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REVISION DEL PLANEAMIENTO DEL MUNICIPIO DE AJANGIZ, MEDIANTE LA FIGURA DE

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

DOCUMENTO DE AVANCE

DOCUMENTACION GRAFICA

PLANOS DE ORDENACIÓN ESTRUCTURAL

AV01 CLASIFICACIÓN DEL SUELO Y PATRIMONIO ..................................... 1/5.000

AV02 ORDENACIÓN ESTRUCTURAL. SISTEMAS GENERALES................... 1/5.000

AV03 SUELO URBANO Y URBANIZABLE: ZONIFICACION Y SISTEMAS LOCALES ....................................................................................... 1/1.000

AV03.1 ELEIZALDE

AV03.2 MAIER

AV04 SUELO NO URBANIZABLE DE NÚCLEO RURAL.................................. 1/2.000

AV04.1 AJANGIZ ZAHARRA E IZPIZUA

AV04.2 KANPANTXU Y ARGANA

En Bilbao, 19 de octubre de 2009

LOS ARQUITECTOS

Dña. Mª Begoña Arbe Acha Dña. Ula Iruretagoiena Busturia

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

DOCUMENTO DE AVANCE

MEMORIA

INDICE:

1. ANTECEDENTES ........................................................................................................................5

1.1. REVISION DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS VIGENTES.............................................................5

1.2. OBJETO DEL ENCARGO Y ADJUDICACION .................................................................................5

1.3. DESARROLLO DE LOS TRABAJOS................................................................................................5

2. INTRODUCCION..........................................................................................................................8

2.1. CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD ................................................................................................8 2.1.1. CONSIDERACIONES GENERALES ............................................................... 8 2.1.2. ADAPTACION Y REVISION DEL PLANEAMIENTO URBANISTICO A LA

VIGENTE LEY DEL SUELO............................................................................. 9 2.1.2.1. LEY 2/2006 DE SUELO Y URBANISMO. AFECCIÓN DEL NUEVO

MARCO LEGAL AL MUNICIPIO DE AJANGIZ ................................... 9 2.1.2.2. ORDENACIÓN TERRITORIAL.......................................................... 11 2.1.2.3. DECRETO 183-2003, DE 22 DE JULIO, regulación del procedimiento

de evaluación conjunta de impacto ambiental................................... 12 2.2. AMBITO DE APLICACION Y PERIODO DE VIGENCIA ................................................................12

2.3. EQUIPO REDACTOR......................................................................................................................12

3. INFORMACION URBANISTICA................................................................................................14

3.1. MEDIO FISICO ................................................................................................................................14

3.2. ASENTAMIENTOS DE POBLACION..............................................................................................16

3.3. EQUIPAMIENTOS ...........................................................................................................................19

3.4. INFRAESTRUCTURAS ...................................................................................................................21

3.5. PATRIMONIO CULTURAL ..............................................................................................................24 3.5.1. BIENES INMUEBLES DECLARADOS DE INTERÉS CULTURAL POR LA

COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO............................................. 24 3.5.2. BIENES INMUEBLES PROPUESTOS PARA DECLARAR COMO ZONAS Y

ELEMENTOS ARQUEOLÓGICOS DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO.................................................................................................. 25

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3.5.3. BIENES INMUEBLES PROPUESTOS PARA SER CUSTODIADOS A NIVEL MUNICIPAL POR LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO.......... 25

3.5.4. ZONAS DE PRESUNCIÓN ARQUEÓLOGICA DECLARADOS POR LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO............................................. 25

3.6. SOCIEDAD.......................................................................................................................................26 3.6.1. POBLACION................................................................................................... 26 3.6.2. MOVIMIENTOS MIGRATORIOS ................................................................... 28 3.6.3. POBLACION ACTIVA..................................................................................... 29 3.6.4. EUSKERA....................................................................................................... 30 3.6.5. EDUCACION .................................................................................................. 30 3.6.6. COMPOSICION FAMILIAR ............................................................................ 31 3.6.7. RENTAS ECONOMICAS ............................................................................... 32 3.6.8. VIVIENDA ....................................................................................................... 33 3.6.9. CUANTIFICACION DE LA OFERTA DE SUELO RESIDENCIAL ................. 35 3.6.10. VIVIENDAS DE PROTECCIÓN OFICIAL ...................................................... 37 3.6.11. SECTORES DE PRODUCCION .................................................................... 38 3.6.12. CONCLUSIONES DEL ANÁLISIS SOCIO-ECONÓMICO............................. 40 3.6.13. RESUMEN ENCUESTA POPULAR............................................................... 40

4. INFORMACION DEl PLANEAMIENTO.....................................................................................43

4.1. AFECCIONES DE LAS FIGURAS DE PLANEAMIENTO TERRITORIAL .....................................43 4.1.1. DOT: DIRECTRICES DE ORDENACIÓN TERRITORIAL DE LA

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO............................................. 43 4.1.2. PLANEAMIENTO TERRITORIAL SECTORIAL. PLANES TERRITORIALES

SECTORIALES PTS ...................................................................................... 43 4.1.2.1. Aprobados definitivamente ................................................................ 43 4.1.2.2. En redacción y tramitación ................................................................ 45

4.1.3. PLANEAMIENTO TERRITORIAL PARCIAL .................................................. 45 4.1.3.1. En redacción y tramitación ................................................................ 45

4.1.4. PLANEAMIENTO COMARCAL y otros .......................................................... 46 4.1.4.1. PLAN RECTOR DE USO Y GESTION DE LA RESERVA DE LA

BIOSFERA DEL URDAIBAI. LEY 5/89.............................................. 46 4.1.4.2. PROGRAMA DE ARMONIZACIÓN Y DESARROLLO DE LAS

ACTIVIDADES SOCIOECONÓMICAS. AGENDA LOCAL 21 DE LA RESERVA DE LA BIOSFERA DEL URDAIBAI................................. 47

4.1.4.3. Red Natura 2000 ............................................................................... 47 4.1.4.4. DECRETO 165/2008, de 20 de Septiembre, DE INVENTARIOS DE

SUELOS CONTAMINADOS.............................................................. 47 4.1.5. PLANEAMIENTO VIGENTE........................................................................... 48

5. MARCO LEGAL. VALORACiÓN DE LA FIGURA DE PLANEAMIENTO ...............................50

5.1. CONSIDERACIONES GENERALES ..............................................................................................50

5.2. ADAPTACION Y REVISION DEL PLANEAMIENTO URBANISTICO A LA VIGENTE LEY DEL SUELO............................................................................................................................................50

5.2.1. Conveniencia y oportunidad: .......................................................................... 50 5.2.2. LEY 2/2006 DE SUELO Y URBANISMO. AFECCIÓN DEL NUEVO MARCO

LEGAL AL MUNICIPIO DE AJANGIZ ........................................................... 51 5.2.3. DECRETO 183-2003, DE 22 DE JULIO, regulación del procedimiento de

evaluación conjunta de impActo ambiental .................................................... 53 5.2.4. DECRETO 105/2008 DE 3 DE JUNIO, DE MEDIDAS URGENTES EN

DESARROLLO DE LA LEY 2/2006, DE 30 DE JUNIO, DE SUELO Y URBANISMO.................................................................................................. 53

5.3. CONSIDERACIONES SOBRE EL CONCEPTO Y FUNCION DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA...............................................................................................................54

5.3.1. PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA ............................................ 54

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5.3.2. AFECCIONES DEL CAMBIO DEL INSTRUMENTO URBANÍSTICO DE NORMAS SUBSIDIARIAS TIPO A AL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA EN EL MUNICIPIO DE AJANGIZ................................................... 55

5.3.3. DETERMINACIONES Y CONTENIDO DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA ............................................................................... 55

6. CRITERIOS, OBJETIVOS Y SOLUCIONES GENERALES .....................................................57

6.1. AVANCE DE PLANEAMIENTO.......................................................................................................57

6.2. CRITERIOS Y OBJETIVOS GENERALES .....................................................................................58

6.3. OBJETIVOS PARTICULARES ........................................................................................................59 6.3.1. Aspectos Territoriales. .................................................................................... 60 6.3.2. Sectores de Producción ................................................................................. 60 6.3.3. Asentamientos residenciales.......................................................................... 60 6.3.4. Equipamientos. ............................................................................................... 60 6.3.5. Infraestructuras y servicios............................................................................. 61 6.3.6. Elementos y conjuntos de interés................................................................... 61

6.4. CRITERIOS Y OBJETIVOS GLOBALES GENERALES DE LAS SOLUCIONES..........................61

7. MODELO DE ESTRUCTURA TERRITORIAL Y DE ESTRUCTURA URBANA PARA EL MUNICIPIO.................................................................................................................................63

7.1. DESCRIPCION GENERAL DEL MODELO PROPUESTO.............................................................63

7.2. LOS OBJETIVOS ESPECÍFICOS MATERIALIZADOS EN EL MODELO......................................65

7.3. AFECCIONES DEL PLANEAMIENTO CON INCIDENCIA EN EL TERRITORIO MUNICIPAL ....65 7.3.1. PLAN RECTOR DE USO Y GESTION DE LA RESERVA DE LA BIOSFERA

DEL URDAIBAI............................................................................................... 65 7.3.2. LEY 2/2006 DE SUELO Y URBANISMO ....................................................... 67 7.3.3. CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE MODIFICACION DEL PLAN

RECTOR DE USO Y GESTION. .................................................................... 67 7.3.4. ALTERNATIVAS DE CRECIMIENTO RESIDENCIAL. .................................. 68

7.4. ORDENACION URBANISTICA .......................................................................................................73

7.5. ORDENACION ESTRUCTURAL.....................................................................................................74 7.5.1. SISTEMAS GENERALES: ............................................................................. 76 7.5.2. CLASIFICACION DEL SUELO.-..................................................................... 78

7.5.2.1. Suelo Urbano. .................................................................................... 78 7.5.2.2. Suelo Urbanizable ............................................................................. 79 7.5.2.3. Suelo No Urbanizable.-...................................................................... 79

7.5.3. CALIFICACION DEL SUELO. ........................................................................ 79 7.6. ORDENACION PORMENORIZADA ...............................................................................................83

En Bilbao, 19 de octubre de 2009

LOS ARQUITECTOS

Dña. Mª Begoña Arbe Acha Dña. Ula Iruretagoiena Busturia

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1. ANTECEDENTES

1.1. REVISION DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS VIGENTES

Una vez agotado el plazo de vigencia de las Normas Subsidiarias Municipales de Ajangiz y desarrollados los suelos que las mismas preveían como necesarios en un muy elevado porcentaje, el Ayuntamiento toma la decisión de proceder a su revisión, habida cuenta de la demanda que se percibe y de la cantidad de planes, legislación,….que en el tiempo de vigencia se han desarrollado y que tienen incidencia en el planeamiento municipal.

1.2. OBJETO DEL ENCARGO Y ADJUDICACION

El objeto del trabajo es la redacción del Plan General de Ordenación Urbana de Ajangiz, en revisión y adaptación del planeamiento vigente a la nueva Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo, así como al planeamiento territorial y demás normativa, vigente.

La Licitación, la acuerda el Pleno municipal, mediante resolución de fecha 28 de mayo de 2009, para la contratación de asistencia técnica para la revisión de las normas subsidiarias de planeamiento urbanístico de Ajangiz, así como el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que han de regir la licitación mediante concurso por procedimiento abierto y tramitación ordinaria.

El acuerdo de adjudicación del contrato de redacción de la Revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Ajangiz, se adopta en sesión plenaria celebrada el día 28 de mayo de 2009, a la vista del informe emitido al respecto, por la mesa de contratación, recayendo éste en la proposición presentada por los arquitectos Dña Mª Begoña Arbe Acha y Dña. Ula Iruretagoiena Busturia.

El contrato se firma el 4 de junio de 2.009, una vez presentada la fianza definitiva en tiempo y forma, y lo suscriben, por una parte D. Koldo Carbonell, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Ajangiz, en su representación y de otra, Dña Ula Iruretagoiena Busturia, arquitecto, Director- Coordinador del Equipo, en representación de éste, ante Dña. Saioa Pineda Aranburu, Secretario de la entidad contratante, como fedatario.

1.3. DESARROLLO DE LOS TRABAJOS

El fin último de los trabajos es la consecución del documento de Plan General Municipal de Ajangiz, que tendrá por objeto la ordenación, programación, dirección, supervisión, control y, en su caso, ejecución de:

• La utilización o el uso del suelo.

• La transformación urbanística del suelo mediante la ejecución de la ordenación urbanística que se materializa en su urbanización y edificación.

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• La construcción y la edificación.

• El uso, la conservación y la rehabilitación de construcciones, instalaciones y edificaciones.

En el ámbito del municipio, todo ello asegurando el uso racional y sostenible de los recursos naturales y definiendo un modelo territorial que propicie los procesos de producción y consumo favorecedores del carácter sostenible y duradero del desarrollo económico y social, induzca la integración de las exigencias propias del medio ambiente adecuado al desarrollo de la persona en las políticas públicas y las actividades privadas para salvaguardar la transmisión intergeneracional de un patrimonio colectivo, natural y urbano, saludable y equilibrado, procurando a todas las personas el disfrute de la naturaleza y el paisaje así como del patrimonio cultural, arqueológico, histórico, artístico y arquitectónico.

La consecución de dicho Plan General, se desarrollará en las siguientes fases:

1. Avance de Planeamiento.

Se expondrá un resumen del análisis y conclusiones de la información recabada sobre el municipio, abarca el documento comprensivo de los Criterios, Objetivos y Soluciones Generales del Planeamiento.

Elaborado éste y sin necesidad de aprobación del mismo, se acordará su exposición pública por plazo mínimo de dos meses, remitiéndose copia a los ayuntamientos colindantes y juntas administrativas (Concejos) de su término. Esta exposición será anunciada en el boletín del territorio histórico y en el diario o diarios de mayor difusión.

2. Estudio de Evaluación Conjunta de Impacto Ambiental.

Paralelamente se elaborará el Estudio de Evaluación Conjunta de Impacto Ambiental, redacta en cumplimiento de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, y la Ley 9/2006, de 28 de abril, (B.O.E. 29/04/2006) sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en medio ambiente, para ser sometido al procedimiento de evaluación conjunta de impacto ambiental al ser un plan relacionado en el Anexo I A) de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, por lo que con arreglo a su normativa específica, se solicitará el informe preliminar de impacto ambiental propio del procedimiento de evaluación conjunta.

3. Informes a sugerencias.

Una vez expuesto el avance al público y la participación ciudadana y se cuente con el informe preliminar de Impacto Ambiental del órgano ambiental competente, se entregarán al equipo redactor, las sugerencias habidas, con una relación expresa de todas las recibidas a fin de que se emitan los oportunos informes técnicos contestando a todas y cada una de ellas. Constituye la tercera parte de los trabajos, la presentación de los correspondientes informes técnicos y jurídicos contestando a las sugerencias habidas e informando del contenido del Informe Preliminar de Impacto Ambiental y su implicación en la redacción del documento, a cargo del equipo redactor.

4. Documento de Plan General para Aprobación Inicial.

Una vez concluidas las fases anteriores y con toda la información que de ellas se recaba, analizada la misma, la Corporación municipal acordará lo procedente en cuanto a los criterios y soluciones generales con arreglo a los

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cuales deberá desarrollar el equipo redactor el documento comprensivo de Ordenación.

5. Informes de alegaciones.

Aprobación inicial del Plan General por el ayuntamiento, y sometimiento a información pública por plazo de un mes a partir de la última de las publicaciones del anuncio correspondiente (boletín oficial del Territorio Histórico y diario de mayor difusión).

Elaborado el Plan General de Ordenación Urbana y Aprobado Inicialmente el documento, tras la exposición al público y la participación ciudadana, por plazo de un mes a partir de la última de las publicaciones del anuncio correspondiente (boletín oficial del Territorio Histórico y diario de mayor difusión) y cumplido el plazo legal, serán entregadas al equipo redactor las alegaciones habidas, en este proceso, con una relación expresa de todas las recibidas, a fin de que se emitan los oportunos informes, contestando a todas y a cada una de ellas y entregando las contestaciones en lo que constituye la quinta fase de los trabajos.

6. Texto Refundido de Aprobación Provisional del Plan General Municipal.

Con posterioridad a la Aprobación Provisional del expediente en el caso de que esta aprobación sea condicionada y las modificaciones no sean sustanciales, el equipo recibirá el traslado del acuerdo y elaborará, la nueva documentación refundida de la sometida a información pública y del acuerdo de aprobación provisional.

7. Anexo al Estudio de Impacto Ambiental.

Elaborado el Texto Refundido del documento de Plan General, con las condiciones del acuerdo de aprobación provisional, se elaborará el Anexo al Estudio de Impacto Ambiental, con las correcciones del Informe Preliminar y las variaciones que se hayan producido en el documento de planeamiento. Estos documentos se tramitarán ante la COTPV, para su informe, vinculante en cuanto a la acomodación del Plan a los instrumentos de ordenación del territorio o aspectos sectoriales de competencia del Estado, Administración Autonómica o Foral conforme a la normativa sectorial aplicable y a proyectos de carácter supramunicipal debidamente aprobados.

El informe definitivo de impacto ambiental emitido por el órgano competente, se incorporará al expediente a fin de elevarlo completo a la Aprobación Definitiva del órgano urbanístico competente de la Diputación Foral de Bizkaia.

8. Texto Refundido de Aprobación Definitiva del documento de Plan General Municipal.

Si el acuerdo de la aprobación definitiva por el órgano urbanístico competente, contuviese suspensión de la aprobación del Plan por deficiencias que no exigieran modificaciones substanciales, el equipo redactor realizará la documentación refundida en su cumplimiento, cuando así lo indique la Corporación.

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2. INTRODUCCION

El proceso de redacción del Plan General de Ordenación Urbana de Ajangiz da inició en la fase de AVANCE de Planeamiento, que tiene por objeto dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 87 del Cap.IV de la Ley 2/2006 y 115 del Reglamento de Planeamiento.

En el presente documento se recogen los criterios y objetivos del Planeamiento, a la vista de la información recabada, así como una aproximación a las condiciones definitivas concretas, propuestas sobre un único esquema regulador de la ordenación.

2.1. CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD

2.1.1. CONSIDERACIONES GENERALES

Con independencia de las necesidades de adecuación legales, ya superadas en cuanto a su periodo de previsión, hay motivos de oportunidad que aconsejan, en cualquier caso proceder a la adaptación o revisión del Planeamiento

La coyuntura económica de incremento de la actividad constructiva, y la detección de intereses y desintereses, por la gestión del suelo, y el cualquier caso por el transcurso de prácticamente el período de vigencia de las Normas, es otro motivo de oportunidad de la revisión.

El nuevo documento de planeamiento que se realice, por tratarse de una Revisión, permite la adopción de nuevos criterios de ordenación, afectando no solo a la gestión y propiedad que los beneficios del planeamiento dan a un determinado tipo de suelo, sino que también modifica el propio destino del propio suelo, alterándolo en todas aquellas zonas en que se considere necesario.

Ha de señalarse la existencia de un nuevo marco legal de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de suelo y urbanismo y por tanto la necesidad de adecuar el planeamiento a este nuevo marco legislativo.

Uno de los aspectos nuevos de la nueva Ley es la eliminación de la figura de normas subsidiarias por la de de planeamiento general de ordenación urbana. Dicho instrumento legal introduce importantes determinaciones en los siguientes aspectos:

- En materia de política de vivienda:

- Un nuevo enfoque social que se traduce en un incremento significativo de la oferta de vivienda protegida.

- En materia de política de medio ambiente:

Adoptar como referencia el Programa Marco Ambiental para la Comunidad Autónoma del País Vasco aprobado, que en relación con la materia urbanística resalta los siguientes puntos: revisar los modelos de baja densidad, señalando una edificabilidad mínima, tratando de evitar en mayor medida la extensión de la “cultura de la vivienda unifamiliar y del adosado” y los crecimientos dispersos, que,

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además de consumir gran cantidad del territorio, genera modelos urbanos poco sostenibles.

La Ley muestra una especial atención en relación con la correcta preservación y uso racional del uso no urbanizable, estableciendo un régimen jurídico restrictivo en materia de reconstrucción de caseríos y la protección de los núcleos rurales de forma, cuyos crecimientos se restringen, con el objeto de preservarlos en su carácter histórico y económico, agrario y pecuario. Así mismo se establecen mayores limitaciones jurídicas para la instalación de viviendas ligadas a explotaciones hortícolas y ganaderas en suelo no urbanizable.

- En materia de política de fomento para implantación de usos protegidos

Establece la cesión gratuita del 10% de la edificabilidad urbanística media, libre de cargas de urbanización, así como el derecho de superficie para la implantación de vivienda protegida.

- En materia de política de rehabilitación y regeneración urbana:

Se trata de optimizar el patrimonio edificado y urbanizado, como forma prioritaria frente a la colonización de nuevos suelos.

Lo objetivos que se proponen alcanzar, además de los expuestos, son los siguientes:

• Recuperación de la iniciativa pública en las actividades urbanísticas. Para ello, el planeamiento general deberá aportar programas de actuación urbanizadora y de edificación.

• Flexibilidad en la gestión de la ordenación urbanística, reduciendo los plazos en la tramitación del planeamiento.

• Introducción de nuevos mecanismos de intervención en el mercado del suelo (Agente Urbanizador).

• Orientación del urbanismo hacia el principio de Desarrollo Sostenible, en relación con el medio ambiente y la preservación del patrimonio histórico, artístico y cultural.

2.1.2. ADAPTACION Y REVISION DEL PLANEAMIENTO URBANISTICO A LA VIGENTE LEY DEL SUELO

2.1.2.1. LEY 2/2006 DE SUELO Y URBANISMO. AFECCIÓN DEL NUEVO MARCO LEGAL AL MUNICIPIO DE AJANGIZ

Vivienda Protegida

Dado que es un municipio menor que 3.000 habitantes, no está obligado a reservar terreno con destino a vivienda protegida. No obstante, si el planeamiento no hiciera reserva alguna, deberá destinar las parcelas obtenidas por cesión gratuita del 10% de la edificación urbanística a vivienda de protección pública.

Edificabilidad mínima

La Edificabilidad física mínima en el suelo urbano no consolidado y en los sectores de suelo urbanizable con uso

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predominante residencial, no será inferior a la resultante de la aplicación del índice de 0,25m2 de techo por cada metro cuadrado de suelo.

Tramitación Ordenación Pormenorizada

El Plan General determina las líneas maestras de ordenación estructurante y de ordenación pormenorizada, la cual puede ser remitida para su ordenación y tramitación al planeamiento de ordenación pormenorizada.

Suelo No Urbanizable

Queda prohibida la construcción de nuevas edificaciones destinadas a vivienda. Se permite la vivienda ligada a explotación económica, hortícola o ganadera, previa autorización del Departamento de Agricultura acreditando los extremos contemplados en la Ley y de conformidad con el P.R.U.G.R.B.U..

Podrá autorizarse la reconstrucción de caseríos y edificaciones residenciales en los supuestos contemplados en la correspondiente Ley y el P.R.U.G.R.B.U...

Son usos admisibles los expresamente considerados por las DOT o por los instrumentos de Ordenación Territorial.

Régimen específico de los núcleos rurales.

Se entiende por núcleo rural la agrupación de entre 6 y 25 caseríos, en torno a un espacio público que los aglutine y confiere su carácter. Los núcleos rurales contendrán una ordenación pormenorizada directa o remitiendo a la elaboración de un plan especial. No se podrá generar en el suelo no urbanizable un incremento con respecto a la superficie construida ni el número de viviendas podrá ser superior al 50% de lo ya existente. A estos efectos no se considerará como incremento de viviendas la división horizontal del caserío preexistente para dar lugar a dos o más viviendas.

La Ley 2/2006 abre la posibilidad de clasificación de la superficie ocupada por un núcleo rural como suelo urbano cuando así procediere conforme a la citada norma legal, lo que ha de entenderse referido a la dotación de servicios disponibles y a la previsión de superación de los topes de crecimiento exigidos para su clasificación dentro del suelo no urbanizable. En el caso de los núcleos rurales ya clasificados a 20 de septiembre de 2006, que quedarían por encima de los condicionantes previstos en el nuevo texto legal para los mismos, esta Ley ordena su adscripción al suelo urbano. No hay cesiones ni carga de urbanización en núcleo rural no urbanizable.

La superficie de suelo ocupada por un núcleo rural, podrá ser clasificada por el planeamiento general como suelo urbano, cuando así proceda conforme a lo legislado al respecto.

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Clasificación de suelo urbano

Por contar con servicios, o aun careciendo de ellos tengan una ordenación consolidada por ocupar la edificación dos terceras partes de los espacios aptos para la misma.

Categorías del suelo urbano.

Suelo urbano consolidado: cuando esté urbanizado y cuente con los servicios propios del suelo urbano.

Suelo urbano no consolidado: por carecer de urbanización consolidada, inexistencia de servicios, precisar de renovación, mejora o rehabilitación la urbanización existente o por atribuirle a la ordenación, una edificabilidad superior a la existente.

La ordenación urbanística estructural es la exigible al planeamiento general. Incluye como determinación la nueva Ley, la fijación de plazos para la elaboración y aprobación de planeamiento de desarrollo y la programación de suelo.

Reconstrucción de caseríos

La Ley 2/2006 prevé un supuesto especial que abarca a las edificaciones residenciales en suelo no urbanizable, según el cual se permite la reconstrucción de los que hubieren resultado inservibles por caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditada (incendio o desgracia asimilable hubiere sido o no previsible).

Disposición transitoria (1.3)

Los núcleos rurales que hayan completado su desarrollo conforme a las previsiones 5/98 quedarán consolidados, quedando prohibidos que se efectúen nuevos desarrollos bajo la categoría de núcleo rural. Los nuevos desarrollos en estos núcleos requerirán la previa reclasificación de núcleo rural a la clase de suelo urbano.

2.1.2.2. ORDENACIÓN TERRITORIAL

Planeamiento de rango superior:

• Directrices de Ordenación Territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

• Plan Territorial Parcial, en desarrollo.

• Planes Territoriales Sectoriales

Ordenación Ambiental:

• Plan Rector de uso y gestión de la reserva de la biosfera del Urdaibai

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• Programa de Armonización y Desarrollo de las Actividades Socio-económicas

2.1.2.3. DECRETO 183-2003, DE 22 DE JULIO, REGULACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN CONJUNTA DE IMPACTO AMBIENTAL

Documento técnico que se integra en el Plan y que forma parte de él, en el que se identifica, describen y se evalúan las repercusiones ambientales.

2.2. AMBITO DE APLICACION Y PERIODO DE VIGENCIA

El ámbito de aplicación es el correspondiente a la totalidad del término municipal de Ajangiz.

El Plan General de Ordenación Urbana entrará en vigor, en el momento de su publicación íntegra en el Boletín Oficial del País Vasco, sustituyendo en ese momento a las Normas Subsidiarias actualmente en vigor.

El período de vigencia del mismo será indefinido, debiendo revisarse al cabo de ocho años de vigencia, comprobando su adecuación a la realidad existente en tal momento.

También deberá procederse a la revisión del Plan, si sobreviniera alguna de las circunstancias señaladas en la Ley o de las contempladas en el propio Plan.

2.3. EQUIPO REDACTOR

La relación del Equipo humano, con titulación Superior, que participa en la ejecución de esta fase de los trabajos, objeto del contrato, es la siguiente:

Equipo de Arquitectos:

Encargados de la redacción del documento de planeamiento y Directores- Coordinadores del Equipo:

ARQUITECTO: Dña. Mª Begoña Arbe Acha, Director del trabajo.

ARQUITECTO: Dña Ula Iruretagoiena Busturia Codirector del trabajo

ARQUITECTO: D. Unai Fernández de Betoño Sáenz de Lacuesta Colaborador

Equipo Jurídico:

Encargado de la asistencia especializada a lo largo de todo el proceso

ABOGADO especialista en derecho urbanístico: D. Joseba de Beristain y Eguia, respaldado por su despacho profesional.

Equipo para la Sostenibilidad:

Cuya participación se concreta en la elaboración y/o asesoramiento en temas precisos de su especialidad.

ARQUITECTO. Asesor del Equipo, especialista en materia de transportes: D. Jon Iruretagoyena García

INGENIERO DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS: D. Angel Gil Ortiz

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SOCIÓLOGO especialista en materia de planeamiento urbanístico: Dña. Concepción Malet Pérez

ECONOMISTA experto en materia de planeamiento urbanístico: D. Unai Busturia Malet

Equipo para la Valoración Medioambiental,

Encargado de la redacción del Estudio de Impacto Ambiental para evaluación Conjunta:

BIOLOGO, especialista en medioambiente: Dña Mar Basagoiti Royo

BIOLOGO, especialista en medioambiente: Oskar Ruiz Reyes

La participación de cada uno de ellos se producirá en función de la fase en que se encuentren los trabajos, su desarrollo y de la cualificación profesional requerida, dicha participación se irá ajustando a las necesidades de cada momento.

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3. INFORMACION URBANISTICA

3.1. MEDIO FISICO

Se encuentra en el Área Funcional de Gernika-Markina, en la comarca del Urdaibai, en la que se distinguen 3 zonas; la costa, los márgenes de la ría de Gernika y el interior, en el que el municipio de Ajangiz está enclavado.

Ajangiz se encuentra en una ladera montañosa que domina la vega de Gernica; a menos de 4 km de distancia, al este de Gernica. El río Oka hace de frontera entre el municipio de Ajangiz y el de Gernica y Lumo.

El territorio municipal tiene una extensión superficial de 22,75 km2

Ajangiz es un municipio donde dominan los montes de altura media y pequeños riachuelos.

La geología de la zona, de carácter predominantemente impermeable, unido al elevado nivel de precipitaciones, da lugar a una fuerte escorrentía, que da pie a la formación de ríos y torrentes, con cierto caudal a pesar de la poca extensión de sus cuencas y fuertemente dependientes del régimen climático.

El territorio de Ajangiz se halla asentado sobre el curso fluvial del río Oka, que lo linda de Sur-oeste a Norte, dando lugar a una zona de vega cuya margen derecha integra la parte oeste del territorio municipal, hacia ella, confluyen, el río Berrekondo, arroyo Zoloaurren y Solaburuko Karkabea, asentándose el municipio en las laderas de esa vertiente.

De la red fluvial del municipio cabe destacar por su tamaño el río Oka, que presenta un estado ecológico malo. El Oka es calificado por su estación del tramo bajo OKA114 que ha obtenido un estado ecológico Malo, marcado por un Mal estado biológico, un deficiente estado fisicoquímico y un deficiente estado de las riberas con ciertas alteraciones morfológicas en el cauce. Por tanto, el río incumple objetivos ambientales y además muestra un estado degradado de gran contaminación.

En OKA114 el río sufre una notable pérdida de calidad con respecto a la estación anterior, de manera que esta estación presenta una mala calidad físicoquímica en 2007; es, al mismo tiempo, una estación que presenta importantes fluctuaciones de sus indicadores de calidad, sin que se pueda decir que dichos índices muestren una tendencia clara.

Esto es debido a su colindancia con el área industrial de Gernika, emplazada en su margen izquierda, en colindancia co el municipio.

Dicha red fluvial constituye parte del Lugar de Importancia Comunitaria ES2130006 Red fluvial de Urdaibai

Estamos ante un dominio geomorfológico fluvial de laderas e interfluvios alomados en relieve montañoso y zona de vega.

La zona objeto del estudio pertenece a la parte baja del interfluvio de la cuenca del río Berrekondo, que divide el municipio en dos partes y es un afluente de la vertiente derecha del Oka, en su tramo final.

Ambos presentan en el municipio formaciones aluviales, con terrazas en la parte baja del Oka, al noroeste del término municipal.

Los suelos del municipio son, en general jóvenes y poco desarrollados.

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En torno al río Oka y Berrekondo aparecen los suelos de tipo Luvisol crómico –caracterizados por el lavado de arcilla de los horizontes superiores, sobre depósitos aluviales y por presentar un horizonte superficial rojizo– y Fluvisol éutrico –que se encuentran en áreas periódicamente inundadas, constituidos por depósitos, predominantemente recientes, de origen fluvial, lacustre o marino y con un horizonte superficial éutrico–.

En Ajangiz, la posible contaminación de los suelos es presuntamente generada por la actividad industrial y vertederos. Existen seis puntos en los que se enclavan suelos potencialmente contaminados.

El clima es de tipo atlántico, templado y lluvioso todo el año. Las precipitaciones son abundantes durante todos los meses del año, aunque mucho menos en verano que el resto del año. La primavera y el otoño son templados y lluviosos y el verano algo fresco

En el territorio la influencia del Mar Cantábrico hace que las temperaturas medias sean moderadas durante todo el año –desde los 20 ºC de agosto hasta los 8 ºC de febrero–, situándose la temperatura media anual entre los 13 y 14 ºC, con una amplitud térmica –diferencia entre el mes más calido y el más frío, de 12,1 ºC.

La precipitación media anual es alrededor de 1.240 mm. El periodo más lluvioso se corresponde con el final del otoño (noviembre 153,2 mm y diciembre 153,9 mm) seguido del principio de la primavera (abril 124,7 mm).

En verano, la precipitación media es de 42 mm y ningún mes registra una precipitación menor de 30 mm, aunque los meses menos húmedos corresponden a la época estival, es decir junio y agosto.

En cuanto al régimen de vientos, en Ajangiz, durante los meses invernales se suceden los vientos más fuertes. En otoño e invierno se dan vientos dominantes del noroeste con una velocidad media diaria de 4 m/s y máximos de 11 m/s. En primavera y verano dominan los vientos de componente este-sudeste y con velocidades medias diarias de 1-2 m/s, registrándose máximos de 7 m/s.

La vegetación predominante en el municipio, son los prados Atlánticos con un grado de conservación bueno, rodeados de plantaciones de especies de interés maderero, fundamentalmente pinos (Pinus radiata), que caracterizan como vamos a ver, el paisaje.

La campiña atlántica, o campiña agraria, es el resultado del uso que se le ha dado al entorno natural a lo largo de los siglos. La actividad agrícola y ganadera continuada ha creado este ecosistema, que aún siendo producto de la acción humana, presenta importantes valores ecológicos y culturales. Esta campiña engloba una gran variedad de microambientes, como son los: prados, cultivos, arroyos, setos y bosquetes.

La campiña de Ajangiz destaca por su especial valor estético-naturalístico.

La caracterización general de la fauna representativa de la zona, se realiza haciendo referencia a las comunidades de vertebrados presentes en relación con los habitats que son capaces de colonizar y que se caracterizan por la vegetación que lleva asociada.

Fauna asociada a la campiña: Este habitat lo componen caseríos, praderas, bosquetes de coniferas o caducifolios, pequeñas huertas y cultivos.

Fauna asociada a la silvicultura: La fauna no doméstica, salvaje, es evidente que tiende a rehuir una plantación intensiva, regular y en la que las prácticas selvícolas eliminan el sotobosque. Más que rechazar al pino como árbol,

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rechazan las condiciones que para su sustento, cobijo y reproducción suponen la presencia de una formación regular, monoespecífica, con pocos nutrientes en las capas bajas. Es evidente, por tanto, que una formación natural siempre tendrá una mayor diversidad faunística que una formación productiva introducida, independientemente de la especie principal de la misma.

Corredores Ecológicos. No se ve afectado por ningún corredor ecológico y si por un area de amortiguación de 658,3 Ha, Área de amortiguación del corredor LIC Urkiola-LIC - encinares cantábricos de Urdaibai.

El término municipal de Ajangiz ha sido definido como Area de interés especial para algunas especies de mamíferos, como el caso del visón europeo, que ocuparía toda la red fluvial municipal.

Puede considerarse en cuanto a usos del suelo como eminentemente agrario, donde el sector primario ocupa prácticamente la totalidad del territorio.

Lo que en el municipio tiene gran importancia, tanto desde el punto de vista de usos del suelo como desde la vertiente puramente productiva, es la superficie forestal, que sufre un crecimiento progresivo, debido en parte a que tierras anteriormente dedicadas a pastos han pasado a engrosar la superficie forestal como opción al abandono total de la actividad agropecuaria.

El aumento de superficie forestal es generalizado y está en su mayor parte cubierta por especies de crecimiento rápido como pino insignis y eucalipto.

Los núcleos principales del municipio se sitúan, mayoritariamente en lomas y medias vertientes y disfrutan de amplias cuencas visuales.

La dominancia de prados y repoblaciones forestales, en torno a los caseríos hacen que el paisaje dominante sea el de “mosaico de campiña”, contribuyendo a humanizar el paisaje natural de montaña media de esta zona.

La heterogeneidad del paisaje está principalmente condicionada por la actividad humana, con un desarrollo intensivo de prados y plantaciones que han sustituido casi en su totalidad al resto de hábitats.

Lomos y laderas de orografía montañosa con prados y cultivos, en torno a los caseríos y áreas habitadas y con pinares: se trata de una unidad paisajística, donde las pendientes son sensiblemente altas, y valles encajonados muy estrechos, a excepción de la rivera del Oka; los espacios de pendientes bajas y medias, es donde se producen los asentamientos residenciales.

3.2. ASENTAMIENTOS DE POBLACION

Las características del medio físico han condicionado el tipo de asentamiento humano desde tiempos remotos hasta a la actualidad, forzando una distribución dispersa del mismo. De esta manera, nos encontramos ante un municipio polinuclear.

Ajangiz, se caracteriza por la edificación en el medio rural. Los asentamientos de edificaciones residenciales son extremadamente dispersos, encontrándose no obstante varios asentamientos con cierta entidad, en el que pueden reconocerse los elementos estructurantes de un núcleo de población.

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Ajangiz gravita entre el núcleo urbano de Elizalde-Mendieta, quien posee la capitalidad del municipio, y por otro lado, Kanpantxu, que reúne a gran parte de la población. Estos dos polos de asentamiento conforman la concepción interna de los habitantes del municipio, Ajangiz. .

Eleizalde-Mendieta se estructura en el eje viario BI-3224, vial que conecta Ajangiz con los dos municipios colindantes más importantes, Gernika y Mendata. Este eje también da acceso a numerosos caseríos que se encuentran dispersos por el territorio del municipio.

Una carretera interna que parte del núcleo de Eleizalde y termina en las inmediaciones de la zona industrial del municipio (entroncándose con la circunvalación de Gernika desde este lugar), es la estructura viaria que aglutina a la mayoría de las edificaciones. Desde esta carretera se accede a los dos núcleos rurales definidos como tal según las Normas vigentes; Kanpantxu y Argana.

El Núcleo de Eleizalde se ha desarrollado apoyándose en la carretera señalada Bi-3224, eje principal viario del municipio donde se sitúa el elemento edificatorio representativo; la iglesia de la Asunción y el espacio público principal del municipio.

El Núcleo de Elizalde, es el núcleo más importante en cuanto a nivel de equipamientos, pues en él se encuentran la Iglesia, el Ayuntamiento, centro social y cultural, la taberna, el parque y el futuro Frontón, alrededor de los cuales se desarrollan los asentamientos residenciales, y es el único que está clasificado como Suelo Urbano en las Normas Subsidiarias vigentes.

Le sigue en importancia Kanpantxu, por la agrupación que representa y por tratarse de un asentamiento netamente residencial. El resto son agrupaciones menores.

Además de Kanpantxu y Eleizalde, sólo existe Argana reconocido como núcleo rural. Así, de los datos recogidos en el Eustat, en el año 2008 Ajangiz tiene una población de 445 habitantes. De éstos, 126 viven en Eleizalde, que supone el 28%, la población de Kanpantxu y Argana suponen un 21%, y el resto, nada más y nada menos que el 50%, está disgregada por el municipio, conformando en ocasiones núcleos identificados, como el caso de Izpizua, Ajangiz zaharra, Obieta o Aristieta.

En cuanto al carácter de los asentamientos, éstos han tenido hasta ahora carácter agrícola, cambiándose en algunos puntos de los núcleos hacia el residencial, pero sin perder su carácter rural.

En cuanto al desarrollo que los mismos han tenido, durante el plazo de vigencia de las Normas Subsidiarias Municipales, se observa que:

Suelo Urbano Residencial,

Clasificado como tal, solo Eleizalde, para cuya consolidación residencial, se definían, 2 Unidades de Ejecución y una actuación asistemática, en las que se podían hacer hasta un total de 32 nuevas viviendas.

Las dos unidades de ejecución han sido desarrolladas y urbanizadas, que suponen 30 viviendas en total La actuación asistemática, para la construcción de 2 viviendas (se ha modificado la posibilidad de del número de viviendas a 2)., no se ha gestionado.

La UE-1 ha sido llevada a cabo para la construcción de viviendas públicas, de manos de Bizkailur, lo cual ha supuesto una ampliación de la población importante para un municipio como Ajangiz.

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NUM:VIVIENDAS propuestas

NUM:VIVIENDAS ejecutadas

UE 1 24 24

UE 2 6 6

AA 2 0

TOTAL 32 30

Índice de desarrollo: 94%

Núcleo de Población,

En suelo No Urbanizable, calificados como tal:

El Núcleo de Kanpantxu

Se trata del núcleo más alejado de Eleizalde, ubicado en la carretera interna, al sur-oeste del municipio, carretera que conecta con la circunvalación de Gernika y por tanto la cercanía a este municipio ayuda a que sea el núcleo conformado con el número de caseríos mayor. Las edificaciones se sitúan de manera dispersa entorno a dicho vial, apoyándose en caminos de rango menor y que confluyen con éste.

El núcleo cuenta con un frontón y un espacio público conformado por edificaciones residenciales. Además, esta configuración espacial se complementa con un “Txoko” privado.

Además de los edificios de viviendas, de carácter eminentemente agrícola-residenciales (caseríos), el núcleo cuenta con la existencia de la Ermita de San Juan y un edificio que anteriormente fue escuela pública.

En el plazo de vigencia de las actuales Normas Subsidiarias, se han construido 2 nuevas viviendas (en 2 edificaciones), de las 12 edificaciones previstas (Índice de desarrollo 16%).

Así, en Kanpantxu, existen 14 edificaciones que albergan a 19 viviendas.

Kanpantxu - DESARROLLO NNSS vigentes

EXISTENTES NUEVO PREVISTO EJECUTADO

Nombre Vivien. Edif.. Vivien. Edif.. Viv. Edif.

BENGOETXE 1 1 1 1 1 1

URRETXA 3 1 3 3 1 1

Casa - 1 1 0 0

ETXETXU 1 1 0 0

ITURRRIONDO 1 1 1 1 0 0

ARIZPE 2 1 0 0

LEZAMENE 2 1 0 0

URIARTE-ATZEKOA 1 1 1 1 0 0

URIARTE BEKOA 2 1 1 1 0 0

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URIARTE-AURREKOA 1 1 1 1 0 0

LEGINENE 1 1 1 1 0 0

ERROTABURU 1 1 1 1 0 0

Casa- 1 1 0 0

UDALETXEA 2 1 0 0

TOTAL 17 12 13 12 2 2

El Núcleo de Argana.

Se halla situado junto a la misma carretera interna que Kanpantxu, a medio camino entre Kanpantxu y Eleizalde. Un pequeño camino asfaltado que se entronca con esta carretera da accesibilidad a las edificaciones, situadas en un enclave con pendiente.

Al amparo de las actuales Normas Subsidiarias, se han construido dos edificaciones, de las 5 previstas (Índice de desarrollo 40%). Sin embargo, estas edificaciones podían contener a 2 viviendas cada uno, y se han construido unifamiliares en dos casos, y bifamiliar tan solo una vivienda.

Existe la petición de construcción de una tercera vivienda, con lo que supondría un índice de ejecución del 60% de lo ofertado.

Estaba compuesto por 10 edificios en los que existen 14 viviendas.

Argana - DESARROLLO NNSS vigentes

EXISTENTES NUEVO PREVISTO EJECUTADO

Nombre Vivien. Edif.. Vivien. Edif.. Viv. Edif.

ARANDI 2 1 2 1 1* 1*

ARGANAGOITI 2 1 4 2 3 2

ARGANABEITI 2 1 0 0

ARGANA-ETXEBARRI 1 1 0 0

ORTUZAR 2 1 4 2 0 0

Casa - 1 1 0 0

ORTUBERRI 1 1 0 0

TOTAL 11 7 10 5 3+1* 2+1*

(*) Edificio de vivienda unifamiliar, tramitado el Proyecto Básico y petición de licencia tramitada en el momento de redacción del actual documento.

3.3. EQUIPAMIENTOS

PARQUES Y JARDINES PÚBLICO, DE RECREO Y EXPANSION

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Dado el carácter eminentemente rural del municipio, son pocas las áreas formalizadas como parques y jardines de uso público, aunque se utilizan como tales los espacios libres no formalizados, junto a las edificaciones, cuando no existen lugares urbanizados.

Espacios Libres:

El espacio libre definido como parque se sitúa junto al vial rodado, en la entrada al núcleo urbano de Eleizalde desde Gernika, propiedad de la Diputación Foral de Bizkaia. La superficie de la zona de parque es de 3.100m2 aproximadamente.

En el propio núcleo urbano de Ajangiz, el espacio- plaza se configura mediante edificaciones representativas: el Ayuntamiento, la Iglesia y las antiguas escuelas reconvertidas en centro socio-cultural y taberna, creando un área reconocible de espacio público identificativo del municipio., situado en un lugar privilegiado con panorámicas hacia la vega y el municipio de Gernika.

En Kanpantxu, la plaza, que conforma el espacio de encuentro del barrio está urbanizada y anejo a ella se dispone un área de juegos para niños. La parcela de la antigua escuela unitaria, es otro espacio libre de utilización pública, y cuenta con un porche cubierto.

EQUIPAMIENTOS DEPORTIVOS:

En el núcleo urbano de Ajangiz el ala izquierda de la iglesia se ha utilizado como frontón improvisado, pero un nuevo edificio de frontón cubierto se está proyectando, ubicado junto al Abadetxea, y la iglesia.

En Kanpantxu, su plaza principal cuenta con canastas de baloncesto y está flanqueada por un frontón cubierto, el único existente en la actualidad en el municipio de esas características.

La antigua escuela unitaria de Kanpantxu, cuenta con un pequeño frontón en su fachada oeste.

CENTROS DOCENTES Y CULTURALES.

En Elizalde la Abadetxea se ha rehabilitado recientemente para ser utilizada como centro cultural de Ajangiz.

En Kanpantxu recientemente rehabilitado, se encuentra el edificio que albergó la antigua escuela unitaria, solo utilizado ocasionalmente por grupos del barrio.

Centro de educación ambiental, LURRASKA, de ámbito supramunicipal, sito en el Barrio de Kanpantxu, cuya actividad principal se centra en una granja escuela, que también funciona como albergue.

ASISTENCIAL y SANITARIO.

Se dispone de un puesto de ambulancia y primeros auxilios, permanente, en Gernika.

No hay ningún dispensario médico

Los hospitales más cercanos están en Gernika y en Galdakao.

Debido a la proximidad de Gernika, las funciones de asistencia sanitaria, la atención de los menores y de los mayores, se satisface en el municipio contiguo, de mayores instalaciones y posibilidades.

TEMPLOS.

- Ermita Santa Maria en Kanpantxu

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- Iglesia de la Ascensión de Ajangiz

- Ermita San Juan en Kanpantxu

- Cementerio de Elizalde

LAVADEROS, FUENTES Y MOLINOS

Fuente- Izpizua

Fuente de Mendieta

Existen algunos caseríos-molino, pero están en desuso, alguno de ellos catalogado.

CENTROS DE OCIO

En la actualidad la antigua escuela de Elizalde, se utiliza como local social de reunión y la casa antigua del Cura (Abadetxea), como -centro cultural, recientemente rehabilitado; y el Kanpantxu, la antigua escuela unitaria, es utilizada ocasionalmente por grupos del barrio para diversas actividades.

3.4. INFRAESTRUCTURAS

REDES VIARIAS:

La movilidad depende por entero de ellas, ya que no se cuenta en el municipio con redes ferroviarias u otro tipo de transporte.

Carreteras: El municipio linda por su lado oeste, con la variante de Gernika, que da entrada al mismo, en la salida a la zona sur y área industrial, de dicho municipio, donde enlazan una serie de caminos municipales que dan acceso a los barrios de la zona sur-oeste, conectados también con Elizalde.

El término municipal está atravesado al norte por la carretera local BI-3224, carretera foral, tambien de ámbito supramunicipal, que aglutina los núcleos de la zona norte del municipio, que gravitan sobre Elizalde, y que enlaza el municipio con Munitibar y Gernika.

Las carreteras municipales principales son las que enlazan los núcleos:

1. Carretera de Maier a Elizalde, pasando por Argane y Mendieta.

2. Carretera de acceso a la zona sur, formando un lazo desde Maier, por Mentzeta, Astobieta, Laubide, Larruze, hasta el río Berrekondo en el límite con Mendata, y volviendo por Goikoerrota, Errotabarri, Arestieta y Zubialde, en la margen del Berrekondo, hasta la carretera Maier-Elizalde.

3. Carretera de acceso y distribución de Kanpantxu, de Maier al núcleo de Kanpantxu y hasta Zubialde, donde conecta con la anterior.

4. Además están los apéndices, que de manera ramificada, conectan los núcleos de Ajangiz Zaharra e Izpizua, con la BI-3224

Las carreteras están pavimentadas, si bien no en su totalidad, faltando algún tramo ya que no en todos los casos cierran el anillo.

Caminos: La red de caminos históricos y de parcelaria, es muy amplia.

Los más importantes, son los históricos, normalmente abandonados por un nuevo trayecto pavimentado que permite el acceso de vehículos con mayor comodidad y los que enlazan núcleos habitados de forma directa, utilizables peatonalmente y/o con bicicleta, según su estado.

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Algunos, de la multitud de ellos que existen en el ámbito municipal, están en buenas condiciones de mantenimiento, pero hay muchos que casi han desaparecido por falta de utilización.

Pavimentacion de calles: La urbanización únicamente se da en el ámbito urbano de Eleizalde.

Debido a la inexistencia de tejido urbano de calles, mantiene las características de los caminos rurales, precisando por tanto la formación de las aceras correspondientes.

Transporte público: Bizkaibus dispone de la Línea A3523: BILBAO - Hospital Galdakao - GERNIKA - AULESTIA – LEKEITIO, que discurre por el municipio de Ajangiz, estando la parada en el núcleo de Elizalde.

También existe otra línea que conecta Gernika-Ajangiz. La frecuencia de esta línea es de 3 autobuses al día.

El coche se constituye como el principal medio de transporte, ayudado para recorridos cortos, del peatonal.

Sin embargo en el municipio no están completos los itinerarios peatonales diferenciados, salvo las aceras de la carretera foral, en el centro de Elizalde. Si hay un carril de bici de nueva ejecución, en la carretera de unión de Elizalde-Maier..

RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA

El municipio de Ajangiz, cuenta con la red de captación, depuración y distribución de agua, cuya gestión está encomendada al Consorcio de Aguas de Busturialdea, y que abastece a toda la comarca, además de al propio municipio.

La red de distribución general es ramificada, dadas las ventajas de esta solución en lo que se refiere a su economía de instalación y mantenimiento, ya que las longitudes de las tuberías que sirven a los consumidores, son estrictas y el número de los dispositivos necesarios, reducido.

Los inconvenientes de un servicio poco seguro, se palia con la disposición de depósitos reguladores, que abastecerían en caso de avería, mientras se repara ésta; y el mayor riesgo de estancamientos del agua, se compensa con la disposición de accesorios especiales en los fondos de saco que permiten la limpieza de las conducciones.

Dado el número reducido de consumidores y la longitud del tramo necesario para cerrar la red, se considera adecuada esta solución.

Depósitos reguladores: Dos, son los depósitos que hay en la actualidad, sin que se prevea la construcción de ninguno nuevo, los de:

Depósito de Ajangiz (Uruburu) ................................... Capacidad- 100m3

Depósito de Kanpantxu ............................................... Capacidad- 85m3

El de Ajangiz ocupa una parcela de 321 m2, y abastece la zona noreste, del municipio, donde se sitúan los núcleos de Maloste, Ajangiz Zaharra, Elizalde, Mendieta e Izpizua.

El de Kanpantxu, ocupa una parcela de 234 m2, y abastece la zona Suroeste, donde se sitúan los núcleos de Argana, Kanpantxu, Mentzeta, y los caserios dispersos de la zona sur.

La calidad y suficiencia del servicio se considera buena.

RED DE SANEAMIENTO

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Las aguas residuales de los núcleos de población existentes en el municipio, se recogen mediante colectores soterrados que las conducen por gravedad hasta las depuradoras, aunque no existen éstas en todos los casos.

No disponen de depuradora: Izpizua y la vertiente Este de Kanpantxu, que desagua directamente al Berrekondo, así como los caseríos dispersos.

La red de saneamiento, es de tipo unitario.

El Consorcio, tiene prevista la conexión de las redes existentes, correspondientes a los núcleos de Kanpantxu (vertiente oeste), Mentxeta, Elizalde, Ajangiz Zaharra y Bizkarrondo, con el Colector general de la Margen Izquierda de la ría de Mundaka.

El la actualidad el recientemente ejecutado Colector general de la Margen Izquierda de la ría de Mundaka, tramo Txaporta-Bombeo de La Vega, que discurre por la nueva calle paralela a la variante, en Gernika, recoge todos los ramales de vertido, hasta la red existente en Aldape Kalea, que los lleva hasta la EDAR de Gernika, sita aguas abajo.

La Diputación Foral de Bizkaia cuenta con una estación depuradoras de agua en servicio para la población de Gernika, que dispone de una estación de bombeo en la Vega.

Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de Gernika, en la unidad hidrológica del Oka:

Nombre EDAR EDAR Gernika

Propietario EDAR Diputación Foral de Bizkaia

Nombre entidad explotadora Consorcio de Aguas de Busturrialdea

Eliminación de N NO

Eliminación de P vía química NO

Se trata de una estación depuradora de aguas residuales convencional.

Las aguas procedentes de los vertidos industriales son recogidas por la red de saneamiento, sin pre-tratarlas ni separarlas del resto, llegando conjuntamente a la Estación Depuradora de Aguas Residuales y al aliviadero de tormentas anejo a la misma. Este hecho provoca, por un lado una alteración en el proceso normal de depuración de las aguas fecales y por otro lado el vertido directo de aguas residuales en caso de tormenta, si bien diluidas.

Esta situación es transitoria, hasta que entre en funcionamiento la E.D.A.R. de Lamiaran (Bermeo), cuya ejecución se prevé en breve.

RED DE ENERGIA ELECTRICA

El abastecimiento de energía eléctrica, se efectúa desde la subestación transformadora de reparto (STR) denominada Gernika, situada en el municipio en la zona de Maloste, en las proximidades de la Variante, de la que salen las redes de distribución.

La STR Gernika, dispone de 2 transformadores de 30/13 kV siendo uno de 20 MVA y otro de 10 MVA de potencia.

De esta subestación transformadora de reparto (STR) salen las redes de distribución eléctrica de media tensión (MT) 13 kV que recorriendo la zona suministran energía eléctrica tanto a los clientes de media tensión como a los centros de transformación y maniobra (CTM).

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La distribución de energía eléctrica es de tipo aéreo y llega a los distintos puntos de consumo, sin orden establecido, cruzando propiedades en diagonal y disponiéndose los postes y centros de transformación, en cualquier sitio.

El territorio municipal está además atravesado por líneas de Alta Tensión, que conectan las líneas principales por Amorebieta y Mungia.

Las líneas de media y baja tensión en el suelo urbano de Elizalde son subterráneas, mientras que en el resto del territorio y los núcleos rurales son aéreas.

El Municipio se ve atravesado transversalmente por la línea de alta tensión Gatika-Hernani de 380kV, que atraviesa la zona sur

En general, el abastecimiento de energía eléctrica a los núcleos es bueno.

RED DE TELECOMUNICACIONES

El ámbito tiene una red de telefonía convencional, consistente en ramificaciones de la línea principal que discurre a lo largo de la carretera BI-3224.

La red de telefonía fija es tanto aérea como canalizada.

El principal operador de los servicios de telefonía, es Telefónica, que dispone de red de telefonía fija en el municipio y una línea de fibra óptica, que discurre paralela al ferrocarril en Gernika, que no alcanza el municipio de Ajangiz.

ALUMBRADO PÚBLICO

Se dispone de alumbrado público en todos los núcleos.

La dotación de luminarias de los espacios de circulación es suficiente, si bien la red de alumbrado público, solo está soterrada en los tramos del nuevo vial ejecutado en el suelo urbano de Elizalde.

En el resto, los tendidos son aéreos o están grapados a las fachadas y la distribución de farolas es irregular.

RED DE GAS

Solo dispone de abastecimiento de gas, la empresa Maier, sin que hasta el momento se tengan previstas ampliaciones.

3.5. PATRIMONIO CULTURAL

Se relacionan los inmuebles que se nos han proporcionado por el departamento de Cultura del Gobierno Vasco, seleccionados según sus cualidades, en dos grupos:

3.5.1. BIENES INMUEBLES DECLARADOS DE INTERÉS CULTURAL POR LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO

BIENES E INMUEBLES DECLARADOS O INCOADOS

Denominación Barrio 1. Camino de Santiago 2. Iglesia de la Ascensión del Señor Mendieta

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MONUMENTOS DECLARADOS O INCOADOS ARQUITECTÓNICOS

Denominación Barrio 1. Caserío Auzokoa Maloste

3.5.2. BIENES INMUEBLES PROPUESTOS PARA DECLARAR COMO ZONAS Y ELEMENTOS ARQUEOLÓGICOS DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO

Denominación Barrio 1. Caserío Embeitia Mentzeta

3.5.3. BIENES INMUEBLES PROPUESTOS PARA SER CUSTODIADOS A NIVEL MUNICIPAL POR LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

Denominación Barrio 1. Chalet Bella Vista Maloste 2. Casa Torre Metzeta Kanpantxu 3. Ermita de Santa Marina Kanpantxu 4. Ermita de San Juan Kanpantxu 5. Escuelas de Mendieta Mendieta 6. Ayuntamiento Mendieta 7. Fuente Mendieta 8. Casa Cural Mendieta 9. Caserío de Arestieta Kanpantxu 10. Caserío de Urretxa Kanpantxu 11. Fuente de Izpizua Izpizua 12. Frontón de Ajangiz Eleizalde 13. Frontón de Kanpantxu Kanpantxu 14. Molino de Goikoerrota Kanpantxu 15. Capilla del Cementerio Municipal de Ajangiz Mendieta

3.5.4. ZONAS DE PRESUNCIÓN ARQUEÓLOGICA DECLARADOS POR LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

Denominación Barrio 1. Casa-torre de Ybigarria (caserio) (A) Maloste 2. Torre Bizkerra (caserio) (A) Maloste 3. Iglesia de Nuestra Señora de la Ascensión (A) Eleizalde 4. Ferrería Goikoerrota (sin estructuras visibles) (D) Eleizalde 5. Ermita de Santa Marina (A) Kanpantxu 6. Torre Metzeta (hoy palacio) (A) Metzeta

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3.6. SOCIEDAD

3.6.1. POBLACION

En el Territorio de la Comunidad Autónoma Vasca, en general, a lo largo del presente siglo, se han producido importantes transformaciones de sus estructuras económicas, sociales, demográficas y específicamente territoriales.

Estos procesos han producido un desequilibrio como consecuencia del fenómeno de los movimientos migratorios, que son provocados tanto por los factores de expulsión del medio rural, como por los de atracción del medio urbano.

Los factores de atracción del medio urbano (sobre todo de los más grandes) serían básicamente, las mayores oportunidades del mercado laboral, mejores niveles retributivos, dotaciones e infraestructuras de mayor calidad, gran variedad de opciones culturales y sociales, etc.

Los factores de expulsión del medio rural, serían, el aislamiento físico y funcional, falta de integración económica, carencia de infraestructuras, bajos niveles retributivos, excedente agrícola, excedente rural, etc.

La progresiva división del trabajo, la creciente especialización de las actividades productivas y la interdependencia funcional necesaria para que las actividades especializadas se desarrollen adecuadamente son el punto de partida para la consecución de mayores cotas de crecimiento económico.

La traducción territorial de la interdependencia funcional es la localización próxima de dichas actividades para eliminar las fricciones espaciales que impone la distancia.

Las actividades económicas especializadas e interdependientes encuentran ventajas comparativas al localizarse unas próximas a otras. En definitiva, el crecimiento económico, si actúa espontáneamente, genera la concentración de la población y de la actividad económica en determinados puntos del territorio.

Sin embargo el fuerte desarrollo de las comunicaciones, un aumento del tiempo de ocio y una mayor valoración de la calidad ambiental y del aprecio por la naturaleza, van a producir una involución en la tendencia actual, en favor del medio rural como opción residencial, por lo que es previsible que en los próximos años la tendencia sea a establecer no solo la residencia habitual, sino también muchas actividades económicas, alejadas de los núcleos urbanos, ya que el desarrollo de las telecomunicaciones, va a cambiar radicalmente la forma de relación, dejando de ser la proximidad física, en muchos casos, un factor importante.

Para analizar la evolución demográfica de Ajangiz, debemos partir del momento en que se desanexiona de Gernika-Lumo, cuando Ajangiz contaba con 361 habitantes repartidos en dos barrios, Mendieta y Kanpantxu; el barrio de Renteria, que había absorbido la población joven atraída por la zona industrial de Gernika-Lumo y que seguirá perteneciendo a dicho municipio. Según datos del año 1940, Ajangiz sumaba un total de 1.148 vecinos entre sus tres barrios.

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La población, desde 1991 a 2008, se ha incrementado en un 23%. Este incremento ha sido progresivo, con dos excepciones entre los años 2001 y 2002, y entre los años 2002 y 2003, en los que el incremente interanual ha sido negativo, pero siempre por debajo del 1,5%. En la actualidad la población de Ajangiz representa el 1% del total de la Comarca de Busturialdea.

Basándonos en esta distribución y comparando los datos de 2008 con la que existía en 1991, primer año de la desanexión, señalar:

- La población de 0 a 19 años ha disminuido en 4,4 puntos en conjunto, aunque en los dos últimos años ha seguido una trayectoria ascendente.

- La disminución en el primer grupo se equipara con el incremento del segundo: las personas que en 2008 tenían entre 20 y 64 años de edad, se incrementan en 4,9 puntos, aunque en los dos últimos años la trayectoria ha sido descendente.

- El porcentaje de personas de más de 64 años ha disminuido en 0,5 puntos, aunque con una tendencia ascendente.

Comparando la distribución por grupos de edad de población de Ajangiz, con los grupos de población de referencia, CAPV, Bizkaia y Busturialdea, señalamos:

- En el grupo de 0 a 19 años Ajangiz está por encima 0,9 puntos del inmediato superior, la CAPV. Lo cual significa, una población joven.

- Entre los de 20 a 64 está por debajo en 0,91 puntos del inmediato inferior que es Busturialdea.

- En el de más de 64 está por encima de CAPV y Bizkaia y por debajo de Busturialdea.

En cuanto a género se observa un cierto desorden; centrando el interés en los datos de 2008 las mayores diferencias, significativas para los varones, se dan para los nacidos entre 1998 y 1994, con el 85% de varones y para los nacidos entre 1958 y 1954 con el porcentaje de varones del 62%.

Como resumen comentar que de 0 a 19 años tenemos 79 personas, población dependiente estudiante; de 20 a 35 hay 73 personas, se puede considerar se encuentran los demandantes de primera vivienda y los mayores de 64 años son 88 personas, para ellas se deben prever atenciones especiales de la tercera edad.

La tasa bruta de natalidad más alta del período corresponde al año 2002 con un 1,2%, tasa estándar dentro del entorno, si consideramos que la tasa de natalidad media del período, del 1991 a 2007, ha sido de 0,8%.

La tasa bruta de mortalidad más alta del período corresponde al año 1992 con un 2,2%, que es una tasa de mortalidad moderada, si consideramos que la tasa de mortalidad media del período, de 1991 a 2007, ha sido del 1%; se trata de una tasa de mortalidad baja.

Las tasas de natalidad y mortalidad de 2007 dan para Ajangiz tasas levemente superiores a las del resto de los grupos de referencia y un saldo de crecimiento vegetativo negativo.

Hay que tener en cuenta, que a principio del siglo XX la población de Ajangiz era de 1085 vecinos, tres veces la población con la que cuenta hoy el municipio y que esta población se mantiene en toda la primera

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mitad del siglo; la industrialización que se desarrolla desde principios de la segunda mitad la va “despoblando” y en 1960 se ha reducido a 792 vecinos. El descenso en el número de habitantes no se detiene y en 1970 la población la constituyen 541 vecinos; el punto de inflexión se sitúa en 1996. En ese año Ajangiz tiene censados 325 habitantes

Después de 12 años de crecimiento vegetativo cero o negativo, el año 2002 nos sorprende en positivo y los años siguientes marcan un tímido repunte en el mismo sentido. En el quinquenio 2001 a 2005 el número de nacimientos se ha duplicado con relación al quinquenio anterior.

Podría establecerse una relación causa-efecto entre la edificación de nuevas viviendas, 14 entre el año 1999 y el año 2001, con la constitución de nuevas familias y el aumento de la natalidad. Estos movimientos de población son en su mayoría de origen interno, con población que se mueve dentro del Territorio Histórico de Bizkaia.

Las defunciones fueron especialmente significativas en el quinquenio 1991 a 1995 en que duplican tanto al quinquenio anterior como al posterior, aunque de éste no disponemos del dato de fallecidos en 2005.

Al establecer criterios comparativos entre las tasas del municipio y las de las restantes unidades de población, para el año 2004, las tasas de Ajangiz se aproximan más a las tasas de la Comunidad Autónoma que a las otra dos áreas que le son más cercanas; con un crecimiento vegetativo positivo, en contra de lo que sucede tanto en Bizkaia como en la Comarca de Gernika-Bermeo. La tasa de defunción es la menor de los cuatro grupos de población, la tasa de natalidad muy similar y por tanto la tasa de crecimiento vegetativo es la mayor de las cuatro áreas de población.

3.6.2. MOVIMIENTOS MIGRATORIOS

Los saldos migratorios positivos que se han dado en Ajangiz en el período 1991 – 2007, lo muestran como un municipio receptor de población, tanto por la migración interna como por la migración externa, aunque esta última resulta, tanto el número de personas como su saldo, menos significativo que el anterior.

El lugar de nacimiento de la actual población de Ajangiz es, casi en su totalidad, la CAPV; no llega al 5% el número de personas nacidas fuera de la propia Comunidad Autónoma, a diferencia de lo que sucede, tanto entre el colectivo de la CAPV con un 28,5% de personas nacidas fuera, como en el de Bizkaia con un 29% en el mismo caso.

El origen de la población de Ajangiz en tanto su lugar de nacimiento es bizkaitar, y más de la mitad de los vecinos, constan como nacidos en el propio municipio. Y aunque en términos relativos, vista la trayectoria desde 1986 el municipio se ha enriquecido con la llegada de nuevos vecinos venidos de otras Comunidades Autónomas y de otros Países, seguimos refiriéndonos a una población que en el 94% es bizkaitar de nacimiento.

En relación con las otras entidades de población, C.A., Bizkaia y Comarca, con las que se establece comparación, según el Censo de Población y Vivienda de 2001, la tasa de población de Ajangiz es superior y por el contrario el número de desempleados (2,36%) es el menor (el porcentaje mayor de paro es el de Bizkaia (6,05%)). Por edad y sexo, el número mayor de parados está el grupo de mujeres entre 25 y 44 años.

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3.6.3. POBLACION ACTIVA

La situación en el empleo de la población de Ajangiz está en posición de ventaja respecto a los otros tres colectivos en los que está integrada. Con un porcentaje de población activa relevante (45%), tenía en 2001 un nivel de paro (4,6%) muy poco significativo: menos de la mitad que cualquiera de los otros colectivos de referencia.

Refiriéndonos a la población “activa ocupada” en el momento de la recogida de datos, el Sector protagonista es el de Servicios con un 60% de población empleada en el mismo, seguido del Sector Industrial (30%); la distribución de los citados sectores productivos se asemeja más a la de la CAPV en su conjunto, que a la de la su Comarca. El empleo en el Sector Primario (5%) es la mitad de significativo que en el conjunto de Busturialdea y lo mismo sucede con el número de personas que trabaja en la construcción con un 5% de los trabajadores.

La realidad del desempleo en Ajangiz señala que:

- El desempleo masculino duplica al desempleo femenino.

- Del total de los parados el 50% son varones de más de 25 años.

- El porcentaje de varones en paro con menos de 25 años es igual al de mujeres en paro con más de 44 años.

La situación de Ajangiz, con respecto a los grupos de población de referencia es la siguiente:

- La relación varones/mujeres en paro que en Ajangiz era 2/1 para el resto de los grupos se acerca al 1/1.

- El mayor porcentaje de paro está en la población que tiene entre 25 y 44 años, sean varones o mujeres, con más del 50%.

- En el grupo de más de 44 años la situación es peor entre las mujeres, invirtiéndose el dato entre los más jóvenes.

Hay que señalar que si el porcentaje de personas trabajando, entre los datos de 2001 y los del primer trimestre de 2009, se ha incrementado en un 6,5%, el porcentaje de personas en paro se ha incrementado en un 77,8%; la desproporción es considerable.

El Sector que genera más paro entre los vecinos de Ajangiz es el Industrial, al que corresponde el 44% del paro total, seguido de Comercio y Hostelería con el 19%, después con un 12,5% cada uno Construcción y Servicios; el porcentaje de personas que se quieren incorporan por primera vez al mercado laboral es del 6,25%, que es igual al porcentaje de parados del Sector Primario.

En la CAPV es poco más de un 2% el porcentaje de personas residentes en el territorio que tienen su puesto de trabajo fuera de él y casi un 50% desarrolla su labor profesional en el propio municipio de residencia.

En el caso que nos ocupa lo que más llama la atención es el escaso número de personas que trabajan dentro del municipio, dentro del propio Ajangiz. Respecto al resto de comunidades de población, una segunda lectura obliga a admitir que un 20% de personas que encuentran empleo dentro del municipio ha de admitirse como una cifra importante, dado que estamos hablando de un municipio de 445 vecinos. La tasa de paro de la población activa de Ajangiz estaba a principios del 2009, 4,77 puntos por debajo de la tasa de paro de la CAPV. Dentro de la población “activa ocupada”, la que en el momento de la recogida de datos estaba

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trabajando, la dedicación por sectores productivos se ha modificado sensiblemente; nos encontramos con que el protagonismo que en 1981 pertenecía a la agricultura, ha pasado a ser del sector servicios. En los datos correspondientes a 1986 los tres sectores más destacados, agricultura, industria y servicios, construcción se ha mantenido casi constante en el tiempo, estaban prácticamente equiparados en la absorción de empleo en Ajangiz.

No obstante los datos anteriores, el municipio no pierde su condición rural en cuanto a explotaciones agropecuarias, con un total de 152 explotaciones, cuya titularidad jurídica se corresponde con otras tantas personas físicas.

3.6.4. EUSKERA

El Censo de Población y Vivienda de 2001 nos habla de una población rotundamente euskaldun; de las 339 personas censadas en 2001, son tan sólo 31 las que no se auto-definen como euskaldun hablante. Ha mejorado sensiblemente el nivel de alfabetización, del total de la población más de la mitad, 55,46%, es euskaldun alfabetizada. Se recoge el fruto de la escolarización en los Modelos de Enseñanza B y D.

La lengua que se habla en el 83% de los hogares de Ajangiz en el 2001 es el euskera.

Al observar la evolución del período 2001 a 2006 que si bien, tanto en Busturialdea como en Ajangiz ha aumentado el porcentaje de Erdaldunes, en la CAPV y en Bizkaia se ha dado el fenómeno inversoLa relación entre lengua materna y lengua hablada en el hogar es palpable; el euskera se sigue manteniendo vigente en los hogares de Ajangiz, sin cuestionar el verse influidos también por una mayor presencia de la lengua española, aunque su condición de zona rural lo mantiene un poco al margen de influencias..

Es evidente que mientras mayor es el área de análisis, Comunidad Autónoma, Territorio Histórico y, o Comarca, menor es el nivel de euskera, aunque no el nivel de alfabetización. Si se analiza el nivel de alfabetización dentro de la población euskaldun y la cuasi-euskaldun, la alfabetización sigue el proceso inverso, menor en la entidad más pequeña, el municipio y mayor en la Comunidad Autónoma.

No obstante, el conjunto obtenido entre euskaldunes tanto alfabetizados como no, prácticamente duplica al mismo grupo en la Comunidad Autónoma y los vecinos del municipio son netamente euskaldun hablantes.La encuesta llevada a cabo en el proceso de redacción del Avance, podemos decir como dato revelador, que de las 73 encuestas recibidas, tan solo 8 se han realizado en castellano, es decir, un 1%.

3.6.5. EDUCACION

En La población de Ajangiz que carece de estudios es insignificante; algo menos de la mitad de la población tiene nivel de estudios primarios y el resto se reparte entre estudios profesionales y secundarios, ambos con una representación del 16% y queda un 21% de personas con estudios medios o superiores.

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Por géneros y en el colectivo comarcal, la diferencia más pronunciada está en el nivel que engloba la Formación Profesional, con un 21,7% en varones y un 15,8% en mujeres; a nivel municipal la mayor diferencia está entre las Titulaciones Medias, varones 9,7% y mujeres 14,1%.el Nivel de Estudios de la población de más de 10 años, estimado para el 2005 a partir del nivel global de estudios del total de la población del que hemos restado a los menores de diez años, el grupo “sin estudio”, que hace 10 años era de 40 personas se reduce prácticamente a la mitad. Por el contrario, el grupo “estudios primarios” se incrementa en el mismo periodo un 20%. El resto de los grupos tiende a reducirse, excepto estudios Medios y Superiores, que después de despuntar en el 2001 se repliegan, aunque siguen manteniéndose por encima de los mismos en el año 1996; parece que el cambio es más de denominación que de modificación del nivel de titulación de los vecinos.

Lo más significativo en el desglose por sexo, del nivel global de estudios, es la equiparación cada vez mayor de varones y mujeres a estos efectos, con predominio de los primeros en Formación Profesional y de las segundas en Titulaciones Medias. Quizá, significativa la igualdad de ambos grupos en Titulados Superiores.

Al comparar el Nivel de Estudios de Ajangiz con las entidades de población en que está integrada, no se nota porcentualmente un matiz de diferencia entre ellos teniendo de hecho las cuatro entidades dan un perfil casi idéntico.

3.6.6. COMPOSICION FAMILIAR

En la CAPV, el 51% de las familias son nucleares con hijos, sin embargo cuando se trata del medio urbano, el tipo de familia predominante es la nuclear sin hijos, con un 52%.

Respondiendo al concepto tradicional de familia, en Ajangiz y según el Censo de Población de 2001, estaban censadas 141 familias; este dato coincide con el total de Viviendas Principales del municipio.

Dentro de la CAPV el núcleo familiar tipo es el nuclear con hijos, con un 40% de las familias, seguida de la nuclear sin hijos con 17%. Ajangiz se aleja un poco de esta tónica quedando con una representación del 32% las nucleares con hijos y ocupando la segunda posición la ampliada con el 14%; la familia compuesta (8,5%) y la polinuclear (6,4%) tienen también porcentajes mayores que el resto de los grupos de población de referencia.

El hecho de que el número medio de miembros por familia, en Ajangiz (3,08), sea más alto que en el del resto, CAPV (2,88), Bizkaia (2,86) y Busturialdea (2,81), reafirma el hecho de la convivencia poli-generacional en los hogares del municipio.

La población residente en el municipio está aglutinada en 118 familias, que tienen una ubicación física en las 118 Viviendas Principales. La caracterización que hace el EUSTAT de los grupos familiares es la siguiente: Unipersonal, sólo consta de una persona; Compuesta, dos o más personas sin núcleo familiar; Nuclear sin hijos, matrimonio sin hijos solteros; Nuclear con hijos, matrimonio con hijos solteros; Monoparental, padre o madre con hijos solteros; Ampliada, núcleo familiar de cualquier tipo con el que conviven una o varias personas emparentadas; Poli-nuclear, dos o más núcleos familiares.

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La primera diferencia que llama la atención al comparar el Municipio con los otros grupos de población, entiéndase el Área Funcional, T. Histórico y Comunidad Autónoma, está en el grupo “Nuclear con hijos”, muy inferior en el municipio respecto al resto de los ámbitos. Las familias que faltan en ese grupo se reparten entre, Compuesta, Ampliada y Poli-nuclear. Todo hace pensar en una estructura menos evolucionada de la familia.

En la evolución entre el año 1991 y el 2001, año que nos ocupa, hay que destacar el incremento de la Familia Nuclear sin hijos; el resto de las estructuras familiares se mantienen más estables; de hecho la familia nuclear sin hijos se ha triplicado en diez años y todo hace suponer que la tendencia natural es a transformarse en Nuclear con hijos, permitiendo la ampliación de la base de la pirámide de población como en efecto ha sucedido a la vista de los datos actualizados de 2005.

La reducción a la mitad del número de Familias Poli-nucleares se puede interpretar como la tendencia a reducir en número las familias “tradicionales” en la que convivían varias generaciones

Por una parte parece que tenemos una estructura familiar aún anclada en el pasado, Compuesta, Ampliada y Poli-nuclear, y de otra un grupo de reciente aparición Nuclear sin hijos, nuevo y en evolución hacia Nuclear con hijos; la estructura de las familias del municipio evoluciona aproximándose al modelo general de la Comunidad Autónoma.

El tamaño medio de la familia, número de miembros que constituyen la unidad familiar, es en el año 2001 de 2,87, similar al resto de los ámbitos. En lo que se refiere a la evolución en el tiempo, en 1991 era de 3,25 personas de media y en 1996 de 3,22 personas, con lo que queda bastante definida la tendencia. El tamaño medio familiar será referencia importante en el momento de hacer la previsión de suelo residencial por variación de la estructura familiar.

Este tamaño medio familiar, tenderá, de no intervenir, a la baja por cuanto la pirámide está muy envejecida, no hay nuevas generaciones que la sustituyan, y aumentará el número de personas mayores que se queden solas. El tamaño familiar en el 2007 puede suponerse que será 2,69, hipótesis tomada de los datos del 2001.

3.6.7. RENTAS ECONOMICAS

Tomando la referencia del año 1997 las rentas de Ajangiz, tanto la personal como la familiar están por encima del resto de los grupos de referencia; el incremento experimentado entre los años 1997, 2001 y 2003, no se ha seguido en Ajangiz, con lo que la diferencia a favor se ha visto algo menguada.

Las rentas económicas, tanto las personales como las familiares, están en consonancia con el resto de los grupos de población en que está integrado el municipio.

La distribución del parque móvil puede también servirnos para conocer un poco más las singularidades del municipio; la relación entre el número de turismos y el de habitantes es de 1,93 hab./turismo; la misma relación respecto a la Comarca Gernika-Bermeo es de 2,44 hab./turismo, con lo que se presume un mayor nivel de bienestar, EN mendaz en relación con la Comarca, entendiendo como tal la mayor disponibilidad de vehículo. Otro tanto sucede con motos y camiones.

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3.6.8. VIVIENDA

El Contando con la ejecución de las viviendas que Bizkailur en el año 2004 propuso construir en el municipio y que, de acuerdo con el DECRETO DE ALCALDIA del 5 de noviembre de 2008 en el que se concede Licencia de Primera Utilización para las 24 viviendas construidas en la U.E.1 de Ajangiz a Bizkailur S.A., asignándoles a los dos portales construidos los números 78 y 79 del barrio de Mendieta, el 31% de las viviendas del municipio se han construido con posterioridad a 1990, año de la desanexión de Gernika-Lumo.

La tipología dominante por superficie es la vivienda que tiene entre 61m2 y 90m2.

De las 141 viviendas familiares existentes en 2002, entiéndase como viviendas habituales, el 87% están o total o parcialmente pagadas pendientes del pago de la hipoteca, el 4% están en alquiler y el 34% restante han sido heredadas, cedidas o han tenido otra vía de obtención diferente a la venta.

Todas las viviendas son familiares; en 2001 no había ningún edificio colectivo y el número de viviendas por edificio no pasaba de 3 viviendas. En la actualidad hay que añadir dos nuevos edificios con 12 viviendas cada uno.

Desde 2004 se han efectuado en el municipio 30 transacciones inmobiliarias, 25 de ellas viviendas nuevas, las últimas 2 en el primer trimestre de 2009; dado que 24 de ellas deben corresponder a las viviendas construidas por Bizkailur, S.A. y a las que la Alcaldía concedió Licencia de Primera Utilización en noviembre de 2008; las restantes transacciones inmobiliarias, entre particulares, suponen el 20% de las realizadas.

Los potenciales demandantes de vivienda para los dos próximos cuatrienios y residentes en el municipio, ocupan en la pirámide de población de 2008 las cohortes de 15-19 años y la de 20-24, con un total 46 personas.

La medía de personas por familia, que en 2001 era de 3,08 personas, está bajando y lo hará aun más, con lo que la nueva distribución demandará más vivienda.

El porcentaje de vivienda desocupada en el municipio era en 2001 del 12%, un punto por debajo del porcentaje global de vivienda rural desocupada en Bizkaia.

total de viviendas contabilizadas según el Censo de Población y Vivienda de 2001, es de 195 viviendas; distribuidas en 175 edificios, 148 viviendas unifamiliares, 38 viviendas bi-familiares y las restantes 9 viviendas en edificios de más de tres.

La distribución de las mismas según su uso es: Viviendas Principales 118, que son utilizadas todo o la mayor parte del año como residencia habitual; Secundarias 52, que se utilizan de forma periódica o esporádica y no constituyen residencia habitual y Desocupadas, 25. El número de Viviendas Principales es coincidente con el número de familias y servirá de base para el cálculo de previsión de suelo residencial.

La distribución por superficie de la vivienda también ha sufrido variación significativa entre el año 1996 y el año 2001; se incrementan todos los tramos a excepción del de más de 150m2, el mayor de ellos.

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Hay que diferenciar entre los datos de edificación y de vivienda, refiriéndonos en este caso a la vivienda. Se da el hecho singular que los edificios originales, los caseríos, han sido en muchos casos rehabilitados y en este proceso ha pasado de ser considerado como una única vivienda a dos; esto también ha afectado a la evolución en el número de viviendas, de ahí que se señale el incremento por reutilización de las existentes.

Este dato nos reafirma en la teoría de la redistribución, la superficie media es de 127m2 en Ajangiz, diferencia significativa con la media de superficie en la Comunidad Autónoma, que es de 50m2. En el año 1991 el 50% de las viviendas constaban con una superficie superior a 150m2, y en los datos de que disponemos del Censo de Población y Vivienda de 2001, las que tienen más de 150m2 han pasado a ser el 27% y entre 60-120m2 están el 50% de las viviendas.

La distribución del número de viviendas en función del número de habitaciones de que dispone, sitúa al 80% de las mismas en el intervalo de las que tienen cinco o más habitaciones y tan sólo el 4% está en el intervalo de menos de 4 habitaciones. Es de señalar que no se computan como habitaciones ni los baños, ni vestíbulos, ni pasillos o galerías abiertas, ni la cocina en el caso que tenga menos de 4m2.

Según sus usos la variación la evolución en el número de viviendas en los 10 años que van de 1991 a 2001, ha experimentado un incremento de 12 viviendas, entre las Principales o de uso permanente; las viviendas Secundarias se han incrementado en 9 unidades y en 7 las desocupadas. En el Censo de 1981 aparecían como desocupadas un total de 85 viviendas frente a las 25 viviendas desocupadas en 2001.

Las instalaciones y los servicios de las viviendas mejoran entre los Censos realizados entre 1991 y 2001; se incrementa en 6 puntos el índice de confortabilidad aún así, este índice queda 4 puntos por debajo del índice general de la C.A.de Euskadi y 3 puntos por debajo del de la Comarca.

La percepción general de los residentes es la de vivir en una zona tranquila, sin contaminación ambiental, ni acústica y con un bajo índice de delincuencia. En el lado negativo está el de la mala comunicación, aunque bien resuelta gracias a los Servicios Municipales que cubren la necesidad de desplazamiento del transporte público que llega al municipio hasta el lugar de residencia de los vecinos que lo necesiten.

Establecimientos con actividad económica, aparecen 16 registrados en 2004; generan 20 empleos, si comparamos con la situación de 1996, es de destacar que con un número menor, 14 establecimientos, los empleos eran 36.

Solo el 12,8% de las viviendas existentes están desocupadas. Normalmente se corresponde con los caseríos mas alejados de los núcleos, que, ante el envejecimiento de sus habitantes, se desplazan a Amorebieta y Gernika, por encontrarse mejor atendidos en caso de necesidad. El 26,6% de las viviendas se utilizan como segunda residencia y no se ha construido ninguna en algún régimen de protección, que haga su precio asequible a la población con menor poder adquisitivo.

2001 Viviendas principales

Viviendas secundarias

Desocupadas total

141 7 21 169

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83% 4% 12,4% 2006

Viviendas principales

Viviendas secundarias

Desocupadas total

141 7 21 148 Fuente: Eustat

3.6.9. CUANTIFICACION DE LA OFERTA DE SUELO RESIDENCIAL

El objetivo de este epígrafe no es otro que el de establecer hipótesis razonables sobre el crecimiento que la población del municipio puede experimentar hasta la siguiente década, de forma que permita situarnos sobre las futuras necesidades de viviendas, servicios equipamientos, etc., que se van a plantear en el municipio y que deberán obtener respuesta en las previsiones a realizar en este Plan.

Si observamos la evolución de la población de las últimas décadas, se aprecia un crecimiento poblacional, debido a la migración población principalmente.

Las Directrices de Ordenación del Territorio, integran el municipio de Ajangiz en el Área Funcional de Gernika-Markina.

• Para la cuantificación de la oferta de nuevo suelo residencial, desarrollaremos el esquema de las DOT, con sus criterios.

CALCULO PARA LA CUANTIFICACIÓN DE LA OFERTA DE SUELO RESIDENCIAL

1 Implicaciones del Modelo Territorial C1 0

2 Crecimiento Demográfico C2 14 PH=PB(1+TAC)n PH = Población Año Horizonte +8 años 473 PB = Año de última toma de datos 2006 437 TAC = Tasa Anual de Crecimiento Demográfico 0,0077 n = años vista de la hipótesis 8 CD = PH - PB 36 N = Tamaño Medio Familiar 2017 2,77 CD / N 14 Reducción del Tamaño Medio Familiar = 0,03 por año transcurrido

3 Variación de la Estructura Familiar C3 14 B - A A = PB / Tamaño Medio Familiar año base 2006 141 B = PH / Tamaño Medio Familiar año horizonte 170

4 Corrección de la Rigidez de la Oferta C4 64 ( VOC + C2 + C3 ) * CR VOC = Vivienda Principal = Vivienda Ocupada CR = Coeficiente de Rigidez; para Ajangiz nivel 6 = 0,35

5 Segunda Residencia C5 0 ( C2 + C3 + C4 ) * ( coef 2ª residencia)*0,5 coef. 2ª residencia =

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6 Oferta máxima de vivienda = sumatorio de coeficientes Total 92

C1 + C2 + C3 + C4 + C5 PB 2001 414 Datos de partida PB 2008 445 H1 N 2001 3,08 PB 456 N 2006 3,1 TAC 2,56 N 2017 2,45 n 8 TAC 2001/2005 0 CD TAC 1991/2005 0,0077 N año base 2006 3,1 n ( 8 ) 8 N año horizonte 2,77 n ( 10 ) 10 coef. Familia 0,03 VOC CR 0,35

En consecuencia, la oferta del suelo máxima estimada para el periodo de 8 años del Planeamiento se sitúa en 92 viviendas, en caso de que se optase por el crecimiento demográfico. Sin embargo, del diagnosis realizado de las necesidades de la población, lo requerido para dar respuesta a las necesidades de viviendas principales es de 14 (con coef.esponjamiento de 2, resultaría una oferta de 28 viviendas), Por tanto, como máximo proponemos una oferta de 92 viviendas (coef.esponjamiento de 3) y como mínimo 28 viviendas (coef.esponjamiento de 2), en el suelo urbano.

A estos números de viviendas debemos de añadir el número de viviendas ofertado para los próximos años en los núcleos rurales; un total de 15 viviendas.

Al amparo de la hipótesis de crecimiento propuesto por las DOT, podríamos realizar una simulación en la cual podríamos determinar la necesidad de vivienda en cada núcleo de población, de la siguiente manera:

ELIZALDE-MENDIETA

9 Edificaciones

48 viviendas

TMF (2009)=2,8 134 habitantes

TMF (2017)=2,77

TAC=0,0077

Población 2017 142 habitantes

142/2,77 51 edificaciones

134/2,77 48 edificaciones

KANPANTXU

14 Edificaciones

19 viviendas

TMF (2009)=2,8 56 habitantes

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TMF (2017)=2,77

TAC=0,0077

Población 2017 59 habitantes

59/2,77 (crecim.demográfico) 22 edificaciones

56/2,77 (crecim.vegetativo) 21 edificaciones

ARGANA

10 Edificaciones

14 viviendas

TMF (2009)=2,8 39 habitantes

TMF (2017)=2,77

TAC=0,0077

Población 2017 44,7 habitantes

44/2,77 (crecim.demográfico) 14 edificaciones

39/2,77 77 (crecim.vegetativo) 13 edificaciones

3.6.10. VIVIENDAS DE PROTECCIÓN OFICIAL

En las NNSS vigentes, se proponía la ejecución de 24 viviendas de protección oficial, que suponía un 50% de la oferta de número de viviendas para todo el municipio.

OFERTA: VIVIENDA PÚBLICA 24 núm. viviendas 43% del total viv.

VIVIENDA PÚBLICA 24 43%

VIVIENDA LIBRE 31 57%

TOTAL OFERTA VIVIENDAS 55 100%

EJECUTADO: % del total ofertado

VIVIENDA LIBRE 124 3.945%

VIVIENDA PÚBLICA 24 100%

De estos dados se deduce, que las anteriores NNSS ofertaban un amplio número de viviendas públicas y que se han llevado a cabo, y sin embargo la vivienda libre, tan sólo se ha ejecutado casi apenas la mitad de su oferta.

Etxebide, ente público que gestiona las peticiones de vivienda protegida, nos ha facilitado los siguientes datos (referidos al 01/06/2009), en los cuales constan los ciudadanos de Ajangiz que se han adscrito a algún programa de vivienda pública:

DEMANDA EMPADRONADOS VIVIENDA ALQUILER 0

DEMANDA EMPADRONADOS VPO NUEVA 3

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DEMANDA EMPADRONADOS VPO USADA 0

DEMANDA EMPADRONADOS VPO TASADA 0

TOTAL 3

La demanda según estos datos es realmente escasa. Sin embargo la encuesta ciudadana realizada paralelamente a la redacción del presente documento, revela otra realidad en cuanto a las necesidades de VPO.

La demanda de personas de otros municipios que desean optar por una vivienda protegida en Ajangiz, a fecha de 1 de junio de 2009, es de 85 personas.

Dentro de los residentes en el municipio hay una demanda de vivienda protegida, no cubierto en la última promoción, de 3 personas a fecha 1 de junio de 2009.

3.6.11. SECTORES DE PRODUCCION

A medida que se suceden las fases por las que una zona adquiere mayores niveles de desarrollo económico, el peso relativo del sector primario va reduciéndose en beneficio del sector secundario y posteriormente del terciario. Esta transformación de la estructura productiva aparece asociada a un cambio importante en cuanto a la distribución de la población en el territorio.

Sin embargo, parece previsible una transformación del modelo territorial y urbano asociado a la etapa de industrialización, debido a la disminución de de la fuerza de la economía de la aglomeración y a una valoración social mayor de los costos de la congestión.

Sector primario

En el Sector primario son relevantes los datos sobre el suelo y su uso. De las 750Ha. del municipio, 721 tiene uso agrícola forestal y de ellas 548Ha. corresponden a las 101 explotaciones censadas.

Del total de las explotaciones, 51 tienen ganadería y una superficie total de 344Ha. y 49 explotaciones no tienen ganadería con una superficie de 203Ha.; hay que añadir una explotación si tierras. Todo ello según datos del EUSTAT del censo de 1999.

Además del listado de Establecimientos Industriales (18), contamos con el listado de autónomos; en el mismo aparecen 22 inscritos con domicilio en el municipio, con actividades básicamente de servicios, pero con alguna actividad de fabricación.

Es muy significativo el número de empleos generado en el municipio (1.025), justificado tan sólo por la existencia de la planta principal de la empresa cooperativa MAIER; esta empresa está dedicada a la fabricación de componentes y subconjuntos para automoción y electrodoméstico y según datos de 2007 cuenta con una plantilla global de alrededor de 1.800 personas, y si bien su actividad está repartida en cinco plantas, su planta principal está en el municipio.

Para completar los datos citar otros servicios y establecimientos con domicilio en el municipio:

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• CASA CONSISTORIAL

• JUZGADO DE PAZ

• CENTRO DE SALUD

• BIBLIOTECA MUNICIPAL

• KZ GUNEA

• CASA DE CULTURA ABADETXEA

• HERRIKO TABERNA

• AJANGIZ LURRASKA CAMPAMENTO MUSICAL DE VERANO

• FRONTÓN MUNICIPAL

• BODEGAS ICHASMENDI

• CONSORCIO DE AGUAS DE BUSTURIALDEA

• LURRASKA, S.L. CENTRO MEDIOAMBIENTAL

• MAIER SOCIEDAD COOPERATIVA LTDA. Sector Primario

El municipio de Ajangiz tiene una superficie total de 2.293 Ha. , de esta superficie son 1.440 Ha son las dedicadas a aprovechamiento agropecuario. La media de superficie por explotación se calcula en 9,5Ha., la de la Comarca se ha calculado en 7 Ha.

La superficie arbolada ocupa el 84,5% del municipio, las coníferas son la especie dominante, en detrimento de frondosas autóctonas, resulta un reparto muy desigual y evidencia la explotación forestal del entorno.

Las 152 explotaciones se corresponden con otras tantas personas físicas, prácticamente la totalidad en propiedad, tan sólo el 0,6% de las explotaciones están en arrendamiento y no llega al 2% la tierra en arrendamiento.

El capítulo correspondiente a la ganadería ha vivido un cambio en los últimos tiempos, la serie de datos de que disponemos se corresponde con los años 1982, 1989 y 1999; en especial los caprinos que prácticamente de no existir han pasado a ser más que los ovinos; los porcinos en cambio se han reducido de tal modo que parece sólo sean para consumo del propio domicilio.

Las tierras labradas están dedicadas 31Ha, lo que puede suponer una media de 3.000m2 por familia, la actividad hortícola esta generalizada en el municipio, que acude semanalmente a la vecina Gernika, a la vendeja.

La actividad puramente agrícola se reduce a algo de horticultura y fruticultura, que a pesar de la imagen de los productos de la huerta de Gernika tiene un carácter muy marginal y fundamentalmente de autoconsumo y complemento de rentas, salvo aquellos casos excepcionales en los que se da una especialización en actividades hortícolas (invernadero y/o aire libre) y frutícolas.

La superficie destinada a frutales tampoco es importante y de ella sólo una mínima parte son frutales en plantación regular.

Lo que en Ajangiz tiene gran importancia, tanto desde el punto de vista de usos del suelo como desde la vertiente puramente productiva, es la superficie forestal, que sufre un crecimiento progresivo, debido en parte a que tierras anteriormente dedicadas a pastos han pasado a engrosar la

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superficie forestal como opción al abandono total de la actividad agropecuaria.

El aumento de superficie forestal es generalizado y está en su mayor parte cubierta por especies de crecimiento rápido como pino insignis y eucalipto.

3.6.12. CONCLUSIONES DEL ANÁLISIS SOCIO-ECONÓMICO

El origen de los ciudadanos de Ajangiz es la CAV; no hay inmigración. Es por ello que Ajangiz es un municipio vasco parlante, con un alto grado de conocimiento en dicho idioma. Los movimientos migratorios e inmigratorios de la población se realizan en las provincias y municipios de los alrededores. Es un municipio receptor. Así, si se analiza la comarca en su conjunto, la población no crece, y si algunos municipios tienen población creciente y otros decrecientes, puede concluirse que la población migra de un municipio a otro, manteniendo el crecimiento vegetativo en el conjunto de la comarca.

La presión de Gernika en Ajangiz es evidente; es posible que, las necesidades de vivienda de Gernika, si no pudieran completarse en el propio municipio, Ajangiz sea quien alivie esta necesidad.

La demografía es creciente, un 23%, lo cual es atípico si comparamos con sus referentes cercanos. La razón puede ser debido a las cercanías a Gernika y la presión que este municipio ejerce sobre Gernika.

La población de Ajangiz es significativamente joven; en los años 90, coincidiendo con la mayor construcción de nueva vivienda en el municipio, coincidió con un aumento de la población joven.

La composición familiar tipo de Ajangiz, es una familia nuclear con hijos, con fuerte convivencia inter-generacional. La tendencia de la composición familiar es la disminución del tamaño familiar, con la consiguiente posible necesidad de vivienda que ello acarrea.

La población activa es muy alta (datos obtenidos previos a la crisis), siendo el sector servicios quien más empleo genera, seguido de la industria. El sector primario tan solo ocupa al 5% de la población activa; a este respecto, es un dato destacable que 670HA de tierra de labranza está dividida en 266 parcelas, lo cual significa que por promedio cada parcela tiene 2,5HA de dimensión. Es claro por tanto la gran división de las propiedades agrícolas, lo cual dificulta que su producción sea rentable.

Por último, señalar que la generación de empleo en el municipio es muy escasa y que la mayoría se realiza fuera del municipio, en Gernika especialmente. La proximidad a Gernika es una de las características importantes para entender el funcionamiento del municipio.

3.6.13. RESUMEN ENCUESTA POPULAR

En el proceso de elaboración del presente documento de Avance, el Equipo Redactor ha realizado una encuesta a la ciudadanía, con el objeto de recabar la percepción y preocupaciones de los habitantes de Ajangiz. La encuesta se propone también como toma de datos complementaria para el estudio socio-económico que se realiza paralelamente.

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La encuesta constaba de 3 partes; una se realizaba mediante encuesta escrita habitual y que se fue enviada a cada ciudadano, y las otras dos, mediante imágenes y mapas expuestos en paneles en el Ayuntamiento.

La encuesta escrita, tenía como objetivo conocer las necesidades de vivienda de la ciudadanía de Ajangiz para los próximos 8 años, la necesidad de vivienda pública, la prioridad en las mejoras en cuanto a urbanización y equipamientos del municipio, y el interés de la ciudadanía por el suelo público agrario o por algún otro sector económico.

Los resultados que a continuación se explican, deben ser entendidos en el contexto de dicha encuesta, encuesta realizada por 73 ciudadanos de Ajangiz. El 94% de los encuestas, casi en su mayoría, son ciudadanos con primera residencia en Ajangiz. Así, los resultados pueden extrapolarse como el sentir de ciudadanos empadronados en el municipio.

NECESIDAD DE VIVIENDA PARA LOS PRÓXIMOS 8 AÑOS

Número de

encuestas recibidas

Num encuestados 1ª vivienda en Ajangiz

Núm.viviendas necesarias

Num.viviendas protección

oficial

Elizalde 18 18 11 6

Astobieta 3 3 1 1

Ajangiz Zaharra 10 10 0 0

Uriarte 8 7 5 1

Obieta 6 5 2 2

Argana 6 6 4 0

Aristieta 3 3 0 0

Ispizua 10 9 10 0

Mentzeta 5 4 1 1

Mendieta 4 4 0 0

TOTAL 73 69 34 11

De los ciudadanos que requieren vivienda, el 34% demanda VPO.

De los resultados, es sorprendente que todos los encuestados en Ajangiz Zaharra no prevén necesidad de vivienda para los próximos 8 años, contrario al sentir demostrado por el Ayuntamiento, que ha insistido en la alta demanda de vivienda que han percibido de dicha núcleo. Es por ello que en el Avance se propone la calificación de Ajangiz Zaharra como núcleo rural.

Podemos afirmar de las respuestas recogidas en la encuesta, que, sobre la percepción de la ciudadanía sobre Ajangiz, la mayoría responde que Ajangiz es un lugar euskaldun y tranquilo. Puede percibirse también el temor de una gran mayoría por una posible transformación del mismo. Muchos de los ciudadanos han mostrado su disgusto ante viviendas en bloque que transgreden el equilibrio paisajístico. Es de interés ciudadano

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por tanto, no romper con el carácter actual de Ajangiz con desarrollos que desconfiguren la imagen actual

La mayoría de la población de Ajangiz desea una vivienda unifamiliar; tan sólo aquellos que requieren vivienda pública proponen bloques edificatorios como tipología de vivienda. Deseos que hacen hincapié en la vivienda dispersa que impera en el municipio y en el paisaje no urbano al que hace referencia.

La encuesta también ratifica la composición nuclear con hijos, y la necesidad de vivienda pública, sobre todo en Elizalde, sentir que coincide con lo transmitido por el Ayuntamiento.

En cuanto al interés por crear o generar empleo en algún sector si se obtuviese ayuda económica, es destacable la alta disposición de la población en el sector de servicios, y en especial en Elizalde. En las respuestas recogidas, el sector primario y secundario igualan en interés, lo cual no coincide con la distribución de empleo, donde el porcentaje de empleo en el primer sector es realmente insignificante comparándolo con el sector de la industria. Quizás significa que de obtener ayudas, cierta parte de la población estaría interesada en trabajar las tierras agrícolas.

En lo que se refiere a las necesidades prioritarias a acometer en el municipio con respecto a trabajos de urbanización y equipamientos, debe destacarse la necesidad palpable que existe de mejora de redes de saneamiento, el especial interés que una gran mayoría tiene por mejoras de instalaciones de Internet, y la gran demanda de aparcamientos y pavimentación de caminos. Estos requerimientos son consecuencia del modelo de implantación de vivienda llevado a cabo, es decir, viviendas unifamiliares dispersas por todo el territorio del municipio, y por ende, un modelo con gran dependencia del automóvil y su consecuente necesidad de aparcamiento, así como las instalaciones y urbanización de carreteras y caminos de comunicación de las viviendas.

También destacamos a este respecto, la necesidad que una amplia mayoría refleja en instalaciones deportivas y juegos de niños.

Es mayoritaria la exigencia de realizar un acceso mejor desde la variante de Gernika. También existe un amplio respaldo a favor de la creación de un taxi público.

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4. INFORMACION DEL PLANEAMIENTO

4.1. AFECCIONES DE LAS FIGURAS DE PLANEAMIENTO TERRITORIAL

4.1.1. DOT: DIRECTRICES DE ORDENACIÓN TERRITORIAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

Las Directrices aportan Orientaciones y referencias para el planeamiento municipal, asignando de forma transitoria, en tanto no sean aprobados los correspondientes Planes Territoriales Parciales, papeles específicos de modelo territorial a determinados municipios.

A este respecto Ajangiz está incluido dentro del Area funcional Gernika-Markina, sin que las DOT le asignen un papel especial o destacado. Su evolución, viene fuertemente condicionado por su proximidad a la Cabecera del Area Funcional.

De las determinaciones de las DOT, para el municipio, la que le afecta es la cuantificación de las nuevas viviendas a ofertar por el planeamiento, ya que en el caso del suelo no urbanizable, se está a la regulación contenida en el Plan Rector de Uso y Gestión de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai.

Los núcleos rurales representan un eslabón importante dentro del entramado urbano vasco. Para impedir el progresivo abandono poblacional de estos núcleos, los principales retos de futuro se centran en:

- Descentralizar en la medida de lo posible los servicios y equipamientos comarcales, aprovechando las posibilidades que ofrece la telemática.

- Facilitar el acceso (transporte público, infraestructuras) de los habitantes de estos municipios.

- Integrar a los municipios de carácter rural, en una oferta turística global con capacidad de atraer población más allá de los límites de la C. A. de Euskadi.

- Priorizar la permanencia en los municipios de los grupos más jóvenes de población en base a una oferta residencial, formativa, laboral, etc”

No señala ningún coeficiente de segunda residencia, por lo que se considera nulo.

4.1.2. PLANEAMIENTO TERRITORIAL SECTORIAL. PLANES TERRITORIALES SECTORIALES PTS

4.1.2.1. APROBADOS DEFINITIVAMENTE

Plan Sectorial General de Carreteras.

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No propone la previsión de circunvalación para el Núcleo, que evite el tráfico por el centro, ni alternativas para acceder de manera más directa desde la circunvalación de Gernika.

PTS de Creación Pública de Suelo para Actividades Económicas y de Equipamientos comerciales.

Ajangiz está categorizado como de “crecimiento moderado”, lo cual significa que la gestión de los suelos para actividades económicas deberá consolidarse las áreas ya transformadas para tal fin y las implantaciones ya existentes, con acciones prioritarias de acabado y mejora de las actuales urbanizaciones. La dimensión superficial de los suelos para actividades económicas vacantes ascenderá como máximo a 10 Has, siempre y cuando sea admitido por el PRUG.

Ajangiz está incluida en las áreas de incentivación para la dinamización de cabeceras comarcales con déficit de empleo industrial, conjuntamente con Gernika-Mújica, englobados en la zona sur de Gernika.

Con respecto a la regulación de los grandes equipamientos comerciales, a Ajangiz se le asigna la categoría B- municipio de centralidad comarcal, que significa una superficie max de plataforma explanada de 40.000m2 y superficie máxima de techo edificado 13.000m2, lo que en todo caso debería estar avalado por el PRUG o por el PTP de Gernika-Markina.

PTS de Ordenación de los Márgenes de Ríos y Arroyos. Vertiente Cantábrica.

Analizando sus contenidos y los del PRUG en materia de márgenes de ríos y arroyos en la categoría de P4, se deriva que tanto la normativa como las limitaciones de superficies de los márgenes determinados por el PRUG son más limitativos que los que define el PTS, por lo que se remitirá a las exigencias del PRUG en esta materia. Las inmediaciones del río Oka están afectadas por dichas determinaciones y algunas áreas se señalan como vulnerables a la contaminación de acuíferos.

Debe de indicarse que las manchas de inundabilidad se han recogido y actualizado recientemente, con lo cual no coinciden con aquellas señaladas por el PRUG, siendo éstas más coactivas y actuales.

PTS de Zonas Húmedas

No le afecta, por no haber humedales en el ámbito territorial del municipio.

PTS de Energía Eólica

No contempla parque eólico alguno en el ámbito territorial municipal.

PTS de Red Ferroviaria en la CAPV

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No existe red ferroviaria en el término, ni se prevé red ferroviaria alguna.

PTS Protección y Ordenación del Litoral

Aprobado definitivamente por el Gobierno Vasco, mediante Decreto 43/20007, de 13 de marzo. No interviene en la zona de Urdaibai, dada la existencia del PRUG, al cual se remite.

Dicho Plan conlleva un ejercicio de coordinación con las diferentes planificaciones que se dan en su ámbito, remitiendo a la planificación ambiental la ordenación del área de la reserva de la Biosfera de Urdaibai y tiene un valor transitorio en las áreas que forman parte de la Red Ecológica Europea Natura 2000

4.1.2.2. EN REDACCIÓN Y TRAMITACIÓN

PTS de Patrimonio Cultural

Elaborado sólo la fase de Avance. Su grado de tramitación no permite sacar ninguna implicación para el Municipio.

PTS Agroforestal

Califica al Municipio en la categoría de “Espacios Naturales Protegidos declarados y R. de la B. de Urdaibai”, no entrando a regular dicho espacio ya que únicamente se recogen los límites, y la normativa se refleja en documentos de ordenación propios (PORNs y Planes de Uso y Gestión), quedando remitido, por tanto, a las determinaciones del PRUGRBU, que afectan al ámbito de la actuación.

PTS de Suelo para la Promoción Pública de Viviendas

Elaborado solo en la fase de Avance, se entiende que por las fechas de su redacción, estaría desfasado con respecto a la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo.

En relación con dicha Ley, debe indicarse que Ajangiz, no es un municipio obligado a establecer ninguna reserva de suelo con destino a vivienda protegida, dado que no alcanza el umbral de 3000 habitantes señalado para esta exigencia. No obstante, si el planeamiento no dispusiera de ninguna reserva, las parcelas que se obtuviesen gratuitamente correspondiente al 10% de la edificabilidad urbanística, se destinarán a viviendas de protección pública.

4.1.3. PLANEAMIENTO TERRITORIAL PARCIAL

4.1.3.1. EN REDACCIÓN Y TRAMITACIÓN

PTP del Área Funcional Gernika-Markina.

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El Modelo Territorial propuesto por el PTP es el siguiente:

Entre los Principios Básicos del Modelo Territorial Propuesto por el PTP, se reconoce y ratifica un modelo de asentamiento policéntrico de núcleos urbanos que, aunque de predominante ubicación costera, no presenta los problemas de macrocefalia o desequilibrios de otras áreas funcionales del País Vasco.

En cuanto al crecimiento residencial, deberá contemplarse lo definido por la estrategia ambiental vasca de desarrollo sostenible 2002-2010. En lo referente a la superficie residencial, se deberá reducir el consumo de suelo garantizando los crecimientos endógenos, fomentando la rehabilitación de edificaciones existentes y en viviendas desocupadas.

Se considera al municipio como receptor de las demandas de vivienda que Gernika pudiera tener, una vez agotadas sus posibilidades de crecimiento, proponiendo los terrenos colindantes con el suelo urbano de Gernika como posibles extensiones residenciales, ya que por cercanía este suelo limítrofe forma parte de la vida de Gernika.

Se preservará la identidad paisajística, con el objetivo de buscar paisajes sobresalientes.

Dicha estructura se considera una oportunidad para un modelo territorial equilibrado y sostenible, capaz de articular un espacio en el que los valores de naturalidad y ruralidad son elevados, tratando de mantener la identidad paisajística y los núcleos rurales.

La existencia de una serie de núcleos distribuidos en el territorio de forma equilibrada y con funciones de relativa centralidad comarcal o subcomarcal constituye una garantía de cohesión territorial y de satisfacción espacialmente adecuada de dotaciones y servicios, sin los problemas de congestión, ambientales y paisajísticos que suelen derivarse de grandes desarrollos urbanos, especialmente en un ámbito de las características físicas y ecológicas del Área Funcional de Gernika-Markina.”

4.1.4. PLANEAMIENTO COMARCAL Y OTROS

4.1.4.1. PLAN RECTOR DE USO Y GESTION DE LA RESERVA DE LA BIOSFERA DEL URDAIBAI. LEY 5/89

Condiciona fuertemente la propuesta por cuanto se trata de un Plan que ordena el suelo No urbanizable en todos sus aspectos, teniendo en cuenta las circunstancias medioambientales del territorio municipal.

El objetivo del Plan Rector se enmarca en la compatibilización del desarrollo con las limitaciones que provienen de las diferentes categorías del medio físico que establece éste. Las

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categorías fuera del ámbito OPU que afectarían a Ajangiz, básicamente, son:

• -P6: Paisajística. Alta Vulnerabilidad visual.

• A1, Zona de Vegas y A2 Zona de Interés Agrario sobre acuíferos.

• F1, F2: Áreas Forestales. Debe señalarse la gran superficie de áreas forestales en comparación con las áreas de interés agrario, debido a la topografía del Municipio. F1 con riesgo de erosión moderado y F2 con riesgo de erosión muy alto.

• SRC: Suelo Rústico Común. Es destacable la gran presencia de esta categoría.

• NR. Núcleo Rural.

4.1.4.2. PROGRAMA DE ARMONIZACIÓN Y DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES SOCIOECONÓMICAS. AGENDA LOCAL 21 DE LA RESERVA DE LA BIOSFERA DEL URDAIBAI

En 1998 se aprueba el Programa de Armonización y Desarrollo de Actividades Socioeconómicas (P.A.D.A.S.) que, al igual que el P.R.U.G., es un instrumento de desarrollo normativo distado en el desarrollo de la Ley de Protección y Ordenación (Decreto 258/1998, de 29 de septiembre).

Tiene como objetivo principal impulsar, orientar y coordinar las diferentes actividades de los sectores de producción intervinientes en el suelo no urbanizable de la Reserva de la Biosfera de URDAIBAI, en coordinación con los planes y programas de los enclaves urbanos.

Se tendrán en cuenta los objetivos, estrategias y líneas de actuación que se propongan, y en especial las concreciones con respecto al municipio de Ajangiz, incluido en Udaltalde, que tiene como objetivo la implantación de la Agenda Local 21, formando parte de Urdaibai-Busturialdea, actualmente en desarrollo.

4.1.4.3. RED NATURA 2000

Los LIC (Lugares de Interés Comunitario), determinados por Directivas Europeas que afectan a Ajangiz, definen mediante una base gráfica los sobre márgenes de ríos y arroyos, completando pequeños arroyos no recogidos en el PRUG y en el PTS de Ordenación de Márgenes de Ríos y Arroyos. Así, el Plan General debería de incorporarlos.

4.1.4.4. DECRETO 165/2008, DE 20 DE SEPTIEMBRE, DE INVENTARIOS DE SUELOS CONTAMINADOS

Con el fin de obtener un inventario de suelos que soporten o hayan soportado actividades o instalaciones potencialmente

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contaminantes del suelo, señalado en la Ley 1/2005, de 4 de febrero, el Decreto 165/2008 aprueba el inventario de los suelos que reúnen dichas características y regula su permanente actualización estableciendo el procedimiento de la inclusión de nuevos suelos. El inventario contenido en el Decreto, que lo aprueba y lo regula, se halla en el Registro Administrativo de la calidad del suelo que creó el artículo 35 de la Ley 1/2005. Dicho registro contiene toda la información que se obtiene de la aplicación de la citada ley.

Los usos industriales como los terrenos de Maier están catalogados como contaminados, así como suelos afectados por antiguas serrerías, están incluidos en este inventario, tal y como se indica en la documentación gráfica.

4.1.5. PLANEAMIENTO VIGENTE

En 1991 Ajangiz se desanexiona de Gernika, fecha en la cual comienza la redacción de las NNSS.

En la actualidad están en vigor las Normas Subsidiarias Municipales tipo-b, de Ajangiz, aprobadas definitivamente en 2003, publicándose la normativa en el BOB del día 11/07/03, fecha a partir de la que se declara su ejecutoriedad.

No se han producido Modificaciones Puntuales.

Analizando el comportamiento entre la oferta del planeamiento vigente y su ejecución, observamos que se ofertaban 55 y se han ejecutado 30 en suelo urbano y 8 en suelo no urbanizable, en núcleos rurales., lo cual supone que un 60% de la oferta del municipio se ha ejecutado, siendo el 87% de lo desarrollado, en suelo urbano. Por tanto, de aquí se concluye que el desarrollo en núcleos rurales es muy escaso, y la mayoría de la oferta y ejecución de las mismas se ha concentrado en suelo urbano. .

En consecuencia se deduce que se han realizado un número de viviendas ajustado a la técnica utilizada en los planeamientos.

No obstante no debe de considerarse el crecimiento de los núcleos rurales como oferta residencial ya que su carácter es el de permitir nuevas viviendas vinculadas de alguna forma socio-económicamente a la actividad primaria (si bien ninguna tiene hoy en día tal fin). La relación de esta cuantía con el número total de viviendas ejecutadas en el municipio, expresa que los núcleos rurales no tienen un peso específico importante en el municipio, en cuanto a lugares a desarrollar.

GRADO DE DESARROLLO DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS

Oferta de viviendas Viviendas construidas

Eleizalde 32 30

Argana 10 6

Kanpantxu 13 2

TOTAL 55 38

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El modelo apostaba por reforzar el crecimiento en el núcleo urbano de Elizalde, objetivo, que de los datos señalados, se ha cumplido, ya que se ha concentrado la mayor parte de las viviendas ejecutadas.

La actuación principal se ha concentrado en un bloque de viviendas colectivas, y el resto, la tipología predominante es la vivienda unifamiliar, que es, con la bifamiliar, la única ofertada por el planeamiento vigente. Se ha detectado una importante segregación de los caseríos existentes en viviendas bifamiliares, lo cual es comprensible debido a la gran superficie útil que esta tipología de caserío posee.

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5. MARCO LEGAL. VALORACIÓN DE LA FIGURA DE PLANEAMIENTO

5.1. CONSIDERACIONES GENERALES

La presente Revisión de Normas Subsidiarias, se produce cuando ya existe una definición de criterios globales sobre las influencias que recibe y puede recibir el municipio desde el ámbito territorial.

En su período de vigencia de las actuales, se han producido modificaciones que ponen de manifiesto que el planeamiento municipal no es un documento "estático" en el tiempo, sino que debe ser constantemente revisado y contrastado, comprobando sus determinaciones y adecuando a las circunstancias, que factores ajenos o planeamiento de mayor rango pueden provocar.

Para esta revisión, contamos con la experiencia de once años de vigencia del primer documento de Normas de ámbito municipal que se redactó, lo que, en principio, supone un mayor conocimiento de las dificultades o desajustes provocados, lo que no implica que el nuevo documento que se redacte no vaya a tener errores y generar conflictos como los anteriores.

5.2. ADAPTACION Y REVISION DEL PLANEAMIENTO URBANISTICO A LA VIGENTE LEY DEL SUELO

5.2.1. CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD:

Con independencia de las necesidades de adecuación legales, ya superadas en cuanto a su periodo de previsión, hay motivos de oportunidad que aconsejan, en cualquier caso proceder a la adaptación o revisión del Planeamiento.

La coyuntura económica de incremento de la actividad constructiva, y la detección de intereses y desintereses, por la gestión del suelo, y en cualquier caso por el transcurso de prácticamente el período de vigencia de las Normas, es otro motivo de oportunidad de la revisión.

El nuevo documento de planeamiento que se realice, por tratarse de una Revisión, permite la adopción de nuevos criterios de ordenación, afectando no solo a la gestión y propiedad que los beneficios del planeamiento dan a un determinado tipo de suelo, sino que también modifica el propio destino del propio suelo, alterándolo en todas aquellas zonas en que se considere necesario.

Ha de señalarse la existencia de un nuevo marco legal de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de suelo y urbanismo y por tanto la necesidad de adecuar el planeamiento a este nuevo marco legislativo.

Uno de los aspectos nuevos de la nueva Ley es la eliminación de la figura de normas subsidiarias por la de de planeamiento general de ordenación urbana. Dicho instrumento legal introduce importantes determinaciones en los siguientes aspectos:

• -En materia de política de vivienda:

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Un nuevo enfoque social que se traduce en un incremento significativo de la oferta de vivienda protegida.

• -En materia de política de medio ambiente:

Adoptar como referencia el Programa Marco Ambiental para la Comunidad Autónoma del País Vasco aprobado, que en relación con la materia urbanística resalta los siguientes puntos: revisar los modelos de baja densidad, señalando una edificabilidad mínima, tratando de evitar en mayor medida la extensión de la “cultura de la vivienda unifamiliar y del adosado” y los crecimientos dispersos, que, además de consumir gran cantidad del territorio, general modelos urbanos poco sostenibles.

La Ley muestra una especial atención en relación con la correcta preservación y uso racional del uso no urbanizable, estableciendo un régimen jurídico restrictivo en materia de reconstrucción de caseríos y la protección de los núcleos rurales de forma, cuyos crecimientos se restringen, con el objeto de preservarlos en su carácter histórico y económico, agrario y pecuario. Así mismo se establecen mayores limitaciones jurídicas para la instalación de viviendas ligadas a explotaciones hortícolas y ganaderas en suelo no urbanizable.

• -En materia de política de fomento para implantación de usos protegidos

Establece la cesión gratuita del 10% de la edificabilidad urbanística media, libre de cargas de urbanización, así como el derecho de superficie para la implantación de vivienda protegida.

• -En materia de política de rehabilitación y regeneración urbana:

Se trata de optimizar el patrimonio edificado y urbanizado, como forma prioritaria frente a la colonización de nuevos suelos.

Lo objetivos que se proponen alcanzar, además de los expuestos, son los siguientes:

• Recuperación de la iniciativa pública en las actividades urbanísticas. Para ello, el planeamiento general deberá aportar programas de actuación urbanizadora y de edificación.

• Flexibilidad en la gestión de la ordenación urbanística, reduciendo los plazos en la tramitación del planeamiento.

• Introducción de nuevos mecanismos de intervención en el mercado del suelo (Agente Urbanizador).

• Orientación del urbanismo hacia el principio de Desarrollo Sostenible, en relación con el medio ambiente y la preservación del patrimonio histórico, artístico y cultural.

5.2.2. LEY 2/2006 DE SUELO Y URBANISMO. AFECCIÓN DEL NUEVO MARCO LEGAL AL MUNICIPIO DE AJANGIZ

Vivienda Protegida

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Dado que es un municipio menor que 3000 habitantes, no está obligado a reservar terreno con destino a vivienda protegida. No obstante, si el planeamiento no hiciera reserva alguna, deberá destinar las parcelas obtenidas por cesión gratuita del 10% de la edificación urbanística a vivienda de protección pública.

Edificabilidad mínima

La Edificabilidad física mínima en el suelo urbano no consolidado y en los sectores de suelo urbanizable con uso predominante residencial, no será inferior a la resultante de la aplicación del índice de 0,25m2 de techo por cada metro cuadrado de suelo.

Tramitación Ordenación Pormenorizada

El Plan General determina las líneas maestras de ordenación estructurante y de ordenación pormenorizada, la cual puede ser remitida para su ordenación y tramitación al planeamiento de ordenación pormenorizada.

Suelo No Urbanizable

Queda prohibida la construcción de nuevas edificaciones destinadas a vivienda. Se permite la vivienda ligada a explotación económica, hortícola o ganadera, previa autorización del Departamento de Agricultura acreditando los extremos contemplados en la Ley.

Podrá autorizarse la reconstrucción de caseríos y edificaciones residenciales en los supuestos contemplados en la correspondiente Ley.

Son usos admisibles los expresamente considerados por las DOT o por los instrumentos de Ordenación Territorial.

Régimen específico de los núcleos rurales.

Se entiende por núcleo rural la agrupación de entre 6 y 25 caseríos, en torno a un espacio público que los aglutine y confiere su carácter. Los núcleos rurales contendrán una ordenación pormenorizada directa o remitiendo a la elaboración de un plan especial. No se podrá generar en el suelo no urbanizable un incremento con respecto a la superficie construida ni el número de viviendas podrá ser superior al 50% de lo ya existente. A estos efectos no se considerará como incremento de viviendas la división horizontal del caserío preexistente para dar lugar a dos o más viviendas.

No hay cesiones ni carga de urbanización en núcleo rural no urbanizable.

La Ley 2/2006 abre la posibilidad de clasificación de la superficie ocupada por un núcleo rural como suelo urbano cuando así procediere conforme a la citada norma legal, lo que ha de entenderse referido a la dotación de servicios disponibles y a la previsión de superación de los topes de crecimiento exigidos para su clasificación dentro del suelo no urbanizable. En el caso de los núcleos rurales ya clasificados a 20 de septiembre de 2006, que quedarían por encima de los condicionantes previstos en el nuevo texto legal para los mismos, esta Ley ordena su adscripción al suelo urbano.

Para este tipo de suelo el planeamiento no puede definir nuevas dotaciones, equipamientos, espacios libres ni vías públicas de nuevo trazado, posibilitándose únicamente regularizar los límites y las alineaciones ya existentes.

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La superficie de suelo ocupada por un núcleo rural, podrá ser clasificada por el planeamiento general como suelo urbano, cuando así proceda conforme a lo legislado al respecto.

Clasificación de suelo urbano

Por contar con servicios, o aun careciendo de ellos tengan una ordenación consolidada por ocupar la edificación dos terceras partes de los espacios aptos para la misma.

Categorías del suelo urbano.

Suelo urbano consolidado: cuando esté urbanizado y cuente con los servicios propios del suelo urbano.

Suelo urbano no consolidado: por carecer de urbanización consolidada, inexistencia de servicios, precisar de renovación, mejora o rehabilitación la urbanización existente o por atribuirle a la ordenación, una edificabilidad superior a la existente.

La ordenación urbanística estructural es la exigible al planeamiento general. Incluye como determinación la Nueva Ley, la fijación de plazos para la elaboración y aprobación de planeamiento de desarrollo y la programación de suelo.

Reconstrucción de caseríos

La Ley 2/2006 prevé un supuesto especial que abarca a las edificaciones residenciales en suelo no urbanizable, según el cual se permite la reconstrucción de los que hubieren resultado inservibles por caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditada (incendio o desgracia asimilable hubiere sido o no previsible).

Disposición transitoria (1.3)

El suelo que esté clasificado como suelo no urbanizable, quedará adscrito a la categoría de suelo no urbanizable de núcleo rural, salvo que no reúna los requisitos para su inclusión y clasificación en esta categoría, en cuyo caso quedará adscrito al suelo urbano. Los núcleos rurales hayan completado su desarrollo conforme a las previsiones 5/98 quedarán consolidados, quedando prohibidos se efectúen nuevos desarrollos bajo la categoría de núcleo rural. Los nuevos desarrollos en estos núcleos requerirán la previa reclasificación de núcleo rural a la clase de suelo urbano.

5.2.3. DECRETO 183-2003, DE 22 DE JULIO, REGULACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN CONJUNTA DE IMPACTO AMBIENTAL

Documento técnico que se integra en el Plan y que forma parte de él, en el que se identifica, describen y se evalúan las repercusiones ambientales.

5.2.4. DECRETO 105/2008 DE 3 DE JUNIO, DE MEDIDAS URGENTES EN DESARROLLO DE LA LEY 2/2006, DE 30 DE JUNIO, DE SUELO Y URBANISMO

El Decreto 105/2008 matiza y aclara ciertos conceptos planteados en la Ley 2/2006, en los siguientes términos:

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Artículo 5. Clasificación de suelo de núcleo rural por aplicación de normativa anterior

Los suelos no urbanizables de núcleo rural y que hubieran completado su desarrollo conforme a las previsiones de la Ley 5/1998, podrán seguir siendo considerados al amparo de esta misma clasificación siempre que los mismos no sean objeto de nuevos desarrollos, en cuyo caso deberán ser objeto de reclasificación como suelo urbano o urbanizable, según corresponda.

Artículo 9. Caseríos. Definición y régimen autorización de reconstrucción

Se entenderá por caserío los edificios que cumplan el constituirse como tipo edificatorio aislado, con uso predominante de vivienda, disponer de por lo menos una vivienda ya existente, según lo dispuesto en el Registro de la Propiedad y disponer licencia de primera ocupación residencial con anterioridad al 1 de enero de 1950.

La reconstrucción de los caseríos podrá realizarse, siempre que mantengan una estructura edificada que permita identificarlos como tales.

5.3. CONSIDERACIONES SOBRE EL CONCEPTO Y FUNCION DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

5.3.1. PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

El instrumento urbanístico de planeamiento para la totalidad de los municipios es el Plan General de Ordenación Urbana.

Su objeto es el definir para el municipio, la ordenación concreta de su territorio.

La ordenación urbanística organiza las determinaciones de carácter urbanístico del suelo en su dimensión tanto espacial como temporal a través del planeamiento.

Con carácter mínimo, la ordenación estructural del término municipal del término municipal completo y la ordenación pormenorizada del suelo urbano, que el plan general incluya en la categoría de suelo urbano consolidado.

Este Plan General, de ámbito municipal será, una vez aprobado, el documento legal imprescindible y obligatorio que garantice la correcta ordenación del territorio de Ajangiz, señalando ámbitos y aptitud de usos e intensidades de ocupación, conservando los valores urbanísticos y culturales, mediante la utilización racional y ponderada de los recursos naturales, la organización y desarrollo de las infraestructuras, con sus implicaciones y servidumbres.

Con él se podrá regular el desarrollo urbanístico futuro del municipio, dotándolo de criterios que armonicen las iniciativas, tanto en edificación como en la provisión de equipamientos o elementos estructurales de toda índole.

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5.3.2. AFECCIONES DEL CAMBIO DEL INSTRUMENTO URBANÍSTICO DE NORMAS SUBSIDIARIAS TIPO A AL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA EN EL MUNICIPIO DE AJANGIZ

Los principales cambios que afectan al municipio al establecer el nuevo instrumento de planeamiento de Plan General de Ordenación Urbana son:

• El Plan General, a diferencia de las Normas Subsidiarias tipo A, puede clasificar los suelos, además de en suelo urbano, en suelo urbanizable.

• El Plan General establece plazos para la ejecución y justifica sus previsiones en base a un estudio económico-financiero.

5.3.3. DETERMINACIONES Y CONTENIDO DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

El Plan General Municipal, constituye un instrumento de planeamiento de carácter "estructurante", en la medida que procura una ordenación integral del territorio municipal, con un nivel de definición de detalle en el Suelo Urbano, y Urbanizable y una ordenación del suelo No urbanizable, en nuestro caso mediatizada por el Plan Rector de Uso y Gestión de la Reserva de la Biosfera, espacio en el que se integra.

El Plan General de Ordenación Urbana deberá contener las siguientes determinaciones:

1. Clasificar la superficie completa del término municipal en suelo urbano, urbanizable y no urbanizable.

2. Realizar la clasificación global del término municipal, dividiéndolo en zonas de distinta utilización predominante.

3. Establecer la ordenación estructural en todo el término municipal y la pormenorizada en el suelo urbano y urbanizable.

4. Señalar en el suelo urbano y urbanizable las edificabilidades máxima y mínima y las dotaciones adecuadas al bienestar de la población, y determinar en suelo no urbanizable los usos compatibles con su preservación.

5. Determinar, a través de su clasificación, los suelos sobre los que el planeamiento procederá a la implantación de edificaciones afectas a determinados usos protegidos, entre ellos viviendas sometidas a algún régimen de protección público.

6. Regular la utilización del suelo y las condiciones de autorización de todo tipo de obras sobre el mismo.

7. Establecer la programación que fuera precisa para ejecutar la ordenación urbanística.

8. Delimitar ámbitos objeto de regeneración y rehabilitación y las normas de protección del patrimonio urbanizado y edificado del municipio.

9. Delimitar, en su caso, los núcleos rurales y los ámbitos sometidos a los derechos de tanteo y retracto.

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En cuanto el contenido, el plan general se formalizará con carácter mínimo con los documentos siguientes:

• Memoria informativa y justificativa, que contendrá la información necesaria con los elementos de juicio para el ejercicio de la potestad de planeamiento, y describir el proceso de formulación y selección de alternativas para la adopción de decisiones, el análisis de las alegaciones, sugerencias y reclamaciones formuladas desde la participación ciudadana, y la justificación de las soluciones asumidas.

• Memoria justificativa de cumplimiento del informe preliminar de impacto ambiental, que así mismo deberá motivar la ordenación adoptada desde el principio de desarrollo sostenible, considerando la capacidad de acogida de los suelos para el cumplimiento de las previsiones contenidas en el plan.

• Planos de información.

• Planos de ordenación estructural.

• Planos de ordenación pormenorizada.

• Estudio de viabilidad económico-financiera.

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6. CRITERIOS, OBJETIVOS Y SOLUCIONES GENERALES

6.1. AVANCE DE PLANEAMIENTO

El Avance se formula como documento técnico de partida, que busca la Participación y Debate de todos los Agentes Sociales o Particulares que pudieran estar interesados en la contribución para la elaboración de esta Fase del Plan General de Ordenación Urbana del Municipio de Ajangiz, y para la obtención del máximo consenso en el documento definitivo.

La finalidad del presente Plan, se puede sintetizar en:

• La ordenación integral del territorio municipal para su mejor uso colectivo, subordinando los intereses particulares al interés común, y encauzando las actividades que en él se desarrollan.

• Preservar los valores paisajísticos y naturales, estableciendo medidas de protección ambiental y preservando, del desarrollo urbanístico indiscriminado, las zonas con alta calidad ambiental.

• La protección de los recursos naturales propios del suelo, tanto por sus valores productivos como por ser referencia para la estrategia local de desarrollo urbanístico sostenible.

• Establecer los suelos adecuados para el desarrollo residencial y de actividades, haciendo una utilización racional e intensiva del suelo, que contemple preferentemente, su rehabilitación y reutilización, así como el uso de las viviendas vacías, evitando la segregación y dispersión urbana para posibilitar el mantenimiento de la función primaria del territorio como base de la protección de los valores ambientales de los espacios urbanos, rurales y naturales y de la correcta integración y cohesión espacial de los diversos usos o actividades con el fin de reducir la generación de movilidad.

• La construcción sostenible mediante la rehabilitación, dando prioridad a la regeneración del patrimonio construido y urbanizado en los núcleos originarios de la localidad y a la utilización de las viviendas vacías, ordenando las intervenciones tanto en edificaciones existentes, como en las nuevas, y ajustando los usos a la calificación de cada suelo por zonas.

• La movilidad sostenible, orientada a reducir el uso forzado e innecesario de los vehículos motorizados, dando prioridad a los medios de transporte respetuosos con el medio ambiente, mediante la planificación de su uso combinado y/o exclusivo.

Todo ello según los principios del desarrollo sostenible, que asegure a todas las personas el disfrute de la naturaleza y el paisaje así como del patrimonio cultural, arqueológico, histórico, artístico y arquitectónico, al tiempo que les procura una mejor calidad de vida.

A menudo la política y la gestión pública se caracterizan por abordar los problemas desde una óptica sectorial.

Es evidente que se trata de una práctica efectiva para determinado tipo de problemas; sin embargo, en la mayor parte de los casos, pretender resolver los retos fundamentales del progreso y la convivencia social, por la mera

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adición de soluciones sectoriales, supone como mínimo un riesgo y, en la mayoría de los casos, la seguridad de un notable fracaso, un ingente esfuerzo económico y una evidente falta de visión prospectiva e integral de los objetivos generales a largo plazo.

En realidad, los problemas complejos tienen multitud de interconexiones con otros y es necesario abordarlos con un enfoque global, e integrado.

El caso más significativo de la escasa eficiencia de abordar los problemas con enfoques restringidos se produce cuando se pretende impulsar un desarrollo sostenible basado en planteamientos exclusivamente sectoriales.

En la elaboración del planeamiento municipal, se pretende superar esta circunstancia, y se tiene en cuenta la necesidad de alcanzar un alto grado de integración de las distintas variables y factores que condicionan los comportamientos, y en base a la consideración de los distintos componentes establecer unos objetivos concretos, que procuren un desarrollo sostenible que proporcione bienestar a la población, sin hipotecar el medioambiente.

Para ello la ordenación urbanística se desarrolla observando en todo caso las siguientes reglas:

1. Información suficiente sobre la realidad existente y sobre una valoración razonable de la previsible evolución de ésta.

2. Ponderación razonada de todos los intereses y necesidades, públicos y privados; de los fines de la función pública urbanística; y de los principios que conforme a esta ley deben informarla.

3. Expresión en opciones y decisiones suficientemente motivadas y adecuadamente proporcionadas, respecto a los objetivos perseguidos.

6.2. CRITERIOS Y OBJETIVOS GENERALES

Teniendo en cuenta el fuerte carácter rural del municipio, y su dependencia de Gernika, se considera fundamental articular una estrategia que lo ponga en valor, que fije la población al territorio y sobre todo lo dote de personalidad propia, manteniendo su idiosincrasia, fomentado la cohesión de los vecinos, por medio de la interrelación y creando unas condiciones propicias para diversificar la base económica y garantizar su viabilidad.

Ajangiz se encuadra en el modelo territorial de asentamientos rurales de estructura polinuclear, de gran valor cultural, ambiental y urbano.

En este contexto se señalan como objetivos:

• Valorización ambiental. A través de la preservación de la identidad paisajística, considerando de especial interés el perfil de poblamiento del núcleo de Elizalde, con su Iglesia neoclásica, y estructura urbana central.

• Potenciar la residencia permanente, complementada con vivienda de precio tasado que diversifique la oferta a las distintas rentas.

• Potenciar las dotaciones específicas. Se propone la mejora de caminos históricos, actualmente abandonados, para su utilización por peatones y/o bicicletas, al margen de las vías rodadas, que conecten todos los núcleos habitados.

• Su terciarización. La ampliación del área de actividad, cumpliría un doble papel, por un lado, generaría puestos de trabajo en el propio municipio y por otro minimizaría los desplazamientos de al menos algunos vecinos.

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• Búsqueda de cualquier mecanismo que pretenda realzar sus atractivos.

La existencia de oportunidades de empleo alternativas a la propia agricultura es vital para la supervivencia de los hogares agrarios.

La dependencia funcional de Gernika, también se extiende a la economía, ya que la mayor parte de la población activa, encuentra trabajo en su área industrial y de servicios.

El empleo en el sector primario, es muy bajo en relación con su comarca, sin embargo no pierde su carácter rural, y en todo caso, es importante preservar uno de los principales activos en estas zonas rurales en la nueva etapa de desarrollo que afrontamos y es su paisaje, calidad ambiental, tradiciones, patrimonio urbano y arquitectónico, y en definitiva, su complementariedad con las zonas urbanas.

La agricultura sigue siendo importante no solo por razones económicas sino también para conservar el medio ambiente y el paisaje.

Los servicios, no son solo importantes fuentes de empleo, sino que además contribuyen de manera crucial, tanto a la calidad de vida de la zona como al crecimiento de la economía rural.

En cuanto a la posibilidad de desarrollo industrial, dada la calidad ambiental del área, no parece en la actual situación ni oportuna, ni posible, a pesar de que el PTS de Actividades Económicas, categoriza Ajangiz como de “crecimiento moderado”, lo cual significa que la gestión de los suelos para actividades económicas deberá consolidarse las áreas ya transformadas para tal fin y las implantaciones ya existentes, con acciones prioritarias de acabado y mejora de las actuales urbanizaciones. La dimensión superficial de los suelos para actividades económicas vacantes ascenderá como máximo a 10 Has, siempre y cuando sea admitido por el PRUG. En el momento actual, en los suelos que ocupa la empresa Maier, existe suelo vacante.

Las medidas para revitalizar los núcleos tradicionales, serían la rehabilitación y potenciación de los núcleos, la ordenación de áreas de esparcimiento, propuestas de equipamientos e infraestructuras, y una adecuada protección del medio natural.

En cuanto al medio rural, se establecen como objetivos la preservación de sus valores medioambientales, como parte integrante de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai, siempre tratando de canalizar las actividades de manera acorde con la vocación del territorio.

6.3. OBJETIVOS PARTICULARES

Concretamente en Ajangiz, reconocer el papel esencial que a escala municipal, desarrollan los núcleos de Elizalde, capitalizando la totalidad del territorio municipal y Kanpantxu, polarizando la zona Suroeste, la más alejada de los servicios y equipamientos municipales, y excesivamente volcada en Gernika.

Estos núcleos pueden desempeñar un papel crítico en la oferta de servicios y dotaciones, liderando el conjunto de núcleos de menor tamaño y caseríos dispersos situados en su entorno.

En base a lo anteriormente expuesto, y en función de lo en este documento se ha analizado, se establecen los objetivos previos con los que se inicia el proceso de Avance de Planeamiento entre los que citaremos:

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6.3.1. ASPECTOS TERRITORIALES.

Mantenimiento y/o recuperación de equilibrio ecológico.

Conservación y protección del paisaje, con especial atención a sus improntas características, el arbolado autóctono, las áreas agrícolas, etc.

Ordenación racional y determinación de los usos del suelo, en función de los sectores de producción.

Mejora de la movilidad peatonal y/o ciclable, tanto urbana como internúclear, tratando de recuperar antiguos caminos y/o estableciendo caminos en paralelo a las carreteras que conectan los distintos núcleos entre si, procurando ofertar una alternativa peatonal y/o ciclable a la intercomunicación rodada.

Jerarquización y racionalización de la red viaria rodada, en orden a la optimización de los recursos que consume la misma y el impacto que genera.

6.3.2. SECTORES DE PRODUCCIÓN

Sector primario. Preservación de las áreas rurales, mediante su protección.

Sector secundario.- Ante las características rurales que presenta el municipio la no formalización de un área industrial, salvo la existente, entendiéndose que la industria que se pudiera asentar en el municipio ha de ser la ligada al sector primario, dado su carácter eminentemente rural, a desarrollarse en el suelo no urbanizable, pudiendo compatibilizarse, la implantación de pequeños talleres artesanales, con el uso residencial.

Sector terciario.- Debido al déficit existente en el municipio, creación de un pequeño espacio específico y facilitar su implantación, como uso compatible con el de vivienda, porque se trataría en cualquier caso de establecimientos pequeños.

6.3.3. ASENTAMIENTOS RESIDENCIALES.

Estructuración y determinación de las áreas que cuentan con una cierta estructura urbana. Definición del suelo urbano.

Complementación de invariantes precisas y necesarias para que el núcleo de Elizalde se conforme como una estructura urbana que pueda capitalizar la vida municipal, jerarquizando el espacio y orientando los flujos dominantes.

Potenciación de los restantes núcleos, existentes reforzando su carácter de Núcleo de Población Rural, con el de Kanpantxu, actuando como cabecera y nexo de enlace con los asentamientos más alejados de la zona suroeste municipal.

6.3.4. EQUIPAMIENTOS.

Facilitar la implantación de nuevos equipamientos en las edificaciones previstas y existentes, que completen a los actuales, mediante la compatibilización de usos. Sin embargo, las mayores posibilidades

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equipamentales de Gernika hacen que en Ajangiz los equipamientos requeridos no se abastezcan en el propio municipio.

6.3.5. INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS.

Las redes de servicio son en general, suficientes, si bien la red de saneamiento, ha de ser completada con el enlace al colector general de la comarca, y con sistemas de depuración donde, la anterior conexión no sea posible o resulte difícil.

Los nuevos desarrollos previstos han de contar con urbanización completa previa a las edificaciones, de forma que todas las parcelas susceptibles de albergar una edificación, cuentes con todos los servicios, de entre los disponibles en el municipio.

6.3.6. ELEMENTOS Y CONJUNTOS DE INTERÉS.

Además de la protección del paisaje ya mencionado, se plantea la conservación de edificaciones y áreas arqueológicas, tanto públicas como privadas, individualmente o en conjunto con el entorno como conjunto de interés denotativo, edificatorio y ambiental.

6.4. CRITERIOS Y OBJETIVOS GLOBALES GENERALES DE LAS SOLUCIONES

Se prestará especial atención a la vida urbana, preservando el medio rural de desarrollos indeseados que puedan interferir en su vocación natural y a la interrelación de los distintos asentamientos existentes en el municipio.

Se considera importante la idea de Proyecto Urbano como búsqueda desde el planeamiento de un proyecto de pueblo que anticipe la forma de sus elementos, y a la vez que articule los procesos para su ejecución, poniendo especial interés en la idiosincrasia del sitio, el lugar, y la esencia del ambiente.

La idea de proyecto urbano significa la definición de las propuestas sobre la forma física de los pueblos como elemento urbanístico básico, capaz de canalizar los procesos sociales y vincularlos a una instancia operativa.

El desarrollo de los asentamientos urbanos, se ha efectuado, con una estructura viaria insuficiente para el fuerte incremento de la movilidad de la población, debido sobre todo a la motorización, apoyándose el crecimiento en caminos existentes que apenas se han ampliado, a ello contribuye, el criterio de calificar los asentamientos de población como núcleos rurales en suelo no urbanizable.

La vigente Ley del suelo, viene a paliar, esta circunstancia, reconociendo su carácter de suelos urbanos, en un claro giro en la política urbanística al respecto.

La definición morfológica de los pueblos, la configuración del espacio urbano y la previsión de los resultados formales de las intervenciones urbanísticas, en la búsqueda de una imagen urbana coherente y atractiva, es un objetivo prioritario.

Y así se tratará de evitar, la utilización de tipologías arquitectónicas incompatibles con las preexistencias, los crecimientos urbanos discontinuos

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y desordenados, los intersticios degradados, la disgregación de las tramas urbanas, la falta de diseño de los bordes urbanos relevantes, la pérdida de protagonismo de los hitos relevantes, el tráfico de paso conflictivo, la pérdida sistemática de espacio urbano, etc.

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7. MODELO DE ESTRUCTURA TERRITORIAL Y DE ESTRUCTURA URBANA PARA EL MUNICIPIO

7.1. DESCRIPCION GENERAL DEL MODELO PROPUESTO

El urbanismo es la organización de todas las funciones de la vida colectiva en las aglomeraciones y en el campo.

El modelo propuesto está determinado por preocupaciones de orden funcional y de respeto al medio ambiente, siendo las principales:

• La vivienda

• La producción

• El tiempo libre

• La preservación del medio natural en orden a su uso racional.

Y los principales medios de actuación:

• La división del suelo

• La organización de las circulaciones y

• La legislación

El modelo propuesto se basa en la zonificación, y asignación de usos y actividades adecuadas a cada zona en función de sus características, ordenando las actividades residenciales de forma concentrada, y desarrollando el sistema policéntrico de asentamientos poblacionales, definido en las DOT.

La demanda de suelo para actividades económicas, se canaliza a través de su compatibilidad con el suelo residencial, cuando se trata de pequeños talleres y terciario y del suelo ya clasificado que ocupa la empresa Maier.

La mayor parte del territorio municipal, está clasificado como No Urbanizable, donde el Plan Rector de uso y Gestión de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai, zonifica el suelo calificando el territorio en las áreas y zonas que deben ser protegidas y su grado de limitación, en orden a la conservación de los valores naturales y es así como se recoge en el documento de planeamiento.

En este tipo de suelo, se incluyen algunos núcleos habitados, que por su carácter fuertemente rural, su baja población y su escasa demanda, se califican como núcleos rurales, con un ordenamiento semi-urbano, pero clasificados como No Urbanizables.

Para el resto de edificaciones residenciales aisladas en el suelo No urbanizable, se establece que sólo será autorizable la reconstrucción de los caseríos que mantengan una estructura edificada que permita identificarlos como tales. En ningún caso podrán ser objeto de reconstrucción los restos de muros de edificaciones que no alcancen la cumbrera de las primitivas y, en general, cuantos restos no permitan conocer la planta general del inmueble original ni permitan reconocer su volumetría original, en aplicación de la ley 2/2.006.

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La división horizontal del caserío preexistente para dar lugar a dos viviendas, con sujeción a los requisitos y limitaciones que establezca la ordenación urbanística.

El resto de actuaciones posibles, serán las reguladas en el PRUGRBU.

Algunos núcleos rurales, ya estaban ordenados en las Normas Subsidiarias vigentes, que con la entrada en vigor de la Ley 2/2.006 del Suelo y Urbanismo, ha comportado el establecimiento de unos nuevos criterios que afectan a su consideración y ordenación.

Otros, se proponen en este documento, por reunir las características que les confiere su carácter, ante la demanda de sus habitantes y con la finalidad de que puedan ser ordenados con el planeamiento de desarrollo.

Para que puedan ser considerados como tales, deben ser agrupaciones de un mínimo de 6 (caseríos anteriores a 1950) y hasta un máximo de 25 caseríos, en torno a un espacio público que los aglutina y confiere su carácter.

Los núcleos habitados, calificados como Núcleos Rurales en el presente documento, se han delimitado tratando de absorber todos los terrenos actualmente edificados, además de algunos en los que, por sus características, puedan edificarse nuevos caseríos, completando los intersticios, de forma tal que ni el incremento respecto a la superficie construida ni el número de viviendas sea superior al 50 % de lo ya existente y sin que el número total de caseríos existentes y previstos supere las veinticinco unidades.

No se prevé en ellos ningún nuevo sistema general ya que para este tipo de suelo el planeamiento no podrá definir nuevas dotaciones, equipamientos, espacios libres ni vías públicas de nuevo trazado, posibilitándose únicamente regularizar los límites y las alineaciones ya existentes, según el Art.-29.6 de la L 2/2006.

El Suelo Urbano residencial se conforma en Elizalde, como asentamiento principal que capitalice la vida municipal, donde se ubican los equipamientos principales.

Las previsiones de nuevas viviendas, se emplazan fundamentalmente en Elizalde, mediante la ordenación y densificación del Suelo Urbano, que estará dividido en Consolidado y No Consolidado, habiéndose previsto un desarrollo concentrado y compacto, que minimice los desplazamientos, garantice la accesibilidad a los nuevos desarrollos y con los espacios públicos y equipamientos y evitando el cruce de las vía de paso (carretera foral, BI-3224), al tiempo que su futuro desarrollo, facilite la conexión con Mendieta y la zona de Kanpantxu.

Asimismo, se califica para uso terciario o de servicios, una zona del actual suelo urbano residencial, ya ocupada por actividades, que se densifica.

Además del suelo urbano residencial, se clasifican suelos destinados al uso industrial:

• Una pequeña porción del territorio, en la vega del Oka, que en ejecución de la canalización de éste y la variante de Gernika, ha quedado inmerso en el suelo industrial y que habrá de ser ordenado, mediante un Plan de Compatibilización.

• El actual suelo ocupado por la empresa Maier, que ya ostentaba, tal clasificación en el planeamiento vigente.

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Ante las características rurales que presenta el municipio, entendiéndose que áreas muy pequeñas para la industria que se pudiera asentar en el mismo ha de ser la ligada al sector primario, a desarrollarse en el suelo no urbanizable; y los servicios, pueden también ser compatibles con las viviendas.

7.2. LOS OBJETIVOS ESPECÍFICOS MATERIALIZADOS EN EL MODELO

Los objetivos específicos que se plantean son:

• Clasificar el territorio del municipio en Suelo Urbano, Suelo Urbanizable y Suelo No Urbanizable.

• Calificar dentro de cada uno de estos tipos de suelo, el destino pormenorizado o global de su utilización, con el grado de aprovechamiento concreto susceptible de aplicación.

• Adoptar las medidas de protección necesarias en orden a preservar el carácter del municipio, a fin de no perder sus valores intrínsecos, tratando de potenciarlos.

• Consolidar los actuales asentamientos de población, ordenando, jerarquizando y completando su trama urbana. Conformar los espacios públicos, diferenciando en la medida de lo posible las circulaciones peatonal y rodada. Establecer jerarquía de vías circulatorias, abrir nuevas en función del desarrollo previsto y procurar espacios de estancia públicos, jardines y plazas.

• Ordenar y regular los usos urbanos, asignando zonas separadas a los incompatibles o molestos.

• Mejorar y completar los equipamientos y servicios urbanísticos existentes.

• Regular los Sistemas Generales.

• Adoptar las medidas de protección necesarias en orden a la conservación del patrimonio arquitectónico y arqueológico.

• Imponer una normativa que regule de forma muy concreta los actos de uso del suelo y la construcción, basándose en la tradición, y en sus elementos y tipos constructivos.

7.3. AFECCIONES DEL PLANEAMIENTO CON INCIDENCIA EN EL TERRITORIO MUNICIPAL

El Modelo territorial, cumple los objetivos y determinaciones del planeamiento de rango superior analizado, salvo en lo concerniente al Plan Rector

7.3.1. PLAN RECTOR DE USO Y GESTION DE LA RESERVA DE LA BIOSFERA DEL URDAIBAI.

Condiciona fuertemente la propuesta por cuanto se trata de un Plan que ordena el suelo No urbanizable en todos sus aspectos, teniendo en cuenta las circunstancias medioambientales del territorio municipal.

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El objetivo del Plan Rector se enmarca en la compatibilización del desarrollo con las limitaciones que provienen de las diferentes categorías del medio físico que establece éste. Las categorías fuera del ámbito OPU que afectarían a Ajangiz, básicamente, son:

• P4. Zona de protección del litoral y márgenes de arroyos de alto interés naturalístico, paisajístico e histórico.

• P6: Paisajística. Alta Vulnerabilidad visual.

• A1, A2 y A3. Interés Agrario.

• F1, F2: Áreas Forestales. Debe señalarse la gran superficie de áreas forestales en comparación con las áreas de interés agrario, debido a la topografía del Municipio. F1 con riesgo de erosión moderado y F2 con riesgo de erosión muy alto.

• SRC: Suelo Rústico Común. Es destacable la gran presencia de esta categoría, en las zonas menos habitadas, de más difícil acceso.

• NR. Núcleo Rural. El PRUGRBU, no recoge como núcleos rurales los propuestos para ser calificados en el planeamiento municipal de Ajangiz Zaharra e Izpizua. Asimismo, en su cartografía, aparece el núcleo de Argana, como sin ordenación definida, cuando en las N.S. vigentes, está ordenado.

• OPU. Áreas a ordenar por el planeamiento urbanístico. En el PRUGRBU, solo está delimitada la correspondiente al suelo urbano de Elizalde y Maier.

El Plan Rector, solo delimita un Área a Ordenar por el Planeamiento Urbanístico, en el Suelo Urbano de Elizalde y Maier, calificando los asentamientos de población de Kanpantxu y Argana, como Núcleos Rurales en suelo No Urbanizable.

La calificación de Ajangiz Zaharra e Izpizua como Núcleos Rurales a ordenar por el planeamiento urbanístico, y la clasificación del suelo industrial del otro lado de la variante, es contradictorio con el contenido del Plan Rector, que según el art.-9 “la alteración de las determinaciones del Plan Rector se considerará como modificación del mismo aún cuando lleve consigo cambios aislados en la clasificación o calificación del suelo.”

Asimismo, en la nueva delimitación del Núcleo Rural de Kanpantxu, se propone una alteración en relación a la actualmente vigente, fruto de la aplicación de los criterios y determinaciones de la Ley 2/2006.

Las calificaciones que se ven afectadas por las modificaciones son las de Interés Agrario: A1, Zona de Vegas y A2, Zona de interés agrario sobre acuíferos, y el Suelo Rústico Común: SRC.

El caso de las Áreas a Ordenar por el Planeamiento Urbanístico, OPU, también, sufre alteraciones:

• El suelo urbano residencial, para ampliar el Sistema General de espacios libres, conectándolo directamente con la zona habitada.

• El suelo urbano industrial, como consecuencia de las obras de la variante y canalización del Oka, que lo dejan geográfica y funcionalmente vinculado al área industrial de Gernika.

Sin embargo en el primer caso, el aumento de las superficies de suelo urbano, que implica modificación de las "áreas a Ordenar por el Planeamiento Urbanístico" (O.P.U.), previstas en el Plan Rector, se

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realiza por el planeamiento urbanístico municipal de carácter general, siempre que no afecte a las áreas de especial protección y de protección y obtenga el informe preceptivo, vinculante y favorable del órgano ambiental del Gobierno Vasco.

Como la modificación afecta a suelos calificados como Zonas de Interés Agrario, se incluye en el documento un análisis de alternativas que justifica la solución propuesta.

7.3.2. LEY 2/2006 DE SUELO Y URBANISMO

La Ley 2/2006 abre la posibilidad de clasificación de la superficie ocupada por un núcleo rural como suelo urbano cuando así procediere conforme a la citada norma legal, lo que ha de entenderse referido a la dotación de servicios disponibles y a la previsión de superación de los topes de crecimiento exigidos para su clasificación dentro del suelo no urbanizable. En el municipio de Ajangiz, no se propone ningún cambio de clasificación en este sentido.

Los actuales núcleos de Argana y Kanpantxu, se mantienen con la ordenación actual, si bien para dar cumplimiento a los nuevos estándares introducidos por la Ley, el de Kanpantxu de re-delimita, para incluir un par de caseríos existentes.

La propuesta del suelo urbano, se hace según los criterios de sostenibilidad y densificación, contenidos el la Ley, con el objetivo de un menor consumo de suelo.

7.3.3. CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE MODIFICACION DEL PLAN RECTOR DE USO Y GESTION.

CAMBIO DE CALIFICACION DE P4 y A1, A SUELO URBANO

Según la presentación del Texto Refundido de 2003, éste se redacta para recoger las modificaciones sobre su texto normativo y los planos de ordenación general. Sin embargo, en ese momento ya estaba aprobado el Plan de Acción Territorial, para la Ejecución de las variantes de Gernika-Lumo y Muxika, promovido por el Departamento de Obras Públicas de la Diputación Foral de Bizkaia. (enero-1998), que fue aprobado definitivamente el día 6 de octubre de 1998, en su nueva redacción, que afecta exclusivamente a los términos municipales de Gernika-Lumo, Ajangiz y Arratzu, por acuerdo Foral, del Departamento de Urbanismo, es el documento que define el trazado de la variante ejecutada, que hace límite con el ámbito del estudio.

El TR del 2003, ignora la existencia de la variante y las canalizaciones del río Oka, ejecutadas, dándose la circunstancia que esos terrenos en el texto de 1993, estaban calificados como Areas a Ordenar por el Planeamiento Urbanístico, OPU, que en la actualidad están recogidas en la cartografía del TR, como P4 y A1, calificaciones que no se corresponden con la realidad de lo ejecutado.

El TR del 2003, también ignora la clasificación del sistema general de espacios libres, como urbano, en el planeamiento municipal vigente.

CAMBIO DE CALIFICACION DE A1, A2 y SRC, A SUELO DE NUCLEO RURAL

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Según la definición del propio Plan Rector, los núcleos de población: “Son áreas de edificaciones agrícolas y residenciales próximas entre sí y existentes a la entrada en vigor de la ley 5/1989 de Protección y Ordenación de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai, que conforman un núcleo.”

Los núcleos de población en el medio rural, son un hecho identificable, por sus características de uso, población, distribución espacial, estructura, y problemática de servicios, y en función de la legislación y la calificación de otros de similares características. Su reconocimiento como tales, pasa por el análisis mas detallado, que hace el planeamiento de ámbito municipal y que no es fácil desde la escala del Plan Rector.

El núcleo de Argana, está ordenado al mismo tiempo que el de Kanpantxu, por el planeamiento municipal y sin embargo, se recoge este último como ordenado con la delimitación aprobada y aquél, como no ordenado y con una delimitación indicativa.

La mejora de la vida rural, pasa por asumir el “esponjamiento” de su población. Antes compartían casa distintos miembros de una familia que hoy reclaman una diferenciada, aunque no quieran renunciar a la proximidad. Y ante esta situación, si parece lógico, prever crecimientos en los núcleos rurales.

La regulación del Núcleo Rural en suelo No Urbanizable, permite el aumento del número de caseríos agrupados en el mismo espacio, y por tanto el incremento de población en un punto, de forma que se rentabilice el consumo del suelo en ese área y se amorticen las inversiones en infraestructuras necesarias.

7.3.4. ALTERNATIVAS DE CRECIMIENTO RESIDENCIAL.

LA NO INTERVENCION

La alternativa “o” resulta obsoleta para dar respuesta a las necesidades planteadas por el Ayuntamiento. La no intervención como mantenimiento de la situación actual, es una alternativa enfrentada a la naturaleza y a la dinámica constantemente cambiante y evolutiva del sistema social, cultural, económico, en el que se desenvuelven tanto el medio rural como el urbano.

Los asentamientos rurales constituyen estructuras urbanas plenamente consolidadas que deben adaptarse a las exigencias de la vida actual, ya que presentan algunas dificultades para dar respuesta a las necesidades demandadas por la sociedad.

El mundo rural presenta una economía débil que amenaza la ruptura del equilibrio histórico entre el hombre y la naturaleza. Sin embargo presenta una malla extraordinaria de asentamientos residenciales que organiza el territorio, y representa nuestro paisaje cultural y nuestra riqueza medioambiental.

La arquitectura tradicional rural está envejecida siendo objeto de rehabilitaciones, dado que se hace necesaria una intervención, que siendo respetuosa con el carácter de los edificios, no obvie la necesaria adaptación de los mismos a la vida actual y futura, a los nuevos usos o usos renovados, con nuevos criterios de confort, acordes con el modelo de vida actual, y la demanda social.

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Igualmente ocurre con los asentamientos sus elementos característicos y necesidades de ampliación de los mismos, creación de dotaciones, y urbanización, requieren de una adaptación a los nuevos usos o usos renovados.

Además, señalar que la actuación de desarrollo urbanístico planteada, no sólo se obtienen viviendas que tras el estudio socio-económico y la encuesta ciudadana realizada parece evidente la necesidad popular, sino que además se obtienen nuevos espacios públicos y una operación de mejora de la calidad urbana para el núcleo de Ajangiz.

Considerada desde esa perspectiva, la Alternativa de “no intervención”, es una alternativa de consecuencias negativas.

EN EL ENTORNO DEL SUELO URBANO DEL NÚCLEO DE ELIZALDE

El asentamiento se produce en una pequeña loma, que desciende perpendicular a la carretera foral BI-3224, que es la vía que en estos momentos articula el núcleo. A esta vía entroncan, la carretera local que sube de la vega del rio Oka, pasando por Argana.

Estas vías de paso, de enlace de núcleos tienen tráfico de paso además del local propio y tienen más carácter de carretera que de calle urbana.

Las fuertes pendientes de la zona donde se ha desarrollado el crecimiento previsto en las Normas Subsidiarias vigentes, aguas arriba de la carretera foral, y la vigencia de la Ley para la promoción de la accesibilidad, hacen que dichos terrenos, calificados como Suelo Rústico Común, en el PRUG, no sean aptos para el desarrollo urbano.

Al mismo tiempo, la presencia de la Iglesia de la Asunción, no se vería empequeñecida, ya que se mantendría en la zona mas alta, resaltando su volumen, y el nuevo desarrollo situándolo en cotas más bajas no entorpecería la presencia de la iglesia, es más, acompañaría en reforzar su poderosa implantación, contribuyendo a la consecución de una imagen identitaria del núcleo, presidida por el importante volumen de su iglesia neoclásica. Las actuaciones llevadas a cabo, situadas en cotas más altas que el actual núcleo urbano, no acompaña a potenciar la imagen del núcleo en el paisaje.

Así pues el descenso por la loma, conformada entre un afluente del río Artatza y el Artzube, aparece como la mejor posibilidad para el desarrollo urbano.Dicha loma se integra en la Zona de Vegas del PRUG de Urdaibai, protegida por su valor agrícola.

A los efectos de consulta planteada al departamento de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Bizkaia, se aporta una documentación gráfica que engloba la propuesta de 5 posibles emplazamientos para el futuro crecimiento residencial del suelo urbano de Ajangiz, de los que, los tres primeros ya están clasificados como suelo urbano y los dos últimos, resultan apropiados a tal fin, a la vista de la estructura urbana existente y de la que permite la topografía, desarrollar.

Dado que el objeto de la consulta realizada es únicamente el de conocer las posibles dificultades o incidencias que desde el punto de vista medioambiental, pueden condicionar el Planeamiento General en su actual revisión, la consulta se extiende también a sus aledaños.

Dado que se trataría de una primera aproximación en cuanto a la localización de la expansión del núcleo urbano existente, resulta evidente que en fases posteriores deberá ser concretado la delimitación del

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ámbito, de forma que acoja la superficie que sea compatible con el objetivo de servir a un desarrollo sostenible, lo cual ha de estar fundamentado en las necesidades del Modelo de evolución que se proponga, basado en los criterios y estrategias que se adoptarán en el documento de Revisión de las NNSS.

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La necesidad de potenciar el desarrollo del núcleo de Elizalde como cabecera municipal parece obvia, debido a la existencia de los equipamientos y dotaciones esenciales del municipio, y su capacidad de incremento de los mismos. El fortalecer, a su vez, su papel central, proporcionará sinergias en la vida de su territorio, lo que requiere de un crecimiento que consolide y refuerce el actual asentamiento de población, ordenando, jerarquizando y completando su trama urbana, conformando los espacios públicos, diferenciando en la medida de lo posible las

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circulaciones peatonal y rodada, estableciendo jerarquía de vías circulatorias, abriendo nuevas en función del desarrollo previsto y procurando espacios de estancia públicos, jardines y plazas, además de mejorar y completar los equipamientos y servicios urbanísticos existentes.

A continuación se exponen las motivaciones del Equipo Redactor en relación con el abanico de alternativas propuestas:

1.- La alternativa de desarrollo en la zona 1, presenta unas posibilidades adecuadas de acceso por el norte, dado que dichos terrenos están flanqueados por la carretera foral BI-3224. Es un suelo clasificado como urbano, que si bien está ocupado por una serrería, ésta no está en funcionamiento y puede ser utilizado para albergar uso residencial.

Asimismo, la conexión con las redes de servicios, resultan óptimas por cuanto que se dispone de todos ellos y la depuradora de aguas residuales está situada en las proximidades a una cota inferior.

2.- La Alternativa 2, se trata de un suelo ya clasificado como urbano, que no ha sido desarrollado en el periodo de vigencia del planeamiento.

3.- La Alternativa 3, se trata de un suelo ya clasificado como urbano, que no ha sido desarrollado en el periodo de vigencia del planeamiento y que alberga un pabellón con actividades económicas, que antiguamente había sido agrícola.

La existencia de dichas actividades, puede paliar la falta de un suelo dedicado a las actividades económicas de pequeño tamaño, complementando el suelo residencial.

4.- En lo que se refiere a las alternativas 4 y 5, por su ubicación resultan interesantes, ya que aportarían al asentamiento, una calle que circunvalaría el núcleo actual, dando acceso a todos los edificios existentes y previstos, de tal forma que el centro urbano se peatonalizaría en su totalidad, manteniendo la circulación rodada en la periferia. Además, de cada al futuro, parece una estrategia adecuada al territorio, por ser trazables nuevas calles paralelas a las curvas de nivel, que cumplan con los requisitos de accesibilidad.

El modelo de desarrollo considerado es el concéntrico, acercando los equipamientos a los residentes, que se desplazarían por calles urbanas municipales, evitando el asentamiento en terrenos que provoquen el cruce de una vía foral de paso por peatones y vehículos, evitando posibles atropellos y potenciando el encuentro entre los ciudadanos, y por ende, mejorando la vida urbana. Circunstancias éstas que hacen que en este momento, no se tomen en consideración, los terrenos monte arriba.

EN LOS NUCLEOS RURALES

Asimismo la fuerte demanda de la población asentada en el medio rural, de posibilidad de construcción de viviendas en terrenos de su propiedad en las proximidades del caserío, lleva a agotar las oportunidades que la legislación urbanística posibilita en el suelo no urbanizable, en la categoría de Núcleo Rural.

En este momento, están calificados y ordenados los núcleos rurales de Kanpantxu y Argana.

Para adecuarlo a la nueva Ley 2/2006, el núcleo de Kanpantxu, ha de incorporar dos viviendas anteriores al Plan Rector, colindantes con la delimitación vigente, y que forman parte de él.

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En estos años, la demanda de vecinos de los núcleos de Ajangiz Zaharra e Ispizua, nos lleva a considerar la posibilidad de incorporarlos con tal calificación en la redacción del PGOU.

La delimitación de su perímetro es amplia, para que sea el Plan Especial que los ordene, el que determine en qué punto y de qué manera, se posibilitará la construcción de las nuevas viviendas.

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7.4. ORDENACION URBANISTICA

La ordenación urbanística se divide en las siguientes categorías:

a) Ordenación urbanística estructural.

b) Ordenación urbanística pormenorizada.

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Para definir la propuesta de Ordenación haremos referencia a su situación en las distintas clases de suelo: Urbano, y no urbanizable (no se prevé clasificar suelo como urbanizable).

1º.- En Suelo Urbano

Se definen dos calificaciones distintas el Residencial y el Industrial.

a] Suelo Urbano Residencial .

Corresponde básicamente con el actual suelo urbano residencial de Ajangiz, con pequeños ajustes de la delimitación en la zona norte a fin de ampliar el Sistema General de Espacios Libres y facilitar la ejecución de la nueva calle de acceso a la edificación posibilitada.

b] Suelo Urbano Industrial

Se desarrolla sobre el suelo clasificado como Urbano Industrial en la actualidad y el que resulta del Convenio firmado entre el Ayuntamiento de Ajangiz y MAIER , S.A.

Una pequeña porción de suelo municipal, sito del “otro lado” de la variante, que resultó quedar integrado físicamente en el suelo urbano industrial de Gernika, como consecuencia de supresión del meandro y la canalización del río. Será objeto de un Plan de Compatibilización, según las prescripciones de la L 2/2006.

2º.- Suelo no urbanizable.

Constituido por el resto del término municipal, su ordenación, calificación y control de usos se plantea siguiendo las pautas del Plan Rector de la Reserva de Urdaibai, asumiendo casi en su totalidad la normativa y definiciones de dicho Plan.

Las variaciones que se incluyen son las siguientes :

a] Redefinición del ámbito del núcleo de población de Kanpantxu.

b] Definición de dos nuevos núcleos rurales: Ajangiz Zaharra e Izpizua.

c] Adaptación de la normativa y parámetros edificatorios de los núcleos de población a la nueva Ley 2/2006, del suelo y urbanismo.

7.5. ORDENACION ESTRUCTURAL.

A los efectos de lo dispuesto en la L 2/2006, la ordenación urbanística estructural comprende las determinaciones siguientes:

1. Con carácter general:

a. La estrategia de la evolución urbana y de la ocupación del suelo en todo el término municipal.

b. La clasificación del suelo en todo el término municipal en suelo urbano, urbanizable y no urbanizable, distinguiendo en el suelo urbanizable el suelo sectorizado del no sectorizado.

c. La calificación global con la división de la totalidad del suelo en zonas, distinguiendo, además, entre zonas de uso público y zonas de uso privado.

d. La fijación de plazos para la elaboración y aprobación del planeamiento de desarrollo y para la programación del suelo.

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e. Las directrices de protección del medio ambiente, conservación de la naturaleza, defensa del paisaje y de los elementos naturales y artificiales, en especial los relativos al patrimonio cultural.

f. La determinación de la red de sistemas generales que asegure la racionalidad y coherencia del desarrollo urbanístico, garantizando la calidad y funcionalidad de los espacios de uso colectivo, y su adscripción o inclusión, en su caso, en ámbitos de ejecución, a los efectos de su obtención y, en aquellos supuestos en que resulten funcionalmente necesarios para el desarrollo de uno o varios ámbitos de ordenación concretos, a los efectos también de su ejecución y asunción del coste.

g. Las determinaciones precisas para garantizar el cumplimiento tanto de los estándares y cuantías mínimas de viviendas sometidas a algún régimen de protección pública como de las reservas para alojamientos dotacionales.

h. Los criterios que permitan reconsiderar en detalle la delimitación de los ámbitos espaciales de la clasificación del suelo, de las áreas y de los sectores, sin que ello suponga modificación de la ordenación estructural, fijando parámetros y circunstancias objetivas de acomodación a la realidad física y de respeto de los objetivos del plan general.

2. En el suelo urbano y en suelo urbanizable sectorizado, además:

a. La delimitación de su perímetro.

b. La determinación en suelo urbano de las áreas cuya ordenación se remita a plan especial, y en suelo urbanizable de los sectores cuya ordenación se remita a plan parcial.

c. La fijación de la edificabilidad urbanística, del uso característico y de los usos compatibles que se prevean, con indicación del porcentaje máximo de edificabilidad urbanística correspondiente a estos últimos.

d. La definición de las características básicas de los sistemas locales y las condiciones mínimas de la urbanización, incluida, para el suelo urbanizable, la conexión y el refuerzo de infraestructuras existentes.

3. En el suelo urbanizable no sectorizado:

a. Los criterios mínimos para la delimitación de sectores, con indicación, en su caso, de las magnitudes máximas o mínimas de las actuaciones realizables.

b. Las conexiones con las infraestructuras y con la red de sistemas generales existentes o previstos.

c. La asignación de los usos incompatibles o prohibidos y de los usos autorizables o de posible implantación.

d. La delimitación, cuando proceda, de reservas de suelo con destino al patrimonio público de suelo.

4. En el suelo no urbanizable:

a. La calificación del suelo, con la incorporación de las categorías previstas para el mismo en los instrumentos de ordenación territorial y con la adición, en su caso, de las subcategorías de ordenación que el planeamiento general considere adecuadas.

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b. La ordenación del suelo no urbanizable con la previsión de los usos y construcciones admitidas y prohibidas en cada una de las categorías propias del mismo.

c. La delimitación de los núcleos rurales, estableciendo los criterios de su ordenación a través del planeamiento especial.

d. La determinación de las dotaciones e infraestructuras públicas de necesaria implantación en el suelo no urbanizable, con indicación de sus parámetros básicos.

e. La delimitación, cuando proceda, de reservas de suelo con destino al patrimonio público de suelo.

Las determinaciones de la ordenación urbanística de carácter estructural tienen el rango jerárquico propio del planeamiento general.

7.5.1. SISTEMAS GENERALES:

Constituyen la red de sistemas generales el conjunto de elementos dotacionales integrantes de la ordenación estructural establecida por el planeamiento general, y en particular, los espacios libres, los equipamientos colectivos públicos, los equipamientos colectivos privados y las infraestructuras y redes de comunicación, cuya funcionalidad y servicio abarcan más de un ámbito de planeamiento.

La red de sistemas generales propuesta comprende:

Espacios libres y zonas verdes de dominio y uso públicos

En Elizalde:

1. Las plazas junto a la Iglesia y el Ayuntamiento................ 2.686 m2

2. Los espacios libres, junto a la BI-3224 en suelo urbano .. 3.871 m2

3. Los espacios libres, junto a la BI-3224 en suelo no urbanizable1.267 m2

En Kanpantxu

4. Plaza, junto al Frontón........................................................ 626 m2

Dotación que supera los a 5 m2 habitante, mínimos de la Ley

Equipamientos colectivos de uso público.

Dedicados a usos tales como educativos, culturales, sanitarios, asistenciales, deportivos y administrativos.

En Elizalde:

1. Frontón cubierto, en proyecto;

2. En Abadetxea, biblioteca- casa de cultura.

3. En el edificio del Ayuntamiento, el equipamiento administrativo.

4. Iglesia parroquial

5. Cementerio

En Kanpantxu:

6. Ermita

7. Frontón cubierto.

8. En antigua escuela, el centro social y espacios libres.

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Equipamientos colectivos privados

Txoko de Kanpantxu.

Infraestructuras para la prestación en red de toda clase de servicios:

Red viaria rodada y peatonal

1. Carretera Comarcal: BI -3224, Gernika-Munitibar

2. Carretera municipal de Elizalde, por Argana, a enlace a la variante en Maier.

3. Carretera municipal de enlace a la variante en Maier, por Metxeta, Laubide, Larruze, Estiolatza, Goikoerrota, Arestieta, Zubialde a la carretera a Argana

4. Carretera municipal de enlace a la variante en Maier, con Kanpantxu.

5. Carretera municipal de enlace a la BI3224, con Ajangiz Zaharra.

6. Carretera municipal de enlace a la BI3224, con Izpizua.

Aparcamientos públicos

1. En Elizalde....................................................................... 1.157 m2

2. En Maier ........................................................................ 10.584 m2

Red viaria peatonal y/o ciclable

1. Camino de enlace de núcleos: Desde Metxeta, por Kanpantxu, Argana, Mendieta, Elizalde, Ajangiz Zaharra, Bizkarrondo, y de ahí a Maloste o a Gernika por debajo de la variante.

2. Camino de enlace de núcleos: Desde Izpizua, por Elizalde, hasta Ajangiz Zaharra, en paralelo a la BI-3224

3. Camino de enlace de núcleos: Desde Kanpantxu, hasta Maier.

4. Camino de paso por rivera río Oka: Desde Argana, hasta Maloste.

5. Camino de paso por rivera río Oka: Desde Maier, hasta desembocadura río Berrekondo.

Abastecimiento y suministro de agua

Red de captación, depuración y distribución de agua, formada por las captaciones, la depuradora, los depósitos, y las canalizaciones hasta los núcleos habitados.

Energía eléctrica

Tendidos eléctricos de la red de Alta, media tensión hasta los centros de transformación, incluidos éstos.

Saneamiento,

Depuradora y colector de conexión a ésta desde el asentamiento.

Conexión de la red existente con el colector de la margen izquierda de la ria de Urdaibai, aun en construcción.

Telecomunicaciones

Tendidos aéreos de la red existente, hasta los núcleos habitados.

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7.5.2. CLASIFICACION DEL SUELO.-

El territorio municipal se divide en suelo urbano, y suelo no urbanizable, conforme a las categorías especificadas la vigente Ley del Suelo y Urbanismo.

7.5.2.1. SUELO URBANO.

Se clasifica como tal, las zonas consolidadas por la edificación, conformadas y regularizadas por suelos inmediatos completando unidades de ejecución urbanísticamente lógicas.

Se propone clasificar como suelo urbano, Elizalde, Maier y el enclave municipal en el suelo industrial de la vega de Gernika, con las calificaciones de:

Calificación Situación Superficie total (m2)

Residencial Elizalde 59.295,62

Industrial Maier 97.574,79

Industrial La Vega 3.344,68

La ordenación urbanística, además distingue, dentro de la clase de suelo urbano, las superficies que deben quedar adscritas a una de las dos categorías siguientes, suelo urbano consolidado (por la urbanización), y suelo urbano no consolidado, según el siguiente desglose:

Total (m2)

No consolidado

Consolidado (m2) Consolidado

Residencial Elizalde 59.295 22.016 37.279 62%

Industrial Maier 97.574 98.243 100%

Industrial La Vega 3.344 3.344 0%

La justificación de clasificación del suelo urbano de La Vega, está en base a su vinculación con el suelo urbano Industrial, de Gernika en el que se integra y cuya ordenación habrá de ser objeto de un Plan de Compatibilización de Planeamiento, que coordine la ordenación estructural y pormenorizada.

Edificabilidad Urbanística:

Para Elizalde, el suelo urbano no consolidado, se propone tenga una intensidad media del uso característico, residencial de 15,5 viv/Ha y una edificabilidad física sobre rasante de 0,25 m2/m2, que arroja un número máximo de nuevas viviendas para este suelo de 34 viv., que se distribuirán en función de las características de los solares y zona.

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De las viviendas previstas, se propone que 11 viv., lo sean de precio tasado, por ser las estimadas como probable demanda en el período de vigencia del Plan General.

Asimismo, se calificará una zona específica, para usos terciarios o de servicios.

El suelo urbano industrial, conserva los parámetros del planeamiento vigente:

• Superficie total del área : .................................... 98.243 m2.

• Edificabilidad bruta : ........................................0,46 m2 / m2.

• Ocupación máxima edificación: .......................... 33.700 m2.

• Techo edificable : ............................................... 44.750 m2.

• Altura : ................................... perfil de los edificios actuales.

• Distancia mínima a los márgenes Río Oka :

- Edificación ........................................... 16 mts.

- Urbanización ...... ................................. 8 mts.

Para la instalación de cualquier actividad o uso en esta área, será preceptiva la autorización de la Administración Hidráulica, tanto por los aspectos de prevención de contaminación, como por el carácter inundable del área.

7.5.2.2. SUELO URBANIZABLE

No se contempla su clasificación en Ajangiz.

7.5.2.3. SUELO NO URBANIZABLE.-

Lo constituye el resto de suelo municipal.

7.5.3. CALIFICACION DEL SUELO.

El suelo urbano se califica, según su uso global como residencial, e industrial,.

El suelo no urbanizable se califica, según su uso global en:

• P4. Area de Protección. Zona de protección del litoral y márgenes de arroyos de alto interés naturalístico, paisajístico e histórico.

• P6: Area de Protección. Zona de Protección Paisajística. Alta Vulnerabilidad visual.

• A1. Area de Interés Agrario. Zona de Vegas

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• A2. Area de Interés Agrario. Zona de interés agrario sobre acuíferos.

• A3. Area de Interés Agrario. Zona de interés agrario

• F1. Área Forestal. Zona con riesgos de erosión moderados

• F2: Área Forestal. Zona con riesgo de erosión muy altos

• SRC: Suelo Rústico Común.

• NR. Núcleo Rural. El PRUGRBU, no recoge como núcleos rurales los actualmente contemplados de Ajangiz Zaharra e Izpizua, que se introducen como núcleos a ordenar mediante Plan Especial.

Los núcleos rurales calificados y sus superficies son:

KANPANTXU 108.719 m2

ARGANA 34.409 m2

AJANGIZ ZAHARRA 89.969 m2

ISPIZUA 40.335 m2

Cuyas características son::

NUCLEO KANPANTXU

CASERIOS Nº caserios anteriores a 1.950 11

Existentes en la actualidad 16

Existentes a la entrada en vigor el PRUG 13

Construidos con posterioridad al PRUG 3

Nº máximo de nuevos posibles según PRUG 10

Nº máximo de nuevos previstos planeamiento 9

Nº caseríos total

*la Ley 2/2006 no permite una agrupación mayor que 25 caseríos

25

VIVIENDAS Existentes en la actualidad 23

Nº máximo de nuevas posibles según Ley 2/2006 11

Existentes a la entrada en vigor el PRUG 17

Construidas con posterioridad al PRUG 3

Nº máximo de nuevas posibles según PRUG 14

Nº máximo de nuevas previstas planeamiento 10

NUCLEO ARGANA

CASERIOS Nº caserios anteriores a 1.950 6

Existentes en la actualidad 9

Existentes a la entrada en vigor el PRUG 6

Construidos con posterioridad al PRUG 3

Nº máximo de nuevos posibles según PRUG 3

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Nº máximo de nuevos previstos planeamiento 3

Nº caseríos total 12

VIVIENDAS Existentes en la actualidad 14

Nº máximo de nuevas posibles según Ley 2/2006 7

Existentes a la entrada en vigor el PRUG 10

Construidas con posterioridad al PRUG 4

Nº máximo de nuevas posibles según PRUG 6

Nº máximo de nuevas previstas planeamiento 6 (*1 en tramitación), por lo tanto 2 EDIFICIOS NUEVOS POSIBLES y 4 VIVIENDAS máximo,.

NUCLEO AJANGIZ ZAHARRA

CASERIOS Nº caseríos anteriores a 1.950 8

Existentes en la actualidad 17

Existentes a la entrada en vigor el PRUG 15

Construidos con posterioridad al PRUG 2

Nº máximo de nuevos posibles según PRUG 13

Nº máximo de nuevos previstos planeamiento 8

Nº caseríos total 25

VIVIENDAS Existentes en la actualidad 17

Nº máximo de nuevas posibles según Ley 2/2006 8

Existentes a la entrada en vigor el PRUG 17

Construidas con posterioridad al PRUG 2

Nº máximo de nuevas posibles según PRUG 15

Nº máximo de nuevas previstas planeamiento 8 Nº CASERÍOS: SEGUN 16/ 1 en SUSTITUCIÓN

NUCLEO IZPIZUA

CASERIOS Nº caserios anteriores a 1.950 6

Existentes en la actualidad 7

Existentes a la entrada en vigor el PRUG 7

Construidos con posterioridad al PRUG 0

Nº máximo de nuevos posibles según PRUG 7

Nº máximo de nuevos previstos planeamiento 3

Nº caseríos total 10

VIVIENDAS Existentes en la actualidad 8

Nº máximo de nuevas posibles según Ley 2/2006 4

Existentes a la entrada en vigor el PRUG 8

Construidas con posterioridad al PRUG 0

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Nº máximo de nuevas posibles según PRUG 8

Nº máximo de nuevas previstas planeamiento 4

En los que se propone la construcción de un total de 25 nuevas viviendas, distribuidas, según el siguiente desglose:

Total Unifamiliares Bifamiliares

KANPANTXU 10 8 1

ARGANA 3 3

AJANGIZ ZAHARRA 8 8

ISPIZUA 4 2 1

Como condicionante superpuesto, las restricciones correspondientes al Perímetro de Protección de la Unidad Hidrogeológica Gernika para la protección de las captaciones Vega, Eusko Trenbideak y Ajangiz-A (Bizkaia), según lo establecido en la Resolución de 21 de noviembre de 2004, de la Directora de Aguas:

• Zona 1 o Zona de Protección Inmediata. Su objetivo es proteger la captación y sus instalaciones frente a las inclemencias climatológicas, animales y desaprensivos, así como impedir los vertidos e infiltraciones directas a través del contacto obra de captación-terreno.

• Zona 2 o Zona de Protección Física. Su objetivo principal es impedir que se produzcan invasiones físicas incontroladas del acuífero y, consecuentemente, conexiones hidráulicas preferenciales entre la superficie y el mismo, con el fin de proteger al acuífero jurásico de la entrada de contaminantes desde el exterior. Un segundo objetivo es garantizar la cantidad del recurso en las captaciones. Teniendo en cuenta el objetivo principal de esta zona, su delimitación se ha efectuado siguiendo el contorno de los afloramientos de los materiales cuaternarios de la Unidad Hidrogeológica Gernika.

• Zona 3a o Zona de Recarga Próxima. Su objetivo es proteger de la contaminación a las áreas de recarga del acuífero principal situadas más próximas a las captaciones.

Para ello se precisa limitar o condicionar en esta zona la implantación de actividades susceptibles de contaminar de manera directa o indirecta las aguas superficiales y/o subterráneas.

La definición de la zona 3a se ha efectuado identificando y delimitando las áreas de recarga lateral de la Unidad Hidrogeológica con más riesgo de una posible afección por vertido a las captaciones objeto de protección.

• Zona 3b o Zona de Recarga Alejada. Su objetivo es proteger el área en la cual cualquier partícula de agua pueda acabar saliendo por las captaciones y abarcaría toda la superficie de recarga no incluida en las zonas anteriormente definidas. En esta zona se deben limitar o condicionar la implantación de actividades susceptibles de contaminar de manera directa o indirecta las aguas superficiales y/o subterráneas, pero con un grado de restricciones inferior al de la Zona 3a.

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Esta zona incluye el área de recarga de la Unidad Hidrogeológica no incluida en las anteriores.

7.6. ORDENACION PORMENORIZADA

La ordenación pormenorizada tanto del suelo urbano, como de los núcleos rurales, se adelanta en sus aspectos generales, en los planos AV03 y AV04, de la documentación gráfica de este Avance de Planeamiento.

Las determinaciones de la ordenación urbanística pormenorizada tendrán el rango jerárquico propio del correspondiente planeamiento de desarrollo.

En Bilbao, 19 de octubre de 2009

LOS ARQUITECTOS

Dña. Mª Begoña Arbe Acha Dña. Ula Iruretagoiena Busturia