REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORES Y EL SEACE DE LA NUEVA LEY 30225 Y SU REGLAMENTO

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    LEY DE

    CONTRATACIONESDEL ESTADO

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    TÍTULO IVREGISTRO NACIONAL DE PROVEEDO

    ¿QUÉ ES EL RNP?• Es el sistema de información ocial único dela administración pública que tiene porobjeto registrar y mantener actualizadadurante su permanencia en el registro, lainformación general y relevante de losproveedores interesados en participar en lascontrataciones que realiza el estado. “Artículo 46.1 de la ley 30225” 

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    NORMATIVA

    TITULO IX 

    CAPITULO I

    REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORArtículo 233.- Fi!li"!"Administrar y actualizar la base de datos de los proveedores pprovisión de bienes, servicios, consultoría de obras y ejecucióobras., a las entidades del Estado.

    Artículo 23#.- I$cri%ci& ' 'l RNP ( )i*'ci! "' l! i$cri%

    os proveedores acceden al !"# de acuerdo a lo establecido !eglamento y la $irectiva. #ara los proveedores e%tranjeros, y ccorresponda, los requisitos son los equivalentes a los solicitadoslos proveedores nacionales, e%pedidos por autoridad, institucpersona competente en su lugar de origen.

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    a inscripción en el !"# tiene una vigencia de & a'o a partir del día siguiente de su aprobaciópudiendo el interesado iniciar el procedimiento

    renovación dentro de los sesenta () dcalendario anteriores a su vencimiento.

    os proveedores son responsables de que inscripción en el !"# se encuentre vigente, como no estar in*abilitado o suspendido, registrarse como participantes, en la presentacide ofertas, en el otorgamiento de la buena proen el perfeccionamiento del contrato.

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    Artículo 23+.- E,c'%cio'$"o requieren inscribirse como proveedores en el !"#+

    . L!$ 'ti"!"'$ "'l E$t!"o co%r'"i"!$ ' 'l

    3.. "'l !rtículo 3 "' l! L'(. Artículo 23/.- Liit!cio'$ ! l! i$cri%ci& ' 'l

    as personas naturales o jurídicas con sanción vigein*abilitación o que tengan suspendido su dere

    participar en procedimientos de selección

    -"o pueden inscribirse ni renovar su inscripción, aumecapacidad m%ima de contratación, ni amplespecialidad como proveedores en el !"#.

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    LE0Artículo /(.01.2 A los proveedoresdel estado inscritos como

    ejecutores de obra ante el!egistro "acional de #roveedores3!"#4, se les asigna unacapacidad m%ima decontrataciones que se calcula enfunción de su capital social

    suscrito y pagado en el #erú y dela e%periencia con la que cuentecomo ejecutores de obra,quedando e%presamenteestablecido que el capital socialsuscrito y pagado de las personas jurídicas inscritas como ejecutores

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    NORMATIVAArtículo 2#3.- C!%!ci"!" 1,i! "' cotr!t!ci&El !"# asigna una m%ima capacidad de contrataejecutores de obra. Est determinada por la ponde

    capital y las obras ejecutadas de la siguiente manera+a4 #ara personas naturales nacionales y e%tranjeras jurídicas nacionales inscritas en el !egistro "acional de#eque'a Empresa 3!E56#E4 y personas jurídicas domiciliadas 3sucursales4 y no domiciliadas 3matprovengan de países con los cuales el #erú tenga v

    tratado o compromiso internacional que incluya disposmateria de contrataciones públicas+CMC + C45 2 6 O7r!$4

    $onde+757+ 7apacidad m%ima de contratación.7+ 7apital.

    8 9bras+ :umatoria de los montos de las obras culm

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    LE0Artículo #/.38.- as entidades estn pro*ibidas de

    llevar registros de proveedores.-:olo estn facultadas para llevar y mantener unlistado interno de proveedores, consistente en unabase de datos que contenga la relación de aquellos.

    -

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    NORMATIVA

    Artículo 0=>.2 R'9ui$ito$ *''r!l'$ %!r! l! i$cri%ci& ' 'l R

    En el !"# deben inscribirse todas las personas naturales o nacionales o e%tranjeras, que deseen participar en procedimselección y?o contratar con el Estado, sea que se presenten dindividual o en consorcio, para la provisión de bienes, servicios, cde obras y ejecución de obras, para lo cual deben+

     @ener capacidad legal+

    &. as personas naturales deben encontrarse en pleno ejercicderec*os civiles.0. as personas jurídicas nacionales y las sucursales de personae%tranjeras en el #erú para la provisión de bienes y servicios desido constituidas y establecidas conforme a ley y cumplir con los establecidos en el presente !eglamento.

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     @ener solvencia económica+

    :e evalúa la información nanciera y contable solicitada en e

     @#A de 9:7E, aplicando los ratios de medición de solvencia,aprobados para tal efecto.

    -Adicionalmente, cuando corresponda, se toma en cuenta lacalicación de la :uperintendencia de

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    Artículo #/.#8.-

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    REGLAMENTO DE LA LEY

    DE CONTRATACIONESDEL ESTADO

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    Artículo 0=F.2 Actu!li:!ci& "' i;or!ci& ' 'l RNP

    os proveedores registrados en el !"# estn obligados a mactualizada su información, conforme a lo dispuesto en la $

    sujetndose a las consecuencias que se deriven de su incumpl$ic*a información tiene carcter de declaración jurada.

    os proveedores estn obligados a comunicar al !"# la variacisiguiente información+ domicilio, nombre, razón o denominaciótransformación societaria, representante legal, apoderados de p

     jurídicas e%tranjeras no domiciliadas, socios, acc

    participacionistas o @itular, órganos de administración, capital patrimonio, distribución de acciones, participaciones y aportecomunicación debe realizarse dentro de los diez 3&)4 prime*biles del mes siguiente de ocurrida la variación. :i el provedeclara la variación dentro del plazo establecido, debe regumediante el procedimiento establecido en el @#A de 9:7E

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    Artículo 0=G.2 E$%'ci!li"!"'$ "' lo$ Co$ultor'$ "o7r!$.

    El !"# asigna una 3&4 o varias especialidades consultores de obras, *abilitndolos para participprocedimientos de selección y?o contratar con el Estaas especialidades son las siguientes+

    27onsultoría en obras urbanas edicaciones y ane27onsultoría en obras viales, puertos y anes27onsultoría en obras de saneamiento y anes27onsultoría en obras electromecnicas, energCticas,telecomunicaciones y anes27onsultoría en obras de represas, irrigaciones y ane

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    Artículo 0/).2 A$i*!ci& "' '$%'ci!li"!"'$ (c!t'*orí!$ ! lo$ Co$ultor'$ "' o7r!$

    a especialidad y categoría de los consultores de

    se asigna conforme a lo siguiente+A las personas jurídicas se les puede otorgar todespecialidades y a las personas naturaleespecialidades que correspondan de acuerdo profesión. #ara cada una de las especialidades referidas

    numeral & del presente artículo, se asignan catede acuerdo al objeto de la consultoría obra que accomo e%periencia y al monto del presupueste%pediente tCcnico de la obra en el que rea

    referida consultoría.

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    Artículo 2#.- A%li!ci& "' '$%'ci!li"!"'$< c!t'*orí!!u'to "' c!%!ci"!" 1,i! "' cotr!t!ci&#ara la aprobación de la solicitud de ampliación de especialidaumento de capacidad m%ima de contratación, el consultor de oel ejecutor de obras, respectivamente, deben cumplir con lo sigui

     @ener inscripción vigente como consultor de obras y?o ejecutor de 7umplir con los dems requisitos establecidos en el @e%to Hn#rocedimientos Administrativos 3@#A4 del 9:7E#ara otorgar la nueva capacidad m%ima de contratación se aestablecido en el artículo /( de la ey y en el artículo 0/=.

    Artículo 2#2.- R=cor" "' co$ultorí! ( '>'cuci& "' o7r!$os consultores de obras y ejecutores de obras delectrónicamente, a travCs de los módulos correspondientecontratos suscritos. Adicionalmente, los ejecutores de obras declavalorizaciones periódicas aprobadas por el inspector o supervisola culminación de la obra.a declaración del rCcord debe realizarse dentro de los primer

    3&)4 días *biles del mes siguiente de la suscripción del contrato

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    CAPITULO II

    REGISTRO DE ENTIDADES CONTRATANT

    Artículo 2#?.- R'*i$tro "' l!$ Eti"!"'$ Cotr!t!t'$

    as Entidades comprendidas en el numeral =.& del artículo = de sean creadas y reconocidas por el ordenamiento jurídico nacional,que cuenten con autonomía para gestionar sus contrataciones y cupresupuesto asignado, deben inscribirse en el !egistro de

    7ontratantes 3!E74 administrado por el 9:7E, conforme a los establecidos en el @#A.

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    TITULO X 

    IMPEDIMENTOS

    Artículo 2#@.- I%'"i'to$Adicionalmente a los impedimentos establecidos en el artículo

    ey, se encuentran impedidos para ser participantes, postores y?contratistas+

    a4 as personas condenadas mediante sentencia consejecutoriada por delitos de concusión, peculado, corrup

    funcionarios, enriquecimiento ilícito, trco de inIuencias ilícitos en remates, licitaciones y concursos públicosJ así personas jurídicas cuyos representantes legales sean conmediante sentencia consentida o ejecutoriada por los mismos de

    b4 as personas jurídicas que cuenten con dos o ms socios ccon acciones, participaciones, o aportes superiores al cinco p3;K4 del capital o patrimonio social en cada uno de ellos, que p

    en un mismo procedimiento de selección

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    SISTEMA ELECTRONICO DE

    CONTRATACIONES DEL ESTADO - SEAC

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    ¿QUÉ ES EL SEACE?

    • Sistema electrónico que permiteintercamio de in!ormación y di!usión las contrataciones del "stado# así com

    reali$ación de transacciones electró “Artículo 4% de la ley 30225” 

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    ALCANCES

    L &onstituirse en el portal de las compras estatales en un e

    electrónico.

    • 'ortal de in!ormación de todas las compras de

    contratación de ser(icio y e)ecución de oras por parte"ntidades '*licas &ontratantes del país +sean ,o-acionales# e/ionales o ocal# empresas municipales p*

    • 'ermite las transacciones electrónicas entre "ntidades &ontratantes y los pro(eedores.

    • omentar e impulsar el desarrollo de proceso electrónico.

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    OBJETIVOS

    L ortaleces y a/ili$ar los procesos de contratac

    • ncrementar la transparencia en los contactos ienes# ser(icios y oras.

    'ermitir la acti(a participación de los 'ro(eedo• Ser un sistema de in!ormación para la Socieda

    &i(il.

    • Super(isar y !iscali$ar el mercado de lascontrataciones p*licas.

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    NUEVO ENFOQUE DEL SEACE

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     Informac!n a R"#$%rar 

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     ¿Con &'"n"$ n%"rac%(a ") SE*CE?

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     LE+ N, .//01LE+ DE CONTRATACIONES DEL ESTAD

    TITULO V2S$%"ma E)"c%r!nco

    3" Con%ra%acon"$ 3") E$%a3o

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    Ar%4c')o 567 OBLI8ATORIEDAD

    as "ntidades estn oli/adas a utili$ar el Si"lectrónico de &ontrataciones del "stado +Sen las contrataciones que reaindependientemente que se su)eten al m

    aplicación de la presente ey# su cuantía o !de !inanciamiento# con!orme a la directi(adicte el r/anismo Super(isor de &ontrataciones del "stado +S&" para tal e!e

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    Ar%4c')o 59 7VALIDE: + EFICACIA DE LO

    ACTOSos actos reali$ados por medio del Sis"lectrónico de &ontrataciones del "stado +S"incluidos los e!ectuados por el r/aSuper(isor de las &ontrataciones del "+S&" en el e)ercicio de sus !uncionescumplan con las disposiciones (i/entes posemisma (alide$ y e!icacia que los actos realipor medios manuales# pudindolos sustituir

    todos los e!ectos le/ales.

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     RE8LAMENTO LE+ N, .//01LE+ DE CONTRATACIONES DEL ESTAD

    TITULO ;I 2S$%"ma E)"c%r!nco

    3" Con%ra%acon"$ 3") E$%a3o -SEAC

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    Ar%4c')o /597 OBLI8ATORIEDAD

    as entidades estn oli/adas a re/istrar# dde los pla$os estalecidos# in!ormación so'lan Anual de &ontrataciones# las actuacpreparatorias# los procedimientos de selecció

    contratos y su e)ecución# así como todos los que requieran ser pulicados# con!ormestalece en la ey# el e/lamento y 7irecti(a que emita el S&".

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    Ar%4c')o /0.7 ACCESO AL SEACE

    'ara acceder e interactuar con el S"A&""ntidades# pro(eedores# ritros u otros usautori$ados deen solicitar el &erti!icado Scon!orme al procedimiento estalecido med

    7irecti(a. "s responsailidad del uautori$ado# el uso y actuaciones que se recon el &erti!icado S"A&" otor/ado.

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    C"r%fca3o SEACE

    "s el mecanismo de identi!icación y se/ucon!ormado por un códi/o de usuario ycontrase8a# que es otor/ado por el Ssolicitud de una "ntidad# 'ro(eedor# Aritro usuario autori$ado y que permite accedinteractuar con el S"A&".

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    Ar%4c')o /0

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    Ar%4c')o /0/7 Proc"3m"n%o$ ")"c%r!nc

    os procedimientos de selección que se reali$!orma electrónica se lle(an a cao y di!uínte/ramente# a tra(s del S"A&"# con!orm7irecti(a que emita S&".

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    Ar%4c')o /07 Ca%=)o#o >nco 3" B"n"$

    S"rco$ @ Ora$ CUBSOas "ntidades deen usar el &;

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    DIFERENCIA ENTRE 2- D"cr"%o L"#$)a%o N,

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    MODULO DEL SEACE2 7$"ac"7#o7

    MódulosDisponibles:

    •nicio•'lanes Anuales•'rocesos de Sel

    •Suasta n(ersa•&on(enio >arco•&ompras&orporati(as•Acceso a usuari

    e/istrados

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    BUSQUEDA DE PROCESOS•

    n/rese a “'rocede Selección” ycomplete los datsu *squeda.•>arque “>ostra

    'rocesos &erraddesea (er procesque ya pasó su !de presentación 'ropuestas•ue/o clic? en <

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    BUSQUEDA DE E;PEDIENTES

    'ara re(isare9pedientes dempu/naciones e@rmite en el @ride &ontratacione

    "stado

    •n/rese el n*mesu "9pediente y •ue/o dele clic?

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    SISTEMA ELECTRONICO DECONTRATACIONES DEL ESTADO SEA•:i desea que este T!ll'r sea dictado Co%l'to en9cinas contctenos 3le ense'aremos a realizarbúsquedas efectivas4+

    .co%r!$'$t!t!l'$.or*

    c!%!cit!cioBco%r!$'$t!t!l'$.or*

    T'l=;oo 2/32#?+C'lul!r 3 +++ 2?

    N',t'l @32#

    http://www.comprasestatales.org/http://www.comprasestatales.org/