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1 RELACIÓN DE ACUERDOS, CORRESPONDIENTES A LA SESIÓN PLENARIA ORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 11 ONCE DE OCTUBRE DEL 2013 DOS MIL TRECE. PRIMERO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por mayoría, con las abstenciones de los Señores Magistrados CARLOS RAÚL ACOSTA CORDERO, JAIME CEDEÑO CORAL y ROGELIO ASSAD GUERRA, determinó: Aprobar el Acta de la Sesión Plenaria Ordinaria, celebrada el día 04 cuatro de octubre del 2013 dos mil trece, con la reserva de los acuerdos relativos a las solicitudes de nombramientos indefinidos de MARIANA ESPÍRITU AGUILAR y JESSICA DEL ROCÍO FERNÁNDEZ CORDERO; lo anterior de conformidad con lo dispuesto por los artículos 24, 26, 30 fracción II y 34 fracción III de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado. (Página 4) SEGUNDO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por unanimidad, determinó: Aprobar los movimientos de personal, que realiza el Señor Magistrado GUILLERMO VALDEZ ANGULO, integrante de la Segunda Sala, los cuales son: Licencia con goce de sueldo, por incapacidad médica, expedida por el Doctor ALBERTO ALTAMIRANO DÍAZ, a favor de CASTILLO CASTILLO CLAUDIA PATRICIA, como Secretario Relator, a partir del 10 diez de octubre y por tres semanas. Licencia sin goce de sueldo a favor de VÁZQUEZ ANGULO ELIZABETH, como Auxiliar Judicial, a partir del 12 doce al 30 treinta de octubre del 2013 dos mil trece; por estar propuesta para ocupar otra plaza. Nombramiento a favor de VÁZQUEZ ANGULO ELIZABETH, como Secretario Relator Interina, a partir del 12 doce al 30 treinta de octubre del 2013 dos mil trece; en sustitución de Castillo Castillo Claudia Patricia, quien tiene incapacidad médica. Nombramiento a favor de PÉREZ MARTÍNEZ ROSA MARÍA, como Auxiliar Judicial Interina, a partir de 12 doce al 30 treinta de octubre del 2013 dos mil trece, en sustitución de Vázquez Angulo Elizabeth, quien tiene licencia sin goce de sueldo. Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 23 fracciones II y XIII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado. (Páginas 5 y 6) TERCERO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por mayoría, con las abstenciones de los Señores Magistrados MARCELO ROMERO G. DE QUEVEDO y MANUEL HIGINIO RAMIRO RAMOS, determinó: Designar al Señor Magistrado BONIFACIO PADILLA GONZÁLEZ, en sustitución del Señor Magistrado MARCELO ROMERO G. DE QUEVEDO,

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1RELACIÓN DE ACUERDOS, CORRESPONDIENTES A LA SESIÓN

PLENARIA ORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 11 ONCE DE OCTUBRE DEL2013 DOS MIL TRECE.

PRIMERO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por mayoría, conlas abstenciones de los Señores Magistrados CARLOSRAÚL ACOSTA CORDERO, JAIME CEDEÑO CORAL yROGELIO ASSAD GUERRA, determinó: Aprobar el Actade la Sesión Plenaria Ordinaria, celebrada el día 04 cuatrode octubre del 2013 dos mil trece, con la reserva de losacuerdos relativos a las solicitudes de nombramientosindefinidos de MARIANA ESPÍRITU AGUILAR y JESSICADEL ROCÍO FERNÁNDEZ CORDERO; lo anterior deconformidad con lo dispuesto por los artículos 24, 26, 30fracción II y 34 fracción III de la Ley Orgánica del PoderJudicial del Estado.(Página 4)

SEGUNDO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por unanimidad,determinó: Aprobar los movimientos de personal, querealiza el Señor Magistrado GUILLERMO VALDEZANGULO, integrante de la Segunda Sala, los cuales son:

Licencia con goce de sueldo, por incapacidadmédica, expedida por el Doctor ALBERTO ALTAMIRANODÍAZ, a favor de CASTILLO CASTILLO CLAUDIAPATRICIA, como Secretario Relator, a partir del 10 diez deoctubre y por tres semanas.

Licencia sin goce de sueldo a favor de VÁZQUEZANGULO ELIZABETH, como Auxiliar Judicial, a partir del12 doce al 30 treinta de octubre del 2013 dos mil trece; porestar propuesta para ocupar otra plaza.

Nombramiento a favor de VÁZQUEZ ANGULOELIZABETH, como Secretario Relator Interina, a partir del12 doce al 30 treinta de octubre del 2013 dos mil trece; ensustitución de Castillo Castillo Claudia Patricia, quientiene incapacidad médica.

Nombramiento a favor de PÉREZ MARTÍNEZ ROSAMARÍA, como Auxiliar Judicial Interina, a partir de 12 doceal 30 treinta de octubre del 2013 dos mil trece, ensustitución de Vázquez Angulo Elizabeth, quien tienelicencia sin goce de sueldo.

Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto por elartículo 23 fracciones II y XIII de la Ley Orgánica del PoderJudicial del Estado.(Páginas 5 y 6)

TERCERO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por mayoría, conlas abstenciones de los Señores Magistrados MARCELOROMERO G. DE QUEVEDO y MANUEL HIGINIO RAMIRORAMOS, determinó: Designar al Señor MagistradoBONIFACIO PADILLA GONZÁLEZ, en sustitución delSeñor Magistrado MARCELO ROMERO G. DE QUEVEDO,

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2para que integre quórum dentro del Toca de apelación859/2013, radicado en la Honorable Quinta Sala, derivadodel expediente 811/2008, del índice del Juzgado dePrimera Instancia de Zapotlanejo, Jalisco, promovido porGabriel Barba Martín. De conformidad con lo dispuestopor el artículo 53 de la Ley Orgánica del Poder Judicial delEstado.(Página 7)

CUARTO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por mayoría, conlas abstenciones de los Señores Magistrados JAVIERHUMBERTO ORENDAIN CAMACHO y MANUEL HIGINIORAMIRO RAMOS, determinó: Designar al SeñorMagistrado HÉCTOR DELFINO LEÓN GARIBALDI NAVA,en sustitución del Señor Magistrado JAVIER HUMBERTOORENDAIN CAMACHO, para que integre quórum dentrodel Toca 889/2013, radicado en la Honorable Quinta Sala,derivado del Juicio Civil Ordinario, expediente 1237/2010,del índice del Juzgado Décimo de lo Civil, promovido porAmadeo Castañeda Ortiz. De conformidad con lodispuesto por el artículo 53 de la Ley Orgánica del PoderJudicial del Estado.(Página 8)

QUINTO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por mayoría, conlas abstenciones de los Señores Magistrados JAVIERHUMBERTO ORENDAIN CAMACHO y MANUEL HIGINIORAMIRO RAMOS, determinó: Designar al SeñorMagistrado JORGE LEONEL SANDOVAL FIGUEROA, ensustitución del Señor Magistrado JAVIER HUMBERTOORENDAIN CAMACHO, para que integre quórum dentrodel Toca 905/2013, radicado en la Honorable Quinta Sala,derivado del Juicio Civil Sumario Hipotecario, expediente2578/1996, del índice del Juzgado Décimo de lo Civil,promovido por Banco Nacional de México, S.A. Deconformidad con lo dispuesto por el artículo 53 de la LeyOrgánica del Poder Judicial del Estado.(Páginas 8 y 9)

SEXTO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por mayoría, conla abstención del Señor Magistrado ESPARTACOCEDEÑO MUÑOZ, determinó: Designar al SeñorMagistrado RAMÓN SOLTERO GUZMÁN, ensustitución del Magistrado ESPARTACO CEDEÑOMUÑOZ, para que integre quórum dentro del Toca760/2013, radicado en la Honorable Décima Primera Sala,derivado del expediente 18/2011-C, del índice del JuzgadoOctavo de lo Penal del Primer Partido Judicial, instruidoen contra de Ricardo Enrique Morales y Otros, por eldelito de Robo Calificado, cometido en agravio de MaríaDolores Cerda Chávez. De conformidad con lo dispuestopor el artículo 53 de la Ley Orgánica del Poder Judicial delEstado.

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3(Páginas 10 y 11)

SÉPTIMO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por mayoría, conla abstención del Señor Magistrado ESPARTACOCEDEÑO MUÑOZ, determinó: Designar al SeñorMagistrado GUILLERMO VALDEZ ANGULO, en sustitucióndel Magistrado ESPARTACO CEDEÑO MUÑOZ, para queintegre quórum dentro del Toca de apelación 1391/2013,radicado en la Honorable Décima Primera Sala, derivadodel expediente 378/2013-D, procedente del JuzgadoDécimo Tercero de lo Penal, instruido en contra de RamónHernández Curiel, por el delito de Robo Calificado,cometido en agravio de La Sociedad y Coagraviado. Deconformidad con lo dispuesto por el artículo 53 de la LeyOrgánica del Poder Judicial del Estado.(Página 11)

OCTAVO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por unanimidad,determinó: Autorizar licencia con goce de sueldo, alMagistrado JOSÉ FÉLIX PADILLA LOZANO, los días 10diez y 11 once de octubre del 2013 dos mil trece, paraatender asuntos personales; consecuentemente, sedesigna al Señor Magistrado JOAQUÍN MORENOCONTRERAS, para que integre el quórum correspondienteen la Primera Sala, los días antes indicados. Deconformidad con lo dispuesto por los artículos 23 fracciónIII y 53 de la Ley Orgánica de Poder Judicial del Estado.(Página 12)

NOVENO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por unanimidad,determinó: Tener por recibidos los oficios 4209-B y 4210-B, dirigidos al Pleno y Presidente de este HonorableTribunal, procedentes del Juzgado Sexto de Distrito enMateria Administrativa y de Trabajo en el Estado, relativosal Juicio de Amparo 1372/2013, promovido por el SeñorMagistrado JOSÉ FÉLIX PADILLA LOZANO, mediante loscuales notifica que se difiere la Audiencia Constitucionalpara las 09:32 nueve horas con treinta y dos minutos del 7siete de noviembre de 2013 dos mil trece, para daroportunidad a que el Tercer Tribunal Colegiado en MateriaAdministrativa del Tercer Circuito, remita las copiascertificadas relativas al diverso Amparo 2607/2010 delíndice del Juzgado Primero de Distrito en MateriaAdministrativa y de Trabajo en la Entidad; dándonos porenterados de su contenido y se ordena agregarlos al Tocacorrespondiente, para los efectos a que haya lugar. Loanterior de conformidad con lo dispuesto por el artículo23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.(Página 13)

DÉCIMO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por unanimidad,determinó: Tener por recibido el oficio 14251/2013,dirigido al Pleno de este Honorable Tribunal, procedente

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4del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa yde Trabajo en el Estado, derivado del Incidente deSuspensión del Juicio de Amparo 1933/2013, promovidopor MARTHA LETICIA PADILLA ENRÍQUEZ, mediante elcual notifica que el Tercer Tribunal Colegiado en MateriaAdministrativa del Tercer Circuito, declaró sin materia elrecurso de Queja 190/2013, interpuesto por la AutoridadResponsable, en contra de la suspensión provisional quele fue concedida.

Por otra parte, se tiene por recibido el oficio15008/2013, por medio del cual se hace del conocimiento,que la quejosa exhibió la póliza de fianza número 3508-05773-8, expedida por la AFIANZADORA ASERTA S.A.,valiosa por la cantidad de $45,000.00 (cuarenta y cinco milpesos 00/100 M.N.), para garantizar los posibles daños yperjuicios que pudieran ocasionarse al terceroperjudicado, y surta efectos la suspensión definitiva quele fue concedida; dándonos por enterados de sucontenido y se ordena agregar los oficios de cuenta alToca de antecedentes correspondiente, para los efectos aque haya lugar. De conformidad con lo dispuesto en elartículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial delEstado.(Páginas 14 y 15)

DÉCIMOPRIMERO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por unanimidad,

determinó: Tener por recibido el oficio 1931, procedentedel Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo delTercer Circuito, derivado del Juicio de Amparo Directo620/2012, promovido por MARISELA JIMÉNEZGUTIÉRREZ y YOLANDA SOLÓRZANO VELADOR,mediante el cual notifica que la ejecutoria de amparo haquedado cabalmente cumplida; al haberse dictado unanueva resolución plenaria de fecha 5 de julio de 2013, enla que se ordenó la reinstalación de las quejosas comoAuditoras con carácter indefinido; dándonos porenterados de su contenido y se ordena agregar al Toca deantecedentes correspondiente, para los efectos a quehaya lugar. De conformidad con lo dispuesto en el artículo23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.(Página 15)

DÉCIMOSEGUNDO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por unanimidad,

determinó: Tener por recibidos los oficios 5598, 5599,5602, 5603, 2471-A, 2472-A, 2475-A y 2476-A dirigidos alHonorable Pleno, Presidente, Secretario General deAcuerdos y Notificador de Secretaría General de esteTribunal, procedentes del Juzgado Quinto de Distrito enMateria Administrativa y de Trabajo en el Estado,derivados del Incidente de Suspensión y Juicio deAmparo 1721/2013, promovido por RAÚL CÁRDENAS

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5AYÓN, mediante los cuales notifica que se admite laampliación de demanda, respecto de las siguientesAutoridades: Magistrados integrantes del Pleno, ComisiónInstructora, Magistrados integrantes de la Octava Sala,Secretario General de Acuerdos, Notificador adscrito a laSecretaría General de Acuerdos, y Director deAdministración, Recursos Humanos, Materiales yServicios Generales; consistiendo el acto reclamado, en latotalidad de los acuerdos o comunicaciones tendientes aimpedir el desempeño del quejoso como Secretario deAcuerdos adscrito a la Octava Sala Civil, por virtud delnombramiento expedido a su favor, según acuerdoplenario de 18 dieciocho de enero de 2013 dos mi trece;así como lo actuado en el procedimiento laboral 6/2010,como consecuencia de lo resuelto por el Primer TribunalColegiado en materia de Trabajo del Tercer Circuito,mediante ejecutoria del amparo directo 582/2012, quepromovió GABRIEL LÓPEZ ÁLVAREZ; requiriendo a lasAutoridades responsables por los Informes Previo yJustificado; asimismo, se señalaron las 10:35 diez horascon treinta y cinco minutos del día 10 diez de octubre ylas 10:40 diez horas con cuarenta minutos del 9 nueve deoctubre, para las celebraciones de las AudienciasIncidental y Constitucional, respectivamente.

Se tiene como tercero interesado a GABRIEL LÓPEZÁLVAREZ; y se negó, al quejoso, la suspensiónprovisional solicitada, dado que el acto señalado en laampliación de demanda, fue emitido en cumplimiento a laejecutoria del diverso Juicio de Amparo 582/2012.

Por otra parte, se tienen por recibidos los oficios8459, 8461, 8462, procedentes del Primer TribunalColegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito,derivados de la revisión 443/2013, mediante los cuales senotifica que dicho Colegiado carece de competencia legalpara conocer del recurso hecho valer por esta Soberanía;al considerar que la competencia jurisdiccional deberegirse por la materia del acto reclamado, y en el presentecaso, se reclama todo lo actuado en el procedimientolaboral 6/2011 y el dejar sin efectos el nombramiento delquejoso; por lo que le atañe a un Colegiado especializadoen materia laboral, y ordena remitir las actuaciones y susanexos, a la Oficialía de Partes Común de los TribunalesColegiados en Materia Laboral del Tercer Circuito, enturno, para la substanciación del medio de impugnación.

Finalmente, se tienen por recibidos los oficios 6077,6080 y 6081, signados por la Secretario del JuzgadoQuinto de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo,a través de los cuales notifica que se difiere la AudienciaConstitucional para las 10:50 diez horas con cincuentaminutos del 8 ocho de noviembre del año en curso, paradar oportunidad a que obren la totalidad de lasconstancias de emplazamiento a las Responsables,respecto de la ampliación de demanda; dándonos por

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6enterados y se faculta a la Presidencia para que rinda losinformes previo y justificado correspondientes,exponiendo las razones y fundamentos legalespertinentes, acompañando en su caso, las constanciascertificadas necesarias para apoyar dichos informes. Loanterior de conformidad con lo dispuesto por los artículos117 y 140 de la Ley de Amparo, así como el numeral 23 dela Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.(Páginas 17 y 18)

DÉCIMOTERCERO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por mayoría, con

la abstención del Señor Magistrado MIGUEL ÁNGELESTRADA NAVA, determinó: Tener por recibido el oficio14579/2013, procedente del Juzgado Cuarto de Distrito enMateria Administrativa y de Trabajo en el Estado, relativoal Incidente de Suspensión del Juicio de Amparo1759/2013, promovido por ANA MARIEL ESTRADARODRÍGUEZ, contra actos de este Honorable Pleno,Comisión Instructora y Director de Administración,Recursos Humanos, Materiales y Servicios Generales deeste Tribunal; mediante el cual notifica la resolución del 4cuatro de octubre del año en curso, en la cual se niega lasuspensión definitiva a la quejosa, respecto de los actosconsistentes en el dictamen y aprobación delprocedimiento laboral 23/2009 que promovió MARÍA ELBAPEÑA QUINTERO, por tratarse de actos consumados, yrespecto a la omisión de ser emplazada en el citadoprocedimiento laboral, porque son actos negativos ypropios de la sentencia que en definitiva se dicte; y por loque ve a la ejecución, dado que se contravendríandisposiciones de orden público, pues los actos serealizaron en cumplimiento a una ejecutoria de amparo;dándonos por enterados de su contenido y se ordenaagregar al Toca de antecedentes correspondiente, paralos efectos a que haya lugar. Lo anterior de conformidadcon lo dispuesto por el artículo 23 de la Ley Orgánica delPoder Judicial del Estado.(Página 20)

DÉCIMOCUARTO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por unanimidad,

determinó: Tener por recibidos los oficios 5664 y 5666,procedentes del Primer Tribunal Colegiado en Materia deTrabajo del Tercer Circuito, mediante los cuales notificaque se admite la demanda de Amparo Directo 742/2013,promovida por CRISTÓBAL GALLEGOS DÍAZ, únicamentecontra de este Honorable Pleno y ComisiónSubstanciadora de Conflictos Laborales con Personal deBase, consistentes en la resolución dictada el día 26veintiséis de abril del 2013 dos mil trece, dentro delProcedimiento Laboral 6/2009.

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7Y se desecha la demanda, por lo que ve al Director

de Administración, Recursos Humanos, Materiales yServicios Generales; en virtud de que el aspecto del laudocombatido es absolutorio y en esa medida no essusceptible de ejecutarse; dándonos por enterados de sucontenido, se ordena agregar al Toca de antecedentescorrespondiente, para que surtan los efectos a que hayalugar. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.(Página 21)

DÉCIMOQUINTO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por unanimidad,

determinó: Tener por recibido el oficio 11677-I, procedentedel Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en elEstado, relativo al Juicio de Amparo 478/2013-I,promovido por JAVIER QUINTERO GONZÁLEZ, en contrade actos del Honorable Pleno del Supremo Tribunal deJusticia, del Tribunal de lo Administrativo, así como de laJuez Cuarto de lo Civil; mediante el cual notifica laresolución de fecha 04 cuatro de octubre del año encurso, la cual determina que dicho Juzgado de Distrito enMateria Civil carece de competencia legal para conocer yresolver el amparo, por razón de la materia; por lo tanto,ordena se remita a la Oficina de Correspondencia Comúnde los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa y deTrabajo en el Estado en turno, para que éste, decida siacepta o no el conocimiento del asunto; lo anterior, envirtud de que el acto reclamado consiste en un conflictode competencia, que si bien fue emitido por el Pleno deeste Tribunal, también lo es que no fue en su carácter deTribunal judicial, para resolver controversiasjurisdiccionales del orden penal, civil, familiar y/omercantil, de conformidad con las leyes estatales, sinocomo un órgano administrativo con facultades pararesolver un conflicto competencial entre sus integrantes;dándonos por enterados de su contenido y se ordenaagregar al Toca de antecedentes correspondiente, paralos efectos legales a que haya lugar. Lo anterior deconformidad con lo dispuesto por el artículo 23 de la LeyOrgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco.(Página 22)

DÉCIMOSEXTO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por unanimidad,

determinó: Tener por recibido el oficio 10655, procedentedel Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en MateriaPenal en el Estado, derivado del Juicio de Amparo798/2013-II, promovido por MOISÉS DAVID MAGALLANESLÓPEZ, mediante el cual notifica que la ejecutoria deamparo ha quedado cumplida; en virtud de que, por lo queve a este Honorable Pleno, como Autoridad vinculada alcumplimiento de la ejecutoria, designó a la Honorable

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8Décima Primera Sala como Tribunal de Ejecución; y ésta,mediante resolución del 18 dieciocho de septiembre de2013 dos mil trece, en los autos del Toca 946/2013,resolvió lo conducente sobre el beneficio de libertadcondicional solicitado por el quejoso; dándonos porenterados de su contenido y se ordena agregar al Toca deantecedentes correspondiente, para los efectos a quehaya lugar. De conformidad con lo dispuesto en el artículo23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado deJalisco.(Página 23)

DÉCIMOSÉPTIMO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por unanimidad,

determinó: Tener por recibida la demanda de amparodirecto, de fecha 03 tres de octubre de 2013 dos mil trece,promovida por LUIS ERNESTO CORNEJO JIMÉNEZ, encontra de actos de este Honorable Pleno y Director deAdministración, Recursos Humanos, Materiales yServicios Generales de este Tribunal; en la cual reclama laresolución Plenaria del día 2 dos de septiembre de 2013dos mil trece, emitida en el procedimiento laboral 4/2008del índice de la Comisión Substanciadora de ConflictosLaborales con Personal de Base, tramitado por quien sedesempeñaba como Notificador adscrito a la HonorableDécima Primera Sala de este Tribunal; en virtud delcumplimiento a la ejecutoria del diverso amparo 2419/2011que promovió SILOE ANTE ONTIVEROS LEANDRO, anteel Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa yde Trabajo en el Estado; dándonos por enterados de sucontenido y se autoriza a la Presidencia para que rinda elinforme justificado, remitiendo a la Autoridad Federal lademanda de garantías y los autos originales que integranel conflicto laboral, debiendo formarse el Toquitarespectivo para los efectos legales correspondientes;instruyéndose a la Secretaría General de Acuerdos paraque levante la certificación y solicite el informe que enderecho corresponda al Director de Administración,Recursos Humanos, Materiales y Servicios Generales. Loanterior de conformidad con lo dispuesto por el artículo178 de la Ley de Amparo, en relación con el numeral 23 dela Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco.(Páginas 24 y 25)

DÉCIMOOCTAVO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por unanimidad,

determinó: Tener por recibido el escrito signado por laMaestra IRMA ALICIA CANO GUTIÉRREZ, Presidenta deMABA México y la Ciudadana ELIZABETH P. URIBE,Presidenta MABA Los Ángeles; dándonos por enteradosde su contenido y se autoriza al Presidente MagistradoLUIS CARLOS VEGA PÁMANES, asista a la Ciudad de LosÁngeles, California, a efecto de que le sea otorgado un

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9premio como destacado Jurista, resultado de la ampliatrayectoria jurídica y profesional; lo anterior a realizarselos días jueves 17 diecisiete y viernes 18 dieciocho deoctubre del 2013 dos mil trece; así como los gastos yviáticos correspondientes de él y sus acompañantes.Gírese oficio al Director de Administración, RecursosHumanos, Materiales y Servicios Generales de esteTribunal, para los efectos a que haya lugar. Deconformidad con lo dispuesto por el artículo 23 de la LeyOrgánica del Poder Judicial del Estado.(Página 27)

DÉCIMONOVENO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por unanimidad,

determinó: En términos del artículo 52 de la Ley Orgánicadel Poder Judicial del Estado, por orden rotatorio, lecorresponde al Señor Magistrado LUIS ERNESTOCAMACHO HERNÁNDEZ, Presidente de la HonorableNovena Sala, funja como Presidente del Supremo Tribunalde Justicia del Estado, con todas las facultadesinherentes a la misma, los días 17 diecisiete y 18dieciocho de octubre del 2013 dos mil trece. Deconformidad con lo dispuesto por el numeral 23 de lacitada Ley Orgánica.(Página 27)

VIGÉSIMO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por unanimidad,determinó: Tener por recibido el oficio DP-757/2013,signado por el Maestro FELIPE DE JESÚS OCEGUERABARRAGÁN, Director de Profesiones del Estado deJalisco; por medio del cual hace del conocimiento de estaSoberanía, que debido a la falta de insumos para laemisión de la cédula estatal profesional, estará emitiendoConstancias de Registro, en tanto, llega el material para laimpresión de ésta; para efecto de que sea admita para lostrámites a que haya lugar; dándonos por enterados de sucontenido y comuníquese lo anterior a las HonorablesSalas de este Tribunal, para su conocimiento y efectoslegales a que haya lugar. De conformidad con lodispuesto por el artículo 23 de la Ley Orgánica del PoderJudicial del Estado.(Páginas 28 y 29)

VIGÉSIMOPRIMERO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por unanimidad,

determinó: En relación a la petición realizada medianteoficio CUCEA/OSURT/0520/2013, por el Maestro GABRIELTORRES ESPINOZA, Director del Sistema Universitario deRadio y Televisión de la Universidad de Guadalajara; porcuestiones de logística, se autoriza el cambio de fecha, enel Acta Plenaria del 27 veintisiete de septiembre de esteaño, para el uso del Patio Central, para la noche del 6 seis

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10de diciembre, en lugar del jueves 5 cinco de diciembre,respecto a la cena derivada del Quinto Foro Internacionalde Televisión TVMORFOSIS. Lo anterior de conformidadcon lo dispuesto por el artículo 23 de la Ley Orgánica delPoder Judicial del Estado.(Páginas 29 y 30)

VIGÉSIMOSEGUNDO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por unanimidad,

determinó: Autorizar a la Presidencia, para que el próximodía 6 seis de diciembre del 2013 dos mil trece, se lleve acabo en el Patio Central del Palacio de Justicia, el Informede Labores del Supremo Tribunal de Justicia del Estadode Jalisco, correspondiente al año 2013 dos mil trece; asícomo los gastos que con motivo del mismo se originen;en consecuencia, gírense oficios al Director deAdministración, Recursos Humanos, Materiales yServicios Generales, y a la Directora de ComunicaciónSocial y Difusión, para su conocimiento y efectos legalesa que haya lugar. De conformidad con lo dispuesto por elartículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial delEstado.(Páginas 30 y 31)

VIGÉSIMOTERCERO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por unanimidad,

determinó: Aprobar el movimiento de personal, que porconducto de la Secretaría General de Acuerdos, realiza elPresidente del Supremo Tribunal de Justicia, MagistradoLUIS CARLOS VEGA PÁMANES, los cuales son:

Incapacidad médica por enfermedad expedida por elInstituto Mexicano del Seguro Social con número de seriey folio XP045090, a favor de RIVAS COVARRUBIAS JOSÉ,como Auxiliar Administrativo adscrito a la Dirección deContraloría, Auditoría Interna y Control Patrimonial, apartir del 07 siete y al 11 once de octubre del 2013 dos miltrece.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 23fracciones II y XIII de la Ley Orgánica del Poder Judicialdel Estado.(Páginas 32 y 33)

VIGÉSIMOCUARTO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por unanimidad,

determinó: Aprobar los movimientos de personal, que porconducto de la Secretaría General de Acuerdos, realiza elPresidente de la Quinta Sala, Magistrado JAVIERHUMBERTO ORENDAIN CAMACHO, los cuales son:

Incapacidad médica por enfermedad, expedida por elInstituto Mexicano del Seguro Social con número de seriey folio LA 385091, a favor de RAMÍREZ LÓPEZ LUISERNESTO, como Auxiliar Judicial, a partir del 02 dos y al13 trece de octubre del 2013 dos mil trece.

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11Nombramiento a favor de BAEZA RAMÍREZ ADA

IRIS, como Auxiliar Judicial Interina, a partir del 02 dos yal 13 trece de octubre del 2013 dos mil trece, ensustitución de Ramírez López Luis Ernesto, quien tieneincapacidad por enfermedad.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 23fracciones II y XIII de la Ley Orgánica del Poder Judicialdel Estado.(Página 33)

VIGÉSIMOQUINTO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por unanimidad,

determinó: Aprobar los movimientos de personal, que porconducto de la Secretaría General de Acuerdos, realiza elMagistrado ESTEBAN DE LA ASUNCIÓN ROBLESCHÁVEZ, integrante de la Sexta Sala, los cuales son:

Licencia sin goce de sueldo presentada porAPARICIO SEPÚLVEDA MARÍA HORTENCIA, comoTaquígrafa Judicial, a partir del 16 dieciséis de octubre yal 15 quince de febrero del 2014 dos mil catorce, por estarpropuesta para ocupar otra plaza dentro del SupremoTribunal de Justicia.

Propuesta de nombramiento a favor de APARICIOSEPÚLVEDA MARÍA HORTENCIA, como SecretarioRelator, a partir del 16 dieciséis de octubre y al 15 quincede febrero del 2014 dos mil catorce, en sustitución de laLicenciada María Martha Huerta Partida, quien causa bajapor término de su nombramiento.

Licencia sin goce de sueldo, presentada por IBARRAGARCÍA MARISELA, como Auxiliar Judicial, a partir del 16dieciséis de octubre y al 15 quince de febrero del 2014 dosmil catorce, por ser propuesta para cubrir otra plaza.

Nombramiento a favor de IBARRA GARCÍAMARISELA, como Taquígrafa Judicial Interina, a partir del16 dieciséis de octubre y al 15 quince de febrero del 2014dos mil catorce, en sustitución de la Licenciada AparicioSepúlveda María Hortencia, quien solicita licencia singoce de sueldo.

Nombramiento a favor de CAMARENA JÁUREGUIMARÍA DEL REFUGIO, como Auxiliar Judicial Interina, apartir del 16 dieciséis de octubre al 15 quince de febrerodel 2014 dos mil catorce, en sustitución de la LicenciadaIbarra García Marisela, quien solicita licencia sin goce desueldo.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 23fracciones II y XIII de la Ley Orgánica del Poder Judicialdel Estado.(Página 33 y 34)

VIGÉSIMOSEXTO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por unanimidad,

determinó: Aprobar los movimientos de personal, que porconducto de la Secretaría General de Acuerdos, realiza el

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12Presidente de la Sexta Sala, Magistrado CELSORODRÍGUEZ GONZÁLEZ, los cuales son:

Licencia sin goce de sueldo, presentada porESPINOZA ALDANA JUAN PABLO, como Auxiliar Judicial,a partir del 1º primero y al 31 treinta y uno de octubre del2013 dos mil trece, por estar propuesto para cubrir otraplaza.

Nombramiento a favor de SANABRIA GUTIÉRREZMARÍA CRISTINA, como Auxiliar Judicial Interina, del 1ºprimero al 31 treinta y uno de octubre del 2013 dos miltrece; en sustitución de Espinoza Aldana Juan Pablo,quien solicita licencia sin goce de sueldo.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 23fracciones II y XIII de la Ley Orgánica del Poder Judicialdel Estado.(Páginas 34 y 35)

VIGÉSIMOSÉPTIMO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por unanimidad,

determinó: Aprobar los movimientos de personal, que porconducto de la Secretaría General de Acuerdos, realiza elMagistrado SABÁS UGARTE PARRA, integrante de laDécima Sala, los cuales son:

Incapacidad médica por enfermedad, expedida por elInstituto Mexicano del Seguro Social con número de seriey folio XC111891, a favor de GONZÁLEZ RÍOS MARTHAELIZABETH, como Auxiliar Judicial, a partir del día 09nueve al 11 once de octubre del 2013 dos mil trece.

Nombramiento a favor de GONZÁLEZ RÍOSARACELI, como Auxiliar Judicial Interina, a partir del 09nueve al 11 once de octubre del 2013 dos mil trece, ensustitución de González Ríos Martha Elizabeth, quientiene incapacidad por enfermedad.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 23fracciones II y XIII de la Ley Orgánica del Poder Judicialdel Estado.(Página 35)

VIGÉSIMOOCTAVO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por unanimidad,

determinó: Aprobar el movimiento de personal, que porconducto de la Secretaría General de Acuerdos, realiza elMagistrado ESPARTACO CEDEÑO MUÑOZ, integrante dela Décima Primera Sala, el cual es:

Nombramiento a favor de CERVANTES GUTIÉRREZMAYRA NAYELI, como Secretario Relator, a partir del 1ºprimero de octubre y al 31 treinta y uno de diciembre del2013 dos mil trece, al término de su nombramientoanterior.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 23fracciones II y XIII de la Ley Orgánica del Poder Judicialdel Estado.

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13(Página 35)

VIGÉSIMONOVENO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por unanimidad,

determinó: Aprobar la Relación de Movimientos dePersonal que remite la Dirección de Administración,Recursos Humanos, Materiales y Servicios Generales deeste Supremo Tribunal; de conformidad con lo dispuestopor el artículo 23 fracciones II y XIII de la Ley Orgánica delPoder Judicial del Estado.(Página 39)

TRIGÉSIMO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por mayoría, conla abstención del Señor Magistrado MANUEL HIGINIORAMIRO RAMOS, determinó: Aprobar el InformeFinanciero correspondiente al mes de SEPTIEMBRE del2013 dos mil trece, que rinde la Dirección deAdministración, Recursos Humanos, Materiales yServicios Generales. De conformidad con lo dispuesto porel artículo 23, fracción IV, de la Ley Orgánica del PoderJudicial del Estado.(Página 39)

TRIGÉSIMOPRIMERO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por mayoría, con

la abstención del Señor Magistrado MANUEL HIGINIORAMIRO RAMOS, determinó: Tener por rendido yaprobado el informe del Presidente de la ComisiónTransitoria para la Administración de los Auxiliares de laJusticia, Magistrado MARCELO ROMERO G. DEQUEVEDO, mismo que es en los siguientes términos:

“En la Ciudad de Guadalajara, Jalisco, a las 12:30doce horas con treinta minutos, del día 25 veinticinco deSeptiembre del año 2013 dos mil trece, se reunieron en laOficina de la Presidencia de la Comisión Transitoria parala Administración de los Auxiliares de la Justicia, ubicadaen la Quinta Sala del Supremo Tribunal de Justicia delEstado de Jalisco, los señores MAGISTRADOS MAESTROMARCELO ROMERO G. DE QUEVEDO (Presidente),LICENCIADOS ESPARTACO CEDEÑO MUÑOZ Y CELSORODRÍGUEZ GONZÁLEZ, quienes en sesión plenaria defecha 04 cuatro de Enero del año 2013 dos mil trece,fueron designados integrantes de dicha Comisión.

Acto continuo se procedió a celebrar la sesión,contándose con la presencia de los señores Magistradosque la integran, en los términos de los artículos 19, 23fracción XX, 34 fracción XII de la Ley Orgánica del PoderJudicial para el Estado de Jalisco, y 25 del Reglamento delSupremo Tribunal de Justicia conforme a las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S :

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141.- Los artículos 19 de la Ley Orgánica del Poder

Judicial para el Estado de Jalisco y el artículo 7°. delReglamento del Supremo Tribunal de Justicia del Estado,faculta al Supremo Tribunal de Justicia a través del Plenoa designar Comisiones de Magistrados .

2.- En el párrafo noveno del artículo 64 de laConstitución Política del Estado de Jalisco, en relacióncon el artículo 22 del Reglamento del Supremo Tribunal deJusticia del Poder Judicial para el Estado de Jalisco,establece que el Supremo Tribunal está facultado paraemitir los acuerdos necesarios, para el adecuadodesempeño de sus atribuciones, por lo que esta Sesión secelebra conforme al siguiente:

ORDEN DEL DIA

I.- Informe del Presidente de la Comisión.II.- Informe del Secretario de la Comisión.

EN VOTACIÓN ECONÓMICA SE PREGUNTA SI SEAPRUEBA. APROBADO.

Aprobados que fueron los puntos que conforman laOrden del día, se procede a la celebración de la misma enla que se tomaron los siguientes:

A C U E R D O S :

I.- Estando debida y legalmente integrada laComisión Transitoria para la Administración de losAuxiliares de la Justicia, siendo presidida por elMAGISTRADO MTRO. MARCELO ROMERO G. DEQUEVEDO.

II.- El Presidente de la Comisión informó a susintegrantes la aprobación en la Sesión Plenaria Ordinariacelebrada el día 07 de Junio del año en curso lapresentación en tiempo del informe de actividadescorrespondiente al cuarto trimestre del período 2012-2013(Enero, Febrero, Marzo), y de los presentados en formaextemporánea de este periodo y de trimestres anteriores,por los Auxiliares de la Administración de la Justicia deéste Tribunal de Justicia.

La autorización de la incorporación a la Lista deAuxiliares de la Administración de Justicia de éste H.Tribunal al : LIC. CARLOS DE JESÚS ARAIZA MARTÍNEZcomo Albacea provisional o definitivo e Interventor deJuicios Sucesorios, L.C.P. ROBERTO GALLARDO

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15JIMÉNEZ como perito Contable y Financiero y a ANGELAMARÍA PELZER como perito Traductor Alemán-Español yviceversa.

Se niega la autorización como perito en CirugíaEstética al Dr. LUIS ALBERTO ARMENDÁRIZ CESEÑA.

La autorización al ARQ. MARCO ANTONIO CASTROZAZUETA, la ampliación de materias en Daños aedificaciones, Identificación de bienes inmuebles, prediosurbanos, rústicos y proyecto de obra de urbanización,movimiento de tierras y valuador de bienes muebles. Y alLIC. GUSTAVO ALFONSO ESPARZA ROBLES en el áreade Grafoscopia y al Dr. ANGEL RÍOS CARRILLO, lasuspensión provisional de la función como Auxiliar de laAdministración de Justicia, así como de la presentaciónde informes trimestrales.

Causan baja como Auxiliares en la Administraciónde la Justicia en el Estado, en su carácter de PeritosAutorizados: MARCO ANTONIO CAMACHO ORDAZ,EZEQUIEL CASTELLANOS RAMOS, BRÍGIDO CRUZORDAZ, SALVADOR DE LA TORRE ACUÑA, FERNÁNDODOMÍNGUEZ QUEVEDO, ROCÍO ANDREA LOMELÍORTEGA, RUTH MALDONADO BALBUENA, LUISANTONIO ORENDAIN CAMACHO, MARIO QUINTEROBECERRA, GUSTAVO LEÓN RAYGOZA GÓMEZ e IRMAVILLASEÑOR DELGADO dadas las razones yfundamentos expuestos en el cuerpo de este acuerdo. Enconsecuencia, se cancelan sus registros, lo que lesimpedirá desempeñarse como peritos en lo relativo a laactividad jurisdiccional de este Supremo Tribunal deJusticia en el Estado de Jalisco.

Sin otros puntos que tratar instruye al Secretariopara que de cuenta de los informes trimestralespresentados por los Auxiliares de la Administración deJusticia correspondientes al primer trimestre del periodo2013-2014 y de las solicitudes recibidas para formar partede la Lista de los Auxiliares de la Administración deJusticia.

III.- El Secretario de la Comisión da cuenta y pone aconsideración de sus integrantes los informestrimestrales que fueron presentados por los peritosautorizados de la siguiente manera:

Informes ordinarios del primer trimestre periodo 2013-2014 198 peritos ( Abril, Mayo y Junio2013)

Informes extemporáneos del mismo trimestre 30 peritos

Informes no presentados del mismo trimestre 26 peritos

Informes extemporáneos cuarto trimestre periodo 2012-2013 14 peritos(Enero, Febrero y Marzo 2013)

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16Informes extemporáneos tercer trimestre periodo 2012-2013 3 peritos(Octubre, Noviembre y Diciembre 2012)

Informes extemporáneos segundo trimestre periodo 2012-2013 2 peritos(Julio, Agosto y Septiembre 2012)

Informes extemporáneos primer trimestre periodo 2012-2013 1 peritos(Abril, Mayo, y Junio 2012)

Así como también pone a su consideración lassolicitudes de autorización para ingresar a la Lista de losAuxiliares de la Admón. de Justicia de:

1.- El DR. LUIS ALBERTO ARMENDÁRIZ CESEÑA ,para ser autorizado como perito en Medicina General yMedicina y Cirugía Estética presenta copia certificada deTítulo de Médico Cirujano expedido por la UniversidadAutónoma de Guadalajara cédulas profesionales Federal yEstatal, copia certificadas de Grado de Maestro en CirugíaEstética expedido por el Instituto de Estudios Superioresen Medicina y sus respectivas cédulas profesionalesestatal y federal, copia certificada de Certificado comoEspecialista en Acupuntura expedido por la EscuelaInternacional de la Universidad de la Medicina China y lascédulas profesionales estatal y la federal así como copiascertificadas de constancias de diversos diplomados . Porlo que se autoriza su ingreso a la Lista de Auxiliares de laAdmón. de Justicia.

2.- El DR. LUCIO BECERRA LÓPEZ, solicita suregistro como perito en Medicina General, MedicinaFamiliar, Medicina y Cirugía Estética para tal efectopresenta copia certificada de Título de Médico Cirujanoexpedido por la Universidad Nacional Autónoma deMéxico y cédulas profesionales Federal y Estatal, cédulaprofesional estatal de Maestro en Cirugía Estética. Asícomo copias certificadas de constancias y diplomas dediversos estudios en las materias solicitadas. Por lo quese considera que cumple con los requisitos que estableceal artículo 228 de la Ley Orgánica del Poder Judicial delEstado.

3.- El DR. ROBERTO CARLOS BORBOLLAALVARADO, aspirante a perito en Medicina y CirugíaEstética, anexa a su solicitud copia certificada de Títulode Médico Cirujano y Partero, expedido por la Universidadde Guadalajara, copia certificada de Cédula ProfesionalFederal, copia certificada de Grado de Maestro en CirugíaEstética y las cédulas profesionales estatal y federalrespectivas. Una vez que se han analizado ladocumentación anterior y cumplir con los requisitosestablecidos en el artículo 228 de la Ley Orgánica delPoder Judicial del Estado de Jalisco se autoriza suregistro.

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4.- Con relación a la petición del ING. OSCAROCTAVIO CARRILLO MIRANDA de considerar suautorización para formar parte de la Lista de Peritos enlas materias de Ingeniería Industrial, De riesgo a laPoblación, (Siniestros y Explosiones), Gas L. P., GasNatural, se determina una vez analizada la documentaciónque adjunto a su solicitud se le otorga la autorización porcumplir con los requisitos en los términos del artículo 228de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

5.- Analizado el escrito del DR. JOEL JONATHANJIMÉNEZ RUANO en el que solicita se autorice su registrocomo perito en Medicina General y Medicina y CirugíaEstética, así como la documentación presentadaconsistente en copias certificadas de Título y cédulasprofesionales estatal y federal de Médico Cirujanoexpedido por la Universidad Autónoma de Guadalajara,copias certificadas de Grado de Maestro en CirugíaEstética y Cédulas estatal y federal de la misma, copiascertificadas de diploma de la especialidad en Estética yLongevidad y de su cédula estatal y federal, y de diversosdocumentos así como diversas constancias de estudiospor lo que se considera su autorización,

6.- La LIC. en BIOL. SILVIA PATRICIA GUADALUPELEON ROBLES, solicita su registro como perito enBiología Molecular, Biología Genética Forense eIdentificación de personas a traves del ADN nuclear paratal efecto presenta copia certificada de Título y cédulasprofesionales estatal y federal de Licenciada en Biología,así como copias certificadas de diversos constancias,reconocimientos de estudios en Genética Forense,Biología molecular ADN, por lo que se considera quecumple con los requisitos que establece al artículo 228 dela Ley Orgánica del Poder Judicial.

7.- Para ser autorizado como perito en MedicinaGeneral y Medicina y Cirugía Estética, la DRA. MARICELARAMÍREZ GAONA, acompaña a su escrito diversadocumentación que avala su capacitación y experienciaen la materia, y efectuada el análisis de la misma, seautoriza su ingreso, por cumplir con lo establecido en elartículo 228 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

8.- A efecto de que se autorice su registro comoperito Traductor Portugués-Farsi- Español y viceversa, laC. VIDA SAPIR, anexa a su escrito de solicitud diversadocumentación que una vez analizada y acompañada deel resultado de la evaluación para determinar su periciaen la materia que se le encomendó a Elizabeth NazzariVerani, perito autorizado por esta Comisión bajo RegistroVCEN120500-662, basado en los exámenes oral y escrito,

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18emitió su opinión de ser apto para el desarrollo de estaactividad, autorizando su registro conforme lo dispuestoen el artículo 228 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

9.- La LIC. VERÓNICA OLIVIA BUCIO OROZCO,solicita autorización de suspensión provisional al cargode perito en Traductor Inglés-Español y viceversa, portener que cambiar su residencia a otro estado de laRepública por tiempo indefinido, así como la nopresentación de informes trimestrales.

A C U E R D O S :

PRIMERO.- Se aprueben los informes presentadosen tiempo y forma por los auxiliares de la administraciónde justicia correspondiente al primer trimestre del período2013-2014 (Abril, Mayo, Junio 13), de conformidad a lo queestablece el artículo 73 del reglamento del SupremoTribunal de Justicia así como los presentadosextemporáneamente.

SEGUNDO.- Se autoriza a formar parte de la Lista deAuxiliares de la Administración de Justicia al : DR. LUISALBERTO ARMENDÁRIZ CESEÑA como perito enMedicina General y Medicina y Cirugía Estética, al DR.LUCIO BECERRA LÓPEZ en Medicina General, MedicinaFamiliar, Medicina y Cirugía Estética, al DR. ROBERTOCARLOS BORBOLLA ALVARADO perito en Medicina yCirugía Estética, al ING. OSCAR OCTAVIO CARRILLOMIRANDA en Ingeniería Industrial, De riesgo a laPoblación, (Siniestros y Explosiones), Gas L. P., GasNatural, al DR. JOEL JONATHAN JIMÉNEZ RUANO enMedicina General y Medicina y Cirugía Estética, a la LIC.en BIOL. SILVIA PATRICIA GUADALUPE LEÓN ROBLESen Biología Molecular, Biología Genética Forense eIdentificación de personas a través del ADN nuclear, laDRA. MARICELA RAMÍREZ GAONA en Medicina General yMedicina y Cirugía Estética, la C. VIDA SAPIR TraductorPortugues-Farsi- Español y viceversa.

TERCERO.- Se autoriza a la LIC. VERÓNICA OLIVIABUCIO OROZCO, la suspensión a su autorización comoperito por el periodo del 01 de Julio del 2013 al 31 deDiciembre del 2014, y a la interrupción de la presentaciónde informes trimestrales.”...

“Quienes integramos la Comisión Transitoria de losAuxiliares en la Administración de Justicia, ponemos a suconsideración, los informes presentados en tiempo yforma por los auxiliares de la administración de justiciacorrespondiente al primer trimestre del período 2013-2014(Abril, Mayo y Junio del 2013), de conformidad a lo que

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19establece el artículo 73 del reglamento del SupremoTribunal de Justicia, que son los siguientes:

1.- Ing. Javier Acosta LópezEspecialidad: Topografía.

2.- Xochilt Acosta ZúñigaEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

3.- C.P. Juan Manuel Aguilar MayaEspecialidad: Perito Contable y Auditor

4.- Lic. Carlos Alberto Aguirre Pelayo.Especialidad: Traductor Inglés-Español y viceversa

5.- Ing. Carlos Ricardo Alcalá AguirreEspecialidad: En Ingeniería Civil, Edificación yConstrucción

6.- Griselda Alcalá González.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa

7- Oralia Alejos SalinasEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

8.- Diego Alexanderson LópezEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

9.- Arq. Juan Pedro Alonso Vázquez.Especialidad: Construcción.

10- Lic. Rolando Félix de Jesús Álvarez BarbaEspecialidad: Valuador de bienes inmuebles

11.- Luz Bertha Álvarez GómezEspecialidad: Grafoscopía, Documentoscopía yDactiloscopía.

12.- Ing. Juan Miguel Amador Espinosa.Especialidades: Valuador de bienes muebles e inmuebles.

13.- Lic. Irma Amador García.Especialidad: Traductor inglés-español-francés yviceversa.

14.- Avril Amaya de la MoraEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

15.- Lic. José Ramón Andrade Cervantes.Especialidad: Valuador de bienes muebles e inmuebles yValuador de maquinaria y equipo.

16.- Mariana Giovanna Andrade Rojas

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20Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

17.- Lic. Netzahualcoyotl Arciga AmbarioEspecialidad: Peritos en Hechos de Tránsito,Identificación de Vehículos, Causalidad Vial, Daños enVehículos de Tránsito Terrestre, Valuador de BienesMuebles.

18.- Efraín Arellano Sánchez.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

19.- Lic. Karina Abigail Arnaíz Rocha.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

20.- Ing. Mec. Electr. Luis Arroyo Flores.Especialidad: Electricista en el área industrial.

21.- Lic. Manuel Bailón Zúñiga.Especialidad: Traductor Inglés-Español y viceversa.

22.- Elia Guadalupe Barreto Rodríguez.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

23.- Ing. Jose G. Becerra Mares.Especialidad: Mecánica de suelos, Topografía y Geodesia.

24.- MVZ. Arturo Berni LozanoEspecialidad: Veterinario

25.- Lic. Alexandra Victoria Berrubé BigandEspecialidad: Traductor Francés-español y viceversa

26.- Dra. Magdalena de los Milagros Bertine Villegas.Especialidad: Medicina Forense, Medicina Legal, Medicinadel Trabajo y Síndrome de Tortura

27.- Ing. Isaac Bobry RadoshEspecialidad: Valuador de bienes inmuebles.

28.- Lic. Eloísa Bonales Herrera.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

29.- Lic. Susana Bonales Herrera.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

30.- Lic. Iván Bono González.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

31.- Lic. Agnes Bourguet Prevost.Especialidad: Traductor francés-español y viceversa.

32.- Lic. Esteban Cadena Chávez.

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21Especialidad: Traductor inglés-francés-alemán-griegomoderno-español y viceversa.

33.- Lic. Karen Bibiana Camarena Gutiérrez.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

34.- Lic. Rebeca Camarena Marroquín.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

35.- Lic. María Luisa Isabel Camargo HernándezEspecialidad: Traductor alemán-inglés-español yviceversa.

36.- Lic. Héctor Alejandro Campos CárdenasEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

37.- Alejandro Campuzano GonzálezEspecialidad: Traductor Inglés-Español y viceversa yTraductor Inglés-Español y vic. en el área famacéutica.

38.- Juan Manuel Canela MedinaEspecialidad: Traductor portugués-español y viceversa.

39.- Emma Esther Cardeña Ausucua.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

40.- Maricel Carreras Montiel.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

41.- Victor Manuel Castañeda Valencia.Especialidad: Causalidad y valoración de daños enaccidentes de tránsito

42,- Lic. Patricia Elizabeth Castellanos de la TorreEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

43.- Lic. Lorenza Castiello Vallejo.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

44- Lic. Ricardo Castillo Aceves.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa

45.- Lic. Hugo Selaind Castillo LlamasEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

46.- Lic. José de Jesús Cedillo Guerrero.Especialidad: Grafoscopía y Documentoscopía

47.- Ing. Alejandro Ceja Aceves.Especialidad: Valuador general.

48.- M.C.F. Raúl Contreras Álvarez.Especialidad: Odontología forense.

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49.- Lic. Alfredo Contreras Herrera.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

50.- Lic. Elsa Patricia Cortés Chávez.Especialidad: Valuador de bienes inmuebles, Valuador demarcas y patentes y Valuador de maquinaria y equipoindustrial.

51.- Lic. Marcela Cortéz SánchezEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

52.- Judit Covarrubias García.Especialidad: Traductor inglés- portugués-español yviceversa.

53.- Luz Elena María Covarrubias García.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

54.- Lic. Janie Elsa Cruz RodríguezEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa

55.- Ing. Daniel Cuenca Caravantes.Especialidad: Valuador en construcción de obra civil.

56.- Lic. Thomas O. Chamberlin KellyEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

57.- Lic. Ana Cristina Chávez Ruíz.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

58.- José Antonio Dau Daou.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

59.- Lic. Martha Evelia Dávila Águilar.Especialidad: Psicología.

60.- Lic. Socorro de Paul SolanoEspecialidad: Valuador de bienes muebles.

61.- Lic. Yunuhen Alejandra Díaz EspondaEspecialidad: Interventor en Juicios Sucesorios, AlbaceaProvisional o Definitivo, Partidor de Bienes.

62.- Paulina del Carmen Díaz Linares.Especialidad: Traductor Inglés-español y viceversa.

63.- LAE. Javier Díaz Escobar Ruvalcaba.Especialidad: Contable en el Área Empresarial y Bancaria,e Intervención y Sindicatura de Quiebras.

64.- Lic. Gustavo Alfonso Esparza Robles.

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23Especialidad: Albacea Provisional o Definitivo,Criminalística, Documentoscopía, Grafología,Identificación de Vehículos, Interventor en juiciossucesorios, Valuador de Bienes Muebles y Valuador deVehículos

65.- Psic. Martha Patricia Esqueda de AndaEspecialidad: Perito en Psicología

66.- Lic. Rodolfo Estrada Álvarez.Especialidad: Valuador de bienes muebles e inmuebles.

67.- Ing. Engelberto Flores Guzmán.Especialidad: Perito en Agronomía, Fitozootecnista yValuador Rural Inmobiliario y Forestal.

69.- Lic. Daniel Fuentes Bejarano.Especialidad: Valuador General, Grafoscopía,Documentoscopía yTránsito Terrestre.

70.- Lic. Jesús Rigoberto Galván GarcíaEspecialidad: Grafoscopía, Documentoscopía,Dactiloscopía y Criminalística de campo.

71.- L.C.P. Roberto Gallardo JiménezEspecialidad: Perito Contable y Financiero

72.- L.en L.Ext. Sergio García Hernández.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

73.- Paloma García OrozcoEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

74.- Ing. Juan José García Padilla.Especialidad: Agronomía.

75.- Lic. Mario García RamírezEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

76.- Lic. Víctor García RamírezEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

77.- C.P.C. Reynaldo Gómez Gómez.Especialidad: Contable, Fiscal, Auditoría y Finanzas

78- Lic. Hugo Javier Gómez Padilla.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

79.- Lic. Hermelinda González GómezEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

80.- Lic. Esteban González Herrera.

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24Especialidad: Valuador de bienes muebles e inmuebles.

81.- Arq. Alejandro González Llamas.Especialidad: Valuador de bienes inmuebles.

82.- Lic. Francisco González PargaEspecialidad: Traductor inglés-español-francés-italiano yviceversa

83.- C.P.C. Sergio Guillermo González PulidoEspecialidad: Contable y Auditor.

84.- Arq. Rubén González RamírezEspecialidad: en Construcción, Desarrollo Urbano, DiseñoArquitectónico y Estructural, Daños a Edificaciones,Edificaciones, Identificación de Predios Urbanos yRústicos, Partidor de Bienes Inmuebles, Planeación yDesarrollo Urbano, Topografía y Urbanística, Valuador deVehículos, Valuador de Bienes Muebles e Inmuebles,Valuador de Bienes Urbanos y Rústicos, Valuador deConstrucción en general, Valuador Rural Inmobiliario yForestal.

85.- L.C.P. Enrique Guevara.Especialidad: Contable.

86.- Enriqueta Marcela Güereña MenesesEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

87.- Dr. Sergio Gutiérrez Tagle.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa en elárea médica.

88.- Ing. Francisco Guzmán Alcantar.Especialidad: Valuador de Predios Rústicos y Topógrafo.

89.- Lic. Gabriel Guzmán Ramos.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

90.- Lic. Gilberto Guzmán Rivera.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

91.- L.C.I. Yina He.Especialidad: Traductor Chino-Español.

92.- Dr. Gerónimo Ascensión Hernández ArévaloEspecialidad: Ginecología y Obstetricia.

93.- Lic. Israel Hernández ContrerasEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

94.- Ing. Genaro Hernández Cortés.

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25Especialidades: Valuador de bienes inmuebles, Topógrafoy Valuador hidráulico.

95.- Lic. Carlos Hernández del ToroEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

96.- Gabriela del Carmen Hernández RamírezEspecialidad: Traductor portugués-español-francés yviceversa.

97.- Lic. Julián Hernández Rangel.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa

96.- Enrique Hoyos MedinaEspecialidad: Grafoscopía, Documentoscopía,Dactiloscopía, Toxicología Forense y Criminalística deCampo.

97.- Lic. Diego Igareda Diez de Sollano.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

98.- Lic. Rodrigo Igareda Diez de Sollano.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

99.- Carlos Kido Ishikawa KatagiriEspecialidad: Traductor japonés-inglés-español yviceversa.

100.- Lic. Elsa Jannet Jáuregui SandovalEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa

101.- Ing. Jorge Rigoberto Jiménez García.Especialidad: Valuador de bienes inmuebles yestructuras.

102.- Lic. Yits Kaan Kamala Jiménez González.Especialidades: Traductor inglés-español y viceversa.

103.- Arq. Jose Armando Jiménez Ramos.Especialidad: Valuador de bienes inmuebles.

104.- Lic. Alicia Lavastida FloresEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

105.- Jung Joo Lee.Especialidad: Traductor Coreano-Portugués-Español yviceversa.

107.- Dr. Jorge Enrique León Robles.Especialidad: Medicina Forense, Urgencias Médicas yQuirúrgicas(Urgenciologo), Síndrome de Tortura, ResponsabilidadProfesional

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26de Médicos y Paramédicos, Identificación de Personas yde Paternidad a través de ADN.

108.- Dr. en C. Ricardo Ernesto León Robles.Especialidad: Area de paternidad, Medicina general,Medicina legal y Biología molecular (ADN).

109.- Profa. Li Li.Especialidad: Traductor Chino-español y viceversa

110.- Ing. Li Wei LinEspecialidad: Traductor Chino-español y viceversa

111.- Lic. Miguel Ángel Lomelí García.Especialidades: Valuador de bienes muebles e inmuebles,Grafoscopía, Documentoscopía, Dactiloscopía yCriminalística de los hechos de tránsito.

112.- QFB. Rita Lomelí García.Especialidades: Grafoscopía, Documentoscopía yDactiloscopía.

113.- Lic. Hilario Lomelí González.Especialidades: Grafoscopía, Documentoscopía yDactiloscopía.

114.- Ing. José Antonio López Aguayo.Especialidad: Instalaciones eléctricas.

115.- Arq. Ricardo López Escareño.Especialidad: Construcción, Diseño Arquitectónico yEstructural, Edificación, Partidor y Valuador de bienesinmuebles.

116.- Arq. Gerardo Loza González.Especialidad: Valuador de bienes inmuebles

117.- Psic. Gilberto Lozano SosaEspecialidad: Psicología y Psicología Clínica

118.- Lic. Gustavo Benjamín Luna AguilarEspecialidad: Valuador de bienes muebles, Artes gráficas,Imprenta, Publicidad, Fotocopiado y sus derivados.

119.- María Isabel Macías BrumbackEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

120.- Lic. Nura Majzoub SapirEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

121.- Haide Maldonado del ToroEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

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27122.- Lic. Ricardo Isaac Mares Flores.Especialidades: Grafoscopía y Documentoscopía

123.- C.P. Julian Márquez Hernández.Especialidad: Contable y auditor.

124.- Ing. Civil Adrián Márquez Villarreal.Especialidades: Valuador de bienes inmuebles,Construcción en general, valuador de obras einfraestructura urbana, Valuador en urbanización ymovimiento de tierras y Valuador de pavimentos ycaminos.

125.- Lic. Nancy Karina Martínez BasañezEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

126.- Ing. Carlos Martínez CalderónEspecialidad: Valuador de Bienes Muebles e Inmuebles,Partidor de Bienes Inmuebles, Topógrafo, en DesarrolloUrbano, en Construcción, en Edificación, en Proyectos yObras de Urbanización, en Identificación de PrediosUrbanos y Rústicos, en Obras Hidráulicas

127.- Lic. Juan Carlos Martínez Gómez.Especialidad: Grafoscopía y documentoscopía.

128.- Lic. Gerardo Estanislao Martínez Orozco.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

129.- Arq. Fernando Daniel Mena DelgadoEspecialidad: Valuador de bienes inmuebles.

130.- Ing. Ezequiel Méndez CalvilloEspecialidad: Perito de Siniestros por Incendio,Explosión, Explosivos, Perito Técnico en el RamoElectromecánico, Electrónico e Industrial, Valuador deDaños en Vehículos, Maquinaria y EquipoElectromecánico, Industrial, Instalaciones Eléctricas dePotencia.

131.- Arq. Rafael Méndez Jiménez.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

132.- Lic. Lorenza Mendoza Gaytán.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

133.- Lic. Marianna Mendoza Gaytán.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

134.- Lic. María del Rocío Mendoza Hernández.Especialidad: Valuador de bienes muebles e inmuebles.

135- Arq. José Luis Mercado Sánchez

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28Especialidad: Perito en Impacto Vial, Construcción deRedes de Agua Potable y Drenaje, Topografía, Planeacióny Desarrollo Urbano, Impacto Ambiental, Urbanístico y enEdificación y Construcción.

136.- Junio Alonso Miramontes LaresEspecialidad: Traductor inglés-español-francés yviceversa.

137.- Ing. Francisco Javier Molina Vera.Especialidad: Agronomía.

138.- Ma. del Rosario Montes TrevizoEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

139.- Mtra. Arq. Dina Rocío Navarro González.Especialidad: Valuador de inmuebles.

140.- Ing. Quim. Eleazar Navarro Navarro.Especialidad: Causalidad víal en tránsito terrestre,Incendios y explosivos, Química, Toxicología, balísticaforense, Criminalística de campo, Identificación vehicular,Documentoscopía, Grafoscopía y Dactiloscopía.

141.- Ing. Químico Félix Francisco Navarro QuinteroEspecialidad: Causalidad víal, Química forense, Balísticaforense, Documentoscopía, Grafoscopía, Grafoquímica,Dactiloscopía y Lafoscopía.

142.- Ana Laura Newberry Retana.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

143.- Lic. Sabrina NigraEspecialidad: Traductor Italiano-español y viceversa.

144.- Ing. Carlos Miguel Núñez Martín del Campo.Especialidad: Grafoscopía, Documentoscopía, Balísticaforense, Criminalística y Química forense.

145.- María Magdalena Ordaz Valencia.Especialidad: Grafoscopía, Documentoscopía yDactiloscopía.

146.- Psic. Rosa María Orizaba Nava.Especialidades: Psicología Clínica.

147.- Hortencia Padilla Padilla.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

148.- Beatriz Padilla Pozos.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

149.- Lic. Laura Olivia Palacios Soltero

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29Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

150.- Ligia Palacios UrbinaEspecialidad: Grafoscopía y Documentoscopía.

151.- Gustavo Peña Ortega.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

152.- Norma Patricia Pérez Méndez.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

153.- Lic. Guillermina Pérez-Vargas RosalesEspecialidad: Traductor inglés-francés-español yviceversa.

154.- Jose de Jesus Pérez Solorio.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

155.- William Conway Quinn Anderson.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

156.- Lic. e Ing. Roberto Quintero Domínguez.Especialidad: Traductor inglés- español-francés yviceversa.

157.- Aurora Quiñónez García.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

158.- Ing. Mario Quiroz Gutiérrez.Especialidad: Valuador de bienes inmuebles.

159.- C.P. Santiago Ramírez Alejandre.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

160.- Lic. Andrés Ramírez Arriaga.Especialidad: perito Administrativo, Albacea Provisionalo definitivo, Interventor en Juicios Sucesorios, Partidor deBienes, Valuador de Empresas.

161.- Lic. Ramón Ramírez LomelíEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

162.- Lic. Álvaro Ramírez MartínezEspecialidad: Traductor inglés-español-francés-alemán yviceversa.

163.- Lic. Alberto Ramírez ReazaEspecialidad: Causalidad Vial.

164.- Lic. Marco Antonio Rángel CervantesEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

165.- Ma. Isabel Razo García.

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30Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

166.- Ramón Ríos GonzálezEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

167.- Ing. Carlos Risso.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

168.- María Virginia Rivas Hernández.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

169.- Lic.- Gabriela Rivas Vázquez.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

170.- Ing. Gonzalo Rivera CoronaEspecialidad: Valuador de bienes muebles e inmuebles.

171.- Bióloga Leticia Rivera Guzmán.Especialidad: Área de Paternidad por ADN.

172.- L.I.Q. Sandra Rivera LimaEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

173.- Lic. Claudia G. Rivera MedinaEspecialidad: Traductor inglés-español-francés yviceversa.

174.- Lic. Juan Gabriel Robledo Navarro.Especialidad: Criminalística, Dactiloscopía, CausalidadVial, Identificación de vehículos, Valuador de BienesMuebles y Valuador de vehículos.

175.- Ing. José Antonio Rocha LópezEspecialidad: Valuador en construcción en general,Valuador de bienes urbanos y rústicos, Topografía,Hidrología y Edificación.

176.- Lic. Javier Oscar Rodríguez AcevesEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa

177.- Lic. Martha Susana Rodríguez AcevesEspecialidad: Valuador de bienes muebles e inmuebles ytraductor inglés-español-francés-italiano y viceversa

178.- Capitán José Rodríguez Jiménez.Especialidades: Balística, Balística forense, Explosivos,Siniestros y Armas de fuego.

179.- Luz Rosales Fernández del Valle.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

180.- Ing. Jesús Abel Ruvalcaba García.

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31Especialidad: En Construcción, Identificación deInmuebles, Topografía, Valuador de Bienes Muebles eInmuebles, Valuador de Bienes Industriales, Valuador deMaquinara y Equipo, Valuador de Vehículos.

181.- Ing. Abel Ruvalcaba Ramírez.Especialidad: Valuador de bienes inmuebles.

182.- Lucía Salas Sánchez.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

183.- Kira Marijke Saldamando Guyt.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

184.- Ing. Francisco de Paula Sandoval Casillas.Especialidad: Valuador de bienes inmuebles, IngenieríaCivil y Topografía.

185.- María Alejandra Tapia CacheuxEspecialidad: Traductor inglés-español-francés yviceversa.

186.- Lic. Marcia Tavares Pinheiro.Especialidad: Traductor portugués-español y viceversa.

187.- Ing. Alejandro Torres Vargas.Especialidad: En Construcción de Inmuebles, Valuador deBienes Inmuebles y Mecánica de Suelos.

188.- María Elena Torres White.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

189.- C.P. Francisco Tostado FarreraEspecialidad: Contable y Administrativo.

190.- Ing. Luis Humberto Valadez FigueroaEspecialidad: Valuador de bienes inmuebles.

191.- Ma. Mélida del Rosario Valdés Orejas.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

192.- Lic. Edith Bertha Vázquez Vázquez.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

193.- Elizabeth Nazzari Verani de Canela.Especialidad: Traductor portugués-español y viceversa.

194.- Lic. Hilda Villanueva Lomelí.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

195.- Lic. Ma. Esther Zatarain MartínezEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

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32196.- Lic. Sandra Zavala ContrerasEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

197.- Lic. Rubén Zepeda Covarrubias.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa

198.- Lic. Joaquín Zuno Jiménez.Especialidades: Valuador de bienes muebles, Causalidadvial, Daños e Identificación de vehículos de tránsitoterrestre, Técnico en Criminalística e Identificación depersonas.

Enseguida se enumeran los peritos que presentanen forma extemporánea el primer trimestre del período2013-2014 correspondiente a los meses (Abril, Mayo,Junio):

1.- Lic. Alejandro Aguilar GaribayEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

2.- C.P.C. José Ricardo Arboleya OlivaresEspecialidad: Contable y Auditor.

3.- Ing. Sergio Humberto Bañuelos AnayaEspecialidad: Valuador e bienes muebles e inmuebles.

4.- Dr. Rubén Barragán TejedaEspecialidades: Medicina y Patología Forense.

5.- Ing. Héctor Bautista LópezEspecialidad: Valuador de Bienes Inmuebles.

6.- Jesús Cristóbal Cano Figueroa.Especialidad: Daños e identificación y valuador devehículos de tránsito terrestre

7.- Lic. Jose de Jesús Cárdenas Loreto.Especialidad: Interventor en juicios sucesorios, AlbaceaProvisional o definitivo y Partidor,

8.- Arq. Marco Antonio Castro ZazuetaEspecialidad: Valuador de Bienes Inmuebles y Topografía

9.- Mtro. Eduardo Manuel Chihenseck LealEspecialidad: Perito en Informática, Computación,Configuración de redes de cómputo y SistemasOperativos de Red.

10.- Regina Chuzeville Muratalla.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

11.- Regina Flores Chuzeville.

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33Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

12.- Lic. José Luis Flores Topete.Especialidad: Seguridad, Higiene y Medio Ambiente deTrabajo.

13.- Lic. Carlos Enrique Guevara RamosEspecialidad: Traductor inglés-español-alemán yviceversa.

14.- Lic. Fernando Hernández Gómez.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

15.- Ing. Carlos Adalberto López Moreno.Especialidad: Valuador de bienes muebles e inmuebles.

16.- Ing. David López RamírezEspecialidad: Valuador de bienes inmuebles.

17.- Lic. Sergio Antonio Macias Aldana.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

18.- Ing. Agron. José de Jesús Macías Corona.Especialidad: Valuador de desarrollo fenológico y/osiniestros en cultivos agave tequilana Weber var. Azul,chiles de árbol cosecha en seco y otros cultivos.

19.- Lic. karina Magaña PatiñoEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

20.- L.C.P. Oscar Cesar Meza Ahumada.Especialidad: Contabilidad.

21.- Dr. Flavio Miramontes MontoyaEspecialidad: Psiquiatría.

22- Hae Myoung YuEspecialidad: Traductor Coreano-Inglés-Español yviceversa.

23- Arq. Luis Alfonso Orendain Camacho.Especialidad: Valuador de bienes inmuebles.

24.- Elena Oria Barros.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

25.- Julia Ana Peña Crome.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

26.- Arq. Francisco Javier Rentería GutiérrezEspecialidad: Instalaciones eléctricas en baja tensión,Instalaciones hidráulicas, Fatiga de equipos, Materiales,

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34Estructuras y techos, Construcciones y Edificaciones engeneral.

27.- Lic. Sabino Rodríguez MartínezEspecialidad: Grafoscopía, Documentoscopía,Dactiloscopía y Balística forense

28.- Guillermo Sandoval Hernández.Especialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

29.- Beatriz A. Siliceo de AchaEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

30.- L.C.P. César Toscano NovoaEspecialidad: Contable y Fiscal

Se mencionan a continuación los peritos quepresentaron en forma extemporánea los informes delcuarto trimestre (Enero, Febrero y Marzo ) del período2012-2013:

1.- Diego Alexanderson LópezEspecialidad: Traductor inglés-español y viceversa.

2.- Lic. Manuel Bailón Zúñiga.Especialidad: Traductor Inglés-Español y viceversa.

3.- Ing. Héctor Bautista LópezEspecialidad: Valuador de Bienes Inmuebles.

4.- Dra. Magdalena de los Milagros Bertine Villegas.Especialidad: Medicina Forense, Medicina Legal, Medicinadel Trabajo y Síndrome de Tortura

5.- Lic. Carlos Enrique Guevara RamosEspecialidad: Traductor inglés-español-alemán yviceversa.

6.- Dr. Jorge Enrique León Robles.Especialidad: Medicina Forense, Urgencias Médicas yQuirúrgicas(Urgenciologo), Síndrome de Tortura, ResponsabilidadProfesionalde Médicos y Paramédicos, Identificación de Personas yde Paternidad a través de ADN.

7.- Ing. Carlos Adalberto López Moreno.Especialidad: Valuador de bienes muebles e inmuebles.

8.- Lic. Gustavo Benjamín Luna Aguilar

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35Especialidad: Valuador de bienes muebles, Artes gráficas,Imprenta, Publicidad, Fotocopiado y sus derivados.

9.- L.C.P. Oscar Cesar Meza Ahumada.Especialidad: Contabilidad.

10.- Ing. Francisco Javier Molina Vera.Especialidad: Agronomía.

11.- Mtra. Arq. Dina Rocío Navarro González.Especialidad: Valuador de inmuebles.

12- Arq. Luis Alfonso Orendain Camacho.Especialidad: Valuador de bienes inmuebles.

13.- Lic. Marcia Tavares Pinheiro.Especialidad: Traductor portugués-español y viceversa.

14.- L.C.P. César Toscano NovoaEspecialidad: Contable y Fiscal

Se mencionan a continuación los peritos quepresentaron en forma extemporánea los informes deltercer trimestre (Octubre, Noviembre, Diciembre) delperíodo 2012-2013:

1.- Ing. Héctor Bautista LópezEspecialidad: Valuador de Bienes Inmuebles.

2- Arq. Luis Alfonso Orendain Camacho.Especialidad: Valuador de bienes inmuebles.

3.- L.C.P. César Toscano NovoaEspecialidad: Contable y Fiscal

Se mencionan a continuación los peritos quepresentaron en forma extemporánea los informes delsegundo trimestre (Julio, Agosto, Septiembre) del período2012-2013:

1.- Ing. Héctor Bautista LópezEspecialidad: Valuador de Bienes Inmuebles.

2- Arq. Luis Alfonso Orendain Camacho.Especialidad: Valuador de bienes inmuebles.

El perito que se enumera a continuación presentó enforma extemporánea el informe del primer trimestre (abril,mayo, junio) del período 2012-2013:

1- Arq. Luis Alfonso Orendain Camacho.

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36Especialidad: Valuador de bienes inmuebles....”

Lo anterior de conformidad con lo dispuesto por elartículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial delEstado.(Páginas 42 a la 68)

TRIGÉSIMOSEGUNDO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por unanimidad,

determinó: Autorizar licencia con goce de sueldo, al SeñorMagistrado MANUEL HIGINIO RAMIRO RAMOS, integrantede la Sexta Sala, para el próximo viernes 25 veinticinco deoctubre del 2013 dos mil trece. De conformidad con lodispuesto por el artículo 23 fracción III de la Ley Orgánicade Poder Judicial del Estado.(Página 68)

TRIGÉSIMOTERCERO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por unanimidad,

determinó: Aprobar la designación del Señor MagistradoFEDERICO HERNÁNDEZ CORONA, para que supla alSeñor Magistrado MANUEL HIGINIO RAMIRO RAMOS, eintegre quórum en la Sexta Sala, el día 25 veinticinco deoctubre del 2013 dos mil trece, en virtud de la licencia quefue concedida. De conformidad con lo dispuesto por elartículo 53 de la Ley Orgánica de Poder Judicial delEstado.(Páginas 68 y 69)

TRIGÉSIMOCUARTO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por unanimidad,

determinó: Aprobar los movimientos de personal querealiza el Magistrado RAMÓN SOLTERO GUZMÁN,integrante de la Primera Sala, los cuales son:

Licencia con goce de sueldo por incapacidadexpedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social connúmero de serie y folio KX 738271, a favor de NAVARROCASILLAS BLANCA SOFÍA, como Secretario Auxiliar apartir del 07 siete al 20 veinte de octubre del 2013 dos miltrece.

Licencia sin goce de sueldo, a favor de TORRESPACHECO CAROLINA, como Auxiliar Judicial Interina apartir del 07 siete al 20 veinte de octubre del 2013 dos miltrece; por estar propuesta para ocupar otra plaza.

Nombramiento a favor de la Licenciada TORRESPACHECO CAROLINA, como Secretario Relator AuxiliarInterino, a partir del 07 siete al 20 veinte de octubre del2013 dos mil trece, en sustitución de Navarro CasillasBlanca Sofía, quien tiene incapacidad médica porenfermedad.

Nombramiento a favor de SÁNCHEZ REYNOSOLILIANA ANAHÍ, como Auxiliar Judicial Interina, a partirdel 07 siete al 20 veinte de octubre del 2013 dos mil trece;

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37en sustitución de Torres Pacheco Carolina, quien tienelicencia sin goce de sueldo.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 23fracciones II y XIII de la Ley Orgánica del Poder Judicialdel Estado.(Páginas 69 y 70)

TRIGÉSIMOQUINTO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por unanimidad,

determinó: Autorizar licencia con goce de sueldo, al SeñorMagistrado ANTONIO FIERROS RAMÍREZ, para el próximoviernes 18 dieciocho de octubre del 2013 dos mil trece, aefecto de que asista a la Secretaría Técnica del Consejode Coordinación para la Implementación del Sistema deJusticia Penal, en la Ciudad de México. De conformidadcon lo dispuesto por el artículo 23 fracción III de la LeyOrgánica de Poder Judicial del Estado.(Página 71)

TRIGÉSIMOSEXTO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por unanimidad,

determinó: Aprobar la designación del Señor MagistradoGILBERTO ERNESTO GARABITO GARCÍA, para que suplaal Señor Magistrado ANTONIO FIERROS RAMÍREZ, eintegre quórum en la Décima Sala de este Tribunal, elpróximo día 18 dieciocho de octubre del 2013 dos miltrece, en virtud de la licencia que fue concedida. Deconformidad con lo dispuesto por el artículo 53 de la LeyOrgánica de Poder Judicial del Estado.(Página 71)

TRIGÉSIMOSÉPTIMO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por mayoría, con

la abstención del Señor Magistrado ESTEBAN DE LAASUNCIÓN ROBLES CHÁVEZ, determinó: Tener porrendido el dictamen que presenta el Señor MagistradoMIGUEL ÁNGEL ESTRADA NAVA, Presidente de laComisión Permanente Substanciadora para ConflictosLaborales con Servidores Públicos de Base del SupremoTribunal de Justicia en el Estado, relativo alProcedimiento Laboral 4/2013 en relación con la demandapresentada por la Notificadora KARLA JOHANA SANTOSURRUTIA adscrita a la Octava Sala Civil de este SupremoTribunal de Justicia, el cual se tiene por aprobado y hacesuyo el Honorable Pleno de este Tribunal; en lossiguientes términos:

“V I S T O S, para resolver los autos del conflictolaboral planteado por KARLA JOHANA SANTOSURRUTIA, quien manifiesta ser Notificadora conadscripción a la H. Octava Sala Civil del Supremo Tribunalde Justicia del Estado de Jalisco, en contra del PLENODEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO,tramitado bajo expediente número 04/2013.

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38

R E S U L T A N D O :

1.- Mediante del escrito de fecha 15 quince de mayodel año 2013 dos mil trece, KARLA JOHANA SANTOSURRUTIA presentó demanda laboral, en contra delSupremo Tribunal del Estado de Jalisco, ante la SecretariaGeneral del Tribunal antes mencionado, reclamando:"PRIMERO.- Les pido lo que la propia ley me concede, lainamobilidad y estabilidad en el empleo, por lo quesolicito me sea expedido nombramiento definitivo, enrazón de que la suscrita Karla Johana Santos Urrutia hadesempeñado el cargo de Notificador adscrito a la H.Octava Sala Civil de manera ininterrumpida desde el 16dieciséis de enero del 2007 dos mil siete, siendo mi últimonombramiento aun vigente hasta el 31 treinta y uno dediciembre del año en curso de conformidad al artículo 7de la ley para los servidores públicos del estado deJalisco y sus municipios, publicado mediante decreto22582, el 10 diez de febrero del 2009 dos mil nueve. Sinque aplique en mi perjuicio las disposiciones de la leyantes invocada sea otorgado mi nombramiento definitivo,lo anterior de conformidad al artículo 7 de la ley para losservidores públicos del estado de Jalisco y susmunicipios, publicado mediante decreto 22582, el 10 diezde febrero del 2009 dos mil nueve. Sin que aplique en miperjuicio las disposiciones de la ley antes invocada, quefueron reformadas mediante decreto 24121, publicado el26 de septiembre del 2012 dos mil doce y que entro envigor al día siguiente, en atención a que ingrese a ésteTribunal con anterioridad a su vigencia con apoyo a lodispuesto en el artículo 14 de la Constitución Federal yArtículo 5to. Transitorio de dicho decreto"(Transcripcióntextual).-

2.- Con oficio del 05-0956/2013, suscrito por elSecretario General de Acuerdos del Supremo Tribunal deJusticia en el Estado, se remitió dicha demanda a laComisión Substanciadora Permanente Substanciadora deConflictos Laborales con los Servidores Públicos de Basedel Supremo tribunal de Justicia del Estado de Jalisco.Con fecha 06 seis de junio del 2013 dos mil trece, seemitió el acuerdo de avocamiento y se ordenó elemplazamiento de la parte demandada, a través de sutitular, concediéndole el término de 05 cinco días hábilespara que produjera contestación por escrito y en el mismoofreciera pruebas, mismas que podría presentar dentro delos 15 quince días hábiles siguientes a aquel en quefeneciera el termino antes referido, apercibido que encaso de no hacerlo se le tendría por presuntivamenteciertos los hechos atribuidos, corriéndosele el citadotraslado el día 21 veintiuno de junio del año 2013 dos miltrece; asimismo se ordenó dar intervención a la

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39representación sindical y se giró oficio al Director deAdministración, Recursos Humanos, Materiales yServicios Generales del Supremo Tribunal de Justicia dela Entidad, a efecto de que remitiera el reporte laboral deldemandante.-

3.- A través de proveído emitido el día 18 dieciochode junio del presente año, se recibió el oficio número STJ-RH-241/13 suscrito por el Director de Recursos Humanos,Materiales y Servicios Generales del Supremo Tribunal deJusticia del Estado, al que adjuntó el reporte histórico deKARLA JOHANA SANTOS URRUTIA, mismo que obra afojas 13 y 14 de actuaciones.-

4.- El día 1º primero de julio del año 2013 se tuvo porrecibido el ocurso, presentado el día 20 veinte de junio delaño que corre, por KARLA JOHANA SANTOS URRUTIA,mediante el cual, se le tuvo ofreciendo en tiempo y formalos medios de convicción de su parte; de igual forma serecibió el escrito presentado el día 26 veintiséis de juniode la presente anualidad, signado por el MAESTRO LUISCARLOS VEGA PÁMANES, en su carácter de Presidente ycomo Representante Legal de la parte demandada, PLENODEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA EN EL ESTADO,a quien se le tuvo contestando a la demanda entablada ensu contra, ofreciendo pruebas, oponiendo excepciones ydefensas las que fueron admitidas por encontrarseajustadas a derecho y no ir en contra de la moral ni lasbuenas costumbres y una vez que transcurriera el términoestablecido en el artículo 219 fracción I de la Ley Orgánicadel poder Judicial del Estado, se proveería conforme aderecho corresponda, respecto de los medios de pruebaofrecidos por las partes.-

5.- Con auto de fecha 12 doce de agosto del año 2013dos mil trece, se admitieron las pruebas ofertadas por laspartes y se fijaron las 11:30 once horas con treintaminutos del día 28 veintiocho de agosto del presente año,para que tuviera verificativo la audiencia de desahogo depruebas y expresión de alegatos, ordenando notificarpersonalmente a las partes, apercibiéndoles que en casode no comparecer en la fecha señalada se les tendría porperdido su derecho al desahogo de las pruebas querequieran de su presencia, así como a la formulación dealegatos.-

6.- Así, el día 28 veintiocho de agosto del año encurso, tuvo verificativo la audiencia de pruebas yalegatos, en la que fueron desahogadas las probanzasadmitidas a las partes, no presentaron alegatos ningunade las partes, posteriormente se ordenó reservar los autospara emitir el dictamen correspondiente.-

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40C O N S I D E R A N D O :

I.- La Comisión Permanente Substanciadora deConflictos Laborales con los Servidores Públicos de Basedel Supremo tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, escompetente para conocer del asunto que en suoportunidad se podrá a consideración del H. Pleno, entérminos de lo previsto por lo numerales 23 fracción XX,220 y demás relativos de la Ley Orgánica del PoderJudicial del Estado; en relación con los diversosnumerales 7, 22 y demás relativos del Reglamento Internodel Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, que en loconducente, disponen que el Honorable Pleno delSupremo Tribunal, podrá nombrar comisiones pararesolver conflictos de su competencia.-

II.- La personalidad de la parte actora al comparecerpor su propio derecho quedó debidamente acreditada; asícomo la personería de la demandada, H. Pleno delSupremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco,representada por el señor MAGISTRADO MAESTRO LUISCARLOS VEGA PAMANES como Presidente de laInstitución demandada y como quedó acreditada en actosjurídicos y oficiales en términos de lo dispuesto por elartículo 34 fracción I y IV de la Ley Orgánica del PoderJudicial de esta Entidad.-

III.- El trámite elegido resulta ser el idóneo, conformelo establece el numeral 219 de la Ley Orgánica del PoderJudicial del Estado de Jalisco.-

IV.- Por su propio derecho la servidor público KARLAJOHANA SANTOS URRUTIA, reclama al HONORABLEPLENO DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DELESTADO: "PRIMERO.- Les pido lo que la propia ley meconcede, la inamobilidad y estabilidad en el empleo, por loque solicito me sea expedido nombramiento definitivo, enrazón de que la suscrita Karla Johana Santos Urrutia hadesempeñado el cargo de Notificador adscrito a la H.Octava Sala Civil de manera ininterrumpida desde el 16dieciséis de enero del 2007 dos mil siete, siendo mi últimonombramiento aun vigente hasta el 31 treinta y uno dediciembre del año en curso de conformidad al artículo 7de la ley para los servidores públicos del estado deJalisco y sus municipios, publicado mediante decreto22582, el 10 diez de febrero del 2009 dos mil nueve. Sinque aplique en mi perjuicio las disposiciones de la leyantes invocada sea otorgado mi nombramiento definitivo,lo anterior de conformidad al artículo 7 de la ley para losservidores públicos del estado de Jalisco y susmunicipios, publicado mediante decreto 22582, el 10 diezde febrero del 2009 dos mil nueve. Sin que aplique en miperjuicio las disposiciones de la ley antes invocada, que

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41fueron reformadas mediante decreto 24121, publicado el26 de septiembre del 2012 dos mil doce y que entro envigor al día siguiente, en atención a que ingrese a ésteTribunal con anterioridad a su vigencia con apoyo a lodispuesto en el artículo 14 de la Constitución Federal yArtículo 5to. Transitorio de dicho decreto”(Transcripcióntextual).-

V.- Por su parte, el MAESTRO LUIS CARLOS VEGAPÁMANES, en su carácter reconocido en autos, comoPresidente y Representante legal de la parte demandada,PLENO DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DELESTADO, al dar contestación a la demanda laboral, señalóen términos generales: “Analizado lo anterior, se ruega ala H. Comisión Substanciadora, que considere si eldemandante KARLA JOHANA SANTOS URRUTIA, tiene ono derecho a la inamovilidad y estabilidad en el cargo deNotificador, con adscripción a la Octava Sala de esteTribunal, y si procede que se le expida nombramientodefinitivo.Referente a lo que solicita la demandante, argumenta quese le debe de dar un nombramiento definitivo, en términosde lo dispuesto por el articulo 7 de la Ley para losservidores Públicos del Estado de Jalisco y susMunicipios, dicho numeral establece lo siguiente:“Articulo 7.- Los servidores públicos de base seráninamovibles, una vez transcurrido seis meses sin notadesfavorable en su expediente.Se afirma que, para que se le pueda otorgar aldemandante el derecho a la inamovilidad y estabilidad enel empleo, en el puesto de Notificador adscrita a la OctavaSala de este Tribunal, debe cumplir con los requisitos queestablece al artículo anterior; esto es, que haya ocupadoel cargo que reclama, en los últimos seis meses demanera ininterrumpida y sin nota desfavorable en suexpediente; una vez acreditando que ha cumplido contales requisitos, puede adquirir la permanencia en elempleo.Por lo que, de los hechos narrados en su demanda,menciona que ha desempeñado el cargo de Notificador,ininterrumpidamente a partir del 16 dieciséis de enero, yhasta el día de hoy, con nombramiento vigente al 31treinta y uno de diciembre del año en curso.Expidiéndosele nombramientos por tiempo determinado,y ninguno de ellos fue definitivo o por tiempo indefinido;por lo que esta Comisión deberá analizar si le asiste elderecho a la inamovilidad y la expedición de unnombramiento definitivo en el puesto de Notificador quereclama.(Transcripción textual)”.

VI.- A la parte actora le fueron admitidos lossiguiente medios de convicción:

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42a).- Oficio STJ-RH-241/13 que contiene un informe de

la Dirección de Administración, Recursos HumanosMateriales y Servicios Generales del Supremo Tribunal deJusticia de la entidad, de fecha 12 doce de junio del año2013 dos mil trece, donde se desprende la relación demovimientos de KARLA JOHANA SANTOS URRUTIA, lacual obra en fojas 11, 12 y 13 de este expediente, con elque acredita que ha laborado a partir del día 16 dieciséis eenero del año 2007 dos mil siete como Notificador, demanera continua e ininterrumpida en la Octava Sala Civilde este H. Tribunal. Documental Pública que se le otorgavalor probatorio pleno de conformidad a lo dispuesto porlos artículos 780 y 795 de la Legislación Federal Laboralde aplicación supletoria a la Ley Orgánica del PoderJudicial del Estado de Jalisco, con la cual se acredita larelación de trabajo que tiene la actora con la demandada,de manera consecutiva y vigente y que benefician a laparte actora.-

b).- Nombramiento original número 298/2013 de fecha25 veinticinco de enero del año 2013 y del cual sedesprende el puesto, salario, calidad y vigencia delmismo, aprobado por el Honorable Pleno del SupremoTribunal de Justicia del Estado de Jalisco, en el que seadvierte la protesta del cargo conferido. DocumentalPública que se le otorga valor probatorio pleno deconformidad a lo dispuesto por los artículos 780 y 795 dela Legislación Federal Laboral de aplicación supletoria ala Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco,con la que acredita que ha laborado para la demandadapor más de seis meses ininterrumpidamente.-

c).- Constancia original con número de oficio STJ-RH-0174/13 expedida por el Licenciado Carlos AdalbertoOrozco Bonfil, Director de Administración, RecursosHumanos, Materiales y Servicios Generales del SupremoTribunal de Justicia del Estado de Jalisco de fecha 08ocho de abril del año 2013 dos mil trece, del que sedesprende lo siguiente: Nombramiento, Cargo,Dependencia y Vigencia de cada uno de losnombramientos. Documental Pública que se le otorgavalor probatorio pleno de conformidad a lo dispuesto porlos artículos 780 y 795 de la Legislación Federal Laboralde aplicación supletoria a la Ley Orgánica del PoderJudicial del Estado de Jalisco, con la cual se acredita larelación de trabajo que tiene el actor con la demandada,de manera consecutiva y vigente, benefician a la parteactora.-

d).- Copia simple de la propuesta de nombramientode fecha 18 dieciocho de enero del año 2013 dos mil trece,expedida por el Director de Recursos Humanos,Materiales y Servicios Generales del Supremo Tribunal de

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43Justicia de la Entidad. Documental Pública, que se leotorga valor indiciario, en razón de que no reúne losrequisitos establecidos por el numera 795 de laLegislación Federal Laboral de aplicación supletoria a laLey Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco,para que tenga la eficacia de un documento público.-

e).- PRUEBA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES.-Consistente en todo lo actuado en el expediente, encuanto favorezca a sus interés; así como la PRUEBAPRESUNCIONAL. Ofrecida en ambos caracteres legales yhumanas en cuanto favorezcan a los intereses de laactora.- Elementos de convicción que concatenados y conlos demás medios de prueba, así como con las presentesactuaciones, favorecen los intereses de la actora,conforme lo dispuesto por los numerales 830, 831, 832,835 y 836 de la Ley Federal del Trabajo, aplicadasupletoriamente a la Ley de la Materia.-

VII.- Por su parte la demandada ofertó los siguientesmedios de Prueba los que fueron admitidos en sutotalidad:

a).- Constancia original con número de oficio STJ-RH-254/13 de fecha 24 veinticuatro de junio del año 2013dos mil trece, expedida por la Dirección de RecursosHumanos, Materiales y Servicios Generales del SupremoTribunal de Justicia del estado de Jalisco. DocumentalPública que se le otorga valor probatorio pleno deconformidad a lo dispuesto por los artículos 780 y 795 dela Legislación Federal Laboral de aplicación supletoria ala Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco,con la cual se acredita la relación de trabajo que tiene laactora con la demandada, de manera consecutiva yvigente y reditúa en favor de la actora.-

b).- PRUEBAS INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES.-Consistente en todo lo actuado, en cuanto favorezca a losderechos de la parte de demandada.- Así como laPRUEBA PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA, que hizoconsistir en deducciones legales y humanas que seadvierten de todo lo actuado en este juicio. Probanzas conlas que adminiculadas a las documentales le benefician ala parte actora, en cuanto a que cumple con los requisitosque establece el numeral 7° de la Ley de ServidoresPúblicos del Estado de Jalisco y sus Municipios, aldemandar la inamovilidad en el puesto de Notificador, deconformidad con lo dispuesto por los artículos 830, 831,832, 835 y 836 de la Ley Federal del Trabajo, aplicadasupletoriamente a la Ley Orgánica del Poder Judicial delEstado de Jalisco.-

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44VIII.- La actora al ejercitar su acción, reclama que se

le otorgue nombramiento de base definitivo en el cargode Notificador con adscripción a la H. Octava Sala delSupremo Tribunal de Justicia, ya que la antes mencionatiene nombramientos ininterrumpidos o consecutivos endicho cargo por el término de más de seis meses;realizando labores de carácter permanente y relativos aempleados de base, sin nota desfavorable en suexpediente laboral; requisitos que se cumplenlaboralmente, según lo establece el artículo 7º de la LeyOrgánica de la Ley de Servidores Públicos del Estado deJalisco y sus Municipios.-"Artículo 7.- Los servidores públicos de base seráninamovibles; los de nuevo ingreso, no lo serán sinodespués de transcurridos seis meses ininterrumpidosde servicios, sin nota desfavorable en su expediente"

Como ha quedado acreditado, la demandante ingresóla citada Institución el 27 veintisiete de octubre del año2003 dos mil tres como Auxiliar Judicial, yconsecutivamente le fueron otorgando nombramientostemporales, hasta la fecha en que presentó su demanda yactualmente se encuentra laborando en el cargo deNotificador, con nombramiento de base adscrita a laOctava Sala Civil de este H. Tribunal.

IX.-Esta Comisión Substanciadora estima que paraque proceda otorgar un nombramiento definitivo a unServidor Público de Base, además de cumplir con losrequisitos establecidos en el multicitado numeral 7º de laLey para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco ysus Municipios, a saber:1.- Tener más de 6 seis meses ininterrumpidos en elservicio.

2.- Sin nota desfavorable en su historial laboral.Es menester mencionar que la plaza de la que se

solicita la definitidad, esté cubierta por la demandante: esdecir:3.- Que el solicitante esté laborando sin sustituir aalguien, ni cubriendo alguna licencia o incapacidad, y porultimo;4.- Que se encuentre en vigencia su nombramiento almomento de demandar la definitividad y estabilidad en elempleo.

En consecuencia, al reunirse los requisitosestablecidos en la Ley, como tener una serie denombramientos por tiempo determinado por más de seismeses ininterrumpidos en el puesto que se ha venidodesempeñando desde que se le otorgó el primernombramiento el 16 dieciséis de enero del año 2007 dosmil siete, como Notificador adscrita a la Octava Sala Civilsiendo la titular de dicha plaza, sin substitución de

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45ninguna otra persona, además de que su demanda fuepresentada dentro de la vigencia de su nombramiento yno tener nota desfavorable en su reporte histórico laboral,esta Comisión Substanciadora, estima que la ServidorPúblico KARLA JOHANA SANTOS URRUTIA, SE LE DEBEOTORGAR EL NOMBRAMIENTO DEFINITIVO DE BASE enel puesto que ocupa actualmente por cumplir con lasexigencias establecidas el multicitado artículo 7º de la LeyBurocrática del Estado de Jalisco y sus Municipios.-

Por analogía aplica la siguiente tesis aislada connúmero de registro 186399 de la Novena ÉpocaInstancia: Tribunales Colegiados de Circuitos, Fuente:Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, XVI,Julio de 2002, Tesis: XX. 30. 2L, Página: 1419, MateriaLaboral, que indica:"TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DECHIAPAS, INAMOVILIDAD DE LOS.De acuerdo con lo preceptuado por el artículo 7o. de laLey de Servicio Civil del Estado y los Municipios deChiapas serán considerados trabajadores de base losque no sean de confianza, siempre y cuando lasfunciones o materia de trabajo sean de carácterpermanente y definitivo y que la plaza que ocupen seade base, los que serán inamovibles después de seismeses de nombrados sin nota desfavorable en suexpediente; pero esto no debe interpretarse en elsentido de que por haber laborado en el puesto enforma ininterrumpida por más de seis meses, tenganderecho a ser considerados de base, pues el alcancedel artículo 7o. de la mencionada ley es claro y noprevé ningún beneficio de esa naturaleza para lostrabajadores con un nombramiento de encargoprovisional. En estas circunstancias, no existe unsupuesto para que un trabajador que ocupa una plazade manera provisional pueda pretender lainamovilidad de la misma".TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMOCIRCUITO.

En consideración a los razonamientos yfundamentos legales expuestos, esta Comisión estimaprocedente la acción interpuesta por la actora KARLAJOHANA SANTOS URRUTIA, y en consecuencia secondena al H. Pleno del Supremo Tribunal de Justicia dela Entidad a otorgar la DEFINITIVIDAD EN ELNOMBRAMIENTO DE BASE EN EL PUESTO DENOTIFICADOR, ADSCRITA A LA H. OCTAVA SALA CIVILDEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DEJALISCO.-

P R O P O S I C I O N E S :

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46PRIMERA.- Esta Comisión Substanciadora, es

competente para conocer de este procedimiento,resultando idóneo el trámite elegido por KARLA JOHANASANTOS URRUTIA, por ello SE CONDENA AL H. PLENODEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DEJALISCO, PARA QUE LE OTORGUE NOMBRAMIENTODEFINITIVO DE BASE COMO NOTIFICADOR ADSCRITA ALA OCTAVA SALA CIVIL de dicha Institución, y se ordeneal Director de Administración, Recursos Humanos,Materiales y Servicios Generales de la misma, proceda arealizar el trámite correspondiente.-

SEGUNDA.- Remítase el presente dictamen, asícomo las actuaciones respectivas al Honorable Pleno delSupremo Tribunal de Justicia en el Estado, a fin de quepronuncie la resolución correspondiente, de conformidadcon el numeral 220 de la Ley Orgánica del Poder Judicialdel Estado de Jalisco.”

Notifíquese personalmente a KARLA JOHANASANTOS URRUTIA, y al Director de Administración,Recursos Humanos, Materiales y Servicios Generales,para los efectos legales a que haya lugar. Lo anterior deconformidad con lo dispuesto por los artículos 23fracciones VII, VIII y 220 de la Ley Orgánica del PoderJudicial del Estado.(Página 72 a la 83)

TRIGÉSIMOOCTAVO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por mayoría, con

la abstención del Señor Magistrado ESTEBAN DE LAASUNCIÓN ROBLES CHÁVEZ, determinó: Tener porrendido el dictamen que presenta el Señor MagistradoMIGUEL ÁNGEL ESTRADA NAVA, Presidente de laComisión Permanente Substanciadora para ConflictosLaborales con Servidores Públicos de Base del SupremoTribunal de Justicia en el Estado, relativo alProcedimiento Laboral 5/2013 en relación con la demandapresentada por el Auxiliar de Cómputo JUAN CARLOSPÉREZ NEGRETE adscrito a la Octava Sala Civil de esteSupremo Tribunal de Justicia, el cual se tiene poraprobado y hace suyo el Honorable Pleno de esteTribunal; en los siguientes términos:

“V I S T O S, para resolver los autos del conflictolaboral planteado por JUAN CARLOS PÉREZ NEGRETE,quien manifiesta ser Auxiliar de Computo con adscripción ala H. Octava Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia delEstado de Jalisco, en contra del PLENO DEL SUPREMOTRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO, tramitado bajoexpediente número 05/2013.

R E S U L T A N D O :

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471.- Mediante escrito de fecha 15 quince de mayo del año2013 dos mil trece, JUAN CARLOS PÉREZ NEGRETEpresentó demanda laboral, en contra del Supremo Tribunaldel Estado de Jalisco, ante la Secretaría General delTribunal antes mencionado, reclamando: "PRIMERO.- Mesea otorgado mi nombramiento definitivo, en razón de queel suscrito Juan Carlos Pérez Negrete ha desempeñado elcargo de Auxiliar de Computo adscrito a la H. Octava SalaCivil de manera ininterrumpida desde el 01 primer deAgosto del año 2006 dos mil seis, siendo mi últimonombramiento vigente hasta el 31 treinta y uno de julio delaño en curso lo anterior de conformidad al artículo 7 de laley para los servidores públicos del estado de Jalisco y susmunicipios, publicado mediante decreto 22582, el 10 diezde febrero del 2009 dos mil nueve. Sin que aplique en miperjuicio las disposiciones de la ley antes invocada, quefueron reformadas mediante decreto 24121, publicado el 26de septiembre del 2012 dos mil doce y que entro en vigor aldía siguiente, en atención a que ingrese a éste Tribunal conanterioridad a su vigencia con apoyo a lo dispuesto en elartículo 14 de la Constitución Federal y Artículo 5to.Transitorio de dicho decreto” (Trascripción textual).-

2.- A través del oficio 05-0957/2013, suscrito por elSecretario General de Acuerdos del Supremo Tribunal deJusticia en el Estado, se remitió dicha demanda a laComisión Substanciadora Permanente Substanciadora deConflictos Laborales con los Servidores Públicos de Basedel Supremo tribunal de Justicia del Estado de Jalisco. Confecha 06 seis de junio del 2013 dos mil trece, se emitió elacuerdo de avocamiento y se ordenó el emplazamiento dela parte demandada, a través de su titular, concediéndole eltérmino de 05 cinco días hábiles para que produjeracontestación por escrito y en el mismo ofreciera pruebas,mismas que podría presentar dentro de los 15 quince díashábiles siguientes a aquel en que feneciera el termino antesreferido, apercibido que en caso de no hacerlo se le tendríapor presuntivamente ciertos los hechos atribuidos,corriéndosele el citado traslado el día 21 veintiuno de juniodel año 2013 dos mil trece; asimismo, se ordenó darintervención a la representación sindical y se giró oficio alDirector de Administración, Recursos Humanos, Materialesy Servicios Generales del Supremo Tribunal de Justicia dela Entidad, a efecto de que remitiera el reporte laboral deldemandante.-

3.- Con proveído emitido el día 18 dieciocho de junio delpresente año, se recibió el oficio número STJ-RH-242/13suscrito por el Director de Recursos Humanos, Materiales yServicios Generales del Supremo Tribunal de Justicia delEstado, al que adjuntó el reporte histórico de JUANCARLOS PÉREZ NEGRETE, mismo que obra a fojas 11 y 12de actuaciones.-

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4.- El día 1º primero de julio del año 2013 se tuvo porrecibido el ocurso, presentada el día 20 veinte de junio delaño que corre, por JUAN CARLOS PÉREZ NEGRETE,mediante el cual, se le tuvo ofreciendo en tiempo y formalos medios de convicción de su parte. De igual forma serecibió el escrito presentado el día 26 veintiséis de junio dela presente anualidad, signado por el MAESTRO LUISCARLOS VEGA PÁMANES, en su carácter de Presidente ycomo Representante Legal de la parte demandada, PLENODEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA EN EL ESTADO, aquien se le tuvo contestando a la demanda incoada en sucontra, ofreciendo pruebas, oponiendo excepciones ydefensas, las que fueron admitidas por encontrarseajustadas a derecho y no ir en contra de la moral ni lasbuenas costumbres y una vez que transcurriera el términoestablecido en el artículo 219 fracción I de la Ley Orgánicadel poder Judicial del Estado, se proveería conforme aderecho corresponda respecto de los medios de pruebaofrecidos por las partes.-

5.- Por acuerdo de fecha 12 doce de agosto del año 2013dos mil trece, se admitieron las pruebas ofertadas por laspartes y se fijaron las 11:30 once horas con treinta minutosdel día 03 tres de septiembre del año que corre, para quetuviera verificativo la audiencia de desahogo de pruebas yexpresión de alegatos, ordenando notificar personalmentea las partes, apercibiéndoles que en caso de nocomparecer en la fecha señalada se les tendría por perdidosu derecho al desahogo de las pruebas que requieran de supresencia, así como a la formulación de alegatos.-

6.- El día 03 tres de septiembre del año en curso, tuvoverificativo la audiencia de pruebas y expresión dealegatos, en la que fueron desahogadas las probanzasadmitidas a las partes, luego el actor formuló lasalegaciones que estimó oportunas y la demandadapresentó alegatos en forma escrita, posteriormente seordenó reservar los autos para emitir el dictamencorrespondiente.-

C O N S I D E R A N D O :

I.- La Comisión Permanente Substanciadora de ConflictosLaborales con los Servidores Públicos de Base delSupremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, escompetente para conocer del asunto que en su oportunidadse pondrá a consideración del H. Pleno, en términos de loprevisto por los artículos 23 fracción XX, 220 y demásrelativos de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado;en relación con los diversos numerales 7, 22 y demásrelativos del Reglamento Interno del Supremo Tribunal deJusticia en el Estado, que en lo conducente, disponen que

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49el Honorable Pleno del Supremo Tribunal, podrá nombrarcomisiones para resolver conflictos de su competencia.-

II.- La personalidad de la parte actora al comparecer por supropio derecho quedó debidamente acreditada; así como lapersonería de la demandada, H. Pleno del SupremoTribunal de Justicia del Estado de Jalisco, representadapor el señor MAGISTRADO MAESTRO LUIS CARLOS VEGAPÁMANES como Presidente de la Institución demandada ycomo quedó acreditada en actos jurídicos y oficiales entérminos de lo dispuesto por el artículo 34 fracción I y IV dela Ley Orgánica del Poder Judicial de esta Entidad.-

III.- El trámite elegido resulta ser el idóneo, conforme loestablece el numeral 219 de la Ley Orgánica del PoderJudicial del Estado de Jalisco.-

IV.- Por su propio derecho el servidor público JUANCARLOS PÉREZ NEGRETE, reclama al HONORABLEPLENO DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DELESTADO: "PRIMERO.- Me sea otorgado mi nombramientodefinitivo, en razón de que el suscrito Juan Carlos PérezNegrete ha desempeñado el cargo de Auxiliar de Computoadscrito a la H. Octava Sala Civil de manera ininterrumpidadesde el 01 primer de Agosto del año 2006 dos mil seis,siendo mi último nombramiento vigente hasta el 31 treinta yuno de julio del año en curso lo anterior de conformidad alartículo 7 de la ley para los servidores públicos del estadode Jalisco y sus municipios, publicado mediante decreto22582, el 10 diez de febrero del 2009 dos mil nueve. Sin queaplique en mi perjuicio las disposiciones de la ley antesinvocada, que fueron reformadas mediante decreto 24121,publicado el 26 de septiembre del 2012 dos mil doce y queentro en vigor al día siguiente, en atención a que ingrese aéste Tribunal con anterioridad a su vigencia con apoyo a lodispuesto en el artículo 14 de la Constitución Federal yArtículo 5to. Transitorio de dicho decreto” (Trascripcióntextual).-

V.- Por su parte, el MAESTRO LUIS CARLOS VEGAPÁMANES, en su carácter reconocido en autos, comoPresidente y Representante legal de la parte demandada,PLENO DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DELESTADO, al dar contestación a la demanda laboral, señalóen términos generales: “Analizado lo anterior, se ruega a laH. Comisión Substanciadora, que considere si eldemandante JUAN CARLOS PÉREZ NEGRETE, tiene o noderecho a la inamovilidad y estabilidad en el cargo deAuxiliar de Computo, con adscripción a la Octava Sala deeste Tribunal, y si procede que se le expida nombramientodefinitivo.Referente a lo que solicita el demandante, argumenta quese le debe de dar un nombramiento definitivo, en términos

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50de lo dispuesto por el articulo 7 de la Ley para losservidores Públicos del Estado de Jalisco y susMunicipios, dicho numeral establece lo siguiente: “Articulo7.- Los servidores públicos de base serán inamovibles, unavez transcurrido seis meses sin nota desfavorable en suexpediente.Se afirma que, para que se le pueda otorgar al demandanteel derecho a la inamovilidad y estabilidad en el empleo, enel puesto de Auxiliar de Cómputo adscrito a la Octava Salade este Tribunal, debe cumplir con los requisitos queestablece al artículo anterior; esto es, que haya ocupado elcargo que reclama, en los últimos seis meses de maneraininterrumpida y sin nota desfavorable en su expediente;una vez acreditando que ha cumplido con tales requisitos,puede adquirir la permanencia en el empleo.Por lo que, de los hechos narrados en su demanda,menciona que ha desempeñado el cargo de Auxiliar deCómputo, ininterrumpidamente a partir del 1° primero deagosto del 2006 dos mil seis, y hasta el día de hoy, connombramiento vigente al 31 treinta y uno de julio del año encurso.Expidiéndosele nombramientos por tiempo determinado, yninguno de ellos fue definitivo o por tiempo indefinido; porlo que esta Comisión deberá analizar si le asiste el derechoa la inamovilidad y la expedición de un nombramientodefinitivo en el puesto de Auxiliar de Cómputo que reclama.Por otro lado, cabe mencionar que al demandante JUANCARLOS PÉREZ NEGRETE, le fue instauradoProcedimiento Administrativo, bajo el número deexpediente 1/2011, tramitado ante la propia ComisiónPermanente Substanciadora para Conflictos Laborales conServidores Públicos de Base, mismo que fue desechadopor improcedente, al no probarse responsabilidad, y porende se absolvió al hoy demandante, el cual fue aprobadoen Sesión Plenaria Ordinaria celebrada el día 06 seis dejulio del 2012 dos mil doce(Transcripción textual)”.

VI.- A la parte actora le fueron admitidos los siguienteselementos de convicción:a).- Oficio STJ-RH-242/13 que contiene un informe de laDirección de Administración, Recursos HumanosMateriales y Servicios Generales del Supremo Tribunal deJusticia de la entidad, de fecha 12 doce de junio del año2013 dos mil trece, donde se desprende la relación demovimientos de JUAN CARLOS PÉREZ NEGRETE, en elpuesto de Auxiliar de Cómputo, la cual obra en fojas 11once y 12 doce de este expediente, con el que acredita queha laborado a partir del día 1º primero de agosto del año2006 dos mil seis, de manera continua e ininterrumpida enla Octava Sala de este H. Tribunal. Documental Pública, quese le otorga valor probatorio pleno de conformidad a lodispuesto por los artículos 780 y 795 de la LegislaciónFederal Laboral de aplicación supletoria a la Ley Orgánica

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51del Poder Judicial del Estado de Jalisco, con la cual seacredita la relación de trabajo que tiene el actor con lademandada, de manera consecutiva y vigente y quebenefician a la parte actora.-

b).- Nombramiento original número 104/2013 de fecha 11once de enero del año 2013 y del cual se desprende elpuesto, salario, calidad y vigencia del mismo, aprobado porel Honorable Pleno del Supremo Tribunal de Justicia delEstado de Jalisco, en el que se advierte la protesta delcargo conferido. Documental Pública, que se le otorgavalor probatorio pleno de conformidad a lo dispuesto porlos artículos 780 y 795 de la Legislación Federal Laboral deaplicación supletoria a la Ley Orgánica del Poder Judicialdel Estado de Jalisco, con la que acredita que ha laboradopara la demandada por más de seis mesesininterrumpidamente.-

c).- Constancia original con número de oficio STJ-RH-0196/13 expedida por el Licenciado Carlos AdalbertoOrozco Bonfil, Director de Administración, RecursosHumanos, Materiales y Servicios Generales del SupremoTribunal de Justicia del Estado de Jalisco de fecha 24veinticuatro de abril del año 2013 dos mil trece, del que seadvierte lo siguiente: Nombramiento, Cargo, Dependencia yVigencia de cada uno de los nombramientos. DocumentalPública a la que se le otorga valor probatorio pleno, deconformidad a lo dispuesto por los artículos 780 y 795 de laLegislación Federal Laboral de aplicación supletoria a laLey Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, conla cual se acredita la relación de trabajo que tiene el actorcon la demandada, de manera consecutiva y vigente,benefician a la parte actora.-

d).- Un legajo de copias certificadas por el Secretario deAcuerdos de esta Comisión, en 03 tres fojas del Acuerdo dela Sesión Plenaria Ordinaria de los Integrantes del H. Plenodel Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, defecha 06 seis de julio del año 2012 dos mil doce, de las quese desprende la resolución del procedimientoadministrativo número 01/2011, en contra de JUANCARLOS PÉREZ NEGRETE, OLIVIA MORENO HERNÁNDEZ,LILIA DEL CARMEN COTERO ORTIZ Y SASAÍ RAMÍREZMACIAS, mismo que fue declarado IMPROCEDENTE.Documental Pública que se le otorga plena eficaciaprobatoria, de conformidad a lo dispuesto por los artículos780 y 795 de la Legislación Federal Laboral de aplicaciónsupletoria a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estadode Jalisco, en beneficio del demandante, toda vez queacredita que no tiene nota desfavorable en su expedientelaboral, al haberse declarado IMPROCEDENTE elprocedimiento administrativo instaurado en su contra.-

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52e).- PRUEBA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES.-Consistente en todo lo actuado en el expediente, en cuantofavorezca a sus intereses; así como la PRUEBAPRESUNCIONAL.- Ofrecida en ambos caracteres legal yhumana en cuanto favorezcan a los intereses de el actor.Elementos de convicción que concatenados con los demásmedios de prueba, así como con las presentes actuaciones,benefician al accionante al haber acreditados los hechosconstitutivos de su demanda, conforme lo dispuesto porlos numerales 830, 831, 832, 835 y 836 de la Ley Federal delTrabajo, aplicada supletoriamente a la Ley de la Materia.-

VII.- Por su parte la demandada ofertó los siguientesmedios de prueba, los que fueron admitidos en sutotalidad:a).- Constancia original con número de oficio STJ-RH-253/13 de fecha 21 veintiuno de junio del año 2013 dos miltrece, expedida por la Dirección de Recursos Humanos,Materiales y Servicios Generales del Supremo Tribunal deJusticia del estado de Jalisco. Documental Pública, que sele otorga valor probatorio pleno de conformidad a lodispuesto por los artículos 780 y 795 de la LegislaciónFederal Laboral de aplicación supletoria a la Ley Orgánicadel Poder Judicial del Estado de Jalisco, con la cual seacredita la relación de trabajo que tiene el actor con lademandada, de manera consecutiva, vigente y que reditúaen favor del actor.-

b).- PRUEBAS INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES.-Consistente en todo lo actuado, en cuanto favorezca a losderechos de la parte de demandada.- Así como la PRUEBAPRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA, que hizo consistir endeducciones legales y humanas que se advierten de todo loactuado en este juicio. Probanzas con las queadminiculadas a las documentales le benefician a la parteactora, en cuanto a que cumple con los requisitos queestablece el numeral 7° de la Ley de Servidores Públicosdel Estado de Jalisco y sus Municipios, al demandar lainamovilidad en el puesto de Auxiliar de Computo, deconformidad con lo dispuesto por los artículos 830, 831,832, 835 y 836 de la Ley Federal del Trabajo, aplicadasupletoriamente a la Ley Orgánica del Poder Judicial delEstado de Jalisco.-

VIII.- El actor al ejercitar su acción, reclama que se leotorgue nombramiento de base definitivo en el cargo deAuxiliar de Cómputo con adscripción a la H. Octava SalaCivil del Supremo Tribunal de Justicia, ya que el antesmencionado tiene nombramientos ininterrumpidos oconsecutivos en dicho cargo por el término de más de seismeses; realiza labores de carácter permanente y relativos aempleados de base, sin nota desfavorable en su expedientelaboral; requisitos que se cumplen cabalmente, según lo

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53establece el artículo 7º de la Ley de Servidores Públicos delEstado de Jalisco y sus Municipios.-"Artículo 7.- Los servidores públicos de base seráninamovibles; los de nuevo ingreso, no lo serán sinodespués de transcurridos seis meses ininterrumpidosde servicios, sin nota desfavorable en su expediente"

Como ha quedado acreditado, el demandante ingresó a lacitada Institución el 1º primero de agosto del año 2006 dosmil seis, y consecutivamente le fueron otorgandonombramientos temporales, hasta la fecha en que presentósu demanda y actualmente se encuentra laborando en elmismo cargo de Auxiliar de Computación de base, conadscripción a la H. Octava Sala especializada en materiacivil de este H. Tribunal.-

Cabe señalar que el actor, pese a que se le instauróprocedimiento administrativo en su contra y a otroscompañeros de su Sala, sin embargo como se dejóasentado en párrafos precedentes, se declaróimprocedente la queja, por lo que no cuenta con notadesfavorable en su expediente laboral.-

IX.- Esta Comisión Substanciadora estima que para queproceda otorgar un nombramiento definitivo a un ServidorPúblico de Base, además de cumplir con los requisitosestablecidos en el multicitado numeral 7° de la Ley para losServidores Públicos del Estado de Jalisco y susMunicipios, a saber:1.- Tener más de 6 seis meses ininterrumpidos en elservicio.

2.- Sin nota desfavorable en su historial laboral.Es menester mencionar que la plaza de la que se solicita ladefinitividad, esté cubierta por el demandante: es decir:3.- Que el solicitante esté laborando sin sustituir a alguien,ni cubriendo alguna licencia o incapacidad, y por último;4.- Que se encuentre en vigencia su nombramiento almomento de demandar la definitividad y estabilidad en elempleo.

En consecuencia, al reunirse los requisitos establecidos enla Ley, como tener una serie de nombramientos por tiempodeterminado por más de seis meses ininterrumpidos en elpuesto que se ha venido desempeñando desde que se leotorgó el primer nombramiento el 1º primero de agosto delaño 2006 dos mil seis, como Auxiliar de Cómputo adscritoa la Octava Sala Civil, siendo el titular de dicha plaza, sinsubstitución de ninguna otra persona, además de que sudemanda fue presentada dentro de la vigencia de sunombramiento y no tener nota desfavorable en su reportehistórico laboral, esta Comisión Substanciadora, estimaque al Servidor Público JUAN CARLOS PÉREZ NEGRETE,SE LE DEBE OTORGAR EL NOMBRAMIENTO DEFINITIVO

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54DE BASE en el puesto que ocupa actualmente, por cumplircon las exigencias establecidas el multicitado artículo 7º laLey de los burocrática del Estado de Jalisco y susMunicipios.-

Por analogía aplica la siguiente tesis aislada connúmero de registro 186399 de la Novena ÉpocaInstancia: Tribunales Colegiados de Circuitos, Fuente:Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, XVI,Julio de 2002, Tesis:XX.30.2L, Página: 1419, MateriaLaboral, que indica:"TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DECHIAPAS, INAMOVILIDAD DE LOS.De acuerdo con lo preceptuado por el artículo 7o. de laLey de Servicio Civil del Estado y los Municipios deChiapas serán considerados trabajadores de base losque no sean de confianza, siempre y cuando lasfunciones o materia de trabajo sean de carácterpermanente y definitivo y que la plaza que ocupen seade base, los que serán inamovibles después de seismeses de nombrados sin nota desfavorable en suexpediente; pero esto no debe interpretarse en elsentido de que por haber laborado en el puesto enforma ininterrumpida por más de seis meses, tenganderecho a ser considerados de base, pues el alcancedel artículo 7o. de la mencionada ley es claro y no prevéningún beneficio de esa naturaleza para lostrabajadores con un nombramiento de encargoprovisional. En estas circunstancias, no existe unsupuesto para que un trabajador que ocupa una plazade manera provisional pueda pretender la inamovilidadde la misma".TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMOCIRCUITO.

En consideración a los razonamientos y fundamentoslegales expuestos, esta Comisión estima procedente laacción interpuesta por el actor JUAN CARLOS PÉREZNEGRETE, y en consecuencia, se condena al H. Pleno delSupremo Tribunal de Justicia de la Entidad a otorgar laDEFINITIVIDAD EN EL NOMBRAMIENTO DE BASE EN ELPUESTO DE AUXILIAR DE CÓMPUTO, ADSCRITO A LA H.OCTAVA SALA CIVIL DEL SUPREMO TRIBUNAL DEJUSTICIA DEL ESTADO DE JALISCO.-

P R O P O S I C I O N E S :

PRIMERA.- Esta Comisión Substanciadora es competentepara conocer de este procedimiento, resultando idóneo eltrámite elegido por JUAN CARLOS PÉREZ NEGRETE, PORELLO SE CONDENA AL H. PLENO DEL SUPREMOTRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE JALISCO, PARAQUE LE OTORGUE NOMBRAMIENTO DEFINITIVO DE BASE

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55COMO AUXILIAR DE COMPUTO ADSCRITO A LA OCTAVASALA CIVIL de dicha Institución y se ordene al Director deAdministración, Recursos Humanos, Materiales y ServiciosGenerales de la misma, proceda a realizar el trámitecorrespondiente.-

SEGUNDA.- Remítase el presente dictamen, así como lasactuaciones respectivas al Honorable Pleno del SupremoTribunal de Justicia en el Estado, a fin de que pronuncie laresolución correspondiente, de conformidad con elnumeral 220 de la Ley Orgánica del Poder Judicial delEstado de Jalisco.”.

Notifíquese personalmente a JUAN CARLOS PÉREZNEGRETE, y al Director de Administración, RecursosHumanos, Materiales y Servicios Generales, para losefectos legales a que haya lugar. Lo anterior deconformidad con lo dispuesto por los artículos 23fracciones VII, VIII y 220 de la Ley Orgánica del PoderJudicial del Estado.(Página 83 a la 93)

ACUERDOS CORRESPONDIENTES A LA SESIÓN PLENARIA ORDINARIADEL DÍA 11 ONCE DE OCTUBRE DEL 2013 DOS MIL TRECE, PERO EN

FORMA PRIVADA.

ÚNICO Previo análisis, este Cuerpo Colegiado, por mayoría, conlas abstenciones de los Señores Magistrados JAIMECEDEÑO CORAL, JOAQUÍN MORENO CONTRERAS,ROGELIO ASSAD GUERRA y ESPARTACO CEDEÑOMUÑOZ, determinó: Tener por recibidos los escritossignados por BLANCA ESTHELA RAMÍREZ DÁVILA,mediante los cuales interpone la Queja Administrativa2/2013, en contra de los Señores Magistrados JOAQUÍNMORENO CONTRERAS, ROGELIO ASSAD GUERRA yESPARTACO CEDEÑO MUÑOZ, en su carácter deintegrantes de la Décima Primera Sala Penal del SupremoTribunal de Justicia del Estado; realizando una serie demanifestaciones en torno a la sentencia definitiva dictadaen los Tocas 1612/2012-A y 1612/2012-B, formados conmotivo de la apelación proveniente del Juzgado Segundode lo Criminal de Puerto Vallarta, Jalisco derivado delexpediente 567/2012-C; analizados y estudiados loselementos formales y de procedibilidad, al haberseprevenido a la denunciante para que exhibiera las pruebasmerecedoras de valor probatorio que corroboraran susmanifestaciones, aclarara su escrito y demostrara suinterés jurídico; apercibida que de no hacerlo, seresolvería conforme lo existente.

En vista de anterior, se ordenó realizar lasnotificaciones aun las que conforme a las reglasgenerales deban hacerse de carácter personal, por medio

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56de lista de acuerdos, publicada el 2 dos de agosto del añoen curso, en los estrados de la Secretaría General deAcuerdos de este Tribunal, toda vez que en los ocursosde mérito, no se señaló información suficiente, respecto aldomicilio procesal para realizar la notificacióncorrespondiente. Y al haber transcurrido el términoconcedido, para efecto de que cumpliera con lasprevenciones antes mencionadas, y no habiendo exhibidolas probanzas requeridas, ni aclarado sus escritosiniciales; aunado a que refiere actos de caráctereminentemente jurisdiccional, NO SE ADMITE la quejaadministrativa planteada por BLANCA ESTHELA RAMÍREZDÁVILA, por falta de interés jurídico; ello, al no allegarprobanzas tendentes a demostrar la existencia de lainfracción y presumir la responsabilidad de los servidorespúblicos denunciados; incumpliendo con ello, lo previstopor el artículo 202 de la Ley Orgánica del Poder Judicialdel Estado.

Encuentra aplicación la jurisprudencia bajo el rubro:

QUEJA ADMINISTRATIVA. LA CARGA DE LA PRUEBACORRESPONDE A SU FORMULANTE CUANDO ATRIBUYEA LOS FUNCIONARIOS JUDICIALES FEDERALES LACOMISION DE CONDUCTAS GRAVES EN SU ACTUACION.Los nombramientos de Jueces y Magistrados federalespor el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 97 de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,en relación con los diversos 12, fracción XXII, 32, 39 y 49de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación,permite inferir que las personas designadas tienen lapresunción de reunir los requisitos de imparcialidad,capacidad y honestidad, además de su firme convicciónde respetar la Constitución y las leyes que de ellaemanen, de manera que si en su contra se promueve una"queja administrativa" imputándoles la comisión deconductas graves en su actuación, la carga de la pruebacorresponde al que formula la denuncia dado que elTribunal Pleno o el Ministro Inspector, en su caso, nopueden convertirse en inquisidores para allegar laspruebas que, a juicio del formulante, fundamentan ohacen derivar la conducta incorrecta atribuida, pues deaceptar esa postura resultaría un contrasentido con lapresunción antes aludida que los funcionarios judicialestienen en su favor y que, por lo mismo, debe serdesvirtuada por quien afirma lo contrario.

Asimismo, la tesis de la Octava Época Registro:226414 Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito TesisAislada Fuente: Semanario Judicial de la FederaciónTomo V, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1990 Materia(s):Administrativa, Común Tesis: Página: 643.

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SUPLENCIA DE LA QUEJA EN MATERIAADMINISTRATIVA. NO ES EXTENSIVA A LAS PRUEBAS.La suplencia de la deficiencia de la queja se limita entérminos del artículo 76 bis de la Ley de Amparo, a losconceptos de violación formulados en la demanda degarantías y a los agravios expresados en los recursos, detal suerte que no puede hacerse extensiva a las pruebasimponiéndose al juzgador la obligación de recabarlasoficiosamente para demostrar la existencia de los actosreclamados.

Notifíquese a la quejosa, y realícense las anotacionescorrespondientes para los efectos a que haya lugar, deconformidad con lo dispuesto por los artículos 23, 201 y202 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado deJalisco.(Páginas 95 a la 97)