¿Qué clase de obligación generan las promesas?

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¿Qué clase de obligación generan las promesas? Investigaciones y prácticas actuales en Filosofía UNED, La Coruña, 24 de enero de 2013 Miranda del Corral UNED - CONICET

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¿Qué clase de obligacióngeneran las promesas?

Investigaciones y prácticas actuales en FilosofíaUNED, La Coruña, 24 de enero de 2013

Miranda del CorralUNED - CONICET

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¿Qué clase de obligación generan las promesas?

● ¿Qué es una promesa?

● El problema de las promesas

● Enfoques actuales

● El origen es la práctica social

● El origen es la creación de expectativas

● El problema de las promesas inmorales

● El origen es la racionalidad

● Promesas y razones

● Razones prácticas

● Promesas y poderes normativos

● Conclusiones

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¿Qué es una promesa?

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¿Qué es una promesa? (I)

● Una promesa es una interacción social entre un deudor y un acreedor que da lugar a expectativas de dos tipos:

● Empíricas: el deudor hará lo que ha prometido

● Normativas: el deudor debe hacer lo que ha prometido

● Si yo prometo a mi hermana pasear a su perro, se puede inferir que voy a pasear al perro, y que debo hacerlo porque lo he prometido.

● El problema de las promesas es su carácter normativo:

● ¿Por qué debo cumplir una promesa?

● ¿En qué sentido es incorrecto incumplir una promesa?

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¿Qué es una promesa? (II)

● Los análisis filosóficos de las promesas tienen en cuenta:

● Su aspecto ontológico

● Su aspecto intencional

● Su aspecto normativo

– Moral

– Legal

– Racional

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¿Qué es una promesa? (III): Ontología social

● Los análisis filosóficos de las promesas tienen en cuenta:

● Su aspecto ontológico es un → hecho hecho socialsocial, como el dinero, o el matrimonio

● Las promesas pertenecen a una categoría más amplia: los compromisos sociales

– Órdenes, peticiones, acuerdos...

– En todos los casos hay un deudordeudor y un acreedoracreedor

– Es una relación entre dos agentes, vinculados a través de un hecho social

– Los hechos sociales se crean ejerciendo nuestros poderes normativospoderes normativos● Desde el punto de vista ontológico, las promesas son una institucióninstitución

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¿Qué es una promesa? (III): Filosofía de la acción social

● Los análisis filosóficos de las promesas tienen en cuenta:

● Su aspecto ontológico

● Su aspecto intencional expresa una intención (sea honesta o no)→

– Las promesas son una declaración de intenciones:● El deudor se ofrece a adoptar una meta del acreedor● El acreedor tiene que acceder (!)

– Las promesas tienen una función muy importante en la coordinación social

– Permiten la cooperación

– Mecanismos evolutivos: emociones y reputación

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¿Qué es una promesa? (III): Teoría de la normatividad

● Los análisis filosóficos de las promesas tienen en cuenta:

● Su aspecto ontológico

● Su aspecto intencional

● Su aspecto normativo es susceptible de ser cumplida / incumplida / delegada / →revocada...

– Moral cumplir una promesa es un imperativo moral→

– Legal cumplir una promesa puede ser un mandato legal→

– Racional haber hecho una promesa es una razón para hacer lo prometido→

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El problema de las promesas

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El problema de las promesas (I)

● Las promesas generan una obligación social:

● Un agente debe cumplir sus promesas

● El incumplimiento de una promesa constituye una violación de las normas (sociales, legales, morales...) que regulan la práctica de prometer

● Tal y como plantea Hume:

“Supongo que una persona me ha prestado una cantidad de dinero a condición de ser devuelta en pocos días, y supongo también que después de la expiración del plazo concedido me pide la suma. Pregunto: ¿Por qué razón o motivo tengo que devolver el dinero?”

(Hume, Tratado de la naturaleza humana, Libro III, Sección II)

● El problema de las promesas (y de otros compromisos sociales) es el origen de la el origen de la obligación socialobligación social.

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El problema de las promesas (II)

● El problema de las promesas (y de otros compromisos sociales) es el origen de la el origen de la obligación socialobligación social.

● Obligaciones legales: su fuente es el derecho (institución)

● Obligaciones morales: su fuente es...

● Obligaciones racionales: ¿?

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El problema de las promesas (III)

● Existe una variedad de respuestas al problema de las promesas:

● Normativistas / no normativistas

● Voluntaristas / no voluntaristas

● Convencionalistas / no convencionalistas

● Vamos a analizar tres propuestas rivales: ¿cuál es el origen de la obligatoriedad de las promesas?*

(1) Origen prácticas sociales→

(2)Origen expectativas creadas→

(3)Origen razones normativas→

* Watson, G. 2005. “Promising, Assurance and Expectation”. Manuscript.

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Enfoques actuales

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El origen es la práctica social (I)

● Este enfoque se basa en la siguiente premisa:

“La única manera de comprometerse con otro sujeto es apelando a la práctica del compromiso, que debe ser preexistente”

● Por lo tanto, la promesa como práctica social tiene prioridad explicativa sobre la promesa como acto particular.

● Es un enfoque convencionalista: explica la obligatoriedad de las promesas apelando al beneficio social de éstas.

● Principal exponente: John Rawls John Rawls

Rawls, J. 1955. “Two Concepts of Rules.” The Philosophical Review 64 (1): 3–32.

Rawls, J. 1985. Teoría De La Justicia. México, Fondo de Cultura Económica.

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El origen es la práctica social (II)

John RawlsJohn Rawls

● Su análisis se basa en la distinción entre dos tipos de reglas:

● Reglas regulativas:

– Guían el comportamiento, pero éste se puede dar sin las reglas

– Dependen de las decisiones pasadas

– La regla es una generalización de la experiencia● Ejemplos: las normas de etiqueta, la moda, las normas de tráfico

● Reglas constitutivas:

– Constituyen y definen formas de comportamiento

– El acto particular sólo existe como tal en virtud de la regla

– Las reglas crean nuevas “acciones”● Ejemplo: sin las reglas del ajedrez, no es posible hacer un jaque

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El origen es la práctica social (III)

John RawlsJohn Rawls

● Hay dos ingredientes en la teoría de la promesa de Rawls:

(1) Una institucióninstitución con reglas constitutivas:

En el caso de la promesa, la regla fundamental es la que gobierna el uso de la frase "prometo hacer x". Esta frase se interpreta comúnmente de la siguiente manera: si una persona dice las palabras "prometo hacer x" en las circunstancias apropiadas, efectivamente ha de hacer x, a menos que se den ciertas condiciones que lo excusen. Esta regla podemos considerarla como la regla de prometer, y que tal regla representa la práctica general. (*)

● Sin embargo, de esta regla no se deriva la obligación de mantener una promesa: sólo afirma que, por definición, comprometerse implica necesariamente adquirir una obligación.

(*) Rawls, J. 1985. Teoría De La Justicia. México, Fondo de Cultura Económica, página 316

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El origen es la práctica social (IV)

John RawlsJohn Rawls

● ¿Cuál es el origen de la obligación?

(2) El principio de imparcialidad

El principio [de imparcialidad] mantiene que a una persona debe exigírsele que cumpla con su papel y como lo definen las reglas de una institución, sólo si se satisfacen dos condiciones: primera, que la institución sea justa (o equitativa), esto es, que satisfaga los dos principios de la justicia; y segundo, que se acepten voluntariamente los beneficios del acuerdo o que se saque provecho de las oportunidades que ofrece para promover los propios intereses. [...] No está permitido obtener ganancias del trabajo cooperativo de los demás sin haber cumplido con nuestra parte proporcional. (*)

● Los beneficios de la cooperación social subyacen a este principio.

● La teoría de Rawls es contractualista: son principios racionalmente universales.

(*) Rawls, J. 1985. Teoría De La Justicia. México, Fondo de Cultura Económica, página 113

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El origen es la práctica social (V)

John RawlsJohn Rawls

● La obligación de cumplir una promesa es una obligación moral:

Una promesa bona fide es la que se produce de acuerdo con la regla de prometer cuando la práctica que representa es justa. Una vez que una persona pronuncia las palabras "prometo hacer x" en las circunstancias apropiadas, definidas por una práctica justa, hace una promesa bona fide. Luego el principio de fidelidad es el principio según el que han de cumplirse las promesas bona fide. Es esencial, como he dicho antes, distinguir entre la regla de prometer y el principio de fidelidad. La regla es simplemente una convención constitutiva, mientras que el principio de fidelidad es un principio moral, una consecuencia del principio de imparcialidad. [...] La obligación de cumplir una promesa es una consecuencia del principio de imparcialidad. (*)

● ¿Qué trata de evitar Rawls?

● Que las promesas inmorales sean obligatorias: yo puedo prometer a mi hermana que voy a matar a su jefe; pero incluso con el consentimiento de ésta, no constituiria una promesa obligatoria (= bona fide)

(*) Rawls, J. 1985. Teoría De La Justicia. México, Fondo de Cultura Económica, página 317

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El origen es la práctica social (VI)

Críticas:Críticas:

● El problema de la “primera promesa” (Vitek)

● Si no es posible formular una promesa en ausencia de la práctica social de prometer, ¿cómo llega a formularse la primera promesa?

● La naturaleza dirigida de la obligación (Watson, Pratt, Scanlon)

● Si yo prometo algo a mi hermana, le debo algo a ella; cuando incumplo esa promesa, la perjudico a ella.

● Rawls ignora esta dimensión entre sujetos: se centra en el colectivo.

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El origen es la creación de expectativas (I)

● Esta familia de teorías trata de recoger la direccionalidad de las promesas.

● Ya no es necesaria una práctica social previa para explicar la obligatoriedad de las promesas.

● Principales representantes:

Scanlon, T. 1998. What We Owe to Each Other. Belknap Press.

Kolodny, Niko, y R. Jay Wallace. 2003. “Promises and Practices Revisited.” Philosophy and Public Affairs 31 (2): 119–154.

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El origen es la creación de expectativas (II)

ScanlonScanlon

● La teoría de Scanlon es también contractualista

● La obligación de cumplir una promesa está dirigida al acreedor: incumplir una promesa es similar a traicionar la confianza del otro.

● Las promesas son un caso especial de un deber más general: aquello que le debemos a los demás cuando hemos dejado que formen ciertas expectativas acerca de nuestro comportamiento.

● En el caso de las promesas la formación de expectativas se produce en virtud de la comunicación a otro de nuestra intención de llevar a cabo una cierta acción.

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El origen es la creación de expectativas (III)

ScanlonScanlon

● Scanlon llama a este deber “principio de fidelidad” (Principio F):

Principle F:Principle F: If (1) in the absence of objectionable constraint, and with adequate understanding (or the ability to acquire such understanding) of his or her situation, A intentionally leads B to expect that A will do X unless B consents to A’s not doing so; (2) A knows that B wants to be assured of this; (3) A acts with the aim of providing this assurance, and has good reason to believe that he or she has done so; (4) B knows that A has the beliefs and intentions just described; (5) A intends for B to know this, and knows that B does know it; and (6) B knows that A has this knowledge and intent; then, in the absence of special justification, A must do X unless B consents to X ’s not being done.

● Este principio afirma que cuando dejamos que los demás confíen en nosotros, tenemos una obligación moral para con ellos.

● El principio F se basa en el valor social de la seguridad y de la confianza, que Scanlon cree universal.

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El origen es la creación de expectativas (IV)

CríticasCríticas

● El principal problema de este enfoque es que es circular:

● Las promesas dependen de las expectativas que se generan cuando se hace una promesa...

… y, a su vez, la creación de expectativas depende de la obligatoriedad de las promesas

● Una promesa sólo puede crear expectativas cuando el acreedor cree que el deudor tiene alguna razón normativa para cumplir su promesa

● Si nos prometen algo y sabemos que el (posible) deudor cree que no está obligado a cumplir su palabra, ¿qué expectativas nos creamos?

● Además, incluso si creemos que el deudor no va a cumplir su promesa (y no hay expectativas), ¿acaso no existe una promesa real?

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El problema de las promesas inmorales

● Tanto el contractualismo de Rawls como el de Scanlon se enfrentan al mismo problema:

→ ¿Qué pasa con las promesas inmorales?

● Los principios de imparcialidad, justicia, fidelidad, y otros, son principios moralesmorales.

● Imaginemos el siguiente caso:

Ana promete a Bob que robará un libro de la biblioteca para él; Bob accede.

● Según Rawls, ésta no es una promesa bona fide: la práctica no es justa

● Para Scanlon, el principio F no puede entrar en contradicción con otros principios morales: por tanto, no hay obligación de cumplirla

● En realidad, según estas teorías, lo que Ana hace no constituye una promesa , o es una promesa defectuosa (pseudo-promesa) y no conlleva obligación.

● Y sin embargo, si Ana no roba el libro, ha incumplidoincumplido una promesa (por buenas razones, probablemente)

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El origen es la racionalidad (I)

● Recientemente, algunos autores han propuesto que la obligación de cumplir una promesa no es necesariamente moral, sino que se deriva de que las promesas son razones prácticas normativasrazones prácticas normativas.

● Perspectiva normativista y no contractualista

● Principales representantes:

Searle, J.R. 2001. Rationality in Action. MIT Press.

Gilbert, M. 2011. “Three Dogmas About Promising.” En Promises and Agreements, ed. H. Sheinman, 80–109. Oxford: Oxford University Press.

Raz, J. 1975. Practical Reason and Norms. Oxford University Press, USA.

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El origen es la racionalidad (II)

● Searle sugiere que las promesas generan razones prácticas que son independientes a los deseos:

La obligación de cumplir una promesa no se deriva de la institución de prometer. Cuando hago una promesa, la institución es un simple vehículo que uso para crear una razón. La obligación de cumplir una promesa se deriva del hecho de que, a través de mi promesa, he creado libre y voluntariamente una razón. (*)

● Las promesas y las órdenes dan lugar a razones prácticas que son independientes de su contenido:

● Tengo que hacer X porque lo he prometido...

… ya que al prometer tengo una razón para hacer X que no tenía antes...

… independientemente del contenido de X

● Por lo tanto, la obligatoriedad de cumplir una promesa es racionalracional: tiene que ver con nuestras razones prácticas.

Searle, J.R. 2001. Rationality in Action. MIT Press, 198.

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El origen es la racionalidad (III)

CríticasCríticas

● El argumento es circularcircular:

● Las promesas generan razones prácticas normativas...

… porque al prometer, uno adquiere una obligación...

… que es a su vez se justifica por la existencia de esas razones

● Para escapar a la circularidad:

● Explicar por qué una promesa es una razón práctica normativa sin apelar al carácter obligatorio de las promesas.

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Promesas y razones

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Razones prácticas I

● Las razones teóricas (= evidencia) son hechos que justifican una creencia.

● Las razones prácticas son hechos que justificanjustifican o requieren una acción o intención.● Una señal de tráfico es una razón para reducir la velocidad;

● Que mi hermana esté enferma es una razón para ir a visitarla.

● La racionalidad práctica está formada por los siguientes escalones:

Razones Juicios Intenciones Acciones→ → →

● La racionalidadracionalidad consiste en mantener un equilibrio adecuado entre estos pasos.

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Razones prácticas (II)

● En este sentido, la racionalidad es normativala racionalidad es normativa:

● Hay ciertas actitudes y acciones que nos hacen irracionales

– Debilidad de la voluntad

– Actuar en contra de nuestras razones (akrasia)● ¿Cuáles son las normasnormas de la racionalidad?

– Regulan la relación entre actitudes mentales● Son muy variadas:

– No se debe tener la intención de hacer algo que se cree imposible

– No se deben tener intenciones contradictorias

– Nuestras intenciones no deben entrar en conflicto con nuestras razones [...]

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Razones prácticas (III)

La racionalidad de las intencionesLa racionalidad de las intenciones

● Las intenciones pueden verse como una especie de promesa a uno mismo:

“→ Voy a hacer X”● Una vez que formamos una intención, la racionalidad constriñe nuestras opciones (si

quieremos seguir siendo racional).

¡Ojo!¡Ojo! Una intención no puede generar razones nuevas:

→ Imaginemos que dudo entre ir a París o a Roma de vacaciones. Supongamos que me decanto por Roma, pero no por ninguna razón en concreto, sino porque necesito decidir algo ya.

¿Tengo alguna razón para ir a Roma que no tenía antes?● Intuitivamente, no.

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Razones prácticas (IV)

● Las intenciones son normativas, pero no generan razonesno generan razones nuevas: si no tengo una razón para hacer X, simplemente formando la intención de hacerlo no obtengo una nueva razón.

● Autonomía racionalAutonomía racional: uno y el mismo sujeto puede darse una orden, y revocarladarse una orden, y revocarla cuando le parezca oportuno.

● Mientras la orden esté activa, la racionalidad le exige cumplir la orden; pero también puede cambiar de idea.

– Así, la orden simplemente se revoca.Ejemplo: “Si vas montado en bicicleta, tienes que ir por la calzada”: Ir con la bici en la mano (o ir sin bici) hace que la norma ya no se aplique sobre nosotros; no es que no exista, es que no está activa. No es lo mismo salir de un requerimiento que cumplirlo.

● Somos autónomosautónomos en tanto que podemos adquirir obligaciones para con nosotros mismos, y también revocarlas.

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Promesas y poderes normativos (I)

● En el caso de las decisiones, no creamos nuevas razones: evaluamos las que tenemos.

● Que yo tenga la intención de sacar al perro de mi hermana no es una razón normativa para sacarlo; tengo que tener razones para sacarlo independientes de mi intención.

● Los compromisos sociales constituyen razones para la acción socialmente aceptadas.

● Si yo prometo a mi hermana que voy sacar a su perro, esa promesa constituye una razón normativa para que lo saque.

→ ¿En virtud de qué hemos creado una razón normativa?

→ Mediante el ejercicio de un poder normativopoder normativo.

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Promesas y poderes normativos (II)

● Un poder normativopoder normativo es un poder convencional, de carácter social, que permite la creación de obligaciones a través de hechos que se consideran razones normativas.

– Por ejemplo: dar un regalo, vender un objeto, casar a alguien... y prometer algo.● Cuando prometemos, no podemos (unilateralmente) des prometernos, al igual que no ‑

podemos des regalar algo.‑

→ Hemos perdido la autoridad racional sobre la promesa o el regalo como razón normativa.

● Un compromiso social es una razón que no podemos re evaluar libremente.‑

● Aunque haya excelentes razones para incumplir una promesa, al no hacer lo que hemos prometido, estaremos (justificadamente) incumpliendoincumpliendo la promesa.

→ ¿Qué ha pasado con nuestra autoridad racional? Que se la hemos transferido al acreedor.

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Promesas y poderes normativos (III)

● Transferir nuestra autoridad racional significa aceptar que es el acreedor quien obtiene el derecho a revocar derecho a revocar la promesa.

● Este derecho es racionalracional, no moral;

● Y la obligación en la que incurrimos es racional, no (necesariamente) moral.

● El que una promesa conlleve una obligación moral depende del contenido de la promesa, no de su estructura formal.

● Dos ejemplos sobre la relación entre la normatividad de la racionalidad y la normatividad de las promesas:

(1) Carlos el Comprensivo

(2)Fulano de Tal

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Promesas y poderes normativos (IV)

Carlos el ComprensivoCarlos el Comprensivo

● Cuando te comprometes a hacer algo con Carlos el Comprensivo, y encuentras que hay razones suficientes para no hacerlo, puedes decírselo, y siempre te liberará de tus obligaciones.

● No es posible incumplir justificadamente una promesa con Carlos el Comprensivo, o ser akrático justificadamente.

● La estructura normativa de una promesa a CeC es idéntica a la estructura normativa de la racionalidad práctica.

→ Pero eso no significa que no le hayas cedido la autoridad que se requiere para cambiar de opinión justificadamente. Lo que pasa es que CeC siempre considera que los hechos que le presentas como justificativos lo son.

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Promesas y poderes normativos (V)

Fulano de TalFulano de Tal

● Cuando te comprometes a hacer algo con Fulano de Tal, y encuentras que hay razones suficientes para no hacerlo, puedes decírselo y tratar de convencerlo de que te libere de tu obligación.

● Si considera que hay suficientes razones para no hacer aquello a lo que te has comprometido, revocará el compromiso; si considera que no es así, lo mantendrá.

● Aunque tú juzgues que debería revocarlo, porque hay razones para ello, no te queda otro remedio que cumplir el compromiso, o violarlo, puede que justificadamente.

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Conclusiones

● De los tres enfoques presentados, el que basa la normatividad de las promesas en las razones normativas que crean es el único que admite que las promesas inmorales (o amorales) también conllevan algún tipo de obligatoriedad.

● Es posible crear razones prácticas mediante el ejercicio de poderes normativos, por lo que evitamos la circularidad: las promesas crean razones mediante la transferencia de la autoridad racional que cada agente tiene sobre sus propias razones.

● Se interrumpe la autonomía racional.

● De las razones deriva la obligación (racional) de cumplir la promesa, así como el derecho del acreedor a revocarla.

● Esto no quiere decir que las promesas no tengan una dimensión moral o legal: simplemente, su carácter obligatorio no se limita a esas dos esferas normativas.