Subvenciones para pymes comercio de Asturias 2015

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SUBVENCIONES PARA LA MODERNIZACION DEL PEQUEÑO Y MEDIANO COMERCIO 2015 Estimado asociado, el pasado 30 de marzo se publicó en el BOPA la convocatoria para la concesión de ayuda a la modernización del pequeño y mediano comercio. Esta nueva convocatoria mantiene las pautas y líneas de las anteriores, pero con importantes novedades en cuanto a plazos y requisitos que a continuación te detallamos. OBJETO : Aprobar la convocatoria de concesión de subvenciones para la modernización del pequeño y mediano comercio en el año 2015. Resolución publicada en el BOPA 30 de marzo de 2015. LINEAS DE ACTUACION : LINEA 1 – Renovación de la imagen del establecimiento comercial: tiene por objeto la realización de proyectos de renovación, incluyendo la realización de obras o reformas sustanciales y adquisición de equipamientos innovadores que impliquen una efectiva modernización de la actividad comercial. LINEA 2 – Incorporación de nuevas tecnologías e innovación: tiene por objeto la incorporación de aplicaciones informáticas destinadas a la mejora de la gestión empresarial, así como el fomento de la comercialización de productos a través de páginas web. LINEA 3 – Implantación y mantenimiento de la norma UNE 175.001: tiene por objeto la implantación, certificación y mantenimiento del sistema de calidad en el comercio. MINIMO DE INVERSION Para ser beneficiario de estas subvenciones, la empresa solicitante debe acreditar una inversión mínima para la línea 1 de 6.000 € IVA excluido. Para la línea 2 el mínimo de inversión será de 600 € IVA excluido. Mientras que el gasto máximo subvencionable en la línea 3 será de 300 € sin inclusión de IVA. Unión de Comerciantes Autónomos de Gijón www.comerciodegijon.com Marqués de San Esteban, 52-entlo. – Aptdo. 194 – 33206 Gijón Tel. 985 341 406

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SUBVENCIONES PARA LA MODERNIZACION DEL PEQUEÑO Y MEDIANO COMERCIO 2015

Estimado asociado, el pasado 30 de marzo se publicó en el BOPA la convocatoria para la concesión de ayuda a la modernización del pequeño y mediano comercio. Esta nueva convocatoria mantiene las pautas y líneas de las anteriores, pero con importantes novedades

en cuanto a plazos y requisitos que a continuación te detallamos.

OBJETO: Aprobar la convocatoria de concesión de subvenciones para la modernización del pequeño y mediano comercio en el año 2015. Resolución publicada en el BOPA 30 de marzo de 2015.

LINEAS DE ACTUACION:

LINEA 1 – Renovación de la imagen del establecimiento comercial: tiene por objeto la realización de proyectos de renovación, incluyendo la realización de obras o reformas sustanciales y adquisición de equipamientos innovadores que impliquen una efectiva modernización de la actividad comercial.

LINEA 2 – Incorporación de nuevas tecnologías e innovación: tiene por objeto la incorporación de aplicaciones informáticas destinadas a la mejora de la gestión empresarial, así como el fomento de la comercialización de productos a través de páginas web.

LINEA 3 – Implantación y mantenimiento de la norma UNE 175.001: tiene por objeto la implantación, certificación y mantenimiento del sistema de calidad en el comercio.

MINIMO DE INVERSION

Para ser beneficiario de estas subvenciones, la empresa solicitante debe acreditar una inversión mínima para la línea 1 de 6.000 € IVA excluido. Para la línea 2 el mínimo de inversión será de 600 € IVA excluido. Mientras que el gasto máximo subvencionable en la línea 3 será de 300 € sin inclusión de IVA.

CUANTIA: La cuantía máxima de la subvención a percibir para las líneas de ayuda 1 y 2, será de hasta el 50% del valor de los conceptos subvencionables de la actuación. Este límite se elevará al 90% para la línea 3.

La Adhesión del beneficiario al Sistema de Arbitraje de Consumo, a la marca de garantía del “comercio excelente” y la obtención del Certificado de la Norma UNE 175.001, supondrá en cada caso un incremento del porcentaje de subvención de hasta el 3%, del 2% y del 5% respectivamente.

PLAZOS: La realización de actuaciones objeto de subvención, así como la emisión de facturas y el abono de las mismas, deben de estar comprendidos en periodo de tiempo que

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va desde el 15 de junio de 2014 hasta el 15 de mayo de 2015, ambos inclusive. Las inversiones deben estar finalizadas y ser operativas al término de este plazo.

BENEFICIARIOS: Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes, que tengan la consideración de PYMES comerciales, que realicen su actividad en establecimientos comerciales ubicados en Asturias y que cumplan los siguientes requisitos generales:

- Que las actividades comerciales se realicen en establecimientos ubicados en Asturias. Los establecimientos deben localizarse a pie de calle. Quedando excluidos los establecimientos comerciales ubicados en polígonos industriales y parques empresariales.

- Que en el caso de las líneas 1 y 2 dichos locales comerciales no superen los 600 metros cuadrados de superficie comercial.

- No se admiten facturas justificativas inferiores a 50 €.- Deberán de haberse abonado de forma efectiva con anterioridad a la finalización del

plazo de actuación establecido en esta resolución de convocatoria. - Estar o solicitar la inscripción en el REAC (Registro Empresas Actividades

Comerciales), al menos en el momento de la solicitud.- No ser deudor del Principado de Asturias, ni estar incurso en prohibiciones

referentes a la Ley General de Subvenciones.- No haber obtenido subvenciones para el mismo establecimiento e idéntica línea

subvencionable en los tres años inmediatamente anteriores.

REQUISITOS ESPECIFICOS POR CADA LINEA DE ACTUACIÓN:

LINEAS 1 y 2: Que la actividad desarrollada en el establecimiento, esté incluida dentro de los epígrafes fiscales clasificatorios del Impuesto de Actividades Económicas de comercio minorista que se indican

(641-642-643-644-645-647.1-647.2-647.3-651-652.2-652.3-652.4-653-657-659.2-659.3-659.4-

659.5-659.6-659.7) y otros servicios (615.6-755.2-971.1-972-973.1-975).

Que el titular de la actividad o el local donde se desarrolla la misma, tengan un mínimo de tres años de antigüedad en el ejercicio de alguna de las actividades comerciales indicadas en el párrafo anterior, dentro de los últimos diez años inmediatamente anteriores a la solicitud.

LINEA 3: Que se trate de PYMES que tengan la consideración de comercio, según la norma de aplicación UNE 175.001. Sin que puedan emplear en el establecimiento a más de 20 trabajadores.

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CONCEPTOS INCLUIDOS:

LINEA 1

Elaboración del proyecto técnico y dirección de obra visado por el Colegio correspondiente.

- Obras de adecuación interior y exterior de los locales comerciales, que afecten al acondicionamiento, la distribución de la superficie comercial o a la mejora de la imagen del local. Sólo se tendrán en cuenta las cantidades que figuren en la licencia de obras e instalaciones correspondientes.

- Reformas realizadas para la eliminación de las barreras arquitectónicas para discapacitados.

- Rótulos, toldos y marquesinas comerciales.- Mobiliario destinado a la presentación de productos: Escaparates, paneles,

estanterías, vitrinas e islas expositoras, tarimas, percheros etc…- Mobiliario destinado al almacenamiento de los productos, incluidas cámaras

frigoríficas.- Alarmas y Sistemas de Seguridad por cuantía subvencionable no superior a 6.000 €.

LINEA 2

- Aplicaciones y programas informáticos comerciales destinados a la mejora de la gestión del establecimiento comercial, aportando descripción de sus principales funciones y su relación con la actividad desarrollada. El software sujeto a licencia irá acompañado del certificado original de esta, y tendrá menos de dos años de antigüedad. En el software libre el suministrador de estos, extenderá una declaración responsable descriptiva del mismo también con el requisito de menos de dos años de antigüedad.

- El total de gastos de desarrollo e implantación de una página WEB, cuyos contenidos versen exclusivamente sobre la actividad comercial desarrollada y que cumplan rigurosamente los requisitos específicos que figuran en la convocatoria. Así como la adaptación de la página para su acceso óptimo mediante dispositivos móviles, SMARTPHONES, TABLETS, etc..

LINEA 3

- la Implantación de la Norma UNE 175.001 en los comercios, no podrá superar los 1.300€ de cuantía máxima subvencionable.La cuantía máxima, en el caso de mantenimiento y auditoria de la norma UNE, no podrá exceder de 300 € IVA excluido.

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DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

Para las tres líneas de actuación, modelo de solicitud individual para cada local comercial y línea de actuación, acreditación de la identidad del solicitante, DNI si es persona física, CIF y escrituras de constitución en el caso de personas jurídicas, certificado de situación censal de la Agencia Tributaria, facturas, facturas proforma, presupuestos descriptivos y/o contratos firmados y sellados por los proveedores, debidamente desglosados de la inversión realizada o a realizar, fichero de acreedores debidamente cumplimentado.

Documentación específica para la línea 1:

- Documentación acreditativa de que el titular de la actividad o el local comercial donde se desarrolla la misma, tiene una antigüedad superior a tres años dentro de los diez últimos, en el ejercicio de alguna actividad comercial subvencionable.

- Documento acreditativo de que el local comercial no supera los 600 m cuadrados de área comercial.

- Memoria de la solicitud.- Reportaje fotográfico del establecimiento comercial anterior y posterior a la

inversión.- Copia de inscripción o solicitud de inscripción en el REAC (Registro Actividades

Comerciales).

Documentación específica para la línea 2:

- Documentación acreditativa de que el titular de la actividad o el local comercial donde se desarrolla la misma, tiene una antigüedad superior a tres años dentro de los diez últimos, en el ejercicio de alguna actividad comercial subvencionable.

- Documento acreditativo de que el local comercial no supera los 600 m cuadrados de área comercial.

- Memoria de la solicitud.- Copia de inscripción o solicitud de inscripción en el REAC (Registro Actividades

Comerciales).Documentación específica para la línea 3:

- Memoria del proyecto- Acreditación de que el número de trabajadores en la empresa es inferior a 20.- Acreditación gastos de consultoría.

Como en anteriores ocasiones, la tramitación y solicitud de las mismas puede realizarlas en las dependencias de esta Asociación. Solicite cita en el departamento laboral (985341406/07 ext 3), donde se le atenderá e informará con mayor precisión.

Departamento Laboral

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