Proyecto de Ley Número 4.

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PROYECTO DE LEY Nº4 2015 “Por la cual se expide la Comisión de Comercio Internacional y se dictan otras disposiciones” COMISIÓN DE COMERCIO INTERNACIONAL DECRETA PARTE I. Sujetos de esta ley CÓDIGOS VINCULADOS A POTENCIAR LA INDUSTRIA Y COMERCIO EXISTENTE ARTÍCULO 1. Espíritu de Justicia. Los funcionario públicos, con atribuciones y deberes que cumplir en relación con la administración, liquidación y recaudo de los impuestos nacionales, deberán tener siempre por norma en el ejercicio de sus actividades que son servidores públicos, que la aplicación recta de las leyes deberá estar presidida por un relevante espíritu de justicia, y que el Estado no aspira a que al contribuyente se le exija más de aquello con lo que la misma ley ha querido que coadyuve a las cargas públicas de la nación. La confianza, la buena fe y el respeto deben presidir entre esta comisión y los sujetos pasivos. PARTE II ARTÍCULO 2. Sujetos activos Serán considerados sujetos activos de la siguiente ley los miembros que forman la comisión de Comercio Internacional dentro de sus atribuciones y deberes a cumplir. ARTÍCULO 3. Sujetos pasivos. ARTÍCULO 3.1 Tendrá responsabilidad directa la persona física o jurídica que desempeña alguna actividad empresarial, profesional o de carácter financiero. ARTÍCULO 3.2 Tendrá responsabilidad directa de carácter mixto las administraciones centrales y el B.C.E.

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LEY DE COMERCIO INTERNACIONAL

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PROYECTO DE LEY Nº4 2015

“Por la cual se expide la Comisión de Comercio Internacional y se dictan otras

disposiciones”

COMISIÓN DE COMERCIO INTERNACIONAL

DECRETA

PARTE I. Sujetos de esta ley

CÓDIGOS VINCULADOS A POTENCIAR LA INDUSTRIA Y COMERCIO EXISTENTE

ARTÍCULO 1. Espíritu de Justicia. Los funcionario públicos, con atribuciones y deberes

que cumplir en relación con la administración, liquidación y recaudo de los impuestos

nacionales, deberán tener siempre por norma en el ejercicio de sus actividades que son

servidores públicos, que la aplicación recta de las leyes deberá estar presidida por un

relevante espíritu de justicia, y que el Estado no aspira a que al contribuyente se le exija

más de aquello con lo que la misma ley ha querido que coadyuve a las cargas públicas de

la nación. La confianza, la buena fe y el respeto deben presidir entre esta comisión y los

sujetos pasivos.

PARTE II

ARTÍCULO 2. Sujetos activos

Serán considerados sujetos activos de la siguiente ley los miembros que forman la

comisión de Comercio Internacional dentro de sus atribuciones y deberes a cumplir.

ARTÍCULO 3. Sujetos pasivos.

ARTÍCULO 3.1 Tendrá responsabilidad directa la persona física o jurídica que desempeña

alguna actividad empresarial, profesional o de carácter financiero.

ARTÍCULO 3.2 Tendrá responsabilidad directa de carácter mixto las administraciones

centrales y el B.C.E.

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ARTÍCULO 3.3 Serán considerados con deuda propia, responsabilidad directa y solidaria,

a los avales de las personas jurídicas o físicas que lleven a cabo una actividad

empresarial o profesional.

ARTÍCULO 3.4 Serán considerados sujetos pasivos por deuda ajena los miembros de la

C.C.I.

ARTÍCULO 3.5 Será considerado sujeto pasivos por deuda ajena y con responsabilidad

solidaria las administraciones y los consejos de administración.

ARTÍCULO 3.6 Será considerado sujeto pasivo con deuda ajena y con responsabilidad

objetiva, los trabajadores de la plantilla.

PARTE III

ARTÍCULO 4. OBLIGACIÓN SUSTANCIAL.

Será considerada la obligación sustancial, aquellos otros mercantiles cuyo origen esté en

la realización de una actividad industrial de servicio o comercial.

ARTÍCULO 5. OBLIGACIÓN FORMAL.

Será considerada obligación formal, la utilización en el ejercicio de los derechos y deberes

de cada uno de los sujetos pasivos a los que hace referencia el artículo 2 de la presente

ley.

ARTÍCULO 6.

Esta comisión estará formada por los siguientes miembros:

– Ingeniero de caminos

– Ingeniero industrial

– Ingeniero de telecomunicaciones

– Grado de comercio internacional

– Grado de ciencias económicas

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ARTÍCULO 7.

Formación de los miembros de esta comisión:

– Máster de especialización en las áreas vinculadas as la actividad que va a

desempeñar

– Título de grado o doble grado con las funciones que va a desempeñar

– Deberá tener experiencia profesional de un mínimo de 8 años

ARTÍCULO 8

Los miembros de esta comisión deberán:

– Ser ciudadanos europeos

– Tener la mayoría de edad

– Tener libre disposición de sus bienes

– No tener antecedentes penales

– No padecer de ninguna incapacidad intelectual para realizar su trabajo

ARTÍCULO 9.

A la hora de su elección se tendrá en cuenta :

– Su expediente académico

– Años de experiencia

– Una entrevista personal

PARTE IV. Objetivos de la comisión

ARTÍCULO 10.

ARTÍCULO 10.1 Crecimiento económico sostenible: Potenciando la empresa

existente.

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ARTÍCULO 10.2 Pleno empleo:

ARTÍCULO 10.3 Fomentando la contratación de carácter indefinido.

ARTÍCULO 10.4 Estabilidad de precio: Manteniendo la confianza de los

consumidores.

ARTÍCULO 10.5 Paz mundial:

Propiciando un comercio a nivel internacional cordial, eliminando las posibles

tensiones.

ARTÍCULO 10.6 Bienestar social: Generando un incremento de los ingresos públicos

que puedan mantener una sanidad y educación de calidad.

PARTE V. Medidas para potenciar los objetivos de la comisión

ARTÍCULO 11. Medidas para potenciar la empresa existente.

ARTÍCULO 11.1 Medidas para potenciar el comercio electrónico

11.1.1.A. Crear un código de seguridad.

El informático elaborará una aplicación de carácter secreto donde se

guardaran todas las transacciones. A los clientes que quieran realizar la

compra-venta con estas medidas de seguridad, se le facilitará la aplicación.

11.1.1.B. Compra a contrareembolso con tarjeta de débito o crédito cuyos datos

deberán ser entregados en el momento del pedido. AL consumidor le será

entregado el artículo una vez que haya sido comprobado el código de

seguridad, en cuyo instante se realizará el pago.

ARTÍCULO 11.2 Medidas para potenciar la red de transporte:

- Aquellas regiones europeas que inviertan en mejoras de sus redes de

comunicación recibirán el 0'1% del PIB de cada gobierno central a lo largo del

ejercicio económico del año siguiente.

- Tendrán derecho a una financiación con interés 0 y un periodo de devolución de

6 meses por kilómetro en proyecto, con 2 años de care4ncia. El plazo máximo de

devolución de la deuda son 45 años.

- Tendrán derecho a fondos de carácter estructural que provienen de la UE con

carácter preferente a aquellas regiones que hayan invertido en la mejora y

mantenimiento de sus vías de comunicación.

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ARTÍCULO 11.3 Medidas que favorezcan la compra-venta del patrimonio de

otra empresa.

A) Hacer públicas las ventas anuales de los últimos 5 años de aquellas

empresas objetos de compra-venta.

B) Poner en disposición de los interesados un punto de activación empresarial.

C) Adaptar las condiciones de financiación patrimonial a las necesidades del

comprador realizando un estudio exhaustivo para propiciar las condiciones

necesarias.

D) En caso de existir varios compradores, proceder a una subasta del

patrimonio empresarial.

E) Dar a conocer por varios medios de comunicación, durante el plazo de 3

meses, la operación de compra-venta patrimonial.

F) La persona física o jurídica que va a adquirir el patrimonio debe estar libre de

cargos, ser mayor de edad y tener libre disposición de sus bienes.

PARTE VI. INSTRUMENTOS PARA LLEVAR A CABO LAS MEDIDAS PROPUESTAS

ARTÍCULO 12. Instrumentos para el comercio electrónico.

ARTÍCULO 12.1. Definición del código binario.

Cada empresa elaborará un sistema de representación de texto para diferenciarunos productos de otros, éste podría ser con código abierto o libre.

ARTÍCULO 12.2

Se debe definir la información de modo estructurado que se pueda leerelectrónicamente y donde aparezcan todas las características que diferencian alproducto favoreciendo la transparencia en la información.

ARTÍCULO 12.3

Las personas físicas o jurídicas que intervienen en la operación de compraventa,deberán disponer de una tarjeta de débito o crédito que garantice el pago de laoperación, debiéndola poner a disposición de aquel que entregue el producto.

ARTÍCULO 12.4

Se deberá autentificar la información personal y las propiedades y características

del producto a través del código.

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ARTÍCULO 12.5. Deberá mantenerse en la confiabilidad de los usuarios que

contraten o adquieran el producto.

ARTÍCULO 12.6. Debe prevalecer la integridad sobre la información no permitiendo

la manipulación de datos.

ARTÍCULO 12.7. La existencia de no repudio debiéndose confirmar que la

información fue entregada por el emisor y recibida por el receptor.

ARTÍCULO 13. Instrumentos para el mantenimiento y crecimiento de las empresas con peligro de extinguirse.

13.1 Para empresas de menores de 250 trabajadores:

Se elaborarán centros que orienten a aquellas personas físicas o jurídicas que

estén dispuestos a adquirir el patrimonio de la empresa en peligro de extinción

13.2 Se les concederá prestamos:

A. I<0

B. Créditos o intereses boyo

C .Facilidades en la devolución a estos

13.3 Será considerado motivo de extinción, la jubilación, el fallecimiento y la

enfermedad grave que impida seguir la actividad empresarial profesional o

comercial.

ARTÍCULO 14. Medidas de política fiscal.

ARTÍCULO 14. 1. Programas de obras públicas.

A. Las empresas deberán de encontrarse en la zona óptima de producción

en un plazo de 3 años.

B. Para mejorar el transporte se hará un plan de vías en el que se dedicará

un 0,01 % del PIB al mantenimiento de las carreteras.

ARTÍCULO 14. 2. Planes de empleo y formación.

A. Las empresas deberán de impartir un curso de 3 meses para formar a los

futuros trabajadores de dicha empresa en su especialidad.

B. Las empresas deberán de impartir un curso de 3 meses para fomentar a

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los futuros trabajadores de dicha empresa, con el objetivo de fomentar el

turismo.

ARTÍCULO 14.3. Programa de Transferencias.

A. Se destinará un 0,02 % del PIB a las regiones para la mejora de sus vías.

B. Se rebajará un 0,5 % del IVA soportado a aquellas empresas que

dispongan de productos con denominación de origen.

ARTÍCULO 14.4. Modificación de los tipos de impositivos.

A. Se bajará el IVA un 0,5 % en aquellos productos cuyas empresas sólo vendan

en el mercado electrónico.

B. Aquellas empresas que utilicen energías alternativas serán premiadas con

una disminución del Impuesto de Sociedades.

ARTÍCULO 15. Medidas de política monetaria.

A. El coeficiente de caja será de un 0,5% del beneficio de la empresa.

B. Se reducirá el tipo de interés a un 3,5%.

C. Se darán facilidades a la hora de devolver el préstamo solicitado aumentando el plazo

de devolución a un limite de 25 años.

PARTE VII. SANCIONES.

ARTÍCULO 16. SANCIONES DE LA POLÍTICA FISCAL

ARTÍCULO 16.1

A. Cuando las empresas no se encuentren en la zona óptima de producción en el plazo de 3 años, los años sucesivos verán incrementado en un 0'5% el pago de impuesto de sociedades por año incumplido.

B. Aquellas regiones que no destinen para el mantenimiento de las carreteras el 0'01% del PIB se le retirará el 25% de fondos europeos por año incumplido.

ARTÍCULO 16.2 El empresario, en caso de que incumpla el artículo 14.2, deberá dar dicha formación a lo

largo de la jornada laboral.

ARTÍCULO 17. SANCIONES DE LA POLÍTICA MONETARIA

A. Si no se respeta el coeficiente de caja, los bancos nacionales se verán sancionados

por un incremento en los impuestos de sociedades un 1%.

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B. Si no se dan facilidades a la hora de devolver el préstamos se incluirá en una lista

negra donde aparecerán aquellos bancos que no cumplan con lo establecido.

Esta lista se dará a conocer entre los diferentes medios de comunicación.

ARTÍCULO 18. Aquellos miembros de la comisión evaluadora que no cumplan

correctamente su función serán destituidos de su puesto.

ARTÍCULO 19. Disposición transitoria.

La presente ley entrará en vigor al inicio del año 2016 una vez publicada en el boletín

oficial de cada país miembro.

Badajoz, a 25 de marzo de 2015

Fdo: El presidente, la secretaria y los vocales.