Reforma Liberal

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SEGUNDA ÉPOCA LIBERAL 1871-1944 Al morir Rafael Carrera, lo sucedió en el poder el general Vicente Cerna. Dos años des?ués se inició un levantamiento contra su gobierno, dirigido por el mariscal Serapio Cruz y apoyado por Justo Rufino Barrios; Cruz murió y lo continuó Barrios, triunfando el 30 de junio dE 1871 e instituyendo un gobierno liberal, a cargo del general Miguel Garda Granados como presidente provisorio de Guatemala. En julio de 1871, 125 municipalidades emitieron pronunciamientos desconociendo al gobierno de Vicente Cerna y reconociendo al presidente provisorio. Estos comunicados fueron hechos a instancias de las autoridades departamentales y reflejaban tres clases de regí:mznes de gobierno local: 1) Pueblos con sólo una municipalidad, ya fuese ladina o indígena. 2) Pueblos con dos municipalidades, una ladina y otra indígena. 3) Pueblos con municipalidad mixta, ladina-indígena. En el anexo 1 se encuentra la lista de las 125 municipalidades con los datos ordenados p;)r grupo lingüístico, régimen de gobierno local, y la lista de funcionarios indígenas adicionales al gobierno municipal, tales como los principales y los gobernadores de comunidades ir .dígenas. El cuadro 39 presenta los datos en forma resumida. Con base en los datos que proporcionan los comunicados, se concluye que: 1) Predominaban los pueblos con una sola municipalidad: de un total 125 casos, 87 tienen una sola; de éstas, 47 son ladinas y cuarenta, indígenas. 2) En 28 casos, los pueblos tenían dos municipalidades simultáneamente: una indígena y una ladina. 3) Hay diez casos de pueblos con municipalidad mixta. Serie socio-cul tu ro l - -- - ------ - ----- -- ---- -- - 163

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HISTORIA MUY DESTACADA DESDE LOS TIEMPOS ATRAS

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SEGUNDA ÉPOCA LIBERAL 1871-1944

Al morir Rafael Carrera, lo sucedió en el poder el general Vicente Cerna. Dos años des?ués se inició un levantamiento contra su gobierno, dirigido por el mariscal Serapio Cruz y apoyado por Justo Rufino Barrios; Cruz murió y lo continuó Barrios, triunfando el 30 de junio dE 1871 e instituyendo un gobierno liberal, a cargo del general Miguel Garda Granados como presidente provisorio de Guatemala.

En julio de 1871, 125 municipalidades emitieron pronunciamientos desconociendo al gobierno de Vicente Cerna y reconociendo al presidente provisorio. Estos comunicados fueron hechos a instancias de las autoridades departamentales y reflejaban tres clases de regí:mznes de gobierno local:

1) Pueblos con sólo una municipalidad, ya fuese ladina o indígena. 2) Pueblos con dos municipalidades, una ladina y otra indígena. 3) Pueblos con municipalidad mixta, ladina-indígena.

En el anexo 1 se encuentra la lista de las 125 municipalidades con los datos ordenados p;)r grupo lingüístico, régimen de gobierno local, y la lista de funcionarios indígenas adicionales al gobierno municipal, tales como los principales y los gobernadores de comunidades ir.dígenas. El cuadro 39 presenta los datos en forma resumida.

Con base en los datos que proporcionan los comunicados, se concluye que:

1) Predominaban los pueblos con una sola municipalidad: de un total 125 casos, 87 tienen una sola; de éstas, 47 son ladinas y cuarenta, indígenas.

2) En 28 casos, los pueblos tenían dos municipalidades simultáneamente: una indígena y una ladina.

3) Hay diez casos de pueblos con municipalidad mixta.

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Tras los hLellas del poder local: lo Rlcaldía Indígena en Guatemala, del siglo XVI 01 siglo XX

"'lIu)«'N~ Diferentes régimenes de gobierno local y funcionarios adicionales,

por grupo lingüístico, julio de 1871 Grupo

Municipalidades Otros funcionarios lingüístico

Una Dos Mixta No se Principal Gobernador Ladina Indígena determina indígena

Tetal 47 40 19 10 9 40 26

K'iche' 2 4 7 3 4 3

Kaqchikel 5 7 5 2 2 5 5

M!/m 1 8 6 1 2 8 6

Q'eqchi' 2 1 2 1

Poqomchi' 5 4 3

AChi 2 2 3 2

Tz'utujil 2 2

ChJrti' 12 3 2 5 3

Popti' 3 1 4

Nahua 5 1 1 1 1

Xir.ca 5 1

Poqomam 3 1 1 1

Ala::¡uilac 1 1

Akateko 1 1 1

Sipc.kapa 1 1 1 1

Ladino 13

(Elaboración propia con base en IIGCA: 1571).

La presencia de principales, a finales del siglo pasado, es muy importante: significa que los indígenas mantuvieron su esquema de gobierno con base en los jefes de linajes, dentro de las corporaciones municipales, por casi cuatrocientos años después de la invasión española. Los principales aparecen indistintamente, en cuarenta ocasiones (32%), en cualquiera de las tres clases de régimenes municipales existentes en esa época. Tal presencia es rr.uy especial en cinco osos:

1; En San Martín Sacatepéquez, municipio mam muy tradicional de Quetzaltemngo, se mencionan: primer principal, segundo principal y tercer principal.

2) En San Idelfonso Ixtahuacán, Huehuetenango, pueblo mam, con municipalidad indígena, aparecen principales ladinos.

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3) En Colotenango, Huehuetenango. pueblo mam con municipalidad indígena, se cita el caso de principales indígenas y ciudadanos ladinos del pueblo, convocando a una reunión.

4) En San Antonio Senahú, municipio q'eqchi' muy tradicional de Alta Verapaz, se incorporan los chinames o sacerdotes mayas y mayordomos de las cofradías (un tc·tal de veinte personas), con lo que suman 61 principales. El fiscal de la iglesia, y a la '¡ez secretario municipal, firma por los dos grupos: el primero, relacionado con activida.ies de la iglesia, y el segundo, con actividades de la municipalidad.

5) En San Miguel Acatán, Huehuetenango, pueblo akateko muy tradicional, se incluye al maestro cantor de la iglesia, quien fiar.a por los principales.

La figura del gobernador indígena apareció en 26 oportunidades (21%), en las tres clases de regímenes; su presencia era menor que la de les principales.

Los datos también muestran que en la región oriental, el proceso de ladinización fue ace1e::,ado, pues son muy pocos los casos de municipalidades indígenas, aún más escasas son las mixtas y nulos los casos de dos municipalidades.

1. ALCALDÍA MIXTA LADINA-INDÍGENA, CASOS ESPECIALES

Los liberales, que se mantuvieron en el poder de 1871 hasta 1944, prosiguieron con la política liberal post-independentista de mixtificar las municipalidades indígenas. El instrumento jurídico en el cual se basaron fue el acuerdo presidencial, y utilizaron dos formas para lograrlo:

1) Cuando existía sólo la municipalidad indígena en el pueblo, se daba participac:ón a los ladinos en ella y, consecuentemente, era convertida en municipalidad mixta. La participación de los ladinos fue decisiva tanto en número como en los cargos asignados, pues fueron los de mayor decisión.

2) Cuando existían dos municipalidades, se eliminaba la municipalidad indígena y se agregaban algunos funcionarios de ella a la municipalidad ladina. Tambié!l en este caso, los ladinos tenían mayor participación en número y cargos decisivos.

El primer acuerdo al respecto fue emitido por Miguel García Granados, el 27 de diciembre de 1871, estipulando que:

" .. . para un mejor orden y administración de los municipios que se componer. indistintamente de indios y ladinos, que las municipalidades se formen de la3 dos clases ... 11

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Tras los hu~l las del poder local: lo Alcaldía Indígena en Guatemala. del sigla XVI 01 siglo n

Este acuerdo se aplicaría en la municipalidad de San Pedro Pinula, Jalapa, pueblo de indígenas poqomam, los cuales evidentemente tenían el poder en el gobierno local. Ei acuerdo establecía que la municipalidad se organizara con cinco integrantes ladinos y natro indígenas, los cuales se enumeran en el cuadro 40.

Distribución de cargos en las municipalidades mixtas, 21 de diciembre de 1871

Ladinos Indígenas

Total 5 4 2 Alcalde primero Alcalde segundo 2 Regidor primero Regidor cuarto 2 Regidor segur,do Regidor quinto 2 Regidor tercero Regidor sexto 1 Síndico

Les presidentes subsiguientes continuaron emitiendo acuerdos en el mismo sentido. El cuadro 41 enumera los acuerdos emitidos desde diciembre de 1871 a septiembre de 1928, 34 en total.

Fecha

Acuerdos de ladinización de municipalidades indígenas durante la época liberal (1871-1928), en orden cronológico

Municipio y Grupo Cargos municipales de emisión departamento lingüístico Ladinos Indígenas

27-12-1871 San Pedro Pinula, Poqomam Alcalde primero Alcalde segundo Jalapa Regidor primero Regidor cuart·::>

Regidor segundo Reg:dor quint::> Regidor tercero Regidor sexto Síndico

11-2-18.75 Santa Bárbara Tz'utujil Alcalde primero Alcalde segundo Suchitepéquez Regidor primero Regidor segundo

Síndico Regidor tercero Regidor cuarto

11-7-1875 Patulul, Tz'u tujil Alcalde primero Alcalde segundo Suchitepéquez Regidor primero Regidor segtmcio

Síndico Regidor tercero

I Regidor cuarto

16~ ----------------------------------------------- Colzc·:ién IDIES

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Lo Alcaldía Indígena durante el Período Republicano - - - ------

~iIl4.)« •• '~ (Continuación)

Fecha Municipio y Grupo Cargos municipales de emisión departamento lingüístico Ladinos Indígenas 20-10-1886 San Lucas Kaqchike/ Alcalde primero Alcalde segundo

Sacatepéquez, Regidor primero Regidor tercero Sacatepéquez Regidor segundo Regidor cuarto

Síndico 16-12-1886 Malacatán, Mam Alcalde primero Alcalde segundo

San Marcos Regidor primero Regidor segundo Síndico Regidor tercero Secretario Regidor cuarto

2-7-1887 Sipacapa, Sipakapense Alcalde primero Alcalde segundo San Marcos Síndico Regidor primero

Secretario Regidor segundo Regidor tercero Regidor cuarto

2-7-1887 Comitancillo, Mam I Alcalde primero Alcalde segundo San Marcos Síndico Regidor primero

Secretario Regidor segundo Regidor tercero Regidor cuarto

2-7-1887 Tajumulco, Marr. Alcalde primero Alcalde segundo San Marcos Síndico Regidor primero

Secretario Regidor segundo Regidor tercerc Regidor cuarto

6-12-1887 Santa María K'icr.e' Regidor cuarto Alcalde primero de Jesús, Síndico Alcalde segundo Quetzaltenango Regidor primero

Regidor segundo Regidor tercero

12-3-1838 San Felipe K'iche' Alcalde primero Alcalde tercero Retalhuleu Alcalde segundo

Regidor primero Regidor segundo Regidor tercero Regidor cuarto Síndico

23-9-1891 Alotenango, Kaqchikel Municipalidad se integrará en igual Sacatepéquez cantidad por ladinos e indígenas

10-11-1892 San Carlos Poqoman Municipalidad se integrará por Alzatate, Jalapa ladinos e indígenas

29-10-1892 Sumpango, Kaqchikel Municipalidad se integrará por Sacatepéquez ladinos e indígenas

Serie s:xio-cultural 167

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Fecha de emisión 15-11-1892

27-2-1905

14-1-1907

18-1-1913

11-6-1920

11-12-1920

14-10-1921

23-12-1921

2-2-1922

Tras los ruel os del poder local: lo Alca ldía Indígena en Guotemolo, del siglo XVI 01 siglo TI

"'IX'.)t{.I'~ ( Continuación)

Municipio y Grupo Cargos munidpales departamento lingüístico Ladinos Indígenas

Totonicapán, K'iche' Alcalde primero Alcalde tercero Totonicapán Alcalde segundo Síndico segundo Sacatepéquez Síndico primero Regidar octavo

Regidor primero Regidor novena Regidor segundo Regidor décimo Regidor tercero Regidor décimo pri..-nero Regidor cuarto Regidor décimo ó-egundo Regidor quinto Regidoc décimo tercero Regidor sexto Regidor séptimo

San Cristóbal Poqornchi' Aumenta un Verapaz, Alta Vera paz regidor Comalapa, Kaqchikel Aumenta dos Chimaltenango regidores más Santiago Kaqchikel Alcalde primero Sacatepéquez, Síndico primero Chimaltenango Regidor primero Santa Eulalia, Qanjob'al Alcalde primero Huehuetenango Síndico primero

Regidor primero Santiago Atitlán, Tz'u tujll Alcalde primero Alcalde segun<io Sololá Síndico primero Síndico segundo

Regidor decano Regidor segundo Regidor tercero Regidor cuarto Regidor quinto Regidor sexto Regidor séptimo Regidor octavo

Patzicía, Kaqchikel Alcalde segundo Chimaltenango San Martín Kaqchikel Aumenta un Aumenta un Jilotepeque, regidor reg2dor Chimaltenamw San Pedro Kaqchikel Alcalde primero Alcalde segundJ Yepocapa, Síndico primero Síndico segundo Chimal tenango Regidor primero

Regidor segund() Regidor tercero Regidor cuarto

168 --------------------------------------------- (o',,:;cción IDIES

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Lo Alcaldía Indígena durante el Período Republicano ---- -----

( Continuación) Fecha Municipio y Grupo Cargos municipales

de emisión departamento lingüístico Ladinos Indígenas 1ó-6-1922 Nebaj, El Quiché Ixi! Dos regidores más 18-12-1922 Huitán, Mam Alcalde primero Alcalde segundo

Quetzaltenango Síndico primero Regidor segundo Regidor primero Regidor tercero

Regidor cuarto Regidor quinto Regidor sexto

14-10-1924 San Pedro Carchá Q'eqchi' Alcalde primero Alcalde tercero Alta Verapaz Alcalde segundo Síndico primero

Síndico segundo Regidor primero Regidor segundo Regidor tercero Regidor cuarto Regidor quinto Regidor sexto Regidor séptimo Regidor octavo Regidor noveno Regidor décimo

14-2-1924 Nebaj, Ixü Alcalde primero Alcalde segundo El Quiché Síndico primero Síndico segundo

Regidor primero Regidor cuarto Regidor segundo Regidor quinto Regidor tercero Regidor sexto

23-10-1925 San Martín Kaqchikel Alcalde primero Alcalde tercero Jilotepeque, Alcalde segundo Regidor séptimo Chimaltenango Síndico Regidor octavo

Regidor primero Regidor noveno Regidor segundo Regidor décimo Regidor tercero Regidor décimo primero Regidor cuarto Regidor décimo segundo Regidor quinto Regidor sexto

8-4-1925 San Mateo Ixtatán, Mam Alcalde primero Alcalde primero Huehuetenango Síndico primero Regidor tercero

Regidor primero Regidor cuarto Regidor segundo

Serie socio-culturol - --- - --- - - - - -------------- 169

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Tras 105 hue 105 del poder local: lo Flcoldío Indígena en Glotemolo. del siglo XVI 01 siglo XX

( Continuación)

Fecha Municipio y Grupo Cargos municipales de emisión departamento lingüístico Ladinos Indígenas 27-10-1926 Chisec, Q'eqchi' Alcalde Regidor segunc.o

Alta Vera paz Síndico Regidor tercero Regidor primero

4-2-1926 Patulul, Tz'utujil Alcalde primero Alcalde tercero Suchitepéquez Alcalde segundo Regidor del sexto

Síndico Regidor séptimo) Regidor primero Regidor octavo Regidor segundo Regidor noveno Regidor tercero Regidor décimc Regidor cuarto Regidor quinto

29-3-1927 San Juan Atitlán Mam Alcalde primero Alcalde segund:> Síndico primero Síndico segundo Regidor primero Regidor cuarto Regidor segundo Regidor quinto Regidor tercero Regidor sexto

10-9-1928 Patzún, Kaqcl:ikel Alcalde primero Alcalde tercero Chimaltenango Alcalde segundo

Síndico Regidor primero Regidor segundo Regidor tercero Regidor cuarto Regidor quinto Regidor sexto

25-10-1928 Santiago Kaqchikel Alcalde primero Alcalde segundo Sacatepéquez, Síndico primero Alcalde terCeTO Chimaltenango Regidor primero Regidor tercero

Regidor segundo Regidor cuarto Regidor quinto

11-2-1936 Tecpán, Kaqchikel Aumenta un Chimaltenango reg'.dor indí.gena

170 ---------------------------------------------- (oleC:ión IDIES

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Lo Alcaldía Indígena du'ante el Período Republicano - - --- --- -

El grupo Kaqchikel fue el más afectado por la presencia de ladinos en las municipalidades, pues en ocho de sus municipios densamente poblados los ladinos recuperaron el poder perdido en la época de Rafael Carrera, manteniéndolo hasta la década de 1940.

Los indígenas de las diferentes regiones hicieronrec1amos, los cuales apenas fueron considerados (ver cuadro 42).

Acuerdos de apoyo a la representación indígena en la municipalidad durante la época liberal U871-1944), en orden cronológico

Fecha Municipio y Grupo Cargos municipales de emisión departamento lingüístico Ladinos Indígenas

13-12-1883 San Luis Jilotepeque Poqomam Alcalde tercero I Jalapa

16-7-1892 Totonicapán, K'iche' Los arbitrios otorgados el 1-5-1892 a Totonicapán favor de la municipalidad ladina de

toque de campana y enterramiento sea dividida en adelante en partes iguales entre la municipalidad indí-gena y ladina

26-11-1892 San Pedro Pinula, Poqomam Alcalde primero Alcalde segundo Síndico primero Síndico segundo Regidor primero Regidor tercero Regidor segundo Regidor cuarto

24-10-1893 Totonicapán, K'iche' Elecciones de la alcaldía indígena y Totonicª¡:>án ladina deben ser separadas

27-1-1894 Totonicapán, K'iche' Aumentan dos regidores indígenas, Totonicapán pero de la parcialidad de los principales

9-12-1898 Totonicapán, K'iche' Aumentan dos regidores indígenas, Totonicapán pero con la parcialidad de los milicianos

28-2-1905 La Unión, Chorti' Alcalde segundo Zacapa Regidor primero

3-2-1913 San Andrés Villa K'iche' Alcalde tercero Seca, Retalhuleu

18-12-1913 Jocotán, Chorti' Alcalde tercero Cruquimula Regidor quinto

Regidor sexto 27-4-1916 San Agustín Alagüililk Alcalde tercero

Acasaguastlán, El Progreso

17-6-1920 Nebaj, Ixil Todos los integrantes El Quiché indígenas con su-

ficientes aptitudes

Se·rie so j o·cultural 171

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Tras los huellos del poder local: lo Alcaldía Indígena en GU::itemolo. del siglo XVI 01 siglo XX

... g.,.)«.lt~ (Continuación)

Fecha Municipio y Grupo Cargos municipales de emisión departamento lingüístico Ladinos =ndígenas

19-7-1921 San Miguel Chicaj, Achi' Alcalde primero Alcalde segundo Baja Verapaz Síndico Regidor primero

Regidor segundo Regidor tercero Regidor cuarto

30-4-1923 San Pedro Kaqchikel Alcalde segundo Alca:de primero Yepocapa, Síndico primero Sínd:co segundo Chimaltenango Regidor primero

Regidor segundo Regidor terc-=:,o Regidor cuarto

13-3-1931 San Lucas Tolimán, Tz 'utuiil Alca:de tercero Sololá

17-1-1935 Palín, Escuintla Poqom1m Alca~de tercero 5-3-1935 Patulul, Tz 'utuii1 Alca:de tercero

Suchitepéquez

En los cuadros cuadro 41 y 42 aparecen varios municipios indígenas que durante la primera época liberal lucharon por mantener su autonomía municipal ante los ~adinos: Totonicapán, Palín y San Agustín Acasaguastlán. También aparecen acuerdos que afectan a un mismo municipio, lo cual demuestra la lucha de los indígenas por defender su gobierno local de los lad:nos, o la lucha de los ladinos por ingresar a las municipalidades.

Algunos de Estos casos se describirán brevemente enseguida; los otros, se cesar rollan más ampliamente en la parte de casos ilustrativos.

1) San Pedro Pinula, municipio poqomam, en Jalapa. En 1863, la municipalidad y el gobernador indígena pidieron justicia al presidente de la República, debko a que los ladinos radicados en San Pedro pretendían se les diera posesión de los terrenos comunales que ocupaban, siendo eso una injusticia para los indígenas, quienes no lo podían consentir (AGCA: B. lego 28591, exp. 52, fol. 5). Los ladinos. por interés de poseer tierras, buscaron introducirse en la municipalidad y lo lograron en 1871. Un acuerdo presidencial les autorizó ocupar los puestos de alcalde ?rimero, tres regidores y un síndico ladinos, quedando un alcalde y tres regidores indígenas. Veinte años después, los indígenas solicitaron más miembros dentro de la municipalidad y un acuerdo del 26 de noviembre de 1892 les autorizó ocupar k>s puestos de alcalde primero y síndico primero, y de dos regidores; a los ladinos autorizó los cargos de

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alcalde segundo, síndico segundo y dos regidores. O sea, cuatro ladinos y cuatro indígenas, quedando de esta forma más equilibrados que con anterioridad.

2) Patulul, municipio tz'utujil de la boca:osta del Pacífico. El jefe político deSuchitepéquez solicitó la representación de los ladinos en la municipalidad, por ser esta parcialidad tan numerosa como la indígena. El 11 de julio de 1875, por acuerdo' presidencial, se estableció que el alcalde primero, el regidor primero y el síndico serían ladinos; el alcalde segundo y tres regidores .. indígenas. Cinco décadas después, los ladinos solicitaron aumentar su número de representantes en la municipalidad y el 4 de febrero de 1926, se estableció que la municipalidad contaría con dos alcaldes, un síndico y cinco regidores ladinos, y un alcalde y cinco regidores indígenas; o sea ocho ladinos y seis indígenas. Los ladinos, a pesar de ser ya mayoría dentro de la municipalidad, incorporaron a otro ladino como alcalde tercero. Los indígenas protestaron y lograron, por acuerdo :ie15 de marzo de 1935, que el alcalde tercero fuera indígena.

3) San Miguel Chicaj, municipio achl' de Baja Verapaz. Un acuerdo del 6 de febrero de 1901 estableció una municipalidad mixta compuesta por un alcalde, dos regidores y un síndico ladinos; y un alcalde segundo y dos regidores indígenas. Veinte años después los indígenas, que eran mayoría en el pueblo, solicitaron una reducción en el número de ladinos; y por acuerdo del 19 de julio de 1921, se estableció que el alcalde primero y el síndico debían ser ladinos, mier.tras que el alcalde segundo y los cuatro regidores debían ser indígenas.

4) San Pedro Yepocapa, municipio kaqchikel, en la bocacosta del Pacífico. El acuerdo del 2 de febrero de 1922 estableció que la municipalidad indígena debía convertirse en una municipalidad mixta con un alcalde y un síndico ladinos; y un alcalde, un síndico y cuatro regidores indígenas. Los indígenas, no contentos con la situación, protestaron. Un año después lograron que el alcalde segundo y el síndico primero fueran ladinos; y que el alcalde primero, el síndico segundo y cuatro regidores fueran indígenas.

5) Nebaj, municipio ixil, en El Quiché. Los indígenas, el17 de enero de 1922, lograron un acuerdo en el cual se estipulaba que la municipalidad se integraría exclusivamente por ellos. Pero los ladinos, seis meses después, obtuvieron autorización para agregar a la corporación indígena, dos regidores ladinos; y dos años más tarde lograron que el alcalde primero, el síndico y tres regidores fueran ladinos, aunque el alcalde segundo y tres regidores fueran indígenas.

Las leyes y decretos que los gobiernos liberales emitieron con respecto a las municipalidades, se parecen mucho a los de la primera época liberal, los cuales corresponden a los años siguientes a la independencia.

El primer decreto, que mixtifica las municipalidades indígenas, está fechado el7 de diciembre de 1871 y dio pie a otros con la misma tónica (éstos se resumen en los cuadros 41 y 42).

Serie socio-culturol 173

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Tras las huellas del poder local: la Alcaldía Indígena en Guatemala. del siglo XVI 01 siglc XX

Otro decreto importante, el del 9 de julio de 1872, exoneraba a los funcionarios municipales de prestar el servicio militar. El primer decreto relativo al sistema de elecciones municipales fue emitido por Justo Rufino Barrios e130 de noviembre de 1874, modificando los requisitos de los electores que había establecido Rafael Carrera, por medio de normas que permitían el voto a todos los ciudadanos y no sólo a quienes hubieran ocupado cargos municipales.

En apoyo a la reforma del sistema de justicia, el 14 de diciembre de 1877, Justo Rufino Barrios decretó que la impartición de justicia ya no sería atribución de los alcaldes, sino de los jueces de paz electos popularmente y sostenidos económicamente por las municipalidades. Éste fue un cercenamiento de la autoridad de los alcaldes, pues les quitaba una de sus funciones más importantes. En el caso de los alcaldes indígenas, se les quitaba la autoridad para impartir justicia, en su propio idioma y bajo las normas indígenas.

Carmack (1979: 247-252) estudió los cambios ocurridos durante la administración de Barrios en el pueblo de Momostenango, en relación con el despojo de tierras a los indígenas, los cambios en la administración municipal, la instrucción pública, etc. Para 1877, Carmack describía actuaciones interesantes del alcalde ladino y del indígena:

1) El clan de los Siwantay se quejó ante el jefe político, de la intromisión del alcalde ladino en las normas de adjudicación de tierra, al haber otorgado tres cuerdas de t?rreno a la viuda de un miembro del grupo ladino, lo cual era contrario a la costumbre de los patrilinajes, ya que no se daba tierra a viudas, sino únicamente a los varones, pues los hermanos o hijos tenían la responsabilidad de abastecer de maíz a la viuda. El jefe político remitió el caso para resolverlo localmente, dando apoyo al clan Siwantay.

2) El alcalde indígena recibió una multa de diez pesos por no llenar la cuota de los trabajadores necesarios para las plantaciones.

3) El alcalde ladino, en unión con los finqueros, hacía volver a las plantaciones a los indígenas que tenían deudas con los finqueros.

E130 de septiembre de 1879, la Asamblea emitió una Ley de Municipalidades, muy parecida a la de 1825. El número de integrantes de la municipalidad se estableció en el artículo 12, el cual se resume en el cuadro 43.

Sin embargo, el siguiente artículo permitía que los jefes políticos aumentaran o disminuyeran el número de miembros, según las necesidades y circunstancias de cada pueblo.

El procedimiento para las elecciones se regulaba en los artículos 380. al 400.: éstas se realizarían en diciembre; el primer domingo se convocaría a elecciones y el segundo, serían las votaciones. Los electores presentarían su boleta de registro civil y votarían en la municipalidad.

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Número de funcionarios de las municipalidades, según categoría de población, 1879

Cargos Alcaldes Regidores Síndicos

Cabeceras departamentales 3 6 2

Cabeceras municipales 2 4 1

Para ser elector, los requisitos contemplados en el artículo 350. eran:

1) Gozar de sus derechos políticos. 2) Haber vivido en el pueblo por más de un año.

Para ser electo, los requisitos contemplados 2n los artículos 360. y 370. eran:

1) Haber radicado en el pueblo por más de un año. 2) No ser empleado del gobierno. 3) No tener deudas con el estado. 4) No ser parientes entre sí, en el SEgundo grado de consanguinidad y primero de

afinidad, con ningún candidato. 5) No ser propietarios de tabernas, hoteles o establecimientos que requieren vigilancia

policíaca.

La Ley de Municipalidades de esta segunda época liberal difiere muy poco de la primera. Sin embargo, introdujo dos innovaciones: una, la creación de comisiones dentro de la corporación municipal, para vigilar cada servicio municipal:

a) Hacienda. b) Abastos. e) Agua. d) Policía. e) Higiene pública. f) Ornato. g) h) i) j)

Escuelas. Vacunaciones. Caminos. Estadística.

5~rie socio·cultural --- - - - - - - - - - --- ----- - --- 175

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La conformaci6n de las comisiones en las municipalidades de ladinos e indígenas era muy peculiar: los ir.dígenas integraban las comisiones de caminos mientras que los ladinos, las de hacienda, estadística y escuelas.

La segunda innovación consistía en que los alcaldes auxiliares debían ser nombra¿os por el alcalde municipal. Todas las leyes y constituciones desde 1825 lo normaban así, aunque realmente los nominaba la comunidad. Una función adjudicada a los alcaldes auxiliares, vigente aún, fue la de asistir cada ocho días a reuniones con el alcalde municipal para informar acerca de las novedades en sus comunidades.

Las atribuciones asignadas a los alcaldes auxiliares de fincas pretendían más bien apoyar a los finqueros, que cumplir con las funciones previstas en la ley, pues debían vigilar que: los mozos trabajaran; y que no hubiera ventas de aguardiente.

Si una finca tenía más de diez familias en colonaje, el propietario proponía al alcald-2 auxiliar correspondiente.

El 7 de octubre de 1879 se emitió la Ley Orgánica del Gobierno Político de los Departamentos, que regulaba las obligaciones de los jefes políticos. El artículo 440. establecía que los jefes políticos debían emplear todos los medios para que los indígenas usaran el traje ladino, agregando que los indígenas que prestaban servicio en la municipalidad no podían ejercer su cargo si no usaJan el traje ladino. Esa disposición es similar a la del artículo 670. de la Ley de Instrucción Pública de 1832.

La tradición onl de Santa Eulalia, municipio q'anjobal de Huehuetanango, es un ejemplo que describe fielmente la política de la segunda época liberal y, por ello, se presenta una síntesis. Los ancianos indican que a partir de 1873, las cosas cambiaron en el pueblo: se titularon todos los terrenos municipales, y particulares y llegaron los ladinos al pueblo (INI: 1969: 34). Estos ladinos lograron, por a:uerdo presidencial del 16 de junio de 1920, que se les diera participación en la municipalidad, con tres cargos: alcalde primero, regidor primero y síndico. Los indígenas conservaron cuatro cargos: el alcalde segundo y tres regidores. Los ancianos relatan que los alcaldes-rezadores fueron separados de la municipalidad (alcalde-rezador es el término utilizado en Huehuetenago para denominar al alcalde indígena, nombre derivado de una de sus obligaciones: rezar por el bienestar de la población).

Los alcaldes-rezadores y principales, antes de este cambio, dirigían al pueblo er! asuntos agrícolas, políticos y familiares . Su cargo duraba un año y mientras lo ejercían, llevaban un lienzo de lana negra colocado sobre el hombro izquierdo y una cinta blanca en la cabeza; vivían en una casa nueva, especialmente construida para ellos por el pueblo. El primero dE enero se

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Lo Alcold ·o IncJigeno durante el Período Repu:Jl icono - --------

IndumentíL1a de una :orporación municipal

~K¡¡oke, 1994: 287).

Foto¡;raiía de una Corporacón Muni :ipi1L tomada por el fotógrafo A.C. Valdeal'ellano, a principios del siglo XX.

realizaba el cam1::i~· d" lo~ alcaldes-r~zadores, celebrándose ceremonias mayas. Para financiar éstas y otras celJEille-nias, se utilizaban los tributos del pueblo (Ibid: 29). Después de la separación de 103 alcaldes-rezadorEs de la municipalidad se estableció la obligación de los habitantes del ptehlo de ir a trabajar a las finca5 de la costa y en carreteras de la República (Ibid: 34).

Una medida prop1.: est3. por algunos jberales anticle:icales fue la de establecer nuevas ferias en los pueblos, para res:ar importancia a la feria patronal que se celebraba desde la Colonia en honor al santo G:: -ól:ico patrono dEl pueblo. Las nuevas ferias se llamaban titulares y se cnnvirtieron en ferias de ladinos reEidente3 en pueblos de indios. Los indígenas continuaron celebrando las fe:: 3.S patronales.

El jefe político de8AJ.chitepéquez, el :.. de octubre de 1885, solicitó al Ministerio dE Gobernación la autorización paB nombrar y pagar a un secretaric- para las municipalidades indígenas de su departamento y, a3Í, rr.ejorar el funcionamiento de éstas. Los jefes políticos de Sololá y El Quiché hicieron lo mism) "1 el ll de noviembre del mis:no arlO fue aprobada su solicitud. Esta si tuación S2 repitió en otes ¿epartame:l.tos y 3e genEralizo a las regiones con población indígena.

Serie socio-culture I 177

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Tras 105 huellos del poder local: lo Alca ldía Indígena en Guatemala. del siglo XVI 01 siglo XX

González (1986: 51) juzga que la introducción del secretario ladino en las municipalidades indígenas a fines del siglo XIX, era necesaria para que pudiera funcionar la obtención de mano de obra indígena a través del sistema de habilitación. Esta situación, aunada a que los ladinos sabían leer y escribir y los indígenas no, coadyuvó a que éstos viesen a los ladinos como enemigos (González, 1986: 52). La utilización de las alcaldías indígenas para obtener mano de obra durante la Colonia, también persitió en la segunda época liberal; especialmente para las fincas cafetaleras (Esquit, 1993: 129).

Probablemente la impartición de justicia entre los indígenas en poblaciones donde existían dos alcaldías era fur_ción casi exclusiva del alcalde indígena, aunque no existe evidencia documental al respecto, pues las alcaldías indígenas llevaron poca documentación desde la Colonia. Pero los documentos de las alcaldías ladinas encontrados lo confirma: tal el caso de Patzicía a finales del siglo XIX, donde las actuaciones del alcalde ladino como juez en relación al grupo kaqchikel apenas llegan a un 30 por ciento, siendo ellos el 72 por ciento de la población (Esquit, 1993: 129) .

Sin embargo, había una subordinación de la alcaldía indígena respecto a la ladina; el relato de renuncia del regidor primero de la alcaldía indígena de Patzicía, en 1886, así lo indiC3.:

"".Matías Ajsi ".que las municipalidades indígenas de los pueblos, no están cotejadas entre la ley municipal, porque bien entiendo, son simples ministriles con formulas municipales. Puesto que no pueden existir en un mismo pueblo, dos municipalidades de origen legal. La tolerancia solo redu"lda en el mejor servicio público, porque somos los agentes de la municipalidad ladina" (Ibid_).

Como lo refiere el relato anterior, la Ley de Municipalidades de 1879 no tomaba en cuenta los casos de dos municipalidades en una población mixta, pues esta ley se diseñó paré'. un país homogéneo; por ello, en 1886 el regidor primero de Patzicía objetaba que la municipalidad indígena estaba fuera de la ley.

Este relato también se refiere a las funciones de los alcaldes indígenas, las cuales eran:

1) Dirigir la siembra, cosecha y aporreo del maíz sembrado en terrenos comunales (llamado maíz de comunidad); al venderse la cosecha, el dinero era administrado por la municipalidad ladina.

2) Obligar a los mozos a asistir a las fincas de café. 3) Buscar mozos para las obras públicas. 4) Recolectar el impuesto de comunidad (tres reales), que después era admbistrado por

la municipalidad ladina (Esquit, 1993: 129).

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Lo Alcaldía Indígena d.Jronte el Período Republ icano ---------

El presidente Manuel Lisandro Barillas, en 1886, estableció una contribución para caminos que debían pagar los indígenas, lo cual provod problemas a las autoridades indígenas, quienes trataban de evitarla. A continuación se enumeran algunas formas que se usaron en el departamento de Sololá para evadirlas:

1) El alcalde indígena de Santa Lucía Utatlán se opuso a la contribución de caminos, aconsejando a los habitantes del pueblo a no hacerla efectiva, y se quejó con el Ministro de Gobernación, lo cual provocó el despido del jefe político. El agraviado envió una carta al presidente, relatando la sit..lación y expresando su pensamiento respecto a las autoridades indígenas: " .. . en los pueblos donde había autoridad ladina constituida legalmente, la [autoridad] indígena era innecesaria y perjudicial por el espíritu de oposición que siempre acostumbraba a todas las disposiciones de progreso, la clase indígena ... " (AJP de Sololá: 5-8-1836).

2) Los alcaldes indígenas de Sololá reunieron a la población en la plaza para protestar, afirmando que no era su voluntad pagar la contribución de caminos. El jefe político multó y encarceló a los dos alcaldes indígenas por el levantamiento y, para salir de la cárcel, los alcaldes dijeron que co::wencerían a la gente a pagar la contribución. Los alcaldes volvieron al día siguiente con más personas para informar al jefe político que no pagarían la contribución de caminos; éste los encarceló y envió al juez de primera instancia. Los alcaldes auxiliares de los nueve cantones llegaron con el jefe político a decirle que no pagarían la contribución. La solución del jefe político fue embargar, a cada persona que no quería pagar, muebles equivalentes a la contribución, pues los otros pueblos del departamento no pagaban debido a que los de Sololá no lo hacían. El ministro de gobernación informó que no se podían embargar bienes a razón de contribución de caminos (Correspondencia del JP de Sololá: 9,lO,l1,12,13,14-agosto-1886).

3) Los alcaldes de Santa Catarina Ixtahuacán se reunieron con el presidente para negociar el pago de la contribución de caminos, acordando pagar anualmente cuatro mil pesos a la tesorería nacional, a principio E de octubre, y mantener en buen estado los caminos de su jurisdicción (Correspondencia del JP de Sololá: 21-8-1886).

4) Los vecinos de Argueta se negaron a reparar los caminos de su jurisdicción, pues ya habían pagado la contribución de caminos (Correspondencia del JP de Sololá: 12-9-1886).

En 1892 se suprimió el sistema de mandamientos, el cual proporcionaba mano de obra para los ;:afetaleros al asignar a los pueblos indígenas, un número de hombres que debían proporcionar, lo cual era una responsabilidad comunal. Ese sistema se sustituyó por la habilitación, en la cual se retenía a un campesino por una deuda, producto de pago anticipado. La deuda se heredaba a los hijos y así se tenía mano de obra por generaciones. Dentro del sistema de habilitación se contaba con el apoyo de los ladinos que participaban en las municipalidades de los pueblos

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Tras 105 huellos del poder local: lo Alcaldía Ind¡g.zna en Guatemala, del siglo XVI 01 siglo :J:

indígenas, como alcaldes o secretarios, La habilitación era un sistema más efecti-"o que el mandamiento para la obtención de mano de obra, pues se aplicaba una coerción individualizada y no una coerción comunitaria como la del mandamiento, que tendía a provocar sublevaciones (González, 1985: 50).

Manuel Estrada Cabrera asumió la presidencia en 1898 y ayudó a los cafetaleros proporcionándoles mano de obra a través del sistema de habilitación: los ~ efes políticos obligaban a las autoridades indígenas a conseguir mano de obra para fincas, a través de la habilitación. Su fuerza coercitiva se basaba en el encarcelamiento y pago de multas a las autoridades indígenas por cualquier situación. Un caso ilustrativo es el de Salol á, el cual puede lee:cse en el Anexo 2, donde se resumen las actuaciones del jefe político desde agosto de 1898 fléls ta agosto de 1902.

" finak .s .:Iel siglo ,(IX, el puesto de alcalde primero, en Momostenango, estaba acapé.rado por Ir S [ad ¡l . • " , él tal Dtmto que en 1893 iniciaron una disputa porque el puesto era ocupado por el *-, de tl:1 inJí¡:;eTla con mujer ladina. Al parecer, los ladinos del pueblo acapararon desde esa .)<,)':a h -; puestos en la municipalidad que tenían remuneración (alcalde primero, secretario,

lE' ::''':Jre ro, jefe dE la policía, custodio del cementerio, agente de correo y telégrafo), situación que :',er = isl¡' j durante las dos décadas siguientes.

EstraJ a Cabrera, que gobernó durante 22 años, mantuvo una política fuerte en relación con la rmxtdcación de las municipalidades, pues emitió once acuerdos que daban participación a :é.lC: IP.:)S en bs :nunicipalidades indígenas y seis que aumentaban lt:vemente el número de "¡"moros inciígenas dentro de la municipalidad mixta. En 1920, el movimientc del Partido

• o .. ~n;:; t3 derwcó la dictadura de Estrada Cabrera.

"';::';, en SaL T ""sé de Costa Rica, se firmó el pacto de Unión Centroamericana y el 9 de , " ". :nnre ¿~; .11ismo año se decretó la Constitución de la República de Centroamérica. Esta

tíltinld, en sus "rticulos del 177 y 178, normaba la independencia del municipio de los otros Fcderes, s decir la autonomía municipal. Las normas de esa constitución no llegaron a plasmarse en la realidad, pues Guatemala se retiró de la federación centroamericana el12 de en¡:ro de 1922,

, .. :: 2 0S referencias respecto a la rigurosidad de los alcaldes indígenas al aplica:- la ley, aún L ¡. ido ésta fuese en contra de algún familiar cercano. La primera se refiere a Chichicastenango, ',' ~ ql ~:

·' ... siendo Jue z del Quiché, tuve conocimiento del siguiente lzecllO .. . escandalizaba un individuo y el alcalde indígena ordenó su captura . . : ;{¿ ilepado n su presencia y resultó que era su padre. Lo condenó a sufrir

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Lo Alcaldía Indígena dJrante el Período Republicano ---------

cierta cantidad de azotes; pero en el acto de ejecutarse la sentencia no permitó que azotaran a su progenitor, y se ofreció el para recibir el castigo ... " (Ymeri, 1955: 89).

La otra se refiere a Sololá, ocurrida durante el primer tercio del siglo XX:

" .. . siendo alcalde mayor Juan Cojtfn tuvo que hacer justicia en la persona de su hijo Juan ... que había robado un chivo a una vecina .. . estando borracho. La pena para el ladrón era de 50 látig;;¡zos a plena plaza pública y el reembolso del valor de lo robado. El juez Corín mandó formar el cuadro, aprestar los aciales .. y convocar a la gente para darse cuenta de la justicia ... Un instante antes de comenzar la barejoneada, J:,tan Padre, se acercó a Juan hijo; se despojó de su cotón de alcalde y se lo puso al condenado, diciéndole: Aguantá por bolo. A ver si aprendés a ser honrado (con lágrimas en las mejillas) ... " (Quintam., 1981: 144).

El arqueólogo Franz Blom y el etnólogo Oliver La Farge visitaron Guatemala en 1925 (1986: 558), como parte de una expedición a sitios arqueológicos y pueblos del área maya. En el informe de su expedición hacen referencia al gobierno local y la presencia de ladinos en los pueblos de Ht:.ehuetenango:

" ... Están gobernados directamente desde la capital del departamento por alcaldes ladinos con verdadera autoridad. En cada poblado hay unas cuantas familias de ladinos que viven entre los indígenas generalmente en me}ores

" casas ... .

Este relato también informaba que muchos indígenas sabían leer y escribir, hecho que demuestra que los indígenas llenaban ese requisito para ocupar el puesto de secretario municipal, pero que las autoridades habían otorgado a los ladinos. De modo que los gobiernos liberales dieron mayor participación a los ladinos que a los indígenas en el gobierno local de los pueblos indígenas, seguramente para controlar más fácilmente a la población indígena.

2. ALCALDÍA MIXTA LADINA-INDÍGENA GENERALIZADA

El presidente Lázaro Chacón, e131 de mayo de 1927, emitió un acuerdo que cambió la situación de las municipalidades indígenas sin ladinos que aún quedaban en el país . El acuerdo mixtificaba todas las municipalidades indígenas, aunque los ladinos fueran minoría en el pueblo, así:

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Tras las huel las del poder local: la Alcaldía Indígena en Guatemala, del siglo XVI al siglo :a.

" ... se ha comprobado con los respectivos datos estadísticos que los pueblos cuyas municipalidades han venido integrándose con sólo elemento indígena se han estancado en su marcha evolutiva, especialmente por lo que respecta al ramo de Educación; y que para promover el adelanto de esos pueblos es necesario y conveniente que las minorías ladinas tengan representación en los cuerpos edilicios a fin de que puedan intervenir en la administración local y promover y controlar las obras de progreso ... "

En esa época aún se utilizaban los términos principales y parcialidad para asuntos municipales; el acuerdo indicaba:

" ... Las municipalidades de los pueblos donde predomine el elemento indígena, se compondrán por mitad, de ladinos e indígenas, quedando encargadas las respectivas fefaturas Políticas de conciliar las diferencias que por esta disposición pudieran surgir en algunos pueblos, consultando al efecto la opinión de los principales vecinos de una y otra parcialidad, en los primeros días del mes de diciembre, a fin de que puedan presentar sus respectivas plataformas antes de la convocatoria de elecciones ... "

Los cargos claves fueron para los ladinos, pues siempre debían ser ocupados por ladinos alfabetas: el alcalde primero y el síndico primero. En el resto de cargos se alternaban ladinos e indígenas por mitad, prefiriéndose en la elección a los indígenas que hablaran español, que fueran alfabetas y que usaran el traje ladino.

El acuerdo de Chacón refleja muchos de los objetivos del pensamiento liberal:

1) Dar participación al ladino en el gobierno local, para que los pueblos indígenas no se estanquen y así alcanzar el progreso.

2) Otorgar a los ladinos los cargos más importantes en la municipalidad mixta. 3) Impulsar la educación del indígena, entendiéndose ésta como el mecanismo para que

olvidaran las costumbres indígenas y adoptaran la cultura hispanoamericana. 4) Fomentar entre los indígenas el uso del español, su alfabetización y el uso del traje

ladino, todos requisitos para formar parte de la municipalidad.

En conclusión, el acuerdo emitido por Chacón en 1927 generalizó el ingreso de los ladinos a las municipalidades, aún donde eran una minoría poblacional. Esto traspasó el poder local a manos de los ladinos en todos los pueblos donde aún no lo tenían.

En la década de 1930 llegaron a Guatemala varios estadounidenses, investigadores de antropología, a realizar estudios en pueblos indígenas: Ruth Bunzel (1930-1932) entre los

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Lo Alcaldía Indígena durante el Período Republicano - - - - - --- -

I('~he'; Charles Wisdom (1931-1933) entre los Chorti'; SolTax (1936) entre los Kaqchikel; Charles Wagley (1937) entre los Mam. En todos estos estudios se toca el tema de gobierno local, en forma ge::leral o detallada.

Uúa de las descripciones más detalladas de gobierno local es la de Bunzel (1981: 219-237), quien se refirió al caso de Chichicastenango, el cual se desarrolla más adelante en el capítulo co::-respondiente a casos ilustrativos. Las otras descripciones proporcionan bastante información, que se resume en los siguientes párrafos.

A. Los Mam de Santiago Chimaltenango Entre los mam de Santiago Chimaltenango, Huehuetenango, Wagley (1957: 240-270) describe el gobierno local en 1937.

Los cuatro principales del pueblo, más el chimán del pueblo (consejero religioso) y el maestro cantor de la iglesia, se reunían por cinco días para elegir a los funcionarios. Los días para la elección debían ser propicios según el calendario maya. A las elecciones asistían como observadores el alcalde y el primer regidor salientes. Para la elección del alcalde y primer regidor, los electores consultaban el sistema adivinatorio maya a través del calendario. Al tener elegida a la perso::la, realizaban rituales mayas para que ejerciera el cargo sin ningún contratiempo. El resto de funcionarios públicos se elegían por acuerdo entre los principales, sin utilizar el sistema adivinatorio; solamente lo consultaban si surgía alguna disputa.

Wagley describe una ceremonia de elección de nuevos miembros de la municipalidad, la noche del 23 de diciembre, víspera de 'noche buena". Los regidores van a traer al nuevo alcalde a su casa y lo conducen al edificio municipal. Le entregan una flor roja como señal de ser elegido; aceptar la la flor es señal de aceptar el cargo. Seguidamente la esposa del nuevo alcalde entrega a los principales un pollo, el que es sacrificado frente a la iglesia; la esposa y principales rezan en el altar de la iglesia y en un altar maya. En el edificio municipal se encuentran reunidos tod~s los munícipes salientes, quienes designan a dos mayores (primero y segundo) para traer al resto de integrantes de la nueva municipalidad. Los mensajeros van vestidos como bailarines, que imitan una pareja, un mexicano y una mujer indígena; ellos despiertan a cada funcionario para comunicarle su elección como nuevo miembro de la municipalidad.

e uando se han reunido todos los funcionarios entrantes y salientes en la municipalidad, se dirigen a la iglesia; en el cortejo, uno de los bailarines que lleva un látigo pega ligeramente a los nuevos munícipes haciéndoles óistes en relación con sus nuevas funciones. En la iglesia cada uno deposita su flor roja fr·,mte a la imagen de Santiago (patrón del pueblo); al salir de la iglesia tocan la marimba y suenan las campanas.

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Luego se dirigen a la casa del regidor saliente, donde los funcionarios salientes ofrecen una comida ceremonial; como parte de la ceremonia, cada uno de los salientes da a~ entrante quince seDillas de cacao, las cuales serán guardadas por la es?osa de cada fucionario, durante todo el año. A partir de esa fecha deben de tener abstinencia sexual, pues se realizarán ceremonias mayas.

El cambio de autoridades municipales se realizaba el1 de enero; posteriormente hacían ritos cada cinco días hasta cumplir un mes maya (veinte días). Durante cada rito, el chimán incentivaba a los nuevos funcionarios a cumplir su deber, aconsejándoles no avergonzarse ante la gente y los ladinos, y mantener la abstinencia sexual durante el tiempo de servicio. El 25 de enero realizaban otra ceremonia más complicada, visitando los lugares sagrados en la montma y el pueblo.

B. Los Chorti' de Jocotán, Olopa y San Juan Ermita Entre los caorti' de Jocotán, Olopa y San Juan Ermita, Wisdom (1961: 273-4) anota que a principios de la década de 1930, la presencia de un gobierno ladino en esos muni:::ipios no había tenido gran efecto sobre la vida indígena:

" ... Los alcaldes tienen dificultades constantemente al tratar de persuadir a las tales familias [indígenas conservadores] para que lleven sus disputas al juzgado ... solo lo hacen como último recurso. En cambio los indígenas progresistas y 105 ladinos, por el contrario recurren al juzgado en todos los casos ... La mayoría de indígenas evitan contacto con los fucionarios del pueblo ... y se muestran satisfechos de no participar en la vida política de su municipio. Solo algunos [indígenas] votan y se enorgullecen de hacerlo. La mayor!a no se preocupa en absoluto por estas cosas y considera que la poUtica [se refiere a la de partido político] es una actividad ladina ... 11

C. Poqomam de San Luis Jilotepeque Entre el grupo Poqomam de San Luis Jilotepeque, Jalapa, Gillin (1958: 201-4), en su descripción del gobierno local de San Luis Jilotepeque a finales de la década de 1930, reporta un gobierno mixto, en el cual los indígenas participaban como minoría y con escaso poder, a pesar de Eer mayoría poblacional dentro del municipio.

En la elección de los funcionarios ladinos, los indígenas participaban poco. Las funciones de los munícipes ladinos eran básicamente administrativas; además de impa~tir justicia mayormente entre ladinos.

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La Alcaldía Indígena dUr:lnte el Período Republicano ---- - - ---

3. INTENDENTES MUNICIPALES

Después de Chacón, asumió la presidencia Jorge Ubico, quien gobernó durante trece años. En su administració:l se abolieron las deudas por habilitación (1933), sistema que había capturado, por la fuerza, mano de obra por generaciones; pero sólo fue un mecanismo para asegurar la mano de obra para los terratenientes a través de un procedimiento más eficiente: la ley de vagancia (1936), la cual estipulaba que se deb:a trabajar en las fincas por un período de 150 días al año, es decir, siete meses de días hábiles.

Ubico emitió tres acuerdos presidenciales que apoyaban levemente a la población indígena para incorporar a un representante de ésta a la corporación municipal, en el cargo de alcalde tercero, er. los pueblos de San Lucas Tolimán (13-3-1931), Palín (17- 1-1935) Y Patulul (5-3-1935). Poco después cercenó la autonomía municipal por medio del decreto gubernativo del 22 de julio de 1935, en el que se suprimió a los alcaldes y, en su lugar, se estableció a los intendentes municipales nombrados por el Organismo Ejecutivo. El resto de integrantes de la junta mu:ucipal (síndicos y regidores) eran electos popularmente, por un año (Palma Murga, 1993: 131-2). Los intendentes nombrados no eran originarios del lugar, sino de regiones totalmente distintas; por ejemplo los intendentes de San Marcos eran de Santa Rosa y los de Jalapa, de Huehuetenango.

Posteriormente, el 9 de agosto de 1935 se emitió la Ley de Municipalidades, cuyo artículo 22 establecía que las juntas municipales debían integrarse en forma mixta con ladinos e indígenas.

Los cambios introducidos por Ubico fueron descritos por Sol Tax (1968: 35-7), para los pueblos del lago de Atitlán: en julio de 1935 todos los pueblos tenían alcalde primero, alcalde segundo, síndico. regidores, alguaciles y otros funcionarios. Panajachel y San Lucas Tolimán tenían gobierno mixto: el alcalde primero ladino y los regidores indígenas. Al aplicarse la nueva ley, se abolieron los cargos de alcalde primero y segundo, sustituyéndose por un intendente y un síndico nombrados por el jefe político (actual gobernador departamental). El intendente gozaba de sueldo, pero corno muchos pueblos alrededor del lago eran muy pequeños, no tenían dinero para pagar; así que se nombró a una persona del mismo pueblo, sin percibir sueldo. Los pueblos que entraron en la situación descrita fueron Santa Catarina Palopó, San Juan La Laguna, San Marcos La Laguna y Santa Cruz La Laguna; los nombrados eran indígenas que sabían un poco de español y eran casi alfabetas, por lo que también ejercían corno secretarios. En San Pedro La Laguna, pueblo de regular tamaño, nombraron corno intendente a un indígena de Santiago Atitlán. La presencia del secretario ladino se daba en varios pueblos, pero en San Juan La Laguna era un indígena de San Pedro La Laguna. El ascenso regular de los indígenas de los cargos menores a los mayores a través de las cofradías y cargos muncipales, se vio interrumpido porque

Szrie socio ·cultur'al 185

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Tras las huellas del poder local: la Alca ldía Indígena en Guatemala, del siglo XVI al sigle, XX

ya no pudieron ocupar el cargo de alcalde primero o segundo; el cargo más alto al que llegaban era el de síndico. Cuando los intendentes municipales eran indígenas, asumían el papel asignado anteriormente al alcalde indígena y no el de intendente, pues ejercían funciones ceremoniales, administrativas y judiciales. Los intendentes indígenas no eran renovados anualmente; su nombramiento era indefinido y dependía del jefe político. Otro cambio que introdujo la nueva ley fue la fecha de cambio de funcionarios municipales, que se trasladó para el15 de marzo, suprimiéndose el tradicional 1 de enero. Después de tres años de esta modalidad de intendentes municipales, se emitió el decreto No. 2098, el cual estipulaba que los intendentes ladh"los debían presentar un examen de aptitud, previo a ocupar el cargo, y rendir informe de su vida y costumbres; los únicos que se exoneraban de estos requisitos eran aquellos que ocupaban el cargo en forma ad honorem, es decir, los indígenas. Los intendentes ladinos no hubieran podido hacerse cargo de la administración de justicia entre los indígenas, porque eran de otras regiones, desconocían el idioma y las costumbres locales; por ello persistieron los intendentes indígenas, pero entre el grupo indígena se les siguió llamando alcalde indígena o segundo.

La utilización de la municipalidad indígena para obtener mano de obra prosiguió durante el siglo XX. Se tiene referencia de las modalidades establecidas en Sololá, por la década de 1930:

1) Abas:ecer de mano de obra indígena a los ladinos de los pueblos; esto se realizaba por medio de los cal pules, quienes, cada lunes, reunían a varios hombres indígenas frente a la municipalidad y llegaban los ladinos a contratarlos. El pago se entregaba a la muni:ipalidad.

2) Reunir grandes contingentes de hombres para trabajar en las fincas cafetaleras de la bocacosta.

3) Ayudar en emergencias locales o nacionales: guerras o catástrofes. En caso de guerras, el jefE político ordenaba al alcalde indígena una contribución de alimento para los soldados (especialmente totoposte: tortilla deshidratada, endulzada con panela -miel de caña-, usada como comida básica para la tropa). Durante las calamidades, ayudar con mano de obra, no importando si aquélla se ubicaba en la cercanía o lejanía.

4) Colaborar con el sacerdote católico en las construcciones de la iglesia y contribuciones cantonales (Quintana, 1981: 15,141-5).

El nombramiento de los intendentes municipales se realizaba a través de los jefes políticos, algunos de los cuales llevaban un registro de los intendentes municipales de su departamento; en Sololá se encontró el registro de intendentes muncipales correspondientes a los años 1939 a 1945 (AG de Sololá: libro No. 27), información que se resume en el cuadro 44.

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La Alcaldía Indígena duran:e el Período Republicano

.. ·It;' ·)t{ •• ,~ Intendentes municipales del departamento de Sololá y su municipio de origen,

con cargo pagado (P) o ad honorem (A), años de 1939 a 1944

Municipio 1939,' 19~jj (I.,94H í94~,~ '194H 1944 donde fungía Municipio y Municipio y Mumcipioy Municipio y Municipio y Municipio y

como intendente departamento departamento depar':amento departamento departamento departamento

municipal de origen de origen de Jrigen de origen de origen de origen

Sololá Sn, Francisco P El Palmar, P San Antonio P San Marcos, P Sacapulas, P

Zapotitlán, Quetzaltenango Suchit=péquez, San Marcos Quiché Suchitepéquez Suchitepéquez

Concepción Mismo A Sololá A Misnu A Mismo A Mismo A

Fanajachel Quetzaltenango, P Guatemala, P La Democracia, P Cantel, P $ololá, P

Quetzaltenango Guatemala Escuintla Quetzaltenango Sololá $ololá, $ololá P

San Andrés Mismo A Mismo A ! Mismo A Santa Lucia P Semetabaj Utatlán, $ololá

3anta Catarina Mismo A Mismo A Mismo A Mismo A Palopó

San Antonio Mismo A Mismo A Mismo Mismo A Mismo A

Palopó

San Lucas Tejutla, P Guatemala, P San Felipe, P 501olá, $ololá P Cantel P Tolimán San Marcos Guatemala, Retl lhuleu Cobán, P Quetzaltenango

San Jerónimo, P Alta Vera paz ¡utiapa, P Baja Vera paz, ¡utiapa,

P p P P Santiago Tecpán, Retalhuleu, ¡utiapa, Huehuetenango, Atitlán Chimaltenango RetalllUleu ¡utiapa Huehuetenango

¡utiapa, JlItiapa P Cuilapa, p

Santa Rosa

San Pedro A A A A la Laguna Mismo Mismo Mismo Mismo

San Juan Mismo A Mismo A Mismo A Mismo A

la Laguna

Santa Cla,a 50101 á, $ololá P 53n ta Lucía P $ololá, $ololá p

la Laguna U atlán, Santa Cruz del P Sololá Quiché, Quiché

San Pedro la P Laguna, $ololá

San Pablo 'v1ismo A Mismo A Mismo A

la Laguna Mismo A

Serie socio-culturol 187

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Municipio

donde fungía

omo in~ndente

municipal

San Marcos la Lagllfla

Santa Cruz la Laglna

Santa María Visitación

Santa Lucía Utatlán

San Jose Chacayá

San ta Catarina Ixtahuacó n

Nahualá

Tras 105 huellos del poder local: lo Alcaldía Indígena en Guatemala, del siglo 'jjjj 01 siQlo n

1939 Municipio y departamento

de origen

Mismo A

Mismo A

I

p Chichicaslenango El Quiché

1940

"'IM.)«.I,~ ( Continuación)

1941 1942 Municipio y Municipio y Municipio y

19~ 1~44

Municpioy Munici?io y departamento departamento departamento departa ... ento departamento

de origen de origen de origen de ori ~en de origen

Mismo A M i~mo A Mi ;r.10 A Mismo A

Mismo A Mismo A Mismo A Mi~.mo A

Mismo A Mismo A Mismo A MiSJ1tJ A

Mismo A Mismo A Mismo p

Mlsmo A 1YI1SmO A 1V11SrnO A Mismo A MisDo A

Mismo A

p p p p Mismo Mismo Mismo I Mismo Misno

Mismo p I Mismo P Misrnc l '

I

(( N!? de $o>lo/rí: 1 9~5 (1 1544 ).

Los datos del nadro 44 confirman la observación de Tax, para los pueblos ubicados alrededor del lago de A:itlán, de intendentes municipales pagados en municipios grandes, pues la tendencia se observa en todo el departamento de Sololá, desde 1939 hasta ~ 944, L,)s municipios grandes que tu'/ieron intendentes remunerados fueron Sololá, PanajacheL San Lucas Tolimán, Santiago Atitlán, Santa Clara La Laguna, Santa Catarina Ixtahuacán y Nahualá; el resto trabajó !id h01'lOrem,

Una observacién adicional es que en los municipios grandes y con mayoría indígena, los intendentes eran originarios del mismo municipio, como en Santa Catarina Ixtahuacán y Nahualá.

Cole cción IDIES

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La A caldía Indígena durante e l Período Republicano

Resumen Los liberales de la segunda época aumentaron el poder de los ladinos en municipalidades de pueblos de indígenas, cuando en éstos, los ladinos llegaron a ser numerosos. Desde 1871 hasta 1927, el instrumento para autorizar la participación ladina en las municipalidades fue el acuerdo presidencial. De esta forma se ladinizaron 32 municipalidades, a solicitud de los ladinos del pueblo o del jefe político departamental.

En la mayoría de casos, el número de funcionarios ladinos dentro de una municipalidad superó al número de funcionarios indígenas. Además de adjudicarse la mayoría de puestos, los ladinos también fueron asumiendo los cargos de mayor decisión. Los indígenas se quejaron, pero nunca recuperaron su poder anterior, obteniendo sólo algunos puestos más. Sólo en dos casos los indígenas tuvieron más cargos que los ladinos en las municipalidades.

Por otra parte, las leyes y decretos de los gobiernos liberales de la segunda época son similares a los de la primera en el sistema de elección popular y la exigencia a los funcionarios indígenas de la municipalidad, de vestir traje ladino; pero se introdujeron innovaciones tales como:

1) Sustituir por jueces de paz a los alcaldes municipales, en su función de impartir justicia.

2) Establecer comisiones dentro de la municipalidad para atender los servicios públicos locales.

3) Reglamentar las actividades de los alcaldes auxiliares. 4) Introducir a un ladino calla secretario de las municipalidades

indígenas. 5) Establecer nuevas ferias municipales, llamadas titulares, para disminuir

la influencia de las ferias patronales de carácter religioso católico­maya.

6) Adoptar el sistema de habilitación para obtener mano de obra destinada a las plantaciones agroexportadoras, a través de las deudas por pagos adelantados. Este sistema contaba con el apoyo de funcionarios ladinos en las municipalidades de los pueblos indígenas, que ejercían el control del cumplimiento de las deudas contraídas. La coerción individual era más efectiva que la coerción comunal de los mandamientos.

Durante la dictadura de Jorge Ubico, la autonomía municipal se truncó aún más que en los gobiernos liberales anteriores: los intendentes municipales no eran electos sino nombrados por el Ejecutivo. Existió la tendencia de nombrar intendentes para pueblos grandes y con presencia

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Tras los huellos del poder local: lo Alcaldía Indígena en Guatemala, del siglo XVI 01 siglo n

ladina a orIginarios de otros pueblos, y en los pueblos grandes o pequeños con mayoría indígena, a oriundos del propio pueblo. También se suprimieron las dos formas de elección de alcaldes, tanto del alcalde ladino a través de la contienda de partidos políticos, como del indígena po' elección de los principales.

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