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20-9-201220-9-2012

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BLOQUE NORMATIVOBLOQUE NORMATIVO

• Constitución políticaConstitución política

• Código CivilCódigo Civil

• T.U.O. del R.G.R.P.T.U.O. del R.G.R.P.

• Ley 27444Ley 27444

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T.U.O DEL R.G.R.P.T.U.O DEL R.G.R.P.

• Prórrogas automáticas. Art. 28Prórrogas automáticas. Art. 28

• Suspensión del título. .Art. 29-30Suspensión del título. .Art. 29-30

• Desistimiento de partes judiciales civil. Desistimiento de partes judiciales civil. Art.13Art.13

• Atención en un plazo menor de las Atención en un plazo menor de las rectificaciones. Art. 37 2do párrafo.rectificaciones. Art. 37 2do párrafo.

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OBJETO DE LAS OBJETO DE LAS MODIFICACIONESMODIFICACIONES

• MayorMayor incorporación de los actos incorporación de los actos inscribibles.inscribibles.

• Mayores transacciones Mayores transacciones inmobiliarias.inmobiliarias.

• InterrogantesInterrogantes

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LA PUBLICIDAD COMO LA PUBLICIDAD COMO CERTEZACERTEZA

• Certeza en los presupuestosCerteza en los presupuestos

• ¿Cómo se logra alcanzar dicha ¿Cómo se logra alcanzar dicha certeza?certeza?

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FINALIDAD DE REGISTROS FINALIDAD DE REGISTROS PUBLICOSPUBLICOS

¿¿Finalidad de los RR.PP.?Finalidad de los RR.PP.?Seguridad jurídicaSeguridad jurídica

¿Cómo se logra la finalidad?¿Cómo se logra la finalidad?Publicidad registralPublicidad registral

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DEFINICION DE LA DEFINICION DE LA PUBLICIDAD REGISTRALPUBLICIDAD REGISTRAL

• Exteriorización.Exteriorización.

• Publicidad limitados a los efectos.Publicidad limitados a los efectos.

• Compra-venta: Titular registralCompra-venta: Titular registral

• Hipoteca: Afectación del inmueble, Hipoteca: Afectación del inmueble, monto , obligacionesmonto , obligaciones

• Mandato: Las facultadesMandato: Las facultades

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LA PUBLICIDAD EN EL LA PUBLICIDAD EN EL CODIGO CIVILCODIGO CIVIL

• ¿La publicidad es un principio?¿La publicidad es un principio?

• ConceptoConcepto

• Seguridad estática. Seguridad estática.

• Seguridad dinámica.Seguridad dinámica.

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LA PUBLICIDAD COMO LA PUBLICIDAD COMO COGNOSCIBILIDADCOGNOSCIBILIDAD

• Art. 2012 del C.C.Art. 2012 del C.C.

• ¿Interpretación correcta?¿Interpretación correcta?

• Posibilidad de conocimientoPosibilidad de conocimiento

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LA PUBLICIDAD EN EL LA PUBLICIDAD EN EL R.G.R.PR.G.R.P

• Publicidad jurídica. Publicidad jurídica.

Art. I del T.P.Art. I del T.P.

• Publicidad formal. Publicidad formal.

Art. II del T.P.Art. II del T.P.

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LIMITACIONES DE ACCESO LIMITACIONES DE ACCESO A LA PUBLICIDADA LA PUBLICIDAD

• Publicidad abiertaPublicidad abierta• Ley hipotecaria española: Los Ley hipotecaria española: Los

Registros será públicos para Registros será públicos para quienes tengan interés conocidoquienes tengan interés conocido

• 2 casos de limitación: Por 2 casos de limitación: Por disposición legal y afectación a la disposición legal y afectación a la intimidad personal. Art. 128intimidad personal. Art. 128

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EFECTOS DE LA PUBLICIDADEFECTOS DE LA PUBLICIDAD

-Efecto formal – Art. 140.-Efecto formal – Art. 140.-Vigencia -Vigencia -Contenido inexacto.-Contenido inexacto.Discrepancia entre la partida y el Discrepancia entre la partida y el certificadocertificado¿Qué debe primar? Art. 139¿Qué debe primar? Art. 139¿Responsabilidad?¿Responsabilidad?

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EFECTOS DE LA EFECTOS DE LA PUBLICIDADPUBLICIDAD

• Anotaciones preventivas . Anotaciones preventivas . • Anotaciones caducas. Art. 140Anotaciones caducas. Art. 140 Mención de que no surte ningún Mención de que no surte ningún

efecto legal.efecto legal. Comunicación a la Gerencia Comunicación a la Gerencia

RegistralRegistral• Plazo de atención. Art. 137Plazo de atención. Art. 137

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EFECTOS DE LA EFECTOS DE LA PUBLICIDADPUBLICIDAD

• Título pendiente. Art. 140 Título pendiente. Art. 140 No impide - Mención del títuloNo impide - Mención del título• Rectificación del certificado Rectificación del certificado

Rectificación - Sin costo algunoRectificación - Sin costo alguno• Competencia. Art. 131Competencia. Art. 131 Registrador PúblicoRegistrador Público Abogado certificadorAbogado certificador CertificadorCertificador

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INSTRUMENTOS QUE SE INSTRUMENTOS QUE SE EXPIDENEXPIDEN

• Art. 127 del R.G.R.PArt. 127 del R.G.R.P

• ManifestacionesManifestaciones

• Certificados literalesCertificados literales

• Certificados compendiososCertificados compendiosos

• Certificados de índices y de los Certificados de índices y de los asientos de presentaciónasientos de presentación

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MANIFESTACIONESMANIFESTACIONES

• Exhibición del archivo registralExhibición del archivo registral• Partidas regístrales . Art. 129 inciso a)Partidas regístrales . Art. 129 inciso a)• TomosTomos• Títulos archivados: Inscritos y tachadosTítulos archivados: Inscritos y tachados• Copia simple. Copia simple. • Títulos en trámiteTítulos en trámite. Art. 129 inciso b) - . Art. 129 inciso b) -

ExcepciónExcepción• Copia simpleCopia simple

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CERTIFICADOS LITERALESCERTIFICADOS LITERALES

• Copia o impresión de las partidas o títulos Copia o impresión de las partidas o títulos archivados.archivados.

• Emitidos por personal autorizadoEmitidos por personal autorizado• Mención título pendiente o suspendido.Mención título pendiente o suspendido.• Emitidos previa regularización de los asientos Emitidos previa regularización de los asientos

sin firmasin firma• Válidos trámites administrativos-judicial.Válidos trámites administrativos-judicial.• Los casos de documentos ajenos al archivo – Los casos de documentos ajenos al archivo –

Resolución de Gerencia Registral Resolución de Gerencia Registral . Art. 131 . Art. 131 último párrafo..último párrafo..

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CERTIFICADOS CERTIFICADOS COMPENDIOSOSCOMPENDIOSOS

• Extracto o resumen exclusivamente de Extracto o resumen exclusivamente de partidas:partidas:

• Certificado de gravámenes.Certificado de gravámenes.• Certificados positivos y negativos de Certificados positivos y negativos de

propiedad.propiedad.• Búsqueda catastral, puede recaer sobre Búsqueda catastral, puede recaer sobre

bienes no inmatriculados.bienes no inmatriculados.• Certificado Registral Inmobiliario.Certificado Registral Inmobiliario.

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CERTIFICADOS DE CERTIFICADOS DE GRAVÄMENESGRAVÄMENES

--Da cuenta si un inmueble se encuentra Da cuenta si un inmueble se encuentra afectado con gravámenes.afectado con gravámenes.

-Descripción del inmueble-Descripción del inmueble

-Indicación del número de la partida-Indicación del número de la partida

-Mención de títulos pendientes, -Mención de títulos pendientes, suspendidos o no.suspendidos o no.

-En caso positivo (información sustantiva)-En caso positivo (información sustantiva)

-¿Qué se adjunta?.-¿Qué se adjunta?.

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CERTIFICADOS POSITIVOS Y CERTIFICADOS POSITIVOS Y NEGATIVOS DE PROPIEDADNEGATIVOS DE PROPIEDAD

--Da cuenta si una persona natural o jurídica Da cuenta si una persona natural o jurídica resulta ser titular de un inmuebleresulta ser titular de un inmueble

-Búsqueda se-Búsqueda se efectúa por nombreefectúa por nombre

-Contiene descripción del inmueble-Contiene descripción del inmueble

-Mención del número de partida-Mención del número de partida

-Mención títulos pendientes, suspendidos o no.-Mención títulos pendientes, suspendidos o no.

-Situación jurídica de bien.-Situación jurídica de bien.

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BUSQUEDA CATASTRALBUSQUEDA CATASTRAL

Acreditan:Acreditan:-Si se encuentra inmatriculado-Si se encuentra inmatriculado-Si parcialmente forma parte de un -Si parcialmente forma parte de un predio ya inscrito.predio ya inscrito.-La existencia o no de -La existencia o no de superposición de áreassuperposición de áreas--Informe de catastroInforme de catastro. 2 Requisitos. 2 Requisitos

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CERTIFICADO REGISTRAL CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIOINMOBILIARIO

Que contiene el certificadoQue contiene el certificado::-Descripción del inmueble.-Descripción del inmueble.-La titularidad del inmueble-La titularidad del inmueble-Gravámenes vigentes-Gravámenes vigentesQue se adjuntaQue se adjunta::-Copia literal de los asientos relativos a la -Copia literal de los asientos relativos a la

descripción del inmuebledescripción del inmueble-Asientos de dominio 10 años de antigüedad.-Asientos de dominio 10 años de antigüedad.-Asientos de gravámenes 30 años de antigüedad -Asientos de gravámenes 30 años de antigüedad

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PRECEDENTE DE OBSERVANCIA PRECEDENTE DE OBSERVANCIA OBLIGATORIAOBLIGATORIA

• Res. N° 581-2003-SUNARP-TR-L del 12-09-Res. N° 581-2003-SUNARP-TR-L del 12-09-2003:2003:

• ““La existencia de títulos pendientes de La existencia de títulos pendientes de inscripción no constituye causal para inscripción no constituye causal para denegar la expedición de un certificado de denegar la expedición de un certificado de vigencia, pero éste deber ser expedido con vigencia, pero éste deber ser expedido con las precisiones o aclaraciones las precisiones o aclaraciones correspondientes para no inducir a error a correspondientes para no inducir a error a terceros sobre la situación de la partida terceros sobre la situación de la partida registral”. registral”.

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PRECEDENTE OBSERVANCIA PRECEDENTE OBSERVANCIA OBLIGATORIAOBLIGATORIA

• Res. N° 136-2007-SUNARP-TR-L del 05-03-2007:Res. N° 136-2007-SUNARP-TR-L del 05-03-2007:• ““La sentencia firme que declara la nulidad de una La sentencia firme que declara la nulidad de una

transferencia de dominio, cualquiera sea el rubro transferencia de dominio, cualquiera sea el rubro en que se encuentre inscrita, retrotrae sus efectos en que se encuentre inscrita, retrotrae sus efectos a la fecha del asiento de presentación de la a la fecha del asiento de presentación de la anotación de la demanda respectiva, enervando los anotación de la demanda respectiva, enervando los asientos registrales incompatibles que hubieran asientos registrales incompatibles que hubieran sido extendidos luego de de la referida anotación, sido extendidos luego de de la referida anotación, tales como transferencia de propiedad, embargos, tales como transferencia de propiedad, embargos, hipotecas, etc. En consecuencia, en la expedición hipotecas, etc. En consecuencia, en la expedición de certificados de dominio y de gravámenes no de certificados de dominio y de gravámenes no serán considerados dichos asientos enervados”.serán considerados dichos asientos enervados”.

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APLICACIÓN PRÁCTICAAPLICACIÓN PRÁCTICA

Asientos deAsientos de dominiodominio GravámenesGravámenes1)Venta a José y María (2000) 1)Venta a José y María (2000) 2)Venta a favor de Roberto (2005)2)Venta a favor de Roberto (2005) 1)Demanda de nulidad de CV – 1)Demanda de nulidad de CV –

asiento 2c (2008), interpuesto por José y María.asiento 2c (2008), interpuesto por José y María.

3)Venta a favor de Bertha (2009)3)Venta a favor de Bertha (2009) 2)Hipoteca de Bertha a Paúl 2)Hipoteca de Bertha a Paúl

(2010) (2010)4)Sentencia consentida de nulidad4)Sentencia consentida de nulidadde CV del asiento 2c (2011).de CV del asiento 2c (2011).La sentencia no se pronuncia sobre La sentencia no se pronuncia sobre los asientos 3c y 2d.los asientos 3c y 2d.

¿Cómo deberá expedirse el CRI?¿Cómo deberá expedirse el CRI?

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VIGENCIA DE LOS CERTIFICADOSVIGENCIA DE LOS CERTIFICADOS

• Res. N° 1709-2009-SUNARP-TR del 20-11-2009:Res. N° 1709-2009-SUNARP-TR del 20-11-2009:• ““Por tanto, considerando que los efectos de las Por tanto, considerando que los efectos de las

certificaciones acreditan la existencia o certificaciones acreditan la existencia o inexistencia de inscripciones o anotaciones inexistencia de inscripciones o anotaciones preventivas vigentes en el Registro al momento preventivas vigentes en el Registro al momento de su expedición; debe entenderse que la de su expedición; debe entenderse que la información que publicite los certificados tienen información que publicite los certificados tienen vigencia a la fecha en que se otorga, toda vez que vigencia a la fecha en que se otorga, toda vez que los actos y derechos que acceden al Registro no los actos y derechos que acceden al Registro no son inmutables, sino que van variando; pues la son inmutables, sino que van variando; pues la publicidad no permanece estática”.publicidad no permanece estática”.

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ANOTACIONES PREVENTIVAS ANOTACIONES PREVENTIVAS CADUCASCADUCAS

• Res. N° 039-2009-SUNARP-TR-T del 29-01-2009:Res. N° 039-2009-SUNARP-TR-T del 29-01-2009:• ““Las anotaciones preventivas caducan de manera Las anotaciones preventivas caducan de manera

automática al vencimiento del plazo legal. En ese automática al vencimiento del plazo legal. En ese orden, no es posible extender el certificado de orden, no es posible extender el certificado de gravamen respecto de un predio que gravamen respecto de un predio que registralmente ya no existe”.registralmente ya no existe”.

• El caso de partida independizada preventivamente El caso de partida independizada preventivamente de acuerdo al art. 79 inciso 3) del Reglamento de de acuerdo al art. 79 inciso 3) del Reglamento de Inscripciones de 1936.Inscripciones de 1936.

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LITERALIDAD DE LOS LITERALIDAD DE LOS CERTIFICADOS COMPENDIOSOSCERTIFICADOS COMPENDIOSOS

• Res. N° 197-2007-SUNARP-TR-L del 04-04-2007:Res. N° 197-2007-SUNARP-TR-L del 04-04-2007:• ““Los certificados compendiosos deben expedirse Los certificados compendiosos deben expedirse

conforme al contenido de los asientos registrales. conforme al contenido de los asientos registrales. Sin embargo, si el contenido de los asientos no Sin embargo, si el contenido de los asientos no ofrece la suficiente claridad deberá expedirse la ofrece la suficiente claridad deberá expedirse la certificación literal de las partidas registrales”.certificación literal de las partidas registrales”.

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EXHIBICIÓN DE LOS TÍTULOS EN EXHIBICIÓN DE LOS TÍTULOS EN TRÁMITETRÁMITE

• Res. N° 415-2006-SUNARP-TR-L del 14-07-2006:Res. N° 415-2006-SUNARP-TR-L del 14-07-2006:• ““(…) Por ello, la regulación del literal a) del art. (…) Por ello, la regulación del literal a) del art.

127, en tanto permite la manifestación de los 127, en tanto permite la manifestación de los títulos en trámite de inscripción, constituye una títulos en trámite de inscripción, constituye una norma de excepción, cuya inclusión fue novedosa norma de excepción, cuya inclusión fue novedosa con relación al Reglamento General derogado de con relación al Reglamento General derogado de 1968”.1968”.

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CERTIFICADO DE GRAVAMEN DE CERTIFICADO DE GRAVAMEN DE PARTIDA MATRIZ SUJETA A PARTIDA MATRIZ SUJETA A

REGLAMENTO INTERNOREGLAMENTO INTERNO

• Res. N° 1238-2009-SUNARP-TR-L del 13-08-2009:Res. N° 1238-2009-SUNARP-TR-L del 13-08-2009:• ““(…) En tal sentido, no existe obstáculo alguno (…) En tal sentido, no existe obstáculo alguno

para que el Registro expida el certificado de para que el Registro expida el certificado de gravamen referido a un predio matriz que ha sido gravamen referido a un predio matriz que ha sido objeto de independización y copropiedad, pues la objeto de independización y copropiedad, pues la historia del dominio es única, y por tanto, los historia del dominio es única, y por tanto, los inmuebles del presente se encuentran ligados inmuebles del presente se encuentran ligados causalmente en forma indisoluble con sus causalmente en forma indisoluble con sus antecedentes, esto es, con los inmuebles antecedentes, esto es, con los inmuebles primigenios o matrices que le dieron origen.primigenios o matrices que le dieron origen.

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CERTIFICADO NEGATIVO DE CERTIFICADO NEGATIVO DE PROPIEDADPROPIEDAD

• Res. N° 28-2011-SUNARP-TR-T:Res. N° 28-2011-SUNARP-TR-T:• ““Siendo que en la partida matriz de un predio Siendo que en la partida matriz de un predio

independizado bajo el régimen de propiedad independizado bajo el régimen de propiedad horizontal no existe inscrito dominio alguno, si horizontal no existe inscrito dominio alguno, si quien fue propietario del mismo no tiene otra quien fue propietario del mismo no tiene otra finca inscrita en el Registro de Predios, deberá finca inscrita en el Registro de Predios, deberá otorgársele el certificado negativo de dominio otorgársele el certificado negativo de dominio solicitado”.solicitado”.

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CERTIFICADO REGISTRAL CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO (CON OTROS)INMOBILIARIO (CON OTROS)

• Res. N° 25-2011-SUNARP-TR-L DEL 07-01-2011;Res. N° 25-2011-SUNARP-TR-L DEL 07-01-2011;• ““El Certificador o Registrador al expedir un Certificado El Certificador o Registrador al expedir un Certificado

Registral Inmobiliario debe efectuar un estudio integral de la Registral Inmobiliario debe efectuar un estudio integral de la partida registral, y en el supuesto que el interesado solicite partida registral, y en el supuesto que el interesado solicite una aclaración del mismo, el funcionario debe analizar una aclaración del mismo, el funcionario debe analizar nuevamente la partida registral, y de considerar que es nuevamente la partida registral, y de considerar que es posible otorgarla en los términos solicitados, debe expedir posible otorgarla en los términos solicitados, debe expedir el certificado acorde con la petición”..el certificado acorde con la petición”..

• Agrega el Tribunal, si el interesado solicita que se consigne Agrega el Tribunal, si el interesado solicita que se consigne en el CRI a todos los copropietarios, el mismo debe ser en el CRI a todos los copropietarios, el mismo debe ser expedido en tales términos.expedido en tales términos.

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PUBLICIDAD FORMAL DE UNA PUBLICIDAD FORMAL DE UNA PARTIDA CERRADA PARTIDA CERRADA

• XCIV PLENO del Tribunal Registral del 10-08-2012XCIV PLENO del Tribunal Registral del 10-08-2012• ““Procede la expedición de certificados literales y Procede la expedición de certificados literales y

compendiosos de partidas cerradas, con compendiosos de partidas cerradas, con excepción de los certificados de vigencia, excepción de los certificados de vigencia, dejándose constancia en los certificados dejándose constancia en los certificados compendiosos que la partida se encuentra compendiosos que la partida se encuentra cerrada”.cerrada”.

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GRACIASGRACIAS