ucayali e Ica. En la Audiencia Pública Descentralizada Anticorrupción realizada en Arequipa se abordaron los siguientes temas: i) Problemas de fiscalización presentados en los Proyectos de Inversión Pública en la Región Arequipa, y ii) Cómo evaluar la ejecución de Presupuestos por Resultados en la Región Arequipa. De otro lado, en la Audiencia Pública Descentralizada Anticorrupción realizada en Ucayali el tema tratado fue: Conflicto de Interés en la Gestión Pública: Ucayali. Por su parte, en la Audiencia Pública Descentralizada Anticorrupción realizada en Ica los temas materia de la reunión fueron: Evaluación del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción y La Reconstrucción de Ica y la Lucha contra la Corrupción.

1.2.2. DENUNCIAS CIUDADANAS Tal como lo establece el Plan de Trabajo de la Comisión Especial, la ciudadanía puede presentar denuncias cuyo requisito mínimo principal radica en el interés público que denota su contenido general y no individual, toda vez que la Comisión Especial no realiza investigaciones, por el contrario orienta y deriva las denuncias para su correcta tramitación. En el período materia del presente Informe se han presentado 13 denuncias ciudadanas a la Comisión Especial conforme al siguiente detalle:

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N° Denunciante Fecha Sumilla Derivado a

1 Solicitó reserva de su identidad

25.06.10 Denuncia irregularidades en la contratación de personal que no cubriría el perfil profesional requerido para plaza ocupacional determinada.

Instituto Geográfico del Perú.

2 Asociación Desarrollo y Defensa de los Intereses del Distrito de Lucma

07.07.10 Denuncia irregulares en la administración del alcalde del Distrito de Lucma, señor Diber Pérez Rodríguez

Contraloría General de la República.

3 Comité de Lucha de Docentes Contratados y Desempleados de la UGEL 5

27.07.10 Denuncian irregularidades en la contratación de personal docente y administrativo de parte de la Comisión de Evaluación de Contrato Docente del año 2010, al no haber cumplido con lo dispuesto en la Directiva 012-2010-ME/GS-OGA-UPER.

Ministerio de Educación.

4 Dulio Debernardis Portaro

27.07.10 Denuncia presuntos actos de corrupción cometidos por la ciudadana López Trucios

Órgano de Control de la Magistratura del Poder Judicial. Comisión de Justicia

5 Aurea Espinoza Berru

12.08.10 Denuncia maltrato y dilación contra la administración de justicia y otros.

En evaluación

6 Alejandro Peña Guerrero y Otros

25.08.10 Denuncia presuntos actos de corrupción que habrían sido cometidos por el Juez (P) del Juzgado Mixto de la Provincia de Contumazá Jorge Ramiro Núñez Sánchez

En evaluación

7 José Luis Bellido Bernal

27.08.10 Denuncia irregularidades en la administración del alcalde de la Municipalidad Samuel Pastor, Arequipa, señor Antonio Mario Meneses Huamaní.

Fiscalía de la Nación y Contraloría General de la República.

8 Jorge Toro Díaz

10.09.10 Denuncia a magistrados del Poder Judicial por la presunta comisión de los delitos de violencia y resistencia a la autoridad, concusión, corrupción de funcionarios, contra la función jurisdiccional, denegación y retardo de justicia, y contra la fe pública.

En evaluación

9 Asociación Nacional de Adjudicatarios FOVIPOL

21.09.10 Denuncia hechos arbitrarios realizados en la administración del Fondo de Apoyo Funerario de la Policía Nacional

En evaluación

10 Víctor Chávez Ocaña

04.10.10 Denuncia irregularidades en proceso de licitación del programa Construyendo Perú del Ministerio de Trabajo

Ministerio de Trabajo

11 Alex Starost Gutiérrez

04.10.10 Denuncia actos irregulares en el Poder Judicial refiriendo que no se ha declarado improcedente una demanda contencioso administrativa por falta de agotamiento de la vía administrativa.

Poder Judicial

12 Alex Starost Gutiérrez

04.10.10 Denuncia irregularidades en el Gobierno Regional de Ancash, refiriendo sobrevaloración de equipos médicos en el equipamiento de Hospital La Caleta-Chimbote, suscribiendo convenio con la OEI.

Contraloría General de la República Comisión de Fiscalización (se solicitó se forme comisión investigadora)

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13 Luis Alberto Jara Hoyos

25.10.10 Irregularidades en la titulación de terrenos a nombre de la Municipalidad Provincial del Callao.

En evaluación

1.3.- REUNIONES DE TRABAJO Y DOCUMENTOS RECIBIDOS O REMITIDOS 1.3.1. REUNIONES DE TRABAJO CONSEJO CONSULTIVO Conforme se detalló en el Primer y Segundo Informes Cuatrimestrales, la Comisión Especial -en concordancia con su Plan de Trabajo- cuenta con un Consejo Consultivo Nacional de carácter independiente, conformado por destacadas personalidades comprometidas en la lucha contra la corrupción, cuya función consiste en brindar asesoría técnica especializada a la Comisión Especial en temas vinculados a la lucha contra la corrupción. La Comisión Especial, en el período materia del presente Informe y de Año Legislativo 2010-21011, ha tenido una reunión con el Consejo Consultivo Nacional, de la cual se da cuenta: Primera Reunión: La Primera Reunión del Consejo Consultivo Nacional, correspondiente al Año Legislativo 2010-2011, se realizó con fecha 31 de Agosto de 2010 en la Sala Baquíjano y Carrillo del Ilustre Colegio de Abogados de Lima. En la mencionada reunión, se contó con la participación de dos distinguidos invitados: Carlos Wendorff Montenegro y Gonzalo Portocarrero Maish, quienes expusieron sobre indicadores de gestión y líneas de base en materia de lucha contra la corrupción en términos cuantitativos y cualitativos. En el Segundo Informe Cuatrimestral de la Comisión Especial se estableció que la ejecución del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción requiere de la construcción de un sistema de evaluación que permita valorar permanentemente el cumplimiento de objetivos y metas trazadas por los propios actores o reorientar los planes y estrategias según los resultados obtenidos, por lo que debido a la importancia de contar con una unidad de medida que admita estimar de manera integral el punto de partida y su recorrido hacia el punto óptimo, al cual se pretenda llegar en el esfuerzo desplegado en la lucha contra la corrupción, es que se convocó a los profesionales antes mencionados. Es preciso indicar que el Sr. Wendorff consideró que al Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción le faltan elementos para ser un plan ya que sólo se han señalado objetivos, estrategias y metas, en tanto que los indicadores se encuentran ligados al seguimiento del plan. Consideró, asimismo, que el portal de transparencia debe tener “carácter vinculante” a fin de que se pueda vincular la base de datos con las denuncias formuladas en la Contraloría, en la Defensoría del Pueblo, etc. Igualmente señaló que la lucha contra la corrupción debe involucrar a la sociedad civil a través de veedurías.

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De otro lado, recomendó que en el Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción se debe identificar los indicadores, puesto que se han señalado solo metas, precisando que se debe elegir aquellos que tengan impacto y puedan medir el avance. Estimó que un indicador a rescatar es el “mejor gobierno” por cuanto constituye la otra cara de la corrupción. Por su parte el Sr. Portocarrero refirió que se debía tener en cuenta el tema de la transgresión a la sociedad y el autoritarismo corrupto, precisando que existe un divorcio entre las leyes y la costumbre que ha creado una brecha por falta de autoridad y por la expectativa de impunidad. Del mismo modo consideró que el tema está relacionado a la confianza y perdida la confianza lo que hace muy difícil la gobernabilidad, estimando que los problemas se evidencian porque no existe voluntad política para acabar con la gobernabilidad corrupta y esto pasa por la educación, los medios de comunicación, el buen ejemplo, entre otros. 1.3.2. DOCUMENTOS RECIBIDOS DEL DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN Y DOCUMENTACIÓN PARLAMENTARIA – DIDP. a) Informe Temático N° 03/2010-2011 El Departamento de Investigación y Documentación Parlamentaria DIDP emite el Informe Temático N° 03/2010-2011, a solicitud de la Comisión Especial, con la finalidad de desarrollar uno de los temas del presente Informe, referido a “Corrupción y Producto Bruto Interno”, a través del cual se señala que, conforme al estudio realizado por el historiador económico Alfonso Quiroz, los rubros clásicos que pueden utilizarse para calcular el monto de la corrupción son: i) el contrabando y ii) los contratos de armas, a los cuales se les debe agregar las nuevas materias que están referidas a iii) el narcotráfico, iv) las obras, v) la deuda y vi) la administración pública; considerándose también vii) los procesos de privatización y viii) el costo de oportunidad de la inversión extranjera. Según estas hipótesis, en momentos de alta corrupción el monto de ésta puede llegar hasta el 5% del PBI; en tanto que en épocas de menor corrupción, el monto aproximado sería de 2 o 3% del PBI. 1.3.3. APORTES A LA VERSIÓN PRELIMINAR DEL PLAN ANTICORRUPCIÓN DEL SECTOR FORESTAL Y FAUNA SILVESTRE Mediante Oficio Múltiple N° 030-2010-AG-DGFFS, de fecha 1 de Julio del 2010, la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura solicita a la Comisión Especial tenga a bien efectuar la revisión de la versión preliminar del “Plan Anticorrupción del Sector Forestal y Fauna Silvestre. Documento Base-Propuesta Preliminar”. Es de indicar que con fecha 14 de Junio del 2010, en el Centro de Convenciones Real Audiencia, se realizó el Taller de Diagnóstico y Construcción Participativa del Plan Anticorrupción del Sector Forestal y Fauna Silvestre, en el cual participó un asesor de la

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Comisión Especial en calidad de invitado junto con los funcionarios de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre, los Ingenieros Forestales expertos en regulación forestal y los demás actores vinculados al Sector Forestal (Gobiernos Regionales de Ucayali, de Lambayeque, Comunidades Nativas, ONG, etcétera.), conforme se diera cuenta en el Segundo Informe Cuatrimestral. De otro lado, es preciso señalar que el “Plan Anticorrupción del Sector Forestal y Fauna Silvestre. Documento Base-Propuesta Preliminar” fue puesto a consideración de los Congresistas representantes de la selva con la finalidad de que, si existiese algún aporte o crítica que permita coadyuvar esfuerzos orientados al diseño del mencionado Plan, pueda canalizarse a través de la Comisión Especial. De la revisión del documento “Plan Anticorrupción del Sector Forestal y Fauna Silvestre. Documento Base-Propuesta Preliminar”, la Comisión Especial estimó lo siguiente: 1.- El Documento contenía una doble estructura: una, de carácter general, que abundaba en los antecedentes, el marco conceptual y el marco jurídico institucional y otra, de carácter específico, en la que se proponía una evaluación del diagnóstico preliminar de la corrupción en el Sector Forestal y Fauna Silvestre, Objetivos Estratégicos del Plan Anticorrupción del Sector Forestal y de Fauna Silvestre y las líneas de acción, actividades, cronograma y entidades responsable de la implementación del Plan. 2.- Asimismo el documento hacía mención a algunas de las Convenciones Internacionales Anticorrupción suscritas por el Estado Peruano, empero, omitía otras. A saber, el Perú ha suscrito las siguientes: - Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción; - Convención Interamericana contra la Corrupción; - Compromiso de Santiago para Combatir la Corrupción y Garantizar la Transparencia –APEC; - Curso de Acción de APEC para Combatir la Corrupción y Garantizar la Transparencia; y, - El Plan Andino de Lucha contra la Corrupción. De los nombrados, el Plan Anticorrupción del Sector Forestal y de Fauna Silvestre sólo reconoce como instrumentos internacionales constitutivos del marco normativo a la “Convención Interamericana contra la Corrupción” y a la “Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción” (III. Marco Conceptual. III.1 Enfoques y Definición de la Corrupción); sin embargo, también menciona al documento “Corrupción y desarrollo” del PNUD y al Programa Umbral Anticorrupción (Convenio de Donación). El “Compromiso de Santiago para Combatir la Corrupción y Garantizar la Transparencia”, de fecha 21 de Noviembre del 2004, reconoce que la corrupción se encuentra en los sectores público y privado, así como la pertinencia de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, como instrumento global jurídicamente vinculante, alienta a negar el asilo a funcionarios y personas culpables de corrupción pública. El denominado “Curso de Acción de APEC para Combatir la Corrupción y Garantizar la Transparencia”, delinea las recomendaciones indispensables para la creación de sinergias, tales como el fortalecimiento de la cooperación internacional, la asistencia judicial recíproca y la recuperación y restitución del producto de la corrupción. Igualmente, el “Plan Andino de Lucha contra la Corrupción”, aprobado en la ciudad de Tarija, Bolivia, el 13 de Junio del 2007, tiene como objetivo general la adopción de

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estrategias comunes para coadyuvar a la erradicación de prácticas y delitos de corrupción, exhorta, entre otras, a las acciones de combate a la impunidad en casos de corrupción a través de la adopción de procedimientos de investigación preprocesal y procesal penal. 3.- El Plan Anticorrupción del Sector Forestal y de Fauna Silvestre reseña el marco jurídico institucional, incorporando al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) y el Plan Estratégico de Contrataciones Públicas de Estado. Empero, no desarrolla en su totalidad el marco normativo de las contrataciones del Estado. De hecho, si bien se destaca que se han identificado áreas claves de reforma del sistema de contrataciones públicas del Estado (metodologías operativas, estándares, planificación de contrataciones, proceso de presupuesto, etc.), se omite reseñar que la propia Constitución Política consagra en su artículo 76° que: “Las obras y la adquisición de suministros con utilización de fondos públicos se ejecutan obligatoriamente por contrata y licitación pública, así como también la adquisición o la enajenación de bienes. La Contratación de servicios y proyectos cuya importancia y cuyo monto señala la Ley de Presupuesto se hace por concurso público. La Ley establece el procedimiento, las excepciones y las respectivas responsabilidades”, a la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Legislativo N° 1017, al Decreto Supremo N° 184-2008-EF, Reglamento de la Ley y las Directivas del propio OSCE. 4.- Respecto al desarrollo del diagnóstico de la Corrupción en el Sector Forestal, se precisa con pertinencia un conjunto de actividades ilícitas tales como la tala ilegal, tráfico de fauna, biopiratería, tráfico de tierras, cambio de uso de tierras forestales entre otros. Igualmente, se identifican los tipos de corrupción de la actividad forestal y de fauna silvestre en las distintas etapas de gestión. A saber, tráfico de influencias, negociación incompatible, nepotismo, coerción, cohecho activo, cohecho pasivo propio, cohecho pasivo impropio, colusión, incumplimiento de deberes de función, aprovechamiento indebido del cargo, abuso de autoridad, falsedad genérica, adulteración de información, contra la fe pública y delitos ambientales. Sin embargo, cabe señalar la necesidad de incorporar el caso del cohecho activo transnacional incorporado en el Código Penal a raíz del artículo 1° de la Ley N° 29316. Las apreciaciones de la Comisión Especial fueron alcanzadas a la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura mediante Oficio N° 120-2010/2011-CEMPPNLCC/CR-RFC. 1.3.4. ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE PARLAMENTARIOS CONTRA LA CORRUPCIÓN - GOPAC La Organización Mundial de Parlamentarios contra la Corrupción (Global Organization of Parliamentarians Against Corruption) – GOPAC es una red internacional cuyo objetivo principal es reunir a legisladores de todo el mundo en la lucha contra la corrupción, la promoción de la transparencia y la rendición de cuentas, con el fin de asegurar el cumplimiento de altas normas de integridad en la gestión pública. Es la única red parlamentaria dedicada exclusivamente a combatir la corrupción, y cuenta con más de 900 miembros que representan a casi cien países.

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La Presidenta de la Comisión Especial, Congresista Rosa Florián Cedrón, como integrante de la Organización Mundial de Parlamentarios contra la Corrupción (Global Organization of Parliamentarians Against Corruption) – GOPAC recibió el documento denominado “Prevención de la Corrupción: Caja de Herramientas para Parlamentarios sobre la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción” cuya absolución fue solicitada por la mencionada organización. El documento denominado “Prevención de la Corrupción: Caja de Herramientas para Parlamentarios sobre la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción” consistió en un cuestionario matriz cuya finalidad es ayudar a los parlamentarios a evaluar sus puntos fuertes y sus puntos débiles respecto de la prevención de la corrupción, de manera a que determinen sus prioridades para fortalecer la institución parlamentaria. Las preguntas se encontraban vinculadas en particular al Capítulo II de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (CNUCC), titulado “Medidas preventivas”. Las conclusiones se elaboran y se endosan en el plano nacional, por lo que se trata de una autoevaluación que puede contribuir o convertirse en un instrumento de cambio importante. El documento “Prevención de la Corrupción: Caja de Herramientas para Parlamentarios sobre la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción” fue enviado a la Organización Mundial de Parlamentarios contra la Corrupción (Global Organization of Parliamentarians Against Corruption) – GOPAC vía correo electrónico conforme a lo solicitado. 1.4.- CERTÁMENES 1.4.1 FÓRUM NACIONAL “PERÚ CONTRA LA CORRUPCIÓN: LA OPORTUNIDAD DE UN PAÍS DIFERENTE” La Presidenta de la Comisión Especial, Congresista Rosa Florián Cedrón, organizó el Fórum Nacional “Perú contra la corrupción: la oportunidad de un país diferente” el mismo que se realizó el 20 de Setiembre de 2010 en el Auditorio de la empresa Telefónica. El objetivo del certamen se orientó a enriquecer las perspectivas de cada organismo público en la lucha contra la corrupción, con la adopción de estrategias integrales para recuperar la credibilidad en nuestras instituciones, promoviendo una cultura proactiva en la juventud peruana en lo que respecta a los derechos y deberes de ésta frente a la sociedad, al Estado y al servicio público, en la misión de combatir el flagelo de la corrupción. La fecha elegida para la realización de este certamen (20 de Setiembre de 2010) fue muy significativa toda vez que se conmemoraba el 188° Aniversario de la instalación del Primer Congreso Constituyente de la República, por lo que en esta fecha en

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particular se consideró necesario reflexionar en la transformación del país y, la transformación del país, pasa necesariamente por la lucha contra la corrupción. El Fórum Nacional “Perú contra la corrupción: la oportunidad de un país diferente” abordó los siguientes temas: I) Prevención y sanción: medios eficaces para la combatir la corrupción El mencionado tema fue abordado por distinguidos funcionarios públicos: - Sr. Juan Carlos Requejo A., Gerente Central Anticorrupción de la Contraloría General de la República. - Dr. Eduardo Luna Cervantes, Jefe del Programa de Ética Pública, Prevención de la Corrupción y Políticas Públicas de la Defensoría del Pueblo. - Dra. Delia Milagros Espinoza Valenzuela, Fiscal Superior Titular de la 4° Fiscalía

Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios y Coordinadora de las

Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción.

Del mismo modo este tema fue comentado por distinguidos panelistas: - Dr. Walter Albán Peralta, Decano de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú y Ex Defensor del Pueblo. - Dr. César San Martín Castro, Vocal Supremo de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la República. II) Políticas anticorrupción en los planes de gobierno municipal: un nuevo aliento para la juventud El mencionado tema fue abordado por candidatos a la Alcaldía de Lima, contando con la presencia de: - Sr. Fernán Altuve Febres, candidato a Primer Regidor a la Alcaldía Provincial de Lima en la lista del Partido Cambio Radical . - Sr. Humberto Lay Sun, candidato por el Partido Restauración Nacional a la Alcaldía de Provincial de Lima. - Sr. Fernando Andrade Carmona, candidato por el Partido Somos Perú a la Alcaldía de Provincial de Lima. - Sr. Luis Iberico Núñez, candidato por el Partido Alianza para el Progreso a la Alcaldía de Provincial de Lima. Asimismo, este tema fue comentado por distinguidos panelistas: -Dr. Juan de la Puente Mejía, Abogado y Comunicador Social. - Dra. Rosa Urbina, Colaboradora de la Coordinación de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción. - Dr. Fernando Arias Stella, Catedrático, Co-Autor de Casos Anticorrupción con el Dr. Forrest Colburn del INCAE y Asesor de la Comisión Especial encargada del control, seguimiento y evaluación al Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción. III) Políticas anticorrupción en los planes de gobierno central: un nuevo aliento para la juventud

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Este tema fue abordado por: -Sr. Pedro Pablo Kuczynski Godard, Consultor Internacional. Ex Presidente del Consejo de Ministros y Ex Ministro de Economía y Finanzas. Del mismo modo fue comentado por un distinguido panelista: -Sr. Felipe Portocarrero Suárez, Rector de la Universidad del Pacífico. Es de mencionar que los señores Walter Albán Peralta y Felipe Portocarrero Suárez, forman parte del Consejo Consultivo Nacional de la Comisión Especial. Al término del certamen quedó evidenciado que la corrupción no sólo afecta la moral de un país sino también la gobernabilidad y, por esta razón, constituye un compromiso de todos erradicarla en todas sus formas, siendo un instrumento de suma importancia para ello la participación de la ciudadanía. Asimismo se puede concluir que es indispensable trabajar para recuperar la confianza en las instituciones, en las políticas públicas y en los funcionarios y servidores que trabajan en la administración de los recursos públicos. Finalmente, los distinguidos expositores y panelistas coincidieron en que corresponde a la ciudadanía y, principalmente, a la juventud, ser la protagonista principal de la lucha contra la corrupción, difundiendo activa y permanentemente valores y principios que permitan de manera progresiva y decisiva repudiar la corrupción y cristalizar definitivamente la oportunidad de un país diferente. 1.4.2. III CONFERENCIA NACIONAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA ORGANIZADO POR EL INSTITUTO PRENSA Y SOCIEDAD (IPYS). La Presidenta de la Comisión Especial fue invitada por el Instituto Prensa y Sociedad – IPYS a participar en la “III Conferencia Nacional de Acceso a la Información Pública” realizada los días 21 y 22 de Octubre de 2010 en el Hotel Sol de Oro. La participación de la Presidenta de la Comisión Especial se llevó a cabo el día 21 de Octubre de 2010, exponiendo en la Mesa N° 01 sobre los Mecanismos de Garantía de Transparencia y el Acceso a la Información en el Perú – El rol del Congreso en la transparencia, conjuntamente con el señor Eduardo Luna Cervantes, Programa Ética Pública, Prevención de la Corrupción de la Defensoría, y la señorita Patricia Guillén, Secretaria de Gestión Pública de la PCM; actuando como moderador el Sr. Luis Jaime Cisneros de la Agencia France Presse. Es de indicar que, tal como lo señaló la Presidenta de la Comisión Especial así como lo evidenciado en la “Tercera Evaluación del Informe Anual de la Presidencia del Consejo de Ministros sobre Solicitudes y Pedidos de Información Atendidos y No Atendidos por las Entidades de la Administración Pública”, el Informe que remite la Presidencia del Consejo de Ministros al Congreso de la República, según lo dispuesto en el Artículo 22° de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, TUO de la Ley N° 27806,

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es finalmente enviado al archivo, por lo que se ha solicitado a la Presidencia del Congreso que el referido Informe sea alcanzado a la Comisión Especial para su evaluación. 1.5.- VISITAS DE TRABAJO REALIZADAS

1.5.1. VISITA DE TRABAJO REALIZADA A LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA POR LOS SEÑORES CONGRESISTAS ELIZABETH LEÓN MINAYA Y PEDRO SANTOS CARPIO, CON LA FINALIDAD DE TOMAR CONOCIMIENTO DE LOS AVANCES EN LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE DRENAJE PLUVIAL. Los señores Congresistas Elizabeth León Minaya y Pedro Santos Carpio realizaron una visita a la Municipalidad Provincial de Huamanga con la finalidad de inspeccionar y tomar conocimiento de los avances en la ejecución del Proyecto de Drenaje Pluvial. El informe de los señores Congresistas Elizabeth León Minaya y Pedro Santos Carpio fue programado para la Cuarta Sesión Ordinaria de fecha 13 de Octubre de 2010, quedando diferido para la siguiente sesión. SUBCAPÍTULO II POLÍTICAS DE LA COMISIÓN ESPECIAL MULTIPARTIDARIA PERMANENTE ENCARGADA DEL CONTROL, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN AL PLAN NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN: JULIO - OCTUBRE 2010 1.1.- MODIFICACIÓN AL PLAN DE TRABAJO DE LA COMISIÓN ESPECIAL Antecedentes:

Mediante Moción de Orden del Día N° 8445 de fecha 07 de Octubre de 2009 se

conforma la Comisión Especial Multipartidaria Permanente encargada del control,

seguimiento y evaluación al Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción, aprobando

su Reglamento Interno y su Plan de Trabajo en Sesión Ordinaria de fecha 02 de

Diciembre de 2009.

El Plan de Trabajo de la Comisión Especial contempla la Visión, Misión, Principios de su

actuación, Objetivos, Metodología de Trabajo, Acciones acordes con la Metodología,

Acciones en la Función Educadora, Estrategias para la Evaluación y Seguimiento del

Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción, Denuncias Ciudadanas y Nivel de

Coordinación con otras Comisiones del Congreso.

Modificación al Plan de Trabajo:

El Plan de Trabajo contempla en su Numeral 13, referido a “Denuncias Ciudadanas”,

que la Comisión Especial -previo el cumplimiento de los requisitos establecidos- se

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aboca a la orientación y derivación de las denuncias efectuadas por los ciudadanos

para su correcta tramitación, de ser el caso, y extrae la materia sobre la cual es factible

recomendar la adopción de determinada política pública o el ajuste de políticas de

Estado anticorrupción o la elaboración de iniciativas legislativas.

En este sentido, la Comisión Especial consideró importante que no sólo se reciban

denuncias de los ciudadanos de manera particular sino que, además, exista control y

vigilancia de la propia ciudadanía organizada -en cada Provincia o Localidad- para

evitar o denunciar los casos de corrupción, lo que abonará y coadyuvará en el trabajo

de la Comisión Especial.

En este orden de ideas se estimó la necesidad de considerar la implementación de los

“Comités de Control y Vigilancia Ciudadana” con la finalidad de que brinden apoyo a la

Comisión Especial, articulando actividades que permitan la prevención de los actos de

corrupción, así como alcanzar denuncias, realizar eventos, difundir valores, entre otras

actividades.

Así, en la Primera Sesión Ordinaria de fecha 18.08.2010, continuada el 01 de Setiembre

de 2010, se modificó el Plan de Trabajo de la Comisión Especial, adicionándose el

Artículo 13-A, el cual quedó redactado de las siguiente manera:

“13-A.- Comités de Control y Vigilancia Ciudadana

Los Comités de Control y Vigilancia Ciudadana son organizaciones conformadas por

ciudadanos en cada Localidad o Provincia, cuya principal tarea es la identificación de

los actos de corrupción y denuncia de las autoridades que hayan cometido dichos actos

en el ejercicio de su cargo. La activa participación de la ciudadanía coadyuvará en la

prevención y denuncia de los actos de corrupción.

Los Comités de Control y Vigilancia Ciudadana constituyen órganos de apoyo a la

Comisión Especial en la tarea de control, seguimiento y evaluación al Plan Nacional de

Lucha contra la Corrupción.

Asimismo los Comités de Control y Vigilancia Ciudadana podrán alcanzar denuncias,

conforme a los requisitos establecidos en el Artículo 13, así como realizar actividades

de manera conjunta con la Comisión Especial destinadas al desarrollo de eventos,

pedagogía en valores y cualquier otra actividad relacionada a la prevención y lucha

contra la corrupción”.

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CAPÍTULO II

CONTROL, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN AL PLAN NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN DEL PODER EJECUTIVO

2.1.- COMISIÓN DE ALTO NIVEL ANTICORRUPCIÓN

Como es de público conocimiento, la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción se creó mediante Decreto Supremo N° 016 2010 PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 28 de Enero del 2010.

- Pacto de Nación contra la Corrupción:

En principio es destacable el Pacto de Nación contra la Corrupción suscrito con fecha 02 de Julio de 2010 entre representantes del Poder Ejecutivo, del Poder Judicial, los Partidos Políticos, así como organizaciones de la sociedad civil.

La Comisión Especial ha solicitado el texto del documento suscrito, encontrándose pendiente de atención el requerimiento. No obstante lo indicado, de conformidad con la información brindada por los medios de comunicación que dieron cuenta del mismo, se señala que el Pacto busca promover medidas estratégicas contra la corrupción y contiene mecanismos para hacerlo efectivo.

De otro lado se señala que entre los principales compromisos asumidos en el Pacto de Nación contra la Corrupción se encuentran: realizar actividades que permitan mejorar los mecanismos de rendición de cuentas, fortalecer el sistema de contrataciones del Estado, consolidar el Estado constitucional y democrático de Derecho, cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, promoción de valores y difusión de Códigos de Ética.

La ejecución de los planes anticorrupción se presenta en dos etapas: la primera etapa de lanzamiento y ejecución, considerada de Julio de 2011 a Julio de 2016, y la segunda etapa de consolidación considerada de Julio de 2016 a Julio de 2021.

Como se aprecia el Pacto de Nación se encuentra estimado a 10 años, es decir, proyectado para los próximos dos períodos gubernamentales, sin embargo, resulta imprescindible trabajar con acciones concretas de manera inmediata dado que la situación de la corrupción en la actualidad así lo amerita.

Si bien es cierto la Comisión Especial estima que este Pacto es muy importante por el compromiso que asumen las instituciones del Estado y la sociedad civil en la lucha contra la corrupción, no es menos cierto que los resultados que como consecuencia de

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la suscripción del Pacto se exhiban serán los que de manera contundente demuestren los avances en la lucha contra la corrupción.

Del mismo modo la Comisión Especial considera que es de suma importancia que, independientemente del compromiso asumido a través del Pacto de Nación contra la Corrupción es imprescindible que las autoridades vinculadas a la sanción de la corrupción actúen de manera firme, decidida e inmediata.

- Priorización de estrategias contenidas en el Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción:

De otro lado, y tal como se señalara en el Segundo Informe Cuatrimestral, la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción acordó priorizar cinco estrategias contenidas en el Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción, las mismas que coinciden con sus objetivos estratégicos: i) Mejorar y reforzar los mecanismos de rendición de cuentas, acceso a la información y promoción de la transparencia en la administración pública; ii) Promover un adecuado Sistema de Recursos Humanos para el sector público en la Ley del Servicio Civil; iii) Fortalecer el Sistema de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; iv) Propiciar las reformas del Estado para la mejora y modernización institucional, el desarrollo y fortalecimiento de los órganos de control y supervisión, así como la consolidación de un sistema nacional coordinado de lucha contra la corrupción; y v) Desarrollar una cultura anticorrupción en la sociedad, difundiendo los principios éticos entre los funcionarios públicos, las empresas privadas y la ciudadanía en su conjunto.

Si bien es cierto la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción ha priorizado estrategias para la ejecución del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción y ha determinado actividades por cada una de las mismas, no es menos cierto que no se han establecido indicadores de gestión que admitan medir el avance en la ejecución del mencionado Plan Nacional.

En efecto, tal como se indicó en el Segundo Informe Cuatrimestral, es preciso que se construya un sistema de evaluación que permita valorar de manera permanente el cumplimiento de objetivos y metas trazadas, estimándose el punto de partida y su recorrido hacia el punto óptimo al cual se pretenda llegar en el marco de las estrategias priorizadas en la lucha contra la corrupción, lo cual constituye una tarea que se encuentra pendiente.

2.2- INFORME DEL GRUPO DE TRABAJO MULTISECTORIAL DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

Por Decreto Supremo N° 044 2009 PCM se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial encargado del seguimiento y coordinación de las acciones de ejecución del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción.

Mediante Decreto Supremo N° 016 2000 PCM se crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, estableciéndose en la mencionada norma que, en un plazo de sesenta (60) días hábiles contados a partir del día siguiente de su publicación, la Presidencia del Consejo de Ministros adoptará las acciones y disposiciones que correspondan para que

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el Grupo de Trabajo Multisectorial creado por Resolución Ministerial Nº 044 2009 PCM, se incorpore a la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción.

No se han evidenciado acciones y disposiciones orientadas a incorporar al Grupo de Trabajo Multisectorial a la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, siendo una tarea pendiente de la Presidencia del Consejo de Ministros de conformidad con la normativa expuesta.

Independientemente de lo indicado y, siendo que el Grupo de Trabajo Multisectorial

sigue ejerciendo sus funciones, mediante Oficio Nº 413-2010-2011-CEMPPNLCC/CR-RFC de fecha 21.09.2010 la Comisión Especial solicita al Grupo de Trabajo

Multisectorial de la Presidencia del Consejo de Ministros informe respecto de los avances en la implementación del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción. Del mismo modo se solicita información respecto de los indicadores de gestión que se vienen aplicando y que permiten medir los avances en la implementación de mencionado Plan.

A su turno, el Grupo de Trabajo Multisectorial, presidido por el señor Erasmo Reyna Alcántara absuelve el requerimiento de informe referido mediante el Oficio N° 022-2010-PCM/GTMPNLC, con cargo de entrega de fecha 11 de Octubre del 2010. El mismo que advierte que los informes de los avances en el cumplimiento del Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción hasta el segundo trimestre del año (Junio 2010) fueron remitidos oportunamente por todos los Ministerios (sin incluir al Ministerio de Cultura) y colgados en uno de los vínculos de la página web institucional (http://peruintegro.pcm.gob.pe/avances/avances.html).

Igualmente, se cumple con informar a la Presidencia de la Comisión Especial, que se alcanza los referidos Informes (156 folios) y los reportes del MEF, MINCETUR y MINEM respecto a las cinco estrategias priorizadas por la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción.

Adicionalmente, la Comisión Especial inició un ciclo de invitaciones a los distintos Ministerios para que expongan de manera pormenorizada los avances en el desarrollo del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción en sus respectivos sectores, comenzando con la participación del señor Ministro de Educación José Antonio Chang Escobedo, quien tuvo que diferir dicha intervención en razón de ser nombrado Presidente del Consejo de Ministros.

EL Grupo de Trabajo Multisectorial informa lo siguiente:

El Informe correspondiente al Ministerio del Ambiente (MINAM), comprende 24 folios, los mismos que cubren los avances a Junio de 2010 y que adhieren una estructura de formato con Objetivos Cumplidos (4), Estrategias (12) y Acciones y Actividades realizadas (38).

El Informe correspondiente al Ministerio de Justicia (MINJUS), comprende 7 folios, los mismos que presentan los avances a Abril de 2010 y que alcanza como gran resultado Objetivos Cumplidos (2), Estrategias (4) y Acciones y Actividades realizadas (21).

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El Informe correspondiente al Ministerio del Interior (MININTER) comprende 5 folios, los mismos que presentan avances a Setiembre de 2010 con Objetivos Cumplidos (2), Estrategias (5) y Acciones y Actividades (30).

El Informe correspondiente al Ministerio de Relaciones Exteriores (RREE) comprende 10 folios que presentan avances a Junio del 2010 con Objetivos Cumplidos (2), Estrategias (2) y Acciones y Actividades realizadas (23).

El Informe correspondiente al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) comprende 11 folios que recogen avances a Junio del 2010 con Objetivos Cumplidos (4), Estrategias (9) y Acciones y Actividades realizadas (80).

El Informe correspondiente al Ministerio de Educación (MINEDU) comprende 8 folios que reseñan avances al mes de Junio con Objetivos Cumplidos (1), Estrategias (4) y Acciones y Actividades (51).

El Informe correspondiente al Ministerio de Salud (MINSA) comprende 3 folios que resumen los avances al mes de Setiembre del 2010 con Objetivos Cumplidos (2), Estrategias (2) y Acciones y Actividades (28).

El Informe correspondiente al Ministerio de Trabajo (MINTRA) comprende 6 folios que sintetizan los avances a Junio de 2010 con Objetivos Cumplidos (4), Estrategias (7) y Acciones y Actividades realizadas (41).

El Informe correspondiente al Ministerio de Agricultura (MINAG) comprende 11 folios que ofrecen avances al mes de Junio con Objetivos Cumplidos (1), Estrategias (1) y Acciones y Actividades (2).

El Informe correspondiente al Ministerio de Energía y Minas (MINEM) comprende 12 folios indicando avances a Setiembre del 2010 con Objetivos Cumplidos (3), Estrategias (3) y Acciones y Actividades realizadas (18).

El Informe correspondiente al Ministerio de Defensa (MINDEF) comprende 4 folios señalando avances al mes de Mayo del 2010 con Objetivos Cumplidos (1), Estrategias (1) y Acciones y Actividades realizadas (6).

El Informe correspondiente al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) comprende 12 folios que presenta avances a Junio del 2010 con Objetivos Cumplidos (1), Estrategias (11) y Acciones y Actividades realizadas (33).

El Informe correspondiente al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) comprende también 12 folios mostrando avances a Junio de 2010 con Objetivos Cumplidos (5), Estrategias (12) y Acciones y Actividades realizadas (40).

El Informe correspondiente al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (VIVIENDA) comprende 17 folios evidenciando avances a Junio del 2010 con Objetivos Cumplidos (4), Estrategias (11) y Acciones y Actividades realizadas (79).

El Informe correspondiente al Ministerio de Producción y OPDS (PRODUCCIÓN) comprende 4 folios alcanzando avances a Junio del 2010 con Objetivos Cumplidos (3), Estrategias (4) y Acciones y Actividades realizadas (15).

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Y, finalmente, el Informe del Ministerio del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social comprende 9 folios señalando avances a Junio del 2010 con Objetivos Cumplidos (2), Estrategias (6) y Acciones y Actividades realizadas (39).

Del cotejo de los elementos constitutivos de los respectivos Informes (Objetivos Cumplidos, Estrategias y Acciones y Actividades realizadas), se verifica el esquema planteado por el señor Primer Ministro, José Antonio Chang Escobedo, en el sentido que “el Plan se viene implementando en las entidades del Poder Ejecutivo, a través de las Agendas Públicas Ministeriales, el Portal de Transparencia Estándar, la Premiación a los servidores que mejor promueven y cumplen el Código de Ética y la incorporación progresiva de Links para denunciar actos de corrupción por internet”.

Ministerio del Ambiente:

El Ministerio de Ambiente refiere el cumplimiento del objetivo relacionado a “Institucionalizar en la Administración Públicas las Prácticas de Buen Gobierno, la Ética y la Lucha eficaz contra la Corrupción”(1), “Promover prácticas y/o conductas en el sector empresarial para combatir la corrupción” (4), “Promover la activa participación de los medios de comunicación en la lucha contra la corrupción” (5) y “Lograr el compromiso de la Sociedad en la Participación y Fiscalización Activa en la Lucha contra la Corrupción” (6).

Respecto al objetivo de la institucionalización de prácticas de lucha contra la corrupción, se adhieren las estrategias referidas a “Mejorar y fortalecer mecanismos de rendición de cuentas, acceso a la información, promoción de la ética y transparencia en la administración pública” (1.1), “Simplificación administrativa como estrategia para la lucha contra la corrupción” (1.2), “Fortalecer el sistema de recursos humanos para la prevención de la corrupción” (1.3), “Fortalecer Sistema de Contratación y adquisición del Estado para prevenir la corrupción” (1.4) y “Desarrollar fortalezas en los órganos de control y supervisión” (1.5).

En cuanto al objetivo de la promoción prácticas en el sector empresarial para combatir la corrupción, se adhiere la estrategia referida a “Desarrollar una cultura ética y de promoción de denuncias en el sector empresarial” (4.1).

En lo referente al objetivo de la promoción de los medios de comunicación en la lucha contra la corrupción, se adhiere la estrategia referida a “Velar por la independencia de los medios de comunicación y fortalecer su rol en la difusión de valores éticos” (5.1). Y, respecto al objetivo de lograr el compromiso de la sociedad en la participación y fiscalización activa en la lucha contra la corrupción, se adhieren tres estrategias: “Desarrollar una cultura anticorrupción en la sociedad, fortaleciéndola con los valores éticos (6.1), “Facilitar la vigilancia ciudadana en la lucha contra la corrupción” (6.2) y “Campañas de Información y capacitación sobre los mecanismos de acceso de la ciudadanía a la información pública”(6.2.2).

Los objetivos cumplidos y las estrategias adheridas en el caso del Ministerio de Ambiente permiten presentar un total de 38 actividades, en las que resaltan justamente el recurso del uso del portal web institucional (www.minam.gob.pe) con enlace de acceso a la información pública a efectos de recibir observaciones del público, la orientación telefónica a los usuarios, el reconocimiento a Servidores

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Públicos mediante Resolución Ministerial N° 100-2010-MINAM por cumplimiento de lo dispuesto por el Código de Ética de la Función Pública y el mantenimiento de un Link en la página web del MINAM llamado “Atención al Ciudadano” para canalizar las denuncias de la ciudadanía en general.

Ministerio de Justicia:

En el caso del Ministerio de Justicia reporta el cumplimiento de dos objetivos: Uno, referido a “Institucionalizar en la Administración Públicas las Prácticas de Buen Gobierno, la Ética y la Lucha eficaz contra la Corrupción”(1) y “Facilitar la Vigilancia Ciudadana en la Lucha contra la Corrupción” (2).

Respecto al objetivo de la institucionalización de prácticas de lucha contra la corrupción, se adhieren las estrategias referidas a “Mejorar y fortalecer mecanismos de rendición de cuentas, acceso a la información, promoción de la ética y transparencia en la administración pública” (1.1), “Fortalecer el sistema de recursos humanos para la prevención de la corrupción” (1.3), “Fortalecer Sistema de Contratación y adquisición del Estado para prevenir la corrupción” (1.4) y “Desarrollar fortalezas en los órganos de control y supervisión” (1.5).

Respecto al objetivo de lograr el compromiso de la sociedad en la participación y fiscalización activa en la lucha contra la corrupción, se adhieren las estrategias de “Facilitar la vigilancia ciudadana en la lucha contra la corrupción” (6.2) y “Campañas de Información y capacitación sobre los mecanismos de acceso de la ciudadanía a la información pública”(6.2.2).

Los dos objetivos cumplidos y las estrategias adheridas en el caso del Ministerio de Justicia permiten presentar un total de 21 actividades, en las que resaltan precisamente el recurso del uso del portal de transparencia actualizado periódicamente, la incorporación de Links interactivos directos y la publicación a cargo de la Oficina de Imagen Institucional de las actividades, acciones y programas del MINJUS sobre los mecanismos de acceso a la información pública.

Ministerio del Interior:

En el caso del Ministerio del Interior el informe refiere el cumplimiento del objetivo relacionado a “Institucionalizar en la Administración Públicas las Prácticas de Buen Gobierno, la Ética y la lucha eficaz contra la corrupción”(1) y “Lograr el compromiso de la Sociedad en la Participación y Fiscalización Activa en la Lucha contra la Corrupción” (6).

Respecto al objetivo de la institucionalización de prácticas de lucha contra la corrupción, se adhieren las estrategias referidas a “Mejorar y fortalecer mecanismos de rendición de cuentas, acceso a la información, promoción de la ética y transparencia en la administración pública” (1.1), “Simplificación administrativa como estrategia para la lucha contra la corrupción” (1.2) y “Desarrollar fortalezas en los órganos de control y supervisión” (1.5).

En cuanto al objetivo de lograr el compromiso de la sociedad en la participación y fiscalización activa en la lucha contra la corrupción, se adhieren dos estrategias:

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“Desarrollar una cultura anticorrupción en la sociedad, fortaleciéndola con los valores éticos (6.1) y “Facilitar la vigilancia ciudadana en la lucha contra la corrupción” (6.2).

Los objetivos cumplidos y las estrategias adheridas en el caso del Ministerio del Interior permiten presentar un total de 30 actividades, en las que resaltan meridianamente la habilitación en la página web del MININTER un link dedicado a la lucha contra la corrupción que remite al Plan Nacional y al Programa Umbral Anticorrupción, el establecimiento de protocolos de actualización de la información publicada, la selección y capacitación de instructores para el desarrollo de una campaña de sensibilización de lucha contra la corrupción con cargo al Programa Umbral, la implementación de las Oficinas de Control Interno y de Anticorrupción en la Inspectoría General de la PNP, la entrega de 398 equipos de cómputo, 43 equipos multifuncionales y un escáner a favor de las unidades vinculadas a la lucha contra la corrupción y las campañas denominadas “Respeto a la Autoridad” y “No a la Coima”.

Ministerio de Relaciones Exteriores:

En el caso del Informe del Ministerio de Relaciones Exteriores se refiere el cumplimiento del objetivo referido a “Institucionalizar en la Administración Públicas las Prácticas de Buen Gobierno, la Ética y la lucha eficaz contra la corrupción”(1) y “Desarrollar los esfuerzos concertados a nivel internacional en la lucha contra la corrupción nacional” (7).

Respecto al objetivo de la institucionalización de prácticas de lucha contra la corrupción, se adhieren las estrategias referidas a “Mejorar y fortalecer mecanismos de rendición de cuentas, acceso a la información, promoción de la ética y transparencia en la administración pública” (1.1), “Fortalecer Sistema de Contratación y adquisición del Estado para prevenir la corrupción” (1.4) y “Desarrollar fortalezas en los órganos de control y supervisión” (1.5).

En cuanto al objetivo del desarrollo de esfuerzos concertados a nivel internacional, se acometen las estrategias de “Aplicación de los acuerdos internacionales suscritos en materia de lucha contra la corrupción a la legislación nacional” (7.1) y “Promover el fortalecimiento de la reciprocidad y cooperación judicial entre los países” (7.2).

Los objetivos cumplidos y las estrategias adheridas en el caso del Ministerio de Relaciones Exteriores permiten presentar un total de 23 actividades, en las que resaltan, entre otras, el inicio de la segunda etapa del proyecto de modernización del portal institucional de transparencia, la difusión del Código de Ética del funcionario público a través del video, la capacitación de los postulantes a Traductores Públicos Juramentados en el Código de Ética, la selección y reconocimiento de empleados públicos en el cumplimiento del Código de Ética y la continuación de los Seminarios sobre “Las Contrataciones del Estado”, con cargo a los aportes de los funcionarios del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado y el propio personal relacionado con la temática (Aún cuando no ha sido reseñado en el Informe, mediante OF.RE (GAB) N° 3-0-A/136, se alcanzó informe a la Comisión Especial sobre las inmunidades de los organismos internacionales que suscriben convenios con entidades estatales para la administración de recursos, lo que constituyó un insumo importante para la Comisión Especial).

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Ministerio de Economía y Finanzas:

En el caso del Informe del Ministerio de Economía y Finanzas se refiere el cumplimiento de los objetivos relacionados a “Institucionalizar en la Administración Públicas las Prácticas de Buen Gobierno, la Ética y la lucha eficaz contra la corrupción”(1), “Promover prácticas y/o conductas en el sector empresarial para combatir la corrupción”(4), “Promover la activa participación de los medios de comunicación en la lucha contra la corrupción”(5) y “Lograr el compromiso de la sociedad en la participación y fiscalización en la lucha contra la corrupción” (6).

Respecto al objetivo de la institucionalización de prácticas de lucha contra la corrupción, se adhieren las estrategias referidas a “Mejorar y fortalecer mecanismos de rendición de cuentas, acceso a la información, promoción de la ética y transparencia en la administración pública” (1.1), “Simplificación administrativa como estrategia para la lucha contra la corrupción” (1.2), “Fortalecer el sistema de recursos humanos para la prevención de la corrupción” (1.3) “Fortalecer Sistema de Contratación y adquisición del Estado para prevenir la corrupción” (1.4) y “Desarrollar fortalezas en los órganos de control y supervisión” (1.5).

En cuanto al objetivo de Promover prácticas y/o conductas en el sector empresarial para combatir la corrupción, se adhiere la estrategia de “Desarrollar una cultura ética y de promoción de denuncias en el sector empresarial” (4.1). En tanto que, para los otros objetivos, se acometen las estrategias de “velar por la independencia de los medios de comunicación y fortalecer su rol en la difusión de valores éticos” (5.1) y “Desarrollar una cultura anticorrupción en la sociedad fortaleciéndola con valores éticos”(6.1).

Los objetivos cumplidos y las estrategias adheridas en el caso del Ministerio de Economía y Finanzas permiten presentar un total de 80 actividades, en las que resaltan, entre otras, la publicación en el Portal de CONASEV del formulario de acceso a la información pública de modo que pueda presentarse por mesa de partes o correo electrónico, mantenimiento y administración del Portal Web de FONAFE, incorporación de Link dentro del portal de Transparencia del Banco de la Nación, e incorporación del Ranking Corporativo de Transparencia, sistema que permite monitorear la calidad y oportunidad de la información, como indicador en el Plan Operativo de FONAFE.

Ministerio de Educación:

En el caso del Informe del Ministerio de Educación se refiere el cumplimiento del objetivo relacionado a “Institucionalizar en la Administración Públicas las Prácticas de Buen Gobierno, la Ética y la lucha eficaz contra la corrupción”(1).

Respecto al objetivo de la institucionalización de prácticas de lucha contra la corrupción, se adhieren las estrategias referidas a “Mejorar y fortalecer mecanismos de rendición de cuentas, acceso a la información, promoción de la ética y transparencia en la administración pública” (1.1), “Simplificación administrativa como estrategia para la lucha contra la corrupción” (1.2), “Fortalecer el sistema de recursos humanos para la prevención de la corrupción” (1.3) y “Fortalecer Sistema de Contratación y adquisición del Estado para prevenir la corrupción” (1.4).

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Los objetivos cumplidos y las estrategias adheridas en el caso del Ministerio de Educación permiten presentar un total de 51 actividades, en las que resaltan, entre otras, la difusión del Decreto Supremo N° 063 2010 PCM que aprobó el Portal de Transparencia Estándar en todas las entidades públicas a nivel nacional, Control de Fondos de viáticos y rendición de cuentas mediante aplicativo instalado en página web del Ministerio de Educación y la Directiva N° 006-2009-ME/SG sobre procedimiento para la prevención y sanción del hostigamiento sexual en el sector.

Ministerio de Salud:

En el caso del Informe del Ministerio de Salud (MINSA) se refiere el cumplimiento de dos objetivos, uno relacionado a “Institucionalizar en la Administración Públicas las Prácticas de Buen Gobierno, la Ética y la lucha eficaz contra la corrupción”(1) y otro segundo, relativo a “Coordinar y realizar el seguimiento de las políticas de carácter multisectorial, regional y local de lucha contra la corrupción” (2).

Respecto al objetivo de la institucionalización de prácticas de lucha contra la corrupción, se adhiere la estrategia referida a “Mejorar y fortalecer mecanismos de rendición de cuentas, acceso a la información, promoción de la ética y transparencia en la administración pública” (1.1) y el desarrollo del sistema de monitoreo y seguimiento de la lucha contra la corrupción” (2.2).

Los objetivos cumplidos y las estrategias adheridas en el caso del Ministerio de Salud permiten presentar un total de 28 actividades, en las que destaca la realización del Taller de Promoción para la organización de los comités de vigilancia en salud.

Ministerio de Trabajo:

En el caso del Informe del Ministerio de Trabajo (MINTRA) se refiere el cumplimiento de cuatro objetivos, uno relacionado a “Institucionalizar en la Administración Públicas las Prácticas de Buen Gobierno, la Ética y la lucha eficaz contra la corrupción”(1), uno segundo referido a “Simplificación administrativa como estrategia para la lucha contra la corrupción” (1.2), uno tercero vinculado a “Fortalecer el sistema de recursos humanos para la prevención de la corrupción” (1.3) y finalmente un cuarto relativo a “Fortalecer Sistema de Contratación y adquisición del Estado para prevenir la corrupción” (1.4).

Respecto al objetivo de la institucionalización de prácticas de lucha contra la corrupción, se adhieren las estrategias referidas a “Mejorar y fortalecer mecanismos de rendición de cuentas, acceso a la información, promoción de la ética y transparencia en la administración pública” (1.1, ), “Simplificación administrativa como estrategia para la lucha contra la corrupción” (1.2), “Fortalecer el sistema de recursos humanos para la prevención de la corrupción” (1.3) y “Fortalecer Sistema de Contratación y adquisición del Estado para prevenir la corrupción” (1.4).

Respecto al objetivo sobre promover prácticas y/o conductas en el sector empresarial para combatir la corrupción, se adhiere la estrategia sobre “Medidas que promueven prácticas para prevenir la corrupción en el ámbito empresarial” (4.2).

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Respecto al objetivo sobre promover la activa participación de los medios de comunicación en la lucha contra la corrupción, se adhiere la estrategia de “Velar por la independencia de los medios de comunicación y fortalecer su rol en la difusión de valores éticos”.(5.1)

Respecto al objetivo de lograr el compromiso de la sociedad en la participación y fiscalización activa en la lucha contra la corrupción, se adhiere la estrategia relativa a “Facilitar la vigilancia ciudadana en la lucha contra la corrupción”(6.2)

Los objetivos cumplidos y las estrategias adheridas en el caso del Ministerio de Trabajo permiten presentar un total de 41 actividades, en las que destaca la implementación del portal único de Transparencia en virtud de la Resolución Ministerial 398-2008-PCM.

Ministerio de Agricultura:

En el caso del Informe del Ministerio de Agricultura (MINAG) se refiere el cumplimiento de un solo objetivo, el mismo que está relacionado a “Institucionalizar en la Administración Públicas las Prácticas de Buen Gobierno, la Ética y la lucha eficaz contra la corrupción”(1).

Respecto al objetivo de la institucionalización de prácticas de lucha contra la corrupción, se adhiere la estrategia referidas a “Mejorar y fortalecer mecanismos de rendición de cuentas, acceso a la información, promoción de la ética y transparencia en la administración pública” (1.1 ).

El objetivo cumplido y la estrategia adheridas en el caso del Ministerio de Agricultura (MINAG), permite presentar 2 actividades. A saber, Comisiones de Servicios sujetas a rendiciones oportunas con visto bueno de la OA y la publicación del 100% de las convocatorias CAS por Internet en el portal del Ministerio.

Al igual que en el caso del Ministerio de Relaciones Exteriores debe advertirse que, aunque no ha sido consignado, la Comisión Especial ha tenido oportunidad de acceder a las versiones preliminares del Plan Anticorrupción del Sector Forestal y de Fauna Silvestre, lo que supone un esfuerzo y aporte singular.

Ministerio de Energía y Minas:

En el caso del Informe del Ministerio de Energía y Minas (MINEM) se refiere el cumplimiento de siete objetivos, los mismos que están relacionados a “Institucionalizar en la Administración Públicas las Prácticas de Buen Gobierno, la Ética y la lucha eficaz contra la corrupción”(1), a “Promover el Fortalecimiento del Sistema de Lucha contra la Corrupción” (2), a “Articular una estrategia judicial eficaz e integral contra la corrupción” (3), a “Promover prácticas y/o conductas en el sector empresarial para combatir la corrupción” (4), a “Promover la activa participación de los medios de comunicación en la lucha contra la corrupción (5), a “Lograr el compromiso de la sociedad para que participe de manera activa en la lucha contra la corrupción y la fiscalice (6) y a “Desarrollar esfuerzos concertados a nivel internacional en la lucha contra la corrupción” (7).

Respecto al objetivo de la institucionalización de prácticas de lucha contra la corrupción, se adhiere la estrategia referidas a “Mejorar y fortalecer mecanismos de

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rendición de cuentas, acceso a la información, promoción de la ética y transparencia en la administración pública” (1.1, ).

Respecto al objetivo de promover el fortalecimiento del sistema de lucha contra la corrupción, se adhiere la estrategia referidas a “Fortalecer un Sistema Nacional Coordinado de Lucha contra la Corrupción” (2.1).

Respecto al objetivo de articular una estrategia judicial eficaz e integral contra la corrupción, se adhiere la estrategia de “Fortalecer y modernizar el sistema de administración de justicia” (3.1).

Respecto al objetivo de promover prácticas y/o conductas en el sector empresarial para combatir la corrupción, se adhiere la estrategia de “Desarrollar una cultura ética y de promoción de denuncias en el sector empresarial” (4.1).

Respecto al objetivo de promover la activa participación de los medios de comunicación en la lucha contra la corrupción, se adhiere la estrategia de “Velar por la independencia de los medios de comunicación y fortalecer su rol en la difusión de valores éticos” (5.1).

Respecto al objetivo de lograr el compromiso de la sociedad para que participe de manera activa en la lucha contra la corrupción, se adhiere la estrategia de “Desarrollar una cultura anticorrupción en la sociedad, fortaleciéndola con valores éticos” (6.1).

Respecto al objetivo de desarrollar esfuerzos concertados a nivel internacional en la lucha contra la corrupción, se adhiere la estrategia de “Aplicar a la legislación nacional los acuerdos internacionales suscritos en materia de lucha contra la corrupción” (7.1).

Los objetivos cumplidos y las estrategias adheridas en el caso del Ministerio de Energía y Minas (MINEM), permite presentar 18 actividades, entre las que destacan la difusión del Código de Ética de la Función Pública en el Ministerio a través del correo electrónico, banners y paneles, la incorporación del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción en el nuevo portal del Ministerio de Energía y Minas y la conexión al link “Por un Perú Íntegro” y el fortalecimiento de OCMAS Y ODICMAS.

Ministerio de Defensa:

En el caso del Ministerio de Defensa (MINDEF) se refiere el cumplimiento de un objetivo, el mismo que está referido a “Institucionalizar en la Administración Públicas las Prácticas de Buen Gobierno, la Ética y la lucha eficaz contra la corrupción”(1).

Respecto al objetivo de la institucionalización de prácticas de lucha contra la corrupción, se adhiere la estrategia referida a “Mejorar y fortalecer mecanismos de rendición de cuentas, acceso a la información, promoción de la ética y transparencia en la administración pública” (1.1).

Los objetivos cumplidos y la estrategia adherida en el caso del Ministerio de Defensa (MINDEF), permiten presentar 6 actividades, destacándose la publicación de las bases para la licitación pública internacional “Adquisición de Seguridad Electrónica y control de accesorios”.

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Ministerio de Comercio Exterior y Turismo:

En el caso del Informe del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) se refiere el cumplimiento de cinco objetivos, los mismos que están relacionados a “Institucionalizar en la Administración Públicas las Prácticas de Buen Gobierno, la Ética y la lucha eficaz contra la corrupción”(1), a “Promover el Fortalecimiento del Sistema Nacional de lucha contra la corrupción” (2), a “Promover prácticas y/o conductas en el sector empresarial para combatir la corrupción” (4), a “Promover la activa participación de los medios de Comunicación en la Lucha contra la corrupción” (5) y a “Lograr el compromiso de la sociedad en la participación y fiscalización activa en la lucha contra la corrupción” (6)

Respecto al objetivo de la institucionalización de prácticas de lucha contra la corrupción, se adhieren las estrategias referidas a “Mejorar y fortalecer mecanismos de rendición de cuentas, acceso a la información, promoción de la ética y transparencia en la administración pública” (1.1, ), “Simplificación administrativa como estrategia para la lucha contra la corrupción” (1.2), “Fortalecer sistema de recursos humanos para la prevención de la corrupción” (1.3), “Fortalecer sistemas de contrataciones y adquisiciones del Estado para prevenir la corrupción” (1.4) y “Desarrollar fortalezas en los órganos de control y supervisión” (1.5).

Respecto al objetivo de promover el fortalecimiento del sistema nacional de lucha contra la corrupción. Se adhieren dos estrategias. Una, la de “Fortalecer un Sistema Nacional Coordinado de Lucha contra la Corrupción” (2.1) y otra , la de “Coordinar y realizar el seguimiento de las políticas de carácter multisectorial, regional y local de lucha contra la corrupción” (2.2).

Respecto al objetivo de promover prácticas y/o conductas en el sector empresarial para combatir la corrupción, se adhiere la estrategia de “Desarrollar una cultura ética y de promoción de denuncias en el sector empresarial” (4.1).

Respecto a los objetivos sobre promover la activa participación de los medios de comunicación y lograr el compromiso de la sociedad, se adhieren respectivamente las estrategias de “Desarrollar una cultura ética y de promoción de denuncias en el sector empresarial” (5.1), “Desarrollar una cultura anticorrupción en la sociedad fortaleciéndola con valores éticos” (6.1) y “Facilitar la vigilancia ciudadana en la lucha contra la corrupción” (6.2).

Los objetivos cumplidos y las estrategias adheridas en el caso del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), permiten presentar 33 actividades, destacándose la atención de consultas por el Viceministro sobre los Tratados de Libre Comercio de Estados Unidos, Canadá y China, el funcionamiento del módulo de Gestión de Viajes sistematizado.

Ministerio de Transportes y Comunicaciones:

En el caso del Informe del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) se refiere el cumplimiento de cinco objetivos, los mismos que están relacionados a “Institucionalizar en la Administración Públicas las Prácticas de Buen Gobierno, la Ética y la lucha eficaz contra la corrupción”(1), “Promover el Fortalecimiento del Sistema de

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Lucha contra la Corrupción” (2), “Promover prácticas y/o conductas en el sector empresarial para combatir la corrupción” (4), “Promover la activa participación de los medios de comunicación en la lucha contra la corrupción” (6) y “Desarrollo de esfuerzos concertados a nivel internacional en la lucha contra la corrupción nacional” (7).

Respecto al objetivo de la institucionalización de prácticas de lucha contra la corrupción, se adhieren cinco estrategias. Primero, la estrategia referida a “Mejorar y fortalecer mecanismos de rendición de cuentas, acceso a la información, promoción de la ética y transparencia en la administración pública” (1.1, ), luego la estrategia referida a “Simplificación Administrativa como estrategia para la lucha contra la corrupción” (1.2), el “Fortalecer sistema de recursos humanos para la prevención de la corrupción” (1.3), “Fortalecer sistemas de contrataciones y adquisiciones del Estado para prevenir la corrupción” (1.4) y “Desarrollar fortalezas en los órganos de control u supervisión” (1.5).

Respecto al objetivo de promover el fortalecimiento del sistema de la lucha contra la corrupción, se adhieren dos estrategias. “Fortalecer un Sistema Nacional Coordinado de Lucha contra la corrupción” (2.1) y “Coordinar y realizar el seguimiento de las políticas de carácter multisectorial, regional y local de lucha contra la corrupción” (2.2).

Respecto a los objetivos relativos a la promoción de prácticas, de la participación de los medios , la obtención de compromisos de la sociedad y los desarrollos de esfuerzos concertados a nivel internacional, se adhieren las estrategias vinculadas a “Desarrollar una cultura ética y de promoción de denuncias en el sector empresarial (4.1), “Medidas que promuevan prácticas para prevenir la corrupción en el ámbito empresarial” (4.2), “Desarrollar una cultura anticorrupción en la sociedad, fortaleciéndola con valores éticos” (6.1), “Facilitar la vigilancia ciudadana en la lucha contra la corrupción (6.2) , “Aplicación de los acuerdos internacionales suscritos en materia de lucha contra la corrupción a la legislación nacional” (7.1) y “Promover el fortalecimiento de la reciprocidad y cooperación judicial entre los países” (7.2).

Los objetivos cumplidos y las estrategias adheridas en el caso del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), permite presentar 40 actividades, dentro de los que se destacan la aplicación de formularios simplificados para facilitar la atención de las solicitudes y atención de procedimientos el línea y la implementación de atención de consultas a través de los correos electrónicos correspondientes al MTC, PVN , PVD y APN (Portales Institucionales del MTC).

Ministerio de Vivienda:

En el caso del Informe del Ministerio de Vivienda se refiere el cumplimiento de cuatro objetivos, los mismos que están relacionados a “Institucionalizar en la Administración Públicas las Prácticas de Buen Gobierno, la Ética y la lucha eficaz contra la corrupción”(1), “Promover el Fortalecimiento del Sistema de Lucha contra la Corrupción” (2), “Promover prácticas y/o conductas en el sector empresarial para combatir la corrupción” (4) y “Promover la activa participación de los medios de comunicación en la lucha contra la corrupción” (6).

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Respecto al objetivo de la institucionalización de prácticas de lucha contra la corrupción, se adhieren cinco estrategias. Primero, la estrategia referida a “Mejorar y fortalecer mecanismos de rendición de cuentas, acceso a la información, promoción de la ética y transparencia en la administración pública” (1.1, ), luego la estrategia referida a “Simplificación Administrativa como estrategia para la lucha contra la corrupción” (1.2), el “Fortalecer sistema de recursos humanos para la prevención de la corrupción” (1.3), “Fortalecer sistemas de contrataciones y adquisiciones del Estado para prevenir la corrupción” (1.4) y “Desarrollar fortalezas en los órganos de control u supervisión” (1.5).

Respecto al objetivo de promover el fortalecimiento del sistema de la lucha contra la corrupción, se adhieren dos estrategias. “Fortalecer un Sistema Nacional Coordinado de Lucha contra la corrupción” (2.1) y “Coordinar y realizar el seguimiento de las políticas de carácter multisectorial, regional y local de lucha contra la corrupción” (2.2).

Respecto a los objetivos relativos a la promoción de prácticas, de la participación de los medios , la obtención de compromisos de la sociedad y los desarrollos de esfuerzos concertados a nivel internacional, sólo se adhiere la estrategia vinculada a “Desarrollar una cultura ética y de promoción de denuncias en el sector empresarial (4.1).

Respecto al objetivo de lograr el compromiso de la sociedad para que participe de manera activa en la lucha contra la corrupción, se adhiere y aplica la estrategia consistente en “Facilitar la vigilancia ciudadana en la lucha contra la corrupción (6.2).

Respecto al objetivo de desarrollar esfuerzos concertados a nivel internacional en la lucha contra la corrupción nacional, se declara aunque no se aplican, las estrategias relativas a la “Aplicación de los acuerdos internacionales suscritos en materia de lucha contra la corrupción a la legislación nacional” (7.1) y “Promover el fortalecimiento de la reciprocidad y cooperación judicial entre los países” (7.2).

Los objetivos cumplidos y las estrategias adheridas en el caso del Ministerio de Vivienda, permiten presentar 79 actividades, dentro de los que se destaca la aplicación de Talleres Regionales de desarrollo de la Defensoría del Usuario, institucionalización de la línea telefónica gratuita 0-800-11003, implementación del correo electrónico para la defensoría del usuario y denuncias directas a la DU.

Ministerio de Producción:

En el caso del Informe del Ministerio de la Producción se refiere el cumplimiento de tres objetivos, los mismos que están relacionados a “Institucionalizar en la Administración Públicas las Prácticas de Buen Gobierno, la Ética y la lucha eficaz contra la corrupción”(1), “Promover el Fortalecimiento del Sistema de Lucha contra la Corrupción” (2) y “Promover prácticas y/o conductas en el sector empresarial para combatir la corrupción” (4).

Respecto al objetivo de la institucionalización de prácticas de lucha contra la corrupción, se adhiere la estrategia referida a “Mejorar y fortalecer mecanismos de rendición de cuentas, acceso a la información, promoción de la ética y transparencia en la administración pública” (1.1).

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Respecto al objetivo de promover el fortalecimiento del sistema de la lucha contra la corrupción, se adhiere la estrategia de “Fortalecer un Sistema Nacional Coordinado de Lucha contra la corrupción” (2.1).

Respecto a los objetivos relativos a la promoción de prácticas y/o conductas en el sector empresarial para combatir la corrupción, se adhiere la estrategia vinculada a “Mejoramiento de la regulación normativa aplicable a las empresas eliminando sistemas permisivos de corrupción” (4.2).

Si bien no se consigna como objetivo cumplido, se incluye dentro de las acciones efectuadas una vinculada al objetivo de promover la activa participación de los medios de comunicación en la lucha contra la corrupción. A saber, se aplica la estrategia relativa a la “Regulación y transparencia en la relación de los medios de comunicación con el Estado y los grupos de poder económico y político (5.1).

Los objetivos cumplidos y las estrategias adheridas en el caso del Ministerio de la Producción, permiten presentar 15 actividades, dentro de los que se destacan la presentación de formatos de acciones preventivas y de sanción por corrupción, la implementación del módulo “Denuncia ante el órgano de control interno” en la página web de FONDEPES y la continuación de la participación de veedores en los procesos de selección.

Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social:

Finalmente, en el caso del Informe del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MINDES) se refiere el cumplimiento de dos objetivos, los mismos que están relacionados a “Institucionalizar en la Administración Públicas las Prácticas de Buen Gobierno, la Ética y la lucha eficaz contra la corrupción”(1) y “Promover el Fortalecimiento del Sistema de Lucha contra la Corrupción” (2).

Respecto al objetivo de la institucionalización de prácticas de lucha contra la corrupción, se adhieren cuatro estrategias. Primero, la estrategia referida a “Mejorar y fortalecer mecanismos de rendición de cuentas, acceso a la información, promoción de la ética y transparencia en la administración pública” (1.1, ), luego la estrategia referida a “Simplificación Administrativa como estrategia para la lucha contra la corrupción” (1.2), en seguida, “Fortalecer sistema de recursos humanos para la prevención de la corrupción” (1.3) y finalmente “Fortalecer sistemas de contrataciones y adquisiciones del Estado para prevenir la corrupción” (1.4).

Respecto al objetivo de promover el fortalecimiento del sistema de la lucha contra la corrupción, se adhiere la estrategia de “Fortalecer un Sistema Nacional Coordinado de Lucha contra la corrupción” (2.1).

Respecto al objetivo de lograr el compromiso de la sociedad para que participe de manera activa en la lucha contra la corrupción, se adhiere y aplica la estrategia consistente en “Facilitar la vigilancia ciudadana en la lucha contra la corrupción (6.2).

Los objetivos cumplidos y las estrategias adheridas en el caso del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MINDES), permiten presentar 39 actividades, dentro de los que se destaca la elaboración de la Base de Datos de los Proveedores de Alimentos de

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los comités de gestión para el Programa Nacional Wawa Wasi para su publicación en el Portal Web.

En general, del cotejo de los distintos informes presentados, se percibe una preocupación por la priorización de los objetivos vinculados a la institucionalización en la administración pública de las prácticas de buen gobierno (16 informes), así como también una propensión a las acciones y actividades (544). Igualmente, se aprecia una mayor incidencia de actividades en los Ministerios que administran áreas sociales tal como los de Educación (51), de la Mujer y Desarrollo Social (39) y Salud (28), en contraposición a los Ministerios que regulan recursos naturales tales como Agricultura (2), Energía y Minas (18) o Ambiente (38).

Es de precisar que si bien es cierto la mayor cantidad de actividades las concentran los Ministerios de Economía y Finanzas (80) y Vivienda (79), no es menos cierto que ello responde -en el caso del Ministerio de Vivienda- al impulso otorgado a la Defensoría del Usuario respecto a la temática del saneamiento y, en el caso del Ministerio de Economía y Finanzas, al número de entidades responsables que maneja o mantiene coordinación: CONASEV, ONP, FONAFE, BANCO DE LA NACIÓN, PROINVERSION, SUNAT.

Es de anotar que el Grupo de Trabajo Multisectorial ha informado a la Comisión

Especial los avances en la ejecución del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción,

trasladando la información alcanzada por los Ministerios antes referidos, sin embargo,

no se informa respecto del cumplimiento de objetivos, acciones y metas de manera

integral o general y, asimismo, tampoco se informa respecto de los indicadores de

gestión que permitan medir los avances en la implementación de mencionado Plan.

2.3.- CUENTA GENERAL DE LA REPÚBLICA: ANÁLISIS Y ESTUDIO EN RELACIÓN A LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN

2.3.1. CUENTA GENERAL DE LA REPÚBLICA: MANDATO CONSTITUCIONAL

La Cuenta General de la República tiene un marco normativo que se sustenta en el Artículo 81° de la Constitución Política del Estado, así como en la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público y la Ley N° 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad Pública y su modificatoria Ley Nº 29537.

La Cuenta General de la República refleja la rendición de cuentas que realizan las entidades públicas.

Existen, entre otros, tres medios esenciales para la lucha contra la corrupción: i) la transparencia, ii) la rendición de cuentas y iii) el acceso a la información pública. La transparencia implica claridad en el manejo de los fondos públicos, pero también claridad de funciones y responsabilidades, en consecuencia, hay transparencia cuando se cuenta con información fidedigna y oportuna y es una condición previa a la rendición de cuentas que consiste en informar a la ciudadanía respecto de lo que se ha hecho y lo que se ha dejado de hacer para que sea la ciudadanía quien juzgue y el

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gobierno quien responda por sus acciones. Por su parte, el acceso a la información implica que toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información de cualquier entidad de la Administración Pública, sin que sea exigible expresión de causa para el ejercicio de este derecho, salvo las excepciones establecidas.

La corrupción no solamente nace sino que, también, crece en la fuerza del secretismo, y, asimismo, con el secretismo nace y crece la mala administración, por lo que es fundamental que el Congreso de la República tenga acceso irrestricto a la información de las acciones gubernamentales, dada su función de representación y fiscalización.

La transparencia y la rendición de cuentas no pueden existir de manera aislada una de otra ya que sin rendición de cuentas no existe transparencia y viceversa.

La rendición de cuentas implica control del gasto público. En un Estado Social y Democrático de Derecho, que constituye el modelo político peruano, el control de las finanzas públicas constituye el reflejo del balance de poderes.

Igualmente la fiscalización de las finanzas públicas influye en la delineación de las políticas públicas con la finalidad de vigilar su implementación y combatir la mala administración y la corrupción.

Así, la Cuenta General de la República constituye el proceso de revisión del gasto público.

2.3.2. APROBACIÓN DE LA CUENTA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONFORME AL MANDATO CONSTITUCIONAL

Dispone el Artículo 81° de la Constitución Política del Estado que:

“La Cuenta General de la República, acompañada del Informe de auditoría de la Contraloría General de la República, es remitida por el Presidente de la República al Congreso de la República en un plazo que vence el 15 de Agosto del año siguiente a la ejecución del presupuesto.

La Cuenta General de la República es examinada y dictaminada por una comisión revisora hasta el 15 de Octubre. Si no hay pronunciamiento del Congreso de la República en el plazo señalado, se eleva el dictamen de la comisión revisora al Poder Ejecutivo para que éste promulgue un decreto legislativo que contiene la Cuenta General de la República”.

La norma constitucional contiene una delegación de facultades del Congreso al Poder Ejecutivo para la aprobación de la Cuenta General de la República en caso que el Parlamento no apruebe ésta en el plazo máximo establecido (30 de Octubre).

En este sentido, la Cuenta General de la República ha sido aprobada conforme se detalla:

AÑO LEY / DECRETO LEGISLATIVO

La Comisión de Presupuesto emitió el Dictamen con opinión del Proyecto de

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2000 Ley N° 1273/2001, determinando el archivo del mismo (con la salvedad que fue con la Ley anterior N° 27213 que rigió hasta abril del año 2006)

2001

Decreto Legislativo N° 928 del 27 de Febrero de 2003.

2002

Ley N° 28119 del 31 de Abril de 2004.

2003

Decreto Legislativo N° 960 del 01 de Julio de 2005.

2004

Decreto Legislativo N° 962 del 07 de Abril de 2006.

2005

La Comisión de Presupuesto emitió el Dictamen con opinión del Proyecto de Ley N° 681/2006-PE, determinando el archivo del mismo (con la salvedad que fue con la Ley anterior N° 27213 que rigió hasta abril del año 2006).

2006

Decreto Legislativo N° 993 del 21 de Febrero de 2008.

2007

Decreto Legislativo N° 1093 del 25 de Febrero de 2009.

2008

Ley Nº 29484 del 23 de Diciembre de 2009.

Como se aprecia, la Cuenta General de la República ha sido aprobada en la mayoría de los casos por Decreto Legislativo, al amparo del Artículo 81° de la Constitución Política del Estado.

Esta información no hace más que evidenciar que el Congreso de la República no venía cumpliendo adecuadamente con su labor de fiscalización y representación a través del acto formal de aprobación de la Cuenta General de la República.

Es importante precisar que la Cuenta General de la República es de suma importancia no sólo en el proceso de revisión del gasto público sino, además, en el proceso de aprobación de ingresos y gastos anuales, es decir, en la aprobación del Presupuesto de la República. En efecto, conforme al Artículo 81° de la Constitución Política del Estado el proceso de revisión de la Cuenta General de la República se efectúa de manera

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previa a la aprobación del Presupuesto, de forma tal que los resultados de la revisión del gasto sea determinante al momento de evaluar y discutir el pliego de egresos de cada sector.

Por todo lo expuesto se puede concluir que la Cuenta General de la República aporta los elementos necesarios para evidenciar la forma en que los distintos niveles de gobierno usan los recursos públicos, así como evidenciar la implementación de políticas públicas y la manera como se enfrenta un determinado problema de carácter social o económico.

El Proyecto de Ley N° 4209/2010-PE, Cuenta General de la Republica correspondiente al Año Fiscal 2009, fue examinado y dictaminado por la Comisión Revisora de Presupuesto, aprobándolo el Pleno del Congreso de la República.

Debe destacarse el hecho de que la Cuenta General de la República por vez primera ha sido aprobada de manera previa al Presupuesto Público, el que debe aprobarse el 30 de Noviembre como fecha máxima; ello a mérito de la modificación efectuada al Artículo 81° de la Constitución conforme a la Ley N° 29401.

Del mismo modo se rescata el hecho de que la Cuenta General de la República ha sido aprobada por el Congreso de la República mediante Ley y no a través de un Decreto Legislativo por el Poder Ejecutivo, como había sucedido en reiteradas oportunidades, lo que refuerza la función de fiscalización que corresponde al Parlamento Nacional.

2.3.3. INFORME DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

La Dirección Nacional de Contabilidad Pública es el organismo público a cargo de formular y elaborar la Cuenta General de la República, en tanto que la Contraloría General de la República es el órgano a cargo de realizar la auditoría de la Cuenta General y emitir el informe respectivo.

El universo institucional de sector público correspondiente al año 2009 fue de 2347 entidades, número mayor en 08 entidades respecto del año 2008.

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Fuente: Proyecto de Ley N° 4209/2010-PE

De la información contenida en el Proyecto de Ley N° 4209/2010-PE se aprecia que, en lo que corresponde al Ejercicio 2009, el universo de entidades es 2347 de las cuales rindieron cuenta oportunamente 2148, quedando omisas 199 entidades, de las cuales informaron de manera extemporánea 139 y quedaron no integradas a la Cuenta General de la República 60 entidades públicas.

AÑO UNIVERSO ENTIDADES ENTIDADES ENTIDADES ENTIDADES ENTIDADES

DE ENTIDADES RINDIERON OMISAS INFORMARON NO RINDIERON

RINDIERON CUENTA EXTEMP. INTEGRADAS CUENTA

CUENTAS OPORTUNAMENTE

2008 2,339 2,256 83 37 46 2,293

2009 2,347 2,148 199 139 60 2,287

De las 199 entidades omisas, 2 son Universidades Nacionales, 3 Instituciones Públicas Descentralizadas y 18 son Sociedades de Beneficencia Pública y pertenecen al Gobierno Nacional, las cuales no presentaron información; 2 son Gobiernos Regionales, de los cuales 1 no presentó información y 1 presentó información incompleta; asimismo, 141 son Gobiernos Locales de los cuales 134 no presentaron información y 7 presentaron información incompleta; 2 Institutos de Vialidad Municipal que no presentaron información; 30 Empresas del Estado, de las cuales 10

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son Empresas Operativas, 9 son Empresas No Operativas y 11 son Empresas en Proceso de Liquidación que no presentaron información; finalmente, en Otras Entidades no presentó información el Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial –SENATI.

Debido a las acciones adoptadas por la Dirección Nacional de Contabilidad Pública, se logró que 139 entidades presentaran sus rendiciones de cuentas en forma extemporánea, de las cuales: 2 son Universidades Nacionales, 2 Instituciones Públicas Descentralizadas y 8 Sociedades de Beneficencia Pública que corresponden al Gobierno Nacional; 2 corresponden al ámbito de los Gobiernos Regionales y 125 a los Gobiernos Locales.

Las entidades omisas en los últimos seis años han tenido una variación constante, siendo los dos últimos años en los que ha existido el mayor grado de cumplimiento por parte de las entidades públicas, no obstante lo cual las entidades omisas correspondientes al año 2009 han sido muy superiores a las registradas en el año 2008.

Fuente: Grupo Cuenta General de la República- Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República

Asimismo, en lo que respecta a entidades no integradas a la Cuenta General de la República por niveles de Gobierno se tiene: 30 empresas del Estado, 16 Municipios, 10 Sociedades de Beneficencia Pública, 02 Institutos de Viabilidad Municipal , 01 Instituto Público Descentralizado y finalmente el Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial – SENATI, es decir, estas entidades no han presentado información al Ministerio de Economía y Finanzas sobre los fondos públicos que han administrado en el año fiscal 2009, lo que constituye un acto de falta de transparencia que no debiera pasarse por alto dado que, como se ha señalado líneas arriba, la transparencia es uno de los pilares de la lucha contra la corrupción.

CUADRO Nº 7

Nº % Nº % Nº %

2004 2321 2156 92.9 165 7.1 404 17.4

2005 2327 2191 94.2 136 5.8 388 16.7

2006 2343 2198 93.8 145 6.2 258 11.0

2007 2345 2227 95.0 118 5.0 263 11.2

2008 2339 2293 98.0 46 2.0 83 3.5

2009 2347 2287 97.4 60 2.6 199 8.5

EVOLUCIÓN Y ESTADÍSTICA DE LAS ENTIDADES OMISAS EN LOS ÚLTIMOS 6 AÑOS

INTEGRADAS NO INTEGRADAS OMISASAÑOS UNIVERSO

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Fuente: Dirección Nacional de Contabilidad Pública

En este sentido, de un total de 2347 entidades públicas que funcionan a nivel nacional sólo 2287 entidades rindieron cuenta del presupuesto asignado en el año fiscal 2009, es decir, 60 omitieron entregar información rindiendo cuenta del dinero de la Nación; mientras que el año 2008 se registró a 46 entidades públicas que no brindaron detalles de sus gastos presupuestarios de un total de 2339 entidades públicas, lo que hace la cifra sea preocupante en la medida que el número de entidades no integradas a la rendición de cuentas ha aumentado en lugar de disminuir, por lo que en aras de una concreta política de lucha contra la corrupción -en lo que a rendición de cuentas públicas se refiere- se debe sancionar a aquellas autoridades que no cumplen o se niegan a dar cuenta de los fondos públicos utilizados durante sus gestiones, específicamente en lo que corresponde al año 2009.

Es de precisar que, conforme al Proyecto de Ley N° 4209/2010-PE, se evidencia que se han registrado 139 entidades que brindaron información extemporánea, lo que constituye una cifra superior respecto del año 2008 en el que se identificaron a 37 entidades que presentaron información fuera de fecha.

De otro lado, en lo que respecta a la ejecución presupuestaria, se evidencia que un total de S/. 66,186,1 mil no fue integrado a la Cuenta General de la República correspondiente al año 2009, equivalente a 0,06% del presupuesto de gastos a nivel

CUADRO Nº 3

Nº % Nº % Nº %

1. Gobierno Nacional 238 227 95.4 11 4.6 23 9.7

- Gobierno Central 32 32 100.0

- Universidades Nacionales y ODA 39 39 100.0 2 5.1

- Instituciones Públicas Descentralizadas y FCR 60 59 98.3 1 1.7 3 5.0

- Sociedades de Beneficencia Pública 102 92 90.2 10 9.8 18 17.6

- Entidades de Tratamiento Empresarial 5 5 100.0

2. Gobiernos Regionales 26 26 100.0 0 0.0 2 7.7

3. Gobiernos Locales 1 887 1 869 99.0 18 1.0 143 7.6

- Gobiernos Locales 1 842 1 826 99.1 16 0.9 141 7.7

- Organismos Públicos Descentralizados-Municipales 23 23 100.0

- Institutos Vialidad Municipal 22 20 90.9 2 9.1 2 9.1

4. Empresas del Estado 189 159 84.1 30 15.9 30 15.9

- Empresas Operativas 136 126 92.6 10 7.4 10 7.4

- Empresas en situación de no Operativas 17 8 47.1 9 52.9 9 52.9

- Empresas en Proceso de Liqquidación 36 25 69.4 11 30.6 11 30.6

5. Otras Entidades 7 6 85.7 1 14.3 1 14.3

- Banco Central de Reserva 1 1 100.0

- EsSalud 1 1 100.0

- SENATI 1 1 100.0 1 100.0

- Caja de Pensiones Militar - Policial 1 1 100.0

- Fonavi en Liquidación 1 1 100.0

- Fondo Ley Nº 27677 1 1 100.0

- Fondo Revolvente Adm. BANMAT. SAC 1 1 100.0

TOTAL UNIVERSO 2 347 2 287 97.4 60 2.6 199 8.5

UNIVERSO DE ENTIDADES: INTEGRADAS, NO INTEGRADAS Y OMISAS A LA PRESENTACIÓN CONTABLE 2009

ENTIDADES/EMPRESASUNIVERSO

2009

INTEGRADAS NO INTEGRADAS OMISAS 31.03.10

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del sector público, de los cuales S/. 65,947,7 mil corresponden a Gobiernos Locales y S/. 238,4 mil corresponden a Sociedades de Beneficencia Pública; en consecuencia, la cifra mencionada no ha sido registrada contablemente.

EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA

Fuente: Proyecto de Ley N° 4209/2010-PE

Esta situación es altamente preocupante toda vez que en aras de la transparencia y la rendición de cuentas, herramientas indispensables en la prevención y lucha contra la corrupción, es inadmisible que las entidades estatales no rindan cuentas del dinero del Estado, es decir, de todos los ciudadanos. Asimismo, debe tenerse en cuenta que los omisos a la rendición de cuentas contenida en la Cuenta General de la República deben ser tomados en cuenta al momento de la aprobación del Presupuesto.

Es de mencionar que el Gobierno Nacional ejecutó recursos por el monto de 47,962 millones de nuevos soles, los Gobiernos Regionales gastaron 14,558 millones de nuevos soles, los Gobiernos Locales 15,666 millones de nuevos soles y las empresas del Estado 6,372 millones de nuevos soles.

2.3.4. INFORME DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

La Contraloría General de la República es la entidad que, de conformidad con el Artículo 81° de la Constitución Política del Estado, se encarga de realizar la auditoría a la Cuenta General de la República, emitiendo su Informe de Auditoría, el mismo que tiene la finalidad de verificar el contenido y estructura de la Cuenta General de la República, así como la confiabilidad y transparencia en la información y la aplicación correcta de los procedimientos (Proyecto de Ley N° 4209/2010-PE)

La Contraloría General de la República, de conformidad con el Artículo 82° de la Constitución Política de Estado, tiene como competencias: supervisar la legalidad de la

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ejecución del Presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control.

En el ámbito de la competencia referida a supervisión de la legalidad en la ejecución del Presupuesto del Estado se encuentra la rendición de cuentas, razón por la cual el informe emitido por la Contaduría General de la Nación debe pasar por el Informe de Auditoría emitido por la Contraloría General de la República.

La Cuenta General de la República es el instrumento de gestión pública que contiene información y análisis de los resultados presupuestarios, financieros, económicos, patrimoniales y de cumplimiento de metas e indicadores de gestión financiera, en la actuación de las entidades del sector público durante un ejercicio fiscal (Artículo 23° de la Ley N° 28708); siendo sus objetivos: a) Informar los resultados de la gestión pública en los aspectos presupuestarios, financieros, económicos, patrimoniales y de cumplimiento de metas; b) Presentar el análisis cuantitativo de la actuación de las entidades del sector público incluyendo los indicadores de gestión financiera; c) Proveer información para el planeamiento y la toma de decisiones; y, d) Facilitar el control y la fiscalización de la gestión pública.

De conformidad con el Artículo 22° de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley N° 27785, la Contraloría General de la República debe presentar anualmente el Congreso el Informe de Evaluación a la Cuenta General de la República, siendo su objetivo determinar si la Cuenta General de la República comprende la integración y consolidación de la información financiera y presupuestaria de las entidades del Sector Público, así como expresar opinión sobre la razonabilidad de los Estados Financieros, el Estado Consolidado de la Programación y Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Gastos del Sector Público, el Estado de la Deuda Pública y el Estado de Tesorería, correspondiente al ejercicio materia del Informe (Ejercicio 2009 conforme al Proyecto de Ley N° 4209/2010-PE y a la materia del presente Informe Cuatrimestral).

Del universo de 2287 entidades integradas a la Cuenta General de la República, la Contraloría seleccionó una muestra que incluyó el Gobierno Nacional (19 entidades), Gobiernos Regionales (2), Gobiernos Locales (1), Empresas del Estado (6) y otras entidades (2), haciendo un total de 30 entidades.

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La Comisión Especial considera que la muestra no resulta representativa en relación a los Gobiernos Locales dado que sólo ha sido considerado 01 Gobierno Local, sin embargo, la Cuenta General de la República está integrada por 1887 Gobiernos Locales, por lo que la muestra abarca solo el 0,05% del total conformado por estas entidades; máxime si se tiene en consideración que en los Gobiernos Locales existe gran cantidad de procesos judiciales por delitos de corrupción que han sido reportados por la Contraloría General de la República a la Comisión Especial.

Sobre este particular debe tenerse en cuenta también que la Contraloría General de la República ha señalado que determinó una muestra representativa de 59 entidades, de las cuales 30 han remitido informes de auditoría, correspondiendo a entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Locales y Empresas del Estado, y sus activos representan el 60% del Balance General antes de ajustes y eliminaciones, por lo que la muestra en relación al monto resultaría significativa.

De otro lado, la Contraloría General de la República, como resultado de la auditoría realizada al proceso de integración y consolidación de los Estados Financieros del Sector Público al 31.12.2009, determinó limitaciones importantes que incidieron en el proceso, por lo que ha emitido un Dictamen con salvedades.

Opinión con salvedades es aquella que se emite, en relación a las cuentas o estados financieros , en la que se señala que existen determinadas circunstancias o salvedades (incertidumbre, errores, incumplimientos en la aplicación de los principios y normas contables, limitaciones al alcance, etc.) que implican, o pueden implicar (incertidumbres), la necesidad de efectuar determinadas correcciones sobre las cuentas anuales o los estados financieros para que éstos, en todos los aspectos significativos, expresen la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera y de los resultados de las operaciones de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados (La Gran Enciclopedia de Economía -www.economia48.com).

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Es de precisar que respecto a la auditoría a la Información Presupuestaria del Sector Público 2009, al examen al Estado de Tesorería Ejercicio 2009 y al examen efectuado al Estado de Deuda, se ha emitido un Dictamen sin salvedades.

Debe tenerse en consideración que si bien es cierto la Contraloría General de la República ha señalado, con las precisiones anotadas en su opinión calificada, que los Estados Financieros del Sector Público presentan razonablemente la integración y consolidación en todos sus aspectos significativos al 31.12.2009, no es menos cierto que donde existen salvedades existen incertidumbres, incumplimientos, limitaciones, entre otras, que podrían ser o convertirse en actos de corrupción.

La Contraloría General sustenta su opinión con salvedad expresando en su Informe que, al 02.08.2010, recibió 114 informes de auditoría a los Estados Financieros del Ejercicio 2009, de los cuales 59 contienen opinión adversa, abstención de opinión y opinión con salvedades, los que revelan reparos en incertidumbres en su conjunto.

En efecto, como bien se evidencia del total de informes de auditoría obtenidos por la Contraloría General de la República (114), el 51,75% de los mismos presenta los problemas de calificación antes referidos, lo que resulta muy grave en relación a la transparencia y rendición de cuentas de los fondos públicos.

Las observaciones formuladas por la Contraloría resultan de suma consideración, así como las entidades comprendidas en éstas, siendo de especial relevancia lo siguiente:

Observaciones relacionadas a sumas de dinero pendientes de rendición provenientes de convenios con organismo internacionales:

- Observaciones al Poder Judicial:

El Dictamen al Poder Judicial ha sido emitido por la sociedad de auditoría Ángel López Aguirre & Asociados Contadores Públicos S. C., habiéndose expresado opinión negativa, entre otras razones, por cuanto en el rubro Gastos pagados por anticipado cuyo saldo asciende a S/. 143, 787,6 mil se incluye encargos otorgados pendientes de rendición y/o regularización administrativa desde el año 2007 por el importe de S/. 132, 495,9 mil, los que provienen de convenios suscritos entre el PNUD y la Unidad Ejecutora N° 001-Gerencia General.

Resulta altamente cuestionable que existan gastos pagados por anticipado pendientes de rendición y/o regularización desde el año 2007, más aún si la rendición pendiente se eleva al orden del 92.14% y, precisamente, producto de un convenio suscrito con un organismo internacional.

Asimismo, haciendo un seguimiento de la medida correctiva a las observaciones que afectaron el dictamen financiero del año 2002 del Poder Judicial, hasta por un monto de S/. 10 443 212,17 al año 2002 tenemos que su situación al año 2010 se encuentra “en proceso”.

- Observación al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento:

El Dictamen al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento fue emitido por la sociedad de auditoría Ángel López Aguirre & Asociados Contadores Públicos S.C.,

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habiéndose expresado opinión con salvedades, entre otras razones, por cuanto en el rubro Otras Cuentas por Pagar muestra el importe de S/. 218,219,6 mil que incluye encargos generales que se mantienen pendientes de rendición y/o regularización administrativa desde el año 2004 por el importe de S/. 59,236,8 mil los que provienen de los convenios suscritos entre el PNUD y la Unidad Ejecutora N° 001 – Administración General.

Al igual que en el caso anterior, resulta altamente preocupante que existan cuentas por pagar pendientes de rendición o regularización en el orden del 27,14 % desde el año 2004, es decir, desde hace 05 ejercicios fiscales y, al igual que en el caso anterior, provienen de un convenio suscrito con un organismo internacional.

La falta de transparencia que se percibe en las obras que se licitan y ejecutan a través de convenios suscritos con organismos internacionales ha sido materia del Segundo Informe de la Comisión Especial.

Constituyen herramientas esenciales en la lucha contra la corrupción -entre otras- la transparencia, la rendición de cuentas y la participación de la ciudadanía, por lo que resulta indispensable levantar las observaciones que se hacen a las entidades en los informes de control, especialmente, en lo que a rendición de cuentas respecta.

Observaciones relacionadas a bienes patrimoniales (inventarios, actas de conciliaciones, etc.):

- Observaciones al Ministerio de Educación:

El Dictamen al Ministerio de Educación fue emitido por la sociedad de auditoría Agreda & Asociados Contadores Públicos Sociedad Civil, expresando una opinión con salvedades debido, entre otras razones, a la carencia de actas de conciliación e informes finales de inventario de bienes patrimoniales al 31.12.2009 que sustenten los saldos por S/. 926,421,1 mil de las Cuentas Edificios, Estructuras y Activos No Producidos y Vehículos, Maquinaria y Otros, reflejados en los balances generales de cinco unidades ejecutoras que conforman la Sede Central y, asimismo, no se han presentado dichos documentos a la Superintendencia de Bienes Nacionales.

- Observaciones al Ministerio de Transportes y Comunicaciones:

El Dictamen del Ministerio de Transportes y Comunicaciones fue emitido por la sociedad de auditoría Bello & Asociados S.C., quienes expresan opinión con salvedades, entre otras causas, por cuanto no se proporcionó a los auditores el inventario valorizado de la Cuenta Edificios y Estructuras y Activos No Producidos netos por el importe de S/. 15,742,773,3 mil equivalente al 73% del total de los activos del pliego, correspondiendo a la Unidad Ejecutora 001 Administración General S/. 164,277,1 mil, Unidad Ejecutora 007 Provías Nacional S/. 14,966,617,9 mil y Unidad Ejecutora 012 Autoridad Autónoma del Sistema del Tren Eléctrico S/. 611,878,2 mil.

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- Observaciones a la Universidad Nacional del Santa:

El Dictamen a la Universidad Nacional del Santa se emitió por la sociedad de auditoría Tolentino – Henriquez y Asociados S.C., expresando una opinión con salvedades en razón de que, entre otras, no se observó la toma de inventario físico de los activos fijos al 31.12.2009 y los registros contables no permitieron aplicar procedimientos alternativos de auditoría a fin de poder satisfacerse de la razonabilidad de los saldos finales de dichos bienes que ascienden a S/. 54,847,2 mil.

- Observaciones a Sedapal:

El Dictamen en el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. fue emitido por la sociedad de auditoría Gutiérrez Ríos y Asociados S.C. cuya opinión son salvedades se debió, entre otras razones, a que no fue posible satisfacer la razonabilidad del saldo neto del Rubro Inmuebles, Maquinarias y Equipo de S/. 5,474,583,4 mil al 31.12.2009, compuesto de redes de agua y desagüe, instalaciones sanitarias, maquinarias, equipos, terrenos y otros activos debido a que la empresa no ha concluido los inventarios físicos valorados y la conciliación con los requisitos contables del activo fijo, por lo que no se pudo determinar el monto de los ajustes que pudieran afectar el activo y a los resultados del año 2009, entre otras causas.

Las actas de conciliación e inventarios tienen como finalidad mantener actualizados los registros de bienes muebles e inmuebles, con la debida valorización de los mismos, siendo indispensables para que el Estado pueda conocer con exactitud qué bienes son de su propiedad, lo que le permitirá efectuar compras, dar de baja bienes, efectuar controles periódicos de los bienes asignados a las distintas unidades (detectando sobrantes y faltantes que resulten de la comparación del inventario físico y de los libros), determinar la condición de los bienes según las normas en uso, determinar si los bienes cumplen las finalidades para las que están destinados, entre otras.

Todas las funciones que cumple un inventario se encuentran relacionadas con la transparencia en la gestión, por lo que la carencia de inventarios genera una opacidad que puede dar lugar a actos de corrupción.

Si bien es cierto la Contraloría General de la República ha señalado en su Informe de Control que los Estados Financieros correspondientes al año fiscal 2009, con las salvedades allí señaladas, presentan razonablemente, en sus aspectos de importancia, la situación financiera al 31.12.2009 no es menos cierto que ello no exime a las entidades públicas para que cumplan con su función de rendir cuenta del dinero del Estado y, por tanto, del dinero de todos los peruanos a la Nación.

22..44..-- IIMMPPLLEEMMEENNTTAACCIIÓÓNN DDEELL NNUUEEVVOO CCÓÓDDIIGGOO PPRROOCCEESSAALL PPEENNAALL EENN MMAATTEERRIIAA DDEE

DDEELLIITTOOSS DDEE CCOORRRRUUPPCCIIÓÓNN AA LLAA LLUUZZ DDEELL PPRROOYYEECCTTOO DDEE LLEEYY DDEE PPRREESSUUPPUUEESSTTOO DDEELL

SSEECCTTOORR PPÚÚBBLLIICCOO PPAARRAA EELL AAÑÑOO FFIISSCCAALL 22001111

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2.4.1. LEY DE PRESUPUESTO PARA EL SECTOR PÚBLICO: MANDATO CONSTITUCIONAL

De conformidad con el Artículo 80° de la Constitución Política del Estado, una de las funciones del Congreso de la República está referida a la creación de las herramientas necesarias para la dirección de la política económica. En este sentido, al Poder Legislativo le compete tanto el establecimiento de los tributos que financiarán el gasto público así como el monto y condiciones de los rubros que conforman el mencionado gasto, es decir, el Presupuesto Público.

La función presupuestal del Parlamento “tiene, por tanto, una función ambivalente: es, al mismo tiempo, un acto de legislación, por cuanto producción de normas que orientan y dimensionan las políticas públicas, y un acto de control, en la medida en la que acota el poder que ostentan otros órganos del Estado -en particular del Ejecutivo- al definir su ámbito material de actuación” (Padilla, Nolasco y Gil: 2002, 2).

En este sentido, el Presupuesto Público es de suma importancia toda vez que constituye un instrumento a través del cual se cumple el aspecto relativo a la asignación (eficiencia) y distribución (equidad) de los recursos.

La autorización del gasto público a través de la Ley de Presupuesto constituye una función esencial del control parlamentario, siendo que la Constitución la establece como una función indelegable del Congreso.

2.4.2. APROBACIÓN DEL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO PARA EL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2011 E IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL PARA DELITOS DE CORRUPCIÓN

La implementación del Código Procesal Penal, desde su inicio en el Distrito Judicial de Huara (Lima) en el año 2006, viene dando resultados positivos en relación a: garantía de los derechos, celeridad procesal, descarga procesal en la medida que no todos los casos se judicializan, entre otros.

Es de indicar que el Código Procesal Penal reemplaza al Código de Procedimiento Penales de 1940, pasando de un modelo esencialmente escrito y lento a un modelo basado en la litigación oral.

El Código Procesal Penal debe ser implementado de manera progresiva en todos los Distritos Judiciales, para lo cual se han emitido las disposiciones respectivas.

Un distrito judicial es la subdivisión territorial del Perú para efectos de la organización del Poder Judicial. Cada distrito judicial es encabezado por una Corte Superior de Justicia. Existen 29 Cortes Superiores en el país: 1.- Amazonas, 2.- Ancash, 3.- Apurímac, 4.- Arequipa, 5.- Ayacucho, 6.- Cajamarca, 7.- Callao, 8.- Cañete, 9.- Lima Norte, 10.- Cusco, 11.- Santa, 12.- Huancavelica, 13.- Huánuco, 14.- Huaura, 15.- Ica, 16.- Junín, 17.- La Libertad, 18.- Lambayeque, 19.- Lima, 20.- Loreto, 21.- Madre de Dios, 22.- Moquegua, 23.- Pasco, 24.- Piura, 25.- Puno, 26.- San Martín, 27.- Tacna, 28.- Tumbes, y 29.- Ucayali.

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A la fecha el Código Procesal Penal se aplica en 16 distritos judiciales: Cajamarca, Amazonas, San Martín, Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Huaura, Cañete, Ica, Arequipa, Moquegua, Tacna, Puno, Madre de Dios y Cusco.

En este contexto, el Congreso de la República aprueba la Ley N° 29574, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 17 de Setiembre último, la que establece -entre otras disposiciones- la entrada en vigencia del Código Procesal Penal, Decreto Legislativo N° 957, para los delitos tipificados en las Secciones II, III y IV, artículos 382° al 401° , del Capítulo II , del Título XVIII, del Libro II del Código Penal, a los ciento veinte (120) días de publicada la anotada Ley, es decir, a partir del mes de Enero del año 2011.

Con fecha 30 de Setiembre de 2010 se publicó en el diario oficial El Peruano el Decreto

Supremo N° 016 2010 JUS, que modifica el Calendario Oficial de Aplicación Progresiva

del Código Procesal Penal, estableciéndose la aplicación progresiva del Código Procesal

Penal en los Distritos Judiciales en los que aún no se ha implementado, en las fases

(dos fases) y años (2011, 2012 y 2013) detallados en el mencionado dispositivo.

El Decreto Supremo N° 016 2010 JUS resultaría incompatible con la Ley N° 29574 si la

modificación al Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal

no excluye el caso específico contemplado en indicada Ley (entrada en vigencia del

Código Procesal Penal, Decreto Legislativo N° 957, para los delitos tipificados en las

Secciones II, III y IV, artículos 382° al 401° , del Capítulo II , del Título XVIII, del Libro II

del Código Penal a partir de Enero del año 2011) para los trece (13) Distritos Judiciales

en los que aún no se ha implementado la vigencia del Código Procesal Penal.

En tal sentido, una acción de esta naturaleza mella el cumplimiento de la Ley N° 29574, norma que resulta de suma importancia en la lucha contra la corrupción.

En relación al Presupuesto para el Año Fiscal 2011 correspondiente al Ministerio Público y al Poder Judicial para la implementación del Código Procesal Penal, se evidencia lo siguiente:

A) PRESUPUESTO PARA EL AÑO FISCAL 2011 CORRESPONDIENTE AL MINISTERIO PÚBLICO.

La Fiscal de la Nación, Dra. Gladys Margot Echaíz Ramos, en la exposición del presupuesto del Ministerio Público para el Año Fiscal 2011 ante la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Parlamento Nacional, ha señalado que existe una demanda no atendida en relación a la implementación del Nuevo Código Procesal Penal que asciende a S/. 262,597,405 en lo que corresponde al cronograma de implementación para los años 2010 y 2011.

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B) PRESUPUESTO PARA EL AÑO FISCAL 2011 CORRESPONDIENTE AL PODER JUDICIAL

El Presidente del Poder Judicial, Dr. Javier Villa Stein, en la sustentación del presupuesto del Poder Judicial correspondiente al Año Fiscal 2011, ha señalado ante la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República de Congreso, como principales restricciones en este tema, que el Ministerio de Economía y Finanzas no ha incluido partida presupuestaria alguna para continuar con la reforma procesal penal establecida y, asimismo, que no se ha convenido el adelanto de la aplicación del Código Procesal Penal en la Gran Lima.

Igualmente el Presidente del Poder Judicial refirió que no se ha previsto presupuesto para la aplicación de la Ley N° 29574, que adelanta la vigencia del Código Procesal Penal para los delitos cometidos por funcionarios públicos.

La Comisión Especial estima que lo expresado tanto por la Fiscal de la Nación como por

el Presidente del Poder Judicial resulta extremadamente preocupante por cuanto la

implementación del nuevo Código Procesal Penal en general, de conformidad con el

cronograma establecido, y en particular respecto de la aplicación de la Ley N° 29574,

se encuentra estrechamente vinculado a la sanción de la corrupción, es decir,

constituye una herramienta de lucha contra la corrupción, en consecuencia, no es

coherente que el Poder Ejecutivo señale como una de sus prioridades la lucha contra la

corrupción y, sin embargo, en el presupuesto para el Año Fiscal 2011 no se considere

las sumas necesarias para dos instituciones fundamentales en la aplicación del nuevo

Código Procesal Penal.

2.5. DEFENSORÍA DEL PUEBLO: ACCIONES PREVENTIVAS 2.5.1. LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO COMO ENTIDAD OBSERVADORA DE LA COMISIÓN DE ALTO NIVEL ANTICORRUPCIÓN.

La Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, creada por Decreto Supremo N° 016 2010 PCM, estuvo integrada -entre otros miembros- por la Defensoría del Pueblo, habiéndose modificado su conformación mediante Decreto Supremo N° 067 2010 PCM a través del cual la Defensoría del Pueblo deja de ser miembro de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción para pasar a ser observador, participando en las sesiones de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción con voz pero sin voto, tal como se señaló en el Segundo Informe Cuatrimestral emitido por la Comisión Especial.

De conformidad con el Diccionario de la Lengua Española, Vigésimo Segunda Edición, la palabra Observador significa: “Que observa”. Del mismo modo significa: “Persona que es admitida a congresos, reuniones científicas, literarias, etc. sin ser miembro de pleno derecho”.

En consecuencia, podemos concluir que un observador es la persona o institución designada para coadyuvar a decidir cuestiones de hecho y, asimismo, para informar

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respecto de cualquier infracción a las normas. Del mismo modo, podríamos considerar que un observador puede medir el resultado de la labor encomendada.

En este sentido, la Comisión Especial considera que la Defensoría del Pueblo -en su condición actual de observador de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción- tiene como misión contribuir en la toma de decisiones, manifestando sus opiniones (al contar con voz en el seno de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción) en los diversos temas materia de decisión. Igualmente será su misión cuidar de que las medidas adoptadas se ajusten a las normas legales vigentes y, asimismo, medir los avances de las acciones de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción.

2.5.2. DEFENSORÍA DEL PUEBLO: PROGRAMA ÉTICA PÚBLICA Y PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN La Defensoría del Pueblo fue invitada a participar en la Sesión Ordinaria de la Comisión Especial realizada con fecha 18 de Agoto de 2010 con la finalidad de que exponga respecto del Programa Ética Pública y Prevención de la Corrupción (Serie Documentos Defensoriales – Documento N° 12). La Defensoría del Pueblo ha señalado que existen tres elementos que se deben tener en cuenta para la ética pública y prevención de la corrupción: i) tecnología, que implica diseñar una estrategia; ii) coordinación interinstitucional y iii) voluntad: política, ciudadana, empresarial, etc. La Defensoría del Pueblo no manda, ordena o resuelve sino que plantea el problema y la solución desde la perspectiva del ciudadano. En este sentido sus líneas de actuación comprenden: 1) la restitución de derechos afectados por la corrupción; 2) la incidencia positiva en la formulación y ejecución de la política pública anticorrupción a través de Investigaciones, Informes Defensoriales así como producir cambios en la política anticorrupción; 3) Promoción de la ética pública y el ejercicio de los derechos de participación ciudadana, lo que implica fortalecer la capacidad de denuncia. En el marco del Programa Ética Pública y Prevención de la Corrupción (Serie Documentos Defensoriales – Documento N° 12) la Defensoría del Pueblo informó que ha efectuado un estudio piloto de quejas vinculadas con casos que atentan contra la ética pública y generan riesgo de corrupción. Así, ha sistematizado las quejas que la ciudadanía presentó durante el período comprendido entre Enero de 2005 a Julio de 2008 en las regiones de Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco y Lambayeque, abordándose siete sectores de la actividad pública: Educación Escolar, Educación Superior; Gobiernos Locales, Policía Nacional, Salud, Sistema Judicial y Sistema Penitenciario. La Defensoría del Pueblo ha sistematizado 2719 quejas, correspondiendo 1026 al sector Educación Escolar, 734 al sector Municipalidades, 360 a Salud, 308 a la Policía Nacional, 152 al Sistema Judicial, 79 a Educación Superior y 60 al Sistema Penitenciario.

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UNIVERSO: 2,719 quejas

N° de quejas sobre casos que atentan contra la ética pública y

generan riesgo de corrupción (enero de 2005 y julio de 2008)

Fuente: Defensoría del Pueblo

RESULTADOS POR SECTORES

37.7% 27.1% 13.2% 11.3% 5.6%2.9% 2.2%

Como se aprecia, respecto del resultado por Sectores, el sector Educación Escolar es percibido por la ciudadanía como el que mas afecta sus derechos, presentando el mayor número de quejas recibidas por la Defensoría del Pueblo, 1026 quejas que representan el 37,73%, seguido del sector Municipalidades (27,1%), Salud (13,2%), Policía Nacional (11,3%), Sistema Judicial (5,6%), Educación Superior (2,9%) y Sistema Penitenciario (2,2%). Ciertamente las quejas recibidas por la Defensoría del Pueblo permiten establecer tendencias, es decir, los sectores problemáticos en los que se presentan patrones recurrentes que permiten incidir más en la labor de prevención y lucha contra la corrupción. De otro lado, en lo que respecta al resultado por Regiones, la Región Ayacucho es la que contempla el mayor número de quejas recibidas por la Defensoría del Pueblo, concentrando el 37,73% del total, seguido de la Región Arequipa con el 17,5%, la Región Cusco con el 15,2%, la Región Lambayeque con 14,8% y la región Apurímac con 6,8% del total de quejas recibidas.

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RESULTADOS POR REGIONES

N° de quejas sobre casos que atentan contra la ética pública y

generan riesgo de corrupción (enero de 2005 y julio de 2008)

UNIVERSO: 2,719 quejas

1,189

475412

240

Fuente: Defensoría del Pueblo

43.7% 17.5% 15.2% 14.8% 8.8%

La cantidad de quejas recibidas por Regiones podría abordarse desde dos perspectivas: a) se trata de una zona muy corrupta o, b) la sociedad civil no es tolerante a la corrupción, es decir, participa activamente en la denuncia de actos de corrupción. De otro lado, conforme a lo informado por la Defensoría del Pueblo, la actuación defensorial se encuentra orientada hacia la restitución de derechos afectados por la corrupción, abarcando: - Atención de quejas - Acciones de supervisión Como se aprecia, la labor de la Defensoría del Pueblo se encuentra orientada al ámbito de la prevención, detallando sus principales actividades como: 1) sensibilización de la ciudadanía respecto de su rol en la lucha contra la corrupción; 2) fortalecimiento de las capacidades ciudadanas para una vigilancia responsable sobre la administración pública; y 3) conformación de redes de acción colectiva promovidas por la Defensoría del Pueblo. En este aspecto la Comisión Especial considera que el concurso de la ciudadanía es fundamental en la lucha contra la corrupción. En este sentido, la ciudadanía debe involucrarse en la gobernabilidad, es decir, ejercer el control y la vigilancia en la aplicación efectiva de herramientas como la transparencia, la rendición de cuentas, la cultura de probidad y la ética en el ejercicio de sus funciones.

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2.6. POLÍTICAS ANTICORRUPCIÓN APLICADAS EN EL SECTOR EDUCACIÓN 2.6.1. AVANCES Y RESULTADOS EN LA APLICACIÓN DEL PLAN NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN El Dr. Víctor Manuel Díaz Chávez, Viceministro de Gestión Institucional, fue invitado por la Comisión Especial a su Cuarta Sesión Ordinaria con la finalidad de que exponga respecto de los avances y resultados en la aplicación del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción. El Dr. Díaz Chávez señaló que existe una mayor conciencia del grave problema de la corrupción, así como una mayor decisión política para adoptar medidas para combatir la corrupción. En el ámbito de la política nacional de lucha contra la corrupción se alude a: - Fortalecimiento de mecanismos de acceso a la información del Plan Nacional de

Lucha contra la Corrupción: En este aspecto se señala que se envía información mensual a la Presidencia del Consejo de Ministros y, asimismo, se trabaja en el fortalecimiento de las Comisiones de Atención de Denuncias y Reclamos – CADER en Lima Metropolitana. Así, se muestra un comparativo de denuncias en las que se evidencia que el número de denuncias disminuyó en el año 2009, respecto de los años 2005, 2006, 2007 y 2008.

Fuente: Ministerio de Educación

0

2,000

4,000

6,000

8,000

10,000

12,000

Año 2005 Año 2006 Año 2007 Año 2008 Año 2009

11,124

5,908

8,028

6,737

5,189

10,256

3,889

6,380

5,483

3,908

INGRESADOS CONCLUIDOS

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La Comisión Especial considera que las cifras mostradas por el Vice Ministerio de Gestión Institucional, respecto de la disminución de denuncias, deben ser tomadas de manera referencial teniendo en consideración que existen muchas denuncias que aún no se encuentran concluidas y, asimismo, teniendo en cuenta que del estudio piloto de quejas realizado por la Defensoría del Pueblo, el sector Educación Escolar fue el mas quejado. - Fortalecimiento de mecanismos de transparencia en las entidades públicas: Alude a la promoción de la cultura de transparencia y probidad en la gestión educativa para el cumplimiento de las normas; la implementación de una línea gratuita para reclamos y denuncias; y la habilitación de un portal web para el ingreso de quejas, transparencia económica y acceso a la información, difusión del Código de Ética de la Función Pública, así como difusión de la normativa legal del sector. - Simplificación administrativa: Orientada hacia la sensibilización de la colectividad respecto del silencio administrativo y orientaciones técnicas de simplificación administrativa; selección y priorización de veinte procedimientos más usuales en cada DRE/UGEL; difusión de eslogan; difusión de impresos, etc. Asimismo, refiere la realización de talleres de capacitación de simplificación administrativa, refiriendo la realización de siete talleres a nivel nacional en los que se contó con la participación de especialistas en el tema. TALLERES DE CAPACITACIÓN DE SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

TALLERES

DESCENTRALIZADOS

DRE Y UGEL ESPECIALISTAS

I Taller – Chiclayo Lambayeque, La Libertad 60 Especialistas

II Taller – Piura Piura, Tumbes y Cajamarca 131 Especialistas

III Taller – Arequipa Arequipa, Tacna,

Moquegua y Puno

145 Especialistas

IV Taller- Huancayo Junín, Huánuco, Pasco y

Huancavelica

137 Especialista

V Taller - Cusco Cusco, Madre de Dios y

Apurímac

112 Especialistas

VI Taller – San Martín San Martín 75 Especialistas

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VII Taller – Lima Lima Metropolitana 48 Especialistas

Fuente: Ministerio de Educación

- Órganos de Control y Supervisión fortalecidos: Se orienta a fortalecer las Comisiones de Procesos Disciplinarios COPROAS de Lima, imposición de sanciones, inicio de acciones judiciales por el Procurador Público, difusión de la Ley de Protección al denunciante en el ámbito administrativo y de colaboración eficaz contra los actos de corrupción. - Formación de valores éticos: Se alude a la implementación del Diseño Curricular Nacional que priorice la formación ética del educando basada en valores en las instituciones educativas pública y privadas; elaboración de un sistema de monitoreo que mida los logros alcanzados en la formación de valores; acciones de tutoría que promuevan la ética; campañas que promuevan la suscripción de pactos éticos; principalmente en los sectores Educación, Salud y Policía Nacional; inclusión de cursos obligatorios de ética profesional en la enseñanza superior no universitaria, entre otros. La Comisión Especial considera que la lucha contra la corrupción pasa de manera necesaria e ineludible por la educación. Es indispensable formar ciudadanos orientados hacia la probidad y la ética y para ello se requiere que se inculquen valores que permitan discernir con firmeza lo bueno de lo malo. Ello solo será posible arraigando estas ideas desde la niñez para que se formen generaciones que empiecen a desterrar y repudiar la corrupción. 2.7. ANÁLISIS DE LAS LÍNEAS DE TRABAJO DEL SECTOR EMPRESARIAL EN EL CAMPO DE LA ÉTICA: CONFEDERACIÓN NACIONAL DE INSTITUCIONES EMPRESARIALES PRIVADAS - CONFIEP La corrupción no existiría sin vínculos estrechos con el sector privado. Este constituye un problema que ha sido identificado ampliamente toda vez que no es un secreto que diversos agentes económicos del sector privado se benefician de la corrupción. En el marco de este contexto preocupante, la Comisión Especial invitó al Presidente de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas – CONFIEP con la finalidad de que exponga respecto de las buenas prácticas anticorrupción en el sector privado, tanto en el ámbito preventivo como en el ámbito sancionador. 2.7.1. BUENAS PRÁCTICAS ANTICORRUPCIÓN EN EL SECTOR EMPRESARIAL: LÍNEAS DE TRABAJO DE LA CONFIEP RELACIONADAS CON EL FOMENTO DE LA ÉTICA EMPRESARIAL.

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La CONFIEP es una institución que congrega y representa a la actividad empresarial privada peruana, a nivel nacional e internacional. Su principal objetivo es contribuir con el proceso de crecimiento económico sostenido, basado en inversión y fomento del empleo, a partir del esfuerzo de la iniciativa individual, la difusión de la empresa y la propiedad privada. Tiene como responsabilidad creciente examinar el contexto mundial y promover la integración del país en los mercados internacionales (www.confiep.org.pe). La CONFIEP actúa dentro de varías líneas de acción: Fortalecimiento gremial; Descentralización; Competitividad; Relaciones Laborales; Ética Empresarial; Negocios Internacionales. El ámbito de la ética empresarial lo define CONFIEP con la frase “Empresariado de estándares de clase mundial”.

FORTALECIMIENTOGREMIAL

DESCENTRALIZACIÓN

COMPETITIVIDAD

RELACIONESLABORALES

ÉTICAEMPRESARIAL

NEGOCIOSINTERNACIONALES

Agenda para promover el Crecimiento económico Sostenible y el empleo

Fuente: CONFIEP

El Estatuto de la CONFIEP señala como uno de sus principios rectores una actuación empresarial que aplique y haga aplicar los valores y principios éticos y morales que sean la base de la formación y conducta de toda la sociedad. Asimismo, el Código de Conducta señala el firme compromiso de CONFIEP y los gremios empresariales que la conforman en Impulsar los objetivos empresariales considerando el interés general y

teniendo en cuenta los principios de equidad, veracidad y transparencia, rechazando cualquier acto de corrupción.

La ética empresarial es considerada como una rama de la ética aplicada. Se entiende que aborda el estudio de las cuestiones normativas de naturaleza moral que se plantean en el mundo de los negocios, tales como la gestión empresarial, la organización de una corporación, las conductas en el mercado, las decisiones comerciales, entre otras. La CONFIEP presentó las líneas de trabajo del sector empresarial relacionadas con el fomento de la ética empresarial, reseñando su participación en: - Construcción de Marcos Normativos: Acuerdo Nacional, Plan Nacional de Lucha

contra la Corrupción.

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- Búsqueda de consensos: En su rol de miembro de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción.

- Medidas preventivas: Contenidas en los Códigos de Conducta de los gremios empresariales.

- Compromisos: Como parte del Pacto Mundial de las Naciones Unidas. - Difusión: Coparticipando con PROETICA en la Encuesta Nacional sobre la

Corrupción.

La CONFIEP viene trabajando de manera intensa el ámbito de la prevención de la corrupción, tal como se ha reseñado en sus líneas de trabajo, sin embargo, la Comisión Especial estima que debe complementarse este trabajo con el aspecto sancionador. En efecto, tal como refirió el Presidente de la CONFIEP en su exposición realizada el 15 de Setiembre de 2010 a la Comisión Especial, consideran que la sanción corresponde al Poder Judicial, sin embargo, se estima que resultaría necesario que el empresariado nacional imponga sanciones drásticas cuando uno de sus agremiados se vea involucrado en casos de corrupción. La corrupción es un problema que no solo afecta al sector público sino también al sector privado y, como consecuencia de ello, se afecta el mercado toda vez que todos los actores de éste no compiten en igualdad de condiciones por cuanto el actor corrupto tendrá una “ventaja competitiva” frente a los demás actores, por lo que deviene en indispensable la sanción en estos casos. 2.8. CORRUPCIÓN Y PRODUCTO BRUTO INTERNO Cuantificar la corrupción no es una tarea fácil ya que no existen datos certeros sobre el particular, sin embargo, una forma de medir el impacto de la corrupción es a la luz del Producto Bruto Interno toda vez que se encuentra correspondencia entre la corrupción y aspectos relacionados con el desarrollo de los países y el crecimiento económico de éstos. El Producto Bruto Interno (PBI) es la medida más frecuente del nivel de la actividad de la economía, definiéndose como el valor de los bienes y servicios finales, producidos en un determinado ámbito y en un período determinado. El PBI tiene una entidad oficial que lo mide, siendo que en el caso del Perú se trata del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y se hace a través de metodologías establecidas y posibles de ser auditadas. Los estudios realizados acerca de la vinculación entre corrupción y desempeño económico adoptan, mayoritariamente, el corte transversal como método y efectúa las correlaciones existentes entre dos variable: i) índice de percepción, que permite apreciar la situación de la corrupción y constituye un indicador que tiene la ventaja de ser logrado sobre la base del rigor de las reglas de investigación y la inferencia de la estadística, sin embargo, tiene la debilidad de una data que expresa una apreciación

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subjetiva, y ii) una variable directamente observada y medible vinculada al desempeño económico de los países. La metodología antes reseñada ha evidenciado la relación que se establece entre un índice de control de la corrupción con algunas variables vinculadas con el desarrollo (Informe Temático N° 03/2010-2011, Departamento de Investigación y Documentación Parlamentaria, Setiembre 2010):

a) La mayor estabilidad política estaría asociada a un control más estricto de la

corrupción Ello es así por cuanto una mayor inestabilidad política se traduce en inestabilidad económica dado que aumenta la incertidumbre y reduce la predictibilidad.

b) En sociedades con menor nivel de control de la corrupción se destina menor proporción del presupuesto nacional al gasto en educación y salud. Ello tendría su explicación en que la salud y educación, como asuntos de inversión pública serían menos atractivos respecto de otras en las que son más altas las posibilidades de extraer rentas vía corrupción.

c) Un menor nivel de control de la corrupción se asocia con menores ingresos

tributarios, mayores gastos y, consecuentemente, mayores déficits presupuestarios. Ello se evidenciaría en que en que un menor control de la corrupción se asocia a un mayor grado de desigualdad económica toda vez que se acrecienta la concentración en la posesión de activos, se distorsiona el gasto social y, asimismo, es un incentivo para favorecer menores esfuerzos para luchar contra la pobreza.

d) Igualmente un menor grado de control de la corrupción genera un menor nivel de

inversión. Ello se encontraría en los sobrecostos o cargas adicionales que se asemejan al incremento de los impuestos, así como reduce los horizontes de planeamiento.

En este contexto tenemos que uno de los estudios más destacados sobre la relación entre corrupción y crecimiento económico ha sido realizado por el historiador económico Alfonso Quiroz (La corrupción en el Perú: una larga historia, Revista Punto de Equilibrio, Universidad del Pacífico; el Pacto infame: estudios sobre la corrupción en el Perú), quien refiere que los rubros clásico que pueden utilizarse para calcular el monto de la corrupción son: i) el contrabando y ii) los contratos de armas, a los cuales se les debe agregar las nuevas materias que están referidas a iii) el narcotráfico, iv) las obras, v) la deuda y vi) la administración pública; considerándose también vii) los procesos de privatización y viii) el costo de oportunidad de la inversión extranjera. Según estas hipótesis, en momentos de alta corrupción el monto de ésta puede llegar hasta el 5% del PBI; en tanto que en épocas de menor corrupción, el monto aproximado sería de 2 o 3% del PBI. Estos cálculos indicarían que por concepto de corrupción histórica, en el Perú, anualmente, ha perdido entre 30 0 50% de las posibilidades de desarrollo.

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En este sentido, señala Quiroz, se evidencian ciclos de corrupción: i) los niveles de corrupción que alcanzan entre 30 y 45% del valor desviado y 4-

6% del PBI son muy altos; ii) los que promedian 21-29% del valor desviado y 2.1 – 3.9% del PBI son altos; iii) los que alcanzan 15-20% del valor desviado y 1-2% del PBI son

moderadamente altos. Precisa, asimismo, que históricamente no se han considerado niveles de corrupción ni medianos ni bajos. El ex Contralor General de la República Genaro Matute señaló en el año 2004 (El Comercio, 26 de Enero de 2004) que cerca del 15% del Presupuesto Público se extravía en la corrupción y que aproximadamente seis mil millones de soles se pierden cada año por gastos irregulares derivados de la corrupción en el aparato estatal. De lo expuesto se colige que si se realiza una estimación a partir de la constatación que el Gasto no financiero del Gobierno General en el año 2004 equivale a 17% del PBI, se podría deducir que el impacto de la corrupción por entonces denunciada giraba en torno al 2,5% del PBI (Informe Temático N° 03/2010-2011, Departamento de Investigación y Documentación Parlamentaria, Setiembre 2010). Conforme a los ciclos de corrupción antes anotados, la estimación realizada por el ex Contralor General de la República evidencia que el grado de corrupción en el año 2004 se encontraba en un nivel alto. De otro lado, el historiador económico Alfonso Quiroz refiere que el nivel máximo de corrupción se asocia con el concepto de lo que la gente “permite”, refiriendo que tanto en la década de 1850 como de 1990 (estudiadas por él) ese nivel llega hasta un 30% del presupuesto. Si se realiza, al igual que en el caso anterior, una estimación a partir de la constatación de que el Gasto no financiero del Gobierno General es del orden del 17% del PBI, se podría deducir que el 30% del presupuesto antes referido, equivale aproximadamente al 5% del PBI (Informe Temático N° 03/2010-2011, Departamento de Investigación y Documentación Parlamentaria, Setiembre 2010), con lo cual nos encontramos que en las décadas del 1850 y 1990 el nivel de corrupción se encontró en un ciclo muy alto. Ello, ciertamente, evidencia la estrecha relación que existe entre la corrupción de los gobernantes y el subdesarrollo de los gobernados, es decir, del país.

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CAPÍTULO III

SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN EN LA REFORMA DEL SISTEMA NACIONAL DE

CONTROL 3.1. GERENCIA CENTRAL ANTICORRUPCIÓN DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA En principio, recapitulando los objetivos consignados por el propio señor Contralor General de la República, con ocasión a su presentación ante el Congreso de la República sobre la Nueva Contraloría y la Modernización del Sistema Nacional de Control, que ya han sido señalados en los dos primeros Informes Cuatrimestrales de la Comisión Especial, la constitución de la Gerencia Central Anticorrupción busca responder a la idea de la implementación de un nuevo enfoque de control y su respectivo fortalecimiento dentro de la organización. Conforme lo dispone el Artículo 92° del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, la Gerencia Central Anticorrupción es el órgano técnico encargado de proponer las políticas y aprobar, conducir y supervisar las estrategias de prevención de la corrupción y promoción de la lucha contra la corrupción, el servicio de atención de denuncias, la participación y contribución de la ciudadanía en el ejercicio del control gubernamental, la fiscalización de las declaraciones juradas de bienes y rentas que presentan los servidores públicos obligados de acuerdo a ley, en coordinación con las entidades públicas y privadas así como con la sociedad civil organizada; abarcando su competencia todos los órganos del Sistema Nacional de Control. A la luz de esta finalidad la Comisión Especial invitó, con fecha 01 de Setiembre del 2010 a su Segunda Sesión Ordinaria, al señor Juan Carlos Requejo Aleman, Gerente Central Anticorrupción de la Contraloría General de la República, con el objeto de que exponga los avances en las acciones de la lucha contra la corrupción en el marco de la modernización de la Contraloría General de la República. En primer término, el Gerente Central Anticorrupción de la Contraloría General de la República detalla los factores identificados como críticos en la lucha contra la corrupción, precisando que debe trabajarse en la difusión de valores, en la gestión de procesos y proyectos, en la gestión por resultados, en la transparente administración de recursos, en la rendición de cuentas de funcionarios y en la sanción administrativa efectiva; todo lo cual forma parte del control interno y llevará a la creación de un Estado moderno y eficiente.

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Difusión de Valores

Gestión de procesos y proyectos

Gestión por Resultados

Transparente administración

de recursos

Rendición de Cuentas de

Funcionarios

Sanción Administrativa

Efectiva

Entidades Públicas

FACTORES CRÍTICOS EN LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN

5

CO

NT

RO

L I

NT

ERN

O

ESTAD

O M

OD

ERN

O Y

EFIC

IENT

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Fuente: Contraloría General de la República

La Comisión Especial coincide con los puntos o factores críticos señalados por la Contraloría General de la República, abordando en el presente Informe la trasparencia en la administración de recursos que se encuentra íntimamente ligada a la rendición de cuentas y es condición previa de ésta; así como el otorgamiento de facultad sancionadora a la Contraloría General de la República a fin de que las faltas administrativas no queden impunes. Asimismo, el señor Juan Carlos Requejo Aleman señaló que el rol de la Gerencia Central Anticorrupción, entre otros, está orientado en acciones de control preventivo y en acciones de control posterior, lo que abarca la fiscalización patrimonial de los servidores públicos, la rendición de cuentas y las Declaraciones Juradas como herramientas de control, la generación de la sensación de control entre los funcionarios públicos, el servicio a la atención de denuncias ciudadanas, la participación ciudadana, la formación de jóvenes y funcionarios públicos, entre otras acciones.

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¿Cómo funciona la Gerencia?

Control Preventivo

Formación de jóvenes y funcionarios públicos

Sensación de control

Transparencia de la gestión pública

Control interno y rendición de cuentas

Control Posterior

Denuncias

Fiscalización del patrimonio de los Servidores Públicos

Acciones Rápidas

PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Fuente: Contraloría General de la República

De otro lado, reconociendo la importancia de la labor formativa con los jóvenes, refiere que la Contraloría General de la República viene desarrollando trabajos con grupos de estudiantes para capacitarlos respecto al rol en la lucha contra la corrupción y desarrollo de valores en general, para cuyo efecto han celebrado un convenio con el Ministerio de Educación para implementar el programa “Ética, Ciudadanía y Compromiso Social”, el mismo que está dirigido a establecer las veedurías escolares con los alumnos de 4° y 5° de Secundaria. La Comisión Especial considera que el control preventivo es fundamental en la lucha contra la corrupción, y así ha quedado establecido en su visión de esta tarea, al establecer en su Plan de Trabajo que “El Parlamento tiene el compromiso de superar la visión de la lucha contra la corrupción conservadora y poco eficiente que privilegia la función represora del Estado ante las medidas correctivas, preventivas, educativas o disuasivas para enfrentar la corrupción”. Del mismo modo, se hizo mención especial al impulso de la transparencia en la gestión pública, lo que se evidencia a través de la accesibilidad de la página web de la Contraloría General de la República y el sistema de atención de denuncias que permite a los ciudadanos monitorear los expedientes respectivos y los propios hechos materia de la denuncia. La Gerencia Central Anticorrupción está encargada de diseñar el mapa estratégico de la Contraloría General de la República, el mismo que busca facilitar la conformación de alianzas estratégicas y permitir alinearse de tal modo que alcance la confianza de la ciudadanía respecto a la eficacia de su gestión en el control de la corrupción dentro de las entidades públicas.

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Igualmente, la Gerencia Central Anticorrupción refiere haber logrado el apoyo de la Cooperación Alemana para el diseño de un manual de orientación para el control de las municipalidades pequeñas, ello en el marco de fortalecimiento del Control Interno en las entidades del Estado, desde que, previamente, se ha determinado que los niveles de control deben ser proporcionales a la magnitud de los recursos que administran, los mismos que están drásticamente desproporcionados (200 entidades del Estado concentran el 85% de los recursos públicos).

PRODUCTOS EJECUTADOS

Fortalecimiento del Control Interno en Entidades del Estado

Manual de

Orientaciones Básicas

de Control Interno

Capacitación municipalidades provinciales y distritales

• Lambayeque• Cajamarca • Amazonas

Fortalecimiento posición SNC en Municipalidades Distritales capacitadas cuya cobertura por OCI es de sólo 8%

Compromiso Municipalidades capacitadas: aplicar normas control

interno CGR iniciar proceso

implementación de sistemas de control interno

Impactos Logrados

Publicación CGRen proceso

Adicionalmente:Desde abril/2010 una Comisión MEF – CGR viene trabajando en diseñar una esquema de implementación de normas de control interno en las 200 principales entidades.

Fuente: Contraloría General de la República

Tocará, pues, a la Contraloría General de la República efectuar el control posterior con la finalidad de determinar de manera certera si los “productos ejecutados” realmente han tenido los “impactos logrados” detallados: i) el compromiso de la Municipalidades capacitadas en la aplicación de normas de control interno y el proceso del proceso de implementación de sistemas de control interno; así como ii) el fortalecimiento de la posición del Sistema Nacional de Control en las Municipalidades Distritales capacitadas cuya cobertura por el Órgano de Control Institucional es de solo el 8%. La Gerencia Central Anticorrupción también presenta como aliado al Jurado Nacional de Elecciones con quien viene trabajando a partir de una alianza estratégica que se ha manifestado en el Programa “Postula con la Tuya” que busca prevenir la utilización de bienes y recursos públicos con fines electorales y recuperar los recursos que han sido ilegalmente destinados con tal finalidad. Asimismo tiene como aliada a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), con quien procura intercambio de información y acceso a las mejores prácticas en el uso de la Tecnología Informática (T.I.).

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Finalmente, es preciso señalar que mediante Resolución Ministerial N° 337 2010 PCM se dispone la constitución de un Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de elaborar el proyecto de Reglamento de la Ley N° 29542, Ley de protección al denunciante en el ámbito administrativo y de colaboración eficaz en el ámbito penal, el mismo que también podrá estar integrado por dos representante de la Contraloría General de la República. 3.2. OTORGAMIENTO DE FACULTAD SANCIONADORA A LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA 3.2.1. PROYECTO DE LEY N° 4210-2010-CG “LEY QUE OTORGA A LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA POTESTAD SANCIONADORA EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA FUNCIONAL Y MODIFICA LA LEY N° 27785, LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL Y DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA”. La Contraloría General de la República ha presentado al Parlamento Nacional el

Proyecto de Ley N° 4210 “Ley que otorga a la Contraloría General de la República

potestad sancionadora en materia de responsabilidad administrativa funcional y

modifica la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la

Contraloría General de la República”, cuyo objeto es otorgar a la Contraloría la

potestad de sancionar a los funcionarios y servidores públicos en materia de

responsabilidad administrativa funcional que se derive de los Informes de Control

emitidos por los órganos del sistema, independientemente del vínculo que une al

infractor con la entidad pública (laboral, contractual, civil, administrativo, estatutario)

y la vigencia de éste.

Refiere la Contraloría General de la República (Oficio N° 01024-2010-CG/DC) que como

resultado de las acciones de control efectuadas por los órganos del Sistema Nacional

de Control se evidencian responsabilidades, no solo de índole penal o civil sino,

además, en el ámbito administrativo funcional, las cuales según los procedimientos de

la legislación vigente no son sancionadas en forma efectiva.

Es de indicar que el Proyecto de Ley N° 4210/2010-CG cuenta con Dictamen de la

Comisión de Fiscalización y Contraloría del 23 de Setiembre de 2010, en el que se

recomienda la aprobación del mencionado Proyecto y se incluye un Texto Sustitutorio.

3.2.2. SITUACIÓN ACTUAL DE LAS RESPONSABILIDADES Y SANCIONES CONFORME A LA LEY N° 27785. Señala la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, que es objeto de la misma propender al apropiado, oportuno y efectivo ejercicio del control gubernamental, para prevenir y

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verificar, mediante la aplicación de principios, sistemas y procedimientos técnicos, la correcta, eficiente y transparente utilización y gestión de los recursos y bienes del Estado, el desarrollo honesto y probo de las funciones y actos de las autoridades, funcionarios y servidores públicos, así como el cumplimiento de metas y resultados obtenidos por las instituciones sujetas a control, con la finalidad de contribuir y orientar el mejoramiento de sus actividades y servicios en beneficio de la Nación. Del mismo modo, el Artículo 6° de la Ley N° 27785 señala que el control gubernamental consiste en la supervisión, vigilancia y verificación de los actos y resultados de la gestión pública, en atención al grado de eficiencia, eficacia, transparencia y economía en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado, así como del cumplimiento de las normas legales y de los lineamientos de política y planes de acción, evaluando los sistemas de administración, gerencia y control, con fines de su mejoramiento a través de la adopción de acciones preventivas y correctivas pertinentes. El control gubernamental es interno y externo y su desarrollo constituye un proceso integral y permanente. La acción de control es la herramienta esencial del Sistema, por la cual el personal técnico de sus órganos conformantes, mediante la aplicación de las normas, procedimientos y principios que regulan el control gubernamental, efectúa la verificación y evaluación, objetiva y sistemática, de los actos y resultados producidos por la entidad en la gestión y ejecución de los recursos, bienes y operaciones institucionales. Como consecuencia de las acciones de control se emiten los informes correspondientes, los mismos que se formulan para el mejoramiento de la gestión de la entidad, incluyendo el señalamiento de responsabilidades que, en su caso, se hubieran identificado. Sus resultados se exponen al Titular de la entidad, salvo que se encuentre comprendido como presunto responsable civil y/o penal. Cuando en el informe respectivo se identifiquen responsabilidades, sean éstas de naturaleza administrativa funcional, civil o penal, las autoridades institucionales y aquellas competentes de acuerdo a Ley, adoptarán inmediatamente las acciones para el deslinde de la responsabilidad administrativa funcional y aplicación de la respectiva sanción, e iniciarán, ante el fuero respectivo, aquellas de orden legal que consecuentemente correspondan a la responsabilidad señalada. Las sanciones se imponen por el Titular de la entidad y, respecto de éste en su caso, por el organismo o sector jerárquico superior o el llamado por ley. En este contexto, la Contraloría General de la República ha señalado (Exposición de Motivos del Proyecto de Ley N° 4210/2010-CG) que a partir de un total de 466 recomendaciones efectuadas por la Contraloría entre los años 2001 y 2010, sólo el equivalente al 34,12% han sido implementadas (procesos culminados) , estando en proceso de implementación un 27,04% (acciones iniciadas) en tanto que el 30,26% se encuentran pendientes (no se han iniciado acciones), restando un 8,58% entre no aplicables y retomadas.

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Fuente: Proyecto de Ley N° 4210/2010-CG

Del mismo modo señala la Contraloría General de la República que de las 156 recomendaciones reportadas en condición de implementadas, sólo 108 han dado lugar a imposición de sanciones, lo que representa aproximadamente el 23% respecto del total de recomendaciones formuladas por la Contraloría. Evidentemente, la Comisión Especial identifica la existencia de un grave problema respecto de recomendaciones que no se implementan toda vez que, entre recomendaciones reportadas en “proceso de implementación” y “pendiente de implementación” suman el 57.94%, es decir, más de la mitad de las recomendaciones efectuadas por la Contraloría General de la República en los últimos diez años no han sido implementadas. Del mismo modo, se evidencia que en muy pocos casos se imponen sanciones a aquellos funcionarios o servidores públicos que han incurrido en responsabilidad administrativo funcional, refiriendo la Contraloría General de la República (Proyecto de Ley N° 4210/2010-CG) que ello obedece a distintos factores entre los cuales se encuentra: i) ausencia de un procedimiento uniforme que permita el deslinde de responsabilidades, debido a que en la Administración Pública coexisten regímenes de contratación de personal que cuentan con esquemas sancionadores propios; ii) falta de procedimientos que permitan procesar y sancionar a determinadas autoridades y funcionarios públicos; iii) el hecho que sea la propia entidad en la que labora la encargada de sancionar permite dolo o negligencia, que los casos prescriban, que se aminoren las sanciones o que las personas sean absueltas de responsabilidad.

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3.2.3. PROPUESTA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA EN RELACIÓN A NUEVO ESQUEMA SANCIONADOR. La Contraloría General de la República, a través del Proyecto de Ley N° 4210/2010-CG así como del Oficio N° 01177-2010-CG/DC dirigido al Presidente de la Comisión de Fiscalización y Contraloría, propone un procedimiento sancionador en materia de responsabilidad administrativo funcional que comprende dos instancias (luego de emitido el Informe de Control en el que se establece la existencia de responsabilidad administrativo funcional): - Primera Instancia: Encargada de la etapa instructora y la etapa sancionadora, cargo

de un órgano instructor que investiga y un órgano sancionador que decide, respectivamente.

- Segunda Instancia: a cargo de un Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas, que constituye un órgano revisor.

El alcance de la sanción propuesto en el Proyecto de Ley comprende a las personas que tienen la condición de servidores y funcionarios públicos, conforme a las normas de control, independientemente del tipo de relación que las une con la entidad en la que ejerce sus funciones. De otro lado, se excluye a las autoridades elegidas por voto popular, titulares de organismos autónomos y autoridades que tienen el beneficio de antejuicio político. Es de precisar que, de conformidad con el Artículo 243° de la Ley N° 27744, existe autonomía de responsabilidades, es decir, las consecuencias civiles, penales o administrativas de la responsabilidad de las autoridades son independientes y se exigen de acuerdo a lo previsto en su respectiva legislación. Asimismo, los procedimientos para la exigencia de la responsabilidad penal o civil no afectan la potestad de las entidades para instruir y decidir sobre la responsabilidad administrativa, salvo disposición judicial expresa en contrario. 3.2.4. OPINIONES RESPECTO DEL PROYECTO DE LEY N° 4210/2010-CG - Opinión de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción: La Comisión de Alto Nivel Anticorrupción mediante Oficio N° 6240-2010-SG-CS-PJ de fecha 23.09.2010 dirigido al Señor Presidente del Congreso de la República, expresa su opinión contraria al Proyecto de Ley N° 4210/2009-CG, por las siguientes razones:

1.- Considera la propuesta una solución parcial al problema de la determinación y aplicación de sanciones administrativas por cuanto:

- Solo se restringe a las infracciones derivadas de Informes de Control.

- No incluye el tratamiento para las autoridades elegidas por votación popular.

2.- Considera que la Contraloría es juez y parte en la determinación de responsabilidades administrativas de los funcionarios públicos, en consecuencia:

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- No se garantizaría los derechos fundamentales de imparcialidad e independencia en la aplicación de sanciones.

- La facultad sancionadora de la Contraloría es exclusivamente por la obstrucción o transgresión de la normativa de control, por lo que si se establecen diferentes entes sancionadores en la administración pública se debilitan las acciones anticorrupción, además que la norma tiene serios vicios de inconstitucionalidad.

En este sentido, considera que como consecuencia de la aplicación de la norma, de aprobarse el Proyecto de Ley, se recibirían cantidades significativas de apelaciones y se incrementarían los procesos judiciales; por lo que propone el fortalecimiento de los entes encargados de administrar justicia.

La Comisión de Alto Nivel Anticorrupción ha señalado en el documento denominado “Lineamientos de Trabajo de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción del Perú”, en el rubro referido a Marco Conceptual, Punto 3 denominado Momentos de actuación de la corrupción, que la corrupción sigue una dinámica que debe ser observada para combatirla en forma más efectiva, indicando que se han identificado tres momentos por los que transcurre para buscar la impunidad: i) el establecimiento de las reglas y normas que permiten la legitimación de los actos; ii) la operación o gestión ya sea en la administración pública o privada, y el último momento de una intervención corrupta puede presentarse en iii) la investigación, el juzgamiento y determinación de sanciones o penalidades. Precisamente en el Punto iii) la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción señala que: “La implementación de sanciones se encuentra regulada por las diferentes normas que establecen el funcionamiento de las entidades del Estado en general. Sin embargo, es necesario tener claro que en este nivel de análisis de los actos de corrupción participan diferentes entidades, no solamente se debe considerar que es el Poder Judicial el que aplica las sanciones. El Poder Judicial actúa cuando el acto de corrupción está tipificado como un ilícito penal y de acuerdo al debido proceso, pronunciándose con la sanción correspondiente”. La Comisión Especial estima que la posición de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción señalada en el Oficio N° 6240-2010-SG-CS-PJ de fecha 23.09.2010 no guarda armonía con la posición señalada en el documento denominado “Lineamientos de Trabajo de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción del Perú”. - Opinión de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR: La Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, ha señalado su preocupación por el Proyecto de Ley N° 4210/2010-CG a través de su página web institucional. La Comisión Especial con fecha 21.09.2010 verificó que en el Portal de SERVIR se encontraba la posición de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, expresando algunos cuestionamientos al Proyecto de Ley antes mencionado indicando que: la reforma del Servicio Civil que viene implementando SERVIR busca profesionalizar la gestión pública, bajo los principios de mérito, flexibilidad, capacidad y orientación al

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ciudadano, refiriendo que SERVIR subraya su apoyo a la cuestión de fondo, es decir, la lucha contra la corrupción, sin embargo, manifiesta su preocupación respecto de lo siguiente: a) Se concentra las atribuciones de investigar, sancionar y resolver apelaciones en un

solo organismo (Contraloría General de la República). b) Se proponen infracciones muy genéricas y sanciones inadecuadamente graduadas. c) Se afecta la Política Nacional del Servicio Civil. d) Se propone una designación de vocales subjetiva.

En tal sentido, señala que SERVIR reitera su compromiso con la lucha contra la corrupción y propone que el proyecto sea reformulado, recomendando que se conforme una comisión especial para que se presente una propuesta consensuada que permita a la Contraloría General de la República contar con la facultad sancionadora en armonía con la Política Nacional del Servicio Civil. - Opinión de la Asociación para el Fomento de la Infraestructura Nacional – AFIN: La Asociación para el Fomento de la Infraestructura Nacional - AFIN, mediante comunicación AFIN N° 197-2010 de fecha 22.09.2010, alcanza su opinión respecto del Proyecto de Ley N° 4210/2010-CG, conforme a lo solicitado por la Comisión Especial. La Asociación para el Fomento de la Infraestructura Nacional – AFIN señala que el Proyecto de Ley plantea, para efectos de análisis, dos grandes temas: i) consolidar en la Contraloría la facultad de imponer sanciones administrativas por responsabilidad funcional, y ii) uniformizar el tratamiento al personal del Estado, en materia de sanciones, independientemente de su régimen de contratación, y la prescripción de la facultad del Estado de imponer estas sanciones. Refiere que sobre el segundo punto no encuentran observación alguna dado que busca uniformizar el tratamiento actual en los diversos regímenes laborales del sector público, producto del desorden existente; sin embargo, en lo que respecta a la facultad de imponer sanciones por parte de la Contraloría señalan que tal propuesta contraviene la naturaleza del derecho administrativo sancionador, en el que ambas fases (determinación de responsabilidades y sanción) deben estar claramente diferenciadas, como garantía del debido proceso. Refieren que, en todo caso, el procedimiento de determinación de responsabilidades tendría que incorporar varios ajustes relativos al debido proceso. De otro lado refiere que, en relación a la problemática de falta de imposición de sanciones señaladas por la Contraloría en la exposición de motivos del Proyecto de Ley, se parte de la falacia -respecto de que la propia entidad sea la que imponga sanciones- de entender que todos los informes son incuestionables y que ninguna persona o entidad puede tener una opinión privada ni derecho a la defensa. Asimismo considera que la Contraloría General de la República debe hacer el seguimiento de la implementación de las recomendaciones impartidas en los informes

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de control, siendo lo ideal reforzar dicho seguimiento y efectivizar las sanciones en caso de que dichas recomendaciones no sean implementadas. 3.2.5. NECESIDAD DE ABORDAR EL OTORGAMIENTO DE FACULTAD SANCIONADORA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Tal como se ha señalado anteriormente, el Proyecto de Ley N° 4210/2010-CG cuenta con Dictamen favorable de la Comisión de Fiscalización y Contraloría en la que se adjunta un Texto Sustitutorio. La Comisión Especial considera que, más allá de las necesarias modificaciones o precisiones que pudieran efectuarse al Proyecto de Ley, máxime si se cuenta con diversas opiniones, el tema pasa por determinar si la Contraloría General de la República debe o no contar con facultad sancionadora. La Constitución Política del Perú señala en su Artículo 82° que: “La Contraloría General de la República es una entidad descentralizada de Derecho Público que goza de autonomía conforme a su ley orgánica. Es el órgano superior del Sistema Nacional de Control. Supervisa la legalidad de la ejecución del Presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control. El Contralor General es designado por el Congreso, a propuesta del Poder Ejecutivo, por siete años. Puede ser removido por el Congreso por falta grave”. La Constitución no señala de manera taxativa que la Contraloría General de la República cuente con facultad sancionadora, sin embrago, tampoco prohíbe que la Contraloría pueda sancionar y ello debido a que la facultad sancionadora forma parte de las competencias asignadas a la Administración Pública y que no solo compatibilizan con la facultad directriz del empleador sino, además, encuentra su fundamento en la preservación y autoprotección de la organización administrativa y en el correcto funcionamiento de los servicios público-administrativos. En tal sentido, la Comisión Especial considera que el otorgamiento de facultad sancionadora a la Contraloría General de la República significará una importante reforma en el Sistema Nacional de Control, la que permitirá coadyuvar en la lucha contra la corrupción, lo que no importa que se reemplace en sus funciones al Ministerio Público o al Poder Judicial por cuanto se trata de responsabilidad administrativo funcional y no responsabilidad civil o penal, siendo que conforme lo dispone la Ley N° 27444 existe autonomía de responsabilidades, es decir, las consecuencias civiles, penales o administrativas de la responsabilidad de las autoridades son independientes y se exigen de acuerdo a lo previsto en su respectiva legislación, tal como se indicó líneas arriba. La Comisión Especial estima que la falta de sanción a los funcionarios y servidores públicos no solo completa sino que, además, afianza el circuito de la corrupción toda vez que la infracción cometida en perjuicio del Estado queda impune y la impunidad constituye un incentivo a la corrupción.

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Es de indicar que la facultad sancionadora de la Contraloría General de la República, contemplada en el Proyecto de Ley N° 4210/2010-CG, constituye un modelo que se aplica en otros países de América del Sur, tal es el caso de Chile, Ecuador, Colombia. De otro lado la Comisión Especial considera que, conforme a lo planteado por la Presidenta de la Comisión, Congresista Rosa Florián Cedrón, debe evaluarse la inclusión -dentro de ámbito de aplicación de la norma- de algunas autoridades elegidas por votación popular, tal es el caso de las autoridades de Gobiernos Regionales y Locales por cuanto las mismas administran y ejecutan fondos públicos y, asimismo, tienen una gran cantidad de denuncias por corrupción conforme a lo reportado por la Contraloría General de la República, de lo cual se dará cuenta en el punto siguiente. En la virtud, la Comisión Especial considera necesario que el Pleno del Congreso de la República aborde la discusión del Proyecto de Ley N° 4210/2010-CG por cuanto el mismo se encuentra directamente relacionado a la lucha contra la corrupción y, asimismo, constituirá una importante reforma al Sistema Nacional de Control. 3.3 DENUNCIAS POR DELITOS DE CORRUPCIÓN FORMULADAS POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA A LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES El año 2010 ha representado un año de gran trascendencia dentro del registro histórico-político de nuestro país, toda vez que se han llevado a cabo la elección de nuevas autoridades regionales, provinciales y distritales las que asumirán en Enero de 2011 la conducción en sus funciones. En medio de toda esta expectativa - y por ser la lucha anticorrupción un compromiso que involucra a todos, además de un reto que debe estar enfocado en todos los niveles de gobierno que conforman del Estado- es que en este capítulo del informe, se presentará la información remitida desde la Contraloría General de la República - mediante Oficio N° 00899-2010-CG/DC de fecha 16 de julio de 2010- en cuyo contenido se registra la relación de procesos y montos involucrados respecto de las denuncias recibidas en el periodo que va desde el 2002 al 2010 en contra de los Gobiernos Regionales y, desde el año 1994 hasta el año 2010 en los Gobiernos Locales. Es imperioso señalar que las investigaciones de tales denuncias se encuentran pendientes de Resolución por el órgano jurisdiccional, tal como lo ha referido la Contraloría General de la República, por lo que los datos que se presentarán a continuación deben ser vistos desde una óptica estadística referencial. 3.3.1. DENUNCIAS POR DELITOS DE CORRUPCIÓN CONTRA GOBIERNOS REGIONALES.

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En 03 octubre pasado se realizó la tercera elección de autoridades regionales, Presidentes y miembros del Consejo Regional. La elección de autoridades de Gobiernos Regionales implica la consolidación política del proceso democrático de descentralización, lo que se encuentra estrechamente vinculado a la administración y ejecución de fondos públicos para el cumplimiento de sus funciones, por lo que debe garantizarse una efectiva transferencia competencial y económica. El trabajo de los Gobiernos Regionales debe verse reflejado en la ejecución de obras públicas, no solo conforme a las necesidades de la población sino a través de un manejo transparente y eficiente. El manejo del presupuesto por parte de los Gobiernos Regionales, se ve mellado por prácticas irregulares de sus funcionarios, por ello la Comisión solicitó a la Contraloría General de la República que informe respecto de las denuncias tramitadas por dicho órgano de control contra los Gobiernos Regionales, informando la Contraloría General de la República (Oficio N° 00899-2010-CG/DC) lo siguiente: De un total de 88 denuncias recibidas en contra de los Gobiernos Regionales, se aprecia que el delito en el que más se incurre, corresponde al delito de peculado (48), tipificado dentro del Código Penal en su Artículo 387°.

Articulo 387° Código Penal: “El funcionario o servidor público que se apropia o utiliza, en cualquier forma, para sí o para otro, caudales o efectos cuya percepción, administración o custodia le estén confiados por razón de su cargo, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de dos ni mayor de ocho años”.

Si el agente, por culpa, da ocasión a que se efectúe por otra persona la sustracción de caudales o efectos será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años o con prestación de servicio comunitario de veinte a cuarenta jornadas”.

En segundo lugar se ubica el delito de Negociación Incompatible (16), seguido de los delitos de Colusión (15), Malversación de Fondos (5) y Aprovechamiento indebido (4), todo esto reflejado en el cuadro que presentamos a continuación:

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77

Fuente: Contraloría General de la República / Elaboración: Comisión Especial

Del mismo modo la Comisión Especial considera importante revisar cuánto representa

el perjuicio económico en contra del Estado en relación a la incidencia de estos delitos.

Así, el delito de peculado no sólo constituye el tipo penal en el que más se incurre sino

que, además, es el delito que mayor pérdida patrimonial para el tesoro público,

reportando la Contraloría General de la República la suma de S/. 39´004,173.97 de un

total de S/. 56´343,519.32 (período 2002-2010 por delitos de corrupción en Gobiernos

Regionales), es decir, solo en el delito de Peculado se concentraría casi el 70 % del total

de dinero afectado al Estado. En segundo lugar se ubica el delito de Colusión con un

perjuicio económico ascendente a S/. 9´222,108.46, poco más del 10% del total,

seguido por Negociación Incompatible, Malversación y Aprovechamiento Indebido, en

los montos presentados en el siguiente cuadro:

0

5

10

15

20

25

30

35

TOTAL DE DENUNCIAS RECIBIDAS 88

NEGOCIACION INCOMPATIBLE 16

PECULADO 48

COLUSION 15

MALVERSACION DE FONDOS 5

APROVECHAMIENTO INDEBIDO 4

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78

Fuente: Contraloría General de la República / Elaboración: Comisión Especial

Los Gobiernos Regionales entraron en funciones a partir del 1º de enero del 2003, estableciéndose una Región por cada Departamento como parte del proceso de Descentralización. Las funciones de los Gobiernos Regionales, conforme a la legislación vigente, son las de planificación, aprobación del presupuesto y promoción turística. Igualmente realizan funciones compartidas en materia de educación, salud y gestión de los recursos naturales, entre otros; sin embargo, y como se detalla en esta parte del informe, los actos de corrupción son una constante en cada una de estas funciones asignadas a los Gobiernos Regionales. La información que observaremos a continuación detallan cuales son aquellos Gobiernos Regionales en los que se ha detectado mayor frecuencia de denuncias por corrupción y cuales son aquellos en los que hay montos involucrados que representan pérdidas realmente considerables para el Estado, información y cifras que se detallan en el siguiente cuadro, tomando como referencia el periodo de tiempo transcurrido entre los años 2002 a Abril de 2010, según información de la Contraloría General de la República (Oficio N° 00899-2010-CG/DC ):

S/. 0.00

S/. 5,000,000.00

S/. 10,000,000.00

S/. 15,000,000.00

S/. 20,000,000.00

S/. 25,000,000.00

S/. 30,000,000.00

S/. 35,000,000.00

S/. 40,000,000.00 PECULADO

NEGOCIACION INCOMPATIBLE

COLUSION

MALVERSACION

APROVECHAMIENTO INDEBIDO

S/. 4,753,833.17

S/. 9,222,108.46

S/. 2,659,933.23

MONTOS INVOLUCRADOS POR DELITO Total S/. 56,343,519.32

S/. 39,004,173.97

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(2002 -2010)

REGIÓN FRECUENCIA REGIÓN MONTOS

ICA 9 LAMBAYEQUE S/.20´265,591.68

PUNO 8 PUNO S/. 8´400,084.01

AMAZONAS 7 ANCASH S/.6´084,834.58

ANCASH 7 SAN MARTIN S/.4´611,387.88

HUANCAVELICA 6 JUNIN S/.2´288,609.37

Fuente: Contraloría General de la República / Elaboración: Comisión Especial

Como se recoge del cuadro precedente, el Gobierno Regional con mayor número de denuncias es el de la Región Ica con un total de 9 denuncias; sin embargo, no figura dentro de las 5 regiones con mayor monto afectado, esto es posible por la menor suma de dinero involucrado en cada una de sus 9 denuncias (S/. 1´671,201.68 en total), no por esto deja de ser alarmante el hecho de encabezar el cuadro como la Región más denunciada. El rubro de montos involucrados esta es encabezado por el Gobierno Regional de Lambayeque, aún cuando solo presenta 2 denuncias, en consecuencia, lidera el cuadro de Región con mayor perjuicio económico al Estado. Mención aparte merecen los Gobiernos Regionales de Puno y Ancash, quienes si se encuentran en ambos rubros de este cuadro por ser dos de las Regiones con mayor número de denuncias recibidas e involucrar en ellas cifras en dinero bastante considerables. La Comisión Especial -sobre la base de la información proporcionada por la Contraloría General de la República- tomando como variables el periodo en años (2002-2010) así como los montos involucrados y la frecuencia en el número de denuncias obtiene el siguiente resultado:

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80

Fuente: Contraloría General de la República / Elaboración: Comisión Especial

Fuente: Contraloría General de la República / Elaboración: Comisión Especial

De la información alcanzada a la Comisión Especial se evidencia que, respecto al número de denuncias, el año 2004 representa un pico importante, ya que se registran 29, cifra que disminuye a 24 en el año siguiente, para luego tener un descenso considerable a cifras que oscilan entre las 4 y 5 denuncias en años siguientes, salvo con lo que ocurre en el 2009 que esta tendencia se rompe y las denuncias recibidas aumentan a 11; para el año 2010 (Febrero 2010) la cifra de denuncias ya registran 6, lo

41

2925

52

5

11

6

2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010

DENUNCIAS (2002-2010)

DENUNCIAS (2002-2010)

S/. 0.00

S/. 5,000,000.00

S/. 10,000,000.00

S/. 15,000,000.00

S/. 20,000,000.00

S/. 25,000,000.00

DENUNCIAS (MONTOS)

DENUNCIAS (MONTOS)

TOTAL: S/. 56´343,519.32

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81

que manifiesta una tendencia a que para el cierre del año se hayan recibido un número importante de denuncias. En cuanto se refiere a los montos involucrados año por año, se evidencia dos grandes

picos de manifestación registrados en el 2002 y 2009, de estos picos resulta

preocupante que para el año pasado la suma respecto a años anteriores haya crecido

de manera sustancial al punto de registrar S/. 16´206,567.44 casi un tercio de los S/.

56´343,519.32, monto total que se ha registrado durante el periodo de análisis en el

presente informe.

3.2.2. DENUNCIAS POR DELITOS DE CORRUPCIÓN CONTRA GOBIERNOS LOCALES.

Al igual que en el caso de los Gobiernos Regionales, el 03 de Octubre pasado se eligió a las autoridades municipales para el periodo 2011-2014. Respecto de los Gobiernos Locales el periodo informado por la Contraloría General de la República corresponde al periodo comprendido entre los años de 1994 al 2010 (Abril 2010). La información ha sido separada por la Comisión Especial en Municipios Provinciales y Municipios Distritales.

3.2.2.1 DENUNCIAS CONTRA MUNICIPALIDADES PROVINCIALES: En lo que respecta a los Municipios Provinciales la Comisión Especial realiza una primera aproximación a los datos correspondientes a este nivel de Gobierno, presentando aquellos delitos en los cuales se percibe una mayor incidencia y sobre los cuales deberá trabajarse en un futuro para mermar de manera sustantiva las cifras que hasta ahora se manejan y que serán presentados en los cuadros siguientes:

Fuente: Contraloría General de la República / Elaboración: Comisión Especial

0

20

40

60

80

100

120

DENUNCIAS TOTAL 218

CONT. ADM. PUBLICA

ACEPTACION IND. CARGO

APROVECH. INDE. CARGO

COLUSION

CONCUSION

MALVE. DE FONDOS

NEGO. INCOMP. CON EL CARGO

PECULADO

2

2

9

35

8

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82

La información presentada corresponde a un total de 218 denuncias tramitadas por la Contraloría General de la República durante el periodo de 1994-2010 (Abril 2010), de la cual se desprende que más del 50% de las denuncias corresponden a las tipificadas al delito de Peculado, el cual se convierte, al igual que en los Gobiernos Regionales, en el delito con mayor incidencia. Asimismo, se ubica en segundo lugar el delito de Colusión muy por debajo de las cifras registradas en peculado, ya que suman 35 denuncias, seguidas por Negociación Incompatible, Aprovechamiento Indebido y demás delitos que se presentan con mayor detalle en el cuadro precedente. Los delitos denunciados -ciertamente- causan perjuicio económico al Estado y no deja de alarmar las excesivas sumas de dinero que se pierden como producto de actos irregulares de corrupción que se configuran en los diversos tipos penales, de esta manera la Comisión Especial presenta la relación delito-pérdida económica, con los detalles que se registran a continuación :

Fuente: Contraloría General de la República / Elaboración: Comisión Especial

S/. 0.00

S/. 50,000,000.00

S/. 100,000,000.00

S/. 150,000,000.00

S/. 200,000,000.00

S/. 250,000,000.00

S/. 300,000,000.00

MONTOS INVOLUCRADOS POR DELITOS

CONT. ADM. PUBLICA

ACEPTACION IND. CARGO

APROVECH. INDE. CARGO

COLUSION

CONCUSION

MALVERSACION DE FONDOS

NEGO.INCOMP. CON EL CARGO

PECULADO

S/. 492,981.29

S/. 291,443.44

S/. 2,570,528.72

S/. 8,171,405.32

S/. 3,267,044.74

S/. 19,805,153.98

S/. 6,936,363.76

S/. 258,622,379.81

TOTAL: S/. 300´157,301.06

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83

Nuevamente se aprecia que el delito con mayor frecuencia es el delito de Peculado,

pero que a la vez es el que mayor perjuicio económico representa para el patrimonio

público, pues concentra un total de S/. 258´622,379.81, una cifra que representa más

del 75% del total. En segundo lugar, con un perjuicio que asciende a la suma de S/.

19´805,153.98, se ubica el delito de Malversación de Fondos, seguido -con un monto

de S/. 8´171,405.32- por el delito de Colusión, que en el cuadro anterior se ubicaba en

el segundo lugar como el delito de mayor incidencia, encontrándose tercero respecto

del perjuicio económico.

Como sucedió al momento de presentar los datos respecto de los Gobiernos

Regionales, la Comisión Especial considera de gran relevancia evidenciar cuáles son las

Municipalidades Provinciales que presentan un mayor número de denuncias recibidas

en su contra por la Contraloría General de la República y cuáles aquellas en cuyos actos

de corrupción se perjudica en mayor cuantía el patrimonio del Estado, corresponde

entonces, presentar los datos del siguiente cuadro:

(1994 -2010)

PROVINCIA FRECUENCIA PROVINCIA MONTOS

AZANGARO 8 PALLASCA S/. 190´378,318.00

SAN ROMAN- JULIACA

7 CALLAO S/. 20´897,655.26

SANTIAGO DE CHUCO

5 AZANGARO S/. 10´551,135.26

SANTA - CHIMBOTE

5 SAN ROMAN-JULIACA

S/. 7´952,186.57

YUNGUYO 5 CHINCHA S/. 3´387,706.53

Fuente: Contraloría General de la República / Elaboración: Comisión Especial

De un margen de tiempo que corresponde aproximadamente 16 años (1994 – Abril 2010) se muestra que las Municipalidades Provinciales más denunciadas y en las que se ha involucrado mayores sumas de dinero, se encuentran ubicadas en el departamento de Puno, corresponde a las municipalidades de Azángaro y San Román el papel de los municipios con mayores denuncias recibidas en su contra y en cuyos actos comprometen sumas de dinero considerables en desmedro de los recursos de todos los peruanos.

La Comisión Especial considera de gran relevancia analizar los datos oficiales recibidos de la Contraloría General de la República, estableciendo un balance de cómo se ha mejorado o empeorado en la lucha contra la corrupción año por año, esto será posible tomando como variables cada uno de los años que corresponden al período

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presentado, el número de denuncias recibidas en cada uno de ellos y los montos de pérdida que representan en perjuicio del Estado. Para ello se presenta el balance año por año en la proyección que sigue a continuación:

Fuente: Contraloría General de la República / Elaboración: Comisión Especial

De la información presentada, no se puede señalar de manera categórica que existe una evolución positiva; si bien hay un pico de 39 denuncias registradas en el año 2003 y luego no se registran números parecidos, aún es alarmante que se registren en los últimos tres años un número de denuncias que oscilan entre los 25 y 30, a esto se suma que a Abril 2010 ya se registran 11 denuncias, se presenta una tendencia a repetir un número de denuncias similar a la registrada en los últimos tres años del período en análisis.

Del mismo modo, respecto del monto del perjuicio económico, se evidencia éste haciendo énfasis en las sumas de dinero que se han perdido en el transcurso de este tiempo, así es que:

2 0 2 0 0 2

10

18

7

39

9

26

14

26 27 25

11

1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010

DENUNCIAS (1994 - 2010)

DENUNCIAS (1994 - 2010)

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Fuente: Contraloría General de la República / Elaboración: Comisión Especial

Como se revela en el cuadro precedente existe un pico en el año 2003 de S/. 217´316,905.91, los datos oficiales que la Comisión Especial ha recibido de la Contraloría General de la República, no permiten realizar un análisis más profundo sobre los datos que llevaría a convertir este año en el pico más alto de pérdidas patrimoniales; sin embargo, salvo esta suma exorbitante, no se ha repetido en años siguientes un monto de tal dimensión, sino que por ejemplo en el año 2007 la suma de dinero corresponde a S/. 7´578,613.42; en el 2008, S/. 3´241,008.22; en el 2009, S/. 4´546,906.76; y lo que sí merece una mayor reflexión, son los montos que se manejan en lo que va del año, pues solo hasta Abril 2010 se ha registrado S/. 5´804,537.29, lo que reflejaría estar proclives a repetir actos de corrupción en perjuicio del Estado y, en consecuencia, no se ha mejorado en la lucha contra la corrupción a nivel de Gobiernos Provinciales.

3.2.2.1 DENUNCIAS CONTRA MUNICIPALIDADES DISTRITALES: Las autoridades municipales distritales electas en el presente año son 1639 alcaldes distritales y 8657 regidores distritales que a partir de enero próximo asumirán la conducción de los distritos. Cada distrito presenta problemas, necesidades y fortalezas particulares; sin embargo, todos ellos encuentran un punto de concordancia y es que en cada Municipio Distrital los actos de corrupción se han convertido en una penosa constante.

Es en este marco que podemos apreciar, conforme a la información recibida de la Contraloría General de la República y poniendo énfasis en el número de denuncias interpuestas y el perjuicio económico que éstas representan para el Estado, cuáles son

S/. 0.00

S/. 50,000,000.00

S/. 100,000,000.00

S/. 150,000,000.00

S/. 200,000,000.00

S/. 250,000,000.00

19

94

19

95

19

96

19

97

19

98

19

99

20

00

20

01

20

02

20

03

20

04

20

05

20

06

20

07

20

08

20

09

20

10

DENUNCIAS MONTOS POR AÑO

DENUNCIAS MONTOS POR AÑO

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86

aquellos tipos penales en los que se incide con mayor frecuencia y los que causan una merma en el patrimonio estatal:

Fuente: Contraloría General de la República / Elaboración: Comisión Especial

De un total de 473 denuncias interpuestas por la Contraloría General de la República contra de las Municipalidades Distritales, es el delito de Peculado el de mayor incidencia, ascendiendo éstas a 273, es decir, más del 50%, convirtiéndose así - dentro de los niveles de Gobierno bajo análisis- en la conducta delictiva del funcionario o servidor público que más perjuicio representa dentro de la administración pública; conducta que debe ser analizada con mayor detalle al punto de proponer soluciones disuasivas que incluyan no sólo el aspecto sancionador sino también el aspecto educativo y profesional, capaces de asegurar una lucha frontal contra la corrupción y una disminución sustantiva de los datos que la Comisión Especial viene presentando en este informe.

Como se detalla en el cuadro siguiente, nuevamente el delito de Peculado se configura

como el de mayor incidencia y el que mayor perjuicio patrimonial representa en contra

del Estado, pues se trata de S/. 89´346,921.67 el perjuicio registrado por este tipo

penal. Seguida, en segunda ubicación, por el delito de Negociación Incompatible, con

un monto de S/. 43´647,529.76:

0

50

100

150

200

250

300

DENUNCIAS TOTAL 473

ABUSO DE AUTORIDAD

ACEPTACION INDEB. CARGO

APROVE. IND. CARGO

COLUSION

CONCUSION

FE PUBLICA

MALVERSACION DE FONDOS

NEGGO. INCOM. CARGO

PECULADO

INDEMNIZACION

1

431

78

7

1

36

41

273

1

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87

Fuente: Contraloría General de la República / Elaboración: Comisión Especial

Un dato importante a tomar en cuenta y que no se presentó en los cuadros anteriores,

es la aparición de nuevas conductas funcionales prescritas en los distintos tipos

penales que se han presentado en el último cuadro en mención; por ejemplo el delito

de concusión, tipificado en el Artículo 382° del Código Penal, que prescribe: “El

funcionario o servidor público que, abusando de su cargo, obliga o induce a una

persona a dar o prometer indebidamente, para sí o para otro, un bien o un beneficio

patrimonial, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de

ocho años”, lo mismo ocurre en caso del delito de Abuso de Autoridad, cuyo Artículo

376° del Código Penal establece que: “El funcionario público que, abusando de sus

atribuciones, comete u ordena, en perjuicio de alguien, un acto arbitrario cualquiera,

será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años.

S/. 0.00

S/. 10,000,000.00

S/. 20,000,000.00

S/. 30,000,000.00

S/. 40,000,000.00

S/. 50,000,000.00

S/. 60,000,000.00

S/. 70,000,000.00

S/. 80,000,000.00

S/. 90,000,000.00

DELITOS Y CUANTIA

ABUSO DE AUTORIDAD

ACEPTACION INDE. DE CARGO

APROVECHA. INDE. CARGO

COLUSION

CONCUSION

FE PUBLICA

MALV. DE FONDOS.

NEGOC. INCOMP. CARGO

PECULADO

INDEMNIZACION

S/. 930,754.98

S/. 117,642.75

S/. 3,314,497.25

S/. 26,298,749.34

S/. 1,072,249.99

S/. 0.00

S/. 26,519,181.90

S/. 43,647,529.76

S/. 89,346,921.67

S/. 19,316.43

TOTAL: S/. 191´266,844

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88

Cuando los hechos deriven de un procedimiento de cobranza coactiva, la pena será no

menor de dos ni mayor de cuatro años”.

Como se aprecia - y esto producto de la mayor cantidad de Municipios Distritales en

comparación con los Municipios Provinciales y Gobiernos Regionales- los diversos

delitos de corrupción tipificados en el Código Penal, se convierten en una constante

dentro del funcionario del Municipio Distrital, pues hay tipos penales que recién se

presentan en la información presentada respecto de Gobiernos Distritales. En este

sentido, se evidencia también cuáles son los Municipios Distritales en los que existe

una mayor frecuencia de denuncias y aquellos en los que se ocasiona una mayor

pérdida de dinero, así tomando como fuente los datos proporcionados por la

Contraloría General de la República, se presenta el cuadro siguiente:

DISTRITO FRECUENCIA DISTRITO MONTOS

PUENTE PIEDRA 7 MAJES S/. 31,518,240.84

PAUCARPATA 7 SAN ISIDRO S/. 12,454,383.00

LAGUNAS-ALTO AMAZONAS

6 ATE S/. 12,041,425.47

SAN JUAN DE LURIGANCHO

5 CHORRILLOS S/. 7,734,878.00

SANTIAGO-CUSCO 5 SAN JUAN DE LURIGANCHO

S/. 7,066,776.20

Fuente: Contraloría General de la República / Elaboración: Comisión Especial

De los datos presentados se rescata información relevante que permite enfatizar el control, seguimiento y evaluación al Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción asumido por la Comisión Especial. Así resulta de particular importancia el hecho de que sean los Municipios de Distritos capitalinos los que se hagan presentes en este cuadro. Como se evidencia son 05 los distritos de la capital que comparten cuadros ya sea como el Municipio Distrital más denunciado o aquel en el que se generan mayores perjuicios pecuniarios, sin embargo, la posición que presenta la Municipalidad de San Juan de Lurigancho requiere de mayor atención por ser la única que figura en los dos cuadros, volviéndose este dato aun más alarmante cuando se toma en consideración que San Juan de Lurigancho representa al distrito con mayor demografía dentro de la ciudad de Lima, gran cantidad de habitantes que requieren de la prestación de mayores y mejores servicios de salud, agua y educación.

En lo que respecta al balance del período comprendido desde 1994 hasta Abril 2010, de conformidad con la información alcanzada por la Contraloría General de la República, tenemos que la tendencia en los últimos años a que dichas denuncias vayan

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Tercer Informe Cuatrimestral

89

en aumento, sin embargo, para las denuncias recibidas en lo que va del año, estas suman 14, dejando entrever que alguna mejora en la disminución de estas cifras podría registrarse para este año; esto de manera tentativa ya que los datos a los que la Comisión Especial tuvo acceso y que son la base fundamental de esta parte del informe, pueden verse incrementados negativamente, puesto que para el cierre de este año o al próximo informe que se reciba de la Contraloría General de la República las denuncias podrían acrecentarse.

Fuente: Contraloría General de la República / Elaboración: Comisión Especial

En este último cuadro, nuevamente se presenta un balance del periodo analizado, tomando como referencia las sumas de dinero involucradas año por año. Se detecta un pico en el año 2006 de S/. 39´968,392.46, para luego en el 2007 la cifra baje considerablemente a S/. 14´084,871.77; sin embargo, para el año 2008 esta cifra casi se duplica al registrar un monto ascendente a los S/.28´009,773.99, suma que se incrementó para el año pasado a S/. 31´961,439.70. En lo que respecta al año en curso, vemos que la cifra aún se encuentra muy por debajo de las registradas en años anteriores, no obstante no podríamos establecer una tendencia dado que la información alcanzada por la Contraloría General de la República es al mes de Abril de presente año.

2 2

13

1 3 2

1114

19

56

23

53

45

58

74

83

14

1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010

DENUNCIAS (1994 - 2010)

DENUNCIAS (1994 - 2010)

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Tercer Informe Cuatrimestral

90

Fuente: Contraloría General de la República / Elaboración: Comisión Especial

La Comisión Especial considera que resulta necesario dinamizar el seguimiento de los procesos judiciales toda vez que, en el caso de los Gobiernos Regionales, se reportan procesos en trámite desde el año 2002, en tanto que en el caso de los Gobiernos Locales se reportan procesos en trámite desde el año 1994. A modo de conclusión, la Comisión Especial considera de imperiosa la necesidad precisar que la información contenida en este rubro relacionado a denuncias contra Gobiernos Regionales y Locales ha sido recibida de la Contraloría General de la República y tienen una fecha de corte a Febrero del año presente en el caso de los Gobiernos Regionales y a Abril de 2010 en el caso de los Gobiernos Locales, por lo que los datos presentados tienen un fin estadístico referencial sujetos a variaciones en la medida que se vaya actualizando la información. Finalmente, la información alcanzada por la Contraloría General de la República podría darnos una reflexión desde dos perspectivas: i) si es que la presencia de mayores denuncias sobre delitos de corrupción corresponde a un inadecuado Plan para hacerle frente, por eso su incremento o, por el contrario, ii) la lucha anticorrupción se ha intensificado al punto de descubrir todos estos actos, no darle tregua, y ponerlos a trámite mediante denuncia para su juzgamiento. La Comisión Especial estima que se encontraría en la línea de la primera reflexión.

S/. 0.00

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DENUNCIAS MONTOS POR AÑO

DENUNCIAS MONTOS POR AÑO

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CAPÍTULO IV

AUDIENCIAS PÚBLICAS DESCENTRALZIADAS 4.2. AUDIENCIAS PÚBLICAS DESCENTRALIZADAS REALIZADAS Tal como se indicó en el Informe Cuatrimestral anterior, las Audiencias Públicas

Descentralizadas Anticorrupción tienen por finalidad reunir a los representantes del

sector público y privado, incluyendo a la sociedad civil organizada, cooperación

internacional que trabaje en la zona, así como a los medios de prensa, para conocer los

temas que acarrean mayor incidencia y evidencian mayor índice de corrupción en la

Región visitada y contar así con información de primera mano que permita a la

Comisión Especial tomar acción en el marco de su competencia.

En el período materia del presente Informe se han realizado las siguientes Audiencia

Públicas Descentralizadas Anticorrupción:

4.2.1. AUDIENCIA PÚBLICA DESCENTRALIZADA AREQUIPA.-

El día miércoles 21 de Julio del 2010, en el Auditorio del Colegio de Contadores

Públicos de Arequipa, se efectuó la Tercera Audiencia Pública Descentralizada

Anticorrupción de la Comisión Especial Multipartidaria Permanente encargada del

control, seguimiento y evaluación al Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción,

presidida por la señora Congresista Rosa Florián Cedrón, Presidenta de la Comisión

Especial Multipartidaria Permanente encargada del control, seguimiento y evaluación

al Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción.

El Certamen, contó con la participación del señor Congresista Pedro Santos Carpio, en

su condición de integrante de la Comisión Especial Multipartidaria Permanente

encargada del control, seguimiento y evaluación al Plan Nacional de Lucha contra la

Corrupción, quien realizó una presentación denominada “Percepción de la

Corrupción”.

Igualmente, se contó con la participación de la señora Nury López Tejada de Cárdenas,

representante de la Dirección General del Programa Multianual de Arequipa, quien

expuso los temas del Presupuesto de Gestión por Resultados y del Sistema Nacional de

Inversión Pública (SNIP).

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encargada del control, seguimiento y evaluación al Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción

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La Audiencia Pública descentralizada registró la asistencia de 122 participantes. Y, se

presentaron formal y documentalmente denuncias relativas a irregularidades

administrativa, a saber: la denuncia del señor Yeison Gonzalez Helguero, respecto a la

presunta inaplicación de normas legales relativas a la caducidad de concesión

hidroeléctrica en perjuicio de la empresa Tarucani Generating Company S.A., del señor

David Barriga Miranda respecto a la subvaluación de terrenos de propiedad del

Gobierno Regional de Arequipa, del señor Eduardo Mejía Vargas sobre la presunta

existencia de irregularidades en el Proyecto para la construcción de la Autopista

Regional Arequipa-La Joya y la denuncia del señor Richard Bernedo Delgado sobre falta

de transparencia en la Municipalidad Distrital de Yarabamba.

Las denuncias recibidas fueron canalizadas a las diferentes Comisiones Ordinarias

según correspondía a la materia denunciada.

4.2.2. AUDIENCIA PÚBLICA DESCENTRALIZADA UCAYALI.-

El día viernes 10 de Setiembre del 2010, en el Salón de Grados (Tipo Auditorio) de la

Universidad Nacional de Ucayali, en la ciudad de Pucallpa, se efectuó la Cuarta

Audiencia Pública Descentralizada Anticorrupción de la Comisión Especial

Multipartidaria Permanente encargada del control, seguimiento y evaluación al Plan

Nacional de Lucha contra la Corrupción, presidida por la señora Congresista Rosa

Florián Cedrón, Presidenta de la Comisión Especial Multipartidaria Permanente

encargada del control, seguimiento y evaluación al Plan Nacional de Lucha contra la

Corrupción.

El Certamen, contó con la participación de los señores Congresistas José Macedo

Sánchez, Oswaldo De la Cruz Vásquez y Pedro Santos Carpio, en su condición de

integrantes de la Comisión Especial Multipartidaria Permanente encargada del control,

seguimiento y evaluación al Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción.

Igualmente, se contó con la participación del señor Profesor Jorge Baca Ramos, Jefe

del Área Forestal del Instituto Público Suiza, del señor ingeniero Miguel Seijas del

Castillo, Director Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Ucayali, del señor

Ingeniero Fernando Velásquez de la Cruz, Profesor de Ciencias Forestales de la

Universidad Nacional de Ucayali, quienes expusieron el caso paradigmático de los

terrenos de uso forestal del Instituto Superior Público Suiza y su posterior venta.

Adicionalmente, se contó con la participación en el panel correspondiente de los

señores Miguel Ronald Dávila Henderson, Director Ejecutivo Forestal y Fauna Silvestre

de Ucayali, el Doctor Ángel Lazo Pacheco, en representación de la Zona Registral N° VI

– Sede Pucallpa y el Dr. Manuel Conde, Procurador Anticorrupción.

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El evento registró la asistencia de 207 participantes, presentándose 43 denuncias

canalizadas al Grupo de Trabajo correspondiente de la Comisión de Fiscalización y

Contraloría.

Respecto a las denuncias recogidas, cabe señalar que la asesoría ha recomendado

complementariamente que, entre otras, en el caso de la denuncia de abuso de

autoridad del ciudadano Juan Shupingahua, se oficie a la Comisión de Defensa

Nacional y de Orden Interno, que en el caso de la denuncia de uso indebido de aportes

para el mantenimiento de vías del ciudadano Roiner Fernández, se oficie a la Comisión

de Transportes y Comunicaciones, que en el caso de la queja por nombramiento

irregular de Procurador de la ciudadana Rosa del Aguila, se remita la misma a la

Contraloría General de la República, que en el caso de la denuncia de irregularidad en

el fraccionamiento y adjudicación de parcelas del ciudadano Julio Neite Yarake, se

oficie al Ministerio de Agricultura.

4.2.3. AUDIENCIA PÚBLICA DESCENTRALIZADA ICA.-

El día viernes 22 de Octubre del 2010, en el Auditorium Principal del Consejo Regional

IX – Ica, del Colegio Médico del Perú, Calle Los Nardos N° 158, San Isidro, en la ciudad

de Ica, se efectuó la Quinta Audiencia Pública Descentralizada Anticorrupción de la

Comisión Especial Multipartidaria Permanente encargada del control, seguimiento y

evaluación al Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción, presidida por la señora

Congresista Rosa Florián Cedrón, Presidenta de la Comisión Especial Multipartidaria

Permanente encargada del control, seguimiento y evaluación al Plan Nacional de Lucha

contra la Corrupción.

La Congresista Rosa Florián Cedrón, realizó una presentación en la que sintetizó una

evaluación de la percepción de la corrupción en el Perú y de los objetivos de la

Comisión Especial en el seguimiento al Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción.

El Certamen, contó con la participación del señor Congresista Isaac Fredy Serna

Guzmán, en su condición de integrante de la Comisión Especial Multipartidaria

Permanente encargada del control, seguimiento y evaluación al Plan Nacional de Lucha

contra la Corrupción y representante de Ica.

Igualmente, se contó con la participación del señor Doctor Miguel Ángel Saavedra

Parra, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica, del señor Doctor Víctor

Domingo Heredia Bolivar, Procurador Anticorrupción de Ica, del señor Doctor Armando

Torres Manrique, flamante Jefe de la Oficina Regional de Control Ica y del señor

Alonso Navarro Cabanillas, Vicepresidente del Gobierno Regional de Ica, quienes

hicieron una evaluación de la situación de la lucha contra la corrupción en Ica.

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El evento registró la asistencia de 170 participantes, presentándose denuncias relativas

a irregularidades administrativas, alcanzando un número total de 11 denuncias.

Respecto a las denuncias recogidas, cabe señalar que se recabaron 8 fichas de opinión

ciudadana (algunas con adjuntos) y 3 denuncias que no acompañaron la ficha. Dentro

del grupo de fichas de opinión, se encuentra la denuncia del señor Oscar Salas Veliz

sobre presuntas irregularidades en las Inspectorías Laborales de la Dirección Regional

de Trabajo, de la señora Leydy Loayza Mendoza sobre presunta ejecución de obras sin

proceso de selección en la Municipalidad Provincial, del señor David Renán Palacios

Uribe sobre presunta concusión en las labores de remoción de escombros, de la señora

Martha Salcedo Buleje sobre presunta irregularidad en el pago de bonificaciones del

sector Educación, entre otros.

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CAPÍTULO V

LEYES APROBADAS E INICIATIVAS LEGISLATIVAS ORIENTADAS A LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN

5.1. LEYES APROBADAS ORIENTADAS A LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN - Ley N° 29574, Ley que dispone la aplicación inmediata del Código Procesal Penal

para delitos cometidos por funcionarios públicos.

El Congreso de la República aprobó la Ley N° 29574, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 17 de Setiembre de 2010, a través de la cual se dispone que la entrada en vigencia del Código Procesal Penal, Decreto Legislativo N° 957, para los delitos tipificados en las Secciones II, III y IV, artículos 382° al 401° , del Capítulo II , del Título XVIII, del Libro II del Código Penal, a los ciento veinte (120) días de publicada la anotada Ley, es decir, a partir del mes de Enero del año 2011.

Tal como se ha señalado anteriormente, con fecha 30 de Setiembre de 2010 se publicó

en el diario oficial El Peruano el Decreto Supremo N° 016 2010 JUS, que modifica el

Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, estableciéndose

la aplicación progresiva del Código Procesal Penal en los Distritos Judiciales en los que

aún no se ha implementado, en dos fases correspondiente a los años 2011, 2012 y

2013, por lo que el Decreto Supremo N° 016 2010 JUS resultaría incompatible con la

Ley N° 29574 si la modificación al Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del

Código Procesal Penal no excluye el caso específico contemplado en indicada Ley

(entrada en vigencia del Código Procesal Penal, Decreto Legislativo N° 957, para los

delitos tipificados en las Secciones II, III y IV, artículos 382° al 401° , del Capítulo II , del

Título XVIII, del Libro II del Código Penal a partir de Enero del año 2011) para los trece

(13) Distritos Judiciales en los que aún no se ha implementado la vigencia del Código

Procesal Penal.

De otro lado, aún cuando no se trata de una Ley, es de destacar la Resolución Suprema N° 162 2010 JUS, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 21.08.2010, mediante la cual se designa un Procurador Público Especializado en el cobro de reparación civil proveniente de sentencias condenatorias por delitos de corrupción y otros delitos conexos tipificados en el Código Penal, fortaleciéndose, unificándose y modernizándose la defensa del aparato estatal. Es de indicar que la Comisión Especial evidenció en el Segundo Informe Cuatrimestral que la labor de recuperación de los fondos indebidamente sustraídos del Estado y el

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cobro de la reparación civil no venía siendo exitosa, habiéndose recuperado sólo el 0.43% del monto total ordenado pagar, según información brindada por la Procuraduría Especializada Anticorrupción a la Comisión Especial, por lo que era indispensable dinamizar la recuperación de fondos del Estado, a fin de consolidar el aspecto sancionador de la lucha contra la corrupción, de lo contrario no sólo no se repara el grave perjuicio causado al Estado sino, además, se generará la percepción de impunidad como consecuencia de ello. 5.2. INICIATIVAS LEGISLATIVAS ORIENTADAS A LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Conjuntamente con las iniciativas legislativas que han sido puestas de relieve en el

Primer y Segundo Informes Cuatrimestrales, las que reiteramos a través del presente

Informe, la Comisión Especial considera que existe una iniciativa legislativa,

presentada por la Contraloría General de la República, cuya trascendencia merece una

evaluación priorizada por parte del Pleno del Congreso de la República, tratándose del

Proyecto de Ley N° 4210/2010-CG.

A saber, se trata del Proyecto de Ley que otorga facultad sancionadora a la Contraloría

General de la República y que ha sido extensamente analizado en el Punto 3.2. del

Capítulo Tercero del presente Informe.

El Proyecto de Ley N° 4210/2010-CG cuenta con Dictamen favorable de la Comisión de

Fiscalización y Contraloría en la que se adjunta un Texto Sustitutorio, por lo que

corresponde al Pleno del Parlamento Nacional su debate.

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CAPÍTULO VI

ANTEPROYECTOS DE LEY La Comisión Especial encargada del control, seguimiento y evaluación al Plan Nacional

de Lucha contra la Corrupción promueve iniciativas legislativas, en calidad de

anteproyectos de proposiciones legislativas, por lo que se presentan los siguientes

Anteproyectos de Ley:

Anteproyecto de Ley que modifica el artículo 4° de la Ley N° 27482 sobre obligación de presentar Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas de los funcionarios y servidores públicos.

Anteproyecto de Ley que modifica la Ley N° 27482 sobre nomenclatura y contenido de la Declaración Jurada de los funcionarios y servidores públicos.

Los Anteproyectos de Ley, que ya gozan de la adhesión de los señores Congresistas

Lombardi y Carpio, antes detallados serán puestos a consideración de la Contraloría

General de la República y del Consejo Consultivo de la Comisión Especial, de

conformidad con el Reglamento Interno de la Comisión Especial. Asimismo su

aprobación por el Congreso de la República será materializada conforme a ley.

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CAPÍTULO VII

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 7.1 CONCLUSIONES La Comisión Especial Multipartidaria Permanente encargada del control, seguimiento y

evaluación al Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción, luego del análisis y

evaluación efectuados en su Tercer Informe Cuatrimestral, llega a las siguientes

conclusiones:

RESPECTO DEL CONTROL, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN AL PLAN NACIONAL DE

LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN:

7.1.1.- La Comisión Especial concluye, respecto de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, que la suscripción del Pacto de Nación Anticorrupción entre la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción y representantes del Poder Ejecutivo, del Poder Judicial, de los Partidos Políticos, así como organizaciones de la Sociedad Civil, si bien constituye un compromiso muy importante que asumen las instituciones del Estado y la sociedad civil en la lucha contra la corrupción, no es menos cierto que los resultados que como consecuencia de la suscripción del pacto se exhiban serán los que de manera contundente demuestren los avances en la lucha contra la corrupción; ello sin perjuicio de que continúa pendiente la construcción de un sistema de evaluación que permita valorar de manera permanente el cumplimiento de objetivos y metas trazadas en la ejecución del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción. 7.1.2.- La Comisión Especial concluye, respecto del Informe del Grupo de Trabajo Multisectorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, que los Sectores del Poder Ejecutivo que manejan áreas sociales (Ministerio de Educación, de la Mujer y Desarrollo Social y Salud) vienen incidiendo con mayor consistencia en el desarrollo de actividades y acciones destinadas al objetivo de la institucionalización en la administración pública de las prácticas de buen gobierno, en contraposición a los Ministerios que regulan recursos naturales (Agricultura, Energía y Minas y Ambiente) en los que el avance reportado es bastante menor. 7.1.3.- La Comisión Especial concluye, respecto del estudio de la Cuenta General de la Republica, que ésta ha venido aprobándose en los últimos diez años por el Poder Legislativo y por el Poder Ejecutivo (a través de Decretos Legislativos), prevaleciendo la aprobación por parte del Poder Ejecutivo, con lo cual el Congreso de la República no ha venido cumpliendo adecuadamente con su labor de fiscalización en lo que a este aspecto se refiere; no obstante lo cual en el presente año y por primera vez se ha

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Tercer Informe Cuatrimestral

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aprobado la Cuenta General de la República de manera previa a la aprobación del Presupuesto de la Nación, ello a mérito de la modificación del Artículo 81° de la Constitución según la Ley N° 29401 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 08.09.2009.

7.1.4.- La Comisión Especial concluye que la Cuenta General de la República correspondiente al Ejercicio Fiscal 2009 ha sido aprobada con salvedades y, aún cuando la Contraloría General de la República ha señalado que los Estados Financieros presentan razonablemente, en sus aspectos de importancia, la situación financiera al 31.12.2009 ello no exime a las entidades públicas de cumplir con su función de rendir cuenta del dinero del Estado y, por tanto, del dinero de todos los peruanos a la Nación; máxime si existen 60 entidades no integradas a la Cuenta General de la República.

7.1.5.- La Comisión Especial concluye, respecto de la implementación del Código Procesal Penal en materia de delitos de corrupción -a la luz del Proyecto de Ley de Presupuesto para el Año Fiscal 2011- que no se ha contemplado en el Presupuesto de la Nación, ni para el Ministerio Público ni para el Poder Judicial, los recursos necesarios para continuar con la implementación del Código Procesal Penal, así como los recursos necesarios para la implementación de la Ley N° 29574.

7.1.6.- La Comisión Especial concluye que el Decreto Supremo N° 016-2010-JUS resultaría incompatible con la Ley N° 29574 si la modificación al Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal no excluye el caso específico contemplado en indicada Ley (entrada en vigencia del Código Procesal Penal, Decreto Legislativo N° 957, para los delitos tipificados en las Secciones II, III y IV, artículos 382° al 401° , del Capítulo II , del Título XVIII, del Libro II del Código Penal a partir de Enero del año 2011) para los trece (13) Distritos Judiciales en los que aún no se ha implementado la vigencia del Código Procesal Penal.

7.1.7.- La Comisión Especial concluye, respecto de las acciones preventivas informadas por la Defensoría del Pueblo, -que aún cuando ya no tiene la condición de miembro de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción sino la de observador- viene realizando, en el marco del Programa: Ética Pública y Prevención de la Corrupción, un trabajo orientado hacia la atención de quejas y acciones de supervisión que privilegian la actuación defensorial hacia la restitución de derechos afectados por la corrupción. 7.1.8.- La Comisión Especial concluye, respecto de las políticas anticorrupción en el sector educación, que el Ministerio de Educación viene realizando esfuerzos por avanzar en la aplicación del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción, sin embargo, se muestra esfuerzos incipientes que, incluso, contradicen el estudio piloto de quejas vinculadas a actos de corrupción realizado por la Defensoría del Pueblo. 7.1.9.- La Comisión Especial concluye, respecto de las buenas prácticas en el sector empresarial en el campo de la ética informadas por la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas – CONFIEP, que dicho gremio cuenta con códigos de ética orientados a la lucha contra la corrupción y, asimismo, viene participando de

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manera activa en las organizaciones relacionadas con la lucha contra la corrupción, todo ello orientado al ámbito de la prevención, sin embargo, se estima que debiera reforzarse el ámbito de la sanción. 7.1.10.- La Comisión Especial concluye, respecto del estudio de la relación existente entre Corrupción y Producto Bruto Interno (PBI), que la corrupción tiene una correspondencia directa con el desarrollo económico de los países, incidiendo negativamente en éste. Según las estimaciones de los especialistas, relacionada al impacto de la corrupción en PBI, el Perú ha tenido históricamente niveles altos de corrupción, afectando en promedio entre el 3 y el 5% del PBI. RESPECTO DE LA REFORMA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL:

7.1.11.- La Comisión Especial concluye, respecto del Informe de la Gerencia Central Anticorrupción de la Contraloría General de la República, que la reforma del Sistema Nacional de Control pasa por generar la sensación de control entre los funcionarios y servidores públicos a través de herramientas como la presentación de Declaraciones Juradas, Rendición de Cuentas y Fiscalización del Patrimonio de aquellos. 7.1.12.- La Comisión Especial concluye que la modernización y fortalecimiento de la Contraloría General de la República favorece la participación ciudadana y permite una mejor atención y seguimiento a las denuncias ciudadanas. 7.1.13.- La Comisión Especial concluye, respecto del otorgamiento de facultad sancionadora a la Contraloría General de la República en materia de responsabilidad administrativo funcional, que ésta constituye una importante propuesta de reforma en el Sistema Nacional de Control que permitirá coadyuvar a la lucha contra la corrupción toda vez que la falta de sanción no solo complementa sino que, además, afianza el circuito de la corrupción por cuanto la infracción cometida en perjuicio del Estado queda impune y la impunidad constituye un incentivo a la corrupción. 7.1.14.- La Comisión Especial concluye, respecto de las denuncias interpuestas contra Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales Provinciales y Distritales por delitos de corrupción, informadas por la Contraloría General de la República, que los Gobiernos Regionales registran, en el período comprendido entre el año 2002 y Febrero de 2010, 88 denuncias que representan un perjuicio económico para el Estado ascendente a S/. 56,343,519.32, siendo el delito más denunciado, tanto en número de denuncias como en el monto del perjuicio, el de peculado. Por su parte, los Gobiernos Locales Provinciales registran, en el período comprendido entre 1994 a Abril de 2010, 218 denuncias que representan un perjuicio económico al Estado ascendente a S/. 300,157,301.06, siendo el delito más denunciado el de peculado; en tanto que los Gobiernos Locales Distritales registran, en el período comprendido entre 1994 a Abril de 2010, 473 denuncias que representan un perjuicio económico al Estado ascendente a S/. 191,266,844.07, siendo el delito más denunciado el de peculado.

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7.2 RECOMENDACIONES

La Comisión Especial Multipartidaria Permanente encargada del control, seguimiento y evaluación al Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción, en atención a las conclusiones expuestas en sus Informes anteriores y en el Tercer Informe Cuatrimestral, formula las siguientes recomendaciones:

RESPECTO DEL CONTROL, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN AL PLAN NACIONAL DE

LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN:

7.2.1.- La Comisión Especial recomienda que se constituya un sistema de evaluación con indicadores que permita medir los resultados de la ejecución del Pacto de Nación Anticorrupción, así como de la ejecución y cumplimiento de objetivos del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción.

(Conclusión 7.1.1.)

7.2.2.- La Comisión Especial recomienda que los Sectores del Poder Ejecutivo incidan con mayor consistencia en el desarrollo de actividades y acciones destinadas al objetivo de la institucionalización en la administración pública de las prácticas de buen gobierno; impulsando, asimismo, los Derechos del Usuario, en los casos que corresponda.

7.2.3.- La Comisión Especial recomienda, a la luz del sistema de evaluación recomendado, que se informe de manera general e integral los avances en la ejecución del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción, construyendo los indicadores cuantitativos y cualitativos necesarios para medir los avances en la implementación del mismo.

(Conclusión 7.1.2.)

7.2.4.- La Comisión Especial recomienda que se capacite y, de ser el caso, sancione, a las personas responsables de la Dirección Nacional de Contabilidad Pública a fin de posibilitar el cumplimiento periódico en la presentación de su rendición de cuentas, herramienta indispensable en la lucha contra la corrupción.

7.2.5.- La Comisión Especial recomienda que las observaciones que se hacen a través de los Informes de Auditoría sean levantadas, no pudiendo permanecer por más tiempo las inconsistencias que se presentan relacionadas a inventarios, sumas pendientes de rendición de cuentas o ejecución de obras con organismos internaciones.

(Conclusiones 7.1.3 y 7.1.4.)

7.2.6.- La Comisión Especial recomienda que se dispongan las partidas presupuestarias necesarias para la implementación del Código Procesal Penal en los Distritos Judiciales

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en los que aún no se ha implementado y, asimismo, para su implementación conforme a lo dispuesto en la Ley N° 29574, es decir, para los delitos relacionados a actos de corrupción.

(Conclusiones 7.1.5 y 7.1.6.)

7.2.7.- La Comisión Especial recomienda que la Defensoría del Pueblo, en su condición de observador, contribuya a propiciar la construcción de un sistema de evaluación que permita valorar de manera permanente el cumplimiento de los objetivos y metas trazadas en la ejecución del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción.

(Conclusión 7.1.7.)

7.2.8.- La Comisión Especial recomienda que el Ministerio de Educación refuerce sus políticas anticorrupción, tanto en el aspecto administrativo de la gestión educativa como en el aspecto educacional a través de la difusión de valores y educación cívica a los estudiantes, futuros ciudadanos del país.

(Conclusión 7.1.8.)

7.2.9.- La Comisión Especial recomienda que en el caso de los gremios empresariales se establezca un mecanismo que permita establecer la responsabilidad del agremiado y la imposición de una sanción cuando se encuentre involucrado en casos de corrupción.

(Conclusión 7.1.9.)

7.2.10.- La Comisión Especial recomienda que se fuercen las políticas de lucha contra la corrupción, caso contrario estaremos condenados al subdesarrollo, aún cuando haya crecimiento económico.

(Conclusión 7.1.10.)

RESPECTO DE LA REFORMA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL:

7.2.11.- La Comisión Especial recomienda que el Sistema Nacional de Control incida en la generación de la sensación de control entre los funcionarios y servidores públicos a través de un mayor uso de las herramientas como la presentación de Declaraciones Juradas, Rendición de Cuentas y fiscalización del patrimonio de los servidores públicos.

(Conclusión 7.1.11.)

7.2.12.- La Comisión Especial recomienda fortalecer dentro de la Contraloría General de la República la participación ciudadana y la mejora de la atención y seguimiento a las denuncias ciudadanas.

(Conclusión 7.1.12.)

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7.2.13.- La Comisión Especial recomienda que se debata prioritariamente en el Pleno del Congreso de la República el Proyecto de Ley N° 4210/2010-CG, máxime si el mismo cuenta con dictamen favorable de la Comisión de Fiscalización y Contraloría, así como con un texto sustitutorio que mejora los aspectos inicialmente concebidos, dada su importancia en la lucha contra la corrupción.

(Conclusión 7.1.13.)

7.2.14.- La Comisión Especial recomienda dinamizar el trámite de los procesos judiciales tanto en lo que respecta a Gobiernos Regionales como a Gobiernos Locales, máxime si el demandante es el Estado y el perjuicio económico causado constituye un daño para todos los peruanos.

(Conclusión 7.1.14.)

RESPECTO DE LAS INICIATIVAS LEGISLATIVAS:

7.2.15.- La Comisión Especial recomienda que, existiendo iniciativas legislativas aún no aprobadas y que han sido detalladas en el Primer y Segundo Informes Cuatrimestrales así como la iniciativa legislativa contenida en el Proyecto de Ley N° 4210/2010-CG “Ley que otorga a la Contraloría General de la República potestad sancionadora en materia de responsabilidad administrativa funcional y modifica la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República”, se proceda a su evaluación y aprobación en la medida que son de gran importancia en la lucha contra la corrupción.

Lima, 03 de Noviembre de 2010.

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