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PROVINCIA DEL NEUQUÉN MINISTERIO DE ENERGÍA, AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS ENTE PROVINCIAL DE ENERGÍA DEL NEUQUÉN “INTERCONEXIÓN ELÉCTRICA VILLA LA ANGOSTURA” Contrato n° 1: LÍNEA DE ALTA TENSIÓN 132 KV EL CRUCE - E.T. PASO COIHUELicitación Pública N° 024/2.012.- Fecha de Apertura: 11 de Octubre de 2.012.- Hora: 11:00 Lugar de Apertura: Calle Rioja N° 385 Neuquén Plazo del Contrato: Trescientos Sesenta y Cinco (365) días corridos.- Presupuesto Oficial: Pesos Trece Millones Cuatrocientos Siete Mil Seiscientos Cincuenta y Ocho más el Impuesto al Valor Agregado ($13.407.658,00 + IVA) a valores del mes de junio de 2.012.- Valor del pliego: Pesos Diez Mil más IMPUESTOS ($10.000,- + IMPUESTOS).-

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ENTE PROVINCIAL DE ENERGÍA

DEL NEUQUÉN

“INTERCONEXIÓN ELÉCTRICA VILLA LA ANGOSTURA”

Contrato n° 1:

“LÍNEA DE ALTA TENSIÓN 132 KV

EL CRUCE - E.T. PASO COIHUE”

Licitación Pública N° 024/2.012.-

Fecha de Apertura: 11 de Octubre de 2.012.-

Hora: 11:00

Lugar de Apertura: Calle Rioja N° 385 – Neuquén

Plazo del Contrato: Trescientos Sesenta y Cinco (365) días corridos.-

Presupuesto Oficial: Pesos Trece Millones Cuatrocientos Siete Mil Seiscientos Cincuenta y Ocho más el Impuesto al Valor Agregado ($13.407.658,00 + IVA) a valores del mes de junio de 2.012.-

Valor del pliego: Pesos Diez Mil más IMPUESTOS ($10.000,- + IMPUESTOS).-

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LEY PROVINCIAL Nº 0687/72 DE OBRAS PÚBLICAS

ORDENAMIENTO DEL PLIEGO

SECCIÓN I: - MEMORIA DESCRIPTIVA

SECCIÓN II: - DE LA PROPUESTA: A – Modelo de Fórmula de Propuesta B - Formulario de Declaración Jurada

C – Planilla de Propuesta D - Presupuesto Oficial - Modelo Plan de Trabajos y Curva de Inversiones

E – Modelo de Planilla para Análisis de Precios Unitarios F - Modelos de Contratos G – Modelo de Planilla de Personal ocupado en obra H – Certificado de visita al emplazamiento I – Planillas de Datos Garantizados

SECCIÓN III: - DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DEL PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES DE LA OBRA

SECCIÓN IV: - PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES DE LA OBRA PARTE A: Condiciones administrativas y legales PARTE B: Especificaciones Técnicas

SECCIÓN V: - CONDICIONES GENERALES

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LEY PROVINCIAL Nº 0687/72 DE OBRAS PÚBLICAS

SECCIÓN I: - MEMORIA DESCRIPTIVA

1.1 ALCANCE Y UBICACIÓN

La presente Memoria Descriptiva detalla las obras a realizar para la alimentación eléctrica en Alta Tensión a la ET Paso Coihue. Contempla la construcción de una línea de alta tensión en 132 kV, desde El Cruce (Ruta Nacional 40 y Ruta Nacional 231), Prov. de Neuquén hasta la Estación Transformadora (a construir en otro contrato) Paso Coihue 132/33/13.2 kV. 1.2 CARACTERISTICAS DE LAS OBRAS

Línea de 132 kV Se desarrolla dentro de la Jurisdicción de Parques Nacionales. La traza sigue sensiblemente el trazado de la Ruta Nacional existente RN 231, con tramos dentro de la jurisdicción de la Dirección Nacional de Vialidad. El cable de guardia, a colocar sobre la cuarta ménsula -en la cima de la estructura en ambos tramos- será del tipo OPGW, provisto con fibras ópticas.

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En la siguiente vista aérea se aprecia la ubicación geográfica de la obra prevista.

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1.3 CARACTERISTICAS PARTICULARES DE LA L.A.T.

Estructuras Se prevé la utilización de estructuras formadas por postes troncocónicos de hormigón armado pretensado, vibrado o centrifugado. Las ménsulas y los vínculos serán de hormigón armado vibrado. La disposición de los conductores será triangular. Conductor El conductor de las líneas será de aluminio con alma de acero del Tipo ACSR 150/25 –formación 26/7, de resistencia mecánica normal.

Cables de Guardia El cable de guardia de será del Tipo OPGW con 24 fibras ópticas monomodo dispuestas en el interior. Aislación Se utilizarán aisladores de porcelana de alta alúmina clase U 70 BL según IEC 60.305, del tipo caperuza y badajo, con alojamiento a rotula, en todas las cadenas de aisladores de la línea. Las cadenas de suspensión simple estarán formadas por 9 aisladores, las cadenas de retención, con 10 aisladores. Las cadenas de suspensión para puentes en retenciones serán de 9 aisladores. Morsetería Toda la morsetería será apta para trabajos bajo tensión. La morsetería requerida es especial, utilizando acero forjado en lugar de función y pasador con tuerca y chaveta en lugar de chaveta simple. Para el cable de guardia con fibras ópticas tanto las morsas de suspensión como las de retención serán del tipo preformado cuyo diseño será el determinado por el proveedor del cable OPGW. Vibraciones Eólicas El control y la limitación de las vibraciones eólicas tanto en conductores como en hilo de guardia se efectuarán por medio de amortiguadores del tipo Stock Bridge. Todos los accesorios para control y/o protección contra las vibraciones eólicas serán aptos para el mantenimiento bajo tensión. Los elementos antivibratorios se instalarán durante la construcción, según los resultados del estudio que llevará a cabo el Contratista. Una vez en servicio se efectuarán las mediciones de vibraciones para determinar si ha quedado correctamente amortiguada o el Contratista debe efectuar modificaciones. Puesta a Tierra En suelos de media o baja resistividad y donde la hinca no sea un inconveniente se colocarán jabalinas seccionables de acero–cobre.

Transposiciones No se prevé realizar transposición de conductores.

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Trazado La línea aquí prevista comienza en El Cruce (RN 231 y RN 40), respetando el cono de visibilidad del cruce y luego ubicada dentro del terreno de la DNV, en la margen Norte por aproximadamente 5 km, hasta poco mas allá del vértice 9. De allí casi continuando en la dirección original, la línea transcurrirá por propiedad privada hasta el vértice 11 donde hace un quiebre de 33 grados en sentido anti-horario. El vértice 12 genera un pequeño ángulo de 2 grados, continuando hasta el vértice 13, donde reingresa a la zona de ruta N 231.Transcurre así hasta el vértice 14. De Este último y hasta el vértice 15 transcurre por propiedad privada, recién a partir de este último retoma la zona de la DNV, en la cual se encuentra emplazado un gasoducto de Camuzzi con el cual compartirá la traza de la ruta hasta el vértice 17 en el cual la LAT se desvía 27 grados en sentido horario abandonando definitivamente la zona de ruta. Entre los vértices 19 y 20 atraviesa una zona de mallín. La llegada a la ET Paso Coihue corresponde al vértice 21. La longitud total de esta traza prevista es de 19,6 km.

1.4 CRITERIOS DE DISEÑO

El proyecto debe cumplirá con la resolución 37/2010 del ENRE, todas aquellas otras resoluciones del Ente que resultaran de aplicación y la Especificación de Ay EE Nº GC-IE-T-1, en todo lo que no hubiera sido normado por el ENRE. Así mismo deben cumplirse los criterios propios del EPEN que se encuentran indicados en las ETP.

Condiciones Climáticas Se adoptarán las correspondientes a la zona D de la Tabla 10.2a de la Reglamentación de Líneas Aéreas Exteriores de Media y Alta Tensión (AEA 95301), con las modificaciones y adicionales indicadas en las ETP para mejor representación de las condiciones del clima posibles.

1.5 MATERIALES A PROVEER POR LA ADMINISTRACIÓN

El E.P.E.N efectuara la provisión parcial de los materiales a utilizar en la obra aquí licitada. Los mismos serán entregados en acopio en la Cuidad de Zapala.- El Contratista tendrá a su cargo de estos materiales, el transporte al pie de la obra, la descarga y el montaje. Los gastos que ocasione, se considerarán incluidos en los correspondientes ítems de montaje.- La entrega de los materiales se efectivizará con anticipación suficiente al momento de su utilización en obra, de acuerdo a lo establecido en el Plan de Trabajos aprobado.- El Contratista, luego de haber recibido conforme los materiales, se constituye en depositario legal de los mismos, siendo el único responsable de su conservación y vigilancia.- A tal fin se labrara el Constituto Posesorio correspondiente según modelo adjunto en el presente pliego. Los montos de los seguros allí solicitados se calcularan utilizando los precios de compra de los materiales según el antecedente licitatorio del E.P.E.N., actualizado según la modalidad que establezcan los pliegos de compra de los mismos..-

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Si no hubiese reclamo alguno, firmado y por escrito, por parte del Contratista, en el momento de recibir los elementos a suministrar por el E.P.E.N., se entenderá que los mismos están en perfectas condiciones.- Los gastos por reacondicionamientos, rebobinado y/o reconstrucción de embalajes que pudiesen ser necesarios, correrán por cuenta del Contratista y se los considerara prorrateados entre los item de la propuesta.- Sobre el computo de obra ejecutada, se admitirán porcentajes en concepto de pérdidas o desperdicios, y para los conductores, se admitirá además, un porcentaje por concepto de flechado y puentes de conexión. Los mismos serán: a) Para cables Al/Ac = 2% b) Para aisladores = 1% c) Para morsetería = 1% Si del cómputo definitivo de materiales surgieran diferencias a favor de E.P.E.N., deberá el Contratista, reponer esa diferencia en material de la misma calidad y marca. Los materiales a proveer por el EPEN serán: - Aisladores - Conductor Al/Ac 150/25mm2 - Morsetería para conductor Al/Ac 150/25mm2 según especificaciones.

1.6 LIMITES DEL SUMINISTRO

El conductor de Al/Ac 150/25mm2 se debe tender desde el terminal de El Cruce hasta el terminal de la ET Paso Coihue. El Cable OPGW se deberá tender entre las cajas de empalme ubicadas en la estructura terminal de El Cruce y el pórtico de entrada de línea de la Estación Transformadora Paso Coihue. Ambas cajas también deberán ser provistas con el contratista.

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SECCIÓN II: - DE LA PROPUESTA:

A - Fórmula de Propuesta Señor Presidente del Ente Provincial de Energía del Neuquén S / D: Los abajo firmantes, con domicilio legal constituido en la calle _____________________________ n° ________ de la Ciudad de Neuquén, y con domicilio social en la calle _____________ n° ___, de ____________, procedemos a formular la siguiente exposición:

1) Dejamos constancia que al formular la siguiente oferta hemos respetado siempre, según nuestro leal saber y entender, las documentaciones y estipulaciones de la

Licitación Pública n° 024/2.012, y que cuando se ha considerado conveniente y justificable para los intereses de ambas partes, se han consignado las alternativas del caso, destacándoselas con la suficiente aclaración como para no inducir en error al respecto, sabiendo perfectamente bien que en estas circunstancias es privativo del ENTE PROVINCIAL DE ENERGÍA DEL NEUQUÉN el juicio definitivo.-

2) Proponemos ejecutar todos los trabajos y operaciones que en ellos se especifican

para la ejecución de las tareas contratadas con el verdadero objeto y significado de la documentación, y con la finalidad que deberán cumplir las obras una vez construidas, y mantenerlas en buen estado hasta la fecha de Recepción Definitiva.-

3) En estas condiciones nos comprometemos a realizar todos los trabajos en un plazo de Trescientos Sesenta y Cinco (365) días corridos.-

4) La validez de la presente oferta se mantiene por el término de noventa (90) días corridos a contar de la fecha de apertura de las propuestas de esta Licitación.-

5) En la planilla adjunta mencionamos todas las referencias bancarias y técnicas que

avalan nuestra capacidad civil, comercial y técnica, agregando para cada una por

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separado la correspondiente certificación en forma que todos nuestros antecedentes son testimoniales.-

6) El Presupuesto Oficial de las obras que se licitan es de Pesos Trece Millones

Cuatrocientos Siete Mil Seiscientos Cincuenta y Ocho más el Impuesto al Valor Agregado ($13.407.658,00 + IVA) a valores del mes de junio de 2.012,y el de la presente oferta es de Pesos _____________________________________ más el Impuesto al Valor Agregado ($_________ + IVA), según Planilla de Propuesta Adjunta.-

7) Se acompaña garantía de mantenimiento de oferta por $ __________ (Pesos ________________________), que ha sido cubierta por ____________________________________ (El proponente consignará en su caso la modalidad de garantía que ofrezca, acorde con las exigencias de la Legislación vigente).-

___________________________ __________________ Firma del Representante Técnico Firma del Proponente

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DATOS DEL PROPONENTE: Razón Social: ____________________________________________ Domicilio: ____________________________________________ Teléfono: ____________________________________________ Consejo Profesional: ____________________________________________ Matrícula n°: ____________________________________________

DATOS DEL REPRESENTANTE TÉCNICO: Nombre y Apellido: ____________________________________________ Domicilio: ____________________________________________ Teléfono: ____________________________________________ Consejo Profesional: ____________________________________________ Matrícula n°: ____________________________________________

REFERENCIAS BANCARIAS: _____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

REFERENCIAS TÉCNICAS: ___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

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SECCIÓN II: - DE LA PROPUESTA:

B - Formulario de Declaración Jurada Señor Presidente del Ente Provincial de Energía del Neuquén S / D: La Empresa __________________ que suscribe, inscripta en el Registro de Constructores y Proveedores de Obras Públicas de la Provincia del Neuquén con el n° ___________, de nacionalidad ________________________, con domicilio real en ________________, y legal en __________________________ (de la Ciudad de Neuquén), ha recogido en el lugar los datos necesarios y se compromete a ejecutar las tareas a que se refiere la

documentación adjunta (Licitación Pública n° 0___/2.012).- Asimismo declara que acepta, para cualquier cuestión judicial que se suscite, la competencia especial establecida por el Artículo n° 241 de la Constitución de la Provincia.- Saluda a Usted muy atentamente.- ___________________________ __________________ Firma del Representante Técnico Firma del Proponente

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SECCIÓN II: - DE LA PROPUESTA:

C – Planilla de Propuesta

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SECCIÓN II: - DE LA PROPUESTA:

D – Presupuesto Oficial y

Modelos de Plan de Trabajos y Curva de Inversiones

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MINISTERIO DE ENERGÍA, AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS

ENTE PROVINCIAL DE ENERGÍA DEL NEUQUÉN

LEY PROVINCIAL N° 0687/72 DE OBRAS PÚBLICAS

SECCIÓN II: - DE LA PROPUESTA:

E – MODELO DE PLANILLA PARA ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS

En los conceptos A), B) y C) se incluirán únicamente los costos directos y se agregará toda la información que el oferente considere conveniente para una mejor comprensión del análisis solicitado.-

N° Concepto Unidad Cant. Unitario sin IVA

Subtotal

1 Materiales

(Deberán consignarse los precios unitarios y las cantidades de cada uno de los materiales que componen el ítem)

2 Mano de Obra (Se indicará el rendimiento del personal y los jornales deberán respetar la Legislación vigente)

3 Equipos y / Herramientas (Deberá detallarse el rendimiento de los equipos y los costos unitarios considerados, adjuntando detalle del cual surgen dichos costos unitarios)

4 Otros Costos (Servicios de Terceros) (Estudios de Suelos, Estudios Eléctricos, Servicios de Traslado, Ensayos, etc.)

5 Costos Indirectos de Obra (Expresar como % de 1 + 2 + 3 + 4) (Se deberán mencionar los conceptos incluidos dentro del porcentaje indicado por el oferente: Jefe de Obra, Obrador, Cerco, Cartel de Obra, etc.)

A Subtotal Costo – Costo (Costo Industrial = 1 + 2 + 3 + 4 + 5)

B Gastos generales (Expresar como % de A)

Se deberán mencionar los conceptos incluidos dentro del porcentaje indicado por el oferente (Respetando la definición del apartado 3.3.13.4 del Pliego General Único para la Contratación de Obras Públicas)

C Subtotal ( A + B )

D Beneficio (Expresar como % de C)

E Gastos Financieros (Expresar como % de C)

F Subtotal (C + D + E)

G Impuestos, excepto el IVA (Expresar como % de F)

(Se deberán mencionar todos los conceptos incluidos dentro del porcentaje indicado por el oferente)

H TOTAL PRECIO DEL ITEM SIN IVA ( F + G )

Precio unitario sin IVA determinado a valores del mes de _______ del año _____.-

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ENTE PROVINCIAL DE ENERGÍA DEL NEUQUÉN

LEY PROVINCIAL N° 0687/72 DE OBRAS PÚBLICAS

SECCIÓN II: - DE LA PROPUESTA:

F - MODELOS DE CONTRATOS

1 - CONTRATO BÁSICO: El ENTE PROVINCIAL DE ENERGÍA DEL NEUQUÉN, reformulado por Ley Provincial n° 2386/02, representado en este acto por el Ing. Alejandro Abel Nicola (DNI 16.076.122), en su carácter de Presidente del Directorio, con sujeción a la Ley n° 0687/72 y Decretos Reglamentarios; encomienda a la Empresa _________________, representada en este acto por _________________ (D.N.I. n° __________), en su carácter de __________, de conformidad con las actuaciones obrantes en el expediente n° ____-_____/__, referido a la Licitación Pública n° ___/__ y adjudicación de la obra: "______________________________"; la ejecución por el sistema de ____________________________________, de todos los trabajos de resultado comprometido hasta su total terminación; en un todo de acuerdo con la documentación que sirvió de base para el correspondiente remate y su oferta incorporados al expediente citado y que integran en un todo la relación contractual. Para mejor aclaración se individualizan a continuación: 1) El Pliego General Único de Bases y Condiciones para la contratación de Obras Públicas y el de Especificaciones Particulares que se aprobó para la obra; 2) Los planos y planillas de la Licitación; 3) Las Especificaciones Técnicas Particulares y Generales de la obra; 4) Las aclaraciones, normas e instrucciones complementarias de los documentos de Licitación que el E.P.E.N. hubiera hecho conocer por escrito a los interesados antes de la fecha de apertura, ya sea a requerimiento de estos o de oficio; 5) El Presupuesto Oficial de la obra cuando así corresponda en razón del sistema de contratación y la Memoria Descriptiva; 6) La Oferta; 7) El acto de adjudicación; 8) La Orden de comienzo de los trabajos; 9) El Acta de Iniciación; 10) El Plan de Diagrama de ejecución de la obra aprobado por la Administración; 11) Las órdenes de servicio que por escrito imparta la inspección; 12) Los planos complementarios que el Comitente entregue a la Contratista durante la ejecución de la obra y los preparados por esta que fueran aprobados por aquel; 13) Los comprobantes de trabajos adicionales o modificaciones ordenadas por autoridad competente. La Prelación de los documentos citados está sujeta a lo dispuesto en el Artículo 24° del Decreto n° 0108/72 y las siguientes Cláusulas:------------------------------ ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

PRIMERA: El monto total de la Obra motivo del presente Contrato es de Pesos _______________________________________ más el Impuesto al Valor Agregado ($___________ + I.V.A.), a valores del mes de __________ del año _____.------------------- -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

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SEGUNDA: El plazo fijado para la entrega de la Obra, totalmente terminada y en condiciones de funcionamiento, es de _____________ (___) días corridos, contados en la forma establecida en el Pliego General Único de Bases y Condiciones.-------------------------- -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

TERCERA: La garantía contractual del 5% (cinco por ciento) sobre el monto del presente contrato asciende a la suma de Pesos ____________________ ($______) y ha sido constituida mediante ______________________ n° ______ extendida por __________________________ por un valor de $ __________.----------------------------------- -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

CUARTA: Ambas partes hacen expresa declaración que para cualquier cuestión judicial que se suscite, aceptan la competencia especial establecida en el artículo n° 241 de la Constitución Provincial, y al efecto constituyen domicilio legal en la ciudad de Neuquén: la Empresa en calle ______________ n° _____ y el E.P.E.N. en calle Rioja n° 385.------------ -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

QUINTA: En conocimiento de sus obligaciones y derechos, y como prueba de conformidad con lo convenido, ambas partes suscriben 3 (tres) ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Neuquén, a los ___ días del mes de ________ del año dos mil ____.--------------------------------------------------------------------------------------------

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ENTE PROVINCIAL DE ENERGÍA DEL NEUQUÉN

LEY PROVINCIAL N° 0687/72 DE OBRAS PÚBLICAS

SECCIÓN II: - DE LA PROPUESTA:

F - MODELOS DE CONTRATOS

2 - CONTRATO DEDUCTIVO: El ENTE PROVINCIAL DE ENERGÍA DEL NEUQUÉN, reformulado por Ley Provincial n° 2386/02, representado en este acto por el Ing. Alejandro Abel Nicola (DNI 16.076.122), en su carácter de Presidente del Directorio, y la Empresa ______________________, representada en este acto por ________________ (D.N.I. n° __________), en su carácter de _____________, de conformidad con las actuaciones obrantes en el expediente que se cita a continuación, acuerdan celebrar el presente CONVENIO COMPLEMENTARIO por Supresión de Tareas (Deductivo n° __) del Contrato que fuera suscripto entre ambas partes con fecha __ de ______ de ________, para la ejecución de la obra: "________________________________________________", que fuera adjudicada por Resolución P. n° ____/__ y tramitada por expediente n° __________/__, el que se regirá por el citado Contrato y las siguientes cláusulas:-------------------------------------------------------- -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

PRIMERA: El ENTE PROVINCIAL DE ENERGIA DEL NEUQUEN y la Empresa _____________ aceptan las alteraciones introducidas a las condiciones establecidas originalmente para la ejecución de la obra citada y las constancias obrantes en el Alcance n° ___/__ del citado expediente, al que declaran parte integrante del presente.--------------- -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

SEGUNDA: Se conviene, de acuerdo a los artículos 45° y 46° de la Ley n° 0687 de Obras Públicas, la reducción al monto contractual por supresión de trabajos en Pesos _______________ más el Impuesto al Valor Agregado ($ ________ + I.V.A.), a valores del mes de _________ del año ____,manteniéndose los precios contractuales para la parte a ejecutar.--------------------------------------------------------------------------------------------------- -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

TERCERA: Por este acto, mediante su expresa conformidad, ambas partes dejan sin efecto la Cláusula Primera del Contrato Original, la que quedará redactada en sustitución de aquella de la siguiente manera:---------------------------------------------------------------------------

"PRIMERA: El monto total de la Obra motivo del presente Contrato es de Pesos ____________________________ más el Impuesto al Valor Agregado ($___________ + I.V.A.), a valores del mes de ________ del año ____”.-------

------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- De común acuerdo las partes intervinientes ratifican, a todos los efectos derivados del cumplimiento del presente Convenio Complementario, la jurisdicción y domicilios establecidos en el Contrato Original.------------------------------------------------------------------------

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------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Como prueba de conformidad y en conocimiento de sus obligaciones y derechos, ambas partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de Neuquén a los __ días del mes de _____ del año dos mil _____.---------------------------------- -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

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ENTE PROVINCIAL DE ENERGÍA DEL NEUQUÉN

LEY PROVINCIAL N° 0687/72 DE OBRAS PÚBLICAS

SECCIÓN II: - DE LA PROPUESTA:

F - MODELOS DE CONTRATOS

3 - CONTRATO ADICIONAL: El ENTE PROVINCIAL DE ENERGÍA DEL NEUQUÉN, reformulado por Ley Provincial n° 2386/02, representado en este acto por el Ing. Alejandro Abel Nicola (DNI 16.076.122), en su carácter de Presidente del Directorio, y la Empresa ______________________, representada en este acto por ________________ (D.N.I. n° __________), en su carácter de _____________, de conformidad con las actuaciones obrantes en el expediente que se cita a continuación, acuerdan celebrar el presente CONVENIO COMPLEMENTARIO por trabajos ADICIONALES (Adicional n° __) del Contrato que fuera suscripto entre ambas partes con fecha __ de ______ de ________, para la ejecución de la obra: "________________________________________________", que fuera adjudicada por Resolución P. n° ____/__ y tramitada por expediente n° __________/__, el que se regirá por el citado Contrato y las siguientes cláusulas:-------------------------------------------------------- -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

PRIMERA: El ENTE PROVINCIAL DE ENERGÍA DEL NEUQUÉN y la Empresa ___________ aceptan los trabajos adicionales en la obra de referencia, que resultan de las actuaciones que obran en el Alcance n° ___/__ del citado expediente, al que declaran parte integrante del presente.--------------------------------------------------------------------------------- -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

SEGUNDA: Se conviene, de acuerdo a los artículos 45° y 46° de la Ley n° 0687 de Obras Públicas, establecer a favor de la Empresa __________, el aumento adicional del monto contractual en Pesos _____________ más el Impuesto al Valor Agregado ($ ________ + I.V.A.), a valores del mes de _________ del año ____.------------------------------------------------ -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

TERCERA: Cláusula para adicionales que se ejecutan en conjunto con la obra básica: Como consecuencia de estas tareas se conviene una ampliación del plazo contractual de _____________ (__) días corridos, quedando en consecuencia como fecha de terminación prevista el día __ de _________ del año _____.---------------------------------------- Cláusula para adicionales independientes de la obra básica: Para la ejecución de estos trabajos adicionales se establece un plazo de ejecución de ____________ ____________ (__) días corridos, a computar en forma independiente del plazo original del contrato.- ------------------------------------------------------------------------------------------------------- -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

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CUARTA: La Garantía de Contrato del 5% (cinco por ciento) sobre el monto del presente asciende a la suma de Pesos ____________________ ($____________) y ha sido cubierta mediante _____________ extendida por _______________.---------------------------- ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- De común acuerdo, las partes intervinientes ratifican a todos los efectos derivados del cumplimiento del presente Convenio Complementario, la jurisdicción y domicilios establecidos en el Contrato Original.------------------------------------------------------------------------ ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Como prueba de conformidad y en conocimiento de sus obligaciones y derechos, ambas partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de Neuquén a los __ días del mes de ________ del año dos mil _____.----------------------------- -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

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SECCIÓN II: - DE LA PROPUESTA:

F - MODELOS DE CONTRATOS

4 - CONSTITUTO POSESORIO: En la Provincia del Neuquén, en la obra denominada "__________________________________________", a los ____ días del mes de

___________ del año ________, el Señor (Miembro de la Inspección), en representación del ENTE PROVINCIAL DE ENERGÍA DEL NEUQUÉN, en cumplimiento de lo dispuesto por el acápite 3.3.14.2 del Pliego General Único de Bases y Condiciones

para la Contratación de Obras Públicas, y el Sr. (Representante de la Empresa), se constituyen en los depósitos de la obra citada, que ejecuta la Empresa ____________________, y se procede a comprobar la existencia del acopio del siguiente

material destinado a la mencionada obra, a saber: (describir el material en cuestión) _______________________________.-------------------------------------------------------------------- -----Las partes dejan establecido por el presente, que este acto tiene por fin dejar debidamente perfeccionado el "Constituto Posesorio", mediante el cual se declara formalmente que el material puntualizado precedentemente pasa a ser de propiedad de la Administración, en su carácter de propietario de la obra, acordándose, en consecuencia, que la Empresa ________________, en su carácter de Contratista Principal, se constituye en depositario de ese material con la permanente prohibición, resultante del carácter de tal, de no poder disponer de los elementos premencionados sino para incorporarlos a la obra en construcción que ha quedado individualizada en este acto. La inobservancia de la prohibición señalada hará incurrir a la firma infractora en las consiguientes responsabilidades civiles y penales, de las que queda la misma debidamente notificada.----------------------------------------------------------------------------------------- -----Sin perjuicio de lo dicho, la Empresa _________________, se compromete a tomar a su cargo un seguro por la totalidad del material, amparándolo contra todo riesgo de robo e incendio; dicho seguro deberá cubrir un lapso igual al que se prevea que tardará en quedar adherido a las obras, y la póliza respectiva deberá formalizarse ante Compañía Aseguradora Argentina.----------------------------------------------------------------------------------------- ------En prueba de conformidad, firman los comparecientes cuatro ejemplares del presente Acta, quedando el original y dos copias en poder de la Administración, y el restante en poder de (Nombre y apellido del Representante de la Empresa Contratista).--- -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

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Denominación de la obra:

Empresa:

Ubicación:

Monto Contrato:

Fecha Inicio: Mes Base:

% Obra ejecutado: Plazo Obra:

Ejecución del mes y año:

Pro

fesio

nale

s

Técnic

os

Adm

inis

trativos

Capata

ces

Oficia

l E

specia

liz.

Oficia

l

Medio

Oficia

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Ayudante

Otr

os

Referencias PROF TECN ADMIN CAPT OFESP OFIC MEDOF AYUD OTR

A B A+B

ApellidoFecha

Ingreso

Sexo

(M ó F)

Firma y sello Representante Técnico de la Empresa Firma y sello Inspector de la Obra

DECLARACIÓN JURADA DE PERSONAL OCUPADO EN OBRAS

PROVINCIA DEL NEUQUÉN MINISTERIO DE ENERGÍA, AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS

Ente Provincial de Energía del Neuquén (EPEN.)

Subto

tal

Subto

tal

Tota

l

Personal Extranjero

Nombres Domicilio

A B

Personal.Arg. o Naturalizado

Ocupacion ó

Puesto

(s/Referencias)

Fecha

Nacimiento

Tipo y N°

DocumentoNacionalidad

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SECCIÓN II: - DE LA PROPUESTA:

H – CERTIFICADO DE VISITA AL EMPLAZAMIENTO Mediante la presente CERTIFICO que el Señor _____________________, representante de la Empresa _________________, ha visitado las instalaciones y los lugares donde se

ejecutará la obra: “LÍNEA DE ALTA TENSIÓN 132 KV EL CRUCE - ET PASO

COIHUE”.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------

Se extiende el presente a pedido del interesado y con el único fin de ser presentado como parte de la oferta en la Licitación Pública n° ____/2.012, de acuerdo a lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones.------------------------------------------------------------------------------ NEUQUEN: ____ de __________ de _____.-

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SECCIÓN II: - DE LA PROPUESTA:

I – PLANILLAS DE DATOS GARANTIZADOS

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S E C C I Ó N I I I:

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DEL PLIEGO

PARTICULAR DE CONDICIONES DE LA OBRA

ORDENAMIENTO: Art. 1°: Objeto – Limitación Especial de esta Licitación Art. 2°: Interpretaciones Art. 3°: Sistema de Contratación Art. 4°: Presupuesto Oficial Art. 5°: Plazo de Ejecución Art. 6°: Capacidad de Contratación Anual Art. 7°: Garantía de oferta Art. 8°: Cuenta Bancaria Art. 9°: Análisis de Precios Art. 10°: Variantes: Art. 11°: Entregas Parciales Art. 12°: Régimen de Acopios Art. 13°: Anticipo Financiero Art. 14°: Premios Art. 15°: Régimen para la medición y certificación Art. 16°: Plazo de Pago - Fórmula de descuento por pago

anticipado de Certificados – Retención o descuento de multas Art. 17°: Cumplimiento de la legislación laboral y previsional Art. 18°: Representante Técnico Art. 19°: Seguros - Cobertura de riesgos de trabajo Art. 20°: Condiciones Climáticas adversas Art. 21°: Plan de Trabajos Art. 22°: Competencia del Proponente Art. 23°: Documentación y requisitos de la Propuesta Art. 24°: Proyecto Ejecutivo - Planos Art. 25: Evaluación de la documentación Técnica Art. 26°: Planos Conforme a Obra

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Art. 27°: Equipo Art. 28°: Transporte Art. 29: Materiales a proveer por el EPEN Art. 30°: Servicios a Proveer por el Contratista Art. 31°: Trabajos no Previstos Art. 32°: Decreto Provincial n° 2700/00 - - Mejora de Ofertas Igualmente Convenientes Art. 33°: Servicio de Prevención de Riesgos Art. 34°: Prevención de Daños Ambientales y Seguridad Pública Art. 35°: Política Ambiental y Plan de Gestión Ambiental Art. 36°: Ley 2184 sobre Patrimonio Histórico, Arqueológico y Paleontológico Art. 37°: Nacionalidad y Procedencia del Personal Obrero - - Decreto Provincial n° 0172/01 Art. 38°: Planilla de Datos Técnicos Garantizados – Orden de prelación de las

Especificaciones de Carácter Técnico Art. 39°: Autorización para Cruces Art. 40°: Cortes de Energía Art. 41°: Cartel de Obra Art. 42°: Libros a Proveer Art. 43°: Comodidades y movilidad para la Inspección Art. 44°: Repuestos Art. 45°: Certificado de Visita a la Obra Art. 46°: Permisos de Trabajo Art. 47°: Higiene y Seguridad en Obra Art. 48°: Vistas Fotográficas Art. 49°: Redeterminación de Precios - Decreto Provincial n° 1827/09 Art. 50°: Interferencias con Instalaciones Existentes Art. 51°: Intereses Provinciales y del EPEN Art. 52°: Propiedad Intelectual Art. 53°: Acceso a la Información – Confidencialidad

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MINISTERIO DE ENERGÍA, AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS

ENTE PROVINCIAL DE ENERGÍA DEL NEUQUÉN

LEY PROVINCIAL N° 0687/72 DE OBRAS PÚBLICAS

S E C C I Ó N I I I:

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DEL PLIEGO

PARTICULAR DE CONDICIONES DE LA OBRA

Artículo 1°: OBJETO - LIMITACIÓN ESPECIAL DE ESTA LICITACIÓN

a) Objeto de la Licitación Pública: Contratar servicios de una Empresa Constructora para ejecutar en forma completa la obra “LÍNEA DE ALTA TENSIÓN 132 KV EL CRUCE - ET PASO COIHUE”, comprendiendo replanteo, planialtimetría, confección del proyecto ejecutivo, provisión de la totalidad de los materiales (con la única excepción de los materiales a proveer por el EPEN indicados en el presente pliego) y transporte hasta el lugar de instalación; la construcción de las obras civiles, mecánicas y eléctricas; el montaje completo; pruebas, ensayos, puesta en servicio y mantenimiento durante el periodo de garantía de la obra; obtención de la Licencia Ambiental y demás habilitaciones y permisos ambientales necesarios del proyecto y la obra.- Para la obtención de la Licencia Ambiental se deberá elaborar el Informe de Impacto Ambiental y el Plan de gestión Ambiental que culmine con la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) aprobada para poder dar inicio a las obras y otros documentos que serán expresamente incorporados en virtud de lo que surja del procedimiento de evaluación de impacto ambiental.- Se consideran como términos de referencia para el Informe Ambiental lo normado en la Legislación aplicable de la Administración de Parques Nacionales – Ley 22351 – y afines y en la Ley Provincial Ley 1875 (TO 2267) y reglamentaciones.- Para la elaboración del Informe de Impacto Ambiental de la “LÍNEA DE ALTA TENSIÓN 132 KV EL CRUCE - ET PASO COIHUE”, el EPEN pone a disposición para consulta el documento: “Estudios previos y anteproyecto de las obras: Interconexión Villa la Angostura.Estudio de Impacto Ambiental.-

b) Objeto de las presentes Disposiciones Complementarias: Complementan al Pliego

Particular de Condiciones de la Obra (Sección IV - A del presente Pliego).-

c) Limitación Especial de Esta Licitación: Expresamente se pone en conocimiento de todos los oferentes que los fondos destinados para afrontar las obligaciones que

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surjan de la presente contratación serán aquellos que se obtengan de la emisión y colocación de los Títulos de Cancelación de Pasivos (TICAP) conforme lo establecido por el régimen de las Leyes Provinciales N° 2684 y 2741 y/o el que oportunamente lo modifique o sustituya; dejando expresamente señalado que la contratación aquí impulsada no se concretará hasta contar con los fondos mencionados.- La Provincia como único ente emisor de los TICAP posee plenas facultades para decidir, a su solo arbitrio, sobre la conveniencia o no de la emisión y/o colocación parcial y/o total del título, pudiendo en su caso modificar el cronograma que se establezca oportunamente; incluso hasta su suspensión indefinida; sin que ello otorgue ningún tipo de derecho a favor de todos o algunos de los oferentes; pre-adjudicatarios y/o adjudicatarios de este procedimiento de selección.- En caso que cualquier circunstancia impida la obtención total o parcial del financiamiento destinado a ella y/o cualquier otra decisión de la Provincia y/o el Ente Provincial de Energía del Neuquén - EPEN -; que obste a la celebración del presente contrato; habilitará al EPEN para dejar sin efecto ésta licitación sin que ello signifique crear derechos a favor de los proponentes ni obligaciones a cargo del EPEN.- Asimismo, el EPEN podrá rescindir de pleno derecho el presente contrato en caso que cualquier circunstancia (incluso la imposibilidad acceder a la totalidad de la traza) impida la ejecución de la obra, resultando como único efecto emergente el pago de las tareas ejecutadas hasta el momento de la rescisión.- A tal efecto se entenderá que la presentación de la oferta significa que la presente cláusula es de pleno conocimiento y aceptación por parte de todos los oferentes.-

Artículo 2º: INTERPRETACIONES

Administración: Debe interpretarse al E.P.E.N. como la figura de la Administración definida en el Pliego General Único de Bases y Condiciones para la Contratación de Obras Públicas (Ley Provincial Nº 0687/72 y su Reglamentación).-

Dirección: Cuando en la Ley de Obras Públicas, en su Reglamentación o en el resto de la documentación contractual se hace referencia a la “Dirección”, debe entenderse que se trata de la Gerencia del EPEN de la cual depende la inspección del contrato.-

Inspector: Es el Jefe de la Inspección definida en la Ley Nº 0687/72, que representa en la Obra a la Administración del E.P.E.N.

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Representante del Inspector: El Inspector podrá delegar formalmente parte de sus roles en un representante, Representante del Inspector, quien ejercerá actividades complementarias o supletorias del Inspector, que para las tareas asignadas ejercerá con las mismas atribuciones y responsabilidades que el Inspector.-

Comunicaciones entre el E.P.E.N. y el Contratista: Todas las comunicaciones entre el E.P.E.N. y el Contratista, así como las decisiones de la Dirección, serán comunicadas por el Inspector mediante Órdenes de Servicio. El Contratista deberá dirigirse al E.P.E.N. a través del libro de Notas de Pedido.-

Artículo 3°: SISTEMA DE CONTRATACIÓN La obra se contratará bajo la modalidad de Unidad de Medida y Precios Unitarios, salvo los ítems con cotización global que lo serán por el Sistema de Ajuste Alzado por Precio Global. Las propuestas deberán ajustarse a las siguientes estipulaciones:

Ítems a contratar por Unidad de Medida y Precios Unitarios: De acuerdo a lo establecido en el artículo 10° de la Ley Provincial N° 0687 de Obras Públicas y su Reglamentación, los Oferentes deberán cotizar precios unitarios por cada ítem a contratar por el Sistema de Unidad de Medida y Precios Unitarios del presupuesto oficial; tales precios constituirán su Oferta. Se aplicarán a los cómputos métricos indicados para estos ítems en el Presupuesto Oficial y la consiguiente suma de valores será el precio de esta parte de la propuesta.-

Ítems a contratar por Ajuste Alzado por Precio Global: Los Oferentes deberán cotizar la ejecución de cada uno de estos ítems de la obra por un precio total, con expresa exclusión de toda otra forma que implique la necesidad de un cálculo para llegar al mencionado precio total (Apartado 3.2.10.2 del Pliego General Único de Bases y Condiciones para la Contratación de Obras Públicas).-

Artículo 4°: PRESUPUESTO OFICIAL

El Presupuesto Oficial de la obra asciende a la suma Pesos Trece Millones Cuatrocientos Siete Mil Seiscientos Cincuenta y Ocho más el Impuesto al Valor Agregado ($13.407.658,00 + IVA) a valores del mes de junio de 2.012. El mismo incluye la financiación por el plazo de pago y todos los impuestos y conceptos que corresponden de acuerdo a la legislación vigente. La oferta deberá efectuarse en las mismas condiciones, excepto que, para los precios de la propuesta, a todos los efectos se considerará que fueron determinados a la fecha de apertura de las Ofertas.-

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Artículo 5°: PLAZO DE EJECUCIÓN El plazo fijado para la ejecución la Obra totalmente terminada y en condiciones de habilitación es de Trescientos Sesenta y Cinco (365) días corridos, a contar a partir de la fecha del Acta Inicial de Replanteo.-

Artículo 6°: CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN ANUAL Los montos aludidos en el artículo 4º - inciso b) del Pliego Particular de Condiciones de la

Obra de la SECCIÓN IV – PARTE A, no podrán ser menores de:

Capacidad de Contratación: Pesos Dieciséis Millones Doscientos Veintitrés Mil Doscientos Sesenta y Seis con 18/100 ($16.223.266,18).-

Capacidad Técnica: Pesos Dieciséis Millones Doscientos Veintitrés Mil Doscientos Sesenta y Seis con 18/100 ($16.223.266,18).-

Especialidad: Ingeniería Eléctrica.-

Para concurrir a la Licitación es obligatoria la presentación del Certificado de

Habilitación expedido por el Consejo Provincial de Obras Públicas de la Provincia de Neuquén. La Administración se reserva el derecho de solicitar a dicho Consejo la ratificación de capacidad anual cuando las ofertas superen en un 20% al Presupuesto Oficial.- Sin perjuicio de lo anterior, para evaluar las posibilidades de cumplimiento de las distintas empresas, previo a la apertura de las propuestas económicas se efectuará una preselección de los oferentes, evaluando tanto su competencia técnica y sus antecedentes como los medios materiales y humanos con que cuenta para hacer frente a un contrato de estas características.-

Artículo 7°: GARANTÍA DE OFERTA La oferta deberá afianzarse mediante una garantía equivalente o superior a la suma de Pesos Ciento Sesenta y Dos Mil Doscientos Treinta y Dos con 66/100 ($162.232,66).-

Artículo 8°: CUENTA BANCARIA La cuenta Bancaria citada en el artículo 4º - inciso a) - apartado 1) del Pliego Particular de

Condiciones de la Obra de la SECCION IV – PARTE A, es la siguiente: 119/2 del Banco

Provincia del Neuquén – Sucursal Rivadavia - Fondos de Terceros E.P.E.N. Se deberá indicar en la boleta de depósito el número de la Licitación a la cual corresponde, indicando el nombre del oferente.-

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Artículo 9°: ANÁLISIS DE PRECIOS El Oferente deberá presentar junto con el sobre de Oferta, en forma completa de acuerdo al modelo que integra el Pliego y discriminando detalladamente materiales, mano de obra y equipos, los análisis de precios de todos los Sub ítems de la Obra.

Artículo 10°: VARIANTES Para este contrato no se admitirá la presentación de variantes.-

Artículo 11°: ENTREGAS PARCIALES En el caso que las circunstancias lo aconsejen y exista necesidad del E.P.E.N. de habilitar parcialmente partes de la obra que estén en condiciones de uso, se comunicará al Contratista por orden de servicio con la antelación suficiente.-

Artículo 12°: RÉGIMEN DE ACOPIOS El presente artículo complementa el artículo 33° del Pliego Particular de Condiciones de la Obra (Sección IV – Parte A: Condiciones Administrativas y Legales).-

Únicamente podrán ser acopiados los siguientes elementos: Estructuras de

hormigón pretensado y cable de guardia con fibra óptica (OPGW).- Los precios básicos de acopio serán los que figuran en el Presupuesto Oficial. El Contratista deberá ajustarse estrictamente al Plan de Acopio que se deberá presentar conjuntamente con el plan de trabajos, en un todo de acuerdo con el punto 3.3.14.2 del Pliego General Único de Bases y Condiciones para la Contratación de Obras Públicas.- Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, en ningún caso se abonarán montos superiores a los ofertados.- En el caso de ser adjudicada una oferta variante que no cuente con precios básicos oficiales para realizar el acopio de materiales, el mismo se efectuará tomando los precios ofertados.- Para esta situación, también deberá adjuntarse a la propuesta, el Plan de Acopio. Para efectuar el acopio de los materiales deberá contarse con la aprobación previa del Inspector.-

Artículo 13°: ANTICIPO FINANCIERO El presente artículo complementa el artículo 33° del Pliego Particular de Condiciones de la Obra (Sección IV – Parte A: Condiciones Administrativas y Legales).-

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Se otorgará un anticipo de fondos del treinta por ciento (30%) del monto total a contratarse. La amortización del anticipo se hará en un todo de acuerdo a lo establecido en el Art. 15º de la Ley 0687 de Obras Públicas de la Provincia y su reglamentación.- El plazo de pago establecido para el anticipo es de treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha del último de los siguientes eventos:

- Presentación de la correspondiente factura.- - Presentación del Contrato debidamente sellado y con la constancia de pago del

Impuesto de Sellos.- - Presentación de la garantía de anticipo a satisfacción del EPEN (no serán tomadas

en cuenta las fechas de presentación de garantías que requieran correcciones).-

Artículo 14°: PREMIOS No existen premios para este contrato.-

Artículo 15°: RÉGIMEN PARA LA MEDICIÓN Y CERTIFICACIÓN

El presente complementa el artículo 6º del Pliego Particular de Condiciones de la Obra (Sección IV – Parte A: Condiciones Administrativas y Legales). La medición para la certificación de la obra, se realizará de acuerdo a las siguientes pautas:

a) Para los ítems de Montaje, solamente se certificarán tareas que estén totalmente terminadas e incorporadas a obra y que cuenten con la aprobación de la Inspección.-

b) Para los ítems de materiales, solo podrán ser acopiados de acuerdo a lo previsto en el art. 11° de las presentes Disposiciones Complementarias.-

Artículo 16°: PLAZO DE PAGO - FÓRMULA DE DESCUENTO POR PAGO

ANTICIPADO DE CERTICIPADOS - RETENCIÓN O DESCUENTO DE MULTAS

1.- Plazo de Pago

El pago de los Certificados se efectuará a los treinta (30) días corridos contados a partir del primer día del mes siguiente al que fueron realizados los trabajos. El precio ofertado deberá incluir el costo financiero correspondiente al plazo de pago. Si la emisión y/o el pago del Certificado se demoraran por causas imputables al Contratista, éste no tendrá derecho al cobro de intereses por dicha demora (Artículo 57° de la Ley Provincial N° 0687 de Obras Públicas y su Reglamentación).- En tal supuesto, el vencimiento del certificado se trasladará a la última de las siguientes fechas, según cual/es sea/n la/s causas que originaron la demora:

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a) A los quince (15) días corridos contados a partir del día siguiente a que el

Contratista complete la totalidad de la documentación cuya presentación es

requisito para tener derecho al cobro del Certificado.-

b) A los quince (15) días corridos contados a partir del día siguiente a que el

Contratista presente la factura correspondiente al Certificado.-

c) A los quince (15) días corridos contados a partir que el Contratista (o su

Representante Técnico debidamente autorizado) se presente a firmar el

Certificado (conforme establece la Reglamentación del artículo 56° de la Ley

N° 0687, los Certificados deben contar con dicha firma).-

Para el pago de cualquier Certificado, será condición necesaria el cumplimiento de la legislación laboral y previsional, en todos los aspectos requeridos en el Art. 17º.-

2.- Pagos Anticipados

Si a solicitud del Contratista, el E.P.E.N. decidiera efectuar el pago antes de este plazo, se descontará parte de la financiación prevista mediante la siguiente fórmula:

D = Co . Fo . t / to

Donde:

D = descuento por pago anticipado (en $).

Co = monto del certificado (en $).

Fo = tasa de Interés para Descuento de Certificados de Obra a

treinta (30) días del Banco de la Provincia del Neuquén (%).

to = Plazo de Pago según Pliego (en días).

t = tiempo faltante (en días).

SE DEJA CONSTANCIA QUE LO ENUNCIADO ANTERIORMENTE NO MODIFICA EL

PLAZO DE PAGO ESTIPULADO Y QUE SU APLICACIÓN SERÁ A SOLICITUD DEL

CONTRATISTA Y A EXCLUSIVA DECISIÓN DEL E.P.E.N., POR LO QUE EL

CONTRATISTA NO DEBE PREVER EN SU OFERTA ESTA POSIBILIDAD.

3.- Retención o Descuento de Multas

Para la retención o descuento – según corresponda - de multas será de aplicación la siguiente metodología:

a) Los importes correspondientes a multas preventivas (de carácter reintegrable,

mora en el inicio de la obra y/o incumplimiento al Plan de Trabajos) serán retenidos en el certificado en el cual corresponda su aplicación. Estas multas no

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tendrán incidencia en el monto de la facturación, que deberá efectuarse por el importe certificado. Dicho importe se devolverá total o parcialmente en oportunidad de cesar o disminuir el incumplimiento que originó la penalidad, o en caso que corresponda la aplicación de multas de tipo no reintegrable de igual o mayor valor.-

b) Las multas no reintegrables (incumplimiento de Órdenes de Servicio, Multa por

Mora en la Terminación, etc.) tampoco incidirán en el monto de la facturación correspondiente al certificado en que se aplican (que deberá realizarse por el total certificado), pero para tener derecho al cobro de dicho certificado el contratista deberá presentar una Nota de Crédito reduciendo el monto a percibir por un importe equivalente al de la multa, discriminando el Impuesto al Valor Agregado de igual modo que en la facturación del certificado.-

Artículo 17°: CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACION LABORAL Y PREVISIONAL

De acuerdo a lo previsto en el artículo 29° de la Ley N° 0687 /72 de Obras Públicas y su Reglamentación, para tener derecho al cobro de los Certificados el Contratista deberá haber presentado previamente los siguientes elementos, correspondientes a las liquidaciones de sueldos del mes en el que se ejecutaron las tareas que se certifican:

Listado del personal afectado, indicando Régimen Laboral del mismo, Número de Legajo, Apellido y Nombres, C.U.I.L. y Fecha de Ingreso.-

Detalle de todo el personal incluido en la DD.JJ. F 931 emitido con el programa distribuido por la AFIP (AFIP-SIJP).-

Detalle de los conceptos incluidos en cada caso y acreditación del pago de las siguientes Cargas Sociales, hasta la última exigible a la fecha de vencimiento para el pago de cada certificado de obra:

1. Formulario 931.- 2. Ley de Riesgo del Trabajo y Decreto 960/97.- 3. Retenciones y Cuotas Sindicales.- 4. Aporte Registro Nacional de la Industria de la Construcción.- 5. Seguro Colectivo de vida Obligatorio (Decreto 1567/74).- 6. Otras Cargas Sociales.- 7. Fondo de desempleo, si correspondiera.- 8. Planilla de Personal Ocupado en Obra por duplicado, discriminado por

especialidad, de acuerdo al modelo que integra el presente Pliego (SECCIÓN II; PARTE I) la cual deberá estar firmada por el Contratista y su Representante Técnico y tendrá el carácter de Declaración Jurada.-

9. Si existieran Subcontratistas, se deberá presentar la misma documentación que para el Contratista.-

Listado de los vehículos afectados por el contratista (Livianos y Pesados) y

copias de los siguientes comprobantes:

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1. Fotocopia del Título Automotor.- 2. Constancia de pago de seguro de accidente a terceros y transportados por

$10.000.000 con subrogación a favor del EPEN.- 3. Verificación Técnica Vehicular vigente o Certificado de Izaje expedida por

ente calificado (cuando corresponda).- 4. Inspección Visual firmada por SySO (Visual Externa).- 5. Tacógrafo (la unidad que corresponda).- 6. En el caso de Vehículos de transporte de personal se deberá acreditar

Carnet profesional del chofer de transporte de personas y constancia de capacitación de manejo defensivo.-

EL INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIERA DE LOS REQUISITOS ENUNCIADOS, DETERMINARÁ LA SUSPENSIÓN DE LA EMISIÓN DE LOS CERTIFICADOS, PERDIENDO EL CONTRATISTA EL DERECHO A LA PERCEPCIÓN DE INTERESES POR LA DEMORA. En caso que el contratista recurra a los servicios de Monotributistas, a todos los efectos los mismos serán considerados subcontratistas, y por ello para su contratación deberá solicitar autorización previa del EPEN en los términos del artículo 43° de la Ley Provincial n° 0687 de Obras Públicas y su Reglamentación. Asimismo, el EPEN podrá ordenar el retiro inmediato del Monotributista de la obra ante la mínima duda de que pueda tratarse de una relación laboral encubierta. A fin de poder comprobar esta circunstancia, el Contratista estará obligado a exhibir toda la documentación relativa al Monotributista (contrato, facturas, etc.) cada vez que el Inspector lo solicite.-

Artículo 18°: REPRESENTANTE TÉCNICO El Representante Técnico solicitado en el artículo 11° del Pliego Particular de Condiciones de la Obra, (Sección IV – A) deberá ser Ingeniero Electricista, Electromecánico o Industrial con orientación Eléctrica, con una antigüedad mínima en el ejercicio de la profesión de 5 (cinco) años en obras similares a la presente.- Éste y todos los profesionales que se desempeñen en la Obra deberán estar matriculados en el Consejo Profesional de Agrimensura, Geología e Ingeniería de la Provincia de Neuquén, de acuerdo a lo establecido en la Ley Provincial Nº 708.- Deberán mantener al día el pago de los aranceles y tributos establecidos por ese Consejo. El E.P.E.N. podrá requerir, a través del Inspector, la presentación de los correspondientes comprobantes de pago de matrículas o certificación de matrículas vigentes expedida por el mencionado Consejo Profesional.- El profesional que se desempeñe como Representante Técnico deberá ser propuesto por el Contratista acompañando el "Currículum Vitae" del mismo, en donde se demuestre fehacientemente que ha cumplido similares tareas en Obras de magnitud cualitativa y cuantitativamente equivalentes a las que aquí se licitan.- Deberá contar con la aprobación del E.P.E.N. antes de la iniciación de los trabajos.-

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Artículo 19º: SEGUROS - COBERTURAS DE RIESGOS DEL TRABAJO El presente complementa y modifica el Artículo 12° del Pliego Particular de Condiciones de la Obra.- Para este Contrato no se solicita Seguro para el personal de la Inspección.- El E.P.E.N. no asumirá responsabilidad civil, fuese esta contractual o extracontractual, por los hechos o actos del Contratista, sus dependientes y/o las cosas afectadas al cumplimiento del Contrato. La Contratista será responsable por los daños y/o perjuicios que ocasionara a terceros

por la ejecución de las obras. Al respecto, deberá contratar un SEGURO DE

RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS A TERCEROS POR OBRA EN

CONSTRUCCIÓN POR UN IMPORTE MÍNIMO DE PESOS TRES MILLONES

($3.000.000) por acontecimiento, con la respectiva subrogación a favor del Comitente, con vigencia desde la fecha de inicio de los trabajos hasta la fecha prevista para la Recepción Definitiva de la última de las obras que se ejecuten enmarcadas en la presente contratación.-

A fin de cubrir los efectos dañosos del personal originados en los RIESGOS DEL

TRABAJO, la Contratista deberá presentar la documentación probatoria del cumplimiento

del Art. 3° de la Ley 24557 de Riesgos del Trabajo, consistente en: 1) Certificación de Afiliación emitida por la Aseguradora de Riesgos del Trabajo.- 2) Copia certificada del Contrato de Afiliación, Condiciones Generales y

Particulares.- 3) Nómina y N° de C.U.I.L. del personal en relación de dependencia de la

Contratista amparado por el Contrato, en original emitido por la A.R.T., renovando la presentación toda vez que se produzcan altas y/o bajas en la nómina.-

La cobertura tendrá una vigencia igual o mayor al plazo contractual. En caso que operara la finalización de un Contrato de Afiliación durante el transcurso del plazo contractual, la Contratista deberá comunicar al Comitente, mediante carta documento, su intencionalidad de renovar o suscribir un nuevo Contrato de Afiliación con una anticipación de cuarenta y cinco días al vencimiento del anterior.- Los Subcontratistas que la Contratista emplee en la obra cumplirán idénticas obligaciones y requisitos, a excepción de los servicios profesionales unipersonales en calidad de Trabajadores Autónomos. Estos trabajadores, hasta que se produzca la reglamentación

que ordene la respectiva afiliación a una A.R.T., presentarán su cobertura por Accidente

de Trabajo mediante póliza de seguro a tal fin, con la respectiva subrogación a favor del Comitente (En estos casos la cobertura mínima será de muerte y/o incapacidad parcial y/o total permanente con un mínimo de Pesos Trescientos Mil, con asistencia médica y farmacéutica).-

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La Contratista emitirá una copia certificada para el Comitente toda vez que se produzca un Subcontrato, realizando todas las actualizaciones de vigencia por ampliación de plazos en los mismos.- El Contratista deberá comunicar al Comitente, dentro de los cinco días de producida, toda modificación del Contrato de Aplicación y/o cambio de ART y/o cualquier otra circunstancia que ocurra durante la vigencia del contrato. La falta de cumplimiento determinará que se interrumpa la obra y se aplique por cada día de mora, la multa prevista en la documentación contractual para el incumplimiento de Órdenes de Servicio.- Toda la documentación requerida en los párrafos anteriores será entregada al Comitente antes de iniciarse las obras, tareas y/o actividades objeto de este Contrato. Si este

requisito no fuere cumplido, se interrumpirá la ejecución de los trabajos y no se

abonará a la Contratista ningún importe. Igual procedimiento se adoptará si durante el transcurso de ejecución del Contrato, la Contratista no presentara las constancias mensuales de pago de alícuotas y cuotas pactadas.- El Contratista deberá tomar a su costo la contratación de los seguros correspondientes a los vehículos de su propiedad, de acuerdo con las leyes en vigencia y deberá tener actualizados los registros y documentación pertinentes para su eventual control por parte del EPEN. Las pólizas especificarán que ningún incumplimiento u omisión del Contratista perjudicará los intereses del Comitente, quien será mantenido indemne ante cualquier reclamo de terceros.- En ningún caso se aceptará el llamado “autoseguro”. Será obligación del Contratista efectuar todas las gestiones y ejecutar todos los actos y notificaciones que exijan las pólizas (y la legislación y reglamentación aplicables) en caso de cualquier cuestión, suceso o siniestro.- El Comitente no efectuará ningún pago complementario al Contratista en concepto de seguros, ya sea por prima, ajuste del capital asegurado o agravación del riesgo. La contratación de seguros en ningún modo implicará limitación o sustitución alguna de las responsabilidades del Contratista.- Será obligación del Contratista verificar que todos sus subcontratistas cumplan las exigencias respecto a seguros establecidas en el pliego de la obra, y deberá tener actualizados todos los registros y documentación pertinentes para su eventual control por parte del EPEN.- Las firmas autorizantes de los Contratos de Afiliación, Nóminas de Personal bajo cobertura, y de todas las Pólizas de Seguros deberán ser certificadas por escribano público. En caso de que la certificación provenga de un escribano de extraña jurisdicción, deberá contar además con la correspondiente legalización.- El Contrato de Afiliación a la ART deberá incluir una Cláusula específica de NO REPETICIÓN en contra del Comitente, en tanto las pólizas de seguros deberán incluir una cláusula de subrogación a favor del Comitente.-

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Toda reclamación presentada ante los Fueros Laboral o Civil por perjuicio derivado de un accidente de trabajo y/o enfermedad profesional sin la/s cobertura/s legalmente establecidas, será de exclusiva responsabilidad de la Contratista.-

Artículo 20°: CONDICIONES CLIMÁTICAS ADVERSAS - OTRAS CAUSALES DE

AMPLIACIÓN DE PLAZO Sin perjuicio que es obligación del Contratista tomar las providencias para que la obra se ejecute dentro del plazo contractual, el artículo 27° del Pliego Particular de Condiciones de la Obra establece que podrá solicitar prórroga de los plazos cuando exista causa fundada para ello.- Entre otras causales, el inciso 3) de dicho artículo considera que serán causa motivo de la prórroga “…las lluvias u otros fenómenos meteorológicos que asuman características anormales o que no permitan la ejecución de los trabajos…”.- El presente complementa dicho inciso 3), con objeto de establecer que, según sean las particularidades de cada caso, la incidencia de las condiciones climáticas adversas en el plazo contractual podrá tener dos tratamientos diferentes:

a) Veda climática.-

b) Ampliación del plazo de ejecución.- A continuación se detallan las particularidades de cada caso y las formalidades que deberán respetarse para su tramitación.-

a) Veda climática: El EPEN podrá disponer la “Veda Climática” (entendiendo como tal la prohibición de ejecutar trabajos) cuando a su exclusivo criterio considere que las condiciones climáticas son de tal magnitud o duración que directamente impiden la realización de trabajos o ponen en serio riesgo las condiciones de seguridad y/o la calidad de los mismos.- Esta disposición contractual prevista en las presentes Disposiciones Complementarias es de conocimiento de todos los oferentes previo a formular sus propuestas, por lo que el oferente que finalmente resulte adjudicatario de la obra no podrá argumentar desconocimiento de la misma ni efectuar reclamo alguno por este motivo en los casos en que el EPEN declare la “Veda Climática” e interrumpa la ejecución de los trabajos.- El cómputo del plazo contractual se interrumpirá a partir de la ficha que se establezca en la norma legal que disponga la “Veda Climática”. Dicha norma legal podrá facultar a la Inspección a ordenar el reinicio de los trabajos cuando las condiciones climáticas lo permitan. La orden deberá impartirse con por lo menos diez días corridos de anticipación respecto a la fecha prevista de reinicio. A partir

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de la fecha del Acta de Reinicio de los trabajos se computará el saldo restante del plazo de obra.- Lo expuesto anteriormente no impide que el Contratista solicite al EPEN que se declare la “Veda Climática” cuando el Organismo hubiera omitido hacerlo y las condiciones climáticas lo justifiquen. En tal supuesto deberá dirigirse por Nota de Pedido a la Inspección a fin de que esta pueda comprobar esta circunstancia.- Cuando la paralización proceda por Orden de Servicio de la Inspección, no será necesaria la comunicación citada.-

b) Ampliación del Plazo de Ejecución: Las condiciones climáticas adversas que no sean de magnitud ni duración tales que merezcan la “Veda Climática” solamente podrán dar lugar a la ampliación del plazo contractual en las siguientes condiciones:

I) Cuando se trate de fenómenos de magnitud normal para la época, pero

entorpezcan o impidan la ejecución de tareas críticas del Plan de Trabajos convenido, siempre y cuando estas se estén desarrollando en los plazos previstos originalmente sin registrar atraso y las condiciones climáticas sean efectivas y probadamente de magnitud tal que produzcan el efecto mencionado.- En tal supuesto el Contratista deberá dirigirse por Nota de Pedido a la Inspección a fin de que ésta pueda comprobar dicha circunstancia. Por cuestiones de economía administrativa la Inspección podrá tramitar la ampliación solicitada dentro de los sesenta (60) días corridos siguientes, con objeto de agrupar en un único trámite eventos climáticos posteriores que pudieran ocurrir en la zona.- La tramitación se efectuará en base a un Plan de Trabajos que refleje la real disminución del ritmo de obra que provocaron las condiciones climáticas.-

II) Cuando las condiciones climáticas sean de magnitud extraordinaria y superen, en una unidad de tiempo mayor a siete días corridos, la media de los últimos diez (10) años en el lugar de emplazamiento de la obra.-

En tal supuesto el Contratista deberá dirigirse por Nota de Pedido a la Inspección adjuntando registros certificados por autoridad competente de la zona que demuestren la circunstancia mencionada.-

Artículo 21°: PLAN DE TRABAJOS En la documentación se adjuntan un Plan de Trabajos y Curva de Inversiones generales, que constituyen un modelo de los previstos por el Ente. El oferente acompañará a su propuesta un plan de trabajos general y la consecuente curva de inversiones.- El plan se graficará con el valor de cada uno de los trabajos, ubicados en el tiempo y concatenados de manera lógica y coherente, y armonizadas a su vez con el desarrollo

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global de la obra. Se indicarán todas las fechas importantes de inicio y terminación de las diferentes tareas y entregas de documentación al EPEN, dentro de los plazos estipulados.- El mismo deberá estar en un todo de acuerdo con el punto 3.3.14 del Pliego General Único de Bases y Condiciones para la Contratación de Obras Públicas.- Se deberá acompañar con una memoria descriptiva que exponga los métodos de trabajo, e indicar por cada tarea o conjunto de ellas representadas por una barra de actividades, el equipo mínimo que se afectará a su desarrollo, de manera de poder evaluar si los rendimientos y plazos previstos son factibles de realización.- El análisis del Cronograma servirá, por tanto, durante la evaluación de las Ofertas, para determinar las posibilidades de cumplimiento del plazo de entrega de la obra.- Durante la etapa de Obra dicho Cronograma servirá para la coordinación general de los trabajos y eventos y para la medición de los plazos insumidos y a insumir, con el objeto de asegurar la entrega de la misma en término. La Curva de Inversiones es la que se usará como parámetro global en la certificación mensual de la obra para aplicar la multa por incumplimiento al Plan de Trabajos, que se calculará aplicando el uno por mil (1%) del desfasaje de importes entre ambas curvas (real y prevista) por cada día de desfasaje de plazo entre dichas curvas.- Si la Inspección lo solicitara, el Contratista deberá entregar en forma periódica, cada 60 (sesenta) días corridos, la versión cumplida del Cronograma, indicando las fechas reales del cumplimiento de los eventos que hubieren tenido lugar. Sin perjuicio de ello, toda vez que el Contratista solicite cambios en el Cronograma, podrá hacerlo solamente si existe causa justificada y deberá solicitar su aprobación a la Inspección con 21 (veinte y uno) días de anticipación a la fecha prevista originalmente, acompañando nuevo cronograma.- La omisión de la presentación del plan de Trabajos, tal como en este punto se lo requiere, podrá ser causal de no consideración de la oferta.-

Artículo 22°: COMPETENCIA DEL PROPONENTE Los Oferentes serán evaluados y preseleccionados evaluando sus antecedentes. A tal fin, deberán presentar la siguiente documentación y completar las planillas que como Anexos IV a VIII forman parte de las presentes Disposiciones Complementarias:

1) Antecedentes Empresarios:

- Resumen de antecedentes (mediante citas verificables) del plantel Gerencial y Profesionales responsables de los sectores relacionados con la ejecución de la obra, con experiencia en ejecución de obras de similares características a la que aquí se licita.-

- Listado completo de equipos necesarios para ejecutar la obra. Si durante la etapa de

evaluación de los oferentes se considera que los equipos propuestos no se corresponden con los necesarios para ejecutar la obra, el EPEN podrá solicitar todas

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las aclaraciones e información complementaria que considere necesaria. La evaluación de estos antecedentes se efectuará sobre el listado que el EPEN considere adecuado para ejecutar la obra.-

- Capacidad de producción del oferente demostrada por el importe de la Certificación

mensual (básicos y redeterminaciones de precios) de los últimos tres años, determinada hasta el mes anterior al de la apertura de la licitación.-

2) Antecedentes Técnicos:

Se evaluará favorablemente a aquellas empresas que hayan ejecutado obras cuyas características principales, destino, magnitud y complejidad tecnológica resulten análogos a la obra licitada.- A tal fin Se deberá presentar el listado de Obras cuyas características principales – destino, magnitud y complejidad tecnológica – resulten análogas a la obra licitada, con mención de los montos contratados, debiendo presentar como máximo diez (10) obras análogas realizadas durante los últimos diez (10) años, acompañando fotocopia del Acta de Recepción Provisional y/o Definitiva, o Certificado Final de Obra, con mención del monto contratado, el lugar de emplazamiento de la obra y el comitente con su domicilio.-

3) Antecedentes Financieros: - Estados Contables de los 3 (tres) últimos ejercicios exigibles debidamente certificados

por Contador Público Nacional y Legalizados por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas correspondiente. La fecha de cierre del último balance general no podrá tener una antigüedad mayor a Doce (12) meses respecto del mes de apertura de la Licitación.-

- Planilla de determinación de indicadores y puntajes (de acuerdo a lo establecido en el

apartado 23.5 de las presentes Disposiciones Complementarias) certificada por Contador Público Nacional e intervenida por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas respectivo, donde se calcularán los indicadores financieros y económicos y se determinará el puntaje para cada ejercicio.-

Art. 23°: DOCUMENTACIÓN DE LA PROPUESTA Y CRONOGRAMA DE APERTURA El presente complementa el artículo 4º del Pliego Particular de Condiciones de la Obra de

la SECCION IV – PARTE A.- Se detalla a continuación la documentación que deberá contener la Propuesta; su forma de presentación en lo que hace a la envoltura y agrupación.-

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23.1 Forma de Presentación: La Documentación de la Propuesta se presentará en un sobre o paquete cerrado, con una única identificación en su exterior, a saber:

LICITACIÓN PÚBLICA (ó Privada, o Concurso de Precios,

según corresponda) Nº _____/___

En su interior se incluirá un SOBRE “A” que contendrá la CARPETA Nº 1 y la CARPETA

Nº 2, y también el SOBRE “B” económico.- A continuación se detalla la documentación que contendrá cada uno de los componentes.

SOBRE “A” Este sobre tendrá la siguiente inscripción en su exterior:

OBRA: “_____________________________________________”.-

APERTURA: DÍA:____ MES: ____ AÑO: ____

EMPRESA: ___________________________________

SOBRE “A”

Contendrá:

CARPETA Nº 1

a) Comprobantes del depósito de garantía de mantenimiento de la Propuesta del uno por ciento (1%) del presupuesto oficial, garantía que podrá ser constituida mediante: 1) En efectivo, con depósito en el Banco de la Provincia del Neuquén, en la

cuenta numerada que a ese propósito indique la Repartición licitante, acompañando la boleta pertinente.-

2) En títulos o bonos, aforados a su valor nominal, al portador, de la deuda

pública Nacional o Provincial, siempre que se coticen oficialmente en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires. En caso de ejecución de los valores a que se refiere este apartado, se formulará cargo por los gastos que ello ocasione y por la diferencia resultante, si se liquidara bajo la par. Si se liquidara sobre la par se reintegrará al Oferente el excedente que resultase,

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previa deducción de los gastos de la ejecución, no abonándose intereses por ningún concepto.-

3) Con la afectación de créditos que el Oferente tenga liquidados y al cobro en

los Organismos de la Administración Pública Provincial, a cuyo efecto, el interesado deberá presentar en la fecha de la constitución de la garantía, la certificación pertinente, emitida por la Contaduría General de la Provincia.-

4) Con aval bancario expedido por Banco autorizado, constituyéndose en

fiador solidario, liso, llano o principal pagador con renuncia de los beneficios de división y excusión en los términos del artículo 2013º del Código Civil. No deberá contener fecha de vencimiento, allanándose expresamente a la Ley y al Contrato motivo de la misma, aún cuando no fueren pagados por el tomador los valores que demanden su costo.-

5) Con Seguro de Caución, de acuerdo a Pólizas aprobadas por la

Superintendencia de Seguros de la Nación, con los anexos, condiciones generales y particulares, suplementos, adhiriéndose al Decreto Nacional Nº 411/69 o con el texto ordenado según el mismo. Se admitirán también aquellas que se allanen al artículo número 2013º del Código Civil, declarándose fiador solidario que renuncia al beneficio de división o excusión. Todos los documentos integrantes de la póliza serán firmados por el mismo autorizante y vendrán acompañados del recibo de pago original correspondiente por cada una de ellas, cuando las mismas no contengan Cláusulas de validez en tal sentido.-

Las garantías establecidas en los apartados 4) y 5), deberán venir acompañadas para su autenticidad sobre las firmas autorizantes, de la certificación extendida por un escribano público. En caso que la certificación aludida provenga de un escribano de extraña jurisdicción, deberá contar además, con la correspondiente legalización.- Se destaca que a partir de la Ley Nacional n° 23892 (Artículos 7° y 10°) perdió vigencia el Decreto Provincial n° 0494/83. En las garantías se designará como asegurado al ESTADO PROVINCIAL DEL NEUQUÉN - ENTE PROVINCIAL DE ENERGÍA DEL NEUQUÉN (E.P.E.N.)".-

b) El certificado de habilitación expedido por el CONSEJO PROVINCIAL DE OBRAS PÚBLICAS DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN con la constancia actualizada que certifique que la Empresa Oferente se halla inscripta, indicando capacidad de contratación anual.- En caso de Oferentes que se presenten transitoriamente, mancomunadamente y/o solidariamente unidos a la Licitación, se adjuntará la declaración expresa de la parte proporcional con que concurren cada una de ellos, agregando las credenciales extendidas por el Consejo de todos los componentes.-

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c) Nota constituyendo domicilio legal en la ciudad de Neuquén, y declarando que "para cualquier cuestión judicial que se suscite, corresponde la competencia especial establecida por el artículo 241º de la Constitución de la Provincia" (Formulario de la Sección II-B).-

d) El comprobante de compra de la documentación que sirve de base a la licitación (o la constancia de invitación en caso de Licitaciones Privadas y Concursos de Precios).-

e) La documentación que sirve de base a la licitación (incluyendo todas las circulares emitidas) y que es puesta a la venta, firmada y sellada en todas sus hojas por los representantes legales y técnicos en prueba que es de pleno conocimiento del Oferente en todas y cada una de las cláusulas, lo que implicará además, su conformidad y aceptación de las mismas.- Dichas firmas deberán venir certificadas ante escribano público. En caso que la certificación aludida provenga de un escribano de extraña jurisdicción, deberá contar además con la correspondiente legalización.- Será responsabilidad de los Proponentes asegurarse de haber recibido todas las Circulares emitidas, consultando en tal sentido al EPEN. No se aceptará descargo ni reclamación por desconocimiento o por falta de recepción de las mismas.-

f) Cuando se presenten Ofertas de sociedades anónimas y cooperativas, se deberá adjuntar: copia del Contrato Social debidamente inscripto en el Registro Público de Comercio, Acta de Asamblea designando al Directorio; Acta de Directorio asignando la distribución de cargos y Acta de Directorio autorizando la presentación de la Oferta.- En caso de otras sociedades comerciales deberá adjuntarse copia del Contrato Social debidamente inscripto en el Registro Público de Comercio y si correspondiese, el poder que faculta al representante a presentarse a la licitación.- Toda la documentación de las sociedades citadas precedentemente y las firmas de sus responsables deberán estar certificadas por ante escribano público y en caso de pertenecer a extraña jurisdicción, la legalización por el Colegio respectivo.- Todo Oferente deberá consignar en su propuesta siglas de las Cajas Nacionales o Provinciales de Previsión con las que está obligado y su Número de Inscripción; igualmente deberá adjuntar el número de C.U.I.T..-

g) Certificado Fiscal para Contratar: A fin de verificar el cumplimiento fiscal y previsional por parte de los Oferentes, éstos solicitarán ante la A.F.I.P. la emisión del Certificado Fiscal para Contratar, en un todo de acuerdo a la Resolución General (A.F.I.P.) N° 135 ó la que en un futuro la modifique o sustituya. A estos efectos, el Oferente deberá adjuntar al momento de la

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apertura del llamado copia de la solicitud de este certificado, donde conste la recepción por parte de la A.F.I.P. Para la preadjudicación será indispensable contar con el Certificado Fiscal para Contratar, que lo habilita para ser Adjudicatario.-

h) Certificado de Cumplimiento Fiscal para Contratar con el Estado Provincial (Decreto Provincial N° 0171/01): A fin de verificar el cumplimiento fiscal provincial por parte de los Oferentes, éstos solicitarán ante la Dirección Provincial de Rentas, la emisión del Certificado de Cumplimiento Fiscal para Contratar con el Estado Provincial, en un todo de acuerdo a la Resolución N° 572 DPR/00, o la que en un futuro la modifique o sustituya. A estos efectos el Oferente deberá adjuntar al momento de la apertura del llamado, copia del Certificado de Habilitación vigente o en su defecto, copia de la solicitud de dicho certificado, donde conste la recepción de la misma por parte de la DPR.-

El incumplimiento de la obligación que impone el presente Apartado

tendrá los efectos del rechazo automático de la Oferta.- Al momento de la preadjudicación o adjudicación, será indispensable contar con el Certificado de Cumplimiento Fiscal habilitado para contratar con el Estado.-

i) Declaración jurada informando los reclamos administrativos y/o judiciales que mantenga el proponente contra la Provincia, así como también el estado de situación de cada uno de ellos, bajo apercibimiento de no ser considerada la propuesta efectuada en caso de omisión y/o falsedad.- En caso de oferentes que se presenten transitoria, mancomunada y/o solidariamente unidos para presentar la propuesta en la licitación, se presentará la declaración jurada del oferente y de cada una de las firmas individuales que lo conforman.-

Toda foja citada anteriormente deberá acreditar el sellado de Ley correspondiente.-

CARPETA Nº 2

j) Planillas de Datos Técnicos Garantizados según los formularios incluidos en la Sección II (si se solicitan para la obra).-

k) Memoria Descriptiva de ejecución de los trabajos y un cronograma de obras mensual (sin valorizar).-

l) Lista de máquinas, equipos y personal que afectará a la Obra.-

m) Listado de obras concluidas con éxito y a satisfacción de los Comitentes - con su certificación - y en ejecución, de análoga naturaleza a la que aquí se

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licita (Competencia técnica del Oferente) y demás documentación requerida en el artículo 22° de las presentes Disposiciones Complementarias.-

n) Protocolos de Ensayos de Tipo y antecedentes de uso de los materiales ofrecidos.-

o) Folletos, catálogos y/o cualquier otro elemento que a juicio del Oferente contribuyan a aclarar las características de los materiales ofrecidos.-

p) Versión preliminar del Elenco General de la Documentación del Proyecto.-

q) Certificado de visita al emplazamiento (Sección II-H).-

En caso de presentar Propuestas “Alternativa”, los puntos enumerados desde i) hasta o) deberán ser satisfechos para cada una de ellas y agrupados en carpetas separadas y perfectamente identificadas.-

SOBRE “B” Este sobre estará CERRADO, FIRMADO Y LACRADO y contendrá la propuesta económica, con la siguiente inscripción en su exterior:

OBRA: “____________________________________________”.-

APERTURA: DÍA:____ MES: ____ AÑO: ____

EMPRESA: __________________________________

SOBRE “B”

En su interior se incluirá únicamente:

r) La Fórmula de Propuesta, según modelo de la Sección II-A debidamente

completa.-

s) Planillas de Cotización, según el formulario de la Sección II-C completo,

incluyendo los precios de todos los ítems y subítems que contiene la Obra.-

t) Análisis de Precios Unitarios, en forma completa y detallada, de acuerdo al

modelo incluido en la Sección II-E y discriminando detalladamente materiales y

mano de obra de todos los subítems a contratar.-

u) Plan de Trabajos valorizado.-

v) Plan gráfico de Inversiones Mensuales; porcentual y valorizado.-

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w) Plan de acopio, si para el contrato estuviera previsto el acopio de materiales.-

23.2 Condiciones de Rechazo de las Ofertas

Las Propuestas que no cumplan con lo indicado para los apartados a); b); h); q) y/o carezcan del SOBRE “B”, serán rechazadas en forma indeclinable en el mismo Acto de Recepción y Apertura.- Las Propuestas que habiendo precalificado no contengan lo requerido en los puntos r) y s) al abrir el correspondiente SOBRE “B” según cronograma, serán igualmente rechazadas en forma indeclinable en el Acto de Apertura de este Sobre.- Respecto a la documentación cuya omisión no es causal de rechazo automático de las Ofertas, resulta de aplicación el Decreto Provincial N° 2229/85, el cual sustituyó el último párrafo del inciso 6) del artículo 13° de los Decretos Reglamentarios de la Ley Provincial N° 0687 de Obras Públicas por el siguiente texto: “La omisión de los requisitos exigidos en los restantes incisos podrá ser suplida dentro del término de dos días hábiles desde la clausura del acto licitatorio, transcurrido el cual sin que la omisión haya sido subsanada, la Administración podrá disponer el rechazo de la propuesta. Si por razones de conveniencia no se procediera al rechazo, la Administración podrá intimar al Oferente para su cumplimento dentro de los tres días hábiles de notificado, en cuyo caso se considerará la falta de cumplimiento en tiempo y forma, como retiro de la Oferta, quedando el Oferente sujeto a las penalidades previstas por el artículo 21° y concordantes de la Ley”.-

En los casos que durante el análisis de las propuestas el EPEN solicite a los oferentes

información complementaria de cualquier índole, si en la solicitud se omite indicar un

plazo específico los oferentes dispondrán de un plazo de diez (10) días corridos para

presentar los antecedentes solicitados.-

23.3 Foliado de la Documentación

Excepto el Pliego Licitatorio, toda la documentación que los Oferentes presenten como parte de sus Propuestas deberá venir en original y duplicado, firmada en forma hológrafa, foliada y unida (encarpetada). En cada uno de los casos, en la primera hoja se deberá indicar la denominación del Sobre y Carpeta a que corresponde la documentación y el número total de folios que integran la Carpeta (sin considerar el Pliego Licitatorio). Además, para poder individualizar la Oferta, en todas las hojas (incluso la primera) deberán constar el nombre del Oferente y el número de la Licitación y/o la denominación de la Obra.- Iguales formalidades deberán cumplir los duplicados.- El Pliego deberá estar firmado en forma hológrafa por los representantes del Oferente en todas sus hojas.- Si los Oferentes omitieran algunas de estas formalidades, podrán completarlas en el acto de apertura, ante la presencia de los demás Oferentes y de los funcionarios intervinientes.-

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23.4 Modalidad de Apertura del Acto Licitatorio – Precalificación – Adjudicación

a) Apertura del Sobre “A”: En el lugar, día y hora indicados en el llamado, se procederá a la apertura del Sobre “A” de todas las ofertas. En dicho acto se dispondrá la custodia de los Sobres “B” hasta el día y hora que se fije para su apertura.- A los proponentes que no cumplan con los requisitos cuyo incumplimiento es causal de rechazo automático de la propuesta, se les devolverá en el acto la totalidad de la documentación de su propuesta, quedando a partir de ese momento fuera de la licitación. En caso de que en el acto no se encontraran presentes los representantes de dichos proponentes, la documentación se guardará durante diez (10) días corridos. Cumplido dicho plazo será destruida.- De todo lo ocurrido en el acto se labrará un acta que será suscripta por los funcionarios presentes y por los proponentes que quieran hacerlo o que soliciten la inclusión de observaciones. Se proporcionará copia del acta a los presentes que lo soliciten.-

b) Precalificación: El E.P.E.N. designará una Comisión de Evaluación que será la encargada de evaluar los antecedentes contenidos en los Sobres “A” carpetas 1 y 2, a efectos de precalificar a los oferentes. La evaluación se efectuará conforme al criterio establecido en el Artículo 23.5. No serán precalificadas y no se procederá a la apertura del Sobre “B” de aquellas propuestas que no superen el puntaje mínimo de precalificación o los requisitos excluyentes establecido a tal fin en dicho artículo.- ASIMISMO, SE DEJA EXPRESA CONSTANCIA QUE NO SERÁN TENIDAS EN CUENTA AQUELLAS OFERTAS DE EMPRESAS QUE HUBIERAN TENIDO RESCISIÓN CULPOSA UNILATERAL POR PARTE DE CUALQUIERA DE LOS ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN (TANTO DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL, COMO ENTES DESCENTRALIZADOS, EMPRESAS AUTÁRQUICAS, ETC.) Y/O CUALQUIERA DE OTRAS JURISDICCIONES.- A efectos de la precalificación, todos los oferentes están obligados a suministrar la información adicional que la Comisión de Evaluación considere necesaria, pero de ningún modo las propuestas y sus presentaciones podrán ser modificadas.- Una vez que los antecedentes de las empresas oferentes hayan sido evaluados por parte del E.P.E.N., éste informará en forma fehaciente la Resolución de la Evaluación del Sobre “A” a las empresas oferentes, y comunicará a las mismas el día y hora de la apertura de los Sobres “B”, con una anticipación de tres (3) días hábiles.- El dictamen de la Comisión de Evaluación será inapelable y determinará cuales de las empresas han superado la etapa de precalificación. Todas las empresas precalificadas quedarán habilitadas para la apertura de los Sobres “B” que contienen la propuesta económica.- Los Sobres “A” y “B” de aquellos oferentes que no hayan superado la precalificación serán devueltos a los oferentes, quienes dispondrán para retirarlos de un plazo de diez (10) días corridos contados a partir de la notificación del resultado de la precalificación, transcurrido el cual serán destruidos.-

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c) Apertura del Sobre “B”: Las propuestas de los oferentes que hayan superado la etapa de precalificación técnico - financiera serán abiertas en el lugar, fecha y hora que al efecto se les comunicará a todos los oferentes.- Para este acto de apertura se seguirán las mismas formalidades descriptas en el punto a) para la apertura de los Sobres “A”. En la fecha y horario establecidos al efecto, se dará apertura a los Sobres “B” con las propuestas económicas, labrando el Acta correspondiente.-

23.5 Mecanismo de Precalificación de Oferentes

Los Oferentes serán evaluados y preseleccionados evaluando los antecedentes solicitados en el artículo 22º de las Disposiciones Complementarias en base al criterio que se establece en el presente apartado. Cualquier observación o aclaración que los oferentes consideren oportuno efectuar respecto al criterio de precalificación, indefectiblemente deberá ser efectuada antes de la apertura de los sobres “A”, dentro de los plazos establecidos en el artículo 3º de la Sección IV (Pliego Particular de

Condiciones de la Obra – Parte A: Condiciones Administrativas y Legales). Si así no lo

hicieran, se entenderá que los oferentes prestan su total conformidad al criterio de

precalificación, no aceptándose reclamos posteriores en relación al criterio de

precalificación.-

El E.P.E.N. designará una Comisión de Evaluación que será la encargada de evaluar los

antecedentes contenidos en los Sobres “A”, a efectos de precalificar a los oferentes. La

evaluación se efectuará conforme al siguiente criterio:

Puntaje General: Sin perjuicio de los requisitos excluyentes que se establecen para cada tipo de antecedentes en particular, para resultar precalificados los oferentes (Empresas individuales o U.U.T.T.E.E.) deberán superar en la calificación general el puntaje mínimo exigido de setenta y cinco (75) puntos. El puntaje general de cada

oferente (PO) se obtendrá en base a la siguiente fórmula:

PO = 0,33 x AE + 0,34 x AT + 0,33 x AF

Donde AE es el puntaje obtenido en los Antecedentes Empresarios, AT es el puntaje obtenido en los Antecedentes Técnicos y AF es el puntaje obtenido en los Antecedentes Financieros.- I) Antecedentes Empresarios:

Este rubro (AE) será calificado con un máximo de cien (100) puntos. En el caso de las Uniones Transitorias de Empresas, los antecedentes empresarios deberán ser cumplidos al menos por el integrante de mayor participación, cuyo puntaje es el que se otorgará a la U.T.E. en este Rubro. El puntaje se determinará de acuerdo al siguiente criterio:

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- Si la experiencia promedio del plantel (personal propio) Gerencial y de

Profesionales responsables de los sectores relacionados con la ejecución de la obra es mayor a 10 años, se calificará con treinta y cinco (35) puntos. Si la experiencia demostrada es menor a 10 años y mayor a 5 años, se calificará con veinte (20) puntos. Si la experiencia promedio es menor a 5 años, la calificación será de cero (0) puntos.-

- Si la empresa cuenta con la totalidad del equipamiento descripto de su

propiedad, será calificada con treinta y cinco (35) puntos. Si la empresa es propietaria de más de un 50% del equipamiento indicado (porcentaje calculado sobre el valor estimado de los equipos necesarios), será calificada con veinte (20) puntos. Con propiedad de equipamiento menor al 50 %, la calificación será de cero (0) puntos.-

- Si el promedio mensual de la capacidad de producción durante el período

solicitado (últimos treinta y seis meses) supera al cociente entre el monto de la obra y el plazo de la misma en meses, la empresa será calificada con treinta (30) puntos. Si el promedio mencionado es superior a la mitad de dicho cociente, otorgarán quince (15) puntos. Si no se alcanza dicho valor no se otorgará puntaje por este concepto.-

II) Antecedentes Técnicos:

Estos antecedentes serán calificados con un MÁXIMO de 100 (Cien) puntos. En el caso de las Uniones Transitorias de Empresas, los antecedentes técnicos deberán ser cumplidos al menos por el integrante de mayor participación, cuyo puntaje es el que se otorgará a la U.T.E. en este Rubro.- Resulta de plena validez la causal de rechazo de la oferta establecida en el artículo 22° de las Disposiciones Complementarias. En caso que la oferta resulte admisible, la calificación del oferente se determinará del siguiente modo: - Si el monto total actualizado (en base al Índice Costo de la Construcción Nivel

General del INDEC) de las obras análogas presentadas iguala o supera al triple del monto del presupuesto oficial, se le asignará un puntaje de cincuenta (50) puntos. Si dicho monto actualizado iguala o supera al doble el presupuesto oficial, se le asignará un puntaje de veinte (20) puntos. Si no supera dicho valor no se le asignará puntaje.-

- Si el monto total actualizado (en base al Índice Costo de la Construcción Nivel General del INDEC) de las obras análogas presentadas ejecutadas en la Provincia de Neuquén iguala o supera al doble del monto del presupuesto oficial, se le asignará un puntaje de cincuenta (50) puntos. Si dicho monto actualizado iguala o supera al presupuesto oficial, se le asignará un puntaje de treinta (30) puntos. Si no supera dicho valor no se le asignará puntaje.-

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III) Antecedentes Financieros:

Estos antecedentes serán calificados con un MÁXIMO de 100 (Cien) puntos. La asignación de puntaje se realizará sobre la base de la información obtenida de los Estados Contables correspondientes a los últimos 3 (tres) ejercicios. Para que los oferentes superen la etapa de precalificación será requisito excluyente que los oferentes cumplan con los valores límites establecidos para cada indicador financiero.- En el caso de Unión Transitoria de Empresas, cada una de las empresas componentes deberá cumplir individualmente en forma satisfactoria con la totalidad de los valores límites. Caso contrario la UTE no será admitida.- El puntaje a otorgar a la UTE será el resultado de aplicar a los puntajes individuales, igual proporción a la de su participación en la UTE. Dicha proporción se debe informar al solicitar el Certificado de Habilitación ante el Consejo Provincial de Obras Públicas.- Para determinar el puntaje sobre los tres últimos Estados Contables, se procederá a calcular cada uno de los índices que se detallan en la TABLA DE ÍNDICES Y PUNTAJES. Una vez calculados los índices, se determinará el puntaje total para cada Estado Contable, el cual se calculará efectuando la sumatoria de los puntajes obtenidos de cada indicador calculados según la TABLA DE INDICES Y PUNTAJES (según la Tabla y Planilla obrantes al final del presente artículo).- El puntaje final de este rubro (AF) se obtendrá ponderando los puntajes totales obtenidos de cada uno de los tres Estados Contables con la siguiente fórmula:

AF = 0,60 X + 0,20 Y + 0,20 Z

X: Es la sumatoria de los puntajes obtenidos según la escala aplicada a los índices del último Estado Contable.-

Y: Es la sumatoria de los puntajes obtenidos según la escala aplicada a los índices del anteúltimo Estado Contable.-

Z: Es la sumatoria de los puntajes obtenidos según la escala aplicada a los índices del antepenúltimo Estado Contable.- Cuando algún índice no pueda ser determinado por falta de exposición de algún rubro (o por ser esta técnicamente inadecuada), el puntaje a otorgar es de 0 (cero) puntos en el mismo.- Sin perjuicio del puntaje total exigido, serán requisitos excluyentes para superar la precalificación obtener un puntaje mínimo de setenta y cinco (75) puntos en este rubro (AF) y que los índices sobre el último Estado Contable cumpla con cada uno de los siguientes valores:

1) Solvencia = Activo Total / Pasivo Total 1,40

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2) Liquidez Corriente = Activo Corriente / Pasivo Corriente > 1,15

3) Prueba Ácida = Activo Líquido / Pasivo Corriente 0,60

4) Endeudamiento Total = Pasivo Total / Patrimonio Neto 1,60

5) Rentabilidad Capital Propio = Resultado Final del Ejercicio / Patrimonio Neto = Positivo

6) Rentabilidad Ingresos Totales = Resultado Final del Ejercicio / Ingresos Totales

= Positivo

7) Endeudamiento Corto Plazo = Pasivo Corriente/Patrimonio neto 0,95 La asignación de puntajes se realizará como se detalla a continuación:

Í N D I C E S

1) SOLVENCIA = (ACTIVO TOTAL / PASIVO TOTAL)

Desde Hasta Concepto Puntaje

< 1,30 1,30 Malo 2,00

1,31 1,40 Regular 8,00

1,40 1,60 Bueno 15,00

1,61 1,90 Muy Bueno 18,50

1,91 > 1,91 Óptimo 20,00

2) LIQUIDEZ CORRIENTE = ACTIVO CORRIENTE / PASIVO CORRIENTE

Desde Hasta Concepto Puntaje

< 1,00 1,00 Malo 2,00

1,01 1,15 Regular 8,00

1,15 1,30 Bueno 15,00

1,31 1,50 Muy Bueno 18,50

1,51 > 1,51 Óptimo 20,00

3) PRUEBA ÁCIDA = ACTIVO LÍQUIDO / PASIVO CORRIENTE

Desde Hasta Concepto Puntaje

< 0,50 0,50 Malo 2,50

0,51 0,60 Regular 6,00

0,61 0,80 Bueno 15,00

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0,81 0,95 Muy Bueno 18,50

0,96 > 0,96 Óptimo 20,00

4) ENDEUDAMIENTO TOTAL = PASIVO TOTAL / PATRIMONIO NETO

Desde Hasta Concepto Puntaje

> 1,71 1,71 Malo 2,50

1,70 1,61 Regular 5,00

1,60 1,51 Bueno 10,00

1,50 1,00 Muy Bueno 12,50

0,99 < 0,99 Óptimo 15,00

5) RENTA NETA SOBRE CAPITAL PROPIO = RESULTADO FINAL DEL EJERCICIO / PATRIMONIO NETO

Ratio Concepto Puntaje Negativo Malo 1 Positivo Bueno 8

6) RENTA NETA SOBRE INGRESOS = RESULTADO FINAL DEL EJERCICIO / INGRESOS TOTALES

Ratio Concepto Puntaje Negativo Malo 1 Positivo Bueno 8

7) ENDEUDAMIENTO CORTO PLAZO = PASIVO CORRIENTE / PATRIMONIO NETO

Desde Hasta Concepto Puntaje

> 1,01 1,01 Malo 1,00

1,00 0,96 Regular 2,00

0,95 0,86 Bueno 4,00

0,85 0,80 Muy Bueno 6,00

0,79 < 0,79 Óptimo 9,00

Nota Aclaratoria: Índice Prueba Ácida. Se entenderá por Activo Líquido a la sumatoria de los rubros integrantes del Activo Corriente, excluidos de bienes de cambio.-

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PLANILLA DE CÁLCULO DE ÍNDICES Y DETERMINACIÓN DE PUNTAJES Los índices deberán calcularse conforme a la planilla que se describe a continuación, la que deberá estar certificada por Contador Público Nacional e intervenida por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas:

ESTADOS CONTABLES X % Y % Z %

ACTIVO:

CAJA Y BANCOS

CUENTAS A COBRAR

OTROS ACTIVOS

BIENES DE CAMBIO

TOTAL ACTIVO CORRIENTE

INVERSIONES

BIENES DE USO

OTROS ACTIVOS

TOTAL ACTIVO NO CORRIENTE

TOTAL ACTIVO 100% 100% 100%

PASIVO:

DEUDAS BANCARIAS

DEUDAS COMERCIALES

CARGAS FISCALES

REMUNERACIONES

OTRAS DEUDAS

TOTAL PASIVO CORRIENTE

DEUDAS BANCARIAS

OTRAS DEUDAS

TOTAL PASIVO NO CORRIENTE

TOTAL PASIVO

TOTAL PATRIMONIO NETO

TOTAL PAS+PATR.NETO 100% 100% 100%

INGRESOS TOTALES

RESULTADO FINAL DEL EJERCICIO

CÁLCULOS SEGÚN TABLA DE INDICES Y PUNTAJE INDICES PUNTAJE INDICES PUNTAJE INDICES PUNTAJE

SOLVENCIA = ACTIVO TOTAL / PASIVO TOTAL LIQUIDEZ CORRIENTE = ACTIVO CORRIENTE / PASIVO CORRIENTE

PRUEBA ÁCIDA = ACTIVO LÍQUIDO / PASIVO CORRIENTE ENDEUDAMIENTO TOTAL = PASIVO TOTAL / PATRIMONIO NETO RENTABILIDAD CAPITAL PROPIO = RESULTADO FINAL / PATRIMONIO NETO RENTABILIDAD INGRESOS TOTALES = RESULTADO FINAL / INGRESOS TOTALES

ENDEUDAMIENTO CORTO PLAZO = PASIVO CORRIENTE / PATRIMONIO NETO

PUNTAJE TOTAL

23.6 Impugnaciones

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Resulta de aplicación el Decreto Provincial n° 0891/94, cuyo Artículo Primero establece:

“INCORPÓRASE como apartado 13) - del Artículo 13° del Decreto Reglamentario n° 108/72 de la Ley de Obras Públicas N° 0687, el siguiente texto: "Cuando en cualquier instancia de un trámite licitatorio, un oferente o tercero interesado pretenda impugnar cualquier aspecto del mismo o la propuesta realizada por otro oferente, deberá acompañar con su presentación el comprobante de haber garantizado la misma mediante el depósito en efectivo de una suma equivalente al uno por ciento (1%) del monto del Presupuesto Oficial asignado a la Obra de que se trate, en la Cuenta Oficial que a tal efecto se indicará en el Pliego Licitatorio.- Cuando en una misma presentación se formulen impugnaciones sobre distintos aspectos o sobre las propuestas de diferentes oferentes, deberá garantizarse cada una de ellas, de acuerdo a lo establecido en el párrafo anterior.- En ningún caso, el importe a depositar para garantizar la presentación de cada impugnación podrá ser inferior a la suma de pesos dos mil ($ 2.000).- Cuando la impugnación se hubiere realizado durante el acto de apertura de ofertas, la Administración la tendrá por firme si, dentro de las 48 hs. (cuarenta y ocho horas) de realizada, el impugnante presenta la constancia de haberla garantizado en los términos establecidos en el primer párrafo.- La Administración procederá a devolver los depósitos de garantía efectuados que correspondan a aquellas impugnaciones que hayan sido resueltas favorablemente, dentro de los quince (15) días de dictado el respectivo acto administrativo. Los importes serán reintegrados a su valor nominal, sin que corresponda ningún tipo de resarcimiento o compensación de ninguna naturaleza.- Los importes de los depósitos de garantía que correspondan a aquellas impugnaciones que se resuelvan desfavorablemente, serán transferidos a la cuenta correspondiente a Rentas Generales en el plazo referido en el párrafo anterior".-

Los Depósitos mencionados deberán efectuarse en la Cuenta 119/2 del Banco

Provincia del Neuquén – Sucursal Rivadavia - Fondos de Terceros E.P.E.N..-

Artículo 24º: PROYECTO EJECUTIVO - PLANOS La documentación del Proyecto Ejecutivo a elaborar por la Contratista deberá cumplir como mínimo con los requisitos enumerados en el Pliego Licitatorio y lo que indicará oportunamente el Inspector a requerimiento del Contratista.- No se aceptarán presentaciones parciales, salvo en aquellos casos en que las Especificaciones Técnicas lo permitan. Será obligación del Contratista ejecutar el Proyecto en su totalidad como requisito previo al pago del resto de los ítems. Las modificaciones de criterios deberán ser presentadas al Inspector quedando a su solo juicio la aceptación de las propuestas.-

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Las tareas previstas en este artículo serán básicamente las descriptas a continuación, entendiéndose que la lista no es limitativa ya que el Contratista estará obligado a elaborar, a pedido del Inspector, todas las memorias, cálculos y planos necesarios a los efectos de lograr la correcta ejecución de las Obras y su posterior explotación.- El Contratista deberá elaborar un Listado o Elenco de la documentación a producir que someterá a la aprobación del Inspector.- El diseño de los rótulos a emplear, como así también la metodología para la numeración e identificación de la documentación, será entregado por el Inspector.- La documentación contendrá toda la información de detalle necesaria en una escala apropiada y con los cortes y vistas suficientes para mostrar con claridad el trabajo del que son objeto.- Todos los planos deberán ser adecuadamente controlados antes de su presentación.- El cronograma de entrega de documentación técnica para aprobación deberá elaborarse atendiendo:

- Que la presentación de cada documentación deberá seguir un orden tal que permita disponer de suficiente información previa para analizarla.-

- La presentación deberá efectuarse con la necesaria anticipación de manera

de permitir el cumplimiento del procedimiento de aprobación indicado en el Artículo 25° sin obstaculizar el normal desenvolvimiento de los trabajos en los plazos estipulados.-

Deberá incluir en la Oferta una versión preliminar del Elenco General de documentación a efectos de verificar el alcance y profundidad que el Oferente brinda a esta tarea. También incluirá un cronograma de ejecución de Ingeniería de Detalle de acuerdo a las pautas de las presentes Especificaciones, cuyo plazo total no abarcará más allá de dos (2) meses. En el mismo deberán volcarse las fechas de entregas parciales de documentación para aprobación del Inspector.- La versión definitiva deberá ser entregada por el Contratista conjuntamente con la presentación del Plan de Trabajos que someta a aprobación del Inspector.- Al inicio del Proyecto, se efectuará una reunión de trabajo entre la Contratista, el Inspector y personal designado por las Gerencias de Transmisión y de Distribución del EPEN, para acordar detalles de la elaboración del Proyecto así como otros aspectos formales (simbología, numeración de documentos etc.) que permitan que la documentación técnica elaborada se ajuste a los lineamientos ya establecidos en el E.P.E.N.- Antes de comenzar cualquier fabricación o trabajo, la Contratista deberá tener los correspondientes documentos técnicos aprobados. Cualquier trabajo efectuado con anterioridad será a su riesgo.- Las copias de los planos serán nítidas y bien legibles, en líneas oscuras sobre papel blanco.- Todos los planos deberán dibujarse de acuerdo con las indicaciones de la última edición del Manual de Normas de Dibujo Técnico de IRAM. Adicionalmente a las citadas

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indicaciones, la confección de los planos deberá ejecutarse ajustándose a especificaciones a acordar.- El rótulo de los planos y otros documentos técnicos deberá ubicarse en el ángulo inferior derecho de la hoja de dibujo. La Contratista colocará un rótulo que en la parte superior contendrá el membrete del Comitente. Por sobre éste se dispondrán los renglones de constancia de las revisiones.- Arriba del rótulo así integrado, deberá dejarse un espacio en blanco no inferior a 7 cm. que permita la colocación de los sellos de calificación del plano por parte del Inspector.- El título del plano deberá ser lo suficientemente explícito del tema específico que trata el mismo, escrito con caracteres que lo resalten dentro del rótulo y en idioma castellano.- En los casos de planillas, memorias de cálculo, planos de tamaños A3 o menores y cualquier otra documentación técnica que conste de más de una hoja, se deberá colocar el mismo rótulo solo en la primera hoja de cada documento, pudiendo en las hojas sucesivas colocar un rótulo más simplificado.- Los planos se numerarán en forma correlativa mediante un código. En cada plano deberá indicarse el número y concepto de cada modificación hecha en el mismo y, cuando corresponda, en el rótulo deberá figurar el número del plano reemplazado.- Los elementos de cada parte se especificarán en listas de materiales donde deberán detallarse material, dimensiones generales, presión y temperatura de servicio (si es aplicable), normas a que respondan y todo otro tipo de información que permita su correcta individualización.- Las leyendas se escribirán en castellano. Todas las unidades y dimensiones se expresarán en el Sistema Métrico Legal Argentino. Todas las dimensiones (acotaciones) señaladas en los planos se considerarán correctas, aunque se efectúen mediciones a escala que arrojen otros valores.- En general, los formatos, elementos gráficos y plegado estarán acordes con la Norma IRAM 4504. El módulo de plegado será el formato A4 y en cuanto a los tamaños, se preferirán el formato mencionado para memorias y cálculos y el formato A3 para los planos.- En forma excepcional, tal como las planimetrías, altimetrías, etc. donde deban utilizarse formatos extraordinariamente largos, se admitirán los siguientes formatos:

n . A4= 297 x (n . 210) mm n . A3= 420 x (n . 297) mm

Serie derivada Formato final

mm Hoja sin recortar

mm Margen para

recuadro mm

Derivados de A4

A4 297 x 210 330 x 240 10

A3 297 x 420 330 x 450 10

3 . A4 297 x 630 330 x 660 10

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Serie derivada Formato final

mm Hoja sin recortar

mm Margen para

recuadro mm

4 . A4 297 x 841 330 x 880 10

5 . A4 297 x 1051 330 x 1090 10

Derivados de A3

A3 297 x 420 330 x 450 10

A2 420 x 594 450 x 625 10

3 . A3 420 x 891 450 x 930 10

4 . A3 420 x 1189 450 x 1230 10

Los planos se realizarán en programa AUTOCAD versión 2000. En oportunidad de la presentación de los originales, se entregarán todos los archivos de planos con la extensión “dwg”.- En general toda la documentación del proyecto como planillas, memorias de cálculo, etc., se presentará bajo el programa de Excel para Windows (con todas las fórmulas activadas y disponibles en las hojas en oportunidad de presentación de los originales) y en el procesador de texto Word para Windows.- Si bien el Contratista deberá ejecutar el Proyecto en su totalidad, el E.P.E.N. podrá facilitar al Contratista los originales en soporte magnético de la documentación existente para que la corrobore con sus mediciones de campo y vuelque las modificaciones aprobadas sobre la misma. Ésta pasará a formar parte de la Documentación Conforme a Obra.-

SI EXISTIERAN DIFERENCIAS ENTRE LA DOCUMENTACIÓN DEL PLIEGO Y EL

PROYECTO EJECUTIVO QUE EL CONTRATISTA ELABORE, PRESENTE Y HAYA

APROBADO EL EPEN, AQUEL NO TENDRÁ DERECHO A SOLICITAR EL

RECONOCIMIENTO DE ADICIONAL ALGUNO BASADO EN ESTA CIRCUNSTANCIA,

SALVO QUE EL PRETENDIDO ADICIONAL SEA RECLAMADO AL MOMENTO DE

PRESENTAR EL PROYECTO, CON INDICACIÓN CLARA Y PRECISA DE

CONCEPTOS, CANTIDADES Y MONTOS. SI ASI NO LO HICIERA, SE ENTENDERÁ

QUE LAS DIFERENCIAS SERÁN SOPORTADAS TOTALMENTE POR EL

CONTRATISTA, SIN CARGO ALGUNO PARA EL E.P.E.N.

Artículo 25º: EVALUACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA

A) Presentación

El Contratista entregará cuatro (4) copias impresas de cada plano o documentación que presente para su aprobación.-

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Dentro de los veinte (20) días el Inspector le devolverá una (1) copia con la leyenda "Aprobado", "Aprobado con Observaciones", "Devuelto para Corrección" o "Rechazado".- Se definen los términos anteriores a saber:

- Aprobado: El documento se considera APROBADO estando de acuerdo con

las especificaciones. El Contratista está autorizado a efectuar los trabajos detallados en el documento.- La aprobación está referida a los criterios básicos y disposición general, siendo responsabilidad del Contratista todo lo referente a la exactitud de medidas, cantidades, calidad de material, y diseño.-

- Aprobado con Observaciones: El documento está APROBADO CON

OBSERVACIONES en su aspecto y criterio general pudiendo el Contratista comenzar la fabricación o ejecución de los trabajos correspondientes a todo aquello que no ha sido modificado y/u observado.- El Contratista deberá efectuar las correcciones correspondientes en el documento y presentarlo nuevamente para su aprobación.- El objeto de esta calificación del documento tiene por finalidad evitar atrasos al Contratista en la ejecución de los trabajos o fabricación de los elementos.

- Devuelto para Corrección: El documento no está aprobado, no pudiendo el

Contratista comenzar la fabricación o ejecución de los trabajos correspondientes.- El Contratista deberá efectuar las correcciones correspondientes en el documento y presentarlo nuevamente para su aprobación.-

- Rechazado: El documento no responde a los requerimientos del Inspector y/o

a la especificación, o evidencia una falta de control en la confección del mismo, no siendo función del Inspector la marcación de la totalidad de las correcciones.- El Contratista deberá ejecutar un nuevo documento que se ajuste a las especificaciones y requerimientos presentándolo nuevamente para su aprobación.- El documento que ha sido rechazado se considera como no presentado en cuanto a cumplimiento de plazos.- Toda nueva presentación de un documento para aprobación, deberá cumplir la exigencia de cantidad especificada de copias señalado anteriormente, indicando la zona revisada circunvalada con un trazo, dentro o adjunto al cual deberá figurar un triángulo con la letra o número de la revisión correspondiente.- Esta presentación deberá efectuarse dentro de los siete (7) días de haber recibido los documentos observados.-

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Una vez aprobado un documento el Contratista no podrá introducir modificaciones de ningún tipo ni desviarse de las indicaciones y especificaciones en él señaladas, a menos que el Inspector lo autorice por escrito. Sin perjuicio de lo antedicho el Contratista podrá modificar pequeños detalles y corregirá cualquier error que se encuentre a lo largo del desarrollo de los trabajos.- En ambos casos el Contratista deberá someter nuevamente los documentos a la aprobación del Inspector.-

B) Alcances de la Aprobación

La aprobación que acuerde el Inspector implica que este no tiene objeciones sobre el documento presentado.

Tal aprobación no relevará al Contratista ni a su Representante Técnico de sus

obligaciones y responsabilidades profesionales (que serán plenas), ni lo exculpará

de una eventual falta de veracidad de los documentos, ni lo eximirá de sus

garantías contractuales. Antes de comenzar cualquier fabricación o trabajo el Contratista deberá tener los correspondientes documentos aprobados. Cualquier trabajo efectuado con anterioridad será a su riesgo.

Artículo 26º: PLANOS CONFORME A OBRA El presente complementa Art. 32° del Pliego Particular de Condiciones de la Obra (Sección IV – PARTE A).- Los requerimientos técnicos particulares de los planos Conforme a Obra (CAO) son los

que se incluyen en la Sección IV – PARTE B, Especificaciones Técnicas Particulares.- En general se integrarán a los CAO todos los documentos generados durante el Proyecto de Detalle y ejecución de la Obra.- Los planos correspondientes a instalaciones y/o partes de la Obra que quede oculta (fundaciones, estructuras de techo, cañeros, armaduras de estructuras, etc.) deberán ser confeccionados mientras se ejecutan o antes de quedar ocultos y entregados al Inspector en un plazo no mayor a los 10 (diez) días corridos posteriores a la conclusión de cada rubro. Ello es así a los efectos de garantizar fidelidad del plano con respecto a lo ejecutado. El hecho de no cumplir con este requisito en tiempo y forma, impedirá la certificación del ítem correspondiente.-

Artículo 27º: EQUIPO DE OBRA El equipo mínimo que se ha previsto utilizar para cada tarea en el Plan de Trabajos, deberá ser presentado a la Inspección para su aprobación con una anticipación de diez (10) días a la fecha de iniciación programada para la tarea. No podrá retirar el equipo de la Obra sin la autorización previa de la Inspección.- El equipo propuesto por el

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Contratista en el Plan de Trabajos es mínimo, y deberá ser modificado y/o aumentado toda vez que la Inspección verifique que con el mismo no es factible el cumplimiento de los plazos contractuales.-

Artículo 28º: TRANSPORTE Toda manipulación y transporte de los materiales hasta su lugar de instalación se

realizará únicamente bajo la supervisión y responsabilidad del Contratista.- Deberá acondicionar todos los materiales para su transporte y almacenaje de tal forma que queden protegidos contra daños, robos y deterioros; y será único responsable de cualquier daño resultante de un inadecuado acondicionamiento, debiendo efectuar las reparaciones y/o reposiciones que sean necesarias a satisfacción de la Inspección.-

Esta responsabilidad y cargo del Contratista se extiende durante el plazo de Garantía para el envío y reenvío de partes y equipos a reparar, así como de planos y documentos de la obra.-

Artículo 29º: MATERIALES A PROVEER POR EL EPEN El E.P.E.N. proveerá el Conductor AL/AC 150/25mm², la Morceteria y los Aisladores los cuales serán entregados por el EPEN en un predio a designar en la Localidad de Villa La Angostura.- El resto de la totalidad de los materiales y equipos necesarios para ejecutar la obra serán provistos por el Contratista..- Además del montaje, el Contratista tendrá a su cargo todas las operaciones de carga, descarga y traslados necesarios para llevar estos materiales desde el lugar de entrega hasta su emplazamiento definitivo. Los gastos que esto ocasione, se considerarán incluidos en los correspondientes ítems de montaje.- La entrega de los materiales se efectivizará con anticipación suficiente al momento de su utilización en obra, de acuerdo a lo establecido en el Plan de Trabajos aprobado. A tal efecto se labrará un ACTA con la intervención conforme de las partes.- El Contratista, luego de haber recibido conforme los materiales, se constituye en depositario legal de los mismos, siendo el único responsable de su conservación y vigilancia.- A tal fin, se labrará el Constituto Posesorio correspondiente según modelo adjunto en el presente pliego. Los montos de los seguros allí solicitados se calcularán utilizando los precios de compra de los materiales según el antecedente licitatorio del E.P.E.N., actualizado según la modalidad que establezcan los pliegos de compra de los mismos.- Si no hubiese reclamo alguno, firmado y por escrito, por parte del Contratista, en el momento de recibir los elementos a suministrar por el E.P.E.N., se entenderá que los mismos están en perfectas condiciones.-

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Los gastos por reacondicionamiento, rebobinado y/o reconstrucción de embalajes que pudiesen ser necesarios, correrán por cuenta del Contratista y se los considerará prorrateados entre los ítem de la propuesta.-

IMPORTANTE: Será obligación del Contratista devolver en el mismo lugar de donde

los retiró, aquellos materiales provistos por el EPEN que no hubieran sido

utilizados en la obra. El incumplimiento de este requisito impedirá la emisión del

certificado final de obra.-

Cualquier tipo de rotura o extravío de los materiales provistos por el EPEN correrá

por cuenta del Contratista, no admitiéndose ningún tipo de tolerancia por roturas

durante el montaje.-

Si el Contratista no reintegrara la totalidad de los materiales sobrantes, su costo se

descontará del certificado final al valor al que fueron adquiridos por el E.P.E.N..-

Artículo 30º: SERVICIOS A PROVEER POR EL CONTRATISTA Replanteo, Planialtimetría, confección del proyecto ejecutivo, Licencia Ambiental y demás habilitaciones y permisos ambientales necesarios del proyecto y la obra, la provisión de materiales y transporte hasta el lugar de instalación, la construcción de las obras civiles, mecánicas y eléctricas, el montaje completo, desmontaje, acopio, transporte y descarga de las instalaciones dejadas fuera de servicio, pruebas, ensayos, puesta en servicio y mantenimiento durante el periodo de garantía de la Obra objeto de la presente licitación.-

Artículo 31º: TRABAJOS NO PREVISTOS La descripción de los trabajos citados en el presente pliego deberá considerarse enunciativa, no enumerativa, debiendo las obras entregarse completas y en condición de habilitarse.- El Contratista ejecutará los trabajos en forma tal que resulten enteros, completos y adecuados a su fin, según se infiere de los planos y de las especificaciones.- Todos los trabajos, detalle o materiales no indicados en planos o pliegos y que se considere necesario o indispensable ejecutar o proveer, serán realizados o provistos por el Contratista a efectos de lograr la correcta y total terminación de las obras, sin que por ello tenga derecho a percibir el pago de adicional alguno.-

Artículo 32º: DECRETO PROVINCIAL N° 2700/2000 MEJORA DE OFERTAS

IGUALMENTE CONVENIENTES

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Resulta de aplicación lo establecido en el artículo 7° del Decreto N° 2700/2000, que reglamentó el artículo 19° de la Ley Provincial N° 0687 de Obras Públicas en los siguientes términos:

"Además de otras consideraciones que la Administración tenga en cuenta para determinar que dos ofertas resultan igualmente convenientes y en paridad de condiciones, deberá también considerar las cotizaciones de empresas, profesionales y técnicos neuquinos que ofreciendo precios con una diferencia que no supere en más de un cinco (5) por ciento a la propuesta de menor monto, siendo ésta de un oferente no neuquino, para llamarlas a mejora de ofertas. La solicitud de mejora de oferta se realizará dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de la apertura de ofertas para que, por única vez, y dentro de un plazo de cinco (5) días, puedan igualar la mejor oferta, en cuyo caso se adjudicará a la empresa neuquina.- Si la invitación a mejorar ofertas comprendiera a más de un oferente y, como consecuencia de ello, más de uno optara por igualar a la mejor oferta, la contratación se resolverá, de entre ellos, a favor de aquel cuya oferta original haya sido la más próxima a la que se está igualando.- El margen del cinco (5) por ciento se reducirá a razón del 1% anual a partir del sexto (6°) año de vigencia del presente decreto".-

Artículo 33º: SERVICIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

El presente artículo, complementa el Procedimiento PLI-SySO-14. El Contratista deberá notificar al E.P.E.N., a los treinta días de iniciado el Contrato, el o los nombres del Responsable del Servicio de Prevención de Riesgos, sea éste Interno o Externo, en los términos de las Leyes N° 19587 Decreto 351/79 de Higiene y Seguridad en el Trabajo y N° 24557 de Riesgos del Trabajo, obligándose a realizar fehacientemente idéntica notificación toda vez que se produjera cambio del Responsable.-

Artículo 34º: PREVENCIÓN DE DAÑOS AMBIENTALES Y SEGURIDAD PÚBLICA Complementando lo normado en la Cláusula 2: “Política Ambiental” de la SECCIÓN IV – PARTE B, Especificaciones Técnicas, el Contratista se obliga a la observancia de la normativa legal vigente a nivel Nacional, Provincial y Municipal que sea de aplicación en el ámbito de la Obra a ejecutar en todas sus actividades y los eventos que pudieren ocurrir en materia de protección ambiental.- El Contratista elaborará y presentará a aprobación del Inspector, una Memoria de Gestión Ambiental. Previo a la ejecución de cualquier actividad de montaje, el Contratista deberá haber obtenido la aprobación del Inspector de la citada memoria.-

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Las demandas y/o reclamaciones de orden administrativo y/o judicial originadas en daño ambiental en ocasión de la ejecución de este Contrato, serán de exclusiva responsabilidad y asumidas por el Contratista.- Con el fin de prevenir todo daño al público, originado en las obras, tareas y/o actividades objeto de este Contrato, la Contratista se obliga a mantener una vigilancia preventiva sobre las instalaciones y movimientos de vehículos, maquinaria y personal que pudieran interferir con la seguridad pública y los bienes de terceros o que pudieran ser pasibles de contacto inocente e inadvertido por terceros, siendo de su exclusiva responsabilidad todo reclamo por daños en el fuero Civil y Penal.- Para la obtención de la Recepción Provisional de la Obra, deberá presentar ante el Inspector, un Certificado o Constancia de la Deposición Final de los Residuos Especiales extendido por empresa competente.-

Artículo 35º: POLÍTICA AMBIENTAL Y PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL El Contratista tendrá la responsabilidad y obligación de conocer y aplicar la Política Ambiental del E.P.E.N. En particular dará cumplimientos a los procedimientos que el E.P.E.N. elabora según su propio Plan de Gestión Ambiental. Estos procedimientos serán entregados por el Inspector.-

El Contratista elaborará y presentará a aprobación del Comitente, una memoria de

Gestión Ambiental, particularizando las actividades de cada capítulo de las obras a ejecutar, procedimientos e instructivos.- Previo a la ejecución de cualquier actividad de montaje, el Contratista deberá haber obtenido la aprobación del Inspector de la citada memoria.- El Contratista deberá presentar las constancias de deposición final de los residuos especiales.- El EPEN en el transcurso de la ejecución de la obra realizará auditorias de control.- Las desviaciones o “No conformidades” a los procedimientos detectados por la auditoria deberán ser corregidas en plazos a determinar por la auditoria y/o inspección de la obra, siendo pasible de penalizaciones su no cumplimento.-

Artículo 36º: LEY N° 2184 SOBRE PATRIMONIO HISTÓRICO, ARQUEOLÓGICO Y

PALEONTOLÓGICO

El Contratista deberá observar las previsiones sobre las disposiciones de la Ley N° 2184 sobre Patrimonio Histórico, Arqueológico y Paleontológico.-

Artículo 37º: NACIONALIDAD Y PROCEDENCIA DEL PERSONAL OBRERO Resulta de aplicación la Ley Provincial n° 2750 - PRIORIDAD DE CONTRATACIÓN DE MANO DE OBRA LOCAL, la cual establece:

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“Art. 1°: En todas aquellas obras públicas que realice la Provincia – en el marco de la Ley 687 - por intermedio de sus reparticiones centralizadas o descentralizadas, autónomas o autárquicas, empresas o sociedades anónimas estatales o mixtas, por concesiones a terceros o por entidades de bien público, cualquiera será el origen de los fondos que se inviertan, deberá regir el principio de prioridad de contratación de mano de obra local.- Art. 2°: En los pliegos de especificaciones particulares o cualquier otro procedimiento o base de contratación deberá incluirse la siguiente cláusula de nacionalidad y procedencia del personal empleado en las obras públicas:

a) El ochenta por ciento (80%), como mínimo, deberá ser argentino nativo o naturalizado.-

b) El setenta por ciento (70%), como mínimo, deberá tener domicilio real y legal en la Provincia del Neuquén con una antigüedad de dos (2) años de residencia continuada en la misma.-

c) En los casos en que la obra se desarrolle en el interior de la Provincia se priorizará la mano de obra local.-

Art. 3°: Solo podrá variarse el porcentaje citado en aquellas obras:

a) Que por su naturaleza o técnica sólo pudieran ser ejecutadas necesariamente por personal u operarios especializados en la materia.-

b) Que deban confiarse a artistas, técnicos o científicos.- c) Que deban utilizarse patentes o privilegios exclusivos.-

Art. 4°: El Órgano de control de esta Ley será la Subsecretaría de Trabajo que, con la colaboración de las organizaciones gremiales afines a la obra pública, deberá requerir que los empleadores confecciones un listado del personal haciendo cumplir la premisa de priorizar la mano de obra local.- Art. 5°: La Subsecretaría de Trabajo deberá confeccionar un Registro Único de Trabajadores Locales Desempleados con el fin de incorporarlos en las obras públicas provinciales. Este Registro no generará orden de prelación a seguir. Deberá ser actualizado trimestralmente y de consulta obligatoria para los adjudicatarios y/o concesionarios”.-

Todo el personal y en particular los capataces, deberán conocer y utilizar en la obra el idioma nacional” (Decreto Nº 172/01)

Artículo 38º: PLANILLA DE DATOS TÉCNICOS GARANTIZADOS - ORDEN DE

PRELACIÓN DE LAS ESPECIFICACIONES DE CARÁCTER TÉCNICO

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El Oferente deberá presentar, completas y conformadas, las Planillas de Datos

Garantizados que forman parte del presente Pliego de Licitación en la SECCIÓN II –

PARTE E.- Atendiendo lo requerido, en las mismas deberá indicar nombre del fabricante del elemento o material, y una descripción completa del mismo.- Los valores que figuran en la Planilla de Datos Garantizados para cada tipo de material y componentes, serán considerados parte integrante de las Condiciones Técnicas de Adquisición. En las mismas se indicarán valores que el Oferente garantizará para el elemento o material ofrecido. En caso que el dato no sea compatible con el equipo, el Oferente marcará un trazo horizontal en la columna de los valores Ofrecidos. De no hacerlo se considerará omitido y no dará lugar derecho a reclamos ante homologaciones que se hagan de oficio o rechazo de la Oferta.- La columna de los valores Ofrecidos se completará con los valores garantizados reales de los equipos propuestos, independientemente que figure algún valor en la columna Pedido.- Si el ajuste posterior del proyecto de las obras exigiese modificaciones a los mismos, se presentarán a consideración del Inspector para su aprobación, juntamente con memorias explicativas, nuevas Planillas de Datos Garantizados.- El Contratista deberá tener en cuenta que aquellas características referidas a la calidad de los materiales y condiciones de servicio no podrán ser alteradas salvo para mejorarlas.- En caso de discrepancia entre especificaciones de carácter técnico, primará lo dispuesto en dicha documentación en el siguiente orden de prelación:

1. Pliego Particular de Condiciones Técnicas.

2. Valores exigidos por el E.P.E.N. en las Planillas de Datos Garantizados.

3. Valores consignados por el Contratista en las Planillas de Datos

Garantizados (excepto si se hubiera ofrecido mejorar las exigencias del

Pliego, en cuyo caso dichas mejoras deberán efectivizarse en la obra).

La eventual omisión de un Oferente de la presentación de las Planillas de Datos Técnicos Garantizados debidamente completas, podrá dar lugar al descarte de la propuesta por parte del E.P.E.N..- Donde exista incumbencia simultánea (y/o discrepancia) de Reglamentaciones Nacionales, Provinciales, Municipales o propias del ENTE PROVINCIAL DE ENERGÍA DEL NEUQUÉN con respeto a las tareas objeto del contrato, el Contratista deberá respetar indefectiblemente la norma más exigente de acuerdo con las condiciones locales.-

Artículo 39º: AUTORIZACIÓN PARA CRUCES

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Todos los trámites a efectuar y derechos a pagar ante las autoridades correspondientes, por la construcción de la Obra que aquí se licita, sobre rutas nacionales o provinciales y vías de ferrocarril, serán por cuenta del Contratista. Con anterioridad a la efectivización de los cruces y/o trazas a la vera de rutas, deberá presentar al Inspector las correspondientes autorizaciones y los planos aprobados por los organismos intervinientes.-

Artículo 40º: CORTES DE ENERGÍA El Contratista deberá organizar las tareas y prever los recursos a afectar a los trabajos, de manera tal que la cantidad y duración de los cortes de energía sean mínimos, teniendo en cuenta la criticidad desde el punto de vista del servicio, de las instalaciones a intervenir. Estos serán coordinados y autorizados por el Inspector.- Se tendrá en cuenta minimizar las interrupciones de servicio explicitando las duraciones máximas previstas para las mismas para cada tarea que las requiera.- Los horarios en que se podrán efectuar las tareas involucradas en los cortes, serán fijados por el E.P.E.N. teniendo en cuenta que los mismos produzcan el menor impacto a los clientes.- Para la ejecución de los trabajos, la Contratista solicitará cada corte mediante Nota de Pedido con la antelación indicada en el apartado citado. El Inspector confirmará la posibilidad de concretar la interrupción requerida a las 24 horas de su solicitud o modificará el momento de su realización, confirmando al Contratista el horario posible del mismo.-

Al ejecutar los trabajos, la Contratista deberá asegurar el cumplimiento de las programaciones previstas de acuerdo al plan elaborado por aquel y aprobado por el Inspector.- En caso de prolongar los cortes mas allá de los máximos programados en cada oportunidad, el E.P.E.N, trasladará al Contratista las erogaciones que deba efectuar en concepto de multas y demás penalidades que puedan efectuar el organismo regulador de aplicación o reclamos de los clientes, siempre en el marco de las regulaciones y normas vigentes.-

Artículo 41º: CARTEL DE OBRA El Contratista deberá colocar, dentro de los 15 (quince) días de firmado el contrato, y en los lugares que indique el Inspector, un letrero o cartel de obra con las leyendas y características indicadas en el plano incluido en el presente pliego en cada uno de las siguientes zonas:

- Cruce de las Rutas Nacionales n° 231 y 237.- - Emplazamiento de la ET Paso Coihue.- - Localidad de Villa La Angostura.-

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El costo del cartel de obra deberá estar prorrateado dentro de los gastos generales en los precios de la obra.-

Artículo 42º: LIBROS DE OBRA Complementa Artículo 13° del Pliego particular de Condiciones de la Obra (Sección IV – Parte A). El Contratista deberá proveer los siguientes libros:

1.- Libro de Actas y Órdenes de Servicio 2.- Libro de Notas de Pedido y Reclamaciones 3.- Libro de Mediciones

Artículo 43º: COMODIDADES Y MOVILIDAD PARA LA INSPECCIÓN En cada uno de sus obradores el Contratista dispondrá para uso exclusivo de la Inspección oficinas con las siguientes características:

- Dos (2) oficinas con una superficie mínima de doce metros cuadrados (12,00 m²) cada una con condiciones de habitabilidad (aislación, hermeticidad, iluminación, etc.) adecuadas al clima de la zona. Poseerán calefacción y aire acondicionado. Cada una estará equipada con el siguiente amoblamiento (línea Tempo o superior calidad): escritorio de 1,50m, dos armarios con puertas de 0,90 x 0,45 x 1,80, cesto para papeles, perchero de pie y cinco sillas.-

- Dependencia sanitaria con lavatorio, mingitorio, inodoro, ducha, botiquín de

primeros auxilios y suministro de agua fría y caliente mediante termotanque eléctrico de 80 litros. Cocina con horno a microondas y anafe, heladera con freezer con puerta independiente del tipo no frost.-

- Cada emplazamiento contará con acceso a una línea telefónica urbana fija,

con acceso a internet, cuya operación de uso estará a cargo de la Inspección. En caso de no disponerse de servicio público, el Contratista asignará servicio desde el sistema que instale para su operación propia.-

- Será a cargo del Contratista el suministro y los gastos de electricidad, gas, agua e impuestos, que pudieran corresponder y del alquiler de los terrenos. Efectuará el mantenimiento de las oficinas, baños y cocina, reparando los desperfectos que se produzcan debido al uso normal. Facilitará el personal necesario para la limpieza y los elementos de consumo de limpieza en todas las oficinas de la Inspección provistas en los obradores.-

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Asimismo, se deberá proveer una impresora HP Laser Jet P2055 DN (o de otra marca y modelo de capacidad y calidad equivalentes) y una computadora portable tipo HP Pavilion dv5-2046 (o de otra marca y modelo de calidad y capacidad equivalentes) con los siguientes programas: Sistema Operativo compatible con el utilizado en la red del EPEN, Office Profesional y Autocad (última versión vigente). Todos los elementos provistos serán nuevos. Las computadoras y las impresoras quedarán en poder del Comitente al finalizar la obra, en tanto las oficinas y el amoblamiento quedarán en poder del Contratista.-

Asimismo se deberán proveer dos vehículos para uso de la Inspección (sin limitaciones del kilometraje a recorrer), los cuales quedarán en poder del Contratista una vez terminada la obra.-

Dichos vehículos deberán ser entregados a la Inspección dentro de los diez (10) días corridos siguientes a la firma del contrato. Serán tipo Pick Up doble cabina diesel, doble tracción (4x4), 4 cilindros en línea de cilindrada mínima 2490 cm3, Potencia Din mínima 100cv., embrague monodisco seco/hidráulico, caja de cinco velocidades sincronizadas, marcha de transferencias mediante palanca selectora al piso (2 en alta, 4 en alta, 4 en baja), suspensión delantera independiente con resortes helicoidales o barra de torsión y amortiguadores hidráulicos de doble acción, suspensión trasera rígida con ballestas longitudinales y amortiguadores, frenos doble circuito con válvula sensible a la carga, delanteros a disco y traseros a tambor, sistema eléctrico 12 V, llantas de acero estampado de 16” con capacidad de carga 1 tonelada, con jaula antivuelco con caño de 3” y 2mm de espesor con lanza de tiro incorporada, protector de cárter y tanque, dos ruedas de auxilio tipo con portaruedas y candados, cortinas de enrollar en luneta trasera.-

Dichos vehículos deberán contar con parabrisas laminado, equipados con aire acondicionado integral, dirección hidráulica, equipo de radio AM-FM con CD, crique y llave de rueda, un juego de cadena barro nieve, espejos retrovisores exteriores derecho, izquierdo e interior, juego de balizas tipo triángulo con estuche, calefactor desempañador, cinturones de seguridad inerciales y apoya cabezas en asientos delanteros y traseros, matafuego de polvo químico seco de 1 kg. instalado y botiquín acorde a las normas vigentes.-

Deberán contar con seguro contra todo riesgo y que cubra la responsabilidad por daños a terceros y a cosas de terceros, como asimismo del personal y/o carga transportada, con la máxima cobertura posible de acuerdo a la legislación vigente. Todos los gastos de seguros, impuestos, etc. serán por cuenta del Contratista, así como la provisión de combustible y la totalidad de los gastos por reparaciones y/o mantenimiento (incluso programado) originados por cualquier causa. Los vehículos deberán cumplir con los requerimientos de verificación técnica y seguridad vigentes.-

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En caso de indisponibilidad (originada en cualquier causa), será obligación del contratista solucionarla o entregar una unidad de reemplazo dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de producida dicha indisponibilidad.-

Artículo 44º: REPUESTOS Dentro de los ítems Repuestos, el Contratista deberá cotizar y entregar los materiales que bajo ese título se detallan en los listados correspondientes.- Será facultad de la Inspección autorizar la utilización de parte de ese material para eventuales reparaciones en caso que se produjera una situación de emergencia o imprevistos de responsabilidad del Contratista. En tal caso, el precio de los materiales utilizados en la reparación se descontará del certificado correspondiente hasta que se produzca su reposición.- Todos aquellos elementos del ítem que fueran utilizados por el Contratista en eventuales reparaciones, deberán ser provistos nuevamente, debidamente clasificados y embalados en los depósitos que indique el EPEN.-

Artículo 45º: CERTIFICADO DE VISITA A OBRA Previo a la preparación de la Oferta, el Oferente deberá visitar los emplazamientos donde se realizarán los trabajos licitados, verificando las condiciones del terreno, accesibilidad, y los detalles y obstáculos que existan para llevar adelante la ejecución de la Obra tal como plantean los planos y especificaciones de esta Licitación.-

El Oferente deberá presentar obligatoriamente con la oferta el certificado de visita al emplazamiento de la obra extendido por el Gerente de la dependencia técnica del EPEN responsable de la obra o por el Jefe de la Unidad Regional del EPEN en cuya jurisdicción se ejecutará la misma.-

Artículo 46º: PERMISOS DE TRABAJO Previo al inicio de la Obra, el Contratista deberá solicitar al Inspector, mediante Nota de Pedido, la Autorización correspondiente para el ingreso a las tierras particulares donde se desarrollarán los trabajos, la que, concedida, tendrá el carácter de primer Permiso de Trabajo. El mismo dará inicio a los distintos trabajos a ejecutar en la Obra.- Cada Permiso de Trabajo, incluido el primero, debe contener el alcance de las tareas a desarrollar, el área donde se desarrollará, las instalaciones afectadas discriminadas por campo, equipo y/o tramo y la lista del personal que intervendrá en los trabajos o accederá a la zona de las obras, incluyendo su categoría y designando al Responsable de los Trabajos. Deberá ser solicitado con una semana de antelación como mínimo, a excepción del primero que se pedirá con 15 (quince) días de anticipación.-

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Para toda tarea que requiera de cortes en el servicio y consignación de parte de las instalaciones, deberán detallarse las indisponibilidades, indicando en cada caso el campo/equipo a disponer, la cantidad de días/horas y las fechas y horarios de las mismas.- En caso de modificación del área de trabajo, o del tipo de actividades, se solicitará un nuevo Permiso de Trabajo.- Todo Permiso de Trabajo será renovado con la frecuencia y características que aplique el E.P.E.N. en el momento de desarrollo de la Obra.- Del mismo modo, deberá comunicar con la debida anticipación, el Final de Obra a los efectos de la inspección del estado del sector con cargo al Contratista.- La omisión de estas disposiciones dará derecho a la interrupción de todo tipo de trabajos por parte del E.P.E.N., bajo responsabilidad del Contratista.-

Artículo 47º: HIGIENE Y SEGURIDAD EN OBRA

El presente artículo, complementa el Procedimiento PLI-SySO-14 (Anexo I de las Presentes Disposiciones Complementarias).-

a) Distancias admisibles y de seguridad Para todos los trabajos a ejecutar en la zona de emplazamiento de la Obra en el caso de instalaciones en servicio, por lo tanto bajo tensión, el personal del Contratista se sujetará, en lo atinente a las distancias admisibles y a las distancias de seguridad, a las prescripciones de la Reglamentación sobre Líneas Aéreas Exteriores de la Asociación Argentina de Electrotécnicos, y de la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo N° 19587, Decreto Reglamentario N° 351/79, Capítulo 14 Anexo VI Instalaciones Eléctricas. En casos especiales se detallarán las distancias ergonómicas adoptadas y la normativa de referencia en la Memoria Descriptiva.-

b) PLAN DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

Previo al inicio de los trabajos, el Contratista deberá presentar para su aprobación

el PLAN DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN OBRA, el que deberá cumplir con la Resolución 51/97 de la SRT y contar con la correspondiente conformidad de la ART designada.- En dicho Plan, pondrá de manifiesto las medidas de precaución que adoptará en la obra a ejecutar, integrando al mismo la siguiente documentación:

√ La memoria descriptiva de los trabajos.- √ La Nómina del Personal afectado.- √ El Plan de Trabajo de la Obra.- √ Análisis de riesgos y Medidas de seguridad a adoptar en las distintas

tareas, en especial: - Trabajos en la vía pública.- - Trabajos en altura.-

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- Excavaciones.- - Trabajos en proximidad de instalaciones en servicio.- - Trabajos en instalaciones consignadas durante cortes de energía.-

√ El Rol de Contingencias.- √ El Rol de Evacuación en caso de accidente.- √ El procedimiento para el tratamiento de los residuos.- √ Normas particulares de seguridad para esta obra.- √ Primeros auxilios (mencionar expresamente los elementos que se

dispondrá en obra y medidas a adoptar en la zona para garantizar una pronta y eficaz atención del accidentado en caso que el mismo sufra lesiones personales).-

√ Plan de capacitación del personal.- √ Protección contra incendio en el obrador.- √ Servicios sanitarios y agua potable en obra.- √ Cortes de energía.- √ Profesional matriculado en Higiene y Seguridad del Trabajo para

interactuar con el EPEN en los temas del presente Artículo, de acuerdo a lo requerido en el Art. 33° de las presentes Disposiciones Complementarias.-

La presentación de este Plan, no relevará al Contratista de la responsabilidad que

le compete en materia de HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO de acuerdo a las disposiciones legales vigentes y a otros requerimientos del presente Pliego, debiendo garantizar que las mismas se cumplan durante la ejecución de los trabajos. Y las instrucciones técnicas del PLAN PLI-SySO14 (Anexo I de las Presentes Disposiciones Complementarias).-

Artículo 48º: VISTAS FOTOGRÁFICAS Complementa el Artículo 25º de la Sección IV – Parte A (Pliego Particular de Condiciones de la Obra, Condiciones Administrativas y Legales).- No se presentarán ampliaciones obtenidos por métodos fotográficos tradicionales.- El conjunto de fotografías serán tomadas mediante cámara digital o digitalizadas a posteriori, y tendrán por objetivo mostrar el avance y desarrollo de la Obra en sus etapas más importantes y en diferentes sectores.- La cantidad mínima a presentar es la indicada en el Art. 25º del Pliego Particular de Condiciones de la Obra. Los archivos se entregarán grabados en Discos Compactos rotulados con una resolución media aceptable para ampliación en pantalla hasta 400%. Complementariamente se presentará un juego de impresiones sobre cartulina de no menos de 120 g/m2, también de calidad y resolución acorde con las necesidades, en un tamaño aproximado de 20 x 15 cm.-

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Artículo 49º: REDETERMINACIÓN DE PRECIOS - DECRETO PROVINCIAL Nº 1827/09

La documentación exigida en el Artículo 9° de las presentes Disposiciones Complementarias (Análisis de Precios) servirá para analizar la razonabilidad y viabilidad de la propuesta y, previo a la Adjudicación, el E.P.E.N. podrá requerir a los oferentes las modificaciones que considere necesarias para corregir desbalances manifiestos en las incidencias y/o cantidades consignadas en dicha documentación. Sin perjuicio de ello, en el presente Artículo se establece la metodología para redeterminación de precios que se utilizará en caso de producirse el supuesto previsto en el artículo 2° del Decreto Nacional Nº 1295/02, en el cual se estableció un régimen de redeterminación de precios al que adhirió la Provincia de Neuquén mediante Decreto Provincial Nº 1827/09.- Las redeterminaciones de precios se efectuarán en base a las siguientes condiciones y metodología de cálculo:

a) Los precios de los contratos de obra pública, correspondientes a la parte faltante de ejecutar, podrán ser redeterminados a solicitud de la contratista cuando los costos de los factores principales que los componen, hayan adquirido un valor tal que reflejen una variación promedio de estos precios superior en un DIEZ POR CIENTO (10%) a los del contrato, o al precio surgido de la última redeterminación según corresponda (Artículo 2° del Decreto Nacional Nº 1295/02). En los casos que la variación constituya una reducción el E.P.E.N. directamente efectuará “de oficio” la redeterminación del precio en oportunidad del Certificado correspondiente.- A tal fin, los precios de la obra faltante de ejecutar se redeterminarán a partir del mes en que el cociente entre el precio total del saldo de contrato redeterminado sobre el precio saldo de contrato a valores básicos (o de la última redeterminación, según corresponda) sea superior a 1,10.- En tal caso, el E.P.E.N. emitirá “CERTIFICADOS DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS” correspondientes a cada mes que se liquide.-

b) Un DIEZ POR CIENTO (10%) del precio total del contrato se mantendrá fijo e

inamovible durante la vigencia del mismo (Artículo 4° del Decreto Nacional Nº 1295/02), a cuyo efecto no se le aplica variación de índices al último término de las fórmulas de redeterminación de precios.-

c) En cada oportunidad los nuevos precios se determinarán ponderando los factores componentes del precio según su probada incidencia en el precio total de la prestación (Decreto Nacional Nº 1295/02, artículo 4°). A tal efecto los análisis utilizados por el E.P.E.N. para determinar la fórmula polinómica indicada en el presente inciso serán los análisis de precios vigentes de aplicación durante todo el plazo contractual (Inciso “c” del artículo 5° del Anexo Único del Decreto Nacional Nº 1295/02).-

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Para redeterminar los precios unitarios contractuales (y/o los precios unitarios componentes de precios globales) se utilizarán las siguientes expresiones:

Pr = Po x FRi

FRi= C1 (I1i/I10) + … + Cn (Ini/In0) + CGG (IGGi/IGG0) + CGF (IGFi/IGF0) + 0.10 Donde: Pr: Precio unitario del item sin I.V.A. redeterminado a valores de un mes “n”.- Po: Precio unitario original del ítem sin I.V.A..- C1 a Cn: Coeficientes de incidencia de los distintos componentes del costo para los distintos ítems en base a la Tabla correspondiente.- CGG: Coeficiente de incidencia de gastos generales (0,10 para esta obra).- CGF: Coeficiente de incidencia de gastos financieros (0,04 para esta obra).- I1 a In: Índices de referencia para los distintos componentes del costo, según la Tabla de Coeficientes para los distintos ítems.- IGG: Índice Costo de la Construcción Capítulo Gastos Generales del INDEC.- IGF: Evolución de la tasa de interés Nacional Anual Activa – Vencida – para operaciones a 30 días del BANCO DE LA NACIÓN.- En todos los casos el subíndice “0” indica que es el índice correspondiente al mes anterior al de la apertura de la licitación, y el subíndice “i” indica que el índice correspondiente al mes anterior al mes “n”.- En base a dicha fórmula se redeterminarán los precios contractuales a valores del mes que se certifica. Dichos precios redeterminados se aplicarán al saldo de obra pendiente de certificación (incluyendo el certificado que se liquida).- Los componentes de la expresión matemática y del factor de ajuste (FRi) serán calculados con cuatro decimales con redondeo simétrico.-

d) Los nuevos precios solo se aplicarán a las obras que de acuerdo al correspondiente plan de inversiones deban ejecutarse con posterioridad al fin del período por el que los precios son ciertos, fijos e inamovibles. Las obras que no se hayan ejecutado o que no se ejecuten en el momento previsto en el plan mencionado anteriormente, se liquidarán con los precios correspondientes a la fecha en que debieron haberse cumplido, sin perjuicio de las penalidades que pudieran corresponder (Artículo 3° del Decreto Nacional Nº 1295/02. Por otra parte, se deja expresamente aclarado y establecido que no se realizará ninguna redeterminación de precios sobre obras ejecutadas con anterioridad a la fecha en que se supere el porcentaje de variación previsto.-

e) Los Oferentes que no estuvieran de acuerdo con algunas de las incidencias o índices (empleados actualmente porque se encuentran disponibles) consignados en la Tabla de Coeficientes, indefectiblemente deberán plantear sus objeciones antes del quinto día corrido anterior a la fecha fijada para la apertura de las

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propuestas, ya que el apartamiento de esta base de la licitación será causal de rechazo de la propuesta. La firma del Oferente en el presente Pliego de Bases y Condiciones significará su conformidad y aceptación de cada una de ellas y por ello los porcentajes de incidencia y los índices utilizados no podrán ser motivo de modificaciones con posterioridad a la apertura. Las modificaciones que eventualmente introduzca el E.P.E.N. antes de la apertura, se harán conocer por escrito a todas las firmas invitadas y/o a quienes hayan adquirido el correspondiente Pliego.-

f) La presentación de la propuesta significará la plena adhesión (artículo 9° del Anexo

Único del Decreto Nacional Nº 1295/02), aceptación y conformidad del oferente para la aplicación del presente procedimiento en caso de resultar adjudicatario. En cada oportunidad los nuevos precios se determinarán en la correspondiente “Acta de Redeterminación de Precios” que suscribirán las partes al concluir el procedimiento (Artículo 3° del Decreto Nacional Nº 1295/02), teniendo la firma del Contratista el alcance establecido expresamente en el Artículo 11° del Decreto Nacional Nº 1295/02.-

g) Todas las redeterminaciones de precios que surjan como consecuencia de la aplicación del Decreto Provincial Nº 1827/09 y del presente artículo serán provisionales. Por cada Certificado que se emita en base a índices provisorios, se emitirá con posterioridad el correspondiente Certificado Rectificatorio en base a índices definitivos, cuando estos últimos se encuentren disponibles.-

h) Del importe de cada certificado (incluyendo los “CERTIFICADOS DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS”), excepto de los de acopio e intereses, se deducirá el cinco por ciento (5%) que se retendrá hasta la recepción definitiva como fondo de reparos. Además de ello, de cada uno de los “CERTIFICADOS DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS” se retendrá el cinco por ciento (5%) correspondiente a la garantía contractual, que se retendrá hasta la recepción provisional.-

Artículo 50º: INTERFERENCIAS CON INSTALACIONES EXISTENTES Previo a la ejecución de los trabajos (con especial cuidado en los casos de excavaciones y movimiento de suelos) será obligación del Contratista consultar ante todos los organismos prestadores de servicios públicos la ubicación precisa de cañerías y otras instalaciones existentes para evitar roturas y/o accidentes en las instalaciones, que puedan ocasionar efectos nocivos a las personas en general y/o a bienes privados y/o públicos.- Al firmar el presente pliego en prueba de conformidad y aceptación, se entenderá que el Contratista declara expresamente que será el único y pleno responsable (tanto civil como penal) ante sanciones y/o demandas de cualquier naturaleza derivadas de las

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interferencias de la obra con instalaciones existentes, y que por ello no podrá ejercer ningún tipo de acción de repetición en contra del Ente Provincial de Energía del Neuquén.- En particular forman parte integrante del presente pliego copias de los siguientes documentos relacionados con este tema:

- Nota NE/TEC/AC/as Nº 441/10 que Camuzzi Gas del Sur remitiera al E.P.E.N..- - Resolución Ente Nacional Regulador del Gas n° 181/95.- - Nota de fecha 16 de mayo de 2012 remitida por Transportadora de Gas del Norte

S.A..-

Artículo 51º: INTERESES PROVINCIALES Y DEL E.P.E.N. Para la realización de las tareas objeto del Contrato, el Contratista deberá tener en cuenta en forma prioritaria los intereses provinciales y encuadrar el trabajo encomendado en los planes, programas y reglamentaciones nacionales, provinciales y municipales vigentes.-

Artículo 52º: PROPIEDAD INTELECTUAL Los derechos de propiedad intelectual de trabajos objeto del contrato quedarán transferidos automáticamente al comitente, aún en el caso de que el contrato se interrumpa por cualquier causa antes de su terminación.-

Artículo 53º: ACCESO A LA INFORMACIÓN - CONFIDENCIALIDAD El Contratista tendrá acceso a la información y podrá analizar los antecedentes relativos a esquemas, planos, proyectos, normas y demás aspectos técnicos relacionados al objeto del Contrato.- Sin perjuicio de ello, cualquier dato o información derivado de lo relacionado con las operaciones del presente Contrato u otra actividad en el área, cualquiera fuese su especie o naturaleza, será tratado por el Contratista como estrictamente confidencial. Su contenido no será revelado a terceros total o parcialmente. Idéntica actitud deberán asumir los empleados, subcontratistas o cualquier otra persona física o jurídica relacionada con el Contratista. El incumplimiento de este requisito será considerado negligencia grave en el cumplimiento de las obligaciones del Contratista.-

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S E C C I Ó N III – ANEXO I – PLIEGO SySO 14

ÁREA DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL

SySO Instrucciones Técnicas PLI-SySO 14

CLAUSULAS TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS

DE OBRA, MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE

ENERGÍA ELÉCTRICA CONDICIONES DE HIGIENE Y SEGURIDAD LABORAL. RIESGOS DEL TRABAJO

Vigencia : 2007

1 – MARCO LEGAL: La CONTRATISTA se obliga a adoptar y poner en práctica todas las medidas y prescripciones de higiene y seguridad previstas en la Ley Nª 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo y su Decreto Reglamentario, así como aquellas concordantes y/o complementarias que provea la legislación provincial. De igual modo en la ejecución de los trabajos se obliga a la observancia de lo normado en la Ley Provincial Nª 1875 de Protección del Medio Ambiente y su Decreto Reglamentario.-

Sin perjuicio de lo anterior, la CONTRATISTA deberá cumplir lo instruido específicamente en el presente pliego y bajo su responsabilidad, sus Subcontratistas estarán sujetos a iguales condiciones.-

2 – DOCUMENTACIÓN

SEGURO OBLIGATORIO: la CONTRATRISTA deberá presentar, antes del inicio de los trabajos, la documentación pertinente al cumplimiento del Art.3ª de la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo.-

PROGRAMA DE SEGURIDAD: la CONTRATISTA deberá presentar, antes del inicio de los trabajos, el correspondiente Plan de Prevención de Riesgos, aprobado por la ART y de acuerdo a lo previsto en la Resolución SRT Nª 51/97y 231/96.-

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3 – INSPECCIÓN: la CONTRATISTA se obliga a facilitar toda la documentación y accesos a los puestos de trabajo e instalaciones, así como la observación de métodos y maniobras de trabajo, a la supervisión del EPEN, a su solo requerimiento.-

4 – REGLAMENTACIÓN ESPECÍFICA

4.1 La CONTRATISTA, toda vez que deba obrar dentro de un establecimiento del EPEN con afluencia, paso o permanencia de personas ajenas a la obra deberá:

Acordar previamente con el Responsable o Encargado del Establecimiento la restricción de paso de personas en el área en la que se van a desarrollar los trabajos. Si el área de obras afecta un espacio de funcionamiento permanente, éste se deberá desalojar temporariamente mientras dure la intervención. Deberán especificarse claramente las respectivas responsabilidades en el cumplimiento de esta cláusula, a los efectos del deslinde en el caso de siniestros, constando en el libro de comunicaciones con la inspección de Obra.-

Delimitar y señalizar el área de restricción de paso o permanencia mediante vallas o cintas de seguridad.-

Instruir al personal bajo su dependencia de la aplicación y control de cumplimiento de esta cláusula.-

4.2 La CONTRATISTA se obliga al conocimiento y cumplimiento del Reglamento Nacional de Tránsito Ley Nacional Nª 24.449/94; 25.456/01; Ley Provincial Nª 2.178/95 y Ordenanzas Municipales, siendo exigibles por parte de la Inspección: la Verificación Técnica de los Automotores y la Licencia Nacional Habilitante para aquellos que transporten cargas.-

4.3 La CONTRATISTA proveerá de los elementos de seguridad pertinentes para la ejecución de los trabajos, para protección contra incendio en el obrador y los elementos de primeros auxilios necesarios para atender una emergencia.-

5 – PRESCRIPCIONES DE OPERACIÓN

5.1 Toda área en la que se ejecuten trabajos de: excavación o zanjeo, tendido de ductos, descarga, estiba, manipulación y montaje de materiales, acarreo de materiales de construcción y movimiento de vehículos, son considerados Zona Temporariamente Restringida, con restricción absoluta de paso y permanencia por parte de terceros.-

5.2 Se prohíbe abandonar o dejar sin control temporario un área delimitada como Zona Restringida.-

5.3 Cuando han finalizado las tareas en una zona Restringida, su devolución al uso normal debe ser comunicado fehacientemente al responsable o Encargado del Establecimiento.-

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5.4 Toda máquina herramienta que eventualmente quede expuesta al alcance de terceros, debe permanecer sin llave de arranque o con el mecanismo de arranque bloqueado.-

5.5 Se prohíbe la manipulación o depósito de líquidos inflamables sin la debida compartimentación y comunicación al Responsable o Encargado del Establecimiento y a la Inspección de Obra.-

5.6 Los trabajos en la vía pública deberán contar con instrucciones de procedimiento y de seguridad escritas, las que deberán ser sometidas a aprobación previa por la inspección de obra.-

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S E C C I Ó N III – ANEXO II – NOTA CAMUZZI GAS DEL SUR 6216/10

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S E C C I Ó N III – ANEXO III

INCIDENCIAS Y COEFICIENTES PARA REDETERMINACIÓN DE PRECIOS

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S E C C I Ó N III – ANEXO IV

ANTECEDENTES DEL PLANTEL GERENCIAL Y PROFESIONALES RESPONSABLES

DE LOS SECTORES RELACIONADOS CON LA EJECUCIÓN DE LA OBRA

Presidente

Nombre

Titulo

Edad

Experiencia

Domicilio

Representante Técnico

Nombre

Titulo

Edad

Experiencia

Domicilio

Jefe de Ingeniería

Nombre

Titulo

Edad

Experiencia

Domicilio

Proyectista (indicar para

cada una de las especialidades)

Nombre

Titulo

Edad

Experiencia

Domicilio

Encargados de Calidad,

Seguridad, Ambiente.

Nombre

Titulo

Edad

Experiencia

Domicilio

Encargado de Logística

Nombre

Titulo

Edad

Experiencia

Domicilio

Jefe de Obra

Nombre

Titulo

Edad

Experiencia

Domicilio

Capataz

Nombre

Titulo

Edad

Experiencia

Domicilio

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S E C C I Ó N III – ANEXO V

EQUIPAMIENTO MÍNIMO NECESARIO

PARA ESTACIONES TRANSFORMADORAS

Equipo Necesario

(Si - No)

Cantidad

(*) Marca Modelo Año Patente

Serie

Propiedad

(Propio-

Alquilado)

Grúa pesada de 30 Tn

Grúa de 15 Tn

Hidrogrúa liviana

Retroexcavadora

Pala cargadora

Motoniveladora

Camión volcador

Camión H20

Semirremolque

Camioneta

Motosoldadora

Motocompresor

Vibrocompactador

Martillo neumático

Torqueadora hidráulica

Tratadora de aceite

Instrumentos

Otros

A fin de completar la descripción de todos los equipos, agregar la cantidad de renglones necesarios de acuerdo a la cantidad de los mismos.-

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S E C C I Ó N III – ANEXO VI

EQUIPAMIENTO MÍNIMO NECESARIO

PARA LÍNEAS DE TRANSMISIÓN

Equipo Necesario

(Si - No)

Cantidad

(*) Marca Modelo Año Patente

Serie

Propiedad

(Propio-

Alquilado)

Pooler

Carro porta bobina c/fren.

Cureña

Grúa pesada de 30 Tn

Grúa de 15 Tn

Hidrogrúa liviana

Retroexcavadora

Pala cargadora

Motoniveladora

Camión volcador

Camión H20

Semirremolque

Camioneta

Intrumentos

Otros

A fin de completar la descripción de todos los equipos, agregar la cantidad de renglones necesarios de acuerdo a la cantidad de los mismos.-

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S E C C I Ó N III – ANEXO VII

Capacidad de producción del oferente demostrada por el importe de la Certificación

mensual (básicos y redeterminaciones de precios) de los últimos tres años,

determinada hasta el mes anterior al de la apertura de la licitación

Facturación Obras últimos 36 meses (importes sin IVA) Año 2008 Año 2009 Año 2010 Año 2011

Periodo Importe Periodo Importe Periodo Importe Periodo Importe

Enero Enero Enero Enero

Febrero Febrero Febrero Febrero

Marzo Marzo Marzo Marzo

Abril Abril Abril Abril

Mayo Mayo Mayo Mayo

Junio Junio Junio Junio

Julio Julio Julio Julio

Agosto Agosto Agosto Agosto

Septiembre Septiembre Septiembre Septiembre

Octubre Octubre Octubre Octubre

Noviembre Noviembre Noviembre Noviembre

Diciembre Diciembre Diciembre Diciembre

SUBTOTAL

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SUBTOTAL

ANUAL

SUBTOTAL

ANUAL

SUBTOTAL

ANUAL

TOTAL =

PROMEDIO MENSUAL (TOTAL / 36 MESES) =

Presupuesto Oficial =

Plazo de Obra en meses =

PRESUP OFICIAL / PLAZO DE OBRA EN MESES =

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S E C C I Ó N III – ANEXO VIII

ANTECEDENTES TÉCNICOS

Para evaluar los Antecedentes Técnicos del Oferente deberá presentar un listado de obras cuyas características principales - destino, magnitud y complejidad tecnológica - resulten análogas a la obra licitada, con mención de los montos contratados, debiendo presentar como máximo diez (10) obras análogas realizadas durante los últimos diez (10)

años, acompañando fotocopia del Acta de Recepción Provisional y/o Definitiva, o

Certificado Final de Obra, con mención del monto contratado, el lugar de emplazamiento de la obra y el comitente con su domicilio.- Obra Comitente Fecha Lic Contrato ($) % Avance ICC Coef. Actualizado ($)

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

Ref ICC =

Monto Total Actualizado de las Obras presentadas =

Presupuesto Oficial =

Monto Total Actualizado / Presupuesto Oficial =

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S E C C I Ó N I V:

PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES DE LA OBRA

PARTE A: Condiciones Administrativas y Legales

ORDENAMIENTO: Artículo 1°: Validez de este Pliego

Artículo 2°: Finalidad

Artículo 3°: Evacuación de consultas y aclaraciones

Artículo 4°: Requisitos y forma de redactar las propuestas

Artículo 5°: Derecho de Retención

Artículo 6°: Norma de Medición

Artículo 7°: Mantenimiento de la Propuesta

Artículo 8°: Trabajos a ejecutar que difieran con la Información o Descripción

del Proyecto - Fijación de un Nuevo Precio

Artículo 9°: Cómputo del Plazo Contractual

Artículo 10°: Replanteo

Artículo 11°: Capacidad del Representante Técnico

Artículo 12°: Seguros

Artículo 13°: Libros a Proveer por el Contratista

Artículo 14°: Suspensión Injustificada de los Trabajos

Artículo 15°: Pago de Salarios

Artículo 16°: Multas

Artículo 17°: Premios

Artículo 18°: Caso en que los materiales de Demolición quedan en propiedad

del Contratista o la Administración

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Artículo 19°: Materiales a Proveer por la Administración

Artículo 20°: Gastos Improductivos

Artículo 21°: Medios de Pago

Artículo 22°: Plazo de Conservación y Garantía

Artículo 23°: Aprobación de Planos y pago de Derechos ante Organismos Nacionales, Provinciales y Municipales

Artículo 24°: Responsabilidad por Cálculo Estructuras e Instalaciones

Artículo 25°: Vistas Fotográficas

Artículo 26°: Incumplimiento de Órdenes de Servicio

Artículo 27°: Prórrogas de Plazo

Artículo 28°: Condiciones de Recepción

Artículo 29°: Planes de Trabajos

Artículo 30°: Casos no Contemplados

Artículo 31°: Decreto 2343/83

Artículo 32°: Documentación y Planos Conforme a Obra

Artículo 33°: Anticipo de Fondos - Acopio de Materiales

Artículo 34°: Garantías

Artículo 35°: Incompatibilidad del Personal de la Contratista

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ENTE PROVINCIAL DE ENERGÍA DEL NEUQUÉN

LEY PROVINCIAL N° 0687/72 DE OBRAS PÚBLICAS

S E C C I Ó N I V:

PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES DE LA OBRA

PARTE A: Condiciones Administrativas y Legales

Artículo 1°: VALIDEZ DE ESTE PLIEGO Las Disposiciones de este Pliego tendrán validez salvo indicación en contrario en la Ley de Obras Públicas, Decreto Reglamentario y Disposiciones Complementarias del Pliego.-

Artículo 2°: FINALIDAD El presente tiene por finalidad complementar en forma precisa al Pliego General Único de Bases y Condiciones para la Contratación de Obras Públicas.-

Artículo 3°: EVACUACIÓN DE CONSULTAS Y ACLARACIONES Aquellos adquirentes de los documentos de la licitación que necesiten aclaración de los mismos, deberán efectuar sus consultas por escrito al ENTE PROVINCIAL DE ENERGÍA DEL NEUQUÉN (E.P.E.N.), con domicilio en calle Rioja 385 de la ciudad de Neuquén, el que contestará en igual forma haciendo extensivas las respuestas a todos aquellos que hubieran retirado ejemplar del mismo. En lo posible se tratará de hacerlo en conjunto, a efectos de evacuar los mismos en una sola nota. Dichas consultas serán atendidas desde la fecha en que se inicie la venta de los pliegos hasta diez (10) días antes de la fecha fijada para la apertura de la licitación (3.2.13.4, del Pliego General Único).-

Artículo 4°: REQUISITOS Y FORMA DE REDACTAR LAS PROPUESTAS Las propuestas de los oferentes al remate se presentarán en un sobre cerrado con la siguiente inscripción exterior:

LICITACIÓN PÚBLICA (o Privada, o Concurso de Precios) Nº _____ y que contendrá, por duplicado:

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a) Comprobantes del depósito de garantía de mantenimiento de la propuesta del uno por ciento (1%) del presupuesto oficial, garantía que podrá ser constituida mediante:

1) En efectivo, con depósito en el Banco de la Provincia del Neuquén, en la cuenta numerada que a ese propósito indique la Repartición licitante, acompañando la boleta pertinente.-

2) En títulos o bonos, aforados a su valor nominal, al portador, de la deuda pública Nacional o Provincial, siempre que se coticen oficialmente en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires. En caso de ejecución de los valores a que se refiere este apartado, se formulará cargo por los gastos que ello ocasione y por la diferencia resultante, si se liquidara bajo la par. Si se liquidara sobre la par se reintegrará al Contratista el excedente que resultase, previa deducción de los gastos de la ejecución, no abonándose intereses por ningún concepto.-

3) Con la afectación de créditos que el proponente o adjudicatario tenga liquidados y al cobro en los Organismos de la Administración Pública Provincial, a cuyo efecto, el interesado deberá presentar en la fecha de la constitución de la garantía, la certificación pertinente, emitida por la Contaduría General de la Provincia.-

4) Con aval bancario expedido por Banco autorizado, constituyéndose en fiador solidario, liso, llano o principal pagador con renuncia de los beneficios de división y excusión en los términos del artículo 2013º del Código Civil. No deberá contener fecha de vencimiento, allanándose expresamente a la Ley y al Contrato motivo de la misma, aún cuando no fuere pagado por el tomador los valores que demanden su costo.-

5) Con Seguro de Caución, de acuerdo a Pólizas aprobadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, con los anexos, condiciones generales y particulares, suplementos, adhiriéndose al Decreto Nacional Nº 411/69 o con el texto ordenado según el mismo. Se admitirán también aquellas que se allanen al artículo número 2013 del Código Civil, declarándose fiador solidario que renuncia al beneficio de división o excusión. Todos los documentos integrantes de la póliza serán firmados por el mismo autorizante y vendrán acompañados del recibo de pago original correspondiente por cada una de ellas, cuando las mismas no contengan Cláusulas de validez en tal sentido.-

Las garantías establecidas en los apartados 4) y 5), deberán venir acompañadas para su autenticidad sobre las firmas autorizantes, de la certificación extendida por un escribano público. En caso de que la certificación aludida provenga de un

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escribano de extraña jurisdicción, deberá contar además, con la correspondiente legalización.- Las garantías que se constituyan revestirán el carácter de ajustables con arreglo a las previsiones contenidas en el Decreto 494/83 del Poder Ejecutivo Provincial y se designará como Asegurado al ESTADO PROVINCIAL DEL NEUQUEN - ENTE PROVINCIAL DE ENERGIA DEL NEUQUEN (EPEN).-

b) El certificado de habilitación expedido por el CONSEJO PROVINCIAL DE OBRAS PÚBLICAS DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN con la constancia actualizada que certifique que la Empresa oferente se halla inscripta, indicando capacidad de contratación anual.- En caso de oferentes que se presenten transitoriamente, mancomunadamente y/o solidariamente unidos a la Licitación, se adjuntará la declaración expresa de la parte proporcional con que concurren cada una de ellas, agregando las credenciales extendidas por el Consejo de todos los componentes.-

c) Nota constituyendo domicilio legal en la ciudad de Neuquén, y declarando que "para cualquier cuestión judicial que se suscite, corresponde la competencia especial establecida por el artículo 241º de la Constitución de la Provincia".-

d) El comprobante de compra de la documentación que sirva de base a la licitación.-

e) La documentación que sirva de base a la licitación y que es puesta a la venta, firmada y sellada en todas sus hojas por los representantes legales y técnicos en prueba de que es de pleno conocimiento del proponente en todas y cada una de las cláusulas, lo que implicará además, su conformidad y aceptación de las mismas.- Dichas firmas deberán venir certificadas ante escribano público. En caso de que la certificación aludida provenga de un escribano de extraña jurisdicción, deberá contar además con la correspondiente legalización.-

f) Cuando se presenten ofertas de sociedades anónimas y cooperativas, se deberá adjuntar: copia del Contrato Social debidamente inscripto en el Registro Público de Comercio, Acta de asamblea designando al Directorio; Acta de Directorio asignando la distribución de cargos y Acta de Directorio autorizando la presentación de la oferta.- En caso de otras sociedades comerciales deberá adjuntarse copia del Contrato Social debidamente inscripto en el Registro Público de Comercio y si correspondiese, el poder que faculta al representante a presentarse a la licitación.- Toda la documentación de las sociedades citadas precedentemente y las firmas de sus responsables deberán estar certificadas por ante escribano público y en caso de pertenecer a extraña jurisdicción, la legalización por el colegio respectivo.-

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Todo oferente deberá consignar en su propuesta siglas de las Cajas Nacionales o Provinciales de Previsión con las que está obligado y su número de Inscripción, igualmente deberá adjuntar el número de C.U.I.T..-

g) El Certificado de Visita al lugar de emplazamiento de la obra, en caso de solicitarse en las Disposiciones Complementarias al Presente Pliego.- Toda foja citada anteriormente deberá acreditar el sellado de Ley correspondiente.-

h) Un único sobre cerrado y lacrado en el que se inscribirá únicamente: OBRA: ___________________________________ APERTURA: DÍA: ____ MES: ____ AÑO: ____ EMPRESA: _______________________________ y que contendrá el original y duplicado de la Planilla de propuesta debidamente firmada y sellada por el oferente.-

i) Cuando el proponente formule variantes, deberán presentarse bajo sobre separado al de la propuesta según el Pliego Oficial, con las mismas inscripciones de éste y el agregado del término "VARIANTE", para formular propuestas que signifiquen una variante, deberá autorizarlo expresamente el Pliego de Disposiciones Complementarias y siempre que el oferente haya formulado propuesta, según la documentación principal.- Todo proponente, deberá presentar con la oferta el Plan de trabajo que incluirá el plan gráfico de Obra y si correspondiere plan de acopio, análisis de precios y gráficos de certificación. Las propuestas que no cumplan estos requisitos no serán tomadas en cuenta para la adjudicación salvo que la omisión cometida sea reparada dentro de dos (2) días hábiles siguientes a la apertura de la licitación.- Asimismo podrá ser suplida en el mismo plazo, la omisión de los incisos c), d), e) y f). La omisión o transgresión de lo expresamente solicitado en los requisitos exigidos en los incisos a), b), g) y h), serán causal de rechazo automático de la presentación e impedirá en su caso, la apertura del sobre propuesta por la autoridad que presida el acto.- De igual modo, el incumplimiento de los requisitos exigidos en el inciso i), determinará el rechazo de la variante.- No serán tomadas en consideración para su adjudicación aquellas propuestas que modifiquen aún parcialmente las bases de la licitación o que presenten enmiendas, correcciones, raspaduras, entre líneas o errores que no hubiesen sido salvados al

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pie de las mismas. A los efectos del remate ninguna persona podrá representar a más de un proponente.-

Artículo 5°: DERECHO DE RETENCIÓN El adjudicatario que resulte contratado por la Administración, renuncia formalmente a partir de la fecha de la firma del Contrato a ejercitar el derecho de retención previsto en los artículo n°2352 y 3939 y concordantes del CÓDIGO CIVIL, sobre las instalaciones que ocupe con motivo de la ejecución de las obras objeto del Contrato, aún cuando sobrevinieran créditos a su favor de cualquier naturaleza o surgieran cuestiones de hecho o controversia jurídica entre las partes contratantes.-

Artículo 6°: NORMA DE MEDICIÓN Para la medición, liquidación de trabajos y ampliaciones de obras civiles y de arquitectura, regirán las "NORMAS PARA LA MEDICION DE ESTRUCTURAS EN LA CONSTRUCCION DE EDIFICIOS" de la Secretaría de Estado de Obras Públicas de la Nación, aprobadas por Decreto Nacional del 3 de febrero de 1938 n° 124.718/38, con las modificaciones e innovaciones por Decreto n° 127/65.- En los casos no previstos por dichas normas, la Administración resolverá lo pertinente, con ecuanimidad y dentro de lo usual en la técnica de la construcción.-

Artículo 7°: MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA Los proponentes, salvo indicación expresa en contrario, quedan obligados a mantener sus propuestas durante noventa (90) días corridos, contados a partir de la fecha de la licitación (4.1.17).-

Artículo 8°: TRABAJOS A EJECUTAR QUE DIFIERAN CON LA INFORMACIÓN O

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO - FIJACIÓN DE UN NUEVO PRECIO Cuando no existan trabajos previstos de características semejantes o análogas a las del nuevo ítem, el volumen será establecido mediante cómputo especial efectuado para el caso y el precio, mediante análisis en el que se incluirán, como máximo, los porcentajes de incidencia en concepto de gastos generales y beneficio que se establecen en el presente artículo. El porcentaje de impuesto al valor agregado se aplicará si correspondiere, de acuerdo a la obra, tributar el impuesto por parte del contratista. Los análisis se ajustarán al modelo incluido en el presente pliego. En el caso específico de no llegarse a un acuerdo previo sobre el precio el contratista deberá proceder inmediatamente a la ejecución de los trabajos si así ordenara la Inspección, autorizado por la norma legal respectiva, dejando a salvo sus derechos. En este caso será de aplicación el procedimiento autorizado por el artículo 46° -in fine- de la Ley de Obras Públicas, llevando cuenta minuciosa de las

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inversiones realizadas, cuyo detalle, con la aprobación o reparos de la Administración, servirá como elemento ilustrativo para fijar luego el precio en instancia administrativa o judicial. Todas las operaciones necesarias se realizarán de común acuerdo entre la Inspección y el Representante Técnico autorizado. Los análisis de precios se formularán para los gastos directos y conforme al uso y la costumbre. Al costo neto así resultante se deberán agregar los siguientes gastos generales:

Movimientos de tierra, terraplenamientos, provisión de materiales, ensayos de suelos: 7,5% (Siete y medio por ciento).- Demoliciones, albañilería y afines, hormigón armado, estructuras de madera o hierro, contrapisos y revoques, solados, revestimientos, herrería y carpintería metálica, yesería, cañerías, estructuras de suspensión, conexionado, empalmes, instalaciones complementarias de subestaciones transformadoras: 17% (Diecisiete por ciento).- Cubiertas y hojalatería, plomería y zinguería, instalaciones especiales, pintura y vidriería, ebanistería, moblaje y tapicería, montaje de tableros eléctricos, estructuras especiales, montaje de conductores aéreos y subterráneos, construcción de puestas a tierra, relevamiento planialtimétrico, y cualquier otra tarea no especificada: 20% (Veinte por ciento).-

El beneficio será fijado obligatoriamente mediante la aplicación del 10% (Diez por ciento) sobre el costo-costo.-

Artículo 9°: CÓMPUTO DEL PLAZO CONTRACTUAL El término contractual se computará desde el perfeccionamiento del contrato o aprobación del replanteo inicial y/o entrega de los terrenos, contándose desde la fecha del último de todos ellos. La entrega de los terrenos nunca será posterior a la fecha de replanteo. Si el replanteo de la Obra se demorara por más de un día calendario, se tomará en cuenta el cómputo a la fecha inicial de dichos trabajos (5.1.27).-

Artículo 10°: REPLANTEO La administración notificará al adjudicatario con diez (10) días de antelación la fecha de iniciación del replanteo. Las formalidades de dicha operación se ejecutarán de acuerdo a lo especificado en el Pliego General Único de Bases y Condiciones para la Contratación de Obras Públicas en 5.3.27.-

Artículo 11°: CAPACIDAD DEL REPRESENTANTE TÉCNICO

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Las Disposiciones Complementarias del Pliego, especificarán la categoría del Representante Técnico exigido por la Administración para la Obra y su antigüedad en el ejercicio de la profesión, el que deberá permanecer en el lugar de las Obras un mínimo de veinte (20) días hábiles por mes, durante el horario de trabajo, salvo causas ajenas a su voluntad, de las que deberá notificar a la Inspección debidamente.- El representante técnico gestionará y firmará las presentaciones que dieran lugar a tramitaciones de carácter técnico y estará presente en todas las operaciones de ese carácter que sea necesario realizar en el curso de la construcción, tales como replanteo, pruebas de resistencia, nivelaciones, mediciones para los certificados, recepciones de Obra, etc., debiendo firmar las actas respectivas.- La Incomparencia del Representante Técnico o su negativa a la firma de las Actas, inhabilita al Contratista por reclamos inherentes a la operación realizada. El ENTE PROVINCIAL DE ENERGÍA DEL NEUQUÉN (E.P.E.N.) en este caso, podrá postergar la operación (5.3.27.6)-(5.1.28)-(5.3.28.2.1).-

Artículo 12°: SEGUROS A fin de cubrir los riesgos de accidentes de trabajos el Contratista asegurará en una Compañía Nacional, de reconocida solvencia a todos los empleados y obreros que emplee en la ejecución de la Obra, como así al personal de la Inspección que desempeñe funciones inherentes a la realización de los trabajos hasta la recepción provisional.- Todas las pólizas de seguro, o bien sus copias legalizadas, serán entregadas a la Administración antes de iniciarse las Obras, sin cuyo requisito no se abonará al Contratista ningún importe en concepto de certificados. En el caso de que la Dirección resolviera introducir cambios en su personal, el Contratista estará obligado a entregar las pólizas correspondientes al que no figura en la nómina referida, dentro de los tres (3) días de la fecha en que se lo notifique de la resolución.- En dichas pólizas deberá suscribirse como asegurado al "ESTADO PROVINCIAL DEL NEUQUÉN - ENTE PROVINCIAL DE ENERGÍA DEL NEUQUÉN".- El Contratista estará obligado a proveer de cascos especiales a todo el personal obrero, técnico e Inspección que trabaje en la Obra. También es el responsable del uso de los mismos. La Inspección podrá aplicar a la Empresa una multa equivalente a un jornal básico obrero (a fecha de constatada la infracción) por cada persona que no posea en obra el casco obligatorio. En los días de viento y lluvia, la empresa deberá proveer a los obreros de antiparras, botas y trajes de agua.- El importe total de los sueldos del personal de la Inspección dependiente del ENTE PROVINCIAL DE ENERGÍA DEL NEUQUÉN (E.P.E.N.) para el período de ejecución de las Obras, se establecerá en las Disposiciones Complementarias (5.3.28.1.6).- El contratista deberá asegurar contra riesgo de incendio las partes o sectores de la obra que se indiquen en las Disposiciones Complementarias, salvo que se trate de

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obras o ítem de Arquitectura, que en todos los casos serán aseguradas en su totalidad. Dicho seguro se efectuará por un monto equivalente al importe contractual, incrementado trimestralmente por el valor actualizado del contrato. El seguro contra incendio regirá hasta la recepción definitiva.-

Artículo 13°: LIBROS A PROVEER POR EL CONTRATISTA Salvo indicación en contrario de las Disposiciones Complementarias, es obligación del Contratista la provisión de los siguientes libros: 1 - Libro de Actas y ordenes de Servicio.- 2 - Libro de Pedidos y Reclamaciones.- 3 - Libro de Mediciones.- 4 - Libro diario.- 5 - Libro de movimiento de materiales.- Los mismos serán provistos en números suficiente y de acuerdo a las especificaciones del Pliego General Único en 5.3.28.8 y las aclaraciones que le formule la Administración.- El Contratista deberá tener en cuenta que la ausencia de actuaciones en los tres primeros impide la expedición de certificados de Obra ejecutada, y en el caso de los dos últimos, si se solicitaran, impide la expedición de certificados de acopio de materiales.-

Artículo 14°: SUSPENSIÓN INJUSTIFICADA DE LOS TRABAJOS La suspensión de los trabajos en forma injustificada por parte del Contratista, lo hará pasible de una multa no restituible, equivalente al pago de diez (10) jornales básicos de ayudante (a fecha de infracción) por cada día de mora, el que será descontado de la primera liquidación a su favor, posterior al hecho (5.3.28.1.8.6.e).-

Artículo 15°: PAGO DE SALARIOS A fin de acreditar el pago de los salarios de los obreros involucrados en la construcción de la Obra, el Contratista deberá llevar un libro de jornales habilitado especialmente para la obra, y rubricado por la Dirección General de Trabajo, el que será entregado a la Inspección cada vez que ésta lo requiera.- El incumplimiento de dicha obligación hará pasible al Contratista de una multa no restituible igual a la del artículo anterior, durante el período de su duración, la que será deducida en la misma forma (5.1.29).-

Artículo 16°: MULTAS

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1) Mora en la iniciación de los trabajos: Si el Contratista no iniciara los trabajos dentro de los ocho (8) días corridos a partir de la iniciación del cómputo del plazo contractual, se hará pasible de una multa equivalente al medio por mil (0,5 %o) del monto contratado, por cada día de mora. Todas las multas podrán ser deducidas en cualquiera de las formas previstas en el Pliego General Único de bases y Condiciones para la Contratación de Obras Públicas.-

2) Incumplimiento al Plan de Trabajos:

a) Obras en la que los planes de trabajos no sufren modificación alguna en el cronograma de inversión: Cuando el Contratista no diese cumplimiento al Plan de Trabajo, se hará pasible de una multa diaria del uno por mil (1 %o) del monto de los trabajos que debieron realizarse durante este plazo hasta la regularización de las tareas.-

b) Obras en las que los planes de trabajo sufren modificaciones en el cronograma de inversiones por encomienda de trabajos adicionales:

1 - Si los trabajos adicionales que deban ser efectuados son como consecuencia de modificaciones en el proyecto original, se hará pasible de las multas descriptas en 2 a), pero teniendo en cuenta el nuevo plan de trabajo en el que se adecuará el ritmo de ejecución de los ítem a la prórroga acordada.- 2 - En trabajos adicionales imprevistos que no interfieren la ejecución de la obra original se hará pasible de una multa diaria del medio por mil (0,5%o) del monto de los trabajos que debieron realizarse por causa de dicho adicional, con respecto a la fecha que se ordene su comienzo, con independencia del plazo fijado para la realización de la obra original.-

3) Mora en la terminación de los trabajos: Si el Contratista no diera total y correcta terminación a todos los trabajos contratados dentro del plazo estipulado para la realización de los mismos, incurrirá en una multa equivalente al uno por mil (1 %o) del monto total del Contrato por cada día de atraso en la terminación de la obra.-

Se incluirán en el cómputo del plazo contractual las prórrogas y ampliaciones concedidas. Cuando se hubiere aplicado una multa por mora en la iniciación de los trabajos o por incumplimiento, la que corresponde por terminación será deducida de los montos de aquellas que tendrán siempre carácter preventivo. Si el importe de la multa por iniciación o incumplimiento fuera superior al de la terminación se devolverá al contratista la diferencia entre los importes.-

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Si la obra se terminara en plazo, la multa por iniciación o por incumplimiento al Plan de Trabajo, será íntegramente devuelta al contratista (11.2.84) (5.1.30).- Sin perjuicio de lo anterior, las multas, sanciones o perjuicios económicos que por deficiente calidad del servicio u otras actividades involucradas en el contrato le sean aplicadas al ENTE PROVINCIAL DE ENERGÍA DEL NEUQUÉN, ya sea por CAMMESA o terceros, le serán trasladadas íntegramente al Contratista, si las mismas se originaran en la negligencia y/o incumplimiento del mismo. Dichas multas no serán reintegrables.-

Artículo 17°: PREMIOS La concesión de premios a la más pronta finalización de la obra, deberá especificarse ineludiblemente en las Disposiciones Complementarias del Pliego. Cuando se estipule dicha modalidad se liquidará de la siguiente forma: Premio ($ por día de adelanto en entregar la obra) = (0,20 x C) / P

Siendo: C = Monto Contrato, aumentado o disminuido por el importe que representen las modificaciones o ampliaciones de obra.- P = Plazo de Obra contractual en días, más prórroga del plazo convenido y aprobado.-

La fórmula propuesta, solo tiene validez y se aplicará cuando el tiempo real de finalización de la obra está comprendida entre el 90 y el 100% del plazo FINAL DE OBRA APROBADA. Es decir, que, el tope del reconocimiento del tiempo, en menos, en los que hace a la liquidación y pago del premio será del 10% (en días) del plazo aprobado por la Administración (5.1.33).-

Artículo 18°: CASOS EN QUE LOS MATERIALES DE DEMOLICIÓN QUEDAN DE

PROPIEDAD DEL CONTRATISTA O LA ADMINISTRACIÓN Los oferentes, al efectuar sus propuestas, deberán tener en cuenta que se incluyen en las mismas, las demoliciones que resulten necesarias para el emplazamiento de la obras contratadas que se indiquen en los planos, debiendo quedar en pie, la totalidad o parte de aquellas obras existentes que no constituyen un inconveniente por su proximidad y ubicación a la nueva obra o puedan ser, de permitirle su estado de conservación, utilizadas con otros fines. De las demoliciones que efectúe el Contratista deberá depositar en la obra a disposición del Ente Provincial de Energía del Neuquén, los materiales, apilados y clasificados en forma que permitan su transporte.-

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En todos los casos en que las obras contratadas afectaren paredes medianeras existentes que sea necesario reconstruir estará a cargo del contratista de acuerdo al plano correspondiente, la demolición de las mismas y la ejecución de los apuntalamientos necesarios y tabiques exigidos por los reglamentos municipales, así como también deberá dejar en las mismas condiciones en que los recibiera, los locales de las propiedades linderas afectadas por las demoliciones. Los materiales provenientes de estas demoliciones quedarán a beneficio del Contratista y serán retirados de la obra a su costa. El Contratista será el único responsable de los arreglos que ejecute en los edificios linderos motivados por la ejecución de las obras terminadas y correrán por su cuenta todas las indemnizaciones a que dieran lugar esos arreglos.- Efectuará también todos los trámites requeridos para la adquisición de la medianería de las paredes que queden subsistentes, como asimismo de las que se demuelen para ser reconstruidas (5.3.34).-

Artículo 19°: MATERIALES A PROVEER POR LA ADMINISTRACIÓN La Administración podrá tomar a su cargo total o parcialmente el suministro de los materiales, materias primas, artefactos, maquinarias, lubricantes, combustibles y otros elementos necesarios para las obras los que en tal caso estarán detallados con indicación de cantidad, valor y condiciones determinadas en las Disposiciones Complementarias (5.3.38).-

Artículo 20°: GASTOS IMPRODUCTIVOS En caso que se produjeran paralizaciones parciales o totales de las obras, motivadas por actos del Gobierno y/o incumplimiento de obligaciones contractuales por el Ente Provincial de Energía del Neuquén, éste reconocerá al Contratista como única y exclusiva compensación, los gastos directos improductivos a determinarse tomando el monto anual ejecutable "según la siguiente fórmula":

Ma = (I x da) / dt Donde: I = Importe Contratado.- dt = Total días laborables previstos en el contrato para la ejecución de la obra.- da = Total de días laborables en el año, deducidos los correspondientes a paralizaciones comunes en épocas normales.- Ma = Monto anual ejecutable.-

Las paralizaciones comunes en épocas normales, sólo darán derecho a la concesión de prórroga del plazo contractual.-

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La liquidación de gastos improductivos, si los hubiere se practicará anualmente, conjuntamente con las variaciones de costos del último bimestre, y al término de la obra para el último resto.-

I) Compensaciones anuales máximas: Este reconocimiento representará una compensación para los gastos directos improductivos de las obras. Cuando la paralización de la obra ha sido total, se reconocerá en el período correspondiente, los siguientes porcentajes anuales: ---------------------------------------------------------------------------------------------------------

MONTO ANUAL EJECUTABLE --------------------------------------------------------------------------------------------------------- Hasta $ 2.000 2.000 a 5.000 5.000 a 10.000 Más de $ 10.000

5% 4% 3% 2% ---------------------------------------------------------------------------------------------------------

II) Paralizaciones Parciales: Para determinar el monto del resarcimiento por paralizaciones parciales o disminuciones del ritmo normal de los trabajos, se considerará la "Compensación anual máxima" afectándola de un coeficiente 1, equivalente a la relación del importe de obra que se ha dejado de ejecutar y el que debió ejecutarse en el mismo plazo: 1 = (Ma – M) / Ma Siendo M = Monto certificado por obra contratada.-

III) Reducción por falta de medios adecuados: Si durante esos períodos el Contratista no dispuso de los medios adecuados para realizar las obras conforme a lo previsto en el plan de trabajo, dicho resarcimiento se multiplicará por otro coeficiente de reducción "ke" que fijará el comitente teniendo en cuenta los medios reales con que contó el contratista.- A tal efecto se admitirá la siguiente relación de gravitación en el total de gastos:

a) Financiación 0,22 b) Alquiler y amortización de equipos 0,15 c) Dirección de obra 0,17 d) Personal auxiliar (capataces, empleados,

escritorios, sereno, etc.) 0,26 e) Alquiler de locales, movilidad obra 0,10 f) Conservación obra realizada, etc. 0,10 ----------------------------------------------------------------------- Siendo para medios adecuados 1,00

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IV) Liquidación: En las obras que no han tenido principio de ejecución se reconocerá solamente el veinte por ciento (20%) de las sumas que resultaren de la ampliación de los porcentajes anuales y coeficientes citados, contándose el plazo a partir de la fecha de replanteo. Se entenderá por obras que no han tenido principio de ejecución aquellas que, desde el replanteo hasta la fecha de liquidación, no se hubiera alcanzado a ejecutar trabajos por importes equivalentes al cinco por ciento (5%) de la producción programada para ese período (5.1.42).-

Artículo 21°: MEDIOS DE PAGO Cuando no se prevea el pago de la obra en dinero efectivo, los medios de pago que se prevean se insertarán en las Disposiciones Complementarias (7.1.59).-

Artículo 22°: PLAZO DE CONSERVACIÓN Y GARANTÍA Salvo indicación en contrario en las Disposiciones Complementarias, entre las recepciones provisional y definitiva correrá un plazo de garantía de trescientos sesenta (360) días corridos, durante el cual, el Contratista será responsable de la conservación de las obras y de las reparaciones requeridas por defectos o desperfectos provenientes de la mala calidad o ejecución deficiente de los trabajos (8.3.65).-

Artículo 23°: APROBACIÓN DE PLANOS Y PAGO DE DERECHOS ANTE

ORGANISMOS NACIONALES, PROVINCIALES Y MUNICIPALES El contratista está obligado a ejecutar los planos y demás documentos que exijan los organismos nacionales, provinciales y municipales, ya sean estatales o privados, para la ejecución de las obras o instalaciones incluídas en la obra licitada, así como su tramitación y pago de derechos para obtener la aprobación de los mismos. Ello significa además que los trabajos, instalaciones, etc. objeto de dichas tramitaciones, deben ejecutarse de acuerdo con las reglamentaciones de dichos organismos, aunque en los planos y documentos de la licitación no se hayan observado dichas reglamentaciones. El Contratista deberá asimismo gestionar y obtener las inspecciones parciales y finales y también la aprobación final y habilitación de los trabajos e instalaciones a que se refiere este artículo.-

Artículo 24°: RESPONSABILIDAD POR CÁLCULO DE ESTRUCTURAS E

INSTALACIONES Todos los cálculos, ya sea de instalaciones o estructuras de cualquier naturaleza, a cargo del Contratista deberán ser realizados y refrendados por un profesional con título habilitante, el cual se hará responsable con su firma de los cálculos ejecutados.-

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La responsabilidad ante el E.P.E.N. por cualquier contingencia o perjuicio que pudiera derivarse de un cálculo realizado en forma deficiente, será asumida por el contratista.- El E.P.E.N., a pesar de que los cálculos deberán contar con su aprobación, no asume ninguna responsabilidad por los errores que pudieran haberse deslizado, subsistiendo en consecuencia la responsabilidad del profesional y del contratista, que será plena, por el trabajo realizado.- Antes de dar comienzo a los cálculos, el Contratista comunicará al E.P.E.N. los datos del profesional (nombre y apellido, domicilio, título habilitante y número de matrícula en el Consejo Profesional que corresponda). Dicho profesional podrá ser recusado por la Administración con causa fundada para ello.-

Artículo 25°: VISTAS FOTOGRÁFICAS EL Contratista deberá prever la entrega, dentro de los primeros cinco (5) días de cada mes, de SEIS (6) fotografías color de la obra en construcción. Oportunamente la Inspección indicará los puntos desde donde se fotografiará y el ángulo de enfoque, los que deberán respetarse en todas las series de fotografías, con el fin de obtener un testimonio válido del avance de las obras.- Las ampliaciones serán de 13 x 18 cm. e incluirán en uno de sus ángulos la fecha de la toma. Al finalizarse la obra se tomarán VEINTICUATRO (24) fotografías, de características similares a las descriptas.-

Artículo 26°: INCUMPLIMIENTO DE ÓRDENES DE SERVICIO Las instrucciones y observaciones que la Inspección deba transmitir al Contratista en la Obra ya sea por la calidad de los materiales, estructuras, trabajos de modificaciones, como asimismo referentes a las cláusulas generales del contrato, entrega de los detalles, etc., se registrarán en un libro especial foliado, denominado "Libro de Actas y Ordenes de Servicio", el que será llevado con toda prolijidad, sin enmiendas, por riguroso orden de fechas y numerando sucesivamente las órdenes.- Toda orden apuntada en el libro, se entenderá dada dentro de las estipulaciones del contrato, esto es, sin importar modificación alguna ni la encomienda de un trabajo adicional salvo en el caso de que en la orden se hiciera manifestación expresa en contrario.- Cuando una orden implicara la alteración de lo convenido, deberá indicarse en virtud de qué disposición se da.- Cuando el Contratista considere que en cualquier orden impartida se exceden los términos del contrato, podrá al notificarse, manifestar por escrito su disconformidad con la orden recibida, sin perjuicio de presentar a la Dirección de Obras, en el término de 15 (quince) días una reclamación fundando las razones que lo asisten para observar la orden recibida.-

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La Dirección deberá expedirse dentro del plazo de treinta (30) días, en caso contrario se considerará ratificada la orden de servicio, quedando en libertad el Contratista de recurrir de ella ante la superioridad competente.- La observación del contratista, opuesta a cualquier orden de servicio no lo eximirá de cumplirla, si ella fuera mantenida por la Dirección de obras.- El Contratista está obligado a suscribir el libro de actas y ordenes de servicio cada vez que le sea requerido por la Inspección.- La falta de cumplimiento a las órdenes ratificadas por la Dirección dentro del plazo fijado será penado con una multa que por día de mora fija el artículo 14º de este Pliego.- En todos los casos que se produzcan reclamos técnicos por el Contratista, la solicitud será sometida a dictamen de una comisión de técnicos que designará la Dirección.- En todos los casos, la Dirección de Obras confirmará o modificará por nota la orden de servicio dada por la Inspección, transcribiéndose en esa oportunidad la misma.- Cuando se trate de obras adicionales o modificaciones que estén dentro de la partida de ampliaciones o imprevistos de la obra, la orden de servicio no tendrá valor alguno si no es autorizada por la Dirección. En caso de no cumplir esta formalidad no serán reconocidos tales trabajos como adicionales (5.3.28.1.8).-

Artículo 27°: PRÓRROGAS DE PLAZO El Contratista está en la obligación de tomar las providencias para que la obra se desarrolle con un ritmo acorde con el plan de trabajo previsto, para ejecutar la misma en los plazos establecidos en las Disposiciones Complementarias y/o en el contrato.- El Contratista podrá solicitar prórroga de los plazos cuando exista causa fundada para ello.- En tales casos, los mismos serán ampliados por un lapso acorde con la causa motivo de la demora. Serán causa motivo de la prórroga:

1) Pérdida de tiempo emergente de modificaciones del proyecto contratado inicialmente.-

2) Ejecución de trabajos adicionales y/o ampliaciones.-

3) Huelgas y cierres; las lluvias u otros fenómenos meteorológicos que asumen características anormales o que no permita la ejecución de los trabajos.-

4) Las Órdenes impartidas por la Administración que signifique modificación al proyecto o a las especificaciones, la demora en la entrega de planos de detalle, aclaraciones, especificaciones complementarias que debe suministrar la Inspección.-

5) Las demoras que ocasionen como consecuencia de los contratos directos que se hubiere reservado el comitente, que impida el cumplimiento del plan

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de trabajo del Contratista, la falta de resolución por parte de la Administración de los planos o detalles constructivos que el Contratista le someta para su aprobación previa.-

6) Las causas de mora enunciadas anteriormente no excluyen todas aquellas que, aunque no hayan sido especificadas expresamente tengan su origen en acontecimientos que no hubieran podido preverse o que previstos no hubieran podido evitarse.-

Para tener derecho a la prórroga, el Contratista deberá dirigirse por escrito en Nota de Pedido a la Inspección indicando las causas que originaron la demora, a fin de que esta pueda comprobar los hechos o circunstancias denunciadas.- Cuando la paralización proceda por Orden de Servicio de la Inspección, no será necesaria la comunicación citada (Art. n° 14 y n° 50 de la Ley 0687/72).- Cuando las Disposiciones Complementarias establezcan premios por entrega anticipada de obras y la Administración conceda prórroga de los plazos contractuales, por éste solo hecho tales premios quedarán anulados a menos que la Administración convenga con el Contratista un nuevo régimen de premios ajustados a las nuevas condiciones y el espíritu de las condiciones contractuales (6.1.5.e) (5.3.27.5) (5.1.33).-

Artículo 28°: CONDICIONES DE RECEPCIÓN

a) Recepción provisional: cuando la obra se encuentre totalmente terminada, con arreglo al contrato, la Inspección procederá a la verificación de los trabajos y comprobará el funcionamiento de las instalaciones, conjuntamente con el representante técnico.- Simultáneamente se levantará un "Inventario por locales" o cuando esto no fuera posible, por partes fácilmente identificables a simple vista, de la obra. En el mismo se dejará constancia detallada de todos los elementos y terminaciones, como así también de las observaciones que le merezcan o de cualquier vicio aparente. Una vez finalizado el inventario, la Inspección autorizará en el libro de Actas y Ordenes de Servicio al Contratista principal a pedir por escrito la recepción provisional de acuerdo al Capítulo VIII de la Ley, su reglamentación y el Pliego Único de Bases y Condiciones para la Contratación de Obras Públicas.- La Inspección por su parte elevará la orden de servicio y agregará al original del inventario realizado, firmado por el representante técnico.- El comitente designará una comisión para efectuar la recepción provisional. Dicha comisión invitará al Contratista al presenciar el acto mediante telegrama colacionado. Si el Contratista se negara a presenciarlo o no compareciera, dispondrá la recepción por sí y ante sí, dejando constancia de la citación y ausencia del Contratista.- La comisión controlará el estado de la obra de acuerdo al inventario realizado por la Inspección y verificará el cumplimiento del Contratista a las observaciones

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formuladas, caso contrario suspenderá la recepción provisional por un plazo determinado del que dejará constancia en el libro de Actas y Ordenes de Servicio, donde si intimará el cumplimiento de las observaciones.- Si transcurrido dicho plazo el Contratista no hubiese solucionado las observaciones o se negara formalmente a hacerlo, la comisión procederá a la recepción provisional parcial de la obra en las partes que no merezcan objeción y recomendará a la Administración se proceda a deducir de los fondos de reparo las sumas que concretamente justiprecie habrán de ser necesarias para la terminación de los trabajos observados. Si el Contratista se negare a firmar el Acta, la comisión dejará constancia del hecho y recomendará la rescisión en los términos del artículo 72º inciso c) de la Ley.-

b) Recepción Definitiva: Esta recepción será efectuada por una comisión integrada por el Inspector de la obra y un funcionario a designar por el Ente Provincial de Energía del Neuquén.- Deberá efectuarse teniendo a la vista los planos conforme a obra y la documentación técnica y una vez transcurrido el plazo de garantía fijado en el artículo 22º.- La recepción se hará con las mismas formalidades de la recepción provisional, pudiéndose repetir total o parcialmente las verificaciones y pruebas ya efectuadas.- Su perfeccionamiento se producirá mediante Resolución del Presidente del E.P.E.N., cuya fecha de promulgación iniciará el término de Ley para contar los plazos por mora en que incurra la Administración en la devolución de los Fondos de Reparo.-

Artículo 29°: PLANES DE TRABAJO Las ampliaciones de plazo originadas por las causas contempladas por los artículos 41º, 45º y 46º de la Ley 0687/72, serán adicionadas al plazo contractual original confeccionándose un nuevo plan de trabajo en el que se adecuará el ritmo de ejecución de los ítems a la prórroga acordada.- En los casos en que deban ser fijados nuevos plazos como consecuencia de la realización de trabajos adicionales, aquellos se determinarán de acuerdo a las normas siguientes:

a) Cuando los trabajos adicionales deban efectuarse como consecuencia de modificaciones en el proyecto original, se seguirá el procedimiento establecido en el primer párrafo.-

b) Cuando los trabajos adicionales no interfieran la ejecución de la obra original, los plazos será computados a partir de la fecha en que se ordenó su comienzo con independencia del plazo fijado para la realización de aquella.-

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Asimismo se determinará por separado la alteración que los mismos producirán en la marcha de la obra con el fin de fijar la prórroga del plazo que pueda corresponder. Esta última se ajustará a lo establecido en a).- Para los adicionales contemplados en el punto b) deberá confeccionarse un plan de trabajo específicamente referido a los mismos, en función del cual se liquidarán las variaciones de costo correspondiente.- La Inspección, en cada caso, verificará el cumplimiento de los Planes de Trabajo en lo que hace a la realización de los diferentes ítem, ajustándose estrictamente a lo establecido en el Capítulo VI de la Ley Nº 0687/72, su reglamentación y el Pliego Único de Bases y Condiciones para la Contratación de Obras Públicas (3.3.14; 5.3.28.1.3; y 5.1.41).-

Artículo 30°: CASOS NO CONTEMPLADOS Cuando se presenten casos no contemplados en la Ley, su reglamentación, el Pliego General Único de Bases y el presente pliego de especificaciones particulares, podrán ser sometidos previa presentación de la Empresa en la que acredite la lesión a sus legítimos intereses, a la resolución del TRIBUNAL ARBITRAL, la que será inapelable.-

Artículo 31°: DECRETO 2343/83 Las Empresas oferentes deberán dar estricto cumplimiento a las previsiones del Decreto Nº2343/83, que forma parte de la documentación contractual. A tal fin los oferentes deberán consultar al Registro Especial de Compañías Aseguradoras que se hallen encuadradas en la situación prevista en el Artículo 1º de la norma citada, el que se encuentra habilitado en la Fiscalía del Estado.-

Artículo 32°: DOCUMENTACIÓN Y PLANOS CONFORME A OBRA El Contratista deberá presentar documentación y planos conforme a obra, con formato y carátula oficial, de acuerdo al listado y escalas obrantes en las Disposiciones Complementarias.- Todos los planos deberán ser ejecutados en poliester tipo 70. Se adjuntarán también con los originales, 3 (tres) juegos de copias heliográficas en líneas rojas o negras.- Sin el cumplimiento de dichos requisitos no se llevará a cabo la Recepción Provisional de la Obra.-

Artículo 33°: ANTICIPO DE FONDOS - ACOPIO DE MATERIALES Cuando la Administración prevea el Anticipo de Fondos al Contratista, se hará constar expresamente en las Disposiciones Complementarias, con mención de oportunidad y por ciento del contrato. El otorgamiento del certificado de anticipo de

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fondos, será concedido previa garantía satisfecha en las formas previstas en el Artículo 4° de este Pliego, inciso a), apartados 2 y 5.- El anticipo será deducido de los certificados siguientes proporcionalmente al monto autorizado. Cuando rija el régimen de acopios previsto en 3.3.14.2 del Pliego General Único, el mismo se determinará en las Disposiciones Complementarias. En la documentación del Contrato se incorporará el modelo del texto del "CONSTITUTO POSESORIO" que se labrará en cada oportunidad.- Tal modelo, así como los precios básicos del presupuesto oficial se consideran como parte integrante de estas Condiciones Particulares (7.3.52) - (3.3.14.2).-

Artículo 34°: GARANTÍAS Si el contratista no solicitara en tiempo y forma las Recepciones de la obra, el E.P.E.N. no responderá en ningún caso por los gastos que aquel deba afrontar para mantener vigentes las garantías durante mayor período que el requerido. Esto es extensivo a las pólizas de seguros solicitadas para la obra.-

Artículo 35°: INCOMPATIBILIDAD DEL PERSONAL DE LA CONTRATISTA Sin perjuicio de otras causales de incompatibilidad, se recuerda especialmente que resulta de plena vigencia el artículo 10° del Estatuto para el Personal Civil de la Administración Pública, en virtud del cual está prohibido para el personal de la Administración prestar servicios, remunerados o no, para Empresas Contratistas del Estado Provincial (aún cuando no existiera incompatibilidad horaria).- En caso de comprobarse un supuesto de esas características, la Contratista se hará pasible de una multa no reintegrable de Pesos DOS MIL ($ 2.000,-) en cada oportunidad y por cada persona que se hallara en esa circunstancia, sin perjuicio de su inmediata separación de la obra y de las sanciones que pudieran corresponderle. A este respecto, será de exclusiva responsabilidad de la Contratista verificar que su personal no se halla incurso en la incompatibilidad mencionada en el presente artículo.-

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PROVINCIA DEL NEUQUÉN

MINISTERIO DE ENERGÍA, AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS

ENTE PROVINCIAL DE ENERGÍA DEL NEUQUÉN

LEY PROVINCIAL N° 0687/72 DE OBRAS PÚBLICAS

S E C C I Ó N I V:

PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES DE LA OBRA

PARTE B: Especificaciones Técnicas

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Índice

1 INTRODUCCIÓN ..................................................................................... 148

1.1 ALCANCE DE LA SECCIÓN ........................................................................... 148

1.2 INTERPRETACIÓN DEL PLIEGO ..................................................................... 148

1.3 OBRADOR, INFRAESTRUCTURA Y CARTEL DE OBRA .................................... 148

1.4 SEGURIDAD PÚBLICA ................................................................................. 149

1.5 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Y PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL ............... 149

1.6 SEGURIDAD E HIGIENE ................................................................................ 149

1.7 DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS ...................................................................... 150

1.8 CRITERIOS DE DISEÑO ................................................................................ 151

1.9 ESTADOS CLIMÁTICOS A CONSIDERAR......................................................... 155

1.10 GESTIÓN DE LA CALIDAD ............................................................................ 155

1.11 MATERIALES A PROVEER POR EL LA ADMINISTRACIÓN .................................. 156

2 RELEVAMIENTO, PROYECTO Y REPLANTEO .................................... 158

2.1 DEFINICIÓN DE LA TRAZA ............................................................................ 158

2.1.1 Coordenadas de vértices ......................................................................... 158

2.2 RELEVAMIENTO PLANIALTIMÉTRICO ............................................................. 159

2.2.1 Planialtimetría .......................................................................................... 159

2.3 DISTRIBUCIÓN DE ESTRUCTURAS ................................................................ 159

2.4 GESTIÓN DE TIERRAS Y PERMISOS .............................................................. 160

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2.5 PERMISOS DE CRUCE ................................................................................. 160

2.6 REPLANTEO DE PIQUETES .......................................................................... 160

2.7 ESTUDIOS DE SUELOS ................................................................................ 161

2.7.1 Perforaciones Exploratorias..................................................................... 162 2.7.2 Excavaciones a Cielo Abierto .................................................................. 163 2.7.3 Mediciones de Resistividad ..................................................................... 164

2.7.4 Informe Final ............................................................................................ 164 2.7.5 Informe de estudios realizados ................................................................ 164

3 OBRAS CIVILES ..................................................................................... 165

3.1 ALCANCE .................................................................................................. 165

3.2 NORMAS DE REFERENCIA ........................................................................... 166

3.3 LIMPIEZA DE LA FRANJA DE SERVIDUMBRE .................................................. 168

3.3.1 Alcance .................................................................................................... 168 3.3.2 Descripción .............................................................................................. 169

3.4 NIVELACIÓN ............................................................................................... 171

3.5 REPLANTEO ............................................................................................... 171

3.5.1 Ejecución ................................................................................................. 171 3.5.2 Tolerancias .............................................................................................. 171

3.6 EXCAVACIONES Y RELLENOS ...................................................................... 172

3.7 FUNDACIONES ........................................................................................... 173

3.7.1 Criterios de Diseño de Fundaciones ........................................................ 173 3.7.2 Tipos de Hormigones .............................................................................. 174 3.7.3 Materiales Componentes ......................................................................... 174 3.7.4 Elaboración de Hormigones .................................................................... 175 3.7.5 Encofrados .............................................................................................. 176

3.7.6 Armaduras ............................................................................................... 176 3.7.7 Ejecución ................................................................................................. 177 3.7.8 Protección contra la Agresividad ............................................................. 177

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4 ESTRUCTURAS ...................................................................................... 179

4.1 ALCANCE .................................................................................................. 179

4.2 NORMAS DE REFERENCIA ........................................................................... 179

4.3 CRITERIOS DE DISEÑO ................................................................................ 180

4.4 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS ...................................................................... 180

4.4.1 Postes ...................................................................................................... 180 4.4.2 Vínculos ................................................................................................... 181 4.4.3 Puesta a Tierra ........................................................................................ 182

4.5 ENSAYOS EN FÁBRICA ................................................................................ 182

4.5.1 Verificaciones .......................................................................................... 182 4.5.2 Ensayo de Carga ..................................................................................... 182

4.6 TRANSPORTE, DESCARGA Y ACOPIO ........................................................... 182

4.6.1 Transporte ............................................................................................... 182 4.6.2 Descarga ................................................................................................. 183

4.6.3 Acopio ...................................................................................................... 183

4.7 MONTAJE .................................................................................................. 184

4.7.1 Armado e Izado ....................................................................................... 184 4.7.2 Tolerancias .............................................................................................. 185

4.7.3 Reparaciones .......................................................................................... 185 4.7.4 Carteles Indicadores ................................................................................ 185

4.8 DOCUMENTACIÓN TÉCNICA ......................................................................... 186

5 PUESTA A TIERRA ................................................................................ 187

5.1 ALCANCE .................................................................................................. 187

5.2 NORMAS DE REFERENCIA ........................................................................... 187

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5.3 CRITERIOS DE DISEÑO ................................................................................ 187

5.3.1 Materiales ................................................................................................ 187 5.3.2 Puesta a Tierra de Estructuras ................................................................ 187 5.3.3 Puesta a Tierra de Alambrados ............................................................... 188 5.3.4 Puesta a Tierra del Cable de Guardia OPGW ......................................... 188

5.4 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS ...................................................................... 188

5.4.1 Elementos de Acero Revestido con Cobre .............................................. 188

5.5 INSTALACIÓN ............................................................................................. 188

5.6 MEDICIÓN DE RESISTENCIA ......................................................................... 189

5.7 DOCUMENTACIÓN TÉCNICA ......................................................................... 189

6 CONDUCTOR ......................................................................................... 190

6.1 ALCANCE .................................................................................................. 190

6.2 NORMAS DE REFERENCIA ........................................................................... 190

6.3 CRITERIOS DE DISEÑO ................................................................................ 190

6.4 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS ...................................................................... 190

6.5 REPUESTOS............................................................................................... 190

6.6 ENSAYOS DE RECEPCIÓN EN FÁBRICA ......................................................... 190

6.7 DOCUMENTACIÓN TÉCNICA ......................................................................... 191

6.7.1 Documentación a Incluir en la Oferta ...................................................... 191 6.7.2 Documentación a Presentar por el Contratista ........................................ 191

6.8 TENDIDO Y FLECHADO ................................................................................ 191

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7 CABLE DE GUARDIA CON FIBRA ÓPTICA (OPGW) ........................... 192

7.1 ALCANCE .................................................................................................. 192

7.2 CRITERIOS DE DISEÑO ................................................................................ 192

7.2.1 Generalidades ......................................................................................... 192 7.2.2 Estudio de Atenuaciones ......................................................................... 193

7.3 NORMAS DE REFERENCIA ........................................................................... 193

7.4 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS ...................................................................... 196

7.4.1 Cable OPGW ........................................................................................... 196

7.4.2 Cajas de Empalme .................................................................................. 197 7.4.3 Accesorios ............................................................................................... 197

7.5 REPUESTOS............................................................................................... 199

7.6 ENSAYOS DE RECEPCIÓN EN FÁBRICA ......................................................... 200

7.6.1 de tipo ...................................................................................................... 200 7.6.2 de Recepción en Fábrica ......................................................................... 200

7.7 TENDIDO Y FLECHADO ................................................................................ 202

7.8 ENSAYOS EN EL EMPLAZAMIENTO ............................................................... 203

7.9 DOCUMENTACIÓN TÉCNICA ......................................................................... 203

8 AISLADORES ......................................................................................... 205

8.1 ALCANCE .................................................................................................. 205

8.2 NORMAS DE REFERENCIA ........................................................................... 205

8.3 CRITERIOS DE DISEÑO ................................................................................ 206

8.4 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS ...................................................................... 206

8.5 REPUESTOS............................................................................................... 206

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8.6 ENSAYOS DE RECEPCIÓN EN FÁBRICA ......................................................... 206

8.6.1 Elementos para Cadenas ........................................................................ 207

8.7 MONTAJE .................................................................................................. 207

8.8 DOCUMENTACIÓN TÉCNICA ......................................................................... 207

9 HERRAJES Y GRAPAS .......................................................................... 208

9.1 ALCANCE .................................................................................................. 208

9.2 NORMAS DE REFERENCIA ........................................................................... 208

9.3 CRITERIOS DE DISEÑO ................................................................................ 210

9.3.1 Generalidades ......................................................................................... 210 9.3.2 Características Mecánicas ....................................................................... 210

9.3.3 Características Eléctricas ........................................................................ 210 9.3.4 Amortiguamiento de Vibraciones ............................................................. 211

9.3.5 Sistema Anti-pájaros (AVESTOP) ........................................................... 211

9.4 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS ...................................................................... 212

9.4.1 Generalidades ......................................................................................... 212

9.4.2 Grapas de Conductor .............................................................................. 213 9.4.3 Grapas bifilar de Puesta a Tierra ............................................................. 213

9.5 REPUESTOS............................................................................................... 213

9.6 ENSAYOS DE RECEPCIÓN EN FÁBRICA ......................................................... 213

9.6.1 Muestreo .................................................................................................. 213

9.6.2 Verificación de Dimensiones y Terminaciones ........................................ 214 9.6.3 Ensayo de Apriete de Partes Roscadas .................................................. 214

9.6.4 Ensayo de Tracción ................................................................................. 214 9.6.5 Verificación de la Resistencia al Deslizamiento de las Grapas ............... 215 9.6.6 Ensayo de Rotura .................................................................................... 215 9.6.7 Verificación de la Resistencia al Deslizamiento de las Grapas ............... 215 9.6.8 Verificación del Cincado .......................................................................... 215

9.6.9 Verificación de Acoplamiento con Aisladores .......................................... 216

9.7 MONTAJE .................................................................................................. 216

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9.8 DOCUMENTACIÓN TÉCNICA ......................................................................... 216

10 TENDIDO Y FLECHADO DE CABLES ................................................... 217

10.1 ALCANCE .................................................................................................. 217

10.2 NORMAS DE REFERENCIA ........................................................................... 217

10.3 EQUIPOS, HERRAMIENTAS Y DISPOSITIVOS .................................................. 217

10.3.1 Generalidades ......................................................................................... 217 10.3.2 Máquinas de Tiro y de Frenado ............................................................... 218 10.3.3 Poleas ...................................................................................................... 218

10.4 TENDIDO ................................................................................................... 219

10.4.1 Generalidades ......................................................................................... 219 10.4.2 Planillas de Control del Tendido .............................................................. 220

10.4.3 Puestas a Tierra ...................................................................................... 221

10.4.4 Empalmes ................................................................................................ 222 10.4.5 Reparaciones .......................................................................................... 222 10.4.6 Cruces ..................................................................................................... 223

10.5 FLECHADO ................................................................................................ 223

10.5.1 Generalidades ......................................................................................... 223 10.5.2 Control de Flechas .................................................................................. 224 10.5.3 Marcado y Engrapado ............................................................................. 225

10.6 INSTALACIÓN DE AMORTIGUADORES DE VIBRACIONES .................................. 225

10.7 INSTALACIÓN DE PUENTES DE CONEXIÓN ..................................................... 225

10.8 VERIFICACIÓN DE FLECHAS ......................................................................... 226

10.9 MEDICIÓN DE VIBRACIONES ........................................................................ 226

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1- INTRODUCCIÓN

1.1 ALCANCE DE LA SECCIÓN

Esta sección incluye los requisitos para la elaboración del proyecto ejecutivo, el suministro de materiales, la ejecución de las obras civiles, montaje electromecánico, ensayos y puesta en servicio de una línea aérea de 132 kV entre el cruce de las Rutas Nacionales 40 y 231 y la estación trasformadora Paso Coihue

1.2 INTERPRETACIÓN DEL PLIEGO

La descripción de las Obras a cargo del Contratista deberá interpretarse como una guía de orientación sobre la naturaleza de las mismas, sin librarlo de la obligación de entregarlas terminadas en forma de satisfacer de manera confiable el objeto a que se las destina.

Es por ello, y asumiendo que el Oferente es especialista en este tipo de instalaciones, que la falta de mención en el presente Pliego de detalles necesarios para la determinación de las Obras no eximirá al Contratista de entregar las mismas completamente terminadas de acuerdo con las reglas de la técnica, y listas para entrar en servicio confiable conforme con los fines a que están destinadas sin costo adicional para el Comitente. El costo de los elementos o trabajos secundarios o menores propios de cada ítem o Subitem, se considerarán incluidos en la Oferta

Las planillas de Datos Garantizados se deben considerar como parte del presente pliego de condiciones. En ella se indican valores “Solicitados“ por el Comitente y valores “Ofrecidos” por el Oferente. La columna de los valores Ofrecidos se completará como valor garantizado, independientemente que figure algún valor en la columna Solicitado.

En caso que el dato no sea compatible con el producto ofrecido el Oferente marcará un trazo horizontal en la columna Ofrecido. De no hacerlo se considerará omitido y no dará derecho a reclamos ante homologaciones que se hagan de oficio ó rechazos de la oferta

1.3 OBRADOR, INFRAESTRUCTURA Y CARTEL DE OBRA

En el Anexo XII, se incluyen los requisitos para la instalación de obrador, depósitos en las obras comprendidas en el presente pliego así como el cartel de obra.

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1.4 SEGURIDAD PÚBLICA

En el Anexo V, se incluyen los requisitos que deberá cumplimentar el contratista en lo concerniente a Seguridad Pública.

Asimismo deberá cumplir con lo expresado en las siguientes reglamentaciones:

- Resolución 400/2011 ENRE que corresponde a la aplicación de la AEA 95704

- Resolución 1832/1998 ENRE que corresponde a la “Reglamentación de Trabajos en la Vía Pública”.

- Resolución 033/2004 ENRE que corresponde a la “Requisitos de Obstáculos y Cartelería”.

1.5 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Y PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL

El Contratista deberá cumplimentar lo expresado en el Anexo VI de la presente sección.

1.6 SEGURIDAD E HIGIENE

Con el fin de prevenir todo daño al público, originado en las obras, tareas y/o actividades objeto de este Contrato, la Contratista se obliga a mantener una vigilancia preventiva sobre las instalaciones y movimientos de vehículos, maquinaria y personal que pudieran interferir con la seguridad pública y los bienes de terceros o que pudieran ser pasibles de contacto inocente e inadvertido por terceros, siendo de su exclusiva responsabilidad todo reclamo por daños en el fuero Civil y Penal.

Si durante la construcción de la obra se dañaren estructuras, líneas de electricidad,

vías de acceso, o cualquier otra obra, por negligencia de la Contratista, esta deberá

reparar los daños y además reconstruir las obras dañadas a su exclusivo cargo y

costo.

Además el Contratista deberá entregar a la Inspección, con la firma del

Representante Técnico, los Procedimientos de Trabajo con la debida antelación

para su análisis. En los mismos se explicará la metodología utilizada en el montaje

y la función de cada uno de los involucrados en las maniobras además de todos los

resguardos a tener en cuenta a fin de garantizar la seguridad de las personas y de

las instalaciones. Asimismo en el caso de utilización de grúas contendrá esquemas

donde se indique la posición a adoptar por parte de la grúa en cada etapa del

montaje de los equipos a fin de verificar dentro de su diagrama de carga. Todas las

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maniobras deberán ser supervisadas por un Técnico en Seguridad matriculado y

con acredita experiencia en este tipo de maniobras.

1.7 DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS

La línea tendrá una longitud de aproximadamente 19,6 km. Sus características principales deberán ser estimativamente las siguientes:

Disposición de fases: Triángulo con ménsula inferior de mayor longitud (1 m min) que las restantes.

Estructuras: Hormigón armado con ménsulas y mensulín para cable de guardia.

Conductores: Aluminio-acero, de 150/25 mm2 de sección.

Cable de guardia: OPGW, acero revestido con aleación de aluminio.

Longitud del vano medio estimado tramo de postación a instalar:

200 metros.

Aisladores: Vidrio templado o porcelana a rótula

Conjuntos para suspensión de conductores:

Cadenas simples de 9 aisladores, como mínimo

Conjuntos de retención de conductores:

Cadenas Dobles de 10 aisladores, como mínimo – Morsa de cable pasante.

La nueva línea a construir, en simple terna con disposición triangular de los conductores, dispuestos sobre tres ménsulas siendo la ménsula inferior de mayor longitud para evitar que dos conductores queden en el mismo plano, previendo posibles vibraciones de baja frecuencia y gran amplitud por efectos de rotura del manguito de hielo. El cable de guardia, a colocar sobre la cuarta ménsula -en la cima de la estructura- será del tipo OPGW, provisto con fibras ópticas. En la siguiente vista aérea se aprecia la ubicación geográfica de la obra prevista.

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1.8 CRITERIOS DE DISEÑO

La línea deberá diseñarse según las pautas establecidas por el ENRE en sus resoluciones, tomando en cuenta los estados climáticos que se definen en el punto 1.4. En el estado de máxima flecha, luego de 10 años de servicio y transmitiendo una potencia de 30 MVA, los conductores deberán mantener una alturas mínimas de seguridad sobre el terreno de 7 m, no pudiendo ser nunca inferior a las normadas por el ENRE en su Res. 37/2010 incrementados en 0,25 m a fin de absorber eventuales errores de relevamiento, posicionamiento de estructuras, flechado, etc.

El diseño deberá incluir un sistema de amortiguación de vibraciones para conductores y cable de guardia desarrollado con amortiguadores inerciales tipo Stockbridge. La cantidad de amortiguadores y su posicionamiento deberán ser definidos por el Contratista de manera de asegurar una eficiente protección antivibratoria.

Cálculo Mecánico de Cables

El cálculo mecánico de los conductores y cable de guardia se deberá efectuar de manera de cumplir con la resolución ENRE 37/2010, aplicando los estados climáticos detallados en el punto Condiciones Climáticas de esta Especificación. Así mismo, deberá corregirse la temperatura máxima prevista para compensar el efecto de relajamiento de los conductores con el tiempo. La tensión media anual del hilo de guardia responderá al tipo de cable utilizado y al valor que para el mismo establece el fabricante sin superar el 25% de la carga de rotura para el estado de Temperatura Media Anual en condiciones de cable asentado, ni el 70% de la

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misma carga para la hipótesis de tensión máxima. En el Estado de T. M. A. la tensiones del hilo de guardia será determinada de manera tal que la flecha del mismo no supera el 90% del valor de la flecha de los conductores. Distancias Eléctricas Las distancias eléctricas se ajustarán a lo indicado en la ET Nº 1 de la Ex AyEE, en Reglamentación AEA 95301 y en las disposiciones del Enre, en todos los casos se adoptara la condición del lado de la seguridad y confiabilidad de la línea. Los cruces de rutas nacionales se efectuarán dé acuerdo con la Circular N° 7241 de Octubre/2000 de Vialidad Nacional. Los cruces con las rutas provinciales se realizarán conforme a las especificaciones de las correspondientes reparticiones provinciales con competencia en el tema. En ambos casos, para los cruces, se debe contar con la aprobación del organismo respectivo y dicho cruce nunca será menor a 8 mts con las señalizaciones que correspondan. La distancia libre del conductor al suelo no será la indicada en la Reglamentación AEA 95301 y se determinará con la flecha máxima del mismo a la temperatura máxima de trabajo, que en ningún caso será inferior a 50°C. El ángulo de inclinación de los puentes de conexión (cuello muerto) en las estructuras de retención en línea, retención angular y terminal será adoptado de la Tabla IV del Anexo VI A de la Especificación Técnica GC-I-ET N° 1. La cantidad de aisladores de la cadena de suspensión del puente será de 9 unidades, de las mismas características de los de la línea. En las estructuras de retención angular serán considerados prolongadores de las cadenas de retención, de longitud adecuada al ángulo de desvío que cubre la estructura, a efectos que las partes bajo tensión mantengan las distancias a tierra La distancia entre conductor e hilo de guardia, en todo el vano, no deberá ser menor a la distancia entre conductores. El ángulo de protección de los hilos de guardia con respecto a los conductores no será superior a los 30 grados, en todo el vano. Distancia entre Retenciones Serán colocadas estructuras de retención en todo quiebre horizontal. En los casos de quiebre vertical de la línea se evaluara especialmente y deberá contar con la aprobación del Comitente la definición de usar una retención ó si los esfuerzos puedan ser absorbido por un soporte de suspensión. En los tramos rectos de la línea se ubicarán retenciones de modo que entre dos amarres sucesivos, no se ubiquen más de 18 estructuras de suspensión. No se aceptaran estructuras de suspensión para resolver quiebres horizontales, es decir no se permita suspensiones con ángulos.

Cálculo de Estructuras

El Proyecto Ejecutivo de las estructuras lo realizará el Contratista a partir de las hipótesis de cálculo y los esquemas de cargas que resulten de aplicar estas especificaciones y la Especificación Técnica GC-I-ET N° 1 de la Ex Agua y Energía en todo aquello en que no se contradiga con estas especificaciones o resolución del ENRE.

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Cálculo de Fundaciones Las fundaciones de las estructuras serán resueltas mediante macizos de cimentación, zapatas o cilindros de fundación. Los diferentes tipos de fundaciones deben proyectarse de acuerdo a los criterios que se indican en el apartado de Fundaciones del presente. De acuerdo a las reglamentaciones de cálculo civil correspondientes CIRSOC, etc. A efectos de determinar las características físicas, químicas y mecánicas de los suelos se realizaron sondeos con Ensayos Normales de Penetración (método de Terzaghi) Puntos denominados 15, 16, 17, 18, 19 y 20 del Estudio de Suelos. Allí se determinó la agresividad del suelo al hormigón y la resistividad del terreno mediante Sondeos Eléctricos Verticales. Los resultados de estos ensayos se muestran en el Informe Geotécnico, Anexo a las especificaciones técnicas del presente Pliego.

Aisladores

EL SUMINISTRO SERA PROVISION DEL COMITENTE (EPEN), por lo cual el diseño de la línea y la obra tendrá en cuenta las características del material a entregar. El suministro del conductor está a cargo del Comitente, que será entregado al contratista en los Depósitos del Epen, ubicados en la localidad de Zapala. Para esta condición de entrega de materiales por parte del Comitente se dará cumplimiento a lo indicado en el

punto “11. ENTREGA DE MATERIALES POR EL COMITENTE”.

La siguiente descripción es de carácter informativo general a solo efectos de preparar las ofertas. Los aisladores podrán ser de Vidrio ó Porcelana. En este último caso serán aisladores del tipo clase U 70 BL según IEC 60305, del tipo caperuza y badajo, con alojamiento a rotula de dimensiones ajustadas a las normalizadas en IEC 120. El dieléctrico será de porcelana elaborada mediante el proceso de vía húmeda, con alto contenido de alúmina (IEC 60672 –3, clasificación C-130). La caperuza podrá ser de fundición maleable o nodular. Las dimensiones del cuenco y de los calibres de los acoplamientos responderán a IEC 120. El perno será de acero forjado de alta resistencia. Los calibres de los acoplamientos serán según IEC 120. La chaveta será de acero inoxidable tipo AISI 304, de dimensiones según IEC 60.372, del tipo “Split-pins” (o tipo “R” según la norma IRAM 2249).

El cincado de las partes metálicas se realizará por inmersión en caliente, según lo establecido en la norma ASTM-A 153. La cementación de las partes metálicas al dieléctrico deberá realizarse por compresión y vibrado y de manera que asegure la ubicación y unión de las piezas dentro de las tolerancias de la norma. 3.9

Grapería

EL SUMINISTRO PARCIAL SERA PROVISION DEL COMITENTE (EPEN), por lo cual el diseño de la línea tendrá en cuenta las características del material a entregar. Las

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condiciones, alcances y características serán las detalladas en este pliego. El suministro parcial de la grapería que está a cargo del Comitente, será entregada al Contratista en los Depósitos del Epen, ubicados en la localidad de Zapala. Para esta condición de entrega de materiales por parte del Comitente se dará cumplimiento a lo

indicado en el punto “11. ENTREGA DE MATERIALES POR EL COMITENTE”

El Contratista tendrá a su cargo el suministro del resto de la graperia que sea necesaria, y el montaje de la totalidad de los materiales.

El diseño de todos los herrajes seguirá los lineamientos de las normas IRAM 20022 y serán aptas para el mantenimiento de la línea bajo tensión. Las resistencias mecánicas mínima a rotura de las cadenas de aisladores de suspensión simple y doble serán del 85% de la carga mínima de rotura a tracción del conductor. Las cadenas de retención tendrán una resistencia mecánica mínima del 95% de la carga mínima de rotura a tracción del conductor. Todas y cada una de las piezas de cualquier conjunto deberá resistir sin deformaciones permanentes las cargas máximas admisibles del mismo. Las cadenas de suspensión del conductor serán proyectadas sin el empleo de dispositivo de protección alguno (anillos, cuernos, raquetas). La grapa de suspensión del conductor deberá soportar una carga de deslizamiento del 25% de la carga mínima de rotura a la tracción del conductor y de rotura del 60%. La grapa de retención del conductor será del tipo cable pasante y deberá soportar una carga de deslizamiento del 95% de la carga mínima de rotura a la tracción del conductor y mayor que el 95% a la rotura. La resistencia mecánica mínima a rotura del conjunto de suspensión (del tipo apoyo) del hilo de guardia será del 85% de la carga mínima de rotura a tracción del cable. El conjunto de retención tendrá una resistencia mecánica mínima del 95% de la carga mínima de rotura a tracción del cable. La grapa de suspensión del hilo de guardia deberá soportar una carga de deslizamiento del 25% de la carga mínima de rotura a la tracción del cable y de rotura del 60%. La grapa de retención del hilo de guardia será del tipo a cable pasante y deberá soportar una carga de deslizamiento del 85% de la carga mínima de rotura a la tracción del conductor y mayor que el 95% a la rotura.

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1.9 ESTADOS CLIMÁTICOS A CONSIDERAR

Los estados climáticos a considerar en el diseño de la línea serán los siguientes:

HIPOTESIS DE CALCULO :

DESCRIPCION Hip. 1 Hip. 2 Hip. 3 Hip. 4 Hip. 5 Hip. 6

NOMBRE T.M.A. Temp. Mínima S/Hielo

Viento Máximo

Hielo c/viento medio

Temp Máxima

Hielo Máximo

%TIRO 18,00 32,00 35,00 33,00 35,00 50,00

Temperatura (°C) 8,00 -20,00 10,00 -5,00 50,00 -5,00

V.Viento(km/h) 0,00 0,00 150,00 50,00 0,00 50,00

M.Hielo(mm) 0,00 0,00 0,00 10,00 0,00 15,00

1.10 GESTIÓN DE LA CALIDAD

Con la finalidad de asegurar la calidad de las prestaciones a las que se refiere esta Especificación, El CONTRATISTA elaborará, dentro del Plan de la Calidad que aplicará en la presente Obra, Procedimientos y/o Instrucciones de Trabajo que deberán contener las recomendaciones y requerimientos contenidos en el presente documento y aquellos que estime necesarios para lograr el objetivo propuesto, independientemente de aquellos Procedimientos o Instrucciones de Trabajo taxativamente requeridos en esta Especificación.

Asimismo, contendrá los modelos de formularios o registros a ser completados durante la ejecución de los trabajos. La información contenida en dichos formularios deberá asegurar la trazabilidad de los elementos relevados e identificará a los responsables de la producción y de gestión de calidad. Los Procedimientos y/o Instrucciones de Trabajo arriba consignados serán suscriptos por el Responsable de Calidad del Contratista y presentados a la aprobación de la Inspección del COMITENTE con sesenta (60) días de antelación respecto de la iniciación de los respectivos trabajos en el sitio de acuerdo con el Cronograma de Obra aprobado. Como mínimo se presentaran los siguiente Procedimientos de Trabajo, sin perjuicio de esto la Contratista presentara a pedido de la Inspección los procedimientos que fuesen necesarios: Procedimiento para trabajos en Vía Publica Procedimiento para Excavaciones Procedimiento para Trabajos e Interferencias sobre Servicios de Terceros

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Procedimiento para Tendido de Conductores e Hilo de Guardia (OPGW) ETC Además el Contratista deberá entregar a la Inspección, con la firma del Representante Técnico, los Procedimientos de Trabajo con la debida antelación para su análisis. En los mismos se explicará la metodología utilizada en el montaje y la función de cada uno de los involucrados en las maniobras además de todos los resguardos a tener en cuenta a fin de garantizar la seguridad de las personas y de las instalaciones. Asimismo en el caso de utilización de grúas contendrá esquemas donde se indique la posición a adoptar por parte de la grúa en cada etapa del montaje de los equipos a fin de verificar dentro de su diagrama de carga. Todas las maniobras deberán ser supervisadas por un Técnico en Seguridad matriculado y con acredita experiencia en este tipo de maniobras.

1.11 MATERIALES A PROVEER POR EL LA ADMINISTRACIÓN

El E.P.E.N efectuara la provisión parcial de los materiales a utilizar en la obra aquí licitada. Los mismos serán entregados en acopio en la Cuidad de Zapala.-

El Contratista tendrá a su cargo de estos materiales, el transporte al pie de la obra, la descarga y el montaje. Los gastos que ocasione, se considerarán incluidos en los correspondientes ítems de montaje.-

La entrega de los materiales se efectivizará con anticipación suficiente al momento de su utilización en obra, de acuerdo a lo establecido en el Plan de Trabajos aprobado.-

El Contratista, luego de haber recibido conforme los materiales, se constituye en depositario legal de los mismos, siendo el único responsable de su conservación y vigilancia.-

A tal fin se labrara el Constituto Posesorio correspondiente según modelo adjunto en el presente pliego. Los montos de los seguros allí solicitados se calcularan utilizando los precios de compra de los materiales según el antecedente licitatorio del E.P.E.N., actualizado según la modalidad que establezcan los pliegos de compra de los mismos..-

Si no hubiese reclamo alguno, firmado y por escrito, por parte del Contratista, en el momento de recibir los elementos a suministrar por el E.P.E.N., se entenderá que los mismos están en perfectas condiciones.-

Los gastos por reacondicionamientos, rebobinado y/o reconstrucción de embalajes que pudiesen ser necesarios, correrán por cuenta del Contratista y se los considerara prorrateados entre los ítem de la propuesta.-

Sobre el computo de obra ejecutada, se admitirán porcentajes en concepto de pérdidas o desperdicios, y para los conductores, se admitirá además, un porcentaje por concepto de flechado y puentes de conexión.

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Los mismos serán:

a) Para cables Al/Ac = 2%

b) Para aisladores = 1%

c) Para morseterìa = 1%

Si del computo definitivo de materiales surgieran diferencias a favor de E.P.E.N., deberá el Contratista, reponer esa diferencia en material de la misma calidad y marca.

Los materiales a proveer por el EPEN serán:

- Aisladores

- Conductor Al/Ac 150/25mm2

- Morsetería para conductor Al/Ac 150/25mm2

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2.- RELEVAMIENTO, PROYECTO Y REPLANTEO

2.1 DEFINICIÓN DE LA TRAZA

El Contratista deberá efectuar el relevamiento planialtimétrico de la línea, ratificando o rectificando la planialtimetría que se adjunta al presente Pliego. Deberá señalizar la traza colocando puntos de línea intervisibles entre quiebres (amojonadas y balizados) y a no más de 2.000 m. entre sí.- Cualquier modificación de la traza, y previo a su presentación con los planos correspondientes, deberá ser aprobado por la Inspección.- Aprobada la planialtimetría, el Contratista procederá a efectuar la distribución de estructuras, debiendo hacer el estaqueado correspondiente, siendo el responsable de su conservación hasta el momento de realizarse la excavación de las bases en cada uno de los piquetes.

El Contratista deberá realizar los correspondientes reconocimientos de campo de la traza propuesta como anteproyecto por el Comitente y realizar la localización de los vértices de manera de mejorar la performance de la línea, considerando como criterios el minimizar:

costos de obra y de mantenimiento,

impacto ambiental,

cantidad y grado de afectación de propiedades.

2.1.1 Coordenadas de vértices

VERTICE ESTRUCTURA LATITUD LONGITUD

Vértice 1 T -41,031689 -71,153479

Vértice 2 R<90 -41,031950 -71,153896

Vértice 3 R -41,031639 -71,156387

Vértice 4 R -41,031650 -71,158785

Vértice 5 R -41,031957 -71,160810

Vértice 6 R<40 -41,039536 -71,191813

Vértice 7 S -41,038955 -71,197092

Vértice 8 S -41,038052 -71,204823

Vértice 9 S -41,037599 -71,208903

Vértice 10 S -41,037196 -71,213544

Vértice 11 R<40 -41,036010 -71,225795

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Vértice 12 S -41,036673 -71,227544

Vértice 13 R<40 -41,040350 -71,236470

Vértice 14 R -41,035157 -71,271885

Vértice 15 S -41,031293 -71,301194

Vértice 16 S -41,030300 -71,308952

Vértice 17 R<40 -41,028901 -71,318379

Vértice 18 R<90 -41,018342 -71,336181

Vértice 19 R<40 -41,001926 -71,336760

Vértice 20 R<40 -40,999176 -71,339914

Vértice 21 T -40,988671 -71,344003

2.2 RELEVAMIENTO PLANIALTIMÉTRICO

Una vez definidos exactamente los vértices, el Contratista deberá amojonarlos y solicitar la aprobación de la Inspección. Luego efectuará un relevamiento planialtimétrico del eje, colocando todas las estacas y señales que sean necesarias. En esta etapa deberá relevar todos los obstáculos y cruces y efectuar todas las mediciones que sean de interés para la elaboración del proyecto y la ejecución de las obras. El relevamiento planialtimétrico que se adjunta a estas especificaciones debe tomarse como valores aproximados para realizar la cotización. Serán de aplicación las condiciones indicadas en los Anexos del presente pliego.

2.2.1 Planialtimetría

Se adjunta como “Anexo PLANIALTIMETRÍA” el plano de distribución preliminar de soportes del tramo entre vértices 1 y 21, el que sólo será considerado por los oferentes a efecto de una rápida caracterización de la topografía del área del proyecto.

2.3 DISTRIBUCIÓN DE ESTRUCTURAS

Con los resultados del relevamiento el Contratista deberá elaborar planos de planialtimetría en escalas 1:5000 horizontal y 1:500 vertical, como mínimo. Sobre ellos deberá efectuar la distribución de estructuras de la línea, que deberá someter a consideración del Comitente. Sitios especiales podrán requerir planos a mayor escala. Y con mayor detalles como cruces (de todo tipo), interferencias, accidentes topográficos.

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2.4 GESTIÓN DE TIERRAS Y PERMISOS

La gestión de los permisos de paso, ocupación y la inscripción de las servidumbres administrativas de electroducto será realizada en un todo de acuerdo a lo especificado en la Sección Administrativa y Legal del presente pliego.

El Contratista tendrá a su cargo elaborar toda la documentación necesaria para las gestiones que correspondan.

2.5 PERMISOS DE CRUCE

El Contratista deberá elaborar planos de detalle de cruces u ocupación de rutas, caminos y líneas eléctricas y telefónicas y tramitar a su entero cargo, con suficiente anticipación, los correspondientes permisos ante las empresas u organismos correspondientes (Parques Nacionales, Vialidad Nacional, Camussi, Empresas Telefonía, Municipales, etc.) y tendrá a su cargo el pago de permisos, gastos, etc.

2.6 REPLANTEO DE PIQUETES

El Contratista deberá efectuar el replanteo de los piquetes de acuerdo con los planos de distribución de estructuras visados por el Comitente, realizando el control de distancia y alineación en cada vano, como así también el relevamiento de obstáculos notorios (casas, molinos, etc.) dentro de la franja de servidumbre y de los cruces con rutas, cursos de agua permanentes y no permanentes, otras líneas, etc.

Serán de aplicación además de las presentes especificaciones, lo indicado en los Anexos del pliego.

La ubicación de los piquetes deberá materializarse con tres (3) estacas alineadas, ubicadas sobre el eje de la traza en estructuras en alineación y sobre la bisectriz del ángulo de desvío en estructuras angulares. Una estaca, de color rojo, deberá indicar el centro del piquete y las dos restantes, de color blanco, deberán ubicarse a 5 m delante y detrás de la estaca central. En la estaca central deberá grabarse el número del piquete.

Si la dureza del suelo no permitiera la hinca de estacas de madera, podrán utilizarse estacas de acero de 16 mm de diámetro. En casos extremos, en terreno rocoso, los puntos deberán señalizarse con una cruz pintada.

Las tolerancias admisibles no deberán superar los valores que surgen de las siguientes expresiones, siendo L la distancia, expresada en km, desde el punto considerado al mojón más próximo o al centro de la estructura más próxima:

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Tolerancia longitudinal (cm):

zona plana: 15 . √L

zona ondulada: 20 . √L

zona accidentada: 30 . √L

Tolerancia altimétrica (cm):

zona plana: 5 . √L

zona ondulada: 10 . √L

zona accidentada: 15 . √L

Tolerancia angular:

Vértices: 30” (segundos)

Cruces con rutas, FFCC, líneas, alambrados, ductos, etc.: 1’ (minuto)

Tolerancia en alineación de mojones: ± 5 cm respecto de la línea entre ambos mojones adyacentes

2.7 ESTUDIOS DE SUELOS

El Contratista deberá realizar como mínimo estudios de suelos exhaustivos en cada piquete de retención de la línea, realizando al menos 1 ensayo cada 3 km de traza y en los soportes intermedios donde fuera sensiblemente perceptible el cambio de las características del suelo.

Las cantidades y especificaciones detalladas a continuación constituyen las condiciones mínimas a cumplir por dichos estudios.

Serán de aplicación además de las presentes condiciones, lo indicado en los Anexos del pliego.

En el estudio de suelos que se realice en la zona de mallines se deberá perforar

hasta encontrar el rechazo del terreno para poder realizar un cálculo adecuado de

los pilotes necesarios.

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2.7.1 Perforaciones Exploratorias

La profundidad de los sondeos, medida desde la cota de fundación, no deberá ser inferior a 1,5 veces el lado menor de la base, con un mínimo de 5,00 m desde el nivel del terreno o hasta el rechazo de la punta ciega. Deberán efectuarse las siguientes determinaciones:

Ensayo de Penetración Normalizado (SPT) cada metro, con sacatestigo Terzaghi.

Medición del nivel de agua subterránea. Si se detectara, deberán determinarse los niveles instantáneo y estabilizado de la napa usando freatímetro.

En cada estrato o cambio de propiedades de un mismo horizonte deberá determinarse:

Humedad natural

Granulometría (tamices N° 4, 10, 40, y 200)

Límites de Atterberg (LL, LP, e IP).

Clasificación Unificada de Casagrande

Tensiones admisibles, calculadas con fórmulas de capacidad de carga internacionalmente reconocidas y con los siguientes coeficientes de seguridad mínimos:

Hundimiento de pilotes (cargas permanentes + accidentales): 3,0

Vuelco: 1,5

Arrancamiento de pilotes: 2,0 (cargas de estructuras) y 1,5 (cargas de estructuras + acción del suelo)

Análisis químicos del suelo, determinación de pH, sales solubles totales, sulfatos y cloruros.

Zona de Mallines

En estas zonas el estudio de suelos deberá llegar hasta el nivel de rechazo para tener esta información en el diseño de fundaciones con pilotaje.

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Excavaciones a Cielo Abierto

Deberán consistir en calicatas entibadas de 4,00 m de profundidad con extracción de muestras inalteradas en cada metro y ensayos de plato de carga horizontal a 2,00 m de profundidad.

Sobre cada muestra deberá determinarse:

Humedad natural

Densidad húmeda natural

Densidad seca

Granulometría (tamices N° 4, 10, 40, y 200)

Límites de Atterberg (LL, LP e IP) e índice de contracción

Clasificación Unificada de Casagrande

Gravedad específica de las partículas sólidas.

Ensayos edométricos de muestras de los estratos representativos, con determinación de la “expansión libre” y las correspondientes curvas de expansión relativa (%) – logaritmo de presión.

Ensayos de compactación Proctor Estándar AASHO T-99/70 con las correspondientes curvas de compactación (densidad seca – humedad) y la determinación de Valor Soporte Relativo (V.S.R.); estas determinaciones se realizarán en las muestras ubicadas a – 1,00 m de profundidad.

Ensayos triaxiales rápidos no consolidados no drenados (saturados y a humedad natural), de muestras de los estratos representativos, con determinación de la cohesión y la fricción.

PH y sales totales en suelo y en agua, si estuviera presente.

Sulfatos en el suelo y en el agua, si estuviera presente.

Cloruros en suelo y agua, si estuviera presente.

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2.7.3 Mediciones de Resistividad

Deberán ejecutarse mediciones de resistividad eléctrica a 1,00 m 2, 5, y a la profundidad de incado de la jabalina si fuera mayor, en uno cada cinco (5) piquetes utilizando el método de Wenner.

2.7.4 Informe Final

El Informe Final deberá tener las conclusiones, recomendaciones, y zonificaciones, detallando las tensiones últimas admisibles (determinadas con los factores de seguridad detallados anteriormente) y las precauciones a tener en cuenta durante la ejecución de los trabajos.

El Contratista deberá presentar el Informe Técnico en 1 (un) original y 2 (dos) copias papel en formato A4/A3 debidamente encuadernado y troquelado; con la firma del profesional habilitado, además del representante técnico de la obra, en todos sus folios. Además se entregara en soporte magnético de toda la documentación del Informe Técnico.

En dicha presentación debe quedar claro el nombre de la empresa contratista, del comitente, la ubicación de los sondeos, la obra de referencia.

2.7.5 Informe de estudios realizados

Se adjunta como “Anexo ESTUDIO DE SUELOS” el informe de los estudios realizados el que será considerado por los oferentes a efecto de una rápida caracterización de los suelos del área del proyecto. Considerar solamente los puntos denominado 15 a 20.

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3.- OBRAS CIVILES

3.1 ALCANCE

Se incluyen en este rubro, todos los materiales, mano de obras, excavaciones, rellenos, y los suministros de todas las obras civiles necesarios para construir la línea de transmisión.

El Contratista deberá ejecutar las fundaciones de las estructuras, comprendiendo esta tarea la excavación, la provisión y el transporte de todos los materiales y equipos al pie de obra y la ejecución de la obra civil correspondiente.

Para considerar a la fundación terminada deberá estar construida según proyecto aprobado y luego de aprobarse el ensayo de probetas correspondiente a las mismas.-

La cotización de los ítem de montaje de fundaciones deben incluir excavación y ejecución propiamente dicha para todo tipo de suelo y dificultades que se presente, - La cotización de los ítem de materiales de fundaciones deben incluir todo el material necesario para la ejecución de los mismos de acuerdo a proyecto aprobado; como ser armaduras ó hierro, cemento ARS, aditivos, encofrado, etc.- En caso de que las fundaciones no requieran armadura por diseño, igual se ejecutaran las bases con una armadura de fisuración (se podrá utilizar un “cajón” construido de malla sima soldada de hierro del 8, cuadricula de 15x15) El precio ofertado debe contemplar todas las dificultades constructivas y de solución que se pudiesen encontrar.- Si por las características del terreno, la Inspección autorizara la fundación bajo agua, el Contratista deberá hacerse cargo del bombeo, apuntalado, tablaestacado y todo otro trabajo necesario para su correcta construcción. También deberá considerar en sus costos, los trabajos necesarios para deprimir la napa de agua, durante la excavación y colocación del hormigón, en todos los puntos donde sea necesario.-

Si fuese necesario el uso de explosivos para realizar excavaciones, deberá solicitarse autorización a la Inspección.-

El contratista ejecutara las bases que resulten necesarias en función de lo indicado en el presente pliego de condiciones, en los resultados y recomendaciones de los estudios de suelo y del proyecto aprobado. El precio ofertado debe contemplar todas las dificultades constructivas y de solución que se pudiesen encontrar.

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3.2 NORMAS DE REFERENCIA

AEA 95301 Reglamentación de líneas aéreas exteriores de media y alta tensión

ASTM C150 Especificación normalizada para cemento portland

CIRSOC 201 Proyecto, cálculo y ejecución de estructuras de hormigón armado y pretensado

INPRES-CIRSOC 103 Normas argentinas para las construcciones sismorresistentes

IRAM 1109 Pinturas. Métodos de ensayo generales

IRAM 1197 Pinturas para uso marino. Pinturas epoxibituminosas

IRAM 1505 Agregados. Análisis granulométrico

IRAM 1512 Agregado fino natural para hormigón de cemento pórtland

IRAM 1524 Hormigón de cemento pórtland. Preparación y curado en obra de probetas para ensayos de compresión y de tracción por compresión diametral

IRAM 1525 Agregados. Método de ensayo de durabilidad por ataque con sulfato de sodio

IRAM 1531 Agregado grueso para hormigón de cemento pórtland

IRAM 1532 Agregados gruesos. Método de ensayo de resistencia al desgaste con la máquina

IRAM 1534 Hormigón de cemento pórtland. Preparación y curado de probetas para ensayos en laboratorios

IRAM 1536 Hormigón fresco de cemento pórtland. Método de ensayo de la consistencia utilizando el tronco de cono

IRAM 1540 Agregados. Método de ensayo del material fino que pasa por el tamiz IRAM 75 μm, por lavado

IRAM 1541 Hormigón de cemento pórtland. Hormigón fresco. Muestreo

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IRAM 1562 Hormigón fresco de cemento pórtland. Método de determinación de la densidad, el rendimiento y el contenido de aire

IRAM 1601 Agua para morteros y hormigones de cemento pórtland

IRAM 1602 Hormigón de cemento pórtland. Método por presión para la determinación del contenido de aire en mezclas frescas de hormigones y morteros

IRAM 1615 Cemento pórtland. Método de ensayo de falso fraguado

IRAM 1644 Agregados gruesos para hormigones. Método de ensayo de partículas blandas

IRAM 1649 Agregados para hormigones. Examen petrográfico

IRAM 1654 Puzolanas. Métodos de ensayo generales

IRAM 1663 Hormigón de cemento. Aditivos químicos

IRAM 1669 Cemento pórtland altamente resistente a los sulfatos. Sin adiciones

IRAM 50000 Cemento. Cemento para uso general. Composición, características, evaluación de la conformidad y condiciones de recepción

IRAM 50001 Cemento. Cementos con propiedades especiales

IRAM-IAS U 500 26 Alambres de acero para armadura en estructuras de hormigón

IRAM-IAS U 500 91 Barras de acero conformadas y alambres de acero para hormigón armado. Método de ensayo de doblado y desdoblado

IRAM-IAS U 500 207 Barras de acero conformadas de dureza natural soldables, para armadura en estructuras de hormigón

IRAM-IAS U 500 502 Barras de acero laminadas en caliente, lisas y de sección circular para armadura en estructuras de hormigón

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IRAM-IAS U 500 528 Barras de acero conformadas de dureza natural, para armadura en estructuras de hormigón

IRAM-IAS U 500 671 Barras de acero conformadas, de dureza mecánica para hormigón armado. Laminadas en caliente y torsionadas o estiradas en frío

3.3 LIMPIEZA DE LA FRANJA DE SERVIDUMBRE

3.3.1 Alcance

Se incluyen aquí todos los trabajos y obras a realizar por el Contratista referidos a:

limpieza de la zona de seguridad definida según la REGLAMENTACION SOBRE SERVIDUMBRE DE ELECTRODUCTO ESPECIFICACION TECNICA Nº T-de la ex AyEE,

limpieza y acondicionamiento de la zona de tránsito,

control de la erosión eólica y/o hidráulica y conservación de la ecología, siguiendo estrictamente las recomendaciones del Estudio de Impacto Ambiental y las indicaciones que imparta el Comitente,

apertura de alambrados y cercos y ejecución de tranqueras provisorias y definitivas, con entrega de candados y cadenas, en cantidad y copias suficientes para cada caso.

desmonte de montes naturales y artificiales,

ejecución de accesos a todos los piquetes,

suscripción del Acta de Conformidad acordando el estado en que se encuentren las parcelas sujetas a Servidumbre Administrativa de Electroducto con los respectivos propietarios.

El desarrollo de la obra y en particular las tareas del punto 3.3 deben tener en cuenta que la obra se realiza dentro de la provincia de Neuquén en un ámbito con injerencia de Parques Nacionales, combinado con propiedad privada y también en el ámbito de rutas naciones.

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3.3.2 Descripción

El Contratista deberá despejar la zona de seguridad de acuerdo con Sección 9 de la Reglamentación AEA 95301/2003. A tal efecto deberá proceder a la tala o poda de árboles, arbustos, malezas, etc., conforme con las restricciones allí indicadas, previa autorización del Comitente, haciéndose cargo de todos los gastos e indemnizaciones que correspondan.

La cantidad de árboles y arbustos a cortar deberá ser la mínima necesaria para obtener el acceso a la obra, para las operaciones de montaje y para el funcionamiento de la línea.

En las zonas de cultivos se deberá acordar con el Comitente los límites de cortes a realizar.

Se deberá tener especial cuidado en preservar toda la vegetación, tal como árboles, pastos y césped sobre o adyacente a la franja de servidumbre que razonablemente no interfieran con la ejecución de los trabajos.

La madera y/o maleza extraída deberá ser trasladada fuera de la franja de servidumbre a fin de evitar incendios accidentales de fácil propagación. No será permitida la remoción de la cobertura natural o cualquier otra perturbación innecesaria.

El Contratista deberá tener especial cuidado para evitar la erosión eólica y/o hídrica en la franja de servidumbre. Además deberá proponer los trabajos y tener bajo su responsabilidad el tipo de acceso a piquetes, siendo de su exclusiva competencia las erosiones producidas y sus soluciones.

Limpieza de la zona de seguridad y franjas adyacentes según Reglamentación del ENRE (ET Nº 1 Ex Ay EE),

Limpieza y acondicionamiento de la zona de tránsito,

control de la erosión eólica y/o hidráulica y conservación de la ecología, siguiendo estrictamente las recomendaciones del Estudio de Impacto Ambiental y las indicaciones que imparta el Comitente.

Apertura de alambrados y cercos y ejecución de tranqueras provisorias y definitivas

Desmonte de montes naturales y artificiales, efectuando las relocalizaciones o reposiciones que la autoridad competente determine.

Ejecución de accesos a todos los piquetes,

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Suscripción del Acta de Relevamiento Inicial con los respectivos propietarios, acordando el estado en que se encuentra cada una de las parcelas a las que deba ingresarse con motivo de la obra.

La responsabilidad del Contratista incluirá la obligatoriedad de realizar todo trabajo de protección que sea necesario para evitar la alteración del suelo original, dentro de la vigencia del Contrato.

En general, los árboles de montes naturales talados cuya madera pueda ser utilizada deberán ser desgajados.

Los desechos, incluidos los tocones, no deberán ser quemados en el sitio, debiendo el Contratista proceder de inmediato a su retiro de la zona. Su destino final deberá ser de exclusiva responsabilidad del Contratista, para lo cual deberá tenerlo en cuenta en su cotización.

Hasta la Puesta en Servicio, el Contratista deberá mantener el lugar de operación libre de obstáculos y desperdicios de materiales o basura y retirar todo material sobrante o instalaciones temporales tan pronto como su uso no sea ya necesario para el montaje.

Deberán reducirse al mínimo los cortes de alambrados y cercos, los que deberán ser reparados y dejados en perfectas condiciones una vez finalizadas las obras y mientras dure su ejecución.

Cuando sea necesario el movimiento de equipos a través de los cercos existentes y no existan aberturas próximas, se permitirá la instalación de tranqueras provisorias de alambre (tranqueron) que impidan el paso de animales, previa autorización del Comitente y conformidad del propietario, las que deberán estar a cargo del Contratista.

Antes de cortar el cerco para las tranqueras provisorias, el Contratista deberá instalar postes terminales dobles tipo esquinero a cada lado de la abertura, para que el cerco quede con sus alambres totalmente tensados. Todos los daños causados por no cumplir con este requisito, como por ejemplo, pérdida o dispersión de ganado y/o daños sufridos por estos, serán de total responsabilidad del Contratista.

Los postes y varillas deberán ser de lapacho, quebracho colorado o curupay. La cantidad de alambres tipo y calidad serán de características similares a las del cerco existente pero nuevos.

También se incluye la provisión y montaje de tranqueras definitivas a instalar en sitios a definir por el Comitente, debiendo contar con la conformidad del propietario.

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3.4 NIVELACIÓN

Luego de identificar la estaca del piquete respectivo y verificar su correcto posicionamiento de acuerdo con la planilla de estacas y sostenes, deberá realizarse la nivelación del terreno en todas las áreas involucradas por las fundaciones y sus excavaciones, incluyendo las requeridas por el Contratista para la operación de los equipos de construcción. Completadas, las tareas de limpieza se procederá a nivelar los suelos involucrados por movimiento y compensación. A estos efectos se considerará como nivel de referencia del piquete el de su centro. Luego de la nivelación, no deberán quedar pendientes de más de uno por ciento (1%) en el sentido normal de los suelos naturales.

3.5 REPLANTEO

3.5.1 Ejecución

Concluidas las tareas de limpieza y nivelación, se procederá al replanteo de las fundaciones. Estas tareas incluyen todos los trabajos de medición requeridos antes y durante el proceso constructivo para lograr que las fundaciones sean construidas de acuerdo con las dimensiones y ubicaciones indicadas en los planos. El Contratista deberá basar estas tareas en un trazado previo de ejes de replanteo. Estos ejes deberán ser materializados en el terreno de tal manera de permitir una fácil recurrencia durante el proceso constructivo y un sencillo control por parte del Comitente. La materialización de los ejes se realizará mediante la colocación de estacas con una ubicación y disposición tal que no puedan ser removidas durante el proceso constructivo.

3.5.2 Tolerancias

Las dimensiones de las fundaciones y su ubicación, luego de construidas, deberán responder a lo indicado en los planos correspondientes contemplando las tolerancias que se indican más adelante. El cumplimiento de estas tolerancias no exime al Contratista de su responsabilidad por el correcto montaje de las estructuras y de los conductores y del cumplimiento de las tolerancias que correspondan a dichos trabajos. Las tolerancias dimensionales serán: Posicionado global de fundaciones:

Desplazamiento en sentido longitudinal a la línea: 10 cm

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Desplazamiento en sentido transversal a la línea: 5 cm

Rotación: 1º

Diferencia de nivel (medida entre el promedio de los niveles de los extremos de la fundación y su valor teórico):

hacia abajo: - 5 cm

hacia arriba: +15 cm

Dimensiones de fundaciones: según Reglamento SIREA RA 2.1, Artículo 12.2.

3.6 EXCAVACIONES Y RELLENOS

Deberán ejecutarse todas las excavaciones necesarias a pala o a máquina para la ejecución de las fundaciones de estructuras.

La cotización de los ítems comprenderá la excavación y ejecución propiamente

dicha para todo tipo de suelo y dificultades que se presenten.

Deberán ser de las dimensiones necesarias para permitir la construcción de las fundaciones. Los paramentos laterales deberán ser perfectamente verticales pero, en caso de no permitirlo la naturaleza del terreno, se aceptará un ángulo igual a su talud natural.

El fondo de la excavación estará nivelado, compactado y sin material suelto. En suelos expansivos deberán interponerse cámaras de expansión vertical o lechos de piedra partida entre el suelo firme y el fondo de los cimientos.

El Contratista deberá tener especial cuidado de no exceder la cota de fundación que se adopte por cuanto no se aceptarán rellenos posteriores con tierra. De resultar necesario, deberá rellenar las sobreexcavaciones con hormigón tipo H-8. En suelos expansivos el relleno deberá hacerse con piedra partida o bien deberá incrementarse la altura de las cámaras de expansión antes mencionadas.

El Contratista deberá apuntalar debidamente y adoptar las precauciones necesarias en todas las excavaciones en las cuales, por sus dimensiones, naturaleza del terreno y/o presencia de agua, sea previsible que se produzcan desprendimientos o deslizamientos. Deberá realizar las entibaciones, drenajes, apuntalamientos y trabajos de bombeo necesarios para eliminar el ingreso de agua de lluvia, durante o posteriormente a la terminación de la excavación. De igual forma deberá adoptar las medidas de protección necesarias donde pudieran resultar afectadas las obras existentes y/o colindantes.

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Las tareas se deberán programar de tal forma que las excavaciones queden expuestas el menor tiempo posible a acciones climáticas que aceleren la desecación o la expansión de suelos expansivos subyacentes. Cuando por cualquier motivo se produzcan erosiones, socavaciones, derrumbes, etc., el Contratista las deberá reacondicionar para asegurar la estabilidad de las estructuras correspondientes.

Una vez ejecutadas las fundaciones, deberán realizarse los rellenos necesarios. Éstos deberán hacerse en capas sucesivas, de espesor no mayor a 0,15 m, compactadas en la rama húmeda de la curva de compactación a una densidad seca mínima no inferior a 90 % de la densidad máxima obtenida según el ensayo Proctor estándar (método AASHO T-99/70).

Toda la excavación ejecutada, ya sea total o parcialmente, deberá permanecer tapada hasta el momento de su hormigonado.- El material excedente de excavaciones y no utilizado para rellenos compactados, deberá transportarse y depositarse fuera de la zona de obra en los lugares aptos para tal fin. Los sitios de depósito de los productos de la excavación serán previamente propuestos por la Contratista a la Inspección, si esta lo aprobara se procederá al depósito del mismo, en caso contrario la Contratista deberá proponer un nuevo destino. No considerándose pago alguno en concepto de permisos o derechos para el depósito de materiales, ni por transporte de los mismos fuera de la zona de la obra. Todo según el plan gestión ambiental y las normativas de aplicación.

3.7 FUNDACIONES

3.7.1 Criterios de Diseño de Fundaciones

Las condiciones ambientales y sísmicas a tener en cuenta para el diseño de las estructuras están indicadas en las Especificaciones Técnicas Generales.

Será de aplicación todo lo especificado en el Reglamento CIRSOC 201 y sus Anexos, con los complementos o eventuales modificaciones establecidos en estas Especificaciones.

Cada vez que dicho Reglamento se menciona al Director de Obra se entenderá que se refiere al Comitente. De aquí en más toda referencia que se haga al CIRSOC 201 se entenderá que también comprende a sus Anexos.

El espesor mínimo de la pared (lateral) de hormigón de la fundación será de 0.25 m medido desde el orificio dejado por el molde hasta la cara lateral de la fundación. Así mismo el espesor mínimo del hormigón en la base, medido entre el fondo del orificio dejado por el molde y el fondo del prisma de hormigón de la fundación será de 0.20 m.

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3.7.2 Tipos de Hormigones

Los hormigones se han clasificado, según el valor de su tensión característica de rotura

('bk), obtenida a los 28 días1, en los tipos que a continuación se define:

Tipo H-8 ('bk 8 MPa): Deberá utilizarse como hormigón de limpieza y nivelación debajo de las fundaciones.

Tipo H-17 ('bk 17 MPa): La dosificación de cemento no deberá ser inferior a 350 kg/m

3. Deberá utilizarse en la construcción de

cilindros de fundación, pilotes, cabezales y vigas de arriostamiento.

3.7.3 Materiales Componentes

Todos los hormigones que se utilicen para cimentaciones y obras enterradas deberán ser elaborados con cemento Pórtland altamente resistente a los sulfatos (IRAM 1669). Con excepción del tipo H-8, deberán ejecutarse con aire intencionalmente incorporado.

La relación agua/cemento deberá mantenerse por debajo de 0,50. Para los elementos enterrados deberá ser inferior a 0,45.

El tamaño máximo de los agregados deberá ajustarse a lo especificado en el Reglamento CIRSOC 201 (apartado 6.6.3.6.1) y en ningún caso podrá ser mayor a 50 mm.

La curva granulométrica de la mezcla de los áridos que se utilice deberá ajustarse a lo especificado en el Reglamento CIRSOC 201 (apartado 6.3.2).

No se permitirá el empleo de arenas que hayan estado en contacto con aguas que contengan sales solubles o que contengan restos de cloruros o sulfatos sin antes haberse determinado el contenido de las mencionadas sales.

Los áridos a emplear no deberán contener sustancias que puedan reaccionar desfavorablemente con los álcalis del cemento, lo cual deberá ser demostrado mediante ensayos con el método acelerado del NBRI.

Si se utilizaran áridos de distinta procedencia, deberán preverse zonas separadas para su acopio a fin de evitar su mezclado. Igual criterio se seguirá para el acopio del cemento. No se permitirá la mezcla de cementos de distinta procedencia y/o partida para la elaboración de un mismo pastón.

Si se utilizara cemento puzolánico y los requerimientos de la obra lo permitieran, podrá especificarse una edad mayor para la resistencia característica.

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Se deberá prestar especial atención al hormigonado cuando se realiza en condiciones climáticas extremas; para lo cual deberán seguirse las indicaciones contenidas en el Capítulo 11 del Reglamento CIRSOC 201.

El Contratista no deberá dar comienzo a un hormigonado si no se contara en el emplazamiento con los elementos necesarios para proteger el hormigón durante el período de curado, según las condiciones previstas en el mencionado Capítulo 11.

El Contratista deberá proveer toda el agua necesaria para la elaboración de los morteros y los hormigones y para su posterior curado. Se deberá garantizar su aptitud mediante los análisis químicos que fijan las normas.

El agua de amasado, curado y para lavado de agregados deberá cumplir con las condiciones establecidas en la norma IRAM 1601, con la excepción a los apartados E-2 y F-7, para lo cual tendrá validez lo especificado en el Reglamento CIRSOC 201 (apartado 6.5).

3.7.4 Elaboración de Hormigones

3.7.4.1 Elaboración en el Emplazamiento

Si el Contratista decidiera instalar una planta hormigonera en el emplazamiento, ella deberá contar con instrumentos adecuados para efectuar la medición en masa y el control exacto de cada uno de los componentes del hormigón, inclusive para los aditivos, e incluir el mezclador.

Antes de la instalación de la planta el Contratista deberá solicitar al Comitente la verificación de los equipos que utilizará. Previamente a su utilización, deberá contar en el emplazamiento con pesas contrastadas y todo equipo auxiliar necesario para la certificación del buen funcionamiento de cada balanza y otros instrumentos de medición. La apreciación de las balanzas dosificadoras no deberá superar 5 kg.

3.7.4.2 Elaboración en Planta Externa

Si el Contratista decidiera utilizar hormigón elaborado en planta externa, deberá solicitar autorización al Comitente y aportar todos los datos del proveedor con suficiente antelación a las necesidades en obra.

El hormigón provisto deberá cumplir, además de lo especificado para los hormigones ejecutados in situ, con lo establecido en la norma IRAM 1666.

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El transporte deberá realizarse únicamente con equipos mezcladores. El tiempo de transporte no deberá superar los 90 minutos.

El Contratista deberá realizar los ensayos de norma y facilitar al Comitente los certificados de procedencia de todos los materiales componentes.

Todo cambio de proveedor de los materiales o de los hormigones elaborados deberá requerir autorización previa del Comitente.

3.7.5 Encofrados

Las maderas para encofrados que ingresen al emplazamiento deberán ser nuevas, sin uso previo y del tipo estacionadas, con linealidad y espesores logrados por cepillado.

El montaje de los tableros deberá realizarse con esquineros a 45° de 30 mm en el canto mojado.

El alabeo y la cuadratura de los paños deberán mantenerse, durante los procesos de montaje y de construcción, dentro de una tolerancia de 5 mm (diferencia entre diagonales). La verticalidad se tolerará al 0,50 % y la linealidad deberá lograrse con tablas a tope.

Para asegurar la estanqueidad en las lechadas, la luz de las juntas entre tablas o entre tableros no deberá superar 1/300 del ancho nominal de las tablas que se utilicen para fondos de vigas y losas. En paños laterales esta magnitud podrá aumentarse a 1 mm.

En hormigones a la vista las juntas deberán tener cantos cepillados, debiendo pintarse previamente con desmoldante la superficie mojada.

3.7.6 Armaduras

Para la ejecución y colocación de las armaduras será de aplicación todo lo especificado en el Reglamento CIRSOC 201 y sus Anexos, con los complementos o eventuales modificaciones establecidos en estas Especificaciones.

Todas las armaduras estructurales deberán ejecutarse con barras de acero conformado de dureza natural (IRAM ADN 420). Las uniones entre barras deberán realizarse con ataduras de alambre recocido.

Previo al llenado todas las barras deberán limpiarse de elementos extraños que puedan afectar su adherencia.

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Las partes que deban fabricarse fuera del encofrado no deberán armarse en contacto con el suelo. Tampoco se permitirá el contacto de las barras con piezas metálicas de otro material que no sea acero.

El recubrimiento de hormigón sobre acero deberá ser de 4 cm bajo tierra y 2 cm en las partes aéreas y lograrse mediante separadores que deberán ser sometidos a consideración del Comitente. A este fin no se podrán utilizar trozos de madera ni de ladrillos ni despuntes de acero o recortes de caños.

En caso de que las fundaciones no requieran armadura por diseño, igual se ejecutaran las bases con una armadura de fisuración (se podrá utilizar un “cajón” construido de malla sima soldada de hierro del 8, cuadricula de 15x15).

3.7.7 Ejecución

El Contratista podrá proponer el empleo de cimentaciones indirectas (pilotes o micropilotes) si esta técnica constructiva le facilitara la ejecución de las obras.

La calidad mínima de los hormigones, incluyendo cilindros de fundación, pilotes, cabezales y vigas de arriostramiento, deberá ser la indicada en los planos del proyecto correspondientes a cada fundación. Los hormigones de limpieza deberán ser de calidad H-8.

Para el alojamiento de los conductores de puesta a tierra deberán utilizarse caños de PVC de 25 mm de diámetro con curvas suaves.

3.7.8 Protección contra la Agresividad

Si de los estudios de suelos se detectara la presencia de suelos agresivos, deberán tomarse medidas especiales de protección del hormigón tanto para elementos premoldeados como para fundaciones hormigonadas in situ. Las superficies laterales de fundaciones hormigonadas in situ y toda la superficie en contacto con el suelo de elementos premoldeados deberán protegerse con pintura epoxibituminosa que cumpla con la norma IRAM 1197, debiendo obtenerse como mínimo un espesor de 400 μm.

Antes de comenzar el pintado deberá realizarse una limpieza a fondo con cepillo de acero, arenado o hidrolavado, de acuerdo con la condición de la superficie. La pintura podrá aplicarse con pincel, rodillo, soplete o airless, debiendo lograrse un espesor de 200 μm por mano.

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A fin de proteger el fondo de fundaciones hormigonadas in situ deberá usarse una membrana elastomérica o plástica preelaborada para revestimiento de fundaciones. La membrana deberá colocarse sobre el contrapiso de limpieza y nivelación y deberá tener composición resistente a la agresión química, con espesor no inferior a 1 mm. Sus dimensiones deberán exceder las de la fundación en por lo menos 15 cm por lado.

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4.- ESTRUCTURAS

4.1 ALCANCE

Deberán suministrarse y montarse todas las estructuras de suspensión, de retención y terminales que resulten necesarias en función del proyecto de la línea a elaborar por el Contratista. Deberán ser de hormigón armado centrifugado.

El suministro y montaje de estructuras debe ser completo, esto incluye postes, ménsulas, mensulín del hilo de guardia, vínculos y todo otro accesorio de hormigón armado que sea necesario.-

Se denominaran estructuras normales aquellas cuyo vano gravante no supere el vano de cálculo.-

En las estructuras que presenten su vano gravante inferior al eólico, deberán verificarse las distancias mínimas a la estructura de las partes bajo tensión declinados los conductores y cadenas por la acción del viento máximo instalándose contrapesos si así fuera necesario. La posibilidad de instalación de contrapesos, deberá ser evaluada por los oferentes y su costo prorrateado en los ítem de la oferta.

Todas los errores en las características y cálculos de las distintas estructuras presentadas en la oferta y que resultaren evidenciadas posteriormente con la presentación del proyecto por parte del Contratista, correrán por cuenta de este. Los errores a que se refiere este párrafo incluyen los que resultaren por errónea interpretación del pliego, normas y/o especificaciones.

4.2 NORMAS DE REFERENCIA

AEA 95301 Reglamentación de líneas aéreas exteriores de media y alta tensión

BSI BS 6399-2 Carga en las construcciones. Parte 2: Código de práctica para cargas de viento

CIRSOC 101 Cargas y sobrecargas gravitatorias para el cálculo de estructuras de edificios

CIRSOC 102 Acción del viento sobre las construcciones

CIRSOC 102/1 Acción dinámica del viento sobre las construcciones

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CIRSOC 201 Proyecto, cálculo y ejecución de estructuras de hormigón armado y pretensado

IRAM 1585 Bloquetes de puesta a tierra para elementos de hormigón armado y hormigón pretensado para soporte de líneas aéreas

IRAM 1605 Postes de hormigón pretensado para soporte de instalaciones aéreas

4.3 CRITERIOS DE DISEÑO

Para el cálculo de los soportes deberán adoptarse las hipótesis de cargas definidas en el Anexo II a la Especificación Técnica GC-IE-T-Nº 1 de la Ex A y EE.

Como hipótesis complementaria para el cálculo de los elementos de amarre deberán aumentarse los esfuerzos transmitidos por los conductores y el cable de guardia debidos a su peso propio, con coeficiente de seguridad 1,3.

El coeficiente de seguridad (relación entre la carga de rotura nominal y la carga de servicio) en ningún caso podrá ser menor que 3.

En postes la deformación admisible para la carga de servicio deberá ser como máximo 2,5 % de la altura libre y la longitud de empotramiento deberá ser como mínimo 10 % de la longitud total.

Serán colocadas estructuras de retención en todo quiebre horizontal. En los casos de quiebre vertical de la línea se evaluara especialmente y deberá contar con la aprobación del Comitente la definición de usar una retención ó si los esfuerzos puedan ser absorbido por un soporte de suspensión. En los tramos rectos de la línea se ubicarán retenciones de modo que entre dos amarres sucesivos, no se ubiquen más de 18 estructuras de suspensión. No se aceptaran estructuras de suspensión para resolver quiebres horizontales, es decir no se permita suspensiones con ángulos.

4.4 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS

4.4.1 Postes

Los postes deberán ser de hormigón pretensado y cumplir con lo especificado en el Reglamento CIRSOC 201 y sus Anexos y en la norma IRAM 1605. Podrán fabricarse con hormigón vibrado o centrifugado. El cemento deberá seleccionarse teniendo en cuenta el grado de agresividad del suelo.

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El acero para pretensado deberá cumplir con las prescripciones del artículo 26.3.2 del Reglamento CIRSOC 201 y sus Anexos y con la norma IRAM-IAS U 517.

Se denominaran estructuras normales aquellas cuyo vano gravante no supere el vano de cálculo.-

En las estructuras que presenten su vano gravante inferior al eólico, deberán verificarse las distancias mínimas a la estructura de las partes bajo tensión declinados los conductores y cadenas por la acción del viento máximo instalándose contrapesos si así fuera necesario. La posibilidad de instalación de contrapesos, deberá ser evaluada por los oferentes y su costo prorrateado en los ítems de la oferta.

4.4.2 Vínculos

Los vínculos, ménsulas, mensulines y accesorios para las estructuras deberán ser de hormigón armado vibrado. Su montaje deberá efectuarse mediante enchufe, debiendo para ello poseer dos ojos para postes dobles y tres para los triples.

Los diámetros de los ojos deberán ser determinados en función del correspondiente diámetro del poste a la altura de fijación de cada vínculo. Deberá quedar una separación anular máxima de 4 cm entre las generatrices interiores del ojo del vínculo y las exteriores del poste a fin de facilitar la operación de sellado con hormigón in situ.

El recubrimiento del hormigón de las armaduras deberá ser de 15 mm como mínimo, pudiendo reducirse a 10 mm en la parte interior de los ojos.

Deberán presentar una superficie lisa y uniforme libre de fisuras, oquedades, protuberancias y marcas de encofrado. Las aristas deberán ser vivas, con apariencia recta y definida. No se aceptarán fisuras de espesor mayor a 0,1 mm.

En la cara superior de cada elemento se deberá indicar con pintura negra resistente a la intemperie y números de 50 mm de altura:

tipo de estructura a la que corresponde,

tipo de asiento de travesaño,

tipo de vínculo, indicando la posición dentro de la estructura, siendo V1 el superior.

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4.4.3 Puesta a Tierra

Todas las estructuras de hormigón deberán contar con bloquetes de puesta a tierra según norma IRAM 1585. Su posición deberá ser indicada en la documentación de proyecto de detalle.

4.5 ENSAYOS EN FÁBRICA

4.5.1 Verificaciones

Los ensayos de terminado superficial y de medida y sección exigidos por la norma IRAM 1605 deberán ser realizados sobre la totalidad de los postes.

Deberán presentar una terminación uniforme. La existencia de fisuras de anchos menores que 1,1 mm o la presencia de cuarteos superficiales no serán tenidas en cuenta.

Las fisuras perpendiculares a las armaduras o las producidas por maniobras, siempre que no superen el espesor de 0,1 mm, no serán inconvenientes ya que no afectan la durabilidad de los postes.

Los daños superficiales de poca importancia en las secciones extremas, tales como saltaduras de revestimientos, siempre que no dejen la armadura metálica al descubierto, serán susceptibles de reparación con morteros especialmente desarrollados para estos fines, pudiendo utilizarse mortero amasado con aditivo mejorador de adherencia sobre hormigones de mayor edad, tipo Sika Látex o similar.

4.5.2 Ensayo de Carga

El ensayo de carga (no destructivo) especificado por la norma IRAM 1605 deberá ser efectuado sobre una muestra compuesta por dos (2) unidades de cada designación. No se requerirá la realización del ensayo de rotura.

4.6 TRANSPORTE, DESCARGA Y ACOPIO

4.6.1 Transporte

Durante la carga, transporte y depósito los postes no deberán ser sometidos a solicitaciones superiores a las que resulten de la aplicación del veinticinco por ciento (25

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%) de la carga de rotura. Salvo casos de fuerza mayor, esas solicitaciones no deberán actuar en forma continua por más de 72 horas.

Deberán transportarse en camiones apoyando en puntos distribuidos en un noventa por ciento (90 %) de su longitud. Cuando las condiciones del terreno no permitan el acceso directo de camiones a los piquetes, el transporte de los postes deberá efectuarse utilizando alza prima con balancín.

Las entregas deberán hacerse en remesas que permitan el armado total de las estructuras.

4.6.2 Descarga

La descarga de los postes deberá efectuarse con descendentes y freno o con grúas de capacidad adecuada. En este último caso la descarga de los postes deberá efectuarse en forma horizontal, tomándolos en dos puntos, a fin de no producir momentos flectores elevados ocasionados por el peso propio ni oscilaciones no medibles ni controlables que originen cargas dinámicas, que puedan superar a las de trabajo.

Los accesorios (ménsulas, crucetas, vínculos) deberán descargarse con grúa, tomándolos por los ganchos de acero para izaje o por los collares, en ausencia de aquéllos.

4.6.3 Acopio

Para el acopio de las estructuras de hormigón deberán cumplirse con los siguientes requisitos:

en ningún momento podrán estar en contacto con el suelo,

los postes deberán apoyar sobre tacos de madera dura en tres (3) puntos como mínimo,

en todo momento el eje de la estructura deberá conservarse rectilíneo,

deberá evitarse el contacto con aguas o suelos agresivos que puedan atacar al hormigón, es decir, que contengan sales, ácidos, sulfatos, etc.,

la estiba de los accesorios deberá efectuarse en la posición normal de colocación en los postes.

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4.7 MONTAJE

4.7.1 Armado e Izado

El Contratista deberá montar las estructuras de acuerdo con la documentación suministrada por su fabricante y con la especificación técnica de montaje visada. El tipo de estructura, variante en altura, ubicación y orientación deberán ajustarse a lo indicado en los planos de distribución y en las planillas de estacas y sostenes.

Una vez realizado el acopio en los piquetes, las estructuras simples deberán armarse en el suelo, colocándoles la puesta a tierra sobre las crucetas antes de su izado. No se permitirá el izado con las cadenas de aisladores ya colocadas. Las estructuras dobles y triples deberán armarse una vez izados y posicionados sus respectivos postes.

El montaje de las estructuras sobre sus fundaciones no deberá comenzar hasta que hayan transcurrido por lo menos catorce (14) días desde la conclusión de su hormigonado.

Los equipos de montaje deberán tener capacidad suficiente, con amplios márgenes de seguridad para evitar riesgos de accidentes durante la realización de los trabajos. En lugar bien visible deberán tener letreros con indicación de las cargas máximas de trabajo.

Se deberá verificar que el largo de la pluma de la grúa sea suficiente para colocar la estructura en su lugar. No se permitirá que la grúa se desplace con la estructura suspendida. Esta circunstancia deberá tenerse en cuenta al elegir el sitio de armado en el suelo. Se requerirá que el operador de la grúa tenga comprobada experiencia en operaciones similares.

Las estructuras deberán izarse con eslingas que las tomen por su centro de gravedad y que no les produzcan daños. Durante esta operación las solicitaciones máximas podrán llegar como máximo hasta el cincuenta por ciento (50 %) de las de rotura, teniendo en cuenta la influencia de los efectos dinámicos según el mecanismo utilizado. Esta maniobra deberá ser efectuada sin interrupciones y en el menor tiempo posible. A ese efecto no se permitirá el izado de la estructura si no se contara con todos los elementos necesarios para su fijación.

En ningún momento deberán someterse las estructuras o partes de ellas a solicitaciones no contempladas en su diseño y cálculo. Se deberá evitar golpear la fundación al introducir la base del poste en ella.

El montaje de las crucetas y vínculos en las estructuras doble y triples deberá realizarse bajándolos suspendidos desde la cima con los ganchos para izaje o desde los collares, en ausencia de aquéllos.

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Una vez montadas y posicionadas las estructuras deberá procederse, previa autorización del Comitente, a rellenar los huelgos para empotrar los postes en las fundaciones y para fijar los vínculos. Para esta operación deberá utilizarse mortero de cemento y arena con el agregado de un aditivo que evite su contracción. Previamente el Contratista deberá efectuar los ensayos que le sean requeridos por el Comitente para determinar la aptitud y dosificación del aditivo y la resistencia del mortero. Su resistencia característica deberá ser como mínimo igual a la de las partes a rellenar.

4.7.2 Tolerancias

Una vez montadas, el eje de las estructuras deberá permanecer vertical, admitiéndose solamente una desviación máxima en la cima, con respecto a la vertical, de 50 mm.

La desviación máxima entre el eje de la cruceta y la normal al eje de la línea o a la bisectriz del ángulo de desvío será de 1,5º.

Las mediciones y/o verificaciones deberán hacerse con instrumentos ópticos.

4.7.3 Reparaciones

El Contratista será el único responsable por errores de fabricación o daños existentes en las estructuras por él provistas.

Si durante el transporte y/o el montaje se hubieran producido daños superficiales de poca importancia, tales como escoriaciones, deterioros en las secciones extremas o saltaduras de revestimientos que no dejen expuesta la armadura, ellos podrán ser reparados usando materiales y metodología sometidos a consideración del Comitente.

4.7.4 Carteles Indicadores

El Contratista deberá pintar los carteles indicadores de las estructuras, según el siguiente detalle:

retención, sobre ambos laterales de las crucetas.

uno a la altura de la primera cruceta y otro a aproximadamente 2,00 m del suelo. Deberán consistir en números de color negro con dígitos de tamaño no inferior a 300x300 mm.

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por el EPEN, aproximadamente a 3,00 m del suelo, en forma paralela a la línea, del lado de mayor circulación. Sus dimensiones deberán ser 340x450 mm.

Se deberá dar cumplimiento a las normativas de Seguridad Pública del Enre.

4.8 DOCUMENTACIÓN TÉCNICA

Deberá presentarse a consideración del Comitente la documentación técnica requerida en las Especificaciones Técnicas Generales.

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5.- PUESTA A TIERRA

5.1 ALCANCE

Deberán suministrarse e instalarse todos los elementos necesarios para la puesta a tierra de las estructuras de la línea (esto incluye la morsetería de los conductores y el hilo de guardia) y de los alambrados u otras estructuras metálicas ubicadas dentro de la franja de servidumbre.

5.2 NORMAS DE REFERENCIA

AEA 95301 Reglamentación de líneas aéreas exteriores de media y alta tensión

IRAM 2309 Materiales para puesta a tierra. Jabalina cilíndrica de acero-cobre y sus accesorios

IRAM 2467 Materiales para puesta a tierra. Conductores de acero recubiertos de cobre cableados en capas concéntricas|

5.3 CRITERIOS DE DISEÑO

5.3.1 Materiales

Las jabalinas de puesta a tierra y el conductor serán de cobre o acero cobreado. Como método de unión de partes de la toma de tierra que se encuentren bajo tierra sólo se aceptará la soldadura. Los contrapesos que se utilizaran estarán constituidos con los mismos materiales.

5.3.2 Puesta a Tierra de Estructuras

Basado en las mediciones de resistividad del terreno a obtener durante los estudios de suelos, el Contratista deberá diseñar la puesta a tierra de cada estructura de manera de cumplir con los requisitos establecidos por el Enre, en la Reglamentación AEA 95301 y en

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caso de ser necesario en la ET Nº 1 de la Ex AyEE . El Contratista presentará la memoria de cálculo donde se obtengan los valores máximos permitidos para las tomas de tierra. La puesta a tierra mínima de las estructuras estará conformado por un sistema compuesto de una jabalina por poste (para estructuras dobles y triples serán 2 ý 3 jabalinas según corresponda); contará con dos contrapesos por estructura de 10 mts cada uno ubicados paralelos a la línea en sentido opuestos (serán de Cobre 50 mm2). Si, a pesar de las condiciones mínimas indicadas, y de los prediseños no se obtiene los valores requeridos en las mediciones de campo; el Contratista tendrá a su cargo mejorar el sistema, para lo cual deberá aumentar la cantidad o longitud de los contrapesos, a 0,90 m de profundidad, con sendas jabalinas en su extremo.

5.3.3 Puesta a Tierra de Alambrados

Deberá preverse la conexión a tierra de los alambrados, cercos y cualquier otra instalación metálica que no esté naturalmente puesta a tierra dentro de la franja de servidumbre. Los alambrados deberán seccionarse eléctricamente a ambos lados.

5.3.4 Puesta a Tierra del Cable de Guardia OPGW

El Cable de Guardia será puesto a tierra en cada soporte, uniéndolo con grampa bifilar y conductor de aluminio al bloquete de conexión superior del soporte. En este último la unión será por medio de un terminal de aluminio con ojo, arandela y tuerca. La conexión al cable OPGW se ubicará desplazada longitudinalmente como mínimo a 0,6 m del eje del poste.

5.4 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS

5.4.1 Elementos de Acero Revestido con Cobre

Las jabalinas deberán ser de acero revestido con cobre según norma IRAM 2309, de 19 mm de diámetro y 3,00 m de longitud como mínimo, acoplables a rosca. Las conexiones entre el bloquete de los postes y las jabalinas deberán hacerse con dos (2) cables de acero revestido con cobre de 50 mm², según norma IRAM 2467.

5.5 INSTALACIÓN

Las jabalinas se deberán hincar en forma vertical con herramientas adecuadas con el objeto de no producir deterioros en su extremo superior, hasta que su extremo superior quede 0,50 m por debajo del nivel del terreno.

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En las estructuras con postes dobles o triples deberá hincarse una jabalina por cada poste con interconexión entre ellas. La conexión de los cables al bloquete del poste deberá efectuarse mediante morsetos bifilares de puesta a tierra de bronce. Los cables de acero-cobre deberán estañarse en su recorrido externo, hasta una profundidad no inferior a 5 cm por debajo del nivel del terreno. La conexión a las jabalinas deberá realizarse mediante soldadura.

5.6 MEDICIÓN DE RESISTENCIA

El Contratista tendrá a su cargo la medición de la resistencia de puesta a tierra en cada piquete en presencia del Comitente. Las mediciones sólo deberán realizarse en períodos de clima estable, debiendo haber transcurrido como mínimo ocho (8) días desde la última lluvia aislada. El método y los instrumentos a utilizar y el plan de mediciones a realizar deberán ser sometidos a consideración del Comitente. Los resultados deberán volcarse a planillas con los valores medidos en cada estructura, detallando los correspondientes a cada poste componente de estructuras dobles y triples. Cuando se coloquen contrapesos deberán detallarse los valores obtenidos a medida que se instale cada tramo. Deberá consignarse también la precipitación pluvial registrada durante los quince (15) días anteriores a la medición.

5.7 DOCUMENTACIÓN TÉCNICA

Deberá presentarse a consideración del Comitente la documentación técnica requerida en las Especificaciones Técnicas Generales.

En particular deberá presentarse un listado con el relevamiento de mediciones realizado en campo.

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6.- CONDUCTOR

6.1 ALCANCE

El Contratista deberá, tender, flechar y conectar la totalidad del conductor de aluminio con alma de acero (ACSR) necesario para la construcción de las líneas.

El suministro del conductor está a cargo del Comitente, que será entregado al contratista en los Depósitos del Epen, ubicados en la localidad de Zapala. Para esta condición de entrega de materiales por parte del Comitente se dará cumplimiento a lo indicado en el

punto “11. ENTREGA DE MATERIALES POR EL COMITENTE”

6.2 NORMAS DE REFERENCIA

Las normas aplicables deberán ser las enunciadas para cables desnudos en las Especificaciones Técnicas Generales.

6.3 CRITERIOS DE DISEÑO

Serán de aplicación los criterios de diseño enunciados para cables desnudos en las Especificaciones Técnicas Generales. El conductor deberá seleccionarse de manera que la línea pueda cumplir con los criterios de diseño estipulados en el punto 0.

6.4 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS

NO CORRESPONDE. LA PROVISIÓN DEL CONDUCTOR ESTA A CARGO DEL COMITENTE.

6.5 REPUESTOS

NO CORRESPONDE. LA PROVISIÓN DEL CONDUCTOR ESTA A CARGO DEL COMITENTE.

6.6 ENSAYOS DE RECEPCIÓN EN FÁBRICA

Serán de aplicación los ensayos de recepción en fábrica enunciados para cables desnudos en las Especificaciones Técnicas Generales.

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6.7 DOCUMENTACIÓN TÉCNICA

6.7.1 Documentación a Incluir en la Oferta

NO CORRESPONDE. LA PROVISIÓN DEL CONDUCTOR ESTA A CARGO DEL COMITENTE.

6.7.2 Documentación a Presentar por el Contratista

Deberá presentarse a consideración del Comitente la documentación técnica requerida en las Especificaciones Técnicas Generales y en particular la siguiente:

Memoria de cálculo de mecánico tensiones y flechas para cada uno de los estados climáticos definidos en las Especificaciones Técnicas Generales

Tablas de tendido, considerando el efecto de relajación del conductor y offset para pasar de la polea a la grampa para soportes a diferente nivel.

Plan de tendido

El plan de tendido deberá asegurar el uso económico del conductor, indicando puntos de partida, posición de cada lote de bobinas, ubicación de equipos, puestos, controles, instrumentos de medición, ubicación de empalmes, flechas de cruces de obstáculos, diseño y ubicación de protecciones para sortear obstáculos, conexiones a tierra durante el tendido, etc.

6.8 TENDIDO Y FLECHADO

El tendido y flechado del conductor están especificados en el punto 0.

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7.- CABLE DE GUARDIA CON FIBRA ÓPTICA (OPGW)

7.1 ALCANCE

El Contratista deberá suministrar, tender, flechar y conectar la totalidad del cable de guardia con fibras ópticas (OPGW) necesario para la transmisión de señales sobre las líneas de 132 kV y funciones tradicionales de protección. La provisión deberá incluir todos los accesorios necesarios.

Los extremos del cable OPGW deberán terminarse en sendas cajas de empalme de

fibra óptica, provisión del contratista.

En el extremo ubicado en el terminal del cruce de rutas 40/237 se colocará una caja

de empalme para recibir el OPGW.

Asimismo se colocara otra caja de empalme en el Pórtico de línea ubicado dentro

de la Estación Transformadora Paso Coihue, hasta donde llegará el cable de

guardia OPGW.

También se montará el cable de guardia necesario para completar la protección

contra descargas atmosféricas entre el terminal de la LAT y el pórtico de la ET.

7.2 CRITERIOS DE DISEÑO

7.2.1 Generalidades

El cable de guardia deberá diseñarse de manera de cumplir como mínimo con los siguientes criterios:

La flecha en los estados climáticos de máxima temperatura y de máxima flecha deberá ser 90 % de la flecha de los conductores en las mismas condiciones.

La capacidad térmica deberá ser de 40 kA2.s, como mínimo, sin producir

daños a las fibras ópticas.

La atenuación total de las fibras ópticas, incluyendo empalmes y conexiones, deberá ser compatible con la admisible por el sistema de comunicaciones y protecciones.

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7.2.2 Estudio de Atenuaciones

Deberá realizarse un estudio detallado de atenuaciones del enlace óptico entre las estaciones, considerando:

tolerancias de atenuación de las fibras ópticas, teniendo en cuenta los efectos del tendido,

márgenes por envejecimiento del emisor óptico,

atenuación en conectores, pigtails y empalmes.

El estudio deberá tener en cuenta las características de los equipos de comunicaciones a suministrar por EPEN en otro contrato y las atenuaciones en otros componentes del sistema comprendidos entre ambos terminales (cable subterráneo dieléctrico, conectores, pigtails, empalmes, etc.).

Los cálculos deberán efectuarse para relaciones de error de bits (BER) de 10-10

y 10-9

, para longitud de onda en tercera ventana, con fibras tipo monomodo según norma UIT-T G.652D y atenuación de 0,21 dB/km, tanto en condiciones normales como en las más desfavorables (viento máximo, temperatura máxima, tensión de tiro, oscilaciones y galloping en el cable, etc.). Deberán usarse las normas UIT-T G.911, G.955 y G.957, en lo que sea aplicable de cada una de ellas.

Se deberán utilizar los procedimientos de cálculo de CIGRÉ, IEC e IEEE y la Guía de Diseño y Normas del Sistema de Comunicaciones por Fibra Óptica aprobada por Resolución ENRE 558/03.

7.3 NORMAS DE REFERENCIA

ANSI/ICEA S-87-640 Norma de cables de fibras ópticas para comunicaciones de planta externa

ANSI/TIA 455 Procedimientos normalizados de ensayos de fibras, cables, transductores, sensores y dispositivos de conexión y terminación y otros componentes de fibras ópticas

ANSI/TIA 598-C Codificación de colores para cables de fibras ópticas

ANSI/TIA 758 Norma de cableado de telecomunicaciones de planta externa de propiedad del cliente

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ASTM B230 Especificación normal de alambre de aluminio 1350-H19 para usos eléctricos

ASTM B415 Especificación normal de alambre de acero extruido con revestimiento de aluminio

IEC 60793-1 Fibras ópticas. Métodos de medición y procedimientos de ensayos

IEC 60793-2 Fibras ópticas. Especificaciones de productos. Generalidades

IEC 60794-1 Cables de fibras ópticas. Especificación genérica

IEC 60794-3 Cables de fibras ópticas. Parte 3: Cables para instalación exterior. Especificación intermedia

IEC 60794-4 Cables de fibras ópticas. Parte 4: Especificación particular. Cables ópticos aéreos tendidos en líneas eléctricas de potencia

IEC 60794-4-10 Cables de fibras ópticas. Parte 4-10: Cables ópticos aéreos tendidos en líneas eléctricas de potencia. Especificación común de OPGW (cables de guardia ópticos)

IEC 61073-1 Dispositivos de interconexión y componentes pasivos de fibras ópticas. Empalmes mecánicos y protectores de empalmes por fusión para fibras ópticas y cables. Parte 1: Especificación genérica

IEC 61089 Cables eléctricos aéreos de capas concéntricas de alambres circulares

IEC 61232 Alambres de acero revestido con aluminio para usos eléctricos

IEC 61300 Dispositivos de interconexión y componentes pasivos de fibras ópticas. Procedimientos básicos de ensayos y mediciones

IEC 61753 Norma de calidad de funcionamiento de dispositivos de interconexión y componentes pasivos de fibras ópticas

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IEC 62134-1 Dispositivos de interconexión y componentes pasivos de fibras ópticas. Cajas para fibras ópticas. Parte 1: Especificación genérica

IEC TR 61280 Procedimiento de ensayos de subsistema de comunicaciones por fibra óptica

IEC TR 61282 Guías de diseño de sistema de comunicaciones por fibra óptica

IEC TR 62285 Guía de aplicación de métodos de medición de coeficiente no lineal

IEEE Std. 524 Guía IEEE para la instalación de conductores de líneas aéreas de transmisión

IEEE 1138 Norma IEEE de ensayos y desempeño de cables de guardia ópticos (OPGW) para uso en líneas eléctricas de potencia

TIA 492.CAAA Especificación de detalle de fibras ópticas monomodo clase IVa, dispersión unificada

UIT-T G.650 Definición y métodos de ensayo de los parámetros relevantes de fibras ópticas monomodo

UIT-T G.652 Características de un cable de fibras ópticas monomodo

UIT-T G.911 Parámetros y metodologías de cálculo de la confiabilidad y disponibilidad de sistemas de fibras ópticas

UIT-T G.955 Sistemas de línea digital basados en la jerarquía de 1544 kbit/s y 2048 kbit/s sobre cables de fibras ópticas

UIT-T G.957 Interfaces ópticas para equipos y sistemas relacionados con la jerarquía digital sincrónica

UIT-T L.12 Empalmes de fibras ópticas

UIT Manual. Construcción, instalación, empalme y protección de cables de fibras ópticas

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7.4 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS

7.4.1 Cable OPGW

7.4.1.1 Área Óptica

El cable deberá tener no menos de veinticuatro (24) fibras monomodo, según norma UIT-T G.652D, aptas para operar en longitud de onda de 1.550 nm. Deberán contar con cubierta primaria de polímero para prolongar su vida útil.

El área óptica del cable podrá adoptar alguno de los siguientes tipos constructivos:

Tubos holgados de material termoplástico

El cable deberá disponer de un núcleo de polímero reforzado con fibra de vidrio (FRP) apto para su utilización como elemento de tracción.

Las fibras ópticas deberán alojarse en tubos holgados de material termoplástico, colocados helicoidalmente alrededor del núcleo anterior, de manera de absorber las variaciones de longitud que se puedan producir en las condiciones más severas del tendido del cable y/o durante su instalación permanente. La holgura de las fibras no deberá superar el uno por ciento (1 %).

El interior de los tubos deberá contener gel repelente de humedad que rellenará la totalidad del espacio entre fibras para evitar el ingreso de humedad.

Deberá además incluirse líquido bloqueante de humedad para rellenar los espacios entre los tubos holgados, que deberá tener características similares al gel antes mencionado.

Podrán adicionarse tubos de relleno similares a los tubos holgados, de color diferenciado para su identificación.

Por sobre el núcleo y los tubos holgados deberá colocarse una envoltura de poliamida o poliuretano no higroscópica que servirá como medio de protección contra la humedad y como pantalla térmica durante la extrusión del tubo externo.

La totalidad de área óptica antes descrita deberá estar contenida en un tubo extruido de aluminio o aleación de aluminio continuo, no soldado, totalmente hermético, que, conjuntamente con la envoltura antes mencionada, reduzca al mínimo los efectos de sobrecalentamientos e impida el ingreso de humedad.

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Tubo(s) holgado(s) de acero inoxidable

Las fibras ópticas deberán alojarse en uno o más tubos holgados de acero inoxidable, agrupadas en manojos independientes de no más de doce (12) fibras.

El interior del tubo deberá contener gel repelente de humedad en forma similar a lo especificado para tubos de material termoplástico.

7.4.1.2 Área Metálica Exterior

Por sobre el área óptica antes definida deberá colocarse una o dos coronas de alambres de acero recubiertos de aluminio (ACS) y/o de aleación de aluminio (AA), que deberán soportar tanto los esfuerzos mecánicos del proceso de tendido como la tensión permanente de instalación en el vano de mayor longitud.

Adicionalmente deberá soportar, canalizar y reducir los sobrecalentamientos y efectos de erosión y/o volatilización de material originados en las corrientes de cortocircuito y en descargas atmosféricas.

7.4.2 Cajas de Empalme

Las cajas de empalme deberán ser aptas para montaje vertical en postes y pórticos de las estaciones e incluir una cassette apta para veinticuatro (24) fibras.

Deberán ser preferentemente metálicas, inmunes al impacto de balas, con grado de protección no inferior a IP68. Deberán poseer un tratamiento superficial apto para evitar la corrosión y resistente a los fenómenos atmosféricos.

El empalme de fibras deberá realizarse por fusión, admitiéndose una atenuación máxima de 0,1 dB por empalme. Cada fibra deberá tener longitud suficiente dentro de la caja para permitir su desarrollo adecuado, respetando el radio de curvatura mínimo.

Los accesos del cable óptico deberán efectuarse con prensacables que permitan mantener el grado de protección de la caja.

7.4.3 Accesorios

La provisión deberá incluir todos los accesorios necesarios para el soporte del cable en todas las estructuras de la línea, así como las crucetas de soporte de los rulos de empalmes.

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Retención

Notas:

1. Los elementos constitutivos variarán para adaptase a soportes de hormigón doble o triple, de sección anular.

2. Los elementos antivibratorios forman parte de la provisión prevista.

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Suspensión

Notas: 1. Los elementos constitutivos variarán para adaptase a soportes de hormigón, de sección anular con mensulin para CG. 2. Los elementos antivibratorios forman parte de la provisión prevista.

7.5 REPUESTOS

Se deberá incluir como repuesto cinco por ciento (5 %) de la longitud total de cable a instalar ó una longitud igual al mayor tramo entre retenciones que tenga la línea; de ambas condiciones se adoptara el de mayor cantidad de cable.

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7.6 ENSAYOS DE RECEPCIÓN EN FÁBRICA

7.6.1 de tipo

El Oferente deberá presentar el listado de protocolos de ensayos de Tipo que tiene realizados a cables de iguales características a los ofrecidos. Estos ensayos deberán haber sido efectuados en laboratorios de prestigio y llevados a cabo en fecha reciente, con indicación de la Norma aplicada en el ensayo efectuado. En caso que no disponga de protocolos de Ensayos de Tipo efectuados, deberá prever su ejecución a posteriori de la adjudicación del Contrato, con supervisión por parte de la Inspección de las Obras y el costo de los ensayos encontrarse incluido en la Oferta (habida cuenta que los protocolos quedaran de su propiedad y le serán útiles para futuras ofertas y propuestas). Los protocolos específicos que formaron parte del listado mencionado mas arriba, y que demuestren el cumplimiento de ensayos, deberán ser entregados por el Adjudicatario de la Obra (Contratista) como parte de la documentación obligatoria. En caso contrario, se deberán efectuar los ensayos de tipo con cargo al Contratista.

7.6.2 de Recepción en Fábrica

7.6.2.1 Ensayos Ópticos

Se efectuarán ensayos al 100% del cable OPGW a proveerse en un todo de acuerdo a IEC 793 y la UIT-T G.651/G.650/G.650.1/G.652, a saber:

Geometría de las fibras y del cable OPGW.

Campo refractado cercano.

Distribución lumínica.

Diámetro del campo modal

Longitud de onda de corte.

Dispersión cromática.

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Tensión (proof test).

Longitud de fibras.

Atenuación de fibras.

Estos ensayos son agregados e independientes a los ensayos mecánicos y eléctricos que se efectúen al OPGW en su función como Hilo de Guardia.

7.6.2.2 Ensayos Eléctricos y Mecánicos

Ensayos de Tipo: Conforme a las especificaciones técnicas del OPGW:

Módulo de elasticidad.

Carga/atenuación.

Ciclos de temperatura.

Cortocircuito.

Vibración.

Estos ensayos podrán ser reemplazados por el Fabricante, con certificados que justifiquen la realización de los mismos, sobre un cable igual ó similar al ofertado. Ensayos de remesa:

a) Hilos de acero recubierto de aluminio

Conforme a las especificaciones técnicas del OPGW:

Diámetro exterior.

Espesor de aluminio.

Carga de rotura.

Torsión.

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Resistencia eléctrica.

b) Tubos de acero, aluminio u otro material Conforme a las especificaciones técnicas del OPGW:

Inspección visual.

Medidas dimensionales.

Estanqueidad.

c) Cable de tierra con fibras ópticas Conforme a las especificaciones técnicas del OPGW:

Diámetro exterior.

Peso.

Paso de cordatura.

Carga de rotura.

Como criterio general durante los ensayos eléctricos y mecánicos, se medirán los valores de atenuación y tasa de error antes, durante y posterior a cada ensayo. Las fibras se unirán todas entre ellas de manera de disponer la longitud máxima de fibra equivalente. El empalme de fibras en su interior se realizará por fusión (atenuación máxima 0,1 dB) y cada fibra mantendrá una longitud extra dentro de la caja que se desarrollará adecuadamente respetando el radio mínimo de curvatura. Las cajas tendrán una capacidad para alojar hasta 24 fibras en su interior.

7.7 TENDIDO Y FLECHADO

El tendido y flechado del cable están especificados en el punto 0.

En cada estructura donde deba ejecutarse un empalme deberá dejarse longitud suficiente hasta el nivel del suelo para realizar cómoda y eficazmente la fusión de las fibras y su adecuación dentro de la caja de empalme.

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7.8 ENSAYOS EN EL EMPLAZAMIENTO

Deberán realizarse, como mínimo, las siguientes verificaciones en el emplazamiento:

Una vez completado el tendido de cada tramo de cable deberán medirse las siguientes características ópticas de cada una de las fibras que lo componen:

Dispersión cromática.

Atenuación de cada FO.

Atenuación de cada empalme.

Atenuación de conectores.

Atenuación total end-to-end

Atenuación de patch cords.

Estas mediciones deberán compararse con las obtenidas en fábrica sobre las bobinas involucradas.

Una vez terminado el tendido completo del cable deberán repetirse para cada fibra las mediciones de dispersión cromática y de atenuación entre extremos para la longitud total del cable. Asimismo deberá efectuarse una verificación del desempeño del cable midiendo la tasa de error de bits (BER).

Para esta última medición deberán inyectarse datos en cada extremo del cable y en cada fibra, repitiendo la operación sobre las mismas fibras desde ambos extremos, utilizando un instrumento de medición de tasa de error.

Una vez terminados los ensayos el Contratista deberá colocar ambos extremos del

OPGW en sendas cajas de empalme con sus respectivas reservas de cable. Dichas

cajas deberán fijase, una en la estructura terminal de El Cruce y la otra en el pórtico

de acometida de la ET PASO COIHUE.

7.9 DOCUMENTACIÓN TÉCNICA

Deberá presentarse a consideración del Comitente la documentación técnica requerida en las Especificaciones Técnicas Generales y en particular la siguiente:

Memoria de cálculo de tensiones y flechas para cada uno de los estados climáticos definidos en las Especificaciones Técnicas Generales

Curvas de autoamortiguamiento del cable en las condiciones reales de instalación

Estudio de atenuaciones requerido en el punto 0

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Ubicación y detalles de montaje de cajas y rulos de empalme

Procedimiento de ejecución de empalmes

Manual de instalación del cable

Tablas de tendido

Plan de tendido

El plan de tendido deberá asegurar el uso económico del cable, indicando puntos de partida, posición de cada lote de bobinas, ubicación de equipos, puestos, controles, instrumentos de medición, ubicación de empalmes, diseño y ubicación de protecciones para sortear obstáculos, conexiones a tierra durante el tendido, etc.

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8.- AISLADORES

8.1 ALCANCE

EL SUMINISTRO SERA PROVISION DEL COMITENTE (EPEN), por lo cual el diseño de la línea y la obra tendrá en cuenta las características del material a entregar. El Contratista tendrá a su cargo el montaje de todos los aisladores necesarios para la constitución de las cadenas de suspensión y de retención de la línea. El suministro de aisladores incluida las chavetas, está a cargo del Comitente, que será entregado al contratista en los Depósitos del Epen, ubicados en la localidad de Zapala. Para esta condición de entrega de materiales por parte del Comitente se dará

cumplimiento a lo indicado en el punto “11. ENTREGA DE MATERIALES POR EL

COMITENTE”

8.2 NORMAS DE REFERENCIA

ASTM A153 Cincado (baño caliente) de accesorios de hierro y acero

IEC 60120 Dimensiones de acoplamientos a rótula de elementos de cadenas de aisladores

IEC 60372 Pasadores para acoplamientos a rótula de elementos de cadenas de aisladores. Dimensiones y ensayos

IEC 60383 Aisladores para líneas aéreas de tensión nominal superior a 1.000 V

IEC 60437 Ensayo de radiointerferencia de aisladores de alta tensión

IEC 60575 Ensayo de desempeño termomecánico y ensayo de desempeño mecánico de elementos de cadenas de aisladores

IRAM 573 Productos siderúrgicos cincados por inmersión en caliente. Ensayos físicos y mecánicos

IRAM 2234 Aisladores para líneas aéreas con tensión nominal mayor que 1000 V

IRAM 2235 Aisladores para líneas aéreas con tensión nominal mayor que 1000 V. Aisladores de caperuza y badajo.

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Tipificación de características

IRAM 2248 Acoplamientos de rótula de elementos de cadenas de aisladores de suspensión. Medidas normales

IRAM 2249 Dispositivos de fijación para acoplamientos a rótula y alojamiento de rótula de elementos de cadenas de aisladores de suspensión. Medidas y requisitos generales

IRAM 2361 Aisladores de alta tensión. Ensayo con impulso de maniobra

IRAM 2366 Aisladores de cerámica o de vidrio destinados a líneas aéreas de tensión nominal mayor de 1 kV. Reglas de muestreo y criterios de aceptación cuando se aplican métodos de control estadístico a los ensayos mecánicos y electromecánicos

IRAM 60712 Productos siderúrgicos. Métodos de ensayo del cincado

IRAM-IAS U 500-690 Aceros inoxidables

8.3 CRITERIOS DE DISEÑO

No corresponde. La provisión del conductor está a cargo del Comitente.

8.4 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS

No corresponde. La provisión del conductor está a cargo del Comitente.

8.5 REPUESTOS

No corresponde. La provisión del conductor está a cargo del Comitente.

8.6 ENSAYOS DE RECEPCIÓN EN FÁBRICA

No corresponde. La provisión del conductor está a cargo del Comitente

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8.6.1 Elementos para Cadenas

No corresponde. La provisión del conductor está a cargo del Comitente

8.7 MONTAJE

Los aisladores deberán mantenerse en el embalaje original durante el mayor tiempo posible. No deberá instalarse ningún elemento que presente astilladuras o fallas en el material aislante ni herrajes con defectos u oxidación.

Antes de su instalación deberán limpiarse con franelas sin abrasivos, no permitiéndose el uso de cepillos de alambres o de solventes. La superficie aislante deberá estar brillante y las otras partes, libres de polvo.

Antes del izado las cadenas deberán volcarse para facilitar la inspección de las chavetas. No se permitirá el enderezado de éstas. Las cadenas deberán montarse de manera que todas las chavetas y las tuercas de los bulones de los herrajes queden enfrentadas con la estructura a fin de facilitar las tareas de mantenimiento.

Las cadenas deberán levantarse y suspenderse únicamente desde la unidad superior, no permitiéndose su izado con cuerdas o eslingas a su alrededor.

Las cadenas de retención podrán ensamblarse con sus respectivas grapas en el suelo. Una vez izadas deberán mantenerse bajo tensión a fin de evitar daños por excesiva flexión.

En ninguna circunstancia se permitirá que los operarios trepen por las cadenas o caminen sobre ellas.

8.8 DOCUMENTACIÓN TÉCNICA

Deberá presentarse a consideración del Comitente la documentación técnica requerida en las Especificaciones Técnicas Generales y en particular una memoria de cálculo de cada tipo de cadena de aisladores.

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9.- HERRAJES Y GRAPAS

9.1 ALCANCE

EL SUMINISTRO PARCIAL SERA PROVISION DEL COMITENTE (EPEN), por lo cual el diseño de la línea y la obra tendrá en cuenta las características del material a entregar.

El alcance de este suministro comprende:

- Cadenas de suspensión simples y dobles, incluye desde el péndulo hasta la morza (Grapas) de suspensión. Esto incluye las varillas preformadas.-

- Cadena de Retención Doble, incluye desde el estribo hasta la morza (Grapas) de retención.

Para una mejor interpretación se adjunta esquema de las cadenas.

El Contratista deberá completar el suministrarse de herrajes y grapas necesarias e instalar todos los herrajes y grapas necesarios para la fijación, empalmes, conexiones y control de vibraciones de los conductores. Los correspondientes al cable de guardia OPGW se incluyen en el punto 0. El suministro a cargo de la Contratista comprender el resto de los materiales, que no entregue el Comitente, es decir que deberá completar el suministrarse. Esto comprende los contrapesos y todas la piezas que se requieran para su montaje, prolongadores y los accesorios que sean necesarios para su montaje, morsetos bifilares de (3) tres bulones para cuellos muertos, y todo otro material que surja del proyecto ejecutivo. En particular, cabe aclarar que en la provisión del Epen las cadenas de retención cuentan con un prolongador estándar. En el caso que fuese necesario su reemplazo por otro de diferentes características, la provisión estará a cargo del Contratista. El sistema de amortiguamiento, su diseño, provisión y montaje, estará a cargo del Contratista; para los conductores principales, como también para el hilo de guardia OPGW . El suministro de herrajes parcial está a cargo del Comitente, que será entregado al contratista en los Depósitos del Epen, ubicados en la localidad de Zapala. Para esta condición de entrega de materiales por parte del Comitente se dará cumplimiento a lo

indicado en el punto “11. ENTREGA DE MATERIALES POR EL COMITENTE”

9.2 NORMAS DE REFERENCIA

ANSI/NEMA CC 1 Conexiones eléctricas de potencia para subestaciones

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ASTM A143 Protección contra fragilidad de productos para estructuras de acero cincado en caliente y procedimiento para detectar la fragilidad

ASTM A153 Cincado (baño caliente) de accesorios de hierro y acero

IEC 60120 Dimensiones de acoplamientos a rótula de elementos de cadenas de aisladores

IEC 60372 Dispositivos de traba para acoplamientos a rótula de elementos aisladores para cadenas. Dimensiones y ensayos

IEC 61897 Líneas aéreas. Requisitos y ensayos de amortiguadores de vibraciones eólicas tipo Stockbridge

IRAM 573 Productos siderúrgicos cincados por inmersión en caliente. Ensayos físicos y mecánicos

IRAM 2177 Aluminio y sus aleaciones. Alambre de aleación de aluminio-magnesio-silicio para conductores de líneas aéreas

IRAM 2248 Acoplamientos de rótula de elementos de cadenas de aisladores de suspensión. Medidas normales

IRAM 2249 Dispositivos de fijación para acoplamientos a rótula y alojamiento de rótula de elementos de cadenas de aisladores de suspensión. Medidas y requisitos generales

IRAM 2433 Morsetería y componentes para líneas aéreas y estaciones o subestaciones transformadoras de energía eléctrica para 132 kV. Tipificación

IRAM 60712 Productos siderúrgicos. Métodos de ensayo del cincado

IRAM-IAS U 500-690 Aceros inoxidables

IRAM-NIME 20022 Morsetería y componentes para líneas aéreas y estaciones o subestaciones trasformadoras de energía eléctrica de 132 kV

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9.3 CRITERIOS DE DISEÑO

9.3.1 Generalidades

Los herrajes deberán responder a la norma IRAM-NIME 20022 y ser aptos para trabajo con tensión. Su diseño deberá permitir el máximo movimiento en todos los sentidos y evitar esfuerzos de flexión y torsión en sus componentes. Los correspondientes a cadenas de retención deberán contar con dispositivos que faciliten la regulación de las flechas durante los trabajos de tendido.

La forma de todas las piezas deberá impedir la concentración de solicitaciones mecánicas y/o eléctricas.

Las dimensiones y tolerancias de los elementos constitutivos de los acoplamientos a rótula y sus dispositivos de fijación deberán responder al tipo 16A definido por las normas IEC 60120 e IRAM 2248, con chavetas tipo 20 según norma IEC 60372.

9.3.2 Características Mecánicas

Cada una de las piezas deberá resistir sin deformaciones permanentes los esfuerzos máximos producidos por las cargas aplicadas en las diversas condiciones de servicio, según lo requerido en la Reglamentación AEA 95301. La curvatura de las piezas articuladas deberá ajustarse adecuadamente de manera de lograr una distribución de esfuerzos uniforme.

Las partes roscadas de las piezas no deberán trabajar a tracción ni al aplastamiento. Las tuercas de ajuste deberán llevar dispositivos que impidan su aflojamiento por vibraciones (chavetas o tuercas autofrenantes). Las tuercas restantes y los pernos deberán contar con seguros que eviten su pérdida.

En lugar de pernos pasadores con chavetas, se utilizarán pernos pasadores con rosca, tuerca y chaveta.

Los herrajes componentes de las cadenas de aisladores deberán soportar sin deformaciones permanentes el setenta y cinco por ciento (75 %) de la carga de rotura de los aisladores.

9.3.3 Características Eléctricas

Las cadenas de suspensión deberán diseñarse de manera de no requerir anillos ni cuernos de protección. A tal efecto la tensión en los elementos integrantes no deberá ser mayor de 30 kV sobre el primer aislador lado fase y de 26 kV y sobre el segundo.

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Las cadenas de retención tendrán como protección, anillos, cuernos o raquetas equipotenciales.

Los elementos de forma y/o ubicación críticas para el efecto corona deberán quedar cubiertos con protecciones antiefluvio.

9.3.4 Amortiguamiento de Vibraciones

La cantidad y ubicación de los amortiguadores Stockbridge en conductores y cable de guardia deberán surgir de un estudio de vibraciones. Las amplitudes de flexión medidas sobre el conductor, según la metodología IEEE (a 89 mm del último punto de contacto del conductor y del cable de guardia con la grapa de suspensión o de retención) y las frecuencias de vibración correspondientes deberán estar distribuidas de manera tal de no provocar daño por fatiga al cable.

Para cuantificar el daño acumulado deberá utilizarse la metodología expuesta por CIGRÉ en el trabajo Recomendaciones para la Evaluación de la Vida Útil de Conductores de Líneas de Transmisión, publicado en la revista Electra Nº 63, complementada con los criterios indicados en la publicación IEEE TP-65-156 Normalización de Mediciones de Vibraciones de Conductores, referente al cálculo de la deformación específica sobre los alambres de aluminio.

Las deformaciones unitarias correspondientes a la flexiones vibratorias en las zonas del último contacto del cable con las grapas no deberán exceder los siguientes valores:

250 microstrain cresta-cresta para el 5 % de los ciclos de vibraciones,

150 microstrain cresta-cresta para el restante 95 % de los ciclos de vibraciones.

9.3.5 Sistema Anti-pájaros (AVESTOP)

En la zona de implantación de la línea, existen aves de gran porte que suelan pararse sobre las ménsulas de las líneas y dejar caer sus excrementos sobre las cadenas de aisladores produciendo el contorneo de las mismas y los consiguientes fallos.

A fin de evitar dichos fallos y proteger a las aves, se deberá prever un Sistema de Anti-pájaros (AVESTOP) montado en todas las ménsulas con el fin de ahuyentarlas.

El AVESTOP deberá ser de acero templado y zincado y contará con un sistema seguro de encastre entre tramos. La fijación a la ménsula deberá ser hecha de manera confiable a fin de impedir su desprendimiento. Ante de su adquisición deberán presentarse muestras a la inspección a los efectos de ser avaluados y aprobados.

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9.4 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS

9.4.1 Generalidades

Los herrajes deberán ser mayoritariamente de acero forjado, con las siguientes particularidades:

Piezas no sometidas a grandes tensiones mecánicas ni vibraciones: podrán ser de fundición maleable.

Piezas con requisitos particulares de forma y/o dimensiones: podrán ser de fundición o chapa de acero.

Piezas en contacto con conductores: deberán ser de aluminio, aleación de aluminio u otro material, recubierto o no, que no dañe al conductor ni produzca efecto indeseado.

Chavetas y empalmes de cable de guardia: deberán ser de acero inoxidable tipo 30304, según norma IRAM-IAS U 500-690.

Todas las piezas de materiales ferrosos, excepto las de acero inoxidable, deberán ser cincadas por inmersión en caliente.

Las tolerancias dimensionales no deberán superar tres por ciento (± 3 %).

Las secciones sometidas a esfuerzos no deberán soldarse.

La terminación superficial deberá ser lisa y libre de imperfecciones, cantos vivos, aristas y/o terminaciones en punta.

Las tuercas deberán poder roscarse en los bulones directamente con las manos, sin ayuda de herramientas.

Todas las piezas componentes de los herrajes y grapas deberán llevar grabados en bajorrelieve números y/o letras que respondan a un código identificatorio en correspondencia con los planos de armado y/o despiece, número de lote, etc. No se permitirá que la identificación se efectúe en etiquetas adheridas o bien que no sea legible.

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9.4.2 Grapas de Conductor

La temperatura en servicio permanente de estos elementos no deberá superar a la de los conductores a los que estén vinculados. La densidad de corriente pasante en las piezas de aluminio o de aleación de aluminio no deberá superar 16 A/mm².

Las grapas de suspensión serán del tipo grapas abulonadas, de fundición de alumino aptas para contrapeso.

Las grapas de retención de conductores deberán ser del tipo a cable pasante. La carga de deslizamiento de estas grapas, así como de los empalmes y reparaciones, no deberá ser inferior al noventa y cinco por ciento (95 %) de la carga de rotura del conductor y la carga de rotura deberá ser superior a ese valor.

9.4.3 Grapas bifilar de Puesta a Tierra

Las grapas de puesta a tierra serán del tipo bifilar de bronce aptas abulonar al boquete del poste de hormigón.

9.5 REPUESTOS

Este apartado es de aplicación sobre los materiales de provisión del Contratista.

Se deberá incluir el suministro de un juego de repuestos que incluya cinco por ciento (5 %) de los elementos de cada tipo instalados, con un mínimo de uno (1).

Los repuestos deberán cotizarse con precio unitario, de forma que posteriormente el Comitente pueda ajustar las cantidades que realmente sean provistas.

9.6 ENSAYOS DE RECEPCIÓN EN FÁBRICA

9.6.1 Muestreo

Los herrajes y grapas deberán someterse a un control estadístico por atributos o por variables, según el tipo de ensayo.

Las reglas de muestreo, los criterios de aceptación y las expresiones de cálculo deberán ser los establecidos en la norma IRAM 2366 para ensayos mecánicos de aisladores.

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9.6.2 Verificación de Dimensiones y Terminaciones

Deberán realizarse las siguientes verificaciones:

Control dimensional y de ejecución en relación con los planos y documentos visados.

Intercambiabilidad y correcto ensamblado de las piezas.

Correcta terminación de las piezas en general, verificando ausencia de sopladuras y grietas y los valores de rugosidad establecidos en los planos visados por el Comitente.

Terminación superficial de las zonas eléctricamente críticas:

medición de la rugosidad superficial y comparación con el valor que haya satisfecho el ensayo de tipo de radiointerferencia y efecto corona,

medición de las protuberancias superficiales de las grapas, que no deberán exceder 0,5 mm, admitiéndose oquedades sólo cuando no constituyan un defecto.

9.6.3 Ensayo de Apriete de Partes Roscadas

Las grapas de suspensión y de retención y todos los elementos que deban ser instalados mediante el apriete de bulones o tuercas deberán ensayarse instalándolos en las mismas condiciones de servicio y aplicándoles un torque igual del ciento cincuenta por ciento (150 %) del máximo especificado por el Contratista.

El ensayo se considerará satisfactorio si no se verificaran roturas en las partes roscadas y si las deformaciones no impidieran el desmontaje de las piezas o el cumplimiento de los requisitos especificados.

9.6.4 Ensayo de Tracción

Sobre los herrajes o grapas sometidos a esfuerzos de tracción deberá aplicarse en forma gradual una carga de tracción igual a la mitad de la carga máxima de trabajo, la que deberá mantenerse durante dos (2) minutos. Luego la carga deberá elevarse gradualmente hasta alcanzar, en no menos de treinta segundos (30 s), el valor de la carga máxima, que deberá mantenerse durante un (1) minuto.

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El ensayo se considerará satisfactorio si al final del ciclo no se verificaran deformaciones permanentes.

9.6.5 Verificación de la Resistencia al Deslizamiento de las Grapas

Deberá aplicarse gradualmente una carga hasta el valor garantizado por el Contratista, debiendo verificarse la ausencia de deslizamiento del cable.

9.6.6 Ensayo de Rotura

9.6.6.1 Herrajes en general, excepto Grapas de Suspensión

Deberá aplicarse un conjunto de cargas en las direcciones correspondientes, de manera de simular las condiciones reales de servicio. Las cargas deberán aumentarse gradualmente hasta alcanzar la mitad de la carga de rotura especificada, manteniéndola, como mínimo, durante dos (2) minutos. Posteriormente las cargas deberán aumentada gradualmente hasta alcanzar la rotura en no menos de treinta segundos (30 s).

9.6.6.2 Grapas de Suspensión

Las grapas de suspensión deberán ensayarse con un trozo de conductor de igual diámetro que el de la línea, con tolerancia de ± 5 %, que forme un ángulo de 15º con la horizontal. Deberá aplicarse una carga en forma idéntica a lo especificado en el punto 0.

La rotura no deberá producirse para valores inferiores al sesenta por ciento (60 %) de la carga de rotura del conductor.

9.6.7 Verificación de la Resistencia al Deslizamiento de las Grapas

Deberá aplicarse gradualmente una carga hasta el valor garantizado por el Contratista, debiendo verificarse la ausencia de deslizamiento del cable.

9.6.8 Verificación del Cincado

Sobre las piezas cincadas deberán realizarse las siguientes verificaciones:

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masa unitaria, según norma IRAM 60712,

uniformidad del recubrimiento (Preece), según norma IRAM 60712,

adherencia, según norma ASTM A153,

fragilidad, según normas ASTM A143 y A153.

9.6.9 Verificación de Acoplamiento con Aisladores

Deberá verificarse la corrección dimensional y de esfuerzos de desbloqueo de los pasadores según normas IEC 60120 e IRAM 2077.

9.7 MONTAJE

El montaje de los herrajes y grapas está especificado en el punto ¡Error! No se

encuentra el origen de la referencia..

9.8 DOCUMENTACIÓN TÉCNICA

Deberá presentarse a consideración del Comitente la documentación técnica requerida en las Especificaciones Técnicas Generales y en particular la siguiente:

Memoria de cálculo de los herrajes para cada tipo de cadena de aisladores

Cálculo teórico de vibraciones en conductor y cable de guardia en las grapas de suspensión en condiciones más desfavorables para velocidades de viento comprendidas entre 2 y 12 m/s y en caso de galloping por desprendimiento de manguito de hielo, con indicación de ubicación de amortiguadores Stockbridge.

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10.- TENDIDO Y FLECHADO DE CABLES

10.1 ALCANCE

El Contratista deberá tender los conductores y el cable de guardia de la línea entre las estructuras terminales a instalar en correspondencia con cada estación y efectuar los controles de flechas necesarios. El tendido y conexión de los vanos de acometida a las estaciones deberá efectuarse como parte de las instalaciones electromecánicas en ellas. En los terminales de líneas se deben incluir las cadenas de retención del lado de las EETT tanto para los conductores, como para el cable de guardia.-

El suministro del OPGW, su montaje y conexionado en el tramo que va entre el terminal de línea y el pórtico de la ET está incluido en el presente contrato, es decir a cargo del Contratista de la línea.

10.2 NORMAS DE REFERENCIA

AEA 95301 Reglamentación de líneas aéreas exteriores de media y alta tensión

IEEE Std. 524 Guía IEEE para la instalación de conductores de líneas aéreas de transmisión

IEEE TP-65-156

Normalización de mediciones de vibraciones en conductores

10.3 EQUIPOS, HERRAMIENTAS Y DISPOSITIVOS

10.3.1 Generalidades

El Contratista deberá utilizar equipos y herramientas adecuados para las exigencias que requieran las tareas, la calidad y características técnicas de los materiales y el programa de trabajos. Deberán someterse a aprobación del Comitente y mantenerse en perfectas condiciones de utilización durante toda la obra.

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10.3.2 Máquinas de Tiro y de Frenado

La máquina de tiro deberá contar con sensores y dispositivos de protección que controlen y limiten la tracción del cable a valores preestablecidos voluntariamente.

La máquina de frenado deberá ser del tipo de doble tambor. Los frenos deberán estar controlados por dispositivos eléctricos y/o hidráulicos capaces de medir, fijar y mantener constante la tensión del cable. El calor de fricción no deberá ser transmitido a los cables.

Las poleas deberán girar sobre cojinetes adecuados provistos de engrasadores. Las gargantas deberán estar revestidas con goma sintética a base de policloropreno (Neopreno

®) u otro material apto para el apoyo sin daño de los cables. El diámetro de las

poleas deberá cumplir con las recomendaciones de los fabricantes de los cables.

Los caballetes portabobina deberán estar dotados de un sistema de frenado mecánico regulable, de manera que el cable esté siempre tenso a la salida.

Los instrumentos de medición de carga de las máquinas de tiro y de frenado deberán ser contrastados antes del inicio y una vez finalizadas las tareas de tendido.

10.3.3 Poleas

Sobre una muestra de diez por ciento (10 %) de la cantidad total de poleas a emplear en cada una de las estructuras de suspensión y antes del inicio de las tareas de tendido deberán realizarse las siguientes verificaciones:

Centrado: verificación del centrado del fondo de la garganta, admitiéndose como máximo una diferencia del uno por ciento (1 %) entre el radio máximo y el mínimo.

Alabeo y perpendicularidad: verificación del apartamiento entre cualquier punto del borde exterior de la polea y un plano normal a su eje, admitiéndose que sea como máximo cero coma cinco por ciento (0,5 %) de su diámetro.

Resistencia al movimiento: verificación de que se venza el rozamiento estático con una masa de 100 g colocada sobre la garganta a nivel del eje de la polea.

Toda polea que no cumpla con alguna de las verificaciones anteriores deberá ser reemplazada en la muestra por dos (2) nuevas poleas, sobre las que se repetirán las mediciones y así sucesivamente. Las poleas reemplazadas deberán ser reparadas y sometidas a nuevas pruebas antes de su uso.

Independientemente de esas verificaciones el Comitente podrá solicitar nuevos controles de las poleas en cualquier momento durante el transcurso de la obra.

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10.4 TENDIDO

10.4.1 Generalidades

El tendido de cada tramo sólo podrá comenzar cuando el Contratista haya concluido con las puestas a tierra detalladas en el punto 0 y cuente con la autorización del Comitente para iniciarlo.

El cable de guardia deberá tenderse antes que los conductores de fase. Éstos deberán tenderse comenzando por el superior y terminando por el inferior.

No se permitirá el deslizamiento de los conductores o del cable de guardia sobre ningún tipo de superficie ni que rocen el suelo, alambrados, obstáculos, estructuras, etc., durante la ejecución de empalmes.

Para salvar obstáculos deberán instalarse soportes adecuados y, sobre ellos, poleas para los cables si fuera necesario. En los cruces con caminos principales, canales, etc., el Contratista deberá construir estructuras temporarias para asegurar la altura mínima adecuada de los cables durante el tendido. Los soportes y estructuras deberán ser sometidos a revisión del Comitente antes de su utilización. Cuando se termine el trabajo deberán desarmarse, rellenando los huecos dejados en el terreno.

Durante el tendido deberán adoptarse las siguientes precauciones:

Las estructuras de la línea no deberán someterse a solicitaciones mecánicas de valores y tipos no previstos en su diseño.

Las estructuras de suspensión no deberán usarse como retenciones temporarias.

Los equipos de tiro y de frenado deberán instalarse, en lo posible, en la mitad del vano a fin de no provocar solicitaciones verticales anormales sobre las estructuras.

El ángulo entre los cables y el plano horizontal no deberá superar los 14º (1:4) en ningún caso.

Las poleas deberán ubicarse en las estructuras a una altura igual a la de sujeción definitiva de los cables.

El tiro, que deberá mantenerse constante, deberá estar comprendido entre el necesario para que el cable quede a una altura de 3,00 m por sobre los alambrados o cualquier obstáculo y el correspondiente a una flecha diez por ciento (10 %) mayor que la indicada en la tabla de tendido para la temperatura ambiente en que se realice la operación.

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La velocidad de tendido deberá ser compatible con las características de los equipos, sin superar los 70 m/min.

No se permitirá la presencia de operarios en las estructuras ni cerca de los cables durante el tendido, salvo los operadores de máquinas de frenado y de tiro.

Después del tensado y regulación de los conductores, éstos se mantendrán sobre las poleas durante veinticuatro horas como mínimo, para que puedan adquirir una posición estable.

Las cadenas de suspensión, una vez apretadas las grapas, quedarán en posición vertical.

Los cables podrán tener anclajes temporarios cuyo diseño y ubicación deberán someterse a consideración del Comitente. Para ellos deberán adoptarse las siguientes precauciones:

El ángulo formado con la horizontal no deberá exceder 14º (1:5).

Los anclajes deberán estar alineados con la dirección del tendido y tener, al igual que sus accesorios, una resistencia como mínimo doble del tiro máximo de tendido del cable.

Durante las tareas de tendido el Contratista deberá utilizar equipos de comunicaciones de potencia suficiente para permitir un contacto directo y de buena calidad entre las personas responsables de las operaciones de tiro y de frenado y la que siga el avance del balancín de arrastre. No se permitirá iniciar el tendido sin comunicaciones confiables.

10.4.2 Planillas de Control del Tendido

El Contratista deberá confeccionar Planillas de Control del Tendido para permitir la trazabilidad de las tareas y de todos los elementos incorporados a la línea. Deberán registrarse las tareas en orden cronológico y consignarse, como mínimo, lo siguiente:

Tarea (tendido, empalmado, flechado, marcado, engrapado, instalación de sistemas amortiguantes)

Fecha y hora de inicio y de finalización

Condiciones meteorológicas (temperatura ambiente y del cable, velocidad de viento y declinación del cable).

Tramo

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Adecuación conforme a obra del Plan de Tendido

Remanentes y desperdicios, con indicación de números de bobinas

Velocidad de tendido (valores máximo y mínimo)

Tiro de tendido (valores máximo y mínimo)

Ubicación de empalmes y de reparaciones

Valores de contraste de los instrumentos de medición de cargas para las máquinas de tiro y frenado que se citan en el punto 0

Anomalías que pudieran afectar la operación de la línea.

10.4.3 Puestas a Tierra

Todas las estructuras involucradas en el tramo a tender, así como cada uno de los conductores y el cable de guardia deberán contar con una puesta a tierra franca. Los cables deberán conectarse a la salida de la frenadora y el cable piloto, en el tramo de acometida a la máquina de tiro.

Para los cables deberá utilizarse un conjunto de tres poleas dispuestas en tresbolillo sobre un mismo plano, con sus ejes perpendiculares a aquéllos, con un dispositivo a resorte regulable que permita presionarlos entre ellas. Ese dispositivo deberá estar anclado independientemente de su conexión a tierra. El diseño de las poleas deberá responder a los requisitos de los fabricantes del conductor y del cable de guardia.

Además el Contratista deberá poner a tierra los conductores y cables de guardia toda vez que un operario deba tomar contacto con ellos. Durante la ejecución de empalmes y conexiones ambos elementos a empalmar o conectar deberán contar con su propia conexión a tierra y hallarse ambas interconectadas. Deberán adoptarse precauciones para evitar que los operarios queden eléctricamente en serie entre elementos manipulados o entre éstos y tierra.

Las jabalinas y los cables de puesta a tierra deberán ser de acero cincado o cobreado, no permitiéndose el uso de barras o perfiles de acero desnudo. Las conexiones deberán realizarse con cables de cobre de 50 mm

2 como mínimo con terminales adecuados.

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10.4.4 Empalmes

El contratista tendrá a su cargo el suministro y montaje de los empalmes necesarios para la obra.

Antes de realizar el primer empalme de cada tipo de cable, el Contratista deberá ejecutar una muestra para determinar en cuánto hay que recortar los componentes del cable para evitar interferencias dentro del empalme. En su elaboración deberán tenerse presente las indicaciones de los fabricantes de cables y de empalmes.

Deberán observarse estrictamente las dimensiones finales de cada muestra. El Comitente podrá ordenar la realización de otras muestras para efectuar ensayos de gammagrafía, tracción, etc.

La matricería y las prensas a utilizar para los empalmes deberán ser las aconsejadas por el fabricante de estos elementos.

Los empalmes sucesivos en un mismo cable deberán estar distanciados por lo menos dos (2) vanos. En lo posible deberán evitarse empalmes en los vanos adyacentes a estructuras de retención. La distancia mínima a un punto de sujeción no deberá ser inferior a 30,00 m para el conductor y a 15,00 m para el cable de guardia.

No se permitirá que los empalmes definitivos pasen por las poleas. Se aceptará el uso de empalmes temporarios especialmente diseñados para esa operación. Tanto el material como el método a emplear deberán someterse a consideración del Comitente.

10.4.5 Reparaciones

El contratista tendrá a su cargo el suministro y montaje de los empalmes de reparación que fuesen necesarios para la obra.

Las melladuras aisladas de los alambres de aluminio podrán ser reparadas, previa autorización del Comitente, con tela esmeril, no admitiéndose el uso de lana de acero. Si el daño fuera mayor deberán emplearse manguitos de reparación, con las siguientes limitaciones:

Sólo se autorizará una (1) reparación por cable y por vano y no más de dos (2) en un mismo cable en 2.500 m o en el tramo entre retenciones de línea, si la longitud de éste fuera mayor.

Se admitirá en un conductor cuando se hubieran roto hasta tres (3) alambres de la última capa o se hubieran dañado severamente hasta seis (6) alambres.

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Para daños mayores en el conductor o cuando se hubiera cortado un (1) alambre de cable de guardia, el cable deberá cortarse y empalmarse.

Antes de realizar la primera reparación de cada tipo de cable, el Contratista deberá ejecutar una muestra siguiendo las indicaciones del fabricante.

El Comitente se reserva el derecho de autorizar la ejecución y de decidir la extensión de las reparaciones. Si los daños fueran mayores que los descriptos la sección dañada deberá ser cortada y eventualmente el Contratista deberá reemplazar por su cuenta y cargo todo el tramo de cable.

10.4.6 Cruces

El Contratista deberá cumplir con todos los requisitos, condiciones y medidas de seguridad que impongan los entes u organismos responsables o propietarios de los caminos, canales, vías fluviales, ferrocarriles, líneas eléctricas, líneas telefónicas, gasoductos, etc. para efectuar el cruce de la línea.

Los cruces de rutas deberán señalizarse sobre cada mano de aquéllas, con anticipación de 300 m, usando cartelería según normas de la Dirección Nacional de Vialidad. Deberán instalarse las siguientes señales laterales o aéreas sobre ménsula:

Señal de información especial de 1,30x0,90 m, fondo blanco, con leyenda: “Atención” (letras rojas) - “A 300 m Cruce de Línea de Alta Tensión” (letras negras).

Señal de prevención de 0,90x0,90 m, fondo amarillo, con indicación de altura libre (5,10 m).

Se dará cumplimiento a los requerimientos de seguridad indicados por el Enre, por las autoridades de aplicación (Vialidad Nacional , Vialidad Provincial, Municipios etc), además de presentarse un Procedimiento para las tareas.

10.5 FLECHADO

10.5.1 Generalidades

Los cables deberán mantenerse sin modificar sus condiciones originales de tendido entre 24 y 72 h antes de iniciar su flechado.

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La temperatura deberá controlarse con un termómetro cuya menor división sea 1 ºC, contrastado en laboratorio oficial autorizado por el Comitente dentro de los treinta (30) días anteriores y posteriores al flechado. El termómetro deberá suspenderse a no menos de 4,00 m del suelo y quedar expuesto a las condiciones ambientales del momento (viento, sol, etc.) durante un tiempo no menor de 15 min. Su bulbo deberá ubicarse en la cavidad practicada en un trozo de conductor de 1,00 m de longitud. Para asegurar un buen contacto del bulbo con el conductor se podrá retirar parte del cable de acero y rellenar los espacios vacíos con limaduras de acero y aluminio. Las lecturas deberán hacerse cada hora.

El Comitente podrá ordenar la suspensión de las tareas si la velocidad de viento superara 25 km/h o si, a su juicio, las condiciones climáticas fueran adversas y pudieran provocar errores en las operaciones o riesgos para las personas y/o equipos.

10.5.2 Control de Flechas

Para controlar las flechas de cada tramo el Comitente elegirá vanos de longitud próxima a la del vano equivalente de ese tramo. Las mediciones deberán realizarse en el centro del vano. La cantidad mínima de vanos de control por tramo deberá ser la siguiente:

Dos (2) vanos de control en tramos de hasta seis (6) vanos.

Tres (3) vanos de control en tramos de siete (7) a dieciocho (18) vanos.

Las cantidades anteriores podrán reducirse en función de las diferencias que arrojen las mediciones de control y de la necesidad de cumplir con el plazo máximo para iniciar el flechado.

La medición de flechas deberá realizarse con instrumentos ópticos. Para el tiro y ajuste de los cables deberán emplearse aparejos y tiracables, no admitiéndose camiones, tractores, máquinas de tiro, etc.

El control del flechas deberá realizarse simultáneamente en dos vanos de control, lo más alejados posible y con equipo de comunicación entre estaciones.

Se aceptará una discrepancia de hasta el uno por ciento (1 %), con un máximo de 10 cm, entre los valores de flechas medidos y las flechas definidas por las tablas de tendido.

La diferencia de flecha vertical entre dos conductores de diferentes fases de un mismo vano deberá ser menor o igual a 50 mm.

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LICITACION PUBLICA N° 24/2012

INTERCONEXION ELECTRICA VILLA LA ANGOSTURA

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10.5.3 Marcado y Engrapado

Concluido el flechado de cada fase o del cable de guardia deberá a marcarse en cada estructura de suspensión el punto del cable ubicado en un plano vertical normal al eje de la línea y que pasa por el punto de sujeción de la cadena de aisladores. Esta operación deberá realizarse dentro de las 2 h siguientes a la terminación del flechado.

Se admitirá una diferencia máxima de temperatura de 2 ºC entre las operaciones de flechado y marcado. Si esto no se cumpliera deberá iniciarse nuevamente el flechado del tramo.

Efectuado el marcado, deberá efectuarse el engrapado de los conductores en las cadenas de aisladores. En esta operación deberán respetarse las instrucciones dadas por el proveedor de las grapas, poniendo especial cuidado en los torques de apriete máximos admisibles. A tal fin el Contratista deberá utilizar exclusivamente llaves torquimétricas con traba mecánica.

10.6 INSTALACIÓN DE AMORTIGUADORES DE VIBRACIONES

El contratista tendrá a su cargo la provisión y el montaje del sistema completo de amortiguadores de vibraciones en los conductores y el hilo de guardia.

Para lo cual realizara los cálculos y mediciones que fuesen necesarias para determinar el sistema de amortiguadores a proveer.

Una vez que hayan sido ejecutadas todas las operaciones de engrapado (incluidas las de las retenciones), deberán montarse los amortiguadores en los conductores de fase y en el cable de guardia.

A tal efecto deberán seguirse las instrucciones del fabricante en cuanto a instalación y cálculos efectuados por el Contratista para la ubicación.

10.7 INSTALACIÓN DE PUENTES DE CONEXIÓN

Los puentes de conexión (cuellos muertos) de los conductores en las estructuras de retención deberán ejecutarse de forma tal de vincular ambas grapas de retención con una flecha adecuada al cabezal de la estructura. La conexión de los conductores deberá efectuarse con no menos de tres (3) grapas bifilares por extremo y por fase.

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La necesidad y ubicación de una cadena de suspensión en los puentes de conexión, así como los sobrepesos necesarios, deberá ser propuesta por el Contratista a consideración del Comitente.

10.8 VERIFICACIÓN DE FLECHAS

Entre treinta (30) y sesenta (60) días posteriores a la finalización de las operaciones de tendido entre estructuras de retención deberán efectuarse mediciones de verificación de flechas en presencia del Comitente.

La cantidad de vanos de verificación deberá ser como mínimo la especificada para vanos de control de flechado y podrán ser o no coincidentes con éstos, a elección del Comitente.

Las mediciones deberán realizarse con teodolito, distanciómetro y miras con plomada óptica, que aseguren un nivel de precisión acorde con las tolerancias establecidas en el punto 0. Deberán incluir el desnivel y la longitud real del vano medido entre los ejes de giro de los cuerpos de las grapas de suspensión.

10.9 MEDICIÓN DE VIBRACIONES

El Contratista deberá realizar registros estadísticos de vibraciones eólicas, velocidad y dirección del viento, temperatura ambiente y determinación de la tensión mecánica de los conductores y del cable de guardia a fin de verificar la eficacia del sistema amortiguante instalado.

Las mediciones deberán realizarse durante tres (3) semanas en un vano a seleccionar por el Comitente una vez completado el diez por ciento (10 %) de la longitud total de la línea o un tramo entre retenciones. Deberán repetirse en las distintas estaciones climáticas que transcurran hasta el final de la obra. Será de aplicación el procedimiento IEEE TP-65-156.

Si los resultados de los estudios estadísticos indicaran niveles de vibraciones eólicas superiores a los especificados, el Contratista deberá determinar la causa y corregir la deficiencia, sin costo adicional alguno para el Comitente.

FIN DE LA SECCION IV

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INDICE DE ANEXOS

ANEXO I – ESPECIFICACIONES TECNICAS GENERALES

ANEXO II – ESTUDIO GEOTECNICO Y FUNDACIONES

ANEXO III – AGRIMENSURA PARA LAS LINEAS

ANEXO IV – PUESTA A TIERRA

ANEXO V – SEGURIDAD PÚBLICA

ANEXO VI – ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Y PLAN DE GESTION

AMBIENTAL

ANEXO VII – NORMAS DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO

ANEXO VIII – INSTRUCCIONES PARA LOS OFERENTES

ANEXO IX – PARAMETROS DEL SUELO

ANEXO X – PAUTAS PARA LA CONTRATACION DE SERVICIOS

ANEXO XI – NOTA DE CAMUZZI DE PREVENCION DE DAÑOS

ANEXO XII – OBRADOR, INFRAESTRUCTURA Y CARTEL DE OBRA

ANEXO XIII – LIBERACION DE TRAZAS

ANEXO XIV – TOPOGRAFIA - UBICACION Y REPLANTEO DE LA LINEA

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