REFORMAS FISCALES 2019 - Nyssen Consultores...2019/01/07 · obligaciones fiscales El Órgano...
Transcript of REFORMAS FISCALES 2019 - Nyssen Consultores...2019/01/07 · obligaciones fiscales El Órgano...
REFORMAS FISCALES
2019
www.nyssen.com www.vymabogados.com.mx
PERSPECTIVAS ECONÓMICAS
PERSPECTIVAS ECONÓMICAS
2016 2017 2018 2019
Crecimiento del PIB en % 3.0 2.5 2.16 2.61
Inflación en % 3.4 6.8 4.83 3.40
Tipo de cambio promedio 16.40 18.62 18.83 20.00
Barril petróleo en dólares 50.00 55.00 60.00 55.00
LEY DE INGRESOS 2019
Cifras en Miles de Millones de Pesos
2019 2018 Incremento
%
ISR $1,753 $1,566 11.94
PATRIMONIO
IVA 995 877 13.45
IEPS 438 421 0.04
SOBRE NÓMINAS
ECOLÓGICOS
SS 343 309 11.00
IMPUESTOS $3,311 $2,957 11.97
LEY DE INGRESOS 2019
Cifras en Miles de Millones de Pesos
Impuesto Sobre la Renta
$1,752,500 47.95%
Impuesto al Valor
Agregado. $995,203 27.23%
I.E.P.S. $437,901 11.98%
Seguridad Social.
$343,133 9.39%
Otros Impuestos,
$125,769 3.44%
RECARGOS
Por prórroga 1.47%
Por mora 0.98%
Pago diferido 1.82%
Parcialidades
Hasta 12 meses 1.26%
De 12 hasta 24 meses 1.53%
Superiores a 24 meses 1.82%
Incluyen actualización
INGRESOS NO ACUMULABLES
PARA DAMNIFICADOS POR SISMO
Para apoyar a los damnificados por los sismos
del mes de septiembre de 2017
Los que tuvieron sus casas habitación en zonas
afectadas por los sismos en México los días 7 y
19 de septiembre, no considerarán ingresos
acumulables para efectos de la Ley de ISR, los
siguientes ingresos
INGRESOS NO ACUMULABLES
PARA DAMNIFICADOS POR SISMO
Apoyos económicos o monetarios que reciban
de personas morales o fideicomisos para
recibir donativos deducibles para efectos del
ISR, siempre que dichos apoyos económicos o
monetarios se destinen para la reconstrucción
o reparación de su casa habitación
TASA DE RETENCIÓN POR
INTERESES
Durante 2018 la tasa de retención anual del ISR
fue del 0.46%, para este ejercicio del 2019 será
del 1.04%
Declaraciones anuales
informativas
PRECIOS DE TRANSFERENCIA
11
Base Erosion and Profit Shifting
Erosión de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios
Precios de Transferencia
ISR
I. Ingresos acumulables mayores o iguales a
$708 millones, que coticen en Bolsa en el
ejercicio fiscal anterior
II. Grupos de Sociedades Integradoras e
Integradas
III.Entidades Paraestatales de la
Administración Pública Federal
IV.Establecimientos Permanentes
•Deberá contener la información a nivel jurisdicción fiscal sobre la distribución mundial de ingresos e impuestos pagados, así como ciertos indicadores de localización de las actividades económicas en las jurisdicciones fiscales en las que opera el grupo empresarial multinacional en el ejercicio fiscal correspondiente. Doce mil millones de pesos
• la descripción y análisis del contribuyente obligado, así como de sus operaciones con partes relacionadas; y la información financiera tanto del contribuyente obligado como de las operaciones o empresas utilizadas como comparables en sus análisis. 708 millones
• que contenga información del grupo empresarial multinacional: sobre la estructura organizacional, la descripción del negocio, los intangibles, las actividades financieras con sus partes relacionadas, y la posición financiera y fiscal. 708 millones
Declaración informativa
maestra
Declaración informativa
local
Declaración informativa
país por país
Archivo Maestro
La información que ha de incluirse en el archivo maestro ofrece un “esbozo” del Grupo Multinacional y contiene datos relevantes que cabe clasificar en cinco categorías:
(a) la estructura organizativa del Grupo Multinacional
(b) una descripción del negocio o negocios de la EMN
(c) los intangibles de la EMN
(d) las actividades financieras intragrupo de la EMN y
(e) las posiciones financieras y fiscales de la EMN
Archivo Local
El archivo local se centra en la información pertinente para analizar los precios de transferencia en las operaciones entre una empresa asociada local y las asociadas de otros países, siempre que sean significativas conforme al sistema tributario local
Dicha información comprende:
los datos financieros de tales operaciones específicas,
un análisis de comparabilidad, y
La selección y aplicación del método de precios de transferencia más apropiado
Informe país por país
El informe país por país exige agregar
información fiscal a nivel de cada jurisdicción
en lo que respecta al reparto mundial de los
beneficios y los impuestos pagados, así como
ciertos indicadores de la localización de las
actividades económicas en las jurisdicciones
fiscales en las que opera el Grupo
Multinacional
Informe país por país
Enumerar todas las Entidades Integrantes cuya
información financiera se presente, haciendo constar la
jurisdicción fiscal de constitución cuando fuera diferente
de la jurisdicción fiscal de residencia y la naturaleza de las
principales actividades económicas ejercidas por la
Entidad Integrante
Será de utilidad a la hora de evaluar con carácter global el
riesgo de precios de transferencia
18
El CFF regula que las PF Y PM que quieran contratar con el Estado deben estar al corriente con sus obligaciones fiscales
19
SANCIONES
No proporcionar la información a que se refiere el artículo 76-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta, o proporcionarla incompleta, con errores, inconsistencias o en forma distinta a lo señalado en las disposiciones fiscales
De $140,540.00 a $200,090.00
20
Intercambio de información
La declaración informativa país por país, podrá ser intercambiada con autoridades fiscales extranjeras, sólo cuando pertenezcan a un país con el que México tenga en vigor un acuerdo amplio de intercambio de información tributaria, o un tratado para evitar la doble imposición que contenga una cláusula de intercambio de información
Regla US CbC Report
• Al no implementarlo, generaba costos altos de
cumplimiento en otros países
• Entrega voluntaria adelantada
• Tener firmado un acuerdo de intercambio
automático de información y cumplir con reglas
de confidencialidad.
• Excepción para compañías que pongan en
peligro la seguridad nacional
Reglas Misceláneas
Sobre Ajustes
PRECIOS DE TRANSFERENCIA
Pasos para el estudio
1.Análisis funcional y conocimiento de operación
2.Ajustes para hacer mas comparables mis comparables
3.Aplicación del método de Precios de Transferencia
4.Aplicación de método percentil
5.Obtención de resultado
Si cumple con PT:
#Se emite la opinión positiva
#Se elaboran declaraciones
informativas
#Se utiliza información para
SIPRED
#Se utiliza estudio para BEPS
NO cumple con PT:
#Se emite la opinión negativa
#Se propone un ajuste a cliente
#Se ajusta el resultado del año
#Se cambia declaración anual
#Se elaboran Declaraciones
informativas, SIPRED, BEPS
Método Costo Adicionado
OPERACIÓN A EXAMINAR
Fabricante
Sucursal México
Ventas 120.00
Costo 100.00
U.B. 20.00
UB/costo
=20/100
=20%
Distribuidor
E.U.
Casa Matriz
Uso de Método intercuartil
Operación a
Examinar
Operaciones
Comparables
Límite Inferior 21.50%
Mediana 24.00%
Límite Superior 27.25%
21%, 23%, 28%,
31%, 18%, 25%
20%
Método
Percentil
Uso de Método intercuartil
Límite Inferior 21.50%
Mediana 24.00%
Límite Superior 27.25%
Método
Percentil
Se propone al cliente un ajuste para aumentar las Ventas
Se hace un ajuste Contable y/o fiscal Incrementando Ingresos
Acumulables
Resolución Miscelánea
Publicada al 2 de julio de 2018 (aplicable para el ejercicio 2018) añade la sección 3.9.1 denominada Ajustes de Precios de Trasferencia. Además de dar definiciones sobre los tipos de ajuste; establecen reglas a seguir cuando después de aplicar el método percentil la operación analizada está fuera del rango.
Los Ajustes Pueden ser :
Aumentar Ingresos acumulables Aumentar Deducciones
Incrementa Base Impuesto Baja Base Impuesto
Puede motivar declaración
complementaria
Puede motivar declaración
complementaria
HACIENDA OK HACIENDA pondrá trabas
Disminuir Ingresos acumulables Disminuir Deducciones
Baja Base Impuesto Incrementa Base Impuesto
Puede motivar declaración
complementaria
Puede motivar declaración
complementaria
HACIENDA pondrá Trabas HACIENDA OK
INTERPRETACIÓN JURÍDICA SOBBRE PRECIOS DE
TRANSFERENCIA
AUTO REGULARIZACIÓN Para efectos de dar debido cumplimiento a las
obligaciones previstas en la Ley Federal para la
Prevención e Identificación de Operaciones con
Recursos de Procedencia Ilícita (Ley de Lavado de
dinero) de identificar y avisar al SAT
Los sujetos que NO se encuentren al corriente en el
cumplimiento de dichas obligaciones del 1º de julio del
2013 al 31 de diciembre del 2018 podrán
Solicitar y obtener autorización del SAT para
regularizar su situación
Implementar el programa de auto regulación
AUTO REGULARIZACIÓN
IDENTIFICACIÓN DE ACTIVIDADES
VULNERABLES
Tarjetas de servicio, crédito, pre pagadas y
todas aquellas que constituyan instrumentos de
almacenamiento de valor monetario
Operaciones de mutuo o de garantía o de
otorgamiento de préstamos o créditos
La comercialización o distribución de vehículos
(aéreos, marítimos o terrestres), nuevos o
usados
AUTO REGULARIZACIÓN IDENTIFICACIÓN DE ACTIVIDADES
VULNERABLES
Servicios de construcción o desarrollo de
bienes inmuebles en los que se involucren
operaciones de compra o venta
La prestación de servicios profesionales, de
manera independiente, sin que medie relación
laboral (Administración y manejo de recursos,
valores o cualquier otro activo
AUTO REGULARIZACIÓN
IDENTIFICACIÓN DE ACTIVIDADES
VULNERABLES
La constitución de derechos personales de uso
o goce de bienes (arrendamiento de inmuebles
por su valor mensual sea mayor a 1605 UMAS
($129,363 para 2018)
Recepción de donativos
La subasta o comercialización de obras de arte
La comercialización o intermediación de
Metales Preciosos, Piedras Preciosas, joyas o
relojes
AUTO REGULARIZACIÓN
OBLIGACIONES
Presentar Avisos en los tiempos y bajo las formas
previstas
Identificar a los clientes y usuarios con quienes
realicen las Actividades sujetas a supervisión y
verificar su identidad basándose en credenciales o
documentación oficial, así como recabar copia de
la documentación
Para los casos en que se establezca una relación
de negocios, se solicitará al cliente o usuario la
información sobre su actividad u ocupación
AUTO REGULARIZACIÓN
OBLIGACIONES
Solicitar al cliente o usuario si tiene
conocimiento de la existencia del dueño
beneficiario (documentación oficial que permita
identificarlo)
Custodiar, proteger, resguardar y evitar la
destrucción u ocultamiento de la información
que sirva de soporte a la Actividad Vulnerable
AUTO REGULARIZACIÓN
AMNISTÍA
El SAT deberá emitir y publicar en el Diario
Oficial de la Federación las reglas de carácter
general en un plazo máximo de 60 días
No procederá la imposición de sanciones (de
$806 mil a 5.2 millones de pesos) respecto del
período de incumplimiento que ampare el
programa de auto regularización
AUTO REGULARIZACIÓN
AMNISTÍA
El SAT podrá condonar las multas que se
hayan fijado en términos de la (Ley de Lavado
de dinero) durante el período de
incumplimiento que ampare el programa
La vigencia del programa de auto
regularización interrumpe el plazo de
prescripción para la imposición de las
sanciones correspondientes
INTERPRETACIÓN JURÍDICA DE LA AUTO REGULARIZACIÓN
El ciudadano, debe manifestar bajo protesta de decir
verdad que se que se comprometen a continuar con el
cumplimiento de las obligaciones derivadas de la
normatividad que los regula, así como con sus
obligaciones fiscales
El Órgano (Secretaría de Economía) tendrá las
funciones en coordinación con el sector privado, de
determinar la forma y periodicidad con que se llevará a
cabo los procesos de selección del 1% de los
contribuyentes que se encuentren inscritos en el Padrón
INICIATIVA LEY DE FOMENTO A LA
CONFIANZA CIUDADANA
A efecto de verificar el cumplimiento de las obligaciones
fiscales a las que se encuentren sujetos (Órgano distinto
al SAT)
Los contribuyentes sancionados perderán su inscripción
en el Padrón y no podrán ser sujetos a los beneficios y
además serán sujetos de manera continua a los
procesos de verificación que realice la Secretaría, hasta
en tanto no revaliden su inscripción
INICIATIVA LEY DE FOMENTO A LA
CONFIANZA CIUDADANA
APLICACIÓN DEL CFDI
APLICACIÓN DEL CFDI
Los tipos de CFDI son:
* Ingresos
* Egresos
* Traslado
* Recepción de pago
* Nómina
APLICACIÓN DEL CFDI
INGRESOS
Contado
• CFDI que identifica la enajenación de bienes, prestación de servicios, uso ó goce temporal de bienes.
Crédito pago único
• CFDI que identifica la enajenación de bienes, prestación de servicios, uso ó goce temporal de bienes.
• Comprobante de recepción de pago por el total de la contraprestación.
Crédito parcialidades
• CFDI que identifica la enajenación de bienes, prestación de servicios, uso ó goce temporal de bienes.
• De dos a más comprobantes de recepción de pago.
APLICACIÓN DEL CFDI
INGRESOS POR ANTICIPOS
Sin remanente al concretar la enajenación
• Para estos anticipos es necesario elaborar:
• Comprobante por el anticipo
• Comprobante al concretar la operación y recibir la contraprestación.
• Comprobante de egresos que ampare el monto del anticipo.
Con remanente al concretar la enajenación
• Comprobante por el anticipo
• Comprobante al concretar la operación y recibir la contraprestación, aplicando el anticipo recibido.
• Comprobante por recepción de pago.
APLICACIÓN DEL CFDI
EGRESOS
NOTAS DE
CREDITO
Devolución de mercancía
Descuentos
Bonificaciones
Cancelaciones de
anticipos
APLICACIÓN DEL CFDI
TRASLADO
Este tipo de comprobante sirve para acreditar la
propiedad o posesión legal de mercancías o
bienes durante un traslado
Por lo general los transportistas son los que
utilizan este tipo de comprobantes
NO EMISIÓN DEL CFDI POR
RETENCIÓN
En el uso o goce temporal de bienes inmuebles y
en servicios profesionales el CFDI hace las
veces de constancia de retención
En el caso, las personas físicas que expidan el
CFDI podrán considerarlo como constancia de
retención del ISR e IVA, y efectuar el
acreditamiento de los mismos en los términos de
las disposiciones fiscales
PAGO DE IVA Y DE IEPS PARA
CONTRIBUYENTES DEL RIF
Sigue vigente para los que tributan en el RIF, el
beneficio de calcular el IVA y el IEPS con base a
porcentajes preferenciales, dependiendo de la
actividad que realizan
El beneficio solamente es aplicable en
operaciones con el público general
COMPENSACIÓN UNIVERSAL
2018
El CFF permite la compensación de cantidades a
favor derivadas de impuestos federales contra
saldos a cargo y fueran por adeudos propios o
por retención a terceros
2019
La Ley de Ingresos de la Federación considera
solo compensar cantidades a favor contra saldos
a cargo, en ambos casos generados en el mismo
impuesto y sólo por adeudos propios
COMPENSACIÓN UNIVERSAL
En Resolución Miscelánea se permite que las
cantidades generadas hasta el 31 de diciembre
del 2018 sean compensadas contra saldos a
cargo por adeudo propio
Se debe presentar un aviso
INTERPETACIÓN JURÍDICA
DE LA COMPENSACIÓN
UNIVERSAL
IMPUESTO PREDIAL EN LA
CIUDAD DE MÉXICO
El 31 de diciembre del 2018 se publicaron en la
Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal
(GOGDF)las modificaciones a la tarifa
contenida en el artículo 130 del CFCM
relacionadas con el procedimiento de cálculo y
determinación del Impuesto Predial en casa
habitación
IMPUESTO PREDIAL EN LA
CIUDAD DE MÉXICO
En el precitado Decreto se publicaron las
nuevas características para la determinación
del valor catastral base del impuesto predial
actualizando su tarifa en las columnas de límite
inferior y superior de valor catastral de los
inmuebles.
IMPUESTO PREDIAL EN LA
CIUDAD DE MÉXICO
DECRETO
Los contribuyentes determinarán el impuesto predial
bimestralmente, aplicando al valor catastral de los
inmuebles la tarifa respectiva que se conforma de
dieciséis (16) rangos que van de la letra “A” a la “P”,
determinados entre un mínimo y un máximo, según el
valor catastral del inmueble, con cuotas fijas y tasas
aplicables sobre el excedente del límite inferior
IMPUESTO PREDIAL EN LA
CIUDAD DE MÉXICO
Tratándose de inmuebles de uso habitacional,
los contribuyentes tendrán derecho a una
reducción del impuesto predial a su cargo
mediante el pago de una cuota fija
IMPUESTO PREDIAL EN LA
CIUDAD DE MÉXICO
Se prescribe que los contribuyentes del
impuesto predial pagarán una cuota fija,
cuando se trate de inmuebles de uso
habitacional cuyo valor catastral se ubique en
los rangos A, B, C y D de la fracción I del
artículo 130 del Código Fiscal de la Ciudad de
México
IMPUESTO PREDIAL EN LA
CIUDAD DE MÉXICO
La mencionada reforma viola en perjuicio de los
contribuyentes los principios de legalidad y
seguridad jurídica, previstos en los artículos 14
y 16 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, así como los principios de
proporcionalidad y equidad tributaria
establecidos en el artículo 31, fracción IV,
Constitucional
IMPUESTO PREDIAL EN LA
CIUDAD DE MÉXICO
¿POR QUÉ?
En virtud de que establece un trato diferente a
personas que se encuentran en una misma
situación ante el objeto del impuesto
IMPUESTO PREDIAL EN LA
CIUDAD DE MÉXICO
Es decir, el sistema de aminoración del
impuesto predial que prevé el precitado artículo
del CFCDMX, se establece atendiendo al
destino del inmueble (uso habitacional),
mediante un esquema regresivo de cuotas fijas
IMPUESTO PREDIAL EN LA
CIUDAD DE MÉXICO
Sin embargo, solamente pueden acceder a ese
beneficio los propietarios y poseedores de
inmuebles de uso habitacional comprendidos
en los rangos A al D, y no así los que se ubican
en los reglones E al P de la tarifa respectiva
IMPUESTO PREDIAL EN LA
CIUDAD DE MÉXICO
Que los rangos E al P de la tarifa del impuesto predial
no estén comprendidos en la tabla de descuentos,
excluye injustificadamente del régimen especial de
tributación previsto para los inmuebles de uso
habitacional, colocándolos en el “régimen general”
cuestión que se traduce en un trato desigual entre
sujetos que se ubican en la misma situación, sin que
exista una razón objetiva para ello
IMPUESTO PREDIAL EN LA
CIUDAD DE MÉXICO
Además, el incremento de la tarifa para el cálculo del
impuesto predial resulta excesivo en comparación a lo
que los contribuyentes estaban obligados a pagar en
el ejercicio anterior por el mismo predio, sin que para
ello variaran las condiciones del lugar o la zona,
situación que contraviene el principio de
proporcionalidad previsto en nuestra Constitución
IMPUESTO PREDIAL EN LA CIUDAD
DE MÉXICO
Existe la posibilidad de interponer en su contra
el denominado juicio de amparo indirecto
ante los Juzgados de Distrito competentes en
la Ciudad de México
IMPUESTO PREDIAL EN LA
CIUDAD DE MÉXICO
¿CUÁNDO SE PODRÍA INTERPONER?
Dos momentos:
El primero, a los treinta días hábiles siguientes a la
entrada en vigor de las modificaciones realizadas al
precepto de mérito, y
El segundo, dentro de los quince días hábiles siguientes al
primer acto de aplicación, que en el caso concreto
corresponde al pago del impuesto del primer bimestre de
2019
IMPUESTO PREDIAL EN LA
CIUDAD DE MÉXICO
¿CUÁL ES EL OBJETO O
BENEFICIO DE SU
INTERPOSICIÓN?
ESTIMULOS FISCALES
REDUCCIÓN DE MULTAS FORMALES
50% DESDE QUE INICIA LA AUDITORÍA Y
HASTA EL ACTA FINAL U OFICIO DE
OBSERVACIONES
40% A PARTIR DEL ACTA FINAL, OFICIO DE
OBSERVACIONES O RESOLUCIÓN
PROVISIONAL Y HASTA ANTES DE QUE SE
NOTIFIQUE EL CRÉDITO FISCAL
ESTIMULOS FISCALES
ACREDITAMIENTO DEL IEPS DEL DIÉSEL O
BIODIÉSEL
ACTIVIDAD EMPRESARIAL QUE UTILICEN EL
DIÉSEL, BIODIÉSEL Y SUS MEZCLAS COMO
COMBUSTIBLE EN MAQUINARIA (EXCEPTO
VEHÍCULOS)
APLICABLE A VEHÍCULOS MARINOS
ACREDITAMIENTO DEL IEPS AL ISR CAUSADO
ESTIMULOS FISCALES
OPCIÓN PARA EL ACREDITAMIENTO DEL
IEPS AL ISR
SECTORES AGRÍCOLA, GANADERO,
PESQUERO Y SILVÍCOLAS
POSIBILIDAD DE ACREDITAR EL FACTOR DEL
0.355 AL PRECIO DEL DIÉSEL INCLUYENDO EL
IVA
ESTIMULOS FISCALES
DEVOLUCIÓN DEL IEPS DEL DIÉSEL O
BIODIÉSEL QUE SE UTILICE PARA
CONSUMO FINAL
DEVOLUCIÓN PARA AGROPECUARIAS Y
SILVÍCOLAS (20 veces UMA)
PERSONAS FÍSICAS
PERSONAS MORALES
ESTIMULOS FISCALES
ACREDITAMIENTO DEL IEPS DEL DIÉSEL O
BIODIÉSEL
TRANSPORTE PÚBLICO DE PERSONAS,
CARGA O TURÍSTICO
CONTRA ISR CAUSADO
VIGENCIA DE DOCE MESES
NO APLICABLE SI EL SERVICIO SE OTORGA
ENTRE PARTES RELACIONADAS
ESTIMULOS FISCALES ACREDITAMIENTO PARA
TRANSPORTISTAS DEL 50% DEL PAGO DE
PEAJE EN AUTOPISTAS
TRANSPORTE DE PERSONAS, CARGA O
TURÍSTICO
50% CONTRA ISR CAUSADO
QUIEN NO LO ACREDITE PERDERÁ SU
DERECHO
ES ACUMULABLE EL ESTÍMULO
ESTIMULOS FISCALES ACREDITAMIENTO DEL IEPS DE LOS
COMBUSTIBLES FÓSILES AL ISR CAUSADO QUE
SE UTILICEN PARA ELABORAR OTROS BIENES
QUE EN EL PROCESO PRODUCTIVO:
NO SE DESTINEN A LA COMBUSTIÓN
UTILIZAR LA FORMA OFICIAL
MONTO QUE RESULTE DE MULTIPLICAR LA
CUOTA DEL IEPS POR LA CANTIDAD DE
COMBUSTIBLE CONSUMIDO
SON COMBUSTIBLES FÓSILES: PROPANO, BUTANO,
GASOLINA, GASAVIÓN, TURBOSINA, DIÉSEL, COQUE DE
CARBÓN,…
ESTIMULOS FISCALES
ACREDITAMIENTO DEL DERECHO ESPECIAL DE
MINERÍA
LOS CONTRIBUYENTES TITULARES DE
CONCESIONES Y ASIGNACIONES MINERAS
PODRÁN ACREDITAR CONTRA EL ISR DEL
EJERCICIO O EN PAGOS PROVISIONALES, EL
DERECHO ESPECIAL SOBRE MINERÍA QUE SE
HAYA PAGADO EN EL EJERCICIO QUE SE TRATE
INGRESOS ANUALES 50 MILLONES DE PESOS
ESTIMULOS FISCALES
DISMINUIR DE LA UTILIDAD FISCAL
DETERMINADA EN LOS PAGOS PROVISIONALES
EL MONTO DE LA PTU PAGADA EN EL MISMO
EJERCICIO
DISMINUCIÓN DE LA PTU EN LA MISMA
PROPORCIÓN DE MAYO A DICIEMBRE (8 MESES)
EL ESTÍMULO SE APLICARÁ HASTA EL MONTO
DE LA UTILIDAD FISCAL
NO SE RECALCULARÁ EL COEFICIENTE DE
UTILIDAD CON MOTIVO DE ESTE ESTÍMULO
ESTIMULOS FISCALES
DEDUCCIÓN ADICIONAL POR CONTRATAR
TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD
PERSONAS QUE PADEZCAN DISCAPACIDAD; MOTRIZ,
QUE PARA SUPERARLA REQUIERAN USAR
PERMANENTEMENTE DE PRÓTESIS, MULETAS O SILLAS
DE RUEDAS; AUDITIVA O DE LENGUAJE, EN UN 80% O
MÁS DE LA CAPACIDAD NORMAL; MENTAL, ASÍ COMO
CUANDO EMPLEEN INVIDENTES
CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD EXPEDIDO POR EL
IMSS
ESTIMULOS FISCALES
DEDUCCIÓN ADICIONAL POR CONTRATAR
TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD
DEDUCIR DE LOS INGRESOS ACUMULABLES EL
EQUIVALENTE DEL 25% DEL SALARIO EFECTIVAMENTE
PAGADO
EL SALARIO GRAVADO ES AL QUE SE LE APLÍCA EL
ESTÍMULO, (NO EL EXENTO)
RETENER Y PAGAR EL IMPUESTO
NO PODRÁN APLICAR EL ESTÍMULO QUE CONTEMPLA
LA LEY DE ISR DE LA DEDUCCIÓN ADICIONAL POR
CONTRATAR DISCAPACITADOS
DEDUCCIÓN ADICIONAL POR
DONACIÓN DE BIENES BÁSICOS
Deducción adicional del 5% del costo de lo vendido
de los bienes donados a donatarias autorizadas
denominadas “banco de alimentos o medicinas”
Condiciones
• Que el margen de utilidad sea igual o superior al
10%
• Si es menor el porcentaje de deducción será el
50% del margen de utilidad
ESTIMULOS FISCALES
ESTÍMULOS POR INVERSIÓN EN PROYECTOS DE
PRODUCCIÓN CINEMATOGRÁFICA NACIONAL
LOS CONTRIBUYENTES QUE SEAN BENEFICIADOS CON
EL CRÉDITO FISCAL POR LAS APORTACIONES
EFECTUADAS A PROYECTOS DE INVERSIÓN
APLICAR EL MONTO DEL CRÉDITO FISCAL A LOS PAGOS
PROVISIONALES DE ISR
NO SE PODRÁ APLICAR EN FORMA CONJUNTA CON
OTROS TRATAMIENTOS FISCALES QUE OTORGUEN
BENEFICIOS O ESTÍMULOS FISCALES
EXENCIONES
DERECHO DEL TRÁMITE ADUANERO (DTA)
SE EXIME DEL PAGO DEL DTA QUE SE
CAUSE POR LA IMPORTACIÓN DE GAS
NATURAL, EN LOS TÉRMINOS DE LA
LEY FEDERAL DE DERECHOS
¿PREGUNTAS?
PRESENTACIÓN EN:
www.nyssen.com/reformasfisc
ales2019
GRACIAS