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................................................................ ................................................................ ................................................................ ................................................................ ...................... EXPONE Que ha analizado la documentación que acompaña a la solicitud presentada por D. Rafael Salamero Mazana para obtener la licencia ambiental de actividades clasificadas para una Explotación Ganadera de porcino de cebo para 1.999 plazas, que se desarrollará en Poligono 11, Parcela 10, inmueble con referencia catastral 22163A011000100000SX, según el proyecto técnico redactado por el Ingeniero Técnico Agrícola D. Sergio Moreu Bescos. Por ello, hace constar las siguientes ALEGACIONES 1. REFERIDAS A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL PROYECTO DE EXPLOTACIÓN GANADERA 1.1. Según la ley 11/2014 de 4 de diciembre de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, en su artículo 77.3, “la apertura del trámite de información pública se notificará personalmente a los vecinos inmediatos al lugar del emplazamiento propuesto, a los efectos de que puedan alegar lo que estimen oportuno”. Pues bien, según consta en el ayuntamiento de Graus en la documentación incluida en el expediente existente para el proyecto de referencia, solo se ha notificado personalmente al actual dueño del terreno donde se pretende instalar la explotación porcina y a la Confederación Hidrográfica del Ebro. Los vecinos afectados, incluidos los 1

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......................................................................................................................................................................................................................................................................................

EXPONE

Que ha analizado la documentacin que acompaa a la solicitud presentada por D. Rafael Salamero Mazana para obtener la licencia ambiental de actividades clasificadas para una Explotacin Ganadera de porcino de cebo para 1.999 plazas, que se desarrollar en Poligono 11, Parcela 10, inmueble con referencia catastral 22163A011000100000SX, segn el proyecto tcnico redactado por el Ingeniero Tcnico Agrcola D. Sergio Moreu Bescos.

Por ello, hace constar las siguientes

ALEGACIONES

1. REFERIDAS A LA INFORMACIN PBLICA DEL PROYECTO DE EXPLOTACIN GANADERA

1.1. Segn la ley 11/2014 de 4 de diciembre de Prevencin y Proteccin Ambiental de Aragn, en su artculo 77.3, la apertura del trmite de informacin pblica se notificar personalmente a los vecinos inmediatos al lugar del emplazamiento propuesto, a los efectos de que puedan alegar lo que estimen oportuno. Pues bien, segn consta en el ayuntamiento de Graus en la documentacin incluida en el expediente existente para el proyecto de referencia, solo se ha notificado personalmente al actual dueo del terreno donde se pretende instalar la explotacin porcina y a la Confederacin Hidrogrfica del Ebro. Los vecinos afectados, incluidos los delegados de alcalda, de la Puebla del Mon y Pueyo de Marguilln, as como la empresa Aguas Ribagorza S.A., se han enterado indirectamente, casi al final del periodo de informacin pblica. ste se ha basado escuetamente en un anuncio insertado en el BOPH que no especifica la ubicacin de la explotacin por lo que pas totalmente desapercibido para los afectados.

2. REFERIDAS A ASPECTOS TCNICOS DEL PROYECTO DE EXPLOTACIN GANADERA

2.1 Segn el Anexo VI del Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragn, por el que se aprueba la revisin de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas, la distancia mnima de explotaciones de porcino a ncleos de poblacin de menos de 500 habitantes es de 1.000 metros.

Teniendo en cuenta que se consideraNcleo de poblacina un conjunto de al menos diez edificaciones, que estn formando calles, plazas y otras vas urbanas, y que se incluyen en el ncleo aquellas edificaciones que, estando aisladas, distan menos de 200 metros de los lmites exteriores del mencionado conjunto, el punto del ncleo de poblacin de Pueyo de Marguilln ms cercano a la instalacin ganadera seran las edificaciones ubicadas en las parcelas 35 y 39 del polgono 12 del trmino municipal de Graus.

As pues, el ncleo urbano de Pueyo de Marguilln, al contrario de lo que refleja el proyecto de referencia, queda a una distancia de 950 metros del punto construido ms cercano de la explotacin ganadera, susceptible de producir emisiones molestas, nocivas, o insalubres, como es la balsa de purines, lo que, en definitiva, incumple abiertamente la legislacin vigente sobre esta materia antes sealada.

2.2. Segn el mismo decreto mencionado en el punto anterior (2.1), las distancias mnimas sern mayores en la franja de vientos dominantes. Se entiende como franja de vientos dominantes la comprendida en el sector definido por las direcciones +/- 22,5 sexagesimales, tomando como eje la direccin del viento dominante. Si el ncleo de poblacin o zona urbanizable queda dentro del rea definida anteriormente, las distancias fijadas en el Anexo VI del citado decreto sern hasta un 50 por 100 mayores para las instalaciones de porcino, siendo pues la distancia mnima de 1.500 metros en la franja de vientos dominantes.

Como la distancia de las instalaciones con respecto al ncleo de poblacin de Pueyo de Marguilln es de 950 metros, al ncleo de poblacin de la Puebla del Mon de 1.277 metros y a la embotelladora Aguas Ribagorza S.A. de 1.400 metros (todas pues inferiores a 1.500 metros), prcticamente cualquier direccin del viento afectara negativamente a uno de estos tres puntos y vulnerara la legislacin citada.

Precisando un poco ms, segn clculos propios, el viento predominante en la zona es de direccin SO/NE, lo que supondra una afeccin inaceptable al ncleo de poblacin de la Puebla del Mon, puesto que la distancia entre las instalaciones y ste son inferiores a las especificadas en el Decreto 94/2009. No obstante, como se entiende que, cuando no existan datos para determinar la direccin del viento dominante, la franja ser definida por las direcciones NO/SE y O/E, con centro en la granja, en este caso la afeccin sera igualmente y por las mismas razones inaceptable para Pueyo de Marguilln.

2.3 En el proyecto se refieren a la parcela en la cual se pretende construir las instalaciones como una zona que no presenta relieves importantes y es llana, considerando, por tanto, su impacto como compatible. Sin embargo los datos que se recogen en el proyecto no se corresponden con la realidad pues la citada parcela no es llana sino que presenta una pendiente del 9,1%, tal como puede comprobarse en el SIGPAC. Por tanto las citadas conclusiones del proyecto no son vlidas.

2.4 Muy al contrario de lo que defiende el proyecto de referencia, teniendo en cuenta la citada pendiente, la longitud considerable de la parcela (de unos 270 metros), la inexistencia de cobertura vegetal durante la fase de explotacin de las instalaciones, la erodabilidad del suelo y el potencial erosivo de la lluvia en la zona (con frecuentes episodios de precipitaciones torrenciales en verano y otoo), existe un riesgo muy alto de erosin del suelo. Este resulta an ms alto si se tiene en cuenta que la parcela limita con barrancos y terraplenes en su parte sur, en su parte oeste y en su parte este (lo que desmiente la pretensin de quien solicita la licencia de que el terreno no presenta relieves importantes).

Por otra parte, resulta una absoluta temeridad construir dos naves en perpendicular a la pendiente de la parcela (con el consiguiente riesgo de que actuasen a modo de presa en un episodio de lluvias torrenciales), lo que, unido a que la balsa de purines se proyecta a escasos metros de un barranco (que desemboca en el Barranco de la Tosca y ste a su vez en el Embalse de Barasona), podra ser causa de un accidente y vertido contaminante de consecuencias lamentables.

En definitiva, la situacin de las instalaciones supone un riesgo alto de contaminacin de las aguas, puesto que cualquier escorrenta o lixiviado, con ayuda de la pendiente de un 9,1% en direccin al barranco, ira a parar directamente a este con el consiguiente impacto sobre las aguas de la zona, riesgo que debe ser considerado como inaceptable e inasumible.

2.5 Resulta tambin temerario ubicar las instalaciones, como pretende el solicitante de la licencia, en el centro de un pequeo tringulo o islote ubicado entre los permetros de proteccin de Pueyo de Marguilln, la Puebla del Mon y la embotelladora de Aguas Ribagorza S.A.

3. REFERIDAS AL IMPACTO SOCIAL DEL PROYECTO DE EXPLOTACIN GANADERA

3.1 Resulta como poco sorprendente (por no decir indignante) que el proyecto de referencia, en su apartado dedicado a Impactos sobre el Medio Humano, diga que no se ha recibido ninguna opinin en contra de la explotacin porcina que se pretende instalar. Es fcil afirmar esto cuando, como se indicaba en la alegacin 1.1, la poblacin afectada en Pueyo de Marguilln y la Puebla del Mon no se ha enterado de la existencia del proyecto hasta los ltimos das de su fase de informacin pblica.

No obstante, incluso as, el proyecto de referencia falta a la verdad en este punto pues la persona que solicita la licencia coment sus intenciones al delegado de alcalda de Pueyo de Marguilln hace un par de meses siendo informado por este de la opinin contraria de los vecinos a dicho proyecto de granja porcina y la problemtica que generara darle agua desde Pueyo de Marguilln.

Como se podr observar por las alegaciones presentadas, la oposicin social a la explotacin, al contrario de lo que pretende el autor del proyecto, es casi unnime en la zona (el 100% de las casas de Pueyo de Marguilln se manifiestan en contra de la explotacin porcina proyectada).

3.2 En el proyecto de referencia se afirma sin ms que el abastecimiento de agua para la granja se har desde Pueyo de Marguilln. Tal afirmacin choca con la realidad pues el solicitante de la licencia no ha solicitado formalmente agua a Pueyo de Marguilln. Semejante pretensin es, adems, de imposible cumplimiento cuando, dada la oposicin vecinal a la explotacin porcina, es seguro que no contar con agua de Pueyo de Marguilln ni con los permisos de propietarios de esta localidad para el paso de las canalizaciones necesarias.

Debe tenerse en cuenta que actualmente se est procediendo a mejorar la trada de agua a Pueyo de Marguilln, que presenta problemas de abastecimiento. Tambin resulta muy significativo que el consumo mximo diario de agua en Pueyo de Marguilln (en verano, cuando la poblacin aumenta hasta unos 60 habitantes) es de unos 8.000 litros, es decir en torno a la mitad de lo que precisara diariamente la granja segn consta en el proyecto.

3.3 En contra de las pretensiones del solicitante y de lo afirmado en el proyecto, este no supone ningn impacto positivo sobre el medio humano, tanto porque no genera beneficio alguno en el territorio, dejando en l sus afecciones, como porque apenas genera puestos de trabajo locales (a lo sumo 1 tal como indica el proyecto). Adems, el propietario de la granja proyectada ni siquiera es vecino del municipio de Graus y esta limitara las posibilidades de desarrollar nuevas actividades econmicas en el entorno de la granja, todo ello en un territorio histricamente desfavorecido, donde hasta el momento, por fortuna, no existan an granjas porcinas y en el que, por otra parte, se da un peligro evidente de despoblacin, que se incrementara con la construccin de esta granja. Por ltimo, es conocido que la construccin de una granja de estas caractersticas depreciara notablemente las propiedades de los vecinos de Pueyo de Marguilln y la Puebla del Mon.

Por tanto, el impacto sobre el medio humano, al contrario de lo que se afirma en el proyecto de referencia, es clara y altamente negativo.

4. REFERIDAS A LOS IMPACTOS MEDIOAMBIENTALES Y PAISAJSTICO DEL PROYECTO DE EXPLOTACIN GANADERA

4.1. En el proyecto tcnico redactado por el Ingeniero Tcnico Agrcola D. Sergio Moreu Bescos para la explotacin ganadera de referencia, aparece un anejo a modo de Estudio de Impacto Ambiental que de manera muy somera analiza los posibles impactos sobre la vegetacin y la fauna, considerando que estos son "compatibles" para la vegetacin y "moderados" para la fauna. Sin embargo, en dicho Estudio de Impacto Ambiental no se han tomado en consideracin ni se analizan los impactos sobre especies con diversos grados de proteccin y alto valor ambiental presentes en la zona, sin que, por tanto, puedan valorarse los impactos sobre estas, lo que, en definitiva invalida las citadas conclusiones.

Al respecto, partiendo del estudio que desde el ao 2012 vienen realizando, en colaboracin con la Plataforma Ciudadana Biodiversidad Virtual, personas de poblaciones cercanas al lugar donde se pretende instalar la explotacin ganadera, se ha constatado la presencia en el entorno de dicho lugar, cuando menos, de las siguientes especies (se recogen solo las ms significativas):

INVERTEBRADOS

Saturnia pyri

UICN: En Peligro

Cerambyx cerdo

UICN Mundial: Vulnerable A1c + 2c; UICN Europa: Casi Amenazado; IUCN Red List of Threatened Species: Vulnerable a1c+2c; Directiva Europea de Hbitats, anexos II y IV; Convenio de Berna, anejo II; UICN Espaa: Preocupacin Menor; Catlogo de especies amenazadas de Aragn: De Inters Especial

Actias isabellae

UICN: Vulnerable; Catlogo nacional de especies amenazadas de Espaa: De Inters Especial; Convenio de Berna II; CITES; Directiva Europea de Hbitats, anexos II y V; Catlogo de especies amenazadas de Aragn: De Inters Especial; endemismo ibrico

Amorphocephala coronata

UICN Espaa: Vulnerable B2ab (ii, iii) / UICN Mundial: No evaluado

Hipparchia alcyone

UICN Europa: Casi Amenazada; IUCN Red List Criteria Europa A2c

Hipparchia statilinus

UICN Europa: Casi Amenazada; IUCN Red List Criteria Europa A2c

Thymelicus acteon

UICN Europa: Casi Amenazada; IUCN Red List Criteria Europa A2b

Hipparchia fagi

UICN Europa: Casi Amenazada; endemismo europeo

Pseudophilotes panoptes

UICN Europa: Casi Amenazada; endemismo europeo

Cerambyx welensii

UICN Europa: Casi Amenazada

Euphydryas aurinia

UICN Europa: Preocupacin Menor; Directiva Europea de Hbitats, anexo II; Convenio de Berna, anejo II; Catlogo de especies amenazadas de Aragn: De Inters Especial

Zerynthia rumina

UICN Europa: Preocupacin Menor; Directiva Europea de Hbitats

Pseudolucanus barbarossa

UICN Europa: Preocupacin Menor; endemismo ibero-magreb

VERTEBRADOS

Gypaetus barbatus

Catalgo de Especies Amenazadas de Aragn: En peligro de Extincin; Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: En Peligro de Extincin; Directiva de Aves: Anexo I; Convenio de Berna: Anexo II; Libro Rojo de las Aves de Espaa: En Peligro; EN D.

Neophron percnopterus

Catalgo de Especies Amenazadas de Aragn: V, Vulnerable; Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: Vulnerable; Directiva de Aves: Anexo I; Convenio de Berna: Anexo II; Libro Rojo de las Aves de Espaa: En Peligro; EN A4ac; Convenio de Bonn: Apndice I; UICN: En Peligro A2bcde+3bcde+4bcde.

Milvus milvus

Catalgo de Especies Amenazadas de Aragn: S.A.H, Sensible a la Alteracin de su Hbitat; Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: En Peligro de Extincin; Directiva de Aves: Anexo I; Convenio de Berna: Anexo II; Libro Rojo de las Aves de Espaa: En Peligro, EN A2ab+4ab; UICN: Casi Amenazada.

Aquila chrysaetos

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Directiva de Aves: Anexo I; Convenio de Berna: Anexo II; Libro Rojo de las Aves de Espaa: Casi Amenazado, NT C1.

Aquila pennata

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Directiva de Aves: Anexo I; Convenio de Berna: Anexo II; Convenio de Bonn: Apndice II.

Pernis apivorus

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Directiva de Aves: Anexo I; Convenio de Berna: Anexo II. Libro Rojo de las Aves de Espaa: Preocupacin Menor.

Circaetus gallicus

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Directiva de Aves: Anexo I; Convenio de Berna: Anexo II; Libro Rojo de las Aves de Espaa: Preocupacin Menor.

Accipiter gentilis

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II; Convenio de Bonn: Apndice II.

Accipiter nisus

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II; Convenio de Bonn: Apndice II.

Buteo buteo

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Phoenicurus phoenicuris

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II; Libro Rojo de las Aves de Espaa: Vulnerable, VU A2ac.

Alcedo atthis

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II; Libro Rojo de las Aves de Espaa: Casi Amenazado, NT A2ac.

Coccothraustes coccothraustes

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Falco tinnunculus

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II; Convenio de Bonn: Apndice II.

Otus scops

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Gyps fulvus

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De proteccin Especial; Directiva de Aves: Anexo I; Convenio de Berna: Anexo II.

Lanius senator

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II; Libro Rojo de las Aves de Espaa: Casi amenazada, NT A2a.

Petronia petronia

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Cecropis daurica

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Anthus pratensis

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Prunella modularis

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Hippolais polyglotta

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Certhia brachydactyla

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Emberiza cia

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Emberiza cirlus

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Saxicola rubicola

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Troglodytes troglodytes

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Motacilla cinerea

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Ficedula hypoleuca

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Aegithalos caudatus

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Corvus corax

Catlogo de Especies Amenazadas de Aragn: De Inters Especial; Convenio de Berna: Anexo III.

Merops apiaster

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II. Convenio de Bonn: Apndice II.

Luscinia megarhynchos

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Upupa epops

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Delichon urbicum

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Phoenicurus ochrurus

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Hirundo rustica

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Phylloscopus collybita

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Sylvia melanocephala

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Sylvia atricapilla

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Erithacus rubecula

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Cyanistes caeruleus

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Parus major

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Fringilla coelebs

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo III.

Dendrocopos major

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Motacilla alba

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Galerida cristata

Catlogo Nacional de Especies Amenazadas: De Proteccin Especial; Convenio de Berna: Anexo III.

Carduelis cannabina

Catlogo de Especies Amenazadas de Aragn: De Inters Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Chloris chloris

Catlogo de Especies Amenazadas de Aragn: De Inters Especial; Convenio de Berna: Anexo III.

Serinus serinus

Catlogo de Especies Amenazadas de Aragn: De Inters Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Emberiza calandra

Catlogo de Especies Amenazadas de Aragn: De Inters Especial; Convenio de Berna: Anexo III.

Carduelis carduelis

Catlogo de Especies Amenazadas de Aragn: De Inters Especial; Convenio de Berna: Anexo II.

Lutra lutra

Catlogo de especies amenazadas de Aragn: Sensible a la Alteracin de su Hbitat. Catlogo nacional de especies amenazadas: De Inters Especial. UICN Europa: Casi Amenazada

Timon lepidus

UICN Europa: Casi Amenazado; endemismo europeo

Meles meles

Catlogo de especies amenazadas de Aragn: De Inters Especial. UICN Europa: Preocupacin Menor

Bufo bufo

Catlogo de especies amenazadas de Aragn: De Inters Especial. UICN Europa: Preocupacin Menor

Barbus graellsii

UICN Europa: Preocupacin Menor; endemismo europeo. Directiva Europea de Hbitats, anexo V

Chondrostoma miegii

UICN Europa: Preocupacin Menor; endemismo ibrico.

4.2. Como se indica en la documentacin de referencia, el impacto paisajstico es moderado, lo que supone una carga aadida a las condiciones desfavorables para el desarrollo de Pueyo de Marguilln y La Puebla del Mon, que cifran sus posibilidades de desarrollo sostenible en su patrimonio natural, existiendo actualmente un proyecto de turismo rural en la ltima de las poblaciones citadas, que se vera seriamente comprometido.

5. OTRAS CONSIDERACIONES ACERCA DEL PROYECTO DE EXPLOTACIN GANADERA

Para finalizar, parece necesario advertir tambin de la problemtica actual, muy preocupante, del sector porcino en Aragn (semejante al que se da tambin en otras comunidades autnomas limtrofes). Muchas voces alertan de que el crecimiento descontrolado y sin planificacin alguna de este sector supondr en un futuro no muy lejano una catstrofe econmica para el mundo rural por las siguientes razones:

1. la gran dependencia de este sector de la economa agraria de la regin, as como del consumo de cereales que supone;

2. el "exceso" de purines en el momento en el que se incorporen los lodos de depuradoras y la biomasa de la materia orgnica de las basuras de las grandes ciudades;

3. las grandes inversiones que deben realizar los granjeros, que actualmente tienen que multiplicar por 10 las dimensiones de sus explotaciones agrcolas y ganaderas (en relacin con las cifras de hace 40 aos) para hacerlas rentables.

Dado el descontrolado crecimiento del sector, no es descabellado afirmar que nos encontramos al borde de un derrumbe del mercado similar al que en aos precedentes se produjo en la construccin. Cuando este acontezca las grandes empresas que fomentan la construccin de granjas porcinas "tendrn los bolsillos llenos" mientras que los pequeos ganaderos integrados se encontrarn con unas deudas difcilmente asumibles (ello sin contar con el previsible y consecuente hundimiento del precio del cereal actualmente el 80 % de la superficie cultivada de cereal es destinada a la alimentacin de animales de consumo, fundamentalmente monogstricos, como es el caso del cerdo).

Abundando en esta problemtica, cabe destacar la reciente creacin de dos plataformas vecinales que se oponen a la construccin de granjas porcinas en el entorno de la localidad oscense de Loporzano (Plataforma "Loporzano sin ganadera intensiva") y en la Canal de Berdn (Plataforma "STOP Cerdos Canal de Berdn"), a las que han apoyado, entre otras organizaciones, Ecologistas en Accin, que en un reciente artculo del pasado 3 de marzo (vase: http://www.ecologistasenaccion.es/article31759.html), afirma, en relacin con el proyecto de instalar siete granjas de cerdos en el trmino municipal de Berdn que "Esta coincidencia de iniciativas no es fruto de la casualidad; ms bien responde a una maniobra diseada por alguna o algunas de las grandes empresas integradoras del sector porcino, que constituyen un oligopolio bien conocido al igual que sus formas de actuacin", y aade que "Las empresas de integracin porcina surgen en Espaa a finales de los aos cincuenta, como tentculos de las compaas comercializadoras de cereales y piensos compuestos con el fin de asegurarse un mercado para sus productos, fomentando el modelo ganadero intensivo a partir de razas de origen forneo con mayores rendimientos. La asfixia a la que se ha sometido a los productores independientes y las crisis inducidas en el sector han terminado por afianzar un autntico oligopolio".

Igualmente, en el citado artculo, Ecologistas en Accin hace las siguientes afirmaciones (compartidas por quien suscribe estas alegaciones) en relacin con los impactos y el modelo socioeconmico que existe tras las explotaciones de porcino como la que se quiere instalar en las proximidades de La Puebla del Mon y Pueyo de Marguilln, consideraciones todas que deben ser tenidas en cuenta de cara al modelo de desarrollo de nuestro municipio:

1. "Las granjas de cra intensiva de porcino equivalen a una colonizacin del territorio y como tal suelen dejar nulos o nfimos beneficios en la zona a costa de fuertes impactos".

2. "El volumen de excrementos de un cerdo equivale al generado por tres personas", por lo que si sumamos los cerdos de la explotacin ganadera que se pretende instalar en nuestro caso, se alcanzara el equivalente humano de una poblacin de 5.997 habitantes, con la diferencia de que las deyecciones de los cerdos no se depuran, sino que se dispersan por los campos, con el consiguiente peligro de contaminacin de acuferos, especialmente grave ante la cercana a la explotacin de la planta embotelladora de Aguas Ribagorza S.A (del Grupo Pascual).

3. "Los edificios de las granjas suelen ser un proyecto modelo suministrado por la empresa integradora, ejecutados mediante elementos prefabricados de rpida edificacin en los que la demanda de mano de obra local, en caso de necesitarla, es escasa y de muy corta duracin. Los lechones para engorde son suministrados por la integradora al igual que los piensos y tratamientos de sanidad veterinaria. Una vez alcanzado el estado de madurez idneo para el sacrificio, los ejemplares son recogidos y transportados por camiones de propiedad de la integradora al matadero o por empresas contratadas por estas. Es a partir de la recepcin del animal vivo en el matadero, cuando el cerdo empieza a crear puestos de trabajo con el sacrificio, despiece envasado y transformacin en productos elaborados". Es en ese territorio, donde se recibe al animal vivo para el matadero (y no en el nuestro), "donde se generan la mayor parte de las plusvalas que crean una trama econmica y social por los fuertes beneficios obtenidos". Mientras tanto, en nuestro territorio, usado como zona de crianza y engorde, "slo quedan los residuos con las consecuencias ya conocidas y como mucho un puesto de trabajo" teniendo en cuenta el proceso de automatizacin de las nuevas granjas.

4. "Est ms que demostrada la incompatibilidad de las granjas de cerdos con otras actividades y en concreto con las ligadas al turismo de cualquier naturaleza".

5. "Se est a tiempo para optar por un desarrollo perdurable y respetuoso del territorio y desechar actividades de fuertes impactos, en esto consiste el inters general".

Por todo lo expuesto, resultan lgicos los llamamientos al Gobierno de Aragn por parte de la Plataforma "Loporzano sin ganadera intensiva", Podemos Aragn y Alto Aragn en Comn solicitando una moratoria para nuevas explotaciones de ganadera intensiva en Aragn. En particular, el pasado 13 de abril, el Grupo Parlamentario de Podemos Aragn present ante las Cortes de Aragn la Proposicin No de Ley n 156/16, solicitando la susodicha moratoria a partir de la siguiente exposicin de motivos:

"Cada semana, el Inaga est dando 3 nuevos permisos de granjas porcinas. El ao pasado aumentaron en 153 las explotaciones nuevas de porcino. Solo el 7% de ellas superaban la capacidad de 2000 plazas para cerdos de engorde y, por lo tanto, la gran mayora no necesit superar el estudio de impacto ambiental. Sin embargo, un gran nmero de esas explotaciones solicitan al ao o a los dos aos de su aprobacin una ampliacin de unidades ganaderas (a menudo en un ao o dos), y acaban teniendo una capacidad mucho mayor (cinco o siete veces ms del volumen inicial que requiri una licencia simplificada).

En algunas comarcas aragonesas, la mala gestin de los residuos, los purines, ya est causando problemas serios de salud pblica por la contaminacin por excesos de nitratos.

Ahora mismo hay un vaco legal, ya que a finales de 2014 se estableci un mandato para tener listo un nuevo decreto en un ao, un decreto que no existe y que se va a retrasar para incluirlo en el nuevo plan GIRA".

Precisamente, este es el caso que se produce ahora en nuestro municipio. La explotacin solicitada se ajusta (con una diferencia exigua de una sola cabeza de ganado) a la cifra que permite solicitar la licencia ambiental de actividades clasificadas ante el Ayuntamiento de Graus sin necesidad de una Evaluacin de Impacto Ambiental mucho ms rigurosa. Existen datos (como la voluntad de vender su terreno por parte de un propietario colindante a la parcela donde se desea instalar la explotacin ganadera) que llevan a pensar que en un futuro el nmero de granjas y de cerdos en la zona podra multiplicarse notablemente. No supondra esto, en definitiva, un fraude de ley?

Adems (en relacin con lo expuesto en la citada Proposicin No de Ley), segn se establece en la Orden de 13 de febrero de 2015 de los Consejeros de Obras Pblicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes, de Poltica Territorial e Interior, y de Agricultura, Ganadera y Medio Ambiente, por la que se sustituyen varios anexos de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas, cuya revisin se aprob por el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragn, "a las aspiraciones mayoritarias del sector ganadero se suman tambin en algunos casos las de otros sectores que representan a actividades cada vez ms presentes en el mundo rural, como la industria agroalimentaria o los establecimientos tursticos, y que tambin ven condicionadas sus posibilidades de instalacin o expansin por las limitaciones que supone la presencia en el territorio de explotaciones ganaderas, por lo que demandan la flexibilizacin en cuestiones como las distancias de separacin, garantizando en todo caso que el ejercicio de todas las actividades que concurren en el territorio resulten compatibles y no produzcan afecciones negativas entre ellas ni sean contrarias al inters general."

Por ltimo, en una informacin reciente (del pasado 1 de marzo del presente ao) emitida por la Asociacin de Entidades Locales del Pirineo Aragons (ADELPA) (vase: http://www.pirineodigital.com/noticia.php?idnot=2313), esta entidad anunciaba que iba a pedir a los siete grupos parlamentarios de las Cortes de Aragn que respalden con iniciativas concretas la supervivencia de la ganadera extensiva en el Pirineo, afirmando tajantemente que "Mientras crecen los proyectos de explotaciones intensivas de porcino, que no aportan valor aadido, apenas crean puestos de trabajo, y suponen un riesgo para el medioambiente, la ganadera extensiva, la que puede tener un sello de calidad y una vinculacin con la transformacin agroalimentaria, adems de contribuir a los valores medioambientales y paisajsticos, va camino de su desaparicin".

Qu tiene que decir al respecto el Ayuntamiento de Graus, miembro de esta asociacin?

En definitiva, a la vista de las consideraciones expuestas en este ltimo apartado, cabe preguntarse: Este es el modelo de desarrollo que queremos para nuestro Municipio? Esta es la "tabla de salvacin" para los ncleos agregados que, como La Puebla del Mon o Pueyo de Marguilln, se encuentran en grave riesgo de despoblacin a corto o medio plazo?

Por todo lo cual, considerando la suma de impactos, los errores o lagunas detectadas en la documentacin, las consideraciones de carcter socioeconmico expuestas en el ltimo apartado de estas alegaciones y el manifiesto rechazo social en el entorno inmediato a la explotacin ganadera para la que se solicita licencia ambiental de actividades clasificadas,

SOLICITA

Que teniendo por presentado este escrito, el Ayuntamiento de Graus determine denegar, no autorizando las actuaciones previstas, la licencia ambiental de actividades clasificadas solicitada por D. Rafael Salamero Mazana para una Explotacin Ganadera de porcino de cebo de 1.999 plazas, que se desarrollar en Poligono 11, Parcela 10, inmueble con referencia catastral 22163A011000100000SX, segn el proyecto tcnico redactado por el Ingeniero Tcnico Agrcola D. Sergio Moreu Bescos.

En Graus, a 26 de julio de 2016

ILMO. SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE GRAUS

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